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SOP-CS-GC-F-004(1) Cartel para Contratación de Servicios 1 Nombre de la compra: Servicio de lectura de medidores de luz y agua además del apoyo a los procesos de reparto de recibos físicos, notificaciones y volantes por el plazo de 36 meses Fecha: NOVIEMBRE 2019 CARTEL TÉCNICO I. Objetivo de la Compra Contratar servicios de lectura de contadores eléctricos e hidrómetros de agua potable para los servicios que brinda la ESPH S.A. y reparto de recibos, notificaciones y volantes en general, por un plazo de 36 meses. II. Objetivo Específico de la Compra Contratar los servicios por un plazo de 36 meses, para realizar la lectura de los contadores eléctricos e hidrómetros de agua potable tanto residenciales, comerciales, empresariales y de máxima demanda, además del apoyo en la distribución a domicilio de los recibos para el cobro de servicios de energía eléctrica (incluye regulares, máxima demanda y Mediana Tensión), agua potable y telecomunicaciones en el área cubierta por la E.S.P.H. S.A. Apoyar en la entrega de notificaciones, comunicados, notas y volantes en general de interés para los clientes de la ESPH cuando así lo requiera ESPH inclusive, adjunto a los recibos o como entrega adicional. La ESPH cuenta con el presupuesto disponible para el periodo presupuestario 2019, y se compromete a garantizar los fondos para el resto de la ejecución contractual. III. Especificaciones del Servicio a Contratar El contratista, deberá brindar los servicios, mediante personal calificado, para realizar las siguientes labores: Tomar lectura de los medidores en el campo o sitio donde se encuentran ubicados los contadores e hidrómetros, utilizando equipo portátil (hand held) de los servicios brindados por la ESPH S.A, la cantidad de servicios por leer a diario estará entre 800 y 1200 servicios entre agua potable y electricidad. Las rutas de lectura son parte de un ciclo dentro del cual existen en promedio 11 rutas, cada ciclo debe de ser leído diariamente dentro de un periodo de lectura. El proceso de lectura también abarca la tarea de censar (entre otras significa

CARTEL TÉCNICO · 2019-11-05 · SOP-CS-GC-F-004(1) Cartel para Contratación de Servicios 1 Nombre de la compra: Servicio de lectura de medidores de luz y agua además del apoyo

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SOP-CS-GC-F-004(1)

Cartel para Contratación de Servicios

1

Nombre de la compra:

Servicio de lectura de medidores de luz y agua además del apoyo a los procesos de reparto de recibos físicos, notificaciones y volantes por el plazo de 36 meses

Fecha: NOVIEMBRE 2019

CARTEL TÉCNICO

I. Objetivo de la Compra

Contratar servicios de lectura de contadores eléctricos e hidrómetros de agua potable para

los servicios que brinda la ESPH S.A. y reparto de recibos, notificaciones y volantes en

general, por un plazo de 36 meses.

II. Objetivo Específico de la Compra

Contratar los servicios por un plazo de 36 meses, para realizar la lectura de los contadores

eléctricos e hidrómetros de agua potable tanto residenciales, comerciales, empresariales y

de máxima demanda, además del apoyo en la distribución a domicilio de los recibos para

el cobro de servicios de energía eléctrica (incluye regulares, máxima demanda y Mediana

Tensión), agua potable y telecomunicaciones en el área cubierta por la E.S.P.H. S.A.

Apoyar en la entrega de notificaciones, comunicados, notas y volantes en general de interés

para los clientes de la ESPH cuando así lo requiera ESPH inclusive, adjunto a los recibos

o como entrega adicional. La ESPH cuenta con el presupuesto disponible para el periodo

presupuestario 2019, y se compromete a garantizar los fondos para el resto de la ejecución

contractual.

III. Especificaciones del Servicio a Contratar

El contratista, deberá brindar los servicios, mediante personal calificado, para realizar las

siguientes labores:

Tomar lectura de los medidores en el campo o sitio donde se encuentran ubicados los

contadores e hidrómetros, utilizando equipo portátil (hand held) de los servicios brindados

por la ESPH S.A, la cantidad de servicios por leer a diario estará entre 800 y 1200 servicios

entre agua potable y electricidad. Las rutas de lectura son parte de un ciclo dentro del cual

existen en promedio 11 rutas, cada ciclo debe de ser leído diariamente dentro de un periodo

de lectura. El proceso de lectura también abarca la tarea de censar (entre otras significa

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redefinir el curso de la ruta o parte de esta debido a crecimiento de los servicios, o

redistribución de servicios entre rutas colindantes o bien reordenar la totalidad de la ruta

por motivos de distancia y topografía) rutas en campo para el correcto acomodo o

distribución de las mismas.

Además, apoyar en el servicio de distribución de recibos y notificaciones que abarquen 4

rutas, esto durante los días que no se le asigne servicio por lectura de medidores.

El proceso de lectura de medidores y distribución de recibos y papelería en general, abarca

diferentes localizaciones dentro del área de cobertura y en los casos de oficios formales

con numeración consecutiva, se solicitará recibido de documentos por medio de la firma.

1. La cantidad de medidores de energía y agua que debe leer diariamente (en tanto

se esté en el proceso de lectura) será de entre 800 y 1200 servicios. La ruta debe

ser leída en su totalidad el día que le fue programada y debe ser entregada a más

tardar a las 12:30 pm del día que se está leyendo, salvo casos de fuerza mayor

debidamente justificados y aceptados por el área coordinadora del servicio de

lectura. La ESPH cuenta con controles para determinar los tiempos de inicio,

duración entre lecturas y finalización de rutas de lectura, por lo cual de darse lapsos

de tiempos no efectivos; que no tengan una justificación razonable en dos periodos

de lectura consecutivos, la ESPH podrá generar una llamada de atención formal al

contratista y si la situación se repite por tres periodos de lectura consecutivos (se

entenderá por un periodo de lectura el espacio de tiempo en el cual se ejecutará el

servicio de lectura de todos los ciclos y rutas a leerse durante un mes), la ESPH

S.A. podrá proceder según lo que se indica en el apartado XVI de Resolución

Contractual de este cartel.

2. En el proceso de lectura de medidores, se llevará un control de códigos de salto

(códigos de problemas que se presentan e impiden la lectura efectiva de los

medidores) y errores de lectura (se define como la captura incorrecta de la lectura

en el campo al leer un medidor) y su control se regirá por lo que se indica en el

apartado número V Multas. Como parte de la operatividad diaria en el caso de los

códigos de salto, si el Contratista así lo dispone, enviará al coordinador del área de

lectura o a la persona que se disponga, fotografías o evidencia que justifique la no

captura por los problemas que le impiden tomar la lectura.

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3. Para efectos de capturar las lecturas en el campo se le suministrará un equipo

denominado Hand Held (computadora de mano) propiedad de la ESPH S.A.; en el

cual se le proporcionará la ruta por leer en forma diaria. Para poder efectuar las

lecturas se le brindará la instrucción requerida en el manejo del software de lectura

y la correcta manipulación del equipo. Es responsabilidad del funcionario del

contratista que efectuará el servicio de las lecturas, el cuido y buen manejo del

equipo suministrado, teniendo la obligación de operarlo y manejarlo de la forma en

que se le indique. Si el equipo es dañado, perdido o averiado por una incorrecta

manipulación o existe negligencia demostrada del funcionario del contratista al que

se le suministró el equipo, la contratista deberá pagar el monto del equipo en libros

al momento en que se den dichas circunstancias.

4. Se requiere que el personal de la contratista debe contar con conocimiento de calles

y avenidas así como puntos geo referenciales y estar en la capacidad de realizar

censos los cuales consisten en recopilar información en el campo, partiendo de las

direcciones, números de medidor, consecutivos o cualquier otro dato que se le

suministrará con el objetivo de desarrollar e incorporar rutas de lectura con

direcciones más precisas y además de localizar servicios que por alguna razón no

se encuentran en la base de datos de la ESPH, además deberá investigar la

cantidad de unidades de consumo que son abastecidas por los servicios, así como

levantamiento de datos según la clasificación internacional sistemática de

actividades económicas (en su siglas en ingles CIIU) . La Contratista también debe

restructurar (reordenar) las rutas de lectura según ubicación geográfica de los

servicios por cantón, distrito, caserío, o barrio bajo un ordenamiento lógico y

secuencial de los servicios que se encuentran en el campo y aquellos que podrían

ser incluidos como nuevos servicios y serán parte de la ruta. Se anexan a este

documento mapas de áreas de cobertura de los servicios de agua potable y energía

eléctrica como referencia.

5. La cantidad de recibos mensuales que distribuirá será de aproximadamente 30

unidades, mismos que abarcan toda el área servida en las diferentes rutas y deben

ser entregados en un tiempo máximo de 48 horas después de emitidos

indistintamente del sector que se distribuyen. En el caso de haber alguna denuncia

formal de algún cliente indicando que su recibo no le llegó al lugar señalado, se

verificará con el personal de la contratista si la entrega fue efectiva consultándole

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en el sitio que dejó el recibo, de lo contrario se solicitará que la misma se haga bajo

firma contra recibido del interesado.

6. La cantidad de notificaciones y papelería en general mensual que se distribuirá será

de aproximadamente entre 2000 a 3000 documentos, mismos que deben ser

entregadas al cliente o interesado bajo firma de recibido en un tiempo máximo de

24 horas después de haber sido entregadas para su distribución.

7. Los distintos servicios son excluyentes una de otra y serán realizadas

preferiblemente a partir del lunes de cada semana incluyendo los días sábados y/o

días feriados, iniciando la jornada a las 6:00 am y finalizando el mismo día en el

momento en que se termine con el servicio diario programado.

8. La ESPH S.A. podrá solicitar la distribución de notas, volantes u otro material

publicitario que no sea de la misma naturaleza para el total del área servida o por

sectores o rutas o de forma específica por Cliente. Este material se repartirá

simultáneamente o no con los recibos o las notificaciones. La coordinación de estas

rutas se realizará directamente con la jefatura del proceso de lectura designado

para tal fin.

9. La presente contratación requiere los servicios de lectura y/o reparto de papelería

en general, de cuatro rutas diarias donde el personal del contratista ejecute las

actividades descritas. Además, bajo la modalidad según demanda, el número de

rutas requeridas puede ir subiendo año a año durante el periodo contratado; hasta

llegar a un aproximado de 9 rutas al final del periodo contratado. Para lograr lo

anterior el oferente deberá estar en capacidad de poder incorporar al personal

necesario para cubrir el servicio requerido en un plazo no mayor a 22 días naturales

a partir del momento en que sea formalmente informado de la necesidad de ofrecer

el servicio de más rutas adicionales. Además, durante el periodo de contratación

se puede dar la necesidad de requerir el servicio de más rutas por periodos

definidos mayores a 60 días y en adelante. La ESPH indicará al contratista con al

menos 10 días naturales hasta cuando se requerirá el servicio de la (s) ruta (s)

contratada bajo esa condición. Los interesados deben trabajar en el área que cubre

la red de distribución de agua y energía eléctrica de la E.S.P.H.S.A., la cual

comprende los cantones Central, San Rafael, San Isidro, San Pablo, Santa Lucía

de Barva, San Joaquín y cualquier otro que en el futuro se adhiera, por lo que es

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necesario que se conozcan los distritos, caseríos, urbanizaciones y además

número de calles y avenidas en los casos en que existen. Las rutas de servicio que

se asignen en su mayoría comprenderán zonas en las cuales se pueda llegar a

ellas mediante transporte público o a pie. Además el personal del oferente debe de

leer durante la primera semana de lectura de cada mes, dos rutas del sector

montañoso (en total para la zona de San Rafael hay 4 rutas montañosas las cuales

serán asignadas de forma rotativa durante los distintos periodos de lectura, de

manera que el personal del oferente se le asigne cualquiera de esas cuatro

rutas )correspondiente a la zona de San Rafael de Heredia las cuales comprenden

los siguientes sitios; Altos de Getsemaní, El Palmar Los Ángeles, Las Chorreras,

cerro Dantas, Residencial el Castillo, el Tirol, calle Ciénega, tanque Marín Cañas,

calle charquillo carretera pizza la finca, fábrica de hongos, calle aguacate y

Concepción,; y durante la segunda semana de lectura, otras dos rutas del sector

montañoso de la zona de San Isidro de Heredia esto en diferente día, las cuales

comprenden los siguientes sitios; Barrio las Cruces, Residencial Crucitas, San

Francisco, Lomas verdes del Zurquí, Santa Cecilia, Urbanización Durango, Breña

Mora, calle Chilillal, Santa Elena, Santa Cecilia, Rancho Zurquí, Zamorano, Villa del

Zurquí, calle bombacho, bar las Juntas, carretera Braulio Carrillo ruta 32, para leer

estas cuatro rutas es necesario que el oferente cuente con un vehículo 4x4 para

lograr ingresar a las áreas. En cuanto al kilometraje mensual se estima que el

recorrido en ambas rutas del cantón de San Rafael será de 100 kilómetros y en las

dos rutas de San Isidro se estima 140 kilómetros recorridos mensualmente. Las

rutas de lectura son parte de un ciclo dentro del cual existen en promedio 11 rutas,

cada ciclo debe de ser leído diariamente dentro de un periodo de lectura. En el

siguiente cuadro se desglosa la unidad de oferta:

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*Costo total de rutas de lectura mensual, es igual al total de rutas de lectura por precio unitario

** Costo total de rutas de reparto o censo mensual, es igual al total de rutas de reparto o censo

mensual por precio unitario

*** Costo total General es igual a la suma del costo total de rutas de lectura mensual más el costo

total de rutas reparto o censo mensual

Del periodo de lectura mensual, 18 días laborables corresponderá a lectura de

medidores

Del periodo de lectura mensual, 7 días laborables corresponderá a reparto de papelería

en general y censos. Las tareas son excluyentes una de la otra.

La ESPH no se obliga a un consumo máximo o mínimo de los parámetros establecidos

siendo que son una proyección de referencia.

10. La contratista debe tener excelente trato y facilidad de expresión con los usuarios

de la ESPH S.A., para salvaguardar la imagen de la ESPH S.A. Para ello cada

trabajador del proveedor que brinde los servicios de lectura y reparto, debe ser

capacitado en temas de servicio al cliente, trabajo en equipo, ética, y cualquier otro

que le identifique con nuestros valores: en el desarrollo del Mejoramiento continuo,

Trabajo en equipo, Compromiso e Integridad y a trabajar bajo la filosofía, misión y

visión de la ESPH S.A.

11. El proveedor deberá estar anuente a recibir los cursos de inducción, capacitación

en servicio al cliente u otros que la ESPH S.A. considere convenientes para la

prestación del servicio. La Empresa de Servicios Públicos de Heredia SA, verificará

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los antecedentes del personal oferente de servicios; esto se comprobará mediante

la presentación de la hoja de delincuencia de cada uno de los miembros del equipo

de trabajo. Se aclara que mientras se encuentre en fase de inducción/capacitación

(periodo de 3 meses), las multas indicadas en el apartado número V, sobre códigos

de salto y errores no se aplicarán; pasado el periodo de capacitación/inducción

comenzarán a regir las multas señaladas tal cual se indica en el apartado de multas.

12. Cuando exista sospecha de que algún servidor bajo esta contratación ingrese a las

instalaciones de la E.S.P.H. S. A o bien este prestando los servicios en el campo

en estado de intoxicación o pérdida del dominio de sí mismo por el consumo de

alcohol o cualquier otra situación análoga o ingesta de otra sustancia prohibida

enervante, de inmediato se procederá a comunicar la situación a su jefatura para

que éste o la persona que se disponga se presente al sitio a valorar la situación

reportada y proceda bajo su responsabilidad y costo a realizar las pruebas de

alcoholemia y dopaje, dichas pruebas deben ser remitidas al coordinador del área

de lectura, en caso que las pruebas sean positivas, y en el entendido que la

situación se repita con el mismo servidor, la E.S.P.H S.A podrá solicitar al oferente

la sustitución del funcionario. El proveedor deberá someterse a cumplir el código

de Ética para proveedores de la ESPH; así como al desarrollo de las funciones del

servicio indicadas en este cartel. De comprobarse que existen violaciones o faltas

contra esta reglamentación será motivo para rescindir de forma inmediata del

contrato.

13. El contratista correrá por su cuenta con todos los gastos de transporte, alimentación

y uniforme (pantalón, camisa, zapatos, capa, gorra, chaleco reflectivo, bolso de

hidratación, bloqueador solar, (equipo de protección personal) y distintivo que

indique que los servicios son subcontratados a la ESPH), en que pueda incurrir

para llevar a cabo los servicios contratados por su personal, además deberá contar

con llaves de abrir tapas de los medidores de agua, gabinetes eléctricos,

binoculares de alta precisión, y todo lo necesario para el desarrollo de la operación

de la lectura (excepto el dispositivo móvil o hand held)

14. El contratista debe garantizar la continuidad del servicio, en caso de incapacidad

laboral de alguno de sus colaboradores, caso fortuito o fuerza mayor, deberá enviar

a una persona debidamente aprobada por la ESPH, para que, en sustitución del

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colaborador titular, realice el servicio contratado, sin afectar la continuidad del

mismo. Para lo anterior el contratista deberá al momento de presentar su oferta,

adjuntar el curriculum y referencias de las personas que fungirán como sustitutos

para que la administración de la ESPH valore su aprobación y registro como posible

sustituto. Si por cualquier motivo no se envía a alguien a cubrir el faltante de

personal, el monto proporcional al periodo de ausencia le será descontado del pago

mensual. En caso que el contratista incumpla con lo expuesto, se le aplicará lo

descrito en el apartado multa general.

15. A efectos de poder presentar ofertas se podrán realizar únicamente por empresas

sea por persona física o jurídica con quien la ESPH mantendrá por el periodo del

contrato una relación contractual, esto para la contratación de los servicios

indicados en este cartel desde el inicio de la contratación hasta la finalización del

mimo.

16. El oferente podrá realizar subcontratación para cubrir el objeto contractual hasta un

50 % siempre y cuando sea debidamente aprobado de previo en todos los extremos

por la ESPH S.A.

CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD

17. El proveedor deberá aportar en su oferta, la siguiente documentación de los

colaboradores mediante los cuales brindará el servicio: Hoja de Delincuencia limpia

con no más de un mes de emitida, ttítulo académico mínimo de tercer año de

secundaria, extendido por cualquier centro de educación reconocido por el

Ministerio de Educación del país,declaración Jurada donde haga constar la

experiencia mínima de 6 meses en labores de ruteo o reparto, servicio al cliente,

fontanería y conocimientos básicos de redes eléctricas y de agua potable.

18. El contratista, deberá presentar al menos tres certificaciones emitidas por clientes

donde se indique la experiencia, en brindar servicios similares. Se entenderá como

servicio similar, aquellos dónde se realice lectura de contadores eléctricos y de

hidrómetros de agua potable, reparto de correspondencia y ruteo en general. Las

certificaciones deberán contener al menos: el nombre del cliente, el periodo de la

contratación (no menor a un año), la descripción general del servicio, y la indicación

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del recibo a satisfacción del servicio contratado. Estas certificaciones, deberán

demostrar, al menos seis meses de experiencia en esta clase de servicios.

19. Al menos dos colaboradores del contratista, deberán contar con la licencia de

conducir B1 al día.

El proveedor deberá aportar una certificación médica, con no más de un mes de

emitida, que indique que se encuentra en buen estado de salud y que no presenta

enfermedades que puedan agravarse por el desempeño de las actividades por

desarrollar. Se advierte que la actividad a desarrollar implica una alta demanda

física: caminar entre 8 y 12 Km diarios y movimientos repetitivos continuos como

agacharse hasta 1200 veces diarias.

CONSIDERACIONES GENERALES

20. La ESPH, S.A. aportará información técnica y funcional requerida para el desarrollo

del servicio a contratar, pero el desarrollo completo estará a cargo del personal del

adjudicatario.

21. Se permitirá al adjudicatario, la subcontratación de personal para prestar el servicio

de lectura indicado en este cartel, únicamente bajo las condiciones indicadas en el

Apartado 3 Especificaciones del Servicio a Contratar inciso 16.

22. Si así se requiere, el adjudicatario debe estar en capacidad de prestar servicios

sábados y feriados, para el fiel cumplimiento del objeto contractual.

23. El oferente deberá presentar su oferta por costo mensual y por la totalidad de los

36 meses. Para el precio mensual, deberá desglosar el precio, en términos

nominales y porcentuales, en los siguientes componentes: Costos Directos (Mano

de Obra y Combustible), Costos Indirectos y Utilidades. La oferta, deberá indicar el

precio, antes y después de impuestos.

24. El adjudicatario deberá realizar sus labores desde la ESPH S.A en un horario a

convenir con el coordinador del área de Lectura e Inspección del proceso de

Gestión de Ingresos de Servicio al Cliente y Mercadeo de la ESPH S.A., una vez

que el adjudicatario finalice sus labores y éstas sean corroboradas por el área de

lectura, el funcionario puede retirarse.

25. La documentación e información resultado del desarrollo de la contratación serán

propiedad de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, S.A., por lo que el

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adjudicatario no podrá divulgar o compartir esta información con terceros,

quedando a expensas de los procesos pertinentes que considere la ESPH si se

comprueba la divulgación de información a personas no autorizadas, para lo cual

se solicitará al proveedor adjudicado la firma de un contrato de confidencialidad.

26. El contratista adquirirá un seguro de riesgos laborales por un periodo igual al del

contrato. Además, deben estar asegurados con la Caja Costarricense del Seguro

Social y contar con la debida póliza de riesgos del INS. Las consecuencias de orden

laboral y de accidentes de trabajo, serán de entera responsabilidad del contratista,

al igual que las derivadas de daños a las personas o bienes a terceros, en

consecuencia, el contratista, para todos los efectos, exonera a la Empresa de

Servicios Públicos de Heredia SA de cualquier responsabilidad de orden civil y

laboral, por lo que el contratista deberá obtener y mantener actualizados los

permisos de funcionamiento, licencias y/o registros conformes a la actividad que

desarrolla.

27. Se hace saber que dicha contratación de lectura de medidores y reparto de

papelería en general, no constituye con el adjudicatario ninguna relación de

carácter laboral con la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A., por el

contrario, el contratista asume toda responsabilidad laboral como patrono único.

28. El pago se hará mensual una vez terminado las labores del mes correspondiente

al cobro.

El pago se realizará mensualmente ante la presentación de las facturas

electrónicas (según procedimiento del Ministerio de Hacienda) que detallen los

rubros a cancelar, así como un reporte detallando las labores realizadas durante

el mes.

29. Del monto calculado de acuerdo con las facturas presentadas se deducirá el monto

correspondiente a multas cuando estas apliquen, o en su defecto deberá presentar

copia del comprobante de depósito aplicado a nombre de la Empresa de Servicios

Públicos SA. en la cuenta sea en la Plataforma de Servicios de la ESPH SA, Banco

Nacional o Banco de Costa Rica.

30. El precio ofrecido tendrá una vigencia de 12 meses, durante los cuales se

mantendrán invariables. Transcurridos los primeros doces meses, y a solicitud del

Contratista, la ESPH reajustará los precios para el segundo periodo de 12 meses,

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igual para una vigencia de 12 meses durante los cuales se mantendrán invariables.

Esto así sucesivamente hasta finalizar el contrato.

31. Se requiere que el oferente presente en su oferta, la estructura del precio con

porcentajes para la posterior aplicación de la fórmula de reajuste de precios.

32. La adjudicación del presente contrato, estará sujeta a la disponibilidad de recurso

presupuestario.

IV. Plazo de contratación

La contratación se llevará a cabo por un plazo de tres años.

V. Multas

Multa general:

Cuando exista atraso o defectuosa ejecución en la prestación del servicio adjudicado,

conforme a las condiciones contratadas, la ESPH notificará al proveedor mediante nota

formal el detalle de los incumplimientos sobre los cuales se aplicarán las multas respectivas.

Se otorgará un plazo de tres días hábiles para el descargo o aceptación de la multa referida

al proveedor; posterior a esto si la multa aún es procedente, el contratista deberá pagar a

la ESPH, S.A. por concepto de multa el equivalente a un 1% sobre el valor total adjudicado,

por cada día hábil que se mantenga dicha condición, hasta un máximo de 25% del monto

total adjudicado, todo de conformidad a las Condiciones Generales. Cuando el monto de la

multa alcance el 25%, el contrato podrá ser resuelto por incumplimiento contractual.

Se seguirá el mismo procedimiento del párrafo anterior y aplicarán multas económicas al

contratista cuando se presenten las siguientes situaciones:

1. Si uno de los trabajadores del contratista no se presenta a trabajar y el

contratista no envía un reemplazo para que lo cubra en sus funciones, la ESPH

deducirá del pago del servicio mensual, el monto proporcional al periodo de

ausencia sin sustituto. El monto proporcional se calcula de la siguiente forma:

días de ausencia multiplicado por el monto promedio diario por funcionario. El

monto promedio diario por funcionario se calcula de la siguiente forma: pago

mensual total de un funcionario dividido entre treinta días.

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2. La cantidad permitida de códigos de salto (códigos de problemas que se

presentan e impiden la lectura efectiva de los medidores) serán como máximo

para la lectura de medidores de energía eléctrica, de 16 al mes. Puede darse

que existan códigos de salto debidamente justificados que serán evaluados y no

contabilizados como tales dentro de la cantidad mensual; siendo estos

debidamente comprobados y validados por la jefatura inmediata del proceso.

3. La cantidad máxima de códigos de salto para la lectura de agua potable será de

20 al mes. Puede darse que existan códigos de salto debidamente justificados

que serán evaluados y no contabilizados como tales dentro de la cantidad

mensual; siendo estos debidamente comprobados y validados por la jefatura

inmediata del proceso.

4. Si se sobrepasan la cantidad de códigos de salto definidos por cada funcionario

al mes se penalizará con una deducción al pago de la factura de 500 colones

por cada código de salto que sobrepase los límites definidos. Para tal efecto la

jefatura del área de Lectura llevará un control contra el cual se realizará la

verificación de estas cantidades.

5. La cantidad de errores de lectura permitidos (se define como la captura

incorrecta de la lectura en el campo al leer un medidor) será como máximo para

la lectura de los medidores de energía eléctrica de 16 por mes; siendo estos

debidamente comprobables y validados por la jefatura inmediata del proceso.

6. La cantidad máxima de errores de lectura para la lectura de medidores de agua

potable será de 16 por mes; siendo estos debidamente comprobables y

validados por la jefatura inmediata del proceso.

7. Si se sobrepasan la cantidad de errores definidos por cada funcionario al mes

se penalizará con una deducción al pago de la factura de 500 colones por cada

error que sobrepase los límites definidos. Para tal efecto la jefatura del área de

Lectura llevará un control contra el cual se realizará la verificación de estas

cantidades. Estas cantidades permisibles, podrán variar dependiendo de la

cantidad de rutas diarias que sean asignadas para lectura al contratista según

lo indicado en las Especificaciones del Servicio a Contratar en el punto 9 de este

cartel.

Lo anterior se muestra según el siguiente cuadro:

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MEDIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA

LECTURA DE AGUA POTABLE

MULTA

CÓDIGOS DE SALTO (códigos de problemas que se presentan e impiden la lectura efectiva de los medidores)

16 al mes 20por mes Deducción al pago de la factura de 500 colones por cada error o código de salto que sobrepase el límite indicado.

ERRORES DE LECTURA (se define como la captura incorrecta de la lectura en el campo al leer un medidor)

16 al mes. 16 al mes.

8. En caso de incumplimiento por parte de los trabajadores del contratista, la ESPH

aplicará las multas correspondientes por incumplimientos en condiciones de

salud y seguridad ocupacional. Para la aplicación de las multas se somete la

condición o peligro reportado, a la valoración del índice de Priorización de

Riesgo (IPR) multiplicado por los tres factores según la siguiente tabla:

Luego se procede a clasificar el IPR cuantificado según la siguiente tabla:

Los porcentajes de multa expresados en la tabla anterior corresponden al valor total del

monto adjudicado.

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La ESPH, S.A. se reserva el derecho de hacer efectiva las multas por incumplimiento en

alguno de los puntos señalados anteriormente, una vez comprobado el mismo, rebajando

su monto de las siguientes facturas presentadas por el contratista o acuerdos de partes.

VI. Vigencia de la Contratación

Esta contratación, se formalizará mediante la firma de un contrato celebrado entre las

partes, donde el adjudicatario deberá cancelar el 50% correspondiente a los timbres que la

ley exige para las formalidades del documento. Una vez refrendado el contrato, se girará la

orden de compa y el contratista, contará con un (1) día para iniciar la prestación del servicio

VII. Modalidad de Pago

La ESPH S.A. tendrá un plazo de revisión y trámite de 5 días hábiles después de la

presentación efectiva de la factura por parte del oferente ante la Dirección de Servicio al

Cliente y Mercadeo. La forma de pago será a 30 días una vez presentada la factura

debidamente revisada y aprobada por la persona encargada como administradora del

contrato.

El adjudicatario debe presentar como anexo a la factura, la póliza de Riesgos del Trabajo

del INS, así como la planilla de la CCSS de él y sus empleados (en caso de que aplique).

La ESPH S.A. pagará al adjudicatario la suma establecida en la contratación, en colones.

VIII. Reajuste de Precios

La ESPH S.A aplicará el reajuste de precios conforme lo establecido en el Decreto Ejecutivo

Nº 33114-MEIC del 6 de marzo del 2006, según la fórmula de reajuste de precios usada

para efectos de cálculo según disposición de la Contraloría General de la República la cual

se presenta a continuación;

U

IGAtc

IGAtaGA

iITC

IitaI

IMOtc

IMOtaMOPCVP`

donde:

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PC: Precio calculado inicial.

MO: % Mano de Obra.

IMOta: Salario mínimo del sector último semestre.

IMOTc: Salario mínimo del sector semestre anterior.

I: % Combustible.

Iita: Precio al productor industrial con combustible del último mes a

ajustar.

iITC: Precio al productor industrial con combustible del último mes

reajustado.

GA: % Precio al consumidor.

IGAta: Precio al consumidor del último mes a ajustar.

IGAtc: Precio al consumidor del último mes reajustado.

U: Margen de utilidad.

IX. Cesión del contrato

Este contrato no podrá ser cedido, vendido ni traspasado parcial o totalmente, salvo

autorización expresa y por escrito de la ESPH, S.A. De producirse la cesión, la misma no

podrá exceder el 50%

X. Subcontratación

Dependerá de la conveniencia de la subcontratación si se concede autorización para la

misma por parte de la ESPH S.A.

XI. Responsabilidades del Contratista Todo contratista, subcontratista y colaboradores, deben contar con una póliza de Riesgos

Laborales y cubiertos con los servicios que esta presta a sus cotizantes, además contar con

todos los permisos regulatorios para la ejecución de las labores contratadas. De lo contrario

el contratista no podrá realizar ninguna labor hasta que realice la gestión de los seguros y

pólizas. El contratista estará obligado a cumplir con todas las disposiciones legales y

reglamentarias, así como los requerimientos de las autoridades competentes en materia de

trabajo, mantendrá a todos los trabajadores durante la vigencia del contrato, al amparo de

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los regímenes de seguro social y de riesgos profesionales. El contratista deberá obtener y

mantener actualizados los permisos de funcionamiento, licencias y/o registros conformes a

la actividad que desarrolla según lo estipulado en este cartel.

El contratista está en la obligación de conocer y cumplir lo establecido en el documento

Reglas de Calidad, Salud y Seguridad y Ambiente para Contratistas de la ESPH, S.A

(el documento se encuentra en la página de la empresa www.esph-sa.com; en la cejilla de

proveedores) y someterse a las inspecciones periódicas que la ESPH S.A. realice para

verificar el cumplimiento del mismo.

Las consecuencias de orden laboral y de accidentes de trabajo, serán de entera

responsabilidad del contratista, al igual que las derivadas de daños a las personas o bienes

a terceros, en consecuencia, el contratista, para todos los efectos, será reputado como

patrón único y expresamente deja exonerada a la Empresa de cualquier responsabilidad de

orden civil y laboral, con motivo en razón o consecuencia de los servicios contratados. En

caso de producirse una situación de emergencia o accidente laboral se debe notificar al

administrador del contrato por parte de la Unidad Interesada (responsable de la

contratación) para que este informe al departamento de Salud Ocupacional de la ESPH

S.A.

XII. Responsabilidad Social del Contratista

Para la contratación de personal el contratista deberá apegarse a lo estipulado en la

legislación vigente.

El contratista no podrá emitir mecanismos de discriminación en sus contrataciones por

género, credo o raza.

XIII. Tabla de Valoración para Comparar y Adjudicar

Las ofertas admitidas se compararán y adjudicarán de acuerdo a los criterios de evaluación

y sistema de puntajes que se muestra a continuación;

CRITERIOS DE EVALUACION

Precio de la oferta (80%)

80% x Pb/Pe donde:

Pb = Precio de la oferta más baja

Pe = Precio de la oferta evaluada

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a) Precio de la oferta

El oferente que cotice a menor precio, se le otorgarán 80 puntos, a cada oferente se le

calculará el puntaje de acuerdo con la siguiente fórmula:

P = X * (Pb/Pe)

Dónde:

P = Puntaje obtenido por la oferta en estudio.

X = Valor asignado proporcional al 100%.

Pb = Precio de la oferta de menor precio.

Pe = Precio de la oferta en evaluada

b) Experiencia de la empresa en servicios iguales

Al oferente que ofrezca más de seis meses a 1 año de experiencia en labores iguales, se

le otorgarán 5 puntos.

Al oferente que ofrezca de más de 1 año hasta 1 año y 6 meses de experiencia en labores

iguales, se le otorgarán 10 puntos.

Al oferente que ofrezca más de 1 año y 6 meses de experiencia en servicios iguales, se le

otorgarán 20 puntos.

XIV. Garantías.

a) . El oferente deberá rendir una garantía de participación de un 1% sobre el monto

del concurso con una vigencia de al menos 120 días, computada a partir de la fecha

de la apertura de las ofertas.

Nota: El precio es un precio promedio de acuerdo a las condiciones establecidas.

Experiencia de la empresa en labores iguales (20%)

5 puntos de más de seis meses a 1 año de

experiencia en labores iguales

10 puntos de más de 1 año hasta 1 año y 6 meses

de experiencia en labores iguales

20 puntos Más de 1 año y 6 meses

de experiencia en labores iguales

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b) El adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento por el 5% sobre el valor

del monto total adjudicado de conformidad con lo establecido en el Reglamento de

Compras y Contrataciones de la ESPH, S.A. con una vigencia de 120 días

adicionales a la fecha de finalización de la contratación.

XV. Solvencia económica del proveedor.

El oferente debe presentar estados financieros auditados de los últimos tres años al

presentar su oferta, de conformidad a las indicaciones establecidas en las condiciones

generales.

XVI. Resolución Contractual En caso de incumplimiento total o parcial de parte del adjudicatario, se aplicará el debido

proceso para el cobro de las multas que correspondan. Si después de este proceso

persisten los incumplimientos a la contratación sin ser subsanados por el proveedor, la

ESPH, S.A. podrá suspender el pago y tendrá la potestad unilateral de resolver el presente

contrato sin responsabilidad alguna de su parte, así como cobrar daños y perjuicios

originados por el presunto incumplimiento contractual. Ejemplos de esto son:

1. Cuando se compruebe que se dieron tiempos no efectivos en el proceso de lecturas

o reparto por tres periodos consecutivos; los cuales no tengan una justificación

válida y clara.

2. Cuando sea comprobable negligencia en el reparto de recibos y se den errores

recurrentes (más de cuatro en un periodo y por más de un periodo de facturación

consecutivo) o los recibos se pierdan en más de dos ocasiones consecutivas en un

periodo de facturación.

3. El no cumplimiento de toda la reglamentación vigente interna o externa aplicable a

todo el personal de la ESPH; así como al desarrollo de las funciones indicadas en

este cartel.

4. Cuando el monto de la multa alcance el 25%

XVII. Consideraciones en Salud - Seguridad Ocupacional y Ambiente

Para que las relaciones entre ambas partes (ESPH, S.A. – Contratistas) sean óptimas, es

necesario el cumplimiento de las siguientes reglas:

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1. El contratista está directamente obligado a cumplir las disposiciones establecidas

en este cartel, así como con las normas tanto en materia de Calidad, Ambiente y

Salud y Seguridad Ocupacional. Así mismo, debe conocer y cumplir con las normas

legales o convencionales vigentes en esta materia, siendo el responsable exclusivo

de su aplicación y de las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

2. Solamente se permitirá el ingreso a las instalaciones es de la ESPH, de contratistas

debidamente autorizados, que porten el carné del SGI.

3. El contratista debe garantizar el cumplimiento de la legislación o requisitos legales

aplicables en materia de calidad, ambiente y salud y seguridad ocupacional.

Además, debe encontrarse al día en la póliza de riesgos del trabajo, las cuotas de

la Caja Costarricense del Seguro Social y contar con los permisos de

funcionamiento adecuados a la actividad que desarrolla.

4. El contratista debe respetar todas las indicaciones, señalización y normativa en

seguridad ocupacional de la ESPH S., si se diera algún incumplimiento en esta

materia se procederá según lo indicado en el apartado V. Multas, inciso 8. Los

equipos, herramientas y máquinas que utilice de ben estar en buen estado y ser

adecuadas a las labores a ejecutar.

5. Es responsabilidad del contratista cumplir con los estándares de servicio y atención

que la ESPH, S.A. establezca.

6. El contratista debe garantizar la adecuada presentación personal de sus

trabajadores: prohibiendo el uso de shorts, pantalonetas, camisetas cortadas o sin

mangas, pantalones rotos o rasgados, camisetas con mensajes obscenos o

vulgares, prendas inadecuadas para las funciones que desempeña o que puedan

afectar el correcto uso del equipo de protección personal.

7. El contratista se compromete a conocer y entender las disposiciones indicadas en

la información que se le facilitará; asimismo es responsable de extender dicho

conocimiento a su personal. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones

por parte del contratista o su personal puede generar una suspensión temporal o

permanente del personal y de las actividades.

8. El contratista está directamente obligado a cumplir las disposiciones establecidas

en el contrato, así como las normas tanto en materia de Calidad, Ambiente, Salud y

Seguridad Ocupacional y responsabilidad Social.

9. Es responsabilidad del contratista proporcionar el equipo de protección colectiva e

individual necesarios para poder desarrollar las labores por las cuales fue

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contratado; a su vez es obligación del Contratista velar por la adecuada utilización

del equipo. Cualquier accidente del contratista o sus trabajadores, dentro de las

instalaciones de ESPH, S.A. es responsabilidad única y exclusiva del contratista.

Cualquier accidente del contratista o sus trabajadores, dentro de las instalaciones

de ESPH, S.A. será en cuanto a la atención del accidente, responsabilidad única y

exclusiva del contratista. La ESPH, S.A. podrá ayudar al accidentado dentro de las

posibilidades humanísticas, técnicas y financieras de la empresa, con la aclaración

que todo costo en que la Empresa incurra, puede ser cobrado posteriormente.

10. El contratista, antes de iniciar a brindar los servicios, deberá recibir la Inducción del

SGI y portar siempre el carnet de contratista; esto durante el periodo que presta el

servicio.

11. Se hace del conocimiento del oferente que si la cantidad de colaboradores del

contratista requeridos por demanda llegase a más de 10 personas deberán contar

con su propia Comisión de Salud Ocupacional.