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El 17 de abril del 2015, el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Ambiental de la Corte Superior de Justicia del Cusco, considerando que el 13 de enero del 2015 declaró fundado en parte el reclamo del agraviado Carlos Barra y que al no haberse interpuesto ningún recurso impugnatorio, declara consentida la resolución N° 2, del 13 de enero del 2015, y dispone, además, archivar definitivamente el cuaderno incidental.Más información en: http://goo.gl/ZVKqAa