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Unidad Educativa “Don Teodoro Gubaira”
Valencia – Estado Carabobo
Aves en peligro de extinción
“El Cardenalito”
Docente: Autores:
Leída Galindo ARIAS LUIS
Asignatura MARTINS ALFREDO
Metodología MENDEZ VICTOR
SAAVEDRA DANIELA
Valencia, Abril de 2011
Aves en peligro de extinción
“El Cardenalito”
Índice
Contenido págs.
Portada
Contra portada
Índice
Capítulo I. El Problema
Planteamiento
Objetivo General
Objetivo Especifico
Justificación
Capítulo II. Marco Teórico
Antecedentes
Bases Teóricas
Bases Legales
Capítulo III. Marco Metodológico
Diseño y Tipo de Investigación
Población y Muestra
Técnica de Análisis
Técnicas e Instrumentos de recolección de datos
Capítulo IV. Presentación y Análisis de Resultados
Entrevista
Conclusiones
Recomendaciones
Referencias bibliográficas
Anexos
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CAPITULO I. EL PROBLEMA
PLANTEAMIENTO
El cardenalito Cardeulis cucullata (sinónimo: Spinus cucullata)
perteneciente a la familia Fringillidae, estas aves difieren en su color según el
sexo. La hembra posee un plumaje grisáceo en la mayor parte del cuerpo, el
macho en cambio presenta tonalidades de rojo-naranja intenso. Hoy en día,
ocupa menos del 20% de su distribución en el Estado Falcón. En la actualidad
el crecimiento de la población ha originado un deterioro ambiental en el hábitat
de esta ave, por lo cual ha hecho que esta emigre hacia las afueras del país
como ha sido, Colombia, Trinidad y Tobago, Curacao, puerto Rico, España. Y
también se le ha visto emigrando en nuestro país en los Estados Lara y en
algunas partes del Estado Guárico y del Estado Anzoátegui. Es la especie más
amenazada de Venezuela, su hermoso plumaje fue causante de persecuciones
a partir del siglo XIX hasta la actualidad utilizándose como adorno para
sombreros y como especie de hibridación con canarios
La captura y el comercio son las causas principales de la situación que
enfrenta el cardenalito. En la actualidad la captura se mantiene y los traficantes
pagan sumas de dinero muy atractivo para los nativos de las zonas donde aun
se les ve.
El cardenalito está especialmente protegido por las leyes venezolana según
la resolución 439 del 07/12/82, en la Gaceta Oficial No. 32619. Su comercio
está regulado por CITES, que incluye a la especie en el Apéndice I, gracias a lo
cual se controla el tráfico a través de Curazao, país que servía de puente entre
Venezuela y Europa para el comercio de cardenalitos.
El futuro de esta ave en nuestro planeta se encuentra en las manos del
hombre, debido a que este es el que decide como ha de utilizar los recursos
naturales para su propio bienestar, afectando con las nuevas tecnologías el
espacio donde se desenvuelve esta ave, además generando la desaparición de
muchas más especies.
7
La motivación fundamental de este trabajo consiste en investigar las causas y
las consecuencias de la extinción del cardenalito a través de un estudio
experimental en el cual se ponga en manifiesto las causas y las consecuencias,
y demostrar los daños ocasionados por el hombre a estas aves. Ya que el
futuro de esta ave en nuestro planeta se encuentra en las manos del hombre,
debido a que este está destruyendo su hábitat.
¿Cuál es la causa que hace esta ave este en peligro de extinción en Venezuela
y que consecuencias traen para la humanidad y la especie?
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Objetivo general
Determinar las causas que ocasiona la extinción del cardenalito en Venezuela a través de un criadero para proponer alternativas que detenga su extinción.
Objetivo Específicos
Identificar los factores que influye a favor y en contra de la extinción del cardenalito.
Plantear las posibles soluciones para evitar la desaparición del cardenalito en Venezuela.
Realizar un pequeño criadero para el aumento de su población. Explicar la extinción de esta especie.
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Justificación
La extinción del cardenalito es identificado como un problema en América,
que no se toma en cuenta, en la actualidad por lo tanto el hombre está
acabando con el ecosistema de esta ave a medida que transcurre el tiempo. En
algunos casos las especies de aves son mucho más valiosas de lo que muchos
seres humanos conocen es por ello que al hablar de aves se destaca el
cardenalito, cuyo hábitat ha sido modificado por el hombre trayendo
importantes consecuencias.
Las especies amenazadas por la extinción en distintas partes del mundo, no
son organismos únicos y aislados que solo deben considerarse como algo
científico o estéticamente. Ya que representan mucho más porque son una
parte integrante del hábitat. Un paisaje vivo completo en el que la evolución
funciona a plena marcha y resultan, por ello es importantes para la ciencia este
tesoro vivo, si se utilizara adecuadamente podría enriquecer la vida del hombre
en sus empeños culturales, educativos, estéticos y científicos, además de
contribuir a la realización de una vida mejor.
La actual decadencia del hábitat natural es la consecuencia de la acción del
hombre, y la amenaza que ellos representan para los animales que dependen
de ese hábitat para su supervivencia puede considerarse como un desastre
para la humanidad y calificarse, como el problema más grande de destrucción
en los últimos tiempos a nivel ecológico, por ello es de suma importancia
evaluar las causas y consecuencias de la extinción del cardenalito.
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CAPITULO II. MARCO TEORICO
ANTECEDENTES
Banchez, Cádiz, Díaz, Hernández, negrin. (2005) realizaron una investigación
titulada “Animales en peligro de extinción de Venezuela” con el objetivo de
determinar la extinción de los animales en Venezuela. El aporte al proyecto de
investigación consiste en ayudar a la fauna silvestre para que no se extinga; y
los resultados que obtuvieron a este proyecto de investigación fue darle a
comprender a las personas que los animales son algo más que un objeto de
trabajo. La modalidad empleada en la investigación fue documental
bibliográfica.
Torres, López, Ortega. (2003) realizaron una investigación titulada “Especies
en extinción y especies en peligro” con el objetivo de determinar la extinción y
el peligro de las especies. El aporte al proyecto de investigación consiste en
salvar la gran mayorías de la especies en peligro de extinción, y los resultados
que obtuvieron en este proyecto de investigación fue que darles a sabes a las
personas que existen comunidades gubernamentales como no
gubernamentales para protegerlos. La modalidad empleada en la investigación
fue documental bibliográfica.
11
Bases Teóricas
Biodiversidad vs. Extinción
Suramérica posee la mayor biodiversidad en el mundo. Posee vastas
extensiones de bosques tropicales, cordilleras que alcanzan los 7000 m de
altitud y formaciones geológicas que se remontan a los orígenes de la vida
sobre la tierra. El resultado es una diversificación biológica sin precedente.
Se entiende por biodiversidad el número, variedad y variabilidad de seres
vivos que habitan el planeta. Además, la biodiversidad incluye las interacciones
que se establecen entre las formas de la vida y que dan origen a sistemas
interactivos complejos como son los ecosistemas.
Venezuela ocupa un lugar privilegiado dentro de los países en el mundo con
la mayor biodiversidad. Se le considera un país MEGADIVERSO: 25.000
especies de plantas, 323 especies de mamíferos, 1.340 especies de aves, 283
especies de reptiles y 202 especies de anfibios.
Sin duda, vivimos en una tierra privilegiada. En confrontación con la
biodiversidad, está el concepto extinción, es decir, el proceso irreversible de
desaparición de la vida. La extinción de las especies se ha acelerado
radicalmente desde la Revolución Industrial, con la modificación y destrucción
de hábitat y ecosistemas.
En esta nave espacial llamada Tierra continuará la vida durante muchos
milenios, pero la especie humana quizá haya desaparecido como tal, antes de
dos siglos.
Aunque el hombre, biológicamente es el animal que mejor se adapta a la
contaminación ambiental, cabe señalar que en esa adaptación puede radicar
su futura tragedia. Llegará quizás un día, que el nuevo ciudadano que nace y
se desarrolla en ese ambiente, le será materialmente imposible llegar a
desarrollarse íntegramente su capacidad física y anímica.
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No necesariamente todo aquello que podamos denominar "desarrollo" para
la humanidad y todo lo que sea técnicamente posible, debe calificarse de
progreso.
El desarrollo urbano anárquico e incontrolado, el cual ha destruido recursos
valiosos como paisajes y seres vivientes, la erosión de los suelos, fruto de la
tala y quema irracional, la despoblación forestal, los daños infligidos a las
cuencas hidrográficas, la destrucción de la fauna silvestre,..... etc. uno se
pregunta ¿hacia dónde vamos?
Recordemos el Mandamiento de "NO CONTAMINARAS"
Más de 300 especies de la fauna venezolana podrían desaparecer.
Hace 4.500 millones de años, desaparecía una especie de entre un millón.
La desaparición natural de las especies es debido a su adaptación a los
diferentes cambios en su hábitat. Este hábitat lo ha cambiado el hombre,
drásticamente, alegando la industrialización, el progreso y los medios de su
subsistencia. Se estima que en 30 años no existirán la quinta parte de las
formas de vida que hoy aún existen. La pérdida de la biodiversidad, el comercio
indiscriminado e ilegal de algunas especies, la contaminación de las aguas y
tierra, hace que anualmente mueran más de dos millones de aves y más de
cien mil mamíferos. La Unión Internacional para la Conservación de las
Especies (IUCN), mantienen listas de especies animales en situación crítica,
hay diversas categorías: 1.- Amenazadas. 2...- Vulnerables. 3.- Rara
Otros animales son sacrificados indiscriminadamente, con crueldad, el
hombre por sus falsas creencias, debidas a la ignorancia, en la búsqueda de lo
mágico y de la virilidad mal entendida, que no encontrará fuera sino dentro de
sí mismo aniquila especies.
13
Venezuela uno de los países con mayor diversidad biológica, hoy es
lamentable el aumento de la cifra de animales en extinción, debido a la
intervención del hombre. Hasta 1974 se habían extinguido 130 especies de
aves. Más de trescientas especies aves corren el riesgo de extinción definitiva,
entre ellas: Amenazadas: la cotorra cabeza amarilla, el cardenalito, el cóndor,
la guacamaya y entre otras especies Vulnerables: el flamenco, el pato real, el
paují de copete, la soisola, murciélago narigudo, pato torrente, perico
multicolor.
Es alentador reconocer la toma de conciencia sobre la protección de la
Naturaleza, por organismos gubernamentales mediante la declaración de
parques nacionales y la iniciativa privada mediante la protección de la fauna
por los dueños de fincas y haciendas, y cría de especies en peligro de extinción
para devolverlas y repoblar las zonas afectadas.
La Clasificación de los Animales en Peligro de Extinción
Extinto (EX)
No existen dudas de que los últimos individuos de esta especie han
desaparecido.
Extinto en Vida Silvestre (ES)
El taxón sólo sobrevive en cultivos, en cautiverio o en poblaciones
naturalizadas fuera de su distribución original. Un taxón se considera
Probablemente Extinto en Vida Silvestre (ES?) cuando se han realizado
estudios en los hábitat conocidos o probables, en los períodos de tiempo
apropiados a los ciclos y formas de vida del taxón, y no se han detectado
individuos o señales que indiquen su presencia.
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En Peligro Crítico (CR)
Existe el riesgo de extinción extremadamente alto de sus poblaciones en
vida silvestre en el futuro inmediato, según cualquiera de los criterios señalados
en el documento "Criterios para las categorías En Peligro Crítico, En Peligro y
Vulnerable" (UICN 1994).
En Peligro (EP)
Sin estar en situación "Crítica", el taxón enfrenta un riesgo muy alto de
extinción en vida silvestre en el futuro cercano, según cualquiera de los criterios
señalados en el documento "Criterios para las categorías En Peligro Crítico, En
Peligro y Vulnerable" (UICN 1994).
Vulnerable (VU)
Enfrenta un alto riesgo de extinción en vida silvestre a mediano plazo, según
cualquiera de los criterios señalados en el documento "Criterios para las
categorías En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable" (UICN 1994).
Menor Riesgo (MR)
La información disponible no permite la asignación definitiva del taxón a las
categorías anteriores. Sin embargo, como consecuencia de su área de
distribución restringida, y/o por encontrarse presente en pocas localidades, y/o
por ser sus densidades muy bajas a lo largo de su distribución, el taxón es
propenso a los efectos de las actividades humanas y se cuenta con indicios
claros de amenazas moderadas o potenciales. También fueron incluidos en
esta Categoría algunos taxa que, a pesar de mantener aún niveles
poblacionales altos y/o amplia distribución, soportan una presión
extremadamente fuerte que podría afectar al taxón en un futuro cercano. Se
incluyen aquí las Subcategorías Casi Amenazado (ca), Dependiente de
Conservación (dc) y Preocupación Menor (pm), establecidas en el Documento
Final UICN (UICN 1994).
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Casi Amenazado (ca)
El taxón, aunque puede señalarse como Dependiente de Conservación (dc),
se encuentra cerca de ser calificado como Vulnerable (VU).
Dependiente de Conservación (dc)
El taxón es objeto de un programa continuo de conservación sobre
especificidad taxonómica o especificidad de hábitat, pero podría ubicarse en
una de las Categorías de amenaza si el programa es suspendido por un
período de cinco años.
Preocupación Menor (pm)
Taxón que no puede calificarse como Casi Amenazado (ca) o Dependiente
de Conservación (dc), ya que las amenazas que enfrenta actualmente se
pueden considerar como moderadas, pero que pueden convertirse en
potenciales y podrían afectar al taxón en un futuro cercano.
Insuficientemente Conocido (IC)
Se considera que un taxón pertenece a esta Categoría, cuando después de
evaluado en forma directa o indirecta, y aunque se trate de uno cuya biología
puede ser bien conocida, los datos sobre distribución, amenazas y/o situación
poblacional son insuficientes para asignarlo dentro de alguna de las categorías
antes expuestas. Un taxón IC reevaluado con datos suficientes podría ubicarse
en cualquier otra categoría, desde CR hasta FP. La clasificación
Insuficientemente Conocido es totalmente equivalente a la Categoría Datos
Insuficientes (DI) utilizada en el Documento Final UICN (UICN 1994).
16
Fuera de Peligro (FP)
Se considera que un taxón está Fuera de Peligro cuando después de
evaluado en detalle, con base en el momento y las condiciones actuales, no
califica para ninguna de las categorías expuestas anteriormente. Sin embargo,
si las condiciones fuesen alteradas, es probable que en posteriores
evaluaciones su categorización sea reconsiderada. Aunque son taxa citados
por la Lista Roja UICN 1996 para Venezuela han sido evaluados fuera de
peligro en el Libro Rojo de la Fauna Venezolana.
No Evaluado (NE)
Un taxón pertenece a esta Categoría cuando no ha sido evaluado con base
en los criterios antes expuestos. Correspondería a los taxa que por falta de
información y/o tiempo, o por no considerarlo necesario, fueron excluidos del
Libro Rojo de la Fauna Venezolana aunque son citados por la Lista Roja UICN
1996 para Venezuela. En su mayoría se trata de tiburones, algunos de los
cuales no han sido señalados con seguridad en Venezuela, pero cuya
distribución atlántica podría corresponderse con nuestras costas.
No Señalados para Venezuela (NO VZLA)
El taxon que no se consideran parte de la fauna venezolana ya que su
distribución no abarca nuestro país, al menos con base en la información
disponible en la actualidad. Se considera importante la mención de éstos
debido a que son taxa citados por la Lista Roja UICN 1996 para Venezuela y
en otras publicaciones pero nunca han sido observados en territorio
venezolano. Aunque son mencionados, estos taxa permanecerá fuera la Lista
Roja de la Fauna Venezolana hasta que sea demostrada su presencia en el
país. Observación: El término Amenazado se utiliza en forma genérica para
señalar a los taxa que pertenecen a las categorías CR, EP, VU.
17
Categorías de la Lista Roja
A partir de la Asamblea General de UICN, realizada en Madrid en 1984, se
inició un proceso de revisión de las categorías utilizadas para clasificar a los
taxa en las Listas y los Libros Rojos. Dicha Asamblea resultó en un conjunto de
propuestas que dieron origen al libro The Road to Extinction "El Camino a la
Extinción" (Fitter & Fitter 1987).
Producto de la incorporación de nuevas técnicas para estimar el riesgo a
nivel poblacional, y del fortalecimiento de la disciplina sobre biología de la
conservación, surgió la oportunidad de diseñar un sistema objetivo basado en
criterios cuantitativos. De esta manera, se elaboró la primera propuesta
conocida como los criterios Mace-Lande Versión 1.0 (Mace & Lande 1991),
donde la ubicación de un taxón en una categoría se realiza mediante la
evaluación de parámetros como la probabilidad de extinción, la estructura meta
poblacional y los cambios observados en el tamaño de las poblaciones.
Sin embargo, el sistema presentó dificultades para su aplicación a plantas e
invertebrados (Rabb 1992) y son pocas las especies a nivel mundial de las que
existe suficiente información para su utilización estricta. Las críticas a las
categorías Mace-Lande dieron origen a una serie de propuestas sucesivas: la
Versión 2.0 (Mace et al. 1992), Versión 2.1 (IUCN 1993), Versión 2.2 (Mace &
Stuart 1994) y Documento Final (UICN 1994), en las que tratan de incorporarse
las opiniones de los numerosos especialistas que participaron en el proceso.
En la asignación de categorías a los taxa incluidos en el Libro Rojo de la
Fauna Venezolana, se ha intentado mantener el espíritu de objetividad y
precisión que caracteriza a la discusión anteriormente expuesta. No obstante,
la información existente sobre los animales amenazados en nuestro país es
fundamentalmente cualitativa, y en el mejor de los casos se sabe sobre las
áreas del territorio nacional donde una especie no ha sido detectada en un
período muy largo, o sobre las especies que se encuentran bajo mayor presión
por cacería o destrucción de su hábitat.
18
Dos criterios especialmente determinantes para la asignación de categorías
fueron las tendencias poblacionales y de distribución.
Las categorías utilizadas en el Libro Rojo de la Fauna Venezolana están
basadas principalmente en el Documento Final (UICN 1994), y otros cambios
realizados por los autores a fin de lograr que la información refleje lo mejor
posible la realidad nacional: Extinto (EX), Extinto en Vida Silvestre (ES),
Probablemente Extinto en Vida Silvestre (ES), En Peligro Crítico (CR), En
Peligro (EP), Vulnerable (VU), Menor Riesgo (MR), Insuficientemente Conocido
/ Datos Insuficientes (IC), Fuera de Peligro (FP) y No Evaluado (NE).
Las categorías Extinto (EX) y Extinto en Vida Silvestre (ES) no fueron
asignadas a ningún taxón en nuestro país, ya que en Venezuela no se conoce
hasta los momentos ninguna especie que se haya extinguido por actividades
humanas en tiempos recientes. Los taxa clasificados como FP, NE y NO VZLA
no fueron incluidos
Causas de la Extinción
En la actualidad las causas de la extinción o de su peligro están
relacionadas, de una u otra forma, con el hombre. Lo más preocupante y grave
aún, es que no se manifiestan de manera individual, haciendo más complejo
instrumentar las soluciones.
La Alteración o Destrucción del Medio Ambiente
Esta es la causa principal de la extinción de las especies o de la pérdida de
la biodiversidad a escala mundial. Debido a la acción del hombre se degradan
o exterminan hábitat o espacios naturales en los cuales se desarrolla la vida.
En Venezuela esta es la razón que ha Ilevado a casi la desaparición de más de
la mitad de las especies animales amenazadas.
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La Cacería
Es actualmente la segunda causa de extinción a nivel mundial. Según el
folleto Extinción, Las aves Amenazadas, "En Venezuela (la cacería) es
responsable de que el 30% de las especies amenazadas estén en peligro de
desaparecer. La caza se práctica por motivos comerciales, por deporte y para
consumo”
La Contaminación
El uso inadecuado de pesticidas y fertilizantes químicos en la agroindustria
elimina a las plagas y parásitos, pero también a insectos necesarios para el
equilibrio de la vida en los ecosistemas del campo; igualmente, es causa de
envenenamiento de las fuentes de agua (lagos o ríos) que son utilizadas en el
riego de los cultivos y que cuando son absorbidas o ingeridas provocan la
muerte de la flora y la fauna, y ocasionan graves enfermedades al hombre.
Explotación de Especies en Forma No Sustentable
Cuando el aprovechamiento de una especie se realiza a un ritmo que
supera su capacidad de reproducción, se habla de sobreexplotación. Algunas
especies son de vida y crianza prolongadas, por lo tanto, con potencial
reproductivo bajo, por ejemplo: las ballenas, los elefantes y los grandes árboles
madereros. Debido entonces a un irracional afán de lucro comercial, a nivel
mundial se han extinguido en los últimos cuatro siglos no menos de 400
especies y subespecies de aves y mamíferos.
En Venezuela la sobreexplotación ha causado gran mortandad de manatíes
y guacamayas, e inclusive de especies con un potencial reproductivo
comparativamente alto, como las tortugas verde arrau y los cocodrilos de la
costa y del Orinoco.
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Que Hacer para Evitar la Extinción
Piense que el hombre, desde su aparición en la Tierra, depende de la
naturaleza para vivir; al propiciar la conservación del medio ambiente estamos
colaborando con los hijos de nuestros hijos. Par otra parte, independientemente
del credo particular de cada individuo y de su concepción sobre el Universo, las
plantas y Ios animales son seres vivos que merecen y tienen el derecho de
compartir con nosotros la vida en el planeta.
Que hacer para contribuir con esto:
No consuma carne de fauna silvestre.
No compre animales silvestres.
Denuncie ante la Guardia Nacional, a aquellos que comercializan con
especies en peligro de extinción.
En la medida de sus posibilidades, impida la extracción o el ingreso de
especies exóticas a nuestro territorio.
Haga comprender a familiares y amigos, la importancia de conservar la
fauna, la flora, y la naturaleza en general.
Refugiados de la Extinción
La Importancia de las Refugios de Fauna Silvestre en Venezuela
Los flamencos y decenas de especies de aves como la cotorra cabeza
amarilla, encuentran en refugio en diversos lugares decretados por el Ejecutivo
Nacional para salvaguárdalos de la extinción, un proceso irreversible que los
apartaría de la faz de la tierra para siempre.
Estas áreas son conocidas como Refugios de Fauna Silvestre. Hasta la
fecha se han decretado siete, con el objetivo de proteger el hábitat de estos
animales amenazados, particularmente de aquellos en peligro de extinción, a
los fines de recuperar sus poblaciones, proveyendo oportunidades tanto a la
investigación científica, como a la educación especializada.
21
Los refugios de fauna silvestre, constituyen en la actualidad, junto a las
reservas de fauna silvestre, las únicas Áreas Bajo Régimen de Administración
Especial (ABRAE) existentes, dedicadas casi de manera exclusiva a la
conservación de la fauna autóctona de nuestro país. Queda una tercera
categoría legal, los santuarios de fauna silvestre, de los cuales no se ha
decretado ninguno en el país. Estas áreas protegidas se encuentran reguladas
por la Ley de Protección de la Fauna Silvestre, decretada en la década de los
70.
El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, a través de la
Dirección General de Fauna, prevé la consolidación del sistema nacional de
áreas naturales protegidas para la fauna, buscando un nivel regional y hasta
local de administración, obedeciendo a lineamientos de conservación y manejo,
emanados de la política ambiental del MARN e implementados por la Dirección
General de Fauna. Se afinan varios mecanismos entre los cuales están, el
desarrollar el marco legal específico que permita la ordenación y manejo
(Planes de Ordenación y Reglamentos de Uso y sus correspondientes
programas) de los RFS existentes, la declaratoria de nuevas áreas protegidas
donde ello se requiera, y el establecimiento de acuerdos o convenios
estratégicos de apoyo a las áreas naturales protegidas, los cuales podrías
celebrarse con institutos científicos, universidades y organizaciones no
gubernamentales, con objetivos afines a los nuestros.
Una vez que se tiene el marco legal y las debidas asociaciones estratégicas,
se pueden diseñar y ejecutar programas específicos de investigación, de
manejo de poblaciones y sus hábitat, educación ambiental, desarrollar
infraestructuras, programas de voluntariado, el cual se convertiría en apoyo
importante para la conservación de éstas áreas y para promover la educación
ambiental. Pese a los años en que se ha venido trabajando en ello, no ha
habido la suficiente planificación ni los recursos asignados para lograr su
objetivo principal.
22
La visión no gubernamental...
VITALIS considera que es mucho lo que aún falta por hacer en los Refugios
de Fauna Silvestre de Venezuela, pese a los esfuerzos que se realizan con
muy escasos recursos. Por ejemplo, solo 2 de los 7 poseen planes de
ordenamiento y manejo debidamente sancionados y el número de guarda
faunas no es suficiente para desarrollar los planes y programas de manejo. Por
otro lado se requieren fortalecer los mecanismos de cooperación
interinstitucional, para replicar experiencias exitosas tales como la del Refugio
de Fauna Silvestre Cuare con FUDENA, que se ha mantenido por más de 10
años.
Asimismo, VITALIS considera fundamental consolidar los mecanismos de
participación y consulta con otros sectores, de forma tal que en cada refugio
cuente con organizaciones públicas y privadas aliadas de su gestión, aplicando
además la función asesora que le permitiría diversificar las formas y fuentes de
apoyo a su trabajo.
Usos y Actividades en los Refugios de Fauna Silvestre de Venezuela
Prohibidas
Cultivos y cría de animales domésticos, minería, explotar hidrocarburos,
vertido de efluentes líquidos no tratados, comercios, industrias no artesanales,
desarrollos turísticos y urbanísticos, anuncios publicitarios, depositar basura
Pesca comercial a escala industrial, recreación masiva y activa, caza
(deportiva, comercial), introducción de animales silvestres exóticos.
Restringidas
Cultivos agrícolas, zoocriaderos y acuicultivos, construcción de instalaciones
recreacionales, plantas eléctricas industriales, vías de comunicación,
teleféricos, viviendas, y obras hidráulicas, viviendas privadas, aprovechamiento
de aguas superficiales o subterráneas, descarga de aguas servidas, tala,
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deforestación, reforestación, industria artesanal Pesca deportiva, subsistencia,
comercial, artesanal, producción de ruidos molestos.
Permitidas
Manejo del hábitat de la fauna, visitas guiadas, construcciones para
recreación, educación ambiental, senderos, vías de comunicación e
investigación científico Caza y pesca para control de animales perjudiciales,
educación ambiental, extracción de muestras, acceso del público de visita,
recreación pasiva
Programas de Manejo
Para el cumplimiento de sus objetivos de conservación, los Refugios de
Fauna Silvestre cuentan con una serie de programas de manejo que
comprenden, entre otros, la guardería y control, el desarrollo de investigaciones
científicas (que incluye el monitoreo de variables ambientales y la cooperación
interinstitucional), educación ambiental y el Uso Público. Este último
comprende además los subprogramas relacionados con la recreación pasiva,
las relaciones públicas y la extensión.
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Bases Legales
Ley de Protección a La Fauna Silvestre
Artículo 1° La presente Ley regirá la protección y aprovechamiento racional
de la fauna silvestre y de sus productos, y el ejercicio de la caza.
Artículo 4° Están excluidos de las disposiciones de esta Ley:
1. Los animales domésticos;
2. Los animales que nacen y se crían ordinariamente bajo el cuidado o poder
del hombre, en hatos, rebaños, manadas o cualquier otro conjunto de animales
de cría mansos o bravíos mientras no sean separados de sus pastos o
criaderos, ya se encuentren en establos y corrales o a campo raso o abierto;
3. Los animales acuáticos con respiración branquial
Artículo 5° Se declara de utilidad pública:
1. La creación de Reservas, Refugios y Santuarios de Fauna Silvestre;
2. La conservación, el fomento y aprovechamiento racional de la fauna
silvestre;
3. La ordenación y el manejo de las poblaciones de animales silvestres;
4. La importación y aclimatación de animales silvestres, previas las
regulaciones que establezca el Ministerio de Agricultura y Cría.
5. La conservación y fomento de los recursos que sirvan de alimentación y
abrigo a la fauna silvestre.
6. La investigación científica de la fauna silvestre.
Artículo 11 El Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio de Agricultura y
Cría, velará por la conservación, protección, fomento y racional
aprovechamiento de la fauna silvestre, y a tales efectos queda facultado:
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a. Para programar y ejecutar la ordenación y el manejo de la fauna silvestre
b. Para establecer, en terrenos de propiedad pública o privada, zonas
especialmente destinadas al desarrollo de programas de ordenación y manejo
de poblaciones de animales silvestres y al ejercicio de la caza, las cuales se
denominarán "Reservas de Fauna Silvestre";
c. Para establecer, en terrenos de propiedad pública o privada, zonas vedadas
a la caza, las cuales se denominarán "Refugios de Fauna Silvestre" y
"Santuarios de Fauna Silvestre", que serán usados como medio de protección,
reproducción y repoblación de animales silvestres nativos de la misma zona,
trasplantados de otras regiones del país o importados de otros países, de
acuerdo a las regulaciones que al efecto sean establecidas;
d. Para prohibir parcial o totalmente la caza de determinados animales, o la
recolección de sus productos, con el fin de evitar su extinción o de regular su
aprovechamiento;
e. Para fomentar organizaciones deportivas de caza, auspiciar o celebrar
exhibiciones y ferias, instituir la clasificación y el registro de trofeos de caza, y
en general para realizar o promover cualquier otra actividad conducente al
perfeccionamiento del deporte;
f. Para dictar, por medio de Resoluciones todas las medidas que estime
necesarias a la conservación, protección, fomento y racional utilización de los
animales que temporal o permanentemente habitan el territorio nacional, sin
perjuicio de disponer lo conducente al control de los animales dañinos a la
especie humana, a la agricultura, a la ganadería y a la salubridad pública.
26
Artículo 18 El Ejecutivo Nacional tomará las medidas necesarias para
preservar, modificar o restaurar el hábitat de los animales silvestres (suelos,
flora, aguas) que requieran los planes de ordenación y manejo y adoptará las
resoluciones que estime convenientes para evitar contaminaciones de
cualquier naturaleza que pudieran afectar.
Artículo 41. El aprovechamiento racional de la fauna silvestre en todo el
territorio nacional queda sometido a la presente Ley, su Reglamento y las
disposiciones que al efecto dicte el Ministerio de Agricultura y Cría acerca de
épocas de veda, zonas de prohibida caza, movilización, comercio y tenencia de
animales silvestres y de sus productos.
Artículo 109. Quien ejerce la caza con fines comerciales o realizare
operaciones de comercio, industria o movilización de animales silvestres o de
sus productos, en contravención con las disposiciones de esta Ley, será
sancionado con multa de mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) bolívares, más el
comiso de los animales y productos logrados.
"En este articulo se señala las multas que se le presentan a todas aquellas
personas que ejerzan la caza o comercio de alguna de estas especies
silvestre".
Ley Penal Del Ambiente
Artículo 1. Objeto.- La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos
aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación,
defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales
correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de
restitución y de reparación a que haya lugar.
27
Artículo 2. Extraterritorialidad.- Si el hecho punible descrito por esta Ley
se comete en el extranjero, quedarán sujeta a ella la persona responsable,
cuando aquél haya lesionado o puesto en peligro, en Venezuela, un bien
jurídico protegido en sus disposiciones. En este caso, se requiere que el
indiciado haya venido al territorio de la República y que se intente acción por el
Ministerio Público. Requiérese también que el indiciado no haya sido juzgado
por tribunales extranjeros, a menos que habiéndolo sido hubiere evadido la
condena.
Artículo 5. Sanciones a personas naturales.- Las sanciones serán
principales y accesorias.
Son sanciones principales:
1. La prisión.
2. El arresto.
3. La multa.
Artículo 10. Aumento de penalidad.- Cuando por la comisión de algún delito
de peligro contemplado en la presente Ley, se produzca además daño, la pena
se aumentará en la mitad. Si el daño fuese de carácter grave el aumento podrá
ser de las dos terceras partes. En ambos casos, el aumento se hará tomando
como base la pena normalmente aplicable.
Artículo 11. Agravante.- La condición de funcionario público en el sujeto activo
del hecho punible, en aquellos casos en que el tipo no lo requiera y siempre
que aquél actuare en ejercicio de sus funciones, constituye circunstancia
agravante genérica de la responsabilidad penal.
Artículo 16. Obligación de orden público.- Se considera de orden público la
obligación de restituir, reparar el daño o indemnizar los perjuicios causados al
ambiente, por quienes resultaren responsables de los delitos previstos en esta
Ley.
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A estos efectos, el tribunal practicará, aún de oficio, las diligencias conducentes
a la determinación de la responsabilidad civil de quienes aparecieran como
autores o partícipes
Artículo 19. Prescripción de acciones.- Las acciones penales y civiles derivadas
de la presente Ley, prescribirán así:
Las penales:
1. A los cinco (5) años, si el delito mereciere pena de prisión de más de tres (3)
años.
2. A los tres (3) años, si él delito mereciere pena de prisión de tres (3) años o
menos, o arresto de más de seis (6) meses; y
3. Al año, si el hecho punible sólo acarreare arresto por tiempo de uno (1) a
seis (6) meses.
La pena de trabajos comunitarios prescribe en los mismos lapsos que la de
arresto. Las civiles, por diez (10) años.
"En toda esta ley se habla de la pena que deben cumplir todos los ciudadanos
que le hagan daño al medio ambiente en general (Fauna y flora) y de todos los
deberes y derechos que se vean vinculados con la naturaleza"
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CAPITULO III. MARCO METODOLOGICO
Diseño y tipo de investicion
Este proyecto se baso en una investigacion experimental apoyada de una
investigacion de campo, experimental ya que sometieron a dos cardenalito de
diferente sexo al apareamiento con la finalidad de su reproduccion y de campo
por que se recoleto datos de fuentes primarias. Este proyecto se baso en una
investigacion cualitativa ya que baso en el apareamiento del cardenalito con la
finalidad del aumento de su poblacion en el Estado Carabobo.
Poblacion y Muestra
se estima que la poblacion actual esta entre 600 a 800 elemplares en todo
el pais. Y ademas fueron sometidas dos aves de diferente sexo a la
experimentacion por el investigador con la finalidad de obtener informacion
sobre esta ave.
Tecnicas e intrumentos de recoleccion de datos
Tecnica: la tecnica que se utilizo para la recoleccion de datos fue la
observacion no participante, ya que nosotro observamos dicha
experimentacion.
Instrumentos: las herramientas que se utilizaron fueron la bitacora,
entrevista estructurada, y los videos, en la bitacora se escribio todos los datos
que nos arrojo la investigacion, con la entrevista obtuvimos datos del
cardenalito y con los videos se sustentaron todos los datos.
Tecnicas de analisis
En este proyecto la tecnica de analisis que se utilizo es el analisis
documental ya que obtuvimos informacion de fuentes para saber las causas
que ocaciona la extincion del cardenalito en su habitat natural.
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