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BOLETÍN OFICIAL N.º 149 - VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2016 Pág. 1 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA www.diputaciondezamora.es

(BOP 149 (30-12-2016) Maquetaci n 1)2016/12/30  · ugt-Fica zamoRa: Ángel lobo ordoñez. - En representación empresarial. asconza - ceoe*cePyme zamora: jose antonio Fernández manso

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www.diputaciondezamora.es

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II. Administración Autonómicajunta de castilla y león

delegación teRRitoRial de zamoRaoficina territorial de trabajo

Acuerdo Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Sector de Construcción, Obras Públicas y Derivados del Cemento.

Calendario laboral 2017 - Código del acuerdo 49000905011981Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la oficina territorial de trabajo de

la delegación territorial de la junta de castilla y león en zamora, por la que sedispone el registro y la publicación del acuerdo de la comisión Paritaria delconvenio colectivo Provincial del sector de construcción, obras Públicas yderivados del cemento de zamora, en el que se establece el calendario laboralpara el año 2017.

Visto el acuerdo de la comisión Paritaria del convenio colectivo Provincial delsector de construcción, obras Públicas y derivados del cemento de zamora, sus-crito con fecha 23 de diciembre de 2016 a fin de establecer el calendario laboralpara el año 2017, en virtud de lo establecido en el artículo 31 del mencionado con-venio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apdos. 2 y 3 del Realdecreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refun-dido de la ley del estatuto de los trabajadores, Real decreto 713/2010, de 28 demayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.Real decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios dela administración del estado a la comunidad autónoma de castilla y león en mate-ria de trabajo (ejecución legislación laboral) y orden de 21 de noviembre de 1996de las consejerías de Presidencia y administración territorial y de industria,comercio y turismo por la que se definen las funciones de las oficinas territorialesde trabajo, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 c) del decreto 2/2015,de 7 de julio, de reestructuración de consejerías, esta oficina territorial de trabajoresuelve:

- Primero: ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondienteRegistro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a tra-vés de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisiónParitaria.

- Segundo: disponer su publicación en el Boletín oficial de la Provincia dezamora.

- Tercero: depositar un ejemplar del mismo en esta entidad.así lo acuerdo y firmo en zamora, a veintiocho de diciembre de dos mil dieci-

séis.-la jefa de la oficina territorial de trabajo de zamora, maría l. VillarRodríguez.

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acta de la Reunión de la comisión PaRitaRia del conVenio colectiVo PRoVincial del sectoR de la

constRucción, oBRas PÚBlicas y deRiVados del cementoasistentes- Representación social.cc.oo.: manuel Prieto Velázquez.ugt-Fica zamoRa: Ángel lobo ordoñez.- En representación empresarial.asconza - ceoe*cePyme zamora: jose antonio Fernández manso.en la ciudad de zamora, siendo las doce horas del día 23 de diciembre de 2016

se reúnen las personas al margen relacionadas, todas ellas, miembros de lacomisión Paritaria del convenio mencionado en la sede de ceoe*cePymezamora.

el objeto de la reunión consiste en establecer el calendario laboral para el año2017, en atención a lo dispuesto en el artículo 31 del convenio del sector.

tras un amplio debate por unanimidad se llega a los siguientes acuerdos:acueRdos

Primero.- aprobar el calendario de aplicación para el año 2017, quedando fija-dos los siguientes festivos de convenio, se adjunta modelo de calendario estable-ciendo estos festivos:

1.- lunes, 27 de febrero. lunes de carnaval.2.- 3 horas en la jornada de tarde el día 12 de abril, miércoles santo.3.- lunes, 28 de abril.4.- Viernes, 30 de junio.5.- lunes, 14 de agosto.6.- Viernes, 13 de octubre.7.- 3 horas en la jornada de tarde del día 5 de diciembre, martes.8.- jueves, 7 de dicembre.9.- Viernes, 22 de diciembre.Segundo.- los festivos marcados como Fn son los publicados por junta de

castilla y león en el Bocyl de 19/09/2016, las fiestas locales marcadas son lasde la ciudad de zamora, para el resto de localidades se estará a lo publicado en elBoletín oficial de la Provincia de zamora de fecha 9/12/2016.

Tercero.- la jornada laboral establecida en este calendario, 1.738 horas, podráestar condicionada por lo que se firme en el convenio general de la construcciónen el ámbito estatal.

Cuarto.- dar traslado de los anteriores acuerdos a la autoridad laboral para suregistro y posterior publicación oficial.

sin perjuicio de los anteriores acuerdos, en cuanto a una posible readaptacióndel calendario, se estará a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 31 delconvenio Provincial del sector.

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y siendo las 13:00 horas, se da por concluida la reunión, en el lugar y fechaseñalados de cuyo contenido se levanta la presente acta que es firmada por laspartes en prueba de conformidad.

asconza ccoo ugt-Fica

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CALENDARIO LABORAL DE CONSTRUCCIÓN OP

Y DERIVADOS DEL CEMENTO DE ZAMORA PARA EL AÑO 2017

DÍA ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC DÍA1 � � � � ���� � � � � � ���� � 12 ���� � � � � � � � � � � � 23 � � � � � � � � � � � � 34 � � � � � � � � � � � � 45 � � � � � ���� � � � � � � 56 ���� � � � � � � � � � � ���� 67 � � � � � � � � � � � �� 78 � � � � � � � � � � � ���� 89 � � � � � � � � � � � � 9

10 � � � � � � � � � � � � 1011 � � � � � � � � � � � � 1112 � � � � � � � � � ���� � � 1213 � � � ���� � � � � � �� � � 1314 � � � ���� � � � �� � � � � 1415 � � � � � � � ���� � � � � 1516 � � � � � � � � � � � � 1617 � � � � � � � � � � � � 1718 � � � � � � � � � � � � 1819 � � � � � � � � � � � � 1920 � � � � � � � � � � � � 2021 � � � � � � � � � � � � 2122 � � � � � � � � � � � �� 2223 � � � � � � � � � � � � 2324 � � � ��� � � � � � � � � 2425 � � � � � � � � � � � ���� 2526 � � � � � � � � � � � � 2627 � �� � � � � � � � � � � 2728 � � � �� � � � � � � � � 2829 � � � � ���� � � � � � � 2930 � � � � �� � � � � � � 3031 � � � � � � � 31

HORAS 160 152 184 125 176 152 168 168 168 160 168 125 HORAS

DÍAS 20 19 23 16 22 19 21 21 21 20 21 16 DÍAS

MES ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC MES

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La jornada para el año 2017 es de 1738 horas de trabajo efectivo repartidas en 218 días de trabajo

Los días señalados con el epígrafe FC, al tratarse de ajuste de jornada, no computarán como vacaciones

HORARIO DE VERANO: de lunes a viernes de 8,00 h. a 13,00 h. y de 15,00 h. a 18,00 h.HORARIO DE INVIERNO: de lunes a viernes de 8,30 h. a 13,00 h. y de 14,30 h. a 18,00 h.

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II. Administración Autonómicajunta de castilla y león

delegación teRRitoRial de zamoRaservicio territorial de medio ambiente

Anuncio de información pública de expediente del procedimiento de prórroga del coto de caza ZA-10.275

en este servicio territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórro-ga del coto privado de caza za-10.275, denominado la Peña, iniciado a instanciade club deportivo coto de caza la Peña. el objeto del referido expediente es elprocedimiento de prórroga del coto de caza situado en el término municipal deayoó de Vidriales en la provincia de zamora, con una superficie de 1.545,82 hec-táreas.

lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 deldecreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente eltítulo iV “de los terrenos”, de la ley 4/1996, de 12 de julio, de caza de castilla yleón, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición decualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegacionesdurante el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicaciónen el Boletín oficial de la Provincia del presente anuncio, en las oficinas delservicio territorial de medio ambiente (sección de Vida silvestre), c/ leopoldoalas clarín, 4 - 49018 zamora.

zamora, 29 de noviembre de 2016.-el jefe del servicio territorial, j. castolópez cañibano.

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III. Administración LocaldiPutación PRoVincial de zamoRa

servicio de contrataciónAnuncio

1.- Entidad adjudicadora.a. organismo: diputacion Provincial de zamora.b. dependencia que tramita el expediente: servicio de contratación.c. número de expediente: 0125/16/03/05.2.- Objeto del contrato.a. descripción del objeto: suministro de libros para los bibliobuses y bibliotecas

públicas municipales integrados en el centro Provincial coordinador deBibliotecas para 2016.

b. lugar de ejecución: según lo establecido en el pliego de prescripciones téc-nicas.

c. Plazo de ejecución: el plazo máximo de ejecución del contrato será hasta el30 de abril de 2017 a partir de la formalización del contrato.

3.- División por lotes: no.4.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a. tramitación: ordinaria.b. Procedimiento: abierto.5.- Importe del contrato: Presupuesto máximo del contrato.- Base imponible: 28.846,15 euros.- i.V.a. (21%): 1.153,85 euros.- total: 30.000,00 euros.6.- Garantía.a. Provisional: no se exige, en virtud de lo dispuesto en el art. 103 tRlcsP.b. definitiva: 5% del precio de adjudicación, excluido el impuesto sobre el Valor

añadido, en la forma establecida en la cláusula undécima de este pliego.7.- Obtención de documentación e información.a. entidad: diputación Provincial de zamora.b. domicilio: Plaza de Viriato s/n (edificio de “las arcadas”).c. localidad y código postal: zamora 49001.d. teléfono: 980 514 963.e. telefax: 980 509 079.8.- Requisitos específicos del contratista: de conformidad con el apartado 5 del

artículo 11 del Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en la redacción dada porel Real decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinadospreceptos del Reglamento general de la ley de contratos de las administracionesPúblicas, al tratarse de un contrato cuyo valor estimado es inferior a 35.000,00euros y ante la falta de exigencia expresa de solvencia en los pliegos de prescrip-

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ciones técnicas, no se requiere la acreditación de la solvencia económica y finan-ciera ni de la solvencia técnica y profesional.

9.- Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación: las proposicio-nes podrán ser presentadas hasta las 14:00 horas del día en que se cumplan quin-ce días naturales, a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio delicitación en el Boletín oficial de la Provincia. cuando el último día sea inhábil, ocoincida en sábado, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Únicamente se podrán presentar en mano en las oficinas de contratación dela diputación Provincial de zamora sita en Plaza Viriato, s/n, 49071-zamora, o porcorreo certificado, dirigido a la excma. diputación Provincial, Plaza Viriato, s/n,49071 (zamora), de conformidad con lo establecido en el art. 80.4 RglcaP, y enla forma establecida en la cláusula novena de este pliego

10.- Criterios de valoración.A - Criterios valorables en cifras y porcentajes.la valoración se evalúa sobre un total máximo de 100 puntos, mediante la apli-

cación de los siguientes criterios:1.- oferta económica: 30 puntos.se otorgarán 2 puntos, hasta un máximo de 30, por cada punto porcentual de

descuento que oferte el licitador sobre el precio de referencia del libro establecidopor el editor. debe tenerse en cuenta a estos efectos que el precio de todos los fon-dos bibliográficos será el precio de venta al público (PVP) con un descuento dehasta el 15% sobre ese PVP, fijado en el artículo 11.1 b de la ley 10/2007 de 22de junio, de lectura, del libro y de las bibliotecas.

2.- Plazos de entrega: 40 puntos.se valorará el plazo de entrega de los pedidos, siguiendo el criterio estableci-

do en la siguiente tabla:Plazo entrega Puntos5 días 406 días 367 días 328 días 289 días 2410 días 2011 días 1612 días 1213 días 814 días 4más de 14 días 0

3.- apoyo a la difusión de libros: 10 puntos por proporcionar fotocopias de loslibros, en color y plastificadas, para su difusión en los expositores de los serviciosbibliotecarios, con el siguiente criterio:

340 fotocopias: 10 puntos270 fotocopias: 8 puntos200 fotocopias: 5 puntosmenos de 200 fotocopias: 0 puntos

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4.- Refuerzo y protección de los ejemplares en rústica de la colección, 10 puntos.- 10 puntos por entregar todos los libros en rústica con la cubierta plastificada.- 0 puntos por no entregar todos los libros en rústica con la cubierta plastificada. 5.- Por apoyo al mantenimiento y conservación de los libros con tapa dura de

la colección, 10 puntos.- 10 puntos por entregar todos los libros con tapa dura protegidos con un forro

de plástico transparente y removible.- 0 puntos por no entregar todos los libros con tapa dura protegidos con un forro

de plástico transparente y removible.11.- Página web donde figuran las informaciones relativas a la convocatoria o

donde pueden obtenerse los pliegos: www.diputaciondezamora.es.zamora, 28 de diciembre de 2016.-la Presidenta, P.d. el Vicepresidente

Primero, juan emilio joaquín dúo torrado.

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III. Administración LocaldiPutación PRoVincial de zamoRa

servicio de contrataciónAnuncio

1.- Entidad adjudicadora.a. organismo: diputacion Provincial de zamora.b. dependencia que tramita el expediente: servicio de contratación.c. número de expediente: 0124/16/03/05.2.- Objeto del contrato.a. descripción del objeto: suministro de audiovisuales destinados a los servi-

cios bibliotecarios integrados en el centro Provincial coordinador deBibliotecas de zamora, año 2016.

b. lugar de ejecución: según lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.c. Plazo de ejecución: el plazo máximo de ejecución del contrato será hasta el

30 de abril de 2017 a partir de la formalización del contrato. 3.- División por lotes: no.4.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a. tramitación: ordinaria.b. Procedimiento: abierto.5.- Importe del contrato: Presupuesto máximo del contrato.- Base imponible: 24.793,39 euros.- i.V.a. (21%): 5.206,61 euros. - total: 30.000,00 euros.en la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del

impuesto sobre el Valor añadido que deba ser repercutido.la oferta económica del licitador (i.V.a. excluido) no podrá exceder de la cuan-

tía establecida como base imponible.6.- Garantía.a. Provisional: no se exige, en virtud de lo dispuesto en el art. 103 tRlcsP.b. definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el Valor

añadido, en la forma establecida en la cláusula undécima de este pliego.7.- Obtención de documentación e información.a. entidad: diputación Provincial de zamora.b. domicilio: Plaza de Viriato s/n (edificio de “las arcadas”).c. localidad y código postal: zamora 49001.d. teléfono: 980 514 963.e. telefax: 980 509 079.8.- Requisitos específicos del contratista: de conformidad con el apartado 5 del

artículo 11 del Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en la redacción dada por

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el Real decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinadospreceptos del Reglamento general de la ley de contratos de las administracionesPúblicas, al tratarse de un contrato cuyo valor estimado es inferior a 35.000,00euros y ante la falta de exigencia expresa de solvencia en los pliegos de prescrip-ciones técnicas, no se requiere la acreditación de la solvencia económica y finan-ciera ni de la solvencia técnica y profesional.

9.- Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación: las proposicio-nes podrán ser presentadas hasta las 14:00 horas del día en que se cumplan quin-ce días naturales a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio delicitación en el Boletín oficial de la Provincia. cuando el último día sea inhábil, ocoincida en sábado, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Únicamente se podrán presentar en mano en las oficinas de contratación dela diputación Provincial de zamora sita en Plaza Viriato, s/n, 49071-zamora, o porcorreo certificado, dirigido a la excma. diputación Provincial, Plaza Viriato, s/n,49071 (zamora), de conformidad con lo establecido en el art. 80.4 RglcaP, y enla forma establecida en la cláusula novena de este pliego.

10.- Criterios de valoración. A -Criterios valorables en cifras y porcentajes.la valoración se evalúa sobre un total máximo de 100 puntos, mediante la apli-

cación de los siguientes criterios:1.- oferta económica: 30 puntos.la puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos, atendiendo a los

siguientes criterios:- oferta económica que coincida con el presupuesto de licitación: 0 puntos- mejor oferta económica: 30 puntos- al resto de ofertas se les aplicará la siguiente fórmula:

Porcentaje de baja de la oferta analizada x 30--------------------------------------------------------------------

Porcentaje de baja de la mejor oferta económica2.- Plazos de entrega: 40 puntos.se valorará el plazo de entrega de los pedidos, siguiendo el criterio estableci-

do en la siguiente tabla:Plazo entrega Puntos Plazo entrega Puntos

5 días 40 15 días 206 días 38 16 días 187 días 36 17 días 168 días 34 18 días 149 días 32 19 días 1210 días 30 20 días 1011 días 28 21 días 812 días 26 22 días 613 días 24 23 días 414 días 22 24 días 2

más de 24 días 0

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3.- apoyo a la difusión de los audiovisuales:- 10 puntos por proporcionar fotocopias de las portadas del material audiovi-

sual, en color y plastificadas, para su difusión en los expositores de los serviciosbibliotecarios, con el siguiente criterio:

- 340 fotocopias: 10 puntos.- 270 fotocopias: 8 puntos.- 200 fotocopias: 5 puntos.- menos de 200 fotocopias: 0 puntos.4.- apoyo al mantenimiento del material audiovisual mediante la entrega de

cajas para cd con el fin de reponer las que se van deteriorando con el uso diario,10 puntos con el siguiente criterio:

- 265 cajas para cd: 10 puntos.- 210 cajas para cd: 8 puntos.- 155 cajas para cd: 5 puntos.- menos de 155 cajas para cd: 0 puntos.5.- apoyo al mantenimiento del material audiovisual mediante la entrega de

estuches para dVd, con el fin de reponer las que se van deteriorando con el usodiario, 10 puntos, con el siguiente criterio:

- 169 estuches para dVd: 10 puntos.- 136 estuches para dVd: 8 puntos.- 103 estuches para dVd: 5 puntos.- menos de 103 estuches para dVd: 0 puntos.11.- Página web donde figuran las informaciones relativas a la convocatoria o

donde pueden obtenerse los pliegos: www.diputaciondezamora.es.zamora, 28 de diciembre de 2016.-la Presidenta, P.d. el Vicepresidente

Primero, juan emilio joaquín dúo torrado.

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III. Administración LocaldiPutación PRoVincial de zamoRa

servicio de contrataciónAnuncio

1.- Entidad adjudicadora.a. organismo: diputacion Provincial de zamora.b. dependencia que tramita el expediente: servicio de contratación.c. número de expediente: 0141/16/02/03.2.- objeto del contrato. a. Formación del inventario de Bienes de las entidades que se hallan incluidas

en el Plan Provincial de Formación de inventarios para 2016. dichas entida-des son las siguientes:• ayuntamiento de losacino.• ayuntamiento de losacio.• ayuntamiento de Faramontanos de tábara.• ayuntamiento de mahíde.• ayuntamiento de almaraz de duero.• ayuntamiento de castrogonzalo.• ayuntamiento de morales del Vino.• ayuntamiento de galende.

b. lugar de ejecución: los trabajos se entregarán en el servicio de asistenciaa municipios de la diputación Provincial.

c. Plazo de ejecución: el plazo máximo de ejecución del contrato es de ochomeses desde la firma del mismo.

3.- División por lotes: no.4.- Tramitación y procedimiento.a. tramitación: ordinaria.b. Procedimiento: abierto.5.- Presupuesto del contrato. - Base imponible: 24.793,39 euros.- i.V.a. (21%): 5.206,61 euros.- total: 30.000,00 euros.en la oferta deberá indicarse, como partida independiente, el importe del

impuesto sobre el Valor añadido que deba ser repercutido.la oferta económica del licitador (i.V.a. excluido) no podrá exceder de la cuan-

tía establecida como base imponible.6.- Garantía.a. Provisional: no se exige, en virtud de lo dispuesto en el art. 103 tRlcsP.b. definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el

Valor añadido.

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7.- Obtención de documentación e información.a. entidad: diputación Provincial de zamora.b. domicilio: Plaza de Viriato, s/n.c. localidad y código postal: zamora 49001.d. teléfono: 980 559 300.e. telefax: 980 509 079.8.- Requisitos específicos del contratista.a. solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: de con-

formidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones administrativas.9.- Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación.a. Fecha límite de presentación: las proposiciones podrán ser presentadas

hasta las 14:00 horas del día en que se cumplan quince días naturales a con-tar desde el siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletínoficial de la Provincia. cuando el último día sea inhábil, o coincida en sába-do, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.Únicamente se podrán presentar en mano en las oficinas de contratación dela diputación Provincial de zamora sita en Plaza Viriato s/n, 49071-zamora,o por correo certificado, dirigido a la excma. diputación Provincial, plazaViriato s/n, 49071 (zamora), de conformidad con lo establecido en el art. 80.4RglcaP, y en la forma establecida en la cláusula novena de este pliego.

b. documentación a presentar: la establecida en los Pliegos de Prescripciones.c. lugar de presentación:

1.- entidad: diputación Provincial de zamora.2.- domicilio: Plaza Viriato, s/n.3.- localidad y código postal: zamora 49001.

10.- Criterios de valoración: de conformidad con lo señalado en el art. 150 deltRlcsP, los criterios de valoración, serán los siguientes:

- mejora de la oferta económica. se otorgará 2 puntos por cada 1% de bajasobre el presupuesto base de licitación, hasta un máximo de 80 puntos. seentiende por baja de una oferta, la diferencia entre el presupuesto base de lici-tación y el presupuesto de la oferta correspondiente. en todo caso, deberáestablecerse el presupuesto detallado para cada uno de los municipios seña-lados en el punto primero (objeto del contrato).

- mejora del plazo de ejecución del contrato: se puntuará con un máximo de 10puntos.

se otorgarán 0 puntos cuando el plazo de ejecución ofertado coincida con elmáximo del contrato (ocho meses).

se otorgarán 5 puntos por mes completo que se reduzca el plazo de ejecución.si la reducción no se efectúa por meses completos se otorgará la puntuación quecorresponda proporcionalmente.

en todo caso deberá tenerse en cuenta que tal y como se establece en la cláu-sula quinta del pliego de prescripciones técnicas al menos con 30 días naturalesantes de finalizar el plazo de ejecución del contrato deberá presentarse elinventario provisional para proceder a su revisión.

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en el supuesto de que se produzca un empate entre las mejores ofertas de loslicitadores, se resolverá el empate a favor del licitador que ofrezca una mejor ofer-ta económica. en el supuesto de que persista el empate, se resolverá por sorteoentre los licitadores empatados.

11.. Página web donde figura el perfil de contratante y se encuentran las infor-maciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los pliegos:www.diputaciondezamora.es.

zamora, 28 de diciembre de 2016.-la Presidenta, P.d. el VicepresidentePrimero, juan emilio joaquín dúo torrado.

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III. Administración Localayuntamiento

zamoraAnuncio de aprobación definitiva modificaciones a la ordenanza de la TRSuna vez finalizado el periodo de exposición publica del acuerdo adoptado en

sesión ordinaria celebrada por el Pleno de este excmo. ayuntamiento el día vein-tiocho de diciembre de dos mil dieciséis, de aprobación provisional de modificaciónde la ordenanza de la tasa por recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanossin que se hayan presentado reclamaciones, se eleva a definitivo el referido acuer-do que se publica a continuación:

"Primero: aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza de la tasa porrecogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos, en los términos que figura enla propuesta formulada por el sr. concejal delegado de Recaudación y Rentas,obrante en el expediente".

texto íntegro de las modificaciones a la ordenanza de la tRs definitivamenteaprobadas.

modificación 1.ª: modificación de la letra a) del artículo 2 de la ordenanza:artículo 2.- Naturaleza.la tasa por recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos es un tributo

que grava la prestación de dicho servicio, de solicitud o recepción obligatoria, sien-do objeto de esta exacción:

a) la tributación por cuota fija de todo tipo de inmuebles de naturaleza urbanadel municipio de zamora y que se encuentren incluidos en el censo del impuestosobre bienes inmuebles a los que el servicio de recogida y tratamiento de residuossólidos urbanos potencialmente se refiera, afecte o beneficie de modo particular sinque sea necesario acreditar que ese concreto y específico bien inmueble ha sidoobjeto de retirada efectiva de residuos por parte del servicio municipal.

b) la tributación por cuota variable, que se adiciona a la tributación por cuotafija, de aquellos inmuebles en los que se realicen las actividades empresariales,profesionales o artísticas especificadas en las tarifas del impuesto sobreactividades económicas, se encuentren o no censados en el mismo, así como, deaquellos inmuebles en los que se realicen actividades no especificadas en las tari-fas del impuesto sobre actividades económicas, y descritas en el epígrafe segun-do de las tarifas de esta tasa.

modificación 2.ª: modificación del apartado 1 del artículo 3 de la ordenanza: artículo 3.- Hecho imponible.1.- estará constituido por la prestación del servicio, de recepción obligatoria, de

recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos en los inmuebles del municipiode zamora que tengan la calificación urbanística de suelo urbano consolidado, asícomo en las edificaciones existentes en suelo urbano no consolidado y que seencuentren incluidos en el censo del impuesto sobre bienes inmuebles de natura-leza urbana, a los que el servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidos

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urbanos potencialmente se refiera, afecte o beneficie de modo particular sin quesea necesario acreditar que ese concreto y específico bien inmueble ha sido obje-to de retirada efectiva de residuos por parte del servicio municipal. a tal efecto,cuando una referencia catastral contenga más de un único uso asociado a uno omás inmuebles, se tributará por cada unidad de inmueble con uso diferenciado.

se entenderá que el servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidosurbanos potencialmente no se refiere, afecta o beneficia de modo particular alinmueble cuando no exista la efectiva prestación del servicio a que se refiere elapartado 1 del artículo 4 de la ordenanza, o cuando por razón del uso previsto delos inmuebles no sean susceptibles de la prestación del servicio en los supuestosa que se refiere el apartado 2 del artículo 4 de la ordenanza. Para los supuestosno contemplados en el artículo 4 de la ordenanza en que el servicio de recogida ytratamiento de residuos sólidos urbanos potencialmente no se refiera, afecte obeneficie de modo particular al inmueble, corresponderá acreditar tal condición alcontribuyente.

modificación 3.ª: modificación del apartado 3 del artículo 6 de la ordenanza: artículo 6.- Cuota íntegra.3.- la tributación por cuota fija resultará de la multiplicación del mBR por los

siguientes índices, según la codificación que resulte del inmueble en el referidocenso catastral, a los que el servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidosurbanos potencialmente, se refiera, afecte o beneficie de modo particular sin quesea necesario acreditar que ese concreto y específico bien inmueble ha sido obje-to de retirada efectiva de residuos por parte del servicio municipal.código Uso cuota fijaV Residencial sin cuota variable 4xmBRResto otros usos diferentes a los anteriores 2xmBR

modificación 4.ª: modificación del apartado 2 del artículo 8. artículo 8.- Reducción de tarifas.2.- tanto las cuotas fijas como las variables se entienden anuales. no obstan-

te, se prorratearán por trimestres naturales en los casos de alta y baja, tanto de laactividad como de los inmuebles.

modificación 5.ª: incorporación de un nuevo párrafo al artículo 10. se añade el siguiente párrafo al artículo 10 de la ordenanza:"en los casos en que dentro de un mismo inmueble existan varios titulares que

ejerzan actividades iguales, afines o complementarlas, se unificará el objeto tribu-tario al que se imputará la superficie total ponderada por los coeficientes de activi-dad que a cada titular le corresponda. esta unificación se realizará, a instancia delinteresado, pudiendo el titular que figurará como deudor principal."

modificación 6.ª: incorporación de un apartado 4 al artículo 11. se añade el apartado 4 al artículo 11 de la ordenanza:4.- Para tener derecho al reconocimiento de los beneficios fiscales regulados en

los apartados 1a, 1b y 1d, anteriores, será requisito que el sujeto pasivo figure empa-dronado en el inmueble para el que se solicita. en el caso del beneficio fiscal regula-do en el apartado le, criterio de familia numerosa, deben estar empadronados todoslos miembros de la misma en el inmueble para el que se solicita el beneficio.

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modificación 7.ª: corrección de error material contenido en el artículo 13.se modifica el error material contenido en el artículo 13, sustituyéndose la refe-

rencia en el último párrafo al artículo 7 de la ordenanza por el artículo 8: "dondepone artículo 7 debe poner artículo 8".

la redacción completa del referido artículo será la siguiente: artículo 13.- Periodo impositivo y fecha de devengo.el periodo impositivo coincide con el año natural, excepto cuando se trate de

declaraciones de alta, en cuyo caso abarcará desde la fecha en que se produzcael hecho imponible hasta el final del año natural.

la tasa se devenga el primer día del periodo impositivo y las cuotas serán irre-ducibles, salvo cuando, en los supuestos a que se refiere el apartado 2 del art. 8.

modificación 8.ª: nueva redacción al artículo 14 de la ordenanza:se da la siguiente redacción al artículo 14 de la ordenanza: artículo 14.- Liquidación por periodos trimestrales.en los supuestos de prorrateo por alta en el tributo, por cuota fija, por cuota

variable o por ambas, ésta se practicará de oficio por la administración. así mismo,en los casos de baja, se practicará prorrateo, a instancia de los sujetos pasivos, porlos trimestres naturales incluido aquel en el que se produzca la baja. a tal fin, lossujetos pasivos podrán solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondien-te a los trimestres naturales en los que no haya estado de alta, es decir, que no sehaya producido el hecho imponible.

modificación 9.ª: modificación de la disposición derogatoria.se incorpora a la disposición derogatoria los datos concernientes a la ordenan-

za vigente en la actualidad:Disposición derogatoria.a la entrada en vigor de la presente modificación de la ordenanza fiscal queda-

rán derogados en su anterior redacción cuantos preceptos de la ordenanza apro-bada por acuerdo provisional adoptado por el Pleno extraordinario de estacorporación de fecha once de octubre de dos mil once, elevado a definitivo por nohaberse presentado dentro del plazo reclamación alguna, y publicada en el Boletínoficial de la Provincia de zamora número 151, de fecha 12 de diciembre de 2011,así como cuantas modificaciones posteriores se hubieran realizado, entre las quese encuentran la publicada en el Boletín oficial de la Provincia de zamora número155, de fecha 29 de diciembre de 2012, la publicada en el Boletín oficial de laProvincia de zamora número 155, de fecha 27 de diciembre de 2013, la publicadaen el Boletín oficial de la Provincia de zamora número 152, de fecha 29 de diciem-bre de 2014 y siendo la última de ellas la publicada en el Boletín oficial de laProvincia de zamora número 154, de fecha 21 de diciembre de 2015, y sean obje-to de modificación por el presente acuerdo.

modificación 10.ª: actualización de la disposición final.se actualiza el texto a la fecha prevista de entrada en vigor de la ordenanza,

quedando redactada como sigue:

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Disposición final.las modificaciones de esta ordenanza entrarán en vigor el 1 de enero del año

2017, salvo que en esa fecha no se hubieran cumplimentado los trámites y plazosprevistos en la legislación aplicable para ello, en cuyo caso la vigencia se determi-nará a partir del día siguiente hábil a la terminación del procedimiento legalmenteestablecido, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

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III. Administración Localayuntamiento

zamoraAnuncio de aprobación definitiva modificaciones a la ordenanza del IBI

una vez finalizado el periodo de exposición publica del acuerdo adoptado ensesión ordinaria celebrada por el Pleno de este excmo. ayuntamiento el día 28 dediciembre de 2016, de aprobación provisional de modificación de la ordenanza delimpuesto sobre Bienes inmuebles sin que se hayan presentado reclamaciones, seeleva a definitivo el referido acuerdo que se publica a continuación:

"Primero: aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza delimpuesto sobre Bienes inmuebles, en los términos que figura en la propuesta for-mulada por el sr. concejal delegado de Recaudación y Rentas, obrante en elexpediente".

texto íntegRo de las modiFicaciones a la oRdenanza del iBi deFinitiVamente aPRoBadas.

Modificación 1.ª: el artículo 9 de la ordenanza queda redactado como sigue:Artículo 9.- cuota íntegra y tipo de gravamen.1.- la cuota íntegra de este impuesto será el resultado de aplicar a la base liqui-

dable el tipo de gravamen a que se refiere el apartado siguiente.2.- el tipo de gravamen será el 0,528% cuando se trate de bienes inmuebles

urbanos y el 0,528% cuando se trate de bienes inmuebles rústicos. el tipode gravamen aplicable a los bienes inmuebles de características especiales,será el 0,528%.

Modificación 2.ª: la disposición derogatoria queda redactada como sigue:Disposición derogatoria.a la entrada en vigor de la presente modificación de la ordenanza fiscal queda-

rán derogados en su anterior redacción cuantos preceptos de la ordenanza apro-bada por acuerdo provisional adoptado por el Pleno extraordinario de estacorporación de fecha 11 de octubre de 2011, elevado a definitivo por no habersepresentado dentro del plazo reclamación alguna, y publicada en el Boletín oficialde la Provincia de zamora número 151, de fecha 12 de diciembre de 2011, asícomo cuantas modificaciones posteriores se hubieran realizado, entre las que seencuentran la publicada en el Boletín oficial de la Provincia de zamora número155, de fecha 29 de diciembre de 2012, la publicada en el Boletín oficial de laProvincia de zamora número 155, de fecha 27 de diciembre de 2013, la publicadaen el Boletín oficial de la Provincia de zamora número 152, de fecha 29 de diciem-bre de 2014 y siendo la última de ellas la publicada en el Boletín oficial de laProvincia de zamora número 154, de fecha 21 de diciembre de 2015, y sean obje-to de modificación por el presente acuerdo.

Modificación 3.ª: la disposición final queda redactada como sigue:Disposición final.las modificaciones de esta ordenanza entrarán en vigor el 1 de enero del año

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2017, salvo que en esa fecha no se hubieran cumplimentado los trámites y plazosprevistos en la legislación aplicable para ello, en cuyo caso la vigencia se determi-nará a partir del día siguiente hábil a la terminación del procedimiento legalmenteestablecido, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

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III. Administración Localayuntamiento

zamoraEdicto

el ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de2016, acordó:

1°.- aprobar inicialmente el presupuesto municipal para 2017. 2°.- aprobar el anexo de las inversiones a realizar y su plan financiero. 3°.- aprobar la plantilla de personal del excmo. ayuntamiento. 4°.- aprobar las Bases de ejecución del presupuesto para 2017.el presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el plazo de

exposición al público no se hubieran presentado reclamaciones.lo que se hace público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real

decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que sé aprueba el texto refundi-do de la ley Reguladora de las Haciendas locales, para que los interesadosdurante el plazo de quince días hábiles puedan examinar el expediente y presen-tar las reclamaciones ante el Pleno corporativo.

zamora, 29 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

zamoraEdicto

en virtud de lo dispuesto en el artículo 169 del Real decreto legislativo 2/2004de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora delas Haciendas locales, se publica resumido por capítulos el expediente modifica-ción de créditos del presupuesto n.° 13/16, una vez aprobado definitivamente.

cRÉdito extRaoRdinaRio, 4.222,90 €.capítulo 6.- inversiones reales, 4.222.90 €.

FinanciaciónBajas de créditos, 4.222,90 €.contra la aprobación definitiva del presente acuerdo, podrá interponerse direc-

tamente recurso contencioso-administrativo ante el tribunal superior de justicia decastilla y león en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdic-ción.

zamora, 29 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

toroAnuncio

mediante resolución de alcaldía de fecha 23 de diciembre de 2016, se haresuelto delegar las atribuciones propias de la alcaldía en el 1.er teniente dealcalde, doña m.ª Ángeles medina calero, por ausencia del sr. alcalde-Presidente,los días 27 de diciembre de 2016, al 8 de enero de 2017, ambos inclusive.

lo que se hace público de conformidad con el art. 47, en relación con el art. 42del R.d. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento deorganización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las entidades locales, asícomo de conformidad con el decreto de la alcaldía sobre nombramiento tenientesde alcalde de esta corporación.

toro, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

cañizalAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día, ha aprobado inicial-mente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2° del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin nece-sidad de acuerdo expreso.

cañizal, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

vallesa de la gUareñaAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 27 ha aprobado ini-cialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2° del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Vallesa de la guareña, 27 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

videmalaAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de2016, ha aprobado inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2° del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Videmala, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

videmalaAnuncio

el Pleno de este ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 21-12-2016, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entreaplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas decréditos dé personal.

aprobado inicialmente el expediente de transferencia de créditos entre aplica-ciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de crédi-tos de personal, por acuerdo del Pleno de fecha 21-12-2106, en cumplimiento delo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quincedías, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en esteBoletín oficial de la Provincia.

durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en lasdependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes.

si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consi-derará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Videmala, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

la bóveda de toroAnuncio

aprobada por el Pleno del ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el día24 de noviembre de 2016, el expediente de modificación de créditos 2/2016 delvigente presupuesto general ordinario correspondiente al ejercicio de 2016 y encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 172 del Real decreto legislativo 2/2004de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora delas Haciendas locales, se expone al público por el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletínoficial de la Provincia, al objeto de que los interesados en el expediente puedanexaminarlo y presentar en su caso las reclamaciones que estimen oportunas.

la Bóveda de toro, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamientobrime de sog

Anuncio de aprobación definitivaal no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al

público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisio-nal del ayuntamiento de Brime de sog sobre la modificación de la ordenanza fiscalreguladora del impuesto de bienes e inmuebles de naturaleza urbana, cuyo textoíntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real decretolegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laley Reguladora de las Haciendas locales.

modelo de oRdenanza Fiscal ReguladoRa del imPuesto soBRe Bienes inmueBles

artículo 1.- Fundamento legal.en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la

constitución española, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 dela ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, y de con-formidad a lo dispuesto en el artículo 59 y los artículos 60 a 77 y disposicióntransitoria decimoctava del texto refundido de la ley Reguladora de Haciendaslocales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, esteayuntamiento establece la regulación del impuesto sobre bienes inmuebles, que seregirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en losartículos 60 y siguientes del texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendaslocales, en el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario aprobado por Realdecreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y en el Real decreto 417/2006, de 7 deabril por el que se desarrolla el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario.

será igualmente de aplicación lo dispuesto en las disposiciones de rango legalo reglamentario dictadas en desarrollo de dicha ley en las que no existe en la pre-sente ordenanza fiscal tratamiento pormenorizado.

la ordenanza será de aplicación en todo el término municipal.artículo 2.- Hecho imponible.el hecho imponible del impuesto sobre bienes inmuebles está constituido por la

titularidad sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los bienes inmue-bles de características especiales, de los siguientes derechos:

1. de concesión administrativa sobre un bien inmueble o sobre los serviciospúblicos a que se hallen afectos.

2. de un derecho real de superficie.3. de un derecho real de usufructo.4. del derecho de propiedad.

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la realización de uno de los hechos imponibles descritos en el párrafo anterior,por el orden establecido, determinará la no sujeción del inmueble a las siguientesmodalidades previstas.

tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos, bienes inmuebles urba-nos y bienes inmuebles de características especiales los definidos como tales enlas normas reguladoras del catastro inmobiliario.

artículo 3.- Sujetos pasivos.son sujetos pasivos, a título de contribuyentes, las personas naturales y jurídi-

cas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la ley 58/2003, de 17 dediciembre, general tributaria, que ostenten la titularidad del derecho que, en cadacaso, sea constitutivo del hecho imponible de este impuesto.

en el supuesto de concurrencia de varios concesionarios sobre un mismoinmueble de características especiales, será sustituto del contribuyente el quedeba satisfacer el mayor canon.

lo dispuesto en el párrafo anterior será de aplicación sin perjuicio de la facul-tad del sujeto pasivo de repercutir la carga tributaria soportada conforme a las nor-mas de derecho común. el ayuntamiento repercutirá la totalidad de la cuota líqui-da del impuesto en quienes, no reuniendo la condición de sujetos pasivos, haganuso mediante contraprestación de sus bienes demaniales o patrimoniales.

el sustituto del contribuyente podrá repercutir sobre los demás concesionariosla parte de la cuota líquida que les corresponda en proporción a los cánones quedeban satisfacer cada uno de ellos.

artículo 4.- Responsables.en los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los dere-

chos que constituyen el hecho imponible, los bienes inmuebles objeto de dichosderechos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tributaria, en régimende responsabilidad subsidiaria, en los términos previstos en la ley 58/2003, de 17de diciembre, general tributaria. a estos efectos, los notarios solicitarán informa-ción y advertirán a los comparecientes sobre las deudas pendientes por el impues-to sobre bienes inmuebles asociadas al inmueble que se transmite.

Responden solidariamente de la cuota de este impuesto, y en proporción a susrespectivas participaciones, los copartícipes o cotitulares de las entidades a que serefiere el artículo 35.4 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria,si figuran inscritos como tales en el catastro inmobiliario. de no figurar inscritos, laresponsabilidad se exigirá por partes iguales en todo caso.

artículo 5.- Supuestos de no sujeción.no están sujetos a este impuesto:a) las carreteras, los caminos, las demás vías terrestres y los bienes del domi-

nio público marítimo-terrestre e hidráulico, siempre que sean de aprovecha-miento público y gratuito.

b) los siguientes bienes inmuebles propiedad de los municipios en que esténenclavados:- los de dominio público afectos a uso público.- los de dominio público afectos a un servicio público gestionado directa-

mente por el ayuntamiento, excepto cuando se trate de inmuebles cedidosa terceros mediante contra prestación.

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- los bienes patrimoniales, exceptuados igualmente los cedidos a tercerosmediante contraprestación.

artículo 7.- Exenciones.sección Primera. exenciones de oficio.estarán exentos de conformidad con el artículo 62.1 del texto refundido de la

ley Reguladora de Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, los siguientes bienes inmuebles:

a) los que sean propiedad del estado, de las comunidades autónomas o delas entidades locales que estén directamente afectos a la seguridad ciuda-dana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del estadoafectos a la defensa nacional.

b) los bienes comunales y los montes vecinales en mano común.c) los de la iglesia católica, en !os términos previstos en el acuerdo entre el

estado español y la santa sede sobre asuntos económicos, de 3 de enerode 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmentereconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos decooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de laconstitución.

d) los de la cruz Roja española.e) los inmuebles a los que sea de aplicación la exención en virtud de

convenios internacionales en vigor y, a condición de reciprocidad, los de losgobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular,o a sus organismos oficiales.

f) la superficie de los montes poblados con especies de crecimiento lentoreglamentariamente determinadas, cuyo principal aprovechamiento sea lamadera o el corcho, siempre que la densidad del arbolado sea la propia o nor-mal de la especie de que se trate.

g) los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclava-dos en los mismos terrenos, que estén dedicados a estaciones, almaceneso a cualquier otro servicio indispensable para la explotación de dichas líne-as. no están exentos, por consiguiente, los establecimientos de hostelería,espectáculos, comerciales y de esparcimiento, las casas destinadas a vivien-das de los empleados, las oficinas de la dirección ni las instalaciones fabri-les.

artículo 8.- Base imponible.la base imponible está constituida por el valor catastral de los bienes inmue-

bles, que se determinará, notificará y será susceptible de impugnación conforme alo dispuesto en las normas reguladoras del catastro inmobiliario.

artículo 9.- Base liquidable.la base liquidable será el resultado de practicar en la base imponible la reduc-

ción, que en su caso, legalmente corresponda.la base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los pro-

cedimientos de valoración colectiva. dicha notificación incluirá la motivación de lareducción aplicada mediante la indicación del valor base que corresponda alinmueble, así como de los importes de dicha reducción y de la base liquidable delprimer año de vigencia del nuevo valor catastral en este impuesto.

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en los procedimientos de valoración colectiva la determinación de la base liqui-dable será competencia de la dirección general del catastro y recurrible ante lostribunales económico-administrativos del estado.

cuando se produzcan alteraciones de términos municipales y mientras no seapruebe una nueva Ponencia de Valores, los bienes inmuebles que pasen a formarparte de otro municipio mantendrán el mismo régimen de asignación de basesimponibles y liquidables que tuvieran en el de origen.

artículo 10.- Cuota tributaria.la cuota íntegra de este impuesto será el resultado de aplicar a la base liqui-

dable el tipo de gravamen.artículo 11.- Tipo de gravamen.1. los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urba-

na serán del 0,80%.2. los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza rús-

tica serán del 0,65%.artículo 12.- Periodo impositivo y devengo del impuesto.el periodo impositivo es el año natural, devengándose el impuesto el primer día

del período impositivo.las declaraciones o modificaciones que deban hacerse al Registro tendrán

efectividad en el devengo del impuesto inmediatamente posterior al momento enque se produzcan efectos catastrales.

artículo 13.- Gestión.la liquidación, recaudación, así como la revisión de los actos dictados en vía

de gestión tributaria de este impuesto, serán competencia exclusiva de esteayuntamiento, realizándose conforme a lo dispuesto en los artículos 76 y 77 deltexto refundido de la ley Reguladora de Haciendas locales aprobado por Realdecreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y comprenderán, entre otras, las funcio-nes de reconocimiento y denegación de exenciones y bonificaciones, realizaciónde las liquidaciones conducentes a la determinación de las deudas tributarias, emi-sión de los documentos de cobro, resolución de los expedientes de devolución deingresos indebidos, resolución de los recursos que se interpongan contra dichosactos, actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidos a lasmaterias comprendidas en este apartado, fraccionamiento de la deuda y plazo parael pago voluntario.

artículo 14. - Infracciones y sanciones.en todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la

determinación de las sanciones que por las mismas corresponden en cada caso,se aplicará el régimen regulado en la ley 58/2003, de 17 de diciembre, generaltributaria y en las disposiciones que la contemplan y desarrollan.

artículo 15.- Revisión.compete al ayuntamiento la revisión de los actos dictados en vía de gestión tri-

butaria de este impuesto, de conformidad con el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo.

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disposición final.la presente ordenanza, aprobada por el Pleno del ayuntamiento de Brime de

sog con fecha 27 de diciembre de 2016, entrará en vigor en el momento de supublicación íntegra en el Boletín oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse apartir del 1 de enero de 2017, permaneciendo en vigor hasta su modificación oderogación expresa.

contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real decretolegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laley Reguladora de las Haciendas locales, se podrá interponer por los interesadosrecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir deldía siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de laProvincia ante el tribunal superior de justicia de Valladolid.

Brime de sog, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

roelos de sayagoAnuncio

el ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 22 de diciembre de 2016, acor-dó aprobar provisionalmente la ordenanza reguladora de las explotaciones apíco-las en el municipio de Roelos de sayago.

durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, los interesa-dos podrán examinar el expediente y durante el expresado plazo formular las ale-gaciones y sugerencias que estimen oportunas. en el supuesto de que durante elperiodo de exposición pública no se presenten reclamaciones, el acuerdo provisio-nal se elevará automáticamente a definitivo.

Roelos de sayago, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

roelos de sayagoAnuncio

aprobado inicialmente, en sesión ordinaria de Pleno de este ayuntamiento, defecha 22 de diciembre de 2016, el Presupuesto general, bases de ejecución, y laplantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico2017, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la leyReguladora de Haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004,de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, se expo-ne al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince díasdesde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegacio-nes, de conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defi-nitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Roelos de sayago, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

villarrÍn de camPosAnuncio

el Pleno de este ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 19 dediciembre de 2016, acordó la modificación de la ordenanza fiscal la tasa por ocu-pación de terrenos de uso publico local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otroselementos análogos con finalidad, lucrativa, quioscos, puestos barracas, casetasde venta, espectáculos, atracciones o recreo e industrias callejeras y ambulantesy rodaje cinematográfico

de conformidad con lo dispuesto en el art. 11 Real decreto legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Haciendaslocales, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente ala publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, los interesadospodrán examinar el expediente y durante el mismo plazo se fes dará audiencia aefectos de que puedan presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones ysugerencias que estimen oportunas.

transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisio-nal se elevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerda expreso, publicándo-se en todo caso el texto integro de las ordenanzas fiscales o sus modificaciones.

Villarrín de campos, 19 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

alcUbilla de nogalesEdicto de delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil

Por esta alcaldía, mediante decreto del día 16 de diciembre de 2016, y en usode las atribuciones conferidas por el artículo 43.3 del Real decreto 2568/1986, de28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización,Funcionamiento y Régimen jurídico de las entidades locales, se ha resuelto dele-gar la atribución conferida por el art. 51 del código civil, referida a la autorizacióndel matrimonio civil en el concejal don josé Ricardo Blanco arias, para la celebra-ción del matrimonio civil entre don luis olegario calvo Pérez y doña maría elenallamas cepedano, que tendrá lugar el día 8 de enero de 2017.

lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 delcitado reglamento.

alcubilla de nogales, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

castroverde de camPosAnuncio

Por acuerdo del Pleno de fecha 31 de mayo de 2016, se adoptó la adopción deescudo y bandera, lo que se publica a los efectos del articulo 28 de la ley 1/1998,de 4 de junio, de Régimen local de castilla y león:

- Punto tercero.- adopción de escudo de armas y bandera del municipio decastroverde de campos, aprobación, en su caso, de la memoria redactada, asícomo, la continuacón de los trámites consiguientes para la adopción.

Visto que, con fecha cuatro de febrero de 2016, se emitió informe de secretaríasobre el procedimiento y la legislación aplicable al expediente de adopción deescudo y bandera municipal.

Visto que, con fecha 4 de febrero de 2016, leído el informe de secretarla, seencargó a inFoRsa, s.l., la realización de la memoria histórica justificativa de lapretensión en que se basa la propuesta y que incluye el dibujo-proyecto de escu-do y bandera, que se recibió con fecha 14 de abril de 2016.

considerando la competencia que le es otorgada al Pleno de la corporaciónpor el artículo 22.2.b) de la ley Reguladora de las Bases del Régimen local, y conunanimidad de votos favorables, que supone la mayoría absoluta de los miembrosque componen la corporación, se acuerda.

Primero. aprobar la memoria histórica justificativa de la pretensión en que sebasa la propuesta y que incluye el dibujo-proyecto de escudo y bandera.

Segundo. elevar la propuesta seleccionada al órgano asesor en la materia dela junta de castilla y león, el cronista de armas de castilla y león, para que, enel plazo de diez días, emita informe preceptivo, de acuerdo con lo establecido enel artículo 28 de la ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen local de castilla y león.

Tercero. abrir el plazo de información publica, una vez recabado el informe pre-ceptivo del cronista de armas de castilla y león, o transcurrido el plazo sin que elmismo haya sido emitido, insertando en el Boletín oficial de la Provincia de zamorael anuncio de exposición publica y señalando el lugar de exhibición y establecien-do un plazo para formular alegaciones de veinte días hábiles.

Cuarto. considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones alexpediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, ypublicar dicho acuerdo en el Boletín oficial de la Provincia de zamora y en elBoletín oficial de castilla y león.

lo que se hace publico, a los efectos de lo dispuesto en la ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas.

castroverde de campos, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

abezamesAnuncio de aprobación definitiva

al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición alpúblico, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicialaprobatorio de la ordenanza municipal reguladora de la tasa correspondiente alaprovechamiento por parte de los agricultores del agua, cuyo texto íntegro se hacepúblico, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art.70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local.oRdenanza Fiscal ReguladoRa de la tasa PoR aPRoVecHamiento

de los agRicultoRes de aguaartículo 1. Fundamento legal.esta entidad local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y

142 de la constitución española, en los artículos 105 y 106 de la ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, y de conformidad a lo dis-puesto en el artículo 20.4.r) en relación con los artículos 15 a 19 del Real decretolegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laley Reguladora de las Haciendas locales, establece la tasa por aprovechamien-to, por parte de los agricultores de agua, que se regirá por la presente ordenanzafiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del Real decretolegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laley Reguladora de las Haciendas locales.

artículo 2. Ámbito de aplicación.la presente ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de

abezames.artículo 3. Hecho imponible.constituye el hecho imponible de la tasa regulada por esta ordenanza la activi-

dad de extracción de agua, por parte de los agricultores de la localidad, de la bocade riego de este ayuntamiento instalada en la c/ garcía local, para la realizaciónde tratamientos fítosanitarios a las fincas.

artículo 4. Sujetos pasivos.son sujetos pasivos de esta tasa, todos los agricultores residentes en

abezames o que desarrollen su actividad agrícola en su término municipal y quesoliciten ante este ayuntamiento la prestación de este servicio.

en caso de que alguna persona realizare tareas agrícolas en fincas ajenas y ennombre de otro agricultor principal, estará obligado a solicitar al empleador la exhi-bición de la autorización del ayuntamiento para extracción de agua.en caso con-trario serán ambos responsables solidarios, ante el ayuntamiento de la infraccióncometida.

en caso de que el trabajador que realizare largas en nombre de otro, tuviese

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licencia para extracción de agua para su explotación como agricultor a título prin-cipal podrá ser cancelada la misma en su totalidad.

el ayuntamiento podrá dar permiso para utilizar la boca dé riego con fines queno son propios de la agricultura siempre que concurra una necesidad y por unacuantía distinta.

artículo 5. Cuota tributaria.la cuota tributaria se determinará por una cantidad variable según los metros

cúbicos de agua consumida de acuerdo con las tarifas contenidas en el artículosiguiente.

artículo 6. Cuantía.la cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza se fijará dependiendo del

número de hectáreas de las que se sea titular según las cédulas catastrales.el precio de metro cúbico de agua consumido será de 1,50 euros (cada hectá-

rea de siembra directa lleva aparejado el consumo aproximado de 1,2 metros cúbi-cos de agua.

artículo 7. Devengo.se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir anualmente.el cobro se realizará mediante lista cobratoria y expedición de recibos en el

período de cobranza que el ayuntamiento determine, exponiendose dicha listacobratoria por el plazo de veinte días hábiles en lugares y medios previstos por lalegislación a efectos de reclamaciones por los interesados y la recaudación se lle-vará a cabo mediante recibos de cobro único.

artículo 8. Gestión.la gestión, liquidación, inspección y recaudación de esta tasa se realizará

según lo dispuesto en la ley 58/2003, de 17 de diciembre , general tributaria y enlas demás leyes reguladoras de la materia, así como en las disposiciones dictadaspara su desarrollo.

los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente formularán las declaracionesde alta y baja en el censo de sujetos pasivos de la tasa, en el plazo que media entrela fecha en que se produzca la variación en ia titularidad de la finca y el último díadel mes natural siguiente. Éstas últimas declaraciones surtirán efecto a partir de laprimera liquidación que se practique una vez finalizado el plazo de presentación dedichas declaraciones de alta y baja.

artículo 10. Infracciones y sanciones tributarias.en todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la ley

58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, en concreto los artículos 181 ysiguientes, y las disposiciones que la desarrollen.

cualquier persona que utilizase el servicio, sin pedir autorización alayuntamiento o sin autorización de éste, se le impondrá una sanción de 200 euros.

la incorrecta utilización del agua, como por ejemplo para lavado de maquina-ria, vehículos, u otro fin distinto del previsto en esta ordenanza será sancionadocon una multa de 200 euros.

dejar abierta la manguera tras su utilización, será sancionado con una multa de100 euros al infractor.

cualquier averia, deterioro o destrucción causada por la incorrecta utilización

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de la boca de riego llevará aparejada el pago íntegro de los desperfectos origina-dos, que serán valorados por los servicios técnicos de este ayuntamiento.

Queda totalmente prohibido berter herbicida en la zona de utilización de la bocade riego así como dejar envases, derrames de espuma en la zona y márgenes dela boca de riego, el infractor será sancionado con una multa de 200 euros.

en todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la ley58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, en concreto los artículos 181 ysiguientes, y las disposiciones que la desarrollen.

Disposición final.la presente ordenanza fiscal, que fue aprobada por el Pleno de este

ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 25/10/2016, entrará en vigor el mismodía de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia, y será de aplicación apartir de su publicación definitiva, permaneciendo en vigor hasta que se acuerdesu modificación o su derogación expresa.

contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo,ante la sala de lo contencioso-administrativo del tribunal superior de justicia decastilla y león con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde eldía siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

abezames, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

abezamesAnuncio de aprobación definitiva

al no haberse presentado reclamaciones durante, el plazo de exposición alpúblico, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisio-nal de este ayuntamiento sobre la modificación de las siguientes ordenanzas fisca-les reguladoras de las tasas de suministro domiciliario de agua potable y de alcan-tarillado, cuyo texto íntegro, se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 deltexto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por elReal decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

oRdenanza Fiscal ReguladoRa de la tasa PoR suministRo domiciliaRio de agua PotaBle

Donde dice:art.3.1.- suministro de agua a viviendas:la cuantía del precio público, regulado en esta ordenanza reguladora de la tasa

por suministro de agua potable será la fijada en la tarifa siguiente: tarifa 1º suministro de agua a viviendas:- Hasta 35 metros cúbicos: 16,42 euros.- de 36 en adelante, 0,42 euros/metro cúbico.Debe decir:art.3.1.- suministro de agua a viviendas: la cuantía del precio público regulado en esta ordenanza reguladora de la tasa

por suministro de agua potable será la fijada en la tarifa siguiente:tarifa 1º suministro de agua a viviendas:- Hasta 35 metros cúbicos: 27,00 euros.- de 36 en adelante, 0,42 euros/metro cúbico.

oRdenanza Fiscal ReguladoRa de la tasa PoR alcantaRilladoDonde dice: art. 7. cuota tributaria. la cantidad a exigir y liquidar por esta tasa se obtendrá

por aplicación de las siguientes tarifas:- la cuota tributaria exigible por la existencia del servicio se establece en 5

euros/semestre.Debe decir:art. 7. cuota tributaria. la cantidad a exigir y liquidar por esta tasa se obtendrá

por la aplicación de las siguientes tarifas:- la cuota tributaria exigible por la existencia del servicio se establece en 15

euros/semestre.

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contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo,ante la sala de lo contencioso-administrativo del tribunal superior de justicia decastilla y león con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses, a contar desdeel día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el art.46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

abezames, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

abezamesAnuncio de aprobación inicial

aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de Pleno de este ayuntamiento,de fecha 22/12/2016, el Presupuesto general, bases de ejecución, y la plantilla depersonal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2017, con arre-glo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la ley Reguladora deHaciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzoy el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público elexpediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publi-cación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en lasdependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes.

de conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini-tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

abezames, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

abezamesAnuncio de aprobación provisional

el Pleno del ayuntamiento de abezames en sesión extraordinaria de fecha22/12/2016, ha aprobado iniciaimente el proyecto técnico de la obra denominada“Pavimentación en la calle mayor y núñez de arce en el municipio de abezames”,redactada por el ingeniero don josé manuel Villar Barba, con un presupuesto de20.736,35 euros. a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio enel Boletín oficial de la Provincia, el proyecto se expone al público durante quincedías hábiles, para que todos los interesados puedan examinarlo y presentar lasreclamaciones que estimen pertinentes. transcurrido dicho plazo sin reclamacio-nes, se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdoexpreso.

abezames, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

santa eUfemia del barcoAnuncio aprobación definitiva de la supresión de diversos tributos y consiguiente derogación de sus ordenanzas fiscales reguladoras.

aprobada, con carácter provisional, por el Pleno de este ayuntamiento, ensesión celebrada el día 15 de noviembre de 2016, al amparo de lo dispuesto en losarts. 15, 16, 17, 18 y otros del R.d. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, lasupresión de los tributos que a continuación se relacionan, con la consiguientederogación de las ordenanzas fiscales reguladoras de los mismos:

- tasa de alcantarillado.- tasa por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.- tasa por el tránsito de ganados sobre vías públicas o terrenos de dominio

público local.- tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentren gravados por el

impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.Por el presente expresamente se hace saber que no habiéndose presentado

alegación, reclamación o sugerencia alguna contra el referido acuerdo durante elplazo de los treinta días hábiles de exposición publica al efecto conferido, queda elreferido acuerdo plenario automáticamente elevado a definitivo, y, en su virtud,definitivamente suprimidos los señalados tributos, y derogadas las respectivasordenanzas fiscales reguladoras de los mismos, a la finalización del presente ejer-cicio 2016.

santa eufemia del Barco, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

PobladUra del valleAnuncio

aprobado por el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 22 dediciembre de 2016, el padrón correspondiente al concepto que a continuación sedetalla, queda expuesto al público, durante el plazo de quince día hábiles, a con-tar desde la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, alobjeto de que puedan ser examinados y presentar, en su caso, las reclamacionesque se estimen oportunas:

- canon aprovechamiento de quiñones, 2016.transcurrido el citado plazo sin la interposición de reclamaciones, se estimará

definitivamente aprobado y se procederá al cobro.Pobladura del Valle, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

PobladUra del valleAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 22 dediciembre de 2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejer-cicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Pobladura del Valle, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

arcos de la PolvorosaAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 4 de marzo de 2016,ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2016.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

arcos de la Polvorosa, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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la torre del valleAnuncio

el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode este ayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

la torre del Valle, 23 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

fUente encaladaEdicto aprobación inicial presupuesto

el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general, Bases de ejecución y laplantilla de personal para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del R.d.l. 2/2004, por el quese aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de Haciendas locales, el expe-diente y la documentación preceptiva se expone al público en la secretaría de esteayuntamiento por espacio de quince días hábiles, durante los cuales los interesa-dos y por los motivos señalados en el artículo 170 del citado texto legal puedenexaminarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

de conformidad con el citado artículo 169, en el supuesto de no presentarsereclamación alguna, se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad deacuerdo expreso.

Fuente encalada, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

ayoó de vidrialesEdicto aprobación inicial presupuesto

el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de2016, ha aprobado inicialmente el Presupuesto general, Bases de ejecución y laplantilla de personal para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del R.d.l. 2/2004, por el quese aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de Haciendas locales, el expe-diente y la documentación preceptiva se expone al público en la secretaría de esteayuntamiento por espacio de quince días hábiles, durante los cuales los interesa-dos y por los motivos señalados en el artículo 170 del citado texto legal puedenexaminarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

de conformidad con el citado artículo 169, en el supuesto de no presentarsereclamación alguna, se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad deacuerdo expreso.

ayoó de Vidriales, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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san vicente de la cabezaAnuncio

el Pleno del ayuntamiento de san Vicente de la cabeza, en sesión celebradael día 19 de diciembre de 2016, acordó la aprobación inicial del reglamento del ser-vicio de abastecimiento y saneamiento de aguas en el término municipal de sanVicente de la cabeza (zamora), y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimenlocal, y en el artículo 56 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, porel que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en mate-ria de Régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazode treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en elBoletín oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten lasreclamaciones que estimen oportunas.

si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consi-derará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

san Vicente de la cabeza, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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villalobosEdicto

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real decreta legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la l.R.H.l., sehace pública la modificación presupuestaria número 5/2016 del vigente presupues-to municipal, conforme al siguiente resumen:

Resumen PoR caPítulosÁrea de gasto caPÍtUlo eUros

B) oPeRaciones coRRientes1 2 gastos en Bienes coRRientes y sVos 2.100,00 €4 2 gastos en Bienes coRRientes y sVos 3.900,00 €

suman.............................................................. 6.000,00 €

Financiación: minoración de otros gastos.Resumen PoR caPítulos

Área de gasto caPÍtUlo eUrosB) oPeRaciones de caPital

1 6 inVeRsiones 6.000,00 €suman.............................................................. 6.000,00 €

contra el presente acuerdo podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el tribunal superior de justicia con sede en Valladolid, en elplazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto por el art. 171 deltexto refundido de la l.R.H.l. y con la ley 29, de 13 de julio de 1998, de la juris-dicción contencioso administrativa, y sin perjuicio de que pueda ejercitarse cual-quier otro recurso que se estime procedente.

Villalobos, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalayuntamientovillaescUsa

Anuncioel Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de

2016, ha aprobado inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo

2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos qué se indican en el punto 2° del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Villaescusa, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

cUbo de benaventeAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.d.l. 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de las Haciendaslocales, se hace público el Presupuesto general definitivo de este ayuntamiento,para el ejercicio 2017, conforme al siguiente.

Resumen por capítulos del presupuesto para año 2017:Ingresos

capítulo Propuesta de ingresos euros1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.000,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.000,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.000,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.000,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.800,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.000,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117.800,00Gastos

capítulo eurosA) Operaciones corrientes

1 gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.000,002 gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 57.800,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.500,006 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.500,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117.800,00

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.d. legislativo 781/86,de 18 de abril, asimismo, se publica seguidamente la plantilla de personal de esteayuntamiento:

Personal funcionario:- denominación de la plaza: secretaría-intervención.- número de plazas: una. - escala: Habilitación nacional. - grupo: a. - nivel: 28.

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Page 57: (BOP 149 (30-12-2016) Maquetaci n 1)2016/12/30  · ugt-Fica zamoRa: Ángel lobo ordoñez. - En representación empresarial. asconza - ceoe*cePyme zamora: jose antonio Fernández manso

contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-tencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

cubo de Benavente, 16 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

molezUelas de la carballedaAprobación definitiva del presupuesto general, relativo al ejercicio 2017

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.d.l. 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de las Haciendaslocales, se hace público el Presupuesto general definitivo de este ayuntamiento,para el ejercicio 2017, conforme al siguiente.

Resumen por capítulos del presupuesto para año 2017:Ingresos

capítulo Propuesta de ingresos euros1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.700,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.500,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.600,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.500,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.100,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.000,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106.400,00Gastos

capítulo eurosA) Operaciones corrientes

1 gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.500,002 gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 51.400,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.000,006 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.500,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106.400,00

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.d. legislativo 781/86,de 18 de abril, asimismo, se publica seguidamente la plantilla de personal de esteayuntamiento:

Personal funcionario:- denominación de la plaza: secretaría-intervención.- número de plazas: una. - escala: Habilitación nacional. - grupo: a. - nivel: 28.

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contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-tencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

molezuelas de la carballeda, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

belver de los montesAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, se hace público el Presupuesto generaldefinitivo de esta entidad, para el ejercicio de 2017, conforme al siguiente:

Resumen PoR caPítulosIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.000,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.900,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64.166,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.420,00

A.2) Operaciones de capital6 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

b) operaciones financieras8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos................................................................. 197.486,00Gastos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64.902,032 gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 115.783,973 gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.500,005 Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

A.2) Operaciones de capital6 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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capítulo eurosb) operaciones financieras

8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 197.486,00

de conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.d. legislativo 781/86, de18 de abril, asimismo se publica, la plantilla de personal de esta entidad:

Personal funcionario:- una plaza de funcionario con habilitación de carácter nacional.- subescala de secretaria-intervención.- grupo: a.- nivel: 26.- en propiedad.- agrupada al ayuntamiento de aspariegos y cañizo.Personal laboral eventual:- un operario de servicios múltiples.Otro personal:- conserje de colegios.contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Belver de los montes, 29 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

asPariegosAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, se hace público el Presupuesto generaldefinitivo de esta entidad, para el ejercicio de 2017, conforme al siguiente:

Resumen PoR caPítulosIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62.468,422 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.293,444 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57.320,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.556,44

A.2) Operaciones de capital6 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

b) operaciones financieras8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos................................................................. 164.138,30Gastos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57.748,302 gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 92.090,003 gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.000,005 Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

A.2) Operaciones de capital6 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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capítulo eurosb) operaciones financieras

8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164.138,30

de conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.d. legislativo 781/86, de18 de abril, asimismo se publica, la plantilla de personal de esta entidad:

Personal funcionario:- una plaza de funcionario con habilitación de carácter nacional.- subescala de secretaria-intervención.- grupo: a.- nivel: 26.- en propiedad.- agrupada al ayuntamiento de Belver de los montes y cañizo.Personal laboral eventual:- un operario de servicios múltiples.contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

aspariegos, 29 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

cañizoAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, se hace público el Presupuesto generaldefinitivo de esta entidad, para el ejercicio de 2017, conforme al siguiente:

Resumen PoR caPítulosIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62.700,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.600,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41.566,464 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.166,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.000,00

A.2) Operaciones de capital6 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

b) operaciones financieras8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos................................................................. 167.032,46Gastos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.191,562 gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 107.740,903 gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.800,005 Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

A.2) Operaciones de capital6 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.000,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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capítulo eurosb) operaciones financieras

8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 167.032,46

de conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.d. legislativo 781/86, de18 de abril, asimismo se publica, la plantilla de personal de esta entidad:

Personal funcionario:- una plaza de funcionario con habilitación de carácter nacional.- subescala de secretaría-intervención.- grupo: a.- nivel: 26.- en propiedad.- agrupada al ayuntamiento de Belver de los montes y aspariegos.Personal laboral eventual:- un plaza de operario de servicios múltiples.contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

cañizo, 29 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

rosinos de la reqUejadaAnuncio de aprobación inicial

el Pleno corporativo del ayuntamiento de Rosinos de la Requejada, en sesiónextraordinaria de fecha 20 de diciembre de 2016, acordó la aprobación inicial delexpediente de transferencia de créditos n.º 05/2016, entre aplicaciones de gastosde distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.

y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4del Real decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la ley Reguladora de las Haciendas locales, se somete el expediente a infor-mación pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de lainserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, para que los intere-sados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas.

si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consi-derará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Rosinos de la Requejada, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

malvaAnuncio de aprobación inicial del presupuesto

para el ejercicio económico 2017el Pleno del ayuntamiento de malva, en sesión ordinaria celebrada con fecha

21 de diciembre de 2016, aprobó inicialmente el Presupuesto general, Bases deejecución, y la plantilla de personal para el ejercicio económico 2017. de conformi-dad con lo previsto en el artículo 169.1 del texto refundido de la ley Reguladora deHaciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzoy el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público elexpediente por plazo de quince días, a contar desde aquel en el que tenga lugar lapublicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia de zamora, duran-te los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones anteel Pleno.

de conformidad con el acuerdo adoptado al amparo de lo dispuesto en el pre-citado artículo 169.1 del texto refundido de la ley Reguladora de Haciendaslocales, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante elcitado plazo no se formulan reclamaciones.

malva, 21 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

PÍasAnuncio de aprobación inicial presupuesto 2017

aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este ayuntamiento, defecha 17 de diciembre de 2016, el Presupuesto general, bases de ejecución, y laplantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico2017, con arreglo a lo previsto en el art.169 del texto refundido de la ley Reguladorade Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzoy el art. 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expe-diente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicaciónde este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

de conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini-tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Pías, 17 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamientomadridanos

Anuncioel Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de

2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo

2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

madridanos, 2 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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Page 70: (BOP 149 (30-12-2016) Maquetaci n 1)2016/12/30  · ugt-Fica zamoRa: Ángel lobo ordoñez. - En representación empresarial. asconza - ceoe*cePyme zamora: jose antonio Fernández manso

III. Administración Localayuntamiento

villalba de la lamPreanaAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Villalba de la lampreana, 22 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

villalazÁnAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de2016 , ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Villalazán, 22 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

villardeciervosAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de2016 , ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Villardeciervos, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

fresno de sayagoAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de2016 , ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Fresno de sayago, 20 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalayuntamientofUentesaúco

Anuncioel Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de

2016 , ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo

2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Fuentesaúco, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

cUbillosAnuncio

aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de Pleno de este ayuntamiento,de fecha 20 de diciembre de 2016, el Presupuesto general y Bases de ejecuciónpara el ejercicio económico 2017, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 deltexto refundido de la ley Reguladora de Haciendas locales aprobado por Realdecreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real decreto500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentaciónpreceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a losefectos de reclamaciones y alegaciones.

de conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini-tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

cubillos, 20 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

corrales del vinoAnuncio

el Pleno de este ayuntamiento, se su sesión extraordinaria de fecha 20 dediciembre de 2016, aprobó inicialmente el Presupuesto general para el ejercicioeconómico 2017. con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido dela ley Reguladora de Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril,se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo dequince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamacionesy alegaciones.

de conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini-tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

corrales del Vino, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

morales del vinoAnuncio

aprobada inicialmente la ordenanza reguladora de la protección contra la emi-sión de ruidos en morales del Vino y Pontejos, se abre un periodo de informaciónpública por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la insercióndel presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, para que cualquier per-sona física o jurídica pueda examinar el expediente en la secretaría delayuntamiento y formular las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes.

en el supuesto de que durante el referido plazo, no se produjeran reclamacio-nes, la ordenanza se considerará definitivamente aprobada, sin necesidad deacuerdo expreso.

morales del Vino, 15 de diciembre de 2016.-el alcalde en funciones.

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III. Administración Localayuntamiento

morales del vinoAnuncio

aprobada inicialmente la ordenanza reguladora de la tasa por suministro deagua en morales del Vino y Pontejos, se abre un periodo de información públicapor plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la inserción del pre-sente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, para que cualquier persona físi-ca o jurídica pueda examinar el expediente en la secretaría del ayuntamiento y for-mular las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes.

en el supuesto de que durante el referido plazo, no se produjeran reclamacio-nes, la ordenanza se considerará definitivamente aprobada, sin necesidad deacuerdo expreso.

morales del Vino, 15 de dicieembre de 2016.-el alcalde en funciones.

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III. Administración Localayuntamiento

cotanes del monteAnuncio aprobación inicial e información pública del Presupuesto General

correspondiente al ejercicio de 2017Por el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre

de 2016, ha aprobado inicialmente el Presupuesto general para el ejercicio de2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art.169.1 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina, por plazo dequince días hábiles a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 dedicho Real decreto puedan presentar reclamaciones que estimen, por motivos quese indican en el punto 2.º del citado último artículo ante el Pleno de esteayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provinciano se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin nece-sidad de acuerdo expreso.

cotanes del monte, 22 de diciembre 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración LocalayuntamientoarqUillinos

Anuncioel Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de

2016 , ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo

2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzaiá a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad'de acuerdo expreso.

arquillinos, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

PobladUra de valderadUeyAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de2016 , ha aprobado, inicíalmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Pobladura del Valderaduey, 21 de diciembre de 2016.-la alcaldesa

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III. Administración Localayuntamiento

gallegos del PanEdicto presupuesto 2016

aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de este ayuntamiento,celebrada el 22 de diciembre de 2016, el Presupuesto general, Bases deejecución y plantilla de personal para el ejercicio 2016, con arreglo a lo previsto enel art. 169.1 del texto refundido de la ley de Haciendas locales, aprobado por R.d.legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente y la docu-mentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este edictoen el Boletín oficial de la Provincia, durante el cual los interesados podrán presen-tar las alegaciones que estimaren oportunas. de no presentarse ninguna, el presu-puesto se considerará definitivamente aprobado.

gallegos del Pan, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

gallegos del PanCuenta General 2014

Rendida la cuenta general correspondiente al ejercicio de 2014, e informadadebidamente por la comisión especial de cuentas de esta entidad, en cumplimien-to y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la ley 7/85, de 2 deabril y 212 del R.d. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba eltexto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, queda expuesta alpúblico en la secretaría de este ayuntamiento, por plazo de quince días hábiles,para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar porescrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

gallegos del Pan, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

gallegos del PanCuenta General 2015

Rendida la cuenta general correspondiente al ejercicio de 2015, e informadadebidamente por la comisión especial de cuentas de esta entidad, en cumplimien-to y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la ley 7/85, de 2 deabril y 212 del R.d. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba eltexto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, queda expuesta alpúblico en la secretaría de este ayuntamiento, por plazo de quince días hábiles,para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar porescrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

gallegos del Pan, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

cabañas de sayagoAnuncio

el Pleno de este ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 dediciembre de 2016, ha aprobado inicialmente el Presupuesto general de esteayuntamiento para el ejercicio 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

cabañas de sayago, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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cabañas de sayagoAnuncio

don apolinar gonzález alvarez, alcalde-Presidente del ayuntamiento decabañas de sayago (zamora), hago saber:

Que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno municipal con fecha 19 dediciembre de 2016 se ha aprobado el proyecto de mejora de la pavimentación encabañas de sayago, correspondiente al Plan municipal de obras, anualidad 2017,con un presupuesto de ejecución material de 25.000,00 euros, de modo que todosaquellos que se consideren afectados pueden examinarlo en la secretaríamunicipal en horas de oficina en un plazo de veinte días, contados a partir del díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,y presentar las alegaciones o reclamaciones que en relación con el mismo consi-deren oportunas.

cabañas de sayago, 19 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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jambrinaAnuncio

el Pleno del ayuntamiento de jambrina, en sesión ordinaria celebrada confecha 21 de diciembre de 2016, por unanimidad de los asistentes ha abrobado, ini-cialmente, el presupuesto general de este ayuntamiento para el ejercicio 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas lcoales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad durante las horas de oficina y por plazo dequince días hábiles a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 dedicho R.d.l. puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por losmotivos que se indican en el punto n.º 2 del citado último artículo, ante el Pleno deeste ayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho art. R.d.l. el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

jambrina, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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Page 88: (BOP 149 (30-12-2016) Maquetaci n 1)2016/12/30  · ugt-Fica zamoRa: Ángel lobo ordoñez. - En representación empresarial. asconza - ceoe*cePyme zamora: jose antonio Fernández manso

III. Administración Localayuntamiento

jambrinaAnuncio

don Rafael calvo garcía, alcalde-Presidente del ayuntamiento de jambrina(zamora), en nombre y representacion del mismo hago saber:

Que se encuentra expuesto al público por un periodo de quince días hábiles elproyecto de abastecimiento y saneamiento redactado por el ingeniero técnico deobras públicas don josé maría campesino santiago, correspondiente al Planmunicipal de obras, anualidad 2017, de modo que todos aquellos que quieran exa-minarlo, pueden hacerlo en ese plazo, en la secretaría municipal, y presentar en elmismo plazo las alegaciones o reclamaciones que estimen convenientes en rela-ción con el mismo.

jambrina, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamientovega de tera

Anuncioen cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real decreto legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, se hace público el Presupuesto generaldefinitivo de este ayuntamiento, para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente:

Resumen PoR caPítulosIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106.300,002 impuestos indirectos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100,003 tasas y otros ingresos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.115,004 transferencias corrientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65.657,005 ingresos patrimoniales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.800,00

A.2) Operaciones de capital6 enajenación de inversiones reales. . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

b) operaciones financieras8 activos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 213.972,00Gastos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 gastos de personal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59.832,002 gastos en bienes corrientes y servicios. . . . . . . . . . . . 130.990,003 gastos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100,004 transferencias corrientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.500,00

A.2) Operaciones de capital6 inversiones reales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500,007 transferencias de capital. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.050,00

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capítulo eurosb) operaciones financieras

8 activos Financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos Financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 213.972,00de conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.d. legislativo 781/86, de

18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este ayuntamiento:Personal funcionario.- número de plazas: 1.- denominación: secretario-interventor.- grupo: a1/a2. escala de Habilitación de carácter estatal.- subescala: secretaría-lntervención.- complemento de destino: nivel 26.Personal laboral temporal.- número de plazas: 2.contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Vega de tera, 29 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

monfarracinosAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, se hace público el Presupuesto generaldefinitivo de este ayuntamiento, para el ejercicio de 2017, conforme al siguiente:

Resumen PoR caPítulosIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175.200,002 impuestos indirectos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.000,003 tasas y otros ingresos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58.989,004 transferencias corrientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 166.071,005 ingresos patrimoniales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.700,00

A.2) Operaciones de capital6 enajenación de inversiones reales. . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

b) operaciones financieras8 activos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 420.960,00Gastos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 gastos de personal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147.160,002 gastos en bienes corrientes y servicios. . . . . . . . . . . . 163.275,003 gastos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,004 transferencias corrientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.125,005 Fondo de contingencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

A.2) Operaciones de capital6 inversiones reales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 96.400,007 transferencias de capital. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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capítulo eurosb) operaciones financieras

6 activos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 420.960,00

de conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.d. legislativo 781/86, de18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este ayuntamiento:

Personal funcionario.- secretario-interventor: 1, nombramiento definitivo. - auxiliar administrativo: 1, vacante.Personal laboral.- operario de servicios múltiples: 1, plaza laboral fijo.contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

monfarracinos, 29 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

villanUeva del camPoAprobación definitiva modificación presupuestaria n.º 7/2016

por transferencia de créditosen cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real decreto

legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laley Reguladora de las Haciendas locales, al no haberse presentado alegacionesdurante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a defi-nitivo el acuerdo plenario fecha 23 de noviembre de 2016, sobre el expediente demodificación de créditos n.º 7/2016, por trasferencia de créditos con cargo a bajasde créditos de otras aplicaciones, de acuerdo con el siguiente detalle.

modificar el presupuesto de gastos del presente ejercicio incrementando lassiguientes aplicaciones:

aplicación explicación créd. actuales incremento créd. definitivos1532.131.00 laboral temporal 7.500,00 500,00 8.000,001532.160.00 seguridad social 2.500,00 600,00 3.100,00

Total incremento 1.100,00

la financiación de estos incrementos se hará mediante transferencias de otrasaplicaciones con distinta vinculación jurídica, que quedan disminuidas como a con-tinuación se indica:

aplicación explicación cred. actuales disminución créd. definitivos920.131.00 laboral temporal 2.240,62 1.100,00 1.140,62

Total disminución 1.100,00

contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Realdecreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer direc-tamente recurso contencioso-administrativo ante la sala de la jurisdiccióncontencioso-administrativo del tribunal superior de justicia de castilla y león consede en Valladolid, en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de laley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.

sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Realdecreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso nosuspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Villanueva del campo, 28 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

Peleas de abajoEdicto

de conformidad con lo dispuesto en los arts. 49 y 52 de la ley Reguladora delas Bases del Régimen local de 2 de abril de 1985, y art. 17 del Real decretolegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laley de Haciendas locales, transcurrido el plazo de treinta días hábiles sin que sehayan presentado reclamaciones contra el acuerdo provisional de modificación delas ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa de abastecimiento de agua a domi-cilio y servicio de recogida de basura, se entiende aprobadas definitivamentedichas modificaciones, publicándose a continuación el texto íntegro de las mismas.

asimismo se hace saber que contra esta publicación definitiva podrán los inte-resados interponer recurso contencioso-administrativo ante el tribunal superior dejusticia de castilla y león en el plazo de dos meses, contados a partir del díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia.

Peleas de abajo, 16 de diciembre de 2016.

oRdenanza Fiscal ReguladoRa de la tasa de aBastecimiento de agua

Artículo 3.- Apartado 3.6.- se hace constar que serán de cuenta del propietarioaquellas averías que se produzcan del contador hacia dentro.

Apartado 3.7.- cuando algún abonado cause baja, al solicitar de nuevo el altadeberá abonar los derechos de enganche cualquiera que fuese el motivo de labaja".

oRdenanza Fiscal ReguladoRa de la tasa PoR el seRVicio de Recogida domiciliaRia de BasuRa

Artículo 2.1.- ei hecho imponible estará constituido por la prestación del servi-cio, de recepción obligatoria, de recogida y tratamiento de residuos sólidos urba-nos en los inmuebles de naturaleza urbana del municipio de Peleas de abajo y seencuentren incluidos en el censo del impuesto sobre bienes inmuebles.

2.- Por carácter higiénico sanitario del servicio, es obligatoria la utilización delmismo en todo el municipio en que se presta de manera efectiva, no quedando nin-guna persona física o jurídica eximida del pago aunque no arroje basura de formaperiódica, todo ello de acuerdo con lo prevenido en el Reglamento de servicios delas corporaciones locales. no siendo admisible la alegación de que el inmuebleno se ocupa continuadamente para eximirse del pago de la presente tasa.

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Artículo 3. Apartado 31.- la cuantía de la tasa regulada en esta ordenanzaserá la siguiente:

a) Por vivienda familiar o industria, la cantidad anual de 60,80 euros.b) Por Residencia tercera edad, la cantidad anual de 300,00 euros.Peleas de abajo, 16 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

Peleas de abajoAnuncio

aprobado por este acuerdo del Pleno municipal de fecha 21 de diciembre de2016, el siguiente proyecto técnico:

- Proyecto de abastecimiento en Peleas de abajo, redactado por el ingenierodon manuel Ángel Rodríguez manzano, y con un presupuesto de ejecución porcontrata de veinticuatro mil setecientos cuarenta y nueve con cuarenta céntimos(24.749,40 euros).

Queda expuesto al público por espacio de veinte días hábiles, contados a par-tir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de laProvincia, para que durante el expresado plazo pueda ser examinado por cuantostengan interés y formulen por escrito en la secretaría del ayuntamiento las obser-vaciones que estimen pertinentes.

Finalizado el plazo de información pública sin interposición de reclamaciones oalegaciones, se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdoexpreso.

Peleas de abajo, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

Peleas de abajoAnuncio

el Pleno de este ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día de diciem-bre de 2016 ha aprobado inicialmente Presupuesto general de este ayuntamientopara al ejercicio 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina, y por plazode quince días hábiles a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho Real decreto ley puedan presentar las reclamaciones que estimen opor-tunas por los motivos que se indican en el punto n.º 2 del citado último artículo,ante el Pleno de esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo que comenzará a contar desde eldía siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provinciano se produjeran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado dicho pre-supuesto sin necesidad de un nuevo acuerdo.

Peleas de abajo, 21 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

villalUbePresupuesto 2016

aprobados inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este ayuntamiento,celebrada el 23 de diciembre de 2016, el Presupuesto general, Bases deejecución y plantilla de personal para el ejercicio 2016, con arreglo a lo previsto enel artículo 169.1 del texto refundido de la ley de Haciendas locales, aprobado porR.d. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente y ladocumentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de esteedicto en el Boletín oficial de la Provincia durante el cual los interesados podránpresentar las alegaciones que estimaren oportunas. de no presentarse ninguna, elpresupuesto se considerará definitivamente aprobado.

Villalube, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

villalUbeCuenta general 2014

Rendida la cuenta general del Presupuesto de este ayuntamiento, correspon-diente al ejercicio de 2014, e informadas debidamente por la comisión especial decuentas de esta entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 116 de la ley 7/85 y 212 del Real decreto legislativo 2/2004 de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de lasHaciendas locales, quedan expuestas al público en la secretaría de esta entidad,por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, pue-dan los interesados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamacio-nes que estimen pertinentes.

Villalube, 23 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalayuntamientoPeleagonzalo

Edictoaprobado inicialmente por el ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 20 de

diciembre de 2016, el Presupuesto general para 2016 y en cumplimiento de lo pre-ceptuado en el art. 169.1 del R.d.l. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto retundido de la ley de las Haciendas locales, se expone al público duran-te quince días para su examen y reclamación; las reclamaciones, si las hubiere,serán presentadas ante el Pleno del ayuntamiento.

si en dicho periodo no fuera presentada ninguna reclamación, se entenderáaprobado definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo:

Estado de ingresoscapítulo denominación euros

A) Operaciones corrientes1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.982,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.200,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.852,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.344,335 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.199,85

B) Operaciones de capital7 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.421,82

Total presupuesto ingresos............................................ 202.000,00

Estado de gastoscapítulo denominación euros

A) Operaciones corrientes1 gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.864,362 gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 101.584,583 gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.700,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.070,00

Total presupuesto gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 202.000,00

de conformidad con lo dispuesto en el art. 127 de! R.d. legislativo 781/86, de18 de abril, así mismo se publica la plantilla de personal de este ayuntamiento.

I. Personal funcionario:- escala de Habilitación estatal.

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- denominación: secretaria-interventora-tesorera estatal.- número de puestos: 1.- subescala: secretaría-intervención.- grupo a1/a2.- nivel 26.observaciones: Plaza en Propiedad agrupada con los ayuntamientos de

Vezdemarbán y Valdefinjas.II. Personal laboral fijo:- denominación: servicios múltiples.- número de puestos: 1.III. Personal laboral fijo:- denominación: limpiadora dependencias municipales.- número de puestos: 1.IV. Otro Personal (Subvención Plan Empleo Diputación Zamora) DIPNAMIZA I 68 días.- denominación: Peones construcción.- número de puestos: 2.V. Otro Personal (Subv. Servicio Público Empleo Junta Castilla y León) 180 días.

50 % de la jornada.- denominación: Peón construcción.- número de puestos: 2.VI. Otro Personal (Subvención Servicio Público Empleo Estatal) 123 días.- denominación: Peón construcción.- número de puestos: 1.se expone al público durante 15 días para su examen y reclamación.si en dicho periodo no fuera presentada ninguna reclamación, se entenderá

aprobado definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo.a la vista del presupuesto presentado sí se cumple el objetivo de estabilidad

presupuestaria.Fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes.contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidadautónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso

Peleagonzalo, 29 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

Palacios de sanabriaAnuncio de aprobación definitiva

en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real decretolegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, al no haberse presentado alegaciones duranteel plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario de aprobación inicial del ayuntamiento Palacios de sanabria, adopta-do en fecha 22 de noviembre de 2016, expediente n.º 08/2016, sobre transferencia decréditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajasy altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:

altas en aPlicaciones de gastoscapítulo aplicación explicación consíg. actual incremento consig. final

1 920.16000 seguridad social. 3.280,96 € 11.626,00 € 14.906,96 €

Total alta en aplicaciones de gastos: 11.626,00 €.

Baja en aPlicaciones de gastoscapítulo aplicación explicación consíg. actual baja consig. final

2 312.212 Reparación edif. 600,00 € 600,00 € 0,00 €2 312.213 Reparación maquin. 50,00 € 32,45 € 17,55 €2 312.22100 suministros, ener. eléctrica 1.100,00 € 316,47 € 783,53 €2 323.212 Reparación edif. 5.033,16 € 1.591,99 € 3.441,17 €2 323.213 Reparación maquin. 500,00 € 266,93 € 233,07 €2 323.22103 suministros, combustibles 7.000,00 € 1.828,85 € 5.171,15 €2 323.22110 suministros, Product. limp. 300,00 € 132,01 € 167,99 €2 337.212 Reparación edif. 1.000,00 € 980,19 € 19,81 €2 912.23100 locomoción 450,00 € 167,60 € 282,40 €2 920.212 Reparación edif. 1.000,00 € 1.000,00 € 0,00 €2 920.216 mantenimiento ordenador 250,02 € 250,02 € 0,00 €2 920.22001 material de oficina 1,600,00 € 65,83 € 1.534,17 €2 920.22200 comunicaciones, teléfono 2.100,00 € 340,78 € 1.759,22 €2 920.22299 otros gastos comunicaciones 300,00 € 300,00 € 0,00 €2 920.224 Primas seguros 1.300,00 € 507,10 € 792,90 €2 920.22604 gastos diversos. jurídicos 8.600,00 € 237,83 € 8.362,17 €2 920.23120 locomoción 250,50 € 122,94 € 127,56 €2 929.212 Reparación, edif. 1.000,00 € 1.000,00 € 0,00 €2 932.22708 servicios de recaudación 6.000,00 € 1.530,78 € 4.469,22 €2 920.22201 comunicaciones, postales 1.100,00 € 354,23 € 745,77 €

Total bajas en aplicaciones de gastos: 11.626,00 €.

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contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de laley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, los intere-sados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en laforma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de dicha jurisdicción.

sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la ley7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividaddel acto o acuerdo impugnado.

Palacios de sanabria, 22 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

melgar de teraAnuncio

Por resolución de esta alcaldía de fecha 1 de diciembre de 2016 se han reali-zado los siguientes nombramientos:

- Primer teniente de alcalde a don matías colino Furones.- segundo teniente de alcalde a don martín colino colino.dando cuenta al Pleno en sesión de fecha 15 de diciembre de 2016.lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 46 y

122 del Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de lasentidades locales.

melgar de tera, 20 de diciembre de 2016.-la alcaldesa.

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III. Administración Localayuntamiento

san martÍn de valderadUeyAnuncio de aprobación inicial e información pública del Presupuesto General

correspondiente al ejercicio de 2017Por el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de diciembre

de 2016, ha aprobado inicialmente el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina, por plazo dequince días hábiles a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 dedicho Real decreto puedan presentar reclamaciones que estimen, por motivos quese indican en el punto 2.º del citado último artículo ante el Pleno de esteayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provinciano se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin nece-sidad de acuerdo expreso.

san martín de Valderaduey, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración Localayuntamiento

villÁrdigaAnuncio de aprobación inicial e información pública del Presupuesto General

correspondiente al ejercicio de 2017Por el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de diciembre

de 2016, ha aprobado inicialmente el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.en cumplimiento de lo dispuesto en el art.169.1 del Real decreto legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina, por plazo dequince días hábiles a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 dedicho Real decreto puedan presentar reclamaciones que estimen, por motivos quese indican en el punto 2.º del citado último artículo ante el Pleno de esteayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente a !a publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provinciano se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin nece-sidad de acuerdo expreso.

Villárdiga, 27 de diciembre de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalotRas entidades locales

mancomUnidad de mUniciPios la gUareñaAnuncio

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de2016 ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto general para el ejercicio de 2017.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso

Fuentelapeña, 28 de diciembre de 2016.-el alcalde-Presidente.

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III. Administración LocalotRas entidades locales

mancomUnidad tierra del vinoAnuncio

el consejo de esta mancomunidad, en su sesión ordinaria de fecha 1 dediciembre de 2016, aprobó inicialmente el Presupuesto general para el ejercicioeconómico 2017. con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido dela ley Reguladora de Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril,se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo dequince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamacionesy alegaciones.

de conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini-tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

morales del Vino, 12 de diciembre de 2016.-el Presidente.

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III. Administración LocalotRas entidades locales

mancomUnidad norte-dUeroAnuncio

Por acuerdo del Pleno municipal de fecha 15 de diciembre de 2016, se aprobóincoar el procedimiento para la alteración de la calificación jurídica (desafectación)del bien (vehículo) vehículo de extinción de incendios de esta mancomunidad marcaPegaso, modelo 2223, con número de chasis PR0015 y matrícula za-8226-i, dejan-do dicho bien de ser destinado al uso o servicio público de lucha contra incendios alque estaba afecto, cambiando su calificación de bien de dominio público a bien decarácter patrimonial.

el expediente queda sometido a información pública por plazo de un mes, acontar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletínoficial de la Provincia y en el tablón de anuncios; a lo largo de este plazo, los inte-resados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Villalube, 15 de diciembre de 2016.-el Presidente.

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IV. Administración de Justiciajuzgado de PRimeRa instancia e instRucción n.º 1

benaventen.i.g.: 49021 41 1 2015 0008559. oRd PRocedimiento oRdinaRio 0000145/2015. sobre otRasmateRias. demandante: sociedad anónima estatal de caución agRaRia. Procurador sr. luisdomingo FeRnÁndez esPeso. demandados: d. luis jaVieR RÁBamo sÁncHez, d.ª maRíajosÉ gaRcía juaRez.

Edicto Cédula de notificación

en el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literalsiguiente:

juzgado de Primera instancia núm. 1 de Benavente (zamora).Procedimiento: juicio ordinario 145/2015.

sentencia n.º 26/16en Benavente, a 12 de febrero de 2016.Vistos por d.ª carolina Feliz de castro, magistrado-juez del juzgado de

Primera instancia núm. 1 de Benavente y su partido, los presentes autos de juicioordinario, seguidos en este juzgado bajo el número 145/2015, en los que ha sidoparte demandante la sociedad anónima estatal de caución agraria, representadopor el Procurador de los tribunales d. luis domingo Fernández espeso y asistidodel letrado d. josé manuel lópez, sustituido en el acto del juicio por su compañe-ro d. marco antonio Furones gil y parte demandada d. luis javier Rábanosánchez y d.ª maría josé garcía juárez.

antecedentes de HecHoPrimero.- con fecha de 27/03/2015 por el Procurador de los tribunales, d. luis

domingo Fernández espeso, en nombre y representación de la sociedad anónimaestatal de caución agraria (en adelante saeca), se presentó demanda de juicioordinario contra d. luis javier Rábano sánchez y d.ª maría josé garcía juárez enla que, tras exponer en párrafos separados y numerados los hechos en .que fun-daba su pretensión y alegar los fundamentos de derecho que entendió aplicablesal caso, terminaba por suplicar al juzgado que dictara sentencia por la que, esti-mando integramente su demanda, se condene a los demandados a pagar la can-tidad de veinticinco mil novecientos veintiún euros con cincuenta y ocho céntimos(25.921,58 €) de principal más los intereses devengados y que se devenguen altipo del 12% desde el día 25/10/2012 hasta la fecha del pago efectuado por saecaa caja Rural de zamora, todo ello con expresa imposición de las costas devenga-das en el presente procedimiento.

Segundo.- admitida a trámite la demanda, por decreto de fecha 07/04/2015, se

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acordó dar traslado a la parte demandada, emplazándole para contestar a lademanda. Por diligencia de ordenación de 16/12/2015, habiendo transcurrido elplazo legal para contestar a la demanda y no habiendo comparecido en autos eldemandado, se declara su situación de rebeldía procesal, señalándose para lacelebración de la audiencia el día 09/02/2016, siendo suspendida y celebrándoseel día 10/02/2016 a las 11:00 horas.

Tercero.- el 10/02/2016 se celebró la audiencia previa con asistencia de la parteactora, que efectuó alegaciones y propuso medios de prueba que se admitieronsegún obra en el acta levantada y soportes audiovisuales, no compareciendo eldemandado, pese a haber sido citado en legal forma, habiendo sido declarado enrebeldía. en virtud de lo dispuesto en el art. 429.8 de la lec, no se procede a lacelebración de juicio, quedando los autos vistos y conclusos para dictar sentencia.

Cuarto.- en la tramitación del presente pleito se han observado las prescripcio-nes legales.

Fundamentos de deRecHoPrimero.- Por la parte actora se ejercita en su escrito de demanda la acción de

reclamación de cantidad de 25.921,58 €, frente a d. luis javier Rábano sánchezy d.ª maría josé garcía juárez sobre la base de los siguientes argumentos: Queel 13/06/2008 caja Rural de zamora concedió a los hoy demandados, con la fian-za solidaria de saeca, un préstamo por un principal de 25.750 €; que, en la mismafecha, d. luis javier Rábano sánchez como afianzado y d.ª maría josé garcíajuárez como fiador solidario, suscribieron con la sociedad actora póliza de afian-zamiento mercantil; que, las amortizaciones del préstamo concedido a los deman-dados resultaron impagadas, procediendo la entidad prestamista a la cancelaciónanticipada del préstamo y a requerir a saeca, en su condición de fiador solidario,el pago de la deuda contraido que ascendía a la suma de 25.921,58 € cantidadreclamada en el presente procedimiento, efectuándose el pago por la hoy actoracon fecha 25/10/2012; que de acuerdo con lo pactado en la póliza de afianzamien-to, habiendo reclamado la sociedad actora la cantidad pagada por aquella y adeu-dada por los demandados, estos no han procedido a su abono hasta la fecha, pesea los distintos requerimientos efectuados, reclamando dicha suma conforme a lodispuesto en el art. 1822 y siguientes del cc.

Segundo.- dada la situación de rebeldía procesal en que se encuentra la partedemandada y su consecuente incomparecencia en el acto del juicio, a la vista, deque la única prueba propuesta y admitida es la documental, habiendo sido esta yaaportada en autos y no impugnada por la contraparte, de acuerdo con lo que dis-pone el art. 429.8 de la lec, se procede al dictado de la sentencia sin necesidadde la previa celebración de juicio.

Tercero.- en el presente caso nos encontramos con una deuda derivada de uncontrato de préstamo, satisfecha por el fiador solidario la sociedad actoras al acre-edor entidad financiera caja Rural de zamora como consecuencia de la obligacióncontraída por los demandados como deudores prestatarios, ya que conforme esta-blece el art. 1822 del cc por la fianza se obliga uno a pagar o cumplir por un ter-cero, en caso de no hacerlo este.

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el tribunal supremo en sentada jurisprudencia autoriza al fiador que paga porel deudor a ser indemnizado por este, pues se produce la subrogación en todos losderechos que el acreedor tuviera contra el deudor liberado (sts 28/12/2006, entreotras). así el art. 1238 del cc establece que "el fiador que paga por el deudor debeser indemnizado por éste. la indemnización comprende:

1. la cantidad total de la deuda.2. los intereses legales de ella desde que se haya hecho saber el pago al deu-

dor, aunque no los produjese para el acreedor.3. los gastos ocasionados al fiador después de poner éste en conocimiento del

deudor que ha sido requerido para el pago.4. los daños y perjuicios cuando procedan.añade el art. 1839 del cc que "el fiador se subroga por el pago en todos los

derechos que el acreedor tenia contra el deudor".con tal regulación legal lo que se pretende por el legislador es que la fianza pro-

duzca los mínimos perjuicios al deudor solidario, que es el fiador, al crearse una acciónde regreso a favor del mismo que le facilita la recuperación de cuanto ha pagado.

a tenor de lo dispuesto en el precitado art. 1822 del cc, el fiador solidarioasume la deuda como propia y queda obligado de idéntica manera que el deudorprincipal, pudiendo ser compelido por el acreedor en primer término, habida cuen-ta que la solidaridad pactada viene a eliminar el carácter de accesoriedad de lafianza. esta obligación resulta del propio contrato de préstamo suscrito con fecha13/06/2008 (doc. n.° 1 de la demanda), cuya estipulación decimoséptima estable-ce: Fiadores "los fiadores reseñados en esta póliza garantizan todas las obligacio-nes que los prestatarios contraen en la presente póliza y en sus eventuales reno-vaciones y prorrogas, en los mismo casos, términos y condiciones que los presta-tarios, con renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden y división...".

Partiendo de la realidad del contrato de préstamo suscrito por los demandadoscon la entidad financiera caja Rural de zamora de fecha 13/06/2008, así como dela póliza de afianzamiento mercantil suscrita el mismo día con la hoya actora (doc.n° 2 de la demanda) en virtud de la cual saeca se obliga a afianzar a los deman-dados en las condiciones establecidas en la póliza de préstamo, resulta que losdemandados impagaron las amortizaciones del préstamo, por lo que la entidadprestamista canceló anticipadamente el préstamo y requirió de pago a la demandan-te (doc. n.° 3 de la demanda) en su condición de fiador en dicha póliza de présta-mo. conforme la documentación aportada la actora, una vez requerida, efectuó elpago con fecha 25/10/2012 por importe de 25.921,58 € (doc. n.º 4 de la demanda).

Por tanto, cumplidas sus obligaciones en concepto de fiadora, la actora tienen dere-cho a la indemnización establecida por el mencionado art. 1838 del cc, por la cantidadtotal de la deuda efectivamente satisfecha, derecho que se origina por el hecho delpago, no concurriendo las limitaciones previstas en el art. 1840 al 1842 del cc.

en definitiva, analizada la documental aportada y no impugnada de contrario,resultan acreditados los hechos alegados por la parte actora y en virtud de la nor-mativa aplicable y jurisprudencia expuesta anteriormente, procede la estimacióníntegra de la demanda presentada por sociedad anónima estatal de caución

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agraria contra d. luis javier Rábano sánchez y d.ª maría josé garcía juárez,condenando a estos últimos al abono de la cantidad de veinticinco mil novecientosveintiún euros con cincuenta y ocho céntimos (25.921,58 €), al amparo de los dis-puesto en los arts. 1822 y siguientes del cc.

Cuarto.- en materia de intereses, únicamente resultan de aplicación los arts.1.100, 1.101 y 1.108 del cc, la cantidad adeudada objeto de la presente litisdevengará el interés legal del dinero a contar desde la fecha de interposición de lademanda y en virtud de lo dispuesto en el art. 576 de la lec, la cantidad objeto decondena en el presente procedimiento devengará tal interés desde la fecha de lasentencia dictada en Primera instancia hasta su total cumplimiento a favor delactor y ello ya que debe ser declarada nula por abusiva, en virtud de la revisión deoficio establecida no solo para los préstamos con garantía hipotecaria, sino paratodos, la cláusula que determina el interés de demora en un 18%, resultando estasuperior al triple del interés legal vigente en la fecha en que se concertó el présta-mo (año 2008, el interés legal del dinero incendia al 5,50%), no cabiendo la inte-gración y/o moderación de una clausula nula.

Quinto.- en materia de costas procesales, es de aplicación el art. 394 de la lecy de conformidad con lo dispuesto en el mismo procede la imposición de las cos-tas devengadas en este procedimiento a la parte que haya visto rechazadas suspretensiones, esto es la parte demandada.

Vistos los artículos citados y demás de general aplicación,Fallo

Que estimando la demanda presentada por el Procurador de los tribunales, d.luis domingo Fernández espeso, en nombre y representación de la sociedadanónima estatal de caución agraria, contra d. luis javier Rábano sánchez y d.ªmaría josé garcía juárez, debo condenar y condeno a estos últimos a abonar a laactora la cantidad de veinticinco mil novecientos veintiún euros con cincuenta yocho céntimos (25.921,58 €), más los intereses legales y procesales correspon-dientes, así como las costas causadas en el presente procedimiento.

notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la mismano es firme y que contra ella cabe recurso de apelación ante la ilustrísimaaudiencia Provincial de zamora, que habrá de interponerse ante este mismojuzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación conforme a lodispuesto en los artículos 458 y siguientes de la ley de enjuiciamiento civil en suredacción dada por la ley 37/2011 de 10 de octubre de medidas de agilización pro-cesal/¬para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse cons-titución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta deeste juzgado.

librese testimonio de esta sentencia y llévese a los autos de su razón, quedan-do el original en el libro de sentencias civiles del juzgado.

así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

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y como consecuencia del ignorado paradero de luis javier Rábano sánchez ymaría josé garcía jañez, se extiende la presente para que sirva de notificación.

en Benavente, a diecisiete de marzo de dos mil dieciséis.-la letrado de laadministración de justicia judicial.

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