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Año CXVII 27 de diciembre de 2013 Núm. 7.075 ISSN 1989-9114 D.L.: M. 7178/1958 BOAM Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid SUMARIO I. Ayuntamiento de Madrid A) Sesiones Ayuntamiento Pleno Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 28 de noviembre de 2013. p. 4 Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid Resolución de 26 de diciembre de 2013 de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del extracto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión ordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2013. p. 23 B) Disposiciones y Actos Alcaldía Decreto de 9 de diciembre de 2013 de la Alcaldesa de cese y nombramiento de vocales del Foro de Empresas por Madrid. p. 25 1 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

Boletín Oficial del BOAM Ayuntamiento de Madrid · 2013-12-29 · Año CXVII 27 de diciembre de 2013 Núm. 7.075 ISSN 1989-9114 D.L.: M. 7178/1958 BOAM Boletín Oficial del Ayuntamiento

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Año CXVII27 de diciembre de 2013

Núm. 7.075

ISSN 1989-9114D.L.: M. 7178/1958

BOAMBoletín Oficial del

Ayuntamiento de Madrid

SUMARIO

I. Ayuntamiento de Madrid

A) Sesiones

Ayuntamiento Pleno

Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 28 denoviembre de 2013.

p. 4

Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

Resolución de 26 de diciembre de 2013 de la Directora de laOficina del Secretario de la Junta de Gobierno por la que sedispone la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid del extracto de los acuerdos adoptados por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión ordinaria celebrada el19 de diciembre de 2013.

p. 23

B) Disposiciones y Actos

Alcaldía

Decreto de 9 de diciembre de 2013 de la Alcaldesa de cese ynombramiento de vocales del Foro de Empresas por Madrid.

p. 25

1Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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Ayuntamiento Pleno

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba el Presupuesto General delAyuntamiento de Madrid para 2014, integrado por el Presupuesto delpropio Ayuntamiento, los de los organismos autónomos dependientesdel mismo y los estados de previsión de gastos e ingresos de lassociedades mercantiles cuyo capital social pertenece íntegramente alAyuntamiento de Madrid.

p. 25

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.

p. 26

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

p. 55

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.

p. 57

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

p. 59

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionadoscon Licencias, Autorizaciones y otros Documentos Administrativos deAutotaxis.

p. 62

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionadoscon el Medio Ambiente.

p. 66

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Retirada,Transporte y Almacenaje en el Almacén de Villa.

p. 74

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Higiene ySalud Pública.

p. 77

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía,Fotografías y Microfilmes.

p. 83

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por Ut i l i zac ión Pr ivat iva oAprovechamiento Especia l de l Domin io Públ ico Local .

p. 86

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por la Uti l ización Privativa oAprovechamiento Especial del Dominio Público Local para el Desarrollode Acciones Publicitarias Especiales.

p. 89

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de la Ordenanzareguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o laRealización de Actividades.

p. 97

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación de los acuerdosplenarios de fechas 28 de octubre de 2010, para el establecimiento delprecio público por la prestación de servicios en las FactoríasIndustriales de la Agencia de Desarrollo Económico “MadridEmprende”, y 28 de noviembre de 2007, para el establecimiento de losprecios públicos por la prestación de servicios en los Viveros deEmpresas.

p. 100

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba la modificación del acuerdo plenariode fecha 22 de diciembre de 2010, para el establecimiento de losprecios públicos por la prestación de servicios en Centros Deportivos yCasas de Baños.

p. 103

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba el establecimiento de los preciospúblicos por la prestación de servicios en el pabellón de CecilioRodríguez.

p. 132

Acuerdo de 20 de diciembre de 2013 del Pleno del Ayuntamientode Madrid por el que se aprueba el establecimiento de los preciospúblicos por la prestación de servicios en los centros de formación dela Agencia para el Empleo de Madrid.

p. 136

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

Resolución de 18 de diciembre de 2013 de la Secretaria GeneralTécnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por laque se ordena la publicación de la Resolución de 16 de diciembre de2013 de la Directora General de Sostenibilidad por la que se prorrogatemporalmente la validez de los distintivos y tarjetas magnéticas 2013de Residente y de las Áreas Diferenciadas de Vehículos Comerciales eIndustriales y de Talleres de Reparación de Vehículos del Servicio deEstacionamiento Regulado (SER).

p. 143

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

2Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Resolución de 7 de noviembre de 2013 del Coordinador General deGestión Urbanística, Vivienda y Obras por la que se hace público elTexto consolidado de la Instrucción de la Coordinadora General deUrbanismo de 29 de julio de 2008 relativa al procedimiento deelevación de consultas a la Comisión Técnica de Seguimiento eInterpretación de la OMTLU, modificada por la Instrucción 3/2013.

p. 143

C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

Resolución de 18 de diciembre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos por la que se resuelve parcialmente laconvocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD-28/2013.

p. 146

Resolución de 19 de diciembre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos por la que se resuelve parcialmente laconvocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD-27/2013.

p. 148

Resolución de 19 de diciembre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos por la que se resuelve parcialmente laconvocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD-28/2013.

p. 150

Convocatorias

Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

Resolución de 13 de diciembre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos por la que se convoca el Concurso General deMéritos FG-58/2013 para la provisión de puestos de trabajo endiversos Distritos.

p. 152

Resolución de 13 de diciembre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos por la que se convoca el Concurso General deMéritos FG-59/2013 para la provisión de puestos de trabajo en el Áreade Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana.

p. 162

Resolución de 20 de diciembre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos por la que se convocan puestos de trabajopara su provisión por el procedimiento de libre designación LD-33/2013.

p. 172

D) Anuncios

Otros anuncios

Distrito de Moratalaz

Resolución de 10 de diciembre de 2013 del Gerente del Distrito deMoratalaz por la que se ordena la publicación del inicio de expedientesancionador a Nueva Gama Comercial, S.L., con Número deIdentificación Fiscal B98341951, expediente 115/2013/1926.

p. 181

Resolución de 18 de diciembre de 2013 del Gerente del Distrito deMoratalaz por la que se ordena la publicación del inicio de expedientesancionador de referencia 115/2013/2211 a D. L. L. O, con Númerode Identificación de Extranjero X7007880X.

p. 181

Resolución de 18 de diciembre de 2013 del Gerente del Distrito deMoratalaz por la que se ordena la publicación del inicio de expedientesancionador de referencia 115/2013/2410 a J. M. R. H., con Númerode Identificación Fiscal 50845302F.

p. 181

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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I. Ayuntamiento de Madrid

A) Sesiones

Ayuntamiento Pleno

2494 Acuerdos de la sesión ordinaria delPleno celebrada el día 28 de noviembrede 2013.

Sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2013 en elSalón de Sesiones del Pleno del Palacio de Cibeles.

Presidente: don Ángel Garrido García, Presidente del Pleno.

Secretario: don Federico Andrés López de la Riva Carrasco, Secre-tario General del Pleno.

Asisten a la sesión: doña Ana María Botella Serrano, Alcaldesa deMadrid, y los siguientes concejales:

Por el Grupo Municipal del Partido Popular: doña María JosefaAguado del Olmo, don Álvaro Ballarín Valcárcel, don José ManuelBerzal Andrade, don Luis Miguel Boto Martínez, don Pedro CalvoPoch, don Pedro María Corral Corral, doña María ConcepciónDancausa Treviño, don Ángel Donesteve Velázquez-Gaztelu, doña EvaDurán Ramos, don David Erguido Cano, doña Paloma García Romero,doña María de la Paz González García, don José Antonio González dela Rosa, doña María Begoña Larrainzar Zaballa, doña Patricia LázaroMartínez de Morentin, doña Almudena Maíllo del Valle, don JoaquínMaría Martínez Navarro, don Fernando Martínez Vidal, doña MaríaIsabel Martínez-Cubells Yraola, don Jesús Moreno Sánchez, doñaMaría Dolores Navarro Ruiz, don José Enrique Núñez Guijarro, doñaMaría Fátima Inés Núñez Valentín, doña María del Carmen RodríguezFlores, doña Ana María Román Martín, doña María Elena SánchezGallar, don Diego Sanjuanbenito Bonal, doña Carmen Torralba Gonzá-lez y don Manuel Troitiño Pelaz.

Por el Grupo Municipal Socialista de Madrid: don FranciscoCabaco López, don Gabriel Calles Hernansanz, doña Ana GarcíaD'Atri, don Pedro Pablo García-Rojo Garrido, don Pedro Javier Gonzá-lez Zerolo, don Jaime José Lissavetzky Díez, don Luis Llorente Oliva-res, doña Noelia Martínez Espinosa, don Alberto Mateo Otero, doñaRuth Porta Cantoni, doña María Carmen Sánchez Carazo, doña AnaRosario de Sande Guillén, don Marcos Sanz Agüero y doña MaríaLuisa de Ybarra Bernardo.

Por el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes: don JorgeGarcía Castaño, doña Milagros Hernández Calvo, don Ángel LaraMartín de Bernardo, doña Raquel López Contreras, doña María delPrado de la Mata Riesco y don Ángel Pérez Martínez.

Por el Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia: donJaime María de Berenguer de Santiago, doña María Cristina ChamorroMuñoz, doña Patricia García López, don David Ortega Gutiérrez y donLuis Mariano Palacios Pérez.

Asiste también la Interventora General doña Beatriz Vigo Martín.

Se abre la sesión pública por el Presidente del Pleno a las diezhoras y cinco minutos.

ORDEN DEL DÍA

I. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Punto 1. Aprobar el acta de la sesión anterior, ordinaria, celebradael día 30 de octubre de 2013.

II. PREGUNTAS

Punto 2. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001254, dirigida a laAlcaldesa por el concejal don Ángel Pérez Martínez, del Grupo Munici-pal de Izquierda Unida-Los Verdes, interesando conocer si "tieneprevisto el Gobierno mantener la misma posición que ha adoptadoante la huelga de limpieza y jardinería, ante posibles situacionesconflictivas en el futuro".

Punto 3. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001256, dirigida a laAlcaldesa por el concejal don Jaime José Lissavetzky Díez, del GrupoMunicipal Socialista de Madrid, interesando conocer "qué valoraciónhace Vd., sobre las causas y consecuencias de la reciente huelga delimpieza y mantenimiento de zonas verdes en Madrid".

Punto 4. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001262, dirigida a laAlcaldesa por el concejal don David Ortega Gutiérrez, del GrupoMunicipal de Unión Progreso y Democracia, interesando conocer si"puede explicar a los madrileños las decisiones políticas adoptadasrespecto del mantenimiento de la cúpula de la Policía Municipal desdela tragedia del Madrid Arena hasta hoy".

Punto 5. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001243, formuladapor el concejal don David Ortega Gutiérrez, del Grupo Municipal deUnión Progreso y Democracia, interesando conocer "si estácumpliendo el Grupo Municipal Popular el compromiso de la Alcal-desa en su discurso de investidura de, en tiempos de crisis, apoyar alos más desfavorecidos".

Punto 6. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001244, formuladapor el concejal don Jaime María de Berenguer de Santiago, del GrupoMunicipal de Unión Progreso y Democracia, interesando conocer trasla huelga de limpieza viaria en Madrid, "qué ha aprendido el GobiernoMunicipal sobre lo ocurrido".

Punto 7. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001250, formuladapor la concejala doña María del Prado de la Mata Riesco, del GrupoMunicipal de Izquierda Unida-Los Verdes, en relación con la situaciónde la inmigración en la ciudad de Madrid y actuaciones municipales alrespecto.

Punto 8. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001251, formuladapor el concejal don Ángel Lara Martín de Bernardo, del Grupo Munici-pal de Izquierda Unida-Los Verdes, interesando conocer si "conside-ran que la participación ciudadana sigue siendo útil e importante parael desarrollo del comercio madrileño".

Punto 9. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001257, formuladapor el concejal don Gabriel Calles Hernansanz, del Grupo MunicipalSocialista de Madrid, interesando conocer cuáles son los motivos porlos que el Área de Gobierno de Economía, Hacienda y AdministraciónPública no ha aceptado el Plan de Viabilidad del mercado municipal deVentas presentado por la Asociación de Comerciantes que lo gestiona.

Punto 10. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001258, formuladapor la concejala doña Ruth Porta Cantoni, del Grupo Municipal Socia-lista de Madrid, interesando conocer "si, a la vista de lo ocurrido estemes con la huelga de limpieza y mantenimiento de zonas verdes, elgobierno municipal tiene previsto introducir modificaciones en loscontratos integrales pendientes de adjudicar para evitar que seproduzcan despidos y que se rebaje la calidad de los servicios afecta-dos por dichos contratos".

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

4Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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Punto 11. Se sustancia la pregunta n.º 2013/8001263, formuladapor el concejal don Luis Mariano Palacios Pérez, del Grupo Municipalde Unión Progreso y Democracia, interesando conocer qué valoraciónrealiza el equipo de gobierno de la adjudicación, por la Delegada delArea de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, de los lotes correspon-dientes a las zonas 1 y 2 del denominado "Acuerdo marco de servi-cios para la redacción de informes en edificios con posibles dañosestructurales, la elaboración de actas de inspección técnica de edifi-cios en aplicación de la ejecución subsidiaria y la redacción de proyec-tos y la asistencia técnica a la dirección facultativa de las intervencio-nes en ejecución subsidiaria, actuaciones singulares, adopción demedidas de seguridad y reparaciones de emergencia en edificiosmunicipales en el término municipal de Madrid", a las entidades que seindican en la iniciativa, publicada en la web municipal el 12 de marzode 2013.

III. PARTE RESOLUTIVA

PROPUESTAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO, DE SUS MIEMBROS Y DE LOS DEMÁS CONCEJALESCON RESPONSABILIDADES DE GOBIERNO

ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Punto 12. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de

47.535.225,47 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid(Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda), con el desglose y aplica-ción presupuestaria que se detalla:

- 47.535.225,47 euros, en la apl icación presupuestaria001/035/152.01/445.00 "A la Empresa Municipal de la Vivienda ySuelo, S.A." del programa 152.01 "Vivienda" del Ayuntamiento deMadrid para 2013".

La financiación del citado suplemento de crédito se efectuará conun nuevo ingreso en el subconcepto 911.01 "Préstamos mecanismofinanciación pago proveedores" del programa 011.11 "Endeuda-miento".

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedenteacuerdo se incluyen como apéndice I, relacionado con el punto 12 delorden del día.

Punto 13. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de

333.773.499,00 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid,con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

- 333.773.499,00 euros, en la aplicación presupuestaria001/100/011.11/913.00 "Amortización préstamos largo plazo de Entesfuera del Sector Público" del programa 011.11 "Endeudamiento" delAyuntamiento de Madrid para 2013".

La financiación del citado suplemento de crédito se efectuará conun nuevo ingreso en el subconcepto 913.00 "Préstamos a largo plazode Entes fuera del Sector Público" del programa 011.11 "Endeuda-miento".

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedenteacuerdo se incluyen como apéndice II, relacionado con el punto 13 delorden del día.

Punto 14. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de

14.329.831,64 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid,con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

- 14.329.831,64 euros, en la apl icación presupuestaria001/100/011.11/911.00 "Amortización préstamos largo plazo de Entesdel Sector Público" del programa 011.11 "Endeudamiento" del Ayunta-miento de Madrid para 2013".

La financiación del citado suplemento de crédito se efectuarámediante el subconcepto 870.00 "Remanente de Tesorería paragastos generales" obtenido de la liquidación del presupuesto delAyuntamiento de Madrid del ejercicio 2012, y con nuevos ingresos enel subconcepto 410.00 "De Organismos Autónomos del Ayuntamiento

de Madrid" procedentes de los créditos extraordinarios financiadoscon los remanentes de tesorería para gastos generales de los Organis-mos autónomos Informática del Ayuntamiento de Madrid, Agenciapara el Empleo de Madrid, Agencia Tributaria Madrid, Agencia deDesarrollo Económico "Madrid Emprende", Agencia de Gestión deLicencias de Actividades y Madrid Salud".

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedenteacuerdo se incluyen como apéndice III, relacionado con el punto 14 delorden del día.

Punto 15. Adoptar, en veintiocho expedientes, otros tantos acuer-dos del siguiente tenor literal:

"1) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. José Luis Moreno Cervera, en representación del Ministerio deAgricultura, Alimentación y Medio Ambiente (antes Ministerio de MedioAmbiente y Medio Rural y Marino), las obras proyectadas en la fincasita en el paseo de la Infanta Isabel nº 1, a los efectos de la bonifica-ción en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones yObras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizaren un inmueble catalogado con Nivel de Protección 1 (Grado Singular),incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartadoc). c.1, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigenteen el año 2011.

2) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.ªIleana Pérez Drago, en representación de la Comunidad de Propieta-rios de la calle Relatores nº 14, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras de rehabilitación a realizar en un edificio sito enun Área de Rehabilitación de Centro Histórico, incluidas entre lossupuestos de bonificación del artículo 5, apartado b), de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2012.

3) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.ªCristina de Luna Bravo, en representación de la Comunidad de BienesHerederos de Emilio Herrero, las obras proyectadas en la finca sita enla calle Menorca nº 18, a los efectos de la bonificación en la cuota delImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corres-ponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueblecatalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entrelos supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de laOrdenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año2012.

4) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.Miguel Ángel Conesa Olmedo, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle Anoeta nº 48, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras de rehabilitación a realizar en un edificio sito enuna Zona de Rehabilitación Integrada, incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado b), de la Ordenanza fiscal regula-dora del citado Impuesto vigente en el año 2012.

5) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.Enrique Varela Agüí, en representación del Ministerio de Educación,Cultura y Deporte, las obras proyectadas en la finca sita en la calleVentura Rodríguez nº 17, a los efectos de la bonificación en la cuotadel Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corres-ponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueblecatalogado con Nivel de Protección 1 (Grado Singular), incluidas entrelos supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.1, de laOrdenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año2010.

6) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.José María Damas Medina, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle Azcoitia nº 9, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras de rehabilitación a realizar en un edificio sito enuna Zona de Rehabilitación Integrada, incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado b), de la Ordenanza fiscal regula-dora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

5Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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7) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.Juan Carlos Soriano Trujillo, en representación de Espamad, S.L.U.,las obras proyectadas en la finca sita en la calle Fernando el Santo nº15, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivelde Protección 1 (Grado Integral), incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado c). c.1, de la Ordenanza fiscalreguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

8) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.ªMaría del Mar Hidalgo Baeza, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle de la Palma nº 52, las obras proyectadas en lafinca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuestosobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a lasmismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogadocon Nivel de Protección 1 (Grado Integral), incluidas entre los supues-tos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.1, de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

9) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de D.Carlos García Castaño, en representación de la Comunidad de Propie-tarios de la calle Cava Alta nº 17, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivelde Protección 2 (Grado Estructural), incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado c). c.2, de la Ordenanza fiscalreguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

10) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Aitana González Hernández, en representación de la Comunidadde Propietarios de la calle Mesón de Paredes nº 17, las obras proyec-tadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota delImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corres-ponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueblecatalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entrelos supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de laOrdenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año2013.

11) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Francisco Caballero Cruz, en representación de la Comunidad dePropietarios del paseo del Rey nº 14, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivelde Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de la Ordenanza fiscalreguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

12) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Almudena Blanco Domínguez, en representación de la Comunidadde Propietarios de la calle Doctor Piga números 5 y 5 B, las obrasproyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras quecorresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en uninmueble catalogado con Nivel de Protección 2 (Grado Estructural),incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartadoc). c.2, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigenteen el año 2013.

13) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Almudena Blanco Domínguez, en representación de la Comunidadde Propietarios de la costanilla de los Desamparados nº 11, las obrasproyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras quecorresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en uninmueble catalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), inclui-das entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3,de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en elaño 2013.

14) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Mercedes Pérez Parra, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle Pedro Unanúe nº 8, las obras proyectadas en lafinca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuestosobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las

mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogadocon Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entre los supues-tos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

15) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Libardo Ospina Hernández, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle Guzmán el Bueno nº 57, las obras proyectadasen la finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota delImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corres-ponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueblecatalogado con Nivel de Protección 2 (Grado Estructural), incluidasentre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.2, dela Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año2013.

16) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Myriam Ruiz Cuenca, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle Cenicero nº 6, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivelde Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de la Ordenanza fiscalreguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

17) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Moisés Royo Márquez, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle San Bernardo nº 69, las obras proyectadas enla finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuestosobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a lasmismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogadocon Nivel de Protección 1 (Grado Integral), incluidas entre los supues-tos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.1, de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

18) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª María Dolores Carnero González, en representación de la Comuni-dad de Propietarios de la calle Doctor Esquerdo nº 34, las obrasproyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras quecorresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en uninmueble catalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Ambiental),incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartadoc). c.3, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigenteen el año 2011.

19) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Luis Galiano Jabardo, en representación de Bécquer de Arrenda-mientos, S.L., las obras de la licencia urbanística con número104/2012/7055, a realizar en la finca sita en la calle HermanosBécquer nº 4, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuestosobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a lasmismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogadocon Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entre los supues-tos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

20) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Aketxa Zarate Sainz, en representación de la Comunidad de Propie-tarios de la calle San Roque nº 14, las obras proyectadas en la fincacitada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivelde Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de la Ordenanza fiscalreguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

21) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Óscar Tomé Blázquez, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle La Dolorosa nº 9, las obras proyectadas en lafinca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuestosobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a lasmismas, por tratarse de obras de rehabilitación a realizar en un edificiosito en una Zona de Rehabilitación Integrada, incluidas entre lossupuestos de bonificación del artículo 5, apartado b), de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

22) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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D. Ramón Isidoro González Almazán, las obras proyectadas en la fincasita en la calle Rascón nº 11, a los efectos de la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras quecorresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en uninmueble catalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Ambiental),incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartadoc). c.3, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigenteen el año 2013.

23) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. José Luis Guindo Hualda, en representación de Iniciativas para laConstrucción y Obra Civil, S.L., las obras proyectadas en la finca sitaen la avenida de Alfonso XIII nº 23, a los efectos de la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras quecorresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en uninmueble catalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), inclui-das entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3,de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en elaño 2013.

24) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Luis Galiano Jabardo, en representación de Bécquer de Arrenda-mientos, S.L., las obras ordenadas en el expediente urbanísticonúmero 711/2010/21939, a realizar en la finca sita en la calle Herma-nos Bécquer nº 4, a los efectos de la bonificación en la cuota delImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corres-ponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueblecatalogado con Nivel de Protección 3 (Grado Parcial), incluidas entrelos supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.3, de laOrdenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año2013.

25) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Enrique Falcó Carrión, en representación de Daellos, S.A., las obrasproyectadas en la finca sita en la calle Gran Vía nº 41, a los efectos dela bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instala-ciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras arealizar en un inmueble catalogado con Nivel de Protección 1 (GradoSingular), incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5,apartado c). c.1, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuestovigente en el año 2013.

26) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD. Miguel Garrido de la Cierva, en representación de la Cámara Oficialde Comercio e Industria de Madrid, las obras proyectadas en la fincasita en la plaza de la Independencia nº 1, a los efectos de la bonifica-ción en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones yObras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizaren un inmueble catalogado con Nivel de Protección 1 (Grado Integral),incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartadoc). c.1, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigenteen el año 2013.

27) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Ascensión Pintor Pérez, en representación de ConstruccionesManolo y Manolo, S.L., las obras proyectadas en la finca sita en laavenida de Niceto Alcalá Zamora nº 48, a los efectos de la bonifica-ción en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones yObras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizaren una parcela destinada por el Plan General de Ordenación Urbanade Madrid a Equipamiento Singular, incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado a). a.1, de la Ordenanza fiscalreguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013.

28) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición deD.ª Cristina de Luna Bravo, en representación de D. Fermín MartínezFernández, y de D. Antolín Martínez Fernández, las obras proyectadasen la finca sita en la calle Francisco de Rojas nº 9, a los efectos de labonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instala-ciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras arealizar en un inmueble catalogado con Nivel de Protección 2 (GradoEstructural), incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo5, apartado c). c.2, de la Ordenanza fiscal reguladora del citadoImpuesto vigente en el año 2013".

Punto 16. Adoptar, en cinco expedientes, otros tantos acuerdosdel siguiente tenor literal:

"1) Desestimar la solicitud formulada por D. José Manuel Ruiz Va,

en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Desen-gaño nº 11, sobre la declaración de especial interés o utilidad munici-pal de las obras proyectadas en la finca citada, a los efectos de labonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instala-ciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obrasde rehabilitación a realizar en un edificio sito en un Área de Rehabilita-ción Integrada, incluidas entre los supuestos de bonificación delartículo 5, apartado b), de la Ordenanza fiscal reguladora del citadoImpuesto, toda vez que la solicitud fue presentada fuera del plazoestablecido en el artículo 16.1 de la citada Ordenanza vigente en elaño 2012.

2) Desestimar la solicitud formulada por D. Evelio Acevedo Carrero,en representación de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza,sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de lasobras proyectadas en la finca sita en la calle Marqués de Cubas nº 19y en el paseo del Prado nº 8, a los efectos de la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras quecorresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en uninmueble catalogado con Nivel de Protección 3, incluidas entre lossupuestos de bonificación del artículo 5, apartado c), de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto, toda vez que la solicitud fuepresentada fuera del plazo establecido en el artículo 16.1 de la citadaOrdenanza vigente en el año 2012.

3) Desestimar la solicitud formulada por D. Juan Toro Cebada,sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de lasobras proyectadas en la finca sita en la calle Maestro Lasalle nº 34, alos efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construc-ciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, portratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivel deProtección 2 (Grado Volumétrico), toda vez que las obras son denueva edificación y no obras en los edificios y, por tanto, no secumplen los requisitos exigidos en el artículo 5, apartado c), de laOrdenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año2013.

4) Desestimar la solicitud formulada por D. Francisco JavierSánchez Buendía, en representación de D. Carlos Fitz-James StuartMartínez de Irujo, sobre la declaración de especial interés o utilidadmunicipal de las obras proyectadas en la finca sita en la calle Princesanº 18, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas,por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivelde Protección 1 (Grado Singular), incluidas entre los supuestos debonificación del artículo 5, apartado c), de la Ordenanza fiscal regula-dora del citado Impuesto, toda vez que la solicitud fue presentadafuera del plazo establecido en el artículo 16.1 de la citada Ordenanzavigente en el año 2011.

5) Desestimar la solicitud formulada por D. Juan Antonio CózarPadilla, en representación de SR Villaverde Boetticher Club de Fútbol,sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de lasobras proyectadas en la finca sita en el paseo de Talleres nº 1, a losefectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construccio-nes, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, toda vezque las obras que se pretenden realizar no se encuentran incluidasentre los supuestos de bonificación del artículo 5, de la Ordenanzafiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2013".

Punto 17. Adoptar, en seis expedientes, otros tantos acuerdos delsiguiente tenor literal:

"1) Tener a D. Juan Ignacio García Braschi, por desistido de supetición, presentada el día 14 de marzo de 2013, en la que solicitó ladeclaración de especial interés o utilidad municipal respecto de lasobras a realizar en la finca sita en la calle Clavileño nº 35, a los efectosde obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construccio-nes, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo,de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar conclusoel procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud.

2) Tener a D. Fernando Olba Rallo, en representación de RobertoCavalli, S.P.A. Sucursal en España, por desistido de su petición,presentada el día 12 de abril de 2013, en la que solicitó la declaraciónde especial interés o utilidad municipal respecto de las obras a realizar

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en la finca sita en la calle José Ortega y Gasset nº 25, local 10, a losefectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas,y asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declararconcluso el procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud.

3) Tener a D. Roberto Flores Fabara, en representación de laComunidad de Propietarios de la calle La Canción del Olvido nº 44, pordesistido de su petición, presentada el día 20 de diciembre de 2012,en la que solicitó la declaración de especial interés o utilidad municipalrespecto de las obras a realizar en la finca citada, a los efectos deobtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones,Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, deacuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar concluso elprocedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud.4) Tener aD. Juan José Carrillo Aranda, en representación de la Comunidad dePropietarios de la calle Mestanza nº 13, por desistido de su petición,presentada el día 18 de enero de 2012, en la que solicitó la declara-ción de especial interés o utilidad municipal respecto de las obras arealizar en la finca citada, a los efectos de obtener la bonificación en lacuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obrascorrespondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdo con lo estable-cido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, declarar concluso el procedimiento yproceder al archivo de la referida solicitud.

5) Tener a D. Antonio Ríos Paz, en representación de la Comuni-dad de Propietarios de la calle La Canción del Olvido nº 43, por desis-tido de su petición, presentada el día 26 de junio de 2013, en la quesolicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respectode las obras a realizar en la finca citada, a los efectos de obtener labonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instala-ciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdocon lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedi-miento y proceder al archivo de la referida solicitud.

6) Tener a D. José María Díaz Álvarez, en representación de laComunidad de Propietarios de la calle Logrosán nº 26, por desistidode su petición, presentada el día 24 de octubre de 2012, en la quesolicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respectode las obras a realizar en la finca citada, a los efectos de obtener labonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instala-ciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdocon lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedi-miento y proceder al archivo de la referida solicitud".

ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD

Punto 18. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por un importe

total de 291.605,05 euros, para el pago de las obligaciones derivadasde los contratos promovidos por el Área de Gobierno de MedioAmbiente y Movilidad, que se reseñan, a favor de las entidades, en lascuantías y con imputación a las partidas del vigente presupuestomunicipal que se indica en el Anexo que se adjunta".

El anexo al que se refiere el precedente acuerdo se incluye comoapéndice IV, relacionado con el punto 18 del orden del día.

ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO Y VIVIENDA

Expedientes tramitados por los distritos

Punto 19. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar definitivamente, una vez trascurrido el plazo de informa-

ción pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especialde Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de bar-restaurante en las plantas baja, sótano y primera del edificio sito en lacalle de Carretas número 17, promovido por Compañía del Trópico, S.L., de conformidad con lo previsto los artículos 61.4 de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 11.1 j) de la Ley22/2006 de 4 de julio de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental deUsos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente ala publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en elartículo 54.3 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo yOrdenación Urbana".

Punto 20. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar definitivamente, una vez trascurrido el plazo de informa-

ción pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especialde Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de bar-restaurante en las plantas baja y primera del edificio situado en la calleMayor número 13, promovido por la entidad La Cazuelita de Mayor,S.L., de conformidad con lo previsto los artículos 61.4 de la Ley9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 11.1 j)de la Ley 22/2006 de 4 de julio de Capitalidad y Régimen Especial deMadrid.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental deUsos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente ala publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en elartículo 54.3 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo yOrdenación Urbana".

Punto 21. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-

Ambiental de Usos para implantación de la actividad de oficinas, en laescalera D, planta primera, puerta D, del edificio sito en la calle deHermosilla número 102, promovido por LOGOBUSINESS, S.L., unavez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de aprobacióninicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid defecha 5 julio de 2013 sin que se hayan presentado alegaciones.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental deUsos, tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente ala publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en elArt. 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo yOrdenación Urbana R.D. 1346/1976 de 9 de abril".

Punto 22. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-

Ambiental de Usos para implantación de la actividad de aparcamientopúblico en superficie, de carácter provisional, en la parcela sita en lacalle de Trespaderne número 20-22, c/v a la calle Medina de Pomar,promovido por IBERINVE, S.A., una vez informado favorablemente porel Departamento de Servicios Técnicos del Distrito de Barajas, confecha 7 de octubre de 2013, sin que se hayan presentado alegacio-nes en el trámite de información pública.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental deUsos, tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente ala publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en elartículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo yOrdenación Urbana R.D. 1346/1976 de 9 de abril".

Punto 23. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de

8.947,40 euros, a favor de Artegraf Industrias Gráficas, S.A., para elabono de la factura correspondiente a los gastos por la impresión de60.000 programas de actividades culturales denominado "Distrito 9 -

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Espacio de Creación" dentro de la Programación de Primavera delDistrito de Moncloa-Aravaca".

Punto 24. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito del gasto por

importe de 4.000 euros (IVA del 18 % incl.) a favor de TRITOMA, S.L.,por la celebración del III Certamen de Cortos y IV Certamen deFotografía en el Centro Sociocultural Luis Gonzaga en mayo del 2011".

Punto 25. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"Aprobar el reconocimiento extrajudicial de un crédito por importe

de 2.606,48 euros a favor de la empresa FCC CONSTRUCCIÓN, S.A.,como indemnización por los gastos ocasionados con motivo de lasactuaciones realizadas en el distrito de Chamartín, en ejercicio de laacción subsidiaria, en la calle Luis Cabrera nº 27, Pla: AT, Pta: A;avenida Alberto Alcocer, nº 49, Pla: 8, Pta: 3; avenida Alberto Alcocer,nº 49, Esc. 1, Pla: 5, Pta: 6; calle López de Hoyos, nº 84, Pla: 1, Pta:D; y calle María de Molina, nº 5, Pla: 2, Pta: D".

Expedientes tramitados por el Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Punto 26. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"PRIMERO.- Estimar parcialmente la alegación presentada por don

Francisco Javier Meliá Sullana en representación de la entidad CentroCanalejas Madrid, S.L., y desestimar el resto de alegaciones, deconformidad con lo previsto en el informe de la Dirección General dePlaneamiento, de 14 de noviembre de 2013.

SEGUNDO.- Aprobar provisionalmente la modificación puntual delPlan General de Ordenación Urbana para la creación del ámbito delÁrea de Planeamiento Específico 01.11 "Sevilla-Canalejas". Distrito deCentro.

TERCERO.- Remitir el expediente de Modificación del Plan Generalde Ordenación Urbana a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda yOrdenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, para que elórgano correspondiente lo apruebe definitivamente, si procede,conforme al artículo 57 e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelode la Comunidad de Madrid".

Punto 27. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo

de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, elPlan Especial para la parcela sita en la calle Benito Prieto número 6, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con elartículo 57 de la misma ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismotexto legal.

TERCERO.- La vigencia del Control Ambiental de Usos contenidaen el presente Plan Especial, tendrá vigencia de un año contado apartir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid.

CUARTO.- Dar traslado a los interesados de este acuerdo advir-tiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido enel artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común".

Punto 28. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo

de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, elPlan Especial para el Control Urbanístico-Ambiental de Usos para laparcela sita en la calle Carrera de San Jerónimo número 18, en elDistrito de Centro, promovido por don Carlos Rodríguez Ramos enrepresentación de "Inmobiliaria Agrícola y Urbana Sociedad Anónima"de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001,de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación conel artículo 57 de la misma ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismotexto legal.

TERCERO.- La vigencia del presente Plan Especial será de un añocontado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid.

CUARTO.- Dar traslado a los interesados de este acuerdo advir-

tiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido enel artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común".

Punto 29. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo

de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, elPlan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para lafinca sita en la calle Marqués de Villamagna número 4, Distrito deSalamanca, promovido por High Tech Hotels & Resorts, S.A., deconformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con elartículo 57 de la misma ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismotexto legal.

TERCERO.- La vigencia del presente Plan Especial será de un añocontado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid.

CUARTO.- Dar traslado a los interesados de este acuerdo advir-tiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido enel artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común".

Punto 30. Adoptar, en treinta y siete expedientes, otros tantosacuerdos del siguiente tenor literal:

"1) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 81.235,75 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa UTEcompuesta por las empresas COARSA, S.A., ARPADA S.A. ySONDEOS, CIMENTACIONES Y RECALCES, S.A., correspondiente alas obras ejecutadas en el edificio del paseo Imperial núm. 53, aimputar a la aplicación 001/035/151.03/226.04, del presupuestomunicipal de 2013.

2) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de22.413,10 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FCCCONSTRUCCIÓN, S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en eledificio de la calle Alcalá núm. 248, a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

3) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de240.885,64 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa ORTIZ,CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., el importe de las obrasejecutadas en el edificio de la calle San Roque nº 1, a imputar a laaplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de2013.

4) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de226.170,14 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa ORTIZCONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., el importe de las obrasejecutadas en el edificio de la calle BALLESTA núm. 14, a imputar a laaplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de2013.

5) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de11,94 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P, INGENIERÍAY PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente al servicio decoordinación de seguridad y salud para las obras ejecutadas en elinmueble de la plaza de la Cebada nº 4; a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

6) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de436,36 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P, INGENIE-RÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS, S.L., correspondiente al servicio decoordinación de seguridad y salud para las obras ejecutadas en elinmueble de la calle Sierra de la Estrella nº 19; a imputar a la aplica-ción 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

7) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de108.373,59 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FERRO-VIAL - AGROMÁN, S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en eledificio de la avenida de San Diego nº 74, a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

8) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de290,85 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa COARSA, S.A.,correspondiente a las obras ejecutadas en el edificio de la plazaP a l o m a d e l a P a z n º 8 , a i m p u t a r a l a a p l i c a c i ó n

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001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.9) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de

110.305,45 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FERRO-VIAL AGROMÁN, S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en eledificio de la calle Ventura de la Vega núm. 3; a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

10) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 5.938,93 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS S.A., el importe de las obras ejecutadas en el Colegio Público"Ciudad de Roma" situado en la calle de Juan Esplandiú núm. 2A, aimputar a la aplicación 001/035/151.03/632.00, del presupuestomunicipal de 2013.

11) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 22.224,57 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS, S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio de la calleMaría Bosch nº 22, a imputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03,del presupuesto municipal de 2013.

12) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 2.172,84 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS, S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio de la calleArchivo núm. 3, a imputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03, delpresupuesto municipal de 2013.

13) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 12.598,47 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FCCConstrucción S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio dela ca l le Argenso la núm. 20, a imputar a la ap l icac ión001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

14) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 133.518,49 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa ORTIZ,CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., el importe de las obrasejecutadas en el edificio de la calle Desengaño nº 14, a imputar a laaplicación 001/035/151.03/227.03 del presupuesto municipal de2013.

15) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 27.151,14 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS, S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio de la calleOlivar nº 19, a imputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03, delpresupuesto municipal de 2013.

16) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 13.174,81 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa COARSA,S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en el edificio de la calleL u i s a M u r i e l n ú m . 1 0 ; a i m p u t a r a l a a p l i c a c i ó n001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

17) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 399,93 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa COARSA,S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en el edificio de la plazad e l a C e b a d a n ú m . 4 ; a i m p u t a r a l a a p l i c a c i ó n001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

18) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 14.822,43 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa ORTIZ,CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., correspondiente a lasobras ejecutadas en el edificio de la calle de Oñate nº 6, a imputar a laaplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de2013.

19) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 6.820,88 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa COARSA,S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en el edificio de laavenida de Abrantes nº 149, a imputar a la ap l icac ión001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

20) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 6.726,90 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa COARSA,S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en el edificio de laavenida de Abrantes nº 151, a imputar a la ap l icac ión001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

21) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 70.167,24 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa ORTIZ,CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., correspondiente a lasobras ejecutadas en el edificio de la calle San Bernardo nº 48; aimputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuestomunicipal de 2013.

22) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe

de 26.695,60 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio de la calleAmadeo I núm. 8, a imputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03,del presupuesto municipal de 2013.

23) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 30.836,69 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FERRO-VIAL-AGROMAN, S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en eledificio de la calle Sierra de la Estrella núm 19; a imputar a la aplica-ción 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

24) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 166.529,15 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa Ortiz,Construcciones y Proyectos, S.A., el importe de las obras ejecutadasen el edificio de la calle Carnicer nº 17; a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

25) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 121,46 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P,INGENIERÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente alservicio de coordinación de seguridad y salud para las obras ejecuta-das en el inmueble de la avenida Abrantes nº 151 a imputar a la aplica-ción 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

26) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 9,21 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P, INGENIE-RÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente al servicio decoordinación de seguridad y salud para las obras ejecutadas en elinmueble de la plaza Paloma de la Paz nº 8; a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

27) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 242,91 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P,INGENIERÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente alservicio de coordinación de seguridad y salud para las obras ejecuta-das en el inmueble de la calle Oñate nº 6; a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

28) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 746,58 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P,INGENIERÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente alservicio de coordinación de seguridad y salud para las obras ejecuta-das en el inmueble de la calle Marqués de Santa Ana nº 8; a imputar ala aplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de2013.

29) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 122,84 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P,INGENIERÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente alservicio de coordinación de seguridad y salud para las obras ejecuta-das en el inmueble de la avenida Abrantes nº 149; a imputar a laaplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de2013.

30) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 58.957,67 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa ORTIZ,CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., correspondiente a lasobras ejecutadas en el edificio de la calle Marqués de Santa Ana nº 8;a imputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03, del presupuestomunicipal de 2013.

31) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 1.301,61 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa I+P,INGENIERÍA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS S.L., correspondiente alservicio de coordinación de seguridad y salud para las obras ejecuta-das en el inmueble de la Cerro Garabitas nº 4; a imputar a la aplica-ción 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

32) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 50.462,05 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FERRO-VIAL AGROMAN S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en elpoblado chabolista de la Cañada Real Galiana, demolición de infravi-viendas en las Parcelas 1 y 5 Izquierda, en el tramo que discurre por eldistrito de Villa de Vallecas, en el término municipal de Madrid, aimputar a la partida 001/035/151.03/227.13, del presupuesto munici-pal de 2013.

33) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 24.928,84 euros (IVA incluido), para abonar a la UTE compuestapor las empresas COARSA, S.A., ARPADA, S.A. y SONDEOS, CIMEN-TACIONES Y RECALCES, S.A., el importe de las obras ejecutadas enel edificio del paseo Imperial núm. 53; a imputar a la aplicación

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001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.34) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe

de 139.849,15 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS, S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio de la calleAmparo nº 50; a imputar a la aplicación 001/035/151.03/227.03, delpresupuesto municipal de 2013.

35) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 32.093,73 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FERRO-VIAL-AGROMÁN, S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en eledificio de la calle Ventura de la Vega nº 3; a imputar a la aplicación001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

36) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 18.123,58 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa DRAGA-DOS, S.A., el importe de las obras ejecutadas en el edificio de la calleVen tu ra de l a Vega n º 3 , a impu ta r a l a ap l i cac ión001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013.

37) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importede 130.286,21 euros (IVA incluido), para abonar a la empresa FERRO-VIAL-AGROMAN, S.A., correspondiente a las obras ejecutadas en eledificio de la calle del Cerro de Garabitas núm. 4, a imputar a la aplica-ción 001/035/151.03/227.03, del presupuesto municipal de 2013".

ÁREA DE GOBIERNO DE LAS ARTES, DEPORTES Y TURISMO

Punto 31. "Aprobar un reconocimiento extrajudicial de crédito porimporte total de 40.538,20 euros (IVA incluido), para hacer frente algasto derivado de las prestaciones a favor de las entidades y concargo a las aplicaciones presupuestarias que figuran en el Anexo aeste Acuerdo, dado que con ello no se ocasiona perjuicio ni limitaciónalguna a las actuaciones del ejercicio corriente".

El anexo al que se refiere el precedente acuerdo se incluye comoapéndice V, relacionado con el punto 31 del orden del día.

PROPOSICIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

Punto 32. Rechazar la proposición n.º 2013/8001247, presentadapor la concejala doña Patricia García López, del Grupo Municipal deUnión Progreso y Democracia, interesando que se revisen las compe-tencias y la composición de la Junta de Valoración de Obras de Arte,en los términos y con el alcance señalados en la iniciativa.

Punto 33. Rechazar la proposición n.º 2013/8001248, presentadapor la concejala doña Cristina Chamorro Muñoz, del Grupo Municipalde Unión Progreso y Democracia, interesando que el Ayuntamientoponga en marcha, como parte implicada en el proceso, el conjunto demedidas, enumeradas en la iniciativa, para mejorar el Sistema deRentas Mínimas de Inserción de la Comunidad de Madrid.

Punto 34. Rechazar la proposición n.º 2013/8001249, presentadapor la concejala doña Raquel López Contreras, del Grupo Municipal deIzquierda Unida-Los Verdes, interesando que "el Ayuntamiento deMadrid exija a las empresas concesionarias de los Contratos Integra-les de Parques Históricos, Energía e Infraestructuras Viarias mantenerel número de trabajadores que en los contratos anteriores garanti-zando así la correcta prestación de los servicios públicos y evitandonuevos y posibles conflictos con los trabajadores que los prestan".

Punto 35. Rechazar la proposición n.º 2013/8001259, presentadapor el concejal don Gabriel Calles Hernansanz, del Grupo MunicipalSocialista de Madrid, interesando que la Junta de Gobierno agrupe enuna misma Agencia municipal las competencias en materia de empleode la Agencia para el Empleo y las competencias en materia dedesarrollo económico y apoyo a la creación de empresas de la extintaAgencia "Madrid Emprende", con los correspondientes medioshumanos y materiales, y que realice las modificaciones normativas ypresupuestarias necesarias para mantener un programa específico deapoyo a la innovación y al desarrollo de las nuevas tecnologías.

Punto 36. Rechazar la proposición n.º 2013/8001260, presentadapor el concejal don Pedro Javier González Zerolo, del Grupo MunicipalSocialista de Madrid, interesando, en relación con la Renta Mínima deInserción de la Comunidad de Madrid, la adopción del conjunto demedidas de carácter económico-financiero, competencial y de mejorade los recursos humanos y materiales, tanto por el Ayuntamiento de

Madrid como de instancia a la Comunidad de Madrid, que se contem-plan en la iniciativa.

Punto 37. Rechazar la proposición n.º 2013/8001261, presentadapor la concejala doña María Carmen Sánchez Carazo, del GrupoMunicipal Socialista de Madrid, en la redacción dada por la enmiendade modificación presentada por la concejala del Grupo Municipal deUnión Progreso y Democracia, interesando que el Ayuntamiento deMadrid adopte el conjunto de medidas que se contienen en la inicia-tiva, para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convenciónsobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y, en especial,las tendentes a garantizar la accesibilidad en los medios de transporteque operen en la ciudad de Madrid.

IV. COMPARECENCIAS

Punto 38. Se sustancia la comparecencia n.º 2013/8001245 delDelegado del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo,interesada por los Grupos Municipales de Izquierda Unida-Los Verdes,Socialista de Madrid, y de Unión Progreso y Democracia, para exponerante el Pleno las líneas de la política cultural y plan de actuación delequipo de gobierno para las dotaciones culturales de la ciudad y susequipamientos específicos, cuya gestión, cedida en su día a laempresa pública municipal Madrid Arte y Cultura, S.A., depende en laactualidad de la empresa pública municipal Madrid Destino Cultura,Turismo y Negocio, S.A.

V. INFORMACIÓN DEL EQUIPO DE GOBIERNO

Punto 39. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 17 de octubre de 2013, por el que se autoriza la transferencia de crédito, por importe total de7.438.808,24 euros, a la sección 110 "Créditos Globales y Fondo deContingencia" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madridpara 2013.

Punto 40. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 17 de octubre de 2013,por el que se autoriza la transferencia de crédito, por importe total de14.640.000,00 euros, a la sección 110 "Créditos Globales y Fondo deContingencia" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madridpara 2013.

Punto 41. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 17 de octubre de 2013,por el que se autoriza la transferencia de crédito, por importe total de4.173.973,44 euros, a la sección 110 "Créditos Globales y Fondo deContingencia" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madridpara 2013.

Punto 42. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 17 de octubre de 2013,por el que se autoriza la transferencia de crédito, por importe total de10.000.000 euros, a la sección 110 "Créditos Globales y Fondo deContingencia" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madridpara 2013.

Punto 43. Se da cuenta del Decreto de la Alcaldesa de 31 deoctubre de 2013, por el que se determina su suplencia durante losdías 3 a 5 de noviembre de 2013, con motivo del viaje oficial a laciudad de Berlín.

Punto 44. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 7 de noviembre de2013, por el que se deniega la aprobación inicial del Plan Especial deControl Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación del uso degaraje-aparcamiento subterráneo en edificio exclusivo sito en la callede Julio Calvo número 2, promovido por Expoelectro, S.L. Distrito deFuencarral-El Pardo.

Punto 45. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 31 de octubre de 2013,por el que se autoriza la transferencia de crédito, por importe total de2.012.929,38 euros, a la sección 110 "Créditos Globales y Fondo deContingencia" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madridpara 2013.

Punto 46. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 31 de octubre de 2013,

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por el que se autoriza la transferencia de crédito, por importe total de18.442.155,79 euros, a la sección 110 "Créditos Globales y Fondo deContingencia" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madridpara 2013.

Punto 47. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 31 de octubre de 2013,por el que se modifica el acuerdo de 17 de enero de 2013 por el quese establece la organización y estructura del Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias y se delegan competencias en su titular y enlos titulares de los órganos directivos.

Punto 48. Se da cuenta del Decreto de la Delegada del Área deGobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, de 15 denoviembre de 2013, comunicando al Pleno del Ayuntamiento elinforme sobre el cumplimiento de los plazos de pago de las obligacio-nes del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos,correspondiente al tercer trimestre de 2013.

VI. DECLARACIONES INSTITUCIONALES

Punto 49. Aprobar la iniciativa n.º 2013/8001252 presentadaconjuntamente por los Grupos Municipales del Partido Popular, Socia-lista de Madrid, de Izquierda Unida-Los Verdes y de Unión Progreso yDemocracia, interesando que el Pleno apruebe una Declaración Institu-cional con motivo de la conmemoración, el día 25 de noviembre, delDía Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DE LA CONME-MORACIÓN, EL DÍA 25 DE NOVIEMBRE, DEL DÍA INTERNACIONALDE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Siguiendo las recomendaciones de las Naciones Unidas, un añomás el Ayuntamiento de Madrid denuncia la violación de los derechoshumanos de las mujeres y las niñas que es la violencia, las diferentesformas de violencia, que se ejerce sobre ellas. La violencia física,sexual, psicológica, económica y de otro tipo que sufren millones demujeres y niñas en todo el mundo perpetúan las estructuras de ladesigualdad e impiden el pleno desarrollo de las mujeres y su partici-pación activa en la vida política, económica, social y cultural denuestras sociedades.

Para dar voz a quienes sufren esta lacra, apoyarlas para quedecidan poner fin a su situación y garantizarles el respaldo de toda laciudadanía madrileña, el Ayuntamiento de Madrid conmemorando el25 de noviembre, Día Internacional para el Eliminación de la Violenciacontra las Mujeres:

Reafirma su compromiso de tolerancia cero frente a cualquiermanifestación de violencia contra las mujeres y declara su solidaridad ysu más firme apoyo a cuantas mujeres sufren violencia de género,especialmente a aquellas que por situación personal, social o laboralpresentan una mayor vulnerabilidad.

Se compromete a llegar a acuerdos con los medios de comunica-ción con el fin de establecer, en sus libros de estilo, un tratamientoadecuado en los casos de violencia de género.

En línea con las recomendaciones de Naciones Unidas en relacióncon la lucha contra el origen de la violencia (estereotipos y desigual-dad), así como lo que establece el Informe sobre les efectos de lacrisis económica en la igualdad entre hombres y mujeres de laComisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Genero del Parla-

mento Europeo, donde explicita que "la crisis favorece el acoso y laviolencia en todas sus formas", el Ayuntamiento de Madrid se compro-mete a trabajar y promover las políticas de igualdad en todos susámbitos.

Se compromete a implementar en los servicios ya existentes elcarácter de detección y apoyo en situaciones de violencia de género,con especial vigilancia a las mujeres más indefensas: menores,mujeres con discapacidad, inmigrantes, tercera edad, mujeres prosti-tuidas y transexuales.

Reconoce la valentía de aquellas mujeres que, a pesar de las difíci-les circunstancias a que han de hacer frente, deciden poner fin a lasrelaciones violentas y vivir plenamente una vida libre de miedo ysometimiento.

Manifiesta su convencimiento de que la educación de niños yniñas, desde las edades más tempranas, en valores de respeto,resolución pacifica de conflictos e igualdad es básica para conseguiren el futuro sociedades libres de violencia contra las mujeres y, reafir-mándose en esta convicción, el Ayuntamiento de Madrid se compro-mete, con independencia de los cambios normativos que pudieranproducirse en materia educativa, a seguir apostando por la coeduca-ción de niños y niñas para conseguir una sociedad libre de violenciahacia las mujeres.

Reconoce la labor de la comunidad educativa y de las organizacio-nes de mujeres y su implicación en la lucha para la eliminación de laviolencia que se ejerce sobre las mujeres, y siguiendo las recomenda-ciones de Naciones Unidas, compromete su apoyo a los proyectos delas asociaciones de mujeres encaminados a luchar contra las desigual-dades que desencadenan la violencia de género".

VII. MOCIONES DE URGENCIA

Punto 50. Declarar la procedencia del debate y aprobar el conte-nido de la moción de urgencia n.º 2013/8001268, presentada conjun-tamente por los Grupos Municipales del Partido Popular, Socialista deMadrid, de Izquierda Unida-Los Verdes y de Unión Progreso yDemocracia, con motivo de la catástrofe natural acaecida en Filipinas.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"MOCIÓN DE URGENCIA CON MOTIVO DE LA CATÁSTROFENATURAL ACAECIDA EN FILIPINAS

El Ayuntamiento de Madrid quiere expresar su máxima solidaridadcon el pueblo filipino ante la tragedia que ha provocado el paso delhuracán Yolanda por Filipinas. Compartimos el dolor ante el grannúmero de fallecidos y las graves pérdidas materiales que ha causadoa miles de personas.

Por ello, elevamos desde el Ayuntamiento un llamamiento para quelos madrileños respondan con la generosidad que les caracteriza enapoyo a la tragedia por el pueblo hermano de Filipinas".

Se levanta la sesión por el Presidente del Pleno a las quince horasy cincuenta y ocho minutos.

El acta de la presente sesión ha sido aprobada por el Pleno en susesión de 20 de diciembre de 2013.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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Apéndice I

(En relación con el punto 12 del orden del día de la sesión ordinaria del Pleno de 28 de noviembre de 2013, propuesta de la Junta de Gobierno para aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 47.535.225,47 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda)).

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SUPLEMENTO DE CRÉDITO POR IMPORTE DE 47.535.225,47 EUROS

Aplicaciones presupuestarias G/I Capítulo Importe

001/035/152.01/445.00 G 4 47.535.225,47

001/100/011.11/911.01 I 9 47.535.225,47

TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO 47.535.225,47

TOTAL MAYOR INGRESO 47.535.225,47

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Gastos Ingresos Capítulo

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTALCapítulo 1 Capítulo 2 Capítulo 3 Capítulo 4 47.535.225,47 47.535.225,47 Capítulo 6 Capítulo 7 Capítulo 8 Capítulo 9 47.535.225,47 47.535.225,47

TOTAL 47.535.225,47 47.535.225,47 47.535.225,47 47.535.225,47

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Apéndice II

(En relación con el punto 13 del orden del día de la sesión ordinaria del Pleno de 28 de noviembre de 2013, propuesta de la Junta de Gobierno para aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 333.773.499,00 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid).

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SUPLEMENTO DE CRÉDITO POR IMPORTE DE 333.773.499,00 EUROS

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Gastos Ingresos Capítulo

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTAL Capítulo 1 Capítulo 2 Capítulo 3 Capítulo 4 Capítulo 6 Capítulo 7 Capítulo 8 Capítulo 9 333.773.499,00 333.773.499,00 333.773.499,00 333.773.499,00

TOTAL 333.773.499,00 333.773.499,00 333.773.499,00 333.773.499,00

Aplicaciones presupuestarias G/I Capítulo Importe

001/100/011.11/913.00 G 9 333.773.499,00

001/100/011.11/913.00 I 9 333.773.499,00

TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO 333.773.499,00

TOTAL MAYOR INGRESO 333.773.499,00

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Apéndice III

(En relación con el punto 14 del orden del día de la sesión ordinaria del Pleno de 28 de noviembre de 2013, propuesta de la Junta de Gobierno para aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 14.329.831,64 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid).

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SUPLEMENTO DE CRÉDITO POR IMPORTE DE 14.329.831,64 EUROS

Aplicaciones

presupuestarias G/I Capítulo Importe

001/100/011.11/911.00 G 9 14.329.831,64

001/025/931.00/870.00 I 8 4.329.831,64

001/025/931.00/410.00 I 4 6.430.000,00

001/032/130.00/410.00 I 4 3.570.000,00

TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO 14.329.831,64

TOTAL MAYOR INGRESO 14.329.831,64

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Gastos Ingresos Capítulo

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTALCapítulo 1 Capítulo 2 Capítulo 3 Capítulo 4 10.000.000,00 10.000.000,00Capítulo 6 Capítulo 7 Capítulo 8 4.329.831,64 4.329.831,64Capítulo 9 14.329.831,64 14.329.831,64

TOTAL 14.329.831,64 14.329.831,64 14.329.831,64 14.329.831,64

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Apéndice IV

(En relación con el punto 18 del orden del día de la sesión ordinaria del Pleno de 28 de noviembre de 2013, propuesta del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad para aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito, por importe total de 291.605,05 euros, para el pago de las obligaciones derivadas de los contratos promovidos por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, que se reseñan, a favor de las entidades, en las cuantías y con imputación a las partidas del vigente presupuesto municipal que se indica en el expediente).

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Apéndice V

(En relación con el punto 31 del orden del día de la sesión ordinaria del Pleno de 28 de noviembre de 2013, propuesta del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo, para aprobar un reconocimiento extrajudicial de crédito por importe total de 40.538,20 euros).

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Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2495 Resolución de 26 de diciembre de 2013de la Directora de la Oficina delSecretario de la Junta de Gobierno porla que se dispone la publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid del extracto de los acuerdosadoptados por la Junta de Gobierno dela Ciudad de Madrid en sesión ordinariacelebrada el 19 de diciembre de 2013.

En virtud de lo establecido en el artículo 26.2 del ReglamentoOrgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Madridse dispone la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid del extracto de los acuerdos adoptados por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión ordinaria celebrada el 19de diciembre de 2013.

ACUERDOS

Secretario de la Junta de Gobierno

A propuesta de los Concejales Presidentes de los Distritos

1. Acuerdo por el que se admite a trámite y se aprueba inicial-mente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos parala implantación de la actividad de discoteca en la planta baja del edifi-cio sito en la calle del Olvido, número 15, promovido por particular.Distrito de Usera.

Área de Gobierno de Economía, Hacienda yAdministración Pública

2. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de 524.000,00euros, correspondiente a la prórroga del contrato de servicios demediación, inserción y asesoramiento de la difusión de la publicidadinstitucional declarada de gestión centralizada, lote 1, mediante trami-tación anticipada del expediente.

3. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de 205.000,00euros, correspondiente a la prórroga del contrato de servicios demediación, inserción y asesoramiento de la difusión de la publicidadinstitucional declarada de gestión centralizada, lote 2, mediante trami-tación anticipada del expediente.

4. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de 901.000,00euros, correspondiente a la prórroga del contrato de servicios demediación, inserción y asesoramiento de la difusión de la publicidadinstitucional declarada de gestión centralizada, lote 3, mediante trami-tación anticipada del expediente.

5. Acuerdo por el que se autoriza el contrato derivado del Acuerdomarco para el suministro de gas natural en el Ayuntamiento de Madridy sus Organismos autónomos, mediante tramitación anticipada delexpediente y se autoriza y dispone el gasto plurianual de17.855.832,02 euros, como presupuesto del mismo.

6. Acuerdo por el que se aprueba la convalidación del gasto de20.966,88 euros, a favor de la empresa que figura en el expediente.

7. Acuerdo por el que se autoriza la transferencia de crédito a lasección 110 "Créditos Globales y Fondo de Contingencia" del Presu-puesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2013.

8. Acuerdo por el que se autoriza la transferencia de crédito a lasección 110 "Créditos Globales y Fondo de Contingencia" del Presu-puesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2013.

9. Acuerdo por el que se resuelven las alegaciones presentadaspor CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE al proyectoinicial de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuestosobre Bienes Inmuebles.

10. Acuerdo por el que se resuelven las alegaciones presentadaspor CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE al proyectoinicial de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuestosobre Actividades Económicas.

11. Acuerdo por el que se resuelve la alegación presentadas por

CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE al proyecto inicialde modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica.

12. Acuerdo por el que se resuelven las alegaciones presentadaspor CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE al proyectoinicial de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasaspor Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente.

13. Acuerdo por el que se avoca la competencia para resolver lassolicitudes de intereses de demora derivadas de facturas de contratis-tas municipales, así como la competencia para la autorización, disposi-ción, reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de lasmismas.

Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias

14. Acuerdo por el que se autoriza el contrato de servicios demantenimiento y control de equipos de protección individual del perso-nal de la Subdirección General de Bomberos, mediante tramitaciónanticipada del expediente, y el gasto plurianual de 596.383,83 euros,como presupuesto del mismo.

15. Acuerdo por el que se aprueba la convalidación del gasto de61.743,23 euros, a favor de las empresas que figuran en los expedien-tes.

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

16. Acuerdo por el que se autoriza el contrato de suministro enrégimen de arrendamiento de vehículos para la Dirección General deGestión y Vigilancia de la Circulación, mediante tramitación anticipadadel expediente, y el gasto plurianual de 1.022.880,00 euros, comopresupuesto del mismo.

17. Acuerdo por el que se autoriza el contrato de servicios deapoyo técnico en la realización de estudios previos en los procedimien-tos de evaluación, inspección y disciplina ambiental y en los procedi-mientos de evaluación de impacto ambiental de los planes de movili-dad del Ayuntamiento de Madrid, mediante tramitación anticipada delexpediente, y el gasto plurianual de 4.820.640,00 euros, como presu-puesto del mismo.

18. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto plurianual de2.659.192,80 euros, correspondiente a la prórroga del contrato deservicios para la conservación del río Manzanares a su paso por eltérmino municipal de Madrid.

19. Acuerdo por el que se aprueba inicialmente la modificación delProyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Remitido 06.03"Cocheras de Bravo Murillo", promovida por la Empresa Municipal dela Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. Distrito de Tetuán.

20. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de39.796.221,85 euros, correspondiente a la prórroga del contrato degestión de servicios públicos de recogida y transporte de los residuossólidos urbanos en la zona periférica de Madrid, mediante tramitaciónanticipada del expediente.

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

21. Acuerdo por el que se admite a trámite y se aprueba inicial-mente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos parala finca sita en la calle de las Infantas, número 5, promovido porProyectos Inmobiliarios Frandi, S.L. Distrito de Centro.

22. Acuerdo por el que se aprueba la convalidación del gasto de3.839.808,62 euros, a favor de la entidad que figura en el expediente,para su formalización en el presupuesto.

23. Acuerdo por el que se aprueba la convalidación del gasto de1.264,93 euros, a favor de la empresa que figura en los expedientes.

24. Acuerdo por el que se dispone el ejercicio de acciones judicia-les de solicitud de determinadas autorizaciones. Distrito de Villa deVallecas.

25. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de47.535.225,47 euros, a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda ySuelo de Madrid, S.A., destinado al pago a proveedores en aplicacióndel Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentescontra la morosidad de las administraciones publicas y de apoyo aentidades locales con problemas financieros.

26. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de3.272.836,08 euros, a favor de particulares, en concepto de justipre-cio correspondiente a la finca que figura en el expediente.

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27. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de5.171.751,21 euros, a favor de particulares, en concepto de justipre-cio correspondiente a la finca que figura en el expediente.

28. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto de8.625.260,08 euros, a favor de Dragados, S.A., correspondiente a laejecución por el sistema de expropiación del Plan Parcial de ReformaInterior 06.02 "Paseo de la Dirección", para su formalización en elpresupuesto. Distrito de Tetuán.

Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales yParticipación Ciudadana

29. Acuerdo por el que se autoriza el contrato de servicios delcentro de acogida Juan Luis Vives para la atención a personas sinhogar, mediante tramitación anticipada del expediente, y el gastoplurianual de 4.358.047,85 euros, como presupuesto del mismo.

30. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto plurianual de5.385.133,63 euros, correspondiente a la prórroga del contrato deservicios de centros abiertos en inglés, mediante tramitación antici-pada del expediente.

31. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto plurianual de1.556.873,28 euros, correspondiente a la modificación y prórroga delcontrato de gestión de servicios públicos para la atención especiali-zada a menores en riesgo social y sus familias a través de cinco

centros de atención a la infancia, lotes 1 y 2, mediante tramitaciónanticipada del expediente.

32. Acuerdo por el que se autoriza y dispone el gasto plurianual de862.172,23 euros, correspondiente a la modificación y prórroga delcontrato de gestión de servicios públicos para la atención especiali-zada a menores en riesgo social y sus familias a través de cincocentros de atención a la infancia, lotes 4 y 5, mediante tramitaciónanticipada del expediente.

Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo

33. Acuerdo por el que se amplía el número de anualidades corres-pondientes al contrato de servicios de dirección facultativa de lasobras de ejecución del proyecto de "Teatro Infantil y Centro Cultural enel Conjunto Daoíz y Velarde".

34. Acuerdo por el que se aprueba la convalidación del gasto de257.343,13 euros, a favor de las empresas que figuran en losexpedientes.

35. Acuerdo por el que se aprueba la convalidación del gasto de44.349,94 euros, a favor de las empresas que figuran en los expedien-tes.

Madrid, a 26 de diciembre de 2013.- La Directora de la Oficina delSecretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

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B) Disposiciones y Actos

Alcaldía

2496 Decreto de 9 de diciembre de 2013 dela Alcaldesa de cese y nombramientode vocales del Foro de Empresas porMadrid.

Por Decreto de la Alcaldesa de 22 de marzo de 2013 se creó elForo de Empresas por Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 del citadoDecreto, la Presidencia del Foro corresponde al Alcalde de la Ciudadde Madrid.

El artículo 6.2 del mismo establece entre las funciones del Presi-dente la del nombramiento de los vocales y miembros de los gruposde trabajo que en su caso se constituyan. Dichos vocales, titulares ysuplentes, lo serán, de acuerdo con el artículo 8, a propuesta de lasÁreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, de las entidades queconforman su Sector Público, de los Distritos y de las empresas queformen parte del Foro por haber suscrito el correspondiente conveniode adhesión.

En su disposición transitoria única se establece que, durante elperíodo de la candidatura olímpica y hasta el 31 de diciembre de 2013,serán vocales únicamente del Foro de Empresas un representante dela Sociedad Madrid 2020, un representante de la Fundación Madrid2020 y un representante de cada una de las empresas que hayasuscrito un acuerdo de colaboración en el marco del programa depatrocinio de la candidatura de Madrid a los Juegos Olímpicos de2020 en las categorías de socio o patrocinador preferente.

Dado que Air Europa, líneas aéreas, S.A.U., suscribió el 21 demayo de 2013 un acuerdo de colaboración en el marco del programade patrocinio de la candidatura de Madrid a los Juegos Olímpicos de2020, en la categoría de patrocinador preferente, le corresponde tenerun representante en este Foro.

Por otra parte, al no resultar Madrid elegida ciudad candidata parala celebración de dichos juegos, tanto la Sociedad como la FundaciónMadrid 2020 se encuentran en período de liquidación, por lo queprocede el cese de sus representantes en el Foro de Empresas porMadrid.

Por todo ello, de conformidad con la disposición transitoria únicadel Decreto de la Alcaldesa de 22 de marzo de 2013 y a propuesta deltitular del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo, en elejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 14.2 de la Ley22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial deMadrid,

DISPONGO

Primero.- Nombrar como vocales del Foro de Empresas por Madrida D. Juan José Hidalgo Acera, presidente ejecutivo, como titular y a D.Manuel Panadero López, Director de Relaciones Internacionales,adjunto a la presidencia, como suplente, en representación de AirEuropa, líneas aéreas, S.A.U.

Segundo.- Cesar como vocales del Foro de Empresas por Madriden representación de la Fundación Madrid 2020 y de la SociedadMadrid 2020, respectivamente, a:

D. Ignacio Fernández González, vocal titular.D.ª Alicia Sánchez Cordero, vocal suplente.

D. Manuel Parga Landa, vocal titular.D.ª Inés Murueta-Goyena Chávarri, vocal suplente.

Tercero.- Quedan en vigor los nombramientos de miembros delForo de Empresas por Madrid efectuados con anterioridad al presenteDecreto y que no han sido afectados por el mismo.

Cuarto.- El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de suadopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid.

Madrid, a 9 de diciembre de 2013.- La Alcaldesa, Ana BotellaSerrano.

Ayuntamiento Pleno

2497 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba el PresupuestoGeneral del Ayuntamiento de Madridpara 2014, integrado por el Presupuestodel propio Ayuntamiento, los de losorganismos autónomos dependientesdel mismo y los estados de previsión degastos e ingresos de las sociedadesmercant i les cuyo cap i ta l soc ia lp e r t e n e c e í n t e g r a m e n t e a lA y u n t a m i e n t o d e M a d r i d .

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, ha adoptado el siguienteacuerdo:

"Aprobar el Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para2014, integrado por el Presupuesto del propio Ayuntamiento, los delos organismos autónomos dependientes del mismo y los estados deprevisión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyocapital social pertenece íntegramente al Ayuntamiento de Madrid".

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la salacorrespondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Se procede a continuación a la publicación del texto íntegro dedicho Presupuesto General.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(En Anexo al Boletín se publica el texto íntegro del PresupuestoGeneral).

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2498 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal General deGestión, Recaudación e Inspección.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal General deGestión, Recaudación e Inspección, que figura como anexo delpresente acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión,

Recaudación e Inspección. La Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección queda

modif icada como sigue: Uno. Se modif ica el úl t imo párrafo del apartado 1 del artículo 93, que queda

redactado del siguiente modo:

«La exposición al público se realizará en el lugar indicado en el anuncio de exposición en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». Del lugar de exposición, en todo caso, se dejará constancia, durante el tiempo en que esté expuesto, en el tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, cuya dirección electrónica es http://sede.madrid.es».

Dos. El Índice Fiscal de Cal les, anexo a la Ordenanza Fiscal General de

Gestión, Recaudación e Inspección, queda modif icado, por lo expresado a cont inuación, en cada caso, como sigue:

1. Viales que se dan de baja en el Índice Fiscal de Calles de 2014 por haber pasado

en Base de Datos Ciudad (BDC) a la condición de "histórico" y no tener ninguna dirección oficial asociada.

Nombre del vial - código de vial en BDC AEROLITO (CALLE DEL) - código de vial 6200 ALEJANDRO NAVARRO (CALLE DE) - código de vial 23800 ALMENDRERA (CAMINO DE LA) - código de vial 906135 BERROCALES (CAMINO DE LOS) - código de vial 105550 CALIFORNIA (CALLE DE) - código de vial 125800 CANTERA (CAMINO DE LA) - código de vial 906283 CARMEN BARRIOS (CALLE DE) - código de vial 145900 CERRO DE ALMODOVAR (CAMINO DEL) - código de vial 906284 CERRO DE LA CABAÑA (CAMINO DEL) - código de vial 906195 CHUNGA (CALLE DE LA) - código de vial 231050 CONDESTABLES (CALLE DE LOS) - código de vial 208400 ESTEPAL (CALLE DEL) - código de vial 279900 FERNANDO SALCEDO (CALLE DE) - código de vial 295100 FRANCISCO MARTINEZ MECA (CALLE DE) - código de vial 306300 FUENCISLA (PLAZA DE) - código de vial 31000269 GUMIEL (PLAZA DE) - código de vial 351700 HERMANOS PICADO (CALLE DE LOS) - código de vial 358400 ISLA MINDORO (CALLE DE LA) - código de vial 382200 JOAQUIN SOLER (CALLE DE) - código de vial 397200 MARTINA DIAZ (CALLE DE) - código de vial 490500 MERCEDES ANTON (CALLE DE) - código de vial 503300 MERCEDES SANZ (CALLE DE) - código de vial 503900 MONTE GRIS (CALLE DEL) - código de vial 516500 PANCORBO (CALLE DE) - código de vial 561400 PEÑA GRANDE (AVENIDA DE LA) - código de vial 578400

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Nombre del vial - código de vial en BDC

PILAR (CALLE DEL) - código de vial 592300 PROVISIONAL MESA DE REJAS (AVENIDA) - código de vial 31002062 PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CUARENTA Y CINCO (CALLE) - código de vial 31001911 PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTICINCO (CALLE) - código de vial 31001736 PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTISEIS (CALLE) - código de vial 31001737 PUERTO DE LAS PILAS B (TRAVESIA DEL) - código de vial 618655 SAN BLAS A COSLADA (CARRETERA DE) - código de vial 31000429 TROPICO (CALLEJON DEL) - código de vial 755405 VALDEBEBAS O DEL PALO (CAMINO DE) - código de vial 1128 VIEJO DE BARAJAS A VALDECARROS (CAMINO) - código de vial 906233 VIEJO DE HORTALEZA A ALCOBENDAS (CAMINO) - código de vial 906239

2. Viales del Índice Fiscal en los que se ha modificado su denominación en el

Callejero Municipal desde la última generación del tramero del Índice Fiscal de Calles.

código de vial: 31001239 actual: ALAN TURING (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL POLITECNICA DE VALLECAS DOS (CALLE)

código de vial: 31001914 actual: ALBERTO DE PALACIO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CUARENTA Y OCHO (CALLE)

código de vial: 900191 actual: ALCALDE CARLOS ARIAS (PARQUE DEL) anterior: ALUCHE (PARQUE DE)

código de vial: 31001895 actual: ALEJANDRO DE LA SOTA (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CINCO (AVENIDA)

código de vial: 31001901 actual: ANTONIO FLOREZ (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS TREINTA (CALLE)

código de vial: 31001754 actual: ANTONIO MIRO VALVERDE (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTICUATRO (CALLE)

código de vial: 60900 actual: ANTONIO RODRIGUEZ (CALLE DE) anterior: ANTONIO RODRIGUEZ (PARTICULAR DE)

código de vial: 1287 actual: ATOCHA RENFE (ESTACION DE METRO) anterior: ATOCHA-RENFE (ESTACION DE METRO)

código de vial: 105455 actual: BERRIO PLANA (CALLE DE) anterior: BERRIOPLANA (CALLE DE)

código de vial: 31001238 actual: CAMPUS SUR (AVENIDA DEL) anterior: PROVISIONAL POLITECNICA DE VALLECAS UNO (CALLE)

código de vial: 133100 actual: CANGAS DEL NARCEA (CALLE DE) anterior: CANGAS DE NARCEA (CALLE DE)

código de vial: 31001916 actual: CARLOS ARNICHES MOLTO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CINCUENTA Y UNO (CALLE)

código de vial: 31001900 actual: CARLOS FERNANDEZ CASADO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTINUEVE (CALLE)

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código de vial: 31001753 actual: CESAR CORT BOTI (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CATORCE (CALLE)

código de vial: 1354 actual: CONDE DE CASAL (ESTACION DE METRO) anterior: CONDE CASAL (ESTACION DE METRO) código de vial: 905601 actual: EL CALVERON (CAMINO DE) anterior: CALVERON (CAMINO DE)

código de vial: 31001733 actual: ESTANISLAO PEREZ PITA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DIECISIETE (CALLE)

código de vial: 31001745 actual: FELIX CANDELA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTIUNO (CALLE)

código de vial: 31001731 actual: FERNANDO HIGUERAS (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DIECINUEVE (CALLE)

código de vial: 31001751 actual: FINA DE CALDERON (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS ONCE (CALLE)

código de vial: 31001592 actual: FRANCISCO JAVIER SAENZ DE OIZA (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CUATRO (AVENIDA)

código de vial: 31001897 actual: GUSTAVO PEREZ PUIG (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS NUEVE (CALLE)

código de vial: 1703 actual: HONTALVILLA (CALLE DE) anterior: HONTALBILLA (CALLE DE)

código de vial: 31001735 actual: JORDI SOLE TURA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS QUINCE (CALLE)

código de vial: 31001746 actual: JOSE ANTONIO CODERCH (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTE (CALLE)

código de vial: 31001596 actual: JOSE ANTONIO CORRALES (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS SIETE A (AVENIDA)

código de vial: 31001734 actual: JOSE ANTONIO FERNANDEZ ORDOÑEZ (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DIECISEIS (CALLE)

código de vial: 31001909 actual: JOSE GRASES RIERA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CUARENTA Y UNO (CALLE)

código de vial: 31001917 actual: JOSE MARIA AGUIRRE GONZALO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CINCUENTA Y DOS (CALLE)

código de vial: 31000254 actual: JOSE MARIA ESCRIVA DE BALAGUER (PLAZA DE) anterior: JOSEMARIA ESCRIVA DE BALAGUER (PLAZA DE)

código de vial: 31003537 actual: JOSE URIOSTE Y VELADA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL COCHERAS CARABANCHEL (CALLE)

código de vial: 31001633 actual: JOSEFINA ALDECOA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS TRECE (CALLE)

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código de vial: 31001595 actual: JUAN ANTONIO SAMARANCH (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS TRES (AVENIDA)

código de vial: 31001903 actual: JUAN DANIEL FULLAONDO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS TREINTA Y DOS (CALLE)

código de vial: 31001594 actual: JULIO CANO LASSO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS OCHO (CALLE)

código de vial: 269700 actual: LA EPOCA (CALLE DE) anterior: EPOCA (CALLE DE LA)

código de vial: 493300 actual: LA MASO (CALLE DE) anterior: MASO (CALLE DE LA)

código de vial: 582200 actual: LA PEÑOTA (CALLE DE) anterior: PEÑOTA (CALLE DE LA)

código de vial: 633900 actual: LA REGALADA (CALLE DE) anterior: REGALADA (CALLE DE LA)

código de vial: 31000369 actual: LA TENERIA (CALLE DE) anterior: TENERIA (CALLE DE LA)

código de vial: 31001598 actual: LAS FUERZAS ARMADAS (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS UNO (AVENIDA)

código de vial: 326000 actual: LAS GARDENIAS (CALLE DE) anterior: GARDENIAS (CALLE DE LAS)

código de vial: 523300 actual: LAS MORERAS (CALLE DE) anterior: MORERAS (CALLE DE LAS)

código de vial: 531000 actual: LAS NAVAS (CALLE DE) anterior: NAVAS (CALLE DE LAS)

código de vial: 575650 actual: LAS PEDROÑERAS (CALLE DE) anterior: PEDROÑERAS (CALLE DE LAS)

código de vial: 31001755 actual: LEANDRO SILVA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTITRES (CALLE)

código de vial: 95100 actual: LOS BARROS (CALLE DE) anterior: BARROS (CALLE DE LOS)

código de vial: 262550 actual: LOS EMIGRANTES (CALLE DE) anterior: EMIGRANTES (CALLE DE LOS)

código de vial: 265610 actual: LOS ENCIERROS (CALLE DE) anterior: ENCIERROS (CALLE DE LOS)

código de vial: 321150 actual: LOS GALEOTE (CALLE DE) anterior: GALEOTE (CALLE DE LOS)

código de vial: 348400 actual: LOS GUARAMILLOS (CALLE DE) anterior: GUARAMILLOS (CALLE DE LOS)

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código de vial: 593500 actual: LOS PILARES (CALLE DE) anterior: PILARES (CALLE DE LOS)

código de vial: 2399 actual: LOS PILARES (PLAZA DE) anterior: PILARES (PLAZA DE LOS)

código de vial: 643900 actual: LOS RODEOS (CALLE DE) anterior: RODEOS (CALLE DE LOS)

código de vial: 761100 actual: LOS URQUIZA (CALLE DE) anterior: URQUIZA (CALLE DE)

código de vial: 31001913 actual: LUIS MARTINEZ FEDUCHI (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CUARENTA Y SIETE (CALLE)

código de vial: 31001752 actual: LUIS MOYA BLANCO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DOCE (CALLE)

código de vial: 2632 actual: M-40 SALIDA AVENIDA DEL PADRE HUIDOBRO DIR. MADRID (ACCESO A LA) anterior: M-40 SALIDA AVDA. DEL PADRE HUIDOBRO-DIR.MADRID (ACCESO A LA)

código de vial: 31001744 actual: MANUEL FRAGA IRIBARNE (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DOS (AVENIDA)

código de vial: 31001750 actual: MANUEL GUTIERREZ MELLADO (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTIDOS (CALLE)

código de vial: 31001593 actual: MARIA DE LAS MERCEDES DE BORBON (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS SIETE B (CALLE)

código de vial: 31001732 actual: MARIA REICHE (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DIECIOCHO (CALLE)

código de vial: 31001899 actual: MARQUES DE FONTALBA (CALLE DEL) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTIOCHO (CALLE)

código de vial: 486400 actual: MARQUES DEL RISCAL (CALLE DEL) anterior: MARQUES DE RISCAL (CALLE DEL)

código de vial: 31001241 actual: MERCATOR (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL POLITECNICA DE VALLECAS CUATRO (CALLE)

código de vial: 31001242 actual: NIKOLA TESLA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL POLITECNICA DE VALLECAS CINCO (CALLE)

código de vial: 31001915 actual: PEDRO DE RIBERA (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS CUARENTA Y NUEVE (CALLE)

código de vial: 31001240 actual: POLITECNICA (AVENIDA DE LA) anterior: PROVISIONAL POLITECNICA DE VALLECAS TRES (CALLE)

código de vial: 31001597 actual: PROVISIONAL CAMPUS DE LA JUSTICIA (PASEO) anterior: PROVISIONAL CAMPUS DE LA JUSTICIA DOS (PASEO)

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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código de vial: 617600 actual: PUERTO DE LA MORCUERA (CALLE DEL) anterior: PUERTO DE MORCUERA (CALLE DEL)

código de vial: 31001898 actual: RAMON VAZQUEZ MOLEZUN (CALLE DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS VEINTISIETE (CALLE)

código de vial: 31001739 actual: SECUNDINO ZUAZO (AVENIDA DE) anterior: PROVISIONAL PARQUE DE VALDEBEBAS DIEZ (AVENIDA)

código de vial: 731300 actual: SUSPIRO DEL MORO (TRAVESIA DEL) anterior: SUSPIROS DEL MORO (TRAVESIA DE LOS)

código de vial: 905413 actual: VALDECERBERO (CAMINO DE) anterior: VALDECERVERO (CAMINO DE)

código de vial: 905662 actual: VALDEMINGOMEZ (CARRETERA DE) anterior: VERTEDERO MUNICIPAL VALDEMINGOMEZ (CARRETERA DEL)

código de vial: 521400 actual: VILLA DE CANILLEJAS (PLAZA DE LA) anterior: MORA DE RUBIELOS (PLAZA DE)

código de vial: 31000260 actual: ZAPOTA (PLAZA DE) anterior: ZAPOLA (PLAZA DE)

3. Viales que se han dado de alta en el Callejero Municipal desde la última generación del tramero del Índice Fiscal de Calles. Si la calle se encuentra en la zona de Valdebebas, se indica junto al código de vía.

ALSACIA (ESTACION DE METRO) cód. vía: 31003631 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 6 ANIBAL GONZALEZ (GLORIETA DE) cód. vía: 31003587 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 ANTONIO BONET (GLORIETA DE) cód. vía: 31003572 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 ANTONIO CHENEL "ANTOÑETE" (GLORIETA DE) cód. vía: 31003588 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

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ANTONIO PERPIÑA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003589 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 ANTONIO VALDES GONZALEZ-ROLDAN (GLORIETA DE) cód. vía: 31003582 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 ARROYO DEL CANALILLO (CALLE DEL) cód. vía: 31003661 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 3 ARTILLERIA ANTIAEREA (GLORIETA DE LA) cód. vía: 31003609 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 AVENIDA DE GUADALAJARA (ESTACION DE METRO) cód. vía: 31003632 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 6

BET FIGUERAS (CALLE DE) cód. vía: 31003568 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 9 CARLOS LLAMAS (GLORIETA DE) cód. vía: 31003567 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 7 CASTO FERNANDEZ SHAW (PLAZA DE) cód. vía: 31003599 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

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CRISTINA ARCE Y ROCIO OÑA (PLAZA DE) cód. vía: 31003664 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 5 CURA TOMAS RUBIO (PLAZUELA DEL) cód. vía: 31003702 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 8 CUSTODIO MORENO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003596 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 ENRIQUE RUIZ (CALLE DE) cód. vía: 267900 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 FERNANDO ARBOS (GLORIETA DE) cód. vía: 31003577 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 FERNANDO GARCIA MERCADAL (PLAZA DE) cód. vía: 31003600 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 FRANCISCO DE ASIS CABRERO (PLAZA DE) cód. vía: 31003598 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

FRANCISCO JAREÑO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003573 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

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HERMINIO MINGUEZ (PLAZA DE) cód. vía: 31003566 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 5 ILDEFONSO CERDA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003597 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 INVIERNO (PASEO DE) cód. vía: 31002635 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 ISIDRO GONZALEZ VELAZQUEZ (GLORIETA DE) cód. vía: 31003591 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JAVIER BELLOSILLO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003580 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JOSE ANTONIO EGIDO PUERTA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003601 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 6 JOSE ANTONIO JIMENEZ SALAS (GLORIETA DE) cód. vía: 31003581 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JOSE BENITO DE CHURRIGUERA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003579 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

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JOSE LUIS FERNANDEZ DEL AMO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003569 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JOSE MARIA GARCIA DE PAREDES (GLORIETA DE)

cód. vía: 31003584 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JOSE PAZ MAROTO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003576 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JUAN DE HARO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003571 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 JULIAN OTAMENDI (GLORIETA DE) cód. vía: 31003586 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 LA ALMUDENA (ESTACION DE METRO) cód. vía: 31003630 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 6 LAS ROSAS (ESTACION DE METRO) cód. vía: 31003633 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 LEOPOLDO TORRES BALBAS (GLORIETA DE) cód. vía: 31003583 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

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LUIS BLANCO SOLER (GLORIETA DE) cód. vía: 31003590 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 LUIS CUBILLO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003592 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 LUIS GARCIA BERLANGA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003575 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

LUIS LACASA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003574 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 MANUEL ALEXANDRE (GLORIETA DE) cód. vía: 31003595 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 MANUEL MONTERO VALLEJO (CALLE DE)

cód. vía: 31003607 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 6 MANUEL MUÑOZ MONASTERIO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003593 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

MARCELO MUÑOZ DIAZ (CALLE DE) cód. vía: 31003608 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 6

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MIRASIERRA (ESTACION DE METRO) cód. vía: 31003629 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 OTOÑO (PASEO DE) cód. vía: 31002634 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 PASCUAL BRAVO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003594 - Valdebebas

categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

PEDRO CASARIEGO (GLORIETA DE) cód. vía: 31003570 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 PRIMAVERA (PASEO DE LA) cód. vía: 31002632 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 PROVISIONAL ARBOLEDA DE SAN FERNANDO (CALLE) cód. vía: 31003551 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 7 PROVISIONAL ARROYOFRESNO DOS (PASEO) cód. vía: 31003544

categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 9

PROVISIONAL ARROYOFRESNO UNO (CALLE) cód. vía: 31003543

categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 9

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PROVISIONAL BOETTICHER Y NAVARRO DOS (CALLE) cód. vía: 31003704 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 8 PROVISIONAL BOETTICHER Y NAVARRO TRES (CALLE) cód. vía: 31003705 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 8 PROVISIONAL BOETTICHER Y NAVARRO UNO (CALLE) cód. vía: 31003703 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 8 PROVISIONAL CIUDAD ESCOLAR (RONDA) cód. vía: 31003550 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 7 PROVISIONAL COLEGIO SAN FERNANDO (RONDA) cód. vía: 31003552 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 7 PROVISIONAL GRAN VIA DE VICALVARO (AVENIDA) cód. vía: 31003555 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 9 PROVISIONAL PADRE PIQUER TRES (CALLE) cód. vía: 31000856 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 5 RECINTOS (PASEO DE LOS) cód. vía: 31002641

categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

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RICARDO DE BASTIDA (GLORIETA DE) cód. vía: 31003585 - Valdebebas categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4 SOL (ESTACION DE CERCANIAS) cód. vía: 31003636 categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 1 VERANO (PASEO DE) cód. vía: 31002633

categoría fiscal Índice 2014 – alta de vía toda la calle 4

4. Viales que se modifican para el Índice Fiscal de Calles de 2014 como

consecuencia del alta de nuevas direcciones en Base de Datos Ciudad, alta de números de existentes en Cartografía Municipal u otras incidencias que determinan el cambio de delimitación de tramos.

ACHURI (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 4200

Índice 2013 – bajas impares del 21 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 21 al 41 5 impares del 43 al final 6

ALCALDE JUAN DE MATA SEVILLANO (CALLE DEL) cód. vía: 750950

categoría fiscal Índice 2013 – bajas pares del 14 al final 8 Índice 2014 – altas pares del 14 al 18 8 pares del 20 al final 9

ALCORISA (CALLE DE) cód. vía: 21250

categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 83 5 impares del 85 al final 4 pares del 2 al 12 5 pares del 14 al final 4

ALFONSO PASO (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 2011

Índice 2013 – bajas

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toda la calle 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al final 4 pares del 2 al 2 4 pares del 4 al final 5

ALTO DEL RETIRO (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 31000638

Índice 2013 – bajas impares del 1 al final 5 pares del 2 al final 7 Índice 2014 – altas impares del 1 al 15 7 impares del 17 al final 5 pares del 2 al 4 7 pares del 6 al final 5

ANTONIO LOPEZ (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 59400

Índice 2013 – bajas pares del 102 al 250 6 pares del 252 al final 7 Índice 2014 – altas pares del 102 al 252 6 pares del 254 al final 7

ARCENTALES (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 66700

Índice 2013 – bajas impares del 9 al final 6 pares del 4 al 26 5 pares del 28 al final 4 Índice 2014 – altas impares del 9 al 57 6 impares del 59 al 61 9 impares del 63 al 63 6 impares del 65 al fina 9 l pares del 4 al final 5

ARROYO DE LA TIA MARTINA (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 76550

Índice 2013 – bajas pares del 4 al final 8 Índice 2014 – altas pares del 4 al 22 8 pares del 24 al final 9

ARTURO SORIA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 78700

Índice 2013 – bajas impares del 171 al 195 3 impares del 197 al 201 2 Índice 2014 – altas impares del 171 al 197 3 impares del 199 al 201 2

AVIACION (AVENIDA DE LA) c categoría fiscal ód. vía: 84000

Índice 2013 – bajas

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pares del 20 al 32 8 pares del 34 al final 6 Índice 2014 – altas pares del 20 al 32 8 pares del 32B al final 6

BETANZOS (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 106100

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 45 5 impares del 47 al final 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al 51 5 impares del 53 al final 4

BLASCO DE GARAY (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 108600

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 71 3 Índice 2014 – altas impares del 1 al 49 3 impares del 49A al 49G 4 impares del 49H al 71Z 3

CAMINO VIEJO DE LEGANES (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 433500

Índice 2013 – bajas impares del 53 al 177 6 impares del 179 al final 7 Índice 2014 – altas impares del 53 al 177 6 impares del 177B al final 7

CARABANCHEL ALTO (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 329600

Índice 2013 – bajas pares del 140 al final 5 Índice 2014 – altas pares del 140 al 154 5 pares del 156 al final 7

CARPESA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 148200

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 7 5 impares del 9 al final 7 Índice 2014 – altas impares del 1 al 9 5 impares del 11 al final 7

CASTELLANA (PASEO DE LA) c categoría fiscal ód. vía: 153600

Índice 2013 – bajas pares del 2 al 70 1 pares del 72 al 72 2 Índice 2014 – altas pares del 2 al 70 1 pares del 70B al 72Z 2

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CYESA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 227700

Índice 2013 – bajas impares del 13 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 13 al 25 5 impares del 27 al final 6

EDUARDO HARO TECGLEN (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31001907

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas toda la calle 4

EL PARDO (CARRETERA DE) c categoría fiscal ód. vía: 563600

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 7 5 impares del 9 al 13 7 impares del 15 al final 5 pares del 2 al 2 5 pares del 4 al final 9

EL PARDO A COLMENAR VIEJO (CARRETERA) c categoría fiscal ód. vía: 563850

Índice 2013 – bajas pares del 4 al final 7 Índice 2014 – altas pares del 4 al 16 7 pares del 18 al final 9

ERMITA DEL SANTO (PASEO DE LA) c categoría fiscal ód. vía: 270500

Índice 2013 – bajas impares del 1 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 71 5 impares del 73 al final 7

ESPAÑA (PLAZA DE) c categoría fiscal ód. vía: 273600

Índice 2013 – bajas pares del 10 al 12 2 pares del 14 al 14 3 pares del 16 al final 1 Índice 2014 – altas pares del 10 al 12 2 pares del 14 al 14B 3 pares del 14C al final 1

EZCARAY (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 285250

Índice 2013 – bajas pares del 2 al 32 6 pares del 34 al final 8

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Índice 2014 – altas pares del 2 al 34 6 pares del 36 al final 8

FALCINELO (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 286100

Índice 2013 – bajas toda la calle 7 Índice 2014 – altas impares del 1 al 1 6 impares del 3 al final 7 pares del 2 al final 7

FEDERICA MONTSENY (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31000590

Índice 2013 – bajas toda la calle 6 Índice 2014 – altas impares del 1 al final 9 pares del 2 al 8 9 pares del 10 al 90 6 pares del 92 al final 9

FRANCISCO UMBRAL (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31001896

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas toda la calle 4

GALLEGOS (CALLE DE LOS) c categoría fiscal ód. vía: 322100

Índice 2013 – bajas impares del 3 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 3 al 41 5 impares del 43 al final 7

GOIRI (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 338400

Índice 2013 – bajas impares del 1 al final 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al 13 4 impares del 15 al 19 3 impares del 21 al final 4

GUADALAJARA (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 346750

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 111 6 impares del 113 al final 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al 115 6 impares del 117 al final 4

HERCE (CALLE DE) cód. vía: 355200

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categoría fiscal Índice 2013 – bajas pares del 2 al final 6 Índice 2014 – altas pares del 2 al 16 6 pares del 18 al final 8

JOSE GRASES RIERA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31001909

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JUAN DANIEL FULLAONDO (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31001903

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas toda la calle 4

LAGO CALAFATE (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 816

Índice 2013 – bajas impares del 1 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 15 5 impares del 17 al final 6

LEONESES (CALLE DE LOS) c categoría fiscal ód. vía: 435750

Índice 2013 – bajas toda la calle 6 Índice 2014 – altas impares del 1 al final 7 pares del 2 al final 6

LOGROÑO (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 439900

Índice 2013 – bajas impares del 389 al 395 8 impares del 397 al final 6 pares del 2 al 18 3 pares del 20 al 162 5 Índice 2014 – altas impares del 389 al final 8 pares del 2 al 14 3 pares del 16 al 30 6 pares del 32 al 162 5

LOS ROSALES (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 678700

Índice 2013 – bajas impares del 31 al 133 8 impares del 135 al final 9

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Índice 2014 – altas impares del 31 al 135 8 impares del 137 al final 9

MAESTRA DOLORES MARCO (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31001905

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas toda la calle 4

MARUJA MALLO (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 2670

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 7 5 impares del 9 al 11 4 impares del 13 al fina 5 l pares del 2 al final 5

MEDIODIA (CARRETERA DEL) c categoría fiscal ód. vía: 906227

Índice 2013 – bajas pares del 2 al 50 3 pares del 52 al final 9 Índice 2014 – altas pares del 2 al 52 3 pares del 54 al final 9

MENDEZ ALVARO (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 501700

Índice 2013 – bajas impares del 3 al final 4 Índice 2014 – altas impares del 3 al 95 4 impares del 97 al final 6

MESENA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 504400

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 55 3 impares del 57 al final 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al 67 3 impares del 69 al final 4

MIRASIERRA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 511100

Índice 2013 – bajas pares del 2 al 28 6 pares del 30 al final 7 Ín pares del 2 al 30 6

dice 2014 – altas

pares del 32 al final 7

MISTERIOS (CALLE DE LOS) cód. vía: 511600

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categoría fiscal Índice 2013 – bajas impares del 1 al 1 4 impares del 3 al 13 6 Índice 2014 – altas impares del 1 al 9 4 impares del 11 al 13 6

MONASTERIO DE ARLANZA (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 31000143

Índice 2013 – bajas pares del 20 al final 3 Índice 2014 – altas pares del 20 al 20 3 pares del 22 al final 4

MONFORTE DE LEMOS (AVENIDA DE) c categoría fiscal ód. vía: 514425

Índice 2013 – bajas pares del 32 al 34 3 pares del 36 al final 4 Índice 2014 – altas pares del 32 al 36 3 pares del 38 al final 4

MONTECARMELO (AVENIDA DEL) c categoría fiscal ód. vía: 31000150

Índice 2013 – bajas toda la calle 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al 3 7 impares del 5 al final 4 pares del 2 al final 4

NAVIA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 2503

Índice 2013 – bajas toda la calle 6 Índice 2014 – altas impares del 1 al final 6 pares del 2 al 10 6 pares del 12 al final 5

NUESTRA SEÑORA DE VALVERDE (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 540200

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 143 5 impares del 145 al 205 4 Índice 2014 – altas impares del 1 al 145 5 impares del 147 al 205 4

PADRE HUIDOBRO (AVENIDA DEL) c categoría fiscal ód. vía: 556450

Índice 2013 – bajas impares del 1 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 7 5

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impares del 9 al final 4

PRADO MERINERO (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 607400

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 17 6 impares del 19 al final 5 Índice 2014 – altas impares del 1 al 19 6 impares del 21 al final 5

PRAT (CALLE DEL) c categoría fiscal ód. vía: 607900

Índice 2013 – bajas toda la calle 8 Índice 2014 – altas impares del 1 al 35 8 impares del 37 al fina 5 l pares del 2 al final 8

ROCIO JURADO (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 31001906

Índice 2013 – bajas toda la calle 5 Índice 2014 – altas toda la calle 4

SEGOVIA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 706300

Índice 2013 – bajas pares del 2 al final 3 Índice 2014 – altas pares del 2 al 28 3 pares del 30 al final 4

SIERRA DE ANTEQUERA (CALLE DE LA) c categoría fiscal ód. vía: 713800

Índice 2013 – bajas impares del 1 al 5 6 impares del 5A al 5Z 7 impares del 7 al final 6 pares del 2 al 4 6 pares del 4A al 4Z 7 pares del 6 al final 6 Índice 2014 – altas impares del 1 al final 7 pares del 2 al final 6

SUR (RONDA) c categoría fiscal ód. vía: 731000

Índice 2013 – bajas pares del 2 al final 6 Índice 2014 – altas pares del 2 al 32 6 pares del 34 al final 8

VIA LUSITANA (CALLE) cód. vía: 778100

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categoría fiscal Índice 2013 – bajas pares del 2 al 88 6 pares del 90 al final 7 Índice 2014 – altas pares del 2 al 90 6 pares del 92 al 134 7 pares del 136 al final 5

VICALVARO A COSLADA (CARRETERA DE) c categoría fiscal ód. vía: 905294

Índice 2013 – bajas impares del 1 al final 8 pares del 2 al 50 8 Índice 2014 – altas impares del 1 al final 9 pares del 2 al 30 9 pares del 32 al 50 8

VILLABLANCA (CALLE DE) c categoría fiscal ód. vía: 785400

Índice 2013 – bajas pares del 2 al 30 6 pares del 32 al final 5 Índice 2014 – altas pares del 2 al 34 6 pares del 36 al final 5

VIRGEN DEL PORTILLO (CALLE DE LA) cód. vía: 795100

categoría fiscal Índice 2013 – bajas pares del 2 al 10 5 pares del 12 al final 6 Índice 2014 – altas pares del 2 al 16 5 pares del 18 al final 6

5. Viales que se encuentran dentro de la zona de Valdebebas cuya categoría fiscal

cambia para reflejar el cambio de naturaleza del suelo una vez finalizado el proceso urbanístico.

ANTONIO FLOREZ (CALLE DE) cód. vía: 31001901 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

ANTONIO MIRO VALVERDE (CALLE DE) cód. vía: 31001754 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

CARLOS ARNICHES MOLTO (CALLE DE) cód. vía: 31001916

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categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 6 Índice 2014 – altas toda la calle 4

CARLOS FERNANDEZ CASADO (CALLE DE) cód. vía: 31001900 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

CESAR CORT BOTI (CALLE DE) cód. vía: 31001753 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

EMMA PENELLA (CALLE DE) cód. vía: 31001902 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

ESTANISLAO PEREZ PITA (CALLE DE) cód. vía: 31001733 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

FELIX CANDELA (CALLE DE) cód. vía: 31001745 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

FERNANDO HIGUERAS (CALLE DE) cód. vía: 31001731 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

FINA DE CALDERON (CALLE DE) cód. vía: 31001751 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

FRANCISCO JAVIER SAENZ DE OIZA (AVENIDA DE) cód. vía: 31001592 categoría fiscal

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

GUSTAVO PEREZ PUIG (CALLE DE) cód. vía: 31001897 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JORDI SOLE TURA (CALLE DE) cód. vía: 31001735 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JOSE ANTONIO CODERCH (CALLE DE) cód. vía: 31001746 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

cód. vía: 31001596

JOSE ANTONIO CORRALES (AVENIDA DE)

categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JOSE ANTONIO FERNANDEZ ORDOÑEZ (CALLE DE) cód. vía: 31001734 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JOSE GRANERO (CALLE DE) cód. vía: 31001904 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JOSEFINA ALDECOA (CALLE DE) cód. vía: 31001633 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JUAN ANTONIO SAMARANCH (AVENIDA DE) cód. vía: 31001595 categoría fiscal

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

JULIO CANO LASSO (CALLE DE) cód. vía: 31001594 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

LAGUNA (CAMINO DE LA) cód. vía: 906189 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

LAS FUERZAS ARMADAS (AVENIDA DE) cód. vía: 31001598 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

LEANDRO SILVA (CALLE DE) cód. vía: 31001755 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

LUIS MARTINEZ FEDUCHI (CALLE DE) cód. vía: 31001913 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

LUIS MOYA BLANCO (CALLE DE) cód. vía: 31001752 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

MANUEL FRAGA IRIBARNE (AVENIDA DE) cód. vía: 31001744 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

MANUEL GUTIERREZ MELLADO (CALLE DE) cód. vía: 31001750 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Índice 2014 – altas toda la calle 4

MARIA DE LAS MERCEDES DE BORBON (CALLE DE) cód. vía: 31001593 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

MARIA REICHE (CALLE DE) cód. vía: 31001732 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

MARQUES DE FONTALBA (CALLE DEL) cód. vía: 31001899 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

cód. vía: 520950

MONTORO (CAMINO DE)

categoría fiscal Índice 2013 – bajas impares del 1 al 27 5 impares del 29 al final 9 Índice 2014 – altas impares del 1 al 23 5 impares del 25 al final 4

PEDRO DE RIBERA (CALLE DE) cód. vía: 31001915 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

PROVISIONAL CAMPUS DE LA JUSTICIA (PASEO) cód. vía: 31001597 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

RAMON VAZQUEZ MOLEZUN (CALLE DE) cód. vía: 31001898 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

SECUNDINO ZUAZO (AVENIDA DE) cód. vía: 31001739 categoría fiscal Índice 2013 – bajas

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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toda la calle 9 Índice 2014 – altas toda la calle 4

VALDEPAJARES (CAMINO DE) cód. vía: 763675 categoría fiscal Índice 2013 – bajas toda la calle 9 Índice 2014 – altas impares del 1 al 7 4 impares del 9 al final 9 pares del 2 al 6 4 pares del 8 al final 9

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2499 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora delImpuesto sobre Bienes Inmuebles.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora delImpuesto sobre Bienes Inmuebles, que figura como anexo delpresente Acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles. La Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles queda

modif icada como sigue: Se añade una disposición transitoria, la tercera, que queda redactada del

siguiente modo:

«DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Tercera. Con efectos para el año 2014, se prorroga la bonificación establecida en la disposición anterior, que será aplicable de oficio para quienes hubiera resultado de aplicación para el año 2013.

Para quienes no hubiera resultado de aplicación esta bonificación en 2013 tendrá

carácter rogado en 2014, debiendo presentar la correspondiente solicitud antes del día 1 de marzo de 2014. En su caso, las solicitudes presentadas fuera de plazo durante el propio año 2014 surtirán efectos en 2015, en el supuesto de prórroga de esta bonificación para dicho año, sin necesidad de presentar una nueva solicitud».

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2500 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora delI m p u e s t o s o b r e A c t i v i d a d e sE c o n ó m i c a s .

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora delImpuesto sobre Actividades Económicas, que figura como anexo delpresente acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto

sobre Act ividades Económicas. La Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas

queda modif icada como sigue: Uno. Se modif ica el apartado 1 del art ículo 15, que queda redactado del

siguiente modo:

«Artículo 15.1. Coeficiente de situación. De acuerdo con lo prevenido en el artículo 87 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se establece la siguiente escala de coeficientes, ponderativa de la situación física del establecimiento o local, atendida la categoría de la calle:

Categoría de calles Coeficiente

9.ª 1,22 8.ª 1,41 7.ª 1,63 6.ª 1,97 5.ª 2,26 4.ª 2,60 3.ª 2,98 2.ª 3,43 1.ª 3,80»

Dos. Se modif ica el primer párrafo del apartado 1 de la disposición adicional

tercera, que queda redactado del siguiente modo:

«Tercera. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88.2.a) del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, quienes inicien una nueva actividad empresarial y tributen por cuota municipal en los ejercicios 2012, 2013 y 2014, tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota del impuesto durante los períodos impositivos tercero y cuarto siguientes al del inicio de la misma».

Tres. Se modif ica el pr imer párrafo de la disposición adicional cuarta, que

queda redactado del siguiente modo:

Cuarta. De conformidad con lo establecido en el artículo 88.2. b) del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con efectos exclusivos para los períodos impositivos 2013 y 2014, se establece una bonificación por creación de empleo de hasta el 50% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación con el periodo anterior a aquel, en la cuantía siguiente:».

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2501 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora delImpuesto sobre Vehículos de TracciónMecánica.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora delImpuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que figura comoanexo del presente acuerdo, y que, una vez publicado su texto en elBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 deenero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto

sobre Vehículos de Tracción Mecánica. La Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción

Mecánica queda modif icada como sigue: Se modif ica el apartado 1 del art ículo 5, que queda redactado del siguiente

modo:

«Artículo 5.1. Las cuotas del Ayuntamiento de Madrid son las siguientes:

Potencia y clase de los vehículos Euros

A) Turismos:

De menos de 8 caballos fiscales......................................... 22

De 8 hasta 11,99 caballos fiscales...................................... 66

De 12 hasta 15,99 caballos fiscales.................................... 143

De 16 hasta 19,99 caballos fiscales.................................... 179

De 20 caballos fiscales en adelante.................................... 224

B) Autobuses:

De menos de 21 plazas ...................................................... 161

De 21 a 50 plazas ............................................................... 236

De más de 50 plazas .......................................................... 296

C) Camiones: De menos de 1.000 kilogramos de carga útil...................... 81

De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil.......................... 165

De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil............. 237

De más de 9.999 kilogramos de carga útil.......................... 296

D) Tractores:

De menos de 16 caballos fiscales..................................... 35

De 16 a 25 caballos fiscales ............................................. 55

De más de 25 caballos fiscales......................................... 166

E) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica:

De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil 35

De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil..................... 55

De más de 2.999 kilogramos de carga útil..................... 166

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Potencia y clase de los vehículos Euros

F) Otros vehículos: Ciclomotores .................................................................... 8

Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos ................... 8

Motocicletas de más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos............................................................................. 13

Motocicletas de más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos............................................................................. 30

Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos............................................................................. 60

Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos ........ 121».

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2502 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Prestación de Serviciosr e l a c i o n a d o s c o n L i c e n c i a s ,Autorizaciones y otros DocumentosAdministrativos de Autotaxis.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Prestación de Servicios relacionados con Licencias, Autoriza-ciones y otros Documentos Administrativos de Autotaxis, que figuracomo anexo del presente acuerdo, y que, una vez publicado su texto

en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por

Prestación de Servicios relacionados con Licencias, Autorizaciones y otros Documentos Administrat ivos de Autotaxis.

La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios

relacionados con Licencias, Autorizaciones y otros Documentos Administrativos de Autotaxis queda modif icada como sigue:

Uno. Se modif ica el art ículo 2, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 2. Constituye el hecho imponible de esta tasa las prestaciones de servicios y realización de las actividades que relacionados con licencias, autorizaciones y documentos administrativos de autotaxis se señalan a continuación:

a) Concesión y expedición de licencias.

b) Autorización para transmisión de licencias, cuando proceda su otorgamiento, con arreglo a la normativa vigente.

c) Revisiones municipales: revisión administrativa anual, revisión de sustitución y revisión de mampara.

d) Autorización de uso de nuevos modelos de automóviles u otros elementos.

e) Autorización para la homologación de soportes publicitarios.

f) Autorización para exhibir y difundir publicidad.

g) Expedición de duplicados de licencias, permisos municipales de conductor de autotaxi y tarjeta de identificación del conductor.

h) Expedición y renovación del permiso municipal de conductor de autotaxi y derecho a realizar el preceptivo examen.

i) Expedición y renovación de la tarjeta de identificación del conductor.

j) Expedición y renovación de tarjetas múltiples de identificación del conductor.

k) Expedición de duplicados de tarjetas múltiples de identificación del conductor.

l) Expedición de informes que contienen datos registrales de la licencia.

m) Realización de anotaciones y cancelaciones, a instancia de parte, en el Registro de Licencias de la Oficina Municipal del Taxi.

n) Expedición de trípticos tarifarios.

ñ) Expedición de adhesivos tarifarios.

o) Expedición de adhesivos con el escudo del Ayuntamiento de Madrid.

p) Expedición de adhesivos ecotaxi.

q) Diligenciado del Libro de Reclamaciones». Dos. Se modif ican los apartados 3 y 4 del art ículo 3, que quedan redactados

del siguiente modo:

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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«3. El titular de la licencia en los supuestos a que se refieren las letras c), f), g), i), j), k),

n), ñ), p) y q) del artículo anterior. 4. El solicitante de las autorizaciones o servicios a que se refieren las letras d), e), h), l),

m) y o) del artículo anterior».

Tres. Se modif ica el epígrafe 3 del art ículo 4, que queda redactado del siguiente modo:

Epígrafe 3. Revisiones municipales

Euros

a) Revisión administrativa anual ............................................... 17,25

b) Revisión de mampara ........................................................... 17,25

c) Revisión de sustitución ......................................................... 17,25

Cuatro. Se modif ica el epígrafe 5 del art ículo 4, que queda redactado del

siguiente modo:

Epígrafe 5. Autorizaciones de publicidad

Euros

a) Autorización para la homologación de soportes publicitarios........................................................................... 120,00

b) Autorización para exhibir y difundir publicidad..................... 10,00

Cinco. Se modif ica el epígrafe 6 del art ículo 4, que queda redactado del

siguiente modo

Epígrafe 6. Otras autorizaciones o documentos administrativos

Euros

a) Expedición de duplicados de licencias, permisos municipales de conductor de autotaxi y tarjetas de identificación del conductor, por cada uno de ellos.............. 8,00

b) Derechos de examen para la obtención de permiso municipal de conductor de autotaxi, por cada solicitud de examen................................................................................. 19,50

c) Por la expedición y renovación del permiso municipal de conductor de autotaxi y por la expedición o renovación de la tarjeta de identificación del conductor, por cada uno de ellos ...................................................................................... 9,80

d) Por la expedición y renovación de tarjetas múltiples de identificación del conductor, por cada una de ellas.............. 12,50

Euros

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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e) Por la expedición de duplicados de tarjetas múltiples de identificación del conductor, por cada uno de ellos.............. 10,00

f) Por la expedición de informes que contienen datos registrales de la licencia, por cada uno de ellos................... 5,30

g) Por la realización de anotaciones y cancelaciones, a instancia de parte, en el Registro de Licencias de la Oficina Municipal del Taxi, por cada una de ellas ............................ 5,30

h) Por la expedición de trípticos tarifarios, por cada uno de ellos ...................................................................................... 1,00

i) Por la expedición de adhesivos tarifarios, por cada uno de ellos ...................................................................................... 1,00

j) Por la expedición de adhesivos con el escudo del Ayuntamiento de Madrid, por cada uno de ellos .................. 1,55

k) Por la expedición de adhesivos tarifarios ecotaxi, por cada uno de ellos .......................................................................... 1,00

l) Diligenciado del Libro de Reclamaciones ............................ 9,10

A los efectos de lo dispuesto en las letras d) y e) de este epígrafe 6, tendrá la consideración de “tarjeta múltiple de identificación del conductor” todo aquel documento oficial expedido por el Ayuntamiento de Madrid que identifique al conductor del vehículo que presta servicio respecto de dos o tres licencias de autotaxis».

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2503 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora delas Tasas por Servicios y Actividadesrelacionados con el Medio Ambiente.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de lasTasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente,que figura como anexo del presente acuerdo, y que, una vez publi-cado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entraráen vigor el 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas

por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente. La Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Servicios y Act ividades

relacionados con el Medio Ambiente queda modif icada como sigue: Uno. Se modif ica el apartado 1 del art ículo 11, que queda redactado del

siguiente modo: «Artículo 11. Cuota tributaria de la Tasa por la prestación del servicio de gestión de

residuos urbanos. 1. Para el supuesto de viviendas y edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial, la cuota tributaria de la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos consistirá en una cantidad anual, cuya cuantía vendrá determinada, con carácter general, por el tramo de valor catastral en que se encuentre, y, para el caso de edificaciones residenciales cuyo valor catastral aplicable a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles exceda de 1.740.000 euros, se obtendrá multiplicando el valor catastral por una tarifa de 0,000682 euros, tal y como se recoge en el anexo A) de esta ordenanza.

La cuota resultante no podrá superar los 152 euros por vivienda, y si la edificación no

está dividida catastralmente no podrá superar los 16.000 euros». Dos. Se modif ica el úl t imo párrafo del apartado 2 del art ículo 11, que queda

redactado del siguiente modo:

«En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros». Tres. Se modif ica el anexo A que queda redactado del siguiente modo:

«ANEXO A

TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS

VIVIENDASTRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros) CUOTA (euros)

Hasta 17.000 4

De 17.000,01 a 26.000 6

De 26.000,01 a 35.000 10

De 35.000,01 a 44.000 13

De 44.000,01 a 52.000 17

De 52.000,01 a 61.000 23

De 61.000,01 a 70.000 28

De 70.000,01 a 78.000 33

De 78.000,01 a 87.000 38

De 87.000,01 a 104.000 48

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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VIVIENDASTRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros) CUOTA (euros)

De 104.000,01 a 122.000 62

De 122.000,01 a 139.000 76

De 139.000,01 a 174.000 90

De 174.000,01 a 218.000 121

De 218.000,01 a 261.000 137

De 261.000,01 a 1.740.000 152

Más de 1.740.000 (*) 0,000682 euros / euros de valor catastral

(*) La cuota resultante no podrá superar los 152 euros por vivienda, y si la edificación no está dividida catastralmente no podrá superar los 16.000 euros.

ALMACÉN - ESTACIONAMIENTO

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL (euros)

CUOTA (euros)

Hasta 7.000 4

De 7.000,01 a 9.000 5

De 9.000,01 a 10.000 6

De 10.000,01 a 12.000 7

De 12.000,01 a 15.000 9

De 15.000,01 a 18.000 11

De 18.000,01 a 22.000 13

De 22.000,01 a 25.000 16

De 25.000,01 a 29.000 18

De 29.000,01 a 73.000 33

De 73.000,01 a 145.000 84

De 145.000,01 a 290.000 167

De 290.000,01 a 725.000 371

Más de 725.000 (*) 0,000818 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

OFICINAS

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA

(euros) Hasta 42.000 15

De 42.000,01 a 59.000 26

De 59.000,01 a 84.000 37

De 84.000,01 a 126.000 58

De 126.000,01 a 168.000 80

De 168.000,01 a 252.000 118

De 252.000,01 a 336.000 167

De 336.000,01 a 420.000 216

De 420.000,01 a 504.000 275

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OFICINAS

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA

(euros) De 504.000,01 a 588.000 329

De 588.000,01 a 840.000 425

Más de 840.000 (*) 0,000706 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

EDIFICIO SINGULAR

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA

(euros) Hasta 37.000 10

De 37.000,01 a 52. 000 26

De 52.000,01 a 74.000 34

De 74.000,01 a 111.000 49

De 111.000,01 a 148.000 76

De 148.000,01 a 222.000 103

De 222.000,01 a 296.000 157

De 296.000,01 a 370.000 201

De 370.000,01 a 444.000 243

De 444.000,01 a 518.000 282

De 518.000,01 a 740.000 378

Más de 740.000 (*) 0,000802 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

COMERCIAL

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros) Hasta 50.000 14 4

De 50.000,01 a 100.000 33 9

De 100.000,01 a 149.000 59 15

De 149.000,01 a 199.000 87 21

De 199.000,01 a 299.000 122 30

De 299.000,01 a 398.000 189 42

De 398.000,01 a 498.000 245 55

De 498.000,01 a 597.000 300 67

De 597.000,01 a 697.000 356 79

De 697.000,01 a 995.000 451 101

Más de 995.000 (*) 0,000596 euros / euros de valor catastral

0,000123 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

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OCIO Y HOSTELERÍA

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 42.000 16 4

De 42.000,01 a 59.000 29 4

De 59.000,01 a 85.000 40 7

De 85.000,01 a 127.000 62 11

De 127.000,01 a 169.000 84 13

De 169.000,01 a 254.000 110 18

De 254.000,01 a 338.000 173 27

De 338.000,01 a 423.000 228 36

De 423.000,01 a 507.000 276 43

De 507.000,01 a 592.000 333 52

De 592.000,01 a 845.000 429 67

Más de 845.000 € (*) 0,000702 euros / euros de valor catastral

0,000093 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

INDUSTRIAL

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 37.000 11 1

De 37.000,01 a 51.000 27 3

De 51.000,01 a 73.000 39 4

De 73.000,01 a 110.000 57 4

De 110.000,01 a 146.000 84 6

De 146.000,01 a 219.000 121 9

De 219.000,01 a 292.000 173 12

De 292.000,01 a 365.000 226 16

De 365.000,01 a 438.000 278 19

De 438.000,01 a 511.000 356 22

De 511.000,01 a 730.000 460 30

Más de 730.000 (*) 0,000812 euros / euros de valor catastral

0,000048 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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DEPORTIVO

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 39.000 9 1

De 39.000,01 a 55.000 26 3

De 55.000,01 a 78.000 37 4

De 78.000,01 a 117.000 57 4

De 117.000,01 a 156.000 81 7

De 156.000,01 a 234.000 111 10

De 234.000,01 a 312.000 166 13

De 312.000,01 a 390.000 216 18

De 390.000,01 a 468.000 262 22

De 468.000,01 a 546.000 308 26

De 546.000,01 a 780.000 423 33

Más de 780.000 (*) 0,000760 euros / euros de valor catastral

0,000051 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

SANIDAD Y BENEFICENCIA

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 7.000 4 1

De 7.000,01 a 12.000 6 1

De 12.000,01 a 14.000 8 2

De 14.000,01 a 18.000 11 2

De 18.000,01 a 21.000 12 2

De 21.000,01 a 25.000 13 3

De 25.000,01 a 28.000 17 3

De 28.000,01 a 70.000 32 4

De 70.000,01 a 140.000 67 11

De 140.000,01 a 280.000 136 20

De 280.000,01 a 700.000 312 43

Más de 700.000 (*) 0,000847 euros / euros de valor catastral

0,000100 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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CULTURALES Y RELIGIOSOS

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 42.000 15 4

De 42.000,01 a 58.000 26 8

De 58.000,01 a 84.000 38 11

De 84.000,01 a 125.000 55 17

De 125.000,01 a 167.000 80 23

De 167.000,01 a 251.000 114 33

De 251.000,01 a 334.000 159 46

De 334.000,01 a 418.000 204 58

De 418.000,01 a 501.000 268 73

De 501.000,01 a 585.000 313 85

De 585.000,01 a 835.000 405 111

Más de 835.000 (*) 0,000710 euros / euros de valor catastral

0,000158 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

ESPECTÁCULO

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 88.000 15 4

De 88.000,01 a 175.000 58 18

De 175.000,01 a 350.000 126 38

De 350.000,01 a 875.000 316 95

Más de 875.000 (*) 0,000678 euros / euros de valor catastral

0,000150 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros.

BICES

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

Hasta 25.000 4 1

De 25.000,01 a 37.500 5 2

De 37.500,01 a 50.000 8 3

De 50.000,01 a 62.500 10 3

De 62.500,01 a 75.000 13 4

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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BICES

TRAMOS DE VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA VALOR CATASTRAL

(euros)

CUOTA GENERACIÓN

(euros)

De 75.000,01 a 125.000 18 4

De 125.000,01 a 250.000 34 9

De 250.000,01 a 500.000 68 17

Más de 500.000 (*) 0,001186 euros / euros de valor catastral

0,000246 euros / euros de valor catastral

(*) En ningún caso la cuota resultante podrá superar los 20.000 euros».

Cuatro. Se modif ica la tar i fa n.º 2 del anexo B, que queda redactada del siguiente modo:

TARIFA Nº 2: SERVICIOS DE TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

Euros/t o fracción de t

a) Eliminación en vertedero................................................................. 34,03

b) Separación y clasificación de envases............................................ 17,63

c) Tratamiento y eliminación de materiales voluminosos con / sin trituración ....................................................................................... 22,16

d) Separación y clasificación de restos con biometanización.............. 30,27

e) Eliminación en horno de incineración de animales (50 kg o fracción) .......................................................................................... 48,03

f) Eliminación por incineración (tratamiento integral).......................... 65,41

g) Eliminación por incineración (sin tratamiento integral) .................... 34,34

h) Transferencia de vidrio.................................................................... 15,41

i) Tratamiento de maderas y podas.................................................... 26,01»

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2504 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Prestación de Servicios deRetirada, Transporte y Almacenaje en elAlmacén de Villa.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Prestación de Servicios de Retirada, Transporte y Almace-naje en el Almacén de Villa, que figura como anexo del presente

acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por

Prestación de Servicios de Retirada, Transporte y Almacenaje en el Almacén de Vi l la.

La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de

Retirada, Transporte y Almacenaje en el Almacén de Vi l la queda modif icada como sigue:

Se modif ica el artículo 5, que queda redactado del siguiente modo:

« Artículo 5.1. La base imponible se determinará por volumen de retirada y transporte y de almacenaje de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas:

Epígrafe 1. Retirada y transporte de muebles y enseres de la vía pública

Euros

Hasta 8 m3, o fracción de material retirado y transportado ...... 150,14

Por cada m3, o fracción que exceda de lo anterior .................. 18,76

Epígrafe 2. Depósito en el Almacén de Villa de muebles o enseres

Euros

Por cada m3, o fracción de material almacenado y día............ 0,42» 2. La cuota de la tasa por depósito en el Almacén de Villa de muebles o enseres se

verá reducida en un 100 por cien, cuando la tasa recaiga, en calidad de contribuyentes, en personas que hayan sido objeto de lanzamiento de su vivienda habitual por desahucio derivado del impago de las cantidades debidas en concepto de hipoteca o alquiler.

3. Asimismo, verán reducida en un 100 por cien la tasa a que se refiere el apartado

anterior, las personas que hayan sido objeto de lanzamiento de su vivienda habitual por ruina, incendio, derribo forzoso o cualquier otra causa análoga, siempre que se trate de parados, pensionistas, asalariados o autónomos, cuyos ingresos anuales, incrementados con los de las personas empadronadas en la misma vivienda, no hayan superado la cantidad que resulta de multiplicar por 1,4 el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) durante el año natural anterior a aquel en que haya de producir efecto. Si el número de personas empadronadas es superior a dos, la cantidad que no debe superarse para gozar de la reducción es el IPREM multiplicado por 1,7, y, si los empadronados son más de cuatro personas, no debe superarse la cantidad que resulta de multiplicar el IPREM por 2,2.

A estos efectos, se considerarán ingresos anuales los rendimientos íntegros del

trabajo y del capital mobiliario e inmobiliario, así como los rendimientos de actividades económicas a que se refieren los artículos 17, 25, 22 y 27 respectivamente, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Cuando se haya optado por presentar declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y solo uno de los cónyuges esté empadronado en la vivienda, su renta vendrá determinada por el resultado de dividir la suma de los ingresos incluidos en dicha declaración entre dos.

Entre los rendimientos íntegros del trabajo no se tendrán en cuenta, en ningún caso,

las retribuciones en especie, las contribuciones empresariales a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social imputadas al sujeto pasivo, así como las aportaciones al patrimonio protegido de las personas con discapacidad cuando sea titular el propio contribuyente.

Por lo que se refiere a las actividades económicas, se considerarán ingresos: a) El rendimiento neto obtenido de acuerdo con las normas contenidas en los

artículos 28 y 30 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, cuando el régimen de determinación de aquel sea el de estimación directa. Además, se tendrá en cuenta para la determinación del rendimiento neto de aquellas actividades económicas a las que sea de aplicación la modalidad simplificada de este método de estimación directa, las especialidades previstas en el artículo 30 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

b) El rendimiento neto previo calculado de acuerdo con las Instrucciones para la

aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio correspondiente, cuando el régimen de determinación de aquel sea el de estimación objetiva.

No será de aplicación la reducción cuando alguna de las personas empadronadas en

la vivienda, teniendo la obligación de declarar conforme a lo establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, haya incumplido la obligación de presentar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio de referencia».

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2505 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Prestación de Servicios deHigiene y Salud Pública.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Prestación de Servicios de Higiene y Salud Pública, quefigura como anexo del presente acuerdo, y que, una vez publicado sutexto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigorel 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por

Prestación de Servicios de Higiene y Salud Públ ica. La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de

Higiene y Salud Públ ica queda modif icada como sigue: Se modif ica el artículo 6, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 6. La cuota que corresponda abonar por la prestación de cada uno de los servicios a los que se refiere esta ordenanza se determinará según cantidad fija o en función de los elementos o factores que se indican en las siguientes tarifas:

Epígrafe A) Análisis de alimentos, bebidas y productos que interesan a la higiene y sanidad

Euros

1. Aguas de pozo:

a) Análisis de Control: Incluye los siguientes parámetros:

Olor, Turbidez, Color, Ph, Conductividad, Nitritos, Nitratos, Amonio, Cloro libre, Cloro combinado, Oxidabilidad al permanganato, Sulfatos, Cloruros, Recuento coliformes, Escherichia coli, Enterococos y Clostridium perfringens (incluidas esporas)............................................ 151,30

b) Análisis Completo. Incluye los siguientes parámetros:

Olor, Turbidez, Color, Conductividad, pH, Amonio, Nitritos, Nitratos, Cloro libre, Cloro combinado, Oxidabilidad al permanganato, Cloruros, Sulfatos, Calcio, Magnesio, Dureza, Residuo seco, Alcalinidad, Cianuros, Fluoruros, Sílice, Ortofosfatos, Boro, Sodio, Potasio, Aluminio, Hierro, Manganeso, Cobre, Cinc, Arsénico, Cadmio, Mercurio, Níquel, Plomo, Cromo, Antimonio, Selenio, Recuento coliformes, Escherichia coli, Enterococos y Clostridium perfringens (incluidas esporas).................................................................................. 529,34

2. Aguas suministradas a través de una red de distribución pública o privada:

a) Control en el grifo del consumidor. Incluye los siguientes parámetros:

Olor, Turbidez, Color, Conductividad, pH, Amonio, Nitritos, Cloro libre, Cloro combinado, Oxidabilidad al permanganato, Recuento coliformes y Escherichia coli .................................................................................... 91,90

b) Análisis completo. Incluye los siguientes parámetros:

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EurosOlor, Turbidez, Color, Conductividad, pH, Amonio, Nitritos, Nitratos, Cloro libre, Cloro combinado, Oxidabilidad al permanganato, Cloruros, Sulfatos, Calcio, Magnesio, Dureza, Residuo seco, Alcalinidad, Cianuros, Fluoruros, Sílice, Ortofosfatos, Boro, Sodio, Potasio, Aluminio, Hierro, Manganeso, Cobre, Cinc, Arsénico, Cadmio, Mercurio, Níquel, Plomo, Cromo, Antimonio, Selenio, Recuento coliformes, Escherichia coli, Enterococos y Clostridium perfringens (incluidas esporas).................................................................................. 529,343. Aguas de piscina. Incluye los siguientes parámetros:

Cloro libre, Cloro combinado, Cloro total, Amonio, Nitritos, Conductividad, Turbidez, Oxidabilidad al permanganato, pH, Aerobios a 37ºC, Recuento coliformes, Coliformes Termotolerantes Enterococos, Staphylococcus aureus, Escherichia coli y Pseudomonas aeruginosa .............................................................................................. 147,81

Determinaciones aisladas:

a) Por cada ensayo químico (alcalinidad, amonio, cloro residual, dureza, fluoruros, nitratos, nitritos, oxidabilidad, sílice, sulfatos):............ 20,96

b) Por cada ensayo físico (conductividad, pH, residuo seco, turbidez) .. 13,49

4. Análisis biológicos y parasitológicos en alimentos y Aguas:

a) Análisis de un solo germen microbiológico......................................... 20,13

b) Análisis de un germen microbiológico con prueba de confirmación ... 39,16

c) Diagnóstico de triquina......................................................................... 27,85

d) Diagnóstico de Brucelosis .................................................................... 15,94

e) Detección de inhibidores ...................................................................... 43,31

f) Diagnóstico de Botulismo..................................................................... 44,82

g) Detección de toxinas lipofílicas ............................................................ 44,82

h) Detección de biotoxinas paralizantes................................................... 44,82

i) Detección de nematodos de la familia anisakidae ................................ 22,41

j) Determinación de productos genéticamente modificados .................... 330,51

k) Detección de genoma de Legionella spp y de Legionella pneumophila en muestras ambientales - aguas - .................................... 68,27

5. Análisis físico-químico de aguas, alimentos y bebidas:

a) Análisis de elementos metálicos en alimentos, bebidas y envases

1.º Metales por F-AAS (Sodio, Potasio, Calcio, Magnesio, Cinc, Hierro, Cobre, Aluminio, Plomo, Cadmio, Estaño), cada uno............................. 30,67

2.º Ensayos de cesión en objetos de uso alimentario (Plomo, Cadmio, Cromo y Níquel), cada uno ..................................................................... 30,67

3.º Metales con sistema generador de hidruros / vapor frío (Mercurio, Arsénico, Antimonio y Selenio), cada uno .............................................. 79,31

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Euros

b) Análisis de residuos con detección MS-MS en alimentos y bebidas:

1.º Acrilamida, Cloranfenicol y Sulfonamidas, cada uno........................ 46,97

2.º Residuos de plaguicidas (Lista Pública de Ensayos), por CGases/MS............................................................................................. 104,63

3.º Hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP’s) en aceites y productos de la pesca............................................................................. 69,06

c) Análisis por cromatografía líquida HPLC en alimentos y bebidas [Ácido domóico, Aflatoxinas (B1, B2, G1 y G2 y totales), Aflatoxina (M1), Azúcares (Glucosa, Fructosa, Sacarosa, Maltosa, Lactosa y Azúcares totales), Colorantes artificiales hidrosolubles, Colorantes artificiales liposolubles (Sudán I y Sudán IV), Conservadores (Ácido sórbico, ácido benzóico y sus ésteres), Edulcorantes artificiales (Sacarina, Aspartame, Ciclamato, Acesulfame), Fumonisinas (B1 y B2), Furfural, Histamina, Nitratos y nitritos, Ocratoxina A, Patulina y Cafeína], cada uno................................................................................... 69,06

d) Análisis por cromatografía de gases en alimentos y bebidas [Alcoholes alifáticos (aceites de oliva), Análisis de Triglicéridos (detección de grasas extrañas en grasas lácteas), Ceras, Colesterol (grasas y alimentos multicomponente), Composición en ácidos grasos (aceites y grasas), Composición en ácidos grasos (alimentos y lácteos), Composición esterólica y/o esteroles totales, Determinación de isómeros trans, Eritrodiol + uvaol, Estigmastadienos / Esterenos, Estudio de la fracción grasa en alimentos: grasa saturada, mono-insaturada, poli-insaturada e isómeros trans totales, Etanol residual, Metanol y congéneres volátiles (aldéhidos, ésteres y alcoholes superiores], cada uno .............................................................................. 57,01

e) Análisis por otras técnicas cromatográficas:

Determinaciones de compuestos polares en aceites calentados:

1.º Método simplificado (Sep-pak) .......................................................... 26,36

2.º Método oficial (Cromatografía en columna de sílice) ........................ 69,06

f) Análisis por enzimoinmunoensayo o electroforesis en alimentos y bebidas [Gluten, Identificación de especie animal, Aflatoxinas (B1, B2, G1, G2 y totales)], leche alérgeno, huevo alérgeno, cada uno............... 60,88

g) Análisis físico-químico por técnicas gravimétricas (Cenizas, Extracto seco total, Humedad, Peso neto y escurrido, glaseado), cada uno......... 15,81

h) Análisis físico-químico por técnicas volumétricas, Espectrofotométricas, refractométricas y otras:

1.º Acidez de la grasa (acidez libre), Acidez total, Acidez volátil, pH, Prueba espectrofotométrica en el ultravioleta para aceites, Índice de peróxidos, Dióxido de azufre y Cloruros, lactosa, cada uno.................... 15,81

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Euros

2.º Ácido Bórico, Fosfatos, Grados Brix, Grasa, Hidroxiprolina, Proteínas, Nitrógeno Básico Volátil, almidón, monóxido de carbono, cada uno .................................................................................................. 26,68

3.º Análisis Nutricional (Valor energético, Proteína, Grasa, Hidratos de carbono), cada uno .................................................................................. 73,14

4.º Contenido en materia insaponificable, colorantes por cromatografía en capa fina, cada uno............................................................................. 33,74

5.º Fibra.................................................................................................... 89,87

6.º Grado alcohólico volumétrico (aerometría o densimetría electrónica) 26,68

Normas de aplicación al epígrafe A)

1. Los certificados que expida el Laboratorio no dan fe más que de la muestra presentada para su análisis.

2. Cuando no aparezcan específicamente definidos en ninguna de las tarifas recogidas en el epígrafe A) anterior ni los productos presentados para analizar, ni los ensayos a que den lugar la prestación de los servicios solicitados, será de aplicación aquella tarifa de las relacionadas con las que, por las características de la actividad analítica a desarrollar, presenten una identidad sustancial desde el punto de vista técnico.

3. Las tasas que se deriven por la realización del análisis contradictorio serán de cuenta de quien lo promueva; los originados por la realización de los análisis inicial y dirimente serán a cargo de la empresa encausada, salvo que los resultados del dirimente rectifiquen los del análisis inicial, en cuyo caso ambos serán sufragados por la Administración.

4. El sobrante que quede de las muestras analizadas, calificadas como conformes con la legislación, se devolverá en el acto de entregarse el certificado, si el interesado lo reclama.

5. Las tarifas anteriores podrán ser objeto de las reducciones que, a continuación, se indican:

a) Del 15%, si el sujeto pasivo es el Estado o cualquiera de sus organismos autónomos, una Comunidad Autónoma o una Entidad Local o las entidades de derecho público de análogo carácter a los organismos autónomos del Estado, de tales Comunidades Autónomas o Entidades Locales.

b) Atendiendo al número de muestras presentadas para analizar, se aplicarán las siguientes reducciones:

- Del 10%, en los casos de 3 o 4 muestras.

- Del 15%, en los casos de 5 o 6 muestras.

- Del 20%, en los casos de 7 u 8 muestras.

- Del 25%, en los casos de 9 muestras.

- Del 30%, en los casos de 10 o más muestras.

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6. Las reducciones contempladas en los apartados a) y b) anteriores serán compatibles entre sí, y se aplicarán, por el orden en el que aparecen recogidas. En este caso, la segunda de las reducciones se practicará sobre la cuota resultante de aplicar la que le precede. Euros

Epígrafe B) Control Zoosanitario

1. Observación antirrábica en el domicilio del propietario del animal . 61,28

2. Observación en el Centro de Protección Animal............................. 53,42

3. Recogida en la vía pública y / o domicilio de animales identificados y / o con dueño................................................................................ 48,16

4. Permanencia del animal en el Centro de Protección Animal, por cada día, o fracción de estancia ..................................................... 4,78

5. Eutanasia de animales de compañía.................... .......................... 14,79

6. Entrega de animales por sus propietarios en el Centro de Protección Animal............................................................................ 33,41

Epígrafe C) Desinfección, Desinsectación y Desratización de solares y / o de edificios o locales de la Administración y de vehículos de servicio público

a) Desinfectación

GRUPO PRIMERO Euros

Desinsectación ambiental (por cada metro cúbico o fracción) ............... 0,17

Por cada desplazamiento y manipulación .............................................. 40,99

GRUPO SEGUNDO Euros

Eliminación de avisperos y colmenas en lugares públicos:

Por cada servicio, incluido desplazamiento ............................................ 75,94

b) Desinfección

Desinfección ambiental, por cada metro cúbico o fracción .................... 0,06

Por cada desplazamiento y manipulación .............................................. 40,99

c) Desratización y desratonización

Por cada punto de tratamiento de raticida .............................................. 3,34

Por cada punto de tratamiento de ratonicida .......................................... 3,34

Por cada desplazamiento y manipulación .............................................. 40,99

d) Identificación de muestras biológicas. Bienes supuestamente contaminados con vectores

Por cada actuación ................................................................................. 41,69»

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2506 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Obtenc ión de Copias,Cartografía, Fotografías y Microfilmes.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes,que figura como anexo del presente acuerdo, y que, una vez publi-cado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entraráen vigor el 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO

Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por

Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfi lmes. La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Obtención de Copias,

Cartografía, Fotografías y Microf i lmes queda modif icada como sigue: Se modif ican los párrafos 1, 2 y 5 del apartado A) del art ículo 5, que quedan

redactados del s iguiente modo:

«A) Obtención de fotocopias de documentos, copias de planos, de fichas, fotogramas y cartografía:

Euros

1. Por la obtención de copias, en soporte papel, por fotocopia:

a) DIN A-4............................................................................... 0,06

b) DIN A-4 color ...................................................................... 0,69

c) DIN A-3 ............................................................................... 0,09

d) DIN A-3 color ...................................................................... 1,24

e) DIN A-3, papel fotográfico, blanco y negro......................... 4,15

f) DIN A-3, papel fotográfico, color ......................................... 5,21

g) DIN A-2............................................................................... 0,91

h) DIN A-2 color ...................................................................... 1,84

i) DIN A-2, papel fotográfico, blanco y negro.......................... 5,10

j) DIN A-2, papel fotográfico, color.......................................... 7,14

k) DIN A-1 ............................................................................... 1,73

l) DIN A-1 color ....................................................................... 2,43

m) DIN A-1, papel fotográfico, blanco y negro........................ 6,12

n) DIN A-1, papel fotográfico, color ........................................ 10,43

ñ) DIN A-0............................................................................... 2,78

o) DIN A-0 color ...................................................................... 5,42

p) DIN A-0, papel fotográfico, blanco y negro......................... 7,65

q) DIN A-0, papel fotográfico, color ........................................ 17,06

2. Por la obtención de copias, en soporte digital:

a) Cuando la naturaleza de los documentos solicitados lo permita, y siempre que la unidad administrativa encargada de prestar el servicio lo tenga previsto, las copias a que se refiere el apartado anterior podrán ser

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ofrecidas en soporte digital, conforme a las mismas tarifas, con una cuota mínima de 0,37 euros.

b) Cuando los documentos puedan descargarse gratuitamente a través de la web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

Euros

Por cada CD-ROM de 700 MB ............................................ 4,55

Por cada DVD de 4,7 GB..................................................... 9,48

Por cada pen drive de 8 GB ................................................ 42,18

c) Cuando el uso de las copias anteriores conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido a favor del solicitante:

Por cada megabyte (MB) que contenga (mínimo 1 MB) ......... 1,53

5. Ortofotografía y Modelo Digital del Terreno de Madrid:

a)Cuando su uso no conlleve ningún tipo de aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

Por cada MB que contenga (mínimo 5 MB) ............................ 0,20

b)Cuando su uso conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

1.º) Para su difusión por Internet, por cada MB que contenga (mínimo 1 MB) ........................................................................ 2,12

2.º) Para ediciones en papel o libro electrónico, por cada MB que contenga (mínimo 1 MB) ................................................ 0,43»

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2507 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Ut i l ización Pr ivat iva oAprovechamiento Especial del DominioPúblico Local.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del DominioPúblico Local, que figura como anexo del presente acuerdo, y que,

una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad deMadrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por

Uti l ización Privat iva o Aprovechamiento Especial del Dominio Públ ico Local. La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Uti l ización Privativa o

Aprovechamiento Especial del Dominio Públ ico Local queda modif icada como sigue: Uno. Se modif ica el apartado E) del artículo 2, que queda redactado del

siguiente modo:

«E) Terrazas». Dos. Se modif ica el epígrafe E), que queda redactado del siguiente modo:

«Epígrafe E) Terrazas

Artículo 14.1. En los aprovechamientos de la vía pública y parques y jardines municipales con mesas, sillas, toldos y demás elementos sombreadores y enrejados, setos y otros elementos que delimiten o acondicionen la terraza, se tomará como base la superficie ocupada por los mismos computada en metros cuadrados.

2. El período computable comprenderá la temporada o el año natural, y la cuota tendrá

carácter irreducible, salvo en los supuestos en los que el inicio del aprovechamiento no coincida con el primer día del año o de la temporada, según los casos, o en el supuesto de ampliación de autorización ya concedida, en los que procederá el prorrateo de la cuota por meses naturales.

3. La cuantía estará en función de la naturaleza del aprovechamiento, de la categoría

vial de la calle y de la superficie autorizada, de acuerdo con los siguientes grupos y escalas:

Grupo 1.º Ocupación ordinaria CATEGORÍA DE LAS CALLES

1.ª y 2.ª 3.ª y 4.ª 5.ª y 6.ª 7.ª, 8.ª y 9.ª

Eurosa) Ocupación ordinaria con mesas y sillas, por m2 o fracción y temporada (ocho meses) .................. 73,98 39,77 20,96 10,83

b) Cuando los aprovechamientos se realicen en el paseo de la Castellana o en el paseo del Pintor Rosales, las tarifas se recargarán en un 50 por 100.

c) A las tarifas anteriores les serán de aplicación los siguientes recargos:

1.º Por delimitación vertical de superficie. Cuando se instalen elementos en forma que resulte delimitada verticalmente la superficie total o parcialmente ocupada por la terraza, el mayor de los que se establecen a continuación:

-Un 50 por 100 cuando se instalen construcciones ligeras.

-Un 20 por 100 cuando se instalen setos o plantas en sus recipientes, enrejados

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u otros elementos separadores fijos o móviles, siempre que, en todos estos casos, su altura no exceda de 1,40 metros. En aquellos casos en los que la altura de cualquiera de los anteriores elementos exceda de 1,40 metros se aplicará el recargo del 50 por 100.

2.º Por aprovechamiento del vuelo. Un 20 por 100 cuando se instalen toldos, sombrillas o cualquier otro elemento que suponga un aprovechamiento del vuelo de la vía pública.

3.º Por aprovechamiento del suelo. Un 20 por 100 cuando se instalen tarimas u otros cubrimientos análogos.

d) Con carácter general, los recargos a que se refiere la letra c) anterior serán compatibles entre sí, y se aplicarán por separado sobre las tarifas que se establecen en la letra a) o, en su caso, sobre las resultantes de aplicar el recargo de la letra b), y respecto de la totalidad de la superficie ocupada por la terraza. No obstante, no serán compatibles entre sí el recargo del 50 por 100 por delimitación vertical de superficie y el recargo por aprovechamiento del vuelo, aplicándose, en caso de concurrencia, únicamente el recargo mayor.

Grupo 2.º Ocupación en parques y jardines cerrados y dehesas municipales

En los aprovechamientos de los parques, jardines cerrados y dehesas municipales, la cuantía de la tasa vendrá determinada por la superficie ocupada con mesas y sillas, por los restantes elementos colocados y el período de tiempo autorizado:

Euros

a) Por cada 3,24 m2 de superficie ocupada con mesas y sillas (ocho meses) ...................................................................... 97,05

b) Se aplicarán a la tarifa anterior idénticos recargos y las mismas reglas de aplicación que se contienen en las letras c) y d) del grupo 1.º.

4. Para el supuesto de terrazas que fueren autorizadas para su funcionamiento durante un año completo, por la misma superficie para todo el período, las tarifas serán las correspondientes a este epígrafe E) elevadas a doce meses. A dicho efecto, se multiplicará por doce el cociente de dividir por ocho la respectiva tarifa.

Cuando, en los términos de lo dispuesto en la Ordenanza reguladora de las terrazas y quioscos de hostelería y restauración, las autorizaciones con período de funcionamiento anual habiliten para la ocupación de superficies distintas dependiendo del período del año, las tarifas correspondientes a este epígrafe E) se calcularán atendiendo a la superficie autorizada en cada período, y la cuota a satisfacer vendrá determinada por la suma de las cantidades resultantes».

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2508 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por la Utilización Privativa oAprovechamiento Especial del DominioPúblico Local para el Desarrollo deAcciones Publicitarias Especiales.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de Ordenanza Fiscal reguladora de laTasa por la Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial delDominio Público Local para el Desarrollo de Acciones PublicitariasEspeciales, que figura como anexo del presente acuerdo, y que, una

vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad deMadrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por

Uti l ización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local para el Desarrol lo de Acciones Publ ici tar ias Especiales.

La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Uti l ización Privativa o

Aprovechamiento Especial del Dominio Públ ico Local para el Desarrol lo de Acciones Publ ici tarias Especiales queda modif icada como sigue:

Se modif ica el anexo, que queda redactado del siguiente modo:

«ANEXO ÍNDICE FISCAL DE AUDIENCIAS

N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

1 Centro ARENAL (CALLE DEL) 11.ª

1 Centro CABO NOVAL (JARDINES DEL) 9.ª

1 Centro CALLAO (PLAZA DE) 1.ª

1 Centro CARMEN (PLAZA DEL) 15.ª

1 Centro CHUECA (PLAZA DE) 15.ª

1 Centro CIBELES (PLAZA DE) 3.ª

1 Centro DOS DE MAYO (PLAZA DEL) 14.ª

1 Centro EMPERADOR CARLOS V (PLAZA DEL) 2.ª

1 Centro FUENCARRAL (CALLE DE) 10.ª

1 Centro GRAN VÍA (CALLE DE) 5.ª

1 Centro ISABEL II (PLAZA DE) 14.ª

1 Centro JACINTO BENAVENTE (PLAZA DE) 12.ª

1 Centro LAVAPIES (PLAZA DE) 15.ª

1 Centro LETRAS (PLAZA DE LAS) 15.ª

1 Centro MAYOR (PLAZA) 9.ª

1 Centro MONTERA (CALLE DE LA) 4.ª

1 Centro ORIENTE (PLAZA DE) 12.ª

1 Centro PRADO (PASEO DEL) 5.ª

1 Centro PRECIADOS (CALLE DE) 14.ª

1 Centro PUERTA DE TOLEDO (GLORIETA DE LA) 7.ª

1 Centro PUERTA DEL SOL (PLAZA DE LA) 11.ª

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N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

1 Centro RAMALES (PLAZA DE) 15.ª

1 Centro RECOLETOS (PASEO DE) 4.ª

1 Centro REY (PLAZA DEL) 15.ª

1 Centro SAN ILDEFONSO (PLAZA DE) 12.ª

1 Centro SAN MARTÍN (PLAZA DE) 15.ª

1 Centro SÁNCHEZ BUSTILLO (CALLE DE) 8.ª

1 Centro SANTA ANA (PLAZA DE) 15.ª

1 Centro SANTA CRUZ (PLAZA DE) 14.ª

1 Centro SANTA MARIA SOLEDAD TORRES ACOSTA (PLAZA DE) 9.ª

1 Centro SANTO DOMINGO (PLAZA DE) 14.ª

1 Centro VEGA (CUESTA DE LA) 11.ª

2 Arganzuela BEATA MARIA ANA DE JESÚS (PLAZA DE LA) 9.ª

2 Arganzuela CHOPERA (PASEO DE LA) 9.ª

2 Arganzuela DELICIAS (PARQUE DE LAS) 15.ª

2 Arganzuela DOCTOR VALLEJO NAGERA (PASEO DEL) 13.ª

2 Arganzuela EMPERADOR CARLOS V (PLAZA DEL) 2.ª

2 Arganzuela ENRIQUE TIERNO GALVÁN (PARQUE DE) 15.ª

2 Arganzuela ESTRELLA DENÉBOLA (CALLE) 15.ª

2 Arganzuela RAMÍREZ DE PRADO (CALLE DE) 15.ª

2 Arganzuela SANTA MARIA DE LA CABEZA (GLORIETA DE) 7.ª

2 Arganzuela YESERIAS (PASEO DE LAS) 11.ª

3 Retiro CÁNOVAS DEL CASTILLO (PLAZA DE) 6.ª

3 Retiro CIBELES (PLAZA DE) 3.ª

3 Retiro CLAUDIO MOYANO (CALLE DE) 6.ª

3 Retiro CONDE CASAL (PLAZA DEL) 6.ª

3 Retiro EMPERADOR CARLOS V (PLAZA DEL) 2.ª

3 Retiro INDEPENDENCIA (PLAZA DE LA) 7.ª

3 Retiro LEALTAD (PLAZA DE LA) 10.ª

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N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

3 Retiro MONTALBÁN (CALLE DE) 15.ª

3 Retiro MURILLO (PLAZA DE) 2.ª

3 Retiro PRADO (PASEO DEL) 5.ª

3 Retiro RETIRO - PLAZA DE NICARAGUA (PARQUE DEL) 13.ª

3 Retiro RETIRO - PUERTA DE LA INDEPENDENCIA (PARQUE DEL) 7.ª

3 Retiro RETIRO -AVENIDA DE MÉJICO (PARQUE DEL) 10.ª

3 Retiro RETIRO -PASEO DE FERNÁN NÚÑEZ (PARQUE DEL) 11.ª

3 Retiro RETIRO -PASEO DEL SALÓN DEL ESTANQUE (PARQUE DEL) 15.ª

4 Salamanca CIBELES (PLAZA DE) 3.ª

4 Salamanca DESCUBRIMIENTO (JARDINES DEL) 9.ª

4 Salamanca DOCTOR MARAÑÓN (PLAZA DEL) 5.ª

4 Salamanca FELIPE II (AVENIDA DE) 10.ª

4 Salamanca INDEPENDENCIA (PLAZA DE LA) 7.ª

4 Salamanca MONUMENTAL DE TOROS DE LAS VENTAS (ENTORNO) (PLAZA) 7.ª

4 Salamanca RECOLETOS (PASEO DE) 4.ª

4 Salamanca SERRANO (CALLE DE) 13.ª

5 Chamartín BERLÍN (PARQUE DE) 12.ª

5 Chamartín CASTILLA (PLAZA DE) 6.ª

5 Chamartín CASTELLANA, 142 (PASEO DE LA) - ESPACIO ESTADIO SANTIAGO BERNABEU 10.ª

5 Chamartín DOCTOR MARAÑON (PLAZA DEL) 5.ª

6 Tetuán ASTURIAS (AVENIDA) 13.ª

6 Tetuán AZCA (MANZANA) 10.ª

6 Tetuán CANAL DE ISABEL II (PLAZA DEL) 11.ª

6 Tetuán CASTILLA (PLAZA DE) 6.ª

6 Tetuán CUZCO (PLAZA DE) 4.ª

6 Tetuán GENERAL PERÓN (AVENIDA) 13.ª

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N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

6 Tetuán LIMA (PLAZA DE) 2.ª 6 Tetuán REMONTA (PLAZA DE LA) 15.ª 7 Chamberí CHAMBERÍ (PLAZA DE) 13.ª

7 Chamberí DOCTOR MARAÑÓN (PLAZA DEL) 5.ª

7 Chamberí FUENCARRAL (CALLE DE) 10.ª

7 Chamberí GALILEO - FERNANDO EL CATÓLICO (INTERSECCIÓN CALLES) 15.ª

7 Chamberí OLAVIDE (PLAZA DE) 14.ª

7 Chamberí SAN JUAN DE LA CRUZ (PLAZA DE) 9.ª

8 Fuencarral-El Pardo

ÁREA CUATRO TORRES -CASTELLANA (PASEO DE LA) 10.ª

8 Fuencarral-El Pardo

LAS TABLAS ( SIERRA DE ATAPUERCA-SANTO DOMINGO DE LA CALZADA -CAMINO DE SANTIAGO) (P.A.U.)

15.ª

8 Fuencarral-El Pardo MONFORTE DE LEMOS (AVENIDA) 13.ª

8 Fuencarral-El Pardo VAGUADA (PARQUE DE LA) 11.ª

9 Moncloa-Aravaca CAMOENS Y VALERO (PASEO DE) 14.ª

9 Moncloa-Aravaca CASA DE CAMPO -LAGO (PARQUE DE LA) 15.ª

9 Moncloa-Aravaca

CASA DE CAMPO -PASEO AZUL (PARQUE DE LA) 15.ª

9 Moncloa-Aravaca

CASA DE CAMPO -PASEO DE LOS CASTAÑOS (PARQUE DE LA) 15.ª

9 Moncloa-Aravaca

CASA DE CAMPO -PASEO DE LOS PLÁTANOS (PARQUE DE LA) 15.ª

9 Moncloa-Aravaca

CASA DE CAMPO -PASEO DE TORRECILLA (PARQUE DE LA) 15.ª

9 Moncloa-Aravaca

CASA DE CAMPO -PASEO DEL EMBARCADERO (PARQUE DE LA) 15.ª

9 Moncloa-Aravaca

CASA DE CAMPO -PUERTA DEL ÁNGEL (PARQUE DE LA) 13.ª

9 Moncloa-Aravaca ESPAÑA (PLAZA DE) 3.ª

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N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

9 Moncloa-Aravaca

INTERCAMBIADOR DE MONCLOA (INTERCAMBIADOR) 11.ª

9 Moncloa-Aravaca

MADRID RÍO-EXPLANADA DE LA SELECCIÓN (ENTRE EL PUENTE DEL REY Y LA AVENIDA DE PORTUGAL)

4.ª

9 Moncloa-Aravaca TEMPLO DEBOD (JARDINES) 11.ª

10 Latina ALCALDE CARLOS ARIAS NAVARRO (PARQUE) 14.ª

10 Latina AUDITORIO - PARQUE DE LAS CRUCES (PARQUE) 11.ª

10 Latina CENTRO COMERCIAL ALUCHE (PLAZA DEL) 9.ª

10 Latina CERRO ALMODÓVAR (PARQUE DEL) 14.ª

10 Latina GENERAL FANJUL - LOS POBLADOS (INTERSECCIÓN CALLES) 12.ª

10 Latina GENERAL FANJUL (AVENIDA DEL) 13.ª

10 Latina HUARTE DE SAN JUAN (PLAZA) 15.ª

10 Latina INTERCAMBIADOR DE ALUCHE (INTERCAMBIADOR) 6.ª

10 Latina PADRE PIQUER (AVENIDA DEL) 10.ª

10 Latina PORTUGAL (AVENIDA DE) 4.ª

11 Carabanchel AUDITORIO - PARQUE DE LA PESETA (PARQUE) 15.ª

11 Carabanchel CARABANCHEL (PLAZA DE) 15.ª

11 Carabanchel EJERCITO (GLORIETA DEL) 10.ª

11 Carabanchel EMPERATRIZ MARIA DE AUSTRIA (PARQUE DE LA) 13.ª

11 Carabanchel MARQUES DE VADILLO (GLORIETA DEL) 2.ª

11 Carabanchel QUINCE DE MAYO (PASEO DEL) 12.ª

11 Carabanchel VALLE DE ORO (GLORIETA DE) 9.ª

12 Usera JULIÁN MARÍAS (PLAZA DE) 13.ª

12 Usera LINEAL DEL MANZANARES (PARQUE) 12.ª

12 Usera RAFAELA YBARRA, 41 (AVENIDA DE) (EXPLANADA JUNTA DE DISTRITO) 13.ª

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N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

13 Puente de Vallecas

ALBUFERA-PABLO NERUDA (INTERSECCIÓN CALLES) 12.ª

13 Puente de Vallecas ASAMBLEA DE MADRID (PLAZA DE LA) 12.ª

13 Puente de Vallecas ENTREVIAS (AVENIDA) 13.ª

13 Puente de Vallecas PAYASO FOFO (CALLE DE) 13.ª

13 Puente de Vallecas PEÑA GORBEA (CALLE DE LA) 12.ª

14 Moratalaz CORREGIDOR DIEGO DE VALDERRÁBANO (CALLE DEL) 11.ª

14 Moratalaz DIONISIO RIDRUEJO (JARDÍN DE) 14.ª

14 Moratalaz ENCUENTRO (PLAZA DEL) 9.ª

14 Moratalaz HACIENDA DE PAVONES (CALLE DE LA) 8.ª

14 Moratalaz INTERCAMBIADOR DE PAVONES (INTERCAMBIADOR) 13.ª

14 Moratalaz MANUEL DE LA QUINTANA (PLAZA DE) 10.ª

15 Ciudad Lineal ALCALÁ - VIRGEN DEL SAGRARIO (INTERSECCIÓN CALLES) 10.ª

15 Ciudad Lineal ASCAO (PARQUE DE) 13.ª

15 Ciudad Lineal BENIDORM - AVENIDA DE DAROCA (INTERSECCIÓN CALLES) 11.ª

15 Ciudad Lineal CALERO (PARQUE DEL) 14.ª

15 Ciudad Lineal RECINTO FERIAL - MISTERIOS (CALLE) 9.ª

15 Ciudad Lineal RECINTO FERIAL - SANTA FELICIDAD (CALLE) 15.ª

15 Ciudad Lineal VIRGEN DEL ROMERO (PLAZA) 15.ª

16 Hortaleza ANDES (AVENIDA DE LOS) 8.ª

16 Hortaleza MANOTERAS (AVENIDA) 15.ª

16 Hortaleza MASTELERO (CALLE DEL ) 15.ª

16 Hortaleza SILVANO (CALLE) 14.ª

16 Hortaleza TRINQUETE (CALLE DEL) 15.ª

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N.º Junta

Municipal de Distrito

Denominación del espacio Categoría

16 Hortaleza VALDEBEBAS (BARRIO DE) 15.ª

16 Hortaleza VELACHO ALTO (CALLE DEL) 15ª

17 Villaverde ESPINILLO (PARQUE DEL) 12ª

17 Villaverde GRAN VÍA DE VILLAVERDE (AVENIDA DE LA) 13.ª

17 Villaverde MAYOR DE VILLAVERDE (PLAZA) 15.ª

17 Villaverde PINAZO (PLAZA DE LOS) 15.ª

17 Villaverde PLATA CASTAÑAR (PASEO) 15.ª

17 Villaverde SAN JENARO (BULEVAR DE) 15.ª

18 Villa de Vallecas FEDERICO GARCÍA LORCA (PASEO) 13.ª

18 Villa de Vallecas JUAN DE MALASAÑA (PLAZA) 14.ª

18 Villa de Vallecas RAYO VALLECANO (CALLE DEL) 15.ª

18 Villa de Vallecas

RECINTO FERIAL - SIERRA GORDA (CALLE DE LA) 14.ª

19 Vicálvaro RECINTO FERIAL VICÁLVARO (RECINTO FERIAL) 15.ª

20 San Blas-Canillejas CANILLEJAS (PARQUE) 15.ª

20 San Blas-Canillejas GINEBRA (PASEO DE) 15.ª

20 San Blas- Canillejas

NUESTRA SEÑORA DE LA CANDELARIA (PLAZA DE) 15.ª

20 San Blas- Canillejas PARAÍSO (PARQUE) 13.ª

20 San Blas-Canillejas

SAN CRISTÓBAL -MARQUES VIUDO DE PONTEJOS (INTERSECCIÓN CALLES) 11.ª

21 Barajas JUBILADO (PLAZA DEL) 15.ª

21 Barajas NAVÍO (PLAZA DEL) 15.ª

21 Barajas RECINTO FERIAL - AYERBE (CALLE) 15.ª»

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2509 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde la Ordenanza reguladora de losPrecios Públicos por la Prestación deServ i c i os o l a Rea l i zac ión deAc t i v i dades .

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Aprobar la modificación de Ordenanza Reguladora de los PreciosPúblicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades,que figura como anexo del presente acuerdo, y que, una vez publi-

cado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entraráen vigor el 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponercontra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeoportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el textoaprobado.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

97Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO

Artículo único. Modif icación de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades.

La Ordenanza Reguladora de los Precios Públ icos por la Prestación de

Servicios o la Real ización de Actividades queda modif icada como sigue: Uno. Se modif ica el apartado 2 del epígrafe I) del artículo 4, que queda

redactado del siguiente modo:

«Euros/día

2) Precios Públicos del Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias (CIFSE):

a) Por la utilización de las instalaciones del CIFSE por otras entidades públicas o privadas, en turno de mañana (desde las 8 hasta las 14 horas) o en turno de tarde (desde las 16 hasta las 22 horas):

- Aula de informática ........................................................... 100,48

- Aula estándar.................................................................... 68,29

- Salón de actos .................................................................. 510,00

- Vaso de maniobras ........................................................... 246,00

- Simulador de conducción de bomberos............................ 287,00

Los precios anteriores no incluyen los gastos por montajes especiales de mobiliario, megafonía, decoración y otros extraordinarios, ni el coste de los materiales consumibles utilizados en cada acción formativa.

No existirá la obligación de abonar los precios anteriores en los siguientes casos:

- Por la celebración de actos institucionales que, bien de oficio o a propuesta de otras administraciones públicas, fundaciones, asociaciones, empresas o entidades, organice o presida el Ayuntamiento de Madrid.

- Por la celebración de actos promovidos por instituciones o entidades en los que el Ayuntamiento actúe como anfitrión, siempre que su participación institucional lleve aparejada la aportación de instalaciones.

En todo caso, la actividad desarrollada por el usuario en las instalaciones del CIFSE deberá ser compatible con la función docente del Centro, no pudiendo ejercerse actividades de ocio, recreativas o de otra índole que puedan desvirtuar la misma, ni alterar el normal funcionamiento del centro.

Serán responsables los usuarios de todo desperfecto, rotura o daño general causado a las instalaciones, elementos y materiales como consecuencia de la mala utilización o conducta negligente o dolosa, generándose la obligación del abono de los costes de reparación que procedan, así como los posibles daños y perjuicios irrogados.

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b) Por la asistencia a cursos programados por el CIFSE, en aulas estándar:

Euros/ persona

- Curso de hasta 10 horas de duración............................. 132,48

- Curso de hasta 20 horas de duración............................. 264,97

- Curso de hasta 30 horas de duración............................. 397,45

- Curso de hasta 40 horas de duración............................. 529,93

- Curso de hasta 50 horas de duración............................. 662,41

Para los cursos de más de 50 horas de duración, el precio anterior se verá incrementado en 132,48 euros por cada 10 horas o fracción de exceso».

Dos. Se añade un nuevo apartado 4 a la “Casa de Vacas” del epígrafe I I I del

art ículo 4, que queda redactado del siguiente modo:

«4. No está sujeta al pago de estos precios la utilización de las instalaciones en los siguientes casos:

a) La celebración de actos institucionales que, bien de oficio o a propuesta de otras Administraciones, fundaciones, asociaciones, empresas o entidades, organice o presida el Ayuntamiento de Madrid.

b) La celebración de actos promovidos por instituciones o entidades en los que el

Ayuntamiento actúe como anfitrión, siempre que su participación institucional lleve aparejada la aportación de instalaciones».

Tres. Se añade un nuevo apartado 4 al “Centro Cultural Gal i leo” del epígrafe

I I I del artículo 4, que queda redactado del siguiente modo:

«4. No está sujeta al pago de estos precios la utilización de las instalaciones en los siguientes casos:

a) La celebración de actos institucionales que, bien de oficio o a propuesta de otras Administraciones, fundaciones, asociaciones, empresas o entidades, organice o presida el Ayuntamiento de Madrid.

b) La celebración de actos promovidos por instituciones o entidades en los que el

Ayuntamiento actúe como anfitrión, siempre que su participación institucional lleve aparejada la aportación de instalaciones».

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2510 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificaciónde los acuerdos plenarios de fechas 28d e o c t u b r e d e 2 0 1 0 , p a r a e lestablecimiento del precio público por laprestación de servicios en las FactoríasIndustriales de la Agencia de DesarrolloEconómico “Madrid Emprende”, y 28 den o v i e m b r e d e 2 0 0 7 , p a r a e lestablecimiento de los precios públicospor la prestación de servicios en losViveros de Empresas.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Primero.- Modificar el anexo del Acuerdo de 28 de octubre de2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba elestablecimiento del precio público por la prestación de servicios en lasFactorías Industriales de la Agencia de Desarrollo Económico "MadridEmprende", en los términos que figuran en el anexo del presenteAcuerdo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

Segundo.- Sustituir todas las referencias que el anexo del Acuerdode 28 de noviembre de 2007 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid,por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la

prestación de servicios en los Viveros de Empresas, hace a «laAgencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende"» por «el Ayunta-miento de Madrid», quien, una vez publicado el presente Acuerdo en elBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid, gestionará los citadosprecios públicos con efectos a partir de 1 de enero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interpo-ner contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso dereposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, o alternativamente, recursocontencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fechaindicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interpo-ner recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa deaquél o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO

Art ículo único. Modif icación del anexo del Acuerdo de 28 de octubre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el establecimiento del «precio públ ico por la prestación de servicios en las Factorías Industr iales de la Agencia de Desarrol lo Económico “Madrid Emprende”», que pasa a denominarse «precio públ ico por la prestación de servicios en las Factorías Industr iales gest ionadas por el Ayuntamiento de Madrid».

El anexo del Acuerdo de 28 de octubre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de

Madrid, por el que se aprueba el establecimiento del precio públ ico por la prestación de servicios en las Factorías Industr iales de la Agencia de Desarrol lo Económico “Madrid Emprende”, queda modif icado como sigue:

Uno. Se modif ica el primer párrafo del apartado 1, que queda redactado del

siguiente modo:

«1. Objeto. Consiste este precio público en la contraprestación que han de abonar los beneficiarios de los servicios que el Ayuntamiento de Madrid preste en las Factorías Industriales de la ciudad de Madrid».

Dos. Se modif ica el apartado 3, que queda redactado del siguiente modo:

«3. Obligados al pago y tarifa. Aquellas empresas que, siendo adjudicatarias de las naves

integrantes de la Factoría Industrial, se beneficien de los servicios que en dicho ámbito se prestan por el Ayuntamiento de Madrid estarán obligadas a satisfacer el correspondiente precio público.

Quienes opten a la autorización deberán ser pequeñas y medianas empresas (PYMES) que tengan una antigüedad máxima en el negocio de ocho años, y que cuenten con plan de empresa viable, debiendo ser autorizados a partir de la selección que, conforme a las bases de la convocatoria pública, ha de realizarse.

Dichas autorizaciones se concederán por un período máximo de diez años. El importe mensual a satisfacer será el resultado de multiplicar el número de metros

cuadrados de la nave adjudicada, calculados con sus dos primeros decimales, por 2,70 euros».

Tres. Se modif ica el apartado 4, que queda redactado del siguiente modo:

«4. Gestión del cobro. Una vez iniciada la prestación del servicio, por el Ayuntamiento de Madrid se procederá a aprobar la liquidación que corresponda, en la que constarán los datos precisos para la determinación del importe correspondiente a la mensualidad que en la misma se indique, emitiendo la factura procedente.

La periodicidad del pago será mensual, debiéndose abonar el precio correspondiente

anticipadamente, dentro de los cinco primeros días de cada mes.

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El importe correspondiente al mes de inicio será prorrateado en atención a los días que resten hasta el último día del mes y se pasará al cobro junto con la liquidación de la primera mensualidad subsiguiente.

También procederá el prorrateo en los supuestos de cese, salvo que el servicio no se

preste por causas imputables al obligado al pago, y cuando, pudiendo hacerlo, el obligado no comunique el cese durante la primera quincena del mes anterior a aquel en que haya de producirse.

El pago del precio público habrá de hacerse efectivo mediante domiciliación bancaria,

para lo cual, quienes soliciten la prestación del servicio público vendrán obligados a comunicar a la Administración Municipal, en el momento de formalizar dicha solicitud, los datos precisos para proceder a la domiciliación de las facturas que se emitan. Cualquier cambio que se produzca con posterioridad en tales datos deberá ponerse en conocimiento de dicha Administración antes del día 15, o inmediato hábil siguiente, del mes anterior a aquel para el que haya de producir efectos. La Administración pasará al cobro, conjuntamente, las facturas que, con motivo del cambio producido en la domiciliación, no hayan sido cursadas».

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2511 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridpor el que se aprueba la modificacióndel acuerdo plenario de fecha 22 ded i c i e m b r e d e 2 0 1 0 , p a r a e lestablecimiento de los precios públicospor la prestación de servicios enCentros Deportivos y Casas de Baños.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Modificar el anexo del Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 delPleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el estableci-miento de los precios públicos por la prestación de servicios enCentros Deportivos y Casas de Baños, en los términos que figuran enel anexo del presente Acuerdo y que, una vez publicado su texto en elBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 deenero de 2014".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interpo-

ner contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso dereposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, o alternativamente, recursocontencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fechaindicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interpo-ner recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa deaquél o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO

Artículo único. Modif icación del anexo del Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el establecimiento de los precios públ icos por la prestación de servicios en Centros Deport ivos y Casas de Baños.

El anexo del Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento

de Madrid, por el que se aprueba el establecimiento de los precios públ icos por la prestación de servicios en Centros Deport ivos y Casas de Baños, queda modif icado como sigue:

Uno. Se añade la letra e) al apartado 2, que queda redactada del siguiente

modo:

«e) Categoría de persona desempleada. Pertenecerán a la misma todos los beneficiarios que posean la tarjeta de demanda de empleo en vigor, expedida por los Servicios Públicos de Empleo del Estado o de las Comunidades Autónomas».

Dos. Se modif ica la letra B) del cuadro de tari fas del apartado 3, que queda

redactada del siguiente modo:

«B) Utilización de piscinas e instalaciones deportivas.

Tarifa Reducciones (%)

Concepto (euros) Infantil Joven Mayor Discapacitado Desempleado

1 Cuota de inscripción actividad deportiva dirigida............................ 12,80

2 Cuota mensual 1 sesión semana ... 16,50 40 ó 65 20 ó 45 70 100

3 Cuota mensual matronatación 1 sesión semana ............................... 17,85

4 Cuota mensual tenis o pádel adulto 1 sesión semana ............................ 20,40

5 Cuota mensual 2 sesiones semana 29,15 40 ó 65 20 ó 45 70 100

6 Cuota mensual matronatación 2 sesiones semana ........................... 23,05

7 Cuota mensual tenis o pádel adulto 2 sesiones semana ........................ 36,10

8 Cuota mensual 3 sesiones semana 35,90 40 ó 65 20 ó 45 100

9 Cuota mensual tenis o pádel adulto 3 sesiones semana ........................ 44,35

10 Servicio deportivo personalizado ... 28,75

11 Curso intensivo especial ................ 17,30 40 20

12 Pista polideportiva (Bc., Bm. y similares)........................................ 17,20

13 Campo fútbol 7 y fútbol 5 ............... 25,30

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Tarifa Reducciones (%)

Concepto (euros) Infantil Joven Mayor Discapacitado Desempleado

14 Grandes campos (rugby, fútbol y similares)........................................ 45,00

15 Pabellones, piscinas, pistas de atletismo y auditorios ..................... 227,75

16 Aulas y salas .................................. 38,40

17 Espacio deportivo en piscinas o pistas de atletismo ......................... 53,95

18 Pista de tenis, pádel, frontón, squash o bádminton....................... 6,90 40 20 70

19 Tarjeta de temporada..................... 42,85 65 50

20 Tarjeta de temporada deporte adaptado ........................................ 15,20

21 Inscripción juegos deportivos municipales .................................... 308,00 65 50

22 Cuota de inscripción ranking deportes de raqueta ....................... 6,90

23 Torneo municipal de baloncesto .... 60,00

24 Torneo municipal de fútbol 7 .......... 60,00

25 Torneo municipal de fútbol 11 ........ 60,00

26 Torneo municipal de fútbol sala ..... 60,00

27 Torneo municipal de pádel ............. 13,35

28 Torneo municipal de tenis .............. 8,20

29 Torneo municipal de voleibol.......... 60,00

30 Reconocimiento médico básico...... 28,15 40 20 70 70

31 Reconocimiento médico deportivo especial .......................................... 54,15 40 20 70

32 Acondicionamiento cardiovascular. 19,20

33 Sesión de fisioterapia..................... 33,50

34 Bono de fisioterapia (5 sesiones) ... 134,70

35 Cuota de escuela de espalda......... 100,75

36 Suplemento de recinto cubierto...... 21,15

37 Suplemento de reserva de pista..... 1,40

38 Suplemento iluminación de pistas.. 3,70

39 Suplemento iluminación de grandes campos, pabellones y piscinas .......................................... 9,40

40 Duplicado de tarjetas ..................... 1,95

41 Suplemento hierba artificial grandes campos ............................ 30,65

42 Suplemento hierba artificial campos fútbol 7 y fútbol 5 .............. 10,20

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Tarifa Reducciones (%)

Concepto (euros) Infantil Joven Mayor Discapacitado Desempleado

43 Entrada piscina, musculación, sauna o ciclo sala .......................... 5,00 40 20 70 100 70

44 Entrada piscina de verano (sábados, domingos y festivos)...... 6,00 40 20 70 100

45 Barcas de recreo............................ 5,80 70

46 Barcas de recreo (sábados, domingos y festivos) ...................... 7,50

47 Motora............................................ 1,50

48 Utilización polideportiva ................. 2,70

49 Bono multiuso (10 sesiones).......... 42,90 40 20 70

50 Bono ciclo sala (10 sesiones) ........ 47,35

51 Cuota mensual Abono Deporte Madrid ............................................ 47,40 40 20 70

52 Cuota mensual Abono Deporte Madrid reducido ............................. 35,60 20 70

53 Cuota mensual Abono Deporte Madrid Fin de Semana................... 23,70 40 20 70

54 Cuota mensual Abono Deporte Madrid Familiar .............................. 81,25

55 Abono deporte verano.................... 125,90 40 20 70

56 Cuota de inscripción Abono Deporte Madrid .............................. 8,10

57 Abono anual de vestuario .............. 61,80

58 Abono anual de uso libre ............... 330,30 40 20 70

59 Entrada zona termal....................... 9,85 20 70

60 Cuota mensual zona termal para abonados Deporte Madrid y Abonos anuales de uso libre.......... 7,40

61 Partido de torneo en pista polideportiva cubierta o campo de fútbol-7 ........................................... 47,25

62 Partido de torneo en pabellón ........ 70,35

63 Partido de torneo en gran campo... 144,10

64 Utilización del circuito BMX “Madrid Río” (uso libre) ............................... 3,85 40 20

65 Suplemento de reserva especial de espacio deportivo........................... 15,00»

Tres. Se modif ica el úl t imo párrafo del apartado 3, que queda redactado del

siguiente modo: «Cuando sobre el importe del precio público corresponda la aplicación de una

reducción, ya sea por pertenencia a una de las categorías a que se refiere el cuadro anterior,

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o por así disponerlo las normas particulares para la aplicación de los precios, se practicará el redondeo al alza, a la cifra más cercana múltiplo de cinco céntimos de euro».

Cuatro. Se modif ican las disposiciones part iculares del apartado 4, que

quedan redactadas del siguiente modo:

«1) Cuota de inscripción actividad deportiva dirigida. ▪ Deberá abonarse para poder tener acceso a las actividades dirigidas, a excepción del

curso intensivo, independientemente del tiempo o duración de la actividad que vaya a realizar.

▪ Se abonará junto con la primera mensualidad de asistencia a clases. ▪ Se renovará a principio de cada temporada deportiva, teniendo validez para la

duración de la misma. ▪ Será válida para una o varias actividades y/o centros deportivos. ▪ Las personas con discapacidad abonarán esta cuota al inscribirse en cada una de las

actividades programadas específicamente para estos colectivos estando exentos del abono de la cuota mensual.

▪ En las actividades dirigidas en colaboración con entidades deportivas se estará a lo establecido en el respectivo convenio.

2) Cuota mensual 1 sesión por semana. ▪ El pago de esta cuota da derecho a asistir a una sesión por semana de enseñanza en

las distintas modalidades deportivas, a excepción de las actividades de tenis y pádel en la categoría de adulto.

▪ De las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, para las categorías infantil y joven, se aplicarán las del 65% y 45% respectivamente, cuando las actividades se impartan en instalaciones al aire libre, salvo las referidas a tenis y pádel.

▪ Las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, para las categorías mayor y de persona con discapacidad, solo serán de aplicación cuando se refieran a programas deportivos específicos destinados a las personas pertenecientes a las mismas.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del mes se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes.

▪ Para las escuelas infantiles en colaboración con entidades deportivas se estará a lo establecido en el respectivo convenio.

3) Cuota mensual matronatación 1 sesión por semana. ▪ Se aplica a la escuela deportiva de 1 sesión por semana de matronatación. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del

mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes.

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4) Cuota mensual tenis o pádel adulto 1 sesión por semana. ▪ El pago de esta cuota da derecho a asistir a una sesión por semana de enseñanza en

las actividades dirigidas de tenis y pádel en la categoría de adulto. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del

mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes. 5) Cuota mensual 2 sesiones por semana. ▪ El pago de esta cuota da derecho a asistir a dos sesiones semanales de enseñanza

en las distintas modalidades deportivas a excepción de las actividades de tenis y pádel en la categoría de adulto, o a dos sesiones semanales en la actividad de psicomotricidad, así como al seguimiento de los alumnos por parte de sus padres a través de, al menos, una tutoría durante el curso y otra al final del curso.

▪ De las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, para las categorías infantil y joven se aplicarán las del 65% y 45% respectivamente, cuando las actividades se impartan en instalaciones al aire libre, salvo las referidas a tenis y pádel.

▪ Las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, para las categorías mayor y de persona con discapacidad, solo serán de aplicación cuando se refieran a programas deportivos específicos destinados a las personas pertenecientes a las mismas.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes.

▪ Para las escuelas infantiles en colaboración con entidades deportivas se estará a lo establecido en el respectivo convenio.

6) Cuota mensual matronatación 2 sesiones por semana. ▪ Se aplica a la escuela deportiva de 2 sesiones semanales de matronatación. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del

mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes. 7) Cuota mensual tenis o pádel adulto 2 sesiones por semana. ▪ El pago de esta cuota da derecho a asistir a dos sesiones por semana de enseñanza

en las actividades dirigidas de tenis y pádel en la categoría de adulto. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del

mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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8) Cuota mensual 3 sesiones por semana. ▪ El pago de esta cuota da derecho a asistir a tres sesiones semanales de enseñanza

en las distintas modalidades deportivas a excepción de las actividades de tenis y pádel en la categoría de adulto.

▪ De las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, para las categorías infantil y joven, se aplicarán las del 65% y 45% respectivamente, cuando las actividades se impartan en instalaciones al aire libre, salvo las referidas a tenis y pádel.

▪ Las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, para las categorías mayor y de persona con discapacidad, solo serán de aplicación cuando se refieran a programas deportivos específicos destinados a las personas pertenecientes a las mismas.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 del presente acuerdo.

▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes.

▪ Para las escuelas infantiles en colaboración con entidades deportivas se estará a lo establecido en el respectivo convenio.

9) Cuota mensual tenis o pádel adulto 3 sesiones por semana. ▪ El pago de esta cuota da derecho a asistir a tres sesiones por semana de enseñanza

en las actividades dirigidas de tenis y pádel en la categoría de adulto. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Cuando la inscripción en la actividad deportiva dirigida se realice a partir del día 15 del

mes, se aplicará una reducción del 50% en la cuota correspondiente a dicho mes. 10) Servicio deportivo personalizado. ▪ Da derecho a una hora de asistencia técnica personalizada por personal técnico

deportivo cualificado, sin cobro de las tarifas de las unidades deportivas que se utilicen durante la sesión.

11) Curso intensivo especial. ▪ Se aplica a los cursos intensivos realizados fuera del programa general de clases y

escuelas deportivas. ▪ Da derecho a la asistencia a 5 sesiones del curso, siendo la duración de cada sesión

la siguiente: Actividades acuáticas, 30 minutos en el supuesto de cursos intensivos programados

para la categoría infantil y 45 minutos para los cursos intensivos programados para las categorías joven y adulto.

Resto de actividades, 60 minutos. ▪ La duración del curso constará de un número determinado de módulos, de 5 sesiones

por módulo, repartidos en uno o varios días. ▪ El precio a pagar por el curso se calculará en función del número de módulos de los

que conste.

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▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

12) Pista polideportiva (baloncesto, balonmano y similares). ▪ Se abona por una hora de uso en la pista que le asigne el responsable del centro

deportivo. ▪ De lunes a viernes no festivos a partir de las 17:00 h. y sábados, domingos y festivos

en la utilización de una pista polideportiva en un pabellón que lleve aparejada, además, la ocupación de una o más pistas transversales, el precio se aplicará proporcionalmente al número total de pistas ocupadas.

▪ Si las circunstancias lo requieren se aplicará el suplemento de iluminación (tarifa 38 o 39).

▪ Si la pista está en un pabellón cubierto y cerrado se aplicará el suplemento de recinto cubierto (tarifa 36).

▪ Si la pista es al aire libre con cubierta se aplicará el 40% de la tarifa 36. ▪ En la utilización de una pista de baloncesto tipo “3 contra 3” se aplicará una reducción

del 40% sobre la tarifa general. No se aplicarán los suplementos de iluminación (39) y recinto cubierto (36).

▪ El uso del espacio deportivo para el desarrollo de partidos programados oficialmente en la competición por la federación, cuando los deportistas del equipo local estén en posesión de la tarjeta de temporada, tendrá una reducción del 50% en el pago de esta tarifa, no aplicándose, en su caso, los suplementos correspondientes a iluminación, recinto cubierto y reserva, pero sí la parte proporcional del precio si el uso de espacio lleva aparejado la ocupación de una o más pistas transversales.

13) Campo de fútbol-7 y fútbol-5. ▪ Se abona por una hora de uso en el campo de fútbol-7 o fútbol-5 que le asigne el

responsable del centro deportivo. ▪ Si las circunstancias lo requieren se aplicarán los suplementos de iluminación (tarifa

39) y hierba artificial (tarifa 42). ▪ En la utilización de un campo de fútbol-5 se aplicará una reducción del 30% sobre la

tarifa general. Si las circunstancias lo requieren se aplicarán los suplementos de iluminación (tarifa 39) y hierba artificial (tarifa 42), sin reducción alguna.

▪ El uso del espacio deportivo para el desarrollo de partidos programados oficialmente en la competición por la federación, cuando los deportistas del equipo local estén en posesión de la tarjeta de temporada, tendrá una reducción del 50% en el pago de esta tarifa, no aplicándose, en su caso, los suplementos correspondientes a iluminación, hierba artificial y reserva.

14) Grandes campos (fútbol-11, rugby y similares). ▪ Se abona por una hora de uso en la unidad deportiva que le asigne el responsable del

centro deportivo. ▪ Si las circunstancias lo requieren se aplicarán los suplementos de iluminación (tarifa

39) y hierba artificial (tarifa 41). ▪ El uso del espacio deportivo para el desarrollo de partidos programados oficialmente

en la competición por la federación, cuando los deportistas del equipo local estén en posesión de la tarjeta de temporada, tendrá una reducción del 50% en el pago de esta tarifa

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no aplicándose, en su caso, los suplementos correspondientes a iluminación, hierba artificial y reserva.

15) Pabellones, piscinas, pistas de atletismo y auditorios. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a la utilización de un pabellón deportivo, piscina,

pista de atletismo o auditorio con sus equipamientos. ▪ Se entiende por pabellón deportivo todo recinto cubierto que comprenda más de una

unidad deportiva tradicional con sus equipamientos o recintos cubiertos de unidad deportiva única que por sus características se subdivida en varias.

▪ El precio se establece por cada hora o fracción. ▪ A esta tarifa se le aplicará el correspondiente suplemento de iluminación (tarifa 39) si

las circunstancias lo requieren. ▪ El uso del espacio deportivo para el desarrollo de partidos de waterpolo programados

oficialmente en la competición por la federación, cuando los deportistas del equipo local estén en posesión de la tarjeta de temporada, tendrá una reducción del 70% en el pago de esta tarifa, independientemente de la duración del partido, no aplicándose, en su caso, el suplemento de iluminación.

16) Aulas y salas. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a la utilización de un aula o sala del centro deportivo

con sus equipamientos básicos. ▪ El precio se establece por cada hora o fracción. 17) Espacio deportivo en piscinas o pistas de atletismo. ▪ Se utilizará esta cuota por cada hora o fracción para el uso de una calle de piscina de

25 metros, un vaso de enseñanza o una calle de atletismo. ▪ Cuando la utilización sea de cuatro calles o más se aplicará como máximo el precio de

unidad completa, sin que ello implique la reserva de la misma en su totalidad. La disponibilidad del número de calles será fijada por el centro y en función de la programación deportiva.

18) Pista de tenis, pádel, frontón, squash o bádminton. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a una hora de utilización en la pista asignada por el

centro deportivo municipal, salvo en el caso de squash en que el tiempo de utilización se reduce a treinta minutos.

▪ Las reducciones contempladas para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, se aplicarán a todos los servicios a los que la misma se refiere, a excepción de los de squash y bádminton, y siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a. Categoría Infantil: es necesario que exista un jugador de menos de 15 años y el resto

tengan también menos de 15 o más de 65 años. b. Categoría joven: es necesario que exista un jugador de menos de 21 años y más de

14 y el resto tengan también menos de 21 años o correspondan a las categorías de infantil o mayor de 65 años.

c. Categoría mayor: es necesario que todos los jugadores pertenezcan a esta categoría de igual o más de 65 años.

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▪ Se permite un máximo de 4 jugadores por pista salvo en las pistas de squash donde se reduce a un máximo de dos jugadores.

▪ Si las circunstancias lo requieren se aplicará el correspondiente suplemento de iluminación (tarifa 38) salvo en las pistas de squash y bádminton.

▪ En los frontones ubicados en recintos cerrados y cubiertos se aplicará el suplemento de recinto cubierto (tarifa 36).

▪ En las pistas de tenis y pádel con cubierta se aplicará el 20% de la tarifa 36. ▪ El uso del espacio deportivo para el desarrollo de partidos programados oficialmente

en la competición por la federación cuando los deportistas del equipo local están en posesión de la tarjeta de temporada tendrá una reducción del 50% en el pago de esta tarifa no aplicándose, en su caso, los suplementos correspondientes a iluminación, recinto cubierto y reserva.

19) Tarjeta de temporada. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a la utilización de una unidad o espacio deportivo

para entrenamientos durante una temporada deportiva a: - Las asociaciones deportivas constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, al

amparo de lo establecido en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, cuyos deportistas estén federados en la temporada deportiva en vigor.

- Los equipos participantes en los Juegos Deportivos municipales que acrediten su inscripción.

- Los corredores populares que acrediten estar federados y haber superado un examen de aptitud médico-deportivo, y aporten certificado médico oficial o informe del Departamento Municipal de Programas Médico-deportivos.

▪ La tarifa se aplicará por cada deportista y da derecho a una hora semanal para

entrenamientos. Para las reservas de temporada de más de una hora semanal se aplicará el precio proporcionalmente al número de horas que se disfruten.

▪ Se aplicará una reducción del 50% cuando las reservas de temporada se realicen a favor de los integrantes de asociaciones y equipos de modalidades deportivas individuales y corredores populares.

▪ Las tarjetas de temporada serán personales e intransferibles. ▪ Cuando se utilice una instalación en recinto cubierto, por cada deportista existirá la

obligación de abonar, por temporada, un suplemento de recinto cubierto (tarifa 36), independientemente del número de horas de utilización semanal de que se disponga.

▪ Cuando se utilice una instalación de hierba artificial, por cada deportista existirá la obligación de abonar, por temporada, un suplemento de hierba artificial (tarifas 41 o 42), independientemente del número de horas de utilización semanal de que se disponga.

20) Tarjeta de temporada deporte adaptado. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a una hora semanal de utilización de una unidad o

espacio deportivo durante una temporada deportiva a entidades de servicios sociales sin ánimo de lucro constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, con arreglo a la Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de ordenación de la actividad de los centros y servicios de acción social y mejora de la calidad en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de programas deportivos adaptados a deportistas

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con calificación de minusvalía igual o superior al 33% otorgada por el organismo competente de la Comunidad de Madrid.

▪ A esta tarifa no se le aplicarán, en su caso, los suplementos de recinto cubierto o hierba artificial.

21) Inscripción Juegos Deportivos Municipales. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición de los Juegos

Deportivos Municipales. Los participantes se atendrán a las normas y reglamentos de los Juegos Deportivos Municipales.

▪ Las modalidades deportivas comprenderán las categorías de adulto (senior), joven (juvenil y cadete) e infantil (infantil, alevín, benjamín y prebenjamín).

▪ Se aplicará una reducción del 75% a favor de aquellos equipos que, no habiendo participado en los Juegos Deportivos Municipales de la temporada en vigor, soliciten su inscripción en los Torneos de Primavera de dicha temporada.

22) Cuota de inscripción ranking deportes de raqueta. ▪ Deberá abonarse para poder participar en un ranking de tenis, pádel, frontón o

bádminton organizado por un centro deportivo municipal, independientemente del tiempo o duración del mismo.

▪ La prestación de los servicios relacionados con la celebración de los partidos válidos para el ranking está sujeta a las tarifas y demás aspectos recogidos en el presente acuerdo.

23) Torneo municipal de baloncesto. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición del torneo

municipal de baloncesto. No incluye los gastos de arbitraje. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

24) Torneo municipal de fútbol-7. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición del torneo

municipal de fútbol-7. No incluye los gastos de arbitraje. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

25) Torneo municipal de fútbol-11. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición del torneo

municipal de fútbol-11. No incluye los gastos de arbitraje. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

26) Torneo municipal de fútbol sala. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición del torneo

municipal de fútbol sala. No incluye los gastos de arbitraje. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

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27) Torneo municipal de pádel. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en la edición del circuito

municipal de pádel. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

28) Torneo municipal de tenis. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición del circuito

municipal de tenis. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

29) Torneo municipal de voleibol. ▪ Esta cuota da derecho a la participación de un equipo en una edición del torneo

municipal de voleibol. No incluye los gastos de arbitraje. Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan esta competición.

30) Reconocimiento médico básico. ▪ Esta cuota da derecho a un reconocimiento médico básico que comprende: consulta

médica, exploración, antropometría básica y otras especificaciones técnicas que indiquen los especialistas.

▪ También será de aplicación este precio para la valoración médica en caso de ser aplicado un tratamiento fisioterápico, así como aquellas personas que precisen de una valoración inicial para asistir al programa de rehabilitación cardiaca.

▪ La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior para la categoría de persona con discapacidad requerirá para su aplicación que el beneficiario esté en posesión del carné de deporte especial expedido por el Ayuntamiento de Madrid. La reducción será compatible con la reducción por categoría de edad.

31) Reconocimiento médico deportivo especial. ▪ Este reconocimiento médico especial comprende: consulta médica, exploración,

antropometría, anamnesis, electrocardiograma, ergometría y otras especificaciones técnicas que indiquen los especialistas.

32) Acondicionamiento cardiovascular. ▪ Es una cuota mensual que da derecho a una sesión semanal de ejercicios físicos

programados individualmente bajo control y supervisión médica, al objeto de alcanzar una rehabilitación cardiaca adecuada a los pronósticos de estos pacientes. Si el número semanal de sesiones fueran dos o en algunos casos tres, la cuota será doble o triple, según el caso, de la establecida.

▪ Durante las sesiones se llevará el control de pulsaciones, tensión arterial y electrocardiograma con monitorizaciones periódicas.

▪ Estas sesiones se realizan en los centros de medicina deportiva de los centros deportivos municipales.

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33) Sesión de fisioterapia. ▪ El objetivo de una sesión de fisioterapia irá en función de la patología de cada

paciente, utilizando para el tratamiento de la misma todos aquellos medios físicos necesarios, entendiendo por medios físicos los eléctricos, hídricos, mecánicos, térmicos, manuales o ejercicios terapéuticos con el fin único y exclusivo de solventar o mejorar dicha afección.

▪ La duración de la sesión estará determinada por el tipo de patología y los objetivos del tratamiento. El tiempo mínimo establecido por la OMS es de 30 minutos.

34) Bono de fisioterapia de 5 sesiones. ▪ El bono de fisioterapia da derecho a 5 sesiones de fisioterapia en las condiciones

definidas en la tarifa 33. ▪ En aquellos casos en los que el bono se expida en una tarjeta reutilizable, el importe

de este precio se incrementará en 1 euro. ▪ Tendrá validez hasta el 31 de enero del año siguiente al de su adquisición, sin

derecho a la devolución del importe de aquel que no haya sido utilizado, si bien, en este caso, podrá ser canjeado por otro bono del año siguiente con el que guarde identidad sustancial, satisfaciéndose, en la proporción que corresponda, la diferencia de cuota si existiera. El período para realizar dicho canje finaliza el último día del mes de febrero, pudiendo hacerse en cualquiera de los centros deportivos municipales que estén en servicio en dicho período y dispongan de estos bonos.

35) Cuota de escuela de espalda. ▪ Esta cuota da derecho a recibir durante un mes natural dos sesiones semanales de la

actividad denominada Escuela de Espalda, impartidas por fisioterapeutas y con una duración de 50 minutos.

▪ Esta actividad se realiza en grupo reducido con un máximo de diez personas. 36) Suplemento de recinto cubierto. ▪ Se aplicará este suplemento a las pistas deportivas ubicadas en pabellones, pistas al

aire libre cubiertas, frontones y rocódromos cubiertos y reservas de temporada junto con el abono del importe de las tarifas 12, 18, 19 y 48. Se aplicarán, en su caso, las reducciones contempladas en las disposiciones particulares de estas tarifas.

37) Suplemento de reserva de pista. ▪ Esta tarifa se aplicará cuando la reserva de una pista polideportiva, campo de fútbol 7,

campo de fútbol 5, gran campo, pista de tenis, pista de pádel, frontón, squash y bádminton se realice hasta un día antes de la prestación del servicio. Se abonará conjuntamente con el importe por el uso del espacio deportivo.

▪ Será válida para una hora o fracción. ▪ Esta tarifa no es de aplicación en los supuestos en los que se deba abonar la tarifa 65.

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38) Suplemento de iluminación de pistas. ▪ Esta tarifa se aplicará siempre que la unidad deportiva utilizada precise iluminación

eléctrica. ▪ Será válida para una hora o fracción. ▪ Tendrá que ir acompañada de la entrada o recibo de utilización correspondiente. ▪ Tendrá aplicación en las pistas al aire libre (polideportivas, tenis, pádel y frontón) y

utilización transversal de pabellón cubierto. 39) Suplemento de iluminación de grandes campos, pabellones y piscinas. ▪ Esta tarifa se aplicará siempre que la unidad deportiva utilizada precise iluminación

eléctrica. ▪ Será válida para una hora o fracción. ▪ Tendrá que ir acompañada de la entrada o recibo de utilización correspondiente. ▪ Tendrá aplicación en las unidades deportivas comprendidas en las tarifas 13, 14 y 15.

También es de aplicación en la tarifa 12 cuando exista uso longitudinal del pabellón. 40) Duplicado de tarjetas. ▪ Esta tarifa se abonará en concepto de expedición de duplicado de cualquier tarjeta

identificativa en los casos de pérdida de la misma. 41) Suplemento hierba artificial grandes campos. ▪ Se aplicará este suplemento a los grandes campos cuyo pavimento sea de hierba

artificial, junto con el abono del importe de las tarifas 14 y 19. 42) Suplemento hierba artificial campos de fútbol-7 y fútbol 5. ▪ Se aplicará este suplemento a los campos de fútbol-7 y fútbol-5 cuyo pavimento sea

de hierba artificial, junto con el abono del importe de las tarifas 13 y 19. 43) Entrada piscina, musculación, sauna o ciclo sala. ▪ Esta tarifa da derecho a: a. Una sesión diaria en las zonas de piscina de verano con horario ilimitado de lunes a

viernes no festivos. b. Una sesión en las piscinas cubiertas con una duración máxima de dos horas. c. Una sesión en la sala de musculación con una duración máxima de 90 minutos. Las

personas menores de 18 años no podrán disfrutar de este servicio, salvo que el mismo se preste bajo la supervisión de un profesor consultor con permanencia en la sala, en cuyo caso la edad de acceso se reduce a 16 años.

d. Una sesión de sauna de 45 minutos de duración. Las personas menores de 18 años no podrán disfrutar de este servicio.

e. Una sesión en la actividad dirigida de ciclo sala. Las personas menores de 16 años no podrán disfrutar de este servicio.

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▪ Los días, horas y aforo disponibles para los servicios serán fijados por el centro deportivo municipal.

▪ La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior para la categoría de persona con discapacidad solo incluirá los servicios de piscina, y requerirá, para su aplicación, que el beneficiario esté en posesión del carné de deporte especial expedido por el Ayuntamiento de Madrid. Dicha reducción se aplicará, igualmente, a los acompañantes de las personas discapacitadas, en los casos en que se valore la necesidad de ayuda obligatoria en la norma correspondiente.

▪ La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior para la categoría de persona desempleada se aplicará para los servicios prestados de lunes a viernes no festivos hasta las 14:00 h. y será compatible con la reducción por categoría de edad.

▪ El acceso al servicio de piscina de los menores de 5 años tendrá carácter gratuito. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van

acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

44) Entrada de piscina de verano (sábados, domingos y festivos). ▪ Esta tarifa da derecho a una sesión diaria en las zonas de piscina de verano con

horario ilimitado durante el sábado, domingo o festivo. ▪ Los días, horas y aforo disponibles para los servicios serán fijados por el centro

deportivo municipal. ▪ La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el apartado 3

anterior para la categoría de persona con discapacidad requerirá, para su aplicación, que el beneficiario esté en posesión del carné de deporte especial expedido por el Ayuntamiento de Madrid. Dicha reducción se aplicará, igualmente, a los acompañantes de las personas discapacitadas, en los casos en que se valore la necesidad de ayuda obligatoria en la norma correspondiente.

▪ El acceso al servicio de piscina de los menores de 5 años tendrá carácter gratuito. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van

acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

45) Barcas de recreo. ▪ Se abona por la utilización de una barca con un número máximo de 4 ocupantes

durante 45 minutos a partir del momento de iniciar el uso de la embarcación, de lunes a viernes no festivos.

▪ La reducción contemplada para este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior, se aplicará de lunes a viernes no festivos hasta las 14:00 horas siempre y cuando uno de los ocupantes sea mayor de 65 años.

▪ Los niños menores de 14 años deberán ir acompañados de un mayor de 18 años.

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46) Barcas de recreo (sábados, domingos y festivos). ▪ Se abona por la utilización de una barca con un número máximo de 4 ocupantes

durante 45 minutos a partir del momento de iniciar el uso de la embarcación, durante los sábados, domingos y festivos.

▪ Los niños menores de 14 años deberán ir acompañados de un mayor de 18 años. 47) Motora. ▪ Se abona a partir de los 4 años por un recorrido de motora designado por la entidad. ▪ Los niños menores de 14 años deberán ir acompañados de una persona mayor de 18

años. 48) Utilización polideportiva. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a la utilización o práctica deportiva no organizada en

las pistas asignadas por el centro para tal fin (generalmente pistas de atletismo, circuitos de footing, pistas de patinaje, tenis de mesa y minifrontones).

▪ El pago de esta tarifa da derecho a la utilización del rocódromo siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa reguladora del uso y funcionamiento de los centros deportivos municipales. Podrán utilizar el rocódromo los mayores de 18 años y los menores autorizados por sus padres o tutores, siempre que estén acompañados por un mayor de 18 años que haya abonado la cuota correspondiente. En caso de rocódromos cubiertos se aplicará el 15% de la tarifa 36.

▪ Las horas disponibles serán fijadas por el centro a fin de que la utilización libre no interrumpa la actividad deportiva programada.

▪ El pago de este precio será por hora de utilización salvo en el caso de los rocódromos que da derecho a dos horas de utilización.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

49) Bono multiuso de 10 sesiones. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a 10 usos indistintos de los servicios de

musculación, sauna o piscina en los tiempos y modos establecidos para los mismos en las tarifas 43 y 44.

▪ En aquellos casos en los que el bono se expida en una tarjeta reutilizable, el importe de este precio se incrementará en 1 euro.

▪ Tendrá validez hasta el 31 de enero del año siguiente al de su adquisición, sin derecho a la devolución del importe de aquel que no haya sido utilizado, si bien, en este caso, podrá ser canjeado por otro bono del año siguiente con el que guarde identidad sustancial, satisfaciéndose, en la proporción que corresponda, la diferencia de cuota si existiera. Se establecen dos períodos para realizar dicho canje: del 2 de enero hasta el último día del mes de febrero y del 1 al 15 de junio, pudiendo hacerse en cualquiera de los centros deportivos municipales que estén en servicio en dichos períodos y dispongan de estos bonos.

50) Bono Ciclo Sala de 10 sesiones. ▪ El pago de esta tarifa da derecho al acceso a diez sesiones dirigidas de Ciclo Sala.

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▪ En aquellos casos en los que el bono se expida en una tarjeta reutilizable, el importe de este precio se incrementará en 1 euro.

▪ Los horarios y aforo de las sesiones serán fijados por la dirección del centro deportivo municipal, con el fin de que este uso no interfiera otras actividades deportivas programadas.

▪ Tendrá validez hasta el 31 de enero del año siguiente al de su adquisición, sin derecho a la devolución del importe de aquel que no haya sido utilizado, si bien, en este caso, podrá ser canjeado por otro bono del año siguiente con el que guarde identidad sustancial, satisfaciéndose, en la proporción que corresponda, la diferencia de cuota si existiera. El período para realizar dicho canje finaliza el último día del mes de febrero, pudiendo hacerse en cualquiera de los centros deportivos municipales que estén en servicio en dicho período y dispongan de estos bonos.

▪ Esta actividad deportiva se programa para usuarios a partir de los 16 años. 51) Cuota mensual Abono Deporte Madrid. ▪ Se aplica a los titulares del Abono Deporte Madrid y da derecho a: a. El uso libre de los servicios de musculación, sauna y piscina. b. Los servicios establecidos en la tarifa 48 (utilización polideportiva). c. Los servicios de pistas de tenis, pádel y frontón en horario de mañana hasta las

15:00 horas de lunes a viernes no festivos durante los meses de septiembre a mayo. En caso necesario, se deberán abonar las correspondientes tarifas de suplemento de recinto cubierto (tarifa 36), reserva de pista (tarifa 37) y/o iluminación (tarifa 38). Para el acceso será necesario que al menos la mitad de los jugadores acredite estar en posesión del Abono Deporte Madrid en cualquiera de sus modalidades.

d. La reducción del 25% en la tarifa 18 (pista de tenis, pádel, frontón squash o bádminton) en los servicios de pistas de tenis, pádel y frontón en el resto de días y horas. En caso necesario se deberán abonar las correspondientes tarifas de suplemento de recinto cubierto (tarifa 36), reserva de pista (tarifa 37) y/o iluminación (tarifa 38). Para el acceso será necesario que al menos la mitad de los jugadores acredite estar en posesión del Abono Deporte Madrid en cualquiera de sus modalidades.

e. La reducción del 25% en los servicios de reconocimientos médicos básicos y fisioterapia (tarifas 30 y 33).

f. La gratuidad de la cuota de inscripción correspondiente a actividad deportiva dirigida (tarifa 1).

g. La gratuidad de la cuota mensual correspondiente a las tarifas 2, 5 y 8 en la primera actividad deportiva dirigida salvo en los programas de tenis y pádel.

h. La reducción del 25% en la cuota mensual correspondiente a las tarifas 2, 5 y 8 en la segunda y sucesivas actividades deportivas dirigidas, salvo en los programas de tenis y pádel.

▪ Los días, horas y aforo disponibles para estos servicios serán fijados por el centro

deportivo municipal de acuerdo con su planificación de actividades y de las instalaciones de que se dispone.

▪ La tarjeta será personal e intransferible, identificándose al usuario por su tarjeta de abonado.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 del presente acuerdo.

▪ A esta cuota se le aplicarán las siguientes reducciones por categorías de edad. Infantil 40%, joven 20% y mayor 70%.

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▪ A este precio se le aplicará la reducción del 20% para los titulares de la tarjeta “Club de Producto de Turismo Idiomático” dirigido a estudiantes del idioma español.

▪ Los menores de 18 años no podrán acceder a los servicios de musculación salvo que se encuentre presente en la sala un profesor consultor, en cuyo caso, la edad mínima de acceso se reduce a 16 años, y de sauna.

▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van acompañados por un mayor de 18 años en posesión del título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

52) Cuota mensual Abono Deporte Madrid reducido. ▪ Se aplica a los titulares del Abono Deporte Madrid y da derecho a disfrutar de los

servicios establecidos en la tarifa 51 pero limitando su validez, de lunes a viernes no festivos, hasta las 15:00 horas y manteniéndose en horario completo los sábados, domingos y festivos.

▪ Para tener derecho a la adquisición de este abono se deberá acreditar haber cumplido 18 años.

▪ Los días, horas y aforo disponibles para estos servicios serán fijados por el centro deportivo municipal de acuerdo con su planificación de actividades y de las instalaciones de que dispone.

▪ La tarjeta será personal e intransferible, identificándose al usuario por su tarjeta de abonado.

▪ A este precio se le aplicará una bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

▪ A esta cuota se le aplicarán las siguientes reducciones por categorías de edad. Joven 20% y mayor 70%.

▪ A este precio se le aplicará la reducción del 20% para los titulares de la tarjeta “Club de Producto de Turismo Idiomático” dirigido a estudiantes del idioma español.

53) Cuota mensual Abono Deporte Madrid Fin de Semana. ▪ Se aplica a los titulares de Abono Deporte Madrid Fin de Semana y da derecho a

disfrutar de los servicios establecidos en la tarifa 51 desde las 15:00 horas del viernes y en horario completo los sábados, domingos y festivos.

▪ Los días, horas y aforo disponibles para estos servicios serán fijados por el centro deportivo municipal, de acuerdo con su planificación de actividades y de las instalaciones de que dispone.

▪ La tarjeta será personal e intransferible, identificándose al usuario por su tarjeta de abonado.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de ese acuerdo.

▪ A esta cuota se le aplicarán las siguientes reducciones por categorías de edad. Infantil 40%, joven 20% y mayor 70%.

▪ A este precio se le aplicará la reducción del 20% para los titulares de la tarjeta “Club de Producto de Turismo Idiomático” dirigido a estudiantes del idioma español.

▪ Los menores de 18 años no podrán acceder a los servicios de musculación, salvo en aquellos supuestos en que esté presente en la sala un profesor consultor, en cuyo caso la edad mínima de acceso se reduce a 16 años, y de sauna.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van acompañados por un mayor de 18 años en posesión del título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

54) Cuota mensual Abono Deporte Madrid Familiar. ▪ El pago de esta cuota da derecho a disfrutar a, como máximo, tres miembros de una

unidad familiar, de los servicios recogidos en la tarifa 51. ▪ El cuarto y sucesivos miembros de la unidad familiar podrán incorporarse al Abono

Deporte Madrid Familiar mediante el pago mensual del 15% de la cuota. ▪ Los días, horas y aforo disponibles para estos servicios serán fijados por el centro

deportivo municipal de acuerdo con su planificación de actividades y de las instalaciones de que dispone.

▪ La tarjeta será personal e intransferible para cada uno de los miembros de la familia adheridos al Abono Deporte Madrid Familiar, identificándose al usuario por su tarjeta de abonado.

▪ Para la expedición del Abono Deporte Madrid Familiar, deberá acreditarse por los beneficiarios la pertenencia a una misma unidad familiar, para lo que deberá aportarse, en el momento de su solicitud, la siguiente documentación:

- Libro de familia de la unidad familiar. - Certificado de empadronamiento de la unidad familiar. En el caso de

empadronamiento en el municipio de Madrid, no será necesaria la presentación de la documentación.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. ▪ Los menores de 18 años no podrán acceder a los servicios de musculación salvo en

aquellos supuestos en los que esté presente en la sala un profesor consultor, en cuyo caso la edad mínima de acceso sería de 16 años, y de sauna.

▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

55) Abono deporte verano. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a los siguientes servicios durante la temporada

estival en los centros deportivos municipales (período que debe incluir como mínimo los meses de junio, julio y agosto):

a. Uso libre de las piscinas al aire libre durante toda la temporada estival. b. Servicios comprendidos en la tarifa 48 (utilización polideportiva). c. Gratuidad de la tarifa 37 (suplemento de reserva de pista) en la reserva de pistas de

tenis, pádel, frontón, squash y bádminton que se realice por un abonado hasta tres días antes de la realización del servicio.

d. Gratuidad de la cuota de inscripción en las actividades deportivas dirigidas programadas en la temporada estival.

▪ La tarjeta será personal e intransferible, identificándose al usuario por su tarjeta de

abonado.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

56) Cuota de inscripción Abono Deporte Madrid. ▪ Esta cuota se abonará al causar alta en el Abono Deporte Madrid en cualquiera de

sus modalidades. ▪ En el Abono Deporte Madrid Familiar se abonará una cuota de inscripción por cada

miembro de la unidad familiar que sea beneficiario. ▪ También se abonará esta cuota: - Cuando el beneficiario cambie de una modalidad a otra de abono. - Como resultado de una nueva alta por interrupción en la condición de abonado. - No obstante, no se abonará cuando el beneficiario cumpla una edad que suponga un

cambio en la categoría en la que se encuadra (adulto, infantil, joven o mayor). 57) Abono anual de vestuario. ▪ Para aquellos deportistas mayores de 18 años que vayan a realizar alguna práctica

deportiva fuera del centro deportivo, el pago de este precio da derecho a la utilización del vestuario, de una taquilla-guardarropa y de ducha, durante un año a partir del alta en el servicio y durante el tiempo en que el centro deportivo permanezca abierto al público, con las restricciones que la dirección pueda establecer motivadas por la programación deportiva.

▪ En ningún caso da derecho a la utilización de espacio deportivo alguno dentro del centro deportivo, ni para la realización de calentamiento ni estiramientos.

▪ Todas las taquillas quedarán abiertas al cierre de la instalación deportiva. En ningún caso la Dirección se hace responsable de los objetos depositados en las mismas.

58) Abono anual de uso libre. ▪ El pago de esta cuota da derecho, durante un año a partir del alta en el servicio en los

días que permanecen abiertos los centros deportivos municipales a: a. El uso libre de los servicios de musculación, sauna y piscina. b. Los servicios establecidos en la tarifa 48 (utilización polideportiva). c. Los servicios de pistas de tenis, pádel y frontón en horario de mañana hasta las

15:00 horas de lunes a viernes no festivos durante los meses de septiembre a mayo. En caso necesario se deberá abonar las correspondientes tarifas de suplemento de recinto cubierto (tarifa 36), reserva de pista (tarifa 37) y/o iluminación (tarifa 38). Para el acceso solamente será necesario que al menos la mitad de los jugadores acredite estar en posesión del abono anual de uso libre.

d. La actividad de ciclo sala en los mismos términos establecidos en la tarifa 43. e. A la gratuidad de la tarifa 37 (suplemento de reserva de pista) en la reserva de pistas

de tenis, pádel, frontón, squash y bádminton que se realice por un abonado hasta tres días antes de la realización del servicio durante los meses de junio, julio y agosto.

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▪ Los días, horas y aforo disponibles para los servicios serán fijados por el centro deportivo municipal.

▪ La tarjeta será personal e intransferible, identificándose al usuario por su tarjeta de abonado.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

▪ A esta cuota se le aplicarán las siguientes reducciones por categorías de edad. Infantil 40%, joven 20% y mayor 70%.

▪ Los menores de 18 años no podrán acceder a los servicios de musculación, salvo cuando esté presente en la sala un profesor consultor, en cuyo caso, la edad de acceso se reduce a 16 años, y de sauna y los menores de 16 años a la actividad de ciclo sala.

▪ Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina si no van acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina.

59) Entrada zona termal. ▪ El pago de esta tarifa da derecho a una sesión máxima de 80 minutos en las zonas

destinadas como área termal y piscina cubierta del centro deportivo municipal. ▪ Las personas menores de 18 años no tienen acceso a este servicio. ▪ Los días, horas y aforos disponibles para el servicio serán fijados por el centro

deportivo municipal. ▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el

apartado 6 de este acuerdo. 60) Cuota mensual zona termal para abonados Deporte Madrid y Abonos Anuales de

Uso Libre. ▪ Para el pago de esta tarifa es necesario estar en posesión del Abono Anual de Uso

Libre o al corriente de pago del Abono Deporte Madrid. ▪ El pago de esta tarifa se debe realizar, con carácter obligatorio, de manera conjunta

con el pago de la cuota mensual del Abono Deporte Madrid en cualquiera de sus modalidades.

▪ Tratándose del Abono Deporte Madrid Familiar, cada miembro que quiera hacer uso de la zona termal deberá abonar el importe de esta tarifa.

▪ Los titulares de un Abono Anual de Uso Libre abonarán esta tarifa para cada uno de los meses que se quiera hacer uso de la zona termal.

▪ Da derecho a una sesión máxima de 80 minutos diaria durante el mes respectivo en las zonas destinadas como área termal en el centro deportivo municipal. El período de validez para los beneficiarios del Abono Deporte Madrid, es el correspondiente a los días y horarios a los que habilita su modalidad de Abono Deporte Madrid.

▪ A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.

61) Partido de torneo en pista polideportiva cubierta o campo de fútbol 7. ▪ Esta tarifa se debe abonar por cada equipo y partido para poder participar en un

torneo organizado por el centro deportivo, no pudiendo ser un torneo de carácter federado, ni estar comprendido dentro de las competiciones municipales programadas por la Dirección General de Deportes, a las que son de aplicación las tarifas 21 a 29.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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▪ Los partidos se celebrarán en una de las pistas transversales de un pabellón polideportivo o en un campo de fútbol 7 de hierba artificial.

▪ En el importe de esta tarifa se entienden incluidos el uso de la pista polideportiva o campo de fútbol 7 de hierba artificial y los suplementos correspondientes (reserva, iluminación, recinto cubierto), además del arbitraje y la organización.

▪ Los participantes se atendrán a las normas y reglamentos específicos de cada competición.

62) Partido de torneo en pabellón. ▪ Esta tarifa se debe abonar por cada equipo y partido para poder participar en un

torneo organizado por el centro deportivo, no pudiendo ser un torneo de carácter federado, ni estar comprendido dentro de las competiciones municipales programadas por la Dirección General de Deportes, a las que son de aplicación las tarifas 21 a 29.

▪ Los partidos se celebrarán en una pista polideportiva cubierta longitudinal que ocupa dos o más pistas polideportivas transversales. En los supuestos de que el pabellón no disponga de pistas polideportivas transversales, la cuota a aplicar será la correspondiente a la tarifa 61.

▪ En el importe de esta tarifa se entiende incluido el precio por el uso de la pista polideportiva y los suplementos correspondientes, además del arbitraje y la organización.

▪ Los participantes se atendrán a las normas y reglamentos específicos de cada competición.

63) Partido de torneo en gran campo. ▪ Esta tarifa se debe abonar por cada equipo y partido para poder participar en un

torneo organizado por el centro deportivo, no pudiendo ser un torneo de carácter federado ni estar comprendido dentro de las competiciones municipales programadas por la Dirección General de Deportes, a las que son de aplicación las tarifas 21 a 29.

▪ Los partidos se celebrarán en un gran campo destinado para la práctica de fútbol 11, rugby o deportes similares que requieren un espacio similar.

▪ En el importe de esta tarifa se entiende incluido el precio por el uso del campo y los suplementos correspondientes, además del arbitraje y la organización.

▪ Los participantes se atendrán a las normas y reglamentos específicos de cada competición.

64) Utilización del circuito de BMX “Madrid Río” (uso libre). ▪ El pago de este precio da derecho a la utilización no organizada del circuito de BMX

“Madrid Río” por un período de tiempo de hasta dos horas. ▪ Los días, horas y aforo para la prestación del servicio serán fijados por el centro

deportivo en el que se encuentra ubicado el circuito teniendo en cuenta el resto de la programación desarrollada en el mismo.

▪ El pago de este precio no incluye el préstamo de la bicicleta ni demás equipamiento necesario para la práctica deportiva, que deberá aportarse por el propio usuario.

▪ En la utilización del circuito de BMX se aplicarán las disposiciones que para el desarrollo del servicio y de la actividad se establezcan por el Ayuntamiento de Madrid. En todo caso, la edad mínima para acceder al circuito es de 12 años, debiendo acceder, los menores de 15 años, acompañados de una persona mayor de 18 años.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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▪ A esta tarifa se le aplicarán las siguientes reducciones por categorías de edad: infantil 40% y joven 20%.

65) Suplemento de reserva especial de espacio deportivo. ▪ Esta tarifa se aplicará cuando la reserva de una pista polideportiva, campo de fútbol 7,

campo de fútbol 5, gran campo, aula, sala, calle de piscina o atletismo, vaso de enseñanza y pistas de tenis, pádel, frontón, squash y bádminton cumpla dos condiciones:

- Que la reserva se realice para un período de tiempo continuado y superior a un mes,

por un plazo máximo de una temporada deportiva. - Que el uso del espacio reservado se destine a la realización de actividades

deportivas, torneos o competiciones organizadas por un tercero que no sean de carácter federado ni estén comprendidos dentro de las competiciones municipales programadas por la Dirección General de Deportes.

▪ La concesión de esta reserva a un tercero debe ser previamente autorizada por la

Dirección General de Deportes, siendo dicho tercero el obligado al pago de los precios públicos correspondientes a los servicios que se vayan a utilizar.

▪ Este suplemento se aplicará junto con el abono de las tarifas 12, 13, 14, 16, 17 y 18, con las siguientes reducciones:

- 40% en el caso de una pista polideportiva al aire libre o cubierta de utilización

transversal. - 65% en el uso de una pista de tenis, pádel, frontón, squash o bádminton. ▪ Este precio se aplica por cada hora o fracción».

Cinco. Se modif ica el apartado 5, que queda redactado del siguiente modo:

«5. Supuestos de no sujeción a los precios. Por la utilización de los centros deportivos

municipales que se relacionan en el apartado 11 de este acuerdo, y solo respecto de las actividades que en el mismo se establecen, no estarán obligados al pago de estos precios públicos:

a) Quienes en el momento de la solicitud o de la iniciación de la prestación del servicio

o realización de la actividad acrediten pertenecer a SAMUR-Protección Civil, al Cuerpo de Bomberos o al Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

b) Quienes en el momento de la solicitud o de la iniciación de la prestación del servicio o realización de la actividad acrediten pertenecer al Cuerpo de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid queda facultada para la modificación de

la relación de actividades y centros deportivos municipales a los que se refiere el apartado 11 de este acuerdo».

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Seis. Se modif ica el apartado 6, que queda redactado del siguiente modo:

«6. Bonificaciones. A los anteriores precios, les serán de aplicación las siguientes bonificaciones:

a) Bonificación a favor de miembros de familia numerosa.

Los obligados al pago que, en el momento de la solicitud o de la iniciación de la

prestación del servicio o realización de la actividad, acrediten la condición de miembro de familia numerosa, conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y demás normativa concordante, gozarán, en la cuantía y condiciones que a continuación se dispone, de una bonificación en el importe de los precios que se recogen en el cuadro previsto en el apartado 3 anterior.

Dicha bonificación será aplicable al importe general, recogido en el cuadro de tarifas,

una vez practicadas las reducciones contempladas en el mismo cuadro que, en su caso, correspondan.

Para poder disfrutar de esta bonificación, el obligado al pago deberá presentar la

siguiente documentación en el momento de solicitar la prestación del servicio o la realización de la actividad:

1.º DNI del obligado al pago. Aquellos que carecen de este documento por no estar

obligados deberán ir acompañados de un ascendiente, tutor, acogedor, guardador u otro miembro de la unidad familiar con capacidad legal que deberá presentar su DNI.

2.º Original, certificado o fotocopia compulsada del carné vigente de familia numerosa expedido por la Comunidad Autónoma de residencia del beneficiario.

El porcentaje de la bonificación se determinará de acuerdo con la categoría de la familia

numerosa: 1.º Categoría general: 50% sobre la tarifa general, una vez aplicadas las reducciones

que, en su caso, procedan. 2.º Categoría especial: 90% sobre la tarifa general, una vez aplicadas las reducciones

que, en su caso, procedan. b) Bonificación a favor de escuelas deportivas municipales. Las entidades que tengan suscritos convenios de colaboración con el Ayuntamiento de

Madrid para el desarrollo de escuelas deportivas en los centros deportivos municipales y las entidades cuyos participantes pertenezcan a una escuela deportiva propia gozarán de una bonificación del 100% en los precios de las tarifas asociadas a la utilización de los espacios deportivos, incluyendo los suplementos, para la celebración de partidos programados oficialmente en la competición por la federación correspondiente.

c) Bonificación a favor de centros docentes, públicos o concertados La utilización de unidades deportivas al aire libre o en recinto cubierto (excepto las

piscinas) por centros docentes, públicos o concertados, para el desarrollo de su programa de educación física, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 46 del Reglamento

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sobre Utilización de las Instalaciones Deportivas Municipales, tendrá una bonificación del 100% en el precio correspondiente».

Siete. Se modif ica el segundo párrafo del apartado 8, que queda redactado

del siguiente modo:

«La falta de pago de la cuota mensual del Abono Deporte Madrid en cualquiera de sus modalidades en los plazos establecidos determinará la baja de su titular como abonado. Tanto en este caso como en los demás casos de baja en la condición de abonado a que se refiere el párrafo anterior, se producirá la pérdida de los beneficios y derechos inherentes a dicha condición, debiéndose proceder al pago de la cuota de inscripción (tarifa 56) al solicitarse una nueva alta como abonado».

Ocho. Se modif ica el apartado 9, que queda redactado del siguiente modo:

«9. Gestión de los precios. El pago del precio deberá efectuarse cuando se solicite la

prestación del servicio, sin cuyo requisito no se realizará el mismo. En aquellos casos en los que el servicio se preste en una unidad o espacio deportivo en

los centros municipales para su utilización por una entidad, centro docente o asociación, en los términos que disponga la normativa reguladora, se aplicará la cuota que corresponda de las previstas en este acuerdo, según la unidad deportiva de que se trate y del tiempo diario de utilización, y su pago deberá efectuarse antes del día 15 del mes anterior por la totalidad del importe correspondiente al mes siguiente.

Aquellos usuarios que opten por abonar las cuotas de periodicidad mensual

correspondientes a los servicios por ellos solicitados mediante domiciliación bancaria, deberán comunicar a la Administración Municipal los datos precisos para proceder a dicha domiciliación.

Las domiciliaciones surtirán efectos a partir del mes siguiente a aquel en que se

proceda a la comunicación de los datos correspondientes, si la misma se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, y a partir del segundo mes posterior, si dicha comunicación tiene lugar entre los días 16 y último del mes.

Cualquier cambio que se produzca con posterioridad en los datos de la domiciliación

bancaria, así como las bajas en la misma deberán ponerse igualmente en conocimiento de la Administración Municipal, surtiendo efectos en los mismos plazos indicados en el párrafo anterior.

Aquellos usuarios que opten por abonar las cuotas de periodicidad mensual mediante

pago en metálico o tarjeta bancaria deberán hacerlo: - De forma anticipada, hasta el día 20 de cada mes, cuando se trate de actividades

deportivas dirigidas con profesor (tarifas 2 a 9), salvo la primera cuota, que deberá abonarse, junto con el importe de la tarifa 1, en el momento de la inscripción.

- Cuando se trate de las tarifas correspondientes a cualquiera de las modalidades del Abono Deporte Madrid (tarifas 51 a 54), de forma anticipada, hasta el día 20 de cada mes, si existe asociada una de las actividades deportivas dirigidas gratuitas o reducidas, a la que da derecho la condición de abonado y siempre que se desee mantener el derecho a la plaza en

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dichas actividades, o hasta el último día del mes, si no se ha optado por el derecho a inscripción en una de tales actividades dirigidas.

Los bonos y abonos adquiridos en centros deportivos municipales gestionados

mediante un sistema de gestión indirecta solo podrán utilizarse en el centro en que se hubieran adquirido.

No obstante, los adquiridos en centros deportivos municipales objeto de gestión directa

podrán ser utilizados en cualquiera de los centros municipales en los que se utilice este mismo sistema de gestión.

No se procederá en ningún caso a la devolución de los importes satisfechos por los

abonados en concepto de las tarifas 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58 y 60. Cuando por causas no imputables al beneficiario, el servicio no se preste o desarrolle,

procederá la devolución del importe correspondiente. En el supuesto de las actividades deportivas dirigidas será necesaria la suspensión de más de una sesión mensual para proceder a la devolución del importe por los servicios no prestados.

Cuando por causas climatológicas los servicios en centros deportivos no se puedan

prestar o desarrollar no se procederá a la devolución de los importes satisfechos por los usuarios. En los supuestos de servicios asociados a las tarifas 12, 13, 14 y 18 se podrá solicitar el cambio hasta el siguiente día hábil al previsto para la realización de la actividad deportiva, teniendo posteriormente treinta días naturales para confirmar la nueva reserva.

Mediante resolución del Director General de Deportes se aprobará para cada

temporada deportiva (de septiembre a agosto) el calendario de las actividades deportivas dirigidas a desarrollar en los centros deportivos municipales, fijándose el inicio y fin de estas actividades, así como los períodos de interrupción, coincidiendo con las fiestas de Navidad y Semana Santa, sin que ello suponga una reducción en la cuota mensual correspondiente.

Las normas de gestión a que se refiere este apartado tendrán carácter supletorio

cuando existan convenios de colaboración con entidades o instituciones con el fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas del precio o los procedimientos de liquidación o recaudación».

Nueve. Se añade un nuevo apartado, el 11, que queda redactado del siguiente modo:

«11. Relación de actividades y de centros deportivos municipales respecto de los que

resulta de aplicación la no sujeción del apartado 5. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 5 de este acuerdo, la no sujeción a los

precios públicos tendrá lugar respecto de las actividades y los centros deportivos municipales que a continuación se indican:

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1. Para quienes acrediten pertenecer a SAMUR-Protección Civil, al Cuerpo de Bomberos o al Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid:

a) Atletismo:

Utilización de las pistas de atletismo de los centros deportivos municipales de Aluche,

Orcasitas, Palomeras, Concepción, Vicálvaro y Moratalaz de lunes a viernes no festivos. b) Baloncesto: Utilización de una pista de baloncesto en el centro deportivo municipal de Aluche los

martes no festivos de 13:00 a 14:00 horas previa solicitud al centro deportivo. c) Fútbol. Utilización de un campo de fútbol en el centro deportivo municipal de Orcasitas los

martes y jueves no festivos de 10:00 a 12:00 horas previa solicitud al centro deportivo. d) Fútbol Sala: Utilización de un campo de fútbol sala en el centro deportivo municipal de Aluche un día

a la semana de lunes a viernes no festivos en horario de 13:00 a 15:00 horas previa solicitud al centro deportivo.

e) Natación: Utilización de las calles destinadas al uso libre en las piscinas de los centros deportivos

municipales de Casa de Campo, Vicente del Bosque, Palomeras, Alfredo Goyeneche, Plata y Castañar, San Blas y Marqués de Samaranch de lunes a viernes no festivos previa solicitud al centro deportivo.

f) Tenis: Utilización de una pista de tenis en los centros deportivos municipales de Tenis Casa

de Campo y Plata y Castañar, de lunes a viernes no festivos de 13:00 a 15:00 horas previa solicitud al centro deportivo y supeditado a la programación, reserva y disponibilidad de las distintas unidades deportivas.

g) Squash: Utilización de una pista de squash en el centro deportivo municipal de Puente de

Vallecas, los lunes, miércoles y viernes no festivos de 09:00 a 11:00 horas previa solicitud al centro deportivo y supeditado a la programación, reserva y disponibilidad de las distintas unidades deportivas.

h) Musculación: Utilización de la sala de musculación de los centros deportivos municipales de

Arganzuela, Casa de Campo, Aluche, Orcasitas, Puente de Vallecas, Alfredo Goyeneche,

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Marqués de Samaranch, Alberto García, Vicente del Bosque, previa solicitud al centro deportivo.

2. Para quienes acrediten pertenecer al Cuerpo de la Policía Municipal del

Ayuntamiento de Madrid: a) Atletismo: Utilización de las pistas de atletismo de los centros deportivos municipales de Aluche,

Orcasitas y Palomeras. b) Baloncesto: Utilización de una pista de baloncesto en los centros deportivos municipales de La Mina

y Arganzuela hasta las 15:00 horas de lunes a viernes no festivos y previa solicitud al centro deportivo.

c) Fútbol. Utilización de un campo de fútbol en los centros deportivos municipales de Orcasitas y

Aluche durante dos horas semanales hasta las 15:00 horas de lunes a viernes no festivos cuando se precise para la preparación de la selección del Cuerpo de Policía Municipal o con ocasión de competiciones con otros organismos, previa solicitud al centro deportivo.

d) Fútbol Sala: Utilización de un campo de fútbol sala en un centro deportivo municipal de lunes a

viernes no festivos para el desarrollo del campeonato interno o con ocasión de la celebración de competiciones con otros organismos, previa solicitud a la Dirección General de Deportes y conforme al calendario que se elabore entre el Área I del centro de formación y estudios de la Policía Municipal y la Dirección General de Deportes.

e) Natación: Utilización de las calles de piscinas destinadas al uso libre en los centros deportivos

municipales de Casa de Campo, Vicente del Bosque, Plata y Castañar, José María Cagigal, Aluche, La Mina, Orcasur, Puente de Vallecas, Moratalaz, Hortaleza, Marqués de Samaranch, Cerro Almodóvar, San Blas y Alfredo Goyeneche, previa solicitud al centro deportivo, de lunes a viernes no festivos hasta las 15:00 horas.

f) Tenis: Utilización de una pista de tenis en los centros deportivos municipales de Plata y

Castañar, Vicente del Bosque, Tenis de la Casa de Campo, Aluche, Orcasitas, Palomeras, Moratalaz, Concepción y Vicálvaro de lunes a viernes no festivos hasta las 15:00 horas, previa solicitud al centro deportivo y supeditado a la programación, reserva y disponibilidad de las distintas unidades deportivas.

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g) Musculación: Utilización de la sala de musculación de los centros deportivos municipales de

Arganzuela, Casa de Campo, Aluche, Orcasitas, Puente de Vallecas, Alfredo Goyeneche, Marqués de Samaranch, Alberto García, Pradillo, Vicente del Bosque, Fernando Martín, José María Cagigal, Hortaleza, Cerro Almodóvar y Moratalaz, previa solicitud al centro deportivo».

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2512 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridp o r e l q u e s e a p r u e b a e lestablecimiento de los precios públicospor la prestación de servicios en elpabellón de Cecilio Rodríguez.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Primero.- Aprobar el establecimiento de los precios públicos por laprestación de servicios en el pabellón de Cecilio Rodríguez que figuranen el anexo y según las condiciones de aplicación que en el mismo seestablecen y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

Segundo.- Con efectos de 1 de enero de cada año, los preciospúblicos establecidos serán objeto de actualización conforme a lavariación interanual del Índice de Precios al Consumo del mes denoviembre del año inmediato anterior.

Tercero.- A los precios públicos establecidos por el presenteAcuerdo les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 41 a 47 deltexto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en elReglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto939/2005, de 29 de julio, y en la Ordenanza reguladora de los Precios

Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización deActividades".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interpo-ner contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso dereposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, o alternativamente, recursocontencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fechaindicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interpo-ner recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa deaquél o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO

PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL PABELLÓN DE CECILIO RODRÍGUEZ

1. Objeto . Consisten estos precios públ icos en la contraprestación

que han de abonar los beneficiarios de los servicios que el Ayuntamiento de Madrid preste en el pabel lón de Ceci l io Rodríguez para la celebración de actos y eventos. Dichos actos y eventos, cuando vayan a ser organizados por el sector pr ivado, deberán guardar relación con la promoción turíst ica, empresarial , comercial , de fomento del empleo, social , educativa, cultural , deport iva o cualquier otra materia de naturaleza análoga, de interés municipal y en el ámbito de las competencias del Municipio de Madrid.

Además del derecho a la uti l ización del pabel lón por el t iempo que

se autorice, se prestarán los siguientes servicios: servicios básicos de vigi lancia, seguridad, l impieza, mantenimiento y puesta a disposición de mecanismos para la conexión inalámbrica de disposit ivos electrónicos (wi-f i); luz, agua y cl imatización; así como la cesión del mobi l iario y espacios necesarios para la adecuada real ización del cáterin, en su caso. No se permit irá la elaboración de comidas en el pabel lón.

2. Nacimiento de la obl igación . La obl igación de pagar estos

precios públicos nace desde el momento en que puedan comenzar a ut i l izarse por el beneficiario las instalaciones autorizadas.

3. Obligados al pago y tar i fas . Las personas fís icas o jurídicas a

quienes se autorice la ut i l ización del pabel lón de Ceci l io Rodríguez estarán obl igadas a satisfacer los precios públ icos que se cont ienen en este acuerdo.

Se establecen las siguientes tari fas: Euros

a) Por la ut i l ización del pabel lón, incluido montaje y desmontaje, durante un día completo, desde las 8:00 horas del día del evento hasta las 8:00 horas del día siguiente .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000,00

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Euros

b) Por la ut i l ización del pabel lón, incluido montaje y desmontaje, durante medio día, en horario de mañana, desde las 8:00 hasta antes de las 16:00 horas del día del evento, o en horario de tarde, desde las 16:00 hasta las 24:00 horas del día del evento 3.000,00

c) Cuando la ocupación autorizada sea de dos o más días consecutivos, al día completo se le apl icarán las siguientes reducciones:

1.º Por el segundo día, el 20%.

2.º Por el tercero hasta el séptimo día, el 40%.

3.º Por el octavo día y siguientes, el 60%. No exist i rá la obl igación de abonar los precios anteriores en los

siguientes casos:

- Por la celebración de actos insti tucionales que, bien de ofic io o a propuesta de otras Administraciones, fundaciones, asociaciones, empresas o entidades, organice o presida el Ayuntamiento de Madrid.

- Por la celebración de actos promovidos por insti tuciones o entidades en los que el Ayuntamiento actúe como anfi tr ión, siempre que su part ic ipación insti tucional l leve aparejada la aportación de instalaciones.

4. Reducciones. Cuando el beneficiario sea una entidad sin f in

lucrat ivo, los precios anteriores se reducirán en un 50%. 5. Gestión, l iquidación y pago . Los precios públ icos se satisfarán

con carácter previo a la prestación del servicio, de tal forma que no se permit irá la ut i l ización si no consta real izado dicho pago.

Recibida la sol ic i tud, por los servicios competentes del

Ayuntamiento de Madrid se practicará la correspondiente l iquidación, cuyo importe deberá ingresarse en cualquiera de las entidades f inancieras colaboradoras.

En aquel los casos en los que se desista de la celebración del

acto o evento, procederá la devolución del precio en la cuantía y en los términos siguientes:

a) Del 50%, si se comunica al Ayuntamiento antes de los tres

meses de la fecha de celebración del acto o evento.

b) Del 25%, si se comunica al Ayuntamiento antes de los dos meses de la fecha de celebración del acto o evento.

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No obstante, no procederá la devolución cuando el desist imiento no se comunique a la Administración Municipal, o cuando el pago del precio se hubiera efectuado con una antelación inferior a los dos meses respecto de la fecha autorizada para la ut i l ización del pabellón.

6. Consti tución de garantía. Se exigirá la consti tución de garantía

para responder de los daños y perjuicios que, en su caso, se pudieran producir en el pabel lón como consecuencia del desarrol lo del acto o evento o de las actuaciones previas o posteriores al mismo.

El importe de la garantía será del 15% del precio públ ico

satisfecho, y regirán las normas vigentes sobre const i tución, devolución y ejecución de garantías del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

La garantía será devuelta, en todo caso, cuando, celebrado el acto

o evento, se compruebe que no existen responsabi l idades por daños y perjuicios derivadas de la uti l ización del pabel lón de Ceci l io Rodríguez.

7. IVA . Al importe de las tari fas correspondientes, será de

apl icación el Impuesto sobre el Valor Añadido de acuerdo con la legislación vigente.

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2513 Acuerdo de 20 de diciembre de 2013del Pleno del Ayuntamiento de Madridp o r e l q u e s e a p r u e b a e lestablecimiento de los precios públicospor la prestación de servicios en loscentros de formación de la Agenciapara el Empleo de Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgentecelebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguienteacuerdo:

"Primero.- Aprobar el establecimiento de los precios públicos por laprestación de servicios en los centros de formación de la Agencia parael Empleo de Madrid, que figuran en el anexo y según las condicionesde aplicación que en el mismo se establecen y que, una vez publicadosu texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará envigor el 1 de enero de 2014.

Segundo.- Con efectos de 1 de enero de cada año, los preciospúblicos establecidos serán objeto de actualización conforme a lavariación interanual del Índice de Precios al Consumo del mes denoviembre del año inmediato anterior.

Tercero.- A los precios públicos establecidos por el presenteAcuerdo les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 41 a 47 deltexto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en elReglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto

939/2005, de 29 de julio, y en la Ordenanza reguladora de los PreciosPúblicos por la Prestación de Servicios o la Realización deActividades".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interpo-ner contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso dereposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, o alternativamente, recursocontencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fechaindicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interpo-ner recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa deaquél o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Secretario General delPleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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ANEXO

PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN DE LA AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID

1. Objeto. Consiste este precio públ ico en la contraprestación que han de abonar los beneficiar ios de los servicios que la Agencia para el Empleo de Madrid preste en los espacios de formación de este Organismo autónomo. Además del derecho a la ut i l ización de los espacios por el t iempo autorizado, se prestarán los siguientes servicios: recepción, vigi lancia, seguridad, l impieza, mantenimiento y servicios de cl imatización; así como los suministros de electr ic idad, gas y agua; todo el lo, tanto de las zonas comunes como de los espacios autorizados para su ut i l ización independiente.

2. Nacimiento de la obl igación. La obl igación de pagar los precios surge desde

el momento en que puedan comenzar a ut i l izarse por el beneficiar io las instalaciones autorizadas.

3. Obligados al pago y precios. Las personas fís icas o jurídicas a quienes se

autorice la uti l ización de los espacios de formación estarán obl igadas a satisfacer el correspondiente precio públ ico.

Se establecen los siguientes precios públicos:

AULAS BLANCAS

Euros/aulaCentro Número aulas Número

alumnos/ aula Mes Semana Día Hora

Barajas 1 10 774,62 183,80 38,60 6,82

Áncora 2 14 1.306,15 309,91 65,08 11,50

Áncora 1 22 2.104,76 499,40 104,87 18,53

Áncora 2 34 3.226,40 765,54 160,76 28,40

Jerte 2 16 1.423,75 337,82 70,94 12,53

Jerte 1 12 907,34 215,29 45,21 7,99

Vivero de Vallecas 3 16 1.459,29 346,25 72,71 12,85

Pº Pontones 1 20 1.765,89 419,00 87,99 15,54

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AULAS BLANCAS

Euros/aulaCentro Número aulas Número

alumnos/ aula Mes Semana Día Hora

Pº Pontones 1 23 1.959,72 464,99 97,65 17,25

Pº Pontones 1 26 2.160,67 512,67 107,66 19,02

AULAS DE INFORMÁTICA

Euros/aulaCentro Número aulas Número

alumnos/ aula Mes Semana Día Hora

Barajas 9 16 1.563,52 370,98 77,91 13,76

Barajas 2 24 2.230,92 529,34 111,16 19,64

Los Cármenes 28 16 1.604,48 380,70 79,95 14,12

Usera 8 16 1.711,99 406,21 85,30 15,07

Vallecas 9 16 1.528,65 362,71 76,17 13,46

Villaverde 2 20 2.082,66 494,16 103,77 18,33

Por cada ordenador que se habi l i te para su uti l ización en las aulas de informática habrá de abonarse un precio adicional de 4,98 euros al día. Solo se habi l i tarán ordenadores para cursos de un mínimo de dos semanas de duración.

SALONES DE ACTOS

EurosCentro Superficie (m2)

Mes Semana Día Hora

Los Cármenes 382,72 12.802,68 3.037,73 637,92 112,70

Usera 128,90 4.942,21 1.172,65 246,26 43,51

Villaverde 95,23 3.769,05 894,29 187,80 33,18

AULAS TALLER

EurosCentro Especialidad

Mes Semana Día Hora

Los Cármenes Atención

sociosanitaria en instituciones

1.866,93 442,97 93,02 16,43

Los Cármenes Fotografía 3.571,37 847,39 177,95 31,44

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AULAS TALLER

EurosCentro Especialidad

Mes Semana Día Hora

Usera Calefacción y climatización 3.069,05 728,20 152,92 27,02

Usera Fontanería 3.023,89 717,49 150,67 26,62

Usera Electricidad 3.523,78 836,10 175,58 31,02

Usera Instalaciones frigoríficas 3.078,06 730,34 153,37 27,10

Usera

Atención sociosanitaria en

instituciones y domicilio

3.114,53 738,99 155,19 27,42

Usera Gas y Soldadura 3.253,15 771,88 162,09 28,64

Usera Montaje de sistemas

informáticos 3.056,92 725,32 152,32 26,91

Usera Oficios de la madera 3.107,92 737,42 154,86 27,36

TALLERES

EurosCentro Especialidad

Mes Semana Día Hora

Áncora Restauración de piedra 2.168,86 514,61 108,07 19,09

Áncora Nave de grúa puente 3.475,37 824,61 173,17 30,59

Áncora Carpintería-Cerrajería 1.735,43 411,77 86,47 15,28

Áncora Pintura 1.654,59 392,59 82,44 14,56

Áncora Albañilería – fontanería 2.269,29 538,44 113,07 19,98

Áncora Electricidad 1.271,31 301,65 63,35 11,19

Barajas Comunicación radiofónica 1 3.526,49 836,74 175,72 31,04

Barajas Comunicación radiofónica 2 2.816,77 668,34 140,35 24,80

Jerte Hostelería 2.787,78 661,46 138,91 24,54

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TALLERES

EurosCentro Especialidad

Mes Semana Día Hora

Jerte Cocina 3.876,54 919,80 193,16 34,12

Los Cármenes Atención

sociosanitaria en domicilio

1.294,71 307,20 64,51 11,40

Los Cármenes Sonido 3.331,62 790,50 166,01 29,33

Vallecas Confección textil 2.094,48 496,96 104,36 18,44

Vallecas Educación infantil 1.117,93 265,25 55,70 9,84

Vallecas Montaje de sistemas

informáticos 1.483,33 351,95 73,91 13,06

Por la ut i l ización de la grúa-puente se establece un precio adicional de 48,77

euros/hora, lo que incluye el derecho a la ut i l ización de la zona de prácticas de restauración de piedra.

ZONAS DE PRÁCTICAS

EurosCentro Especialidad Superficie (m2)

Mes Semana Día Hora

Áncora Restauración de Piedra 50,00 540,55 128,26 26,93 4,76

Áncora Pintura 50,00 539,62 128,04 26,89 4,75

Áncora Albañilería 50,00 540,92 128,35 26,95 4,76

Áncora Fontanería 34,42 371,90 88,24 18,53 3,27

Vivero de Vallecas Invernadero 50,00 699,76 166,03 34,87 6,16

Vivero de Vallecas

Umbráculo y Terreno 50,00 699,76 166,03 34,87 6,16

4. Disposiciones part iculares para la apl icación de los precios públ icos. Para la

apl icación de los anteriores precios públ icos, deberán tenerse en cuenta las siguientes disposiciones part iculares:

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a) Los precios establecidos por semanas darán derecho a la ut i l ización de los espacios correspondientes por un período de t iempo de cinco días, de lunes a viernes no festivos.

b) Los precios establecidos por meses darán derecho a la ut i l ización de los espacios correspondientes por un período de t iempo de veint idós días, de lunes a viernes no festivos.

c) En aquel los casos en los que se sol ici ten alguno de estos espacios por períodos de t iempo infer iores a la semana se apl icará el precio por día correspondiente, incrementado proporcionalmente al número de días autorizado.

d) La ut i l ización de los correspondientes espacios en períodos de t iempo semanales o mensuales se real izará en días consecutivos, a excepción de sábados, domingos y festivos, no siendo necesaria su coincidencia con períodos naturales.

e) En los precios establecidos por día, semana o mes, el horario de ut i l ización de los dist intos espacios será, con carácter general, de seis horas, entre las 8:00 y las 20:00 horas. No obstante, en el supuesto de los salones de actos, y en el caso de los demás espacios cuando se autorice su ut i l ización por un período de t iempo igual o superior a ocho días, el horario podrá ampliarse cuatro horas, de lunes a viernes, hasta las 24:00 horas y los sábados de 10:00 a 14:00 horas. En estos casos, el precio correspondiente a los días a los que se ref iere la ampliación se calculará apl icando al precio/día que corresponda, mult ipl icado por el número de días afectados por el horario ampliado, un recargo del 60%.

f) La uti l ización de las aulas blancas si tuadas en los centros de Barajas, con capacidad para diez alumnos, y de Jerte, con capacidad para doce alumnos, solo podrá autorizarse junto con la de los tal leres de comunicación radiofónica, del centro Barajas, y de hostelería y de cocina, del centro Jerte, respect ivamente.

g) La uti l ización del aula tal ler de atención sociosanitaria en insti tuciones del centro Los Cármenes solo podrá autorizarse conjuntamente con la del tal ler de atención sociosanitaria en domici l io del mismo centro.

h) La ut i l ización de las zonas de prácticas solo podrá autorizarse conjuntamente con la de las aulas blancas del centro Vivero de Vallecas, los tal leres del centro Áncora o la ut i l ización de la grúa puente.

5. Autorizaciones. El sol ic i tante de la ut i l ización de los espacios de formación

de la Agencia para el Empleo de Madrid deberá ser habi l i tado mediante la correspondiente autorización, que se expedirá en vir tud de resolución del órgano competente.

6. Gestión del cobro. Los precios públ icos se sat isfarán con carácter previo a

la prestación del servicio, de tal forma que no se permit i rá la ut i l ización si no consta real izado dicho pago.

Por la Agencia para el Empleo de Madrid se pract icará la correspondiente

l iquidación, cuyo importe deberá ingresarse en cualquiera de las entidades

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f inancieras colaboradoras antes del día establecido para la ut i l ización de las instalaciones correspondientes.

7. IVA. Al importe de las tar i fas correspondientes, será de apl icación el

Impuesto sobre el Valor Añadido de acuerdo con la legislación vigente.

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Área de Gobierno de Medio Ambiente yMovilidad

2514 Resolución de 18 de diciembre de 2013de la Secretaria General Técnica delÁrea de Gobierno de Medio Ambiente yMovilidad por la que se ordena lapublicación de la Resolución de 16 dediciembre de 2013 de la DirectoraGeneral de Sostenibilidad por la que seprorroga temporalmente la validez delos distintivos y tarjetas magnéticas2013 de Residente y de las ÁreasD i f e r e n c i a d a s d e V e h í c u l o sComerciales e Industriales y de Talleresde Reparación de Vehículos delServicio de Estacionamiento Regulado(SER).

En virtud de lo establecido en el artículo 8.b) del Decreto de 26 deenero de 2012 de la Alcaldesa por el que se delegan competencias enlos titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos delas Áreas de Gobierno y de los Distritos (BOAM de 2 de febrero de2012), y a los efectos previstos en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC),

RESUELVO

Ordenar la publicación oficial de la Resolución de 16 de diciembrede 2013 de la Directora General de Sostenibilidad, por la que seprorroga temporalmente la validez de los distintivos y tarjetas magnéti-cas 2013 de Residente y de las Áreas Diferenciadas de VehículosComerciales e Industriales y de Talleres de Reparación de Vehículosdel Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), con el siguientecontenido:

"En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14. I.4 d) delAcuerdo de la Junta de Gobierno de 16 de mayo de 2013, por el quese establece la Organización y Estructura del Área de Gobierno deMedio Ambiente y Movilidad y se delegan competencias en su titular yen los titulares de los órganos directivos, y por la Resolución de 26 dediciembre de 2012 del Director del Organismo Autónomo AgenciaTributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria,

RESUELVO

Primero. Prorrogar la validez a efectos de estacionamiento devehículos, hasta el 12 de enero de 2014, de los distintivos 2013 deResidente del Servicio de Estacionamiento Regulado con período devigencia anual o con diciembre incluido.

Segundo. Prorrogar la validez a efectos de estacionamiento devehículos, hasta el 12 de enero de 2014, de las Tarjetas magnéticasdel Servicio de Estacionamiento Regulado del Área Diferenciada deVehículos Comerciales e Industriales con Tasa 2013 abonada porperíodo anual o con diciembre incluido.

Tercero. Prorrogar la validez a efectos de estacionamiento devehículos, hasta el 12 de enero de 2014, de las Tarjetas magnéticasdel Servicio de Estacionamiento Regulado del Área Diferenciada deTalleres de Reparación de Vehículos con Tasa 2013 abonada porperíodo anual o con diciembre incluido.

Cuarto. Notificar la presente resolución a todos los departamentosmunicipales afectados.

Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad deMadrid".

Madrid, a 18 de diciembre de 2013.- La Secretaria General Técnicadel Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, AdoraciónMuñoz Merchante.

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

2515 Resolución de 7 de noviembre de 2013del Coordinador General de GestiónUrbanística, Vivienda y Obras por laque se hace púb l i co e l Tex toconsolidado de la Instrucción de laCoordinadora General de Urbanismo de29 de ju l io de 2008 re lat iva a lp roced imien to de e levac ión deconsultas a la Comisión Técnica deSeguimiento e Interpretación de laOMTLU, modificada por la Instrucción3/2013.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante acuerdode 3 de abril de 2008 aprobó una serie de medidas de aplicaciónefectiva que contribuirán a garantizar el buen funcionamiento del Servi-cio de Concesión de Licencias Urbanísticas.

Entre estas medidas se enuentra "la aplicación uniforme de lanormativa", que se llevará a cabo facilitando a los titulares de losórganos directivos cuyos servicios participen en el procedimiento deconcesión de licencias urbanísticas, la remisión a la Comisión Técnicade Seguimiento e Interpretación de la Ordenanza Municipal de Trami-tación de Licencias de las cuestiones que se hayan planteado en laaplicación efectiva de dicha ordenanza.

Con el fin de dotar de mayor eficacia a esta medida se ha proce-dido a modificar y ampliar mediante Decreto del Alcalde de 3 de abrilde 2008, el Decreto de 31 de mayo de 2005 por el que se creó laComisión Técnica de Seguimiento e Intepretación de la OrdenanzaMunicipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas en cumplimientode lo establecido en la Disposición Adicional Tercera de la misma.

Este Decreto incorpora entre sus novedades la modificación de lacomposición de la Comisión, que amplía, otorgando su presidencia ala Coordinación General de Urbanismo y creando la Secretaría Perma-nente de la Comisión como órgano auxiliar y de apoyo a quien debenser remitidas las consultas para su posterior remisión a la ComisiónComisión Técnica de Seguimiento e Intepretación de la OrdenanzaMunicipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas.

Este nuevo contexto hace necesario redactar una nueva instruc-ción que regule el procedimiento para elevar consultas planteadas conmotivo de la tramitación de licencias, concretando las funciones a reali-zar por la Secretaría Permanente de la Comisión adaptándolo asímismo a las pautas dadas por la propia Comisión en su sesión consti-tutiva de 29 de mayo de 2008. Esta nueva instrucción deja sin efectola instrucción 1/2005 de 18 de febrero.

1°.- OBJETO.La presente Instrucción tiene por objeto regular el procedimiento

que deberán seguir todos los órganos municipales que intervienen enla tramitación de licencias urbanísticas para efectuar consultas ante laComisión Técnica de Seguimiento e Interpretación de la OrdenanzaMunicipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (en adelante, laComisión Técnica ), que se susciten con motivo de la aplicación de lacitada ordenanza.

2°.- LEGITIMACIÓN PARA FORMULAR CONSULTAS."Están legitimados para formular consultas los jefes de departa-

mento de Servicios Técnicos, o jefes de servicio en su caso, o jefes dedepartamento jurídico cuyos servicios participen en el procedimientode concesión de licencias urbanísticas incluyendo tanto los órganoscon competencia resolutoria como aquellos otros con competenciapara informar en dicho proceso. Estas consultas se dirigirán a laSecretaría Permanente de la Comisión Técnica, acompañados de ladocumentación necesaria para su valoración y, en todo caso, depropuesta e informe técnico.

En ningún caso serán admitidas las solicitudes de consultaespecial, presentadas directamente por los particulares ante loscorrespondientes órganos municipales. En este supuesto la consultaformulada se remitirá por parte del órgano competente para la tramita-ción del expediente administrativo, a la Secretaría Permanente de la

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Comisión. La tramitación de este tipo de consultas se realizará conarreglo a lo establecido en el punto 3.3.

3°.- CONTENIDO Y REQUISITOS DE LAS CONSULTAS.3.1. CONTENIDO.Con carácter general, las consultas planteadas por los órganos

municipales deberán estar relacionadas con la resolución de losexpedientes administrativos cuya tramitación les corresponda ydeberán versar sobre cuestiones relativas a la interpretación del conte-nido de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias, y siempreque su formulación sea imprescindible para la resolución delexpediente de que se trate en cada caso.

En casos excepcionales se podrán formular consultas generalesque no tengan por objeto la resolución de un expediente administra-tivo concreto, siempre que el órgano realice la petición de formamotivada.

3.2. REQUISITOS DE LAS CONSULTAS REALIZADAS POR LOSÓRGANOS MUNICIPALES.

Todas las consultas que realicen los órganos municipales deberánacompañarse de un informe emitido por el técnico municipal del servi-cio que la formula, en el que se incluya su motivación, las dudasplanteadas y la solución que, a su juicio, procedería realizar. Deberáaportarse la fotocopia del expediente o de la parte del mismo que seanecesaria para resolver la cuestión planteada.

La solicitud de consulta se presentará ante la Secretaría Perma-nente de la Comisión Técnica y deberá estar conformada, al menos,por el responsable de la unidad administrativa.

La competencia para la elevación de la consulta ante la ComisiónTécnica corresponde, siempre y en todo caso, a la Secretaría Perma-nente de la misma por lo que, toda consulta que no sea canalizada através de ella, será rechazada y devuelta al órgano remitente.

El procedimiento de consulta será exclusivamente electrónico.Todas las consultas que formulen los órganos municipales, se incorpo-rarán para su tramitación en la aplicación de gestión de documentoselectrónicos existente a tal efecto.

Sin perjuicio de lo anterior, para anticipar el contenido de lasconsultas, éstas se podrán remitir por fax, correo electrónico ocualquier otro medio telemático con independencia del posterior envíodel original.

3.3. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE LAS CONSULTASURBANÍSTICAS ESPECIALES FORMULADAS POR PARTICULARES.

La consulta que realice un órgano municipal ante la SecretaríaPermanente de la Comisión Técnica podrá estar motivada por unaconsulta urbanística especial realizada por un particular, siempre queésta tenga por objeto la resolución de dudas de interpretación sobre laaplicación de uno o varios preceptos normativos en relación con laspropuestas técnicas planteadas sobre una actuación urbanísticaconcreta.

La solicitud de consulta urbanística especial deberá, en todo caso,acompañarse de la documentación suficiente para que puedaconocerse y valorarse la cuestión técnica planteada. Esta documenta-ción deberá estar, en todo caso, suscrita por técnico competente yvisada por el colegio profesional correspondiente.

Una vez analizada la consulta, la Secretaría Permanente, o, siprocediese, la Comisión Técnica a su propuesta, emitirá informe sobrela conformidad o no de las propuestas técnicas realizadas a la norma-tiva urbanística señalando, en caso de disconformidad, las modifica-ciones que sean precisas y las posibles alternativas a las propuestaspresentadas por el particular.

El procedimiento para la tramitación y contestación a este tipo deconsultas será el establecido en el art 13 de la Ordenanza Municipal deTramitación de Licencias.

La resolución de la consulta urbanística especial corresponderá, entodo caso, al órgano competente para la resolución de la correspon-diente licencia urbanística dado que, de conformidad con lo estable-cido en el apartado 4 del citado artículo 13 de la Ordenanza, su conte-nido vincula a la licencia urbanística en todos aquellos aspectos quehayan sido objeto de dicha resolución, siendo en definitiva un adelantodel contenido de la misma.

4º.- ELEVACIÓN DE LAS CONSULTAS.Todas las consultas planteadas, ya sea directamente por los

órganos municipales o como consecuencia de una previa consulta

formulada por los particulares, junto con la documentación requerida,serán remitidas a la Secretaría Permanente de la Comisión Técnicaquien, una vez estudiadas, las calificará y, distinguiendo aquéllosasuntos que den lugar a la adopción de criterios interpretativosgenerales de aquéllos otros que se refieran a cuestiones concretas,decidirá:

 - Elevar la consulta ante la Comisión Técnica de Seguimiento eIntepretación de la Ordenanza Municipal de Tramitación de LicenciasUrbanísticas, a fin de que dicte la correspondiente Instrucción Interpre-tativa por entender que la resolución de la misma dará lugar a laadopción de criterios interpretativos generales relacionados con laordenanza.

- Someter el asunto a acuerdo de la Comisión de Seguimiento delPlan General de Ordenación Urbana por entender que el objeto de laconsulta requiere un criterio de interpretación para la aplicación delPlan General de Ordenación Urbana.

- Resolver la consulta directamente por considerar que las dudasplanteadas no tienen alcance interpretativo de las citadas anterior-mente por referirse únicamente a cuestiones concretas.

Cuando la resolución de la consulta implique la remisión a lascitadas Comisiones, la Secretaría Permanente realizará un informe enel que se motivará la calificación de la consulta y propondrá la eleva-ción a dicho órgano.

Dicho informe se comunicará al titular del órgano municipalafectado para que, en todo momento, conozca la situación de laconsulta efectuada.

5º.- RESOLUCIÓN DE LAS CONSULTAS.Los acuerdos de la Comisión Técnica de Seguimiento e Interpreta-

ción así como los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del PlanGeneral de Ordenación Urbana, de conformidad con lo establecido enla Disposición Adicional Tercera de la OMTLU y en el artículo 10.2 delas Normas reguladoras de la CSPGOU, respectivamente, produciránefectos desde el momento de su adopción, teniendo el carácter deinstrucción de servicio, de obligado y general cumplimiento para todoslos órganos de la administración municipal, organismos autónomos yempresas de ella dependientes.

La resolución de la consulta directamente por la Secretaría Perma-nente establecerá un criterio orientativo sin carácter vinculante.

La Secretaría permanente mantendrá una continua relación con laSubdirección General de Régimen Jurídico de la Coordinación Generaldel Área de Urbanismo y Vivienda al objeto de unificar los criteriosjurídicos que puedan adoptarse tanto en la resolución de las consultaspor la Secretaría Permanente como de los dictámenes que emita laComisión Técnica.

6º.- ENVÍO, DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS CONSULTAS EINSTRUCCIONES.

6.1. INSTRUCCIONES.Las instrucciones adoptadas en el seno de la Comisión Técnica

serán publicadas en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y secomunicarán a todos los órganos cuyas competencias tengan inciden-cia en el procedimiento de tramitación de licencias urbanísticas, através de su Secretaría Permanente, debiendo igualmente publicarseen la página web municipal.

Asimismo, para facilitar el conocimiento y difusión de los criteriosde la Comisión Técnica, la Secretaría Permanente remitirá dichasInstrucciones por correo electrónico a los siguientes colegios profesio-nales.

- Arquitectos Superiores y Arquitectos Técnicos.- Ingenieros Industriales e Ingenieros técnicos Industriales.- Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos e Ingenieros Técnicos

de Obras Públicas.- Ingenieros de Telecomunicación e Ingenieros Técnicos de Teleco-

municación.- Abogados.En todo caso, las instrucciones de la Comisión Técnica serán

custodiadas en un Registro Público de Instrucciones, que será gestio-nado por la Secretaría Permanente.

Por otra parte y, sin perjuicio de su posterior desarrollo mediante lainstrucción interpretativa correspondiente, la Secretaría Permanentecomunicará los dictámenes de la Comisión Técnica donde se plasmela resolución de las cuestiones planteadas por los órganos municipa-les, al servicio municipal que realizó la consulta, a los miembros queintegran la Comisión y a las Juntas de Distrito Municipales.

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6.2. RESOLUCIÓN DE CONSULTAS POR LA SECRETARÍAPERMANENTE.

En el supuesto de que la consulta hubiese sido resuelta directa-mente por la Secretaría Permanente, la consulta y su respuesta secomunicarán a demás de al órgano que la planteó a todos los órganosmunicipales para su conocimiento y aplicación, en su caso, a supues-tos similares a través de correo electrónico.

Con carácter anual, la Secretaría Permanente editará una recopila-ción de las Instrucciones vinculantes adoptadas en el seno de laComisión Técnica, así como de los informes no vinculantes emitidospor la Secretaría Permanente.

7º.- INSTRUCCIONES O DIRECTRICES PRECEDENTES. La presente Instrucción surtirá efectos a partir del día de su

adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid, quedando sin efecto cualesquiera otrasInstrucciones o directrices precedentes que se opongan a lo previstoen la misma. En concreto la presente instrucción sustituye a la instruc-ción 1/2005 de 18 de febrero sobre el Procedimiento de Elevación dela Consultas Formuladas por lo Servicios de los Distritos.

Madrid, a 7 de noviembre de 2013.- El Coordinador General deGestión Urbanística, Vivienda y Obras, Juan José de Gracia Gonzalo.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Economía, Hacienda yAdministración Pública

2516 Resolución de 18 de diciembre de 2013del Coordinador General de RecursosHumanos por la que se resuelveparcialmente la convocatoria de puestosde trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD-28/2013.

Por Resolución de 4 de noviembre de 2013 del CoordinadorGeneral de Recursos Humanos, publicada en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid número 7.041, de 6 de noviembre de 2013,se convocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedi-miento de libre designación LD-28/2013.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área deGobierno de Medio Ambiente y Movilidad de 9 de diciembre de 2013 ycomprobado que la candidata propuesta cumple los requisitos yespecificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con loestablecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordena-ción del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en usode las competencias previstas en el artículo 18.e) del Acuerdo de 17de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,por el que se establece la organización y estructura del Área deGobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y sedelegan competencias en su titular y en los titulares de los órganosdirectivos,

RESUELVO

Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en elAnexo a la funcionaria propuesta.

Segundo.- Esta Resolución surtirá efectos desde la toma deposesión.

El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán deacuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento deOrdenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 dediciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los FuncionariosCiviles de la Administración General del Estado.

Tercero.- Contra la presente Resolución que pone fin a la víaadministrativa, los interesados podrán interponer con carácter potesta-tivo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el CoordinadorGeneral de Recursos Humanos, o bien directamente, de conformidadcon el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 18 de diciembre de 2013.- El Coordinador General deRecursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

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ANEXO

ANEXO

ANEXO

ANEXO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

DICADO

CONVOCAT

CONVOCAT

CONVOCAT

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD

ORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD

ORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD

ORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 2 2228 888/2013

/2013

/2013

/2013

PUESTO ADJU

DICADO

DATOS DEL ADJU

DICATARIO

PUESTO DE CESE

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad

Orgánica

Grupo/

Sub

grupo

Nivel

C. D.

Apellidos y Nombre

D.N.I.

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad

Orgánica

Nivel

C. D.

14

30055975

Auxiliar de Oficina

Auxiliar

Oficina Auxiliar de la

Sub

dirección General de

Movilidad

Sub

dirección General de

Movilidad

Dirección General de

Sostenibilid

ad

C. General de Sostenibilid

ad

y Movilidad

Área de Gobierno de Med

io

Ambiente y Movilidad

C2

16

Nevad

o Lland

res, Carmen

****2327-V

30058052

Administrativo/

Auxiliar

Administrativo

Dep

artamento Jurídico del

Taxi

Sub

dirección General de

Movilidad

Dirección General de

Sostenibilid

ad

C. General de Sostenibilid

ad

y Movilidad

Área de Gobierno de Med

io

Ambiente y Movilidad

16

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2517 Resolución de 19 de diciembre de 2013del Coordinador General de RecursosHumanos por la que se resuelveparcialmente la convocatoria de puestosde trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD-27/2013.

Por Resolución de 18 de octubre de 2013 del Coordinador Generalde Recursos Humanos, publicada en el Boletín Oficial del Ayunta-miento de Madrid número 7.034, de 25 de octubre de 2013, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimientode libre designación LD-27/2013.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área deGobierno de Urbanismo y Vivienda de 16 de diciembre de 2013 ycomprobado que el candidato propuesto cumple los requisitos yespecificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con loestablecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordena-ción del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en usode las competencias previstas en el artículo 18.e) del Acuerdo de 17de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,por el que se establece la organización y estructura del Área deGobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y sedelegan competencias en su titular y en los titulares de los órganosdirectivos,

RESUELVO

Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en elAnexo al funcionario propuesto.

Segundo.- Esta Resolución surtirá efectos desde la toma deposesión.

El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán deacuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento deOrdenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 dediciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los FuncionariosCiviles de la Administración General del Estado.

Tercero.- Contra la presente Resolución que pone fin a la víaadministrativa, los interesados podrán interponer con carácter potesta-tivo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el CoordinadorGeneral de Recursos Humanos, o bien directamente, de conformidadcon el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 19 de diciembre de 2013.- El Coordinador General deRecursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO

ANEXO

ANEXO

ANEXO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

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PUESTO ADJU

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PUESTO ADJU

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CONVOCAT

CONVOCAT

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PUESTO ADJU

DICADO

DATOS DEL ADJU

DICATARIO

PUESTO DE CESE

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad

Orgánica

Grupo/

Sub

grupo

Nivel

C. D.

Apellidos y Nombre

D.N.I.

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad

Orgánica

Nivel

C. D.

8

30219953

Jefe de Servicio

Servicio Jurídico

Sub

dirección General de

Coordinación y Recursos

Secretaría General Técnica

Área de Gobierno de

Urbanismo y Viviend

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29

Pascual M

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BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2518 Resolución de 19 de diciembre de 2013del Coordinador General de RecursosHumanos por la que se resuelveparcialmente la convocatoria de puestosde trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD-28/2013.

Por Resolución de 4 de noviembre de 2013 del CoordinadorGeneral de Recursos Humanos, publicada en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid número 7.041, de 6 de noviembre de 2013,se convocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedi-miento de libre designación LD-28/2013.

 Vista la propuesta del Secretario General Técnico del Área deGobierno de Las Artes, Deportes y Turismo de 11 de diciembre de2013 y comprobado que la candidata propuesta cumple los requisitosy especificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con loestablecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordena-ción del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en usode las competencias previstas en el artículo 18.e) del Acuerdo de 17de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,por el que se establece la organización y estructura del Área deGobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y sedelegan competencias en su titular y en los titulares de los órganosdirectivos,

RESUELVO

Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en elAnexo a la funcionaria propuesta.

Segundo.- Esta Resolución surtirá efectos desde la toma deposesión.

El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán deacuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento deOrdenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 dediciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los FuncionariosCiviles de la Administración General del Estado.

Tercero.- Contra la presente Resolución que pone fin a la víaadministrativa, los interesados podrán interponer con carácter potesta-tivo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el CoordinadorGeneral de Recursos Humanos, o bien directamente, de conformidadcon el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 19 de diciembre de 2013.- El Coordinador General deRecursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

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A AAANEXO

NEXO

NEXO

NEXO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

DICADO

PUESTO ADJU

DICADO

CONVOCAT

CONVOCAT

CONVOCAT

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 28

ORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 28

ORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 28

ORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 28/2013

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/2013

/2013

PUESTO ADJU

DICADO

DATOS DEL ADJU

DICATARIO

PUESTO DE CESE

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad

Orgánica

Grupo/

Sub

grupo

Nivel

C. D.

Apellidos y Nombre

D.N.I.

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad

Orgánica

Nivel

C. D.

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Auxiliar de Oficina

Auxiliar

Oficina Auxiliar de la

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Deleg

ada de Dep

ortes

Concejalía del Área

Deleg

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Área Deleg

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Área de Gobierno de Las

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Auxiliar

Administrativo

Neg

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Dep

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Técnica

Servicio de Apoyo

Institucional

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Junta de Gob

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Coordinación General de la

Alcaldía

Alcaldía

18

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Convocatorias

Área de Gobierno de Economía, Hacienda yAdministración Pública

2519 Resolución de 13 de diciembre de 2013del Coordinador General de RecursosHumanos por la que se convoca elConcurso General de Méritos FG-58/2013 para la provisión de puestos detrabajo en diversos Distritos.

En virtud del artículo 18.e) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 dela Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establecela organización y estructura del Área de Gobierno de Economía,Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en sutitular y en los titulares de los órganos directivos,

RESUELVO

PRIMERO. Convocar el Concurso General de Méritos FG-58/2013para la provisión de los puestos de trabajo en diversos Distritos, quefiguran relacionados y descritos en el Anexo I.

 SEGUNDO. Requisitos y condiciones de participación. 

1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de laFunción Pública, podrán participar en este proceso los funcionariospropios del Ayuntamiento de Madrid y los funcionarios de carreraprocedentes de otras Administraciones Públicas que hayan accedido ala Administración del Ayuntamiento de Madrid por los procedimientosregulados en el artículo 12 y siguientes del Reglamento de Ordenacióndel Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de2005, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que elCuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean consideradoscomo equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puestoconvocado, cualquiera que sea su situación administrativa a excep-ción de la suspensión de funciones, cuando reúnan las condicionesgenerales exigidas y los requisitos determinados en la presente convo-catoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instan-cias.

Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para eldesempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo conlas circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en larelación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.

La solicitud de participación en el concurso equivale en sí misma ala solicitud de reingreso.

2. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensosdeberán haber cumplido el periodo de suspensión en la fechaindicada.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo podránparticipar en los concursos siempre que hayan transcurrido dos añosdesde la toma de posesión del último destino obtenido por concurso yhasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias,excepto en el ámbito de su Área, Distrito u Organismo público, o salvoque hubiesen sido nombrados posteriormente para ocupar un puestode libre designación o se suprima su puesto.

4. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, losfuncionarios de nuevo ingreso no podrán participar en concursos parala provisión de puestos de trabajo, excepto en el ámbito de su Área,

Distrito u Organismo público, o salvo que hubiesen sido nombradosposteriormente para ocupar un puesto de libre designación o sesuprima su puesto.

5. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en lapropia solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicita-dos que no supongan una modificación exorbitante en el contexto dela organización. La Comisión de Valoración podrá recabar del intere-sado, en entrevista personal, la información que estime necesaria enorden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganostécnicos de los Servicios propios del Ayuntamiento o en su defecto dela Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, compe-tentes en los ámbitos laboral, sanitario y de servicios sociales,respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidadcon el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.

6. Los funcionarios adscritos provisionalmente a puestos de trabajoincluidos en esta convocatoria tendrán la obligación de participar en lamisma.

TERCERO. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas almodelo publicado como Anexo II de esta convocatoria y dirigidas alCoordinador General de Recursos Humanos, Subdirección General deProvisión de Puestos, Departamento de Gestión de Concursos deMéritos, se presentarán, en el plazo de quince días hábiles, contados apartir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria enel Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la Oficina de Registrodel Área de Gobierno de Economía, Hacienda y AdministraciónPública, calle Bustamante, 16, en las restantes Oficinas de Registro delAyuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración Generaldel Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas ofici-nas de registro que establecen las disposiciones vigentes. Tambiénpodrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrán solicitarse cuantas vacantes se incluyen en el presenteconcurso, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas.

Cada funcionario presentará una sola solicitud por convocatoria,que contendrá, caso de ser varias las plazas solicitadas, el orden depreferencia de adjudicación de aquéllas.

CUARTO. Méritos a valorar.

De acuerdo con el apartado séptimo de las Bases Generales quehabrán de regir la provisión de puestos de trabajo en el Ayuntamientode Madrid, en el presente concurso se valorarán los siguientes méritos:

1. Méritos específicos adecuados a las características de cadapuesto y determinados en el Anexo I de la presente convocatoria.

Podrán alcanzar un máximo de 6 puntos. En ningún caso el valorde alguno de dichos méritos podrá ser superior al doble del valorasignado al de menos puntuación de los mismos.

2. Posesión de grado personal.

Podrá alcanzar un total de 3 puntos, de acuerdo con la siguienteescala:

- Por la posesión de un grado personal consolidado superior entres o más niveles al del puesto solicitado, 3 puntos.

- Por la posesión de un grado personal consolidado superior en

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dos o un nivel al del puesto solicitado, 2,5 puntos.- Por la posesión de un grado personal consolidado de igual nivel al

del puesto que se concursa, 2 puntos.- Por la posesión de un grado personal consolidado inferior en un

nivel al del puesto que se concursa, 1,5 puntos.- Por la posesión de un grado personal consolidado inferior en dos

o más niveles al del puesto solicitado, 1 punto.

3. La valoración del trabajo desarrollado por el funcionario.

Podrá alcanzar un máximo de 9 puntos, y contemplará los siguien-tes extremos:

3.1 El tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel,como funcionario de carrera de la misma categoría. Podrá alcanzar 6puntos y se efectuará de acuerdo a la siguiente escala:

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo superior entres o más niveles al que se solicita, 1 punto.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo superior endos o un nivel al que se solicita, 0,8 puntos.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo de igualnivel al puesto que se solicita, 0,6 puntos.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo inferior enun nivel al que se solicita, 0,4 puntos.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo inferior endos o más niveles al que se solicita, 0,2 puntos.

3.2 La valoración de la experiencia en el desempeño de puestospertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponde elconvocado y la similitud entre el contenido técnico y las funcionesdesarrolladas en los puestos ocupados por los candidatos con losofrecidos, podrá alcanzar 3 puntos, valorándose a estos efectos 0,30puntos por cada año de servicio en puestos de dichas características.

La puntuación de los apartados 3.1 y 3.2 será acumulable en elsentido de que un año de servicio podrá puntuar, en su caso, porambos conceptos.

4. Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por elAyuntamiento de Madrid, demás Administraciones Públicas, Centros oEntidades acogidas al Plan de Formación Continua de las Administra-ciones Públicas, que versen sobre materias directamente relacionadascon las funciones propias de los puestos de trabajo solicitados, podránalcanzar un total de 5 puntos, valorándose cada uno de los cursoshasta un máximo de 0,50 puntos y deberán ser justificados documen-talmente mediante diplomas, títulos o certificados.

5. La antigüedad se valorará por años de servicio, computándose aestos efectos los reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios previosen la Administración Pública y el Real Decreto 1461/1982, de 25 dejunio, por el que se dictan normas para su aplicación.

Se valorará a razón de 0,30 puntos por cada año completo deservicios, con un máximo total de 7 puntos.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente conotros igualmente alegados.

6. La valoración total en este concurso de méritos podrá alcanzarcomo máximo un total de 30 puntos.

7. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrádado por la puntuación obtenida según el baremo, atendiendo en todocaso la preferencia que cada concursante haya expresado en su solici-tud.

En caso de empate en la puntuación se acudirá a dirimirlo a laotorgada a los méritos enunciados por el siguiente orden:

1º. Méritos específicos.2º. Posesión de un determinado grado personal.3º. Valoración del trabajo desarrollado.4º. Cursos de formación y perfeccionamiento.5º. Antigüedad.

QUINTO. Acreditación de méritos.

Los méritos alegados por los concursantes serán acreditadosdocumentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otrosjustificantes, salvo que dichos datos obren en poder de la Administra-ción Municipal (grado personal, tiempo de permanencia en puesto detrabajo de cada nivel y antigüedad).

La solicitud de participación en el concurso lleva implícita lapetición de consolidación del grado que corresponda a cada persona,excepto en aquéllas que lo tengan consolidado por Decreto o Resolu-ción del órgano competente.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre delplazo de presentación de instancias.

SEXTO. Comisión de Valoración.

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración queserá designada por la autoridad convocante con arreglo a la siguientecomposición:

- Un Presidente designado por el Coordinador General de Recur-sos Humanos.

- Dos representantes propuestos por los Distritos.- Dos representantes propuestos por el Coordinador General de

Recursos Humanos.- Tres representantes de las Organizaciones Sindicales.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz yvoto. Actuará como Secretario con voz pero sin voto un representantedesignado por el Coordinador General de Recursos Humanos.

Podrán designarse en atención a la naturaleza y volumen de laconvocatoria suplentes con los mismos requisitos.

Los miembros de la Comisión deberán ser funcionarios de carrera ydeberán pertenecer al Grupo de titulación igual o superior al exigidopara los puestos convocados.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convo-cante competente la designación de expertos en calidad de asesoresque actuarán con voz pero sin voto.

De cada sesión celebrada el Secretario de la Comisión levantará lacorrespondiente acta.

La Comisión de Valoración elevará al Coordinador General deRecursos Humanos la propuesta de resolución del concurso, acompa-ñada de una memoria explicativa de su actuación, relación de loscandidatos presentados con expresión de la puntuación obtenida,votos particulares formulados por cualquiera de los vocales, así comocualquier incidencia que hubiera surgido.

SÉPTIMO. Resolución.

El plazo de resolución será de seis meses contados desde el díasiguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

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OCTAVO. Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, que secontarán a partir del día siguiente al de cese, que deberá efectuarsedentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolu-ción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o un mes,computado desde la publicación de la resolución del procedimiento, sicomporta el reingreso al servicio activo.

NOVENO. Destinos.

Los destinos adjudicados en este concurso serán irrenunciables,salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiereobtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Los traslados que se deriven de la resolución de concurso tendránla consideración de voluntarios.

DÉCIMO. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Coordinador General deRecursos Humanos, o bien, directamente, de conformidad con elartículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administra-tivo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 13 de diciembre de 2013.- El Coordinador General deRecursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

155Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

156Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

157Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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DATOS PERSONALES

A1

A2

C1

C2

DATOS DEL DESTINO ACTUAL

Nivel CD

PUESTOS SOLICITADOS (5)

Nº Orden convocatoria

Madrid, a de de

Subdirección General de Provisión de PuestosDepartamento de Gestión de Concursos de Méritos

HOJA Nº 1 Datos personales y puestos solicitados

Nº Puesto

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

EN CONCURSO DE MÉRITOS

7

Cód. Postal

Subalterna (SUB)

Auxiliar (AUX)

Servicios Especiales (SE)

Administrativa (ADV)

Piso

Administración General (AG)

Administración Especial (AE)

Cuerpo/Escala SubescalaTécnica (T)

IMPORTANTE:

Al final de la instancia se incluyen unas instrucciones para rellenarla. Cuando un dato tiene una llamada (por ejemplo, (1)), es indispensable leer la información que aparece en dichas instrucciones sobre la forma de cumplimentarlo.

Primer Apellido

Referencia del concurso (1)

Segundo Apellido Nombre DNI Fecha Nac.

Dirección General de Gestión de Recursos HumanosSubdirección General de Provisión de PuestosDepartamento de Gestión de Concursos de MéritosC/ Bustamante, 16 - 2ª planta28045 - MADRID

Titulación (2)

Grupo

Teléfono de contacto

DATOS ADMINISTRATIVOS DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DESDE LA QUE SE CONCURSA(3)

Categoría desde la que concursa

Nivel CD

Domicilio (Calle, Plaza, Avenida, etc.) Municipio

Dirección General

Denominación del puesto de trabajo que ocupa

3

2

1

4

6

8

Denominación del puesto

Subdireccion General/Departamento

Área de Gobierno/Distrito/Organismo Autónomo

Orden de preferencia Grupo/Subgrupo

5

9

El funcionario que suscribe solicita participar en el concurso a que se refiere la presente instancia y declara, bajo su responsabilidad, queconoce expresamente los requisitos exigidos en la convocatoria para desempeñar el/los puesto/s que solicita, y que son ciertos todos y cadauno de los datos consignados, así como los documentos que se acompañan.

COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

10

Situación Administrativa (4)

Sello de Registro General

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

158Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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DNI

Nivel CD Años (9)

APORTO LA RELACIÓN DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN RECIBIDOS SI

DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS DEL GOBIERNO LOCAL

DE MADRID, OBTENIDA A TRAVÉS DE AYRE NO

Año Nºhoras

HOJA Nº 2 Acreditación de méritos generales

DATOS PERSONALES

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

CONCURSO DE MÉRITOS

Referencia del concurso (1)

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha Nac.

MÉRITOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

GRADO PERSONAL CONSOLIDADO (6) ANTIGÜEDAD (7) Años completos de servicio:

EXPERIENCIA PROFESIONAL (8) (11)

Área de Gobierno/Distrito/Organismo Autónomo Denominación del Puesto Meses (9)

CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO REALIZADOS (10) (11)

Denominación del curso Impartido por

ES NECESARIO APORTAR DIPLOMA O DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LOS CURSOS REALIZADOS EN OTRA ADMINISTRACIÓN O ENTIDAD DISTINTA AL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS DEL GOBIERNO LOCAL DE MADRID

Sello de Registro General

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

159Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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Nº Orden en la convocatoria

SI

NO

HOJA Nº 3 Méritos específicos

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

CONCURSO DE MÉRITOS

Referencia del concurso (1)

DATOS PERSONALES

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre DNI Fecha Nac.

MÉRITOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

MÉRITOS ESPECÍFICOS (12)

Orden de preferencia Méritos alegados

1

2

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9

10

OBSERVACIONES (13)

APORTO CERTIFICADO DE FUNCIONES, " HAGO CONSTAR" O DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LOS MÉRITOS ESPECÍFICOS

Sello de Registro General

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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(13)

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

CONCURSO DE MÉRITOS

INSTRUCCIONESpara rellenar la instancia

Describir los puestos de trabajo desempeñados, incluido el que ocupa actualmente.

Indicar la referencia del concurso, según aparece en la convocatoria (Ejemplo: FG-1/2013 o FE-1/2013).

Sólo deberá rellenarse cuando en la convocatoria figure expresamente que, para solicitar un puesto de trabajo, se debe estar en posesión de una titulación específica. Deberá acreditarse mediante documentación compulsada.

Marcar con X el recuadro que corresponda a la opción adecuada.

Indicar la situación administrativa desde la que se concursa: servicio activo, excedencia, etc.

Indicar en este espacio cualquier extremo que deba ser tenido en cuenta, por ejemplo, la necesidad de adaptación del puesto solicitado en el caso de que el funcionario solicitante tenga alguna discapacidad .

Especificar los años completos y meses de permanencia en cada puesto de trabajo.

Únicamente deberán incluirse los cursos exigidos en el Anexo I de la convocatoria.

Si se necesita más espacio, detallar en hoja aparte, con una estructura similar, los datos que no hayan podido incluirse en este apartado.

Rellenar, por el mismo orden de preferencia indicado en la HOJA nº 1 de esta solicitud, los méritos específicos que se alegan para cada puesto de trabajo solicitado. En el Anexo I de la convocatoria se señalan los méritos específicos que se valorarán para cada puesto de trabajo.

Rellenar por orden de preferencia los puestos de trabajo a los que se desea optar entre todos los convocados en el concurso, indicando el orden de convocatoria tal como figura en el Anexo I de la convocatoria.

Indicar el grado personal consolidado. Si se tuviese documentación al respecto, deberá acompañarse a esta instancia.

Deberá justificarse documentalmente el tiempo de servicios prestados en otras Administraciones.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2520 Resolución de 13 de diciembre de 2013del Coordinador General de RecursosHumanos por la que se convoca elConcurso General de Méritos FG-59/2013 para la provisión de puestos detrabajo en el Área de Gobierno deF a m i l i a , S e r v i c i o s S o c i a l e s yP a r t i c i p a c i ó n C i u d a d a n a .

En virtud del artículo 18.e) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 dela Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establecela organización y estructura del Área de Gobierno de Economía,Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en sutitular y en los titulares de los órganos directivos,

RESUELVO

PRIMERO. Convocar el Concurso General de Méritos FG-59/2013para la provisión de puestos de trabajo en el Área de Gobierno deFamilia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, que figuranrelacionados y descritos en el Anexo I.

SEGUNDO. Requisitos y condiciones de participación.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de laFunción Pública, podrán participar en este proceso los funcionariospropios del Ayuntamiento de Madrid y los funcionarios de carreraprocedentes de otras Administraciones Públicas que hayan accedido ala Administración del Ayuntamiento de Madrid por los procedimientosregulados en el artículo 12 y siguientes del Reglamento de Ordenacióndel Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de2005, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que elCuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean consideradoscomo equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puestoconvocado, cualquiera que sea su situación administrativa a excep-ción de la suspensión de funciones, cuando reúnan las condicionesgenerales exigidas y los requisitos determinados en la presente convo-catoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instan-cias.

Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para eldesempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo conlas circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en larelación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.

La solicitud de participación en el concurso equivale en sí misma ala solicitud de reingreso.

2. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensosdeberán haber cumplido el periodo de suspensión en la fechaindicada.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo podránparticipar en los concursos siempre que hayan transcurrido dos añosdesde la toma de posesión del último destino obtenido por concurso yhasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias,excepto en el ámbito de su Área, Distrito u Organismo público, o salvoque hubiesen sido nombrados posteriormente para ocupar un puestode libre designación o se suprima su puesto.

4. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, losfuncionarios de nuevo ingreso no podrán participar en concursos parala provisión de puestos de trabajo, excepto en el ámbito de su Área,Distrito u Organismo público, o salvo que hubiesen sido nombradosposteriormente para ocupar un puesto de libre designación o sesuprima su puesto.

5. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en lapropia solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicita-dos que no supongan una modificación exorbitante en el contexto dela organización. La Comisión de Valoración podrá recabar del intere-

sado, en entrevista personal, la información que estime necesaria enorden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganostécnicos de los Servicios propios del Ayuntamiento o en su defecto dela Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, compe-tentes en los ámbitos laboral, sanitario y de servicios sociales,respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidadcon el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.

6. Los funcionarios adscritos provisionalmente a puestos de trabajoincluidos en esta convocatoria tendrán la obligación de participar en lamisma.

TERCERO. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas almodelo publicado como Anexo II de esta convocatoria y dirigidas alCoordinador General de Recursos Humanos, Subdirección General deProvisión de Puestos, Departamento de Gestión de Concursos deMéritos, se presentarán, en el plazo de quince días hábiles, contados apartir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria enel Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la Oficina de Registrodel Área de Gobierno de Economía, Hacienda y AdministraciónPública, calle Bustamante, 16, en las restantes Oficinas de Registro delAyuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración Generaldel Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas ofici-nas de registro que establecen las disposiciones vigentes. Tambiénpodrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrán solicitarse cuantos puestos de trabajo se incluyen en elpresente concurso, siempre que se reúnan los requisitos y condicio-nes exigidas.

Cada funcionario presentará una sola solicitud por convocatoria,que contendrá, en el caso de ser varios los puestos solicitados, elorden de preferencia de adjudicación de aquéllos.

CUARTO. Méritos a valorar.

De acuerdo con el apartado séptimo de las Bases Generales quehabrán de regir la provisión de puestos de trabajo en el Ayuntamientode Madrid, en el presente concurso se valorarán los siguientes méritos:

1. Méritos específicos adecuados a las características de cadapuesto y determinados en el Anexo I de la presente convocatoria.

Podrán alcanzar un máximo de 6 puntos. En ningún caso el valorde alguno de dichos méritos podrá ser superior al doble del valorasignado al de menos puntuación de los mismos.

2. Posesión de grado personal.

Podrá alcanzar un total de 3 puntos, de acuerdo con la siguienteescala:

- Por la posesión de un grado personal consolidado superior entres o más niveles al del puesto solicitado, 3 puntos.

- Por la posesión de un grado personal consolidado superior endos o un nivel al del puesto solicitado, 2,5 puntos.

- Por la posesión de un grado personal consolidado de igual nivel aldel puesto que se concursa, 2 puntos.

- Por la posesión de un grado personal consolidado inferior en unnivel al del puesto que se concursa, 1,5 puntos.

- Por la posesión de un grado personal consolidado inferior en doso más niveles al del puesto solicitado, 1 punto.

3. La valoración del trabajo desarrollado por el funcionario.

Podrá alcanzar un máximo de 9 puntos, y contemplará los siguien-tes extremos:

3.1 El tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel,como funcionario de carrera de la misma categoría. Podrá alcanzar 6puntos y se efectuará de acuerdo a la siguiente escala:

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- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo superior entres o más niveles al que se solicita, 1 punto.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo superior endos o un nivel al que se solicita, 0,8 puntos.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo de igualnivel al puesto que se solicita, 0,6 puntos.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo inferior enun nivel al que se solicita, 0,4 puntos.

- Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo inferior endos o más niveles al que se solicita, 0,2 puntos.

3.2 La valoración de la experiencia en el desempeño de puestospertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponde elconvocado y la similitud entre el contenido técnico y las funcionesdesarrolladas en los puestos ocupados por los candidatos con losofrecidos, podrá alcanzar 3 puntos, valorándose a estos efectos 0,30puntos por cada año de servicio en puestos de dichas características.

La puntuación de los apartados 3.1 y 3.2 será acumulable en elsentido de que un año de servicio podrá puntuar, en su caso, porambos conceptos.

4. Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por elAyuntamiento de Madrid, demás Administraciones Públicas, Centros oEntidades acogidas al Plan de Formación Continua de las Administra-ciones Públicas, que versen sobre materias directamente relacionadascon las funciones propias de los puestos de trabajo solicitados, podránalcanzar un total de 5 puntos, valorándose cada uno de los cursoshasta un máximo de 0,50 puntos y deberán ser justificados documen-talmente mediante diplomas, títulos o certificados.

5. La antigüedad se valorará por años de servicio, computándose aestos efectos los reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios previosen la Administración Pública y el Real Decreto 1461/1982, de 25 dejunio, por el que se dictan normas para su aplicación.

Se valorará a razón de 0,30 puntos por cada año completo deservicios, con un máximo total de 7 puntos.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente conotros igualmente alegados.

6. La valoración total en este concurso de méritos podrá alcanzarcomo máximo un total de 30 puntos.

7. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrádado por la puntuación obtenida según el baremo, atendiendo en todocaso la preferencia que cada concursante haya expresado en su solici-tud.

En caso de empate en la puntuación se acudirá a dirimirlo a laotorgada a los méritos enunciados por el siguiente orden:

1º. Méritos específicos.2º. Posesión de un determinado grado personal.3º. Valoración del trabajo desarrollado.4º. Cursos de formación y perfeccionamiento.5º. Antigüedad.

QUINTO. Acreditación de méritos.

Los méritos alegados por los concursantes serán acreditadosdocumentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otrosjustificantes, salvo que dichos datos obren en poder de la Administra-ción Municipal (grado personal, tiempo de permanencia en puesto detrabajo de cada nivel y antigüedad).

La solicitud de participación en el concurso lleva implícita lapetición de consolidación del grado que corresponda a cada persona,excepto en aquéllas que lo tengan consolidado por Decreto o Resolu-ción del órgano competente.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre delplazo de presentación de instancias.

SEXTO. Comisión de Valoración.

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración queserá designada por la autoridad convocante con arreglo a la siguientecomposición:

- Un Presidente designado por el Coordinador General de Recur-sos Humanos.

- Dos representantes propuestos por la Secretaría General Técnicadel Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y ParticipaciónCiudadana.

- Dos representantes propuestos por el Coordinador General deRecursos Humanos.

- Tres representantes de las Organizaciones Sindicales.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz yvoto. Actuará como Secretario con voz pero sin voto un representantedesignado por el Coordinador General de Recursos Humanos.

Podrán designarse en atención a la naturaleza y volumen de laconvocatoria suplentes con los mismos requisitos.

Los miembros de la Comisión deberán ser funcionarios de carrera ydeberán pertenecer al Grupo de titulación igual o superior al exigidopara los puestos convocados.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convo-cante competente la designación de expertos en calidad de asesoresque actuarán con voz pero sin voto.

De cada sesión celebrada el Secretario de la Comisión levantará lacorrespondiente acta.

La Comisión de Valoración elevará al Coordinador General deRecursos Humanos la propuesta de resolución del concurso, acompa-ñada de una memoria explicativa de su actuación, relación de loscandidatos presentados con expresión de la puntuación obtenida,votos particulares formulados por cualquiera de los vocales, así comocualquier incidencia que hubiera surgido.

SÉPTIMO. Resolución.

El plazo de resolución será de seis meses contados desde el díasiguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

OCTAVO. Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, que secontarán a partir del día siguiente al de cese, que deberá efectuarsedentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolu-ción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o un mes,computado desde la publicación de la resolución del procedimiento, sicomporta el reingreso al servicio activo.

NOVENO. Destinos.

Los destinos adjudicados en este concurso serán irrenunciables,salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiereobtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Los traslados que se deriven de la resolución de concurso tendránla consideración de voluntarios.

DÉCIMO. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de

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reposición, en el plazo de un mes, ante el Coordinador General deRecursos Humanos, o bien, directamente, de conformidad con elartículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administra-tivo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 13 de diciembre de 2013.- El Coordinador General deRecursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

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BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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DATOS PERSONALES

A1

A2

C1

C2

DATOS DEL DESTINO ACTUAL

Nivel CD

PUESTOS SOLICITADOS (5)

Nº Orden convocatoria

Madrid, a de de

Subdirección General de Provisión de PuestosDepartamento de Gestión de Concursos de Méritos

HOJA Nº 1 Datos personales y puestos solicitados

Nº Puesto

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

EN CONCURSO DE MÉRITOS

7

Cód. Postal

Subalterna (SUB)

Auxiliar (AUX)

Servicios Especiales (SE)

Administrativa (ADV)

Piso

Administración General (AG)

Administración Especial (AE)

Cuerpo/Escala SubescalaTécnica (T)

IMPORTANTE:

Al final de la instancia se incluyen unas instrucciones para rellenarla. Cuando un dato tiene una llamada (por ejemplo, (1)), es indispensable leer la información que aparece en dichas instrucciones sobre la forma de cumplimentarlo.

Primer Apellido

Referencia del concurso (1)

Segundo Apellido Nombre DNI Fecha Nac.

Dirección General de Gestión de Recursos HumanosSubdirección General de Provisión de PuestosDepartamento de Gestión de Concursos de MéritosC/ Bustamante, 16 - 2ª planta28045 - MADRID

Titulación (2)

Grupo

Teléfono de contacto

DATOS ADMINISTRATIVOS DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DESDE LA QUE SE CONCURSA(3)

Categoría desde la que concursa

Nivel CD

Domicilio (Calle, Plaza, Avenida, etc.) Municipio

Dirección General

Denominación del puesto de trabajo que ocupa

3

2

1

4

6

8

Denominación del puesto

Subdireccion General/Departamento

Área de Gobierno/Distrito/Organismo Autónomo

Orden de preferencia Grupo/Subgrupo

5

9

El funcionario que suscribe solicita participar en el concurso a que se refiere la presente instancia y declara, bajo su responsabilidad, queconoce expresamente los requisitos exigidos en la convocatoria para desempeñar el/los puesto/s que solicita, y que son ciertos todos y cadauno de los datos consignados, así como los documentos que se acompañan.

COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

10

Situación Administrativa (4)

Sello de Registro General

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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DNI

Nivel CD Años (9)

APORTO LA RELACIÓN DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN RECIBIDOS SI

DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS DEL GOBIERNO LOCAL

DE MADRID, OBTENIDA A TRAVÉS DE AYRE NO

Año Nºhoras

HOJA Nº 2 Acreditación de méritos generales

DATOS PERSONALES

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

CONCURSO DE MÉRITOS

Referencia del concurso (1)

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha Nac.

MÉRITOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

GRADO PERSONAL CONSOLIDADO (6) ANTIGÜEDAD (7) Años completos de servicio:

EXPERIENCIA PROFESIONAL (8) (11)

Área de Gobierno/Distrito/Organismo Autónomo Denominación del Puesto Meses (9)

CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO REALIZADOS (10) (11)

Denominación del curso Impartido por

ES NECESARIO APORTAR DIPLOMA O DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LOS CURSOS REALIZADOS EN OTRA ADMINISTRACIÓN O ENTIDAD DISTINTA AL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS DEL GOBIERNO LOCAL DE MADRID

Sello de Registro General

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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Nº Orden en la convocatoria

SI

NO

HOJA Nº 3 Méritos específicos

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

CONCURSO DE MÉRITOS

Referencia del concurso (1)

DATOS PERSONALES

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre DNI Fecha Nac.

MÉRITOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

MÉRITOS ESPECÍFICOS (12)

Orden de preferencia Méritos alegados

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

OBSERVACIONES (13)

APORTO CERTIFICADO DE FUNCIONES, " HAGO CONSTAR" O DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LOS MÉRITOS ESPECÍFICOS

Sello de Registro General

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

170Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

(7)

(8)

(9)

(10)

(11)

(12)

(13)

ANEXO IISOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

CONCURSO DE MÉRITOS

INSTRUCCIONESpara rellenar la instancia

Describir los puestos de trabajo desempeñados, incluido el que ocupa actualmente.

Indicar la referencia del concurso, según aparece en la convocatoria (Ejemplo: FG-1/2013 o FE-1/2013).

Sólo deberá rellenarse cuando en la convocatoria figure expresamente que, para solicitar un puesto de trabajo, se debe estar en posesión de una titulación específica. Deberá acreditarse mediante documentación compulsada.

Marcar con X el recuadro que corresponda a la opción adecuada.

Indicar la situación administrativa desde la que se concursa: servicio activo, excedencia, etc.

Indicar en este espacio cualquier extremo que deba ser tenido en cuenta, por ejemplo, la necesidad de adaptación del puesto solicitado en el caso de que el funcionario solicitante tenga alguna discapacidad .

Especificar los años completos y meses de permanencia en cada puesto de trabajo.

Únicamente deberán incluirse los cursos exigidos en el Anexo I de la convocatoria.

Si se necesita más espacio, detallar en hoja aparte, con una estructura similar, los datos que no hayan podido incluirse en este apartado.

Rellenar, por el mismo orden de preferencia indicado en la HOJA nº 1 de esta solicitud, los méritos específicos que se alegan para cada puesto de trabajo solicitado. En el Anexo I de la convocatoria se señalan los méritos específicos que se valorarán para cada puesto de trabajo.

Rellenar por orden de preferencia los puestos de trabajo a los que se desea optar entre todos los convocados en el concurso, indicando el orden de convocatoria tal como figura en el Anexo I de la convocatoria.

Indicar el grado personal consolidado. Si se tuviese documentación al respecto, deberá acompañarse a esta instancia.

Deberá justificarse documentalmente el tiempo de servicios prestados en otras Administraciones.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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2521 Resolución de 20 de diciembre de 2013del Coordinador General de RecursosHumanos por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión porel procedimiento de libre designaciónLD-33/2013.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientesdel Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento deMadrid, de 22 de diciembre de 2005, y en uso de las competenciasprevistas en el artículo 18.e) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de laJunta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece laorganización y estructura del Área de Gobierno de Economía,Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en sutitular y en los titulares de los órganos directivos,

RESUELVO

PRIMERO.- Convocar los puestos de trabajo que se relacionan enel Anexo I.

SEGUNDO.- Podrán participar en este proceso los funcionarios decarrera del Ayuntamiento de Madrid y los funcionarios de carreraprocedentes de otras Administraciones Públicas que hayan accedido ala Administración del Ayuntamiento de Madrid por el procedimientoregulado en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordena-ción del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de2005, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que elCuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean consideradoscomo equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puestoconvocado.

Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para eldesempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo conlas circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en larelación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.

TERCERO.- Los interesados presentarán una solicitud, por cadauno de los puestos a los que opten, en el modelo de instancia publi-

cado como Anexo II. Las solicitudes se presentarán en la Oficina deRegistro del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administra-ción Pública (Personal), sito en la C/ Bustamante, 16, en las restantesOficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid o en la formaestablecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común.

CUARTO.- El plazo de presentación de solicitudes será de quincedías hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación deesta Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

QUINTO.- Los interesados acompañarán a la solicitud su currículo,en el que se detalle su formación y experiencia profesional. Los funcio-narios procedentes de otras Administraciones Públicas aportaránademás certificado expedido por su Administración de origen queacredite su nombramiento legal como funcionario de carrera.

SEXTO.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la víaadministrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potes-tativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Coordina-dor General de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, o bien directamente, de conformidadcon el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 20 de diciembre de 2013.- El Coordinador General deRecursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

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ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

1

30033394

Auxiliar de

Secretaría

Departamento de Recursos

Hum

anos

Servicio de Recursos Hum

anos y

Régimen Interior

Sub

dirección General de

Coordinación de los Servicios

Secretaría General Técnica

Área de Gobierno de Seguridad y

Emergencias

Calle Príncipe de Vergara, 140

C2

17

8.533,70 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Auxiliar

Experiencia en la realización de funciones de apoyo en tareas

administrativas (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

2

30087864

Encargado de

Oficina Auxiliar

Oficina Auxiliar de la Dirección

General de Deportes

Dirección General de Deportes

Área Delegada de Deportes

Área de Gobierno de Las Artes,

Deportes y Turismo

Calle Alfonso XI, 3

C1/C2

18

12.614,98 €

Ayuntamiento de Madrid/ Otras Administraciones Públicas

Admón. General

Administrativa/

Auxiliar

Conocimiento y experiencia en realización de funciones propias

de secretaría (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

3

30087865

Auxiliar de

Oficina Auxiliar

Oficina Auxiliar de la Dirección

General de Deportes

Dirección General de Deportes

Área Delegada de Deportes

Área de Gobierno de Las Artes,

Deportes y Turismo

Calle Alfonso XI, 3

C2

16

9.686,04 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Auxiliar

Experiencia en la realización de funciones de apoyo en tareas

administrativas (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

173Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

4

30215277

Encargado de

Oficina Auxiliar

Oficina Auxiliar de la Subdirección

General de Programas

Sub

dirección General de Programas

Dirección General de Deportes

Área Delegada de Deportes

Área de Gobierno de Las Artes,

Deportes y Turismo

Calle Alfonso XI, 3

C1/C2

18

10.452,54 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Administrativa/

Auxiliar

Conocimiento y experiencia en realización de funciones propias

de secretaría (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

5

30087848

Consejero

Técnico

Dirección General de Deportes

Área Delegada de Deportes

Área de Gobierno de Las Artes,

Deportes y Turismo

Calle Alfonso XI, 3

A1

28

25.846,38 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General/

Admón. Especial

Técnica

Experiencia en la elaboración de inform

es deportivos y derecho

deportivo.

Experiencia en la dirección y coordinación de equipos de trabajo.

Experiencia en análisis y estud

ios de propuestas deportivas.

Experiencia en gestión deportiva.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

174Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

6

30087945

Consejero

Técnico

Consejería Técnica de Apoyo

Sub

dirección General de Apoyo y

Coordinación

Dirección General de Deportes

Área Delegada de Deportes

Área de Gobierno de Las Artes,

Deportes y Turismo

Calle Alfonso XI, 3

A1

28

28.851,90 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General/

Admón. Especial

Técnica

Experiencia en asesoramiento jurídico, elaboración de inform

es y

conocimientos de la norm

ativa administrativa.

Experiencia en la dirección y coordinación de equipos de trabajo.

Experiencia en tram

itación y

gestión

de

expedientes de

contratación administrativa.

Experiencia en gestión presupuestaria.

7

30203293

Sub

director

General

Sub

dirección General de

Participación Ciudadana y

Voluntariado

Dirección General de Participación

Ciudadana y Voluntariado

C. General de Familia, Servicios

Sociales y Participación Ciudadana

Área de Gobierno de Familia,

Servicios Sociales y Participación

Ciudadana

Calle José Ortega y Gasset, 100

A1

30

41.673,52 €

Ayuntamiento de Madrid/ Otras Administraciones Públicas

Admón. General/

Admón. Especial

Técnica

Experiencia en la tram

itación

y gestión

de

expedientes de

subvenciones, contratación, presupuestos y convenios.

Experiencia en la tramitación de procedimientos administrativos

en el ámbito municipal.

Conocimiento y experiencia en la aplicación

de

la norm

ativa

estatal/autonómica/local en m

ateria de participación ciud

adana,

voluntariado y funcionamiento de órganos municipales.

Experiencia en la gestión

de

personal y

en materias

de

competencia de los Distritos.

Experiencia en la coordinación y dirección de equipos de trabajo.

Conocimiento de las aplicaciones ofim

áticas y corporativas del

Ayuntam

iento de Madrid.

Form

ación y experiencia docente en m

aterias de competencia

municipal.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

175Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

8

30003766

Auxiliar de

Secretaría

Sección de Licencias y

Autorizaciones

Departamento Jurídico

Secretaría de Distrito

Gerencia

Distrito de Chamartín

Calle Príncipe de Vergara, 142

C2

15

8.319,50 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Auxiliar

Experiencia en la realización de funciones de apoyo en tareas

administrativas (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

Experiencia en el m

anejo de las aplicaciones inform

áticas (S

IGSA,

PLY

CA y W

ORKFLOW).

9

30165330

Auxiliar de

Secretaría

Sección de Gestión Administrativa

Departamento de Actividades

Educativas

Sub

dirección General de Educación

y Juventud

Dirección General de Familia,

Infancia, Educación y Juventud

C. General de Familia, Servicios

Sociales y Participación Ciudadana

Área de Gobierno de Familia,

Servicios Sociales y Participación

Ciudadana

Calle José Ortega y Gasset, 100

C2

15

8.319,50 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Auxiliar

Experiencia en la realización de funciones de apoyo en tareas

administrativas (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

176Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

10

30064933

Auxiliar de

Secretaría

Departamento de Presupuestos y

Contratación

Centro Integral de Form

ación de

Seguridad y Emergencias

Sub

dirección General de Régimen

Jurídico y Form

ación de Seguridad y

Emergencias

Secretaría General Técnica

Área de Gobierno de Seguridad y

Emergencias

Calle Sepúlveda, 153

C1/C2

17

8.533,70 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Administrativa/

Auxiliar

Experiencia en la realización de funciones de apoyo en tareas

administrativas (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

11

30079442

Encargado de

Oficina Auxiliar

Oficina Auxiliar de la Dirección

General de Organización y Régimen

Jurídico

Dirección General de Organización y

Régimen Jurídico

C. General de Mod

ernización y

Administración Púb

lica

Área de Gobierno de Economía,

Haciend

a y Administración Pública

Calle Alcalá, 45

C1/C2

18

12.614,98 €

Ayuntamiento de Madrid/ Otras Administraciones Públicas

Admón. General

Administrativa/

Auxiliar

Conocimiento y experiencia en realización de funciones propias

de secretaría (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

Experiencia en la utilización de la aplicación inform

ática SIGSA.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

177Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

12

30079443

Auxiliar de

Oficina Auxiliar

Oficina Auxiliar de la Dirección

General de Organización y Régimen

Jurídico

Dirección General de Organización y

Régimen Jurídico

C. General de Mod

ernización y

Administración Púb

lica

Área de Gobierno de Economía,

Haciend

a y Administración Pública

Calle Alcalá, 45

C2

16

9.686,04 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Auxiliar

Experiencia en la realización de funciones de apoyo en tareas

administrativas (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

Experiencia en la utilización de la aplicación inform

ática SIGSA.

13

30079482

Encargado de

Oficina Auxiliar

Sub

dirección General de Estud

ios

Dirección General de Organización y

Régimen Jurídico

C. General de Mod

ernización y

Administración Púb

lica

Área de Gobierno de Economía,

Haciend

a y Administración Pública

Calle Alcalá, 45

C1/C2

18

10.452,54 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Administrativa/

Auxiliar

Conocimiento y experiencia en realización de funciones propias

de secretaría (archivo, registro y clasificación de documentos).

Experiencia en gestión de agenda y atención telefónica.

Experiencia en el m

anejo de aplicaciones ofim

áticas (W

ord, Excel,

Access y Outlook).

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

178Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

Page 179: Boletín Oficial del BOAM Ayuntamiento de Madrid · 2013-12-29 · Año CXVII 27 de diciembre de 2013 Núm. 7.075 ISSN 1989-9114 D.L.: M. 7178/1958 BOAM Boletín Oficial del Ayuntamiento

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO I

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LD 33/2013

orden

Código

puesto

Denominación

puesto

Unidad Orgánica

Localización del puesto

Grupo/

Sub

gru

po

Nivel

C. D.

Complemento

específico anual

Admón.

Escala

Sub

escala

Clase

Categoría

Requisitos

Observaciones

Perfil

14

30087046

Jefe de

Servicio

Servicio de Coordinación de

Asistencia Técnica al Pleno

Sub

dirección General de Asistencia

Técnica al Pleno

Secretaría General del Pleno

Presidencia del Pleno

Plaza de la Villa, 4

A1

29

37.067,66 €

Ayuntamiento de Madrid

Admón. General

Técnica

Ram

a Jurídica

Conocimiento y experiencia en labores de tareas d

e apoyo y

asistencia a la secretaría de órganos colegiados.

Experiencia en la revisión de documentos elaborados en relación

con los acuerdos adoptados, así como con el desarrollo de las

sesiones de los mencionados órganos.

Experiencia en la elaboración de inform

es jurídicos en m

ateria de

organización y competencias del Ayuntam

iento de Madrid.

Experiencia en organización, coordinación y dirección de equipos

de trabajo.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

179Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

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ANEXO II

CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN 33/2013

Nº DE ORDEN: ....... DATOS PERSONALES Primer apellido:

Segundo apellido: Nombre:

D.N.I.:

Fecha de nacimiento: Cuerpo/Escala:

Domicilio (calle y número):

Provincia: Localidad: Teléfono:

DESTINO ACTUAL Área de Gobierno/Distrito/ Organismo Autónomo:

Dirección General: Subdirección General/Departamento:

Denominación del puesto de trabajo:

Nivel: Complemento específico: Número de puesto:

SOLICITA:

Ser admitido a la convocatoria pública para proveer puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha de …………….de 2013), para el puesto de trabajo siguiente:

Denominación del puesto de trabajo: Nivel: Nº de puesto: Subdirección/

Departamento: Área de Gobierno/Distrito:

En .............................., a .......... de ......................................... de 2013 (Firma del interesado)

AYUNTAMIENTO DE MADRID. COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Calle Bustamante, 16, 28045 Madrid

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

180Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2

Page 181: Boletín Oficial del BOAM Ayuntamiento de Madrid · 2013-12-29 · Año CXVII 27 de diciembre de 2013 Núm. 7.075 ISSN 1989-9114 D.L.: M. 7178/1958 BOAM Boletín Oficial del Ayuntamiento

D) Anuncios

Otros anuncios

Distrito de Moratalaz

2522 Resolución de 10 de diciembre de 2013del Gerente del Distrito de Moratalazpor la que se ordena la publicación delinicio de expediente sancionador aNueva Gama Comercial, S.L., conNúmero de Ident i f icación FiscalB98341951, expediente 115/2013/1926.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidadcon el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto,por medio del presente anuncio, de la Resolución del Gerente delDistrito de Moratalaz de fecha 20 de septiembre de 2013, mediante laque se inicia el expediente sancionador número 115/2013/1926 contraNueva Gama Comercial, S.L., con Número de Identificación FiscalB98341951, titular del local situado en la calle Arroyo de las Pilillas, 16,puesto 14, pudiendo consultar el texto íntegro de la resolución en elNegociado de Gestión del Distrito de Moratalaz, en la calle FuenteCarrantona, 12, segunda planta, en horario de 9 a 14 horas.

Madrid, a 10 de diciembre de 2013.- El Gerente del Distrito deMoratalaz, José Antonio Frutos Páez.

2523 Resolución de 18 de diciembre de 2013del Gerente del Distrito de Moratalazpor la que se ordena la publicación delinicio de expediente sancionador dereferencia 115/2013/2211 a D. L. L. O,con Número de Identi f icación deExtranjero X7007880X.

"Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidadcon el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto pormedio del presente anuncio de la resolución del Gerente del Distrito deMoratalaz de fecha 28 de noviembre de 2013 mediante la que se iniciael expediente sancionador 115/2013/2211 contra D. L. L. O., conNúmero Identificación de Extranjero X7007880X, como titular del localsituado en la calle Corregidor Juan Francisco de Luján, 63, pudiendoconsultar el texto integro de la resolución en el Negociado de Gestióndel Distrito de Moratalaz, en la calle Fuente Carrantona, 12, segundaplanta, en horario de 9 a 14 horas".

Madrid, a 18 de diciembre de 2013.- El Gerente del Distrito deMoratalaz, José Antonio Frutos Páez.

2524 Resolución de 18 de diciembre de 2013del Gerente del Distrito de Moratalazpor la que se ordena la publicación delinicio de expediente sancionador dereferencia 115/2013/2410 a J. M. R. H.,con Número de Identificación Fiscal50845302F.

"Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidadcon el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto pormedio del presente anuncio de la resolución del Gerente del Distrito deMoratalaz de fecha 24 de octubre de 2013 mediante la que se inicia elexpediente sancionador 115/2013/2410 contra J. M. R. H., conNúmero Identificación de Fiscal 50845302F, como titular del localsituado en la calle Marroquina, 40, posterior, pudiendo consultar eltexto íntegro de la resolución en el Negociado de Gestión del Distritode Moratalaz, en la calle Fuente Carrantona, 12, segunda planta, enhorario de 9 a 14 horas".

Madrid, a 18 de diciembre de 2013.- El Gerente del Distrito deMoratalaz, José Antonio Frutos Páez.

BOAM núm. 7.075 27 de diciembre de 2013

181Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408087B9D2