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1 ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE FÚTBOL PROFESIONAL SEGUNDA DIVISIÓN B A S E S CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP – SD 2013

Bases Segunda División 2013

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Page 1: Bases Segunda División 2013

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ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE FÚTBOL PROFESIONALSEGUNDA DIVISIÓN

B A S E S

CAMPEONATO DESCENTRALIZADO

ADFP – SD 2013

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AÑO 2013

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CONTENIDO

TITULO PRIMERO: GENERALIDADES Art. Pág.

• CARÁCTER OFICIAL DEL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP - SD 2013. 1 6• ORGANISMO ENCARGADO DE LA ORGANIZACIÓN Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN. 2 6• GASTOS DE TRASLADOS, ALOJAMIENTO, ALIMENTACION, COMISARIOS Y LIQUIDADORES 3 7• NORMAS QUE RIGEN EL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP – SD 2013. 4 7• REMISIÓN Y APROBACIÓN DE BASES 5, 6 7, 8• TROFEO EN DISPUTA DEL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP – SD 2013. 7 8• ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES 8 8• CUOTA DE INSCRIPCIÓN POR CLUB 9 8• CLUBES QUE ADEUDAN• PAGO DE ARBITRAJES

1011

89

TITULO SEGUNDO: ESTRUCTURA DEL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP–SD 2013

• SISTEMA DEL CAMPEONATO• NORMAS GENERALES PARA EL DESARROLLO DEL CAMPEONATO

1213

99

• CRITERIOS DE UBICACIÓN EN LA TABLA DE POSICIONES 14 9• SISTEMA DE DEFINICIÓN DEL CLUB CAMPEÓN Y SUBCAMPEÓN 15 10• SISTEMA DE DEFINICIÓN DEL DESCENSO 16,17 10• DERECHO DEL CLUB CAMPEÓN 18 10• DECLARACION OFICIAL DE CAMPEÓN Y DESCENSO 19 10• CALENDARIO Y FIXTURE 20 11

TITULO TERCERO: DE LAS REGLAS DE INSCRIPCION Y PARTICIPACIÓN DE JUGADORES Y ENTRENADORES

• REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION Y PARTICIPACIÓN DE JUGADORES Y ENTRENADORES• CONFORMACIÓN DE PLANTILLA, PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA DE JUGADORES SUB 20 Y

BOLSA DE MINUTOS

21

22

11

12• VALIDACIÓN DE CONTRATOS DE JUGADORES, ENTRENADORES Y MIEMBROS DE

COMANDO TECNICO23, 24 12

• PARTICIPACIÓN Y TRANSFERENCIA DE JUGADORES DE LOS CAMPEONATOS COPA PERÚ,ADFP, ADFP-SD Y MENORES

25 13

• EXCLUSIVIDAD DE JUGADORES 26 13• PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE JUGADORES 27 13• TRANSFERENCIA TEMPORAL 28 14• IDENTIFICACIÓN DE JUGADORES 29 14• EXPEDICIÓN Y USO DE CARNETS PARA JUGADORES, COMANDOS TECNICOS Y

AUXILIARES. JUEGOS SUPLETORIOS DE CARNETS 30 14• PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN EN EL PARTIDO 31 15• SANCIÓN POR NO CONTAR CON CARNET O FOTOCHECK 32 15• SANCIÓN POR PARTICIPACIÓN DE JUGADORES NO INSCRITOS, MAL INSCRITOS O

SANCIONADOS 33 15• USO DE JUGADORES REEMPLAZANTES 34 15• JUGADORES HÁBILES Y TITULARES 35 15• MÍNIMO DE JUGADORES PARA INICIAR EL PARTIDO 36 16• PRESENTACIÓN DE JUGADORES 37 16• UNIFORME DE LOS EQUIPOS 38 17• USO PROMOCIONAL O COMERCIAL DEL UNIFORME. RESTRICCIÓN 39 17• INGRESO AL CAMPO DE JUEGO 40 17• INGRESO AL ÁREA DE SUPLENTES Y DEL PERSONAL TÉCNICO, MÉDICO O AUXILIAR DEL

CLUB 41 18

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TITULO CUARTO: DE LOS ESTADIOS Y CAMPOS DE JUEGO Art. Pág.

• CAPACIDAD Y CONDICIONES MÍNIMAS DE INFRAESTRUCTURA Y SEGURIDAD DE LOSESTADIOS

42,43, 44,45 18,19

TITULO QUINTO: CONDICIONES PARA PROGRAMACIÓN Y REALIZACIÓN DE PARTIDOS

• CONVENIO ECONÓMICO ENTRE LOS CLUBES. REGLAS DE SU EJECUCIÓN 46 20• PLAZOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONVENIOS 47,48, 49 20, 21• EN CASO DE DESACUERDO O NEGATIVA PARA CELEBRAR CONVENIO 50 21• DERECHO A LA TAQUILLA, PAGO DE GASTOS OPERATIVOS. 51 21• DESTINO DE RECAUDACIÓN DE MULTAS 52 22

TITULO SEXTO: DEL RÉGIMEN DE ENTRADAS Y ABONOS

• ENTRADAS VALIDAS Y EMISIÓN DE ABONOS 53 22• INGRESO CON CARNETS 54 23• MÁXIMO DE CARNETS POR CLUB 55 23

TITULO SÉTIMO: DE LOS PARTIDOS Y EL ARBITRAJE

• ORGANIZACIÓN, PROMOCIÓN Y CONTROL DE PARTIDOS 56 23• REGLAS PARA LA PROGRAMACIÓN DE LOS PARTIDOS 57 y 58 23• PARTIDOS SIMULTÁNEOS EN LAS ÚLTIMAS FECHAS 59 24• DEFINICIÓN DE CASO FORTUITO Y DE FUERZA MAYOR 60 24• POSTERGACIÓN O SUSPENSIÓN DE PARTIDOS 61 24• PROGRAMACIÓN DE PARTIDOS POSTERGADOS O SUSPENDIDOS 62 24• POSTERGACIÓN FACULTATIVA DEL ÁRBITRO. POSTERGACIÓN DEFINITIVA 63 24• SUSPENSIÓN DE PARTIDOS, REGLAS DE SU REANUDACIÓN 64 25• TOLERANCIA PARA INICIO DEL PARTIDO 65 25• PROGRAMACIÓN Y DESIGNACION DE ARBITROS 66 25• ARBITROS NACIONALES Y EXTRANJEROS HABILITADOS PARA SU DESIGNACION 67 25• AUSENCIA DE ARBITROS 68 25• IMPEDIMENTO DE ARBITRAJE DE PARTIDOS DE UN MISMO EQUIPO 69 26• RESPONSABILIDAD DEL CLUB LOCAL POR LA SEGURIDAD PERSONAL DE LA CUARTETA

ARBITRAL Y DE LA DELEGACIÓN VISITANTE 70 26• MANTENIMIENTO DE LA CORDURA, ORDEN Y RESPETO MUTUO DURANTE LOS PARTIDOS

- INVOCACIÓN AL ORDEN 71 26• SUSPENSIÓN DE PARTIDOS POR CONDUCTA INTOLERANTE DEL PÚBLICO 72 27• RESPONSABILIDAD POR SUSPENSIÓN DEL PARTIDO 73 27• SANCIÓN A CLUBES RESPONSABLES POR VIOLENCIA RECÍPROCA 74 27• OPORTUNIDAD DE PRESENTACIÓN DEL INFORME ARBITRAL, PRESENTACIÓN DE

DISCREPANCIAS DE LOS PARTICIPANTES EN EL CAMPEONATO. 75 27• INCUMPLIMIENTO ARBITRAL 76 28

TITULO OCTAVO: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROGRAMACIÓN

• NO PRESENTACIÓN, ABANDONO O NO REANUDACIÓN DEL PARTIDO 77 28• NO PRESENTACIÓN SIMULTÁNEA DE NINGUNO DE LOS DOS EQUIPOS 78 28• PÉRDIDA AUTOMATICA DE CATEGORÍA 79 28• RETIRO DEL CAMPEONATO 80 29

TITULO NOVENO: MULTAS Art. Pág.

• PLAZO PARA CANCELAR LA MULTA Y ESCALA DE MULTAS 81 29

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TITULO DECIMO: DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE

• NATURALEZA Y FACULTAD DE LA CONAR 82 30• DESIGNACIÓN DE ASESORES POR LA CONAR – FPF. 83 30

TITULO DÉCIMO PRIMERO: JURISDICCIÓN DEPORTIVA DEL CAMPEONATO

• COMPOSICIÓN Y COMPETENCIA DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA84,85, 85A86

30

TITULO DÉCIMO SEGUNDO: COMISARIOS DE LA ADFP-SD

• COMISARIOS DE LA ADFP-SD 87 31

TITULO DÉCIMO TERCERO: DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

• AUTORIZACIÓN DE INGRESO A REPRESENTANTES DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN 88 31• CHALECOS DEL PERSONAL DE TELEVISIÓN Y REPORTEROS GRÁFICOS 89 32• TRANSMISIÓN POR TELEVISIÓN-DERECHOS EXCLUSIVOS 90 32

TITULO DÉCIMO CUARTO: MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LAS BASES 91 32

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASPRIMERA, SEGUNDA, TERCERA 32,33CUARTA, QUINTA, SEXTA Y SÉTIMA, OCTAVA Y NOVENA 33

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA, QUINTA, SEXTASÉTIMA, OCTAVA, NOVENA, DÉCIMA Y DÉCIMA PRIMERA

3435

ANEXO N° 1: REGLAMENTO ECONOMICO FINANCIERO

• REQUISITOS DE ORDEN ECONOMICO-FINANCIERO QUE DEBERAN CUMPLIR LOSCLUBES PARA PARTICIPAR EN EL TORNEO 1° 36

• PAGO DE LAS REMUNERACIONES MENSUALES Y SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO 2° 36• PAGO DE LAS CUOTAS DE CONVENIOS DE REFINANCIAMIENTO CELEBRADOS CON

EL SAFAP Y SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO 3° 37• OBLIGACIONES PENDIENTES CON LA ADFP-SD 4° 38• ORGANO DE CONTROL ECONOMICO – FINANCIERO 5° 38

DISPOSICIÓN FINAL AL REGLAMENTO ECONOMICO FINANCIERO 38, 39

CALENDARIO Y FIXTURE

• CALENDARIO 40• FIXTURE PRIMERA RUEDA 41• FIXTURE SEGUNDA RUEDA 42

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TÍTULO PRIMERO

GENERALIDADES

CARÁCTER OFICIAL DEL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP-SD 2013

Articulo 1.- Las presentes Bases norman el desarrollo del Campeonato Descentralizado de la AsociaciónDeportiva de Fútbol Profesional – Segunda División Año 2013. Este campeonato es una competencia decarácter Oficial en el que participan Catorce (14) Instituciones Deportivas Afiliadas y debidamente constituidas,conforme a la Legislación Deportiva vigente y cuya nómina es la siguiente:

SEDE

Nº CLUB CIUDAD REGIÓN

1 Deportivo Coopsol S.A. Chancay Lima

2 Centro Cultural Deportivo Los Caimanes Chiclayo Lambayeque

3 Alianza Universidad Huánuco Huánuco Huánuco

4 Atlético Minero del Rímac Matucana Lima

5 Deportivo Atlético Torino Talara Piura

6 Deportivo Sport Ancash Huaraz Ancash

7 Sport Boys Association Callao Lima

8 Alfonso Ugarte Puno Puno

9 Sport Victoria Ica Ica

10 Deportivo I.E.P.V.A Alianza Cristiana Iquitos Loreto

11 Defensor San Alejandro Pucallpa Ucayali

12 Sportivo Huracán Arequipa Arequipa

13 Centro Deportivo Municipal Lima Lima

14 Walter Ormeño Cañete Lima

ORGANISMO ENCARGADO DE LA ORGANIZACIÓN Y REQUISITOS DE PARTICIPACION

Artículo 2.- La Asociación Deportiva de Fútbol Profesional - Segunda División es la encargada de la organizacióny control del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, bajo la supervisión de la Federación Peruana deFútbol.

Para el presente Campeonato Descentralizado la participación de los clubes es obligatoria y quedará sujeta a loque determinen las presentes Bases, Contratos suscritos por la ADFP-SD, los acuerdos de la Asamblea de laADFP-SD y la Legislación Deportiva vigente enunciada en el Artículo 4 de las presentes bases.

Los Clubes deberán cumplir con presentar su Presupuesto Económico Deportivo para el año 2013 y lasGarantías Financieras establecidas por la FPF para participar en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013.

Los Clubes deberán presentar al inicio del Torneo los respectivos Reglamentos Internos de Trabajodebidamente presentados en el Ministerio de Trabajo, cuyas copias serán remitidas a la Asociación Deportivade Futbol Profesional Segunda División y a la Federación Peruana de Futbol.

El incumplimiento o desacato de parte de alguna Institución a las normas deportivas y/o a los Contratossuscritos por la ADFP-SD serán causal de exclusión de la Asociación e impedimento de continuar participandoen el Campeonato ADFP-SD 2013.

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GASTOS DE TRASLADOS, ALOJAMIENTO, ALIMENTACIÓN, COMISARIOS Y LIQUIDADORES.

Articulo 3.- La Junta Directiva de la ADFP-SD administrará y dispondrá de los fondos otorgados por la empresao las empresas auspiciadoras y de los obtenidos por la ampliación del número de Clubes según lo normado enlas Resoluciones N° 002-FPF-2013 y 007-FPF-2007 para cubrir los gastos de traslados terrestres y aéreos hastala (s) ciudad (es) donde se realice (n) el (los) encuentro (s) y sea la sede oficial del club local según su registro deafiliación deportiva, además asumirá el alojamiento y alimentación de las delegaciones de los clubescompuestas de hasta veintitrés (23) personas para los terrestres y hasta veinte (20) personas para los aéreosdurante el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 además, el traslado de las autoridades deportivas yadministrativas; salvo los gastos adicionales acordados para programaciones extraordinarias y/oprogramaciones en estadios alternos según lo establecido en las presentes Bases.

Se establece un Fondo de Compensación de Financiamiento del Campeonato para cubrir prioritariamente losgastos operativos que no puedan ser cubiertos por los ingresos enunciados en el párrafo anterior y loshonorarios, el alojamiento, alimentación de los Comisarios y Liquidadores.

Al concluir la Primera Rueda del Campeonato, se informará a los clubes acerca de lo acontecido con este fondoy se adoptarán las medidas que correspondan.

En caso el Club desee viajar con menos personas en su delegación deberá comunicarlo con una anticipación dedoce (12) horas en caso de traslado terrestre y de setenta y dos (72) horas en caso de traslado aéreo, de lafecha de viaje para no emitir los boletos correspondientes, caso contrario los gastos efectuados serán cargadosa la cuenta del Club.

NORMAS QUE RIGEN EL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP-SD 2013

Artículo 4.- El Campeonato Descentralizado de la ADFP - Segunda División 2013 se rige por:

- Estatutos de la ADFP-Segunda División- Bases del Campeonato ADFP-SD 2013.- Convenios Suscritos por la ADFP-SD.- Fixture del Campeonato ADFP-SD 2013.- Reglamento Único de Justicia Deportiva de la FPF- Reglamento de Comisión de Estadios.- Estatutos, Códigos y Reglamentos FIFA.- Disposiciones de la FIFA.- Reglas de Juego de la International Board.- Resoluciones N° 001-FPF-2005, Nº 002-FPF-2006, N° 007-FPF-2007, Nº 007-FPF-2009, Nº 008-FPF-

2009, N° 001-FPF-2011, N° 002-FPF-2013 y demás Resoluciones de la Federación Peruana de Fútbol enlo que resulten aplicables.

- Oficio FPF Nº 435-FPF-2006.- Acuerdos adoptados por la Asamblea de Delegados y la Junta Directiva de la ADFP-SD en uso de sus

respectivas atribuciones y competencias.- Normas relacionadas con el estado y el mantenimiento de los campos de juego, impartidas por la

Junta Directiva de la ADFP-SD, en atención a los informes de la Comisión Técnica de Estadios- Los Derechos de Transmisión del Campeonato Descentralizado ADFP-SD son exclusividad de MEDIA

NETWORKS LATIN AMERICA SAC (CABLE MÁGICO DEPORTES), según Contrato firmado por acuerdo deasamblea de fecha 21/03/07 para los años 2009 y 2010 y ampliado hasta el año 2013 por acuerdo deasamblea de fecha 04/05/09, el mismo que ha sido aprobado por la Federación Peruana de Fútbol.

REMISIÓN Y APROBACIÓN DE BASES

Artículo 5.- Las presentes Bases, su anexo, el Calendario y el Fixture del Campeonato Descentralizado ADFP-SD2013 se remitirán a la Federación Peruana de Fútbol para su aprobación final, luego de lo cual entrarán envigencia.

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Articulo 6.- El Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 se iniciará el Viernes Diecinueve (19) de Abril delpresente año, conforme al calendario previsto en las presentes Bases y de acuerdo al fixture aprobado enAsamblea de Delegados de los clubes participantes, debiendo culminar el Domingo 20 de Octubre.

TROFEO EN DISPUTA DEL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO DE LA ADFP-SD 2013

Articulo 7.- Durante el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 se pondrá en disputa el trofeo “CopaADFP-SD 2013”, el que será otorgado al club Campeón en ceremonia especial.

ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES

Artículo 8.- Las gestiones que realicen los clubes ante la ADFP-SD se efectuarán sólo a través de su Presidentey/o Delegados, debidamente acreditados con la documentación pertinente; debiendo la Junta Directiva de laADFP-SD hacer cumplir esta disposición sin distingo.

Los Clubes podrán autorizar mediante Carta Poder a terceras personas ejercer su representación para un findeterminado en cada oportunidad que lo consideren conveniente, según lo establecido en los Estatutos de laADFP-SD.

Los Clubes deberán acreditar solo un Delegado Titular y un Delegado Adjunto. El Delegado Adjunto podráejercer el derecho a voto en las Asambleas que no se encuentre el Delegado Titular.

Asimismo, los representantes que no asistan a las Asambleas convocadas por la ADFP-SD ocasionarán que lainstitución a la que representan, sea multada de acuerdo a las disposiciones del Titulo Noveno - “MULTAS”,salvo justificación debidamente fundamentada por escrito ante la Asociación.

CUOTA DE INSCRIPCIÓN POR CLUB

Artículo 9.- La Cuota de Inscripción para el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 se sustenta en elPresupuesto del Ejercicio que presentó la Junta Directiva, el mismo que fue aprobado por la Asamblea deDelegados; esta Cuota de Inscripción es de S/. 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), monto que serácancelado de la siguiente manera:

− 50% hasta el día Lunes 15 de Abril del presente año.− El otro 50%, siete (07) días antes del inicio de la primera fecha de la segunda rueda, conforme al

Calendario del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013.

La cuota de inscripción se abonará en la Cuenta Corriente de la ADFP-SD.

Los Clubes que no dieran cumplimiento a la norma en referencia hasta el día señalado para la firma delConvenio de Programación respectivo, quedarán impedidos de participar en sus encuentros en tanto noregularicen su situación, sin derecho a solicitar reprogramación de los mismos. La inhabilitación no lespermitirá presentarse para disputar los partidos en los que eventualmente pudieran estar considerados,entendiéndose que hacen renuncia expresa de presentarse a disputarlos, declarándosele perdedor por WalkOver (W.O.). y resultando de aplicación, en lo referente a los procedimientos para la asignación de puntajes ymarcador considerado, lo previsto sobre el particular en el Artículo 77 de las presentes Bases.

En el caso que el o los partidos consideren como eventuales rivales a dos Clubes inhabilitados, ambos serándeclarados perdedores por Walk Over (W.O.), no se asignará puntaje a ninguno de ellos y a ambos se lesconsiderará un marcador en contra de tres (3) a cero (0).

CLUBES QUE ADEUDAN

Articulo 10.- No será considerado en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 el club que hasta el díaquince (15) de Marzo del presente año no presente su Carta en la que confirma su compromiso departicipación en el mismo. Asimismo deberá presentar hasta el día cinco (05) de Abril en forma impostergablesu Presupuesto Económico según lo establecido en el Anexo N° 01 de las presentes Bases y que deberáconsiderar obligatoriamente sus Convenios de Refinanciamiento de Pago de Obligaciones Pendientes y/o suPropuesta de reestructuración de las mismas con su Plantel Deportivo actual y/o anterior, la ADFP-SD, la ADFP

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según corresponda, FPF (incluido Categorías Menores) o CONAR o incumpla los requerimientos establecidospor la Federación Peruana de Fútbol en el modo y forma que considere la Junta Directiva de la ADFP-SD, através de las medidas administrativas, económicas y deportivas que adopte, en atención a lo dispuesto por lasnormas reglamentarias.

En caso de incumplimiento de la presentación del Presupuesto Económico en la fecha indicada el Club infractorserá sancionado con una multa ascendente a 01 UIT, debiendo la Junta Directiva de la ADFP-SD establecer unnuevo plazo improrrogable que no excederá el 10 de Abril. En caso de nuevo incumplimiento el Club quedaráexcluido y sancionado según lo normado en la Resolución N° 002-FPF-2013.

PAGO DE ARBITRAJES

Artículo 11.- Los Clubes deberán abonar en la Cuenta Corriente de la ADFP-SD el costo de los honorarios de laCuarteta Arbitral que le corresponde antes de la firma del Convenio de Programación según el cual lescorresponda ejercer su localía y adjuntar el Voucher que lo acredite, en todo caso hasta el Lunes anterior a lafecha del encuentro programado según el Convenio suscrito.

El Club que no diera cumplimiento a la norma en referencia, quedará impedido de participar en el mismo, sinderecho a solicitar su reprogramación. La inhabilitación no le permitirá presentarse para disputar el partido,entendiéndose que hacen renuncia expresa de presentarse a disputarlo, declarándosele perdedor por WalkOver (W.O.) y resultando de aplicación, en lo referente a los procedimientos para la asignación de puntajes ymarcador considerado, lo previsto sobre el particular en el Artículo 77 de las presentes Bases.

Adicionalmente los Clubes al término del partido que les corresponda actuar de locales cancelaránobligatoriamente los viáticos del Cuerpo Arbitral.

TÍTULO SEGUNDO

ESTRUCTURA DEL CAMPEONATO DESCENTRALIZADO ADFP-SD 2013

SISTEMA DEL CAMPEONATO

Artículo 12.- El Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 se jugará en una sola Etapa que constará de dos (2)ruedas con partidos de ida y vuelta, y su inicio será el Viernes Diecinueve (19) de Abril y finalizará el DomingoVeinte (20) de Octubre, al término de lo cual se determinará al club Campeón, que ascenderá a la PrimeraDivisión, así como a los dos clubes (02) que descenderán de Categoría.

NORMAS GENERALES PARA EL DESARROLLO DEL CAMPEONATO

Artículo 13.- El Campeonato se jugará en Veintiséis (26) fechas, con partidos todos contra todos en dos (2)ruedas, en el campeonato un Club tiene derecho a jugar en condición de local una (01) vez contra cada uno delos demás Clubes participantes.

CRITERIOS DE UBICACIÓN EN LA TABLA DE POSICIONES

Artículo 14.- La Tabla de Posiciones determina la ubicación de cada Club, durante y al finalizar el desarrollo delmismo. Se establece teniendo en cuenta los factores que se indican a continuación, en orden de prioridad

1. Mayor puntaje.2. Mejor diferencia de goles.3. Mayor número de goles a favor.4. Resultado entre si.5. Sorteo.

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SISTEMA DE DEFINICIÓN DEL CAMPEÓN Y SUBCAMPEÓN

Artículo 15.- Definición del club Campeón:

a. El Club que obtenga el mayor puntaje acumulado en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013obtendrá el titulo de Campeón.

b. Si dos (2) clubes empataran en puntos en el primer puesto al término de la segunda rueda, la JuntaDirectiva de la ADFP-SD programará en el término de siete (7) días calendario como máximo, unpartido definitorio en el escenario que a su criterio garantice la mejor realización del mismo. Si altérmino del partido se encontraran empatados, se jugará dos tiempos suplementarios de quince (15)minutos cada uno; y de persistir el empate se lanzarán penales bajo el Sistema FIFA, hasta definir a unequipo ganador.El ganador será declarado Campeón y el perdedor ocupará el segundo lugar como Subcampeón. Losgastos y beneficios de este partido serán asumidos en partes iguales (50% cada club).

c. Si tres (3) clubes terminaran empatados en el primer puesto al término de la segunda etapa, el clubcon mejor diferencia de goles esperará el resultado que se obtenga entre los dos (2) clubes restantes.Ambos partidos se jugarán de acuerdo a lo estipulado en el primer párrafo del inciso b del presenteartículo.

d. Si cuatro (4) clubes terminaran empatados en el primer puesto al término de la segunda etapa, seformarán parejas por sorteo y se jugarán los partidos al término de siete (7) días calendario comomáximo, los ganadores definen el título y subtitulo de acuerdo al Sistema FIFA. El criterio para escogerlos escenarios de las programaciones será tal cual lo establece el primer párrafo del inciso b delpresente artículo. Los clubes participantes de cada partido dividirán gastos y beneficios en partesiguales (50% cada club).

SISTEMA DE DEFINICIÓN DEL DESCENSO

Artículo 16.- Los clubes que ocupen los dos (2) últimos lugares al finalizar el Campeonato DescentralizadoADFP-SD 2013 Descenderán de Categoría, debiendo intervenir en la Etapa Regional de la Copa Perú 2014,como un Campeón Departamental más.

En caso de producirse el retiro y/o exclusión de un equipo en el transcurso del Campeonato,automáticamente éste será considerado dentro del cupo del Descenso de Categoría.

Artículo 17.- En caso de presentarse situaciones de empate en puntajes para el descenso se establece losiguiente:

a. En caso de no ser posible determinar directamente a quienes corresponde descender, por haber empatadodos (2) clubes en el penúltimo lugar, dichos clubes disputarán un partido para establecer el club a quiencorresponde descender. Este partido se realizará bajo las condiciones establecidas en el inciso b) delArtículo 15°.

b. En caso se produjera un empate entre más de dos clubes en el penúltimo o último lugar, dichos clubesjugarán entre ellos y el (los) club (es) que ocupe (n) el (los) último (s) y/o penúltimo lugar (es) descenderá(n) de categoría. Este/Estos partido (s) se realizará (n) bajo las condiciones establecidas en los incisos c) yd) del Artículo 15°.

DERECHO DEL CLUB CAMPEÓN

Artículo 18.- El club Campeón ascenderá directamente al Campeonato Descentralizado ADFP 2014 organizadopor la Asociación Deportiva de Fútbol Profesional de Primera División.

DECLARACIÓN OFICIAL DE CAMPEÓN Y DESCENSO

Artículo 19.- En Boletín Oficial que se distribuirá a los clubes que integran la ADFP-SD dentro de la semanaposterior a la finalización del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, la Junta Directiva de la ADFP-SDdeclarará oficialmente al Club Campeón, y al Club que descienda de Categoría, cumpliendo con ponerinmediatamente en conocimiento de la Federación Peruana de Fútbol para los fines deportivos pertinentes.

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CALENDARIO Y FIXTURE

Artículo 20.- El Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 se desarrollará de acuerdo al calendario y fixtureestablecido en las presentes Bases.

Los partidos podrán disputarse los días viernes, sábado, domingo ó lunes a partir de las 11:00 hrs., salvoacuerdo de las partes o lo normado por la FPF o recomendaciones FIFA para las ciudades de altura y de altatemperatura o campos sintéticos.

TÍTULO TERCERO

DE LAS REGLAS DE INSCRIPCIÓN Y PARTICIPACIÓN DE JUGADORES Y ENTRENADORES

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y PARTICIPACIÓN DE JUGADORES Y ENTRENADORES

Artículo 21.- En el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, sólo pueden participar los jugadores,entrenadores y miembros del Comando Técnico que cumplan con presentar ante la ADFP-SD los siguientesdocumentos y requisitos:

A. JUGADORES NO AFICIONADOS NACIONALES

1. Certificado médico suscrito por médico colegiado (formato expedido por la ADFP-SD), acompañadode un Electrocardiograma, Hemograma, Radiografía de Tórax y una Ecografía del Corazón.

2. Dos (2) fotografías a color tamaño pasaporte.3. Certificado de transferencia, si fuera el caso.4. Copia de Documento de Identidad.5. Contrato Deportivo presentado en quintuplicado a la ADFP-SD para ser registrado y habilitado en la

Federación Peruana de Fútbol.

B. JUGADORES AFICIONADOS

Jugadores Menores de dieciocho (18) años (Nacidos en el año 1995 o posteriormente) registrados enla Federación Peruana de Fútbol de acuerdo a la normatividad vigente e inscritos en la ADFP-SD.

Los jugadores nacidos en el año 1995 no tienen obligación de registrar Contrato Profesional si cumplenlos dieciocho (18) años fuera de los períodos de inscripción fijados por las presentes Bases.

C. JUGADORES NO AFICIONADOS EXTRANJEROS

Podrán inscribirse hasta dos (02) jugadores por club durante el certamen ADFP-SD 2013 de acuerdo alos períodos de inscripción establecidos por la FPF para Transferencias Internacionales con FIFA (TMS),los mismos que podrán actuar simultáneamente durante los partidos del Campeonato, nopermitiéndose la sustitución de un jugador extranjero por otro durante el transcurso del Campeonato.

Al margen de los requerimientos establecidos para los jugadores nacionales deberán presentar elCertificado Internacional de Transferencia tramitado a través de la FPF, su Carnet de Extranjería o suPermiso para suscribir Contratos en el territorio nacional.

D. ENTRENADORES Y MIEMBROS DE COMANDO TÉCNICO

1. Licencia otorgada por la FPF (para los Entrenadores y Asistentes Técnicos) o Título a Nombre de laNación (para los Preparadores Físicos y Médicos) y/o Acreditación de encontrarse cursandoestudios o haberlos seguido en Instituto aprobado por la FPF (para los Preparadores de Arqueros)

2. Contrato de Servicios Profesionales.3. Copia de Documento de Identidad.4. En el caso de personal extranjero, la autorización para celebrar contrato de trabajo en el país o

Carnet de Extranjería.

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Una vez recibida la documentación completa la ADFP-SD la remitirá a la FPF para su conformidad, inscripción yregistro. El costo del registro de Contratos será de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) que seránfondos propios de la ADFP-SD.

La tramitación de la documentación se realiza exclusivamente por conducto regular. Sólo el personaladministrativo de la ADFP-SD y de la FPF está autorizado para recibir y procesar dicha documentación. Estáprohibido que directivos, personal administrativo o auxiliar de los Clubes realicen gestiones personales queimplique el traslado de documentos y/o expedientes entre los diferentes organismos que participan en elproceso respectivo, caso contrario el trámite realizado no tendrá validez.

Los jugadores, entrenadores y miembros de los Comandos Técnicos quedarán habilitados para participarcuando la ADFP-SD emita el Carnet de Cancha, luego de haber recibido de la Federación Peruana de Fútbol ladocumentación correspondiente, debidamente firmada y sellada. Sin que ello signifique que su participaciónno pueda ser observada posteriormente.

CONFORMACIÓN DE PLANTILLA, PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA DE JUGADORES SUB-20 Y BOLSA DEMINUTOS

Artículo 22.- Los Clubes deberán considerar la participación obligatoria de jugadores peruanos nacidos desdeel año 1993 o menores a dicho año obligándose a cumplir con una Bolsa de Minutos para estos jugadores cuyaacumulación será de un mínimo de mil quinientos veinte (1,520) minutos de actuación durante todo elTorneo del 2013. Para dicho efecto, lo máximo de minutos que se pueda sumar por partido es de noventa (90)minutos, es decir, cualquier equipo puede jugar con la cantidad de jugadores que desee pero al final solo secontabilizará noventa (90) minutos. El control y la verificación de la Bolsa de Minutos de cada Club seráresponsabilidad de la Junta Directiva de la ADFP-SD según el minutaje consignado en las Planillas de Juego.

Los Clubes que no alcancen el mínimo de minutos exigidos en el Torneo Descentralizado, serán penalizados conla pérdida de tres (3) puntos por cada noventa (90) minutos o fracción faltantes para llegar a los mil quinientosveinte (1520) minutos. Se considerará cumplidos los noventa (90) minutos de la Bolsa a los equipos en lospartidos que el equipo rival sea declarado perdedor por WO por motivos de inhabilitación. Si se produjera lasuspensión de un partido y este no se ordene reanudar o el retiro de un club se produjera antes del minutonoventa de un partido, se computarán para la Bolsa de Minutos adicionalmente de ser el caso, los minutosfaltantes para el cumplimiento de los noventa (90) minutos reglamentarios de juego a los que hubieranacumulado los jugadores Categoría 1993 que hubiesen participado del partido o se añadirán solamente losminutos faltantes si no hubiesen participado y siempre y cuando figuren en la lista de dieciocho (18) jugadoreshábiles.

VALIDACIÓN DE CONTRATOS DE JUGADORES, ENTRENADORES Y MIEMBROS DE COMANDO TÉCNICO

Artículo 23.- Son válidos los contratos celebrados por los jugadores, entrenadores y/o miembros del ComandoTécnico a través de las personas debidamente facultadas para hacerlo mediante carta poder con firmalegalizada notarialmente. Los clubes pueden también registrar a sus jugadores mediante carta poder deljugador con firma legalizada notarialmente.

Artículo 24.- Los contratos deportivos celebrados entre los clubes y los jugadores y/o entrenadores y/omiembros del Comando Técnico debidamente registrados en la ADFP-SD y Federación Peruana de Fútbol, sonde cumplimiento obligatorio por ambas partes. Las discrepancias ó diferencias que se susciten en relación adichos contratos serán resueltas recurriendo a los mecanismos establecidos por la FPF a través de su Cámarade Conciliación y Resolución de Disputas.

La FPF solo registrará los Contratos que no excedan el monto Presupuestal aprobado y autorizado por lainstancia correspondiente.

Se considera vigente el contrato de un jugador aún cuando su plazo formal de vigencia hubiese expirado, si eljugador continúa actuando por el Club que lo contrató. La presunción de vigencia tácita es efectiva solamentehasta la finalización de la participación reglamentaria del Club, salvo que se hubiese expedido el Certificado deTransferencia en favor de otro Club. En este caso, se considerará al jugador como no inscrito.

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PARTICIPACIÓN Y TRANSFERENCIA DE JUGADORES DE LOS CAMPEONATOS COPA PERÚ, ADFP, ADFP–SD YMENORES

Artículo 25.- Los clubes participantes en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 podrán inscribirjugadores que hayan actuado en el Campeonato Copa Perú del año 2013, solo y siempre que la FPF autoricesu registro, cualquier irregularidad que permita la transferencia de un jugador sin cumplir estos requisitosresponsabiliza solidariamente al jugador, al Club que lo inscriba y a los funcionarios que lo permitan. Tambiénpodrán participar jugadores que hayan actuado en el Campeonato Descentralizado ADFP 2013, debiendo paraello cumplir con todos los requisitos establecidos por la Federación Peruana de Fútbol para la afiliación dejugadores y con los requisitos establecidos en las presentes bases.

Asimismo, los jugadores que se encuentren participando en los Campeonatos de Menores de la FPF, podrán sertransferidos a clubes de esta ADFP-SD y participar en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, debiendopara ello cumplir con los requisitos establecidos por la Federación Peruana de Fútbol para la afiliación dejugadores.

Los jugadores menores de los propios Clubes podrán ser inscritos para participar en el CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013 siempre y cuando se encuentren registrados por estos en la FPF antes del cierrede períodos de inscripción de jugadores establecidos en las presentes Bases y cumplan con presentar losexámenes médicos requeridos.

Los jugadores que se encuentren participando en el Campeonato Descentralizado de la ADFP-SD 2013, podránser transferidos a clubes de la ADFP de Primera División y participar en el Campeonato Descentralizado 2013.Dicha transferencia deberá contar con la aceptación escrita del jugador, del club al que perteneció y del club alque se afilia; además deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Federación Peruana de Fútbol parala afiliación de jugadores.

EXCLUSIVIDAD DE JUGADORES

Artículo 26.- Un jugador no podrá actuar por dos (2) equipos en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD2013. Se entiende por actuación la participación efectiva de un jugador en un partido, y no su simpleconsignación en la lista de jugadores hábiles para el mismo.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE JUGADORES

Artículo 27.- Para que un jugador pueda actuar en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, el clubdeberá inscribirlo en los plazos establecidos, debiendo cumplir con los requisitos que dispone la FederaciónPeruana de Fútbol según su reglamento de inscripción y transferencia de jugadores descritos en el Artículo 21de las presentes Bases.

El Registro de Jugadores para el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 será en los siguientes periodos:

Primer Periodo de afiliación: Hasta el día 31 de mayo del 2013 (excepto para jugadores sujetos al períodoTMS/FIFA)

Segundo Período de afiliación: Desde el 15 de Julio hasta el 29 de Agosto del 2013 (excepto para jugadoressujetos al período TTMS/FIFA)

El proceso de inscripción de un jugador que hubiera sido iniciado antes del vencimiento del plazocorrespondiente, pero no culminado por la falta de alguno de los documentos señalados en el artículo 21º, seentenderá concluido válidamente si dentro de los quince (15) días útiles siguientes al vencimiento de dichoplazo se completen los documentos. Asimismo para el caso de Transferencias Internacionales regirá lonormado por el Sistema TMS FIFA.

Para hacer uso de lo previsto en el presente artículo, el Club deberá presentar antes del vencimiento del plazo,uno de los siguientes documentos:

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a. Copia del Contrato entre el Club y el jugador;b. Certificado Internacional de Transferencia;c. Carta Notarial suscrita por el jugador declarando su aceptación irrevocable a jugar por el Club.

La inscripción de buena fe de un jugador es exclusiva y excluyente y establece una preferencia a favor del Clubque la realizó, por lo que ningún otro Club podrá inscribir al mismo jugador para el mismo Torneo, excepto loseñalado en el Artículo 26°.

Esta disposición deja a salvo el derecho del Club que hubiera culminado la inscripción del jugador en formaprevia a la inscripción de buena fe realizada por otro Club y el derecho del Club afectado, de actuar contra eljugador que suscribió indebidamente documentación para dos (2) Clubes.

En caso de la inscripción de buena fe, la ADFP-SD solo emitirá el carnet de cancha inmediatamente que hubierasido completada la documentación a que se refiere el Artículo 21. Entendiendo claramente que el jugador nopodrá actuar hasta obtener el carnet de cancha.

TRANSFERENCIA TEMPORAL

Artículo 28.- Toda transferencia temporal de un futbolista de un club a otro deberá ser registrada en laFederación Peruana de Fútbol mediante un Convenio, previo conocimiento de la ADFP-SD, ajustándose a lo quedispone la Resolución Nº 007-FPF-2003 de fecha 20/06/03, y cuyo cumplimiento podrá ser exigido por ambasinstituciones. En caso de incumplimiento de alguna cláusula del convenio, el Club infractor deberá regularizar laindemnización pactada en un plazo no mayor de cuarenta y ocho (48) horas de jugado el partido. De nohacerlo, el jugador quedará inhabilitado para participar en el Torneo hasta el pago de dicha indemnizaciónsiempre que ello se produzca por lo menos el día hábil anterior a la realización del partido.

El Certificado de Transferencia Temporal que otorga la Federación Peruana de Fútbol de conformidad con lodispuesto en la Resolución Nº 001-FPF-1997 de fecha 06/01/97, será documento válido para su inscripciónreglamentaria.

Ningún club podrá inscribir más de seis (6) jugadores en cesión temporal sean aficionados y/o profesionales.

IDENTIFICACIÓN DE JUGADORES

Artículo 29.- El carnet de cancha es el único documento que identifica a los jugadores que participan en elCampeonato Descentralizado ADFP-SD 2013. Es otorgado por la ADFP-SD una vez recibida la conformidad deinscripción por parte de la Federación Peruana de Fútbol.

EXPEDICIÓN Y USO DE LOS CARNETS PARA JUGADORES Y COMANDOS TÉCNICOS Y AUXILIARES. JUEGOSSUPLETORIOS DE CARNETS

Artículo 30.- Cada club recibirá dos (2) juegos de carnets de cancha y un (1) juego de carnets de identificaciónpersonal de sus jugadores y miembros de los Comandos Técnicos y Auxiliares siempre que se encuentrendebidamente inscritos en el Registro de la Federación Peruana de Fútbol, pudiendo solicitar adicionalmente losque juzgue necesario, previo pago de los derechos respectivos.

Los jugadores de las Divisiones Menores de los clubes de la ADFP-SD debidamente registrados en la FederaciónPeruana de Fútbol, podrán obtener el carnet personal de su respectivo club en cualquier etapa delcampeonato, previa solicitud y presentación de la Constancia de Afiliación respectiva a un costo de S/. 10.00(Diez y 00/100 Nuevos Soles).

La ADFP-SD autoriza con carácter supletorio un juego de carnets adicional a cuenta del Club participante, elmismo que es entregado en cada fecha al Comisario del encuentro designado por la Junta Directiva.

El valor de los cuatro (4) juegos de Carnets individuales obligatorios será de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100Nuevos Soles). El valor del carnet adicional que se solicite será de S/.10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) porcada ejemplar.

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PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN EN EL PARTIDO

Artículo 31.- Los clubes observarán el siguiente procedimiento para identificar a sus jugadores antes delpartido:

a. Los carnets de cancha y la planilla de jugadores de su Club en original y dos copias, debidamentefirmadas por el capitán y el jefe de equipo, se entregan al cuarto oficial de la Cuarteta Arbitraldesignada por la CONAR-FPF por lo menos veinte (20) minutos previos al inicio del partido(preferentemente antes de iniciar trabajos pre-competitivos) y podrán realizarse modificaciones hastacinco (5) minutos antes del inicio del compromiso.

b. El cuarto oficial verifica la planilla e identifica a los jugadores con los carnets de cancha y a losComandos Técnicos con sus fotochecks, e intercambia las planillas entre los equipos contendientes,asimismo verifica en ellas la inscripción para participación de los jugadores según lo normado en elArtículo 22 de las presentes Bases. Antes del inicio del segundo tiempo verificará los bancos dereservas. Luego de culminado el compromiso, los carnets de cancha serán devueltos al representantedel club, si no los solicitan estos serán devueltos a la ADFP – SD.

c. El Comando Técnico y Auxiliar usará obligatoriamente el fotocheck expedido por la ADFP-SD durante eldesarrollo del encuentro, caso contrario el club infractor será multado de acuerdo a las disposicionesdel Título Noveno - “MULTAS” por cada miembro del Comando Técnico y Auxiliar que incumpla lanorma.

d. Si por alguna razón extraordinaria algún Club careciera de los carnets principales y los supletorios nose encontrasen en poder del Comisario, éste levantará un Acta con la intervención y firma de losDelegados y/o Dirigentes acreditados de ambos Clubes y la participación del Árbitro, la cual serásuscrita por cada uno de los Jugadores, los mismos que imprimirán la huella digital de su índicederecho y consignarán el número de su documento de identidad y/o pasaporte.

SANCIÓN POR NO CONTAR CON CARNET O FOTOCHECK

Artículo 32.- El club que recurre a los carnets y/o fotochecks en poder del Comisario, es multado de acuerdo alas disposiciones del Título Noveno - “MULTAS”, por cada miembro del plantel que incumpla la norma. En casode reincidencia, la multa se duplicará.

SANCIÓN POR PARTICIPACIÓN DE JUGADORES NO INSCRITOS, MAL INSCRITOS O SANCIONADOS

Artículo 33. - El club que utiliza un jugador no inscrito, inscrito sin cumplir con lo establecido en las presentesBases y/o Reglamento Nacional de Transferencias ó sancionado, será penado de la siguiente manera:

a. Si ganó o empató el partido, pierde los puntos obtenidos en la cancha, anotándose un marcador decero (0) a tres (3) en su contra y se le otorgan los puntos al Club rival.

b. Si perdió el encuentro por una diferencia mayor a dos (2) goles, el resultado del partido serárespetado.

c. Será multado de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno - “MULTAS”.

USO DE JUGADORES REEMPLAZANTES

Artículo 34. - Durante cada partido del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, los equipos sólo puedenutilizar hasta tres (3) jugadores sustitutos, independientemente del puesto que cubran, incluido el de arquero;los mismos son elegidos entre los siete (7) jugadores suplentes registrados en la planilla de jugadores.

El no cumplimiento del presente artículo será penado según lo establecido en el Artículo 33 de las presentesBases, con la salvedad que los puntos serán adjudicados al rival.

JUGADORES HÁBILES Y TITULARES

Artículo 35. - Antes de cada partido, los clubes presentarán al Árbitro Principal designado una lista de hastadieciocho (18) jugadores, cumpliendo los requisitos establecidos en el Artículo 22 de las presentes Bases, losmismos cuyas camisetas llevarán una numeración del número uno (1) al número treinta (30). El Club queincumpla esta norma será multado de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno - “MULTAS” por cadacamiseta con numeración incorrecta.

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En el caso que algún Club incumpla con los requisitos establecidos en el Artículo 22 de las presentes Bases y/ointente alinear a un jugador inhabilitado, estará permitido al equipo afectado solicitar al Árbitro y/o Comisarioel cumplimiento de las Bases y/o la no inclusión del jugador inhabilitado para jugar y en cuyo caso el Árbitroy/o Comisario deberán reconvenir al equipo infractor para el fiel cumplimiento de las normas y evitar lassanciones establecidas en el Artículo 33 de las presentes Bases.

Para efecto de la Bolsa de Minutos solo se considerará a los jugadores de nacionalidad peruana nacidos desdeel año 1993 o menores a dicho año.

Durante el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, los Clubes podrán inscribir hasta un máximo de dos(02) jugadores extranjeros, no permitiéndose la sustitución de un jugador extranjero por otro durante eltranscurso del Campeonato.

MÍNIMO DE JUGADORES PARA INICIAR EL PARTIDO

Artículo 36. - Los encuentros pueden iniciarse hasta con siete (7) jugadores en el campo de juego debidamenteidentificados y registrados en la planilla de jugadores de acuerdo a la reglamentación internacional. Losjugadores restantes están facultados para incorporarse durante el desarrollo del encuentro, siempre y cuandoestén incluidos en la planilla respectiva. El desarrollo del encuentro deberá adecuarse a las disposiciones delReglamento FIFA.

PRESENTACIÓN DE JUGADORES

Artículo 37.- Los jugadores deberán estar correctamente uniformados (según se consignó en el convenio paradicho partido). La presentación del uniforme observa las disposiciones del Reglamento de la FIFA sobre elparticular. Dicha presentación comprende, cuando menos, y sólo a título enunciativo las siguientescaracterísticas:

a. La camiseta, pantalón y medias son las que corresponden a los uniformes oficiales del club.b. Las calzas son del mismo color que el pantalón y no pueden exceder del largo de éste.c. El uso de canilleras es obligatorio.d. La camiseta va dentro del pantalón.e. Las medias se usan subidas.f. Los arqueros según el reglamento de equipamiento FIFA, podrán usar pantalones largos.

En los convenios que se firman semanalmente para la realización de los partidos, se debe incluir, el color de lascamisetas, short y medias de ambos equipos, los que deberán ser diferentes.

Los Comisarios y/o Árbitros deberán hacer conocer cualquier solicitud de modificación de uniformesestablecidos en el Convenio de Programación con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la JuntaDirectiva de la ADFP-SD, para su evaluación y atención de ser pertinente.

UNIFORME DE LOS EQUIPOS

Artículo 38. - Los colores y características de los uniformes de los clubes, incluyendo los alternativos, tienen porfinalidad distinguir e identificar a éstos en el campo de juego.

En caso los colores del uniforme principal de un club sean similares a los del equipo contendor, se dispone quecambie de uniforme el club visitante, lo cual quedará especificado en el respectivo convenio. En caso deincumplimiento o falta de previsión por parte del club visitante, éste será multado de acuerdo a lasdisposiciones del Título Noveno - “MULTAS”.

El número que corresponde a cada jugador debe contrastar con el color del uniforme del club, y se ajustará alas especificaciones que el reglamento de la FIFA señala. Los números de la espalda tendrán veinticinco (25)centímetros de alto y los del torso quince (15) centímetros.

A efectos de garantizar el cumplimiento de este artículo los clubes participantes enviarán con su ficha deinscripción las fotos y descripción de sus uniformes, lo que se comunicará a todos los clubes antes del inicio deltorneo.

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El Club local utilizará su uniforme oficial salvo acuerdo de las partes, lo que se especificará en el Convenio deProgramación respectivo.

De presentarse alguna similitud entre los uniformes de los jugadores con los árbitros, serán los integrantes dela Cuarteta Arbitral quienes cambien el color de su indumentaria.

Ningún equipo podrá utilizar cualquier otro color de uniforme del que se encuentra registrado en la ADFP–SD(oficial y alternos); el que no cumpliera con esta disposición será multado de acuerdo a las disposiciones delTítulo Noveno - “MULTAS”.

USO PROMOCIONAL O COMERCIAL DEL UNIFORME: Restricción

Artículo 39. - Los clubes pueden inscribir propaganda comercial en el uniforme de sus jugadores, respetandolos contratos suscritos con los auspiciadores de la ADFP-SD. A este efecto se observarán las disposiciones de laFIFA sobre el particular, en ningún caso esta propaganda puede impedir la perfecta visibilidad del número deljugador.

En caso de propaganda comercial pactada por la ADFP-SD para el financiamiento del Torneo, los Clubesaceptan suscribir los Contratos solidariamente y esta será de uso obligatorio por todos los jugadores.

Los jugadores no deben mostrar al público camisetas interiores con lemas o publicidad. El jugador que infrinjala presente disposición será multado de acuerdo al Titulo Noveno – “MULTAS”. El importe de la multa deberáser deducido de las remuneraciones que perciba el jugador en su respectivo Club.

INGRESO AL CAMPO DE JUEGOArtículo 40.- El ingreso al recinto de juego que incluye la cancha y lugares adyacentes a la misma, excepto lastribunas asignadas a los espectadores, solo será permitido al siguiente personal:

a. Jugadores titulares y suplentes de ambos equipos.b. Comando Técnico, médico y auxiliares que en ningún caso excederán de siete (7) personas de acuerdo

a lo normado en el Artículo 31 inciso c, de las presentes Bases.c. Reporteros gráficos debidamente acreditados por la ADFP-SD.d. Personal encargado del control del partido, Comisario de la ADFP-SD, árbitro principal y asistentes.e. Efectivos de la Policía Nacional, y otros organismos de seguridad que resulten indispensables en

función del Plan de Seguridad, determinado por la autoridad correspondiente.f. Personal de camilleros (mínimo de cuatro personas)g. Personal de recogebolas (mínimo seis y no más de diez personas)h. Personal encargado de operar la ambulancia (no más de tres personas)i. Personal de Televisión encargado de operar los respectivos equipos técnicos.j. Dirigentes y representantes de los clubes que participan en el encuentro, quienes estarán

debidamente identificados según lo normado en el Artículo 54 de las presentes Bases y deberánabandonar el recinto de juego antes del inicio del encuentro.

k. Mascotas, solo en casos excepcionales y según lo estipulado en el convenio respectivo.

El personal autorizado para ingresar al recinto de juego deberá ubicarse en los lugares correspondientes deacuerdo a la reglamentación FIFA y su eventual ingreso al campo de juego, deberá contar con la expresaautorización del árbitro del partido.

Las limitaciones señaladas no permiten por lo tanto el ingreso al recinto de juego de hinchas, simpatizantes,familiares, amigos, mascotas, ni personal de prensa, excepto el señalado en los incisos precedentes. En casosexcepcionales debidamente sustentados por los clubes, en el momento de la firma del convenio, la JuntaDirectiva de la ADFP-SD podrá autorizar el eventual ingreso de determinado personal al recinto de juego.

El Comisario de la ADFP-SD, efectuará las coordinaciones correspondientes con el árbitro del partido, a fin deque el mismo no se inicie o se interrumpa mientras personal no autorizado se encuentre en el recinto de juego.

A fin de facilitar la tarea de la prensa, el Club local organizará en lo posible, la realización de una conferencia deprensa posterior al partido, ésta se llevará a cabo en un lugar adecuado y deberán participar dos integrantes decada equipo, siempre y cuando no interfiera con el itinerario de viaje del Club visitante.

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Los infractores a las normas contenidas en los incisos a, b, f, g, j y k del presente artículo serán multados deacuerdo a las disposiciones del Título Noveno - “MULTAS por cada falta.

INGRESO AL ÁREA DE SUPLENTES Y DEL PERSONAL TÉCNICO, MÉDICO O AUXILIAR DEL CLUB.

Artículo 41. - En el lugar destinado al Comando Técnico, Médicos, Auxiliares y Jugadores Suplentes se ubicaránhasta Catorce (14) personas por club. De este cupo, siete (7) corresponden al comando técnico, médico yauxiliar y siete (7) a los Jugadores Suplentes.

Ningún miembro de la Junta Directiva de un club y/o Delegado podrá participar como jugador o miembro delComando Técnico y/o Auxiliar.

TÍTULO CUARTO

DE LOS ESTADIOS Y CAMPOS DE JUEGO

CAPACIDAD Y CONDICIONES MÍNIMAS DE INFRAESTRUCTURA Y SEGURIDAD DE LOS ESTADIOS

Artículo 42. - Los Clubes deberán acreditar la propiedad o alquiler de sus canchas de entrenamientos y estadiodonde jugarán de local, antes del inicio del Campeonato. Los estadios acreditados para el presenteCampeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 quedarán HABILITADOS luego de la aprobación de la Comisión deEstadios y la Junta Directiva de la ADFP-SD, debiendo ser puestos en conocimiento de los Clubes antes delinicio del Campeonato o en su oportunidad según lo dispuesto en las presentes Bases.

NOTA: Excepcionalmente la Junta Directiva de la ADFP-SD podrá programar partidos en el Complejo de laFederación Peruana de Fútbol (VIDENA), previo acuerdo de los Delegados de los clubes participantes en dichopartido y debiendo jugarse el mismo a puertas cerradas.

La Comisión de Estadios designada en Asamblea de Delegados tiene carácter permanente para el presenteCampeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 y deberá ser presidida por un miembro de la Junta Directiva. Sufuncionamiento es normado por su respectivo Reglamento aprobado por la Asamblea de Delegados. Además,tiene la potestad de solicitar a la Junta Directiva de la ADFP-SD el uso de nuevos escenarios, luego de emitir uninforme en el que se establece que el referido escenario cumple con los requisitos solicitados en las presentesBases, los mismos que serán aprobados por la Asamblea de Delegados en forma oportuna.

Artículo 43.- Antes del Cinco (05) de Abril del 2013 los clubes participantes deberán inscribir su estadioprincipal y hasta un mínimo de dos (2) estadios alternos, indicando el orden de prioridad de uso de los mismos,a fin de permitir la Inspección oportuna de la Comisión de Estadios, los mismos que deberán contar con lasmínimas medidas establecidas en el Protocolo de Seguridad.

El estadio principal y los estadios alternos deberán ubicarse en la misma Región Deportiva siempre que ellasreúnan similares condiciones climatológicas y geográficas que su sede principal. En el caso que los estadiosalternos se ubiquen en una provincia distinta a la del estadio principal, el Club local asumirá los costos detransporte, alojamiento y alimentación adicionales a los establecidos.

Estos escenarios deberán contar obligatoriamente con el Certificado de Seguridad de Defensa Civil vigente parael año 2013 y/o con el respectivo permiso de autorización de programación de Defensa Civil a la firma delrespectivo Convenio de Programación.

El estadio principal es de uso obligatorio para todos los encuentros en el que el club juegue de local, salvo queexistan impedimentos fehacientemente comprobables para su utilización, en estos casos podrá programar ensu estadio alterno.

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REGIONES

Para efectos de la designación de los Estadios Principales y Alternos de los clubes participantes y teniendo encuenta la descentralización del campeonato, el territorio nacional se divide en las siguientes regiones quecomprenden los departamentos que en cada caso se indica:

Norte : Ancash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes.Metropolitana : Lima, Callao e Ica.Sur : Apurímac, Arequipa, Cuzco, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna.Centro : Ayacucho, Junín, Huancavelica, Huánuco y Pasco.Oriente : Amazonas, Loreto, San Martín y Ucayali.

Artículo 44.- Respetando la obligatoriedad establecida en el artículo 43, el club local podrá ejercer su localíaen sus estadios acreditados antes del inicio del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 ó en otrosescenarios deportivos que hayan solicitado acreditar oportunamente durante la realización del certamen.Estos estadios deberán contar con el Informe favorable de la Comisión de Estadios en un plazo no mayor aquince (15) días de presentada la solicitud de acreditación y aprobados por mayoría simple de la Asamblea deDelegados

El club local no podrá ejercer su localía en el estadio principal del club rival de turno, excepto que ambos clubeshayan acreditado como estadio principal el mismo escenario. Se podrá invertir la localía hasta en dos (2)ocasiones consecutivas o alternas en la primera rueda, debiendo para ello contar con el acuerdo de las partes,aprobación por mayoría simple de los Delegados de la Asamblea y autorización de la Junta Directiva de laADFP-SD.

EXCEPCIONALMENTE

a. Un club podrá ejercer su condición de local en el estadio principal del club rival sólo cuando se trate deuna programación múltiple (doblete o triplete) y ésta se efectúe en el estadio principal del club rival.Ambos contendientes deberán estar de acuerdo y solicitarán la autorización de la Junta Directiva de laADFP-SD.

b. Ante la imposibilidad plenamente demostrada que al club local no le sea posible utilizar su estadioprincipal ó sus estadios alternos para la realización de determinado partido, le estará permitido, previaaprobación por parte del 80% (ochenta por ciento) de los Delegados de la Asamblea, programar elpartido respectivo en cualquier estadio de la república considerado como Principal ó Alterno de losClubes de la ADFP-SD. Estas programaciones extraordinarias no deberán afectar aquellasprogramaciones habituales según el fixture establecido.

c. El referido cambio de sede mencionado en el inciso precedente se hará posible en base a lo dispuestoen el presente artículo y comprometiéndose el club local a pagar pasajes, hospedaje y alimentación enlas condiciones que son habituales para el club visitante.

d. En el presente año los clubes que integran la ADFP-SD cuando deban ejercer la condición de localescontando con la previa aprobación del club rival y de la mayoría simple de los Delegados de laAsamblea, y comprometiéndose a pagar pasajes, hospedaje y alimentación en las condiciones que sonhabituales para el club visitante podrán programar sus partidos en los estadios remodelados conocasión de la COPA AMÉRICA y el Mundial SUB-17. En los casos de que alguno de los estadios estéconsiderado como estadio principal de alguno de los clubes de la ADFP-SD, se requerirá antes desometer el tema a consideración de los Delegados de la Asamblea, la autorización expresa del ó de losclubes que ejerzan su localía en el estadio que se pretende utilizar en base a la prerrogativa que se lesotorga a través de la presente norma.

Artículo 45. - Los escenarios donde se juegue el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 serán aprobadospor la Junta Directiva de la ADFP-SD, debiendo reunir las condiciones mínimas para la práctica del fútbolprofesional, es decir, tener capacidad para mil (1,000) espectadores como mínimo y cumplir con lascondiciones que se señalen en el Reglamento de la Comisión de Estadios y en las disposiciones de la FIFA.

La Junta Directiva de la ADFP-SD podrá disponer el cambio de escenario de los partidos por motivos deseguridad y/o cuando el estado del terreno de juego no se encuentre en condiciones óptimas según losInformes Arbitrales y/o de los Comisarios, para ello seguirá lo normado en el presente artículo.

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TÍTULO QUINTO

CONDICIONES PARA PROGRAMACIÓN Y REALIZACION DE PARTIDOS

CONVENIO ECONÓMICO ENTRE LOS CLUBES, REGLAS DE SU EJECUCIÓN

Artículo 46. - Los clubes suscriben de común acuerdo los convenios para sus partidos, dándose obligatoriedad ala programación de partidos en dobletes y tripletes y en un mismo escenario si el estadio a programar es elprincipal de los clubes locales en la misma fecha previamente aprobado por la Junta Directiva de la ADFP-SD.Estos tendrán carácter de cumplimiento obligatorio y constarán en los formularios que expide la ADFP-SD.

Los clubes quedan obligados a cumplir con la programación acordada en el convenio, así como con todos lostérminos y condiciones allí especificadas. Corresponde a la Junta Directiva de la ADFP-SD hacer cumplir losconvenios que suscriben los clubes.

La firma de los convenios no enerva el cumplimiento de las obligaciones que no hayan sido incorporadas endicho documento o aquellas que hayan sido originadas con posterioridad a la suscripción de los mismos. Enconsecuencia los clubes deben de cumplir con las obligaciones que mantengan aún cuando no hayan sidoestablecidas en dicho convenio.

El club que no haya cancelado la totalidad de su liquidación anterior no será programado y estará sujeto alartículo 77 de las presentes bases.

PLAZOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONVENIOS.

Artículo 47. - La suscripción será realizada por los Presidentes de cada club ó sus Delegados, el día lunes hábilhasta las 20:00 horas, con quince (15) días de la fecha a programar a partir de la segunda fecha; y en caso deser feriado ó por acuerdo entre los clubes oportunamente informando a la Junta Directiva se realizará al día útilsiguiente. Dicho plazo se podrá extender hasta las 12:00 horas del día siguiente por razones debidamentejustificadas, suscribiéndose el Acta correspondiente.

El convenio recibe la conformidad del Presidente de la ADFP-SD y en su ausencia puede hacerlo quien loreemplace, de acuerdo al orden jerárquico de la Junta Directiva.

Si un club tuviera deudas pendientes se consignará en dicho convenio que se descontará en la liquidación delencuentro esto será acatado por los clubes, en caso se incumpla dicha disposición se multará de acuerdo a lasdisposiciones del Título Noveno – “MULTAS”.

Excepcionalmente, los convenios suscritos previamente pueden ser modificados con la previa aceptación de laspartes, siempre que dichas modificaciones no interfieran estructuralmente en el desarrollo del CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013 hasta setenta y dos (72) horas antes de iniciarse el partido programado de lafecha. Esta modificación deberá ser aprobada por la Junta Directiva de la ADFP-SD y el Club solicitante asumirálos gastos adicionales que pudieran generar esta modificación.

Las propuestas del Club local para ser insertadas en el Convenio podrán ser presentadas de manera personal oremitidas por este Club, hasta antes de la hora señalada en el presente artículo, ya sea vía fax o por cualquierotro medio electrónico que pueda ser acreditado de manera indubitable por la ADFP-SD, en cuyo caso elPresidente o el Directivo autorizado de la ADFP-SD, formalizará y suscribirá el Convenio sujetándose a lopropuesto por el Club local a través de dichos documentos, si ello no se opone a lo establecido en las presentesBases.

Artículo 48. - Si hasta las 20:00 horas de la fecha de suscripción del convenio no concurre el Delegado de unode los clubes al acto de firma de su correspondiente convenio, dicho Delegado es suplido por un directivo de laADFP-SD y se multará a su club de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno – “MULTAS”.

El club ausente al acto de suscripción se presume como notificado en la fecha que el convenio se suscribe, paratal efecto es responsabilidad del club acreditar medios de comunicación efectivos, reales y veraces que

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permitan a la ADFP-SD hacerle llegar la información en caso de ausencia, en concordancia con lo establecidoen el Artículo 85-A de las presentes Bases, es por ello que se les requiere antes del inicio del campeonatoacreditar dichos canales de comunicación y verificar su funcionamiento en contacto con las oficinas de la ADFP-SD, bajo responsabilidad del club.

Articulo 49. – Los Clubes deberán presentar la lista de sus delegaciones para los viajes de sus equipos consetenta y dos (72) horas de anticipación de los mismos en las oficinas de la ADFP-SD. El club que tuviera querealizar un transporte aéreo deberá llevar a las oficinas de la ADFP-SD la lista de su delegación el día Lunes,previo a la fecha del partido y confirmarla a más tardar el día Miércoles de dicha semana hasta las 18:00 horas.El pago de algún impuestos por uso de aeropuerto será de responsabilidad del Club. En caso deincumplimiento, el Club infractor asumirá bajo su responsabilidad los costos de su transporte.

EN CASO DE DESACUERDO O NEGATIVA PARA CELEBRAR CONVENIO

Artículo 50. - En caso de desacuerdo o negativa entre los clubes rivales para la celebración o suscripción delrespectivo convenio que se debe efectuar hasta las 20:00 horas del día lunes hábil de cada semana, la JuntaDirectiva de la ADFP-SD programará en el lapso máximo de veinticuatro (24) horas de acuerdo a las Bases dichopartido o partidos, disponiendo según el fixture y considerando las demás condiciones necesarias para larealización del evento deportivo, teniendo en cuenta en lo posible la programación habitual del club local, asícomo los demás términos y condiciones que correspondan.

Asimismo, cualquier modificación a esta programación podrá efectuarse hasta setenta y dos (72) horas antesde la realización de dichos partidos con acuerdo de las partes y autorización de la Junta Directiva de la ADFP-SD.

DERECHO A LA TAQUILLA, PAGO DE GASTOS OPERATIVOS.

Artículo 51. - El club local percibe el producto líquido de la taquilla, salvo acuerdo entre las partes, asimismoasume todos los gastos operativos de controles de ingreso, ambulancia, marcado del campo, recogebolas,camilleros y otros inherentes al espectáculo.

La liquidación del producto de la taquilla se efectuará en forma inmediata y será coordinada entre losrepresentantes del club local y el supervisor y liquidador designados por la ADFP-SD, priorizando el pago de lasobligaciones con la ADFP-SD y la FPF, seguro del espectador, fondo de financiamiento, viáticos del cuerpoarbitral y supervisores normadas en las presentes Bases. En caso de incumplimiento por retención indebida, elclub infractor será sancionado con una multa de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno – “MULTAS”.

En el caso que hubiera un partido extra para definir una posición (título o descenso) el reparto equitativo entrelos clubes será de 50% (cincuenta por ciento) de los gastos e ingresos.

Es obligación del club local contar con un Oficial de Seguridad, un Médico, un Fisioterapeuta, una ambulanciadebidamente equipada, camilleros y recogebolas, así como con los seis (06) balones oficiales en reemplazo enbuenas condiciones (los cuales deben permanecer durante los dos tiempos del encuentro para dar fluidez almismo) en el escenario deportivo, de lo contrario será multado de acuerdo a las disposiciones del TítuloNoveno – “MULTAS” por cada infracción.

Los Clubes representados por su Oficial de Seguridad coordinarán con la Policía Nacional las medidas deseguridad necesarias para la realización de sus partidos, no se habilitará el ingreso a los Estadios sin lapresencia de la misma bajo responsabilidad del Club local.

El Oficial de Seguridad de cada Club que le corresponda ejercer la localía de sus partidos será responsable delcumplimiento del Protocolo de Seguridad y deberá permanecer en contacto permanente con el Comisario delpartido desde su programación hasta la finalización del mismo con el retiro del escenario deportivo de losaficionados, equipos y oficiales deportivos.

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DESTINO DE RECAUDACIÓN DE MULTAS

Artículo 52. - La recaudación por concepto de las multas impuestas por la ADFP-SD forma parte de sus fondospropios.

TÍTULO SEXTO

DEL RÉGIMEN DE ENTRADAS Y ABONOS

ENTRADAS VÁLIDAS Y EMISIÓN DE ABONOS

Artículo 53. - Para el ingreso del público al estadio sólo tienen validez la cantidad de entradas solicitadas yautorizadas en el respectivo convenio; éstas deben estar selladas y etiquetadas por la ADFP-SD sin costo algunoa los asociados, las mismas que contarán para tal efecto con un sello de agua oficial. El equipo local estáfacultado a realizar promociones para la venta de entradas, así como otorgar entradas a InstitucionesBenéficas, condiciones que deberán constar en el convenio firmado.

Se permitirá la emisión y venta de abonos, debiéndose para ello coordinar todos los detalles con la JuntaDirectiva de la ADFP-SD, en caso se incumpla con lo estipulado el club será multado según el Titulo Noveno –“MULTAS”.

Durante todo el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, la Junta Directiva de la ADFP-SD está facultadapara supervisar la emisión de entradas y abonos así como la liquidación correspondiente a su venta.

Solo se permitirá el ingreso a los estadios con la presentación de la respectiva entrada. Quedaterminantemente prohibido el uso de listas o relaciones de invitados para el ingreso a los Estadios, así como lasentradas denominadas de "oficio".

Las entradas de cortesía del Club local y las que se otorguen como tales a los concesionarios de los estadios,deberán figurar en el Convenio correspondiente y pagarán todos los gravámenes respectivos, fondo definanciamiento del campeonato y seguro de espectador si correspondiera, al precio del valor de las entradasnormales.

El incumplimiento de la presente norma generará al Club infractor la aplicación de una MULTA según lodispuesto en el Título Noveno de las presentes Bases.

Las Federaciones Departamentales correspondientes a la ciudad en la que se desarrolla un partido, tendránderecho a solicitar hasta quince (15) entradas (invitaciones que no generarán ningún gravamen) en la zonapreferencial, en caso de incumplimiento se aplicará una multa a los clubes infractores, de acuerdo a la escalaprevista en las bases (25 % UIT).

El ingreso del personal de Defensa Civil, socorristas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o deEsSalud, será controlado por el Club local quien queda autorizado a establecer los mecanismos yprocedimientos necesarios para garantizar el adecuado trabajo de dicho personal.

El valor mínimo de las entradas será de S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles) en el cual se incluye el costo delseguro del espectador y se considerará adicionalmente en cada entrada para el Fondo de Compensación deFinanciamiento de Campeonato un aporte de S/. 1.00 (Un y 00/100 Nuevos Soles)

Para el referido fondo se considerará en cada partido un aporte mínimo de quinientas (500) entradas, lacorrespondiente reglamentación y administración del fondo generado estará a cargo de la Junta Directiva dela ADFP-SD, previa aprobación de la Asamblea de Delegados.

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INGRESO CON CARNETS

Artículo 54.- Los integrantes de la Junta Directiva de la ADFP-SD, los Delegados de las Instituciones DeportivasAfiliadas, los integrantes de las Comisiones de Justicia, Comisarios y Personal Administrativo de la ADFP-SD; elpersonal técnico, cuerpo médico y auxiliar, personal administrativo y el plantel de jugadores de cada InstituciónDeportiva Afiliada, periodistas acreditados en el Circulo y/o Asociación Nacional de Periodistas Deportivos delPerú (vigentes en el año 2013) y los periodistas deportivos acreditados con carnet expedido por la ADFP-SD;pueden ingresar a los estadios con los carnets de identidad expedidos anualmente por la ADFP-SD que losacredita como tales. La relación actualizada permanentemente de los carnets emitidos debidamenteenumerados deberá ser entregada a los delegados que la soliciten para el control de ingreso.

MÁXIMO DE CARNETS POR CLUB

Artículo 55.- Los clubes antes del inicio del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 presentarán a la ADFP-SD la relación completa de su Junta Directiva para proceder a emitir los correspondientes carnets deidentificación e ingreso con derecho a asiento en un máximo de quince (15) personas. Los Carnet de Dirigenteserá libre de costo.

TÍTULO SÉTIMO

DE LOS PARTIDOS Y EL ARBITRAJE

ORGANIZACIÓN, PROMOCIÓN Y CONTROL DE PARTIDOS

Artículo 56. - Corresponde al club local la ejecución de las disposiciones contenidas en las presentes Bases y lasadicionales dictadas por la Asamblea de Delegados y la Junta Directiva de la ADFP-SD, para la organización delos partidos en estrecha coordinación con las autoridades políticas, policiales y deportivas que directa oindirectamente participan en dicha actividad y cumplimiento del Protocolo de Seguridad para espectáculosdeportivos.

La promoción de los partidos corresponde a la ADFP-SD, al club local y al club visitante, en ese orden. La oficinade Prensa de la ADFP-SD será la encargada de realizar la promoción de las programaciones simples, dobles otriples que se realicen en un escenario determinado.

El control, la organización y desarrollo del evento deportivo programado corre a cargo de la ADFP-SD mediantelos Comisarios designados.

REGLAS PARA LA PROGRAMACIÓN DE LOS PARTIDOS

Artículo 57. - La programación de los partidos, se sujeta a las siguientes reglas:

a. El club local elige estadio, día, hora, camarín, banca de suplentes y ubicación de sus simpatizantes.b. En el convenio respectivo se especificará la correcta ubicación de los dirigentes y simpatizantes del

club visitante.c. Los protagonistas del partido cuyo puntaje resulte el mayor de la fecha, ejercen la preferencia en caso

se realice una programación múltiple en un mismo escenario.d. En caso de igualdad de puntaje, prevalece el derecho del club local mejor ubicado en la tabla de

posiciones.e. El club dueño del estadio tiene prioridad para utilizarlo, en ejercicio de su derecho como local.

Artículo 58. - El puntaje que corresponde a los equipos por los partidos en los que participan, se asigna de lasiguiente manera:

a) Tres (3) puntos para el ganador y cero (0) puntos al perdedor del partido.b) Un (1) punto para cada equipo, en caso de empate.

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PARTIDOS SIMULTÁNEOS EN LAS ÚLTIMAS FECHAS

Artículo 59. - Los partidos de las dos (2) últimas fechas del Campeonato en los que intervengan equiposcomprometidos en la clasificación al titulo y descenso, serán programados por la Junta Directiva de la ADFP-SD,debiendo disputarse el mismo día y a la misma hora.

DEFINICIÓN DE CASO FORTUITO Y DE FUERZA MAYOR

Artículo 60. - Se consideran casos fortuitos o de fuerza mayor los hechos que no han podido preveerse, o queprevistos no han podido evitarse.

Los casos fortuitos consisten en hechos producidos por la naturaleza, tales como: lluvias torrenciales, sismos,incendios, huaycos, o cualquier otro tipo de siniestros originados por accidentes ó desastres naturales, etc.

Los casos de fuerza mayor son los hechos generados por el hombre, tales como: los accidentes colectivos deequipos, la eventual cancelación de garantías otorgadas y/o la negación de las mismas oportuna ydebidamente solicitadas para la celebración de un partido, las guerras, los actos de sabotaje y de terrorismo,cancelación o suspensión de traslados aéreos, etc.

POSTERGACIÓN O SUSPENSIÓN DE PARTIDOS.

Artículo 61. - Los partidos pueden ser postergados ó suspendidos por caso fortuito o de fuerza mayor, en éstoscasos, el partido se deberá jugar en una nueva fecha siempre dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes yde acuerdo con lo establecido por la FIFA.

Cualquier variación del plazo de programación del encuentro será evaluada y de ser el caso ampliada por laJunta Directiva de la ADFP-SD.

PROGRAMACIÓN DE PARTIDOS POSTERGADOS O SUSPENDIDOS

Artículo 62. - En caso de postergación o suspensión de un partido por caso fortuito o de fuerza mayor,determinado por la autoridad competente, la Junta Directiva de la ADFP-SD programará el encuentro dentro delas setenta y dos (72) horas siguientes.

Cualquier variación del plazo de programación del encuentro será evaluada y de ser el caso ampliada por laJunta Directiva de la ADFP-SD quien señalará el lugar en el que éste se llevará a cabo. Esta circunstancia novaría los demás acuerdos establecidos en el convenio respectivo.

Si persistieran las condiciones de caso fortuito o fuerza mayor y no es factible que el encuentro se lleve a cabo,la Junta Directiva de la ADFP-SD fijará nueva fecha hábil, hora y lugar que no interfiera con el calendario yfixture del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013.

POSTERGACIÓN FACULTATIVA DEL ÁRBITRO. POSTERGACIÓN DEFINITIVA

Artículo 63.- Razones de caso fortuito o de fuerza mayor y si las condiciones así lo requieren, facultan al árbitropara postergar el inicio de un partido hasta por una hora, previa coordinación con ambos Delegados y con elComisario del partido. Expirado el plazo indicado, si a juicio del árbitro no es posible o conveniente el inicio delpartido, se entenderá que la postergación es definitiva. De este hecho se levantará un acta con intervención delos Delegados de los clubes participantes en el encuentro y del Comisario designado.

La Junta Directiva de la ADFP-SD se encargará de elaborar la nueva programación en coordinación con el Clublocal.

De no encontrarse el Delegado de algún club, el acta puede ser firmada por un representante debidamenteidentificado (la identificación debe constar antes de la hora fijada para el inicio del encuentro).

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SUSPENSIÓN DE PARTIDOS, REGLAS DE SU REANUDACIÓN

Artículo 64. - El partido suspendido por caso fortuito o fuerza mayor durante el primer o segundo tiempo, sereanudará para jugar solo el tiempo pendiente. El partido reanudado conserva el resultado parcial registrado almomento de la suspensión; así como, los mismos jugadores y cuarteta arbitral.

Los jugadores expulsados, en el partido suspendido por caso fortuito ó fuerza mayor, no pueden actuar nipueden ser reemplazados por otros jugadores para la reanudación del mismo.

TOLERANCIA PARA EL INICIO DEL PARTIDO

Artículo 65. – Los jugadores de los clubes participantes, deberán encontrarse listos para iniciar el partido a lahora señalada en la programación. Para ello los equipos ingresarán a la cancha cinco (5) minutos antes de lahora señalada para el inicio del partido. Asimismo no excederán los quince (15) minutos de descanso entre lostiempos de juego. Los clubes que incumplan la presente disposición según los informes del árbitro y comisariodel encuentro serán multados de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno – “MULTAS”.

En caso que la demora al ingresar a la cancha sea mayor a diez (10) minutos en cualquiera de los dos (2)tiempos, el equipo infractor perderá por Walk Over (W.O.) con un marcador en contra de cero (0) a tres (3), lospuntos serán asignados al equipo rival así como el marcador favorable de tres (3) a cero (0),independientemente de la multa económica.

En ambos casos el Árbitro y el Comisario consignarán la magnitud de la tardanza en sus respectivos informes, laMULTA no será aplicable en el caso que dicha Comisión verificara que ellas deriven de casos fortuitos o defuerza mayor.

PROGRAMACIÓN Y DESIGNACIÓN DE ÁRBITROS

Artículo 66.- La Comisión Nacional de Árbitros de la FPF, CONAR, tiene a su cargo la programación ydesignación de los árbitros que actuarán en los partidos de cada fecha del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013.

ÁRBITROS NACIONALES Y EXTRANJEROS HABILITADOS PARA SU DESIGNACIÓN

Artículo 67.- Para efectos de la programación y designación de los árbitros, la Comisión Nacional deÁrbitros de la FPF, CONAR, considerará a los árbitros de todo el territorio de la república autorizados por aquelorganismo.

Si por la expectativa que genera un partido, los clubes participantes creen necesario solicitar árbitrosindividuales ó cuarteta de árbitros de Primera y/o FIFA y/o Extranjeros lo solicitarán ante la Junta Directiva dela ADFP-SD en su respectivo convenio asumiendo el costo adicional que genere, quienes elevarán el pedido a laComisión Nacional de Árbitros y ésta a su vez lo canalizará a la Federación Peruana de Fútbol.

AUSENCIA DE ÁRBITROS

Artículo 68.- La ausencia parcial de los árbitros programados para un encuentro, ocasionada por caso fortuito orazones de fuerza mayor, no impide la realización del partido programado. El reemplazo de los ausentes seproduce con árbitros no designados para el encuentro, mediante la autorización conjunta del Comisario de laADFP-SD y del representante de la CONAR-FPF de la localidad. Este reemplazo se determina hasta treinta (30)minutos antes del inicio del partido y el mismo será informado en forma oportuna a los Delegados de los clubesparticipantes.

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IMPEDIMENTO DE ARBITRAJE DE PARTIDOS DE UN MISMO EQUIPO

Artículo 69.- Un árbitro principal o asistente no podrá dirigir un partido de un club determinado, si no hatranscurrido por lo menos una (01) fecha desde que intervino en otro partido del mismo club.

RESPONSABILIDAD DEL CLUB LOCAL POR LA SEGURIDAD PERSONAL DE LA CUARTETA ARBITRAL Y DE LADELEGACIÓN VISITANTE

Artículo 70.- El club local es responsable de la seguridad de los árbitros encargados de dirigir el encuentro, delinspector de la CONAR-FPF, del Comisario de la ADFP-SD y de la delegación visitante (dirigentes, jugadores,personal técnico y auxiliar), desde su ingreso al estadio hasta la salida del mismo. Inclusive, deberá coordinarcon la Policía Nacional del Perú las respectivas medidas de seguridad para:

- La evacuación desde el interior del escenario deportivo en los vehículos que los trasladen hastasu alojamiento.

- El embarque con destino a su lugar de origen.- Disposiciones de seguridad que determine la Junta Directiva y que figurará en el convenio.

Los clubes que incumplan la presente disposición según los informes del árbitro y comisario del encuentroserán multados de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno – “MULTAS”.

MANTENIMIENTO DE LA CORDURA, ORDEN Y RESPETO MUTUO DURANTE LOS PARTIDOS - INVOCACIÓN ALORDEN.

Artículo 71.- Si durante el transcurso de un partido el público realiza manifestaciones agresivas, actitudeshostiles u ofensas a través de gestos o actos de origen racial, étnicos, social, religiosos, discapacidad uorientación sexual ó se comportan con violencia en contra de los jugadores, los árbitros, el personal técnico yauxiliar, los dirigentes, contra otros espectadores ó contra la prensa, se realizará un llamado general a lacordura, a la conservación del orden y al cese de las agresiones ó actos hostiles a través de los parlantes ómegáfonos de uso obligatorio en el escenario; recalcando que, en caso de persistir en su conducta inapropiadase procederá a la suspensión del partido.

Producida esta suspensión, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD se deberá avocar al conocimiento de loshechos, inhabilitando el escenario deportivo por una (01) o más fechas para ser utilizado en el CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013. En caso de plantearse Recurso de Apelación por la inhabilitación del escenarioeste no suspende los efectos de la misma y el Club sancionado podrá ejercer su condición de local en susestadios alternos, salvo Resolución en contrario de la Comisión de Justicia.

Los Estadios contarán obligatoriamente con sistema de altavoces, bajo la responsabilidad del Club local.

El uso de los altavoces durante el desarrollo del partido deberá contar con la autorización del Comisario ylimitarse a avisos oficiales.

Después de la finalización del partido, el Club local podrá hacer uso del sistema de altavoces en la forma queestime conveniente, bajo su responsabilidad.

Queda expresa y terminantemente prohibido el uso del sistema de altavoces para hostigar, hostilizar,amedrentar, amenazar, insultar, ofender a los jugadores, cuerpo técnico, dirigentes o aficionados, así comopara instigar la realización de actos violentos y de amedrentamiento. Está también prohibido anunciar losresultados parciales o totales de otros partidos que por el mismo torneo se disputen en otros escenarios.

Es facultad del Comisario del partido, prohibir o limitar el uso de los altavoces.

El incumplimiento de las normas previstas en el presente Artículo será sancionado de acuerdo a lo previsto enel Título Noveno – “MULTAS”.

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Al margen de las “MULTAS” en referencia, si el Club local resultará responsable del mal uso de sistemas dealtavoces, parlantes, orquestas, u otros podrá ser objeto de la sanción de inhabilitación del Estadio, a criteriode la Comisión de Justicia, previo informe del Comisario y/o del Árbitro del partido actuando de oficio o quejadebidamente fundamentada.

SUSPENSIÓN DE PARTIDOS POR CONDUCTA INTOLERANTE DEL PÚBLICO

Artículo 72.- En caso que el árbitro se viera obligado a suspender un partido en cualquier momento de sudesarrollo por razones determinadas en el artículo anterior, dicho partido deberá reanudarse según lodictamine la Comisión de Justicia de la ADFP-SD. El incumplimiento de las normas previstas en el presenteArtículo será sancionado de acuerdo a lo previsto en el Título Noveno – “MULTAS”.

RESPONSABILIDAD POR SUSPENSIÓN DE PARTIDO

Artículo 73.- Si la responsabilidad por el desorden y daños que originen la suspensión de un partido,corresponde a los jugadores, comando técnico y/o auxiliar, jefe de equipo ó algún directivo de uno de losclubes y su autoría se encuentra debidamente comprobada y señalada en el Informe del Árbitro y el Informedel Comisario del partido, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD otorgará los tres (3) puntos en disputa alequipo agraviado; así como el marcador de tres (3) a cero (0) a favor, salvo que al momento de la suspensióndel partido el club agraviado se encuentre en condición de ganador y la diferencia en el marcador fuese mayor.En ese caso el partido no será reanudado y se respetará el marcador arriba establecido.

Igual sanción a la expresada en el párrafo anterior recibirá el Club que ocasionara la suspensión de laprogramación de su partido por no presentar oportunamente la acreditación de haber tramitado ladocumentación que lo autoriza a realizar el evento deportivo y/o por incumplimiento de Contratos y/oConvenios suscritos por la ADFP-SD y/o Acuerdos de la Asamblea de la ADFP-SD y/o disposiciones de la FPF,declarándosele adicionalmente perdedor del partido por Walk Over (W.O.) en razón de entenderse que no hadeseado presentarse a jugar el partido.

SANCIÓN A CLUBES RESPONSABLES POR VIOLENCIA RECÍPROCA

Artículo 74.- Si la responsabilidad por los hechos que originaron la suspensión del partido corresponde a losjugadores, comando técnico y/o auxiliar de ambos clubes, jefe de equipo ó directivos de ambos clubesparticipantes debidamente comprobada y señalada en el Informe del Árbitro y el Informe del Comisario, segúnlo establecido en los reglamentos correspondientes, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD no adjudicará lospuntos en disputa a ninguno de los clubes, independientemente del resultado parcial del encuentro almomento de su suspensión.

En este caso los goles anotados no se suman al récord del equipo en el Campeonato Descentralizado; sinembargo, si causan efecto las tarjetas amarillas ó rojas consignadas por el árbitro en su informe.

El partido suspendido por ésta razón no será reanudado.

OPORTUNIDAD DE PRESENTACIÓN DEL INFORME ARBITRAL, PRESENTACIÓN DE DISCREPANCIAS DE LOSPARTICIPANTES EN EL CAMPEONATO.

Artículo 75.- Los árbitros son responsables por la entrega de la planilla de juego y sus respectivos informesescritos dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes hábiles a la conclusión del partido ó de la suspensióndel mismo. El informe original deberá estar a disposición de la ADFP-SD dentro de las veinticuatro (24) horassiguientes hábiles de realizado el encuentro deportivo, excepcionalmente por ser remitido de provincias podráser presentado vía fax.

Los informes del árbitro y del comisario del partido, a solicitud de parte estarán a disposición de los delegadosde los clubes interesados, quienes quedan obligados a guardar la debida reserva respecto de su contenido.

Los clubes podrán discrepar del contenido del informe del árbitro y/o del comisario ante la Comisión deJusticia de la ADFP-SD mediante escrito presentado a dicho organismo, hasta antes de que se inicie la sesión dela Comisión de Justicia de la fecha a la que se refiere dicho Informe.

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Si por razones de caso fortuito ó fuerza mayor el informe no hubiera podido ser entregado a tiempo, el árbitrodeberá informar a la Comisión Nacional de Árbitros de la FPF-CONAR y a la ADFP-SD, dentro de las veinticuatro(24) horas siguientes, telefónicamente en forma preliminar ó vía fax, las incidencias del partido.

INCUMPLIMIENTO ARBITRAL

Artículo 76.- El incumplimiento del árbitro en la formulación y entrega oportuna de su informe, incluyendo loestablecido en el artículo anterior, será puesto en conocimiento de la CONAR-FPF y de la Federación Peruanade Fútbol para la sanción correspondiente.

TÍTULO OCTAVO

SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROGRAMACIÓN

NO PRESENTACIÓN, ABANDONO O NO REANUDACIÓN DEL PARTIDO

Artículo 77.- El equipo que incumple con la programación omitiendo presentarse a jugar el partido,abandonando el campo de juego ó negándose a reanudar el encuentro suspendido ó se encuentre inhabilitadode participar por incumplimiento de la normatividad deportiva será declarado por la Comisión de Justicia de laADFP-SD perdedor por Walk Over (W.O.) y deberá abonar una multa de acuerdo a las disposiciones del TítuloNoveno - “MULTAS”. El equipo contendor gana el partido por tres (3) a Cero (0), salvo que al momento de lasuspensión tuviese un marcador más favorable, adjudicándosele los tres (3) puntos en disputa.

El equipo que omite presentarse a jugar el partido programado ó impide su programación por motivos deinhabilitación deberá abonar al equipo rival como resarcimiento económico por concepto de daños y perjuiciosel equivalente a diez (10) UIT, el mismo que deberá ser cancelado por abono en la cuenta corriente de la ADFP-SD en un plazo no mayor de quince (15) días calendarios, quien posteriormente lo entregará al Club afectado.En caso de incumplimiento el Club infractor será inhabilitado de seguir participando, aplicándose las sancionesestablecidas en el Artículo 9 de las presentes Bases. Lo normado en el presente artículo, no enerva el derechodel club afectado a exigir una compensación mayor.

NO PRESENTACIÓN SIMULTÁNEA DE NINGUNO DE LOS DOS EQUIPOS

Artículo 78.- Cuando no se presentasen en el campo de juego ninguno de los dos equipos que deben jugar unpartido programado, cada uno de ellos paga una multa de acuerdo a las disposiciones del Título Noveno –“MULTAS”; ambos son declarados perdedores por Walk Over (W.O.) con un marcador en contra de tres (3) acero (0).

PÉRDIDA AUTOMÁTICA DE CATEGORÍA

Artículo 79.- Si un club no se presentase a disputar su encuentro programado o por las condicionesestablecidas en las presentes Bases estuviese impedido de ser programado en dos (2) fechas consecutivas óalternadas del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, pierde automáticamente la categoría. Se declararáel Walk Over (W.O.) en los partidos restantes con el marcador de tres (3) a cero (0) y los puntoscorrespondientes serán adjudicados en favor de sus rivales; adicionalmente recibe la sanción pecuniaria porconcepto de multa que le corresponda, según se trate de los distintos supuestos previstos en los artículosprecedentes.

En este caso, se mantiene la validez y efecto de los resultados obtenidos en los partidos que hubiese jugadopreviamente.

RETIRO DEL CAMPEONATO

Artículo 80.- El club que se retira antes ó durante el desarrollo del Campeonato Descentralizado ADFP-SD2013 pierde la categoría y serán sancionados según lo establecido en la Resolución N° 002-FPF-2013 conreiniciar su actividad deportiva en su Liga Distrital de origen.

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Los partidos que le correspondería jugar se asumen perdidos por Walk Over (W.O.) consignándose unmarcador en contra de tres (3) a cero (0) y los puntos en juego se adjudican en favor de sus respectivos rivales.

Los partidos jugados, sin embargo, mantienen validez y efecto, así como el marcador y los puntoscorrespondientes.

Su retorno a la Segunda y/o Primera División del Fútbol Profesional queda supeditado, además, al pago previode las multas pendientes, al cumplimiento de las sanciones impuestas, así como a lograr nuevamente elderecho al ascenso de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular por parte de las AsociacionesDeportivas de Fútbol Profesional y la FPF.

Los miembros de la Junta Directiva de los Clubes que como consecuencia de lo establecido en el presenteArtículo dejen de participar en el Torneo serán sancionados con inhabilitación para ejercer cargos en elsistema futbolístico nacional por cinco (05) años.

TÍTULO NOVENO

MULTAS

PLAZO PARA CANCELAR LA MULTA Y ESCALA DE MULTAS

Artículo 81. - El incumplimiento por más de tres (3) fechas del pago de multas impuestas como consecuenciade la participación de una institución deportiva afiliada en el presente Campeonato Descentralizado ADFP-SD2013, motivará que la Junta Directiva de la ADFP-SD disponga la retención de su (s) taquilla (s) hasta lacancelación de su deuda sin posibilidad de reclamo alguno por parte del infractor.

Escala de multas.- La escala de multas para las diversas infracciones establecidas en las presentes bases, seránlas siguientes:

ARTICULO MONTO DETALLEArt. 8 S/. 100.00 Ausencia AsambleasArt.10 1 UIT No presentación PresupuestoArt. 31 S/. 100.00 No usar FotocheckArt. 32 10 % 1 UIT Falta de Carnets o Fotochecks

Art. 33 y 34 1 UIT Participación IndebidaArt. 35 2 % 1 UIT Numeración Incorrecta

Art. 38,39 10 % 1 UIT UniformesArt. 40 50 % 1 UIT Personas no autorizadasArt. 47 1 UIT Incumplimiento Deudas ConveniosArt. 48 10 % 1 UIT No concurrencia suscripción ConvenioArt. 51 30 % 1 UIT No priorizar pago de obligaciones al liquidarArt. 51 S/. 200.00 No contar con ambulancia

Art. 51 25 % 1 UITNo contar con Oficial de Seguridad y/oMédico y/o Fisioterapeuta y/o Camilleros y/oRecogebolas y/o balones oficiales

Art. 53 1 UIT Emisión Indebida de Boletaje o AbonosArt. 53 25 % 1 UIT Negar entradas Ligas DepartamentalesArt. 65 10 % 1 UIT Tolerancia Ingreso al CampoArt. 70 2 UIT No brindar SeguridadArt. 71 S/. 300.00 No contar con sistema de megafoníaArt. 72 1 UIT Suspensión por Intolerancia PúblicoArt. 77 1 UIT No Presentación o Abandono o RetiroArt. 78 1 UIT No Presentación o Abandono o Retiro

Art. 85-A 20 % 1 UIT No remitir Oficio a la ADFP – SD, solicitando yconsignando notificación y correo electrónico

Dis. Comp. Octava 1UIT Riego Campo

* El valor de la UIT, será la vigente en la fecha de la sanción correspondiente.

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TÍTULO DÉCIMO

DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE

NATURALEZA Y FACULTAD DE LA CONAR

Artículo 82.- La Comisión Nacional de Arbitraje - CONAR, como organismo auxiliar de la Federación Peruana deFútbol se encuentra facultada para programar a los árbitros que deben actuar en el CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013 siguiendo los procedimientos establecidos en las presentes Bases, así comosupervisar su actuación mediante los Inspectores de Árbitros.

La Junta Directiva de la ADFP-SD es la encargada de establecer las vinculaciones y comunicacionescorrespondientes. Toda gestión concerniente a honorarios, viáticos o pasajes de los árbitros y/o inspectores serealiza a través de la CONAR de la FPF. No está permitido a la ADFP-SD o a los clubes que la integran, realizarcualquier tipo de trato directo con los árbitros o inspectores designados.

Ningún club podrá cuestionar la designación de la Cuarteta Arbitral, salvo el caso indicado en el Artículo 69.

DESIGNACIÓN DE ASESORES POR LA CONAR - FPF

Artículo 83.- La Comisión Nacional de Arbitraje de la FPF-CONAR tendrá la facultad de designar a los Asesoresde Árbitros para todos los partidos del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013.

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO

JURISDICCIÓN DEPORTIVA DEL CAMPEONATO

COMPOSICIÓN Y COMPETENCIA DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA

Artículo 84.- La Comisión de Justicia de la ADFP-SD es un Órgano de Apoyo, está conformada de acuerdo a losEstatutos de la ADFP-SD y tiene competencia en su Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013constituyéndose en Órgano de Primera Instancia de decisión.

La Comisión de Justicia de la ADFP-SD se rige por los Estatutos de la ADFP-SD, por las normas establecidas enlas presentes Bases y su funcionamiento está normado por el Reglamento Único de Justicia Deportiva FPF.

Es competente para aplicar todas las disposiciones que sean pertinentes a los casos sometidos a su jurisdicción.

La Comisión de Justicia de la FPF se constituye en el Órgano de Segunda y Última Instancia de decisión.

Artículo 85.- Los Boletines y Resoluciones de las sanciones que emite la Comisión de Justicia de la ADFP-SDdeberán ser publicados en la vitrina de la ADFP-SD, a más tardar, los días miércoles después de cada fecha, ohasta veinticuatro (24) horas después de emitido un fallo.

Artículo 85-A.- Las notificaciones de los Boletines y Resoluciones de las sanciones que emite la Comisión deJusticia de la ADFP-SD, también podrán efectuarse mediante correo electrónico, de conformidad a loestablecido en el artículo 20.1.2 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

Los clubes deben solicitar obligatoriamente la notificación por correo electrónico hasta el 15 de abril de 2013,consignando en un Oficio dirigido al Presidente de la ADFP-SD una dirección electrónica de correo, cuyoincumplimiento generará la imposición de una multa ascendente al 20% de la UIT.

La notificación electrónica surte efectos desde el día siguiente que llega a la dirección de correo electrónicoconsignado.

Artículo 86.- El monto de las sanciones económicas que disponga la Comisión de Justicia de la ADFP-SD enaplicación de las presentes Bases, será destinado como fondos propios de la ADFP-SD.

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TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO

COMISARIOS DE LA ADFP-SD

Artículo 87.- Es responsabilidad de la Junta Directiva de la ADFP-SD, designar a los Comisarios para lacoordinación, control y supervisión del normal desarrollo de los partidos, los mismos que pertenecerán al staffaprobado por la FPF y/o ADFP.

Los Comisarios son los representantes oficiales de la ADFP-SD durante las actividades correspondientes a cadapartido y responsables de garantizar tanto la organización, incluyendo las medidas de seguridad, como eldesarrollo sin contratiempos de dichos partidos, actuando de acuerdo a las presentes Bases, a su Reglamentorespectivo y a las disposiciones FIFA sobre la materia.

Los Comisarios son responsables por la entrega de su informe original, el cual deberá estar a disposición de laADFP-SD dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes de realizado el encuentro deportivo,excepcionalmente por ser remitido de provincias podrá ser presentado vía fax.

Es atribución de los Comisarios, controlar el estricto cumplimiento de los horarios señalados en laprogramación.

El partido deberá iniciarse a la hora exacta para lo cual a su llegada al Estadio respectivo, el Comisariocoordinará con los Jefes de Equipo o Entrenadores de los Clubes participantes y con el Árbitro, la sincronizaciónde sus respectivos relojes en base a la hora oficial que asignen los Comisarios que intervendrán en la Fecha.

El Arbitro dará inicio al partido luego de recibir la conformidad respectiva por parte del Comisario, quiendeberá asegurarse que para entonces se hayan cumplido con las normas establecidas y particularmente con lareferida a que no se encuentren en el recinto de juego personas no autorizadas. Para ello si durante eldesarrollo del partido se produjera alguna trasgresión a las normas establecidas para garantizar la seguridaddel espectáculo, el Comisario podrá solicitar detener el partido hasta que se restablezca el ordencorrespondiente.

Antes del inicio del Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, la Asamblea de Delegados conocerá larelación de las personas propuestas por la Junta Directiva de la ADFP-SD para ser designadas como Comisarios.La Junta Directiva de la ADFP-SD, informará oportunamente a los clubes, respecto a la designación de losComisarios para cada partido.

La actuación de los Comisarios se rige por su respectivo Reglamento aprobado por la FPF y la FIFA en lo que seaaplicable y tienen facultad para intervenir en todo lo que indiquen las presentes Bases del CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013.

TÍTULO DÉCIMO TERCERO

DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

AUTORIZACIÓN DE INGRESO A REPRESENTANTES DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Artículo 88.- Con el fin de brindar las facilidades del caso a los medios de prensa escrita, radial y de televisión,éstos deberán registrar ante la ADFP-SD, la ó las personas que tendrán a su cargo la cobertura del CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013, las cuales recibirán una autorización que les permitirá el acceso a losespectáculos que organiza la ADFP-SD.

El carnet vigente para el año respectivo, expedido por el Círculo de Periodistas Deportivos y/o AsociaciónNacional de Periodistas Deportivos del Perú, exceptúa a sus titulares de disponer de la autorización anotada enel párrafo precedente. Se solicitará a dicha Institución copia del padrón de sus asociados activos antes delinicio del campeonato a fin de evitar duplicidad con la entrega de las autorizaciones que otorga la ADFP-SD.

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CHALECOS DEL PERSONAL DE TELEVISIÓN Y REPORTEROS GRÁFICOS

Artículo 89.- El personal de televisión que tenga los derechos de transmisión de los distintos partidos se deberáidentificar mediante chalecos con el distintivo del medio de comunicación para el cual laboran.

Los reporteros gráficos, en cumplimiento de las normas FIFA al respecto, estarán también identificados con unchaleco autorizado por la ADFP-SD. Teniendo en cuenta que estos chalecos pueden ser objeto de publicidad, lafacultad para otorgarlos será del club local. Antes de iniciarse el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013los clubes deberán hacer conocer a la ADFP-SD si harán uso de dicha facultad.

Los reporteros gráficos deberán ubicarse en los lugares que les son especialmente destinados y señalizados yhasta por un máximo de treinta (30) personas y dos (2) metros detrás de las líneas finales respectivas. Cuandolos equipos se encuentren alineados frente a la tribuna oficial, deberán realizar sus tomas fotográficas en laszonas reservadas para ellos.

Este personal estará prohibido de ingresar al campo de juego. Los infractores de ésta disposición serándesalojados del recinto de juego comunicando dicha situación a su centro de trabajo, en base al informe delComisario.

TRANSMISIÓN POR TELEVISIÓN – DERECHOS EXCLUSIVOS

Artículo 90. - Los derechos para las transmisiones por televisión de todos los encuentros del CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013 son exclusividad de MEDIA NETWORKS LATIN AMERICA SAC según contratossuscritos con vigencia hasta el año 2013.

De ser el caso, los Clubes programarán sus partidos en el Campeonato ADFP-SD 2013 en la fecha y hora que secoordinará con MEDIA NETWORKS LATIN AMERICA SAC. para facilitar su posible transmisión.

TÍTULO DÉCIMO CUARTO

MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LAS BASES

Artículo 91.- Cualquier modificación de las Bases aprobadas por la Asamblea y/o la Federación Peruana deFútbol, solo procederá con el voto favorable del ochenta por ciento (80 %) de los clubes que integran laAsamblea de Delegados de la ADFP-SD y deberá contar nuevamente con la aprobación de la FederaciónPeruana de Fútbol.

Las opiniones y recomendaciones que formula la Comisión de Bases a solicitud de un Club ó Comisión deJusticia se sujetan a la aprobación de la Asamblea de Delegados de la ADFP-SD para los fines pertinentes.

La interpretación de las Bases que efectúe la Asamblea de Delegados de acuerdo a las facultades que se leotorga en el presente Artículo, podrán ser motivo de apelación por parte de los Clubes interesados ante la FPFquién determinará en última instancia lo que corresponda.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- Los Clubes participantes en el Campeonato ADFP-SD 2013 se comprometen a cumplir con lasmedidas económicas y financieras así como aceptar las sanciones económicas y deportivas establecidas en elAnexo 01 de las presentes Bases.

Segunda.- Los Clubes que utilicen algún medio de transporte diferente al proporcionado por la ADFP-SD parasu participación en el presente Campeonato deberán estar en la ciudad que se realice el partido con doce (12)horas de anticipación, con la excepción de la provincia de Lima. En caso se originara la no realización delpartido por esta circunstancia será de aplicación lo normado en el Artículo 77 de las presentes Bases.

Tercera.-La recaudación bruta o total de cada partido estará sujeta a un descuento del 5% para la ADFP-SD ydel 3% para la FPF. Estos descuentos tendrán prioridad en las liquidaciones respectivas, al igual que el Segurodel Espectador, Fondo de Financiamiento de Campeonato, Boletaje así como el pago de viáticos del cuerpo

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arbitral, honorarios del Supervisor(es). La designación de Supervisores será a criterio de la Junta Directiva, lamisma que evaluará la asistencia de los mismos en las programaciones que así lo ameriten.

Serán también motivo de descuentos los importes correspondientes a otras deudas que el Club local mantengacon la ADFP-SD en la proporción que previamente se haya acordado entre las partes.

El Fondo de Compensación de Financiamiento del Campeonato ADFP-SD 2013 y el seguro del espectadorserán deducidos antes de establecerse el ingreso bruto, del que no forman parte, debiendo ser entregados

íntegramente al Liquidador de la ADFP-SD.

En caso los ingresos de la taquilla no permitan cumplir con el pago total de las obligaciones establecidas en elpresente artículo, el Club deberá cumplir con la cancelación total de las mismas antes de la firma de susiguiente Convenio de Programación.

Los Clubes que no cumplan con el referido pago, serán sancionados de acuerdo a lo dispuesto por la ResoluciónNo. 001-FPF-2005 del 31 de Enero del 2005 y lo dispuesto en las presentes Bases.

Cuarta.- Respecto al numeral sexto (6°) de la resolución N° 001-2011-FPF en lo referente al contrato tipo, losclubes pertenecientes a la ADFP-SD lo tomarán como contrato modelo para la redacción de los suyos.

Quinta.- El Fixture del Torneo será aprobado por la Asamblea de Delegados constituyendo por lo tanto unacuerdo; para su modificación se requerirá el voto favorable del ochenta por ciento (80%) de los Delegadosconcurrentes.

Sexta .- Por excepción y en caso de ausencia del Comisario designado para el encuentro, se autoriza que seareemplazado por el Liquidador designado por la ADFP-SD.

Sétima.-

Control de DopajeLos Clubes acuerdan que sus jugadores puedan someterse al Control de Dopaje cuando sea solicitado por algúnClub y/o ordenado por la Federación Peruana de Fútbol.

El Control de Dopaje será coordinado previa solicitud de parte, la cual deberá formularse con un mínimo dequince (15) días de anticipación a la fecha de disputa del encuentro respectivo.

Los costos totales correspondientes al Control de Dopaje serán asumidos por el club solicitante y canceladospreviamente a su realización.

La Comisión de Control de Dopaje de la Federación Peruana de Fútbol será la encargada de efectuar el Controlde Dopaje.

La Federación Peruana de Fútbol, se reserva el derecho de ordenar el Control de Dopaje en cualquier partido,independiente de los solicitados, cubriendo en este caso el costo total correspondiente.

El Reglamento de Control de Dopaje será el normado por la Federación Peruana de Fútbol.

Octava.- No se autoriza el riego del terreno de juego durante una (1) hora anterior a la programada para elsaque inicial ni durante el descanso entre los dos tiempos de juego, el Club que contravenga será sancionadocon una multa de una UIT y en caso de reincidencia con la suspensión de ejercer su condición de local duranteuna fecha.

Novena.- El camerino reservado para el vestuario del árbitro y los árbitros asistentes con excepción delInspector de Árbitros, estará vedado para los dirigentes, socios, empleados, entrenadores, auxiliares, etc. de losclubes y para los miembros de los Cuerpos y organismos de la FPF y ADFP-SD, sea cual fuere la función quedesempeñen y la autoridad que representen. Desde el comienzo hasta la terminación del partido (y en elintervalo del mismo), únicamente el árbitro y los árbitros asistentes podrán entrar y permanecer en elcamerino. Mientras el árbitro y los árbitros asistentes estén en funciones o durante el intervalo, nadie estáautorizado para hacerle objeciones o expresarles conceptos sobre la forma en que están desempeñando su

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función o referentes al desarrollo del partido. Incurrirá en falta grave el árbitro que no denuncie cualquierinfracción a lo establecido en este artículo,

Décima.- Los clubes podrán presentar un informe sobre el desempeño técnico del árbitro que actúe encualquier partido en que intervengan sus equipos, calificándolo con alguno de los siguientes conceptos: bueno,regular o malo. El informe suscrito por el Delegado del club deberá ser entregado exclusivamente a la CONARcon copia a la ADFP-SD dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de disputado el partido, debiendo seracompañado por las razones que a su criterio motiven la calificación y con referencia directa a las Reglas deJuego.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Todas las Instituciones Deportivas participantes en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013,participarán obligatoriamente en el Campeonato de Menores de acuerdo a las normas que dicte la FPF paradichas categorías.

Segunda.- La ADFP-SD publicará y entregará a todos los clubes, antes de empezar el CampeonatoDescentralizado ADFP-SD 2013, la relación de jugadores castigados que deben cumplir sus sanciones durante elcertamen 2013. Es responsabilidad de la Junta Directiva de la ADFP-SD requerir el Informe a la FPF de lassanciones pendientes de los jugadores provenientes de la ADFP y Copa Perú.

Tercera.- Para participar en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, los clubes deberán darcumplimiento a lo establecido en el Articulo Segundo de la Resolución Nº 002-FPF-2006, el oficio Nº 435-FPF-2006, la Resolución 007-FPF-2007 y la Resolución 001-FPF-2011. La Junta Directiva de la ADFP-SD deberá hacercumplir las medidas administrativas, económicas y deportivas que dictamina la referida resolución.

Cuarta.- El entrenador ó integrante del comando técnico de un club obligatoriamente debe contar con el Títulootorgado por la Escuela de Entrenadores de la Federación Peruana de Fútbol ó por cualquier otra Escuelaautorizada por el Ministerio de Educación cuyos títulos estén refrendados y/o convalidados por la FederaciónPeruana de Fútbol de acuerdo a la Resolución Nº 002-FPF-2006 Artículo Décimo Tercero.

Área de Trabajo del Director Técnico:

El Área Técnica es la superficie cuyo largo equivale a la longitud de la banca, más un metro de cada lado de lamisma, donde deben permanecer los Jugadores Suplentes y Cuerpo Técnico de cada Club. El ancho del ÁreaTécnica parte de la banca en línea paralela marcada, hasta un metro de la línea de banda equidistante de lalínea central del terreno de juego.

El Director Técnico y el Asistente Técnico son las únicas personas autorizadas para dar instrucciones a losJugadores dentro del área técnica en los partidos oficiales, con la única restricción de que deberán ejercer estederecho uno a la vez, jamás los dos al mismo tiempo.

Los Asistentes Técnicos sólo podrán asumir la función del Director Técnico, en caso de expulsión o ausenciajustificada del mismo..

Queda estrictamente prohibido fumar en el Área Técnica, cancha, túneles y/o pasillos de camerinos. El Árbitroy el Comisario del partido tendrán la facultad para exigir el cumplimiento de esta disposición.

Quinta.- El entrenador ó integrante del comando técnico de un club, está prohibido de dirigir ó integrar elcomando técnico de dos (2) clubes durante el mismo Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013, salvo lonormado por la FPF para el particular.

Sexta.- Es responsabilidad del club y de sus dirigentes la incorrecta afiliación de un deportista. La JuntaDirectiva de la ADFP-SD ante una denuncia de este hecho elevará la misma a la Comisión de justicia ADFP-SD oactuará de oficio si detecta trasgresión a las normas en el registro de un jugador.

El club infractor perderá por Walk Over (W.O.).

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Con respecto a los puntos en disputa la Comisión de Justicia de la ADFP-SD procederá de acuerdo a lo dispuestoen el Reglamento Único de Justicia Deportiva de la FPF. Independientemente de la multa económicacorrespondiente

Sétima.- La cantidad mínima de balones para el inicio del encuentro será de seis (6) balones oficiales de nocumplir con esta obligación el club local será sancionado según el articulo 51.

Octava.- El Campeonato del año 2014 de la ADFP-SD contará con Dieciséis (16) Clubes y dos equiposascenderán a la Primera División Profesional, todo lo cual será oportunamente reglamentado y dictaminadopor la FPF.

Novena.- El club que incurriera en una falta a las presentes Bases que lo haga merecedor a una sanción depérdida de puntos y esta sucediera en las tres (3) últimas fechas, recibirá adicionalmente una multaeconómica de Veinte (20) UIT.

Décima.- La ADFP-SD no remitirá a la FPF ninguna solicitud de inscripción de nuevos contratos o solicitudes detransferencias de jugadores de los clubes que se encuentren en mora por los salarios a sus jugadores en el año2013, hasta su pago o refinanciamiento de acuerdo a las normas vigentes.

Décima Primera.- Para participar en el Campeonato Descentralizado ADFP-SD 2013 los clubes deberán contarcon su inscripción en los Registros Públicos y en el Registro Nacional del Deporte del IPD (RENADE). Estainscripción se hace extensiva a las Juntas Directivas y a cualquier modificación de las mismas.

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ANEXO N° 01

REGLAMENTO ECONOMICO FINANCIERO

Articulo 1°.- REQUISITOS DE ORDEN ECONOMICO-FINANCIERO QUE DEBERAN CUMPLIR LOS CLUBES PARAPARTICIPAR EN EL TORNEO

a. Presentar un presupuesto del año de la competencia, sustentado documentariamente, cuya estructuradeberá ser conforme al modelo que contiene el Anexo I de la Resolución Nº 001-FPF-2005 o el ModeloProporcionando por la ADFP-SD con su respectivo Flujo Mensual . Este presupuesto podrá ser modificadodurante el desarrollo de la competencia con el sustento debido.

b. El plazo máximo para presentar el presupuesto es el Viernes (05) de Abril del 2013, el Órgano de ControlEconómico Financiero (en adelante OCEF), verificará el fiel cumplimiento durante el desarrollo delcampeonato.

c. Presentar una Fianza Bancaria o Garantía a favor de la ADFP-SD, antes del inicio del Torneo, por un montoigual a la brecha presupuestal que no se encuentre sustentada, con vigencia hasta el término del Torneo.

d. El Club que no cumpla con este requerimiento no podrá participar en el Campeonato.

e. Cancelar o refinanciar el íntegro de las obligaciones laborales pendientes al treinta y uno (31) de Diciembredel año inmediato anterior al de la competencia, de común acuerdo con sus acreedores. Las obligaciones quecuenten con laudo firme emitido por la CCRD, serán incluidas en los convenios de refinanciación, salvo acuerdodistinto entre acreedor y deudor.

La FPF no registrará ningún Contrato que exceda el monto presupuestal aprobado y debidamente garantizadosegún lo normado en el presente.

Articulo 2°.- PAGO DE LAS REMUNERACIONES MENSUALES Y SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO

a. Los Clubes deberán acreditar, dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores al vencimiento del mes,el pago de las remuneraciones de sus Jugadores y Cuerpo Técnico, con la presentación de las boletas de pago orecibo de honorarios, debidamente firmadas por el trabajador y constancia del depósito bancario o cheque degerencia.

b. Las remuneraciones cuyo pago deberán acreditar los Clubes, comprende a los Jugadores con contratoprofesional inscrito y/o Miembros del Cuerpo Técnico (DT, AT, PF, PA) que se encuentran hábiles y participandode la competencia. Serán excluidos de esta obligación aquellos trabajadores que tenga conflicto laboral,probado documentariamente, y/o que el mismo sea de conocimiento de algún Órgano que administra justiciaen el Sistema Futbolístico Nacional (Comisión de Justicia, CCRD de la FPF).

c.En caso de incumplimiento en el pago y/o debida acreditación de las remuneraciones mensuales, el clubinfractor será sancionado por la Comisión de Justicia, con la deducción de dos (02) puntos por mes impagototal o parcialmente.

De producirse un tercer incumplimiento y con el informe del OCEF, la Comisión de Justicia sancionará al Clubinfractor, con el retiro del mismo del Torneo y la correspondiente pérdida de categoría.

Culminado el Campeonato los Clubes tendrán un plazo máximo hasta el 31 de Diciembre del 2013 paraacreditar el pago total de sus planillas de remuneraciones mensuales derivadas de su participación en elCampeonato, de no hacerlo descenderán automáticamente de Categoría, así hubieran logrado el Ascenso a laCategoría Superior.

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Los integrantes de la Junta Directiva del Club que descienda de Categoría por las causales establecidas en elpresente Artículo serán sancionados con Inhabilitación de 05 años para ejercer cargo alguno dentro del SistemaFutbolístico Nacional.

d. Los Clubes que mantengan obligaciones impagas derivadas de las remuneraciones, cualquiera que fuere elperiodo o monto adeudado, estarán impedidos de inscribir nuevos Jugadores en el Segundo Período deAfiliación del Torneo, hasta que cumplan con cancelar o refinanciar las remuneraciones pendientes. Quedanexceptuados de esta prohibición, la utilización de Jugadores provenientes de sus Divisiones Menores.

e. El pago de las planillas pendientes se deberá realizar en estricto orden correlativo y el pago extemporáneode una de ellas no deja sin efecto la sanción de deducción de puntos que se hubiere impuesto.

f. Asimismo, dentro del mismo plazo referido en el punto a) del presente Artículo, los Clubes deberán cumplircon presentar la siguiente documentación:

-Presentación de las declaraciones y pago de aportaciones al Sistema Privado de Pensiones, realizados a travésdel sistema de AFPNET.

-Declaración y pago del PDT PLAME, donde se incluye la determinación, declaración y el pago del Impuesto a laRenta de 4ta o 5ta categoría, según corresponda; de la contribución al Régimen de Salud – EsSalud y el pago delos aportes al Sistema Nacional de Pensiones – ONP, en caso los trabajadores se encuentren afiliados a ellos.

Articulo 3°.- PAGO DE LAS CUOTAS DE CONVENIOS DE REFINANCIAMIENTO CELEBRADOS CON EL SAFAP YSANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO

a. Los Clubes que hayan celebrado convenios de refinanciamiento deberán acreditar el pago en fecha de lascuotas pactadas en el mismo, mediante la presentación del voucher o comprobante de depósito en efectivo,constancia de transferencia bancaria o copia del cheque de gerencia entregado a su acreedor.

b. En caso de incumplimiento en el pago de las cuotas de los convenios de refinanciación, el club infractor serásancionado por la Comisión de Justicia, previa comunicación del OCEF, con la deducción de dos (02) puntos porcuota impaga total o parcialmente .

Asimismo estarán impedidos de inscribir nuevos Jugadores en el Segundo Período de Afiliación del Torneo,hasta que cumplan con cancelar las cuotas vencidas.

De producirse un tercer incumplimiento y con el informe del OCEF, la Comisión de Justicia sancionará al Clubinfractor, con el retiro del mismo del Torneo y la correspondiente pérdida de categoría.

Culminado el Campeonato los Clubes tendrán un plazo máximo hasta el 31 de Diciembre del 2013 paraacreditar el pago total de sus cuotas vencidas en su Convenio, de no hacerlo descenderán automáticamente deCategoría, así hubieran logrado el Ascenso a la Categoría Superior.

Los integrantes de la Junta Directiva del Club que descienda de Categoría por las causales establecidas en elpresente Artículo serán sancionados con Inhabilitación de 05 años para ejercer cargo alguno dentro del SistemaFutbolístico Nacional.

c. El pago de las cuotas pendientes se deberá realizar en estricto orden correlativo y el pago extemporáneo deuna de ellas no deja sin efecto la sanción de deducción de puntos que se hubiere impuesto.

e. Cualquier Acuerdo de modificación de los Convenios de Refinanciamiento de Pago de Obligacionesrequerirá del conocimiento y aprobación del OCEF de la ADFP-SD, quién velará para que las nuevasconsideraciones planteadas no alteren las reglas de la competencia.

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Articulo 4°. - OBLIGACIONES PENDIENTES CON LA ADFP-SD

a. Los Clubes deberán cancelar, antes del inicio del Torneo del año de la competencia, las obligaciones quetuvieren pendientes con la ADFP-SD, o en su caso refinanciar la misma hasta un máximo del 75% a través de lasuscripción del respectivo convenio.

b. El plazo máximo para cancelar las obligaciones con la ADFP-SD no podrá exceder el término del Torneo, paralos casos en que se suscriba convenio de refinanciación, y deberá comprenderse en el presupuesto del año dela competencia.

Culminado el Campeonato los Clubes tendrán un plazo máximo hasta el 31 de Diciembre del 2013 paraacreditar el pago total de sus cuotas vencidas en su Convenio, de no hacerlo descenderán automáticamente deCategoría, así hubieran logrado el Ascenso a la Categoría Superior.

Los integrantes de la Junta Directiva del Club que descienda de Categoría por las causales establecidas en elpresente Artículo serán sancionados con Inhabilitación de 05 años para ejercer cargo alguno dentro del SistemaFutbolístico Nacional.

c. Los Clubes no podrán disponer por ningún motivo, en cada liquidación de las taquillas, de los fondos quecorresponden, a los árbitros, la FPF (3%), ADFP-SD (5%), seguro del espectador y fondo de financiamientoestablecidos, debiendo entregarse indefectiblemente dichos fondos al momento de la liquidación de lastaquillas al personal de la ADFP-SD.

d) La falta de cumplimiento oportuno de las exigencias establecidas en el inciso anterior impedirá laparticipación deportiva del club en la siguiente fecha del Torneo hasta su cancelación, así como se haráacreedor de una sanción económica equivalente a una (1) UIT, no eximiéndose los Clubes de cumplir,igualmente, con cancelar, los fondos indebidamente retenidos.

Articulo 5°.- ORGANO DE CONTROL ECONOMICO – FINANCIERO

a. Creación de un Órgano de Control Económico – Financiero cuyas funciones fundamentales serán:

1. Control y verificación de los requisitos aprobados por la FPF de orden económico- financiero, que debencumplir los Clubes Profesionales de Primera y Segunda División para participar en sus respectivos Torneos.

2. Solicitar a los Clubes información, documentación y/o efectuar los requerimientos que fueren necesariospara el cumplimiento de sus funciones.

3. Informar sobre el cumplimiento de los requisitos, a los efectos que la Junta Directiva autorice la participaciónde los Clubes en el Torneo.

4. Realizar seguimiento del cumplimiento de los compromisos u obligaciones asumidas por los Clubes a lo largodel Torneo, e informar de ello a la Junta Directiva de la Asociación que corresponda para la aplicación de lassanciones a que hubiere lugar, si fuere el caso.

b. El Órgano de Control Económico Financiero estará bajo responsabilidad de la Junta Directiva de la ADFP-SDcon el apoyo de su Departamento Contable.

DISPOSICIÓN FINAL AL REGLAMENTO ECONÓMICO FINANCIERO

En aras de la transparencia financiera, buenas prácticas administrativas, Fair Play financiero – todas ellasinstituciones promovidas por FIFA que tienen por objeto una competencia deportiva justa – los Clubes yFutbolistas están obligados a comunicar, presentar y registrar ante la Federación Peruana de Fútbol yAsociación Deportiva de Fútbol Profesional, todos y cada uno de los acuerdos con contenido económico que sehaya generado, producto de la vinculación del Futbolista al Club.

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En caso de no comunicarlo ni registrarlo en su Presupuesto Anual presentado a inicio de temporada y/o hacerlocon posterioridad a la presentación de un reclamo por parte de un Club o futbolistas o se conozca sucontenido, los responsables (entiéndase Clubes, Directivos, Futbolistas y/o Agentes de Jugadores) seránsancionados por la justicia deportiva por violar los principios de Fair Play promovidos por FIFA.

Los Clubes, Directivos, Futbolistas y/o Agentes de Jugadores tienen un plazo de 60 días calendario parapresentar cualquier Contrato suscrito con contenido económico, durante los años 2010, 2011 y 2012. A partirdel vencimiento de dicho plazo, cualquier Contrato que la Federación tome conocimiento, acarreará laresponsabilidad pertinente a los Clubes, Directivos, Futbolistas y/o Agentes de Jugadores, quienes podrán sersancionados por la justicia deportiva por violar los principios de Fair Play promovidos por FIFA.

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