Bases FISDL - Formulación y supervisión de proyectos

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BASES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEFORMULACIÓN / SUPERVISIÓNDE PROYECTOS

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  • REPBLICA DE EL SALVADOR

    FONDO DE INVERSIN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE EL SALVADOR - FISDL

    BASES PARA LA PRESTACIN DE SERVICIOS DE FORMULACIN / SUPERVISIN

    DE PROYECTOS

  • Fondo de Inversin Social para el Desarrollo Local - FISDL

    Resumen Descriptivo Estos Documentos Estndar de Adquisiciones (DEA) comprenden los Documentos del proceso para la prestacin de servicios. A continuacin se incluye una breve descripcin del contenido de estos documentos.

    DOCUMENTOS DE PROCESO

    PARA LA PRESTACIN DE SERVICIOS DE

    FORMULACIN / SUPERVISIN DE PROYECTOS

    PARTE 1 PROCEDIMIENTOS DEL PROCESO.

    Seccin I. Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO)

    Esta seccin especfica los procedimientos que deben observar los oferentes para la preparacin y presentacin de sus ofertas. Asimismo provee informacin sobre apertura y evaluacin de las ofertas. Las disposiciones de la Seccin I deben utilizarse sin ninguna modificacin.

    Seccin II. Instrucciones Especficas a los Oferentes (IEO) Esta seccin contiene las disposiciones que son propias de cada proceso y que completan la informacin o los requisitos indicados en la Seccin I. Instrucciones Generales a los Oferentes.

    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Esta seccin contiene las clusulas generales que debern utilizarse en todos los contratos. Las disposiciones de la Seccin III deben utilizarse sin ninguna modificacin.

    Seccin IV. Condiciones Especficas del Contrato (CEC) Esta seccin contiene las clusulas que son propias de cada contrato y que modifican y/o complementan la Seccin III. Condiciones Generales del Contrato.

    Seccin V. Trminos de Referencia Esta seccin contiene una descripcin resumida de los servicios, su perodo, especificaciones tcnicas, planos y otros datos de los servicios objeto de este proceso.

    Seccin VI. Criterios de Calificacin y de Evaluacin Esta seccin contiene los factores, mtodos y criterios que se utilizarn para calificaciones de las ofertas.

    Seccin VII. Formularios Tipo Esta seccin contiene los formularios para la presentacin de las ofertas

    Seccin VIII. Anexos

    Seccin IX. Gua del Supervisor / Formulador

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    Documentos del proceso

    ndice General

    Pg.

    Glosario ... 1

    Seccin I. Instrucciones Generales a los Oferentes ... I-1

    Seccin II. Instrucciones Especficas a los Oferentes ... II-1

    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato ... III-1

    Seccin IV. Condiciones Especficas del Contrato ... IV-1

    Seccin V. Trminos de Referencia ... V-1

    Seccin VI. Criterios de Calificacin y de Evaluacin ... VI-1

    Seccin VII. Formularios Tipo ... VII-1

    Seccin VIII. Anexos ... VIII-1

    Seccin IX. Gua del Supervisor / Formulador ... IX-1

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    GLOSARIO

    Adjudicacin:

    Es el acto mediante el cual el Contratante, previo estudio de las propuestas presentadas: (i) selecciona la que ajustndose sustancialmente a los documentos del proceso; y (ii) comunica este hecho en forma oficial a los Oferentes. Es la formalidad ms importante del proceso de proceso, ya que cumple con el objetivo principal de dicho proceso, que es la seleccin del oferente que prestara los servicios. La adjudicacin equivale a la "aceptacin" de la "oferta" del Oferente.

    Binomio: Asociacin formada entre una comunidad legalmente constituida y su gobierno municipal para efectos de la ejecucin de un proyecto.

    Contratante: Institucin de la Administracin Pblica, organismo o asociacin que contrata la adquisicin de obras, bienes o servicios.

    Garante:

    Es cualquier banco, institucin financiera, compaa de seguros u otro ente, sus sucesores o cesionarios, que contrae una obligacin con el Contratante a favor del Oferente, mediante presentacin de garanta firmada.

    Garanta de Mantenimiento de Oferta:

    Es la que se otorga a favor del contratante, a fin de asegurar el mantenimiento de las condiciones y de los precios de las ofertas, desde la fecha de apertura de estas hasta su vencimiento, de conformidad a lo establecido en estas bases.

    INCOTERMS: Normas Internacionales de Comercio.

    Oferente: Es la persona Natural o Jurdica que presenta una oferta de acuerdo a lo solicitado en las bases del proceso.

    Recurso de Revisin :

    Es el medio de impugnacin de actos administrativos planteado por la LACAP, como mecanismo de garanta de los derechos subjetivos e intereses legtimos de los particulares.

    Adquisicin: Se refiere a toda contratacin de servicios de consultora que lleve a cabo el Contratante.

    Acreditacin:

    Es el procedimiento mediante el cual se reconoce la competencia de los profesionales que prestan servicios tcnicos de apoyo, tales como formuladores, supervisores, realizadores, facilitadores e ingenieros residentes, para desempearse en proyectos financiados con PROCOMUNIDAD.

    CEP:

    Comit Ejecutor de Proyecto. Es un nombre genrico que tipifica a cualquier instancia comunitaria creada o fortalecida para representar a su comunidad en todos los asuntos concernientes a un proyecto PROCOMUNIDAD.

    Consultor: Persona Natural o Jurdica que presta los servicios de formulacin o supervisin de proyectos.

    Documentos del proceso:

    Tambin llamados bases del proceso o pliego de condiciones, constituyen el conjunto de documentos emitidos por el Contratante, que especifican detalladamente los servicios de consultora objeto de este proceso; establecen las condiciones del Contrato a celebrarse y determinan el trmite a seguir en el procedimiento del proceso. En un sentido ms amplio puede decirse que es el conjunto de documentos que determinan las condiciones del Contrato entre el contratista y el contratante.

    Contrato de Consultora: Contrato administrativo por medio del cual el contratante adquiere los servicios de una persona natural o jurdica especialista en determinada materia.

    Libre Gestin: Es un proceso simplificado por medio del cual las instituciones seleccionan al contratista que proveer obras, bienes, servicios o consultoras.

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 1

    Seccin I. Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO)

    A. INTRODUCCIN

    IGO 1. Fuente de los recursos.

    Origen de los recursos que tiene asignado el Contratante para sufragar el costo parcial o total del Proyecto, del contrato o servicios objeto del proceso que se encuentran especificados en las IEO.

    IGO 2. Oferentes con capacidad para contratar.

    Podrn contratar con la institucin, las personas naturales capaces conforme al

    derecho comn y las personas jurdicas legalmente constituidas, sean nacionales o

    extranjeras.

    Las personas naturales o jurdicas que no estn categorizadas de acuerdo a lo

    establecido en las IEO, podrn participar presentando la Solicitud de Categorizacin al

    Banco de Contratistas del FISDL para realizar a nivel interno, el registro de la

    categorizacin.

    Asimismo se podr contratar con aquellas firmas extranjeras elegibles de acuerdo a la

    fuente de financiamiento especificada en las IEO; que cuenten con todos los permisos

    necesarios para operar en El Salvador incluyendo las inscripciones o registros en el

    Instituto Salvadoreo del Seguro Social, Instituciones de Previsin Social, en las

    dependencias del Ministerio de Hacienda y otras Instituciones del Gobierno Central y

    Municipales del caso, de acuerdo a lo establecido la LACAP1.

    Tambin podrn ofertar y contratar con la Institucin, todas las personas naturales o jurdicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad legal para obligarse; y que no concurra en ellas las siguientes situaciones:

    a) Haber sido condenado con anterioridad, mediante sentencia firme, por delitos contra la Hacienda Pblica, corrupcin, cohecho activo, trfico de influencias y los contemplados en la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos; mientras no hayan sido habilitados en sus derechos por la comisin de esos ilcitos;

    b) Haber sido declarado en estado de suspensin de pagos de sus obligaciones o declarado en quiebra o concurso de acreedores, siempre que no est rehabilitado;

    c) Haberse extinguido por parte de la institucin contratante el contrato celebrado con alguna de las instituciones, por causa imputable al contratista, durante los ltimos cinco aos contados a partir de la referida extincin;

    d) Estar insolvente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social;

    e) Haber incurrido en falsedad material o ideolgica al proporcionar la informacin requerida de acuerdo a esta Ley;

    f) En el caso de que concurra como persona jurdica extranjera y no estuviere legalmente constituida de conformidad a las normas de su propio pas, o no haber cumplido con las disposiciones de la legislacin nacional, aplicables para su ejercicio o funcionamiento;

    g) Haber evadido la responsabilidad adquirida en otras contrataciones, mediante cualquier artificio.

    1 Se anexan los requisitos para la obtencin de permisos necesarios para operar en El Salvador.

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 2

    Los contratos celebrados en contravencin a lo dispuesto en este artculo producen nulidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal en que se incurra.

    Las situaciones a que se refieren los literales a), b) y e) sern declaradas en sede judicial.

    Cuando las instituciones de la administracin pblica tengan conocimiento de las situaciones anteriores, debern informarlas a la UNAC, para los efectos legales consiguientes, a travs del funcionario competente.

    IGO 3. Oferentes

    impedidos para

    ofertar

    Los interesados en participar, debern tomar en cuenta lo siguiente:

    No podrn participar como oferentes, las siguientes personas jurdicas o naturales que se encuentren impedidos o inhabilitados de acuerdo a la siguiente clasificacin:

    Oferentes impedidos:

    a) El Presidente y Vicepresidente de la Repblica, los Diputados Propietarios y Suplentes de la Asamblea Legislativa y del Parlamento Centroamericano, los miembros de los Concejos Municipales y del Consejo de Ministros, los Titulares del Ministerio Pblico, el Presidente y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Cuentas de la Repblica, los miembros de la Junta Directiva del Instituto Salvadoreo del Seguro Social, de la Comisin Ejecutiva Hidroelctrica del Ro Lempa (CEL) los miembros de la Junta Directiva de las Instituciones Financieras y de Crdito Pblico tales como: Banco Central de Reserva de El Salvador. Fondo Social para la Vivienda (FSV), Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), Banco de Fomento Agropecuario (BFA). Banco Hipotecario. Banco Multisectorial de Inversiones (BMI), as como los miembros del Tribunal de Servicio Civil, del Consejo Nacional de la Judicatura, del Tribunal Supremo Electoral, del Registro Nacional de las Personas Naturales, los miembros de las Juntas de Gobernadores o Consejos Directivos de las Instituciones Autnomas y todos los dems titulares de las instituciones pblicas, ni las personas jurdicas en las que stos ostenten la calidad de Propietarios, socios accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, concejales o representantes legales, no podrn ofertar en ninguna institucin de la Administracin Publica;

    b) Los funcionarlos y empleados pblicos y municipales, en su misma institucin; ni las personas Jurdicas en las que aquellos ostenten la calidad de Propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, concejales o representantes legales. Esta disposicin tambin ser aplicable a los miembros de las Juntas o Consejos Directivos;

    c) El cnyuge o conviviente, y las personas que tuvieren vnculo de parentesco basta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad, con los funcionarlos pblicos y empleados pblicos mencionados en el literal anterior, as como las personas jurdicas en las que aquellos ostenten la calidad de Propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, concejales o representantes legales;

    d) Las personas naturales o jurdicas que en relacin con procesos de adquisicin o contratacin, hayan sido sancionadas administrativa o judicialmente, o inhabilitados por cualquier institucin de la administracin pblica, por el plazo en que dure la inhabilitacin;

    e) Las personas naturales o jurdicas que hayan tenido relacin de control por administracin o propiedad, con las personas a que se refiere el literal anterior al

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 3

    momento de su incumplimiento. Aquellas inhabilitadas de acuerdo a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracin Pblica (LACAP) o por las regulaciones de la Fuente de los Recursos.

    Estas inhabilidades se extienden de igual forma a las subcontrataciones.

    Las restricciones previstas para las personas jurdicas establecidas en este artculo, no sern aplicables en los casos que el Estado sea el accionista o cuando la participacin de los socios o accionistas particulares a que el mismo artculo se refiere, no exceda del cero punto cero cero cinco por ciento (0 005%).

    Las contrataciones en que se infrinja lo dispuesto en este artculo son nulas.

    Los ofertantes, adjudicatarios o contratistas tienen prohibido celebrar acuerdos entre ellos o con terceros, con el objeto de establecer prcticas que restrinjan de cualquier forma el libre comercio. El funcionario o cualquier persona que tenga conocimiento de dichas prcticas debern notificarlo a la Superintendencia de Competencia para los efectos correspondientes.

    IGO 4. Costo de preparacin de ofertas.

    Ser responsabilidad de los Oferentes sufragar todos los gastos relacionados con la preparacin y presentacin de sus ofertas. El Contratante no ser responsable en ningn caso por dichos costos, cualquiera sea su resultado.

    IGO 5. Visita al lugar de la obra.

    Se aconseja que los Oferentes realicen una visita de inspeccin al lugar de la Obra y sus alrededores y obtengan por s mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la informacin que pueda ser necesaria para preparar sus ofertas.

    De no hacerlo, no podrn alegar desconocimiento de las caractersticas de dicho lugar y sern de su cargo cualquier consecuencia que de ello pueda derivarse.

    El costo de esta visita ser de exclusiva cuenta de los Oferentes. El Contratante suministrar, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar estas inspecciones. Cuando lo estime conveniente la institucin contratante programara una visita de acuerdo a lo establecido en las IEO.

    B. PREPARACIN DE LAS OFERTAS

    IGO 6. Contenido de los documentos del proceso.

    Los documentos de este proceso indican los Servicios a contratarse, los procedimientos y las condiciones contractuales. Los Documentos del Proceso comprenden un GLOSARIO y las siguientes secciones:

    Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO)

    Instrucciones Especficas a los Oferentes (IEO)

    Condiciones Generales del Contrato (CGC)

    Condiciones Especficas del Contrato (CEC)

    Trminos de Referencia

    Criterios de Calificacin y de Evaluacin

    Formularios Tipo

    Anexos

    Gua del Supervisor / Formulador.

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 4

    IGO 7. Aclaracin de los documentos del proceso.

    Todo Oferente que requiera aclaracin de los Documentos del Proceso, podr solicitarla al Contratante a la direccin y hasta la ltima fecha para recibirlas indicada en las IEO. El Contratante responder a toda solicitud de aclaracin de los Documentos del Proceso que reciba, por escrito, y enviar, adems, una copia de su respuesta (incluida la consulta pero sin identificar su origen) a todos los Oferentes que hayan adquirido los documentos del proceso.

    IGO 8. Modificacin de los documentos del proceso.

    El Contratante podr modificar por medio de adendas los documentos del proceso,

    hasta (3) tres das hbiles antes de la presentacin de las ofertas excepto por caso

    fortuito o fuerza mayor o podr ampliar el plazo para dicha presentacin en cualquier

    momento antes de la Recepcin y Apertura de las mismas, por medio de adendas

    adendas o dejarlo sin efecto, mediante resolucin razonada de dicha decisin, la cual

    deber ser notificada oportunamente a los ofertantes.

    Las modificaciones sern notificadas por comunicacin escrita a todos los Oferentes que hayan adquirido los Documentos del Proceso y sern obligatorias para ellos.

    Cuando las adendas modifiquen el alcance u objeto del proceso, el Contratante podr prorrogar el plazo de presentacin de ofertas, a fin de dar a los Oferentes un plazo razonable para que se puedan tomar en cuenta, en la preparacin de sus ofertas.

    C. PRESENTACIN DE LAS OFERTAS

    IGO 9. Idioma de la Oferta.

    La oferta que prepare el Oferente, as como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y el Contratante, deber redactarse en el idioma Castellano. Los documentos complementarios y literatura impresa que proporcione el Oferente podrn estar escritos en otro idioma, a condicin de que los prrafos de dicho material que el Oferente considere pertinentes, vayan acompaados de una traduccin fidedigna al idioma Castellano, en cuyo caso la traduccin prevalecer en lo que respecta a la interpretacin de la oferta.

    IGO 10. Documentos que componen la oferta.

    La oferta deber ser presentada en dos sobres separados en original y en un CD copia electrnica de la oferta, conteniendo los documentos de acuerdo al siguiente detalle:

    SOBRE No. 1:

    DOCUMENTACIN GENERAL

    1. Informacin General acerca del OFERENTE, de acuerdo al Formulario 1, 1-A 1-B segn sea persona natural, jurdica o Asocio.

    2. Acta Notarial de Aceptacin Plena y Compromiso de Oferta de acuerdo al Formulario 2.

    3. Original de Solvencia Vigente de la Direccin General de Impuestos Internos o en su defecto constancia de no inscripcin.

    4. Original de Solvencia Municipal vigente del municipio en donde se encuentre domiciliado el Oferente.

    5. Solvencia Vigente en original, de Cotizaciones Obrero-Patronales I.S.S.S o en su defecto constancia de no inscripcin.

    6. Solvencia Vigente, en original, de las Cotizaciones como patrono, o constancias de no estar inscrito como patrono correspondientes de las AFP's, (CONFIA, CRECER, IPSFA y/o UNIDAD DE PENSIONES DEL ISSS) o en su defecto constancia de no inscripcin.

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    7. Fotocopia certificada de la declaracin vigente de pago de IVA o en su defecto constancia de no inscripcin.

    OFERTA TCNICA:

    Asignacin de Personal

    8. El Oferente deber mostrar, de acuerdo al Formulario 3 y 3-A, el Cuadro de Asignacin de Personal Profesional y Tcnico para cada una de las etapas de trabajo en cada una de las especialidades de acuerdo a la tabla siguiente:

    SERVICIOS DE SUPERVISIN

    SERVICIOS DE FORMULACIN

    a) GERENTE DEL PROYECTO a) GERENTE DEL PROYECTO b) RESIDENTE DEL PROYECTO b) COORDINADOR DIRECTO c) ESPECIALISTA C) ESPECIALISTA

    9. Hojas de vida de los profesionales y tcnicos, en las cuales debe identificarse con precisin, la educacin profesional y los aos de experiencia que poseen para el cargo a desempear, de acuerdo al Formulario 4. La Tipologa de los proyectos a evaluar ser la especificada en las IEO.

    10. Cartas de Compromiso de exclusividad, de acuerdo al Formulario 5, en donde se indique que el personal profesional y tcnico acepta laborar por el tiempo requerido en el proyecto concursado. Esto ltimo aplica tanto al personal permanente como al contratado propuesto.

    11. Organizacin Operativa del proyecto: Para la prestacin de los servicios, el Oferente deber presentar el organigrama operativo propuesto, indicando claramente para cada puesto, las funciones, responsabilidades y nombre de la persona que desarrollar dichas funciones; y definiendo las actividades a sub-contratar y su respectivo responsable.

    12. Programa de Trabajo: El Oferente deber presentar un Programa de Trabajo que contemple en detalle las actividades tcnicas, administrativas, de control, verificacin y seguimiento u otra ndole, propias del proceso de supervisin o formulacin.

    13. Declaracin Jurada debidamente legalizada indicando que el oferente no ha sido declarado culpable por la extincin de cualquier contrato celebrado con alguna de las Instituciones del Estado durante los ltimos cinco aos contados a partir de la referida declaracin de acuerdo al Formulario 6.

    SOBRE No. 2:

    Oferta Econmica, de acuerdo al Formulario 7.

    14. La oferta econmica deber prepararse cuidadosamente redactada en idioma castellano, firmada y sellada por el Oferente, escrita a mquina, con sus pginas numeradas en orden correlativo, adems no deber tener borrones, raspaduras, enmiendas, omisiones, entrelineas, adiciones o testados, a menos que se haga la salvedad correspondiente y dicha salvedad sea debidamente firmada y sellada.

    La oferta deber tomar en consideracin todas las adendas o modificaciones emitidas durante el perodo de preparacin de la oferta.

    15. Justificacin del Anticipo, de acuerdo al Formulario 8. El Oferente deber presentar en dicho formulario, un listado de las inversiones que realizar con

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 6

    los fondos provenientes del anticipo que solicite. El monto solicitado no podr ser superior al 30% del valor de su oferta, tal como se establece en el Art. 34 de la LACAP; y las inversiones a realizarse debern ser plenamente justificadas como necesarias para la ejecucin especfica de este proyecto. El anticipo deber liquidarse aplicando a cada pago que se realice, una deduccin equivalente al porcentaje de anticipo otorgado.

    16. CD conteniendo el archivo digital de la oferta completa (tcnica y econmica).

    IGO 11. Formularios de oferta.

    El Oferente presentara su oferta de acuerdo a los Formularios, que se incluyen en los documentos del proceso Seccin VII.

    IGO 12. Precios de la oferta.

    Se entender que el (los) precio(s) cotizado(s) comprende(n) la totalidad de los trabajos, suministros, impuestos o gravmenes de cualquier clase y gastos originados por cualquier concepto requerido para la completa prestacin de los Servicios Contratados.

    Dicho precio no podr ser modificado por ninguna causa, excepto por circunstancias imprevistas y comprobadas, de acuerdo a lo que dispone la clusula IGO 23.4.

    IGO 13. Monedas de la oferta y monedas de pago.

    Los precios sern cotizados y pagados en Dlares de los Estados Unidos de Amrica.

    IGO 14. Documentos que establecen las calificaciones del oferente y su conformidad con los documentos del proceso.

    Se tomar en cuenta nicamente la evidencia documentada presentada junto con su oferta que acredite sus calificaciones y su conformidad con los documentos del proceso para ejecutar el Contrato en caso de que resulte ser el adjudicatario.

    IGO 15. Periodo de validez de las ofertas.

    Las Ofertas sern vlidas por un plazo no menor de 90 das calendario a partir de la fecha de apertura de las ofertas establecida por el Contratante.

    En circunstancias especiales imputables al Contratante y antes de la fecha de expiracin de su vigencia, este podr solicitar por escrito al Oferente una extensin del perodo de validez de la oferta.

    IGO 16. Formularios y firma de las ofertas.

    16.1 El Oferente preparar su oferta en original y dos copias, de acuerdo a los formularios establecidos en los documentos del proceso, marcando claramente cada ejemplar como "ORIGINAL" y "COPIA", respectivamente. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecer sobre el de las copias.

    16.2 El original y las dos copias de la oferta sern digitados o escritas a mquina.

    Todas las pginas del sobre nmero 2, pginas debern estar numeradas en orden correlativo (cuando contenga ms de una pgina), y estar (n) firmada (s) y sellada (s) por la(s) persona(s) que presente(n) la oferta el Representante Legal de la empresa/persona natural que participa en el proceso.

    La oferta econmica deber prepararse cuidadosamente redactada en idioma castellano, firmada y sellada por el Oferente, digitada o escrita a mquina, con sus pginas numeradas en orden correlativo (cuando contenga ms de una pgina), adems no deber tener borrones, raspaduras, enmiendas, omisiones, entrelneas, adiciones o testados, a menos que se haga la salvedad correspondiente y dicha salvedad sea debidamente firmada y sellada.

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    16.3 Los textos entre lneas, tachaduras o palabras superpuestas a otras, sern vlidos solamente si son debidamente salvados, es decir, si lleva(n) la rbrica de la(s) persona(s) que haya(n) firmado la oferta.

    No se aceptaran borrones, raspaduras, enmiendas, omisiones, entrelineas, adiciones o testados en la oferta econmica presentada a excepcin que estn debidamente salvados.

    D. PRESENTACIN DE OFERTAS

    IGO 17. Presentacin e identificacin de ofertas.

    17.1 El Oferente presentar el original y las dos copias de la oferta en sobres cerrados separados que identificar cada uno como "ORIGINAL" y "COPIA", respectivamente.

    17.2 Los sobres debern:

    a. Indicar el nombre y la direccin del Oferente;

    b. Estar dirigidos al Contratante y llevar la direccin indicada en las IEO; y c. Indicar el nombre del proyecto, el ttulo y nmero del Llamado al Proceso

    y las palabras "NO ABRIR ANTES DE LAS", seguida de la hora y la fecha especificadas en las IEO.

    17.3 El Contratante no ser responsable por el traspapeleo, prdida o apertura prematura de las ofertas, si los sobres no estn cerrados y/o marcados segn lo dispuesto.

    IGO 18. Plazo para la presentacin de ofertas.

    18.1 Las ofertas sern recibidas por el Contratante en la direccin, y a ms tardar a la hora y fecha indicadas en las IEO.

    18.2 El Contratante se reserva el derecho de prorrogar el plazo de presentacin de las ofertas. Ello se llevar a cabo mediante una adenda a los documentos del Proceso de acuerdo con estas IGO. Producida la prrroga, todos los derechos y obligaciones del (la) Contratante y de los Oferentes que estaban sujetos al plazo original, quedarn sujetos al nuevo plazo para la presentacin de ofertas.

    18.3 El Contratante llevara un registro de control de la recepcin de ofertas que contendr como mnimo el nombre del Oferente, firma de quien entrega la oferta, fecha, hora y lugar de la presentacin de las ofertas.

    IGO 19. Ofertas tardas.

    Toda oferta que se presente despus de la fecha y hora sealada para la recepcin de ofertas, de conformidad con la clusula IGO 19 "Plazo para la presentacin de ofertas", quedarn excluidas de pleno derecho, y las que sean recibidas en estas condiciones sern devueltas sin abrir.

    E. EVALUACIN DE OFERTAS.

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    IGO 20. Apertura de ofertas por el contratante.

    20.1 El Contratante proceder a abrir los sobres de las ofertas tcnica y econmica, en el lugar, da y hora especificadas en las IEO, en presencia de los ofertantes que deseen asistir y cuyas ofertas hayan sido presentadas en el plazo establecido en stas, abrir las ofertas en acto pblico a la hora, fecha y en la direccin especificadas en las IEO, y en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir. Los representantes de los Oferentes que asistan, podrn firmar un registro o acta para dejar constancia de su presencia. La omisin de firma por los Oferentes no invalidar el contenido y efecto del acta.

    20.2 Al comenzar el acto pblico y PREVIO A LA APERTURA DE LAS OFERTAS, el Contratante anunciar los nombres de todos los Oferentes cuyas ofertas fueron recibidas y sern objeto de la apertura, de acuerdo al Control de Registro de Recepcin de Ofertas. Si en ese momento, algn Oferente o representante autorizado, manifiesta que su nombre fue omitido de tal lectura y posee evidencia documentada de haber presentado oferta, el Contratante postergar la apertura de las ofertas. Esta postergacin podr ser momentnea si la(s) oferta(s) faltante(s) es (son) encontrada(s) en un tiempo razonable. En caso contrario, deber suspenderse el acto pblico de apertura y se devolvern las dems ofertas, hasta que se le notifique pblicamente por escrito la nueva fecha de recepcin de ofertas No se aceptarn reclamos de este tipo posteriores a este momento, siendo el oferente el responsable de que su oferta ha sido incluida.

    20.3 En la apertura de las ofertas se anunciarn los nombres de los Oferentes, los precios de las ofertas, la existencia o falta de la garanta requerida y cualquier otro detalle que el Contratante, a su discrecin, considere apropiado anunciar. Ninguna oferta ser rechazada en el acto de apertura. Las ofertas tardas quedarn excluidas de pleno derecho, de conformidad a la clusula IGO 20 Ofertas Tardas.

    20.4 Las ofertas recibidas extemporneamente y las que no presenten la Garanta de Mantenimiento de Oferta quedarn excluidas de pleno derecho.

    20.5 La Comisin de apertura verificar que cada oferta econmica presente sus pginas numeradas, selladas y firmadas por el Oferente.

    20.6 El Contratante elaborar un acta de la apertura de ofertas, en la que se har constar las ofertas que fueron recibidas y abiertas con sus montos, la existencia o falta de la garanta requerida, las enmendaduras, testaduras y correcciones que hayan sido salvadas en cada oferta econmica, o de cualquier otro documento del proceso, as como las observaciones que hubiesen manifestado los participantes, entregndose a cada uno, copia del acta. Una vez entregada el acta, se tendr por concluido el acto de apertura de ofertas.

    IGO 21. Aclaraciones de ofertas y confidencialidad.

    21.1 Durante el perodo de evaluacin de ofertas, que comienza despus de concluido el acto pblico de apertura, el Contratante podr solicitar a los Oferentes aclaraciones acerca de sus ofertas. La solicitud de aclaracin y la respectiva respuesta, se harn por comunicacin escrita y no se solicitar, ofrecer ni permitir ninguna modificacin de los precios ni de los elementos sustanciales de la oferta de acuerdo a lo establecido en la clusula IGO 22 "Examen preliminar y correcciones de errores u omisiones subsanables".

    21.2 Iniciado el perodo de evaluacin de ofertas y hasta la notificacin oficial del resultado del proceso, se considerar confidencial toda informacin relacionada con el examen, las aclaraciones y evaluacin de las ofertas, as como las recomendaciones de adjudicacin del Proceso. La informacin considerada confidencial no podr ser conocida o divulgada a, personas que no estn directa y oficialmente involucradas con la evaluacin de las ofertas. Dicha

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 9

    prohibicin incluye a los Oferentes.

    21.3 Despus de la apertura de las Ofertas y antes de la notificacin del resultado del proceso, no se brindar informacin alguna con respecto al examen, tabulacin, aclaracin y evaluacin de las Ofertas y las recomendaciones relativas a las adjudicaciones de las mismas, a ninguna persona o personas que no estn vinculadas en el proceso de anlisis y evaluacin de Ofertas, Esto se aplica tanto a funcionarios o empleados de la Institucin contratante, como a personal relacionado con las empresas ofertantes. La infraccin a la anterior prohibicin dar lugar a la aplicacin de las sanciones correspondientes.

    21.4 La utilizacin por cualquier motivo, por parte de algn Oferente, de informacin considerada confidencial podr ser causal de rechazo de su oferta.

    IGO 22. Examen preliminar, correcciones de errores u omisiones subsanables y rechazo.

    22.1 El Contratante examinar las ofertas para determinar si estn completas, contienen errores aritmticos, se han presentado las garantas requeridas, los documentos han sido debidamente firmados y si, en general, las ofertas estn en orden.

    22.2 Antes de proceder a la evaluacin detallada de conformidad a la clusula IGO 24 "Evaluacin y Comparacin de Ofertas", el Contratante determinar si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos del proceso. Para los fines de estas Clusulas, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos del proceso cuando satisfaga, sin diferencias significativas, todas las condiciones estipuladas en dichos documentos. Constituye una diferencia significativa la no presentacin de:

    a) la Garanta de Mantenimiento de Oferta,

    b) Oferta Econmica firmada, sellada y numerada por el oferente o su representante legal,

    c) la Solvencia original vigente de la Direccin General de Impuestos Internos o en su defecto constancia de no inscripcin.

    d) Solvencia Municipal vigente en original del municipio en donde se encuentre domiciliado el Oferente.

    e) Solvencia Vigente en original de Cotizaciones Obrero-Patronales I.S.S.S o en su defecto constancia de no inscripcin.

    f) Solvencia Vigente en original de las cotizaciones como patrono, o constancia de no estar inscrito como patrono, correspondientes de las AFPs, (CONFIA, CRECER, IPSFA y UNIDAD DE PENSIONES DEL ISSS) o en su defecto constancia de no inscripcin.

    Adems se considerar como diferencia significativa cuando la Garanta de mantenimiento de oferta presentada adolezca de cualquier error en la identificacin del proyecto, monto, plazo o identificacin del Afianzado.

    La omisin de cualquiera de los literales antes relacionados no se considera subsanable.

    La determinacin del Contratante de que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos del proceso se basar en el contenido de la propia oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas.

    22.3 Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por stos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos del Proceso, el Contratante podr solicitar que, en un plazo mximo de cinco (5) das hbiles, el Oferente subsane las deficiencias encontradas siempre y cuando este procedimiento no ponga en desventaja a ninguno de los oferentes. No se

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 10

    podr considerar error u omisin subsanable: los documentos cuya ausencia constituye una deficiencia significativa de acuerdo a la clusula IGO 22.2 o cualquier correccin que altere la sustancia de su oferta o que la mejore.

    22.4 Los errores aritmticos sern corregidos de la siguiente manera:

    (i) Si existiere una discrepancia entre el precio unitario y el precio total obtenido multiplicando ese precio por la cantidad correspondiente, prevalecer el precio unitario y el precio total ser corregido;

    (ii) Si la discrepancia resulta de un error de suma, se proceder de acuerdo al literal (i) y corrigiendo el total; y

    (iii) Si todas las operaciones aritmticas resultaren correctas y existiera una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecer el monto expresado en nmeros.

    22.5 Durante el proceso de evaluacin, se rechazar cualquier oferta en los siguientes casos:

    a) Si la oferta es presentada por un Oferente impedido para ofertar de acuerdo a la Clusula IGO 3 Oferentes impedidos o inhabilitados para ofertar; o si el Oferente se encuentra Incapacitado por alguna de las situaciones establecidas en la Clusula IGO 2 Oferentes con capacidad para contratar.

    b) Si una vez subsanadas todas las deficiencias en el plazo solicitado, el oferente sostiene que la vigencia de su oferta es menor del plazo establecido en la Clusula IGO 15 "Periodo de validez de las ofertas".

    c) Si falta alguno de los documentos siguientes: Garanta de Mantenimiento de Oferta, Solvencia original vigente de la DGII, Solvencia Municipal vigente en original del municipio en donde se encuentre domiciliado el Oferente, Solvencia Vigente en original de Cotizaciones Obrero-Patronales I.S.S.S., Solvencia Vigente en original de las cotizaciones como patrono, o constancia de no estar inscrito como patrono, correspondientes de las AFPs, (CONFIA, CRECER, IPSFA y UNIDAD DE PENSIONES DEL ISSS), en su defecto constancia de no inscripcin; o si falta la oferta econmica de acuerdo al formato del Plan de Oferta solicitado en la clusula IGO 10 Documentos que componen la oferta o si la Garanta de mantenimiento de oferta presentada adolece de cualquier error en la identificacin del proyecto, monto, plazo o identificacin del Afianzado.

    d) Si se comprobare que el Contratista ha incurrido en prcticas corruptas tales como: soborno, extorsin o coaccin, fraude, colusin, o cualquier otro hecho similar que se considere acto de corrupcin o que ha presentado documentacin fraudulenta o alterada y otras acciones que pudieran alterar la libre competencia.

    e) Si en la oferta se incluyen condiciones no solicitadas dentro de las Bases del Proceso, siempre que estas modifiquen el objeto del Proceso, alcance de los servicios o el Plan de Oferta.

    f) Si una vez subsanadas todas las deficiencias en el plazo solicitado, la oferta no cumple con alguno de los requisitos Mnimos de Cumplimiento establecidos en la clusula IGO 24 EVALUACIN Y COMPARACIN DE OFERTAS.

    g) Si el oferente no mantuviere su oferta econmica despus de habrsele efectuado correcciones aritmticas de acuerdo a lo establecido en el numeral 22.4 de esta Clusula.

    h) Si el oferente incluye actividades no definidas, u omite las definidas en el Formulario 7.

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 11

    i) Si el Oferente no presenta en el plazo establecido por la comisin de evaluacin la carta de sostenimiento de oferta solicitada, como resultado de las correcciones aritmticas en su oferta econmica, en caso que la oferta corregida resulte en una disminucin mayor al 5%.

    j) Si el Oferente no cumple con cualquiera de los requisitos mnimos establecidos en:

    1. Personal Propuesto.

    2. Los criterios de evaluacin tcnicos y econmicos de acuerdo a lo establecido en la Seccin IV. Criterios de Calificacin y Evaluacin.

    k) Si el oferente ha sido declarado culpable por la extincin de cualquier contrato celebrado con alguna de las Instituciones durante los ltimos cinco arios contados a partir de la referida declaracin, de acuerdo al Formulario 6.

    l) Aquellos Oferentes cuyos litigios pendientes representen en total ms del cincuenta por ciento (50%) del patrimonio neto del oferente, estos debern ser tratados como resueltos en contra del oferente. En caso de asocio todas las empresas que conforman el asocio deben cumplir con el requisito. De acuerdo al Formulario 6.

    m) Si el Oferente no presenta la documentacin subsanable solicitada por la Comisin de Evaluacin en el tiempo estipulado, o si la informacin presentada no ha sido subsanada a entera satisfaccin o est incompleta.

    n) Si el Oferente presenta su oferta econmica con borrones, raspaduras, enmiendas, omisiones, entrelneas, adiciones o testados, que no se encuentren debidamente salvados.

    o) Si el Oferente no presenta su oferta econmica con todas sus pginas numeradas (cuando contenga ms de una pgina), selladas y firmadas,

    p) Si el oferente persona jurdica - tiene 5 proyectos adjudicados y/o contratados simultneamente, incluyendo todas las categoras y tipos de proyectos. (Este criterio no aplica para proyectos que posean 90% o ms de avance en su ejecucin).

    q) Si el oferente como persona natural ya cuenta con su tiempo comprometido en otros proyectos (5.5 das c/semana) adjudicados y/o contratados simultneamente. (Este criterio no aplica para proyectos que posean 90% o ms de avance en su ejecucin).

    22.6 La Comisin de Evaluacin no admitir correcciones que permitan que las ofertas se ajusten a las Bases del Proceso, despus de la Recepcin de Ofertas.

    22.7 Queda establecido que los documentos cuya ausencia no est tipificada como motivo de rechazo en esta clusula, son de carcter subsanable.

    IGO 23. Evaluacin y comparacin de ofertas.

    23.1 El Contratante evaluar y comparar nicamente las ofertas que se ajusten sustancialmente a los Documentos del Proceso.

    23.2 Al evaluar las ofertas, el Contratante determinar el precio de cada oferta de la siguiente manera:

    (a) Corrigiendo los errores aritmticos de acuerdo a la clusula IGO 22 "Examen preliminar y correcciones de errores u omisiones subsanables".

    (b) Excluyendo cualquier disposicin, que se estipule en la Oferta sobre ajuste de precios durante el perodo de ejecucin del Contrato.

    22.3 Al evaluar la oferta, el Contratante tendr en cuenta, adems del precio ofrecido de acuerdo a la clusula IGO 12 "Precios de la oferta", todos los factores con su peso relativo, especificados en los Criterios de Evaluacin

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    Seccin I Instrucciones Generales a los Oferentes (IGO) 12

    (Anexados en la Seccin VI). No se podrn tomar en cuenta factores que no estn especificados en los Criterios de Calificacin y de Evaluacin.

    22.4 Si la oferta del posible adjudicatario resulta de un costo sustancialmente menor en relacin al costo de los servicios estimado por el Contratante, que razonablemente permita anticipar que el Oferente no podr prestar los servicios dentro del plazo y condiciones estipulados, se rechazar la oferta.

    IGO 24. Comunicaciones

    con el Contratante

    A partir del momento de la apertura de las ofertas y hasta despus de la notificacin oficial de los resultados del Proceso, ningn Oferente se comunicar con el Contratante sobre ningn aspecto de su oferta o de las ofertas de otros Oferentes, con excepcin de lo dispuesto en la clusula 21 Aclaraciones de ofertas y confidencialidad de estas Instrucciones Generales

    Cualquier intento por parte de un Oferente de influir en las decisiones del Contratante en relacin a la evaluacin y comparacin de las ofertas o adjudicacin del Contrato, podr dar lugar al rechazo de su oferta.

    Una vez que los Oferentes sean notificados oficialmente de los resultados del Proceso, stos tendrn derecho a conocer el informe de evaluacin preparado por el Contratante.

    F. ADJUDICACIN DEL CONTRATO.

    IGO 25. Criterios para la adjudicacin

    El contratante adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste a las Bases del Proceso y alcance el mayor puntaje de los criterios de evaluacin tcnicos y econmicos.

    IGO 26. Derecho del Contratante a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquiera o todas las ofertas.

    El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, as como de anular o suspender el proceso y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicacin del Contrato, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los Oferentes afectados por esta decisin.

    IGO 27. Notificacin de la

    adjudicacin

    Antes del vencimiento del plazo de validez de la Oferta, el Contratante notificar a todos los Oferentes el resultado de la adjudicacin, de conformidad con la LACAP.

    A los oferentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas, se les informar en la notificacin los motivos de dicho rechazo.

    Al oferente que haya resultado ganador, se le notificar la adjudicacin aceptando su oferta.

    IGO 28. Firma del Contrato

    La formalizacin u otorgamiento del contrato, deber efectuarse en un plazo mximo de 5 das hbiles posteriores al vencimiento del plazo para la interposicin del Recurso, salvo caso fortuito o fuerza mayor

    IGO 29. Recurso

    El recurso de revisin deber interponerse, de acuerdo a lo establecido en el Art. 77 de la LACAP.

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    Seccin II. Instrucciones Especficas a los Oferentes (IEO) II - 1

    Seccin II. Instrucciones Especficas a los Oferentes (IEO)

    VER DOCUMENTO ANEXO BASES VARIABLES

    PARA LA PRESTACIN DE LOS SERVICIOS DE (FORMULACIN / SUPERVISIN) DE PROYECTOS

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 1

    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC)

    A. ASPECTOS GENERALES

    CGC 1.

    Definiciones

    En el presente Contrato, los siguientes trminos sern interpretados de la manera que se indica a continuacin:

    (a). "Ley aplicable" significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza de ley en El Salvador;

    (b). "Contrato" significa el acuerdo celebrado entre el Contratante y el Consultor, segn consta en el formulario firmado por las partes, incluidos todos sus anexos y apndices y documentos incorporados a l por referencia;

    (c). "Precio del Contrato" significa el precio que el Contratante pagar al Consultor de conformidad con el Contrato en concepto del total cumplimiento de sus obligaciones contractuales;"

    (d). "CGC" significa las Condiciones Generales del Contrato; (e). "CEC" significa las Condiciones Especficas del Contrato; (f). "Parte" significa el Contratante o el Consultor, segn el caso, y "Partes"

    significa el Contratante y el Consultor;

    (g). En el caso de que el Consultor sea una asociacin en participacin o grupos, formada por varias firmas, "Integrante" significa cualquiera de ellas; "Integrantes" significa todas estas firmas, e "Integrante a cargo" significa la firma que se menciona en las CEC para que acte en nombre de todas en el ejercicio de todos los derechos y obligaciones del Consultor ante el (la) Contratante en virtud de este Contrato;

    (h). "El Contratante" es la entidad que contrata los servicios del Consultor de acuerdo a las CEC

    (i). "Consultor" es la firma o persona que ha de suministrar los servicios en virtud del Contrato de acuerdo a las CEC;

    (j). "Subcontratista" es la firma o persona contratada por el Consultor para llevar a cabo parte de los servicios de consultora;

    (k). "Servicios" significa el trabajo descrito en las especificaciones tcnicas, que el Consultor deber realizar conforme a este Contrato; y

    (l). "Personal" significa los empleados contratados por el Consultor o por cualquier Subcontratista para la prestacin de los Servicios o de una parte de los mismos.

    (m). Caso Fortuito es el hecho de la naturaleza que siendo imprevisible o no, es inevitable o irresistible y que provoca el incumplimiento de las obligaciones contractuales.

    (n). Fuerza Mayor es el acto de autoridad que siendo imprevisible o no, es inevitable o irresistible y que incide en el incumplimiento de las obligaciones contractuales por encarecimiento hacindolo dificultoso o imposible su cumplimiento.

    CGC 2.

    Legislacin aplicable.

    Las partes se someten en todo a las disposiciones de las Leyes salvadoreas; renuncian a efectuar reclamaciones por las vas que no sean las establecidas por

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 2

    este contrato o las Leyes del pas.

    CGC 3.

    Notificaciones.

    Toda notificacin entre las Partes en virtud del Contrato se har mediante comunicacin escrita a los Representantes autorizados del Contratante y contratista. La comunicacin escrita comprende: carta, fax o correo electrnico; todas con confirmacin de acuse de recibo.

    CGC 4.

    Partes del contrato.

    4.1. Nombramiento de las Partes. Las CEC identifican al Contratante y al Contratista. La propuesta presentada por el Contratista incluir las indicaciones necesarias para identificarlo as como a sus representantes legales.

    4.2. Participacin en Asocio. Para los efectos del presente Contrato, se considera que en caso de que dos o ms Contratistas decidan formar un Asocio debern suscribir un contrato nico.

    Los miembros del asocio sern solidarios. En consecuencia, todos y cada uno de los integrantes, se comprometen por la totalidad del Contrato, sern mancomunada y solidariamente responsables de la ejecucin del mismo; y, en su caso, de reparar el posible incumplimiento de sus socios. Uno de ellos, designado en el formulario del Contrato, representar legalmente al Asocio ante el Contratante en lo relativo a la Ejecucin del Contrato.

    4.3. Representante del Contratista. Dentro de cinco (5) das calendario contados a partir de la firma del contrato, el Contratista notificara por escrito al contratante, la designacin de un Representante y un suplente ante el contratante con poderes suficientes para tomar decisiones necesarias en todo lo relativo a la ejecucin de este contrato y quienes tendrn toda la autoridad para firmar la correspondencia oficial relativa al contrato.

    4.4. Domicilio del Contratista. El Contratista establecer como domicilio la direccin indicada en las CEC. y toda notificacin le ser vlidamente enviada a la direccin del domicilio o la sede mencionada en el Contrato.

    4.5. Modificaciones que realice el Contratista. El Contratista deber notificar inmediatamente al Contratante todas las modificaciones ocurridas durante la ejecucin del Contrato referentes a:

    a. Las personas con facultades para obligar al Contratista o a sus representantes ante el Contratante;

    b. Los Tipos de Sociedad; c. El domicilio legal de la sede del Contratista;

    d. La razn social o el capital social; y e. Cualquier otro cambio que pudiera afectar el funcionamiento del

    Contratista y la ejecucin del Contrato.

    CGC 5.

    Cesin, delegacin.

    Salvo acuerdo previo del Contratante, el Contratista no podr en ningn caso ceder o delegar la totalidad o parte del Contrato, excepto si la cesin y la delegacin se refieren a:

    (a). Los derechos de cobro sobre las cuentas de trabajo ejecutados que amparan al Contrato; y

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 3

    (b). La cesin o delegacin a los aseguradores del Contratista (en caso que los aseguradores hubieran liberado al Contratista de toda prdida por responsabilidad) de su derecho a obtener compensacin de las partes responsables.

    En todo caso, la oposicin por parte del Contratante a la cesin o delegacin estar subordinada a los procedimientos previstos en el Cdigo Civil.

    En general, el Contratista no podr enajenar, subarrendar, ceder, vender, traspasar, transferir, ni en cualquier otro modo disponer del contrato, o de cualquier parte del mismo, o de sus derechos, ttulo, o inters en el, a ningn individuo, empresa o sociedad, sin el consentimiento escrito del Contratante.

    CGC 6.

    Subcontrataciones.

    El Contratista no podr subcontratar la totalidad de su Contrato.

    Podr, en cambio, subcontratar la ejecucin de algunas partes de su Contrato, siempre que haya obtenido el acuerdo previo del Contratante y de las autoridades cuya aprobacin sea necesaria para la entrada en vigor del Contrato. El Contratista seguir siendo totalmente responsable de los actos, deficiencias y negligencias de todo subcontratista, sus representantes, empleados o trabajadores, en la misma medida que si se tratara de sus propios actos, deficiencias o negligencias o de las de sus propios representantes, empleados o trabajadores. Asimismo el Contratista solo podr concertar con terceros la ejecucin parcial del contrato cuando estos ltimos no estn inhabilitados para contratar conforme a la LACAP.

    Ninguna disposicin del contrato o de cualquiera de los documentos que lo integran, crear relacin contractual o responsabilidad de cualquier ndole entre el Contratante y los suministrantes del Contratista, Subcontratistas o personal de los mismos.

    CGC 7.

    Documentos contractuales.

    Todos los documentos contractuales, correspondencia y rdenes de Ejecucin debern redactarse en idioma castellano. El Contratante podr aceptar documentos redactados en otros idiomas, siempre y cuando vengan acompaados por una traduccin al castellano, la cual prevalecer para los efectos de la interpretacin de los documentos.

    7.1. Documentos constitutivos del Contrato. Forman parte integrante del Contrato y se tienen por incorporados al mismo los siguientes documentos:

    a. Bases del Proceso

    b. Oferta Tcnica y Econmica aceptada por el Contratante. c. Cronograma de Actividades.

    d. Perfil del Proyecto y documentacin necesaria para completar la carpeta tcnica (para servicios de formulacin)

    e. Carpeta Tcnica, planos constructivos y especificaciones tcnicas (para servicios de supervisin)

    f. Reglamentos o normas tcnicas generales aplicables a los tipos de trabajos objeto del Contrato

    g. Orden de Inicio de Ejecucin de los Servicios h. Gua del supervisor / formulador (En lo aplicable) i. Bitcora del Proyecto en caso de servicios de supervisin j. Estimaciones de Pago k. Acta de recepcin final

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 4

    l. Adendas emitidas durante el proceso. m. Condiciones Especiales, si existiesen.

    Todos estos documentos establecen las obligaciones y derechos de las partes contratantes con igual fuerza obligatoria.

    En caso de conflicto o contradiccin entre estos documentos y el contrato, prevalecern las condiciones establecidas en este ltimo.

    7.2. Documentos contractuales posteriores a la formalizacin del Contrato. El Contrato una vez formalizado, podr modificarse slo mediante rdenes de Cambio legalizadas a travs de Adendas sometidas al mismo procedimiento de aprobacin que el Contrato. Toda Orden de Cambio que implique aumento en el monto del Contrato no podr exceder del 20% del monto total del mismo, ya sea de una sola vez o por la suma de varias modificaciones, esto de conformidad con la normativa Local de Contrataciones.

    CGC 8.

    Lugar donde se prestarn los servicios.

    Los Servicios de supervisin se prestarn en los lugares indicados en las CEC y, cuando se trate de servicios de formulacin en los lugares que el contratista indique.

    CGC 9.

    Impuestos y derechos.

    9.1. El Precio del Contrato incluir los impuestos, derechos, gravmenes y cotizaciones de toda ndole exigibles fuera del pas del Contratante, en relacin con la realizacin de los trabajos objeto del Contrato, en particular los correspondientes a fabricacin, venta y transporte de suministros y equipos que vayan o no a ser incorporados en las obras, as como los correspondientes a todos los servicios suministrados, cualquiera sea su naturaleza.

    9.2. Salvo disposicin contraria en las presentes CGC y en las CEC, el Precio del Contrato comprender igualmente todos los impuestos, derechos, gravmenes y cotizaciones de toda ndole exigibles en el pas del Contratante, los cuales se calcularn teniendo en cuenta las modalidades de base tributaria y de tasas fiscales vigentes 28 das antes de la fecha lmite para la presentacin de las ofertas.

    9.3. Los precios comprendern tambin los impuestos, derechos y gravmenes exigibles en el momento de la importacin, tanto definitiva como temporal, de los suministros, materiales y equipos necesarios para la prestacin de los servicios. Comprendern igualmente el conjunto de impuestos, derechos y gravmenes exigibles al personal del Contratista y a sus proveedores, abastecedores o Subcontratistas.

    9.4. Cuando la reglamentacin del pas del Contratante lo establezca, el Contratista pagar las cotizaciones, impuestos, derechos y gravmenes que adeuda directamente a los organismos competentes del pas del Contratante y presentar a ste, en caso de que as se requiera, la evidencia de los pagos correspondientes.

    9.5. Cuando la reglamentacin del pas lo establezca, el Contratante efectuar las retenciones de los impuestos, derechos, gravmenes y cotizaciones y las pagar a los organismos competentes del pas en los plazos previstos por la reglamentacin vigente.

    9.6. Cuando la reglamentacin del pas establezca retenciones aplicables a los pagos al Contratista, el Contratante deducir los montos correspondientes de las sumas adeudadas al Contratista y las pagar en nombre del Contratista al organismo competente que corresponda en el pas. En tal caso, el Contratante enviar al Contratista un comprobante de pago de dichas sumas dentro de los

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 5

    quince (15) das posteriores a la fecha en que se haya realizado el pago.

    9.7. Las CEC describen con mayor amplitud los principales impuestos, derechos, gravmenes y cotizaciones en el pas del Contratante vigentes veintiocho (28) das antes de la fecha lmite para la presentacin de las ofertas, a cargo del Contratista, sus proveedores, abastecedores y Subcontratistas.

    9.8. En caso de que el Contratante obtenga de la autoridad aduanera un rgimen de exoneracin o de suspensin no previsto originalmente para los impuestos, derechos y gravmenes exigibles en el momento del ingreso definitivo o temporal de los suministros, materiales y equipos, se efectuar una disminucin correspondiente del precio de la parte pagadera en moneda nacional, y dicha disminucin se har constar en una Adenda al Contrato. En el caso de que, para obtener tal ventaja, deba presentarse a la autoridad fiscal y aduanera una fianza o garanta, el costo de la misma ser por cuenta del Contratante.

    9.9. En caso de modificaciones en la reglamentacin fiscal, aduanera o social con respecto a la reglamentacin aplicable veintiocho (28) das antes de la fecha lmite para la presentacin de las ofertas, cuyo efecto sea un aumento de los costos del Contratista, este ltimo tendr derecho a un aumento correspondiente del Precio del Contrato. Con este fin, el Contratista notificar al Contratante, dentro de los dos (2) meses siguientes a cualquier modificacin, las consecuencias de la misma. Dentro del plazo de un (1) mes despus de recibida la notificacin, el Contratante propondr al Contratante la redaccin de una Adenda al Contrato en el que se prever, en cualquier caso, un pago en moneda nacional.

    CGC 10.

    Fuerza Mayor

    10.1. Para los efectos de este Contrato, "Fuerza Mayor" significa un hecho o situacin que est fuera del control de alguna de las Partes, que sea imprevisible, inevitable y que no tenga como origen la negligencia o falta de cuidado de los mismos.

    10.2. Si se produjera un acontecimiento de Fuerza Mayor, el Contratista tendr derecho a una ampliacin razonable de los plazos de ejecucin, debiendo quedar claro, no obstante, que no podr concederse ninguna indemnizacin al Contratista.

    Por consiguiente, para los efectos del presente Contrato, no se considerarn como casos de Fuerza Mayor, los actos o acontecimientos cuya ocurrencia podra preverse y sus consecuencias evitarse actuando con diligencia razonable.

    De la misma manera, no se considerarn casos de Fuerza Mayor los actos o acontecimientos que hagan el cumplimiento de una obligacin nicamente ms difcil o ms onerosa para la parte correspondiente.

    10.3. La parte que invoque el caso de Fuerza Mayor deber enviar una notificacin sobre el caso a la otra, inmediatamente despus que el acontecimiento sucedi y dentro de un plazo mximo de siete (7) das. La notificacin se enviar por carta certificada con acuse de recibo estableciendo los elementos constitutivos de la Fuerza Mayor y sus consecuencias probables para la ejecucin del Contrato.

    En todo caso, la parte afectada deber tomar todas las medidas necesarias para conseguir, en el menor plazo posible, la reanudacin normal de la ejecucin de las obligaciones afectadas por el caso de Fuerza Mayor.

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 6

    10.4. Si a raz de un caso de Fuerza Mayor, el Contratante o el Contratista no pudieran ejecutar sus prestaciones, tal como estn previstos en el Contrato, en un perodo de un (1) mes, las partes se reunirn en el menor plazo posible para examinar las repercusiones contractuales de dichos acontecimientos sobre la ejecucin del Contrato y, en particular, sobre el precio y /o los plazos y /o las obligaciones respectivas de cada una de las partes.

    Cuando una situacin de Fuerza Mayor ha existido durante un perodo de ms de seis (6) meses, cada parte tendr derecho a rescindir o terminar anticipadamente el Contrato.

    10.5. Si se presentase una situacin de Fuerza Mayor, el Consultor notificar prontamente y por escrito al Contratante sobre dicha situacin y sus causas. Salvo que reciba instrucciones en sentido contrario y por escrito del Contratante, el Consultor continuar cumpliendo las obligaciones establecidas en el Contrato en la medida que le sea posible, y tratar de encontrar todos los medios alternativos de cumplimiento no obstante la situacin de Fuerza Mayor existente.

    CGC 11.

    Obligaciones del Consultor.

    El Consultor prestar los Servicios de acuerdo a las guas de formulacin o supervisin del FISDL y cumplir con sus obligaciones con la debida diligencia, eficiencia y economa, de acuerdo con tcnicas y prcticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observar prcticas de administracin apropiadas y emplear tcnicas modernas adecuadas y mtodos eficaces y seguros. En toda cuestin relacionada a este Contrato o con los Servicios, el Consultor actuar siempre como asesor leal del Contratante y en todo momento deber proteger y defender los intereses del Contratante en los acuerdos a que llegue con un subconsultor o con terceros.

    CGC 12.

    Prcticas corruptivas.

    12.1 Se exige que beneficiarios (incluyendo los beneficiarios de las Cooperaciones o Prstamos), as como los Consultores/ Contratistas que participen en proyectos, observen los ms altos niveles ticos, ya sea durante el proceso, o de Ejecucin de un Contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prcticas corruptivas y que se transcriben a continuacin, representan las ms comunes, pero no son exhaustivas. Por esta razn, se actuar frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere como corrupto, conforme al procedimiento establecido.

    (a) Soborno (cohecho) significa todo acto u omisin que, en funcin de su

    cargo o investidura, realice un funcionario pblico o quien actu en su lugar, contrario a sus deberes y en especial el ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor que sea capaz de influir en las decisiones durante el proceso o contratacin de consultores o durante la ejecucin del contrato correspondiente. Se incluyen en esta definicin los actos de la misma naturaleza, realizados por Oferentes o terceros en beneficio propio;

    (b) Extorsin o Coaccin significa el hecho de amenazar a otro con causarle

    al mismo, y a miembros de su familia, en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el proceso o contratacin de consultores o durante la ejecucin del contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado;

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    (c) Fraude significa la tergiversacin de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso o la fase de ejecucin del contrato, en perjuicio del contratante y de los participantes; y

    (d) Colusin significa las acciones entre Oferentes destinadas a que se

    obtengan precios del proceso a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Beneficiario de una competencia libre y abierta.

    12.2 Si se comprueba que un funcionario pblico, o quien acte en su lugar, y/o el

    participante o adjudicatario propuesto en un proceso de adquisicin llevado a cabo ha incurrido en prcticas corruptivas, se podr:

    (a) Rechazar cualquier propuesta de adjudicacin relacionada con el proceso de contratacin de que se trate; y/o

    (b) Declarar una firma no elegible para ser adjudicataria de contratos futuros que se lleven a cabo. La inhibicin que se establezca podr ser temporal o permanente.

    B. PLAZOS

    CGC 13. Vigencia del contrato.

    Este Contrato entrar en vigencia a partir de la fecha en que sea firmado por ambas Partes.

    CGC 14. Plazo para la prestacin de los servicios.

    El plazo de entrega de los servicios objeto del contrato, es el establecido en la CEC y el mismo no podr ser modificado a menos que se cumpla con los requisitos establecidos en los documentos contractuales. El Consultor comenzar a prestar los Servicios en la fecha que se indique en la Orden de inicio y el plazo ser contabilizado a partir de la fecha establecida en la misma y se contabilizar en DAS CALENDARIO.

    No obstante lo anteriormente expuesto, no se considerar parte del plazo de los servicios objeto del contrato, los tiempos que el contratante dedique a la revisin, validacin, consultas, factibilidades o aprobaciones de parte de terceros de los productos recibidos. Para los efectos de contabilizacin de estos tiempos ser necesario documentarlos por medio de entregas y acuses de recibo.

    CGC 15. Modificacin en el plazo.

    El plazo de ejecucin del contrato podr modificarse por el Contratante o a Solicitud del Contratista, siempre que suceda una o ms de las siguientes condiciones no imputables al Contratista:

    a) Cambio en el alcance de los servicios b) Modificaciones en la naturaleza c) Sustitucin de los Servicios inicialmente contratados d) Aplazamiento de alguna parte de los Servicios e) Dificultades imprevistas en la prestacin de los Servicios ocasionadas por

    Fuerza Mayor o Caso Fortuito

    La solicitud ser tramitada y aprobada de acuerdo con lo establecido en las respectivas Guas del FISDL.

    No se conceder al Contratista ninguna prolongacin del plazo por situaciones causadas por su negligencia, imprevisin, impericia, carencia de medios o sus errores.

    CGC 16. Multas y Penalidades.

    16.1. En caso de retraso en la Prestacin de los servicios, se aplicar una multa por mora, de acuerdo a lo establecido en la LACAP. Este monto ser el que resulte de las previsiones del Contrato inicial y las posibles

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    modificaciones o enmiendas.

    Las multas por mora, se aplicarn una vez que se haya establecido el retraso; el Contratante podr deducir el monto de las sumas que adeude al Contratista, sin perjuicio de aplicar cualquier otro mtodo de recuperacin. El valor de las multas aplicadas, ser calculado con base en el porcentaje de avance de la obra pendiente de ejecutar, a la fecha de finalizacin del plazo contractual.

    16.2. Si el Contratista no terminara la prestacin de los Servicios dentro del plazo estipulado en el contrato, o dentro del tiempo adicional que se le hubiere concedido como prrroga, y la entrega con retraso, se le aplicar una sancin en concepto de daos liquidados por mora de acuerdo a lo indicado en la LACAP.

    La cantidad de dinero determinada como antes se indica, le ser deducida de cualquier suma que se le adeude. En caso de que las sumas adeudadas no fueren suficientes se har uso de la fianza de fiel cumplimiento.

    El hecho de que el Contratante permita al Contratista que contine y termine los servicios o cualquier parte de los mismos, despus del vencimiento del nmero de das calendarios concedidos para completarla o despus de cualquier prrroga, no significar en ningn caso renuncia por parte del Contratante a sus derechos contractuales.

    La sancin no aplicar si el atraso en la entrega de los Servicios se debe a fuerza mayor o caso fortuito en cuyo caso se deber tramitar una prorroga al plazo de entrega de los servicios.

    En caso de Terminacin contractual, las multas y penalidades se aplicarn hasta el da de notificacin de la terminacin inclusive, o hasta el da de la suspensin de actividades por liquidacin de la empresa del Contratista, si la terminacin resultara de uno de los casos previstos en la CGC 37 Cesacin, Extincin y Caducidad del Contrato.

    16.3. Referirse al anexo 6 para la aplicacin de las penalidades para el caso de los Supervisores.

    Todas las multas y penalidades anteriores se determinarn con audiencia del contratista.

    Cuando el total del valor del monto acumulado por multas, represente hasta el doce por ciento (12%) del valor total del contrato, incluyendo los incrementos y adiciones, proceder la caducidad del mismo, haciendo efectiva la garanta de fiel cumplimiento del contrato.

    C. EJECUCIN DE LOS SERVICIOS.

    CGC 17. Preparacin de los trabajos.

    Programa de Ejecucin. Para el caso de los Servicios de Supervisin, el Contratista presentar su programa de trabajo para aprobacin del Contratante, dentro de los cinco (5) das calendarios posteriores a recibir el programa de trabajo del Realizador.

    Para el caso de los servicios de formulacin, el Contratista presentar su programa de trabajo para aprobacin del Contratante dentro de los cinco (5) das calendario posterior a la Orden de inicio.

    En ambos casos, el visto bueno del Contratante no liberar al Contratista de su responsabilidad de prestar los servicios dentro de los plazos y de la correcta ejecucin del Contrato.

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    CGC 18. Planos de ejecucin

    En el caso de Servicios de Supervisin se entregar al Contratista, en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos Constructivos. El Contratista se encargar de obtener, por su cuenta, todos los dems ejemplares que pudiese necesitar y no los podr utilizar para otros fines distintos a los del Contrato, ni comunicar a terceros, los planos, especificaciones y dems documentos entregados por el Contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecucin del Contrato.

    El Contratista, estar obligado a revisar y verificar, antes de toda ejecucin, que los planos no contengan errores, omisiones o contradicciones y a notificarlos inmediatamente por escrito al Contratante para sus correcciones o modificaciones.

    CGC 19. Pruebas y verificacin de las Obras

    El supervisor, durante la ejecucin de los trabajos, aprobar los planos de taller, pliegos de clculos, estudios de detalle y dems documentos preparados por el realizador.

    19.1. En el caso de la prestacin de los Servicios de Formulacin, corrern por su cuenta, las pruebas y verificaciones definidas en la gua del Formulador.

    19.2. En el caso de la prestacin de los Servicios de Supervisin, corrern por su cuenta, las pruebas y verificaciones definidas en la gua del Supervisor.

    19.3. En caso de que la Supervisin exija al Realizador pruebas y verificaciones adicionales a las ya realizadas como consecuencia de dudas, y el resultado fuera de acuerdo a lo especificado, el costo de estas ltimas correr por cuenta de la Supervisin, no obstante si el resultado no cumple con lo especificado, dicho costo ser absorbido por el Realizador.

    19.4. En caso de que El Contratante exija al Realizador pruebas y verificaciones adicionales a las ya realizadas como consecuencia de dudas, y el resultado fuera de acuerdo a lo especificado, el costo de estas ltimas correr por cuenta de l Contratante, no obstante si el resultado no cumple con lo especificado, dicho costo ser absorbido por el supervisor de la obra.

    19.5. Para los efectos de la presente Clusula, por verificacin se entender la comprobacin fsica del avance y de la correcta ejecucin de los trabajos; el Informe Mensual ser el documento en que se deja constancia de la verificacin, de acuerdo al procedimiento indicado en la Gua para la Supervisin Externa del FISDL. Dichas actividades sern monitoreadas por la Supervisin contratada para tal efecto.

    CGC 20. Deficiencias en la prestacin de los servicios.

    20.1. Si durante la ejecucin de este Contrato, el Contratante considera que existe alguna deficiencia en la prestacin de los Servicios de formulacin o supervisin, podr indicar, por escrito, oportunamente al Contratista, las medidas que convengan para superar las deficiencias. Si el Contratista no se sometiera a las indicaciones del Contratante, este podr igualmente llevar a cabo esas medidas por las vas que encuentre pertinente, en presencia del Contratista.

    20.2. Si se comprueba la existencia de una deficiencia en la prestacin de los servicios de formulacin o supervisin, los gastos correspondientes a las correcciones as como los gastos resultantes de las operaciones que hayan sido necesarias para poner la deficiencia en evidencia, corrern por cuenta del Contratista, sin perjuicio de la indemnizacin que el Contratante pueda reclamar en tal caso.

    CGC 21. Prohibiciones al consultor y a sus filiales

    El Consultor acuerda que, tanto durante la vigencia de este Contrato como despus de su terminacin, ni el Consultor ni ninguna de sus filiales, as como tampoco ningn Subcontratista ni ninguna filial del mismo, podrn suministrar bienes,

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 10

    de tener otros intereses en el proyecto.

    construir obras o prestar servicios (distintos de los Servicios y de cualquier continuacin de los mismos) para ningn proyecto que se derive de los Servicios o que est estrechamente relacionado con ellos. Asimismo, acuerda que rechazar cualquier remuneracin distinta a la pactada con el Contratante, as como cualquier ventaja, retribucin o comisiones de terceros interesados en los resultados de los trabajos.

    CGC 22. Confidencialidad.

    22.1. El Contratista no revelar, a ninguna persona, sin previo consentimiento del Contratante, el contenido del contrato o alguna de sus disposiciones; ni cualquier especificacin, plano, diseo, patrn, muestra o informacin suministrada por el Contratante o en su nombre o producida durante la prestacin de los servicios, que se relacionen con el contrato; salvo a las personas empleadas por el Contratista y a los efectos del cumplimiento del contrato. Lo que se revele a esas personas ser confidencial y no exceder de lo necesario para el cumplimiento del contrato.

    22.2. El Contratista no utilizar, sin previo consentimiento escrito del Contratante, ninguno de los documentos o parte de los mismos o informacin indicados en el prrafo anterior para una finalidad distinta del cumplimiento del contrato.

    22.3. Los documentos antes indicados, con excepcin del propio Contrato, seguirn siendo propiedad del Contratante y, si ste lo requiriese, le sern devueltos en todos sus ejemplares una vez cumplidas todas las obligaciones del (la) Contratista como arreglo al contrato.

    CGC 23. Acciones del consultor que requieren la aprobacin previa del contratante.

    El Consultor deber obtener la aprobacin previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones:

    (a) La celebracin de un subcontrato para la prestacin de cualquier parte de los Servicios;

    (b) El nombramiento de los integrantes del Personal que no figuran por nombre en su oferta.

    CGC 24. Obligacin de presentar informes.

    El Consultor presentar al Contratante los informes y documentos que se especifican en las respectivas guas de formulador o supervisor en los plazos que le sean estipulados.

    CGC 25. Propiedad del contratante de los documentos preparados por el consultor.

    Todos los planos, diseos, especificaciones, estudios tcnicos, informes y dems documentos y programas de computacin preparados por el Consultor para el Contratante de conformidad pasarn a ser de propiedad del Contratante, a quien el Consultor los entregar a ms tardar al trmino o expiracin del Contrato, junto con un inventario pormenorizado de todos ellos. El Consultor podr conservar una copia de dichos documentos y programas de computacin. El Consultor no podr utilizar estos documentos para fines ajenos a este Contrato y todos los documentos e informacin son propiedad del Contratante.

    CGC 26. Personal del consultor.

    En la Oferta tcnica se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones mnimas individuales de todo el Personal clave del Consultor, as corno el tiempo estimado durante el que prestarn los Servicios de Formulacin o de Supervisin. En virtud de este Contrato, el Contratante aprueba el Personal clave y los Subcontratistas que figuran por cargo y por nombre en dicha oferta. El Consultor deber obtener previamente la conformidad por escrito del Contratante, para celebrar los subcontratos en virtud del Contrato, si no los hubiera previsto en su oferta. Los subcontratos, as hayan sido incluidos en la oferta o efectuados posteriormente, no eximirn al Consultor de ninguna de sus responsabilidades ni obligaciones contradas en virtud del Contrato.

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    CGC 27. Remocin y/o sustitucin del Personal.

    27.1. Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarn cambios en la composicin del Personal clave. Si fuere necesario sustituir a algn integrante del Personal clave, por cualquier motivo que escape al razonable control del Consultor, ste lo reemplazar de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada.

    27.2. Si el Contratante: (i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer una accin penal; o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeo de cualquier integrante del Personal, en tales casos el Consultor, a peticin por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazar por otra persona cuya idoneidad y experiencia sean aceptables para el Contratante.

    27.3. El Consultor no podr reclamar el reembolso de ningn gasto adicional resultante de la remocin y/o sustitucin de algn integrante del Personal, o inherente a sta.

    CGC 28. Plan de control de calidad y Plan de aseguramiento de la calidad.

    Para el caso de la prestacin de Servicios de Formulacin, el Contratista deber cumplir con el Plan de Control de Calidad detallado en la gua respectiva, siempre y cuando la magnitud y complejidad del proyecto lo amerite.

    Para el caso de la prestacin de Servicios de Supervisin, el Contratista deber cumplir con el Plan de Aseguramiento de la Calidad detallado en la gua respectiva.

    CGC 29. Servicios e instalaciones.

    29.1. En caso de los Servicios de Formulacin el Contratista ser el responsable de proporcionar las instalaciones y otros servicios necesarios para la realizacin del Contrato.

    29.2. En caso de los Servicios de Supervisin, ser el Realizador de las obras quien le proporcione las instalaciones y servicios en el sitio de la obra para la realizacin del Contrato.

    D. PRECIOS Y LIQUIDACIN.

    CGC 30. Forma y condicin de Pagos al consultor.

    La forma y condicin en que se efectuarn los pagos al Supervisor en virtud del Contrato ser de acuerdo al avance de obra mensuales y contra la presentacin del informe del avance fsico y financiero correspondiente de conformidad con lo establecido en la Gua de Supervisin.

    La forma y condicin en que se efectuarn los pagos al Formulador ser de acuerdo a la Gua del Formulador.

    La remuneracin total del Consultor no deber exceder del Precio del Contrato incluyendo todas sus modificaciones.

    A cada pago que se realice se le deducir un porcentaje equivalente al porcentaje de anticipo otorgado, cuando aplique.

    CGC 31. Precio del contrato.

    El precio del Contrato ser una suma que incluir la totalidad de los costos de Personal y de los Subcontratistas, as como los costos de impresin de documentos, comunicaciones, viaje, alojamiento y similares, y todos los dems gastos en que incurra el Consultor en la prestacin de los Servicios.

    CGC 32. Pago de servicios adicionales.

    La remuneracin por concepto de los servicios adicionales proceder en los siguientes casos:

    Para los Servicios de Supervisin:

    1) Cuando el Supervisor preste sus servicios fuera del tiempo contractual por

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    causas imputables al Contratante o al Realizador.

    2) Cuando el Contratante requiera cualquier servicio adicional a lo originalmente pactado.

    Para los Servicios de Formulacin:

    Cuando el Contratante requiera cualquier servicio adicional a lo originalmente pactado.

    El pago de servicios adicionales podr ser negociado y nunca podrn exceder de los precios previamente aceptados en su oferta.

    CGC 33. Condiciones relativas a los pagos.

    Los pagos se depositarn en la cuenta del Consultor y se efectuarn una vez que se hayan cumplido las condiciones correspondientes establecidas en las respectivas guas.

    E. RECEPCIN, APROBACIN Y GARANTAS.

    CGC 34. Inspeccin Pre Final y recepcin definitiva de los servicios de supervisin.

    Los servicios de supervisin sern recibidos en definitiva cuando el Supervisor haya realizado los procesos de recepcin y liquidacin, detallados en las Condiciones Generales del Contrato del Realizador, clusulas CGC 32 Proceso de Recepcin y CGC 33 Liquidacin Financiera del Contrato.

    CGC 35. Aprobacin definitiva para los servicios de formulacin.

    35.1 APROBACIN DEFINITIVA

    Para la Aprobacin definitiva de los servicios de formulacin, el Contratista presentar un informe final que deber contener la totalidad de la documentacin y en la forma a que se hace referencia en la gua de formulacin.

    Todos los documentos de este informe debern representar la ltima versin hecha sobre ellos y por consiguiente debern incorporar las observaciones hechas por el Contratante a cualquier informe anterior.

    La Aprobacin del informe final o cualquier otro acuerdo equivalente, no eximir al Formulador de las responsabilidades por los productos o servicios prestados por los especialistas que participaron en los trabajos, ni de las responsabilidades que se derivan de las garantas exigidas conforme con las condiciones del Contrato.

    CGC 36. Garantas.

    El Contratista estar obligado a rendir a su costo, las garantas que se describen a continuacin:

    Garanta de Buena Inversin del Anticipo:

    El Contratista para garantizar el Anticipo deber presentar dentro del plazo de diez (10) das calendario contados a partir de la firma del contrato, una Garanta de Buena Inversin de Anticipo a favor del Contratante, por un valor igual al CIEN POR CIENTO (100%), del monto del anticipo otorgado. El plazo de la garanta no podr ser menor de un ao a partir de la fecha de su emisin y deber cubrir el plazo del contrato. Si el plazo del contrato se prorroga y la nueva fecha de vencimiento del mismo cae fuera del perodo cubierto por la garanta, el Contratista estar obligado, para que la prrroga surta efecto, a renovar la garanta en plazos anuales necesarios para cubrir la totalidad del nuevo plazo contractual. La garanta del anticipo ser devuelta al Contratista una vez haya reintegrado al Contratante el valor total del anticipo recibido.

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    Seccin III. Condiciones Generales del Contrato (CGC) III - 13

    Garanta de Cumplimiento del Contrato:

    Para garantizar el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones consignadas en el contrato y en los Documentos Contractuales, el Contratista estar obligado, a rendir dentro del plazo de diez (10) das calendario contados a partir de la firma del presente contrato, a favor del Propietario, una garanta de Cumplimiento del Contrato por un valor igual al VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total del contrato. El plazo de la garanta no podr ser menor de un ao a partir de la fecha de su emisin y deber cubrir el plazo del contrato. Si el plazo del contrato se prorroga y la nueva fecha de vencimiento del mismo cae fuera del perodo cubierto por la garanta, el Contratista estar obligado, para que la prrroga surta efecto, a renovar la garanta en plazos anuales necesarios para cubrir la totalidad del nuevo plazo contractual. En todo caso esta Garanta de Cumplimiento del Contrato tendr plena vigencia y validez mientras el contrato no haya sido liquidado y haya sido aceptada por el Contratante la Garanta de Servicio, Funcionamiento y Calidad de Bienes. Esta circunstancia deber quedar plenamente establecida en el documento de Garanta de Cumplimiento del Contrato emitido por la institucin bancaria, aseguradora o afianzadora responsable de la emisin del documento.

    Garanta de Buen Servicio, funcionamiento o calidad de bienes:

    Esta garanta ser por una cantidad equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total contratado y tendr vigencia durante los DOS (2) AOS siguientes a la fecha de liquidacin del presente contrato.

    Esta garanta servir para respaldar por cualquier dao, deterioro o vicio resultante de la mala calidad de la prestacin de servicios de formulacin, o supervisin, segn el caso. Esta garanta se har efectiva si el Contratista no responde a la solicitud del Contratante durante el perodo de dos aos despus de liquidado el contrato, a la correccin de las deficiencias que el Contratante le sealare y que estn amparados por la garanta.

    Garantas Aceptables:

    Todas las garantas relacionadas en esta clusula podrn ser otorgadas por medio de cheque certificado a favor del Contratante o fianza otorgada por una Institucin Bancaria, Aseguradora o Afianzadora debidamente autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero Salvadoreo y que cumplan con las condiciones establecidas por el FISDL.

    LAS GARANTAS DEBERN SER EMITIDAS DE ACUERDO AL TEXTO DE LOS ANEXOS CORRESPONDIENTES DE LAS INSTRUCCI