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1 BASES ESTÁNDAR PARA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y CONSULTORÍA EN GENERAL 1 EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 078-2009 PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP (Primera Convocatoria) CONTRATACION DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES PARA EL INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU PARA EL EJERCICIO 2011 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de servicios en general y para la contratación de servicios de consultoría en general. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones: Servicio en general: La actividad o labor que realiza una persona natural o jurídica para atender una necesidad de la Entidad, pudiendo estar sujeta a resultados para considerar terminadas sus prestaciones. Consultor: La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales altamente calificados en la elaboración de estudios y proyectos; en la inspección de fábrica, peritajes de equipos, bienes y maquinarias; en investigaciones, auditorías, asesorías, estudios de prefactibilidad y de factibilidad técnica, económica y financiera, estudios básicos, preliminares y definitivos, asesoramiento en la ejecución de proyectos y en la elaboración de términos de referencia, especificaciones técnicas y Bases de distintos procesos de selección, entre otros.

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BASES ESTÁNDAR PARA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y CONSULTORÍA EN GENERAL1

EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 078-2009

PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 078-2009

CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP

(Primera Convocatoria)

CONTRATACION DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES PARA EL INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU

PARA EL EJERCICIO 2011

1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de servicios en general y para la contratación de servicios de consultoría en general. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones:

Servicio en general: La actividad o labor que realiza una persona natural o jurídica para atender una necesidad de la Entidad, pudiendo estar sujeta a resultados para considerar terminadas sus prestaciones. Consultor: La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales altamente calificados en la elaboración de estudios y proyectos; en la inspección de fábrica, peritajes de equipos, bienes y maquinarias; en investigaciones, auditorías, asesorías, estudios de prefactibilidad y de factibilidad técnica, económica y financiera, estudios básicos, preliminares y definitivos, asesoramiento en la ejecución de proyectos y en la elaboración de términos de referencia, especificaciones técnicas y Bases de distintos procesos de selección, entre otros.

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO PUEDE MODIFICARSE EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO I

ÁMBITO DE APLICACIÓN De acuerdo con el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 078-2009, las presentes Bases serán utilizadas por las Entidades del Estado que requieran contratar servicios en general o servicios de consultoría en general siempre y cuando éstos se encuentren comprendidos en la relación de bienes, servicios y obras a ser contratados conforme a lo establecido en el citado Decreto de Urgencia que deberá ser aprobada mediante Resolución del Titular de la Entidad, Acuerdo de Directorio, Acuerdo del Consejo Regional o Acuerdo del Concejo Municipal, según corresponda, y cuyo valor referencial corresponda a un Concurso Público conforme a la Ley de Presupuesto del Sector Público, y no sea mayor a S/.550,000.00 (Quinientos Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), para lo cual resultará aplicable los procedimientos dispuestos en los artículos de 2º al 12º del Decreto de Urgencia Nº 041-2009. El proceso de selección establecido en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 y, por ende, las presentes Bases, sólo será utilizado durante el bienio 2009-2010. Conforme a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 041-2009, en todo lo no regulado en el citado Decreto de Urgencia será de aplicación supletoria lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y su modificatoria.

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1 CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

− Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo. − Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley. − Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo

Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). − Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. − Código Civil. − Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. − Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. − Decreto de Urgencia Nº 078-2009, Medidas para agilizar la contratación de bienes,

servicios y obras. − Decreto de Urgencia Nº 041-2009, en adelante el Decreto de Urgencia.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de

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propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53º del Reglamento. La persona natural o jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado. MUY IMPORTANTE: Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). A dicho efecto, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica para obtener mayor información: www.rnp.gob.pe. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cuatro (4) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º del Decreto de Urgencia. MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES El plazo para la absolución de las consultas y observaciones no podrá exceder de cuatro (4) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. La notificación a través del SEACE y, de ser el caso, a los correos electrónicos de los participantes, se efectuará dentro de este mismo plazo. La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

1.6 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar al Comité Especial la elevación de observaciones al OSCE es de un (1) día hábil, computado desde el día siguiente de la notificación del pliego de absolución de observaciones a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere

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que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. El Comité Especial deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE, debiendo bajo responsabilidad remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante. El plazo para emitir y notificar el pronunciamiento a través del SEACE será no mayor de cinco (5) días hábiles. Los plazos son improrrogables y serán contados desde la presentación del expediente completo por parte de la Entidad. De no emitir pronunciamiento dentro del plazo establecido se devolverá el importe de la tasa al observante, manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.

1.7 INTEGRACIÓN DE BASES El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el OSCE. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento. De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCE DE LAS PROPUESTAS Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

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Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 01). El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

NOTA 1: En caso de convocarse según relación de ítems, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: “Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos”12. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor. El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.

2 Esta disposición sólo deberá ser adicionada cuando se convoque el proceso de selección según relación de ítems.

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Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen3.

1.9 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: a) La oferta económica, en nuevos soles4, incluidos todos los tributos, seguros,

transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta5 NOTA 2: En caso de convocarse según relación de ítems, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: “De otro lado, cabe precisar que cuando los postores se presenten a más de un ítem, los postores deben presentar sus propuestas económicas en forma independiente.”6

1.10 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:

3 Deberá tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciará el proceso. 4 En cada caso concreto deberá consignarse la moneda que resulte aplicable. 5 En caso de convocarse a un proceso de selección según relación de ítems, cuando el valor referencial del ítem corresponda a una Adjudicación de Menor Cuantía, bastará que el postor presente en su propuesta técnica una declaración jurada donde se comprometa a mantener vigente su oferta hasta la suscripción del contrato. 6 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71º del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre. Por tanto, resulta necesario precisar este aspecto.

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Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

1.10.1 Evaluación Técnica Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor y a la documentación sustentatoria presentada por el postor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.10.2 Evaluación Económica

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica NOTA 3: En el caso de los procesos de selección convocados bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva. NOTA 4: Si la propuesta económica incluye una propuesta de financiamiento, la primera se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70º del Reglamento.

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1.10.3 Determinación del puntaje total Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica, se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

NOTA 5: En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = (Indicar coeficiente considerando que 0.60 ≤ c1 ≤ 0.70)

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = (Indicar coeficiente considerando que 0.30 ≤ c2 ≤ 0.40)

En el caso de servicios de consultoría se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = (Indicar coeficiente considerando que 0.70 ≤ c1 ≤ 0.80)

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = (Indicar coeficiente considerando que 0.20 ≤ c2 ≤ 0.30)

1.11 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se determinará de conformidad con lo indicado en el numeral 1.10.3 de la presente sección. El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o juez de paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

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El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.12 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los tres (3) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.13 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL

ESTADO De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

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CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 Recurso de apelación A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo

del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2 Plazos para resolver el recurso de apelación

La Entidad resolverá el recurso de apelación y notificará su decisión a través del SEACE, en un plazo de diez (10) días hábiles de admitido el recurso.

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CAPÍTULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1 DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro. El plazo para suscribir el contrato será de hasta cinco (5) días hábiles contados a partir de la citación, pudiendo la Entidad otorgar un plazo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, dentro del cual el postor ganador deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el postor ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

� Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; � Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el consentimiento de

la liquidación final, conforme el artículo 158° del Reglamento; � Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso; � Certificado de habilidad de los profesionales propuestos, de ser el caso.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidación final y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

3.4 DE LAS GARANTÍAS

3.4.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

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El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato. Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.4.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Ésta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta que exista el consentimiento de la liquidación final. NOTA 6: Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 155º del Reglamento, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, deberá consignarse lo siguiente: “Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.

3.4.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4.4. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

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3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165° y 168° del Reglamento. De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

Se podrá establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso excederán en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original. La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prórroga del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.

3.8 PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios prestados. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.

La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por los servicios contratados en

cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

3.8.1 Plazos para los pagos La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la

oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD La Entidad es responsable frente a EL CONTRATISTA de las modificaciones que ordene y apruebe en los proyectos, estudios, informes o similares, o de aquellos cambios que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponden a los autores de los proyectos, estudios, informes o similares.

3.10 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO

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Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774º del Código Civil.

3.11 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado el servicio no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 50º de la Ley, que establece, entre otros, un plazo de responsabilidad no menor de un (01) año. Las Bases deberán establecer el plazo máximo de responsabilidad del contratista.

3.12 DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, conformidad, liquidación del contrato, pago, entre otros, no contemplados en esta sección o en las Bases se regirán por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(En esta sección la Entidad deberá completar la información exigida de acuerdo a las

instrucciones indicadas)

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU RUC N°: 20131367008 1.2 DOMICILIO LEGAL

Calle Badajoz Nº 169 Urb. Mayorazgo IV Etapa – Distrito de Ate – Lima Teléfono: 317-2300 Anexo 115

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la CONTRATACION DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES PARA EL INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU PARA EL EJERCICIO 2011.

1.4 VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a US$ 133,957.77 (Ciento Treintaitres Mil Novecientos Cincuenta y Siete con 77/100 Dólares Americanos), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Octubre 2010.

ITEM SEGUROS

PATRIMONIALES Y PERSONALES

TOTAL

01 Seguro Multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto

49,787.78 Cuarentainueve Mil Setecientos Ochenta y Siete con 78/100 Dólares Americanos

02 Seguro de Vehículos 18,140.36 Dieciocho Mil Ciento Cuarenta con 36/100 Dorales Americanos

03 Seguro de Asistencia Medica 60,966.32

Sesenta Mil Novecientos Sesenta y Seis con 32/100 Dólares Americanos

04 Seguro Vida Ley 5,063.31

Cinco Mil Sesenta y Tres con 31/100 Dólares Americanos

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 277-IGP/10 de fecha 02 de noviembre del 2010.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO7 Recursos Ordinarios

1.7 SISTEMA DE CONTRATACION

El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios según relación de ítems, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

7 La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del

Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.

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El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.9 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de un año. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.10 BASE LEGAL

− Ley Nº 29465 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010.

− Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

− Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

− Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

− Código Civil.

− Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

− Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.

− Decreto de Urgencia Nº 078-2009, Medidas para agilizar la contratación de bienes, servicios y obras.

− Decreto de Urgencia Nº 041-2009, en adelante el Decreto de Urgencia.

− Decreto Supremo Nº154-2010-EF, modifican artículos del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

� Convocatoria………………………………………….…...: 08/11/2010 � Registro de Participantes………………………………: Del 09/11/2010 al 22/11/2010 � Formulación de Consultas y/u Observaciones a las Bases……………………….….: Del 09/11/2010 al 15/11/2010

� Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases………………….……….: 17/11/2010

� Integración de Bases…………………………………..: 19/11/2010 � Presentación de Propuestas……………………......: 25/11/2010 El acto público se realizará en: (Auditorio SUM a las 11:00 horas sito en Calle Badajoz

Nº 169, Urb. Mayorazgo IV Etapa - ATE) � Calificación y Evaluación de Propuestas….….….: 26/11/2010 � Otorgamiento de la Buena Pro….……………...…..: 29/11/2010 El acto público se realizará en: (Auditorio SUM a las 11:00 horas sito en Calle Badajoz

Nº 169, Urb. Mayorazgo IV Etapa - ATE)

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de los participantes se realizará en la Dirección de Logística, sito en Calle Badajoz Nº 169, Urb. Mayorazgo IV Etapa - ATE, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:30 a 16:00 horas, previo pago de la suma S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación. (Formato Nº 02). NOTA 3: El costo por derecho de participación no podrá exceder el costo de reproducción de las Bases.

2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Calle Badajoz Nº 169, Urb. Mayorazgo IV Etapa - ATE, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:00 horas a 16:00 horas8, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial del CONCURSO PUBLICO Nº 002-2010-IGP, BAJO EL ÁMBITO DEL DECRETO

8 Las Entidades de preferencia, deberán establecer que en el horario de atención al público se presentarán las

consultas y observaciones, de lo contrario, deberán contemplar un horario razonable para la formulación de éstas, de modo que se fomente la mayor participación de postores, en concordancia con el Principio de Libre Concurrencia y Competencia.

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DE URGENCIA Nº 078-2009, pudiendo acompañar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.

2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, en Calle Badajoz Nº 169, Urb. Mayorazgo IV Etapa - ATE, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario Público.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del CONCURSO PUBLICO Nº 002-2010-IGP, BAJO EL ÁMBITO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 078-2009, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Se presentarán en un (1) original y 01 copia9.

9 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial. La propuesta económica sólo se presentará en original.

Señores INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU DIRECCIÓN Att.: Comité Especial

CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 Objeto del proceso: Contratación de Seguros Patrimoniales y Personales para el Instituto Geofísico del Perú para el Ejercicio 2011

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Señores INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU DIRECCIÓN Att.: Comité Especial

CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 Objeto del proceso: Contratación de Seguros Patrimoniales y Personales para el Instituto Geofísico del Perú para el Ejercicio 2011

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

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2.5.1. SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos10 la siguiente documentación: Documentación de presentación obligatoria:

a. Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de

Proveedores, Capitulo de Servicios.

b. Declaración Jurada de datos del postor, según el Anexo Nº 01. Cuando se trate de consorcio, esta Declaración Jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

c. Declaración Jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los

Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente Sección11 (Anexo Nº 02)

d. Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado. (Anexo Nº 03)

e. Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 04)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para

actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f. Declaración Jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 05)

g. Hoja de Presentación de Propuesta Deberá considerar y DETALLAR como mínimo las condiciones, características técnicas y

requerimientos señalados en los SLIP TECNICOS, indicados en el Capítulo III de Requerimientos Técnicos Mínimos.

10 La omisión del índice no descalifica la propuesta ya que su no presentación no tiene incidencia en el objeto de la

convocatoria. 11 La Entidad deberá precisar si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento

de los requerimientos técnicos mínimos o, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisarse dicha información en este literal.

En este último caso, debe tenerse en cuenta que podrá solicitarse documentos tales como formatos (por ejemplo, el Formato Nº 2 incluido en la presente sección), certificados, constancias o cualquier otro que sea necesario para acreditar los requerimientos técnicos mínimos, siempre en concordancia con el expediente de contratación y en observancia de los Principios de Economía, de Libre Concurrencia y Competencia y de Trato Justo e Igualitario establecidos en el artículo 4º de la Ley de Contrataciones del Estado.

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h. Compromisos de Primas y Tasas, según modelo del Anexo Nº 07.

i. Desagregado de costos, según modelo del Anexo Nº 09.

Documentación de presentación facultativa:

Documentos necesarios para la acreditación de los factores de evaluación – CAPÍTULO V.

a) Declaración Jurada de plazo para la entrega del pago de siniestros, según Anexo Nº 08.

b) Declaración Jurada de mejoras al servicio, según Anexo Nº 10 c) Currículum Vitae del Sectorista propuesto para atender la cuenta del Instituto

Geofísico del Perú, debidamente documentado con los certificados y/o constancias de trabajo emitidas por el/los empleadores. según Anexo Nº 11

2.5.2. SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

a) Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos,

tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. (Anexo Nº 06).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

El monto total de la Propuesta será en Dólares Americanos.

b) Garantía de seriedad de oferta por un monto de 1.5% del valor referencial de cada

ítem, equivalente a: ITEM GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA (US$) 01 746.82 Setecientos cuarenta y seis con 82/100 Dólares Americanos. 02 272.11 Doscientos setentaidos con 11/100 Dólares Americanos. 03 914.49 Novecientos catorce con 49/100 Dólares Americanos. 04 75.95 De acuerdo a lo señalado en la Ley de Contrataciones el Estado.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a 02 meses, computados a partir del día siguiente a la presentación de propuestas.

Para el caso del servicio se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, podrá requerirse, entre otros, los siguientes documentos: a) Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el estado, emitida por el OSCE

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b) Copia de la constancia de inscripción electrónica del Registro Nacional de Proveedores de OSCE en el capítulo de Servicio.

c) Carta Fianza como garantía de fiel cumplimiento del contrato por el 10% del monto adjudicado, cuya vigencia es hasta la liquidación del contrato, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad y emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

d) Carta Fianza como garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, cuya vigencia es hasta la liquidación del contrato, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad y emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar la garantía por el monto diferencial de la propuesta, equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

e) Copia de DNI del Representante Legal; f) Copia literal emitida por Registros Públicos, de la vigencia del poder del representante legal

de la empresa; con una antigüedad no mayor a 30 días calendario g) Copia literal vigente de la constitución de la empresa y sus modificatorias; con una antigüedad

no mayor a 30 días calendario. h) Copia del RUC de la empresa i) Carta Autorización (Para el pago con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) de acuerdo

a Directiva Nº 001 2006 EF/77.15, aprobada con Resolución Directoral Nº 003 2006 EF/77.15. de acuerdo al formato establecido en las bases administrativas.

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza12 para efectos de garantizar lo siguiente13:

- El fiel cumplimiento del contrato. - Prestaciones accesorias (de ser el caso).

2.7 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato en el plazo de 05 días hábiles. La citada documentación deberá ser presentada en Calle Badajoz Nº 169, Urb. Mayorazgo IV Etapa – ATE, y deber ser dirigida a la Dirección de Administración del Instituto Geofísico del Perú.

2.8 PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad se compromete a efectuar el pago en nuevos soles de la manera siguiente:

ITEM SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES PLAZO PARA EL PAGO

NUMERO DE ABONOS

01 Seguro Multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto 120 Días 4 02 Seguro de Vehículos 120 Días 4 03 Seguro de Asistencia Medica 365 Días 12 04 Seguro Vida Ley 365 Días 12

12 De acuerdo con el artículo 155º del Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 021-2009-EF, la Entidad debe señalar expresamente el tipo de garantía que debe otorgar el contratista para la suscripción del contrato. 13 En cada caso, la Entidad deberá describir las clases y tipos garantías que deben ser presentadas por el ganador de la Buena Pro para la suscripción del contrato.

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Las facturas presentadas por el contratista serán canceladas en Nuevos Soles, según lo establecido en el Artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Asimismo, el tipo de cambio será el vigente a la fecha de emisión de la orden de servicio. La conformidad por los servicios realizados en el mes, será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario; contados desde la finalización de cada mes de acuerdo a lo siguiente:

a póliza de multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto: El Responsable de Control Patrimonial de la Dirección de Logística.

• a Póliza de seguros vehiculares: El Responsable de Control Patrimonial de la Dirección de Logística.

• a póliza de seguros de asistencia médica: La Dirección de Recursos Humanos.

• a póliza de seguro vida ley: La Dirección de Recursos Humanos.

Una vez presentada la factura y emitida la conformidad por el área que corresponda; el pago se efectuará dentro del plazo de diez (10) días calendario siguientes. Durante la vigencia del contrato el monto adjudicado se mantendrá fijo y no estará sujeto a reajuste alguno El pago se efectuará dentro del plazo de diez (10) días calendarios siguientes. Durante la vigencia del contrato el monto adjudicado se mantendrá fijo y no estará sujeto a reajuste alguno.

2.9 FORMA DE PAGO De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: - Recepción y conformidad según corresponda:

� a póliza de multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto: El Responsable de Control Patrimonial de la Dirección de Logística.

� a Póliza de seguros vehiculares: El Responsable de Control Patrimonial de la Dirección de Logística.

� a póliza de seguros de asistencia médica: La Dirección de Recursos Humanos.

� a póliza de seguro vida ley: La Dirección de Recursos Humanos.

- Factura.

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CAPÍTULO III

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

ASISTENCIA MEDICA FAMILIAR ASEGURADO : INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERU y/o Filiales y/o

Subsidiarias y/o sucursales y/o cualquier otra entidad constituida, donde los asegurados tengan responsabilidad o interés por la contratación de seguros

VIGENCIA : ANUAL con declaraciones mensuales

BENEFICIO MAXIMO ANUAL POR PERSONA US$ 30,000 HOSPITALIZACION - Deducible UN DIA DE CUARTO - Cuarto Diario UNIPERSONAL - Todos los gastos incluyendo cuarto al 90% CREDITO AMBULATORIO - Deducible por consulta ( inc. IGV ) US$10.00 - Todos los gastos en exceso cubiertos al 90% Reembolso Ambulatorio - Deducible por consulta ( inc. IGV ) US$15.00 - Todos los gastos en exceso cubiertos al 90% CONSULTA MÉDICA A DOMICILIO Atención a Domicilio (las 24 horas, los 365 días) - Deducible por consulta ( inc. IGV ) US$10.00 - Todos los gastos en exceso cubiertos al 90% ( inc. Medicinas, análisis de laboratorio y RX ) BENEFICIOS ADICIONALES EMERGENCIA ACCIDENTAL AMBULATORIA (Durante las primeras 48 horas): 100% de todos los gastos, hasta la culminación del tratamiento EMERGENCIA MEDICA A DOMICILIO: Todos los gastos al 100% TRANSPORTE POR EVACUACION - Ambulancia al 100% - Avión comercial (territorio nacional) al 100%

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MATERNIDAD: (SIN RECARGO PARA TITULARES SOLAS) - Parto normal como hospitalización -Aborto y/o amenaza de aborto no provocado como hospitalización - cesárea y/o parto múltiple como hospitalización -04 Consultas POST NATAL al 100% -Control del niño sano al 100% ODONTOLOGICO: - Crédito y reembolso al 80% hasta 1,800.00 Cubre: curaciones, extracciones, profilaxis, RX, Luz Halógena, Endodoncias COBERTURA OPTOMETRICA: Una medición de vista al año por persona al 100% SEPELIO: Crédito y reembolso al 100% hasta 1,800.00 COBERTURA ONCOLOGICA: Se cubrirá al 100% hasta el beneficio máximo anual 30,000.00 TRATAMIENTO HORMONAL al 90%

CHEQUEO MEDICO ANUAL (de glucosa, colesterol)

TRATAMIENTO HORMONAL al 90%

CONDICIONES PARTICULARES

- La facturación de la póliza será en forma MENSUAL - Los resultados de la presente póliza serán revisados semestralmente comprometiéndose la aseguradora a remitir el Listado de Siniestros presentados, con la finalidad de analizar el porcentaje de siniestralidad obtenido. - Los periodos de carencia que se aplicarán a todos los asegurados nuevos son : 1. COBERTURA PARA AMB. Y HOSP. 01 MES 2. COBERTURA DE MATERNIDAD 10 MESES 3. COBERTURA ODONTOLÓGICA Y OFTALMOLOGÍA 02 MESES - Los Reembolsos por concepto de honorarios médicos serán reconocidos Considerando la Tarifa "A" de la Asociación de Clínicas y Hospitales Particulares. - Se cubren tratamientos de diagnósticos relacionados con la menopausia.

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LIMITE DE EDAD DE INGRESO Y PERMANENCIA

� Los titulares permanecerán asegurados sin límite de edad mientras se

mantengan como trabajadores activos � Los cónyuges permanecerán asegurados hasta cumplir los 75 años de edad � La edad límite para el ingreso de los hijos de los titulares es 23 años y su

permanencia hasta cumplir los 25 años de edad, mientras sean dependientes � Tendrán continuidad de seguro y con cobertura para enfermedades existentes � Atención a Nivel Nacional principalmente en los Departamentos de Lambayeque,

Huancayo y Arequipa

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COSTO DEL SEGURO MEDICO FAMILIAR PARA PROCESO AÑO 2011

TOTAL

MENSUAL TOTAL ANUAL

NOMBRES SEXO FECHA EDAD PRIMA GASTOS IGV PRIMA CON PRIMA CON

NACIMIENTO CONDICION ACTUAL ADMINISTRA IMPUESTOS IMPUESTOS

US$ US$ US$ US$ US$

1 AGUERO ALBERCO CONSUELO F 16/08/1952 TITULAR 57 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

2 AGUILAR SOLOGUREN ALAN ROBERTO M 18/09/1984 TITULAR 26 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

3 ALARCON CACERES JOSE MARCIAL M 10/07/1958 TITULAR 52

PALOMINO TITO TEODOSIA F 07/01/1959 CONYUGE 51 85,00 2,55 16,63 104,18 1250,16

ALARCON PALOMINO CAROLINA F 01/10/1992 HIJO 17

4 ALPAS HINOSTROZA FERMIN M 18/09/1953 TITULAR 57 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

5 AMAYO CORDOVA MARY F 20/02/1979 TITULAR 31 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

6 ANCAJIMA RUIZ OSCAR M 02/08/1954 TITULAR 56

PARAMA DE ANCAJIMA ELSA F 20/04/1955 CONYUGE 55 85,00 2,55 16,63 104,18 1250,16

ANCAJIMA PARAMA OSCAR LEONARDO M 21/08/1997 HIJO 13

7 ANCO SEVILLA DELIA SILVIA F 22/08/1954 TITULAR 56 85,00 2,55 16,63 104,18 1250,16

EDUARDO VALENTINO RUIZ TELLO M 16/12/1954 CONUUGE 56

RUIZ ANCO SIVANA YAZMIN F 09/04/1986 HIJA 24

8 ARREDONDO GARCIA LUZ MERCEDES F 24/09/1973 TITULAR 37 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

9 ARROYO ALIAGA JACINTO VENANCIO M 02/04/1966 TITULAR 44 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

MACHUCA MANRIQUE ELIZABETH GUISELLA F 07/04/1965 CONYUGE 45

ARROYO MACHUCA ROSALIND F 15/08/1993 HIJO 17

ARROYO MACHUCA EDSEL VAHID F 05/03/2000 HIJO 10

10 ARROYO MESTANZA JUAN GABRIEL 19/06/1981 TITULAR 29 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

ARROYO DIAZ RAFHEL YAMIL M 20/07/2004 HIJO 6

11 AVILES VILLANUEVA BESSIE F 27/08/1951 TITULAR 59 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

RAMIREZ AVILES MANUEL M 26/07/1986 HIJO 24

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12 BERNAL ESQUIA, YESENIA ISABEL F 17/08/1974 TITULAR 36 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

13 BLANCO AUSEJO DOMINGA IMELDA F 04/08/1956 TITULAR 54 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

YABAR MALDONADO ANTONIO HILARIO M 12/08/1951 CONYUGE 59

14 CABALLERO APOLINARIO JESUS M 16/01/1951 TITULAR 59 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

GONZALES ANAYA FELICITAS F 21/04/1954 CONYUGE 56

15 CALLE GOMEZ, CARMEN LUZ F 30/03/1975 TITULAR 35 85,00 2,55 16,63 104,18 1250,16

TRUJILLANO CAVERO SEGUNDO JAVIER M 27/06/1970 CONYUGE 40

TRUJILLANO CALLE, ALBERT JAVIER M 13/04/2008 HIJO 2

16 CHAU CHONG SHING JORGE LUIS M 15/08/1969 TITULAR 41 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

GARCIA DE CHAU JENNY F 02/02/1969 CONYUGE 41

CHAU GARCIA NELLY ANALY F 14/04/1998 HIJA 12

CHAU GARCIA JENNY TIFFANY F 27/07/1994 HIJA 16

CHAU GARCIA JENNY KIARA F 14/02/2003 HIJA 7

17 CHIROQUE MAYO ABELARDO M 07/08/1952 TITULAR 58 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

CHIROQUE RODRIGUEZ MICHAEL M 07/08/1992 HIJO 18

CHIROQUE RODRIGUEZ MERY F 07/08/1992 HIJO 18

18 CONDOR PATILONGO, PERCY JESUS 22/03/1972 TITULAR 38 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

19 DELGADO RODRIGUEZ, EDSON JOEL M 03/11/1972 TITULAR 37 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

20 FERNANDEZ AGUILAR EFRAIN M 10/08/1953 TITULAR 57 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

21 FLORES PASCUALIN, MARIO ANTONIO M 07/08/1964 TITULAR 46 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

LOPEZ DURAN ESTELA F 27/01/1964 CONYUGE 46

FLORES LOPEZ KATEHERINE ADRIANA F 10/08/1989 HIJA 21

FLORES LOPEZ MARIO ARTURO M 05/09/1996 HIJO 14

22 GARCIA COSSIO LITA F 24/02/1950 TITULAR 60 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

23 GILT LOPEZ HUBER PAUL 02/01/1982 TITULAR 28 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

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24 GILVONIO CANO IVONNE RUTH F 10/03/1966 TITULAR 44 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

FELICES ARANA FISCHER ROGER M 28/11/1966 CONYUGE 44

FELICES GILVONIO, CHRISTIAN M 09/12/1991 HIJO 19

FELICES GILVONIO , STEFANY F 23/05/1996 HIJO 14

FELICES GILVONIO , NICOLE JOCELYN F 16/08/2006 HIJO 4

25 GOMEZ AVALOS JUAN M 17/05/1962 TITULAR 48 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

GOMEZ GARCIA CAMILA F 22/05/2003 HIJA 7

26 HUACCACHI PAULLO SUSANA F 09/06/1974 TITULAR 36 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

27 IBANEZ YANAC ROSA MARY F 29/07/1962 TITULAR 48 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

28 INFANTE ZAPATA JOHNNY FRANK M 18/05/1963 TITULAR 47 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

29 ISHITSUKA IBA JOSE KANAME M 17/06/1960 TITULAR 50 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

MAEZONE YUMIKO F 18/02/1961 CONYUGE 49

ISHITSUKA MAEZONO HIRAKU JOSE M 09/12/1995 hijo 15

30 LATINEZ SOTOMAYOR KAREN ALEXANDRA F 14/02/1984 TITULAR 26 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

31 LLALLIHUAMAN ANTUNEZ AGRIPINO TEODORO M 09/11/1968 TITULAR 41 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

SANCHEZ GALINDO ROCIO JEANETT F 24/07/1971 CONYUGE 39

LLALLIHUAMAN SANCHEZ XIMENA DEL ROCIO F 17/04/2002 HIJA 8

LLALLLIHUAMAN SANCHEZ PATRICIA DEL ROCIO F 28/03/2000 HIJA 10

32 LUNA GUZMAN MARIA ROSA F 15/01/1970 TITULAR 40 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

CORNEJO MUÑOZ RAFAEL BORIS IVAN M 02/01/1969 CONYUGE 41

CORNEJO LUNA, CLARISSE LETICIA F 20/12/2006 HIJA 4

33 MACEDO SANCHEZ ORLANDO M 14/08/1956 TITULAR 53 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

MEZA DE MACEDO ROXANA F 07/11/1962 CONYUGE 48

34 MARAVI ORTEGA, ELIANA F 08/11/1982 TITULAR 27 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

33

35 MARIN RUIZ GLORIA V F 25/02/1955 TITULAR 55 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

36 MARTINEZ GRIMALDO ALEJANDRA G. F 09/11/1968 TITULAR 41 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

CASTRO MARTINEZ JESUS EDMUNDO M 08/06/1992 HIJO 18

37 MENDOZA RODRIGUEZ PIO ANDRES M 11/07/1948 TITULAR 62 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

ZARATE PINO MARIA F 08/12/1946 CONYUGE 64

38 MONTESINOS GARRIDO VICTOR M 11/12/1949 TITULAR 60 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

JIMENEZ PORRAS MARIA LUZ F 13/02/1952 CONYUGE 58

39 MOSQUERA VASQUEZ KOBI A M 10/06/1975 TITULAR 35 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

40 NAVARRO RUIZ RIDER M 24/12/1954 TITULAR 55 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

VALDERRAMA VELA LUCILA F 16/01/1957 CONYUGE 53

41 NORABUENA ORTIZ, EDMUNDO 05/08/1953 TITULAR 57 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

42 ORIHUELA LAZO SILVANO M 20/07/1944 TITULAR 66 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

CAMARGO CONDOR HILDA F 10/01/1951 CONYUGE 59

43 PARILLO SAICO ROCIO 05/01/1978 TITULAR 32 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

44 PARIONA ROJAS ROBERTO CARLOS 10/03/1977 TITULAR 33 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

45 PEREZ LINO WALTER UBALDO M 26/02/1969 TITULAR 41 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

46 PEREZ-PACHECO RAMIREZ ANGELICA Y. F 01/12/1964 TITULAR 45 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

PAJUELO RISCO JORGE LUIS M 22/07/1960 CONYUGE 50

TARAZONA PEREZ PACHECO DIANA M F 05/10/1994 HIJA 16

TARAZONA PEREZ PACHECO MARIA G F 19/06/2006 HIJA 4

47 PINEDO LOZANO GUDNER M 20/03/1957 TITULAR 53 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

CHAPA VILLEGAS PERPETUA F 14/04/1955 CONYUGE 55

PINEDO CHAPA JOELY MIREILLI F 08/07/1991 HIJA 19

34

48 PINEDO LOZANO NOELITH F 31/05/1955 TITULAR 55 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

URRUTIA ARTEAGA CESAR M 20/09/1961 CONYUGE 49

URRUTIA PINEDO YESENIA F 09/02/1991 HIJO 19

49 PORTUGAL PATIÑO DAVID SIGFREDO M 07/07/1969 TITULAR 41 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

50 QUIROZ SIFUENTES WENDY F 02/07/1976 TITULAR 34 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

51 RODRIGUEZ CANCAN SIMEON TEOFIL M 26/07/1950 TITULAR 60 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

ALEGRE CORAL ESTILISTA MAGNA F 15/11/1954 CONYUGE 55

52 ROSALES CORILLOCLLA DOMINGO M 13/12/1969 TITULAR 40 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

ROSALES INGA, ANJALI PRYANKA F 07/07/2006 HIJA 4

53 SALAS VASQUEZ HENRY M 26/06/1947 TITULAR 63 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

PERELLO CAVERO CELIA F 22/12/1955 CONYUGE 55

SALAS PERELLO CLAUDIA F 01/01/1988 HIJA 22

54 SALAZAR ESPINOZA JHON EVARISTO M 11/05/1980 TITULAR 30 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

HUAYLLACAYAN MALLQUI LUCY MARLENE F 21/10/1974 CONYUGE 36

55 SEBASTIAN SARAVIA MARIA F 28/05/1960 TITULAR 50 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

56 SEGURA CURI BERLIN AVELES M 26/08/1972 TITULAR 38 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

57 SIHUAY MENDOZA ANGEL M 25/12/1958 TITULAR 51 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

TORRES RAMIREZ ANA MERCEDES F 26/07/1962 CONYUGE 48

SIHUAY TORRES ANDREA MARIA F 24/04/1994 HIJA 16

SIHUAY TORRES MIGUEL ANGEL M 29/11/1996 HIJO 14

58 SILVA VIDAL DE MILLONES FEY YAMINA F 26/05/1966 TITULAR 44 105,00 3,15 20,55 128,70 1.544,40

MILLONES JAUREGUI JOSE LUIS M 26/05/1963 CONYUGE 47

MILLONES SILVIA NADIA YAMINA F 07/02/2004 HIJA 6

MILLONES SILVA MATIAS JOSE M 16/02/2009 HIJO 1

59 TAKAHASHI GUEVARA KEN M 12/08/1975 TITULAR 35 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

35

60 TAVERA HUARACHE HERNANDO JHONNY M 29/05/1960 TITULAR 50 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

DE TAVERA VILCA RUTH EMILIA F 28/05/1960 CONYUGE 50

TAVERA VILCA HERNANDO MIGUEL M 12/12/2000 HIJO 10

61 TORRES CHAVEZ ESTELA IRMA F 20/06/1978 TITULAR 32 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

62 TORRES VELARDE LILIANA ROSARIO F 20/09/1981 TITLAR 29 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

63 TRASMONTE SOTO GRACE L F 17/05/1961 TITULAR 49 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

MALDONADO ALATA, ELDER M 12/10/1960 CONYUGE 50

64 TRIGOSO AVILES HUGO M 21/01/1953 TITULAR 57 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

SHIGA DE TRIGOSO BETTY F 24/11/1952 CONYUGE 58

TRIGOSO SHIGA KOICHI EDUARDO M 01/05/1990 HIJO 20

65 UGARTE SILVA JUAN M M 27/06/1958 TITULAR 52 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

SANCHEZ LOPEZ LUZ MARINA F 09/10/1959 CONYUGE 51

UGARTE SANCHEZ JUAN MIGUEL M 19/04/1990 HIJO 20

66 VIDAL SAFOR ERICK DENISS M 21/04/1979 TITULAR 31 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

67 VILA ENRIQUEZ EDMUNDO M 16/11/1940 TITULAR 69 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

MAGUIÑA RAMOS IRENE F 05/05/1943 CONYUGE 65

68 VILLAFANI VIVAS RUBEN M 01/12/1953 TITULAR 57 85,00 2,55 16,63 104,18 1.250,16

VEGA GOMEZ PAULINA F 04/07/1953 CONYUGE 57

VILLAFANI VEGA MANUEL M 23/11/1992 HIJO 18

69 VILLANUEVA RUIZ SANDRA F 17/11/1957 TITULAR 52 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

70 VILLEGAS LANZA JUAN CARLOS M 03/10/1982 TITULAR 27 27,00 0,81 5,28 33,09 397,08

71 ZUBIETA BARRAGAN RICARDO M 05/06/1981 TITULAR 29 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

ZUBIETA POVIS GABRIEL ALEJANDRO M 24/11/2006 HIJO 4

36

72 WOODMAN POLLITT RONALD FRANCISCO M 22/04/1934 TITULAR 76 65,00 1,95 12,72 79,67 956,04

DENEGRI DE WOODMAN GLADYS F 14/02/1938 CONYUGE 72

TOTAL US$ …… 4.064,00 121,92 795,14 4.981,06 59.772,72

MAS 3 PLAZAS VACANTES (DIRECTOR TECNICO Y 2 ASISTENTES DE INVESTIGACION) 1.191,24

TOTAL ANUAL USD$ 60.963,96

RESUMEN No

Trabajadores VACANTES TOTAL TITULAR SOLO 32 3 35 TITULAR MAS UN DEPENDIENTE 18 18 TITULAR MAS DOS DEPENDIENTES 14 14 TITULAR MAS DE TRES DEPENDIENTES 8 8

TOTAL ASEGURADOS 145 PERSONAS(incluido 3 vacantes)

37

VIDA LEY

ASEGURADO : INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERU y/o Filiales y/o

Subsidiarias y/o sucursales y/o cualquier otra entidad constituida donde los asegurados tengan responsabilidad o interés por la contratación de seguros

VIGENCIA : ANUAL POR DECLARACIONES PERSONAL ASEGURADO Personal con 3 MESES o más de servicios

Coberturas Sumas Aseguradas

Coberturas Básicas Muerte Natural 16 remuneraciones

Muerte Accidental 32 remuneraciones

Invalidez total y permanente por accidente

Gastos de Sepelio

Desgravamen de Crédito

Hijo póstumo

Desamparo Familiar

Hospitalización por quemaduras

Sordera por Accidente

Transplante de órganos

Cáncer

Insuficiencia renal crónica

Infarto al miocardio

Cirugía aortocoronario

Accidente cerebro vascular

Ceguera por accidente

Coma

Anticipo por enfermedad temporal

Repatriación de restos

Traslado al lugar de origen

32 remuneraciones

03 remuneraciones

05 remuneraciones

05 remuneraciones

05 remuneraciones

02 remuneraciones

01 remuneraciones

05 remuneraciones

05 remuneraciones

02 remuneraciones

02 remuneraciones

05 remuneraciones

05 remuneraciones

02 remuneraciones

05 remuneraciones

01 remuneraciones

03 remuneraciones

02 remuneraciones

38

Gastos de Sepelio

Gastos de Sepelio

02 remuneraciones

02 remuneraciones

(*) En caso de Invalidez Permanente por accidente ESTIMADO MENSUAL DE PLANILLAS S/. 191,000.00

ESTIMADO ANUAL DE PLANILLAS S/. 2’292,000.00

NUMERO DE TRABAJADORES • 75 Empleados SUELDO MAYOR S/.7,000

RANGO DE EDADES Entre 31 hasta 50 años : 45 personas Entre 51 hasta 60 años : 25 personas Entre 61 hasta 65 años : 2 personas Entre 66 hasta 70 años : 2 personas Entre 71 hasta 75 años : 1 personas BENEFICIARIOS : De acuerdo a ley CONDICIONES ESPECIALES Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 60 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.

Las coberturas adicionales no se encuentran limitadas a la edad del asegurado.

39

COSTO DE SEGURO DE VIDA LEY AÑ0 2011

DECRETO LEGISLATIVO NO 688

REMUNERACION

FECHA DNI FECHA DE MENSUAL

No NOMBRES Y APELLIDOS NACIMIENTO EDAD INGRESO

1 AGÜERO ALBERCO CONSUELO AGUEDA 16/08/1952 07855725 57 17/08/1981 1500,00

2 ALARCON CACERES JOSE MARCIAL 10/07/1958 10416596 52 01/10/1988 1500,00

3 ALPAS HINOSTROZA FERMIN TOMAS 18/09/1953 08328313 57 20/12/1989 1400,00

4 AMAYO CORDOVA MARY 20/02/1979 40185599 31 04/06/2007 3200,00

5 ANCAJIMA RUIZ OSCAR 02/08/1954 07586407 56 01/11/1981 1500,00

6 ANCO SEVILLA DELIA SILVIA 22/08/1954 07213451 56 01/11/1981 3200,00

7 ARREDONDO GARCIA LUZ MERCEDES 24/09/1973 29609794 37 01/12/2009 1400,00

8 ARROYO ALIAGA JACINTO VENANCIO 02/04/1966 19843329 44 04/12/1998 2200,00

9 ARROYO MESTANZA JUAN GABRIEL 19/06/1981 41048895 29 03/09/2009 1700,00

10 AVILES VILLANUEVA BESSIE EMPERATRIZ 27/08/1951 07938147 59 01/11/1981 3500,00

11 BERNAL ESQUIA YESENIA ISABEL 17/08/1984 42672570 36 13/03/2006 4600,00

12 BLANCO AUSEJO DOMINGA IMELDA 04/08/1956 10183190 54 01/10/2004 1300,00

13 CABALLERO APOLINARIO JESUS EMILIANO 16/01/1951 08575508 59 15/04/1980 1500,00

14 CALLE GOMEZ CARMEN LUZ 30/03/1975 09906029 35 01/08/2001 1400,00

15 CHAU CHONG SHING JORGE LUIS 15/08/1969 03651894 41 01/10/2000 6100,00

16 CHIROQUE MAYO ABELARDO 07/08/1952 06543799 58 01/11/1981 1500,00

17 CONDOR PATILONGO PERCY JESUS 22/03/1972 21262256 38 01/10/2002 3000,00

18 DELGADO RODRIGUEZ EDSON JOEL 03/11/1972 23947816 37 13/01/2010 1.700,00

19 FERNANDEZ AGUILAR EFRAIN LORENZO 10/08/1953 08856461 57 16/12/1983 2600,00

20 FLORES PASCUALIN, MARIO ANTONIO 07/08/1964 07093248 46 13/01/2010 900,00

21 GARCIA COSSIO LITA EDILBERTA 24/02/1950 09189240 60 01/07/1989 1400,00

22 GILT LOPEZ HUBER PAUL 02/01/1982 42166147 28 27/01/2009 2200,00

23 GILVONIO CANO IVONNE RUTH 10/03/1966 19808350 44 23/09/2002 3200,00

24 GOMEZ AVALOS JUAN CARLOS 17/05/1962 07822086 48 01/02/1989 3000,00

25 HUACCACHI PAULLO SUSANA 09/06/1974 10062401 36 01/03/2001 1300,00

26 IBAÑEZ YANAC ROSA MARY 29/07/1962 07173048 48 31/12/1996 3200,00

27 INFANTE ZAPATA JHONNY FRANK 18/05/1963 32795500 47 01/08/1990 1400,00

28 INZA CALLUPE LAMBERTO ADOLFO 05/09/1966 08157234 44 09/12/1998 2600,00

29 ISHITSUKA IBA JOSE KANAME 17/06/1960 08233373 50 10/08/2006 4600,00

30 LATINEZ SOTOMAYOR, KAREN ALEXANDRA 14/02/1984 42324237 26 03/11/2008 2100,00

31 LLALLIHUAMAN ANTUNEZ TEODORO 09/11/1968 32913966 41 13/01/2010 1.500,00

32 LUNA GUZMAN MARIA ROSA 15/01/1970 07619783 40 01/08/2001 2800,00

33 MACEDO SANCHEZ ORLANDO EFRAIN 14/08/1956 10367191 53 01/08/1986 5300,00

34 MARAVI ORTEGA ELIANA NELIDA 06/11/1982 41890968 27 01/07/2008 1500,00

35 MARIN RUIZ GLORIA VICTORIA 25/02/1955 07198836 55 16/09/1987 2600,00

36 MARTINEZ GRIMALDO DE TAKAHASHI ALEJANDRA 09/11/1968 07970376 41 01/03/2001 4000,00

37 MENDOZA RODRIGUEZ PIO ANDRES 11/07/1948 08381949 62 01/11/1981 1500,00

38 MONTESINOS GARRIDO VICTOR 11/12/1949 06252096 60 01/11/1981 1500,00

39 MOSQUERA VASQUEZ KOBI ALBERTO 10/06/1975 10069925 35 01/03/2001 2400,00

40 NAVARRO RUIZ RIDER 24/12/1954 08899254 55 01/11/1981 1500,00

41 NORABUENA ORTIZ EDMUNDO OSWALDO 25/08/1953 09044269 57 01/11/1981 6100,00

40

42 ORIHUELA LAZO SILVANO ELIAS 20/07/1944 19903195 66 01/11/1981 2600,00

43 PARILLO SAICO, ROCIO 05/01/1978 29731593 32 01/10/2008 2200,00

44 PARIONA ROJAS, ROBERTO CARLOS 01/03/1977 10605120 33 08/09/2008 1000,00

45 PEREZ LINO WALTER UBALDO 26/02/1969 20026756 41 01/01/2006 1400,00

46 PEREZ PACHECO RAMIREZ ANGELICA I. 01/12/1964 08809050 45 15/09/1987 1400,00

47 PINEDO LOZANO NOELITH 31/05/1955 06897041 55 01/07/1989 1700,00

48 PINEDO LOZNAO GUDNER 20/03/1957 08453280 53 01/11/1981 1400,00

49 PORTUGAL PATIÑO DAVID SIGFREDO 07/07/1969 07625073 41 01/08/2001 3500,00

50 QUIROZ SIFUENTES WENDY 02/07/1976 10175009 34 07/11/2005 3000,00

51 RODRIGUEZ CANCAN SIMEON TEOFILO 26/07/1950 08461272 60 01/07/1989 1500,00

52 ROSALES CORILLOCCLA DOMINGO CARLOS 13/12/1969 09747570 40 07/08/2000 1400,00

53 SALAS VASQUEZ HENRY ARNULFO 26/06/1947 08264635 63 10/09/1981 1500,00

54 SALAZAR ESPINOZA JHON EVARISTO 11/05/1980 41045829 30 20/12/2005 2600,00

55 SEBASTIAN SARAVIA MARIA E 28/05/1960 07568913 50 01/07/1986 1500,00

56 SEGURA CURI BERLIN AVELES 26/09/1972 09674450 38 01/12/2009 3000,00

57 SIHUAY MENDOZA ANGEL MANUEL 25/12/1958 10038273 51 01/07/1989 1400,00

58 SILVA VIDAL DE MILLONES FEY YAMINA 26/05/1966 06064168 44 01/03/2001 5300,00

59 TAKAHASHI GUEVARA KEN 12/08/1975 10316345 35 01/01/2009 5300,00

60 TAVERA HUARACHE HERNANDO JHONNY 29/05/1960 10831063 50 01/10/1987 6100,00

61 TORRES CHAVEZ ESTELA IRMA 20/06/1978 32986981 32 20/06/1978 1000,00

62 TORRES VELARDE LILIANA ROSARIO 20/06/1978 41015356 29 01/12/2009 1500,00

63 TRAMONTE SOTO GRACE LILIAM 17/05/1961 08459990 49 15/12/2009 3000,00

64 TRIGOSO AVILES HUGO EDUARDO 21/01/1953 06443629 57 01/01/1987 3000,00

65 UGARTE SILVA JUAN MIGUEL 27/06/1958 06702462 52 01/07/1982 1500,00

66 VIDAL SAFOR ERICK DENISS 21/04/1979 40231564 31 01/01/2006 1300,00

67 VILA ENRIQUEZ EDMUNDO 16/11/1940 08420800 69 01/11/1981 3200,00

68 VILLAFANI VIVAS RUBEN 01/12/1953 07369112 57 01/11/1981 3000,00

69 VILLANUEVA RUIZ SANDRA JOSEFINA 17/11/1957 08190643 52 01/09/1986 1400,00

70 VILLEGAS LANZA JUAN CARLOS 03/10/1982 41574717 27 06/03/2008 2600,00

71 WOODMAN POLLITT RONALD FANCISCO 22/04/1934 09178924 75 22/09/1981 7000,00

72 ZUBIETA BARRAGAN, RICARDO 05/06/1981 41185161 29 16/06/2009 2200,00

73 DIRECTOR TECNICO 6600,00

74 ASISTENTE INVESTIGACION 2800,00

75 ASISTENTE INVESTIGACION 1700,00

TOTAL PLANILLA S/... 191.000,00

41

COSTO DE SEGURO DE VIDA LEY AÑ0 2011 RANGO DE EDAD ES

DECRETO LEGISLATIVO NO 688

REMUNERACION

FECHA DNI FECHA DE MENSUAL

No NOMBRES Y APELLIDOS NACIMIENTO EDAD INGRESO

1 LATINEZ SOTOMAYOR, KAREN ALEXANDRA 14/02/1984 42324237 26 03/11/2008 2100,00

2 MARAVI ORTEGA ELIANA NELIDA 06/11/1982 41890968 27 01/07/2008 1500,00

3 VILLEGAS LANZA JUAN CARLOS 03/10/1982 41574717 27 06/03/2008 2600,00

4 GILT LOPEZ HUBER PAUL 02/01/1982 42166147 28 27/01/2009 2200,00

5 ARROYO MESTANZA JUAN GABRIEL 19/06/1981 41048895 29 03/09/2009 1700,00

6 TORRES VELARDE LILIANA ROSARIO 20/06/1978 41015356 29 01/12/2009 1500,00

7 ZUBIETA BARRAGAN, RICARDO 05/06/1981 41185161 29 16/06/2009 2200,00

8 SALAZAR ESPINOZA JHON EVARISTO 11/05/1980 41045829 30 20/12/2005 2600,00

9 AMAYO CORDOVA MARY 20/02/1979 40185599 31 04/06/2007 3200,00

10 VIDAL SAFOR ERICK DENISS 21/04/1979 40231564 31 01/01/2006 1300,00

11 PARILLO SAICO, ROCIO 05/01/1978 29731593 32 01/10/2008 2200,00

12 TORRES CHAVEZ ESTELA IRMA 20/06/1978 32986981 32 20/06/1978 1000,00

13 PARIONA ROJAS, ROBERTO CARLOS 01/03/1977 10605120 33 08/09/2008 1000,00

14 QUIROZ SIFUENTES WENDY 02/07/1976 10175009 34 07/11/2005 3000,00

15 CALLE GOMEZ CARMEN LUZ 30/03/1975 09906029 35 01/08/2001 1400,00

16 MOSQUERA VASQUEZ KOBI ALBERTO 10/06/1975 10069925 35 01/03/2001 2400,00

17 TAKAHASHI GUEVARA KEN 12/08/1975 10316345 35 01/01/2009 5300,00

18 BERNAL ESQUIA YESENIA ISABEL 17/08/1984 42672570 36 13/03/2006 4600,00

19 HUACCACHI PAULLO SUSANA 09/06/1974 10062401 36 01/03/2001 1300,00

20 ARREDONDO GARCIA LUZ MERCEDES 24/09/1973 29609794 37 01/12/2009 1400,00

21 DELGADO RODRIGUEZ EDSON JOEL 03/11/1972 23947816 37 13/01/2010 1.700,00

22 CONDOR PATILONGO PERCY JESUS 22/03/1972 21262256 38 01/10/2002 3000,00

23 SEGURA CURI BERLIN AVELES 26/09/1972 09674450 38 01/12/2009 3000,00

24 LUNA GUZMAN MARIA ROSA 15/01/1970 07619783 40 01/08/2001 2800,00

25 ROSALES CORILLOCCLA DOMINGO CARLOS 13/12/1969 09747570 40 07/08/2000 1400,00

26 CHAU CHONG SHING JORGE LUIS 15/08/1969 03651894 41 01/10/2000 6100,00

27 LLALLIHUAMAN ANTUNEZ TEODORO 09/11/1968 32913966 41 13/01/2010 1.500,00

28 MARTINEZ GRIMALDO DE TAKAHASHI ALEJANDRA G. 09/11/1968 07970376 41 01/03/2001 4000,00

29 PEREZ LINO WALTER UBALDO 26/02/1969 20026756 41 01/01/2006 1400,00

30 PORTUGAL PATIÑO DAVID SIGFREDO 07/07/1969 07625073 41 01/08/2001 3500,00

31 ARROYO ALIAGA JACINTO VENANCIO 02/04/1966 19843329 44 04/12/1998 2200,00

32 GILVONIO CANO IVONNE RUTH 10/03/1966 19808350 44 23/09/2002 3200,00

33 INZA CALLUPE LAMBERTO ADOLFO 05/09/1966 08157234 44 09/12/1998 2600,00

34 SILVA VIDAL DE MILLONES FEY YAMINA 26/05/1966 06064168 44 01/03/2001 5300,00

35 PEREZ PACHECO RAMIREZ ANGELICA I. 01/12/1964 08809050 45 15/09/1987 1400,00

36 FLORES PASCUALIN, MARIO ANTONIO 07/08/1964 07093248 46 13/01/2010 900,00

37 INFANTE ZAPATA JHONNY FRANK 18/05/1963 32795500 47 01/08/1990 1400,00

42

38 GOMEZ AVALOS JUAN CARLOS 17/05/1962 07822086 48 01/02/1989 3000,00

39 IBAÑEZ YANAC ROSA MARY 29/07/1962 07173048 48 31/12/1996 3200,00

40 TRAMONTE SOTO GRACE LILIAM 17/05/1961 08459990 49 15/12/2009 3000,00

41 ISHITSUKA IBA JOSE KANAME 17/06/1960 08233373 50 10/08/2006 4600,00

42 SEBASTIAN SARAVIA MARIA E 28/05/1960 07568913 50 01/07/1986 1500,00

43 TAVERA HUARACHE HERNANDO JHONNY 29/05/1960 10831063 50 01/10/1987 6100,00

44 ASISTENTE INVESTIGACION 2800,00

45 ASIENTE INVESTIGACION 1700,00

46 SIHUAY MENDOZA ANGEL MANUEL 25/12/1958 10038273 51 01/07/1989 1400,00

47 ALARCON CACERES JOSE MARCIAL 10/07/1958 10416596 52 01/10/1988 1500,00

48 UGARTE SILVA JUAN MIGUEL 27/06/1958 06702462 52 01/07/1982 1500,00

49 VILLANUEVA RUIZ SANDRA JOSEFINA 17/11/1957 08190643 52 01/09/1986 1400,00

50 MACEDO SANCHEZ ORLANDO EFRAIN 14/08/1956 10367191 53 01/08/1986 5300,00

51 PINEDO LOZNAO GUDNER 20/03/1957 08453280 53 01/11/1981 1400,00

52 BLANCO AUSEJO DOMINGA IMELDA 04/08/1956 10183190 54 01/10/2004 1300,00

53 MARIN RUIZ GLORIA VICTORIA 25/02/1955 07198836 55 16/09/1987 2600,00

54 NAVARRO RUIZ RIDER 24/12/1954 08899254 55 01/11/1981 1500,00

55 PINEDO LOZANO NOELITH 31/05/1955 06897041 55 01/07/1989 1700,00

56 ANCAJIMA RUIZ OSCAR 02/08/1954 07586407 56 01/11/1981 1500,00

57 ANCO SEVILLA DELIA SILVIA 22/08/1954 07213451 56 01/11/1981 3200,00

58 AGÜERO ALBERCO CONSUELO AGUEDA 16/08/1952 07855725 57 17/08/1981 1500,00

59 ALPAS HINOSTROZA FERMIN TOMAS 18/09/1953 08328313 57 20/12/1989 1400,00

60 FERNANDEZ AGUILAR EFRAIN LORENZO 10/08/1953 08856461 57 16/12/1983 2600,00

61 NORABUENA ORTIZ EDMUNDO OSWALDO 25/08/1953 09044269 57 01/11/1981 6100,00

62 TRIGOSO AVILES HUGO EDUARDO 21/01/1953 06443629 57 01/01/1987 3000,00

63 VILLAFANI VIVAS RUBEN 01/12/1953 07369112 57 01/11/1981 3000,00

64 CHIROQUE MAYO ABELARDO 07/08/1952 06543799 58 01/11/1981 1500,00

65 AVILES VILLANUEVA BESSIE EMPERATRIZ 27/08/1951 07938147 59 01/11/1981 3500,00

66 CABALLERO APOLINARIO JESUS EMILIANO 16/01/1951 08575508 59 15/04/1980 1500,00

67 GARCIA COSSIO LITA EDILBERTA 24/02/1950 09189240 60 01/07/1989 1400,00

68 MONTESINOS GARRIDO VICTOR 11/12/1949 06252096 60 01/11/1981 1500,00

69 RODRIGUEZ CANCAN SIMEON TEOFILO 26/07/1950 08461272 60 01/07/1989 1500,00

70 DIRECTOR TECNICO 6600,00

71 MENDOZA RODRIGUEZ PIO ANDRES 11/07/1948 08381949 62 01/11/1981 1500,00

72 SALAS VASQUEZ HENRY ARNULFO 26/06/1947 08264635 63 10/09/1981 1500,00

73 ORIHUELA LAZO SILVANO ELIAS 20/07/1944 19903195 66 01/11/1981 2600,00

74 VILA ENRIQUEZ EDMUNDO 16/11/1940 08420800 69 01/11/1981 3200,00

75 WOODMAN POLLITT RONALD FANCISCO 22/04/1934 09178924 75 22/09/1981 7000,00

TOTAL PLANILLA S/... 191.000,00

43

SLIP MULTIRIESGO ASEGURADO: INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU VIGENCIA: ANUAL MATERIA ASEGURADA Toda propiedad bienes e intereses que sea de propiedad del Asegurado, y todos aquellos bienes que están bajo el cuidado, custodia y control del Asegurado o por el cual el Asegurado sea responsable, en cualquier lugar de la República, en locales propios y/o de terceros en forma permanente o temporal incluyendo bienes a la intemperie, bajo tierra y cuando los bienes se encuentran en almaceneras y/o depósitos de terceros. COBERTURAS Todo Riesgo de Incendio y Líneas Aliadas incluyendo Riesgos de la Naturaleza. Riesgos Sociales y Políticos tales como Huelga, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo (Límite Agregado Anual) UBICACIÓN DEL RIESGO Cualquier lugar de la Republica donde el Asegurado tenga interés asegurable.

UBICACIÓN DEL RIESGO EDIFICACION US$

CONTENIDO US$

TOTALES US$

Calle Badajoz 169, Urb. Mayorazgo, Lima, Lima, Ate

500,000.00 2´126,036.67 2´626,036.67

Pampas de Ancon Km. 26 y 37.5, Lima, Lima, Ancon

55,000.00 108,058.94 163,058.94

Carretera Hyo – Huachac, Junín, Chupaca, Chupaca

30,000.00 522,377.16 552,377.16

Mz. F Lote 10 Urb. Camino Real, Lima, Lima, La Molina

55,000.00 1´657,635.14 1`712,635.14

Quebrada Jicamarca 55,000.00 3’217,998.45 3’272,998.45 Estaciones Sísmicas a Nivel Nacional

15,000.00 1´776,051.83 1´791,051.83

Calle Arequipa 128-168 Urb. Los Libertadores – Chiclayo

40,000.00 3,126.92 43,126.92

Urb. La Marina Mz. Z Lt.19 - Arequipa

55,768.31

55,768.31

Radio Observatorio Astronómico de Sicaya

396,296.45 33,493.43

429,789.88

TOTALES 1`146,296.45 9’500,546.84 10’646,843.29 VALORES DECLARADOS Edificios sin incluir el valor del terreno US$ 1´146,296.45 Contenido en general US$ 9’500,546.84 VALOR DECLARADO US$ 10´646,843.29 SUMA ASEGURADA

44

A primer Riesgo US$ 8,500,000.00

SUB-LIMITES A PRIMER RIESGO • Equipo Electrónico Sección I, II y III

Limite único y combinado US$ 350,000.00 • Equipo Móvil y/ portátil US$ 50,000.00 • Infortunio (Limite agregado anual) US$ 200,000.00

• Rotura Accidental de Vidrios, Cristales y Objetos Frágiles y Avisos Luminosos US$ 50,000.00

• Gastos Extraordinarios US$ 500,000.00 • Arrendamiento US$ 20,000.00 • Gastos Extras US$ 500,000.00 • Cobertura automática para nuevas US$ 300,000.00

Adquisiciones

• Responsabilidad Civil US$ 600,000.00 * General * Patronal (Limite único y combinado en Agregado Anual) • Transporte Incidental US$ 100,000.00

• Rotura de Maquinaria US$ 300,000.00 • Todo Riesgo Equipo de Contratista US$ 60,000.00 CLAUSULAS ADICIONALES Las cláusulas Adicionales prevalecen sobre las Condiciones Generales

Todas las secciones • Cláusulas Generales de Contratación • Adelanto del 50% del monto del siniestro • Nombramiento de Ajustadores • Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada (excepto las coberturas bajo límite

agregado anual) Incendio Todo Riesgo • Condicionado de Seguro contra Incendio y/o Rayo • Todo Riesgo • Primer Riesgo • Traslado Temporal (cubre adicionalmente el contenido, por cualquier siniestro cubierto) • Propiedades fuera del control del Asegurado • Propiedades de terceros • Reposición de Productos • Combustión Espontánea

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• Impacto de vehículos • Aparatos Eléctricos • Reemplazo y/o Reposición • Errores ú Omisiones • Reparaciones y/o Reconstrucciones • Riesgos en Paralización • Sellos y Marcas • Documentos y Modelos • Remoción de escombros • Honorarios de Arquitectos, Ingenieros y Topógrafos • Inclusión Automática para Nuevas Adquisiciones • Permisos y Privilegios • Cláusula de 72 horas: cualquier pérdida o daño a la propiedad asegurada que se produzca

durante cualquier período de setenta y dos (72) horas consecutivas, provocado por eventos catastróficos – tales como, pero no limitado a, huracán, tormenta, tempestad, lluvia, inundación, terremoto, maremoto, revueltas, huelga o conmoción civil, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo - se considerará como un evento único y constituirá una ocurrencia con respecto a la suma asegurada y al deducible aplicable. Para los fines de la aplicación del deducible, el inicio de cualquier periodo de setenta y dos (72) horas se decidirá a discreción del asegurado.

Equipo Electrónico • Condicionado de Seguros contra Todo Riesgo Equipo Electrónico • Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete

expreso hasta US$ 10,000.00 • Flete aéreo hasta US$ 10,000.00 • Equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios asegurados (cobertura nacional e

internacional) • Valor nuevo de reposición para equipos hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida

total • Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el

mercado el modelo del equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior. • Para efectos de la indemnización estarán cubiertos los daños o pérdidas de los equipos,

así estas hayan cumplido su vida útil de trabajo, considerando su valor comercial de mercado.

• Daños causados directamente o indirectamente por fa lla o interrupción, en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.

Infortunio • Valor nuevo de reposición para equipos hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida

total • Incluye cobertura de Robo Responsabilidad Civil • Condicionado de Seguro contra Responsabilidad Civil Extracontractual • Extracontractual • Patronal • Incendio, Explosión, Humo, Agua • Locales y Operaciones • Vehículos Ajenos • Vehículos de terceros • Ascensores, grúas, montacargas y escaleras mecánicas • Uso de Armas de Fuego

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• Contratistas Independientes y/o subcontratistas • Contratistas de obras • Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas ocasionadas por accidentes donde

intervengan trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o policías particulares y/o transportistas y/o personal de terceros al servicio del Asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el Asegurado

• Bajo la cobertura de Responsabilidad Civil Patronal se incluyen practicantes, contratados y/o trabajadores eventuales y/o de empresas contratadas que presten servicios de limpieza, vigilancia, entre otros, y demás personal que temporalmente preste servicios al Asegurado, sea cual fuera la modalidad bajo la cual presten servicios al Asegurado (así estaba en vigencia anterior)

• Eventos y similares • Responsabilidad civil de carga • Locatarios (inmuebles) • Playa de Estacionamiento • Alimentos y bebidas • Propietarios del edificio • Cláusula de extensión de cobertura por daños y perjuicios a los trabajadores, familiares de

los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreación, capacitación y actividades sociales, espectáculos y demás eventos que organice y/o desarrolle el Asegurado dentro y fuera de los locales

• Transporte Personal. Gastos Extraordinarios La cobertura de Gastos Extraordinarios se extiende, pero no se limita, a lo siguiente: • Documentos y Modelos • Honorarios Profesionales • Planilla de ejecutores en relación al siniestro • Licencias • Patentes de cualquier tipo que deba cancelarse a consecuencia de un siniestro amparado

por la Póliza. • Impuestos específicos que deba pagar el Asegurado como consecuencia de daño físico por

uno de los riesgos cubiertos por la póliza. • Defensa • Limpieza • Demolición y Remoción de escombros • Costos de extinguir un incendio y cualquier otros gastos con la excepción de la Pérdida de

Beneficios • Reacondicionamientos provisionales Rotura de maquinaria • Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete

expreso hasta US$ 10,000.00 • Flete aéreo hasta US$ 10,000.00 • Valor nuevo de reposición hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida total. • Cadenas y cintas transportadoras • Cables metálicos y cables no eléctricos

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• Materiales refractarios y/o revestimientos de hornos industriales y calderas • Pérdida de Contenido hasta US$ 10,000.00 • Para efectos de la indemnización estarán cubiertos los daños o pérdidas de las

maquinarias y equipos, así estas hayan cumplido su vida útil de trabajo, considerando su valor comercial de mercado.

DEDUCIBLES • Todo Riesgo : US$ 1,000.00

(por toda y cada Pérdida). • De los siguientes riesgos : 1% del valor declarado del predio afectado

Terremoto, temblor, erupción y de sus bienes en él contenidos, sin mínimo. volcánica, maremoto, tsunami,

alud, aluvión, avenida de rocas.

Otros riesgos de la naturaleza : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 2,000.00.

Riesgos Políticos : 10% del monto indemnizable, mínimo 3.00 %o (por mil) del valor declarado del predio afectado y de sus bienes en él contenidos o US$ 5,000.00 lo que resulte mayor.

• Equipo Electrónico : * Sección I y II : 10% del monto indemnizable, mínimo US$.200.00 * Sección III : 03 días * Terrorismo : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.00 * Robo y/o Asalto : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.00 * Equipo Móvil : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 440.00 • Infortunio : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.00 • Responsabilidad Civil : 10% del monto indemnizable mínimo US$ 500.00

para toda y cada pérdida.

• Rotura Accidental de Vidrios, Cristales, Objetos frágiles y Avisos Luminosos : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 30.00 • Transporte Incidental : US$ 150.00 • Rotura de Maquinaria : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.00 • Gastos Extras : 03 días CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES: • Cláusula de Infraseguro o Seguro Insuficiente: los valores de reposición declarados bajo

esta póliza representan el valor a nuevo de los mismos. No se aplicará la Cláusula de Infraseguro o Seguro Insuficiente cuando los valores declarados tengan una desviación de hasta 10% entre Valor a Nuevo contra Valor declarado.

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• En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma

póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discrecionalidad del Asegurado la cobertura por la cual se realizará el reclamo.

• La cobertura de gastos extraordinarios y gastos extras ampara los gastos por limpieza y

descontaminación en el lugar del siniestro, con el fin de dejar los bienes afectados en el mismo estado en que se encontraban antes de la ocurrencia del mismo.

• También están cubiertos los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir

incendios en el predio del Asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.

• Bajo la cobertura de Rotura de Vidrios, Lunas y/o Cristales, se cubren los daños sea cual

fuera la posición en la que estos se encuentren instalados y/o colocados • En caso se presentara la necesidad de que las propiedades aseguradas en virtud de la

presente póliza, pudieran sufrir en forma inminente o inequívoca, pérdidas o daños materiales que se encuentren cubiertos por la misma, los gastos que efectuará el Asegurado a fin de adoptar las medidas necesarias, para proteger y conservar en forma transitoria dichas propiedades, se sumará a las pérdidas o daños totales que sean recuperables en virtud de cualquier otra disposición contenida en la póliza en cuestión.

• Para la indemnización de siniestros en los que el Asegurado no pueda obtener facturas,

guías de remisión o proformas que demuestren la PRE-existencia de los bienes, se tomarán en cuenta los inventarios, vales de salida de almacén, los listados de costos y/u órdenes de compras.

• Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días, a fin de evitar su rechazo por

extemporaneidad. • En caso de siniestro y cuando la autoridad pertinente no permita o autorice la

reconstrucción de las instalaciones y debido a ello, tengan que construir una nueva instalación en otro lugar, la póliza indemnizará como pérdida total sin descontar el monto del salvamento existente en el lugar del siniestro.

• Bajo los alcances de esta póliza y para todas las coberturas (incluyendo sub-límites y

coberturas adicionales) se considerará como parte de la materia asegurada los equipos electrónicos portátiles, tales como Lap Top y Palms, de propiedad de empleados, siempre que éstas sean utilizadas al servicio y/o en beneficio de la Institución, hasta US$5,000 en límite agregado anual

• En caso de siniestro, la indemnización será de acuerdo a las Condiciones Generales de la

Póliza

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CLAUSULA DE VALOR DE REPOSICION Y/O REEMPLAZO 1. COBERTURA Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de siniestro que afecte los bienes especificados en las Condiciones Particulares, el ajuste de las pérdidas se hará sin tener en cuenta su depreciación y se tomará como base el valor de compostura o reposición. Para los fines del seguro bajo esta Cláusula, la palabra "reposición" significará: 1.1 Cuando los bienes sean destruidos, su reconstrucción si se trata de edificios, y en el caso de otros bienes su reposición por otros similares nuevos; en ambos casos de iguales características y no de mejor calidad ni más extensivos ni de mayor capacidad que cuando eran nuevos. 1.2 Cuando los bienes sean dañados, las reparaciones y restauraciones necesarias para dejarlos en las mismas condiciones en que se encontraban antes del daño. 2. REGULACIÓN A tal efecto, se observará las siguientes reglas: 2.1 Si con ocasión de la compostura o reposición de los bienes siniestrados, o parte de ellos, el ASEGURADO hiciere cualquier cambio o reforma en su instalación, serán de su cuenta los mayores costos que dicho cambio ocasione. 2.2 La obligación de la COMPAÑÍA, en virtud de esta Cláusula, se entenderá con relación a los precios que rijan para los bienes repuestos o reparados al momento del siniestro. 2.3 Los trabajos de compostura o la reposición deben ser iniciados por el ASEGURADO, llevados a cabo con la debida diligencia y, en todo caso, terminados dentro de un período de doce (12) meses contados desde la fecha del siniestro o dentro del período adicional que la COMPAÑÍA pueda (durante dicho período) acordar por escrito. De otra manera, la COMPAÑÍA no estará obligada a indemnizar mayor suma que aquella que le hubiere correspondido pagar si esta Cláusula no hubiera sido incluida. 2.4 Cualquier pago en virtud de esta Cláusula, sólo podrá efectuarse después que el ASEGURADO haya reparado o repuesto los bienes dañados o perdidos. 2.5 Para la aplicación del seguro insuficiente, en lo relativo a los bienes comprendidos en la cobertura de esta Cláusula, se tendrá en cuenta el valor real total de ellos calculado con base a su costo de reposición a nuevo, de tal forma que si al momento de un siniestro se comprueba que la declaración del ASEGURADO sobre dichos valores expuestos a riesgo (al cien por ciento) son inferiores al valor real total (valor a nuevo), el ASEGURADO será considerado como su propio asegurador por la diferencia y soportará su parte proporcional en las pérdidas y/o daños. 2.6 Si al momento de cualquier daño o destrucción de los bienes asegurados, existiera otro seguro sobre los mismos bienes contratados por el ASEGURADO o por otras personas a su nombre, que no sea sobre la misma base de reposición, la COMPAÑÍA sólo estará obligada a indemnizar aquella suma que le hubiera correspondido pagar si esta Cláusula no hubiera sido incluida. 2.7 Que el importe a resarcir en concepto de reposición de un bien destruido o dañado no sobrepase la suma asegurada especificada en las Condiciones Particulares de la Póliza. 3. EXCLUSIONES Esta Cláusula no cubre: 3.1 Existencias en general. 3.2 Cualquier objeto de colección o colecciones de cualquier tipo. 3.3 Máquinas o equipos descontinuados o partes de los mismos, o cuando al momento del siniestro el fabricante hubiese suspendido la producción de ese modelo o si ya no pudiera ser suministrado como bien nuevo, por no hallarse en las existencias del fabricante o proveedor. 3.4 Los bienes asegurados que no reciban las condiciones de mantenimiento y servicio establecidos por sus fabricantes o proveedores. Esta condición será aplicada individualmente a cada uno de los bienes asegurados.

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4. GARANTÍA El ASEGURADO deberá previamente haber cumplido con proporcionar a la COMPAÑÍA el desglose de valores declarados por predio asegurado. 5. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro de Incendio y/o Rayo, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula. CLAUSULA DE ADELANTO DEL 50% DEL SINIESTRO 1. ALCANCE Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de un eventual siniestro, la COMPAÑÍA se compromete a conceder al ASEGURADO, pagos a cuenta del siniestro por una suma no superior al 50% del valor del mismo, siempre que: 1.1 Un ajustador independiente, aceptado por ambas partes, corrobore que los daños o pérdidas reclamados están cubiertos por la Póliza, autorice el adelanto y fije su monto. 1.2 En caso que los pagos a cuenta por concepto de tales adelantos excedan el monto indemnizable, el ASEGURADO se compromete a reintegrar a la COMPAÑÍA dicho exceso. 2. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Ramo, en cuanto no se hallen modificadas expresamente por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula CLAUSULA DE NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES O AJUSTADO RES DE SINIESTROS 1. ALCANCE 1.1 Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de algún eventual siniestro, el ASEGURADO tiene el derecho de nombrar de común acuerdo con la COMPAÑÍA, a la persona natural o jurídica especializada que proceda a efectuar la liquidación o ajuste del siniestro. 2. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Ramo, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

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CLAUSULA DE HUELGA, CONMOCION CIVIL, DAÑO MALICIOSO , VANDALISMO Y TERRORISMO (H.C.C. Y D.M.V.T) En virtud del pago de la prima adicional correspondiente, esta póliza se extiende a cubrir, de acuerdo con los límites, términos y condiciones señalados en esta póliza, los daños, costos o gastos de cualquier naturaleza éste fuese, que haya sido causado directa o indirectamente por, que sea resultante de, suceda por, como consecuencia de o en conexión con alguno de los eventos mencionados a continuación y así como cualquier otra causa haya contribuido paralelamente o en cualquier otra secuencia al siniestro, daño, costo o gasto:

1. Huelgas, Asonadas, Conmociones Civiles, para los efectos del seguro se entiende por “Huelgas” lo siguiente:

1.1 El acto de cualquier trabajador o trabajadores del asegurado que intervengan en conflictos colectivos de trabajo (sea o no con relación a un “lock out”), siempre que no constituyan ninguno de los hechos señalados en las exclusiones 1 y 2 de la presente cláusula.

1.2 El acto premeditado realizado por cualquier huelguista u obrero impedido de trabajar debido a un “lock out”, con el fin de activar una huelga o para contrarrestar un “lock out”.

1.3 La acción de toda autoridad legalmente constituida con el fin de evitar, o de intentar evitar, cualquier acto de la naturaleza descrita en el apartado 1.2, con el fin de aminorar sus consecuencias.

Para los efectos del seguro se entiende por “Asonada” lo siguiente: 1.4 Reunión ruidosa y agitada de un grupo de personas, que de modo tumultuario y

guiados normalmente por motivos políticos, intentan provocar el desorden y desconcierto públicos.

Para los efectos del seguro se entiende por “Conmoción Civil” lo siguiente: 1.5 Personas intervinientes en desórdenes, confusiones, alteraciones o disturbios de

carácter violento o tumultuario. 2. Daño Malicioso, Vandalismo y/o 3. Terrorismo, para los efectos de esta cobertura, por “Terrorismo”, se entenderá todo

acto o amenaza de violencia, o todo acto perjudicial para la vida humana, los bienes tangibles e intangibles o la infraestructura, que sea hecho con la intención o con el efecto de influenciar cualquier gobierno o de atemorizar el público en todo o en parte.

En ningún caso quedan cubiertos por este anexo los daños materiales provenientes de tomas de Poblaciones, Ciudades y Municipios realizadas por movimientos armados al margen de la ley ni los actos de autoridad para repelerlos.

Exclusiones

a) Pérdidas causadas por interrupción del negocio debido a la extensión de cobertura a proveedores y/o distribuidores o impedimento de acceso al predio.

b) Pérdida, daño costo o gasto causado directa o indirectamente por cualquier interrupción de servicios (energía, gas, agua, comunicaciones, etc.)

c) Pérdida, daño, costo o gasto causado directamente o indirectamente por contaminación biológica o química. Contaminación significa la contaminación, envenenamiento o prevención y/o limitación del uso de objetos debido a efectos químicos y/o substancias biológicas.

d) Pérdida, daño, costo o gasto causado directa o indirectamente por cohetes y misiles. e) Terrorismo Cibernético, Daños derivados de manipulación de la información generada,

enviada, recibida, almacenada, comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudiera ser entre otros, el Intercambio Electrónico de datos (EDI), Internet, el correo electrónico.

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f) Pérdidas o daños cuyo origen tenga: como causa directa el intento o la realización de

un acto de robo o hurto, o causado por cualquier persona que tome parte en tales actos, a menos que tales actos sean consecuencia directa de los riesgos específicos amparados por este cláusula.

g) Materiales Nucleares, emisión de Radiaciones Ionizantes o Contaminación por la Radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de la combustión. Para efectos de este aparte, solamente se entiende por Combustión cualquier proceso de fisión nuclear que se sostiene por si mismo.

El seguro bajo esta Cláusula no cubre pérdida o daños de ninguna naturaleza causados por un acto que llegue a constituir, o que directa o indirectamente sea ocasionado por, o resulte de, o sea consecuencia de cualesquiera de los hechos siguientes, a saber:

1. Guerra, Invasión, Actos de Enemigos Extranjeros, Hostilidades u Operaciones bélicos (con o sin declaración de guerra, guerra civil, o

2. Insubordinación, Alborotos Populares y/o Conmociones Civiles y/o Asonadas asumiendo las características de un Levantamiento Popular, Levantamiento Militar, Insurrección, Rebelión, Sedición, Revolución, Conspiración, Poder Militar o Usurpación de Poder o cualquier evento o causa que determine la proclamación o el mantenimiento de la Ley Marcial o el Estado de sitio.

Estipulaciones Generales

• La presente cobertura tiene una cláusula de cancelación de 10 días, contados a partir de la notificación de la Cía. Aseguradora

• La prima correspondiente a la devolución se liquidará a prorrata, con un mínimo equivalente, para la Cía. Aseguradora, al 70% de la prima anual.

• No habrá restablecimiento de la Suma Asegurada por Pago de Siniestros. CLAUSULA PARA INSTALACIONES Y APARATOS ELECTRICOS 1. COBERTURA

En consideración al pago de la prima adicional correspondiente, queda convenido y declarado que no obstante lo que se diga en contrario en las Condiciones Generales de la Póliza, esta se extiende a cubrir las pérdidas o daños que sufran los aparatos accesorios e instalaciones eléctricas como consecuencia de: 1.1 Rayo, o el incendio que tal fenómeno origine o desarrolle. 1.2 Incendio accidental, aunque provenga de desgaste natural, falla mecánica o eléctrica, defecto de fabricación, uso inadecuado, corto circuito, arco voltaico, sobrecarga u otra causa inherente al uso de la electricidad.

2. CONDICIONES ESPECIALES

2.1. Exclusiones: El Seguro otorgado bajo esta Cláusula no cubre: - Las pérdidas o daños ocasionados por Incendio accidental, a menos que se

produzca incendio en cuyo caso se pagarán solamente los daños que sobrevienen por Incendio, excluyendo las pérdidas o daños ocasionados por la ocurrencia.

- Pérdidas o daños indirectos o consecuentes de cualquier tipo.

2.2. Estipulaciones Generales: - Todas las condiciones de esta póliza se aplicarán por todo concepto al seguro

concedido por esta Cláusula, salvo en cuanto se hallen modificadas expresamente por las Condiciones Especiales de ésta.

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Cualquier referencia a Incendio que se haga en las Condiciones de la Póliza se considerará que incluye los riesgos cubiertos por la presente Cláusula.

- Las Condiciones Especiales de la presente Cláusula se aplicarán únicamente al seguro concedido por esta Cláusula y las condiciones de la póliza se aplicarán por todo concepto al seguro concedido por la póliza tal como si esta Cláusula no hubiese sido agregada a la misma.

CLAUSULA DE INFORTUNIO

En virtud de la solicitud presentada por el Asegurado y en consideración al pago de la prima correspondiente, la Compañía extiende la cobertura de la presente póliza para asegurar contra pérdida o daños a la propiedad, de acuerdo a las especificaciones consideradas en su sumario, por cualquier causa excepto aquellas enumeradas a continuación: Esta póliza no cubre:

1. Pérdidas o daños causados por polilla, lombriz, termitas y otros insectos, vicio propio o corno resultado de defecto latente, uso o deterioro gradual, contaminación corrosión, herrumbre, moho húmedo o seco, humedad y sequedad de atmósfera, smog; o extremos cambios de temperatura o pérdidas o daños por asentamiento normal, encogimiento o expansión de edificios o cimientos

2. Pérdida de uso, demora o pérdida de mercado. 3. Pérdidas o daños por explosión, implosión o desplome subidos por cualquier caldero,

economizador y otro aparato que funcione bajo presión interna fluida o de vapor en el que se origine la explosión.

4. Cualquier deshonestidad por parte del Asegurado o cualquier infidelidad de sus empleados o cualquiera a quien la propiedad debe ser entregada o confiada, merme de inventario.

5. Asimismo, no cubre las pérdidas o daños causados por delito o por imprudencia constitutiva de delito.

6. Pérdida a destrucción de daño a cualquier propiedad o toda pérdida o gasto resultante o proveniente de daño

consecuencial, o responsabilidad legal de cualquier naturaleza, directa o indirectamente causado o contribuido

por radiactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio de combustión de combustible, nuclear, o la radiactividad toxico, explosivo o cualquier propiedad azarosa de cualquier explosión nuclear a

componente nuclear.

7. Pérdida o daño de cualquier acto o evento fuera del o en el curso del cual tal perdida o daño provenga

constituye o es parte de, o es comedido u ocurre ya sea directa o indirectamente por razón de o en conexión:

• Guerra, invasión, acto enemigo extranjero, hostilidades, operaciones bélicas (haya o no declaración de guerra) y guerra civil,

� Alborotos populares y/o asonadas asumiendo las características de un levantamiento popular, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpado.

8. Pérdida o daño a la propiedad asegurada mientras esta se encuentre en proceso de manufactura, reparación y/o renovación

9. Perdida o daño a la propiedad asegurada como resultado de merma, encogimiento, evaporación, pérdida de

peso, derrame, rotura de cristal y otros artículos frágiles, rasgaduras, exposición a la luz a cambio de color, de

textura, acabado o sabor, a menos que tal perdida o daño sea directamente causado por incendio o cómbate

efectuado para apagarlo, rayo, terremoto, erupción volcánica, maremoto, tormenta, granizo, explosión caída de

aeronaves, impacto de vehículos, derrame rociadores, huelga y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y

terrorismo.

10. Perdida o daño causado por exposición a condiciones climáticas, mientras los bienes asegurados se encuentran a la intemperie.

11. Perdida o daño a los bienes asegurados que se encuentren contenidos en locales desocupados por más de 30 días consecutivos.

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12. Dinero en efectivo, titulo de valores de cualquier especie y objeto de artes o antigüedades. 13. Pérdidas o daño causado por desgaste o descompostura mecánica, así como por

desgaste de sujetadores, soportes o contenedores. 14. Reconstrucción de las películas y/o cintas como pérdida de pies (longitud) de películas y/o cintas.

15. Abolladura y raspaduras

16. Infidelidad 17. Pérdida a consecuencia de cualquier actividad riesgosa

CLAUSULA DE DEPRECIACION (para Ramos Técnicos Todo Riesgo Equipo Contratistas - TREC / Rotura de Maquinaria / Equipo Electrónico / Infortunio) Para los casos de pérdida total de aquellos equipos y maquinarias con más de 5 años de antigüedad, el valor actual se obtendrá deduciendo del valor de reposición en el momento del siniestro la depreciación por uso correspondiente, aplicando un 4% anual hasta un máximo de 60% CLAUSULA PARA CUBRIR PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES CA USADOS DIRECTAMENTE POR IMPACTO DE VEHÍCULOS O CUALQUIERA DE SUS PARTES 1. COBERTURA

Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, y sujeto a las especificaciones a continuación detalladas, este Seguro se extiende a cubrir hasta el límite asegurado indicado en las Condiciones Particulares, las pérdidas de o daños a los bienes asegurados causados directamente por impacto de vehículos o cualquiera de sus partes. La palabra "vehículos" para efectos de esta Cláusula, significará vehículos terrestres únicamente.

2. EXCLUSIONES

El Seguro otorgado bajo esta Cláusula, no cubre las pérdidas o daños causados: 2.1 Por cualquier vehículo de propiedad, u operado por el ASEGURADO, el

arrendatario o el tenedor del interés asegurado. 2.2 Por cualquier vehículo a los senderos, caminos, veredas o céspedes, salvo

que fuesen ocasionados por algún accidente. 2.3 A los mismos vehículos, ni a los contenidos de ellos. 2.4 Las pérdidas por interrupción de la explotación comercial o industrial,

pérdidas indirectas por falta de alquiler o uso, su spensión o cesación del negocio, incumplimiento o rescisión del contrato, d emora, multas, penalidades, pérdida de mercado y otros daños o pérdidas indirec tas o Lucro Cesante resultante.

3. APLICACIÓN

Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro de Incendio y/o Rayo, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

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CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOCATARIOS Y/O ARRENDATARIOS

1. COBERTURA Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, y sujeto a las especificaciones a continuación detalladas, este Seguro se extiende a cubrir hasta el límite asegurado indicado en las Condiciones Particulares, todas las cantidades que el ASEGURADO tuviera legalmente que pagar por concepto de Responsabilidad Civil Extracontractual por daños corporales y/o materiales ocasionados a terceros, resultantes del incumplimiento de las obligaciones que le competen como propietario, arrendatario o usufructuario del inmueble o de los inmuebles descritos en las Condiciones Particulares.

2. GARANTÍAS Para la aplicación de la presente Cláusula, el ASEG URADO deberá previamente haber cumplido con las Medidas de Seguridad establecidas por la Autoridad competente. Asimismo, no deberá haber alterado el uso del inmue ble o inmuebles descritos en las Condiciones Particulares.

3. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula.

Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula. CLAUSULA DE REPOSICIÓN DE PRODUCTOS

1. COBERTURA

Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, la COMPAÑÍA se reserva el derecho a escoger entre: 1.1 Reponer el producto destruido o averiado por otro de igual clase, o 1.2 Pagar su importe en dinero al precio cotizado en plaza el día del siniestro. Siempre que el valor en cualquiera de los casos no exceda a la suma asegurada y sin perjuicio de aplicar la norma establecida en el Artículo 15º de las citadas Condiciones Generales de Contratación.

2. APLICACIÓN

Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro de Incendio y/o Rayo, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

PRIMA NETA: US$ 33,005.21 PRIMA TOTAL: US$ 40,454.50 (incluido impuestos)

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SLIP ROBO Y/O ASALTO

ASEGURADO: INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU VIGENCIA: ANUAL INTERES ASEGURADO Toda propiedad bienes e intereses, sea de propiedad del Asegurado y/o de terceros que estén bajo el cuidado, custodia y control del Asegurado o por el cual el Asegurado sea responsable, en cualquier lugar de la república, en locales propios y/o de terceros en forma permanente o temporal incluyendo bienes a la intemperie dentro de los predios del asegurado, bajo tierra y cuando los bienes se encuentran en almaceneras y/o depósitos de terceros. UBICACIÓN Cualquier lugar de la República donde el Asegurado tenga interés asegurable. MATERIA DEL SEGURO SUMA ASEGURADA 1- Bienes propios del giro en todos los locales del asegurado y locales de operación Valor Declarado US$ 9´500,546.84 US$ 200,000.00

2 – Hurto de Activos Fijos y Existencias US$ 30,000.00 (Limite agregado anual) 3 – Dinero y/o valores en caja chica US$ 5,000.00 (Limite agregado anual) CLAUSULAS ADICIONALES • Cláusulas Generales de Contratación • Condicionado de Seguros contra Robo y/o Asalto • Nombramiento de Ajustadores • Adelanto del 50% del siniestro • Restitución Automática de la suma asegurada ( Solo Robo por Asalto y/o Fractura) • Propiedades fuera del control del Asegurado • Cláusula de dinero y Valores de propiedad de Terceros hasta US$ 10,000.00 • Cláusula de Armas de Fuego hasta US$ 3,000.00 CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES: • En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma

póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discrecionalidad del Asegurado la cobertura por la cual se realizará el reclamo.

• Se Amplía el plazo del aviso de siniestro a 30 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.

• En caso de siniestro, el Asegurado elegirá la modalidad de indemnización; en caso ésta se produjera con la reposición del bien, la Compañía pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturara al Asegurado el importe correspondiente al deducible.

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DEDUCIBLE Hurto: 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.00 Otras Coberturas: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 300.00 PRIMA NETA: US$ 4,579.77 PRIMA TOTAL: US$ 5,613.42 (incluido impuestos)

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CLAUSULA DE ADELANTO DEL 50% DEL SINIESTRO

1. ALCANCE Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de un eventual siniestro, la COMPAÑÍA se compromete a conceder al ASEGURADO, pagos a cuenta del siniestro por una suma no superior al 50% del valor del mismo, siempre que: 1.1 Un ajustador independiente, aceptado por ambas partes, corrobore que los daños o pérdidas reclamados están cubiertos por la Póliza, autorice el adelanto y fije su monto. 1.2 En caso que los pagos a cuenta por concepto de tales adelantos excedan el monto indemnizable, el ASEGURADO se compromete a reintegrar a la COMPAÑÍA dicho exceso. 2. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Ramo, en cuanto no se hallen modificadas expresamente por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula CLAUSULA DE NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES O AJUSTADO RES DE SINIESTROS 1. ALCANCE 1.1 Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de algún eventual siniestro, el ASEGURADO tiene el derecho de nombrar de común acuerdo con la COMPAÑÍA, a la persona natural o jurídica especializada que proceda a efectuar la liquidación o ajuste del siniestro. 2. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Ramo, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula. CLAUSULA DE RESTITUCIÓN AUTOMÁTICA DE LA SUMA ASEGU RADA

1. COBERTURA

Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, cuando por efecto de un siniestro indemnizable o una pérdida indemnizada por la COMPAÑÍA quede reducida la suma asegurada, ésta será automáticamente restituida, comprometiéndose el ASEGURADO a pagar a la COMPAÑÍA la prima correspondiente, la que se calculará a prorrata del tiempo que falta para el vencimiento de la Póliza, contando a partir de la fecha del siniestro, y teniendo como base el monto en que se redujo la suma asegurada.

2. LIMITACIÓN

El amparo de esta Cláusula no alcanza a la suma asegurada del rubro de dinero efectivo y/o valores.

3. APLICACIÓN

Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro contra Robo y/o Asalto en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y las Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

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CLAUSULA DE PROPIEDADES FUERA DEL CONTROL DEL ASEGU RADO

El Seguro bajo esta Póliza no será afectado por la falta de cumplimiento por parte de terceras personas respecto de las ganancias y otras obligaciones consignadas en la misma, con relación a aquellos bienes en los que EL ASEGURADO no tiene control.

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SLIP DESHONESTIDAD

ASEGURADO: INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU VIGENCIA: ANUAL MATERIA ASEGURADA SUMA ASEGURADA Siete personas con exposición alta de dinero y valores (personal de la Dirección de Tesorería, jefes, responsables del Fondo para Pagos en Efectivo-FPPE, Fondo para Pagos de Caja Chica – FPCH y Personal de apoyo administrativo) US$ 5,000.00 (Limite Agregado Anual) CLAUSULAS ADICIONALES: • Cláusulas Generales de Contratación • Condicionado de Seguros contra Deshonestidad por Cargos • Nombramiento de Ajustadores • Adelanto del 50% del siniestro CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES • La cobertura bajo la póliza es a nivel nacional • El plazo de aviso del siniestro será hasta de 30 días, a fin de evitar su rechazo por

extemporaneidad. DEDUCIBLE • 10% del monto indemnizable mínimo US$ 250.00 PRIMA NETA: US$ 1,550.00 PRIMATOTAL: US$ 1,899.84 (incluido impuestos)

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CLAUSULA DE ADELANTO DEL 50% DEL SINIESTRO 1. ALCANCE Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de un eventual siniestro, la COMPAÑÍA se compromete a conceder al ASEGURADO, pagos a cuenta del siniestro por una suma no superior al 50% del valor del mismo, siempre que: 1.1 Un ajustador independiente, aceptado por ambas partes, corrobore que los daños o pérdidas reclamados están cubiertos por la Póliza, autorice el adelanto y fije su monto. 1.2 En caso que los pagos a cuenta por concepto de tales adelantos excedan el monto indemnizable, el ASEGURADO se compromete a reintegrar a la COMPAÑÍA dicho exceso. 2. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Ramo, en cuanto no se hallen modificadas expresamente por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula CLAUSULA DE NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES O AJUSTADO RES DE SINIESTROS 1. ALCANCE 1.1 Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, en caso de algún eventual siniestro, el ASEGURADO tiene el derecho de nombrar de común acuerdo con la COMPAÑÍA, a la persona natural o jurídica especializada que proceda a efectuar la liquidación o ajuste del siniestro. 2. APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Ramo, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

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INVENTARIO DE BIENES DEL IGP

SETIEMBRE DEL 2010 BIENES EN GENERAL: S/. 27´641,403.32 Detalle en General

Contenido en General incluyendo Equipos Propios del Giro 8,712,177.01

Maquinaria 4,847,371.60 Equipos electrónicos 12,757,681.12 Vehículos 893,121.63 Casetas 310,381.38 Trec 120,670.58 Total 27,641,403.32 UBICACIÓN DE RIESGO Contenido Calle Badajoz 169, Urb. Mayorazgo - Ate 5,952,902.67 Pampas de Ancón Km. 26 y 37.5 - Ancón 302,565.02 Carretera Hyo - Huachac, Junín - Chupaca 1,462,656.05 Mz. F Lote 10 Urb. Camino Real, La Molina 4,641,378.39 Quebrada Jicamarca 9,010,395.66 Estaciones Sísmicas a Nivel Nacional 4,972,945.12 Calle Arequipa 128-168 Urb. Los Libertadores-Chiclayo 8,755.36 Urb. La Marina Mz. Z Lt.19 - Arequipa 156,151.28 Radio Observatorio Astronómico de Sicaya 93,781.60

Sub-total 26,601,531.15

Vehículos 893,122.63

Instalaciones Declaradas en Archivo 146,749.54

Total General 27,641,403.32

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SLIP VEHICULAR

ASEGURADO: INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU VIGENCIA: ANUAL MATERIA ASEGURADA Vehículos según relación adjunta. COBERTURAS

• Daño Propio (choque, vuelco, incendio, Valor Comercial Robo parcial o total, rotura de lunas)

• Responsabilidad Civil frente a terceros c/u $ 100,000 • Responsabilidad Civil en exceso $ 50,000 • Responsabilidad Civil de ocupantes c/u $ 10,000 • Accidentes de ocupantes (según tarjeta de propiedad)

* Muerte e invalidez permanente c/u $ 30,000 * Gastos de curación c/u $ 10,000 * Gastos de Sepelio c/u $ 10,000

• Servicio de grúa y ambulancia por accidente 100% • Accesorios musicales hasta $ 1,000

(exceso al 10% hasta $ 2,000) • Accesorios especiales (Equipos de comunicación, $ 1,500

Extintores, circulinas, otros) • Riesgos de la Naturaleza • Riesgos sociales y políticos tales como huelgas, motín,

conmoción civil, daño malicioso, vandalismo, sabotaje, terrorismo • Ausencia de control 0%,con un mínimo de $1,500 • Responsabilidad civil por ausencia de control c/u $ 20,000 • Auxilio mecánico • Vehículo de reemplazo 20 días

CLAUSULAS ADICIONALES

• Asesoría en caso de accidentes o robo las 24 horas • Cobertura Automática por nuevas adquisiciones • Uso de vías no autorizadas • Restitución automática de nuevas adquisiciones • Libre elección de talleres afiliados a la Cía. De seguros • Riesgos de la naturaleza: la cobertura de riesgos de la naturaleza se extiende a cubrir

las pérdidas o daños materiales que directamente tuvieran su origen o fueran causados por terremoto, lluvia, inundación, huayco, maremoto y/o salida de mar, huracán, ventarrón y cualquier otro evento de la naturaleza o fenómeno meteorológico.

• Servicio de grúa a nivel nacional: en casos que la Cía. No pueda brindar el servicio directamente, se reembolsará al asegurado hasta el monto máximo de la suma asegurada para esta cobertura.

EXONERACION DE DENUNCIA En casos que no involucren a terceras personas se exonera al asegurado de la denuncia policial cuando cumple con comunicar su ocurrencia en forma inmediata a la central de emergencia de la compañía de seguros y permitir a la unidad móvil de la compañía constatar los hechos en los casos siguientes:

• Choque estacionado • Choque y fuga • Choque sin dañosa terceros (por ejemplo, impacto con sardineles, huecos, postes) • Robo parcial

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• Rotura de lunas CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES

• El plazo de aviso de siniestro será hasta 30 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.

• La cobertura de vehículos de reemplazo, se otorga para cualquier tipo de siniestro (automóviles y camionetas solo para la alta dirección)

• En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes se aplicara a discreción del asegurado la cobertura por la cual se realizará el reclamo.

• Se aplicará el mismo deducible para toda y cada una de las coberturas, independientemente de la edad del conductor.

• En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se produjera con la reposición del bien, la compañía pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturará al asegurado el importe correspondiente al deducible.

• Extensión de cobertura para aquellas unidades que por razones operacionales se desplacen fuera del territorio nacional (en zonal limítrofes). En este caso la cobertura se otorgará bajo la modalidad de reembolso.

INDEMNIZACION DE SINIESTROS POR ROBO O PERDIDA TOTA L La indemnización de una pérdida total amparada bajo la presente póliza, se realizará mediante el pago del íntegro del valor indicado en la misma como monto asegurado del vehículo material del reclamo. CONDICIONES ESPECIALES PARA LA CLAUSULA DE AUSENCIA DE CONTROL

• La clausula de ausencia de control es extensiva a todos los conductores, estén o no en la planilla del asegurado.

• La clausula de ausencia de control es extensiva a todos los vehículos, de propiedad del asegurado.

• En caso de siniestros amparados bajo la cobertura de Ausencia de Control, los alcances de la cobertura se extienden a todas las demás coberturas afectadas por el siniestro, tales como accidentes de ocupantes, responsabilidad civil de ocupantes, entre otras.

• No se excluye la cobertura en caso de declaraciones inexactas, errores y/o similares de parte del conductor, cuando hayan sido realizadas sin conocimiento de la empresa o institución.

• La suma asegurada de responsabilidad civil para esta cobertura es el equivalente al monto asegurado de la póliza.

• En caso de aplicar la cobertura de Ausencia de control, la compañía de seguros no repetirá contra los empleados del asegurado.

DEDUCIBLE 10% del monto indemnizable, mínimo $ 150(taller afiliado y no afiliado) más IGV Excepto: Rotura de Lunas Naciones e Importadas Sin cobro de deducible (todo tipo de vehículos) Responsabilidad Civil Sin deducible para daños personales Vehículos de Reemplazo $ 100 por evento Si se acepta reembolso por un importe máximo de US$ 20.00 por día incluido IGV.

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INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU - I.G.P. TODO RIESGO

Nro. PLACA DESCRIPCION Año S.ASEG.

1 PQQ-677 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 2008 $ 19,000.00

2 PQQ-676 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 2008 $ 19,000.00

3 ROZ-018 CMTA. RURAL FORD ECOLINE 2008 $ 13,500.00

4 PIW-367 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER L2-716 2005 $ 15,000.00

5 PIP-377 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 2004 $ 14,000.00

6 RQP-654 CMTA. FORD E-350 XL SUPER DUTY 2004 $ 9,800.00

7 BIZ-624 AUTOMOVIL TOYOTA COROLLA 2002 $ 8,500.00

8 RQB-763 CMTA. RURAL FORD NO METROPOLITANO 2001 $ 8,000.00

9 PIH-289 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 2001 $ 11,000.00

10 RIV-819 CMTA. RURAL SUZUKI VITARA/98 1997 $ 6,000.00

11 RIE-621 CMTA. RURAL DODGE METROPOLITANO 1995 $ 5,200.00

12 XG-5938 CAMION GRUA TOYOTA DYNA 1994 $ 11,000.00

13 PGB-494 CMTA. PICK UP TOYOTA HI LUX 4x4 1994 $ 7,000.00

14 PGB-311 CMTA. PICK UP TOYOTA HI LUX 4x4 1994 $ 7,000.00

15 RGT-447 CMTA. RURAL TOYOTA HIACE 1994 $ 7,000.00

16 OO-6209 CMTA. PICK UP TOYOTA HI LUX 4x4 1993 $ 6,000.00

17 OQ-8987 CMTA. PICK UP TOYOTA HL 4x4 DC 1991 $ 4,800.00

18 CQJ-802 AUTOMOVIL TOYOTA COROLLA 2008 $ 15,000.00

PRIMA NETA: US$ 10,783.27 PRIMA TOTAL: US$ 13,217.05 (incluido impuestos)

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CAPÍTULO IV

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) A. EXPERIENCIA DEL POSTOR (Puntaje por cada ítem) 40 puntos

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios iguales al ítem en el que se presente, durante un periodo a partir de junio del 2007 a la fecha de la presentación de la propuesta hasta por un monto máximo a 5 (cinco) veces el valor referencial. Tal experiencia se acreditará con copia simple de comprobantes de pago cancelados debiendo acreditar fehacientemente la cancelación (sello de cancelación o firma de cancelación o adjuntando copia de la constancia de cancelación o reporte de abono en cuenta) o, en su defecto, con copia de contratos con su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios. En caso los postores acrediten su experiencia con contratos de ejecución periódica que aún se encuentran en ejecución sólo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad del mismo o acreditar fehacientemente el pago (sello de cancelación o firma de cancelación o adjuntando copia de la constancia de cancelación o reporte de abono en cuenta). Si los contratos han sido suscritos como parte de un consorcio, el postor deberá adjuntar el contrato de formalización del mismo a efectos de sumar la experiencia en un porcentaje igual a la participación del postor en dicho consorcio. En caso que no se mencione el porcentaje en el documento, el comité especial asumirá que todos los integrantes del consorcio participaron en forma conjunta en la prestación, correspondiéndole una experiencia igual al resultado de la división del monto del contrato entre el número de integrantes del consorcio. En caso no se adjunte dicho documento, no se considerará ese contrato para el cálculo de la experiencia. En caso el postor presente cuadro resumen indicando que un conjunto de comprobantes de pago pertenecen a una mismo servicio, es preciso señalar que el Comité Especial, verificará que adjunto a dichos comprobantes de pago se encuentre el documento vinculante (Contrato u Orden u constancia) y además que figuren en dichos comprobantes de pago, de manera indubitable, la indicación de que correspondan a una misma contratación, dicha verificación se efectuará en los mismos comprobante de pago; caso contrario, cada comprobante de pago será considerado como una única contratación. El Comité Especial desestimará aquellos documentos sustentatorios que no sean legibles tanto en la descripción del servicio, como en la fecha de emisión, así como en el monto, que conlleve a un criterio subjetivo de interpretación. En caso los contratos o los comprobantes de pago cancelados hayan sido emitidos en dólares, dicho monto será convertido a moneda nacional usando el tipo de cambio del día de suscripción del contrato o de la emisión del comprobante de pago. El tipo de cambio se tomará de la página Web de la SUNAT. Si dicha fuente no contase con la información del día correspondiente, se utilizará el promedio de los datos inmediato anterior e inmediato posterior disponibles. La asignación de puntaje será de acuerdo a lo siguiente:

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• Monto igual o mayor a 5 veces el valor referencial 40 puntos • Monto igual o mayor a 4 veces el valor referencial y menor a 5 veces el valor referencial 30 puntos

• Monto igual o mayor a 3 veces el valor referencial y menor a 4 veces el valor referencial 20 puntos

• Montos menores a 3 veces el valor referencial 00 puntos

B. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO (Puntaje por cada ítem) Hasta 20.00 puntos

Se evaluará en función al número de certificados o constancias que acrediten que el servicio se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades.

El postor deberá presentar como máximo cinco (5) certificados o constancias, para la

calificación.

� Por cada certificado o constancia : 04.00 puntos

El postor que se presenta en Consorcio, de no contar con certificados o constancias como consorcio, se le otorgará el indicado puntaje si todos sus integrantes cuentan con los referidos certificados o constancias.

C. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO Hasta 20.00 Puntos Experiencia del personal (Puntaje por cada ítem) Se calificará el tiempo de experiencia en la especialidad de manejo de cartera de seguros, del sectorista a ser asignado. La experiencia se acreditará con los certificados o constancia de trabajo emitidas por el/los empleadores del sectorista asignado, en el cual se deberá consignar los años de experiencia y/o servicio de la persona asignada. Al personal que no acredite la experiencia con los certificados y/o constancias de trabajo no se le asignará puntaje. Se calificará de la siguiente manera:

EXPERIENCIA LABORAL PUNTAJE Profesional con experiencia mayor a 10 años 20 puntos Profesional con experiencia mayor a 08 años y hasta 10 años

15 puntos

Profesional con experiencia mayor a 05 años y hasta 08 años

10 puntos

D. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS Hasta 20.00 puntos

D.1 Plazo para el pago de siniestros (Puntaje por cada ítem) hasta 05.00 puntos

Al postor que ofrezca el menor plazo al que establece la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Artículo 332º, se le otorgará 05 puntos, a las demás propuestas se les asignará el puntaje proporcional correspondiente, al postor que no oferte un plazo menor al establecido en el referido dispositivo no se le asignara puntaje; el postor que ofrezca un plazo mayor al establecido por la ley será descalificado. El postor deberá presentar su propuesta de plazo de pago de siniestros de acuerdo al formato del Anexo Nº 08.

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El plazo deberá especificarse en días calendarios, los plazos menores a un día calendario se considerarán como un día calendario.

D.2 Mejoras técnicas hasta 15.00 puntos

Se asignará puntaje a las mejoras de orden técnico que presenten los postores

respecto al slip requerido.

MEJORAS PUNTAJE

ITEM Nº 01: Seguros Multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto Deducible mínimo del Equipo Electrónico para Equipos Móviles: US $ 420.00 US $ 400.00 US $ 380.00

4.00 6.00 8.00

Monto mínimo del deducible del seguro Deshonestidad ($250): US $ 200.00 US $ 150.00

4.00 7.00

ITEM Nº 02: Seguro de Vehículos Plazo del vehículo de reemplazo 22 días 24 días

10.00 15.00

ITEM Nº 03: Seguro de Asistencia Medica Beneficio máximo anual por persona: US$ 23,500 US$ 24,000 US$ 24,500

2.00 3.00 5.00

Deducible por consulta crédito ambulatorio: US $ 09.00 y el exceso al 91% US $ 08.00 y el exceso al 92%

03.00 05.00

Deducible por consulta reembolso ambulatorio: US $ 13.00 y el exceso al 93% US $ 10.00 y el exceso al 95%

03.00 05.00

ITEM Nº 04: Seguro de Vida Ley Reduce el porcentaje de la Tasa a ofertar 0.50% 0.47% 0.44%

05.00 10.00 15.00

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.

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CAPÍTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación del servicio de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 Nº… ………………………………. para la contratación de servicio de ………………..(indicar objeto de contratación), a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO ………………………. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a S/……………………………… a todo costo, incluido IGV (de corresponder). Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO14 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en ………………. (indicar moneda), en el plazo de ……………………… (indicar el plazo en el que la Entidad efectuará el pago), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos. CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..……… hasta……………………….(deberá indicarse desde cuándo se computa el plazo de ejecución de las obligaciones a cargo del contratista y hasta cuándo se extienden éstas). CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

14 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la …………………(Indicar

el tipo de garantía). Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato y tiene una vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

En el caso que corresponda consignar lo siguiente: - Garantía por prestaciones accesorias: S/………………, de ser el caso, …………………., a

través de la ………………(Indicar el tipo de garantía) con una vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

NOTA 12: En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 159º del Reglamento, en las contrataciones de servicios que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La garantía de fiel cumplimiento deberá encontrarse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.15

Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para este caso, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo. CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento. CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la

15 De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

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subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley. CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES16 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente (de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse), en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

0.10 x Monto Penalidad Diaria =

F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. NOTA 13: En el caso que se contrate servicios de intermediación laboral (por ejemplo, servicio de seguridad o servicios de limpieza) se deberá incorporar la siguiente causal de resolución: 16 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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“Es causal de resolución del contrato celebrado entre la Entidad y EL CONTRATISTA, la verificación por parte de la Entidad de algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de EL CONTRATISTA. Las entidades están obligadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales que tiene EL CONTRATISTA con los trabajadores destacados; para tal obligación podrán solicitar la inspección de la Autoridad Administrativa de Trabajo”. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de su prestación, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en la Ley y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes. CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS17 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º, 177º y 179º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: VERACIDAD DE DOMICILIOS

Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. NOTA 12: En el caso que se contrate servicios de intermediación laboral (por ejemplo, servicio de seguridad o servicios de limpieza) se deberá incorporar la siguiente cláusula: “CLÁUSULA ……… 17 De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.

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a) Descripción de las labores a realizarse, fundamentando la naturaleza temporal, complementaria o especializada del servicio, en relación con el giro del negocio de la empresa usuaria, y

b) Términos del contrato del personal destacado, para lo cual deberá tenerse en cuenta lo indicado en el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 003-2002-TR”.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al ………………………… “LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE (Fecha) ………………………………….. Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- ………………………………………(nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante legal de la persona jurídica), identificado con DNI Nº ……………….tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP (Primera Convocatoria) BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009, a fin de acreditar a nuestro apoderado: ………………………….………. (nombre del apoderado) identificado con D.N.I. Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.18

………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón Social del postor

18 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas y siempre y cuando el Representante Legal de éste no concurra personalmente al proceso de selección, de lo contrario, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65º del Reglamento.

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FORMATO Nº 02 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP (Primera Convocatoria) BAJO EL ÁMBITO

DEL D.U. Nº 078-2009

SOLICITUD: DE PARTICIPACION A PROCESO DE SELECCIÓN Y NOTIFICACION DE ETAPAS DEL PROCESO La presente tiene a bien consignar mis datos a fin de poder participar al presente proceso de selección y por consiguiente se me realice la notificación de todos los actos

A INFORMACIÓN DE LA PERSONA NATURAL O JURÍDICA 1.-NOMBRE O RAZON SOCIAL……………………………………………………………………………….. 2.-RUC...................................................................................................................... 3.-ACTIVIDAD............................................................................................................... 4.-DOMICILIO LEGAL............................................................................................ 5.-DISTRITO............................................. DEPARTAMENTO.................................... 6.-TELEFONO.................................................. FAX................................................ 7.-PAGINA WEB................................................................................................. 8.-CORREO ELECTRÓNICO (Para Notificaciones)................................................ 9.-OBSERVACIONES........................................................................................ B. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

1.-APELLIDOS Y NOMBRES………………….………………………………………………………………….. 2.-DNI....................................3.-TELEFONO-FAX-CELULAR........................................ C. NOMBRE DE LA PERSONA QUE REGISTRA A LA EMPRESA PARTICIPANTE

APELLIDOS Y NOMBRE.................................................................................................

DNI ….………………………………………CARGO ……………………………………………………………….

El que registra la información de la presente Ficha, solicita en nombre y con autorización de la empresa, ser notificado al correo electrónico consignado en el cuadro precedente, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el periodo que dure dicho proceso. RECEPCION MESA DE PARTES

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ANEXO N° 01

DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- Estimados señores:

El que se suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad: Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC Teléfono Fax Autorización Municipal Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha (Fecha) …………………………………..

.......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL

SERVICIO Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- Estimados Señores: En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de …………………… para …………………., de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases. (Fecha) …………………………………..

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

(*) Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el

cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del Sobre Técnico.

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ANEXO N° 03

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe……………………………. (postor y/o Representante Legal de …………………….), identificado con DNI Nº ................ y RUC Nº …………………., domiciliado en ..........................................; que se presenta como postor del CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP (Primera Convocatoria) BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ………………. ……………, declaro bajo juramento: 1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el

Estado, conforme al artículo 10° de la Ley. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para

efectos del presente proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el

contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº

27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (Fecha) …………………………………..

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

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ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en el CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP (Primera Convocatoria) BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en......................................... OBLIGACIONES DE ……..: % Participación � � OBLIGACIONES DE ……: % Participación � �

(Fecha) ………………………………….. ………………………………………….. …..………………………………….

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1 Representante Legal empresa 2

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ANEXO Nº 05

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- Estimados Señores: El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., luego de conocer las condiciones que se exigen en las presentes Bases, me comprometo a prestar el Servicio de …………………… para ………………….(Consignar nombre de la Entidad convocante), en el plazo de ………………… (Fecha) …………………………………..

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 06

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL (S/.)

ITEM Nº 1: Seguro Multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto TOTAL

CONCEPTO COSTO TOTAL (S/.)

ITEM Nº 2: Seguro de Vehículos TOTAL

CONCEPTO COSTO TOTAL (S/.)

ITEM Nº 3: Seguro de Asistencia Medica TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. (Fecha) …………………………………..

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa

ANEXO Nº 07

CONCEPTO % TASA MONTO TOTAL

(S/.) ITEM Nº 4: Seguro Vida Ley

TOTAL TOTAL

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COMPROMISO DE PRIMAS Y TASAS

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- El que suscribe, representante legal de ........................................................................., identificado con L.E. / D.N.I. N° ........................ y R.U.C. N° .......................... DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada se compromete a lo siguiente:

1. Que la emisión de documentos no estarán afectos a prima mínima. Por cualquier inclusión posterior, el cálculo de la prima se efectuará a prorrata por la tasa cotizada.

2. En caso de contrataciones complementarias de Seguros, se procederá de acuerdo a lo establecido por el artículo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, comprometiéndonos a mantener vigentes por dicho período, las tasas presentadas en la oferta. En caso de requerirse contrataciones complementarias de Seguros, nos comprometemos a mantener las condiciones que dieron lugar a la contratación en virtud al presente proceso de selección, de acuerdo a lo establecido en el artículo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

3. Para la emisión de las notas de abono por devolución de primas, se tendrá en cuenta las tasas ofertadas, el impuesto y derecho de emisión facturados en su oportunidad.

4. Que nos comprometamos a cumplir con la emisión de documentos (como pólizas, endosos, certificaciones, constancias, entre otros) en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento de la Entidad y/o de su asesor de seguros.

5. Nos comprometemos a entregar el reporte de siniestralidad de todas las pólizas que suscriban con nosotros de manera semestral o cuando sea requerido por la entidad y/o su asesor de seguros, el cual incluirá como mínima la siguiente información: � Primas y Siniestros por póliza. � Detalle de los siniestros, indicando como mínimo:

- N° de Póliza - Ramo - Fecha de Siniestro - N° de Siniestro - Causa - Placa de rodaje (Póliza de vehículos) - Nombre de la persona afectada (cuando corresponda, como en el caso de las

pólizas de Accidentes personales, vida ley y similares - Montos en reserva y/o montos pagados - Estado del Siniestro

(Fecha) …………………………………..

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa

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ANEXO Nº 08

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO PARA LA ENTREGA DEL PAGO DE SINIESTROS

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- De nuestra consideración, Para efectos del CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP (Primera Convocatoria) BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009, declaro bajo juramento, que nuestra oferta técnica considera el plazo de ............. días, de consentido el siniestro, para el pago de la indemnización correspondiente. No obstante lo establecido en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Artículo 332º. Atentamente, (Fecha) …………………………………..

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa √ El plazo deberá especificarse en días calendarios, los plazos menores a un día calendario se

considerarán como un día calendario.

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ANEXO Nº 09

DESAGREGADO DE COSTOS

CUADRO Nº 1:

RIESGOS TASA Y/O PRIMA INDIVIDUAL

PRIMA ANUAL NETA

(US $)

DERECHO DE EMISIÓN (US $)

IMPUESTOS (US $)

PRIMA TOTAL (US $)

Seguro Multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto

Vehículos

Asistencia Medica

Vida Ley

TOTALES (US $)

Asimismo, se deberán especificar las Primas por vehículo, de acuerdo al siguiente Cuadro:

CUADRO Nº 2:

Nº PLACA DEL VEHICULO

CLASE DEL VEHICULO

TASA INDIVIDUAL

(%)

PRIMA ANUAL NETA (US $)

DERECHO DE

EMISIÓN (US $)

IMPUESTOS (US $)

PRIMA TOTAL (US $)

1 PQQ-677 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 2 PQQ-676 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4

3 ROZ-018 CMTA. RURAL FORD ECOLINE

4 PIW-367 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER L2-716

5 PIP-377 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 6 RQP-654 CMTA. FORD E-350 XL SUPER DUTY 7 BIZ-624 AUTOMOVIL TOYOTA COROLLA

8 RQB-763 CMTA. RURAL FORD NO METROPOLITANO

9 PIH-289 CMTA. PICK UP NISSAN FRONTIER 4x4 10 RIV-819 CMTA. RURAL SUZUKI VITARA/98 11 RIE-621 CMTA. RURAL DODGE METROPOLITANO 12 XG-5938 CAMION GRUA TOYOTA DYNA 13 PGB-494 CMTA. PICK UP TOYOTA HI LUX 4x4 14 PGB-311 CMTA. PICK UP TOYOTA HI LUX 4x4 15 RGT-447 CMTA. RURAL TOYOTA HIACE 16 OO-6209 CMTA. PICK UP TOYOTA HI LUX 4x4 17 OQ-8987 CMTA. PICK UP TOYOTA HL 4x4 DC 18 CQJ-802 AUTOMOVIL TOYOTA COROLLA TOTAL ($)

---

(Fecha) …………………………………..

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa

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ANEXO Nº 10

DECLARACIÓN JURADA DEL FACTOR DE CALIFICACIÓN: OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL D.U. Nº 078-2009 CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2010-IGP - Primera Convocatoria Presente.- De nuestra consideración, (Nombre y Apellidos del Representante de la empresa), identificado con D.N.I. Nº …………., domiciliado en …………………, Representante Legal de ……….. (Nombre de la empresa) declaro bajo juramento que la empresa que represento, de ser beneficiada con la Buena Pro, para el presente proceso de selección, se compromete a cumplir con las Mejoras al Servicio, de acuerdo al siguiente detalle:

Rubro Detalle Mejora Declarada

Disminuir el deducible mínimo del Equipo Electrónico para Equipos Móviles: (*) ITEM Nº 01: Seguro

Multiriesgo, deshonestidad, robo y/o asalto Reducir el monto mínimo del deducible del seguro Deshonestidad ($250): (*)

ITEM Nº 02: Seguro de Vehículos

Ampliar el plazo del vehículo de reemplazo (*)

Incrementar el Beneficio máximo anual por persona: (*)

Disminuir el deducible por consulta crédito ambulatorio: (*)

ITEM Nº 03: Seguro de Asistencia Medica

Disminuir el deducible por consulta reembolso ambulatorio: (*)

ITEM Nº 04: Seguro de Vida

Ley Reducir la Tasa (*)

NOTAS: (*) Se deberán indicar una de las cantidades, indicadas en el Capitulo V de manera clara, no se aceptarán expresiones

tales como: indefinido; lo suficiente; mayor a …, máximo a .., porcentaje de…, etc. Atentamente, (Fecha) …………………………………..

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa

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ANEXO Nº 11

CURRICULUM VITAE DEL PERSONAL PROPUESTO

APELLIDOS Y NOMBRES : DOMICILIO : TELEFONO :

1. EXPERIENCIA PROFESIONAL/ TÉCNICA: Entidad 1/ Empresa 1 a. Periodo b. Cargo c. Síntesis de funciones …….. Entidad 5/ Empresa 5 a. Periodo b. Cargo c. Síntesis de funciones 2. EDUCACIÓN a. Nivel de estudios b. Estudios afines al requerimiento 3. OTROS a. Estudios de especialización

En mi calidad de Representante Legal de la empresa .............................................. DECLARO BAJO JURAMENTO que los datos e información consignados en el presente formulario se sujetan a la verdad. (Fecha) …………………………………..

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa