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DILIGENCIA.- Las presentes Bases han sido aprobadas por Resolución de la Concejala Delegada de Hacienda, Personal y Servicios Generales de fecha 28 de noviembre de 2008 (nº 2008/5337) Coslada, a . EL SECRETARIO, COSLADA OFERTAS DE EMPLEO BASES GENERALES DE CONVOCATORIA PARA PROVEER SEIS PLAZAS DE CABO Y TRES PLAZAS DE SARGENTO EN EL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE COSLADA 1. Normas generales 1.1 Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la convocatoria de provisión de las plazas relacionadas a continuación, incluidas en la plantilla de este Ayuntamiento y vinculadas a la Oferta de Empleo Público 2008. SEIS PLAZAS DE LA CATEGORÍA DE CABO del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada, subgrupo C2, Nivel de Complemento de Destino 16, escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Ejecutiva, categoría de Cabo TRES PLAZAS DE LA CATEGORÍA DE SARGENTO del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada, subgrupo C1, escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Ejecutiva, categoría de sargento Las retribuciones brutas anuales serán las establecidas en la legislación y en el presupuesto municipal en vigor. A los titulares de las mismas les incumbirá el desempeño de las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; en el artículo 10 de la Ley 4/1992, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 8 y 20 y la disposición adicional primera del Decreto 112/1993, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 14 y 26, del Reglamento del Cuerpo de Policía Local de Coslada. Bases para la provisión de seis plazas de cabo de Policía Local y tres plazas de Sargento de la Policía Local Pág. 1 de 34 OPS-OEP 01/2008 OPS-OEP 02/2008

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COSLADA

COSLADAOFERTAS DE EMPLEOBASES GENERALES DE CONVOCATORIA PARA PROVEER SEIS PLAZAS DE CABO Y TRES PLAZAS DE SARGENTO EN EL CUERPO DE POLICA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE COSLADA

1. Normas generales

1.1 Las presentes bases tienen por objeto la regulacin de la convocatoria de provisin de las plazas relacionadas a continuacin, incluidas en la plantilla de este Ayuntamiento y vinculadas a la Oferta de Empleo Pblico 2008.

SEIS PLAZAS DE LA CATEGORA DE CABO del Cuerpo de Polica Local del Ayuntamiento de Coslada, subgrupo C2, Nivel de Complemento de Destino 16, escala de Administracin Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Polica Local, escala Ejecutiva, categora de Cabo

TRES PLAZAS DE LA CATEGORA DE SARGENTO del Cuerpo de Polica Local del Ayuntamiento de Coslada, subgrupo C1, escala de Administracin Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Polica Local, escala Ejecutiva, categora de sargento

Las retribuciones brutas anuales sern las establecidas en la legislacin y en el presupuesto municipal en vigor.

A los titulares de las mismas les incumbir el desempeo de las funciones establecidas en el artculo 53 de la Ley Orgnica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; en el artculo 10 de la Ley 4/1992, de Coordinacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid, y en los artculos 8 y 20 y la disposicin adicional primera del Decreto 112/1993, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organizacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid, y en los artculos 14 y 26, del Reglamento del Cuerpo de Polica Local de Coslada.

1.2 La cobertura de las plazas se realizar por promocin interna de los Policas y Cabos del Cuerpo de Polica Local del Ayuntamiento de Coslada.

1.3 El sistema selectivo ser el de concurso-oposicin y curso selectivo de formacin en la Academia de Polica.1.4 La presente convocatoria se rige por estas bases y, en lo no regulado en las mismas, se estar a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Rgimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de rgimen local; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Funcin Pblica; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administracin General del Estado y de Provisin de Puestos de Trabajo y Promocin Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administracin General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas bsicas y los programas mnimos a que debe ajustarse el procedimiento de seleccin de los funcionarios de la Administracin Local; Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Funcin Pblica de la Comunidad de Madrid; Ley 4/l992, de 8 de julio, de Coordinacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid, y Decreto 112/1993, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organizacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid, y Reglamento del Cuerpo de Polica Local de Coslada.

1.5 El tribunal responsable de la seleccin no podr aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un nmero superior de aspirantes al de plazas convocadas.

1.6 Las presentes bases vincularn a la Administracin y al tribunal de seleccin que ha de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.

1.7 Las presentes bases solo podrn ser modificadas con sujecin estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

2. Requisitos de los aspirantesa) Ser ciudadano espaol.

b) Haber cumplido los veintin aos y no superar los sesenta antes de la fecha en que termine el plazo de presentacin de instancias.

c) Cumplir las condiciones fsicas y psquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones pblicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la funcin pblica.

e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

f) Acreditar la aptitud fsica mediante la presentacin de un certificado mdico expedido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante rene las condiciones fsicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realizacin de los ejercicios fsicos que figuran especificados en estas bases. En todo caso, este certificado mdico no excluir, en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento mdico descrita en las presentes bases. Dicho certificado ser acreditado con anterioridad a la celebracin de las pruebas fsicas referidas.

g) Estar en posesin del permiso de conducir de la clase A, con una experiencia mnima de dos aos, y de la clase B, con la autorizacin para conducir vehculos prioritarios (BTP), o equivalentes.

h) Declaracin jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

i) Ser miembro del Cuerpo de la Polica Local del Ayuntamiento de Coslada.

Adems de los requisitos sealados los aspirantes debern:

( Para las plazas Cabo:

j) Estar en posesin del titulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria o equivalente.

k) Tener un mnimo de dos aos de antigedad en la categora de Polica.

( Para las plazas de Sargento:

J)Estar en posesin del ttulo de Bachiller o equivalente.

K)Tener un mnimo de dos aos de antigedad en la categora de Cabo.

Todos los requisitos establecidos anteriormente debern ser demostrados documentalmente y reunidos por el aspirante el da que finalice el plazo de presentacin de instancias de la correspondiente convocatoria y durante el tiempo que dure el proceso selectivo, a excepcin del especificado en el apartado h), debiendo acreditarse el permiso de conducir de la clase B en el plazo sealado anteriormente con carcter general para el resto de los requisitos, y los dos aos de experiencia mnima en la conduccin de motocicletas a que autoriza el permiso de la clase A, as como la autorizacin para conducir vehculos prioritarios (BTP), antes de la finalizacin del curso selectivo de formacin.

2.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos relacionados anteriormente, podr acreditarse que se renen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

3. Solicitudes

3.1 Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se extendern en el impreso normalizado que se facilitar gratuitamente a los aspirantes por el Ayuntamiento, sito en la Av. Constitucin, nmero 47, 28820 Coslada, (Madrid), y se dirigirn al Alcalde-Presidente de la Corporacin, debindose presentar dentro del horario correspondiente, en el Registro General de la misma, en horario de apertura establecido, sin perjuicio de lo establecido en el artculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

En este ltimo caso las solicitudes se remitirn mediante correo certificado a la siguiente direccin: Av. Constitucin, 47 Registro General Del Ayuntamiento De Coslada, 28821 Coslada (Madrid) Referencia: Pruebas Selectivas de Cabos de la Polica Local OP-OEP 02/2008 o Referencia: Pruebas Selectivas de Sargento de la Polica Local OP-OEP 03/2008 (segn convocatoria)

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastar con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participacin que renen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en la base anterior.

A la solicitud se adjuntar currculum profesional con constancia de los mritos alegados, ordenados segn el baremo que figura en el anexo I, al que se unir copia compulsada de los justificantes acreditativos de los mismos.

3.2 El plazo de presentacin de instancias ser de veinte das naturales, contados a partir del siguiente al de la publicacin del extracto de la convocatoria en el Boletn Oficial del Estado, en el que deber constar la fecha y nmero de BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que hayan sido publicadas ntegramente las bases de Convocatoria.

3.3 Los derechos de examen sern satisfechos, bien mediante giro postal al Ayuntamiento de Coslada, Avda. Constitucin, 47, indicando en la instancia de solicitud el nmero y fecha del giro postal, bien mediante el pago en cualquier sucursal de La Caixa, con el modelo de Autoliquidacin preparado al efecto, o en el momento de su presentacin en la Tesorera del Ayuntamiento de Coslada (en horario de nueve a trece, de lunes a viernes). Se unir el justificante de pago a la instancia

( Para las plazas Cabo:

Se fijan en la cantidad de once euros (11 ), indicando adems de el nombre completo del aspirante, el texto: Para participar en el proceso selectivo para seis plazas de CABO DE POLICA LOCAL

( Para las plazas Sargento:

Se fijan en la cantidad de catorce euros (14 ), indicando adems de el nombre completo del aspirante, el texto:Para participar en el proceso selectivo para tres plazas de SARGENTO DE POLICA LOCAL.

Los derechos de examen no podrn ser devueltos salvo en el caso de los aspirantes no admitidos al proceso selectivo por no cumplir los requisitos para tomar parte en el mismo.

3.4 Los aspirantes debern aportar obligatoriamente junto con el ejemplar de la instancia, la autorizacin para someterse a las pruebas mdicas que sean necesarias de acuerdo con lo previsto en la Base 8, a efectos de comprobar la aptitud mdica de los mismos segn los criterios establecidos en el anexo correspondiente de las presentes bases reguladoras. Dicha autorizacin se ajustar al modelo recogido en el Anexo V.

4. Admisin de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentacin de instancias, la Concejala Delegada de Personal dictar resolucin en el plazo mximo de un mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, as como el lugar y fecha de publicacin de los miembros del tribunal. Dicha resolucin deber publicarse, en todo caso, en el tabln de anuncios del Ayuntamiento y en la pgina Web www.ayto-coslada.es.

4.2 Asimismo, en dicha resolucin constar la identidad de los aspirantes excluidos, con indicacin de las causas de exclusin.

4.3 Los aspirantes excluidos expresamente, as como los que no figuren en la relacin de admitidos ni en la de excluidos dispondrn de un plazo de diez das hbiles, contados a partir del siguiente a la publicacin de dicha resolucin, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusin o su no inclusin expresa.

4.4 Una vez finalizado el plazo de subsanacin, la Presidencia de la Corporacin dictar resolucin aprobatoria de la relacin definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que deber publicarse en el en el tabln de anuncios del Ayuntamiento, determinndose el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuacin de los aspirantes.

4.5 La publicacin de la resolucin en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ser determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no ser obligatoria la publicacin en dicho BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los sucesivos anuncios, que se efectuarn exclusivamente a travs del tabln de anuncios del Ayuntamiento.

5. Composicin, constitucin y actuacin de los rganos de seleccin

5.1 Composicin. El tribunal calificador de las pruebas selectivas estar compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario municipal propuesto por la Delegacin de Personal

Un funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid, propuesto por la Comunidad de Madrid.

Tres funcionarios propuestos por la Delegacin de Personal

Secretario: Ser el de la Corporacin o funcionario de la misma en quien delegue.

El Presidente, los vocales y el Secretario debern poseer titulacin o especializacin igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

La pertenencia a los rganos de seleccin ser siempre a ttulo individual, no pudiendo ostentarse sta en representacin o por cuenta de nadie.

Al tribunal calificador ser de aplicacin con carcter supletorio, lo dispuesto para los rganos colegiados, en el captulo 2 del ttulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

5.2 Actuacin y constitucin del tribunal calificador.

Para la vlida constitucin del tribunal, a los efectos de la celebracin de sesiones, deliberacin y toma de acuerdos, se requerir la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes, si bien los suplentes podrn intervenir solamente en el caso de ausencias justificas, no pudiendo, por tanto, actuar indistinta y concurrentemente con los titulares.

Todos los miembros del tribunal actuarn con voz y voto, con excepcin del Secretario. La designacin de los miembros del tribunal incluir la de sus respectivos suplentes

Las resoluciones del tribunal calificador se adoptarn por mayora y vincularn a la Administracin, sin perjuicio de que sta, en su caso, pueda proceder a su revisin conforme a los artculos 102 y siguientes de la Ley de rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

Asimismo, adoptar sus decisiones por mayora, mediante votacin nominal y, en caso de empate, se repetir la votacin. Si en una segunda persistiera el empate, ste lo dirimir el presidente con su voto. Para las votaciones se seguir el orden establecido en la resolucin del nombramiento de los miembros del tribunal, votando siempre en ltimo lugar el presidente. Sus acuerdos slo podrn ser impugnados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn. El tribunal continuar constituido hasta tanto no se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

El tribunal se clasifica en la tercera categora, conforme a lo preceptuado en el artculo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

La composicin de los ejercicios se realizar en sesin nica coincidente con la fecha de la prueba, los ejercicios sern propuestos por cada miembro debiendo procurarse que el ejercicio o ejercicios elegidos no coincidan plenamente con los propuestos por cualquier miembro del Tribunal.El secretario y las actas. Los acuerdos y anuncios se publicarn en la Intranet.

5.3 Abstencin y recusacin. Debern abstenerse de formar parte en el tribunal de seleccin, notificndolo a la autoridad convocante, aquellas personas en quienes se d alguna de las circunstancias sealadas en el artculo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn. Asimismo, los aspirantes podrn recusar a los miembros del mismo cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

Asimismo, no podrn formar parte de los tribunales aquellos funcionarios que, en el mbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formacin o preparacin de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco aos anteriores a la publicacin de la correspondiente convocatoria.

5.4 Impugnacin. Contra las resoluciones de los rganos de seleccin y sus actos de trmite si estos ltimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensin o perjuicio irreparable a derechos e intereses legtimos, podr interponerse recurso de alzada ante el rgano competente.

6. Desarrollo de las pruebas selectivas

6.1 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de celebracin de las restantes pruebas se publicarn en el tabln de anuncios del Ayuntamiento con doce horas, al menos, de antelacin al comienzo de la prueba, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si se trata de uno nuevo, as como por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su mxima divulgacin.

6.2 El orden de actuacin de los aspirantes se iniciar alfabticamente por el primero de la letra que resulte del sorteo pblico celebrado por la Secretara de Estado para la Administracin Pblica para el ao correspondiente a que se refiere el artculo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administracin General del Estado y de Provisin de Puestos de Trabajo y Promocin Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administracin General del Estado.

6.3 En cualquier momento, los miembros del tribunal podrn requerir a los opositores la acreditacin de su identidad. En la correccin y calificacin de los ejercicios escritos deber garantizarse siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

6.4 Los aspirantes sern convocados para cada ejercicio en llamamiento nico, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realizacin del ejercicio, los cuales sern libremente apreciados por el tribunal. A los efectos previstos en este apartado, el llamamiento se considerar nico, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realizacin del ejercicio que as lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesin a la que hayan sido convocados.

6.5 Desde la terminacin de una prueba y el comienzo de la siguiente deber transcurrir un plazo mnimo de cuarenta y ocho horas.

7. Procedimiento de seleccin

7.1 El procedimiento de seleccin constar de las siguientes fases de carcter sucesivo y eliminatorio:

Concurso-oposicin.

Curso selectivo de formacin.

8. Desarrollo de la fase de concurso-oposicin

8.1 Concurso. La fase de concurso ser previa a la de oposicin y no tendr carcter eliminatorio. Consistir en la calificacin de los mritos alegados en el currculum profesional, y debidamente acreditados por los aspirantes, a travs de su expediente personal o de justificantes adjuntos al currculum, de acuerdo con el baremo de mritos que consta en el anexo I. Solo podrn valorarse aquellos mritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisin de instancias de la correspondiente convocatoria.

8.2 Oposicin. Las pruebas a superar, en la fase de oposicin, sern las siguientes, todas y cada una de ellas eliminatorias:

8.2.1.- Reconocimiento mdico. Con sujecin a un cuadro de exclusiones, detallado en el anexo III, que garantizar la idoneidad del opositor para la funcin a desempear.

8.2.2.- Pruebas psicotcnicas, homologadas por la Academia de Polica Local de la Comunidad de Madrid, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los aspirantes son los ms adecuados para la funcin policial a desempear. Las pruebas se homologarn en funcin de los perfiles adecuados al puesto a cubrir, elaborados a tal efecto por la Academia de Polica local de la Comunidad de Madrid.

8.2.3.- Pruebas fsicas, adecuadas a la especialidad necesaria para las funciones a realizar y tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinacin. Las pruebas fsicas a superar sern las siguientes:

1. Carrera de velocidad sobre 60 metros.2. Carrera de resistencia sobre 800 metros.

3. Salto de longitud con los pies juntos.

4. Lanzamiento de baln medicinal.

Estos ejercicios se realizarn con arreglo a las normas que figuran en el anexo II. Previo acuerdo del tribunal, se podr realizar el pertinente control antidopaje a cualquiera de los aspirantes. Con anterioridad a la realizacin de los ejercicios fsicos, los aspirantes debern presentar al tribunal el certificado mdico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio al que se refiere el apartado f) de la base 2, Requisitos de los aspirantes.

Con carcter excepcional, podrn ser declarados exentos de la realizacin de todas o alguna de las pruebas fsicas, a aquellos aspirantes, funcionarios del Cuerpo de Polica Local, que hayan resultado disminuidos, por accidente profesional acaecido con motivo del ejercicio de la funcin policial, en sus condiciones fsicas.

La acreditacin de tal circunstancia se realizar mediante certificado mdico expedido por la mutua patronal del Ayuntamiento.1. Para las plazas Cabo:

8.2.4.- Prueba de conocimientos, que incluir dos exmenes que se realizarn sucesivamente.

El primero consistir en la contestacin por escrito de un test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas cada una de ellas de las cuales slo una ser correcta, y que versarn sobre los temas reflejados en el anexo IV. El tiempo de duracin del ejercicio no podr exceder de una hora y treinta minutos. Cada pregunta contestada correctamente tendr un valor de 0,10 puntos y cada pregunta contestada incorrectamente restar a la puntuacin obtenida un valor de 0,05 puntos.

El segundo consistir en contestar por escrito un supuesto prctico, relacionado con las funciones a desarrollar por los cabos de la Polica Local, en un plazo no superior a una hora. Para el supuesto prctico se utilizar un ordenador personal y se valorarn aspectos como idoneidad tcnica y realista de la solucin propuesta, completitud de la respuesta y redaccin clara.

2. Para las plazas Sargento:

8.2.5.- Prueba de conocimientos, que consistir en la contestacin por escrito de un test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas cada una de ellas de las cuales slo una ser correcta, que versarn sobre los temas reflejados en el anexo IV. El tiempo de duracin del ejercicio no podr exceder de una hora y treinta minutos. Cada pregunta contestada correctamente tendr un valor de 0,10 puntos y cada pregunta contestada incorrectamente restar a la puntuacin obtenida un valor de 0,05 puntos. Se calificar de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mnimo de 5 puntos.

8.2.6.- Defensa de la memoria profesional. Los aspirantes presentarn en llamamiento nico un proyecto profesional relacionado con el puesto de trabajo a desempear sobre las materias siguientes:

Organizacin de una de las siguientes unidades:

Polica judicial.

Trafico.

Atestados e Investigaciones de accidentes.

Seguridad Ciudadana.

Medio Ambiente.

De apoyo a la Comunidad Educativa.

De Proteccin y atencin a la familia

De Asuntos Internos

Planes estratgicos o de organizacin sobre:

Coordinacin con CNP.

De seguridad ciudadana.

De Gestin de Calidad.

De Movilidad.

De Polica de Proximidad.

De proteccin de personalidades municipales

Nuevas Tecnologas aplicadas a la gestin policial.

Dicha memoria ser presentada por escrito, con una extensin mxima de veinticinco pginas incluida la portada mecanografiadas a ordenador con interlineado sencillo y tipo de letra Arial 11 o equivalente. Se entregar en papel por quintuplicado al secretario del tribunal, al siguiente da hbil del anuncio de la convocatoria de esta fase y el secretario le entregar un recib del mismo. Deber avisar mediante escrito dirigido al presidente del tribunal con una antelacin de 48 horas si utilizara otros medios audiovisuales que no sean ordenador y proyector, debindolos aportar en este caso el aspirante.

La memoria ser defendida oralmente ante el tribunal calificador en un tiempo mximo de 15 minutos, pudiendo utilizar para ello el apoyo de tcnicas audiovisuales disponibles, as como los materiales elaborados por el mismo.

9. Calificacin de la fase de concurso-oposicin

9.1 Concurso. La calificacin definitiva del concurso vendr dada por la suma de todos los puntos obtenida por aplicacin del baremo de mritos establecido en el correspondiente anexo I de las presentes bases.

9.2 Oposicin. Las diferentes pruebas de la oposicin sern calificadas de la siguiente forma:

9.2.1.- Reconocimiento mdico: se calificar de apto o no apto.

9.2.2.- Pruebas psicotcnicas: la calificacin ser de apto o no apto.

9.2.3.- Pruebas fsicas: se calificarn de 0 a 10 puntos. Cada una de ellas ser eliminatoria, siendo necesario obtener un mnimo de cinco puntos para pasar a la siguiente. Se obtiene la nota final a travs de la media aritmtica correspondiente al conjunto de las pruebas.

Cada una de las pruebas fsicas en las que los aspirantes fueran declarados exentos de realizarlas, se puntuarn con 5 puntos.3. Para las plazas Cabo:

9.2.4.- Prueba de conocimientos: se calificar de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mnimo de 5 puntos en cada uno de los dos ejercicios. La nota final ser la media aritmtica de las dos notas, siempre que ambas sean superiores a cinco. En el caso prctico, la puntuacin final de cada aspirante en esta prueba ser igual al cociente resultante de dividir el total de la suma de las calificaciones emitidas por cada miembro del tribunal entre el nmero de miembros asistentes de ste.

4. Para las plazas Sargento:

9.2.5.- Prueba de conocimientos. : que consistir en la contestacin por escrito de un test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas cada una de ellas, que versarn sobre los temas reflejados en el anexo IV. El tiempo de duracin del ejercicio no podr exceder de una hora y treinta minutos. Cada pregunta contestada correctamente tendr un valor de 0,10 puntos y cada pregunta contestada incorrectamente restar a la puntuacin obtenida un valor de 0,05 puntos. Se calificar de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mnimo de 5 puntos.

9.2.6.- Memoria profesional. Se calificar de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mnimo de cinco puntos para superarla. Se valorar especialmente el contenido y la originalidad, tambin la presentacin escrita de la Memoria.

Una vez finalizada la exposicin de cada aspirante cada miembro del tribunal realizar una pregunta de contestacin breve y concisa sobre el proyecto.

Este ejercicio tambin se valorar la claridad y sntesis de la exposicin y la contestacin satisfactoria a cada una de las preguntas realizada.

Para la valoracin y calificacin de las pruebas psicotcnicas, fsicas y de reconocimiento mdico, se requerirn los servicios de personal especializado, que emitir, con arreglo a las condiciones de la convocatoria, su informe, a la vista del cual el tribunal resolver.

La calificacin definitiva de la fase de oposicin ser la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable.

9.3 Calificacin final del concurso-oposicin.

5. Para las plazas de cabo

9.3.1.- La calificacin final de cada aspirante en la fase de concurso-oposicin se realizar mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada una de las pruebas puntuables de la fase de oposicin.

6. Para las plazas de sargento

9.3.2.- La calificacin final de cada aspirante en la fase de concurso-oposicin se realizar mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada una de las pruebas puntuables de la fase de oposicin.

9.3.3.- El orden de colocacin de los aspirantes en la lista de aprobados se establecer de mayor a menor puntuacin, no pudiendo el tribunal proponer, como Cabo de la Polica Local en Prcticas o como Sargento de la Polica Local en Prcticas (segn convocatoria), un nmero superior de aspirantes al de plazas convocadas.

9.3.4.- En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuacin obtenida por los aspirantes en el concurso-oposicin, se seguirn los siguientes criterios para resolverlo, por orden de preferencia:

a) Mayor puntuacin obtenida en la de conocimientos.

b) Mayor puntuacin obtenida en las pruebas fsicas.

c) Mayor puntuacin obtenida en la fase de concurso de mritos.

d) En caso de persistir el empate se hara un sorteo.

10. Nombramiento de Cabo o Sargento en prcticas

10.1 Publicada la relacin de aprobados en la fase de concurso-oposicin, se proceder al nombramiento de los Cabo en prcticas o Sargento en prcticas (segn convocatoria).

10.2 Los nombrados percibirn, durante el perodo del curso selectivo de formacin, las retribuciones equivalentes al sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al subgrupo D de funcionarios de la Ley 30/1984 (para Cabo) o correspondientes al subgrupo C de funcionarios de la Ley 30/1984 (para Sargento). Al ser nombrado funcionario de la Administracin Pblica convocante, podr optar por seguir percibiendo el mismo sueldo, trienios, pagas extraordinarias y dems emolumentos que correspondan a su plaza de origen durante el mencionado perodo.

10.3 Al aspirante que resulte nombrado Cabo en prcticas o Sargento en prcticas (segn convocatoria) se le comunicar la fecha en que deber presentarse en la Academia de polica local de la Comunidad de Madrid para dar comienzo al curso selectivo de formacin, momento desde el que empezar a percibir la retribucin econmica establecida. En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se le considerar decado en su derecho.

11. Curso selectivo de formacin

11.1 Ser requisito indispensable, en cuanto segunda fase del proceso selectivo, superar el curso selectivo de formacin en la Academia de Polica Local de la Comunidad de Madrid, cuya duracin no ser inferior a tres meses.

Durante la realizacin del curso selectivo, los funcionarios en prcticas estarn sometidos al Reglamento de Rgimen Interior de la Academia Regional de Estudios de Seguridad, aprobado por Orden 1334/1994, de 22 de septiembre. De no superar el curso selectivo de formacin, el aspirante no podr tener acceso al nombramiento definitivo como Cabo de la Polica Local o Sargento de la Polica Local (segn convocatoria)

12. Calificacin del curso selectivo de formacin

12.1 El curso selectivo de formacin ser calificado de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mnimo de cinco puntos para superarlo, resultando de aplicacin, las prescripciones que al respecto se encuentran contenidas en el Reglamento de Rgimen Interior de la Academia de polica local de la Comunidad de Madrid, aprobado por Orden 1334/1994, de 22 de septiembre.

12.2 Quien no supere en su totalidad el curso perder los derechos adquiridos por la superacin del concurso-oposicin, y quedar excluido definitivamente del proceso selectivo.

13. Calificacin definitiva del proceso de seleccin

La calificacin definitiva del proceso de seleccin vendr dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso-oposicin, y la correspondiente al curso selectivo de formacin, establecindose en tal suma la siguiente ponderacin:

(COP 0,40) + (CS 0,60)

Donde COP es la calificacin obtenida en la fase de concurso-oposicin y CS es la calificacin obtenida en el curso selectivo de formacin.

14. Propuesta final y nombramiento como funcionario de carrera

14.1 Realizada la calificacin definitiva, el tribunal elevar a la Alcalda-Presidencia la propuesta de nombramiento como Cabo de la Polica Local en propiedad o como Sargento de la Polica Local en propiedad, de aqul que hubiera superado todo el proceso.

Una vez aprobada la propuesta por la Alcalda-Presidencia, el aspirante nombrado deber tomar posesin en el plazo de veinte das naturales, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Aquel aspirante que no tome posesin en el plazo sealado sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor, decaer en sus derechos. Dicho nombramiento deber publicarse en el Boletn Oficial de la Comunidad de Madrid.

Con carcter previo al nombramiento, los aspirantes propuestos debern presentar en el Registro Municipal la documentacin exigida en la Base 2.

14.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos demostrativos, podr acreditarse que se renen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

14.3 Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentacin, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos sealados en la Base 2, no podrn ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud de participacin.

15. Rgimen de impugnacin

Las bases de convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la actuacin del tribunal calificador, podrn ser impugnadas en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas.

ANEXO IBAREMO DE MRITOS APLICABLES A LA FASE DE CONCURSO

Fase de concurso plazas de Cabo

1. Antigedad en la Polica Local. No se contabilizarn en este apartado los dos aos que se requieren para acceder a la convocatoria. Hasta un mximo de 4 puntos:

1. Por cada ao de empleo en la categora de polica en el Cuerpo de Polica Local de Coslada o fraccin superior a seis meses: 0,20 puntos.

2. Por cada ao de empleo en la categora de polica en cualquier otro Cuerpo de Polica Local de la Comunidad de Madrid: 0,15 puntos.

2. Formacin, hasta un mximo de 5 puntos, cursos:Solamente sern valoradas aquellas certificaciones de cursos, seminarios o jornadas de formacin en las que conste fecha de realizacin y nmero de horas de formacin.

Los cursos se puntuarn a 0,01 puntos por hora lectiva acreditada.

2.1. Cursos de actualizacin o especializacin profesional. Se valorarn los cursos impartidos por la Academia de Polica Local de la Comunidad de Madrid, los impartidos en el Plan de Formacin Continua del Ayuntamiento de Coslada, as como los impartidos por otras instituciones u organismos pblicos, siempre que estn relacionados con las funciones policiales a desempear.

2.2. Cuando la participacin sea como docente se valorar en un 50% ms.

Los cursos de formacin realizados en la Academia de Polica Local de la Comunidad de Madrid o antiguo Instituto Superior de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid (ISES-CAM) o en la antigua Academia Regional de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid (ARES),se valorarn con un 20% ms de lo especificado para cada supuesto.

2.3. Asistencia a encuentros, jornadas, seminarios o congresos. Se valorarn las acciones formativas impartidas por la Academia de Polica de la Comunidad de Madrid, los impartidos por el Plan de Formacin Continua del Ayuntamiento de Coslada, as como los impartidos por otras instituciones u organismos pblicos, siempre que estn relacionados con las funciones policiales a desempear.

Las jornadas se puntuarn a 0,01 puntos por hora lectiva acreditada.

La puntuacin mxima en este apartado no podr superar 1 punto.

3. Titulacin superior a la exigida, slo se valorar un ttulo y de los presentados, el que sea de superior grado acadmico:

- Estar en posesin del Ttulo de Bachillerato Unificado Polivalente o equivalente: 0.5 puntos.

- Por cada ttulo de diplomado universitario o equivalente, se valorar: 1 punto.

- Por cada ttulo de doctor, licenciado universitario o equivalente, se valorar: 2 puntos.

En el caso de la licenciatura, cuando esta se compute no se podr contabilizar como mritos la Diplomatura necesaria para la obtencin de la misma.

4. Felicitaciones y medallas de cualquier Administracin relacionadas con temas policiales, de seguridad y gestin de la Administracin pblica, mximo 1 punto:

Por cada medalla otorgada por cualquier Administracin, tanto Estatal, Autonmica o Local relacionada con seguridad, polica o gestin de la Administracin pblica: 0,50 puntos.

Felicitaciones del Pleno del Ayuntamiento: 0,30 puntos.

Felicitaciones del Alcalde del Ayuntamiento: 0,20 puntos.

Felicitaciones del Concejal-Delegado: 0,10 puntos.

Fase de concurso plazas de Sargento

1. Antigedad, hasta un mximo de 5 puntos:

Por cada ao de empleo en la categora de polica en el Cuerpo de Polica Local de Coslada: 0,30 puntos.

Por cada ao de empleo en la categora de polica en cualquier otro Cuerpo de Polica Local de la Comunidad de Madrid: 0,20 puntos.

Por cada ao de empleo en la categora de cabo en el Cuerpo de Polica Local de Coslada: 0,50 puntos.

2. Formacin, hasta un mximo de 5 puntos, cursos:

Los cursos se puntuarn a 0,01 puntos por hora lectiva acreditada.

2.1. Cursos de actualizacin o especializacin profesional. Se valorarn los cursos impartidos por la Academia de Polica Local de la Comunidad de Madrid, los impartidos en el Plan de Formacin Continua del Ayuntamiento de Coslada, as como los impartidos por otras instituciones u organismos pblicos, siempre que estn relacionados con las funciones policiales a desempear.

2.2. Cuando la participacin sea como docente se valorar en un 50 por 100 ms.

Los cursos de formacin realizados en la Academia de Polica Local de la Comunidad de Madrid o antiguo Instituto Superior de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid (ISES-CAM) o en la antigua Academia Regional de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid (ARES),se valorarn con un 20 por 100 ms de lo especificado para cada supuesto.

2.3. Asistencia a encuentros, jornadas, seminarios o congresos. Se valorarn las acciones formativas impartidas por la Academia de Polica de la Comunidad de Madrid, los impartidos por el Plan de Formacin Continua del Ayuntamiento de Coslada, as como los impartidos por otras instituciones u organismos pblicos, siempre que estn relacionados con las funciones policiales a desempear.

Las jornadas se puntuarn a 0,01 puntos por hora lectiva acreditada.

La puntuacin mxima en este apartado no podr superar 1 punto.

3. Titulacin superior a la exigida, slo se valorar un ttulo y de los presentados, el que sea de superior grado acadmico:

Por cada ttulo de diplomado universitario o equivalente, se valorar: 1 punto.

Por cada ttulo de doctor, licenciado universitario o equivalente, se valorar: 2 puntos.

En el caso de la licenciatura, cuando esta se compute no se podr contabilizar como mritos la Diplomatura necesaria para la obtencin de la misma.

4. Felicitaciones y medallas de cualquier Administracin relacionadas con temas policiales, de seguridad y gestin de la Administracin pblica, mximo 1 punto:

Por cada medalla otorgada por cualquier Administracin, tanto Estatal, Autonmica o Local relacionada con seguridad, polica o gestin de la Administracin pblica: 0,50 puntos.

Felicitaciones del Pleno del Ayuntamiento de Coslada: 0,30 puntos.

Felicitaciones del Alcalde del Ayuntamiento de Coslada: 0,20 puntos.

Felicitaciones del Concejal-delegado: 0,10 puntos.

ANEXO II.PRUEBAS FSICAS

Estas pruebas se realizarn por el orden en que estn relacionadas y cada una ser eliminatoria para pasar a realizar la siguiente.

16. Carrera de velocidad sobre 60 metros

16.1 Disposicin: el aspirante se colocar en el lugar sealado al efecto, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.

16.2 Ejecucin: la propia de una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mnimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la FIAA (Federacin Internacional de Atletismo).

16.3 Medicin: podr ser manual, duplicndose en este caso los cronos por cada calle ocupada por un aspirante, tomndose el tiempo medio de las dos mediciones.

16.4 Intentos: se efectuar un solo intento.

16.5 Invalidaciones:

Cuando realice un mismo aspirante dos salidas falsas.

Cuando obstaculice o moleste de cualquier forma a otro corredor, pudiendo repetir la prueba el corredor obstaculizado.

Cuando no se mantenga desde la salida a la meta en la calle asignada, a excepcin de cuando se deba a causa ajena a su voluntad y no obtenga una ventaja material.

16.6 Marcas mnimas y calificacin. Las establecidas en el cuadro que se refleja al final del anexo. Las marcas intermedias se calificarn con la puntuacin ms baja y ms prxima a la misma:

17. Carrera de resistencia sobre 800 metros

17.1 Disposicin: el aspirante se colocar en la pista en el lugar sealado, pudiendo realizar la salida de pi o agachado, sin tacos de salida.

17.2 Ejecucin: la propia de este tipo de carrera, adaptada a los requisitos mnimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la FIAA (Federacin Internacional de Atletismo), corrindose desde la salida por calle libre.

17.3 Medicin: podr ser manual, duplicndose en este caso los cronos por cada calle ocupndose por un aspirante, tomndose el tiempo medio de las dos mediciones.

17.4 Intentos: se efectuar un solo intento.

17.5 Invalidaciones:

Cuando se realicen por un mismo aspirante dos salidas falsas.

Cuando se obstaculice, se impida el avance o se empuje intencionadamente a otro corredor.

Cuando se abandone voluntariamente la pista durante la carrera, no permitindose el continuar la prueba.

17.6 Marcas y puntuaciones: las establecidas en el cuadro que se refleja al final del anexo. Las marcas intermedias se calificarn con la puntuacin ms baja y ms prxima a la misma.

18. Salto de longitud con los pies junto

18.1 Disposicin: el aspirante colocar la punta de ambos pies a la misma distancia del borde de una lnea de un metro de largo por 0,05 metros de ancho, marcada en el suelo, paralela al foso de salto y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior al mismo.

18.2 Ejecucin: cuando se halle dispuesto, el aspirante, con los pies apoyados en el suelo, flexionar y extender rpidamente el tren inferior, proyectando el cuerpo hacia delante, para caer al foso y abandonar el mismo por la parte delantera.

18.3 Medicin: se efectuar desde la parte de la lnea ms alejada del foso hasta la huella del aspirante ms cercana a la lnea de partida, sobre la arena del foso.

18.4 Intentos: se podrn realizar tres intentos como mximo, puntundose el mejor.18.5 3.5. Invalidaciones:

a) Es nulo el salto, en el que una vez separados totalmente los pies del suelo, vuelvan a apoyarse para el impulso definitivo.

b) Es nulo el salto en el que el aspirante pise la lnea en el momento de impulsarse.

c) Es nulo el salto en el que el aspirante no realice el primer apoyo en la cada con los pies.

3.6. Marcas mnimas y calificacin. Las establecidas en el cuadro que se refleja al final del anexo. Las marcas intermedias se calificarn con la puntuacin ms baja y ms prxima a la misma:

19. Lanzamiento de baln medicinal

4.1. Disposicin: el aspirante se colocar frente a una lnea marcada en el suelo, de un metro de larga por 0,05 metros de ancho y paralela a la zona de lanzamiento, con la punta de ambos pies a la misma distancia de dicha lnea.

4.2. Ejecucin: cuando el aspirante est dispuesto, tomar el baln medicinal con ambas manos y lanzar el mismo, sacndole desde atrs y por encima de la cabeza envindole lo ms lejos posible.

4.3. Medicin: se efecta desde la parte anterior de la lnea de lanzamiento hasta la marca ms prxima a la misma de la primera huella que deje el baln en su cada.

4.4. Intentos: podrn realizarse tres intentos, como mximo, puntuando el mejor de los tres.

4.5. Invalidaciones: constituirn lanzamientos nulos:a) Cuando el aspirante pise la lnea.

b) Cuando el aspirante no tenga las puntas de los pies a la misma distancia de la lnea de lanzamiento.

c) Cuando el aspirante sobrepase la lnea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con cualquier parte del cuerpo.

d) Cuando el aspirante haga el lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los dos pies, o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrs.

e) Cuando el aspirante efecte el lanzamiento con una sola mano.

4.6. Marcas: mnimas y calificacin. Las establecidas en el cuadro que se refleja al final del anexo. Las marcas intermedias se calificarn con la puntuacin ms baja y ms prxima a la misma:

Cuadro de calificacin prueba baln medicinal(hombres, 5 kg; mujeres, 3 kg)

SISTEMA DE CALIFICACIN DE LOS EJERCICIOSPARA LAS PLAZAS DE CABO Y SARGENTO

MUJERES

PRUEBASPUNTUA-

ClONMENOR 2626 - 3031 - 3536 -4041 - 45MAYOR 45

Carrera De

Velocidad 60 mts.

(seg.undos,

dcimas10

9

8

7

6

58,30 o Menos

8,72

9,14

9,56

9,98

10,409,10 a Menos

9,50

10,00

10,30

10,70

11,0010,00 o Menos

10,40

10,80

11,20

11,60

12,0011,00 o Menos

11,40

11,80

12,20

12,60

13,0012,00 o Menos

12,40

12,80

13,20

13,60

14, 0013,00 o Menos

13,40

13,80

14,20

14,60

15,00

Carrera De

resistencia 800

mts. (minutos,

seg.undos)10

9

8

7

6

52;35 o Menos

2,45

2,55

3,05

3,15

3,253,00 o Menos

3,10

3,20

3,30

3,40

3,503,25 o Menos

3,35

3,45

3,55

4,05

4,153,50 o Menos

4,00

4,10

4,20

4,30

4,404,15 Menos

4,25

4,35

4,45

4,55

5,054,40 o Menos

4,50

5,00

5,10

5,20

5,30

Lanzamiento De baln Medicinal 3 Kg. (metros)10

9

8

7

6

510,50 o ms

9,50

8,50

7,50

6,50

5,509,50 o ms

8,50

7,50

6,50

5,50

5,008,50 o ms

7,50

6,50

5,50

4,50

4,007,50 o ms

6,50

5,50

4,50

4,00

3,506,50 o ms

5,50

4,50

4,00

3 50

3,005,50 o ms

4,50

3,50

3,00

2,50

2,00

Salto De

longitud con

los pies juntos

(metros)10

9

8

7

6

52,85 o ms

2,65

2,45

2,25

2,05

1,852,55 o ms

2,40

2,25

2,10

1,90

1,702,25 o ms

2,15

2,05

1,85

1,70

1,551,90 o ms

1,80

1,70

1,60

1,50

1,401,70 o ms

1,60

1,50

1,40

1,30

1,201,50 o ms

1,40

1,30

1,20

1,10

1,00

HOMBRES

PRUEBASPUNTUA-

ClONMENOR 2626 - 3031 - 3536 -4041 - 45MAYOR 45

Carrera De

Velocidad 60 mts.

(seg.undos,

dcimas10

9

8

7

6

57,00 o Menos

7,42

7,84

8,20

8,68

9,108,00 o Menos

8,40

8,80

9,20

9,60

10,009,00 o Menos

9,40

9,80

10,20

10,60

11,0010,00 o Menos

10,40

10,80

11,20

11,60

12,0011,00 o Menos

11,40

11,80

12,20

12,60

13,0012,00 o Menos

12,40

12,80

13,20

13,60

14,00

Carrera De

resistencia 800

mts. (minutos,

seg.undos)10

9

8

7

6

51,55 o Menos

2,05

2,15

2,25

2,35

2,452,20 o Menos

2,30

2,40

2,50

3,00

3,102,45 o Menos

2,55

3,05

3,15

3,25

3,353,10 o Menos

3,20

3,30

3,40

3,50

4,003,35 O Menos

3,45

3,55

4,05

4,15

4,254,00 o Menos

4,10

4,20

4,30

4,40

4,50

Lanzamiento De baln Medicinal 5 Kg. (metros)10

9

8

7

6

510,50 o ms

9,50

8,50

7,50

6,50

5 509,50 o ms

8,50

7,50

6,50

5,50

5,008,50 o ms

7,50

6,50

5,50

4,50

4,007,50 o ms

6,50

5,50

4,50

4,00

3,506,50 o ms

5,50

4,50

4,00

3,50

3,005,50 o ms

4,50

3,50

3,00

2,50

2,00

Salto De

longitud con

los pies juntos

(metros)10

9

8

7

6

53,15 o ms

2,95

2,75

2,55

2,35

2,152,90 o ms

2,75

2,60

,2,40

2,20

2,052,65 o ms

2,55

2,40

2,25

2,10

1,952,40 o ms

2,30

2,20

2,10

2,00

1,852,15 o ms

2,05

1,95

1,85

1,75

1,651,90 o ms

1,80

1,70

1,60

1,50

1,40

ANEXO IIICUADRO DE EXCLUSIONES

1. Relacin peso-talla

1.1. El peso mximo admitido se deduce de la siguiente frmula: P = (T - 100) + 20.1.2. El peso mnimo admitido se deduce de la siguiente frmula: P = (T - 100) - 20.Siendo P = peso expresado en kilogramos y T = talla expresada en centmetros.

2. Exclusiones circunstancialesEnfermedad o lesiones agudas de solucin mdica o quirrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones propias de la plaza convocada.

En tales casos, el tribunal calificador de las pruebas selectivas, con el asesoramiento necesario, podr fijar un nuevo plazo para comprobar el estado del aspirante, al final del cual la asesora facultativa certificar si persiste la situacin, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de la exclusin circunstancial.

3. Exclusiones definitivas de carcter especfico3.1. Ojo y visin:3.1.1. Agudeza visual espontnea remota inferior a 2/3 (dos tercios) en ambos ojos, con o sin correccin, segn la escala de Wecker.

3.1.2. Hemianopsias.

3.1.3. Discromatopsias.

3.1.4. Desprendimiento de retina.

3.1.5. Estrabismo.

3.2. Odoy audicin: agudeza auditiva que suponga una prdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

3.3. Hipertensin arterial, prescindiendo de su causa. Las cifras de presin arterial, tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no debern ser superiores a:

Presin sistlica: 145 mm/Hg.

Presin diastlica: 90 mm/H.

4. Exclusiones definitivas de carcter generalEnfermedades o alteraciones de cualquier aparato o sistema con posible repercusin sobre las realizaciones especficas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeo del mismo.

5. Comprobacin de exclusiones

La comprobacin de los datos clnicos a que hace referencia a este cuadro se har solo y exclusivamente en el centro designado por el Ayuntamiento y sus resultados siempre han de referirse al momento de la exploracin.

ANEXO IVTEMARIO PRUEBA DE CONOCIMIENTOSPARA LAS PLAZAS DE CABO

1. Grupo de materias comunes

Tema 1. La Constitucin espaola de 1978: la transicin poltica y el proceso constituyente. Caractersticas generales y principios inspiradores. Estructura y contenido.

Tema 2. Derechos fundamentales de la persona en la Constitucin: su defensa y garanta. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. La suspensin de los derechos y libertades.

Tema 3. Las Cortes Generales: las Cmaras. Composicin, atribuciones y funcionamiento. La funcin legislativa.

Tema 4. El Gobierno y la Administracin. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designacin, duracin y responsabilidad del Gobierno.

Tema 5. La organizacin territorial del Estado en la Constitucin. Las comunidades autnomas. El Estatuto de Autonoma de la Comunidad de Madrid. Estructura y caractersticas generales. Organizacin y competencias de la Comunidad de Madrid.

Tema 6. La Administracin Local: concepto y breve referencia a las entidades que comprende. El municipio: concepto. rganos de gobierno municipales: el alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local. Competencias municipales.

Tema 7. Los empleados pblicos locales: escalas y subescalas. La legislacin sobre funcin pblica local. Derechos y deberes de los funcionarios pblicos locales.

2. Conocimientos de inters policial

Tema 8. Caractersticas generales del modelo policial espaol en la Constitucin y en la Ley Orgnica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Tema 9. Caractersticas y funciones de la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Policas Autonmicas. Las Unidades del Cuerpo Nacional de Polica adscritas a las Comunidades Autnomas.

Tema 10. Caractersticas y funciones de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid.

Tema 11. La cooperacin recproca entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Especial referencia a las Juntas Locales de Seguridad.

Tema 12. Competencias de las comunidades autnomas en materia de coordinacin de las Policas Locales. La legislacin de la Comunidad de Madrid en materia de coordinacin de las Policas Locales.

Tema 13. El acceso a los Cuerpos de Polica Local de la Comunidad de Madrid. Regulacin legal. Promocin interna y movilidad. La formacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid. Regulacin legal.

Tema 14. Estatuto personal de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid. Jubilacin y segunda actividad. Otros derechos y deberes. El rgimen disciplinario de aplicacin a las Policas Locales de la Comunidad de Madrid.

Tema 15. Competencias municipales en Seguridad Ciudadana: Ley de Bases del Rgimen Local y Ley Orgnica de Proteccin de la Seguridad Ciudadana. Las funciones de la Polica Local en materia de Seguridad Ciudadana. La Polica Judicial: regulacin constitucional y legal. Las Policas Locales como Polica Judicial.

Tema 16. Consideraciones generales sobre el derecho penal. Principios y normas fundamentales. El delito y la falta.

Tema 17. Ordenacin y regulacin del trfico. La Normativa de Seguridad Vial. Normas generales de circulacin. Inmovilizacin y retirada de vehculos en la va pblica.

Tema 18. Regulacin legal de los accidentes de trfico. Regulacin de la alcoholemia y la conduccin bajo la influencia de otras drogas en la normativa de trfico.

Tema 19. Funciones de la Polica Local relacionadas con el trfico. Especial referencia a la Educacin Vial y al programa de la Polica Local de Coslada. Las multas municipales. El procedimiento sancionador general y en materia de trfico.

Tema 20. La funcin administrativa de la Polica en general. La Polica Local como Polica Administrativa. Especial referencia a la normativa autonmica en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas, comercio minorista, consumidores y usuarios, e inspeccin y control de la normativa urbanstica.

Tema 21. Las Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Coslada. Procedimiento de elaboracin y aprobacin. Referencia a las ordenanzas fiscales.

Tema 22. La Proteccin Civil: conceptos generales, regulacin vigente y organizacin. Los Ayuntamientos y la Proteccin Civil. La Polica Local y la Proteccin Civil.

Tema 23. Las nuevas tendencias en el enfoque del trabajo policial: la polica de proximidad o comunitaria.

Tema 24. Deontologa profesional policial: la legislacin espaola y los cdigos internacionales suscritos por el Estado espaol sobre conductas ticas para la profesin policial.

Tema 25. El fenmeno de la marginacin: causas, efectos y problemtica social. Inmigrantes y minoras tnicas.

Tema 26. El problema de la droga en la sociedad actual. Su incidencia en la seguridad ciudadana. Instrumentos de apoyo al drogodependiente. El papel de la Polica Local en la prevencin de las drogodependencias.

Tema 27. La delincuencia juvenil: caractersticas, causas y efectos. Las tribus urbanas.

Tema 28. Tratamiento policial de los delitos contra la mujer. Instrumentos municipales de apoyo a las mujeres vctimas de delitos especficos.

Tema 29. La importancia de los conceptos de jerarqua y subordinacin en la Polica Local. Breves nociones sobre la teora de la organizacin. La gestin de recursos humanos: tendencias actuales.

Tema 30. Peculiaridades del derecho sindical para los miembros de la Polica Local. Legislacin aplicable.

ANEXO IVTEMARIO PRUEBA DE CONOCIMIENTOS

PARA LAS PLAZAS DE SARGENTO

1. Grupo de materias comunes

1. La Constitucin espaola de 1978; trascendencia jurdica, poltica y social. Estructura, contenido y principios bsicos. Reforma de la Constitucin.

2. Derechos y deberes fundamentales de la persona en la Constitucin, su defensa y garanta. El Defensor del Pueblo. La suspensin de los derechos y libertades.

3. La organizacin territorial del Estado en la Constitucin. Las Comunidades Autnomas. La Provincia.

4. La Administracin Local: concepto y entidades que comprende. El Municipio: Concepto y elementos. Los rganos Municipales.

5. Municipios de gran poblacin. mbito de aplicacin y sus rganos municipales.

6. Las Cortes Generales: las cmaras. De la elaboracin de las Leyes. 7. El Gobierno. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

8. El Poder Judicial. Regulacin Constitucional de la Justicia. El Tribunal Constitucional.

9. El Estatuto de autonoma de la Comunidad de Madrid: Estructura. Asamblea y Gobierno Regional.

10. Derecho administrativo: concepto . Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley: concepto y clases de leyes. Decretos legislativos. Decretos Leyes.

11. El reglamento. Titulares de la potestad reglamentaria. Clasificacin de los reglamentos. Reserva de Ley.

12. El Acto Administrativo: concepto y clases. Eficacia de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. El silencio administrativo.

13. El procedimiento administrativo: Fases del Procedimiento administrativo. Los recursos administrativos.

14. Los Empleados Pblicos locales: escalas y subescalas. Derechos y deberes de los funcionarios pblicos. Rgimen retributivo.

2. Grupo de materias especficas

15. Caractersticas generales del modelo policial espaol en la Constitucin y en la Ley Orgnica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

16. Caractersticas y funciones de la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Policas Autonmicas. Las Unidades del Cuerpo Nacional de Polica adscritas a las Comunidades Autnomas.

17. Caractersticas y funciones de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid. La legislacin de la Comunidad de Madrid en materia de coordinacin de las Policas Locales.

18. La cooperacin recproca entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El Consejo de Poltica de Seguridad y las Juntas de Seguridad de las Comunidades Autnomas. Especial referencia a las Juntas Locales de Seguridad.

19. Reglamento Marco de organizacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid. Estructura y organizacin de los Cuerpos de Polica Local de la Comunidad de Madrid.

20. Reglamento Marco de organizacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid El acceso a los Cuerpos de Polica Local de la Comunidad de Madrid. Promocin interna y movilidad. La formacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid.

21. Reglamento Marco de organizacin de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid. Uniformidad y equipo. Estatuto personal de las Policas Locales de la Comunidad de Madrid. Jubilacin y segunda actividad. Otros derechos y deberes.

22. El rgimen disciplinario de aplicacin a las Policas Locales de la Comunidad de Madrid.

23. La Polica Judicial: regulacin constitucional y legal. Las Policas Locales como Polica Judicial.

24. Competencias municipales en Seguridad Ciudadana: Ley de Bases del Rgimen Local y Ley Orgnica de Proteccin de la Seguridad Ciudadana. Las funciones de la Polica Local en materia de Seguridad Ciudadana.

25. Estructura, organizacin y funcionamiento de los Tribunales en el sistema judicial espaol. Jurisdiccin y competencia de los Juzgados y Tribunales Penales

26. Consideraciones generales sobre el derecho penal. Principios y normas fundamentales. El delito y la falta.

27. Las circunstancias eximentes de la responsabilidad penal. Circunstancias modificativas: atenuantes y agravantes.

28. Delitos cometidos por y contra los funcionarios pblicos.

29. Los delitos contra la Seguridad Vial.

30. Normas generales de circulacin: Inmovilizacin y retirada de vehculos en la va pblica. Procedimiento con los vehculos abandonados.

31. Regulacin legal de los accidentes de trfico. Concepto y clasificacin. Actuacin respecto de los ocupantes, trfico, pblico y heridos.

32. Regulacin de la alcoholemia y la conduccin bajo la influencia de otras drogas en la normativa de trfico.

33. Funciones de la Polica Local relacionadas con el trfico. Especial referencia a la Educacin Vial y al programa de la Polica Local de Coslada.

34. La funcin administrativa de la Polica en general. La Polica Local como Polica Administrativa. Especial referencia a la normativa autonmica en materia de espectculos y actividades recreativas.

35. Las multas municipales. El procedimiento sancionador en materia de trfico.

36. Procedimiento de elaboracin y aprobacin de las Ordenanzas Municipales. Especial referencia a las ordenanzas fiscales. Las Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Coslada: Especial referencia a la Ordenanza de terrazas y veladores.

37. La Proteccin Civil: conceptos generales, regulacin vigente y organizacin. Los Ayuntamientos y la Proteccin Civil. La Polica Local y la Proteccin Civil.

38. Tcnica de trfico: Conceptos bsicos ms usuales de velocidad, intensidad, densidad, capacidad. Factores que afectan a la capacidad. Niveles de Servicio.

39. Tcnicas de direccin, con especial referencia a la direccin por objetivos. Sistemas de Gestin de la Calidad. Gestin de equipos de trabajo.

40. La importancia de los conceptos de jerarqua y subordinacin en la Polica Local. Funciones y cometidos de los mandos de la Polica Local.

ANEXO V

AUTORIZACIN PARA SOMETERSE A LAS PRUEBAS MDICAS QUE SE DETERMINEN PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID A TRAVS DE LA CATEGORA DE CABO/SARGENTO(*)Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre: DNI: .

Edad:

Autorizo por la presente al equipo mdico designado para la realizacin de la prueba de reconocimiento mdico, establecida en el proceso de seleccin para el ingreso a travs de la categora de Cabo/Sargento (*), en el Cuerpo de Polica Local, del Ayuntamiento de Coslada, a realizar las exploraciones mdicas necesarias, as como a proceder a la extraccin de sangre y a la analtica de sangre y orina para la determinacin de los parmetros que se consideren necesarios.

Al mismo tiempo declaro que me estoy administrando la siguiente medicacin:

.

.

.

.

.

.

(indicar el nombre comercial de los medicamentos o indicar la composicin en caso de no recordarlo).

Y para que as conste firmo la presente autorizacin enade 2008.

(*)Indicar la convocatoria que proceda

Bases para la provisin de seis plazas de cabo de Polica Local y tres plazas de Sargento de la Polica LocalPg. 24 de 24OPS-OEP 01/2008

OPS-OEP 02/2008