Bases Adm Generales

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    ANEXO “C”

    BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES

    PARA

    CONTRATO M40123-CC-501-3

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    TABLA DE CONTENIDO  PÁGINA

    GB-1  DEFINICIONES  5 

    GB-2  CONTRATISTA INDEPENDIENTE  10 

    GB–3  REPRESENTANTES AUTORIZADOS Y PERSONAL CLAVE  10 

    GB-4  CONTACTOS CON AUTORIDADES  12 

    GB-5  DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO  13 

    GB-6  ACTIVIDADES COMERCIALES, PUBLICIDAD Y PROPAGANDA  13 

    GB-7  DE LA CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA  14 

    GB-8  NORMATIVA INTERNA, BASES PRIMA, ESTÁNDARES Y CÓDIGOS  15 

    GB-9  GARANTÍAS  16 

    GB-10  SEGUROS  20 

    GB-11  NOTIFICACIONES   26 

    GB-12  CUMPLIMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS Y RESOLUCIONES  26 

    GB-13  DE LOS PERMISOS  27 

    GB-14  IMPUESTOS  27 

    GB-15  PLANOS Y ESPECIFIC. PROPORCIONADOS POR EL PROPIETARIO  28 

    GB-16 

    PLANOS, DATOS Y MUESTRAS PROPORC. POR EL CONTRATISTA  29 

    GB-17  PUNTOS DE CONTROL TOPOGRÁFICO Y TRAZADOS  32 

    GB-18  PROGRAMA OFICIAL DEL CONTRATO  33 

    GB-19  INICIO, CONTINUACIÓN Y TÉRMINO DEL TRABAJO  37 

    GB-20  CONDICIONES DEL SITIO DE OBRAS Y RECURSOS NATURALES  38 

    GB-21  CONDICIONES DIFERENTES EN EL TERRENO  39 

    GB-22  TURNOS, JORNADAS EXCEPCIONALES, TRABAJO CONTIGUO  39 

    Y COOPERACIÓN CON TERCEROS  39 

    GB-23 

    DERECHOS SOBRE MATERIALES ENCONTRADOS  40 

    GB-24  ÁREA DE TRABAJO DEL CONTRATISTA Y LIMPIEZA  40 

    GB-25  CAMINOS TEMPORALES DE ACCESO Y TRANSPORTE  41 

    GB-26  INSTALACIONES DE PRIMEROS AUXILIOS  43 

    GB-27 

    ILUMINACIÓN  44 

    GB-28  MATERIALES Y EQUIPOS PROPORCIONADOS POR EL PROPIETARIO  44 

    GB-29  SERVICIOS E INSTALACIONES PROPORC. POR EL PROPIETARIO  45 

    GB-30  EQUIPOS E INSTALACIONES DEL CONTRATISTA  45 

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    GB-31 MATERIALES APORTADOS POR EL CONTRATISTA 46

    Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO  46 

    GB-32  ACTIVACION.............................................................................................................. 47 

    GB-33  REQUISITOS MEDIO AMBIENTALES ...................... ......................... ..................... 47 

    GB-34  ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS PRIMA ...................... ...................... .................. 49 

    GB-35  RESPONSABILIDAD POR EL TRABAJO, LA SEGURIDAD ................................ 49 

    Y LA PROPIEDAD ..................................................................................................... 49 

    GB-36  NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS ...................... ......................... ............ 51 

    GB-37  TRABAJO, TRABAJADORES Y REGLAS DE TRABAJO ..................................... 56 

    GB-38 

    DE LA RESPONSABILIDAD POR OBLIGACIONES LABORALES, ..................... 57 

    TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES ........................................................................ 57 

    GB-39  CAMBIOS Y MODIFICACIONES ............................................................................. 61 

    GB-40  VALORIZACIÓN DE LOS CAMBIOS Y MODIFICACIONES ..................... ............ 63 

    GB-41  AJUSTE DE GASTOS GENERALES Y UTILIDADES ................................. .......... 67 

    GB-42  INSPECCIONES, REPAROS, RECHAZO DE EQUIPOS, MATERIALES ........... 68 

    Y MANO DE OBRA.................................................................................................... 68 

    GB-43  ASEGURAMIENTO Y CONTROL DE CALIDAD  69 

    GB-44 

    REVISIÓN DE REGISTROS Y CUENTAS DEL CONTRATISTA ......................... 70 

    GB-45  ESTADOS DE PAGO, AUTORIZACIONES DE PAGO, RETENCIONES ............ 70 

    Y DESCUENTOS ....................................................................................................... 70 

    GB-46  FACTURACIÓN Y PAGO ......................... ......................... ...................... .................. 75 

    GB-47  COBROS REVERTIDOS  .......................................................................................... 77 

    GB-48  CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR .................... ......................... ..................... 78 

    GB-49  SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRABAJO O LOS SERVICIOS ........................ 79 

    GB-50  RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO ................................................................ 80 

    GB-51 

    RESOLUCIÓN VOLUNTARIA UNILATERAL DEL PROPIETARIO ...................... 83 

    GB-52  PRUEBAS ................................................................................................................... 84 

    GB-53  USO DE EQUIPOS O INSTALACIONES DE CONSTRUCCIÓN ..................... .... 85 

    GB-54  USO DE PARTES TERMINADAS DEL TRABAJO .................... ......................... .... 86 

    GB-55  INSPECCIONES Y RECEPCIONES DE TRABAJOS, OBRAS ........................ .... 87 

    Ó SERVICIOS ............................................................................................................ 87 

    GB-56  POR USO DE PATENTES Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL ........................... 87 

    GB-57  INDEMNIZACIÓN  ...................................................................................................... 89 

    GB-58 

    RENUNCIA Y LIBERACIÓN DE GRAVÁMENES ...................... ......................... .... 92

     

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    GB-59  CESIONES Y SUBCONTRATOS .................... ......................... ....................... ......... 93 

    GB-60 

    BASES DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA DE SERVICIOS ...................... .... 95 

    GB-61  SISTEMAS DE INFORMACIÓN DEL PROPIETARIO ........................................... 95 

    GB-62  CONFLICTO DE INTERESES Y COMPORTAMIENTO DE NEGOCIOS ............ 95 

    GB-63  DECLARACIÓN DE NO EXCLUSIVIDAD ....................... ...................... .................. 96 

    GB-64  INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y LEGISLACIÓN SUPLETORIA ............. 96 

    GB-65  IRRENUNCIABILIDAD A DERECHOS ...................... ......................... ..................... 96 

    GB-66  VALIDEZ DE CLÁUSULAS ....................................................................................... 97 

    GB-67  RECLAMOS, CONTROVERSIAS Y ARBITRAJE .................................................. 97 

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    ANEXO “C”BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES

    El presente instrumento contiene las definiciones, términos, condiciones, requisitos y demáscláusulas generales que formarán parte de los contratos que celebre El Propietario con laspersonas naturales o jurídicas a quienes ella encomiende la ejecución de trabajos o serviciosdeterminados mediante un contrato. El contenido de las presentes bases puede ser modificadomediante el Contrato u otros documentos que formen parte de él, (Documentos del Contrato)de consiguiente, el referido Contrato deberá entenderse complementado por las presentesBases Administrativas Generales, en cuanto los documentos que lo compongan no las

    modifiquen o contradigan. Para la debida interpretación de los Documentos del Contrato debeconsiderarse que todos ellos son complementarios entre si de modo que lo mostrado o exigidoen uno de ellos se entiende como requerido por todos y no como una contradicción. Lascontradicciones que no pudieren ser salvadas conforme al principio anterior deben serresueltas conforme al orden de prelación que entre los Documentos del Contrato se estableceen el Contrato.

    GB-1 DEFINICIONES

    Las siguientes palabras o expresiones tendrán el significado que se indica, cuandoellas sean utilizadas en el respectivo Contrato y, en su caso, en las BasesAdministrativas, Bases Técnicas, Bases Comerciales y demás documentacióncomplementaria, excepto en los casos que del contexto se desprendainequívocamente otra cosa.

    1.1 “Administrador”, corresponde a la empresa definida por el Propietario, encargada delos servicios del Proyecto, y quien administrará la construcción y/o servicios materiadel Contrato por cuenta y a nombre del Propietario. Consistente con su rol deAdministrador, El Administrador no asume ninguna obligación contractual para con elContratista. Cualquier referencia a las “Partes” o “Parte” formulada en los Documentos

    del Contrato debe entenderse como exclusivamente hecha al Propietario y/o elContratista o a ambos según se desprenda del texto. Cualquier alusión alAdministrador en los Documentos del Contrato se hace por conveniencia de redacciónsolamente y solo en su calidad de Administrador del Propietario.

    1.2 “Aviso de Adjudicación”, es el documento, entregado por el Propietario alProponente de una licitación o propuesta pública o privada, en que aquel expresa queha aceptado la oferta del Proponente para la prestación de un Servicio o Trabajodeterminado, y que habilita a este último para iniciar los trámites de inscripción en elsistema de acceso del Propietario.

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    1.3 “Bases Administrativas Generales”, este documento.

    1.4 “Bases Administrativas Especiales”, documento integrante del Contrato que fijaciertas condiciones específicas en virtud de las cuales éste será desarrollado.

    1.5 “Bases Comerciales”, documento integrante del Contrato que fija las condicioneseconómicas pactadas por las Partes, como contraprestación al Trabajo o Serviciodesarrollado por el Contratista.

    1.6 “Bases Técnicas”, es el documento integrante del Contrato que fija el alcance de losServicios, Trabajos o las Obras materia del Contrato (el “Alcance del Trabajo”),

    incluyendo, entre otros, la descripción y especificaciones del Trabajo, las normassobre procedimientos de elaboración, los programas de cumplimiento, las exigencias aque quedan sometidos los materiales, equipos o servicios, las exigencias deinformación, y pruebas de control de calidad que deban superar las diferentes etapasde elaboración, construcción o confección.

    1.7 “Cambio o Modificación”, son las alteraciones, adiciones, eliminaciones o revisionesal Alcance del Trabajo contenido en el Contrato o en los documentos que se entiendenformar parte de éste, que se autorizan de acuerdo con la cláusula GB-39 “Cambios yModificaciones”.

    1.8 “Contrato”,  es el acuerdo suscrito entre el Propietario y el Contratista, que contienelos derechos y obligaciones de ambas partes, relativos a la prestación y/o suministrode los Trabajos, Obras o Servicios contratados por el Propietario.

    1.9 “Contratista”, persona natural o jurídica que se ha comprometido a ejecutar elTrabajo y/o prestar o suministrar el Servicio de acuerdo a las condiciones establecidasen el Contrato.

    1.10 “Costo”, es la suma de todos aquellos gastos, directos e indirectos, en que el

    Contratista deba incurrir para la prestación del Servicio, sean generales o particulares,y que tengan su origen en la utilización, movilización y desmovilización de equipos,maquinarias, instrumentos, elementos; transporte, alojamiento y alimentación de supersonal de trabajadores, profesionales y prestadores de servicios; en lasremuneraciones y honorarios de aquellos; en pagos a Subcontratistas; en cotizacionesprevisionales, de seguro por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; enlos elementos, materiales e insumos que deban utilizarse; en combustibles,lubricantes, piezas, partes y repuestos; y, en general, todos los derechos, gastos oimpuestos (con excepción de los impuestos personales del Contratista), derivados delos Servicios o que, directa o indirectamente, se relacionen con los mismos.

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    1.11 “Días”, significa días corridos, es decir, comprende los días domingos y los festivos, a

    menos que se utilice explícitamente el término día hábil.

    1.12 “Documentos del Contrato”, corresponde al Contrato y a los documentossingularizados en el Contrato. Salvo que el Contrato incluya expresamente laPropuesta del Contratista como uno de los Documentos del Contrato, ella no formaparte del Contrato ni de los Documentos Contractuales.

    1.13 “Dólar”(USD), es la moneda de curso forzoso en los Estados Unidos de América. Elpago de cualquiera obligación expresada en esta moneda, incluso cuando se le señalecon los símbolos “USD”, será efectuado en moneda Pesos Chilenos (CLP), según el

    tipo de cambio en que conforme al Contrato, el pago sea exigible.

    1.14 “Estado de Pago”, es el documento mediante el cual el Contratista formula cobros alPropietario, en razón de la parte del Trabajo o Servicio realizado, en las oportunidadesy con el respaldo indicados en los Documentos del Contrato.

    1.15 “Unidad de Fomento”, en adelante indistintamente UF, es la moneda oficial para loscontratos de esta obra del Proyecto Cerro Negro Norte, los pagos serán realizados enPesos Chilenos. 

    1.16 “Finiquito del Contrato”, El finiquito suscrito por las partes del Contrato al término delperiodo de garantía indicado en la cláusula GB-9 “Garantías” conforme a lo indicadoen la cláusula GB-55 “Inspección, Aceptación y Finiquito” de estas BasesAdministrativas Generales.

    1.17 “Gerencia de Proyecto”, conjunto de personas pertenecientes al Propietario y cuyamisión es coordinar y determinar las pautas, parámetros y objetivos por los cuales seguiará toda ejecución del Trabajo o prestación del Servicio relacionado con elContrato, y que se relaciona con el Contratista a través del Administrador.

    1.18 “PRIMA”, corresponde a las siglas en idioma español de los términos Prevención deRiesgo, Salud Ocupacional y Medio Ambiente, y que se administran a través de las“Bases PRIMA”, documento aplicable a todo trabajo o servicio que se ejecute para elPropietario.

    1.19 “Hitos del Contrato”, es la cantidad de Obra o Trabajo, grado de avance de losServicios o hecho específico, que el Contratista debe construir, ejecutar o alcanzar, auna fecha determinada según el programa contemplado en el Contrato.

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    1.20 “IPC”, significa Índice de Precios al Consumidor y es aquél informado mensualmente

    por el Instituto Nacional de Estadística (INE) de la República de Chile, que indica lasvariaciones del poder adquisitivo de la moneda nacional de curso forzoso, en unperíodo de tiempo determinado. Cada vez que se utilice esta pauta oficial para larevalorización de obligaciones pecuniarias, se tomará en consideración la fluctuaciónexperimentada por la misma, en el período comprendido entre el mes precedente aaquél en que deba regir el reajuste y el mes del pago o el que indiquen las BasesComerciales del Contrato. Tratándose de revalorizaciones sucesivas, se aplicará lamisma fórmula para los períodos posteriores, si correspondiese por Contrato.

    1.21 “Lugar de la Obra” o “Terreno”, es el lugar donde deben ser ejecutados losTrabajos, Obras o Servicios, cuya singularización se indica en las “BasesAdministrativas Especiales”, o en las “Bases Técnicas” y/o en la documentacióncomplementaria del Contrato.

    1.22 “Normas del Propietario”, conjunto de políticas, protocolos, reglamentos,procedimientos, estándares, pautas, guías, instrucciones, señalizaciones y, engeneral, normas dictadas por el Propietario y de carácter obligatorio, que tienen por finregular todas y cada una de las actividades del Contratista o terceros, que mantenganrelación contractual con el Propietario y que forman parte de los Documentos del

    Contrato.1.23 “Notificación de Cambio”, documento emitido por el Propietario notificando al

    Contratista acerca de un cambio potencial o un cambio al Contrato instruido por elPropietario, con valoración pendiente.

    1.24 “Obra, Trabajo o Servicio”, es todo aquello que deberá ser edificado, construido,proporcionado, prestado, suministrado, ejecutado, realizado, instalado, removido,excavado, transportado, extraído, procesado, montado o hecho por el Contratista, deacuerdo con los Documentos del Contrato, incluyendo la instalación y levantamientode obras, así como la movilización y desmovilización de equipos, instrumentos,materiales y elementos que, al término de los Trabajos, Obras o Servicios, deban serretirados del Lugar de la Obra.

    1.25 “Orden de Cambio”, documento del Propietario que establece los términos técnicos ycomerciales de un Cambio al Contrato. Debe ser acordado y firmado por las Partescontratantes.

    1.26 “Orden para Proceder”, es el aviso escrito, dado por el Propietario al Contratista,instruyéndole comenzar a ejecutar el Trabajo, Obra o Servicio. A falta de este aviso, lasuscripción del Contrato se entenderá suficiente Orden para Proceder.

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    1.27 “Parte”, persona natural o jurídica que se encuentra obligada por el Contrato a dar,

    hacer y/o no hacer alguna actividad respecto al otro contratante. 

    1.28 “Precio” o “Precio del Contrato”, significa la compensación que el Propietariopagará al Contratista por la realización satisfactoria y completa de la Obra, Trabajo oServicio. A falta de especificación de sus características, deberá entenderse que setrata de una suma alzada, no reajustable, pagadera en moneda nacional al término delContrato, una vez recibidos el Trabajo, Obra o Servicio, no devengando por ellointereses.

    1.29 “Precio Actualizado del Contrato”,  corresponde al “Precio del Contrato” más las

    variaciones resultantes de aplicar las cantidades de obra de las partidas a preciosunitarios inicialmente estimadas, a las cantidades estimadas a una fecha determinadapor el Propietario, más la valorización de todos los Cambios y Modificacionesdebidamente aprobadas. 

    1.30 “Precio Final del Contrato”, corresponde al “Precio del Contrato” más las variacionesresultantes de aplicar las cantidades finales de obra de las partidas a precios unitariosinicialmente estimadas, a las cantidades estimadas por el Propietario, más lavalorización de todos los Cambios y Modificaciones debidamente aprobadas. 

    1.31 “Precio Unitario” Corresponde al precio fijo por la ejecución de una unidad de obraen particular.

    1.32 “Programa Oficial del Contrato”, es el programa, aprobado por el Propietario, parala realización completa del, Trabajo, Obra o Servicio. El Programa Oficial del Contratoforma parte de los Documentos del Contrato.

    1.33 “Propietario”, significa el Titular o Dueño del Proyecto, indistintamente referidatambién como Compañía Minera del Pacífico o CAP Minería. Para los efectos delContrato, es la contraparte del Contratista, sea que actúe directamente o representado

    por el Administrador.

    1.34 “Proponente”, persona natural o jurídica que realiza una oferta de ejecución deTrabajos, Obra o prestación de Servicios en un procedimiento de licitación.

    1.35 “Propuesta”, es la oferta entregada por el Proponente en respuesta a la invitaciónque le ha hecho el Propietario o Administrador en el contexto de una licitación o de untrato directo.

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    1.36 “Propuesta por Suma Alzada”, es la oferta para ejecutar el alcance de un Trabajo,

    Obra o Servicio por un precio fijo e invariable asumiendo el Contratista todos losriesgos asociados a los incrementos en los costos de mano de obra, materiales,condiciones de terrenos, cubicaciones, y otros que se indiquen en el Contrato.

    1.37 “Propuesta por Serie de Precios Unitarios”, es la oferta de precios unitarios fijosaplicados a cubicaciones provisorias establecidas por el Propietario, o por elProponente, y cuyo valor corresponde a lo definido por “Precio Unitario”.

    1.38 “Proyecto”, Proyecto Cerro Negro Norte.

    1.39 “Solicitud de Notificación de Cambio”, una solicitud del Contratista para obteneruna Notificación de Cambio o una Orden de Cambio por parte del Propietario.

    1.40 “Subcontratista”, es la persona natural o jurídica que, en virtud de un subcontratopreviamente aprobado por el Propietario, ejecuta una parte del Trabajo, Obra oServicio para el Contratista, bajo la exclusiva responsabilidad del Contratista y sin queexista relación contractual entre dicho Subcontratista y el Propietario, salvo en lo quela ley establece.

    GB-2 CONTRATISTA INDEPENDIENTE

    El sólo hecho de presentar la Oferta, implicará que el Contratista manifiesta estarlegalmente habilitado para ejecutar el Trabajo, Obra o Servicio objeto del Contrato,como asimismo, tener la experiencia necesaria, estar debidamente calificado,equipado, organizado y financiado para dicho efecto. Además, que entiende y aceptalas normas, procedimientos y reglas por las cuales se rige el Contrato.

    Para la ejecución del Contrato, el Contratista actuará como un Contratistaindependiente y no en calidad de Administrador del Propietario, manteniendo uncontrol completo sobre sus trabajadores y métodos de trabajo y sobre todos sus

    proveedores y Subcontratistas. Ninguna de las disposiciones del Contrato, ni deeventuales subcontratos creará o podrá ser interpretada para establecer una relacióncontractual entre cualquiera de dichos proveedores o Subcontratistas y el Propietario.

    GB–3 REPRESENTANTES AUTORIZADOS Y PERSONAL CLAVE

    Antes de dar inicio al Trabajo, Obra o Servicio, el Contratista designará por escrito aun representante autorizado, aceptado por el Propietario, para que lo represente yactúe en su nombre, y en dicha designación especificará asimismo cualquier limitacióna las facultades de dicho representante. El representante del Contratista o su

    reemplazante, estará presente en el Terreno en todo momento en que se esté

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    ejecutando el Trabajo, Obra o Servicio, y estará asimismo facultado para recibir

    comunicaciones, tomar decisiones y firma autorizada, a nombre del Contratista, deacuerdo con el Contrato. Durante aquellos períodos en que el Trabajo, Obra o Serviciose suspenda, el Contratista tomará las provisiones necesarias para que unrepresentante suyo, aceptado por el Propietario, esté disponible para cualquier trabajode emergencia que se pueda necesitar.

    Toda comunicación escrita que envíe el Propietario al representante autorizado delContratista en conformidad con los términos del Contrato será de carácter obligatoriopara el Contratista. El Propietario designará por escrito a uno o más representante(s)suyo(s) para que lo representen y actúen en su nombre y para recibir las

    comunicaciones del Contratista. Cualquier cambio de los representantes autorizadospor el Propietario o del Contratista será notificado por la Parte correspondiente a laotra Parte anticipadamente por escrito, y autorizado cuando corresponda.

    Para todos los efectos se entenderá que El Propietario celebra el Contrato enconsideración a la experiencia del Representante del Contratista y del Personal Claveofrecido por el Contratista en su Oferta, y a que éstos cuentan con las competenciasapropiadas para dirigir el desarrollo de todas y cada una de las actividades incluidasen el Contrato. Por lo tanto, el Contratista no podrá cambiar o sustituir alRepresentante del Contratista, ni al Personal Clave comprometidos, sin autorizaciónescrita del Propietario, a menos que existan razones que escapen a su control, talcomo el caso que dichos profesionales renuncien a la planta del Contratista, situaciónque éste deberá tratar de evitar, a su costo, haciendo sus máximos esfuerzos.

    En caso que ocurra dicha eventualidad, y habiendo el Contratista efectuadocomprobadamente sus mejores esfuerzos en buscar al nuevo Representante delContratista, y/o al especialista, para el respectivo reemplazo, propondrá al candidatoseleccionado para aprobación del Propietario, el cual deberá poseer experiencia ycalificación similar o superior a la del Representante y/o Personal Clave que se retirede los servicios del Contrato.

    El Contratista aceptará sin derecho a reclamo, todas los objeciones que seanpresentadas por el Propietario con respecto a la participación de cualquiera de losprofesionales señalados en Organigrama entregado en la Oferta.

    El Propietario, a través de su Representante o Administrador, se reserva el derecho desolicitar la remoción de cualquiera de los profesionales del Contratista que hayan sidoasignados a los Trabajos, Obras o Servicios, sin costo alguno para el Propietario. ElContratista deberá dar cumplimiento de inmediato a dichas solicitudes, cuidando que

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    las funciones sean cubiertas oportuna y adecuadamente, a fin de evitar cualquier

    perjuicio a la continuidad de los Trabajos, Obras o Servicios.

    Asimismo, los reemplazos o sustituciones que proponga el Contratista requerirán de laaprobación previa del Propietario antes de ser asignados a sus respectivas funciones.Esta aprobación no transferirá responsabilidad alguna al Propietario respecto deldesempeño profesional ni del servicio del área a la cual presta servicios.

    Se entenderá por Personal Clave, los profesionales que ocupen los siguientes cargoso su equivalente:

    •  Gerente del Proyecto o Representante del Contratista

    •  Gerente/Jefe de Ingeniería

    •  Gerente/Jefe de Adquisiciones

    •  Gerente/Jefe de Construcción

    •  Jefe de Terreno y de Disciplinas

    •  Encargado de Calidad.

    •  Jefe de Comisionamiento y Puesta en Marcha. (No Aplica)

    •  Jefe de Oficina Técnica

    •  Jefe de Programación y Control

    •  Encargado de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional.

    GB-4 CONTACTOS CON AUTORIDADES

    El Propietario será el único responsable de determinar, iniciar y mantener contactoscon funcionarios o representantes del Gobierno de Chile y de cualquiera de susórganos o servicios, en relación con los asuntos que tengan que ver con el Trabajo,Obra o Servicio. Cualquier contacto que vaya a tener el Contratista con dichosfuncionarios o representantes deberá contar con expresa autorización previa y porescrito emitida por el Propietario. Así, queda estrictamente prohibido al Contratistainvocar ante terceros que actúa como Administrador o representante del Propietario,haciéndose responsable el Contratista de cualquier perjuicio que pueda ocasionar lainfracción a esta prohibición, incluso daños morales. Por lo mismo, le queda tambiénprohibido al Contratista efectuar presentaciones ante autoridades públicas y entidadespolíticas, administrativas, municipales, militares, policiales o de cualquier otra clase,con relación a los derechos e intereses del Propietario. El incumplimiento de estacláusula, será causal de término de Contrato, sin perjuicio de las sanciones legalesque el Propietario estime seguir.

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    GB-5 DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

    Suscrito el Contrato, del que estas Bases Administrativas Generales forman parte, seentenderá existir acuerdo completo y total entre el Propietario y el Contratistaconforme al Contrato (y los Documentos del Contrato), quedando sin efecto todacomunicación o acuerdo previo entre ellos, verbal o escrito, con excepción de aquellosincorporados expresamente al Contrato o a los Documentos del Contrato. De igualmanera, cualquier modificación, complementación o aclaración, deberá formalizarsepor escrito y firmarse por ambas partes. Sin embargo, y sin perjuicio de lo indicado enel párrafo anterior, si el licitante o proponente adjudicado no firmare el Contrato dentrode un plazo de treinta (30) días corridos desde que se le envía el Aviso de

    Adjudicación, el Propietario podrá revocar su aceptación de la oferta y/o laadjudicación del Contrato, re-asignar el Trabajo, Obra o Servicio a otro Contratista einiciar las acciones legales, por los daños y perjuicios que le hubieren sido causados.

    GB-6 ACTIVIDADES COMERCIALES, PUBLICIDAD Y PROPAGANDA

    Estará prohibido para el Contratista, sus Subcontratistas, y sus trabajadores,establecer actividad comercial alguna, u otorgar concesiones o permisos de cualquierclase a terceros para establecer actividades comerciales en el Lugar de la Obra o encualquier otro terreno de propiedad o controlado por el Propietario si ellas no están

    expresamente autorizadas o permitidas por el Contrato u otro instrumento suscritoentre el Contratista y el Propietario.

    Será obligación del Contratista, hacer extensiva esta prohibición a sus trabajadores ysus Subcontratistas.

    El Contratista no hará declaración alguna, ni tomará fotografías, ni entregará ningunainformación referente al Contrato o al Proyecto o cualquier parte de los mismos, aningún tercero, incluyendo autoridades públicas, prensa, entidades comerciales, ni aningún organismo oficial, sin que medie un consentimiento escrito previo otorgado por

    el Propietario.

    El Contratista, sin la autorización previa y escrita del Propietario, no podrá efectuarninguna clase de publicidad escrita, radial o audiovisual, en que haga valer susrelaciones con el Propietario o mencionar las actividades y proyectos que lleve a cabo.También queda expresamente prohibido utilizar, sin autorización escrita dada por elPropietario, las marcas comerciales, incluyendo las denominaciones, etiquetas,logotipos, isotipos o marcas mixtas, los nombres de dominio y/o la razón social depropiedad del Propietario.

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    GB-7 DE LA CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA

    El Contratista, sus trabajadores, y las personas que le prestan servicios, deberánmantener confidencialidad y reserva respecto de toda información que el Propietario oel Administrador le hubiere proporcionado o que el Contratista hubiere obtenido odesarrollado durante el cumplimiento del Contrato, a menos que se trate de materiasde conocimiento público. Esta obligación de confidencialidad deberá ser impuesta porel Contratista a todos sus trabajadores, proveedores, prestadores de servicios ySubcontratistas, así como a los trabajadores y prestadores de servicios de estosúltimos.

    La obligación de confidencialidad rige para el Contratista, sus trabajadores y todas laspersonas que le prestan servicios durante el período de vigencia del Contrato quecorresponda en cada caso y se extiende hasta por un término de cinco (5) añosdespués de expirado dicho período de vigencia. Esta obligación consiste en mantenerbajo reserva y no revelar a terceros ninguna parte de la Información Confidencial, en laforma que se define más adelante, respecto de la cual se tome conocimiento comoresultado de haber sido revelada por el Propietario, o generada o conocida por suparticipación en el Contrato.

    En consecuencia, ni la Información Confidencial, ni parte alguna de ella, puede ser

    revelada a persona alguna que no sea autorizada por el Propietario, salvo susdirectores, funcionarios, empleados, agentes, asesores, abogados, auditores oinstituciones financieras, Subcontratistas y proveedores que necesiten conocer laInformación Confidencial para poner en práctica las estipulaciones del Contrato, o conmotivo de ello, con la salvedad que cada una de estas personas debe quedar sujeta alas mismas obligaciones de confidencialidad que por medio del presente instrumentose han acordado. El Contratista queda también obligado a no utilizar ninguna porciónde dicha Información Confidencial, excepto en la forma autorizada en el presenteContrato. Esta obligación también pesa sobre las personas que conforme se haseñalado anteriormente el Contratista debe revelar Información Confidencial.

    Para los efectos del Contrato, “Información Confidencial” significa cualquierinformación entregada al Contratista por el Propietario o por terceros por cuenta delPropietario e incluye no sólo la información que pertenezca al Propietario sino tambiénla que pertenezca a cualquier Contratista o proveedor que presta servicios a / o trabajapara el Propietario. La Información Confidencial incluye sin limitación lo siguiente:

    •  Bases de datos, know–how, fórmulas, procesos, modelos, diseños, planos,especificaciones, muestras, informes, información financiera, estudios,descubrimientos, inventos e ideas, o información privilegiada relativa al

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    ANEXO C Bases Adm Generales 30 06 11.doc Página 15 de 98

    Propietario, los métodos o técnicas utilizados por el Propietario o sus

    Contratistas y proveedores, o la información tecnológica o técnica sujeta alconvenio de licencia, se contenga o no en documentos, bocetos, fotografías,dibujos, listas y demás de similar naturaleza.

    •  Bases de datos y demás información utilizada en relación con lacomercialización de los respectivos productos del Propietario, incluyendoinformación de costos, políticas generales, políticas y procedimientoscomerciales, ingresos y mercados, distribuidores y clientes, y demás ítemsanálogos de información sea o no que se contenga en documentos y otrosmedios tangibles.

    •  Cualquiera otra información obtenida durante la vigencia del Contrato en relacióncon su participación en él, que no se encuentre generalmente en conocimientode terceros o no sea de fácil obtención mediante el uso de medios adecuados ylícitos por extraños, y de la cual pudiere obtener un beneficio económico de suuso o revelación.

    •  Cualquiera información que haya sido revelada por escrito y/o marcada“Confidencial” por el Propietario.

    GB-8 NORMATIVA INTERNA, BASES PRIMA, ESTÁNDARES Y CÓDIGOS

    El Contratista se obliga a dar estricto y cabal cumplimiento y a mantenerse informadosobre toda normativa interna del Propietario, estándares y códigos relativos a suactividad, como también de las actualizaciones de las referidas normativas. Asimismo,deberá cumplir con todas aquellas que durante la ejecución del servicio le seaninformadas, incluso por medios electrónicos o virtuales, ya sea que éstas se refierandirectamente al Trabajo, Obra o Servicio encargado al Contratista o rijan en la obra oinstalación del Propietario con independencia del Trabajo, Obra o Servicio contratado.Idéntica obligación el Contratista deberá imponer a todos sus socios, directores,administradores, trabajadores, prestadores de servicios, Subcontratistas, visitas, y en

    general a cualquier persona que ingrese a Terreno. El Contratista responderádirectamente del incumplimiento en que estas personas eventualmente incurrierencomo si se tratara de propios incumplimientos. El incumplimiento a las obligacionesreferidas en la presente cláusula y a las que imponen las normativas, estándares ycódigos del Propietario, será considerado incumplimiento grave de las obligacionescontractuales, facultando al Propietario a aplicar las multas que se hacen referencia eneste documento, e incluso a poner terminado anticipado al Contrato por esta causal.

    Es obligación del Contratista que en todo Trabajo Obra o Servicio a ser ejecutado parael Propietario se identifiquen, evalúen y controlen todos los riesgos cuya

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    materialización pueda dañar la salud, seguridad, medio ambiente o comunidad en que

    las operaciones del Propietario se desarrollan. En consecuencia, es obligaciónesencial del Contratista y Subcontratistas que ejecutan trabajos, obras o servicios paraadministrar eficazmente todos los riesgos conforme a las “Bases PRIMA”, tal como seindican en las presentes Bases Administrativas Generales y en las Normas delPropietario, y dar cumplimiento estricto a toda política, normativa, procedimiento,instrucción y/o señalización interna sobre esta materia, sin perjuicio del cumplimientode las disposiciones legales o administrativas vigentes que correspondan. ElContratista, antes de formular su oferta y en todo caso previo a la firma del Contrato,deberá interiorizarse y conocer las políticas, normativas, procedimientos, instruccionesy/o señalizaciones internas del Propietario.

    A menos que haya una especificación expresa en sentido contrario, toda referenciaque se haga dentro de los Documentos del Contrato a estándares y códigos queregirán la ejecución del Trabajo, Obra o Servicio objeto del Contrato, aludirá a la últimaedición o revisión en vigencia de los mismos. En caso de discrepancia entre cualquierade los estándares, y códigos citados, y cualquiera de los Documentos del Contrato,prevalecerán estos últimos.

    GB-9 GARANTÍAS

    9.1 Garantía por Otorgamiento de Anticipos

    En caso de que el Propietario otorgue anticipos, éstos se otorgarán sólo contra laentrega de una (1) Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista por el mismomonto del anticipo, emitida por un banco Chileno o sucursal de banco extranjero deprimera categoría, a favor de “Compañía Minera del Pacífico S.A.” Dicha Boletatambién se otorgará para caucionar el íntegro y oportuno cumplimiento de todas ycada una de sus obligaciones derivadas del Contrato y se tomará inicialmente hasta lafecha originalmente prevista para la Recepción Provisoria del Trabajo. Dicha Boletaqueda sujeta a los mismos términos que los señalados a propósito de la Boleta de Fiel

    Cumplimiento del Contrato, incluyendo la obligación del Contratista de extender suvigencia y el derecho del Propietario de cobrar la Boleta y aplicar su producto, a títulode multa.

    En caso que el Propietario no haga efectiva la Boleta de Garantía y ésta caduque, elPropietario estará facultado para descontar el valor de dicha Boleta, de cualquiermonto adeudado al Contratista.

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    9.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

    Salvo que en el Contrato se estipule otra cosa, el Contratista deberá entregar alPropietario, por su cuenta y costo, una (1) Boleta Bancaria de Garantía, paracaucionar el cumplimiento íntegro y oportuno del Contrato. La garantía se entregará enla forma que sea satisfactoria para el Propietario y cumplirá, a lo menos, con lossiguientes requisitos:

    •  Su monto deberá ser igual al diez por ciento (10%) del Precio del Contrato.

    •  La Boleta de Garantía debe ser entregada al Propietario dentro de los diez (10)

    días siguientes a la fecha de aceptación del Aviso de Adjudicación del Contrato,pero en todo caso antes del inicio del Trabajo, Obra o Servicio en Terreno.

    •  El documento deberá ser emitido a la vista, a la orden del Propietario,haciéndose exigible su pago inmediato, por el solo hecho de requerirlo elPropietario; deberá ser emitida por un banco Chileno o sucursal de bancoextranjero de primera categoría, a favor de Compañía Minera del Pacífico S.A. Eldocumento tendrá el carácter de irrevocable y será renovable a la sola solicituddel Propietario.

    •  En caso que el Contratista no cumpla con alguna de sus obligaciones impuestasen el Contrato o derivadas de él, o bien no reembolse al Propietario los gastosque éste haya tenido que efectuar con motivo de un hecho, acción u omisiónimputable a aquél, el Propietario quedará autorizado para hacer efectiva lagarantía, sin necesidad de una demanda o acción judicial, independientementedel procedimiento estipulado en la cláusula GB-67 “Reclamos, Controversias yArbitrajes” de las “Bases Administrativas Generales” y sin perjuicio de otrosderechos que puedan corresponderle.

    •  La garantía deberá tomarse por un período igual al tiempo que medie entre la

    fecha de aceptación del Aviso de Adjudicación y sesenta (60) días posterior a lafecha original establecida para que el Contratista Obtenga la RecepciónProvisoria, conforme se establece en el artículo 11 “Recepciones” de las “BasesTécnicas”. Sin perjuicio de lo anterior, y sujeto siempre a que el Contratista seencuentre en pleno cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato y notenga reclamaciones pendientes de ningún trabajador, Subcontratista otrabajador de Subcontratista (lo que deberá certificar con certificados emitidospor las instituciones competentes y certificados de exoneración emitidos porcada uno de sus Subcontratistas), la Boleta Bancaria será liberada solamenteuna vez que el Propietario haya recibido la Boleta de Garantía de “Calidad de los

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    de la terminación de la realización, reconstrucción, reemplazo o reparación. Con todo,

    el Período de Garantía máximo total de la Garantía de Calidad de los Trabajos, Obraso Servicios no excederá de veinticuatro (24) meses contados desde su fecha de inicio.

    Excepciones a la Garantía son la falta de mantención y/o cuando las rutinas deoperación y mantención contradicen lo establecido en los manuales de operación ymantención, en la medida en que dichas obligaciones se incluyan dentro del ámbito deresponsabilidad del Propietario.

    Sin perjuicio de cualquier otro derecho o correcciones disponibles para el Propietario,éste deberá dar Aviso al Contratista del hecho de haber descubierto defectos o

    deficiencias que constituyen una violación a las Garantías de Calidad de los Servicios,Obras o Trabajos. Al recibo de dicho Aviso el Contratista, procederá, de inmediato, asu exclusivo cargo y costo, a realizar las acciones que se requieran o que seannecesarias o conducentes a la reparación o reemplazo del ítem defectuoso odeficiente en el más breve plazo.

    En el evento que el Contratista no proceda a tomar las medidas conducentes a lareparación o reemplazo según lo establecido en el punto anterior, dentro de los cinco(5) días siguientes a la recepción del Aviso del Propietario, o en el plazo menor que lascircunstancias aconsejen, el Propietario podrá ejecutar las acciones y tomar las

    medidas que considere apropiadas para reparar o reemplazar el ítem deficiente odefectuoso, pudiendo repetir contra el Contratista por el monto íntegro de todos loscostos y gastos en que haya incurrido con motivo u ocasión de dicha gestión dereparación o reemplazo, conforme se establece en la cláusula GB-47 “CobrosRevertidos” de este documento.

    Previo a la Recepción Provisoria, y como requisito de ésta, el Contratista deberáentregar al Propietario una Boleta bancaria de garantía por un monto igual al cinco porciento (5%) del Precio Final del Contrato, expresada en UF, para caucionar la Garantíade los Servicios, Obras o Trabajos, emitida por un banco Chileno o sucursal de banco

    extranjero de primera categoría, a favor de Compañía Minera del Pacífico S.A.

    Esta Boleta de Garantía deberá mantenerse vigente por todo el periodo de garantíaindicado anteriormente y será devuelta al Contratista al término del periodo de garantíay dentro de los cinco días siguientes a la suscripción del Finiquito

    La Garantía por el Fiel Cumplimiento del Contrato y la Garantía por Calidad de losTrabajos, Obras o Servicios, deberán caucionar también la correcta ejecución de losTrabajos, Obras o Servicios derivadas de las Ordenes de Cambio, por lo cual, suseventuales montos estarán sujetos a las mismas estipulaciones.

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    GB-10 SEGUROS

    El Contratista será responsable y estará obligado, a su propio costo, a reparar,subsanar, compensar, indemnizar, efectuar toda acción correctiva y pagar todo gastoque sea procedente, debido a daños, perjuicios, lesiones, muertes y pérdidas de todotipo que afecten a su personal, al de sus Subcontratistas, a trabajadores delPropietario, a trabajadores del Administrador, a terceras personas y/o a sus bienes,incluyendo los del Propietario, que se encuentren dentro de los recintos de elPropietario, u otros sobre los cuales pueda aducirse responsabilidad por parte de elPropietario, que se produjeran con motivo o derivados de la ejecución de los Serviciosa causa de negligencias, acciones y omisiones de responsabilidad del Contratista o de

    sus Subcontratistas que actúen en su representación o del personal de cualquiera deellos.

    Con el objeto de cubrir estos riesgos y de asegurar la correspondiente indemnización alos afectados, incluyendo el pago de costas judiciales, si las hubiese, el Contratistatendrá la obligación de obtener y mantener vigentes durante toda la vigencia delcontrato, incluyendo períodos de prueba, todos los resguardos y/o seguros que seannecesarios y particularmente aquellos que se especifican más adelante. Seráobligación del Contratista someter a la previa aprobación del Propietario todas lascondiciones de las pólizas que se detallan, las cuales sólo podrá contratar sujetándose

    a dichas condiciones previamente aprobadas. Se deja establecido que los deduciblesde los seguros no podrán exceder de UF 12.000.

    Se deja expresa constancia que el hecho que el Contratista contrate los seguros que acontinuación se señalan, no limitará su responsabilidad si los daños exceden el montode la póliza o, si por causales de ésta, la compañía de seguros se negase a pagar losdaños y perjuicios. En tal caso, el Contratista será responsable de cubrir lo que endefinitiva no pague la Compañía de Seguros.

    Respecto de los deducibles de los seguros, ya sea contratado por el Contratista o por

    el Propietario, el Contratista será responsable de ellos, excepto en los casos de fuerzamayor como lo define el código de comercio.

    10.1 Seguros que debe contratar el Contratista

    Seguros de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales

    El seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales,cubrirá a todo el personal ocupado en la ejecución de los Servicios, sean ellos delpropio Contratista como los de sus subcontratistas. Para estos efectos el Contratista

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    ANEXO C Bases Adm Generales 30 06 11.doc Página 21 de 98

    deberá acreditar por escrito ante El Propietario, conforme a la Ley Nº 16.744 y su

    Reglamentación, cuál de los sistemas permitidos por dicha legislación es el queampara al personal que ocupe en los Servicios a que el Contrato se refiere.

    El seguro de accidentes del trabajo deberá ser certificado mensualmente por lainstitución previsional correspondiente, en el sentido que el Contratista y susSubcontratistas se encuentran al día en el cumplimiento de las cotizaciones de sustrabajadores.

    Seguro de Responsabilidad Civil Profesional y/o Errores y Omisiones

    El Contratista deberá presentar al Propietario un Seguro de Responsabilidad CivilProfesional y/o de Errores y Omisiones el cual deberá ser contratado a su costo, conun límite de indemnización por evento y agregado anual de al menos UF25.000 

    (Veinticinco mil unidades de fomento), para cubrir los daños y/o perjuicios ocasionadosa el Propietario por errores y/u omisiones del contratista durante el desarrollo delContrato, en cuanto que este ejecuta sus servicios de acuerdo a las buenas yreconocidas prácticas de la ingeniería y construcción. El deducible de esta póliza nopodrá exceder el 10%. En caso de que el Contratista necesite utilizar un deduciblemayor, debido a las condiciones ofrecidas por el mercado, el contratista deberá contarcon la anuencia escrita del Propietario.

    El Contratista no podrá iniciar ninguna actividad de terreno hasta no tenerdebidamente contratado este seguro y aprobado por el Propietario.

    Para todos los efectos de esta póliza, el Propietario deberá mantenerse como terceroen esta póliza y por lo tanto no podrá por ningún motivo incluirse al Propietario y/ofiliales como asegurado adicional en esta póliza.

    Adicionalmente, el Propietario se reserva el derecho a exigir la contratación de unseguro de Responsabilidad Civil Profesional y/o de Errores y Omisiones como

    segunda capa en exceso de las primeros UF5.000  (Cinco mil unidades de fomento)hasta el límite que estime conveniente, considerando los términos que puede entregarel mercado asegurador y/o reasegurador. El Contratista se obliga a aceptar lacontratación de este seguro a requerimiento del Propietario y por lo tanto se obliga aentregar a el Propietario toda la información necesaria para que el Propietario realicela cotización y colocación del mismo en nombre del contratista. Este seguro será decargo del Propietario y por lo tanto deberá ser pagado por el Contratista pero rendidoal Propietario posteriormente.

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    El Contratista deberá negociar dicho seguro con empresas aseguradoras cuya

    “Clasificación de Riesgo” sea al menos “AA” según la última clasificación publicada enel sitio Web de la SVS antes de la entrada en vigencia del Contrato.

    Seguro de Protección Financiera para Empleadores (Accidentes Personales)

    El Contratista deberá presentar a El Propietario un Seguro de Protección Financieraincorporado al Depósito de Pólizas de la SVS bajo el código POL 1 07 006, el cualdebe cubrir a todas las personas que participen directa o indirectamente en elContrato, incluyendo los empleados de los subcontratistas, incluyendo aquellos quetrabajen en la modalidad de honorarios, tales como asesores y/o consultores.

    La póliza debe incluir los siguientes planes de cobertura:

    Plan I: En caso de muerte de un trabajador, hasta por un año a contar de la fecha delaccidente;

    Plan II: En caso de incapacidad permanente del trabajador;

    Plan III: En caso de lesiones corporales que no causaren la incapacidad permanentedel trabajador.

    Su monto asegurado por plan no podrá ser inferior a UF 5.000 (Cinco mil unidades defomento), por persona y deberá estar vigente hasta el término del contrato. El segurodeberá tomarse a favor del Contratista y el Propietario de modo tal de proteger laresponsabilidad civil solidaria de este último. Por lo tanto en caso de presentarse algúnsiniestro que signifique el pago de una indemnización por parte del asegurador, ElPropietario deberá comparecer en el finiquito a ser firmado al momento del pago.

    Adicionalmente, esta póliza deberá incluir vía condición particular, las siguientescoberturas adicionales:

    •  “Trayectos In itinere”.•  Cobertura a las reclamaciones de los empleados y/o herederos de los sub

    contratistas.

    •  Cobertura de sismo amplio, es decir, sin restricción a grados en la escala deRichter.

    Copia de esta póliza deberá ser entregada al Propietario para su aprobación yaceptación, a los quince (15) días corridos a partir del acta de inicio de actividades uOrden de Proceder, siendo condición primordial para cursar el primer Estado de Pago.

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    El hecho que el Propietario conozca y acepte las pólizas de seguros del Contratista, no

    limita la responsabilidad de éste si los daños o perjuicios exceden el monto de la pólizao lo reglamentado por organismos administradores, instituciones de previsión omutualidades de empleadores. En tal caso, el Contratista será directamenteresponsable de cualquier diferencia.

    Será responsabilidad del Contratista mantener cubiertos los riesgos en todo momentoy por consiguiente, la cesación de pagos, quiebra o suspensión de las operaciones dela entidad aseguradora por cualquier causa, obligará al Contratista a tomar pólizas dereemplazo en otras entidades equivalentes.

    Todos los seguros deberán tener una vigencia mínima igual al período de duración delcontrato más un mes adicional, prorrogándose por el tiempo que sea necesario si elpersonal del Contratista permanece por más tiempo en faenas y por ende los riesgosse mantienen. El costo de la prórroga de estos seguros será de cargo del Contratista.

    Todas las pólizas del Contratista deberán extenderse por montos estipulados enUnidades de Fomento (UF).

    Las pólizas que el Contratista mantenga en vigor durante toda la vigencia del Contratono podrán ser modificadas, alteradas, canceladas o anuladas sin el consentimiento

    escrito del Propietario, lo cual deberá estar consignado en las condiciones particularesde cada una de las pólizas, salvo en lo que respecta a adiciones o incorporaciones de“Materia Asegurada”.

    Las partes dan por acordado que el hecho de la terminación del respectivo contrato, ode los trabajos que el Contratista debe realizar según el mismo, no lo liberará de suobligación de indemnizar al Propietario, ni de su obligación por daños a terceros, si elhecho por el cual se deduce la reclamación se hubiese producido antes de la fecha enque se haga efectiva tal alteración o cancelación.

    Seguro de Responsabilidad Civil por Accidentes de Vehículos Motorizados yEquipos Móviles

    El Contratista deberá presentar un seguro de Responsabilidad civil , que al menosincluya: Límite de Responsabilidad Civil Patronal, no inferior a UF5.000  (Cinco milunidades de fomento) por empleado, por un período que coincida con el tiempo quelos empleados del Contratista participen en las obras; Responsabilidad Civil deVehículos Motorizados y Equipo Móvil, que cubra todos los vehículos propios, decontratistas y/o subcontratistas, arrendados o en leasing utilizados en conexión conlas obras, con un límite de responsabilidad combinado para lesiones corporales y

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    daños materiales no inferior a UF 800 para vehículos motorizados y UF 1.000  para

    equipos móviles. La cobertura debe incluir el uso de vehículos y equipos dentro yfuera del sitio de la obra. La cobertura deberá incluir Cláusula de ConductoresDependientes según lo siguiente:

    La responsabilidad civil vehicular y de equipos móviles, permanece cubierta auncuando el conductor del vehículo o equipo huya del lugar del accidente y/o conduzcasin licencia y/o con licencia vencida y/o esté bajo la influencia de drogas, y/omedicamentos, y/o se encuentre en estado de ebriedad, y/o cuando el hecho queorigine los daños o pérdidas sean causados intencionalmente por éste, siempre ycuando se trate de un conductor dependiente laboralmente del asegurado, que no sea

    su cónyuge, ascendiente, descendiente, o pariente por consanguinidad o afinidadhasta el 2°  grado. Asimismo y en todos estos casos, la compañía podrá actuar

    persiguiendo las responsabilidades que procedan.

    Todas estas Pólizas de vehículos y equipos móviles deberán incluir en formaobligatoria al Propietario y filiales como asegurados adicionales.

    10.2 Seguros que Contratará el Propietario

    Sin perjuicio de las responsabilidades del Contratistas bajo el punto anterior, con el

    objeto de cubrir los riesgos y garantizar la indemnización correspondiente a las partesafectadas bajo el punto anterior, incluyendo pagos a tribunales arbitrales y abogados,el Propietario contratará, al menos dentro de los quince (15) días previos al inicio delTrabajo, Obra o Servicio, y mantendrá vigente durante la vida del Contrato los segurospara cubrir la proyecto que es materia del Contrato y que incluirá:

    a) La Obra.

    b) Los Equipos, maquinaria, materiales e instalaciones de propiedad de ElPropietario, que serán incorporados a la Obra desde el momento de sercolocados en el Sitio.

    c) Propiedades existentes de El Propietario.

    d) Responsabilidad Civil a terceros por daños que puedan ocurrir a la propiedadpública o privada o a cualquier individuo.

    e) Transporte para cubrir todos los equipos y materiales de procedencia nacional oextranjera que serán incorporados a la obra.

    Los seguros serán mantenidos vigentes por un período equivalente a la duración delperíodo de construcción y montaje del proyecto, incluyendo pruebas y puesta enmarcha.

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    10.3 Condiciones Aplicables a todos los Seguros Contratados por el

    Contratista

    1. El Contratista está obligado a comunicar oportunamente al Propietario laocurrencia de cualquier hecho o circunstancia que pudiese representar unsiniestro cubierto por estos seguros, debiendo responder por cualquier perjuicioque cause la no información oportuna o el incumplimiento de cualquier obligaciónque estos seguros establezcan. El contratista velará porque sus subcontratistasden cabal cumplimiento a lo indicado más arriba y responderá ante el Propietariosi ello no ocurriere.

    2. Ninguna de las pólizas contratadas por el Contratista o sus subcontratistas podráser cancelada excepto por terminación del Contrato y contendrán en formaadicional a lo estipulado una cláusula que señale: “El asegurador no podrácancelar y/o modificar las condiciones de póliza sin autorización por escrito delPropietario”.

    3. La notificación de cualquier solicitud de cancelación y/o modificación de lascondiciones de la Póliza, deberá ser comunicada al Propietario con a lo menostreinta (30) días de anticipación al momento en que esta deba hacerse efectiva.

    4. Si el contratista y/o subcontratistas dejase de contratar o de mantener vigentesalgunos de los seguros que a él le corresponde contratar, el Propietario sinperjuicio de reservarse los derechos y acciones, tendrá la facultad para contratar,mantener en vigencia o recontratar dichos seguros según corresponda a nombrey cuenta del contratista o subcontratista pagando las primas correspondientescon cargo al Contratista y/ o Subcontratista. En este caso el Propietario a suopción podrá deducir en cualquier momento las sumas desembolsadas por estosconceptos de cualquier pago que deba hacer al contratista.

    5. Los seguros que deba proveer el Contratista deberá contar con la aprobación

    previa del Propietario antes del inicio de alguna actividad relacionada con laejecución de las obras.

    6. El contratista estará obligado a acreditar al Propietario el pago de las primas detodos los seguros. El Contratista requerirá la contratación de los seguros quecada Subcontratista contrate, podrá también incorporarlos en sus propias pólizascomo asegurados adicionales.

    7. Todos los seguros deberán estar sujetos a jurisdicción Chilena.

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    Las pólizas deberán estipular que cualquier quiebre de garantía por parte de los

    asegurados adicionales no perjudicará los intereses de los demás asegurados. 

    GB-11 NOTIFICACIONES

    Cualquier notificación, bajo los términos del Contrato, deberá ser hecha por escrito alRepresentante autorizado de la Parte correspondiente o su reemplazante, entregadapor mano a la persona a la que va dirigida; o despachada por correo certificado ; ósistema de comunicación informático oficial del proyecto confirmando acuse de recibo,a la dirección establecida en el Contrato, o a aquella dirección que haya sidodeterminada por medio de una notificación por escrito; o entregada en oficinas de la

    parte confirmada con timbre de recepción.

    GB-12 CUMPLIMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS Y RESOLUCIONESDE AUTORIDAD 

    Durante la ejecución del Trabajo, Obra o Servicio, el Contratista cumplirá, sin que elloimplique un gasto adicional para el Propietario, con las leyes, reglamentos,ordenanzas, normas, órdenes, avisos y exigencias que sean aplicables en el país,provincia, región o distrito, incluyendo, entre otras, las impuestas o requeridas en lospermisos, autorizaciones, licencias del Proyecto o relacionadas con el Trabajo, lasrelacionadas con la contratación de trabajadores, la actividad de la construcción, laminería y otras relacionadas con la naturaleza del Trabajo, Obra o Servicio. ElContratista será responsable de cualquiera infracción que esté relacionada con elcumplimiento de esas obligaciones, debiendo asumir esta responsabilidad por supropia cuenta y costo, sin derecho a reembolsos. El Contratista, a solicitud delPropietario, deberá acreditar dicho cumplimiento, como asimismo el hecho de haberpagado las multas y sanciones que le hubieren sido impuestas, debiendo tambiéndemostrar que la situación que hubiere originado aquéllas ha sido superada. ElContratista liberará de responsabilidad e indemnizará a el Propietario, alAdministrador, sus respectivos empleados, directores y accionistas por cualquiera

    pérdida, perjuicio, reclamos, acciones, juicios, daños civiles, multas, sanciones ygastos, incluyendo honorarios y costas judiciales y extrajudiciales, causados uocasionados, directa o indirectamente, por su incumplimiento de cualquiera de dichasleyes, reglamentos, ordenanzas, normas, órdenes, avisos o exigencias.

    El Contratista certifica y garantiza que sus diseños, planos, especificaciones detalladaspara la prestación del Servicio y/o especificaciones detalladas para materiales yequipos, si correspondiere según el objeto de su Contrato, cumplen con todas lasleyes, reglamentos, ordenanzas, disposiciones y requisitos legales.

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    Si el Contratista descubriera cualquier discrepancia o inconsistencia entre el Alcance o

    especificaciones del Trabajo del Contrato y cualquier ley, ordenanza, estatuto,reglamento, disposición legal, orden o decreto oficial, deberá informar inmediatamente,por escrito, de las mismas al Propietario.

    GB-13 DE LOS PERMISOS

    A menos que en algún Documento del Contrato existan disposiciones expresas ensentido contrario, el Contratista deberá obtener y pagar, por cuenta propia, todos lospermisos, autorizaciones, licencias, certificados y otros requisitos legales exigidos porlas autoridades pertinentes, y por las inspecciones que dichas autoridades demanden,

    distintas de aquellas inspecciones que ejecute el Propietario. Deberá, además, facilitartoda documentación, garantías, seguros o depósitos en efectivo que le sean exigidospara la ejecución del Trabajo, Obra o Servicio.

    El Propietario, gestionará, sin costo para el Contratista, solamente los permisos yaprobaciones requeridos por el Proyecto y para el Trabajo, Obra o Servicio listadostaxativamente en las “Bases Administrativas Especiales”. El Contratista proporcionaráal Propietario la asistencia que fuera necesaria para la obtención de dichos permisos.Todos los permisos proporcionados por el Propietario estarán disponibles para serexaminados en las oficinas del Proyecto del Propietario, durante las horas normales de

    oficina.

    El Contratista cumplirá fielmente con todos los requerimientos y exigencias quepuedan imponer los permisos, autorizaciones, licencias y demás exigencias de laautoridad independientemente del hecho de tratarse de permisos o autorizaciones queconforme al Contrato sean de responsabilidad del Contratista o no.

    GB-14 IMPUESTOS

    El Contratista pagará en forma oportuna todos los impuestos, contribuciones, derechos

    y gravámenes de cualquier naturaleza devengados en virtud del Trabajo o Serviciosobjeto del Contrato, y efectuará todas las deducciones y retenciones que determine laley. Dentro de la relación contractual que el Contratista mantenga con el Propietariopor los contratos que celebre al amparo de estas “Bases Administrativas Generales”,el Contratista se compromete a indemnizar, defender y mantener libre deresponsabilidades al Propietario, al Administrador, los accionistas, subsidiarias yfiliales de cualquiera de ellos, y a los respectivos directores, funcionarios, agentes,trabajadores de todas ellas y a los sucesores y cesionarios de todos los anteriores porcualquier y toda responsabilidad que pueda estar relacionada con tales impuestos,contribuciones, derechos, gravámenes y retenciones legales, sin perjuicio de la

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    responsabilidad solidaria que por ley pudiera corresponderle a los nombrados frente a

    la autoridad tributaria. Las empresas y/o personas naturales o extranjeras, sea queestén o no legalmente constituidas o domiciliadas en Chile, que presten Trabajos oServicios bajo el Contrato, estarán obligadas a cumplir estricta y cabalmente con lasdisposiciones sobre tributación que establece la legislación de Chile.

    GB-15 PLANOS Y ESPECIFIC. PROPORCIONADOS POR EL PROPIETARIO

    En caso que, conforme a los Documentos del Contrato, el Propietario suministreplanos, especificaciones, estudios u otra información al Contratista relativa al Trabajo,será obligación del Contratista estudiar y convalidar toda dicha información y reportar

    por escrito al Propietario cualquier defecto u omisión que detectare, a más tardar 30días después de recibida dicha información. En caso que el Contratista no reporteninguna disconformidad en el plazo señalado, se entenderá que la documentaciónsuministrada es suficiente e idónea para la ejecución del Trabajo, Obra o Servicio porel Contratista y éste estará impedido de reclamar mayor plazo o compensaciónpecuniaria de cualquier especie fundado en defectos, insuficiencia o cualquier otroproblema que pudiera adolecer la señalada información y se considerará al Contratistacomo el autor de dicha información para todos los efectos del Contrato.

    El Contratista deberá, inmediatamente después de la adjudicación del Contrato,

    desarrollar y revisar todas las especificaciones y planos requeridos para Obra, yemitirlos al Propietario para su aprobación de construcción, cuando correspondasegún el tipo de Contrato (EPC ó Contrato de Construcción).

    Todos los planos y especificaciones listadas en las Bases Técnicas son parte delContrato, en consecuencia, el Contratista deberá ejecutar el Trabajo, Obra o Serviciode acuerdo con los planos y/o sketches marcados con “Aprobados para Construcción”(AFC). Formarán también parte del Contrato cualquier cambio, reemplazo ocomplemento posterior a los planos originales del Contrato los que se implementaránconforme a las estipulaciones contenidas en la cláusula GB-39 “Cambios y

    Modificaciones” de las “Bases Administrativas Generales”.

    El Contratista deberá ejecutar el Trabajo solamente de acuerdo con estos planos AFCy sus subsecuentes revisiones, y de acuerdo con los planos presentados por elContratista en cumplimiento de la cláusula GB-16 “Planos, Datos y MuestrasProporcionados por el Contratista” de las “Bases Administrativas Generales”, quehayan sido aprobados por el Propietario.

    Una (1) versión electrónica; una (1) copia reproducible tamaño completo; un (1)impreso tamaño completo de dichos planos y una (1) copia de las especificaciones

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    serán proporcionados al Propietario sin cargo. Cualquier copia adicional será

    entregada al Propietario, a su solicitud, al costo actualizado de las mismas.

    El Contratista deberá mantener en el Terreno un juego completo de los planos yespecificaciones actualizadas con todos los cambios y modificaciones, y debe en todomomento dar acceso al Administrador y al Propietario a ellos.

    GB-16 PLANOS, DATOS Y MUESTRAS PROPORC. POR EL CONTRATISTA

    El Contratista proporcionará los planos (en formato Autocad 2004), datos y muestrassegún se da cuenta a continuación, teniendo presente que cualquier revisión y

    autorización del Propietario para proceder no constituyen aceptación o aprobación dedetalles de diseño, cálculos, análisis, métodos de pruebas, métodos de construcción,programación de equipos, certificaciones o materiales desarrollados o seleccionadospor el Contratista, y no lo relevan del total cumplimiento de sus obligacionescontractuales:

    a) Planos

    Cuando se requieran planos para:

    •  Fabricación de equipos o estructuras proporcionado por el Contratista;•  Instalación de materiales o equipos suministrados por el Contratista;•  Planificación y ejecución del Trabajo bajo el Contrato;

    Dichos planos deben ser suministrados por y de cargo del Contratista antes de que lafabricación, instalación o ejecución comience, permitiendo al menos quince (15) díascalendario para la revisión por el Propietario, a menos que se muestre de otra maneraen el “Programa de Construcción”. Dichos planos deben incluir, pero sin limitarse a:marcas de calce, diagramas de montaje y otros detalles, a saber: conexiones enterreno para la adecuada instalación, montaje del equipo o materiales y ejecución del

    Trabajo.Los planos de un equipo específico deben identificar los componentes con el númerode parte del fabricante o la referencia del número de plano claramente indicado. Si seusan números de planos de referencia, la revisión de datos de dichos planos debeincluirse.

    Los planos deben indicar dimensiones de diseño, tolerancias máximas y mínimas deoperación permitidas en todos los calces de desgaste principales, a saber, rotación,calces recíprocos o de desplazamiento intermitente entre ejes o barras y sellos, guías

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    y pasadores de pivote. La secuencia de entrega de todos los planos debe ser tal que

    toda la información esté disponible para revisión de cada plano cuando sea recibido.

    Todos los planos entregados por el Contratista deben ser certificados por éste de queestán correctos. El Propietario efectuará una revisión de los planos del Contratista y unplano reproducible marcado con una de las siguientes anotaciones será devuelto alContratista:

    CÓDIGO DESCRIPCIÓN

    1 Puede Proceder con el Trabajo

    2 Corregir y reenviar: El Trabajo puede proceder sujeto a laincorporación de los cambios indicados.

    3 Corregir: El Trabajo no puede proceder.

    Aunque el Contratista puede proceder a la ejecución del Trabajo, Obra o Servicioluego de la recepción de planos con una anotación Código 2, el Contratista debeincorporar los cambios indicados, reenviar y obtener una anotación Código 1, antes deque la autorización para proceder sea concedida.

    b) Muestras

    Cuando se requieran muestras, ellas deben ser proporcionadas por y de cuenta delContratista. Dicha entrega debe ser hecha a lo menos treinta (30) días calendarioprevio al momento en que los materiales representados por dichas muestras seannecesarios para incorporarlos en la Obra. Las muestras deben estar sujetas a revisióndel Propietario, y los materiales representados por dichas muestras no deben serfabricados, enviados al Terreno o incorporados en la Trabajo, Obra o Servicio sindicha revisión.

    Cada muestra debe llevar una etiqueta indicando el nombre del Contratista, el nombredel Proyecto, descripción del ítem, nombre del fabricante, nombre de marca, númerode modelo, nombre del proveedor, y referencia del número de plano apropiado,sección y párrafo de la especificación técnica, todo según sea aplicable.

    Las muestras que ya han sido revisadas pueden, a opción del Propietario, serdevueltas al Contratista para su incorporación en el Trabajo.

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    c) Datos y Certificaciones

    Cuando se requieran certificaciones, cuatro (4) copias de dichos certificados deben serentregadas por y de cuenta del Contratista. Dicha entrega debe ser efectuada con unaanticipación de treinta (30) días calendario antes del momento en que los materialesrepresentados por dichos certificados sean necesarios para incorporarlos en elTrabajo, Obra o Servicio. Los Certificados deben estar sujetos a revisión delPropietario, y los materiales representados por dichas certificaciones no deben serfabricados, enviados al Terreno o incorporados en el Trabajo, Obra o Servicio sindicha revisión.

    Los certificados deben identificar claramente el material que está siendo certificado ydeben incluir, pero sin limitarse a la entrega de la siguiente información: nombre delContratista, código del Contrato, descripción del ítem, nombre del fabricante,referencia al plano apropiado, sección y número de párrafo de la especificacióntécnica, todo según sea aplicable.

    Cualquier otra información deberá entregarse según se requiera, de acuerdo con losdocumentos del Contrato.

    d) Planos y Especificaciones

    1. Planos:

    Condición de Avance – Planos “Red Line”: Durante la construcción, el Contratistamantendrá en el Terreno, un juego de copias de los planos, marcados según elavance y modificaciones a la fecha, como un registro exacto de todas lasdivergencias entre el plano original y las modificaciones del trabajo ejecutado, elcual se designará como plano “Red Line”. Estos planos estarán a disposición delPropietario para su inspección y actualización de los planos originales, en formasemanal y/o en cualquier momento que el Propietario lo requiera. El Contratista

    deberá entregar todos los planos “Red Line” finales al Propietario, previo a laaprobación del Estado de Pago Final y siendo condición para la aceptación delCumplimiento Operacional.

    2. Especificaciones

    3. Durante la ejecución del Trabajo, Obra o Servicio, el Contratista mantendrá en elTerreno un juego de las especificaciones. Estas especificaciones estarán adisposición del Propietario para la inspección y verificación de la utilización de laúltima versión actualizada y aprobada por el Propietario. 

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    4. Propiedad de los Planos y Bienes Adquiridos para el Trabajo, Obra o

    Servicio

    Todos los diseños, especificaciones de planos, e información desarrollada por elContratista bajo el Contrato, serán propiedad del Propietario y todos losoriginales y medios y archivos magnéticos se entregarán al Propietario al términonormal o anticipado del Trabajo, Obra o Servicio, solamente con la excepción deque el Contratista puede reproducir y mantener una copia para fines dereferencia.

    A menos que el Contrato especifique lo contrario, el título de dominio de toda

    propiedad, incluyendo materiales, equipos, instalaciones, suministros y opropiedad tangible de cualquier tipo y descripción, adquirida, preparada ofinalizada por el Contratista o sus Subcontratistas y proveedores en la ejecucióndel Trabajo, Obra o Servicio, se transferirá directamente del Contratista o susSubcontratistas y proveedores al Propietario, libre de todo gravamen, litigio,derecho de retención legal, o hipoteca, una vez efectuado el pago por losmismos.

    El Propietario se reserva el derecho de inspeccionar, en cualquier momento ylugar, y aceptar o rechazar, cualquier componente de tal propiedad, de acuerdo

    al Contrato. El Contratista adoptará las disposiciones o rechazará loscomponentes que le indique el Propietario. El título de propiedad se transferirá yqueda investido en el Propietario una vez que: (i) se autoriza la utilización de lapropiedad en el desempeño del Trabajo; o (ii) se efectúa el pago por la misma,cualquiera de dichos eventos ocurra primero.

    GB-17 PUNTOS DE CONTROL TOPOGRÁFICO Y TRAZADOS

    Los puntos de control topográfico que se indican en los planos son establecidos por elPropietario.

    El Contratista completará a su costo todo trazado necesario para la ejecución delTrabajo, Obra o Servicio y será responsable por todos los requerimientos necesariospara la ejecución de cualquier trabajo en conformidad con las ubicaciones, líneas ypendientes que se especifiquen o se grafiquen en los Planos, sujeto a lasmodificaciones que el Propietario pueda requerir según avance el Trabajo.

    Si el Contratista, o sus Subcontratistas o cualquiera de sus representantes otrabajadores movieran, destruyeran o alteraran la exactitud de cualquier punto decontrol topográfico, tal punto será restituido o reemplazado por el Contratista a su

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    costo. En caso de no tomar acción el Contratista en un plazo de cinco (5) días, el

    Propietario o un tercero que éste designe, restituirá o reemplazará a costo delContratista el punto de control topográfico ó lo que corresponda.

    GB-18 PROGRAMA OFICIAL DEL CONTRATO

    Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha del Aviso deAdjudicación del Contrato y antes de que sea presentado el primer Estado de Pago, elContratista someterá a la aprobación escrita del Propietario un Programa detallado dela ejecución de los Trabajos. Dicho programa deberá estar basado en el “Programa delContrato” presentado por el Contratista en su propuesta, el mismo que, para los

    propósitos de esta cláusula, constituye el Programa Preliminar del Contrato. Una vezaprobado dicho Programa, este pasará a constituirse en el “Programa Oficial delContrato”.

    El programa consistirá en un diagrama de secuencia precedente, utilizando el métodode camino crítico que muestre cada una de las actividades principales, con lasecuencia de ejecución necesaria para alcanzar los Hitos del Contrato. El diagramadeberá mostrar la duración y las interdependencias de las actividades, incluyendo lasactividades que se ejecutan fuera del Terreno, tales como diseño, fabricación deequipos, adquisiciones, entrega de materiales e ítems que deben ser suministrados

    por el Propietario. El diagrama deberá mostrar las rutas críticas e indicar las holgurastotales en términos de fecha más temprana y fecha más tardía. La holgura seráconsiderada como un beneficio exclusivo del Propietario. Cuando en cualquier otracláusula del Contrato se haga referencia a extensiones de plazo, se entiende quepodrá acordarse un ajuste equitativo en el plazo únicamente cuando el plazo de laactividad afectada exceda la holgura total disponible a lo largo de su ruta crítica, todosegún se especifica en las “Bases Técnicas”.

    Para la elaboración de este cronograma, el Contratista deberá considerar todas lasobras incluidas en el alcance del Contrato, indicando las paradas de planta, hitos,

    entrega de equipos por parte del Propietario, fecha de Termino Mecánico, RecepciónProvisoria y Cumplimiento Operacional.

    Dicho programa deberá entregarse en una Carta Gantt procesada en SoftwarePrimavera P6, Versión 6.1 ó 6.2, con un nivel de desagregación de tareas,acompañando además, el archivo electrónico del proceso.

    El Propietario podrá exigir una mayor desagregación del Programa, si a su juicio lorequiere para una mejor Planificación y Control de los Trabajos.

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    18.1 Informe Mensual de Avance

    El Contratista deberá hacer entrega para aprobación del Propietario, junto con elEstado de Pago de cada mes, un Informe Mensual del avance del desarrollo delContrato, el cual deberá contener toda la información del Estado de Avance de losTrabajos, Obras o Servicios alcanzado en el período correspondiente al mes anterioral de su presentación, incluyendo las eventuales entregas de planos y documentostécnicos, y embarques de equipos efectuados durante el período, e informará de laspróximas entregas de origen nacional y extranjero, el estado de avance de laconstrucción, etc., incluyendo, también, la información relativa a las actividades adesarrollar en el período mensual siguiente.

    El Informe Mensual deberá contener toda la información de interés para el desarrollodel Contrato, incluyendo entre otros, los siguientes aspectos:

    Como parte de los informes de avance mensual que deberán ser presentados cadames, incorporando una presentación visual del avance e informe (Original y dos (2)copias), donde el Contratista incluirá el siguiente contenido:

    •  Estado de Hitos (tabla que muestre las fechas planificadas, pronosticadas yreales para los Hitos, con un análisis de los Hitos logrados durante el mes y

    aquéllos que no se alcanzaron o se reprogramaron).

    •  Análisis de ruta crítica (breve análisis de la(s) actual(es) ruta(s) crítica(s).

    •  Actualización del Programa de Control (indicando el porcentaje ganado completopara cada actividad, las fechas de inicio y término reales y las fechas de inicio ytérmino pronosticadas para cada actividad). Todas las presentaciones deprogramas mensuales en copia en papel / formato en colores seránacompañadas también por una copia electrónica de los archivos de losprogramas pertinentes.

    •  Estado de avance (tabla o listado con viñetas que muestre el avance real contrael planificado, acompañado por un análisis sobre cualquier desviación) concurvas “S” planificadas / reales según corresponda:

    a) Curva de avance global (planificado, real y pronóstico).

    b) Curva de avance de ingeniería (planificado, real y pronóstico).

    c) Curva de avance de adquisiciones (planificado, real y pronóstico).

    d) Curva de avance de construcción (planificado, real y pronóstico).

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    e) Curva de avance de precomisionamiento (planificado, real y pronóstico).

    f) Planes de acción por atrasos y/o atrasos previstos o posibles.

    •  Estado de horas de trabajo (tabla o lista con viñetas que muestre las horas-hombre gastadas reales contra el incremento planificado y las horas-hombreacumuladas, así como también histogramas del equivalente en personasplanificado contra el real, acompañado por un análisis de cualquier anomalía).

    •  Análisis de ejecución del trabajo (tabla o lista con viñetas que muestre elaumento y la cantidad acumulada (horas ganadas / horas reales) acompañadopor un análisis de cualquier anomalía).

    •  Estado de entregas de sistemas.

    •  Resúmenes de cantidades (informe tabular detallando las principales cantidades(m3 de hormigón, toneladas de acero, metros lineales de tuberías, número deválvulas, metros lineales de cable, número de etiquetas de instrumentos, etc. conun pronóstico actual de presupuesto y cantidades diseñadas e instaladas)Adicionalmente deberá contener comentarios pertinentes a los controles enfábrica y en terreno, actualización de Programas y avances o atrasos en eldesarrollo de los diseños, adquisiciones, fabricación, construcción, montaje,puesta en marcha de los equipos, etc., debiendo, en todo caso, dichainformación ser lo suficientemente detallada para explicar la forma en que seejecutaron los trabajos, decisiones importantes tomadas y acontecimientosimportantes ocurridos.

    La forma de presentación y contenido definitivo de dicho Informe Mensual seráacordado, entre el Propietario y el Contratista, al inicio de los Trabajos, Obras oServicios, el que en todo caso, deberá incluir fotografías y gráficos ilustrativos. ElPropietario tendrá derecho a solicitar información adicional, en la medida en que

    razonablemente se pueda requerir para un mejor cumplimiento de los fines delProyecto conforme al alcance del Contrato, sin costo adicional para El Propietario.

    La entrega del Informe Mensual, será requisito previo a la aprobación del Estado dePago del mes correspondiente.

    El Informe Mensual deberá ser revisado y aprobado por el Propietario, para lo cualéste emitirá sus comentarios dentro del período definido para tal efecto al inicio delContrato.

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    Además del Informe Mensual, al término de los Trabajos, Obras o Servicios y como

    requisito básico para la Aceptación Total del Trabajo, el Contratista deberá presentarun Informe Final de Ejecución del Trabajo, Obra o Servicio, en el que se incluya unbalance de su gestión.

    GB-19 INICIO, CONTINUACIÓN Y TÉRMINO DEL TRABAJO

    El Contratista deberá dar inicio al Trabajo, Obra o Servicio una vez recibida la Ordenpara Proceder, por el cual el Propietario le instruye comenzar a ejecutar el Trabajo,Obra o Servicio. A falta de este aviso, la suscripción del Contrato se entenderásuficiente Orden para Proceder.

    El Contratista deberá ejecutar el Trabajo, Obra o Servicio del Contrato dando estrictocumplimiento a las fechas de los Hitos del Contrato, indicados en el “Programa Oficialdel Contrato”.

    El Contratista entregará anticipadamente al Propietario informaciones completasacerca de sus planes para ejecutar cada parte del Trabajo, Obra o Servicio. Si encualquier momento, el avance real de los Trabajos ejecutados por el Contratistaresulta ser inadecuado para alcanzar los requerimientos del Contrato, el Propietariopodrá notificar al Contratista para que éste tome las medidas que sean necesarias

    para mejorar tal avance. Si, dentro de un tiempo de siete (7) días corridos, elContratista no mejora su desempeño para alcanzar los Hitos del Contrato, elPropietario estará autorizado para solicitar al Contratista que incremente su fuerzalaboral, el número de turnos de trabajo, operaciones a tiempo extra, días adicionalesde trabajo por semana, activación de sus envíos de equipos y materiales, e incrementode la cantidad de instalaciones y/o equipos de construcción, todo ello sin que por talmotivo se incremente el costo del Trabajo, Obra o Servicio para el Propietario y sinderecho para el Contratista a pagos adicionales bajo cualquier denominación. Ni talnotificación del Propietario ni la falta de ella podrán liberar al Contratista de suobligación de alcanzar la calidad del Trabajo, Obra o Servicio y el cumplimiento de los

    plazos que requiere el Contrato. Los turnos y/u horas adicionales que de esterequerimiento resulten deberán estar enmarcados dentro de las disposiciones legalesy reglamen