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BASES CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMP PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE POLIZAS DE SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES Y ASISTENCIA MÉDICA PARA EL INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ, POR EL PERÍODO 2011-2012 1

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BASES

CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMPPRIMERA CONVOCATORIA

CONTRATACIÓN DEPOLIZAS DE SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES Y ASISTENCIA MÉDICA PARA EL INSTITUTO DEL

MAR DEL PERÚ, POR EL PERÍODO 2011-2012

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

CAPÍTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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1.1 CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante el Reglamento. Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado. Directivas de OSCE Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública Ley Nº 28015- Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Micro Empresa.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta horas antes del día señalado para el acto de Presentación de Propuestas. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55º del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.

La absolución de consultas que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

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MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6 FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57º del Reglamento.

1.7 ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

La absolución de las observaciones se considerará como parte integrante de las Bases y del Contrato.

MUY IMPORTANTE: No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.8 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE1

El plazo para solicitar la elevación de observaciones al OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El Comité Especial, cuando corresponda, deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE, debiendo bajo responsabilidad remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante.

1.9 INTEGRACIÓN DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad o del OSCE, según corresponda.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.

1 Este procedimiento deberá agregarse sólo si el monto del valor referencial es igual o mayor a trescientas (300) UIT.

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De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.10 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 01).

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.

El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.2

2 Deberá tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante

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1.11 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta económica, en nuevos soles3, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta4

NOTASe precisa que cuando los postores se presenten a más de un ítem, los postores deben presentar sus propuestas económicas en forma independiente.” 5

1.12 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.12.1 Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.12.2 Evaluación Económica

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

no viciará el proceso. 3 En cada caso concreto deberá consignarse la moneda que resulte aplicable.

4 En caso de convocarse a un proceso de selección según relación de ítems cuando el valor referencial del ítem corresponda a una Adjudicación de Menor Cuantía, bastará que el postor presente en su propuesta técnica una declaración jurada donde se comprometa a mantener vigente su oferta hasta la suscripción del contrato.

5 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71º del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre. Por tanto, resulta necesario precisar este aspecto.

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Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

1.12.3 Determinación del Puntaje Total

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

NOTA 5:

En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones:c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

1.13 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71º del Reglamento.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

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1.14 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.15 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 Recurso de apelación

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado 6. En los procesos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del proceso determinará ante quién se presentará el recurso de apelación.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.

En aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley, el Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

6 Esta disposición sólo se consignará si el valor referencial del proceso de selección es igual o superior a seiscientas Unidades Impositivas Tributarias (600 UIT).

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2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPÍTULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se

extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

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En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de servicio. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

3.4 DE LAS GARANTÍAS

3.4.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

NOTA: “Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.

3.4.3 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4.4 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

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Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

Se podrá establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso excederán en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.

La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prórroga del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.

3.8 PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la la realización del servicio.

La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

3.8.1 Plazos para los pagos

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9 DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en la presente sección o en las Bases se regirán por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(En esta sección la Entidad deberá completar la información exigida, de acuerdo a las instrucciones indicadas)

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTENombre: INSTITUTO DEL MAR DEL PERU, IMARPERUC N°: 20148138886

1.2 DOMICILIO LEGALEsquina de Gamarra y General Valle S/N Chucuito Callao

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de una Compañía de Seguros para la “Contratación de Pólizas de Seguros de Bienes Patrimoniales y Asistencia Médica para el Instituto del Mar del Perú, por el Período de 2011-2012”

1.4 VALOR REFERENCIALEl valor referencial asciende a US$ 735,748.40 Dólares de los Estados Unidos de América), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Marzo del 2011.

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante proveído del Director de la Oficina de Administración recaído en el Informe ULeI Nº 607 - 2011 de fecha 04.04.2011.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO7

Recursos Ordinarios

1.7 SISTEMA DE CONTRATACION

El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.9 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIOLos servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 12 meses a partir de la fecha de suscripción del contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.10 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES7 La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio

Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.

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No aplica

1.11 BASE LEGAL

Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del sector Público; Ley 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2011; Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado (en adelante se le denominará La

Ley); Decreto Supremo Nº 184 -2008-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Ley No. 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la

SBS y AFP, así como sus normas modificatorias y complementarias.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Convocatoria………………………………………: 11 de abril de 2011 Registro de Participantes………………………...: Del 12 de abril al 11 de mayo de 2011 Formulación de Consultas…………………….. : Del 12 de abril al 18 de abril del 2011 Absolución de Consultas ………………………..: 20 de abril del 2011 Formulación de Observaciones a las Bases…...: del 25 de abril al 29 de abril del 2011 Absolución de Observaciones a las Bases……..: 04 de mayo del 2011 Integración de las Bases………………………….: 10 de mayo de 2011 Presentación de Propuestas…………….………..: 18 de mayo de 2011

El acto público se realizará en el Auditorio Jorge Sánchez Romero ubicado en Sexto Piso de la Sede Central de IMARPE en el Callao a las 10:00 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas………….: el 19 de mayo de 2011 Otorgamiento de la Buena Pro….…………………: el 20 de mayo de 2011

El acto público se realizará en el Auditorio Jorge Sánchez Romero ubicado en Sexto Piso de la Sede Central de IMARPE, en el Callao a las 10:00 horas

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará en la Oficina de Tesorería, sito en Esquina de Gamarra y Gen. Valle S/N. Chucuito Callao, Segundo Piso, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, previo pago de la suma S/. 20.00 (Veinte con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación.

2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Oficina de Trámite Documentario de la Entidad, sito en Esquina de Gamarra y General Valle S/N Chucuito, Callao, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:00 horas a 16:00horas8, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 001-2011-IMP, aunque no es un requisito para la admisión del documento se solicita a los postores que f ormulen

8 Las Entidades de preferencia, deberán establecer que en el horario de atención al público se presentarán las consultas y observaciones, de lo contrario, deberán contemplar un horario razonable para la formulación de éstas, de modo que se fomente la mayor participación de postores, en concordancia con el Principio de Libre Concurrencia y Competencia.

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consultas, y/o observaciones adjunten al documento escrito la misma información en medio magnético (diskette 3.5) escrito en MS Word, membreteado con su razón social, lo que ayudará a dar agilidad al proceso. No se aceptarán consultas y observaciones que se presenten en otras oficinas, fuera del horario y plazo establecidos, o por participantes no registrados.

2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTASLas propuestas se presentarán en acto público, en el Auditorio Jorge Sánchez Romero, ubicado en el Sexto Piso de la Sede Central del IMARPE, sito en Esquina de Gamarra y General Valle S/N Chucuito, Callao, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario Público de la Provincia Constitucional del Callao.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 001-2011-IMP, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Se presentaran sólo en original 9

SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos10, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria

9 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial. La propuesta económica sólo se presentará en original.

10 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

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SeñoresNOMBRE DE LA ENTIDADDIRECCIÓNAtt.: Comité Especial

CONCURSO PÚBLICO N° 001-2011-IMPObjeto del proceso: Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Asistencia Médica par el Instituto del Mar del Perú por el Período 2011-2012

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICANOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

SeñoresNOMBRE DE LA ENTIDADDIRECCIÓNAtt.: Comité Especial

CONCURSO PÚBLICO N° 001-2011-IMPObjeto del Proceso: Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Asistencia Médica par el Instituto del Mar del Perú por el Período 2011-2012

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

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a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Capitulo de Servicios.

b) Declaración Jurada de datos del postorCuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1)

c) Declaración Jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia del servicio convocado, contenidos en el Capítulo III de la presente Sección (Anexo Nº 2).

d) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento. (Anexo Nº 3)

e) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 4)La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f) Declaración Jurada sobre Plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 5)

g) Carta de Cobertura Provisional por 30 días correspondiente al programa del seguro ofertado, la cual será efectiva para el postor que se adjudique la buena pro, y entrará en vigencia al día siguiente de consentida la buena Pro o quede ésta administrativamente firme o en su defecto hasta la suscripción del contrato 2011-2012 o al término de los contratos vigentes. Esta cobertura provisional estará sujeta a las condiciones generales, particulares y especiales que para cada ramo de seguros se contrate y cubrirá todo siniestro que se produzca sin que el contratista pueda alegar falta de cobertura por falta de pago de primas o de interés asegurable al tiempo de la celebración del contrato o la irretroactividad de las pólizas.

NOTA:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

Documentación de Presentación Facultativa:

a) Declaración Jurada según Anexo Nº 06, en el que incluye cuadro resumen de la experiencia del postor, sustentado con copia simple de comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio, con un máximo de 10 servicios.

SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICAEl Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

a) Carta de Propuesta Económica.- Contiene la Oferta económica y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta por un monto de US $ 14,714.97 dólares de los Estados Unidos de América11

2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, podrá requerirse, entre otros, los siguientes documentos:

a. Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado emitido por OSCE.

11 El postor que resulte ganador de la buena pro y el que quedó en segundo lugar, están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

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b. Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Capitulo de Servicios.

c. Fotocopia del documento de identidad del representante legal del postor.d. Poder para poder suscribir el contrato inscrito en los Registros Públicos.e. Cartas Fianzas:

-Garantía de Fiel Cumplimiento equivalente al 10% del monto adjudicado vigente hasta la última prestación del contrato.-Garantía adicional por le monto diferencial de la propuesta, de ser el caso., vigente hasta 30 días hábiles posteriores a la culminación del contrato.

Estas garantías deberán ser solidarias, incondicionales. Irrevocables, de realización automática a solo requerimiento de la Entidad y estar otorgadas por cualquiera de las empresas autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo indicar que “garantizan el fiel cumplimiento del contrato correspondiente al Concurso Público Nº 001-2011- IMP.

Las garantías deberán estar vigentes hasta la liquidación del contrato. En caso que el plazo de vigencia del contrato que se suscriba sea ampliado, la vigencia de las garantías deberá ser ampliada por el mismo plazo.

f. Cuadro desagregado de costos por riesgo, según Anexo Nº 08.g. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados de ser el caso.h. Declaración de compromiso de emisión de documentos, primas y tasas, reportes de siniestralidad.

2.7 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOEl postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato en el plazo de 10 días hábiles. La citada documentación deberá ser presentada en la Mesa de Partes de la Oficina de Trámite Documentario ubicada en el Primer Piso de la Sede Central, sito en Esquina de Gamarra y General Valle S/N Chucuito Callao

2.8 ADELANTOS12

No se Consideran adelantos de ningún tipo

2.9 PLAZO PARA EL PAGO VERSION SUGERIDA

Para el Ramo de Asistencia Medica la Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de 10 días calendario de presentada la factura con la conformidad de recepción de la prestación, emitida por el Área de Bienestar Social, debidamente visada por la Unidad de Personal.

Para el caso de los Seguros Multiriesgo, 3D, Vehículos, Cascos, Responsabilidad Civil D&O y Accidentes Personales, LA ENTIDAD pagará en cinco (05) cuotas mensuales iguales, las cuatro primeras serán consecutivas a los 30, 60, 90 y 120 días calendarios a partir del inicio de vigencia, sin intereses. La quinta cuota, igualmente sin intereses, será cancelada a los 280 días calendario de iniciada la vigencia del Programa de Seguros,

Sólo en el caso de los Seguros de Asistencia Médica, Vida Ley y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Pensión que son en base a declaraciones mensuales de prima, serán pagados en forma mensual. Dichos pagos se realizarán en Nuevos Soles, al tipo de cambio dólar / venta del día de giro del cheque respectivo (según publicación de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el Diario Oficial El Peruano).

Queda expresamente establecido que, conforme lo dispone la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, mediante Resolución No. 183-2004/SUNAT, la misma que ha creado el “Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central”, LA ENTIDAD efectuará la detracción correspondiente al importe total de la operación efectuada por el CONTRATISTA, sobre operaciones afectas al I.G.V.

De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos en lo que se refiere a los Seguros Personales y del Área de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas en lo

12 Esta disposición sólo deberá ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega de adelantos.

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que se refiere a los Seguros de Bienes Patrimoniales, mediante informes del funcionario respon-sable de las áreas usuarias.

- Factura

2.10 FORMA DE PAGO

De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del Órgano de Administración o el Área encargada.- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.- Factura debidamente cancelada

2.11 REAJUSTE DE LOS PAGOS

No se consideran reajuste ni pagos de ningún tipo o naturaleza. A excepción de las prestaciones adicionales que pudiera solicitar IMARPE durante la vigencia del contrato

CAPÍTULO III

TÉRMINOS DE REFERENCIA

Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Asistencia Médica par el Instituto del Mar del Perú por el Período 2011-2012

SEGURO MULTIRIESGO

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL MONEDA : DOLARES AMERICANOS

MATERIA ASEGURADAToda propiedad bienes e intereses propios del giro del negocio, redes y/o equipos conexos a las embarcaciones, artefactos fijos y/o movibles y en general todo otro contenido de naturaleza similar, sea de propiedad del Asegurado y/o de terceros, y todos aquellos bienes que están bajo el cuidado, custodia y control del Asegurado o por el cual el Asegurado sea responsable, en cualquier lugar de la república, en locales propios y/o de terceros en forma permanente o temporal incluyendo bienes a la intemperie dentro de los locales asegurados y cuando los bienes se encuentran en almaceneras y/o depósitos de terceros.

Incluye bienes bajo tierra, más no limitados a: Edificios, obras civiles en general, muelle, pistas, veredas, mejoras e instalaciones, vitrales, defensas, propagandas, avisos publicitarios, pozos de agua y cualquier obra civil de propiedad del asegurado y bajo su responsabilidad. Contenidos en general, mobiliario, maquinaria, equipos, antenas, torres, instalaciones, accesorios, herramientas, objetos frágiles, moldes, modelos, matrices, dinero, valores y otros.

COBERTURAS Todo Riesgo A Primer Riesgo de Incendio y Líneas Aliadas incluyendo Riesgos de la Naturaleza, Riesgos Sociales y Políticos tales como Huelga, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo

VALOR DECLARADO : US$ 18’409.132

SUMA ASEGURADA : US$ 10`000,000

SUB-LIMITES A PRIMER RIESGO POR EVENTO Riesgos Políticos y Sociales (Huelgas, Conmociones Civiles, Daño Malicioso, Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo) (Límite Agregado Anual) US$ 10’000,000

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Rotura de Maquinaria US$ 38,000

Equipo Electrónico- L.U.C. (para secciones I, II y III) US$ 70,000 - Equipo Móvil y/o portátil ( Limite Agregado Anual ) US$ 30,000

Infortunio US$ 50,000 Limite Agregado Anual

Gastos Extraordinarios US$ 1’000,000

Gastos Extras US$ 1’000,000

Responsabilidad Civil US$ 1’000,000 RC Extracontractual RC Patronal RC Cruzada Limite Único y Combinado en Agregado Anual

Transporte Nacional US$ 300,000Movimiento Estimado Anual US$ 300,000

Transporte Incidental US$ 200,000 Cobertura Automática para Nuevas Adquisiciones US$ 500,000

Rotura Accidental de Vidrios y Cristales, Avisos Luminosos y Objetos Frágiles US$ 10,000

Vehículos Propios y/o Terceros y/o de trabajadores dentro de los locales del asegurado US$ 20,000

CLAUSULASLas cláusulas Adicionales prevalecen sobre las Condiciones Generales

TODAS LAS SECCIONES1. Adelanto del 50% del monto del siniestro2. Nombramiento de Ajustadores3. Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada.(excepto para coberturas en Limite Agregado Anual)

INCENDIO TODO RIESGO 1. Condicionado General de Incendio 2. Todo Riesgo de Incendio 3. Seguro a Primer Riesgo 4. Traslado Temporal (cubre adicionalmente el contenido, por cualquier siniestro cubierto)5. Propiedades Fuera del Control del Asegurado6. Propiedades de Terceros7. Reposición de Productos8. Combustión Espontánea9. Impacto de Vehículos10. Aparatos Eléctricos11. Transporte Incidental12. Rotura Accidental de Vidrios y Cristales 13. Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica o Fuego Subterráneo.14. Maremoto, Tsunamis, Salida de Mar, Marejada u Oleaje 15. Huelga, Motín y Conmoción Civil16. Daño Malicioso, Vandalismo, Terrorismo y Sabotaje17. Reemplazo18. Errores ú Omisiones19. Reparaciones y/o Reconstrucciones20. Sellos y Marcas21. Cobertura Automática Nuevas Adquisiciones22. Demora en Reparaciones hasta $5,00023. Permisos y Privilegios

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24. Cláusula de 72 horas: cualquier pérdida o daño a la propiedad asegurada que se produzca durante cualquier período de setenta y dos (72) horas consecutivas, provocado por eventos catastróficos – tales como, pero no limitado a, huracán, tormenta, tempestad, lluvia, inundación, terremoto, maremoto, revueltas, huelga o conmoción civil, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo - se considerará como un evento único y constituirá una ocurrencia con respecto a la suma asegurada y al deducible aplicable. No obstante no habrá sobre posición en dos o más períodos de setenta y dos (72) horas en el caso que el daño se produzca a lo largo de un período de tiempo más amplio.

EQUIPO ELECTRONICO 1. Condicionado General de Equipo Electrónico2. Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 5,000

por evento restituible de acuerdo a la cláusula de rehabilitación automática)3. Flete aéreo hasta US$ 5,000 (por evento restituible de acuerdo a la cláusula de rehabilitación automática)4. Equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios asegurados (cobertura nacional e internacional)5. Valor nuevo de reposición para equipos hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida total6. Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el mercado el modelo del

equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior7. Se extiende a cubrir las pérdidas en vehículos desocupados temporalmente (hasta 08 horas), mientras los

encargados de los equipos realizan actividades que los obliga a desocuparlos.8. Para efectos de la indemnización estarán cubiertos los daños o pérdidas de los equipos, así estas hayan

cumplido su vida útil de trabajo, considerando su valor comercial de mercado.9. Asimismo, están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el

aprovisionamiento de corriente eléctrica

I NFORTUNIO 1. Valor nuevo de reposición para equipos hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida total2. Incluye cobertura de Robo 3. Se extiende a cubrir las pérdidas en vehículos desocupados temporalmente (hasta 08 horas), mientras los

encargados de los equipos realizan actividades que los obliga a desocuparlos.4. Se extiende a cubrir equipos en general, sean de medición u otros propios del giro, dentro y fuera del litoral,

tales como, pero no limitados a ecosonda, equipos de medición, boyas. 5. Cobertura mundial.

LUCRO CESANTE 1. Gastos Extras – Cedula “F”

RESPONSABILIDAD CIVIL 1. Condicionado General de Responsabilidad Civil 2. Extracontractual 3. Patronal4. Contractual hasta US$ 50,000 5. Incendio, Explosión, Humo, Agua6. Locales y Operaciones7. Vehículos Ajenos al servicio del Asegurado8. Ascensores, Grúas, Montacargas y Escaleras Mecánicas9. Uso de Armas de Fuego10. Hidrocarburos 11. Contratistas Independientes y/o subcontratistas12. Contratistas de Obras13. Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas ocasionadas por accidentes donde intervengan trabajadores

contratados y/o practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o policías particulares y/o transportistas y/o personal de terceros al servicio del Asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el Asegurado

14. Bajo la cobertura de Responsabilidad Civil Patronal se incluyen practicantes, contratados y/o trabajadores eventuales y/o de empresas contratadas que presten servicios de limpieza, vigilancia, entre otros, y demás personal que temporalmente preste servicios al Asegurado, sea cual fuera la modalidad bajo la cual presten servicios al Asegurado

15. Eventos y similares16. Responsabilidad Civil de Carga17. Transporte de Mercadería Peligrosa18. Locatarios (inmuebles)19. Alimentos y Bebidas20. Playa de Estacionamiento21. Propietarios del Edificio

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22. Se consideran como terceros a trabajadores, los familiares de los trabajadores y el personal de contratistas y/o sub-contratistas.

23. Se ampara la Responsabilidad Civil del uso, almacenamiento, manipuleo y transporte de líquidos y gas combustible y/o inflamables

24. Responsabilidad Civil por vehículos propios y/o de terceros dentro de predios hasta US$ 25,000 (no se otorga en exceso de la póliza de vehículos)

25. Gastos Admitidos por lesiones corporales que causen daños a terceros hasta US$ 3,000 por persona, entendiéndose como tales aquellos gastos que la Compañía de Seguros deba efectuar inmediatamente después de la ocurrencia del siniestro con la finalidad de auxiliar a las personas o repararles el daño material causado, con la condición que el siniestro se encuentre amparado bajo los términos y condiciones de la póliza. En caso el siniestro no se encuentre amparado por la Póliza el Asegurado se compromete en efectuar la devolución de los gastos efectuados – Limite Agregado Anual

26. La cobertura ampara los gastos por limpieza y descontaminación en el lugar del siniestro, con el fin de dejar los bienes afectados en el mismo estado en que se encontraban antes de la ocurrencia del mismo, así estos no hayan sufrido daños, hasta un límite agregado anual de US$ 25,000

27. Transporte Personal.28. Responsabilidad Civil Cruzada.

GASTOS EXTRAORDINARIOS La cobertura de Gastos Extraordinarios se extiende, pero no se limita, a lo siguiente:

1. Documentos y Modelos2. Honorarios Profesionales3. Planilla de ejecutores en relación al siniestro4. Licencias5. Patentes de cualquier tipo que deba cancelarse a consecuencia de un siniestro amparado por la Póliza.6. Impuestos específicos que deba pagar el Asegurado como consecuencia de daño físico por uno de los riesgos

cubiertos por la póliza.7. Defensa8. Salvamento9. Limpieza10. Demolición y Remoción de escombros11. Costos de extinguir un incendio y cualquier otros gastos con la excepción de la Pérdida de Beneficios12. Reacondicionamientos provisionales

Rotura de Maquinaria1. Condicionado General de Rotura de Maquinaria2. Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 5,0003. Flete aéreo hasta US$ 5,0004. Valor nuevo de reposición hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida total.5. Pérdida de Contenido hasta US$ 5,0006. Se ampara las pérdidas o daños de los aceites lubricantes o refrigerantes contenidos en los equipos y

maquinarias, eliminándose la depreciación por uso en caso de siniestro.7. Se deja sin efecto la cláusula de ajuste de depreciación para el bobinado de equipos eléctricos y

transformadores y la depreciación para motores de combustión interna.8. También están cubiertos los daños a las bombas sumergidas y de pozo profundo resultante de la falta de agua

y por hundimiento del pozo, así como la destrucción de tubos o muros.9. Se extiende a cubrir las pérdidas o daños a los componentes electrónicos de los equipos que cuenten con

ellos, incluyendo los riesgos de equipo electrónico hasta un 50% del valor del equipo asegurado.

Transporte Nacional Todo Riesgo, considerando las siguientes coberturas:

1. Accidente al Medio conductor de Transportes2. Robo de Bulto Entero y/o falta de entrega de Bulto Entero3. Robo por Asalto4. Instituto para Huelgas (cargamentos)5. Carga y Descarga6. Riesgos Sociales y Políticos tales como Huelgas, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo,

Sabotaje y Terrorismo 7. Riesgos de la naturaleza8. Se extiende a cubrir propiedades de terceros bajo responsabilidad del Asegurado

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9. La cobertura es multimodal (terrestre, aérea, marítima, fluvial, lacustre)

DEDUCIBLES

Todo Riesgo : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 1,000

Gastos Extras : 3 días

Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso,Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo : 10% del monto a indemnizable, mínimo

US$ 1,000

Terremoto, Temblor, Fuego subterráneo,Erupción volcánica, maremoto y Tsunami : 1% del valor declarado del predio incluyendo su contenido y

existencia mínimo US$ 2,500

Daños por Agua e Impacto de Vehículos : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 100

Otros riesgos de la Naturaleza : 5% del monto indemnizable, mínimo US$ 1,500

Rotura Accidental de Vidrios y/o Cristales,Avisos luminosos y/o Objetos frágiles : US$ 50

Transporte Incidental : 10% del monto a indemnizable, mínimo US$ 200

Transporte Nacional : 10% del monto a indemnizable, mínimo US$ 200

Equipo Electrónico

- Sección I y II : 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 200- Sección III : 3 días- Robo y/o Asalto : 10% del monto a indemnizable, mínimo US$ 500- Equipo Móvil : 10% del monto del indemnizable, mínimo US$ 300(Celulares, Cámaras Fotográficas y Filmadoras 10% del monto indemnizable, mínimo US$.100 )

Infortunio : Equipos hasta un valor de US$ 150,000 10% del monto indemnizable mínimo US$ 300

Equipos Mayores a US$ 150,000 10% del monto indemnizable mínimo US$ 500

Rotura de Maquinaria : 10% del monto indemnizable del equipo, mínimo US$ 500

Responsabilidad Civil : 10% del monto a indemnizable, mínimo US$ 500 toda y cada pérdida

CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES:

1. En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes se aplicará a discrecionalidad del asegurado la cobertura por la cual se hará el reclamo

2. La cobertura para infortunios será del tipo todo riesgo amparando los daños y pérdidas externas e internas y por cualquier causa durante el trabajo diario del personal del asegurado y/o tercero contratado por este, asimismo, el robo, así como durante su almacenamiento, trabajo, transporte en cualquier lugar del mundo, utilizando para su traslado cualquier medio o vía de transporte, incluyendo el robo mientras se encuentran en cualquier medio de transporte, dentro o fuera de los predios asegurados, en cualquier lugar del mundo.

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3. Cláusula de Infraseguro o Seguro Insuficiente: los valores de reposición declarados bajo esta póliza representan el valor a nuevos de los mismos. No se aplicará la cláusula de infraseguro o seguro insuficiente cuando los valores declarados tengan una desviación de hasta 10% entre valor a nuevo contra valor declarado.

4. La cobertura de gastos extraordinarios y gastos extras ampara los gastos por limpieza y descontaminación en el lugar del siniestro, con el fin de dejar los bienes afectados en el mismo estado en que se encontraban antes de la ocurrencia del mismo, y aún cuando ellos no hubieran sufrido daño.

5. También están cubiertos los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.

6. En caso se presentara la necesidad de que las propiedades aseguradas en virtud de la presente póliza, pudieran sufrir en forma inminente o inequívoca, pérdidas o daños materiales que se encuentren cubiertos por la misma, los gastos que efectuará el Asegurado a fin de adoptar las medidas necesarias, para proteger y conservar en forma transitoria dichas propiedades, se sumará a las pérdidas o daños totales que sean recuperables en virtud de cualquier otra disposición contenida en la póliza en cuestión.

7. Bajo la cobertura de Rotura de Vidrios, Lunas y/o Cristales, se cubren los daños sea cual fuera la posición en la que estos se encuentren instalados y/o colocados.

8. Bajo la póliza de transporte local e incidental, se indemnizará el costo de la mercadería según factura o valorización incluyendo Flete + Gastos.

9. Para la indemnización de siniestros en los que el asegurado no pueda obtener facturas, guías de remisión o proformas que demuestren la pre-existencia de los bienes, se tomarán en cuenta los inventarios, vales de salida de almacén, los listados de costos y/u órdenes de compras.

10. Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 60 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.

11. Bajo los alcances de esta póliza y para todas las coberturas (incluyendo sub-límites y coberturas adicionales) se considerará como parte de la materia asegurada los equipos electrónicos personales portátiles, tales como Lap Top y Palms, cámaras de propiedad de empleados, siempre que éstas sean utilizadas al servicio y/o en beneficio de la Institución, hasta US$ 10,000 (Límite Agregado Anual)

12. En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se produjera con la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturara al asegurado el importe correspondiente al deducible. El asegurado se compromete a cancelar el importe correspondiente al deducible en un plazo no mayor a 30 días de presentado el documento de cobro, con riesgo de perder este beneficio si incumpliera los plazos.

13. El IGV será incluido dentro de la valorización de las pérdidas y consecuentemente formará parte de la indemnización.

14. En caso de siniestros de pérdidas parciales, cuando la parte dañada o pérdida de los equipos no pueda ser reemplazada y/o reparada, se considerará la pérdida total del bien.

15. Están cubiertos los gastos para demostrar la cuantía y pérdida del siniestro (siempre que el riesgo se encuentre amparado por la póliza)

16. La Cláusula de Impacto de Vehículos se amplía a cubrir daños ocasionados por vehículos propios o bajo su uso

CLAUSULA DE NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES O AJUSTADORES DE SINIESTROS

Se deja expresa constancia, que en caso de algún eventual siniestro, el Asegurado tiene el derecho de nombrar de común acuerdo con la Compañía, a la persona natural o jurídica especializada que proceda a efectuar la liquidación o ajuste del siniestro.

Adicionalmente, a fin de agilizar la liquidación de algún eventual siniestro, antes del inicio o durante la vigencia de la póliza el Asegurado y la Compañía podrán convenir en la elección de una terna de ajustadores, sobre los cuales el Asegurado podrá ejercer su derecho de nombramiento sin necesidad de consulta previa a la Compañía.

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CLÁUSULA DE ADELANTO DEL 50% DEL SINIESTRO Queda entendido y convenido que en caso de un eventual siniestro, la Compañía se compromete a conceder al Asegurado pagos a cuenta de la indemnización del siniestro por una suma no mayor al 50% del monto estimado del mismo, siempre que:

a) Haya quedado debidamente comprobado que los daños estuvieron amparados bajo las condiciones de la Póliza.

b) Intervenga un perito independiente aceptado por ambas partes para la fijación de un estimado del monto indemnizable del siniestro.

c) En caso los pagos a cuenta hubieran excedido el monto indemnizable, el Asegurado se compromete a reintegrar a la Compañía dicho exceso.

CLAUSULA DE GASTOS EXTRAS Se aplicará en exceso de cualquier “Gasto Extra” en los que incurra el Asegurado para disminuir sus pérdidas o daños por efecto de la pérdida, daño o destrucción a su propiedad, causado por cualquiera de los riesgos cubiertos bajo la presente póliza y de esta forma continuar con su actividad normal.

Estos “Gastos Extras” serán durante el tiempo requerido para reconstruir, reparar o reemplazar la propiedad dañada o colocar al Asegurado en la misma condición en la que se encontraría de no haber ocurrido tal daño o pérdida.

Entre algunos de estos “Gastos Extras” podemos citar los siguientes, los que no son únicos y que no están limitados sólo a dichos gastos, pudiendo existir otros gastos razonables y necesarios considerados como “Gastos Extras”:

a) Alquiler de localesb) Pago de honorarios y alquileres de máquinas, equipos y otros.c) Mayor gasto por aplicación de cualquier ley u ordenanza que regule la construcción, reparación o uso de

edificios.d) Gasto adicional por limpieza, descontaminación por un accidente causado en su local u otro local o lugar

que comprometa la paralización de las operaciones del Asegurado.e) Gastos de auditoria y peritajes especializados para la certificación de las pérdidas.f) Gastos por reconstrucción de documentos y modelosg) Gastos efectuados por el Asegurado en caso la autoridad no permita el acceso a su local a consecuencia de

daños a propiedades adyacentes.h) Pérdidas por merma de productos a granel, no uso de productos perecibles y cualquier otro gasto variable

que origine pérdida para el Asegurado y que esté relacionado con la paralización de sus operaciones por un siniestro cubierto por la póliza.

CLAUSULA DE DEPRECIACION (para Ramos Técnicos TREC / RM / EE / INF) Para los casos de pérdida total de aquellos equipos y maquinarias con más de 5 años de antigüedad, el valor actual se obtendrá deduciendo del valor de reposición en el momento del siniestro la depreciación por uso correspondiente, aplicando un 4% anual hasta un máximo de 60%

CLAUSULA DE INFORTUNIO En virtud de la solicitud presentada por el Asegurado y en consideración al pago de la prima correspondiente, la Compañía extiende la cobertura de la presente póliza para asegurar contra pérdida o daños a la propiedad, de acuerdo a las especificaciones contenidas en su sumario, por cualquier causa excepto aquellas enumeradas a continuación:

Esta póliza no cubre:

1. Pérdidas o daños causados por polilla, lombriz, termitas y otros insectos, vicio propio o como resultado de defecto latente, uso o deterioro gradual, contaminación corrosión, herrumbre, moho húmedo o seco, humedad y sequedad de atmósfera, smog o extremos cambios de temperatura o pérdidas o daños por asentamiento normal, encogimiento o expansión de edificios o cimientos.

2. Pérdida de uso, demora ó pérdida de mercado.

3. Pérdidas o daños por explosión, implosión o desplome sufridos por cualquier caldero, economizador y otro aparato que funcione bajo presión interna fluida o de vapor en el que se origine la explosión.

4. Cualquier deshonestidad por parte del Asegurado o cualquier infidelidad de sus empleados o cualquiera a quien la propiedad debe ser entregada o confiada, merme de inventario.

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Asimismo, no cubre las pérdidas o daños causados por delito o por imprudencia constitutiva de delito.

5. Pérdida o destrucción de daño a cualquier propiedad o toda pérdida o gasto resultante o proveniente de daño consecuencial, o responsabilidad legal de cualquier naturaleza, directa o indirectamente causado o contribuido por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio de combustión de combustible, nuclear, o la radioactividad, toxico, explosivo o cualquier propiedad azarosa de cualquier explosión nuclear o componente nuclear.

6. Pérdida o daño de cualquier acto o evento fuera del o en el curso del cual tal pérdida o daño provenga constituye o es parte de, o es comedido u ocurre ya sea directa o indirectamente por razón de o en conexión:

o Guerra, invasión, acto enemigo extranjero, hostilidades operaciones bélicas (haya o no declaración de guerra) y guerra civil.

o Alborotos populares y/o asonadas asumiendo las características de un levantamiento popular, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpado.

7. Pérdida o daño a la propiedad asegurada mientras esta se encuentre en proceso de manufactura, reparación y/o renovación

8. Pérdida o daño a la propiedad asegurada como resultado de merma, encogimiento, evaporación, pérdida de peso, derrame, rotura de cristal y otros artículos frágiles, rasgaduras, exposición a la luz o cambio de color, de textura, acabado o sabor, a menos que tal pérdida o daño sea directamente causado por incendio o combate efectuado para apagarlo, rayo, terremoto, erupción volcánica, maremoto, tormenta, granizo, explosión, caída de aeronaves, impacto de vehículos, derrame de rociadores, huelga y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo.

9. Pérdida o daño causado por exposición a condiciones climáticas, mientras los bienes asegurados se encuentran a la intemperie.

10. Pérdida o daño a los bienes asegurados que se encuentren contenidos en locales desocupados por más de 60 días consecutivos.

11. Dinero en efectivo, título de valores de cualquier especie y objeto de artes o antigüedades.

12. Pérdidas o daño causado por desgaste o descompostura mecánica, así como por desgaste de sujetadores, soportes o contenedores.

13. Reconstrucción de las películas y/o cintas como pérdida de pies (longitud) de películas y/o cintas.

14. Abolladura y raspaduras

15. Infidelidad

El Asegurado en caso de pérdida o daño y como condición precedente a cualquier derecho de indemnización debe informar inmediatamente a la Compañía sobre tales hechos y proporcionar evidencias correspondientes.

Si el Asegurado hiciera algún reclamo a sabiendas que fuera falsa o fraudulenta con respecto a la cantidad y circunstancias, esta póliza quedará anulada y cualquier reclamo será rechazado.

No habrá ninguna obligación bajo seguro respecto a cualquier reclamo donde el Asegurado está en su derecho de ser indemnizado bajo cualquier otro seguro salvo a cualquier exceso por encima del monto que pudiera haberse cubierto bajo este otro seguro.

La suma asegurada de cada bien debe representar el valor de reposición a nuevo.

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En caso de siniestros de pérdida total se indemnizará el valor nuevo de reposición para equipos hasta 05 años de antigüedad.

SEGURO DESHONESTIDAD 3D

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL MONEDA : DOLARES AMERICANOS

INTERES ASEGURADOToda propiedad, bienes e intereses propias del giro del negocio, sea de propiedad del Asegurado y/o de terceros, incluyendo pero no limitando a aquella que está bajo el cuidado, custodia y control del Asegurado o por el cual el Asegurado sea responsable, en cualquier lugar de la república, en locales propios y/o de terceros incluyendo bienes en almaceneras y/o depósito de terceros y/o en consignación entendiéndose como tales principalmente dinero, valores, existencias, activos, incluyendo instalaciones fijas susceptibles de robo.

MATERIA DEL SEGURO: SUMA ASEGURADA

Convenio I : (Límite Agregado Anual) Deshonestidad de Empleados US$ 50,000

Número de Trabajadores:Categoría “A” : 41 Categoría “B” : 110 Categoría “C” : 449

Vigilantes : 09 Personal Limpieza 14

Total Trabajadores: 623

Se incluyen practicantes, personal contratado, trabajadores eventuales, personal de servicio de limpieza y vigilancia y demás personal que temporalmente preste servicios al asegurado, sea cual fuera la modalidad bajo la cual presten servicios al asegurado.

Convenio II: (Limite Agregado Anual) Pérdida de Dinero y/o Valores dentro de los locales US$ 20,000Incluyendo pero no limitado a conteo, manipuleo, contenídos en Caja Registradoras y/o Cajas Chicas y/o Cajas Metálicas y/o Ventanillas y/o Cajones de escritorio y/o mostradores

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y/o muebles bajo llave

Convenio III: (Límite Agregado Anual) Dinero y/o valores fuera de los locales Cubre dinero en poder de dependientes, viajeros en comisión, US$ 15,000encargados de llevar y/o traer dinero de los bancos, oficinas de los diferentes locales asegurados, proveedores y/o viceversa con una exposición a riesgo de 365 días 06 veces al año US$ 15,000

Pérdida de dinero y/o valores correspondiente a viáticos en poder de empleados en viaje de comisión US$ 5,000 04 veces al año

Convenio IV:Falsificación de Documentos Bancarios de ingreso en general Cheques de gerencia, giros postales, libranza, títulosvalores y/ papel moneda documentos bancarios en general,facturas y documentos a proveedores, órdenes de compray guías de almacén US$ 15,000

Convenio V:Falsificación de Documentos Bancarios de salida en generalY documentos de pago a proveedores US$ 40,000

Convenio VI :Robo y/o Asalto de Activos y Existencias(En todos los locales y lugares de operación) US$ 150,000

OTRAS COBERTURAS (Limite Agregado Anual) Hurto (Activo Fijo y Existencias) US$ 5,000 Bienes de Empleados, Directores y/o Gerentes por asalto US$ 3,700 Dinero y/o Valores de Directores y/o Gerentes durante su tránsito y/o mientras se encuentren dentro de los locales por asalto US$ 2,000

CLAUSULAS ADICIONALES:1. Condicionado de Deshonestidad 3D2. Nombramiento de Ajustadores3. Adelanto del 50% del siniestro4. Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada5. Valor de reposición (activo fijo)6. Cobertura de Falsificación de cheques de Gerencia7. Cobertura Automática por doble acumulación de dinero por huelga o paralización y días de no atención

bancaria. 8. Pérdidas causadas por trabajadores no identificados9. Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores contratados y/o

practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o policías particulares y/o transportistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el asegurado

10. La cláusula de hurto se extiende a cubrir equipos electrónicos cuando se encuentren en locales de terceros

11. Normas mínimas de control12. Garantías para dinero en transito

CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES1. Bienes de propiedad de terceros bajo responsabilidad y/o cuidado y/ custodia y/o control del Asegurado2. Condición especial para equipos electrónicos: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir

en el mercado el modelo del equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior.3. La cobertura bajo la póliza es a nivel nacional

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4. El convenio IV y V se extienden a cubrir guías de almacén y/o remisión, órdenes de compra, órdenes de salida, y boletas de depósito.

5. Se otorga cobertura automática en cualquier otro local (previamente declarado) donde la empresa efectúe movimiento de dinero incluye dinero y/o activos

6. La póliza incluye el robo de dinero y/o bienes del Asegurado en cualquier local donde efectúen trabajos en el territorio del Perú.

7. Bajo el convenio I no es indispensable identificar al (los) culpable(s).8. No se aplicara la Cláusula de Infraseguro o Seguro Insuficiente para los siniestros cubiertos por el

Convenio I, en el caso que el Asegurado no haya declarado con exactitud a la totalidad de empleados, hasta un máximo de diferencia del 10% de los mismos.

9. Bajo el convenio II se elimina la limitación que el dinero sea guardado en caja fuerte, caja de seguridad empotrada, caja de caudales y/o bóvedas.

10. Se duplicará automáticamente la suma asegurada para los convenios II y III, cuando se incremente la cobranza, comprometiéndose el Asegurado a dar aviso a la Compañía de Seguros sobre los montos y días en que ocurrieron dichos excesos para el cobro de la prima respectiva.

11. Los convenios II y III cubren toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores, sin que la cobertura sea limitada a sólo robo con fractura y/o asalto.

12. Bajo los convenios II y III se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios.

13. Bajo el convenio III se cubrirán los tránsitos de dinero de propiedad del Asegurado, realizados por funcionarios a sus domicilios y/o viceversa sólo por asalto

14. Bajo el Convenio III se cubre dinero y/o valores y/o bienes en tránsito de propiedad del Asegurado en poder de empleados y/o dentro del vehículo utilizado por ellos, solo por asalto.

15. El Convenio III se extiende a cubrir cualquier traslado dentro del territorio nacional entre locales y/o lugares donde el cliente realice operaciones propias del giro del negocio y/o viceversa y/o entre ellos. Asimismo, bajo esta cobertura se cubren los traslados que el Asegurado y/o personal autorizado por el Asegurado realice en vehículos contratados en la vía pública, sólo por asalto

16. Se cubre el dinero y/o valores en poder de personal autorizado cuando por motivos de trabajo, éstos deban efectuar viajes a provincias y se vean obligados a guardar el dinero y/o valores en las habitaciones del hotel y/o en locales similares donde se hospeden sólo por asalto hasta US$ 1,000.

17. Se deja constancia que bajo el Convenio III se encuentra cubierto el dinero de viáticos y similares en poder de vendedores, cobradores y cualquier otro personal autorizado.

18. Se deja constancia que la base de la valorización de las existencias y activo fijo en caso de siniestro bajo el convenio VI es a valor de reposición.

19. Se cubre deterioro al inmueble y/o bienes por robo 20. No obstante lo que se diga en las Condiciones Generales de la póliza, esta se extiende a cubrir el Hurto

de los activos asegurados bajo el Convenio VI (cobertura contra robo con fractura de bienes y mercaderías), entendiéndose como tal la sustracción en forma oculta o clandestina de un bien asegurado, sin que existan huellas o evidencias de la forma en que fue sustraído, dentro del local o locales asegurados, hasta el límite asegurado indicado en póliza para la cobertura de Hurto.

21. Cobertura automática para la mercadería en los recintos aduaneros cuando la cobertura de transporte de importación haya expirado, hasta 30 días adicionales.

22. En caso de siniestros de pérdidas parciales, cuando la parte dañada o pérdida de los equipos no pueda ser reemplazada y/o reparada, se considerará la pérdida total del bien.

23. En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se produjera con la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturara al asegurado el importe correspondiente al deducible. El asegurado se compromete a cancelar el importe correspondiente al deducible en un plazo no mayor a 30 días de presentado el documento de cobro, con riesgo de perder este beneficio si incumpliera los plazos.

24. Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 60 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad25. En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas

diferentes, se aplicará a discreción del Asegurado la cobertura por la cual se realizará el reclamo.26. En caso de ocurrencia de un siniestro de equipo electrónico, de no existir en el mercado el modelo del

equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior.27. Pérdida incurrida bajo póliza de seguro anterior. La Compañía reconocerá, con excepción de las pérdidas

amparadas por el Convenio V, las pérdidas del Asegurado ocurridas con anterioridad a la cobertura de su póliza, a condición que las mismas fuesen recuperables bajo los términos y condiciones de la póliza anterior, aún a pesar de que el período de tiempo estipulado para descubrir pérdidas hubiere expirado.

28. La Compañía también reconocerá las pérdidas amparadas bajo el Convenio V, si otro seguro daba toda la cobertura que otorga el Convenio V y si dichas pérdidas hubieran sido recuperables bajo la póliza anterior, a condición de que:

El Asegurado haya mantenido en vigencia tal seguro anterior para la oficina o local en la cual la pérdida ocurrió, en forma continua, desde el momento en que se sufrió dicha pérdida hasta la fecha en que la cobertura estipulada en el Convenio V sustituyó a la anterior.

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El plazo estipulado en el citado seguro anterior para el descubrimiento de pérdidas hubiera expirado; y

La recuperación con motivo de tal pérdida, de acuerdo con el Convenio V, en ningún caso exceda la cantidad que hubiera sido recuperable si dicho seguro anterior hubiera continuado en vigor hasta el descubrimiento de la referida pérdida.

DEDUCIBLES Todos los convenios: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500Hurto y Bienes de Empleados: 10% del monto indemnizable, mínimo US$. 200

SEGURO DE VEHICULOS

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL MONEDA : DOLARES AMERICANOS

MATERIA ASEGURADA: Vehículos, según relación adjunta

AUTOMOVILES, CAMIONETAS STATION WAGON O CAMIONETAS RURALES CON MENOS 9 ASIENTOS

COBERTURAS- DAÑO PROPIO VALOR COMERCIAL- RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS US$ 150,000- RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A OCUPANTES (SEGÚN TARJETA PROPIEDAD MAXIMO 4 OCUPANTES, NO INCLUYE CHOFER) US$ 20,000 C/U- ACCIDENTES PERSONALES DE OCUPANTES (SEGÚN TARJETA DE PROPIEDAD MAXIMO 5 MUERTE US$ 20,000 C/U INVALIDEZ PERMANENTE, HASTA US$ 20,000 C/U GASTOS DE CURACION, HASTA US$ 4,000 C/U GASTOS DE SEPELIO, HASTA US$ 1,000 C/U TRASLADO DE RESTOS MORTALES, HASTA US$ 2,000 C/U- ACCESORIOS MUSICALES DE FABRICA AL 100%- ACCESORIOS MUSICALES INCORPORADOS HASTA US$1,000 (EXCESO AL 10% DEL VALOR COMERCIAL DEL VEHICULO HASTA US$2,000)- ACCESORIOS ESPECIALES (CIRCULINA, EXTINTORES, EQUIPOS DE COMUNICACIÓN), HASTA US$1,000- RIESGOS POLITICOS VALOR COMERCIAL- RIESGOS DE LA NATURALEZA (incluye terremoto, maremoto, tsunami, salida de mar) VALOR COMERCIAL- AUSENCIA DE CONTROL VALOR COMERCIAL- RESPONSABILIDAD CIVIL POR AUSENCIA DE CONTROL US$ 50,000- CIRCULACION EN VIAS FUERA DEL USO REGULAR Y FRECUENTE VALOR COMERCIAL

COBERTURAS ADICIONALESRESTITUCION AUTOMATICA DE LA SUMA ASEGURADA SIN COSTO, NO APLICABLE A ACCESORIOS MUSICALES

SERVICIOS- SERVICIO DE GRUA EN CASO DE SINIESTRO HASTA US$ 250- SERVICIO DE AMBULANCIA EN CASO DE SINIESTRO HASTA US$ 250- SERVICIO DE AUXILIO MECANICO, RADIO DE ACCION SEGÚN CLAUSULA- VEHICULO DE REEMPLAZO SOLO LIMA Y CALLAO 15 DIAS AL AÑO- CHOFER DE REEMPLAZO SOLO LIMA Y CALLAO 3 VECES AL AÑO- SERVICIO DE ASESORIA EN CASO DE ACCIDENTES DE TRANSITO – PROCURADURIA SOLO EN LIMA

DEDUCIBLES

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- TALLERES AFILIADO Y NO AFILIADO: 10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 150- AUSENCIA DE CONTROL: 20% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 300- CIRCULACION EN VIAS Y CAMINOS FUERA DEL USO REGULAR Y FRECUENTE; 20% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$.300.- ACCESORIOS MUSICALES; 10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 150- VEHICULO DE REEMPLAZO US$ 10 DIARIOS.- ROTURA DE LUNAS CON REPOSICION POR LUNAS NACIONALES; SIN DEDUCIBLE PERDIDA TOTAL SIN DEDUCIBLE

LOS DEDUCIBLES INDICADOS NO INCLUYEN EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)

CAMIONETAS PICK UP

COBERTURAS- DAÑO PROPIO VALOR COMERCIAL- RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS US$ 100,000- RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A OCUPANTES (SEGÚN TARJETA PROPIEDAD MAXIMO 4 OCUPANTES, NO INCLUYE CHOFER) US$ 10,000 C/U- ACCIDENTES PERSONALES DE OCUPANTES (SEGÚN TARJETA DE PROPIEDAD MAXIMO 5 MUERTE US$ 20,000 C/U INVALIDEZ PERMANENTE US$ 20,000 C/U GASTOS DE CURACION US$ 4,000 C/U GASTOS DE SEPELIO US$ 1,000 C/U ACCESORIOS MUSICALES INCORPORADOS HASTA US$1,000 (EXCESO AL 10% DEL VALOR COMERCIAL DEL VEHICULO HASTA US$2,000)- RIESGOS POLITICOS VALOR COMERCIAL- RIESGOS DE LA NATURALEZA (incluye terremoto, maremoto, tsunami, salida de mar) VALOR COMERCIAL- AUSENCIA DE CONTROL VALOR COMERCIAL- RESPONSABILIDAD CIVIL POR AUSENCIA DE CONTROL US$50,000 - CIRCULACION EN VIAS FUERA DEL USO REGULAR Y FRECUENTE VALOR COMERCIAL

COBERTURAS ADICIONALES- RESTITUCION AUTOMATICA DE LA SUMA ASEGURADA SIN COSTO, NO APLICABLE A ACCESORIOS MUSICALES

SERVICIOS- SERVICIO DE GRUA EN CASO DE SINIESTRO HASTA US$ 250- SERVICIO DE AMBULANCIA EN CASO DE SINIESTRO HASTA US$ 250- SERVICIO DE AUXILIO MECANICO- SERVICIO DE ASESORIA EN CASO DE ACCIDENTES DE TRANSITO – PROCURADURIA SOLO EN LIMA

DEDUCIBLES- TALLERES AFILIADO Y NO AFILIADO; 10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 200- AUSENCIA DE CONTROL: 20% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 400- CIRCULACION EN VIAS Y CAMINOS FUERA DEL USO REGULAR Y FRECUENTE; 20% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$.400- ACCESORIOS MUSICALES; 10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 150- ROTURA DE LUNAS CON REPOSICION POR LUNAS NACIONALES; SIN DEDUCIBLE

LOS DEDUCIBLES INDICAADOS NO INCLUYEN EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)

VEHICULOS MENORES; MOTOCICLETAS, TRIMOTOS, CUATRIMOTOS

COBERTURAS- DAÑO PROPIO VALOR COMERCIAL- RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS US$ 30,000- RIESGOS POLITICOS VALOR COMERCIAL- RIESGOS DE LA NATURALEZA VALOR COMERCIAL- AUSENCIA DE CONTROL VALOR COMERCIAL- RESPONSABILIDAD CIVIL POR AUSENCIA DE CONTROL US$ 50,000

SERVICIOS- SERVICIO DE GRUA EN CASO DE SINIESTRO HASTA US$ 250

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- SERVICIO DE ASESORIA EN CASO DE ACCIDENTES DE TRANSITO – PROCURADURIA SOLO EN LIMA

DEDUCIBLES- TALLERES AFILIADO Y NO AFILIADO; 10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 150.- AUSENCIA DE CONTROL; 20% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MINIMO US$ 300

LOS DEDUCIBLES INDICADOS NO INCLUYEN EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)

CLAUSULAS ADICIONALES1. Restitución Automática2. Cobertura Automática por Nuevas Adquisiciones (30 días)

CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES

1. Uso de las vías no autorizadas la cobertura de daño propio: choque, vuelco, incendio, robo total y parcial( Incluyendo camiones y vehículos menores), se extenderá inclusive para resarcir las perdidas y/o daños que se produzcan en tanto las unidades se encuentren siendo remolcadas y/o reparadas y/o en prueba en los talleres de terceros a quienes el asegurado haya solicitado el servicio.

2. Uso de vías no autorizadas, cubre tránsito por cerros, riberas, ríos para las camionetas 4 x 4 y vehículos que por su naturaleza tienen las condiciones de hacerlo.

3. Asesoría en caso de accidentes o robo las 24 horas4. Libre Elección de Talleres5. Servicio de Grúa a nivel nacional. En casos que la Compañía no pueda brindar el servicio directamente, se

reembolsará al Asegurado hasta el monto máximo de la suma asegurada para esta cobertura6. En casos de Pérdida Total, la compañía de seguros asumirá los gastos necesarios para trasladar la

unidad desde el lugar del accidente a fin que pueda disponer de dichos restos o salvamento7. Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 60 días.8. En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas

diferentes, se aplicará a discreción del Asegurado la cobertura por la cual se realizará el reclamo9. Se aplicará el mismo deducible para toda y cada una de las coberturas, independientemente de la edad

del conductor10. En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se produjera con

la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturará al asegurado el importe correspondiente al deducible adicionando los impuestos correspondientes. El asegurado se compromete a realizar el pago del deducible a la aseguradora en un plazo máximo de 30 días útiles de la correcta presentación de la factura y de superar este plazo la aseguradora podrá suspender el beneficio correspondiente.

11. Se extiende la cobertura mientras los vehículos sean remolcados y/o reparados y/o en talleres12. Para los casos de robo de accesorios musicales, en caso de no existir en el mercado el modelo de equipo

robado, se reemplazará con uno inmediatamente superior sin cobro de prima y deducible adicional13. La cobertura de vehículo de reemplazo, se otorga para cualquier tipo de siniestro14. Extensión de cobertura para aquellas unidades que por razones operacionales se desplacen fuera del

territorio nacional (en zonal limítrofes). En este caso la cobertura se otorgará bajo la modalidad de reembolso.

15. No será necesario entregar la carátula desmontable del equipo siniestrado. Se incluye accesorios de seguridad, neblineros, mataperros y otros.

16. Se extiende la cobertura mientras los vehículos sea remolcados y/o reparados y/o en talleres17. Para los casos de robo de accesorios musicales, en caso de no existir en el mercado el modelo de equipo

robado, se reemplazará con uno inmediatamente superior sin cobro de prima y deducible adicional18. En caso de siniestro no se aplicará coaseguro a ningún tipo de vehículo.19. No se excluye la cobertura en caso de declaraciones inexactas, errores y /o similares de parte del

conductor, cuando hayan sido realizadas sin conocimiento de la Empresa o institución.

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INDEMNIZACIÓN DE SINIESTROS POR ROBO Ó PERDIDA TOTAL La indemnización de una pérdida total amparada bajo la presente póliza, se realizará mediante el pago del integro del valor indicado en la misma como monto asegurado del vehículo material del reclamo.

EXONERACIÓN DE DENUNCIA

En casos que no involucren a terceras personas se exonera al Asegurado de la Denuncia Policial cuando cumple con comunicar su ocurrencia en forma inmediata a la Central de Emergencia de la Compañía de Seguros y permitir a la unidad móvil de la Compañía constatar los hechos en los casos siguientes: Choque estacionado Choque y fuga Choque sin daños a terceros (por ejemplo, impacto con sardineles, huecos, postes) Robo Parcial Rotura de Lunas

CONDICIONES ESPECIALES PARA LA CLAUSULA DE AUSENCIA DE CONTROL

1. La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los conductores, estén o no en la Planilla del Asegurado

2. La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los vehículos, sean o no de propiedad del Asegurado.

3. En caso de siniestros amparados bajo la cobertura de Ausencia de Control, los alcances de la cobertura se extienden a todas las demás coberturas afectadas por el siniestro, tales como Accidentes de Ocupantes, Responsabilidad Civil de Ocupantes, entre otras.

4. La Suma Asegurada de Responsabilidad Civil para esta cobertura es el equivalente al monto asegurado de la póliza

5. En caso de aplicar la cobertura de Ausencia de Control, la Compañía de Seguros no repetirá contra los empleados del Asegurado

RELACION DE VEHICULOS

Nº. Placa Marca Modelo Combustible Año Suma

Asegurada

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01 PGQ347 NISSAN FRONTIER 4X4 Petrolero 1996 6,00002 PGP328 TOYOTA HI LUX 4x4 DC Gasolina 1996 6,30003 OG6170 DATSUN PICK UP Gasolina 1982 1,50004 PGP332 TOYOTA HI LUX 4x4 DC Gasolina 1996 6,30005 PU2033 TOYOTA HI LUX 4x4 DC Gasolinero 1981 1,50006 FO9772 NISSAN BAMALBFB13SW01 Gasolina 1994 3,50007 RQ8557 JEEP CHEROKEE 4x4 Gasolina /

Gas1991 4,800

08 RIK141 LAND ROVER DEFENDER 4x4 Petrolero 1996 9,00009 GQ6379 VOLKSWAGEN 1300 Gasolinero 1982 1,00010 PGP327 TOYOTA HI LUX 4x4 DC Gasolina 1996 6,30011 PID435 MITSUBISHI DAKAR 4X4 DC Petrolero 2000 11,00012 PGP331 TOYOTA HI LUX 4x4 DC Gasolinero 1996 6,30013 OQ7432 TOYOTA HI LUX 4X2 DC Gasolinero 1990 4,50014 PGQ346 NISSAN HI LUX 4x4 DC Petrolero 1996 6,30015 PO9816 TOYOTA HI LUX Petrolero 1981 1,50016 PGH265 TOYOTA HI LUX 4x4 DC Petrolero 1995 6,00017 LGQ832 KIA SPORTAGE Gasolinero 2008 17,50018 CQN036 NISSAN SENTRA Gasolinero 2008 10,00019 PQP315 NISSAN FRONTIER 4X4 DC Petrolero 2008 20,00020 PQS366 NISSAN FRONTIER 4X4 DC Petrolero 2008 20,00021 PQS367 NISSAN FRONTIER 4X4 DC Petrolero 2008 20,00022 PQO388 NISSAN FRONTIER 4x4 DC Petrolero 2008 20,00023 PQO389 NISSAN FRONTIER 4x4 DC Petrolero 2008 20,00024 MG17374 HONDA XL125SL Gasolinero 1999 1,30025 PROU001 HONDA Moto Furgoneta Gasolinero 1990 70026 PROU002 HONDA DV3R-51 Gasolinero 1990 70027 NG32985 HONDA CGL-125 Gasolinero 2007 1,30028 GB-489 MITSUBISHI L-200 Gasolinero 2010 29,80029 GB-485 MITSUBISHI L-200 Gasolinero 2010 29,80030 GB-488 MITSUBISHI L-200 Gasolinero 2010 29,80031 PGU-227 TOYOTA HI LUX 1997 6,00032 TO-4412 V.W QUANTUM DUAL 1996 3,30033 FO-6907 PEUGEOT 306 XR Gasolinero 1994 4,00034 NISSAN FRONTIER DIESEL 2010 28,30035 CUATRIMOTO HONDA TRX250TEB Gasolinera 2010 6,99036 CUATRIMOTO HONDA TRX250TEB Gasolinera 2010 6,99037 CUATRIMOTO HONDA TRX250TEB Gasolinera 2010 6,99038 CUATRIMOTO HONDA TRX250TEB Gasolinera 2010 6,990

SEGURO DE CASCOS

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL

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TIPO:Seguro Marítimo de Casco y Maquinaria de Embarcaciones No Pesqueras.

FORMA:Póliza de Seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para Seguro Marítimo de Casco y Maquinaria de Embarcaciones Pesqueras.

INTERES ASEGURADO:Casco, maquinaria, materiales, equipos (incluyendo sonares, ecosondas y demás equipos utilizados para las labores del asegurado), redes, panga, etc. incluyendo todo bien a ellos conectado - Nada excluido.

Amparando efectos personales de tripulantes hasta US$ 500.00 por cada uno siempre que figuren en la lista de zarpe de la nave y únicamente en caso de Pérdida Total Absoluta y/o Constructiva y/o varadura y/o encalladura y/o incendio y/o explosión y/o colisión y/o abordaje y/o por cualquier otro riesgo de mar que la tripulación deba abandonar la nave y sufra la pérdida de sus bienes personales.

NAVES Y VALORES: (Especificaciones según anexo)

Nombre de la Embarcación Valor Total Asegurado

B.I.C. “HUMBOLT” US$ 5’042,246.00B.I.C. “JOSE OLAYA BALANDRA” US$ 7’506,589.05B.I.C. “SNP2” US$ 585,684.00LANCHA “IMARPE III” US$ 50,000.00LANCHA “IMARPE IV” US$ 210,000.00LANCHA “IMARPE V” US$ 210,000.00LANCHA “IMARPE VI” US$ 210,000.00LANCHA “IMARPE VII” US$ 90,833.00LANCHA “IMARPE VIII” US$ 93,383.50BALSA BIOLOGICA “SAN GABRIEL II” US$ 70,000.00LANCHA “DON PACO” US$ 7,000.00LANCHA “EL PIONERO” US$ 9,000.00LANCHA “DON MANUEL” US$ 12,568.00LANCHA SEÑOR DE SIPAN US$ 78,400.00

CONDICION ESPECIAL:La aseguradora se hará cargo del 100% de las reparaciones y repuestos de los siniestros por avería parcial, debiendo recuperarse del IMARPE los montos correspondientes a Deducibles y gastos no cubiertos según sea el caso.

Nota.- La cobertura incluye navegación las 24 horas los 365 días del año de cobertura, en aguas peruanas e internacionales sin costo adicional. peritajes inopinados (03) veces al año en forma gratuita.

CONDICIONES:

B.I.C. “HUMBOLT”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 4’365,576.59- Maquinaria y Equipos US$ 562,210.43- Redes US$ 114,458.98

------------------------

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Total US$ 5’042,246.00

Material : Acero Naval Año de Construcción : 1979Año Equivalente : 1979Motor Principal : B/W AlphaEslora : 75.20 mts.Manga : 12.60 mts

COBERTURA LIMITADA A Riesgo en Puerto

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas, a excepción de las expediciones a la Antártida, posibilidad que será comunicada oportunamente a los aseguradores una vez que la nave cuente con los certificados y/o clasificación pertinentes.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIATerminados los trabajos de modernización y re-motorización de la nave, actualmente en curso, y una vez que se cuente con todas las certificaciones pertinentes, IMARPE, a su solicitud, podrá activar la cobertura de Navegación, en cuyo caso se le cobrará el diferencial de tasa de navegación, en forma proporcional a prorrata.

COBERTURAS:- Institute Fishing Vessel Clauses – CL 346 dated 20.07.87- Institute Additional Perils Clauses – Hulls – CL 347 Dated 20.07.87- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195- Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 75 tripulantes- Institute Time Clauses Hulls Leased Equipment – CL 362 dated 01.11.95- Institute Time Clauses Hulls Passenger Equipment – CL 363 dated 01.11.95- Institute Time Clauses Hulls Removed – CL 364 dated 01.11.95

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.10,000- CL.13 : US$.12,500

B.I.C. “JOSE OLAYA BALANDRA”

SUMAS ASEGURADAS:- Casco US$ 7’141,018.16- Maquinaria y Equipos US$ 608,642.23- Redes US$ 37,532.95

------------------------Total US$ 7’787,193.34

Material : Acero NavalAño de Construcción : 1998Calificación : Lloyd’s RegisterCapacidad : 1074 PSNro. Cubierta : Una (1)Mastil : Dos (2)

Tipo y Máquina Principal : 3512TA, Un (1) SetManufactura Máquina Principal : Caterpillar INCEslora : 40.60 mts.Manga : 08.30 mtsArqueo Neto : 109 ToneladasArqueo Bruto : 365 Toneladas

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:

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- Institute Fishing Vessel Clauses – CL 346 dated 20.07.87- Institute Additional Perils Clauses – Hulls – CL 347 Dated 20.07.87- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195- Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 75 tripulantes- Institute Time Clauses Hulls Leased Equipment – CL 362 dated 01.11.95- Institute Time Clauses Hulls Passenger Equipment – CL 363 dated 01.11.95- Institute Time Clauses Hulls Removed – CL 364 dated 01.11.95

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.10,000- CL.13 : US$.11,000

B.I.C. “SNP-2”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 468,990.50- Maquinaria y Equipos US$ 100,000.00 - Redes US$ 16,693.88

------------------------Total US$ 585,684.00

Material : Acero Naval Año de Construcción : 1998Eslora : 21.50 mts.Manga : 05.30 mtsAcomodación : Quince (15) Personas

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:- Institute Fishing Vessel Clauses – CL 346 dated 20.07.87- Institute Additional Perils Clauses – Hulls – CL 347 Dated 20.07.87- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195- Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 15 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.8,000- CL.13 : US$.8,000

LANCHA “IMARPE III”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 14,168.00- Maquinaria y Equipos US$ 35,832.00

------------------------Total US$ 50,000.00

Material : Acero NavalAño de Construcción : 1980

RADIO DE NAVEGACION:Bahía del Callao, aguas adyacentes rada interior y exterior hasta las 05 millas del mar territorial peruano.

COBERTURAS:- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar. - Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100%- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195

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- Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 15 tripulantes- Institute Time Clauses Hulls Leased Equipment – CL 362 dated 01.11.95- Institute Time Clauses Hulls Passenger Equipment – CL 363 dated 01.11.95- Institute Time Clauses Hulls Removed – CL 364 dated 01.11.95

DEDUCIBLES:CL. 12 : US$.1,000

LANCHA “IMARPE IV”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 189,315.00- Maquinaria y Equipos US$ 20,685.00

------------------------Total US$ 210,000.00

Material : Acero NavalAño de Construcción : 1995Eslora : 16.50 mts.Manga : 05.30 mts

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:- Institute Fishing Vessel Clauses – CL 346 dated 20.07.87- Institute Additional Perils Clauses – Hulls – CL 347 Dated 20.07.87- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195- Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 15 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.4,000- CL.13 : US$.4,000

LANCHA “IMARPE V”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 189,315.00- Maquinaria y Equipos US$ 20,685.00

------------------------Total US$ 210,000.00

Material : Acero Naval Año de Construcción : 1995Eslora : 16.50 mts.Manga : 05.30 mts

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:- Institute Fishing Vessel Clauses – CL 346 dated 20.07.87- Institute Additional Perils Clauses – Hulls – CL 347 Dated 20.07.87- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195- Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 15 tripulantes

DEDUCIBLES:

- CL.12 : US$.4,000

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- CL.13 : US$.4,000

LANCHA “IMARPE VI”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 189,315.00- Maquinaria y Equipos US$ 20,685.00

------------------------Total US$ 210,000.00

Material : Acero NavalAño de Construcción : 1995Eslora : 16.50 mts.Manga : 05.30 mts

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:- Institute Fishing Vessel Clauses – CL 346 dated 20.07.87- Institute Additional Perils Clauses – Hulls – CL 347 Dated 20.07.87- Institute War an Strikes Clauses – Hulls – Time – C.L. 281 Dated 01.1195- Efectos personales de la tripulación US$ 200 por tripulante hasta un máximo de 15 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.4,000- CL.13 : US$.4,000

LANCHA “IMARPE VII”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 79,024.00- Maquinaria y Equipos US$ 11,809.00

------------------------Total US$ 90,833.00

Material : Fibra de VidrioAño de Construcción : 2000Eslora : 11.00 mts.Manga : 3.20 mts

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar - Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100% - Efectos personales de la tripulación US$ 200 por tripulante hasta un máximo de 08 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.1,000

LANCHA “IMARPE VIII”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 81,574.50

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- Maquinaria y Equipos US$ 11,809.00------------------------

Total US$ 93,383.00

Material : Fibra de VidrioAño de Construcción : 2000Eslora : 11.00 mts.Manga : 03.20 mts

RADIO DE NAVEGACION:Aguas adyacentes a las 200 millas del mar territorial peruano hasta las 500 millas

COBERTURAS:- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar - Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100% - Efectos personales de la tripulación US$ 200 por tripulante hasta un máximo de 08 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.1,000

LANCHA “SEÑOR DE SIPAN”

SUMAS ASEGURADAS:

Casco US$ 78,400.00Material : Fibra de Vidrio Año de Construcción : 2007Eslora : 8.37 mts.Manga : 2.3 mtsUbicación : Puerto Chiclayo

COBERTURAS:- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar - Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100% - Efectos personales de la tripulación US$ 200 por tripulante hasta un máximo de 08 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$.1,000

BALSA “SAN GABRIEL II” – BALSA BIOLOGICA

SUMAS ASEGURADAS:

Casco US$ 70,000.00Material : Acero Naval Año de Construcción : 2000Eslora : 07.00 mts.Manga : 07.00 mtsUbicación : Frente de Islas Lobos de Afuera-Operativa

COBERTURAS:- Institute Time Clauses – CL 280 dated 01.11.95 modifying point 1 (Navigation) to allow the rafts to be towed, deleting point 4 and 23 (Classification and Returns for lay – Ups and Cancellation )- Institute Radioactive Contamination Exclusion Clause dated 01.10.90- Seepage and Pollution Exclusion Clause (Amended 1 January 1989)- Nuclear Energy Exclusion Clause (Amended 1 January 1989)

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DEDUCIBLES:

US$ 5,000 excepto pérdida total absoluta y/o pérdida total constructiva

LANCHA “DON PACO”

SUMAS ASEGURADAS:

- Casco US$ 7,000.00

Material : Fibra de VidrioAño de Construcción : 1998Eslora : 07.85 mts.Manga : 02.29 mtsUbicación : Laboratorio Costero de Santa Rosa-Chiclayo.

COBERTURAS:- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar - Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100% - Efectos personales de la tripulación US$ 200 por tripulante hasta un máximo de 12 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$ 500

LANCHA “EL PIONERO” SUMAS ASEGURADAS:

- Casco y máquina US$ 9,000.00

Año de Construcción : 2004Material : MaderaEslora : 07.50 mts.Manga : 03.00 mts.Puntal : 01.10 mts.Motor : Fuera de Borda, Marca YAMAHA,

Modelo E-40xmox, Serie Nº 1002816QUbicación : Laboratorio Costero de Ilo.

COBERTURAS:

- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar - Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100% - Efectos personales de la tripulación US$ 200 por tripulante hasta un máximo de 12 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$ 500

LANCHA “DON MANUEL”

SUMAS ASEGURADAS:

Casco US$ 12,568.00

Material : Fibra de VidrioAño de Construcción : 2006Eslora : 07.85 mts.

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Manga : 02.29 mts

COBERTURAS:- Pérdida total Absoluta y/o Pérdida Total Constructiva, Gastos de Salvataje al 100% Averías Particulares por Incendio, Explosión, Colisión, Varadura, Encalladura, volcadura y cualquier otro riesgo de mar- Responsabilidad Civil por Colisión 4/4tos- Gastos de Salvamento al 100% - Efectos personales de la tripulación US$ 500 por tripulante hasta un máximo de 12 tripulantes

DEDUCIBLES:- CL.12 : US$ 500

CONDICIONES ESPECIALES

1. Queda entendido y convenido entre las partes que los valores asegurados declarados tienen carácter de valores convenidos.

2. Devolución por paralizaciones por cualquier motivo:Se efectuará siguiendo los factores de devolución por períodos mínimos consecutivos de 30 días.(CL.23.1.2: E.A.15 Consecutive days)

3. Queda entendido y convenido que la Carena de las naves se efectuará en un período máximo de hasta 30 meses, salvo que exista alguna recomendación específica del Perito de Garantías, que sea anferior a dicho periodo.

4. Queda entendido y convenido que, los honorarios profesionales y gastos que demande la inspección de garantías y de cualquier siniestro (informes de averías y ajustes) de toda la flota, serán asumidos íntegramente por cuenta de los aseguradores.

5. Queda entendido y convenido que, en caso de registrarse un siniestro debidamente cubierto por la póliza y que involucre efectuar operaciones de salvataje y/o reflotamiento por entidades especializadas, dichos gastos serán asumidos íntegra y directamente por los Aseguradores. Para tal fin la Cía. de Seguros conviene en aceptar la propuesta presentada por el Armador y con la aprobación del Perito de Seguros.

6. Queda entendido y convenido para los trabajos de reparación en que los aseguradores en forma coordinada con los asegurados elegirán el Astillero que ofrezca mayores garantías de trabajo por su reconocida experiencia en el medio. Todas las operaciones de salvataje y reparación serán supervisadas por los Peritos de Avería.

7. Queda entendido y convenido que, en caso de registrarse un siniestro debidamente cubierto por la póliza, la compañía de seguros conviene en reconocer adelantos de indemnización hasta por el 50% (por ciento) del total de la avería, sujeto a la aprobación de los presupuestos por parte de los Peritos de Avería y de los Ajustadores. El saldo del 50% (por ciento) queda pendiente para el Ajuste Final.

8. Los aseguradores convienen en aceptar que, para fines de la elaboración del Ajuste Final e Indemnización de un siniestro debidamente cubierto por la póliza, el asegurado puede presentar para tal fin facturas y/o presupuestos y/o órdenes de compra y/o inventarios, sujeto a la aprobación del Perito y Ajustador.

9. Queda entendido y convenido que el Asegurado puede efectuar rotación de sus capitanes, patrones y motoristas entre sus embarcaciones sin necesidad que medie aviso previo a la Cía. de Seguros siempre y cuando se respeten las categorías requeridas para cada tipo y capacidad de la embarcación.

10. Las resoluciones de capitanía, en caso de siniestro, se tomarán con carácter únicamente referencial, sin ser concluyentes.

11. El deducible adicional para maquinaria sólo abarcará al motor principal, grupos electrógenos y equipos auxiliares; no incluye eje ni hélice ni equipos de navegación ni equipos electrónicos.

12. Las pangas y las redes gozaran de las mismas coberturas que la embarcación principal, sin aplicarse las limitaciones del numeral 15.

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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA DIRECTORES Y FUNCIONARIOS D&O

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL

ASEGURADOSInstituto del Mar del Perú:- Presidente del Consejo Directivo- Director Ejecutivo- Director Científico- Director de Investigaciones Oceanográficas- Director de la Oficina de Auditoría Interna- Director de la Oficina de Administración- Director de la Oficina de Asesoría Jurídica- Director de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Evaluación de Gestión- Director Inv. en Pesca y Desarrollo Tecnológico- Director Inv. en Recursos de Demersales y Litorales- Director Inv. en Recurso Pelágicos Neríticos y Oceánicos- Jefe de la Unidad de Contabilidad- Jefe de la unidad de Logística e Infraestructura - Jefe de la Unidad de Personal- Jefe de la Unidad de Tesorería

SUMA ASEGURADA :US$ 1’000,000.00 LIMITE AGREGADO ANUAL

COBERTURAS ADICIONALES Retroactividad para hechos no conocidos hasta el Aviso de cancelación con 60 días de anticipación. Periodo adicional de reclamos 12 meses, con un pago adicional de 75% de la prima pactada.. Cobertura para reclamos de accionistas minoritarios(15%) Gastos de Imagen Corporativa: La cobertura de daño a la reputación se otorga bajo sub-límite y es de

US$.75,000 por evento y en el agregado. Costos de Defensa por Contaminación Perjuicios Financieros por Contaminación Cauciones judiciales(gastos por constitución Gastos de investigación: US$.100,000 por evento y en el agregado anual y no adición al límite de la póliza. Costos y honorarios de abogados Cobertura automática para nuevas filiales Herederos o representantes legales Patrimonio de la Sociedad Conyugal Directores y Administradores pasados, presentes y futuros.

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Representantes en entidades externas sin fines de lucro. Representantes en sociedades relacionadas.

DEDUCIBLES

Directores y gerentes Sin Deducible Empresa - Reclamos en el Perú 20,000 - Reclamos fuera del Perú 20,000

TERMINOS DE REFERENCIA - SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL

ASEGURADOS : 01 Presidente del Consejo Directivo 01 Director Ejecutivo

Cobertura Suma Asegurada US$Muerte Accidental c/u 50,000Invalidez Parcial y total Permanente c/u 50,000Gastos de Curación c/u 10,500Gastos de Sepelio c/u 3,000Traslado de Restos c/u 2,500Desamparo Súbito Familiar c/u 12,000Transporte por evacuación en ambulancia y/o avión comercial al 100% c/u 1,500Incapacidad Temporal máximo 20 días Monto a Indemnizar : 70% de la remuneración mensual

entre 30 días calendarioSegunda capa global por gastos de curación (en exceso del límite individual) 3,000

ASEGURADOS : 614 personas, constituidos por empleados y/o Investigadores y/o eventuales y/o CAS y/o personal de la marina asignado a IMARPE

Cobertura Suma Asegurada US$Muerte Accidental c/u 25,000Invalidez total y parcial Permanente c/u 25,000Gastos de Curación c/u 5,250Gastos de Sepelio c/u 3,000Traslado de Restos c/u 2,500Desamparo Súbito Familiar c/u 6,000Transporte por evacuación en ambulancia y/o avión comercial al 100% c/u 1,500Incapacidad Temporal máximo 20 días Monto a Indemnizar : 70% de la remuneración mensual

entre 30 días calendarioSegunda capa global por gastos de curación (en exceso del límite individual) 3,000

ASEGURADOS : 40 Visitantes Promedio Mensual del BIC Humbolt y BIC José Olaya Balandra

Cobertura Suma Asegurada US$Muerte Accidental c/u 25,000Invalidez total y parcial Permanente c/u 25,000

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Gastos de Curación c/u 5,250Gastos de Sepelio c/u 3,000Traslado de Restos c/u 2,500Desamparo Súbito Familiar c/u 6,000Transporte por evacuación en ambulancia y/o avión comercial al 100% c/u 1,500Incapacidad Temporal máximo 20 días Monto a Indemnizar : 70% de la remuneración mensual

entre 30 días calendarioSegunda capa global por gastos de curación (en exceso del límite individual) 3,000

CLAUSULAS Y COBERTURAS ADICIONALES

Riesgos Sociales y Políticos, tales como Huelgas, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo

Cubre las 24 horas, todos los días del año. Cobertura nacional e Internacional Ampliación del limite de edad hasta 75 años Considera visitas de muelle a muelle y en todos los puertos que hacen escala los buques. Se amplía la cobertura para amparar cualquier daño que puedan sufrir estos asegurados en embarcaciones que

sean o no sean de la propiedad del Asegurado Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad. Riesgo de la Naturaleza en general Rehabilitación automática de la suma asegurada Cobertura automática Extensión de Coberturas:

1. Práctica normal y no profesional (como aficionado) de fútbol, béisbol, polo, pesca en alta mar, rodeo, rugby, boxeo, esquí acuático, equitación, tabla hawaiana, karate, judo, pesas, andinismo y caminatas en alta montaña

2. Conducción de motocicletas, motonetas y otros vehículos similares3. Por el uso como pasajero de cualquier medio habitual para el transporte público de personas ya sea

terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de las empresas comerciales, no recorren itinerarios regulares y fijos.

4. Por el uso como pasajero de aviones, aerotaxis y/o helicópteros particulares y/o de las Fuerzas Armadas, por viajes eventuales

5. Extensión de la cobertura por el uso como pasajero de cualquier medio habitual de transporte

CONDICION ESPECIAL Si al momento del vencimiento de la póliza algún asegurado se encontrara en alguna Clínica, hospital o

similares, o siguiendo un tratamiento ambulatorio ó de rehabilitación a raíz de un siniestro ocurrido durante la vigencia, no se establecerán límites de fecha para la atención.

La cobertura de gastos de curación se hará efectiva bajo los sistemas de crédito (en los proveedores con los cuales tenga convenio el postor ganador) y de reembolso.

El postor deberá entregar cartilla de procedimiento al inicio del programa, en caso de cualquier siniestro que afecte las coberturas señaladas en los Términos de Referencia.

Las emisiones de las cartas de garantía para las coberturas de gastos de curación y sepelio (para proveedores a nivel nacional Lima y Provincias), se emitirán en un plazo no mayor de 24 horas desde su solicitud; en casos de que por fuerza mayor no se pueda emitir la carta de garantía solicitada, el postor ganador queda obligado a proceder al reembolso inmediato de los gastos.

Si la muerte de un asegurado ocurriera a consecuencia de un accidente ya indemnizado por invalidez permanente el postor ganador no deducirá de la suma asegurada por muerte, la indemnización pagada por invalidez permanente.

Los reajustes por exclusiones y/o inclusiones se realizarán a prorrata.

BENEFICIARIOS Beneficiarios indicados por los asegurados por escrito, en su defecto previa presentación de la declaratoria de Herederos legales. En caso de no existir beneficiarios, se considerará como beneficiario a IMARPE

INFORMACION GENERAL Personas mayores de 60 años

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Grupo I : 02 Grupo II : 87 Grupo III : 00

Nota: El número de asegurados es referencial, pudiendo variar durante la vigencia del Programa de Seguros.

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TERMINOS DE REFERENCIA

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL

ASEGURADOS : 06 Buzos60 personas, constituidos por TCI (Técnicos Científicos de Investigación) y Bitacoreros

Cobertura Suma Asegurada US$Muerte Accidental c/u 25,000Invalidez Permanente c/u 25,000Gastos de Curación c/u 5,250Gastos de Sepelio c/u 3,000Traslado de Restos c/u 2,500

Incapacidad temporal máximo 10 díasMonto a Indemnizar : 70% de la remuneración mensual entre 30

días calendarioTransporte por evacuación en ambulancia y/o avión comercial al 100% c/u 1,500Segunda capa global por gastos de curación (en exceso del límite individual) 3,000

CLAUSULAS Y COBERTURAS ADICIONALES Riesgos Sociales y Políticos, tales como Huelgas, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo,

Sabotaje y Terrorismo Cobertura para Horas Laborables. Cobertura nacional e Internacional Ampliación del limite de edad hasta 75 años Considera visitas de muelle a muelle y en todos los puertos que hacen escala los buques. Se amplía la cobertura para amparar cualquier daño que puedan sufrir estos asegurados en embarcaciones que

sean o no sean de la propiedad del Asegurado Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad. Riesgo de la Naturaleza en general Rehabilitación automática de la suma asegurada Cobertura automática Extensión de Coberturas:

1. Práctica normal y no profesional (como aficionado) de fútbol, béisbol, polo, pesca en alta mar, rodeo, rugby, boxeo, esquí acuático, equitación, tabla hawaiana, karate, judo, pesas, andinismo y caminatas en alta montaña

2. Conducción de motocicletas, motonetas y otros vehículos similares3. Por el uso como pasajero de cualquier medio habitual para el transporte público de personas ya sea

terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de las empresas comerciales, no recorren itinerarios regulares y fijo.

4. Por el uso como pasajero de aviones, aerotaxis y/o helicópteros particulares y/o de las Fuerzas Armadas, por viajes eventuales

5. Extensión de la cobertura por el uso como pasajero de cualquier medio habitual de transporte

CONDICION ESPECIAL Si al momento del vencimiento de la póliza algún asegurado se encontrara en alguna Clínica, hospital o

similares, o siguiendo un tratamiento ambulatorio ó de rehabilitación a raíz de un siniestro ocurrido durante la vigencia, no se establecerán límites de fecha para la atención.

La cobertura de gastos de curación se hará efectiva bajo los sistemas de crédito (en los proveedores con los cuales tenga convenio el postor ganador) y de reembolso.

El postor deberá entregar cartilla de procedimiento en caso de cualquier siniestro que afecte las coberturas señaladas en los Términos de Referencia.

Las emisiones de las cartas de garantía para las coberturas de gastos de curación y sepelio (para proveedores a nivel nacional Lima y Provincias), se emitirán en un plazo no mayor de 24 horas desde su solicitud; en casos de que por fuerza mayor no se pueda emitir la carta de garantía solicitada, el postor ganador queda obligado a proceder al reembolso inmediato de los gastos.

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Si la muerte de un asegurado ocurriera a consecuencia de un accidente ya indemnizado por invalidez permanente el postor ganador no deducirá de la suma asegurada por muerte, la indemnización pagada por invalidez permanente.

Los reajustes por exclusiones y/o inclusiones se realizarán a prorrata

BENEFICIARIOS Beneficiarios indicados por los asegurados por escrito, en su defecto previa presentación de la declaratoria de Herederos legales. En caso de no existir beneficiarios, se considerará como beneficiario a IMARPE

INFORMACION GENERAL Personas mayores de 60 años : 00

La función de los buzos es planificar las actividades subacuáticas, obtener y registrar muestras biológicas y oceanográficas en el medio subacuático, fotografiar y filmar, instalación y seguimiento de experimentos. Sus trabajos se realizan en zonas costeras hasta 30 metros de profundidad y zonas de altamar.

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TERMINOS DE REFERENCIASEGURO DE VIDA LEY (DL. Nª 688 Y LEY No.29549)

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL

PERSONAL ASEGURADO: Personal con 3 meses o más de servicios.

COBERTURAS SUMA ASEGURADA

Coberturas BásicasMuerte Natural 16 remuneraciones

Muerte Accidental 32 remuneraciones

Invalidez total y permanente por accidente 32 remuneraciones

Coberturas AdicionalesGastos de sepelio 5 sueldos hasta S/. 16,000

Desgravamen por saldos deudores 5 sueldos hasta S/. 25,000

Desamparo familiar súbito 6 sueldos hasta S/. 45,000

Transplante de órganos 5 sueldos hasta S/. 25,000

Cirugía de Puente Aorto Coronario 6 sueldos hasta S/. 20,000

Ceguera 6 sueldos hasta S/. 20,000

Quemadura (*) 6 sueldos hasta S/. 20,000

Sordera (*) 6 sueldos hasta S/. 20,000

Cáncer 6 sueldos hasta S/. 20,000

Insuficiencia Renal Crónica 6 sueldos hasta S/. 20,000

Esclerosis Múltiple 6 sueldos hasta S/. 20,000

Infarto al Miocardio 6 sueldos hasta S/. 20,000

Accidente Cerebro Vascular 6 sueldos hasta S/. 20,000

Hijo Póstumo 6 sueldos hasta S/. 25,000

Repatriación de Restos 6 sueldos hasta S/. 15,000

Traslado al lugar de origen 6 sueldos hasta S/. 15,000

Coma 6 sueldos hasta S/. 20,000

(*) En caso de accidente

BENEFICIARIOS: De acuerdo a ley

CONDICIONES ESPECIALESSerá elección de la empresa si la cobertura por enfermedades graves se dará como un adelanto por enfermedades terminales o será como una indemnización extra a la hora del fallecimiento del asegurado.

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Empleados Fecha Nac Fecha Ingreso Ocupación, Profesión SueldoEMPLEADO 01 07/07/1968 01/01/1988 SECRETARIA 2.405EMPLEADO 02 24/03/1952 01/06/1977 ECONOMISTA 4.745EMPLEADO 03 29/10/1953 16/05/1977 TECNICO 2.405EMPLEADO 04 15/12/1946 01/04/1979 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 05 17/12/1963 01/01/1988 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 06 03/05/1958 01/06/1990 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 07 19/02/1949 19/02/1979 TECNICO 2.405EMPLEADO 08 01/08/1960 01/08/1990 INGENIERO PESQUERO 3.250EMPLEADO 09 08/08/1958 01/01/1988 BIOLOGO 2.990EMPLEADO 10 12/10/1965 01/08/1990 BIOLOGO 3.055EMPLEADO 11 18/07/1954 01/08/1990 TECNICO 2.470EMPLEADO 12 08/04/1951 01/11/1999 BIOLOGO 5.460EMPLEADO 13 12/09/1946 01/07/1980 TECNICO 2.470EMPLEADO 14 06/07/1954 01/08/1990 BIOLOGO 3.120EMPLEADO 15 25/05/1968 01/08/1990 INGENIERIA ADMINISTRATIVA 2.470EMPLEADO 16 14/02/1961 01/08/1990 BIOLOGO 4.160EMPLEADO 17 19/12/1962 01/06/1990 TECNICO 2.340EMPLEADO 18 24/04/1945 01/06/1973 TECNICO 2.470EMPLEADO 19 31/03/1946 05/08/1997 TECNOLOGO PESQUERO 3.055EMPLEADO 20 19/10/1957 01/01/1988 INGENIERO PESQUERO 2.405EMPLEADO 21 29/07/1951 01/08/1990 TECNICO 2.340EMPLEADO 22 07/02/1943 07/05/1980 TECNICO 2.470EMPLEADO 23 25/07/1964 01/01/1988 TECNICO 2.405EMPLEADO 24 17/11/1954 01/01/1988 ECONOMISTA 4.160EMPLEADO 25 10/07/1950 05/08/1997 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 26 26/01/1959 27/03/1979 TECNICO 2.600EMPLEADO 27 05/11/1948 05/08/1997 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 28 29/08/1950 20/08/1997 TECNICO 2.470EMPLEADO 29 26/02/1963 01/07/2000 TECNICO 2.600EMPLEADO 30 10/05/1953 02/06/1980 INGENIERO PESQUERO 3.250EMPLEADO 31 27/05/1961 01/08/1990 ESPECIALISTA PLANIFICACION 5.460EMPLEADO 32 18/04/1980 29/12/2006 CONTADOR 2.600EMPLEADO 33 24/10/1954 02/05/1980 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 34 28/11/1962 01/08/1990 INGENIERO PESQUERO 4.745EMPLEADO 35 18/07/1945 24/09/1997 ECONOMISTA 7,471.56EMPLEADO 36 21/02/1957 11/12/1981 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 37 23/01/1962 01/01/1988 TECNICO 2.405EMPLEADO 38 12/01/1944 20/08/1997 TECNICO 2.340EMPLEADO 39 27/04/1967 18/02/2003 TECNICO 2.471EMPLEADO 40 04/11/1951 01/08/1997 TECNICO 2.600EMPLEADO 41 14/08/1966 01/08/1990 TECNICO 2.600EMPLEADO 42 30/09/1956 02/02/1976 TECNICO 2.470EMPLEADO 43 03/11/1957 18/04/1979 TECNICO 4.160EMPLEADO 44 05/05/1969 01/06/1990 SECRETARIA 2.470EMPLEADO 45 29/11/1957 01/06/1990 BIOLOGO 3.055EMPLEADO 46 08/01/1953 05/08/1997 TECNICO 2.600EMPLEADO 47 13/06/1947 05/09/1997 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 48 08/10/1943 05/08/1997 TECNOLOGO PESQUERO 3.055EMPLEADO 49 03/06/1948 01/03/1979 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 50 01/10/1957 12/08/1982 INGENIERO PESQUERO 3.120EMPLEADO 51 14/06/1948 06/08/1997 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 52 13/11/1959 01/06/1990 DERECHO 2.600EMPLEADO 53 11/08/1965 01/11/1999 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 54 25/12/1950 06/08/1997 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 55 16/05/1957 16/03/1978 TECNICO 2.470EMPLEADO 56 17/08/1956 01/06/1990 TECNICO 2.470EMPLEADO 57 23/07/1959 26/03/1979 INGENIERO ADMINISTRATIVO 4.745EMPLEADO 58 23/04/1954 01/08/1990 INGENIERO PESQUERO 3.250EMPLEADO 59 24/03/1958 01/08/1990 INGENIERO PESQUERO 3.120EMPLEADO 60 29/10/1950 01/08/1974 TECNICO 2.470EMPLEADO 61 24/03/1947 06/08/1997 TECNICO 2.405EMPLEADO 62 10/04/1955 01/04/1979 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 63 10/06/1957 01/08/1990 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 64 25/11/1954 01/09/1999 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 65 06/01/1957 01/01/1988 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 66 14/08/1963 01/08/1990 OCEANOGRAFO 3.250

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EMPLEADO 67 14/09/1950 09/12/1975 ECONOMIA 2.600EMPLEADO 68 09/06/1958 01/01/1988 BIOLOGO 6.630EMPLEADO 69 09/05/1952 01/11/1987 BIOLOGO 4.160EMPLEADO 70 15/10/1957 01/03/2007 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 71 19/08/1961 01/08/1990 INGENIERO QUIMICO 3.055EMPLEADO 72 14/04/1941 20/05/1975 TECNICO 2.470EMPLEADO 73 18/10/1956 01/08/1990 TECNICO 2.470EMPLEADO 74 22/05/1952 21/09/1988 INGENIERIA ADMINISTRATIVA 2.405EMPLEADO 75 17/12/1957 15/06/1989 TECNICO 2.405EMPLEADO 76 29/04/1957 02/05/1977 TECNICO 2.405EMPLEADO 77 11/01/1958 09/06/1977 CONTADOR 4.745EMPLEADO 78 15/04/1957 01/04/1982 TECNICO 2.470EMPLEADO 79 20/01/1948 01/08/1990 INGENIERO PESQUERO 3.120EMPLEADO 80 05/03/1953 02/05/1980 QUIMICO FARMACEUTICO 4.160EMPLEADO 81 01/08/1961 01/06/1989 TECNICO 2.600EMPLEADO 82 07/08/1949 11/12/1981 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 83 28/09/1954 01/06/1978 TECNICO 2.405EMPLEADO 84 22/10/1961 01/08/1990 TECNICO 2.600EMPLEADO 85 06/12/1944 05/08/1997 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 86 11/02/1963 01/06/1990 SECRETARIA 2.470EMPLEADO 87 21/01/1959 04/08/1982 TECNICO 2.470EMPLEADO 88 02/01/1962 01/06/1990 TECNICO 2.600EMPLEADO 89 26/10/1937 01/02/1980 TECNICO 2.340EMPLEADO 90 23/02/1941 01/12/1975 LIC. COMPUTACION 4.745EMPLEADO 91 30/05/1953 01/06/1990 INGENIERO PESQUERO 3.250EMPLEADO 92 31/10/1971 01/08/1990 TECNICO 2.405EMPLEADO 93 08/05/1971 01/11/1999 CONTABILIDAD 2.600EMPLEADO 94 24/02/1955 01/09/1979 ASISTENTA SOCIAL 4.745EMPLEADO 95 01/09/1956 07/04/2010 TECNICO 2.470EMPLEADO 96 07/04/1963 01/18/1990 ABOGADO 5.460EMPLEADO 97 23/03/1953 01/08/1990 BIOLOGO 3.055EMPLEADO 98 01/07/1948 03/05/1976 INGENIERO PESQUERO 4.745EMPLEADO 99 04/06/1957 01/03/1978 TECNICO 2.600EMPLEADO 100 16/08/1962 01/10/1989 TECNICO 2.470EMPLEADO 101 15/10/1953 02/05/1980 BIOLOGO 5.460EMPLEADO 102 21/06/1958 01/01/1988 BIOLOGO 3.055EMPLEADO 103 24/05/1955 01/01/1988 SECRETARIA 2.405EMPLEADO 104 23/08/1962 01/07/2007 BIOLOGO PESQUERO 1.300EMPLEADO 105 07/07/1959 16/03/1980 TECNICO 2.340EMPLEADO 106 06/06/1956 01/08/1990 BIOLOGO 3.055EMPLEADO 107 20/11/1966 01/01/1988 TECNICO 2.405EMPLEADO 108 12/05/1946 05/08/1997 TECNOLOGO PESQUERO 3.055EMPLEADO 109 05/04/1954 06/07/1981 INGENIERO METEOROLOGO 4.745EMPLEADO 110 22/04/1944 05/08/1997 TECNOLOGO PESQUERO 4.160EMPLEADO 111 02/10/1967 01/06/1990 LIC. ADM. EMPRESAS 2.600EMPLEADO 112 20/01/1953 11/12/1981 TECNICO 2.470EMPLEADO 113 28/01/1951 01/06/1979 TECNICO 2.600EMPLEADO 114 06/03/1956 01/02/1980 TECNICO 2.600EMPLEADO 115 06/01/1956 01/11/1999 INGENIERO PESQUERO 4.745EMPLEADO 116 28/10/1954 16/01/1998 CONTADOR 5.460EMPLEADO 117 11/01/1956 23/02/1976 TECNICO 2.405EMPLEADO 118 03/11/1948 16/02/1979 TECNICO 2.470EMPLEADO 119 06/12/1966 01/10/1989 SECRETARIA 2.405EMPLEADO 120 08/01/1955 01/01/1988 INGENIERO PESQUERO 3.055EMPLEADO 121 11/07/1952 03/05/1976 TECNICO 2.600EMPLEADO 122 11/12/1964 21/09/1988 INGENIERIA ADMINISTRATIVA 2.470EMPLEADO 123 20/03/1961 01/06/1990 TECNICO 2.405EMPLEADO 124 26/08/1959 01/08/1988 TECNICO 2.405EMPLEADO 125 07/02/1952 01/03/1978 BIOLOGO 3.250EMPLEADO 126 04/01/1965 01/08/1990 CONTADOR 2.470EMPLEADO 127 15/09/1963 01/06/1990 ECONOMIA 2.470EMPLEADO 128 06/02/1963 01/08/1988 INGENIERO PESQUERO 5.460EMPLEADO 129 10/12/1956 01/01/1988 TECNICO 2.405EMPLEADO 130 08/05/1945 01/01/1990 TECNICO 2.600EMPLEADO 131 14/12/1956 01/08/1990 BIOLOGO 3.120EMPLEADO 132 23/04/1943 05/08/1997 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 133 06/02/1937 02/08/1977 TECNICO 2.405EMPLEADO 134 13/10/1970 01/08/1990 TECNICO 2.405EMPLEADO 135 28/05/1957 01/08/1988 INGENIERO PESQUERO 4.745EMPLEADO 136 18/02/1958 01/08/1990 BACHILLER BIOLOGIA 3.055EMPLEADO 137 24/01/1962 01/06/1990 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 138 04/06/1937 05/08/1997 TECNICO 2.600EMPLEADO 139 23/03/1964 01/08/1990 TECNICO 2.600EMPLEADO 140 11/01/1955 01/08/1990 INGENIERO MECANICO 3.120EMPLEADO 141 01/07/1967 01/06/1989 CONTABILIDAD 2.600EMPLEADO 142 24/12/1942 01/01/2002 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 143 28/07/1945 09/08/1997 BIOLOGO 4.160EMPLEADO 144 05/09/1951 01/08/1997 TECNICO 2.600EMPLEADO 145 04/09/1960 01/01/1988 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 146 09/12/1941 01/03/1979 TECNICO 2.405EMPLEADO 147 29/01/1959 01/08/1990 INGENIERO MECANICO DE FLUIDOS3.120EMPLEADO 148 21/05/1942 21/06/1979 TECNICO 2.600EMPLEADO 149 27/04/1967 01/06/1990 TECNICO 2.470EMPLEADO 150 26/06/1966 01/08/1990 TECNICO 2.470EMPLEADO 151 13/10/1946 24/10/1980 LIC. COMPUTACION 4.160EMPLEADO 152 16/04/1942 09/08/1997 TECNICO 2.600EMPLEADO 153 16/07/1965 01/01/1988 TECNICO 2.340EMPLEADO 154 24/07/1949 01/01/1988 BIOLOGO 3.055EMPLEADO 155 10/10/1951 06/08/1997 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 156 20/10/1959 01/08/1990 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 157 12/06/1952 14/08/1975 SECRETARIA 2.600EMPLEADO 158 08/06/1953 01/06/1990 BIOLOGO 4.745EMPLEADO 159 03/03/1963 01/08/1988 TECNICO 2.405EMPLEADO 160 20/09/1944 09/08/1997 BIOLOGO 4.745

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TERMINOS DE REFERENCIASEGURO COMPLEMENTARIO TRABAJO DE RIESGO (D.L. Nª 26790)

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE VIGENCIA : ANUAL

ASEGURADOS : INVESTIGACION CIENTIFICA

COBERTURAS Pensión de Invalidez al asegurado Pensión de sobrevivencia a los herederos legales Gastos de Sepelio.

CONDICIONES

Normativa sobre Trabajo de Alto Riesgo Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Ley de Modernización de la Seguridad Social N° 26790 D.S. N° 009-97-SA y D.S. N° 003-98-SA

NUMERO DE TRABAJADORES : 76

PLANILLA MENSUAL : S/.113,365.00

BENEFICIARIOS De acuerdo a Ley.

CONDICION ESPECIALSe amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.

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ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR

PLAN A – TITULARES Y DEPENDIENTES

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU

VIGENCIA : ANUAL en Base a Declaraciones Mensuales

1. OBJETIVO DEL SERVICIO:

Contratar el Seguro de Asistencia Médica Familiar para el personal del Instituto del Mar del Perú y sus respectivos dependientes, a nivel nacional, con cobertura los 365 días del año y durante las 24 horas del día.

BENEFICIOS

BENEFICIO MÁXIMO ANUAL POR PERSONA Y POR OCURRENCIA US$ 20,000.00

HOSPITALIZACIÓN HASTA EL BENEFICIO MAXIMO ANUAL POR PERSONA Y POR OCURRENCIA DE $20,000

CréditoNivel 1 : Deducible de 1 día de habitación al 90% hasta US$ 20,000.00Nivel 2 : Deducible de 1 día de habitación al 90% hasta US$ 20,000.00Nivel 3 : Deducible de 1 día de habitación al 90% hasta US$ 20,000.00

Provincia : Deducible de 1 día de habitación al 90% hasta US$ 20,000.00

Reembolso : Deducible de 1 día de habitación al 80% hasta US$ 20,000.00

CRÉDITO AMBULATORIO – BENEFICIO MAXIMO ANUAL POR PERSONA Y POR OCURRENCIA US$20,000

Lima

Deducible por consulta (Incluye I.G.V.)

Clínicas y/o Centros Médicos 1er Nivel US$ 12.00 Todos los gastos cubiertos en exceso al 90%

Clínicas 2do Nivel US$ 15.00 Todos los gastos cubiertos en exceso al 90%

Clínicas 3er nivel US$ 20.00Todos los gastos cubiertos en exceso al 90 %

Provincias

Deducible por consulta en Clínicas (incluye el IGV) US$ 10.00 Todos los gastos cubiertos en exceso al 90%

REEMBOLSO AMBULATORIO

Deducible por consulta en Lima US$ 25.00Todos los Gastos cubiertos en exceso al 80%

Deducible por consulta en Provincias US$ 25.00Todos los Gastos cubiertos en exceso al 80%

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Nota: Para los asegurados que se encuentren en localidades que no cuenten con proveedor afiliado al postor ganador (centros médicos, clínicas u hospitales) se aceptará el reembolso considerando las condiciones del 1er.Nivel.

ATENCIÓN A DOMICILIO EN LIMA MEDICO GENERAL Y PEDIATRIA

Deducible por consulta (incluye IGV) US$ 10.00Todos los gastos (medicinas y análisis) cubiertos en exceso del deducible, al 100 %

ATENCIÓN A DOMICILIO EN LIMA MEDICO ESPECIALISTA EN DERMATOLOGIA, GASTROENTEROLOGIA Y CARDIOLOGIA

Deducible por consulta (incluye IGV) US$ 20.00Todos los gastos (medicinas y análisis) cubiertos en exceso del deducible, al 100 %

Nota: El postor deberá indicar radio de acción para el otorgamiento del servicio de ATENCION A DOMICILIO.

CONSULTA MEDICO Y ENFERMERA EN PLANTA 6 HORAS DIARIAS DESIGNADOS POR IMARPEDeducible por consulta (incluye IGV) US$ 0.00Gastos de entrega de medicamentos o atención en Red de farmaciasautorizadas en el mismo día de la consulta (el proveedor deberá indicar la cadena de farmacia que brindará este servicio) 90 %

BENEFICIOS ADICIONALES:

Oftalmología solo a crédito

- Medición de vista, fondo de ojo y descarte de glaucoma una vez al año al: 100% - Atención Oftalmológica en proveedores afiliados: US$ 12.00

90%

- Monturas y cristales solo para el titular una vez al año hasta US$ 50.00 (Vía crédito o vía reembolso)

Odontología

- Deducible por pieza tratada y terminada US$ 8.50- Exceso cubierto al 80% (no cubre prótesis) hasta US$ 500.00

CubreCuraciones, extracciones, profilaxis, endodoncias, rayos x, despistaje y prevención dental (odontograma, fluor, sellantes)

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Maternidad

Incluye también a titulares solas Medicación y vitaminas

Parto Normal hasta US$3,500- Clínicas del Nivel 1 Al 100%- Clínicas del Nivel 2 Al 100%- Clínicas del Nivel 3 Al 100% - Provincias Al 100%

Cesárea, Amenaza de Aborto y/o Aborto no provocado y Parto Múltiple hasta US$3,500- Clínicas del Nivel 1 Al 100%- Clínicas del Nivel 2 Al 100%- Clínicas del Nivel 3 Al 100%- Provincias Al 100%

Ectopia y Complicaciones Orgánicas del Embarazo hasta US$4,500- Clínicas del Nivel 1 Al 100%- Clínicas del Nivel 2 Al 100%- Clínicas del Nivel 3 Al 100%- Provincias Al 100%

Gastos Pre y Post Natales- Once (11) consultas prenatales (antes 9 consultas) Al 100% - Dos (02) consultas post-natales Al 100%- Ecografías al 3er, 5to y 8vo mes Al 100%- Control del/la recién nacida/o 12 consultas (hasta que cumpla 1 año de edad) Al 100%- Reembolso controles de maternidad SI

Cobertura para las enfermedades CongénitasSólo para los nacidos en la Póliza Como Ambulatorio u hospitalario

Emergencia Accidental (atención ambulatoria)- Cubierto Al 100%(Otorgándose continuidad de atención ambulatoria al 100% hasta el alta del paciente y/o 90 días lo que ocurra primero y hasta el límite de la suma asegurada)

Emergencia Médica (atención ambulatoria)- Cubierto Al 100%

Emergencias Médicas graves a domicilio- Cubierto Al 100%

Cobertura Oncológica - Todos los gastos cubiertos Al 100%

Vía crédito en proveedores afiliados

Cobertura de Segunda Capa - Beneficio máximo por enfermedad y por asegurado Al 100% hasta $12,000, en exceso de beneficio

máximo anual

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Transporte por Evacuación - Ambulancia Al 100%- Avión nacional (incluye acompañante) Al 100%- La presente cobertura se extiende a cubrir las evacuaciones por emergencia en ciudades donde no exista infraestructura médica adecuada para atender la ocurrencia.

Sepelio (Incluye Cremación) vía crédito- Todos los gastos cubiertos al 100%, titular y dependientes, por c/u hasta US$ 3,500.00- Se considera el reembolso para la presente cobertura al 100% hasta $2,500, en lugares donde no se cuente con

proveedores afiliados.

Atención ambulatoria para pacientes Crónicos - Cubre consulta y medicina Enfermedades Cubiertas: Hipertensión Arterial esencial no complicada, Asma, Diabetes Melitus no complicada y Dislipidemia al 100%.

Doble Diagnóstico para Cirugía,- Costo de la consulta al: 100%

Prótesis internas Quirúrgicas Necesarias vía crédito- Todos cubiertos al 100% hasta US$ 3,000.00

Chequeos Preventivos (una vez al año en clínicas afiliadas) al 100%Chequeo generalExamen de SangreExamen de OrinaRadiografía de ToraxInforme finalChequeo Ginecológico- Consulta especializada- Papanicolaou- Mamografía bilateral (mayores de 40 años)- Ecografía de útero y ovario- Informe finalChequeo Urológico- Examen clínico (Urología)- Antígeno prostático (mayores de 40 años)- Informe final

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PLAN B – PADRES

ASEGURADO : INSTITUTO DEL MAR DEL PERU VIGENCIA : ANUAL en Base a Declaraciones Mensuales

1. OBJETIVO DEL SERVICIO:

Contratar el Seguro de Asistencia Médica Familiar para los padres de los trabajadores el personal del Instituto del Mar del Perú, a nivel nacional, con cobertura los 365 días del año y durante las 24 horas del día.

BENEFICIOSBENEFICIO MÁXIMO ANUAL POR PERSONA Y POR OCURRENCIA US$ 11,850.00

HOSPITALIZACIÓN

CréditoNivel 1 : 1 día de cuarto al 80%Nivel 2 : 1 día de cuarto al 75%Nivel 3 : 1 día de cuarto al 70%Provincia : 1 día de cuarto al 80%

ATENCIÓN A DOMICILIO EN LIMA

Deducible por consulta (incluye IGV) US$ 20.00Todos los gastos (medicinas y análisis) cubiertos en exceso del deducible, al 100 %

Emergencia Accidental (atención ambulatoria)- Cubierto Al 100%- Continuidad de la cobertura de emergencia accidental hasta la recuperación total del paciente (incluye consulta médica, medicina física y rehabilitación)

Emergencias Médicas graves a domicilio- Cubierto Al 100%

Salud Mental (solo consultas)- Consulta Psicológica Deducible $20.00 Al 100% - Consulta Psiquiátrica Deducible $20.00 Al 100%

Transporte por Evacuación - Ambulancia Al 100%- Avión nacional (incluye acompañante) Al 100%

Sepelio (Incluye Cremación) Solo al crédito- Todos los gastos cubiertos al 100%, titular y dependientes, por c/u hasta US$ 1,100.00Cobertura de Sepelio a Reembolso para padres limitado a US$.800, para zonas donde no se puede brindar el servicio y no se cuente con proveedores afiliados.

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Chequeos Preventivos (una vez al año en clínicas afiliadas) Chequeo Cardiológico – Deducible US$40.00- Electrocardiograma- Prueba de esfuerzo- Dosaje de Colesterol- Rayos X del corazón y pulmón- Informe FinalChequeo Ginecológico – Deducible US$40.00- Consulta especializada- Papanicolaou- Mamografía bilateral- Ecografía de útero y ovario- Informe final

Chequeo Urológico - Deducible $20.00- Examen clínico (Urología)- Antígeno prostático - Informe final

CONDICIONES ESPECIALES – PLANES A Y B

1. Continuidad de atención para los Asegurados del Plan de Salud de IMARPE Vigente, considerando pre existencias y sin periodo de carencia.

2. Los asegurados que sigan un tratamiento de diagnóstico crónico y que se hagan o se hayan hecho evaluar en las clínicas privadas de la red de las compañías de seguros, tendrán derecho de seguir su tratamiento con las mismas medicinas (mismas marcas precritas por el médico tratante) a través del médico en planta, sin embargo las recetas deberán de ser renovables de manera trimestral, evitando que el asegurado tenga que ir de manera mensual a la clínica.

3. Para las nuevas inclusiones el periodo de carencia para recibir atenciones médicas es de 30 días y se contabilizará a partir de la fecha de inclusión a la póliza.

4. Se podrá recibir atención médica en el periodo de carencia para las nuevas inclusiones cuando se trate de atenciones por emergencia accidental, así como médica (solamente por apendicitis, torsión testicular, neurisma)

5. Todos los beneficios incluyen Impuesto general a las ventas (I.G.V.)6. Las cartas de garantías serán emitidas a las 8 horas de solicitadas, siempre y cuando la compañía de

seguros cuente con la información necesaria para la evaluación, sobre todo para caso oncológicos y de alto costo (mayores de 15,000) Los copagos y deducibles serán pagadas por el asegurado al momento de la atención.

7. SOLO PLAN A Límite de edad de ingreso y permanencia de titular y dependiente Titular y cónyuge sin límite de edad y permanecerán asegurados sin límite de edadLos hijos/as permanecerán hasta los 25 años, 11 meses y 29 días.

8. SOLO PLAN B Límite de edad de ingreso y permanencia de padres Edad límite de ingreso: 65 años y permanecerán asegurados sin límite de edad.

9. SOLO PLAN A Para gozar del beneficio de maternidad no será necesario que la Titular se encuentre inscrita con el cónyuge. Las Titulares mujeres tendrán derecho al beneficio de maternidad, incluso si son solteras.

10. La cantidad de personas aseguradas es referencial, pudiendo variar durante la vigencia de la póliza.11. Atención a Nivel Nacional en todas las clínicas que tengan convenio con la compañía aseguradora.12. Para procedimientos de reembolso el tiempo máximo para la presentación de los mismos será de 60

(sesenta) días calendario. El pago de reembolsos será de 5 días a partir de recibido el expediente por parte de la compañía de seguros

13. SOLO PLAN A Cobertura inmediata del recién nacido (desde el primer día de nacido).14. Todos los deducibles incluyen IGV.15. El postor ganador deberá anexar la relación de gastos no cubiertos (exclusiones) y diagnósticos

considerados como emergencia médica.

16. El postor ganador se compromete a la entrega del Informe Estadístico trimestral incluyendo los informes de beneficio: por tipo de atención, por principales proveedores, por tipo de pago y por parentesco, en documento físico. El informe se entregará de manera trimestral considerando los aportes y siniestros

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desde el inicio de vigencia hasta el mes anterior al envío del mismo, considerando reservas. Para el análisis se evaluará la siniestralidad acumulada de los meses que se encuentran cerrados (sin considerar reservas).

17. El postor ganador deberá anexar los procedimientos de atención en el sistema de crédito y reembolso (ambulatorio y hospitalario)

18. El postor ganador se compromete a entregar las credenciales de atención (carnés) a los 7 días hábiles de haber recibido la base de datos de los afiliados.

19. SOLO PLAN A : Se consideran honorarios médicos hasta el 100% de la tarifa “A” establecida por la Asociación de Clínicas Particulares o S/. 250.000, el que resulte mayor.20. Cobertura inmediata del recién nacido (desde el primer día de nacido).

21. Incluye vitaminas y ácido fólico para embarazadas y para asegurados con diagnóstico de anemia.22. La emergencia médica se entiende como condición repentina e inesperada que requiere atención y procedimientos quirúrgicos y/o médicos inmediatos al poner en peligro inminente la vida, la salud o que pueden dejar secuelas invalidantes en el asegurado. La determinación de la condición de emergencia es realizada por el profesional médico encargado de la atención, bajo responsabilidad.23. La atención en los proveedores médicos se brindará con la sola presentación del DNI del asegurado o el carné de atención.24. Cobertura para material descartable como jeringas y agujas, siempre que la prescripción médica contemple inyectables, así como para equipos de venoclisis.25. Si al momento de la atención del asegurado en los proveedores afiliados al plan de salud, el proveedor no contara en farmacia con el medicamento prescrito, el postor ganador remitirá a su domicilio dicho medicamento, previa coordinación con el asegurado, pagando el asegurado el porcentaje de coaseguro correspondiente a la red donde se prestó la consulta médica. La receta médica se remitirá al postor ganador via fax ó mail, sustentando de esta manera el envío de/los medicamentos

COMPOSICIÓN DE GRUPOS

Titulares solos : 53 Titulares + 1 : 51 Titulares + 2 : 36 Titulares + 3 o más : 25 TOTAL

Padres : 63 TOTAL

Es importante indicar que esta conformación es factible de ingresos y egresos de trabajadores y dependientes, los mismos que se realizan y reportan mensualmente a la compañía de seguros.

CLÍNICAS AFILIADAS DONDE SE PRESTARÁ LOS SERVICIOS MÉDICOS

La red de clínicas, centros oftalmológicos, funerarios y demás proveedores deberá considerarse a nivel nacional, en las principales ciudades del país.. El postor ganador deberá anexar en la póliza la relación de clínicas afiliadas a nivel nacional, indicando dirección exacta y teléfonos actualizados. A continuación se detalla a manera referencial, la Red actual de proveedores afiliados en el Programa actual, a fin de que sea tomada en cuenta para la presentación de las propuestas:.

Nivel1o San José Callao, Limatambo, Vesalio, San Pablo Norte, Maison de Santé, Montefiori, Padre Luis Tezza, Javier

Prado, San Lucas, Good Hope, C.M.San Judas Tadeo, San Gabriel, Internacional.

Nivel 2o Stella Maris, San Borja, Clínica San Pablo Sede Central, El Golf

Nivel 3o Angloamericana, Ricardo Palma, San Felipe, Santa Isabel

Oftalmología Oftálmica, Oftalmosalud, Futuro Visión, Confía

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Odontología Aldident, C.Odont.Americano, Cerdent, Clínica Dental Pasco, Odontocenter, Centro Médico Las Palmeras, Jockey Salud, San Pablo (Sede Central)

Oncología Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto Oncológico de Lima, Centro de Radioterapia de Lima

Clínicas en Provincias

El postor ganador deberá detallar la relación de clínicas donde se prestará los servicios médicos en provincias, precisando la dirección exacta y los teléfonos actualizados de cada una de ellas.

El postor ganador deberá indicar la mayor cantidad de clínicas totalmente equipadas para brindar todos los servicios ofertados, a nivel nacional; pudiendo gestionar de ser factible a través de convenios o similares con el Ministerio de Salud y otros en aquellas ciudades donde no cuente con proveedores afiliadas.

En caso de que el postor ganador no cuente con proveedor afiliado en las localidades en donde se ubiquen los asegurados, se reembolsarán los gastos a los costos y coberturas de la atención vía crédito del 1er. Nivel. La presente condición se aplica a las coberturas señaladas en los presente términos de referencia.

CAPÍTULO IV

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 45º del Reglamento, las Bases deberán consignar el siguiente factor de evaluación:

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A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDADDEL POSTOR Puntaje Máximo : 50 Puntos

EXPERIENCIA DEL POSTOR CRITERIO DE ASIGNACION DE PUNTAJE

PUNTAJEMÁXIMO

(50 Puntos)

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios similares de Cobertura de Seguros para cubrir Riesgos Generales y Riesgos Humanos al objeto de la convocatoria, durante un período no mayor a ocho (08) años a la fecha de la presentación de la propuesta, por un monto máximo acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial, materia de la convocatoria.La experiencia se acreditará con un máximo de Diez (10) servicios, sin importar el número de documentos que las sustenten. Tal experiencia se acreditará mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Serán admisibles los comprobantes de pago con el sello de cancelado correspondientes al pago respectivo, que podrá ser de la aseguradora. Se precisa que bastará el sello de cancelado en un comprobante de pago presentado para acreditar la experiencia, para que este sea considerado cancelado y fehaciente.

Monto igual a 05 veces el Valor Referencial 50

Monto igual o mayor a 04 veces y menor a 05 veces el Valor Referencial.

40

Monto igual o mayor a 03 veces y menor a 04 veces el valor referencial el Valor Referencial.

30

Monto igual o mayor a 02 veces y menor a 03 veces el valor referencial

20

B. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO Puntaje Máximo : 15 Puntos

Se evaluará en función al número de certificados y/o constancias que acrediten que el postor que haya prestado el servicio de Cobertura de Seguros de Daños Personales y Patrimoniales, lo haya efectuado sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de diez (10) servicios. Tales certificados y/o constancias deberán referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia en la actividad del postor.

Para determinar el puntaje respectivo, se utilizará la siguiente fórmula de evaluación:

PCP= PF x CBCNC

Donde:

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PCP = Puntaje a otorgarse al postorPF = Puntaje máximo del FactorNC = Número de contrataciones presentadas para

acreditar la experiencia del postor CBC = Número de constancias de buen cumplimento de la

prestación

Asimismo, el factor podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que el servicio presentado para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades, independientemente de la denominación que tal documento reciba.

NOTA:1. Estos certificados o constancias deben referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia del postor.2. Ver Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN.

C. PLAZO PARA EL PAGO DEL SINIESTRO Puntaje Máximo: 15 Puntos

Al postor que oferte el menor plazo al que establece el Artículo 332º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, se le otorgará quince (15) puntos; y a las demás propuestas se les asignará puntaje de acuerdo a lo siguiente:

Plazo para el pago de siniestros de 01 a 03 días hábiles 15 puntosPlazo para el pago de siniestros de 04 a 06 días hábiles 10 puntosPlazo para el pago de siniestros de 07 a 09 días hábiles 05 puntosPlazo para el pago de siniestros más de 09 días hábiles 00

El plazo deberá especificarse en días hábiles completos.

D. MEJORAS TECNICAS Puntaje Máximo: 20 Puntos

Se calificará las mejoras de orden técnico que presenten los postores respecto al slip requerido, tales como Deducibles, Suma Asegurada y Coberturas, de acuerdo a lo siguiente:

MEJORAS TÉCNICAS Puntajemáximo

INCREMENTO EN SUMAS ASEGURADASPóliza MultiriesgoIncrementar la Suma Asegurada de Todo Riesgo A Primer Riesgo A US$. 11’000,000.00 0.5 punto A US$. 12’000,000.00 1.0 punto Incrementar la Suma de Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo A US$. 11’000,000.00 0.5 punto A US$. 12’000,000.00 1.0 punto Póliza D & OPeríodo Adicional de reclamos 12 meses, sin pago adicional de 75% de la prima pactada

0.5 punto

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Gastos de imagen corporativa; la cobertura de daño a la reputación se otorga bajo sub límite y es de US$.150,000 por evento y en el agregado.

0.5 punto

Gastos de investigación: US$.200,000 por evento y en el agregado anual y no adición al límite de la póliza.

0.5 punto

Póliza de CascosOtorgar la siguiente condición especial: ¨No se rechazarán siniestros en donde se observe que existen certificados de la embarcación o de la tripulación que se encuentren fuera de vigencia.¨

2.0 puntos

Mejorar la condición especial No. 07 según el siguiente texto:

A) ¨Queda entendido y convenido que, en caso de registrarse un siniestro debidamente cubierto por la póliza , la Compañía de seguros conviene en reconocer adelantos de indemnizaciones hasta por el 70% del total de la avería, sujeto a la aprobación de los presupuestos por parte de los peritos de avería y de los ajustadores. El saldo del 30% queda pendiente para el ajuste final¨.

B) ¨Queda entendido y convenido que, en caso de registrarse un siniestro debidamente cubierto por la póliza , la Compañía de seguros conviene en reconocer adelantos de indemnizaciones hasta por el 90% del total de la avería, sujeto a la aprobación de los presupuestos por parte de los peritos de avería y de los ajustadores. El saldo del 10% queda pendiente para el ajuste final¨.

1.0 punto

2.0 puntos

Póliza Vida LeyMantener las propuestas para el personal que cese de Imarpe, para la emisión de la póliza de continuidad para cesantes

0.5 punto

Póliza de Seguro Médico Familiar Titular y Dependientes Modificación del copago correspondiente a la hospitalización en Red 1 de 90% a 95%

0.5 punto Póliza de Seguro Médico Padres Inclusión de Reembolso para la cobertura de sepelio en lugares que no se cuente con proveedores afiliados y en Lima previa autorización de la Institución.

1.0 punto

Otorgar la cobertura de Emergencias médicas en proveedores afiliados al 100%

0.5 puntoREDUCCION DE DEDUCIBLES

Póliza de CascosReducir los deducibles de las siguientes embarcaciones a :A) BIC Humboldt: CL 12 : 7,500 CL 13 : 10,000………….………………………………………………………..

B) BIC Humboldt: CL 12 : 5,000 CL 13 :

0.5 punto

1.0 punto

A) BIC José Olaya: CL 12 : 7,500 CL 13 : 8,250……………………………………………………………………..B) BIC José Olaya: CL 12 : 5,000 CL 13 : 5,500……………………………………………………………………

0.5 punto

1.0 punto

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A) BIC SNP 2 : CL 12 : 6,000 CL 13 : 6,000……………………………………………………………………

B) BIC SNP 2 : CL 12 : 4,000 CL 13 : 4,000…..

0.5 punto

1.0 punto

A) Lancha Imarpe III : CL 12 : 750……………………………………………………………

B) Lancha Imarpe III : CL 12 : 500……………………………………………………………

0.5 punto

1.0 punto

A) Lancha Imarpe IV : CL 12 : 3,000 CL 13 : 3,000……………………………………………………………….B) Lancha Imarpe IV : CL 12 : 2,000 CL 13 :

0.5 punto

1.0 puntoA) Lancha Imarpe V : CL 12 : 3,000 CL 13 : 3,000………………………………………………………………..B) Lancha Imarpe V : CL 12 : 2,000 CL 13 :

0.5 punto

1.0 punto

A) Lancha Imarpe VI : CL 12 :3,000 CL 13 : 3,000……..……………………………………………………….

B) Lancha Imarpe VI : CL 12 :2,000 CL 13 :

0.5 punto

1.0 PuntoA) Lancha Imarpe VII : CL 12 : 750..

………………………………………………………….

B) Lancha Imarpe VII : CL 12 :

0.5 punto

1.0 PuntoA) Lancha Imarpe VIII : CL 12 :

750………………………………………………………………...

B) Lancha Imarpe VIII : CL 12 :

0.5 punto

1.0 PuntoA) Lancha Sr. de SIPAN: CL 12 :

750…………………………………………………………………

B) Lancha Sr. de SIPAN: CL 12 : 500……………..

0.5 punto

1.0 puntoPuntaje Total Máximo 20 puntos

IMPORTANTE

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.

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CAPÍTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la Contratación de Pólizas de seguros de Bienes Patrimoniales y Asistencia Médica para el Instituto del Mar del Perú por el período 2011-2012” ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETOCon fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del CONCURSO PÚBLICO N.º 001-2011-IMP - Primera Convocatoria para la Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Asistencia Médica para el Instituto del Mar del Perú por el Período 2011-2012, a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO……………………….

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del servicio materia del presente contrato asciende a US$.. ………………… a todo costo, incluido IGV (en caso de corresponder).

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO 13 SUGERIDA

Para el Ramo de Asistencia Medica LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en ………………. (indicar moneda), en el plazo de …… La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de 10 días calendario de presentada la factura con la conformidad de recepción de la prestación, emitida por el Área de Bienestar Social, debidamente visada por la Unidad de Personal.

Para el caso de los Seguros Multiriesgo, 3D, Vehículos, Cascos, Responsabilidad Civil D&O y Accidentes Personales, LA ENTIDAD pagará en cinco (05) cuotas mensuales iguales, las cuatro primeras serán consecutivas a los 30, 60, 90 y 120 días calendarios a partir del inicio de vigencia, sin intereses. La quinta cuota, igualmente sin intereses, será cancelada a los 280 días calendario de iniciada la vigencia del Programa de Seguros.

Los Seguros de Asistencia Médica, Vida Ley y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Pensión que son en base a declaraciones mensuales de prima, serán pagados en forma mensual. Dichos pagos se realizarán en Nuevos Soles, al tipo de cambio dólar / venta del día de giro del cheque respectivo (según publicación de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el Diario Oficial El Peruano).

.

CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN

El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..……… hasta……………………….(deberá indicarse desde cuando se computa el plazo de ejecución de las obligaciones a cargo del contratista y hasta cuándo se extienden éstas).

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del

13 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

- De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la………………… (Indicar el tipo de garantía). Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

- Adicional por el monto diferencial: S/…………………., de ser el caso, …………………., a través de la …………………(Indicar el tipo de garantía), con una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

- Garantía por prestaciones accesorias: S/………………, de ser el caso, …………………., a través de la ………………(Indicar el tipo de garantía) con una vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.14

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES 15 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente (de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse), en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la 14 De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año,

previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

15 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

NOTA 11:En el caso que se contrate servicios de intermediación laboral (por ejemplo, servicio de seguridad o servicios de limpieza) se deberá incorporar la siguiente causal de resolución:

“Es causal de resolución del contrato celebrado entre la Entidad y EL CONTRATISTA, la verificación por parte de la Entidad de algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de EL CONTRATISTA. Las entidades están obligadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales que tiene EL CONTRATISTA con los trabajadores destacados; para tal obligación podrán solicitar la inspección de la Autoridad Administrativa de Trabajo”.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOEn lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS16 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

16 De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.

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CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOSLas partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de………. al…………………………

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE

Lima,…………………………………………..

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMPPresente.-

……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante legal de la

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persona jurídica), identificado con DNI Nº ……………….tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Concurso Público N° 001-2011-IMARPE, a fin de acreditar a nuestro apoderado: ……………………………. (nombre del apoderado) identificado con DNI. Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.17

………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

ANEXO N° 01

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2011-IMARPEPresente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón SocialDomicilio LegalRUC Teléfono Fax

Autorización MunicipalMunicipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

17 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas y siempre y cuando el Representante Legal de éste no concurra personalmente al proceso de selección, de lo contrario, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65º del Reglamento.

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Lima,…………………………………….

----------------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de

la empresa

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO CONVOCADO

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMARPEPresente.-

Estimados Señores:

En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………, Instituto Del Mar del Perú, IMARPE y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de : Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Asistencia Médica par el Instituto del Mar del Perú por el Período 2011-2012, de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.

Lima,…………………………………….

-------------------------------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

(*) Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO N° 03

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMARPEPresente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe……………………………. (postor y/o Representante Legal de …………………….), identificado con DNI Nº ................ y RUC Nº …………………., domiciliado en ..........................................; que se presenta como postor del CONCURSO PUBLICO Nº 001-2011-IMP, para la Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Asistencia Médica par el Instituto del Mar del Perú por el Período 2011-2012, declaro bajo juramento:

1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10° de la Ley.

2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección.

4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima, ………………………………………

-------------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO.(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMPPresente.-

Estimados señores:

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta al CONCURSO PÚBLICO N° ……………………….., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la referencia, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.

Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación ……………………… ………………………

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación …………………….. ……………………..

Lima, …………………………………………

………………………………………….. …………………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI delRepresentante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

ANEXO N° 05

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

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SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMPPresente.-

Estimados Señores:

El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., luego de conocer las condiciones que se exigen en las presentes Bases, me comprometo a prestar el Servicio de …………………… para ………………….Instituto del Mar del Perú, IMARPE, en el plazo de …………………

Lima,…………………………………….

-------------------------------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO Nº 06

EXPERIENCIA DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMPPresente.-

El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en......................................................................., detallamos lo siguiente :

Nº CLIENTEOBJETO DEL

SERVICIO (a)

N° CONTRATO O FACTURA

IMPORTE DEL CONTRATO O

FACTURAFECHA DE INICIO Y

TÉRMINO

123456789

10TOTAL

Lima,………………………………………

-----------------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 07

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001 -2011-IMPPresente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL(Consignar moneda)

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.

NOTA 13: En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.6 de la sección específica.

Lima, ……………………………………….

-----------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razón Social de la empresa

ANEXO Nº 08

DESAGREGADO DE COSTOS

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PARA SER PRESENTADO SOLO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO ANTES DE LA FIRMA DEL CONTRATO

Lima, de de 2011

Señores:INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPECiudad.-

Para efectos del CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2011-IMP .convocado por INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE, el desagregado de costos para tipo de Póliza de nuestra oferta económica es el siguiente:

Ramo Tasa y/o Prima

Individual

Prima Neta Periodo

US$

Derecho de

EmisiónUS$

Impuestos US$

Prima Total

PeríodoUS$

TOTAL us$

Atentamente(Nombre, sello y firma del Representante legal)

ANEXO Nº 09

DECLARACION DE COMPROMISO DE EMISION DE DOCUMENTOS, PRIMAS Y TASAS, REPORTES DE SINIESTRALIDAD

Lima, de de 2011

Señores

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INSTITUTO DEL MAR DEL PERU - IMARPECiudad.-

Para efectos del CONCURSO PUBILICO Nº 001-2011-IMP, convocado por INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE, declaramos bajo juramento:

1. Que la emisión de documentos no estará afecto a la prima minima, respetándose el calculo de la prima prorrata, de acuerdo a la tasa cotizada según Formato requerido.

2. Que nos comprometemos a cumplir con la emisión de documentos (como pólizas, endosos, certificaciones, constancias, entre otros) en un plazo no mayor de 10 días hábiles contados a partir de la recepción del requerimiento de la Entidad y/o su asesor de seguros.

3. Nos comprometemos a entregar el soporte de siniestralidad de todas las pólizas que suscriban con nosotros de manera semestral o cuando sea requerido por la entidad y/o su asesor de seguros, el cual incluirá como mínimo la siguiente información:

a) Primas y siniestros por pólizab) Detalle de los siniestros indicando como mínimo:

Número de póliza Ramo Fecha de siniestro Causa Placa de rodaje para casos de pólizas de vehículos Nombre de persona afectada, cuando corresponda, como en el caso de las pólizas

de accidentes personales, vida ley, formación laboral y SCTR Pensiones Montos en reserva y/o montos pagados Estado de siniestro

Atentamente (Nombre, sello y firma del representante legal)

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