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ACUERDO CANTONAL DE ESTABLECIMIENTO DE LIMITES TERRITORIALES INTERNOS DEFINITIVOS MEDIANTE EL “PROCESO AMISTOSO DE NEGOCIACTON DIRECTA" ENTRE TRE LOS CANTONES DE EL GUABO Y MACHALA. En la ciudad de Machala, Provincia de El Oro a los 30 días del mes de marzo delañodosmil quince, comparecen losseñoresDr. Manuel Serrano Cam'o'n y Ing. Carlos Falquez Aguilar, en sus calidades deAlcaldes de los Gobiemos Autónomos Descentralizados Municipales de El Guabo y Machala,respectivamente, ala suscripcióndel presente Acuerdo Cantonal de Consentimiento para la Delimitación Temto'rial Definitiva entre los Gobiemos Auton'omos Descentralizados que representan; se define por este medio que Ia metodología escogida esa traves’ de un "Proceso Amistoso" y que por la misma se fije en forma definitiva los Iímrt'es cantonales entre ambas jun‘sdicciones, para cuyo efecto se han tomado en cuenta los siguientes considerandos y se emite esta resolución: CONSIDERANDOS Que, con fecha 9 de marzo de 2015, se firmó entre las partes un Acta de Consentimiento para establecer el "procesoamistosode delimitacióntem'ton'aldefinitiva" entre los gobiernos autónomos descentralizados de los cantones El Guabo y Machala; Que, el Art 4 de la Constitución de Ia República del Ecuador establece que nadie puedeatentar contra launidad tem‘ton'al o fomentar la secesión; el tem'ton‘o del Ecuador constituye una unidad geográfica ehistórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales; Que, el Art 242 de IaConstitución de la República,determina que el Estado se organiza territon'almente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales; . Que,para elejercicio de lascompetencias que pormandato constitu‘cionaly legal fueron . asignadas a los GAD's, es necesan‘a la delimitación física detallada del tem'tono'; Que, existe un trazo referencial en un segmento limítrofe entre El Guabo y Machala, según la información cartográfica emitida por CONALI, en el que consta como limite el antiguo cauce del n’o Jubones, que se contrapone con el informe del Comité Cantonal de Limites del GAD Machala que se ratifica en la cartografía generada por el GAD Provincial de El Oro, y con el ¡nforme del Comité Cantonal deLimites del GADMunicipal del Cantón El Guabo, que coinciden conla redacción del Decreto 2834del 30 deagosto del 1978 publicada enel R.O.666del 7 de septiembre del 1978, que descn'be al sur el límite' que tenían los cantones Madiala y Pasaje hasta alcanzar el curso del río Jubones, por este n'o aguas abajo hasta su desembocadura en el canal Jambelí, Que, es importante relevar que históricamente tanto para los ciudadanos del Cantón Machala como del Cantón El Guabo, el límite entre los dos cantones siempre ha sido el n'o Jubones, pero por error involuntan'o y de buena fe de los técnicos que elaboraron la cartografia del cantón Ü. l Guabo han hecho constar el antiguo cauce del no' Jubones como límite con el cantón if“ a (W barca 3280 Has. ¡ .2 .m

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Page 1:  · autónomos descentralizados de los cantones El Guabo Machala; y Que, el Art 4 de la Constitución de Ia República del Ecuador establece que nadie puede atentar contra la unidad

ACUERDO CANTONAL DE ESTABLECIMIENTO DE LIMITES TERRITORIALESINTERNOS DEFINITIVOS MEDIANTE EL “PROCESO AMISTOSO DE NEGOCIACTONDIRECTA" ENTRETRE LOS CANTONES DE EL GUABO Y MACHALA.

En la ciudad de Machala, Provincia de El Oro a los 30 días del mes de marzo del año dos milquince, comparecen los señores Dr. Manuel Serrano Cam'o'n y Ing. Carlos Falquez Aguilar, ensus calidades de Alcaldes de los Gobiemos Autónomos Descentralizados Municipales de ElGuabo y Machala, respectivamente, a la suscripción del presente Acuerdo Cantonal deConsentimiento para la Delimitación Temto'rial Definitiva entre los GobiemosAuton'omos Descentralizados que representan; se define por este medio que Ia metodologíaescogida es a traves’ de un "Proceso Amistoso" y que por la misma se fije en forma definitivalos Iímrt'es cantonales entre ambas jun‘sdicciones, para cuyo efecto se han tomado en cuentalos siguientes considerandos y se emite esta resolución:

CONSIDERANDOS

Que, con fecha 9 de marzo de 2015, se firmó entre las partes un Acta de Consentimiento paraestablecer el "proceso amistoso de delimitación tem'ton'al definitiva" entre los gobiernosautónomos descentralizados de los cantones El Guabo y Machala;

Que, el Art 4 de la Constitución de Ia República del Ecuador establece que nadie puede atentarcontra la unidad tem‘ton'al o fomentar la secesión; el tem'ton‘o del Ecuador constituye unaunidad geográfica e histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado denuestros antepasados y pueblos ancestrales;

Que, el Art 242 de Ia Constitución de la República, determina que el Estado se organizaterriton'almente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales;

. Que, para el ejercicio de las competencias que por mandato constitu‘cional y legal fueron. asignadas a los GAD's, es necesan‘a la delimitación física detallada del tem'tono';

Que, existe un trazo referencial en un segmento limítrofe entre El Guabo y Machala, según lainformación cartográfica emitida por CONALI, en el que consta como limite el antiguo cauce deln’o Jubones, que se contrapone con el informe del Comité Cantonal de Limites del GAD Machalaque se ratifica en la cartografía generada por el GAD Provincial de El Oro, y con el ¡nforme delComité Cantonal de Limites del GAD Municipal del Cantón El Guabo, que coinciden con laredacción del Decreto 2834 del 30 de agosto del 1978 publicada en el R.O. 666 del 7 deseptiembre del 1978, que descn'be al sur el límite' que tenían los cantones Madiala y Pasajehasta alcanzar el curso del río Jubones, por este n'o aguas abajo hasta su desembocadura enel canal Jambelí,

Que, es importante relevar que históricamente tanto para los ciudadanos del Cantón Machalacomo del Cantón El Guabo, el límite entre los dos cantones siempre ha sido el n'o Jubones, peropor error involuntan'o y de buena fe de los técnicos que elaboraron la cartografia del cantón Ü.

lGuabo han hecho constar el antiguo cauce del no' Jubones como límite con el cantón if“a(Wbarca 3280 Has. ¡.2

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Quc. el suplemento del Regislm Oficial No. 934 de fecha: 16 de abril del 2013, se promulga laLey para la Fijación de Límites‘ Territoriales intemos;

Que, la norma otad'a instaura procesos para delimitar tem'ton'almente a las provincias ycantones del Ecuador;

Que, es compromiso de los GAD's y las oomumdades’ involucradas, precautelar la armoma’interna y externa de los ciudadanos que comparten los limites cantonales enb'e El Guabo yMachala y; '

En e1ercrca"‘o de las atribuciones legales que le confiere el Art. 22 de la Ley de Fijación de LimitesTerritona’les Inhemos.

ACUERDAN

Primero.- Declarar que los cantones de El Guabo y Machala se han acogido al "ProcesoAmistoso de Negociación Directa" conforme lo dispone el Art. 2 de las definiciones básicas, enlo referente a los Procedimientos Amistosos, párrafo 14 de la Ley para Fijación de Ll'mrt'esTerriton’ales Inbemos.

Segundo.- Expresan que han seguido los procedimientos para la solución de conflictos delimites" tem'ton'ales intemos enunciados en las Secciones: Pn'mera y Segunda del CapituloSegundo de la Ley para Fijacr'o'n de Límites Tem’ton'ales internos.

Tercero.- Dedaran haber recibido del Gobiemo Autónomo Descentralizado Provincial de ElOro, en formato digita'lizado, la cartografia datos tecn'icos de la delimita'ción y descripcion’ delos limrtes’ intemos entre los cantones de El Guabo y Machala.

Cuarto: Que los Equipos Técnicos de ambos gobiemos municipales en base a la información_ entregada por el Gobierno Provincial, han emitido un informe de di‘agnostlc"o, tecn'ico, jun’dico

4. de límites, en donde concuerdan en todas sus partes con los límlt'es histón'cos de amboscantones determinados que no están interpretados en las cartografías elaboradas por elCONALI.

Quinto.- Acuerdan que los límites’ temto'n’ales intemos definitivos del tramo entre los cantonesde El Guabo y Machala son los siguientes:

Los li'mites' territoriales del tramo 2C entre El Guabo y Machala son los siguientes:

DE NOROESTE A SUDESTEDesde la desembocadura del Río Jubones, en el punto de coordenadas geográficas 3° 10'11.40” de latitud‘ Sur y 79° 56' 27.78" de longitud Occidental; conlJ'nu'a por el curso del no'referido, aguas am'ba, hasta el punto de coordenadas geográficas 3° 16' 47.93" de lantu'd Sury 79° 50' 19.99" de longitud Occidental, ubicado a la misma longitu'd geográfica del cruceeffe''¡la vía Boca Toma - El Vergel, con el canal de n'ego de las Juntas. yy?

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Sexto.- Ratifican y aceptan en su totalidad, el contenido del presente acuerdo en razón quesus estipulaciones se han elaborado para precautelar y garantizar los intereses del desarrolloterriton'al de cada uno de los GAD's que suscn‘ben y son parte de los cantones de El Guabo yMachala respectivamente; por lo que se comprometen a su fiel y pleno cumplimiento.

Séptimo.- Suscribir mediante Resolucion' de los Órganos Legislativos Cantonales el presenteAcuerdo de Delimitación Tem'ton'ai Definitivo entre los cantones de El Guabo y Machala yremitido al Gobiemo Autónomo Provincial de El Oro, en un Plazo de 15 dias contados a partirde la presente fecha, para su conocimiento y trámite legal.

Para constancia de Io actuado, los representantes de los Gobiemos AutónomosDescentralizados de los cantones de El Guabo y Machala, suscn'ben el presente documento entres fojas útiles en cinco copias on‘ginales de tenor y efecto, a los 20 días del más

marzo del 2015 \l

Ing. Carlos Falquez AguilarALCALDE DEL GOBIERNO AUTONOMO

ICIPAL DE EL DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEMACHALA