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Aspectos éticos y jurídicos de
las medidas de contención
8 de febrero de 2017
Fco. Javier Alonso Renedo
Servicio de Geriatría
5º Taller en Demencia
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1. Aspectos normativos y jurídicos • Declaración Universal de Derechos Humanos, ONU (1948)
• Convención Europea de Derechos Humanos, Consejo de Europa (1950)
• Constitución Española (1978)
• Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley General de Sanidad (1986)
• Principios a favor de las personas de edad, Naciones Unidas (1991)
• Convenio Europeo sobre los derechos humanos y la biomedicina, Consejo de Europa (1997)
• Ley 1/1999, de 31 de marzo, de atención a las personas con discapacidad en Andalucía (1999)
• Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (2000)
• Ley 21/2000, de 29 de diciembre, de autonomía del paciente, Cataluña (2000)
• Carta de los Derechos Fundamentales, Unión Europea (2000)
• Ley 12/2001, de 21 de diciembre, Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (2001)
• Ley 41/2002 de14 de noviembre, básica, reguladora de la autonomía del paciente (2002)
• Plan de Acción Internacional de Madrid sobre envejecimiento, Naciones Unidas (2002)
• Ley 44/2003, de 21 de noviembre, Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (2003)
• Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO (2005)
• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Naciones Unidas (2006)
• Ley Foral 15/2006 de 14 de diciembre, de Servicios Sociales (2006)
• Ley 12/2007 de Servicios Sociales (2007)
• Decreto Foral 211/2011, de 28 de septiembre, que regula uso de sujeciones físicas y farmacológicas en el ámbito de los servicios sociales residenciales, Navarra (2011)
• Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (2015)
Fundaciones, Institutos, Programas
• Fundación de Cuidados Dignos (Norma Libera Care)
• Fundación Avedis Donabedian
• Instituto Joanna Briggs
• Programa Desatar al Anciano y al Enfermo de Alzheimer de la CEOMA
• Fundación María Wolff.
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Programa «Desatar al Anciano y al enfermo de Alzheimer»
GUÍA PARA PERSONAS MAYORES Y FAMILIARES
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Documentos, Consideraciones
• SEGG. Documento de Consenso (2014)
• Organización Médica Colegial. Contención
mecánica de pacientes (2015)
• Comité de Ética de los Servicios Sociales de
Cataluña. Documento de reflexión sobre
contenciones (2015)
• Consideraciones éticas y jurídicas. Comité de
Bioética de España (2016)
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjcyau54LXRAhUG1RQKHXIGB74QjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.medicapanamericana.com%2FAutores%2FAutor%2F21448%2FSEGG-Sociedad-Espanola-de-Geriatria-y-Gerontologia.html&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNGlVNzv_RXMkxOQVayqZtyBUbMLfg&ust=1484075024253336http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjdlLLL4LXRAhUHOBQKHWyEB50QjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fes.blastingnews.com%2Fsucesos%2F2015%2F09%2Fpadres-desesperados-dejen-morir-dignamente-a-nuestra-hija-00583373.html&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNH4cjpowipqjbLyBBYrGHiHCxpJdA&ust=1484075065785572https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjMza6GxLrRAhUFNVAKHQOIA_AQjRwIBw&url=https%3A%2F%2Ffr.wikipedia.org%2Fwiki%2FOrganizaci%25C3%25B3n_M%25C3%25A9dica_Colegial_de_Espa%25C3%25B1a&psig=AFQjCNHfeh5qOl6bOHtwXo_spwFTeftxcA&ust=1484239201113454
Definición Contención mecánica (OMS, 1989)
• Aplicación de “métodos extraordinarios con
finalidad terapéutica, que según todas las
declaraciones sobre los derechos humanos
referentes a la psiquiatría, sólo resultarán
tolerables ante aquellas situaciones de
emergencia que comporten una amenaza
urgente o inmediata para la propia vida y/o la
integridad física del propio paciente o de
terceros, y que no puedan conjurarse con otros
medios terapéuticos”.
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwif3N7OurXRAhXCPRQKHRo6BFQQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.arsenalterapeutico.com%2F2016%2F02%2F10%2Fla-oms-se-deshace-entre-conflictos-de-interes-con-big-pharma-y-desorden-interno%2F&psig=AFQjCNEaszfrypCny9ZanWXR7XU-bGnh2g&ust=1484064845048905
Definición Contención mecánica (Commonwealth National Restraint Minimization Project,
Nueva York, 1999)
• “Aplicación, control y extracción de
dispositivos de sujeción mecánica
utilizados para limitar la movilidad física
como medida extrema para evitar daños al
propio paciente, a otras personas y al
entorno físico que le rodea”
Definición Contención mecánica (Joint Comission on the Accreditation of Healthcare
Organizations, 2003)
• “Medida terapéutica excepcional,
destinada a la restricción de movimientos
y concretada en el uso de procedimientos
físicos o mecánicos dirigidos a limitar los
movimientos de todo o parte del cuerpo de
un paciente”
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwi7uMWh1bXRAhVBOxQKHVBqDYsQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.rafimaging.com%2Fabout%2Faccreditations&psig=AFQjCNFrve0LJImkxyALvyPuiiW4s_WGow&ust=1484072025140618
Definición Contención mecánica (Servicio Andaluz de Salud, 2010)
• “Cualquier mecanismo, material o equipo
atado al cuerpo o cerca del cuerpo de una
persona que no puede ser controlado o
retirado con facilidad por él mismo y que
impide o está pensado para impedir el
movimiento libre del cuerpo de una
persona a una posición de su elección y/o
el acceso normal de una persona a su
cuerpo”
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwii_Lzf1LXRAhVGORQKHaLHCPsQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.actasanitaria.com%2Fel-servicio-andaluz-de-salud-cumple-30-anos%2F&psig=AFQjCNED60kkSxgrbvBzC8OS4eN54NBNXg&ust=1484071877681979
Definición Contención mecánica
(Decreto Foral 221/2011)
• “Intencionada limitación de la espontánea
expresión o comportamiento de una persona, o
de la libertad de sus movimientos, o su actividad
física, o el normal acceso a cualquier parte de
su cuerpo, con cualquier método físico aplicado
sobre ella, o adyacente a su cuerpo, del que no
puede liberarse con facilidad”
• Idem para contención farmacológica
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiH8vPx1LXRAhUHvxQKHVUfDVcQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.afapna.es%2Fweb%2Findex.php%2Fplantilla-organica-1&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNH8BqQlhNYdYJeyL-X9oBtatuS_7A&ust=1484071924908371
En definitiva…
Terapéuticas
Carácter de
emergencia
y temporal
Protección de
paciente y otros
Restricción Sujeción/Contención
Declaración Universal de Derechos
Humanos, Naciones Unidas (1948)
• El respeto a la dignidad inherente a todos
los miembros de la familia humana y a los
derechos iguales e inalienables de cada
uno constituye el fundamento de la
libertad, de la justicia y de la paz en el
mundo
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:UN_emblem_blue.svg
Declaración Universal de Derechos
Humanos, Naciones Unidas (1948)
• 9.1 Todo paciente tendrá derecho a ser
tratado lo menos restrictivamente posible
y a recibir el tratamiento menos restrictivo
y alterador que le corresponde a sus
necesidades de salud y a la necesidad de
proteger la seguridad física de terceros
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:UN_emblem_blue.svg
Declaración Universal de Derechos
Humanos, Naciones Unidas (1948)
• 11.1 No se someterá a ningún paciente a
restricciones físicas o a reclusión involuntaria
salvo conforme a los procedimientos
oficialmente aprobados de la institución
psiquiátrica y sólo cuando sea el único medio
disponible para impedir un daño inmediato o
inminente al paciente o a terceros. Estas
prácticas no se prolongarán más del período
estrictamente necesario para alcanzar este
propósito.
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:UN_emblem_blue.svg
Declaración Universal de Derechos
Humanos, Naciones Unidas (1948)
• Todos los casos de restricción física o exclusión involuntaria, sus motivos y su carácter y duración se registrarán en el historial del paciente
• Un paciente sometido a restricción o reclusión será mantenido en condiciones dignas y bajo el cuidado y la supervisión inmediata y regular del personal cualificado
• Se dará pronto aviso de toda restricción física o reclusión involuntaria de pacientes a los representantes personales, de haberlos y proceder
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:UN_emblem_blue.svg
Constitución Española (1978)
• Art. 1.1 España se constituye en un Estado social y democrático de
Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político
• Art. 10.1 La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son
inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los
derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social
• Art. 10.2 Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las
libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad
con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y
acuerdos internacionales ratificados por España
• Art. 15 Todos tienen derecho a la integridad física y moral así como a no
sufrir tratos inhumanos o degradantes
• Art. 17.1 Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie
puede ser privado de su libertad…
• Art 43.1 Se reconoce el derecho a la protección de la salud
https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjP8PLn3LXRAhVG8RQKHTc_D2IQjRwIBw&url=https%3A%2F%2Fwww.pruebaccse.com%2Fla-constitucion-espanola-en-las-pruebas-ccse%2F&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNGx5t2MD9DOtRa598Zw3YpzrUWarA&ust=1484074050387694
Convenio Europeo sobre los derechos
humanos y la biomedicina, Consejo de
Europa (1997) • Artículo 1: Proteger al ser humano en su
dignidad y su identidad y garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, el respeto a su integridad y a sus demás derechos y libertades fundamentales con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina
• Artículo 2: El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia
• Artículo 6: Protección de las personas que no tengan capacidad para expresar su consentimiento
https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjT-r6Uu87RAhWDsxQKHSllD_AQjRwIBw&url=https%3A%2F%2Fwww.ei-ie.org%2Fspa%2Fnews%2Fnews_details%2F2419&bvm=bv.144224172,d.ZGg&psig=AFQjCNFaPRAdp6A1HhAfOFAY_m0wbc5c7Q&ust=1484924000894620
Carta de los Derechos Fundamentales
de la Unión Europea (2000, Niza)
• Art.1 La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida
• Art.3.1 Toda persona tiene derecho a su integridad física y psíquica
• Art 4 Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos y degradantes
• Art 6 Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad
• Art 21 Se prohíbe toda discriminación…
• Art 25 La Unión reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural
https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwipjrSh3bXRAhUBOxQKHXoDC1MQjRwIBw&url=https%3A%2F%2Feuropa.eu%2Feuropean-union%2Fabout-eu%2Fsymbols%2Fflag_en&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNGCfB3n3Ly35twbvh39xSnLS3NBVw&ust=1484074121411386
Ley básica de autonomía 41/2002
• Art 8. Toda actuación en el ámbito de la
salud de un paciente necesita un
consentimiento libre y voluntario del
afectado, una vez que, recibida la
información prevista en el artículo 4, haya
valorado las opciones propias del caso
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiskJXS3LXRAhXMWBQKHR6IDJ4QjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.observatoriobioetica.org%2F2004%2F12%2Fley-412002-basica-reguladora-de-la-autonomia-del-paciente-y-de-derechos-y-obligaciones-en-materia-de-informacion-y-documentacion-clinica%2F1411&psig=AFQjCNFMrK08IFYTUs-adxbkKTxrEfGheQ&ust=1484074004550968http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjt_fe73bXRAhUMNxQKHWSDDKcQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.cenifer.com%2Fboe-resolucion-calificacion-como-centro-de-referencia-nacional-a-ceniferco%2F&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNHcAREye0Epv3fDGOOxEHTSy-xUMg&ust=1484074228514805
Plan de Acción Internacional de Madrid sobre
Envejecimiento (2002, Naciones Unidas)
• La plena realización de todos los derechos humanos y libertades fundamentales
• La lucha contra la discriminación por motivos de edad
• Promoción de la dignidad
• Crear entornos propicios y favorables
• Participación en la toma de decisiones
• Prevención de abandono, maltrato y violencia
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:UN_emblem_blue.svghttp://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiJoNSavrXRAhXFxxQKHTDYBTwQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.seguridadsocialnoticias.com%2F15-de-junio-dia-mundial-de-toma-de-conciencia-del-abuso-y-maltrato-en-la-vejez%2F&psig=AFQjCNGo_JUjsBT5LP5fTsgiI4akjr0_zQ&ust=1484065837108375
Decreto Foral 221/2011, que regula el uso
de sujeciones físicas y farmacológicas en el
ámbito de los servicios sociales residenciales • Ley Foral 15/2006, de Servicios Sociales (Artículo 8)
• Centros residenciales y Centros de Día
• Principios básicos: dignidad, respeto a su libertad, promoción de su autonomía, garantía de una información adecuada sobre medidas o tratamientos necesarios; el rechazo de cualquier daño, sufrimiento o deterioro innecesario en la aplicación de estas medidas
• Valoración individualizada de sus necesidades y problemas
• Prescripción facultativa
• Consentimiento informado
• Constancia en el Plan de Atención Individualizado
• Procedimiento de urgencia para su aplicación sin prescripción facultativa
• Garantías en el uso de sujeciones
• Control de la Administración en el uso de sujeciones y barandillas
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiH8vPx1LXRAhUHvxQKHVUfDVcQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.afapna.es%2Fweb%2Findex.php%2Fplantilla-organica-1&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNH8BqQlhNYdYJeyL-X9oBtatuS_7A&ust=1484071924908371
Decreto Foral 221/2011, que regula el uso de
sujeciones físicas y farmacológicas en el ámbito
de los servicios sociales residenciales
• Art 8 Derecho a no ser sometido a ningún tipo
de inmovilización o restricción física o
tratamiento farmacológico sin prescripción
facultativa y supervisión, salvo que exista peligro
inminente para la seguridad física del usuario o
de terceros
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiH8vPx1LXRAhUHvxQKHVUfDVcQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.afapna.es%2Fweb%2Findex.php%2Fplantilla-organica-1&bvm=bv.142059868,bs.1,d.ZWM&psig=AFQjCNH8BqQlhNYdYJeyL-X9oBtatuS_7A&ust=1484071924908371
Principio jurídico principal:
El principio de proporcionalidad (1)
• Herramienta jurídica principal a los efectos
de valorar la constitucionalidad de las
medidas de contención en cuanto
medidas limitadoras de la libertad
personal que se consagra en el artículo 17
de la Constitución Española
Principio jurídico principal:
El principio de proporcionalidad (2)
• Las sentencias del Tribunal Supremo y
organismos judiciales inferiores en el
enjuiciamiento de los casos de responsabilidad
por falta de adopción de medidas de contención
permite comprobar cómo, con algunas contadas
excepciones en las que los Tribunales hacen
alguna mención a la proporcionalidad de la
medida, parece ser práctica común valorar la
legalidad de las mismas sin recurrir al citado
principio
Principio jurídico principal:
El principio de proporcionalidad (3)
• Los Tribunales analizan la indicación de
las medidas de contención desde el
prisma de la lex artis, no desde el punto
de vista de la limitación de derechos y
libertades del paciente, sin atender al
principio de proporcionalidad
Para respetar el principio de proporcionalidad en
la adopción de medidas de contención mecánica o
farmacológica…
• Juicio de idoneidad: utilidad o inutilidad Si tales medidas son susceptibles de conseguir el efecto propuesto de
evitar lesiones propias o ajenas
• Juicio de necesidad: las alternativas de acción Si son necesarias, en el sentido de no existir otras menos gravosas para
la consecución del mismo objetivo con igual eficacia
• Juicio de proporcionalidad en sentido estricto:
los costos (físicos, psicol, sociales, morales…) Si las medidas son proporcionadas en sentido estricto, es decir,
ponderadas o equilibradas por derivarse de ellas más beneficios que
perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto
2. Aspectos éticos de la contención
Deliberación sobre:
La bioética nos ayuda a…
Adoptar una
actitud ética en
nuestra práctica
diaria
Tener en cuenta los valores en toda nuestra
actuación
Resolver conflictos de
valores para encontrar
una solución prudente,
la deliberación es un
método que aporta
soluciones y enriquece
la reflexión
Reflexionar sobre la intervención del hombre con todos los avances para modificar vida y
muerte
Desde la bioética y sus principios…
Respetar la libertad y
capacidad de decisión,
promover su autonomía
Hacer el bien y
promover su bien
(trato digno y
respetuoso)
Luchar contra todo el daño
que pueda sufrir (abusos,
negligencias, maltratos,
abandono, rechazo)
Promover la justicia,
evitando todo tipo de
discriminación o
marginación
Premisas ética y ontológica
Sistema de referencia moral
• En tanto que personas,
todos los hombres son
iguales y merecen igual
consideración y respeto
• El hombre es persona
y, en tanto que tal,
tiene dignidad y no sólo
precio
Profesor Diego Gracia Immanuel Kant
Los cuatro principios básicos
• NO MALEFICENCIA: evitar hacer daño a los pacientes. Actuaciones indicadas, técnicamente correctas, ajustadas a la lex artis.
Indicado vs contraindicado: el profesional
• JUSTICIA: evitar discriminación en el trato a los pacientes, procurándoles un acceso equitativo a los servicios de salud.
Gestión eficiente de los recursos sanitarios.
Proporcionado vs no proporcionado: PS, gestor, político
• AUTONOMÍA: respetar las decisiones de los pacientes respecto a su propio cuerpo, su vida y su salud, lo que exige obtener el consentimiento informado para las actuaciones clínicas.
Ordinario vs extraordinario: paciente o familia
• BENEFICENCIA: procurar el mayor bien y bienestar posible, de tal forma que puedan realizar en lo posible su propio ideal de salud y felicidad.
Útil vs fútil: PS y paciente o familia
•NO SE PUEDE HACER EL BIEN A OTRO EN
CONTRA DE SU VOLUNTAD, AUNQUE SÍ
ESTAMOS OBLIGADOS A NO HACERLE MAL (NO
MALEFICENCIA)
•LO BENEFICIOSO LO ES SIEMPRE PARA MÍ Y EN
ESTA SITUACIÓN CONCRETA, RAZÓN POR LA
CUAL ES INCOMPRENSIBLE SEPARADO DE LA
AUTONOMÍA
AUTONOMÍA
BENEFICENCIA
ES UNA ÉTICA DE LA RESPONSABILIDAD
La bioética es una ética de la
responsabilidad
• Ética de los principios
• Ética del cuidado
• Valores
• Circunstancias
• Ética de las consecuencias
• Ética de la virtud
• Ética de la organización sanitaria
Ética del cuidado
“La capacidad de cuidar está en la naturaleza humana”
• COMPASIÓN
• COMPETENCIA
• CONFIANZA
• CONCIENCIA
• COMPROMISO
• COMPORTAMIENTO
• CREATIVIDAD
Sister M.S. Roach. The
human act of caring
(1987)
http://famvin.org/en/files/2010/07/SimoneRoach.jpg
Aspectos éticos de la contención
• Siempre como
medida de protección
(beneficio)
- Indicación comprobada:
uso adecuado
- Asegurar seguridad,
comodidad y bienestar.
Minimizar efectos nocivos
• Extraordinaria-excepcional
- Asegurarse de que se han
agotado otras alternativas
- Usar las medidas menos
restrictivas posibles
- Reevaluar la necesidad
mínimo tiempo necesario
Aspectos éticos de la contención
• Preservar la dignidad
y el respeto
- No es una medida
aislada, asociar otras
estrategias,
individualizando el caso
- Respeto a su autonomía,
libertad, intimidad y
seguridad
• Información-
comunicación-apoyo
- Informar al enfermo y a
sus familiares de la
medida
- Consentimiento
informado
Siempre como medida de
protección (beneficio)
• Indicación comprobada: uso adecuado
• Asegurar seguridad, comodidad y bienestar
• Minimizar efectos nocivos:
Físicos (protección, cuidado de la piel,
cambios posturales, riesgos de asfixia-UPP-
compresión)
Psicológicos (pérdida de autoestima y
autonomía)
• Garantizar supervisión y cuidados
Siempre como medida de
protección (beneficio) • Indicaciones absolutas:
Prevenir lesiones a otras personas que le rodean
• Relativas:
Evitar interferencias en el tratamiento necesario
Evitar daños materiales en el entorno
Ayudar a mantener la correcta posición del cuerpo
Conseguir los objetivos organizativos del centro
Mantener un entorno social cómodo
• No indicado
Existen medidas alternativas
Se prescribe como castigo
Se aplica para sustituir la vigilancia, conveniencia o comodidad del personal
Se desconoce el estado de salud y las comorbilidades
Se indica por falta de personal (relación personal /plazas asistenciales)
Extraordinaria-excepcional
• Asegurarse de que se han agotado otras
alternativas
• Usar las medidas menos restrictivas posibles
• Reevaluar la necesidad mínimo tiempo
necesario
Preservar la dignidad y el respeto
• Respeto a su autonomía, libertad, intimidad y seguridad
• No es una medida aislada, asociar otras estrategias,
individualizando el caso
• Medida ajustada a la necesidad de la persona en cada
momento
• IMPORTANTE: muchos problemas de conducta
obedecen a necesidades vitales no satisfechas, por lo
que tendremos que detectaras y resolverlas
• En ocasiones, la contención empeora el trastorno
conductual
Información-comunicación-apoyo
• Informar al enfermo y familiares de la medida
• Consentimiento informado
• Comunicación con el enfermo mientras se aplica
la medida, resolución de dudas (si es posible)
• Apoyo emocional (importante que se sienta
cuidado)
• Anotar en la historia clínica.
¿Por qué el conflicto?
Se enfrentan valores importantes…
• Autonomía,
libertad, dignidad,
fragilidad
• Calidad de vida
• Beneficio o no
perjuicio del
paciente
• Seguridad de
terceros
Lesionar lo menos posible ambos valores
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjlmOGA-7fRAhUGRhQKHRRYB-QQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Flapiedradesisifo.com%2F2011%2F03%2F06%2Fel-problema-%25C3%25A9tico-de-jasid-nagar%2F&psig=AFQjCNGEgXcNYGmpjxQ9UgaOWIU9xvcggA&ust=1484150840982332
El uso de un procedimiento de contención
puede ser inapropiado si…
• … es innecesario
• … es inútil
• … es inseguro
• … es inclemente
• … es insensato
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiQsZGGkrjRAhUHUBQKHaX_A-QQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.elsevier.es%2Fen-revista-revista-espanola-medicina-legal-285-articulo-muertes-provocadas-por-cinturones-contencion-S0377473211000046&bvm=bv.143423383,d.ZWM&psig=AFQjCNHMGbjYXoFVb-5IILR9S83J4X8rWg&ust=1484157047035306
Libertad
• Valor esencial e inherente del ser humano
• Capacidad de elegir obrar de una manera,
siendo responsable de las consecuencias de
nuestros actos
El barco de mariposas. Vladimir Kush
https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwizg-ep_LfRAhUHwBQKHfVvC-UQjRwIBw&url=https%3A%2F%2Fwww.taringa.net%2Fposts%2Fimagenes%2F6815279%2FSalvador-Dali.html&psig=AFQjCNEKsvx5eDte-76nG2CxYhprRPhDcg&ust=1484151213946060
Dignidad
• El concepto de dignidad se basa en el reconocimiento del valor intrínseco de la persona y, por tanto, se merece respeto con independencia de sus condiciones individuales, físicas y/o psicológicas, su ideología o su situación económica
• Cuidar del ejercicio de la libertad de toda persona desde la justicia, considerando su integridad y promocionando su autonomía desde la situación concreta de cada persona
Fragilidad
• La presencia de precariedad y del sufrimiento en el ser humano reclama una ética de la fragilidad o de la vulnerabilidad
• A mayor vulnerabilidad, mayor obligación de respuesta desde el cuidado
• Reconocimiento en el otro de su dignidad y su diferencia
• Nos hacemos responsable, quedamos en-cargados de él
• El reto último es el reconocimiento mutuo
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiUpsnPw87RAhXHbRQKHZ-SA-8QjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.personalismo.org%2Fpaul-ricoeur%2F&bvm=bv.144224172,d.ZGg&psig=AFQjCNFoxt99U8FoKA_1U96KmatMtQwMqQ&ust=1484926279741223
Responsabilidad
• Nos obliga a tener en cuenta la situación concreta de la persona (lo frágil) desde su integridad bio-psico-social-trascendente (Hans Jonas)
• La responsabilidad es el precio que pagamos por la incertidumbre
• Principios, valores, circunstancias y consecuencias
• «Realización» y «autorrealización»
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjuje2uwM7RAhVGtBQKHcaWCfgQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fcombiboilersleeds.com%2Fauthors%2Fhans-jonas-1.html&psig=AFQjCNHo3jRLUEDp7EbE15d1_LvBqWyJRw&ust=1484925403494676
Prudencia
• Virtud intelectual aristotélica
• Clave en la adquisición de todas las demás excelencias
• Permite tomar decisiones racionales, o al menos razonables, en condiciones de incertidumbre
• Las decisiones prudentes son el resultado de un proceso de deliberación sobre hechos, valores y deberes
https://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwigj6Pixs7RAhXMVxQKHRXtCfIQjRwIBw&url=https%3A%2F%2Fes.wikipedia.org%2Fwiki%2FArist%25C3%25B3teles&bvm=bv.144224172,d.ZGg&psig=AFQjCNEZHwH1yHTaqYIsoBjRIzPpOkL0LA&ust=1484927126170782
Deliberación y reflexión
• Reflexionaremos teniendo en cuenta todos los factores que se plantean, para dañar lo menos posible los valores que entran en juego
• Nuestro objetivo es proteger al paciente y a los que le rodean
• La contención será lo más breve y menos restrictiva posible, reevaluando la indicación
• El protocolo debe ser cumplido para garantizar el buen uso
• Las medidas de contención forman parte de un plan terapéutico más amplio que beneficia al paciente
• Es necesaria la información, comunicación y registro.
La cordura es el injerto de la prudencia en el
corazón de la justicia
Adela Cortina
http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjIrZiG3d3RAhUHUBQKHQA8BmcQjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fwww.fondosgratis.mx%2Fitems%2Fpaisajes%2Fatardecer%2F11035_sereno-atardecer%2Ffull%2F6%2F&psig=AFQjCNExllIB08Gsh0MwMnkX1u_c8bftEA&ust=1485448504733005