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· . NACiÓN JDSE MARIA PINO SUAREZ No, 2 COL. CENTRO DElEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O F R.F e SCJ·9S0204-6PS DIRECCiÓN GENERAL D RECURSOS MATERIALE BCllVAR No. 30. 40 PISO COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO. O.F TElS .. 4113·1000 EXT 5704,5710,5305.5705 FAX. 5130·1750 DIRECCiÓN DE ALMACENES CALZ IGHACIOlARAGOZANo. 1J40 COl . JUAN ESCUllA. C.P 09100. MEXICO. D.F TElS. &1 01 2036 'f 5763 7683 CONTRATO SIMPLIFICADol 4515002452 EN sus REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO SOOl PROVEEDOR: VIDEOSERVICIOS, S.A. DE C V / AGUSTIN DELGADO 16, COl. TRÁNSITO, DEl. CUAUHTEMOC, 06820 /55424020.55225777/ FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO ¡ OBSERVACIONES 27/08120 15 8 dlas revisi 6n factura Oficio DGTIICA· 1934·2015 FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA Dos dia hábiles Partida Clave arto Cantidad Unidad Descripcion P.Unilario Importe Total 10 . 1 SER MANTO PREVENTIVO CAMARA SONY 5, 000. 00 5,000.00 OBSERVACIONES Servicio de mantenimiento preventivo en sitio a una cámara portátil marea Sony. modelo PMW EX3, número de Inventario/serie: 553016. El servicio no Incluye cambio de refacciones para el lente de la . cámara. Solicitud SIA: 11500984. Clasificación del procedimeinlo, se trata de una Adjudicación Directa, minima. de conformidad con lo indicado en el articulo 39, fracción VI del Acuerdo General de Administraci6n VI/2008, del Comité de Gobierno y Adminsitración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Unidad Responsable:11114oo "Modemización y Aulomatizaci6n de Procesos". Partida presupuestal: 35301 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos" Autortza: la tllular de la Dirección de Adquislcl6n de Bienes Informáticos, Comunicaciones y Material Blbliohemerográfico, con Punlo para Acuerdo AD·DGRM·DABI·16212015, de fecha 27 de agosto de Ir i<t>CIBl c...o ; nzilOC) O/2.IC,I)J'\ , Fundamenlo: articulo 42 y 91 , del AGA Vll2008, del Comilé de Gobierno n e II y Adminislraci6n. I 01\1 P"- 'Z Solicitante. Dirección General de Tecnologias de la I"formaclan. Contratación considerada en el Programa Anual de Necesidades 2015. ====================----- =====================_============as===== \1 00","", \ r \ Página 1 de 2 \) ____ 1 -7 v:::;:> / ¿ ./JI.L::.. Al LI . RO S LIC. Hb .. , Y CHAÍlei) e If OIR. ADQUISICION E BIENES I TICOS, DIR. GRAL. DE RECURSOOMATERIALES ...... _=>- COMUNICACIONES MA RIAL BIBLlOHI;MEROGRAFICO

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~~~~~~~~Ig:tr~ DD~ ttu~~?c~~I~ NACiÓN JDSE MARIA PINO SUAREZ No, 2 COL. CENTRO DElEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O F R.F e SCJ·9S0204-6PS

DIRECCiÓN GENERAL D RECURSOS MATERIALE BCllVAR No. 30. 40 PISO COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO. O.F TElS .. 4113·1000 EXT 5704,5710,5305.5705 FAX. 5130·1750

DIRECCiÓN DE ALMACENES CALZ IGHACIOlARAGOZANo. 1J40 COl. JUAN ESCUllA. C.P 09100. MEXICO. D.F TElS. &101 2036 'f 5763 7683

CONTRATO SIMPLIFICADol

4515002452 EN sus REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

SOOl

PROVEEDOR: VIDEOSERVICIOS, S.A. DE C V / AGUSTIN DELGADO 16, COl. TRÁNSITO, DEl. CUAUHTEMOC, 06820 /55424020.55225777/

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO ¡OBSERVACIONES 27/0812015 8 dlas revisi6n factura Oficio DGTIICA·1934·2015

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA Dos dia hábiles

Partida Clave arto Cantidad Unidad Descripcion P.Unilario Importe Total

10 . 1 SER MANTO PREVENTIVO CAMARA SONY 5,000.00 5,000.00 OBSERVACIONES Servicio de mantenimiento preventivo en sitio a una cámara portátil marea Sony. modelo PMW EX3, número de Inventario/serie: 553016.

El servicio no Incluye cambio de refacciones para el lente de la . cámara.

Solicitud SIA: 11500984. Clasificación del procedimeinlo, se trata de una Adjudicación Directa, minima. de conformidad con lo indicado en el articulo 39, fracción VI del Acuerdo General de Administraci6n VI/2008, del Comité de Gobierno y Adminsitración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Unidad Responsable:11114oo "Modemización y Aulomatizaci6n de Procesos". Partida presupuestal: 35301 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos" Autortza: la tllular de la Dirección de Adquislcl6n de Bienes Informáticos, Comunicaciones y Material Blbliohemerográfico, con Punlo para Acuerdo AD·DGRM·DABI·16212015, de fecha 27 de agosto de ~~ I r

i<t>CIBl c...o ; nzilOC) O/2.IC,I)J'\ , Fundamenlo: articulo 42 y 91 , del AGA Vll2008, del Comilé de Gobierno n e II y Adminislraci6n. ~ I U\~()O 01\1 P"- 1je.,z..IVAIV!)~ 'Z

Solicitante. Dirección General de Tecnologias de la I"formaclan.

Contratación considerada en el Programa Anual de Necesidades 2015. ====================----- =====================_============as=====

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...... _=>- COMUNICACIONES MA RIAL BIBLlOHI;MEROGRAFICO

Page 2: as===== ~N...col centro, c.p 06000, mexico. o.f tels .. 4113·1000 ext 5704,5710,5305.5705 fax. 5130·1750 direcciÓn de almacenes calz ighaciolaragozano. 1j40 col. juan esculla. c.p

CONTRATO SIMPUFICADO

l.· la SUpteml Corte de Justfda de l. Nildón, en lo sucalvo"'fa Suprema cone"porconducto de su represent2lnte para tos electos de este InstnJmento manlfaesta que: 1.1.· Es el máximo órgano depositario del Poder JudiCial de la Federación. en tbmIoos de lo dispuesto en los articufos 94 de la ConstItudón PoliUca de los Estados lhridos MexiCaoos V 1°, fracción l . de la le'( Orgánica del Poder Judicial de la Federación. J 2.· La presentr c:ontratadón fue autorizada por la Directora de Adquisición de Bienes Inrol'lT\át!.cos. Comunlcacienes y Maler1al Blb..ohemerogrifrco, de la SUprema Corte de Justlda de la Nación, mediante el procedimiento de adjudicación directa. de conformidad con lo previsto en los articulos 39 tracción V, 42, 43. fracción IV, 91 V 92 del Acuerdo General de Administradón VI/200S, del veintlcinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y AdminlstrétdÓn de la Suprema Corte de Justicia de la Nadón por el que se regulan 105 procedimientos pIra la adquISición, administrKlón y desincorporación de bienes y la contratadón de obras, USOS V servicios requeridos por este: Tribunal. 1 , 3 .· ~.s r '.!:~." .) ..: 't'·' ,~. ~ '.IJ lawltn~:i ~ara ;lJsuib,r G pro~cme iIlS!IIJr~l'Ito de conl~n:daCJ con 1:) d splI~&lo CI\ el <1I1ic:.,r:) le Ifncc:6n ~. d~1 RcO,3rr~ :1') "!:<.'I':-'"

'i.li:''''óI.j.''::''.l \ .. t':;~,.;¡.."':(¡ 11 ,.i'fCtD.JC1 .. r-bc:6n 4.· Para todo kl relacionado con e4 presente contrato señala como su domiCIlio ~I ubicado en la Cane de José Maria PitIo Suirez nUmero 2. Colonia Centro de la Oudad de México. delegación Cuauhtémoc, código postal 05060, en la CIudad de México. OiStr1to Federal. D.- El "Prestador de Senridos" por conducto de su repraentante legal manifiesta bajo protesta de dedr verdad que: 11.1.· Cüenta con personal con la surlCiente experiencia y calltlGdón para ejeoJtar los servidos requeridos por -la Suprema Corte'", así como con los elementos técnicos V capacidad económica necesaria para tallin. JI 2.- Nb desempeña un empleo. cargo o comisión en ~I servk:lo público y entre sus socios, ac:clonlstas, representantes ltQales o apoderados no se encuentran servidores públicos del Poder )ud;daI do la Fede<oción. 11.3.· No se encuentra Inhabilitado para desempeñar un empleo, argo o comisión en et seMdo pübWco. [1.4.- Conoce V acepta sujetarse a lo ~revtsto en el Acuerdo Gener.!ll de AdminiStración VI/2008. del velntklnco de septim'lbre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno V Administración de la Suprema Corte de Justicia de la NacIÓn por el Que se regulan los procedimientos para la adquisición, administraCIÓn y de:slncorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. 11,5.' Para todo lo relWonado con el presente contrato, señal¡ como su domicilio el Indicado en la arátula del presente Instrumento, en el apartado denominado -Prestador de Servicios'". m.- La "SUprelNl Corte" y el "PresDIdor de Servidos" declaran que: 111.1 ,- Reconocen mutuamente la pe .... ..onalidad Juridica con la que comparecen a la celebración del presente Instrumento V manifiestan que todas las comunlcaóones Que se realicen entre ellas se dirigrin a Jos domIdIios k'dIc3dos en los ~tecedentes 1.4 y 11.5 de este~.

CLÁUSULAS Primera. Candldones Generales. El -Prestador de Servkios" se compromete a proporcionar los servidos descritos en ~ carátula del presente Instrumento y respetar en todo precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hast3 el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la e .P~, .: ~ ~ 1: .· ~r .J:m~ntQ, cubre el total del servido contratado, por lo cual"fa Suprema Corte'" no tiene obIigadón de cubrir ningún Importe adicional.

0.1

Segunda. Pena Convendonal. Tratándose del incumplimiento parcial a las obligaciones de este instrumento "la Suprema Corte" podrá aplicar al .. Prestador de SeNldos'" una pena convencional hasta por el monto al que corresponda el porcentaje Incumplido, la OJal no podrá exceder del 10% del monto total, contratado sin Incluir el IVA. Tercera. Requisitos pe,.. realizar los pagos respeCtIvos. Para efectos ftscale.s el "Prestador de Servidos'" deberá presentar la o las fiKtUras a nombre de -la Suprema Corte" seg\¡n COI'ISm en la cedvfa de ldentifltitddn rtSCal, expedida PQf la Seaetaria de Hacienda Y Crédito Público mn el Registro Federal de ConUibuyentes S09502046PS. Indicando ti domicilio señalado en la dedaracióJ\ 1.4 de este InStrumento y dernas requlsitos fiscales a que haya lugar, Cuarta. Modificadones de este Instrumento. Las condiciones pactadas en el pcesente Instrumento podrán ser objete de modificación en términos de kl previsto en los articulos; 143, fracción J y 162 del referido Acuerdo General VI/200S, Quinta. tnexlSblnda de relación laboral. El "Prestador de Servidos'", como empresario y patrón del personal Que ocupe para 105 se ..... lclos profesionales materia de este contrato. será el ünlco responsable de las obligadones derivadas de las dlsposldones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo V de seguridad social. por kl Que responderá de todas las reclamaciones Que sus trabajadores ptesenten en su contra o de la "'Suprema Corte", en relactón con los servidos motiVo de este: contrato. La "Suprema Corte'" estará facultada para reQuerir a el "Prestador de Servidos- los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al JHSS. asi como los comprobantes de pago de las cuotas al !AA:, INFONMn'Tt En caso de Que alguno o algunos de los trabajadotes del "Prestador de Setvkio§'", ejecuten o pretendan ejecutar alguna redamacIón en c:ontra de la "Suprema Co~'", el "Prestador de Servicios" deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la "Suprema Corte'" por concepto de traslados. viáticos, hospedajt, tr.JnsportiIclÓn, alimentos y demás Inherentes, con el fin de acreditar ante 13 autoridad competente que no existe relación laboral a'Ouna con los mismos y deslindar a la "Suprema Corte" de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido, Las partes lCuerdan Que el Importe de 10$ referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por la ·Suprema Corte'" de las facturas que se t ncuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta. SUbcontratadón. Para efectos de este contrato simpllticado, se entiende por subcontrataciÓn. el iKlO mediante el cual el prestador de ",rvldos o contralista encomienda a otra persan". rISita o moral. la re;aJizadón pardal del objeto de éste contrato simplificado. Cuando el preslador de se ..... idos o cont:ratist3 pretenda subconbatat. deberi comunicarlo previamente y por escrito a esta Suprema Corte, Ca que tambM!n por esaito ~ si acepta o rechaza la ~. En rÑngÚ'l caso se acept:zri la subcontrat:ad6n total de Jos seMdos o trabajos con un solo subcontratista. En todo caso de subcontratación. el responsable será el pMtador de servidos o contratista, y sera a este a quien se le OJbra el pago. No olstirá subrogacidn por parte del subcontratista ni tendrá relación con la Suprema Corte. Séptima. ConOdendalldad. La documentadón que se proporcione al"Prestador de Servicios" con motivo de la celebradón de este contrato. es propiedad de '"la Suprema Corte'", por lo Que el ·Prestador de Servidos", por si o a lraves de sus trabajadores. se compromete a no drlUigar a través de cualquier medio de comunicación. OJalQuler resuttado o dato obtenido de los . les objeto de este contrato 51mpliflCado. Octava. Resd.sión. Queda expresamente convenido que "ta Suprema Corte'" podrá dar por rescindido el pre:seru contratD sin necesidad de qlJe medie declaración Judk:lal, en caso el "PreStador de Servicios- deje de cumptIr cualquiera de las ObligacIones que asume en este contrato por ausas que le sean imputables:, o ~, en caso de ser obfeto de emban)o, huetga estallada, concurso mercantH o liquidación. Antes de declarar la rescisión, "la Su~rema Corte" notificará por escrito las causas resj)l!Ctivas a'''Pr"est3dor de SeNldos'" en su domicilio señalado en la declaraciÓn 11.5 de este: instrumento, con quien en el acto se. encuentre. otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo Que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte. en su caso, las pr.uebas Que estime pertinentes, Venddo ese plazo ~I órgano competente de "'la Suprema Corte:'" determinará sobre ea procedenda de la rescisión, lo que se comunicará al"Prestador de Servidos'" en su domldllo señalado en la declaración n.5 de este Instrumento. Novena. SUpuesto de tennlnac!ón del contrato diversos a la redslón. El contrato podrá darse por tennlMdo. al cumpllmentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas de Interés genera~ en ténninos de kl previsto en los articu&os 148. 149. 150 Y 151, del Acuerdo General de Adrni1istraclón VI/2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. dol ComIté do _ Y _""Ión do ~ Suptetna eon. do Justicia do la Nadón. Dedma. Del fomento ~ la b'ansparenda y de la protec:diSñ de datos personales. Las partes emn de acuerdo en Que el ~resente instrumento constituye Inform.clÓn pública en rhminos de lo dispuesto en 105 artículos 1°. 7° Y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubemamental, por lo Que los gobernados podrán realizar $U consulta, De conformidad con lo establecido en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comlslón de Transparenda. Acceso a la Infonriación Pública Gubemamental y Protección de Datos Personales de la suprema Corte de Justicia de la Nadón. del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la informadón. a la privaddad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el "Prestador de Servidos" se obliga a guardar secreto vano divulgar por ningún medio, aun electrónico. ni por conferencias V/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la doaJmentaci6n que maneje o conozca al desarronar las actividades objeto del presente contrato. En caso de Incumplmlento"la Supcema Corte'" podri exigir el pa;o CDI~ldiente 1110% de} monto total de este instrurnento. por concepto de ptna convendonal. declma Primera. Resoludón de controversias. Para efKto de ~Jnterprttad6n Y o.mplimlento de lo estipuladO en este lRstrumento, el "Prestador de SetvIdos'" se somete expresamente a las decisIOnes del Tribunal Pleno de "la Suprema Corte" renundando en forma ex;Iresa a cualquier otro fuero Que en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener. de conformidad con lo indIcado en el articulo 11. fracción XX de la Lev Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación Que tengan Que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito ~n el domicilio que ha sei'ialado en las declaraciones 1.4 y JI.5 de este instrumento, Décima Segundill. Leglslad6n aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este Instrumento contractual se rige por lo dispuesto en 11 Constitución Política de los Estados Unidos M_ Reglamento , .. _ en MaI.,1a do AdmIn_cf6n do la Suprema Corte de Justicia do la Nacf6n. el AcIJe"'" Gene .. 1 do _in_cf6n VJI2OO8. dol ,.lnticincD de septiemb<e do dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Admintstración de la Suprema Corte de JusUdiI de la Nadón y en kl no previsto en este por el Cócf90 CMl Fedefal, Código Federal de Procedimientos Ovifes. I lev Federal de Presupuesto V Responsabl1idodes Admlnlstr.ltlvas ele los servldoru pübUcos y la ley Fedeml de! Procedlmlenttl AdministratiVo. en lo conducente.

REC!PaÓN y CONFORMIDAD DEL PRESENTE MNTD--- _."- '. s Nombre

Page 3: as===== ~N...col centro, c.p 06000, mexico. o.f tels .. 4113·1000 ext 5704,5710,5305.5705 fax. 5130·1750 direcciÓn de almacenes calz ighaciolaragozano. 1j40 col. juan esculla. c.p

"-

PODER JUDICIAL DE LA FEDUACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN . JOSE MARIA PINO SUAREZ NIl. 2 COL. CENmo DElEGACION CUAUHTEMOC, D606O, O F R.F.e.SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓÑ GENERAL RECURSOS MATERIALES aOliVAR No. 30. 40 P1S0 COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO. D.F TElS .. 4"3·1000 EXl 5704,5710,SJ05,570S FAX' 5130·1750

DIRECCiÓN DE ALMACENES CAl.Z. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUllA, C.P 09.100, MEXICO, Q,F TElS 5701 2036 Y 57&3 7883

PROVEEDOR: VlDEOSERVICIOS. SA DE C.V / AGUSTIN DELGADO 16. COl. TRÁNSITO. DEl. CUAUHTEMOC. 06820 /55424020. 55225777 /

:CHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO I ~BSERVACIONES 27/08/2015 8 dias reviSión factura Oficio DGTUCA-1934-2015

,CHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA Jos dla hábiles

'ar1lda Clavean. Cantidad Unidad Descripcion'

Gt,RANTIAS P ra esta contratación no aplica la presentación de la fianza de I

\ cumplimiento. a que alude el anlculo 164, fracción 11. inciso A), - plinafo segundo. del Acuerdo General de Administración VIt2008, en

virtud de que se exceptua de la misma. por tratarse de una adjudicación que no excede la cantidad de 150,000 UDIS, en virtud de que el pago se realizará en fecha posterior a la enlrega-recepción de los servicios a satisfacción de este Alto Tribunal.

SERVICIOS INCLUIDOS Servicio manUo preven sitio cámara Sony

,

- '.-.' ..

~~r IMPORTE EN LETRA )' /Y CINCO MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100. M.N . •

\ I '-

~

a

P.Unitario

SUBTOTAL

I.V.A. TOTAL

CONTRATO SIMPLIFICAI"JO

4515002452 EN sus REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

SOOI

Importe Total

,

.

5.000.00 800.00

5.800.00

Pégina 2 de

\

2'

Page 4: as===== ~N...col centro, c.p 06000, mexico. o.f tels .. 4113·1000 ext 5704,5710,5305.5705 fax. 5130·1750 direcciÓn de almacenes calz ighaciolaragozano. 1j40 col. juan esculla. c.p

CONTRATO SlMPUFlCADO

L- U Suprema Corte de lusticla de la Nadón, en lo sucesivo ""a Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de est.lnstrumento manifiesta que: , 1.1,- Es el máximo órgano depositariO del Poder Judicial de la FflIeooón, en términos de lo diSpuesto en los articulos 94 de la Constitudón Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1°, fracdon 1, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federadón, 1. 2,' 1I presente contratadón fue autOfizada por la Dlreetora da Adquis :clOn de Bianas Informatieos, ComunIcaciones y Mal_nal B.b!Aohemerográfieo, de la Suprema Corte de lustida de a Nación, mediante el procedimienlo de itdJudicación directa, de conformidad con lo previsto en los articules 39 fracd6n V, 42, 43, fraccJ6n IV, 91 V 92 del Acuerdo Gener;)! de Administración Vl/2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ~ deJ Coiñité de Gobierno Y Admnistración de la Suprema Cort!' de Justicia de la Nación por el que se reouJan los procedimientos para aa adquisición. ¡dI.lil loistIaci4n Y desincorporatión de bieñes V la contratadón de otns, usos y servicios requeridos por este Tri~. • 1.3.- L" CI·t! .. 't~:I G-~I\Cr31 d~ R'.:!.~!· '. "1.' ~: " 1::' .. !~t.1 (aeulta:l~ ¡:sr:¡ lus:;r;b,r ,,1 ptcsente instrumento Q~ conl.mntdad cofÍ lo dl$pu;:S\O en el articulo 18 hacI!¡:n),: d~1 Rca:3fl"~"lt· 1~.lel:,,1 '.:" l.",! ,..: J de .~ojr1>inl:!otraccn!!e la ~', " :.: ./1 ::: ! .~tc:.111 dt:! la 1'¡1lC:~ 4,- Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domldlio el ubicado en la catle de José María Pino Suárez numero 2, Colonia Centro de la Oudad de México, deleoaclOn

Cuauh~moc, código postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Federal. n.- ti "Prestador de Servidos" por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: 'rÜ.- CUenta con personal con la surrclente experiencia V calificación para ejecutar los servicios requeridos por""la suprema Corte", asl como con los elementos ~Icos y capacidad económica necesaria para tal fin, --11.2,- No desempeña un empleo. cargo o comisión en el servido ¡>úblico y entre sus socios, actionistas, representantes legales o apoderados no se encuentran servidores públicos del Poder Judidal de la Federadón. 11 ,3,· No se encuentra Inhabilitado para desempeñar un empleo, argo o tomIsIóo en e! servicio público. 11.4.- Conoce V acepta sujetarse: a lo previsto I!n eJ Acuerdo General de AdmiNstradón VI/2OO8, dd vHltkinco de se.ptlembf"e de dos mil ocho, del ComIte de ~ Y Adtrinistradón de la SuprefM Corte de Justicia de la Nac::ión por el Que se r~ los pnxedimientos pata la adquisición. ~lnistración Y desincoroorackln de bienes y la contratación de obras, USOS V servicios requeridos ¡:xlr este Alto Tribunal. n.s." Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domldlio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado "Prestador de Servicios", m.- La "'Suprema Corte" y el-Prestador de Servidos'" dedat1ln que: JIU." Reconocen mutuamente la p(!rsonalidad JurídIca con la que comparecen a la celebraciÓn del presente Instrumento V manifiestan que todas las comuniaclones que se realicen entre ellas se dinglrjn a los domicilios indicados en los antecedentes 1.4 V 11.5 de este instrumento.

CLÁUSULAS Primera. Condldones Generales. El "Prestador de Servicios· se compromete a proporcionar los servidos descritos en la carátula del presente Instrumento y respetar en todo m _ o el Prtdo, plazo y condiCIones de pago señalados en la referida CJrátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la :' :~ 1 ;:a "I~, cubre el total del servicio contratado, por lo cual "la Suprema Corte"' no tiene obIigadón de cubrir ningún importe adicional, Segunda. Pena COnvencional. Tratándose del Iroc:umpIImlento parcial a tas obligaciones de este Instrurnel\to "la Suprema Corte" podrá aplicar al "Prestador de Servicios"' una pena CDnYendonaI hasta por el monto al que COfTesponda el pon:ent3je incumplido, la cual no podri exceder ~ 10% del monto tot3I. C'Of'ttBt3do sin indulr eIIVA. Terut1I. Requtsftos para raallzar los pagos respectJvos. Para efectos ftSQles el ~ de SeMdos" debera presentar la o las facturas a nombre de -aa Suprema Corte- segün consta en la cedula de identifICaCión fiSCal, Cltpcdida por la Seaetaria de ~ienda y Credito PúblIco c:on e! Registro Federaf de Contribuyentes SCl9502046PS, /ndiando el domicilio señalado en la declaración 1.4 de este Instrumento y demas requiSitos fiscales a que haya lugar. Cuarta , Modlficadones de este Instrumento, Las condldones pactadas en el presente Instrumento podrán ser objeto de modificaciÓn en ténnlOO$ de lo previsto en los artículos; 113, fracción 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/200a. Quinta. Inexistencia de relación laboral. El "Prestador de Servidos"', como empresario V patrón de! personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales V demás ordenamientos en materia de trabajo Y de seguridad sodal, por lo que responderá de todas las rtdamadones que sus trabajadores presenten en su contra O de la "Suprema Corte-, en relación mn los servidos motivo de este mntrato. La "Suprema Corte"' estará facultada para requerir a el "Prestador de Servicios" los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS. así como 105 comprobantes de pago de las cuotas al 5ht INJ()NX911 UMSS. - - - -::. -- ---- . En caso de Que alguno o aI;unos de! los tri)baj<)dores deI"~ de ServicIos .... ejeaMn o pretendan eJl!OJtar algUna redamadón en contra de la "Suprema Corte"'. el "Prestador de: ServItios" dd)eri reembolsar la twtldad de les gastos que erogue la "Suprema Corte· por concepto de trastadas, v4átic0s, ~je, transportaCkln. afimentos Y demás Inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mfsmos Y deslindar a la "'Suprema Corte" de cuak¡uler tipo de responsabilidad en ese sentJdo. L1s partes acuerdan que el impotte de los referidos gastos Que se: llegarin a ocasionar podrán ser deducidos ¡:xlr la "Suprema Corte" de las facturas que se encuentren pendientes de pago. independientemente de las acciones legales que se: pudieran ejercer. Sota. Subconntadón. Para efectos de este contrato simplificado, se entiende ¡:xlr subcootrataClón. el acto mediante el cual el prestador de servidos o contratlstil encomienda a otra persona, G'slc:a o moral, la reallzadón parcial del objeto de éste contrato simplificado. Cuando el prestador de servicios O CDntratista pretenda subcontratar, deberá comunlarfo previamente y por escrito a esta Suprema Corte, la Que tambitn por escrito resolverá si aceptJ.4. rechaza la subcontratacl6n. En n ngun caso se aceptará la subcontratación total de los servidos o trabajos con un 5010 subcontratlsta. En todo caso de subcontratadón, el responsable será el prestador de servidos o contratista, y será a éste a Quien se le aJbra el pago. No existirá subrogación por parte del subcontratiSta ni tendrá relación con la Suprema Corte. Séptima. ConfklendaNdad. LA documentaciÓn Que se proporcione ar"'Prestador de Servidos"' con moUvo de la celebradón de este contrato. es propiedad de -.a Suprema Corte-. ¡:xlr lo QUe el "PrtsQdof de Se~. por si o a ltMs de sus trabajadores. se compromete a no divtJAoar a tBVés de cualquier medio de comunicadón. cualquier resuIt:ado o dato obtenido de kls 'aJes obJ«o de __ slmpIifado.

Octa:ta. RescIsión. ~ expresamente convenido que "la Suprema Corte- podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesk:Iad de que medie dedatadón judOal. en caso el "~dor de Servicios" deje de Ct.UTlpl r cualquiera de las obligaciones que ast.me en este contrato ¡:xlr causas que le sean Imputables, o bl!n, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidaciÓn. Antt$ ~ dectarar la rescisión, "la Suprema Corte" notifICará por escrtto las causas respectivas al .. Prestador de Servidos" en su domicilio señalado en la dedarac:l6n JI.S de este Instrumento, con Quien en el acto se encuentre, otorgandole un plazo de quince días ~blles para que manlfreste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conven~ntes y aporte, en su caso. las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de "la SUprema Corte'" detennlnará sobre la p~enda de la rescisión, lo que se comunicará al "Prestador de ServIdos" en su domldlio señalado en la declaraciÓn 11.5 de ~ Instrumento. Novena. Supuesto de te:nnlnadón del contrato diversos a la redslón. El contrato podrá darse por termtnado, al rumplltnMtarse su objeto o bien de manera anticipada aJando existan ausas jLtStiflCadas de interes general, en tennlnos de lo previsto en los ¡rticuIos 148, 149. 150 Y 151, del AaJerdo General de AdmInistración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comlti de Gobierno V _<Odón de la _ ""'" de Justicio de ~ NacIón. Dédma. Def fomento a 111 tranSJNrenda 'f de la prtIte:d6n de datos penonaIes. las partes est*1 de acuerdo en que eJ prf:5ente instrumento c:onsttt:uvt Informadón pUblica en ténnlnos de: lo dispuesto en los 8rt:ÍaJk)S le, .,. y 42 de la Ley Federal de Transparencia y latstJ ¡ la Informadón PúbUca Gubernamental, por lo que los gobernados podr1.n feaUz~r SU consulta , De conformidad con lo establ«ido en el articulo 71 del Acuerdo Generat de Ii ComIsión de Traosparenc~, Acceso a la Informadón Pública Gubemamental V ProtfCdón de Datos Personales de ta Suprema Corte de Justicia de la Nación. del nue .... e de julio de dos mil ocho, relativo a los ólQai"lO$ y procedimientos para bJtelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a ta infonnadón, a la privaddad y a la protecdón de datos personales Qanmtlzados en el articulo 6e Constitucional, el "Prestador de Servidos" se obliga a guardar secreto y a no divulgar por nlngun medio, aun electrónico, ni por conferendas Y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades Objeto del presente contrato. En caso de Incump'lmiento "la Suprema Corte"' podrj exigIr el pago correspondIente al 10% eIel monto total de este instrumento, por concepto de pena conveodonal. Dédma PrImera. Resoludón de controversias. Para efecto de la Interpretación V cumplimiento de lo estipulado en este instrumenlD, el "Prestador de Servidos" se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de "ia Suprema Corte" renundando en forma expresa a cualquier otro fuero que en raron de su domldlio o vecindad, tengan o llegaren a tener, de confonnldad con 10 Indicado en el articulo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuetdlo QUe cUalQuier notifICación Que t~ qunealizlrse de una parte a otra, se rea1iz.ará por escOto en el domicilio que ha señalado en las declaraciones 1.4 y 11.5 de este -........ . Décima Segunda. Leglsfadón aplicable. El acuerdo de: votuntldes previsto en este irtstrurnento contractual se rige 'par lo dispuesto en la ConstItudón PoIit1c3 de los Estados UnIdos Mv::lamos, Reglamento Interior en Materia de Adnrnistradón de la Suprema Corte de Justicia de la Nadón, el Acuerdo General de Admlnistradón VI/2008, del veinüclnco de septiembte de dos mil ocho, del Comité de Gobierno 'f Adrn:nistraclÓn de la StJptema Corte de Justicia de la NaclOn V en lo no previsto en este por el CódIgo Ovil Federal, Código Fedel'll de Procedmientos Civiles, I ley Federal de Presupuesto V Responsabolidadcs AdmlnlStrat!"as de aos servidores públicos V la ley Federal del Procedimiento Admin¡str~tivo, en lo conducente.

RECEPOÓN y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONtRATO SlMPUFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVIOOS Nombre

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