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Aprender a convivir, convivir para aprender2016 - 2018 Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 1 de 65

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“Aprender a convivir, convivir para aprender”

2016 - 2018 Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 1 de 65

INTRODUCCIÓN.

Estimados integrantes de nuestra Comunidad Educativa:

La convivencia escolar, forma parte de la formación general de las personas y nuestro establecimiento educacional - desde la mirada de una Comunidad Educativa -, como servicio educativo que tiene como principal misión educar, se hace responsable de la educación en valores en colaboración a la familia de nuestros alumnos y alumnas.

Este Manual de Convivencia cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (alumnos, padres y apoderados, docentes, asistentes de la educación y personal del establecimiento en general) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar.

La convivencia escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica; aquí todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa y privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las personas y su familia.

El diálogo permanente y la mediación para la resolución pacífica de conflictos, es el aporte principal de este manual; la reflexión, en primera instancia, es la clave para el paso a la acción; y el acompañamiento y discernimiento, las dos herramientas fundamentales en el proceso de asimilación y cumplimiento de dichas normas.

Para una buena convivencia escolar es necesario comenzar nuestro manual de convivencia escolar con conocer la forma de organización y funcionamiento de escuela de lenguaje El Porvenir así como los diferentes reglamentos que regulan a cada estamento, así, todos y todas estaremos informados e informadas y podremos llevar a cabo éste manual y transmitirlo en el quehacer diario.

JOHANNA MENDEZ SALGADO Educadora de Diferencial Mención Lenguaje, comunicación y audición.

DIRECTORA

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CONSIDERACIONES GENERALES.

1. El presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar de la Escuela Lenguaje y Jardín Infantil “El Porvenir” de la comuna de Chiguayante, Rol Base de Datos (RBD) 18040-8, establece las normas básicas de convivencia social que han de observar todos los miembros de la Comunidad Escolar, En el entendido que ellas cautelan los valores morales, culturales, sociales que dan sentido a los diferentes procesos de nuestro establecimiento educacional cuyo lema es “Educando con valores para una vida plena”, teniendo como centro nuestro educando. 2. Las normas y disposiciones que aquí se presentan son complemento y explicitación en orden a la mejor consecución de los fines y objetivos propuestos del Reglamento Interno Oficial y régimen de convivencia y disposiciones complementarias, establecidos en el Proyecto Educativo Institucional, que constituyen las normas básicas tanto para el personal del colegio como para las familias y alumnado del establecimiento educacional. 3. Las sanciones contempladas aquí tienen un carácter esencialmente educativo y formativo; por ello, todos los profesionales y asistentes de la educación que presten su servicio en esta escuela, en razón de las responsabilidades que le compete a cada cual, frente a los alumnos y frente a los padres y apoderados y demás integrantes de la Comunidad Educativa, tienen el deber de explicar y aplicar el sentido educativo de formar en valores, distinguiendo la disciplina escolar como una responsabilidad de aquella meramente punitiva. 4. Para modificar parcial o totalmente el presente reglamento, se considerará la instancia del Consejo Escolar, en sus facultades informativa, consultiva y propositiva, de acuerdo a la Ley 19.979. 5. La interpretación del presente Reglamento, en aspectos que puedan ofrecer dudas o ambigüedades, corresponderá al Consejo Escolar para su ratificación o rectificación. 6. Todo miembro de la Comunidad Educativa puede y debe exigir el cumplimiento del presente Reglamento.

CONCEPTOS.

1. La convivencia es la capacidad de las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y solidaridad recíproca. Esta implica el reconocimiento y respeto por la diversidad, la capacidad de las personas de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias, los puntos de vista de otro y de otros. 2. La convivencia es un aprendizaje: se enseña y se aprende a convivir. Por ello, la convivencia escolar es la particular relación que se produce en el espacio escolar entre los diversos integrantes de la comunidad educativa: estudiantes, docentes, directivos, asistentes de la educación, padres, madres y apoderados, sostenedores. 3. La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. 4. Por Comunidad Educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

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LOS VALORES QUE DECLARA NUESTRA ESCUELA. La Escuela de Lenguaje y Jardín Infantil “El Porvenir”, y de acuerdo al ideario declarado en nuestro Proyecto Educativo Institucional, se proclaman los siguientes valores: RESPETO: Actuar o dejar actuar, considerando los derechos, circunstancias o condición, tratando de no dañar, ni dejar de beneficiarse a sí mismo o a los demás. Se manifiesta a través de las siguientes actitudes (Indicadores) Consideración

Saber escuchar al otro

Tolerancia

Pluralismo

Sentido de la ubicación

Objetividad.

TOLERANCIA: Ser tolerantes nos conduce a aceptar a quienes nos rodean tal y como son, con una mentalidad abierta, reconociendo que en medio de los defectos categorizantes, siempre florecerán las virtudes excepcionales. Se manifiesta a través de las siguientes actitudes: Amor por el prójimo

Reconocer al otro como único y valioso

Comprensión

Convivencia pacífica

Adaptación a los problemas de la vida diaria

Aceptar al otro

Compañerismo

AUTOCUIDADO: Velar por su propio bienestar bío-sico-social con el fin de mantener un equilibrio mental y físico. Se manifiesta a través de las siguientes actitudes (Indicadores): Hábitos de aseo

Hábitos de alimentación

Prevención de riesgos en el trabajo

Práctica de actividades Recreativas

Sana convivencia.

HONESTIDAD: Definida ésta como el respeto de los principios morales y buenas costumbres, decencia, rectitud y justicia en las personas y su forma de actuar. La honestidad se manifiesta a través de las siguientes actitudes (Indicadores). Autenticidad

Honradez

Veracidad

Confiabilidad

Coherencia

Transparencia

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RESPONSABILIDAD: La persona toma o acepta decisiones y asume el resultado de ellas, lo mismo de sus actos no intencionados, buscando el bien común y procurando que otras personas hagan lo mismo. Se manifiestan a través de las siguientes actitudes (indicadores). Puntualidad

Superación

Perseverancia

Lealtad

Autonomía

Seriedad

LIDERAZGO: Capacidad de acción innovadora y ejemplar en el medio, familiar y escolar. Capacidad de hacer una diferencia que aporte mejoramiento al ámbito específico de relevancia de la acción en cuestión. Los siguientes indicadores nos permiten medir el liderazgo. Excelencia

Proactividad

Innovación

Compromiso

SOLIDARIDAD: Adhesión a una buena causa por razones morales, creencias o sentimientos. Se manifiesta a través de las siguientes actitudes (indicadores) Comprensión

Estar con el otro

Aceptar al otro

Valorar al otro

Compañerismo

Empatía

TÍTULO I:

DE LOS REGLAMENTOS Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DE ESCUELA DE LENGUAJE Y JARDIN INFANTIL EL PORVENIR

El Reglamento Interno de la Escuela de Lenguaje y Jardin Infantil El Porvenir establece disposiciones generales de organización y funcionamiento, que emanan de su Proyecto Educativo. Asimismo, explicita un conjunto de regulaciones y normas que ayudarán a una sana y adecuada convivencia de la Comunidad Educativa.

La Escuela, como Establecimiento educacional, mantiene un vínculo de directa dependencia en lo técnico - pedagógico con el Ministerio de Educación e instancias intermedias. Por otra parte, en lo administrativo, depende del Complejo Educacional Same Ltda.

Las disposiciones del Reglamento Interno de la Escuela de Lenguaje prevalecerán por sobre las disposiciones reglamentarias externas, cuando éstas por su aplicabilidad no correspondan a la realidad del Establecimiento, siempre que la legislación vigente así lo permita.

Además de éste reglamento de convivencia escolar los funcionarios de Escuela de Lenguaje y Jardin Infantil “El Porvenir” deben regirse por el reglamento de higiene y seguridad del Complejo Educacional Same ltda.

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NIVELES DE ORGANIZACIÓN Y ESRUCTURA DEL ESTABLECIMIENTO. La Escuela de Lenguaje y Jardín Infantil “El Porvenir” se organiza pedagógicamente en los siguientes Niveles: - Nivel de administración superior. - Nivel de Dirección. - Nivel de Planificación y Supervisión. - Nivel de Ejecución.

DEL NIVEL DE ADMINISTRACIÓN SUPERIOR. El nivel de Administración Superior se le denomina a los sostenedores de la Escuela de Lenguaje y Jardin Infantil “el Porvenir” que tienen por nombre Complejo Educacional Same Ltda, sociedad de la que depende directamente el establecimiento educacional, así como del reglamento de la misma.

DEL NIVEL DE DIRECCIÓN. El Nivel de Dirección es la persona responsable de la Dirección, funcionamiento, organización y supervisión del Establecimiento y deberá actuar en conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y a los principios de la administración educacional superior.

DEL NIVEL DE PLANIFICACIÓN Y SUPERVISIÓN. El Nivel de Planificación y Supervisión es la instancia responsable de programar, organizar, supervisar, evaluar y controlar el desarrollo de las actividades curriculares que se llevan a cabo en el Establecimiento. El Nivel de Planificación y Supervisión estará integrado por Dirección, jefa de U.T.P. y Fonoaudióloga.

DEL NIVEL DE EJECUCIÓN. El Nivel de Ejecución es la instancia responsable de llevar a cabo el Proyecto Educativo del Establecimiento, el cual estará constituido por todo el personal del Colegio: Docentes y Asistentes de la Educación. Docentes.

Administrativos

Asistentes de aula

Auxiliares

FUNCIONES Y CARGOS Sobre la descripción de cargos y funciones de la Escuela de Lenguaje y Jardín Infantil “El Porvenir”. Para los efectos del presente Reglamento y de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, el personal que se desempeña en el Establecimiento, se clasifica de la siguiente forma: Dirección

Jefe Unidad Técnico Pedagógica (U.T.P.).

Fonoaudióloga.

Docentes de Aula.

Asistentes técnicos de la Educación.

Secretaría administrativa.

Auxiliar de servicios menores.

Vigilante/auxiliar.

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Dirección: El director es el docente a cargo del establecimiento educacional responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes. Son funciones del Director:

a. Funciones generales:

Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional. Cumplir y hacer cumplir las leyes normas e instrucciones emanadas del decreto 1300 y 170

del ministerio de educación.

Velar por el prestigio del establecimiento educacional proyectando la misión y visión, del P.E.I.

Coordinar con redes de apoyo comunal e inter comunales. Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la

comunidad escolar y de la comunidad local en la que se encuentra inmerso. Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación de del personal de su dependencia como

a asimismo la investigación y experimentación educacional.

Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

Convocar a la comisión calificadora y presidirla.

Ordenar la instrucción de procedimientos sumariales y resolverlos. Proponer la estructura organizativa técnico pedagógica de la escuela que estime conveniente

debiendo salvaguardar los niveles básicos de dirección planificación y ejecución. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su personal y

creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantes. Impartir instrucción para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del

currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

Presidir los diversos consejos técnicos y delegar funciones cuando corresponda. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del

establecimiento educacional. Remitir a las autoridades competentes del ministerio de educación las actas, estadísticas y otros

documentos que sean exigibles conforme a la legislación y reglamentación vigente. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la inspección del

ministerio de educación conforme a las instrucciones que emanan de la administración. Procurar la existencia de material didáctico suficiente y adecuado al nivel y modalidad de

enseñanza que imparte el establecimiento. Planificar, organizar, dirigir y controlar es establecimiento educacional conforme a los objetivos de

éste y a las políticas definidas por la administración superior.

b. Funciones de planificación:

Dirigir la confección del plan anual.

Proponer objetivos particulares del establecimiento considerando las características del entorno

c. Funciones de organización:

Determinar la estructura técnico pedagógica.

Establecer la organización funcionamiento y evaluación del currículo del establecimiento.

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d. Funciones de dirección: Resolver lo que proceda haciendo usos de las facultades que la legislación vigente entregue al

director del plantel Resolver en casos calificados, situaciones o problemas pedagógicos que presenten alumnos,

apoderados y personal del establecimiento. Delegar funciones propias del cargo a otros docentes superiores o docentes de aula cuando

corresponda. Ejercer su autoridad tratando de crear un ambiente educativo que eleve la moral de todas las

personas comprometidas en el proceso. Ejercer supervisión directa sobre la unidad técnico pedagógica, los especialistas y el personal

docente.

e. Funciones de control: Controlar las actividades propias del establecimiento que estructuran la rutina escolar, en especial

cumplimiento del plan anual operativo, cumplimiento de los programas de cursos, chequeos de criterios de evaluación.

Jefe unidad técnico pedagógica:

Profesional que se responsabiliza de asesorar al director y de la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares.

Programar, organizar, supervisar y evaluar junto con los integrantes de la unidad técnico pedagógico las actividades correspondientes del proceso de enseñanza aprendizaje.

Coordinar con e gabinete técnico, fonoaudiólogo y profesores especialistas la planificación y organización del proceso de enseñanza según las bases curriculares de la educación parvularia, de la intervención fono audiológica pedagógica mediante un plan de un plan de intervención individual.

Llevar un acabado registro en archivo con todas las fichas individuales de los alumnos. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos, procurando el mejoramiento

permanente del proceso de enseñanza-aprendizaje. Asesorar al director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares del

establecimiento. Asesorar y supervisar a las docentes en la organización planificación y desarrollo de las

actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudio. Intercambiar y unificar criterios respecto de la aplicación de métodos técnicos y uso del material

didáctico. Elaborar instrumentos de evaluación de acuerdo a disposiciones técnicas según criterios

establecidos por el consejo de profesores y evaluar el grado de logros de los objetivos propuestos. Analizar la realidad pedagógica del curso en general y de cada alumna en particular, proponiendo

medidas para su mejoramiento, trabajo de colaboración en aula que involucra al profesor especialista y al fonoaudiólogo en la implementación de la planificación.

Apoyo a los padres y la gestión de la familia en la superación del TEL.

Planificar ejecutar y evaluar permanentemente el quehacer pedagógico.

Evaluar permanentemente en currículo pedagógico del establecimiento. Colaborar con los procesos de mejoramiento del clima organizacional en el establecimiento

educacional.

Revisión de libros de clases en forma permanente. Verificar la correcta confección de los informes al hogar elaborados por los profesores de cada

curso.

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Llevar libros de control y registro de la función docente.

Recepcionar y registrar permisos administrativos docentes e inasistencias del personal autorizadas por el director.

Elaborar los horarios de clases y de actividades curriculares no lectivas del personal docente.

Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades curriculares no lectivas. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento en materias de

evaluación y curriculum.

Dirigir los consejos técnicos que le competen. Responsabilizarse de que en el establecimiento se mantengan actualizados los planes y

programas de estudio y reglamentos de evaluación y promoción escolar que correspondan, sugiriendo la readecuación de los mismos de acuerdo a las características propias del plantel.

Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales acorde a las necesidades y características de la comunidad escolar y conforme a las normas vigentes.

Detectar e informar las necesidades del material didáctico y otros de apoyo a la docencia proponiendo su confección o adquisición.

Fonoaudióloga: El trabajo del profesional fonoaudiólogo está orientado a la superación de las dificultades que el alumno pueda experimentar en su progreso escolar contextualizadas en el curriculum pertinente. Funciones:

Evaluación fonoaudiológica de ingreso. Confección de informes fonoaudiológicos de ingreso.

Confección de informes fonoaudiológicos de reevaluación.

Participación en la formulación del plan educativo individual. Asesoramiento y colaboración con el profesor especialista que incluye charlas de capacitación,

planificación, diseño de las actividades, evaluación y trabajo en las salas de clases. Trabajo con la familia que incluye entrevistas, reuniones y programación de visitas con los padres

aplicación de anamnesis, orientación en las actividades de aoyo a realizar en el hogar, realización de talleres de desarrollo de habilidades de comunicación para padres, realizar escuela para padres.

Colaborar con la creación del pei de cada alumno de acuerdo a las dificultades detectadas en la evaluación inicial.

Participación en los consejos técnicos de profesores.

Participación en actividades de gabinete técnico. Atención individual en pequeños grupos para habilitar las competencias linguisticas de acuerdo a

las características de su TEL.

Registro diario de la intervención individual.

Registro diaria de la asistencia de la intervención realizada. Preparación del material fonoaudiológico aplicables para la intervención y como recurso

metodológico de aula.

Innovar constantemente en estrategias metodológicas aplicables a la intervención.

Ingreso, apoyo y participación dentro del aula de clases.

Participación en el asesoramiento a docentes después de cada intervención fonoaudiológica.

Evaluación trimestral de los avances obtenidos en cada uno de los alumnos designados. Entregar informes generales de avance de los alumnos que tiene a su cargo a la jefatura técnica y

dirección.

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Docente de aula:

Se entiende por docencia de aula la acción o exposición personal directa realizada en forma continua y sistemática por el docente, inserta en el proceso educativo, la cual tendrá una duración máxima de 45

min. Funciones:

Internalizar y difundir la misión y visión del establecimiento.

Participar de los procesos relacionados con el inicio desarrollo y culminación del año escolar. Cumplir con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral establecidos por la

organización. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudio en el

desempeño de su labor docente.

Realizar tareas, afines que le sean asignadas por su jefe directo o dirección del establecimiento. Mantener en orden, limpio y en equilibrio su sitio de trabajo, reportando por escrito cualquier

anomalía.

Evaluación pedagógica de ingreso.

Confección de informes pedagógicos. Mantener al día los documentos relacionados con la identificación de cada alumno del curso a su

cargo. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades en relación a los temas

destinados a las unidades de enseñanza y aprendizaje, así como también la evolución del TEL.

Registrar y llevar el control de las actividades y resultados obtenidos según la planificación. Desarrollar actividades dirigidas a fomentar y estimular habilidades, destrezas y aptitudes del

alumno, Dirigir actividades complementarias a los alumnos tales como: dinámicas de grupo exposiciones,

trabajos de investigación, actividades recreativas. (con el apoyo de las familias).

Elaborar informes referentes a la evaluación y actuación del alumno.

Elaborar material de apoyo necesario para el aprendizaje. Fomentar e internalizar e el alumnado valores, hábitos y actitudes, y desarrollar la disciplina de los

alumnos especialmente a través del ejemplo personal. Trabajo con familia que incluye entrevistas, reuniones y programación de visitas con los padres

(dejando la debida constancia escrita de lo tratado).

Apoyo a los padres en la gestión de la familia en la superación del TEL. Mantener comunicación permanente con los padres y apoderados de los alumnos,

proporcionándoles información acerca del desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje y orientación a sus hijos.

Cada profesor deberá llevar el libro de clases del curso que le corresponde atender y no mandarlo a buscar por los alumnos.

Cada profesor debe responsabilizarse por mantener en optimas condiciones el libro de clases. Mantener al día las planificaciones diarias, así como también la asistencia en el libro de clases

correspondiente al curso asignado. Contribuir al correcto funcionamiento del establecimiento. Asistir a los actos educativos, culturales

y cívicos que determine la dirección del establecimiento. Cuidar los bienes generales del establecimiento, conservación del edificio y responsabilizarse de

aquellos que se le confíen a su cargo por inventario. Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma precisa y

oportuna la información que la dirección de U.T.P. solicite.

Responsabilizarse por mantener la matricula asignada en cada curso. Cumplir el horario de clases y demás actividades para el cual fue contratado, no pudiendo

despacharse ningún alumno antes del término de la hora de clases.

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Mantener una actitud positiva frente al proceso de evaluación realizada por sus superiores, procurando mejorar aquellos aspectos que se encuentran en desarrollo, los cuales se entienden como fundamentales en el quehacer de sus funciones.

Asistente técnico: Está capacitada para favorecer el desarrollo integral del niño y la niña, atender a su bienestar físico e incorporarlo tempranamente al medio social, natural y cultural, estimulando el lenguaje artístico y verbal. Ejercerá sus funciones bajo la supervisión de la profesional de la educación, con una visión de comunidad educativa que integra a la familia y la comunidad al proceso educativo. Funciones:

Apoyo constante a la profesora especialista en todas las actividades de enseñanza (marcado de cuadernos, implementación de la unidad mensual en el aula, refuerzo de hábitos, etc.).

Participar en talleres de capacitación dictado por profesores especialistas, U.T.P. fonoaudióloga y otros profesionales.

Apoyo constante a profesoras especialistas en motivar a los apoderados en la participación de la enseñanza y tratamientos de sus hijos.

Velar por el cuidado y bienestar de los alumnos en el establecimiento no pudiendo ejecutar ningún tipo de sanción a los alumnos sin previo consentimiento de la docente responsable.

Procurar un desarrollo de hábitos y buenas costumbres en los alumnos del establecimiento. Participar en la decoración y elaboración de material de apoyo para actividades de trabajo

específico.

Participar en la decoración del panel de unidades de enseñanza en forma mensual.

Participar en el orden, limpieza y cuidado de materiales en cada sala.

Velar por la mantención y cuidado de los muebles y útiles del establecimiento. Velar por el cuidado y buen uso del material didáctico destinado para actividades de tratamiento

específico. Efectuar inventarios en las bodegas de archivo de materiales. Salida constante a terreno, promocionando el quehacer y atención del establecimiento a la

comunidad que nos rodea.

Efectuar toda actividad encomendada por la dirección y jefe técnico del establecimiento.

Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento donde se desempeña.

Brindar trato respetuoso a los miembros de la comunidad educativa.

Respetar las normas de convivencia del establecimiento.

Brindar el apoyo necesario en el control de esfínter y mudas a menores que lo necesiten.

Brindar apoyo a los alumnos y alumnas en el horario de colación.

Asistir a las docentes que se les haya designado en actividades no lectivas.

Velar por el cuidado y asistencia oportuna a los alumnos y alumnas del establecimiento. Participar en el cuidado de los alumnos y alumnas en horas de patio y actividades masivas,

procurando evitar accidentes.

Luego de terminada la jornada de clases ventilar y limpiar las salas de clases designadas. Guardar la debida discreción frente a temas y asuntos tratados dentro del establecimiento,

procurando no filtrar la información. Mantener una actitud positiva y favorable frente a los diferentes desafíos que le plantee su jefe

directo. Procurar mantener una actitud conciliadora en el establecimiento fente alas dificultades que hay

que resolver en equipo.

Cumplimiento oportuno de tareas asignadas.

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Mantener una actitud positiva frente al proceso de evaluación realizada por sus superiores, procurando mejorar aquellos aspectos que se encuentren en desarrollo, los cuales se entienden como fundamentales en el quehacer de sus funciones.

Secretaría administrativa: Colabora con el director, en la planeación, organización, dirección y control de los servicios administrativos; sugiriendo medidas necesarias para su mejor funcionamiento, optimizar recursos técnicos y materiales sin perder de vista los lineamientos establecidos por la administración central. Funciones: Establecer los mecanismos de coordinación que permitan la adecuada administración de los recursos humanos, financieros y materiales asignados.

Llevar un registro y control de los asuntos y actividades relevantes de la secretaría administrativa por cada una de las aéreas que le integran.

Mantener relación directa con las dependencias normativas, a fin de evitar demora en el trámite y la documentación.

Vigilar la atención que se dé al personal en lo correspondiente a sus necesidades, derechos y obligaciones, sobre la base del reglamento interno.

Atención a apoderados y público en general. Asegurarse de entregar una atención satisfactoria a los apoderados y a la comunidad interesada

en formar parte del establecimiento.

Manejo de archivos y documentación educacional.

Participar en la planificación y organización del proceso de matrícula.

Confeccionar registros de matrícula de acuerdo a las instrucciones impartidas por el director.

Manejo computacional de los antecedentes de los alumnos del establecimiento.

Recepción, registro y distribución de la correspondencia.

Despachar la correspondencia.

Coordinar horas fonoaudiológicas.

Apoyo en actividades administrativas del director del establecimiento.

Vigilar el buen registro de horas de llegada y de salidas del personal.

Realizar pedidos de materiales a los proveedores.

Apoyo administrativo al jefe técnico pedagógico.

Llevar el registro diario de asistencia de cada curso.

Atender solicitudes de los profesionales del establecimiento registrando cada una de ellas. Atender solicitud de material didáctico de trabajo en plan específico, llevando registro de la

mantención y cuidado.

Llevar control del material de apoyo a disposición del personal docente. Cautelar la conservación, mantención y resguardo del edificio escolar, mobiliario y material

didáctico.

Recepcionar justificativos de los alumnos. Organizar y difundir la documentación oficial del establecimiento, requiriendo a los docentes los

antecedentes necesarios. Presentar un programa presupuestario conforme a las necesidades de implementación del

establecimiento.

Coordinar funciones con auxiliar de servicios menores.

Coordinar funciones con tías de furgones.

Cumplir las demás tareas inherentes a las funciones de secretaria del establecimiento. Control de documentación.

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Auxiliar de servicios menores: Auxiliar de servicios menores es el responsable directo de la vigilancia, cuidado y mantención de

muebles, enseres e instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar. Funciones:

Velar por el aseo y orden y mantención de todas las dependencias del establecimiento.

Desempeñar funciones de portero del establecimiento.

Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia, otros.

Realizar actividades de apoyo operativo a la gestión educacional (fotocopias, otros).

Colaborar con la formación de hábitos y conductas sociales en los alumnos del establecimiento.

Apoyo a docencia en aula en casos que sea solicitado y aprobado por la dirección.

Entregar una buena atención e información a apoderados y público en general cuando se amerite.

Detectar e informar sobre mobiliario que se encuentren mal estado.

Velar por el cumplimiento de eficiencia de consumo de servicios básicos. Velar por la vigilancia del buen uso de los diferentes artefactos y materiales que se encuentres en

el establecimiento. Mantener los nexos comunicacionales con el auxiliar vigilante a fin de distribuir de la mejor manera

las funciones que le competen.

Desarrollar las demás actividades que le encomiende el director o su jefe directo.

Vigilante / auxiliar Objetivo principal ejercer la vigilancia y protección bienes muebles e inmuebles, así como la

protección de las personas que puedan encontrarse e los mismos. Funciones:

Ejecutar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que ningún caso puedan retener la documentación personal.

Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad a los delincuentes en relación al objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos, y pruebas de los delitos, pudiendo proceder al interrogatorio de aquellos.

Intervenir en la evitación y extinción de incendios, siniestros y accidentes en general.

Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden. Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas y maquinarias que le hubieren

asignado.

Desempeñar funciones de portero del establecimiento.

Detectar e informar sobre el mobiliario que se encuentre en mal estado.

Velar por el cumplimiento de eficiencia en el consumo de servicios básicos.

Desempeñar la función de cuidador nocturno del establecimiento. Al tomar el turno designado el vigilante deberá supervisar todas las dependencias del

establecimiento educacional a fin de detectar irregularidades en artefactos, mobiliario, ventanas, calefactores, artefactos eléctricos, artefactos de baño, etc.

El vigilante deberá recorrer todo el recinto educacional tanto por interiores como por exteriores.

El vigilante deberá registrar diariamente los acontecimientos de su turno. El vigilante deberá dar aviso inmediato al empleador en caso de urgencias ocurridas dentro y fuera

del recinto.

Desarrollar las demás actividades que le encomiende el director o su jefe directo.

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I. INSTANCIAS Y/O REUNIONES INTERNAS

Para organizar, estructurar, analizar y supervisar los procesos de funcionamiento y ejecución del la Escuela se llevaran a cabo las siguientes instancias: Gabinetes técnicos.

Reuniones de Equipo Directivo.

Reuniones técnicas.

De acuerdo a la legislación vigente y en razón de las necesidades de planificación, organización o

evaluación de la gestión curricular, la Dirección del Establecimiento podrá convocar a Consejos Técnicos u organismos equivalentes, de carácter consultivo, los cuales estarán integrados por docentes directivos, fonoaudióloga y/o docentes de aula. Estos consejos tendrán el carácter de instancias técnicas, cuyas resoluciones expresarán la opinión profesional de sus integrantes (Artículo 14 de la Ley Nº 19.070, Texto refundido, Estatuto docente).

Para los efectos de planificación, organización y resolución, se reconocen en la Escuela de Lenguaje y Jardín Infantil El Porvenir las siguientes instancias de reunión: • Consejo Docente Directivo. • Reuniones técnicas. • Consejo Escolar. (No tiene carácter resolutivo) • Consejo de Coordinación Técnico - Pedagógica.

CONSEJO DOCENTE DIRECTIVO. El Consejo Docente Directivo estará integrado por los Docentes Directivos del Establecimiento.

Será presidido por el Director, serán convocados el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica y la fonoaudióloga cuando se amerite.

Definición y finalidad de las reuniones de consejo directivo: Son organismos de planificación, organización y resolución, según corresponda, en los que se expresará la opinión profesional de sus integrantes.

En ellas se encauzará el funcionamiento del establecimiento y el cumplimiento de los objetivos del Proyecto Educativo y reglamentos del Establecimiento.

Serán presididas por el Director.

De las funciones del Consejo Docente Directivo: Elaborar la política técnico - pedagógica y administrativa del Establecimiento.

Diseñar e informar el Plan Anual del Establecimiento.

Organizar, coordinar, intercambiar y unificar criterios para un mejor desarrollo de la gestión educativa del establecimiento en general.

Evaluar casos de niños y niñas para ser sometidos a gabinete técnico.

Habrá reuniones, Ordinarias y Extraordinarias. Las reuniones Ordinarias se realizarán en las ocasiones que se señalan posteriormente, mientras que las extraordinarias se realizarán por determinación del Director, jefe U.T.P. o por solicitud fundada de la Fonoaudióloga. Las reuniones de consejo directivo sesionarán en forma ordinaria en las siguientes oportunidades: • Al inicio del Año Escolar, para organizar la programación de las actividades generales del Establecimiento. • Al inicio de cada mes (primera semana). • Al término del Año Escolar para evaluar el año. Se llevará acta escrita de las sesiones ordinarias y extraordinarias del consejo directivo.

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DE LAS REUNIONES TÉCNICAS Los profesionales de la educación tendrán que participar en la ejecución y evaluación de las

actividades pedagógicas de la Unidad Educativa. Para tales efectos, tendrán derecho a ser consultados en los procesos de proposición de políticas educacionales en los distintos niveles del sistema (Artículo 14 de la Ley Nº 19.070, texto refundido, Estatuto Docente, Junio 1999 ).

Definición y Finalidad de las reuniones técnicas. Son organismos técnicos, de carácter consultivo y/o resolutivo, según corresponda, en los que se expresará la opinión profesional de sus integrantes.

Estarán integrados por profesionales docente-directivo, docente técnico y docentes de aula de la Unidad Educativa.

En ellos se encauzará la participación de los profesionales en el cumplimiento de los objetivos y programas educacionales y en el desarrollo del Proyecto Educativo del Establecimiento.

Constituyen una instancia de participación técnica para cada uno de los profesionales de la educación, en lo que corresponde a situaciones relacionadas con la vida escolar, el desarrollo curricular y la marcha del Establecimiento educacional.

Podrán, además, dar oportunidad de participación, sólo con derecho a voz, al Centro de Padres y apoderados y a otros organismos del Establecimiento, cuando sea necesaria o requerida su participación.

Serán presididas por el Director.

Funciones de las reuniones técnicas. • Planificar, evaluar y coadyuvar en la ejecución del Plan de Trabajo del Establecimiento. • Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de refuerzo. • Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo, acentuando su acción en la formación de valores personales y sociales. • Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la Comunidad Escolar y de su entorno. • Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de adaptación de los alumnos al medio escolar. • Promover el perfeccionamiento profesional del personal docente del Establecimiento. • Tomar conocimiento de la planificación que presenta la Dirección del Establecimiento: proponer adecuaciones, si fuera necesario y asumir la responsabilidad de su ejecución. • Analizar problemas individuales o generales de adaptación o rendimiento y proponer soluciones pedagógicas, considerando, previamente, el seguimiento formativo hecho por el Establecimiento. • Estudiar la factibilidad de iniciativas que contribuyan al beneficio de la comunidad escolar y local. • Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento personal y profesional de los docentes. • Proponer iniciativas tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la Comunidad Educativa y del clima organizacional del Establecimiento. • Nominar de entre sus pares al Docente Destacado del año. Habrá reuniones técnicas, Ordinarias y Extraordinarias. Las reuniones Ordinarias se realizarán en las ocasiones que señale el cronograma anual de actividades, mientras que las extraordinarias se realizarán por determinación del Director y jefe U.T.P. o por solicitud fundada de la mayoría de los integrantes que lo componen. Las reuniones técnicas sesionarán en forma ordinaria en las siguientes oportunidades: • Al inicio del Año Escolar, para tomar conocimiento de la programación y organización de las actividades generales del Establecimiento. • Al término de cada mes (última semana). • Al término del Año Escolar para evaluar. Se llevará acta escrita de las sesiones ordinarias y extraordinarias de las reuniones técnicas.

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DEL CONSEJO ESCOLAR: El Consejo Escolar es una instancia de apoyo a la conducción general del Establecimiento; su

naturaleza y funciones se deducen de la legislación vigente, cuya reglamentación, se considera parte integrante del presente Reglamento.

El Consejo escolar sesionará ordinariamente 4 veces al año llevando un Libro de Actas para el registro de sus acuerdos no resolutivos.

Lo integran: 1 Sostenedor, Director, Docente, Asistente técnico, presidente del Centro General de Padres y 1 representante de la comunidad.

El consejo escolar una vez constituido deberá contar con su propio reglamento interno el que debe ser adjuntado a éste manual.

DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DOCENTE.

El Consejo de Coordinación Docente estará integrado por la jefa de la unidad técnico pedagógica y todas las docentes y asistentes de la educación y será presidido por la jefatura U.T.P. Sesionará cuando la situación lo amerite. El Consejo de Coordinación Docente tendrá un secretario nombrado por el Consejo, que llevará actas escritas de las reuniones, las que serán presentadas al Director para conocimiento de éstas, puede solicitarse la presencia de la fonoaudióloga, si así se requiere. Funciones del Consejo de Coordinación Docente: • Conocer las normativas educacionales emanadas del nivel de Dirección. • Aplicar las normativas a través de las acciones de sus miembros. • Comunicar y evaluar las actividades emprendidas por sus integrantes. • Analizar los aprendizajes de los alumnos, recomendando procedimientos y estrategias para contribuir al mejoramiento del proceso educativo. • Diagnosticar, planificar, organizar, desarrollar y evaluar el proceso enseñanza – aprendizaje y actividades complementarias de los ámbitos, según las pautas y orientaciones del nivel de Planificación y Supervisión del Establecimiento. • Coordinar sus acciones educativas con otras instancias del Establecimiento. • Contribuir al desarrollo integral de los alumnos participando en la elaboración de estrategias que permitan un curso participativo, integrador y creativo tanto con los niños y niñas como con los apoderados. • Coordinar la entrega de información emanada de los Niveles de Dirección.

II. SOBRE LOS NIVELES ESCOLARES Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO.

Los horarios de clases se estructurarán de acuerdo al decreto 1.300 /2002 del ministerio de educación para escuela de lenguaje y decreto 315 y 115 para jardín infantil , con criterio pedagógico. Las clases se realizarán según los horarios establecidos y no podrán ser suspendidas sin autorización superior. La Escuela de Lenguaje y Jardín Infantil El Porvenir imparte educación de régimen diurno en los niveles de Medio Mayor, Pre-kínder y Kínder.

Se encuentra autorizada para atender a una población escolar de 300 alumnos, agrupados en 6 cursos, de 15 alumnos cada uno ( escuela de lenguaje ) y 4 cursos con capacidad para 24 alumnos de jardín infantil distribuidos en dos jornadas de 22 horas cada una. Por aplicar un régimen diurno en doble jornada, la Jornada de la Mañana inicia sus actividades a las 09:00 horas y la Jornada de la Tarde a las 14:00 horas.

El horario de clases se estructurará en sesiones de dos horas pedagógicas de clases, con un recreo por jornada. Los recreos serán espacios de natural esparcimiento de los alumnos; y no excederán los 15 minutos, las docentes y/o asistentes deberán supervisar las actividades desarrolladas por los alumnos durante los recreos. Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 16 de 65

III. DE LOS DEBERES DE LAS DOCENTES

Del desarrollo de las actividades diarias. El docente deberá organizar su jornada de clases de la siguiente manera • Saludo y recepción alumnos y alumnas. • Registro de asistencia en el libro de clases. • Rutina de baño. • 2 horas pedagógicas • Recreo • Colación • 2 horas pedagógicas • 1 hora pedagógica plan específico de aula. • Retroalimentación diaria. • Rutina baño y preparación de pertenencias • Despedida • Registro de actividades diarias en el libro de clases.

Durante el desarrollo de las actividades en sus clases, el docente siempre deberá considerar que:

• Estas tengan un carácter educativo y siendo el alumno quien aprende, deben estar centradas en el quehacer del estudiante y en sus necesidades. • Atenderá a sus alumnos afectuosamente y en forma puntual y oportuna, hasta el término de su hora de clases. • El tiempo destinado al desarrollo de la clase no debe ser ocupado en otras actividades ajenas a ella. • Durante el desarrollo de su clase deberá procurar un clima favorable al aprendizaje de los alumnos, cautelando la seguridad, el orden y el buen trato. • Dentro del trabajo pedagógico serán incluidas las salidas a terreno las cuales tendrán carácter educativo para nuestros niños y niñas, cada alumno debe contar con la autorización firmada por el apoderado, el alumno que no cuente con la autorización debe quedarse en el establecimiento.

Disposiciones para regular la relación profesor-alumno.

Las relaciones entre docentes y alumnos deberán regirse sobre la base de un proceso educativo integral y armónico, en que el docente es el total responsable de procurar este clima. • El docente es el responsable que guía, ayuda, planifica, motiva, orienta, y evalúa el proceso educativo del alumno. • El alumno, sujeto y destinatario de la educación, debe participar activamente en su propio proceso educativo lo que debe ser logrado por la docente. • La comunicación debe ser fluida, valorativa, creativa cariñosa y oportuna. • El profesor, en todo momento, debe educar con el ejemplo personal, por cuanto para el alumno es el fiel reflejo de sus propios hábitos, actitudes y lenguajes. • El docente debe respeto, comprensión y tolerancia frente a capacidades y limitaciones de cada alumno.

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IV. DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

DE LA ASISTENCIA Y HORARIOS INGRESO Y SALIDA.

Es responsabilidad de cada apoderado enviar diariamente a sus hijos e hijas de lo contrario deberán justificar oportunamente sus inasistencias. De la justificación de la inasistencia: Las inasistencias deberán ser justificadas por el apoderado. - A través de un certificado médico otorgado por el servicio de salud. - A través de libreta de comunicaciones. - En forma personal cuando esté a su alcance.

Los apoderados deben respetar las normativas internas, cumpliendo con el horario de ingreso salida de los alumnos, dependiendo de la jornada de clases a la que asista.

El apoderado solo podrá ingresar a la sala de clases incorporando a su hijo o hija y permaneciendo no más de 5 minutos para realizar breves consultas a la docente a cargo solo las dos primeras semanas de adaptación a comienzo del año escolar (mes de Marzo), luego de esa fecha queda estrictamente prohibido el ingreso de apoderados a salas, el alumno/a deberá ser entregado en ingreso al establecimiento.

_ El apoderado debe retirar a su hijo o hija en el horario de salida establecido, No pudiendo ingresar a la sala de clases.

_ Reunión de apoderados: estas se realizaran 1 vez al mes, el apoderado deberá esperar que todo los alumnos se retiren del establecimiento antes de hacer ingreso a sala de clases.

ATRASOS.

- El alumno o alumna que se incorpora más tarde del horario de ingreso debe ser justificado por su apoderado o adulto responsable, incorporando la firma en un libro de registro que se encuentra en secretaria.

- Todo alumno que sea beneficiario de alimentación otorgado por Junaeb en reglamento y llegue atrasado no podrá acceda a tal beneficio.

- El apoderado que no cumpla con el horario de ingreso estipulado en este reglamento no podrá hacer ingreso a la sala de clases por lo que se solicitara a una asistente de nuestro equipo que incorpore al alumno a su respectiva sala de clases.

DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ALUMNOS.

El uniforme del alumno, es un símbolo que identifica al estudiante de esta institución frente a la comunidad y sociedad siendo de preferencia el uso diario del mismo.

El Uniforme está compuesto por un delantal de acuerdo a diseño y colores institucionales y un buzo de acuerdo a diseño y colores institucionales. Para efectos de presentaciones, actos o desfiles este uniforme será de uso obligatorio.

RETIROS FUERA DE HORARIO

Toda salida de un alumno antes del término de la jornada escolar deberá ser solicitada personalmente o a través de un comunicado en donde se mencionen los motivos del retiro y la persona que hará el retiro del alumno.

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Al momento del retiro se le solicitara a la persona su cedula de identidad para corroborar nombre de

quien retira y luego se deberá registrar con la respectiva firma, en el libro de registro de salidas el cual se

encuentra en la secretaría del establecimiento. Solo pueden retirar al menos las personas autorizadas por el apoderado cuyos datos se

encuentran registrados en ficha de matricula u a través de aviso previo del apoderado al establecimiento

BECAS Y BENEFICIOS PARA ALUMNOS.

Dentro de las redes de apoyo con las que contamos como establecimiento educacional se encuentra “Junta Nacional de Auxilios y Becas”. JUANEB.

JUNAEB nos brinda el siguiente apoyo:

- Becas de alimentación para alumnos de Prekinder y Kinder. - Screening, Atención particular gratuita con médicos otorrino y oftalmoogo. - Atención dental para alumno de prekinder y kinder - Entrega de Insumos como: Lentes ópticos y medicamentos para aquellos alumnas y alumnos que

lo requieran. - Chile Solidario: De acuerdo al listado de alumnos beneficiarios otorgado cada año por JUNAEB

para alumnos y alumnas de Prekinder y Kinder, podrán recibir de forma diaria colaciones frías. - Senda previene, con Programa en busca del gran tesoro, destinado a todo nuestro alumnado.

V. DE LA PLANIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES.

La Dirección del Establecimiento promoverá, a través de sus unidades operativas y en los distintos niveles de organización, las siguientes tareas: • Planificación anual del Establecimiento. • Planificación de las actividades extra programáticas. Las actividades educativas se organizarán, planificarán y programarán de acuerdo a lo establecido en el calendario escolar y definido por la dirección y la jefatura técnica, todo con su respectiva evaluación.

VI. SOBRE LAS ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS.

Se entenderá por actividades extra programáticas aquellas actividades formativas de carácter deportivo, recreativo, artístico, científico, tecnológico, social y espiritual y que son complementarias al currículo escolar. Ellas deberán ser motivadas y promovidas por los docentes. Las actividades extra programáticas se organizarán y programarán de acuerdo a las necesidades e intereses de los alumnos y en conformidad a las normas e instrucciones del MINEDUC y del Proyecto Educativo del Colegio.

Toda actividad extra programática deberá estar asesorada y orientada por un docente. Todas estas actividades se centralizarán en la Unidad Técnico Pedagógica. Todas las actividades extra programáticas enfocadas a salidas de terreno deberán ser informadas a través de un ordinario al Departamento Provincial de Educación en caso de que esté una programación de supervisión hacia nuestro establecimiento.

La actividad extra programática acto cívico o efeméride programada y calendarizada significa la aceptación de la responsabilidad de la realización de la misma por cada Docente y obligará a su cumplimiento. Las actividades extra programáticas deberán ser evaluadas en forma sistemática y permanente por la U.T.P. y ser planteadas con anterioridad. La evaluación realizada deberá ser comunicada a la Dirección del Establecimiento e instancias que corresponda y ser registrada. Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 19 de 65

ACTIVIDADES: - Dentro de las actividades la escuela realiza actividades mensuales al termino de cada unidad con

la intensión de realizar un cierre a través de una exposición de los contenidos del mes, de una forma más concreta y vivencial para los alumnos a través de las (expos)

- Revista de gimnasia con presentación anual. - Gala de Gimnasia, comunal anual. - Talleres mensuales para los alumnos. ( Arte, cocina, expresión corporal, música, entre otros). - Taller de Bushu ( artes marciales).

SALIDAS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.

Toda actividad extra programática fuera del establecimiento deberá ser Informada al departamento provincial de educación siempre y cuando sea la totalidad del establecimiento que se traslada y registrada en el libro de salidas de los alumnos. Toda actividad que implique desplazamiento de alumnos fuera del Establecimiento deberá contar con la autorización de la Dirección y del apoderado (por escrito), incorporando la firma de ambos. Si un alumno o alumna no cuenta con su autorización firmada por el apoderado, no podrá participar de la Salida Programada.

De los paseos de curso:

Si se trata de paseos de curso, el Profesor deberá informar por escrito al Director, con 30 días de antelación, solicitando la autorización por escrito para su debida tramitación. En la referida documentación deberá comunicar: 1.- Nombre del docente o asistente de la educación que acompaña. 2.- Nómina de alumnos. 3.- Lugar del paseo. 4.- Autorización escrita de los apoderados, con su nombre, firma y número de teléfono. 5.- Fecha y hora de salida y retorno. 6.- Identificación de los adultos que acompañan. 7.- Medio de transporte. 8.- Planificación que contemple lo siguiente:

- Actividad, objetivo, ámbito, núcleo, recursos materiales y personales.

En actividades de esta naturaleza la Docente deberá acompañar a su curso.

De visitas culturales o actividades deportivas

Estas deberán estar registradas en el cronograma de actividades anuales, de no ser así deberán ser solicitadas por escrito con un mínimo de 10 días de anticipación para su respectiva tramitación y deberá contemplar: 1.- Nombre del docente o asistente de la educación que acompaña. 2.- Nómina de alumnos. 3.- Indicar lugar de visita. 4.- Fecha y hora de salida y regreso. 5.- Enviarse comunicación a los apoderados. 6.- Medio de transporte. 7.- Planificación que contemple lo siguiente:

- Actividad, objetivo, ámbito, núcleo, recursos materiales y personales.

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Ante cualquiera de las situaciones anteriormente descritas, es requisito indispensable la compañía de un docente del colegio, quien asume la responsabilidad funcionaria del caso.

VII. DE LAS AMONESTACIONES Y/O SANSIONES.

De acuerdo a lo planteado en nuestro reglamento Interno, todo funcionario causante de infracción, por acción u omisión, a las disposiciones de este Reglamento sobre trabajo escolar y disciplinario, se hará merecedor a alguna de las siguientes medidas: • Amonestación verbal • Amonestación con constancia escrita en su hoja de vida. • Amonestación escrita con copia a la inspección del trabajo. • A la tercera amonestación por escrito con copia a la inspección del trabajo, se pondrá término al contrato de trabajo.

1. Multa: Se multara al trabajador que cometa faltas graves estipuladas en este reglamento interno y todas

aquellas que por la falta cometida, la empresa sea también sancionada ante una supervisión de Inspección de Trabajo o Superintendencia de Educación a causa de esta falta. La Multa puede aplicarse por infracción a las obligaciones que señale este reglamento, de hasta un 25% de la remuneración diaria.

Amonestación escrita se aplica cuando el funcionario se encuentre ante las siguientes situaciones:

1. Incumplimiento de las normas reglamentarias por segunda vez. 2. Atrasos (3). 3. Inasistencia no justificada. 4. Reiteración de una amonestación verbal por conductas de la misma naturaleza. 5. Incumplimiento de obligaciones. 6. Uso de un lenguaje grosero. 7. Faltar a la verdad. 8. Arrojarse atribuciones, funciones o responsabilidades que no le corresponden. 9. No asistir a actividades académicas citadas por el Establecimiento. 10. Llegar atrasado al inicio de clases o en horas intermedias. 11.- Retirarse anticipadamente a su horario de salida. 12. No acatar normas de seguridad y/o prevención de riesgos del Establecimiento 13. Otras situaciones que por su naturaleza justifiquen una amonestación escrita. 14. Ingerir o inhalar sustancias nocivas para la salud (cigarrillos, alcohol, sustancias alucinógenas, etc.).

De la defensa del funcionario: - Derecho de defensa que incluye el siguiente Procedimiento: - Derecho a conocer los cargos que se le hacen. - Derecho de hacer sus descargos y defenderse y - Derecho de apelación (Art. 11, declaración Universal de los derechos Humanos).

Instancia de Apelación. El funcionario podrá apelar de la medida a través de un documento escrito presentado al Director del establecimiento, quien responderá en un plazo máximo de tres días hábiles a contar de la fecha de la confirmación de la sanción, cuya resolución final, vistos los informes pertinentes, tendrá un carácter inapelable, la que será informada a la administración superior.

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Resolución de Conflictos Cuando se produzcan situaciones que signifiquen conflictos interpersonales que no están considerados en los artículos anteriores y que tengan como consecuencia la alteración de la sana convivencia entre los miembros de la comunidad escolar; se procederá a implementar estrategias que permitan resolver armónicamente las situaciones de esta naturaleza. En esta instancia alternativa concurrirán los afectados el encargado de convivencia escolar y la Directora.

VIII. DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS.

El Centro General de Padres y Apoderados es el organismo que comparte y colabora en los propósitos educativos y sociales del colegio del cual forma parte.

El Centro de Padres orienta su acción con plena observancia de las atribuciones técnico - pedagógicas que competen exclusivamente a la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento; promueve la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros; apoya organizadamente las labores educativas del Establecimiento y estimula el desarrollo y progreso el conjunto de la comunidad escolar (Decreto 565 del 06/06/90).

Una vez conformado en Centro General de Padres se debe confeccionar un Reglamento de Centro general de Padres el que será un documento adjunto a éste reglamento de convivencia escolar.

Funciones del Centro General de Padres y Apoderados: Promover el cumplimiento de las responsabilidades educativas de cada familia en relación a

la crianza y formación de los hijos. Integrar a los padres y canalizar sus aptitudes e intereses. Fomentar los vínculos entre la familia y la escuela. Proyectar acciones hacia la comunidad local, creando alianzas que contribuyan con el bienestar de

los niños. Proponer y proyectar acciones para el desarrollo integral de los niños. Sostener un diálogo con las autoridades educativas.

IX. DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL

De la Evaluación Institucional : Se hace necesario que, a nivel de Establecimiento educacional, la Comunidad Educativa realice

una reflexión a la luz de su particular realidad y se adopten decisiones respecto de los objetivos específicos que deben guiar su accionar. Por otra parte, de acuerdo a los objetivos institucionales, surge la necesidad de que a nivel interno se organicen los distintos estamentos y funciones, de tal forma que favorezcan la interacción de todos ellos, en pos del logro de los objetivos establecidos, evaluando su contribución a dichos logros.

De acuerdo con lo anterior, se hace necesario que se evalúe el Plan Anual, en el cual se involucre a todos los estamentos. Para ello es menester que el Equipo de gestión coordine el proceso. La Evaluación del Plan Anual debe efectuarse al término de cada semestre.

De la Evaluación Pedagógica:

Basado en Decreto Exento Nº 1300 de 2002 Decreto N° 170 /2010 Programas pedagógicos de Educación Parvularia Bases Curriculares /2002.

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En base a las disposiciones de los Decretos antes mencionados; que aprueba PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO PARA ALUMNOS PREESCOLARES CON Y SIN TRASTARNOS ESPECÌFICOS DEL LENGUAJE, donde se establecen los lineamientos curriculares pertinentes a las Necesidades Educativas Especiales de los alumnos y alumnas con TEL, al Plan de Estudio, Normas de disposiciones de evaluación, y promoción escolar es que se establece el presente Reglamento de Evaluación para Primer y Segundo Nivel de Transición.

Este reglamento tiene como propósito evaluar los Contenidos y Aprendizajes Esperados estipulados en las Bases Curriculares de Educación Parvularia/ programas pedagógicos. Por lo tanto, se ha formulado este Reglamento, con objeto de desarrollar y complementar las disposiciones emanadas del Mineduc, evitando así que se produzcan contradicciones en su normativa. Por lo tanto se ha formulado un reglamento de Evaluación, el cual se encuentra en documento anexo a este manual de Convivencia.

X. FUNCIONAMIENTO DE LOS FURGONES.

Aun cuando el servicio de transporte es un contrato entre privados, los furgones escolares que prestan servicios a la escuela deben regirse por los reglamentos de ésta, los cuales se encuentran en un documento anexo a este manual de convivencia escolar “Reglamento de Transporte escolar”, con la finalidad de procurar la satisfacción de las familias y de la integridad física y psicológica de los niños y niñas.

XI. PLAN DE PREVENCION DE RIESGOS.

Todos los funcionarios y apoderados deberán respetar y cumplir cabalmente las normas de Prevención, Higiene y Seguridad señaladas en este Reglamento. Los trabajadores deberán cumplir con las reglas que al respecto le competen, colaborar en la mantención de un ambiente libre de contaminaciones y, en especial los docentes, deberán incentivar y orientar a los alumnos sobre normas de higiene.

Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: • Trabajador: Toda persona que preste servicios en los Establecimientos educacionales, ya sea docente, paradocente, administrativo o auxiliar. • Empleador: Complejo Educacional Same Ltda. • Jefe Inmediato: El Director del Establecimiento educacional o el docente directivo que esté a cargo de la Unidad respectiva y de su personal. • Riesgo Profesional: Los riesgos a que está expuesto el trabajador y que puedan provocarle un accidente o una enfermedad profesional, definidos expresamente en los Artículos 5º y 7º de la Ley Nº 16.744. • Riesgos Escolares: Son aquellos propios del ambiente escolar o derivados de la actividad escolar y a los que están expuestos los alumnos. • Accidente Escolar: Es aquel que afecta a algún alumno de un Establecimiento educacional, ya sea durante su permanencia en el Establecimiento o durante el trayecto entre su casa y el Establecimiento. • Accidente del Trabajo: Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. • Accidente de Trayecto: Es el que ocurre en el trayecto directo, de ida o regreso entre la habitación del trabajador o del alumno y el lugar de trabajo o Establecimiento. Se considera, también, el tiempo transcurrido entre el accidente y la hora de entrada y salida de las actividades. • Organismo Administrador del Seguro: El organismo privado de seguridad con el cual el Complejo Educacional Same tiene convenio a la fecha de dictación de este Reglamento. En el caso de los trabajadores y en el caso de los alumnos, para los accidentes escolares corresponde al I.S.E. • Normas de Seguridad: Conjunto de reglas obligatorias emanadas de este Reglamento y del Organismo Administrador. Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 23 de 65

En cada sector deberá existir, a lo menos, los siguientes elementos de prevención de riesgos: • Un listado con direcciones y números telefónicos de los Centros Asistenciales, Carabineros y Bomberos que se ubicará en un lugar visible y estratégico. • Cantidad suficiente de extintores de incendio del tipo "polvo químico seco" y demás elementos para combatir incendios. • Diseño y mantención del plano de evacuación en lugares visibles. • Establecer y difundir indicaciones acerca de la forma de evacuación del edificio en caso de siniestros.

En cada sector, el Director velará porque se cumplan las siguientes acciones de prevención de riesgos: • Reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes de trabajo y escolares o enfermedades profesionales. • Control de riesgos en el ambiente intra y extra sala o medios de trabajo. • Desarrollo de actividades educativas y adiestramiento para la prevención. • Control y evaluación de las diferentes acciones.

En los sectores se deberá planificar, programar, desarrollar y evaluar los siguientes programas de prevención y seguridad escolar: • Plan de Evacuación y Seguridad Escolar, establecido mediante Decreto Supremo Nº 115 / 77 del Ministerio del Interior. • Programa de Prevención de Riesgos Escolares: PRIES; establecido por Decreto Exento Nº 14/84 del Ministerio de Educación. • Programa de Enseñanza de Normas sobre el Tránsito; establecido por Decreto Exento Nº 61/84 del Ministerio de Educación.

En la planificación y ejecución de los operativos del Plan " DEYSE", el Establecimiento educacional deberá considerar: • El carácter educativo de las actividades, posibilitando el desarrollo de hábitos de conducta y autocontrol de los alumnos y funcionarios frente a las emergencias. • La participación activa y responsable de todos los miembros de la comunidad escolar. • Los diferentes procedimientos y tipos operativos señalados en los siguientes programas.

PLAN DE EVACUACION SISMO O TERREMOTO

“El aviso será dado por la primera persona que note cualquier movimiento de la tierra haciendo sonar el silbato para ello, cuantas veces sea necesario hasta observar que todos se encuentran en conocimiento”.

AUXILIAR DE SERVICIOS: Correrá a abrir las puertas de escape o evacuación de par en par para una mejor salida de los menores.

ASISTENTES DE AULA Y DOCENTES: Su preocupación central será sacar a todos los niños y niñas de manera ordenada y rápida de la

escuela hasta la zona de seguridad, resguardando sus integridades físicas y psicológicas intentando mantener la calma en todo momento. Cada docente deberá salir con libro de clases o nomina de alumnos más el banderín que identifica a su curso.

SECRETARIA: Antes que todo presionará el botón que abre la puerta de acceso, correrá a cortar la luz y saldrá

del establecimiento hacia la zona de seguridad.

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DIRECTORA: Correrá hacia el hall y se asegurará que todos los niños y niñas se encuentren evacuando la escuela, así como el personal en general, una vez que todos hayan salido del establecimiento podrá hacer abandono del lugar a la zona de seguridad.

PLAN DE EVACUACION INCENDIO

“El aviso será dado por la primera persona que note humo o llamas dentro del establecimiento haciendo sonar el silbato para ello, cuantas veces sea necesario hasta observar que todos se encuentran en conocimiento”.

AUXILIAR DE SERVICIOS Y VIGILANTE: Correrán hacia el extintor más próximo e intentarán apagar la base del fuego…

ASISTENTES DE AULA Y DOCENTES: Su preocupación central será sacar a todos los niños y niñas de manera ordenada y rápida de la

escuela hasta la zona de seguridad, resguardando sus integridades físicas y psicológicas intentando mantener la calma en todo momento.

SECRETARIA: Antes que todo presionará el botón que abre la puerta de acceso y llamará de inmediato a

bomberos con la finalidad de prevenir algo de mayor envergadura luego cortará la luz y saldrá del establecimiento hacia la zona de seguridad.

DIRECTORA: Correrá hacia el lugar del siniestro y se asegurará que todos los niños y niñas se encuentren evacuando la escuela, así como el personal en general, dependiendo del tamaño del siniestro (si es controlable con extintores o no) se avocará a ayudar a controlarlo con extintor en la espera del carro bomba.

El empleador deberá cumplir con las siguientes obligaciones en materia de higiene y seguridad: • Mantener en perfecto estado baños y servicios higiénicos en general. • Mantener el edificio en general en condiciones de aseo y limpieza adecuada. • Mantener en bodegas los Artículos de aseo. • Mantener receptáculos para depositar basuras y desperdicios. • Mantener una dependencia debidamente amoblada para el descanso del personal, cuando éste no esté en funciones y/o para realizar determinadas actividades de colaboración. • Velar por un ambiente libre de plagas. • Velar porque la distribución del mobiliario en los diferentes recintos posibiliten el libre desplazamiento y un camino expedito hacia el exterior para alumnos y personal. • Mantener las superficies destinadas al trabajo y recreación libres de elementos que puedan perturbar el desarrollo de las labores docentes. • Eliminar elementos que presenten peligro para los alumnos y personal del Establecimiento, tales como: vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baño y lavatorios trisados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores y enchufes eléctricos quebrados, alambres y cables eléctricos con aislación deficiente o sin ella. • Mantener los accesos, escaleras, puertas y ventanas despejados.

Queda prohibido al personal del Establecimiento: • Realizar acciones que produzcan contaminación ambiental. • Consumir alimentos en sus horas de trabajo o en lugares que tenga afluencia de alumnos o público. Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 25 de 65

Consumir alimentos calientes dentro de la sala de clases. • Encender fuegos para quemar basuras en horas de atención de alumnos. • Usar elementos tóxicos y contaminantes, sin un adecuado control. • Fumar dentro del establecimiento o en horas de trabajo. • Desempeñar sus funciones en estado de intemperancia. • Manipular máquinas o elementos químicos sin el debido conocimiento y precauciones. • Introducir elementos que puedan presentar riesgos para la seguridad de los alumnos y del resto del personal.

El empleador deberá cautelar que en cada Establecimiento educacional existan las condiciones generales de Seguridad, tanto para los alumnos como para los trabajadores que laboren en él, velando porque se cumplan las disposiciones vigentes sobre Seguridad. Los trabajadores deberán cumplir con las reglas que al respecto, le competen, colaborando en la mantención de un ambiente seguro y orientando a los alumnos en el respeto a las normas de seguridad.

XII. PROCEDIMIENTOS

De acuerdo a las normas internas de funcionamiento se llevaran a cabo las siguientes acciones y procedimientos en los siguientes casos:

Alumno que agreda a un funcionario:

• Se deberá conversar con el alumno o alumna manifestándole que ese tipo de conducta no es apropiada o no corresponde. • Se llevara al alumno a conversar con la Directora. o U.T.P • Al reincidir aún así en la conducta, se solicitará al apoderado que asista al establecimiento a conversar con la docente con el fin de idear una estrategia a seguir tanto en la casa como en la escuela que apunte a eliminar la conducta agresiva. • Si la conducta se mantiene se llamara a reunión de gabinete técnico para determinar otras estrategias o derivaciones si así el caso lo amerita

Apoderado que agreda física o verbalmente a un funcionario:

• Si la agresión es verbal, se solicitara al apoderado acuda a conversar con la Directora, quien deberá explicarle que la convivencia escolar está basada en relaciones de respeto mutuo por lo cual no está permitido dentro de la escuela ningún tipo de agresión y buscará dar solución a su molestia y llegar a comprensión y buen término. • Si el apoderado no entiende razones se solicitará se retire del establecimiento y regrese cuando se encuentre en condiciones de conversar. • Si el apoderado aun así insiste y se rehúsa a salir del establecimiento se dará aviso al vigilante para mantener la calma del apoderado y se llamará a carabineros en caso de ser necesario y como última instancia. • Si la agresión es de carácter físico se llamara al vigilante para proteger a la funcionaria y paralelamente a carabineros.

Alumno produzca un daño en las instalaciones del establecimiento por voluntad propia.

• Se enviará comunicación al apoderado citándolo y mencionando el motivo de la entrevista. • El apoderado deberá hacerse responsable de los daños producidos (ruptura de vidrio, comprarlo y ponerlo, ruptura de otro implemento, reponerlo.)

Alumno que no cuenta con los recursos materiales que se le solicitan: Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 26 de 65

• se evaluará la situación particular de la familia. • Se solicitarán antecedentes sociales. • Se subvencionara parcial o totalmente lo mínimo necesario. • Mantener discreción del caso salvaguardando la identidad del menor y su familia.

Detección de violencia física, abuso sexual y/o conductas extrañas en algún niño o niña; es deber de cada docente observar a sus niños y niñas en cada jornada y actuar de acuerdo al siguiente procedimiento:

• Hacer un registro formal por escrito en el documento “Registro de hechos relevantes” • Comunicar de inmediato a sus superiores. • Llamar al apoderado, citarlo a entrevista. • Conversar analizar y evaluar la situación en conjunto con éste, dejar un registro en documento

“Entrevista de Apoderados”, con la respectiva firma del apoderado. • Derivar según el caso a P.I.B., O.P.D u otra entidad que se encuentre trabajando en red con el

establecimiento. • Mantener discreción del caso salvaguardando la identidad del menor. • Realizar denuncia por escrito a la entidad correspondiente.

Apoderado o persona ebria, drogada, violenta u otra característica extraña que quiera acceder al establecimiento o al retiro de un menor: es deber del vigilante y de la auxiliar de servicio poder detectar estos casos.

Procedimiento a seguir: • No permitir su acceso al establecimiento. • Avisar de inmediato a una instancia superior. • Llamar a carabineros de ser necesario.

Desmayo, caída, accidente grave o cualquier situación que involucre la salud de algún alumno o funcionario del establecimiento:

Procedimiento a seguir: • Conservar la calma y alejar a las personas del accidentado. • Si es un alumno o alumna, llamar a la familia. • Brindar primeros auxilios. • Paralelamente llamar a 131 servicios de ambulancia. • No dejar solo al accidentado debiendo acompañarlo en todo momento en su proceso de asistencia.

Funcionario que agreda, maltrate, o realice cualquier acción a un alumno o alumna que vaya en contra de su integridad física o psicológica o que transgreda los derechos de los niños, deberá ser informado de inmediato por quien lo observare.

Procedimiento a seguir: • Citación a la Dirección. • Evaluación de la gravedad. • Informar a la administración superior. • Realización de sumario. • Desvinculación del establecimiento si fuese necesario y determinado por la

administración superior.

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En caso de acusaciones de maltrato o de abuso por parte de los furgones:

Procedimiento a seguir: • Citación del apoderado para escuchar su acusación (Dirección), acogerla, calmarla y asegurarle

clarificación de los hechos, junto con solicitarle la respectiva constatación de las lesiones. • Mientras se cita a la tía del furgón a la Dirección para escuchar su versión de los hechos. • En caso de existir las lesiones se debe poner a disposición de las autoridades competentes

el delito.

En caso de accidente:

En el Establecimiento Educacional:

La unidad educativa debe hacer efectivo el derecho de cada educando a ser resguardado ante algún accidente escolar de acuerdo a la ley 16.744, decreto supremo nº 313 “Seguro de Accidentes Escolares”.

Este seguro se hará efectivo ante los siguientes requisitos:

Tener calidad de alumno regular.

Si el accidente ocurre dentro del establecimiento educacional

Si el accidente ocurre: en el trayecto desde y hacia el establecimiento; dentro de la jornada en la que asiste

La administración de este seguro estará a cargo del personal de servicio de seguro social y del servicio nacional de salud, siendo responsabilidad de este, el otorgamiento de las prestaciones médicas.

Ante algún accidente escolar, el procedimiento a seguir será el siguiente:

Observar que grado de accidente fue el ocurrido.

Ver en que estado se encuentra el alumno.

Dar aviso inmediato al apoderado.

Llenar formulario de accidente escolar, detallando como aconteció. Entregando 5 copias al apoderado, quedando una en registro del establecimiento.

En caso de accidente escolar el centro de salud que corresponde es el Consultorio de Chiguay.

Llamar a la ambulancia para hacer el traslado a la unidad asistencial más cercana, si la gravedad

del accidente lo amerita.

En Furgón Escolar:

El procedimiento se realizara de acuerdo a lo estipulado en el “Reglamento de Transporte Escolar” que se encuentra anexo a este manual de Convivencia Escolar. Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 28 de 65

XIII. DEBERES Y DERECHOS DE ALUMNOS Y DE APODERADOS.

REGLAMENTO INTERNO PADRES Y/O APODERADOS.

Organización y funcionamiento 1. La Escuela de lenguaje y Jardín Infantil “El Porvenir” funciona de lunes a viernes, excepto festivos

y el horario es desde las 9:00 a las 13:15 hrs. jornada mañana y de a las 14:00 a 18:15 hrs. jornada tarde.

2. Horario de atención apoderados de secretaría es de lunes a viernes desde 09:00 a 11:30 hrs. en la mañana y de 14:00 a 16:30 hrs. en la tarde.

3. Se envía un cuaderno con tareas al hogar el cual se solicita sea revisado periódicamente para reforzar en casa con el alumno (cuaderno fonoaudiológico y pedagógico) y debe ser devuelto en la fecha solicitada por la educadora. 4. Cualquier duda, sugerencia o reclamo deberá ser comunicada a la educadora para que ella pueda dar respuesta a sus inquietudes, de no quedar satisfecho con la respuesta puede dirigirse a la Jefe de Unidad técnico pedagógico. 5. El horario de atención de apoderados con la docente y Fonoaudiologa, todos los días desde las

12:30 a las 13:00 hrs. previamente acordado con la educadora a cargo del curso o solicitado a través de la agenda escolar.

Salud

6. Es de responsabilidad del apoderado enviar diariamente al alumno (a) a clases debiendo justificar oportunamente en caso de inasistencia por fuerza mayor.

7. No se puede recibir a niños o niñas con enfermedades infectocontagiosas pues se corre riesgo de contagio hacia sus compañeros, por lo que se solicita no enviarlo bajo estas circunstancias.

8. Si el niño o niña presenta fiebre, vómitos u otra enfermedad durante su jornada de clases, el establecimiento llamará al apoderado para su retiro, y derivación a una asistencia de salud más cercano.

9. El establecimiento educativo NO está autorizado a administrar ningún tipo de medicamento sin receta médica y autorización firmada por el apoderado en el documento “ Solicitud administración de medicamentos” el cual deberá adjuntar una copia de la receta otorgada por el médico tratante.

10. El departamento de Salud Comunal coordinara con cada establecimiento educacional para implementar sistema de preventivo a nivel nacional de vacunación, el cual solo será informado a cada apoderado para mencionar fecha y hora. Se considerara apoderados que no deseen que su hijo sea vacunado en nuestro establecimiento, lo cual quedara registrado en ficha de entrevistas de apoderados.

Higiene

11. No se responderá por implementos (joyas, dinero, celulares, etc.) que vengan dentro de las mochilas y que no han sido solicitados.

12. Es responsabilidad de cada apoderado que el alumno o alumna asista a clases en buenas condiciones de higiene y con su uniforme limpio.

13. Alumnos con pediculosis: De ser el caso se citara al apoderado a entrevista, de no asistir se enviara un citación y notita explicando la situación, si este no accede a tratar a su hijo o hija , el alumno será enviado al hogar hasta que se trate y luego podrá reincorporarse al establecimiento.

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Responsabilidades

14. No se entregará alumnos a menores de 18 años. 15. El retiro anticipado del niño o niña deberá ser registrado y firmado por el apoderado en el libro de registro de salidas ubicado en secretaría. 16. Los niños y niñas serán entregados solo a personas autorizadas en la planilla de autorización de retiro de los alumnos, debidamente firmada por el apoderado (excluye a las tías del furgón). 17. Se considerara la solicitud de retiro del alumno de otra persona, siempre y cuando el apoderado lo informe a través de una comunicación mencionando nombre completo y rut de la persona quien retira, nuestro establecimiento verificara los datos solicitando Cedula de Identidad para realizar el retiro formal. 18. Los padres y apoderados deberán asistir a las reuniones mensuales programadas por el establecimiento de lo contrario enviar un reemplazo o en su defecto es de responsabilidad del apoderado acercarse a la educadora a informarse de los puntos tratados. De no poder asistir a dicha reunión, el apoderado debe hacer responsable de justificar oportunamente. 19. No se permitirá que la asistencia a reuniones de apoderados sea reemplazado por menores de

18 años. 20. Una vez entregado el niños o niñas al apoderado su permanencia en la escuela es de su total responsabilidad y no cubre el seguro escolar. 21. Cada niño o niña está representado por un apoderado titular por lo que cualquier sugerencia o reclamo deberá realizarla directamente él (sin intermediarios). 22. En caso de siniestros o temblores, tenga la seguridad de que su hijo o hija se encontrara bien protegidos por lo que si se presenta en el establecimiento hágalo con total tranquilidad. 23. Es deber del apoderado participar en todas las actividades extra programáticas que realice la Escuela como por ejemplo aniversarios y celebraciones etc. 24. Los niños y niñas pelean o pueden sufrir accidentes tanto en la casa como en el establecimiento por lo que deben ser notificadas en la agenda escolar por ambas partes.

BENEFICIOS QUE ENTREGA EL ESTABLECIMIENTO:

Educación y estimulación de calidad y acorde al tipo de trastorno y necesidades del alumno(a).• Establecimiento educacional gratuito, con aporte de subvención del ministerio de educación. • Beneficio de una atención e intervención fonoaudiológica semanal y personalizada. • Beneficio de transporte escolar gratuito. • Atención por profesionales capacitadas y debidamente acreditadas por el ministerio de educación con sus respectivos números de registro. • Infraestructura amplia, cómoda y calefaccionada para mantener el bienestar de sus alumnos y alumnas. • Desayuno, Almuerzo y Once para aquellos padres que cuenten con el documento de beneficio Chile Solidario los cuales serán distribuidos por Junaeb. • Atención gratuita de profesionales oftalmólogo, otorrino y dentista . • Biblioteca y computadores por sala con ENLACES , Chile solidario, colaciones frías.

COMPROMISO DE LOS PADRES CON LA INSTITUCIÓN.

A) De sus deberes: 1. Conocer y aceptar los fines, objetivos y Reglamento Interno de la Escuela. 2. Contribuir al cumplimiento del presente Reglamento de Convivencia por parte de sus hijos, haciendo todo lo que esté a su alcance para lograrlo. 3. Comunicar a las autoridades de la escuela cuando deban ausentarse, para informar que persona queda a cargo del alumno. Manual de Convivencia Escolar Liderando el Trabajo en Equipo Página 30 de 65

4. Responder y firmar toda comunicación emanada de las autoridades de la escuela, en los plazos que se les solicitara. 5. Acudir a la escuela toda vez que su presencia les sea solicitada. Establecer y fortalecer vínculos entre la escuela y el hogar asistiendo a las citaciones particulares, actos escolares, reuniones de padres, etc., organizados por la escuela. Los padres que deseen entrevistarse con los docentes o autoridades del Colegio deberán solicitarlo con antelación a fin de coordinar horarios. 6. Procurar que exista la mayor coherencia entre la vida familiar y el ambiente escolar que frecuentan sus hijos. 7. Interesarse por el proceso de formación de sus hijos y en la superación del Trastorno del Lenguaje y en lo que se refiere a formas de convivencia y espíritu de trabajo y estudio, ayudándolos en el cumplimiento de todas sus obligaciones. 8. Participar y colaborar en lo posible, con las iniciativas propuestas por la Comunidad Educativa. 9. Colaborar con el personal docente, proporcionándoles los datos que consideren necesarios para facilitar el conocimiento del alumno y su mejor comprensión en vistas a su desarrollo personal. 10. Respetar la autonomía de la escuela en la designación y en la conducción de su personal. 11. Durante la jornada de clases el apoderado sólo podrá ingresar al área administrativa de la escuela, (lo que excluye el ingreso al hall), con el objeto de no alterar el desarrollo normal de las actividades académicas. 12. Frente a cualquier duda o inquietud sobre el desempeño académico o actitudinal de su o sus pupilos, el apoderado deberá solicitar una entrevista (según horario de atención de apoderados, informado en Primera Reunión de Apoderados), utilizando y respetando los canales regulares de comunicación: Docente, Fonoaudióloga, Jefe de UTP, Directora. 13. Es obligación del apoderado el velar por la correcta presentación personal, asistencia, puntualidad y cabal cumplimiento de tareas escolares, por su pupilo, así como de los compromisos adquiridos. 14. Es responsabilidad del apoderado cerciorarse periódicamente de la formación académica y personal de su pupilo y asistir a entrevistas y reuniones citadas por la escuela. 15. Es deber y responsabilidad del apoderado proveer a su pupilo de todos y cada uno de los materiales que se requieren para el normal y provechoso desarrollo de su trabajo académico. 16. Toda situación no contemplada en las presentes Normas y Criterios de Acción del Estudiante, expresado en este Manual de Convivencia Escolar, será resuelta por la Dirección de Escuela de lenguaje El Porvenir. B) De sus derechos: 1. Ser avisado con 48 horas de anticipación de las reuniones de apoderado. 2. Ser informado sobre el Reglamento de Evaluación y Manual de Convivencia Escolar. 3. Ser informado anualmente sobre los avances Pedagógicos del alumno/a. 4. Ser informados oportunamente de cualquier beneficio otorgado por el establecimiento, MINEDUC u otro Organismo. 5. Ser informado de los objetivos mínimos a alcanzar en su nivel. 6. Ser informados de las actividades extraprográmaticas del establecimiento. 7. Elegir democráticamente a sus delegados de curso y directiva del Centro General de Padres. 8. Participar voluntariamente en las actividades planificadas por Centro General de Padres. 9. Solicitar la atención individual de la docente a cargo del nivel. (Dentro del horario establecido para este efecto). 10. Recibir Formulario de Accidente Escolar en el caso de suceder en establecimiento o trayecto. 11. Ante cualquier reclamo que quiera hacer el apoderado deberá seguir el conducto regular, dirigiéndose a la docente. Si no encuentra solución a su inquietud, debe solicitar hora en Unidad Técnico Pedagógica o Dirección, donde se recibirá por escrito el reclamo, dando una respuesta en 48 hrs.

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XIV. DE LA DEFINICIÓN DE DISCIPLINA ESCOLAR

El concepto de disciplina escolar que se aplica en la Escuela de Lenguaje y jardín Infantil “El Porvenir” Chiguayante, está basada en la Disciplina Positiva, un sistema institucional de disciplina escolar basado en valores claros y aplicables que fomentan la responsabilidad y el nivel de conciencia de los alumnos, sostenedor, directivos, docentes, asistentes de la educación y padres de familia de la institución educativa, ayudando a que nuestros docentes tomen decisiones más acertadas de manera sistemática frente a los retos disciplinarios que la conducta de los niños y niñas presentan en la actualidad, disminuyendo el riesgo de contradicciones o incongruencias entre dichas decisiones y los valores e ideario escolar. Es entonces, una herramienta práctica para los docentes y directivos que desean convertir la disciplina escolar en un sistema basado en valores claramente identificables, además de proporcionar recursos que enriquecen el ambiente emocional en el aula y mejorar, de esta manera, el aprendizaje en el entorno escolar, con firmeza y amor. La disciplina será abordada desde dos perspectivas:

1. Por un lado, surge como un objetivo pedagógico en la necesidad de facilitar la adquisición e internalización de hábitos, criterios, habilidades, valores y actitudes en los escolares para una convivencia pro social y constructiva, permitiéndoles alcanzar progresivos niveles de autonomía personal y moral. 2. Por otro, supone facilitar la organización del trabajo de toda la comunidad escolar, imprescindible para que éste se lleve a cabo con eficiencia y justicia. La disciplina aparece entonces como un medio de formación ético-moral.

DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. 2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. 3. Es deber de la Dirección del Establecimiento Educacional, en conjunto con su Equipo directivo el velar porque se genere un clima de convivencia adecuado que favorezca el logro de aprendizajes, creando instancias de escucha y reflexión cuando la situación lo amerite.

COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) La Dirección, esto es Directora, Jefe de UTP. b) Las Fonoaudiólogas; c) Los profesores; d) Los alumnos; e) Los padres y apoderados; y f) Los Asistentes de la Educación. 2. El Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: a) Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano; b) Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del

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maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar; c) Designar a uno o más encargados de convivencia escolar; d) Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar; e) Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar; f) Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y g) Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Existirá uno o más encargados de convivencia escolar, quienes deberán ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de Sana Convivencia Escolar, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.

PROHIBICIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad los protocolos de actuación internos del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones.

DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR 1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

a) Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; b) Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o c) Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. 2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: a) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa; c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.); e) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, características físicas o cualquier otra circunstancia; f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, facebook, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico; g) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar; h) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;

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