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SEMINARIO
“APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN CONTABLE DE LOS
IMPUESTOS DIFERIDOS”
TEMA
“ANTECEDENTES EN MÉXICO Y EN ELEXTRANJERO”
INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TITULO DE
CONTADOR PÚBLICO, PRESENTAN;
Maribel Galicia GaliciaAlejandro Jamaica Flores
Cecilia López Ortega
José Manuel Salinas Martínez
Salvador Vega Rodríguez
Elihu Deodato Villa Garzón
CONDUCTOR DEL SEMINARIO:C.P. José Guillermo Quezada Salazar
México, D.F. Julio de 2009.
Instituto Politécnico Nacional
Escuela Superior de Comercio y Administración
Unidad Tepepan
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AGRADECIMIENTOS
Este trabajo no hubiera sido posible sin el apoyo de:
ESCUELA SUPERIRO DE COMERCIO Y ADMINISTRACION UNIDAD “TEPEPAN”
Por permitirnos ser parte de una generación más de estudiantes de calidad y con sed de triunfo para sacar
adelante nuestro país, por la tarea de formar gente profesional con valores firmes y por permitirnos seguir
cerca de ella por tener siempre las puertas abiertas.
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
Por habernos permitido forma parte del mismo y exigir lo mejor de cada uno de sus miembros para que
puedan brindar como estudiantes lo mejor de ellos y por la calidad que envuelve a cada una de las
escuelas que lo componen.
A MIS PROFESORES
Por compartir con nosotros sus experiencias tanto profesionales como humanas, por reafirmar nuestros
valores éticos de nuestra profesión y por habernos enseñado el camino del éxito, además por enseñarnos
que antes que nada está el conocimiento.
GRACIAS
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ÍNDICE
Abreviaturas…………………………………………………………………………………………… 04
Introducción………………………………………………………………….…..……………………. 06
ANTECEDENTES EN MÉXICO Y EL EXTRANJERO
Capitulo 1 Marco teórico ………..……………..………….………..………...................................... 08
1.1 Origen de los impuestos diferidos ……………….……………...…......…………………...… 20
1.2 Pronunciamiento de las Normas de Información Financiera, acerca
de los impuestos diferidos ………….………………………….....…...................................... 24
1.3 Fundamentos de los impuestos diferidos ……………………………...............................….. 26
1.3.1 El método de pasivo………………………...…………………………………………..….… 28
1.3.2 El método diferido ……………………………………………….…..……..……………....... 29
Capitulo 2 Los impuestos diferidos en el contexto internacional...……………….........................… 32
2.1 Las Normas Internacionales de Información Financiera …………..……...……….……….... 32
2.2 Las Normas de Información Financiera en los Estados Unidos de
América (FAS 109) …………….…………………………….................................................. 47
2.3 Las Normas de Contabilidad en Canadá, No. 3465……………......….................................… 59
2.4 La Norma de Información Financiera en México, NIF D-4…………………………...…..…. 66
Caso práctico…………………..….……………………………………………............................…….. 79
Conclusiones…………………………………………………………………….……………………… 125
Glosario………………….………………………………………………..……..…….……………….... 126
Bibliografía………………………………………………………………..…………………………...... 128
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OECE Organización Europea de Cooperación Económica.
OMC Organización Mundial de Comercio.
PCGA Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
PTU Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
RETANM Resultado por tenencia de activos no monetarios.
SEC Comisión de Seguros y Cambios de los E.U.A (Securities and Exchange
Commission United States).
SFAS Declaración de Normas de Contabilidad Financiera (Statement of Financial Accounting
Standards).
SIC Comité de Interpretación de Normas (Standing Interpretations Committee).
OCDE Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico.
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INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se trataran temas de relevancia para lograr un mejor entendimiento de lo que son los
impuestos diferidos, así como la importancia de los mismos, en el contexto nacional e internacional, y el
porqué es importante apegarnos como país a las normas contables actualmente vigentes.
Como primer paso, hay que recordar lo que se entiende por impuesto y por la acción de diferir:
Impuesto: es la contribución a cargo de personas físicas o morales, que se encuentran obligadas por ley a
pagar en tiempo y forma estipulado por la misma. Ahora bien, diferir es el acto de postergar o aplazar un acto,
por lo tanto el impuesto diferido desde una perspectiva contable, es la cantidad de ajustar al impuesto pagado
en el ejercicio, con la finalidad de que coincidan los ingresos con los costos, gastos e impuestos del mismo
periodo.
La importancia de la determinación de los impuestos diferidos surge debido a que por lo general, el resultado
contable nunca es igual al resultado fiscal. Sin embargo, ambos resultados están sujetos a una misma tasa
impositiva autorizada en cada país y donde dicha diferencia temporal es síntoma de que de alguna forma se
ha pagado impuesto en exceso o se ha dejado de pagar impuesto entre un año fiscal y los subsecuentes hasta
que con el paso del tiempo, dichas diferencias temporales desaparezcan y los resultados acumulados de varios
ejercicios tanto contables como fiscales sean los mismos y en consecuencia, los impuestos pagados en global
sean idénticos.
El tema de los Impuestos Diferidos ha sido muy discutido desde hace muchos años, a lo largo de todo este
tiempo ha habido una innumerable serie de reglas, criterios, normas, etc, que han analizado, reglamentado y
discutido este tema debido a la reglamentación gubernamental y los efectos económicos que afectan
directamente a las empresas así como a los avances en la normatividad internacional ha forzado a la profesión
contable a regular las normas necesarias para registrar los fenómenos económicos que antes sencillamente no
existían o no se tomaban en cuenta como podría ser el efecto de la inflación en la información financiera o el
efecto de convertir información financiera de moneda local a moneda extranjera.
Hoy también debe medirse o cuantificarse el efecto por anticipar o diferir impuestos y este será mayor omenor dependiendo del grado de divorcio que exista entre la normatividad contable y la reglamentación
fiscal.
En el contexto internacional el debate entre los estándares internacionales de información financiera ya no se
concentra en discutir cuales son los mejores, sino en encontrar la forma de establecer un marco que releje la
realidad de los mercados internacionales
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Es por ello que se debe de llegar a una armonización entre las normas de información financiera nacionales
con las internacionales, con el fin de que se aplique el mismo criterio y así, todos los países tengan la
posibilidad de entender de una forma sencilla la información proveniente de cualquier empresa o ente
económico, con excepción de las reglas impositivas que cada país tenga.
En México, a partir de Junio de 2004, el organismo, que se encarga de la emisión de la normatividad contable
es el CINIF “Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de las Normas de Información
Financiera”, el cual sustituyó en esa responsabilidad a la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC), que
pertenecía al Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Es desde entonces que se cambio el termino de
“Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados” (PCGA) por “Normas de Información Financiera”
(NIF), el CINIF se apegará a las normas internacionales, con el fin de homogenizar las normas utilizadas en
nuestro país con el resto del mundo.
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ANTECEDENTES EN MÉXICO Y EN EL EXTRANJERO
CAPITULO 1 MARCO TEÓRICO
La preparación de la información financiera, la reglamentación gubernamental y los efectos económicos que
afectan directamente a las empresas se han hecho más complejas; la necesidad de preparar información
financiera cada vez más confiable y oportuna así como los avances en la normatividad internacional ha
forzado a la profesión contable a regular las normas necesarias para registrar los fenómenos económicos que
antes sencillamente no existían o no se tomaban en cuenta como podría ser el efecto de la inflación en la
información financiera o el efecto de convertir información financiera de moneda local a moneda extranjera.
Los organismos y empresas requieren de normas de contabilidad financiera que respondan a las necesidades
de los emisores y usuarios de dicha información. En este sentido, la emisión de normas es una decisión en la
que se deben conciliar los intereses de estos grupos, a fin de reflejar razonablemente la realidad económica.
La contabilidad tiene como características fundamentales el hecho de generar información útil y confiable
para los usuarios y para este efecto la información financiera debe ser oportuna y su contenido debe ser
relevante por lo que debe mostrar en cifras y en rubros el valor de la entidad, su evolución y sus resultados.
Un elemento de gran relevancia es la veracidad. La información financiera debe fundamentarse en hechos
reales o estimaciones razonables, correctamente cuantificadas utilizando para dichos efecto las Normas de
Información Financiera (NIF). Es así que la contabilidad nacional e internacional se norma a través de
organismos de carácter mundial que avalados por organizaciones del mismo peso del Comité de Normas de
Contabilidad Financiera (FASB) han querido a través de la emisión de estándares de contabilidad darle undireccionamiento hacia la uniformidad pero ante todo hacia la “alta calidad” de la información contable. El
International Accounting Standard Board (IASB), International Federation of Accountants (IFAC) y el
Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) son un claro ejemplo dentro del desarrollo de la
contabilidad internacional, organismos que han sufrido varias transformaciones de carácter ideológico y
estructural que en cierta forma lo han fortalecido para enfrentar las nuevas exigencias de las grandes
economías. Hoy también debe medirse o cuantificarse el efecto por anticipar o diferir impuestos y este será
mayor o menor dependiendo del grado de divorcio que exista entre la normatividad contable y la
reglamentación fiscal, en este sentido surge el Boletín D-4 “Tratamiento Contable del Impuesto Sobre la
Renta, del Impuesto al Activo y de la Participación de los Trabajadores en la Utilidad”, emitido por laComisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), en el
año de 1987, siendo necesario no solo para presentar información financiera confiable si no que también para
determinar bases tributarias en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Participación de los Trabajadores
en las Utilidades de las Empresas (PTU) e inclusive el Impuesto al Activo (IA) diferidos. Dicho Boletín fue
sustituido por la NIF D-4 “Impuestos a la Utilidad” emitida por el Consejo Emisor del Consejo Mexicano
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para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) vigente a partir de Enero
2007.
El Boletín D-4 de las NIF estableció en su momento que el impuesto sobre la renta y el impuesto al activo
constituía normalmente uno de los renglones más importantes en la determinación de la utilidad neta,
situación que coincide con nuestro punto de vista, aunque por ahora el impuesto a la utilidad es el que
fundamenta la NIF, ya que contempla tanto al ISR como al IETU, además de lo expuesto con anterioridad, es
decir la homologación de criterios que se rigen en el comercio internacional donde por ejemplo la PTU no
existe y es un concepto incluso desconocido para algunos países.
De una manera sencilla comencemos por definir que es el impuesto. El impuesto es un tributo o un pago al
Estado, dicho pago es de carácter obligatorio, que consiste en el retiro monetario que realiza el gobierno sobre
los recursos de las personas y empresas.
La cualificación de los Impuestos diferidos debe efectuarse tomando en cuenta la normatividad que emite la
NIF D-4 y así incorporarse en la contabilidad de tal manera que el usuario final encuentre dicha información
útil para los fines que pretenda darle.
La NIF D-4 pretende cuantificar el efecto que por impuestos diferidos las entidades económicas generen por
su operación o por ciertos eventos que pueden determinarlos.
Su objetivo primordial aunque no limitado es el hecho de empatar los ingresos de un ejercicio con sus costosy gastos que se erogaron o causaron para darles origen, sin embargo los impuestos diferidos también pueden
ser ocasionados por eventos como la inflación, en todo caso la determinación de dichos impuestos parte de
diferencias compensables insalvablemente en el tiempo, además de aquellas partidas que afectan al estado de
resultados aunque no sea deducible en el futuro.
Esta NIF busca como objetivos secundarios entonces el reconocimiento de derechos (Activos por Impuestos
diferidos) de obligaciones (Pasivos por Impuestos diferidos) y un reconocimiento del ISR devengado en el
ejercicio corriente, también tiene como objetivo el reglamentar la revisión de los efectos diferidos en
ejercicios posteriores una vez realizadas las diferencias temporales.
Sabemos de antemano, que una de las principales funciones del Estado en las sociedades modernas es la de
procurar el bienestar entre el conjunto de sus ciudadanos. Mediante los impuestos y mediante el gasto, los
gobiernos pueden hacer transferencias entre los grupos de mayores ingresos y los grupos pobres, en aras de
fomentar la igualdad de oportunidades entre los miembros de la sociedad.
El gobierno cuenta con dos tipos de impuestos: los directos y los indirectos:
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Los impuestos directos.
Los impuestos directos se aplican de forma directa a la riqueza de las personas, principalmente a sus ingresos
o signos de riqueza como la propiedad de autos o casas. El impuesto directo más importante es el impuesto
sobre la renta (ISR), debe observarse que este impuesto es una extracción a los ingresos de las empresas y de
los particulares.
Impuestos indirectos
Los impuestos indirectos afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente (aquél que le paga
al fisco). En otros términos, el contribuyente que enajena bienes o presta servicios, traslada la carga del
impuesto a quienes los adquieren o reciben. Dentro de éstos se encuentran el impuesto al valor agregado
(IVA, impuesto al consumo de las personas y empresas) y el impuesto especial sobre producción y servicios
(IEPS, impuesto a gasolinas, alcoholes y tabacos).
Por ejemplo, el IVA grava el valor que se le agrega a la mercancía en su proceso de producción y se genera
cada vez que compramos algún producto (con varias excepciones en nuestro país).
Si bien la principal función de los impuestos es proveer de ingresos al gobierno, pueden tener también otras
finalidades por su impacto en los precios de los productos. Por ejemplo, se pueden aplicar aranceles a las
mercancías importadas para proteger a los productores nacionales, o para disminuir el consumo de algún
producto, como las bebidas alcohólicas o el tabaco.
Una pregunta natural es por qué el gobierno necesita de diversos tipos de impuestos para cubrir sus gastos.
Aunque en la mayoría de los casos los impuestos directos representan la principal fuente de recaudación, el
fisco utiliza una extensa variedad de impuestos directos e indirectos para aumentar su capacidad recaudadora
y para evitar la evasión de las obligaciones fiscales por parte de los particulares. Por ejemplo en México, el
impuesto al activo, aplicado sobre los inmuebles y activos fijos de las empresas, fue diseñado para disminuir
la evasión fiscal de las empresas.
Comité permanente de interpretaciones “Standing Interpretations Committee” SIC.
En 1997 se formó este Comité y se reúne 4 veces al año. Su función consiste en considerar en forma oportunacuestiones que pueden tener un tratamiento contable diverso o no aceptable en ausencia de guías autorizadas,emitiendo Interpretaciones a las NICs.
Las interpretaciones que emite abarcan cuestiones que se derivan de normas existentes y de asuntosemergentes relativos a nuevos tópicos. Tiene 12 miembros de varios países, con derecho a voto.
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Grupo de Trabajo de Estrategias.
Se formó en 1997 para revisar la estrategia del IASC para el futuro, su estructura, procedimientos de
operación, relaciones con los organismos contables de cada país que implantan normas, programas de
educación continua y financiamiento de su operación. En 1999 realizaron un Documento de Discusióndenominado “Recomendaciones para la estructura del IASC en el futuro”, señala que quedará establecido
como una organización independiente similar a una fundación. La organización constará de dos cuerpos
principales, los fideicomisarios y el consejo; así como el comité permanente de interpretaciones y el consejo
asesor de normas. Los fideicomisarios nombrarán a los miembros del consejo, lo supervisarán y harán la
recolección de fondos; mientras que el consejo tendrá la única responsabilidad de emitir normas contables.
Esta nueva organización entra en vigor el 1º de enero de 2001.
El nuevo consejo tendrá 14 miembros, 12 de tiempo completo y dos de tiempo parcial. Los fideicomisarios se
asegurarán de que los miembros del consejo tengan la más alta calificación en cuanto a su experiencia yconocimientos técnicos. Cuando menos 5 miembros deberán tener experiencia en auditoria, cuando menos 3
en la preparación de estados financieros, cuando menos 3 como analistas o usuarios de estados financieros y
cuando menos 1 como académico en la materia. Para la aprobación de las normas se requerirá del voto de
cuando menos 8 de los 14 miembros.
Procedimiento de Emisión de Normas.
Sigue un “proceso obligatorio” (“due process”) para desarrollar sus normas, incluyendo la emisión de
Borradores de Exposición y la revisión de comentarios. De esta forma, tanto los preparadores, los auditores y
los usuarios de los estados financieros tienen oportunidad de participar en el pronunciamiento último que se
emita. Adicionalmente el Comité se asesora de grupos de industriales y de otros profesionales como actuarios
y valuadores. Esta meta asegura que se emitan normas con gran calidad. Sin embargo es un proceso lento y la
emisión de normas toma al menos 3 años para ser completado.
Procedimiento para Emitir un IAS
1. IASC selecciona un tema para considerarlo en su agenda.
2. El tema se asigna a un comité conductor que comprende tres países miembros del IASC.
3. El comité conductor, ayudado por la Secretaría de IASC, considera los problemas y prepara un
anteproyecto de norma para la aprobación del IASC.
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4. ASC estudia los anteproyectos de varias etapas del desarrollo de un proyecto final para comentarios,
haciendo recomendaciones del comité conductor.
5. En cada etapa del estudio de anteproyectos, todos los miembros fundadores del IASC, piden asesoría
de los comités de investigación contables de sus propios institutos.
6. El proyecto para comentarios propuesto se aprueba por IASC por cuando menos dos tercios de los
miembros con derecho a voto y se publica por todos sus organismos miembros. Después de un
periodo de exposición de seis o siete meses, se reciben los comentarios y los organismos miembros
los presentan a IASC.
7. Todos los comentarios son estudiados por el comité conductor responsable del proyecto y ese comité
presenta a IASC un proyecto modificado de la norma.
8. IASC aprueba la publicación de la norma con una mayoría de al menos tres cuartas partes de sus
miembros con derecho a voto.
Normas Emitidas por IASC.
El IASC publica sus normas en una serie de pronunciamientos llamados NICs, estas normas se enumeran
secuencialmente, Cuando una NIC se revisa, mantiene su número original y se le añade la fecha de revisión a
un lado. Las NICs se publican 30 días después de que son aprobadas.
También se publican Borradores de Exposición los cuales también se enumeran secuencialmente (E51, E52,
etc.) e Interpretaciones de NICs (D1, D2, etc.) desarrolladas por el SIC y aprobadas por el Comité del IASC.
IASB surge en el 2001 como una entidad privada, independiente de los países que forman parte de la
Federación Internacional de Contadores (IFAC). Su objetivo es desarrollar un conjunto único de normas
contables de carácter mundial que sean de alta calidad, comprensibles y de obligado cumplimiento que exijan
información comparable transparente y de alta calidad con el fin de ayudar a los participantes en los mercados
de capitales de todo el mundo y a otros usuarios a tomar decisiones económicasEl proyecto para comentarios propuesto se aprueba por IASC en una mayoría de cuando menos dos tercios de
los miembros con derecho a voto y se publica por todos sus organismos miembros. Después de un periodo de
exposición de seis o siete meses, se reciben los comentarios y los organismos miembros los presentan a IASC.
Todos los comentarios son estudiados por el comité conductor responsable del proyecto y ese comité presenta
a IASC un proyecto modificado de la norma.
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IASC aprueba la publicación de la norma con una mayoría de al menos tres cuartas partes de sus miembros
con derecho a voto.
¿Quiénes Aplican NICS en el Mundo?
Hay países que han aceptado la utilización de las NICs como normas supletorias o de referencia o bien como
normas aceptables para la conciliación con sus respectivos principios en el caso de empresas extranjeras,
como se muestra a continuación:
PaísMiembro del
IFAC
Uso de NICs para
Empresas extranjeras
NICs supletorias o
como referencia
1 Alemania X X X
2 Arabia Saudita X
3 Argentina X X
4 Armenia X
5 Australia X
6 Austria X X X
7 Bangladesh X X X
8 Barbados X X X
9 Bélgica X X X
10 Bolivia X
11 Botswana X
12 Brasil X X
13 Canadá X X
14 Colombia X
15 Costa rica X X X
16 Croacia X X X
17 Chile X
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País
Miembro del
IFAC
Uso de NICs para
Empresas extranjeras
NICs supletorias o
como referencia
18 China X X X
19 Chipre X X X
20 E.U. X X X
21 Egipto X X X
22 Emiratos Árabes X
23 Eslovenia X X X
24 España X X
25 Estonia X X
25 Fiji X X
26 Filipinas X X
27 Finlandia X X X
28 Francia X X X
29 Ghana X X
30 Grecia X X X
31 Haití X X X
32 Holanda X X X
33 Hong Kong X X X
34 Hungría X X X
35 India X X
36 Indonesia X X
37 Irlanda X
38 Islandia X X X
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País
Miembro del
IFAC
Uso de NICs para
Empresas extranjeras
NICs supletorias o
como referencia
39 Islas Caimán X X
40 Israel X X
41 Italia X X X
42 Japón X X X
43 Kenia X X X
44 Corea X
45 Laos X
46 Lesoto X X
47 Luxemburgo X X
48 Macedonia X X
49 Malasia X X X
50 Malta X X X
51 México X X X
52 Myanmar X X
53 Namibia X X
54 Nepal X
55 Noruega X X X
56 Nueva Zelanda X X
57 Omán X X
58 Pakistán X X X
59 Panamá X X X
60 Perú X X X
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País
Miembro del
IFAC
Uso de NICs para
Empresas extranjeras
NICs supletorias o
como referencia
61 Polonia X X
62 Portugal X X
63 Reino Unido X X X
64 Rumania X X X
65 Rusia X
66 Singapur X X X
67 Siria X X X
68 Sri Lanka X X
69 Sudáfrica X X
70 Suecia X X X
71 Suiza X X X
72 Tailandia X X X
73 Taiwán X
74 Túnez X X X
75 Turquía X X X
76 Ucrania X X X
77 Uganda X X
78 Uruguay X X X
79 Venezuela X X X
80 Vietnam X
81 Yugoslavia X X X
82 Zambia X X X
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País
Miembro del
IFAC
Uso de NICs para
Empresas extranjeras
NICs supletorias o
como referencia
83 Zimbabwe X X X
En la tabla anterior se muestran aquellos países que cumplen con 3 características: son miembros del IFAC, y
sus empresas domésticas y extranjeras emplean las NICs como normas supletorias o referencia, o constituyen
normas aceptables para empresas extranjeras para su conciliación con principios domésticos.
La utilización de NICs es ampliamente aceptada en los 83 países presentados. El 89% pertenece a IFAC lo
que les asegura su membresía en el IASC. En el 70% de los casos las Bolsas de Valores de los respectivos
países los acepta como principios contables que pueden ser utilizados por empresas extranjeras para su
conciliación con principios domésticos. En el 78% de los casos, las empresas domésticas los aplican en forma
supletoria o como normas de referencia para el establecimiento de sus principios.
NORMATIVIDAD EN MÉXICO “CINIF”
El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera se constituyóen mayo de 2002 como resultado de la alianza de los siguientes organismos:
El Consejo Mexicano para la Investigación
y Desarrollo de Normas
de Información Financiera
El Consejo Mexicano para la Investigación
y D esarrollo de Normas
de Información Financiera
Asociación de Bancos de México
Asociación de Bancos de México
Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas
Asociación Nacional de Facultades y
Escuelas de Contaduría y Administración
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Consejo Coordinador Empresarial
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
El Consejo Mexicano para la Investigación
y Desarrollo de Normas
de Información Financiera
El Consejo Mexicano para la Investigación
y D esarrollo de Normas
de Información Financiera
Asociación de Bancos de México
Asociación de Bancos de México
Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas
Asociación Nacional de Facultades y
Escuelas de Contaduría y Administración
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Consejo Coordinador Empresarial
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
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Las siguientes Instituciones participan como Asociados del CINIF a partir del año 2004
Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros
Consejo Mexicano de Hombres de Negocios
NIF D-4 Impuesto a la utilidad
Contenido
Esta norma tiene por objeto establecer las normas que deben observarse en el reconocimiento de los
impuestos a la utilidad. La NIF D-4 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del
CINIF en julio de 2007 para su publicación en agosto de 2007, estableciendo su entrada en vigor a partir del
1º de enero de 2008.
Principales cambios en relación con el Boletín D-4 anterior.
Los cambios más importantes que presenta esta norma con respecto al Boletín D-4, Tratamiento contable del
impuesto sobre la renta, del impuesto al activo y de la participación de los trabajadores en la utilidad, son los
siguientes:
a. PTU causada y diferida. Debido a que este concepto se considera un gasto ordinario asociado a los beneficios a los empleados, las normas de reconocimiento contable relativas se reubican en la NIF
D-3 “ Beneficios a los empleados”. Esto da lugar al cambio de nombre de la NIF D-4.
b. Impuesto al activo (IMPAC). Se requiere reconocer el IMPAC como un crédito fiscal y,consecuentemente, como un activo por impuesto diferido sólo en aquellos casos en los que exista la
probabilidad de recuperarlo contra el impuesto a la utilidad de periodos futuros; antes se reconocía
dentro de pagos anticipados en la medida en que existiera probabilidad de recuperación y, como
norma de presentación, se requería su compensación con el impuesto diferido.
c. Definiciones. Se incorpora la definición de tasa efectiva de impuesto para poder manejar esteconcepto con mayor facilidad dentro de la norma; se elimina el término de diferencia permanente
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porque se considera inaplicable en el método de activos y pasivos, incluso, desde la norma anterior,
se ha requerido el reconocimiento de impuestos diferidos por el total de las diferencias entre el valor
contable y valor fiscal de los distintos activos y pasivos; asimismo, se precisan algunas otras
definiciones con la intención de que sean de mayor utilidad en la aplicación de la norma; algunos
ejemplos de éstas son: valor fiscal de un activo, valor fiscal de un pasivo y crédito fiscal.
d. Método retrospectivo. En párrafos transitorios se establece en qué casos la aplicación inicial de estanorma debe hacerse con base en el Método retrospectivo prescrito en la NIF B-1 “Cambios contables
y correcciones de errores”.
e. Efecto acumulado de ISR. Al entrar en vigor esta NIF, las entidades que tengan dentro del capitalcontable el rubro “Efecto acumulado de ISR” (derivado del reconocimiento inicial del impuesto
diferido) deben reclasificar el saldo correspondiente al rubro de resultados acumulados, a menos que
se identifique este importe o una parte de él con alguna de las otras partidas integrales que a la fecha
estén pendientes de reciclaje. En este último caso, el monto respectivo debe incorporarse a la otra
partida integral correspondiente.
Con base en la NIF A-5 “Elementos básicos de los estados financieros”, las otras partidas integrales
son ingresos, costos o gastos que, por disposición específica de alguna norma particular, están
reconocidos como componentes separados en el capital contable en espera de reciclarse al estado de
resultados al momento de su realización o acorde con lo que dispongan las NIF particulares. Estas
partidas surgen con motivo de la valuación de algunos activos y pasivos de la entidad y, en ocasiones,son parte de las diferencias temporales que provocan impuestos diferidos. Algunos ejemplos son: el
ajuste por valuación de instrumentos financieros disponibles para la venta o de los utilizados con
fines de cobertura de flujos de efectivo y el resultado por conversión de los estados financieros de
entidades extranjeras. Hasta el 31 de diciembre de 2007 puede existir un Resultado por tenencia de
activos no monetarios (RETANM) no realizado, de acuerdo a lo establecido en la nueva NIF B-10.
f. Desde el reconocimiento inicial y a la fecha de cierre del balance general, debe evaluarse laprobabilidad de recuperación de cada uno de los activos por impuesto diferido reconocidos en la
entidad.
En la medida en que la probabilidad de recuperación de un activo se reduce, debe reconocerse una
estimación para activo por impuesto diferido no recuperable. Cualquier estimación reconocida debe
cancelarse en la medida en que vuelva a ser probable la recuperación del activo.
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1.1 ORIGEN DE LOS IMPUESTOS DIFERIDOS
Antecedentes.
Se dice que la era en que vivimos es la de las comunicaciones, la cual ha dado paso a la globalización, y quela forma de hacer negocios se ha transformado. Como consecuencia, se han eliminado las fronteras nacionales
para promover el libre flujo de bienes, servicios y personas.
El libre comercio ha cambiado la manera de operar de los grupos multinacionales, los cuales, aprovechando la
apertura económica, se han expandido geográficamente en busca de nuevos mercados y ventajas competitivas.
Estos motivos fueron suficientes para instrumentar cambios para fomentar la inversión directa, se inicia una
reducción del Estado en la provisión de bienes y servicios y una reducción unilateral inicial de tarifas y la
eliminación de los permisos de importación mientras que los productores y proveedores privados locales seanmás competitivos internacionalmente, México ingresa al GATT en 1986, que ahora es la Organización
Mundial de Comercio (OMC), con una agenda de comercio muy ambiciosa tanto a nivel regional como
bilateral; a la PEC en 1993 la cual busca fortalecer procesos de trabajo colegiado en las escuelas que permitan
construir una cultura escolar que refleje altas expectativas sobre el potencial de logro de todos los estudiantes
y que promueva el mejoramiento continuo de las prácticas pedagógicas, y se hizo miembro de la OCDE en
1994 para implementar seis tratados de libre comercio con ocho diferentes países en el hemisferio, lo cual
contribuyó para mejorar la dinámica exportadora, la economía y nuestra integración al mundo.
Se estima que la inversión extranjera directa pasó de 2,500 billones de dólares en el año de 1989 a 23,168millones de dólares en 2001. Este crecimiento de inversión ha sido llevado a cabo por grupos multinacionales
que han dispersado su presencia mediante el establecimiento de empresas relacionadas domiciliándolas en
diversos países del mundo.
Asimismo, se ha incrementado la complejidad del impuesto sobre la renta y los impuestos sucesorios, tanto
para las administraciones fiscales como para las empresas multinacionales, ya que la forma de gravar las
utilidades generadas en un país difiere de los otros, teniendo en todo momento el riesgo de generar una doble
imposición.
Las primeras manifestaciones de análisis presentadas en las actividades económicas fueron realizadas por la
Sociedad de Naciones, la cual mostró especial interés en el análisis de las cuestiones financieras
internacionales. Dichos análisis dieron paso a que el 27 de octubre de 1920, el Comité Económico Financiero
y Fiscal, ya como Comité Fiscal y en colaboración con el Comité Financiero analizaran las consecuencias de
la doble imposición fiscal.
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Después de terminada la Segunda Guerra mundial, la economía mundial, especialmente la de Europa
Occidental, presentaba una enorme depresión, por lo que en un intento por restituirla, el entonces Secretario
de Estado de los Estados Unidos de América, el General y Político George Catlett Marshall, propuso un plan
de ayuda económica, el cual preveía en su fase inicial un crédito a otorgar por los Estados Unidos y Canadá
de cerca de siete millones de dólares, que serían distribuidos en el curso de un año a los países que se
acogieran al plan. El denominado Plan Marshall fue aprobado por el Senado norteamericano el 15 de marzo
de 1948 y el 2 de abril del mismo año por la Cámara de Representantes. En contraposición, en junio, durante
la Conferencia Tripartita de Inglaterra, Francia y Rusia, está última, se manifestó contraria al plan y con los
países socialistas de su zona de influencia, rechazó los beneficios del mismo.
Por otra parte, esta iniciativa fue bien acogida por la Organización Europea de Cooperación Económica
(OECE), la cual reforzó y dotó, aún con el rechazo de la Unión de Republicas Soviéticas Socialistas al Plan
Marshall, y el 14 de diciembre de 1960 en París, Francia, se constituyó la OCDE, teniendo como sede de
operaciones a ese país y como objetivo inicial, el de administrar la asistencia estadounidense y canadiense
destinada a la reconstrucción de Europa y la reestructuración económica.
Por esta razón, los sistemas de implantación de normas de contabilidad financiera en los Estados Unidos
(E.U.A.) a través del Comité de Normas de Contabilidad Financiera (FASB), y de organismos internacionales
como el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC), están conscientes de esta necesidad y
han procurado integrar a sus filas a representantes de distintos sectores interesados.
El tema de los impuestos diferidos ha sido muy discutido desde hace muchos, a lo largo de todo ese tiempo hahabido una innumerable serie de reglas, criterios, normas etc., que han analizado, reglamentado y discutido
éste tema:
En 1967 el Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA) publicó el Boletín de Principios
Contabilidad No.11 (APB 11), la cual fue criticada por la inconsistencia de sus enmiendas e interpretaciones,
finalmente resultó obsoleta debido a la implementación de nuevos métodos de depreciación.
En 1987 el Comité de Normas de Contabilidad Financiera (FASB.) emitió su Declaración de Normas para la
Contabilidad Financiera No. 96: Contabilidad para impuesto sobre la renta (SFAS 96) el cual tenía como fin
tratar la creciente complejidad y significación de los impuestos diferidos; reconoce por primera vez el método
del pasivo para la determinación de los impuestos diferidos. Sin embargo debido a la complejidad que
instituía la aplicación de ésta norma y a la manera tan conservadora que trataba las provisiones el SFAS 96
pronto se convirtió en una fuente de controversia entre empresas, firmas de contabilidad internacionales,
grupos comerciantes. En respuesta la FASB difirió tres veces la entrada en vigor de ésta norma (SFAS 100,
103, 108); al mismo tiempo que empezó a desarrollar un nuevo estándar que cumpliera las expectativas.
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En el año de 1992, la FASB publicó SFAS 109, su objetivo era el correcto reconocimiento y presentación en
los estados financieros de los impuestos diferidos pagaderos o reembolsables, reconocimiento del impacto
futuro de los impuestos diferidos en los activos o pasivos. Reconoce el método de activos y pasivos para la
contabilización del impuesto sobre la renta. Adicionalmente, bajo la SFAS No. 109, se reconocía una
provisión para una porción de los activos diferidos que no se realizaran.
En 1994, se da a conocer la Norma Internacional de Contabilidad No. 12 (IAS 12), los métodos aceptados
para la determinación de los impuestos diferidos, además de que menciona que el método utilizado para
contabilizar los efectos de los impuestos debe normalmente aplicarse a todas las diferencias temporales. Sin
embargo el gasto de impuestos del período puede excluir los efectos de impuestos de ciertas diferencias
temporales, cuando hay evidencias razonables de que éstas no se revertirán por un cierto período considerable
de al menos tres años.
Boletín D-4 de 1987, primer antecedente en México.
Debido a la aplicación de criterios distintos para el tratamiento de las partidas dependiendo del enfoque que se
aplique, contable o fiscal, surgen problemas de comparabilidad y de enfrentamiento de ingresos contra gastos,
lo cual conduce a una distorsión de resultados.
Con el fin de evitar dichos problemas, la profesión contable se dio a la tarea de definir un tratamiento
contable. En un inicio se reconocieron tres enfoques para el tratamiento de los impuestos diferidos, los cuales
básicamente consistían en:
Método diferido: cargo o crédito diferido a aplicarse en el futuro, no representan ni obligaciones ni derechos
en efectivo, se tiene un enfoque de tasa impositiva histórica (tasa vigente al momento en que se originó la
diferencia).
Método de activo y pasivo: cuenta por cobrar o por pagar al fisco, en otras palabras representan obligaciones
y derechos en efectivo, todas las diferencias están calculadas sobre la tasa impositiva al momento del cobro
(diferencias se actualizan a la tasa vigente en cada ejercicio).
Método de pasivo parcial: sólo algunas cuentas por pagar con fecha de vencimiento y sobre un enfoque de
tasa histórica.
Todos los enfoques distinguían entre diferencias permanentes y temporales:
Diferencias Permanentes: Corresponden a uno u otro criterio pero nunca a los dos. Por ejemplo: consumos
en restaurantes dentro de los 50 Km., casas de recreo, gastos de aviones particulares, gastos de representación.
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Diferencias Temporales: Corresponderán a ambos criterios pero en distintos momentos, es por las
diferencias temporales que se reconocen impuestos diferidos. Por ejemplo: Compras de inventarios y su saldo
final, provisiones para cuentas de cobro dudoso, tasas de depreciación, deducciones inmediatas, capitalización
de software.
En 1987 se publicó en México el Boletín D-4 Tratamiento Contable del Impuesto sobre la Renta, del
Impuesto al Activo y de la Participación de los Trabajadores en la Utilidad. En dicho boletín se reconocía el
método de pasivo con un enfoque de aplicación parcial, bajo el cual los impuestos diferidos que se registraban
son sólo si provenían de diferencias temporales de naturaleza no recurrente, cuyo efecto pudiera estimarse
razonablemente en un periodo determinado.
Este criterio no coincidía con los pronunciamientos internacionales, IAS 12 y SFAS 109, posteriormente con
el propósito de aclarar situaciones derivadas de su aplicación se publicaron las circulares No. 30
Interpretaciones del D-4, No. 33 Tratamiento del Impuesto al Activo (IMPAC) y No. 35 Impuesto sobre
dividendos.
Finalmente, en mayo de 1999 se modificó el Boletín con el objeto de actualizarlo y de homologar su
reglamentación con pronunciamientos internacionales, en un ambiente de economía globalizada,
considerando el entorno actual de las empresas nacionales.
El nuevo Boletín D-4 entró en vigencia el 1 de enero de 2000, dejando sin efecto al boletín publicado en 1987
y a las circulares 30, 33 y 35.
El D-4 de 2000
Este boletín establecerá reglas de valuación, presentación y revelación del ISR, el IMPAC y la Participación
de los Trabajadores en la Utilidad (PTU) considerados en diferentes periodos de las empresas.
La correcta aplicación del Boletín D-4, permitirá tener un mejor enfrentamiento de costos e ingresos,
determinación adecuada del costo fiscal en cada ejercicio, proveerá información sobre impactos de carácter
fiscal en el futuro, facilitará la estimación de impactos futuros en el flujo de efectivo y promoverá lacomparabilidad de la información.
El D-4 de 2008
En el año 2000 se establece en México la obligación de determinar el impuesto a la utilidad por el método de
activos y pasivos el cual reconocía todas las diferencias temporales que afectan a la utilidad y que era mejor
que el que se estableció en 1997 que consideraba sólo las partidas que afectaban a la utilidad. Este boletín
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sus siglas en inglés. La NIIF que se encarga de regular el tratamiento contable de los Impuestos Diferidos es
la llamada Norma Internacional de Contabilidad No. 12 Impuesto Sobre la Renta, también conocida como
NIIF 12 o NIC 12.
US GAAP
A nivel mundial se les conoce como Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Estados Unidos
(Generally Accepted Accountig Principles) US GAAP por sus siglas en inglés. Éstos abarcan un volumen
masivo de estándares, interpretaciones, opiniones y boletines y son elaborados por el Consejo de Normas de
Contabilidad Financiera (Financial Accounting Standards Board) FASB por sus siglas en inglés. En lo que
respecta al tratamiento de los Impuestos Diferidos en E.U.A. la norma correspondiente es el Financial
Accounting Standards No. 109, Accounting for Income Taxe, mejor conocido como FAS 109.
Los NIF, NIIF y US GAAP siguen el mismo principio contable, es decir, reconocer en el estado de resultados
tanto los impuestos corrientes (en tanto no hayan sido liquidados) así como, los activos y pasivos resultantes a
consecuencia de diferencias temporales a la fecha de los estados financieros. Sin embargo, la aplicación de
este mismo principio no es consistente cuando se comparan las normatividades contables objeto de este
trabajo, lo cual resulta en discrepancias entre las mismas.
No existen diferencias relacionadas con opciones pues ninguna de las normatividades proporciona opciones
de política contable en esta área. Finalmente, el nivel de detalle en US GAAP es mayor en comparación con
las NIIF y los NIF. US GAAP tiene un gran número de interpretaciones sobre el tratamiento de impuestosdiferidos, lo cual resulta en un grupo de reglas que en ocasiones contravienen el principio básico priorizando
una solución pragmática, originando a su vez discrepancias con otros marcos normativos contables. De
manera general, la existencia de diferencias puede atribuirse a alguna de las siguientes dos situaciones.
Diferencia en Principio Contable.
En estos casos, las diferencias surgen debido a que el principio general que establece el tratamiento contable
de una transacción no es consistente al comparar las diversas normatividades contables.
Opciones de Política Contable.
En ciertas circunstancias, la normatividad contable establece opciones las cuales resultan en tratamientos
contables diferentes con respecto a una transacción similar. Las diferencias entre normatividades contables
surgen generalmente debido al número de opciones permitidas. Las normatividades basadas en reglas
permiten una menor cantidad de opciones en comparación con las basadas en principios.
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De lo anterior, podemos deducir que la falta de comparabilidad ha motivado el desarrollo de proyectos a nivel
mundial, de entre ellos quizá el más relevante es el que han iniciado el Financial Accounting Standards Board
(FASB) y el International Accounting Standards Board (IASB) para converger en el tratamiento contable del
Impuesto Sobre la Renta bajo US GAAP y las NIIF, respectivamente. Dicho proyecto a su vez es parte del
gran proyecto de convergencia que estos dos órganos iniciaron en noviembre del 2002 con el objeto de lograr,
en el largo plazo, la convergencia total entre los principios contables estadounidenses y las normas
internacionales de contabilidad.
Desde un punto de vista global, puede decirse que los inversionistas irán ampliando sus horizontes más allá de
sus límites nacionales, al mismo tiempo que hay requerimientos nuevos de capital que deben satisfacerse a
escala internacional. La interacción de estas fuerzas con la ayuda de los adelantos en las comunicaciones,
están trabajando con el fin de conectar los mercados de capital nacional a la economía global. El éxito de los
mercados de capital depende directamente de la calidad de los sistemas contables y de información.
El siguiente cuadro resume la normatividad aplicable a los impuestos diferidos en el ámbito internacional:
1.3 FUNDAMENTOS DE LOS IMPUESTOS DIFERIDOS.
Hablar de Impuestos Diferidos suena tan fácil como decir que, vamos a reconocer en la contabilidad de una
entidad económica, derechos u obligaciones que surgen de las grandes discrepancias entre la legislación fiscal
y la normatividad contable. Por la definición que acabamos de dar, sonaría como algo muy sencillo; sin
embargo, la valuación de los mismos involucra un procedimiento que se va haciendo tan complejo como la
entidad económica en sí misma y que por lo tanto demanda un amplio conocimiento de los mismos por parte
del emisor de la información financiera.
IASB FASB CINIF CICA
International AccountingStandard Borrad
Financial AccountingStandards Board
Consejo Mexicano para
la Investigación yDesarrollo de Normas de
Información Financiera
Chartered Accountantsof Canada
Normas IAS FAS NIF -No. de laNorma
12 109 D-4 3465
MÉXICO CANADA
Organismo
emisor
INTERNACIONAL E.U.A.
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Por lo anterior, es necesario que en este trabajo, dediquemos un espacio suficiente para saber ¿Qué son?,
¿Cómo se calculan? ¿Cuáles son sus características? y todos esos pequeños detalles que además de
permitirnos determinarlos, nos permitan entender el porqué de su existencia en las entidades económicas.
¿Qué debemos entender por Impuestos Diferidos?
Los Impuestos Diferidos se constituyen cuando la entidad económica adelanta o aplaza el pago de cualquier
contribución a la autoridad administradora, producto del divorcio que existe entre la reglamentación fiscal y la
normatividad contable y siempre que la entidad pueda probar razonablemente que en el futuro podrá reversar
dicho diferimiento, ya sea por la generación de utilidades, la amortización de pérdidas o el acreditamiento
(aplicación) de créditos fiscales que sean legalmente compensables.
Características de los Impuestos Diferidos.
Diferimiento: El sentido práctico de adelantar o aplazar el pago de impuestos.
Origen: Se originan de la discrepancia entre la reglamentación fiscal y la normatividad contable.
Cuantificación: Cada ejercicio deben cuantificarse y revisarse a la tasa vigente determinando un
efecto acumulado (Balance) y un efecto del ejercicio (Estado de Resultados).
Integración: Deben tener una integración clara y documentada.
Reversión: Debe probarse su reversión en ejercicios futuros
Cuantificación de los Impuestos Diferidos.
La cuantificación de impuestos diferidos es sin duda un trabajo exclusivo de los especialistas en contabilidad
y requiere un conocimiento de dos disciplinas:
La normatividad contable
La reglamentación fiscal
El objeto de cuantificar los impuestos diferidos consiste en determinar correctamente la utilidad neta de las
empresas, así como sus activos (derechos) y sus pasivos (obligaciones), de tal manera que la información
financiera sirva de base para la correcta y oportuna toma de decisiones.
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La cuantificación de los impuestos diferidos se hace en base al Método de Activos-Pasivos el cual consiste en
valuar cada una de las cuentas del activo y pasivo, a su valor contable y a su valor fiscal comparando ambas
partidas y determinando si existe o no una diferencia temporal entre ambas o si se trata de una diferencia
permanente.
Diferencias Permanentes: Se derivan de discrepancias irreconciliables entre la reglamentación fiscal y la
normatividad contable y permanecen como tales no obstante el paso del tiempo. Estas diferencias se
ocasionan por los conceptos que la Ley del ISR considera erogaciones no deducibles definitivas.
Diferencias Temporales: Las diferencias temporales ocasionan los Impuestos Diferidos. Estas implícitamente
son reconocidas (en distintos ejercicios) tanto por la normatividad contable como por la reglamentación fiscal.
La esencia de la cuantificación de los impuestos diferidos es la reversión, si no se puede probar la reversión
no se deben cuantificar impuestos diferidos.
1.3.1. MÉTODO DE PASIVO
Fue el criterio de la Comisión aplicable al Boletín emitido en 1987, el cual tuvo una aplicación parcial y
consiste en que los impuestos diferidos se registran sólo por las diferencias temporales de naturaleza no
recurrente, cuyo efecto puede estimarse razonablemente en un período determinado.
Diferencias Temporales: las diferencias temporales surgen debido a las discrepancias entre el criterio
contable y el fiscal generando impuestos diferidos. Estas diferencias son implícitamente reconocidas endistintos ejercicios tanto por la normatividad contable como por la reglamentación fiscal.
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Descripción del Método de Pasivo.
1.3.2 MÉTODO DIFERIDO
Son partidas que intervinieron en el cálculo del resultado contable y el resultado fiscal comparando ambos
resultados determinando diferencias que pueden ser de dos clases: diferencias temporales y diferencias
permanentes.
Diferencias permanentes: Se refieren a partidas que intervinieron en el cálculo de la utilidad contable en un periodo y no aparecen en el cálculo de la utilidad fiscal en periodo alguno. O bien la inversa, partidas queintervienen en el cálculo de la utilidad fiscal de un periodo que nunca aparecen en el cálculo de la utilidadcontable de periodo alguno.
Diferencias temporales: Son partidas que intervienen en el cálculo de la utilidad contable de un periodo yforman parte del cálculo de la utilidad fiscal en un periodo distinto.
MÉTODO PASIVO
Es un procedimiento en el que los efectos por diferenciastemporales entre el ISR causado y el devengado se difieren y se
asignan en los periodos futuros en donde se estiman se revertirán.
Diferencias permanentes.Diferencias temporales
No generan impuestos diferidos.Si generan impuestos diferidos.
Deducibles.Acumulables.
Disminuyen la utilidad.Aumentan la utilidad.
La base para determinar el cálculo delos impuestos diferidos es, laConciliación entre la UtilidadContable y la Utilidad Fiscal.
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Se clasifican en:
Diferencias temporales deducibles: Son las partidas que han disminuido la utilidad contable en un periodoque hará menor la utilidad fiscal en un periodo posterior o bien, partidas que han aumentado la utilidad fiscalen un periodo que aumentaran la utilidad contable en uno posterior.
La tasa de depreciación contable en exceso de la tasa fiscal y el costo devengado de pensiones, son ejemplosdel primer tipo.
Los anticipos de clientes, ejemplifican a la segunda clase.
Diferencias temporales gravables: Son partidas que han aumentado la utilidad contable en un periodo yaumentarán la utilidad fiscal en un periodo posterior o bien, partidas que han disminuido la utilidad fiscal enun periodo y disminuirán la utilidad contable en uno posterior.
El ingreso por ventas en abonos que se reconoce contablemente en el momento de la venta y se puede
reconocer para efectos fiscales en periodos posteriores, en el momento de su cobro, es el ejemplo del primertipo.
La tasa fiscal de depreciación en exceso de la tasa contable y las partidas de compras que integran elinventario, son ejemplos de la segunda clase.
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Activos Contables.
Base fiscal
Igual a base contable.
MÉTODO DIFERIDO
El método diferido para el reconocimiento de los impuestos diferidos o método de balance consiste en comparar las activos, pasivos y cuentas de capital de acuerdo a losPCGA, contra los activos, pasivos y cuentas de capital reconstruidos como las basesfiscales.
Diferencias permanentes.Diferencias temporales
No generan impuestos diferidos.Si generan impuestos diferidos.
Deducibles.Acumulables.
Disminuyen la utilidad.Aumentan la utilidad.
Bases fiscales de los activos:
Activos Contables.
Consumo de Activos.
Ingresos del Activos.
Utilidad Contable.
Ingreso Fiscal.
Deducción Fiscal.
Base Fiscal.
Utilidad Fiscal.
Recuperación no gravable.Recuperación activo.
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CAPITULO 2 LOS IMPUESTOS DIFERIDOS EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL
2.1 LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Las Normas Internacionales de Información Financiera son un conjunto de normas contables emitidas por el
IASB, su objetivo es una mayor transparencia y comparabilidad de la información que se utiliza en nuestros
estados financieros.
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) fue antecedido por el Comité de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASC por sus siglas en ingles, que se desempeñó a partir de 1973 y hasta
2001.
El IASC fue fundado en junio de 1973 como resultado de un acuerdo de los diferentes comités de
contabilidad entre los cuales se encontraban los siguientes: Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón,
México, los Países Bajos, el Reino Unido, Irlanda y los Estados Unidos, mismos que constituyeron el IASC
en aquella época. Las actividades profesionales internacionales de los comités de la contabilidad fueron
organizadas bajo la Federación Internacional de los Contadores (IFAC) en 1977. En 1981, IASC e IFAC
convinieron que el IASC tendría autonomía completa en fijar las normas internacionales de la contabilidad y
en emitir documentos de discusión en ediciones internacionales de la contabilidad. Al mismo tiempo, todos
los miembros de IFAC se integraron al IASC. Esta integración fue continuada en mayo de 2000, cuando la
constitución de IASC fue cambiada como parte de su reorganización.
La Fundación IASC, creada en el año 2000 actúa como el órgano del Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad (IASB), y de los demás órganos que sirven de apoyo a las IASB, como el Comité de
Interpretaciones de Normas de Información Financiera (IFRIC) y el Consejo Consultivo de Normas (SAC). El
Objetivo de Fundación IASC incluye el desarrollo de normas contables globales para las pequeñas y medianas
empresas (PYMES) y las economías en desarrollo, además de promover la aplicación rigurosa de las NIFS,
así como de establecer y modificar los procesos de operación de IASB. Dicha fundación está conformada por
19 administradores, de los cuales 6 provienen de Norteamérica, seis de Europa, cuatro de la región Asia-
Pacifico, y tres de otras áreas.
El IASB es un organismo independiente y privado situado en Londres, Reino Unido. Los miembros del
Consejo vienen de nueve países y tienen una variedad de fondos para la realización de sus funciones. El IASB
está comprometido a desarrollar el interés público, en un solo sistema de los altos estándares globales de la
calidad, compresión y ejecución de la contabilidad que requieren la información transparente y comparable en
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estados financieros de fines generales. Además, el IASB coopera con los estándares nacionales de la
contabilidad para alcanzar la unión alrededor del mundo.
Ante la importancia de este organismo en 2001 inicio un proceso de revisión de sus normas con tres claros
objetivos: simplificar, converger y completar.
El IASB consigue sus objetivos fundamentalmente por el desarrollo y publicación de las IFRS.
Normas emitidas por IASC.
El IASC publica sus normas en una serie de pronunciamientos llamados IAS.
Las IAS (International Accounting Standards) o normas Internacionales de Contabilidad (NIC), son normas
de alta calidad cuyo objetivo es mostrar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa, las cuales
fueron creadas gracias al esfuerzo de diversas instituciones a nivel mundial y en la actualidad son emitidas por
el IASB-IFRS.
Estas normas han tenido éxito debido a que no interfieren con las normas de cada país y han facilitado la
estandarización mundial.
Sin embargo, en los E.U todos los grupos que cotizan en Bolsa de Valores incluyendo Bancos y compañías de
seguros a partir del ejercicio de 2005, así como los grupos que no cotizan en Bolsa de Valores incluyendo
estados financieros individuales, están obligados a apegarse a las IAS, debido a que la falta de uniformidadimpide a los inversionistas, analistas y otros usuarios comparar fácilmente la información financiera de
empresas que operan en diferentes países, aunque sea dentro del mismo sector.
Norma internacional de contabilidad No. 12 (NIC-12)
Esta Norma (NIC 12 revisada) sustituye a la NIC 12, Contabilización del Impuesto sobre las Ganancias (la
NIC 12 original). La NIC 12 (revisada) tendrá vigencia para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de
enero de 1998.
Objetivo
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto sobre las ganancias. El principal
problema que se presenta al contabilizar el impuesto sobre las ganancias es como tratar las consecuencias
actuales y futuras de:
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La recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han
reconocido en el balance de la empresa; y
Las transacciones y otros sucesos del ejercicio corriente que han sido objeto de reconocimiento en
los estados financieros.
Esta norma también trata el reconocimiento de activos por impuestos diferidos que aparecen ligados a
pérdidas y créditos fiscales no utilizados, así como la presentación del impuesto sobre las ganancias en los
estados financieros, incluyendo la información a revelar sobre los mismos.
Alcance
Esta norma debe ser aplicada en la contabilización del impuesto sobre las ganancias.
Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto sobre las ganancias incluye todos los
impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposición.
El impuesto sobre las ganancias incluye también otros tributos, como las retenciones sobre
dividendos que se pagan por parte de una empresa dependiente, asociada o negocio conjunto, cuando
proceden a distribuir ganancias a la empresa que presenta los estados financieros.
Esta norma no aborda los métodos de contabilización de las subvenciones oficiales (NIC20), ni de
los créditos fiscales por inversiones. Sin embargo, la Norma se ocupa de la contabilización de las
diferencias temporarias que puedan derivarse de tales subvenciones o deducciones fiscales.
Para entender mejor la NIC 12 se hace necesario mencionar los siguientes conceptos:
Resultado Contable: es la ganancia neta o la pérdida neta del ejercicio antes de deducir el gasto por el
impuesto sobre las ganancias.
Ganancia (perdida) Fiscal: es la ganancia (perdida) de un ejercicio, calculada de acuerdo con las reglas
establecidas por la autoridad fiscal, sobre la que se calculan impuestos a pagar (recuperar).
Gasto (ingreso) por el impuesto sobre las ganancias: es el importe total que, por este concepto, se incluye
al determinar la ganancia o pérdida neta del ejercicio, conteniendo tanto el impuesto corriente como el
diferido.
Impuesto corriente: es la cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto sobre las ganancias relativa a la
ganancia (perdida) fiscal del ejercicio.
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Pasivos por impuestos diferidos: son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en ejercicios
futuros, relacionadas con las diferencias temporarias imponibles.
Activos por impuestos diferidos: son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en
ejercicios futuros, relacionados con:
Las diferencias temporarias deducibles.
La compensación de pérdidas obtenidas en ejercicios anteriores, que todavía no hayan sido objeto de
deducción fiscal y;
La compensación de créditos no utilizados procedentes de ejercicios anteriores.
Las diferencias temporarias son las divergencias que existen entre el importe en libros de un activo o un
pasivo y el valor que constituye la base fiscal de los mismos. Las diferencias temporarias pueden ser:
Diferencias Temporarias Imponibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a
cantidades imponibles al determinar la ganancia (perdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros,
cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado; o bien
Diferencias Temporarias Deducibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a
cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (perdida) fiscal correspondiente a ejercicios
futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.
La base fiscal de un activo o pasivo es el importe atribuido, para fines fiscales, a dicho activo o pasivo.
El gasto (ingreso) por el impuesto sobre las ganancias comprende tanto la parte relativa al gasto (ingreso) por
el impuesto corriente como la correspondiente al gasto (ingreso) por el impuesto diferido.
Base fiscal
La base fiscal de un activo es el importe que será deducible, a efectos fiscales, de los beneficios económicosque obtenga la empresa en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios
económicos no tributan, la base fiscal será igual a su importe en libros.
Ejemplo: Los dividendos a cobrar de una dependiente tienen un importe en libros de 100, tales dividendos
tributan. En esencia, la totalidad del importe en libros del activo es deducible de los beneficios económicos,
en consecuencia, la base fiscal de los dividendos a cobrar es de 100.
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La base fiscal de un pasivo es igual a su importe en libros menos cualquier importe que, eventualmente sea
deducible fiscalmente respecto de tal partida en ejercicios futuros. En el caso de ingresos ordinarios que se
reciben de forma anticipada, la base fiscal de un pasivo correspondiente es su importe en libros, menos
cualquier eventual ingreso ordinario que no resulte imponible en ejercicios futuros.
Ejemplo:
Entre los pasivos a corto plazo se encuentran deudas provenientes de gastos devengados, con un importe en
libros de 100, el gasto correspondiente será deducible fiscalmente cuando se pague, la base fiscal de las
deudas por esos gastos devengados es cero.
Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos corrientes
Los activos y pasivos por impuestos corrientes deben reconocer sus efectos de los impuestos del ejercicio en
curso y de ejercicios anteriores, calculados según los tipos aplicables al periodo.
El importe a cobrar que corresponda a una perdida fiscal, si esta puede ser retrotraída para recuperar las
cuotas corrientes satisfechas en ejercicios anteriores, debe ser reconocido como un activo.
Cuando una perdida fiscal se utilice para recuperar el impuesto corriente pagado en ejercicios anteriores, la
empresa reconocerá tal derecho como un activo en el mismo ejercicio en el que se produce la citada perdida
fiscal, puesto que es probable que la empresa obtenga el beneficio económico derivado de tal derecho, yademás este beneficio puede ser valorado de forma fiable.
Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos diferidos
Diferencias temporarias imponibles
Una diferencia temporaria es una diferencia entre el valor contable de un activo o pasivo y su base
imponible.
Deben reconocerse pasivos por impuestos diferidos por las futuras consecuencias fiscales de todas las
diferencias temporarias sujetas a tributación con tres excepciones:
Pasivos por impuestos diferidos derivados del reconocimiento inicial del menor valor;
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Pasivos por impuestos diferidos derivados del reconocimiento inicial de un activo o pasivo no
surgido de una combinación de negocios que, en el momento de la operación , no afecte al resultado
contable ni a la base imponible; y
Pasivos derivados de ganancias no distribuidas procedentes de inversiones cuando la empresa sea
capaz de controlar la fecha de la reversión de la diferencia y se probable que la reversión no se
produzca en el futuro previsible.
Diferencias temporarias deducibles
Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos por las diferencias temporarias deducibles, las perdidas
fiscales no utilizadas y los créditos fiscales no utilizados en la medida en que se a probable en que se disponga
de ganancias fiscales con cargo a las cuales puedan utilizarse las diferencias temporarias deducibles salvo si el
activo por impuestos diferidos surge del reconocimiento inicial de un activo o pasivo, no derivado de una
combinación de negocios que, en el momento de la operación, no afecte al resultado contable ni a su base
imponible.
No obstante, la entidad debe reconocer un activo por impuestos diferidos para todas las diferencias
temporarias procedentes de inversiones en subsidiarias, sucursales y asociadas, o de participaciones en
negocios conjuntos , solo en la medida que las diferencias temporarias vayan a revertir en un futuro previsible
y se espere disponer de ganancias fiscales contra las cuales cargar las citadas diferencias temporarias.
El activo por impuestos diferidos surge del reconocimiento inicial de un activo o pasivo, no derivado de unacombinación de negocios que, en el momento de la operación, no afecte al resultado contable ni a su base
imponible.
Los (activos) pasivos por impuestos diferidos deben calcularse a los tipos impositivos que se espera que se
apliquen cuando el pasivo sea liquidado o el activo realizado, sobre la base de tipos impositivos/leyes fiscales
que hayan sido aprobados o prácticamente aprobados antes de la fecha del balance.
El descuento de los activos y pasivos por impuestos diferidos está prohibido.
Los impuestos anticipados y diferidos deben presentarse como partidas no corrientes en el balance.
La NIC 12 especifica la información que debe revelarse en relación con los impuestos sobre las ganancias.
Se han emitido dos Interpretaciones SIC que tienen relación con la NIC 12.
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En consonancia con lo anterior, el importe en libros de un activo no depreciable, tal como los terrenos con una
vida ilimitada, se recuperara solo a través de su venta. Esto es, como el activo no se deprecia, no cabe esperar
que alguna parte de su importe en libros sea recuperada (esto es consumida) a través del uso. Los impuestos
diferidos asociados a activos no depreciables reflejaran las consecuencias fiscales de vender el activo.
La forma esperada de recuperación no puede justificarse a partir de la base de medición del importe en libros
del activo. Por ejemplo, si el importe en libros de un activo no depreciable se mide por su valor en uso, la base
de medición no implica que se espere recuperar el importe en libros del activo a través del valor residual
obtenido en su desapropiación final.
SIC 25 Impuesto sobre las ganancias-cambios en la situación fiscal de la empresa o de sus accionistas
Problema: Un cambio en la situación fiscal de la empresa o de sus accionistas puede tener consecuencias
para la empresa que supongan un aumento o disminución de sus activos o pasivos por impuestos diferidos.
Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando los instrumentos de capital de la empresa cotizan públicamente o al
reestructurar su patrimonio neto.
También puede ocurrir si un accionista mayoritario se traslada a un país extranjero. Como resultado de lo
anterior, la empresa puede soportar una imposición diferente lo que supone, que pueda ganar o perder
incentivos fiscales o estar sujeta a tipos fiscales diferentes en el futuro.
Un cambio en la situación fiscal de la empresa o de sus accionistas puede tener un efecto inmediato en los
pasivos o activos corrientes por impuestos. El cambio también puede incrementar o disminuir los activos o pasivos por impuestos diferidos reconocidos por la empresa, dependiendo del efecto que el cambio fiscal
tenga en las consecuencias fiscales que surjan de la recuperación o cancelación del importe en libros de los
activos y pasivos de la empresa, el problema consiste en cómo debe contabilizar la empresa las consecuencias
fiscales de un cambio en una situación fiscal o en la de sus accionistas.
Acuerdo:
Un cambio en la situación fiscal de la empresa o de sus accionistas no da lugar a incrementos o disminuciones
en los importes contabilizados directamente en el patrimonio neto. Las consecuencias fiscales corrientes ydiferidas de un cambio en la situación fiscal deben ser incluidas en la ganancia o pérdida neta del ejercicio a
menos que esas consecuencias relacionadas con transacciones y hechos den resultado, en el mismo o distinto
ejercicio, a un cargo o abono en el importe del patrimonio neto reconocido. Aquellas consecuencias fiscales
que estén asociadas a cambios en el importe del patrimonio reconocido, ya sea en el mismo o en diferente
ejercicio (no incluida en la ganancia o pérdida neta), deben ser cargadas o abonadas directamente al
patrimonio.
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IFRS
En un mundo sin fronteras para los negocios, no pueden existir barreras en la comparabilidad y transparencia
de la información financiera. Por eso, la mayoría de los países han adoptado o están en proceso de adopción
de un conjunto único de estándares contables globales y obligatorios: IFRS (International Financial Reporting
Standard) o NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera).
La introducción de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) al mercado nacional -a
partir del 1 de enero de 2009 no es sólo la mayor revolución que se ha conocido en el mundo de la
contabilidad, sino un desafío que afecta a todas las áreas y procesos de las empresas.
La convergencia a IFRS requiere de cambios en el área y contable en la mayoría de los sistemas y procesos;
así como también en el área de recursos humanos.
No es solo un problema contable.
No es voluntario ni transitorio.
Es un proyecto integrado.
Es urgente.
Las International Financial Reporting Standards (IFRS), antes llamadas International Accounting Standar
(IAS), implica un cambio en las Normas de Información Financiera, que se desarrolla en tres niveles:
Cambiar los números
Esta actividad comprende las importantes tareas de reunir, cotejar y comprender plenamente los números
generados aplicando las IFRS, la información a desglosar, los datos por segmentos y las pruebas sobre
pérdida del valor de los activos. Esto permitirá a la empresa formular estados financieros apegados a las
IFRS que puedan compararse con, y eventualmente sustituyan a, las actuales cuentas anuales que presentanlas empresas en cada país. Pero es igualmente importante para la empresa saber como la información
elaborada, apegada a las IFRS, afectara la percepción de sus resultados.
Cambiar la empresa
Al mismo tiempo, será preciso prever y planificar los cambios a efectuar en las políticas contables y
procedimientos de “reporting” de la empresa, en sus sistemas de información financiera y de administración,
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y en las habilidades y conocimientos del personal a todos los niveles de la organización. Tal vez se presenten
oportunidades para reestructurar o reducir costos, para aumentar la integración o la eficiencia, o para
solucionar carencias anteriores. Asimismo será preciso administrar activamente las percepciones de los
accionistas y del mercado.
Administrar el cambio
Será necesario prepararse para administrar estos cambios a través del tiempo, asegurándose de que sean
ejecutados de manera eficiente y de que, durante cada etapa de transición, la empresa siga funcionando sin
problemas.
Se puede entender que cuanto mayor sea la información que se presenta en los estados financieros, mas
podrán discernir en ella los analistas-podrán conocer el valor razonable de la empresa; ya que presentando
estados consolidados apegados a las NIIF, la empresa proyecta una imagen positiva y hacen más comparable
la información financiera, resultando más útil a los inversionistas para tomar una decisión.
SAC
El Consejo Asesor de Normas (The Standards Advisory Council - SAC) es el órgano asesor oficial de IASB.
Proporciona un foro a IASB para consultar una amplia gama de representantes de los usuarios y preparadores
de estados financieros, analistas financieros, auditores, reguladores y profesionales de contabilidad que se ven
afectados e interesados por el trabajo de IASB. El Consejo se reúne tres veces al año para asesorar a IASB en
asuntos tales como:
Las prioridades de su trabajo.
Informar al IASB sobre las implicaciones que pueden tener las normas propuestas para quienes
formulan los estados financieros y sus usuarios.
Cualquier otro asesoramiento al IASB o a los administradores del IASC.
Este Consejo deberá ser consultado por IASB en los principales proyectos y sus reuniones están
abiertas al público.
Proceso de elaboración de una NIC
El proceso de elaboración de una Norma Internacional de Contabilidad es como sigue:
Primer paso: el Consejo establece un Comité Especial, presidido por un Representante en el
Consejo, que usualmente incluye otros representantes de las organizaciones profesionales contables
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de, al menos, otros tres países. Estos Comités Especiales pueden también incluir a representantes de
otras organizaciones, de las representadas en el Consejo o en el Grupo Consultivo, o bien que sean
expertos en el tema a tratar.
Segundo paso: el Comité Especial identifica y revisa todos los problemas contables asociados al
tema elegido, y considera la aplicación del Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de
Estados Financieros, elaborado por el IASC, a la resolución de tales problemas. El Comité Especial
estudia asimismo, las normativas y prácticas contables, ya sean nacionales o regionales existentes en
ese momento, considerando los diferentes tratamientos contables que pueden ser apropiados, según
las circunstancias. Una vez que ha considerado los problemas implicados en el tema, el Comité
Especial puede enviar un Resumen del Punto al Consejo del IASC.
Tercer paso: tras haber recibido los comentarios del Consejo sobre el Resumen del Punto, si los
hubiere, el Comité Especial normalmente prepara y publica un Borrador de Declaración de Principios
u otro documento de discusión. El propósito de tal Borrador es el establecimiento de los principios
contables que formarán las bases de la preparación del Proyecto de Norma, también se describen en
el mismo las soluciones alternativas consideradas, así como las razones por las que se recomienda su
aceptación o rechazo.
Se invita a las partes interesadas a realizar comentarios, a lo largo del periodo de exposición pública,
que suele ser de alrededor de tres meses. En los casos de revisión de una Norma Internacional de
Contabilidad existente, el Consejo puede dar instrucciones al Comité Especial para que prepare
directamente un Proyecto de Norma, sin publicar previamente un Borrador de Declaración dePrincipios.
Cuarto paso: el Comité Especial revisan los comentarios recibidos sobre el Borrador de Declaración
de Principios y por lo general acuerda una versión final de la Declaración de Principios, que se remite
al Consejo para su aprobación y uso como base para la preparación de un Proyecto de Norma
Internacional de Contabilidad. Esta versión final de la Declaración de Principios está disponible para
el público que la solicite, pero no es objeto de una publicación formal.
Quinto paso: el Comité Especial prepara un borrador de Proyecto de Norma, para su aprobación por parte del Consejo. Tras su revisión, y contando con la aprobación de al menos las dos terceras partes
del Consejo, el Proyecto de Norma es objeto de publicación. Se invita a realizar comentarios a todas
las partes interesadas, durante el periodo de exposición pública, que dura como mínimo un mes, y
normalmente se extiende entre uno y tres meses.
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Sexto paso: por último, el Comité Especial revisa los comentarios y prepara un borrador de Norma
Internacional de Contabilidad para que sea revisado por el Consejo. Tras la revisión pertinente, y
contando con la aprobación de al menos las tres cuartas partes del Consejo, se procede a publicar la
Norma definitiva.
A lo largo de todo este proceso, el Consejo puede decidir que las dificultades de la materia que se está
considerando hacen necesaria una consulta adicional, o que pueden resolverse mejor emitiendo, para recibir
comentarios, un Documento de Discusión o un Documento de Problemas. Puede ser también necesario emitir
más de un Proyecto de Norma, antes de aprobar una Norma Internacional de Contabilidad. De forma
excepcional, el Consejo puede, en el caso de problemas relativamente menores, no establecer ni operar
mediante el nombramiento de un Comité Especial, pero siempre publica un Proyecto de Norma antes de
aprobar una Norma definitiva.
Normas de Información Financiera en México
La comisión de principios de contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C. (IMCP)
fue la encargada de emitir la normatividad contable en nuestro país, en boletines y circulares de Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados. A partir del 1° de Junio de 2004, el Consejo Mexicano para la
investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) asumió la función y
responsabilidad de la emisión de la normatividad contable en México.
El CINIF sustituyo el término de “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados” (PCGA) y es el
encargado de desarrollar procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y denegocios, y otros sectores interesados, originando la emisión de las “Normas de Información Financiera
(NIF)” o, “Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF)” y “Orientaciones a las Normas de
Información Financiera (ONIF)” a partir del 31 de mayo de 2004.
Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF).
Misión
El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF),se creó con la finalidad de investigar, desarrollar y difundir principios y normas que regulen la información
financiera para facilitar la comunicación entre los distintos actores del medio financiero. La información
financiera, vital para el desarrollo de los países y empresas, demanda su propio lenguaje, un idioma que
trascienda fronteras y facilite la comprensión mutua para el logro de objetivos comunes.
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Visión
La visión está basada en lograr información financiera transparente, objetiva y confiable sobre el desempeño
de las entidades económicas, que sirva a los objetivos de los emisores y usuarios de la información, dirigidas
especialmente a directores, comités de auditoría y auditores.
Objetivos del CINIF
Es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en 2002 por entidades líderes de los