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ANTECEDENTE DE LA LEY DE PESCA. ARGENTINA.- En nuestro país alrededor del año 1821 se reglamenta la actividad pesquera en Puerto de Patagones, sucediéndose disposiciones y leyes como por ej. Ley 9475/14 para reglamentar tal actividad, en la ciudad de Mar del Plata alrededor de la década del 20 se inicia la pesca comercial, encontrándose en ella un desarrollo importante en los años 50 y 60 donde su expansión comercial pesquera fue continua, los avances legislativo, tuvieron un gran importancia normativa en cuanto a la evolución de la pesca, como la Ley 17500/67 modificada por la ley 19001/71 y así sucesivamente hasta la actualidad. Se incorpora buques congeladores y de factoría en los puertos patagónicos, con ello se produjo un aumento en la actividad pesquera y las capturas del calamar como objetivo, en la década de los 80 aumenta la existencia de buque poteros extranjeros para la pesca del calamar en la Z.E.E. Siendo incorporado el primer buque potero de bandera nacional en el año 1988. El 6/1/98 se promulgo la Ley 24922 “Régimen Federal de Pesca” y que fue reglamentado por el Dto. 748/99, es el marco legal de excelencia que regula la actividad pesquera nacional, durante la vigencia de la misma fue modificada en varias oportunidades y hoy es de actual cumplimiento normativo. CONSIDERACIONES GENERALES. La Ley Federal de Pesca, es una norma que valora la actividad económica del hombre y el medio ambiente en el que se realiza, el acento Federal proviene de la extensión jurisdiccional de las Provincias con el litoral marítimo sobre el mar territorial adyacente a sus costas, en consonancia con la jurisdicción nacional más allá de las 12 millas marinas (zonas contiguas). También marca dentro de ese carácter Federal, al Consejo Federal Pesquero, organismo rector de la política pesquera nacional y principal regulador de la actividad, en especial por su composición colegiada de cinco representantes provinciales y cinco provenientes del Estado Nacional.

Antecedente de La Ley de Pesca

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Page 1: Antecedente de La Ley de Pesca

ANTECEDENTE DE LA LEY DE PESCA. ARGENTINA.-En nuestro país alrededor del año 1821 se reglamenta la actividad pesquera en

Puerto de Patagones, sucediéndose disposiciones y leyes como por ej. Ley 9475/14 para reglamentar tal actividad, en la ciudad de Mar del Plata alrededor de la década del 20 se inicia la pesca comercial, encontrándose en ella un desarrollo importante en los años 50 y 60 donde su expansión comercial pesquera fue continua, los avances legislativo, tuvieron un gran importancia normativa en cuanto a la evolución de la pesca, como la Ley 17500/67 modificada por la ley 19001/71 y así sucesivamente hasta la actualidad.

Se incorpora buques congeladores y de factoría en los puertos patagónicos, con ello se produjo un aumento en la actividad pesquera y las capturas del calamar como objetivo, en la década de los 80 aumenta la existencia de buque poteros extranjeros para la pesca del calamar en la Z.E.E. Siendo incorporado el primer buque potero de bandera nacional en el año 1988.

El 6/1/98 se promulgo la Ley 24922 “Régimen Federal de Pesca” y que fue reglamentado por el Dto. 748/99, es el marco legal de excelencia que regula la actividad pesquera nacional, durante la vigencia de la misma fue modificada en varias oportunidades y hoy es de actual cumplimiento normativo.

CONSIDERACIONES GENERALES.La Ley Federal de Pesca, es una norma que valora la actividad económica del

hombre y el medio ambiente en el que se realiza, el acento Federal proviene de la extensión jurisdiccional de las Provincias con el litoral marítimo sobre el mar territorial adyacente a sus costas, en consonancia con la jurisdicción nacional más allá de las 12 millas marinas (zonas contiguas).

También marca dentro de ese carácter Federal, al Consejo Federal Pesquero, organismo rector de la política pesquera nacional y principal regulador de la actividad, en especial por su composición colegiada de cinco representantes provinciales y cinco provenientes del Estado Nacional.

La normativa hace diversos aspectos relevantes para la pesca como son: la investigación, la conservación, y la administración de recursos vivos del mar (cuota transferible de captura); desde la promulgación de la ley, esta sufrió constante cambios donde las más profundas se realizó en cuanto a las infracciones.

En cuanto a la actividad pesquera, esta se encuentra en constante avances y evolución tecnológica como empresa de comercialización, de producción, agregando al producto valor agregado.

El desarrollo ambiental sostenible según Ley 25675, obliga a introducir los institutos de derecho ambiental en los ámbitos sectoriales, en busca del sostenimiento, para que no sean alteradas las generaciones futuras sin comprometerlo o llevarlo a su extinción.

ESPACIOS MARITIMOS DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD.Según “CONVEMAR” (Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del

Mar), se establece distintos espacios marítimos: Aguas Interiores, Mar Territorial, Zona Económica Exclusiva, y Alta Mar.

En la superficie del Mar, la Argentina ha fijado en su Z.E.E., que dentro de las 200 millas marinas se aplican normas del Derecho Internacional y la Ley nacional.

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