Anexo III Baremo

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/21/2019 Anexo III Baremo

    1/6

    ANEXO III

    BAREMO DE MRITOS PARA LA ELABORACIN DE LISTAS DE ASPIRANTES A OCUPAR PUESTOSDOCENTES EN RGIMEN DE INTERINIDAD

    Solamente se tomarn en consideracin aquellos mritos debidamente justificados a travs de la documentacin que sedetermina en el presente anexo, siendo baremados nicamente los perfeccionados hasta la fecha de finalizacin del plazo depresentacin de solicitudes. La fecha de cierre de la hoja de servicios ser el ltimo da del plazo de presentacin desolicitudes.

    Para la justificacin de los mritos se admitirn documentos originales o copias debidamente compulsadas.

    Toda la documentacin acreditativa de los mritos deber presentarse en castellano. De conformidad con el artculo 36.2 dela Ley de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, debern traducirse alcastellano los documentos que redactados en lengua oficial de una Comunidad Autnoma, deban surtir efectos fuera delterritorio de esa Comunidad.

    Asimismo, la documentacin redactada en lengua extanjera deber presentarse acompaada de su traduccin oficial alcastellano.

    A).- EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA (Hasta un mximo de 22 puntos)

    A-1.- EXPERIENCIA EN CENTROS DOCENTES DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEN

    MRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

    a) Por cada mes o fraccin superior a 15 das deexperiencia docente como funcionario interino enCentros Pblicos de la Comunidad de Castilla yLen, en el mismo Cuerpo y especialidad a laque opta el aspirante.

    0,167

    Hoja de servicios o certificacin de la DireccinProvincial de Educacin u rgano competentede la Administracin educativa en la que constela fecha de toma de posesin, cese, cuerpo yespecialidad; en su defecto, los documentos delas tomas de posesin y cese o certificado de

    continuidad en su caso, en los que conste fechade toma de posesin, cese, cuerpo yespecialidad.

    b) Por cada mes o fraccin superior a 15 das de

    experiencia docente como funcionario interino enCentros Pblicos de la Comunidad de Castilla yLen, en distinto Cuerpo o especialidad a la queopta el aspirante.

    0,125

    c) Por cada mes o fraccin superior a 15 das deexperiencia docente en Centros privados,concertados o de la Administracin municipal oprovincial de la Comunidad de Castilla y Len uotra experiencia docente reglada adquirida en laComunidad, no contemplada en los apartadosanteriores, en el mismo Cuerpo y especialidad a

    la que opta el aspirante.

    0,056

    Certificacin del Director del centro, con el vistobueno del rea de la Inspeccin Educativa, enla que conste el cuerpo, la especialidad yduracin real de los servicios, con las fechasexactas de comienzo y terminacin de losmismos o que contina prestando servicios.

    nicamente en los centros dependientes deEntidades Locales, ser necesario presentar loscontratos de trabajo en los que conste fecha deinicio y fin de la relacin jurdica, as comocertificacin de los servicios prestados emitidapor el rgano competente de dicha entidad enla que conste la especialidad desempeadacorrespondiente a las enseanzas regladasautorizadas, junto con un informe de vidalaboral expedido por la Tesorera de laSeguridad Social.

    d) Por cada mes o fraccin superior a 15 das deexperiencia docente en Centros privados,concertados o de la Administracin municipal oprovincial de la Comunidad de Castilla y Len uotra experiencia docente reglada adquirida en laComunidad, no contemplada en los apartadosanteriores, en distinto Cuerpo o especialidad a laque opta el aspirante.

    0,042

  • 7/21/2019 Anexo III Baremo

    2/6

    A-2.- EXPERIENCIA EN CENTROS DOCENTES EXCEPTUADOS LOS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEN

    MRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

    a) Por cada mes o fraccin superior a 15 das deexperiencia docente como funcionario interino enCentros Pblicos exceptuados los de laComunidad de Castilla y Len, en el mismoCuerpo y especialidad a la que opta el aspirante.

    0,117Hoja de servicios o certificacin de la DireccinProvincial de Educacin u rgano competentede la Administracin educativa en la que constela fecha de toma de posesin, cese, cuerpo yespecialidad; en su defecto, los documentos delas tomas de posesin y cese o certificado decontinuidad en su caso, en los que conste fechade toma de posesin, cese, cuerpo yespecialidad.

    b) Por cada mes o fraccin superior a 15 das deexperiencia docente como funcionario interino enCentros Pblicos exceptuados los de laComunidad de Castilla y Len, en distinto Cuerpoo especialidad a la que opta el aspirante.

    0,088

    c) Por cada mes o fraccin superior a 15 das de

    experiencia docente en Centros privados,concertados o de la Administracin municipal oprovincial exceptuados los de la Comunidad deCastilla y Len u otra experiencia docentereglada adquirida fuera de la Comunidad, nocontemplada en los apartados anteriores, en elmismo Cuerpo y especialidad a la que opta elaspirante.

    0,039

    Certificacin del Director del centro, con el visto

    bueno del rea de la Inspeccin Educativa, enla que conste el cuerpo, la especialidad yduracin real de los servicios, con las fechasexactas de comienzo y terminacin de losmismos o que contina prestando servicios

    nicamente en los centros dependientes deEntidades Locales, ser necesario presentar loscontratos de trabajo en los que conste fecha deinicio y fin de la relacin jurdica, as comocertificacin de los servicios prestados emitidapor el rgano competente de dicha entidad en

    la que conste la especialidad desempeadacorrespondiente a las enseanzas regladasautorizadas, junto con un informe de vidalaboral expedido por la Tesorera de laSeguridad Social.

    d) Por cada mes o fraccin superior a 15 das deexperiencia docente en Centros privados,concertados o de la Administracin municipal oprovincial exceptuados los de la Comunidad deCastilla y Len u otra experiencia docentereglada adquirida fuera de la Comunidad, nocontemplada en los apartados anteriores, endistinto Cuerpo o especialidad a la que opta elaspirante.

    0,029

    A los efectos de este apartado se tendr en cuenta los siguientes aspectos:

    En el caso de que en un mismo curso escolar se hayan prestado servicios simultneamente en centros pblicos y/o privadoso concertados, solo se tendr en cuenta uno de ellos.

    No podrn acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultneamente en ms de un centrodocente o se hayan desempeado en un mismo centro distintas especialidades al mismo tiempo. Asimismo, un mismo mritono podr valorarse simultneamente por ms de un apartado o subapartado.

    Cuando no se acredite la especialidad, los servicios se entendern prestados en distinta especialidad a la que se opta.

    En el caso de centros que no estn actualmente en funcionamiento, en defecto del certificado del Director con el visto buenodel rea de Inspeccin Educativa, la experiencia podr justificarse mediante certificado expedido por dicha rea, deconformidad con los datos que existan en la misma.

    Los servicios prestados en el extranjero se acreditarn mediante certificados expedidos por las Administraciones Educativascorrespondientes de los respectivos pases, en los que debern constar las fechas de inicio y fin de la prestacin de serviciosy el carcter de centro pblico o privado, el nivel educativo y la especialidad impartida. Cuando no se acredite la especialidado la misma no coincida con la/s especialidad/es del Cuerpo objeto de la convocatoria, los servicios se entendern prestadosen distinta especialidad a la que se opta.

  • 7/21/2019 Anexo III Baremo

    3/6

    B).- PUNTUACIN DE OPOSICIN (Hasta un mximo de 10 puntos)

    Se considerar la suma de las puntuaciones de cada parte de la prueba y se dividir por el nmero de partes de que haconstado la prueba. Esta nota media se multiplicar por un coeficiente corrector de 0,80. En el caso de no existir puntuacinen alguna de las partes, se entender que dicha puntuacin es 0. La nota total se puntuar sobre un mximo de 10 puntos. Alresultado as obtenido se le sumarn, en su caso, las siguientes puntuaciones:

    Por haber aprobado la parte A) de la prueba de la fasede oposicin.

    1,000 Certificacin de la Direccin Provincial en la que elaspirante se present a la convocatoria de oposicinque alega.Por haber aprobado la parte B) de la prueba de la fase

    de oposicin.1,000

    Para convocatorias anteriores al ao 2008 se entendern equivalentes la parte A) de la prueba de la fase de oposicin alprimer ejercicio incluida la prueba prctica y la parte B) al segundo ejercicio.

    El aspirante podr elegir entre cualquiera de los resultados obtenidos en los procedimientos selectivos convocados por laAdministracin de Castilla y Len, en la especialidad correspondiente.

    En el supuesto de especialidades en que no se haya realizado ninguna convocatoria por esta Administracin, los participantesdebern aportar, en su caso, fotocopia compulsada del resultado obtenido en cualquiera de los tres ltimos procedimientosselectivos convocados por el Ministerio competente en materia de educacin con anterioridad al ao 2000.

    C).- EXPEDIENTE ACADMICO, FORMACIN PERMANENTE Y OTROS MRITOS (Hasta un mximo de 8puntos)

    C-1.- EXPEDIENTE ACADMICO (Hasta un mximo de 5 puntos)

    En caso de que las titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deber haberse concedido la correspondientehomologacin de conformidad con lo dispuesto en los Reales Decretos 86/1987, de 16 de enero, 285/2004, de 20 de febrero,o 967/2014, de 21 de noviembre, o su reconocimiento al amparo de lo establecido por la Directiva 2005/36/CEE, y el RealDecreto 1837/2008, de 8 de noviembre.

    En defecto del correspondiente ttulo podr presentarse certificacin del abono de los derechos de su expedicin conforme ala Orden de 8 de julio de 1988.

    MRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

    a) Se valorar exclusivamente la nota media delexpediente acadmico aportado por el aspirantecorrespondiente al ttulo exigido para ingreso enel Cuerpo que corresponda.

    Certificacin acadmica personal, en la queconsten las puntuaciones obtenidas en todaslas asignaturas y cursos exigidos para la

    obtencin del ttulo alegado.

    De 5 a 6,99 puntos 1,000 De 7 a 8,49 puntos 1,500 De 8,50 a 9,99 puntos 2,000 Matricula de Honor, 10 2,500

    Para la obtencin de la nota media en los casosen los que no figure la expresin numricaconcreta, se aplicarn las siguientesequivalencias:Aprobado,o Apto 5,00

    Bien 6,00Notable 7,00Sobresaliente 9,00Matrcula de Honor 10,00

    En caso de que las notas vengan expresadas envalores de 0 a 4 se aplicar la siguienteequivalencia:

    De 1 a 1,99 1,000De 2 a 2,74 1,500De 2,75 a 3,99 2,0004 crditos 2,500

  • 7/21/2019 Anexo III Baremo

    4/6

    En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, y con objeto de calcular la nota media del expediente acadmico, deberaportar certificacin expedida por la Administracin educativa del pas en que se obtuvo el ttulo que indique la nota mediadeducida de las calificaciones obtenidas en toda la carrera y exprese adems la calificacin mxima y mnima obtenibles deacuerdo con el sistema acadmico correspondiente, a efectos de determinar su equivalencia con las calificaciones espaolas.

    En el caso de que no se aporte la certificacin acadmica personal, pero se presente el ttulo o de la certificacin de abono de

    derechos de expedicin de ste, de acuerdo con la Orden de 8 de julio de 1988, se considerar que el aspirante obtuvo lanota media de aprobado.

    Aquellas calificaciones que contengan la expresin literal bien se considerarn equivalentes a seis puntos y las de apto yconvalidadas a cinco puntos, salvo que en el caso de las convalidadas se aporte certificacin en la que se acredite lacalificacin que dio origen a la convalidacin, considerndose en este caso la calificacin originaria.

    Para la obtencin de la nota media del expediente acadmico, cuando los estudios se hayan cursado por crditos, se utilizarla siguiente tabla de equivalencias:

    Aprobado: Un punto.

    Notable: Dos puntos.

    Sobresaliente: Tres puntos.

    Matricula de Honor: Cuatro puntos.

    La nota media en estos casos se calcular de la siguiente forma: suma de los crditos obtenidos por el alumno multiplicadoscada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan, y dividida por el nmero de crditos totales obtenidospor el alumno.

    En ningn caso se tomarn en consideracin para obtener la nota media del expediente acadmico las calificacionescorrespondientes a materias complementarias, proyectos de fin de carrera, tesinas o anlogos.

    MRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

    b) Por el Certificado-Diploma acreditativo deEstudios Avanzados (Real Decreto 778/1998, de30 de abril), el Ttulo Oficial de Mster (RealesDecretos 56/2005, de 21 de enero y 1393/2007,

    de 29 de octubre), Suficiencia investigadora ocualquier otro ttulo equivalente, siempre que nosean requisito para el ingreso en la funcinpblica docente.

    0,300Ttulo o documento justificativo de los mismos

    c) Por Ttulo de Doctor en la especialidad a laque se opta.

    2,000

    Ttulo de Doctor.d) Por Ttulo de Doctor en especialidad distinta ala que se opta.

    1,300

    e) Por premio extraordinario en el doctorado. 0,300

    Documento justificativo del mismo.f) Por premio extraordinario en la titulacinalegada para ingreso en el Cuerpo quecorresponda.

    0,600

    g) Por cada Matrcula de Honor en el expedienteacadmico exigido para el ingreso en el Cuerpo.

    0,150

    Certificacin acadmica personal en la queconsten las puntuaciones correspondientes atodas las asignaturas y cursos exigidos para laobtencin del ttulo alegado.

    Por los siguientes apartados h) e i) se valorarn las titulaciones universitarias de carcter oficial, en el caso deque no fueran alegadas como requisito para ingreso en el Cuerpo que corresponda.

    h) Por cada Diplomatura, Ingeniera Tcnica,Arquitectura Tcnica o ttulos declaradoslegalmente equivalentes y por los estudioscorrespondientes al primer ciclo de unaLicenciatura, Arquitectura o Ingeniera distinta a

    la alegada para participar en esta convocatoria.

    0,300

    Ttulo alegado para ingreso en el Cuerpo, ascomo de cuntos se presenten como mrito. Enel caso de estudios correspondientes al primerciclo, certificacin acadmica en el que seacredite la superacin de los mismos.

  • 7/21/2019 Anexo III Baremo

    5/6

    MRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

    i) Por los estudios correspondientes al segundociclo de Licenciatura, Ingeniera, Arquitectura o

    ttulos declarados legalmente equivalentes.El ttulo de Graduado se considera equivalente atitulacin de segundo ciclo. No obstante, cuandopara la obtencin del ttulo de Graduado se hayautilizado alguna titulacin universitaria(diplomatura o licenciatura) esa titulacin deGraduado nicamente se valorar con 0,200puntos.

    0,600

    Ttulo alegado para ingreso en el cuerpo, as

    como de cuntos se presenten como mrito. Enel caso de estudios correspondientes alsegundo ciclo, certificacin acadmica en laque se acredite la superacin de los mismos. Lapresentacin nica de la fotocopia del ttulo deLicenciado, Ingeniero, Arquitecto o del ttulo deGraduado correspondiente dar lugar,exclusivamente, al reconocimiento de lapuntuacin correspondiente a la titulacin delsegundo ciclo.

    No sern valoradas aquellas titulaciones que sean consideradas como necesarias para la obtencin de un ttulo superior.No se entender como titulacin de primer ciclo la superacin del curso de adaptacin.

    j) Por titulaciones de enseanzas de rgimenespecial otorgadas por las Escuelas Oficiales deIdiomas y Conservatorios Profesionales ySuperiores de Msica:

    Ttulo, certificado o documento justificativo delmismo.

    En el caso de alegar un Ttulo de TcnicoSuperior deber aportar copia del ttulo deBachiller o equivalente que utiliz el aspirantepara el acceso a la Universidad.

    Ttulo profesional de msica y danza 0,200

    Enseanzas de Idiomas:

    Por cada ciclo Elemental o Nivel Intermedio. 0,200

    Por cada ciclo Superior o Nivel Avanzado. 0,200

    Por cada certificado de nivel C1. 0,200

    Por cada ttulo de Tcnico Superior de ArtesPlsticas y Diseo. 0,200

    Por cada ttulo de Tcnico Superior de Formacin

    Profesional. 0,200

    Por cada ttulo de Tcnico Deportivo Superior. 0,200

    Slo se valorarn las titulaciones que coincidan con el curriculo de la Comunidad de Castilla y Len.

    La posesin del Certificado de Aptitud o del nivel avanzado de la Escuela Oficial de Idiomas engloba los dos ciclos o niveles.

    La posesin del certificado de nivel C1 engloba los ciclos o niveles inferiores.

  • 7/21/2019 Anexo III Baremo

    6/6

    C-2.- FORMACIN PERMANENTE Y OTROS MRITOS (hasta un mximo de 4 puntos)

    MRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOSa) Por cursos, seminarios, grupos de trabajo yproyectos de formacin en centros, superados,

    convocados por las Administraciones educativas,Universidades o Instituciones que tenganfirmados convenios de colaboracin conAdministraciones Educativas o Universidades.

    Certificacin de las actividades expedida por el

    rgano convocante en la que conste suduracin en horas o, en su caso, el nmero decrditos, que acredite fehacientemente elreconocimiento de homologacin o que serealiza en convenio con las AdministracionesEducativas o Universidades, debiendo figurar elsello de inscripcin en el Registro General deFormacin Permanente del Profesorado, enaquellas actividades que deban inscribirse.

    Se puntuarn por cada crdito de 10 horas. 0,070

    b) Por participar en cursos o actividades deformacin en calidad de director, coordinador,

    ponente o profesor en las actividadesenumeradas en el apartado anterior.

    Certificado expedido por el rgano convocanteen que conste de modo expreso el nmero de

    horas o de crditos y, en su caso, elreconocimiento de la correspondienteAdministracin Educativa.Se puntuarn por cada crdito de 10 horas. 0,150

    c) Por publicaciones, pelculas, trabajos deinvestigacin con ISBN o registro de la propiedadintelectual.

    Se tendr en cuenta el nmero de autores.Asimismo, en el caso de publicaciones quesolamente se dan en formato electrnico, sepresentar un informe en el cual, el organismoemisor, certificar que la publicacin aparece enla correspondiente base de datos bibliogrfica.En este documento se indicar la base de datos,el ttulo de la publicacin, los autores, el ao y laURL. Adems se presentar, en su caso, unejemplar impreso.

    Hasta unmximode 1,000

    Las publicaciones pueden acreditarse con eloriginal o la fotocopia completacorrespondiente, con la compulsa, comomnimo, de las pginas acreditativas de laautora, el depsito legal y, si procede, el ISBN.Aquellas publicaciones que estando obligadas aconsignar el ISBN en virtud de lo dispuesto enel Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre,

    modificado por el Real Decreto 2063/2008, de12 de diciembre carezcan del mismo, no sernvaloradas, as como aquellas en las que elautor sea el editor de las mismas.

    No se valorarn las actividades en las que no conste de manera expresa el nmero de horas o de crditros de duracin de losmismos. De no constar otra cosa cuando las actividades vinieran expresadas en crditos se entender que cada crditoequivale a 10 horas.

    En el caso de que existiera discordancia entre los crditos realizados y las horas certificadas, siempre sern consideradas lashoras y se seguir la proporcin establecida de 1 crdito igual a 10 horas.

    nicamente se sumarn las horas de todas las actividades que consten de 10 o ms horas, no puntundose ni pudiendo seracumulativos el resto del nmero de horas inferiores a 10.

    En ningn caso, sern valorados aquellos cursos o asignaturas integrantes de un Ttulo acadmico, Master u otra Titulacinde Postgrado.Asimismo, en ningn caso ser valorado como mrito el Ttulo de Especializacin Didctica o el Certificado de AptitudPedaggica.d) Para los Cuerpos de Msica y ArtesEscnicas:Por composiciones estrenadas como autor,conciertos como solistas, obra literaria publicada,montajes teatrales estrenados, interpretacionesescnicas estrenadas, por premios encertmenes o en concursos de mbitoautonmico, nacional o internacional.

    Hasta unmximode 1,000

    Los programas, crticas, los ejemplarescorrespondientes y, en su caso, la acreditacinde haber obtenido los premios correspondientes

    e) Para los Cuerpos de Artes Plsticas y Diseo:Por premios en exposiciones, ferias o enconcursos de mbito nacional o internacional.

    Hasta unmximode 1,000

    Los programas, criticas, los ejemplarescorrespondientes y, en su caso, la acreditacinde haber obtenido los premios correspondientes