73
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323 ANEXO - DECRETO N° 34/14 PLANTA TRANSITORIA PARA EL PROGRAMA JOVENES PROFESIONALES PRIMERA CONVOCATORIA (2012) CARGO CANTIDAD ASIGNACION PERIODO CARGA HORARIA (Horas reloj por semana) Joven Profesional 20 $10.000 01/01/2014 al 31/12/2014 40 SEGUNDA CONVOCATORIA (2013) CARGO CANTIDAD ASIGNACION PERIODO CARGA HORARIA (Horas reloj por semana) Joven Profesional 32 $ 9.100 01/01/2014 al 31/12/2014 40 TERCERA CONVOCATORIA (2014) CARGO CANTIDAD ASIGNACION PERIODO CARGA HORARIA (Horas reloj por semana) Joven Profesional 40 $7.885 05/05/2014 al 31/12/2014 40 Cargo Nombre DNI CUIL Presidente Humberto Luis Arturo Schiavoni 12.935.848 23-12935848-9 Vicepresidente Ignacio Pérez Riba 28.419.055 20-28419055-7 Vocales Titulares Omar Ahmed Abboud 17.450.843 20-17450843-8 Miguel Ángel Tolosa 13.802.339 20-13802339-8 Ester Beatriz Gentile 11.181.422 27-11181422-3 Eduardo Alberto Barragán 16.942.985 20-16942985-6 Agustín Ignacio Garzón 25.431.768 20-25431768-4 Síndico Titular Josué Isaac Berman 4.458.111 20-4458111-6 ANEXO - DECRETO N° 35/14 N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323

ANEXO - DECRETO N° 34/14

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“2014, año de las letras argentinas”

ANEXO

PLANTA TRANSITORIA PARA EL PROGRAMA JOVENES PROFESIONALES

PRIMERA CONVOCATORIA (2012)

CARGO CANTIDAD ASIGNACION PERIODO CARGA HORARIA (Horas reloj por semana)

Joven Profesional 20 $10.000 01/01/2014 al 31/12/2014 40

SEGUNDA CONVOCATORIA (2013)

CARGO CANTIDAD ASIGNACION PERIODO CARGA HORARIA (Horas reloj por semana)

Joven Profesional 32 $ 9.100 01/01/2014 al 31/12/2014 40

TERCERA CONVOCATORIA (2014)

CARGO CANTIDAD ASIGNACION PERIODO CARGA HORARIA (Horas reloj por semana)

Joven Profesional 40 $7.885 05/05/2014 al 31/12/2014 40

ANEXO I

Cargo Nombre DNI CUILPresidente Humberto Luis Arturo

Schiavoni12.935.848 23-12935848-9

Vicepresidente Ignacio Pérez Riba 28.419.055 20-28419055-7

VocalesTitulares

Omar Ahmed Abboud 17.450.843 20-17450843-8

Miguel Ángel Tolosa 13.802.339 20-13802339-8

Ester Beatriz Gentile 11.181.422 27-11181422-3

Eduardo Alberto Barragán 16.942.985 20-16942985-6

Agustín Ignacio Garzón 25.431.768 20-25431768-4

Síndico Titular Josué Isaac Berman 4.458.111 20-4458111-6

ANEXO - DECRETO N° 35/14

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

Page 2: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2

Page 3: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 3

Page 4: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 4

Page 5: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 5

Page 6: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 6

Page 7: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 7

Page 8: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4112-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 8

Page 9: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 9

Page 10: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 10

Page 11: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 11

Page 12: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 12

Page 13: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 13

Page 14: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 14

Page 15: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15

Page 16: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 16

Page 17: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4117-MEGC/13 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 17

Page 18: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4127-MEGC/13MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2013

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

8654Requerimiento Nº: INGRESADOEstado: 18/12/2013Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7.321.721/13Nº: 20/12/2013Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

55-MINISTERIO DE EDUCACION

UE556-PLANEAMIENTOEDUCATIVO581-Dir.Gral.TecnologíaEducativa573-DIR.GRAL.DEINFRAESTRUCTURA YEQUIPAMIENTO573-DIR.GRAL.DEINFRAESTRUCTURA YEQUIPAMIENTO573-DIR.GRAL.DEINFRAESTRUCTURA YEQUIPAMIENTO578-DIR.GRAL.ADMINISTRACION DEMANTENIMIENTO

Programa13-PLANEAMIENTOEDUCATI56-SIST Y PROY DEINFOR

53-INFRAESTRUCTURAESCO

53-INFRAESTRUCTURAESCO

53-INFRAESTRUCTURAESCO

57-ADMIN MANTENIMIENTO

Subprograma0

0

0

0

0

0

Proyecto78-RECURSOS PEDAG YTEC83-DESARROLLO EIMPLEME

15-OBR CIVILES ALBAÑ O

25-OTRAS OBRAS EINSTAL

10-OBRAS NUEVAS, AMPL,

81-ADECUACION INTEGRAL

Actividad0

0

0

0

0

0

Obra52-

51-

59-

54-

58-

51-

Partida3520

2930

4210

4210

4210

4210

Importe160.149,00

-160.149,00

418.881,00

787.251,00

46.042,00

-1.252.174,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7.321.721/13 Fecha: 20/12/2013

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

34

34

34

34

34

34

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2013

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

8660Requerimiento Nº: INGRESADOEstado: 18/12/2013Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7.321.721/13Nº: 20/12/2013Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

55-MINISTERIO DE EDUCACION

UE561-DIR. GRAL DEEDUCACION DE GESTIONESTATAL550-MINISTERIO DEEDUCACION584-SUBSECRETARIA DEEQUIDAD EDUCATIVA580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica584-SUBSECRETARIA DEEQUIDAD EDUCATIVA561-DIR. GRAL DEEDUCACION DE GESTIONESTATAL672-SUBSECRETARIA DEGESTION ECONOMICOFINANCIERA YADMINISTRACION DERECURSOS

Programa35-EDUCACION PRIMARIA

10-COMUNIC Y RELACINST4-ACTIV COM PROG 21, 2

31-EDUCACION Y TRABAJO

44-BECAS ESTUDIANTILES

35-EDUCACION PRIMARIA

3-ACT COM PROG 51,52,5

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

0

0

0

Actividad1-

1-

3-

4-

3-

1-

1-

Obra0

0

0

0

0

0

0

Partida3510

3520

4370

5148

51356

4370

3520

Importe2.020.000,00

-1.520.000,00

-914.890,00

-92.000,00

92.000,00

914.890,00

-500.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7.321.721/13 Fecha: 20/12/2013

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

34

34

34

34

34

34

34

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 18

Page 19: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4132-MEGC/13MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 3

2013

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

8706Requerimiento Nº: INGRESADOEstado: 23/12/2013Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7.455.357/13Nº: 27/12/2013Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

55-MINISTERIO DE EDUCACION

UE570-DIR. GRALEDUCACION DE GESTIONPRIVADA573-DIR.GRAL.DEINFRAESTRUCTURA YEQUIPAMIENTO573-DIR.GRAL.DEINFRAESTRUCTURA YEQUIPAMIENTO584-SUBSECRETARIA DEEQUIDAD EDUCATIVA584-SUBSECRETARIA DEEQUIDAD EDUCATIVA550-MINISTERIO DEEDUCACION550-MINISTERIO DEEDUCACION672-SUBSECRETARIA DEGESTION ECONOMICOFINANCIERA YADMINISTRACION DERECURSOS583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR561-DIR. GRAL DEEDUCACION DE GESTIONESTATAL561-DIR. GRAL DEEDUCACION DE GESTIONESTATAL

Programa43-EDUC DE GESTIONPRIV

53-INFRAESTRUCTURAESCO

53-INFRAESTRUCTURAESCO

21-FORTALEC DE LACOMUN21-FORTALEC DE LACOMUN1-ACTIV CENTRALES EDUC

1-ACTIV CENTRALES EDUC

3-ACT COM PROG 51,52,5

38-EDUCACION ARTISTICA

35-EDUCACION PRIMARIA

35-EDUCACION PRIMARIA

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

Obra0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida2340

2920

2310

2310

2990

2310

2920

2920

3290

3530

3290

Importe-29.400,00

-8.767,00

-2.634,00

-51.888,00

-202.311,00

30.000,00

145.000,00

120.000,00

90.821,00

4.250,00

3.000,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7.455.357/13 Fecha: 27/12/2013

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 2 de 3

2013

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

8706Requerimiento Nº: INGRESADOEstado: 23/12/2013Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7.455.357/13Nº: 27/12/2013Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

55-MINISTERIO DE EDUCACION

UE561-DIR. GRAL DEEDUCACION DE GESTIONESTATAL561-DIR. GRAL DEEDUCACION DE GESTIONESTATAL583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR

Programa35-EDUCACION PRIMARIA

35-EDUCACION PRIMARIA

38-EDUCACION ARTISTICA

38-EDUCACION ARTISTICA

38-EDUCACION ARTISTICA

38-EDUCACION ARTISTICA

38-EDUCACION ARTISTICA

38-EDUCACION ARTISTICA

40-FORMACION TECNICOSU41-FORMACION DOCENTE

41-FORMACION DOCENTE

41-FORMACION DOCENTE

45-EDUC SUP DE GESTION

45-EDUC SUP DE GESTION

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

5-

1-

1-

Obra0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida4330

2690

2220

2340

2690

2920

2960

2970

2690

2920

3590

2350

2910

3530

Importe1.500,00

-8.750,00

-400,00

-93,00

-6.000,00

-130,00

-22,00

-12.786,00

-3.000,00

-2.316,00

-1.258,00

-455,00

-90,00

-6.000,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7.455.357/13 Fecha: 27/12/2013

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

34

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19

Page 20: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4132-MEGC/13 (continuación)MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 3 de 3

2013

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

8706Requerimiento Nº: INGRESADOEstado: 23/12/2013Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7.455.357/13Nº: 27/12/2013Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

55-MINISTERIO DE EDUCACION

UE583-DIRECCIÓN GENERALDE EDUCACIÓN SUPERIOR580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica580-Subs. GestiónEducativa yCoord.Pedagógica

Programa45-EDUC SUP DE GESTION

30-EXTENSION YCAPACITA

31-EDUCACION Y TRABAJO

31-EDUCACION Y TRABAJO

30-EXTENSION YCAPACITA

2-ACT COM PROG 30 A 43

31-EDUCACION Y TRABAJO

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

0

0

0

Actividad1-

5-

6-

6-

4-

3-

4-

Obra0

0

0

0

0

0

0

Partida3570

2220

2690

2990

3530

51728

5148

Importe-1.800,00

-35.000,00

-14.028,00

-2.661,00

-4.782,00

61.572,00

-61.572,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7.455.357/13 Fecha: 27/12/2013

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

34

34

34

34

34

34

34

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2013

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

8783Requerimiento Nº: INGRESADOEstado: 27/12/2013Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7.455.357/13Nº: 27/12/2013Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

55-MINISTERIO DE EDUCACION

UE578-DIR.GRAL.ADMINISTRACION DEMANTENIMIENTO578-DIR.GRAL.ADMINISTRACION DEMANTENIMIENTO

Programa54-MITIGAC RIESGOS YES

57-ADMIN MANTENIMIENTO

Subprograma0

0

Proyecto79-MITIG RIESGOS Y ESC

81-ADECUACION INTEGRAL

Actividad0

0

Obra52-

51-

Partida3310

4210

Importe899.108,00

-899.108,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7.455.357/13 Fecha: 27/12/2013

CREDITO

FueFin FinFun11

11

34

34

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 20

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6596-MCGC/13

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 443-MCGC/14

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 444-MCGC/14

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 445-MCGC/14

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION .

SECRETARíA: MINISTERIO DE CULTURA

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: DIR. GRAL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTIN

N':23552

Actuado Docum. Nro. Docum. Período ImporteTipo-Nro./Año Contratado/a Tipo CUlTo Representado/a por: TIpo Desde

Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total

EXp.683790212013 TIRANTTE MARIANA DNI CUIT 01.11.13 LDCAODN DE SEIMOD (CDNTRATO). 1 34.000.00 34.000.002S6G2612 27256626123 30.11.13 PRODUCCION DE EVENTOS. CHANGING

PLACES

(1J Sólo paJa aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de lepl'esentad6n).

RRMA

Pág. 1 de 1

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION , .

SECRETARíA: MINISTERIO DE CULTURA

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: DIR. GRAL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTIN

N':23969

ActuadoDocum. Nro. Docum. Período Importe

Tipo-Nro/AñoContratado/a Tipo CUlTo Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.

Nro. CDI (1 ) Nro. HastaMonto Total

EXP.668885712013 FONSECA HELDO GASTON DNI CUIT 22-'''' 3 LOCACIDN DE SERVICIO (CONTRATO). 1 2.000.00 2.000.00

24082738 2024082738822-11.13 MUSICD

(1) Sólo pala aquellos contratados Que poseen representante lego!ll y/o artístico (contr~tode representación).

Pág. 1 de 1

FIRMA

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I N' :23971

RESOLUCION .SECRETARíA: MINISTERIO DE CULTURAUNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: DIR GRAL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTIN

Actuado Docum. Nro. Docum. Período ImporteTipo-Nro.lAño

Contratadola Tipo CUlTo Representadola por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1) Nro. Hasta Monto Total

EXP.7076013/2013 OA OALT PATRICIA CECILIA ONI cun 27.11.13 LOCACION OE SERVICIO ICONTRATO). 1 2.500.00 2.500.0013998358 27139983586 27.11.13 MUSICO . CICLO OE CAMARA (USINA)

(1) Sólo para aQueUoscontratados que poseen representante legal '110 artfstico {contrato de representaci6n~FIRMA

Pág. 1 de 1

SECRETARíA:

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION .

DIR. GRAL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTIN

N':23970

ActuadoDocum. Nro. Docum. Período Importe

Tipo-Nro.lAñoContratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.

Nro. CDI (1) Nro. Hasta Monto Total

EXP.66BB792/2013 DIAZ CHAVEZ GEORGINA LUCIA DNI CUIT26.11.13 LDCACIDN DE SERVIDO (CONTRATD). 1 2.000.00 2000.00

2B64464B 272B644648026.11.13 MUSICO • CICLO JAZZOLOGIA.

(1) Sólo para aquenos contratados que poseen lepresentante lega1y/o artístit:o (conlralO de representación).

Pág. 1 de 1

FIRMA

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 21

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: C.EX-2014-00282232-DGPLC. Anexo. Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentespara Subgerencia Operativa Administrativa de Control Inspectivo. AGC

ANEXO

CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN

PARA LA COBERTURA DEL CARGO

SUBGERENCIA OPERATIVA ADMINISTRATIVA DE CONTROL INSPECTIVO

Convócase a concurso público abierto de antecedentes y oposición para la cobertura del cargo SubgerenciaOperativa Administrativa de Control Inspectivo en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Control,conforme a lo establecido en la Resolución Nº 1040/SECRH/11 y su normativa correspondiente.

A continuación se describen las especificaciones del cargo, su objetivo y responsabilidades, requisitos, lasetapas del concurso y los integrantes del Comité de Selección.

1. Especificaciones del cargo

Nombre del cargo a cubrir Subgerencia Operativa Administrativa de ControlInspectivo

Reporta a:

GerenciaOperativa Control Inspectivo

- Dirección Ejecutiva

Fuera de Nivel Agencia Gubernamental de Control

Ministerio Justicia y Seguridad

Tipo de contratación: Cinco (5) años desde el nombramiento con sujeción a

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

evaluaciones de desempeño anuales.

Remuneración:Según lo estipulado en la Resolución N° 849/MMGC/13para los cargos de Gerencias y Subgerencias Operativasdefinitivas.

2. Responsabilidades del cargo (De acuerdo a las Resoluciones N° 66/AGC/13 y 584/AGC/13)

a)Asistir al Gerente Operativo de Control Inspectivo en las materias de su competencia.

b)Realizar informes cuali-cuantitativos sobre la actividad inspectiva en cada una de las áreas operativas.

c)Evaluar y en caso de corresponder, confeccionar y elevar a la Dirección General Legal y Técnica parasu tramitación los proyectos de iniciación de sumarios administrativos a efectos de deslindarresponsabilidades.

d)Participar en la elaboración y verificar el cumplimiento del Plan Operativo Anual y proponeradecuaciones para su correcta implementación.

e)Intervenir en la programación de los objetivos a fiscalizar por la Subgerencia Operativa ControlInspectivo.

3. Requisitos para la postulación

3.a. Condiciones Generales de Admisibilidad (art. 3° del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11)

Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan para acceder al cargo en el apartado 3.b., el aspirantedeberá acreditar las condiciones de admisibilidad previstas en el artículo 7° de la Ley N° 471 y, como mínimo,alguna de las siguientes condiciones:

1. Título universitario de grado, que corresponda a planes de estudios de Universidadesautorizadas por la autoridad nacional, de duración no inferior a cuatro (4) años, con incumbencia delcargo gerencial pertinente.

2. Especialización en los campos profesionales vinculados al cargo, acreditable mediante estudiosde posgrado o similares, impartidos por entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/oprofesional.

3. Experiencia laboral acreditada, en el ámbito privado o público con vinculación al cargo y quecuenten con una experiencia no menor a cinco (5) años en funciones de similar naturaleza a las quese concursan.

3.b. Requisitos Específicos para el cargo

A continuación se detallan los requisitos específicos a cumplir por los postulantes al cargo.

REQUISITOS DEL CARGONivel

EducativoTítulo universitariode grado

(Excluyente)

Arquitectura, Abogacía, Lic. en Higieney Seguridad, Lic. en Administración uotras carreras afines al cargo.

Experiencia

Contar con un mínimo de 5 (cinco) años de experiencia en elámbito público y/o privado, en tareas vinculadas al control de procesos técnicos y operativos. (Excluyente)

Contar con experiencia en el análisis y gestión de normativa

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 23

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

Laboral Acreditada y/o informes técnicos. (Excluyente)

Contar con experiencia en conducción equipos de trabajo.(Deseable)

Conocimientostécnicos

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Ley N° 2624 Creación de la Agencia Gubernamental deControl.Ley N° 471: "Ley de Relaciones Laborales en laAdministración Pública de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires". Capítulo XII: Régimen Disciplinario.Decreto N° 184/GCBA/10: Régimen Disciplinario.Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97.Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónomade Buenos Aires.Ley Nº 2553: Criterios de criticidad de establecimientos,actividades, sitios, zonas, maquinarias, elementos osustancias.Ley Nº 3304: Ley de modernización de laAdministración Pública (Anexo I Art.4.2 Plan OperativoAnual).Diseño de planes para la mejora continua de todos losprocesos.Administración de bases de datos.

Nivel informático

Windows Office.Sistemas Informáticos de gestión y administración.(Sistema de Administración de Archivos /DocumentosElectrónicos)

4. Desarrollo del concurso

El proceso de concurso ha sido definido como un procedimiento de etapas sucesivas, en el cual cada etapacontempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente.

Los aspirantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultad en la utilizaciónde los medios definidos para la realización de las sucesivas etapas, deberán informarlo a efectos de garantizarque puedan realizar la inscripción por un medio adecuado.

4.a. Etapas del proceso de concurso

Se señalan a continuación las etapas sucesivas del proceso de concurso.

1. Inscripción Electrónica. Como paso previo a la inscripción en cualquier proceso de selecciónvinculado al Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elaspirante deberá completar el formulario electrónico ubicado en el portal webwww.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos, con sus datos personales, curriculares y laborales. Unavez ingresados todos los datos requeridos, el aspirante deberá completar la solicitud de inscripciónelectrónica -ubicada en el mismo portal web- que se corresponda con el concurso en el que desea participare inscribirse por medio de esa misma vía informática. Se labrará un acta de cierre de inscripción en la queconstarán la totalidad de las personas que se inscribieron electrónicamente al concurso. Asimismo, el actadetallará la nómina de postulantes y de aspirantes excluidos. La misma será publicada en el referido portal

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 24

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

web.

Carácter de declaración jurada de la información brindada. Falsedad. Efectos. En la inscripciónelectrónica, el aspirante deberá aceptar los “Términos y Condiciones” del concurso, en los cuales manifiestahaber completado personalmente, con información verídica y comprobable los formularios electrónicos ydeclara conocer que todo el contenido de las presentaciones electrónicas reviste el carácter de declaraciónjurada y que cualquier falsedad dará lugar a su exclusión del concurso cualquiera sea la instancia en la cualse encuentre.

El período de inscripción se indica en el punto 4.b.

Recusación y excusación de los integrantes del Comité de Selección. Los integrantes del Comité deSelección pueden ser recusados y excusarse únicamente por escrito y con expresión de causa, resultando deaplicación a tal efecto, los artículos 11 y 23 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de laCiudad Autónoma de Buenos Aires. La recusación deberá ser deducida por el postulante en el momento desu inscripción y la excusación de los miembros del Comité deberá realizarse en ocasión del conocimientode la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, lasrecusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido Comité se expida.

Seguidamente se transcribe la normativa citada:

Art. 11: Recusación con expresión de causa. Son causas legales de recusación:

1. El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de laspartes, sus mandatarios/as o letrados/as.

2. Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interésen el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores/as oabogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.

3. Tener el/la juez/a pleito pendiente con el recusante.

4. Ser el/la juez/a acreedor, deudor/a o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancosoficiales.

5. Ser o haber sido el/la juez/a actor/a o denunciante o querellante contra el recusante, o denunciado oquerellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6. Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dadorecomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

7. Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.

8. Tener el/la juez/a con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad ofrecuencia en el trato.

9. Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. Enningún caso procede la recusación por ataques u ofensas inferidas al juez/a después de que haya comenzadoa conocer del asunto.

Art. 23: Excusación. Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusaciónmencionadas en el artículo 11 tiene la carga de excusarse. Asimismo puede hacerlo cuando existan otrascausas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro odelicadeza.

2. Presentación de documentación que acredite la información suministrada. Sólo aquellos aspirantes

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 25

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

que fueron considerados inscriptos y elevados a la categoría de postulantes, deberán solicitar un turno en elmentado portal a fin de presentar la documentación que acredite la información suministrada en el procesode solicitud de inscripción y aquella que inexcusablemente les fuera exigida en el correspondiente llamado aconcurso, en la oficina que se les informe al efecto.

El domicilio para entrega de documentación se indica en el punto 4.c.

3. Examen escrito de oposición. Sólo aquellos postulantes que hayan presentado la documentación querespalda sus antecedentes en tiempo y forma, deberán presentarse a rendir el examen escrito de oposición.Para ello, deberán ingresar periódicamente en la sección “Mis Postulaciones” del portal web y verificar elestado del concurso al cual se inscribió, haciendo “click” en “Para ver el estado del concurso Click Aquí”.Allí, oportunamente, se publicará la fecha, horario y lugar de la realización del examen escrito de oposición.Culminado el examen escrito de oposición (conf. Art. 6 inc. 3 d) Res. Nº 1040/SECRH/11), el Comité deSelección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en el mismo. Lamisma será publicada en el mentado portal.

Todo postulante que durante el examen de oposición consulte elementos que no hayan sidopermitidos en forma expresa, será automáticamente descalificado por el Comité de Selección.

4. Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales. Culminado el examen escrito de oposición,el Comité de Selección labrará un acta en la que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos enel mismo. Sólo aquellos postulantes que hubiesen obtenido al menos veinte (20) puntos en el examen escritode oposición, serán evaluados por sus antecedentes curriculares y laborales. El resto será excluido delproceso de selección. El Comité de Selección labrará el acta correspondiente y la misma será publicada enel ya referido portal web.

5. Publicación del orden de mérito. El Comité de Selección formulará un orden de mérito que resultaráde la suma del puntaje obtenido por cada postulante en el examen escrito de oposición y en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales, labrándose un acta que será publicada en el portal web. En caso deparidad en el mencionado orden de mérito, el Comité de Selección dará prioridad a quien haya obtenidomayor puntaje en el examen escrito de oposición.

6. Presentación de impugnaciones. De las calificaciones y del orden de mérito resultante, se correrá vistapor tres (3) días hábiles a todos los postulantes que participaron en el examen escrito de oposición, quienespodrán presentar impugnaciones en un plazo de cinco (5) días hábiles. Las impugnaciones solo podránbasarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta.No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con elpuntaje adjudicado. Las impugnaciones a la calificación del examen escrito de oposición y a la evaluaciónde los antecedentes deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Planeamiento de Carreras,sita en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. a 17:00hs. Lasmismas serán resueltas por el Comité de Selección al momento de resolver las impugnaciones previstas porel artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11. Si a raíz de una impugnación, el Comité deSelección rectificara el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al obtenido por lospostulantes convocados a la entrevista personal prevista en el inciso 5º del artículo 6º del Anexo a la citadaResolución, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previstoen el referido inciso.

7. Entrevista personal a cargo del Comité de Selección en la que se evaluará la adecuación delpostulante al perfil del cargo, con especial atención a sus habilidades gerenciales y a su capacidad deliderazgo, en los casos que corresponda. El Comité de Selección convocará para la realización de laentrevista personal, a los postulantes que igualen o superen el puntaje obtenido por aquellos que se ubiquenen el puesto número diez (10) del orden de mérito resultante de la sumatoria de los puntajes obtenidos en elexamen escrito de oposición y en la evaluación de antecedentes curriculares y laborales. Para serentrevistados personalmente deberán haber obtenido al menos diecisiete (17) puntos en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales. Los postulantes que no cumplan con ambos requisitos exigidos serán

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 26

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

excluidos del proceso de selección. En base a las características del cargo a cubrir, el Comité de Selecciónpodrá efectuar una segunda instancia de evaluación a llevarse a cabo dentro de la misma entrevista personal,en la que se le exigirá a los postulantes que defiendan la resolución de un caso práctico estrechamentevinculado con las tareas a realizar en el cargo a ocupar. La incorporación del caso práctico le será informada a los postulantes con una antelación mínima de tres (3) días corridos de la fecha de la entrevista personal.El Comité de Selección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en laentrevista personal. La misma será publicada en el ya referido portal.

8. Terna. Una vez finalizadas las etapas de evaluación, el Comité de Selección elaborará la terna final, lacual resultará de la suma de los puntajes obtenidos en el examen escrito de oposición, en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales y en la entrevista personal. La misma será publicada en el portal web yen el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9. Presentación de Impugnaciones. Dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación, los postulantespodrán impugnar la terna ante el Comité de Selección, el que deberá expedirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.

10. Selección. El Comité de Selección remitirá un informe con todos los antecedentes al Ministro deModernización, quien luego de glosarlo al expediente correspondiente lo remitirá a la máxima autoridad dela repartición que hubiese solicitado la convocatoria del cargo a cubrir, a fin de que disponga el respectivonombramiento. El nombramiento se efectuará luego de cumplimentados los requisitos establecidos en la LeyNº 471, su reglamentación y demás normas vigentes en la materia. En el supuesto que no hubiere calificadoningún postulante, o los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalenteresponsables del puesto a cubrir así lo dispongan, se declarará desierto el llamado y se realizará una nuevaconvocatoria dentro del plazo de sesenta (60) días corridos.

11. Recursos. Contra el acto de designación, podrán interponerse los recursos administrativosprevistos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lainterposición de los recursos no suspenderá la ejecución y efectos del acto de designación.

NOTA: Toda la información referida a los concursos, así como la información y documentación que deberáser presentada en cada instancia del proceso, se encuentra detallada en el portalhttp://www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Se sugiere leer las “Guías de Ayuda” para elpostulante que se encuentran en el mencionado portal.

4.b. Período de inscripción

Los aspirantes podrán inscribirse al presente concurso en las fechas y conforme a lo establecido en el Artículo3° de la presente Resolución, a través del portal www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos.

Una vez vencido el plazo mencionado en el Artículo 3° de la presente Resolución, no se recibirán solicitudesde inscripción.

4.c. Presentación de documentación que acredite la información suministrada

La documentación deberá presentarse en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, RepúblicaArgentina. El postulante deberá, en el turno programado, presentarse personalmente en la dirección indicada,con la documentación que se detalla en el mencionado portal web.

4.d. Metodología de evaluación

Se detallan en la siguiente tabla las instancias de evaluación de los postulantes con sus correspondientespuntajes máximos.

Factor Puntaje máximo por factor

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 27

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 43-MMGC/14 (continuación)

Examen escrito de oposición 40Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35Entrevista personal 25

4.e. Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de EvaluaciónPuntaje

Máximo delSubfactor

PuntajeMáximo

del Factor

Antecedentes

Curriculares

Niveleducativorequerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo5

10

Nivel superioral requerido

Posee nivel superior al requerido para elcargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de

la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio.

(Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionadoscon el cargo).

Experiencia Docente Posee experienciadocente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada conlos requisitos específicos del cargo.

25Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos

del cargo.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 28

Page 29: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: C.EX-2014-00282190-DGPLC. Anexo. Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentespara Subgerencia Operativa Control Inspectivo. AGC

ANEXO

CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN

PARA LA COBERTURA DEL CARGO

SUBGERENCIA OPERATIVA CONTROL INSPECTIVO

Convócase a concurso público abierto de antecedentes y oposición para la cobertura del cargo SubgerenciaOperativa Control Inspectivo en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Control, conforme a lo establecidoen la Resolución Nº 1040/SECRH/11 y su normativa correspondiente.

A continuación se describen las especificaciones del cargo, su objetivo y responsabilidades, requisitos, lasetapas del concurso y los integrantes del Comité de Selección.

1. Especificaciones del cargo

Nombre del cargo a cubrir Subgerencia Operativa Control Inspectivo

Reporta a:

GerenciaOperativa Control Inspectivo

- Dirección Ejecutiva

Fuera de Nivel Agencia Gubernamental de Control

Ministerio Justicia y Seguridad

Tipo de contratación: Cinco (5) años desde el nombramiento con sujeción aevaluaciones de desempeño anuales.

Según lo estipulado en la Resolución N° 849/MMGC/13

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 29

Page 30: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14 (continuación)

Remuneración: para los cargos de Gerencias y Subgerencias Operativasdefinitivas.

2. Responsabilidades del cargo (De acuerdo a las Resoluciones N° 66/AGC/13 y 584/AGC/13)

a) Asistir al Gerente Operativo de Control Inspectivo en las materias de su competencia.

b) Desarrollar controles sistemáticos sobre la actividad inspectiva y por muestreo estadístico de loslevantamientos de clausura efectuados por las Gerencias Operativas Generales Inspectivas.

c) Comunicar las Órdenes de Inspección a los Inspectores.

d) Solicita descargos a las áreas en caso que la realidad de los hechos no se corresponda con los datosaportados en el Informe de Inspección.

e) Labrar Actas de Comprobación, efectuar intimaciones de mejora, realizar clausuras y verificar sucumplimiento.

f) Controlar el efectivo cumplimiento de la Programación Inspectiva del área.

3. Requisitos para la postulación

3.a. Condiciones Generales de Admisibilidad (art. 3° del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11)

Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan para acceder al cargo en el apartado 3.b., el aspirantedeberá acreditar las condiciones de admisibilidad previstas en el artículo 7° de la Ley N° 471 y, como mínimo,alguna de las siguientes condiciones:

1. Título universitario de grado, que corresponda a planes de estudios de Universidadesautorizadas por la autoridad nacional, de duración no inferior a cuatro (4) años, con incumbencia delcargo gerencial pertinente.

2. Especialización en los campos profesionales vinculados al cargo, acreditable mediante estudiosde posgrado o similares, impartidos por entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/oprofesional.

3. Experiencia laboral acreditada, en el ámbito privado o público con vinculación al cargo y quecuenten con una experiencia no menor a cinco (5) años en funciones de similar naturaleza a las quese concursan.

3.b. Requisitos Específicos para el cargo

A continuación se detallan los requisitos específicos a cumplir por los postulantes al

cargo.

REQUISITOS DEL CARGONivel

EducativoTítulo universitariode grado

(Excluyente)

Abogacía, Arquitectura, Lic. en Higiene ySeguridad. u otras carreras afines al cargo.

Contar con un mínimo de 5 (cinco) años de experiencia en elámbito público y/o privado, en tareas vinculadas al desarrollode sistemas de control operativo, control de gestión y/omonitoreo estadístico en las materias de competencia de la

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 30

Page 31: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4323boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/bole... · Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014, año de las letras argentinas”

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14 (continuación)

Experiencia

Laboral Acreditada

Agencia Gubernamental de Control(Excluyente)

Contar con experiencia en el análisis y gestión de normativay/o informes técnicos. (Excluyente)

Contar con experiencia en conducción de equipos de trabajo.(Deseable)

Conocimientostécnicos

· Constitución de la Ciudad Autónoma de BuenosAires.

· Ley N° 2624 Creación de la Agencia Gubernamentalde Control.

· Decreto de Necesidad y Urgencia Nº1510/GCBA/97. Procedimiento Administrativo de laCiudad Autónoma de Buenos Aires.

· Ley Nº 2553: Criterios de criticidad deestablecimientos, actividades, sitios, zonas, maquinarias,elementos o sustancias.

· Ley Nº 1217: Procedimiento de Faltas de la CiudadAutónoma de Buenos Aires.

· Ley Nº 451: Régimen de Faltas de la CiudadAutónoma de Buenos Aires.

· Unificación de bases de datos.

· Herramientas para la programación de actividades ycoordinación operativa.

· Conocimiento en planificación táctica y operativa.

Nivel informático

· Windows Office.

· Sistemas Informáticos de gestión y administración.(Sistema de Administración de Archivos /DocumentosElectrónicos)

4. Desarrollo del concurso

El proceso de concurso ha sido definido como un procedimiento de etapas sucesivas, en el cual cada etapacontempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente.

Los aspirantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultad en la utilizaciónde los medios definidos para la realización de las sucesivas etapas, deberán informarlo a efectos de garantizarque puedan realizar la inscripción por un medio adecuado.

4.a. Etapas del proceso de concurso

Se señalan a continuación las etapas sucesivas del proceso de concurso.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 31

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14 (continuación)

1. Inscripción Electrónica. Como paso previo a la inscripción en cualquier proceso de selecciónvinculado al Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elaspirante deberá completar el formulario electrónico ubicado en el portal webwww.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos, con sus datos personales, curriculares y laborales. Unavez ingresados todos los datos requeridos, el aspirante deberá completar la solicitud de inscripciónelectrónica -ubicada en el mismo portal web- que se corresponda con el concurso en el que desea participare inscribirse por medio de esa misma vía informática. Se labrará un acta de cierre de inscripción en la queconstarán la totalidad de las personas que se inscribieron electrónicamente al concurso. Asimismo, el actadetallará la nómina de postulantes y de aspirantes excluidos. La misma será publicada en el referido portalweb.

Carácter de declaración jurada de la información brindada. Falsedad. Efectos. En la inscripciónelectrónica, el aspirante deberá aceptar los “Términos y Condiciones” del concurso, en los cuales manifiestahaber completado personalmente, con información verídica y comprobable los formularios electrónicos ydeclara conocer que todo el contenido de las presentaciones electrónicas reviste el carácter de declaraciónjurada y que cualquier falsedad dará lugar a su exclusión del concurso cualquiera sea la instancia en la cualse encuentre.

El período de inscripción se indica en el punto 4.b.

Recusación y excusación de los integrantes del Comité de Selección. Los integrantes del Comité deSelección pueden ser recusados y excusarse únicamente por escrito y con expresión de causa, resultando deaplicación a tal efecto, los artículos 11 y 23 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de laCiudad Autónoma de Buenos Aires. La recusación deberá ser deducida por el postulante en el momento desu inscripción y la excusación de los miembros del Comité deberá realizarse en ocasión del conocimientode la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, lasrecusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido Comité se expida.

Seguidamente se transcribe la normativa citada:

Art. 11: Recusación con expresión de causa. Son causas legales de recusación:

1. El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de laspartes, sus mandatarios/as o letrados/as.

2. Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interésen el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores/as oabogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.

3. Tener el/la juez/a pleito pendiente con el recusante.

4. Ser el/la juez/a acreedor, deudor/a o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancosoficiales.

5. Ser o haber sido el/la juez/a actor/a o denunciante o querellante contra el recusante, o denunciado oquerellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6. Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dadorecomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

7. Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.

8. Tener el/la juez/a con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad ofrecuencia en el trato.

9. Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14 (continuación)

ningún caso procede la recusación por ataques u ofensas inferidas al juez/a después de que haya comenzadoa conocer del asunto.

Art. 23: Excusación. Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusaciónmencionadas en el artículo 11 tiene la carga de excusarse. Asimismo puede hacerlo cuando existan otrascausas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro odelicadeza.

2. Presentación de documentación que acredite la información suministrada. Sólo aquellos aspirantesque fueron considerados inscriptos y elevados a la categoría de postulantes, deberán solicitar un turno en elmentado portal a fin de presentar la documentación que acredite la información suministrada en el procesode solicitud de inscripción y aquella que inexcusablemente les fuera exigida en el correspondiente llamado aconcurso, en la oficina que se les informe al efecto.

El domicilio para entrega de documentación se indica en el punto 4.c.

3. Examen escrito de oposición. Sólo aquellos postulantes que hayan presentado la documentación querespalda sus antecedentes en tiempo y forma, deberán presentarse a rendir el examen escrito de oposición.Para ello, deberán ingresar periódicamente en la sección “Mis Postulaciones” del portal web y verificar elestado del concurso al cual se inscribió, haciendo “click” en “Para ver el estado del concurso Click Aquí”.Allí, oportunamente, se publicará la fecha, horario y lugar de la realización del examen escrito de oposición.Culminado el examen escrito de oposición (conf. Art. 6 inc. 3 d) Res. Nº 1040/SECRH/11), el Comité deSelección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en el mismo. Lamisma será publicada en el mentado portal.

Todo postulante que durante el examen de oposición consulte elementos que no hayan sidopermitidos en forma expresa, será automáticamente descalificado por el Comité de Selección.

4. Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales. Culminado el examen escrito de oposición,el Comité de Selección labrará un acta en la que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos enel mismo. Sólo aquellos postulantes que hubiesen obtenido al menos veinte (20) puntos en el examen escritode oposición, serán evaluados por sus antecedentes curriculares y laborales. El resto será excluido delproceso de selección. El Comité de Selección labrará el acta correspondiente y la misma será publicada enel ya referido portal web.

5. Publicación del orden de mérito. El Comité de Selección formulará un orden de mérito que resultaráde la suma del puntaje obtenido por cada postulante en el examen escrito de oposición y en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales, labrándose un acta que será publicada en el portal web. En caso deparidad en el mencionado orden de mérito, el Comité de Selección dará prioridad a quien haya obtenidomayor puntaje en el examen escrito de oposición.

6. Presentación de impugnaciones. De las calificaciones y del orden de mérito resultante, se correrá vistapor tres (3) días hábiles a todos los postulantes que participaron en el examen escrito de oposición, quienespodrán presentar impugnaciones en un plazo de cinco (5) días hábiles. Las impugnaciones solo podránbasarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta.No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con elpuntaje adjudicado. Las impugnaciones a la calificación del examen escrito de oposición y a la evaluaciónde los antecedentes deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Planeamiento de Carreras,sita en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. a 17:00hs. Lasmismas serán resueltas por el Comité de Selección al momento de resolver las impugnaciones previstas porel artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11. Si a raíz de una impugnación, el Comité deSelección rectificara el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al obtenido por lospostulantes convocados a la entrevista personal prevista en el inciso 5º del artículo 6º del Anexo a la citadaResolución, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previstoen el referido inciso.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14 (continuación)

7. Entrevista personal a cargo del Comité de Selección en la que se evaluará la adecuación delpostulante al perfil del cargo, con especial atención a sus habilidades gerenciales y a su capacidad deliderazgo, en los casos que corresponda. El Comité de Selección convocará para la realización de laentrevista personal, a los postulantes que igualen o superen el puntaje obtenido por aquellos que se ubiquenen el puesto número diez (10) del orden de mérito resultante de la sumatoria de los puntajes obtenidos en elexamen escrito de oposición y en la evaluación de antecedentes curriculares y laborales. Para serentrevistados personalmente deberán haber obtenido al menos diecisiete (17) puntos en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales. Los postulantes que no cumplan con ambos requisitos exigidos seránexcluidos del proceso de selección. En base a las características del cargo a cubrir, el Comité de Selecciónpodrá efectuar una segunda instancia de evaluación a llevarse a cabo dentro de la misma entrevista personal,en la que se le exigirá a los postulantes que defiendan la resolución de un caso práctico estrechamentevinculado con las tareas a realizar en el cargo a ocupar. La incorporación del caso práctico le será informada a los postulantes con una antelación mínima de tres (3) días corridos de la fecha de la entrevista personal.El Comité de Selección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en laentrevista personal. La misma será publicada en el ya referido portal.

8. Terna. Una vez finalizadas las etapas de evaluación, el Comité de Selección elaborará la terna final, lacual resultará de la suma de los puntajes obtenidos en el examen escrito de oposición, en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales y en la entrevista personal. La misma será publicada en el portal web yen el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9. Presentación de Impugnaciones. Dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación, los postulantespodrán impugnar la terna ante el Comité de Selección, el que deberá expedirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.

10. Selección. El Comité de Selección remitirá un informe con todos los antecedentes al Ministro deModernización, quien luego de glosarlo al expediente correspondiente lo remitirá a la máxima autoridad dela repartición que hubiese solicitado la convocatoria del cargo a cubrir, a fin de que disponga el respectivonombramiento. El nombramiento se efectuará luego de cumplimentados los requisitos establecidos en la LeyNº 471, su reglamentación y demás normas vigentes en la materia. En el supuesto que no hubiere calificadoningún postulante, o los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalenteresponsables del puesto a cubrir así lo dispongan, se declarará desierto el llamado y se realizará una nuevaconvocatoria dentro del plazo de sesenta (60) días corridos.

11. Recursos. Contra el acto de designación, podrán interponerse los recursos administrativosprevistos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lainterposición de los recursos no suspenderá la ejecución y efectos del acto de designación.

NOTA: Toda la información referida a los concursos, así como la información y documentación que deberáser presentada en cada instancia del proceso, se encuentra detallada en el portalhttp://www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Se sugiere leer las “Guías de Ayuda” para elpostulante que se encuentran en el mencionado portal.

4.b. Período de inscripción

Los aspirantes podrán inscribirse al presente concurso en las fechas y conforme a lo establecido en el Artículo3° de la presente Resolución, a través del portal www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos.

Una vez vencido el plazo mencionado en el Artículo 3° de la presente Resolución, no se recibirán solicitudesde inscripción.

4.c. Presentación de documentación que acredite la información suministrada

La documentación deberá presentarse en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, RepúblicaArgentina. El postulante deberá, en el turno programado, presentarse personalmente en la dirección indicada,con la documentación que se detalla en el mencionado portal web.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 44-MMGC/14 (continuación)

4.d. Metodología de evaluación

Se detallan en la siguiente tabla las instancias de evaluación de los postulantes con sus correspondientespuntajes máximos.

Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35Entrevista personal 25

4.e. Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de EvaluaciónPuntaje

Máximo delSubfactor

PuntajeMáximo

del Factor

Antecedentes

Curriculares

Niveleducativorequerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo5

10

Nivel superioral requerido

Posee nivel superior al requerido para elcargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de

la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio.

(Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionadoscon el cargo).

Experiencia Docente Posee experienciadocente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada conlos requisitos específicos del cargo.

25Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos

del cargo.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: EX-2014-00282057-MGEYA-DGPLC. Anexo. Concurso Público Abierto de Oposición yAntecedentes para Subgerencia Operativa Clubes de Barrio. MDE

ANEXO

CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN

PARA LA COBERTURA DEL CARGO

SUBGERENCIA OPERATIVA CLUBES DE BARRIO

Convócase a concurso público abierto de antecedentes y oposición para la cobertura del cargo SubgerenciaOperativa Clubes de Barrio en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico, conforme a lo establecido enla Resolución Nº 1040/SECRH/11 y su normativa correspondiente.

A continuación se describen las especificaciones del cargo, su objetivo y responsabilidades, requisitos, lasetapas del concurso y los integrantes del Comité de Selección.

1. Especificaciones del cargo

Nombre del cargo a cubrir Subgerencia Operativa Clubes de Barrio

Reporta a:

GerenciaOperativa Clubes de Barrio y Federaciones

DirecciónGeneral Deporte Social y Desarrollo Deportivo

Subsecretaría Deportes

Ministerio Desarrollo Económico

Tipo de contratación: Cinco (5) años desde el nombramiento con sujeción aevaluaciones de desempeño anuales.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14 (continuación)

Remuneración:Según lo estipulado en la Resolución N° 849/MMGC/13para los cargos de Gerencias y Subgerencias Operativasdefinitivas.

2. Responsabilidades del cargo (De acuerdo al Decreto N° 236/GCBA/12)

a) Asistir a la Gerencia Operativa, en la administración del Registro Único de Instituciones Deportivas dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con la Ley N° 1.624.

b) Ejecutar las acciones administrativas destinadas a la entrega de subsidios a los Clubes de Barrio, deacuerdo con el reglamento vigente y atendiendo a su clasificación según la normativa correspondiente.

c) Diseñar, formular y gestionar planes de actividades deportivo – recreativas para la comunidad en losClubes de Barrios, en el marco de la Ley N° 1.807

3. Requisitos para la postulación

3.a. Condiciones Generales de Admisibilidad (art. 3° del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11)

Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan para acceder al cargo en el apartado 3.b., el aspirantedeberá acreditar las condiciones de admisibilidad previstas en el artículo 7° de la Ley N° 471 y, como mínimo,alguna de las siguientes condiciones:

1. Título universitario de grado, que corresponda a planes de estudios de Universidadesautorizadas por la autoridad nacional, de duración no inferior a cuatro (4) años, con incumbencia delcargo gerencial pertinente.

2. Especialización en los campos profesionales vinculados al cargo, acreditable mediante estudiosde posgrado o similares, impartidos por entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/oprofesional.

3. Experiencia laboral acreditada, en el ámbito privado o público con vinculación al cargo y quecuenten con una experiencia no menor a cinco (5) años en funciones de similar naturaleza a las quese concursan.

3.b. Requisitos Específicos para el cargo

A continuación se detallan los requisitos específicos a cumplir por los postulantes al cargo.

REQUISITOS DEL CARGONivel

EducativoTítulo universitariode grado

(Deseable)

Lic. en Gestión del Deporte u otrascarreras afines al cargo

Experiencia

Contar con un mínimo de cinco (5) años de experiencia en elámbito público y/o privado en conducción y administración deentidades dedicadas a las actividades deportivas. (Excluyente)

Contar con experiencia en la conducción de equipos detrabajo. (Excluyente)

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Laboral AcreditadaSe valorará experiencia en la administración de entidadesdedicadas a las actividades deportivas recreativas. (Deseable)

Se valorará experiencia en la promoción del desarrollodeportivo. (Deseable)

Se valorará experiencia en programas destinados a promoverla inclusión social mediante la práctica deportiva. (Deseable)

Conocimientostécnicos

Ley N° 1624 y modificatorias: Regula el deporteamateur y profesional y la actividad físico-recreativa anivel comunitario y en edad escolar.Ley N° 1807: Fomento y promoción de clubes de barrio– asociaciones civiles- polideportivos-fomento ypromoción-subsidios-escuelas de iniciación deportiva-polideportivos-deporte escolar-prácticas de salud-instalaciones- usos- competencias – torneos- convenios-fondos.Leyes, normativas y reglamentaciones vinculadas alfuncionamiento de clubes, instituciones deportivas yasociaciones civiles sin fines de lucro, a saber: Leyes N° 3218/09 y 4059/11; Decretos N° 1416/07 y N°1451/08; Resoluciones N° 62/GCBA/SSDEP/07, N°6/GCBA/AGC/08, N° 48/GCBA/SSDEP/08 y N°292/GCBA/SSDEP/13 y el Acta N°2/GCBA/SSDEP/10.

Nivel informático Microsoft Office.

4. Desarrollo del concurso

El proceso de concurso ha sido definido como un procedimiento de etapas sucesivas, en el cual cada etapacontempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente.

Los aspirantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultad en la utilizaciónde los medios definidos para la realización de las sucesivas etapas, deberán informarlo a efectos de garantizarque puedan realizar la inscripción por un medio adecuado.

4.a. Etapas del proceso de concurso

Se señalan a continuación las etapas sucesivas del proceso de concurso.

1. Inscripción Electrónica. Como paso previo a la inscripción en cualquier proceso de selecciónvinculado al Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elaspirante deberá completar el formulario electrónico ubicado en el portal webwww.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos, con sus datos personales, curriculares y laborales. Unavez ingresados todos los datos requeridos, el aspirante deberá completar la solicitud de inscripciónelectrónica -ubicada en el mismo portal web- que se corresponda con el concurso en el que desea participare inscribirse por medio de esa misma vía informática. Se labrará un acta de cierre de inscripción en la queconstarán la totalidad de las personas que se inscribieron electrónicamente al concurso. Asimismo, el actadetallará la nómina de postulantes y de aspirantes excluidos. La misma será publicada en el referido portal

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14 (continuación)

web.

Carácter de declaración jurada de la información brindada. Falsedad. Efectos. En la inscripciónelectrónica, el aspirante deberá aceptar los “Términos y Condiciones” del concurso, en los cuales manifiestahaber completado personalmente, con información verídica y comprobable los formularios electrónicos ydeclara conocer que todo el contenido de las presentaciones electrónicas reviste el carácter de declaraciónjurada y que cualquier falsedad dará lugar a su exclusión del concurso cualquiera sea la instancia en la cualse encuentre.

El período de inscripción se indica en el punto 4.b.

Recusación y excusación de los integrantes del Comité de Selección. Los integrantes del Comité deSelección pueden ser recusados y excusarse únicamente por escrito y con expresión de causa, resultando deaplicación a tal efecto, los artículos 11 y 23 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de laCiudad Autónoma de Buenos Aires. La recusación deberá ser deducida por el postulante en el momento desu inscripción y la excusación de los miembros del Comité deberá realizarse en ocasión del conocimientode la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, lasrecusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido Comité se expida.

Seguidamente se transcribe la normativa citada:

Art. 11: Recusación con expresión de causa. Son causas legales de recusación:

1. El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de laspartes, sus mandatarios/as o letrados/as.

2. Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interésen el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores/as oabogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.

3. Tener el/la juez/a pleito pendiente con el recusante.

4. Ser el/la juez/a acreedor, deudor/a o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancosoficiales.

5. Ser o haber sido el/la juez/a actor/a o denunciante o querellante contra el recusante, o denunciado oquerellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6. Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dadorecomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

7. Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.

8. Tener el/la juez/a con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad ofrecuencia en el trato.

9. Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. Enningún caso procede la recusación por ataques u ofensas inferidas al juez/a después de que haya comenzadoa conocer del asunto.

Art. 23: Excusación. Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusaciónmencionadas en el artículo 11 tiene la carga de excusarse. Asimismo puede hacerlo cuando existan otrascausas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro odelicadeza.

2. Presentación de documentación que acredite la información suministrada. Sólo aquellos aspirantes

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39

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que fueron considerados inscriptos y elevados a la categoría de postulantes, deberán solicitar un turno en elmentado portal a fin de presentar la documentación que acredite la información suministrada en el procesode solicitud de inscripción y aquella que inexcusablemente les fuera exigida en el correspondiente llamado aconcurso, en la oficina que se les informe al efecto.

El domicilio para entrega de documentación se indica en el punto 4.c.

3. Examen escrito de oposición. Sólo aquellos postulantes que hayan presentado la documentación querespalda sus antecedentes en tiempo y forma, deberán presentarse a rendir el examen escrito de oposición.Para ello, deberán ingresar periódicamente en la sección “Mis Postulaciones” del portal web y verificar elestado del concurso al cual se inscribió, haciendo “click” en “Para ver el estado del concurso Click Aquí”.Allí, oportunamente, se publicará la fecha, horario y lugar de la realización del examen escrito de oposición.Culminado el examen escrito de oposición (conf. Art. 6 inc. 3 d) Res. Nº 1040/SECRH/11), el Comité deSelección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en el mismo. Lamisma será publicada en el mentado portal.

Todo postulante que durante el examen de oposición consulte elementos que no hayan sidopermitidos en forma expresa, será automáticamente descalificado por el Comité de Selección.

4. Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales. Culminado el examen escrito de oposición,el Comité de Selección labrará un acta en la que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos enel mismo. Sólo aquellos postulantes que hubiesen obtenido al menos veinte (20) puntos en el examen escritode oposición, serán evaluados por sus antecedentes curriculares y laborales. El resto será excluido delproceso de selección. El Comité de Selección labrará el acta correspondiente y la misma será publicada enel ya referido portal web.

5. Publicación del orden de mérito. El Comité de Selección formulará un orden de mérito que resultaráde la suma del puntaje obtenido por cada postulante en el examen escrito de oposición y en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales, labrándose un acta que será publicada en el portal web. En caso deparidad en el mencionado orden de mérito, el Comité de Selección dará prioridad a quien haya obtenidomayor puntaje en el examen escrito de oposición.

6. Presentación de impugnaciones. De las calificaciones y del orden de mérito resultante, se correrá vistapor tres (3) días hábiles a todos los postulantes que participaron en el examen escrito de oposición, quienespodrán presentar impugnaciones en un plazo de cinco (5) días hábiles. Las impugnaciones solo podránbasarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta.No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con elpuntaje adjudicado. Las impugnaciones a la calificación del examen escrito de oposición y a la evaluaciónde los antecedentes deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Planeamiento de Carreras,sita en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. a 17:00hs. Lasmismas serán resueltas por el Comité de Selección al momento de resolver las impugnaciones previstas porel artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11. Si a raíz de una impugnación, el Comité deSelección rectificara el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al obtenido por lospostulantes convocados a la entrevista personal prevista en el inciso 5º del artículo 6º del Anexo a la citadaResolución, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previstoen el referido inciso.

7. Entrevista personal a cargo del Comité de Selección en la que se evaluará la adecuación delpostulante al perfil del cargo, con especial atención a sus habilidades gerenciales y a su capacidad deliderazgo, en los casos que corresponda. El Comité de Selección convocará para la realización de laentrevista personal, a los postulantes que igualen o superen el puntaje obtenido por aquellos que se ubiquenen el puesto número diez (10) del orden de mérito resultante de la sumatoria de los puntajes obtenidos en elexamen escrito de oposición y en la evaluación de antecedentes curriculares y laborales. Para serentrevistados personalmente deberán haber obtenido al menos diecisiete (17) puntos en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales. Los postulantes que no cumplan con ambos requisitos exigidos serán

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14 (continuación)

excluidos del proceso de selección. En base a las características del cargo a cubrir, el Comité de Selecciónpodrá efectuar una segunda instancia de evaluación a llevarse a cabo dentro de la misma entrevista personal,en la que se le exigirá a los postulantes que defiendan la resolución de un caso práctico estrechamentevinculado con las tareas a realizar en el cargo a ocupar. La incorporación del caso práctico le será informada a los postulantes con una antelación mínima de tres (3) días corridos de la fecha de la entrevista personal.El Comité de Selección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en laentrevista personal. La misma será publicada en el ya referido portal.

8. Terna. Una vez finalizadas las etapas de evaluación, el Comité de Selección elaborará la terna final, lacual resultará de la suma de los puntajes obtenidos en el examen escrito de oposición, en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales y en la entrevista personal. La misma será publicada en el portal web yen el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9. Presentación de Impugnaciones. Dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación, los postulantespodrán impugnar la terna ante el Comité de Selección, el que deberá expedirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.

10. Selección. El Comité de Selección remitirá un informe con todos los antecedentes al Ministro deModernización, quien luego de glosarlo al expediente correspondiente lo remitirá a la máxima autoridad dela repartición que hubiese solicitado la convocatoria del cargo a cubrir, a fin de que disponga el respectivonombramiento. El nombramiento se efectuará luego de cumplimentados los requisitos establecidos en la LeyNº 471, su reglamentación y demás normas vigentes en la materia. En el supuesto que no hubiere calificadoningún postulante, o los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalenteresponsables del puesto a cubrir así lo dispongan, se declarará desierto el llamado y se realizará una nuevaconvocatoria dentro del plazo de sesenta (60) días corridos.

11. Recursos. Contra el acto de designación, podrán interponerse los recursos administrativosprevistos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lainterposición de los recursos no suspenderá la ejecución y efectos del acto de designación.

NOTA: Toda la información referida a los concursos, así como la información y documentación que deberáser presentada en cada instancia del proceso, se encuentra detallada en el portalhttp://www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Se sugiere leer las “Guías de Ayuda” para elpostulante que se encuentran en el mencionado portal.

4.b. Período de inscripción

Los aspirantes podrán inscribirse al presente concurso en las fechas y conforme a lo establecido en el Artículo3° de la presente Resolución, a través del portal www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos.

Una vez vencido el plazo mencionado en el Artículo 3° de la presente Resolución, no se recibirán solicitudesde inscripción.

4.c. Presentación de documentación que acredite la información suministrada

La documentación deberá presentarse en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, RepúblicaArgentina. El postulante deberá, en el turno programado, presentarse personalmente en la dirección indicada,con la documentación que se detalla en el mencionado portal web.

4.d. Metodología de evaluación

Se detallan en la siguiente tabla las instancias de evaluación de los postulantes con sus correspondientespuntajes máximos.

Factor Puntaje máximo por factor

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45-MMGC/14 (continuación)

Examen escrito de oposición 40Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35Entrevista personal 25

4.e. Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de EvaluaciónPuntaje

Máximo delSubfactor

PuntajeMáximo

del Factor

Antecedentes

Curriculares

Niveleducativorequerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo5

10

Nivel superioral requerido

Posee nivel superior al requerido para elcargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de

la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio.

(Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionadoscon el cargo).

Experiencia Docente Posee experienciadocente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada conlos requisitos específicos del cargo.

25Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos

del cargo.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 42

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: EX-2014-00282108-MGEYA-DGPLC. Anexo. Concurso Público Abierto de Oposición yAntecedentes para Gerencia Operativa Clubes de Barrio y Federaciones. MDE

ANEXO

CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN

PARA LA COBERTURA DEL CARGO

GERENCIA OPERATIVA CLUBES DE BARRIO Y FEDERACIONES

Convócase a concurso público abierto de antecedentes y oposición para la cobertura del cargo GerenciaOperativa Clubes de Barrio y Federaciones en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico, conforme alo establecido en la Resolución Nº 1040/SECRH/11 y su normativa correspondiente.

A continuación se describen las especificaciones del cargo, su objetivo y responsabilidades, requisitos, lasetapas del concurso y los integrantes del Comité de Selección.

1. Especificaciones del cargo

Nombre del cargo a cubrir Gerencia Operativa Clubes de Barrio y Federaciones

Reporta a:

DirecciónGeneral Deporte Social y Desarrollo Deportivo

Subsecretaría Deportes

Ministerio Desarrollo Económico

Cinco (5) años desde el nombramiento con sujeción a

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14 (continuación)

Tipo de contratación: evaluaciones de desempeño anuales.

Remuneración:

Según lo estipulado en la Resolución N° 849/MMGC/13para los cargos de Gerencias y Subgerencias Operativasdefinitivas.

2. Responsabilidades del cargo (De acuerdo al Decreto N° 236/GCABA/11)

a) Administrar el Registro Único de Instituciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,de acuerdo con la Ley N° 1.624.

b) Coordinar y gestionar los subsidios destinados a los Clubes de Barrio y Federaciones Deportivas deacuerdo con el reglamento vigente y atendiendo a su clasificación según la normativa correspondiente.

c) Diseñar, formular y gestionar planes de actividades para adultos y ciudadanos de la tercera edad, enlas sedes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los Clubes de Barrio einstalaciones privadas designadas para tal fin.

d) Diseñar los programas y políticas para el desarrollo del deporte federado.

e) Desarrollar acciones de apoyo para deportistas de mediano y alto rendimiento, que representen a laCiudad Autónoma de Buenos Aires en competencias nacionales e internacionales.

f) Promover el desarrollo de actividades deportivas para la comunidad en los Clubes de Barrio, en elmarco de la Ley N° 1.807.

g) Colaborar con las actividades deportivas, destinadas a ciudadanos con discapacidades físicas, motorasy cognitivas, que desarrolle la DGDSYDD.

h) Llevar adelante investigaciones, recopilaciones y publicaciones sobre el desarrollo deportivo de laciudad. Administrar el Centro de Documentación y Referencia Histórica (Ce.D.I.R.H.)

3. Requisitos para la postulación

3.a. Condiciones Generales de Admisibilidad (art. 3° del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11)

Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan para acceder al cargo en el apartado 3.b., el aspirantedeberá acreditar las condiciones de admisibilidad previstas en el artículo 7° de la Ley N° 471 y, como mínimo,alguna de las siguientes condiciones:

1. Título universitario de grado, que corresponda a planes de estudios de Universidadesautorizadas por la autoridad nacional, de duración no inferior a cuatro (4) años, con incumbencia delcargo gerencial pertinente.

2. Especialización en los campos profesionales vinculados al cargo, acreditable mediante estudiosde posgrado o similares, impartidos por entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/oprofesional.

3. Experiencia laboral acreditada, en el ámbito privado o público con vinculación al cargo y quecuenten con una experiencia no menor a cinco (5) años en funciones de similar naturaleza a las quese concursan.

3.b. Requisitos Específicos para el cargo

A continuación se detallan los requisitos específicos a cumplir por los postulantes al cargo.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14 (continuación)

REQUISITOS DEL CARGO

Nivel

Educativo

Título universitariode grado. (Deseable)

Lic. en Gestión del Deporte u otrascarreras afines al cargo.

Posgrado (Deseable) Se valorarán estudios de posgradosrelacionados con Gestión Deportiva.

Experiencia

Laboral Acreditada

Contar con un mínimo de cinco (5) años de experiencia en elámbito público y/o privado en conducción y administración deentidades dedicadas a las actividades deportivas. (Excluyente)

Contar con experiencia en la conducción de equipos detrabajo. (Excluyente)

Contar con experiencia en Management Deportivo.(Deseable)

Se valorará experiencia en la administración de entidadesdedicadas a las actividades deportivas comunitarias.(Deseable)

Se valorará experiencia en programas destinados a promoverla inclusión social mediante la práctica deportiva. (Deseable)

Conocimientostécnicos

Ley N° 1624 y modificatorias: Regula el deporteamateur y profesional y la actividad físico-recreativa anivel comunitario y en edad escolar.Ley N° 1807: Fomento y promoción de clubes de barrio– asociaciones civiles- polideportivos-fomento ypromoción-subsidios-escuelas de iniciación deportiva-polideportivos-deporte escolar-prácticas de salud-instalaciones- usos- competencias – torneos- convenios-fondos.Decreto Nº 1377/07: Crea el Programa de Promoción deFortalecimiento Institucional y Tecnificación Deportivadestinado al desarrollo de programas y proyectos de altacompetencia y rendimiento deportivo que impliquenmejoras en los niveles de gestión, conducción yproducción en materia deportiva de las FederacionesMetropolitanas.Leyes, normativas y reglamentaciones vinculadas alfuncionamiento de clubes, instituciones deportivas yasociaciones civiles sin fines de lucro, a saber: Leyes N° 3218/09 y 4059/11; Decretos N° 1416/07 y N°1451/08; Resoluciones N° 62/GCBA/SSDEP/07, N°6/GCBA/AGC/08, N° 48/GCBA/SSDEP/08 y N°292/GCBA/SSDEP/13 y el Acta N°2/GCBA/SSDEP/10.

Nivel informático Microsoft Office.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14 (continuación)

4. Desarrollo del concurso

El proceso de concurso ha sido definido como un procedimiento de etapas sucesivas, en el cual cada etapacontempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente.

Los aspirantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultad en la utilizaciónde los medios definidos para la realización de las sucesivas etapas, deberán informarlo a efectos de garantizarque puedan realizar la inscripción por un medio adecuado.

4.a. Etapas del proceso de concurso

Se señalan a continuación las etapas sucesivas del proceso de concurso.

1. Inscripción Electrónica. Como paso previo a la inscripción en cualquier proceso de selecciónvinculado al Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elaspirante deberá completar el formulario electrónico ubicado en el portal webwww.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos, con sus datos personales, curriculares y laborales. Unavez ingresados todos los datos requeridos, el aspirante deberá completar la solicitud de inscripciónelectrónica -ubicada en el mismo portal web- que se corresponda con el concurso en el que desea participare inscribirse por medio de esa misma vía informática. Se labrará un acta de cierre de inscripción en la queconstarán la totalidad de las personas que se inscribieron electrónicamente al concurso. Asimismo, el actadetallará la nómina de postulantes y de aspirantes excluidos. La misma será publicada en el referido portalweb.

Carácter de declaración jurada de la información brindada. Falsedad. Efectos. En la inscripciónelectrónica, el aspirante deberá aceptar los “Términos y Condiciones” del concurso, en los cuales manifiestahaber completado personalmente, con información verídica y comprobable los formularios electrónicos ydeclara conocer que todo el contenido de las presentaciones electrónicas reviste el carácter de declaraciónjurada y que cualquier falsedad dará lugar a su exclusión del concurso cualquiera sea la instancia en la cualse encuentre.

El período de inscripción se indica en el punto 4.b.

Recusación y excusación de los integrantes del Comité de Selección. Los integrantes del Comité deSelección pueden ser recusados y excusarse únicamente por escrito y con expresión de causa, resultando deaplicación a tal efecto, los artículos 11 y 23 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de laCiudad Autónoma de Buenos Aires. La recusación deberá ser deducida por el postulante en el momento desu inscripción y la excusación de los miembros del Comité deberá realizarse en ocasión del conocimientode la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, lasrecusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido Comité se expida.

Seguidamente se transcribe la normativa citada:

Art. 11: Recusación con expresión de causa. Son causas legales de recusación:

1. El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de laspartes, sus mandatarios/as o letrados/as.

2. Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interésen el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores/as oabogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.

3. Tener el/la juez/a pleito pendiente con el recusante.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14 (continuación)

4. Ser el/la juez/a acreedor, deudor/a o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancosoficiales.

5. Ser o haber sido el/la juez/a actor/a o denunciante o querellante contra el recusante, o denunciado oquerellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6. Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dadorecomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

7. Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.

8. Tener el/la juez/a con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad ofrecuencia en el trato.

9. Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. Enningún caso procede la recusación por ataques u ofensas inferidas al juez/a después de que haya comenzadoa conocer del asunto.

Art. 23: Excusación. Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusaciónmencionadas en el artículo 11 tiene la carga de excusarse. Asimismo puede hacerlo cuando existan otrascausas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro odelicadeza.

2. Presentación de documentación que acredite la información suministrada. Sólo aquellos aspirantesque fueron considerados inscriptos y elevados a la categoría de postulantes, deberán solicitar un turno en elmentado portal a fin de presentar la documentación que acredite la información suministrada en el procesode solicitud de inscripción y aquella que inexcusablemente les fuera exigida en el correspondiente llamado aconcurso, en la oficina que se les informe al efecto.

El domicilio para entrega de documentación se indica en el punto 4.c.

3. Examen escrito de oposición. Sólo aquellos postulantes que hayan presentado la documentación querespalda sus antecedentes en tiempo y forma, deberán presentarse a rendir el examen escrito de oposición.Para ello, deberán ingresar periódicamente en la sección “Mis Postulaciones” del portal web y verificar elestado del concurso al cual se inscribió, haciendo “click” en “Para ver el estado del concurso Click Aquí”.Allí, oportunamente, se publicará la fecha, horario y lugar de la realización del examen escrito de oposición.Culminado el examen escrito de oposición (conf. Art. 6 inc. 3 d) Res. Nº 1040/SECRH/11), el Comité deSelección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en el mismo. Lamisma será publicada en el mentado portal.

Todo postulante que durante el examen de oposición consulte elementos que no hayan sidopermitidos en forma expresa, será automáticamente descalificado por el Comité de Selección.

4. Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales. Culminado el examen escrito de oposición,el Comité de Selección labrará un acta en la que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos enel mismo. Sólo aquellos postulantes que hubiesen obtenido al menos veinte (20) puntos en el examen escritode oposición, serán evaluados por sus antecedentes curriculares y laborales. El resto será excluido delproceso de selección. El Comité de Selección labrará el acta correspondiente y la misma será publicada enel ya referido portal web.

5. Publicación del orden de mérito. El Comité de Selección formulará un orden de mérito que resultaráde la suma del puntaje obtenido por cada postulante en el examen escrito de oposición y en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales, labrándose un acta que será publicada en el portal web. En caso deparidad en el mencionado orden de mérito, el Comité de Selección dará prioridad a quien haya obtenidomayor puntaje en el examen escrito de oposición.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14 (continuación)

6. Presentación de impugnaciones. De las calificaciones y del orden de mérito resultante, se correrá vistapor tres (3) días hábiles a todos los postulantes que participaron en el examen escrito de oposición, quienespodrán presentar impugnaciones en un plazo de cinco (5) días hábiles. Las impugnaciones solo podránbasarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta.No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con elpuntaje adjudicado. Las impugnaciones a la calificación del examen escrito de oposición y a la evaluaciónde los antecedentes deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Planeamiento de Carreras,sita en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. a 17:00hs. Lasmismas serán resueltas por el Comité de Selección al momento de resolver las impugnaciones previstas porel artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11. Si a raíz de una impugnación, el Comité deSelección rectificara el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al obtenido por lospostulantes convocados a la entrevista personal prevista en el inciso 5º del artículo 6º del Anexo a la citadaResolución, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previstoen el referido inciso.

7. Entrevista personal a cargo del Comité de Selección en la que se evaluará la adecuación delpostulante al perfil del cargo, con especial atención a sus habilidades gerenciales y a su capacidad deliderazgo, en los casos que corresponda. El Comité de Selección convocará para la realización de laentrevista personal, a los postulantes que igualen o superen el puntaje obtenido por aquellos que se ubiquenen el puesto número diez (10) del orden de mérito resultante de la sumatoria de los puntajes obtenidos en elexamen escrito de oposición y en la evaluación de antecedentes curriculares y laborales. Para serentrevistados personalmente deberán haber obtenido al menos diecisiete (17) puntos en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales. Los postulantes que no cumplan con ambos requisitos exigidos seránexcluidos del proceso de selección. En base a las características del cargo a cubrir, el Comité de Selecciónpodrá efectuar una segunda instancia de evaluación a llevarse a cabo dentro de la misma entrevista personal,en la que se le exigirá a los postulantes que defiendan la resolución de un caso práctico estrechamentevinculado con las tareas a realizar en el cargo a ocupar. La incorporación del caso práctico le será informada a los postulantes con una antelación mínima de tres (3) días corridos de la fecha de la entrevista personal.El Comité de Selección labrará un acta que hará mención de los postulantes y los puntajes obtenidos en laentrevista personal. La misma será publicada en el ya referido portal.

8. Terna. Una vez finalizadas las etapas de evaluación, el Comité de Selección elaborará la terna final, lacual resultará de la suma de los puntajes obtenidos en el examen escrito de oposición, en la evaluación deantecedentes curriculares y laborales y en la entrevista personal. La misma será publicada en el portal web yen el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9. Presentación de Impugnaciones. Dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación, los postulantespodrán impugnar la terna ante el Comité de Selección, el que deberá expedirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.

10. Selección. El Comité de Selección remitirá un informe con todos los antecedentes al Ministro deModernización, quien luego de glosarlo al expediente correspondiente lo remitirá a la máxima autoridad dela repartición que hubiese solicitado la convocatoria del cargo a cubrir, a fin de que disponga el respectivonombramiento. El nombramiento se efectuará luego de cumplimentados los requisitos establecidos en la LeyNº 471, su reglamentación y demás normas vigentes en la materia. En el supuesto que no hubiere calificadoningún postulante, o los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalenteresponsables del puesto a cubrir así lo dispongan, se declarará desierto el llamado y se realizará una nuevaconvocatoria dentro del plazo de sesenta (60) días corridos.

11. Recursos. Contra el acto de designación, podrán interponerse los recursos administrativosprevistos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lainterposición de los recursos no suspenderá la ejecución y efectos del acto de designación.

NOTA: Toda la información referida a los concursos, así como la información y documentación que deberáser presentada en cada instancia del proceso, se encuentra detallada en el portal

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 46-MMGC/14 (continuación)

http://www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Se sugiere leer las “Guías de Ayuda” para elpostulante que se encuentran en el mencionado portal.

4.b. Período de inscripción

Los aspirantes podrán inscribirse al presente concurso en las fechas y conforme a lo establecido en el Artículo3° de la presente Resolución, a través del portal www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos.

Una vez vencido el plazo mencionado en el Artículo 3° de la presente Resolución, no se recibirán solicitudesde inscripción.

4.c. Presentación de documentación que acredite la información suministrada

La documentación deberá presentarse en Maipú 374, 3º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, RepúblicaArgentina. El postulante deberá, en el turno programado, presentarse personalmente en la dirección indicada,con la documentación que se detalla en el mencionado portal web.

4.d. Metodología de evaluación

Se detallan en la siguiente tabla las instancias de evaluación de los postulantes con sus correspondientespuntajes máximos.

Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35Entrevista personal 25

4.e. Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de EvaluaciónPuntaje

Máximo delSubfactor

PuntajeMáximo

del Factor

Antecedentes

Curriculares

Niveleducativorequerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo5

10

Nivel superioral requerido

Posee nivel superior al requerido para elcargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de

la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio.

(Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionadoscon el cargo).

Experiencia Docente Posee experienciadocente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada conlos requisitos específicos del cargo.

25Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos

del cargo.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1265-SSGRH/13 (continuación)Anexo “I” de la Resolución N° /SSGRH/

CESES

APELLIDO Y NOMBRES

CUIL REPARTICIÓN

Banegas Ignacia del Carmen 27-04466314-2 Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.

Masino Alfredo Eduardo 20-04981034-3 Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, de laSubsecretaría de Atención Ciudadana.

Bouzada Tomás Francisco 20-04443329-0 Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Paletta Francisco Héctor 20-04444587-6 Dirección General de Control, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Rial Pérez Roberto 20-93504714-6 Organismo Fuera de Nivel Ente de Higiene Urbana, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Zimmermann Marta Emilia 27-04758351-4 Dirección General Espacios Verdes, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Pattin Pablo Daniel 23-07776537-9 Ente de Turismo, del Ministerio de Cultura.

López Alicia Carmen 27-04641945-1 Dirección General de la Mujer, del Ministerio de Desarrollo Social.

Helas María Elena 27-04759027-8 Secretaría de Educación-Distrito 11, del Ministerio de Educación.

Reinoso Ángela Trinidad 27-03956628-7 Dirección General Niñez y Adolescencia, del Ministerio de Desarrollo Social.

Volnovich Miryam 27-03771914-0 Subsecretaría de Tercera Edad, del Ministerio de Desarrollo Social.

Martinez Dora Alicia 23-10122438-4 Dirección General Educación de Gestión Estatal- D.E. 1, del Ministerio de Educación.

Mattano Raquel 27-10320157-3 Distrito Escolar 13, del Ministerio de Educación.

Mercorillo Silvia Susana 27-05643191-3 Ministerio de Educación.

Noya Josefa Esther 23-11423631-4 Distrito Escolar 16, del Ministerio de Educación.

Pereyra Francisca Antonia 27-05754430-4 Dirección General Educación de Gestión Estatal-D.E.14, del Ministerio de Educación.

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N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1265-SSGRH/13 (continuación)

Anexo “I” de la Resolución N° /SSGRH/

CESES

APELLIDO Y NOMBRES

CUIL REPARTICIÓN

Trimarchi Norma 27-04269232-3 Dirección General de Educación de Gestión Estatal- D.E.12, del Ministerio de Educación.

Bianchi Héctor Fernando 20-07593891-9 Dirección General de Rentas, del Ministerio de Hacienda.

Feijoo Horacio Raúl 20-07599744-3 Dirección General de Contaduría, del Ministerio de Hacienda.

Navarro Alicia Ester 27-04559651-1 Dirección General de Rentas, del Ministerio de Hacienda.

Bellido Juana 27-05139241-3 Hospital de Quemados, del Ministerio de Salud.

Deluca Mirta Graciela 27-05633092-0 Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, del Ministerio de Salud

Ferrari Gadaleta María de los Ángeles

27-04376996-6 Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, del Ministerio de Salud

González María del Carmen 27-05209861-6 Hospital General de Agudos “Dr. Juan A. Fernández”, del Ministerio de Salud

González Stella Maris 27-06428641-8 Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”, del Ministerio de Salud.

Lastra Susana Mercedes 27-11002317-6 Hospital Genetal de Agudos “Dr. Carlos G. Durand”, del Ministerio de Salud.

Minervino Élida Noemí 27-04277894-5 Hospital General de Agudos “Dr. José María Ramos Mejía”, del Ministerio de Salud.

Noguera Susana Elsa 27-05478697-8 Hospital General de Agudos “Dr. Juan A. Fernández”, del Ministerio de Salud.

Raslawski Elsa Cristina 27-05810671-8 Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del Ministerio de Salud.

Rizzolo Lía Ester 23-04970856-4 Hospital General de Agudos “Ignacio Pirovano”, del Ministerio de Salud.

Rodrigo Jorge Osvaldo 20-07593022-5 Hospital de Infecciosas “Dr. Francisco Javier Muñiz”, del Ministerio de Salud.

Rodriguez Lorenza Juliana 27-05443327-7 Hospital Materno Infantil “Ramón Sardá”, del Ministerio de Salud.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1265-SSGRH/13 (continuación)Anexo “I” de la Resolución N° /SSGRH/

CESES

APELLIDO Y NOMBRES

CUIL REPARTICIÓN

Uva Jorge César 20-07597724-8 Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. José T. Borda”, del Ministerio de Salud.

Vázquez Norma Élida 27-05570379-0 Hospital General de Agudos “Dr. José María Penna”, del Ministerio de Salud.

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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: Ex. Nº 738.340/11 e incorp. Ex. Nº 1.458.358/10, Ex. Nº 1.114.351/10 s/“Cruce Bajo Nivel enla calle Aizpurúa y Vías del ex FFCC General Mitre (Ramal José León Suárez)”

ANEXO I

Se establecen las siguientes condiciones a cumplir:

ETAPA DE OBRA

1. Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Nº 740/07.

2. Reducir los niveles de ruidos y vibraciones de todas las maquinarias y vehículos utilizados, mediante lautilización de dispositivos adecuados.

3. Desarrollar las actividades susceptibles de generar ruidos y vibraciones molestas en horarios adecuados ydonde se cause el menor impacto negativo posible.

4. Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario Nº 198/06.

5. Acondicionar las vías de circulación dentro del área de obra para mitigar la generación de materialparticulado.

6. Realizar la carga y descarga de insumos dentro del área, y no permitir el estacionamiento de vehículos decarga en las inmediaciones de la obra.

7. Instalar todos los vallados, señalizaciones, cintas de seguridad, alarmas y carteles indicadores necesariospara evitar daños y perjuicios sobre los peatones y vehículos que circulan por la vía publica.

8. Seleccionar el itinerario de los vehículos de carga compatibilizando sus características y el tipo de carga,con las vías de circulación y el volumen de tránsito, de forma tal de respetar las normas de circulación.

9. Contar con las autorizaciones correspondientes para la ocupación de la vía pública.

10. No permitir vehículos en espera con el motor funcionando.

11. Verificar antes de la partida del camión cargado desde o hacia la obra, la adecuada aplicación deresguardos físicos para evitar derrames, voladuras, caídas, desprendimientos así como riesgos de sobrepesosy desplazamiento.

12. Efectuar procedimientos de comunicación pública que alerten a la población con suficiente antelaciónel plan de trabajos y cronograma de cortes y alteraciones al tránsito vehicular y peatonal.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5-APRA/14

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5-APRA/14 (continuación)

13. Contar con Plan de Contingencia para casos de Incendio, Explosión, Derrames y Derrumbes firmadopor profesional idóneo. Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad

14. Contar, en forma previa al inicio de la obra, con planos y toda otra información necesaria para detectary evitar las interferencias con servicios públicos.

15. Acordar cronogramas de cortes con empresas de servicios públicos.

16. Previo al inicio de la obra , se deberá contar con la autorización de AySA SA para interferir en losservicios públicos que dicha empresa presta sobre la traza.

17. Solicitar autorización a la empresa AySA en caso de tener que descargar efluentes líquidosprovenientes de la depresión de napas en los sistemas de alcantarillado.

18. Colocar mallas adecuadas a la entrada del sistema de alcantarillado para impedir la descarga deescombros, suelo excavado o materiales en general.

19. Realizar el acopio o depósito temporario de hidrocarburos, pinturas, solventes, lubricantes, etc. en unsector delimitado, techado, con solado no absorbente y con pendientes y barreras adecuadas para evitarderrames e infiltraciones en el suelo.

20. En caso de que las características organolépticas del suelo extraído permitan presumir la existencia decontaminantes, se deberá analizar el mismo y presentar los resultados ante la Autoridad de Aplicación,quien determinará la forma correcta de gestionar el suelo contaminado.

21. Cumplir con la Ley N° 11.843 para control de roedores y con la normativa legal vigente en lo querespecta a control de vectores.

22. Documentar y archivar la recepción en el sitio de disposición final del material producto de laexcavación.

23. Se deberán tomar los resguardos necesarios a fin de evitar la descarga de residuos de materiales.

24. En caso de la remoción, poda o traslado de especies pertenecientes al arbolado público se deberá darintervención a la Dirección General de Espacios Verdes.

25. Mitigar las emisiones de polvo y material particulado a la atmósfera durante toda la etapa de obra.

26. Contar con un Plan de Gestión de Residuos, que contemple la estricta separación por tipo, establezca lasformas de manipulación, almacenamiento, transporte, frecuencias, disposición y/o recolección dentro delmarco normativo vigente en la materia.

27. Reutilizar la mayor cantidad posible de residuos sólidos generados durante la etapa de obra para undestino adecuado a los mismos.

28. Inscribirse en el Registro de generadores, operadores y transportistas de Residuos Peligrosos en lostérminos y oportunidad prevista en el Art. 13 del Decreto N° 2020/07 por el tiempo que demande laconstrucción del emprendimiento.

29. Realizar la segregación y disposición de los residuos con características peligrosas en lugarespreviamente identificados, debiendo documentar y archivar los Manifiestos de retiro extendidos porempresas transportistas y tratadoras habilitadas.

30. Proteger los desagües pluviales de toda escorrentería que pueda ocasionar obstrucciones en los mismos.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5-APRA/14 (continuación)

31. Solicitar la correspondiente autorización de la Dirección General de Tránsito en caso de preveralteraciones en el tránsito.

32. Acordar con la Dirección General de Hidráulica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, las obras referidas a la infraestructura de desagües pluviales.

33. Dar cumplimiento del trámite previsto en la Resolución Conjunta Nº 2.521/SSGEYAF/APRA/10, queestablece la obligatoriedad, para las actividades Con Relevante Efecto, de contratar el seguro ambientalprevisto en la Ley Nacional N° 25.675 “Ley General del Ambiente” en un plazo de 30 días de adjudicada laobra o del retiro del presente Certificado de Aptitud Ambiental en su defecto.

34. Cumplir con la Ley N° 3263 de “Arbolado Público Urbano” en lo que respecta al trasplante de especiesarbóreas.

35. El titular de la actividad deberá tener en cuenta la observación realizada por la Dirección General deArbolado por Informe N° 1.210846-DGARB-2010, respecto a la incorporación de 80 ejemplares dePhotinia frazeri que el proyecto contempla para reemplazar la vegetación extraída. Y respecto a lacompensación ambiental por los ejemplares extraidos, la misma deberá ser de 4 ejemplares de Tulipanero(Liriodendrom tulipifera) y 153 ejemplares de Liquidambar (Liquidambar styraciflua), tamaño 14-16 c.c.,con sus correspondientes tutores (2 por ejemplar) de carpintería, de 2’’ x 2’’ de sección y de 2,50m dealtura, y banda protectora contra hormigas (1m por ejemplar).

36. Desarrollo de tareas con mayores emisiones sonoras durante el período diurno.

37. Evitar la simultaneidad de ejecución de tareas con mayores niveles de emisión sonora.

38. Análisis sobre la eventual necesidad de ejecutar pantallas acústicas con el objeto de minimizar losniveles sonoros generados por el funcionamiento de compresores, generadores y otras fuentes.

39. Contar, en forma previa al inicio de la obra, con las autorizaciones correspondientes de la autoridadcompetente para las intervenciones en la vía férrea.

40. Tomar los recaudos necesarios para evitar posibles daños estructurales a las propiedades linderas.

41. La ubicación del obrador deberá contemplar la accesibilidad de los establecimientos educativos, desanidad y/o servicio de la zona afectada a la obra.

ETAPA OPERATIVA

1. Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/07.

2. Efectuar el mantenimiento preventivo-correctivo del equipo de bombeo, a fin de asegurar una adecuadaevacuación del agua proveniente de las precipitaciones.

3. Efectuar el mantenimiento adecuado del sistema de desagüe pluvial, a fin de asegurar un eficientesistema de escurrimiento de las aguas sobre las calzadas y veredas afectadas a la obra.

4. Efectuar el mantenimiento adecuado del sistema de iluminación, a fin de asegurar en el área deintervención el cumplimiento de las normativas y criterios fijados por la Dirección General de Alumbradodel GCBA.

5. Efectuar el mantenimiento adecuado de los sistemas de señalización, a fin de cumplir lo requerido por elCódigo de Tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de conformidad con las normas de VialidadNacional.

6. Gestionar los residuos derivados del mantenimiento y reparación del grupo electrógeno y las baterías en

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5-APRA/14 (continuación)

desuso como residuos peligrosos, en caso de corresponder.

7. En caso de que con la ejecución del proyecto se verificasen incrementos de significativa magnitud en elnivel de presión sonora respecto de la situación observada en la etapa preoperacional, deberán ejecutarse lasmedidas de mitigación pertinentes, de manera de minimizar las emisiones sonoras generadas por el flujovehicular en la región comprometida.

8. Presentar dentro de los sesenta (60) días de haberse habilitado el cruce bajo nivel, un Informe Técnicocomprendiendo monitoreos de los niveles sonoros continuos equivalentes existentes en la regióninvolucrada. Para ello deberá presentarse previamente ante la Autoridad de Aplicación, la propuestametodológica a aplicar para la realización del informe técnico, en un todo de acuerdo a lo establecido porla Ley Nº 1540 y su Decreto Reglamentario Nº 740/07, seleccionándose los puntos de medición yaconsiderados.

9. Asegurar el libre acceso a las propiedades frentistas.

10. Asegurar la accesibilidad peatonal y de personas con movilidad reducida en los cruces bajo nivel.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 61

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8-APRA/14 (continuación)

totalCantidad de agentes 1º S distribución

Cantidad de agentes 2º S distribución

5 20 10%4 67 32%3 118 56%2 5 2%

no evaluadas 19229

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ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-SECLYT-MMGC-MHGC-MJGGC/14

Procedimiento Administrativo Electrónico correspondiente a la etapa de EJECUCIÓN de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios, utilizando el Módulo

LOyS del SADE.

1- Subir Factura

El área propiciante recibirá en su buzón de tareas los contratos aprobados por la

Dirección General de Contaduría (DGCG). El expediente se encontrará en la tarea

“Subir Factura”.

Al ejecutar la tarea, se visualizarán los períodos habilitados para realizar la carga

del/de los comprobante/s entregados por el contratado.

Cada comprobante, deberá ser escaneado, junto con la Constancia de inscripción en

AFIP del contratado.

Cada archivo, será añadido al sistema en su correspondiente período.

2- Cargar Formulario

Al ejecutar la tarea “Cargar Formulario”, el área propiciante procederá a completar el

formulario con los datos que corresponden al comprobante añadido al sistema. Los

datos a cargar son los siguientes:

- Tipo y Letra de comprobante.

- Punto de Venta.

- Nº de Comprobante

- Fecha de emisión y recepción del comprobante.

- Monto del comprobante.

- Nombre del funcionario firmante del comprobante.

Una vez completo el formulario, los datos se graban y se selecciona la repartición

liquidadora de los comprobantes.

3- Firma Factura

En esta etapa, a través del flujo de firma de GEDO, se realizará la firma del/de los

comprobantes.

Los comprobantes serán firmados por la máxima autoridad del área propiciante con

rango no inferior a Director General, o, por el funcionario en el que se haya delegado

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ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-SECLYT-MMGC-MHGC-MJGGC/14 (continuación)

la firma mediante norma legal notificada a la Dirección General de Contaduría del

Ministerio de Hacienda.

Mientras se ejecuta este procedimiento, el expediente continuará en el buzón de

tareas del área propiciante, donde se podrá visualizar el estado de los comprobantes

enviados a firmar.

Al finalizar la firma del documento, el mismo se vincula automáticamente al

expediente LOYS con el nombre “Factura”.

El expediente pasará al área liquidadora para que se lleve a cabo el control de los

comprobantes cargados.

4- Control Factura DGTAL / Área Liquidadora

El área liquidadora visualizará el listado de períodos en los que el área propiciante

haya cargado comprobantes.

El usuario liquidador realizará un control sobre el/los comprobantes, sus formularios y

las constancias de inscripción de AFIP y tendrá la opción de dar por aprobada o

rechazada la tarea del área propiciante.

Si los comprobantes y formularios son aceptados, el expediente pasará a la próxima

etapa, “Carga de Datos SIGAF”.

En caso que no se dé por aprobada la tarea realizada por el área propiciante, el área

liquidadora le devolverá el expediente con las observaciones correspondientes, y

deberá distinguir según el error se encuentre en el comprobante o en el formulario.

Cuando el error se observe en el comprobante, el expediente volverá al área

propiciante con la tarea “Subsanación Factura/Formulario” y en caso que el error se

encuentre en el formulario del comprobante, el expediente volverá con la tarea

“Subsanación Carga Formulario Factura”.

En “Subsanación Factura/Formulario”, el área propiciante procederá a cargar un

nuevo comprobante e ingresar el formulario correspondiente.

En “Subsanación Carga Formulario Factura”, el área propiciante sólo deberá modificar

los datos del formulario.

5- Carga de Datos SIGAF

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ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-SECLYT-MMGC-MHGC-MJGGC/14 (continuación)

El área liquidadora procederá a cargar los datos SIGAF necesarios para la posterior

generación de la Certificación Provisoria de Servicios y para la autorización del

comprobante.

Los datos a cargar son los siguientes:

- Fecha de vencimiento de la Orden de Pago.

- Tesorería

- Grupo liquidador

- Usuario firmante ( del documento Autorización Factura)

Finalizada la carga, el sistema comprobará que los datos estén completos. El

expediente avanzará a la próxima etapa, “Autorización Factura”. En el avance a esta

etapa, el expediente generará de manera automática la Certificación Provisoria de

Servicios en estado Autorizado.

6- Autorizar Factura

El área liquidadora autorizará todos los datos cargados en la etapa anterior generando

automáticamente el documento “Autorización factura”, el cual será firmado a través

de GEDO por la máxima autoridad del área liquidadora con rango no inferior a Director

General o por el funcionario a quien se la haya delegado la firma mediante norma legal

notificada a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda.

Una vez que el documento se encuentre firmado, el mismo se vincula

automáticamente al expediente.

El expediente pasará luego a la Dirección General de Contaduría (DGCG) para que se

realicen los controles correspondientes a dicha área.

7- Control Factura Contaduría

La Dirección General de Contaduría recibirá en su buzón de tareas el expediente

proveniente del área liquidadora de los comprobantes.

El usuario la Dirección General realizará un control sobre el/los comprobantes, sus

formularios y las correspondientes constancias de inscripción en AFIP cargadas por el

área propiciante en las tareas de “Subir Factura” y “Cargar Formulario”. El usuario

tendrá la opción de aprobar o rechazar los comprobantes recibidos.

Si los comprobantes son aceptados, el expediente pasará a la próxima etapa, “Control

de Datos SIGAF”.

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ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-SECLYT-MMGC-MHGC-MJGGC/14 (continuación)

Cuando la Dirección General de Contaduría rechace la tarea realizada por el área

liquidadora enviará el expediente al área propiciante con las observaciones

correspondientes, y deberá distinguir según el error se encuentre en el comprobante o

en el formulario.

Cuando el error se observe en el comprobante, el expediente volverá al área

propiciante con la tarea “Subsanación Factura/Formulario” y en caso que el error se

encuentre en el formulario del comprobante, el expediente volverá con la tarea

“Subsanación Carga Formulario Factura”.

En “Subsanación Factura/Formulario”, el área propiciante procederá a cargar un

nuevo comprobante e ingresar el formulario correspondiente.

En “Subsanación Carga Formulario Factura”, el área propiciante sólo deberá modificar

los datos del formulario.

8- Control Datos SIGAF

En esta tarea, la Dirección General de Contaduría controlará los datos cargados por el

área liquidadora en la etapa “Carga de Datos SIGAF” y tendrá la opción de aceptarlos

o rechazarlos.

En caso de aceptar los datos SIGAF, la Dirección General de contaduría generará la

Orden de Pago Electrónica.

En caso de rechazo, el expediente volverá al área liquidadora bajo la tarea

“Subsanación Carga de Datos SIGAF” con las observaciones correspondientes.

En “Subsanación Carga de Datos SIGAF” el usuario del área liquidadora corregirá los

datos y devolverá a la Dirección General de Contaduría el expediente.

Una vez que los datos están aceptados, el expediente volverá al área propiciante en la

tarea “Subir Factura”, para volver a comenzar con el circuito de liquidación.

De no existir más períodos pendientes de liquidación, se dispondrá la guarda temporal

del expediente automáticamente, en el ámbito de la Dirección General de Contaduría.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 29-DGTEDU/13 (continuación)

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: ANEXO DISPOSICIÓN Lineamientos para la graduación de las Penalidades Plan Digital

ANEXO I

Lineamientos para la Graduación de las Penalidades

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

Aprobado por la Resolución N° 5.537/MEGC/10

I. PARÁMETROS

Con el objeto de tornar operativa la graduación de penalidades se definen seguidamente los parámetros aser tenidos en cuenta a tales fines:

1) Naturaleza

Se refiere al origen del incumplimiento, es decir, a las causas que dieron origen al mismo, las cuales serán(a) de índole técnica, cuando el incumplimiento se origine en deficiencias o fallas que se presenten en elequipamiento involucrado en la provisión del servicio, (b) no técnicas e involuntarias, cuando elincumplimiento no se origine en una causa de índole técnica y responda a una acción u omisión delcontratista respecto a las cuales el contratista razonablemente pueda entender que no debería habersepresentado el incumplimiento en análisis, o (c) no técnicas y voluntarias, cuando el incumplimiento no seorigine en una causa de índole técnica y pueda ser atribuido a una conducta u omisión del contratista,mediante la cual el contratista tuvo la intención de no cumplir o tuvo o debería haber tenido conocimientoque su acción u omisión derivaría en el incumplimiento en cuestión.

2) Gravedad

Hace referencia a la materialidad del incumplimiento a cuyo efecto tiene en consideración el porcentaje decada servicio afectado por el incumplimiento en cuestión.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 67

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 29-DGTEDU/13 (continuación)

3) Reincidencia

Refiere a la cantidad de veces que se repite el mismo incumplimiento en cuanto a tipo de incumplimiento ybeneficiario, según corresponda, en los últimos 3 meses calendarios.

II. NIVELES

A su vez, cada parámetro se encuentra sujeto a tres niveles de ponderación porcentual:

1) En el parámetro “Naturaleza” corresponderá aplicar (i) un nivel de ponderación porcentual “Bajo = 33%(treinta y tres por ciento)”, cuando el origen del incumplimiento responda a causas de índole técnica,conforme las mismas se definen bajo el título “I – PARAMETROS”, (ii) un nivel de ponderaciónporcentual “Medio = 66% (sesenta y seis por ciento)” cuando el origen del incumplimiento responda acausas no técnicas e involuntarias, conforme las mismas se definen bajo el título “I – PARAMETROS” y(iii) un nivel de ponderación porcentual “Alto = 100% (cien por ciento)” cuando el origen delincumplimiento responda a causas no técnicas y voluntarias, conforme las mismas se definen bajo el título“I – PARAMETROS”.

2) En el parámetro “Gravedad” corresponderá aplicar (i) un nivel de ponderaciónporcentual “Bajo = 33% (treinta y tres por ciento)”, cuando el incumplimientoafecte a no más del 10% (diez por ciento) del total de cada tipo de servicios, (ii)un nivel de ponderación porcentual “Medio = 66% (sesenta y seis por ciento)”cuando el incumplimiento afecte a más del 10% (diez por ciento) y hasta el 20%(veinte por ciento) del total de cada tipo de servicios y (iii) un nivel deponderación porcentual “Alto = 100% (cien por ciento)” cuando elincumplimiento afecte a más del 20% (veinte por ciento) del total de cada tipode servicios.

3) En el parámetro “Reincidencia” corresponderá aplicar (i) un nivel deponderación porcentual “Bajo = 33% (treinta y tres por ciento)” ante lainexistencia de o el acaecimiento de hasta un mismo incumplimiento , según losrecaudos dispuestos bajo el título “I – PARAMETROS”, (ii) un nivel deponderación porcentual “Medio = 66% (sesenta y seis por ciento)” ante laverificación de que el mismo incumplimiento se ha presentado en 2 (dos) o 3(tres) oportunidades, según los recaudos dispuestos bajo el título “I –PARAMETROS” y (iii) un nivel de ponderación porcentual “Alto = 100% (cienpor ciento)” ante la verificación de que el mismo incumplimiento se hapresentado en más de 3 (tres) oportunidades, según los recaudos dispuestos bajoel título “I – PARAMETROS”.

III. Procedimiento

Una vez que se haya calculado el descuento correspondiente a cada incumplimiento identificado, mediantela aplicación de la fórmula que resulte procedente en base a lo dispuesto en el artículo 62 y sus distintosapartados del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por la Resolución N° 5.537/MEGC/10,se procederá a identificar el factor porcentual que corresponda aplicar respecto de cada parámetro(Naturaleza, Gravedad y Reincidencia), para luego sumar los mismos y dividir el resultante por 3, de modode determinar el factor de graduación de la penalidad que resultará de aplicación.

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 68

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1-CCAMP/14

Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Comisión Conjunta de Administración

�“2014,�Año�de�las�letras�argentinas”

Anexo l

Resolución CCAMP Nº 01 /2014

Niveles de firma de instrumentos de pago:

Monto de OP (en UC) 1ª Firma 2ª Firma

Hasta 20.000 Tesorero/a –

Subtesorero/a

Tesorero/a – Subtesorero/a

Entre 20.000 y 150.000 Tesorero/a –

Subtesorero/a

Secretario/a General del Programa

Presupuestario del Ministerio Público

que origina la OP/Miembro de la

OGESE

Más de 150.000 Tesorero/a –

Subtesorero/a

Titular o Titulares del Programa

Presupuestario del Ministerio Público

que origina la OP

Mario Jaime KESTELBOIM

DEFENSOR GENERAL Ministerio Público

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Laura Cristina MUSA ASESORA GENERAL

TUTELAR Ministerio Público

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Germán C. GARAVANO FISCAL GENERAL Ministerio Público

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 69

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ANEXO - EO 53

N° 4323 - 22/1/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 70

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ANEXO - EO 54

Partida Ubicación Fisica8934 Guardia Nacional 56616029 Pilar 137519486 Pizarro 710620857 Peribebuy 712425624 Olivera AV. 76426087 San Pedro 4524/452826950 Bruix AV. 458427266 Olivera Av. 126833094 Murguiondo 202633802 De Los Corrales AV. 652947385 Miraflores 221647387 Miraflores 222860276 Hubac 585661074 Corvalan 328763321 Hubac 606463899 Malaga 566368364 Barros Pazos Jose 677268592 Jose Barros Pazos 6960/696468871 De La Torre Lisandro 527569667 Madariaga 654069846 Guamini 523370045 Montiel 5149/515183497 Schmidl Ulrico Av. 756584869 Montiel 515288746 Chilavert 612088749 De La Torre Lisandro 4737/3993182 Oliden 847/84993688 Cafayate 508596513 Pergamino 391096533 27 De Febrero AV. 172197121 Goleta Julia 684097388 Lacarra 235199359 Oliden 2320132698 Flores Venancio Gral. 217135251 Alfredo R. Bufano 1080144088 Recuero Casimiro 2780146696 Avellaneda AV. 2791150083 Av. Hipolito Yrigoyen 3.656/3.662178640 Acevedo Eduardo 224182733 Pavon 2664193937 Belgrano AV. 3131193946 Urquiza Gral. 421200708 Belgrano AV. 2088206268 Tucuman 2271207999 Lavalle 1953216321 Yrigoyen Hipolito 932219151 Defensa 180226153 Padilla 908227093 Dumont Santos 4370229464 Rodriguez Manuel A. Gral. 1325229640 Gral. Manuel A. Rodriguez 1681/1683229763 Rodriguez Manuel A. Gral. 2159

ANEXO I

230379 Paysandú 2252240373 Carbajal 4164242642 Punta Arenas 1721/1725243282 Empedrado 2400274770 Segurola AV. 1226308448 Del Carril Salvador M. AV. 3677325200 Ciudad De La Paz 1868327140 Roosevelt Franklin D. 3150/3130338111 Vuelta De Obligado 1398362453 Ladines 2380362454 Ladines 2378362455 Ladines 2376364120 De Los Constituyentes Av. 5414371213 Quinteros Lidoro J. AV. 1050375399 Balbin Ricardo Dr. AV. 3273377791 Triunvirato AV. 6055409191 Aviles Virrey 3189410168 Cabildo AV. 1282410733 Elcano AV. 2849414041 Olleros AV. 3569417068 De los Ombues 302, Leopldo Lugones 302417498 Dorrego AV. 1755/65422110 Vega Niceto Cnel. 4754422657 Loyola 777424807 Medrano Pedro AV. 1244428445 Thames 2312432286 Aguirre 614433937 Av. Cordoba 5302/5314, Gody Cruz 1380/1390445295 Newton 2561446877 AV. Pueyrredón 2210448390 Castilla Ramon Mariscal 2810448391 Pueyrredón AV. 2001448487 Bibiloni Juan A. 2879448488 Couture Eduardo Juan 2299448489 Couture Eduardo Juan 2231453446 Zanni Pedro Comodoro 351453448 Antartida Argentina AV. 1960453600 Pellegrini Carlos 1103457355 De Los Italianos Av. 155366688 Onefre Betbeder 1419355431 Zado 354538265 RONDEAU 3883356778 Miller 3729279588 Allende 28609123 Basualdo 37811086 Samuel Spiro 5741403566 El Salvador 5726405416 Gral Enrique Martinez 273

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ANEXO - CA 22

ANEXO I

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA CONVOCATORIA INTERNADE POSTULANTES PARA EJERCER EL PODER DE POLICÍA RESPECTO DE LAS

NORMAS SOBRE USOS DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS DENTRO DE LAJURISDICCIÓN DE CADA UNA DE LAS COMUNAS

A) Vacantes: El total de vacantes a cubrir en el presente llamado para la selección de

postulantes a ejercer el poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios

públicos en las Comunas es de veintiséis (26) agentes.

Considerando los inspectores designados en la convocatoria dispuesta mediante Resolución

N° 492-SECGCYAC/12 las vacantes a cubrir por Comuna serán distribuidos de la siguiente

manera:

Comunas de la Ciudad Vacantes a cubrir

1 2

2 3

3 2

4 0

5 0

6 2

7 1

8 1

9 5

10 1

11 1

12 1

13 2

14 2

15 3Total 26

B) Requisitos: los postulantes deberán cumplir los siguientes requisitos conforme lo

dispuesto en el Anexo I del Decreto Nº 453/12:

a) Ser agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

b) Constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

c) Contar con título secundario y acompañar certificado que así lo acredite.

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ANEXO - CA 22 (continuación)

d) Presentar certificado de antecedentes penales vigente y actualizado expedido por el

Registro Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la

Nación.

e) Acompañar certificado actualizado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios

Morosos (Ley Nº 269) del que surja su no inscripción como deudor de cuotas alimentarias.

f) Acompañar curriculum vitae con datos personales y contactos actualizados.

g) Acompañar antecedentes académicos, profesionales y/o laborales que acrediten la

idoneidad para el cargo a desempeñar.

C) Inscripción: Fíjase como fecha de inscripción desde el 20 de enero de 2014 al 7 de

febrero de 2014. A esos fines los postulantes deberán presentarse en las oficinas de la

Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal de esta Secretaría, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 11 a 17 horas.

Finalizado el mencionado período no se admitirá la presentación extemporánea de

documentación de ningún tipo.

D) Consultas: Ante eventuales consultas se podrá remitir un correo electrónico a la casilla

[email protected] o bien concurrir a la oficina mencionada ut supra en el apartado C).

E) Comité de Selección: El Comité de Selección estará integrado por:

a) Dos (2) representantes de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana;

b) El titular de la Subsecretaría Uso del Espacio Público, dependiente del Ministerio de

Ambiente y Espacio Público, o quien éste designe como representante;

c) El titular de la Agencia Gubernamental de Control dependiente del Ministerio de

Justicia y Seguridad, o quien éste designe como representante;

d) Dos (2) Presidentes Junta Comunal, quienes serán designados a propuesta de la

Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana en

el marco del Consejo de Coordinación Intercomunal previsto en la Ley Nº 1.777.

F) Finalizado el período de inscripción, el Comité de Selección constatará la

documentación y el cumplimiento de los requisitos estipulados en el apartado B) del

presente respecto de cada postulante y fijará las entrevistas personales con cada uno

de ellos, notificando de modo fehaciente en cada caso la fecha de realización de la

entrevista al interesado.

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