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ANÁLISIS Y PROPUESTA DE REVISIÓN DE LA
GESTIÓN DE LOS R.S.U. EN MIERES
ANÁLISIS Y PROPUESTA DE REVISIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS R.S.U. EN MIERES
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ÍNDICE
MEMORIA
1.- INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................ 3 2.- ANTECEDENTES.................................................................................................................................. 3 3.- OBSERVACIONES PREVIAS............................................................................................................... 5 4.- SITUACIÓN ACTUAL / RECOGIDA RESIDUOS NEGROS............................................................... 7
4.1.- ÁMBITO RURAL............................................................................................................................. 8 4.2.- ÁMBITO URBANO....................................................................................................................... 10
5.- SITUACIÓN ACTUAL / RECOGIDA OTROS RESIDUOS................................................................ 12 6.- SITUACIÓN ACTUAL / TRANSPORTE Y TRATAMIENTO ................................................................ 12 7.- ANÁLISIS PREVIO / CORTO PLAZO (RESIDUOS NEGROS) ........................................................ 12
7.1.- BALANCE COMPARATIVO....................................................................................................... 19 7.2.- DESARROLLO DE LA PROPUESTA DE SOLUCIÓN INMEDIATA............................................. 19 7.3.- CONCLUSIÓN PREVIA .............................................................................................................. 22
8.- MARCO LEGAL Y ADMINISTRATIVO............................................................................................. 23 9.- PERSPECTIVAS.................................................................................................................................. 28
9.1.- EVOLUCIÓN POBLACIÓN ........................................................................................................ 28 9.2.- EVOLUCIÓN GENERACIÓN DE RESIDUOS............................................................................. 29
10.- ANÁLISIS ACTUAL / MEDIO PLAZO............................................................................................. 31 11.- PERSPECTIVAS................................................................................................................................ 33 12.- CONCLUSIONES ............................................................................................................................ 34
PLANOS
Número Título Hojas Escala (s)
0 Situación 2 s/e
1 Ámbitos de gestión 1 1/50.000
2 Ámbito de gestión de COGERSA / Urbano
2.1 Plano director 1 1/50.000 2.2 Planta general 4 1/5.000
3 Ámbito de gestión del Ayuntamiento / Rural
3.1 Plano director 1 1/50.000 3.2 Planta general 5 1/20.000
4 Estación de transferencia
4.1 Ubicación 1 1/50.000 4.2 Detalle 1 1/5.000
5 Propuesta de gestión zona urbana / Inmediata
5.1 Plano director 1 1/50.000 5.2 Planta general 9 1/5.000
6 Propuesta de gestión zona rural
6.1 Plano director 1 1/50.000 6.2 Planta general 5 1/20.000
7 Propuesta recogida selectiva
7.1 Plano director 1 1/50.000 7.2 Planta general 9 1/5.000 42
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1.- INTRODUCCIÓN
El contrato de servicios para el estudio ‘Análisis y propuesta de revisión de la gestión de los
RSU en Mieres’ fue adjudicado a NOEGA INGENIEROS, S.L., en septiembre de 2012.
En sucesivas reuniones de trabajo mantenidas con el Ayuntamiento de Mieres se planteó,
en primer lugar, la necesidad de disponer de la información pertinente sobre el estado
actual de la recogida y tratamiento de los residuos urbanos que se da en Mieres,
recibiéndose información al respecto.
Ante la próxima conclusión del contrato que el Consistorio mantiene con COGERSA para
la prestación del servicio, surge la necesidad de precisar una solución inmediata para la
gestión de los RSU del concejo.
En consecuencia, tras la entrega de un avance previo en fecha 15 de octubre, en aras a
la definición operativa de las medidas tendentes a garantizar la prestación en debidas
condiciones, a corto plazo, entre aquellas opciones en estudio, requerido a instancias del
equipo de gobierno municipal a fin de atajar las incertidumbres suscitadas al respecto de
la continuidad de la recogida de residuos en el concejo, se procede a la presentación
del estudio en sí.
En todo caso, por parte del Ayuntamiento de Mieres, se establecen con carácter general
dos premisas, siempre y cuando no resulten incompatibles entre sí:
a) La prestación del servicio con control público directo.
b) La reducción del coste global.
2.- ANTECEDENTES
Se consideran los referentes al proceso histórico en relación COGERSA.
RECOGIDA URBANA) En 1997 se suscribe un convenio, refrendado por el Pleno municipal
de Mieres en fecha 30/07/97, y por la Comisión Delegada de COGERSA en 03/09/97,
entre ambas entidades, para que la recogida de basura / residuos sólidos urbanos, por
medio de contendores, a propuesta de COGERSA, sea efectuada por esa entidad, en
base a las siguientes estipulaciones:
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1. Realizar la recogida nocturna en Mieres, incluyendo la carretera hasta Murias y su
barriada, seis días a la semana, lavando los contendores (sic).
2. Disponer al efecto dos conductores y cinco peones.
3. Contar con dos vehículos, uno aportado por COGERSA y otro, de 18 m3, cedido
por el Ayuntamiento de Mieres.
4. Facturar por el servicio 38.993.650 pesetas anuales, IVA (7%) incluido; que suponen
36.442.664 pts. anuales sin IVA (219.025 € anuales).
5. Prorrogable anualmente, salvo renuncia expresa.
6. Inicio en 01/10/97.
SERVICIO CUBOS) En el año 2005, en mayo, COGERSA oferta para la ampliación del
servicio convenido en 1997, su ampliación con el suministro, colocación y retirada diaria
de cubos en la localidad de Mieres, por 137.808 €/anuales por 1.500 cubos de 90 litros,
(91’78 €/cubo-año base), adicionalmente 7’66 € al mes por cubo adicional (91’92
€/cubo-año adicional). El acuerdo plenario al respecto se dio el 26/05/05, por un año
ampliable hasta cuatro.
En el año 2009, al vencimiento del plazo acordado en 2005, se plantea el ampliar el
servicio a Santa Cruz y Ujo, lo que se acuerda en Pleno de 25/06/09, no constando el
número de unidades de cubos asignados a estas nuevas localidades. El acuerdo
menciona ‘El suministro, la colocación y la retirada diaria de cubos domiciliarios para el
servicio de bolseo en las localidades de Mieres, Santa Cruz y Ujo por el importe que resulte
de la adjudicación y posterior contratación del servicio por COGERSA’.
TRANSFERENCIA) Tanto los residuos recogidos en ámbito urbano (COGERSA), como en
ámbito rural (Ayuntamiento), convergen en la estación de transferencia situada en
Fábrica de Mieres. Se da la circunstancia de que en esa instalación se reciben residuos
de otros concejos, y no se dispone de báscula.
En el Pleno de 26/04/12, se acordó aprobar una moción solicitando información a
COGERSA. Se nos fue facilitada la contestación de esa entidad, que atribuye la falta de
control de pesaje a la desatención de una solicitud de licencia municipal de obra para
mejorar las instalaciones, incluyendo la ejecución de ese dispositivo, al parecer por la
precariedad de las instalaciones.
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3.- OBSERVACIONES PREVIAS
Tipos de residuos)
Dentro de los RSU o residuos sólidos urbanos, expresión esta preferible en todo caso a la
de ‘basura’, hemos de distinguir, al menos, cuatro tipos de residuos:
• RSU / orgánicos. Se le asigna el color convencional NEGRO (o marrón).
• RSU / papeles y cartones. Íd. AZUL.
• RSU / vidrios. Íd. VERDE.
• RSU / envases. Íd. AMARILLO.
Usaremos esta codificación a continuación.
Fases de gestión)
En todo caso, sea cual sea el tipo de residuo, se ha de considerar:
a) Depósito y recogida.
b) Transporte.
c) Tratamiento.
Gestiones específicas)
Para la gestión de residuos no orgánicos, la Ley 11/1997 establece dos modalidades de
gestión de los residuos que constituyen los envases o embalajes:
• El sistema de depósito - devolución, que consiste en que el consumidor paga una
cantidad por el envase, la cual se le devolverá a la entrega del mismo. Es
aplicable a envases reutilizables y tiene carácter obligatorio para aquellos
envases y productos que dictamine el gobierno.
• Los sistemas integrados de gestión (SIG), que consiste en que los fabricantes de
envases tienen que gestionar los residuos generados por el uso de dichos envases,
para lo cual pueden acogerse a un sistema integrado ya existente o crear uno
propio.
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Los sistemas integrados de gestión son entidades sin ánimo de lucro costeadas por las
aportaciones de los fabricantes de envases que pagan una cantidad por cada envase
puesto en el mercado. Con este dinero se financia la recogida, clasificación y
procesamiento de los materiales que forman parte del envase.
Es España operan los siguientes SIG:
� ECOEMBES se encarga de la gestión de los envases recogidos en el contenedor
amarillo.
� ECOVIDRIO gestiona los envases de vidrio recogidos en el contenedor iglú azul.
� SIGRE gestiona los restos de medicamentos y sus envases.
� ECOPILAS gestiona los residuos de pilas y acumuladores domésticos usados.
� SIGRAUTO gestiona los residuos de los vehículos fuera de uso y de las reposiciones
de piezas mecánicas.
� SIGAUS gestiona los residuos de aceites industriales usados.
� SIGNUS y TNU gestionan los neumáticos fuera de uso.
� SIGCLIMA gestiona los residuos de aire acondicionado
� SIGFITO gestiona los envases de productos fitosanitarios agrícolas.
� ECOFIMÁTICA y TRAGAMOVIL gestionan residuos de equipamientos informáticos y
de telecomunicaciones.
� ECOTIC, ECOLEC y ERP-SAS gestionan todo tipo de residuos eléctricos y
electrónicos salvo los aparatos de iluminación.
� ECOASIMELEC gestiona todo tipo de residuos eléctricos y electrónicos salvo
grandes electrodomésticos y aparatos de iluminación.
� AMBILAMP y ECOLUM gestionan los residuos generados por los aparatos de
iluminación.
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4.- SITUACIÓN ACTUAL / RECOGIDA RESIDUOS NEGROS
En estos momentos, el servicio se presta de modo directo por el Ayuntamiento de Mieres
en el ámbito rural del concejo, y mediante contrato con COGERSA en los núcleos
urbanos en fondo de valle (Ver Plano 0 / Situación, Plano 1 / Ámbitos de gestión).
La contratación con COGERSA, con origen en 1997, se estableció para Mieres,
Santullano, Turón, Figaredo, Ujo, Santa Cruz, Bustiello, Cuestavil, Los Pontones, Rioturbio,
Vegadotos, Entrerríos, La Peña y Ablaña, ampliándose en 2005 con la recogida mediante
cubos en Mieres, Santa Cruz y Ujo.
En planos elaborados se detallan las rutas y estaciones de contenedores actuales,
exponiéndose a continuación cada una de ellas de forma resumida.
En la imagen 1, captura del plano, en fucsia el
ámbito actual de gestión de COGERSA.
En cyan, el ámbito de gestión municipal,
parcialmente mostrado.
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Imagen 1. Ámbitos de gestión.
4.1.- ÁMBITO RURAL
Ver al respecto el Plano 3 / Ámbito de gestión del Ayuntamiento - Rural.
La recogida en el ámbito rural se lleva a cabo con una plantilla de 12 operarios (5
conductores y 7 peones), contándose con los siguientes vehículos:
� camión de 5 m3 sin compactador
� camión de 5 m3 con compactador
� camión de 18 m3
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Se maneja un parque de contenedores de 713 unidades de 800 litros (402 en la ruta del
camión de 18 m3, y 311 en la del de 5 m3 con compactador), más 308 unidades de 240
litros para la ruta del camión de 5 m3 sin compactador.
Las rutas de los camiones de 18 m3 y de 5 m3 con compactador se cubren con un
conductor y dos peones cada uno de ellos, y la del de 5 m3 sin compactador con un
conductor y un peón, con los siguientes turnos de trabajo:
� camión de 5 m3 sin compactador: Realiza una ruta diurna los lunes, martes y
jueves, y otra nocturna de lunes a viernes.
� camión de 5 m3 con compactador: Realiza una ruta de lunes a sábado,
coincidiendo la del miércoles con la del sábado.
� camión de 18 m3: Realiza por un lado una ruta diaria, y otra alterna.
Imagen 2. Grafía de las rutas en ámbito rural.
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Imagen 3. Simbología de las rutas en ámbito rural.
4.2.- ÁMBITO URBANO
Ver al respecto el Plano 2 / Ámbito de gestión de COGERSA - Urbano.
Se disponen los cubos a partir de las 18 horas y se retiran tras la recogida de los residuos,
de lunes a sábado.
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Imagen 4.- Disposición de cubos en Mieres.
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5.- SITUACIÓN ACTUAL / RECOGIDA OTROS RESIDUOS
En estos momentos, en Mieres se encuentran instalados 133 contenedores azules (papeles
y cartones), 96 contenedores amarillos (envases), y 89 contenedores verdes (vidrios), de
unos tres metros cúbicos de capacidad unitaria, y formato tipo.
6.- SITUACIÓN ACTUAL / TRANSPORTE Y TRATAMIENTO
Los RSU negros son trasladados por COGERSA o el Ayuntamiento a la Estación de
transferencia de Mieres (Plano 4 / Estación de transferencia), una de las más antiguas de
esas instalaciones, carente de báscula, donde también confluyen los materiales de otros
concejos, para su transbordo y traslado al Vertedero Central de Asturias, en Serín, donde
reciben tratamiento.
Los restantes residuos pueden ir directamente al Vertedero Central.
7.- ANÁLISIS PREVIO / CORTO PLAZO (RESIDUOS NEGROS)
Se recoge en primer lugar, y en un escenario a corto plazo (a estos efectos uno/dos
años), el análisis preciso para solventar la caducidad de la contratación o acuerdo con
COGERSA en el ámbito urbano del concejo, adelantado en fecha 15/10/12, dado el
recorrido de los trámites a seguir en función de su posible consideración municipal.
La disyuntiva fundamental, o si acaso única, era y es la consideración de la continuidad
del servicio de cubos, prestado desde el año 2005 por COGERSA. Sobre esta cuestión,
caben cuatro opciones básicas, frente a la situación existente (0), a saber:
0. MANTENER SERVICIO CUBOS / Cogersa.
1. MANTENER SERVICIO CUBOS / GESTIÓN MUNICIPAL Directa.
2. MANTENER SERVICIO CUBOS / GESTIÓN MUNICIPAL Indirecta.
3. REDUCIR SERVICIO CUBOS / No mantener frecuencia.
4. SUPRIMIR SERVICIO CUBOS / GESTIÓN MUNICIPAL.
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0.- MANTENER SERVICIO CUBOS / Cogersa. La primera situación (la de continuidad del
servicio en sus términos presentes) resulta descartada, dado el Pliego de Prescripciones
establecido para esta labor, y considerando que el Ayuntamiento requiere, en función
del marco legal vigente, y por traslación del acuerdo plenario que estableció un plan de
ajuste, reducir el coste de esta área.
1.- MANTENER SERVICIO CUBOS / GESTIÓN MUNICIPAL Directa. La primera se computa a
continuación, asignando a cuenta municipal, tanto los empleados fijados en el convenio
del año 1997, como un camión (el que dispone COGERSA asignado al mismo), así como
los gastos de mantenimiento supuestos.
2.- MANTENER SERVICIO CUBOS / GESTIÓN MUNICIPAL Indirecta. La segunda de las
opciones supone el dar continuidad al servicio a través de contratas.
3.- REDUCIR SERVICIO CUBOS / No mantener frecuencia. La tercera se computa
igualmente, y con independencia de otros factores, no encajaría con la costumbre
veterana y general del depósito diario, disminuyendo la calidad del servicio. El cambio de
ese hábito, si se plantease, a días alternos, requeriría tiempo y recursos, además de
aportación adicional de cubos en cada día de recogida.
4.- SUPRIMIR SERVICIO CUBOS / GESTIÓN MUNICIPAL. En la cuarta de estas opciones
básicas, en consecuencia, se planteó la que se recoge a continuación como Propuesta
de solución inmediata, atendiendo a una ostensible mejoría económica, sin apenas
alteración de usos ciudadanos, y sin detrimento de la frecuencia de la recogida.
A continuación se pasa a analizar, frente a la situación económica actual, la repercusión
de dad una de las opciones apuntadas previamente. Los balances se han elaborado
con los datos y la información aportada.
No obstante, se da la circunstancia de haberse producido un cambio de IVA en
septiembre de 2012, por lo que se ha considerado de modo homogéneo para todas las
entradas de la situación actual, y el nuevo en la valoración de las hipotéticas
adquisiciones de materiales.
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Al respecto, son necesarias las siguientes matizaciones:
a) El servicio de recogida de basuras no tiene independencia funcional ni orgánica,
adscribiéndose dentro de las labores o funciones de limpieza pública. Si bien ello
supone un problema a la hora de separar los costes o rendimientos del personal,
permite más flexibilidad de manejo del mismo.
b) Por otro lado, alguno de los medios previstos sería de uso compartido. De ahí que
no se asignen conductores específicos.
c) A efectos de cálculo, al coste del personal se ha incrementado un 15% sobre el
coste empresa, para considerar contingencias.
d) Las amortizaciones de vehículos se establecen a cinco años.
e) Las amortizaciones de contenedores lo son a diez años.
f) Se considera una tasa de reposición del 5% anual en contenedores.
g) Se valoran los costes financieros, para la adquisición de vehículos y contenedores,
en un 25% de su valor inicial.
En las tres opciones seleccionadas, se computa adicionalmente lo siguiente, considerado
como imprescindible para el adecuado control y mantenimiento del servicio:
• Paralelamente se contempla, para garantía del servicio, la dotación de un
nuevo camión miniprensa, puesto que el estado del actual (5 m3 sin
compactador) así lo aconseja.
• Igualmente, se considera precisa la dotación de un camión pluma, para
manejo de los contenedores existentes y previstos, y de un vehículo de
limpieza de contenedores.
• En otro orden de cosas, una báscula para el control del peso de los
residuos generados con vistas a afrontar debidamente los costes
resultantes resulta una necesidad ineludible.
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OPCIÓN 1) Mantener servicio cubos. Gestión municipal directa.
BALANCE (€/año) [ IVA incluido - 08/12]
ACTUAL OPCIÓN 1
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Cubos Mieres, Santa Cruz y Ujo 306.000
PERSONAL CUBOS
(2 Conductores y 5 operarios) 240.000
CAMIÓN 37.500
COGERSA
Estación transferencia 600.000
COGERSA
Estación transferencia 600.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
160.000 GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
200.000
REPOSICIÓN CAMIÓN
Miniprensa 18.000
CAMIÓN
Pluma 23.000
VEHÍCULO
Limpieza 19.000
BÁSCULA 16.000
TOTAL 1.946.000 TOTAL 2.020.500
RESULTADO ANUAL ESTIMADO: -74.500 €/año
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OPCIÓN 2) Mantener servicio cubos. Gestión municipal indirecta.
BALANCE (€/año) [ IVA incluido - 08/12]
ACTUAL OPCIÓN 2
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Cubos Mieres, Santa Cruz y Ujo 306.000
Contrata
Cubos Mieres, Santa Cruz y Ujo 290.400
COGERSA
Estación transferencia 600.000
COGERSA
Estación transferencia 600.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
160.000 GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
160.000
REPOSICIÓN CAMIÓN
Miniprensa 18.000
CAMIÓN
Pluma 23.000
VEHÍCULO
Limpieza 19.000
BÁSCULA 16.000
TOTAL 1.946.000 TOTAL 2.006.400
RESULTADO ANUAL ESTIMADO: -60.400 €/año
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OPCIÓN 3) REDUCIR SERVICIO CUBOS / No mantener frecuencia.
BALANCE (€/año) [ IVA incluido - 08/12]
ACTUAL OPCIÓN 2
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Cubos Mieres, Santa Cruz y Ujo
306.000
COGERSA
Cubos Mieres, Santa Cruz y Ujo
(días alternos)
153.000
COGERSA
(más cantidad de cubos) Indeterminado
COGERSA
Estación transferencia 600.000
COGERSA
Estación transferencia 600.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios)
415.000
GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
160.000 GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
160.000
REPOSICIÓN CAMIÓN
Miniprensa 18.000
CAMIÓN
Pluma 23.000
VEHÍCULO
Limpieza 19.000
BÁSCULA 16.000
TOTAL 1.946.000 TOTAL > 1.869.000
RESULTADO ANUAL ESTIMADO: 77.000 €/año
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OPCIÓN 4) Suprimir servicio cubos. Gestión municipal.
BALANCE (€/año) [ IVA incluido - 08/12]
ACTUAL OPCIÓN 4
COGERSA
Recogida domiciliaria 465.000
COGERSA
Cubos Mieres, Santa Cruz y Ujo 306.000
COGERSA
Estación transferencia 600.000
COGERSA
Estación transferencia 600.000
PERSONAL DIRECTO RURAL
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
PERSONAL DIRECTO
(5 Conductores y 7 operarios) 415.000
CAMIONES CARGA LATERAL (2) 125.000
GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
160.000 GASTOS DE MANTENIMIENTO, GASOIL…
250.000
CONTENEDORES METÁLICOS
2.400 l (180 unidades) 43.000
GASTOS DE INSTALACIÓN
(15 % material) 6.500
REPOSICIÓN CAMIÓN
Miniprensa 18.000
CAMIÓN
Pluma 23.000
VEHÍCULO
Limpieza 19.000
BÁSCULA 16.000
TOTAL 1.946.000 TOTAL 1.515.500
RESULTADO ANUAL ESTIMADO: 430.500 €/año
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7.1.- BALANCE COMPARATIVO
Con el fin de atender a la segunda de las premisas iniciales, la reducción del coste
global, es preciso comparar las propuestas frente a la situación actual, en todo caso,
recordando, incorporando a todas las opciones las mejoras adicionales consideradas
imprescindibles.
OPCIÓN COSTE
(Miles de euros / año)
AHORRO
(Miles de euros / año)
0 MANTENER SERVICIO CUBOS
/ Cogersa 1.946
1 MANTENER SERVICIO CUBOS
/ MUNICIPAL Directa 2.001 -88
2 MANTENER SERVICIO CUBOS
/ MUNICIPAL Indirecta 1.986 -60
3 REDUCIR SERVICIO CUBOS
/ No mantener frecuencia 1.849 < 77
4 SUPRIMIR SERVICIO CUBOS
/ GESTIÓN MUNICIPAL 1.495 431
En consecuencia, se opta por la cuarta opción, como se indicó en su momento en el
avance, a modo de solución inmediata.
7.2.- DESARROLLO DE LA PROPUESTA DE SOLUCIÓN INMEDIATA
Descartándose la posibilidad de depósito de bolsas sin recipiente (que, por un lado,
generaría problemas de salubridad e imagen pública, y por otro, obligaría a una labor
adicional de limpieza de restos dispersos por las inevitables roturas), de cara a la gestión
de los RSU en el concejo ante la finalización de los contratos actuales con COGERSA se
considera una reorganización de las rutas y de los medios humanos, sin necesidad de
adscripción de nuevo personal, y con incorporación contenida de medios.
Para conseguir los objetivos fijados se plantea la recogida del ámbito ‘urbano’ mediante
contenedores de gran capacidad, de forma que el Ayuntamiento con sus actuales
recursos y con la incorporación de dos camiones de carga lateral (que sólo precisan un
conductor, aunque puntualmente puede ser necesario el apoyo de un operario) y del
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orden de 180 contenedores de gran capacidad (2.400 litros) pueda atender las
necesidades en la materia.
Esta área ‘urbana’ incorporaría la zona actualmente servida por COGERSA, más Ujo,
Santa Cruz, Santullano, Turón y Rioturbio.
Ver al respecto el Plano 5 / Propuesta de gestión zona urbana / Inmediata.
Para cubrir todo el servicio será necesario reorganizar también el ámbito ‘rural’, de forma
que se pueda pasar de dos salidas semanales del camión 18 m3 a una única salida (lo
que permite incorporar su personal asignado a la recogida ‘urbana’).
El esquema propuesto es el que se acompaña en planos.
Ver en consecuencia el Plano 6 / Propuesta de gestión zona rural.
El número de contenedores necesarios para atender la demanda actual viene definido
por el espaciamiento entre ellos, puesto que en su radio de cobertura, fijado en unos 50
metros (excepcionalmente 75 metros), el volumen recogido de RSU (estimado a partir de
los cubos actualmente dispuestos) resulta inferior al volumen del contenedor.
A continuación se incluyen varias imágenes, extraídas de los planos correspondientes,
que reflejan lo expuesto, según la siguiente leyenda:
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Imagen 5.- Mapa de coberturas en la zona norte de Mieres.
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Imagen 6.- Mapa de coberturas en Rioturbio.
Para la recogida de estos contenedores será necesario disponer de al menos un camión
de carga lateral, si bien, para garantizar la permanente disposición ante mantenimientos
e imprevistos será necesario adquirir dos unidades.
7.3.- CONCLUSIÓN PREVIA
Se entiende que la ‘solución inmediata’, así especificada, además de atender a lo
contemplado en el Plan de ajuste del Ayuntamiento (Art. 7 del RDL 4/2012, de 24 de
febrero), aprobado en Pleno municipal en el mes de Abril, cumple con los dos requisitos
previos municipales, y permitirá resolver la situación generada por la finalización de los
contratos con COGERSA.
El sistema propuesto permite reducir la carga económica garantizando la recogida de los
residuos domésticos o basuras en las adecuadas condiciones de salubridad.
Observación) La ubicación reflejada en los planos de la ubicación de los contenedores
de gran capacidad es orientativa y a efectos de cálculo, debiendo determinarse la
posición exacta de cada contenedor a posteriori.
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8.- MARCO LEGAL Y ADMINISTRATIVO
LEGAL /
Municipal) La competencia en la gestión de los RSU es una de las que, según estableció
la Ley 7/1985, Reguladora de las bases del régimen local, compete al municipio, como
establece su artículo 25. 2.l.
Artículo 25. 2. El Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: (…)
l. Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
Gestión de residuos general) La nueva ley de residuos y suelos contaminados, la reciente
22/2011, que sustituye a la longeva 10/98, de Residuos, traspone la Directiva comunitaria
2008/98/CE, y a nuestros efectos, establece que:
Artículo 8. Jerarquía de residuos. 1. Las administraciones competentes, en el desarrollo de las políticas y de la legislación en materia de prevención y gestión de residuos, aplicarán para conseguir el mejor resultado ambiental global, la jerarquía de residuos por el siguiente orden de prioridad:
a) Prevención; b) Preparación para la reutilización; c) Reciclado; d) Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética; y e) Eliminación.
Artículo 11. Costes de la gestión de los residuos. 1. De acuerdo con el principio de quien contamina paga, los costes relativos a la gestión de
los residuos tendrán que correr a cargo del productor inicial de residuos, del poseedor actual o del anterior poseedor de residuos de acuerdo con lo establecido en los artículos 42 y 45.2.
Artículo 12. Competencias administrativas. 1. El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, aprobará el Plan Nacional marco de gestión de residuos. 2. La Administración General del Estado deberá ejercer la potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias. 3. El Ministerio competente en materia de medio ambiente, deberá:
a) Elaborar el Plan Nacional marco de gestión de residuos. b) Establecer los objetivos mínimos de reducción en la generación de residuos, así como de preparación para la reutilización, reciclado y otras formas de valorización obligatoria de determinados tipos de residuos. c) Autorizar los traslados de residuos desde o hacia terceros países no pertenecientes a la Unión Europea así como ejercer las funciones de inspección y sanción derivadas del citado régimen de traslados, sin perjuicio de la colaboración que pueda prestarse por la Comunidad Autónoma donde esté situado el centro de la actividad correspondiente. d) Ejercer las funciones que corresponden a la autoridad nacional en los supuestos en que España sea Estado de tránsito a efectos de lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo al traslado de residuos.
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e) Recopilar, elaborar y actualizar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación nacional, comunitaria, de convenios internacionales o cualquier otra obligación de información pública. f) Las demás competencias que le atribuyan las restantes normas sobre residuos.
4. Corresponde a las Comunidades Autónomas: a) La elaboración de los programas autonómicos de prevención de residuos y de los planes autonómicos de gestión de residuos b) La autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos. c) El registro de la información en materia de producción y gestión de residuos en su ámbito competencial. d) El otorgamiento de la autorización del traslado de residuos desde o hacia países de la Unión Europea, regulados en el Reglamento (CE) n.º 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, así como las de los traslados en el interior del territorio del Estado y la inspección y, en su caso, sanción derivada de los citados regímenes de traslados. e) El ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias. f) Cualquier otra competencia en materia de residuos no incluida en los apartados 1, 2, 3 y 5 de este artículo.
5. Corresponde a las Entidades Locales, o a las Diputaciones Forales cuando proceda: a) Como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios en la forma en que establezcan sus respectivas ordenanzas en el marco jurídico de lo establecido en esta Ley, de las que en su caso dicten las Comunidades Autónomas y de la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. La prestación de este servicio corresponde a los municipios que podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada. b) El ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias. c) Las Entidades Locales podrán:
1.º Elaborar programas de prevención y de gestión de los residuos de su competencia. 2.º Gestionar los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos generados en las industrias en los términos que establezcan sus respectivas ordenanzas, sin perjuicio de que los productores de estos residuos puedan gestionarlos por sí mismos en los términos previstos en el artículo 17.3. Cuando la entidad local establezca su propio sistema de gestión podrá imponer, de manera motivada y basándose en criterios de mayor eficiencia y eficacia en la gestión de los residuos, la incorporación obligatoria de los productores de residuos a dicho sistema en determinados supuestos. 3.º A través de sus ordenanzas, obligar al productor o a otro poseedor de residuos peligrosos domésticos o de residuos cuyas características dificultan su gestión a que adopten medidas para eliminar o reducir dichas características o a que los depositen en la forma y lugar adecuados. 4.º Realizar sus actividades de gestión de residuos directamente o mediante cualquier otra forma de gestión prevista en la legislación sobre régimen local. Estas actividades podrán llevarse a cabo por cada entidad local de forma independiente o mediante asociación de varias Entidades Locales.
6. Las administraciones públicas en sus respectivos ámbitos competenciales podrán declarar servicio público todas o algunas de las operaciones de gestión de determinados residuos cuando motivadamente se justifique por razones de adecuada protección de la salud humana y del medio ambiente.
CAPÍTULO II / De la gestión de residuos SECCIÓN 1.ª OBLIGACIONES EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS
Artículo 20. Obligaciones de los gestores de residuos. 1. Las entidades o empresas que realicen una actividad de tratamiento de residuos deberán: a) Llevar a cabo el tratamiento de los residuos entregados conforme a lo previsto en su
autorización y acreditarlo documentalmente.
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b) Gestionar adecuadamente los residuos que produzcan como consecuencia de su actividad.
2. Las entidades o empresas que recogen o transportan residuos con carácter profesional deberán:
a) Recoger los residuos y transportarlos cumpliendo las prescripciones de las normas de transportes, las restantes normas aplicables y las previsiones contractuales.
b) Mantener durante su recogida y transporte, los residuos peligrosos envasados y etiquetados con arreglo a las normas internacionales y comunitarias vigentes.
c) Entregar los residuos para su tratamiento a entidades o empresas autorizadas, y disponer de una acreditación documental de esta entrega. 3. Los negociantes y agentes deberán cumplir con lo declarado en su comunicación de
actividades y con las cláusulas y condiciones asumidas contractualmente. Los negociantes estarán obligados a asegurar que se lleve a cabo una operación completa de
tratamiento de los residuos que adquieran y a acreditarlo documentalmente al productor u otro poseedor inicial de dichos residuos.
4. Con carácter general los gestores de residuos están obligados a: a) Mantener los residuos almacenados en las condiciones que fije su autorización. La
duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses; en supuestos excepcionales, el órgano competente de las Comunidades Autónomas donde se lleve a cabo dicho almacenamiento, por causas debidamente justificadas y siempre que se garantice la protección de la salud humana y el medio ambiente, podrá modificar este plazo. Durante su almacenamiento los residuos peligrosos deberán estar envasados y etiquetados con arreglo a las normas internacionales y comunitarias vigentes.
Los plazos mencionados empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento.
b) Constituir una fianza en el caso de residuos peligrosos y cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulan operaciones de gestión. Dicha fianza tendrá por objeto responder frente a la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación.
c) Suscribir un seguro o constituir una garantía financiera equivalente en el caso de entidades o empresas que realicen operaciones de tratamiento de residuos peligrosos y cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulan operaciones de gestión, para cubrir las responsabilidades que deriven de estas operaciones. Dicha garantía deberá cubrir, en todo caso:
1.º Las indemnizaciones debidas por muerte, lesiones o enfermedad de las personas. 2.º Las indemnizaciones debidas por daños en las cosas. 3.º Los costes de reparación y recuperación del medio ambiente alterado. Esta cuantía se
determinará con arreglo a las previsiones de la legislación sobre responsabilidad medioambiental.
d) No mezclar residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas. El órgano competente podrá permitir mezclas sólo cuando:
1.º la operación de mezclado sea efectuada por una empresa autorizada; 2.º no aumenten los impactos adversos de la gestión de residuos sobre la salud humana y el
medio ambiente, y 3.º la operación se haga conforme a las mejores técnicas disponibles.
5. Además de las obligaciones previstas en este artículo, los gestores de residuos peligrosos cumplirán los requisitos recogidos en el procedimiento reglamentariamente establecido relativo a los residuos peligrosos.
SECCIÓN 2.ª OBJETIVOS Y MEDIDAS EN LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS
Artículo 21. Recogida, preparación para la reutilización, reciclado y valorización de residuos. 1. Las autoridades ambientales en su respectivo ámbito competencial y en atención a los
principios de prevención y fomento de la reutilización y el reciclado de alta calidad, adoptarán las medidas necesarias para que se establezcan sistemas prioritarios para fomentar la reutilización de los productos y las actividades de preparación para la reutilización. Promoverán, entre otras medidas, el establecimiento de lugares de almacenamiento para los residuos susceptibles de reutilización y el apoyo al establecimiento de redes y centros de reutilización. Así mismo, se
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impulsarán medidas de promoción de los productos preparados para su reutilización a través de la contratación pública y de objetivos cuantitativos en los planes de gestión.
2. Para fomentar la prevención y promover la reutilización y el reciclado de alta calidad, se podrán adoptar medidas destinadas a facilitar el establecimiento de sistemas de depósito, devolución y retorno en los términos previstos en el artículo 31.3 para:
a) Envases industriales, b) envases colectivos y de transporte, c) envases y residuos de envases de vidrio, plástico y metal, d) otros productos reutilizables. En este supuesto se tendrá en cuenta la viabilidad técnica y económica de estos sistemas, el
conjunto de impactos ambientales, sociales y sobre la salud humana, y respetando la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior, facilitando especialmente los mecanismos de amplia participación previstos en la disposición adicional duodécima, debiendo incorporarse a los trabajos de la Comisión de Residuos las entidades y organizaciones representativas de todos los sectores afectados por la eventual adopción de dichos sistemas. El Gobierno remitirá a las Cortes Generales los informes preceptivos de viabilidad técnica, ambiental y económica que se realicen con carácter previo a la implantación de un sistema de depósito, devolución y retorno.
3. Las autoridades ambientales en su respectivo ámbito competencial tomarán medidas para fomentar un reciclado de alta calidad y, a este fin, se establecerá una recogida separada de residuos, entre otros de aceites usados, cuando sea técnica, económica y medioambientalmente factible y adecuada, para cumplir los criterios de calidad necesarios para los sectores de reciclado correspondientes.
Antes de 2015 deberá estar establecida una recogida separada para, al menos, los materiales siguientes: papel, metales, plástico y vidrio.
Los sistemas de recogida separada ya existentes se podrán adaptar a la recogida separada de los materiales a los que se refiere el párrafo anterior. Podrá recogerse más de un material en la misma fracción siempre que se garantice su adecuada separación posterior si ello no supone una pérdida de la calidad de los materiales obtenidos ni un incremento de coste.
4. Las Entidades Locales habilitarán espacios, establecerán instrumentos o medidas para la recogida separada de residuos domésticos y en su caso, comerciales a los que es preciso dar una gestión diferenciada bien por su peligrosidad, para facilitar su reciclado o para preparar los residuos para su reutilización.
5. Las autoridades ambientales en su respectivo ámbito competencial adoptarán las medidas necesarias para asegurarse de que los residuos se sometan a operaciones de valorización. Cuando sea necesario para facilitar o mejorar la valorización, los residuos se recogerán por separado y no se mezclarán con otros residuos u otros materiales con propiedades diferentes.
6. Las autoridades ambientales en sus respectivos Planes y Programas fomentarán métodos de recogida eficientes de acuerdo con las características y posibilidades de cada territorio o población, para facilitar el cumplimiento de los objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valoración.
Artículo 22. Objetivos específicos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización. 1. Con objeto de cumplir los objetivos de esta Ley y de avanzar hacia una sociedad del
reciclado con un alto nivel de eficiencia de los recursos, el Gobierno y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias a través de los planes y programas de gestión de residuos para garantizar que se logran los siguientes objetivos y, en su caso, los que se establezcan:
a) Antes de 2020, la cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50% en peso.
b) Antes de 2020, la cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, con exclusión de los materiales en estado natural definidos en la categoría 17 05 04 de la lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los producidos.
2. Cada tres años, las Comunidades Autónomas remitirán al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la información necesaria para la verificación del cumplimiento de los objetivos previstos en este artículo.
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Gestión de envases) Por otro lado, la Directiva 94/62, transpuesta en su día por la Ley
11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, estableció unos objetivos de
recuperación de distintos tipos de estos materiales, para los estados miembros. Fue
modificada por la Directiva 2004/12/CE.
Ello motivo el Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de
reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y
Residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su desarrollo y
ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril. Establece, a nuestros
efectos:
A. Desde la entrada en vigor de este Real Decreto y sin perjuicio de lo establecido en los apartados b y c, se reciclará entre un mínimo del 25% y un máximo del 45% en peso de la totalidad de los materiales de envasado contenidos en los residuos de envases, con un mínimo del 15% en peso para cada material de envasado;
B. Antes del 31 de diciembre de 2008, y en años sucesivos, se reciclará entre un mínimo del 55% y un máximo del 80% en peso de los residuos de envases;
C. Antes del 31 de diciembre de 2008, y en años sucesivos, se alcanzarán los siguientes objetivos mínimos de reciclado de los materiales contenidos en los residuos de envases: 1. el 60 % en peso del vidrio, 2. el 60 % en peso del papel y cartón, 3. el 50 % en peso de los metales, 4. el 22,5 % en peso de los plásticos, contando exclusivamente el material que se vuelva a
transformar en plástico, 5. el 15 % en peso de la madera;
Observar que se asignan claras responsabilidades a los concejos, y unos objetivos
explícitos.
ADMINISTRATIVO /
El Principado de Asturias acaba de iniciar (Septiembre de 2012) la tramitación del Plan
Estratégico de Residuos del Principado de Asturias, mediante la convocatoria del trámite
de consultas previas del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, establecido
a su vez por la Ley 9/2006, de Evaluación de Impacto Ambiental de planes y programas.
APLICACIÓN CONCRETA /
Es obligación municipal la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos
domésticos generados en los hogares, comercios y servicios. En Mieres, antes de 2015, en
decir, en los dos años venideros, se ha de establecer una recogida separada, para
papel, plástico, vidrio y metales, que, en los cinco años siguientes (2015-2019) ha de
alcanzar a recuperar (preparar para reutilizar y reciclar), para las anteriores fracciones y
también para los biorresiduos u otros reciclables, al menos, el 50%, en peso.
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Toda actuación sobre residuos ha de seguir la siguiente prevalencia:
a) Prevención;
b) Preparación para la reutilización;
c) Reciclado;
d) Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética; y
e) Eliminación.
9.- PERSPECTIVAS
Al respecto, y con el fin de establecer un horizonte de manejo de los residuos generados
en Mieres, para así dar cumplimiento a la normativa en la materia, es preciso computar
los dos factores que conducen a ese producto, como son la evolución de la población y
la cuantía de residuos generados.
9.1.- EVOLUCIÓN POBLACIÓN
La población, evidentemente uno de los factores citados, presenta una evolución
nítidamente descendente, con características de desplome.
Así, según el INE, si en el año 1960, el concejo alcanzó su máximo con 70.871 habitantes,
constituyendo entonces el 7’2 % de la población asturiana, 50 años después, en 2010,
presenta 43.688 habitantes, lo que supone un 4’0% del total asturiano.
En Asturias, además, se encuentra la más alta tasa de mortalidad de España, y la más
baja de natalidad.
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Fuente: Elaboración propia a partir de datos del INE
9.2.- EVOLUCIÓN GENERACIÓN DE RESIDUOS
A este respecto, resulta idóneo el análisis efectuado por COGERSA en su reciente
MEMORIA ANUAL 2011.
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Es decir, se da una inequívoca tendencia decreciente desde el año 2007, tanto en la
generación general de residuos, como en los RSU, y en particular en la fracción de
papel/cartón, lo que COGERSA atribuye a hurtos, dada su valoración económica y la
situación económica general.
El promedio, para el año 2010, y para Asturias, supone 1’12 kg/(habitante-día). Ello implica
en Mieres, para la población actual, un volumen de 17.600 toneladas estimadas de RSU
que no serán superadas.
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10.- ANÁLISIS ACTUAL / MEDIO PLAZO
En este caso estamos considerando un horizonte de unos cinco años.
Frente a criterios abocados a acercar la recogida a la generación, es decir, al punto
donde se generan los residuos, en estos momentos, y siempre bajo la perspectiva de
contención de costes previamente establecida, el hincapié ha de hacerse en la garantía
de la recogida selectiva. Recordar que el sistema actual no separa residuos.
RESIDUOS NEGROS
Es decir, habrá de acercarse lo más posible el recipiente contenedor a los generadores
de residuos, con tal de que ello no suponga un incremento de coste de gestión del
servicio, imposible de abordar en la situación general española y asturiana, y en particular
en la de Mieres.
Es por ello por lo que se consolida la opción de solución inmediata, a la cual no se le
encuentra alternativa en el actual marco de referencia, con respecto a los residuos
orgánicos (negros o marrones). Estamos, pues, situados en el nivel acera, manejando
contenedores de gran capacidad, que con los actuales avances, suponen, por
estanqueidad, una opción razonable hacia la que están convergiendo otras gestiones,
variadas (Castrillón, Gijón).
Observar que los contendores de gran capacidad no precisan el contacto manual,
accionándose por pedal. Por otro lado, proporcionan más flexibilidad en el depósito.
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El soterramiento es prohibitivo, por su coste, en el escenario actual con carácter general.
El mismo puede ser estimado, para un paquete de dos contenedores, en unos 36.000 €,
mientras que podemos cifrar en 54.000 € los conjuntos de cuatro contendores reciclados
(por ejemplo, uno destinado a negro, otro a amarillo, un tercero a azul, y el cuarto a
verde), siempre con la incertidumbre de los servicios urbanos afectados en las labores de
obra civil.
Al respecto, resulta un condicionante no menor la existencia de una correcta cartografía
de servicios urbanos subterráneos.
Dicho lo cual, siempre cabe considerar la ubicación de estaciones soterradas en lugares
emblemáticos o significativos del concejo.
Ello no es óbice para concentrar los esfuerzos en la entrega segregada.
OTROS RESIDUOS
A ese respecto, se plantea, a partir de la situación actual, donde nos encontramos con
un inventario de receptores para vidrio, papel/cartón, y envases ligeros establecido
cuantitativamente en el apartado 5, y referenciado en Plano 7, incrementar en primera
instancia con 37 islas o grupos de contendores (verde, azul, amarillo) en zona urbana
(Mieres), y otros 14 en otras zonas urbanas (Figaredo, La Peña, Rioturbio, Ujo, Santullano,
Santa Cruz, Turón, Rioturbio).
Ver en consecuencia el Plano 7 / Propuesta recogida selectiva.
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En todo caso, se debe considerar objetivo asociar estas islas a contendor de gran
capacidad, para así aprovechar los contenedores de la solución inmediata.
11.- PERSPECTIVAS
Resulta transcendente advertir un cambio de tendencia que ya se manifiesta con toda
crudeza, y que conlleva una complicación notable en el alcance de los objetivos
establecidos legalmente.
Al respecto, recogemos de fuentes de COGERSA, una información actualizada.
‘El descenso del consumo y de la actividad empresarial comienza a afectar a la
recogida selectiva en el primer semestre de 2012.’
• Las recogidas selectivas de envases ligeros y de envases de vidrio disminuyeron un 2’2 y un 1’4%, respectivamente. • La merma llega al 15% en la fracción de papel/cartón por la causa añadida de las sustracciones ilícitas de material en la vía pública. • Cada asturiano aportó al sistema de recogida selectiva municipal que gestiona COGERSA una media de 44’76 kilogramos por habitante y año de papel/cartón, envases ligeros y envases de vidrio durante el primer semestre de 2012. La recogida selectiva de papel/cartón, envases ligeros y envases de vidrio ha empezado a acusar el efecto del descenso del consumo de las familias derivado de la actual situación de crisis económica: los datos del primer semestre del año 2012 reflejan un descenso del 8’5% con relación al mismo periodo del año anterior; una tendencia que, según los datos que manejan los diversos sistemas integrados de gestión que operan en España, se estaría reproduciendo en el resto de Comunidades Autónomas. La principal bajada se detecta en la fracción de papel y de cartón que se recoge en el contenedor azul y el sistema de cubos “puerta a puerta” del casco urbano del municipio de Oviedo. Se trata de un descenso del 15% que guarda relación no sólo con el mencionado recorte del consumo familiar y de la actividad de las empresas de servicios (oficinas, locales comerciales, etc.) sino también con la proliferación de las sustracciones ilícitas del material depositado en la vía pública. Se ha pasado de los 24’67 kilogramos por habitante y año del primer semestre de 2011 a 20’97 kg/hab./año de 2012. En el caso de los envases ligeros (“briks”, latas de acero y aluminio, botes y botellas de plástico de diferente densidad, bolsas de plástico, etc.), por primera vez se registra en Asturias una disminución que llega al 2’2%. Así se ha pasado de los 9’58 kilogramos por habitante y año que se recogieron de media en el primer semestre de 2011, a los 9’37 kg/hab./año de los seis primeros meses de este ejercicio. Y un comportamiento similar ha empezado a detectarse en los envases de vidrio cuya recogida separada ha mermado desde los 14’63 kilogramos por habitante y año del periodo enero-junio del año 2011, hasta los 14’42 kilogramos por habitante y año de 2012. En total, entre enero y junio de este ejercicio, cada asturiano aportó al sistema de recogida selectiva de COGERSA una media de 44’76 kilogramos de residuos de papel/cartón, envases ligeros y envases de vidrio; frente a los 48’88 kilogramos correspondientes al primer semestre de 2011.
En el caso concreto de Mieres, las cifras están por debajo de la media. Según COGERSA,
en el año 2011, un 16% en papel, un 7% en vidrio, y un especialmente un 36% en envases.
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2011 2010
PAPEL Contenedores Habitantes/contenedor Kg./habitante Kg./habitante MIERES 133 328 19’8 19’8 ASTURIAS 4.786 190 24’3 27’1
ENVASES Contenedores Habitantes/contenedor Kg./habitante Kg./habitante MIERES 94 465 6’1 6’0 ASTURIAS 3.744 243 9’5 9’5
VIDRIO Contenedores Habitantes/contenedor Kg./habitante Kg./habitante MIERES 89 491 13’7 12’7 ASTURIAS 3.814 238 14’8 14’6
12.- CONCLUSIONES
• Como criterio, se ha de invertir la prioridad, dado que si hasta ahora fue el acercar el
recipiente contenedor al generador, a partir de ahora ha de ser el propiciar la
separación de residuos.
• Se considera que la solución inmediata descrita a corto plazo (gran contenedor) para
los residuos urbanos negros se ha de prolongar a medio plazo (cinco años,
coincidente con el lapso de amortización de materiales).
• Se podría valorar la ubicación de grupos de contenedores soterrados, con carácter
excepcional, en lugares significados y concretos.
• Evidentemente, se precisa incrementar sustancialmente la dotación de contenedores
de recogida selectiva.
• Se han de asociar en todo caso las ubicaciones de recogida de residuos variados.
• Se considera necesario establecer al menos dos nuevos ‘Puntos limpios’, uno al Sur del
casco urbano, complementando las instalaciones de la Estación de transferencia (al
norte), y otro en el valle del Turón, dada su lejanía, población y accesibilidad.
• Se sugiere que el Ayuntamiento se ocupe de la recogida y aprovechamiento de
todos los materiales a recoger selectivamente, mediante apoyo en esos ‘Puntos
Limpios’.
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• Se plantea el siguiente escenario:
Situación presente Situación objetivo Gestión rural urbano rural urbano Depósito/recogida Ayuntamiento COGERSA Ayuntamiento Ayuntamiento
Transporte COGERSA COGERSA COGERSA / Ay. COGERSA / Ay. Tratamiento COGERSA COGERSA COGERSA COGERSA
• Se plantea la instalación de una o dos zonas de ‘recogida en itinerancia’, espacios
con contenedores de todo tipo, y adecuados al depósito de materiales transportados
al lugar en vehículos particulares con estacionamiento anexos (dos/cuatro plazas),
vinculados a las conexiones a vías de alta capacidad.
• Con carácter general, para todos los generadores singulares, por volumen u otras
circunstancias (establecimientos comerciales de alguna entidad) se plantea la
recogida singularizada y acordada, por medios municipales.
• Con carácter general, para las áreas industriales, y dentro de un proceso de
responsabilización de los generadores, se sugiere añadir contenedores de gran
capacidad, combinando con la recogida singularizada y acordada anterior, si los
mismos generadores no asumieran esa gestión.
• Igualmente como criterio, en el horizonte de las novedades legales, se sugiere la
adopción por el Ayuntamiento de cómo objetivos la gestión integral y el residuo cero.
• Se sugiere, para poder registrar adecuadamente costes y gestionar procesos, la
instauración de un Departamento municipal porpio (actualmente integrado con
limpiezas).