Analisis Comparativo RCFF 2014

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  • 8/17/2019 Analisis Comparativo RCFF 2014

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    AnálisisComparativo

    013-2014eglamento de Código Fiscal de laederación

    vicios ContablesUS CONSUL O!"S#A$O%A&OS FISCALIS AS

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    Análisis Comparativo 'el !e(lamento 'e C)'i(o Fiscal 'e la Fe'eraci)n1

    ContenidoCONTENIDO................................................................................................1

    REGLAMENTO DE CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN...................................1

    * ULOI++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++Disposiciones Generales........................................................................................... 1

    I ULO II+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++De los Derechos y Obligaciones de los contribuyentes.............................................3

    Cap,t lo I &e los !e. isitos 'e las /romociones la !epresentaci)n ante las A tori'a'esFiscales+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++Capit lo III &e la Inscripci)n Avisos en el !e(istro Fe'eral 'e Contrib entes++++++++++++++++++S"CCI N I &e la Inscripci)n en el !e(istro Fe'eral 'e Contrib entes+++++++++++++++++++++++++++++++CA/* ULO I &e la Contabili'a'+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++CA/* ULO ++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++&e los Comprobantes Fiscales &i(itales por Internet++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++CA/* ULO I+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++&e las &eclaraciones# Solicit 'es Avisos++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

    * ULO III &" LAS FACUL A&"S &" LAS AU O!I&A&"S FISCAL"S++++++++++++++++++++++++++++++++CAPÍTULO Disposiciones Generales......................................................................1!CAPÍTULO De los Dict"#enes del Contador P$blico nscrito................................%&

    S"CCI N I &e la Inscripci)n 'el Conta'or /7blico 'e las Socie'a'es AsociacionesCiviles con8orma'as por Conta'ores+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++S"CCI N II &e las Sanciones a los Conta'ores /7blicos Inscritos+++++++++++++++++++++++++++++++++S"CCI N III &e los &ictámenes+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

    CAPÍTULO De las 'e(isiones )lectr*nicas...........................................................3&CAPÍTULO + De la Presunci*n de ngresos.............................................................3&CAPÍTULO + De la Presunci*n de las Operaciones ne,istentes.............................31CAPÍTULO + De los Acuerdos Conclusi(os.............................................................31CAPÍTULO + De las n-racciones iscales..............................................................31

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    Reglamento de Código Fiscal de laFede ación.

    T!t"lo I

    Dis#osiciones Gene ales

    2013 2014Artículo 5.- Para los efectos del artículo 9,fracción I, inciso a) del Código, se considera

    ue las !ersonas físicas no "an esta#lecido

    su casa "a#itación en $%&ico, cuando"a#iten tem!oralmente inmue#les con finesturísticos'

    Artículo 5.- Para los efectos del artículo 9,fracción I, inciso a) del Código, se considera

    ue las !ersonas físicas no "an esta#lecido

    su casa "a#itación en $%&ico, cuando"a#iten tem!oralmente inmue#les con finesturísticosy su centro de intereses vitales no se encuentre en territorio nacional.

    Artículo 7.- Para los efectos del artículo 12del Código, sal(o se alamiento e&!resoesta#lecido en dic"o ordenamiento, elcóm!uto de los !la*os comen*ar+ a contarsea !artir del día siguiente a a u%l en ue surta

    efectos la notificación del acto o resoluciónadministrati(a'

    rtículo -'. Para los efectos del artículo 12del Código, sal(o dis!osición e&!resaesta#lecida en dic"o ordenamiento, elcóm!uto de los !la*os comen*ar+ a contarsea !artir del día siguiente a a u%l en ue surta

    efectos la notificación del acto o resoluciónadministrati(a'

    El horario de recepción de documentos en la oficialía de partes de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, ser el !ue

    para tales efectos se estable"ca en las re#las de car cter #eneral !ue emita dicho ór#ano desconcentrado.

    Trat ndose de documentación cuya presentación se deba reali"ar dentro de un pla"o le#al, se considerar n h biles las veinticuatro horas correspondientes al día de vencimiento, conforme a lo si#uiente$%. &ara efectos del bu"ón tributario,el horario de recepción ser de las ''$''

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    a las ()$5* horas, y %%. +uando la presentación pueda reali"arse mediante documento impreso se recibir al día h bil si#uiente, dentro del horario de recepción !ue se estable"ca en t rminos del se#undo p rrafo de este artículo.

    /e dicionan

    Artículo *.- Para los efectos del artículo 1-. , fracción , inciso c) del Código, se entender+ue la utoridad Fiscal act a en el e ercicio de susfacultades de comprobación desde el

    momento en !ue reali"a la primera #estión para la notificación del documento ue ordenesu !r+ctica'

    C)'i(o Fiscal 'e la Fe'eraci)n

    Art,c lo 15-9+ Los certi:ca'os . e emita el servicio 'ea'ministraci)n trib taria . e'aran sin e8ectos c an'o;

    <

    =+ Las a tori'a'es :scales;

    <

    C> "n el e?ercicio 'e s s 8ac lta'es 'e comprobaci)n#'etecten . e el contrib ente no p e'e ser locali@a'o este'esapare@ca ' rante el proce'imiento# o bien se ten(aconocimiento 'e . e los comprobantes :scales emiti'os se

    tili@aron para amparar operaciones ineBistentes# sim la'aso ilicitas+

    Artículo '.- Para los efectos del artículo 1-. , se&to !+rrafo del Código, cuando la solicitudno cum!la con los re uisitos !re(istos en las reglas de car+cter general emitidas !or e/er(icio de dministración 5ri#utaria, la utoridad Fiscalpodr re!uerir información odocumentación al contribuyente, otor# ndole un pla"o de die" días , contado a !artir de lafec"a en ue surta efectos la notificación, !ara su !resentación' 5ranscurrido dic"o !la*o sin

    ue el contri#u6ente !ro!orcione la información o documentación solicitada, se le tendr+ !or!resentada su solicitud'

    Para efectos del !+rrafo anterior, el !la*o de tres días a ue se refiere el se&to !+rrafo delartículo 1-. del Código, comen*ar+ a com!utarse a !artir de ue el re uerimiento "a6a sicum!lido'

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    C)'i(o Fiscal 'e la Fe'eraci)n

    Art,c lo 15-9+ Los certi:ca'os . e emita el servicio 'ea'ministraci)n trib taria . e'aran sin e8ectos c an'o;

    <

    Las solicit"des de e$ocación a . e se re:ere esteart,c lo 'eberán presentarse 'e con8ormi'a' con las re(las'e carácter (eneral . e al e8ecto estable@ca el servicio 'ea'ministraci)n trib taria+

    Artículo .- Para los efectos del artículo 1-.7, fracción I del Código, en caso de ue elcontri#u6ente ingrese a su #u*ón tri#utario !ara consultar los documentos digitales !endientede notificar en día u hora inh bil , generando el acuse de reci#o electrónico, la notificaciónse tendr por practicada al día h bil si#uiente.

    C)'i(o Fiscal 'e la Fe'eraci)n

    Art,c lo 15- + Las personas 8,sicas morales inscritas en elre(istro 8e'eral 'e contrib entes ten'rán asi(na'o n b @)ntrib tario# consistente en n sistema 'e com nicaci)nelectr)nico bica'o en la pá(ina 'e internet 'el servicio 'ea'ministraci)n trib taria# a travDs 'el c al;

    I+ La a tori'a' :scal reali@ara la noti:caci)n 'e c al. ier actoo resol ci)n a'ministrativa . e emita# en 'oc mentos'i(itales# incl en'o c al. iera . e p e'a ser rec rri'o+

    Tit"lo II

    De los De ec%os & O'ligaciones de los cont i'"&entes

    +apítuloI e los /e!uisitos de las &romociones y la /epresentación antelas Autoridades 0iscales

    2013 2014Artículo *.- Para los efectos del artículo18. , fracción II del Código, los residentesen el e&tran ero ue de conformidad con lalegislación del !aís en el ue sean residentespara efectos fiscales no est%n o#ligados a

    Artículo (.- Para los efectos del artículo18. , fracción II del Código, los residentesen el e&tran ero ue de conformidad con lalegislación del !aís en el ue sean residentesno est%n o#ligados a contar con un n mero

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    contar con un n mero de identificaciónfiscal, no lo se alar+n en las !romociones ue!resenten ante las autoridades fiscales'

    de identificación fiscal, no lo se alar+n enlas !romociones ue !resenten ante las

    utoridades Fiscales'

    Artículo '.- Para los efectos del artículo19, !rimer 6 uinto !+rrafos del Código, lare!resentación delas personas morales setendr+ !or acreditada cuando la !ersona ue!romue(a en su nom#re tenga conferido un!oder general !ara actos de administración ode administración 6 dominio o, en su caso, un!oder !ara !leitos 6 co#ran*as con todas lasfacultades generales 6 a uellas uere uieran cl+usula es!ecial conforme a la e6en el cual las firmasse encuentrenratificadas ante notario o fedatariop1blico o, en su caso, ante las autoridadesfiscales, sal(o ue las dis!osiciones legalesen materia fiscal esta#le*can la!resentación de un !oder con característicases!ecíficas !ara alg n tr+mite en !articular'

    Artículo ).- Para los efectos del artículo19, !rimer 6 uinto !+rrafos del Código, lare!resentación delas personas se tendr+!or acreditada cuando la !ersona ue!romue(a en su nom#re tenga conferido un!oder general !ara actos de administración,de administración 6 dominio o !ara !leitos 6co#ran*as con todas las facultadesgenerales 6 a u%llas ue re uieran cl+usulaes!ecial conforme a la le6, siem!re 6 cuandolas firmasse encuentren ratificadas antefedatario p1blico o, en su caso, ante lasutoridades Fiscales, sal(o ue lasdis!osiciones fiscales a!lica#les e&i an la!resentación de un !oder con característicases!ecíficas !ara alg n tr+mite en !articular'

    Artículo ).- Para los efectos delartículo( del Código, cuando el contri#u6ente de#a!agar recargos o las autoridades fiscales

    intereses, la tasa a!lica#le en un mismo!eriodo mensual o fracción de %ste, ser+siem!re la ue est% en (igor al !rimer día delmes o fracción de ue se trate,inde!endientemente de ue dentro de dic"o!eriodo la tasa de recargos o de inter%s(aríe'

    Artículo 2.- Para los efectos de losartículos ( y ((-A del +ódi#o , cuando elcontri#u6ente de#a !agar recargos o las

    utoridades Fiscales de#an !agar intereses,la tasa a!lica#le en un mismo !eriodomensual o fracción de %ste, ser+ siem!re la

    ue est% en (igor al !rimer día del mes ofracción de ue se trate,inde!endientemente de ue dentro de dic"o!eriodo la tasa de recargos o de inter%s(aríe'

    Comentario : rt 21 ;Contri#uciones) 6 rt 22. ;

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    Comentario: /e grega Artículo 7.- Para los efectos del artículo22 del Código, trat+ndose desaldos a favor!ue el contribuyente otor#ue como#arantía del inter s fiscal, la actuali*ación 6 los intereses a cargo del fisco federalde ar+n de generarse en el momento en uela utoridad Fiscal la ace!te'

    Artículo 5.- Para los efectos del artículo22. del Código, los intereses a !agar secom!utar+n !or cada mes o fracción uetranscurra'

    Artículo 4.- Para los efectos del artículo22. del Código, los intereses a !agar secom!utar+n !or cada mes o fracción uetranscurra y se efectuar la retencióncorrespondiente, si#uiendo elprocedimiento !ue para tal efecto

    estable"ca el Servicio de AdministraciónTributaria mediante re#las de car cter#eneral.

    Artículo 7.-

    =o se entender+n com!rendidas en elartículo 2>, fracción I del Código, lassociedades ue inscri#an en el registro oli#ro de acciones o !artes sociales a socios oaccionistas !ersonas físicas 6 morales ue noles !ro!orcionen la documentación necesaria!ara efectuar la com!ro#ación a ue serefiere dic"a fracción, siem!re ueconser(en co!ia de la constancia ue emita el/er(icio de dministración 5ri#utaria a!etición del socio o accionista de ue setrate, en la ue se se ale ue se entregó adic"o órgano desconcentrado ladocumentación ue acredite ue se cum!liócon la o#ligación de retener 6 enterar elim!uesto so#re la renta causado !or el

    Artículo ('.- &ara los efectos del artículo(2, fracción , cuarto p rrafo, inciso c6del +ódi#o, el control efectivo para diri#irla administración, la estrate#ia o lasprincipales políticas de una persona moral,podr ser otor#ado de manera e presa o

    t cita.

    =o se entender+n com!rendidas en elartículo 2>, fracción I del Código, lassociedades ue inscri#an en el registro oli#ro de acciones o !artes sociales a socios oaccionistas !ersonas físicas 6 morales ue noles !ro!orcionen la documentación necesaria!ara efectuar la com!ro#ación a ue serefiere dic"a fracción, siem!re ueconser(en co!ia de la constancia ue emita el/er(icio de dministración 5ri#utaria a!etición del socio o accionista de ue setrate, en la ue se se ale ue se entregó adic"o órgano desconcentrado ladocumentación ue acredite ue se cum!liócon la o#ligación de retener 6 enterar elim!uesto so#re la renta causado !or el

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    ena enante de las acciones o de las !artessociales o, en su caso, la co!ia del dictamenfiscal res!ecti(o'

    ena enante de las acciones o de las !artessociales o, en su caso, la co!ia del dictamenfiscal res!ecti(o'

    +apituloIII e la %nscripción y Avisos en el /e#istro 0ederal de+ontribuyentes SE++%89I e la %nscripción en el /e#istro 0ederal de +ontribuyentes

    2013 2014Artículo ('.- Para los efectos del artículoanterior, las !ersonas morales residentes en$%&ico !resentar+n su solicitud deinscri!ción en el Registro Federal deContri#u6entes en el momento en el ue sefirme su acta o documento constituti(o, atra(%s del fedatario ! #lico ue !rotocoliceel instrumento constituti(o de ue se trate,inclu6endo los casos en ue se constitu6ansociedades con moti(o de la fusión o escisiónde !ersonas morales'

    as !ersonas morales ue no se constitu6anante fedatario ! #lico, de#er+n !resentar susolicitud de inscri!ción dentro del messiguiente a a u%l en ue se realice la firmadel contrato, o la !u#licación del decreto odel acto urídico ue les d% origen'

    Artículo ().- Para los efectos del artículoanterior, las !ersonas morales residentes en$%&ico !resentar+n su solicitud deinscri!ción en el registro federal decontri#u6entes en el momento en el ue sefirme su acta o documento constituti(o, atra(%s del fedatario ! #lico ue !rotocoliceel instrumento constituti(o de ue se trate,inclu6endo los casos en ue se constitu6ansociedades con moti(o de la fusión o escisiónde !ersonas morales'

    as !ersonas morales ue no se constitu6anante fedatario ! #lico, de#er+n !resentar susolicitud de inscri!ción dentro del messiguiente a a u%l en ue se realice la firmadel contrato, o la !u#licación del decreto odel acto urídico ue les d% origen'

    +uando las personas morales precisen,ante fedatario p1blico, en el instrumento

    :urídico suscrito !ue les d ori#en, unafecha posterior cierta y determinada ouna condición suspensiva para susur#imiento, presentar n su solicitud de

    inscripción al re#istro federal decontribuyentes en la fecha establecida endicho instrumento o cuando se d elcumplimiento de dicha condición suspensivao, en su caso, lo podr llevar a cabo elfedatario p1blico en los t rminos !ue paratal efecto estable"ca el Servicio de

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    ?n los dem+s su!uestos, la solicitud deinscri!ción se !resentar+ dentro del messiguiente al día en ue:

    %. /e actualice el su!uesto urídicoo el "ec"o ue d% lugar a la!resentación de declaraciones!eriódicas, de !ago oinformati(as !or sí mismas o !orcuenta de terceros, 6

    II' os contri#u6entes a uienes serealicen los !agos a ue serefiere el Ca!ítulo I del 5ítulo

    I@ de la e6 del Im!uesto so#rela Renta, inicien la !restación desus ser(icios a uienes lesefect en dic"os !agos 6 de#aninscri#irlos en el RegistroFederal de Contri#u6entes'

    Administración Tributaria mediante re#lasde car cter #eneral.

    ?n los dem+s su!uestos, la solicitud deinscri!ción se !resentar+ dentro del messiguiente al día en ue:

    I' /e actualice el su!uesto urídico o el"ec"o ue d% lugar a la !resentaciónde declaraciones !eriódicas, de !agoo informati(as !or sí mismas o !orcuenta de terceros, 6

    II' os contri#u6entes a ue se refiereel Ca!ítulo I del 5ítulo I@ de la e6del Im!uesto so#re la Renta, inicien

    la !restación de sus ser(icios'

    Comentario: /e grega Artículo (7.- Para los efectos del artículo2-, s%!timo !+rrafo del Código, cuando lasle6es estatales esta#le*can ue la firma 6

    autori*ación de la escritura ! #lica sereali*an en el mismo momento, loscontri#u6entes contar+n con un mes, a !artirde ue se firme 6 autorice dic"a escritura,!ara com!ro#ar ante el fedatario ! #lico ue"an !resentado la solicitud de inscri!ción oel a(iso de li uidación o de cancelación de la!ersona moral de ue se trate, en el registrofederal de contri#u6entes'

    ?n caso de ue los contri#u6entes nocum!lan con lo esta#lecido en el !+rrafoanterior, el fedatario ! #lico de#er+informar de dic"a omisión al /er(icio de

    dministración 5ri#utaria, a m+s tardar eldía "+#il siguiente a a u%l en el ue conclu6ael !la*o esta#lecido en el !+rrafo antesmencionado'

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    +A&;TIV e la +ontabilidad

    2013 2014Artículo (*.- Para los efectos del artículo

    28, fracción I del Código, los sistemas 6registros conta#les de#er+n lle(arse !or loscontri#u6entes mediante los instrumentos,recursos 6 sistemas de registro o!rocesamiento ue me or con(enga a lascaracterísticas !articulares de su acti(idad,!ero en todo caso de#er+n satisfacer comomínimo los re uisitos ue !ermitan:

    Artículo )).- Para los efectos del artículo

    28, fracciones I 6 II del Código, se estar+ alo siguiente:

    ' os documentos e información ueintegran la conta#ilidad son:

    %. os registros o asientos conta#lesau&iliares, inclu6endo el cat+logo de cuentas

    ue se utilice !ara tal efecto, así como las!óli*as de dic"os registros 6 asientosA

    %%. os a(isos o solicitudes de inscri!ciónal registro federal de contri#u6entes, asícomo su documentación so!orteA%%%. as declaraciones anuales,informati(as 6 de !agos !ro(isionales,mensuales, #imestrales, trimestrales odefiniti(osA%?. os estados de cuenta #ancarios 6 lasconciliaciones de los de!ósitos 6 retirosres!ecto de los registros conta#les,inclu6endo los estados de cuentacorres!ondientes a in(ersiones 6 tar etas decr%dito, d%#ito o de ser(icios delcontri#u6ente, así como de los monederoselectrónicos utili*ados !ara el !ago decom#usti#le 6 !ara el otorgamiento de (alesde des!ensa ue, en su caso, se otorguen alos tra#a adores del contri#u6enteA

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    ?. as acciones, !artes sociales 6títulos de cr%dito en los ue sea !arte elcontri#u6enteA?%. a documentación relacionada con lacontratación de !ersonas físicas ue !restenser(icios !ersonales su#ordinados, así comola relati(a a su inscri!ción 6 registro o a(isosreali*ados en materia de seguridad social 6sus a!ortacionesA?%%. a documentación relati(a aim!ortaciones 6 e&!ortaciones en materiaaduanera o comercio e&teriorA?%%%. a documentación e información delos registros de todas las o!eraciones, actoso acti(idades, los cuales de#er+n asentarse

    conforme a los sistemas de control 6(erificación internos necesarios, 6% . as dem+s declaraciones a ue est%no#ligados en t%rminos de las dis!osicionesfiscales a!lica#les'

    @. =os re#istros o asientos contablesdeber n$

    %. /er analíticos 6 efectuarse en el mes

    en ue se realicen las o!eraciones, actos oacti(idades a ue se refieran, a m+s tardardentro de los cinco días siguientes a lareali*ación de la o!eración, acto o acti(idadA

    %%. Integrarse en el li#ro diario, enforma descri!ti(a, todas las o!eraciones,actos o acti(idades siguiendo el ordencronológico en ue %stos se efect en,indicando el mo(imiento de cargo o a#ono ue

    a cada una corres!onda, así como integrarselos nom#res de las cuentas de laconta#ilidad, su saldo al final del !eriodo deregistro inmediato anterior, el total delmo(imiento de cargo o a#ono a cada cuentaen el !eriodo 6 su saldo final'

    Podr+n lle(arse li#ros diario 6 ma6or!or esta#lecimientos o de!endencias, !or

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    %. Identificar cada o!eración, acto oacti(idad 6 sus características,relacion+ndolas con la documentacióncom!ro#atoria, de tal forma ue a u%llos!uedan identificarse con las distintascontri#uciones, tasas 6 cuotas, inclu6endo lasacti(idades li#eradas de !ago !or lasdis!osiciones a!lica#lesA

    %%. Identificar las in(ersiones reali*adasrelacion+ndolas con la documentacióncom!ro#atoria, de tal forma ue !ueda!recisarse la fec"a de ad uisición del #ien ode efectuada la in(ersión, su descri!ción, elmonto original de la in(ersión 6 el im!orte de

    la deducción anualA

    %%%.Relacionar cada o!eración, acto oacti(idad con los saldos ue den comoresultado las cifras finales de las cuentasA

    %?. Formular los estados de !osición

    financieraA

    ?. Relacionar los estados de !osiciónfinanciera con las cuentas de cada o!eraciónA

    ti!os de acti(idad o !or cual uier otraclasificación, !ero en todos los casosde#er+n e&istir los li#ros diario 6 ma6orgeneral en los ue se concentren todas laso!eraciones del contri#u6enteA

    III' Permitir la identificación de cadao!eración, acto o acti(idad 6 suscaracterísticas, relacion+ndolas con losfolios asignados a los com!ro#antes fiscaleso con la documentación com!ro#atoria, de talforma ue !ueda identificarse la forma de!ago, las distintas contri#uciones, tasas 6cuotas, inclu6endo a uellas o!eraciones,actos o acti(idades !or las ue no se de#an

    !agar contri#uciones, de acuerdo a lao!eración, acto o acti(idad de ue se trateA

    %?. Permitir la identificación de lasin(ersiones reali*adas relacion+ndolas con ladocumentación com!ro#atoriao con loscomprobantes fiscales , de tal forma ue!ueda !recisarse la fec"a de ad uisición del#ien o de efectuada la in(ersión, sudescri!ción, el monto original de la in(ersión,

    el !orcenta e e im!orte de su deducciónanual,en su caso, así como la fecha deinicio de su deducción

    ?. Relacionar cada o!eración, acto oacti(idad con los saldos ue den comoresultado las cifras finales de las cuentasA

    ?%. Formular los estados de !osiciónfinanciera,de resultados, de variaciones

    en el capital contable, de ori#en yaplicación de recursos, así como lasbalan"as de comprobación, incluyendo lascuentas de orden y las notas a dichosestados

    ?%%. Relacionar los estados de !osiciónfinanciera con las cuentas de cada o!eraciónA

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    ?%. +ontar con la documentación einformación de los re#istros de todas lasoperaciones, actos o actividades y#aranti"ar !ue se asienten correctamente,

    mediante los sistemas de control yverificación internos necesarios

    ?%%. Identificar las contri#uciones ue sede#en cancelar o de(ol(er, en (irtud dede(oluciones ue se reci#an 6 descuentos o#onificaciones ue se otorguen conforme alas dis!osiciones fiscalesA

    ?%%%.Com!ro#ar el cum!limiento de los

    re uisitos relati(os al otorgamiento deestímulos fiscales 6 de su#sidios, 6

    % . Identificar los #ienes distinguiendo,entre los ad uiridos o !roducidos, loscorres!ondientes a materias !rimas 6!roductos terminados o semiterminados, losena enados, así como los destinados adonación o, en su caso, destrucción'

    ?%%%.Identificar las contri#uciones ue sede#an cancelar o de(ol(er, en (irtud dede(oluciones ue se reci#an 6 descuentos o#onificaciones ue se otorguen conforme alas dis!osiciones fiscalesA

    % . Com!ro#ar el cum!limiento de los

    re uisitos relati(os al otorgamiento deestímulos fiscales 6 de su#sidiosA

    . Identificar los #ienes distinguiendo,entre los ad uiridos o !roducidos, loscorres!ondientes a materias !rimas 6!roductos terminados o semiterminados, losena enados, así como los destinados adonación o, en su caso, destrucciónA

    %. Plasmarse en idioma es!a ol 6consignar los (alores en moneda nacional'

    Cuando la información de los com!ro#antesfiscales o de los datos 6 documentación ueintegran la conta#ilidad est%n en idiomadistinto al es!a ol, o los (alores se consignenen moneda e&tran era, de#er+n acom!a arsede la traducción corres!ondiente 6 se alar elti!o de cam#io utili*ado !or cada o!eraciónA

    %%. ?sta#lecer !or centro de costos,identificando las o!eraciones, actos oacti(idades de cada sucursal oesta#lecimiento, inclu6endo a u%llos ue selocalicen en el e&tran eroA

    %%%./e alar la fec"a de reali*ación de la

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    5rat+ndose de donati(os en #ienes uereci#an las donatarias autori*adas deconformidad con la e6 del Im!uesto so#rela Renta, adem+s de cum!lir con losre uisitos a ue se refieren las fraccionesanteriores, de#er+n lle(ar un control dedic"os #ienes, ue les !ermita identificar a

    los donantes, los#ienes reci#idos !or %stas, los #ienesentregados a sus #eneficiarios 6, en su caso,los #ienes destruidos ue no "u#iesen sidoentregados a sus #eneficiarios' simismo,de#er+n lle(ar un control de las cuotas derecu!eración ue o#tengan !or los #ienesreci#idos en donación'

    ?l contri#u6ente de#er+ registrar en su

    conta#ilidad la destrucción o donación de lasmercancías o #ienes en el e ercicio en el uese efect en'

    o dis!uesto en este Ca!ítulo se a!licar+ sin!er uicio de ue los contri#u6entes lle(enotros registros a ue les o#liguen lasdis!osiciones fiscales 6 no los li#era de lao#ligación de contar con los controles oli#ros ue esta#le*can las le6es u otros

    reglamentos'

    o!eración, acto o acti(idad, su descri!ción oconce!to, la cantidad o unidad de medida ensu caso, la forma de !ago de la o!eración,acto o acti(idad, es!ecificando si fue decontado, a cr%dito, a !la*os o en!arcialidades, 6 el medio de !ago o dee&tinción de dic"a o#ligación, seg ncorres!onda'

    5rat+ndose de o!eraciones a cr%dito, a!la*os o en !arcialidades, !or cada !ago oa#ono ue se reci#a o se realice, inclu6endoel antici!o o enganc"e seg n corres!onda'

    dem+s de lo se alado en el !+rrafoanterior, de#er+n registrar el monto del

    !ago, !recisando si se efect a en efecti(o,transferencia inter#ancaria de fondos,c"e ue nominati(o !ara a#ono en cuenta,tar eta de d%#ito, cr%dito o de ser(icios,monedero electrónico o !or cual uier otromedio' Cuando el !ago se realice en es!ecie o!ermuta, de#er+ indicarse el ti!o de #ien oser(icio otorgado como contra!restación 6su (alorA

    %?. Permitir la identificación de losde!ósitos 6 retiros en las cuentas #ancariasa#iertas a nom#re del contri#u6ente 6conciliarse contra las o!eraciones reali*adas 6 su documentación so!orte, como son losestados de cuenta emitidos !or las entidadesfinancierasA

    ?. os registros de in(entarios demercancías, materias !rimas, !roductos en

    !roceso 6 terminados, en los ue se lle(ar+ elcontrol so#re los mismos, ue !ermitanidentificar cada unidad, ti!o de mercancía o!roducto en !roceso 6 fec"a de ad uisición oena enación seg n se trate, así como elaumento o la disminución en dic"osin(entarios 6 las e&istencias al inicio 6 alfinal de cada mes 6 al cierre del e ercicio

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    fiscal, !recisando su fec"a de entrega orece!ción, así como si se trata de unade(olución, donación o destrucción, cuandose den estos su!uestos'

    Para efectos del !+rrafo anterior, enel control de in(entarios de#er+identificarse el m%todo de (aluaciónutili*ado 6 la fec"a a !artir de la cual se usa, 6a sea ue se trate del m%todo de !rimerasentradas !rimeras salidas, ltimas entradas!rimeras salidas, costo identificado, costo!romedio o detallista seg n corres!ondaA

    ?%. os registros relati(os a la o!ción dediferimiento de la causación de

    contri#uciones conforme a las dis!osicionesfiscales, en el caso ue se cele#rencontratos de arrendamiento financiero'

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    6 el uso o goce tem!oral de #ienes, ue seutilicen e&clusi(amente !ara reali*ar susacti(idades !or las ue de#an !agar elim!uestoAb6 a ad uisición de #ienes, de ser(icios 6 el uso o goce tem!oral de #ienes, ue seutilicen e&clusi(amente !ara reali*ar susacti(idades !or las ue no de#an !agar elim!uesto, 6c6 a ad uisición de #ienes, de ser(icios 6 el uso o goce tem!oral de #ienes, ue seutilicen indistintamente !ara reali*ar tantoacti(idades !or las ue se de#a !agar elim!uesto, como a u%llas !or las ue no seest+ o#ligado al !ago del mismo'

    Cuando el destino de los #ienes o ser(icios(aríe 6 se de#a efectuar el a uste delacreditamiento !re(isto en el artículo Bo'.de la e6 del Im!uesto al @alor gregado, sede#er+ registrar su efecto en laconta#ilidad'

    Comentario: rticulos ue se eliminan

    Artículo ) .- Para los efectos del artículo anterior, los contri#u6entes ue ado!ten el sistemade registro manual, de#er+n lle(ar suslibros diario, mayor y los !ue est n obli#ados a llevarpor otras disposiciones fiscales, debidamente encuadernadas, empastadas y foliadas.

    Cuando el contri#u6ente ado!te los sistemas de registro mec+nico o electrónico, las fo as

    se destinen a formar los li#ros diario 6 ma6or, !odr+n encuadernarse, em!astarse 6 foliarsconsecuti(amente dentro de los tres meses siguientes al cierre del e ercicio, de#iendocontener dic"os li#ros el nom#re, domicilio fiscal 6 cla(e del Registro Federal dContri#u6entes' os contri#u6entes !odr+n o!tar !or gra#ar dic"a información en discoó!ticos o en cual uier otro medio ue autorice el /er(icio de dministración 5ri#utarimediante reglas de car+cter general ue al efecto emita'

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    Artículo )(.- Para los efectos de este Ca!ítulo, en el li#ro diario, el contri#u6entedeberanotar en forma descriptiva todas sus operaciones, actos o actividades si#uiendo el ordencronológico en ue %stos se efect en, indicando el mo(imiento de cargo o a#ono ue a cadcorres!onda'

    ?n el li#ro ma6or de#er+n anotarse los nom#res de las cuentas de la conta#ilidad, su saldofinal del !eriodo de registro inmediato anterior, el total del mo(imiento de cargo o a#ono cada cuenta en el !eriodo 6 su saldo final'

    Podr+n lle(arse li#ros diario 6 ma6or !or esta#lecimientos o de!endencias, !or ti!os dacti(idad o !or cual uier otra clasificación, !ero en todos los casos de#er+n e&istir los li#rdiario 6 ma6or general en los ue se concentren todas las o!eraciones del contri#u6ente'

    Artículo )).- Para los efectos del artículo 28, fracción I del Código, los contri#u6entes ueefect en ena enaciones a !la*o, con !ago diferido o en !arcialidades, o cele#ren contratos arrendamiento financiero 6 o!ten !or diferir la causación de contri#uciones conforme a ladis!osiciones fiscales res!ecti(as, de#er+n lle(ar en su conta#ilidad registros ue !ermitanidentificar la !arte corres!ondiente de las o!eraciones en cada e ercicio fiscal, inclusi(emediante cuentas de orden'

    Artículo )3.- Para los efectos de los artículos 28, fracción I 6 30. , !rimer !+rrafo delCódigo, cuando el contri#u6ente ado!te el sistema de registro electrónico, de#er+ conser(aralmacenar como !arte integrante de su conta#ilidad toda la documentación relati(a al disedel sistema 6 los diagramas del mismo, !oniendo a dis!osición de las autoridades fiscalese ui!o 6 sus o!eradores !ara ue las au&ilien cuando %stas e er*an sus facultades com!ro#ación 6, en su caso, de#er+ cum!lir con las normas oficiales me&icancorres!ondientes (inculadas con la generación 6 conser(ación de documentos electrónicos'

    Artículo )5.- Cuando se "aga referencia a conta#ilidad sim!lificada, se entender+ ue %stcom!rende un li#ro foliado de ingresos, de egresos 6 de registro de in(ersiones 6 deduccione

    ue adicionalmente !ermita identificar las o!eraciones #ancarias 6 financieras de locontri#u6entes'

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    Comentario: /e grega, seg n el nuestro criterio, se com#inan estos artículos !ara ada!tar enue(o rtículo 34

    2013 2014Artículo )'.- Para los efectos del artículo

    28, fracción I del Código,los contribuyentespodr n llevar su contabilidad usandoindistintamente o de manera combinada elsistema de re#istro manual, mec nico oelectrónico , siem!re ue se cum!la con losre uisitos ue !ara cada caso se esta#lecenen este Reglamento'Cuando se ado!te el sistema de registromanual o mec+nico, el contri#u6ente de#er+lle(ar cuando menos los li#ros diario 6 ma6orAtrat+ndose del sistema de registroelectrónico lle(ar+ como mínimo el li#roma6or'

    Artículo )4.- Para los efectos del artículo28, fracción III del Código, el contri#u6ente

    ue se encuentre en sus!ensión deacti(idades de#er+ conser(ar su conta#ilidaden el ltimo domicilio ue tenga manifestadoen el Registro Federal de Contri#u6entes 6,si con !osterioridad el contri#u6entedesocu!a el domicilio consignado ante elreferido Registro, de#er+ !resentar el a(isode cam#io de domicilio fiscal, en el cualde#er+ conser(ar su conta#ilidad deconformidad con los !la*os ue esta#lece elartículo 30 del Código'

    Artículo )3.- Para los efectos del artículo

    28, fracción III del Código, el contri#u6entede#er+ conser(ar 6 almacenar como !arteintegrante de su conta#ilidad toda ladocumentación relati(a al dise o del sistemaelectrónico donde almacena 6 !rocesa susdatos conta#les 6 los diagramas del mismo,!oniendo a dis!osición de las utoridadesFiscales el e ui!o 6 sus o!eradores !ara uelas au&ilien cuando %stas e er*an susfacultades de com!ro#ación 6, en su caso,de#er+ cum!lir con las normas oficialesme&icanas corres!ondientes (inculadas conla generación 6 conser(ación de documentoselectrónicos'

    ?l contri#u6ente ue se encuentre ensus!ensión de acti(idades de#er+ conser(arsu conta#ilidad en el ltimo domicilio uetenga manifestado en el registro federal decontri#u6entes 6, si con !osterioridaddesocu!a el domicilio consignado ante elreferido registro, de#er+ !resentar el a(isode cam#io de domicilio fiscal, en el cualde#er+ conser(ar su conta#ilidad durante el!la*o ue esta#lece el artículo 30 del Código'

    os contri#u6entes !odr+n o!tar !orres!aldar 6 conser(ar su informaciónconta#le en discos ó!ticos o en cual uierotro medio electrónico ue mediante reglasde car+cter general autorice el /er(icio de

    dministración 5ri#utaria'

    Artículo )2.- Para los efectos de esteCa!ítulo, cuando los li#ros o dem+s registrosde conta#ilidad del contri#u6ente seinutilicen !arcialmente, los mismos de#er+nconser(arse "asta en tanto no se e&tinganlas facultades de com!ro#ación de las

    Artículo )5.- Para los efectos del artículo30 del Código, cuando los li#ros o dem+sregistros de conta#ilidad del contri#u6entese inutilicen !arcialmente de#er+n re!onerselos asientos ilegi#les del ltimo e ercicio!udiendo reali*arlos !or concentración'

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    autoridades fiscales res!ecto de laso!eraciones, actos o acti(idades consignadosen dic"os li#ros o registros 6 de#er+nre!onerse los asientos ilegi#les del ltimoe ercicio !udiendo reali*arlos !orconcentración'

    5rat+ndose de destrucción o inutili*acióntotal, !%rdida o ro#o de los li#ros, registroso colecciones de "o as foliadas de laconta#ilidad del contri#u6ente, %ste de#er+asentar en los nue(os li#ros o en losregistros de conta#ilidad de ue se trate,los asientos relati(os al e ercicio en el uesucedió la inutili*ación, destrucción, !%rdida

    o ro#o, !udi%ndose reali*ar !orconcentración'

    ?l asiento de los nue(os registros a ue serefiere el !+rrafo anterior, no e&ime de lasres!onsa#ilidades administrati(as o !enales

    ue deri(en de los actos u omisionesrelacionados con la destrucción de laconta#ilidad'

    Cuando se trate de la destrucción oinutili*ación total de los li#ros o dem+sregistros de conta#ilidad, el contri#u6entede#er+ asentar en los nue(os li#ros o en losregistros de conta#ilidad de ue se trate,los asientos relati(os al e ercicio en el uesucedió la inutili*ación, destrucción, !%rdidao ro#o, !udi%ndose reali*ar !orconcentración'

    ?n los casos a ue se refiere este artículo, elcontri#u6ente de#er+ conser(ar, en su caso,el documento ! #lico en el ue consten los"ec"os ocurridos "asta en tanto no see&tingan las facultades de com!ro#ación de

    las utoridades Fiscales'

    +A&;T ? e los +omprobantes 0iscales i#itales por %nternet

    Comentario: 5odo el Ca!itulo @, del anterior reglamento de los artículos 39 al B1, fue sustituido !or estos B articulos del 3> al 40'

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    Artículo )2.- Para los efectos de los artículos 29 6 29. del Código, cuando la utoridadFiscal modifi ue la cla(e del registro federal de contri#u6entes de las !ersonas físicas u!erci#an ingresos de los se alados en el Ca!ítulo I del 5ítulo I@ de la e6 del Im!uesto so#la Renta, los com!ro#antes fiscales digitales !or Internet ue am!aren las erogaciones ucontengan la cla(e anterior 6 los ue inclu6an la cla(e nue(a ser+n (+lidos !ara la deduccióacreditamiento, siem!re ue el nom#re corres!onda al mismo contri#u6ente, se cum!la con dem+s re uisitos fiscales 6 la cla(e del registro federal de contri#u6entes anterior "a6a sidoutili*ada antes de la asignación de la nue(a, situación ue se de#er+ corro#orar en la fec"a e&!edición del com!ro#ante fiscal digital !or Internet'

    os contri#u6entes ue se encuentren en el su!uesto a ue se refiere el !+rrafo anteriorde#er+n informar !or escrito a su !atrón 6 retenedores en general ue les "a sido asignada unnue(a cla(e'

    Artículo )7.- Para los efectos del artículo 29. , fracción @II del Código, los contri#u6entesue e&!idan com!ro#antes fiscales digitales !or Internet, !ara efectos del traslado de

    im!uestos en forma e&!resa 6 !or se!arado los desglosar+n !or tasa o cuota del im!uesto elos siguientes su!uestos:

    %. Cuando la totalidad de las o!eraciones, actos o acti(idades ue am!ara el com!ro#antfiscal digital !or Internet se encuentren su etos a la misma tasa o cuota, el im!uestotrasladado se incluir+ en forma e&!resa 6 !or se!arado en el com!ro#ante fiscal digital !orInternet se alando la tasa a!lica#le, incluso cuando se trate de la tasa del 0DA

    %%. Cuando las o!eraciones, actos o acti(idades a los ue les sean a!lica#les tasas o cuotadistintas del mismo im!uesto, el com!ro#ante fiscal digital !or Internet se alar+ el traslado

    ue corres!onda a cada una de las tasas o cuotas, indicando la tasa a!lica#le, o #ien, se se!are

    los actos o acti(idades en m+s de un com!ro#ante fiscal digital !or Internet, en cu6o caso sa!licar+ lo dis!uesto en la fracción I de este artículoA

    %%%. Cuando las o!eraciones, actos o acti(idades est%n gra(ados 6 e&entos, el com!ro#anfiscal digital !or Internet se alar+ el monto o suma de los gra(ados 6 de los e&entos 6, en cade ue los !rimeros se encuentren gra(ados a tasas distintas ser+ a!lica#le lo dis!uesto en lafracción II de este artículo, 6

    %?. ?n el caso en ue se de#an trasladar dos im!uestos, el com!ro#ante fiscal digital !orInternet indicar+ el im!orte ue corres!onda a cada im!uesto !or se!arado 6 la tasa o cuotaa!lica#le'

    Artículo )4.- Para los efectos de lo se alado en los artículos 29 6 29. del Código, en caso dfallecimiento del contri#u6ente, el re!resentante legal de la sucesión, ser+ el nico autori*a!ara seguir emitiendo los com!ro#antes fiscales digitales !or Internet ue corres!ondan alautor de la sucesión'

    Artículo )*.- Para los efectos del artículo 29, segundo !+rrafo, fracción I@ del Código, locontri#u6entes de#er+n remitir al /er(icio de dministración 5ri#utaria o al !ro(eedor decertificación de com!ro#antes fiscales digitales !or Internet autori*ados !or dic"o órgano

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    desconcentrado, seg n sea el caso, el com!ro#ante fiscal digital !or Internet, a m+s tardardentro de las (einticuatro "oras siguientes a ue "a6a tenido lugar la o!eración, acto oacti(idad de la ue deri(ó la o#ligación de e&!edirlo'

    Artículo 3'.- Para los efectos del artículo 29. , fracción @ del Código, los #ienes o la

    mercancías de ue se trate, de#er+n descri#irse detalladamente considerando suscaracterísticas esenciales como marca, modelo, n mero de serie, es!ecificaciones t%cnicacomerciales, entre otras, a fin de distinguirlas de otras similares'

    Para los efectos del artículo 29. , fracción @, segundo !+rrafo, inciso #) del Código, lcom!ro#antes fiscales digitales !or Internet ue am!aren donati(os deduci#les de#er+nse alar cantidad, (alor 6 descri!ción de los #ienes donados o, en su caso, el monto del donati

    +A&;T ?% e las eclaraciones, Solicitudes y Avisos

    Comentario: 5odo el ca!ítulo @I del anterior reglamento, ue se refería ala conser(ación de la conta#ilidad , fue eliminado el artículo B2

    /e sustitu6ó !or el ca!ítulo @II

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    multas ue se "u#iesen im!uesto con moti(ode su!uestas omisiones, siem!re ue losinteresados e&"i#an la !resentación dea(isos o de declaraciones !resuntamenteomitidas'

    /i el documento a ue se refiere el !+rrafoanterior se e&"i#e en el momento de ladiligencia de notificación del re uerimiento,el notificador e ecutor sus!ender+ la citadadiligencia, tomar+ nota circunstanciada dedic"o documento 6 dar+ cuenta de lasolicitud de cancelación al titular de la

    oficina re uirente, uien resol(er+ so#re lacancelación del re uerimiento o, en su caso,de la multa' /i el documento e&"i#ido nofuere idóneo !ara acreditar la !resentacióndel a(iso o declaración de ue se trate, sere!etir+ la diligencia en la forma ue!roceda'

    "u#iesen im!uesto con moti(o de su!uestasomisiones, siem!re ue los interesadose&"i#an los a(isos o declaraciones!resuntamente omitidos,presentados conanterioridad a la fecha de notificación del

    re!uerimiento o de la multa impuesta.

    /i el documento a ue se refiere el !+rrafoanterior se e&"i#e en el momento de ladiligencia de notificación del re uerimientoode la multa impuesta, el notificadore ecutor sus!ender+ la diligencia, tomar+nota circunstanciada de dic"o documento 6dar+ cuenta de la solicitud de cancelación altitular de la oficina re uirente, uien

    resol(er+ so#re la cancelación delre uerimiento o, en su caso, de la multa' /i eldocumento e&"i#ido no fuere idóneo !araacreditar la !resentación del a(iso odeclaración de ue se trate, se re!etir+ ladiligencia'

    Artículo 5*.- Para los efectos del artículo34, ltimo !+rrafo del Código, el e&tracto delas !rinci!ales resoluciones fa(ora#les a los

    contri#u6entes, se !u#licar+ en la !+gina deInternet del /er(icio de dministración5ri#utaria' os e&tractos !u#licados nogenerar+n derec"os !ara los contri#u6entes'

    Artículo 37.- Para los efectos del artículo34, ltimo !+rrafo del Código, el e&tracto delas !rinci!ales resoluciones fa(ora#les a los

    contri#u6entes, se !u#licar+ en la !+gina deInternet del /er(icio de dministración5ri#utaria' os e&tractos !u#licados nogenerar+n derec"os !ara los contri#u6entes'

    Comentario: os rticulos /iguientes se gregaron al Reglamento'

    Artículo 48. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 42, último párrafo del Código, las AutoridadesFiscales informarán al contribuyente, a su representante legal, y tratándose de personas morales también asus órganos de dirección, de los ec os u omisiones !ue se "ayan conociendo en el desarrollo de lasfacultades pre"istas en las fracciones ##, ### o #$ del citado precepto%

    Artículo 49.- Para los efectos del artículo 44, fracción ### del Código, para acer constar !ue los "isitadoresse identificaron, en las actas !ue se le"anten se deberá se&alar, lo siguiente'

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    I. (l nombre completo de la persona !ue practica la "isita, así como el número, la "igencia y la fec ade e)pedición de las credenciales o constancias de identificación de los "isitadores*

    II. +ombre y cargo del funcionario competente !ue emite las credenciales o constancias deidentificación, así como el fundamento para su e)pedición*

    III. (l fundamento urídico !ue lo acredite como personal autori-ado para practicar "isitas domiciliarias,y

    IV. .ue el documento con el !ue se identifica contiene fotografía y firma de !uien practica la "isita%

    Artículo 50.- Para los efectos del artículo 4/, fracción #0, segundo párrafo del Código, el pla-o de "eintedías durante los cuales el contribuyente podrá presentar los documentos, libros o registros !ue des"irtúen los

    ec os u omisiones, así como optar por corregir su situación fiscal, deberá computarse a partir del díasiguiente a la fec a en !ue se le"ante la última acta parcial y asta el día inmediato anterior a a!uél en !ue sele"ante el acta final%

    Artículo 51.- Para los efectos del artículo 41, fracciones #0 y #$ del Código, la Autoridad Fiscal,pre"iamente a la determinación del crédito fiscal, emitirá el oficio de obser"aciones y continuará con elprocedimiento establecido por el citado artículo%

    CA*(T)LO II De los Dict+menes del Contado *,'licoInsc ito

    SE++%89I e la %nscripción del +ontador &1blico y de las Sociedades yAsociaciones +iviles conformadas por +ontadores

    2013 2014Artículo 2'.- Para los efectos del artículoB2, fracción I del Código, el contador ! #licointeresado en o#tener el registro a ue serefiere dic"a fracción, de#er+ solicitarlo al/er(icio de dministración 5ri#utaria,acreditando lo siguiente:

    %. ?star inscrito en el Registro Federal deContri#u6entes, con cual uiera de las cla(es 6 regímenes de tri#utación ue acontinuación se se alan:

    Artículo 5(.- Para los efectos del artículoB2, fracción I del Código, el contador ! #licointeresado en o#tenerla inscripción en elre#istro a ue se refiere dic"a fracción,de#er+ solicitarlo al /er(icio de

    dministración 5ri#utaria, acreditando,adem s de lo seBalado en el propio

    artículo 5( del +ódi#o , lo siguiente:

    %. ?star inscrito en el registro federalde contri#u6entes, con cual uiera de lascla(es 6 regímenes de tri#utación ue acontinuación se se alan:

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    a6 salariados o#ligados a !resentardeclaración anual conforme al Ca!ítulo I del5ítulo I@ de la e6 del Im!uesto so#re laRentaAb6 Etros ingresos !or salarios o ingresosasimilados a salarios conforme al Ca!ítulo Idel 5ítulo I@ de la e6 del Im!uesto so#re laRenta, 6c6 /er(icios !rofesionales !ara los efectosdel R%gimen de las Personas Físicas con

    cti(idades ?m!resariales 6 Profesionales'

    ?l contador ! #lico ue !resente la solicituda ue se refiere este artículo de#er+encontrarse en el Registro Federal deContri#u6entes con el estatus de locali*adoen su domicilio fiscal 6 no "a#er !resentadoel a(iso de sus!ensión de acti(idades!re(isto en el artículo 2B, fracción @ de esteReglamentoA

    %%. Contar con certificado de firma

    electrónica a(an*ada (igente, e&!edido !orel /er(icio de dministración 5ri#utaria o!or un !restador de ser(icios en lost%rminos del CódigoA

    %%%.Contar con c%dula !rofesional decontador ! #lico o e ui(alente emitida !or la/ecretaría de ?ducación P #licaA

    %?. 5ener constancia e&!edida con no m+s

    de dos meses de antici!ación, emitida !orcolegio!rofesional o asociación de contadores! #licos ue tengan reconocimiento ante la/ecretaría de ?ducación P #lica o anteautoridad educati(a estatal ue lo acreditecomo miem#ro acti(o de los mismos, con unaantig edad mínima, con esa calidad, de tres

    a6 salariados o#ligados a !resentardeclaración anual conforme al Ca!ítulo I del5ítulo I@ de la e6 del Im!uesto so#re laRentaAb6 Etros ingresos !or salarios oingresos asimilados a salarios conforme alCa!ítulo I del 5ítulo I@ de la e6 delIm!uesto so#re la Renta, 6c6 /er(icios !rofesionales !ara losefectos del R%gimen de las Personas Físicascon cti(idades ?m!resariales 6Profesionales conforme al Ca!ítulo II del5ítulo I@ de la e6 del Im!uesto so#re laRentaA

    %%. ?ncontrarse en el registro federalde contri#u6entes con el estatus delocali*ado en su domicilio fiscal 6 no "a#er!resentado el a(iso de sus!ensión deacti(idades !re(isto en el artículo 29,fracción @ de este ReglamentoA

    %%%. Contar con certificado de firmaelectrónica a(an*ada (igente, e&!edido !orel /er(icio de dministración 5ri#utaria o!or un !restador de ser(icios decertificación autori*ado en los t%rminos delCódigoA

    %?. Contar con c%dula !rofesional decontador ! #lico o e ui(alente emitida !or la/ecretaría de ?ducación P #licaA

    ?. 5ener constancia e&!edida con no m+s dedos meses de antici!ación, emitida !orcolegio !rofesional o asociación decontadores ! #licos ue tenganreconocimiento ante la /ecretaría de?ducación P #lica o ante autoridad educati(aestatal ue lo acredite como miem#ro acti(o

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    a os !re(ios a la !resentación de la solicitudde registroA

    ?. Contar con la certificación a ue serefiere el artículo B2, fracción I, inciso a),segundo !+rrafo del Código, 6

    ?%. Contar con e&!eriencia mínima de tresa os en la ela#oración de dict+menesfiscales'

    a e&!eriencia a ue se refiere esta fracciónse acreditar+ de conformidad con losre uisitos ue esta#le*ca el /er(icio de

    dministración 5ri#utaria mediante reglasde car+cter general'

    ?n la solicitud a ue se refiere este artículo,el contador ! #lico ue solicite el registrode#er+ manifestar, #a o !rotesta de decir(erdad, ue no "a !artici!ado en la comisiónde un delito de car+cter fiscal'

    de los mismos, con una antig edad mínima,con esa calidad, de tres a os !re(ios a la!resentación de la solicitud de inscri!ción a

    ue se refiere este artículoA

    ?%. Contar con la certificación (igente aue se refiere el artículo B2, fracción I,

    inciso a), segundo !+rrafo del CódigoA

    ?%%. Contar con e&!eriencia mínima detres a os en la ela#oración de dict+menesfiscales'

    a e&!eriencia a ue se refiere esta fracciónse acreditar+ de conformidad con losre uisitos ue esta#le*ca el /er(icio de

    dministración 5ri#utaria mediante reglasde car+cter general'

    ?%%%.?n caso de ue la certificación a uese refiere la fracción @I de este artículo se"a6a e&!edido con m+s de un a o al momentode solicitar la inscri!ción, de#er+ !resentaruna constancia ue acredite el cum!limientode la =orma de ?ducación Continua o de

    ctuali*ación cad%mica e&!edida !or un

    colegio !rofesional o !or una asociación decontadores ! #licos reconocidos !or la/ecretaría de ?ducación P #lica o autoridadeducati(a estatal, al ue !ertene*ca, 6

    % . $anifestar, #a o !rotesta de decir(erdad, ue no "a !artici!ado en la comisiónde un delito de car+cter fiscal'

    Gna (e* otorgada la inscri!ción a ue se

    refiere este artículo, el contador ! #licode#er+ comunicar a la utoridad Fiscalcual uier cam#io en los datos contenidos ensu solicitud, dentro de los die* díassiguientes al día en ue ocurra'

    Artículo 2 .- Gna (e* otorgado el registroa ue se refiere el artículo >0 de este

    Artículo 5).- nualmente, el contador! #lico inscrito de#er+ o#tener las

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    Reglamento,el contador p1blico debercomunicar a la autoridad fiscal cual!uiercambio en los datos contenidos en susolicitud, dentro del mes si#uiente a lafecha en !ue ocurra.

    nualmente el contador ! #lico registradode#er+ o#tener las siguientes constancias:

    %. u%lla a ue se refiere la fracción I@ delartículo >0 de este Reglamento ue loacredite como miem#ro acti(o de un colegio!rofesional o de una asociación decontadores ! #licos, ue tenganreconocimiento !or !arte de la /ecretaríade ?ducación P #lica o de la autoridad

    educati(a estatal, 6

    %%. a ue acredite ue sustentó 6 a!ro#óe&amen ante la autoridad fiscal en la ue sese ale ue se encuentra actuali*adores!ecto de las dis!osiciones fiscales, o lade cum!limiento de la norma de educacióncontinua e&!edida !or un colegio !rofesionalo !or una asociación de contadores ! #licosreconocidos !or la /ecretaría de ?ducación

    P #lica, al ue !ertene*ca, o !or la autoridadeducati(a estatal'

    Gna (e* concluida la (igencia de lacertificación a ue se refiere el artículo B2,fracción I, inciso a), segundo !+rrafo delCódigo, el contador ! #lico registradode#er+ contar con la reno(ación, refrendo orecertificación de la misma'

    a información referida en las fracciones I 6II del segundo !+rrafo de este artículode#er+ ser !ro!orcionada dentro de los!rimeros tres meses de cada a o al /er(iciode dministración 5ri#utaria, !or lasfederaciones de colegios de contadores! #licos o, en su caso, !or los colegios!rofesionales o asociaciones de contadores

    siguientes constancias:

    %. u%lla a ue se refiere el artículo B2,fracción @ de este Reglamento ue loacredite como miem#ro acti(o de un colegio!rofesional o de una asociación decontadores ! #licos, ue tenganreconocimiento !or !arte de la /ecretaría

    de ?ducación P #lica o de la autoridadeducati(a estatal, 6

    %%. a ue se refiere en la fracción @IIIdel artículo B2 de este Reglamento, ueacredite ue cum!le con la9orma deEducación +ontinua o de Actuali"aciónAcad mica e&!edida !or un colegio!rofesional o !or una asociación decontadores ! #licos reconocidos !or la

    /ecretaría de ?ducación P #lica o laautoridad educati(a estatal, al ue!ertene*ca'

    Gna (e* concluida la (igencia de lacertificación a ue se refiere el artículo B2,fracción I, inciso a), segundo !+rrafo delCódigo, el contador ! #lico inscrito de#er+contar con el refrendo o recertificación dela misma'

    a información referida en este artículode#er+ ser !ro!orcionada dentro de los!rimeros tres meses de cada a o al /er(iciode dministración 5ri#utaria, !or lasfederaciones de colegios de contadores! #licos o, en su caso, !or los colegios!rofesionales o asociaciones de contadores

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    ! #licos no federados, a los cuales est%nadscritos los contadores ! #licosregistrados'

    ?n caso de ue el contador ! #licoregistrado decida de ar de formulardict+menes so#re los estados financieros delos contri#u6entes, dict+menes deo!eraciones de ena enación de acciones ocual uier otro dictamen ue tengare!ercusión fiscal, de#er+ !resentar unescrito ante la autoridad fiscal manifestandodic"a situación 6 la fec"a en ue de ar+ deformular los referidos dict+menes' ?n estesu!uesto la autoridad de ar+ sin efectos el

    registro del contador ! #lico a ue serefiere el artículo B2, fracción I del Código 6 reali*ar+ la notificación conducente alcontador ! #lico de ue se trate'

    Cuando el contador ! #lico a uien !or susolicitud, se "a6a de ado sin efectos elregistro a ue se refiere el artículo B2,fracción I del Código decida (ol(er aformular los dict+menes citados en el

    !+rrafo anterior, de#er+ !resentar un a(isoante la autoridad fiscal manifestando dic"asituación' ?n este caso, el contador ! #licode#er+ cum!lir con lo dis!uesto en lasfracciones I, II, I@, @ 6 @I 6 ltimo !+rrafodel artículo >0 de este Reglamento,así comocon lo seBalado en las fracciones % y %%de este artículo. =as constanciasseBaladas en la fracción %% de esteartículo deber n corresponder al e:ercicio

    por el cual se pretenda elaborardict menes.

    ?n el su!uesto de ue se cum!lan losre uisitos del !+rrafo anterior, la autoridadfiscal reacti(ar+ el registro del contador! #lico interesado a ue se refiere elartículo B2, fracción I del Código'

    ! #licos no federados, a los cuales est%nadscritos los contadores ! #licos inscritos'

    ?n caso de ue el contador ! #lico inscritodecida de ar de formular dict+menes so#relos estados financieros de loscontri#u6entes, dict+menes de o!eracionesde ena enación de acciones o cual uier otrodictamen ue tenga re!ercusión fiscal,de#er+ !resentar un escrito ante la

    utoridad Fiscal manifestando dic"asituación 6 la fec"a en ue de ar+ deformular los referidos dict+menes' ?n este

    su!uesto, la utoridad Fiscal de ar+ sinefectos la inscri!ción del contador ! #licoen el registro a ue se refiere el artículo B2,fracción I del Código 6 reali*ar+ lanotificación conducente'

    Cuando el contador ! #lico a uien !or susolicitud, se "a6a de ado sin efectos lainscri!ción a ue se refiere el artículo B2,fracción I del Código decida (ol(er a

    formular los dict+menes citados en el!+rrafo anterior, de#er+ !resentar un a(isoante la utoridad Fiscal manifestando dic"asituación' ?n este caso, el contador ! #licode#er+ cum!lir con lo dis!uesto en elartículo B2, fracciones I, II, III, @, @I, @II,@III 6 I de este Reglamento'

    ?n el su!uesto de ue se cum!lan losre uisitos del !+rrafo anterior, la utoridadFiscal reacti(ar+ la inscri!ción del contador! #lico interesado a ue se refiere elartículo B2, fracción I del Código'

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    Cuando la autoridad fiscal tengaconocimiento del fallecimiento de uncontador ! #lico registrado dar+ de #a a elregistro res!ecti(o'

    Cuando la utoridad Fiscal tengaconocimiento del fallecimiento de uncontador ! #lico inscrito dar+ de #a a lainscri!ción res!ecti(a'

    Artículo 2(.- Para los efectos del artículoB2, !en ltimo !+rrafo del Código, lassociedades o asociaciones ci(iles ue de#anregistrarse ante las autoridades fiscalesutili*ar+n el sistema inform+tico de Registrode Contadores P #licos 6

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    Cuando las sociedades o asociaciones ci(ilesa ue se refiere este artículo soliciten !or!rimera (e* el registro corres!ondiente, lasolicitud se de#er+ !resentar dentro delmes siguiente a la fec"a en la ue alguno desus miem#ros o#tenga autori*ación !araformular dict+menes !ara efectos fiscales'

    as sociedades o asociaciones ci(iles ue"a6an o#tenido el registro a ue se refiereeste artículo, de#er+n !resentar a(isocuando se incor!ore a ellas un contador

    ! #lico registrado, cuando alguno de susmiem#ros o#tenga el registro o cuandoalguno de sus miem#ros ue sea contador! #lico registrado se desincor!ore de ellas,falle*ca, le sea cancelado el registro o se d%de #a a en el mismo'

    ?l a(iso a ue se refiere el !+rrafo anterior,se !resentar+ ante la autoridad fiscal dentrode los uince días siguientes a la fec"a en

    ue se actualice cual uiera de los su!uestosue se se alan en el citado !+rrafo,se alando los datos de identificación delcontador ! #lico: nom#re, n mero deregistro a ue se refiere el artículo B2,fracción I del Código, cla(e en el RegistroFederal de Contri#u6entes, Cla(e Hnica delRegistro de Po#lación 6 cargo ue desem!e aen la !ersona moral de ue se trate 6 losdem+s ue mediante reglas de car+cter

    general esta#le*ca el /er(icio dedministración 5ri#utaria'

    fracción ? de este /e#lamento.

    Cuando las sociedades o asociaciones ci(ilesa ue se refiere este artículo soliciten !or!rimera (e* el registro corres!ondiente, lasolicitud se de#er+ !resentar dentro delmes siguiente a la fec"a en la ue alguno desus miem#ros o#tenga autori*ación !araformular dict+menes !ara efectos fiscales'

    as sociedades o asociaciones ci(iles ue"a6an o#tenido el registro a ue se refiereeste artículo, de#er+n !resentar a(isocuando se incor!ore a ellas un contador! #lico inscrito, cuando alguno de sus

    miem#ros o#tenga la inscri!ción o cuandoalguno de sus miem#ros ue sea contador! #lico se desincor!ore de ellas, falle*ca, lesea cancelada la inscri!ción o se d% de #a asu inscri!ción'

    ?l a(iso a ue se refiere el !+rrafo anterior,se !resentar+ ante la utoridad Fiscaldentro de los uince días siguientes a lafec"a en ue se actualice cual uiera de los

    su!uestos ue se se alan en el citado!+rrafo, indicando los datos deidentificación del contador ! #lico: nom#reAn mero de inscri!ción a ue se refiere elartículo B2, fracción I del CódigoA cla(e en elregistro federal de contri#u6entesA cla(e

    nica del registro de !o#laciónA cargo uedesem!e a en la !ersona moral de ue setrate 6 los dem+s ue mediante reglas decar+cter general esta#le*ca el /er(icio de

    dministración 5ri#utaria'

    SE++%89II e las Sanciones a los +ontadores &1blicos %nscritos

    2013 2014Artículo 2).- Para los efectos del artículoArtículo 55.- Para los efectos del artículo

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    B2, ante!en ltimo !+rrafo del Código, el/er(icio de dministración 5ri#utaria,!re(ia audiencia, a!licar+ al contador ! #licoregistrado las sanciones siguientes:

    %. monestación, cuando el contador ! #licoregistrado:

    a6 =o !ro!orcione o !resente incom!leta lainformación a ue se refiere el artículo B2.

    , fracción I, incisos a) 6 c) del Código'

    a sanción a ue se refiere este inciso sea!licar+ !or cada dictamen formulado encontra(ención a las dis!osiciones legales

    a!lica#les, inde!endientemente del e erciciofiscal de ue se trate 6 las sancionescorres!ondientes se acumular+nAb6 =o cum!la con lo esta#lecido en elartículo >1, !rimer 6 segundo !+rrafos deeste Reglamento, 6

    c6 =o "u#iera integrado en el dictamen odeclaratoria la información ue !ara efectos

    del !roceso de en(ío se determine en lasreglas de car+cter general ue emita el/er(icio de dministración 5ri#utaria, 6

    %%./us!ensión del registro a ue se refiereel artículo B2, fracción I del Código, cuandoel contador ! #lico registrado:

    a6 Formule el dictamen o declaratoria encontra(ención a los artículos B2 del CódigoA>8 a 84 de este Reglamento, o 204 6 2>3 del

    B2, ante!en ltimo !+rrafo del Código, el/er(icio de dministración 5ri#utaria,!re(ia audiencia, a!licar+ al contador ! #licoinscrito las sanciones siguientes:

    %. monestación, cuando:

    a6=o !ro!orcione o !resente incom!leta lainformación a ue se refiere el artículo B2.

    , fracción I, incisos a) 6 c) del Código'

    a sanción a ue se refiere este inciso sea!licar+ !or cada dictamen formulado encontra(ención a las dis!osiciones urídicas

    a!lica#les, inde!endientemente del e erciciofiscal de ue se trate 6 las sancionescorres!ondientes se acumular+nAb6=o cum!la con lo esta#lecido en losartículos B2, ltimo !+rrafo, e&ce!to cuandose trate de cam#io de domicilio fiscal 6 B3,fracción I de este Reglamento, 6

    c6=o "u#iera integrado en el dictamen lainformación ue !ara efectos del !roceso de

    en(ío se determine en las reglas de car+ctergeneral ue emita el /er(icio dedministración 5ri#utaria'

    a sanción a ue se refiere este inciso, sea!licar+ !or cada dictamen en el ue no se"u#iera integrado la información uecorres!onda, inde!endientemente dele ercicio fiscal de ue se trate 6 lassanciones corres!ondientes se acumular+n, 6

    %%./us!ensión de la inscri!ción a ue serefiere el artículo B2, fracción I del Código:

    a6

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    Reglamento de la e6 del Im!uesto so#re laRenta' ?n estos casos, la sus!ensión ser+ deseis meses a dos a os'

    a sanción a ue se refiere este inciso sea!licar+ !or cada dictamen o declaratoriaformulado en contra(ención a lasdis!osiciones legales a!lica#les,inde!endientemente del e ercicio fiscal de

    ue se trate 6 las sancionescorres!ondientes se acumular+nA

    b6 cumule tres amonestaciones de las!re(istas en la fracción I de este artículo'?n este caso la sus!ensión ser+ de tresmeses a un a o 6 se a!licar+ una (e*notificada la tercera amonestaciónA

    artículos B2 del Código, B- de esteReglamento, al Reglamento de la e6 delIm!uesto so#re la Renta, o a las reglas decar+cter general ue al efecto emita el/er(icio de dministración 5ri#utariaA(. =o a!li ue las normas de auditoría a ue serefiere el artículo >0 de este ReglamentoA). Formule dictamen estando im!edido !ara"acerlo de acuerdo a lo !re(isto en elartículo >0 de este ReglamentoA3. =o e&"i#a a re uerimiento de la utoridadFiscal, los !a!eles de tra#a o ue ela#orócon moti(o del dictamen de las o!eracionesde ena enación de acciones o de cual uierotro dictamen ue tenga re!ercusión fiscal,

    distinto al dictamen de los estadosfinancieros del contri#u6enteA5. =o informe su cam#io de domicilio fiscalen t%rminos de lo esta#lecido en el artículoB2, ltimo !+rrafo de este Reglamento, 62. =o !resentar o "acerlo de maneraincom!leta la e(idencia ue demuestre laa!licación de los !rocedimientos de re(isiónde la situación fiscal del contri#u6ente a uese refiere el artículo B-, ltimo !+rrafo de

    este Reglamento'a sanción a ue se refieren los numerales 1,

    2, 3 6 >, se a!licar+ !or cada dictamenformulado en contra(ención a lasdis!osiciones urídicas a!lica#les o no se"u#iera !resentado la información uecorres!onda, inde!endientemente dele ercicio fiscal de ue se trate 6 lassanciones corres!ondientes se acumular+n

    b6 cumule tres amonestaciones de las!re(istas en la fracción I de este artículo'?n este caso la sus!ensión ser+ de tresmeses a un a o 6 se a!licar+ una (e*notificada la tercera amonestaciónA

    c6/e dicte en su contra auto de su eción a

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    c6 =o a!li ue las normas de auditoría a uese refiere el artículo >-, !rimer !+rrafo deesteReglamento' ?n este caso la sus!ensión ser+de seis meses a dos a os'

    a sanción a ue se refiere este inciso sea!licar+ !or cada dictamen o declaratoriaformulado en contra(ención a lasdis!osiciones legales a!lica#les,inde!endientemente del e ercicio fiscal de

    ue se trate 6 las sancionescorres!ondientes se acumular+nA

    d6 Formule dictamen o declaratoria estando

    im!edido !ara "acerlo de acuerdo a lo!re(isto en el artículo >-, segundo !+rrafode este Reglamento' ?n este caso lasus!ensión ser+ de seis meses a dos a osA

    e6 /e dicte en su contra auto de su eción a!roceso !or la comisión de delitos decar+cter fiscal' ?n este caso la sus!ensióndurar+ el tiem!o en el ue el contador

    ! #lico se encuentre su eto al !roceso !enalA

    f6 =o cum!la con lo esta#lecido en elartículo >1, tercer !+rrafo de esteReglamento' ?n este caso la sus!ensióndurar+ "asta ue se o#tenga la reno(ación,refrendo o recertificación a ue se refiereel citado artículoA

    #6 ?mita dictamen o declaratoria sin contarcon la certificación a ue se refiere elartículo B2, fracción I, inciso a), segundo!+rrafo del Código o con la reno(ación,refrendo o recertificación a ue se refiereelartículo >1, tercer !+rrafo de este

    !roceso !or la comisión de delitos decar+cter fiscal' ?n este caso la sus!ensióndurar+ el tiem!o en el ue el contador! #lico se encuentre su eto al !roceso !enal,en cu6o caso no !odr+ e&ceder del t%rminode tres a os'

    d6=o cum!la con lo esta#lecido en el artículoB3, segundo !+rrafo de este Reglamento' ?neste caso la sus!ensión durar+ "asta ue se

    o#tenga el refrendo o recertificación a uese refiere el citado artículoA

    e6?mita dictamen sin contar con lacertificación, a ue se refiere el artículo B2,fracción I, inciso a), segundo !+rrafo delCódigo, la sus!ensión durar+ "asta ue seo#tenga la certificación, o en su caso,refrendo o recertificación corres!ondiente,

    a ue se refiere el artículo B3, segundo!+rrafo de este Reglamento, 6

    f6=o cum!la con lo esta#lecido en el artículoB3, fracción II de este Reglamento' ?n estecaso, la sus!ensión ser+ de seis meses a tresa os'

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    Reglamento' ?n este caso la sus!ensióndurar+ "asta ue se o#tenga la certificación,reno(ación, refrendo o recertificacióncorres!ondiente, 6

    h6 =o e&"i#a a re uerimiento de autoridad,los !a!eles de tra#a o ue ela#oró conmoti(o del dictamen de las o!eraciones deena enación de acciones, de la declaratoriaformulada con moti(o de la de(olución desaldos a fa(or del im!uesto al (alor agregadoo de cual uier otro dictamen ue tengare!ercusión fiscal, distinto al dictamen delos estados financieros del contri#u6ente' ?neste caso la sus!ensión ser+ de uno a dos

    a os'Artículo 23.- Para los efectos del artículoB2, ante!en ltimo !+rrafo del Código, el/er(icio de dministración 5ri#utaria,!re(ia audiencia, !roceder+ a la cancelacióndefiniti(a del registro a ue se refiere elcitado !rece!to, !ara lo cual se entiende

    ue:

    %. ?&iste reincidencia cuando el contador

    ! #lico acumule tres sus!ensionesA lacancelación se a!licar+ una (e* notificada latercera sus!ensión, 6

    %%. ?l contador ! #lico !artici!ó en lacomisión de un delito de car+cter fiscalcuando cause e ecutoria la sentenciadefiniti(a ue declare cul!a#le al contador! #lico en dic"a comisión de delito'

    Artículo 52.- Para los efectos del artículoB2, ante!en ltimo !+rrafo del Código, el/er(icio de dministración 5ri#utaria,!re(ia audiencia, !roceder+ a la cancelacióndefiniti(a de la inscri!ción a ue se refiereel citado !rece!to, !ara lo cual se entiende

    ue:

    %. ?&iste reincidencia cuando el

    contador ! #lico acumule tres sus!ensionesde las !re(istas en la fracción II del artículoBB del !resente Reglamento' a cancelaciónse a!licar+ una (e* notificada la tercerasus!ensión, 6%%. ?l contador ! #lico "a6a cometido undelito de car+cter fiscal cuando causee ecutoria la sentencia definiti(a uedeclare cul!a#le al contador ! #lico en dic"acomisión del delito'

    SE++%89III e los ict menes

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    CA*(T)LO III De las Re$isiones Elect ónicas

    Artículo 2 .- Para los efectos del artículo B3. , !rimer !+rrafo, fracción III, inciso #) delCódigo, cuando en una re(isión electrónica las utoridades Fiscales soliciten informació

    documentación a un tercero, %ste de#er+ !ro!orcionar lo solicitado dentro del !la*o de uindías siguientes, contado a !artir de a u%l en ue surta efectos la notificación dere uerimiento'

    Cuando el tercero a!orte información o documentación ue re uiera darse a conocer contri#u6ente, la utoridad Fiscal lo notificar+ a tra(%s del #u*ón tri#utario, dentro del !la*de cuatro días contado a !artir de a u%l en ue el tercero a!ortó dic"a información documentaciónA el contri#u6ente contar+ con un !la*o de cuatro días contado a !artir de aen ue surta efectos la notificación !ara ue manifieste lo ue a su derec"o con(enga'

    Artículo 2(.- Para los efectos del artículo B3. , !rimer !+rrafo, fracción III, segundo

    !+rrafo del Código, el desa"ogo de !rue#as !ericiales ue se "a6an ofrecido dentro del !la*de uince días a ue se refiere la fracción II de dic"o artículo, se de#er+ reali*ar dentro dlos (einte días siguientes a su ofrecimiento'

    CA*(T)LO I- De la * es"nción de Ing esos

    Artículo 2).- Para los efectos del artículo B8. del Código, cuando el contri#u6ente reci#acomo !arte del !recio un artículo usado ue des!u%s ena ene con !%rdida, las utoridaFiscales de#er+n considerar la o!eración glo#al !ara determinar si e&iste ena enación a code ad uisición o a menos de dic"o costo'

    Artículo 23.- Para los efectos del artículo B8. , fracción III del Código, se entender+ ue setrata de !agos al e&tran ero, cuando el #eneficiario de los mismos sea un residente en e&tran ero sin esta#lecimiento !ermanente en $%&ico, o ue teni%ndolo, el ingreso natri#ui#le a %ste'

    CA*(T)LO -I De la * es"nción de las O#e acionesIne istentes

    Artículo 2* '. Para los efectos del artículo >9. , segundo !+rrafo del Código, la notificación sereali*ar+ en el siguiente orden:

    %. tra(%s del #u*ón tri#utarioA

    %%. Pu#licación en la !+gina de Internet del /er(icio de dministración 5ri#utaria, 6

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    %%%. Pu#licación en el

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    rtículo ->'. Para los efectos de lo dis!uesto en el artículo 84, fracciones I@, incisos a) 6 #), @I del Código, !ara com!utar el !la*o de la clausura !re(enti(a de esta#lecimientos, serdesde el día en ue se colo uen los sellos, inde!endientemente de ue se trate de un dincom!leto'