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MONOGRAFÍA:
ALMACENAMIENTO DE REACTIVOS QUÍMICOS EN LA INDUSTRIA
PESQUERA
A U T O R : A B E L F O R A Q U I T A C H O Q U E
C A P I
I N T R O D U C C I Ó N
El sector pesquero es un elemento estratégico para la economía del Perú, principalmente
por ser una importante fuente generadora de divisas después de la minería. Se destaca
particularmente la importancia de la pesquería marítima y en menor grado la pesca
continental y la acuicultura. En el año 2008, los desembarques de recursos hidrobiológicos
marítimos y continentales representaron 7 353 miles de toneladas con un valor de
exportaciones de 2 335 millones de dólares; estas últimas significaron un crecimiento de 19
por ciento en relación al valor de las exportaciones en el 2007. Dada su importancia
económica para el país y su importancia como fuente principal en la alimentación de la
población en general es que realizamos esta monografía, con la intención que el lector
pueda emplearlo para conocer una serie de criterios y recomendaciones de segregación,
almacenamiento, distribución, reconocimiento de sus riesgos y posibles incompatibilidades
de los productos químicos empleados en la industria pesquera.
Establecer unos criterios correctos de separación física de los grupos de productos
peligrosos no es fácil, básicamente porque en muchas ocasiones no se dispone de
información suficiente sobre sus riesgos, y menos aún, sobre su reactividad e
incompatibilidades. Esto suele producir una falta de acuerdo sobre cuántas clases de grupos
de productos químicos deben separarse para evitar situaciones de riesgo.
Las diferentes reglamentaciones sobre clasificación de sustancias y preparados peligrosos,
almacenamiento de productos químicos y transporte de mercancías peligrosas pueden
servirnos como referencia para determinar grupos de riesgo e implantar medidas
preventivas y de protección adecuadas. De la lectura de cada una de ellas podemos extraer
algunas ideas útiles.
Es de sobra conocido que algunos productos químicos, además de comportar riesgos por sí
mismos, son capaces de dar lugar a reacciones peligrosas en contacto con otros. En un
almacén de productos químicos de un laboratorio o de una fábrica pueden presentarse
situaciones graves en caso de contacto accidental con productos por causas diversas como
derrames, fugas o roturas de envases.
No es habitual que en un almacén de productos químicos se sigan criterios claros de
almacenamiento según incompatibilidades. Los criterios imperantes suelen ser los de
consumo y accesibilidad a los productos. También podemos encontrarnos que en algunos
almacenes, sobre todo en laboratorios, donde suele haber gran variedad de productos, se
ordenan alfabéticamente.
En conclusión, un adecuado almacenamiento de las sustancias químicas, tiene como
objetivo primordial el evitar que se lleguen a juntar productos químicos incompatibles, ya
que de ocurrir así, se pueden producir reacciones violentas con la posibilidad de que se
generen incendios, explosiones y/o emanaciones de gases venenosos o corrosivos que
pueden comprometer a las personas, instalaciones y/o medio ambiente.
DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN PROBLEMA
El sector de la industria pesquera en el país, no cuenta con un sistema y normativa
específico sobre manejo y almacenaje de reactivos químicos, lo cual hace posible el
incremento el riesgo de sufrir intoxicaciones, envenenamientos, incendios, explosiones,
contaminación al medio ambiente, contaminación cruzada por químicos, daño a la salud
ocupacional de los empleados y otros incidentes relacionados al manejo y almacenamiento
de las sustancias químicas.
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
La situación de falta de normas específicas en el sector de la industria pesquera respecto al
manejo y almacenamiento de sustancias químicas, permitió la generación de múltiples
reflexiones, entre otras se destacó:
¿La industria pesquera, cuenta e implementa normativas para un correcto manejo y
almacenaje de sustancias químicas para garantizar las mejores condiciones de trabajo,
salud, e inocuidad de trabajadores y clientes?
Adicionalmente, existen pocas publicaciones nacionales en nuestro medio que se refieran al
tema propuesto.
JUSTIFICACIÓN
Por lo expuesto en el punto anterior, es fundamental proponer un sistema y pautas para el
manejo y almacenaje de sustancias químicas en la industria pesquera del país, de tal manera
que en seguridad garantice la integridad física de los trabajadores, en salud ocupacional
garantice el estado de salud del trabajador y en medio ambiente se administre
correctamente los aspectos ambientales y por ende se realice un control adecuado de los
impactos ambientales. Esta propuesta servirá como referencia para suplir las falencias de
las normas actuales en el país.
OBJETIVOS
GENERAL
Establecer un sistema único de almacenamiento de sustancias químicas para la industria
pesquera que permita minimizar los riesgos derivados del mismo.
ESPECIFICOS
Identificar la normativa nacional e internacional inherente al almacenamiento de reactivos
químicos en la industria pesquera.
Establecer parámetros básicos de seguridad para el diseño, dotación y manejo de un área de
almacenamiento de sustancias químicas.
Permitir la identificación de las sustancias químicas peligrosas utilizando un sistema de
información con base en el etiquetado de envases y de las fichas de seguridad del producto.
Evitar la combinación accidental de sustancias químicas con otras incompatibles que
pudiera dar lugar a reacciones peligrosas o violentas, con la posibilidad de generar
incendios, explosiones y/o emanaciones de gases venenosos o corrosivos que pudieran
comprometer la salud de las personas, las instalaciones y / o el medio ambiente
Prevenir situaciones graves que pudieran presentarse por derrames, fugas o roturas de
envases.
Brindar elementos básicos para la inducción del personal con respecto al almacenamiento
adecuado y el riesgo químico.
TIPO DE INVESTIGACIÓN
El método de investigación utilizado para el desarrollo de la presente monografía es del tipo
de tipo descriptivo y bibliográfico, para lo cual se realizó visitas a campo a diferentes
industrias de la industria pesquera en el Perú, se realizaron entrevistas y observación directa
de las instalaciones. Haciendo énfasis en el análisis de la información existente, bases de
datos y bibliotecas virtuales en la web.
LIMITACIONES
Las limitaciones son muy claras en el aspecto económico, no se tiene presupuesto alguno
para la investigación, todo se hace con recursos propios. Otra limitante es la del tiempo, ya
que las labores académicas y del trabajo son muy arduas.
DELIMITACIÓN
Los alcances de la monografía son para todo el sector industrial de la pesca en el Perú,
específicamente para el manejo y almacenamiento de reactivos químicos en la industria
pesquera del país.
C A P I I
M A R C O T E Ó R I C O
MARCO LEGAL
MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
El accionar del GTSQ se articula al marco legal general en materia de sustancias químicas
y de acuerdo a las normas específicas que regulan la producción, uso, transporte,
almacenamiento, comercio o disposición final de las mismas.
A continuación se presenta el marco legal general que orienta la gestión de las sustancias
químicas.
Política Nacional de Ambiente
Brinda los lineamientos de política para las “Sustancias Químicas y Materiales Peligrosos”,
así como para otros temas relacionados a la “Gestión Integral de la Calidad Ambiental”, Eje
de Política 2.
Los lineamientos de política para el Tema 5 “Sustancias Químicas y Materiales Peligrosos”
son:
a) Establecer y/o fortalecer mecanismos de autorización, vigilancia y control en el ciclo de
vida de las sustancias químicas y materiales peligrosos, y contar con información
sistematizada y actualizada sobre las actividades que se realizan con ellas.
b) Promover la prevención y control de los riesgos ambientales asociados al uso, manejo y
disposición final de sustancias químicas y materiales peligrosos.
c) Asegurar que las sustancias y materiales peligrosos, que por distintas razones deben ser
conducidos a disposición final, sean manejadas de manera ambientalmente segura y
adecuada.
d) Difundir las buenas prácticas en el manejo de sustancias químicas y materiales
peligrosos y promover la adopción de criterios de control de riesgos durante su uso y
disposición final.
e) Asegurar la incorporación de criterios de salud y de protección de ecosistemas frágiles,
en el establecimiento, seguimiento y control de los planes de contingencia en el uso y
manejo de sustancias químicas y materiales peligrosos.
f) Gestionar los riesgos para la salud y el ambiente del uso de sustancias químicas y
materiales peligrosos, especialmente entre las personas potencialmente expuestas.
Asimismo, brinda los lineamientos de política para los “Compromisos Internacionales”,
tema del Eje de Política 4, “Compromisos y Oportunidades Ambientales Internacionales”,
afín a los Convenios de Estocolmo, Rotterdam, Basilea y al instrumento jurídicamente
vinculante sobre mercurio.
Ley General de Salud
En su Capítulo VI “De las Sustancias y Productos Peligrosos para la Salud”, del Título
Segundo de los “Deberes, Restricciones y Responsabilidades en consideración a la Salud de
Terceros” estableces las disposiciones que se presentan a continuación.
Artículo 96º.- En la importación, fabricación, almacenamiento, transporte, comercio,
manejo y disposición de sustancias y productos peligrosos, deben tomarse todas las
medidas y precauciones necesarias para prevenir daños a la salud humana, animal o al
ambiente, de acuerdo con la reglamentación correspondiente.
Artículo 97º.- Cuando la importación, fabricación, transporte, almacenamiento, comercio y
empleo de una sustancia o producto se considere peligroso para la salud de la población, el
Estado debe establecer las medidas de protección y prevención correspondientes.
Artículo 98º.- La Autoridad de Salud competente dicta las normas relacionadas con la
calificación de las sustancias y productos peligrosos, las condiciones y límites de toxicidad
y peligrosidad de dichas sustancias y productos, los requisitos sobre información, empaque,
envase, embalaje, transporte, rotulado y demás aspectos requeridos para controlar los
riesgos y prevenir los daños que esas sustancias y productos puedan causar a la salud de las
personas.
Artículo 99º.- Los residuos procedentes de establecimientos donde se fabriquen, formulen,
envasen o manipulen sustancias y productos peligrosos deben ser sometidos al tratamiento
y disposición que señalan las normas correspondientes. Dichos residuos no deben ser
vertidos directamente a las fuentes, cursos o reservorios de agua, al suelo o al aire, bajo
responsabilidad.
Ley General del Ambiente
La Ley General del Ambiente establece las disposiciones sobre las sustancias químicas que
se presentan a continuación.
Título I Política Nacional del Ambiente y Gestión Ambiental
Capítulo 3 Gestión Ambiental
Artículo 23°.- Del ordenamiento urbano y rural
23.3 Las instalaciones destinadas a la fabricación, procesamiento o almacenamiento de
sustancias químicas peligrosas o explosivas deben ubicarse en zonas industriales, conforme
a los criterios de la zonificación aprobada por los gobiernos locales.
Artículo 31°.- Del Estándar de Calidad Ambiental
31.1 El Estándar de Calidad Ambiental – ECA, es la medida que establece el nivel de
concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y
biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no
representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. Según el
parámetro en particular a que se refiera, la concentración o grado podrá ser expresada en
máximos, mínimos o rangos. (…)
Artículo 32°.- Del Límite Máximo Permisible
32.1 El Límite Máximo Permisible – LMP, es la medida de la concentración o del grado de
elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un
efluente o una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al
bienestar humano y al ambiente. Su cumplimiento es exigible legalmente por la respectiva
autoridad competente. Según el parámetro en particular a que se refiera, la concentración o
grado podrá ser expresada en máximos, mínimos o rangos. (…)
Título II De Los Sujetos De La Gestión Ambiental
Capítulo 4 Empresa y Ambiente
Artículo 83°.- Del control de materiales y sustancias peligrosas
83.1 De conformidad con los principios establecidos en el Título Preliminar y las demás
disposiciones contenidas en la presente Ley, las empresas adoptan medidas para el efectivo
control de los materiales y sustancias peligrosas intrínsecas a sus actividades, debiendo
prevenir, controlar, mitigar eventualmente, los impactos ambientales negativos que aquellos
generen.
83.2 El Estado adopta medidas normativas, de control, incentivo y sanción, para asegurar el
uso, manipulación y manejo adecuado de los materiales y sustancias peligrosas, cualquiera
sea su origen, estado o destino, a fin de prevenir riesgos y daños sobre la salud de las
personas y el ambiente.
REGLAMENTO DE CONTROL DE IQPF
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28305 MODIFICADA POR LA LEY Nº 29037
(Texto actualizado del Reglamento aprobado por DS Nº 053-2005-PCM, modificado por
DS Nº 084-2006-PCM y modificado por el DS Nº 092-2007-PCM)
Artículo 1°.- Del objeto de la norma (DS Nº 053-2005-PCM)
El presente Reglamento contiene las normas y procedimientos para el control y
fiscalización de los insumos químicos y productos que directa o indirectamente, puedan ser
utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y
otras que se obtienen a través de procesos de síntesis.
Artículo 2°.- Alcance del Reglamento (DS Nº 092-2005-PCM)
Las normas del presente Reglamento son aplicables a las personas naturales y jurídicas que
realizan actividades, regímenes u operaciones aduaneras para el ingreso y salida del país,
producción, fabricación, preparación, envasado, reenvasado, comercialización, transporte,
almacenamiento, distribución, transformación, utilización o prestación de servicios con
insumos químicos y productos fiscalizados.
Artículo 2º-A.- Inclusión de otras actividades al régimen de control (DS Nº 092-2007-
PCM)
Mediante Decreto Supremo se podrá incluir otras actividades al control y fiscalización de
insumos químicos y productos que directa o indirectamente puedan ser utilizados en la
elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, amapola y otras que se obtienen a
través de procesos de síntesis, requiriéndose un informe técnico del Comité de
Coordinación Interinstitucional de IQPF, e informe favorable del Ministerio de la
Producción y del Ministerio del Interior. El citado Decreto Supremo será refrendado por los
Titulares de ambos Ministerios.
PRINCIPALES NORMAS NACIONALES
Decreto Ley Nº 17752 Ley General de Aguas
Decreto Ley Nº 25707 Ley que declara en emergencia la utilización de explosivos de
uso civil y conexos
Ley Nº 26221 Ley Orgánica que norma las Actividades de Hidrocarburos en el
Territorio Nacional
Ley Nº 26620 Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y
Lacustres
Ley Nº 26734 Ley del Organismo Supervisor de Inversión en Energía - OSINERG
Ley Nº 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud
Ley Nº 26842 Ley General de Salud
Ley Nº 27133 Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural
Ley Nº 27332 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en
los Servicios Públicos
Ley Nº 28176 Ley de Promoción de la Inversión en Plantas de Procesamiento de Gas
Natural
Ley Nº 28551 Ley que establece la obligación de elaborar y presentar Planes de
Contingencia
Ley Nº 28964 Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las
actividades mineras al OSINERG
Decreto Supremo Nº 42-F Reglamento de Seguridad Industrial del 22-05-64
Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA Normas Técnicas del Reglamento
Nacional de Edificaciones.
Texto Según Fe de Erratas publicado en El Peruano del 05/09/2007, pág. 352612.
Decreto Supremo Nº 002-87-MA Reglamento de Capitanías y de las Actividades
Marítimas, Fluviales y Lacustres
Decreto Supremo Nº 086-92-PCM Reglamento de la Ley que declara en emergencia
la utilización de explosivos de uso civil y conexos
Decreto Supremo N 051-93-EM Reglamento de Normas para la Refinación y
Procesamiento de Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 052-93-EM Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento
de Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 054-93-EM Reglamento de Seguridad para Establecimientos de
Venta al Público de Combustibles Derivados de Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 01-94-EM Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado
de Petróleo
Decreto Supremo Nº 26-94-EM Reglamento de Seguridad para el Transporte de
Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 27-94-EM Reglamento de Seguridad para Instalaciones y
Transportes de Gas Licuado de Petróleo
Decretos Supremo Nº 009-97-EM Reglamento de Seguridad Radiológica
Decreto Supremo Nº 009-97-SA Reglamento de la Ley de Modernización de la
Seguridad Social en Salud
Decreto Supremo Nº 019-97-EM Reglamento de Establecimientos de Gas Licuado de
Petróleo para Uso Automotor - Gasocentros
Decreto Supremo Nº 003-98-SA Normas Técnicas de Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo
Decreto Supremo Nº 030-98-EM Reglamento para la Comercialización de
Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 040-98-EM Reglamento de Utilización de Recursos y Medios
Provenientes de los Contratistas
Decreto Supremo Nº 040-99-EM Reglamento de la Ley de Promoción del Desarrollo
de la Industria de Gas Natural
Decreto Supremo Nº 041-99-EM Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por
Ductos
Decreto Supremo Nº 042-99-EM Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red
de Ductos
Decreto Supremo Nº 057-2000-AG Reglamento de Organización Administrativa del
Agua
Decreto Supremo Nº 028-DE-MGP Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de
las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres
Decreto Supremo Nº 012-2001-RE Ratificación del Convenio Nº 147 de la
Organización Internacional del Trabajo "Convenio sobre las Normas Mínimas en la
Marina Mercante"
Decreto Supremo Nº 022-2001-SA Reglamento Sanitario para las actividades de
Saneamiento Ambiental en Viviendas y Establecimientos Comerciales, Industriales y
de Servicios
Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC Reglamento Nacional de Tránsito
Decreto Supremo Nº 045-2001-EM Reglamento para la Comercialización de
Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos (normas
complementarias)
Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM Reglamento General del Organismo Supervisor
de la Inversión en Energía - OSINERG
Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Decreto Supremo Nº 016-2004-EM Condiciones Generales para la Asignación de
Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos
Decreto Supremo Nº 018-2004-EM Normas del Servicio de Transporte de Gas Natural
por Ductos
Decreto Supremo Nº 030-2004-EM Reglamento de Calificación de Empresas
Petroleras
Decreto Supremo Nº 031-2004-EM Reglamento de la Ley de Promoción de la
Inversión en Plantas de Procesamiento de Gas Natural
Decreto Supremo Nº 032-2004-EM Reglamento de las Actividades de Exploración y
Explotación de Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 006-2005-EM Reglamento para la Instalación y Operación de
Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural (GNV)
Decreto Supremo Nº 009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Supremo Nº 042-2005-EM Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de
Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 063-2005-EM Normas para Promover el Consumo Masivo de
Gas Natural
Decreto Supremo Nº 015-2006-EM Reglamento para la Protección Ambiental en las
Actividades de Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 023-2006-EM Reglamento para el Uso de Marcadores en los
Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 001-2007-EM Modifica y complementa el Reglamento para la
Comercialización de GLP, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-EM
Decreto Supremo Nº 012-2007-EM Modifican Normas de Comercialización de
Combustibles Líquido y Otros Productos Derivados de Hidrocarburos y dictan
Disposiciones Complementarias
Decreto Supremo Nº 021-2007-EM Reglamento para la Comercialización de
Biocombustibles
Resolución Suprema Nº 047-2004-EM Plan de Prevención y Atención de Desastres
del Sector Energía y Minas
Resolución Ministerial Nº 366-2001-EM-VME Código Nacional de Electricidad -
Suministro
Resolución Ministerial Nº 449-2001-SA-DM Norma Sanitaria para Trabajos de
Desinsectación, Desratización, Desinfección, Limpieza y Desinfección de Reservorios
de Agua, Limpieza de Ambientes y de Tanques Sépticos
Resolución de Consejo Directivo de Tipificación de Infracciones y
OSINERG Nº 028-2003-OS/CD Escala de Multas y Sanciones del OSINERG
Resolución de Consejo Directivo de Reglamento del Procedimiento
OSINERG Nº 102-2004-OS/CD Administrativo Sancionador de OSINERG
Resolución de Consejo Directivo de Procedimiento para el reporte de
OSINERG Nº 088-2005-OS/CD emergencias en las Actividades del Subsector
Hidrocarburos
Resolución de Acuerdo de Directorio Norma Nacional sobre Seguridad y
Nº 010-2007-APN/DIR Salud Ocupacional Portuaria y Lineamientos para la obtención
del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria
Resolución de Consejo Directivo de Reglamento de Supervisión de las
OSINERG Nº 324-2007-OS/CD Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN
Las Normas Nacionales contenidas en al presente Anexo consideran las modificaciones.
NORMAS INTERNACIONALES DE REFERENCIA EN LOS TEMAS DE
SEGURIDAD,
ALMACENAMIENTO Y CONTROL DE INCENDIO
- NFPA 12 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Sistemas con CO2”
- NFPA 13 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.) : “Instalación de sistema de Sprinkler”
- NFPA 15 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Sistema de agua spray”
- NFPA 16 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Sistema de Sprinkler spray con agua – espuma”
- NFPA 17 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Sistema de polvo químico seco”
- NFPA 30 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.)” Código de Líquidos Inflamables y combustibles”
- NFPA 72 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Sistemas de detectores automáticos de incendio”
- NFPA 231 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Estándares para el almacenamiento general”
- NFPA 231B de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “
- NFPA 231C de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): “Estándares para el almacenamiento de de
materiales en RACK”
- NFPA 430 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): ” Código para el almacenamiento de líquidos y
sólidos oxidantes”
- NFPA 432 de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego – National Fire
Protection Association (N.F.P.A.): ” Código para el almacenamiento de peróxidos
orgánicos”
MARCO JURÍDICO GENERAL SOBRE EL SECTOR PESQUERO
Ley General de Pesca – Decreto Ley N° 25977, norma principal, que tiene por objeto
normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de
alimentación, empleo e ingresos, y de asegurar un aprovechamiento responsable de los
recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la
preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad.
Reglamento de la Ley General de Pesca – Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Regula las
disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, el vigente Reglamento tiene además
el propósito de simplificar todas las normas y modificaciones dictadas y de incluir los
mecanismos para generar estabilidad jurídica y económica que alienten a la inversión
privada en el sector pesquero, compatibilizando dichas normas con los criterios de manejo
responsable y aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos. El Reglamento
dispone, entre otros, la aprobación de normas con la finalidad de establecer los principios,
las normas y medidas regulatorias aplicables a los recursos hidrobiológicos que deban ser
administrados como unidades diferenciadas, como los que se describen a continuación:
Reglamento del Ordenamiento Pesquero del calamar gigante o pota. Decreto Supremo Nº
013-2001-PE, tiene como objetivos: El aprovechamiento racional y sostenido del calamar
gigante o pota, tomando en cuenta las características biológicas y poblacionales del recurso,
así como la optimización de los beneficios obtenidos por su explotación.
Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Bacalao de Profundidad – Resolución
Ministerial N° 236-2001-PE, cuyos objetivos son promover el desarrollo integral de la
pesquería del bacalao de profundidad y garantizar el uso racional y sostenido del recurso y
de su fauna acompañante, teniendo en cuenta las características biológicas, poblacionales y
los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad,
y contribuir en el fortalecimiento de los objetivos de la Convención de Conservación de
Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), adoptando medidas y normas para
conservar y proteger los recursos marinos vivos antárticos.
Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza – Decreto Supremo Nº 016-
2003-PRODUCE - Son objetivos principales del ordenamiento de merluza lograr la
recuperación del recurso merluza en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento
sostenido de este recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características
biológicas y poblacionales, considerando los principios de la pesca responsable, la
conservación del medio ambiente y la biodiversidad. Así mismo, armonizar la participación
de los diferentes agentes involucrados en la extracción y procesamiento del recurso
merluza.
Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún - Decreto Supremo Nº 032-2003-
PRODUCE
(04.11.03) - Son objetivos del ordenamiento el aprovechamiento racional y sostenido de los
stocks de atunes y especies afines tanto en aguas jurisdiccionales peruanas como en alta
mar, mediante la aplicación de medidas para el ordenamiento y conservación de su
pesquería. El desarrollo de la pesquería de atunes mediante la conformación de una flota
atunera nacional especializada y la participación activa del Perú en los mecanismos de
cooperación subregional, regional y global para la investigación, protección y manejo
integral de las especies altamente migratorias.
Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa; Decreto Supremo N° 011-2007-
PRODUCE - Tiene por objetivos el promover la explotación racional de los recursos jurel y
caballa, la protección del ecosistema marino y la preservación de la biodiversidad en
concordancia con los principios y normas de la Ley General de Pesca y disposiciones
complementarias, y también de contribuir a la diversificación y desarrollo de la pesca como
fuente de alimentación, empleo y divisas.
Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuícola para la Cuenca del Lago Titicaca
Decreto Supremo N° 023-2008-PRODUCE - El objetivo del Reglamento es establecer las
bases para el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos hidrobiológicos, y para
el desarrollo de la pesquería y de las actividades acuícolas en la cuenca del Lago Titicaca,
de acuerdo a los principios del Código de Conducta para la Pesca Responsable, así como la
preservación de los ecosistemas y de la diversidad biológica. Objetivo del Reglamento es
también establecer el marco normativo, adaptado a la realidad de la cuenca del Lago
Titicaca, con la finalidad de lograr un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico,
el fomento de las inversiones y la conservación de los recursos, incluyendo la protección
del ambiente y de la diversidad biológica.
Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Peruana – Decreto Supremo N°
015-2009-PRODUCE - Tiene por objetivo establecer las bases para el aprovechamiento
racional y sostenible de los recursos hidrobiológicos y el desarrollo de la pesquería
amazónica, de acuerdo a los principios del Código de Conducta para la Pesca Responsable,
la preservación de los ecosistemas y de la diversidad biológica, y garantizar el equilibrio
dinámico entre el crecimiento económico, el fomento de las inversiones y la conservación
de los recursos, incluyendo la protección del ambiente y de la diversidad biológica.
NORMA SANITARIA PARA LAS ACTIVIDADES PESQUERAS Y ACUICOLAS
DECRETO SUPREMO N° 040-2001-PE
TITULO I
OBJETIVOS Y AMBITO
Objetivo
Artículo 1º.- La Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, en adelante
denominada Norma Sanitaria, tiene por objetivo fundamental asegurar la producción y el
comercio de pescado y productos pesqueros, sanos, seguros sanitariamente, adecuados para
el consumo humano, apropiadamente etiquetados y/o rotulados, manipulados, procesados y
almacenados en ambientes higiénicos, libres de cualquier otro factor o condición que
signifique peligro para la salud de los consumidores.
Ámbito de aplicación
Artículo 2º.- Las disposiciones contenidas en la presente Norma Sanitaria regulan las
condiciones sanitarias que deben cumplir las personas naturales o jurídicas que desarrollen
actividades pesqueras y acuícolas relacionadas con la extracción, cultivo, transporte,
procesamiento y comercialización, estableciéndose:
a. Las condiciones y requisitos del diseño, construcción, equipamiento y operación que
deben cumplir las embarcaciones pesqueras dedicadas a la extracción de recursos pesqueros
destinados al procesamiento de productos para el consumo humano, los desembarcaderos o
puertos pesqueros, plantas de procesamiento, instalaciones dedicadas a la acuicultura,
mercados mayoristas o de venta minorista, medios de transporte, almacenes y almacenes
frigoríficos.
b. Las condiciones y requisitos para la preservación y/o conservación del pescado a bordo
de las embarcaciones dedicadas a la extracción de recursos pesqueros destinados al
procesamiento de productos para el consumo humano y asimismo, durante las etapas de
desembarque, recepción, transporte, distribución, procesamiento, almacenamiento y
comercialización.
c. Los principios y condiciones para la aplicación de sistemas de aseguramiento de la
calidad en el campo sanitario, en concordancia con la normativa nacional y los
requerimientos internacionales.
MARCO SITUACIONAL
DESEMBARQUE SEGÚN PROPÓSITO DE USO EN EL PERÚ
CONSERVAS
La elaboración de conservas de pescado es una de las actividades de procesamiento
pesquero en el país, que se inició durante la década de los cuarenta y que ha tenido diversas
fluctuaciones, tanto de mercados (por ejemplo los que abastecía Sur África, que utilizó
producción peruana para cubrirlos, frente a la escasez de su sardina); como en las
regulaciones pesqueras, que vinculaban los desembarques de sardina para harina con la
producción de conservas; la disponibilidad de la propia sardina, la principal especie para
este fin durante varios años, y que hoy para propósitos pesqueros se encuentra
prácticamente extinguida.
Desde el Fenómeno El Niño en adelante, ha seguido una tendencia oscilante, revertida
parcialmente en el año 2006. A su vez ha habido un reemplazo de especies, principalmente
jurel y caballa. Finalmente, Chimbote y Coishco son los lugares de mayor desembarque (y
procesamiento) seguido por Paita, en Piura.
CONGELADO
Esta actividad ha tenido un gran crecimiento en las últimas dos décadas, sin embargo, es
pertinente distinguir varias etapas: los desembarques de las embarcaciones extranjeras que
capturaban y procesaban jurel, caballa y merluza, principalmente, así como pota después,
además de algunas embarcaciones que capturaban para abastecer plantas en tierra, en Paita,
con jurel, caballa y merluza, principalmente para la exportación y que dejaron de operar en
1998. A lo largo de esta década el principal producto de esta actividad es la pota abastecida
por los pescadores artesanales. Se percibe también cierta recuperación en las exportaciones
de peces, como jurel, caballa, perico así como de concha de abanico. La pesca actual de
pota se inició en Talara, adaptando a esa escala y de manera manual la forma de operar de
las embarcaciones industriales asiáticas presentes durante los noventas, para extenderse hoy
en día por varias partes del litoral. Se procede, durante la noche y ayudados por luz para
atraerlas, a bajar sujeta a un cordel una muestra fosforescente, más grande y rígida que la
usada en las embarcaciones asiáticas, para facilitar su manipulación. Al tragarse la pota la
muestra, ésta se le atasca, procediéndose a su izado -usando la fuerza humana- hasta la
embarcación.
Para la exportación de pota se utiliza aproximadamente el 50% del volumen. El resto se
arroja al mar o en zonas eriazas o es transformada en pésimas condiciones, en harina de
pota, la cual tiene su principal mercado en Ecuador.
CURADO
Los principales productos son: el salado (húmedo) de caballa, bonito, jurel y otras especies
así como el salado (seco) de tiburón, tollo, guitarra, raya, que se realizan en Lambayeque y
Piura, al norte del país.
En el gráfico que acompaña este texto se aprecia la importante contracción del año 1991
debido a la epidemia del cólera y la injusta asociación que se le hizo con el pescado. Esta
actividad así como las otras ha tenido importantes variaciones después del Fenómeno El
Niño. Como se aprecia, ha habido un incremento de los desembarques pero con una
modificación en su composición, la caída de las especies tradicionales, caballa, liza, raya,
un mayor uso de jurel (parte del jurel y la caballa saladas se usan como carnada para la
pesca con espinel). Los vegetales (algas) y el rubro otros pescados (algo bastante extendido
en las estadísticas pesqueras peruanas) han crecido y de manera significativa. Esto se
condice con la información de procesamiento de salpreso según lugares, en donde el sur
(Ica, Arequipa) se incrementa de manera importante, en menor medida lo hace la zona de
Chimbote. Sechura, Santa Rosa y Paita tienen, en cambio, una severa contracción.
FRESCO
Esta es la actividad que más personas involucra, la que en más lugares se realiza y con la
mayor diversidad de especies que se extraen y comercializan. Lo primero a advertir es la
reducción de los volúmenes asignados a lugares no definidos, y la ampliación de los
desembarques con lugar conocido. Teniendo en cuenta los antecedentes, una duda
razonable que se abre es si no responde a una nueva manipulación de las cifras, menos
grosera que la anterior. Asimismo es notorio el impacto del FEN de 1983 y la epidemia de
cólera. Finalmente, es importante advertir que en los últimos años una porción creciente de
estos desembarques corresponde a pota.
HARINA Y ACEITE DE PESCADO
El desembarque para harina de pescado muestra para el 2006 una reducción, dentro de los
rangos de fluctuaciones interanuales para este uso. Se registra solamente el uso de
anchoveta para la producción de harina de pescado. Sin embargo son múltiples las
denuncias respecto a capturas de especies distintas (en menores volúmenes, teniendo en
cuenta sus biomasas) utilizadas para la producción de harina de pescado. Nótese igualmente
el impacto en las capturas de anchoveta del ENSO de 1998 (y el de 1983) y el mayor uso de
otras especies para este fin. Es claro también el reemplazo en el ecosistema de la sardina
por la anchoveta, más aún con la forma como se capturaba sardina en aquellos años. El
gráfico adjunto muestra los desembarques para harina de pescado según puertos. Es
importante advertir cómo, después del Fenómeno El Niño, Chimbote pierde peso relativo
en la composición de ellos, siendo diversos los lugares que pasan a incrementar sus
desembarques, como se aprecia en la línea que representa al resto de lugares en donde se
registra desembarque para harina de pescado.
Nótese también la disminución de Pisco y Paita y la mantención con variaciones, de los
volúmenes de producción de Chancay. Nótese de igual manera el mayor volumen en esta
ciudad respecto a los primeros años en el gráfico. Además en los sesenta Supe Puerto
producía casi el doble que Chancay. En la actualidad la situación es a la inversa. Aunque no
es materia del presente documento, debemos señalar que la actividad pesquera continental
ha tenido también cambios importantes tanto en la selva baja, gravitante en la seguridad
alimentaria de las comunidades rurales como en las zonas alto andinas, principalmente
vinculadas a la expansión de la trucha, esta última actividad genera ingresos a los
campesinos o comuneros involucrados, así como de las empresas formales que exportan
parte importante de su producción.
ACUICULTURA
La expansión de la acuicultura en el mundo es espectacular. Todas las proyecciones
realizadas para ella han sido menores a la evolución mundial de esta actividad,
principalmente en China, varios países en Asia, en Chile, y países europeos. Asimismo, ha
habido cierta diversificación de las especies exportadas, además de la concha de abanico y
el langostino. Varios de esos proyectos tienen asistencia técnica y están vinculados a
algunas universidades. Sin embargo, la principal dificultad es la falta de un proceso de
ordenamiento del territorio, en este caso del litoral y sus aguas adyacentes para así
identificar cuáles son los lugares más apropiados por un lado, y que no afecten actividades
que se llevan a cabo allí anteriormente, como son balnearios, zonas de pesca costera (dado
que la infraestructura de acuicultura entorpece el tránsito de estos cardúmenes) teniendo
como resultado conflictos locales poco conocidos pero que frenan inversiones en la medida
que no se cuenta, desde el Estado, con una política territorial transparente, preventiva e
integradora de las diversas actividades que en esas zonas se realizan.
SUBSECTOR DE LA PESCA MARÍTIMA
La pesquería industrial pelágica es la más desarrollada y la de mayor crecimiento desde
los inicios de la actividad pesquera en la década de los 1950s. En la década de los 1960s
la extracción basada en ese momento sólo en anchoveta se cuadruplicó pasando de 3,5
millones a 12 millones de toneladas. Sin embargo, a principios de la década de los
1970s, el exceso de las capturas debido a la sobredimensionada capacidad de flota y de
fábricas, aunado a la ocurrencia de un evento El Niño en los años 1972 y 1973,
condujeron al colapso de ésta pesquería. Luego de un período prolongado, recién en la
década de los 1990s, se evidenció la recuperación de la actividad extractiva sobre el
recurso anchoveta, la cual alcanzó niveles semejantes a los años 1960s. Otro evento El
Niño en los años 1997-98 colocó nuevamente en riesgo a la pesquería de anchoveta,
cuyas capturas descendieron en 1998 a 1,2 millones toneladas, sin embargo a diferencia
de lo ocurrido en 1972-73, la pesquería se recuperó rápidamente debido a la adopción
de oportunas medidas de administración pesquera. Así fue que en 1999 la extracción
llegó a 6,6 millones de toneladas. En los años siguientes se observó un incremento
sustancial de las capturas, llegando a 9,6 millones de toneladas de anchoveta en el
2000 y mayores a los 8,0 millones en los años 2002, 2004 y 2005. En líneas generales,
se ha mencionado que el sistema de cuotas globales que se aplicaba generaba un
desorden en el sector pesquero, al producir una “carrera” desmedida por extraer la
máxima cantidad de recursos. Esto llevó a un crecimiento excesivo de la flota que
presionaba sobre el recurso y el ambiente generando consecuentemente temporadas de
pesca cada vez más cortas. En este entorno se ha establecido mediante el Decreto
Legislativo 1084, “Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación” un esquema
regulatorio basado en la asignación de derechos individuales sobre los recursos
pesqueros que apunta a racionalizar el esfuerzo pesquero. El establecimiento de límites
de captura para cada embarcación espera generar consecuencias positivas en la
industria, entre las cuales se distinguen una mejor programación de operaciones, mayor
duración de las temporadas de pesca y consiguientemente la reducción del impacto
ambiental.
4
La pesquería demersal, que es una pesquería de arrastre de fondo relativamente
costera, se inició a mediados de la década de los 60s y desde entonces los
desembarques se incrementaron mayormente por la participación de buques de arrastre
factoría. En 1978 se capturaron algo más de 300 mil toneladas, de las cuales 150 mil
fueron extraídas por la flota de cerco; este nivel de pesca colocó al stock de merluza en
situación delicada durante los siguientes años. Una década después se alcanzó una
captura de 79 mil toneladas y en 1996 se desembarcaron 235 mil toneladas.
Posteriormente las capturas nuevamente disminuyeron al nivel de 32 mil toneladas (en
1999) y de 125 mil (en el 2001). En años recientes los desembarques de merluza han
fluctuado alrededor de las 30 mil toneladas.
La pesquería artesanal se define como aquella realizada por personas naturales o
jurídicas artesanales ya sea sin el empleo de embarcación o con embarcaciones de
hasta 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega y hasta 15 metros de eslora, con
predominio del trabajo manual. En tanto la de menor escala es aquella realizada con
embarcaciones de hasta 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega, pero
implementadas con modernos equipos y sistemas de pesca. La pesca artesanal en el
Perú contribuye a un doble fin social, en primer lugar es una importante fuente de
empleo que ayuda de manera significativa a mitigar la pobreza; y en segundo lugar
brinda una importante oferta alimentaría de calidad proteica a sectores de menores
recursos económicos.
Una característica de esta pesquería ha sido el crecimiento del esfuerzo de pesca en los
últimos 10 años; este crecimiento se ha manifestado tanto en el aumento del número
de pescadores como de las embarcaciones, y en el mayor tiempo que ahora se le dedica
a las actividades extractivas. En la actualidad, las zonas de pesca de la flota artesanal
no se limitan a las 5 millas de costa, si no que gran parte de esta se distribuye mas allá
de las 10 mn, constituyéndose en la flota nacional que se desplaza en un mayor espacio
oceánico.
Los artes y métodos de pesca empleados por la pesquería artesanal son: redes de
cortina, líneas y anzuelos, buceo por compresora, redes de cerco, y espineles. Se ha
observado que alrededor del 9 por ciento de las embarcaciones poseen dos o más artes
de pesca. Los pescadores no embarcados (de ribera) trabajan utilizando chinchorros o
como recolectores de algas (algueros) o moluscos. Otros pescadores extraen camarón
(Cryphiops caementarius) en algunos ríos de la costa.
Los productos desembarcados por la pesquería artesanal en su mayor parte son
destinados al consumo humano directo en fresco y canalizados a través de mercados
locales y nacionales.
5.4 SEGURIDAD ALIMENTARIA
La seguridad alimentaria existe cuando todas las personas tienen en todo momento
acceso material y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer
sus necesidades alimenticias y las preferencias alimenticias a fin de llevar una vida
activa y sana. En el Perú, el suministro de proteína aportada por el pescado sobre la
proteína animal representa aproximadamente el 23 por ciento (2007); el consumo per
cápita de pescado es de 21,4 kg. (2007). Una de las propuestas para incrementar el
consumo de pescado se orienta a aumentar la oferta de productos de consumo masivo y
de bajo precio. Se puede mencionar que una alternativa para solucionar los problemas
de desnutrición en la región podría constituirse por medio de la utilización de los
pequeños pelágicos en la dieta diaria. A diferencia de otros países donde las pesquerías
han alcanzado los límites de producción sustentable, y no pueden aumentar su aporte al
abastecimiento mundial de alimentos, en el Perú se pueden obtener mayores
suministros si se utiliza parte de las capturas, como las de anchoveta, actualmente
empleadas en la producción de harina de pescado. En este sentido, como alternativa de
abastecimiento a corto plazo, se han diseñado planes para el establecimiento de un
sistema de seguridad alimentaria que utiliza a la pesca, en especial la anchoveta, como
uno de los contribuyentes al logro de este fin.
Un aumento significativo de la oferta de productos pesqueros sobre la base de la
anchoveta es fundamental para cubrir una parte del déficit alimentario de la población
peruana; para el efecto se están desarrollando diversos productos de mayor valor
agregado, y el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), entidad del estado
peruano a cargo de la investigación, desarrollo, capacitación y transferencia de
tecnologías pesqueras, ha dirigido sus actividades al desarrollo y adaptación de diversas
tecnologías para la elaboración de productos procesados en base a anchoveta. Asimismo,
se están realizando estudios tecnológicos para la adaptación de la flota pesquera de
pequeña escala que, con sistemas de preservación a bordo, permita la conservación
eficiente de las capturas dirigidas a las plantas de procesamiento.
ACTIVIDADES COMERCIALES EN LA PESCA: MAYORISTA Y MINORISTA.
El Mayorista es el intermediario que adquiere los productos, en nuestro caso el pescado, en
grandes cantidades para revenderlas a consumidores industriales. Normalmente el pescado
pasará por una cadena de operaciones de manipulación, clasificación y envasado antes de
llegar a su destino, por lo que las instalaciones industriales en las que se realicen estas
operaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:
_ Los materiales de revestimiento de las construcciones serán de fácil limpieza.
_ Las construcciones evitarán la entrada de insectos, aves, roedores u otros animales.
_ Los pavimentos de las zonas de trabajo estarán construidos con materiales no absorbentes
y resistentes, tendrán además una inclinación suficiente para facilitar el desagüe de las
aguas.
_ Todo material que tenga contacto con los productos pesqueros
deberá:
- Estar fabricado con materias primas autorizadas.
- No transmitir a los productos sustancias tóxicas o contaminarlos.
- Ser lisas y no porosas.
_ Las superficies internas de los utensilios en contacto con los
alimentos deben estar dispuestas de tal forma que el equipo sea
autovaciante o autodrenante.
Gestión de actividades pesqueras nivel 1
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Condiciones de higiene
- Los suelos se lavarán y desinfectarán diariamente. Se
procederá a la limpieza y desinfección de todos los útiles
empleados durante el proceso.
- Los materiales utilizados para el despiece, eviscerado, etc.,
deberán limpiarse correctamente y desinfectarse. Los residuos
resultando de las manipulaciones (orgánicos/inorgánicos) se
depositarán en los recipientes dispuestos a tal fin.
El minorista es aquel que posee un
establecimiento de venta de un producto, en este
caso de pescado. La venta del producto del
minorista va dirigida principalmente a
compradores particulares.
Los locales destinados al comercio minorista de productos de la pesca
deberán reunir los siguientes requisitos:
- Los pavimentos serán impermeables, de fácil limpieza y
desinfección.
- Las paredes y techos serán revestidos de material impermeable, de
superficie lisa de fácil limpieza y desinfección, y de colores claros.
- El local dispondrá de la ventilación e iluminación adecuada.
Los puntos de luz estarán protegidos de tal forma que
en caso de roturas no se produzca contaminación de los
productos. La iluminación será tal que no modifique los
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colores naturales de los alimentos y no altere la temperatura
de los productos expuestos.
- Los mostradores serán de material
fácilmente lavable e impermeable. En
caso de mostradores no refrigerados,
tendrán la inclinación suficiente hacia
un canal de desagüe situado en la parte
inferior.
Condiciones de higiene
- Los productos de la pesca se expondrán protegidos de la
contaminación.
- El local dispondrá de agua corriente potable.
- Diariamente se lavará el piso, los zócalos y mostradores así como
los utensilios o maquinas.
REQUISITOS DE CONSERVACIÓN DE LOS PRODUCTOS
PESQUEROS
El mantenimiento de la cadena de frío es crítico para la conservación
de los productos, una rotura de la cadena del frío o un cambio
brusco de temperatura puede dañar al producto acortando su vida
útil.
A continuación podemos ver un esquema de la cadena logística de
manipulación y conservación de los productos pesqueros. En ella se
reflejan los distintos momentos del proceso, las tareas que se realizan,
así como los agentes encargados de realizar las tareas.
2.1. Condición de conservación de los productos de la
pesca.
Para su correcta conservación, los productos frescos de la pesca se
mantendrán a una temperatura comprendida entre 0º C y 4º C a lo
largo de toda la cadena de suministro.
Las bandejas de pescado fresco fileteado o troceado se
mantendrán a una temperatura comprendida entre 0º C y 4º C.
Para ello, todos los agentes implicados en la misma deben
comprometerse en poner los medios necesarios para mantener el
producto dentro del rango de temperatura óptima y evitar los choques
térmicos.
Las temperaturas de los productos en el transporte, en la
distribución local y en los muebles frigoríficos de venta al
consumidor final tendrán una tolerancia que no superara los +3º C.
A continuación podemos ver un esquema de la cadena de frío de los
productos del mar:
2.2. Mantenimiento de la cadena del frío
Para conservar los productos de la pesca a una temperatura de 0º C a 4º C
y asegurar el mantenimiento de la cadena de frío, se recomienda que
cada parte implicada en los procesos de distribución cumpla con los
siguientes requisitos:
2.2.1. Barco
_ En los casos de barcos no equipados con cámaras
refrigeradas:
- Para asegurar el mantenimiento de la temperatura del producto entre 0º
C y 4º C, se empleará hielo o cualquier sistema que permita
garantizar la temperatura de conservación del producto (gel pack,
refrigeración, etc.).
En caso de emplearse hielo:
- El pescado quedará recubierto de suficiente hielo para el mantenimiento
de esta temperatura hasta su desembarque.
- El patrón del barco deberá asegurarse de llevar suficiente hielo para
mantener las condiciones óptimas de conservación de los productos
hasta su desembarque. El hielo se almacenará en condiciones que no
permitan su contaminación.
- Si se emplea otro sistema para la conservación de los productos (como
por ejemplo gel pack), se deberá asegurar que lleve la cantidad
suficiente para conservar el pescado a la temperatura de conservación.
- Los productos de la pesca no deberán ser conservados a bordo más de
ocho horas en caso de barcos no equipados con cámaras refrigeradas y
sin hielo.
Gestión de actividades pesqueras nivel 1
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_ En los casos de barcos equipados con cámaras refrigeradas:
- Se mantendrá la temperatura a un máximo de 4º C.
- Las cámaras deberán estar aisladas térmicamente y equipadas de
termógrafos con registro de la temperatura. La sonda de temperatura
deberá situarse en la parte de la cámara donde la temperatura sea la más
elevada.
En ambos casos, se recomienda que:
- Una vez capturados, los productos de la pesca se preserven lo antes
posible de la suciedad y de la acción del sol y sean sometidos lo más
rápidamente posible a la acción del frío: cámaras, hielo u otro sistema que
permita conservar el pescado a una temperatura entre 0º C y 4º C.
- La duración del viaje del pesquero se limite en función de los medios con
los que cuenta el barco para la manipulación y conservación del pescado
fresco.
- El desembarque de los productos de la pesca se efectúe rápidamente y de
manera a que los productos estén lo menos posible en contacto con el sol
u otra fuente de calor. Los productos desembarcados se llevarán a la sala
de venta de la lonja o se conservarán en cámaras refrigeradas a una
temperatura máxima de 4º C.
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2.2.2. Lonja / Mercados
- La exposición de los productos se realizará en
salas cerradas refrigeradas a una temperatura
ambiente máxima de 12º C, siempre y
cuando el pescado se mantenga a una temperatura máxima de 4º C en
hielo u otro sistema adecuado.
- La sala de exposición se mantendrá a una temperatura máxima de
4º C, si el pescado no se conserva con hielo u otro sistema adecuado.
- En caso de tener cámaras de conservación, estas tendrán una
temperatura máxima de 4º C.
- Durante todo el tiempo de la subasta, el pescado se mantendrá con hielo
u otro sistema adecuado para el mantenimiento de la temperatura de
conservación.
- En caso de emplearse hielo, si durante el proceso de la subasta, se quita
la capa superior de hielo para comprobar el estado del pescado, se deberá
volver a cubrir el pescado de hielo lo más rápidamente posible. Cada lonja
se encargará de tener el personal suficiente para asegurar la
reposición del hielo mientras dure la subasta.
2.2.3. Mayorista, Sala de procesado de piscifactorías y Plataforma de
distribución
_ Muelles de carga y descarga
- Las operaciones de carga y descarga se realizarán en muelles refrigerados
a una temperatura ambiente máxima de 12º C. La temperatura
del pescado se mantendrá con hielo u otro sistema adecuado a
una temperatura comprendida entre 0º C y 4º C.
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_ Instalaciones: Las instalaciones del mayorista deberán cumplir los
mismos requisitos que la lonja, es decir:
- Se mantendrá una temperatura ambiente máxima de 12º C en la
sala de procesado.
- El pescado se mantendrá con hielo u otro sistema adecuado a una
temperatura entre 0º C y 4º C.
- En caso de tener cámaras de conservación, estas tendrán una
temperatura máxima de 4º C.
- Las salas donde se lleve a cabo las operaciones de manipulación,
clasificación y envasado se mantendrán a una temperatura ambiental
máxima de 12º C.
- Las salas donde se procese las bandejas de pescado fresco
(fileteado o troceado) se mantendrán a una temperatura máxima de 12º
C.
- Se debe garantizar una agilidad en la manipulación y en los procesos para
que el producto se mantenga a una temperatura entre 0º C y 4º C.
- Los productos pesqueros se almacenarán en cámaras
refrigeradas a una temperatura máxima de 4º C.
- Los productos de la pesca no podrán almacenarse junto con otros
productos que puedan afectar a su salubridad o puedan contaminarlos si
no están provistos de un envase que garantice una protección
satisfactoria.
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2.2.4. Transporte
Durante todas las operaciones de transporte se tendrá
particular atención en mantener la temperatura de los productos entre 0º
C y 4º C.
_ Transporte de la lonja al mayorista.
En caso de que el mayorista tenga sus instalaciones dentro de la propia
lonja, las condiciones de temperatura serán idénticas a la de la lonja:
- Se mantendrá una temperatura ambiente máxima de 12º C en la
sala de subasta.
- El pescado se mantendrá a una temperatura entre 0º C y 4º C con hielo u
otro sistema adecuado.
- En caso de tener cámaras de conservación, estas tendrán una
temperatura máxima de 4º C.
- En los casos en que las instalaciones del mayorista se encuentren fuera de
las instalaciones de la lonja, se recomienda el transporte en camiones
frigoríficos con una temperatura máxima de 4º C.
_ Transporte de la granja o piscifactoría a la zona de producción.
El transporte de la granja o piscifactoría a la sala de producción (o
procesado) se realizará:
- En agua con hielo, lo que permitirá sacrificar y transportar el pescado al
mismo tiempo.
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- Si el pescado ya está muerto, se recomienda el transporte en
camiones frigoríficos con una temperatura máxima de 4º C. Para un
recorrido de duración máxima de 30 minutos, se podrá utilizar un
transporte isotermo con la condición de mantener una temperatura
ambiente de un máximo de 12º C y el producto a una temperatura
máxima de 4º C manteniéndolo en hielo u otro sistema adecuado.
_ Transporte grupaje.
El transporte desde las instalaciones del mayorista o de la
piscifactoría a la plataforma del distribuidor o al mercado central se
realiza generalmente por grupaje. Las condiciones de transporte sean
por grupaje o para una carga completa serán idénticas:
- El transporte de pescado fresco se realizará en camiones frigoríficos con
una temperatura máxima de 4º C.
- Los muelles de carga y descarga serán refrigerados a una
temperatura ambiente máxima de 12º C. La temperatura del
pescado se mantendrá con hielo u otro sistema adecuado a una
temperatura comprendida entre 0º C y 4º C.
- Una vez descargada la mercancía, se deberá trasladar los más
rápidamente posible en cámaras refrigeradas a una temperatura máxima
de 4º C.
- El transporte de bandejas de pescado fresco fileteado o troceado se
realizará a una temperatura comprendida entre 0º C y 4º C.
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_ Transporte aéreo.
El pescado fresco llegará a las instalaciones de los
aeropuertos en camiones frigoríficos con una temperatura
máxima de 4º C.
Las zonas de recepción y expedición serán refrigeradas a una
temperatura ambiente máxima de 12º C. Las instalaciones del aeropuerto
estarán dotadas de almacenes refrigerados a una temperatura máxima de 4º
C.
Para el transporte aéreo, el pescado deberá ir condicionado en un
embalaje con un sistema de drenaje para evacuar el exudado del
pescado. Dicho embalaje deberá ser al mismo tiempo estanco con el fin de
no provocar ningún vertido en el interior de los aviones.
La mercancía estará condicionada en contenedores isotermos o
refrigerados. En caso de que la mercancía se paletice, las paletas
estarán recubiertas con una manta térmica, cuando la temperatura exterior
lo requiera.
Se tendrá especial atención en agilizar los procesos de carga y
descarga del avión así como los de traslado de la mercancía a las pistas o
zonas refrigeradas del aeropuerto.
Durante todo los procesos de carga, descarga, transporte,
manipulación o almacenaje, la temperatura del pescado se mantendrá
con hielo u otro sistema adecuado a una temperatura comprendida entre
0º C y 4º C.
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_ Minorista.
- En los casos de no tener muelles refrigerados, la descarga deberá
realizarse con la máxima celeridad y el producto no permanecerá
más de 10 minutos fuera de instalaciones refrigeradas a 12º C
ambiente.
- Los productos pesqueros se expondrán a la venta protegidos de la
contaminación y mantenidos entre 0º C y 4º C con hielo u otro sistema
adecuado.
- Los productos se almacenarán refrigerados a una temperatura máxima de
4º C.
- La temperatura del producto se mantendrá entre 0º C y 4º C por
un mostrador refrigerado o por el uso de hielo u otro sistema adecuado.
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2.3. Procesos de manipulación
Para la realización de la descarga de los productos pesqueros, no se
emplearán herramientas ni se efectuarán manipulaciones que puedan
dañar a las partes comestibles de los productos pesqueros.
Las zonas de exposición para la venta de los productos pesqueros
dispondrán de una iluminación adecuada para facilitar el examen de dichos
productos.
El producto expuesto para la venta no se sumergirá en agua u otro liquido.
El personal encargado de manipular los productos cumplirá con las
normas relativas a los manipuladores de alimentos (Real Decreto 202/2000).
El producto no estará en contacto directo con el suelo sino que estará
aislado del mismo y se expondrá sobre una paleta de plástico, en caja
de plástico u otro aislante conveniente.
Durante la exposición y la venta:
- Los productos deben estar clasificados, tipificados y etiquetados tal y
como está especificado en el Real Decreto 121/2004.
- La exposición se realizará de tal forma que se pueda acceder y
examinar todos los productos de la pesca expuestos para su venta. Se
formarán por ejemplo, pasillos para circular fácilmente entre las cajas.
Para mantener el producto en las mejores condiciones de
conservación y asegurar el mantenimiento de la cadena de frío:
- Se minimizarán las manipulaciones. Por ello, se recomienda evitar el
cambio de envase del producto, siempre que el proceso logístico lo permita.
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- Se tendrá especial cuidado en no llenar las cajas en exceso de forma
que no se aplaste el pescado con la colocación de la caja superior.
- El agua de lavado del pescado, en los procesos realizados en
tierra, deberá tener la misma temperatura que el pescado. Se obtendrá esta
temperatura con un enfriador o con agua mezclada con suficiente hielo.
- En caso de almacenarse las mercancías, las instalaciones estarán
dotadas de cámaras refrigeradas a una temperatura máxima de 4º C.
- Todas las operaciones de agrupación, clasificación de los envíos se
realizarán en salas refrigeradas a una temperatura ambiente máxima de 12º
C.
El hielo que entre en contacto con estos productos se elaborará con agua
potable o con agua del mar limpia.
Las empresas dedicadas a la preparación, fabricación, transformación,
envasado, almacenamiento transporte, distribución, manipulación o venta de
los productos del mar definirá sistemas de controles adecuados de
acuerdo con los principios del sistema APPCC (análisis de peligro y puntos
críticos de control) tal como queda reflejado en el Real Decreto 2207/1995.
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO INDUSTRIAL
PROCESAMIENTO INDUSTRIAL DEL PESCADO
En términos generales, el nivel de seguridad del pescado congelado es muy elevado,
aspecto que se explica fundamentalmente por el proceso industrial a que es sometido tras su
captura. De forma prácticamente inmediata, el pescado recién capturado es decapitado,
eviscerado, pelado y fileteado. Y, por supuesto, congelado.
En estas condiciones la contaminación es mínima, la proliferación de microorganismos es
nula y además, se eliminan los posibles parásitos.
Es importante leer las etiquetas del pescado envasado y seguir los pasos que se indican en
ellos.
Generalmente el pescado se encuentra envasado, y salvo que esté alterado no huele mal, no
gotea, y sus características suelen ser estables y homogéneas. Como norma general, el
pescado congelado no tiene que limpiarse en casa, dispone de una prolongada vida
comercial al no estropearse por debajo de –18ºC, y se puede cocinar con facilidad no
requiriéndose ninguna manipulación especial.
Lo ideal, en términos generales, es optar por una descongelación lenta, preferiblemente
programada desde el día anterior, para asegurar una calidad óptima.
Para descongelar, lo ideal es hacerlo lentamente preferiblemente programarlo desde el día
anterior, para asegurar una calidad óptima.
Es recomendable no volver a congelar el pescado.
Los buques fresqueros de altura: tienen esloras mayores de 23 metros, no realizan
procesamiento del pescado a bordo, conservándolo en cajones con hielo en bodegas
refrigeradas, con una duración de sus viajes de 4 a 15 días. Proveen a las plantas
procesadoras de tierra, y pertenecen, en su mayor proporción, a empresas integradas.
Históricamente ha sido la flota merlucera por excelencia; ha venido perdiendo su
procesamiento.
Los buques procesadores congeladores tienen líneas para procesamiento de pescado en
distintas formas y capacidad de congelamiento en túneles y placas. En el listado aparecen
clasificados básicamente según el tipo de arte de pesca utilizado: redes de arrastre de fondo,
pelágica o semipelágica, poteras para calamar, palangre (arte selectiva utilizada para ciertas
especies como la merluza negra y la merluza austral), tangón para la pesca de langostino,
rastra para vieiras, en tanto los surimeros se diferencian por la tecnología de producción
incorporada (planta para la producción de surimi); los factorías tienen plantas para la
producción de harina.
Los buques procesadores congeladores han venido incrementando su participación en las
capturas, desde el 36% en 1990, al 68% en 1997, 67% en 1998.
En la captura de estos buques se incluye la de los buques poteros charteados anualmente
para calamar, el comportamiento de esta pesquería en su totalidad explica en gran parte las
variaciones en las cifras anuales; en 1998 estos buques tuvieron mayores restricciones que
los fresqueros para la captura de merluza.
PROCESO DE FABRICACIÓN:
El proceso comienza de madrugada en las Lonjas locales. Una vez realizadas las
compras de pescado, las materias primas son trasladadas
inmediatamente a la factoría, con lo cual se
mantienen intactas sus propiedades alimentarías. Las
condiciones en las que llegue el pescado influirán de
forma decisiva en la calidad del producto final.
RECEPCIÓN DE MATERIAS PRIMAS
Esta es la etapa del proceso en la cual las materias primas son recibidas en la factoría, en
esta etapa debemos controlar los siguientes factores:
Temperatura de materia prima, en los productos frescos el pescado debe tener una
temperatura de entre 0ºC y 4ºC, en los productos congelados la temperatura debe ser de <-
18ºC. Estos controles se tienen que realizar en todas las partidas recibidas
independientemente de su procedencia o especie.
Aspecto de la piel y aplastamiento en la carne, en este caso tenemos que realizar una
observación visual del color de la piel y la mucosidad del pescado, así como observar
posibles grietas y magulladuras en la carne del pescado. El pescado debe de tener la piel y
la carne entera, un color homogéneo sin decoloraciones.
Enranciamiento, observación del color y olor de las zonas subcutáneas y externas en
pescado fresco y congelado, imprescindible la ausencia de zonas amarillentas en la carne
del pescado, así como olor a "rancio".
Es muy importante la codificación de las materias primas a las cuales se les asigna un
número de lote, mediante el cual podremos conocer en cualquier momento el historial de
ese pescado. Tarea también muy importante la del pesado, con este peso conoceremos el
rendimiento obtenido con cada unidad, dato importante puesto que nos permitirá conocer
qué materias primas son más interesantes comprar, atendiendo a los resultados obtenidos.
Por ejemplo con la Caballa (Scomber Scombrus) de cada kilo de pescado en bruto
obtendremos 300 gramos de pescado útil para la conserva luego obtenemos un rendimiento
del 30%. Dependiendo del tamaño y de la época de pesca se pueden conseguir resultados
diferentes.
El proceso de fabricación de las conservas de pescado comienza con la recepción de las
distintas materias primas procedentes de las distintas lonjas. Esa materia prima es sometida
a una serie de tratamientos antes de su envasado. Consisten básicamente en el lavado,
descabezado, cocción, troceado o fileteado.
LAVADO
Todos los pescados que van ha ser procesados requerirán un lavado, así como una
observación visual de presencia de especies diversas o materias extrañas, se deben
DESCABEZADO
Observaremos la zona yugular de los pescados decapitados. El descabezado se realizará
mediante cortes limpios y rectos, sin aplastar o magullar la carne, la superficie del corte
debe quedar sin asperezas. Si los cortes producen desgarros en la carne, estos favorecen la
entrada en el músculo de microorganismos presentes en la superficie.
COCCÍON
En esta fase es muy importante la medición del tiempo de cocción, la medición de la
temperatura del vapor o agua de cocción, medición de la temperatura de la espina central,
observación visual y la textura de la carne.
Una vez limpiado y descabezado, el pescado es colocado manualmente en las parrillas para
ser cocido a 100 ºC en salmuera o al vapor. La cocción del pescado es una de las partes
más importantes en el proceso de fabricación, no hay ningún tiempo estimado, depende
siempre del tamaño y la grasa del pescado, luego dependerá de la procedencia y temporada
de pesca. Indicar los tiempos de cocción es una tarea muy delicada, un exceso de cocción
deja el pescado seco y poco jugoso, así como una pérdida de rendimiento. En caso de cocer
poco el pescado disminuiremos también el rendimiento debido a que el pescado se
desmorona en las manos de los operarios, y tendrá un porcentaje elevado de agua.
Para verificar la cocción se utilizan dos métodos, en ambos sacamos una pieza de la
balsina de cocción. Una vez obtenida la pieza podemos, bien observar la firmeza y
estructura de la carne, o bien dividir el pescado en dos partes y coger la espina central del
pescado, quebrar la espina y observar si el tendón del interior de la espina central se rompe
o se estira como una goma, caso de romperse significaría que el pescado aún no está
cocido perfectamente y requiere más tiempo.
FILETEADO
En esta fase debemos eliminar todos los restos de espinas, vísceras, piel y de sangre, así
como de zonas oscurecidas. Los cortes deben ser realizados longitudinalmente al cuerpo
del pescado, cortes limpios, sin desgarros y sin espinas de la cavidad abdominal en las
especies pequeñas.
Como ya hemos comentado, una vez que el pescado ha sido cocido, se le entrega al equipo
de personas encargadas del raspado y fileteado que obtendrán cuatro filetes limpios de una
pieza de pescado cocido. En este proceso los filetes son cuidadosamente limpiados,
eliminando todas las espinas y piel
En esta imagen observamos el pescado
abierto en dos
En esta imagen el pescado esta dividido
en dos y ya hemos separado la espina
En esta imagen observamos los dos filetes
que se pueden obtener de cada una de las
dos piezas a raspar, luego de un solo
pescado obtenemos 4 filetes disponibles
para la conserva.
En esta imagen podemos ver parte de los
equipos de seleccion de calidad
Todos los filetes son pesados y al comparar con los kilos brutos podemos obtener el
rendimiento por lote fabricado. Los filetes de cada operario son pesados para poder así
incentivar a aquellos que obtienen más kilos. Las tablas de productividad son cambiadas
atendiendo al tamaño y calidad del pescado, cuanto más pequeño sea el pescado menos
kilos de filetes tiene que obtener el operario. Los operarios son informados
individualmente cada hora de su productividad.
ENVASADO
El pescado pequeño debe ser envasado de una pieza entera, el tamaño de las piezas de un
envase debe ser lo más homogéneo posible, el número de piezas por envase dentro del
mismo lote debe ser similar. Para los túnidos envasados en tronco o bloque, debe quedar
un espacio suficiente para recibir el líquido de cobertura.
Una vez hemos obtenido los filetes, pasamos a recortarlos manualmente. Después serán
seleccionados y metidos en las latas o envases de vidrio, tras asegurarnos que el pescado
está debidamente empacado
En esta lamina
obs ervamos el
empaque de
una lata
redonda, en
este caso es un
formato
industrial de 1
kilo
En esta
imagen
observamos el
empaque de
una lata
rectangular,
con una
cantidad de
pescado de 85
gramos
En esta imagen vemos el
empaque del los filetes
en un envase de vidrio.
ADICÍON DE LÍQUIDO DE COBERTURA
En esta fase, nos disponemos a rellenar el envase con el líquido de cobertura, que
dependiendo de los casos será aceite de oliva, aceite vegetal, tomate, o escabeche. El
líquido de cobertura debe oscilar entre el 35% y el 10% de la capacidad del envase, según
producto, forma de presentación, dimensiones del envase y lo indicado en la etiqueta. El
tomate se consigue realizando una mezcla con tomate, agua, aceite y sal. El escabeche lo
conseguimos mezclando vinagre, agua y sal.
CERRADO Y LAVADO
El hermetismo de la lata vacía debe comprobarse al inicio de la jornada y siempre que se
modifique algún parámetro de la máquina cerradora,inyectando aire a presión, hasta
deformación permanente (o sobre 2,5 Kg/cm2), con el envase sumergido en agua.
Con el líquido ya en las latas, éstas son cerradas herméticamente y lavadas para conseguir
una buena conservación . La no recontaminación del producto final, desde su fabricación
hasta su consumo, es necesaria para que una conserva pueda ser definida como tal, y por
tanto como un producto no perecedero. Por ello, el cierre hermético del envase es un factor
esencial a controlar. El envase más frecuente para la conserva de pescado es el metálico
(hojalata o aluminio).
TRATAMIENTO TÉRMICO Y ENFRIAMIENTO
Finalmente se procede a la esterilización, mediante la cual las latas son depositadas en el
Autoclave donde serán sometidas a altas temperaturas durante un tiempo que varía
dependiendo del tipo de producto. Para que cualquier alimento en conserva sea
absolutamente seguro es condición necesaria que el producto haya sido sometido a un
tratamiento térmico suficiente para eliminar todos los microorganismos patógenos y sus
formas resistentes. El más conocido de éstos, y que se toma como referencia, es el
Clostridium botulinum. El llenado y cerrado de envases debe ser continuo, realizándose la
esterilización inmediatamente después de completarse el número de envases necesario para
cargar el autoclave. El tiempo desde que se cerró el primer envase hasta que se inicia la
esterilización debe ser inferior a una hora. En ningún caso deben quedar envases sin tratar
al finalizar la jornada. Todos los envases cargados en un autoclave deben ser de las mismas
dimensiones y con el mismo producto y líquido de cobertura. Podría admitirse en cestas
diferentes o en productos diferentes siempre que el proceso fuera idéntico. El enfriamiento
debe ser muy rápido, llegando a los 40ºC en el centro del envase en menos de 10 minutos
(dependiendo del tamaño del envase). Supone reducir la temperatura interior del autoclave
1 a 2 minutos. El agua de refrigeración debe estar clorada y siempre debe utilizarse agua
potable y limpia, tanto en el enfriamiento del autoclave como en los baños posteriores de
los envases.
Una vez esterilizadas y enfriadas, las latas son limpiadas, marcadas con un número de lote,
estuchadas, etiquetadas, quedando así listas para el consumo
Observamos los
envases ya
estuchados y
etiquetados
Observamos una
bonita presentación
de la conserva en
vidrio
El contenido mínimo del etiquetado será:
Denominación del producto, forma de presentación, pesos neto y escurrido, capacidad
normalizada del envase, relación de ingredientes, identificación del fabricante y fecha de
consumo preferente.
ALMACENAMIENTO
El local de almacenaje deberá estar limpio y seco, los embalajes deben ser de un tamaño tal
que impidan el movimiento de los envases. Los embalajes deben apilarse en jaulas o a
altura reducida, para evitar aplastamientos. Toda manipulación de embalajes deberá ser
cuidadosa, a fin de evitar golpes, que podrían abollar los envases, afectando a sus costuras
y sertidos, comprometiendo su hermeticidad, además de desmerecer su aspecto.
FLUJO DEL PROCESO PRODUCTIVO Y ESCALAS DE PRODUCCIÓN
Los procesos de salado y secado de pescado y mariscos son muy parecidos entre sí. En
cuanto al grado de actualización tecnológica se destaca lo siguiente:
La industria de salado y secado de pescado y mariscos es uno de los giros más
tradicionales, porque casi no ha sufrido modificaciones a lo largo del tiempo. La tecnología
utilizada dentro de este giro es rudimentaria aunque en los últimos años se han
desarrollado algunas formas de facilitar el proceso como el secador gabinete y el secador
solar.
Sin embargo la tecnología tradicional se encuentra fácilmente en el país a precios que no
son elevados dada la abundancia y simplicidad de los instrumentos de trabajo.
Este proceso se realiza principalmente en México a nivel microempresa y pequeña
empresa en donde por lo general los procedimientos son hechos a mano. El giro de salado
y secado de pescado y mariscos no requiere de utilizar tecnologías sofisticadas o
procedimientos especiales dada la sencillez del proceso.
Si se pretende competir a nivel internacional, sí se recomienda la utilización de tecnologías
de vanguardia, ya que la competencia internacional se distingue por aplicar innovaciones
tecnológicas que aumentan la calidad del proceso, del producto y reducen los costos
operativos.
Flujo del proceso de producción: Se presenta el flujo del proceso productivo a nivel
general, referente al producto seleccionado del giro y analizado con más detalle en esta
guía.
Sin embargo, éste puede ser similar para otros productos, si el proceso productivo es
homogéneo, o para variantes del mismo. Al respecto, se debe evaluar en cada caso la
pertinencia de cada una de las actividades previstas, la naturaleza de la maquinaria y los
equipos considerados, el tiempo y tipo de las operaciones a realizar y las formulaciones o
composiciones diferentes que involucra cada producto o variante que se pretenda realizar.
El flujo del proceso de salado y secado de pescado y mariscos sigue el mismo
procedimiento que en la pequeña empresa. Lo que varia es la utilización de tecnologías que
aumenten el volumen y calidad de la producción.
Flujo del proceso de producción en una escala de pequeña empresa:
1. Recibo y pesaje. El proceso productivo comienza con la recepción de las materias
primas (sal y pescado), y se debe registrar su ingreso anotando el peso.
2. Análisis de la calidad. Una vez recibidas las materias primas se procede a revisarlas. El
pescado y el camarón deben estar frescos y en buenas condiciones.
3. Corte y desviscerado. Una vez recibido el pescado, se procede a lavar bien la piel de
los especímenes a cortar, para eliminar la sangre, restos de hilo e impurezas que este
pudiera tener. Se selecciona un cuchillo largo y filoso (el tamaño va a depender del tamaño
de la especie) de 30 a 40 centímetros y se realizan los cortes:
Los primeros cortes corresponden a las aletas: la aleta dorsal se corta en forma de media
luna; se prosigue con las aletas pectoras y se termina con la aleta caudal, la cual se separa
únicamente el lóbulo inferior.
Inmediatamente después de cortadas las aletas, se procede a desollar el pescado, haciendo
un corte recto de la posición de primera aleta dorsal hasta el tronco de la cola; el segundo
corte para separar la piel de la aleta dorsal hacia las branquias pasando por la posición
exterior de las aletas pectorales, corriendo el corte hasta completarlo debajo de la cabeza o
sección yugular.
En caso de requerir de la piel del espécimen (por lo general el tiburón), el cuchillo debe
penetrar la flor y coriones de la piel hasta el músculo; después de este corte se toma un
cuchillo ligeramente curvo, filoso y no muy grande, y se va separando poco a poco la piel,
evitando romperla o hacerle ojales ya que bajaría el precio de venta.
Después de desollar el espécimen, obtener la carne es fácil y rápido. Los pescados como la
mojarra, la rubia, la lisa y cualquier otro que se le asemeje deben cortarse por la mitad por
el vientre; mientras que el huachinango, pámpano, cazón, sierra o cualquier otra especie
muy carnosa, es preferible cortarla en filetes para salarlo. Los cortes se deben lavar muy
bien y se procede a separar la carne roja de la carne blanca. La primera se elimina para
procesos de harina y otros subprocesos y la blanca se corta en lonjas de aproximadamente
30 centímetros de largo por 1.0 ó 1.5 centímetros de grueso (en el caso del tiburón). Las
lonjas frescas y limpias pueden compararse a las de otros pescados de mayor aceptación
domésticas y comercial llegando a tener gran atractivo, bien sea fileteadas o relajando la
carne haciendo el primer corte casi hasta abajo; el segundo corte se hará hasta el final y
luego se extenderá o abrirá con la forma característica del bistec vacuno acostumbrado.
Si se da el caso de poder obtener el pescado ya cortado, desviscerado y fileteado, entonces
se procederá a introducir los filetes dentro de la salmuera.
Se quitan las vísceras del pescado las cuales serán desperdicio.
En el caso del camarón se debe omitir este paso. Solamente se lavará para remover las
impurezas.
4. Sancochado. Este proceso se realiza únicamente en los camarones y charales. Consiste
en hervirlos ligeramente hasta que la carne quede semicruda. De aquí se pasa a salarlos.
5. Fileteado. Una vez cortado y desviscerado el pescado, se procede a cortarlo en filetes.
Los trozos de carne se van limpiando de la carne roja u obscura con un cuchillo no muy
grueso y muy filoso para evitar romper la carne en vez de cortarla; separada la carne roja
de la carne blanca, ésta se corta en filetes de 30 centímetros de largo por 1-1.5 centímetros
de grueso por 25 centímetros de ancho (en el caso del tiburón, sin embargo hay que tratar
de igualar dimensiones por lo menos en ancho y grueso).
6. Salmuera. Se procede a realizar el salado de la carne blanca:
Los filetes se van acomodando en un recipiente de material inoxidable o de plástico con
hielo finamente molido, teniéndose cuidado de tirar el agua que se vaya formando para
evitar en caldo de cultivo con los jugos de la carne(microbios y bacterias). Los pedazos o
trozos pequeños se relajan o cortan diagonalmente para ir abriendo la lonja hasta hacerla
filete aunque sean de tamaño pequeño. Las tiras angostas se abren hasta donde sea posible
y puedan salarse adecuadamente. Se deberá procurar separar el pellejo de la carne cercana
al vientre y dejar limpio el músculo que también se abrirá hasta buscar un grosor de 1.0 a
1.5 centímetros.
Se prepara la salmuera ligera de unos 30 salinómetros a 21°C(una solución de 5
kilogramos de sal en 50 litros de agua), haciendo una disolución de la sal al máximo
posible.
Los filetes, lonjas o tiras de carne se sacan del recipiente, se escurren y se introducen en la
salmuera bajo las siguientes condiciones:
Dejar reposar los filetes durante un tiempo de 30 minutos.
Se debe procurar que los filetes queden bien cubiertos por la solución salina.
Se recomienda moverlos un poco sin gran fuerza para que no se rompan los filetes. Este
movimiento servirá únicamente para mantener la sal en suspensión acuosa.
En caso de que no se vaya a salar en seco los filetes en el mismo día, puede meterse en una
cámara frigorífica a -20°C o más, hasta que vayan a salarse en seco (esta temperatura es
aproximada).
7. Escurrido. Después de 30 minutos de reposo en la salmuera, los filetes se ponen a
escurrir en charolas con salidas de agua en el fondo. Estas salidas de agua de las charolas
no serán tan grandes como para permitir que pueda salirse la carne.
8. Salado en seco. Una vez que se haya drenado el líquido de las lonjas, éstas se irán
acomodando en un recipiente de plástico, cemento o material inoxidable al cual
previamente se le haya puesta una cubierta de sal seca de 1 centímetro de grueso, en todo
el fondo. El contenedor tendrá en el fondo agujeros u otra forma que permita salir el
líquido que soltaran los filetes.
La carne se acomoda en el fondo del recipiente procurando no montar una lonja encima de
otra. Ya cubierto el fondo con la carne, a ésta se le pone una capa de sal hasta cubrirla
totalmente, y sobre esta nueva capa de sal -que puede tener 0.5 centímetros- se extiende
otra capa de filetes y así sucesivamente hasta formar una pila de un metro de alto como
máximo. Es preferible tener una pila más baja para poder manejarla, mejor si fuera
necesario sacarla al sol, a al aire, aunque es preferible no mover demasiado las pilas para
evitar daño al producto.
Cuando la pila está completa se le pone peso encima para que haga presión hacia abajo y
ayude a drenar el agua de la carne. No debe entrar en contacto directo el peso con los
filetes, por lo que es necesario ponerle un plástico rígido o un metal inoxidable sobre la
última capa de sal que cubre toda la carne. El recipiente debe tener inclinado el piso para
que escurra libremente al agua o jugos. En caso de utilizar contenedores de plástico
(capacidad de 50 kilogramos), éstos tendrán agujeros en el fondo y se acomodarán con uno
de sus frentes en un ángulo de inclinación que ayude al drenado del contenedor.
Cada 48 horas se deberán sacar los filetes y ponerlos en un nuevo contenedor con sal
suficiente y seca, acomodando los filetes de la parte inferior en la superior (conocido como
"Cabeceo"). El producto debe haber perdido la mayor parte de su agua (60%
aproximadamente).
El grado de deshidratación debe probarse presionando con los dedos la carne, que ya no
estará pegajosa y la presión de los dedos no le dejará marca al quitarlos.
9. Secado. Para que resulte económico el secado, se utilizará el aire y el calor del sol, sin
embargo debe evitarse que los rayos del sol le den directamente al pescado, pues ello
puede precipitar una oxidación, dándole un color amarillento a la carne y afectando su
calidad. El producto debe estar colocado en un lugar con sombra y aireado. Un tipo de
secador práctico para estas lonjas consiste en bastidores tejidos con nylon, semejando una
especie de catre o cama, cuidando que los espacios dejados en el tejido con el hilo de nylon
tengan una luz (espacio entre hilo e hilo) no muy grande y que no permita que las lonjas se
salgan y puedan caer.
Este tipo de cama es recomendado porque airea muy bien la carne, no altera químicamente
al producto, son relativamente baratos y de fácil manejo.
Existe la posibilidad sin embargo de construir un tendedero con dos estacas en el suelo,
sobresaliendo unos dos metros aproximadamente y separados por la misma medida.
Ambas estacas se unen con tres tiras de madera y otro material, situadas paralelamente
unas de otras a 60 centímetros de ancho de distancia entre las tiras, procurando que la tira
de abajo esté separada del suelo 80 centímetros.
En las tiras se colocan clavos o ganchos y de éstos se pueden colgar las lonjas. Sin
embargo se debe tener cuidado con la higiene de este método, por lo que se recomienda
seguir las siguientes acciones:
Estos bastidores se pueden poner paralelos siguiendo la orientación que reciban del aire
reinante de la región y se protegen del sol con un cobertizo que puede tener techo de
palma, guano, paja, etc.
Deben estar protegidos de los insectos de las moscas, principalmente durante el periodo de
secado, por lo que hay necesidad de hacerles una cubierta o pabellón que no suelte
residuos contaminantes como pudiera ser algún tipo de hoja o palma, por lo que es
preferible fabricarles pabellones con los costales.
Por la tarde y de acuerdo al medio ambiente, las lonjas deben recogerse y apilarse más sal,
únicamente se debe proteger la carne de la humedad y que escurra el agua que pueda tener
en su interior. Esta operación se hace por 3 ó 4 días en que el producto tendrá un 30% de
humedad aproximadamente como máximo.
10. Verificación de la humedad. Para probar el producto, se apretará la carne entre los
dedos y si no está pegajosa, ni deja marcas de los dedos, el producto estará listo para su
empaque final de conservación.
11. Empacado. La carne salada se empaca en bolsas o cajas y queda lista para ser
transportada al destino donde será consumida. La duración del pescado salado es de un año
guardándolo en caja de madera y en condiciones secas.
Fundamentalmente las tecnologías están enfocadas al proceso del secado del pescado, por
ser el más tardado. Estos métodos proporcionan un secado más rápido y de mayor calidad,
además que algunas de estas tecnologías permiten controlar algunos aspectos del secado
como la velocidad del aire, temperatura y el tiempo de secado.
Flujo de materiales
Además de la localización, diseño y construcción de la planta es importante estudiar con
detenimiento el problema de la distribución interna de la misma, para lograr una
disposición ordenada y bien planeada de la maquinaria y equipo, acorde con los
desplazamientos lógicos de las materias primas y de los productos acabados, de modo que
se aprovechen eficazmente el equipo, el tiempo y las aptitudes de los trabajadores.
Las instalaciones necesarias para una pequeña empresa de este giro incluyen, entre otras,
las siguientes áreas:
Para la operación de una pequeña empresa se debe contar con las siguientes áreas:
Recepción de materias primas y otros insumos.
Almacenamiento de sal.
Almacenamiento de materias primas.
Área de corte y desviscerado.
Almacenamiento de desperdicios.
Salado en salmuera.
Escurrido.
Salado en seco.
Área de secado.
Empaque y revisión del producto.
Área de embarque del producto terminado (se puede utilizar el área de recepción de
materias primas y otros insumos en caso de no disponerse de suficiente espacio en la
planta).
Oficina.
Ejemplo de la distribución interna de las instalaciones de la planta:
.
ALMACENAMIENTO DE REACTIVOS QUÍMICOS EN LA INDUSTRIA
PESQUERA
La industria pesquera es un sector muy importante en el país, y por estar en el rubro de
alimentos, su manejo es delicado, para lo cual se realiza dentro de las buenas prácticas de
manufactura (BPM), las materias primas peligrosas o químicos peligrosos deberán
almacenarse en condiciones que confieran protección contra la contaminación y reduzcan
al mínimo los daños y deterioros, debe ser manejado solo por personas capacitadas y
autorizadas para el área.
DESCRIPCIÓN DE TODOS LOS REACTIVOS E INSUMOS QUÍMICOS QUE SE
UTILIZAN EN EL PROCESO.
Para tener una correcta idea de los reactivos utilizados en esta industria presentamos una
breve descripción de algunos químicos principales utilizados en esta industria.
DETERGENTES ALCALINOS
Un indicador importante de la utilidad de éstos detergentes es la alcalinidad activa. Una
porción de la alcalinidad activa puede reaccionar para la saponificación de las grasas y
simultáneamente otra porción puede reaccionar con los constituyentes ácidos de los
productos neutralizarlos, de tal forma que se mantenga la concentración de los iones
hidrógeno (pH) de la solución a un nivel adecuado para la remoción efectiva de la suciedad
y protección del equipo contra la corrosión.
Existen en el mercado varios compuestos alcalinos de los cuales se mencionan algunos
ejemplos:
SOSA CAUSTICA
Se usa para remover la suciedad y saponificar la grasa, también se usa como germicida en
el lavado mecánico de botellas. No se recomienda en el lavado de equipo y utencillos por
su intensa acción corrosiva. Se considera peligroso para el personal de limpieza.
SESQUISILICATO DE SODIO
Se usa cuando hay que remover gran cantidad de materia saponificada. Es muy efectivo
cuando el agua tiene alto contenido de bicarbonato.
FOSFATO TRISODICO
No debe usarse en solución muy caliente cuando haya que limpiar el aluminio o el estaño,
ya que puede dañarlos. A su uso debe seguir un enjuague minucioso con agua
CARBONATO DE SODIO
No es un buen agente limpiador cuando se usa solo, su actividad germicida es muy
limitada, forma escamas duras en las aguas duras.
BICARBONATO DE SODIO
Se usa conjuntamente con los limpiadores fuertes por su actividad neutralizante o
ajustadora de la acidez.
SESQUICARBONATO DE SODIO
Tiene excelente propiedad ablandadora del agua. No es muy irritante a la piel,
TRETABORATO SODICO (BORAX)
Su uso se limita al lavado de las manos.
DETERGENTES ÁCIDOS
Se considera una excelente práctica sanitaria en la limpieza de tanques de almacenamiento,
clarificadores, tanques de pesaje y otros equipos y utencillos. E l uso de limpiadores ácidos,
alternados con soluciones alcalinas logra la eliminación de olores indeseables y
disminución de la cuenta microbiana.
Los ácidos que se usan con más frecuencia como limpiadores generales son:
ÁCIDO GLUCONICO
Corroe el estaño y el hierro menos que el ácido cítrico, tartárico y fosfórico.
ÁCIDO SULFÓNICO
Actúa en la remoción de escamas en los tanques de almacenamiento, evaporadores,
precalentadores, pasteurizadores y equipo similar.
DETERGENTES A BASE DE POLIFOSFATOS
PIROFOSFATO TETRASÓDICO
Tiene la ventaja de ser más eficaz en condiciones de alta temperatura y alcalinidad, su
dilución es lenta en agua fría.
TRIPOLIFOSFATO Y TETRAFOSFATO DE SODIO
Muy soluble en agua caliente, muy efectivos en agua general.
HEXAMETAFOSFATO DE SODIO
Es muy caro, disminuye su efecto en presencia de agua dura por lo que su uso es limitado.
CLASIFICACIÓN DE DESINFECTANTES
AGENTES QUÍMICOS
Entre los desinfectantes más comúnmente utilizados se encuentran los que se encuentran a
continuación:
CLORO Y PRODUCTOS A BASE DE CLORO, INCLUIDOS LOS COMPUESTOS
DE HIPOCLORURO
Estos compuestos si se utilizan debidamente, pueden considerarse entre los mejores para ls
establecimientos.
Pudiendo obtenerse soluciones concentradas de hipoclorito de sodio líquido que contiene
de 100,000 a 130,000 milígramos de cloro por litro (8ppm), o mezclarse con detergentes en
forma de cristales clorados. Estos desinfectantes tienen un efecto rápido sobre una gran
variedad de microorganismos, y son relativamente baratos. Son los más apropiados para la
desinfección general de las plantas de productos alimenticios.
Deben usarse en concentraciones de 100 a 250 milígramos de cloro disponible por litro.
Como éste grupo de desinfectantes corroe los metales y produce además efectos
decolorantes, es necesario enjuagar lo antes posible las superficies desinfectadas con dichos
productos, después de un tiempo suficiente de contacto. Los desinfectantes clorados, con
excepción del bióxido de cloro, pierden su eficacia ante la presencia de residuos orgánicos.
YODOFOROS
Estos compuestos siempre se mezclan con un detergente en un medio ácido, por lo que son
muy convenientes en los casos en que se necesite un limpiador ácido. Su efecto es rápido y
tienen una amplia gama de actividad antimicrobiana. Para superficies limpias, normalmente
se necesita, una solución de unos 25 a 50 milígramos por litro de yodo disponible a pH 4.
Pierden su eficacia de los yodóforos, ya que pierden el color cuando el yodo residual ha
bajado a niveles ineficaces. Los yodóforos no son tóxicos cuando se emplean en
concentraciones normales, pero pueden incrementar el contenido total de yodo de la dieta.
Apenas tienen sabor u olor, pero mezclándose con determinadas sustancias en los alimentos
pueden causar envenenamiento. Los yodóforos pueden tener una acción corrosiva en los
metales, dependiendo de la fórmula del compuesto y la naturaleza de la superficie a la que
se apliquen. Poe éstas razones, debe tenerse especial cuidado en eliminarlos enjuagando las
superficies después de utilizarlos.
COMPUESTOS CUATERNARIOS DE AMONIO
Estos compuestos presentan también buenas características detergentes. Son incoloros,
relativamente no corrosivos de los metales y no son tóxicos, pero pueden tener un sabor
amargo. No son tan eficaces contra las bacterias gram-negativas como el cloro y los
desinfectantes a base de cloro y yodo. Las soluciones tienden a adherirse a las superficies,
por lo que es necesario enjuagarlas a fondo. Debe utilizarse en concentraciones de entre
200-1200 miligramos por litro (mg/L). Se requieren concentraciones más altas cuando se
emplean con aguas duras. No son compatibles con jabones o detergentes aniónicos.
AGENTES ANFÓTEROS TENSOACTIVOS
Este tipo de desinfectantes constan de un agente activo con propiedades detergentes y
bactericidas. Son de baja toxicidad, relativamente no corrosivos, insípidos e inodoros, y son
eficientes cuando se usan de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. Pierden su
eficacia con material orgánico.
ÁCIDOS Y ALCALIS FUERTES
Además de sus propiedades detergentes, los ácidos y álcalis fuertes tienen considerable
actividad antimicrobiana. Debe tenerse especial cuidado de que no contaminen los
alimentos.
Después de un tiempo de contacto adecuado, todas las superficies que han sido
desinfectadas deberán someterse a un enjuague final con agua.
FENOL Y COMPUESTOS RELACIONADOS
Utilizado para la desinfección de sanitarios y cuartos de vestir, el difenil fenol se usa para
impregnar las envolturas de frutas cítricas y evitar el crecimiento de hongos. El
pentaclorofenol se usa extensamente en la preservación de la madera, como agente
fungicida en pinturas. La hidroxiquinolina cúprica se utiliza en pinturas como agente
fungicida, es soluble en agua y tiene alta toxicidad para el ser humano y es muy económica.
AGENTES GASEOSOS ESTERILIZANTES
El óxido de etileno es muy efectivo contra los microorganismos, pero es sumamente
flamable y explosivo, y por lo tanto se vende como CARBOXIDE, que es una combinación
de 90% de óxido de etileno y 10% de CO2, para reducir sus características explosivas y
flamables. No debe permitirse residuo alguno en los alimentos tratados con éste producto.
El ozono (O3) se ha utilizado en el control de microorganismos en los alimentos y la
desinfección del agua. Es muy tóxico para el ser humano, su efectividad se reduce a
temperaturas y humedad relativamente altas. Su uso se limita a la esterilización superficial
ya que no tiene acción permanente.
Y la beta propiolactona se utiliza en la descontaminación de cuartos o edificios enteros.
El almacenamiento de productos químicos en la industria pesquera se realiza mediante
procedimientos, para lo cual mostramos a continuación un ejemplo de procedimiento.
IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS DE INCENDIO EN MATERIALES (SEGÚN
NFPA
Alcance y campo de aplicación
Esta norma se aplica a las instalaciones para la fabricación, almacenamiento o uso de
materiales riesgosos. Los objetivos de esta norma son proveer una señal adecuada o alerta, e
información en el lugar para salvaguardar las vidas del público y del personal de bomberos
durante las emergencias por incendios.
Debe ser colocado en lugar más visible en accesos al lugar de almacenamiento. Si hay
varios materiales, prevalece el material de mayor cantidad y más alto riesgo.
El Código NFPA 704 establece un sistema de identificación de riesgos para que en un
eventual incendio o emergencia, las personas afectadas puedan reconocer los riesgos de
los materiales respecto del fuego, aunque éstos no resulten evidentes. Este código ha sido
creado para la utilización específica de los cuerpos de bomberos. Consiste en una etiqueta
que consta del nombre del material y cuatro secciones con un color asignado en cada caso
INFLAMABILIDAD (ROMBO COLOR ROJO
4- Extremadamente inflamable - debajo de los 25°C
3- Ignición a temperaturas normales - debajo de los 37°C
2- Ignición al calentarse normalmente - debajo de los 93°C
1- Debe precalentarse para arder - sobre los 93°C
0- No arde
REACTIVIDAD (ROMBO COLOR AMARILLO
4- Puede explotar
3- Puede explotar por fuerte golpe o calor
2- Posibilidad de cambio químico violento
1- Inestable si se calienta
0- Estable normalmente
SALUD (ROMBO COLOR AZUL)
4- Demasiado peligroso
3- Muy peligroso
2- Peligroso
1- Ligeramente peligroso
RIESGO ESPECIAL (ROMBO COLOR BLANCO)
W- Evite utilización de agua
OX- Oxidante
ALC- Alcalino
ACID- Acido
Clasificación Señal y Símbolos de Materiales Almacenados
TIPO CODIGOSCate
g
UBICACION Y
SIGNIFICADO
Tip
o
Riesg
o
S A
L U
Salud
1
4 Materiales que en exposiciones breves
podrían causar la muerte (ej: gases tóxicos En exposiciones breves causan grave lesión
aún cuando se dé pronto tratamiento
médico.U L MS 2 Materiales que en exposiciones continuas
pueden producir lesión temporal, a menos
que se suministre atención médica
D INHALACION
o INGESTION
1 Produce irritación o lesión leve,aún sin
tratamiento.0 No ofrecen riesgos mayores o especiales.
I N F
L A
M A
B I L
I D
A D
Inflamabilidad
1
al 5
4 Material se vaporiza rápidamente bajo
presión atmosférica y temperatura normal,
que tengan punto de inflamación bajo
3
Líquidos y sólidos que pueden ser
encendidos bajo cualquier condición de
temperatura ambiental. Líquidos con punto
ebullición bajo 22.8º C y ebullición sobre J O MI 2 Se encienden a temperatura ambiental alta.
Líquidos con inflamación sobre 37.8º C y
menos de 93º C sólido y semisólidos que 1 Necesitan ser precalentados para que
ocurra ignición a 816º C (1500º F) por 5
minutos o menos. Líquidos, sólidos o 0 Materiales que no se queman en el aire al
ser expuestos a 816º C por período de 5
R E
A C
T I V
I D
A D
Reactividad
1
al 5
4 Material de fácil detonación o reacción
explosiva a temperatura normal. Material
sensible a golpes mecánicos.A M
A R
3
Material explosivo que requiere fuente
iniciadora fuerte o ser calentados bajo
confinamiento. Reaccionan
explosivamente con agua sin necesidad de I L
L
M R
2
Material por si mismo inestable pero no
explosivo (liberación de energía) forman
mezclas potencialmente explosivas con el O 1 Material por si mismo normalmente
estable. Reaccionan a alta temperatura o 0 Son estables aún a exposición al fuego y no
reaccionan con el agua.
Adi-
cion
Se usa señal y símbolo que sea necesario en
tamaño y color según norma.
INFORMACION ADICIONAL
Cuando sea necesario se recurre al cuadrado inferior (color blanco).
Se usará preferentemente cuando el material tenga una reactividad no usual
con el agua. En este caso se está usando la señal restrictiva que corresponde (
).
También puede ser usada para cualquier información vital, como ser
presencia de elementos radioactivos, uso de equipo protector especial, agente
extintor, etc.
ALGUNOS MATERIALES ALMACENADOS EN AREAS DE LA DIVISION
CLASIFICACION SEGUN PELIGROSIDAD
MATERIAL SALUD INFLAMABILIDA REACTIVIDA
D D
SODA CAUSTICA 3 0 1
CAL VIVA 1 0 1
CIANURO DE SODIO 4 0 1
PENTASULFURO DE FOSFORO 3 1 2
ACIDO SULFURICO 3 0 1
REACTIVO LR 744 3 1 2
REACTIVO T 3010 2 4 1
GASOLINA 1 4 0
KEROSENE 1 3 0
SCAID 100 1 3 0
RELAVES 1 0 0
MINEREC “A” 2 4 1
DOW FROTH 1012 0 3 0
DOW FROTH 250 0 3 0
LIMPIADOR QUIMICO CON 2 3 0
SOLVENTE
LIMPIADOR QUIMICO SIN 1 0 0
SOLVENTE
ACEITES, GRASAS LUBRICANTES 0 1 0
GAS LICUADOS 3 4 1
PETROLEO 1 2 0
HIPOCLORITO DE SODIO 1 0 1
SISTEMA DE CLASIFICACION DE NACIONES UNIDAS
El número correspondiente a la Clase o División de Naciones Unidas (UN) puede
aparecer en la parte de abajo de las placas, en la descripción del material peligroso o en
los documentos de despacho. En algunos casos, este número puede aparecer en
reemplazo del nombre del tipo de riesgo en la descripción contenida en los
documentos de despacho.
Los números de Clase y División tienen los siguientes significados:
Clase 1: Explosivos
División 1.1 Explosivos con riesgo de explosión masiva
División 1.2 Explosivos con riesgo de proyección.
División 1.3 Explosivos con riesgo predominante de incendio
División 1.4 Explosivos sin riesgo significativo de proyección
División 1.5 Explosivos muy estables.
Clase 2: Gases
División 2.1 Gases inflamables
División 2.2 Gases no inflamables
División 2.3 Gases venenosos
División 2.4 Gases corrosivos
Clase 3: Líquidos inflamables
División 3.1 Punto de evaporación inferior a -18ºC
División 3.2 Punto de evaporación entre -18ºC y +23ºC
División 3.3 Punto de evaporación entre +23ºC y +61ºC
4: Clase 4: Sólidos inflamables; materiales espontáneamente
combustibles y materiales que son peligrosos al mojarse.
División 4.1 Sólidos inflamables
División 4.2 Materiales espontáneamente combustibles
División 4.3 Materiales que son peligrosos al mojarse
Clase 5: Oxidantes y Peróxidos orgánicos
División 5.1 Oxidantes
División 5.2 Peróxidos orgánicos
Clase 6: Materiales venenosos y etiológicos (infecciosos)
División 6.1 Materiales venenosos
División 6.2 Materiales etiológicos (infecciosos)
Clase 7: Materiales radioactivos
Clase 8: Corrosivos
Clase 9: Materiales peligrosos misceláneos
CONDICIONES DE ALMACENAMENTO ESPECÍFICOS DE SUSTANCIAS
PELIGROSAS
CLASE 1: SUSTANCIAS Y OBJETOS EXPLOSIVOS.
Las características constructivas y las condiciones de almacenamiento de estas
sustancias deberán ser autorizadas y realizadas de acuerdo a los estándares
indicados por la Dirección General de Movilización del Ejército.
Los productos no clasificados como explosivos, clase 1, en la NCH 382, pero que
están sujetos a control por parte de la Dirección General de Movilización del
Ejército, deberán ser almacenados de acuerdo a su clasificación respectiva
(inflamables, oxidantes, peróxidos orgánicos), indicadas en este manual.
Los productos anteriormente indicados se presentan en anexo 6.1.
CLASE 2: GASES COMPRIMIDOS
2.1- Clasificación:
Gases Inflamables.
Gases no Inflamables (Incluidos los Comburentes).
Gases Venenosos.
2.2.- Condiciones de construcción:
En área destinada exclusiva para cilindros, lejos de fuentes térmicas.
El área destinada al almacenamiento debe estar provista de piso sólido,
techo liviano y cierre perimetral con rejillas o muros.
En caso de almacenamiento en bodega con muros,ésta debe contar con
ventilación suficiente para evitar concentración de gases que pueden originar
explosión, asfixia o envenenamiento. Para ello debe tomar en cuenta la densidad y
las características de los gases.
El almacenamiento de los cilindros debe ser en áreas separadas según
su clasificación específica de gases.
En caso de almacenamiento de comburentes e inflamables, la bodega de
éstos debe tener muro divisorio tipo cortafuego de resistencia al fuego F-120 ó 5 m
de distanciamiento entre ellos dependiendo de su cantidad.
Los cilindros llenos deben estar en áreas separadas de los vacíos y
con letreros indicando si son llenos o vacíos.
2.2.- Condiciones Específicas de almacenamiento de cilindros(excepto aerosoles).
Señalización indicando los tipos de gases de gases almacenados, su
clasificación y las medidas especiales de seguridad.
Todos los cilindros deben ser almacenados en posición vertical y
sujetos o encadenados a pared o bien una baranda que impida su volcamiento.
El almacenamiento de gas licuado en cilindros debe regirse por lo
indicado en las normas internacionales.
2.3.- Condiciones de protección contra incendio:
Letreros de indicación de no fumar en las zonas de almacenamiento de estos
gases.
Los cilindros debe estar lejos de instalaciones eléctricas para evitar que estos
formen un circuito eléctrico.
En bodegas de cilindros de gases inflamables la instalación eléctrica debe ser
la adecuada para ambiente inflamable.
Protección activa de acuerdo a TABLA 2.1 adjunta
TABLA 2.1: “SISTEMA DE PROTECCIÓN ACTIVA SEGÚN CANTIDAD DE
CILINDROS LLENOS ALMACENADOS”
N° Cilindros Llenos Bodega
Común genera
l
Bodega Externa
(adyacente o separada)
Con sistema automat.
de Detec. de Gases
0-5 ó 20 m3 X _ _
>5 ó >20 m3 _ X _
> 15 de gases
inflamables
_ X _
> 15 de gases
venenosos
_ X X
2.4- Almacenamiento de aerosoles (en envases tipo spray)
2.4.1. Clasificación
(?H)
Nivel 1:
Los aerosoles se clasifican en 3 niveles, de acuerdo a su calor de combustión
0 < ?H = 20 kJ/g
Nivel 2
20 kJ/g < ?H = 30 kJ/g
Nivel 3
?H > 30 kJ/g
Clase 3.3
23º C ? ti ? 61º C
Para ensayo con crisol abierto esta última es de ti ? 65,6º C
Ejemplo Nivel 1
Sustancias con mezclas de:
Isobutano
Agua
Fragancias
Ejemplo Nivel 2
Sustancias con mezclas de:
Isobutano
Alcohol
Agua
Fragancias
Ejemplo Nivel 3
Sustancias con mezclas de.
Isobutano
Propano
Tolueno
Pigmentos
Acetona
MEK
2.2. Condiciones específicas de almacenamiento.
a) Bodega común general
Los aerosoles Nivel 1, son considerados gases comprimidos y se
almacenarán de acuerdo a tabla 2.1.
Los aerosoles Nivel 2 y 3 podrán almacenarse en bodega común general en
cantidad máxima de 500 kg., siempre y cuando no existan almacenados líquidos o
sólidos inflamables, si los hubiera la suma total de todos no podrá superar 500 kg.
b) Bodega común de sustancias peligrosas.
Los aerosoles Nivel 2 y 3 podrán almacenarse en bodega común de
sustancias peligrosas de acuerdo a :
Nivel 2: 1000 kg.
Nivel 3: 500 kg.
Cuando exista almacenamiento de líquidos o sólidos inflamables, la suma total
entre aerosoles e inflamables(líquidos y sólidos) no deberá exceder la cantidad de
2000 kg.
Los aerosoles deberán estar separados del resto de sustancias peligrosas por
pasillo de 2,4 m.
Deberán contar con sistema de detección automático de incendio, cuando se
almacene más de 500 kg.
c) Bodega adyacente
Los aerosoles Nivel 2 y 3 podrán almacenarse en bodega adyacente exclusiva
para aerosoles inflamables no superando la cantidad máxima de:
10.000 kg
Los aerosoles Nivel 2 y 3 podrán almacenarse en bodega adyacente junto con
líquidos inflamables, para ello deberán considerarse las cantidades máximas
establecidas en la tabla
3.2 del capítulo de inflamables y la máxima cantidad de aerosoles indicadas en el
párrafo anterior. La cantidad máxima total estará dada por la suma de los cuocientes
entre la cantidad almacenada y permitida que no superará el valor de 1.
Los aerosoles Nivel 2 y 3 podrán almacenarse junto con sólidos inflamables,
no superando la cantidad máxima total de 10.000 kg.
Condiciones de almacenamiento
Almacenamiento ordenado sobre pallets o estanterías tipo racks.
Señalización que indique su clasificación.
Rotulación de productos según norma nacional.
Distancias de productos a muros: 0.5 m.
Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m.
Ancho de pasillos principales : 2.4 m.
Condiciones de protección contra incendio
Extintores de incendio según norma nacional.
Con sistemas de detección automático de incendio.
Plan de emergencia coord. con Bomberos de su zona.
Sin instalación eléctrica, pero si la requiere deberá ser a prueba de explosión.
d) Bodega separada
Se deberán almacenar aerosoles en bodega separada si cantidad de esta
sustancia es superior a:
10.000 kg
Las condiciones de construcción, condiciones de protección contra incendio,
deberá seguir las mismas indicaciones estipuladas para una bodega separada de
almacenamiento de sustancias líquidas inflamables.
Condiciones de almacenamiento
Rotulación de productos según NCh 2190
Distancias de productos a muros: 0.5 m.
Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m.
Ancho de pasillos principales : 2.4 m.
Ningún pallet del producto de una pila debe estar a más de 6 m de un pasillo .
La cantidad máxima de almacenamiento por bodega es de 1000 ton.
CLASE 3
CLASE 3: LIQUIDOS INFLAMABLES.
3.1- CLASIFICACION
Las sustancias inflamables se clasifican según su punto de inflamación y si son
para transporte o almacenamiento en bodegas.
Se dividen en las siguientes categorías según la NCh 382 of.98 siguiendo la
clasificación de Naciones Unidas, con ensayo con crisol cerrado
Clase 3.1
t i < - 18º C
Clase 3.2
- 18º C ? ti < 23º C
Clase 3.3
23º C ? ti ? 61º C
Para ensayo con crisol abierto esta última es de ti ? 65,6º C
3.2.- Condiciones específicas de almacenamiento de inflamables en envases o tanques
portátiles.
a) Las sustancias inflamables podrán almacenarse en bodega común general
hasta una cantidad de 500 kg., siempre y cuando no existan
almacenados sólidos inflamables o aerosoles, si los hubiera la suma total de todos no
podrá superar 500 kg.
b) BODEGA COMÚN PARA SUSTANCIAS PELIGROSAS
Las sustancias inflamables podrán almacenarse en bodega com ún de acuerdo a las
cantidades máximas establecidas en tabla 3.1. Deberán estar separadas del resto de
sustancias peligrosas por pasillo de 2,4 m.
Tabla 3.1. Cantidades máximas establecidas para almacenamiento tanto en pallets
como racks.
CLASE MAX. CANTIDAD
TOTAL
(kg)
3.2 10003.3 2000
La cantidad máxima almacenada de sustancia inflamable estará dada por
la suma de los cuocientes entre la cantidad almacenada y permitida que no
superará el valor de 1.
Forma de cálculo:
(3.1/500 +3.2/1000 + 3.3/2000)= 1
Cuando exista además, almacenamiento de aerosoles o sólidos inflamables la
suma total de sustancias inflamables no deberá exceder la cantidad de 2000 kg.
c) BODEGA ADYACENTE
Las cantidades máximas permitidas para almacenamiento exclusivo de líquidos
inflamables en Bodega adyacente, serán las establecidas en la tabla 3.2 y tabla 3.3
según si cuentan con sistema de control automático de incendio.
Tabla 3.2. Cantidades y alturas máximas establecidas para almacenamiento tanto en
pallets como racks.
Sin sistema de extinción automático de incendio
CLASE MAX. ALTURA
POR PILA
MAX. CANTIDAD
POR PILA
MAX. CANTIDAD
TOTAL
3.1 1.5 2500 25003.2 2.0 10.000 10.0003.3 3.0 15500 20000
Tabla 3.3. Cantidades y alturas máximas establecidas para almacenamiento tanto en
pallets como racks.
Con sistema de extinción automático de incendio
CLASE MAX. ALTURA
POR PILA
MAX. CANTIDAD
POR PILA
MAX. CANTIDAD
TOTAL
3.1 1.5 11400 280003.2 2.0 19000 570003.3 3.0 38000 90000
Condiciones de construcción
Puede tener dos muros comunes, cortafuego F180
Construcción para bodega de inflamables, con entrada independiente externa con
puerta F-90 mínimo.
Muros externos: RF 120
Muros divisorios internos de una misma bodega: RF 120 (hasta la cubierta)
Elementos soportantes verticales: R F 120
Elementos soportantes horizontales: R F 120
Cubierta techo: RF < 15
Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos absorbentes
que permitan retirar fácilmente el producto o bien, poseer cámara de contención
exterior a la bodega.
Bodega con un distanciamiento mínimo de 3 m, entre ella y muro medianero, en
caso de almacenamiento en cantidades establecidas en tabla 3.2.
Bodega con un distanciamiento mínimo de 5 m, entre ella y muro medianero, en
caso de almacenamiento en cantidades establecidas en tabla 3.3.
Condiciones de almacenamiento
Cuando se almacene líquidos de diferentes clases en una misma pila o estantería,
se considerará todo el conjunto como la clase más restrictiva. Si el almacenamiento
se realiza en pilas o estanterías separadas, la cantidad máxima almacenada estará dada
por la suma de los cuocientes entre la cantidad almacenada y permitida que no
superará el valor de 1.
Los líquidos inflamables podrán almacenarse junto con sólidos inflamables. La
cantidad máxima total estará dada por la suma de los cuocientes entre la cantidad
almacenada y permitida que no superará el valor de 1.
Señalización que indique su clasificación.
Rotulación de productos según NCh 2190
Distancias de productos a muros: 0.5 m.
Ancho de pasillos entre pilas: 1.2 m.
Ancho de pasillos principales : 2.4 m.
Condiciones de protección contra incendio
Extintores de incendio según DS. 594/99
Con sistemas de detección automático de incendio.
Plan de emergencia coordinado con Bomberos de su zona.
Sin instalación eléctrica, pero si la requiere deberá ser a prueba de explosión.
Sistemas de control automático de incendio tipo Lluvias (sprinkler), con agente
extintor de CO2, PQS o Espuma, para cantidades superiores a 20 ton. La instalación
de este sistema debe cumplir con NCh 2095 parte 1 a 6 Of. 2000/2001 y en lo no
considerado en ella, por las normas NFPA
d) BODEGA SEPARADA
Se exigirá bodega separada, cuando las cantidades de sustancias inflamables
superen las cantidades establecidas en la tabla 3.3.
Tabla 3.3. Cantidades sobre las cuales se deben almacenar las sustancias inflamables
en bodega separada.
CLASE CANTIDAD
(kg)3.1 >280003.2 >570003.3 >90000
Condiciones de construcción
Bodega separada de otras construcciones y muros medianeros por una distancia
mínima de 6 m.
Construcción con características para bodega de sustancias inflamables
Sistemas de control de derrames, que cuente con piso de pendiente no inferior a
0,5% y sistema de contención local con agentes de absorción que evite que el
derrame comprometa áreas adyacentes, o que cuente con canaletas de profundidad no
inferior a 10 cm, cuyo trazado conduzca el derrame a una cámara de contención
externa a la bodega, de superficie resistente a las sustancias. La capacidad de dicha
cámara debe ser de a lo menos 1 m3 de volumen.
Condiciones de almacenamiento
Rotulación de productos según NCh 2190
Distancias de productos a muros: 0.5 m.
Ancho de pasillos entre pilas: 1.2 m.
Ancho d e pasillos principales : 2.4 m.
Altura máxima de Pallets : Clase 3.1 : 1.5 m
Clase 3.2 : 2.0 m
Clase 3.3 : 3.0 m
Ningún tambor de una pila debe estar a más de 6 m de un pasillo .
El almacenamiento interior debe ser realizado de acuerdo a lo indicado en las
Tablas A, B y C.
La cantidad máxima de almacenamiento por bodega es de 1000 ton.
Condiciones de protección contra incendio
Extintores portátiles con mínimo de potencial de extinción de 40B, en número
y distribuídos según DS.594/99.
Sistemas de detección automático de incendio conectado a una red central,
externa a bodegas, cuya instalación debe ser de ac uerdo a lo establecido en NFPA 72.
Red húmeda ,con abastecimiento de estanque propio que asegure una autonomía
de 10 minutos como mínimo, antes de la llegada de Bomberos. Equipos adicionales
tales como pitones, mangueras, motobombas con suministro de energía propia, entre
otros.
Sistemas de control automático de incendio tipo Lluvias (sprinkler), con agente
extintor de CO2, PQS o Espuma, para cantidades superiores a 20 ton. La instalación
de este sistema debe cumplir con NCh 2095 parte 1 a 6 Of. 2000/2001 y en lo no
considerado en ella, por las normas NFPA
Plan de emergencia en caso de incendio coordinado con el Cuerpo de bomberos
de su zona.
Plan de emergencia en caso de derrames.
Brigadas de incendios.
La instalación eléctrica de la bodega debe ser a prueba de explosión.
TABLA A: CANTIDADES DE ALMACENAMIENTO POR ALTURA Y PILA
EN PALLET
CLASE MAX. ALTURA
POR PILA
MAX.VOLUMEN
POR PILA
NCh 382 ALTURA
(m)
VOLUMEN
( lt )3.1 1,5 (1pallet) 11400
3.2 1,95 (2pallet) 19000
3.3 3,00 (3pallet) 38000
Nota: 1 gal. = 3.8 lt
1 pie. = 0,3 m.
TABLA B: CANTIDADES DE ALMACENAMIENTO POR ALTURA Y PILA EN
RACK DOBLE O SIMPLE
CLASE MAX.ALTURA
POR PILA
MAX.VOLUMEN
POR PILANCh 382 ALTURA VOLUMEN
(m) ( lt )3.1 7,5 28500
3.2 7,5 57000
3.3 7,5 91200
TABLA C : CANTIDADES DE ALMACENAMIENTO POR ALTURA Y PILA
DE TANQUES PORTÁTILES. (*)
210 lt.< Capac. < 2.500 lt.
CLASE MAX.ALTURA
POR PILA
MAX.VOLUMEN
POR PILA
NCh 382 ALTURA
(m)
VOLUMEN
( lt )3.1 Prohibido Prohibido
3.2 2,1** 76000
3.3 4,2*** 152000
* Todos los tanques deben tener sistemas de control de corriente estática
** Los tanques deben ser sólo metálicos
*** Los tanques pueden ser metálicos o de plástico rígido o de material mixtos ( IBCs )
3.3 ALMACENAMIENTO A GRANEL EN ESTANQUES FIJOS.
El almacenamiento de productos inflamables en estanques fijos deberá cumplir
con lo establecido en D. S. 90/96 del Ministerio de Economía, tales como:
Estanques sobre 1,1m3, deberá declarar ante SEC excepto los
lubricantes.
Rotulación en español según NCh 1411 Y NCh 2190.
Sistema de construcción (estanco) de derrame que contenga 1,1 volumen del
estanque mayor.
Eliminación de corriente estática.
Distancias de seguridad entre estanques, límites de la propiedad, edificaciones,
etc.
Sistemas de venteo normal y de emergencia.
Ubicación de zona de carga y descarga.
CLASE 4
CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES
A.- CLASIFICACION
4.1- Sólidos Inflamables.
4.2- Sólidos con riesgo de combustión espontánea.
4.3- Sólido inflamable que al contacto con el agua desprende gases Inflamables.
B.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ALMACENAMIENTO
a) Las sustancias inflamables podrán almacenarse en bodega común general hasta
una cantidad de 500 kg., siempre y cuando no existan almacenados líquidos
inflamables o aerosoles, si los hubiera la suma total de todos no podrá superar 500 kg.
b) BODEGA COMÚN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
Los sólidos inflamables podrán almacenarse en bodega común de sustancias peligrosas
en cantidad máxima de:
1000 kg.
Deberán estar separadas del resto de sustancias peligrosas por pasillo de 2,4 m.
La clase 4.3 no se permitirá en bodega común, debiendo almacenarse en bodega
exclusiva. Cuando exista almacenamiento de líquidos inflamables y aerosoles, la suma
total
De sustancias inflambles no deberá exceder la cantidad de 2000 kg.
c) BODEGA ADYACENTE
Las cantidad máxima permitida para almacenamiento en Bodega adyacente, será de:
10.000 kg.
Condiciones de construcción
Puede tener dos muros comunes F180.
Construcción para bodega de inflmables, con entrada independiente externa con
puerta F-90 mínimo.
Muros externos: RF 120
Muros divisorios internos de una misma bodega: RF 120 (hasta la cubierta)
Elementos soportantes verticales: R F 120
Elementos soportantes horizontales: R F 120
Cubierta techo: RF < 15.
Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos absorbentes que
permitan retirar fácilmente el producto o bien, poseer cámara de contención exterior a la
bodega.
Bodega con un distanciamiento mínimo de 3 m, entre ella y muro medianero.
Condiciones de almacenamiento
Almacenamiento ordenado sobre pallets o estanterías tipo racks.
Señalización que indique su clasificación.
Rotulación de productos según NCh 2190
Distancias de productos a muros: 0.5 m.
Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m.
Ancho de pasillos principales : 2.4 m.
Altura máxima en tambores : 3 pallet (3 m)
Altura máxima en sacos : 2 pallet (2 m)
Almacenamiento de sólidos clase 4.3 debe ser independiente de sólidos clase 4.1
y/o clase
4.2 pOr medio de muro divisorio RF-120
Condiciones de protección contra incendio
Extintores de incendio según DS. 594/99
Con sistemas de detección automático de incendio.
Plan de emergencia coord. con Bomberos de su zona.
Sin instalación eléctrica, pero si la requiere deberá ser a prueba de explosión.
d) BODEGA SEPARADA
Se exigirá bodega separada, cuando las cantidad de sólido inflamable supere la cantidad
de:
10.000 kg
Condiciones de construcción
Bodega separada de otras construcciones y muros medianeros por una distancia
mínima de 6 m.
Construcción con características para bodega de inflamables.
Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos neutralizantes
que permitan retirar fácilmente el producto.
Condiciones de almacenamiento
Rotulación de productos según NCh 2190 y NCh 1411
Distancias de productos a muros: O.5 m.
Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m.
Ancho de pasillos principales : 2.4 m.
Altura máxima en tambores : 3 pallet (3 m)
Altura máxima en sacos : 2 pallet (2 m)
Almacenamiento de sólidos clase 4.3 debe ser independiente de sólidos clase 4.1
y/o clase
4.2 por medio de muro divisorio RF-120
Ningún tambor o saco de una pila debe estar a más de 6 m de un pasillo .
La cantidad máxima de almacenamiento por bodega es de 1000 ton.
Condiciones de protección contra incendio
Extintores portátiles con mínimo de potencial de extinción de 10B, en número y
distribuidos según DS.594/99. . Además, deberán tener como agente extintor, el
específico para el tipo de sólido almacenado.
Sistemas de detección automático de incendio conectado a una red central,
externa a bodegas, cuya instalación debe ser de acuerdo a lo establecido en NFPA 72.
Red húmeda ,con abastecimiento de estanque propio que asegure una autonomía de
10 minutos como mínimo, antes de la llegada de Bomberos. Equipos adicionales tales
como pitones, mangueras, motobombas con suministro de energía propia, entre otros.
Sistemas de control automático de incendio tipo Lluvias (sprinkler), para
cantidades superiores a 20 ton. En caso de almacenamiento de clase 4.3 no usar agua
como sistema de control. La instalación de este sistema debe cumplir con NCh 2095
parte 1 a 6 Of. 2000/2001 y en lo no considerado en ella, por las normas NFPA
Plan de emergencia en caso de incendio coordinado con el Cuerpo de bomberos
de su zona.
Plan de emergencia en caso de derrames.
Brigadas de incendios.
La instalación eléctrica de la bodega debe ser a prueba de explosión.
CLASE 5
CLASE 5: OXIDANTES
A.- CLASIFICACION.
5.1- Oxidantes (comburentes).
Se dividen en:
Clase 1
Clase 2
Clase 3
Clase 4
Siendo clase 1 los menos oxidantes y clase 4 los más severamente oxidantes. (ver
listado de sustancias en Anexo 6.2)
5.2- Peróxidos Orgánicos.
Se dividen en:
Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V
Siendo clase I, los peróxidos más severos y clase V los más leves. (ver listado de
sustancias en Anexo)
B.- CONDICIONES DE CONSTRUCCIÓN
B.1.- OXIDANTES O COMBURENTES
En caso de almacenamiento de comburentes clase 2 en bodega adyacente, el
muro divisorio debe ser mínimo R.F- 60
En caso de almacenamiento de comburentes clase 3 en bodega adyacente, el
muro divisorio debe ser mínimo R.F- 120.
C.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ALMACENAMIENTO C.1.- PARA
OXIDANTES O COMBURENTES
No poner en contacto con sustancias con las que puedan entrar en combustión,
especialmente material orgánico.
No almacenar junto con inflamables o líquidos combustibles
En caso de almacenamiento en bodega común, estos productos deberán estar a
una distancia de 2,4 m de otros productos.
Condiciones de altura, cantidad y ancho por pila, según lo indicado en las tablas
E.1 a la E.9
C.2.- PARA PERÓXIDOS ORGÁNICOS.
Evitar el impacto y roce, ya que son sustancias altamente sensibles a estos
eventos.
No almacenar junto con inflamables o líquidos combustibles.
En caso de almacenamiento en bodega común, éstos deberán estar a una
distancia de 2,4m de otros productos.
Condiciones de altura, cantidad y ancho por pila, según lo indicado en las
tablas F.1 a la F.3
D.- CONDICIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIO
D.1.- PARA OXIDANTES O COMBURENTES
Sistema de detección automática de incendios para almacenamiento sobre 500
Kg, cuya instalación debe ser de acuerdo a lo indicado en NFPA 72
Cuando la cantidad de almacenamiento de oxidantes esté de acuerdo a lo
indicado en las tablas E.1 a E.9, se deberá contar con sistema de extinción automático de
incendio, cuya instalación debe cumplir con NCh 2095 of.2001-2002 parte 1 a 6 y en lo
no indicado en ella seguir lo indicado por las NFPA
D.2.- PARA PERÓXIDOS ORGÁNICOS
Sistema de detección automática de incendios para almacenamiento sobre 500
Kg, cuya instalación debe ser de acuerdo a lo indicado en NFPA 72
Cuando las cantidades de almacenamientode peróxidos esté de acuerdo a lo
indicado en las tablas F.1 a F3, se deberá contar con sistema de extinción automático de
incendio. Dicha instalación debe cumplir con NCh 2095 parte 1 a 6 of.2000/2001 y en lo
no indicado en ella seguir lo indicado por las NFPA
E.- CANTIDADES MÁXIMAS DE ALMACENAMIENTO DE COMBURENTES
DEPENDIENDO DE SU CLASIFICACIÓN, LUGAR DE ALMACENAMIENTO,
CONTROL AUTOMÁTICO DE INCENDIO.
TABLA E.1 : COMBURENTES CLASE 1
EN BODEGA COMÚN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
Condición Sin extinción Automático de
Incendio
Con extinción Automático
deCantidad Máxima Total
(Ton)
200 2000
Cantidad Por pila (Ton) 20 200
Altura de pila (m) 2,4 3,7
Ancho de pila
(m)
4,9 7,3
Distancia a próxima pila
(m)
2,4 3,7
TABLA E.2 : COMBURENTES CLASE 2
SIN EXTINCION AUTOMÁTICO DE INCENDIO
Y ALMACENADOS EN PALLET Y/O ESTANTERÍAS METÁLICAS
Condición Bodega común
sustancias peligrosas
Bodega adyacente Bodega separada
Cantidad máxima
total (Ton)
50 200 300
Cantidad por pila
(ton)
10 20 30Altura de pila (m) 1,8 2,4 2,4
Ancho de pila (m) 2,4 3,7 4,9
Distancia a próxima
pila (m)
1,8 2,4 2,4
TABLA E.3 : COMBURENTES CLASE 2
CON EXTINCIÓN AUTOMÁTICO DE INCENDIO
Condición Bodega común
sustancias peligrosas
Bodega adyacente Bodega separada
Cantidad máxima
total
100 1000 2000
Cantidad por pila
(ton)
20 100 200Ancho de pila (m) 4,9 7,6 7,6
Distancia a próxi ma
pila (m)
Igual a altura de pila de TABLA E.4
TABLA E.4 : ALTURA MAXIMA COMBURENTES CLASE 2 CON EXTINCION
AUTOMATICO DE INCENDIOS.
Tipo de almacenamiento Altura Máxima (m)
Pallet 2,4
Rack 3,7
TABLA E.5 : COMBURENTES CLASE 3
SIN EXTINCION AUTOMÁTICO DE INCENDIO
Y ALMACENADOS EN PALLET Y/O ESTANTERÍAS METÁLICAS
Condición Bodega común
sustancias peligrosas
Bodega adyacente Bodega separada
(23m)Cantidad máxima
total (Ton)
20 100 200
Cantidad por pila
(ton)
5 10 30Altura de pila (m) 1,8 1,8 1,8
Ancho de pila (m) 2,4 3,7 3,7
Distancia a próxima
pila (m)
1,8 1,8 1,8
TABLA E.6 : COMBURENTES CLASE 3
CON EXTINCION AUTOMÁTICO DE INCENDIO
Condición Bodega común
sustancias peligrosas
Bodega adyacente Bodega separada ( 15
m)Cantidad máxima
total
50 500 1500
Cantidad por pila
(ton)
10 30 100Ancho de pila (m) 3,7 4,9 6,1
Distancia a próxima
pila (m)
Igual a altura de pila de TABLA E.7
TABLA E.7 : ALTURA MAXIMA DE COMBURENTES CLASE 3 EN BODEGA
CON EXTINCION AUTOMATICO DE INCENDIOS.
Tipo de almacenamiento Altura Máxima (m)
Pallet 1,5
TABLA E.8 : COMBURENTES CLASE 4
Condición Sin extinción automático de
incendio
Con extinción automático
de incendioCantidad máxima (Ton) 1 Sin límite
Largo de pila (m) 3,0 3,0
Ancho de pila (m) 1,2 1,2
Altura de pila (m) 1,2 2,4
Distancia a próxima pila
(m)
1,8 2,4
A E
.9 : DISTANCIA DE BODEGA DE COMBURENTES CLASE 4 HACIA OTRAS
CONSTRUCCIONES.
Cantidad ( Kg ) Distancia mínima (m)
4,5 – 45,4 23
45,4 – 227 30
227 – 454 38
1361 – 2268 91
2268 – 4536 122
F. - CANTIDADES MÁXIMAS DE ALMACENAMIENTO DE PERÓXIDOS
DEPENDIENDO DE SU CLASIFICACIÓN, LUGAR DE ALMACENAMIENTO Y
EXTINCION AUTOMÁTICO DE INCENDIO.
TABLA F.1 : PERÓXIDOS ORGÁNICOS SIN EXTINCION AUTOMÁTICO DE
INCENDIOS EN
CANTIDADES MÁXIMAS (Kg)
CLASES Bodega común
sustancias peligrosas
Bodega adyacente Bodega
Separada(15m)Clase I No permitido No permitido 450
Clase II No permitido 900 9000
Clase III 680 1350 31500
Clase IV 45000 90000 135000
Clase V No limitado No limitado No limitado
TABLA F.2 : PERÓXIDOS ORGÁNICOS CON EXTINCION AUTOMÁTICO DE
INCENDIO EN
CANTIDAD MAXIMA (KG).
CLASES Bodega común
sustancias peligrosas
Bodega adyacente Bodega
Separada(15m)Clase I No permitido 900 900
Clase II 1800 22500 45000
Clase IV No limitado No limitado No limitado
Clase V No limitado No limitado No limitado
TABL
A F.3 : DISTRIBUCIÓN INTERNA DE PRODUCTOS CON ALMACENAMIENTO EN
PALLET Y/O ESTANTERÍAS METÁLICAS
Condición Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V
Altura de pila
(m)
1,8 2,4 2,4 3,0 3,0
Ancho de pila
(m)
1,2 2,4 2,4 5,0 5,0
CLASE 6
CLASE 6: SUSTANCIAS VENENOSAS (TOXICAS) E INFECCIOSAS.
A.- CLASIFICACION
6.1.- Sustancias venenosas (tóxicas).
6.2.- Infecciosas.
B.- CONDICIONES DE CONSTRUCCION
De acuerdo a lo indicado en condiciones generales de bodega.
C.- CONDICIONES ESPECIFICAS DE ALMACENAMIENTO
Ventilación suficiente, para evitar concentraciones de vapores, gases y/o
aerosoles que puedan ocasionar daño a la salud humana.
En caso de almacenamiento junto con otras sustancias químicas peligrosas,
deberá existir una distancia de 2.4 m. entre ellos y una distancia de 1.2 m de
cualquier otro producto no peligroso.
En caso que un producto tóxico sea además inflamable, las condiciones de
almacenamiento se regirá por las indicadas para los líquidos y/o sólidos inflamables.
Además, la cantidad máxima de almacenamiento de este tipo de sustancias
(inflamables-venenosas) por bodega es de 500 ton.
ALTURA MÁX. POR PILA EN TAMBORES : 3 PALLET
ALTURA MÁX. POR PILA EN SACOS : 2 PALLET
C.- CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO
Sistema de detección automático de incendio sobre 5000 kg de producto, cuya
instalación debe ser de acuerdo a lo establecido en NFPA 72
CLASE 7
CLASE 7: SUSTANCIAS RADIACTIVAS
7.1.- CLASIFICACION DE LAS SUSTANCIAS RADIACTIVAS
7.1.1. - De acuerdo a su actividad (Bq) :
alta
mediana
baja
7.1.2. - De acuerdo a las características de emisión:
Alfa
Beta
Gamma
Rx
7.1.2. - De acuerdo a su uso:
Primera categoría
Segunda categoría
Tercera categoría
7.2.- CONDICIONES DE CONSTRUCCIÓN
La bodega en que se almacenen los equipos estará construido con un material
sólido que asegure que el control de la radiación al exterior no exceda en 2 veces la
radiación de fondo.
En caso que la bodega se ubique en una obra provisoria y, por tanto, los
materiales requeridos para la construcción del recinto no se ajusten a lo señalado
anteriormente, se deberá construir un recinto en hormigón y/o albañilería, provisto de un
marco con una tapa metálica de protección con un sistema de cierre con porta
candado, que lo asegure de terceras personas. Esta bodega puede estar ubicada al
interior de otra construcción que puede ser de material liviano, pero deberá contar con
un acceso independiente y exclusivo
También se puede considerar la construcción de una caseta sobre el nivel del
terreno completamente aislada con capacidad exclusiva para él o los Densímetros
Nucleares en obra, con la señalización exterior, además de leyendas visibles: Peligro
Zona de Radiación, Solo Acceso a Personas Autorizadas y Símbolo Internacional de
Radiación en sus cuatro costados.
7.3.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ALMACENAMIENTO PARA EQUIPOS
CON
FUENTES RADIACTIVAS SELLADAS :
Los equipos que estén en espera de ser instalados, así como los equipos portátiles
que no estén en uso, deberán ser almacenados en una bodega exclusiva, sin
almacenamiento de otros productos. Deberá existir una franja de seguridad que asegure
una tasa de exposición que no exceda en 2 veces la radiación de fondo.
Dicha franja de seguridad deberá estar señalizada, no pudiendo ser utilizada
como pasillo u otro uso.
La bodega deberá estar señalizada exteriormente, con el símbolo internacional de
radiactividad. Se mantendrá en todo momento cerrada y tendrá acceso sólo personal
autorizado por la autoridad respectiva, para el manejo de este tipo de producto.
Para el caso de equipos portátiles de uso en obras viales, cuando estos no sean
ocupados, se guardarán dentro de este tipo de bodega y al interior de una caja metálica
de fierro, la cual será destinada única y exclusivamente a contener estos equipos. Esta
caja, estará provista de candados de seguridad y será en lo posible anclada al piso o
pared de la bodega.
Los medidores se guardarán en todo evento, dentro de su contenedor original.
Deberá mantenerse un registro que indique en todo momento donde se
encuentran los equipos y la persona responsable del mismo.
Deberán contar con un plan de emergencia que contemple como mínimo,
acciones en casos de accidentes, perdidas y/o robos.
Todo el personal que trabaje en las inmediaciones del recinto donde
habitualmente permanezcan los equipos radiactivos, deberán ser instruidos sobre las
precauciones y medidas a adoptar en caso de cualquier incidente que involucre al
equipo en cuestión.
No obstante lo anterior, la autoridad sanitaria, al momento de visitar un recinto
dispuesto como bodega, podrán dar instrucciones específicas respecto a un mejoramiento
del almacenamiento, de acuerdo a las características de los productos y/o equipos
radiactivos.
????CLASE 8
CLASE 8: CORROSIVOS
8.1.- CONDICIONES DE CONSTRUCCION
De acuerdo a lo indicado en condiciones generales de bodega (Cap. 4)
8.2.- CONDICIONES ESPECIFICAS DE ALMACENAMIENTO.
En caso de almacenamiento de corrosivos ácidos y básicos, estos deben
tener un distanciamiento de 2.4 m entre ellos.
En caso de almacenamiento junto con otros productos peligrosos u otros
productos con los que podría reaccionar violentamente, deberán estar distanciados por
2.4 m.
En caso de almacenamiento junto con otros productos no peligrosos
deberán estar distanciados 1.2 m.
En caso que un producto corrosivo sea además inflamable, las
condiciones de almacenamiento se regirán por sólido o líquido inflamable.
ALTURA MÁX. POR PALLET EN TAMBORES : 3 PALLET
ALTURA MÁX POR PILA EN SACOS : 2 PALLET
8.3.- CONDICIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIO
Sistema automático de detección de incendio sobre 5000 kg de producto, cuya
instalación debe ser de acuerdo a lo establecido en NFPA 72. La instalación de este
sistema se hará de acuerdo a estudios técnicos que lo justifiquen.
???CLASE 9
CLASE 9 : SUSTANCIAS PELIGROSAS VARIAS
Los productos con peligros varios se deben almacenar siguiendo la pauta general ya
indicada al comienzo de este documento.
Debe considerarse, además, las condiciones específicas de almacenamiento y de
controles de incendio recomendadas por los fabricantes y de Naciones Unidas, para
cada uno de estos productos.
ALTURA MAX. POR PALLET EN TAMBORES : 3 PALLET
ALTURA MAX. POR PILA EN SACOS : 2 PALLET
HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD (MSDS)
Información contenida en las fichas de datos de seguridad
5.3.1. La ficha de datos de seguridad relativa a un producto químico peligroso debería proporcionar información sobre su identificación, su proveedor, su clasificación, su peligrosidad, medidas de seguridad y los procedimientos de urgencia pertinentes.
5.3.2. La ficha debería incluir los datos que hayan sido establecidos por la autoridad competente en la región en que se encuentran situados los locales del empleador, o por un organismo aprobado o reconocido por la autoridad competente. A continuación se detalla el tipo de información que
debería exigirse.
a. Identificación de los productos químicos del fabricante
La denominación debería ser la misma que se haya utilizado en la etiqueta de un producto químico peligroso, ya sea el nombre común del producto químico o una denominación comercial de uso corriente. Se podrá hacer referencia a otras denominaciones en caso de que ello contribuya a la identificación. Deberían incluirse el nombre completo, la dirección y el teléfono del proveedor. También debería indicarse un número de teléfono que permita comunicarse con quien corresponda en una situación de urgencia. Este número de urgencia puede ser el del proveedor mismo o el de un organismo de consulta reconocido, con la condición de que el uno o el otro sean accesibles en todo momento.
b. Información sobre los componentes (composición)
Esta información debería permitir que el empleador identifique con claridad los riesgos inherentes a un producto químico determinado, de manera tal que pueda realizar una evaluación de los riesgos como la que se describe en la sección 6.2 (procedimientos de evaluación) del presente repertorio. En general, se debería indicar la composición de un producto químico en forma detallada y completa, pero ello no será necesario en casos en que los riesgos puedan ser evaluados debidamente. Salvo en los casos en que el nombre o la concentración de un componente en una mezcla química constituya información confidencial, y se pueda retener de conformidad con la sección 2.6, se debería proporcionar las informaciones siguientes:
i. una descripción de los componentes principales, incluida su naturaleza química;
ii. la identidad y las concentraciones de los componentes que entrañan riesgos para la seguridad y la salud;
iii. la identidad y la concentración máxima en que se presentan ciertos componentes que alcanzan o rebasan el nivel de concentración por el que han sido clasificados como peli grosos para la seguridad y la salud, según las listas apro badas o reconocidas por la autoridad competente, o que han sido prohibidos en concentraciones superiores por la autoridad competente.
c. Identificación de los riesgos
Se deberían exponer, en forma clara y concisa, los riesgos más importantes, incluidos los riesgos más significativos para la salud, físicos y para el medio ambiente, a modo de compendio de situaciones de urgencia. La información proporcionada debe ría ser compatible con la que figure en la etiqueta.
d. Medidas para los primeros auxilios
Las medidas para los primeros auxilios y la autoasistencia se deberían explicar cuidadosamente. Se deberían definir las situaciones en que será necesario intervenir con atención médica de urgencia y cuáles serán las medidas que deberán aplicarse en tales intervenciones. Cuando se considere apropiado, se debería hacer hincapié en la necesidad de prever medidas especiales para emprender tratamientos médicos específicos e inmediatos.
e. Medidas en caso de incendio
Se deberían incluir las disposiciones relativas a la extinción de incendios en instalaciones que contengan productos químicos, precisando por ejemplo:
i. los equipos extintores adecuados; ii. los equipos extintores cuyo uso debería evitarse por razones de seguridad;
iii. el equipo de protección especial para las personas encargadas de la extinción de incendios.
Se debería proporcionar también información sobre las propiedades de los productos químicos en combustión, los riesgos especiales que entraña la exposición a los productos resultantes de la combustión y las precauciones que se deberían adoptar al respecto.
f. Medidas en caso de emisión accidental
Deberían indicarse las medidas necesarias en caso de que se produzca una emisión accidental de productos químicos. Entre ellas, deberían incluirse:
i. precauciones relativas a la salud y la seguridad: eliminación de las fuentes de ignición, suministro de ventilación suficiente y de los equipos de protección personal adecuados;
ii. precauciones medioambientales: mantenerse alejado de los sistemas de desagüe, alertar sin demora a los servicios de urgencia y, de ser necesario, avisar a la población más próxima sobre riesgos inminentes;
iii. métodos para realizar la limpieza de los sitios contaminados en condiciones de seguridad: el uso de materiales absorbentes adecuados, la exclusión del agua o de otros diluyentes que puedan causar reacciones productoras de gases o vapores, el empleo de agentes neutralizadores adecuados;
iv. advertencias: la difusión de consejos para evitar acciones peligrosas razonablemente previsibles.
g. Manipulación y almacenamiento
Se deberían indicar las condiciones de seguridad que el proveedor recomiende para la manipulación y almacenamiento de los productos químicos, incluyendo en particular las que se refieran a:
i. el diseño y el emplazamiento de los locales y recipientes de almacenamiento de productos químicos;
ii. la ubicación de la zona de almacenamiento en sitios apartados de los lugares de trabajo y de otros edificios ocupados por el personal;
iii. la incompatibilidad entre determinados materiales; iv) las condiciones para el almacenamiento, como por ejemplo la temperatura y la humedad adecuadas o la protección contra la luz solar;
iv. la eliminación de las fuentes de ignición, con especial referencia a las medidas destinadas a evitar la acumulación de cargas electrostáticas;
v. el suministro de ventilación tanto local como general; vi. los métodos de trabajo que se recomiende adoptar y aquellos cuya
utilización sea desaconsejada.
h. Controles en caso de exposición y protección personal
Se deberían proporcionar informaciones sobre la necesidad de hacer uso de equipo de protección personal al utilizar productos químicos, así como sobre la clase de equipo que proporciona una protección adecuada y conveniente. Cuando haya lugar, se debería fórrnular un recordatorio para señalar que los medios de control básicos deberían estar contemplados en el diseño y la instalación de todos los equipos y otros dispositivos técnicos utilizados, como también en la infonnación disponible sobre las prácticas que contribuyen a minimizar los riesgos de exposición de los trabajadores. Además de presentar algunos de los procedimientos que se recomienden para la vigilancia de los niveles de exposición, se deberían indicar ciertos parámetros de control específico, como los límites de exposición o los valores límite biológicos.
i. Propiedades físicas y químicas
Se debería suministrar una breve descripción de la apariencia del producto químico, informando si se trata de un sólido, un líquido o un gas, y acerca de su color y olor. Si se conocen, se deberían señalar también algunas de sus características y propiedades, y precisar en cada caso la índole de las pruebas que permitan su verificación. Dichas pruebas deberían estar en conformidad con la legislación nacional y con los criterios en vigor en el lugar de trabajo del empleador, y en caso de e que no, existan criterios o legislación nacional, se deberían utilizar como orientación los criterios de prueba del país exportador. La información facilitada debería comprender todos los datos apropiados que la utilización del producto químico requiera. Entre otros, se podrían incluir datos sobre:
viscosidad punto de congelación/campo de congelación punto de ebullición/campo de ebullición punto de fusión/campo de fusión punto de inflamación punto de autoencendido propiedades explosivas propiedades oxidantes presión de vapor
peso molecular peso específico o la densidad solubilidad pH coeficiente de repartición de (agua/n-octano) parámetros tales como la densidad de vapor, la miscibilidad, la velocidad de
evaporación y la conductividad.
j. Estabilidad y reactividad
Se debería señalar que, en determinadas circunstancias, es posible que se produzcan reacciones químicas peligrosas. En consecuencia, deberían indicarse los factores de riesgo que es necesario evitar, ya sean:
i. las condiciones físicas en que se encuentra el producto químico, como por ejemplo la temperatura, presión, luminosidad, exposición a golpes 0 sacudidas, contacto con la humedad o el aire; o
ii. las condiciones de proximidad o contacto con otros productos químicos, tales como ácidos, bases, agentes oxidantes o cualquier otra sustancia que pueda provocar una reacción peligrosa.
Se deberían identificar todas las sustancias que resultan de la descomposición de un producto químico, y señalar al mismo tiempo las precauciones que deban adoptarse respecto de cada una de ellas.
k. Información toxicológica
Esta sección de la ficha de datos de seguridad debería informar sobre los efectos y las vías posibles de penetración de un producto químico en el organismo. Se deberían señalar las afecciones agudas, ya sean de efecto inmediato o diferido, como también las crónicas, resultantes tanto de exposiciones de corta duración como de exposiciones durante un largo período. También deberían mencionarse los peligros para la salud que podría entrañar el producto químico al entrar en reacción con otros productos químicos, y cuando haya lugar, las interacciones que resulten del consumo de medicamentos, tabaco o alcohol.
l. Información ecológica
Se deberían indicar las características más importantes que puedan tener repercusiones sobre el medio ambiente. La índole y el detalle de la información requerida dependerán de la legislación nacional y las prácticas vigentes que se aplican en la empresa. Entre los tipos de información que debería facilitarse cuando haya lugar, se deberían señalar las eventuales vías de escape del producto químico que origine la situación de riesgo, su capacidad de persistencia y de degradación, su potencialidad de acumulación biológica y su toxicidad en medio acuático, así como otras informaciones relativas a sus repercusiones tóxicas sobre el medio ambiente, como, por ejemplo, los efectos en las técnicas de descontaminación del agua.
m. Informaciones sobre la eliminación del producto
Se deberían proporcionar métodos seguros de eliminación de un producto químico que pueda contener residuos de productos químicos peligrosos. Se debería recordar a los empleadores que pueden existir ya una legislación nacional y prácticas sobre la materia.
n. Informaciones sobre el transporte
Se deberían señalar las precauciones especiales que el empleador debería conocer u observar durante el transporte de productos químicos dentro o fuera de sus instalaciones. Se podría incluir también la información pertinente contenida en las Recomendaciones de las Naciones Unidas relativas al transporte de mercancías peligrosas o en otros convenios internacionales.
o. Informaciones sobre reglamentación
En esta sección de la ficha de datos de seguridad se deberían incluir las informaciones relativas al etiquetado y marcado de los productos químicos. Se deberían mencionar también las disposiciones reglamentarias o las prácticas nacionales aplicables a los usuarios. Se debería recordar a los empleadores que se informaran acerca de los requisitos establecidos por la legislación y la práctica nacionales.
p. Otras informaciones
Deberían incluirse otras informaciones que puedan ser importantes para la salud y la seguridad de los trabajadores, como por ejemplo: orientaciones para capacitar a los trabaja dores en la utilización del producto, recomendaciones sobre usos y restricciones, referencias, fuentes de información esenciales para la compilación de la ficha de datos de seguridad, las coordenadas del contacto de asistencia técnica y la fecha de puesta en circulación de la ficha.
NORMAS GENERALES PARA ALMACENAMIENTO
REQUISITOS GENERALES DE LAS AREAS DE ALMACENAMIENTO DE
PRODUCTOS QUÍMICOS.
Bodegas
Localización: Las bodegas deberían estar:
Lejos de áreas de trabajo y fuentes de riesgo (oficinas, procesos o equipos, fuentes de
ignición)
Con fácil acceso y movimiento
Con capacidad y espacios señalizados.
Diseño:
Material de construcción no inflamable.
Suelo antideslizante y de fácil limpieza.
Ventilación adecuada.
Área suficiente que permita una adecuada distribución de la mercancía separación entre
materiales incompatibles y movimiento de personal.
Señalización y demarcación de áreas.
Todas las zonas de almacenamiento y áreas de circulación deben estar señalizadas y
demarcadas.
Deben dejarse espacios libres de un metro entre paredes y pilas. (Facilita inspección,
aireación, manejo de emergencias.
Tanques
Cerrados.
Construcción mínima bajo norma API 650.
Construidos en materiales resistentes a la corrosión.
Muro de retención impermeabilizado en concreto o tierra apisonada.
La capacidad neta del recinto o dique que contiene un solo tanque será por lo menos igual a
1.5 veces la capacidad del tanque.
Todos los tanques deben tener conexión a tierra para neutralizar la energía estática.
Deben ser pintados de color blanco o uno que refleje los rayos solares (para reducir la
temperatura en su interior).
Deben estar provistos de accesorios de seguridad como indicadores y alarmas de alto o bajo
nivel (según se requiera, tubería de desfogue con válvulas de seguridad.
Plan de almacenamiento.
Planee el almacenamiento de los materiales químicos de acuerdo a la cantidad, tamaño,
tipo, estado físico y grado de compatibilidad.
Al almacenar, haga una distribución tal que queden suficientes áreas de circulación para
facilitar el acceso a cualquier producto. Dichas áreas deben, además ser apropiadas para el
movimiento de los medios de transporte del material almacenado.
Establezca un volumen total máximo de almacenamiento.
Determine el volumen máximo de almacenamiento por clases de materiales. Identifique
materiales de alta peligrosidad que deban separarse de las áreas de almacenamiento
convencional.
Asigne secciones de almacenamiento a las distintas clases de materiales.
Mantenga un inventario de todos los materiales que va a almacenar.
Ubique los equipos de control de emergencias en puntos de fácil acceso.
Verificar que todas las personas involucradas conocen los materiales, la forma de
manipularlos y la forma de controlar una emergencia.
Separación.
Conozca y utilice la tabla de incompatibilidades.
Mantenga las alturas de las pilas adecuadas.
Utilice estibas.
Normas de operación
Procedimientos de operación segura y correcta.
Hojas de seguridad de los productos químicos.MSDS
Instrucciones de higiene y seguridad.
Instrucciones y procedimientos de emergencia.
Inventario de los materiales.
Etiquetas de clasificación de riesgos de los materiales.
Debe evitarse el re empaque o trasiego de productos químicos dentro de las bodegas.
Plan de respuesta a emergencias.
Todos los recipientes de cualquier tipo, incluyendo los de trasvase deben identificarse
correctamente con la etiqueta según su contenido.
Los productos químicos peligrosos deben almacenarse en bodegas o áreas separadas de los
otros productos, con acceso restringido a ellas.
Si se almacenan químicos, preferiblemente deben usarse estantes de metal en vez de
madera, de acuerdo con la resistencia a la sustancia.
Almacenar los recipientes más grandes o pesados en los estantes inferiores y los pequeños o
livianos en la parte superior de los mismos.
Pedir ayuda cuando necesite movilizar manualmente un material pesado.
Deben haber medios seguros de acceso a la material de los estantes altos.
Los arrumes deben ser máximo de tres estibas de alto cuando usen bolsas y de dos estibas
de alto cuando se usan cajas.
Los pisos y áreas de almacenamiento deben estar limpios, libres de polvo, grasa, residuos
sólidos.
DISEÑO DEL SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE LOS REACTIVOS
QUÍMICOS.
2.2. CONDICIONES DEL SITIO DE ALMACENAMIENTO
Un factor importante para disminuir los impactos ambientales en un sitio de
almacenamiento es contar con un lugar adecuado que reúna todas las condiciones
necesarias para esta actividad. Para los nuevos sitios destina-
dos al almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos se recomienda que dentro de la
planeación se con- templen los requisitos aquí descritos y para aquellas que ya están en
funcionamiento lo aconsejable es realizar todas las medidas posibles para alcanzar estos
requerimientos.
2.2.1. Ubicación(6)
Idealmente todo lugar de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos debe estar
alejado de zonas densamente pobladas, de fuentes de captación de agua potable, de áreas
inundables y de posibles fuentes externas de peligro. La ubicación debe cumplir con lo
dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial del muni-
cipio donde se desarrolle la actividad.
Figura 1.
Vista de un sitio de
almacenamiento.
Figura 2.
Inadecuada ubicación de un sitio de almacenamiento. El
agua residual generada durante el control del fuego puede
contaminar cuerpos
de agua cercanos.
La bodega de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos debe estar ubicada en un
sitio de fácil acceso para el transporte y para situaciones de emergencia. Es conveniente que
esté sobre terreno estable para soportar la obra civil prevista. Es indispensable que se escoja
un sitio dotado de servicios de electricidad, agua potable, red sanitaria y pluvial. El sistema
de drenaje debe evitar que en caso de emergencia corrientes contaminadas alcancen las
fuentes de agua o el alcantarillado publico.
2.2.2. Diseño
La bodega debe ser diseñada de tal manera que permita la separación de materiales
incompatibles por medio de edificios o áreas separadas, muros cortafuego u otras
precauciones aceptables, así como tam-
bién permitir movimientos y manejo seguro de las sustancias y residuos peligrosos; debe
existir espacio sufi-
(6)
ciente para las condiciones de trabajo y permitir el acceso libre por varios costados en caso
de emergencia .
El diseño de la bodega debe atender a la naturaleza de los materiales a ser almacenados.
Para la segregación de materiales incompatibles se debe estudiar la conveniencia de dividir
el área en compartimientos o secciones. Los
materiales de construcción no deben ser combustibles y la estructura del edificio debe ser
de concreto armado o
(6)
acero. Es recomendable que las estructuras de acero se protejan del calor aislándolas .
Las edificaciones nuevas deben cumplir con las Normas Colombianas de Diseño y
Construcción Sismo Resistentes (NSR – 98), adoptadas por la Ley 400 de 1997 y el
Decreto 33 de 1998 y sus versiones posteriores.
Las áreas de oficina deben estar fuera del área de riesgo. Los pasillos de circulación serán
lo suficientemente
(6)
amplios de modo que permitan el movimiento seguro del personal .
A continuación se relacionan los requisitos y recomendaciones específicas relacionadas con
el diseño de la bodega de almacenamiento.
2.2.2.1.Muros cortafuego.
Se deben atender los requisitos establecidos en el Título J “Requisitos de protección contra
fuego en edificacio- nes” de la NSR – 98. De acuerdo con esta norma, las paredes externas
y las divisiones internas, diseñadas para actuar como rompedores de fuego deben ser de
material sólido, que resista el fuego durante tres horas y se deben construir hasta una altura
de al menos 50 cm por encima de la cubierta de techo más alto o deben tener algún otro
medio para impedir la propagación del fuego. Los materiales más adecuados, que combinan
resisten- cia al fuego con resistencia física y estabilidad son el concreto, los ladrillos y los
bloques de cemento. En la Tabla 1 se presenta el espesor mínimo de un muro cortafuego
dependiendo de su altura libre. Se permite el uso de
materiales y espesores diferentes, siempre y cuando se demuestre que presentan un
comportamiento general
(12)
equivalente al de los muros especificados en esta tabla .
Tabla 1. Espesores mínimos para muros cortafuego
Área libre del muro Espesor mínimo (m)
Ladrillo macizo Concreto macizo
Hasta 4,0 m Mas de 4,0 m 0,25 0,07
Fuente: Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente. (12)
Para lograr una mayor estabilidad estructural, es conveniente fundir columnas de refuerzo
(pilastras) en los muros. Los muros cortafuego deben ser independientes de la estructura
para evitar su colapso de toda la edificación en
caso de incendio. Cuando existen cañerías, ductos y cables eléctricos, estos se deben cubrir
con materiales
(6)
retardantes del fuego .
Figura 4.
Muros cortafuego.
Para evitar la propagación
del fuego, las paredes cortafuego deben superar la altura de
la cubierta en al menos 50cm.
2.2.2.2.Puertas
(6)
El número de puertas de acceso de las mercancías debe ser el mínimo necesario para una
operación de almacena- miento eficiente. No obstante, la previsión en materia de
preparación ante emergencias hace que se requiera un mayor número de puertas que den
paso a vehículos en situaciones de emergencia.
Figura 5. Puertas de seguridad.
Las puertas de seguridad deben diseñarse para confinar el fuego
Las puertas en las paredes interiores deben diseñarse para confinar el fuego y por tanto su
resistencia debe ser la misma que la de los muros cortafuego. Se recomienda la instalación
de un sistema de cierre mecánico que se active automáticamente al detectarse un incendio.
El área de paso debe mantenerse libre de toda obstrucción que impida el cierre de las
puertas.
(6,8)
2.2.2.3.Salidas de emergencia
Deben existir salidas de emergencias distintas a las de las puertas principales de ingreso de
mercancías. Al planificar la ubicación de estas salidas se deben tener en cuenta todas las
emergencias posibles, evitando, como principal condicionante, que alguien pueda quedar
atrapado. Se debe asegurar que la salida de emergencia esté suficientemente señalizada. Las
puertas deberán abrirse en el sentido de la evacuación sin que haya necesidad del uso de
llaves ni mecanismos que requieran un conocimiento especial. Su diseño debe incluir
pasamanos de emergencia y debe facilitar la evacuación incluso en la oscuridad o en un
ambiente de humo denso. Todas las áreas deben tener la posibilidad de evacuación hacia al
menos dos direcciones.
Figura 6.
Salidas de emergencia.
Se deben ubicar bolardos y señales de seguridad para indicar la salida de emergencia
y evitar obstrucciones
(6)
2.2.2.4.Piso
Debe ser impermeable para evitar infiltración de contaminantes y resistente a las sustancias
y/o residuos que se almacenen. Debe ser liso sin ser resbaloso y libre de grietas que
dificulten su limpieza. Su diseño debe prever la contención del agua de limpieza, de
posibles derrames o del agua residual generada durante la extinción del fuego, por tanto se
recomienda un desnivel del piso de mínimo el 1% con dirección a un sistema colector, y la
construcción de un bordillo perimetral de entre 20 y 30 cm de alto.
(6)
2.2.2.5.Drenaje
Se deben evitar drenajes abiertos en sitios de almacenamiento de sustancias y residuos
peligrosos, para prevenir la descarga a cuerpos de agua o al sistema de alcantarillado
público del agua contaminada usada para el control del fuego y de sustancias derramadas.
Este tipo de drenajes son adecuados para evacuar el agua lluvia de los techos y alrededores
de la bodega. Los drenajes se deben proteger de posibles daños causados por el paso de
vehículos o el movimiento de estibas. Los drenajes del interior de la bodega no se deben
conectar directamente al sistema de alcantarillado o a fuentes superficiales; deben
conectarse a pozos colectores para una posterior disposición responsable del agua residual.
Figura 7. Drenajes. Los drenajes conectados directamente a cuerpos
de agua o al alcantarilladopúblico implican un alto riesgo de contaminación. Los drenajes
deben conectarse a un foso de almacenamiento para posterior disposición del líquido
residual
(6)
2.2.2.6.Confinamiento
En el caso que un incendio de grandes dimensiones involucre sustancias o residuos
peligrosos, es primordial que el agua contaminada usada para el control del fuego sea
retenida para evitar la contaminacióndel suelo y de cuerpos de agua. Esto es posible por
medio de elementosde confinamientotales como diques o bordillos. Todas las
sustanciaspeligrosas almacenadas deben estar ubicadas en un sitio confinado mediante
paredes o bordillos perimetrales. En las puertas de las bodegas es necesario construir
rampas que actúen como diques pero permitan la circulación de vehículos y personas. Para
sitios de almacenamiento externo es necesario construir alrededor de todo el perímetro
interno un bordillo de confinamiento resistente.
Los volúmenes de retención dependen de las características de peligrosidad del material
almacenado. La Tabla 2 nombra los estándares que han sido aceptados por varias
compañías para grandes bodegas equipadas con rociadores:
Tabla 2. Volúmenes de retención de agua dependiendo de las características de peligrosidad
del material almacenado
Característica de peligrosidad del material
almacenado
Volumen de retención de agua
m3/tonelada de material
Sustancia susceptible de combustión espontánea 5Sustancias inflamables con un punto de
inflamación
5
Sólidos inflamables 5Sustancias ecotóxicas, como por ejemplo
pesticidas, algunos inmunizadores de madera,
compuestos organoclorados, etc.
5
Fuente: Almacenamiento de Materiales Peligrosos. Guía técnica para depósitos de
materiales peligrosos (6).
Para bodegas más pequeñas, que no estén equipadas con rociadores, las cifras de la tabla
anterior se deben incrementar en un factor de diez.
Figura 8. Confinamiento.
Se deben construir bordillos
o diques alrededor de la bodega y del sitio de almacenamiento
(6)
2.2.2.7.Techos
Deben estar diseñados de tal forma que no admitan el ingreso de agua lluvia a las
instalaciones, pero que permitan la salida del humo y el calor en caso de un incendio. Esto
debido a que la rápida liberación del humo y el calor mejorará la visibilidad de la fuente de
fuego y retardará su dispersión lateral.
La estructura de soporte del techo debe construirse con materiales no combustibles. La
madera dura o los marcos de madera tratada son aceptables siempre y cuando la cubierta no
sea combustible. Las cubiertas deben ser fabricadas con un material que se disgregue
fácilmente con el fuego y en consecuencia permita la salida del humo y el calor. Cuando el
techo sea una construcción sólida, el escape del humo y el calor se puede hacer ya sea
mediante la ubicación de paneles transparentes de bajo punto de fusión o mediante paneles
de ventilación de al menos un 2% de abertura respecto al área del piso. Los paneles de
ventilación deberían estar permanentemente abiertos o estar habilitados para abrirse manual
o automáticamente en caso de fuego.
Figura 9.
Techos. Comportamiento del fuego en una bodega con techo cerrado después de tres
minutos y en una bodega con ventilación.
(6,8)
2.2.2.8.Ventilación
La bodega debe tener óptima ventilación natural o forzada dependiendo de las sustancias
peligrosas almacenadas y la necesidad de proveer condiciones confortables de trabajo. Una
adecuada ventilación se puede lograr localizando conductos de ventilación en la pared,
cerca al nivel del piso y conductos de ventilación en el techo y/o en la pared justo debajo
del techo. La ventilación debe ser diseñada y construida sin que las aberturas en los muros
perimetrales le resten la resistencia requerida al fuego.
Figura 10. Ventilación. Los conductos ubicados en la parte inferior de las
paredes producen ventilación pobre, mientras que los conductos tanto en las paredes como
en el techo, producen ventilación eficiente.
En las zonas que lo requieran se puede instalar ventilación forzada. Los equipos empleados
incluyen difusores y ventiladores ubicados de forma estratégica en las paredes, ventanas y
techos de las edificaciones. La ubicación de estos dispositivos debe evitar la existencia de
cortocircuitos de aire y de remolinos, los cuales reducen la eficiencia en la operación
general del sistema, pudiéndose presentar problemas como la eliminación pobre de
sustancias peligro- sas de la atmósfera de trabajo o el estancamiento de ellas en lugares
específicos.
2.2.2.9.Equipos eléctricos e iluminación
Cuando las operaciones se realicen solo durante el día y la iluminación natural sea
adecuada y suficiente, no será necesario instalar iluminación artificial. Muchas bodegas de
almacenamiento alrededor del mundo trabajan en estas condiciones, de manera que la
operación minimiza el costo inicial, el mantenimiento y la necesidad de instalar equipo
eléctrico especial. En los casos en que la iluminación natural es inadecuada, puede ser
posible mejorar esta situación
(6)
mediante cambios sencillos, como por ejemplo instalando tejas transparentes en la cubierta
.
Las instalaciones de equipos eléctricos e iluminación en las bodegas de almacenamiento de
sustancias peligrosas deben atender los requisitos del Código Eléctrico Colombiano “CEC”
(Norma Técnica Colombiana NTC-2050) oficializado mediante Resolución 1936 de 1987
de la Superintendencia de Industria y Comercio. En el capítulo 5 del
CEC, en sus secciones 500 a 505 se establecen los requisitos de alambrado y equipos
eléctricos y electrónicos a
(30)
cualquier tensión, instalados en los lugares considerados como peligrosos según la siguiente
clasificación :
0 Clase I: Aquellos en los que hay o puede haber presente en el aire gases o vapores
inflamables en cantidad suficiente para producir mezclas explosivas o inflamables.
0 Clase II: Son los lugares que resultan peligrosos por la presencia de polvos
combustibles.
0 Clase III: Lugares en los que se manipulan, fabrican o usan fibras fácilmente
combustibles o materiales que producen partículas combustibles.
Lo anterior implica que en bodegas de almacenamiento se deben utilizar equipos eléctrico a
prueba de fuego, como por ejemplo en el caso de almacenamiento de combustibles, de
solventes de bajo punto inflamación o de polvo potencial- mente explosivo. Para sustancias
con características de peligrosidad que no estén clasificadas dentro de las tres clases
mencionadas anteriormente no se requiere el uso de equipos especiales, pero si el
cumplimiento de los estándares mínimos de seguridad. En todos los casos en que se
requiera iluminación artificial y conexiones para equipos eléctricos,
se debe asignar a personal competente para la instalación y el mantenimiento. Se deben
evitar las instalaciones eléctricas
(6)
temporales; sin embargo cuando estas sean necesarias, siempre se debe asignar a una
persona cualificada .
Como consideraciones básicas de diseño, todo equipo eléctrico debe estar ubicado de
manera que se eviten daños accidentales causados por movimiento de vehículos o estibas, o
por el contacto con agua u otro líquido. Los equipos deben ser conectados a tierra y estar
protegidos contra sobrecargas. La zona de carga de baterías debe ser ventilada para permitir
la segura dispersión del hidrógeno que se genera, Esta operación debe realizarse
preferiblemente en un área externa a la bodega de almacenamiento que se mantenga limpia
de sustancias com-
bustibles y otros materiales peligrosos. Tampoco se debe permitir en el área de
almacenamiento operaciones
(6)
auxiliares como empaque, envasado, soldadura, etc., las cuales son fuentes potenciales de
ignición .
Para algunas operaciones de almacenamiento es necesario instalar sistemas de energía en
caso de interrupción del suministro normal en las instalaciones, con el fin de evitar
accidentes o traumatismos en la operación. En el Capítulo 7 del CEC se dictan las
disposiciones para la seguridad eléctrica de la instalación, operación y manteni-
miento de los sistemas de emergencia consistentes en los circuitos y equipos destinados e
instalados para
(30)
suministrar, distribuir y controlar la electricidad para sistemas de fuerza, de alumbrado o
ambos .
2.2.2.10. Calefacción
(6)
Generalmente es preferible que el lugar de almacenamiento sea frío. Cuando la calefacción
sea necesaria para mantener condiciones aceptables de trabajo o necesarias para las
sustancias peligrosas almacenadas, se recomien- da que la fuente de calor esté fuera del
área de la bodega de almacenamiento. Si es necesario el uso de aislante, este debe ser
elaborado con un material no combustible, como por ejemplo, la fibra de vidrio.
(6)
2.2.2.11. Protección contra relámpagos
Toda bodega que almacene materiales inflamables debe considerar en el diseño la
instalación de equipos de protec- ción contra relámpagos, como por ejemplo pararrayos.
(6)
2.2.2.12. Otras instalaciones
Idealmente, no deberían haber oficinas, vertieres, o cuartos de basura como parte integral
de la bodega de almacena- miento. Si estas instalaciones existen dentro de la bodega, se
debería construir una estructura de separación que tenga una resistencia al fuego de al
menos 60 minutos.
(6)
2.2.2.13. Almacenamiento exterior
En el diseño de la distribución de las áreas de almacenamiento, se deben tomar decisiones
en cuanto a la necesidad y conveniencia de almacenamiento exterior. El almacenamiento
exterior es recomendado para ciertas sustancias peligrosas como líquidos altamente
inflamables, cilindros de gas o cloro líquido. Sin embargo, este tipo de almacena- miento
implica las siguientes condiciones:
0 La exposición de algunas sustancias químicas a altas temperaturas podría causar
degradación térmica. Las sustancias que vayan a almacenar en el exterior se deben
seleccionar con rigurosidad, atendiendo las especifica- ciones de la Hoja de Seguridad y de
las recomendaciones del fabricante.
0 Para evitar la contaminación del suelo y acuíferos, el piso debe ser impermeable,
resistente al agua y el calor. Se debe evitar el uso de asfalto por su reblandecimiento en
climas cálidos y bajo el efecto de ciertos solventes.
0 El área de confinamiento debe estar equipada con drenaje controlado por medio de una
válvula.
0 Las sustancias almacenadas de esta manera deben ser chequeadas detalladamente
para evitar contamina- ción del sistema de drenaje por posibles derrames.
Figura 11. Drenajes del
almacenamiento exterior. Durante operación normal las válvulas de drenaje para
evacuación del agua lluvia deben permanecer cerradas.
Estas se deben operar por personal autorizado.
Se deben proporcionar condiciones de seguridad y protección ambiental similares a las
descritas en las secciones anteriores en relación con el confinamiento, las puertas y el techo
o cubierta de protección contra el sol y la lluvia. El diseño del sitio de almacenamiento
también debe contemplar suficiente espacio para el acceso de los bomberos.
Figura 12. Almacenamiento exterior.
Suelo firme y dique perimetral de confinamiento
Se pueden usar recipientes resistentes a la intemperie tales como canecas de 55 galones,
siempre que el contenido no sea sensible a cambios extremos de temperatura y las
condiciones de seguridad y protección ambiental puedan ser garantiza- das. Para la segura y
adecuada movilización de las canecas se recomienda el uso de estibas. Las canecas también
se pueden almacenar en forma horizontal pero se deben asegurar mediante cuñas para evitar
que rueden.
2.2.3. Señalización
La señalización tiene por objeto establecer colores y señales normalizadas que adviertan a
los trabajadores la presencia de un riesgo o la existencia de una prohibición u obligación,
con el fin de prevenir accidentes que afecten la salud o el medio ambiente.
Las instrucciones de seguridad deben estar en español y con una interpretación única. Es
conveniente el uso de símbolos fáciles de entender. Las señales deberán colocarse en un
lugar estratégico a fin de atraer la atención de quienes sean los destinatarios de la
información. Se recomienda instalarlos a una altura y en una posición apropia- das en
relación al ángulo visual, teniendo en cuenta posibles obstáculos. El lugar de ubicación de
la señal deberá estar bien iluminado, ser accesible y fácilmente visible. Si la iluminación
general es insuficiente, se empleará una
iluminación adicional o se utilizarán colores reflectivos o materiales fluorescentes. El
material de las señales debe
(13)
ser resistente a golpes, las inclemencias del tiempo y los efectos medio ambientales .
(3,10,11,13)
En cuanto a los aspectos a señalizar, se debería :
0 Señalizar todas las áreas de almacenamiento y estanterías con la clase de riesgo
correspondiente a la sustan- cia química peligrosa almacenada.
0 Señalizar el requerimiento de uso de equipo de protección personal para acceder a
los sitios de almacena- miento de sustancias o residuos peligrosos.
0 Señalizar todos los lugares de almacenamiento con las correspondientes señales de
obligación a cumplir con determinados comportamientos, tales como no fumar, uso de
equipo de protección personal, entre otros.
0 Señalizar que sólo personal autorizado puede acceder a sitios de almacenamiento de
sustancias peligrosas.
0 Señalizar los corredores y las vías de circulación de montacargas y otros vehículos
utilizando franjas continuas de un color blanco. La delimitación deberá respetar las
distancias necesarias de seguridad entre vehículos y objetos próximos, y entre peatones y
vehículos.
0 Instalar señales en todos los sitios de trabajo, que permitan conocer a todos los
trabajadores situaciones de emergencia cuando estas se presenten o las instrucciones de
protección requeridas. Se recomienda que la señalización de emergencia en las bodegas de
almacenamiento se realice mediante señales acústicas o comunicaciones verbales. También
se pueden utilizar señales luminosas en zonas donde la intensidad de ruido ambiental no lo
permita o las capacidades físicas auditivas estén limitadas, pero esta situación no es común
para bodegas de almacenamiento.
0 Señalizar los equipos contra incendios, las salidas y recorridos de evacuación y la
ubicación de los primeros auxilios.
Antes de la implementación de una señal se aconseja formar e informar a todos los
trabajadores con suficiente antelación para que ésta sea cumplida. Deberá establecerse un
programa de revisiones periódicas para controlar
el correcto estado y aplicación de la señalización, teniendo en cuenta las modificaciones de
las condiciones de
(13)
trabajo asociadas .
Cuando en una determinada área de trabajo ocurra la necesidad de señalizar diferentes
aspectos de seguridad, pueden ubicarse las señales de forma conjunta en el acceso a dicha
área, agrupándolas por tipos de señales. Los tipos de señales de seguridad deben cumplir
con lo establecido en el Capítulo I del Título V del Estatuto de Seguridad Industrial
(Resolución 2400/79 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social), sobre código de
colores de seguridad, el cual indica, entre otros requisitos, que se deben utilizar los colores
básicos recomendados por la American Standards Asociation (A.S.A.). en la Tabla 3 se
muestran los colores de seguridad, su significado y otras indicaciones sobre su uso. En el
Anexo V se presentan ejemplos de estos tipos de señales de seguridad.
Tabla 3. Colores de seguridad. Significado y otras indicaciones sobre su uso
Color Significado Indicaciones y precisionesRojo Señal de prohibición Comportamientos peligrosos
Peligro-alarma Alto, parada, dispositivos de
desconexión de emergencia.
EvacuaciónMaterial y equipos de lucha
con- tra incendios
Identificación y localización
Tabla 3. Colores de seguridad. Significado y otras indicaciones sobre su uso (continuación)
Color Significado Indicaciones y precisionesAmarillo, o amarillo
anaranjado
Señal de advertencia Atención, precaución.
VerificaciónAzul Señal de obligación Comportamiento o acción es-
pecífica.
Obligación de utilizar un equipo
Verde Señal de salvamento o de
auxilio
Puertas, salidas, pasajes, mate-
rial, puestos de salvamento o
deSituación de seguridad Vuelta a la normalidad
Fuente. Guía técnica de señalización de seguridad y salud en el trabajo. (13)
Sobre los tipos de señales de seguridad es adecuado seguir las directrices establecidas en la
Norma Técnica Colombiana NTC 1461 sobre Colores y Señales de Seguridad. Los tipos de
señales de seguridad que pueden
(13,14)
ser utilizados son :
0 Señales de advertencia: forma triangular, bordes negros. Pictograma negro sobre
fondo amarillo. El color amarillo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la
señal. Ejemplos de información: sustancias inflamables, sustancias corrosivas, sustancias
tóxicas, sustancias corrosivas, sustancias comburentes, mate- rial suspendido, etc.
0 Señales de prohibición: forma redonda, pictograma negro sobre fondo blanco,
bordes y banda rojos (trans- versal descendente de izquierda a derecha atravesando el
pictograma a 45º respecto a la horizontal). El color rojo deberá cubrir como mínimo el 35%
del área de la señal. Ejemplos de información: prohibido fumar, prohibido apagar con agua,
no tocar, prohibido el paso, etc.
0 Señales de obligación o acción de mando: forma redonda, pictograma blanco sobre
fondo azul. El color azul deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal.
Ejemplos de información: protección obliga- toria de la vista, protección obligatoria de la
cabeza, protección obligatoria de las vías respiratoria, protección obligatoria de los pies,
etc.
0 Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios: forma rectangular o
cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo rojo. El color rojo deberá cubrir como mínimo el
50% de la superficie de la señal. Ejemplos de información: manguera para incendios,
escalera de mano, extintor, teléfono para lucha con- tra incendios, etc.
0 Señales de información: forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre
fondo verde. El color verde deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal.
Ejemplos de información: primeros auxilios, camilla, ducha de seguridad, primeros
auxilios, lavador de ojos.
0 Señales complementarias. Color de base blanco y texto negro o color de base el
mismo de la señal y el color de texto el de contraste correspondiente. La forma de la señal
será rectangular y no contendrá ningún símbolo gráfico. Se ubicará debajo de la señal de
seguridad o incluida dentro de sus límites.
En todas las señales el símbolo o texto será puesto centralmente. En las de prohibición no
oscurecerá la barra cruzada. Cuando no se disponga de un símbolo para indicar un
significado en particular deseado, el significado se obtendrá preferiblemente usando la
señal general correspondiente junto con un texto en la señal complemen- taria o
alternativamente usando un texto en lugar de un símbolo en la señal.
Cuando el color de fondo sobre el que tenga que aplicarse el color de seguridad pueda
dificultar la percepción de este último es conveniente utilizar un color de contraste que
enmarque o se alterne con el de seguridad, de acuerdo con la
(13)
Tabla 4 .
Tabla 4. Contrastes de color para la señalización
Color de seguridad Color de contraste
Amarillo o amarillo anaranjado NegroAzul BlancoVerde Blanco
Fuente: Guía técnica de señalización de seguridad y salud en el trabajo. (13)
* El color de contraste para blanco será negro y para negro será blanco.
(6)
2.2.4. Dispositivos de detección de fuego y sistemas de respuesta
Las medidas de seguridad pueden variar según la localización de la bodega particularmente
si se trata de lugares aislados o de lugares que forman parte de un complejo de almacenaje.
Con respecto a los límites la bodega debe estar rodeada por una cerca o muralla protectora
que debe mantenerse en buen estado. La línea de la cerca debe dejar suficiente espacio para
las posibles emergencias en caso de derrames. Durante la noche se debe tener personal de
seguridad o sistema de alarmas o de iluminación, que den aviso de una emergencia. Se
recomienda ubicar una
2
ducha de emergencias y fuente lava ojos cada 200 m para atender rápidamente un accidente
ocasional por contac-
to con estas sustancias.
(6)
2.2.4.1. Detectores de incendio
Existen distintos tipos de detectores de incendio, entre los que se pueden contar los
detectores de llamas, que son del tipo infrarrojo o ultravioleta o ambos; detectores de humo,
que son de dos tipos, por “ionización” o por “efecto óptico”, cada uno tiene su aplicación
específica que debe ser consultada con un especialista; detectores de calor, que son
generalmente menos afectados por falsas alarmas que los de humo, sin embargo, por
definición solo responden cuando un fuego ha desarrollado suficiente calor y por lo tanto se
pueden considerar como de acción retardada.
(6)
2.2.4.2. Sistema de rociadores
La ventaja de este sistema, comparado con los detectores de calor y de humo, es que inicia
la alarma y simultánea- mente puede entrega una protección continua contra el fuego. La
principal desventaja es el costo. El alto costo de instalación solo justifica su uso en grandes
instalaciones industriales o comerciales, cuando el riesgo es de alta magnitud, o cuando los
tiempos de respuesta de las brigadas contra incendio son muy prolongados. También se
debe tener en cuenta el hecho de que el agua no es siempre el mejor sistema de extinción,
como en el caso de sustancias que reaccionan con el agua como los metales de sodio y de
potasio.
(6)
2.2.4.3. Sistemas de respuesta
Los sistemas de detección ya sean detectores de humo o de calor o rociadores tienen un
valor limitado si no garanti- zan una respuesta efectiva. Por lo tanto es esencial que la
alarma este conectada a un punto de control, o mejor aún, a una brigada del cuerpo de
bomberos. Este es particularmente importante en el caso de instalaciones que permane- cen
sin personal en horario nocturno o los fines de semana. Es de vital importancia que los
sistemas de detección sean revisados continuamente por personal especializado.
Donde existan grifos contra incendios, estos deben estar ubicados de tal forma que todas las
áreas de riesgo puedan ser alcanzados al menos por dos mangueras, de grifos distintos. Si
se requiere por el tipo especial de sustancias peligrosas almacenadas, se puede contar con
sistemas de mangueras retráctiles, pitones de agua a presión o con espuma, y otros tipos de
equipos como mantas contra el fuego, polvos químicos, etc.
2.2.5. Condiciones específicas según peligrosidad
Para garantizar el control de riesgos e impactos al ambiente es la selección de una bodega
específica para una clase de sustancia determinada. Al seleccionar o construir una bodega
para el almacenamiento de sustancias
químicas específicas se sugiere que se tengan en cuenta los siguientes requisitos de acuerdo
a la clase de sustancia a almacenar.
(16)
2.2.5.1. Explosivos
0 Deben estar situados a una distancia suficientemente alejada de todo edificio o zona
habitada, carreteras y vías férreas, teniendo en cuenta la cantidad de explosivos y
detonantes que se van a almacenar. El acceso debe estar restringido a personal autorizado.
0 Deben estar construidos sólidamente y a pruebas de balas y fuego. El techo debe ser
liviano.
0 Se debe propender por ventilación e iluminación natural. Si se requiere iluminar
artificialmente el área alrede- dor y dentro de la infraestructura, deberá hacerse por medio
de proyectores a distancia, con linternas o equipo de alumbrado eléctrico de tipo
antichispas.
0 Deberá estar protegido con un sistema de pararrayos que cubra su área total, sin que
ninguna de la partes del sistema tenga contacto con la estructura.
(8)
2.2.5.2. Gases comprimidos: inflamables, no inflamables y tóxicos
0 Debe haber un área exclusiva para cilindros, lejos de fuentes térmicas.
0 El material de construcción debe ser incombustible, el techo liviano y el piso sólido;
los muros pueden ser metálicos o de rejillas.
0 La bodega debe contar con ventilación suficiente para evitar concentración de gases
que puedan originar explosión, asfixia o envenenamiento.
0 Dependiendo de la compatibilidad de los gases, su almacenamiento se debe hacer
áreas separadas.
0 Se debe contar con sistemas de detección automática de incendio.
0 Para el almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo, se deben seguir los requisitos
estipulados en la Reso- lución numero 80505 de marzo 17 de 1997. “Por la cual se dicta el
reglamento técnico al cual debe someterse el almacenamiento, manejo, comercialización
mayorista y distribución de Gas Licuado del Petróleo, GLP”.
(8)
2.2.5.3. Sólidos inflamables
0 Se recomienda que los muros externos tengan un tiempo de resistencia al fuego de 3
horas.
0 Los muros no deben tener aberturas.
0 Muros divisorios internos de una misma bodega con resistencia al fuego por 120
minutos (hasta la cubierta).
0 Elementos soportantes verticales con resistencia al fuego por 120 minutos.
0 Elementos soportantes horizontales con resistencia al fuego por 120 minutos.
0 Cubierta techo con resistencia al fuego menor a 60 minutos, sin planchas metálicas.
0 Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos absorbentes que
permitan retirar fácilmente la sustancia peligrosa o bien, poseer cámara de contención
exterior a la bodega.
0 Bodega con una distancia mínima de 3 m, entre ella y muro lindante.
0 Se debe contar con un sistema de detección automático de incendio.
0 Se deben evitar las instalaciones eléctricas, pero si se requieren deberán estar
protegidas adecuadamente y presentar conexión a tierra.
0 Mantener la temperatura suficientemente baja para evitar problemas con los vapores
existentes.
(8)
2.2.5.4. Líquidos inflamables
Se aplican las mismas condiciones de los sólidos inflamables. Para el almacenamiento de
combustibles líquidos derivados del petróleo se deben aplicar las disposiciones dadas en el
Decreto 283/90. “Por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte,
distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transpor- te por
carrotanques de petróleo crudo” y el Decreto 1521/98 “Por el cual se reglamenta el
almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del
petróleo, para estaciones de servicio”.
(8)
2.2.5.5. Materiales radiactivos
0 La bodega en que se almacenen los equipos estará construida con un material sólido
que asegure que la radiación al exterior no exceda en dos veces la radiación de fondo.
0 En caso de que la bodega se ubique en una obra provisoria y, por tanto, los
materiales requeridos para la construc- ción del recinto no se ajusten a lo señalado
anteriormente, se deberá construir un recinto en concreto reforzado, provisto de un marco
con una tapa metálica de protección con un sistema de cierre con porta candado, que lo
asegure de terceras personas. Esta bodega puede estar ubicada al interior de otra
construcción que puede ser de material liviano, pero deberá contar con un acceso
independiente y exclusivo.
0 También se puede considerar la construcción de una caseta sobre el nivel del terreno
completamente aislada con capacidad exclusiva para él o los Densímetros Nucleares en
obra, con la señalización exterior, además de leyendas visibles: Peligro Zona de Radiación,
Solo Acceso a Personas Autorizadas y Símbolo Internacional de Radiación en sus cuatro
costados.
2.3. OPERACIÓN DE ALMACENAMIENTO
Dentro de todas las actividades de una empresa que almacena sustancias químicas
peligrosas, el manejo y ubicación de las sustancias dentro de la bodega son acciones que
deben ser controladas y monitoreadas perió- dicamente para evitar la generación de
impactos ambientales adversos.
Para aquellas bodegas en donde se va iniciar por primera vez una operación de
almacenamiento de sustancias químicas peligrosas es recomendable que se implementen las
disposiciones aquí dadas. Para aquellas en donde la operación ya esta en marcha lo
aconsejable es que adopten las medidas necesarias y fortalezcan su sistema para que el
almacenamiento y manipulación de este tipo de sustancias sea segura.
2.3.1. Condiciones de la operación(6)
Para el manejo de sustancias químicas y residuos peligrosos se deben establecer un sistema
de documentación para todo el personal que incluya:
a) Instrucciones de la operación segura y correcta de todos los equipos incluyendo equipo de
protección per- sonal y del almacenamiento de los materiales peligrosos.
b) Hojas de Seguridad para todos los sustancias peligrosas almacenadas.
c) Instrucciones y procedimientos sobre higiene, seguridad y medio ambiente.
d) Instrucciones y procedimientos sobre emergencias.
2.3.2. Etiquetado
La Ley 55 de 1993 establece que todos los productos químicos deben llevar una etiqueta
fácilmente comprensi- ble para los trabajadores de tal forma que proporcione información
esencial sobre su clasificación, los peligros
(7)
asociados y las precauciones de seguridad que deban observarse .
Ya que el país no cuenta con un sistema de clasificación de sustancias químicas peligrosas
específico para almacenamiento y ya que esta actividad está muy ligada a la de transporte,
se recomienda realizar la clasificación y etiquetado tomando como base el Sistema
Internacional de la Organización de las Naciones Unidas, adoptado en la Norma Técnica
Colombiana 1692 «Transporte de mercancías peligrosas. Clasificación, etiquetado y rotula-
do», que por disposición del Decreto 1609/02, es de obligatorio cumplimiento para el
transporte. En el Anexo II se indica la clasificación y etiquetado de acuerdo a lo establecido
en esta Norma Técnica.
Poner normas internacionales
2.3.3. Recepción, despacho y transporte
Antes de recibir las sustancias químicas o residuos peligrosos en la bodega de
almacenamiento, se deben tener a disposición las Hojas de Seguridad de dichas sustancias
para su identificación y así prever todas la medidas necesaria para su manipulación. Al
recibir la sustancia peligrosa se debe solicitar al conductor del vehículo la Tarjeta de
Emergencia y verificar que las sustancias o residuos peligrosos estén debidamente
etiquetados y que
los envases estén en buenas condiciones. Si estos no se encuentran en buen estado se deben
tomar las acciones
(6)
necesarias para evitar accidentes .
Los sustancias químicas y residuos peligrosos nunca se deben transportar junto a productos
de otro tipo como alimentos, por ejemplo (ver sección 3.3.2. “Carga y descarga”).
Los vehículos que transportan sustancias o residuos peligrosos deben tener toda la
documentación establecida por el Decreto 1609/02. y cumplir con los requisitos dispuestos
en este mismo. (ver Capítulo 3).
Si para recibir o despachar sustancias peligrosas tiene que cambiarse de envase original,
debe asegurarse que el recipiente receptor sea de un material y diseño adecuado para la
sustancia en cuestión (ver Anexo II, sección II.3.
“Embalajes y envases”), que esté limpio y libre de trazas de sustancias distintas a la que se
va a envasar. No es
(27)
aconsejable utilizar un mismo recipiente para almacenar sustancias diferentes .
El recibo y despacho de sustancias químicas peligrosas lo debe realizar una persona
capacitada y entrenada. Se debe establecer un sistema de control administrativo que
involucre la supervisión por personal calificado y con experiencia, para asegurarse que el
ingreso de la sustancia es seguro y cumple con todos los requerimientos
(27)
corporativos .
2.3.4. Planificación del almacenamiento
El almacenamiento de sustancias peligrosas debe estar basado en un plan documentado, de
tal manera que en caso de un incidente sea posible tener una visión general del tipo y
volumen de las sustancias involucradas. Es
aconsejable dividir el área de almacenamiento en sectores y demarcar cada sección
claramente. Un plan de
(24)
almacenamiento debería incluir :
0 Volumen total máximo de almacenamiento.
0 Volumen máximo de almacenamiento por clase.
0 Secciones de almacenamiento donde están localizadas las distintas clases de
sustancias.
0 Cantidad almacenada según sustancias y clases de sustancias.
0 Plano de la bodega donde se ilustre la ubicación de las distintas clases de sustancias
químicas. También se sugiere incluir los siguientes registros:
0 Registros de recepción (sustancia, clase de sustancia, fecha de recepción,
recomendaciones especiales).
0 Registro de despacho (sustancia, clase de sustancia, fecha de despacho).
0 Registro de inspección de deterioro o caducidad de las sustancias.
Se recomienda que el plan de almacenamiento este a disposición en las oficinas principales
y se actualice per- manentemente. Es conveniente tener fácil acceso a los registros
asociados al plan.
Se recomienda que la estructura del plan de almacenamiento atienda los
siguientes criterios
(6,12,25,26)
:
0 Ubicación de las sustancias de acuerdo con las características de peligrosidad de las
sustancias y sus incompatibilidades (ver sección 2.3.4. “separación y segregación”).
0 Pasillos de tráfico peatonal con al menos 0,75 m (ancho) y para los de tráfico
vehicular 0,5 m de margen a lado y lado con respecto al ancho de los montacargas.
0 Pasillo peatonal perimetral de 0,7 m entre los materiales almacenados y los muros
para permitir acceso a la inspección, libre movimiento del aire, espacio para el control del
fuego y protección de las sustancias en caso de derrumbamiento del muro.
0 Apilamiento de envases frágiles en que los que se transportan sustancias
combustibles, tóxicas u oxidantes a una altura máxima de 0,4 m.
0 Apilamiento de otros contenedores en los que se almacenan sustancias
combustibles, tóxicas u oxidantes a una altura máxima de 1,50 m.
0 Sustancias organizadas de manera que los montacargas y los equipos de emergencia
puedan moverse libremente. Señalizar claramente los pasillos de movimiento de los
montacargas (ver sección 2.2.3. Señaliza- ción) y mantenerlos libres de obstrucción para
evitar accidentes.
0 Apilamiento de recipientes y bultos no superior a tres metros a menos que se utilice
un sistema de estantería que evite la caída de las sustancias y se asegure su estabilidad. Se
debe prestar especial atención a los sustancias que tengan el mensaje de “Este lado hacia
arriba”.
Figura 13.
Planificación
del almacenamiento.
Los pasillos deben ser suficientemente amplios para el tráfico peatonal y vehicular. El
sistema de estantería debe evitar la caída de sustancias y asegurar su estabilidad
Figura 14. Apilamiento.
El apilamiento nunca debe exceder la altura recomendada
2.3.5. Separación de sustancias
Una regla básica para el almacenamiento de sustancias peligrosas es no mezclar sustancias
que sean incompa- tibles a fin de minimizar los riesgos de incendio, explosión o
contaminación. En cada una de las Normas Técnicas Colombianas para uso y transporte de
mercancías peligrosas según clase (NTC 3966, 2880, 2801, 3967, 3968, 3969, 3970, 3971 y
3972), se presenta la tabla de segregación de mercancías peligrosas la cual corresponde a
esta guía a la Tabla 5. Esta tabla presenta orientaciones para la segregación y puede ser
usada como base para planificar el almacenamiento, sin embargo, siempre se recomienda
leer cuidadosamente y entender la Hoja de Seguridad ya que brinda información sobre el
manejo y disposición que se le deba dar una sustancia en particular. Si la Hoja de Seguridad
esta elaborada de acuerdo a la NTC 4435. “Transporte de mercancías. Hoja se Seguridad.
Preparación” ésta información se encuentra en la sección 7 (ver Anexo III “Hoja de
Seguridad”).
Figura 15.
Separación de sustancias peligrosas.
No se deben mezclar sustancias peligrosas que sean incompatibles.
(6)
2.3.6. Transporte interno de sustancias
Dentro de la operación de almacenamiento es necesario transportar internamente la
sustancias para su ubicación dentro de la bodega, para lo cual normalmente se utiliza
montacargas. Los montacargas pueden ser eléctricos o utilizar combustibles tales como
ACPM, gasolina o gas licuado (GLP). En general se recomienda para sitios cerrados como
bodegas el uso de montacargas eléctricos; para evitar riesgos y contaminación generados
por los motores de combustión interna.
El servicio de carga de baterías para los montacargas operados eléctricamente debe estar
ubicado en un área ventilada y alejada de los sitios de almacenamiento de las sustancias
peligrosas. Esta área se debe mantener limpia y libre de todo tipo de combustible. La
ventilación del área de recargo de baterías debe localizarse en la parte superior de las
paredes para permitir la dispersión adecuada del hidrógeno que se genera durante la carga
Los montacargas a base de combustible pueden ser utilizados en sitios de almacenamiento
externo; sin em- bargo estos equipos deben contar con todas las medidas preventivas
necesarias que eviten chispas o explo- siones. En el caso de montacargas diesel, por
ejemplo, se debe proteger el motor, la salida de gases y el equipo eléctrico.
El mantenimiento y el manejo del vehículo debe ser realizado por personal entrenado y
calificado. Los operadores de los montacargas deben tener en cuenta entre otras las
siguientes normas de conducción:
0 Respetar los límites de velocidad y la señalización.
0 Conservar la distancia.
0 Detenerse en todas las intersecciones.
0 Detectar peatones y ceder el paso.
0 No transportar pasajeros.
0 No dejar el motor encendido durante su ausencia.
0 Mantener las horquillas abajo.
0 Mantener el cuerpo dentro del vehículo.
Los montacargas, camiones y maquinaria móvil, deberán contar con alarma de retroceso de
tipo sonoro.
CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES PARA ALMACENAR
PRODUCTOS QUÍMICOS
ESTANTERIAS
□ Recomendables estantería metálicas
□ Conectadas a tierra si existe riesgo de incendio o explosión
□ Si almacén líquidos es recomendable que se dispongan con forma de cubeto, para
recoger posibles vertidos o que las baldas tengan inclinación hacia su centro y este
tenga una abertura
□ Los productos se almacenaran en las estanterías por filas de incompatibles y con
inertes entre ellos
✒Los envases pesados se colocarán en las estanterías más bajas, así como ácidos y bases
□ Los reactivos sensibles al agua, alejarlos de tomas o conducciones de esta y de
materiales inflamables
□ Si el almacén se dispone en forma de islas, se dejarán pasillos entre
ellas como mínimo de un metro
ARMARIOS PROTEGIDOS
□ Deberán llevar letrero visible con la indicación de INFLAMABLE
□ No se instalaran más de tres armarios en la misma dependencia, a no ser que cada
grupo esté separado 30 metros entre sí
□ Si se guardan productos de clase A, deben llevar obligatoriamente ventilación al
exterior
□ Las baldas deben ser “recoge-vertidos”
□ Fondo en forma de cubeta (de 5 cm de altura)
□ Uniones selladas y juntas recubiertas de pintura intumescente
□ Conexión a tierra
□ Puertas con tres puntos de anclaje
□ Patas regulables que permitan nivelar el armario
□ Si se trata de armarios para corrosivos, deberán estar hechos con material
anticorrosivo (p.e. Polietileno)
FRIGORÍFICOS
□ Emplear frigoríficos de Seguridad aumentada cuando se guarden en su interior
productos que presenten riesgos de inflamación o explosión
□ Deben ser antideflagrantes si están en áreas con atmósfera inflamable
□ Sólo deben emplearse frigoríficos domésticos para guardar productos inertes
FRIGORÍFICOS (RIESGOS)
Se presenta riesgo de incendio o explosión si:
i Se guardan en su interior productos que desprenden vapores inflamables
i Se guardan frascos mal cerrados
i Se producen fallos de corriente que pueden ocasionar recalentamiento de algún
producto
i Se producen chispas en el motor (no antiexplosivo) que puede producir incendio
si hay vapores inflamables en el laboratorio en el que se encuentra
FRIGORÍFICOS (PREVENCIÓN DE RIESGOS)
✔Emplear frigoríficos de Seguridad aumentada sin instalación eléctrica interior y
preferiblemente homologados para guardar productos inflamables (EEX/ /2C/T6)
□ No guardar recipientes abiertos o mal tapados
□ Utilizar recipientes que puedan aguantar la presión si se produce recalentamiento
accidental
□ Controlar permanentemente la temperatura interior del frigorífico
C A P I I I
DISCUSIONES
CONCLUSIONES
Para disponer de un almacén de productos químicos seguro y elaborar las normas
preventivas y de protección adecuadas se ha de establecer previamente una
estrategia de almacenamiento que evite posibles incompatibilidades entre productos.
Para ello es necesario obtener la mayor información posible sobre los riesgos de los
productos y su reactividad con otros. Hojas de seguridad de sustancias y preparados
suministradas por los proveedores, handbooks sobre reactividad química o incluso
libros de texto de química orgánica e inorgánica pueden ayudarnos a conseguirla. A
partir de aquí se distribuirán los productos químicos en los diferentes grupos de
riesgo y aplicarán las medidas preventivas propias de cada grupo. Si el almacén no
está construido todavía, esta segregación ayudará a un diseño más correcto. Por el
contrario, si ya disponemos del local y de los productos, podremos mejorar la
seguridad redistribuyéndolos según sus riesgos. Si, además, existe reglamentación
aplicable, deberá contemplarse con todo rigor.
La normativa nacional aún es muy deficiente en lo correspondiente al manejo,
transporte y almacenamiento de productos químicos, países cercanos como Chile,
Ecuador y Colombia tienen normas muy avanzadas al respecto.
En el manejo y almacenamiento de sustancias químicas por parte de la mayoría de
industrias pesqueras nacionales es muy informal, cumpliéndose las disposiciones
legales solo por algunas de ellas.
Existe muy pocos trabajos académicos en las universidades peruanas respecto al
almacenamiento de reactivos químicos en la industria pesquera.
SUGERENCIAS
Se recomienda hacer un listado y estudio previo sobre los reactivos e insumos
químicos a utilizarse por parte la de empresa, antes de construir un almacén o antes
de adecuar el almacén ya construido para tal fin.
En el país, mediante los sectores competentes debe desarrollar más normas y
regulaciones para el correcto almacenaje y manejo seguro de los reactivos químicos
en la industria pesquera nacional.
Las empresas dedicadas a la industria pesquera deben aunar esfuerzos y estandarizar
sus procedimientos de manejo y almacenaje de reactivos químicos.
Las universidades como entes teóricos por excelencia deben incentivar a los
alumnos y docentes a realizar investigaciones sobre manejo y almacenaje de
productos químicos en la industria pesquera.
Se sugiere realizar investigación sobre “Contaminación cruzada por químicos en la
industria pesquera”.
B I B L I O G R A F Í A
A N E X O S
ANEXO N° 1
PROCEDIMIENTO DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS EN
LA INDUSTRIA PESQUERA.
1. OBJETIVO
Establecer los lineamientos básicos (técnicos y administrativos) para el almacenamiento de
productos químicos que son utilizados en las operaciones de la empresa.
2. ALCANCE
Este procedimiento aplica a todas las operaciones de la empresa.
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Mercancía Peligrosa: Materiales perjudiciales que durante su fabricación, manejo,
transporte, almacenamiento o uso pueden generar o desprender polvos, humos, gases,
líquidos, vapores o fibras infecciosas, irritantes, inflamables, explosivos, corrosivos,
asfixiantes, tóxicos o de otra naturaleza de peligro o de radiaciones ionizantes en cantidades
que pueden afectar la salud de las personas que entren en contacto con éstas o que causen
daño material.
4. FRECUENCIA
Cada vez que se requiera.
5. DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO
6. MÁS INFORMACION SOBRE EL PROCEDIMIENTO
N/A
7. DOCUMENTOS DE SOPORTE
Manual de manejo de productos químicos
Hojas de seguridad de Productos Químicos.
8. INDICADORES DE DESEMPEÑO
Los indicadores de este procedimiento están descritos en el programa de manejo de
químicos de la organización.
9. CONSULTA Y COMUNICACION
QUE
CONSULTAR /
COMUNICAR
A QUIEN CADA CUANTO MEDIO
Procedimiento para
almacenar productos
químicos
Personal de la
empresa que
manipule productos
químicos
Cada vez que se
requiera Charlas
Comunicados por
correo electrónico
10. REGISTRO DE REVISION Y APROBACION
Elaborado por Revisado por Aprobado por
Gerencia General
ANEXO N° 2
ANEXO N° 3
ANEXO N° XX
PLANES DE EMERGENCIA
PLAN DE EMERGENCIA INTERIOR (PEI)
Estos documentos deberán presentar la siguiente información:
A Identificación de los incidentes o accidentes que justifiquen la activación del PEIn
Se describirán los criterios para el inicio de la emergencia.
B Procedimientos de actuación
Se definirán las normas generales que deberán emplearse en caso de emergencia. Deberán considerarse como mínimo, los siguientes casos:
B. 1 Incendio.B.2 ExplosiónB.3 Fuga de gases tóxicos, irritantes o corrosivos BA Vertido incontrolado de productos peligrosos
C Dirección de la emergencia
Será obligatoria la presencia continua en la instalación, del Director de la Emergencia,
o persona a quien delegue, quien deberá ser consultado en todas las situaciones que involucren aspectos de seguridad de ésta. Asimismo, el Director de la Emergencia será el interlocutor con el Plan de Emergencia Exterior. En el Plan de Emergencia Interior se describirá la cadena de mando operativo durante emergencias. Se hará relación de los cargos de las personas responsables y de los nombres de éstas y se incluirán las formas de entrar en contacto con ellos.
D Operatívidad
Se describirán en este capítulo las acciones que debe realizar cada grupo de personas ínvolucradas en la organización de emergencia, en función, en su caso, del tipo de emergencia. Se considerarán los siguientes grupos de personas:
D. 1 Dirección del PlanD.2 Servicios de prevención y extinción de incendios de la propia plantaD.3 Servicio sanitarioD.4 Departamento de administración, en su casoD.5 Personal en turno de trabajo en instalación afectadaD.6 Personal en turno de trabajo en instalación no afectadaD.7 Talleres
D.8 AlmacenesD.9 Portería y centralitaD.10 Personal ajeno al industrial (visitantes, personal contratista)
E Interfase con el Plan de Emergencia Exterior
En este capítulo se relacionan todos los incidentes o accidentes que requieran la ayuda de medios externos para combatirlo (y que, por lo tanto, requiere, la.intervención de medios del Pacto de Ayuda Mutua, si hubiere, o del Plan de Emergencia Exterior). Para cada uno de estos accidentes se incluirá, como mínimo, la siguiente información:
E. 1 Descripción del accidente o los accidentes, de acuerdo con los resultados del Estudio de Seguridad.E.2 Instante o situación, durante la evolución del accidente y medidas adoptadasE.3 Tipo de ayuda que debe solicitarse. En particular el inventario de medios
del Plan de Emergencia Exterior que podrían ser necesarios
Se especificarán también en este capítulo los procedimientos y canales para la notificación. En particular, se definirá el contenido de la comunicación para cada accidente. En cuanto a canales, se definirá, como mínimo, un medio de comunicación primario para la notificación y uno redundante o secundario. En general, se recomiendan sistemas de comunicación directos (líneas telefónicas punto a punto) como medio primario y se reservará otros medios (teléfono convencional, radio, etc.) como secundarios.
El capítulo correspondiente a la interfase entre Planes de Emergencia para cada una de las instalaciones objeto de planificación se incorporará al Plan de Emergencia Exterior, de acuerdo con la Autoridad responsable de éste.
F Fin de la emergencia
Se especificarán en este capítulo las condiciones bajo las que puede considerarse terminada la situación de emergencia.
G Inventario de medios disponiblesH Mantenimiento de la operatividad del Plan
H.1 Programa de conocimientos básicos del personal adscrito al Plan.H.2 Programa de adiestramiento del personal de prevención y extinción de
incendios.H.3 Revisiones. Incorporación de nuevos riesgos e instalaciones.
H.4 Definición y normalización de ejercicios y.simulacros de activación del PEI.
Plan de Emergencia Exterior (PEE)
El Plan de Emergencia Exterior (PEE) debe presentar la siguiente información:
• Nombres de las personas autorizadas para poner en marcha procedimientos de emergencia y 0 de personas autorizadas a dirigir y coordinar las operaciones externas.• Medidas para recibir una información rápida de los incidentes y procedimientos de alerta y movilización de ayuda.• Medidas para coordinar los recursos necesarios para aplicar el plan de
emergenciaexterior, identificando la estructura organizativa y funcional de los entes adscritos al PEE.• Medidas para prestar asistencia. a las operaciones paliativas in situ, identificando recursos humanos y materiales e instalaciones necesarias.• Análisis de consecuencias y establecimiento de planes para las zonas afectadas.• Medidas para operaciones paliativas externas.• Medidas para facilitar al público información específica sobre el accidente y el comportamiento que debe observar.• Medidas para facilitar información a los servicios de emergencias de otros países
en elcaso de que se produzca un accidente grave con posibles consecuencias más allá de las fronteras.• La organización del seguimiento del accidente y las medidas de reparación.