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ADMINISTRACIÓN CONTRATO DE TRABAJO Y REMUNERACIÓN LABORAL

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CONTRATO DE TRABAJO Y CONTRATO DE TRABAJO Y REMUNERACIÓN LABORAL REMUNERACIÓN LABORAL

CONTRATO DE TRABAJO

CONTRATO DE TRABAJO

Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra

persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y

mediante remuneración.

CONTRATO DE TRABAJO

• Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la

remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.

Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres

elementos esenciales:

El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito, para su validez no requiere

forma especial alguna:

CONTRATO VERBAL: El trabajador debe ponerse de acuerdo al menos acerca en:

•Condición y sitio de trabajo.•Cantidad y forma de remuneración.•La duración del contrato.

CONTRATO ESCRITO: Se extiende en tantos ejemplares en cuantos sean los interesados y debe contener aparte de las clausulas lo siguiente:

Identificación y domicilio.lugar en donde se va a prestar el servicio.Naturaleza del trabajo.Cantidad de la remuneración.Forma y periodos de pago.

Duración y terminación del contrato.

El contrato de trabajo puede celebrarse :

A TÉRMINO FIJO: Debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.

TIEMPO INDEFINIDO: No esta determinada por la duración de la obra o la naturaleza de la labor contratada, no se refiera a un trabajo ocasional o transitorio.

El contrato de trabajo se puede llegar a suspender cuando:

Por fuerza mayor o caso fortuito que temporalmente impida su ejecución.

Por suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa.

Por licencia o permiso temporal concedido por el empleador al trabajado.

Por ser llamado el trabajador a prestar el servicio militar.

Por detención preventiva del trabajador o por arresto correccional.

Por huelga declarada en la forma prevista en la Ley.

El contrato de trabajo termina cuando:

Muerte del trabajador.

Mutuo consentimiento.

Expiración de término fijo pactado.

Por terminación de la obra o labor contratada.

Por sentencia ejecutoriada.

Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de 120 días.

Por liquidación o clausura definitiva de la empresa.

Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del contrato.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES EN GENERAL

EMPLEADOR: Le incumben las obligaciones de protección y de seguridad para con los trabajadores.

TRABAJADOR: Obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador.

OBLIGACIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR

Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos.

Conceder al trabajador las licencias.

Procurar a los trabajadores elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades

profesionales.

Poner a disposición de los trabajadores, los instrumentos adecuados necesarias para la realización de las labores.

OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR

Realizar personalmente la labor, en los términos estipulados.

Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.

Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime conducentes a evitarle daños

y perjuicios.

Conservar y restituir un buen estado, los instrumentos, útiles y materias primas del sitio de trabajo.

PROHIBICIONES A LOS EMPLEADORES

Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político.

Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para aceptarlos en el trabajo.

Deducir o retener suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a

los trabajadores, sin autorización previa escrita.

Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad.

PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES

Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas.

Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador.

Usar los útiles o herramientas suministradas por el empleador en sitios distintos del trabajo contratado.

Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados.

TIPOS DE CONTRATOS

EN PRACTICAS: Sirven para facilitar las prácticas profesionales a los trabajadores con título universitario o formación profesional de grado medio o superior, siempre y cuando estén reconocidos hábilmente para el ejercicio profesional.

DE INTERINIDAD: Tiene como finalidad sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo para cubrir temporalmente ese puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su ocupación definitiva.

DE TRABAJO A DOMICILIO: Se da cuando la prestación del servicio se realiza en el domicilio del trabajador, o en un lugar libremente elegido por él, sin vigilancia del empresario.

DE INSERCIÓN: Para participar en programas públicos de realización de obras y servicios de interés general y social. El objetivo que se persigue es, la adquisición de experiencia laboral.

REMUNERACIÓN LABORAL REMUNERACIÓN LABORAL

La remuneración laboral es el salario o el precio pagado

por la realización de un trabajo, el cual puede variar

dependiendo del lugar, la región, el país, la ocupación,

etc.

FACTORES CONSTITUTIVOS DE FACTORES CONSTITUTIVOS DE SALARIOSALARIO

Los factores constitutivos de salario para el sector publico difieren sustancialmente del sector privado en la base de liquidaciones para aportas parafiscales que se establece para cada sector.Los emolumentos que deben ser tomados como factor salarial, para asignación de los empleados públicos y privados son:

1. LOS INCREMENTOS DE SALARIO POR ANTIGÜEDAD

Cuya forma de designación se encuentra enunciada en los artículos 49 y 97 del decreto 1042 de 1978.

2. LOS GASTOS DE REPRESENTACIÓN

Pago para el desarrollo de actividades ejecutadas en la representación de la institución a la cual están laboralmente vinculados.

3. LA PRIMA TÉCNICA

Reconocimiento económico para mantener al servicio del estado personal altamente calificado, en cargos de alta responsabilidad o superior especialización técnica.

4. EL AUXILIO DE TRANSPORTE Valor que se paga al trabajador por su desplazamiento desde su residencia hasta su sitio de trabajo.

5. EL AUXILIO DE ALIMENTACIÓN

6. LA PRIMA DE SERVICIORetribución de los empleados públicos de la rama ejecutiva y a empleados del sector privado a la cual tiene derecho después de 6 meses de servicios y equivalentemente a los 15 de remuneración que se pagara en los primeros días del mes de julio.

8. LOS VIÁTICOS PERCIBIDOS POR LOS FUNCIONARIOS EN COMISIÓN

7. LA BONIFICACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS

Reconocimiento al empleado que lleva mas de un año desarrollando su labor para la misma entidad oficial.

9. HORAS EXTRAS DOMINICALES Y FESTIVOS

Remuneración al trabajo realizado en horas adicionales a la jornada ordinaria diurna o nocturna o en días dominicales y festivos.

10. RECARGO NOCTURNO Valor adicional que se paga al empleado por labor en el horario comprendido entre las 10:00pm y las 6:00am del siguiente día.

11. VACACIONES

Descanso remunerado. El articulo 17 de la ley 21 de 1982 ordena incluirlas como base de la liquidación de aportes parafiscales.

12. SALARIO EN ESPECIE

Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa el servicio, tales como la alimentación, habitación o vestuario.

13. PRIMA DE LOCALIZACIÓN

Prima reconocida cuando el trabajo del empleado publico deba ejecutarse en regiones con condiciones especiales de desarrollo socioeconómico o de accesibilidad y por ello ameriten su reconocimiento.

14. PRIMA DE VIVIENDA

Extra legal se reconoce a trabajadores amparados por convenciones colectivas de trabajo en forma adicional a los emolumentos enunciados y que son consecutivos de salario para el calculo de los aportes descritos, los honorarios y erogaciones que posean los denominaciones.

15. HORAS DE CATEDRA

Es la hora de clase dictada por un profesional no vinculado a la administración en ninguna jornada o nivel educativo.

16.JORNALES Salario estipulado por día y pagado por periodos no mayoras de una semana.

17. SUPERNUMERARIOS

Remuneración al personal ocasional que la ley autorice vincular para suplir a los empleados públicos en caso de licencias, vacaciones o para desarrollar actividades mentales transitorias que no pueden atenderse con personal de planta.

Los factores constitutivos de salarios que harán parte de la base de liquidación de aportes parafiscales serán los siguientes emolumentos:

TIPOS DE TIPOS DE REMUNERACIÓN REMUNERACIÓN

1. REMUNERACIÓN A DESTAJO 1. REMUNERACIÓN A DESTAJO

La remuneración a destajo es aquel que se paga por una mano de obra concreta y determinada o una unidad de pieza, de manera que el salario no es fijo, se paga de forma proporcional al resultad del esfuerzo.

Para fijar las tarifas de pago por cada pieza se toma en consideración:

Este tipo de remuneración constituye la forma mas estrecha de vincular la retribución al rendimiento de los empleados.

2. LA REMUNERACIÓN POR 2. LA REMUNERACIÓN POR PRODUCTIVIDAD PRODUCTIVIDAD

El salario se basa en el desempeño que despierta el compromiso del personal ya que se toma conciencia que realizado una excelente labor, recibirá su premio merecido y se esforzara por hacerlo bien cada vez más.

Dentro del salario otorgado a un empleado, debe existir un pago fijo que será entregado sin importar qué o cuánto haya hecho y sumarle la parte dependiendo de objetivos o logros alcanzados. Lo que se intenta con el pago que recibe el individuo por sus buenos resultados en la empresa es permitir un crecimiento de la organización y de él mismo.

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DINÁMICA:DINÁMICA:DEBATE DEBATE

EL CASO NULE

• 1. ¿Quiénes son los tres empresarios costeños?

2. ¿De qué los acusa la justicia?

3. ¿Quiénes son los supuestos cómplices de sus actuaciones tanto

en el Distrito como a nivel Nacional?

• 4. ¿Dónde está la plata y qué posibilidad hay de que se

recupere?

5. ¿Quiénes son las principales víctimas de las acciones oscuras

del grupo?

GRACIAS POR SU ATENCIÓN.. GRACIAS POR SU ATENCIÓN..