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  GUIA PRACTICA DE EXPORTACION Elaborado por : Dr. Javier Villanueva Nehmad Gerente Legal 2011 

Adex-peru Guia Del Export Ad Or Actualizada 2011

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GUIA PRACTICA DE EXPORTACION

Elaborado por : Dr. Javier Villanueva Nehmad Gerente Legal

2011

INTRODUCCION

El Per a pesar de ser un pas rico en recursos naturales, se encuentra en una etapa de subdesarrollo, atravesando en las ltimas dcadas una grave crisis poltica, social y econmica. Una de las principales medidas para que el Per logre superar la grave crisis econmica por la que atraviesa, es la activa participacin y comercializacin de sus productos en el exterior; es decir, la activa exportacin de sus productos. Es indudable el beneficio que las exportaciones brindan a un pas. En el mbito pblico veremos que el ingreso de divisas aporta soluciones a los problemas de intercambio comercial, al posibilitar el equilibrio o transformacin en favorable del saldo de la balanza comercial. En el mbito privado, veremos no slo la posibilidad de incrementar mercados frente a la estrechez del mercado local, eliminndose los eventuales desniveles pendulares de la demanda interna, reduciendo o eliminando la capacidad ociosa productiva, con una mejor absorcin de los costos fijos en las empresas y la posibilidad de optimizar el producto, modernizando los mtodos de produccin. Cada vez son ms las empresas que venden sus productos en el extranjero, pero para muchas empresas, la idea de exportar o la forma de hacerlo se convierte en un dolor de cabeza. Creer ser demasiado pequeas o no saber por

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donde empezar disuaden de emprender este proyecto, que cada vez resulta ms ineludible debido a la globalizacin de los mercados. La actividad exportadora le puede aportar las siguientes ventajas: - Aumentar el mercado - Disminuir los cotos - Diversificar riesgos - Obtener informacin de los mercados internacionales. - Aumentar la competitividad - Alargar la vida del producto Si la exportacin se plantea dentro de la estrategia global de la empresa, se debe llevar una planificacin que implica: - Obtencin de informacin sobre el pas objetivo. - Obtencin de informacin sobre clientes potenciales o intermediarios. - Mailing a los destinatarios seleccionados. - Participacin en ferias y misiones comerciales. - Viajes de prospeccin. - Creacin de canales de distribucin: eleccin de un representante, agente o distribuidor.

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CAPITULO I

MARCO TEORICO DE LAS EXPORTACIONES

Qu es una exportacin? La normatividad legal vigente del rgimen de exportacin est contenida en la Ley General de el Aduanas, N aprobado por Decreto la Legislativo Tabla de N 1053 (27.06.08); Decreto Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por 010-2009-EF (16.01.09); Sanciones Infracciones Aduaneras, aprobado por Decreto Supremo N aprobado por

Supremo

aplicables a las

031-2009-EF (11.02.09); y el Procedimiento de Exportacin 2009/SUNAT/A (17.03.09).

Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N 137-

La exportacin es el rgimen aduanero que permite la salida del territorio aduanero de mercancas nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior. La salida fsica de las mercancas del territorio nacional hacia el territorio aduanero de un tercer pas, constituye la modalidad tpica de exportacin definitiva. Adems, se considera como una exportacin definitiva, el ingreso de mercancas del resto del territorio nacional hacia la Zofratacna o CETICOS, a fin de ser destinadas posteriormente al extranjero.

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Quines pueden exportar? El Decreto Legislativo N 668 (14.9.91) establece que el Estado garantiza el derecho de toda persona natural o jurdica a realizar operaciones de comercio exterior sin prohibiciones ni restricciones de carcter para-arancelarias de ningn tipo, quedando por lo tanto sin efecto las licencias, dictmenes, visaciones previas y consulares, registros y condicionamientos previos de cualquier naturaleza que afecten la exportacin de bienes, con excepcin de las medidas establecidas por razones de: Es Orden sanitario. Defensa al patrimonio cultural y del medio ambiente. Conservacin y proteccin de la flora y fauna silvestre. Preservacin del patrimonio gentico nativo y mejoramiento de los cultivos. Defensa del orden interno y seguridad del Estado. necesario cumplir algn requisito administrativo antes de

exportar? El nico requisito es obtener el Registro nico de Contribuyentes - RUC Mediante Decreto Legislativo N 943 (20.12.03), se aprueba la Ley de Registro nico de Contribuyentes RUC, reglamentado por Resolucin N 210-2004SUNAT (18.9.04) y sus modificatorias. El RUC es un registro computarizado, de nico y centralizado que de los la

contribuyentes

y/o

responsables

los

tributos

administra

Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria - SUNAT.

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Deben inscribirse en el RUC a cargo de la SUNAT, todas las personas naturales o jurdicas, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos, nacionales o extranjeros, domiciliados o no en el pas, que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: a) Sean contribuyentes y/o responsables de tributos administrados por la SUNAT, conforme a las leyes vigentes. b) Que sin tener la condicin de contribuyentes y/o responsables de tributos administrados por la SUNAT, tengan derecho a la devolucin de impuestos a cargo de esta entidad, en virtud de lo sealado por una ley o norma con rango de ley. Esta obligacin debe ser cumplida para proceder a la tramitacin de la solicitud de devolucin respectiva. c) Que se acojan a los Regmenes Aduaneros o a los Destinos Aduaneros Especiales o de Excepcin previstos en la Ley General de Aduanas. d) Que por los actos u operaciones que realicen, la SUNAT considere necesaria su incorporacin al registro. En que casos se tramita una Exportacin bajo Declaracin

Simplificada? De conformidad con el Art. 191 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, el despacho de exportacin de mercancas que por su valor no tengan fines comerciales o si los tuviera no son significativos para la economa del pas, se podr solicitar mediante una Declaracin Simplificada de Exportacin. Dichas Declaracin Simplificada es utilizada en: a) Muestras sin valor comercial. b) Mercancas cuyo valor FOB no exceda de US $ 5,000 dlares de los Estados Unidos de Amrica.5

Dichas mercancas pueden ser exportadas sin contar con la intervencin de un Agente de Aduanas, para ello, slo es necesario la presentacin de una Declaracin Simplificada de Exportacin, documento que reemplaza a la Declaracin nica de Aduanas (DUA) - Exportacin. Adicionalmente la exportacin puede realizarse a travs de empresas de Mensajera Internacional (courier) o a travs de SERPOST bajo su sistema EXPORTAFACIL. Qu es el EXPORTAFACIL ? Es la exportacin con fines comerciales a travs del servicio postal, con la finalidad de lograr un trmite gil y oportuno para la salida de las mercancas y el correcto cumplimiento de las normas que la regulan. DESCRIPCION DEL DESPACHO Numeracin de la Declaracin Exporta Fcil. 1. El Exportador accede al portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) y activa la opcin para numerar la DEF, ingresando su clave SOL que reemplaza a su firma manuscrita, llenando los datos en el formato establecido; luego de concluido el envo, la administracin aduanera numerada la DEF en seal de conformidad. 2. El exportador imprime la DEF numerada en (04) ejemplares y un (01) ejemplar adicional por cada bulto o envo, a su vez procede a conseguir su firma en todos los ejemplares. 3. El exportador presenta ante cualquier oficina de SERPOST la mercanca acompaada de la DEF debidamente numerada y firmada, el6

comprobante de pago emitido de acuerdo a los requisitos establecidos

en el Reglamento de Comprobantes de Pago y la documentacin que requiera la mercanca restringida o prohibida para su salida al exterior, de ser el caso. 4. El personal de SERPOST procede a identificar al exportador y en caso ste sea persona jurdica identifica al representante legal; luego asigna un nmero de gua postal y lo consigna en la DEF y remite la mercanca al Centro de Clasificacin Postal de SERPOST en Lima, conjuntamente con el formato DEF y la documentacin sealada en el numeral precedente. Cuando el trmite ante SERPOST lo realiza una persona distinta al exportador o al representante legal, al momento de la numeracin de la DEF se deber consignar adicionalmente el nombre y el documento de identidad de la persona que presentar la documentacin y el envo a SERPOST. 5. Realizadas todas las formalidades de recepcin de la mercanca en el Centro de Clasificacin Postal en Lima, SERPOST transmite por va electrnica a la SUNAT los datos de la recepcin de la mercadera indicando el nmero de gua postal, peso y valor del flete del envo postal. Esta informacin se registra el SIGAD; en caso de ser incorrecta, el sistema comunica los errores para su correccin. Cundo se considera una Exportacin con valor comercial? Se considera con valor comercial cuando el valor FOB de la exportacin es superior a los US $ 5,000 dlares de los Estados Unidos de Amrica. En estos casos es obligatorio (salvo excepciones) la intervencin de un Agente de Aduanas y la presentacin de los documentos aduaneros de una exportacin normal.

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Qu bienes son considerados de Exportacin Restringida? Se considera restringida la exportacin de bienes que se encuentran controlados o fiscalizados por los sectores, entidades o Ministerios correspondientes, los cuales requieren de una autorizacin previa emitida por autoridad competente antes de ser exportados. Las mercancas que se encuentran sujetas a restriccin se encuentran agrupadas en el Procedimiento de Control de Mercancas Restringidas y Prohibidas, aprobado por Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N 000332-2004-SUNAT/A (9.07.04) (Procedimiento INTA PE.00.06), dentro de las que se encuentran, entre otros: Libros, revistas, mapas, cuadernos, diskettes, CDs, videocasetes, planos o cualquier otro material en que se represente o se haga referencia a los lmites del Per, que requieren autorizacin mediante Resolucin Directoral por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores (Decreto Supremo N 57057-EF (5.07.57). Armas, municiones, explosivos y artculos conexos de uso civil que requieren autorizacin mediante Resolucin Directoral por parte de la DICSCAMEC del Ministerio del Interior (Ley 25054 (20.6.89) y sus normas modificatorias). Los productos e insumos qumicos que directa o indirectamente estn destinados a la elaboracin de la pasta bsica de cocana, pasta lavada, clorhidrato de cocana, morfina base bruta, morfina base y herona, deben contar con la autorizacin de la Direccin de Insumos Qumicos y Productos Fiscalizados del Ministerio de la Produccin (Ley N 25623 (22.07.92) y sus normas modificatorias)

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Los recursos hidrobiolgicos ornamentales y los cetceos menores que son mantenidos en cautiverio que requieren opinin favorable del Ministerio de la Produccin (Ley N 26585 (9.04.96). Las Alpacas y Llamas tienen cuotas de exportacin otorgadas por el Ministerio de Agricultura (Decreto Supremo N 008-96-AG (8.06.96) y sus normas modificatorias) Obras de arte, rplicas, libros con antigedad de ms de 100 aos que requieren autorizacin del Ministerio de Educacin a travs del INC. Los especimenes de flora y fauna silvestres al estado natural as como sus productos o sub-productos, slo pueden exportarse para fines de investigacin cientfica o de difusin cultural, salvo que provengan de viveros, centros de cra, reproduccin o zoocriaderos registrados, los que podrn exportarse para cualquier fin (Ley N 21080 (22.01.75) Ley N 27308 (16.7.2000). El Cedro y la Caoba como producto elaborado o piezas y partes de estas especies, cuya autorizacin depende del Ministerio de Agricultura a travs de INRENA.. Slo productos de la ua de gato obtenidos mediante transformacin qumica, industrializada o con mayor valor agregado. El guano de Isla previa comercializacin en subasta pblica por

PROABONOS (Decreto Supremo N 019-01-AG (19.4.01). Qu bienes son considerados de Exportacin Prohibida? Comprende aquellos bienes cuya salida del pas se encuentra prohibida por encontrarse en estado natural, teniendo el Estado la facultad de controlar la9

exportacin de determinados productos con el fin de proteger y evitar la depredacin de los recursos naturales. La lista de productos de exportacin prohibida se encuentra establecida en el Texto nico de Productos de Exportacin otros: a. Los animales vivos de la fauna silvestre. b. Especies vivas de vicuas, chinchillas y huanacos, as como sus pelos finos y desperdicios de pelos finos. c. Carnes y despojos provenientes de especies en veda de la fauna silvestre. d. Peces ornamentales de las especies: Baquichico Acarahuaz Palometa Prohibida, aprobado por Decreto Supremo N 070-93-EF (30.04.93), dentro de los que se encuentran, entre

e. Pieles y otras partes de aves, con las plumas o con el plumn, plumas y partes de plumas, de las especies de la fauna silvestre que se encuentren en veda por el Ministerio de Agricultura. f. Productos de las aves de las especies de la fauna silvestre que se encuentren en veda por el Ministerio de Agricultura. g. Orqudeas de todas las especies silvestres. h. Plantas y partes de plantas de la flora silvestre al estado natural: Tallos y sogas de curar o ampihuasca10

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Ratania en races Corteza de chuchuhuasi Berberis en races y tallos

i. Pieles de reptiles en bruto (frescas, saladas, secas, encaladas o piqueladas) j. De las especies de animales silvestres que se encuentren vedadas por el Ministerio de Agricultura: Pieles preparadas. Cueros y pieles apergaminados. Cueros y pieles agamuzados. Recortes y dems desperdicios de cuero natural. Peletera en bruto. Peletera curtida o adobada, incluso ensamblada, en napas. trapecios, cuadrados, cruces o presentaciones anlogas, su desperdicios y retales sin cocer. Peletera manufacturada o confeccionada. Excepciones: Que se exporten con fines de investigacin cientfica y/o tecnolgica y/o de difusin cultural, previa autorizacin del Ministerio de Agricultura. Que provengan por de el zoocriaderos Ministerio de o reas de y manejo previa autorizados Agricultura

autorizacin de dicho Ministerio. k. Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o

escuadrada. l. Madera sin aserrar longitudinalmente, o simplemente

desbastada o redondeada, pero sin tornear, curva ni rebajar de otro modo.11

Excepciones: Maderas que provengan de bosques cultivados calificados por el Ministerio de Agricultura y previa autorizacin de dicho Ministerio. m. Hilados y tejidos de pelos finos de vicua, chinchilla y guanaco, cardados o peinados n. Objetos fragmentos y restos arqueolgicos histricos y

artsticos, sean de propiedad del Estado o propiedad privada. Excepciones: Cuando sean destinados a exhibiciones en el extranjero que se realicen directamente con la intervencin del Gobierno Peruano y cuya salida provisional ser autorizada mediante Resolucin Suprema. o. Llamas y alpacas, aprobado por Decreto Supremo N 08-96AG (8.6.96). p. Pijuayo, aprobado por Resolucin Ministerial N 0725-2000AG (22.9.00). q. Caoba y cedro, aprobado por Decreto Supremo N 013-96-AG (23.8.96) y sus normas modificatorias. r. Camu Camu en estado natural, aprobado por Decreto Supremo N 046-99-AG (25.11.99) y sus normas modificatorias. s. Ua de gato en estado natural, aprobado por Decreto Supremo N 009-99-AG (29.3.99) y sus normas modificatorias.12

-

t. Semillas botnicas, vegetativas, especimenes, productos y subproductos de la maca al estado natural o con proceso de transformacin primaria, aprobado por Decreto Supremo N 039-2003-AG (8.12.03) y sus normas modificatorias.

v. Pava Aliblanca, aprobado por la Ley N 28049 (1.8.03).

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CAPITULO II

LA NEGOCIACION ANTES DE LA EXPORTACION

Cules son las consideraciones previas que se deben tomar en cuenta antes de exportar? Exportar es una tarea mucho ms compleja de lo que a primera vista pudiera pensarse, con frecuencia se habla de exportar como si se tratara de una simple tarea de venta al exterior. Sin embargo esa venta es la ltima fase y la consecuencia de un conjunto de operaciones que posibilitan el paso de un producto entre el fabricante y el comprador, conjunto cuyo conocimiento sistemtico y ordenado, al igual que su aplicacin, forman el sentido mismo de la comercializacin internacional. La exportacin representa la etapa final del proceso de colocacin de mercancas nacionales en el mercado internacional, resultado de un conjunto de operaciones emprendidas por el exportador, dentro de las que se encuentran: Estudio de mercados exteriores. Conocimiento de su demanda externa. Condiciones para el ingreso al extranjero. Tratativas para la venta al exterior. Financiamiento. Produccin en donde el requerimiento de insumos adecuados constituye un elemento primordial. Subcontratacin de empresas de servicios de produccin. Obtencin de estndares adecuados de calidad.14

Embalaje. Conservacin del producto, Presentacin y acondicionamiento para el transporte, etc.,

En ese sentido, para que una exportacin sea una actividad permanente, eficiente y rentable se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones: Se debe contar con una capacidad de produccin suficiente y eficiente a fin de exportar con la continuidad y cumplimiento en los plazos y condiciones pactadas con el comprador. Estudiar el mercado que se desea operar, a fin de evaluar sus posibilidades comerciales en el presente y en el futuro. Estudiar los canales de comercializacin existentes. Conocer los regmenes aduaneros e impuestos vigentes, as como las disposiciones sobre calidad, embalaje, rotulaje y aspectos sanitarios del mercado respectivo. Conocer los mecanismos exportador. Utilizar la comunicacin y el idioma ms adecuado y responder todas las comunicaciones. Utilizar como representantes en el exterior a personas que realmente conozcan el negocio a fin de tener acceso a los compradores. Calcular con mucho cuidado los precios de la mercanca de exportacin. Elaborar folletos y catlogos de promocin de venta de su mercanca en el exterior, debiendo estar en perfecta armona con las peculiaridades del mercado. El producto debe tener una excelente calidad y un adecuado precio, as como un abastecimiento continuo a fin de lograr la calidad total del producto. tributarios y aduaneros que favorecen al sector

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Cmo se selecciona el mercado y los productos de exportacin? Uno de los primeros pasos que debe dar una empresa antes de exportar es seleccionar el mercado y los productos de exportacin. Para llevar a cabo esta tarea se debe: Seleccionar el Mercado: La primera forma de seleccionar un mercado es el criterio geogrfico donde la proximidad fsica es el concepto clave. Las oportunidades iniciales pueden encontrarse en los pases vecinos. Sin embargo, tambin hay que tener en cuenta los factores socio-polticos, econmicos, culturales y tecnolgicos. Seleccionar el Producto: La labor de seleccin de productos de exportacin implica tener una visin clara de los recursos financieros que sern necesarios para que el proyecto de exportacin se convierta en una realidad comercial. El procedimiento para la seleccin del producto de exportacin se puede dividir en dos etapas: 1. Estudio del producto teniendo en cuenta los objetivos, los recursos financieros y la capacidad de la empresa. En esta etapa debemos contestar las siguientes preguntas: a) Es el producto seleccionado para la exportacin compatible con los objetivos de la empresa en lo que se refiere a: Margen de beneficio y rendimiento de la inversin.16

Volumen y estabilidad de las ventas. Crecimiento de las ventas. Mantenimiento de la imagen de la empresa. Repercusin sobre la gama de productos existentes.

La respuesta a estas preguntas implica hacer una estimacin de las ventas, de los beneficios y de la duracin del producto, as como de las inversiones y riesgos previsibles y determinar el tiempo que se tardar en recuperar el dinero invertido en el producto desde su etapa de comercializacin.

b) Hasta que punto est el producto exportable en consonancia con: Los Los recursos recursos financieros tcnicos y disponibles para su comercializacin. para su

profesionales

necesarios

comercializacin. 2. Estudio del producto teniendo en cuenta las ventajas competitivas concretas de la empresa. En esta segunda etapa se estudian los productos que han superado el examen de la primera etapa teniendo en cuenta el factor competencia . Elaboracin de un estudio de mercado: En la iniciacin de la exportacin es imprescindible la realizacin de un estudio de mercado que se fundamenta en la recopilacin de la informacin en distintas fuentes, de tal forma que facilite la toma de decisiones. Qu se entiende por estratgica de diversificacin y concentracin? Antes de iniciar un proceso de seleccin de pases a los que exportar, la empresa debe decidir el nmero de mercados a los que acudir. Se trata de una17

decisin estratgica y optar por la concentracin o diversificacin, aunque tambin existen soluciones intermedias. Concentracin: La empresa centra sus recursos en un nmero reducido de mercados, de forma que puedan conseguir un volumen de ventas continuado y crecimiento en cada uno de ellos. Ventajas: Mayor conocimiento de los mercados elegidos. Posibilidad de ofrecer un producto diferenciado y adaptado. Reduccin de los costos logsticos y de administracin. Mayores recursos para la promocin y publicidad de cada mercado. Control de riesgo de clientes.

Seleccin de Productos: La labor de seleccin de productos de exportacin implica tener una visin clara de los recursos financieros que seran necesarios para que el proyecto de exportacin se convierta en una realidad comercial. El procedimiento para la seleccin de productos de exportacin se puede dividir en dos etapas: 1. Estudio del producto teniendo en cuenta los objetivos, los recursos financieros y la capacidad de la empresa. 2. Estudio del producto teniendo en cuenta las ventajas competitivas concretas de la empresa.

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Diversificacin: La estrategia de crecimiento se basa en vender en un mayor nmero de mercados, aunque sea en perjuicio de conseguir una cuota insignificante de ellos. Ventajas: Se obtiene informacin comparativa de los mercados mundiales. Mayor dependencia respecto a un nmero reducido de mercados Explotacin de ventajas competitivas a corto plazo. Aprovechamiento de oportunidades coyunturales en los precios. Evita el enfrentamiento directo con los principales competidores.

Las ventajas de las estrategias pueden cambiar a lo largo del tiempo de acuerdo con el proceso de internacionalizacin en el que se encuentra y el ciclo de vida del producto. En cualquier caso, la eleccin deber hacerse a partir de un anlisis detallado de la situacin de la empresa, los objetivos, las caractersticas de los productos y los mercados a los que se va a dirigir. Cules son los riesgos en las exportaciones? Las operaciones internacionales conlleva a una serie d dificultades. La adecuada negociacin y utilizacin de los contratos internacionales es la mejor va de prevencin y garanta. Areas de riesgo ms habituales: Riesgo de interpretacin: diferencias culturales y lingsticas. Riesgo Comercial: de impago o cobro de las exportaciones. Riesgo de fabricacin: realizar productos de exportacin a la medida.19

Instrumento de pago: riesgos inherentes a los mismos. Riesgos documentales: preparacin y obtencin de documentos de Riesgos de crdito: pago aplazado por el comprador. Riesgos de tipo de cambio: tipo y precio de la divisa contractual. Riesgos jurdicos: leyes, reglamentaciones y prcticas comerciales Riesgos de conformidad de la mercanca: calidad conforme al mercado. Riesgos de inversin: crear una red comercial exterior. Riesgo-pas: riesgos polticos.

expedicin.

diversas.

Cmo se determina la poltica de fijacin de precios? Es imprescindible elaborar la correcta poltica de fijacin de precios para abordar con xito los mercados internacionales. Es necesario un estudio de mercado de destino, con el fin de conocer los sistemas de distribucin, hbitos de consumo, distinguir las bandas de precios, posicionar el producto y establecer su precio final. El valor de venta neto para productos destinados a la exportacin no difieren del nacional, salvo las adaptaciones que se hayan realizado al producto para adecuarlo al mercado de destino. Costo del producto + gastos comerciales + margen comercial = precio de venta. Para conocer el precio de venta en destino es necesario consultar con un agente de aduanas en el pas de destino. Precio de venta + gastos de embarque + gastos de transporte + seguro = precio de venta en destino.

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A partir de aqu se deben invertir el destino de las operaciones, partiendo del precio de venta al pblico para llegar al precio de venta en destino. Es necesario conocer los aranceles de importacin y los impuestos que gravarn el precio del producto. Cmo se efecta la negociacin internacional? Cualquier relacin de compraventa requiere un proceso de negociacin que puede culminar en la firma de un contrato en el que ambas partes se sientan conformes. Toda negociacin parte de una situacin de confrontacin (cada uno de los interlocutores desean un objetivo distinto) a otra de conclusin (acuerdo final). Antes de comenzar las negociaciones es necesario evaluar la situacin actual de la empresa a travs de un anlisis FODA (fortalezas, oportunidades, debilidades, amenazas) para concebir la estrategia y la tctica de negociacin. Tampoco hay que olvidar el idioma en el que se negociar y la posibilidad de usar intrpretes. Aspectos a tener en cuenta: Evitar situaciones de conflicto, controversia y criticar a la otra parte. Desarrollar actitudes de comunicacin, colaboracin y cooperacin. Tener siempre en perspectiva los objetivos. Estar dispuesto al cambio, manteniendo la coherencia y buscando la Estudiar la cultura y hbitos de negociacin de las personas de otras procedencias, Proponer opciones, dando la sensacin que las nuevas ideas propuestas son aportaciones de ambas partes.

confluencia de intereses,

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La

negociacin

internacional

forma

parte

sustantiva

del

proceso

de

contratacin. Sustantiva en el sentido que permite delimitar el contenido del contrato, estableciendo prospectivamente los deberes y derechos de las partes. Diversos elementos influirn en el discurso de la negociacin; por ejemplo: la naturaleza del contrato, los intereses econmicos de las partes, la experiencia y la capacidad de persuasin de stas, etc. Es recomendable que antes de entrar a una negociacin, los contratantes o futuros negociadores, cuenten con un cabal conocimiento de los propios intereses y los de la contraparte, a fin de detectar el o los "problemas" a solucionar para llegar a la celebracin del contrato. Los intereses pueden ser muy diversos y variados, incidiendo directamente en el contenido de las ofertas y demandas. El negociador debe contar con la suficiente percepcin para clasificar objetivamente dichos intereses. Qu regula el contrato de compra-venta internacional? El contrato de compra venta internacional regula los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes (vendedor-exportador / compradorimportador), con relacin a determinado objeto, convirtindose en un acto jurdico perfecto y la transaccin absolutamente legal. Los derechos y obligaciones del comprador y vendedor se encuentran regulados en la Convencin de Viena de 1980 que regula el Contrato de Compra Venta Internacional de Mercancas, habiendo el Per ratificado su adhesin a la Convencin mediante Decreto Supremo N 011-99-RE (22.2.99). Lo establecido en la Convencin se aplicar:

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- A compraventas en las que las dos partes tengan su establecimiento en Estados contratantes diferentes. - A compraventas en las que sea de aplicacin la ley peruana. - A compraventas en las que las partes se hayan sometido expresamente a la Convencin. Cules son las clusulas convencionales de todo contrato de compraventa internacional? El contrato de compra venta internacional como cualquier contrato privado entre las partes, puede contener cualquier acuerdo siempre y cuando no se encuentren prohibidos por disposicin expresa de cualquiera de los dos pases. A fin de obtener una garanta legal del contrato. Informacin del exportador e importador. Descripcin de la mercanca objeto del contrato, especificndose el peso, embalaje, calidad, cantidad, etc. Precio unitario y total. Condiciones y plazos de pago. Bancos que intervienen en la operacin. Documentos exigidos por el importador. Plazo de entrega o de disponibilidad. Modalidad de seguro Modalidad de transporte y pago de flete Lugar de embarque y desembarque Inclusin de los costos en el precio de la mercanca, para la obtencin de documentos requeridos para la exportacin. y efectiva de las partes contratantes,

sealaremos las principales clusulas que debern constituirse en la esencia

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Cules son las clusulas especficas venta internacional?

de todo contrato de compra-

Son las clusulas que se refieren a tipos particulares de mercancas, esto es, aquella que necesitan tratamiento o autorizaciones especiales. Siempre que se produzca la exportacin de estas mercancas, sus

caractersticas y particularidades deben ser mencionadas en el contrato, a fin de garantizar los derechos de las partes contratantes. A fin de obtener una garanta legal y efectiva de las partes contratantes, principales

sealaremos el modelo del contrato de compra venta con las

clusulas que debern constituirse en la esencia del contrato (Ver Anexo II). Es recomendable el arbitraje internacional para la solucin de las controversias? El Arbitraje Internacional se genera en razn de que las partes contratantes (exportador - importador) son sujetos que se encuentran en pases distantes, con idiomas diferentes y leyes que regulan alguna materias en forma distinta. Las partes al tener un conflicto por algn incumplimiento a lo establecido en el contrato de compra-venta, muchas veces no puede recurrir a la Autoridad Judicial correspondiente al pas de origen de la parte demandada por resultar muy oneroso al tener que recurrir a dicho pas. El Arbitraje Internacional es un procedimiento jurdico que debe ser

previamente establecido entre los contratantes, cuando uno de ellos o ambos dejen de cumplir una o ms clusulas contractuales. El Arbitraje es un proceso adaptado por los pases de un modo general, tratando de eliminar sus controversias, mediante el acatamiento de decisiones24

basadas en las Reglas y Normas de Derecho Internacional, emanadas de comn acuerdo, independientemente de los Tribunales ya existentes. Las partes en el contrato de compra-venta acuerdan incluir la clusula denominada "Clusula de Arbitraje", comprometindose a travs de un documento escrito a someter el litigio a uno o ms rbitros, estableciendo el limite de su competencia, as como las reglas a ser observadas, la forma de constitucin del Tribunal, la sede del mismo, el objeto del litigio, la promesa de obediencia, etc. Las actuaciones arbitrales terminan con el Laudo definitivo, o por una Resolucin del Tribunal Arbitral, las cuales son las decisiones de los rbitros sobre la materia de la controversia. Contra un laudo arbitral internacional slo procede interponer Recurso de Anulacin ante la Corte Superior del lugar de la sede del Arbitraje. Uno de los aspectos que toca nuestra Ley General de Arbitraje, dicha Ley ha sido la Ley modelo de UNCITRAL. La Ley modelo no es una norma internacional llamada a integrarse en el derecho interno de los estados, ni una ley uniforme, es un modelo de ley, destinado a servir de ejemplo orientador a los legisladores nacionales al momento de regular su materia. Una Clusula Arbitral podra contener la siguiente redaccin: " Todas las desavenencias o controversias que pudieran derivarse de este contrato, incluidas las de su nulidad o invalidez, sern resueltas mediante fallo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de conciliacin y arbitraje del Centro de Arbitraje Internacional de la Cmara de Comercio Internacional, a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional ".25

aprobado

mediante Ley N 26572 (5.01.96), es el Arbitraje Internacional, la fuente de

Cul es la finalidad de los INCOTERMS ? La finalidad de los INCOTERMS versin 2010, (Trminos y Condiciones Internacionales) que es una Publicacin de la Cmara de Comercio Internacional (Publicacin N 715) consiste en establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretacin de los trminos comerciales ms utilizados en las transacciones internacionales. De ese modo, podrn evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos trminos en pases diferentes. El alcance de los INCOTERMS se limita a los derechos y obligaciones recprocos entre el exportador y el importador en un contrato de Compra Venta, relativos al transporte de mercancas sobre el trpode formado por los costos, los riesgos y los documentos que se establecen dentro del marco de un contrato de Compra Venta Internacional. Los INCOTERMS son un conjunto estndar de trminos comerciales y de definiciones que establecen normas y prcticas neutrales, basadas en el principio de la mnima responsabilidad del vendedor, con el fin de contribuir a superar los problemas originados por las distintas interpretaciones o legislaciones nacionales en conflicto. La Cmara de Comercio Internacional (CCI), publica las reglas internacionales para la interpretacin de los INCOTERMS versin 2010, la misma que comprende 11 INCOTERMS: Cules son los INCOTERMS que generan menor riesgo comercial para el exportador? EXW ...EX WORK VERSION 2010 La venta es en origen.26

El medio de transporte puede ser: Martimo, Areo o Terrestre. Ex Works significa que el vendedor ha cumplido su obligacin de entregar la mercanca cuando la pone a disposicin del comprador en el establecimiento del vendedor, (fbrica, taller, almacn, etc.). En general, el vendedor no es responsable ni de cargar la mercanca en el vehculo proporcionado por el comprador, ni de despacharla de Aduana para la exportacin, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de tomar la mercanca del domicilio del vendedor hacia el destino deseado. Este trmino no debera usarse cuando el comprador no puede llevar a cabo directa o indirectamente las formalidades de exportacin. En tal circunstancia, es mejor utilizar el trmino FCA. En el PERU, no es conveniente utilizar el INCOTERMS EXW, por cuanto la SUNAT considera que dicha transferencia se encuentra gravada con IGV. FCA ...FREE CARRIER VERSION 2010 La venta es en origen. El medio de transporte puede ser: Martimo, Areo o Terrestre. Free Carrier significa que el vendedor ha cumplido su obligacin de entregar la mercanca cuando la ha puesto a cargo del transportista nombrado por el comprador en el lugar o punto fijado. Si el comprador no ha indicado ningn punto especfico, el vendedor puede escoger dentro del lugar o zona estipulada el punto donde el transportista se har cargo de la mercanca. Cuando, segn la prctica comercial, se requiera la ayuda del vendedor para concluir el contrato con el transportista, el vendedor puede actuar por cuenta y riesgo del comprador. El vendedor est obligado a efectuar la exportacin.27

FAS ...FREE ALONGSIDE SHIP VERSION 2010 La venta es en origen. El medio de transporte es slo martimo. El vendedor cumple con su obligacin de entrega cuando la mercanca ha sido puesta al costado del buque, en el puerto de embarque convenido. El vendedor est obligado a efectuar la exportacin. FOB ...FREE ON BOARD VERSION 2010 La venta es en origen El medio de transporte es slo martimo. El vendedor cumple con su obligacin de entrega cuando la mercanca ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto significa que el comprador ha de soportar todos los gastos y riesgos de prdida o dao de la mercanca a partir de aquel punto. El vendedor est obligado a efectuar la exportacin. Cuando las partes no desean que la entrega de la mercanca se efecte en el momento en que sobrepasa la borda del buque, debe utilizarse el trmino FCA. CFR ...COST AND FREIGHT VERSION 2010 La venta es en origen. El medio de transporte es slo martimo. El vendedor realiza la entrega de la mercanca cuando sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque.28

El vendedor ha de pagar los costos y el flete necesarios para hacer llegar la mercanca al puerto de destino convenido, pero el riesgo de prdida o dao de la mercanca, as como cualquier gasto adicional debido a sucesos ocurridos despus del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. El vendedor est obligado a efectuar la exportacin. Cuando las partes no desean que la entrega de la mercanca se efecte en el momento en que sobrepasa la borda del buque, debe utilizarse el trmino CPT. CIF ...COST, INSURANCE AND FREIGHT VERSION 2010 La venta es en origen. El medio de transporte es slo martimo. El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo el CFR; adems, debe de conseguir un seguro martimo para la carga contra los riesgos que soporta el comprador por prdida o dao de la mercanca durante el transporte. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente y efecta la exportacin. El comprador ha de observar que, bajo el trmino CIF, el vendedor slo obligado a conseguir seguro con cobertura mnima. Cuando las partes no desean que la entrega de la mercanca se efecte en el momento en que sobrepasa la borda del buque, debe utilizarse el trmino CIP. CPT ...CARRIAGE PAID TO VERSION 2010 La venta es en origen El medio de transporte puede ser: Martimo, Areo Terrestre.29

El vendedor elige al transportista y paga el flete hasta el lugar de destino acordado, pero la transferencia de riesgos se produce al momento de la entrega de mercancas al transportista. Si se utiliza transportistas sucesivos para el transporte al destino convenido, el riesgo se transmite cuando la mercanca es entregada al primer transportista. El vendedor est obligado a efectuar la exportacin. CIP ...CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO VERSION 2010 La venta es en origen El medio de transporte puede ser: Martimo, Areo Terrestre. Semejante al INCOTERM CPT, el cual aade la obligacin por parte del vendedor de contratar un seguro para las mercancas contra el riesgo que soporta el comprador por prdida o dao de la mercanca durante el transporte. El vendedor contrata el seguro y paga la correspondiente prima. Cules son los INCOTERMS que generan mayor riesgo comercial para el exportador? DAT ...DELIVERED AT TERMINAL VERSION 2010 La venta es en destino El medio de transporte puede ser por va: Martima, Area Terrestre.

El vendedor cumple su obligacin de entrega cuando pone la mercanca a disposicin del comprador, en un Terminal. La palabra terminal incluye cualquier lugar, tales como muelle, bodegas, patio de contenedores o carretera, ferrocarril o terminal de carga area.30

El vendedor asume todos los gastos y riesgos ocasionados al llevar la mercanca y descargarla en la terminal. DAP ...DELIVERED AT PLACE VERSION 2010 La venta es en destino El medio de transporte puede ser por va: Martima, Area Terrestre.

El vendedor cumple su obligacin de entrega cuando pone la mercanca a disposicin del comprador sobre los medios de transporte utilizados y listo para ser descargado en el lugar de destino. El vendedor asume todos los gastos y riesgos ocasionados al llevar la mercanca al lugar de destino.

DDP ...DELIVERED DUTY PAID VERSION 2010 La venta es en destino. El medio de transporte puede ser por va: Martima, Area o Terrestre. El vendedor asume todo. El vendedor realiza la entrega de la mercanca al comprador, despachada para la importacin y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costos y riesgos al llevar la mercanca hasta aquel lugar, incluyendo los derechos de importacin en el pas de destino.

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Mientras que el trmino EXW encierra el mnimo de obligaciones para el vendedor, el DDP significa el mximo de obligaciones. El trmino no debe utilizarse si el vendedor no puede obtener, directa o indirectamente la licencia de importacin. Cules son los sistemas de pago utilizados en el comercio

internacional? Existen una gran variedad de sistemas de pago a disposicin del exportador todos con ventajas e inconvenientes. Un alto nivel de seguridad en el pago implica un sistema relativamente ms caro. Los riesgos principales en el comercio internacional se resumen en el riesgo de impago para el exportador, la reduccin del riesgo se logra a costa de incrementar la complejidad documentaria, las tarifas bancarias y el costo de los servicios. Las opciones ms econmicas y simples se eligen cuando existe una gran confianza entre las empresas o cuando la posicin de una de ellas le permite obligar a la otra a emplear sistemas ms arriesgados. Los riesgos pueden reducirse o eliminarse si se escoge correctamente el sistema de pago. El exportador debe especificar mtodos apropiados de pago dependiendo del importe de las operaciones y del perfil de riesgo del cliente. Si observamos las opciones de pago, se pueden hacer las siguientes observaciones:

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Cules son los sistemas de pago que otorgan mayor seguridad al exportador? PAGO POR ADELANTADO.Es la opcin ideal para el exportador al no asumir ningn riesgo cuando se trata del pago total por adelantado por parte del comprador. CREDITOS DOCUMENTARIOS (CARTAS DE CREDITO).Los crditos documentarios reducen los riesgos del exportador y del comprador de manera sustancial. En sntesis la carta de crdito es un documento emitido por el banco del comprador por el que se compromete a pagar al exportador si cumple correctamente con los requisitos documentales. Debido a su naturaleza documentaria, las tarifas bancarias pueden resultar relativamente caras. Adems el exportador debe contar con un sistema riguroso de preparacin de documentos para evitar el riesgo de impago por disconformidad cuando los presente al Banco. Una Carta de Crdito funciona bsicamente de la siguiente manera: El comprador (el ordenante del crdito) llena las formas de solicitud

corrientes, pidindole a su banco la admisin de su crdito a favor del exportador (el beneficiario), procediendo a completar los siguientes datos: Datos del solicitante. Datos del beneficiario. Si el crdito debe ser o no confirmado. Forma en que debe ser avisado al exterior. Importe del crdito y la condicin de compra.33

Lugar y fecha de vencimiento para la negociacin de los documentos. Si hubiera un arreglo entre partes o algn requisito de tipo legal tambin se indicar el vencimiento del embarque. El banco del comprador emite la carta de crdito de conformidad con las instrucciones del solicitante. Esto constituye un compromiso independiente del banco y es exigible contra este banco incluso si el comprador no esta en capacidad de reembolsarle su costo al banco. El banco que emite una carta de crdito generalmente solicita a un banco del pas del exportador que notifique el crdito al beneficiario. El crdito puede ser pagadero en las oficinas de un banco del pas del vendedor. En algunos casos, el banco del pas del vendedor agrega su propia obligacin de pago mediante la confirmacin del crdito. El vendedor despacha sus mercancas y presenta sus documentos al banco par exigir su pago. El crdito puede prever que el pago se haga de inmediato o en una fecha posterior. Tambin puede exigir que el beneficiario presente una letra de cambio junto con los documentos comerciales. El banco pagador enva los documentos al banco emisor y obtiene el reembolso. El comprador recoge los documentos del banco emisor y toma posesin de las mercancas. Es posible que se le haya exigido hacer un depsito previo en efectivo en el banco. Formas de pago: A la vista, o sea inmediato contra presentacin de los documentos en orden.34

Pago a trmino: por ejemplo, pagadero a "x" das de la fecha de embarque. Pago a trmino con aceptacin de letra, en cuyo caso se deber indicar quin aceptar la letra (el Banco negociador, el Banco emisor, etc.) dejando constancia de cual de las partes se har cargo de los gastos de aceptacin y/o descuento si los hubiera.

Pago adelantado contra simple recibo de una parte de la operacin y compromiso de entregar los compromisos requeridos dentro de los plazos del Crdito o compromiso de devolucin inmediato de los importes percibidos en caso de no concretarse la operacin indicando adems las condiciones en que se abonar el saldo.

Documentos Requeridos: Se dejar constancia de los documentos que sin ser propios ni caractersticos del embarque, el comprador considera que son necesarios para asegurarse de la cantidad, calidad, especificaciones, etc. de la mercadera solicitada. Dentro de los documentos podemos sealar los siguientes: Nota de Empaque, Certificado de Peso, Anlisis, Certificado de Calidad, etc. En la Carta de Crdito se debe especificar la forma de embarque (Va area, martima, etc.), pudiendo admitirse embarques parciales y transbordo, la cantidad y detalle de la mercanca en el idioma del pas del comprador necesaria para la adecuada identificacin del elemento a embarcar. Asimismo, debern especificarse todas las condiciones que le sean propias de la operacin y que habiendo sido pactadas por las partes deban ser puestas en conocimiento de los bancos y dems intervinientes para poder obtener una adecuada conclusin de la operacin.35

Certificado de Sanidad, Certificado de

y

cualquier otra especificacin que hayan tomado las partes y que se considere

Qu

caractersticas

debe

contener

la

Carta

de

Crdito

ms

recomendable para el exportador? CARTA DE CREDITO IRREVOCABLE.La carta de crdito irrevocable no puede modificarse o cancelarse sin el consentimiento de las partes. Este compromiso fundamental permite que el exportador prepare la mercanca o la disponga para el embarque con la seguridad que recibir el pago si presenta los documentos exigidos. Una carta de crdito revocable no proporciona ninguna seguridad para el vendedor y comprador, ya efecto. CARTA DE CREDITO CONFIRMADA.La carta de crdito es confirmada cuando el Banco del exportador aade su compromiso irrevocable (a peticin del banco del comprador) al compromiso de ste ltimo. Generalmente esto permite que el exportador se asegure que recibir el pago de un banco local. Una carta de crdito no confirmada determina que el banco del comprador deber revisar los documentos y proceder al pago, actuando el banco del exportador slo como un notificador. CARTA DE CREDITO A LA VISTA O A PLAZO.La carta de crdito puede disponer el pago a la vista (inmediato) o al pago en una fecha venidera (crdito mediante letra a plazo). que cualquiera de las partes podra dejarla sin

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CARTA DE CREDITO CON CLAUSULA ROJA.La carta de crdito con clusula roja permite que el exportador obtenga los cobros anticipados a cuenta y riesgo del comprador. El banco pagar un porcentaje del importe total del crdito. Ejemplo del proceso que sigue una Carta de Crdito: La empresa "Le Mode Co." de Francia, compra a "El Exportador" del Per, US $ 50,000.00 en mercancas. Las condiciones de pago se acuerdan con Carta de Crdito irrevocable, confirmada y a la vista. La empresa francesa se dirige a su Banco interviniente de Pars y solicita abrir una Carta de Crdito por US $ 50,000.00, para cuyo efecto llena una solicitud de crdito; el Banco emisor despus de estudiar la solvencia econmica de su cliente, aprueba el crdito y procede a emitir una Carta de Crdito a favor del exportador de acuerdo a los trminos y condiciones de la solicitud de crdito de su cliente. A criterio del Banco emisor, la Carta de Crdito puede ser ser entregada al beneficiario (El Exportador). Luego que El Exportador haya embarcado las mercancas de acuerdo a las instrucciones contenidas en la Carta de Crdito, puede negociar este documento al mismo Banco negociador y notificador, para lo cual entrega la Carta de Crdito conjuntamente con los documentos de embarque. dirigida a su

corresponsal en el extranjero o al banco negociador y notificador del Per, para

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El Banco negociador despus de examinar los documentos y encontrarlos conforme segn las condiciones de la Carta de Crdito, abona al beneficiario el importe sealado. El Banco negociador, remite los documentos de embarque al Banco emisor y solicita el reembolso de las sumas abonadas al beneficiario, ms los gastos ocasionados por la operacin encomendada. El Banco emisor, al recibir los documentos de embarque, notifica a su cliente para que se apersone a retirar los mismos, previo pago del importe de la Carta de Crdito ms los gastos para su tramitacin. El importador luego de haber abonado el importe de la liquidacin, retira los documentos correspondientes y los entrega a su Agente Aduanal para proceder a retirar las mercancas previo pago de los derechos e impuestos de importacin. Cules son los sistemas exportador? LA COBRANZA DOCUMENTARIA.Permite que el exportador mantenga el control de la mercanca hasta que recibe el pago o una garanta de que lo recibir. En general la empresa embarca la mercanca y rene los documentos comerciales, como la factura y el conocimiento de embarque y los entrega a un banco que acta como su agente. El banco slo entregar los documentos al comprador si paga contra el efecto o acepta la obligacin de hacerlo en fecha posterior. Existen dos posibilidades: 1. D/P Documentos contra pago.- El comprador paga el efecto para recibir el documento de ttulo de la mercanca.38

de pago que otorgan relativa seguridad al

2. D/A Documentos contra aceptacin.- El comprador acepta el efecto para recibir los documentos de ttulo de la mercanca. Con la aceptacin el comprador se obliga a pagar segn las condiciones del efecto. Las instrucciones del exportador para presentar un efecto para aceptacin o pago se transmiten a travs de una serie de bancos. Generalmente son, como mnimo, el banco del exportador (denominado banco remitente) y un banco del pas del comprador (llamado banco cobrador o banco presentador, porque presenta los documentos para cobrarlos del librado). Es necesario que las instrucciones iniciales del exportador sean precisas y completas. El banco solicita al exportador que rellene un formulario de cobranza (Anexo I), basndose en la informacin de este impreso, el banco prepara la orden de cobro, que se enva al banco cobrador con la cobranza documentaria. Las ventajas para el exportador son la sencillez, el bajo costo y el control de los documentos de transporte, que se mantiene hasta que recibe garantas de cobro, pero la desventaja est en que el comprador no acepte la mercanca, riesgo de crdito del comprador, riesgo poltico del pas al que se pretende exportar. Otra desventaja es que el mecanismo de la cobranza puede resultar relativamente lento. Sin embargo el banco del exportador puede estar dispuesto a conceder la financiacin hasta la fecha del cobro. Los bancos no asumen ningn riesgo en las cobranzas documentarias. Por esta razn las cobranzas son significativamente ms econmicas que los crditos documentarios. En cuanto a las ventajas para el exportador se encuentra a medio camino entre la venta mediante cuenta abierta y la carta de crdito.39

Cules son los sistemas de pago menos seguros para el exportador? CUENTA ABIERTA.Esta modalidad genera mucho riesgo para compradora y luego espera el pago. Estas ventas son conocidas tambin como ventas al crdito, ya que el vendedor concede el crdito sin una garanta documentaria que le cubra la deuda del comprador. La empresa debe aceptar este sistema nicamente si tiene confianza absoluta con el comprador. No obstante, el pago en condiciones de cuenta abierta, respaldado por un crdito de apoyo (Stand by) o una garanta a primer requerimiento, puede ser un mtodo tan seguro como el pago por adelantado. Aunque el exportador concede el crdito al comprador y aguarda el pago mediante transferencia bancaria o un mtodo similar, el crdito o la garanta ser la mejor garanta de pago. Si el comprador no paga la factura, el exportador importe del crdito o la garanta. COBRANZA SIMPLE.Es un pago en condiciones de cuenta abierta realizado mediante una letra de cambio. Qu es un Seguro de Crdito? El seguro de crdito es un instrumento que permite a la empresa mejorar el control sobre sus clientes, garantizar el cobro de los bienes o servicios que se venden al crdito y facilitar expansin de sus ventas en unos mercados cada vez ms globalizados y en ocasiones inestables.40

el exportador,

por cuanto debe

enviar la mercanca, la factura y los documentos de embarque a la empresa

puede exigir el

CAPITULO III

PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE EXPORTACION

Cules son los documentos aduaneros utilizados en la exportacin? DECLARACIN PROVISIONAL Formato oficial exigido por la Aduana en las exportaciones de mercancas con carcter comercial (superiores a los US $ 2,000) (superiores a los US $ 5,000 a partir del mes de abril del 2010). Dicho documento debe ser extendido por el Agente de Aduana. DECLARACION UNICA DE ADUANAS DEFINITIVA - DUA DEFINITIVA Es un documento oficial exigido por la Aduana para regularizar todo despacho de exportacin realizado por medio de una Declaracin Unica de Aduanas Provisional, permitiendo la salida legal de las mercancas al exterior. Dicho documento debe ser confeccionado y suscrito por el Agente de Aduanas o Despachador Oficial, en base de los datos de la Declaracin Unica de Aduanas Provisional y la factura comercial. FACTURA COMERCIAL Documento privado que el exportador extiende al importador como constancia de venta, en la cual se indican los pormenores de la mercanca embarcada (descripcin, precio, cotizaciones, etc.). UNICA DE ADUANAS PROVISIONAL DUA

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Las facturas de exportacin en el Per, se encuentran reguladas por Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolucin

el de

Superintendencia N 07-99-SUNAT (24.1.99), el cual establece que para el caso de operaciones de exportacin, se deber emitir facturas. Para una perfecta emisin de la factura por parte del exportador, se debe de tomar en cuenta lo siguiente: La Factura debe cumplir con los requisitos exigidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago. No ser necesario consignar el nmero de Registro nico de Contribuyente (RUC) del comprador / importador, por ser una persona del extranjero. No se consignar el monto del Impuesto General a las Ventas (IGV), por ser la exportacin una operacin inafecta a este impuesto. Debe expedirse a nombre o razn social del comprador / importador y su domicilio. Cuando se incluyan marcas y nmeros de embarque, stos deben ser iguales a los indicados en el Conocimiento de Embarque y otros documentos solicitados. El valor total de la mercanca debe estar de acuerdo a las condiciones del Crdito Documentario o Carta de Crdito. Debe indicarse el trmino de cotizacin solicitado (FOB, CIF, C&F, etc.). Emitir las facturas con el nmero de copias solicitadas por el importador. El valor del flete y prima de seguro, deben coincidir con lo indicado en el Conocimiento de Embarque y Pliza de Seguro, respectivamente. Las facturas deben ser emitidas en idioma castellano y en la que se puede adicionar la traduccin a otro idioma. DOCUMENTO DE TRANSPORTE (CONOCIMIENTO DE EMBARQUE, GUIA AREA O CARTA PORTE).

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Este documento es uno de los de mayor importancia dentro de la exportacin por constituir el documento que acredita la propiedad de la mercadera, siendo a la vez contrato de transporte entre el cargador y el transportador, como la prueba del cargamento de la mercadera a bordo de la nave. Las caractersticas relevantes de este documento son: Es instrumento probatorio del contrato de transporte. Es prueba de la carga de la mercadera. Es prueba de la titularidad y de la propiedad de la mercadera. Es un ttulo de crdito y por consiguiente es transmisible por endoso o cesin. LISTA DE EMPAQUE O EMBALAJE La Lista de Empaque o "Packing List" es el documento de embarque que detalla todas las mercancas embarcadas o todos los componentes de una misma mercanca, especificado en cuntas partes ella est fraccionada. La Lista de Empaque tiene por objetivo facilitar la localizacin de la mercanca dentro de un lote, adems de permitir el fcil reconocimiento de la mercanca por parte de la aduana, tanto en el embarque como en el desembarque. POLIZA DE SEGURO DE TRANSPORTE (OPCIONAL). Documento emitido por la Compaa de Seguro o su Agente, en virtud de la cual la mercanca quedar cubierta de determinados riesgos de transporte especificados en la Pliza y hasta un determinado importe que no puede ser inferior al valor facturado. Es importante que el exportador y el comprador definan en forma precisa cuales son los riesgos que sern cubiertos por el seguro, a fin de evitar que se produzca cualquier tipo de siniestro o avera en la mercanca, no cubierto por la Pliza.43

La prima de seguro es fijada de acuerdo con la modalidad de embarque, la especie y el valor de la mercanca. Cules son los documentos adicionales utilizados en la exportacin? Los documentos adicionales dependern del tipo de producto a ser exportado, debiendo de presentarse los certificados requeridos por el comprador para el ingreso al pas de destino. Los certificados ms comunes que suelen utilizarse son aquellos que atestiguan origen, calidad, anlisis, sanidad, peso, inspeccin, etc. Dada su funcin estos pueden ser emitidos por autoridades oficiales o sus delegados o bien por entidades privadas de control. CERTIFICADO SANITARIO De aplicacin generalmente para mercaderas de uso o consumo humano solicitado por el comprador y emitido por una autoridad competente (SENASA, DIGESA o DIGEMID), confirman que la mercadera consignadas no estn afectas a ninguna enfermedad o insectos nocivos si se tratara de productos alimenticios y que han sido elaborados de conformidad con las normas prescritas. Como por ejemplo: Productos agrcolas y agropecuarios que requieren el Certificado Fitosanitario otorgado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), Organismo Pblico Descentralizado del Ministerio de Agricultura. Productos de especies animales que requieren obtener el Certificado Zoosanitario otorgado por el SENASA44

Productos pesqueros y harina de pescado y alimentos envasados que requieren obtener el Certificado de Sanidad y el Certificado de Habilitacin de Planta a travs de la Direccin Nacional de Sanidad DIGESA, Organismo dependiente del Ministerio de Salud.

Productos Ambiental

de

consumo

elaborados Organismo

que Pblico

requieren

obtener

un del

Certificado Sanitario otorgado por la Direccin General de Salud (DIGESA), Descentralizado Ministerio de Salud. CERTIFICADO DE CALIDAD La exportacin de productos alimenticios podr contar con un Certificado de Calidad cuando lo requiera el importador. Dicho documento puede ser otorgado y emitido por cualquiera de los laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Defensa a la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Dentro de los laboratorios acreditados se encuentra SGS, INASSA, COTEGNA INSPECTION, etc. CERTIFICADO DE ORIGEN Este documento tiene por finalidad acreditar y garantizar la procedencia de las mercancas, permitiendo a los exportadores acogerse a los beneficios derivados de las preferencias arancelarias que otorga el pas importador, en virtud a los acuerdos bilaterales o unilaterales que concede el pas al cual va destinada la mercanca (CAN, ALADI, SGP, ATPA, CEE, etc.). La naturaleza del Certificado de Origen es similar a la de un cheque bancario, es decir, tiene poder cancelatorio en la Aduana de destino del pas otorgante de la preferencia, razn por la que es importante su correcta expedicin. El Certificado de Origen se puede adquirir y ser visado en ADEX, la Cmara de Comercio de Lima, de Arequipa, de la Libertad, Piura, Puno y Lambayeque, las cuales son competentes para la emisin de dichos documentos por45

delegacin de funciones concedida por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Tipos de certificados: Certificado de Origen Formato "A" Este Certificado es necesario para acogerse a las preferencias arancelarias de los Esquemas Generalizados que otorga la Unin Europea, Japn, EEUU, etc. Certificado de Origen ALADI Este Certificado es utilizado para los productos exportados a los pases de ALADI (Argentina, Brasil, Chile, Paraguay,

miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela) y para los pases miembros Uruguay, Mxico y Cuba), siendo necesario a fin de obtener el beneficio preferencial de dichos pases integrantes. Al igual que el Certificado de Origen Forma A,.

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CAPITULO IV

MECANISMOS TRIBUTARIOS QUE BENEFICIAN AL SECTOR EXPORTADOR

Cules son los mecanismos tributarios que benefician al sector exportador? El principio de reintegro tributario es un principio jurisdiccional internacional que se sustenta en la devolucin de los impuestos efectivamente pagados por el exportador, en la fabricacin de los bienes y servicios exportados. Cmo opera la devolucin del Impuesto General a las Ventas? Para analizar como opera la devolucin del IGV debemos partir de la siguiente premisa: La exportacin de bienes o servicios no est afecta al Impuesto General a las Ventas. En ese sentido el monto por el IGV consignado en los comprobantes de pago por adquisiciones de bienes, servicios, etc., relacionados con la exportacin, da derecho a un SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR. Cmo se aplica el Saldo a Favor del Exportador? El saldo a favor, se deducir del Impuesto Bruto si lo hubiere, de cargo del mismo sujeto. En caso de no ser posible dicha deduccin en el perodo, por no existir operaciones gravadas o ser stas insuficientes para absorber dicho saldo, el exportador podr compensarlo automticamente con la deuda tributaria por pagos a cuenta y de regularizacin del Impuesto a la Renta.

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Si el exportador no tuviera Impuesto a la Renta que pagar, podr compensarlo con la deuda tributaria correspondiente a cualquier otro tributo que sea ingreso del Tesoro Pblico. En el caso de que no fuera posible lo sealado en el punto anterior, proceder la devolucin al exportador del saldo a favor mediante las Notas de Crdito Negociables o Cheques. Los bienes y servicios que se destinen a operaciones de exportacin y cuya adquisicin da derecho al saldo a favor del exportador son: Los insumos, materias primas, bienes intermedios y servicios afectos, utilizados en la elaboracin de bienes o servicios que se exporten. Los bienes de activo fijo, tales como inmuebles, maquinarias y equipos, as como sus partes, piezas, repuestos y accesorios. Los bienes adquiridos para ser exportados. Los bienes y servicios cuyo uso o consumo sea necesario para la realizacin de las operaciones de exportacin y que su importe sea permitido deducir como gasto o costo de la empresa. Cmo se calcula el Saldo a Favor del Exportador en el caso que los exportadores efecten ventas locales y exportaciones? Los sujetos que efectan conjuntamente ventas locales y exportaciones, calcularn el saldo a favor del exportador de acuerdo al siguiente procedimiento: 1. Contabilizarn separadamente la adquisicin de bienes, servicios e importaciones destinados exclusivamente a operaciones gravadas y de exportacin, de aqullas destinadas a operaciones no gravadas.

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2. Slo podrn utilizar como crdito fiscal el impuesto que haya gravado la adquisicin de bienes, servicios e importaciones, destinados a operaciones gravadas y de exportacin. 3. Al monto que resulte de la aplicacin del procedimiento, se le adicionar el crdito fiscal resultante de la operacin que seala el Reglamento del IGV e ISC cuando el contribuyente no puede determinar si las adquisiciones han sido destinadas a realizar operaciones gravadas o no con el impuesto. 4. Los contribuyentes debern contabilizar separadamente su adquisicin, clasificndolas en: a) Destinadas a ser utilizadas exclusivamente en la realizacin de operaciones gravadas y de exportacin. b) Destinadas a ser utilizadas exclusivamente en la realizacin de operaciones no gravadas, excluyendo las exportaciones. c) Destinadas a ser utilizadas conjuntamente en operaciones gravadas y no gravadas. Cuando el sujeto no pueda determinar las adquisiciones que han sido destinadas a realizar operaciones gravadas o no con el impuesto, el saldo a favor se calcular proporcionalmente con el siguiente procedimiento: 1. Se determinar el monto de las ventas locales gravadas con el IGV as como las exportaciones de los doce ltimos meses, incluyendo el mes en que se solicita el saldo a favor del exportador. 2. Se determinar el total de las operaciones del mismo perodo (doce ltimos meses), considerando las ventas locales gravadas, las exportaciones y las ventas locales exoneradas.

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3. El monto obtenido en a) se dividir entre el obtenido en b) y el resultado se multiplicar por cien (100). El porcentaje resultante se expresar hasta en dos decimales. 4. Este porcentaje se aplicar sobre el monto del IGV que haya gravado la adquisicin de los bienes y servicios que otorgan derecho al saldo a favor del exportador, resultando as el saldo a favor del exportador del mes. Cmo se produce el cambio de Saldo a Favor del Exportador a Saldo a Favor Materia del Beneficio? 1. El Saldo a Favor del Exportador se deducir del I.G.V. que el exportador pudiera pagar por ventas locales. De quedar un monto a su favor, ste se denominar Saldo a Favor Materia del Beneficio. 2. Del Saldo a Favor materia del beneficio se deducir las compensaciones permitidas por la Ley del IGV e ISC. De quedar un monto a favor del exportador, ste podr solicitar su devolucin mediante las Notas de Crdito Negociables. 3. La compensacin o devolucin tendr como lmite el 18% de las exportaciones realizadas en el perodo. El saldo que exceda dicho lmite, podr ser arrastrado a los meses siguientes. 4. El exportador solicitar la emisin de las Notas de Crdito Negociables o Cheques a la SUNAT, indicando su nmero y monto, adjuntando la relacin detallada de los comprobantes de pago que respalden las adquisiciones de bienes y servicios, la relacin de las Declaraciones de Exportacin y copia de la Declaracin Pago donde conste el saldo a favor.

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5. La SUNAT emitir y entregar las Notas de Crdito Negociables o los Cheques dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes a la fecha de presentacin de la solicitud. 6. En casos que el exportador realice espordicamente exportaciones, tuviera deudas exigibles o hubiera presentado informacin inconsistente, la SUNAT tendr de quince (15) das hbiles adicionales para resolver las solicitudes. 7. La SUNAT entregar la Nota de Crdito Negociable o el Cheque dentro del da hbil siguiente a la fecha de presentacin, siempre u cuando el exportador garantice el monto solicitado por una carta fianza emitida por una entidad bancaria o con una pliza de caucin emitida por una compaa de seguros o un certificado bancario.

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CAPITULO V

MECANISMOS ADUANEROS QUE BENEFICIAN AL SECTOR EXPORTADOR

Cules son los mecanismos aduaneros que benefician al sector exportador? La Ley General de Aduanas establece una serie de regmenes aduaneros que pueden ser aplicados por los exportadores con el fin de reducir los costos en la produccin de los productos a exportar. Cmo opera el Procedimiento de Restitucin Simplificada de Derechos Arancelarios Drawback? Es un procedimiento productos simplificado intermedios, para la restitucin y piezas), de que los derechos

arancelarios que gravan la importacin de mercancas (materias primas, insumos, partes intervienen directamente en la elaboracin de productos exportados. Se considera como materia prima para efectos del beneficio, las etiquetas, envases y otros artculos necesarios para la conservacin y transporte del producto exportado. Beneficiarios: Las empresas productoras exportadoras que efectan directamente la

exportacin de los bienes que elabora o produce.

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Las empresas que encarga la produccin o elaboracin de los bienes que exporta. Tasa de restitucin: La tasa de restitucin es del 5% del valor FOB de exportacin. La restitucin se efecta por medio de Notas de Crdito o Cheque emitido por ADUANAS. Requisitos para acceder a la restitucin: El valor CIF de los bienes importados incorporados o consumidos en la elaboracin del producto exportado no debe exceder del 50% del valor FOB de la exportacin. El volumen de exportacin por empresa y por partida arancelaria correspondiente al producto exportado no debe haber superado en valor FOB los US $ 20,000,000. No encontrarse en la relacin de partidas arancelarias excluidas del beneficio (ver Anexo III). Indicar en la DUA Provisional y en la DUA Definitiva, la voluntad de acogerse al Drawback, consignando en el recuadro 7.28 "Rgimen de Aplicacin", del rubro Descripcin de las Mercancas, de cada Serie, el cdigo: 13. La exportacin debe realizarse dentro de los 36 meses posteriores a la fecha de importacin. La solicitud de restitucin debe presentarse dentro de los 180 das de efectuada la exportacin. Los productos exportados no deben incorporar productos extranjeros ingresados al pas por cualquier otro rgimen devolutivo o suspensivo de derechos e impuestos aduaneros o mercancas nacionalizadas con beneficios arancelarios.53

Monto mnimo para solicitar la restitucin: Las solicitudes de restitucin no podrn ser menores de US $ 500.00 (quinientos dlares). En caso de tener derecho a la restitucin por montos menores, podrn ser acumulados hasta completar el lmite establecido. Solicitud de las notas de crdito o cheque: Sern solicitadas por el exportador ante cualquier rea de Recaudacin de cualquier Intendencia de Aduana de la Repblica, adjuntando los siguientes documentos: Solicitud de Restitucin en original y copia, con carcter de declaracin jurada, la que deber contener la siguiente informacin: Declaracin de que el producto exportado cuenta con componente (s) importado (s) y que el valor CIF de tal (es) componente (s) no supere el 50% del valor FOB del producto exportado. Declaracin de no haber hecho uso de Regmenes Temporales y/o de Perfeccionamiento Activo, as como de franquicias aduaneras especiales y/o exoneraciones o rebajas arancelarias de cualquier tipo. Copia simple de la Declaracin nica de Exportacin Definitiva. En el caso de importacin directa: Copia simple de la Declaracin nica de Importacin. En el caso de compras internas de mercancas importadas por terceros: Declaracin Jurada del proveedor en la que indique que el insumo pago ntegramente los derechos arancelarios.54

En caso de insumos nacionales fabricados con componentes importados: Declaracin Jurada del fabricante nacional en la que indique que el insumo pago ntegramente los derechos arancelarios. En el caso de produccin o elaboracin por encargo: copia de la Factura que acredite el servicio prestado. Plazo de entrega de las notas de crdito o cheques: ADUANAS pondr a disposicin de los interesados las Notas de Crdito o cheque dentro del dcimo primer da hbil siguiente a la presentacin de la solicitud. Excepcionalmente ADUANAS entregar las Notas de Crdito o cheque dentro del segundo da hbil siguiente a la presentacin de la solicitud, siempre y cuando el exportador presente una garanta por el monto objeto de restitucin y con una vigencias mnima de un mes. Dicha garanta podr ser: carta fianza, pliza de caucin, certificado bancario, pagars, prenda y warrants. Aduanas podr retener parcial o totalmente el monto a restituir en caso de beneficiarios que tengan con ADUANAS adeudos tributarios vencidos y no garantizados. Fiscalizacin por parte de Aduanas: ADUANAS fiscalizar en forma aleatoria y posterior, el cumplimiento de las obligaciones del exportador. Para tal efecto, los exportadores debern contar con la documentacin e informacin necesaria que sustenten la solicitud de restitucin, debiendo llevar para tal efecto, una contabilidad adecuada de acuerdo a su calidad de empresa productora exportadora.55

Para efectos del Procedimiento de Restitucin de Derechos Arancelarios, se entender por: Empresa productora exportadora: Aquella empresa constituida en el pas, que importe o adquiera a travs de terceros, mercancas incorporadas o consumidas en el bien exportado. Materia prima: Es toda sustancia, elemento o materia necesaria para obtener un producto, incluidos aquellos que se consumen o intervienen directamente en el proceso de produccin o manufactura, o sirven para conservar el producto de exportacin, se considerarn como materias primas las etiquetas, envases y otros artculos necesarios para la conservacin y transporte del producto exportado. Productos intermedios: Aquellos elementos que requieren de procesos posteriores para adquirir la forma final en que sern incorporados el producto exportado. Pieza: Aquella unidad previamente manufacturada, cuya ulterior divisin fsica produzca su inutilizacin para la finalidad a que estaba destinada. Parte: El conjunto o combinacin de piezas, unidas por cualquier procedimiento de sujecin, destinado a constituir una unidad superior. Mermas, residuos o subproductos o desperdicios con o sin valor comercial: Aquellos restos o residuos no aprovechables que resulten del proceso de produccin, los que para stos efectos se considerarn incorporados o consumidos en el bien exportado.

56

Cmo

opera

el

Rgimen

de

Admisin

Temporal

para

perfeccionamiento activo? Es un rgimen aduanero de perfeccionamiento, por el cual se suspenden los derechos arancelarios y dems impuestos que graven la importacin de mercancas destinadas a procesos de elaboracin o transformacin para su exportacin. Se podr internar al pas con suspensin del pago de derechos e impuestos de importacin; las materias primas, insumos, productos intermedios, partes y piezas materialmente incorporados en el producto exportado; as como otras mercancas, tales como catalizadores, aceleradores o ralentizadores que se utilizan en el proceso de produccin y se consumen al ser utilizados para obtener el producto que ser exportado por s mismo o a travs de terceros, luego de haber sufrido una transformacin o elaboracin en un plazo determinado.

Beneficiarios: Pueden ser beneficiarios del Rgimen de Admisin Temporal cualquier persona natural o jurdica que sea productora exportadora o productora que abastezca a empresas exportadoras o exportadoras que utilizan servicios de terceros para la elaboracin o fabricacin de mercancas de exportacin. Plazo Mximo: La solicitud de Admisin Temporal, deber indicar el plazo requerido, el que podr ser de hasta 24 meses, la descripcin de las mercancas y los volmenes de las mismas; as como la presentacin del cuadro insumo-producto que indique la cantidad de mercanca a utilizar por unidad de producto a exportar y de las mermas, residuos y desperdicios con y sin valor comercial.57

Constitucin de Garanta: Los beneficiarios del Rgimen deben de constituir una garanta a favor de la Aduana, la misma que ser equivalente al 100% de los derechos e impuestos a la importacin ms las tasa de inters activa en moneda extranjera, TAMEX, los cuales han quedado suspendidos Los beneficiarios podrn nacionalizar las mercancas en los casos debidamente justificados. Existen criterios para la calificacin de buenos contribuyentes a efectos de poder respaldar sus operaciones de Admisin Temporal mediante otro tipo de garantas que signifiquen un menor costo a las empresas. En ese sentido, se establece que los beneficiarios del rgimen de Admisin Temporal que califiquen como buenos contribuyentes, podrn garantizar sus operaciones total o parcialmente, mediante la presentacin de una Carta Compromiso y un Pagar por el monto que corresponda, los que debern estar totalmente suscritos. Los beneficiarios del rgimen de Admisin Temporal que deseen calificar como buenos contribuyentes, debern presentar una solicitud ante Aduanas. Cmo opera el Rgimen de Reposicin de Mercancas con Franquicia Arancelaria? Es un rgimen aduanero de perfeccionamiento, por el cual se permite a las empresas productoras exportadoras a importar sin el pago de los derechos e impuestos que graven la importacin, mercancas equivalentes (de la misma especie o similares en calidad y caractersticas tcnicas) a las que habiendo sido nacionalizadas, han sido transformadas, elaboradas o materialmente incorporadas a los productos exportados.58

Mercancas objeto de la Reposicin: Podrn ser objeto de la Reposicin, las materias primas, insumos, productos intermedios, partes y piezas materialmente incorporados en el producto exportado; as como otras mercancas, tales como catalizadores, aceleradores o ralentizadores que se utilizan en el proceso de produccin y se consumen al ser utilizados para obtener el producto que ser exportado. Los beneficiarios que deseen acogerse a ste Rgimen, debern indicarlo en la DUA, acompaando copia del cuadro de Coeficientes Insumo-Producto visado por el Ministerio de la Produccin. Efectuado el embarque la Aduana de despacho emitir un certificado con detalle de las mercancas que sern objeto de reposicin. Plazo mximo: El beneficiario tiene el plazo de un (1) ao contado desde la fecha de embarque de la exportacin, para poder importar las mercancas objeto de la exoneracin. Las mercancas importadas bajo Reposicin, son de libre disponibilidad no estando obligados los beneficiarios a exportarlas. Sin embargo en el caso que stas se exporten, podrn ser objeto de nuevo beneficio. Cmo opera el Rgimen de Admisin Temporal para su Reexportacin en el mismo Estado? Es un Rgimen Aduanero Temporal que permite recibir en un territorio aduanero determinadas mercancas con suspensin de los derechos arancelarios y dems impuestos que gravan la importacin.

59

Plazo mximo: Las mercancas que se acojan a este Rgimen deben estar destinadas a un fin determinado y deben ser reexportadas en el plazo mximo de 18 meses (prrroga de 6 meses adicionales en caso de embalajes para exportacin) sin haber experimentado modificacin alguna. Mercancas que pueden acogerse: Las mercancas que pueden ser objeto del Rgimen de ste rgimen Temporal, son entre otras: Contenedores; embalajes; envases; moldes y matrices de uso industrial; vehculos comerciales por carretera; maquinarias, aparatos, instrumentos y artculos destinados a una labor, ocupacin o trabajo. La Aduana tiene la facultad de colocar marcas, nmeros o cualquier otra identificacin que tenga carcter permanente o conservar una descripcin detallada, planos, fotografas o muestras para la identificacin de las mercancas al momento de su reexportacin. Se permitir una transferencia de la mercanca a un segundo beneficiario previa autorizacin de la Aduana y siempre que se realice dentro del plazo de vigencia originalmente autorizado. En este caso, el segundo beneficiario asumir las responsabilidades y obligaciones derivadas de la operacin; previa constitucin de la garanta y mantenindose inalterable el plazo originalmente concedido. La Aduana ejecutar la garanta si el beneficiario no hubiera cumplido con la reexportacin al vencimiento del plazo.

60

ANEXO I

MODELO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL

El..(fecha) y en .(lugar) la firma..(nombre) a la que en adelante se identificar como el Vendedor, domiciliada en..(lugar, ciudad, pas) ha vendido a .(nombre), a quien en adelante se identificar como el comprador, domiciliado en..(lugar, ciudad, pas) las mercancas que se detallan en este contrato y con sujecin a las estipulaciones que en el mismo se consignan: Mercanca Cantidad c/u) Calidad Especificaciones (marca o tipo de melocotn) (nunca consignar de "primera" o de "segunda"). (partidos por mitades y conservados en almbar) (indicar el porcentaje de azcar y agua). Precio.Unitario... Precio FOB total... Embalaje en grupos de 100 cajas) Entrega Fecha de embarque... Seguro Forma de pago... (FOB Callao) (entre el.y eldedel 2011) (a cargo del comprador) Simultneo a la entrega o en el momento de embarque), (antes de la entrega), (a la recepcin de la mercanca) (despus de la entrega). (US $por caja). (US $) (cajas de cartn zunchadas, reunidas en (por ejemplo melocotones enlatados) (dos mil cajas que contendrn 24 latas 460 gramos

61

Pago... la fecha

(A la vista, a 30, 60, 90, das, contados desde del embarque o desde la fecha de llegada al puerto

de destino) Medio de pago... (crdito documentario, cobranza bancaria, etc.) Gastos bancarios... comprador a cargo de ste). Carta de Crdito... (irrevocable, confirmada, a la vista, aperturado por el Banco X y confirmado por el Banco Z). Otras Condiciones Especiales: a) Los contratantes se sujetan a las disposiciones establecidas en la Convencin de Viena de 1980 que regula los Contratos de Compra Venta Internacional. b) Los trminos comerciales indicados en el presente contrato se entendern referidos a los INCOTERM 2010. c) Las eventuales desavenencias que surjan de la interpretacin del presente contrato sern resueltas por un tribunal arbitral designado por la Cmara de Comercio internacional con sede en Pars. d) Clusulas especiales de premio, de penalizacin, condicionales (sujeto a licencia), de fuerza mayor, etc. Firmado en 2,4,6, ejemplares el daen (todos por cuenta del comprador, o slo los originados en el pas del

62

ANEXO II APRUEBA LISTA DE SUBPARTIDAS NACIONALES EXCLUIDAS DE LA RESTITUCIN CERTIFICADA DE DERECHOS ARANCELARIOS A QUE SE REFIERE EL D.S. N 104-95-EF. DECRETO SUPREMO N 127-2002-EF (25/08/2002) SUBPARTIDA NACIONAL 0206 10 00 00 0206 21 00 00 0206 22 00 00 0206 29 00 00 0206 30 00 00 0206 41 00 00 0206 49 00 00 0206 80 00 00 0206 90 00 00 0207 13 00 00 0207 14 00 00 0207 26 00 00 0207 27 00 00 0207 34 00 00 Despojos comestibles de la especie bovina, Lenguas de la especie bovina, congelados Hgados de la especie bovina, congelados Los dems despojos comestibles de la especia Despojos comestibles de la especie porcina, Hgados de la especie porcina, congelados Los dems despojos comestibles de la especie Los dems despojos comestibles, frescos o Los dems despojos comestibles, congelados Slo: Despojos comestibles de gallo o gallina, Slo: Despojos comestibles de gallo o gallina, Slo: Despojos comestibles de pavo (gallipavo), Slo: Despojos comestibles de pavo (gallipavo), Hgados grasos de pato, ganso o pintada, frescos63

DESCRIPCION

frescos o refrigerados

bovina, congelados frescos o refrigerados

porcina, congelados refrigerados

frescos o refrigerados congelados frescos o refrigerados congelados

o refrigerados 0207 35 00 00 0207 36 00 00 0208 10 00 00 0208 90 00 00 0210 99 10 00 0210 99 90 00 0501 00 00 00 0502 10 00 00 0502 90 00 00 0503 00 00 00 0504 00 10 00 0504 00 20 00 0504 00 30 00 0505 90 00 00 0506 90 00 00 0507 10 00 00 0507 90 00 00 Slo: Los dems despojos comestibles de pato, Slo: Los dems despojos comestibles de pato, Slo: Despojos comestibles de conejo o liebre, Slo: Los dems despojos comestibles, frescos, Slo: Harina y polvos comestibles, de despojos Slo: Los dems despojos comestibles, salados o Slo: Desperdicios de cabello Slo: Desperdicios de cerdas de cerdo o de jabal Slo: Desperdicios de pelos de tejn y dems pelos Slo: Desperdicios de crin Estmago (mondongo) Tripas Vejigas Slo: Desperdicios de plumas o de partes de plumas Slo: Desperdicios de huesos y ncleos crneos Slo: Desperdicios de marfil Slo: Desperdicios de concha (caparazn) de tortuga, ganso o pintada, frescos o refrigerada ganso o pintada, congelados frescos, refrigerados o congelados refrigerados o congelados comestibles en salmuera, seco o ahumado

de cepillera

ballenas de mamferos marinos, cuernos, astas, cascos, pezuas, uas, garras y picos 0508 00 00 00 moluscos, crustceos o equinodermos y jibiones 0511 91 20 00 0511 99 90 90 Desperdicios de pescado Slo: Desperdicios de origen animal no expresado ni64

Slo: Desperdicios de valvas y caparazones de

comprendidos en otra parte

0901 11 00 00 0901 12 00 00 0901 21 10 00 0901 21 20 00 0901 22 00 00 1211 30 00 00 1404 20 00 00 1504 20 10 00 1504 20 90 00 fracciones,

Caf sin tostar, sin descafeinar Caf sin tostar, descafeinado Caf tostado en grano, sin descafeinar Caf tostado molido, sin descafeinar Caf tostado descafeinado Hojas de coca Lnteres de algodn Grasas y aceites de pescado y sus fracciones, excepto Las dems grasas y aceites de pescado y sus

los aceites de hgado, en bruto

excepto los aceites de hgado 1504 30 00 00 fracciones 1522 00 00 00 grasas o ceras, animales o vegetales 1701 11 90 00 1701 91 00 00 adicin de aromatizantes o colorantes 1701 99 00 90 1703 10 00 00 1703 90 00 00 1802 00 00 00 2301 10 90 00 para la alimentacin humana 2301 20 10 10 de grasa superior a 2% en peso65

Grasas y aceites de mamferos marinos y sus Degras; residuos procedentes del tratamiento de

Los dems azcares de caa, en bruto, sin adicin de Los dems azcares de caa o de remolacha, con

aromatizante ni colorante

Los dems azcares de caa o de remolacha Melaza de caa Las dems melazas procedentes de la extraccin o del Cscara, pelculas y dems residuos de cacao. Slo: Harina, polvo y pellets, de despojos, impropios

refinado del azcar

Harina, polvo y pellets de pescado con un contenido

2302 10 00 00 la

Salvado, moyuelos y dems residuos del cernido, de

molienda o de otros tratamientos del maz 2302 20 00 00 la molienda o de otros tratamientos del arroz 2302 30 00 00 la molienda o de otros tratamientos del trigo 2302 40 00 00 la molienda o de otros tratamientos de los dems cereales 2302 50 00 00 la molienda o de otros tratamientos de leguminosas 2303 10 00 00 similares 2303 20 00 00 dems desperdicios de la industria azucarera 2303 30 00 00 2304 00 00 00 2305 00 00 00 2306 10 00 00 2306 20 00 00 2306 30 00 00 2306 41 00 00 Heces y desperdicios de cervecera o de destilera Tortas y dems residuos slidos de la extraccin del Tortas y dems residuos slidos de la extraccin del Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de66

Salvado, moyuelos y dems residuos del cernido, de

Salvado, moyuelos y dems residuos del cernido, de

Salvado, moyuelos y dems residuos del cernido, de

Salvado, moyuelos y dems residuos del cernido, de

Residuos de la industria del almidn y residuos Pulpa de remolacha, bagazo de caa de azcar y

aceite de soya aceite de man grasas o aceites de algodn grasas o aceites de lino grasas o aceites de girasol grasas o aceites de nabo o de colza con bajo contenido

de cido ercico 2306 49 00 00 grasas o aceites de nabo o de colza, las dems 2306 50 00 00 grasas o aceites de coco o copra 2306 60 00 00 grasas o aceites de nuez o de almendra de palma 2306 70 00 00 grasas o aceites de germen de maz 2306 90 00 00 extraccin de grasas o aceites vegetales 2307 00 00 00 2308 00 90 00 Las o heces de vino; trtaro bruto Slo: Los dems desperdicios vegetales, residuos y Las dems tortas y dems residuos slidos de la Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de Tortas y dems residuos slidos de la extraccin de

subproductos vegetales del tipo de los utilizados para la alimentacin de los animales 2401 30 00 00 2525 30 00 00 2601 11 00 00 piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas), sin aglomerar 2601 12 00 00 piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas), aglomerados 2601 20 00 00 2602 00 00 00 2603 00 00 00 2604 00 00 00 2605 00 00 00 Piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas) Minerales de manganeso y sus concentrados Minerales de cobre y sus concentrados Minerales de nquel y sus concentrados Minerales de cobalto y sus concentrados67

Desperdicios de tabaco Desperdicios de mica Minerales de hierro y sus concentrados, excepto las

Minerales de hierro y sus concentrados, excepto las

2606 00 00 00 2607 00 00 00 2608 00 00 00 2609 00 00 00 2610 00 00 00 2611 00 00 00 concentrados 2612 10 00 00 2612 20 00 00 2613 10 00 00 2613 90 00 00 concentrados 2614 00 00 00 2615 10 00 00 2615 90 00 00 concentrados 2616 10 00 00 2616 90 10 00 2616 90 90 00 2617 10 00 00 2617 90 00 00 2618 00 00 00 siderurgia 2619 00 00 00 2620 11 00 00 2620 19 00 00 2620 21 00 00 2620 29 00 00

Minerales de aluminio y sus concentrados Minerales de plomo y sus concentrados Minerales de cinc y sus concentrados Minerales de estao y sus concentrados Minerales de cromo y sus concentrados Minerales de volframio (tungsteno) y sus Minerales de uranio y sus concentrados Minerales de torio y sus concentrados Minerales de molibdeno y sus concentrados, tostados Los dems minerales de molibdeno y sus Minerales de titanio y sus concentrados Minerales de circonio y sus concentrados Minerales de niobio, tantalio, vanadio y sus Minerales de plata y sus concentrados Minerales de oro y sus concentrados Los dems minerales de los metales preciosos y Minerales de antimonio y sus concentrados Los dems minerales y sus concentrados Escorias granuladas (arena de escorias) de la Escorias (excepto las granuladas), batiduras y dems Matas de galvanizacin Las dems cenizas y residuos que contengan Lodos de gasolina con plomo y lodos de compuestos Las dems cenizas y residuos que contengan68

sus concentrado