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Acto de comercio Un acto de comercio es un concepto jurídico utilizado para diferenciar el campo de actuación del Derecho mer- cantil con respecto al Derecho civil (como Derecho co- mún). La idea que subyace es la necesidad de distinguir casos concretos, en la medida que en los negocios jurídicos, contratos y obligaciones poseen estatutos jurídicos dife- renciados: de Derecho civil o de Derecho mercantil. Es un sistema que supone la aplicación a éstos de la legisla- ción civil en forma subsidiaria o por exclusión: si no se trata de un acto de comercio, se regirá por el Derecho ci- vil. De todos modos, en algunos sistemas, un mismo acto puede ser comercial para una de las partes y civil para la otra, situación conceptualizada como "actos mixtos"o"de doble carácter". Por otro lado, es necesario tener presente que existen ac- tualmente ordenamientos que poseen un tratamiento uni- tario de los actos, obligaciones y contratos, como el del Código Civil Unitario de Suiza y el de Italia, que incluyen la reglamentación de las sociedades de capital y títulos de crédito en la legislación común, estableciendo un estatu- to o régimen diferenciado sólo para los comerciantes o empresarios. 1 Definición Son todos los actos de naturaleza privada que tiene por objeto crear, transferir, modificar o extinguir derechos u obligaciones y que tiene como objetivo principal obtener un lucro. 2 Importancia La distinción entre los actos de comercio, de aquéllos que no poseen dicho carácter, puede ser relevante por los si- guientes motivos: La normativa de fondo aplicable: si según la legisla- ción una y otra tienen distinto tratamiento. La prueba de los actos o negocios jurídicos: los me- dios de prueba exigidos o admitidos para cada tipo de acto pueden variar en función de su carácter. La determinación de la profesión o actividad: para establecer la calidad de comerciante. La capacidad de quienes son parte o ejecutan los ac- tos. La aplicación de la costumbre: que es admisible co- mo fuente del Derecho en materia mercantil, en ciertos países. La aplicación de tributos por la celebración de di- chos actos. La competencia judicial: puede ser necesaria para determinar el tribunal competente y, en su caso, el procedimiento correspondiente. 3 Regulaciones por país 3.1 Argentina En Argentina, el Código de Comercio no da una defini- ción de acto de comercio, sino que se limita a enumerar una serie de actos que deben considerarse comerciales. Estos mismos se encuentran dentro del Artículo 8 [1] 3.2 Chile En Chile, el Código de Comercio en su artículo 1 expre- sa que "[...] rige las obligaciones de los comerciantes que se refieran a operaciones mercantiles, las que contraigan personas no comerciantes para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales, y las que resulten de contra- tos exclusivamente mercantiles."; a su vez, en el artículo 3 señala una enumeración de los actos de comercio, dispo- niendo que "Son actos de comercio, ya de parte de ambos contratantes, ya de parte de uno de ellos: [...]". Está última norma da reconocimiento a los “actos de doble carácter” o “mixtos”. Existe cierta doctrina que, basándose en el artículo 1, argumenta que en Chile rige un derecho comercial subjetivo. [cita requerida] Sin embargo, en la opinión del pro- fesor Ricardo Sandoval, éste es objetivo, ya que poste- riormente el artículo 8 establece que "No es comerciante el que ejecuta accidentalmente un acto de comercio; pero queda sujeto a las leyes de comercio en cuanto a los efectos del acto". [2] 1

Acto de Comercio

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  • Acto de comercio

    Un acto de comercio es un concepto jurdico utilizadopara diferenciar el campo de actuacin del Derecho mer-cantil con respecto al Derecho civil (como Derecho co-mn).La idea que subyace es la necesidad de distinguir casosconcretos, en la medida que en los negocios jurdicos,contratos y obligaciones poseen estatutos jurdicos dife-renciados: de Derecho civil o de Derecho mercantil. Esun sistema que supone la aplicacin a stos de la legisla-cin civil en forma subsidiaria o por exclusin: si no setrata de un acto de comercio, se regir por el Derecho ci-vil. De todos modos, en algunos sistemas, un mismo actopuede ser comercial para una de las partes y civil para laotra, situacin conceptualizada como "actos mixtos" o "dedoble carcter".Por otro lado, es necesario tener presente que existen ac-tualmente ordenamientos que poseen un tratamiento uni-tario de los actos, obligaciones y contratos, como el delCdigo Civil Unitario de Suiza y el de Italia, que incluyenla reglamentacin de las sociedades de capital y ttulos decrdito en la legislacin comn, estableciendo un estatu-to o rgimen diferenciado slo para los comerciantes oempresarios.

    1 DenicinSon todos los actos de naturaleza privada que tiene porobjeto crear, transferir, modicar o extinguir derechos uobligaciones y que tiene como objetivo principal obtenerun lucro.

    2 ImportanciaLa distincin entre los actos de comercio, de aqullos queno poseen dicho carcter, puede ser relevante por los si-guientes motivos:

    La normativa de fondo aplicable: si segn la legisla-cin una y otra tienen distinto tratamiento.

    La prueba de los actos o negocios jurdicos: los me-dios de prueba exigidos o admitidos para cada tipode acto pueden variar en funcin de su carcter.

    La determinacin de la profesin o actividad: paraestablecer la calidad de comerciante.

    La capacidad de quienes son parte o ejecutan los ac-tos.

    La aplicacin de la costumbre: que es admisible co-mo fuente del Derecho en materia mercantil, enciertos pases.

    La aplicacin de tributos por la celebracin de di-chos actos.

    La competencia judicial: puede ser necesaria paradeterminar el tribunal competente y, en su caso, elprocedimiento correspondiente.

    3 Regulaciones por pas

    3.1 Argentina

    En Argentina, el Cdigo de Comercio no da una deni-cin de acto de comercio, sino que se limita a enumeraruna serie de actos que deben considerarse comerciales.Estos mismos se encuentran dentro del Artculo 8[1]

    3.2 Chile

    En Chile, el Cdigo de Comercio en su artculo 1 expre-sa que "[...] rige las obligaciones de los comerciantes quese reeran a operaciones mercantiles, las que contraiganpersonas no comerciantes para asegurar el cumplimientode obligaciones comerciales, y las que resulten de contra-tos exclusivamente mercantiles."; a su vez, en el artculo 3seala una enumeracin de los actos de comercio, dispo-niendo que "Son actos de comercio, ya de parte de amboscontratantes, ya de parte de uno de ellos: [...]". Est ltimanorma da reconocimiento a los actos de doble carctero mixtos.Existe cierta doctrina que, basndose en el artculo1, argumenta que en Chile rige un derecho comercialsubjetivo.[cita requerida] Sin embargo, en la opinin del pro-fesor Ricardo Sandoval, ste es objetivo, ya que poste-riormente el artculo 8 establece que "No es comercianteel que ejecuta accidentalmente un acto de comercio; peroqueda sujeto a las leyes de comercio en cuanto a los efectosdel acto".[2]

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  • 2 4 REFERENCIAS

    3.3 Colombia

    Los actos de comercio, estn dispuestos en el artculo 20del Cdigo de Comercio. Y son estos tipos de accioneso actos los que determinan en ltimas si un negocio ju-rdico es civil o mercantil y no la calidad de la persona;esto se traduce en que no importa quien interviene en elacto jurdico, lo que ltimas va a determinar si un acto escomercial o no, es que este se encuentre regulado en esteartculo.De acuerdo a la norma en comento podemos decir queestn reguladas relaciones que tienden a generar lucro auna o a varias de las partes, como son las acciones de com-prar para vender, arrendar para subarrendar, el mutuo ainters, el contrato de seguro etc. La doctrina autorizadaasegura que este listado no es taxativo.

    3.4 Espaa

    En Espaa, el artculo 2 del Cdigo de Comercio se de-canta por una denicin objetivista. A tal efecto, la leyestablece que "Los actos de comercio, sean o no comer-ciantes lo ejecutantes, y estn o no especicados en esteCdigo, de regirn por las disposiciones contenidas en l[...]".Sin embargo, muchos de los artculos especcos del C-digo se reeren a distinciones subjetivas. Por ejemplo, elartculo 311 establece que es mercantil el prstamo siem-pre que uno de los contratantes sea comerciante.

    3.5 Mxico

    En Mxico, el artculo 1 del Cdigo de Comercio es-tablece que Los actos comerciales slo se regirn por lodispuesto en este Cdigo y las dems leyes mercantilesaplicables. Mientras que en su artculo 2, se maniestaque: A falta de disposiciones de este ordenamiento y lasdems leyes mercantiles, sern aplicables a los actos decomercio las del derecho comn contenidas en el CdigoCivil aplicable en materia federal.

    3.6 Repblica Dominicana

    El cdigo de comercio Dominicano enumera los actosque la ley reputa de comercio en los artculos 632 y 633, elcual nos expresa que la ley reputa actos de comercio: to-da compra de gnero y mercancas para revenderlos, seaen naturaleza, sea despus de haberlos trabajado y pues-to en obra, o aun para alquilar simplemente su uso: todaempresa de manufacturas, de comisin, de transporte portierra, o por agua, toda empresa de suministros, e agen-cias, ocinas de negocios de establecimientos de ventas aremate, de espectculos pblicos, toda operacin de cam-bio, banca y corretaje; todas las operaciones de las bancas

    pblicas; todas las obligaciones entre negociantes y ban-queros; entre todas las personas, las letras de cambio oremesas de dinero hechas de plaza a plaza

    4 Referencias[1] Cdigo de Comercio de la Repblica Argentina#Actos de

    comercio

    [2] Sandoval, Ricardo (2007). Derecho Comercial. I 1. p. 36.

  • 35 Texto e imgenes de origen, colaboradores y licencias5.1 Texto

    Acto de comercio Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Acto_de_comercio?oldid=82680905 Colaboradores: Yakoo, Petronas, Gerkijel,Warko, Filipo, Reynaldo Villegas Pea, CEM-bot, Laura Fiorucci, Isha, Rigadoun, Mansoncc, Plux, Technopat, BlackBeast, Muro Bot,Cobalttempest, Greek, Leonpolanco, UA31, AVBOT,DumZiBoT, Arjuno3, FrescoBot, TiriBOT, Ishkur, PatruBOT, Tbhotch, Emiduronte,KLBot2, Gins90, Edicioneswiki, Danlaw1, Jarould y Annimos: 57

    5.2 Imgenes

    5.3 Licencia de contenido Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0

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