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DOCUMENTO BASE PARA LA FORMULACIÓN, CONCERTACIÓN, IMPLEMENTACIÓN, EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL PIGA. SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE SUBDIRECCIÓN DE POLÍTICAS Y PLANES AMBIENTALES 2014

ACTA DE REUNION - Secretaria Distrital de Ambienteambientebogota.gov.co/documents/10157/2426046/... · Plan de Acción Cuatrienal Ambiental, y las acciones externas e internas que

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DOCUMENTO BASE PARA LA FORMULACIÓN, CONCERTACIÓN,

IMPLEMENTACIÓN, EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – PIGA.

SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

SUBDIRECCIÓN DE POLÍTICAS Y PLANES AMBIENTALES

2014

CONTENIDO

PRESENTACIÓN…………………………………………………..……………………...….… 1

1. MARCO NORMATIVO DEL PIGA…………………………………..…….…..…. 1 2. MARCO INSTITUCIONAL…………………………………………………...………… 4

3. PIGA EN EL CONTEXTO DISTRITAL………………………………..…… 4 4. COMPONENTES DEL PIGA…………………………………..…………..…………. 5 4.2. Objetivos del PIGA…………………………………..……………………………. 5 4.3. Requisitos del PIGA…………………………………………………………….... 5 4.4. Comité de Gestión Ambiental……………………………………..……….. 7

4.5. Formulación del PIGA. ……………………………………..……….… 7

5. ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO PIGA…………………………….………….. 7

5.2. Descripción Institucional……………………………………………………..… 7

5.3. Política Ambiental………………………………………………………………... 8

5.4. Planificación…………………………………………………………………..…..… 8

5.4.1. Identificación de Aspectos y Valoración de Impactos Ambientales 8

5.4.2. Condiciones Ambientales del Entorno………………………….…….…. 8

5.4.3. Condiciones Ambientales Institucionales…………………….……….. 8

5.4.4. Análisis de la gestión ambiental………………………………….…….….. 8

5.4.5. Normativa Ambiental Específica……………………………………….….. 9

5.5. Objetivo Ambiental…………………………………………………………….….. 9

5.6. Programas de Gestión Ambiental…………………………………..….….. 9

5.6.1. Programa de Uso Eficiente del Agua……………………………..…….…. 9

5.6.2. Programa de Uso eficiente de la Energía………………….…………… 10

5.6.3. Programa de Gestión Integral de Residuos…………………………… 10

5.6.4. Programa de Consumo Sostenible……………………….……………….. 11

5.6.5. Programa de Implementación de Prácticas Sostenibles ……… 11

5.7. Plan de Acción Anual………………………………….………………………… 12

6. CONCERTACIÓN DEL PIGA……………………………….……….…….…………. 12

7. REQUISITOS PARA CONCERTAR EL PIGA……………….…………….……. 12

8. ACTA DE CONCERTACIÓN DEL PIGA……………….…….…………………… 12

9. MODIFICACIÓN DEL PIGA…………………………………..……….…………… 12

10. IMPLEMENTACIÓN DEL PIGA……………………………..…….……………. 13

11. INFORMES……………………………………………………………….….…………… 13

12. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PIGA……….………………………… 15

12.2. Seguimiento y Evaluación Documental………………………………. 15

12.3. Evaluación, Control y Seguimiento – Visitas técnicas………… 15

TERMINOS Y DEFINICIONES………………………………………………………. 16 BIBLIOGRAFIA…………………………………….…….………………………………….. 19

PRESENTACIÓN A nivel mundial, es cada vez más reconocida la importancia y mayor el interés por alcanzar y visibilizar un desempeño ambiental eficiente tanto en las organizaciones públicas como privadas, mediante el conocimiento y control de los impactos ambientales generados por sus actividades, productos y/o servicios, en cumplimiento de la normativa que aumenta de manera permanente sus exigencias para armonizarse con políticas económicas, sociales, culturales y medidas de protección ambiental direccionadas hacia modelos de desarrollo sostenible. El conocimiento de la gestión ambiental realizada por entidades públicas distritales y voluntarias, además de su impacto ambiental en la región Capital, requiere del auto-reconocimiento de la importancia que tiene el componente ambiental implícito en sus acciones misionales. Este ejercicio de identificación y análisis de los impactos ambientales desde la administración Distrital, sólo es posible a través de la consolidación de la información de todas las entidades y la implementación de la figura del Gestor Ambiental reglamentada por el Decreto 243 de 2009; de manera que, los esfuerzos realizados por las entidades públicas distritales y voluntarias, se traduzcan en reconocimiento de su contribución a la calidad ambiental de Bogotá D.C. Lo anterior requiere la estandarización del instrumento de planeación y gestión ambiental por parte de las entidades tanto públicas distritales como voluntarias y, del trabajo conjunto de todos los actores involucrados en la administración Distrital.

El Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA – es el instrumento de planeación ambiental a corto plazo, que parte del análisis de la situación ambiental institucional, con el propósito de brindar información y argumentos necesarios para el planteamiento de acciones de gestión ambiental que garanticen el cumplimiento de los objetivos de ecoeficiencia establecidos en el Decreto 456 de 2008, entre otras acciones ambientales que contemplen las entidades y aporten a la totalidad de los objetivos ambientales establecidos en el PGA. De esta manera se pretende avanzar hacia la adopción e implementación de sistemas integrados de gestión, que en materia ambiental, se basan en la norma técnica NTC-ISO 14001; y que se debe realizar de manera gradual conforme a la evolución del instrumento en las entidades. El presente documento establece la estructura y contenido de cada PIGA, la metodología de planeación, y dispone de estrategias y herramientas para su implementación y seguimiento. 5. MARCO NORMATIVO DEL PIGA Artículo 65 de la Ley 99 de 1993. Planificación Ambiental de las Entidades Territoriales. Establece que los departamentos, municipios y distritos con régimen constitucional especial, elaborarán sus planes, programas y proyectos de desarrollo, en lo relacionado con el medio ambiente, los recursos naturales renovables, con la asesoría y bajo la coordinación de las autoridades ambientales de su jurisdicción; quienes se encargarán de armonizarlos.

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Decreto No. 456 de 2008 Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones; el cual establece en el Parágrafo 2 de su Artículo 10, que los Planes Institucionales de Gestión Ambiental – PIGA – de las entidades del Distrito Capital concretarán sus compromisos, establecidos en el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental, y las acciones externas e internas que desarrollarán para prevenir daños al medio ambiente y contribuir a mitigarlos o compensarlos cuando estos se hayan producido, o para hacer uso ecoeficiente y sostenible de los recursos. Decreto No. 243 de 2009 Por el cual se reglamenta la figura de Gestor Ambiental prevista en el Acuerdo 333 del 2008; que establece ésta figura en la Entidades del Distrito Capital con el objetivo principal de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por sus actividades, y define sus condiciones y requisitos. Decreto 652 de 2011. Por medio del cual se adopta la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales, establece que la NTD-SIG 001:2011 determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema Integrado de Gestión en las entidades y organismos distritales y agentes obligados. Acuerdo No. 489 de 2012. Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo, Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012 – 2016, “Bogotá Humana”, plantea un eje denominado “Un territorio que enfrenta el Cambio Climático y se

ordena alrededor del agua”, el cual contiene los siguientes objetivos que se relacionan con el PIGA:

Objetivo 2. Construir un sistema de movilidad con enfoque ambiental y humano.

Objetivo 3. Reducir la vulnerabilidad de la ciudad y los grupos humanos respecto al cambio climático y los desastres naturales.

Objetivo 4. Promover cambios culturales y facilitar las condiciones para la transformación de la ciudad.

Objetivo 5. Reducir la cantidad de basuras y escombros que produce la ciudad. Decreto 651 de 2011 Por el cual se crean el Sistema Integrado de Gestión Distrital -SIGD- y la Comisión Intersectorial del -SIGD-, y se dictan otras disposiciones”, establece el Sistema Integrado de Gestión Distrital, como una herramienta de gestión sistemática y transparente compuesta por el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos que permitan garantizar un ejercicio articulado y armónico, para dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de las entidades distritales. Decreto 364 de 2013. “Por el cual se modifican excepcionalmente las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D. C., adoptado mediante Decreto Distrital 619 de 2000,

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revisado por el Decreto Distrital 469 de 2003 y compilado por el Decreto Distrital 190 de 2004. “ De forma a general se pueden nombrar los siguientes puntos relacionados con el PIGA: Artículo 131.- Lineamientos frente al riesgo por islas de calor. a. Incrementar las coberturas vegetales urbanas ubicadas tanto en el espacio público como en el espacio privado (zonas verdes, techos verdes, cultivos urbanos, arborización urbana, jardines ecológicos, jardines verticales, entre otros). Artículo 135.- Lineamientos para la mitigación de gases efecto invernadero (GEI): A. Movilidad. El subsistema de transporte:

Promover diferentes modos de transporte público y no motorizado que garanticen la movilidad sostenible y ecoeficiente, para la conectividad y accesibilidad de manera segura de los ciudadanos y ciudadanas, que desestimulará el uso del vehículo privado, según lo establecido en el subsistema de transporte, con énfasis en la red de transporte no motorizado. B. Construcción

Disminuir el consumo de materiales fomentando la utilización de materiales reciclados, teniendo en cuenta las disposiciones del Plan para el Manejo Integral de Residuos de Construcción y Demolición.

C. Residuos sólidos

El Sistema para la Gestión Integral de Residuos, el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS, el Plan para la Gestión Integral de Residuos Peligrosos - PGIRESPEL y el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos – PMIRS y demás planes complementarios, deberán incluir acciones para reducir los Gases Efecto Invernadero - GEI con énfasis en los generados en los procesos de descomposición e incineración. Artículo 138.- Política de Ecourbanismo y Construcción Sostenible. La política busca definir el conjunto de acciones originadas en el sector público, el sector privado y la sociedad en general, coordinadas por la administración distrital, orientadas a planificar, construir y transformar la ciudad y su entorno para lograr una mejor calidad de vida de sus habitantes. Artículo 420.- Objetivos del abastecimiento domiciliario de agua potable. Promover el uso eficiente y el ahorro del agua de acuerdo con la normativa vigente. Resolución No. 242 de 2014 Por la cual se adoptan los lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA.

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6. MARCO INSTITUCIONAL

A partir del Decreto 456 de 2008, se conciben como instrumentos de planeación ambiental de mediano y corto plazo en el Distrito los Planes de Acción Cuatrienal Ambiental – PACA y los Planes Institucionales de Gestión Ambiental – PIGA; instrumentos que deberán señalar las acciones de gestión ambiental a desarrollar por 7. PIGA EN EL CONTEXTO DISTRITAL

las entidades distritales para prevenir daños al ambiente y contribuir a mitigarlos y/o compensarlos, cuando éstos se hayan producido, o para hacer uso ecoeficiente y sostenible de los recursos; siendo este ultimo uno de los objetivos primordiales de los PIGA’s en las entidades distritales.

Figura 1. Diagrama de Tipos de Instrumentos de Planeación Ambiental de Bogotá D.C.

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En este contexto, el Plan de Gestión Ambiental Distrital - PGA se constituye en el origen específico del PIGA, desde el cual cada una de las entidades distritales direcciona sus políticas ambientales con el objeto de aportar como primera medida al cumplimiento de los objetivos de ecoeficiencia; o a los objetivos de calidad ambiental y de armonía socio-ambiental, según sus alcances misionales. De acuerdo a lo anterior, la Secretaría Distrital de Ambiente evalúa el cumplimiento del compromiso de implementación del PIGA en las entidades s, y teniendo en cuenta el objetivo Distrital de ejecución de un sistema integrado de gestión, en su componente ambiental, brindará acompañamiento hacia la implementación de la norma NTD-SIG 001:2011, para aquellas entidades que evolucionen satisfactoriamente en la implementación del PIGA, y aquellas que se encuentren actualmente avanzando en ésta dirección. 8. COMPONENTES DEL PIGA El Plan Institucional de Gestión Ambiental1 es un instrumento de planeación ambiental que parte del análisis descriptivo e interpretativo de la situación ambiental (interna, del entorno y del

1 De acuerdo al artículo 11 del Decreto 456 de 2008, se establece que adicional a

las entidades integrantes del Sistema Ambiental del Distrito Capital (SIAC), las demás entidades distritales son ejecutoras complementarias del Plan de Gestión Ambiental (PGA), conforme a sus atribuciones y funciones misionales; mediante la implementación y concertación del PIGA.

área de influencia) de la entidad; para plantearse acciones de gestión ambiental desde su misionalidad, mediante programas, proyectos, metas e indicadores, asignación de recursos, dedicados al cumplimiento de los objetivos de ecoeficiencia, primordialmente; y de calidad ambiental y armonía socio ambiental, de acuerdo con sus competencias misionales. 4.1. Objetivos del PIGA

Promover prácticas ambientales que contribuyan al cumplimiento de los objetivos específicos del Plan de Gestión Ambiental PGA, mediante aportes a la calidad ambiental, uso ecoeficiente de los recursos y armonía socio ambiental de Bogotá D.C.; consecuentes con las acciones misionales de las Entidades Distritales

Promover la implementación de estrategias destinadas a prevenir, mitigar, corregir, o compensar los impactos negativos sobre el ambiente, en busca de un desarrollo sostenible.

12.4. Requisitos del PIGA La adopción del PIGA como instrumento de planeación, requiere algunos componentes básicos para su funcionamiento; los cuales se describen a continuación:

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Planificación. Elemento que permite estructurar la gestión ambiental institucional, desde la identificación de: aspectos y valoración de impactos ambientales, condiciones ambientales del entorno, condiciones ambientales institucionales, análisis de la gestión ambiental y la normativa específica. Con base en estos puntos, se definirán objetivos, metas, indicadores y estrategias que permitirán ejecutar la política ambiental a través de la implementación de programas de gestión ambiental y el cumplimiento de la normativa. Teniendo en cuenta, que el diagnóstico se constituye en la base para las demás etapas del proceso, es importante que éste obedezca a una metodología y criterios apropiados para su implementación.

Posterior a la planificación, continua la definición de un objetivo general para el PIGA que estará articulado con el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital, el Plan Distrital de Desarrollo vigente y la Política Ambiental de la entidad. Con base en los elementos anteriores, se establecerán programas, proyectos y actividades enfocadas en el uso eficiente de los recursos; producto de las debilidades y potencialidades identificadas con anterioridad. La implementación del plan y etapas posteriores deberán permitir evidenciar mejoras en los indicadores de la gestión ambiental institucional y mantener permanentemente en revisión y evaluación las acciones implementadas, para garantizar la realización de sus ajustes de forma oportuna.

Figura 2. Diagrama Estructura PIGA

Política Ambiental

Implementación del Plan

Verificación

Ajustes (Mejora Continua)

Planificación 1. Identificación de Aspectos e Impactos 2. Condiciones ambientales del entorno 3. Condiciones Ambientales Institucionales 4. Análisis de la gestión ambiental 5. Normativa Ambiental Específica

- P. Uso Eficiente del Agua - P. Uso Eficiente de la Energía - P. Gestión Integral de los Residuos - P. Consumo Sostenible - P. Implementación de Prácticas Sostenibles

Revisión por el Comité PIGA

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12.5. Comité de Gestión Ambiental

Cada entidad creará un comité interno con el fin de garantizar la efectiva, eficiente y eficaz formulación, concertación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA, el cual será coordinado por el Gestor Ambiental designado y los profesionales responsables de la implementación del PIGA. Éste podrá corresponder al Comité del Sistema Integrado de Gestión y conformarse por directivos, funcionarios o contratistas pertenecientes a cada una de las áreas de la entidad.

Las entidades podrán conformar equipos técnicos a cargo del Gestor Ambiental o quien haga sus veces, el cual desarrollará sus actividades de acuerdo a los lineamientos fijados en la normativa vigente.

Dentro de las funciones del Comité están:

1. Definir su propio reglamento operativo. 2. Gestionar la incorporación y asignación de partidas

presupuestales para desarrollo del plan de acción propuesto. 3. Aprobar el plan de acción anual del PIGA y sus respectivas

modificaciones. 4. Adelantar el seguimiento, evaluación y actualización de la

ejecución del plan de acción anual. 5. Velar por el cumplimiento de la normativa ambiental vigente

aplicable a la entidad. 6. Proponer e implementar acciones de mejora para la ejecución

del PIGA.

12.6. Formulación del PIGA. Al iniciar el periodo de gobierno del Alcalde/sa Mayor, se tendrán ocho (8) meses para que las entidades distritales formulen su Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA-, el cual se integrará por dos aspectos a saber: el documento –PIGA- y el Plan de Acción anual.

13. ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO PIGA El documento PIGA deberá contener los siguientes elementos:

1. Descripción Institucional. 2. Política ambiental de la entidad. 3. Planificación. 4. Objetivos ambientales. 5. Programas de gestión ambiental.

5.1. Descripción Institucional El documento PIGA deberá contener una descripción detallada de la entidad, donde se incluya: funcionalidad, servicios puntuales que presta, su estructura organizacional, el mapa de procesos, el número de sedes administrativas y operativas, número de funcionarios, contratistas y personal de servicios de permanencia constante en cada una de ellas, así como los horarios de funcionamiento y el número de vehículos, maquinaria pesada y demás equipos que tenga la entidad para el desarrollo de sus actividades.

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Sede administrativa: bien inmueble donde la entidad desarrolla actividades administrativas.

Sede operativa: conjunto de espacios y edificios que conforman la red de servicios de la entidad donde se desarrollan actividades misionales de la misma.

Se debe indicar el tipo de operación que se desarrolla en las diferentes sedes de la entidad y los vehículos, maquinaria pesada y demás equipos que usa la entidad para desarrollo de su misionalidad, así como si estos, son propios, en arrendamiento o comodato.

Si la entidad desarrolla su misionalidad a través de terceros de forma parcial o total, debe describir de manera detallada cómo ejerce el control y seguimiento al cumplimiento normativo ambiental de los mismos.

13.2. Política Ambiental (Numeral 4.2 ISO14001)

Esta política debe contener un compromiso hacia la prevención de la contaminación, la mitigación o compensación de los impactos ambientales significativos, el cumplimiento de la normativa aplicable y la mejora continua. Así mismo, debe ser clara para garantizar su comprensión al interior de la entidad y a nivel externo.

Se puede considerar la Política del Sistema Integrado de Gestión como la Política Ambiental de la entidad, siempre y cuando ésta contemple y esté acorde con lo descrito en este artículo.

13.3. Planificación (Numeral 4.3 ISO14001) 13.3.1. Identificación de Aspectos y Valoración de Impactos

Ambientales. Se mantendrá un procedimiento para la identificación de los aspectos y valoración de impactos ambientales, sean positivos o negativos. Esta partirá de un ejercicio de análisis interpretativo de la situación ambiental, que mencione las actividades de la entidad definiendo los controles operacionales sobre estas.

13.3.2. Condiciones Ambientales del Entorno. Se identificará y describirá las características del entorno como la existencia de ecosistemas, entre otros; así como los principales problemas ambientales, los riesgos naturales y antrópicos que rodean a la Entidad.

13.3.3. Condiciones Ambientales Institucionales. Se identificará y

describirá las características ambientales de la entidad como: infraestructura física y de servicios (acueducto, alcantarillado, instalaciones hidrosanitarias y de iluminación, y condiciones de almacenamiento de residuos), y condiciones locativas (iluminación, ventilación, ruido, entre otros).

13.3.4. Análisis de la gestión ambiental. Se describirá el estado y el

avance de la gestión ambiental con la implementación del PIGA, teniendo en cuenta cada uno de los programas que lo componen, identificando y priorizando las oportunidades de mejora.

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13.3.5. Normativa Ambiental Específica. Se documentará e implementará un procedimiento para identificar y mantener actualizada la normativa ambiental y otros requisitos aplicables.

Si las condiciones ambientales del entorno y/o las condiciones ambientales institucionales generan afectación a la salud humana o a la infraestructura de las sedes de la entidad, se identificará los riesgos ambientales y/o antrópicos asociados, basado en el análisis de riesgo correspondiente. 13.4. Objetivo Ambiental (Numeral 4.3.3 ISO14001) Se formulará un objetivo general para el PIGA, que debe estar articulado con el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital, el Plan Distrital de Desarrollo vigente y la Política Ambiental de la entidad. 13.5. Programas de Gestión Ambiental (Numeral 4.3.3

ISO14001) Con base en los resultados obtenidos de la planificación, se deben establecer mínimo los siguientes cinco (5) programas, donde cada uno contendrá la siguiente información: un objetivo general medible, realizable, realista y limitado en el tiempo con su respectiva meta e indicador planeados a 4 años, que prevengan y controlen los factores de deterioro ambiental y contribuyan al uso eficiente de los recursos.

Es importante señalar que en la formulación de los programas de gestión ambiental enmarcados en el PIGA se debe implementar principios de ecoeficiencia acordes al alcance de las funciones misionales de cada entidad para lo que resulta indispensable un completo ejercicio de reconocimiento institucional, que difiere significativamente entre una entidad y otra.

5.5.1. Programa de Uso Eficiente del Agua. En este programa se establecen las medidas operativas, educativas o de inversión, que garanticen:

- El uso eficiente del recurso hídrico. - El consumo racional, control sobre las pérdidas y

desperdicios. - La generación de nuevos sistemas de reutilización y ahorro

del agua. - La adquisición de nuevas tecnologías.

Esto, en procura del mantenimiento de la oferta natural del recurso, la conservación de los ecosistemas reguladores y el ciclo hídrico en cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

5.5.2. Programa de Uso eficiente de la Energía. En este

programa se establecen las medidas operativas, educativas o de inversión que garanticen:

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- El uso eficiente de la energía eléctrica y los combustibles y su racionalización en los diferentes procesos de la entidad.

- El control de las pérdidas y desperdicios. - La promoción de la conversión tecnológica. - El uso de energías alternativas.

Esto, para la sensibilización en relación al consumo energético y la generación de Gases de Efecto Invernadero GEI.

5.5.3. Programa de Gestión Integral de Residuos. En este

programa se establecen las medidas operativas, educativas o de inversión que garanticen un manejo integral de todos los tipos de residuos generados por la entidad, conforme a la normativa vigente en la materia, incluyendo un componente de prevención, minimización y aprovechamiento con el fin de evitar la generación de residuos cuando sea posible.

El programa de gestión integral de los residuos estará definido por una gestión adecuada, mediante el apropiado manejo, segregación en la fuente, almacenamiento, aprovechamiento y disposición final de acuerdo a la normativa vigente de: a. Residuos ordinarios: Aprovechables o no aprovechables.

b. Residuos peligrosos: Formulación del Plan de Gestión de

Residuos Peligrosos conforme a la normativa vigente y a las especificaciones técnicas para su implementación y realizar el

registro como generador de residuos peligrosos en el caso que aplique.

Los Generadores de residuos hospitalarios y similares se regirán por la normativa ambiental que les aplique.

c. Residuos especiales: Adecuada gestión de los residuos

especiales que genere, como: llantas, colchones y residuos de construcción y demolición, entre otros.

d. Emisiones atmosféricas: Garantizar que las emisiones a la

atmósfera por fuentes fijas y/o móviles estén bajo los parámetros permisibles establecidos en la normatividad ambiental vigente.

e. Vertimientos: Cumplir con los parámetros permisibles

establecidos en la normativa, procurar la reducción de la carga contaminante de los vertimientos generados y en caso de requerirlo solicitar el registro y/o permiso ante la Autoridad Ambiental competente.

5.5.4. Programa de Consumo Sostenible. En este programa se

define las acciones que garanticen:

- El uso y consumo responsable de materiales. - El fortalecimiento de la cadena de suministro que genere

valor agregado en la entidad desde la adquisición de un bien, producto o servicio

- La minimización de los impactos ambientales más significativos desde la extracción de la materia prima, su

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fabricación, distribución, hasta su disposición final, considerando el ciclo de vida de los productos.

- La entidad debe verificar que los terceros con que se contrate la prestación de un bien o servicio cuenten con los permisos ambientales requeridos para el desarrollo de su actividad.

5.5.5. Programa de Implementación de Prácticas Sostenibles. Pretende desarrollar actividades o proyectos que contengan uno o varios de los siguientes aspectos: adopción de una cultura ambiental positiva, interacción con temas de interés ambiental, articulación con las políticas, planes o lineamientos distritales, regionales y/o nacionales, que presenten características como ser innovadores, con alto potencial de transferencia, que generen valor agregado a la entidad, que sean reconocidas como experiencias exitosas por actores claves o que incluya aspectos de sostenibilidad.

Lo anterior, debe considerar un modelo sostenible que incluya aspectos que procuren la protección del ambiente, la calidad de vida de los ciudadanos y el desarrollo económico. Como parte de este programa, la entidad deberá calcular la Huella de Carbono Corporativa, de acuerdo con los lineamientos de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Para el desarrollo de este programa se deberá implementar mínimo una de las siguientes líneas:

a. Movilidad urbana sostenible: Busca el desarrollo de acciones o estrategias que promuevan el uso de medios de transporte limpio, adecuación de espacios para éstos, uso del servicio de transporte público, uso compartido de vehículos y buenas prácticas de conducción (ecoconducción) entre otros.

b. Mejoramiento de las condiciones ambientales internas y/o de su entorno: Busca el desarrollo de buenas condiciones físicas, locativas y ambientales de las sedes de la entidad y su entorno, incluyendo acciones que aseguren la administración y reducción de riesgos ambientales.

c. Adaptación al cambio climático: Busca adelantar acciones que compensen las afectaciones ocasionadas al ambiente por la generación de gases efecto invernadero, contribuir a la adaptación y mitigación al cambio climático y mejorar la calidad del paisaje.

Podrá incluir acciones de reforestación, renaturalización, implementación de techos y terrazas verdes, jardines verticales, aumento y/o creación de cobertura vegetal, uso adecuado del suelo, construcción sostenible, entre otros.

5.6. Plan de Acción Anual (Numerales 4.4.1 y 4.4.6 ISO14001) Este ddeberá contener las actividades necesarias para el logro de los objetivos establecidos en los programas de gestión ambiental, definiendo de manera clara las metas, indicadores, actividades, el responsable, presupuesto y el tiempo de ejecución. En este, se priorizará las acciones necesarias para minimizar, mitigar y/o compensar los impactos ambientales significativos y dar

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cumplimiento a la normativa aplicable. Cada plan de acción se presentará el último mes del año a la Secretaría Distrital de Ambiente para revisión, y se pondrá en marcha en el mes de enero del año siguiente. Cualquier modificación, debe ser aprobada por el respectivo Comité y justificada por escrito a la SDA. 6. CONCERTACIÓN DEL PIGA. Una vez se surta el proceso de

formulación, se tendrá cuatro (4) meses para que cada entidad Distrital concerte el contenido de su documento PIGA con la SDA.

7. REQUISITOS PARA CONCERTAR EL PIGA. Los requisitos para concertación del PIGA en cada una de las entidades son:

a. Cumplir con todas las exigencias establecidas para la

formulación del Documento PIGA y su respectivo plan de acción.

b. Tener designado al Gestor Ambiental según lo establecido

por la normativa vigente.

c. Tener conformado un Comité de Gestión Ambiental o el que haga sus veces, según lo establecido en el Artículo 5 de la Resolución 242 de 2014.

d. Remitir a la SDA el documento PIGA en formato digital con

los anexos que se establezcan a través de una comunicación suscrita por el Gerente, Director o Representante Legal de la entidad correspondiente.

8. ACTA DE CONCERTACIÓN DEL PIGA. Una vez la SDA constate

el cumplimiento de todos los requisitos anteriores, y se surta el proceso de revisión y asesoría, se definirá el documento final del PIGA y se suscribirá la correspondiente Acta de Concertación, que tendrá vigencia hasta la finalización del Plan Distrital de Desarrollo vigente.

Parágrafo: Durante el primer año de gobierno de una nueva administración distrital, mientras se concerta un nuevo documento PIGA, las entidades distritales deberán implementar las acciones previamente definidas en el plan de acción aprobado para ese año en el marco del anterior documento PIGA. 9. MODIFICACIÓN DEL PIGA. Se podrá modificar el documento

PIGA cuando se considere pertinente, en pro de la mejora y/o fortalecimiento de la gestión ambiental, caso en el cual se debe informar a la SDA.

Nota. Si las modificaciones al Documento PIGA se deben a cambio/sesión de sede(s) de la entidad o a fusión/escisión de una o varias entidades, el documento PIGA se debe concertar de nuevo.

10. IMPLEMENTACIÓN DEL PIGA. Cada Entidad distrital garantizará recursos humanos, financieros, tecnológicos y demás necesarios para implementar los planes de acción de su respectivo PIGA, para lo cual:

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a. Realizará valoración y/o verificación interna de la implementación del PIGA para el seguimiento y ajustes, hacia la mejora continua del instrumento y la toma de decisiones.

b. Designará por lo menos un profesional con formación o

experiencia ambiental certificada para la formulación e implementación del PIGA, que apoye al Gestor Ambiental.

c. Garantizará la preservación de evidencias documentales que

permitan constatar los procesos de formulación, concertación, implementación y seguimiento del PIGA de conformidad con el Subsistema de gestión documental.

d. Informará a la SDA cuando se presente cambio del Gestor

Ambiental o el Profesional encargado del PIGA.

Nota. La SDA realizará acompañamiento a la implementación del PIGA de acuerdo a las necesidades identificadas: de manera directa, mediante las visitas de seguimiento y evaluación y/o por temas que considere la Secretaría prioritarios incluir por índole normativo y/o técnico. 11. INFORMES. Las entidades remitirán a la Secretaría Distrital de

Ambiente la información correspondiente al desarrollo,

avances y registros del Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA a través de la herramienta sistematizada, de acuerdo a las siguientes fechas:

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Figura 3. Ruta Crítica2 del Proceso Concertación e Implementación PIGA

2 La ruta crítica puede diferir para las entidades que se encuentran concertadas

ante la SDA, quienes deberán establecer su propia secuencia de pasos para cumplir con los nuevos requerimientos del PIGA, e incluirlos en sus planes de acción anuales.

Conformar Grupo de Trabajo (Comité

PIGA)

Establecer la Política Ambiental

Identificar e implementar el Instrumento de

Evaluación de Impacto Ambiental

Analizar el Diagnóstico Integral de la situación

ambiental

Determinar las Debilidades y

Potencialidades

Formular Programas, proyectos y actividades de Gestión Ambiental

Institucional

Concertar Plan de Acción con la SDA

Implementar el Plan de Acción

Registrar en formatos, la información

generada

Analizar resultados y presentar Informe

de Avances

Verificar resultados y Ajustar el Plan de

Acción

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12. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PIGA. La SDA efectuará el seguimiento y evaluación al PIGA, a través de los informes remitidos a través de la herramienta sistematizada y visitas técnicas, de la siguiente manera:

12.1. Seguimiento y Evaluación Documental. El seguimiento de los compromisos establecidos en el PIGA se realizará a través de los informes periódicos presentados por las entidades. En caso que se identifique información errónea en el reporte de los informes remitidos a la SDA, la entidad deberá realizar los ajustes, solicitando la apertura de la herramienta para su retransmisión. 12.2. Evaluación, Control y Seguimiento – Visitas

técnicas.

La Autoridad ambiental realizará las visitas técnicas necesarias a las entidades Distritales, con el fin de evaluar: a. Concertación del documento PIGA con la SDA y su

implementación.

b. Cumplimiento de las actividades, metas propuestas y la normativa aplicable a cada programa de gestión ambiental.

c. Cumplimiento de los requerimientos pendientes de visitas

anteriores.

d. Reporte oportuno y de calidad de los informes en la herramienta sistematizada.

e. Conformación y operación del comité de gestión ambiental y la

designación del gestor ambiental y su equipo operativo. f. Destinación de los recursos necesarios para la implementación

del PIGA. g. Las demás que considere pertinentes en el proceso de

evaluación, control y seguimiento.

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TERMINOS Y DEFINICIONES Aprovechamiento de residuos.3 Proceso de recuperar el valor remanente o el poder calorífico de los materiales que componen los residuos o desechos peligrosos, por medio de la recuperación, el reciclado o la regeneración. Calidad Ambiental.4 Propiedad o conjunto de propiedades inherentes al medio ambiente que permiten juzgar su valor. Características físicas, químicas o biológicas del aire, agua, suelo y biodiversidad. Conservación.5 La gestión de la utilización de la biosfera por el ser humano, de tal suerte que produzca el mayor y sostenido beneficio para las generaciones actuales, pero que mantenga su potencialidad para satisfacer las necesidades y las aspiraciones futuras. Por lo tanto, la conservación es positiva y abarca la preservación, el mantenimiento, la utilización sostenida, la restauración y la mejora del entorno natural. Deterioro del ambiente.6 Alteración en las características físicas, químicas o biológicas del aire, agua o suelo. Modificaciones desfavorables del estado ecológico y ambiental como resultado de procesos naturales y/o actividades humanas. Disminución de la capacidad del medio ambiente para responder a los objetivos o necesidades sociales. 3 Decreto 4741 de 2005

4 Tesauro Ambiental para Colombia

5 UICN

6 Tesauro Ambiental para Colombia

Disposición Final.7 Es el proceso de aislar y confinar los residuos o desechos peligrosos, en especial los no aprovechables, en lugares especialmente seleccionados, diseñados y debidamente autorizados, para evitar la contaminación y los daños o riesgos a la salud humana y al ambiente. Ecosistema.8 Unidad estructural, funcional y de organización, constituida por organismos (incluido el hombre) y variables ambientales (bióticas y abióticas) en un área determinada. Gestión Integral de residuos.9 Conjunto articulado e interrelacionado de acciones de política, normativas, operativas, financieras, de planeación, administrativas, sociales, educativas, de evaluación, seguimiento y monitoreo. Desde la prevención de la generación hasta la disposición final de los residuos o desechos peligrosos, a fin de lograr beneficios ambientales, la optimización económica de su manejo y su aceptación social, respondiendo a las necesidades y circunstancias de cada localidad o región. Mejora continua.10 Proceso recurrente de optimización del sistema de gestión ambiental para lograr mejoras en el desempeño ambiental global de forma coherente con la política ambiental de la organización.

7 Decreto 4741 de 2005

8 Tesauro Ambiental para Colombia

9 Decreto 4741 de 2005

10 ISO 14001:2004

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NOTA. No es necesario que dicho proceso se lleve a cabo de forma simultánea en todas las áreas de actividad.

Medio ambiente. Entorno en el cual una organización opera, incluidos el aire, el agua, el suelo, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones.

NOTA. El entorno en este contexto se extiende desde el interior de una organización hasta el sistema global.

Aspecto ambiental. Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el medio ambiente.

NOTA. Un aspecto ambiental significativo tiene o puede tener un impacto ambiental significativo.

Desarrollo sostenible.11 Desarrollo que conduzca al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades.

Educación Ambiental.12 Proceso que le permite al individuo comprender las relaciones de interdependencia con su entorno, a partir del conocimiento reflexivo y crítico de su realidad biofísica, social, política,

11

Política Nacional de Biodiversidad 12

Política Nacional de Educación Ambiental

Gestión Ambiental.13 Conjunto de acciones encaminadas a lograr la máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la conservación, defensa, protección y mejora del medio ambiente, a partir de un enfoque interdisciplinario y global.

Huella de carbono14. Nivel de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), causadas en los procesos y transformación de bienes, prestación de servicios y/o procesos organizacionales y humanos. La definición del Center for Sustainability Accounting15, define la huella de carbono como la cantidad de emisiones de gases relevantes para el cambio climático, asociados a la producción humana o actividades de consumo.

Impacto ambiental. Cualquier cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso, como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una organización.

Plan de Gestión Ambiental.16 El Plan de Gestión Ambiental es el instrumento de planeación de largo plazo de Bogotá, D.C., en el área de su jurisdicción, que permite y orienta la gestión ambiental de todos los actores distritales con el propósito de que el proceso de desarrollo propenda por la sostenibilidad del territorio distrital y la región.

13

Política de Gestión Ambiental Urbana 14

Tomado de la Guía conceptual y metodológica de compras públicas sostenibles para Colombia. 15

Tomado de la Guía conceptual y metodológica de compras públicas sostenibles para Colombia. 16

Decreto 456 de 2008

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Sistema de gestión ambiental SGA. Parte del sistema de gestión de una organización, empleada para desarrollar e implementar su política ambiental y gestionar sus aspectos ambientales.

NOTA 1. Un sistema de gestión es un grupo de elementos interrelacionados usados para establecer la política y los objetivos y para cumplir estos objetivos.

NOTA 2. Un sistema de gestión incluye la estructura de la organización, la planificación de actividades, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos

Objetivo ambiental. Fin ambiental de carácter general coherente con la política ambiental, que una organización se establece

Desempeño ambiental. Resultados medibles de la gestión que hace una organización de sus aspectos ambientales.

NOTA. En el contexto de los sistemas de gestión ambiental, los resultados se pueden medir respecto a la política ambiental, los objetivos ambientales y las metas ambientales de la organización y otros requisitos de desempeño ambiental.

Política ambiental. Intenciones y dirección generales de una organización relacionadas con su desempeño ambiental, como las ha expresado formalmente la alta dirección. NOTA. La política ambiental proporciona una estructura para la acción y para el establecimiento de los objetivos ambientales y las metas ambientales.

Meta ambiental. Requisito de desempeño detallado aplicable a la organización o a partes de ella, que tiene su origen en los objetivos ambientales y que es necesario establecer y cumplir para alcanzar dichos objetivos.

Prevención de la contaminación. Utilización de procesos, prácticas, técnicas, materiales, productos, servicios o energía para evitar, reducir o controlar (en forma separada o en combinación) la generación, emisión o descarga de cualquier tipo de contaminante o residuo, con el fin de reducir impactos ambientales adversos.

NOTA. La prevención de la contaminación puede incluir reducción o eliminación en la fuente, cambios en el proceso, producto o servicio, uso eficiente de recursos, sustitución de materiales o energía, reutilización, recuperación, reciclaje, aprovechamiento y tratamiento.

Residuo o desecho.17 Cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó ó porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula.

Residuo o Desecho Peligroso.18 Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño

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Decreto 4741 de 2005 18

Decreto 4741 de 2005

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para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos. Uso eficiente del agua.19 Buenas prácticas de aprovechamiento del recurso hídrico, en todas sus formas, que determinen la sostenibilidad del recurso y bajos costos tanto ambientales como económicos. BIBLIOGRAFIA - Constitución Política de Colombia. 1991.

- Corrales Claudia y Walteros Hector (2005): “Documento Base Para La Formulación Del Plan Institucional De Gestión Ambiental – PIGA –”. Oficina Asesora de Planeación. DAMA. Octubre 2005.

- Decreto 243 de 2009. “Por el cual se reglamenta la figura del Gestor Ambiental prevista en el Acuerdo 333 del 2008". Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. 2009.

- Decreto 456 de 2008. “Por el cual se Reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras Disposiciones”. Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. 2008.

- Decreto 4741 de 2005. 'Por el cual se reglamenta parcialmente

la prevención y manejó de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral

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Tesauro Ambiental Colombiano

- Norma Técnica Colombiana NTC-ISO14001. Sistemas de Gestión Ambiental. Requisitos con Orientación para su Uso. 2004.

- Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública. NT-CGP 1000:2004. Sistema de Gestión de Calidad para la Rama Ejecutiva del Poder Público y Otras Entidades Prestadoras de Servicios. Requisitos. 2004.

- SGS Colombia S.A. Material de Capacitación Diplomado en Gestión Integral SGS Colombia S.A.

- Resolución 242 de 2014. Por la cual se adoptan los lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA

- Guía conceptual y metodológica de compras públicas sostenibles para Colombia. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Centro Nacional de Producción más Limpia. 2013.

- Política Nacional de Biodiversidad.

- Política Nacional de Educación Ambiental. Ministerio del Medio Ambiente. 2002.

- Política Nacional de Gestión Ambiental Urbana. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial. 2008.

- Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza – UICN, 1980.

126PM02-PR12-I-A4-V6.0

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