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ACTA Nº 39-19 Sesión celebrada el 08 de octubre de 2019 Acta de la sesión ordinaria número treinta y nueve de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con cinco minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve. Miembros presentes: Lic. Juan Luis León Blanco, Presidente; Licda. María Mercedes Flores Badilla, Vicepresidenta; MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas, Prosecretaria; Lic. John Jorge Tapia Salazar, Vocal II; MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, Vocal IV; Licda. Rosibel Jara Velásquez, Vocal V; Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Fiscal a.i. Miembros ausentes con justificación: MSc. Julio Armando Castellanos Villanueva, Secretario, Lic. Rafael Ángel Guillén Elizondo, Tesorero; Licda. Beatriz Sarmiento Chávez, Vocal I; Lic. Mauricio Montero Hernández, Fiscal. Funcionarios Asistentes: Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva; Sra. Annia Picado Mesén, Secretaria de Actas. ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN. El Lic. Juan Luis León Blanco, Presidente, procede a dar inicio a la sesión ordinaria Nº 39-19, del 08 de octubre de 2019. ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA. El Lic. Juan Luis León Blanco, Presidente, somete a consideración de los señores Directores y Directoras la agenda de Presidencia, 1.- Comprobación de quórum e inicio de la sesión. 2.- Aprobación de Agenda Presidencia. 3.- Lectura y Aprobación del acta ordinaria No. 37-2019. 4. Nombramiento Tribunal de Elecciones Internas. 5. Correspondencia, 6.- Informe de Presidencia. 7. Informe de Directores y Directoras. 8.- Informe Dirección Ejecutiva. 9.- Asuntos breves y traslados de Fiscalía. 10.- Lista para suspender por morosidad. 1 2 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42

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ACTA Nº 39-19Sesión celebrada el 08 de octubre de 2019

Acta de la sesión ordinaria número treinta y nueve de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con cinco minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve.

Miembros presentes: Lic. Juan Luis León Blanco, Presidente; Licda. María Mercedes Flores Badilla, Vicepresidenta; MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas, Prosecretaria; Lic. John Jorge Tapia Salazar, Vocal II; MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, Vocal IV; Licda. Rosibel Jara Velásquez, Vocal V; Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Fiscal a.i.

Miembros ausentes con justificación: MSc. Julio Armando Castellanos Villanueva, Secretario, Lic. Rafael Ángel Guillén Elizondo, Tesorero; Licda. Beatriz Sarmiento Chávez, Vocal I; Lic. Mauricio Montero Hernández, Fiscal.

Funcionarios Asistentes: Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva; Sra. Annia Picado Mesén, Secretaria de Actas.

ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN.

El Lic. Juan Luis León Blanco, Presidente, procede a dar inicio a la sesión ordinaria Nº 39-19, del 08 de octubre de 2019.

ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA.

El Lic. Juan Luis León Blanco, Presidente, somete a consideración de los señores Directores y Directoras la agenda de Presidencia, 1.- Comprobación de quórum e inicio de la sesión. 2.- Aprobación de Agenda Presidencia. 3.- Lectura y Aprobación del acta ordinaria No. 37-2019. 4. Nombramiento Tribunal de Elecciones Internas. 5. Correspondencia, 6.- Informe de Presidencia. 7. Informe de Directores y Directoras. 8.- Informe Dirección Ejecutiva. 9.- Asuntos breves y traslados de Fiscalía. 10.- Lista para suspender por morosidad.

SE ACUERDA 2019-39-001 Aprobar la agenda de Presidencia, presentada por el Lic. Juan Luis León Blanco. Se modifica para en el punto 5) se brinde audiencia al Lic. Jairo Velásquez Valverde, miembro Junta Directiva Filial Pérez Zeledón. Cuatro votos.

ARTICULO 3) LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ORDINARIA No. 37-19, DEL 24 DE SETIEMBRE DEL 2019.

Revisada el acta 37-19 del 24 de setiembre del 2019, por los señores Directores y Directoras y realizadas las observaciones pertinentes, proceden a aprobarla. SE ACUERDA 2019-39-002 Aprobar el acta 37-19, celebrada el 24 de setiembre del 2019, con las observaciones realizadas por los señores Directores y Directoras.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 2 de 70 Cuatro votos.

Al ser las dieciocho horas con veinte minutos ingresa el Lic. Jhonn Tapia Salazar.

ARTICULO 4) Audiencia del Lic. Jairo Velásquez Valverde, miembro Junta Directiva Filial Pérez Zeledón.

Al ser las dieciocho horas con veintidós minutos ingresa el Lic. Jairo Velásquez Valverde.

Al ser las dieciocho horas con veinticinco minutos ingresa la MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas.

El Lic Jairo Velásquez Valverde, señala que la inquietud es con los estudiantes de la carrera de Derecho que están finalizando en las diferentes universidades los cuatrimestres, ya que las universidades privadas dividen el año en tres cuatrimestres y en agosto algunos estudiantes terminaron su pénsum académico e inmediatamente procedieron a presentar los requisitos para realizar el curso de deontología jurídica y lo realizan, en ese mismo mes pagan los requisitos de graduación en la universidad para graduarse en el mes de diciembre. En el mes de octubre deben matricular para hacer el examen de excelencia del mes de noviembre. Anteriormente, como no se había llevado a cabo la graduación, se le pedía a la Universidad una certificación donde se indicaba que el estudiante ya es licenciado en derecho, cumplió con todos los requisitos y le falta únicamente la graduación. Pero cuando presentan la certificación en el Colegio, se les indica que el nuevo requisito es la certificación del CONESUP, pero señala que esa certificación la emiten faltando diez días para la graduación, inclusive en ocasiones faltando dos días. En razón de lo anterior, no pueden los estudiantes hacer el examen si les piden el requisito. Señala que dicho requisito está demás, por cuánto considera que es suficiente, con una certificación firmada por el rector de la universidad o el director de carrera.

Al ser las dieciocho horas con cuarenta minutos se retira el Lic. Jairo Velásquez.

El MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, aclara que para efectos del examen de excelencia es que debe aceptarse la certificación de la Universidad, pero para la incorporación, sí debe aportarse la certificación emitida por el CONESUP.

SE ACUERDA 2019-39-003 En vista del análisis realizado sobre los requisitos para realizar el examen de excelencia académica, se le solicita a la Dirección Ejecutiva que conjuntamente con la Dirección Académica, realicen una revisión de los requisitos a fin de que los egresados de las universidades o licenciados en derecho, puedan realizar la matrículas con los trámites que correspondan y que siempre esté presente tutelar sus derechos para que los procedimientos siguientes se realicen conforme a principios de celeridad y eficiencia del proceso. Seis votos. Responsable: Dirección Ejecutiva. Dirección Académica y de Incorporaciones.

ARTICULO 5) NOMBRAMIENTO TRIBUNAL DE ELECCIONES INTERNAS.

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Al ser las dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos salen por un momento la Licda. María Mercedes Flores Badilla y la Licda. Rosibel Jara Velásquez.

El Lic. Juan Luis León Blanco, señala que en sesión ordinaria 25-19 celebrada el 02 de julio del 2019, tomó el acuerdo 2019-25-021 donde se avaló la recomendación de nombramiento para las siguientes personas como integrantes del Tribunal Electoral: Licda. Alexandra Alvarado Paniagua, Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Licenciado Julio Sánchez.

En sesión ordinaria 28-19 del 23 de julio se realizó la juramentación del Lic. Juan Carlos Montero Villalobos y el Lic. Julio Sánchez Carvajal, quedando pendiente la juramentación de la Licda. Alexandra Alvarado Paniagua.

Posteriormente indica que el día de hoy, llevó a cabo la juramentación de la Licda. Alexandra Alvarado Paniagua.

Procede el señor Presidente a someter a consideración la ratificación del nombramiento de: Sergio Donato Calderón, Leonardo Madrigal Moraga y Magally Herrera Jiménez.

SE ACUERDA 2019-39-004 De conformidad con el acuerdo firme de la sesión ordinaria número 25-19, celebrada el 02 de julio del 2019, se realizó el nombramiento de los siguientes integrantes del Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Abogadas: Sra. Alexandra Alvarado Paniagua, colegiada número 6779, Sr. Juan Carlos Montero Villalobos, colegiado número 3948, y Sr. Julio Sánchez Carvajal, colegiado 3657. Siendo necesario que este órgano electoral cuente con la integración necesaria para su adecuado funcionamiento, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento General de Elecciones de este Colegio, se procede a la reelección de los señores Leonardo Antonio Madrigal Moraga, colegiado número 4519, Magally Herrera Jiménez, colegiada 14496, y Sergio Donato Calderón, colegiado número 3769. En consecuencia, se acuerda que el Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, quede integrado por las siguientes seis personas colegiadas:  Sr. Leonardo Antonio Madrigal Moraga, Sr. Sergio Donato Calderón, Sra. Magally Herrera Jiménez, Sra. Alexandra Alvarado Paniagua, Sr. Juan Carlos Montero Villalobos, y Sr. Julio Sánchez Carvajal. Cuatro votos. Responsable: Tribunal.

Al ser las dieciocho horas con cincuenta y cuatro minutos se reintegran la Licda. María Mercedes Flores Badilla y la Licda. Rosibel Jara Velásquez.

ARTICULO 6) CORRESPONDENCIA.

1. Nota DAI-057-2019, suscrita por el MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual indica que con relación con la visita realizada por dos personas de la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Juarés Autónoma de Tabasco, México, se refleja un interés de inscribir al Colegio de Abogados en el catálogo de Instituciones del Consejo Nacional de Ciencia y

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 4 de 70 Tecnología (CONACYT), esto con la finalidad de que más estudiantes mexicanos puedan participar de pasantías en ámbitos de investigación e igualmente constituir un convenio para agremiados nuestros. Adjunta nota para consideración.

SE ACUERDA 2019-39-005 De conformidad con la nota DAI-057-2019, del MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones y la solicitud del la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Juarés Autónoma de Tabasco, México, se autoriza la firma de un convenio el cual debe sujetarse a los estándares que maneja el Colegio e inscribirlo en el catálogo de Instituciones del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT). Seis votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones. Departamento Legal.

2. Nota suscrita por el Lic. Olivier Rojas Fernández, mediante la cual indica cuenta con 66 años, en el 2011 fue operado de cáncer de próstata y posteriormente cáncer de piel y el 02 de octubre será operado. Señala que por razones de salud y edad el ejercicio de la profesión ha disminuido radicalmente lo que hace prever el cierre de la oficina. Solicita se le otorgue la pensión conforme a la Ley 3245 y por resolución Judicial del Tribunal Contencioso Administrativo.

SE ACUERDA 2019-39-006 En atención a la nota del Lic. Olivier Rojas Fernández, se informa que el Colegio no está otorgando pensiones, por cuanto el tema está en los Tribunales de Justicia. Atendiendo la situación de salud que presenta el agremiado, se traslada a la Dirección Ejecutiva, para que revise la posibilidad de que se le brinde ayuda ante la situación tan difícil que enfrenta. Seis votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

3. Nota CRI-224-2019, suscrita por la Sra. Noemy Montero Guerrero, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, mediante la cual indica que la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, aprobó una moción para solicitar el criterio de la institución que usted representa, sobre el texto del proyecto de ley: EXPEDIENTE N° 21.452 “APROBACIÓN DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA CONFERENCIA DE MINISTROS DE JUSTICIA DE LOS PAÍSES IBEROAMERICANOS”.

SE ACUERDA 2019-39-007 Trasladar a la Comisión de Derecho Internacional, la nota CRI-224-2019, de la Sra. Noemy Montero Guerrero, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, donde indica que la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, aprobó una moción para solicitar el criterio de la institución que usted representa, sobre el texto del proyecto de ley: EXPEDIENTE N° 21.452 “APROBACIÓN DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA CONFERENCIA DE MINISTROS DE JUSTICIA DE LOS PAÍSES IBEROAMERICANOS”. Seis votos. Responsable: Comisión Derecho Internacional.

4. Nota AAP-0470-09-2019-N, suscrita por Patricia Alcázar Jiménez, Jefe, Área Atención a Patronos, CCSS, mediante la cual remite recordatorio sobre el cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

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SE ACUERDA 2019-39-008 Trasladar al Departamento de Comunicación y Mercadeo la nota AAP-0470-09-2019-N, de la Sra. Patricia Alcázar Jiménez, Jefe, Área Atención a Patronos, CCSS. Lo anterior con la finalidad de que se divulgue el recordatorio sobre el cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Seis votos. Responsable: Departamento de Comunicación y Mercadeo.

5. Correo electrónico enviado por Alianza Global, donde en atención al acuerdo 2019-35-007, indican que quedan a la espera sobre las iniciativas tendientes a promover acciones sobre justicia penal, llevado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.

SE ACUERDA 2019-39-009 Trasladar a la Comisión de Derecho Penal, el correo electrónico enviado por Alianza Global, donde en atención al acuerdo 2019-35-007, indican que quedan a la espera sobre las iniciativas tendientes a promover acciones sobre justicia penal, llevado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Seis votos. Responsables: Comisión Derecho Penal.

6. Nota suscrita por Victoria Jiménez Morgan, mediante la cual solicita informar el trámite que se le dio al Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio contra al acuerdo 2019-24-020. Expediente No. 001-2019. Aranceles.

SE ACUERDA 2019-39-010 Trasladar a la Comisión de Aranceles la nota suscrita por Victoria Jiménez Morgan, donde solicita informar el trámite que se le dio al Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio contra al acuerdo 2019-24-020. Expediente No. 001-2019. Aranceles. Seis votos. Responsable: Comisión de Aranceles.

7. Nota CDC-004-19, suscrita por el Lic. Fabián Volio Echeverría, Coordinador de la Comisión de Derecho Constitucional, mediante la cual indica que en sesión ordinaria 13-19 celebrada el 26 de setiembre del 2019, se tomó el acuerdo que se detalla como sigue: “SE ACUERDA 2019-CDC-13-002 De conformidad con el acuerdo de Junta Directiva 2019-31-012, se aprueba enviar a la Junta Directiva el criterio de la Comisión de Derecho Constitucional, con relación al Proyecto: N.° 21.280: “LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA: REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 1, 5 Y 6 DE LA LEY DE INICIATIVA POPULAR, LEY 8491 DEL 09 DE MARZO DEL 2006”. Cuatro votos. ACUERDO FIRME”.

SE ACUERDA 2019-39-011 a) Se avala el informe de la Comisión de Derecho Constitucional, sobre criterio con relación al Proyecto: N.° 21.280: “LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA: REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 1, 5 Y 6 DE LA LEY DE INICIATIVA POPULAR, LEY 8491 DEL 09 DE MARZO DEL 2006”. b) Agradecer a la Comisión de Derecho Constitucional, el esfuerzo en atender las consultas remitidas. Cinco votos. Responsable: Secretaría

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 6 de 70 comunicar a la Asamblea Legislativa. La MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas, se inhibe en razón de su cargo en la Asamblea Legislativa.

8. Nota suscrita por el Dr. Adrián Torrealba Navas, Coordinador Comisión de Derecho Tributario, mediante la cual solicita su autorización para el uso del Auditorio Pablo Casafont para las fechas 07 y 14 de octubre del 2019 para las actividades de Mesa Redonda de Interés Nacional, coordinadas por la Comisión de Asuntos Tributarios del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica y el Comité de Tertulias del Instituto Costarricense de Estudios Fiscales (ICEF).

SE ACUERDA 2019-39-012 Trasladar a la Dirección Ejecutiva la nota del Dr. Adrián Torrealba Navas, Coordinador Comisión de Derecho Tributario, donde solicita autorización para el uso del Auditorio Pablo Casafont, para las actividades de Mesa Redonda de Interés Nacional, organizadas por la Comisión de Asuntos Tributarios del Colegio y el Comité de Tertulias del Instituto Costarricense de Estudios Fiscales (ICEF). Lo anterior con el fin de coordinar nuevas fechas. Seis votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

9. Nota suscrita por la Sra. Milagros Salas Méndez, Coordinadora de Promoción y Responsabilidad Social, Fundación Skené, mediante al cual solicita colaboración en el proyecto “Caravanas de Paz y Amor en Navidad”, programa de extensión social que llega este año a su octava edición consecutiva. … “A través de padrinos que donen alguna suma de aporte. Podría ser directamente su Colegio. También y si tiene imposibilidad para hacerlo de su propio patrimonio su Colegio puede decidir ayudarnos a promover o al menos informar a sus estimables colegiados y colegiadas para que ellos decidan su voluntad de aporte individual. Los Padrinos pueden donar en forma abierta sin meta específica. También los aportes pueden llevar el propósito de sostener un proyecto completo, por ejemplo de un grupo que hayan detectado en su zona de interés e inclusive un beneficiario que ya tenga el Colegio en otras acciones durante el año. En el primer caso solicitaríamos al menos un espacio informativo hacia los colegiados y colegiadas, donde se insertaría el flyer o información que les enviáramos para este fin. En el caso de proyecto con meta si deberá haber un poco más del concepto promoción de parte del Colegio. A la actividad podrá enviar representantes en este caso, podrá mantenerlo en sus redes y en mediatización que usamos para este fin y también podrán escoger el beneficiario de nuestras listas o de sus listas. La campaña en general levanta un informe final que le haremos llegar en caso de interés de su parte.

SE ACUERDA 2019-39-013 En atención a la nota de la Sra. Milagros Salas Méndez, Coordinadora de Promoción y Responsabilidad Social, Fundación Skené, donde solicita apoyo para el proyecto “Caravanas de Paz y Amor en Navidad”, se autoriza que el Departamento de Comunicación y Mercadeo, divulgue el Programa en mención. Lo anterior como parte de la responsabilidad social corporativa. Seis votos. Responsable: Departamento de Comunicación y Mercadeo.

10. Nota suscrita por el Lic. Hermes González Álvarez, Presidente Fundación FUNDEPRODE, y Fundación Puniendi, mediante la cual externan agradecimiento por el

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 7 de 70 apoyo para la celebración de la Conferencia Internacional de Apoyo a la Creación del Colegio de Abogados y Abogadas de Colombia, que se celebrara el viernes 11 y sábado 12 de octubre en el Auditorio del Colegio de Abogados y Abogadas. Solicita divulgación del evento.

SE ACUERDA 2019-39-014 De conformidad con la nota del Lic. Hermes González Álvarez, Presidente Fundación FUNDEPRODE, y Fundación Puniendi, se autoriza divulgación y el préstamo del Auditorio Eduardo Ortiz Ortiz, para la celebración de la Conferencia Internacional de Apoyo a la Creación del Colegio de Abogados y Abogadas de Colombia, que se llevará a cabo el viernes 11 y sábado 12 de octubre. Seis votos. Responsable: Departamento de Comunicación y Mercadeo. Encargada de Auditorio.

11. Correo electrónico enviado por Susann Cunningham Arguello, mediante el cual solicita reconsideración del acuerdo. … “El día 23 de Setiembre recibo un correo del campus virtual en donde se mi indica que mi nota hasta este momento es de 78.67, tengo entendido que bajo un acuerdo de Junta Directiva se eliminó el redondeo situación que beneficio a otros colegas para incorporarse incluso en el mes de marzo del presente año,…”. “En mi caso en particular es la segunda prueba que presento y en la primera terminé con un 76 como nota final y en esta hasta el momento llevo un 78.67, y son mismas correcciones a malos planteamientos de preguntas o malas interpretaciones de los Colegas que confeccionaron los casos del examen los que hacen que hoy tenga esta nota”. 

SE ACUERDA 2019-39-015 Trasladar a la Dirección Académica y de Incorporaciones, el correo electrónico enviado por Susann Cunningham Arguello. Seis votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

12. Nota DE-ISV-054-2019, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que realizados los respectivos estudios, en los departamentos de Contabilidad, se encuentra al día al mes de agosto en las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Silvia Elena Rojas Alpízar, carné nº7315.  No aporta carné del Colegio, pero si la declaración jurada. Asimismo, solicita la devolución de cualquier monto en dinero al que tiene derecho.

SE ACUERDA 2019-39-016 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Silvia Elena Rojas Alpízar, carné nº7315, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le hace saber a la interesada, que de acuerdo con los beneficios que brinda el Régimen de Seguridad Social del Colegio, el cese en el pago de las cuotas de colegiatura, implica perder los derechos adquiridos en el seguro colectivo de vida y fondo acumulado y seguro colectivo de gastos médicos, ambas con el INS. Se informa que del fondo acumulado individual se acredita de forma automática el costo mensual del seguro de vida; es decir el seguro se mantendrá vigente en el tanto exista fondo acumulado suficiente para cubrir el costo del seguro. Por ello, será decisión del agremiado retirar o no el fondo acumulado, una vez que alcance la edad de sesenta años o después. Si el colegiado se reincorpora con

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 8 de 70 posterioridad, reingresa a las pólizas señaladas, como nuevo asegurado. (a). Seis votos. Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

13. Correo electrónico enviado por el Sr. Massimiliano Sammarco, abogado de Roma, Componente Commissione Diritto Europeo e Internazionale- Consiglio Ordine Avvocati di Roma y tengo la delegación por la LATAM y Norte América. Solicita acuerdo de colaboración con los colegios de abogados y de intercambio de jóvenes abogados para hacer experiencias profesionales (más o menos 6 meses donde se confrontan con otros mundos jurídicos.

SE ACUERDA 2019-39-017 Trasladar a la Direccion Ejecutiva, el correo electrónico enviado por el Sr. Massimiliano Sammarco, abogado de Roma. Lo anterior con la finalidad de que le haga llegar una nota donde indique el Colegio se encuentra interesado en conocer más en detalle los términos del convenio sugerido. Seis votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

14. Nota DE-C-104-2019, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual en atención al acuerdo 2019-24-005 presenta informe sobre el caso del Lic. Jonathan Julio Masís Solís, quien solicitó ayuda económica. … “Recomendación: En razón de que el agremiado Jonathan Masís Solís no se encuentra al día con las cuotas, de acuerdo con el criterio del Departamento Legal, no puede ser beneficiario de una ayuda económica”.

La Licda. Mercedes Flores Badilla, mociona: “solicitar al Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director del Departamento Legal, revisar la solicitud de ayuda del Lic. Jonathan Julio Masís Solís, la cual fue denegada por no encontrarse al día en las cuotas de colegiatura, de acuerdo a un criterio del Departamento Legal. La revisión en el sentido de que al ser el Fondo de Mutualidad un fondo sustentado en el principio de solidaridad el cual regula en general los diferentes mecanismos con que cuenta el derecho y la seguridad social, no parece razonable partir de la premisa de que para otorgar un beneficio a un agremiado en condición de vulnerabilidad deba ser contribuyente activo del fondo y esta situación no es ajena a lo que sucede en la institucionalidad pública del país, ya que existen fondos dedicados por ejemplo al régimen de pensiones no contributivas de la CCSS, que entiéndase el cuarto pilar que sostiene el sistema que son asignadas a personas que en ciertas condiciones cumplen con requisitos de elegibilidad predispuestos y que nunca han sido cotizantes o que su cotización no alcanza al mínimo obligatorio para optar por una pensión mínima de las contributivas. Desde esa perspectiva, el Colegio al tener un fondo mutuo que está regido por los principios de la seguridad social y cuyo eje transversal es la seguridad, deberá revisar la posición legal en estos temas para efectos de considerar en ciertos supuestos previamente determinados el otorgamiento de beneficios independientemente de que la persona esté al día o no en sus aportaciones al fondo”.

SE ACUERDA 2019-39-018 Se aprueba la moción presentada por la Licda. Mercedes Flores Badilla: “solicitar al Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director del Departamento Legal, revisar la solicitud de ayuda del Lic. Jonathan Julio Masís Solís, la cual fue denegada por no encontrarse al día en las cuotas de colegiatura,

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 9 de 70 de acuerdo a un criterio del Departamento Legal. La revisión en el sentido de que al ser el Fondo de Mutualidad un fondo sustentado en el principio de solidaridad el cual regula en general los diferentes mecanismos con que cuenta el derecho y la seguridad social, no parece razonable partir de la premisa de que para otorgar un beneficio a un agremiado en condición de vulnerabilidad deba ser contribuyente activo del fondo y esta situación no es ajena a lo que sucede en la institucionalidad pública del país, ya que existen fondos dedicados por ejemplo al régimen de pensiones no contributivas de la CCSS, que entiéndase el cuarto pilar que sostiene el sistema que son asignadas a personas que en ciertas condiciones cumplen con requisitos de elegibilidad predispuestos y que nunca han sido cotizantes o que su cotización no alcanza al mínimo obligatorio para optar por una pensión mínima de las contributivas. Desde esa perspectiva, el Colegio al tener un fondo mutuo que está regido por los principios de la seguridad social y cuyo eje transversal es la seguridad, deberá revisar la posición legal en estos temas para efectos de considerar en ciertos supuestos previamente determinados el otorgamiento de beneficios independientemente de que la persona esté al día o no en sus aportaciones al fondo”. Seis votos. Responsable: Departamento Legal.

15. Nota AL-CJ-20858-OFI-1319-2019, suscrita por Daniella Agüero Bermudez, mediante la cual indica que la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene para su estudio el proyecto N° 20.858 “REFORMA DEL ARTÍCULO 181 DE LA LEY N° 7594, CÓDIGO PROCESAL PENAL, DE 10 DE ABRIL DE 1996, Y SUS REFORMAS”.

SE ACUERDA 2019-39-019 Trasladar a la Comisión de Derechos Humanos la nota AL-CJ-20858-OFI-1319-2019, suscrita por Daniella Agüero Bermudez, mediante la cual indica que la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene para su estudio el proyecto N° 20.858 “REFORMA DEL ARTÍCULO 181 DE LA LEY N° 7594, CÓDIGO PROCESAL PENAL, DE 10 DE ABRIL DE 1996, Y SUS REFORMAS”. Seis votos. Responsable: Comisión Derechos Humanos.

16. Nota DE-ISV-056-2019, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que realizados los respectivos estudios, en los departamentos de Contabilidad, se encuentra al día en las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Johanna María Jiménez Rodríguez, carné nº16314.  Aporta carné del Colegio.

SE ACUERDA 2019-39-020 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Johanna María Jiménez Rodríguez, carné nº16314, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le hace saber a la interesada, que de acuerdo con los beneficios que brinda el Régimen de Seguridad Social del Colegio, el cese en el pago de las cuotas de colegiatura, implica perder los derechos adquiridos en el seguro colectivo de vida y fondo acumulado y seguro colectivo de gastos médicos, ambas con el INS. Se informa que del fondo acumulado individual se acredita de forma automática el costo mensual del seguro de vida; es decir el seguro se mantendrá vigente en el tanto exista fondo acumulado suficiente para cubrir el costo del seguro. Por ello, será decisión del agremiado retirar o no el fondo

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 10 de 70 acumulado, una vez que alcance la edad de sesenta años o después. Si el colegiado se reincorpora con posterioridad, reingresa a las pólizas señaladas, como nuevo asegurado. (a). Seis votos. Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

17. Nota DE-REIN-013-2019, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, donde indica que la Licda Maritza Carranza Jiménez, carné 4439, solicita su reincorporación al Colegio de Abogados. Se aporta los documentos de la suspensión voluntaria, la actualización de datos y consentimiento informado. Habiendo cumplido con los requisitos, se recomienda tramitar la reincorporación.

SE ACUERDA 2019-39-021 Aceptar la reincorporación de la Licda Maritza Carranza Jiménez, carné 4439. A partir de la firmeza del presente acuerdo. Seis votos. Responsable: Interesada, Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

18. Nota suscrita por el Sr. Alfredo Piedra Gutierrez, Promotor Deportivo, mediante la cual informa que el equipo de aguas abiertas que representa al Colegio de Abogados, participara en un torneo que se ejecutara el próximo 3 de noviembre de 2019 en el Golfo de Papagayo. Por lo que les solicito la colaboración con la inscripción de 3 abogados que participaran en el torneo antes mencionado, el cual tiene un costo de ¢34.500 por persona. Indico nombre de los abogados seleccionados por su entrega, asistencia y compromiso con el equipo: Licda. Sandra Corrales Granados, carné 21234, Lic. Luis Fernando Fernández Hidalgo, carné 5998. Lic. José Manuel Gonzalez Artavia, carné 6980. Adjunta proforma.

SE ACUERDA 2019-39-022 De conformidad con la nota del Sr. Alfredo Piedra Gutierrez, Promotor Deportivo, se autoriza el aporte de la inscripción de la Licda. Sandra Corrales Granados, carné 21234, Lic. Luis Fernando Fernández Hidalgo, carné 5998. Lic. José Manuel Gonzalez Artavia, carné 6980, equipo de aguas abiertas que representarán al Colegio de Abogados y Abogadas, en el torneo que se llevará a cabo el 03 de noviembre de 2019 en el Golfo de Papagayo. Lo anterior siempre y cuando cuenten con una póliza para el evento. Seis votos. Responsable: Promotor Deportivo. Dirección Finanzas y Presupuesto.

19. Nota suscrita por el Lic. Randall Madrigal Madrigal, Coordinador Comisión Derecho a la Salud, mediante al cual presenta proyectos de criterios referentes a Expedientes: n.º 21383. “LEY SOBRE MUERTE DIGNA Y EUTANASIA” "Referencia oficio de envío de la Asamblea Legislativa: AL-DCLEDEREHUMA-022-2019 del 02 de setiembre de 2019 y n.º 21512. “LEY DE VOLUNTADES ANTICIPADAS" Referencia oficio de envío de la Asamblea Legislativa: AL-DCLEDERECHOHUMA-029-201924 de setiembre de 2019

SE ACUERDA 2019-39-023 a) Se avala la nota enviada por el Lic. Randall Madrigal Madrigal, Coordinador Comisión Derecho a la Salud, mediante al cual presenta proyectos de criterios referentes a Expedientes: n.º 21383. “LEY SOBRE MUERTE DIGNA Y EUTANASIA” "Referencia oficio de envío de la Asamblea Legislativa: AL-DCLEDEREHUMA-022-2019 del 02 de setiembre de 2019 y n.º 21512. “LEY DE VOLUNTADES ANTICIPADAS" Referencia oficio de envío de la Asamblea

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 11 de 70 Legislativa: AL-DCLEDERECHOHUMA-029-2019 24 de setiembre de 2019. b) Agradecer a la Comisión por ser tan diligente y por el criterio tan completo que cuenta con un excelente fundamento y exposición de motivos. Cinco votos. Responsable: Secretaría comunicar. La MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas, se inhibe en razón de su cargo en la Asamblea Legislativa.

20. Nota suscrita por el Sr. Alfredo Piedra Gutiérrez, Promotor Deportivo, mediante la cual informa que el Colegio de Abogados participará en el torneo de relevos en Puntarenas, por lo que se realiza la solicitud del 50% de los 20 uniformes para los abogados que participaran en representación del colegio. Adjunta proforma por ¢494.000.00.

SE ACUERDA 2019-39-024 En atención a la nota del Sr. Alfredo Piedra Gutiérrez, Promotor Deportivo, se autoriza el aporte de del 50% equivalente a: de los 20 uniformes para los abogados que participaran en representación del Colegio, en el torneo de relevos en Puntarenas. Seis votos. Responsable: Promotor Deportivo. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

21. Nota DAI-060-2019, suscrita por el MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual presenta las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación, para la próxima ceremonia de incorporación ordinaria se llevará a cabo el viernes 18 de octubre del 2019 a las 5:00 p.m.: Abarca Abarca Johan Ernesto Universidad de las Ciencias y el Arte, Acuña Delgado Hilda ULACIT, Alfaro Alvarado Ana Magally Universidad Latina, Alfaro Rodríguez Rodrigo Universidad Escuela Libre de Derecho, Alvarado Barillas Ester Elena Universidad de San José, Araya Sandoval Sindy Universidad de las Ciencias y el Arte, Arias Morales Diego Universidad Metropolitana Castro Carazo, Barquero Rojas Arlyn Marcela Universidad de San José, Carvajal Poveda Melisa Lucía Universidad Federada de Costa Rica, Cascante Gutiérrez Mónica Isabel Universidad de las Ciencias y el Arte, Castillo Mora María Fernanda Universidad Metropolitana Castro Carazo, Córdoba Víquez Jonnathan Dagoberto Universidad Florencio del Castillo, Durán Gamboa Melissa María Universidad de San José, García Brenes Priscilla de los Ángeles Universidad de las Ciencias y el Arte, Garita Céspedes Richard Universidad Panamericana, Gómez Calderón Yesenia Universidad Latina, González Villegas Andrea Patricia Universidad Latina, Hernández Navarro Héctor Javier Universidad de San José, Jackson Artavia Roy Manuel Universidad de las Ciencias y el Arte, Jiménez Caravaca Saidy Jeannette Universidad Latina, López Pérez Rodrigo Universidad Latina, Loría Abarca María Shalom Universidad Central, Marín Pérez Jennifer Sofía Universidad Santa Lucía, Martínez Alfaro Kimberly Karina Universidad Federada de Costa Rica, Mata Hidalgo Esteban Gerardo Universidad Hispanoamericana, Méndez González Paula Elena Universidad Florencio del Castillo, Méndez Rojas Claudio Jesús Universidad Central, Navarro Jiménez Silán Priscila Universidad Internacional de las Américas, Palacios Santana Wendy Universidad Latina, Porras Cambronero Fabiola María Universidad Internacional de las Américas, Ramírez Vásquez Marco Universidad Florencio del Castillo, Rodríguez Espinoza Zalyris Mayela Universidad Metropolitana Castro Carazo, Rodríguez Solano Mario Noé Universidad Hispanoamericana, Rojas Chavarría Jimmy Reinier Universidad Panamericana, Rubie

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 12 de 70 Castro Carlos Alberto Universidad Santa Lucía, Slein Vásquez Deyanira Cristina Universidad Latina, Solís Vanegas Mariana Universidad de las Ciencias y el Arte, Ulloa Pérez María Alejandra Universidad Latina, Valverde Abarca Angélica María Universidad Latina, Vargas Araya Geovanni Universidad Santa Lucía, Vargas Arrieta Jorge Eduardo Universidad Hispanoamericana, Vargas Lozada Maryuri Loreny Universidad Latina, Villafuerte Rodríguez Adriana Universidad Latina, Wattson Sánchez Gustavo Adolfo Universidad de Costa Rica.

SE ACUERDA 2019-39-025 De conformidad con la nota DAI-060-2019, del MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, se aprueban las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación, para la próxima ceremonia de incorporación ordinaria se llevará a cabo el viernes 18 de octubre del 2019 a las 5:00 p.m.: Abarca Abarca Johan Ernesto Universidad de las Ciencias y el Arte, Acuña Delgado Hilda ULACIT, Alfaro Alvarado Ana Magally Universidad Latina, Alfaro Rodríguez Rodrigo Universidad Escuela Libre de Derecho, Alvarado Barillas Ester Elena Universidad de San José, Araya Sandoval Sindy Universidad de las Ciencias y el Arte, Arias Morales Diego Universidad Metropolitana Castro Carazo, Barquero Rojas Arlyn Marcela Universidad de San José, Carvajal Poveda Melisa Lucía Universidad Federada de Costa Rica, Cascante Gutiérrez Mónica Isabel Universidad de las Ciencias y el Arte, Castillo Mora María Fernanda Universidad Metropolitana Castro Carazo, Córdoba Víquez Jonnathan Dagoberto Universidad Florencio del Castillo, Durán Gamboa Melissa María Universidad de San José, García Brenes Priscilla de los Ángeles Universidad de las Ciencias y el Arte, Garita Céspedes Richard Universidad Panamericana, Gómez Calderón Yesenia Universidad Latina, González Villegas Andrea Patricia Universidad Latina, Hernández Navarro Héctor Javier Universidad de San José, Jackson Artavia Roy Manuel Universidad de las Ciencias y el Arte, Jiménez Caravaca Saidy Jeannette Universidad Latina, López Pérez Rodrigo Universidad Latina, Loría Abarca María Shalom Universidad Central, Marín Pérez Jennifer Sofía Universidad Santa Lucía, Martínez Alfaro Kimberly Karina Universidad Federada de Costa Rica, Mata Hidalgo Esteban Gerardo Universidad Hispanoamericana, Méndez González Paula Elena Universidad Florencio del Castillo, Méndez Rojas Claudio Jesús Universidad Central, Navarro Jiménez Silán Priscila Universidad Internacional de las Américas, Palacios Santana Wendy Universidad Latina, Porras Cambronero Fabiola María Universidad Internacional de las Américas, Ramírez Vásquez Marco Universidad Florencio del Castillo, Rodríguez Espinoza Zalyris Mayela Universidad Metropolitana Castro Carazo, Rodríguez Solano Mario Noé Universidad Hispanoamericana, Rojas Chavarría Jimmy Reinier Universidad Panamericana, Rubie Castro Carlos Alberto Universidad Santa Lucía, Slein Vásquez Deyanira Cristina Universidad Latina, Solís Vanegas Mariana Universidad de las Ciencias y el Arte, Ulloa Pérez María Alejandra Universidad Latina, Valverde Abarca Angélica María Universidad Latina, Vargas Araya Geovanni Universidad Santa Lucía, Vargas Arrieta Jorge Eduardo Universidad Hispanoamericana, Vargas Lozada Maryuri Loreny Universidad Latina, Villafuerte Rodríguez Adriana Universidad Latina, Wattson Sánchez Gustavo Adolfo Universidad de Costa Rica. Seis votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 13 de 70

22. Nota CONIS-380-2019, suscrita por la Dra. Jacqueline Peraza Valverde, Presidente Suplente, Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS), mediante la cual remite acuerdo: “ACUERDO N° 6: Se da por recibido el oficio JD-08-690-19, suscrito por M.Sc. Julio Armando Castellano Villanueva, Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, en el cual se informa sobre acuerdo referente al permiso para que el Dr. Carlos Calderón Calvo pueda asistir a las sesiones del Consejo en horas laborales”.

Al respecto se toma nota.

23. Nota DE-ISV-057-2019, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que realizados los respectivos estudios, en los departamentos de Contabilidad, se encuentra al día en las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Angela Galva Saborío, carné nº5523.  No aporta carné del Colegio en razón que se encuentra viviendo fuera del país.

SE ACUERDA 2019-39-026 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Angela Galva Saborío, carné nº5523, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le hace saber a la interesada, que de acuerdo con los beneficios que brinda el Régimen de Seguridad Social del Colegio, el cese en el pago de las cuotas de colegiatura, implica perder los derechos adquiridos en el seguro colectivo de vida y fondo acumulado y seguro colectivo de gastos médicos, ambas con el INS. Se informa que del fondo acumulado individual se acredita de forma automática el costo mensual del seguro de vida; es decir el seguro se mantendrá vigente en el tanto exista fondo acumulado suficiente para cubrir el costo del seguro. Por ello, será decisión del agremiado retirar o no el fondo acumulado, una vez que alcance la edad de sesenta años o después. Si el colegiado se reincorpora con posterioridad, reingresa a las pólizas señaladas, como nuevo asegurado. (a). Seis votos. Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

24. Correo electrónico enviada por el Dr. Álvaro Hernández Aguilar, Coordinador de la Comisión Civil y Mercantil, mediante la cual presenta solicitud de la Comisión Civil de la Corte Suprema de Justicia, coordinada por el Magistrado de la Sala Primera -Dr. William Molinari Vílchez,  donde se consigna  la realización de una actividad conjunta -entre la Comisión Civil de la Corte y la Comisión Civil y Mercantil de este Colegio, denominada "Un año de vigencia del Código Procesal Civil: Experiencias y retos" para el próximo 15 de noviembre. Se trata de conmemorar el primer año de entrada en vigencia del Código Procesal Civil, así como aprovechar las experiencias obtenidas en los diferentes despachos judiciales a nivel nacional. A su vez será la primera vez que se reunirán conjuntamente jueces y fiscales en ese evento. Por la importancia del evento se calcula una asistencia de aproximadamente 300 personas. La citada actividad fue autorizada en su oportunidad por la Junta Directiva -sesión ordinaria del 17 de septiembre de 2017, acuerdo número 2019-36-027-, sin ningún tipo de soporte económico. Dado los evidentes gastos en que se incurrirá para lo cual aportamos las correspondientes cotizaciones, solicitamos modifique parcialmente el citado acuerdo a fin de que se nos

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 14 de 70 apruebe la suma de un millón de colones que se destinarán a repostería y demás gastos de publicidad -afiches, entre otros.

SE ACUERDA 2019-39-027 En atención a la nota del Dr. Álvaro Hernández Aguilar, Coordinador de la Comisión Civil y Mercantil, se le informa que por motivos presupuestarios se autoriza la realización de la actividad el aporte de los refrigerios y divulgación digital por parte del Departamento de Comunicación y Mercadeo, para la realización de la actividad organizada entre la Comisión de Civil de la Corte y la Comisión Civil y Mercantil de este Colegio, denominada "Un año de vigencia del Código Procesal Civil: Experiencias y retos" la cual se llevará a cabo el 15 de noviembre 2019. Seis votos. Responsable: Comisión Derecho Civil. Dirección Finanzas y Presupuesto.

Al ser las diecinueve horas con veintiocho minutos se retira la Licda. Fabiola Sáenz Quesada.

25. Nota AL-C20993-350-2019, suscrita por Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas II, mediante la cual indica que la Comisión Especial de Infraestructura, dispuso consultar el criterio sobre el proyecto de ley: “LEY NACIONAL PARA EL DESARROLLO, FOMENTO Y GESTIÓN DE LAS ALIANZAS PÚBLICO-PRIVADAS”, Expediente Nº 21.420, el cual le remito de forma adjunta.

SE ACUERDA 2019-39-028 Trasladar a las Comisiones de Contratación Administrativa y Derecho Administrativo, la nota AL-C20993-350-2019, suscrita por Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas II, mediante la cual indica que la Comisión Especial de Infraestructura, dispuso consultar el criterio sobre el proyecto de ley: “LEY NACIONAL PARA EL DESARROLLO, FOMENTO Y GESTIÓN DE LAS ALIANZAS PÚBLICO-PRIVADAS”, Expediente Nº 21.420, el cual le remito de forma adjunta. Seis votos. Responsable: Comisiones de Contratación Administrativa y Derecho Administrativo.

26. Nota suscrita por el Lic. José Ramón Sibaja Montero, mediante al cual indica que está atravesando una complicada situación económica por lo que solicita se le autorice el giro anticipado del Fondo de Retiro Acumulado. “En el evento de que mi solicitud sea aprobada, autorizo expresamente en este acto al Departamento Financiero Contable del Colegio, a descontar o rebajar de este fondo, cualquier deuda por concepto de cuotas de colegiatura atrasadas y otras obligaciones”.

SE ACUERDA 2019-39-029 Se autoriza al Lic. José Ramón Sibaja Montero, el retiro anticipado del fondo acumulado, una vez cancelado el monto pendiente por concepto de cuotas de colegiatura. Lo anterior en consideración la complicada situación económica que indica está atravesando. Seis votos. Responsable: INS.

27. Nota CCEF-024-2019, suscrita por la Licda. Ileana Vargas González, Presidente Asociación Cámara Costarricense de Empresas de Factoreo, mediante al cual indica que con la entrada en vigencia de la Ley 9691 “Marco Legal del Contrato de Factoreo”, externan interés de hacer de conocimiento público esta Ley, “creemos que para los

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 15 de 70 miembros del Colegio de Abogados es de gran interés pues constantemente se les presentan casos con clientes y pagadores y es por este motivo que nos gustaría poder lIegar a un acuerdo con el Colegio para proponer una capacitación a sus asociados. Contamos con un expositor con amplia experiencia en derecho bancario y que trabajó directamente con los asesores parlamentarios en la redacción de la Ley. Agradecemos de antemano a su Junta Directiva el considerar propiciar un espacio para que podamos coordinar y lIevar a cabo una enriquecedora charla en relación a la Ley 9691 entre sus agremiados y quedo atenta a su respuesta”.

SE ACUERDA 2019-39-030 Trasladar a la Comisión de Derecho Civil y Mercantil, la nota CCEF-024-2019, de la Licda. Ileana Vargas González, Presidente Asociación Cámara Costarricense de Empresas de Factoreo, a fin de que coordinen lo relacionado la actividad de capacitación relacionada con la entrada en vigencia de la Ley 9691 “Marco Legal del Contrato de Factoreo”. Seis votos. Responsable: Comisión Derecho Civil y Mercantil.

28. Informe AL-228-2019, suscrita por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, mediante el cual emite criterio sobre el proyecto de ley “LEY PARA ELIMINAR LOS TIMBRES DE COLEGIOS PROFESIONALES” que se tramita bajo el expediente legislativo N°21.462. Lo anterior a petición de la Asamblea Legislativa que requerido la posición de esta corporación sobre el particular. … “CONCLUSIÓN. En virtud de las razones expuestas, esta Dirección considera que: 1.- El proyecto de ley denominado “LEY PARA ELIMINAR LOS TIMBRES DE COLEGIOS PROFESIONALES”, que se tramita bajo el expediente legislativo N°21.462, es contrario al ordenamiento jurídico. 2.- El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica está en la obligación de oponerse con todos los medios que el ordenamiento jurídico le prevea, ya sea, para que no se convierta en ley de la República, o ya sea -si esto llega a ocurrir-, para procurar su expulsión del ordenamiento jurídico”.

SE ACUERDA 2019-39-031 Se avala el informe AL-228-2019, suscrita por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, mediante el cual emite criterio sobre el proyecto de ley “LEY PARA ELIMINAR LOS TIMBRES DE COLEGIOS PROFESIONALES” que se tramita bajo el expediente legislativo N°21.462. Lo anterior a petición de la Asamblea Legislativa que requerido la posición de esta corporación sobre el particular. … Se hacen propios los fundamentos del informe: “CONCLUSIÓN. En virtud de las razones expuestas, esta Dirección considera que: 1.- El proyecto de ley denominado “LEY PARA ELIMINAR LOS TIMBRES DE COLEGIOS PROFESIONALES”, que se tramita bajo el expediente legislativo N°21.462, es contrario al ordenamiento jurídico. 2.- El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica está en la obligación de oponerse con todos los medios que el ordenamiento jurídico le prevea, ya sea, para que no se convierta en ley de la República, o ya sea -si esto llega a ocurrir-, para procurar su expulsión del ordenamiento jurídico”. Cinco votos. Responsable: Secretaría comunicar a la Asamblea Legislativa. La MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas, se inhibe en razón de su cargo en la Asamblea Legislativa.

El MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, manifiesta la importancia de que el Colegio

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 16 de 70 debe orientarse a contar con autonomía financiera sin necesidad del ingreso por timbre. Además, se debe tomar la decisión de que el Colegio lleve dos contabilidades, una correspondiente al ingreso por cuotas y otra por concepto de timbre que es la parte pública.

Por otra parte, con respecto al tema del proyecto para eliminar el timbre de los colegios profesionales, destaca que el señor Presidente, realizó una excelente exposición en la actividad de la Federación que se llevó a cabo en el Hotel Radison, sobre la importancia de los colegios profesionales.

29. Nota CE-014-2019, suscrita por MBA. Gerardo Solís Sequeira. MBA, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual remite propuesta de temario del Examen de Excelencia Académica, este temario contempla las modificaciones al Código Procesal Laboral, Código Procesal Civil y además considera la reforma la próxima entrada en vigencia del Código de Familia. Como es de su conocimiento la entrada en vigencia del mismo debe regir el tiempo estipulado en el Reglamento por lo cual si este acuerdo queda en firme en esta sesión, la aplicabilidad del temario rige en el examen de marzo del 2020.

SE ACUERDA 2019-39-032 De conformidad con la nota CE-014-2019, del MBA. Gerardo Solís Sequeira. MBA, Director Académico y de Incorporaciones, se avala la propuesta de temario del Examen de Excelencia Académica, el cual contempla las modificaciones al Código Procesal Laboral, Código Procesal Civil y considera la reforma próxima y entrada en vigencia del Código de Familia. La aplicabilidad del temario rige en el examen de marzo del 2020. Seis votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

30. Nota suscrita por el Sr. Walter Tello Osorio, Secretario General, Sindicato Mixto de Lima Sur, Poder Judicial de Lima Perú, mediante la cual solicita autorización para una visita Judicial de índole académico, de ocho letrados, al Colegio de Abogados de Costa Rica, el miércoles 27 de noviembre 2019. Solicita se les dé una charla y ellos impartir también realizaran una ponencia. Se solicita una visita guiada a un Tribunal de Justicia.

SE ACUERDA 2019-39-033 De conformidad con la nota del Sr. Walter Tello Osorio, Secretario General, Sindicato Mixto de Lima Sur, Poder Judicial de Lima Perú, se autoriza la visita de ocho letrados, a nuestro Colegio, el miércoles 27 de noviembre 2019. Se delega la atención en el Director Académico y de Incorporaciones, Directora del Centro de Arbitraje y Mediación y el Director de Sedes Regionales. El Director de Sedes, coordinará la respectiva visita a Tribunales de Justicia. Seis votos. Responsables: Director Académico y de Incorporaciones, Directora del Centro de Arbitraje y Mediación, Director de Sedes Regionales.

Al ser las diecinueve horas con cuarenta y cuatro minutos sale por un momento la MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas.

31. Informe AL-259-2019, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 17 de 70 Departamento Legal, sobre recursos de apelación interpuestos en contra de la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019, por los Licenciados en Derecho que posteriormente se indicará. … “CONCLUSIÓN De acuerdo con lo previsto por el artículo 21 del Reglamento supra citado, todo cambio que se efectúe en los exámenes, debe ser aplicado por igual a todos los evaluandos, motivo por el cual, deberá instruirse a la Dirección Académica, a efecto de que otorgue los puntos correspondientes a la pregunta antes indicada, a saber TIPO 1: 56, TIPO 2: 37 y TIPO 3: 17, a todos aquellos postulantes que se les hubiese calificado contrario a lo ahí definido. Respecto a los recursos que se remiten, los mismos corresponden a los interpuestos por los 156 Licenciados que se indican, lo que significó la revisión de 903 preguntas, a saber: JOHAN ERNESTO ABARCA ABARCA (SIN LUGAR), LEONARDO ACHAN ROJAS (SIN LUGAR), MILESCA ACON CHEN (PARCIALMENTE CON LUGAR), FIORELLA PRISCILLA AGUILAR CHÉVEZ (SIN LUGAR), CAROL TATIANA AGUILAR QUIRÓS (PARCIALMENTE CON LUGAR), NIDIA ALFARO ÁVILA (PARCIALMENTE CON LUGAR), RODRIGO ALFARO RODRÍGUEZ (SIN LUGAR), JACQUELINE ALPÍZAR CHINCHILLA (PARCIALMENTE CON LUGAR), RODOLFO MARTIN ALVARADO GONZÁLEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), DAPHNE LEXENY ALVARADO MADRIZ (SIN LUGAR), YADIRA ÁLVAREZ BRIZUELA (SIN LUGAR), VIVIANA ÁLVAREZ GUTIÉRREZ (SIN LUGAR), JORGE ADRIÁN ARAYA CARRANZA (SIN LUGAR), JOSUÉ ARAYA CASCANTE (SIN LUGAR), SINDY ARAYA SANDOVAL (SIN LUGAR), JAVIER ANTONIO ARCE VARGAS (SIN LUGAR), OTTO RENÉ ARGUETA REYES (SIN LUGAR), DAISY ARIAS ALVARADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), YULIANA ARCELIA ARRIETA ROJAS (SIN LUGAR), MARÍA MINERVA BALTODANO CORTÉS (SIN LUGAR), KARINA BALTODANO SEQUEIRA (SIN LUGAR), TANIA BARAHONA ROJAS (SIN LUGAR), ARLYN MARCELA BARQUERO ROJAS (SIN LUGAR), KAREN CRISTINA BARRANTES HERNÁNDEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), EDUIN BARRANTES MORÁN (SIN LUGAR), ADRIANA BARRIENTOS GRANADOS (SIN LUGAR), ALFONSO BARRIENTOS JIMÉNEZ (SIN LUGAR), HANOVI BATISTA CALDERÓN (SIN LUGAR), JOSÉ ABRAHAM BONILLA SOMARRIBAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), NOELIA BRENES VÍQUEZ (SIN LUGAR), JOHNNY MAURICIO CALVO BALLESTERO (PARCIALMENTE CON LUGAR), NATALIA MARIA CAMACHO JIMÉNEZ (SIN LUGAR), CHRISTIAN CAMARENO SOLANO (SIN LUGAR), JAVIER ERNESTO CAMBA BURGUILLOS (SIN LUGAR), SUSANA CAMPOS RÍOS (SIN LUGAR), ADRIANA CARMIOL MONTERO (SIN LUGAR), CAROLINA HIDALGO ZAMORA (SIN LUGAR), HEIDY CÁSERES COREA (PARCIALMENTE CON LUGAR), MARÍA DE JESÚS CASTILLO MUÑOZ (SIN LUGAR), MILEIDY JULIANA CECILIANO HIDALGO (SIN LUGAR), LUIS ALBERTO CERDAS SANDOVAL (SIN LUGAR), DAVID CÉSPEDES NAVAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), XINIA CHACÓN BONILLA (PARCIALMENTE CON LUGAR), OSMAN CHACÓN FERNÁNDEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), IVANNIA CHACÓN PEREIRA (SIN LUGAR), FABIOLA CHAVARRÍA PERALTA (SIN LUGAR), MARIANELA CHAVES ALVARADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), NELLY MARIA CHAVES FLORES (SIN LUGAR), JOSELYN CHAVES HERNÁNDEZ (SIN LUGAR), MARILYN CHINCHILLA CHINCHILLA (SIN LUGAR), CINTHIA CHINCHILLA JIMÉNEZ (SIN LUGAR), PAMELA CISNEROS TENORIO (SIN LUGAR), JOCELYN CONTRERAS CALDERÓN (SIN LUGAR), SONIA VANESSA CÓRDOBA VALVERDE (PARCIALMENTE CON LUGAR), PRISCILLA, MARIA CORTES LEÓN (SIN LUGAR),

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 18 de 70 FRANCISCO JOSÉ CORTES SILES (SIN LUGAR), REBECA ELISSETH CRUZ CAMBRONERO (SIN LUGAR), IVETH NATALIA CRUZ MURILLO (SIN LUGAR), ILEANA TERESA CUBILLO BONILLA (SIN LUGAR), ARIEL FRANCISCO DELGADILLO RODRIGUEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), ANDREA DELGADO FONSECA (SIN LUGAR), KAYNA MARÍA DELGADO RIVERA (SIN LUGAR), DARLING FABIOLA DETRINIDAD ZÚÑIGA (SIN LUGAR), MARILYN JOHANNA DOBLES ALFARO (SIN LUGAR), JESÚS DUARTE ACUÑA (SIN LUGAR), MELISSA MARÍA DURÁN GAMBOA (SIN LUGAR), FIORELLA ELIZONDO ROJAS (SIN LUGAR), ELSANYA TINOCO GUTIÉRREZ (SIN LUGAR), EDWIN ALBERTO ESQUIVEL ESQUIVEL (SIN LUGAR), ROXANA ESQUIVEL QUESADA (SIN LUGAR), FABIOLA PORRAS CAMBRONERO (SIN LUGAR), MARÍA FERNANDA FALLAS MEZA (PARCIALMENTE CON LUGAR), FÉLIX ARTAVIA SEGURA (SIN LUGAR), DIANA PATRICIA FUENTES PRADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), LUIS ALFREDO GALO RODRÍGUEZ (SIN LUGAR), ARIANA MELISSA GARCÍA ARIAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), WENDY PAOLA GÓMEZ CASTRO (PARCIALMENTE CON LUGAR), LAURA ISABEL GRANADOS CAMPOS (SIN LUGAR), VIVIANA MARIA GUTIÉRREZ CALDERÓN (SIN LUGAR), JIMMY GUTIÉRREZ CARVAJAL (SIN LUGAR), ANA NIRIA HERNÁNDEZ HIDALGO (SIN LUGAR), ROGER ALBERTO HERNÁNDEZ LEIVA (SIN LUGAR), SERGIO ANTONIO JEREZ ZAMORA (SIN LUGAR), GUILLERMO JIMÉNEZ GARAY (PARCIALMENTE CON LUGAR), KAREN ANDREA JIMÉNEZ MORA (CON LUGAR), FRANCIS LEITÓN ÁLVAREZ (SIN LUGAR), SILVIA ALEJANDRA LI WONG (SIN LUGAR), DAYANNA LÓPEZ JIMÉNEZ (SIN LUGAR), MARÍA SHALOM LORÍA ABARCA (PARCIALMENTE CON LUGAR), ISAAC DAVID MADRIGAL CARBALLO (SIN LUGAR), JONATHAN MARÍN MORA (SIN LUGAR), JENNIFER SOFÍA MARÍN PÉREZ (SIN LUGAR), MELISSA MARIA MARTÍNEZ CAMACHO (SIN LUGAR), MARIA GABRIELA MATAMOROS LANDAZURI (SIN LUGAR), HENRY ALEJANDRO MESÉN GONZÁLEZ (SIN LUGAR), LUIS DIEGO MOJICA FERNÁNDEZ (SIN LUGAR), MARTA MONTERO ROSAS (SIN LUGAR), GÉNESIS VALERIA MONTERO SOLÍS (SIN LUGAR), NATALIA MORA BALTODANO (PARCIALMENTE CON LUGAR), CRISTINA MORA BARRANTES (SIN LUGAR), VERNY GERARDO MORA GRANADOS (PARCIALMENTE CON LUGAR), YERLYN MORA LÓPEZ (SIN LUGAR), NATALIE MORA RIVAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), DAHIANNA MORA SANDÍ (SIN LUGAR), LAURA MOREIRA BARRANTES (SIN LUGAR), HELEN DIANE MORERA JIMÉNEZ (SIN LUGAR), HELLEN NAVARRO AGUILAR (SIN LUGAR), SILAN PRISCILA NAVARRO JIMÉNEZ (SIN LUGAR), REBECA NOVOA BEJARANO (PARCIALMENTE CON LUGAR), MARA OBANDO CRUZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), EMMELINE OROZCO QUIRÓS (SIN LUGAR), SELENE ORTEGA CARRILLO (SIN LUGAR), ILENIA LINOA ORTIZ CECILIANO (SIN LUGAR), FRANCELLA PRISCILLA ORTIZ RETANA (SIN LUGAR), ERICK OVARES ALFARO (SIN LUGAR), CARLOS LUIS OVIEDO PÉREZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), DANIEL FRANCISCO PARAJELES MORA (SIN LUGAR), DINIA QUIRÓS ASTÚA (SIN LUGAR) ELBA MELISSA RIVAS CAMACHO (PARCIALMENTE CON LUGAR), ANÍBAL RIVAS CARVAJAL (SIN LUGAR), CAROLINA RIVERA GÓMEZ (SIN LUGAR), SINDY MARÍA RODRÍGUEZ ARCE (PARCIALMENTE CON LUGAR), ROMARIO JOSUE RODRIGUEZ MORA (PARCIALMENTE CON LUGAR), MARIAM ROJAS AGÜERO (SIN LUGAR), MERCEDES ROJAS SOJO (SIN LUGAR), LUIS DIEGO ROJAS VARGAS (SIN LUGAR), JORGE ANDRÉS ROJAS ZÚÑIGA (SIN LUGAR), SUSANA RUIZ UREÑA (SIN LUGAR), RAQUEL SAAVEDRA

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 19 de 70 MUÑOZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), DANNY MIGUEL SÁENZ CORTES (SIN LUGAR), OSCAR SALAS GUTIÉRREZ (SIN LUGAR), NOLBERTINA SALAZAR GÓMEZ (SIN LUGAR), SHADIA SALLON ARROYO (SIN LUGAR), JOSÉ MARIO SANABRIA GÓMEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), RONNY SANCHEZ ACUÑA (SIN LUGAR), RAFAEL SÁNCHEZ AGUILAR (SIN LUGAR), YAMILETH DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ ORTEGA (SIN LUGAR), ANA LUCIA SÁNCHEZ RODRIGUEZ (SIN LUGAR), GRACE ILIANA SANDI ALVARADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), KENDY SEGURA ESTRADA (SIN LUGAR), MARIA DANIELA SOLÍS SALAS (SIN LUGAR), LUANY PAMELA SOTO MENDOZA (PARCIALMENTE CON LUGAR), PRISCILA TREJOS ALPÍZAR (SIN LUGAR), FABIOLA UMAÑA RODRIGUEZ (SIN LUGAR), MARVIN ARLEY UREÑA FONSECA (SIN LUGAR), MARÍA FERNANDA VALVERDE DÍAZ (SIN LUGAR), SOFÍA VARELA ZÚÑIGA (PARCIALMENTE CON LUGAR), MILENA DE LOS ÁNGELES VARGAS ÁLVAREZ (SIN LUGAR), NELSON VARGAS SEGURA (SIN LUGAR), NATALIA VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), JENNY SUSANA VIDECHE FERNÁNDEZ (SIN LUGAR), JAVIER VILLALOBOS CASTRO (SIN LUGAR), GRETTEL VILLALOBOS MOLINA (SIN LUGAR), JESSICA MARÍA WILLIAMS ANCHER (SIN LUGAR), LUIS PABLO ZAMORA CALDERÓN (PARCIALMENTE CON LUGAR), GEINER ZAMORA HIDALGO (SIN LUGAR).

SE ACUERDA 2019-39-034 a) Se avala el informe AL-259-2019, del Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, sobre los recursos de apelación interpuestos en contra de la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019, por los Licenciados en Derecho que posteriormente se indicará. … “CONCLUSIÓN De acuerdo con lo previsto por el artículo 21 del Reglamento supra citado, todo cambio que se efectúe en los exámenes, debe ser aplicado por igual a todos los evaluandos, motivo por el cual, deberá instruirse a la Dirección Académica, a efecto de que otorgue los puntos correspondientes a la pregunta antes indicada, a saber TIPO 1: 56, TIPO 2: 37 y TIPO 3: 17, a todos aquellos postulantes que se les hubiese calificado contrario a lo ahí definido. Respecto a los recursos que se remiten, los mismos corresponden a los interpuestos por los 156 Licenciados que se indican, lo que significó la revisión de 903 preguntas, a saber: JOHAN ERNESTO ABARCA ABARCA (SIN LUGAR), LEONARDO ACHAN ROJAS (SIN LUGAR), MILESCA ACON CHEN (PARCIALMENTE CON LUGAR), FIORELLA PRISCILLA AGUILAR CHÉVEZ (SIN LUGAR), CAROL TATIANA AGUILAR QUIRÓS (PARCIALMENTE CON LUGAR), NIDIA ALFARO ÁVILA (PARCIALMENTE CON LUGAR), RODRIGO ALFARO RODRÍGUEZ (SIN LUGAR), JACQUELINE ALPÍZAR CHINCHILLA (PARCIALMENTE CON LUGAR), RODOLFO MARTIN ALVARADO GONZÁLEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), DAPHNE LEXENY ALVARADO MADRIZ (SIN LUGAR), YADIRA ÁLVAREZ BRIZUELA (SIN LUGAR), VIVIANA ÁLVAREZ GUTIÉRREZ (SIN LUGAR), JORGE ADRIÁN ARAYA CARRANZA (SIN LUGAR), JOSUÉ ARAYA CASCANTE (SIN LUGAR), SINDY ARAYA SANDOVAL (SIN LUGAR), JAVIER ANTONIO ARCE VARGAS (SIN LUGAR), OTTO RENÉ ARGUETA REYES (SIN LUGAR), DAISY ARIAS ALVARADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), YULIANA ARCELIA ARRIETA ROJAS (SIN LUGAR), MARÍA MINERVA BALTODANO CORTÉS (SIN LUGAR), KARINA BALTODANO SEQUEIRA (SIN LUGAR), TANIA BARAHONA ROJAS (SIN LUGAR), ARLYN MARCELA BARQUERO ROJAS (SIN LUGAR), KAREN CRISTINA BARRANTES HERNÁNDEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), EDUIN BARRANTES MORÁN (SIN LUGAR),

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 20 de 70 ADRIANA BARRIENTOS GRANADOS (SIN LUGAR), ALFONSO BARRIENTOS JIMÉNEZ (SIN LUGAR), HANOVI BATISTA CALDERÓN (SIN LUGAR), JOSÉ ABRAHAM BONILLA SOMARRIBAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), NOELIA BRENES VÍQUEZ (SIN LUGAR), JOHNNY MAURICIO CALVO BALLESTERO (PARCIALMENTE CON LUGAR), NATALIA MARIA CAMACHO JIMÉNEZ (SIN LUGAR), CHRISTIAN CAMARENO SOLANO (SIN LUGAR), JAVIER ERNESTO CAMBA BURGUILLOS (SIN LUGAR), SUSANA CAMPOS RÍOS (SIN LUGAR), ADRIANA CARMIOL MONTERO (SIN LUGAR), CAROLINA HIDALGO ZAMORA (SIN LUGAR), HEIDY CÁSERES COREA (PARCIALMENTE CON LUGAR), MARÍA DE JESÚS CASTILLO MUÑOZ (SIN LUGAR), MILEIDY JULIANA CECILIANO HIDALGO (SIN LUGAR), LUIS ALBERTO CERDAS SANDOVAL (SIN LUGAR), DAVID CÉSPEDES NAVAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), XINIA CHACÓN BONILLA (PARCIALMENTE CON LUGAR), OSMAN CHACÓN FERNÁNDEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), IVANNIA CHACÓN PEREIRA (SIN LUGAR), FABIOLA CHAVARRÍA PERALTA (SIN LUGAR), MARIANELA CHAVES ALVARADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), NELLY MARIA CHAVES FLORES (SIN LUGAR), JOSELYN CHAVES HERNÁNDEZ (SIN LUGAR), MARILYN CHINCHILLA CHINCHILLA (SIN LUGAR), CINTHIA CHINCHILLA JIMÉNEZ (SIN LUGAR), PAMELA CISNEROS TENORIO (SIN LUGAR), JOCELYN CONTRERAS CALDERÓN (SIN LUGAR), SONIA VANESSA CÓRDOBA VALVERDE (PARCIALMENTE CON LUGAR), PRISCILLA, MARIA CORTES LEÓN (SIN LUGAR), FRANCISCO JOSÉ CORTES SILES (SIN LUGAR), REBECA ELISSETH CRUZ CAMBRONERO (SIN LUGAR), IVETH NATALIA CRUZ MURILLO (SIN LUGAR), ILEANA TERESA CUBILLO BONILLA (SIN LUGAR), ARIEL FRANCISCO DELGADILLO RODRIGUEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), ANDREA DELGADO FONSECA (SIN LUGAR), KAYNA MARÍA DELGADO RIVERA (SIN LUGAR), DARLING FABIOLA DETRINIDAD ZÚÑIGA (SIN LUGAR), MARILYN JOHANNA DOBLES ALFARO (SIN LUGAR), JESÚS DUARTE ACUÑA (SIN LUGAR), MELISSA MARÍA DURÁN GAMBOA (SIN LUGAR), FIORELLA ELIZONDO ROJAS (SIN LUGAR), ELSANYA TINOCO GUTIÉRREZ (SIN LUGAR), EDWIN ALBERTO ESQUIVEL ESQUIVEL (SIN LUGAR), ROXANA ESQUIVEL QUESADA (SIN LUGAR), FABIOLA PORRAS CAMBRONERO (SIN LUGAR), MARÍA FERNANDA FALLAS MEZA (PARCIALMENTE CON LUGAR), FÉLIX ARTAVIA SEGURA (SIN LUGAR), DIANA PATRICIA FUENTES PRADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), LUIS ALFREDO GALO RODRÍGUEZ (SIN LUGAR), ARIANA MELISSA GARCÍA ARIAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), WENDY PAOLA GÓMEZ CASTRO (PARCIALMENTE CON LUGAR), LAURA ISABEL GRANADOS CAMPOS (SIN LUGAR), VIVIANA MARIA GUTIÉRREZ CALDERÓN (SIN LUGAR), JIMMY GUTIÉRREZ CARVAJAL (SIN LUGAR), ANA NIRIA HERNÁNDEZ HIDALGO (SIN LUGAR), ROGER ALBERTO HERNÁNDEZ LEIVA (SIN LUGAR), SERGIO ANTONIO JEREZ ZAMORA (SIN LUGAR), GUILLERMO JIMÉNEZ GARAY (PARCIALMENTE CON LUGAR), KAREN ANDREA JIMÉNEZ MORA (CON LUGAR), FRANCIS LEITÓN ÁLVAREZ (SIN LUGAR), SILVIA ALEJANDRA LI WONG (SIN LUGAR), DAYANNA LÓPEZ JIMÉNEZ (SIN LUGAR), MARÍA SHALOM LORÍA ABARCA (PARCIALMENTE CON LUGAR), ISAAC DAVID MADRIGAL CARBALLO (SIN LUGAR), JONATHAN MARÍN MORA (SIN LUGAR), JENNIFER SOFÍA MARÍN PÉREZ (SIN LUGAR), MELISSA MARIA MARTÍNEZ CAMACHO (SIN LUGAR), MARIA GABRIELA MATAMOROS LANDAZURI (SIN LUGAR), HENRY ALEJANDRO MESÉN GONZÁLEZ

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 21 de 70 (SIN LUGAR), LUIS DIEGO MOJICA FERNÁNDEZ (SIN LUGAR), MARTA MONTERO ROSAS (SIN LUGAR), GÉNESIS VALERIA MONTERO SOLÍS (SIN LUGAR), NATALIA MORA BALTODANO (PARCIALMENTE CON LUGAR), CRISTINA MORA BARRANTES (SIN LUGAR), VERNY GERARDO MORA GRANADOS (PARCIALMENTE CON LUGAR), YERLYN MORA LÓPEZ (SIN LUGAR), NATALIE MORA RIVAS (PARCIALMENTE CON LUGAR), DAHIANNA MORA SANDÍ (SIN LUGAR), LAURA MOREIRA BARRANTES (SIN LUGAR), HELEN DIANE MORERA JIMÉNEZ (SIN LUGAR), HELLEN NAVARRO AGUILAR (SIN LUGAR), SILAN PRISCILA NAVARRO JIMÉNEZ (SIN LUGAR), REBECA NOVOA BEJARANO (PARCIALMENTE CON LUGAR), MARA OBANDO CRUZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), EMMELINE OROZCO QUIRÓS (SIN LUGAR), SELENE ORTEGA CARRILLO (SIN LUGAR), ILENIA LINOA ORTIZ CECILIANO (SIN LUGAR), FRANCELLA PRISCILLA ORTIZ RETANA (SIN LUGAR), ERICK OVARES ALFARO (SIN LUGAR), CARLOS LUIS OVIEDO PÉREZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), DANIEL FRANCISCO PARAJELES MORA (SIN LUGAR), DINIA QUIRÓS ASTÚA (SIN LUGAR) ELBA MELISSA RIVAS CAMACHO (PARCIALMENTE CON LUGAR), ANÍBAL RIVAS CARVAJAL (SIN LUGAR), CAROLINA RIVERA GÓMEZ (SIN LUGAR), SINDY MARÍA RODRÍGUEZ ARCE (PARCIALMENTE CON LUGAR), ROMARIO JOSUE RODRIGUEZ MORA (PARCIALMENTE CON LUGAR), MARIAM ROJAS AGÜERO (SIN LUGAR), MERCEDES ROJAS SOJO (SIN LUGAR), LUIS DIEGO ROJAS VARGAS (SIN LUGAR), JORGE ANDRÉS ROJAS ZÚÑIGA (SIN LUGAR), SUSANA RUIZ UREÑA (SIN LUGAR), RAQUEL SAAVEDRA MUÑOZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), DANNY MIGUEL SÁENZ CORTES (SIN LUGAR), OSCAR SALAS GUTIÉRREZ (SIN LUGAR), NOLBERTINA SALAZAR GÓMEZ (SIN LUGAR), SHADIA SALLON ARROYO (SIN LUGAR), JOSÉ MARIO SANABRIA GÓMEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), RONNY SANCHEZ ACUÑA (SIN LUGAR), RAFAEL SÁNCHEZ AGUILAR (SIN LUGAR), YAMILETH DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ ORTEGA (SIN LUGAR), ANA LUCIA SÁNCHEZ RODRIGUEZ (SIN LUGAR), GRACE ILIANA SANDI ALVARADO (PARCIALMENTE CON LUGAR), KENDY SEGURA ESTRADA (SIN LUGAR), MARIA DANIELA SOLÍS SALAS (SIN LUGAR), LUANY PAMELA SOTO MENDOZA (PARCIALMENTE CON LUGAR), PRISCILA TREJOS ALPÍZAR (SIN LUGAR), FABIOLA UMAÑA RODRIGUEZ (SIN LUGAR), MARVIN ARLEY UREÑA FONSECA (SIN LUGAR), MARÍA FERNANDA VALVERDE DÍAZ (SIN LUGAR), SOFÍA VARELA ZÚÑIGA (PARCIALMENTE CON LUGAR), MILENA DE LOS ÁNGELES VARGAS ÁLVAREZ (SIN LUGAR), NELSON VARGAS SEGURA (SIN LUGAR), NATALIA VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ (PARCIALMENTE CON LUGAR), JENNY SUSANA VIDECHE FERNÁNDEZ (SIN LUGAR), JAVIER VILLALOBOS CASTRO (SIN LUGAR), GRETTEL VILLALOBOS MOLINA (SIN LUGAR), JESSICA MARÍA WILLIAMS ANCHER (SIN LUGAR), LUIS PABLO ZAMORA CALDERÓN (PARCIALMENTE CON LUGAR), GEINER ZAMORA HIDALGO (SIN LUGAR). b) Se avalan además los informes del Departamento Legal, donde se detalla lo resuelto a cada expediente como sigue:

-Informe AL-259-2019-1, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOHAN ERNESTO ABARCA ABARCA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 22 de 70 fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOHAN ERNESTO ABARCA ABARCA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-2, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LEONARDO ACHAN ROJAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LEONARDO ACHAN ROJAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-3, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MILESCA ACON CHEN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MILESCA ACON CHEN, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”. -Informe AL-259-2019-4, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FIORELLA PRISCILLA AGUILAR CHÉVEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FIORELLA PRISCILLA AGUILAR CHÉVEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-5, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CAROL TATIANA AGUILAR QUIRÓS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CAROL TATIANA AGUILAR QUIRÓS, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-6, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NIDIA ALFARO ÁVILA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 23 de 70 académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NIDIA ALFARO ÁVILA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-7, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por RODRIGO ALFARO RODRÍGUEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por RODRIGO ALFARO RODRÍGUEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-8, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JACQUELINE ALPÍZAR CHINCHILLA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JACQUELINE ALPÍZAR CHINCHILLA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-9, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por RODOLFO MARTIN ALVARADO GONZÁLEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por RODOLFO MARTIN ALVARADO GONZÁLEZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-10, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DAPHNE LEXENY ALVARADO MADRIZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DAPHNE LEXENY ALVARADO MADRIZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 24 de 70

-Informe AL-259-2019-11, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por YADIRA ÁLVAREZ BRIZUELA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por YADIRA ÁLVAREZ BRIZUELA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-12, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por VIVIANA ÁLVAREZ GUTIÉRREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por VIVIANA ÁLVAREZ GUTIÉRREZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-13, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JORGE ADRIÁN ARAYA CARRANZA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JORGE ADRIÁN ARAYA CARRANZA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-14, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOSUÉ ARAYA CASCANTE, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOSUÉ ARAYA CASCANTE, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-15, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SINDY ARAYA SANDOVAL, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SINDY ARAYA SANDOVAL, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-16, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JAVIER ANTONIO ARCE VARGAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 25 de 70 excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JAVIER ANTONIO ARCE VARGAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-17, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por OTTO RENÉ ARGUETA REYES, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por OTTO RENÉ ARGUETA REYES, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-18, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DAISY ARIAS ALVARADO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DAISY ARIAS ALVARADO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-19, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por YULIANA ARCELIA ARRIETA ROJAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por YULIANA ARCELIA ARRIETA ROJAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-20, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARÍA MINERVA BALTODANO CORTÉS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARÍA MINERVA BALTODANO CORTÉS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-21, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por KARINA BALTODANO SEQUEIRA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 26 de 70 excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por KARINA BALTODANO SEQUEIRA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-22, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por TANIA BARAHONA ROJAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por TANIA BARAHONA ROJAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-23, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ARLYN MARCELA BARQUERO ROJAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ARLYN MARCELA BARQUERO ROJAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-24, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por KAREN CRISTINA BARRANTES HERNÁNDEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por KAREN CRISTINA BARRANTES HERNÁNDEZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-25 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por EDUIN BARRANTES MORÁN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por EDUIN BARRANTES MORÁN, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-26 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ADRIANA BARRIENTOS GRANADOS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 27 de 70 excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ADRIANA BARRIENTOS GRANADOS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-27 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ALFONSO BARRIENTOS JIMÉNEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ALFONSO BARRIENTOS JIMÉNEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-28 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por HANOVI BATISTA CALDERÓN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por HANOVI BATISTA CALDERÓN, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-29 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOSÉ ABRAHAM BONILLA SOMARRIBAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOSÉ ABRAHAM BONILLA SOMARRIBAS, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-30 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NOELIA BRENES VÍQUEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NOELIA BRENES VÍQUEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-31 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOHNNY MAURICIO CALVO BALLESTERO, en contra de la calificación obtenida en la

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 28 de 70 prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOHNNY MAURICIO CALVO BALLESTERO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-32 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NATALIA MARIA CAMACHO JIMÉNEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NATALIA MARIA CAMACHO JIMÉNEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-33 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CHRISTIAN CAMARENO SOLANO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CHRISTIAN CAMARENO SOLANO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-34 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JAVIER ERNESTO CAMBA BURGUILLOS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JAVIER ERNESTO CAMBA BURGUILLOS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-35 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SUSANA CAMPOS RÍOS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SUSANA CAMPOS RÍOS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-36 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ADRIANA CARMIOL MONTERO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 29 de 70 excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ADRIANA CARMIOL MONTERO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-37 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CAROLINA HIDALGO ZAMORA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CAROLINA HIDALGO ZAMORA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-38 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por HEIDY CÁSERES COREA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por HEIDY CÁSERES COREA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-39 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARÍA DE JESÚS CASTILLO MUÑOZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARÍA DE JESÚS CASTILLO MUÑOZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-40 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MILEIDY JULIANA CECILIANO HIDALGO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MILEIDY JULIANA CECILIANO HIDALGO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-41 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LUIS ALBERTO CERDAS SANDOVAL, en contra de la calificación obtenida en la prueba

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 30 de 70 de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LUIS ALBERTO CERDAS SANDOVAL, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-42 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DAVID CÉSPEDES NAVAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DAVID CÉSPEDES NAVAS, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-43 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por XINIA CHACÓN BONILLA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por XINIA CHACÓN BONILLA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-44 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por OSMAN CHACÓN FERNÁNDEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por OSMAN CHACÓN FERNÁNDEZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-45 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por IVANNIA CHACÓN PEREIRA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por IVANNIA CHACÓN PEREIRA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 31 de 70

-Informe AL-259-2019-46 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FABIOLA CHAVARRÍA PERALTA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FABIOLA CHAVARRÍA PERALTA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-47 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARIANELA CHAVES ALVARADO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARIANELA CHAVES ALVARADO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-48 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NELLY MARIA CHAVES FLORES, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NELLY MARIA CHAVES FLORES, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-49 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOSELYN CHAVES HERNÁNDEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOSELYN CHAVES HERNÁNDEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-50 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARILYN CHINCHILLA CHINCHILLA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. …“CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARILYN CHINCHILLA CHINCHILLA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 32 de 70

-Informe AL-259-2019-51 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CINTHIA CHINCHILLA JIMÉNEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019…. “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CINTHIA CHINCHILLA JIMÉNEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-52 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por PAMELA CISNEROS TENORIO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por PAMELA CISNEROS TENORIO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-53 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOCELYN CONTRERAS CALDERÓN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOCELYN CONTRERAS CALDERÓN, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-54 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SONIA VANESSA CÓRDOBA VALVERDE, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SONIA VANESSA CÓRDOBA VALVERDE, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-55 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por PRISCILLA MARIA CORTES LEÓN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por PRISCILLA MARIA CORTES LEÓN, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 33 de 70 Académica”.

-Informe AL-259-2019-56 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FRANCISCO JOSÉ CORTES SILES, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FRANCISCO JOSÉ CORTES SILES, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-57 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por REBECA ELISSETH CRUZ CAMBRONERO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por REBECA ELISSETH CRUZ CAMBRONERO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”. -Informe AL-259-2019-58 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por IVETH NATALIA CRUZ MURILLO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por IVETH NATALIA CRUZ MURILLO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-59 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ILEANA TERESA CUBILLO BONILLA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ILEANA TERESA CUBILLO BONILLA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-60 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ARIEL FRANCISCO DELGADILLO RODRIGUEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ARIEL FRANCISCO DELGADILLO RODRIGUEZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 34 de 70 comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-61 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ANDREA DELGADO FONSECA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ANDREA DELGADO FONSECA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-62 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por KAYNA MARÍA DELGADO RIVERA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por KAYNA MARÍA DELGADO RIVERA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-63 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DARLING FABIOLA DETRINIDAD ZÚÑIGA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DARLING FABIOLA DETRINIDAD ZÚÑIGA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-64 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARILYN JOHANNA DOBLES ALFARO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARILYN JOHANNA DOBLES ALFARO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-65 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JESÚS DUARTE ACUÑA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JESÚS DUARTE ACUÑA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-66 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 35 de 70 Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MELISSA MARÍA DURÁN GAMBOA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MELISSA MARÍA DURÁN GAMBOA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-67 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FIORELLA ELIZONDO ROJAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FIORELLA ELIZONDO ROJAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-68 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ELSANYA TINOCO GUTIÉRREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ELSANYA TINOCO GUTIÉRREZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-69 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por EDWIN ALBERTO ESQUIVEL ESQUIVEL, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por EDWIN ALBERTO ESQUIVEL ESQUIVEL, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-70 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ROXANA ESQUIVEL QUESADA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ROXANA ESQUIVEL QUESADA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-71 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FABIOLA PORRAS CAMBRONERO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 36 de 70 excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FABIOLA PORRAS CAMBRONERO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-72 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARÍA FERNANDA FALLAS MEZA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARÍA FERNANDA FALLAS MEZA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-73 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FÉLIX ARTAVIA SEGURA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FÉLIX ARTAVIA SEGURA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-74 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DIANA PATRICIA FUENTES PRADO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DIANA PATRICIA FUENTES PRADO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-75 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LUIS ALFREDO GALO RODRÍGUEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LUIS ALFREDO GALO RODRÍGUEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-76 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ARIANA

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 37 de 70 MELISSA GARCÍA ARIAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ARIANA MELISSA GARCÍA ARIAS, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-77 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por WENDY PAOLA GÓMEZ CASTRO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por WENDY PAOLA GÓMEZ CASTRO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”. -Informe AL-259-2019-78 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LAURA ISABEL GRANADOS CAMPOS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LAURA ISABEL GRANADOS CAMPOS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-79 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por VIVIANA MARIA GUTIÉRREZ CALDERÓN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por VIVIANA MARIA GUTIÉRREZ CALDERÓN, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-80 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JIMMY GUTIÉRREZ CARVAJAL, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JIMMY GUTIÉRREZ CARVAJAL, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-81 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 38 de 70 Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ANA NIRIA HERNÁNDEZ HIDALGO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ANA NIRIA HERNÁNDEZ HIDALGO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-82 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ROGER ALBERTO HERNÁNDEZ LEIVA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ROGER ALBERTO HERNÁNDEZ LEIVA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-83 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SERGIO ANTONIO JEREZ ZAMORA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SERGIO ANTONIO JEREZ ZAMORA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-84 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por GUILLERMO JIMÉNEZ GARAY, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por GUILLERMO JIMÉNEZ GARAY, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-85 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por KAREN ANDREA JIMÉNEZ MORA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por KAREN ANDREA JIMÉNEZ MORA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-86 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 39 de 70 Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FRANCIS LEITÓN ÁLVAREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FRANCIS LEITÓN ÁLVAREZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-87 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SILVIA ALEJANDRA LI WONG, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SILVIA ALEJANDRA LI WONG, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-88 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DAYANNA LÓPEZ JIMÉNEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DAYANNA LÓPEZ JIMÉNEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-89 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARÍA SHALOM LORÍA ABARCA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARÍA SHALOM LORÍA ABARCA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-90 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ISAAC DAVID MADRIGAL CARBALLO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ISAAC DAVID MADRIGAL CARBALLO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-91 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JONATHAN MARÍN MORA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 40 de 70 excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JONATHAN MARÍN MORA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-92 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JENNIFER SOFÍA MARÍN PÉREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JENNIFER SOFÍA MARÍN PÉREZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-93 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MELISSA MARIA MARTÍNEZ CAMACHO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MELISSA MARIA MARTÍNEZ CAMACHO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-94 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARIA GABRIELA MATAMOROS LANDAZURI, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARIA GABRIELA MATAMOROS LANDAZURI, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-95 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por HENRY ALEJANDRO MESÉN GONZÁLEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por HENRY ALEJANDRO MESÉN GONZÁLEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-96 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LUIS DIEGO MOJICA FERNÁNDEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LUIS DIEGO MOJICA

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 41 de 70 FERNÁNDEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-97 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARTA MONTERO ROSAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARTA MONTERO ROSAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-98 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por GÉNESIS VALERIA MONTERO SOLÍS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por GÉNESIS VALERIA MONTERO SOLÍS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-99 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NATALIA MORA BALTODANO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NATALIA MORA BALTODANO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-100 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CRISTINA MORA BARRANTES, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CRISTINA MORA BARRANTES, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-101 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por VERNY GERARDO MORA GRANADOS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por VERNY GERARDO MORA GRANADOS, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56,

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 42 de 70 en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-102 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por YERLYN MORA LÓPEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por YERLYN MORA LÓPEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-103 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NATALIE MORA RIVAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019.

-Informe AL-259-2019-104 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DAHIANNA MORA SANDÍ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DAHIANNA MORA SANDÍ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-105 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LAURA MOREIRA BARRANTES, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LAURA MOREIRA BARRANTES, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-106 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por HELEN DIANE MORERA JIMÉNEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por HELEN DIANE MORERA JIMÉNEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-107 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 43 de 70 Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por HELLEN NAVARRO AGUILAR, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por HELLEN NAVARRO AGUILAR, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-108 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SILAN PRISCILA NAVARRO JIMÉNEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SILAN PRISCILA NAVARRO JIMÉNEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-109 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por REBECA NOVOA BEJARANO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por REBECA NOVOA BEJARANO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-110 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARA OBANDO CRUZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARA OBANDO CRUZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-111 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por EMMELINE OROZCO QUIRÓS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por EMMELINE OROZCO QUIRÓS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 44 de 70 -Informe AL-259-2019-112 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SELENE ORTEGA CARRILLO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SELENE ORTEGA CARRILLO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-113 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ILENIA LINOA ORTIZ CECILIANO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ILENIA LINOA ORTIZ CECILIANO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-114 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FRANCELLA PRISCILLA ORTIZ RETANA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FRANCELLA PRISCILLA ORTIZ RETANA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-115 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ERICK OVARES ALFARO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ERICK OVARES ALFARO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-116 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CARLOS LUIS OVIEDO PÉREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CARLOS LUIS OVIEDO PÉREZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-117 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 45 de 70 Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DANIEL FRANCISCO PARAJELES MORA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DANIEL FRANCISCO PARAJELES MORA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-118 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DINIA QUIRÓS ASTÚA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DINIA QUIRÓS ASTÚA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-119 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ELBA MELISSA RIVAS CAMACHO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ELBA MELISSA RIVAS CAMACHO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-120 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ANÍBAL RIVAS CARVAJAL, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ANÍBAL RIVAS CARVAJAL, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-121 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por CAROLINA RIVERA GÓMEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por CAROLINA RIVERA GÓMEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-122 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SINDY MARÍA RODRÍGUEZ ARCE, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 46 de 70 fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SINDY MARÍA RODRÍGUEZ ARCE, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-123 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ROMARIO JOSUE RODRIGUEZ MORA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ROMARIO JOSUE RODRIGUEZ MORA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-124 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARIAM ROJAS AGÜERO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARIAM ROJAS AGÜERO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-125 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MERCEDES ROJAS SOJO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MERCEDES ROJAS SOJO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”. Informe AL-259-2019-126 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LUIS DIEGO ROJAS VARGAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LUIS DIEGO ROJAS VARGAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-127 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JORGE ANDRÉS ROJAS ZÚÑIGA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 47 de 70 LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JORGE ANDRÉS ROJAS ZÚÑIGA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-128 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SUSANA RUIZ UREÑA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SUSANA RUIZ UREÑA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-129 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por RAQUEL SAAVEDRA MUÑOZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por RAQUEL SAAVEDRA MUÑOZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-130 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por DANNY MIGUEL SÁENZ CORTES, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por DANNY MIGUEL SÁENZ CORTES, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-131 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por OSCAR SALAS GUTIÉRREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por OSCAR SALAS GUTIÉRREZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-132 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NOLBERTINA SALAZAR GÓMEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NOLBERTINA SALAZAR GÓMEZ,

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 48 de 70 por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-133 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SHADIA SALLON ARROYO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SHADIA SALLON ARROYO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-134 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JOSÉ MARIO SANABRIA GÓMEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JOSÉ MARIO SANABRIA GÓMEZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-135 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por RONNY SANCHEZ ACUÑA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por RONNY SANCHEZ ACUÑA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-136 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por RAFAEL SÁNCHEZ AGUILAR, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por RAFAEL SÁNCHEZ AGUILAR, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-137 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por YAMILETH DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ ORTEGA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por YAMILETH DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ ORTEGA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 49 de 70

-Informe AL-259-2019-138 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por ANA LUCIA SÁNCHEZ RODRIGUEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por ANA LUCIA SÁNCHEZ RODRIGUEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-139 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por GRACE ILIANA SANDI ALVARADO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por GRACE ILIANA SANDI ALVARADO, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-140 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por KENDY SEGURA ESTRADA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por KENDY SEGURA ESTRADA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-141 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARIA DANIELA SOLÍS SALAS, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARIA DANIELA SOLÍS SALAS, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-142 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LUANY PAMELA SOTO MENDOZA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LUANY PAMELA SOTO MENDOZA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 50 de 70 por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-143 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por PRISCILA TREJOS ALPÍZAR, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por PRISCILA TREJOS ALPÍZAR, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-144 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por FABIOLA UMAÑA RODRIGUEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por FABIOLA UMAÑA RODRIGUEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-145 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARVIN ARLEY UREÑA FONSECA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARVIN ARLEY UREÑA FONSECA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-146 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MARÍA FERNANDA VALVERDE DÍAZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MARÍA FERNANDA VALVERDE DÍAZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-147 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por SOFÍA VARELA ZÚÑIGA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por SOFÍA VARELA ZÚÑIGA, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 56, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 51 de 70 nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”. Informe AL-259-2019-148 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por MILENA DE LOS ÁNGELES VARGAS ÁLVAREZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por MILENA DE LOS ÁNGELES VARGAS ÁLVAREZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-149 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NELSON VARGAS SEGURA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NELSON VARGAS SEGURA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-150 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por NATALIA VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por NATALIA VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 37, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-151 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JENNY SUSANA VIDECHE FERNÁNDEZ, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JENNY SUSANA VIDECHE FERNÁNDEZ, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-152 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JAVIER VILLALOBOS CASTRO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JAVIER VILLALOBOS CASTRO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 52 de 70 -Informe AL-259-2019-153 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por GRETTEL VILLALOBOS MOLINA, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por GRETTEL VILLALOBOS MOLINA, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-154 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por JESSICA MARÍA WILLIAMS ANCHER, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por JESSICA MARÍA WILLIAMS ANCHER, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

-Informe AL-259-2019-155 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por LUIS PABLO ZAMORA CALDERÓN, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por LUIS PABLO ZAMORA CALDERÓN, únicamente en lo que se refiere a la pregunta 17, en lo demás, se mantiene lo ya resuelto por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica. Instruir a la Dirección Académica, para que modifique la nota conforme con lo resuelto y comunique la nota final”.

-Informe AL-259-2019-156 suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, respecto del recurso de apelación interpuesto por GEINER ZAMORA HIDALGO, en contra de la calificación obtenida en la prueba de excelencia académica efectuada el día 11 de julio de 2019. … “CONCLUSIÓN. Con fundamento en los razonamientos expuestos, lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por GEINER ZAMORA HIDALGO, por no existir mérito para modificar lo resuelto por el Comité de Excelencia Académica”.

Cinco votos. Responsable: Departamento Académico y de Incorporaciones-comunicar lo resuelto a los interesados.

Al ser las diecinueve horas con cincuenta minutos se reintegra a la sesión la MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas.

32. Nota suscrita por el MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual remite documento sobre el pronunciamiento de la Procuraduría General de la República haciendo referencia a que los funcionarios

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 53 de 70 públicos pueden dar clases tanto en universidades como en otras instituciones, con la finalidad que sea considerado en el documento que se está preparando para solicitar a la corte la revisión de pronunciamiento que hicieron en cuanto que los funcionarios del Poder Judicial no pueden dar clases. Este pronunciamiento de la Procuraduría fue proporcionado por el licenciado Erick Briones Briones.

SE ACUERDA 2019-39-035 Adicionar a la nota JD-09-811-19, enviada al Consejo Superior del Poder Judicial, el pronunciamiento de la Procuraduría General de la República, donde hace referencia a que los funcionarios públicos pueden dar clases tanto en universidades como en otras instituciones. Seis votos. Responsable: Secretaría comunicar.

El señor Presidente, señala que sobre el tema también se debe solicitar al Departamento Legal, emitir una acción de inconstitucionalidad.

SE ACUERDA 2019-39-036 Solicitar al Departamento Legal, elaborar un proyecto de acción de inconstitucionalidad, en contra de la resolución de la Corte Suprema de Justicia, sobre la imposibilidad que tienen los funcionarios judiciales, de impartir clases en el Colegio de Abogados y Abogadas. Que valore, analice y estructure una acción donde pueda identificarse una violación a sus derechos fundamentales. Seis votos. Responsable: Departamento Legal.

33. Nota AL-CJ 21428-1375-2019, suscrita por Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área Comisiones Legislativas VII, Asamblea Legislativa, mediante la cual indica que la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto: N.° 21.428: “REFORMA  DE LOS ARTÍCULOS 20, 21 Y 22 DE LA LEY CONTROL DE GANADO BOVINO PREVENCIÓN Y SANCIÓN DE SU ROBO, HURTO Y RECPETACIÓN, LEY N° 8799, DEL 17 DE ABRIL DE 2010”.

SE ACUERDA 2019-39-037 Trasladar a la Comisión de Derecho Penal, la nota AL-CJ21428-1375-2019, suscrita por Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área Comisiones Legislativas VII, Asamblea Legislativa, donde indica que la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para estudio el proyecto: N.° 21.428: “REFORMA  DE LOS ARTÍCULOS 20, 21 Y 22 DE LA LEY CONTROL DE GANADO BOVINO PREVENCIÓN Y SANCIÓN DE SU ROBO, HURTO Y RECPETACIÓN, LEY N° 8799, DEL 17 DE ABRIL DE 2010”. Seis votos. Responsable: Comisión Derecho Penal.

34. Nota suscrita por la Licda. Tatiana Carolina Noguera Suárez, Directora de la Defensoría Social de Tres Ríos, mediante la cual solicita permiso sin goce de salario por el plazo de tres meses del día 16 de octubre 2019 al 16 de enero de 2020.

SE ACUERDA 2019-39-038 Se autoriza el permiso sin goce de salario a la Licda. Tatiana Carolina Noguera Suárez, Directora de la Defensoría Social de Tres Ríos, del 16 de octubre 2019 al 16 de enero de 2020. Seis votos. Responsable: Departamento de Recursos Humanos. Dirección de Sedes Regionales.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 54 de 70 35. Nota suscrita por la Licda. Noelia Castro Sandí, abogada asistente de Fiscalía, mediante la cual solicita un permiso sin goce de salario por el plazo de cuatro meses que van del 21 de octubre 2019 al 21 de febrero de 2020.

SE ACUERDA 2019-39-039 Se autoriza el permiso sin goce de salario a la Licda. Noelia Castro Sandí, abogada asistente de Fiscalía, por el plazo de cuatro meses que van del 21 de octubre 2019 al 21 de febrero de 2020. Departamento de Recursos Humanos. Fiscalía.

36. Nota suscrita por el Lic. Rogelio Fernández Sagot, Coordinador Comisión Derecho Cooperativo, mediante la cual solicita el préstamo del Auditorio Eduardo Ortiz Ortiz, para el día 29 de octubre del 2019, de 5:00 pm a 9:00 pm, para realizar la presentación del Libro Principios Elementales de Derecho Cooperativo, cuyo autor es el Lic. Felix J. Cristia Martínez.

SE ACUERDA 2019-39-040 De conformidad con la nota del Lic. Rogelio Fernández Sagot, Coordinador Comisión Derecho Cooperativo, se autoriza el préstamo del Auditorio Eduardo Ortiz Ortiz, para el día 29 de octubre del 2019, de 5:00 pm a 9:00 pm, a fin de realizar la presentación del Libro Principios Elementales de Derecho Cooperativo, cuyo autor es el Lic. Felix J. Cristia Martínez. Seis votos. Responsable: Comisión Derecho Cooperativo. Encargada de Auditorio.

37. Nota CAM-180-2019, suscrita por la M.Sc. Laura Ávila Bolaños Directora, Centro de Arbitraje y Mediación CAM, mediante la cual informa que el presidente del Centro Iberoamericano de Arbitraje CIAR, Doctor Luis Martí hizo, llegar a los socios la convocatoria oficial a la Asamblea General Extraordinaria del CIAR que se celebrará el martes 12 de noviembre 2019 en la ciudad de Quito, Ecuador. Siendo que el Colegio es el único socio costarricense en el CIAR y para reforzar el posicionamiento del CAM como sede arbitral regional, resultaría de mucha importancia que la Junta Directiva pudiera delegar en alguno de sus miembros la participación en dicho evento.

Al respecto se toma nota y en caso de considerar alguna representación se someterá a votación en la próxima sesión.

ARTICULO 7) INFORME DE PRESIDENCIA.

7.1 El Lic. Juan Luis León Blanco, señala que en sesión ordinaria 36-19, celebrada el 17 de setiembre, se tomó el acuerdo “2019-36-003, Que esta Junta Directiva discrepa del informe CA-AUI-018-19, del Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, por lo tanto, remite el caso a la Contraloría General de la República, para que dirima el conflicto entre las partes, previo al dictamen que emitirá el Departamento Legal. Seis votos. Responsable: Departamento Legal”.

Por recomendación de ambos departamentos se sugiere modificar el acuerdo como sigue: Que esta Junta Directiva tomando nota del informe CA-AUI-018-19, del Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, remite el caso a la Contraloría General de la República, con su posición, para que dirima el conflicto entre las partes, previo al

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 55 de 70 dictamen que emitirá el Departamento Legal. Seis votos. Responsable: Departamento Legal

SE ACUERDA 2019-39-041 Modificar el acuerdo 2019-36-003 como sigue: Que esta Junta Directiva tomando nota del informe CA-AUI-018-19, del Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, remite el caso a la Contraloría General de la República, con su posición, para que dirima el conflicto entre las partes, previo al dictamen que emitirá el Departamento Legal. Seis votos. Responsable: Departamento Legal.

7.2 El Lic. Juan Luis León Blanco, informa que para la próxima sesión se presentará el borrador del Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes.

ARTICULO 8) INFORME DE DIRECTORES.

8.1 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, informa que finalizó el concurso de Buenas Prácticas del Poder Judicial y el Colegio fue debidamente representado y fue un espacio enriquecedor porque visibiliza lo que se está haciendo bien, el esfuerzo de muchas personas.

8.1.1 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, informa que el pasado 01 de octubre, se presentó ante la Asamblea Legislativa el “Proyecto de Ley de Promoción y Educación en Materia de Salud Mental y Emocional”.

8.1.2 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, comenta que se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Gestores de Opinión, la cual está trabajando en la nota que envió el Colegio de Periodistas con base en un voto de la Sala, donde equiparó como periodista tanto a la persona que estudia-titulado como a la persona que emite opiniones en público y el Colegio de Periodistas se encuentra molesto, por lo que se está realizando un estudio.

8.1.3 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, señala inquietud del Departamento de Comunicación y Mercadeo, ya que constantemente se envían comunicados y correos de diversas actividades del Colegio, situación que satura los correos y al final los agremiados no les presta atención. Por tal motivo se plantea la estrategia de elaborar un boletín semanal que se circulado los días lunes en la mañana con toda la información de la semana anterior y que se establezca una fecha de corte los viernes a las 12:00 md.

SE ACUERDA 2019-39-042 De conformidad con la solicitud de la Comisión de Gestores de Opinión, se establece que el Departamento de Comunicación y Mercadeo emita un boletín oficial del Colegio que contenga la información semanal, el cual será circulado los días lunes y que tenga como fecha límite de recepción de información, los viernes a las 12:00 m.d. Seis votos. Responsable: Departamento de Comunicación y Mercadeo.

8.1.4 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, consulta la gestión que se le dio al acuerdo tomado sobre enviar una nota al CONESUP, en el sentido que los profesores de derecho

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 56 de 70 deben estudiar pedagogía.

SE ACUERDA 2019-39-043 Enviar un recordatorio a la Dirección Académica y de Incorporaciones sobre el acuerdo 2019-27-023, donde se le solicitó elaborar un documento para remitirlo al CONESUP, con motivo de la preocupación que los profesores de las Universidades de Derecho, sean únicamente abogados y no tengan estudios en pedagogía. Seis votos. Responsable: Director Académico.

8.1.5 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, señala que se había propuesto un psicólogo de empresa. La Licda. Ethel Franco Chacón, indica que se está canalizando por medio del INS en virtud de que el Administrador del Consultorio Médico no cuenta con dicha especialidad.

Al ser las veinte horas con un minuto, sale por un momento la MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas.

8.1.6 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, comenta con respecto al proyecto presentado sobre Promoción y Educación en Materia de Salud Mental y Emocional, que con el MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, habían participado en un taller del Plan Nacional del Riesgo, donde se comentó el tema de las amenazas, las vulnerabilidades y posibles soluciones al tema de narcotráfico, crimen organizado y no se llegó al punto de las propuestas por lo que se les envió un correo con el proyectó, para ver la posibilidad de que lo incorporen como soluciones al Plan Nacional de Riesgo y así tal vez colaboren con financiamiento.

Señala que, en el chat de sector profesional del Banco Popular, también envió la información del proyecto porque puede reactivar la situación económica y escribieron del Colegio de Ciencias Económicas que lo iban a someter a Junta porque les interesaba el tema.

8.1.7 La Licda. Rosibel Jara Velásquez, manifiesta que en conversación con el Lic. William Méndez Garita y la Licda. Sandra Pizarro, sobre que realizaron un concurso interno para el representante de los abogados litigantes y no van a tomar en cuenta la terna enviada por el Colegio, además que emitieron una resolución en el sentido que los jueces no pueden impartir clases en el Colegio. Por lo anterior, se considera la importancia de reforzar la relación entre el Colegio de Abogados y el Poder Judicial.

8.2 El MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, consulta sobre su propuesta de denominar el Gimnasio del Colegio, con el nombre de Andrea Carolina Vargas. La Licda. Mercedes Flores Badilla, indica que la Comisión de Género está trabajando en la organización del evento.

8.2.1 El MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, solicita tomar el acuerdo de que la Licda. Vilma Mesén Madrigal asista en representación del Colegio a la Asamblea de Notarios Miembros que se llevará a cabo en Yakarta, Indonesia el 26 y 27 de noviembre. Que se le aporten los tiquetes aéreos y el hospedaje.

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 57 de 70 SE ACUERDA 2019-39-044 Se comisiona la Dirección Ejecutiva para que revise el costo de enviar un representante en representación del Colegio de Abogados y Abogadas, a la Asamblea de Notarios Miembros de la UINL, que se llevará a cabo en Yakarta, Indonesia del 27 al 30 de noviembre 2019. Cinco votos. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto. Protocolo y Eventos.

8.3 El Lic. John Tapia Salazar, informa que para finales del mes de noviembre se llevará a cabo en Puntarenas al igual que el año pasado, una actividad en conjunto con la Embajada Americana (patrocinio económico), para la realización de un curso sobre Crimen Organizado, el cual será dirigido para funcionarios judiciales.

ARTICULO 9) INFORME DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA.

9.1 La Licda. Ethel Franco Chacón, informa que se recibieron nueve currículums para la terna del representante de los litigantes titular y suplente ante ese Consejo de Administración de Osa, pero de esos nueve, solo tres son de la zona, por lo que somete a consideración que la terna se integre por: Manuel Francisco Sanabria Lemaitre, Ericka Mariela Castillo Porras y German González Villalobos.

SE ACUERDA 2019-39-045 En atención a la nota 4436-19, de la Licda. Silvia Navarro Romanini, Secretaria General, Corte Suprema de Justicia, se remite la siguiente terna para el nombramiento del representante titular y suplente de los abogados y abogadas litigantes ante el Consejo de Administración del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Osa: - Manuel Francisco Sanabria Lemaitre, Ericka Mariela Castillo Porras y German González Villalobos. Cinco votos. Responsable: Secretaría comunicar.

Al ser las veinte horas con ocho minutos se reintegra a la sesión la MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas.

9.2 La Licda. Ethel Franco Chacón, presenta nota DFyP 067-2019, de la Licda. Mayela Guillén Garro, Directora Finanzas y Presupuesto, donde somete a consideración la inversión de ¢700 millones del Fondo Común, con una tasa neta de 6.55%. En el Banco Popular y de Desarrollo Comunal a 180 días, con intereses pagaderos mensualmente.

SE ACUERDA 2019-39-046 Con base en la nota DFyP 067-2019, de la Dirección de Finanzas y Presupuesto, se autoriza la inversión de ¢700 millones del Fondo Común, con una tasa neta de 6.55%. En el Banco Popular y de Desarrollo Comunal a 180 días, con intereses pagaderos mensualmente. Tres votos. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto. Se inhiben de votar la Licda. María Mercedes Flores Badilla. Lic. juan Luis León Blanco, MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, con motivo que puede existir conflicto de intereses.

9.3 La Licda. Ethel Franco Chacón, informa que en la Gaceta 181, del 25 de setiembre, salió publicada la Reforma al artículo 20 del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado, Decreto Ejecutivo N° 41457-JP.

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Page 58: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No€¦ · Web viewEn el mes de octubre deben matricular para hacer el examen de excelencia del mes de noviembre. Anteriormente, como no se había llevado

Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 58 de 70 Se le comunicó al Banco de Costa Rica, para que lo hiciera circular a las sucursales y en el Registro.

9.4 La Licda. Ethel Franco Chacón, indica que la UNEBAN, en coordinación con la Comisión de Notariado, realizará el Congreso de Actualización Jurídica, los días 15, 16 y 17 de noviembre, en el Auditorio Pablo Casafont Romero. Para dicho evento el Colegio les va a patrocinar el refrigerio, pero requieren el aporte de 15 cenas, el vino y el acto cultural. Pero como no se cuenta con presupuesto, sugiere que se autorice que el aporte solicitado se cubra con el saldo de un patrocinio otorgado por el INS.

SE ACUERDA 2019-39-047 Se autoriza a la UNEBAN, el aporte de 15 cenas, el vino y el acto cultural, para el Congreso de Actualización Jurídica, que se llevará a cabo los días 15, 16 y 17 de noviembre, en el Auditorio Pablo Casafont Romero. Rebajar dicho patrocinio del saldo de un patrocinio otorgado por el INS. Seis votos. Responsable: UNEBAN. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Protocolo y Eventos.

9.5 La Licda. Ethel Franco Chacón, informa que ya finalizó la Auditoría Externa realizada al Colegio, del periodo 2018, elaborado por el Despacho Carvajal & Colegiados. Destaca que la carta de gerencia se presenta limpia con algunos aspectos de oportunidades de mejora. Solicita otorgarles audiencia a fin de que expongan los resultados.

SE ACUERDA 2019-39-048 Otorgar audiencia al Despacho Carvajal & Colegiados, para la sesión correspondiente al 22 de octubre 2019, a las 6:00 p.m., a fin de que expongan los resultados de la auditoría externa realizada al Colegio, del periodo 2018. Seis votos. Responsable: Secretaría comunicar.

9.6 La Licda. Ethel Franco Chacón, señala que el Colegio carece de un mapeo de procesos, por lo que lo solicitó como proyecto de la Dirección Ejecutiva, el cual ya se encuentra adjudicado y lo que se pretende es que cada servicio esté con un proceso definido con indicadores, objetivos. Lo anterior por cuanto como Directora Ejecutiva en este caso, el objetivo es contar con un Plan Estratégico y una evaluación por resultados.

ARTICULO 10) ASUNTOS BREVES Y TRASLADOS DE FISCALIA.

10.1 ASUNTOS BREVES:

10.1.1 Expediente No: 506-19(1). Denunciada: Lic. O. P. C.. Denunciante: De oficio (Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José.)

SE ACUERDA 2019-39-049 Rechazar de plano la denuncia comunicada por el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José, en contra de del Lic. O. P. C., y se ordena el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

10.1.2 Expediente No: 422-19 (1) Denunciada: Lic.  J. A. B. A.. Denunciante: O. V.P..

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 59 de 70 SE ACUERDA 2019-39-050 Rechazar de plano la presente denuncia en contra del licenciado B. A. y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.       

10.1.3 Expediente No: 354-19 (1). Denunciado: Lic. J. A. T. L.. Denunciante: H. Q. M..

SE ACUERDA 2019-39-051 Rechazar de plano los hechos supra mencionados con relación al acuerdo de ventas de vehículos y creación de pagare y declarar la incompetencia en razón de la materia para conocer los hechos relacionados a la escritura pública 234-2, presentado por H. Q. M., en contra del Lic. J. A. T. L. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

10.1.4 Expediente No: 274-19 (1) Denunciado: Lic. M. P. H. Denunciante: J. A. G..

SE ACUERDA 2019-39-052 Rechazar de plano los hechos denunciados por parte del señor J. A. G. en contra de licenciado M. P. H. ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.5 Expediente Número: 693-18(1). Denunciado: Lic. L. A. C. P.. Denunciante: De Oficio Juzgado Penal Juvenil de San José.

SE ACUERDA 2019-39-053 Rechazar de plano la denuncia comunicada de oficio por parte del Juzgado Penal Juvenil de San José, interpuesta en contra del Lic. L. A. C. P., y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.6 Expediente N°: 178-19 (2) Denunciado: Lic. E. Ch. R.. Denunciante: C. Bo. G..

SE ACUERDA 2019-39-054 Acoger el desistimiento de la denuncia planteada y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.7 Expediente: 142-19 (2). Denunciado: Lic. E. P. G.. Denunciante: J. B. Q. V.. SE ACUERDA 2019-39-055 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente.  Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.8 Expediente número: 488-18 (2). Denunciada: Licda. Susana Virginia Pernell Álvarez Denunciante: De Oficio (Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Palmares).

SE ACUERDA 2019-39-056 Por avocación de conformidad con los artículos 93 y 94 de la Ley General de la Administración Pública, declarar con lugar el recurso de revocatoria y apelación interpuesto por la Licda. Susana Virginia Pernell Álvarez, se ordena anular el acuerdo número 2018-41-074, de la sesión ordinaria 41-18, celebrada el 22 de octubre del 2018, y emítase nuevamente el traslado de cargos con respecto a la presente denuncia. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.9 Expediente Nº: 242-18 (2) Denunciado: Lic. E. M. P.. Denunciante: D. M. F..

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 60 de 70 SE ACUERDA 2019-39-057 Declarar sin lugar la excepción de incompetencia alegada por el Lic. E. M. P.y reservar la excepción de falta de legitimación pasiva y falta de derecho para que sea resuelta en el fondo de este asunto. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.10 Expediente Nº: 552-17 (2) Denunciada: Licda. J. L. S.. Denunciante: A. Q. A..

SE ACUERDA 2019-39-058 Declarar sin lugar la excepción de prescripción en razón de que no ha transcurrido el plazo establecido, y reservar para el fondo del asunto la excepción de falta de interés actual. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.11 Expediente Nº: 297-16 (2) Denunciado: Lic. Á. J. A. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal de Alajuela).

SE ACUERDA 2019-39-059 Declarar sin lugar el presente recurso de revocatoria, interpuesto por el Lic. Á. J. A., confirmar la resolución recurrida y se ordena continuar con los procedimientos. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.12 Expediente Nº: 603-17 (2). Denunciado: Lic. Jose Eduardo Quesada Loría. Denunciante: Walter Alberto Rimola Vega.

SE ACUERDA 2019-39-060 Dar por cumplido el beneficio de ejecución condicional otorgado a al Lic. José Eduardo Quesada Loría, ordenando el archivo del expediente, dejar sin efecto la sanción impuesta y ordenar la inscripción en el registro. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.13 Expediente N°351-19 (4). Denunciada. Licda. E. M. P.. Denunciante. De Oficio (Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2019-39-061 Rechazar de plano la denuncia comunicada de oficio por el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José, en contra de la licenciada E. M. P., y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.14 Expediente N°305-19 (4). Denunciado. Lic. H. E. P. Z.. Denunciante. De Oficio (Tribunal de Flagrancia del II Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Santa Cruz).

SE ACUERDA 2019-39-062 Rechazar de plano la denuncia comunicada de oficio por el Tribunal de Flagrancia del II Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Santa Cruz, en contra del licenciado H. E. P. Z., y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.15 Expediente No: 284-19 (4). Denunciado: Lic. E. G. R. R.. Denunciante. A. Ch. L..

SE ACUERDA 2019-39-063 Rechazar parcialmente la denuncia, procediéndose así a rechazar de plano: el hecho acusado por A. Ch. L. en relación al presunto ejercicio de la abogacía por parte del por parte del licenciado E. R. R.

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 61 de 70 encontrándose suspendido. Por otro lado, también se procederán a analizar los siguientes hechos: 1) Haber presuntamente cumplido de forma parcial con la prevención de la resolución de las diez horas ocho minutos del diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, dentro del proceso sucesorio tramitado bajo el expediente 19-000119-0638-CI-3 ante el Juzgado Civil I Circuito Judicial de Alajuela, por lo que la demanda se declaró inadmisible. 2) La presunta falta al deber de información. 3) La presunta falta al deber de corrección al cobrar por la totalidad de una labor profesional y realizarla la misma de forma parcial. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.16 Expediente Nº: 420-18 (4). Denunciado: Lic. J. E. Q. L.. Denunciante: De Oficio (Tribunal Penal del III Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2019-39-064 Confirmar el rechazo del recurso de revocatoria, declarar sin lugar el presente recurso de apelación interpuesto por el licenciado J. E. Q. L., por extemporáneo, corregir error material y ordenar la continuación del procedimiento a fin de determinar la verdad real de los hechos denunciados. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.17 Expediente Nº: 395-18 (4). Denunciado: Lic. M. L. B.. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal de Perez Zeledón).

SE ACUERDA 2019-39-065 Confirmar el rechazo del recurso de revocatoria, declarar sin lugar el presente recurso de apelación interpuesto por el licenciado M. L. B. por extemporáneo, y ordenar la continuación del procedimiento a fin de determinar la verdad real de los hechos denunciados. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.18 Expediente No: 219-17 (4) Denunciado: Lic. M. C. B.. Denunciante: De Oficio (Administrativo Juzgado de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, II Circuito Judicial de San José). SE ACUERDA 2019-39-066 Declarar con lugar la caducidad planteada por el licenciado M. C. B., en contra del presente procedimiento disciplinario administrativo y ordenar el archivo del expediente.  Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.1.19 Expediente No: 553-16 (4) Denunciados: Lic. R. Á. V. S. y Lic. R. J. Q.. Denunciante:  E. L. Ch..

SE ACUERDA 2019-39-067 Declarar con lugar la caducidad planteada por el licenciado R. Á. V. S. y el licenciado R. J. Q., en contra del presente procedimiento disciplinario administrativo y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2 TRASLADOS:

10.2.1 Expediente N°: 19-516 (1). Denunciado: F. P. C. M.. Denunciante: De Oficio

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 62 de 70 Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José.

SE ACUERDA 2019-39-068 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.2 Expediente No: 461-19 (1). Denunciado: G. A. U. G.. Denunciante: H. W..

SE ACUERDA 2019-39-069 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.3 Expediente: 440-19 (1). Denunciado: Lic. J. H. Ch. R.. Denunciante: S. E. M. H..

SE ACUERDA 2019-39-070 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.4 Expediente No: 324-19 (1) Denunciado: Lic. R. C. E.. Denunciante: D. T..

SE ACUERDA 2019-39-071 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.5 Expediente No: 309-19 (1) Denunciado: Lic. M. R. V.. Denunciante: A. M. R. A..

SE ACUERDA 2019-39-072 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.6 Expediente: 574-18 (1). Denunciado: Lic. J. D. A. G.. Denunciante: De Oficio (Juzgado de Trabajo de Cartago).

SE ACUERDA 2019-39-073 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.10.2.7 Expediente: 487-19 (2). Denunciado: Lic. F. P. C. M.. Denunciante: De Oficio (Tribunal de Cartago).

SE ACUERDA 2019-39-074 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.8 Expediente: 467-19(2). Denunciado: Lic. J. R. E.C.. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal de Heredia).

SE ACUERDA 2019-39-075 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.9 Expediente: 441-19 (2). Denunciado: Lic. C. M. C. S.. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal de Quepos y Parrita).

SE ACUERDA 2019-39-076 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 63 de 70 procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.10 Expediente: 424-19 (2). Denunciado: Lic. F. P. C. M.. Denunciante: De Oficio (Tribunal Penal de Juicio del III Circuito Judicial de San José, Sede Desamparados).

SE ACUERDA 2019-39-077 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.11 Expediente: 417-19 (2). Denunciado: Lic. E. A. Ch. S.. Denunciante: De Oficio (Tribunal de Juicio I Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Pérez Zeledón).

SE ACUERDA 2019-39-078 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.12 Expediente: 406-19 (2). Denunciado: Lic. E. L. E. C.. Denunciante: De Oficio (Tribuna de Juicio de Heredia).

SE ACUERDA 2019-39-079 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.13 Expediente: 400-19 (2). Denunciado: Lic. J. M. J. Ch.. Denunciante: De Oficio (Tribunal del II Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Santa Cruz, Flagrancia).

SE ACUERDA 2019-39-080 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.14 Expediente: 399-19 (2). Denunciado: Lic. L. E. V. M.. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2019-39-081 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.10.2.15 Expediente: 441-19 (2). Denunciado: Lic. C. M. C. S.. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal de Quepos y Parrita).

SE ACUERDA 2019-39-082 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.16 Expediente: 382-19 (2). Denunciado: Lic. C. L. V. B.. Denunciante: De Oficio.

SE ACUERDA 2019-39-083 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.2.17 Expediente No: 725-18 (4) Denunciada: Licda. M. J. R. B.. Denunciante: De Oficio (Dirección de Migración y Extranjería).

SE ACUERDA 2019-39-084 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

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10.2.18 Expediente: 640-18 (4) Denunciado: Lic. M. M. C. A.. Denunciante. O. Q. M..

SE ACUERDA 2019-39-085 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.3 ASUNTOS BREVES. Segunda lista:

10.3.1 Expediente No: 426-19 (5) Denunciado: Lic. G. G. A.. Denunciante: B.H.A..

SE ACUERDA 2019-39-086 Acoger el desistimiento de la presente denuncia y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.3.2 Expediente Número: 237-19 (5). Denunciado: Lic. M. V. L. H.. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal del I Circuito Judicial de Alajuela).

SE ACUERDA 2019-39-087 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.3.3 Expediente 19-139 (5).  Denunciado: Lic. A. P. G..  Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal del I Circuito Judicial de Zona Sur). 

SE ACUERDA 2019-39-088 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.3.4 Expediente Número: 006-19 (5). Denunciado: Lic. G. M.R.. Denunciante: D. G.L..

SE ACUERDA 2019-39-089 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.3.5 Expediente 562-16 (5). Denunciado: Lic. E.R. A.. Denunciante: De Oficio (J Tribunal de Juicio de Sede San Ramón).

SE ACUERDA 2019-39-090 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente.  Seis votos. Responsable: Fiscalía.    

10.3.6 Expediente N° 295-18. Denunciado. Lic. M. G. G. Á.. Denunciante. J. S. L..

SE ACUERDA 2019-39-091 Ordenar el archivo definitivo del expediente seguido en contra del Lic. M. G. G. Á. y de cualquier otra causa que en el futuro se presente contra dicho profesional, sin previo acuerdo que así lo ordene, teniendo como base el que aquí se adopta. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.3.7 Expediente No326-16 (5) Denunciada: M. del C. O. C.. Denunciante: I.M.C.P..

SE ACUERDA 2019-39-092 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

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10.3.8 Expediente 174-16 (5) Denunciado: Lic. R. Z. U.. Denunciante: N. A. R..

SE ACUERDA 2019-39-093 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.4 TRASLADOS:

10.4.1 Expediente: 299-19 (5). Denunciada: Licda. K. B. A.   Denunciante: De Oficio (Tribunal Penal de Flagrancia del II Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2019-39-094 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.4.2 Expediente: 250-19 (5). Denunciadas: Licda. A. M. R. y Licda. G. O. M.. Denunciante: De Oficio (Fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica).

SE ACUERDA 2019-39-095 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

10.4.3 Expediente 651-18 (5) Denunciada: Licda. T. V. M.. Denunciante: E. S. C. M..

SE ACUERDA 2019-39-096 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

11.1 LISTA PARA SUSPENDER POR MOROSIDAD.

11.1.1 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00003-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): MARIA DEL ROCIO ARROYO CHAVES.

SE ACUERDA 2019-39-097 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00003-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.2 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00005-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): ROBERTO ALONSO BONILLA CRUZ.

SE ACUERDA 2019-39-098 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00005-2019 Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.3 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00010-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): JOSE ALBERTO ALFARO JIMENEZ.

SE ACUERDA 2019-39-099 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00010-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

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11.1.4 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00016-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): YESSENIA ALVAREZ RAMIREZ.

SE ACUERDA 2019-39-100 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00016-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.5 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00017-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): MONICA GUTIERREZ GRECO.

SE ACUERDA 2019-39-101 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00017-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía.  11.1.6 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00019-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): DOUGLAS IVAN RIVERA RODRIGUEZ.

SE ACUERDA 2019-39-102 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00019-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.7 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00024-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): MIGUEL ANTONIO PORRAS MORA.

SE ACUERDA 2019-39-103 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00024-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.8 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00035-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): CELIMO SANCHO RODRIGUEZ.

SE ACUERDA 2019-39-104 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00035-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.9 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00036-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): ROBERTO MONTERO POLTRONIERI.

SE ACUERDA 2019-39-105 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00036-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.10 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00039-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): EDWIN GERARDO VILLALOBOS SALAZAR.

SE ACUERDA 2019-39-106 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 67 de 70 artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00039-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.11 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00047-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): CRISTINA ROSS LOPEZ.

SE ACUERDA 2019-39-107 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00047-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.12 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00054-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): ROY CHACON SANABRIA.

SE ACUERDA 2019-39-108 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00054-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.13 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00055-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): LILLY ALEM YAMUNI.

SE ACUERDA 2019-39-109 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00055-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.14 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00056-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): AMANDA VIALES GUTIERREZ.

SE ACUERDA 2019-39-110 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00056-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.15 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00057-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): DOUGLAS RICARDO AVENDAÑO CHAVERRI.

SE ACUERDA 2019-39-111 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00057-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.16 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00059-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): HECTOR RICARDO CISNEROS QUESADA.

SE ACUERDA 2019-39-112 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00059-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.17 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00066-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): MAYRENA ROJAS PEREZ.

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 68 de 70

SE ACUERDA 2019-39-113 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00066-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.18 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00070-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): MARCELLE SOLIS GAMBOA.

SE ACUERDA 2019-39-114 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00070-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.19 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00073-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): KRISSIA LOAIZA JIMENEZ.

SE ACUERDA 2019-39-115 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00073-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.20 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00076-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): ANA LORENA OVIEDO CAMPOS.

SE ACUERDA 2019-39-116 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00076-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.21 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00077-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): ANTONIETA ARCE SANCHO.

SE ACUERDA 2019-39-117 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00077-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.22 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00079-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): EUGENIA MARIA CARMONA CHASSOUL.

SE ACUERDA 2019-39-118 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00079-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.23 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00082-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): JORGE ENRIQUE MONGE SANCHEZ.

SE ACUERDA 2019-39-119 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00082-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.24 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00084-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.):

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101112131415161718192021222324252627282930313233343536373839404142434445464748

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 69 de 70 STEVE LOPEZ ELIZONDO.

SE ACUERDA 2019-39-120 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00084-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.25 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00087-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): RAFAEL ANGEL DIAZ CASARES.

SE ACUERDA 2019-39-121 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00087-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.26 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00088-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): NICOLAS SABORIO CUBILLO.

SE ACUERDA 2019-39-122 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00088-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.27 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00089-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): THANYA VINDELL MORENO.

SE ACUERDA 2019-39-123 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00089-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.28 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00095-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): OMAR ALPIZAR ARIAS.

SE ACUERDA 2019-39-124 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00095-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.29 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00096-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): FRANCISCO CASTRO MURILLO.

SE ACUERDA 2019-39-125 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00096-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.30 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00102-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): PAUL RODOLFO MONTERO MATAMOROS.

SE ACUERDA 2019-39-126 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00102-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

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1011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647

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Acta Ordinaria No. 39-2019 08 de octubre de 2019 Pág. 70 de 70

11.1.31 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00103-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): BERNAL PICON GUTIERREZ.

SE ACUERDA 2019-39-127 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00103-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía. 

11.1.32 EXPEDIENTE NÚMERO: PAC 00105-2019. DENUNCIADO(A): El (La) Lic. (da.): ROLAND J HUBER BROGLI.

SE ACUERDA 2019-39-128 Aprobar la suspensión por morosidad por violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Colegio de Abogados. Expediente. PAC 00105-2019. Seis votos. Responsable: Fiscalía.

Al ser las veinte horas con quince minutos se da por finalizada la sesión.

Lic. Juan Luis León Blanco MSc. Georgina de la Trinidad García Rojas Presidente Prosecretaria

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