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1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO DE VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL DIEZ. En el salón de sesiones de la Casa Consistorial de la Villa de Colmenarejo (Madrid), siendo las veinte horas del día veinticinco de marzo de dos mil diez, se reúnen los Sres. Concejales que seguidamente se detallan, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa, Dª. María Isabel Peces- Barba Martínez, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno municipal para la que previamente fueron convocados en la forma establecida reglamentariamente. Los señores Concejales a que se ha hecho referencia son los siguientes: D. José María Vizcay González, Dª. Elena Rodríguez Rodríguez, D. Ángel Laguna Villamayor D. Benito Elvira García, D. José Polo Horcajada, D. Jerónimo Hernández Casares, Dª. María Nieves Roses Roses, D. Francisco Javier Díaz Ruiz, y Dª. María Emma Martín Pérez y D. Pedro Miguel González Alonso. Asiste para tomar posesión en el cargo del Concejal del Ayuntamiento de Colmenarejo, D. José Luís Martín Merino. Actúa como Secretaria Dña. Maria Dolores Abolafía, Vicesecretaria- Interventora del Ayuntamiento. Habiendo quórum suficiente, la Sra. Alcaldesa declara válidamente constituido el Pleno y ordena el comienzo del acto, pasándose a tratar los siguientes asuntos que integran el Orden del Día de la convocatoria: A) PARTE RESOLUTORIA: 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Sra. Alcaldesa se pregunta si alguien tiene que hacer alguna observación al borrador del acta de la sesión anterior celebrada el día 25 de febrero de 2010. Dña. Nieves Roses Roses: Buenas noches. Nosotros, el Partido Popular quiere que el párrafo donde… ¿lo leo? Donde aparece: “D. Benito Elvira García: La Comunidad de Madrid, bueno el Partido es el mismo, mandan a

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO DE VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL DIEZ. En el salón de sesiones de la Casa Consistorial de la Villa de Colmenarejo (Madrid), siendo las veinte horas del día veinticinco de marzo de dos mil diez, se reúnen los Sres. Concejales que seguidamente se detallan, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa, Dª. María Isabel Peces-Barba Martínez, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno municipal para la que previamente fueron convocados en la forma establecida reglamentariamente. Los señores Concejales a que se ha hecho referencia son los siguientes: D. José María Vizcay González, Dª. Elena Rodríguez Rodríguez, D. Ángel Laguna Villamayor D. Benito Elvira García, D. José Polo Horcajada, D. Jerónimo Hernández Casares, Dª. María Nieves Roses Roses, D. Francisco Javier Díaz Ruiz, y Dª. María Emma Martín Pérez y D. Pedro Miguel González Alonso. Asiste para tomar posesión en el cargo del Concejal del Ayuntamiento de Colmenarejo, D. José Luís Martín Merino. Actúa como Secretaria Dña. Maria Dolores Abolafía, Vicesecretaria- Interventora del Ayuntamiento. Habiendo quórum suficiente, la Sra. Alcaldesa declara válidamente constituido el Pleno y ordena el comienzo del acto, pasándose a tratar los siguientes asuntos que integran el Orden del Día de la convocatoria: A) PARTE RESOLUTORIA: 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Sra. Alcaldesa se pregunta si alguien tiene que hacer alguna observación al borrador del acta de la sesión anterior celebrada el día 25 de febrero de 2010. Dña. Nieves Roses Roses: Buenas noches. Nosotros, el Partido Popular quiere que el párrafo donde… ¿lo leo? Donde aparece: “D. Benito Elvira García: La Comunidad de Madrid, bueno el Partido es el mismo, mandan a

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10 agentes aquí, yo no sé como los han mandado. Porque los han mandado desnudos. El otro día se vio una factura de todo el vestuario y lo ha tenido que costear el Ayuntamiento”. Esto no es cierto. Sra. Alcaldesa: Bueno, vamos a ver Nieves. Una cosa es que tu entiendas que eso no es cierto, y otra, es que lo haya dicho. Lo que estamos leyendo aquí es el borrador del acta. El acta de lo que se dijo en el pleno. Otra cosa, es que si a ti te parece que eso no es cierto, es otra cosa. Pero aquí, no se puede cambiar una cosa que el dejara dicho, sea a no cierto, según tú. Dña. Nieves Roses Roses: Yo, desde luego, es que no estoy dispuesta a que quede en acta algo que no es verdad. Es que no es verdad. Sra. Alcaldesa: Otra cosa es que tú puedas hacer cualquier tipo de aclaración en un medio donde quieras, o en el Pleno cuando quieras. Pero si eso fue lo que dijo un concejal… precisamente por eso estamos grabando los plenos para que se oiga. Luego si el lo ha dicho, no se puede quitar. A no ser, que quiera rectificarlo. Dña. Nieves Roses Roses: Vamos a ver una cosa. El concejal tiene la obligación de saber, de que lo que dice, no es verdad. Claro que sí, porque usted sabe igual que yo que hay una dotación de 1.200 euros por Policía que se le ha dado y que se le ha dado a este Ayuntamiento para los uniformes. Y luego después, en la reposición de esos uniformes o de lo que haga falta son 900 euros, luego desnudos no han venido aquí. Sra. Alcaldesa: Vamos a ver. Perdonen un momentito. Está muy claro. Si tú quieres hacer luego una pregunta al concejal o hacer lo que sea me parece muy bien, pero que se quite del acta, porque tú lo solicites, una cosa que el concejal ha dicho, sea o no sea cierta, eso no se puede hacer. Dña. Nieves Roses Roses: De verdad, a mí. A nosotros nos parece increíble que aparezcan falsedades en un acta. Eso, yo no se si se puede hacer o no se puede hacer, pero desde luego, que una cosa que no es cierta, aparezca en un acta que se va quedar como documento. Sra. Alcaldesa: Lo que se queda en el documento son las palabras, lo que han dicho los concejales. Si vosotros entendéis que eso no está bien…

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Dña. Nieves Roses Roses: Pero vamos a ver una cosa. Yo le pido al concejal ¿no lo puede rectificar? D. Benito Elvira García: Yo, a lo mejor en otro momento…. Dña. Nieves Roses Roses: Pues nosotros nos vamos. Sra. Alcaldesa: Perdón, Benito. Yo lo único que estoy diciendo es que un acta, lo que contiene es lo que han dicho todos los concejales. Entonces si ha dicho hecho y tú entiendes que eso no te parece bien. Tú lo puedes hacer en cualquier otro sitio, haciéndole una pregunta, o publicándolo en un periódico o lo que queráis, pero quitar del acta una cosa que ha dicho un concejal a mí, no me parece que sea normal. Dña. Nieves Roses Roses: Yo creo que lo que hay que hacer es rectificar el acta. Y el concejal debe hacerlo. Sra. Alcaldesa: Yo creo que eso no es así. La Sra. Vicesecretaria está aquí. Y ella, nos podrá asesorar. Sra. Vicesecretaria: El acta da fe de lo que se ha dicho, y está grabado. Otra cosa es el contenido, no puede modificarse el fondo de los acuerdos adoptados, solo errores materiales o de hecho. Dña. Nieves Roses Roses: Es decir, que se puede mentir impunemente. Sra. Alcaldesa: Vamos a ver. Yo creo que hay muchas cosas que se han dicho en los plenos que no eran ciertas. Nieves. Muchas veces. Y no se ha dicho a nadie que lo retirara. Otra cosa ha sido después que se haya sacado en la prensa unos unas cosas otras. Pero vamos, si es lo que ha dicho un concejal… ya sea Benito Elvira, ya sea Pedro, ya seas tú. Aquí, lo que se hace constar en el acta es lo que han dicho los concejales. Dña. Nieves Roses Roses: Efectivamente, nosotros presentaremos en el siguiente pleno todo por escrito para debatir lo que usted ha dicho sobre la BESCAM. Si tiene usted la intención en el siguiente pleno de traer que están todavía más desnudos de lo que usted dice en éste acta.

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Sra. Alcaldesa: No desnudos no están ningún. Están todos vestidos. Dña. Nieves Roses Roses: Eso es lo que ha dicho en éste acta. Sra. Alcaldesa: Alguna otra observación sobre falta gramatical, que yo dije esto y no esto. Si no, ¿se puede aprobar el acta? Y, el Pleno, por unanimidad de los once miembros presentes, aprueba el borrador del acta de la sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010. 2.- TOMA DE POSESIÓN DEL CONCEJAL DEL PARTIDO POPULAR D. JOSÉ LUIS MARTÍN MERINO.-

La Sra. Vicesecretaria informa que la Junta Electoral Central

expidió, y se ha recibido en la Secretaría Municipal, la credencial de Concejal de D. José Luís Martín Merino, por estar incluido en la lista de candidatos presentada por el Partido Popular a las Elecciones Locales de 27 de mayo de 2007, en sustitución por renuncia de Dª. Maria Esther Gutiérrez Alix, y previa renuncia anticipada de Dª Mª Esther Gutiérrez Alix y Dª. Ángela Centeno Turro. Recibida la credencial se le notificó al candidato y formuló la preceptiva Declaración de Bienes e Intereses ante el Secretario y encontrándose presente desea tomar posesión del cargo de Concejal.

A continuación, la Sra. Vicesecretaria le pregunta a D. José Luís

Martín Merino lo siguiente: Desde que hizo la manifestación de la preceptiva declaración de bienes e intereses ante el Secretario municipal, ¿ha incurrido en alguna causa nueva de incapacidad o incompatibilidad sobrevenida para desempeñar el cargo de Concejal en este Ayuntamiento?

D. José Luís Martín Merino contesta negativamente. D. José Luís Martín Merino jura por su conciencia y honor cumplir

fielmente las obligaciones del cargo de Concejal del Ayuntamiento de Colmenarejo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución, como norma fundamental del Estado; y toma posesión del cargo de Concejal del Ayuntamiento de Colmenarejo por el Partido Popular.

La Sra. Alcaldesa: Una vez prestada declaración, toma posesión del cargo de concejal y bueno te deseamos mucha suerte en tu nueva andadura y bienvenido.

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Dª. María Nieves Roses Roses: Espero que todo le vaya bien, y que

nos ayude muchísimo. El Pleno de este Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes

ACUERDA Aceptar la toma de posesión de D. José Luís Martín Merino, del

cargo de Concejal del Ayuntamiento en sustitución por renuncia de Dª. Maria Esther Gutiérrez Alix, y previa renuncia anticipada de Dª Mª Esther Gutiérrez Alix y Dª. Ángela Centeno Turro.

Dª. María Nieves Roses Roses: En el siguiente punto, quería hacer una posibilidad ¿Se puede cambiar el orden del día?

Sra. Alcaldesa: Normalmente no. Es decir, si yo quiero sí, ¿Por qué? Dª. María Nieves Roses Roses: Para ver si se podía debatir en primer

lugar la moción número ocho de VICO. Sra. Alcaldesa: Vamos a ver, no creo que sea muy largo lo demás.

Por que las adjudicaciones definitivas son cosas de la propuesta de la Mesa de Contratación, no creo que tardemos mucho, y si no me equivoco la otra moción se dictaminó por unanimidad por todo el mundo, con lo cual no creo que tardemos mucho.

Dª. María Nieves Roses Roses: Mira, la razón por la cual pedimos

esta modificación, es la siguiente: Primero, porque queremos anunciar, nuestro voto favorable a esta

moción. Y luego queremos anunciar, que los Concejales del Partido Popular vamos a abandonar esta sesión plenaria, como protesta por la imposibilidad de debatir en el orden del día, las tres mociones presentadas por el Grupo Popular.

Sra. Alcaldesa: Pues me parece muy bien. No me parece normal que

solo vais a debatir el tema de VICO, de los Álamos y después os marcháis. Dª. María Nieves Roses Roses: No, nos vamos a marchar ya.

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Sra. Alcaldesa: ¿Os vais a marchar ya?, pues me parece muy bien, no

voy a modificar el orden del día. Pues porque no se pueden debatir. Podían ir en asuntos urgentes, pero cada cual hace lo que le parece normal. (Siendo las veinte horas y quince minutos abandonan el Salón de Plenos los siguientes concejales: Dª. María Nieves Roses Roses, D. Francisco Javier Díaz Ruiz, Pérez, D. José Luís Martín Merino y Dª. María Emma Martín. Pues vamos a continuar el Pleno, no voy a hacer comentarios porque no me parece oportuno hacer ningún comentario de nada, pero vamos…

D. Pedro Miguel González Alonso: Yo si voy a dejar una cosa clara; nunca se ha prohibido debatir nada, iba a ir en asuntos urgentes…

Sra. Alcaldesa: Se votaría la urgencia…

D. Pedro Miguel González Alonso: Yo no entiendo nada.

Sra. Alcaldesa: Yo tampoco entiendo nada. Le doy la palabra al portavoz, si alguien más quiere decir, Pedro ha dicho lo que tenía que decir, si tu quieres decir algo lo dices, yo no quiero opinar porque me parece mejor no opinar.

D. José María Vizcay González: Hombre, yo como portavoz de la Agrupación Progresista Independiente de Colmenarejo si que tengo que decir. Hemos discrepado en muchas cosas y hemos coincidido en muchas otras y me imagino que seguirá siendo así hasta el final de la legislatura con los distintos grupos políticos. Pero el abandonar un Pleno, que es el órgano soberano de este Ayuntamiento, sin una razón absolutamente fundada, me parece una total irresponsabilidad, y lo digo como lo siento.

Sra. Alcaldesa: Falta de responsabilidad política. D. José María Vizcay González: Esto no es una cuestión política, porque por otro lado tiene razón el portavoz de VICO, todavía no se había decidido no votar, no tratar las que en su momento en asuntos urgentes, tendremos que hacerlo, a ver si lo consideramos urgente o no, y podían esas mociones ser tratadas. Por lo tanto me parece que es un abandono un poco

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“cogido por los pelos”, es decir, buscado. Y me parece entonces una doble irresponsabilidad política.

Sra. Alcaldesa: Yo lo único que siento, es por el Concejal que acaba de tomar posesión que ha durado dos minutos en el Pleno de hoy, pero bueno, hasta el próximo Pleno. ¿Alguien quiere decir algo más? Pues continuamos.

D. Jerónimo Hernández Casares: No muchas gracias. Efectivamente parece más una salida de tono, muy fuera del juego democrático al que habitualmente estamos acostumbrados, donde efectivamente yo también he presentado una moción fuera de tiempo; que supongo que seguirá su curso, y entiendo que se puede votar a favor o en contra la urgencia, a favor o en contra la moción, pero habiendo temas tan importantes para debatir en este pueblo, por cosas ajenas, como muchas veces se me dice a mí mismo, el levantarse e irse, pues parece efectivamente una irresponsabilidad, refrendo esas palabras, gracias.

Sra. Alcaldesa: Bueno, pues vamos a continuar. Tercer punto del orden del día. 3.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VICO PARA EL CAMBIO DE UBICACIÓN DE LOS FUEGOS ARTIFICIALES. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Participación Ciudadana, Mujer y Medios de Comunicación en sesión ordinaria, celebrada el día 27 de marzo de 2010 y por un votos a favor, (VICO) y cuatro en contra (APIC, PSOE, IU), y una abstención (PP) acordó dictaminar desfavorablemente MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VICO PARA EL CAMBIO DE UBICACIÓN DE LOS FUEGOS ARTIFICIALES.

Sra. Alcaldesa: El Concejal de VICO tiene la palabra para presentar la moción. <<MOCION PARA EL CAMBIO DE UBICACIÓN DE LOS FUEGOS ARTIFICIALES EN COLMENAREJO Que dada la actual ubicación de los fuegos artificiales en el campo rojo, aparte de crear inconvenientes a los vecinos, no es el sitio ideal en cuanto a seguridad para este tipo de actos. VICO, ha consultado a especialistas en

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este tema, y a la vista de la cantidad de Pólvora y tipo de morteros que se utilizan.

SOLICITA Que la ubicación de los fuegos sea trasladada a los campos del Colegio 6 de Diciembre, ya que al ser un lugar cerrado al público garantiza la seguridad de evento, y el público puede aprovechar las gradas para disfrutar del espectáculo así como la calle Campana y aledaños. Así mismo la zona más amplia de caída de restos y posibles elementos defectuosos esta más despoblada ya que el mayor espacio esta ocupado por fincas de fácil acceso para los equipos de emergencia. Por estas razones, esperamos el apoyo del gobierno y resto de grupos municipales para que esta moción sea aprobada.

Sra. Alcaldesa: ¿Alguien quiere tomar la palabra? D. José María Vizcay González: Vamos a mantener nuestro voto de

Comisión, es decir, en contra de la moción. Sin embargo si que debo decir, que agradecemos al Concejal de VICO la preocupación por la seguridad de los fuegos que compartimos, y nos lo tomamos en serio, e incluso aprovechando que dentro del personal de Corporaciones tenemos un topógrafo, se hizo un levantamiento topográfico, es decir; se hicieron unas mediciones mucho más precisas de las que habíamos hecho nunca, con lo cual comprobamos, que prácticamente, en el lugar en el que los fuegos se celebran en este momento, se cumplen las especificaciones de distancias a las edificaciones. Respecto a cual es el sitio más adecuado, pues efectivamente, todos tienen sus ventajas y sus inconvenientes, tanto esas dos ubicaciones, como alguna otra que hemos considerado en su momento. Por todo ello, por considerar que el sitio más adecuado; que tiene menos inconvenientes, aunque reconocemos que tiene alguno, es el sitio actual. Por eso, vamos a votar en contra de la moción. Sra. Alcaldesa: Jerónimo. D. Jerónimo Hernández Casares: Bueno, efectivamente, como todo el resto del equipo de gobierno, vamos a votar en contra de la moción. También agradecemos el que se haya intentado buscar una solución alternativa, sin embargo no nos parece la más adecuada, y creemos que dentro de lo malo, están bien donde están. Aunque sí, nuestro grupo es de la

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opinión, que todos los grupos de gobierno, oposición, y los que vengan en un futuro, deben reflexionar, en donde trasladar en su conjunto las fiestas, en un futuro. Es cierto, que es difícil que todos los vecinos estén contentos, pero creemos que la situación actual; que quizás es la única posible ahora mismo, pues causa muchas molestias, y quizás los fuegos no es la más grande, si no que pueden ser los chiringuitos, pueden ser las atracciones, etcétera, etcétera. Y es por ello que no pararemos de buscar una alternativa cuando sea posible, como un recinto ferial o cualquier otra cosa que permita un alejamiento del casco urbano, del conjunto de la actividad de las fiestas, sin por ello tampoco perder, el sentido de “fiestas populares” y que solo duran unos cuantos días. Gracias.

Sra. Alcaldesa: Pedro. D. Pedro Miguel González Alonso: Quería decir dos cosas; una que nosotros nos basamos principalmente en el informe de un Perito especialista en este tipo de actos, que eligió ese sitio como el mejor, que inconvenientes tiene alguno menos; por ejemplo uno de ellos es, que durante la media hora que duran los fuegos, no hay que cortar el paso a los autobuses, que estando ubicados donde están ahora los fuegos, si hay que cortarlos. Pues ya tiene por lo menos, una ventaja superior. Es decir, nunca en ningún momento hemos dicho que el sitio donde están ahora, no cumpliera la ley. Si no la cumpliera, la Delegación de Gobierno, no daría el permiso para hacerlos. Simplemente pensamos -sobre todo basándonos en el informe técnico de un Perito especialista en fuegos artificiales- que decidió que ese sitio, de los que había por la zona, sin sacarlos fuera del pueblo, era el mejor. Y por eso presentamos la moción. Queremos aprovechar, para que se haga caso al ruego, en el caso de que ya, que no se va a cambiar la ubicación de los fuegos, antes de los fuegos, se rieguen las parcelas de los vecinos que así lo soliciten, y al día siguiente, un equipo de limpieza del Ayuntamiento, recoja los problemas que crea a los vecinos que viven en este pueblo, y que ellos no tienen la culpa de que se hagan los fuegos así. Y sí, por el bien de la mayoría - ya que los fuegos nos pueden gustar a todos y están muy bien- molestamos a unos pocos vecinos, y luego el Ayuntamiento puede, perfectamente, a aquellos que lo soliciten, recogerles las cáscaras, morteros, restos de palo, etcétera…y así tendríamos una solución buena para todos.

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D. Jerónimo Hernández Casares: Simplemente añadir, que en cualquier caso, insistimos en que agradecemos que se busquen alternativas. Que no se piense, en ningún momento, que es por negarnos sistemáticamente. El análisis que hemos hecho, es que creemos que podría tener incluso más peligrosidad, para las zonas de pasto que hay en los alrededores del colegio, o incluso para las instalaciones del colegio. Se han barajado varios temas, pero fundamentalmente son temas de prevención de incendios. Pero yo creo que por parte nuestra, no hay ningún inconveniente en esa ubicación, o en otras ubicaciones futuras, es decir; no nos empecinamos en decir que ese es el sitio por ninguna razón en concreto, simplemente podemos decir que hoy por hoy no hemos encontrado otro que nos parezca más adecuado, eso es todo. Dª. Elena Rodríguez Rodríguez: En el terreno forestal está prohibido hacer fuegos artificiales, con lo cual siempre van a tener que ser en casco urbano, y siempre se va a tener que molestar a alguien. O prohibimos los fuegos, o nos quedamos con ellos en casco urbano. D. Pedro Miguel González Alonso: No estábamos sacándolos del casco urbano, estábamos trasladándolos aproximadamente unos 250 metros, de posición. Y vuelvo a decir: “que yo no me lo invento, que yo me baso en un informe técnico de un Perito especialista en el tema de fuegos artificiales”. La moción que se presenta; y dice que pueden ser en ese sitio, es en base al informe técnico de un Perito. Yo soy Concejal, no especialista en fuegos artificiales, por lo tanto, busco la ayuda en aquellas personas que lo entienden. Entonces, si se dice que no, buscaremos la forma de que los vecinos afectados, sean ayudados por el Ayuntamiento, para que tengan los menos problemas posibles. Sra. Alcaldesa: Bueno, yo únicamente quería preguntar a los Concejales si la solicitud que ha hecho el Concejal, se puede hacer. Yo me imagino que sí, que no hay ningún problema, que los vecinos a los que en sus casas, les caigan las carcasas, etcétera, se les recojan. Que lo soliciten, y se les recogerá. Entonces se pasa a votación la moción.

Dª. Maria Dolores Abolafía: ¿Votos a favor? ¿Votos en contra?

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Sra. Alcaldesa: Pues queda rechazada la moción por siete votos en

contra. Pasamos al punto número 4. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, y por un voto a favor (VICO) y siete votos en contra (APIC, PSOE e IU), ACUERDO no aprobar la Moción del Grupo Municipal VICO para el cambio de ubicación de los fuegos artificiales. 4. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Parques y Jardines, Obras y Servicios, en sesión extraordinaria de 17 de marzo de 2010, por unanimidad de todos sus miembros acordó dictaminar favorablemente la propuesta de la Mesa de Contratación de ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES al Centro Especial de Empleo APASCOVI por importe de Ciento veinticuatro mil novecientos noventa y nueve euros (124.999€) y Diecinueve mil novecientos noventa y nueve euros (19.999 €) correspondiente al IVA.

Sra. Alcaldesa: Si como he dicho anteriormente en el Pleno anterior se hizo la adjudicación provisional, se reunió la Mesa de Contratación y se propuso al Pleno la adjudicación definitiva, decidiendo que se notifique al adjudicatario dentro del plazo de diez días el siguiente acuerdo, y que se le requiera para que concurra a formalizar el contrato, dentro del plazo de treinta días y autorizar a la Alcaldía para la firma del siguiente contrato, una vez puestas la garantías, etcétera, que tenían que poner. ¿Alguien quiere tomar la palabra?

D. Pedro Miguel González Alonso: Si. Yo solo quiero decir una cosa. Tengo una duda. Es hacia la Vicesecretaria. Hablamos de una cantidad de IVA cerrada y fija, sin embargo a partir de julio va a cambiar y no sé como se va a adecuar a eso legalmente.

Dª. Maria Dolores Abolafía Montes: A la fecha de adjudicación del

contrato el IVA vigente, es el que tenemos.

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D. Pedro Miguel González Alonso: Por el IVA correspondiente, claro.

Dª. Maria Dolores Abolafía Montes: Se aplicará el tipo de gravamen que corresponda en cada momento.

D. Pedro Miguel González Alonso: Porque en algún momento la

persona podría decir: “yo solo voy a pagar este IVA, que es a lo que me he comprometido y lo que está adjudicado en el contrato”.

Sra. Alcaldesa: Eso se podrá hacer en las próximas, pero como este

procedimiento se inició antes de que supiéramos esto pues… A partir de ahora, cuando se hagan, tal y como dicen tanto el Secretario como la Vicesecretaria intentaremos poner lo del IVA correspondiente. ¿Nadie más quiere decir nada?, si Chema. D. José María Vizcay González: Que sin embargo esto no va a ser posible porque la ley de contratos especifica claramente, que tiene que figurar el precio del contrato sin IVA, más la cantidad correspondiente a IVA. Por lo tanto no bastará decir: “más IVA correspondiente”, tendrá que figurar la cantidad. Y si tiene que figurar la cantidad, tendrá que figurar la cantidad del IVA de ese mismo momento. Otra cosa es que cuando el IVA cambie, yo entiendo que la empresa deberá facturar el IVA correcto en cada momento, y estaremos en la obligación de pagarlo, exactamente igual que estaremos en la obligación de pagar menos en algún momento si el IVA disminuye. Pero en todo caso, serán los Servicios Técnicos y los especialistas, los que nos tengan que decir lo que hay que hacer.

Sra. Alcaldesa: Es que lo que estaba diciendo antes la Vicesecretaria es que lo único que hay que adjudicar a un contrato es la base imponible, la cantidad y desglosar el IVA, pero con la cantidad.

D. José María Vizcay González: Tiene que figurar la cantidad. Sra. Alcaldesa: No, pero yo no estoy diciendo esto. Estoy diciendo

en los próximos, antes de que en el mes de julio, si entra en vigor, lo que pregunto es que si se podría hacer, decir con el IVA correspondiente en el momento de la adjudicación.

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Sra. Alcaldesa: Bueno es un tema que ahora no tendríamos que tratar. ¿Nadie más quiere decir nada? ¿Se puede pasar a votación la adjudicación definitiva del contrato de mantenimiento a la empresa APASCOVI?

Dª. Maria Dolores Abolafía: ¿Votos a favor? Sra. Alcaldesa: Pues queda aprobada por unanimidad de los ocho

concejales, la adjudicación definitiva del contrato. Pasamos al punto número 5. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por 8 votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), acuerda:

PRIMERO: Declarar válido el acto licitatorio. SEGUNDO: Aprobar la adjudicación definitiva del servicio de

mantenimiento de parques y jardines de Colmenarejo al Centro Especial de Empleo APASCOVI SL. por importe de Ciento veinticuatro mil novecientos noventa y nueve euros (124.999€) y Diecinueve mil novecientos noventa y nueve euros (19.999 €) de IVA, de conformidad con la propuesta de la Mesa de Contratación, oferta presentada, y con lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regulan este procedimiento, y aprobando el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se notifique al adjudicatario dentro del plazo de diez días el presente acuerdo de adjudicación del contrato y se le requiera para que concurra a formalizar el contrato en documento administrativo dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. Así como que se notifique a los demás participantes en la licitación.

CUARTO: Autorizar a la Sra. Alcaldesa o a quien legalmente le sustituya para la firma del correspondiente contrato.»

D. José María Vizcay González: Una cuestión previa, si me permite la señora Alcaldesa, que para todos los puntos del orden del día que estamos tratando, existe quórum ¿no? Sra. Alcaldesa: Si, sí. Ya se lo he preguntado yo a la señora Vicesecretaria y me ha dicho que sí. Si no, no habríamos podido continuar. Hay ocho Concejales de trece que somos, por supuesto que hay quórum.

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5.- LIMPIEZA DE EDIFICIOS PÚBLICOS. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL CONTRATO. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Parques y Jardines, Obras y Servicios, en sesión extraordinaria de 17 de marzo de 2010, por unanimidad de todos sus asistentes acordó dictaminar favorablemente la propuesta de la mesa de contratación de ADJUDICACION PROVISIONAL DEL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS PÚBLICOS a la empresa SOLDENE SL. Por importe anual de Doscientos treinta y una mil ciento tres euros con cuarenta y cinco céntimos (231.103,45 €.) más el IVA correspondiente, que asciende a treinta y seis mil novecientos setenta y seis euros con cincuenta y cinco céntimos (36.976,55 euros). Sra. Alcaldesa: Si tal y como ha dicho la Vicesecretaria, la Comisión Informativa, se reunió y tras la reunión también de la Mesa de Contratación, la que se hizo todo el procedimiento. Se presentaron dos empresas, y al final, se decidió por parte de la Mesa de Contratación adjudicar provisionalmente a la empresa SOLDENE SL, por la cantidad que ha dicho la señora Vicesecretaria. Se trata de, a propuesta de la Mesa de Contratación y de la Comisión Informativa, traer al Pleno la adjudicación provisional del contrato de limpieza de edificios públicos a la empresa SOLDENE SL. ¿Alguien quiere tomar la palabra? Pues como en la Comisión Informativa, se debatió el tema y en la Mesa de Contratación, fue por unanimidad, pues se pasa a votación la adjudicación provisional del contrato de limpieza de edificios públicos a la empresa SOLDENE SL, por doscientos treinta y un mil ciento tres euros (231.103€) más el IVA correspondiente. Dª. Maria Dolores Abolafía: ¿Votos a favor? Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA: PRIMERO: Declarar válida la licitación y adjudicar provisionalmente el contrato de servicios de Limpieza de Edificios Públicos a la empresa SOLDENE SL. por el precio anual de Doscientos treinta y una mil ciento

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tres euros con cuarenta y cinco céntimos (231.103,45 €.) más el IVA correspondiente que asciende a treinta y seis mil novecientos setenta y seis euros con cincuenta y cinco céntimos (36.976,55 euros) de conformidad con la propuesta de la Mesa de Contratación, oferta presentada, y con lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regulan este procedimiento, y aprobando el gasto correspondiente. SEGUNDO: NOTIFICAR la adjudicación provisional a todos los licitadores que no han resultado adjudicatarios.

TERCERO: NOTIFICAR y REQUERIR a SOLDENE, SL, adjudicatario provisional del contrato, para que presente, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Perfil de contratante, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como constituir la garantía definitiva.

CUARTO: Publicar la adjudicación provisional del contrato mediante anuncio en el Perfil de contratante 6.- CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Personal, Régimen Interno, Seguridad Ciudadana, Sanidad, Educación y Cultura, en sesión ordinaria de 18 de marzo de 2010, por unanimidad acordó dictaminar favorablemente el REGLAMENTO DE CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD. Sra. Alcaldesa: La Comisión Informativa que se reunió el día ocho de marzo, se llevó un modelo de reglamento de régimen interior, que realmente es como en todos los municipios en los que hay Junta Local, es el mismo, puesto que las Juntas Locales de Seguridad, se rigen, si no me equivoco, por una instrucción del 10 de junio de 1988, con lo cual es un reglamento de régimen interior, en el que se dan unas disposiciones generales, la composición de la Junta, el régimen de funcionamiento y lo que si tratamos en la Comisión, que uno de los artículos en los que se decía como había que tomar las decisiones, que en casi todos los modelos decía

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que por unanimidad, y nosotros llegamos a la conclusión de que mejor sería decir que por consenso. Y que en el caso del artículo 14 dice: Los acuerdos de la Junta serán adoptados por consenso de sus miembros. En caso de que no lo hubiera resolverá la Presidencia por consuno. Y luego también se puso un último artículo, el artículo 18 que decía: En lo no dispuesto en este Reglamento se regirá por dispuesto en la Instrucción de 10 de junio de 1988, en la que se completa lo que no pudiera haber en este reglamento. Se hizo por consenso de todos, de todas formas; ¿si alguien quiere tomar la palabra? ¿No? Entonces se pasa a votación la aprobación de régimen interior de la Junta Local de Seguridad de Colmenarejo, pero todavía, si no me equivoco, esto no empieza a funcionar porque esto hay que publicarlo, etcétera, y seguir los trámites administrativos que lleve consigo, y una vez que esté publicado, me imagino que se volverá a traer a Pleno ya la…

Público: ¿Si no hay reclamaciones?

Sra. Alcaldesa: Si no hay reclamaciones, no. Creo que ya lo habíamos dicho. Pero en el caso de que hubiera reclamaciones lo volveríamos a traer, y si no, cuando pasaran lo plazos reglamentarios y no hubiera ningún tipo de alegaciones ni nada, pues podría ya crearse y ponerse en funcionamiento.

Dª. Maria Dolores Abolafía: Votos a favor. Sra. Alcaldesa: Pues queda aprobada por unanimidad, la creación de

aprobación de reglamento de creación de funcionamiento de la Junta de Seguridad Local.

<<REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD

DE COLMENAREJO

TITULO I Disposiciones generales

Articulo 1. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se constituye, con la denominación “Junta Local de Seguridad de Colmenarejo”, la Junta Local de Seguridad competente para establecer y desarrollar los procedimientos de colaboración entre

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los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad en el municipio de Colmenarejo Articulo 2. La Junta Local de Seguridad de Colmenarejo tendrá su sede en el edificio del Ayuntamiento, sito en la Plaza de la Constitución nº 1, donde celebrará sus sesiones. No obstante, por acuerdo de la Junta, estas podrán celebrarse en cualquier otra dependencia municipal. Articulo 3. La Junta Local de Seguridad ejercerá sus competencias en todo el territorio que constituye su término municipal.

TITULO II Composición de la Junta Local

Articulo 4. La Junta Local de Seguridad estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Sra. Alcaldesa/ Sr. Alcalde de Colmenarejo. En las ocasiones en que concurra a las sesiones el Delegado/a o Subdelegado/a del Gobierno, la presidencia será compartida entre ambos. La Alcaldesa/ Alcalde no podrá delegar la presidencia en ninguna otra persona. Vocales: Concejal de Seguridad Ciudadana, cuando exista. El Jefe del Puesto de la Guardia Civil de la demarcación correspondiente al ámbito territorial. El Jefe del Cuerpo de la Policía Local. Articulo 5. Ostentará la Secretaría de la Junta el Secretario General del Ayuntamiento o el funcionario que este designe. Articulo 6. A excepción de la Alcaldesa/Alcalde, en los supuestos de ausencia, enfermedad, vacante u otra causa, que impida la asistencia a las sesiones de la Junta de algunos de sus miembros estos podrán delegar en la persona que estime conveniente, ostentando, en tal supuesto, las mismas atribuciones que las conferidas al miembro nato de la Junta.

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Articulo 7. Los superiores jerárquicos de los componentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad que forman parte de la Junta de Seguridad podrán asistir a las reuniones de la misma cuando estimen conveniente su presencia. En estos casos adquirirán el carácter de vocal, con idénticas facultades que el componente del cuerpo cuyas facultades avocan, el cual, no obstante, podrá estar presente en la reunión, con voz pero sin voto. Los miembros de la Junta podrán asistir a las sesiones previa conformidad del presidente, acompañados de los técnicos que consideren oportuno, en razón a los asuntos que sobre materias especificas vayan a tratarse. Estos técnicos asistirán a las sesiones con voz y sin voto.

TITULO III Competencia de la Junta

Articulo 8. Serán competencias de la Junta Local de Seguridad las siguientes actividades: - El análisis y valoración de la situación de la seguridad pública en el municipio. - La formulación de cuantas propuestas o planes se estimen convenientes para una eficaz coordinación y colaboración de los distintos cuerpos de seguridad. - La elaboración de planes para prevenir la comisión de hechos delictivos para el mantenimiento o restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana y para el ejercicio de las funciones policiales encomendadas por las Leyes. - El establecimiento de fórmulas para el intercambio de información y de datos que sean relevantes a fin de que cada cuerpo pueda cumplir adecuadamente las funciones y cometidos que tengan atribuidos. - El estudio y la valoración de aquellos informes o propuestas que formulen ciudadanos o entidades públicas o privadas sobre la seguridad pública en el municipio, elevando las correspondientes propuestas a las autoridades competentes. - La elaboración de planes de colaboración con los servicios de protección civil en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública en los términos establecidos en la legislación de protección civil.

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- El traslado de las propuestas o, en su caso, la resolución de las incidencias que pudieran surgir en la colaboración entre las distintas fuerzas y cuerpos de seguridad. - Cuantas otras actividades se estimen convenientes para contribuir a la mayor coordinación y colaboración entre los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad que desarrollan sus competencias en el municipio. - Impulsar la cooperación de los efectivos que inciden en la seguridad ciudadana en el ámbito municipal. - Adoptar decisiones y efectuar el seguimiento de las mismas a fin de posibilitar su cumplimiento. - Exigir que se cumplan los acuerdos tomados y que se ejerzan las funciones policiales emanadas de la Ley y las derivadas de las Juntas.

TITULO IV Régimen de funcionamiento de la Junta

Articulo 9. Las sesiones que celebre la Junta Local de Seguridad podrán tener carácter ordinario o extraordinario. Articulo 10. La Junta Local de Seguridad celebrará sesión ordinaria cada seis meses, en el día y hora fijados por la Presidencia. Articulo 11. Se celebrarán sesiones extraordinarias siempre que las circunstancias lo aconsejen y así lo decida la Presidencia de la Junta. Articulo 12. Las sesiones ordinarias que celebre la Junta habrán de convocarse, al menos, con diez días de antelación. Con la convocatoria será remitido el orden del día elaborado por el presidente, comprensivo de los asuntos que hayan de tratarse. Las sesiones extraordinarias que celebre la Junta habrán de convocarse, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación. Con la convocatoria se acompañará, asimismo, el orden del día de la sesión, incluyendo de forma explícita las razones

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que han motivado la convocatoria extraordinaria. En caso de obvia emergencia no será preciso ningún plazo de antelación en la convocatoria. Articulo 13. Se podrán crear comisiones técnicas en el seno de la Junta para el estudio y tratamiento de temas concretos, concebidas como asesoras o coadyuvantes de la misma. Articulo 14. Los acuerdos de la Junta serán adoptados por consenso de sus miembros. En caso de que no lo hubiera resolverá la Presidencia por consuno. Articulo 15. De cada sesión que celebre la Junta, el Secretario levantará acta suficientemente expresiva de lo tratado en ella, así como de los acuerdos tomados. El acta será firmada por el presidente, una vez aprobada. Articulo 16. Una vez aprobada el acta de cada sesión se remitirá copia de esta a la Delegación del Gobierno y a los integrantes de la Junta. Articulo 17. En los supuestos que se estimara que los acuerdos adoptados por la Junta vulneran lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, o cuando los mismos revistieran señalada importancia o así lo aconsejarán razones de seguridad, el Delegado/a o Subdelegado/a del Gobierno, en su caso, podrá elevar a la Secretaría del Estado para la Seguridad la comunicación oportuna. Articulo 18. En lo no dispuesto en este Reglamento se regirá por dispuesto en la Instrucción de 10 de junio de 1988.>> Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA: PRIMERO. Aprobar inicialmente el Reglamento de Creación y Funcionamiento de la Junta Local de Seguridad, en los términos en que figura en el expediente y que a continuación se recoge:

<<REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD

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DE COLMENAREJO

TITULO I Disposiciones generales

Articulo 1. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se constituye, con la denominación “Junta Local de Seguridad de Colmenarejo”, la Junta Local de Seguridad competente para establecer y desarrollar los procedimientos de colaboración entre los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad en el municipio de Colmenarejo Articulo 2. La Junta Local de Seguridad de Colmenarejo tendrá su sede en el edificio del Ayuntamiento, sito en la Plaza de la Constitución nº 1, donde celebrará sus sesiones. No obstante, por acuerdo de la Junta, estas podrán celebrarse en cualquier otra dependencia municipal. Articulo 3. La Junta Local de Seguridad ejercerá sus competencias en todo el territorio que constituye su término municipal.

TITULO II Composición de la Junta Local

Articulo 4. La Junta Local de Seguridad estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Sra. Alcaldesa/ Sr. Alcalde de Colmenarejo. En las ocasiones en que concurra a las sesiones el Delegado/a o Subdelegado/a del Gobierno, la presidencia será compartida entre ambos. La Alcaldesa/ Alcalde no podrá delegar la presidencia en ninguna otra persona. Vocales: Concejal de Seguridad Ciudadana, cuando exista.

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El Jefe del Puesto de la Guardia Civil de la demarcación correspondiente al ámbito territorial. El Jefe del Cuerpo de la Policía Local. Articulo 5. Ostentará la Secretaría de la Junta el Secretario General del Ayuntamiento o el funcionario que este designe. Articulo 6. A excepción de la Alcaldesa/Alcalde, en los supuestos de ausencia, enfermedad, vacante u otra causa, que impida la asistencia a las sesiones de la Junta de algunos de sus miembros estos podrán delegar en la persona que estime conveniente, ostentando, en tal supuesto, las mismas atribuciones que las conferidas al miembro nato de la Junta. Articulo 7. Los superiores jerárquicos de los componentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad que forman parte de la Junta de Seguridad podrán asistir a las reuniones de la misma cuando estimen conveniente su presencia. En estos casos adquirirán el carácter de vocal, con idénticas facultades que el componente del cuerpo cuyas facultades avocan, el cual, no obstante, podrá estar presente en la reunión, con voz pero sin voto. Los miembros de la Junta podrán asistir a las sesiones previa conformidad del presidente, acompañados de los técnicos que consideren oportuno, en razón a los asuntos que sobre materias especificas vayan a tratarse. Estos técnicos asistirán a las sesiones con voz y sin voto.

TITULO III Competencia de la Junta

Articulo 8. Serán competencias de la Junta Local de Seguridad las siguientes actividades: - El análisis y valoración de la situación de la seguridad pública en el municipio. - La formulación de cuantas propuestas o planes se estimen convenientes para una eficaz coordinación y colaboración de los distintos cuerpos de seguridad.

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- La elaboración de planes para prevenir la comisión de hechos delictivos para el mantenimiento o restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana y para el ejercicio de las funciones policiales encomendadas por las Leyes. - El establecimiento de fórmulas para el intercambio de información y de datos que sean relevantes a fin de que cada cuerpo pueda cumplir adecuadamente las funciones y cometidos que tengan atribuidos. - El estudio y la valoración de aquellos informes o propuestas que formulen ciudadanos o entidades públicas o privadas sobre la seguridad pública en el municipio, elevando las correspondientes propuestas a las autoridades competentes. - La elaboración de planes de colaboración con los servicios de protección civil en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública en los términos establecidos en la legislación de protección civil. - El traslado de las propuestas o, en su caso, la resolución de las incidencias que pudieran surgir en la colaboración entre las distintas fuerzas y cuerpos de seguridad. - Cuantas otras actividades se estimen convenientes para contribuir a la mayor coordinación y colaboración entre los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad que desarrollan sus competencias en el municipio. - Impulsar la cooperación de los efectivos que inciden en la seguridad ciudadana en el ámbito municipal. - Adoptar decisiones y efectuar el seguimiento de las mismas a fin de posibilitar su cumplimiento. - Exigir que se cumplan los acuerdos tomados y que se ejerzan las funciones policiales emanadas de la Ley y las derivadas de las Juntas.

TITULO IV Régimen de funcionamiento de la Junta

Articulo 9. Las sesiones que celebre la Junta Local de Seguridad podrán tener carácter ordinario o extraordinario. Articulo 10.

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La Junta Local de Seguridad celebrará sesión ordinaria cada seis meses, en el día y hora fijados por la Presidencia. Articulo 11. Se celebrarán sesiones extraordinarias siempre que las circunstancias lo aconsejen y así lo decida la Presidencia de la Junta. Articulo 12. Las sesiones ordinarias que celebre la Junta habrán de convocarse, al menos, con diez días de antelación. Con la convocatoria será remitido el orden del día elaborado por el presidente, comprensivo de los asuntos que hayan de tratarse. Las sesiones extraordinarias que celebre la Junta habrán de convocarse, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación. Con la convocatoria se acompañará, asimismo, el orden del día de la sesión, incluyendo de forma explícita las razones que han motivado la convocatoria extraordinaria. En caso de obvia emergencia no será preciso ningún plazo de antelación en la convocatoria. Articulo 13. Se podrán crear comisiones técnicas en el seno de la Junta para el estudio y tratamiento de temas concretos, concebidas como asesoras o coadyuvantes de la misma. Articulo 14. Los acuerdos de la Junta serán adoptados por consenso de sus miembros. En caso de que no lo hubiera resolverá la Presidencia por consuno. Articulo 15. De cada sesión que celebre la Junta, el Secretario levantará acta suficientemente expresiva de lo tratado en ella, así como de los acuerdos tomados. El acta será firmada por el presidente, una vez aprobada. Articulo 16. Una vez aprobada el acta de cada sesión se remitirá copia de esta a la Delegación del Gobierno y a los integrantes de la Junta. Articulo 17. En los supuestos que se estimara que los acuerdos adoptados por la Junta vulneran lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, o cuando los mismos revistieran señalada importancia o así lo aconsejarán razones de seguridad, el Delegado/a o Subdelegado/a del Gobierno, en su caso, podrá elevar a la Secretaría del Estado para la Seguridad la comunicación oportuna. Articulo 18.

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En lo no dispuesto en este Reglamento se regirá por dispuesto en la Instrucción de 10 de junio de 1988. SEGUNDO. Someter dicha aprobación inicial del Reglamento de Creación y Funcionamiento de la Junta Local de Seguridad a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. TERCERO.- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para suscribir los documentos relacionados con este asunto. 7.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VICO PARA LA CONCESIÓN DE ESPACIOS GRATUITOS A PARTIDOS POLITICOS Y ASOCIACIONES EN EL RECINTO FERIAL. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Participación Ciudadana, Mujer y Medios de Comunicación, en sesión ordinaria de 17 de marzo de 2010, por unanimidad acordó dictaminar favorablemente la MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VICO PARA LA CONCESIÓN DE ESPACIOS GRATUITOS A PARTIDOS POLITICOS Y ASOCIACIONES EN EL RECINTO FERIAL. Sra. Alcaldesa: El portavoz de VICO, Pedro, tiene la palabra. D. Pedro Miguel González Alonso: El grupo municipal VICO Colmenarejo, propone al resto de los partidos políticos, la siguiente moción. <<MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL VIVE COLMENAREJO, PARA LA CONCESION DE ESPACIOS GRATUITOS A PARTIDOS POLITICOS y ASOCIACIONES EN EL RECINTO FERIAL.

El Grupo Municipal Vive Colmenarejo, propone al resto de los partidos políticos la Siguiente Moción: Con el fin de mejorar y promover la participación ciudadana, y ofrecer una alternativa de financiación a Partidos Políticos y Asociaciones Vecinales, VICO propone al pleno del Ayuntamiento que se concedan espacios de forma gratuita a estas formaciones para que puedan instalar en el recinto Ferial casetas de Feria.

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Cada Formación que quiera participar correrá con los gastos de instalación de sus casetas, donando el Ayuntamiento tanto el suelo como la corriente eléctrica y el agua. El terreno máximo que se cederá será de 9 x 3 metros, y ese espacio no podrá ser cedido ni realquilado a terceros, ni subcontratar la explotación del mismo.

Esta acción supondrá un acercamiento de Partidos y Asociaciones a los Ciudadanos donde amen de disfrutar de los productos que cada uno presente, se podrá explicar a todos los asistentes las ideas de cada uno y escuchar directamente a los Vecinos sus sugerencias y necesidades. Esperamos el apoyo de todas las fuerzas políticas para esta moción.>> Sra. Alcaldesa: ¿Alguien quiere tomar la palabra? D. José María Vizcay González: En la Comisión Informativa, se debatió el tema y se estuvo de acuerdo, en que los partidos políticos y las asociaciones que lo deseen, cuenten con este espacio y por lo tanto apoyamos esta moción, muchas gracias.

D. Ángel Laguna Villamayor: Comprendemos que es el recinto ferial, donde se ponen las atracciones, y el exterior, en la calle. En el interior no se pone nada. Sra. Alcaldesa: No, donde las atracciones no, en el otro lado. D. Ángel Laguna Villamayor: Lo que es en la calle, a lo largo de la calle. Sra. Alcaldesa: Pues aclarado, como él no estuvo en la Comisión Informativa. Jerónimo. D. Jerónimo Hernández Casares: Nosotros, al igual que el resto del equipo municipal, y como dijimos en la Comisión, vamos a aprobar y apoyar esta moción, especialmente querida y deseada, porque nosotros, creo recordar, que fuimos los pioneros en tener un stand en las fiestas, que por cierto fue muy criticado especialmente por el Partido Popular. Hay que decir, que pagamos rigurosamente la ocupación del suelo y realmente no

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entendíamos esa actitud tan beligerante, que me gustaría saber, si es solo en la Comisión, o aquí votarían otra cosa, ya nos lo dirán otro día. Pero realmente, creemos que los partidos políticos, son un instrumento básico de participación de los ciudadanos y que por lo tanto, todo lo que sea fomentar esta cercanía es positivo. Así que damos las gracias por la moción y esperamos vernos en las fiestas. Gracias. Sra. Alcaldesa: ¿Se puede pasar a votación? Pues se pasa a votación la moción. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, y por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA aprobar la Moción del Grupo Municipal VICO para la concesión de espacios gratuitos a partidos políticos y asociaciones en el recinto ferial.

8.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VIVE COLMENAREJO REFERENTE A LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA DE LA URBANIZACIÓN LOS ALAMOS. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Parques y Jardines, Obras y Servicios, en sesión extraordinaria de 17 de marzo de 2010, por dos votos a favor (VICO, PP) y cuatro en contra (APIC, PSOE, IU) acordó dictaminar desfavorablemente la MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VIVE COLMENAREJO REFERENTE A LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA DE LA URBANIZACIÓN LOS ALAMOS Sra. Alcaldesa: El Concejal de VICO tiene la palabra. <<MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE VIVE COLMENAREJO (VICO) REFERENTE A SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA URBANIZACION "LOS ALAMOS" El grupo municipal de Vive Colmenarejo (VICO) expone al Equipo de Gobierno la siguiente moción referente a la posibilidad de solucionar el problema del cierre de la urbanización "Los Álamos". Antecedentes:

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Según los vecinos de esta urbanización conviven con un problema hace más de 12 años, ya que esta urbanización se encuentra dividida por una calle, lo que impide el cierre de la misma, derivándose esto en problemas importantes de seguridad para la urbanización, Propuesta: "Vive Colmenarejo" propone de nuevo al resto de grupos municipales, que apoyen la negociación de los vecinos de "Los Álamos" con este Ayuntamiento proponiendo las siguientes posibilidades que han sido consensuadas con los vecinos. Posible solución 1 Permutar el terreno que tiene la urbanización del campo de fútbol por el terreno que comprende desde la valla de la piscina hasta el parque que se encuadra desde el portal l al 5. Posible Solución 2 Comprar al Ayuntamiento de Colmenarejo este último terreno sin perder así el campo de fútbol. También se podrá admitir cualquier otra solución que suponga el cierre definitivo de la Urbanización, negociando y respetando los intereses de otros posibles vecinos afectados. Se anexan planos de las posibles soluciones. El Grupo Municipal Vive Colmenarejo espera el apoyo del resto de fuerzas políticas para llevar a buen término esta moción.

Sra. Alcaldesa: Te doy la palabra, Chema. D. José María Vizcay González: También tendríamos que explicar

nosotros algunos antecedentes. La señora Alcaldesa, ha tenido conversaciones en los últimos años, prácticamente con todos los administradores que ha tenido esta urbanización, e incluso, los mismos vecinos de esta urbanización con fecha: “marzo de 2009”, presentaron una solicitud de licencia para cerrarla, para vallarla. En aquel momento, se les denegó y se les comunicó individualmente a todos y cada uno de los vecinos que lo habían solicitado, los motivos por los cuales el Ayuntamiento denegaba esta solicitud, previo, un informe del Arquitecto Municipal, que dice lo siguiente: “El fondo de calle para el que se pretende el cerramiento se llevó a cabo en el momento de urbanizarse las fincas integrantes de la urbanización Los Álamos, éste, forma parte de un viario completo, que, partiendo de su

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confluencia con la calle Guadarrama, llegará hasta el final de la zona urbanizada, sirviendo de conexión, con las unidades de ejecución 17 A y 17 B, definidas en las normas subsidiarias vigentes. Por lo tanto, las conclusiones son: De acuerdo a lo expuesto en el apartado anterior, se informa a la Junta de Gobierno, que no procedería a la concesión de la licencia formulada por los vecinos de la urbanización Los Álamos, por entrar en conflicto, con las vigentes normas subsidiarias de Colmenarejo, y con el resto de ordenamiento jurídico relativo a los bienes de dominio público. En estos momentos debo decir, que no hay nada imposible en esta vida. Es decir, los vecinos están pidiendo en la práctica, que se les dé, se les venda o se les ceda o se les cambie una calle. Una calle que en estos momentos es una calle pública, y que como tal calle pública, forma parte de las normas subsidiarias de Colmenarejo, es decir, del viario del pueblo. ¿Habría manera de modificar esto? Pues evidentemente, con otras normas subsidiarias, o con una modificación puntual de las normas subsidiarias actuales, que lleva el mismo procedimiento que las normas subsidiarias. Es un procedimiento largo y si se quiere, se podría proceder a iniciar esto que duraría dos años o lo que fuera. Sin embargo, seguimos sin considerarlo procedente, porque además de considerar que es una calle pública, afecta a derechos de terceros. Tal como decía el informe del Arquitecto de año 2009: afecta a las unidades de ejecución 17 A y 17 B”. Por lo tanto estas unidades, y los propietarios de estas unidades, quedarían afectados por que nosotros cediésemos esta calle, o cambiásemos esta calle a los vecinos de Los Álamos. Por otra parte, no digo nada del “melón” que se abriría. Cualquier vecino, se encontraría con el “hipotético” derecho a solicitar que la calle de enfrente, o la calle de la fachada de su casa, fuera cambiada por cualquier otro terreno que tuviera en el término municipal o fuera vendida a ese mismo vecino. De cualquier forma hemos pedido un informe al señor Arquitecto Municipal, de actualización del año pasado, y dice lo siguiente: Examinados los archivos municipales y en relación con el asunto de referencia, se informa sobre los siguientes aspectos. Existe una calle, entre dos de los edificios que conforman la denominada urbanización Los Álamos, que entronca con la calle Guadarrama y por la que se produce el acceso a una finca posterior. En el plano 4 A “gestión áreas de reparto”, figura dicha calle unida al resto del sistema viario, formado por las calles del municipio y en continuidad con la calle que atraviesa los sectores,

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unidad de ejecución 17 B, ya ejecutada, denominada Arroyo de la Parra, y el sector unión de ejecución 17 A, sin ejecutar al día de hoy. En el plano 5 A, alineaciones, figura prevista en el interior de la unidad de ejecución 17 A, con una anchura de 10 metros. Para la supresión de la citada calle debería tramitarse la correspondiente modificación puntual de las normas subsidiarias vigentes. Su supresión, afectaría inmediata y estructurante, a la unidad de ejecución 17 A y a la 17 B, así como a la continuidad de la calle Arroyo de la Parra, por lo tanto a la totalidad, del sistema viario del municipio. En los correspondientes estudios de viabilidad, deberían contemplarse al menos los siguientes aspectos: -Reordenación de la unidad de ejecución 17 A, así como garantizar la continuidad de los Servicios Municipales afectados, porque debo decir que todos los Servicios Municipales pasan por la citada calle. Por todo lo expuesto, técnicamente se consideraría poco aconsejable, la tramitación de la correspondiente modificación puntual para la supresión del citado diario, lo que se informa a los efectos oportunos salvo mejor opinión técnica. Con todas estas consideraciones, consideramos, en estos momentos, improcedente, entablar ninguna clase de negociación ni conversación, que creara falsas expectativas sobre la posibilidad del cerramiento de la urbanización Los Álamos, simplemente, lo que si debemos decir, es que el citado cerramiento podría ejecutarse perfectamente haciendo dos cerramientos en vez de uno, y dejando la calle como está, como parte del sistema viario del municipio, que es lo que consideramos correcto en este momento. Sra. Alcaldesa: ¿Alguien más quiere la palabra? Ah, si, Benito.

D. Benito Elvira García: Yo iba a decir lo mismo, y para no alargar el Pleno…lo ha explicado bien, así que ¿para qué?

Sra. Alcaldesa: Jerónimo. D. Jerónimo Hernández Casares: Efectivamente el Equipo de

Gobierno, ha tomado esta decisión. Entendemos perfectamente lo que piden los vecinos y yo creo que si está en nuestra intención buscar una solución a ello. Lo que nos parece, es que las propuestas que realizan no son adecuadas, pero desde mi grupo político y me atrevería a decir que desde los demás, si está en nuestra idea el facilitar a los vecinos de Los Álamos y a los vecinos de Colmenarejo en general, pero en el caso concreto Los Álamos,

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una posible solución. Pero entre todos tendremos que buscar una que sea viable para todos. Esa es la voluntad y es lo que queremos que quede claro.

Sra. Alcaldesa: Perdón. Segundo turno, tienes la palabra Pedro. D. Pedro Miguel González Alonso: Primer turno. Yo lo he

explicado, este es mi primer turno de explicación, simplemente leer la moción no es turno, así lo hemos hecho hasta ahora.

Sra. Alcaldesa: Vale, vale, no hay ningún problema. D. Pedro Miguel González Alonso: Vale, yo quiero aclarar una serie

de puntos. En primer lugar la moción pide algo tan sencillo como que se escuche a todos los vecinos afectados y se busque una solución. El mismo Concejal reconoce, que si se quiere, se podría hacer. Esa es su frase, y a mí, eso es lo que me importa, “si quisiéramos, lo podríamos hacer”. La conclusión que saco es que no queremos hacerlo, porque lo de abrir el melón, no me parece serio. Por que igual que se ha abierto el melón para cambiar la unidad de ejecución UE 22 de residencial a comercial, pues cualquier vecino podría decir que quiere instalar un Mercadona en la finca de enfrente, y tendría el mismo derecho que con el que casi todos hemos votado a favor. Cuando hay una solución que se puede dar, y se quiere dar, se da. Yo la conclusión que saco aquí es que todo cuesta dinero, todo es discutible, todo es estudiable y todo se pude hacer, de hecho aquí hay proposiciones que no reducen el nivel de tráfico, ni todas esa cosas que el Arquitecto, evidentemente, lo más cómodo es “por en medio”. Poner dos rayas, una a cada lado, es dividir la urbanización por la mitad. Que de acuerdo que esto es algo heredado, que lo hizo mal la Corporación que lo hiciera en su momento, que permitió que una urbanización se hiciera con una calle pública en medio. Bueno, pues eso puede ser cierto, en nuestras manos, está solucionarlo. No queremos hacerlo; pues los vecinos sabrán lo que tienen que hacer en su momento. Desde luego yo creo que deberíamos por lo menos escucharles, empezar a trabajar con los vecinos afectados, con la unidad de ejecución, porque que esa unidad de ejecución, no olvidemos, puede abrir una calle que iría al final de la urbanización y entroncaría por otro lado teniendo otro acceso. O sea, que si quisiésemos, podríamos hacerlo. Si no lo hacemos, la conclusión a la que tendrían que llegar los vecinos, es que no lo hacemos porque no queremos. Y es lo único que tengo que decir.

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Sra. Alcaldesa: Segundo turno. D. José María Vizcay González: Cuando se toma una decisión,

efectivamente se toma una decisión, y esa decisión, lo que hace falta es valorar todo lo que tienes encima de la mesa, y nosotros a los vecinos no les vamos a pedir nada, ni les vamos a engañar tampoco. No les vamos a decir que cualquier Corporación que surja en el futuro se lo va a hacer, porque yo estoy seguro, que ninguna Corporación que surja en este municipio se lo va a hacer, porque es imposible.

D. Pedro Miguel González Alonso: No, no es imposible. Sra. Alcaldesa: Perdona Pedro, luego después te toca a ti. D. José María Vizcay González: Otra cosa es, que se empezaran los

trámites para intentar hacerlo. Se puede hacer, también se pueden empezar los trámites para unir los municipios de Galapagar y Colmenarejo, y nosotros no los vamos a iniciar, por ejemplo, porque no estamos de acuerdo. O ceder media docena de calles al municipio de Galapagar porque no estamos de acuerdo. Iniciar los trámites, se podría. Pero habría tantas dificultades, que esto no llegaría nunca a buen término. Porque habría tantos recursos, y podrían un montón de particulares poner tantos recursos de cualquier decisión que se tomara en ese sentido, que lo haría absolutamente inviable. Ahora, que esto, efectivamente, es una cuestión de opiniones. Yo, vuelvo a repetir sinceramente, y a los vecinos todo lo que les puedo decir es, que se le ha escuchado, porque este tema estaba encima de la mesa de este Ayuntamiento los últimos once, años varias veces. Y se ha llegado a la conclusión de que es imposible. Y como es imposible no les vamos a engañar. Sra. Alcaldesa: Ángel, ¿no querías decir nada más? D. Pedro Miguel González Alonso: Bueno, pues para agotar el segundo turno. “Si se quiere se puede hacer”, “Es imposible”. Yo no le entiendo señor Vizcay. Si se quiere se puede hacer, por tanto si se puede hacer no es imposible, porque si fuera imposible no se podría hacer. ¿Que no están ustedes de acuerdo en hacerlo? Eso me parece muy bien. ¿Qué no llegaría nunca a buen término? Pues mire, a lo mejor usted de repente empieza a tener aptitudes de “Rapel” y sabe los futuribles.

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¿Qué ninguna Corporación lo va a acometer? También lo dice usted. Yo le digo que si algún día llego a ser Alcalde, es lo primero que voy a acometer… Interrupción: …Como puede prometer algo que no sabe si va a cumplir…. D. Pedro Miguel González Alonso: Lo voy a prometer y estoy en mi turno y es mi turno. Sra. Alcaldesa: Perdón, esta hablando Pedro. D. Pedro Miguel González Alonso: Es decir, que sería absolutamente inviable, tampoco es cierto, porque no se han pedido los informes. ¿Qué llevaría tiempo? Por su puesto que llevaría tiempo, también está llevando tiempo lo del Mercadona. Qué es un terreno público, que pasarlo a privado… ¿Cuántas parcelas no hemos vendido de terreno público el Ayuntamiento? ¿Cuántas? Muchas, se han vendido muchas.

Sra. Alcaldesa: En viarios. D. Pedro Miguel González Alonso: No viarios, pero es que los

viarios se pueden cambiar. Entonces simplemente la conclusión que yo saco de esto, es que por la razón que sea ustedes no quieren hacerlo y me parece muy bien.

Sra. Alcaldesa: Yo lo que quiero decir, es que aquí, estamos

hablando únicamente de los vecinos de Los Álamos. D. Pedro Miguel González Alonso: Si, si sí, únicamente. Sra. Alcaldesa: Vamos a ver, es que aquí hay propietarios de otras

parcelas. Gente de la UE 17, sí propietarios. Sí, que eran los propietarios de esa parcela y que vendieron al propietario que luego hizo Los Álamos, esa calle, vendieron los terrenos y se hizo una servidumbre de paso para esa calle, vendió los terrenos por la servidumbre de paso. Y luego está afectada otra unidad de ejecución como es la de “La Cuesta de la Parra”, hay muchos afectados, no solamente hay que solucionar el problema de los vecinos de Los Álamos, hay muchos más vecinos que están afectados por este asunto. Y luego además, pasan todos los servicios; agua, luz…por esa calle. Entonces, cuando han venido a hablar, porque conmigo no es la primera vez

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que hablan. Vamos a ver, no haga usted así con la cabeza…perdóneme usted, he hablado con todos los administradores que ha habido aquí, y a todos se les ha dicho al final lo mismo, si ustedes quieren tenerlo cerrado, ciérrenlo ustedes por el lado, y punto. Que está separado- pero si es que ha estado separado siempre. Yo lo que quiero decir aquí es que hay afectada mucha gente: los propietarios de la finca de al lado, los que viven ahora mismo en “La Cuesta de la Parra”, y todo el viario, que es además un elemento estructurante como bien dice el señor Técnico Municipal, que es muy difícil de modificar, a no ser que se hicieran unas normas nuevas y hay que tratar con mucha gente, no solo solucionar el problema de los vecinos de Los Álamos, para luego armar un “follón” con los demás vecinos que no son los de Los Álamos y que son muchos vecinos, casi tantos como los que viven en Los Álamos. Esto es lo único que quiero decir, y que este tema se ha tratado, desde que llevo yo aquí, me parece que los he recibido algo así como veinte veces, y ya se les ha dicho lo que había que decirles; que eso es una calle pública. Y mientras no se modifiquen las normas o se haga una modificación puntual, pero que afecte a tanta gente, que no lo vemos viable, no se podría hacer. No quiero decir nada más.

D. Pedro Miguel González Alonso: Yo por hacer honor a la verdad,

quiero leer textualmente la moción: Y respetando los intereses de otros posibles vecinos afectados. No estamos hablando solo de unos vecinos, estamos hablando de todos los vecinos afectados. Incluyendo los de la unidad de ejecución 17 B y 17 A. Entonces, hay soluciones y vamos a seguir con esto…

Sra. Alcaldesa: La solución es muy fácil, que los vecinos de los Álamos hablen con los otros vecinos, y una vez que tengan una “propuesta de solución”, que la traigan al Ayuntamiento.

D. Pedro Miguel González Alonso: Creo que estamos aquí para algo. Sra. Alcaldesa: No, no, no estamos aquí para eso. D. Ángel Laguna Villamayor: Esa calle tiene el entronque en la

urbanización de abajo, y en las Peñas del Trigo. Si es que no se puede suprimir.

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D. Pedro Miguel González Alonso: Sí, sí. Aquí tiene las soluciones, se han visto la moción, aquí tienen las soluciones, los planos y las posibilidades.

D. Ángel Laguna Villamayor: No me parece que te comprometas a

unas cosas que no puedes cumplir. D. Pedro Miguel González Alonso. Ya lo veremos. Sra. Alcaldesa: Bueno, yo creo que está el tema suficientemente

tratado, o sea que se pasa a votación. Dª. Maria Dolores Abolafía: ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Sra. Alcaldesa: Pues queda rechazada la moción por siete votos en

contra y uno a favor. Pasamos al punto número 9. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, y por un voto a favor (VICO) y siete votos en contra (APIC, PSOE e IU), ACUERDA no aprobar la Moción del Grupo Municipal VICO referente a la solución del problema de la urbanización los Álamos. 9.- RECTIFICACIÓN DE INVENTARIO E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD SOBRANTE DE LA VIA PÚBLICA. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Parques y Jardines, Obras y Servicios, en sesión extraordinaria de 17 de marzo de 2010, por unanimidad de sus miembros acordó dictaminar favorablemente la Propuesta de la Alcaldía de RECTIFICACIÓN DE INVENTARIO E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD SOBRANTE DE LA VIA PUBLICA. PROPUESTA DE ALCALDIA <<Vista la necesidad de incrementar la potencia del suministro de energía eléctrica para el edificio del Centro Cívico, una vez finalizadas las obras de ampliación últimamente llevadas a cabo en el mismo.

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Considerando que, en reunión mantenida con personal técnico de Iberdrola el pasado día 17 de febrero de 2010, se informó al Ayuntamiento de la necesidad de implantación de un nuevo Centro de Transformación para lograr el incremento necesario en el suministro. Teniendo en cuenta que el uso de los terrenos necesarios para la implantación de dicho Centro de Transformación, deberá ser cedido por el Ayuntamiento, y que uno de los requisitos necesarios para dicha cesión es la inclusión de dicho solar en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento, así como su in matriculación en el Registro de la Propiedad. En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el ordenamiento jurídico, elevo la siguiente propuesta para ser presentada a la sesión ordinaria del Pleno del próximo día 25 de marzo de 2010.

PROPUESTA PRIMERO: La rectificación del Inventario Municipal de Bienes, para la inclusión en el mismo del solar que se refiere a continuación, y su in matriculación en el Registro de la Propiedad. SEGUNDA: La in matriculación en el Registro de la Propiedad, del solar de propiedad municipal adquirido por posesión inmemorial y que tiene las siguientes superficies y linderos: SOLAR en tem1ino de Colmenarejo, sito en la calle Caracol, con una extensión superficial de 14,00 metros cuadrados; y linda al Norte en línea recta de 4,10 metros con calle Caracol; al Sur, en línea recta de 4,10 metros con finca sita en el número 32 de la calle Campana; al Oeste, en línea recta de 3,48 metros con Centro de Transformación ya existente; y al Este, en línea recta de 3,48 metros con calle Caracol.>> Sra. Alcaldesa: Leído parece muy complicado, pero es que se ha solicitado, por parte de Iberdrola, un terreno para instalar un pequeño centro de transformación, porque la zona del Centro Cívico por detrás, tiene muchas necesidades y el otro centro que había antiguamente, está hasta arriba, entonces pretenden poner uno nuevo. Cuando se fue a hacer la cesión para Iberdrola, que hay que hacerlo a Pleno y luego informarlo, etcétera, se vio que el terreno en el que estaba el otro anterior, ya había sido cedido a Iberdrola, pero no estaba inscrito en el inventario de bienes del Ayuntamiento. Con lo cual lo que se trae aquí es rectificar el inventario para incluir ese trozo de terreno que hay aquí, y poder instalar, cediéndoselo a Iberdrola, cuatro metros por tres, para que una vez inscrito a nombre del

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Ayuntamiento, se pueda ceder a Iberdrola, y se pueda instalar un centro de transformación. Eso es lo que se trae a este Pleno. ¿Alguien quiere tomar la palabra? ¿No? ¿Nadie? En la Comisión Informativa, se dictaminó por unanimidad, pues se puede pasar a votación, la rectificación de inscripción en el Registro, de ese sobrante para cedérselo a Iberdrola; una parte, cuatro metros por tres, creo y poder instalar un centro de transformación. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar la rectificación del Inventario municipal de bienes y derechos pertenecientes a este Municipio, para la inclusión en el mismo del solar de propiedad municipal adquirido por posesión inmemorial y que tiene las siguientes superficies y linderos: SOLAR en término de Colmenarejo, sito en la calle Caracol, con una extensión superficial de 14,00 metros cuadrados; y linda al Norte en línea recta de 4,10 metros con calle Caracol; al Sur, en línea recta de 4,10 metros con finca sita en el número 32 de la calle Campana; al Oeste, en línea recta de 3,48 metros con Centro de Transformación ya existente; y al Este, en línea recta de 3,48 metros con calle Caracol. SEGUNDO.- La in matriculación en el Registro de la Propiedad, del solar de propiedad municipal adquirido por posesión inmemorial y que tiene las siguientes superficies y linderos: SOLAR en término de Colmenarejo, sito en la calle Caracol, con una extensión superficial de 14,00 metros cuadrados; y linda al Norte en línea recta de 4,10 metros con calle Caracol; al Sur, en línea recta de 4,10 metros con finca sita en el número 32 de la calle Campana; al Oeste, en línea recta de 3,48 metros con Centro de Transformación ya existente; y al Este, en línea recta de 3,48 metros con calle Caracol. TERCERO.- Remitir copia íntegra del mismo a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma. 10.- PROPUESTA DE LA ALCALDIA SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIA SOBRE PARCELA Nº 27 DEL SAU 4-INDUSTRIAL Por

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la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Parques y Jardines, Obras y Servicios, en sesión extraordinaria celebrada el 17 de marzo de 2010, por cinco votos a favor (APIC, POSE, IU, VICO), y una abstención (PP) acordó dictaminar favorablemente la PROPUESTA DE LA ALCALDIA SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIA SOBRE PARCELA Nº 27 DEL SAU 4-INDUSTRIAL. Sra. Alcaldesa: El portavoz va a leerlo ahora, porque tengo la garganta un poco mal. Ya el otro día, en el último Pleno se planteó iniciar la ejecución, se había dado un plazo de 20 o 15 días para que se desalojara la parcela por parte de la empresa Jufema, y en vista de que no lo han desalojado, pues se trae una nueva propuesta que nos han enviado los abogados y que se trae al Pleno, para continuar con la ejecución. <<Visto que mediante el Acuerdo de Pleno de 28 de enero de 2010, se acordó, que la mercantil Materiales de Construcción Colmenarejo, SL., realizara las siguientes actividades:

“A la vista de la inexistencia de título derivada de las resoluciones judiciales dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se requiere a la entidad Materiales de Construcción Colmenarejo, SL., actual ocupante de la parcela núm. 27 de la Unidad de Actuación núm. 4 Industrial, de este Municipio, a que, en el plazo de un mes, desaloje la misma retirando los enseres y efectos que pudiera haber en su interior.”

Visto que se requirió al interesado para que procediera a realizar voluntariamente los trabajos ordenados en el plazo de un mes desde la notificación del Acuerdo de Pleno o, en caso contrario, se procedería “a lo que legalmente proceda”, por el Ayuntamiento para recuperar la posesión de la parcela núm. 27 de la Unidad de Actuación núm. 4 Industrial, de este Municipio.

Visto que el plazo concedido en dicho requerimiento ha transcurrido sin que hasta la fecha se haya acreditado su cumplimiento en la forma indicada. Considerando que la Administración puede proceder, a través de sus órganos y servicios o por persona distinta, a la ejecución subsidiaria de lo ordenado, cuando se trate de actos que, por no ser personalísimos, puedan ser realizados por persona distinta del obligado y a su costa.

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Visto el elevado coste económico que supone ejecutar el desalojo de

la referida parcela dada la gran cantidad de materiales existentes en la misma, así como la inexistencia en el municipio y sus alrededores de un lugar en el que trasladar con las mínimas garantías el material descrito.

Visto el estado económico del Ayuntamiento y la imposibilidad de asumir los costes descritos, sin perjuicio de su posterior resarcimiento.

Vista la obligación Municipal de recuperar la posesión de sus bienes, de conformidad con los Art. 58 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y Art. 44 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales y concordantes de la legislación autonómica de la Comunidad de Madrid.

Vistos los antecedentes mencionados, el artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en ejercicio de la competencia conferida por el art. 21 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, PROPONGO:

Primero. Procédase por el servicio municipal de obras y servicios a la ejecución subsidiaria de lo acordado mediante el Acuerdo de 28 de enero de 2010, dictada por el Pleno Municipal consistente en:

1º Precinto de la parcela núm. 27 de la Unidad de Actuación núm. 4 Industrial, de este Municipio, así como de los inmuebles e instalaciones existentes en la misma.

2º.- El depósito de los materiales y enseres existentes en dicha parcela hasta que la entidad Materiales de Construcción Colmenarejo, SL, solicite la retirada de los mismos.

3º.- El devengo de una cuota diaria de 132,41 €, en concepto de depósito hasta la retirada definitiva de los materiales y enseres en ella depositados.

4º.- La citada cuota diaria se vera incrementada por los gastos que se ocasionen por la guarda y custodia de los materiales depositados.

5º.- En el momento que corresponda se practicará la liquidación de todos los gastos originados por la ejecución subsidiaria.

Segundo. De conformidad con Art. 17 de la LO 1/1992 de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, el referido precinto será auxiliado por la policía local de este Municipio con el fin de asegurar que el correcto cumplimiento de la ejecución subsidiaria discurra de forma pacífica.

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Tercero. Notifíquese la presente resolución al interesado con indicación de los recursos que procedan. Sra. Alcaldesa: ¿Alguien tiene que tomar la palabra? D. Pedro Miguel González Alonso: Solo quiero decir una cosa. Creo recordar, que había algo que a mi me sonaba raro en esta evasión. El Partido Popular, voto en contra en el momento de la resolución del Tribunal, en la última Comisión, se abstuvo, si mal no recuerdo. Y me parece un poco extraño ahora, porque no entendía el porqué, y más habiendo un tema como es el de Los Álamos-que hubiéramos necesitado…o hubiese sido importante su apoyo- se hubieran ido. Con lo cual, a pesar de lo que hagan en el próximo Pleno; que lo quieran quitar del acta. Creo que puede haber una relación directa entre la huída del Partido Popular, y este punto del orden del día. Sra. Alcaldesa: Quieres que conste en acta lo que has dicho, ¿verdad?

D. Pedro Miguel González Alonso: Si, claro. Sra. Alcaldesa: ¿Alguien quiere decir algo más? ¿Podemos pasar a votación? Pues pasamos a votación la propuesta sobre la ejecución de sentencia de la parcela 27 de SAU 4 Industrial.

Dª. Maria Dolores Abolafía: ¿Votos a favor? Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA:

PRIMERO.- Que se proceda por el servicio municipal de obras y servicios a la ejecución subsidiaria de lo acordado mediante el Acuerdo de 28 de enero de 2010, dictada por el Pleno Municipal consistente en:

1º Precinto de la parcela núm. 27 de la Unidad de Actuación núm. 4

Industrial, de este Municipio, así como de los inmuebles e instalaciones existentes en la misma.

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2º.- El depósito de los materiales y enseres existentes en dicha parcela hasta que la entidad Materiales de Construcción Colmenarejo, SL, solicite la retirada de los mismos.

3º.- El devengo de una cuota diaria de 132,41 €, en concepto de depósito hasta la retirada definitiva de los materiales y enseres en ella depositados.

4º.- La citada cuota diaria se vera incrementada por los gastos que se ocasionen por la guarda y custodia de los materiales depositados.

5º.- En el momento que corresponda se practicara la liquidación de todos los gastos originados por la ejecución subsidiaria.

SEGUNDO.- De conformidad con Art. 17 de la LO 1/1992 de 21 de

febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, el referido precinto será auxiliada por la policía local de este Municipio con el fin de asegurar que el correcto cumplimiento de la ejecución subsidiaria discurra de forma pacífica.

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado con indicación de los recursos que procedan. 11.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU-CM EN RELACIÓN A LA DECLARACIÓN DEL DÍA 8 DE MARZO COMO DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Participación Ciudadana, Mujer y Medios de comunicación, en sesión ordinaria de 17 de marzo de 2010, por cuatro votos a favor (APIC, IU, VICO), y una abstención (P.P) acuerda dictaminar favorablemente la MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU-CM EN RELACIÓN A LA DECLARACIÓN DEL DÍA 8 DE MARZO COMO DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER. Sra. Alcaldesa: El Concejal de Izquierda Unida, tiene la palabra. Hay que empezar por decir que hay un error en el acta del Pleno, en la trascripción de estos títulos, de las dos mociones que vienen. Porque evidentemente el día Internacional de la mujer hace mucho años que ya es. El título correcto es “8 de marzo de 2010, Día Internacional del la Mujer” (de hecho se presentaron para el Pleno de febrero, pero fueron tarde y vinieron para este), pero el título es “Adhesión del Ayuntamiento de

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Colmenarejo, a la Carta Europea de Igualdad de Mujeres y Hombres en la Vida Local”. La Carta Europea para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Vida Local, es un documento que está aquí, que tiene su origen en el año 2006, en una Asociación de Ayuntamientos Europeos, donde también están los Ayuntamientos Españoles y donde intentan -desde la institución más cercana a los ciudadanos, como son los Ayuntamientos- hacer que hombres y mujeres sean más iguales cada día, y especialmente en estas relaciones más próximas que decimos. No voy a leer toda la introducción, y voy a leer simplemente la moción. <<8 DE MARZO DE 2010: DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER. ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO A LA CARTA EUROPEA DE IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES EN LA VIDA LOCAL"

EXPONE:

En este 8 de Marzo -centenario de la instauración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora y de la Real Orden de 8 de marzo de 1910 que autorizó el acceso de las mujeres a la Universidad en España- seguimos defendiendo iniciativas políticas y legislativas de carácter preventivo, correctivo y transversal dirigidas a todos y cada uno de los aspectos de discriminación y violencia contra las mujeres que aún persisten, con en el objetivo de modificar los valores y comportamientos sociales que las sustentan. La difícil conciliación entre la vida laboral y familiar discrimina a las mujeres, porque los hombres siguen sin compartir equitativamente las cargas familiares y las tareas domésticas. Por tanto son necesarias medidas como la igualdad salarial, la reducción general de la jornada laboral, la equiparación de permisos de maternidad y paternidad, la cobertura suficiente y de calidad de la etapa educativa de O a 3 años y la atención universal, sin discriminación territorial y ágil a las personas dependientes mediante servicios profesionales públicos, no con "paguitas" para perpetuar a las cuidadoras familiares. Es necesario visualizar la repercusión en las mujeres de la crisis económica y la repercusión de las medidas anticrisis, a fin de que la crisis no sea pretexto ni ocasión para estancarse o retroceder en la lucha contra la precariedad, la desigualdad salarial y la discriminación por razón de sexo o por el estado civil de las mujeres y su retorno forzado a las labores

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domésticas y de cuidados familiares, lo que puede producir una involución hacia una economía arcaica basada en los roles patriarcales que estamos intentando combatir. D. Jerónimo Hernández Casares: Esto es en cierto modo una crítica a los planes que ha puesto el gobierno socialista en marcha que son positivos. Pero creemos que están muy enfocados al empleo de los hombres por mucho de los proyectos que realmente luego se han materializado. Por otra parte, los alarmantes índices de pobreza, que afectan con mayor rigor a las mujeres inmigrantes, más desprotegidas, y a las mujeres mayores, con pensiones mínimas o no contributivas que no llegan a cubrir sus necesidades básicas, “sabemos todos, las situaciones de las pensiones de viudedad etc. etc. y el recorte importante que se hace. Por todo esto, y recomiendo que se lea el documento, que es muy ameno, aunque pueda parecer otra cosa” hacen más apremiante aún el reforzamiento del Estado Social y de los sistemas de protección. El 8 de marzo, Ola Internacional de las Mujeres, es la fecha propicia para que este Ayuntamiento muestre su voluntad de poner las bases reales para que la igualdad de las mujeres sea un hecho y no una mera aspiración frustrada. Por ello que el Grupo municipal de Izquierda Unida, propone al Pleno el siguiente

ACUERDO: PRIMERO.- Firmar la CARTA EUROPEA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES EN LA VIDA LOCAL' aprobada por el CMRE en 2006, afirmando la competencia de los poderes locales en la promoción de la igualdad real como condición previa y fundamental de la democracia, bajo los principios de: - participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los órganos del Ayuntamiento. - lucha contra la discriminación múltiple por raza, lengua, religión, opinión, discapacidad, edad, orientación sexual, migración, nivel económico, etc.

Firmar la Carta Europea para la Igualdad conlleva adoptar o evaluar, bajo la coordinación de la Concejalía de Mujer, el Plan Municipal de Igualdad, con: calendario y recursos políticos, humanos y materiales apropiados, incluyendo los Presupuestos con perspectiva de Género amplias consultas previas (art. 7 sobre buena administración y consulta), difusión y evaluación

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regular y pública de su aplicación y transversalidad en su acción en materia de vivienda, seguridad, transportes públicos, empleo, sanidad y otras:

1. COMO EMPLEADOR (art. 11): asegurar el derecho a la igualdad en el

acceso al empleo, salario y condiciones laborales, la conciliación de la vida profesional, social y privada y la erradicación del acoso sexual

2. EN LOS CONCURSOS Y CONTRATOS PÚBLICOS, considerando en cada contrato significativo las implicaciones y oportunidades para la igualdad de género.

3. COMO PRESTATARIO DE SERVICIOS en educación, salud, cuidados y servicios sociales, para la asunción igualitaria del cuidado de menores y personas dependientes, la lucha contra la pobreza y la exclusión social, el acceso a la vivienda de las mujeres especialmente las de familias monoparentales, la importancia de la cultura, deporte y tiempo libre para no reproducir estereotipos sexuales; las estrategias de seguridad con perspectiva de género en la ordenación de espacios, transportes, alumbrado público, etc. Y la prevención y atención a la violencia de género y al tráfico de seres humanos.

4. PLANIFICIÓN URBANA Y DESARROLLO SOSTENIBLE con perspectiva de igualdad de género en el empleo y las responsabilidades familiares; acceso a los servicios y las comunicaciones no sólo en el medio urbano, sino rural; estímulo a la iniciativa económica de las mujeres, su formación y contratación, especialmente en profesiones masculinizadas y la calidad del medio ambiente en la gestión de basuras, ruido, contaminación, biodiversidad y cambio climático. 5. EN SU PAPEL DE REGULACIÓN del consumo y otras actividades 6. EN SUS HERMANAMIENTOS Y POSIBLE COOPERACIÓN INTERNACIONAL con dimensión de género

SEGUNDO.- Informar al Comité de Municipios y Regiones de Europa (CMRE), a través de la FEMP, de esta Adhesión a la Carta, y colaborar en su régimen de coordinación y evaluación.

TERCERO.- Instar a la Comunidad de Madrid a la promoción de la igualdad en el ámbito de sus competencias, aprobando su Plan de Igualdad, ya que el anterior finalizó en 2005, y aplicando la perspectiva de igualdad de género a sus Presupuestos (según el acuerdo unánime de la Asamblea de Madrid en 2003) y a su política general, y en particular a la escolarización infantil desde los O años y la atención a la dependencia.

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CUARTO.- Instar al Gobierno central a visualizar la repercusión en las mujeres de la crisis económica y de las medidas anticrisis, como el Fondo Estatal de Inversión Local 2009 y el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local 2010, a fin de que la crisis no sea pretexto ni ocasión para estancarse o retroceder en la lucha por la igualdad con medidas para la igualdad salarial, la reducción general de la jornada laboral, la equiparación de permisos de maternidad y paternidad, la cobertura suficiente y de calidad de la etapa educativa de O a 3 años y la atención universal, sin discriminación territorial y ágil, a las personas dependientes, mediante servicios profesionales públicos, no con "paguitas" para perpetuar a las cuidadoras familiares.>> Sra. Alcaldesa: ¿Alguien quiere tomar la palabra? ¿No? Pues se pasa a votación la moción de “Adhesión del Ayuntamiento de Colmenarejo, a la Carta Europea de Igualdad de Mujeres y Hombres en la Vida Local”, estaba mal el título, pero realmente es este. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA: PRIMERO.- Firmar la CARTA EUROPEA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES EN LA VIDA LOCAL' aprobada por el CMRE en 2006, afirmando la competencia de los poderes locales en la promoción de la igualdad real como condición previa y fundamental de la democracia, bajo los principios de:

- participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los órganos del

- Ayuntamiento - lucha contra la discriminación múltiple por raza, lengua, religión,

opinión, discapacidad, edad, orientación sexual, migración, nivel económico, etc.

Firmar la Carta Europea para la Igualdad conlleva adoptar o evaluar, bajo la coordinación de la Concejalía de Mujer, el Plan Municipal de Igualdad, con: calendario y recursos políticos, humanos y materiales apropiados, incluyendo los Presupuestos con perspectiva de Género amplias consultas previas (art. 7 sobre buena administración y consulta), difusión y evaluación

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regular y pública de su aplicación y transversalidad en su acción en materia de vivienda, seguridad, transportes públicos, empleo, sanidad y otras:

1. COMO EMPLEADOR (art. 11): asegurar el derecho a la igualdad en el

acceso al empleo, salario y condiciones laborales, la conciliación de la vida profesional, social y privada y la erradicación del acoso sexual

2. EN LOS CONCURSOS Y CONTRATOS PÚBLICOS, considerando en cada contrato significativo las implicaciones y oportunidades para la igualdad de género.

3. COMO PRESTATARIO DE SERVICIOS en educación, salud, cuidados y servicios sociales, para la asunción igualitaria del cuidado de menores y personas dependientes, la lucha contra la pobreza y la exclusión social, el acceso a la vivienda de las mujeres especialmente las de familias monoparentales, la importancia de la cultura, deporte y tiempo libre para no reproducir estereotipos sexuales; las estrategias de seguridad con perspectiva de género en la ordenación de espacios, transportes, alumbrado público, etc. Y la prevención y atención a la violencia de género y al tráfico de seres humanos.

4. PLANIFICACiÓN URBANA Y DESARROLLO SOSTENIBLE con perspectiva de igualdad de género en el empleo y las responsabilidades familiares; acceso a los servicios y las comunicaciones no sólo en el medio urbano, sino rural; estímulo a la iniciativa económica de las mujeres, su formación y contratación, especialmente en profesiones masculinizadas y la calidad del medio ambiente en la gestión de basuras, ruido, contaminación, biodiversidad y cambio climático. 5. EN SU PAPEL DE REGULACiÓN del consumo y otras actividades 6. EN SUS HERMANAMIENTOS Y POSIBLE COOPERACiÓN INTERNACIONAL con dimensión de género

SEGUNDO.- Informar al Comité de Municipios y Regiones de Europa (CMRE), a través de la FEMP, de esta Adhesión a la Carta, y colaborar en su régimen de coordinación y evaluación.

TERCERO.- Instar a la Comunidad de Madrid a la promoción de la igualdad en el ámbito de sus competencias, aprobando su Plan de Igualdad, ya que el anterior finalizó en 2005, y aplicando la perspectiva de igualdad de género a sus Presupuestos (según el acuerdo unánime de la Asamblea de Madrid en 2003) y a su política general, y en particular a la escolarización infantil desde los O años y la atención a la dependencia.

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CUARTO.- Instar al Gobierno central a visualizar la repercusión en las mujeres de la crisis económica y de las medidas anticrisis, como el Fondo Estatal de Inversión Local 2009 y el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local 2010, a fin de que la crisis no sea pretexto ni ocasión para estancarse o retroceder en la lucha por la igualdad con medidas para la igualdad salarial, la reducción general de la jornada laboral, la equiparación de permisos de maternidad y paternidad, la cobertura suficiente y de calidad de la etapa educativa de O a 3 años y la atención universal, sin discriminación territorial y ágil, a las personas dependientes, mediante servicios profesionales públicos, no con "paguitas" para perpetuar a las cuidadoras familiares.>> 12. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IU-CM EN RELACIÓN LA DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DEL DIA 8 DE MARZO COMO DÍA INTERNACIONAL PARA IGUALDAD SALARIDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES. Por la Secretaria del órgano se da cuenta de que la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Participación Ciudadana, Mujer y Medios de Comunicación, en sesión ordinaria celebrada el 17 de marzo de 2010, por cuatro votos a favor (APIC, IU, VICO), y una abstención (PP) acordó dictaminar favorablemente la MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU-CM EN RELACIÓN AL DIA 8 DE MARZO COMO DIA INTERNACIONAL PARA LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE HOMBRES Y MUJERES. D. Jerónimo Hernández Casares: La verdad es que habido una confusión hasta cierto punto lógica. Lo que se propone y voy a ser muy breve que viene del Parlamento Europeo, donde también implica a los Ayuntamientos. De declarar el día 22 de febrero como día internacional para la igualdad salarial entre mujeres y hombres. El Ayuntamiento se une a esta petición al gobierno para que así lo haga. La moción dice así:

MOCIÓN <<La diferencia salarial entre los hombres y las mujeres en Europa apenas bajó del 17 al 15 por 100 entre 1995 y 2005, según los datos de la Comisión Europea. Un porcentaje que, según el último informe aprobado por el Parlamento Europeo sobre esta materia, se mantiene inalterable en la actualidad puesto que subraya que la diferencia de salarios entre hombres y

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mujeres en nuestro entorno comunitario sigue situándose en ese 15 por 100 de media. Lo anterior supone que las mujeres europeas deben trabajar casi dos meses más, es decir, un 15%, para igualar el sueldo anual de un hombre. Estos cálculos nos trasladan al 22 de febrero como la fecha hasta la que tienen que trabajar las mujeres europeas para ganar lo mismo que un hombre ganó el año anterior. Conforme a este cálculo el Parlamento europeo respaldó una iniciativa dirigida a designar el 22 de febrero Día Internacional para Igualdad Salarial entre mujeres y hombres. Dicha iniciativa se ha trasladado a nuestro país en el que desde diversas organizaciones sociales y sindicales se está solicitando la misma declaración, ya que en nuestro país la diferencia salarial entre hombres y mujeres es de las más altas de la UE y ello a pesar de que el art. 14 de la Constitución Española prohíbe expresamente, entre otras, la discriminación por razón de sexo; el art. 35.1 consagra el derecho al trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades del trabajador y su familia sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo; y el arto 28 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligación empresarial de pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella. De conformidad con los datos aportados por la Encuesta de Estructura Salarial publicados por el INE en noviembre de 2009, respecto a los salarios de 2007, en la Comunidad de Madrid la diferencia salarial es mayor a la media nacional, de forma que en esta Comunidad existe una diferencia de 28,69 puntos porcentuales entre el salario de hombres y mujeres.

Ante esta situación, las diferentes administraciones públicas no pueden mantenerse al margen, especialmente las Administraciones locales, los Ayuntamientos, y deben implicarse en la lucha por la reducción de la brecha salarial.

En su virtud, el Grupo Municipal IUCM en el Ayuntamiento de Colmenarejo eleva al Pleno para su aprobación, el siguiente

ACUERDO:

La organización de actuaciones dirigidas a visualizar esas diferencias salariales entre hombres y mujeres con el fin de concienciar e implicar a toda la sociedad especialmente a las organizaciones empresariales, en la reducción de la brecha salarial y a obtener la declaración institucional del

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día 22 de febrero como Día Internacional para Igualdad Salarial entre hombres y mujeres. Y concluido el debate, el Pleno, en votación ordinaria, por ocho votos a favor (APIC, PSOE, IU y VICO), ACUERDA: ÚNICO.- La organización de actuaciones dirigidas a visualizar esas diferencias salariales entre hombres y mujeres con el fin de concienciar e implicar a toda la sociedad especialmente a las organizaciones empresariales, en la reducción de la brecha salarial y a obtener la declaración institucional del día 22 de febrero como Día Internacional para Igualdad Salarial entre hombres y mujeres. 13.- DECRETOS.- Dada cuenta por el Secretario, de los Decretos dictados por la Sra. Alcaldesa y los Concejales Delegados, la Corporación queda enterada de su contenido. 14.- ASUNTOS URGENTES.- Antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, en virtud de lo dispuesto en el Art. 91.4 del R.O.F. la Sra. Alcaldesa pregunta si algún grupo político desea someter a la consideración del Pleno algún otro asunto no incluido en el Orden del día que acompañaba a la convocatoria y que no tenga cabida en el turno de ruegos y preguntas, y no fue formulado ninguno.

Sra. Alcaldesa: En este punto había tres asuntos urgentes de tres mociones que querían presentar, pero como no están los proponentes, yo creo que no viene a cuento… cuatro, el Concejal de Izquierda unida también había presentado pero que estaba fuera de plazo y se traía como asunto urgente. ¿Sigues queriendo presentarla? D. Jerónimo Hernández Casares: No veo motivo para retirarla, sinceramente. Sra. Alcaldesa: Primero tenemos que votar la urgencia. D. Jerónimo Hernández Casares: Si, si.

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Sra. Alcaldesa: Perdón. Antes de decir que moción es, el portavoz… D. José María Vizcay González: Si, nosotros queremos hacer una aclaración previa a la votación de la urgencia de las mociones. Es bien sabido, y yo todavía lo recordé en el Pleno pasado, que APIC, siempre ha votado la urgencia de los temas presentados por cualquier grupo político. Sin embargo vamos a reconsiderar el tema. Lo hemos hablado, y hemos decidido reconsiderarlo. En el bien entendido, de que son temas que se van a tratar en los Plenos. Pero vamos a votar en contra de la urgencia, de todos aquellos temas que no entren a tiempo de ser tratados en Comisión previamente, y que no constituyan una urgencia local, teniendo en cuenta que consideramos que la mayoría de las mociones son de temas políticos. Es bien sabido que nosotros somos un grupo independiente y entonces creemos conveniente para formar una opinión fundada, que los temas sean previamente debatidos pasando antes por Comisión. Por ello, recordamos a todos los grupos políticos, que los temas, los asuntos, las mociones, deben ser presentadas a ser posible en la primera quincena del mes, teniendo en cuenta que en la semana que celebramos el Pleno, el último jueves de mes y que las Comisiones tienen que ser celebradas la semana anterior, y a su vez una semana anterior al Pleno. Por lo tanto dos semanas anteriores de la finalización del mes, y que a demás tiene que haber un cierto margen, de tres días al menos para convocar las Comisiones. Por lo tanto, como fecha indicativa, debe ser hacia el día quince de cada mes cuando las mociones tienen que estar presentadas en el Registro del Ayuntamiento. Lo habíamos decidido para todas las mociones, lo que si pediríamos al Concejal de Izquierda Unida, es que, máximo teniendo en cuenta, que la moción que ha presentado, tiene una moción paralela de contenido distinto por parte del Partido Popular, que me imagino que querrá que sea debatido en el próximo Pleno, nos parecería un “detalle”, que sean debatidas y votadas las dos, porque creo que será más representativo en el mismo Pleno. Por lo tanto que la retirara.

D. Jerónimo Hernández Casares: Bien. No tengo ningún inconveniente, y tengo que decir que mi moción no es urgente, como no eran urgentes las otras, evidentemente. Con lo cual creo que el debate será más enriquecedor para todos, si se da sobre el mismo tema, en un conjunto que creo que todos tendremos “que decir”. Luego, de acuerdo, muchas gracias.

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Sra. Alcaldesa: De todas maneras, creo que ha quedado claro lo que ha dicho el Portavoz, pero que sí, a veces tendremos que tratar algún asunto urgente, siempre y cuando sea para el funcionamiento municipal y para el funcionamiento del Ayuntamiento. Si hay algún tema de alguna adjudicación que hay que hacer de este tipo, de algún contrato provisional, etcétera… que ha llegado o se ha celebrado la Mesa de Contratación el día anterior, lo traeremos. Pero creo que ha quedado claro, que las que sean meramente políticas y no sean urgentes, preferimos que se dictaminen en la Comisión, que se hablen allí, que se presenten. El Concejal de VICO, suele presentarlas siempre dentro del plazo, y creo que se ven todas. Alguna ha presentado, que incluso hemos dicho: si no te importa la dejamos para el que viene, y nunca ha habido problema. Eso quede muy claro, y quiero hacerlo constar aquí. D. Pedro Miguel González Alonso: Yo estoy totalmente de acuerdo, lo hablamos en la Comisión. Yo pensaba…luego lo sometí a mi grupo y me dijeron que no, que iban a votar a favor de la urgencia. Pensaba que las mociones que se presentaban hoy, ninguna de ellas tenia urgencia real. Y aquí estamos mucho más por los asuntos urgentes del pueblo, a los que siempre votaremos como tal, y en este tipo de mociones, a no ser que sean de verdad urgentes, evitar no hacernos perder el tiempo a todos, o alargar los Plenos hasta el infinito. Sra. Alcaldesa: Sobre todo cuando no sean urgentes. Pues entonces como no hay ningún asunto urgente, porque el Concejal que podía presentar como asunto urgente su moción, ha decidido retirarla, pues pasamos al último punto “ruegos y preguntas”. 15.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Abierto el turno de ruegos y preguntas por la Sra. Alcaldesa, fueron formulados los siguientes:

Sra. Alcaldesa: ¿No? No me lo puedo creer. Bueno, pues entonces se levanta la sesión.

Y, no habiendo más asuntos que tratar, de orden de la Presidencia se levanta la sesión, siendo las veintiuna horas y diez minutos, de la que se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, doy fe.