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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL
AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DIECISÉIS DE SEPTIEMBRE DE
DOS MIL OCHO, EN PRIMERA CONVOCATORIA.
En LEGANÉS, a DIECISÉIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL
OCHO. Presididos por el Alcalde -Presidente, DON RAFAEL GÓMEZ
MONTOYA, se reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DON
ANTONIO GARCÍA BLÁZQUEZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON
MIGUEL FERNÁNDEZ GIL, DOÑA ANA Mª MASSÓ SALIDO, DON
SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, DOÑA JULIA MARTÍN NAVESO,
DON SEBASTIÁN ORTEGA CHACÓN, DOÑA Mª JOSÉ BANEGAS
GONZÁLEZ, DON JUAN ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA, DOÑA
EMILIA QUIRÓS RAYEGO, DOÑA RAQUEL ARELLANO ALCOCER,
DON JUAN CARLOS CENAMOR GONZÁLEZ, DON MARIO J. AVILÉS
ORTIZ, DOÑA EVA Mª DE LA FUENTE IGLESIAS, DON JESÚS GÓMEZ
RUIZ (Se ausento a partir del punto 25º), DON EDUARDO JÍMENEZ
RODRÍGUEZ, DON JOSÉ LUIS SALAZAR RÍOS, DOÑA BEATRIZ
ALONSO ÁLVAREZ, DON DIEGO ALHAMBRA GARCÍA DE DIONISIO,
DOÑA NOEMÍ SELAS FERNÁNDEZ, DON ANGEL LARGO PEÑAS,
DOÑA DOLORES MONTORO DE FRANCISCO, DON RAÚL CALLE
GALLARDO, DON ALARICO RUBIO TELLO, DON JOSÉ CASTEJÓN
HUETE y DON CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, asistidos del
Secretario DON HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la Interventora
DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión
Ordinaria por el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido
previamente convocados con arreglo al Orden del Día.
Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las
dieciocho horas.
- 2 -
1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES
CELEBRADAS LOS DÍAS: 10 DE JUNIO DE 2.008, SESIÓN
ORDINARIA, 17 DE JULIO DE 2.008, SESIÓN
EXTRAORDINARIA, 17 DE JULIO DE 2.008, SESIÓN
EXTRAORDINARIA Y URGENTE Y 17 DE JULIO DE 2.008,
SESIÓN EXTRAORDINARIA DE EL PLENO -JUNTA GRAL.
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE EMSULE, S. A.
Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: aprobar las actas de las sesiones anteriores, correspondientes a las
siguientes:
1.- 10 DE JUNIO DE 2.008, SESIÓN ORDINARIA.
2.- 17 DE JULIO DE 2.008, SESIÓN EXTRAORDINARIA.
3.- 17 DE JULIO DE 2.008, SESIÓN EXTRAORDINARIA Y
URGENTE.
4.- 17 DE JULIO DE 2.008, SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL
PLENO-JUNTA GRAL. EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE EMSULE, S.A.
2.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº
13, AL PRESUPUESTO 2008. Y MODIFICACIÓN DE LA
PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
- 3 -
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y del Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, y los votos a favor de los once Sres. Concejales
del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Mu nicipal de Izquierda
Unida, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos nº 13 del
ejercicio de 2.008, con arreglo al siguiente resumen:
PARTIDA DE GASTOS CON ALTA EN CRÉDITOS:
A).- SUPLEMENTO DE CRÉDITO. 1.533.403,69.- €
B).- CRÉDITO EXTRAORDINARIO 669.167,60.- €
TOTAL 2.202.571,29.- €
FINANCIACIÓN:
A).- BAJAS PARTIDAS DE GASTOS. 929.771,29.- €
B).- MAYORES INGRESOS 1.272.800,00.- €
TOTAL 2.202.571,29.- €
SEGUNDO.- Modificar la plantilla municipal en los siguientes t érminos:
1.- Amortizar las siguientes plazas en la plantilla de personal
laboral:
NºCATEGORÍA
DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS NºPLAZAS
Dotación de plazasque quedan
574 Educador Bachiller Superior 1 (nº 12) 18
703 Auxiliar de Educador 1 (nº 4) 1
- 4 -
TERCERO.- Modificar la Relación de Puestos de Trabajo en los siguientes
términos:
1.- Crear los siguientes puestos de trabajo de personal
laboral.N
º de
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ante
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Nº.
RP
T Denominación puesto
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2 72Técnico Gestión FinalistaEducativa
L A2 18 CM 111 10
1 76Educador EscuelasInfantiles, G.M.
L A2 18 CM 51 23
2.- Amortizar los siguientes puestos de trabajo de personal
laboral:
Nº
de V
acan
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Nº.
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T Denominación puesto
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Nº
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2 69Técnico Gestión FinalistaCultural
L A2 18 CM 111 13
1 77Educador EscuelasInfantiles, B.S.
L C1 16 CM 51 18
- 5 -
CUARTO.- Someter el expediente a información pública por plazo de 15
días, de conformidad con lo establecido en la vigente Ley
Reguladora de las Haciendas Locales y si durante el mencionado
plazo no se presentasen ningún tipo de reclamaciones ni de
alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter
definitivo.
3.- AUTORIZACIÓN CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA DE
GARAJE Nº 171 DEL APARCAMIENTO ORELLANA.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 20 de junio de 1.994,
la adjudicación de la concesión administrativa de 209 plazas de garaje del
Aparcamiento Orellana, y por acuerdo plenario del 8 de abril de 2003, se
aprobó modificar la concesión administrativa, reconociendo la transmisión de
la concesión efectuada por FCC CONSTRUCCIÓN, S.A., de la plaz a nº 171 a
D. Javier Peinado Huertas.
Las condiciones eran: CANON: 7.512,65. - € Plazo: 99 años.
El adjudicatario solicita autorización para transmitir la mencionada
plaza a D. José Moya Alcolado, que está interesado en adquirir la concesión de
la plaza como también solicita.
Resultando que la concesión tiene efectos del día 28 de mayo de 1996,
por lo que han transcurrido 12 años y 1 mes de concesión administrativa, y que
el precio de la concesión aplicando los IPCS desde 1996 al 2007 es de
10.769,22.- €, así como que el precio de la concesión por año es de 108,78. - €,
- 6 -
resulta que para los 86 años y 11 meses restantes corresponde un canon de
9.364,14.- €
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de
garaje nº 171 del Aparcamiento Orellana cuyo titular es D.
JAVIER PEINADO HUERTAS a favor de D. JOSÉ ANTONIO
MOYA ALCOLADO.
SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a NUEVE MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON
CATORCE CÉNTIMOS DE EURO (9.364,14. - €).
TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente
contrato debidamente liquidado, así como la documentación que
se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la
transmisión de la concesión.
CUARTO: D. JOSÉ ANTONIO MOYA ALCOLADO deberá presentar una
fianza de 300,51.- € en la cuenta del Ayuntamiento.
QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.
- 7 -
4.- AUTORIZAR LA CESIÓN DE LA CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA DE LA PLAZA DE GA RAJE Nº 65 DEL
APARCAMIENTO “JULIÁN BESTEIRO”.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 17 de abril de 1990 la
adjudicación de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 65 del
Aparcamiento Julián Besteiro a favor de D. Faustino Blá zquez Jiménez.
Las condiciones eran: CANON.- 4.006,75.- € Plazo: 99 años.
D. Faustino Blázquez Jiménez solicita autorización para transmitir la
mencionada plaza a Dª. Mª Pilar Serralle Serrano, que está interesada en
adquirir la concesión de la plaza c omo también solicita.
Resultando que la concesión tiene efectos del 31 de enero de 1.991
fecha de la notificación del acuerdo, por lo que han transcurrido 17 años y 6
meses de concesión administrativa, y que el precio de la concesión aplicando
los IPCS desde 1990 al 2007 es de 7.755,05. - €, así como que el precio de la
concesión por año es de 78,33. - €, resulta que para los 81 a ños y 6 meses
restantes corresponde un canon de 6.383,91. - €.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de
garaje nº 65 del Aparcamiento Julián Besteiro cuyo titular era D.
FAUSTINO BLÁZQUEZ JIMÉNEZ a favor de Dª. Mª PILAR
SERRALLE SERRANO.
- 8 -
SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a SEIS MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON
NOVENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (6.3 83,91.- €).
TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente
contrato debidamente liquidado, así como la documentación que
se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la
transmisión de la concesión.
CUARTO: Dª. Mª PILAR SERRALLE SERRANO deberá presentar una
fianza de 200,34.- €, y se procederá a la devolución de la fianza
a D. FAUSTINO BLÁZQUEZ JIMÉNEZ.
QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la pr imera concesión.
5.- PONER A DISPOSICIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID
EL COLEGIO “LOPE DE VEGA”.
Visto el escrito presentando por la Consejería de Educación de la
Comunidad de Madrid de fecha 26 de febrero de 2.008, por el que se comunica
la previsión de construir un gimnasio en el Colegio de Educación Infantil y
Primaria “Lope de Vega”, situado en la Avda. de los Pinos, nº 4, y por el que
solicitan al Ayuntamiento de Leganés, poner a disposición el recinto escolar
mientras duren las obras de ejecució n.
Considerando que el mencionado colegio público se encuentra
incluido en el Inventario de Bienes Municipal con el nº 1033, con la
- 9 -
calificación jurídica de domino público, cuyo destino es el uso escolar, y que
pertenece a este Ayuntamiento, por escritura de segregación y cesión otorgada
el 9 de diciembre de 1.976, y que se encuentra inscrito en el Registro la
Propiedad de Leganés con el nº de finca 6.540.
Por todo ello, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comis ión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron: Se aprueba poner a disposición el solar, edificio e instalaciones del
Colegio de Educación Infantil y Primaria “Lope de Vega”, situado en l a Avda.
de los Pinos nº 4, a la Consejería de Educación, COMUNIDAD DE MADRID,
situado en la finca nº 6.540, en tanto en cuanto dure la ejecución de las obras
destinadas a la construcción de un gimnasio dentro del recinto escolar.
6.- BAJA DE LOS QUIOSCOS DE PRENSA:
6.1.- Nº 2, SITUADO EN PLAZA DE SOMOTO.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 5 de febrero de
1.996, adoptó entre otros el acuerdo de adjudicar el Kiosco de Prensa nº 2, sito
en Pza. Somoto a Dª PILAR HERRERO CASADO, con núm. de DNI.:
01391651-J.
Por Dª PILAR HERRERO CASADO, mediante escrito presentado en
este Ayuntamiento el día 18 de julio de 2.008, solicita la baja de la
adjudicación del Kiosco de Prensa.
- 10 -
Vista la base novena del Pliego de Condiciones que sirvió de base
para la concesión mediante la cual, ésta se extinguirá, entre otras causas por el
desistimiento del concesionario.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Dar de baja la adjudicación de Dª PILAR HERRERO CASADO
con DNI.: 01391651-J del Kiosco de prensa, sito en la Pza.
Somoto.
SEGUNDO.- Proceder a la devolución de la fianza definitiva señ alada en la
Base Cuarta del Pliego de Condiciones, por importe de 53,56. -
€, una vez retirado el Kiosco de la vía pública.
6.2- Nº 9, UBICADO EN AVDA. UNIVERSIDAD, Nº 25.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de
2.005, adoptó entre otros el acuerdo de adjudicar el Kiosco de Prensa nº 9, sito
en Avda. de la Universidad, nº 25 a Dª SUSANA GIRONES BRAVO, con
núm. de DNI 51.886.219-J.
Por Dª SUSANA GIRONES BRAVO, mediante escrito presentado en
este Ayuntamiento el día 2 de j ulio de 2.008, solicita la baja de la adjudicación
del Kiosco de Prensa.
- 11 -
Vista la base novena del Pliego de Condiciones que sirvió de base
para la concesión mediante la cual, ésta se extinguirá, entre otras causas por el
desistimiento del concesionario.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Dar de baja la adjudicación de Dª SUSANA GIRONES BRAVO
con DNI: 5.886.219-J del Kiosco de prensa, sito en la Avda. de
la Universidad, nº 25.
SEGUNDO.- Proceder a la devolución de la fianza definitiva señalada en la
Base Cuarta del Pliego de Condiciones, por importe de 34,49. -
€, una vez retirado el Kiosco de la vía pública.
6.3- Nº 30, UBICADO EN AVDA. REY JUAN CARLOS I, Nº 87.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 5 de febrero de
1.996, adoptó entre otros el acuerdo de adjudicar el Kiosco de Prensa nº 30,
sito en Avda. Rey Juan Carlos I, nº 87 esq. Avda. Bélgica a D. JESÚS
BLANCO GARCÍA, con núm. de DNI.: 52.372.103.
Por D. JESÚS BLANCO GARCÍA, mediante escrito presentado en
este Ayuntamiento el día 9 de abril de 2.008, solicita la baja de la adjudicación
del Kiosco de Prensa.
Vista la base novena del Pliego de Condiciones que sirvió de base
para la concesión mediante la cual, ésta se extinguirá, entre otras causas por el
desistimiento del concesionario.
- 12 -
De conformidad con la propue sta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Dar de baja la adjudicación de D. JESÚS BLANCO GARCÍA,
con DNI: 52372103 del Kiosco de prensa, sito en la Avda. Rey
Juan Carlos I, nº 87.
SEGUNDO.- Proceder a la devolución de la fianza definitiva señalada en la
Base Cuarta del Pliego de Condiciones, por importe de 53,56. -
€, una vez retirado el Kiosco de la vía pública.
7.- AMPLIACIÓN DEL RENTING DE ORDENADORES
PERSONALES EN 100 UNIDADES DURANTE 30 MESES.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 19 de
diciembre de 2.006, se acordó la adjudicación definitiva del concurso
convocado para la contratación del suministro de “480 ORDENADORES
PERSONALES Y 20 PORTÁTILES, MEDIANTE LA MODALIDAD DE
RENTING, DURANTE 48 MESES”, a la empresa SPECIALIST
COMPUTERS CENTRES S.L., por importe de 585.012,76. - €, por un período
de cuatro años.
Vista la solicitud de gastos y el informe del Jefe de Sección de
Informática, por lo que se propone una AMPLIACIÓN DEL SUMINISTRO
DE "100 ORDENADORES PERSONALES MÁS, MEDIANTE LA
MODALIDAD DE RENTING, DURANTE 30 MESES", al objeto de poder
cubrir nuevos puestos, en diferentes unida des administrativas y técnicas y para
la sustitución de equipos con menos recursos que todavía se utilizan.
- 13 -
Visto el informe de Intervención de existencia de consignación
presupuestaria adecuada y suficiente.
Considerando, que el importe de la ampliación no supera el 20% de la
adjudicación primitiva, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión
celebrada el día 19 de diciembre de 2.006 y de conformidad con el art. 189 del
Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio, cuando como consecuencia de
las modificaciones del contrato de suministro se produzcan aumento, reducción
o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la
sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén
comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el
contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de
unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 192.c).
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Conc ejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y los votos a favor de los once Sres.
Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de
Izquierda Unida, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar el gasto por importe de OCHENTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON
CUARENTA CÉNTIMOS (89.978,40. - €), con cargo a la
Partida 18/1211/206.06 de los Presupuestos de los años 2008,
2009, 2010 y 2011.
SEGUNDO.- Modificar el contrato con la empresa SPECIA LIST
COMPUTERS CENTRES S.L., para el suministro de "480
- 14 -
ORDENADORES PERSONALES Y 20 PORTÁTILES,
MEDIANTE LA MODALIDAD DE RENTING, DURANTE 48
MESES", incrementándose en 100 ordenadores personales más,
durante 30 meses, por un importe de OCHENTA Y NUEVE
MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON
CUARENTA CÉNTIMOS (89.978,40. - €).
TERCERO.- Requerir a los adjudicatarios para que, en el plazo de quince
días, contados a partir de la recepción del presente acuerdo,
proceda a constituir, en la Tesorería Municipa l, la fianza
definitiva que se fijan en la cantidad de TRES MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON
CATORCE CÉNTIMOS (3.599,14. - €)
8.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO POR “INCREMENTO DE
LOS HONORARIOS DE REDACCIÓN Y DIRECCIÓN DE
OBRA DEL PROYECTO DE EJECUC IÓN DE LA
BIBLIOTECA CENTRAL Y ARCHIVO MUNICIPAL”. EXPTE.
44/2006.
Visto el informe del Arquitecto Jefe de la Sección de Arquitectura de
fecha 9 de febrero de 2.007, sobre la petición de aumento del presupuesto de
obra en el Proyecto de ejecución de la B iblioteca Central y Archivo Municipal,
que literalmente dice:
“Los arquitectos B.N. Asociado, S.A. ganadores del concurso de
Proyecto de la Biblioteca Central y Archivo Municipal, solicitan mediante
- 15 -
escrito de fecha 8 de febrero de 2.007, incrementar el p resupuesto de la obra de
12.000.000.- €. a 16.000.000,- €”.
Las razones esgrimidas por los Arquitectos en su escrito, consisten
principalmente en los incrementos producidos por la adaptación al nuevo
Código Técnico de la Edificación, que si bien no era de obligado cumplimiento
cuando se aprueban los Pliegos ya estaba aprobado el citado CTE, pero es
razonable pensar que las repercusiones económicas generadas por la
adaptación de una nueva normativa con implicaciones tan diversas, no pueden
evaluar hasta que no se hacen los cálculos y presupuestos concretos, y por otra
parte, debido a la inclusión del mobiliario completo de la Biblioteca y del
Archivo.
Según el desglose que presentan en el escrito, la adaptación al nuevo
Código Técnico de la Edificación supo ne un incremento de 2.136.460, - € y el
mobiliario de Biblioteca y Archivo 1.863.540, - €., lo que supone un total de
4.000.000.- €. Esto supone que el incremento por la adaptación al CTE es un
17,80% y por la inclusión del mobiliario un 15,53%.
Este incremento de 4.000.000,- €. supone un incremento del 33,33%
del presupuesto inicial.
Este aumento del Presupuesto de la obra conlleva un incremento en
los honorarios adjudicados por dos conceptos diferentes: obra y mobiliario.
Por el incremento del 17,80% del presupuesto de la obra,
correspondería un 17,80% sobre los honorarios adjudicados por ser un
incremento relativo al proyecto de obra., es decir 17,80 x 100 x 635.293,80 =
113.082,30 €.
- 16 -
Por el mobiliario, habría que aplicar un coeficiente diferen te de
acuerdo, con la responsabilidad y dificultad del trabajo, no comparable con el
de la obra, que evaluamos en un 2% del presupuesto incrementado por el
mobiliario, es decir, 2/100 x 1.863.540 = 37.270,80 €.
Esto nos lleva a un incremento total de hono rarios de 150.353,10,
obtenidos de la suma de 113.082,30 y 37.270,80, que supone un incremento
global de los honorarios adjudicados del 4,23%.
Este incremento debería aplicarse en los conceptos de Proyecto
Básico, Proyecto de Ejecución y Dirección de Obra de Arquitecto y de
Arquitecto Técnico.
Los honorarios quedarían de la siguiente manera:
Proyecto Básico ................................ 196.941.078 + 50.368,29 = 247.309.368.- €
Proyecto de Ejecución ...................... 146.117.574 + 37.362,75 = 183.480.324.- €
Dirección Obra Arquitecto ............... 146.117.574 + 37.362,75 = 183.480.324.- €
Dirección Obra Arquitecto Técnico ... 98.894.574 + 25.259,31 = 124.153.884.- €
Estudio de Seguridad y Salud ............ 11.689.200.- €
Aprobación del Plan .......................... 5.844.600.- €
Coordinación y Seguridad ................. 11.689.200.- €
Libro de Edificio................................ 12.000.000.- €
Plan de Autoprotección ..................... 6.000.000.- €
En el mismo informe, se indican las siguientes propuestas:
- 17 -
“1º.- Aprobar y habilitar la cantidad de 4.000.000,00 € (cuatro millones
de euros) por el incremento del presupuesto de la obra, suponiendo
un presupuesto de ejecución por contrata total de 16.000.000,00 €.
2º.- Aprobar y habilitar la cantidad de 155.425,75 €, (ciento cincuenta
y cinco mil cuatrocientos veinticinco euros con setenta y cinco
céntimos), por el incremento de los honorarios, que sup ondría
unos honorarios totales de 790.719,55 €.
3º.- Adjudicar a BN Asociados los honorarios total por 790.719.55
(setecientos noventa mil setecientos diecinueve euros con cincuenta
y cinco céntimos), de acuerdo con el desglose descrito
anteriormente.”
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 13 de
marzo de 2.007, se acordó la aprobación del Proyecto de Biblioteca y Archivo
Municipal en Leganés-Norte y convocatoria de Subasta para la contratación de
las obras, por un importe de 15.8 55.439,47 €.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del orden del día durante la cual el Sr.
Jiménez Rodríguez indico que su grupo iba a votar en contra, ya que no
encuentra justificado el incremento que se pretende efectuar respecto de los
honorarios de los técnicos autores del Proyecto, cuando realmente debería
haber tenido en cuenta en el momento de redactar el mencionado Proyecto
todas las incidencias que ahora se pretende llevar a cabo, tenie ndo en cuenta
que en su momento se encontraba ya vigente el Código Técnico de la
Edificación, y además el olvido de un mobiliario adecuado al edificio que se
diseñaba debería haberse realizado conjuntamente con el proyecto original. Sin
- 18 -
embargo ahora se iba a incrementar en 4.000.000. - € una obra que debería
haber estado prevista en el momento de adjudicar el contrato. El Sr. Jiménez
Rodríguez hizo referencia al informe del arquitecto municipal.
El Sr. Fernández Gil defendió el dictamen de la comisión inf ormativa,
e indico que a su juicio el Grupo Municipal Popular no se ha enterado de la
propuesta que se sometía a aprobación, o si se ha enterado, miente. Cuando se
encargo el proyecto no estaba vigente el Código Técnico de la Edificación, ya
que entro en aplicación con posterioridad, y además se está encargando el
diseño de un mobiliario adecuado al edificio, que tampoco estaba previsto en el
proyecto original. Termino señalando que el presente acuerdo no significa por
el momento aumento en la contratación de las obras.
Terminada deliberación y de conformidad con la propuesta obrante en
el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los
votos en contra de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, la
abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y los votos a favor
los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo
Municipal de Izquierda Unida, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar el gasto por importe de CIENTO CINCUENTA Y
CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO EUROS
CON SETENTA Y CINCO (155.425,75. - €), con cargo a las
Partidas: 05/4512/622.00 del Presupuesto del año 2.008.
SEGUNDO.- Modificar el contrato, por incremento en los honorarios DE
REDACCIÓN DIRECCIÓN DE OBRA DEL PROYECTO DE
EJECUCIÓN DE “LA BIBLIOTECA CENTRAL Y ARCHIVO
MUNICIPAL”, a la empresa BN ASOCIADOS, S.L. CIF: A -
79159802, por un importe de CIENTO CINCUENTA Y CINCO
- 19 -
MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO EU ROS CON
SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (155.425,75. - €), I.V.A.
incluido, lo que supone un total de contrato de SETECIENTOS
NOVENTA MIL SETECIENTOS DIECINUEVE EUROS CON
CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (790.719,55. - €.).
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que en el plazo de quince días,
contados a partir de la recepción del presente acuerdo, proceda a
constituir, en la Caja Municipal, la fianza definitiva que se fija
en la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS DIECISIETE
EUROS CON TRES CÉNTIMOS (6.217,03. -€).
9.- DEJAR SIN EFECTO Y RESOLVER LA CESIÓN DE USO AL
INEM DE LOS LOCALES SITOS EN EL CAMINO DEL
CEMENTERIO PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE
LEGANES.
Este Ayuntamiento en sesión celebrada el 29 de enero de 2.008,
adoptó el acuerdo de iniciar expediente para dejar sin efecto la cesión de uso de
419 metros cuadrados de los locales situados en la planta baja del bloque
compuesto por tres portales D, E y F situados en el Camino del Cementerio al
INEM.
Resultando que el acuerdo para dejar sin efecto y resolver la ces ión ha
sido publicado en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento del 26/6/08 al
18/7/08, ambos inclusive, y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
el 16/7/08, sin que se hayan presentado ningún tipo de reclamaciones ni
alegaciones.
- 20 -
Una vez tramitado el expediente de cesión de uso con arreglo a lo
establecido en los arts. 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales, y De conformidad con la propuesta obrante en el expediente
y el dictamen de la Comisión Informativa de Régime n Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Dejar sin efecto y resolver la cesió n de uso de 419 metros
cuadrados de los locales situados en la planta baja del bloque
compuesto por tres portales D, E y F situados en el Camino del
Cementerio al INEM, por trasladarse su sede a la calle Rey
Pastor de Leganés, y no estando previsto por la COMUNIDAD
DE MADRID, dar otro uso a los citados locales, considerando
automáticamente resuelta la cesión y revirtiendo la misma al
Ayuntamiento de Leganés, de conformidad con lo establecido en
el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades
Locales.
SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
10.- SUBSANACIÓN ERROR MATERIAL EXISTENTE EN EL
ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE
EJECUCIÓN Y CONVOCATORIA DE PR OCEDIMIENTO
ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE
“ACONDICIONAMIENTO DEL BARRIO DE
ZARZAQUEMADA ZONA 15, PARCELA 21 -22-23 DE
LEGANES” Y APROBACIÓN DE PLIEGOS DE
CONDICIONES QUE HAN DE REGIR Y SERVIR DE BASE
- 21 -
EN EL PROCESO QUE SE CONVOCA. EXPTE. 114/2 008.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el
día 17 de julio de 2008, se aprobó la convocatoria de subasta para la
contratación de las obras de "ACONDICIONAMIENTO DEL BARRIO DE
ZARZAQUEMADA ZONA 15, PARCELAS 21 - 22- 23 DE LEGANÉS” Y
APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES QUE HAN DE
REGIR Y SERVIR DE BASE EN EL PROCEDIMIENTO QUE SE
CONVOCA.
De conformidad con el informe emitido por el Ingeniero Técnico de
Obras Públicas, D. Juan Carlos García Saugar, de fecha 26 de Agosto de 2008,
se observa que existe un error en el presupuesto de licitación establecido en la
cláusula II del Pliego de Cláusulas Administrativas y en el presupuesto de la
obra aprobados.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y los votos a favor de los once Sres.
Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de
Izquierda Unida, acordaron:
Corregir el error material existente en el acuerdo de convocatoria de
procedimiento abierto para la contratación de las obras de
"ACONDICIONAMIENTO DEL BARRIO DE ZARZAQUEMADA ZONA
15, PARCELAS 21- 22- 23 DE LEGANÉS” Y APROBACIÓN DE LOS
PLIEGOS DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR Y SERVIR DE BASE
EN EL PROCEDIMIENTO QUE SE CONVOCA, aprobado por el
Ayuntamiento Pleno el 17 de julio de 2008, en su punto 16 y modificar los
- 22 -
apartados PRIMERO, TERCERO Y CUARTO del referido acuerdo, que
quedará redactado como sigue:
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto de Ejecución de las obras de
"ACONDICIONAMIENTO DEL BARRIO DE
ZARZAQUEMADA ZONA 15, PARCELAS 21 - 22- 23 DE
LEGANÉS”
TERCERO.- Aprobar los pliegos de condiciones que han de regir y servir de
base en el procedimiento abierto que se convoca, modificándose
en la cláusula II.1. Presupuesto. que quedará redactado como
sigue: El presupuesto de licitación máximo es de UN MILLÓN
QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y SEIS
CÉNTIMOS (1.551.665,56 €) más el IVA del 16% de
DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y SEIS EUROS CON CUARE NTA Y NUEVE
CÉNTIMOS (248.266,49 €).
CUARTO.- Aprobar un gasto por importe de UN MILLÓN SETECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS
EUROS CON CINCO CÉNTIMOS (1.799.932,05 €) I.V.A.
incluido, con cargo a la partida 23/4324 -610.00 de los
Presupuestos de 2008 y 2009
La subsanación anterior será publicada en el Boletín Oficial del
Estado y empezarán a computarse los plazos de presentación de ofertas al día
siguiente de dicha publicación.
- 23 -
11.- MODIFICACIÓN ANEXO INVERSIONES.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los doce Sres. Concejales del Grupo Municip al Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, y los votos a favor de los once Sres. Concejales
del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda
Unida, acordaron: Modificar el anexo del presupuesto de inversiones de la
Delegación de Cultura en la partida 05/4524/628.00, en los siguientes
conceptos:
Donde dice:
08050161 Julián Besteiro-Egaleo 22.850,00 €
Debe decir:
08050161 Julián Besteiro-Egaleo 16.850,00 €
Donde dice:
08050163 José Monleón 53.700,00 €
Debe decir:
08050163 José Monleón 59.700,00 €
- 24 -
12.- APORTACIÓN MUNICIPAL PROYECTO MODIFICADO Nº 1
DE LA ESCUELA INFANTIL ARROYO CULEBRO.
Con fecha 29 de Abril de 2008, ARPEGIO solicitó al Ayuntamiento
de Leganés la aportación municipal correspondiente al “Proyecto Modificado
nº 1 del Proyecto Básico y de Ejecución de la Escuela Infantil en la Parcela E8
Sector 5 en el barrio de Arroyo Culebro”, que construye la Comunidad de
Madrid dentro del PRISMA 2006 -2007 y con una aportación municipal del
48,480633%.
Con fecha 17 de Junio de 2008, este Ayuntamiento remitió escrito
ARPEGIO para que dicha aportación se financiase según el Convenio de
Cooperación firmado el 22 de febrero de 2006, y en cuya cláusula Cuarta. -
financiación y régimen económico, se establece lo siguiente:
….En caso de que se produzca un remanente de crédito como
consecuencia de una baja en la adjudicación y otras circunstancias, podrá se
utilizado, una vez recepcionada la actuación de procedencia. Dicho remanente
de crédito será destinado para financiar modificados, complementarios y
certificaciones finales que se produzcan en las actuaciones objeto del
convenio, sin más requisitos adicionales que los establecidos para la ejecución
de las mismas.
Recibido escrito de contestación por parte de ARPEGIO, en la que
dan conformidad a dicha cláusula y solicitan sea aprobada dicha asignación.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del orden del día durante la cual el Sr.
García Blázquez se dieron las explicaciones que estimó convenientes en
relación con el Dictamen de la Comisión Informativa y el contenido del
acuerdo que se sometía a aprobación.
- 25 -
Terminada la deliberación y de conformidad con la propuesta obrante
en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por
unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Liberar el remanente correspondiente a la actuación Nº 11. -
OPERACIÓN ASFALTO, que asciende a un total de
154.762,12 €.
SEGUNDO.- Aplicar dicho remanente a la financiación del Proyecto
Modificado nº 1 del Proyecto Básico y de Ejecución de la
Escuela Infantil en la Parcela E8 Sector 5 en el barrio de Arroyo
Culebro, cuyo presupuesto asciende a 139.894,12 €, de los que
el Ayuntamiento de Leganés aporta 67.821,55 € correspondiente
al 48,480633% establecido en el Convenio de Cooperación.
TERCERO.- Notificar a ARPEGIO el acuerdo adoptado.
CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
13.- DAR CUENTA ANTICIPOS DE CAJA FIJA.
La Corporación acordó quedar enterada de los siguientes anticipos de
Caja fija:
- 26 -
NOMBRE IMPORTE
JOSÉ M. CUADRADO PÉREZ 805,91
CARLOS GARCÍA HERNÁNDEZ 152,48
CAMINO PUENTE GARCÍA 248,00
ADORACIÓN CAMBON CABEZAS 1.546,70
Mª EUGENIA MORAL GUTIÉRREZ 599,28
Mª JOSÉ VILLAESCUSA SANTOS 195,00
Mª JOSÉ VILLAESCUSA SANTOS 30,25
Mª ISABEL AMAYA LÓPEZ 19.709,00
Mª ISABEL AMAYA LÓPEZ 2.550,00
LORENZO CUADRADO PÉREZ 151,47
LORENZO CUADRADO PÉREZ 316,27
JOSÉ LAMOLDA FERNÁNDEZ 48.018,80
JOSÉ LAMOLDA FERNÁNDEZ 133,60
JOSÉ LAMOLDA FERNÁNDEZ 158,95
JUAN A. LÓPEZ BLANCO 10.918,90
JUAN A. LÓPEZ BLANCO 52.278,00
PILAR GONZÁLEZ ANTA 7.305,60
PILAR GONZÁLEZ ANTA 501,77
DIONISIA DURAN BRAVO 850,00
DIONISIA DURAN BRAVO 1.827,20
DIONISIA DURAN BRAVO 19.602,84
ADORACIÓN CAMBON CABEZAS 20,39
- 27 -
14.- CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DISTINTAS
COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA
REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Sostenibilidad y Servicio
a la Ciudad, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: Conceder subvenciones a las Comunidades de vecinos que se
detallan a continuación:
COMUNIDAD DEPROPIETARIOS CIF EN CONCEPTO
DE IMPORTE
SAN CARLOSBORROMEO, Nº 1
H-8026677-8 FACHADA 3.245,86
SEMINARIO, Nº 26 H-8165260-4 TEJADO 3.154,80
PRIORATO, Nº 9 H-7987740-3 FACHADA 1.530,02
LEGAZPI, Nº 2 H-7963639-5 TEJADO 4.360,75
AVDA. REY JUANCARLOS I, Nº 50
E-7886250-5 TEJADO 5.439,61
PRIORATO, Nº 103 H-7976663-0 FACHADA 8.446,30
BATALLA BRUNETE, Nº13
H-7970145-4 ASCENSOR 11.546,66
VIRGEN DEL CAMINO,Nº 7
H-8145695-6 FACHADA 299,70
TIRSO MOLINA, Nº 9 E-7542722-9 ASCENSOR 12.020,00
SANTA ISABELHUNGRÍA, Nº 20
H-7988180-1 CUBIERTA 2.252,16
JUAN PONCE LEÓN, Nº1
H-8143434-2 ASCENSOR 12.020,00
- 28 -
COMUNIDAD DEPROPIETARIOS
CIF EN CONCEPTODE IMPORTE
SAGRA, Nº 47 E-2860853-7 FACHADA 8.627,80
RÍO DUERO, Nº 55 H-7948769-0 CUBIERTA 5.310,00
JUAN DE MARIANA, Nº3
E-2893532-8 CUBIERTA 3.892,33
BATALLA NAVASTOLOSA, Nº 2
E-7878725-6 ASCENSOR 11.753,26
HERMANOS PINZON, Nº3
H-7992210-0 ASCENSOR 12.020,00
LOPE VEGA, Nº 17 H-7917066-8 ASCENSOR 12.020,00
ORDOÑEZ, Nº 19 E-7836912-1 ASCENSOR 12.020,00
HERMANOS PINZON, Nº8
H-8073189-6 FACHADA 5.610,38
MADRID, Nº 30 H-7964471-2 ASCENSOR 12.020,00€
VASCO DE GAMA, Nº 18 H-7977793-4 ASCENSOR 12.002,00
FRAY MELCHORCANO, Nº 16
E-78009800 CUBIERTA 2.998,11
NAVARRA, Nº 2 E-2859005-7 FACHADA 3.361,08
BATALLA NAVASTOLOSA, Nº 10
H-7996099-3 ASCENSOR 12.020,00€
PRIORATO, 28 H-7958801-8 FACHADA 2.833,52€
MAYORAZGO, Nº 16 H-7915799-6 FACHADA 2.646,24
PRIORATO, Nº 93 H-7967120-2 FACHADA 12.020,00
BUREBA, Nº 20 H-7967533-6 CUBIERTA 1.713,10
- 29 -
15.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE ESTUDIO DE DETALLE
PARCELAS 15.7 Y 15.8 DEL SECTOR 1 OESTE PAU -2
“AUTOVÍA DE TOLEDO”
Por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 3 de junio
de 2008, se aprobó inicialmente el mencionado Estudio de Detalle, tramitado a
instancia de IBERCOM IBERICA DE COMPONENTES, S.A.
De conformidad con los antecedentes que obran en el expediente, éste
fue sometido a información pública mediante la publicación de los
correspondientes anuncios en el B.O.C.M. núm. 160, de 7 de julio, en el diario
“La Razón” de fecha 19 de junio, y la exposición del acuerdo en el Tablón de
Anuncios de este Ayuntamiento durante los días comprendidos entre el 26 de
junio y el 24 de julio de 2008.
El acuerdo de aprobación inicial se ha notificado individualmente a
los que aparecen como interesados en el expediente.
No consta en el expediente que durante el plazo de información
pública se hayan presentado alegaciones.
Tal como consta en el acuerdo de aprobación inicial, “en ningún caso
el Estudio de Detalle podrá parcelar el suelo, por lo que en caso de pretender
agregar las parcelas objeto del mismo se deberá solicitar la correspondiente
Licencia Municipal”
Una vez transcurrido el periodo de infor mación pública, debe
procederse a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle por el órgano
competente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 59 y 60 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- 30 -
De conformidad con lo establecido por el artículo 22 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su
redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la
modernización del gobierno local, y el artículo 61.5 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la competencia para la aprobación
definitiva de los Estudios de Detalle corresponde al Pleno municipal.
El artículo 66 de la precitada Ley 9/2001 preceptúa que el acuerdo de
aprobación definitiva y el con tenido íntegro de la parte del Plan cuya
publicación exija la legislación de régimen local deben publicarse en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido
previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística en
el registro administrativo de la Consejería competente en materia de
ordenación urbanística.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Sostenibilidad y Servicio
a la Ciudad, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal Uleg, y los votos a favor de los once Sres.
Concejales del Grupo Municipal Soci alista y los tres Sres. Concejales del
Grupo Municipal Izquierda Unida, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas
15.7 y 15.8 ubicadas en el Sector 1 Oeste del PAU -2
“AUTOVÍA DE TOLEDO” de acuerdo con las prescrip ciones
indicadas en los informes de aprobación inicial.
SEGUNDO.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y proceder a la notificación
- 31 -
individualizada del presente acuerdo a todos los interesados en
el presente expediente.
16.- APROBACIÓN DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES
PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA DE “LEGANES
CONTRA EL ANALFABETISMO” CURSO 2007/2008.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO : Aprobar y conceder las subvenciones a las entidades
participantes en el programa LEGANES CONTRA EL
ANALFABETISMO durante el curso 2007/2008, por importe
de VEINTITRÉS MIL TRESCIENTAS SETENTA Y SEIS,
(23.376.- €) con cargo a la partida 07/4221 -489.01, según la
siguiente relación:
ENTIDAD CIF CANTIDADTOTAL
PARROQUIA NTRA. SRA. DELCARRASCAL
Q7800489B 443,00 €
ASOCIACIÓN MINUSVÁLIDOSFÍSICOS VILLA DE LEGANES
G80500523 369,00 €
ASOCIACIÓN ENFERMOSESPONDILITIS Y REUMA DELEGANES
G81692014 296,00 €
- 32 -
ENTIDAD CIF CANTIDADTOTAL
ASOCIACIÓN AMIGOS DELAZORIN
G81517534 394,00 €
ASOCIACIÓN DE VECINOS ELCARRASCAL
G78287398 1.183,00 €
A C DINAMO ALTERNATIVASOCIAL
G80586613 4.237,00 €
AULA DE CULTURA ELSALVADOR
Q2801329J 1.084,00 €
CASA DE EXTREMADURA G28819365 394,00 €
CASA CULTURAL CASTELLANOMANCHEGA DE LEGANES
G79075651 862,00 €
ASOCIACIÓN ALBORADA (AULADE CULTURA REVERDECER
G80902190 690,00 €
CASA DE SALAMANCA G78269115 493,00 €
ASOCIACIÓN ALBORADA (AULACULTURAL LA SALUD)
G80902190 3.154,00 €
AA. VV. SAN NICASIO G79032108 2.758,00 €
PARROQUIA DE SAN PIO V Q7800489B 1.895,00 €
HUMANOS SIGLO XXI G82690447 394,00 €
PARROQUIA NTRA. SRA. DEZARZAQUEMADA
Q7800489B 2.315,00 €
PARROQUIA SAN ELADIO Q7800489B 1.627,00 €
PARROQUIA VIRGEN MADRE Q7800489B 788,00 €
SEGUNDO: Abonarlas en un solo pago, previa justificación de los gastos
ante los servicios técnicos municipales de acuerdo con las bases
- 33 -
de ejecución del presupuesto y sin perjuicio de los trá mites
contables vigentes ante la Intervención Municipal..
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado de
Educación, Infancia y Festejos, indistintamente, para la firma de
cuantos documentos sean necesarios en ejecución del present e
acuerdo.
17.- SUBVENCIÓN A LOS CENTROS EDUCATIVOS
PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA DE ECOESCUELAS Y
AMPLIACIÓN DEL CONVENIO CON ADEAC.
En la Junta de Gobierno Local de fecha 25 de marzo de 2008, se
aprobó el pago de la subvenció n contemplada en la base 34 de ejecución del
presupuesto a la Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor
(ADEAC), para el desarrollo del convenio para el programa de
ECOESCUELAS, por importe de 2.517 euros.
En el Pleno de 10 de junio de 2008 se am plió la partida presupuestaria
07/4225-489.01, por la modificación del presupuesto núm. 9/2008, en 5.500
euros.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
- 34 -
PRIMERO: Aprobar, conceder y abonar una subvención de TRES MIL
DOSCIENTOS EUROS, correspondiendo 200. - € a cada uno de
los centros escolares relacionados, destinados a poner en march a
las medidas de ahorro energético resultantes de la ecoauditorias
realizadas y que dadas las características específicas de
funcionamiento de los Centros Educativos, se abonen en un
único pago.
CEIP ANDRÉS SEGOVIA CIF: Q2868609E
CEIP ANTONIO MACHADO CIF: Q2868614E
CEIP CALDERÓN DE LABARCA
CIF: Q2868137G
CEIP GERARDO DIEGO CIF: Q7868003J
CEIP JUAN DE AUSTRIA CIF: Q2868105D
CEIP MIGUEL DELIBES CIF: Q2868611A
CEIP VÍCTOR PRADERA CIF: Q2868751E
CEIP TRABENCO CIF: Q2868117I
IES ARQUITECTO PERIDIS CIF: Q2868118G
IES ISAAC ALBENIZ CIF. Q2868122I
IES JULIO VERNE CIF. Q2868956J
IES Mª ZAMBRANO CIF: Q7868093A
IES SIGLO XXI CIF: Q2868075I
EEI VERBENA CIF: Q7868168A
EEI LOPE DE VEGA CIF: Q7850030C
EEI ROSA CARAMELO(EDUCACIÓN EN ACCIÓN, S.COOP)
CIF: F83682815
- 35 -
SEGUNDO:- Ampliar el convenio firmado con ADEAC (CIF G28988376) en
2.300.- €, por la incorporación de nuevos centros y para la
ampliación de actividades de coordinación de l programa
TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado de
Educación, Infancia y Festejos, indistintamente, para la firma de
cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente
acuerdo.
18.- CONVENIO DE COLABORACIÓ N CON LA UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO (UIMP) PARA EL
PATROCINIO DE UN SEMINARIO.
Por parte de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo se
propuso a este Ayuntamiento la firma entre ambas Instituciones de un
Convenio de Colaboración, en e l marco de la alta cultura, investigación y
especialización, para la celebración de un seminario sobre “Muerte Digna,
Asistencia ante la Muerte”, para fomentar relaciones e intercambio de
información científica y cultural de interés internacional e interre gional en la
que participan varias universidades e instituciones españolas y extranjeras.
Dado que la celebración del citado seminario tuvo lugar del 7 al 11 de
julio pasado en el marco general de los cursos de la UIMP de Santander y al
estar pendiente de la modificación presupuestaria no pudo incluirse en el orden
del día del pleno del mes de julio, la aprobación del citado convenio y la
concesión de la subvención solicitada, por lo que fue suscrito el convenio por
esta Alcaldía en fecha 5-7-2008 por las citadas y justificadas razones de
- 36 -
urgencia, sometiéndose ahora a la ratificación del Ayuntamiento en Pleno en la
primera sesión en que ésta se celebre.
La colaboración municipal en la realización del citado seminario, en
los términos descritos en el convenio supone una aportación en el concepto de
subvención de 10.239 €, en pago único para contribuir a la financiación de los
gastos del citado seminario.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del orden del día durante la cual el Sr.
Delgado Pulido realizó una exposición sobre la conveniencia o no de celebrar
el mencionado seminario y preguntó que beneficios iba a reportar a los vecinos
de Leganés, así como si se hubiera financiado o no para el sup uesto de que no
interviniera el Doctor Montes.
Por su parte el Sr. Gómez Ruiz solicitó explicación sobre la calamidad
pública o urgencia para celebrar el mencionado Convenio sin haberlo aprobado
el Pleno municipal, cuando con anterioridad a la aprobación del gasto se había
celebrado un Pleno. Igualmente solicitó explicación de porque tiene que
participar el Ayuntamiento de Leganés en un lavado de imagen del Doctor
Montes, cuando a su juicio el lavado de imagen suponía que el mencionado
Doctor había actuado mal, como así lo atestigua el informe del Colegio de
Médicos de Madrid.
La Sra. Banegas González defendió el Dictamen de la Comisión
Informativa e indicó que no existía ningún compromiso personal con el Doctor
Montes.
Igualmente el Sr. Calle defendió l a realización del seminario y el Sr.
García Blázquez indicó que el Ayuntamiento debe apoyar cuantas iniciativas
- 37 -
permitan a este Ayuntamiento estar presente en actividades universitarias con
proyección nacional.
De conformidad con la propuesta obrante en e l expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos en votación ordinaria y por mayoría con los
votos a favor de los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los
tres Sres. Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida, y los votos en
contra de los doce Sres. Concejales del PP y la abstención del Sr. Concejal de
Uleg, acordaron:
PRIMERO.- Ratificar el convenio de colaboración adjunto suscrito por la
Alcaldía en fecha 5 de julio de 2008 con el Rectorado de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la relación de
un seminario sobre “Muerte Digna, Asistencia ante la Muerte”
celebrado en Santander del 7 al 11 de julio pasado, en un marco
de intercambio de información científica y cultural de interés
internacional e interregional con participación de varias
universidades e instituciones españolas y extranjeras
SEGUNDO.- Aprobar una subvención de Diez mil doscientos treinta y nueve
Euros (10.239 €) para contribuir a la financiación de las
actividades incluidas en el seminario citado
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde–Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución de los presentes
acuerdos.
- 38 -
19.- CONVENIO DE COOPERACIÓN CIENTÍ FICA CON LA
UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
Por parte del Rectorado de la Universidad Carlos III se ha propuesto a
este Ayuntamiento la firma entre ambas Instituciones de un Convenio de
Cooperación Científica, en el marco de la formación académica y d e
investigación en general, para el estudio y promoción de los Derechos
Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia, con la organización de
actividades docentes y de investigación, cursos y seminarios para la promoción
y difusión de las libertades públic as y la laicidad, por su extraordinaria
incidencia en la vida social y su relevancia académica e intercultural..
Para la realización de dichas actividades por ambas instituciones se
aprobará un Plan anual de Actividades, coincidente con el curso académico ,
elaborado por la Cátedra de Laicidad y Libertades Públicas de la citada
Universidad, para cuya labor el Ayuntamiento contribuirá con una subvención
de 12.000 € anuales, durante el período de vigencia del Convenio, que se
establece en un total de tres cur sos académicos, (desde el 1-9-2.008 hasta el 31-
8-2.011), en lugar de la duración propuesta por el Rectorado de dos años,
prorrogables tácitamente por iguales períodos, coincidiendo la duración con el
período de mandato de la actual Corporación.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del orden del día durante la cual el Sr.
Jiménez Rodríguez señaló que su grupo no podía apoyar el convenio que se
sometía a aprobación teniendo en cuenta el objetivo de la Cátedra de Laicidad
y Libertades Públicas de la Universidad Carlos III, señalando igualmente la
falta de consideración al Ayuntamiento Pleno teniendo en cuenta la fecha del
convenio y cuando es aprobado por este Ayuntamiento.
- 39 -
Por su parte la Sra. Oliva García defendió el dictamen de la Comisión
Informativa y solicitó la aprobación del convenio.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, por mayoría con los votos en contra de los
doce Sres. Concejales del PP, los votos a favor de los once Sres. Concejales del
Grupo Municipal Socialista, los tres votos de los Sres. Concejales del Grupo
municipal Izquierda Unida y el voto del Sr. Concejal de Uleg, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Cooperación Científica adjunto con el
Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid para la
realización de actividades docentes y de investigación social
sobre las libertades públicas y la laicidad, a través de un
programa anual elaborado por la Cátedra de Laicidad y
Libertades Públicas de licitada Universidad, modificándose la
duración del Convenio que se extenderá a tres cursos
académicos y coincidiendo con el mandato de la actual
Corporación, con inicio el 1-9-2.008 y finalización el 31-8-
2.011.
SEGUNDO.- Aprobar una subvención de Doce mil Euros (12.000 €) anuales
para contribuir a la financiación de las citadas actividades que se
programen por la indica Cátedra y dentro del Plan A nual que se
apruebe por ambas Instituciones.
TERCERO.- Designar a Doña Laura Oliva García, Concejal Delegada de
Seguridad Ciudadana de este Ayuntamiento, responsable de la
ejecución del presente Convenio, coordinando las actuaciones
municipales con la citada Universidad.
- 40 -
CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde–Presidente para suscribir el Convenio
aprobado y para la firma de cuantos documentos sean necesarios
en ejecución de los presentes acuerdos.
20.- CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN
DEL VII ENCUENTRO IBEROAMERICANO DE
ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES.
Por parte de la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU)
se ha propuesto a este Ayuntamiento la firma entre ambas Instituciones de un
Convenio de Colaboración, en el marco legal de las competencias atribuidas
por el artículo 25.2 g) de la Ley 7/85 de LRBRL, en materia de defensa de
usuarios y consumidores, para la celebración del VII Encuentro
Iberoamericano de Asociaciones de Consumidores, para fomentar un es pacio
de encuentro y reflexión conjunta sobre temas que interesan y conciernen a la
sociedad, empresas y especialmente a los consumidores y conocer la
problemática del consumo, su soporte jurídico, y acordar acciones de
cooperación a realizar en relación c on los temas eje del Encuentro: La
Responsabilidad Social, Corporativa y el Consumo Responsable.
Dado que la celebración del citado encuentro tuvo lugar el 29 de mayo
pasado en el Centro Municipal “Las Dehesillas” de Leganés y al estar
pendiente en dicha fecha la tramitación presupuestaria no pudo incluirse en el
orden del día del pleno del mes de mayo la aprobación del citado convenio y la
concesión de la subvención solicitada, por lo que fue suscrito el convenio por
esta Alcaldía en fecha 21-5-2008 por las citadas y justificadas razones de
urgencia, sometiéndose ahora a la ratificación del Ayuntamiento en Pleno en la
- 41 -
primera sesión en que ésta se celebra, una vez vigente la indicada modificación
presupuestaria
La colaboración municipal en la realizació n del citado encuentro, en
los términos descritos en el convenio supone una aportación en el concepto de
subvención de 15.000 €, en pago único para contribuir a la financiación de los
gastos del citado evento.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Infor mativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del orden del día durante la cual el Sr.
Jiménez Rodríguez se indicó que no es democrático firmar un convenio en una
fecha y con posterioridad someterlo a la aprobación del Ayuntamiento Pleno
por lo que su grupo iba a votar en contra del mismo.
Por parte de la Sra. Banegas González se defendió el dictamen de la
Comisión Informativa y se solicitó la aprobación del mencionado dictamen.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, por mayoría con los votos a favor de los once
Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres Sres. Concejales del
Grupo Municipal de Izquierda Uni da, los votos en contra de los doce Sres.
Concejales del PP y la abstención del Sr. Concejal de Uleg, acordaron:
PRIMERO.- Ratificar el convenio de colaboración adjunto suscrito por la
Alcaldía en fecha 21 de mayo de 2008 con La Confederación de
ámbito Estatal, de Consumidores y Usuarios (CECU) para la
realización del VII Encuentro Iberoamericano de Asociaciones
de Consumidores celebrado en el Centro Municipal “Las
Dehesillas” de Leganés el día 29 de mayor pasado, en un marco
legal de las competencias atribuidas por el artículo 25.2 g) de la
- 42 -
Ley 7/85 de LRBRL, en materia de defensa de usuarios y
consumidores
SEGUNDO.- Aprobar una subvención de Quince mil Euros (15.000 €) para
contribuir a la financiación de las actividades incluidas en el
citado encuentro.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde–Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución de los presentes
acuerdos.
21.- RECURSOS Y DEMANDAS.
21.1- RECURSO P.O. Nº 48/2008 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 28 DE MADRID, INTERPUESTO POR
ASOCIACIÓN LA QUINTANA
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.
48/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 28 de Madrid,
interpuesto por ASOCIACIÓN LA QUINTANA sobre adjudicación prestación
de servicios de campamento; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abs tenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
- 43 -
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVI LLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.2- RECURSO P.O. Nº 72/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 9 DE MADRID, I NTERPUESTO POR
Dª PALOMA SANTOS LÓPEZ.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.
72/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 9 de Madrid,
interpuesto por Dª PALOMA SANTOS LÓPEZ sobre infracción de tráfico; y
de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría,
con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del G rupo Municipal
Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
- 44 -
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANC ISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.3- RECURSO P.A. 364/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 14 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. JOSÉ LAMOLDA FERNÁNDEZ
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
364/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 14 de Madrid,
interpuesto por D. JOSÉ LAMOLDA FERNÁNDEZ sobre personal; y de
conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico
y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el
Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
- 45 -
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CO RVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.4- RECURSO P.A. 442/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 1 DE MADRID, INTERPUESTO POR
CONTENEDORES EXTRARRADIOS MADRILEÑOS, S.A.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
442/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 1 de Madrid ,
interpuesto por CONTENEDORES EXTRARRADIOS MADRILEÑOS, S.A.
sobre expediente sancionador; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las absten ciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y de fensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
- 46 -
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO , DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.5- RECURSO P.A. 471/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 21 DE MADRID, INTER PUESTO POR
D. CARLOS LÓPEZ DÍAZ.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
471/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 21 de Madrid,
interpuesto por D. CARLOS LÓPEZ DÍAZ sobre abono de trabajo de superior
categoría; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Conce jales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en e l
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
- 47 -
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.6- RECURSO P.A. 492/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 23 DE MADRID, INTERPUESTO POR
Dª MARIA JOSEFA IGLESIAS CUESTA.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
492/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 23 de Madrid,
interpuesto por Dª MARIA JOSEFA IGLESIAS CUESTA sobre abono de
trabajo de superior categoría; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los d oce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este A yuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
- 48 -
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.7- RECURSO P.A. 504/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 26 DE MADRID, INTERPUESTO POR
ELSAN-PACSA, S.A.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
504/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 26 de Madrid,
interpuesto por ELSAN-PACSA, S.A. sobre reclamación de intereses de
demora; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
- 49 -
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.8- RECURSO P.A. 506/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 23 DE MADRID, INTERPUESTO POR
CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
506/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 23 de Madrid,
interpuesto por CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADR ID;
y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría,
con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal
Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procurador es: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, D ON ANTONIO
- 50 -
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.9- RECURSO P.A. 740/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 22 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. PEDRO JIMÉNEZ GUTIÉRREZ.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
740/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 22 de Madrid,
interpuesto por D. PEDRO JIMÉNEZ GUTIÉRREZ sobre infracci ón de
tráfico; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Co ncejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
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ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
21.10- RECURSO P.A. 855/08 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 27 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. JOSÉ MARIA RAMOS GONZÁLEZ.
Habiendo sido reclamado el exped iente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
855/2008 del Juzgado de lo Contencioso -Administrativo núm. 27 de Madrid,
interpuesto por D. JOSÉ MARIA RAMOS GONZÁLEZ sobre infracción de
tráfico; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de U LEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso -
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
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ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
22.- SENTENCIAS Y AUTOS.
22.1- RECURSO CASACIÓN Nº 7256/02 (1390/99) DEL TRIBUNAL
SUPREMO SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 2ª, INTERPUESTO POR AYUNTAMIENTO DE
LEGANES CONTRA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
HACIENDA..
Vista la sentencia de fecha 24 de junio de 2008, dictada por el
Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda,
en el recurso de casación nº 72 56/2002 (recurso 1390/99), interpuesto por
Ayuntamiento de Leganés contra Ministerio de Economía y Hacienda sobre
liquidación definitiva de la partición de los municipios recurrentes en los
tributos del Estado para 1997; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: qued ar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
22.2- RECURSO Nº 2174/03 DEL TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA
SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN 4ª
- 53 -
INTERPUESTO POR AYUNTAMIENTO DE LEGANES.
Vista la sentencia de fecha 19 de mayo de 2008, dictada por el
Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección
Cuarta, en el recurso núm. 2174/2003, interpuesto por Ayuntamiento de
Leganés sobre acuerdo Jurado Terr itorial de Expropiación Forzosa de
justiprecio finca 18 Avda. de los Pinos; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los d oce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
22.3- RECURSO P.O. Nº 88/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 13 DE MADRID, INTERPUESTO POR
Dª CARMEN ESPERANZA MEDINA DELGADO.
Vista la sentencia de fecha 30 de junio de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 13 de Madrid, en el recurso p or
Procedimiento Ordinario núm. 88/06, interpuesto por Dª CARMEN
ESPERANZA MEDINA DELGADO sobre reclamación patrimonial; y de
conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico
y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la
mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan
las resoluciones que procedan.
- 54 -
22.4- RECURSO P.O. Nº 112/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 23 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. CARLOS GARCÍA MORENO.
Vista la sentencia de fecha 29 de mayo de 2008, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 23 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Ordinario núm. 112/2006, interpuesto por D. CARLOS
GARCÍA MORENO sobre reclamación patrimonial; y de conformidad con el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada
sentencia y que por las Unidades correspondie ntes se propongan las
resoluciones que procedan.
22.5- RECURSO P.A. Nº 613/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 19 DE MADRID, INTERPUESTO POR
SEVEN ELÉCTRICA, S.A.L.
Vista la sentencia de fecha 3 de julio de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 19 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 613/2006, interpuesto por SEVEN
ELÉCTRICA, S.A.L. sobre reclamación patrimonial; y de conformidad con el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hac ienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada
sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan las
resoluciones que procedan.
- 55 -
22.6- RECURSO P.A. Nº 729/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 10 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. JESÚS NIETO RUIZ.
Vista la sentencia de fecha 16 de mayo de 2008, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 729/2006, interpuesto por D. JESÚS NIETO
RUIZ sobre personal; y de conformidad con el di ctamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
22.7- RECURSO P.A. Nº 797/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 6 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. FERNANDO ESCAMILLA PLAZA.
Vista la sentencia de fecha 19 de junio de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 797/2006, interpuesto por D . FERNANDO
ESCAMILLA PLAZA sobre personal; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
- 56 -
22.8- RECURSO P.A. Nº 810/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 25 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. LUIS MENCHACA DE LA PLAZA.
Visto el auto de fecha 27 de junio de 2008, dictada por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 25 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 810/2006, int erpuesto por D. LUIS
MENCHACA DE LA PLAZA sobre personal; y de conformidad con el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada
sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan las
resoluciones que procedan.
22.9- RECURSO P.A. 812/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 17 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. PEDRO ESCARPA ARAQUE.
Visto el auto de fecha 23 de julio de 2008, dictada por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 812/ 2006, interpuesto por D. PEDRO
ESCARPA ARAQUE sobre personal; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
- 57 -
22.10- RECURSO P.A. 817/06 DEL JUZG ADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. ALBERTO GARCÍA GONZÁLEZ.
Visto el auto de fecha 1 de julio de 2008, dictado por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid, en el recurso por Procedimiento
Abreviado núm. 817/2006, interpuesto por D. ALBERTO GARCÍA
GONZÁLEZ sobre personal; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sr es.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
22.11- RECURSO P.A. 826/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 11 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. J. ANTONIO FELICIANO RIVAS.
Visto el auto de fecha 19 de junio de 2008, dictado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 826/2006, interpuesto por D. J. ANTONIO
FELICIANO RIVAS sobre personal; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstencion es de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
- 58 -
22.12- RECURSO P.A. 829/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 19 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. JAVIER CURTO JIMÉNEZ.
Visto el auto de fecha 24 de junio de 2008, dictado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 19 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 829/2006, interpuesto por D. JAVIER CURTO
JIMÉNEZ sobre personal; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenc iones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
22.13- RECURSO P.A. 833/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 16 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. RAFAEL GARCÍA ROL.
Visto el auto de fecha 10 de julio de 2008, dictado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 16 de Madrid, en el recurso po r
Procedimiento Abreviado núm. 833/2006, interpuesto por D. RAFAEL
GARCÍA ROL sobre personal; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abs tenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
- 59 -
22.14- RECURSO P.A. 840/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 9 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. CESAR SANCHO GONZÁLEZ.
Visto el auto de fecha 29 de mayo de 2008, dictado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 840/2006, interpuesto por D. CESAR
SANCHO GONZÁLEZ sobre personal; y de conformidad con el dictamen de
la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las a bstenciones de los doce
Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
22.15- RECURSO P.A. 904/06 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 13 DE MADRID, INTERPUESTO POR
PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA
FIJA.
Vista la sentencia de fecha 1 de julio de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 13 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 904/2006, interpuesto por PELAYO MUTUA
DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA sobre responsabilidad
patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
- 60 -
acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las
Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
22.16- RECURSO P.O. 48/07 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 20 DE MADRID, INTERPUESTO POR
D. USSEIN HASSANOV SARDOLOU.
Vista la sentencia de fecha 16 de junio de 200 8, dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 20 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Ordinario núm. 48/07, interpuesto por D. USSEIN
HASSANOV SARDOLOU sobre denegación de licencia; y de conformidad
con el dictamen de la Comisión Info rmativa de Régimen Jurídico y Hacienda,
los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones
de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de l a mencionada
sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan las
resoluciones que procedan.
22.17- RECURSO P.O. Nº 65/07 DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO, INTERPUESTO POR D. RAFAEL JUAN
MIRAT GÓMEZ.
Vista la sentencia de fecha 27 de junio de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Ordinario núm. 65/07, interpuesto por D. RAFAEL JUAN
MIRAT GÓMEZ sobre reversión permuta propiedad municipal; y de
conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico
y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
- 61 -
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acor daron: quedar enterados de la
mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan
las resoluciones que procedan.
22.18- RECURSO APELACIÓN 1484/07 DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA DE MADRID SECCIÓN SEGUNDA,
INTERPUESTO POR D. ANTONIO IVAN CID MARTÍNEZ.
Vista la sentencia de fecha 17 de abril de 2008, dictada por el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, Sección segunda de la Sala Contencioso
Administrativo, en el recurso por Procedimiento Ordinario nú m. 22/2006,
interpuesto por D. ANTONIO IVAN CID MARTÍNEZ sobre reclamación
patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las
Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
22.19- ROLLO Nº 13/03 DEL SUMARIO 1/02 DE LA SECCIÓN
CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID,
INTERPUESTO POR D. MIGUEL ANGEL CERRATO CRUZ.
Vista la sentencia de fecha 27 de mayo de 2008, dictada por la
Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, e n el juicio oral sumario
nº 1/02 (rollo de sala 13/03), seguido contra D. PEDRO ROMERO MARTÍN
sobre delito de homicidio; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
- 62 -
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las res oluciones que
procedan.
22.20- JUICIO ORAL Nº 386/04 DEL JUZGADO DE LO PENAL Nº 1
DE GETAFE, INTERESADO: D. ARTUR SYULEY MANOV
LEVCHIEVE.
Vista la sentencia de fecha 6 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Penal nº 1 de Getafe, en el juicio ora l núm. 386/04 procedente del
Juzgado de Instrucción nº 6 de Leganés, seguido contra D. ARTUR SYULEY
MANOV LEVCHIEVE sobre un delito contra la seguridad del tráfico; y de
conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico
y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la
mencionada sentencia y que por las Un idades correspondientes se propongan
las resoluciones que procedan.
22.21- JUICIO ORAL Nº 201/07 DEL JUZGADO DE LO PENAL Nº 3
DE GETAFE, INTERESADO: CARMELO MANUEL BULLIDO
SÁNCHEZ.
Vista la sentencia de fecha 21 de mayo de 2008, dictada por el
Juzgado de lo Penal nº 3 de Getafe, en el juicio oral núm. 201/2007 dimanante
- 63 -
de diligencias previas 1647/06 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Leganés,
seguido contra D. CARMELO MANUEL BULLIDO SÁNCHEZ sobre delito
de hurto; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las
Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
22.22- RECURSO P.A. Nº 31/08 DEL JUZGADO DE LO PENAL Nº 3
DE GETAFE, INTERESADO: DANIEL RAMÓN
BOUTUREIRA.
Vista la sentencia de fecha 10 de junio de 2008, dictada por el Juzgado
de lo Penal nº 3 de Getafe, en el juicio oral núm. 31/08 procedente del Juzgado
de 1ª instancia e instrucción nº 2 de Leganés procedimiento abreviado nº 31/08,
seguido contra D. DANIEL RAMÓN BOUTUREIRA sobre de lito contra la
seguridad de tráfico; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipa l Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia
y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que
procedan.
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23.- MOCIÓN PRESENTADAS POR L OS GRUPOS MUNICIPALES
DE IZQUIERDA UNIDA Y SOCIALISTA SOBRE DECRETOS
DE MÍNIMOS, CESE DE DIRECTORA DE ESCUELAS
INFANTILES Y DETERIORO DE LA EDUCACIÓN PUBLICA
MADRILEÑA.
Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por los Grupos
Municipales Socialista e Izquierda Unida:
“En estos últimos dos años la Educación Pública está recibiendo
graves ataques por parte del Gobierno de la Comunidad de Madrid y de la
Consejería de Educación que, aprovechando los meses de verano, ha iniciado
una política despótica y regresiva; en concreto a las Escuelas Infantiles.
Tras el anterior curso marcado por las movilizaciones, tanto de los
profesionales como de los padres y madres de alumnos de Educación Infantil,
contra el Decreto de mínimos que rebaja la calidad en los ce ntros, la repuesta
de la Consejería de Educación ha sido más de lo mismo: negativas, nada de
dialogo y más represión, como ha sucedido con los ceses de las directoras de
las Escuelas Infantiles de forma “absolutamente arbitraria e injustificada” y
la eliminación de las plazas gratuitas en estos centros.
El cese de las directoras se ha producido de forma absolutamente
irregular, ya que la Orden de la Comunidad de Madrid que regula el
nombramiento de los directores y directoras aún no ha sido aprobada y es
totalmente reprobable, porque su objetivo es castigar a los discrepantes con la
política y actuaciones que ha ejercido el Gobierno de la Comunidad de Madrid
en contra de las Escuelas Infantiles y colocar en sus puestos a personas
elegidas “a dedo” por la propia Administración.
La aplicación del Decreto de mínimos en este curso académico
supondrá un empeoramiento en la calidad de la enseñanza y un proceso de
- 65 -
privatizaciones. No se ha pensado en los niños y niñas, que estarán en
espacios más reducidos y atendi dos por menos profesionales. Esto demuestra
la poca importancia que da el Gobierno de la Comunidad de Madrid a la
Educación Infantil, ya que su único objetivo es sólo “guardar niños y niñas” y
no educar.
Por todo ello, se propone al Ayuntamiento Pleno la a dopción de los
siguientes ACUERDOS:
La anulación de los Decretos de mínimos.
Exigir al Gobierno de la Comunidad de Madrid que todos las
Escuelas Infantiles sean atendidas por profesionales y no por
simples “guardadores de niños y niñas”.
Que las directoras y directores de Escuelas Infantiles que ha sido
destituidas sin motivo alguno, sean restituidas en sus puestos.
Que el Gobierno de la Comunidad de Madrid cumpla con las
competencias que le corresponden en materia educativa y no se
olvide de la importancia de educar a los niños y niñas de 0 a 3
años.
Que el Gobierno de la Comunidad de Madrid no trabaje más en
destruir la educación pública y privatizar, degradando lo público
hasta convertirlo en “guetos”.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Aprobar la moción que ha quedado
transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los once miembros del
Grupo Municipal Socialista, los tres miembros del Grupo Municipal de
Izquierda Unida y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, votaron en
contra los doce Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular.
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24.- MOCIÓN PRESENTADAS POR LOS GRUPOS MUNICIPALES
DE IZQUIERDA UNIDA Y SOCIALISTA SOBRE RECHAZO A
LA INSTRUCCIÓN DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD
DE MADRES PARA QUE NO SE IMPARTA EDUCACIÓN
PARA LA CIUDADANÍA.
Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por los Grupos
Municipales Socialista e Izquierda Unida:
“La educación de los valores democráticos y constitucionales forman
parte de las enseñanzas regladas que se imparten a todos los alumnos y
alumnas, por ser esencial para la formación integral de niños y niñas. No
puede ser por tanto discutible que tales enseñanzas existan y sean comunes a
lo largo de toda la escolarización obligatoria.
Lo que si se está demostrando claramente, en torno a la asignatura
“Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos”, es la poca
importancia que el gobierno regional da a la Educación, a la que ha
convertido, en base a supuestos valores mo rales y religiosos, en el campo de
su batalla política contra el Gobierno Central, imponiendo una instrucción
que supone una objeción para que no se imparta esta asignatura.
No se entiende la postura tan radical que está ejerciendo el gobierno
de la Comunidad de Madrid, ya que no tiene fundamento alguno, más allá de
la contienda política partidista que protagoniza junto a los sectores más
reaccionarios de la sociedad. Y la ocurrencia de plantear una objeción de
conciencia escolar a unas enseñanzas oficiales que responden, además a una
directiva europea del año 2002, es un despropósito y una grave
irresponsabilidad de quienes alienten semejantes actitudes desde las
instituciones.
- 67 -
El Gobierno de los madrileños y madrileñas no puede estar
amparado en la ilegalidad. Es un mal ejemplo que la Presidenta Esperanza
Aguirre no cumpla la Ley. No se puede justificar que se rechace de plano una
materia que pretende enseñar a todos y todas valores como la tolerancia, el
respeto la diversidad y la defensa de los derechos humanos.
Por todo lo expuesto anteriormente, se propone al Ayuntamiento
Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Rechazar la instrucción del Gobierno de la Comunidad de
Madrid para que no se imparta Educación para la Ciudadanía.
SEGUNDO.- Instar a la Comunidad de Madrid que finalice este conflicto, que
supone un ataque a una norma aprobada por el Congreso de los
Diputados, que atenta contra el Derecho a la Educación de los
niños que ampara la Constitución Esp añola.
TERCERO.- Demandar al Gobierno de la Comunidad de Madrid y la
Consejería de Educación a que no utilicen la educación
madrileña como campo de batalla política, sin importarles los
alumnos y alumnas de los perjuicios que este tipo de medidas
pueden ocasionarles ya que deberían pagar las consecuencias
que supondría para su currículo escolar no cursar esta
asignatura, que es obligatoria por Ley para toda España y que,
por tanto, cursarán alumnos y alumnas del resto del Estado.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los once
miembros del Grupo Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo
Municipal de Izquierda Unida, los votos en contra de los doce Sres. Conce jales
asistentes del Grupo Municipal Popular y la abstención del Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
- 68 -
PRIMERO.- Rechazar la instrucción del Gobierno de la Comunidad de
Madrid para que no se imparta Educación para la Ciudadanía.
SEGUNDO.- Instar a la Comunidad de Madrid que finalice este conflicto, que
supone un ataque a una norma aprobada por el Congreso de los
Diputados, que atenta contra el Derecho a la Educación de los
niños que ampara la Constitución Española.
TERCERO.- Demandar al Gobierno de la Comunidad de Madrid y la
Consejería de Educación a que no utilicen la educación
madrileña como campo de batalla política, sin importarles los
alumnos y alumnas de los perjuicios que este tipo de medidas
pueden ocasionarles ya que deberían pag ar las consecuencias
que supondría para su currículo escolar no cursar esta
asignatura, que es obligatoria por Ley para toda España y que,
por tanto, cursarán alumnos y alumnas del resto del Estado.
25.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL
POPULAR SOBRE EL GRAVE PROBLEMA DE
ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PESADOS EN LAS
CALLES DEL MUNICIPIO.
Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por el Grupo
Municipal Popular:
“Para solucionar definitivamente el grave problema de
estacionamiento de vehículos pesados en las calles del municipio, el Grupo
Municipal Popular presenta la siguiente MOCIÓN:
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Que este Ayuntamiento construya una playa de vehículos pesados en
el municipio con todos los servicios adecuados para los profesionales de este
sector y a la altura que se merece una gran ciudad como Leganés. El
aparcamiento de estos vehículos en la vía pública conlleva graves
consecuencias para los ciudadanos y el municipio. Consecuencias tales como
la disminución de las plazas de aparcamiento para vehículos fa miliares o
particulares por la ocupación de vehículos de gran tonelaje, de las ya escasas
plazas de aparcamiento existentes en el municipio, los ruidos que generan al
arrancar y aparcar, los derrames de líquidos, la disminución de visibilidad
para el resto de conductores debido a su gran tamaño y una innumerable
sucesión de problemas más.
Esta nueva infraestructura es una reivindicación histórica de vecinos
y entidades ciudadanas, y ademá s de figurar en los programas electorales
actuales de todos los partidos políticos viene siendo una promesa incumplida
desde hace varias legislaturas por el Partido Socialista que gobierna en
coalición con Izquierda Unida.
Asimismo el Grupo Municipal Popul ar exige que mientras se
construye esta nueva instalación, se prohíba taxativamente aparcar remolques
sin cabeza tractora en cualquier calle del municipio y se ofrezcan soluciones
temporales tal que la obligatoriedad de aparcar vehículos de gran tonelaje e n
polígonos o zonas no residenciales”.
Abierta la deliberación por el Sr. Alhambra García de Dionisio se
remitió a los puntos: 47º de la sesión del 14 de marzo de 2.006, en el que por
unanimidad se aprobó una moción similar a la que ahora se propone, e
igualmente se remitió al punto 25º de la sesión de 18 de enero de 2.005.
Por los Señores Calle Gallardo y Llorente Gutiérrez se dieron las
explicaciones convenientes y las razones por las cuales se iba a rechazar la
moción propuesta.
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Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria
y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción del Grupo Municipal Popular
que ha quedado transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los once
Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo
Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda
Unida.
26.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL
POPULAR PARA LA CREACIÓN DE UN PL AN DE
MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD URGENTE EN EL BARRIO
DE LOS SANTOS DE LEGANES.
Por el Sr. Largo Peñas se ha facilitado a la Secretaria General la
siguiente intervención realizada en el presente punto:
“Existe un barrio en Leganés que se llama “Los Santo s” y como no
podía ser de otra manera, el continuado gobierno izquierda unida socialista de
Leganés ha venido sistemáticamente olvidándose de él. (Es más impactante
Zarzaquemada o La Fortuna).
Este barrio es un “absoluto” desastre para las personas con
problemas de movilidad o para los padres que vamos con carrito llevando a
nuestros hijos, es un absoluto desastre. No existen pasos de peatones, no hay
facilidad para la accesibilidad de las calles, es un barrio en donde se han
preocupado de sacar el máximo rendimiento al espacio para encontrar zonas y
lugares de aparcamiento de coches y donde la movilidad de los ciudadanos
que vivimos en Leganés y no vamos en coche está en segundo plano.
- 71 -
Desde el Grupo Municipal Popular exigimos un Plan para la
Movilidad y Accesibilidad urgente en el barrio de Los Santos, pues como voy a
enumerar más que un paseo o camino por este barrio los discapacitados
físicos, pasan auténticas gymkhanas diarias para acceder a una zona verde,
para ir a la compra en una tienda del barrio o para ir simplemente a su puesto
de trabajo.
A continuación enumero zonas conflictivas o problemáticas que hay
en el barrio de Los Santos y que los discapacitados físicos o personas con
movilidad reducida sufren de forma insalvable todos los días:
Avda. Juan Carlos I con Avda. de la Mancha, si quieres acceder a la
C/ San Isidro, no hay más que escalones y debes ir hasta la Avda. de
Fuenlabrada para acceder por ejemplo al portal 11 de la citada calle.
Continuando por la Avda. de la Mancha y en el entorno del Centro de
Mayores Leganés I, gestionado por la Comunidad de Madrid, hay 1 único
acceso peatonal por la C/ San Pablo que además y dentro de la propia acera
tiene una barandilla que dificulta aún más el movimiento, provocando si vas
en silla de ruedas un tapón importante. Si quieres ir al estupendo centro de
Mayores Leganés I has de ir por la Avda. de la Mancha, pues por la C/ San
Pablo la cuesta es de órdago y peligra gravemente la salud de algunos
mayores con problemas de accesibilidad. Me quiero detener e n esta zona y
preguntar, ¿cómo es posible?. ¿Cómo es posible que desde la C/ San Lorenzo
o desde la C/ San Damián que son aledañas al centro de mayores no se pueda
acceder más que bajando por unas series de escalones? ¿Cómo es posible que
no se facilite a nuestros mayores el acceso a sus zonas de ocio y
esparcimiento? Espero que no sea porque la gestión del citado centro depende
de la Comunidad de Madrid y sea por desidia, espero de verdad que sea por
eso. Pero, ¿cómo es posible? No lo sé y no lo entiendo, dentro de 3 años si
ustedes no lo remedian antes nosotros lo arreglaremos, no se preocupen.
- 72 -
Continuando por la C/ San Lorenzo y la C/ San Dionisio, casi siempre
aparcan coches en los 2 únicos pasos rebajados que existen por lo que es
impracticable ir por las aceras cuando por su estrechez cabe si quiera una
silla de ruedas, y por tanto, ha de irse por medio de la calzada corriendo el
lógico peligro de atropellamiento.
La C/ San Damián es un caso aparte y de regodeo hacia los
discapacitados físicos. Es una c alle sin salida, hecha un parking en superficie
y con 2 plazas reservadas con placas de aparcamiento para discapacitados
con número de matrícula en ella pero no hay ni un solo rebaje de bordillo ni
paso de peatones. Eso es apostar por los discapacitados fí sicos que para
cruzar simplemente de acera han de ir dando toda la vuelta hasta los aledaños
de la Avda. de Fuenlabrada. Todo esto, teniendo en cuenta que esta parte del
barrio, la más próxima del mismo con la Avda. de Fuenlabrada, todavía se
salva algo pues hay varias zonas peatonizadas o con aceras amplias
financiadas por el PRISMA de la Comunidad de Madrid.
Continuando nuestra gymkhana, en la C/ San Pablo enfrente del
centro de mayores, una farola impide el uso de la otra acera o la dificulta
enormemente.
La C/ San Ignacio, no tiene paso de peatones ni rebaje alguno hasta
la C/ del santo Ángel, con un pronunciado estrechamiento de acera peligroso
que lleva a una vía muerta en la C/ San Esteban y que además te deja sin
posibilidad de cruzar a la Glorieta d e San Miguel.
Es de destacar también la rampa mártir de San Carlos Borromeo que
lleva sin posibilidad de freno ni parada hacia una cascada de 12 escalones con
una pendiente de 50 º y que llevaría a cualquier discapacitado físico a la
presencia definitiva ante el Señor pues la muerte está asegurada.
En la misma C/ San Carlos Borromeo sólo hay una acera
estrechísima por lo que has de volver a circular por la calzada y como es una
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calle sin salida a la vuelta sin retorno. Esta calle acaba en un pasadizo lleno
de escalones de nuevo que huele fatal a meados por cierto, y que comunica de
nuevo con la Avda. de la Mancha de imposible bajada para un discapacitado
físico.
En la Avda. de la Mancha con la C/ San Cristóbal en una acera es
imposible su tránsito, pues una farola en medio nos lo impide y a un lado hay
escalones. Lo habitual en el barrio.
Por la C/ San Cristóbal y la C/ San Gregorio, no hay rampas desde la
C/ San Esteban aunque sí curiosamente hacia la Avda. de la Mancha y la C/
Fray Melchor Cano creando una zona en donde se puede uno sacar el carné
de conductor de silla de ruedas.
En la C/ San Félix, ni rebaje ni nada. Encíclica del “búscate la vida”
En la C/ Fray Melchor Cano, de punta a punta sin paso ni rebaje
para cruzar de acera.
En la C/ San Andrés, el peatón en silla que quiera sentarse o disfrutar
de las plazuelas interiores o se baja por los escalones o baja una rampa con
una pendiente tremenda.
En la C/ San Valeriano, imposible el tránsito.
En la C/ San Francisco es increíble la acera tan estrecha o ridícula
que tiene y como no, con farolas en el medio. Axioma de la buena práctica y
fácil movilidad. Además, a la mitad de la calle y en comunicación con la Avda
del Doctor Martín Vegue, hay una plazoleta de imposible uso para una
persona de silla de ruedas pues sólo se accede por escaleras desde cualquiera
de sus accesos.
Entre la C/ San Clemente, la C/ San Vicente, la C/ San Justiniano y la
C/ San Cesáreo, los 4 pasos de peat ones de sus esquinas siempre están
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ocupados por coches y cuando se puede las personas con problemas de
movilidad han de circular de nuevo por la calzada.
Por la C/ San Mateo existe una plazoleta con una rampa
escalofriante, además de estrechísima amplitud.
En la C/ San Jorge sólo hay acera a un lado y tiene una pendiente
imposible de ascender o escalar, sin más comentarios.
Y por último, por la misma C/ San Jorge no hay ni acera, ni rebaje, ni
siquiera paso para poder acceder en silla de ruedas a la parroqu ia de San Pío
V, porque es una zona de aparcamiento de coches. No les gusta poder clerical,
pero por favor un poquito de tolerancia.
Estos datos son la prueba más palpable del desalentador panorama
que presenta este barrio. No he querido mencionar otras zo nas o partes de
calles que también tienen los mismos problemas, pues entiendo que lo
reiterativo aburre y cansa.
La accesibilidad a cualquier parte de nuestra ciudad, debería ser una
prioridad de todos los que han gobernado en esta ciudad. Es un objetivo y un
reto que todos debemos ayudar a conseguir, eliminando y resolviendo todas
las barreras y situaciones e infraestructuras que tiene Leganés. Ya el 23 de
marzo del 2006 presentamos nuestro Plan de Acción para las Personas con
Discapacidad en dónde se exp licaba las actuaciones en todos los barrios,
proponiéndose diferentes actuaciones en cuanto a accesos para minusválidos.
Pónganse urgentemente a trabajar para la mejora de la vida diaria de
“todos” nuestros vecinos. Nosotros estaremos en esto a su lado. Co rrijan y
enmienden todo lo que impida que se pueda disfrutar de cada rincón de
nuestra ciudad y hagan por favor una ciudad más tolerable con todos y para
todos”.
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Posteriormente se dio lectura a la siguiente Moción presentada por el
Grupo Municipal Popular:
“Aunque en otros barrios de Leganés también existen problemas de
accesibilidad y movilidad para los discapacitados físicos, las próximas
actuaciones aprobadas en algunos de ellos y sobre todo la catastrófica
situación en que se encuentra el barrio de Lo s Santos, hace que nos veamos
con la urgente necesidad de solicitar una actuación preferente para este barrio
de Leganés.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente
MOCIÓN:
Creación de un Plan Urgente de Movilidad y Accesibilidad para las
personas con problemas de movilidad en el barrio de Los Santos, con la
creación de pasos de peatones, rebajes en bordillos, y en definitiva, cualquier
otra actuación que mejore las condiciones que sufren diariamente todos estos
ciudadanos de Leganés en este barrio”.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción del Grupo Municipal
Popular que ha quedado transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma
los once Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y votaron en contra los once
miembros del Grupo Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo
Municipal de Izquierda Unida.
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27.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRU PO MUNICIPAL
POPULAR PARA LA MEJORA DE LA SEGURIDAD
CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE LEGANES
Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por el Grupo
Municipal Popular:
“Es una realidad incuestionable que los vecinos de esta ciuda d no se
sienten seguros. Y es inútil tratar de ocultar esa realidad con cifras y
estadísticas que, según la Delegación de Gobierno y el propio equipo de
gobierno Municipal situarían a Leganés como una de las ciudades más
seguras de la Comunidad de Madrid y de España. Porque esa sensación de
inseguridad que los vecinos de Leganés experimentan y manifiestan todos los
días, se apoya en realidades igualmente incuestionables.
Por citar sólo algunos casos especialmente graves sucedidos en este
año, el pasado mes de mayo, un joven de 19 años fue asesinado en la zona de
copas de La Cubierta, que es, por desgracia, escenario habitual de peleas y
reyertas.
Todos los vecinos de Leganés han sido víctimas o conocen alguna
víctima de algún delito cometido en la calle y a plena luz del día. Los
ciudadanos sienten temor de pasear solos a determinadas horas por
numerosas zonas de la ciudad. Y no son muchos los comerciantes de Leganés
que puedan decir que jamás han sido atracados en su propio comercio. De
hecho, Salam H. T. antes de ser asesinado, fue víctima de numerosos atracos o
intentos de atraco en su joyería como muchos otros joyeros de Leganés. El
hecho de que el atraco y el brutal asesinato de Salam H.T. sucediera a plena
luz del día en pleno centro de nuestra ciudad, ha llegado a colmar la paciencia
de los vecinos de Leganés, que se dieron cita el pasado tres de septiembre en
Plaza de España para expresar, en compañía de la familia de Salam H.T. su
- 77 -
dolor y su indignación por el asesinato de este joyero y vecino nuestro y para
exigir más policías en nuestras calles.
Ante esta legítima demanda ciudadana, el Grupo Municipal Popular,
no puede dejar de denunciar que 17 miembros del Cuerpo de Policía Local de
Leganés pertenecientes a las Bescam estén realizando al menos desde el mes
de enero servicios que poco o nada tienen que ver con lo establecido en el
convenio específico firmado entre este Ayuntamiento y la Comunidad de
Madrid. Un convenio donde se especifica muy claramente que los 99 agentes
de policía local de Leganés p agados y equipados íntegramente por la
Comunidad de Madrid deben dedicarse única y exclusivamente a labores de
seguridad ciudadana. Seguridad ciudadana es: vigilancia, prevención y en su
caso intervención en situaciones delictivas. Seguridad ciudadana no e s
regulación del tráfico. Y seguridad ciudadana tampoco es imposición de
multas o denuncias por incumplimiento de las ordenanzas municipales. Para
estas tareas este Ayuntamiento ya dispone de 114 agentes de policía local
pagados y equipados por este Ayunta miento, sin perjuicio de que también, y en
situaciones de inseguridad ciudadana como las que sufrimos en Leganés,
buena parte de estos 114 agentes también podrían y de hecho deberían ser
asignados a labores de seguridad ciudadana.
Igualmente el Grupo Munic ipal Popular tampoco puede dejar de
denunciar el hecho de que existan 63 vacantes de policía nacional en Leganés
y el Grupo Popular tampoco alcanza a entender porqué el equipo de gobierno
no reclama con la debida contundencia la inmediata cobertura de esas 63
vacantes.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular plantea a este Pleno la
siguiente MOCIÓN.
1.- Que el equipo de gobierno destine a tareas de seguridad ciudadana el
máximo posible de agentes de la policía local de Leganés, muy
especialmente, y de forma inmediata a los 99 agentes bajo convenio
- 78 -
BESCAM
2- Que el equipo de gobierno exija a la Delegación del Gobierno la
inmediata cobertura de las 63 vacantes de policía nacional en nuestra
ciudad”.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción del Grupo Municipal
Popular que ha quedado transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma
los once Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, se abstuvo
el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y votaron en contra los once
miembros del Grupo Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo
Municipal de Izquierda Unida.
28.- MOCIÓN CONJUNTA DE LOS GRUPOS MUNICIPALES
SOCIALISTA, POPULAR, IZQUIERDA UNIDA Y ULEG
PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN, A FAVOR DE LA
ADOPCIÓN DE MEDIDAS RELACIONADAS CON LA
NEGOCIACIÓN SOBRE LA REFORMA DEL MODELO DE
FINANCIACIÓN LOCAL Y AL AMPARO DE LO
ESTABLECIDO POR LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL,
REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL Y EL
REAL DECRETO 2568/1986, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL
QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS
ENTIDADES LOCALES, ARTÍCULO 97.3
Se dio lectura a la siguiente moción de los Grupos Municipales al
Ayuntamiento Pleno:
- 79 -
“El pasado 13 de septiembre se reunió en la ciudad de Zaragoza, el
Consejo Territorial de la FEMP que representa a todas las Federaciones
Territoriales de Municipios, Provincias, Consejos y Cabildos Insulares
aprobando una resolución por UNANIMIDAD de todos los participantes
relacionada con la adopción de medidas sobre la negociación de la Reforma
del Modelo de Financiación Local.
Por ello y con la finalidad de asumir y suscribir todas las propuestas
aprobadas por el Consejo Territorial de la FEMP, los Grupo s Municipales
firmantes proponen para su aprobación al Pleno del Ayuntamiento de Leganés
la siguiente MOCIÓN:
Los Grupos Municipales Socialista, Popular, Izquierda Unida y
ULEG del Ayuntamiento de Leganés presentan para su aprobación por el
Pleno Municipal, los siguientes ACUERDOS:
1º El Ayuntamiento de Leganés en ejecución de los compromisos
expresados por el Gobierno de la Nación, para garantizar un modelo de
Reforma de la Financiación Local, que permita dotar a los Gobiernos
locales de una financiación adecuada y suficiente, de forma vinculada y
simultánea a la reforma de la Financiación Autonómica, garantizando la
participación de las Entidades Locales en los ingresos de las
Comunidades Autónomas, expresa su firma voluntad de respaldar a la
FEMP durante el proceso de la negociación que está realizando en
representación y defensa de los intereses de todas las entidades locales.
2º El Ayuntamiento de Leganés considera necesario la unidad de los
municipalistas en torno a las propuestas presentadas por la F EMP, que
requiere una respuesta desde la lealtad institucional por parte de los
responsables del Ministerio de Economía y Hacienda, Ministerio de
Administraciones Públicas y Gobiernos de las Comunidades Autónomas,
que aun siendo coherente en relación a la situación económica general,
garantice la actividad, la prestación de servicios y el ejercicio de las
- 80 -
responsabilidades públicas que se realizan de modo efectivo desde los
Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares.
3º El Ayuntamiento de Leganés considera necesario incrementar la
propuesta de previsiones para el ejercicio presupuestario del año 2009,
presentada por el Ministerio de Economía y Hacienda, en aplicación del
sistema actual de financiación, con relación a la participación de los
tributos del Estado por las entidades locales, y se incluya una previsión
de aumento de la financiación local con cargo a los presupuestos del año
2009.
4º El Ayuntamiento de Leganés solicita al Gobierno el compromiso firme de
mejorar la financiación loca l incorporando recursos adicionales para
las Corporaciones Locales, al igual que se ha incluido en la propuesta
del Ministerio de Economía para las Comunidades Autónomas.
5º El Ayuntamiento de Leganés reitera la necesidad de que este proceso de
negociación se vea impulsado, durante las próximas semanas, conforme
al calendario y contenidos aprobados en la Mesa Negociadora Bilateral
FEMP-Gobierno, cerrando simultáneamente el acuerdo de Financiación
Local junto al de las Comunidades Autónomas.
6º El Ayuntamiento de Leganés plantea que una vez se cierre el acuerdo de
negociación de este proceso debe plantearse una continuidad en los
ámbitos territoriales entre los Gobiernos de las Comunidades
Autónomas y los partidos políticos y cada una de las Federaciones
Territoriales para determinar la participación de las Entidades Locales
en los ingresos de las Comunidades Autónomas, para avanzar en el
proceso de segunda descentralización desarrollando el pacto local.
7º El Ayuntamiento de Leganés insta coincidiendo con la resolución
aprobada por le Consejo Territorial de la FEMP en Zaragoza, al
Gobierno de la Nación y a todos los partidos políticos representados en
- 81 -
el Parlamento para alcanzar desde el imprescindible consenso, de forma
inmediata, un Acuerdo de Estado para la aprobación de un nuevo
Estatuto del Gobierno Local, donde se reconozca el marco de
competencias reales y se respeten los principios básicos e irrenunciables
de igualdad, equidad, suficiencia financiera y autonomía local en todo el
territorio, de Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos
Insulares.
De conformidad con la moción transcrita anteriormente, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: El Ayuntamiento de Leganés en ejecución de los compromisos
expresados por el Gobierno de la Nación, para garantizar un
modelo de Reforma de la Financiación Local, que permita dotar
a los Gobiernos locales de una financiación adecuada y
suficiente, de forma vinculada y simultánea a la reforma de la
Financiación Autonómica, garantizando la participación de las
Entidades Locales en los ingresos de las Comunidades
Autónomas, expresa su firma voluntad de respaldar a la FEMP
durante el proceso de la negociación que está realizando en
representación y defensa de los intereses de todas las entidades
locales.
SEGUNDO: El Ayuntamiento de Leganés considera necesario la unidad de
los municipalistas en torno a las propuestas presentadas por la
FEMP, que requiere una respuesta desde la lealtad institucional
por parte de los responsable s del Ministerio de Economía y
Hacienda, Ministerio de Administraciones Públicas y Gobiernos
de las Comunidades Autónomas, que aun siendo coherente en
relación a la situación económica general, garantice la actividad,
- 82 -
la prestación de servicios y el ejerci cio de las responsabilidades
públicas que se realizan de modo efectivo desde los
Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares.
TERCERO: El Ayuntamiento de Leganés considera necesario incrementar la
propuesta de previsiones para el ejercicio presupuestario del año
2009, presentada por el Ministerio de Economía y Hacienda, en
aplicación del sistema actual de financiación, con relación a la
participación de los tributos del Estado por las entidades locales,
y se incluya una previsión de aumento de la financiación local
con cargo a los presupuestos del año 2009.
CUARTO: El Ayuntamiento de Leganés solicita al Gobierno el
compromiso firme de mejorar la financiación local incorporando
recursos adicionales para las Corporaciones Locales, al igual
que se ha incluido en la propuesta del Ministerio de Economía
para las Comunidades Autónomas.
QUINTO: El Ayuntamiento de Leganés reitera la necesidad de que este
proceso de negociación se vea impulsado, durante las próximas
semanas, conforme al calendario y contenidos aprobados en la
Mesa Negociadora Bilateral FEMP -Gobierno, cerrando
simultáneamente el acuerdo de Financiación Local junto al de
las Comunidades Autónomas.
SEXTO: El Ayuntamiento de Leganés plantea que una vez se cierre el
acuerdo de negociación de este proceso debe plantearse una
continuidad en los ámbitos territoriales entre los Gobiernos de
las Comunidades Autónomas y los partidos políticos y cada una
de las Federaciones Territoriales para determinar la
participación de las Entidades Locales en los ingresos de las
- 83 -
Comunidades Autónomas, para avanzar en el proceso de
segunda descentralización desarrollando el pacto local.
SÉPTIMO: El Ayuntamiento de Leganés insta coincidiendo con la
resolución aprobada por le Consejo Territorial de la FEMP en
Zaragoza, al Gobierno de la Nación y a todos los partidos
políticos representados en el Parlamento para alcanzar desde el
imprescindible consenso, de forma inmediata, un Acuerdo de
Estado para la aprobación de un nuevo Estatuto del Gobierno
Local, donde se reconozca el marco de competencias reales y se
respeten los principios básicos e irrenunciables de igualdad,
equidad, suficiencia financiera y autonomía local en todo el
territorio, de Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos
Insulares.
29.- MOCIÓN CONJUNTA PRESENTADA POR LOS GRUPOS
POLÍTICOS MUNICIPALES PARA LA CREACIÓN DE UN
REGISTRO PUBLICO CON LAS DECLARACIONES DE LOS
BIENES Y ACTIVIDADES DE LOS CONCEJALES Y ALTOS
CARGOS.
Se dio lectura a la siguiente moción de los Grupos Municipales al
Ayuntamiento Pleno sobre la creación de un Registro Público con la
declaración de Bienes y Actividades de los Concejales y Altos Cargos.
“Los Ayuntamientos tienen la obligación de hacer pública la
declaración de bienes y actividades de sus alcaldes y ediles según la
Disposición Adicional Novena de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, que
- 84 -
modificó el artículo 75.7 de la Ley de Bases de Régimen Local. Al principio y
al final de cada legislatura, el Alcalde y los Concejales del Ayuntamiento de
Leganés tienen hecha una declaración de patrimonio, bienes y cuentas,
custodiada en la Secretaría General.
El 24 de junio de 2008, la Comisión Ejecutiva de la FEMP acordó la
constitución de un Grupo de Trabajo en su seno , al que se encomendó la
elaboración de un “Código de Buen Gobierno Local” tomando como base de
análisis y debate el proyecto presentado por su Presidente. Dicho Código
quedará abierto a la ratificación individualizada de todos los gobiernos
locales que deseen adherirse a sus cláusulas y compromisos.
El documento presentado por el Presidente, que servirá de base para
el Código final, propone que los representantes municipales presenten una
declaración de bienes patrimoniales y de participación en sociedades de todo
tipo, indispensable para ser nombrados. La intención es que los
Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares signatarios
incorporen al Ordenamiento Local, a través de sus Reglamentos Orgánicos,
los principios y normas contenidos en d icho Código, informando de todo ello a
la ciudadanía, con el compromiso de velar por su cumplimiento.
Medidas como esta fomentan la transparencia de la gestión pública y
de quienes se dedican a ella, lo que revierte en una mayor confianza de los
ciudadanos en sus instituciones y en los políticos que las encarnan. Por ello,
los grupos municipales firmantes defendemos que tanto los concejales de
nuestra ciudad como los cargos de confianza política tengan que presentar
una declaración de bienes y actividades e n los términos que se establezcan en
el Código de Buen Gobierno Local que apruebe la Comisión Ejecutiva de la
FEMP:
Por todo ello, se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del
siguiente ACUERDO: El Ayuntamiento de Leganés creará un Registro pú blico
con las Declaraciones de Bienes y Actividades de sus concejales y cargos de
- 85 -
confianza política en los términos que se establezcan en el Código de Buen
Gobierno Local que apruebe la Comisión Ejecutiva de la FEMP.”
De conformidad con la moción transcri ta anteriormente, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron: Crear un Registro
Público con las Declaraciones de Bienes y Actividades de sus concejales y
cargos de confianza política en los términos que se establezcan en el Código de
Buen Gobierno Local que apruebe la Comisión Ejecutiva de la FEMP.
30.- MOCIÓN CONJUNTA PRESENTADA POR LOS GRUPOS
MUNICIPALES PARA PROPONER AL CONSORCIO
REGIONAL DE TRANSPORTE UN BONO COMBINADO
METRO-METROSUR, MAS LÍNEAS DE AUTOBUSES
NOCTURNOS Y ABONO JOVEN HASTA LOS 25 AÑOS.
Se dio lectura a la siguiente moción de los Grupos Municipales al
Ayuntamiento Pleno:
“Pocos ponen en duda de que el transporte público es el más
adecuado para el desplazamiento en el entorno urbano por ser, entre otros
motivos, el menos contaminante y agresivo con el medio ambiente y el que
mejor garantiza el derecho de todos los ciudadanos a llegar en buenas
condiciones a su destino.
Un transporte público de calidad, asequible económicamente para los
ciudadanos y con una red amplia es un ingrediente esencial para una
economía moderna y, en definitiva, para lograr una buena calidad de vida,
pues permite tanto la movilidad de los trabajadores, estudiantes y
- 86 -
profesionales, como el desarrollo de las relaciones sociales entre barrio s y
ciudades distantes.
Justamente por ello, las administraciones hemos de poner en marcha
e implantar medidas que incentiven el uso del transporte público, a la vez que
tenemos la obligación de responder a las necesidades de los ciudadanos,
especialmente en un entorno económico como el actual, donde colectivos como
estudiantes, jóvenes o personas con menor poder adquisitivo son los grandes
perjudicados.
Y subidas en los precios del transporte público como las decretadas
este mes de agosto no ayudan precisa mente a la consecución de los objetivos
anteriormente planteados. Es más, y en lo que se refiere a los vecinos de
Leganés, supone un obstáculo añadido a lo que ya de por sí es un trato
injustamente diferenciado entre los residentes de las poblaciones del s ur de
Madrid, respecto a los de Madrid Capital. En este contexto, y con el espíritu
de buscar entre todos los grupos municipales de esta corporación un gran
acuerdo sobre esta materia que beneficie al conjunto de habitantes de
Leganés, proponemos una serie de iniciativas que animamos a que se
enriquezcan, mejoren y completen con las ideas que puedan plantearse desde
otras ópticas políticas. Es nuestro deseo que desde el Ayuntamiento se trabaje
en esta línea y que junto a otros consistorios de la zona sur el even con fuerza
diferentes y legítimas reivindicaciones al Consorcio Regional de Transportes.
Por ello, proponemos el siguiente ACUERDO:
El Ayuntamiento dentro del marco del plan de Movilidad que se está
elaborando por el Consorcio Regional de Transporte, a fin de enriquecerlo y
adecuarlo lo máximo posible a las necesidades vecinales:
1.- Iniciará conversaciones con el Consorcio Regional de Transportes para
que se estudie para la zona sur un nuevo billete combinado de 10 viajes
similar al “Metrobus” del q ue se benefician principalmente los
madrileños para moverse por la capital y zona A. Este nuevo billete
- 87 -
permitiría a los ciudadanos del sur viajar por toda la red de metro y los
autobuses que prestan servicio en localidades como Leganés, Getafe,
Fuenlabrada, Móstoles y Alcorcón.
2.- Propondrá al Consorcio Regional de Transporte el estudio de una nueva
línea de autobuses nocturnos o búhos que una Madrid con Leganés. En
especial, una línea que una nuestra ciudad con la capital bien desde
Atocha o desde Cibeles, además de la actual con Aluche.
3.- Propondrá la ampliación de abono joven hasta, como mínimo, los 23
años”.
De conformidad con la moción transcrita anteriormente, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Iniciará conversaciones con el Consorcio Regional de
Transportes para que se estudie para la zona sur un nuevo billete
combinado de 10 viajes similar al “Metrobus” del que se
benefician principalmente los madrileños para moverse por la
capital y zona A. Este nuevo billete permitiría a los ciudadanos
del sur viajar por toda la red de metro y los autobuses que
prestan servicio en localidades como Leganés, Getafe,
Fuenlabrada, Móstoles y Alcorcón.
SEGUNDO.- Propondrá al Consorcio Regional de Transporte el estudio de
una nueva línea de autobuses nocturnos o búhos que una Madrid
con Leganés. En especial, una línea que una nuestra ciudad con
la capital bien desde Atocha o desde Cibeles, además de la
actual con Aluche.
TERCERO.- Propondrá la ampliación de abono joven hasta, como mínimo,
los 23 años.
- 88 -
31.- URGENCIAS
31.1- DECLARACIÓN DE URGENCIAS
Previa especial Declaración de Urgencia adoptada por unanimidad, la
Corporación adopto el acuerdo que a continuación se trasc ribe relativo a la
aprobación de la modificación el Contrato para el “SERVICIO DE AYUDA A
DOMICILIO DURANTE LOS AÑOS 2006 A 2.011”.
31.2- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
PARA “SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DURANTE
LOS AÑOS 2006 A 2011”. EXPTE . 15/2006.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 9 de
Mayo de 2.006, se adjudicó el concurso convocado para el “SERVICIO DE
AYUDA A DOMICILIO DURANTE LOS AÑOS 2006 A 2011”, a la empresa
ASOCIACIÓN TOMILLO VILLAVERDE, por un impo rte de DIEZ
MILLONES DE EUROS (10.000.000, - €), hasta el 30 de abril de 2011, a razón
de DOS MILLONES DE EUROS ANUALES.
Visto el informe emitido por la Concejala de Asuntos Sociales de
fecha 12 de septiembre de 2008, sobre la necesidad de ampliar el contr ato para
continuar prestando al servicio y cubrir el aumento de la demanda existente
hasta el 31 de diciembre de 2008.
Considerando que el importe de la modificación no supera el 20%
previsto por el art. 214, letra c), del Texto refundido de la Ley de Con tratos de
las Administraciones, para la resolución del contrato.
- 89 -
Considerando que de conformidad con el art. 212 del R.D.L. 2/2000,
cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato de servicios se
produzcan aumento, reducción o supresión de la s unidades que integran el
servicio o la sustitución de unos servicios por otros, siempre que los mismos
estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para
el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o red ucción
de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 214. c).
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO.- Aprobar un gasto por importe de UN MILLÓN
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL EUROS
(1.493.000,00.- €), con cargo a las partidas 08/3130/227.06 y
17/3134/227.06 del presupuesto de 2008.
SEGUNDO.- La ejecución del modificado del "SERVICIO DE AYUDA A
DOMICILIO, DURANTE LOS AÑOS 2006 A 2011”, será
realizada por la empresa ASOCIACIÓN TOMILLO
VILLAVERDE, CIF: G-78480399, adjudicataria del contrato
primitivo, por importe de UN MILLÓN CUATROCIENTOS
NOVENTA Y TRES MIL EUROS (1.493.000,- €), lo que
representa un 14,93% de la adjudicación inicial.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que en el plazo de quince días,
contados a partir del siguiente al de recepción del presente
acuerdo, proceda a constituir en la Caj a Municipal la garantía
definitiva que se fija en la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE
MIL SETECIENTOS VEINTE EUROS (59.720,00. - €)
- 90 -
32.- RUEGOS Y PREGUNTAS
Por el Grupo Municipal ULEG se efectúo los siguientes RUEGOS:
1.- “Alcantarilla peligrosa en M -421”
En la carretera de Leganés a Carabanchel, M -421, frente a la gasolinera
CAMPSA hay una alcantarilla en el centro de la calzada con su tapa
(cubierta) colocada al revés. Esta alcantarilla ha sido causante de algún
accidente y denuncias ciudadanas. Sirva c omo ejemplo el expediente con
número de registro 38298 que nuestro grupo municipal tiene en su
poder, donde un vecino sufrió un reventón de la rueda de su turismo por
culpa esta alcantarilla.
Ruego:
Que se cubra de forma correcta esta alcantarilla y se asfalte el
pavimento alrededor de ésta, y en caso de no tratarse de un caso de
competencia directa del Ayuntamiento, que se comunique de forma
inmediata a la institución competente para dar solución a este problema
y evitar más accidentes.
2.- “Instalación de resaltes en calle Alpujarras cerca de colegio e instituto y
revisión de buzones de basura”
Un vecino nos ha remitido un escrito que por su interés transcribimos:
“Me dirijo a ustedes para solicitarles insten al ayuntamiento la
colocación de unos resaltes o bandas que hagan reducir la velocidad en
la calzada en el barrio de Zarzaquemada, en concreto, en la calle
Alpujarras. Mi criterio de colocación de estos resaltes, es unos metros
(10-15 aprox.) antes de los pasos de cebra que existen justo en la
- 91 -
entrada al colegio y en la entrada al instituto Maria Zambrano (acceso
al mercado).
Conductores de coches y motos bajan a una velocidad excesiva y
considerando que estos dos pasos de cebra, por lo frecuentado y
transitado que son por multitud de peatones , éstos (los peatones)
deberían ser "defendidos" por los resaltes.
Otro aspecto sobre seguridad vial sería prohibir el estacionamiento
tanto en batería como en línea de camiones o grandes furgonetas que al
quedar estacionados invaden la vía de circulació n. En alguna ocasión he
observado accidentes por este motivo, en concreto en la Avenida de
Europa entre la estación de cercanías y la Avenida Juan Carlos I. Esta
sugerencia se podría hacer extensiva a otros puntos de Leganés.
La otra sugerencia, en cuant o a los buzones de basura de
Zarzaquemada, es que se obligue a Urbaser a la revisión más frecuente
de los mandos que hacen que la basura se deposite en las tuberías o
depósitos subterráneos, ya que debido al uso continuo de estos mandos,
los "silenblock" o gomas que hacen que estos mandos no generen ruidos
se deterioran rápidamente.
Ruego: Que se tengan en cuenta estas peticiones vecinales y sean
estudiadas por las delegaciones competentes para proceder, si es
oportuno, a darle cumplimiento.
3.- “Retirada de carteles o vallas anunciadoras obsoletas”
En diversos puntos de la localidad hay carteles y vallas que anuncian
obras o actuaciones de la administración que en la mayoría de los casos
hace tiempo que están concluidas. Estos carteles suponen como m ínimo
un impacto estético que ya no se ve recompensado por una utilidad
- 92 -
informativa que hace tiempo que dejaron de tener.
Por otra parte, aunque los técnicos municipales nos informaron de la
existencia de un periodo reglamentario para mantener esas vallas y
carteles, creemos que una gran parte de los mismos han cumplido más
que de sobra ese periodo.
Ruego: Que se haga un inventario de tales carteles y vallas, y se proceda
en aquellos que sean de competencia municipal a desmantelar tales
vallas y carteles metálicos que estén obsoletos o ya hayan perdido la
función informativa original.
4.- “Pliego de condiciones y contrato de cesión temporal de la Plaza de
Toros”
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 11 de marzo
de 1996 se adjudicó a la empresa Asuntos Taurinos y Espectáculos S.A.
el concurso para la concesión administrativa con objeto de construir y
explotar una Plaza de Toros en terrenos de propiedad municipal por un
plazo de 75 años.
La concesión está regida por un pliego de condiciones que establece una
serie de obligaciones que al parecer no han sido atendidas
correctamente por parte de la concesionaria y que ha ocasionado
diversas controversias, incluso a nivel judicial. Esta problemática
relación entre Ayuntamiento y concesionaria ha tenido su último
episodio este verano, donde se informa por decreto de alcaldía del 6 de
agosto de la firma el 1 de agosto de un contrato entre el concejal de
Educación, Infancia y Festejos y la concesionaria para la cesión
temporal de la plaza de toros.
Asimismo, en declaraciones a los medios de comunicación el Sr. Alcalde
- 93 -
afirma que el contrato y la resolución adoptada por decreto de 6 de
agosto cuenta con los “avales” jurídicos suficientes.
Ruego: Que se nos facilite por escrito la siguiente documentación:
Los pliegos de condiciones que rigen esta concesión.
El contrato de cesión temporal de la plaza de toros suscrito el 1 de
agosto.
Los documentos o informes que apoyen y justifiquen los citados
“avales jurídicos suficientes”
5.- “Asfaltado calle del Cobre”
Debido al intenso tráfico que soporta la calle del Cobre, su asfalto se
encuentra muy deteriorado: grietas, socavones, alcant arillas hundidas
en unos casos y sobreelevadas en otros, etc,
Ruego: Que se pavimente esta calle o al menos como medida provisional
y preventiva se parcheen y eliminen las grietas y socavones.
6.- “Ruego basura acumulada en el barrio de Leganés Norte ”
A mediados del mes de julio, el equipo de gobierno decidió retirar en
diversos puntos de Leganés Norte los contenedores de basura. Una
medida que finalmente ha obtenido un resultado contrario al esperado,
ya que no sólo se sigue arrojando basura a la calle, sino que se han
multiplicado los puntos de acumulación de basura, escombros y
residuos, los camiones de recogida deben realizar más paradas y
recoger bolsa por bolsa de basura, y además en algún punto ya han
aparecido roedores.
- 94 -
Ruego:
Que se tomen medidas urgentes para solucionar un problema de
muchos años y que en estos meses se ha agravado aún más.
Que se nos informe de las actuaciones que está llevando a cabo la
policía local para castigar estas actuaciones incívicas por parte de
algunos vecinos del barrio. Y si se han puesto multas, el número de
multados y los importes económicos.
Los distintos Ruegos fueron contestados por los Sres. Concejales
Delegados, accediendo a llevar las actuaciones necesarias para dar
cumplimiento a los mismos.
Por el Grupo Municipal Popular se efectuaron los siguientes
RUEGOS:
1.- Que el Ayuntamiento, valiéndose de los medios que considere adecuados,
instale cabinas químicas en las cabeceras de las líneas de autobuses
existentes en nuestra localidad, para p ermitir que tanto el personal de
esas líneas, como los viajeros, puedan disponer de ellas en caso de
perentorias necesidades fisiológicas, pues en la actualidad no les queda
otro remedio que subvenir esas necesidades de modo poco higiénico y en
lugares menos adecuados que los que este Grupo Municipal solicita.
2.- El Partido Popular tiene conocimiento de la existencia de un informe
realizado por un cabo de la policía local de este Ayuntamiento que
refleja la infracción de la Ordenanza por el Civismo por causa de una
pancarta partidista instalada en la E.I. La Fortuna desde hace varios
meses. El Grupo Municipal Popular RUEGA:
- 95 -
Que se entregue a mi Grupo dicho informe.
Que la Concejal de Seguridad Ciudadana informe de las actuaciones
tomadas a raíz de este informe.
3.- El Grupo Municipal Popular realizó una denuncia en el Pleno del 8 de
abril sobre la presencia de construcciones y kioscos en los pasos de las
instalaciones comerciales de Parque Sur. Tras el examen de l a
documentación solicitada al Concejal de Industrias, el Grupo Municipal
Popular, solicita que los diferentes kioscos y puntos de venta situados en
los pasillos de Parque Sur que todavía continúan obstaculizando el paso
y que supondrían un peligro en caso de evacuación urgente, sean
retirados por el Gobierno Municipal sin más dilación.
4.- La accesibilidad es un tema muy vigente en nuestros días, desde todas
las instancias se tiende a posibilitar que los ciudadanos con algún tipo
de discapacidad puedan participar activamente en las actividades de la
vida diaria.
Por ello y teniendo como objetivo el posibilitar dicha accesibilidad. El
grupo municipal popular trae a este pleno el siguiente ruego:
En fechas recientes se ha estado celebrado en el Centro Ant onio
Machado una exposición de interés para los ciudadanos del municipio.
En dicha exposición no se contemplaba el acceso de personas con
discapacidad. Por tanto el Grupo Municipal Popular ruega que en lo
sucesivo se contemple la plena accesibilidad a la h ora de planificar
todas las actividades municipales.
El teatro Egáleo de nuestra localidad presenta las siguientes deficiencias
- 96 -
que imposibilitan el acceso de ciudadanos con movilidad reducida:
Desde la parte superior del teatro, lugar que hoy por hoy es el único
donde puede situarse una silla de ruedas, la visibilidad es entorpecida
por la barra de seguridad, que está en la línea de la visual.
Imposibilidad de situarse un acompañante de la persona discapacitada a
su lado viéndose obligada a permanecer e n pie.
El acceso a la parte baja del teatro es imposible y hay que tener en
cuenta que los servicios están ubicados en ese lugar.
El acceso a los servicios no está habilitado para su acceso en silla y es
muy complejo para otro tipo de discapacidades.
Por todo ello el grupo Municipal Popular ruega que sean subsanadas
dichas deficiencias.
Los distintos Ruegos fueron contestados por los Sres. Concejales
Delegados, accediendo a llevar las actuaciones necesarias para dar
cumplimiento a los mismos.
El Grupo Municipal ULEG presenta al Pleno Municipal las siguientes
PREGUNTAS:
1.- “Infracciones en establecimientos públicos”
En el pasado pleno del día 10 de junio, presentamos un ruego pidiendo
un informe sobre las sanciones impuestas y multas recaudadas desde la
constitución de la nueva corporación a pubs, locales y establecimientos
abiertos al público de Leganés. Por parte de la concejala de Seguridad
Ciudadana se ofreció la posibilidad de que estos datos se ofrecieran
durante la Comisión de Investigación que se iba a constituir sobre el
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estado de las licencias de los locales de La Cubierta. Tal sugerencia se
aceptó por este Grupo Municipal, pero dado que el objeto de la comisión
de investigación se ha centrado en otros aspectos y el contenido del
ruego presentado el 10 de julio tenía un objeto más amplio que los
locales de La Cubierta, Ruego:
Que se nos facilite un informe donde se detalle los siguientes aspectos:
Número de multas impuestas a pubs, locales y establecimientos
abiertos al público en general en Leganés desde la constitución de la
corporación municipal. Individualizándose y concretando estos datos
por local, bar o pub, así como la fecha de infracción y motivo de la
misma.
Cantidades efectivamente recaudadas en el periodo seña lado por la
comisión de infracciones, especificándose asimismo la cantidad
abonada y la infracción cometida por cada bar, pub o local abierto
al público.
Número de locales que hayan sido precintados, duración de estos
cierres y motivos por los que se imp uso esta sanción
2.- “Whiskería en Vereda de los Estudiantes”
El pasado mes de junio, la delegación de seguridad ciudadana recibió un
correo electrónico de este grupo municipal, en el que trasladá bamos
varias denuncias vecinales por las molestias originadas de la actividad
de una whiskería en la calle Cádiz del barrio de Vereda de los
Estudiantes.
¿Qué actuaciones y medidas ha llevado a cabo la policía local de
Leganés en este establecimiento?
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3.- “Información de subvenciones a peñas. Fiestas de Butarque 2008”.
¿Nos puede facilitar el desglose económico por actividad de las
subvenciones otorgadas finalmente a las distintas peñas de Leganés que
han organizado actos y eventos en las fiestas patrona les Nuestra Señora
de Butarque 2008?
4.- “Logotipo LGNS”
¿A qué empresa se le ha encargado la creación de la nueva marca y
logotipo “LGNS”?
¿Cuánto se ha gastado el Ayuntamiento en la confección de este
logotipo: estudios de mercado, creación, id entidad visual, identidad
institucional, manual de identidad corporativa, presentación,
difusión, merchandising…?
¿En qué fecha se ha registrado la marca LGNS en la Oficina
Española de Patentes y Marcas?
5.- “Ingresos Fundación por el Deporte”
A fecha de 16 de septiembre de 2008:
¿Cuánto dinero ha obtenido la Fundación por el Deporte?
¿Qué empresas han apoyado a la Fundación y con qué importe
económico?
6.- “Ermita de Polvoranca”
El derrumbamiento y rehabilitación de la ermita de Polvora nca no es un
caso de competencia directa del Ayuntamiento de Leganés, pero a fecha
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del 16 de septiembre, ¿qué medidas y con qué organismos está
manteniendo conversaciones este equipo de gobierno para evitar el
completo derrumbamiento de este edificio y par a comenzar una urgente
rehabilitación total?
¿Tiene el equipo de gobierno algún plan específico o alguna fecha
prevista del comienzo de las obras de recuperación para evitar una
nueva pérdida en nuestro patrimonio histórico municipal?
7.- “Número de usuarios del SAC móvil”
¿Cuántos vecinos han utilizado el SAC móvil desde que se puso en
marcha esta iniciativa en cada barrio y/o punto de establecimiento de
este servicio?
¿Cuántos días ha estado operativa en los distintos barrios hasta la
fecha?
8.- “Construcción de un muro en el perímetro del C.C. Parquesur”
El pasado 25 de junio, este grupo municipal registró unas preguntas
dirigidas a la delegación de Urbanismo e Industrias que aún no han sido
atendidas:
En la Avenida Gibraltar, concretamente en el tramo correspondiente a
las instalaciones y aparcamientos del Centro Comercial Parquesur se ha
construido un pequeño muro.
¿Ha tenido el Ayuntamiento constancia de esta obra? ¿Se había
concedido licencia por parte de la concejalía para acometer esta
obra?
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¿La zona donde se ha construido dicho muro es una vía pública o
privada?
En caso de ser una zona de uso público, según la normativa urbanística
y que la concejalía no hubiese concedido el permiso pertinen te, ¿qué
actuaciones se llevarán a cabo en un futuro?
9.- “Gastos en FestejosTtaurinos”
¿Cuál ha sido el importe económico total de los gastos en festejos
taurinos de las fiestas patronales Nuestra Señora de Butarque 2008?
¿Pueden facilitarnos esta información de forma detallada y
desglosada?
10.- “Gastos de escolta y seguridad de ex alcaldesa Guadalupe Bragado”
En el pleno celebrado en el mes de julio, el alcalde hizo alusión a una
serie de gastos derivados de la escolta y seguridad de la ex a lcaldesa
Guadalupe Bragado que se entendía como excesos a lo que es habitual
en esta materia.
¿Cuál ha sido el importe económico por los servicios de escolta y
seguridad de la ex alcaldesa Guadalupe Bragado durante su
mandato?
¿Podría facilitarnos una relación completa y desglosada de la
totalidad de estos gastos?
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El Grupo Municipal Popular, presenta las siguientes PREGUNTAS
para su respuesta en el Pleno Municipal:
1.- Entre los días 21 de Agosto y 1 de Septiembre, este Ayuntamiento tenía
programado un viaje a Marruecos para nueve profesores de instituto
basado en un programa de la ONG MPDL.
¿A cuanto asciende el importe total incluyendo preparación, viaje de
ida y regreso, alojamiento, dietas y cualquier otro concepto
sufragado por este Ayuntamiento por motivo de dicho viaje?
¿A cuanto asciende la aportación económica realizada por la ONG?
2.- ¿Qué causa o motivo ha originado que el pasado Lunes día 8 de
Septiembre se desprendieran y cayeran una veintena de placas de falso
techo situadas en cubierta de pasillo de Plaza Mayor con Pabellón
Deportivo con el consiguiente peligro para los viandantes?
Por la Alcaldía Presidencia se indicó que todas las preguntas serían
contestadas por escrito.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó
la sesión, siendo las veintidós horas y treinta minutos, de todo lo que yo, como
Secretario doy fé.