ACCIDENTE MORTAL EN EL TRABAJO_noPW.doc

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ACCI DENTE MORTAL EN EL TRABAJO1.ANTECEDENTESLa promocin de la seguridad y la salud en el trabajo, as como la prevencin deocurrencia de eventos que alteran la salud de los trabajadores, conforman la dinmicaentre la obligatoriedad del empleador de proveer las condiciones que lo garanticen y laresponsabilidad del trabajador en su respeto y cumplimiento. El accidente de trabajo enColombia es un evento que debe notificarse de manera obligatoria, como parte de losaspectoslegalesaloscualesseobligaunempleador,medianteelcualsedareconocimiento a prestaciones asistenciales y econmicas establecidas en el marco legaldelSistema General de Riesgos Profesionales, ms que como un proceso de vigilanciaepidemiolgica que permita establecer informacin sobre las variables que inciden en laocurrencia como herramienta de prevencin.En el caso del accidente fatal, la notificacin en los siguientes dos (2) das a la ocurrenciadel evento a travs del Formato nico de Reporte de Accidente de Trabajo (FURAT) arrojainformacin insuficiente frente a las consecuencias de este tipo de accidente en la vctimay en su entorno familiar, laboral y por qu no, en la sociedad en general.1.1.MARCO NORMATI VOEl trabajo, concebido en la Carta Poltica de los Colombianos en su artculo 25 como underecho y una obligacin social que goza, en todas sus modalidades, de la especialproteccin del Estado para que se desarrolle en condiciones dignas y justas, estfundamentado en la concepcin del derecho inviolable a la vida. Su desarrollo amparadoen el espritu de la Seguridad Social que es un servicio pblico de carcter obligatorio eirrenunciable y que debe ser prestado de una manera eficiente bajo la direccin,coordinacin y control del Estado.En la evolucin de la Seguridad Social en nuestro pas y especialmente en la promocin delasaludylaseguridadeneltrabajoatravsdelSistemaGeneraldeRiesgosProfesionales, el concepto de accidentalidad se enfoca a los sucesos repentinos quesobrevengan con ocasin o causa de las actividades inherentes al trabajo y que produzcaal trabajador una lesin, una perturbacin funcional, una invalidez o la muerte.Desde la Ley 9 de 1979, en la cual se establecieron las condiciones para preservar,conservar la salud de los individuos en los sitios de trabajo y en sus ocupaciones, elDecreto Ley 1295 de 1994, por el cual se determin la organizacin y administracin delSistema General de Riesgos Profesionales con el fin de prevenir, proteger y atender a lostrabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo,hasta la Ley 776 de 2002, el concepto de accidentalidad laboral y su reconocimiento ha

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permanecido vigente, precisando su definicin a travs de la evolucin de la legislacin, esas como en los artculos 1 y 12 de la dicha Ley, se considera el reconocimiento a lasprestaciones econmicas que tienen lugar por el fallecimiento de un trabajador comoconsecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional.No obstante contemplarse la legalidad del reconocimiento de las prestaciones econmicasen caso de accidente fatal en el trabajo, es importante analizar las implicaciones ms aprofundidad.2.PLANTEAMI ENTO DEL PROBLEMAPara la Organizacin Panamericana de la Salud "uno de los problemas fundamentales queencontramos en Amrica Latina y el Caribe en el rea de salud de los trabajadores es laausencia de datos confiables y sistematizados sobre la magnitud del problema. Estaausencia no permite sensibilizar ni a la opinin publica, ni a los trabajadores, ni a losempresarios y ni a las autoridades de salud. Esto significa que como la crtica situacin desalud de los trabajadores queda oculta, no logra mostrar la importante prdida econmicay social que significan los accidentes y enfermedades ocasionados por el trabajo" ....1.La magnitud del problema entonces est fuertemente impactada por la mayor o menorcapacidad existente en los pases para registrar y ordenar los datos relativos a la muerteen el trabajo.En Europa para el ao 1996 se haban registrado 5.549 accidentes mortales, de los cuales21.349(24.3%) se presentaron en la construccin y 1.128 (20.3%) lo hicieron en el sectorindustrial. Complementariamente, 93 de cada 100 accidentes mortales afectaron a loshombres; se agrega a lo anterior que en Europa, el riesgo de morir por accidentes detrabajo se incrementa con la edad. En el periodo observado, los accidentes del transportecontribuyeron con la mitad de los accidentes mortales en la unin Europea.Enresumen,seencontrquelossectoresmsexpuestosariesgosindustrialespotencialmente mortales, se encontraban en la construccin, agricultura y relacionados,as como en el transporte y pesca. Los oficios ms peligrosos considerados son los peonesde minera, construccin, industria manufacturera y transporte, los conductores devehculos y operarios de equipos pesados. Pases como Blgica, Espaa, Finlandia, Irlanda,Italia y Portugal informan que han detectado la necesidad de adoptar medidas preventivasadicionales. 1Varillas Walter, Eiikemans Gerry, Tennassee Maritza. OPS, OMS. Sistematizacin de datos bsicossobre la salud de los trabajadores en las Amricas.2Agencia Europea para la seguridad y salud en el trabajo. El estado de la seguridad y salud en eltrabajo de la Unin Europea. Estudio piloto. Panormica Europea de los factores de riesgo yefectos en seguridad y salud en el trabajo, Pg. 59.

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Se registra de conformidad a la informacin suministrada en este estudio piloto, por loscentros de referencia nacionales en cada pas, que las causas de los accidentes mortalesen el trabajo se focalizan en: Accidentes con vehculos (cinco pases), cada y salto desdeuna plataforma (cinco pases), cada y derrumbamiento de objetos (cuatro pases),resbalonestropezonesycadas(trespases),Accidentesdetrfico(trespases),maquinaria peligrosa (dos pases) enredarse y quedar atrapado (dos pases), contacto conelectricidad (dos pases).Los datos en las Amricas tal como lo anunci la OPS , son muy fragmentarios,3encontrndose para el periodo 1992 a 1996, lo siguiente:Colombia, Ecuador, Venezuela y Barbados, no reportan tasas de mortalidad en losaos estudiados.Cuba, EEUU y Canad, reportan un rango de tasas cercano al 5 por 100.000 paralos 5 aos estudiados. (Cuba, 3.4 a 4.8 por 100.000 trabajadores ao; EEUU, 5.0 a5.4por 100.000 trabajadores ao; y Canad, 4.9 a 5.4 por 100.000 Trabajadoresao).Bolivia registra las menores tasas de mortalidad en accidentes de trabajo enAmrica. (2.1 a 4.2 por 100.000 trabajadores ao).Brasil, Mxico y Costa Rica presentan tasas de muerte en accidente laboralcercanasa12%trabajadoresao. (CostaRica,8.5a10.5por100.000trabajadores ao; Mxico, 10.4 a 13.6 por 100.000 trabajadores ao; y Brasil,13.3.a 15.4 por 100.000 trabajadores ao).Segn informe reciente de la OIT se estimaba que el nmero de accidentes mortales en4el trabajo en todo el mundo, se eleva a 2 millones por ao y todo parece indicar que losniveles de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales estn aumentando en lospases en desarrollo.La tasa global de accidentes mortales y no mortales se calcula en270millones por ao. El mismo informe, reporta que los costos econmicos conexos anivel empresarial, nacional y global son colosales, calculando que las prdidas debidas aindemnizaciones, das de trabajo perdidos, interrupciones de la produccin, formacin yreconversin profesional, gastos mdicos, etc, representan corrientemente alrededor del4% del PNB mundial y posiblemente mucho ms.En Colombia, las cifras de trabajadores fallecidos en accidentes de origen laboral, arrojanlas siguientes cifras desde el ao 1994. 3Op cit. Varillas y Col. Tablas 5.2, 5.3 y 5.4: Accidentes de trabajo mortales, cifras absolutas y .As mismo, tasas por 100.000 trabajadores al ao. Periodo 1992 a 1996.4OIT: Decent Work Safe Work (Ginebra), Informe de introduccin al XVI Congreso Mundial sobreSeguridad y Salud en el Trabajo, Viena, 26-31 de mayo de 2002, citado por ConferenciaInternacional del Trabajo, 91 reunin 2003.

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AOS1994199519961997199819992000200120022003 MUERTES357370624955890820743852697842

MUERTES SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES AOS1994-20030500100015001994199519961997199819992000200120022003AOSMUERTES MESESENERO-04FEBRERO- 04MARZO-04 MUERTES374149

MUERTES SISTEMAGENERALDERIESGOSPROFESIONALES AO20040204060ene-04feb-04mar-04MESESMUERTES

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Toda muerte, incluida la de un trabajador se considera un fracaso social, ms an cuandosta se presenta a edades tempranas. La muerte en el trabajo en Colombia parece estarreproduciendo la crisis de la sociedad Colombiana, en tanto que es la violencia la primercausa de muerte mientras se trabaja. Para el ao 19995segn el Instituto Nacional deMedicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) con el apoyo del Grupo de CooperacinTcnica Alemana GTZ, informa que en Colombia mueren violentamente por homicidios enese ao 23.209 personas, de esas segn esta fuente, fueron ocurridas "en el sitio detrabajo" un 3 % (696 casos) y aunque no se considera en esta definicin las calles y vaspblicas como sitios de trabajo, la muerte de cerca de 700 personas al interior de su sitiode trabajo revela la importancia "per se" del tema.En este informe, se encuentra para ese mismo ao que mientras se trabajaba murieron untotal de 362 (1.5 %) personas, cifra inferior a la obtenida por el INMLCF lo que adems desugerir un notorio subreporte puede dar una idea de la real tanto de la cobertura como dela posible desinformacin sobre el Sistema General de Riesgos Profesionales en nuestroPas.En estudio descriptivo realizado con recursos del Fondo de Riesgos Profesionales sobre elaccidente de trabajo con consecuencias fatales en el trabajo entre los aos 1999 y 2000,de 1.596 casos reportados al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (hoy Ministerio de laProteccin Social), se estudiaron 1.342 casos que presentaron informacin de clase deriesgo, encontrndose:CLASE DERI ESGON . DE ACCDENTESMORTALES% I19814.% II17413.0% III20515.3% IV50637.7% V25919.3% TOTAL1.342100.0% As mismo, el estudio arroj que la clasificacin de las empresas de acuerdo al riesgo desu actividad econmica, el agenteo la exposicin peligrosa que caus el mayor nmerode accidentes fatales tanto en las clases IV y V, fueron la violencia y el transporte, concerca del 80% de las causas de muerte laboral por accidente ( ver siguiente tabla). 5Referencia de Estudio descriptivo de accidente de trabajo con consecuencias fatales entre losaos 1999 y 2000, financiado por el Fondo de Riesgos Profesionales.

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1.9992.000TOTAL EXPOSI CI N PELI GROSAMuertesTasaMuertesTasaMuertesTasa AMBIENTES SUSTANCIASPELIGROSAS932.34661.821592.09 CADAS461.16581.601041.37 CONTACTO CON OBJETOS210.53250.69460,60 FUEGO Y EXPLOSIN240.60220.61460.60 TRANSPORTE1964.931724.743684.84 VIOLENCIA3629.103409,377029.23 TOTAL74218.6568318.82142518.73 De las actividades Clase IV, los subsectores con mayor reporte fueron: actividades deinvestigacin, seguridad y proteccin de bienes, transporte urbano regular de pasajeros,transporte intermunicipal colectivo de pasajeros, transporte no regular de pasajeros,generacin, captacin y distribucin de energa. De los anteriores, es notorio que el 30%de los trabajadores que murieron, tenan una antigedad en la ocupacin, inferior a unao.El mayor nmero de accidentes reportados se presentaron en hombres con edades entre20y 39 aos, esta descripcin impacta teniendo en cuenta que el clculo de aos de vidalaboral perdidos en este rango de edad, corresponde al 73% del total de aos perdidospor accidente mortal.En este sentido, es importante reflexionar sobre los procesos de enganche, induccin depersonal en las empresas y programas preventivos de accidentalidad en actividadesconsideradas como de riesgos importante.3.RESPONSABI LI DAD EN EL ACCI DENTE MORTAL EN EL TRABAJO.En el Sistema General de Riesgos Profesionales el empleador es responsable por laafiliacin y cotizacin de sus trabajadores a la Administradora de Riesgos Profesionales yde su seguridad, no solo entendida como seguridad e higiene en el trabajo, sino hasta laseguridad personal, garantizando la vida de sus trabajadores en los sitios y centros detrabajo .6Para determinar el tipo de responsabilidad del empleador en un accidente mortal, esnecesario determinar las caractersticas de cada una, como son: 6Sentencia 9435 del 24 de abril de 1997, Magistrado Dr. Francisco Escobar Henriquz

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RESPONSABI LI DADCARACTER STI CAS RESPONSABI LI DAD LABORAL:La responsabilidad laboral es la que nacede la relacin laboral o contrato de trabajoy mediante la cual los trabajadores estnprotegidos de las contingencias que seocasionen con causa o con ocasin deltrabajo, reconociendo principalmentepromocin, prevencin, prestacioneseconmicas y asistenciales por accidentesde trabajo y enfermedad profesional.-Esunaresponsabilidaddelegadaporelempleador a una ARP, mediante el pago de lacotizacin mensual.-El monto de indemnizacin es tarifado (la leytieneyaestablecidoelpagodelasprestaciones).-Los derechos o beneficios al trabajador comoconsecuenciadelaccidentedetrabajoseconcretanenprestacioneseconmicasyasistenciales.-Las mesadas pensionales prescriben en tresaos, las dems prestaciones prescriben en eltrmino de un ao. RESPONSABI LI DAD CI VI L:Es el pago de una indemnizacin de daoso perjuicios al trabajador y/o familiares,cuando por culpa del empleador se causa ose presenta un accidente de trabajo oenfermedad profesional.-Surge de la relacin laboral contractual y laobligacin de indemnizar al trabajador por losperjuicios causados por el accidente de trabajo,conforme al artculo 216 del Cdigo Sustantivodel Trabajo para el sector privado y al artculo86del Cdigo Contencioso Administrativo parael sector pblico.-Responsabilidad asumida directamente por laempresa.-El monto de los daos no se encuentra tarifadoydependedelosperjuicioscausadosaltrabajador o a sus beneficiaros.-Los perjuicios o daos causados al trabajadorpueden ser materiales, morales o fisiolgicos.-Con el pago en dinero se pretende remediar eldao o perjuicio moral causado (hasta 1.000salarios mnimos mensuales legales vigentes).-ElprocesodedemandaserealizaantelaJusticia Laboral Ordinaria.-La accin de reparacin plena y ordinaria deperjuiciosesapartirdelafechadelfallecimiento del trabajador.-El empleador es responsable con su patrimonioy no puede descontar lo que paga a la ARP porresponsabilidad laboral, al ser responsabilidadesy obligaciones independientes. RESPONSABI LI DAD PENAL:Al presentarse un accidente de trabajo porculpa o dolo del empleador, surge de parte-Responsabilidad asumida por el causante delhecho punible.-En el caso de culpa o dolo en el Accidente de

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del causante del delito, una responsabilidadpenal por las lesiones o el homicidio deltrabajador.Laresponsabilidadpenal,esasumidadirectamente por el causante del accidentemortal, llmese gerente, jefe inmediato,compaerodetrabajoosupervisor,quienes pueden ser privados de su libertadcomo consecuencia de un proceso penalpor homicidio.Trabajo, el empleador puede estar incurriendoen hechos punibles (delito) que se paga encasos con prisin.-La penas establecidas para este tipo de delitoson:prisin,arrestoomulta,retencindomiciliaria,prdidadelempleopblico,interdiccin de derecho, entre otros.-El hecho punible puede ser realizado por accinu omisin.-El hecho punible puede ser realizado con dolo,culpa o preterintencin.-El proceso penal se desarrolla ante la Fiscala yel Juez Penal correspondiente.-Clase de delitos: homicidio culposo, doloso,preterintencional. RESPONSABI LI DADADMI NI STRATI VA:La vigilancia y control en salud ocupacionalyelSistemaGeneraldeRiesgosProfesionalesesejercidaporentidadescomo el Ministerio de la Proteccin Social,laSuperintendenciaBancariaylaSuperintendencia Nacional de Salud.Elempleador responde con multas o cierre dela empresa por el incumplimiento de lasnormasantelasautoridadesadministrativas.La investigacin del accidente mortal seadelanta conforme al artculo 4 del Decreto1530de1996yelempleadoressancionadosienelaccidentemortalexistieron violaciones o incumplimientos alas normas en salud ocupacional, como porejemplo la falta de elementos de proteccinpersonal, la no induccin a la labor, el malfuncionamiento o inexistencia del programade salud ocupacional y la inoperancia delComitParitariodeSaludOcupacional;siendo todas estas sanciones compatiblesentres,locualafectalaestabilidadeconmica de una empresa y la libertadpersonal de sus directivos.-La multa es a favor del Fondo de RiesgosProfesionales y es establecida en el artculo 91del Decreto 1295 de 1994 y en el artculo 115del decreto 2150 de 1995.-Existen multas o sanciones para el empleador.-El Ministerio de la Proteccin Social, ejerce lavigilancia y el control de las actividades deprevencinypromocinquedesarrollanlasadministradoras de riesgos profesionales.-La Superintendencia Nacional de Salud ejerce lavigilancia y el control sobre la prestacin deservicios de salud (IPS, EPS).-LadilatacindelpagodeprestacioneseconmicasconciernealaSuperintendenciaBancaria.-Luego de la multa, si no es cancelada por elmultado, existe un proceso de cobro coactivoadelantado por el Ministerio de la ProteccinSocial, que puede llegar a generar un embargoconformealaResolucin2551del2000(embargo y remate de bienes).

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Por lo tanto, con la afiliacin y pago de la cotizacin a una Entidad Administradora deRiesgos Profesionales, el empleador slo traslada la responsabilidad laboral, pero laempresa, sus directivas y las personas que causen el accidente mortal, pueden entrar aresponder civil, penal y administrativamente, hecho que debe ser tenido en cuenta por elempleador por cuanto le puede acarrear gravosas consecuencias.Por esta razn, elempleador debe ser el mayor interesado en fortalecer el programa de salud ocupacionalde su empresa y controlar efectivamente los riesgos que puedan llevar a un accidente detrabajo.El costo emocional y social por la muerte de un trabajador como consecuencia de la labordesempeada, es invaluable, no obstante los costos econmicos, los daos y perjuicios sipueden ser calculados. Para ello existen mtodos que permiten establecer los costos delas fatalidadesprofesionales ,7atravsdelestudiodecostosdirectos (pagosporcompensacin, gastos mdicos, etc.) y costos indirectos (valor del rendimiento perdidodebido a la productividad disminuida).Con base en el mtodo de clculo de T.R. Miller y T.A. Miller, et al., se realiz anlisis delos costos por accidente profesional fatal, realizado en los aos 1999 2000 en Colombia:19992000 COSTOSTRABAJADORTOTALTRABAJADORTOTAL SALARIOS PERDIDOS$110111.334.oo$66.287023.210.oo$104816.156.oo$60.374106.086.oo COSTOS LUGAR DE TRABAJO$1320.321.oo$794713.360.oo$1326.708.oo$764184.096.oo PERDIDA DE PRODUCCINFAMILIAR$27527.833.oo$16.571755.800.oo$27527.833.oo$16.571755.800.oo GASTOS ADMINISTRATIVOS YLEGALES-$156131.108.oo-$156131.108.oo COSTOS MDICOS* YAUXILIOS FUNERARIOS-$1.420720.000.oo-$1.420720.000.oo TOTAL$138959.488.oo$85.230.343.478.oo$133670.697.oo$77.866177.090.oo *Sin cifras de costos mdicos los cuales no fue posible cuantificar3.1CASOTrabajador de la construccin, que fallece al caer de altura superior a la determinada en la LeyCaractersticas del Trabajador: Hombre de 30 aos casado, deja madre de 60 aos y 2Hijos de 8 y de 6 aos. Su salario bsico de $800.000.oo. 7Tomado de Investigacin realizada con Recursos del Fondo de Riesgos Profesionales, 2001.

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RESPONSABI LI DAD LABORAL:-Prestaciones Econmicas: Si el empleador tiene al trabajador afiliado al Sistema Generalde Riesgos Profesionales, la reserva que debe realizar la ARP para garantizar y reconocerla pensin de sobrevivientes es de $103.452.519.00. Si el empleador no tiene al trabajadorAfiliado a una ARP, debe pagar o garantizar el pago de dicha suma.RESPONSABI LI DAD CI VI L:Los daos morales por el dolor, la angustia, el sentimiento de prdida del trabajador, sonde hasta mil salarios mnimos mensuales legales vigentes, $400000.000,oo.-El dao emergente, entre los cuales se encuentran los gastos de entierro, traslado, engeneral los egresos ocasionados por la muerte del trabajador que afectaron el patrimoniofamiliar, que para este caso son aproximadamente de $10000.000,oo.-El lucro cesante,entendido como el empobrecimiento y la falta de un ingreso futuro alncleo familiar y teniendo en cuenta el promedio de vida en 70 aos, dara una sumaaproximada de $384.000.000,oo.RESPONSABI LI DAD PENAL:Por falta de prevencin y por incumplimiento de las normas en salud ocupacional, elgerente, jefe inmediato o supervisor pueden ser culpables por homicidio culposo , la pena8es prisin de 2 a 6 aos y multa de 20 a 100 salarios mnimos mensuales legales vigentes,que equivalen a $64.435.000,oo; si se comprueba dolo o la intencin de hacerle dao altrabajador y causarle la muerte, la pena aumenta de 13 a 25 aos de prisin.RESPONSABI LI DAD ADMI NI STRATI VA:Al demostrarse incumplimiento de las normas en salud ocupacional, Programa de SaludOcupacional, Comit Paritario de Salud Ocupacional, no proporcionar las adecuadas condicioneslaborales, la sancin mxima es hasta 200 salarios mnimos mensuales legales vigentes,equivalentes a $128.870.000,ooRESPONSABI LI DADESCLASES DE DAOSVALOR A PAGAR Y CONSECUENCI AS LABORALPensin$103452.519,oo CIVILDao emergenteLucro cesanteDaos morales$10000.000,oo$384.000.000,oo$400000.000,oo PENALTipo de Culpa:CulposaDolosaPrisin de 2 a 6 aosPrisin de 13 a 35 aos ADMINISTRATIVAMulta$ 128.870.000,oo Total con afiliacin ARP$794.000.000,oo Total sin afiliacin ARP$1.026.632.519,oo 8Artculo 109 del Cdigo Penal Colombiano.

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4.REDUCCI N DE LA ACCI DENTALI DAD FATAL4.1.SI STEMA DE VI GI LANCI A DEL ACCI DENTE MORTAL OCUPACI ONALElconceptoclsicodelavigilanciaepidemiolgicaentendidacomolarecoleccinsistemtica, el anlisis y la interpretacin de informacin de eventos, esencial para laplaneacin, implantacin y evaluacin de la prctica de salud pblica, as como ladiseminacin oportuna de estos datos entre los que necesitan conocerlos .9Siendo un proceso lgico y prctico de evaluacin permanente sobre condiciones de saludo de riesgo de un grupo humano, permite que la informacin resultante sirva comoinsumo para la toma de decisiones de intervencin, prevencin y reduccin de laprobabilidad de ocurrencia de eventos que puedan causar enfermedad o muerte a nivelindividual o colectivo.En la poblacin, evaluacin permanente y el control peridico de los riesgos de enfermary morir requieren de acciones que comprometen a todos los sectores, es as como lavigilancia epidemiolgica tiene un mbito intersectorial que inicia en la percepcin que elindividuo, empresa, estado, tiene de su vulnerabilidad hacindose ms eficaz en la medidaen que la misma poblacin participa en su evaluacin y control.La salud ocupacional en Colombia, a travs de su evolucin normativa10ha contempladolos Sistemas de Vigilancia Epidemiolgica, como procedimientos indispensables que debenestar presentes en todo que hacer en beneficio de la seguridad y la salud en el trabajo.Elreportesistemtico,laatencinen losagentescausantesy laprevencindecomportamientos inseguros tanto por la empresa como por el trabajador, as como lavigilancia y control del estado, se convierten en actores principales de la vigilancia delaccidente mortal ocupacional.A travs de la identificacin de eventos riesgosos en una empresa o centro de trabajopuede servir para sentar las bases del control en todos los centros de trabajo que tengancondiciones similares. El seguimientodeun eventoes una importantefuentederetroalimentacin para la salud de los trabajadores en la dimensin individual y colectiva. 9Seplveda J., Lpez Cervantes M, Frenk J., Gmez de len J., Lezana F. M., Burgoa S. C. Aspectos Bsicos dela vigilancia en Salud Pblica para los aos noventa. En: Salud Pblica de Mxico, 1994; 36 (1) Enero-Febrero,Pag 70-82.10Ley 9 de 1979 (Cdigo Sanitario Nacional) en su Ttulo VII, Decreto reglamentario 1562 de1984, Decreto 614 de marzo de 1984, la Resolucin 1016 de Marzo de 1989 (Art. 10), Decreto1295del 22 de junio de 1994, (Art. 61)

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La vigilancia debe concentrar toda la atencin en el control permanente de las condicionesambientales, la aparicin de un slo caso debe alertar al sistema y dirigir la atencin hacialas medidas de control (vigilancia Centinela).La ocurrencia de un accidente fatal a un trabajador debe servir como seal de que otrostrabajadores que compartan la actividad o puesto de trabajo pueden estar sometidos almismo agente de riesgo y por lo tanto pueden beneficiarse de la intervencin an sintener el problema.Partiendo del hecho simple de que en el entorno de toda actividad los riesgos existen yque la falta de previsin y control agravan sus consecuencias, es responsabilidad delGobiernoNacionalydelSistemaGeneraldeRiesgosProfesionales,elestablecermecanismos para reducir la probabilidad de ocurrencia de accidentes que afecten laseguridad y la salud de los trabajadores y que pongan en riesgo la vida.Al encontrarse un vaco metodolgico en nuestro pas para el acercamiento al tema de laaccidentalidadmortalocupacionalyretomandotantolosprocedimientosvigentes,establecidos en el Decreto 1530 de 1997 respecto a la muerte de un trabajador poraccidente de trabajo o enfermedad profesional, como el espritu de asesora en la atenciny prevencin de los Riesgos Profesionales de la Red de Comits de Salud Ocupacionalconsagrado en el Decreto 16 de 1997, se propone el siguiente Sistema de Vigilancia de laAccidentalidad Mortal en el Trabajo, para que sea difundido, aplicado y evaluado por losactores de la salud ocupacional en nuestro pas.4.2PROCEDI MI ENTO4.2.1.Reporte de Accidente de TrabajoEl empleador debe reportar simultneamente a la Empresa Promotora de Salud y a laAdministradora de Riesgos Profesionales, mediante los formatos nicos de reporte deaccidente de trabajo , en los dos das hbiles siguientes a la ocurrencia del evento.114.2.2.I nvestigacinCuando el trabajador fallece como consecuencia de Accidente de Trabajo o EnfermedadProfesional , el empleador conjuntamente con el Comit Paritario de Salud Ocupacional o12Viga Ocupacional, en los siguientes 15 das calendario a la ocurrencia del evento, debeadelantar investigacin para determinar las causas y remitir el informe a la Administradorade Riesgos Profesionales. 11Artculos 21 y 62 del Decreto 1295 de 1994 y Resolucin 4059 de 1995.12Artculo 4 del Decreto 1530 de 1996.

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Una vez la Administradora de Riesgos Profesionales recibe y estudia el informe, debeestablecer las acciones de prevencin a ser tomadas por el empleador, en un plazo nosuperior a 15 das hbiles.La ARP en los siguientes 10 das hbiles a la emisin delconcepto, remitir informe a la Direccin Territorial de la Proteccin Social, para lacorrespondiente investigacin administrativa y la imposicin de las sanciones si a ello haylugar.4.2.3.SeguimientoLos Directores Territoriales de la Proteccin Social y los Inspectores de Trabajo ySeguridad Social, mensualmente llevarn los casos de accidentes fatales a los ComitsSeccionales y Locales de Salud Ocupacional segn su competencia, a travs de lasvariables establecidas por la Direccin General de Riesgos Profesionales del Ministerio dela Proteccin Social. De su evaluacin y anlisis remitirn informe mensual a la DireccinGeneral de Riesgos Profesionales, anexando el formato que contenga las variablessolicitadas para alimentar la base de datos. La Direccin General de Riesgos Profesionales,har seguimiento a los casos de accidente mortal ocupacional y mensualmente publicaren el Boletn Proteccin Laboral las cifras y el anlisis sobre los mismos, guardando lareserva sumarial de los casos.En los Departamentos y Municipios en los cuales no se ha conformado el respectivoComit, el Director Territorial o el Inspector de Trabajo y Seguridad Social, enviarformato con las variables del Accidente de Trabajo, a la Direccin General de RiesgosProfesionales del Ministerio de la Proteccin Social.El Comit Nacional de Salud Ocupacional, analizar y emitir concepto con nfasis enmedidas preventivas y de control dirigidas a los sectores de la economa correspondientesa las empresas en las que se presentaron los accidentes fatales.El sistema de vigilancia del accidente mortal ocupacional, dar los insumos para elestablecimiento de un proceso que permita establecer las principales causas de accidentesmortales en el trabajo, las cuales permitirn el establecimiento del sistema de vigilanciaepidemiolgicaporeventocentinela,que tieneenforma especficalos siguientescomponentes:13-Identificar los factores de riesgo prioritarios generadores de los accidentes de origenlaboral segn actividad econmica para orientar el programa de intervencin.-Intervenir los factores de riesgo en el ambiente, las personas y la organizacin laboral,mediante la aplicacin de programas preventivos con recurso especializado 13Tomado de documento Vigilancia Epidemiolgica de los factores de riesgo ambientales en el mundo deltrabajo, Facultad Nacional de Salud Pblica, Universidad de Antioquia.

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-Caracterizarcontinuamenteeleventodeorigenocupacionalsegnvariablessociodemogrficas y laborales a travs del registro diario de consulta mdica, tarjetasresumen de enfermedad profesional y las dems fuentes de informacin del sistemade vigilancia.-Unificar y mantener actualizadas pautas que sean adecuadas, oportunas e integrales,para el manejo del evento tanto en lo asistencial como en lo legal.-Desarrollar y fortalecer la red de notificacin centinela para el evento ocupacionalmanteniendo una participacin activa y actualizada del grupo interdisciplinario denotificadores en las empresas y red de atencin mdicas en IPS, EPS y ARP.-Verificar el funcionamiento del sistema de vigilancia y evaluar el impacto de lasacciones de intervencin y control en forma peridica.-Efectuarladivulgacindelosresultadossemestralmentemediantediferentesestrategias como el boletn Proteccin Laboral.El Sistema de Vigilancia del Accidente Mortal propuesto cubre a la poblacin afiliada alSistema General de Riesgos Profesionales, que corresponde al 25% del total de lapoblacin ocupada en el Pas.Los procesos de sensibilizacin sobre la accidentalidad mortal en el trabajo, con elconcurso del Instituto Nacional de Medicina Legal, de la red de Instituciones Prestadorasde Servicios de Salud y de las Administradoras de Rgimen Subsidiado, a travs deldiseo,aplicacindeinstrumentosdenotificacinobligatoriaydesistemasdeinformacin, se podr hacer el anlisis y seguimiento a las condiciones riesgosas de lasocupaciones, que permitirn el establecimiento de estndares mnimos de seguridad ysalud en las ocupaciones no formales.Es importanteiniciar la reflexin sobre la implicacinde laaccidentalidad mortalrelacionada con la ocupacin y debe llevar a considerar alternativas de vigilancia yprevencin de actos inseguros que generen casos fatales.Como un llamado a la comunidad en general sobre la importancia y trascendencia delaccidente fatal en el trabajo, se propone:1.Expedir Acto Administrativo del Ministerio de la Proteccin Social, reiterando losprocedimientos contenidos en las normas correspondientes al tema.2.Conmemorar el Da Nacional de la Salud en el Mundo del Trabajo, con el tema centralPrevencin del Accidente Mortal en el Trabajo, responsabilidad de todos.3.Disear, difundir y desarrollar el Sistema de Vigilancia de la Accidentalidad Mortal en eltrabajo.

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5.ESQUEMA DE VI GI LANCI A DEL ACCI DENTE FATAL EN EL TRABAJO4.

EMPLEADOR1.REPORTE - FORMATO DE I NFORME DE ACCI DENTEDE TRABAJO2.I NVESTI GACI N COPASO

ARP(EVALUACI N DEL I NFORMEY RECOMENDACI ONES)

DI RECCI N TERRI TORI AL I NSPECCI N DE TRABAJO(I NVESTI GACI N YSANCI ONES)

COMI T SECCI ONAL LOCAL DE SALUDCUPACI ONAL(ANALI SI S E I NFORME)

DI RECCI N GENERAL DERI ESGOSPROFESI ONALES(SI STEMA DEI NFORMACI N)

COMI T NACI ONAL DESALUD OCUPACI ONAL(RECOMENDACI ONES )

PUBLI CACI NBOLETI NPROTECCI NSOCI AL

ACCI DENTE MORTAL EN EL TRABAJO

RECOMENDACI ONES,I NSTRUCCI ONES YSEGUI MI ENTO AMEDI DAS DE CONTROLAL SECTORECONMI CO

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5.1Expedicin de Acto AdministrativoConelfindeestablecerprocedimientosquepermitanlaadopcindemedidasencaminadas a reducir y prevenir la accidentalidad mortal en el trabajo, es necesarioimplementar un sistema de vigilancia que permita identificar factores de riesgo querepresenten oportunidades de prevencin; definir la magnitud y distribucin del problemaen la fuerza de trabajo; contar con una herramienta que permita evaluar las medidas deprevencin utilizadas; identificar las ocupaciones, actividades econmicas, que requieranespecial atencin del Estado.Con el diseo y adopcin de este Sistema de Vigilancia, el Estado contar con informacinpara ajustar la normatividad vigente, as como para establecer polticas de formacin,capacitacin, y las dems que sean necesarias.La difusin de este Sistema de Vigilancia a travs de las actividades que se desarrollarnen el marco de la Conmemoracin del Da Nacional de la Salud en el Mundo del Trabajo, ysu seguimiento, propiciar acercamiento hacia el objetivo comn de alzar los ojos hacia unproblema que atenta contra la integridad de los trabajadores y afecta la economa denuestro pas.El Ministerio de la Proteccin Social, expedir Acto Administrativo mediante el cual seradoptado el Sistema de Vigilancia del Accidente Mortal en el Trabajo, cuyo contenido ser:-Investigacin del Accidente de trabajo mortal por parte del empleador.-Reporte del Accidente Mortal.-Investigacin del Accidente de Trabajo Mortal por parte de las Administradoras deRiesgos Profesionales.-Investigacin del Accidente de Trabajo Mortal por parte de la Direccin Territorial de laProteccin Social.-Sistema de Vigilancia de Eventos Mortales Ocupacionales.-Sanciones5.2.Conmemoracin del Da Nacional de la Salud en el Mundo del Trabajo,Prevencin del Accidente Mortal en el Trabajo, responsabilidad de todos.Con la realizacin de campaas de difusin, divulgacin y sensibilizacin sobre laimportancia de la adopcin de medidas de proteccin y prevencin de los accidentesfatales en el trabajo, a travs de actividades de la Red de Comits de Salud Ocupacional ylos diferentes actores del Sistema General de Riesgos Profesionales.MEDI OS:

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Publicaciones:-Prensa:Medios de difusin Radial: cadenas radiales nacionales y locales, Medios dedifusin escrita: diarios de circulacin nacional y local, revistas especializadas decirculacin nacional o local, boletines informativos, etc.-I nternet:Pgina Web del Ministerio de la Proteccin Social, ARP, SociedadesCientficas, dems actores del SGRP.Actividades Acadmicas:-Seminarios, talleres, congresos, videoconferencias, conversatorios a cargo de losdiferentes actores de la salud ocupacional y del SGRP.-Conversatorio en la Emisora de la Universidad Nacional.Otros:-Actividades a cargo de Gremios Econmicos, Comisiones Sectoriales, Administradorasde Riesgos Profesionales, etc.SE PI ERDE UNA VI DA, PELI GRA SU EMPRESA, PREVENI R EL ACCI DENTE DETRABAJO MORTAL ES SU RESPONSABI LI DAD