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Informe DESC – SFP
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Informe Nacional de Avance correspondiente al Segundo Agrupamiento del Protocolo Adicional
a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (DESC) – Protocolo San Salvador
Secretaría de la Función Pública (SFP)
Mayo - 2016
1. Porcentaje de mujeres en la administración pública, según niveles de jerarquía:
Esta información está generada a partir de los informes generados por el área de Tecnología
de la SFP, con base en los reportes mensuales de Altas y Bajas de los Organismos y Entidades
del Estado (OEE) y la clasificación establecida en el Decreto 196/2004, cuyo contenido
pertinente se transcribe como Anexo al presente informe.
Poder Ejecutivo
Clasificación de Servidores Públicos por Categoría
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros* Total
Total 151 962 1.920 6.797 5.113 4.572 8.068 93.003 120.586
0,13% 0,80% 1,59% 5,64% 4,24% 3,79% 6,69% 77,13% 100%
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros* Total
Masculino 104 547 1.046 3.815 3.053 2.656 3.819 41.861 56.901
Femenino 47 415 874 2.982 2.060 1.916 4.249 51.142 63.685
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros* Total
Masculino 68% 56% 52% 55% 59% 58% 45% 41% 47%
Femenino 32% 44% 48% 45% 41% 42% 55% 59% 53%
* La categoría “otros” se refiere a servidores con categoría del grupo de: Personal del área de Salud;
Docentes; Fuerzas Públicas; Agentes Especiales, entre otros.
68%
56%
52%
55%
59%
58%
45%
41%
32%
44%
48%
45%
41%
42%
55%
59%
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80%
Cat. A
Cat.B
Cat.C
Cat.D
Cat.E
Cat.F
Cat.G
Cat.Otros*
Femenino Masculino
Informe DESC – SFP
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Poder Legislativo
Clasificación de Servidores Públicos por Categoría
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros Total
Total 202 290 479 570 23 581 - 1 2.146
9,4% 13,5% 22,3% 26,6% 1,1% 27,1% 0,0% 0,0% 100%
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros Total
Masculino 154 149 262 321 11 343 - - 1.240
Femenino 48 141 217 249 12 238 - 1 906
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros Total
Masculino 76% 51% 55% 56% 48% 59% 0% 0% 58%
Femenino 24% 49% 45% 44% 52% 41% 0% 100% 42%
76%
51%
55%
56%
48%
59%
0%
24%
49%
45%
44%
52%
41%
0%
Cat. A
Cat.B
Cat.C
Cat.D
Cat.E
Cat.F
Cat.G
Femenino Masculino
Informe DESC – SFP
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Poder Judicial
Clasificación de Servidores Públicos por Categoría
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros* Total
Total 247 222 1.658 2.236 2.195 1.055 2.558 11.307 21.478
1,2% 1,0% 7,7% 10,4% 10,2% 4,9% 11,9% 52,6% 100 %
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros* Total
Masculino 139 106 809 1.149 1.197 448 1.441 4.897 10.186
Femenino 108 116 849 1.087 998 607 1.117 6.410 11.292
Cat. A Cat. B Cat. C Cat. D Cat. E Cat. F Cat. G Cat. Otros* Total
Masculino 56% 48% 49% 51% 55% 42% 56% 43% 47%
Femenino 44% 52% 51% 49% 45% 58% 44% 57% 53%
* Correspondiente a categorías de la carrera judicial
2. Existencia de cuotas (de género, multiculturales) en cargos públicos o privados u otras
acciones afirmativas contempladas en la legislación:
No existe ninguna norma que establezca cuotas de género o multiculturalidad en cargos públicos.
Sin embargo existe, una cuota mínima de inclusión de Personas con Discapacidad (PcD), conforme
lo establece el Artículo 1° de la Ley N° 3585/2008, que expresa “Modificase los artículos 1°, 4° y 6°
de la Ley N° 2479/2004 “Que establece la obligatoriedad de la incorporación de Personas con
Discapacidad en las Instituciones Públicas”, los cuales quedan redactados como sigue:
Art. 1°. Todos los organismos y entidades del Estado, gobernaciones y municipalidades, así como
las personas jurídicas de derecho privado con mayoría accionaria del Estado incorporarán y
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70%
Cat. A
Cat.B
Cat.C
Cat.D
Cat.E
Cat.F
Cat.G
Cat.Otros
% por Sexo
Niv
el J
erár
qu
ico
Femenino
Masculino
Informe DESC – SFP
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mantendrán dentro de su plantel de personal un porcentaje de Personas con Discapacidad que no
será menor al 5 % (cinco por ciento) del total de sus funcionarios.
Si se suscitase dudas sobre la interpretación o aplicación de las normas contenidas en la presente
Ley, prevalecerá el criterio que se a más favorable a las personas con discapacidad”.
En este sentido se presentan los siguientes cuadros, extracto del informe específico a partir de los
registros de la SFP, conformada con base en los reportes mensuales de Altas y Bajas de los OEE:
Vínculo Permanente Vínculo Temporal (Contrato) Total
PcD Total de
Funcionarios %
Masculino Femenino Total Masculino Femenino Total
650 349 999 340 140 480 1.479 286.903 0,52
Teniendo que un bajo porcentaje de Organismos y Entidades del Estado, solo el 3 %, cumplen con
la mencionada norma, cuya clasificación se observa a continuación:
Grado de Cumplimiento OEE según incorporación de PcD %
Cuentan con al menos el 5 % de PcD en sus nóminas 12 2,96
Cuentan con menos del 5 % de PcD en sus nóminas 144 35,56
No cuentan con PcD en sus nóminas 249 61,48
Total 405 100
3. Porcentaje de las entidades que no cumplen con las cuotas de incorporación laboral (por
sexo, por grupo etario, etc.) establecidas en la legislación:
Grado de Cumplimiento OEE según incorporación de
PcD %
Cuentan con menos del 5 % de PcD en sus nóminas 144 35,56
No cuentan con PcD en sus nóminas 249 61,48
Total 393 97,04
4. Porcentaje de jueces, abogados y funcionarios públicos que han recibido capacitación en
derechos humanos y particularmente en derechos laborales:
El Instituto de la Administración Pública del Paraguay (INAPP), dependiente de la Secretaría de la
Función Pública, es responsable de dirigir el diseño y la ejecución de los servicios académicos y de
investigación y asesoramiento con el fin de contribuir a una administración pública cada vez más
eficiente, eficaz y de calidad; y dirigir la implementación de las políticas de capacitación y
formación para la profesionalización de funcionarios/as públicos/as de los OEE de conformidad a
las normativas del sector público vigentes.
Conforme a la reglamentación de admisibilidad para los eventos de formación y capacitación, no
se admiten a funcionarios provenientes de instituciones que hayan accionado contra la Ley
1626/2000 “De la Función Pública”, entre ellas encontrándose el Poder Judicial, por ello no son
incluidos los jueces en los eventos promocionados por la SFP.
Informe DESC – SFP
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Durante los ejercicios 2014 y 2015, no se desarrollaron eventos de formación o capacitación de
contenido específico sobre derechos humanos o derechos laborales, sin embargo se han
desarrollado algunos cursos con algún módulo orientado a ellos, de los cuales participaron un total
de 170 servidores públicos, siendo 100 de ellos abogados de profesión.
Asimismo, cabe señalar que el Artículo 74 de la Ley 1626/2000, establece que “A pedido de la
máxima autoridad del organismo o entidad del que dependa el funcionario, la Secretaría de la
Función Pública nombrará un Juez Instructor. En todo lo referente al trámite sumarial, la
autoridad administrativa de la institución como parte actora y el funcionario afectado como
demandado ajustarán sus actuaciones a lo que disponga el Juez Instructor”. A partir de esta
norma, la Secretaría de la Función Pública, anualmente promueve eventos de capacitación y
transferencia de conocimientos entre los Abogados registrados como Jueces Instructores de
Sumarios Administrativos (RAJSA). Estos eventos no específicos en el ámbito de Derechos
Humanos, sin embargo se abordan abarcan temas propios del Derecho Laboral del ámbito
disciplinario para el Sector Público, que durante el ejercicio 2015, se desarrollaron 6 talleres con
un total de 618 participantes, cuyo promedio es más de 100 asistentes en cada evento. A la fecha
son 134 abogados registrados en el RAJSA.
5. Calificación por parte de los usuarios del diseño y la divulgación de la información estadística
sobre el mercado laboral que producen las entidades públicas:
No existe un mecanismo de relevamiento sobre la percepción o calificación de los usuarios
sobre el diseño o divulgación estadística sobre el mercado laboral que producen los
Organismos y Entidades del Estado.
Sin embargo, podemos señalar que la Secretaría de la Función Pública, ha desarrollado e implementa gradualmente el portal www.paraguayconcursa.gov.py, a través del cual se gestionan los procesos de concursos, para el ingreso y promoción en los OEE. Este portal, corresponde al módulo de selección del Sistema Integrado Centralizado de la Carrera Administrativa (SICCA), aprobado y formalizado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 1212/2014 “Por el cual se Aprueba la Implementación del Portal Único del Empleo Público PARAGUAY CONCURSA y la Puesta en Funcionamiento del Sistema Integrado Centralizado de la Carrera Administrativa – SICCA”.
Si hablamos de calificación por parte de los usuarios del portal PARAGUAY CONCURSA, como el
sistema de información del mercado laboral del sector público, tenemos algunos datos estadísticos
que evidencian aumento de la credibilidad y confianza del mismo, contrastando información de
los últimos períodos:
Avances en el período (1 junio de 2014 al 30 mayo de 2015)
Avances en el período (1 junio de 2015 al 16 mayo de 2016)
Instituciones que han publicado a través de
www.paraguayconcursa.gov.py 85 95
Personas registradas en el portal 23.177 55.580
Anexo - Informe DESC – SFP
Anexo
Clasificación de Cargos conforme al Art. 2° del Decreto 196/2003, comprende:
a) El agrupamiento por niveles jerárquicos;
b) La denominación y descripción de cargos-tipo; y
c) La Tabla de Categorías, Denominación de Cargos y Remuneraciones, aplicada en el contexto del
sistema informatizado de recursos humanos de la Función Pública.
El mismo Decreto, en su artículo 3°, establece el agrupamiento de cargos administrativos por niveles
jerárquicos, que se forma de la siguiente manera:
1) NIVEL A, DE CONDUCCIÓN POLÍTICA, comprende los cargos a los cuales se accede:
a. Por elección popular;
b. Por procedimientos específicos establecidos en la Constitución Nacional, tales como los
contemplados en los Artículos 277 y 281, respectivamente;
c. Por designación del Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el
Artículo 238 Numeral 6), de la Constitución Nacional;
d. Por leyes especiales.
Corresponden a este nivel los cargos tales como:
Presidente de la República
Vicepresidente de la República
Ministros del Poder Ejecutivo nombrados de conformidad al Artículo 240 de la
Constitución Nacional
Cargos equivalentes a Ministro determinado por Ley
Contralor General de la República
Procurador General de la República
Defensor del Pueblo
Escribano Mayor de Gobierno
Gobernador Departamental
Subcontralor General
Viceministros titulares de Subsecretarias de Estado de conformidad al Artículo 240 de la
Constitución Nacional
Cargos equivalentes a Viceministros determinados por la Ley
Defensor del Pueblo Adjunto
Asesor
Secretario Departamental
Presidente de Entidades Descentralizadas
Superintendente
2) NIVEL B, DE CONDUCCIÓN SUPERIOR, comprende los cargos que por ubicación jerárquica
institucional corresponden, a quienes se desempeñan en relación directa al Ministro o cargos
equivalentes en organismos y entidades del Estado y cumplen funciones de planeamiento,
organización, ejecución y control de unidades organizativas de primer nivel técnico-administrativo,
con participación en la formulación y propuestas de políticas específicas, planes y cursos de acción.
Corresponden a este nivel los cargos de:
Anexo - Informe DESC – SFP
Director General;
Director;
Jefe de Gabinete;
Secretario General;
Auditor Interno.
3) NIVEL C, DE MANDOS MEDIOS SUPERIORES, comprende los cargos que tienen por funciones principales
formular y ejecutar programas, planes y cursos de acción, en los cuales asumen la responsabilidad de
cumplir objetivos sujetos a políticas específicas y marcos normativos de carácter administrativo y/o
técnico.
Corresponden a este nivel los cargos de:
Auditor;
Coordinador;
Jefe de Departamento;
Profesional (I);
Secretario (I).
4) NIVEL D, DE MANDOS MEDIOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS, comprende los cargos que tienen por
funciones ejercer la jefatura en la ejecución de acciones y de procedimientos conducentes a la
concreción de resultados específicos en un área determinada.
Corresponden a este nivel los cargos de:
Profesional (II);
Secretario/a (II);
Técnico (I).
5) NIVEL E, DE MANDOS MEDIOS OPERATIVOS, comprende los cargos que tienen por funciones el logro de
objetivos específicos sujetos a planes y marcos normativos y/o técnicos de naturaleza operativa.
Corresponden a este nivel los cargos de:
Jefe de División/Sección;
Técnico (II);
Secretario/a (II).
6) NIVEL F, DE APOYO ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO, comprende los cargos que tienen por funciones
desarrollar acciones en aplicación de procesos técnicos y administrativos de cierta complejidad, para los
cuales se requiere tener conocimientos y aptitudes específicas.
Corresponden a este nivel los cargos de:
Asistente Administrativo.
7) NIVEL G, DE SERVICIOS AUXILIARES, comprende los cargos que tienen por funciones desarrollar, cumplir
y ejecutar tareas individuales o grupales asignadas por el inmediato superior con sujeción a instrucciones
de trabajo establecidas en manuales operativos y eventualmente con supervisión inmediata.
Corresponde a este nivel los cargos de:
Auxiliar Técnico Administrativo;
Auxiliar de Servicios.