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11 CONVENIO DE ASOCIACIÓN N° 038/04 (NUMERACIÓN MAVDT) - 112/04 (NUMERACIÓN IDEAM) MAVDT CDMB CORANTIOQUIA CAM CAS CORPOGUAJIRA – AMVA – CCB - IDEAM DOCUMENTO SOPORTE NORMA DE RUIDO AMBIENTAL SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES IDEAM Bogotá, febrero de 2006

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CONVENIO DE ASOCIACIÓN N° 038/04 (NUMERACIÓN MAVDT) - 112/04 (NUMERACIÓN IDEAM)

MAVDT – CDMB – CORANTIOQUIA – CAM – CAS – CORPOGUAJIRA – AMVA – CCB - IDEAM

DOCUMENTO SOPORTE NORMA DE RUIDO AMBIENTAL

SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES IDEAM

Bogotá, febrero de 2006

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TABLA DE CONTENIDO

1. ASPECTOS GENERALES 19

2. METODOLOGÍA 22 ASPECTOS TÉCNICOS 23 Del ruido ambiental y su determinación 23 De las normas y valores de comparación 23 De los equipos de medida y las mediciones 24 De los usos y aplicaciones de las mediciones 24 Condiciones acústicas para actividades especificas 24 ASPECTOS ECONOMICOS 24 ASPECTOS LEGALES 26 ASPECTOS INSTITUCIONALES 28

3. ORIGEN DE LA CONTAMINACIÓN POR RUIDO Y EFECTOS EN LA SALUD 29 ORIGEN DE LA CONTAMINACION POR RUIDO 30 Ruido Continuo 30 Ruido Intermitente 30 Ruido Impulsivo 30 Ruido Tonal 30 Ruido de Baja Frecuencia 31 EFECTOS EN LA SALUD HUMANA 31 Efectos en el sistema auditivo 32 Efectos extra auditivos: 35 EFECTOS CARDIOVASCULARES Y PSICOLÓGICOS 43 EFECTOS MENTALES 44 EFECTOS SOBRE LA FLORA Y FAUNA 44

4. ESTADO ACTUAL DE LAS REDES DE RUIDO EN COLOMBIA 49 EQUIPOS Y METODOLOGÍAS DE MEDICIÓN 49 COSTOS DE COMPRA, OPERACIÓN Y MEDICIÓN DE LOS NIVELES DE RUIDO EN EL PAÍS 50 REDES DE MEDICIÓN DE RUIDO EN COLOMBIA 51

5. NIVELES DE RUIDO EN COLOMBIA 54 NIVELES DE RUIDO EN ALGUNAS CIUDADES COLOMBIANAS 54 Bogotá, D.C. 55 Buenaventura 68 Ibagué 69 Manizales 69 Medellín 69 Montería 82 San Juan de Pasto 82 Palmira 83 Pereira 83 Popayán 83 Tunja 84 Valledupar 85 Villavicencio 85 Tulúa 86 GESTION REALIZADA EN RUIDO A NIVEL NACIONAL 87 Gestión nacional 87 Gestión local 88

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Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira) 89 Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) 91 Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) 91 Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) 91 Area Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) 92 Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente de Santiago de Cali (DAGMA) 95 Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla (DAMAB) 99 GESTIÓN SECTORIAL 101 Sector educativo 101 Sector industrial 101 Sector salud 102 Sector comercial 102 Otros sectores 102

6. NORMAS DE RUIDO A NIVEL INTERNACIONAL 104

7. DETERMINACIÓN DEL RUIDO AMBIENTAL 105 ASPECTOS GENERALES 105 HORARIOS PARA APLICACIÓN DE NORMAS DE RUIDO A NIVEL INTERNACIONAL 106 PARAMETROS DE MEDIDA 107 Sonido 108 Ruido 109 Indicadores para la medida del ruido 113 Guías para las medidas de ruido ambiental 120 Normas ISO como guías para la evaluación del ruido medioambiental 123 INTERVALOS DE TIEMPO DE MEDIDA 127 Intervalo de Tiempo de Referencia 127 Intervalo de Tiempo a Largo Plazo 127 Intervalos de Tiempo de Medición 127 Experiencias de Tiempos de Medición de Ruido Ambiental 128 AJUSTES 130 Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente Ajustado 130 Niveles Corregidos 131 Ruido Impulsivo y Ruido Tonal 132

8. DE LAS NORMAS Y VALORES DE COMPARACIÓN 139 USOS DEL SUELO 139 Norma ISO 1996 139 Decreto 948 del 5 de junio de 1995 140 Ley 388 de 1997. Plan de ordenamiento territorial 141 Resolución 8321/93 143 Zonas acústicas en otras normatividades. 143 LIMITES DE COMPARACIÓN 147 NIVELES CRITICOS 151 TIPOS DE FUENTES 152 Fuente puntual 153 Fuente lineal 153 NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE RUIDO 155 VEHICULOS A MOTOR 156

9. DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Y LAS MEDICIONES 159 DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Y LAS CALIBRACIONES 159 Normas para Sonómetros 159

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Tipos de Sonómetros 160 Aspectos a considerar al elegir un Sonómetro 161 LOCALIZACION DE LOS PUNTOS DE MEDICION 164 POSICION DEL MICROFONO 165 Direccionalidad de los micrófonos 166 Tipos de micrófonos 166 Las medidas de acuerdo con los estándares IEC y ANSI 167 CONDICIONES METEOROLÓGICAS. 167 Promedio de niveles para todas las condiciones meteorológicas. 168 Determinación de niveles en condiciones meteorológicas específicas. 168 MÉTODOS Y APARATOS DE MEDICIÓN DEL RUIDO PRODUCIDO POR VEHÍCULOS 168 APORTE DE RUIDO DE UNA FUENTE AL MEDIO AMBIENTE. 169 INFORME TÉCNICO 170

10. USOS Y APLICACIONES DE LAS MEDICIONEs 172 PLANES DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN DE RUIDO 172 Chile 172 Unión Europea 176 Perú 181 MAPAS DE RUIDO 181 Mapas de Ruido a Nivel Internacional 182 Mapas de ruido a Nivel Nacional 187 Ventajas y desventajas de los mapas de ruido 188 Mapas de ruido para Colombia 188 ESTUDIOS TÉCNICOS DE RUIDO 190 Estudios técnicos de ruido a nivel internacional 191 Estudios Técnicos de Ruido a Nivel Nacional 195 Contenido de los estudios técnicos de ruido para Colombia 196

11. CONDICIONES ACÚSTICAS PARA ACTIVIDADES ESPECÍFICAS 197 EDIFICACIONES 197 ABSORCIÓN SONORA Y BARRERAS ACÚSTICAS 199 ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS AL AIRE LIBRE 201 ACTIVIDADES RUIDOSAS EN LA VÍA PÚBLICA 203 PITOS Y SIRENAS 204 ALARMAS 205 CARGA Y DESCARGA 206 USO DE MAQUINARIA AL AIRE LIBRE 207 SEGUIMIENTO Y CONTROL A LA NORMA 208 Funciones establecidas en las normas de creación de las entidades 208 Funciones establecidas en el Decreto 948 de 1995 212

12. RECOMENDACIONES DE LA NORMA DE RUIDO MEDIOAMBIENTAL 215 DISPOSICIONES GENERALES 215 OBJETO DE LA NORMA DE RUIDO MEDIOAMBIENTAL 215 ALCANCE DE LA NORMA 216 HORARIOS 216 UNIDADES DE MEDIDA 217 PARÁMETROS DE MEDIDA 217 INTERVALOS DE TIEMPO 218 Intervalo unitario de tiempo de medida 218 Intervalo de tiempo de referencia 219 Intervalo de tiempo de medida a largo plazo 219

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AJUSTES 220 EMISION DE RUIDO 220 Aplicabilidad de la emisión de Ruido Ambiental 221 Cálculo de la emisión o aporte de ruido 221 Estándares máximos permisibles de emisión de ruido. 222 Emisiones de Ruido en Vehículos y Aeronaves 227 Ruido en Aeronaves en estado estacionario y en vuelo 227 DEL RUIDO AMBIENTAL 228 Aplicabilidad de las mediciones de ruido ambiental 228 Estándares de ruido ambiental. 228 DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Y LAS MEDICIONES 243 Equipos de medida 243 Calibraciones 243 Condiciones meteorológicas 244 Informe Técnico 244 Obligatoriedad de realización de mapas de ruido 245 Fines y contenidos de los mapas de ruido 246 Requisitos mínimos que se deben cumplir en la elaboración de los mapas de ruido 247 Técnicos competentes 248 DE LA REALIDAD AMBIENTAL 248 Edificaciones 248 Actividades de carga y descarga 250 Alarmas 250 Planes de descontaminación por ruido 251 VIGILANCIA Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA 253 Competencia 253 Sanciones 253

13. ANÁLISIS DE COSTOS Y BENEFICIOS 254 Estimación de Costos 254 Estimación del costo para la elaboración del mapa de ruido para Bogotá D.C. 254 Estimación de los costos de aplicación de la norma de ruido ambiental en el sector industrial de la localidad de Puente Aranda, Bogotá 257 ANALISIS DE BENEFICIOS 266 Relación costos-beneficio de la aplicación de la norma de ruido ambiental en la localidad de Puente Aranda. 267

14. BIBLIOGRAFÍA 268

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LISTA DE TABLAS Tabla 1. Principales fuentes generadoras de ruido............................................................... 30 Tabla 2. Grado de hipoacusia, el umbral de audición y el déficit auditivo ........................... 34 Tabla 3. Intensidad del ruido en dB y valoración subjetiva de su percepción. .................... 35 Tabla 4. Características que influyen en el rendimiento de actividades debido a la

presencia de ruidos .................................................................................................. 37 Tabla 5. Efectos del ruido a nivel sistémico .......................................................................... 40 Tabla 6. Resumen de los equipos de medida de ruido, marca, tipo, y modelos ................ 49 Tabla 7. Resumen de costos de adquisición de equipos para medida de ruido ................. 50 Tabla 8. Nombre y localización de las Estaciones de monitoreo de la red de Ruido de

Bogotá ....................................................................................................................... 52 Tabla 9. Niveles promedios de ruido para la ciudad de Bogota ........................................... 56 Tabla 10. Indicadores de gestión del DAMA durante enero de 1998 a diciembre del 2000 . 59 Tabla 11. Promedios de Niveles de Ruido en la Autopista Norte por Calle 92(Proyecto

Transmilenio Autonorte). .......................................................................................... 62 Tabla 12. Resumen de niveles sonoros medidos en el corredor vial de la troncal Avenida

Suba entre el 20 y el 23 de Junio de 2002.............................................................. 65 Tabla 13. Resumen de niveles sonoros medidos en el corredor vial de la troncal Avenida

Suba entre el 4 y el 7 de Julio de 2002. .................................................................. 66 Tabla 14. Niveles de ruido típicos de maquinaria ................................................................... 67 Tabla 15. Niveles sonoros a 30 m y 60 m de la vía, durante operación ................................ 68 Tabla 16. Niveles de Ruido encontrados en el estudio de 1986 para el Metro de Medellín . 72 Tabla 17. Niveles de ruido urbano encontrados en 1995 para el Metro de Medellín ............ 72 Tabla 18. Niveles de ruido encontrados en el estudio de 1996 para el Metro de Medellín. . 75 Tabla 19. Zonificación por ruido para la ciudad de Tunja ....................................................... 84 Tabla 20. Niveles de ruido para diferentes zonas en el municipio de Tulúa ......................... 86 Tabla 21. Niveles de ruido para diferentes zonas en el municipio de Rioacha ..................... 90 Tabla 22. Porcentaje de los niveles alcanzados con respecto a las normas para las

diferentes zonas receptoras según la Resolución 8321 de 1993. ......................... 93 Tabla 23. Resultados de las mediciones de ruido realizados en la Universidad del Medellín..

................................................................................................................................... 94 Tabla 24. Horarios diurnos y nocturnos establecidos en algunos países ............................ 107 Tabla 25. Fuentes sonoras impulsivas .................................................................................. 132 Tabla 26. Correcciones tonales e impulsivas aplicadas en diferentes países..................... 134 Tabla 27. Ajustes Fijos para Ruido Impulsivo según ISO 1996-2 ........................................ 134 Tabla 28. Valores de corrección del índice K2 ...................................................................... 137 Tabla 29. Clasificaciones de usos de suelos en algunas normatividades. .......................... 144 Tabla 30. Valores recomendados por la OMS para ruido en ambientes específicos ......... 148 Tabla 31. Límites sonoros para vehículos ............................................................................. 157 Tabla 32. Límites de emisión de ruido Reglamento 41 del acuerdo de Ginebra del 20 de

marzo de 1958 ........................................................................................................ 157 Tabla 33. Tolerancias permitidas para los distintos tipos o clases definidas por la IEC

60651. ..................................................................................................................... 160 Tabla 34. Ponderaciones por Frecuencia .............................................................................. 162 Tabla 35. Ponderaciones por Tiempo .................................................................................... 162

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Tabla 36. Medidas para los programas de control y prevención de la contaminación acústica ................................................................................................................... 173

Tabla 37. Colores recomendados para los mapas de ruido ................................................. 189 Tabla 38. Colores recomendados para mapas de ruido para anchos de zona igual a 10 dB. .

................................................................................................................................. 190 Tabla 39. Información necesaria para la elaboración de los mapas de ruido. .................... 192 Tabla 40. Límites de inmisión sonora para edificaciones. Ordenanza de Sevilla, España . 200 Tabla 41. Límites de emisión sonora. Ordenanza de Sevilla, España................................. 200 Tabla 42. Límites máximos autorizados en la Municipalidad de Getafe. España. .............. 207 Tabla 43. Horarios de medición de ruido para Colombia...................................................... 216 Tabla 44. Clasificación de sectores y subsectores para estándares de ruido ..................... 223 Tabla 45. Estándares máximos permisibles de emisión de ruido expresados en decibeles

(dB(A))..................................................................................................................... 226 Tabla 46. Cuadro comparativo de niveles de ruido en diferentes normatividades a nivel

internacional, resultados de mediciones en Colombia y niveles propuestos para Resolución en Colombia, expresados en decibeles ............................................. 231

Tabla 47. Distancias mínimas de medición de ruido medioambiental a partir de las vías de alto tráfico ............................................................................................................... 240

Tabla 48. Estándares máximos permisibles de ruido ambiental, expresados en decibeles dB(A). ...................................................................................................................... 242

Tabla 49. Costos asociados a la elaboración de mapas de ruido ........................................ 256 Tabla 50. Costo de la elaboración del mapa de ruido para la localidad del Usaquén ........ 257 Tabla 51. Costos de la elaboración del mapa de ruido para Bogotá ................................... 258 Tabla 52. Costo de aislamiento por equipo generador de ruido.......................................... 259 Tabla 53. Factor de Variación del Costo por la reducción de decibeles .............................. 260 Tabla 54. Costos de aplicación de las medidas de mitigación de ruido para Puente Aranda ..

................................................................................................................................. 261 Tabla 55. Número de viviendas por encima de la norma propuesta por el IDEAM............. 266 Tabla 56. Costos de los aislamientos por metro cuadrado por ventanas y puertas ............ 267 Tabla 57. Beneficios de la aplicación de la norma de ruido ................................................. 267

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LISTA DE FIGURAS Figura 1. Curvas de isoruido en el Aeropuerto El Dorado ..................................................... 53

Figura 2. Diagnóstico de contaminación por ruido en Bogotá horario diurno ....................... 57

Figura 3. Diagnóstico de contaminación por ruido en Bogotá horario nocturno. .................. 58

Figura 4. Curvas de ponderación A, B, C y D....................................................................... 112

Figura 5. Gráfico de análisis distributivo ............................................................................... 119

Figura 6. Gráfico de análisis acumulativo ............................................................................. 120

Figura 7. Representación del Ruido Total, Específico y Residual ....................................... 154

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1. ASPECTOS GENERALES

Los esfuerzos normativos para controlar la contaminación generada por ruido en Colombia, se remontan a 1974 cuando aparece la primera legislación que menciona explícitamente al ruido como contaminante. Fue así como el Decreto Ley 2811, en sus Artículos 3, 8, 33 y 75 establece al ruido como un aspecto a reglamentar, así como se establecen las condiciones y requisitos necesarios para preservar y mantener la salud y tranquilidad de los habitantes, mediante el control de ruidos, originados en actividades industriales, comerciales, domésticas, deportivas, de esparcimiento, de vehículos de transporte, o de otras actividades análogas. Este Decreto Ley fue expedido a partir de la Ley 23 del 12 de diciembre de 1973, por la cual se conceden facultades extraordinarias al presidente de la república para expedir el Código de Recursos Naturales y de Protección al Medio Ambiente y se dictan otras disposiciones. En 1979 se expidió la Ley 009 de 1979 por la cual se promulgan medidas sanitarias para la protección del medio ambiente, dándole la facultad al Ministerio de Salud Pública de impedir el transito de fuentes móviles que generen ruidos, en forma directa o por la remoción de alguna parte mecánica, de reglamentar los niveles de ruido, vibración y cambios de presión a que puedan estar expuestos los trabajadores, y la intensidad de sonidos o ruidos en las edificaciones se regirá por lo establecido en la presente Ley y sus reglamentaciones. Ese mismo año se emite por parte del Ministerio del Trabajo la Resolución 2400, que establece entre otros, la organización y desarrolló de programas permanentes de medicina preventiva, de higiene y seguridad industrial, así como aplicar sistemas de control para protección contra riesgos profesionales, realizar estudios técnicos, aplicar métodos de control, mantenimiento preventivo, uso de silenciadores, y limitar el tiempo de exposición y suministro de elementos de protección personal y la práctica de audiometrías. Con el objeto de reglamentar lo establecido en el Decreto Ley 2811 y la Ley 09 de 1979, el Ministerio de Salud emite la Resolución 8321 del 4 de Agosto de 1983, por la cual se dictan normas sobre Protección y Conservación de la Audición, de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos. Después de 22 años de publicación, gran parte de esta Resolución aún se encuentra vigente. En los capítulos uno a cuatro trata sobre el ruido ambiental, sus métodos de medición, y determina los valores límite, mientras que el capítulo V trata sobre el ruido ocupacional. En relación con el capítulo V ha sido ampliamente desarrollado por diversos sectores interesados e incluso ha sufrido cambios y reformas legales, mientras que lo concerniente a ruido ambiental ha sido utilizado para la Resolución de quejas y prácticamente ha permanecido sin modificaciones. En la Constitución Nacional de 1991 el capitulo 3, de los derechos colectivos y del ambiente, establece en los artículos 79 y 80 que “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo” y “Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados”. En 1993 se sanciona la Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente; hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se reordena el Sector Público encargado de

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la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables y se organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA), encargando a las autoridades ambientales de ejercer la evaluación, control, y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causas daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos. Estas funciones comprenden la expedición de las respectivas licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos, funciones que hasta ese momento en el tema de aire estaban en cabeza del Ministerio de Salud Pública, hoy Ministerio de la Protección Social. En 1995 el Ministerio de Medio Ambiente estableció la norma marco para el componente aire a través del Decreto 948. Este Decreto contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire, en donde se consagran las normas y principios generales para la protección atmosférica, los mecanismos de prevención y control, las competencias para la fijación de normas y los instrumentos y los medios de control y vigilancia. Con respecto al tema del ruido ambiental, el Decreto 948 en su Artículo 14 establece que el Ministerio del Medio Ambiente fijará mediante resolución los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y de ruido ambiental, para todo el territorio nacional. Dichos estándares determinarán los niveles admisibles de presión sonora, para cada uno de los sectores clasificados por el Artículo 15 de este decreto, y establecerán los horarios permitidos, teniendo en cuenta los requerimientos de salud de la población expuesta. Las normas o estándares de ruido de que trata este artículo se fijarán para evitar efectos nocivos que alteren la salud de la población, afecten el equilibrio de ecosistemas, perturben la paz pública o lesionen el derecho de las personas a disfrutar tranquilamente de los bienes de uso público y del medio ambiente. Las regulaciones sobre ruido podrán afectar toda presión sonora que generada por fuentes móviles o fijas, aun desde zonas o bienes privados, trascienda a zonas públicas o al medio ambiente” y luego todo lo expuesto en el capítulo V De la generación y Emisión de Ruido. La Ley 715 de 2001 en sus artículos 74 y 76 asigna a los Departamentos las funciones de desarrollar y ejecutar programas y políticas para el mantenimiento del medio ambiente y los recursos naturales renovables así como las de coordinar y dirigir con la colaboración de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades de control y vigilancia ambientales intermunicipales, que se realicen en el territorio del departamento y a los Municipios, en coordinación con las corporaciones autónomas regionales, las funciones de tomar las medidas necesarias para el control, la preservación y la defensa del medio ambiente en el municipio, promoviendo, participando y ejecutando programas y políticas para mantener el medio ambiente sano, coordinando y dirigiendo, con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades permanentes de control y vigilancia ambientales. Autoridades como el DAMA, DAGMA, CORPOGUAJIRA, AMVA, CVS, CVC, entre otras, preocupadas por el problema de contaminación del medio ambiente por ruido, han venido desarrollando actividades de medición de ruido ambiental. Sin embargo, actualmente el país no cuenta con una resolución que reglamente el tema de ruido ambiental, como lo establece el Decreto

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948 de 1995, aunque han sido realizados esfuerzos para elaborar una, como por ejemplo, años atrás se contó con un proyecto de borrador de norma que estuvo a punto de ser sancionada. En razón de esta circunstancia algunas Corporaciones Autónomas Regionales (CARS) han iniciado el proceso de establecer sus propias metodologías para la determinación del ruido ambiental.

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2. METODOLOGÍA

Para la construcción de este documento se tuvieron en cuenta estudios e investigaciones realizados por diferentes entidades, dentro de los cuales se destacan los siguientes: � Comparación de la normatividad nacional e internacional en materia de contaminación del aire,

IDEAM 2005. � Estado actual de la problemática asociada a contaminación atmosférica, IDEAM 2005 � Lineamientos para la formulación de la política de prevención y control de la contaminación del

aire, Documento CONPES 3344, 2005 � Informe Anual sobre el Estado del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables en

Colombia, IDEAM 2004 � Legislación para el control de la contaminación del aire, Gregorio Rodríguez, MAVDT, 1999 � Guías para el ruido Urbano, documento de la OMS resultado de la reunión del grupo de trabajo

de expertos llevada a cabo en Londres, Reino Unido, en abril de 1999. � Mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio de Riohacha, La

Guajira. Informe Final. Enero de 2003 � Análisis de la eficiencia de la Ponderación A para Evaluar Efectos en el ser Humano.

Universidad Austral de Chile. Pablo Kogan Musso. Valdivia, Chile. 2004. � Ruido Ambiental. Brüel & Kjær Sound & Vibration Measurement A/S. 2000 � DIRECTIVA 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, de 25 de

junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental. � Protective Noise Levels. Condensed Version of EPA levels Document � Equivalent Sound Level and Its Relationship to Other Noise Measures, Appendix A in Information

on Levels of Environmental Noise Requisite to Protect Public Health and Welfare with an Adequate Safety Margin, U.S. Environmental Protection Agency, 1974 (EPA/ONAC 550/9-74-004).

� Position Paper on EU Noise Indicators � Paradigmas para la investigación de las molestias por ruido Ing. Federico Miyara Laboratorio de

Acústica y Electroacústica Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura Universidad Nacional de Rosario

� El Ruido en el Ambiente Laboral, instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, España. 1999

� Manual de aplicación, Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas, Comisión Nacional del Medio Ambiente, Departamento de Descontaminación, Planes y Normas, segunda edición – Chile. 2000

� Guidelines for Community Noise, World Health Organization, Geneva, 1999. � Propuesta de norma para el control de ruido en Bogotá, D.C., Gonzaléz Rodríguez, Mauricio y

Ramos, Juan Pablo, Uniandes. 2005. � Informe de Gestión del DAMA, Diciembre de 2000 � Problemas Ambientales Urbanos. Myriam Rojas. Villavicencio. 2002 � Hacia una revisión de la conceptualización metodológica para calificar pérdidas auditivas

por exposición al ruido ocupacional. Mery Reina � Diagnostico y Zonificación de la Contaminación por Ruido Ambiental de la Zona Urbana de

Tulúa. Ing. Nataly García N. 1999.

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� Comparación de la Normatividad Nacional e Internacional en Materia de Calidad del Aire, Fuentes Fijas, Fuentes Móviles, Ruido y Calidad de Combustibles. IDEAM. 2005

� Norma ISO 1996. Adicionalmente, se visitaron 9 corporaciones, y se contó con información de otra, obteniendo información valiosa, la cual fue parte fundamental para la estructuración del documento. Por otro lado, se realizó una revisión de información nacional e internacional sobre algunos programas y planes específicos, así como medidas que han sido exitosas en diferentes lugares del mundo, esto con el objeto de establecer la aplicabilidad de las mismas en el desarrollo de la norma de ruido ambiental, comparándolo con lo establecido en el Decreto 948 de 1995. De acuerdo con lo anterior, se estableció la necesidad de desarrollar para Colombia, aspectos relacionados con: el ruido ambiental y su determinación, normas y valores de comparación, equipos de medida y mediciones, usos y aplicaciones de las mediciones, condiciones acústicas para actividades específicas y vigilancia y control del cumplimiento de la norma, entre otros. A continuación se describe la metodología que se utilizó para la estructuración de los diferentes componentes del documento de soporte de la norma de ruido ambiental, la cual fue desarrollada a partir de análisis técnicos, económicos, legales e institucionales.

ASPECTOS TÉCNICOS

Los análisis técnicos fueron desarrollados para el establecimiento de los niveles máximos permisibles de ruido ambiental y los niveles permisibles de emisión de ruido, así como los procedimientos y los equipos necesarios para realizar las mediciones.

Del ruido ambiental y su determinación A partir de la información capturada por las corporaciones en relación con el tema de ruido y de la revisión bibliográfica realizada, tanto de la normatividad nacional como internacional se establecieron las metodologías para la determinación del ruido ambiental. Este análisis fue realizado teniendo en cuenta principalmente las metodologías establecidas por la Internacional Organization for Standardization (ISO), la Agencia Ambiental de los Estados unidos (EPA), la Unión Europea y las Normas Técnicas Colombianas (NTC), relacionadas con el tema de ruido, aunque algunas de estas ultimas se encuentran desactualizadas.

De las normas y valores de comparación Mediante una revisión de las recomendaciones establecidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), de la normatividad de la EPA, Unión Europea, ISO y de los proyectos de norma de ruido del MAVDT y del DAMA, fueron identificados los niveles de ruido permisible, para los diferentes sectores que establece el Decreto 948 de 1995, siendo estos Tranquilidad y silencio, Tranquilidad y ruido moderado, Ruido intermedio restringido y Zona suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado.

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De los equipos de medida y las mediciones Mediante una revisión bibliográfica y reuniones con algunos de los proveedores de los equipos de medición de ruido, se determinaron los equipos de medida que permitan identificar los descriptores, previamente identificados en el capítulo relacionado con normas y valores de comparación. Adicionalmente, se revisó información relacionada con los procedimientos de calibración, protocolos de medición de ruido, condiciones meteorológicas, medición de ruido en vehículos, alarmas, pitos y sirenas y presentación de informes técnicos, con el fin de realizar las recomendaciones pertinentes en la norma.

De los usos y aplicaciones de las mediciones Se realizó una investigación en relación con los procedimientos para la elaboración de mapas de ruido, estudios de ruido y personal capacitado para realizar las mediciones.

Condiciones acústicas para actividades especificas Muchas actividades cotidianas que desarrolla el hombre en diferentes sitios, utilizan equipos que generan altos niveles de ruido o aditamentos y accesorios especiales que en su funcionamiento o naturaleza generan contaminación por ruido, la cual es emitida al medio ambiente. Dentro de estos se pueden mencionar todos los aditamentos inherentes a las edificaciones como son los sistemas de bombeo de agua, ascensores, plantas de emergencia, sistemas de ventilación, equipos de aire acondicionado, etc., las actividades recreativas al aire libre y los espectáculos públicos; las actividades que se efectúan en vías públicas, sean estas permanentes o transitorias, como desfiles, ventas, perifoneos, marchas de protesta, manifestaciones sindicales o similares; uso de maquinaria pesada o liviana al aire libre como por ejemplo en construcción de vías o edificaciones, maquinas cortacésped, sierras para mantenimiento de parques; alarmas, pitos y sirenas; actividades de carga y descarga de mercancías en las vías publicas para surtir los respectivos comercios, entre otras.

ASPECTOS ECONOMICOS

La estimación de los beneficios de una norma o proyecto ambiental es un ejercicio complejo por la incertidumbre1 que involucra cada una de sus etapas de cálculo, incluso mayor que la esperada en la estimación de sus costos. Para el caso de la norma de ruido ambiental, uno de sus principales 1 La incertidumbre en este caso se refiere a la confianza con la cual se acepta alguna estimación como representativa de los verdaderos resultados de un proceso acerca del cual el analista tiene un conocimiento incompleto. No se usa en el sentido de riesgo, definido como la probabilidad de que ocurra un evento particular. Como la literatura científica sólo soporta la estimación de concentración respuesta para algunos efectos en la salud, no es posible por tanto, estimar el total de los beneficios. En otro caso se puede tener la estimación el efecto adverso en la salud, pero la literatura económica no provee los valores de estos efectos.

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beneficios está representado en las enfermedades evitadas o las mejoras en la salud de las personas que están expuestas a altos niveles emisión de ruido. En consecuencia, la estimación de los beneficios en la salud de la población a partir de la implementación de una norma de ruido ambiental, depende de los efectos que los altos niveles sonoros producen en la salud de las personas, de la magnitud del cambio en la salud como resultado del cambio en la contaminación por ruido, del tamaño de la población expuesta a los contaminantes y de la valoración monetaria aplicada a estos efectos físicos. A diferencia de los estudios realizados para calidad del aire, para este tema son muy pocos los estudios que relacionan estas variables. En síntesis, los menores efectos en la salud, tanto en mortalidad como en morbilidad valorados en términos monetarios, son los costos en salud que la norma evita y representan por tanto, una medida de sus beneficios. Este cálculo de los beneficios y costos se aplica para un sector de Bogotá, D.C., (Sector de Puente Aranda) por ser una de las ciudades del país que cuenta con mediciones de ruido. Para la estimación de los efectos en salud producto de la aplicación de la norma, se consideraron las siguientes etapas metodológicas: a) Determinar una situación base, es decir, una estimación del estado actual de los niveles de ruido, contra el cual se compararán los costos y los beneficios de la norma de ruido ambiental. Con este fin se busca estimar los niveles de ruido ambiental para el escenario actual y determinar un escenario futuro hipotético considerando una menor contaminación por ruido en respuesta a la aplicación de la norma, para establecer un diferencial en los niveles de ruido que permitan estimar los efectos adversos en la salud que se evitan. b) Las reducciones en las emisiones de ruido conllevan sustanciales efectos benéficos en la salud que se miden como los efectos adversos que se evitan (casos evitados de mortalidad prematura, enfermedades del corazón y perdida de audición). Los escenarios de antes y después de la norma permiten trasladar los niveles de ruido a resultados físicos: mortalidad, morbilidad, urgencias, consultas, hospitalizaciones, entre otras, a través de las funciones dosis-respuesta que provee la literatura científica. Estas funciones son ecuaciones que relacionan el cambio en el número de individuos de una población que muestran una “respuesta” (en este caso un efecto adverso en la salud como pérdida de audición) a un cambio en los niveles de ruido. Para aplicar las funciones dosis - respuesta se considera la siguiente información: � El cambio en los niveles de ruido � La población expuesta � La estimación de la línea base de la prevalencia de los efectos adversos en la salud. � La estimación del cambio en el número de individuos que sufren un efecto adverso en la salud

por unidad de cambio en los niveles de ruido (derivado de las funciones dosis respuesta) Calculado el cambio entre la línea base y las estimaciones posteriores a la norma y combinando este cambio con proyecciones de población, se obtiene el cambio en el nivel de población expuesta a la norma.

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Para el siguiente paso se usan modelos o coeficientes para estimar el valor económico de aquellos efectos adversos que pueden ser monetizados. Como paso final, se comparan los costos y los beneficios, se aclara que los beneficios monetizados son sólo una parte de un amplio rango de beneficios que no pueden ser monetizados por falta de datos o recursos analíticos, como por ejemplo el cambio en las relaciones interpersonales, familiares y sociales; el costo de oportunidad de bienes inmuebles; el decremento en la productividad a nivel personal y de empresas; el costo de ingresos económicos en ventas por efecto de la baja concurrencia de publico, etc. Para el caso del cálculo de los costos se tienen en cuenta los siguientes elementos y aspectos: � Estudio de ruido efectuado por el DAMA para el sector de Puente Aranda, Evaluación de la

contaminación por ruido en la localidad de Puente Aranda en Santa Fe de Bogotá, D. C., 2003. � Compra de audífonos y audioprótesis para personas afectadas por exposición a ruido ambiental � Estimación de los costos de implementación de aislamientos de ruido en los sitios donde sea

requerido � Perdida de eficiencia laboral por ambientes ruidosos distintos a los ambientes laborales, es

decir, la incidencia del ruido medio ambiental, adicionada a las posibles exposiciones de ambientes laborales ruidosos.

� Perdida de capacidad laboral por perdida de la audición debido a exposición al ruido ambiental � Costos de asistencia medica � Desvalorización de los bienes inmuebles

ASPECTOS LEGALES

La propuesta de norma de ruido ambiental se realiza teniendo en cuenta lo expuesto en el Artículo 9 del Código de Recursos Naturales (Decreto Ley 2811 de 1974), el cual enfatiza en el uso racional y eficiente de los recursos naturales, su interdependencia, de acuerdo al interés general, sin superar los límites permisibles y sin poner en riesgo su posterior uso. En lo que respecta a lo establecido en la Ley 99 de 1993 se tienen en cuenta los principios estipulados en el Artículo 1, en donde se destacan: a) El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principios universales y de desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de Junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo y b) La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento. Adicionalmente, en relación con la Ley 99, se tiene en cuenta lo establecido en el Artículo 5 el cual establece algunas actividades dentro de las cuales se pueden destacar: � Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, y el uso, manejo,

aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural;

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� Determinar las normas ambientales mínimas y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a las que deberán sujetarse los centros urbanos y asentamientos humanos y las actividades mineras, industriales, de transporte y en general todo servicio o actividad que pueda generar directa o indirectamente daños ambientales;

� Dictar regulaciones de carácter general tendientes a controlar y reducir las contaminaciones geosférica, hídrica, del paisaje, sonora y atmosférica, en todo el territorio nacional;

� Definir la ejecución de los programas y proyectos que la Nación, o ésta en asocio con otras entidades públicas, deba adelantar para el saneamiento del medio ambiente o en relación con el manejo, aprovechamiento, conservación, recuperación y protección de los recursos naturales renovables y del medio ambiente;

� Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas;

Finalmente, en relación con la misma Ley 99, se tienen en cuenta los principios consignados que establecen el ámbito de aplicación de la norma de ruido ambiental por las autoridades ambientales locales y regionales: � Principio de Armonía Regional: ejercer sus funciones constitucionales y legales relacionadas con

el medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera coordinada y armónica, con sujeción a las normas de carácter superior y a las directrices de la Política Nacional Ambiental, a fin de garantizar un manejo unificado, racional y coherente de los recursos naturales que hacen parte del medio ambiente físico y biótico del patrimonio natural de la nación.

� Principio de Gradación Normativa: respetar el carácter superior y la preeminencia jerárquica de las normas dictadas por autoridades y entes de superior jerarquía o de mayor ámbito en la comprensión territorial de sus competencias. Las funciones en materia ambiental y de recursos naturales renovables, atribuidas por la Constitución Política a los Departamentos, Municipios y Distritos con régimen constitucional especial, se ejercerán con sujeción a la ley, los reglamentos y las políticas del Gobierno Nacional, el MAVDT y las Corporaciones Autónomas Regionales.

� Principio de Rigor Subsidiario: Las normas y medidas de politíca ambiental para la regulación del uso, manejo, aprovechamiento y movilización de los recursos naturales renovables, o para la preservación del medio ambiente natural, bien sea que limiten el ejercicio de derechos individuales y libertades públicas para la preservación o restauración del medio ambiente, o que exijan licencia o permiso para el ejercicio de determinada actividad por la misma causa, podrán hacerse sucesiva y repetidamente más rigurosas, pero no más flexibles, por las autoridades competentes del nivel regional, departamental, distrital o municipal, en la medida en que se desciende en la jerarquía normativa y se reduce el ámbito territorial de las competencias, cuando las circunstancias locales especiales así lo ameriten, (artículo 51 de la Ley 99 ).

Por otro lado, en relación con el Decreto 948 de 1995 del Ministerio de Medio Ambiente se tienen en cuenta entre otros los Capítulos I “Contenido, objeto y definiciones”, II “Disposiciones generales sobre normas de calidad del aire, niveles de contaminación, emisiones contaminantes y de ruido” y V “De la generación y emisión de ruido”. Frente a lo establecido en el Decreto Ley 388/1997 se consideraron entre otras las áreas fuentes y de impacto, así como lo expuesto en el Artículo 10 en donde se establecen algunos determinantes que deben ser tenidos en cuenta, dentro de los cuales se destacan los relacionados con la

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conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales, así: a) Las directrices, normas y reglamentos expedidos en ejercicio de sus respectivas facultades legales, por las entidades del Sistema Nacional Ambiental, en los aspectos relacionados con el ordenamiento espacial del territorio, de acuerdo con la Ley 99 de 1993 y el Código de Recursos Naturales, tales como las limitaciones derivadas del estatuto de zonificación de uso adecuado del territorio y las regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente exclusivamente a sus aspectos ambientales. Asimismo, fue revisado el Artículo 9 en lo relacionado con el Plan de Ordenamiento Territorial y el capitulo V sobre la Clasificación del Suelo. Finalmente, con el objeto de establecer el tipo de norma que deberá ser la de ruido ambiental, se revisa información relacionada con el principio de legalidad y el principio de la jerarquía normativa, en donde la base es la Constitución Política de Colombia y se integran una variedad de actos, que en los diferentes grados u órdenes de competencia son expedidos por los órganos que cumplen las funciones estatales, en ejercicio de las competencias constitucionales y legales de que han sido investidos formal, funcional o materialmente, que para el caso que concierne es la Ley 99 de 1993. Así mismo, el decreto 948 de 1995 en su artículo 14 trata sobre el tipo de norma que se debe establecer para fijar los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y de ruido ambiental.

ASPECTOS INSTITUCIONALES

Con el objeto de identificar las actividades que deben realizar las diferentes entidades nacionales, regionales y locales que se encuentran involucradas en el seguimiento y control de la contaminación por ruido, se realiza una revisión del manual de funciones de las diferentes entidades, así como lo establecido en la Resolución 8321 de 1983, Leyes 99 de 1993 y 715 de 2001, en el Decreto 948 de 1995, en el Código de Policía y en el de Transito y Transporte. En este sentido se pueden identificar una serie de actividades que están en cabeza del MAVDT, Ministerio de Protección Social, IDEAM, autoridades ambientales, municipios, entre otras.

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3. ORIGEN DE LA CONTAMINACIÓN POR RUIDO Y EFECTOS EN LA SALUD

El medio ambiente no es un bien particular, por el contrario es un bien general de carácter natural definido como el conjunto de componentes físicos, químicos, biológicos y sociales capaces de causar efectos directos o indirectos, en un plazo corto o largo, sobre los seres vivos y las actividades humanas2. La definición de medio ambiente lleva a concluir que existen varios agentes interactuantes entre sí, entre ellos se tiene: � Las fuentes: componentes físicos, químicos, biológicos y sociales, � Los efectos que estos componentes causan al actuar, � El tiempo de acción de estos componentes en plazos cortos o largos, y � Los receptores de estas acciones, los seres vivos y las actividades humanas. La gran mayoría de investigaciones sobre el ruido se han efectuado en relación con el hombre y dirigidas a su protección, pero el hombre no es el único ser afectado por el ruido, pues en el medio ambiente también conviven otros, como los animales, a los cuales indiscutiblemente afecta de alguna manera la contaminación por ruido La contaminación por ruido aunque es una de las más antiguas ha recibido poca atención, esto debido, principalmente, a tres factores: � Se trata de una contaminación localizada, por lo tanto afecta a un entorno limitado a las

proximidades de las fuentes sonoras. � Los efectos perjudiciales, en general, no aparecen sino hasta pasado largos periodos de tiempo,

es decir, sus efectos no son inmediatos. � A diferencia de otros contaminantes es frecuente considerar el ruido como un mal inevitable y

como el resultado del desarrollo y del progreso. Asimismo, las necesidades de la población han generado en los últimos años un incremento en los niveles de ruido y por el momento no pareciera que estos fueran a disminuir, especialmente por el aumento del tráfico y de las actividades de esparcimiento. La presencia del sonido es consustancial con el entorno y forma parte de los elementos cotidianos que envuelven al hombre. Pero el sonido se puede convertir en agresor del hombre en forma de ruido, es un contaminante de primer orden y puede generar patologías específicas; en este sentido,

2 Definición de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente en Estocolmo 1972

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a continuación se presenta una breve descripción del origen de la contaminación por ruido y de los efectos en la salud humana y efectos sobre la flora y fauna.

ORIGEN DE LA CONTAMINACION POR RUIDO En la Tabla 1 se presenta una clasificación de fuentes generadoras de ruido, las cuales pueden ser de origen antropogénico o natural. Adicionalmente, de acuerdo con las características del ruido, éste puede clasificarse en continuo, intermitente, impulsivo, tonal y de baja frecuencia. Tabla 1. Principales fuentes generadoras de ruido

Fuente generadora Tipo de fuente Natural

Viento, sonido del mar, murmullo del agua, cascadas, entre otras.

Antropogénica

Tráfico vehicular: pitos alarmas, sirenas Transporte: Aviones, trenes, barcos Industria Actividades domésticas Discotecas, bares, espectáculos públicos y locales de esparcimiento Actividades militares

Fuente: Efectos del ruido sobre la salud. Ferran Tolosa Cabaní

Ruido Continuo Es aquel cuyos niveles de presión sonora no presenta oscilaciones y se mantiene relativamente constante a través del tiempo, se produce por maquinaria que opera del mismo modo sin interrupción, por ejemplo, ventiladores, bombas y equipos de procesos industriales.

Ruido Intermitente Es aquel en el cual se presentan fluctuaciones bruscas y repentinas de la intensidad sonora en forma periódica, por ejemplo, una maquinaria que opera en ciclos, vehículos aislados o aviones.

Ruido Impulsivo Es aquel en el que se presentan variaciones rápidas de un nivel de presión sonora en intervalos de tiempo mínimos, es breve y abrupto, por ejemplo, troqueladoras, pistolas, entre otras.

Ruido Tonal Es aquél que manifiesta la presencia de componentes tonales, es decir, que mediante un análisis espectral de la señal en 1/3 (un tercio) de octava, si al menos uno de los tonos es mayor en 5 dBA que los adyacentes, o es claramente audible, la fuente emisora tiene características tonales. Frecuentemente las máquinas con partes rotativas tales como motores, cajas de cambios, ventiladores y bombas, crean tonos. Los desequilibrios o impactos repetidos causan vibraciones que, transmitidas a través de las superficies al aire, pueden ser oídos como tonos.

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Ruido de Baja Frecuencia

Es aquel que posee una energía acústica significante en el intervalo de frecuencias de 8 a 100 Hz. Este tipo de ruido es típico en grandes motores diesel de trenes, barcos y plantas de energía y, puesto que este ruido es difícil de amortiguar, se extiende fácilmente en todas direcciones y puede ser oído a muchos kilómetros.

EFECTOS EN LA SALUD HUMANA

El concepto de efectos en la salud no debe ser interpretado en un sentido estricto o restrictivo, no es la ausencia de enfermedad. La salud se identifica igualmente con un estado de bienestar físico, psíquico y social3, o con la situación de equilibrio con el entorno que garantice la ausencia de distorsiones desproporcionadas. El ruido puede romper ese equilibrio y de este modo desencadenar la enfermedad. La degradación ambiental por contaminación acústica repercute negativamente en la salud y el bienestar de las personas, aunque de manera variable en cada una de ellas; por lo que la subjetividad de la víctima influye considerablemente en sus efectos. Partiendo de este concepto de subjetividad, un mismo sonido puede ser considerado un elemento molesto para unas personas mientras que para otras no. Esto depende de las características del receptor y del momento que se produce el ruido. Algunos factores que pueden influir son: � Durante el día. Es sabido que el ruido es más molesto de noche que de día. Un simple goteo

producido de noche es más molesto que de día. � Durante la actividad de la persona. El receptor notará menos ruido si está concentrado o

distraído en alguna actividad mientras se produce el ruido. � Cuando se hace bullicio: para la persona que lo genera, normalmente no le resulta molesto. (El

ruido de un aparato de música será ensordecedor para la madre y en cambio quedará por debajo de la intensidad que desearía el hijo).

� Según los antecedentes socioculturales. Una misma música puede ser considerada como un sonido o como un ruido en función de los antecedentes culturales del que lo escuche o de los recuerdos que le traiga.

� Según la familiaridad. Una persona puede acostumbrarse al ruido del computador o de la música, al ruido del aire acondicionado, al ruido del tren, etc. Se puede dar el caso de no sentirlo habitualmente e, incluso, puede necesitar un ruido para poder dormirse.

� Según la naturaleza del ruido. Un ruido intermitente es más molesto que uno continuo.

3 Este enfoque integral de la salud es el aceptado actualmente por la OMS.

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La valoración del ruido debe hacerse relacionándolo con factores individualizados de muy variado tipo, como el estado general de salud, la edad e incluso las particularidades culturales de la sociedad en que se produce. Dentro de los efectos constatados del ruido se destacan la pérdida auditiva, las alteraciones en la presión arterial o el ritmo cardiaco, las cefaleas crónicas y el aumento de posibilidades de sufrir infartos4 . También incide en los estados de estrés e irritabilidad, que afectan la capacidad de concentración, aprendizaje y productividad, provocando en ocasiones accidentes de tráfico o laborales. El ruido pone el cuerpo en alerta, y su repetición reduce los niveles de energía y puede causar cambios químicos en la sangre y en el volumen de la circulación. El natural instinto defensivo del organismo se pone en funcionamiento frente a un ruido, identificándolo con una señal de posible amenaza. Por ello, la reiteración de esas falsas señales de alarma van minando poco a poco la capacidad de reacción y, en definitiva, el equilibrio natural. En este sentido, la forma de mayor manifestación en la salud humana del ruido es a través de la alteración del sueño. En otras ocasiones, las alteraciones causadas por los ruidos no llegan a repercutir de manera clara y directa en la salud, pero no por ello dejan de ser relevantes, constituyéndose en molestias que, como mínimo, deterioran la calidad de vida de quien las sufre. La exposición a altos niveles de ruido puede causar efectos agudos (ocurre a lo largo de un periodo corto de exposición, por lo general minutos u horas) y crónicos (que ocurre por un periodo de tiempo largo de exposición, es decir, un año o más) en la salud. Usualmente, los efectos agudos son inmediatos y reversibles. A veces los efectos crónicos tardan en manifestarse, duran indefinidamente y tienden a ser irreversibles5. A continuación se presentan los principales efectos a la salud humana.

Efectos en el sistema auditivo

Efecto enmascarador

Consiste en que un sonido impide la percepción total o parcial de otros sonidos. Este efecto es muy negativo cuando interfiere con la percepción de señales o mensajes, y en especial de la comunicación hablada. Es entonces un factor de aislamiento al margen de sus efectos negativos sobre la moral o el humor de la persona, puede disminuir la eficacia en el trabajo e incluso aumentar el riesgo de accidentes6. La competencia entre el sonido deseado y el que no lo es, siempre tiene resultados perjudiciales y esto puede representar en algunos casos, por ejemplo:

4 Según indica MÍNGUEZ ENRÍQUEZ DE SALAMANCA, la incidencia del ruido en el sistema cardiovascular tiene tres manifestaciones: hipertensión arterial, cardiopatía isquémica y cambios estructurales en el corazón de las personas. 5 Agencia para Sustancias Tóxicas y Registro de Enfermedades (ATSDR). Glosario de términos. 6 Efectos del ruido. http://www.terra.es/personal/kikececi/efectosrui.htm

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� Disminuir la seguridad ya que la persona recibe con dificultad el aviso de un posible peligro. � Disminuyen las oportunidades de información ya que la comunicación oral queda parcialmente

afectada. � Obligar a las personas inmersas en un ambiente ruidoso a utilizar una intensidad vocal alta,

realizando un sobre esfuerzo que le puede hacer desarrollar una disfonía disfuncional7. � Normalmente, un ruido enmascara a otro ruido o sonido cuando la diferencia de niveles entre los

dos es igual o mayor a 6 decibeles.

Cansancio auditivo

El cansancio o fatiga auditiva se define como un descenso transitorio de la capacidad auditiva. En este caso no hay lesión orgánica, y la audición se recupera después de un tiempo de reposo sonoro, dependiendo de la intensidad y duración de la exposición al ruido. De hecho, sería la respuesta fisiológica de protección del oído hacia sonidos de intensidad elevada, más de 90 decibeles, que se manifestaría en una elevación temporal del umbral de audición persistente después de haber cesado la emisión del ruido. De este fenómeno es consciente cualquier persona que, por ejemplo, después de haber estado en una discoteca, sufre durante un rato dificultades para mantener una conversación y tiene la sensación de tener los oídos tapados. Cuanto más largo sea el tiempo de exposición, más amplio será el espectro de frecuencias afectadas. El cansancio auditivo afecta las frecuencias próximas a las del ruido al que se este expuesto y puede afectar principalmente las frecuencias altas más que las bajas. La recuperación del umbral de audición puede tardar unas horas, lo que dependerá de: � La intensidad del ruido recibido. Cuanto más intenso, más grande es el desplazamiento del

umbral de audición y, por lo tanto, más lenta es la recuperación. � El tiempo de exposición. Entre más larga sea la duración de la exposición, más lenta es la

recuperación. Este punto debe ser tenido en cuenta al momento de efectuar alguna audiometría. � Las frecuencias afectadas. Independientemente de las frecuencias del ruido fatigante, parece

que las frecuencias alrededor de los 4000 Hz tardan más para recuperarse.

7 Teniendo en cuenta la información analizada en relación con el tema de calidad del aire, la norma de calidad del aire propuesta contempla los siguientes aspectos: niveles de inmisión, tanto para contaminantes criterio como para contaminantes no convencionales, formas y metodologías para la medición de la calidad del aire, niveles de prevención alerta y emergencia por contaminación del aire, programas de reducción de la contaminación y seguimiento de la norma. A continuación se presenta el análisis realizado para cada uno de estos temas.

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Hipoacusia

La hipoacusia es la disminución del nivel de audición de una persona por debajo de lo normal, la cual puede ser reversible o permanente. Requiere una exposición alta en intensidad y duración del ruido o un cansancio prolongado que no permite la recuperación. La evolución típica muestra una primera fase con pérdida de unos 40 dB(A) en la zona de recepción de la frecuencia de 4000 ciclos por segundo que se recupera al acabar la exposición al ruido, siempre en relación con la audición de base previa. En una fase posterior esta pérdida no se recupera, aunque no aparecen dificultades comunicativas. Si la agresión del ruido continúa, las lesiones se extienden hacia las células sensoriales que captan ondas de frecuencias próximas a las de 4000 ciclos por segundo, así se inicia un progresivo deterioro de las habilidades comunicativas auditivo-verbales. En la Tabla 2 se presenta el grado de hipoacusia, el umbral de audición y el déficit auditivo. A continuación se presenta la sintomatología de la hipoacusia, la cual es el resultado de la presencia de lesiones: � La persona presenta acúfenos (percepción de ruidos o zumbidos en los oídos) al final del día,

astenia psíquica; la audiometría revela una pérdida de sensibilidad auditiva a la frecuencia de 4000 ciclos por segundo

� La pérdida auditiva se incrementa a frecuencias próximas a 4000 ciclos por segundo y la persona refiere algún problema comunicativo

� La pérdida avanza hacia frecuencias más bajas con una clara repercusión en la comunicación auditivo-verbal.

Tabla 2. Grado de hipoacusia, el umbral de audición y el déficit auditivo

Grado de hipoacusia

Umbral de audición

Déficit auditivo

Audición normal 0-25dB Hipoacusia leve 25-40dB Dificultad en la conversación en voz baja o a distancia.

Hipoacusia moderada 40-55dB Conversación posible a 1 o 1,5 metros. Hipoacusia marcada 55-70dB Requiere conversación en voz alta Hipoacusia severa 70-90dB Voz alta y a 30 cm.

Hipoacusia profunda >90dB Escucha sonidos muy fuertes, pero no puede utilizar los

sonidos como medio de comunicación. Fuente: Efectos del ruido sobre la salud. Ferran Tolosa Cabaní Factores que influyen en la lesión auditiva inducida por el ruido: � La intensidad del ruido. El umbral de nocividad del ruido se sitúa entre 85 y 90 dB(A), por encima

de 90dB el ruido puede ser nocivo para el hombre. � La frecuencia del ruido. Los sonidos más perjudiciales son los de frecuencias altas, superiores a

1000 Hz. La mayor parte de los ruidos industriales se componen de ondas con estas frecuencias.

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� La duración de la exposición. El efecto perjudicial está en relación con la duración en que el receptor está expuesto al ruido.

� La susceptibilidad individual. Aunque es difícil demostrarlo, se acepta como un factor la predisposición del receptor.

� La edad. El efecto del ruido se puede sumar a la presbiacusia. Principalmente en aquellas personas a las cuales se les han eliminado los sistemas automáticos de protección de las células ciliadas del oído interno, como en la cirugía de la otosclerosis y de las timpanoplastias, por lo tanto habría una mayor vulnerabilidad coclear.

Efectos extra auditivos:

El ruido es un estímulo que desde el nacimiento de la persona provoca reflejo de defensa, y su presencia provoca efectos psícosociales, tales como: dificultad de comunicación, alteraciones en el descanso, en el sueño nocturno, en la capacidad de concentración, provoca ansiedad, favorece el estrés, etc. Estos efectos tendrán una respuesta diferente según la actitud de la persona, su sensibilidad individual, los recursos particulares para reducirlo, el momento del día en el que se produce, entre otros. Los efectos psicosociales que el ruido produce dependen de la actitud del sujeto; la sensibilidad personal; la evaluación personal de las posibilidades de reducirlo; la actitud del sujeto respecto al tipo y condiciones del puesto de trabajo y el momento de la jornada. Estos efectos van a alterar la vida social de la persona y, visto desde una perspectiva global del modo en que se podría enfermar, pueden modificar sus relaciones con el entorno. La relación entre la intensidad del sonido y la sensación subjetiva de molestia se expresa la Tabla 3. Tabla 3. Intensidad del ruido en dB y valoración subjetiva de su percepción.

Nivel de dB Valoración (subjetiva) 30 Débil

50 – 60 Moderado 70 – 80 Fuerte

90 Muy Fuerte 120 Ensordecedor 130 Umbral de sensación dolorosa

Fuente: Efectos del ruido sobre la salud. Ferran Tolosa Cabaní

Interferencia en la comunicación

La mayor parte de energía acústica del habla está en la banda de frecuencia de 200 a 6000 Hz y la señal más constante es de 300 a 3000 hz. La interferencia en el habla es básicamente un proceso de enmascaramiento, en el cual el ruido simultáneo impide la comprensión. El proceso de comunicación depende de una variedad de factores los cuales se presentan a continuación:

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� Del propio sonido, como la intensidad, las frecuencias y la duración. � De las condiciones acústicas del sitio. En interiores, la comunicación se ve afectada `por las

características de reverberación, el tiempo de reverberación de más de un segundo produce pérdida en la discriminación del habla.

� De la distancia entre los interlocutores, así como la presencia o no del canal visual en el mismo momento del acto verbal

� Del uso de protectores acústicos � De la audición de las personas � Del uso por parte del hablante de señales verbales efectivas, es decir, hechas con una buena

articulación, esfuerzo adecuado, etc. � Del conocimiento y familiaridad del mensaje � Las motivaciones de los sujetos (expectativas, fatiga, estrés). El nivel del sonido de una conversación en tono normal, a un metro del que habla, oscila entre 50 y 55 dB(A). Hablando a gritos se puede llegar a 75 u 80 dB(A). Por otra parte, para que la palabra sea perfectamente inteligible es necesario que su intensidad supere en alrededor de 15 dB(A) al ruido de fondo. Por lo tanto, un ruido superior a 35 ó 40 dB(A) provocará dificultades en la comunicación oral que sólo podrán resolverse, parcialmente, elevando el tono de voz. A partir de 65 dB(A) de ruido, la conversación se torna extremadamente difícil8. Situaciones parecidas se dan cuando el sujeto esta intentando escuchar otras fuentes de sonido (televisión, música, etc.). Ante la interferencia de un ruido, se reacciona elevando el volumen de la fuente creándose así una mayor contaminación sonora sin lograr totalmente el efecto deseado. La incapacidad para comprender el habla genera problemas personales y cambios en la conducta. Los grupos particularmente vulnerables a las interferencias auditivas son los ancianos, los niños que están en el proceso de adquisición de la lengua y de la lectura y los individuos no familiarizados con el lenguaje que están escuchando.

Efectos sobre el rendimiento

Se ha demostrado que el ruido puede perjudicar el rendimiento de los procesos cognoscitivos, principalmente en trabajadores y niños. Si bien un incremento provocado del ruido puede mejorar el rendimiento en tareas sencillas de corto plazo, el rendimiento cognoscitivo se deteriora sustancialmente en tareas más complejas. Entre los efectos cognoscitivos más afectados por el ruido se encuentran la lectura, la atención, la solución de problemas y la memorización. El ruido

8 Ruidos y Vibraciones. Consejo de los consumidores y usuarios de Andalucía, Sevilla noviembre de 2004.

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también puede actuar como estímulo de distracción y el ruido súbito puede producir un efecto desestabilizante como resultado de una respuesta ante una alarma9. Es evidente que cuando el desarrollo de una tarea necesita el uso de señales acústicas, el ruido de fondo puede enmascarar estas señales o interferir con su percepción. Por otra parte, un ruido repentino producirá distracciones que reducirán el rendimiento en muchos tipos de trabajos, especialmente en aquellos que exijan un cierto nivel de concentración. En ambos casos se afectará la realización de la tarea, generando errores y disminuyendo la calidad y cantidad del producto de la misma. Algunos accidentes, tanto laborales como de tránsito, pueden ser debidos a este efecto. En ciertos casos las consecuencias serán duraderas, por ejemplo, los niños sometidos a altos niveles de ruido durante su edad escolar no sólo aprenden a leer con mayor dificultad, sino que también tienden a alcanzar grados inferiores de dominio de la lectura. En la Tabla 4 se presentan algunas características que influyen en el rendimiento de actividades debido a la presencia de ruidos. Tabla 4. Características que influyen en el rendimiento de actividades debido a la presencia

de ruidos Factor Característica

Ruido

Variabilidad del nivel de ruido y su contenido espectral Ruido continuo o intermitente Repetición de ruidos de elevado nivel Ruidos de frecuencias mayores a 2.000 Hz

Persona Con características ansiosas e irritables

Propias de la tarea

Demanda mental que exija Demanda sensomotriz Complejidad Demanda auditiva o extraauditiva

Fuente: Efectos del ruido sobre la salud. Ferran Tolosa Cabaní Entre los efectos cognoscitivos más afectados por el ruido se encuentran la lectura, la atención, la solución de problemas y la memorización. Asimismo, puede actuar como un distractor y el ruido súbito puede producir un efecto desestabilizante como resultado de una respuesta ante una alarma. En las escuelas alrededor de los aeropuertos, los niños expuestos crónicamente al ruido de aviones tienen problemas en la adquisición y comprensión de la lectura, en la persistencia para completar rompecabezas difíciles y en la capacidad de motivación. Se debe reconocer que algunas de las estrategias de adaptación al ruido de aviones y el esfuerzo necesario para desempeñar adecuadamente una tarea tienen su precio. Los niños que viven en áreas más ruidosas presentan

9 Guías para el Ruido Urbano. OMS

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alteraciones en el sistema nervioso simpático, lo que se manifiesta en mayores niveles de la hormona del estrés y presión sanguínea más elevada en estado de reposo10.

Trastornos del sueño

El ruido ambiental produce trastornos del sueño importantes. Puede causar efectos primarios durante el sueño y efectos secundarios que se pueden observar al día siguiente. El sueño ininterrumpido es un prerrequisito para el buen funcionamiento fisiológico y mental. El ruido influye negativamente sobre el sueño de tres formas diferentes que se dan, en mayor o menor grado según peculiaridades individuales, a partir de los 30 decibelios: � Mediante la dificultad o imposibilidad de dormirse. � Causando interrupciones del sueño que, si son repetidas, pueden llevar al insomnio. La

probabilidad de despertar depende no solamente de la intensidad del suceso ruidoso sino también de la diferencia entre ésta y el nivel previo de ruido estable. A partir de 45 dBA la probabilidad de despertar es muy grande.

� Disminuyendo la calidad del sueño, volviéndose éste menos tranquilo y acortándose sus fases más profundas, tanto las de sueño paradójico (los sueños) como las no-paradójicas. Aumentan la presión arterial y el ritmo cardiaco, hay vasoconstricción y cambios en la respiración, mayores movimientos corporales.

Como consecuencia de todo ello, la persona no habrá descansado bien y será incapaz de realizar adecuadamente al día siguiente sus tareas cotidianas. Si la situación se prolonga, el equilibrio físico y psicológico se ven seriamente afectados. Con frecuencia se intenta evitar o, al menos atenuar, estas situaciones mediante la toma de tranquilizantes, el uso de tapones auditivos o cerrando las ventanas para dormir. Las dos primeras prácticas son, evidentemente, poco saludables por no ser naturales y poder acarrear dependencias y molestias adicionales. La tercera hace también perder calidad al sueño por desarrollarse éste en un ambiente mal ventilado y/o con una temperatura demasiado elevada. Los efectos cuantificables del ruido sobre el sueño se inician a partir de LAeq de 30 dB(A). Sin embargo, mientras más intenso sea el ruido de fondo, mayor será su efecto sobre el sueño. Los grupos sensibles incluyen principalmente a los ancianos, trabajadores por turnos, personas con trastornos físicos o mentales y otros individuos con dificultades para conciliar el sueño. El trastorno del sueño debido a sucesos de ruido intermitente aumenta con el nivel máximo de ruido. Incluso si el nivel total de ruido equivalente es bastante bajo, unos pocos sucesos de ruido con un alto nivel de presión sonora máxima afectará el sueño. Por ende, para evitar trastornos del sueño, las normas para el ruido urbano se deben expresar en función del nivel sonoro equivalente del ruido,

10 Guías para el ruido urbano. OMS

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de los niveles máximos de ruido y del número de sucesos de ruido. Se debe observar que el ruido de baja frecuencia, por ejemplo, de los sistemas de ventilación, puede perturbar el reposo y sueño aun en niveles bajos de presión sonora. Cuando el ruido es continuo, el nivel de presión sonora equivalente no debe exceder 30 dB(A) en interiores, si se desea evitar efectos negativos sobre el sueño. Incluso para el ruido con una gran proporción de sonidos de baja frecuencia, se recomienda un valor guía inferior. Cuando el ruido de fondo es bajo, el ruido por encima de 45 dB LAmax debe ser limitado y para las personas sensibles se prefiere un límite mucho menor. Se cree que la mitigación del ruido en la primera parte de la noche es un medio efectivo para ayudar a las personas a conciliar el sueño. Se debe señalar que el efecto del ruido depende en parte de la naturaleza de la fuente. Un caso especial son los recién nacidos que están en incubadoras, para quienes el ruido puede causar trastornos de sueño y otros efectos sobre la salud.

Malestar

Este es quizás el efecto más común del ruido sobre las personas y la causa inmediata de la mayor parte de las quejas. La sensación de malestar procede no sólo de la interferencia con la actividad en curso o con el reposo sino también de otras sensaciones, menos definidas pero a veces muy intensas, de estar siendo perturbado. Las personas afectadas hablan de intranquilidad, inquietud, desasosiego, depresión, desamparo, ansiedad o rabia. Todo ello contrasta con la definición de "salud" dada por la Organización Mundial de la Salud: "Un estado de completo bienestar físico, mental y social, no la mera ausencia de enfermedad". El nivel de malestar varía no solamente en función de la intensidad del ruido y de otras características físicas del mismo que son menos objetivables (ruidos "chirriantes", "estridentes", etc.) sino también de factores tales como miedos asociados a la fuente del ruido, o el grado de legitimación que el afectado atribuya a la misma. Si el ruido es intermitente influyen también la intensidad máxima de cada episodio y el número de éstos. Durante el día se suele experimentar malestar moderado a partir de los 50 dB, y fuerte a partir de los 55. En el periodo vespertino, en estado de vigilia, estas cifras disminuyen en 5 ó 10 dB. La correlación entre la exposición al ruido y la molestia general es mucho mayor en un grupo que en un individuo. El ruido por encima de 80 dB(A) también puede reducir la actitud cooperativa y aumentar la actitud agresiva. Asimismo, se cree que la exposición continua a ruidos de alto nivel puede incrementar la susceptibilidad de los escolares a sentimientos de desamparo. Se han observado reacciones más fuertes cuando el ruido está acompañado de vibraciones y componentes de baja frecuencia o impulsos, como un disparo. Las reacciones temporales más fuertes ocurren cuando la exposición aumenta con el tiempo, en comparación con una exposición constante.

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El estrés y sus manifestaciones y consecuencias

Las personas sometidas de forma prolongada a situaciones de ruido que hayan perturbado y frustrado sus esfuerzos de atención, concentración o comunicación, o que hayan afectado su tranquilidad, descanso o sueño, suelen desarrollar algunos de los siguientes síndromes: � Cansancio crónico, � Tendencia al insomnio, con la consiguiente agravación de la situación, � Enfermedades cardiovasculares: hipertensión, cambios en la composición química de la sangre,

isquemias cardiacas, etc. Se han mencionado aumentos de hasta el 20% o el 30% en el riesgo de ataques al corazón en personas sometidas a más de 65 decibelios en periodo diurno,

� Trastornos del sistema inmune responsable de la respuesta a las infecciones y a los tumores, Trastornos psicofísicos tales como ansiedad, manía, depresión, irritabilidad, náuseas, jaquecas, y neurosis o psicosis en personas predispuestas a ello, y

� Cambios conductuales, especialmente comportamientos antisociales tales como hostilidad, intolerancia, agresividad, aislamiento social y disminución de la tendencia natural hacia la ayuda mutua.

Alteraciones en otros órganos

La exposición al ruido puede tener un impacto permanente sobre las funciones fisiológicas de los trabajadores y personas que viven cerca de aeropuertos, industrias y calles ruidosas. Después de una exposición prolongada, los individuos susceptibles pueden desarrollar efectos permanentes, como hipertensión y cardiopatía asociadas con la exposición a altos niveles de sonido. La magnitud y duración de los efectos se determinan en parte por las características individuales, estilo de vida y condiciones ambientales. Los sonidos también provocan respuestas reflejo, en particular cuando son poco familiares y aparecen súbitamente. La presión arterial y el riesgo de hipertensión suelen incrementarse en las personas expuestas a altos niveles de ruido durante 5 a 30 años. Una exposición de largo plazo al ruido del tráfico con valores de LAeq, 24h de 65-70 dB(A) también puede tener efectos cardiovasculares. Si bien las asociaciones son débiles, el efecto es más fuerte en el caso de cardiopatía isquémica que en hipertensión. Esos pequeños incrementos de riesgo son importantes debido a la gran cantidad de personas expuestas. Aunque su efecto no puede cuantificarse, se han establecido relaciones entre el ruido y algunos sistemas o funciones fisiológicas, como se muestran la Tabla 5. Tabla 5. Efectos del ruido a nivel sistémico

Sistema afectado Efecto Sistema nervioso central Hiperreflexia y Alteraciones en l’ECG Sistema nervioso autónomo Dilatación pupilar

Aparato cardiovascular Alteraciones de la frecuencia cardíaca i hipertensión arterial (aguda)

Aparato digestivo Alteraciones de la secreción gastrointestinal

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Sistema afectado Efecto Sistema endocrino Aumento del cortisol y otros efectos hormonales Aparato respiratorio Alteraciones del ritmo

Aparato reproductor - gestación Alteraciones menstruales, bajo peso al nacer, prematurez, riesgos auditivos en el feto

Órgano de la visión Estrechamiento del campo visual y problemas de acomodación

Aparato vestibular Vértigo y nistagmus Aparto fonatorio Disfonías disfuncionales Fuente: Efectos del ruido sobre la salud. Ferran Tolosa Cabaní

Efectos sobre el feto

Se ha documentado que el ruido no sólo afecta a los adultos, sino que también a los niños y a los fetos de las mujeres embarazadas. Los ambientes ruidosos que causan interferencia con el habla pueden tener serias ramificaciones en la educación de un niño, especialmente si esto ocurre durante la etapa de desarrollo de adquisición del lenguaje. El feto reacciona al ambiente de su madre, y puede ser directamente estimulado por el ruido. El feto también se ve afectado por la reacción de la madre al ruido. Esta combinación de efectos ha sido relacionada con un parto prematuro, bajo peso al momento de nacer, retardo del crecimiento y defectos de nacimiento11. En condiciones naturales, el feto se halla expuesto a toda clase de sonidos (Tomatis, 1963), empezando por los latidos cardíacos y los ruidos respiratorios, intestinales y vocales de su madre. Se suma a ellos toda una serie de sonidos externos provocados en primer lugar por las acciones maternas (golpeteo de los tacones contra el suelo, motor del carro, ruidos de los quehaceres domésticos, del trabajo o de las actividades de esparcimiento) o que provienen del ambiente (voz del padre o de otros miembros de la familia, de colegas del trabajo u otras personas, ruidos de la casa, de la calle, entre otros). Algunos de tales ruidos, extremadamente repetitivos, constituyen una especie de "paisaje sonoro" al que el pequeño ser no puede sino terminar por habituarse y dejar de reaccionar. El grado de esta redundancia es muy variable. Parece probable que los ruidos se escalonen aproximadamente en el orden recién mencionado, vale decir: (corazón > respiración > intestino > pasos o motores > ruidos externos monótonos > voz materna > voces familiares > otras voces o ruidos inhabitúales). Que el feto deje de reaccionar a estos ruidos significa que ya no los integra como informaciones. Los ruidos de todos los días se convierten en un "fondo" familiar necesario, factor de seguridad y

11 Ruido y su mitigación. Modulo 5c. Deutsche Gesellsahaft Für Technische Zusammenarbeit (GTZ)

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elemento de orientación con respecto al cual habrán de diferenciarse "formas" que tendrán, sí, valor informativo. La intensidad de los ruidos que rodean al feto va de 30 a 96 dB. Un cuchicheo es del orden de 30 dB ; una conversación normal supone unos 60 dB ; el tráfico de una carretera, unos 70 dB. Las palabras "gritadas" y las motos alcanzan unos 100 dB. La música rock llega fácilmente a los 115 dB. El umbral del dolor auditivo se sitúa en aproximadamente 125 dB. Un trabajo realizado con ayuda de hidrófonos demostró que la matriz es un lugar relativamente tranquilo (Deliege y Sloboda, 1996). Cuando la madre lee o habla en voz alta, el bebé recibe el sonido, en parte por conducción ósea. Según Rubel (1984), el feto responde primeramente a las frecuencias bajas y luego a frecuencias más altas. Un estudio de Gelman et al. (1982) determinó que un sonido de 2000 Hz provocaba un aumento significativo de los movimientos fetales. Este trabajo confirmó el de Johnsson et al. (1964), en el que se había mostrado que, a partir de la 26ª semana, el feto sometido a ciertos estímulos vibroacústicos reacciona con aceleraciones cardíacas y otras reacciones de alarma, como movimientos de los brazos, extensión de los miembros inferiores y giro de la cabeza. Una vez que ha cesado el estímulo sonoro desencadenante pueden observarse bostezos (Cf. Birnholz y Benacerraf, 1983). Los sonidos que hayan estado presentes desde la concepción, aunque sean violentos y agresivos (por ejemplo, ruidos de avión en las inmediaciones de un gran aeropuerto como el de Osaka), quedarán mejor integrados y, después del nacimiento, causarán en el niño menos perturbaciones psicológicas que si hubieran aparecido en una etapa más tardía del embarazo. Los impactos tardíos pueden tener consecuencias alarmantes (angustia, insomnio, etc). En todos los casos, las agresiones que afectan a la madre y/o al niño inciden negativamente en la salud física de éste, que estadísticamente nace con menor peso (Ando, 1970). Como se sabe, la hipotrofia del feto puede tener consecuencias nefastas hasta en épocas muy avanzadas de la vida (tendencia depresiva, especialmente en el hombre). Numerosas madres refieren que el bebé ha manifestado reacciones motoras intensas en correspondencia con fuertes ruidos del ambiente (televisión, cine, conciertos, etc.)12. Entre los estímulos sensoriales a los que el feto está expuesto, el universo sonoro es uno de los más importantes (corazón, voz de la madre, sonidos del exterior). Científicos han estudiado las reacciones de recién nacidos al ruido de los aviones en zonas próximas a aeropuertos. En un estudio realizado en las zonas próximas al aeropuerto de Osaka (Japón), se observaron las reacciones al ruido de los aviones de bebes recién nacidos Se estableció que cuando la madre ha pasado todo le embarazo allí, no se presentan alteraciones, pero, cuando la madre se ha instalado

12 Las aguas primordiales : La vida sonora del feto. Dr Bernard Auriol.2003. http://cabinet.auriol.free.fr/traduc/espagnol/aguas_primordiales.htm.

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después de los cinco meses de gestación (que es cuando el oído del feto se hace funcional) los niños no soportan el ruido tras el parto, lloran cada vez que pasa un avión. El ritmo cardiaco de un lactante se acelera ante un ruido intenso y se provoca, como en los adultos, perturbaciones del sistema cardiovascular y respiratorio, y alteraciones hormonales diversas13.

EFECTOS CARDIOVASCULARES Y PSICOLÓGICOS

La pérdida de audición debido al ruido en el lugar de trabajo se reconoce como enfermedad profesional desde hace muchos años. Las enfermedades cardiovasculares son el centro del estudio sobre los posibles efectos crónicos extrauditivos del ruido. Se han realizado estudios epidemiológicos dentro del campo de ruido en los lugares de trabajo (con indicadores de niveles altos de ruido), así como en el campo de ruido circundante (con indicadores de niveles bajos de ruido). Los mejores estudios se han realizado sobre la relación entre la exposición al ruido y la hipertensión. En numerosos estudios recientes, los investigadores del ruido han evaluado los resultados disponibles de la investigación y resumido el estado actual de los conocimientos. Los resultados de los estudios epidemiológicos no permiten explicar de forma clara los efectos adversos cardiovasculares de la exposición crónica al ruido en el lugar de trabajo o ambiental. El conocimiento experimental de los efectos hormonales del estrés y de los cambios en la vasoconstricción periférica, por un lado, y la observación de que, por otro lado, un nivel alto de ruido en el lugar de trabajo (>85 dBA) induce el desarrollo de hipertensión, nos permite incluir el ruido como un estímulo de estrés inespecífico en un modelo de riesgo multifactorial de enfermedad cardiovascular, con un alto grado de fiabilidad biológica. Según estudios recientes sobre el estrés, aunque los aumentos de la tensión arterial durante el trabajo se relacionan con la exposición al ruido, el nivel de tensión arterial, por si mismo, depende de una asociación compleja de factores ambientales y relacionados con la personalidad. La personalidad y los factores ambientales desempeñan un papel muy importante para determinar la carga total de estrés en el lugar de trabajo14. Con respecto a los cambios psicológicos, se ha observado que ante el ruido excesivo y constante, disminuye la concentración, la efectividad y la productividad y aumenta la frecuencia de accidentes de trabajo, la irritabilidad y los estados histéricos y neuróticos. En enfermos con problemas cardiovasculares, arteriosclerosis o problemas coronarios, los ruidos fuertes y súbitos pueden llegar a causar hasta un infarto y en los enfermos de diabetes, la elevación del azúcar puede ocasionar estados de coma y hasta la muerte15.

13 Efectos del ruido. http://www.terra.es/personal/kikececi/efectosrui.htm 14 Sistema Cardiovascular. Lothar Heinemann y Gerd Heuchert 15Efectos del ruido en la salud . Redacción esmas.com

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EFECTOS MENTALES16

El ruido ambiental no causa directamente enfermedades mentales, pero se presume que puede acelerar e intensificar el desarrollo de trastornos mentales latentes. La exposición a altos niveles de ruido ocupacional se ha asociado con el desarrollo de neurosis, pero los resultados de la relación entre ruido ambiental y efectos sobre la salud mental todavía no son concluyentes. No obstante, los estudios sobre el uso de medicamentos, tales como tranquilizantes y pastillas para dormir, síntomas psiquiátricos y tasas de internamientos en hospitales psiquiátricos, sugieren que el ruido urbano puede tener efectos adversos sobre la salud mental.

EFECTOS SOBRE LA FLORA Y FAUNA

Este aspecto no ha sido explorado aún suficientemente, sin embargo, los resultados de las investigaciones disponibles apuntan a efectos negativos sobre la nidificación de las aves, los sistemas de comunicación de los mamíferos marinos e incluso la muerte súbita de conejos ante la presencia de ciertas explosiones menores. Es de temer que sólo estemos viendo el pico del iceberg y que éstos no sean sino unos pocos ejemplos de un efecto mucho más general y que puede estar ocurriendo a gran escala, la contribución del ruido al desplazamiento de muchas especies animales de sus hábitat y rutas naturales, así como a la creación de impedimentos a sus costumbres de reproducción y alimentación. Gara Donosita en su artículo El Ruido Significa Alarma para todos los Animales dice que la función de la percepción del ruido por los animales, incluido el ser humano, es la alarma. En contraste con ello, la de los sonidos «no ruidosos» es la comunicación. Los expertos opinan que la alarma también es una clase de comunicar: «es la comunicación de que ocurre algo amenazante, a lo que urge prestar atención inmediata, con el consiguiente abandono de la ocupación en curso e incluso del descanso». Todos los animales reaccionan ante el ruido huyendo, escondiéndose o enfrentándose agresivamente a su causa. Y si estaban dormidos, despiertan. No obstante, entre los seres humanos existen grupos que son especialmente sensibles al ruido, como los niños, los ancianos, los enfermos, las personas con dificultades. En una publicación de Animal Planet, semana 6, Verano Científico 2005 se expresa que en experimentos de laboratorio con animales, se demostró que en un ambiente con ruido superior a 110 decibelios (claxon de automóvil a un metro, sirena de ambulancia a la misma distancia, discoteca, concierto de rock, moto a escape libre, trueno), los procesos cancerosos aparecen y se desarrollan con mayor rapidez17.

16 Guías para el Ruido Urbano. OMS 17http://network.realmedia.com/RealMedia/ads/click_nx.ads/lycostripod/ros/728x90/wp/ss/a/63561@Top1?x

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La exposición al ruido blanco continuo sabotea el desarrollo de la región auditiva del cerebro que, en última instancia, puede deteriorar la adquisición de la audición y del lenguaje, según indican investigadores de la Universidad de California, en San Francisco. Según los científicos, las ratas jóvenes usadas en su estudio fueron expuestas a un ruido blanco constante que es semejante al ruido creciente y aleatorio que los seres humanos encuentran en el medioambiente de hoy en día. Teorizan que sus resultados podrían ayudar a explicar el aumento observado en las últimas décadas en el número de trastornos de desarrollo que causan disfunción del lenguaje18. Es bien sabido que en algunas especies animales de criadero, factores como el calor, el cambio de hábitat, el exceso de ruido o la presencia de personas desconocidas o animales domésticos, pueden desencadenar un estado de estrés que se presenta en algunos casos como tricofagia. Se evaluó la presencia de una fuente de ruido o vibración cercana a los criaderos de chinchilla (por ejemplo: una calle muy transitada, un taller metalúrgico, etc.) o interna como puede ser un radio, (hábito que algunos criadores adoptan como una manera de "distraer" "acostumbrar" o "calmar" a los animales), se encontró que aquellos criaderos que tienen una fuente de perturbación cercana, presentan un mayor número de individuos con esta afección (tricofagia). En este sentido, es pertinente citar que la chinchilla doméstica es utilizada mundialmente en el ámbito científico como modelo para estudios de la función auditiva. Por otro lado, los criaderos de chinchilla que utilizan un radio en volumen suave como elemento de ruido interno, presentan menor número de casos con tricofagia que los que no lo poseen. Esto puede deberse a que con el sonido se consigue homogeneizar o "enmascarar" los ruidos extraños que provengan del exterior, así como también acostumbrar a los animales a un ruido constante. De otra parte, en general, los sonidos agudos o los ruidos fuertes e intermitentes tienden a hacer que los animales se detengan. Aunque no hay estudios disponibles sobre la sensibilidad de los cerdos a los sonidos, los bovinos y los ovinos son más sensibles que los humanos a los sonidos agudos. En el manejo de ganado vacuno y porcino la reducción del ruido en las instalaciones donde se les prepara para su sacrifico es muy importante pues esto tiene efectos finales en las presentaciones óptimas de las carnes. El ruido agudo de la bomba hidráulica al operar la compresión puede estimular el retroceso de los animales. La bomba y el generador deberían estar alejados. En plantas de faena, se ha visto que el ganado vacuno recula ante los ruidos agudos, como el zumbido que hacen los caños del sistema hidráulico cuando son insuficientes, pero pasa por alto los sonidos graves, como el murmullo del transportador de ganado. Los vacunos ingresan voluntariamente a los sitios que están cerca de equipos que hacen un ruido de baja frecuencia. El sonido de metales que

18 Ruido blanco retraza la organización auditiva del cerebro. Howard Hughes Medical Institute, 2003. http://www.hhmi.org/news/pdf/chang-esp.pdf

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se golpean puede causar una reacción de sorpresa, pero esta reacción es mucho más fuerte ante salidas de aire comprimido que silban. Los escapes de aire deben ser dirigidos hacia afuera de las instalaciones o disminuidos con silenciadores19. Se ha realizado una observación de cómo los cetáceos evitan las fuentes sonoras potentes y de baja frecuencia. También hay un caso documentado de lesiones provenientes de ecosondas militares múltiples, de frecuencias medias (2.6 – 8.2 kHz), sobre ballenas. No obstante, el nivel de ruido acústico en este caso era excepcionalmente elevado y no había pruebas de daños a la audición, sino que simplemente para evitar el ruido la ballena se había varado. Al mismo tiempo, algunas poblaciones de ballenas coexisten con estudios comerciales de exploración sísmica. En el caso de otros animales, hay ciertas pruebas de desplazamientos de corto plazo de ciertas focas y peces debido a investigaciones sísmicas, pero es muy escasa la bibliografía disponible20. Los cetáceos, en particular los delfines, utilizan el sonido para ubicarse espacialmente, para comunicarse con otros animales de la manada, para localizar a sus presas, etc. El ruido que producen las actividades humanas, como la exploración submarina o la navegación a gran escala, puede impedir a los animales utilizar el sonido eficientemente, alterando notablemente su vida en el agua. Se ha mencionado a este tipo de contaminación como la causa posible de algunos varamientos masivos de cetáceos21. Observando la situación de contaminación ambiental por ruido desde otro punto de vista, como es el de la fuente generadora situada desde el lado de la fauna, se encuentra que existe una rama de la ciencia denominada Bioacústica la cual se dedica al estudio de la producción de sonido y sus efectos en los seres vivos, en particular, comunicación animal, y trata sobre el estudio de la producción, significados y efectos que causan los sonidos generados por animales. Hay muchas especializaciones en comunicación animal y bioacústica, la más popular y conocida por el publico en general es el estudio del canto de los pájaros. Existen cuatro grupos principales de organismos que emplean señales acústicas para comunicarse: insectos, anfibios, mamíferos y aves. Muchos animales emiten sonidos infrasónicos, que están por debajo de la capacidad auditiva del hombre, técnicamente 20Hz, aunque la gran mayoría de adultos será difícil que escuchen por debajo de 40 Hz. Sin embargo cuando el sonido infrasónico, tiene una amplitud lo suficientemente grande, el hombre lo puede notar, ya que se siente como una vibración.

19 Tres soluciones para los problemas del manejo de animales. Temple Grandin. Depto. De Ciencia Animal. Colorado State University. 1994. http://grandin.com/index.html 20 Tecnología Acústica Marina y el Medio Ambiente. XXV ATCM. Working Paper WP 023. Agenda item: CEP 4C. Scar.www.aadc.antdiv.gov.au/MediaLibrary/asset/MediaItems/ml_376376186342593_wp023s.pdf#search='efectos%20del%20sonido%20sobre%20la%20fauna' 21 Alteraciones del Habitat Marino. Instituto de Conservación de Ballenas. http://www.icbargentina.com.ar/template.asp?op=6_1

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El sonido infrasónico es una onda de sonido muy larga que puede pasar a través de bosques, edificios e incluso montañas Animales que producen este tipo de sonido incluyen: elefantes, ballenas, caimanes, hipopótamos, rinocerontes, jirafas, leones, okapi, y diferentes pájaros. Había un pensamiento común, y era que se creía que tan solo los animales de grandes dimensiones producían sonido infrasónico, aunque se ha demostrado que también los de pequeñas dimensiones producen este tipo de sonidos y probablemente hay muchos que no todavía no se conocen. Sin embargo, muchos animales se comunican en la franja de valores sónicos, entre ellos la gran mayoría de mamíferos, pájaros, peces etc. y muchos otros animales lo hacen en la franja del sonido ultrasónico, por encima de 20 Khz., como los delfines, murciélagos, muchos pájaros e insectos. Las ondas ultrasónicas son ondas cortas que rebotan fácilmente en árboles, rocas etc, los murciélagos y delfines usan este tipo de señales para la eco-colocación. A título de ejemplo, en una conversación entre personas la amplitud varia entre 40 y 70dB, un elefante produce un sonido de 14 Hz (infrasónico), inaudible para el hombre pero es posible sentirlo como una vibración porque su amplitud es de 90dB. Una jirafa produce un sonido infrasónico de 14Hz, ésta no es audible y tampoco el hombre la puede sentir, ya que su amplitud es de solo 40dB22. De las entidades científicas adscritas y vinculadas al Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander Von Humboldt”, quien promueve, coordina y realiza investigaciones que contribuyen a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad de Colombia, posee una línea de investigación muy bien conformada en Bioacústica. Este instituto manifiesta que en el Neotrópico hay un gran potencial para realizar investigación en el área del comportamiento animal, y más específicamente en el área de comunicación sonora. Este tipo de estudios han aportado en el entendimiento fisiológico y procesos de aprendizaje, producción de sonidos y comunicación en diversos organismos y su analogía con el aprendizaje en humanos. Han aportado en información de historia natural en diversos tipos de organismos, aplicable a diferentes ramas de la biología; desde taxonomía y sistemática hasta procesos cognoscitivos. Además, Colombia es uno de los pocos países de Latinoamérica que tiene un archivo sonoro, cuya información ha servido como herramienta básica para construir el inventario de la biodiversidad, así como insumo para proyectos en el área de la biología de la conservación. El Instituto Alexander von Humboldt cuenta con un banco de sonidos en donde se está archivando información muy valiosa de los sonidos de aves colombianas, ambientes sonoros y algunos otros grupos taxonómicos. A pesar de la importante labor que el banco de sonidos está llevando a cabo, los archivos en él depositados, así como los estudios llevados a cabo por diversas personas e instituciones, tienen un gran potencial para ser utilizados en investigación en el área de comunicación sonora y comportamiento animal 23.

22 Bioacústica, El Estudio del Sonido Vivo. http://animalvoice.com/spanbioacoustics.htm 23 http://www.humboldt.org.co/humboldt/mostrarpagina.php?codpage=10001 y

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http://www.humboldt.org.co/cursos/descargas/CursoBioacustica_nuevo.doc

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4. ESTADO ACTUAL DE LAS REDES DE RUIDO EN COLOMBIA

A continuación se presenta el resultado obtenido a partir de la información recolectada por el IDEAM en el desarrollo de visitas a diferentes corporaciones autónomas regionales, como también a partir de revisión bibliográfica en diferentes entidades del orden nacional, regional y local, revisión de información por Internet, entre otros.

EQUIPOS Y METODOLOGÍAS DE MEDICIÓN

Aunque no se cuenta con la información suficiente sobre el número y características de los equipos, a partir de la información suministrada por las autoridades ambientales, el IDEAM elaboró un resumen de los equipos de medición de ruido, marca, tipo y modelos. A continuación se presenta una relación general de disponibilidad de algunos equipos de medida de ruido en Corporaciones e instituciones de diferentes ciudades (Ver la Tabla 6). Tabla 6. Resumen de los equipos de medida de ruido, marca, tipo, y modelos

ENTIDAD CANTIDAD MARCA TIPO TIEMPO REAL

MODELOS

CORPONOR 3 Dos si

DAGMA 4 Quest 2 3,RT1000 y 1,

2900 AMVA 4 Cell DAMAB 2 Quest 2 2900 CARDIQUE 2 Cell y Circutor 573B1 y MPE70 CORNARE 1 Cell 573 CRQ 1 CDMB 1 Quest 2 2900

CORPOCALDAS 2 1 Cell y 1

Quest 1 y 2 Res..

Uno si 593 y 2900 Resp..

CORPONARIÑO 1 CVC24 5 1 Si CORPOGUAJIRA DAMA CVS 1 Quest 2700 Fuente: IDEAM 2005

24 El sonómetro de la CVC permite realizar las mediciones de frecuencias en Octavas

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Es importante resaltar que de los resultados de la Tabla 6, no se dispone de información para estos equipos, en lo relacionado con los filtros para análisis de frecuencias en octavas o en tercios de octavas, incluidos los equipos con análisis en tiempo real. En forma similar no se conoce el tipo de micrófonos que poseen, las características de los ruidos que están en capacidad de medir y los parámetros y ponderaciones de medida que poseen. Aunque en la Resolución 8321/83 se establecen algunos métodos de medición o protocolos, estos no han sido suficientes para la toma de mediciones medioambientales, por lo que muchas corporaciones han tenido que establecer algunos criterios protocolarios para efectuar el desarrollo de sus respectivas evaluaciones, trayendo como consecuencia que dichos criterios sean diferentes si se comparan unos con otros. En la CDMB han suministrado un formato denominado “SALTO CIUDAD” como documento para recolectar la información de campo, mientras que Corpoguajira anexa un documento que lo denomina protocolo de ruido, donde hace algunas apreciaciones que se constituyen, como lo anotan, en un apoyo técnico-teórico para medición de presión sonora. En el estudio “Diagnóstico y Zonificación de la Contaminación por Ruido Ambiental de la Zona Urbana de Tulúa”, también incluyen su propio protocolo para toma de mediciones y para el tratamiento de los resultados. En general, en los informes de que se dispone, no se habla de los protocolos de medición utilizados para la recolección de los datos de campo, siempre se menciona la norma 8321/83 como punto de comparación de los niveles medidos. En el informe de la CDMB se hace referencia a la calibración del sonómetro de acuerdo con la norma Colombiana NTC 3522. No existe una metodología de medición del ruido ambiental que sea aplicable en todo el territorio nacional, que sea uniforme y que permita tener parámetros iguales de comparación.

COSTOS DE COMPRA, OPERACIÓN Y MEDICIÓN DE LOS NIVELES DE RUIDO EN EL PAÍS

Los costos de adquisición de equipos para la medición de ruido son muy variables y dependen específicamente de las calidades de equipo, de sus características, aplicaciones, exactitudes, accesorios para medida y presentación de resultados. En general, es muy posible que muchos equipos solo indiquen o señalen la presencia de un problema de ruido, pero no se tenga la capacidad para caracterizarlo suficientemente, es necesario tener claro que es lo que se pretende ejecutar antes de efectuar la inversión. En este sentido, con la información suministrada por las autoridades ambientales, el IDEAM elaboró un resumen de algunos costos de adquisición de equipos para medida de ruido, inversiones que han sido efectuadas por algunas entidades. (Ver Tabla 7) Tabla 7. Resumen de costos de adquisición de equipos para medida de ruido

ENTIDAD VALOR APROX. EN PESOS DAMAB 14,000,000 CARDIQUE 10.000.000 CORNARE 20,000,000

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ENTIDAD VALOR APROX. EN PESOS CDMB 7,000,000 CORPOCALDAS 32,000,000 CVC 100,000,000 Fuente: IDEAM 2005 De otra parte, información recibida de distribuidores o representantes de fabricantes de equipos para medir ruido, indica que en la actualidad un sonómetro tipo 1, con análisis en tiempo real, y filtro en tercios de octava puede estar costando entre $ 15.000.000 y $ 30.000.000, incluyendo algunos accesorios y software. La información de costos de operación y medición de los niveles de ruido en el país es muy deficiente, puesto que en su gran mayoría estas actividades se están desarrollando como respuesta a las quejas que la comunidad formula y para ello se dispone del personal y equipo que ha sido asignado por las corporaciones para desarrollar dicho trabajo. No hay disponibilidad de información sobre los tiempos y recursos necesarios para la ejecución de este tipo de estudios. De otra parte, en algunas entidades que han efectuado evaluaciones de ruido, estas han contratado personal o empresas externas a las corporaciones y en el momento no se dispone de los respectivos montos de contratación. Sin embargo, por información recibida de la CVC se conoció que el estimativo para el desarrollo de estudios de zonificación urbana y monitoreo de ruido ambiental en centros urbanos, siguiendo el modelo desarrollado por esta corporación, en municipios intermedios (hasta 500.000 habitantes), asciende a la suma de $ 8.000.000 y que los monitoreos periódicos son estimados en $1.000.000 por municipio. En la empresa privada se ha obtenido información al respecto y se ha encontrado que el costo de un monitoreo durante 24 horas para obtener información en una retícula de aproximadamente 200 puntos puede estar valiendo aproximadamente $ 700.000. por cada punto y que el valor para elaboración del respectivo mapa es de aproximadamente $1.500.000 a $2.000.000.

REDES DE MEDICIÓN DE RUIDO EN COLOMBIA

A través de la información capturada para el desarrollo del presente estudio se pudo establecer que Colombia cuenta únicamente con una red de ruido, siendo esta la de Bogotá D.C. Esta red es la primera a nivel latinoamericano la cual se inauguró con tres estaciones piloto, que se encuentran en las proximidades del aeropuerto El Dorado. Este sistema, permite gracias a la conexión con el radar del aeropuerto, medir de manera automática desde un centro de control, los niveles de ruido de las aeronaves que entren o salgan del Terminal Aéreo y determinar si violan los estándares de ruido que próximamente serán establecidos por parte del DAMA, en cuyo caso se generará de manera automática una sanción a la aeronave infractora. Se espera que el sistema se amplíe paulatinamente, para que llegue a soportar hasta 99 estaciones de monitoreo de ruido distribuidas en Bogotá y permitiendo medir automáticamente los niveles de

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ruido de las fuentes sonoras fijas y móviles de la ciudad, especialmente las relacionadas con el transporte urbano. También tendrá un sistema para la atención de quejas por ruido que correlacionará automáticamente la queja con un suceso sonoro que se presente en la zona de influencia de los monitores de ruido permitiendo a la autoridad ambiental actuar con base en pruebas precisas. En la Tabla 8 se presenta el nombre de la estación y la ubicación de las estaciones de monitoreo de ruido de la red del DAMA. Tabla 8. Nombre y localización de las Estaciones de monitoreo de la red de Ruido de Bogotá

Nombre de la Estación Localización de la Estación Centro de Educación Distrital Capellania Calle 32B # 88C-00 Estación Satélite-Normandia Empresa de Teléfonos de Bogotá ETB

Av. Boyacá #51-52

Centro de Atención Inmediata CAI (Parque Villa luz) Policía Nacional

Cra 77A Calle 62

Fuente: Red de Ruido Bogotá, http://www.dama.gov.co/ruido/noise.htm A continuación se presentan algunos resultados del comportamiento de los monitoreos al Aeropuerto Internacional El Dorado, reportados en el Informe de Gestión del DAMA 1998-2000: � De los 167 monitoreos Ldn realizados, en 150 de ellos, es decir, en el 89.82% se supera la

norma adoptada en Colombia de 65 dB(A) para zonas de vivienda (Resoluciones 1389/95 y 0745/98 del Ministerio del Medio Ambiente.

� De los 38 monitoreos de Leq interno realizados en viviendas (horario nocturno), en 31 de ellos, es decir, en el 81.75% se supera la norma establecida en Colombia de 45 dB(A).

� Del total de los 48 monitoreos de Ldn efectuados en la estación fija de Fontibón, la norma de 65 dB(A) se superó en todos los casos, con valores que fluctuaron entre 71.2 dB(A) y 82.1 dB(A).

� Del total de los 29 monitoreos de Ldn efectuados en la estación fija de Engativá, la norma de 65 dB(A) se superó en todos los casos, con valores que fluctuaron entre 73.8 dB(A) y 81.6 dB(A).

De lo anterior se puede deducir que los niveles de presión sonora detectados en las viviendas y zonas aledañas afectadas por el funcionamiento del Aeropuerto Internacional El Dorado, registran valores significativamente altos, tomando como referencia la normativa Nacional e Internacional, sobre límites de ruido comunitario concerniente a Nivel Equivalente Nocturno y Nivel Equivalente Corregido Día-Noche. Así mismo, en algunas viviendas insonorizadas dentro del programa de mitigación de ruido que adelantó la Aeronáutica Civil Colombiana, se detectaron valores de niveles de presión sonora que sobrepasan el límite permisible para horario nocturno. Adicionalmente a manera de ejemplo en la Figura 1 se presenta un mapa de las curvas de isoruido generado a partir de mediciones realizadas por la Red de Monitoreo del DAMA.

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Figura 1. Curvas de isoruido en el Aeropuerto El Dorado

Fuente: Red de Ruido Bogota, http://www.dama.gov.co/ruido/noise.htm

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5. NIVELES DE RUIDO EN COLOMBIA

En el proceso de industrialización de los colombianos, pueden distinguirse dos etapas: una sustitutiva de importaciones, que si bien se inicia desde los años 30 del siglo XX, adquiere su configuración precisa en la década del 50 y mantendría su carácter netamente sustitutivo hasta 1967. La otra, inicia su curso al amparo del estatuto cambiario de 1967 y de la reforma constitucional de 1968, adquiriendo su cabal realización a comienzos de la década del 70. Aquí la industria colombiana sin abandonar su carácter sustitutivo, apoyará su expansión fundamentalmente sobre la exportación de manufactura25. Otra característica del desarrollo industrial colombiano fue la diversificación regional y cierta tendencia temprana a su especialización: Medellín y el valle del Aburrá fueron el principal centro fabril del país en el ramo textil; otras ciudades también tuvieron importantes desarrollos: la cerveza y el cemento en Bogotá, textiles y molinos en Barraquilla, el proceso del azúcar en Cali. A estos centros también se irán sumando, con diferentes productos y durante la segunda mitad del siglo XX, ciudades como Manizales, Bucaramanga, Pereira, Cartagena, Ibagué, Armenia26. Colombia actualmente presenta un desarrollo industrial que no obedece a un programa y planeación definidos, sino que ha sido aleatorio. Esta situación se ve reflejada en su desarrollo social, en los crecimientos de las ciudades y centros de acopio y conglomerados ciudadanos que se mueven en torno a cada una de sus actividades cotidianas. Bajo esta problemática y con el fin de determinar el estado actual de los niveles de ruido a nivel nacional, se analiza la información capturada a través del monitoreo de ruido en el país. Asimismo, se incluye información de campañas de medición realizados en diferentes zonas del país, como también los resultados de mediciones realizadas por quejas y reclamos recibidos por las corporaciones. Para la realización del análisis de esta información se efectúa una investigación para Bogotá, Ibagué, Manizales, Montería, San Juan de Pasto, Pereira, Popayán, Tunja, Valledupar y Villavicencio, entre otros.

NIVELES DE RUIDO EN ALGUNAS CIUDADES COLOMBIANAS

25 Jesús Antonio Bejarano, Industrialización y política económica. 26 Carlos Davila L. de Guevara, Historia Empresarial de Colombia. Estudios, problemas y perspectivas. 1991.

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Bogotá, D.C.

Informes y estudios del DAMA

Situación actual27

En 19 localidades, solo 4, Usme, Suba, Candelaria y Rafael Uribe, no presentan contaminación por Ruido, resultado que ha generado que parte de la tensión nerviosa (estrés) que presentan los habitantes de la ciudad, se deriva de la intensidad del sonido al que son sometidos, que lleva inclusive, si es frecuente y demasiado alto, a la pérdida gradual de la audición En la zona de influencia del Aeropuerto Internacional El Dorado, la cual se extiende en sentido longitudinal hasta el barrio Bosque Popular y en sentido transversal entre la Autopista El Dorado y la diagonal 67, además del sector septentrional de la localidad de Fontibón entre la calle 36 y la Avenida 39 aproximadamente, la norma diurna y nocturna para zona residencial se superan ampliamente (nivel promedio sonoro equivalente de 65 y 45 dB(A) respectivamente), aunque no la norma para áreas industriales (75 dB(A) diurno y nocturno). Sobre los ejes viales y sus intersecciones, los sonidos de motores, los pitos, la edad del parque automotor, el estado mecánico y el nivel de sincronización de los vehículos, así como la desorganización del tráfico y los trancones contribuyen a la generación de niveles de ruido cercanos a los 70 dB(A), que superan las normas diurna y nocturna para zonas residencial y comercial. En las áreas donde confluye la acción de las fuentes fijas y móviles los niveles de ruido llega a superar la norma de ruido para uso industrial (75 dB(A)). En las zonas comerciales, por la general, ubicadas en, o cerca de vías de alto tráfico, el ruido generado por los vehículos se suma al producido por los propios establecimientos, llegándose a superar la norma establecida para uso residencial aún comercial diurno y nocturno. En la Localidad de Puente Aranda el DAMA identificó 183 fuentes generadoras de ruido ambiental, de las cuales el 54% corresponden a la industria, el 22% a discotecas, bares y tiendas, el 9.8% a pequeñas empresas familiares y talleres, el 6% a diferentes tipos de comercios y el porcentaje restante a otro tipo de actividades económicas. Los niveles de ruido observados tanto para fuentes móviles como fijas, superaron ampliamente los estándares permitidos, según los diferentes usos del suelo, contemplados en la Resolución 8321/83 del Ministerio de Salud. El mayor aporte de impacto acústico sobre la comunidad de la localidad de Puente Aranda, corresponde a las fuentes móviles, estas afectan a un gran número de personas y se extiende ampliamente hacia todos los sectores analizados, especialmente las zonas receptoras colindantes

27 Informe de gestión del DAMA. 2000

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con las vías. Los datos muestran valores superiores a los estándares según los usos del suelo, mostrando indicadores de impacto de tráfico en rangos de 71,3 a 84,3 dB(A) y valores críticos en intervalo de 85,5 a 96,7 dB(A). La malla vial conformada fundamentalmente por corredores de alto flujo vehicular como son la Avenida 68, Avenida 30, Avenida de las Américas y la Avenida del Sur, son las vías sobre las que se observaron los mayores niveles de ruido. En éstas los niveles de ruido permanecen por encima de los valores permitidos, con algunos cambios especialmente en los horarios nocturnos para días laborales, donde se aprecian niveles inferiores. Otro factor que contribuye a la generación de la contaminación acústica en relación con la malla vial, es el estado de las vías que generan congestiones con el consecuente aumento de nivel de ruido, al mismo tiempo la fluidez y rapidez de la movilización vehicular sobre las vías incide en forma significativa en los niveles de intensidad acústica. Influye sobre el nivel de ruido: cornetas, arranque, frenado, estado mecánico de los vehículos, fallas de los motores, falta de silenciadores. En los establecimientos de tipo industrial, las principales fuentes que contaminan el exterior corresponden a los sistemas de ventilación, extractores, plantas eléctricas, compresores, grupos energéticos, sistemas de transporte de fluidos, que no cuentan con adecuado cerramiento o confinamiento de sus procesos y permiten que las emisiones acústicas se dispersen hacia las zonas receptoras colindantes. Las más altas intensidades de ruido se registran en las intersecciones viales de tráfico automotor, circunstancia que señala al parque automotor como la principal fuente de contaminación por ruido, salvo la zona de influencia del Aeropuerto El Dorado, cuyas operaciones están afectando una zona importante de la ciudad. A nivel general de la ciudad, las mediciones muestran que en las zonas residenciales y comerciales los niveles sonoros son superiores a la norma, mientras que en las zonas industriales el promedio inferior se acerca a la norma (Ver Tabla 9). Tabla 9. Niveles promedios de ruido para la ciudad de Bogota

Promedios medidos por zonas

Zona Día dB(A) Leq Noche dB(A) Leq

Residencial 68 38

Comercial 76 42

Industrial 70 45

Fuente: http://www.dama.gov.co/ifweb/5.html A través de un estudio, se encontró que uno de cada 15 habitantes, presenta pérdidas parciales auditivas debido al ruido. (Misión Siglo XXI, 1996), adicionalmente, un estudio realizado por la Universidad INCCA y el DAMA en la localidad de Puente Aranda, se concluyó que la población de esta localidad está soportando alta contaminación sonora, con niveles que superan los valores permitidos. (DAMA, 2003).

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Por otro lado, un proyecto piloto sobre la evaluación de la contaminación por ruido en la localidad de Puente Aranda, generó información que caracteriza la problemática ambiental de ésta localidad. Como resultado de este proyecto, de acuerdo con las lecturas realizadas se midieron valores promedio entre los diferentes tramos monitoreados de 91.23 dB(A) según el Índice de Contaminación por Tráfico y de 79.18 dB(A) por Lectura Equivalente Continua día-noche, lo que permite concluir que en estas mallas viales se produce un gran impacto como resultado del alto tránsito vehicular que circulan dentro de ellas, especialmente en las mallas perimetrales que enmarcan la Localidad. Finalmente, se ha calculado que alrededor del 70% de la población colombiana que reside en áreas urbanas está expuesta a sufrir lesiones del oído por ruido. La Figura 2 muestra los niveles de ruido (rangos) para las diferentes fuentes generadoras de contaminación acústica identificadas en el estudio y se relaciona con los límites permisibles vigentes (Resolución 8321 de 1983) para horario diurno, en donde se evidencia claramente que no se esta cumpliendo la norma actual.28 Figura 2. Diagnóstico de contaminación por ruido en Bogotá horario diurno

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A)

Limite Zona de Tranquilidad

Limite Zona ResidencialLimite Zona Comercial

Limite Zona Industrial

Fuente: Propuesta de norma para el control de ruido en Bogota D.C. Uniandes, 2005 Los mayores niveles de ruido se encontraron en el aeropuerto El Dorado, con niveles superiores a 100 dB(A), incumpliendo la norma especialmente en los sectores residenciales. En la mayoría de los monitoreos que se revisaron, el 82% de los registros supera la norma para horario nocturno de 45 dB(A). Las construcciones de obra civil generan ruido con niveles en promedio de 90 dB(A), principalmente de la maquinaria pesada empleada, y se concluye que esta actividad no cumple en ningún caso los estándares para las zonas establecidas en la norma vigente. Sin embargo, la

28 Gonzaléz Rodríguez, Mauricio y Ramos, Juan Pablo: Propuesta de norma para el control de ruido en Bogota D.C.

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contaminación acústica por esta fuente es de carácter temporal, mientras se realizan las obras de infraestructura. El ruido generado por el parque automotor supera ampliamente los niveles permisibles, con niveles sonoros que fluctúan entre 76 a 84 dB(A) en las intersecciones viales, punto de mayor concentración acústica de esta fuente. Las actividades comerciales en sí mismas no producen niveles de ruido ambiental muy alto en su entorno, aunque en el interior de centros comerciales, almacenes y tiendas se pueden registrar valores entre 60 y 90 dB(A), como consecuencia del funcionamiento de equipos de sonido, parlantes y la actividad misma de la gente. Sin embargo, es importante considerar que las actividades comerciales atraen un volumen importante de tráfico automotor por la movilización de personas hacia ellos. Los niveles sonoros producidos por establecimientos nocturnos (como bares y discotecas) es considerable ya que están ubicados generalmente en zonas residenciales y generen niveles de ruido entre 65 a 90 dB(A) en horario nocturno. Además estos estudios analizados evidencian un deficiente aislamiento acústico en las instalaciones de este tipo. La Figura 3 , muestra los niveles de ruido (rangos) para las diferentes fuentes generadoras de contaminación acústica identificadas en el estudio, y se relaciona con los límites permisibles vigentes para horario nocturno (Resolución 8321 de 1983) dejando en claro el no cumplimiento de la norma. Figura 3. Diagnóstico de contaminación por ruido en Bogotá horario nocturno.

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Limite Zona Residencial

Limite Zona Comercial

Limite Zona Industrial

Fuente: Propuesta de norma para el control de ruido en Bogota D.C. Uniandes, 2005 En los registros de niveles sonoros para vehículos se encontró que se cumple el estándar, siempre y cuando se use silenciador y no haya uso de pito. Si se considera que las intersecciones viales son fuentes importantes de ruido, se podrá proponer un ajuste mas severo a la norma vigente para fuentes móviles. A través de una comparación realizada entre la Resolución 8321 y normas a nivel internacional (Unión Europea, EPA y países vecinos), se pudo concluir lo siguiente:

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� No existe un indicador sonoro para los niveles propuestos de ruido. � No se establece una base metodológica clara para la medición de ruido de cada fuente en

particular, no se mencionan los equipos a utilizar, ni se hace mención del manejo estadístico de los registros de un monitoreo.

� No se indica en forma clara el lugar de medición (si es en exterior o si es interior) por lo cual es ambigua su interpretación.

Control y monitoreo a fuentes de emisión sonora29

La gestión del DAMA en cuanto al control y monitoreo a las fuentes generadoras de ruido está orientada a controlar emisiones principalmente en fuentes fijas como son tabernas, discotecas, bares, restaurantes, industrias, perifoneo, centros comerciales, iglesias, altoparlantes, conciertos y construcción de obras. En la Tabla 10 se presentan los indicadores de la gestión adelantada en el control y monitoreo a las fuentes de emisión sonora durante enero de 1998 a diciembre del 2000. Tabla 10. Indicadores de gestión del DAMA durante enero de 1998 a diciembre del 2000

Indicadores de Gestión 1998 1999 2000 # Fuentes Fijas de emisión sonora controladas y monitoreadas 1,300 1,098 2264 # Fuentes Fijas de emisión sonora con requerimientos de control de ruido

200 420 100

# Fuentes Fijas con medidas preventivas 59 86 # Trámites de solicitudes para realización de eventos 130 144 # Monitoreos a conciertos 8 6 Fuente: Informe de Gestión del Dama, Diciembre de 2000. : Durante 1998 se hizo monitoreo y se visitaron un total de 1300 fuentes fijas, de las cuales 200 fueron objeto de requerimientos de control de ruido y 59 fueron conminadas con medidas preventivas y suspensión de actividades. Así mismo se tramitaron un total de 130 solicitudes para realización de eventos. En 1999 se reducen los monitoreos a 1098 en tanto se incrementa a 420 los requerimientos. Se efectúan monitoreos permanentes en los conciertos realizados en la Plaza de Toros La Santamaría, el Estadio El Campín, el Parque Simón Bolívar y el Palacio de los Deportes. Complementariamente, se han realizado monitoreos de ruido en áreas más específicas de la ciudad como la zona comercial de Galerías con niveles de ruido promedio, equivalentes a 74,8 dB(A) y los sectores de Teusaquillo con niveles de ruido promedio de 79,6 dB(A).

Acciones complementarias30 29 Informe de Gestión del Dama, Diciembre de 2000.

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El DAMA ha venido adelantando la elaboración de la norma de ruido general para la ciudad y una norma específica para el control del ruido generado por las operaciones aéreas del aeropuerto Internacional El Dorado (Contratos en desarrollo). Se han emitido algunas normas para atacar problemas puntuales como el ruido en las zonas aledañas al aeropuerto El Dorado y frente al problema del perifoneo móvil en el Distrito Capital. (Resolución 1198 del 23 de septiembre de 1998 y Resolución 185 del 02 de marzo de 1999) Con la implementación de las Unidades de Contaminación por Ruido - UCR, (Resolución 946 de mayo 10 del 2000) se logrará una autoevaluación del impacto en las empresas y por ende el auto control del ruido generado por las actividades industriales. Una avance importante en el conocimiento del problema de ruido en la ciudad, se logró con la iniciación de la evaluación de la contaminación auditiva por localidades, para lo cual se desarrollo, una primera etapa en la localidad de Puente Aranda, convirtiéndose en el estudio más extenso y completo realizado hasta el momento en la ciudad, se adelantaron los trámites necesarios para la realización de una segunda fase en las localidades de Engativá y Fontibón. Una nueva forma de cultura ciudadana sobre le tema de ruido, fue aplicada por el DAMA mediante el desarrollo del proyecto del Paisaje Sonoro de Bogotá, cuyo producto principal es un CD, que contiene los sonidos que se han ido perdiendo en la ciudad y la invasión de otros muy perjudiciales para la salud de los ciudadanos. Por otra parte, se organizaron en varias oportunidades operativos de control conjuntamente con las administraciones locales, prestando el apoyo logístico y técnico requerido por estas, para lograr el cumplimiento normativo en materia de ruido por actividades comerciales que incumplen las normas en las diferentes localidades. Se diseñó un plano de zonas de afectación de ruido en Bogotá. En cuanto al tema del aeropuerto Internacional El Dorado, el DAMA ha trabajado intensamente de manera individual y colectiva conjuntamente con otras entidades que tienen competencia en el tema, a tal punto, que lo único existente en cuanto a monitoreo automático, diseño normativo, control mediante sanciones, tasas retributivas, entre otros, han sido realizados y propuestos por el DAMA. Con base en los trabajos de seguimiento y control realizado por el DAMA, han sido requeridos numerosos establecimientos para que realicen acciones tendientes a mejorar las condiciones de generación de ruido de las actividades industriales y/o comerciales. Por otra parte, un gran número de establecimientos ha sido suspendidos como medida para lograr que no se continúe la

30 Informe de Gestión del Dama, Diciembre de 2000.

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perturbación a predios aledaños afectados por niveles de presión sonora que sobrepasan los permitidos en la norma y que no fueron oportunamente controlados por los responsables”31.

Instituto de Desarrollo Urbano, Transmilenio

Para el desarrollo de las obras de implementación del sistema de transporte masivo para la ciudad capital, denominado transmilenio, se han venido ejecutando algunos estudios de ruido como parte de los estudios de impacto ambiental, los cuales contribuyen en alto grado a cuantificar la problemática existente y futura en lo que concierne al aporte ambiental del ruido emitido por los sistemas de transporte, tanto masivo de pasajeros, como particular y de carga. No se dispone de información total para las diferentes troncales por donde se espera que el sistema transmilenio circule, pero si se tienen datos de algunas muy importantes, las cuales se incluirán en este documento como un indicativo de la incidencia del transporte en el ambiente, especialmente en lo relacionado con la problemática antes de la instalación y puesta en funcionamiento del respectivo sistema de transporte. Es así como se relacionarán los datos de la troncal Norte Quito Sur (NQS), troncal Avenida Suba y Avenida José Celestino Mutis

Troncal Norte Quito Sur (NQS)32 Los estudios y diseños de la troncal Norte Quito Sur han desarrollados desde la Avenida Paseo de los Libertadores hasta el límite del Distrito con Soacha en Bogotá D.C,. En el aspecto de ruido consideraron oportuno efectuar una revisión de estudios realizados y es así como incorporan los efectuados por el DAMA y que se encuentran relacionados anteriormente en este documento. Se menciona que no pueden ser utilizados para la línea base del proyecto NQS. En el área de influencia del proyecto de la Troncal NOS se reportaron algunos pocos trabajos que se mencionan continuación. Un estudio de calidad del aire (C0) y niveles ruido para el prediseño de la intersección en la Avenida NQS con Avenida de los Comuneros revela que dentro de los aspectos que vale la pena resaltar están los altos niveles sonoros (93 dB) en el centro de la intersección en un rango de 80 a 90 dB en la mayor parte del área directa de la misma y un rango de 70 a 80 dB a medida que las mediciones se alejan del centro de la misma para encontrar las actividades poblacionales que también aportan significativamente en el nivel de ruido.

31 http://www.dama.gov.co/ifweb/ifx/if20006.htm 32 Estudios y Diseños de la troncal Norte Quito Sur desde la Avenida Paseo de los Libertadores al límite de Distrito con Soacha en Bogotá D.C., Informe Final, IDU.

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La comparación de estos resultados con la Resolución 8321/83 permite evidenciar la excedencia de la misma para los muestreos realizados, principalmente en horario diurno y durante horas pico. Igualmente, durante la construcción del proyecto Transmilenio Autonorte, realizaron algunos monitoreos de niveles de ruido en la intersección de la calle 92 y NQS, cuyos resultados se incluyen a continuación en la Tabla 11, como parte de la línea base y como aporte del mismo basado en la experiencia desarrollada en proyectos similares. Tabla 11. Promedios de Niveles de Ruido en la Autopista Norte por Calle 92(Proyecto

Transmilenio Autonorte). Fecha Nivel de Ruido

27/03/2001 76.5 11/04/2001 76.6 18/04/201 78.3 22/05/2001 78.4 30/05/2001 78.1

Promedio 77.6 Fuente: IDU. Estudio de impacto ambiental, contrato147/2002 En el caso de la Calle 92 se excede la norma en un 3 %. lo cual representa un valor bajo si se tiene en cuenta la gran cantidad de tráfico que maneja esta intersección, valor que también puede ser explicado en el carácter elevado de la Autonorte sobre la NQS lo cual genera flujos continuos que disminuyen los niveles de ruido. Los resultados de las mediciones de ruido efectuadas para este proyecto y realizadas en 14 estaciones localizadas a lo largo de la Troncal Norte-Quito-Sur, en el período comprendido entre el 20 y el 28 de junio de 2002, constituyen parte de la línea base ambiental del proyecto de Transmilenio NQS, que se encontraba en esos momentos en el desarrollo de sus aspectos de planeación. La localización general de los puntos fue inicialmente propuesta por la Consultoría y avalada por la Interventoría; dichos puntos fueron seleccionados, de acuerdo con criterios como información previa de niveles de ruido por red del DAMA y otros estudios, representatividad, presencia de receptores y emisores, sitios sensibles o de interés y la disponibilidad logística para el muestreo como energía, seguridad y aceptación de los propietarios de las viviendas o establecimientos en los cuales se instalaron los sonómetros. De la revisión y observación de los resultados han presentado las siguientes conclusiones generales: De los 14 puntos, 10 presentan niveles medios para 24 horas superiores a 70 dB(A) y 3 entre 65 y 70 dB(A) que en términos generales son muy altos. Solamente uno de los sitios presenta un nivel inferior a 65 dB(A) que corresponde al sitio localizado en la Autopista Sur con calle 38 A. Es claro que el mayor aporte para estos niveles sonoros es debido al tráfico automotor que actúa como fuente móvil cuyos altos volúmenes mantienen un promedio sonoro muy alto e incluso muy

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preocupante al nivel de máximos o picos pues en casi todos los sitios exceden los 100 dB(A), lo cual representa una problemática muy importante desde la perspectiva de salud pública. Esta ultima siltuación es muy importante en los sitios donde puede haber concentración poblacional como ocurre en sitios como la Universidad Nacional, Paloquemao, Calle 6a, La Sultana, Exito Villa Mayor, Avenida Boyacá con Autosur, Cra 62 con Autosur, Cra. 77 con Autosur y el Cementerio el Apogeo, indicando que prácticamente todo el corredor presenta esta problemática. La identificación de otros tipos de emisores sonoros demostró que no llegan a ser significativos ni en cantidad, dispersión espacial ni en los mismos niveles sonoros, lo cual es más evidente si se observan los datos en las horas nocturnas en las cuales no hay dichas actividades poblacionales pero aún se mantienen los altos niveles sonoros. Contrariamente es posible evidenciar el efecto positivo de la medida del denominado "Pico y Placa" que en algunos de los sitios de monitoreo es muy evidente la caída de ruido durante este lapso de descenso de tráfico de 2 horas pero un poco antes del mismo aparece un incremento sonoro por los vehículos que se desplazan antes del horario restringido para cumplir con esta limitación. Por otra parte, son evidentes de manera puntual algunas actividades de la población en sitios determinados como ocurre con el sector de la Carrera 30 con Calle 19, en predios denominados El Madrugón y Telemadrugando donde se evidencia que los altos niveles sonoros comienzan antes de las 5:00 a.m. cuando se abren estos negocios y se mantienen durante buena parte del día luego mezclado con las actividades cotidianas del sector de Paloquemao. Los niveles máximos están por encima de 90 dB(A) en todos los casos y fluctúan entre 90 y 110 dB(A) que igualmente son muy altos. El sitio de mayor valor se encontró en cercanías a la Calle 92 en la intersección con la Autopista del Norte donde se obtuvo 111,2 dB cifra muy alta pero igualmente en este sitio los otros valores promedios establecidos son muy altos demostrando que es sitio muy vulnerable a los efectos del ruido. En general los mayores niveles sonoros fueron encontrados en el sector norte entre la Calle 92 y la Calle 45 en donde justamente hay altos niveles de tráfico a mayores velocidades, luego hay un descenso hacia la Calle 26 y Avenida las Américas para incrementarse desde la Calle 19 hasta el final del proyecto en los límites con Soacha. En cuanto a los niveles diurnos cabe decir que todos están por encima de 65 dB(A), que es la norma diurna para zonas residenciales, salvo el sitio ya mencionado. Para los niveles nocturnos es claro qye todos están por encima de los 59 dB(A); superando evidentemente la norma nocturna para zona residencial, que es de 45 dB(A). No obstante, dado que, en su mayor parte, el corredor de la NQS se considera zona comercial, las normas aplicables serían 70 dB(A) para el promedio diurno y 60 dB(A) para el nocturno. De acuerdo con la norma, solo tres puntos (Conjunto Residencial BCH, Autopista del Sur con Carrera 35 y Parqueadero Atracciones Mundial Cra 30 con calle 19) cumplirían la norma diurna y sólo uno, Autopista del Sur con Carrera 35, la nocturna.

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Si se analiza la variable del nivel sonoro promedio día/noche (Ldn), útil en estudios de impacto comunitario, se observa que todos los puntos superan el valor máximo establecido para zonas de influencia de corredores viales como la NQS, lo cual genera que se tengan niveles de fondo muy altos. Con base en los resultados obtenidos efectuaron una modelación de niveles de ruido para la troncal NQS, la cual tiene por objeto evaluar el potencial impacto de la futura línea de Transmilenio de la Avenida Norte - Quito - Sur sobre los niveles de ruido de su área de inmediata influencia. Para este fin se consideraron los siguientes escenarios de tráfico automotor: � Año 2002 sin Transmilenio y nivel de tráfico mixto actual. � Año 2002 con Transmilenio y nivel de tráfico mixto proyectado. � Año 2005 con Transmilenio y nivel de tráfico mixto proyectado. � Año 2010 con Transmilenio y nivel de tráfico mixto proyectado. Así mismo, se tomaron en cuenta algunas consideraciones básicas para la modelación, como por ejemplo el tipo de pavimento, las condiciones de flujo vehicular, arrancadas y detenciones, ancho del corredor vial, períodos de tiempo para los cuales se efectuó la modelación, características del tráfico, velocidades promedio, entre otras. La modelación efectuada arrojo los siguientes resultados: Período de la mañana (7:30 a.m. - 8:30 a.m.) En la calzada norte - sur el ruido disminuye con el proyecto en cerca de 2 dB(A) entre las calles 92 y 13; de la 13 hacia el sur el proyecto genera un incremento de 0,3 a 1,5 dB(A). En la calzada sur - norte el ruido disminuye con el proyecto en 1,5 a 2 dB(A) entre las calles 92 y 26; entre la 26 y la 6 la situación permanece sensiblemente igual y de la 6 hacia el sur el proyecto genera un incremento que puede llegar hasta 1,6 dB(A) en algunos tramos. Periodo de la tarde (3:45 p.m. - 4:45 p.m.) En la calzada norte - sur el ruido permanece sensiblemente igual entre las calles 92 y 19; entre la19 y Ia 13 el proyecto reduce el ruido en más de 2.5 dB(A); y de la 13 hacia el sur el proyecto genera un incremento de los niveles sonoros que fluctúa entre 0.2 y 1.6 dB(A). En la calzada sur- norte el ruido disminuye con el proyecto en 1 a 2 dB(A) entre las calles 92 y 63; entre la 63 y la 6 permanece sensiblemente igual; y de la 6 hacia el sur genera un incremento entre 0,3 y 0,8 dB(A). La disminución del ruido en el sector norte de la avenida (calles 92 a 19, residencial o comercial) se debe a la salida de buses y colectivos de todo este trayecto y no a un cambio de velocidad o al crecimiento o decrecimiento del tráfico mixto (automóviles y vehículos de carga). Como consecuencia del tipo de pavimento utilizado, no se esperan reducciones mayores en el nivel de ruido en este trayecto.

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El incremento de los niveles de ruido en el sector sur (entre la calle 19 y Soacha) se debe al cambio de pavimento (whitetopping) y al aumento acumulativo de trafico mixto en este trayecto. Además, en este sector es donde más presencia de vehículos pesados hay en todo el corredor, lo cual tiene un impacto notorio. Los resultados de la modelación para los años 2005 y 2010 muestran que en !a hora pico de la mañana, el ruido del escenario actual sin proyecto es netamente mayor al de los demás escenarios en el sector norte de la avenida (hasta la calle 13 en la calzada norte - sur y hasta la 26 en la calzada sur - norte), mientras que en el sector sur es igual o superior a los demás escenarios. En la hora de la tarde, que podría considerarse como representativa de una hora no pico, se refuerza la conclusión descrita arriba. Los 4 escenarios prácticamente no se diferencian entre las calles 92 y 19 en la calzada norte - sur y entre las calles 63 y 6 en la calzada sur- norte. No obstante. se observa una reducción de los niveles sonoros con el proyecto entre las calles 19 y 13 en la calzada norte - sur y entre las calles 92 y 63 en la calzada sur - norte, mientras que al sur de la calle 6 en arabas calzadas todos los escenarios muestran un incremento de los niveles de ruido con respecto a la situación sin proyecto. Las razones de estas diferencias tienen relación con el volumen y composición del tráfico en los distintos tramos de la vía y al tipo de pavimento utilizado, pues mientras para la situación actual sin proyecto se simuló con pavimento asfáltico, en los demás escenarios se simuló con Whitetopping.

Troncal Avenida Suba33 Los estudios se efectuaron entre la Avenida Ciudad de Cali y la Avenida Medellín en Bogotá D.C. Adelantándose actividades de campo en el periodo comprendido entre el 20 y el 23 de junio sobre el corredor vial y del 4 al 7 de julio de 2002, en los puntos de la estación cabecera. Se localizaron 9 puntos de monitoreo distribuidos en el corredor vial y 5 puntos en la estación cabecera, incluyendo uno en la zona correspondiente a una ruta alimentadora presupuestada. La ubicación de los puntos seleccionados es : Calle 80, Calle 95, Calle 100, Calle 111, Calle116, Calle 127, Av Boyaca, A. Virgen, C Suba, CAI Aures, Cabecera, ETB suba, Hospital, Villa Rosario, C. Medico. Los resultados de las mediciones se presentan en las Tabla 12 y Tabla 13, expresados como valores Leq medio.

Tabla 12. Resumen de niveles sonoros medidos en el corredor vial de la troncal Avenida Suba

entre el 20 y el 23 de Junio de 2002. Fecha Lugar

CLLE 80

CLLE 95

CLLE 100

CLLE 111

CLLE 116

CLLE 127

Av. Boy

AVirgen C. Suba

33 Estudios y Diseños de la Troncal Avenida Suba desde Avenida Ciudad de Cali a Avenida Medellín en Bogotá D.C. VOLUMEN 9, Contrato 198 IDU.

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Fecha Lugar CLLE

80 CLLE

95 CLLE 100

CLLE 111

CLLE 116

CLLE 127

Av. Boy

AVirgen C. Suba

20/06/02 70.3 70.5 72.3 78.0 77.3 77.2 74.8 77.5 75.6 21/06/02 70.4 72.3 73.0 76.1 77.6 76.9 75.7 77.9 73.9 22/06/02 70.1 70.4 72.2 73.6 75.8 76.0 76.4 78.2 75.4 23/06/02 66.8 67.9 70.9 71.1 70.7 73.4 75.0 75.9 72.2 Fuente: IDU. Estudios y Diseños de la Troncal Avenida Suba desde Avenida Ciudad de Cali a Avenida Medellín en Bogotá D.C., contrato198/2002 Tabla 13. Resumen de niveles sonoros medidos en el corredor vial de la troncal Avenida Suba

entre el 4 y el 7 de Julio de 2002. Fecha Lugar

ETB Suba Hospital Rosario C. Medico CAI Aures 04/07/02 68.4 64.6 61.4 70.7 64.7 05/07/02 65.6 64.6 61.8 69.8 65.4 06/07/02 71.1 69.4 69.4 74.8 71.3 07/07/02 69.0 68.1 64.6 70.3 66.8 Fuente: IDU. Estudios y Diseños de la Troncal Avenida Suba desde Avenida Ciudad de Cali a Avenida Medellín en Bogotá D.C., contrato198/2002 El tráfico automotor de la avenida Suba es bastante alto y permanente, incrementándose en las horas pico de los días hábiles incluido el sábado. Los días domingos el volumen de tráfico disminuye siendo desde luego más fluido pero continuo. Estas situaciones y condiciones de la avenida hacen que los niveles de ruido sean muy variables influyendo de manera directa el número, la velocidad y flujo de vehículos, la hora de la medición y la cercanía de otras avenidas. En general, los promedios encontrados en las estaciones características del corredor vial son bastante altos, siendo el nivel sonoro equivalente superior a la norma de zona comercial descrita en el artículo 17 de la Resolución 08321/83. Las congestiones ya sea por semáforos o interrupciones (trancones) que se presentan en los puntos neurálgicos de la vía son característicos de cada punto de muestreo por lo cual existen variaciones a lo largo del corredor. Un análisis exhaustivo de los resultados obtenidos se encuentra en el respectivo documento del IDU, Estudio de impacto ambiental, del contrato 198 de 2002.

Avenida José Celestino Mutis 34 34 Estudio, Diseño y construcción de la Avenida José Celestino Mutis, de la Avenida Ciudad de Cali a la Carrera 119, en Bogotá D.C. Informe final No. IF – IDU 1552000-01-3, Noviembre de 2000.

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En la etapa de construcción el ruido generado se debe básicamente a la maquinaria que funciona durante el desarrollo de las dos fases del proyecto y al ruido global en el área, el cual corresponde a la suma de las contribuciones de ruido del tráfico aéreo, más el producido por la industria y los demás sectores que allí se encuentran asentados. Los niveles de ruido típicos de la maquinaria empleada en el primer tramo del proyecto, el cual comprende 40 m de vía desde la Avenida ciudad de Cali hasta la avenida ALO, se encuentran relacionados e la Tabla 14. Tabla 14. Niveles de ruido típicos de maquinaria

Maquinaria a utilizar Nivel de ruido a 1 m de la fuente, dB Volqueta 85 Retroexcavadora 75 Aplanadora 75 Compactadores 70 Motoniveladoras 85 Retroexcavadoras orugas 75 Retroexcavadora llantas 80 Fuente: IDU. Informe final No. IF – IDU 1552000-01-3, Noviembre de 2000 En el estudio se estima que el nivel de ruido global que se escucha a una distancia de 20-30 m del área del proyecto y debido a la maquinaria será de 73.4 dB(A). Al tener en cuenta las demás contribuciones de ruido y realizar una combinación de niveles con los ya existentes el resultado final para este sector será de 75.4 dB(A). Se utilizó un nivel de 71 dB(A) para el ruido generado por aviones e industria, dato que tomaron de la línea base ambiental por monitoreo realizado en el sector en junio de 2000. El ruido combinado final, durante las actividades de construcción en el sector de Alamos Norte excede las normas permisibles para el sector en un 0.5% y se incrementa en 4.4dB(A) respecto del valor de ruido continuo equivalente promedio ponderado existente. En el sector, que comprende desde la Avenida ALO hasta la carrera 119, se tiene una situación particular puesto que el área del proyecto es paralela a la vía que se encuentra aproximadamente a 250 m de la pista y en la línea base los niveles de ruido actual medidos como Ldn fueron del orden de 75 – 80 dB(A). De acuerdo con lo anterior, el nivel final de ruido estará entre 76.6 y 80.85 dB(A).

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Para estimar los impactos causados por ruido se utiliza el modelo desarrollado por la Federal Highway Administration. Finalmente, en la Tabla 15 se presentan los niveles de ruido a 30 y 60 m de la vía para 3 tipos de vehículos y el valor global, respectivamente, para 4 sectores del respectivo tramo de vía. Tabla 15. Niveles sonoros a 30 m y 60 m de la vía, durante operación

Niveles sonoros a 30 m de la vía Sector Automóviles Buses Camiones Global

1 57.27 49.40 65.4 66.05 2 56.22 64.76 65.3 66.30 3 55.45 67.13 65.5 68.30 4 55.45 67.12 65.5 69.23

Niveles sonoros a 60 m de la vía Sector Automóviles Buses Camiones Global

1 54.25 58.90 62.40 63.30 2 53.00 57.90 60.15 62.50 3 53.46 51.73 62.24 65.50 4 52.35 64.03 62.38 64.50

Fuente: IDU. Informe final No. IF – IDU 1552000-01-3, Noviembre de 2000

Buenaventura35 Según un estudio realizado por el Instituto de Rehabilitación del Niño Sordo (INREIS) y el Club de Leones de Buenaventura (Colombia), el exceso de ruido, asociado a la congestión vehicular y el movimiento de carga, se convirtió en la principal causa de discapacidad entre los habitantes de Buenaventura, en donde las personas con problemas auditivos y sordera podrían superar las 50 mil. Adicionalmente, otros 20 mil individuos estarían a punto de presentar similares problemas auditivos debido a que las autoridades locales no venían aplicando el Decreto 043 del 5 de julio de 2000 o Código Antirruido que estipula que los máximos niveles permitidos no deben exceder los 70 decibeles. En este mismo estudio, se conoció que de los 2 mil antiguos trabajadores de la liquidada Empresa Colombiana de Puertos (COLPUERTOS), el 60 por ciento presenta importante pérdida auditiva y que según el informe y denuncias de la comunidad, en algunos lugares del puerto los niveles de ruido superan los 100 decibeles.

35 http://salud.terra.com.mx/canales/salud/salud.html

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Ibagué

La Corporación Autónoma Regional del Tolima36 (Cortolima) por medio de la Resolución 0571 de 2004, adoptó el formato denominado "Certificado de Insonorización" como instrumento de control y manejo ambiental a los establecimientos de comercio que tengan actividades industriales, discotecas, tabernas, grilles, etc., que estén ubicados en lugares que colinden con zonas residenciales en la ciudad de Ibagué. A través de este certificado, el cual tiene una vigencia de un año a partir de la fecha de su expedición, se espera que dichos establecimientos cumplan con los límites de presión sonora establecidos en la Resolución 8321 de 1983 expedida por el Ministerio de Salud, dicho certificado tiene un costo de 2.5 salarios mínimos diarios legales vigentes.

Manizales Aunque no se poseen datos, ni resultados sobre actividades de medición de ruido, se sabe que la Corporación Autónoma Regional de Caldas, por intermedio de su laboratorio de análisis ambiental presta los servicios de medición por muestras continuas de ruido ambiental de 15 minutos37.

Medellín

Centro de la ciudad

La Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, sede de Medellín, apoyada por las universidades que integran el convenio REDAIRE y la Secretaría del Medio Ambiente de Medellín, durante los meses de Julio y Agosto de 2004 desarrolló un estudio para determinar los niveles de ruido en el Centro de Medellín. Este estudio contó con un diseño experimental y un manejo geoestadistico de datos y resultados. Para el desarrollo del estudio se eligió un área en el centro de Medellín con una extensión de aproximadamente 4 Km2. El área se dividió en 10 zonas, cada una de las cuales a su vez se subdividió en 16 cuadriculas de muestreo con 154 m de lado. De acuerdo con el diseño experimental se seleccionaron 4 horarios de muestreo (5 a 9 horas, 11 a 15 horas, 17 a 21 horas y 23 a 03 horas) y 4 grupos de trabajo para efectuar toma de datos simultáneamente en diferentes cuadriculas. El volumen de datos recopilados por cuadricula permite la caracterización de las zonas en diferentes horarios y así mismo concluí que el Centro de Medellín en su totalidad no cumple con las normas de contaminación por ruido establecidas en la Resolución 8321 de 1983. La zona más afectada por

36 http://www.maciasabogados.com/boletin/boletin.asp 37 http://www.corpocaldas.gov.co/secciones/corpocaldas.php

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ruido es la 3, localizada entre las calles 43 y 49 y las carreras 40 y 49, presentando unos niveles de ruido de 71.6 dB(A). En cambio la zona más silenciosa fue la de Carlos E. Restrepo, zona 1 con un promedio de 66.8 dB(A). El periodo que se encontró como más ruidoso fue el comprendido entre las 11 y las 15 horas con un promedio de 72.7 dB(A)38. De otra parte en el estudio del 2002 desarrollado por Publio Informadores, se realizó un barrido exhaustivo del centro de la ciudad creando una malla de 160 cuadrículas y se midieron los niveles de ruido para cuatro franjas horarias definidas así: 7:00–9:00 a.m., 9:30–11:30 a.m., 12:00 m. – 2:00 p.m. y 5:00-7:00 p.m.; franjas que buscaban incluir las horas picos de tráfico vehicular. Se concluyó que el área presentaba ruido generalizado y con altos niveles, así mismo se identificaron puntos críticos. En este estudio del 2002, la franja horaria con niveles de ruido promedio más altos es la de 5:00-7:00 p.m.; en cambio los niveles más bajos se registraron en las franjas de 9:30 -11:30 a.m. y 12:00 - 2:00 p.m. La zona más ruidosa es la correspondiente a las avenidas Oriental, El palo, la calle San Juan; y la menos contaminada por ruido es el Barrio Carlos E. Restrepo. El estudio de 2004 concluye que en el centro de Medellín se encuentra una fuerte mezcla de actividades comerciales, institucionales, industriales y hasta residenciales que hacen muy difícil la aplicación de las normas existentes dada la confusión en la identificación del uso del suelo. De acuerdo con la Resolución 8321/83, en forma generalizada, para la zona comercial en los periodos diurno y nocturno, los resultados muestran que posniveles de ruido se exceden. Se identifican sectores Críticos como Plaza minorista, El Palo con el Huevo, la Avenida del Ferrocarril y San Juan con Carabobo. Se destaca en la noche los altos niveles de ruido de la Avenida Primero de Mayo con Junín, generados por la intensa actividad nocturna. Un análisis comparativo de los estudios del 2002 y del 2004 demuestra que el plan cuadrante de reorganización de las rutas de buses en el centro de Medellín efectivamente lleva consigo el incremento de los niveles de ruido hacia la periferia con el desplazamiento de los flujos vehiculares. Así mismo, en una presentación efectuada en Power Point se incluyen algunas Recomendaciones generadas en los dos estudios mencionados, dentro de las que se destacan: � La municipalidad debe incrementar notoriamente los estudios y la monitoria del ruido en el centro

de Medellín. De esta manera se entiende mejor los impactos ambientales que ciertas medidas de corrección en el flujo vehicular tiene sobre la calidad ambiental del centro de la ciudad.

� Realizar un monitoreo permanente de ruido en el centro de la ciudad para mantener controlados sus niveles. Esto se podría hacer en asociación con instituciones educativas del municipio.

38 Redaire. Boletín Informativo 17. Medellín, Julio de 2005

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� El Municipio de Medellín debe generar difusión y divulgación sobre los problemas de contaminación existentes en la ciudad, sus métodos de atenuación y las normas que regulan los factores contaminantes, de forma que la población se sienta involucrada no solo en el problema sino además en las soluciones y se concientice de la necesidad del cambio en pensamiento y actitud.

� Revisar las fuentes generadoras de ruido para su control en aspectos como funcionamiento, responsabilidad de mantenimiento y conservación de estándares de regulación con respecto al ruido.

� Establecer sanciones para los infractores de las normas. Por ejemplo para motos sin silenciadores, automóviles con doble mofle o que incumplen los límites permisibles.

� Evaluar medidas de transporte como la integración de las rutas con el Metro, pico y placa, la generalización del Sistema Integrado de Transporte y la regulación en la entrega de licencias de movilización para taxis.

� Promover el uso de mejores motores y combustibles (gas, gasolina y alcohol, motores híbridos, transporte eléctrico).

La ciudad requiere un plan de gestión ambiental que considere programas para el control de ruidos; este debe ser un propósito tanto de las autoridades ambientales como de la administración municipal.

Sistema metro de transporte masivo

En 1986 se elabora un estudio39 sobre el impacto ambiental que las instalaciones del sistema de transporte masivo Metro podría causar al entrar en operación. En este estudio se evaluó la calidad acústica del ambiente urbano realizando mediciones en sitios próximos a los corredores por donde pasaría el Metro, con base en modelos matemáticos se simuló el ruido que generarían los trenes y estos últimos resultados se compararon con los obtenidos en las mediciones. De esta manera se estimó el efecto que el Metro causaría sobre el ambiente en lo que respecta a ruido. Así mismo efectuaron simulaciones de cálculo considerando el ruido existente, incrementándolo al duplicar el tráfico automotor y reduciéndolo al descargarlo en ciertos sitios, así se pretendía conocer el comportamiento del sistema frente a factibles variaciones. Para la evaluación del impacto ambiental se utilizó la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud y criterios internacionales para operación de trenes. Los resultados arrojados por este estudio, para varios sitios próximos a los considerados en el respectivo trabajo se presentan en la Tabla 16.

39 Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998.

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Tabla 16. Niveles de Ruido encontrados en el estudio de 1986 para el Metro de Medellín

Sitio Descripción Nivel de ruido equivalente del tren dB(A)

Nivel de ruido máximo dB(A)

N1 Ciudadela del Norte 57.1 69.0 N3 Urbanización Tricentenario 63.1 69.5 N4 Universidad de Antioquia 56.9 63.3 N5 Hospital San Vicente de Paul 55.6 69.5 S3 Glorieta Aguacatala 72.9 63.5 O1 Urbanización Macarena 70.8 75.0 O4 Barrio Santa Lucía (calle 47 A –

carrera 92 A) 55.7 75.5

Fuente: Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998. Como resultados del estudio se encontró que el nivel de ruido de la ciudad de Medellín era elevado y en muchos sitios superaba los niveles recomendados por las reglamentaciones, teniendo una marcada influencia del tráfico automotor. La influencia estimada por el ruido emitido por el Metro era menos significativa que la existente debida al tráfico automotor y además se esperaba que el Metro no superara en general los límites máximos permisibles. En 1995 se realizó un segundo estudio40 de ruido para el Metro de Medellín el cual tuvo como objetivo evaluar la calidad acústica de la ciudad en sitios próximos a los corredores del Metro, con el fin de obtener un punto de comparación para cuando el sistema entrara en operación, adicionalmente se pretendía categorizar la calidad del ruido urbano existente, al comparar los valores encontrados con los límites permisibles de la legislación Colombiana, Resolución 08321/83. Se efectuaron mediciones en diferentes sitios a lo largo del eje del Metro y en períodos diurno y nocturno. Los resultados obtenidos se presentan en la Tabla 17. Tabla 17. Niveles de ruido urbano encontrados en 1995 para el Metro de Medellín Sitio Descripción Punto Nivel de ruido

equivalente diurno urbano dB(A)

Nivel de ruido equivalente nocturno

urbano dB(A) N1 Ciudadela del Norte

1 64.5 60.7 2 67.4 56.7 3 66.8 67.7

N2 Urbanización 1 67.6 64.7

40 Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998.

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Sitio Descripción Punto Nivel de ruido equivalente diurno

urbano dB(A)

Nivel de ruido equivalente nocturno

urbano dB(A) Tricentenario

2 64.3 63.4 3 65.5 63.3

N4 Universidad de Antioquia 1 63.0 55.0 2 60.1 54.3 3 66.6 56.6 4 65.8 55.7

N5 Hospital San Vicente de Paul

1 66.9 61.3 2 67.9 60.7 3 65.8 62.1

N8 Hotel Nutibara 1 70.5 66.6 2 70.0 66.8 3 69.1 66.1

N10 Urbanización Vegas del Poblado

1 63.7 60.1 2 63.6 58.8 3 65.2 57.1

N12 Urbanización Bosques de la Aguacatal

1 59.7 57.5 2 63.5 59.3 3 55.6 54.5 4 67.7 64.9

O1 Urbanización Macarena 1 62.5 58.4 2 67.4 53.9 3 63.0 61.1

O4 Barrio Santa Lucía (calle 47 A – carrera 92 A)

1 63.2 54.2 2 64.8 52.2 3 65.3 61.6

Fuente: Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998. De acuerdo con los resultados obtenidos se concluyo que los niveles de ruido de la ciudad en los sitios monitoreados, alrededor de las líneas del Metro son elevados, siendo más crítica la situación en los períodos nocturnos. En el período diurno el 53% de los puntos excede los niveles permisibles y el 90% en el período nocturno, encontrándose que el principal responsable de la situación es el tráfico automotor y en mínima proporción el aéreo y el generado por las industrias.

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En 1996, estando el sistema Metro en operación se efectúo un tercer estudio41 cuyo objetivo era el de conocer la influencia real del ruido generado por el Metro de Medellín sobre el ambiente urbano y determinar los sitios donde la influencia del metro prevaleciera. Para determinar los diferentes sitios de medición se desarrolló un proceso en el cual se tuvo una primera fase de planeación para la selección de las zonas de interés con base en el estatuto vigente sobre usos del suelo de Planeación Metropolitana. Luego se practicó un reconocimiento de campo en cada sitio para conocer las condiciones físicas, geográficas y urbanísticas, para constatar la idoneidad de cada sitio en relación con el propósito de cada medición. Se establecieron algunos criterios de selección de los sitios de medición, como son el de considerar únicamente zonas residenciales e institucionales (zonas hospitalarias y de recreación); sitios en el trayecto intermedio entre estaciones donde los trenes se desplazan a más velocidad y generan más ruido; sitios próximos al sistema, en la franja de 100 metros desde el eje de la vía; sitios que presentan condiciones adecuadas para las mediciones, en exterior donde se tiene incidencia directa del ruido proveniente de los trenes; sitios y horas que garanticen la integridad física del personal y la conservación de los equipos. Se omiten las mediciones después de las 11 p.m., hora en que termina el servicio del Metro. Adicional al monitoreo de ruido promedio, se realizaron mediciones de ruido máximo registrados al paso de los trenes en varios puntos de la línea, donde su influencia era más notoria. Estos valores máximos fueron comparados con los valores establecidos por la APTA (American Public Transit Association). Para efectos comparativos entre los resultados de 1995 y de 1996, se consideró que para que se diera algún impacto sobre el ruido urbano del Metro, las diferencias de los niveles de ruido equivalente medidos, debían superar ampliamente los 3 dB durante el período diurno y los 4 dB en el período nocturno, dado que en los sitios muestreados las fuentes emisoras de ruido, el tráfico automotor, las personas y actividades diversas originan niveles de ruido poco uniformes, con variaciones en su naturaleza e intensidad de tipo fortuito y con fluctuaciones apreciables. En la Tabla 18 se presentan resultados arrojados por este estudio para varios sitios que coinciden con algunos de los analizados.

41 Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998.

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De las mediciones obtenidas se concluyo que el impacto por ruido debido a la operación del Metro, en la globalidad del sistema fue bajo y sólo en algunos sitios se pudo percibir en mayor medida el efecto del ruido del Metro. Tabla 18. Niveles de ruido encontrados en el estudio de 1996 para el Metro de Medellín. Sitio Descripción Nivel de ruido equivalente

diurno dB(A) Nivel de ruido equivalente

nocturno dB(A) N1 Ciudadela del Norte 63 57 N3 Urbanización Tricentenario 66 62 N4 Universidad de Antioquia 61 56 N5 Hospital San Vicente de Paul 67 62 N8 Hotel Nutibara 70 69 O1 Urbanización Macarena 63 61 O4 Barrio Santa Lucía (calle 47 A

– carrera 92 A) 61 58

Fuente: Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998. También se concluyó que prácticamente en el 90% de los sitios considerados, el ruido ambiental supera los permisibles, sin que tenga una influencia significativa la operación del Metro, siendo el responsable de esta situación el tráfico automotor. En el sector de Santa Lucía, se observó una influencia notable del ruido generado por el Metro sobre el ambiente urbano, con mayor severidad en el período nocturno. Después de este primer estudio de comprobación de los niveles de ruido generados por la operación del metro de Medellín, en los años 1997, 1998, 2000, 2001, 2003, 2004, 2005 y, actualmente en desarrollo, en 2006, se han efectuado estudios de monitoreo de los niveles de ruido con el fin de implementar un seguimiento continuo del ruido generado por el sistema, con relación a la comunidad y a sus corredores aledaños, basados en la norma reglamentada por el ministerio de salud, la cual define los parámetros y los niveles según las zonas del suelo (Resolución 8321/83). En 1997, se realizó un cuarto estudio42, en donde se verifica el nivel de ruido en algunos de los puntos de los estudios anteriores, se contrasta el nivel de ruido originado por el metro con el tráfico automotor y se toman los valores de referencia para posteriores estudios de campo acústico, desgaste de equipos y salud ocupacional.

42 Programa de evaluación y seguimiento del efecto de la operación del Metro en el ruido ambiente. Metro Calidad de Vida, Medellín, Abril de 1998.

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Durante 1998, el Metro de Medellín efectuó monitoreo de ruido43 con el objeto de definir un programa de seguimiento y control del impacto ambiental por ruido que genera la operación del metro, partiendo de la determinación, con base en el último estudio realizado ( Indisa –1997), de los valores de referencia del nivel de ruido originado por la operación del Metro, del establecimiento de los sitios o procesos que presentan los mayores niveles de ruido del sistema, de la definición de un programa de monitoreos puntuales, y su periodicidad para tener un flujo de información actualizada de los niveles de ruido, del establecimiento de una serie de acciones correctivas que deban aplicarse para mantener los niveles de ruido dentro de los valores permitidos, tomando como referencia la meta Ambiental definida para 1999 ( niveles cercanos a 62 dB), de tal manera que este programa sirva de referencia para las acciones ambientales que se requieran para mitigar el impacto de ruido originado por la operación del sistema Metro de Medellín. Como conclusiones de este estudio se encuentran: � El Metro de Medellín presenta excelentes atributos técnicos, en lo que se refiere al diseño y

construcción de los trenes, estaciones y viaducto. � En general se aprecia mayor influencia del tráfico automotor sobre el ruido urbano que el

aportado por el Metro. � Sólo en sitios muy próximos a la vía del Metro se presentan situaciones desfavorables para

vecindarios de categoría residencial. � La resolución 8321 que normaliza sobre los niveles permisibles, muestra una inconsistencia

fuerte respecto a lo tolerable diurno y nocturno en zonas residenciales; siendo aparentemente tolerable para el día y excesivamente exigentes para la noche.

� Sólo en dos de los sitios evaluados, es clara la importancia del ruido generado por el Metro y deben ser considerados con detenimiento

- La clínica León XIII, posiblemente debida a la influencia de la curva en la vía. - El sector entre las estaciones Santa Lucia – San Javier, por existir viviendas muy próximas a la vía y en sitios donde el tren transita al nivel terrestre.

� En términos generales, después del perfilado de los rieles, se aprecia una disminución de la presión sonora en aproximadamente cuatro decibeles.

� Los registros tomados en condiciones ambientales sobrepasan la norma 8321 del Ministerio de salud; presentándose mayor influencia entre las estaciones de Universidad y Hospital.

� En algunas mediciones al paso del tren, se incremento la presión sonora después del perfilado de los rieles, esto se puede deber a un desgaste ondulatorio muy avanzado en las ruedas de los trenes.

Así mismo, el estudio recomienda:

43 Principales resultados obtenidos a partir de los monitoreos de niveles de presión sonora. Metro de Medellín. Anexo magnético.

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� Realizar una prueba de disminución de velocidad en el trayecto de la calle 47ª con las carreras. 90 y 92 para verificar el aporte de disminución de ruido a la zona, ya que es la zona más cerca al trazado de la vía.

� Establecer un programa de monitoreo para verificar la evolución de la presión sonora originada por el metro antes y después del esmerilado de los rieles; como al interior de la Empresa en las labores cotidianas de operación y mantenimiento.

� Realizar un mayor mantenimiento a las ruedas de los trenes y partes móviles como rodamientos, caja de engranajes etc. ya que son los equipos más predominante en la generación de ruido.

� Establecer un estudio en el funcionamiento de los lubricadores de pestaña, para que contribuya a una mejor eficiencia y eficacia en la reducción de la fricción y por ende en una disminución en la presión sonora transmitida al entorno donde transita. Además, prolongaría la vida útil de las ruedas de los trenes.

Continuando con el programa de monitoreo para el seguimiento continuo del ruido generado por el sistema, con relación a la comunidad y a sus corredores aledaños, en el año 2000 se efectuó un nuevo estudio44, en el cual se dieron las siguientes conclusiones generales: � En la “línea A” del recorrido del Metro, en el punto más cercano al viaducto (15 m) se registró

una disminución de 8.7 dB en condiciones ambientales más el paso del tren, o sea, antes del perfilado de la vía.

� En la clínica León XIII se notó una pequeña disminución 0.5 dB, con las mismas condiciones que el registro del periodo anterior.

� En la terraza, cerca al viaducto y en la clínica León XIII, se aprecia una disminución promedio de 4.5 dB al paso del tren en vía ascendente después del perfilado de los rieles. Lo mismo que en vía descendente se aprecia una disminución promedio de 1.5dB.

� En el sitio de medición entre las estaciones de Santa Lucia – San Javier, se presento un decremento de 8.3 dB con referencia a la primera medición, esto debido al transito vehicular y la zona de entrenamiento de perros.

� En vía ascendente con el mismo sentido de dirección de los trenes se presento una disminución promedio de 5.4 dB. y en sentido descendente una incremento promedio de 4 dB. Esto es ocasionado por unidades que en su momento presentaban desgaste ondulatorio y planitudes en sus ruedas de mayor amplitud, que en unidades registradas en la primera medición ocasionando una mayor presión sonora.

� También se concluye que las mediciones tomadas en condiciones ambientales sobrepasan la Resolución 8321/83.

A su vez, este nuevo estudio incluye como recomendaciones los siguientes aspectos:

44 Principales resultados obtenidos a partir de los monitoreos de niveles de presión sonora. Metro de Medellín. Anexo magnético.

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� El metro no genera un impacto negativo en los puntos registrados a la vecindad, ya que el mayor impacto acústico es generado por el tráfico automotor.

� El mantenimiento de las ruedas y los rieles es de gran importancia para controlar en un alto porcentaje la generación de ruido, producido por la fricción entre los componentes.

� Continuar realizando seguimientos periódicos los cuales llevaran a determinar la evolución de la presión sonora en ciertas zonas, contemplando los siguientes parámetros:

� Realizar registros de muestreos antes y después del perfilado de los rieles. � Contemplar dentro de lo posible las mismas unidades de medición lo cual permitirá

establecer los mismos parámetros de medición antes y después del esmerilado. � En ciertos sectores, donde la influencia del sistema predomine, realizar reducciones de

velocidad para establecer el decremento del nivel de ruido. � En la revisión trimestral realizada en los trenes por el departamento de material rodante,

se les debe recomendar chequeos periódicos de vibraciones y nivel de ruido al sistema de propulsión (engranajes - rodamientos y motores), los cuales contribuyen a un eficiente funcionamiento del sistema y por lo tanto a una disminución del ruido generado en sus componentes.

Luego en el año 2001 se efectúan algunas mediciones de comprobación en la Estación de la Universidad de Antioquia y de las cuales solo se tienen los resultados numéricos. Posteriormente, en el año 2003 nuevamente se desarrolla un estudio45 amplio y en cuyo informe se incluyen algunos aspectos que generan incertidumbre en las mediciones efectuadas, los cuales se enuncian a continuación puesto que se consideran de alta importancia en los desarrollos de las mediciones. Las siguientes condiciones observadas durante el desarrollo del monitoreo generan incertidumbre en los datos obtenidos, principalmente porque los eventos que tuvieron lugar coinciden en buena parte con el objeto de observación (tren que sube o que baja o encuentro en el sitio de medición) y se manifiestan puntual y temporalmente con altos valores de ruido medidos en picos o máximos: La coincidencia del monitoreo con las jornadas navideñas, que como es obvio, implican a pesar de las prohibiciones oficiales, el uso de pólvora y la frecuente utilización de aparatos de sonido con altos volúmenes. La novedad y curiosidad que para algunos de los pobladores vecinos presentan los equipos de medición, generando en las vecindades, pequeñas aglomeraciones que con su conversación y murmullos inciden en las mediciones que se realizan.

45 Principales resultados obtenidos a partir de los monitoreos de niveles de presión sonora. Metro de Medellín. Anexo magnético.

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Los valores obtenidos en el monitoreo son válidos sólo para los sitios de medición y el análisis o interpretaciones que con ellos se hagan, sólo sirven para las áreas de influencia inmediata. Las mediciones realizadas en terrazas, son afectadas por el viento que en estos espacios elevados y abiertos se presenta normalmente en las noches. Así mismo el estudio al presentar el análisis de resultados hace algunas interpretaciones y observaciones, así: � Se observa que los niveles de ruido en términos del LEQ no varían de manera importante ni

significativa sea que el tren avance en la ruta de ascenso o de descenso y puede afirmarse que el ruido emitido para las estaciones es prácticamente constante en cualquiera de las dos direcciones, las variaciones de ruido en las operaciones de ascenso y descenso obedecen a curvas en el trazado, a operaciones de frenado y aceleración en la salida y aproximación a las estaciones.

� Al paso del metro se cumple la norma diurna (65 dB) en todos los puntos. En cambio en el período nocturno no se cumple la norma (45 dB) y ésta se supera en una rango que varia entre 3.5 dB y 15.6 dB.

� En términos generales para la operación comercial en días laborales, durante el día (7:01-21:00 horas), el ruido generado por el paso de los trenes es inferior al ruido total incluyendo el de fondo que se percibe en todos lo puntos de medición. En la noche (21:01-7:00 horas), el ruido generado por la operación comercial del Metro es mayor al ruido de fondo.

� En algunos puntos de medición, los niveles de ruido ambiental en la operación comercial para los días no laborales mantienen la condición comentada anteriormente, pero en estos casos el ruido ambiental total presenta intensidades menores en el día del orden del 15% y mayores durante la noche del orden del 18%.

� En otros puntos, para la operación comercial en días no laborales, el ruido ambiental total presenta una reducción del orden del 10% tanto para la jornada diurna como nocturna.

� El ruido de fondo proviene de fuentes como: vehículos, aviones, vendedores ambulantes, el viento y en la noche adicionalmente el uso de pólvora y de aparatos de sonido (equipos de sonido) en las inmediaciones de los sitios de medición.

� En términos generales para la totalidad de los puntos de medición, en el paso simultáneo de trenes se observa una ligera reducción del nivel de ruido medido como LEQ.

� Las operaciones de mantenimiento en general son muy ruidosas superando ampliamente los límites legales establecidos.

� Las operaciones de bateo, cuando la máquina está en plena operación, generan intensidades de ruido (en términos de LEQ) superiores a 80 dB. El motor del equipo es el elemento que, aislado, mayor intensidad de ruido genera, superando los 55 dB. En la operación de bateo en todo momento se supera la norma ambiental de ruido, 45 dB, para jornadas nocturnas

� En la operación de reacomodo del balasto, la combinación de la operación de paleo, con el ruido del generador y del vehículo de transporte operando de manera simultánea genera intensidades de ruido aproximadas a 80 dB. Suspender la operación de paleo implica una caída a 66 dB aproximadamente, como se pudo notar en la pausa activa. La aceleración del vehículo de transporte de personal incrementa aproximadamente el ruido en 10 dB

El estudio de 2003, en general, produjo las siguientes recomendaciones:

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� Estudiar la posibilidad de utilizar sistemas especiales de silenciamiento o de aislamiento de los motores de la máquina de bateo, del vehículo de transporte y del generador tales como barreras antirruido móviles, silenciadores de motor de alta capacidad, entre otros.

� Establecer procedimientos a los operadores para que durante la noche, en mantenimiento, no aceleren innecesariamente los motores de los equipos.

� Mejorar los canales de comunicación con la comunidad para mantenerlos informados con suficiente anticipación de la realización de las operaciones de mantenimiento, para que los vecinos no reaccionen violentamente contra los operadores.

� Las mediciones de ruido durante las operaciones de mantenimiento deben realizarse con mayor frecuencia, para los sitios donde la influencia de éstas con los pobladores sea más evidente.

� El desarrollo de las mediciones en el mes de diciembre presenta unas condiciones muy desfavorables en la medición de ruido ambiental, debido a la alta simultaneidad de fuentes sonoras, lo que interfiere directamente con las mediciones de los aportes directos de los trenes. Sería muy conveniente que estas mediciones se hicieran en meses diferentes.

� Para la intensidad del monitoreo se sugiere en futuras mediciones ampliar el tiempo para permitir un mayor análisis de la información obtenida en campo.

Durante el año 2004 se efectuaron mediciones en diferentes sitios a lo largo de las líneas del Metro, se reportan los resultados numéricos, pero no hay un informe ni análisis de los mismos. En 2005 se efectúa un nuevo estudio de monitoreo de ruido, en esta oportunidad, para evaluar los niveles de presión sonora generados durante la operación del sistema Metrocable46. El monitoreo se llevó a cabo en las tres estaciones del sistema: Andalucía, Popular y Santo Domingo y adicionalmente en las inmediaciones de la Pilona 19. El análisis de los datos obtenidos arrojo los siguientes resultados: � Es notorio el impacto del transporte y de los vehículos en general que circulan por las vías. El

paso de buses y busetas en el intervalo de medición (15 minutos) determina prácticamente no solo los picos, sino el máximo y consecuentemente el valor del LEQ, como una medida integrada.

� En términos generales en la franja nocturna, no se cumple la norma de ruido, ni siquiera como se ha comentado con el sistema de Metrocable fuera de operación.

� Igualmente en el día, tampoco se cumple la norma diurna, superando en algunos momentos un LEQ de 80 dB(A) en la estación Andalucía, de 78 en la popular y de 75 en la estación Santo Domingo.

� Es evidente que los niveles de máximos y picos están determinados por fuentes distintas a la operación del sistema. Estos eventos están asociados al transporte automotor y al

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accionamiento de cornetas y pitos que en casos extremos han arrojado picos puntuales de hasta 127 decibles en la estación Andalucía y máximos absolutos de 106 decibeles en las estaciones.

� Aun con el sistema de transporte del Metrocable por fuera de servicio, la intensidad sonora en las vecindades de las estaciones superan el mínimo establecido en la norma para zona residencial, en la franja nocturna, que es de 45 dB(A). Es una zona que por sus características, demográficas, de infraestructura de espacio público, geográfico y morfológico es ruidosa.

� Aunque la operación del sistema se inicia a las 4 horas, las actividades en las estaciones empieza entre las 3:20 y las 4 horas con actividades, como calentamiento de motores, encendido de la planta, las cuales generan ruido cuya intensidad es notable ( aumento de 55 a 65 decibeles) respecto a las mediciones realizadas antes de empezar la operación. Esta condición es bastante critica en la estación Popular, básicamente porque es la que menores retiros presenta respecto a los muros de paramento de los costados norte y sur.

� En la Estación Andalucía, se encuentra que la tendencia de la intensidad de ruido es creciente en la dirección de ascenso del sistema, el ruido de fondo, medido cuando el sistema definitivamente queda por fuera de servicio operativo, en las primeras horas del día, varía como LEQ entre 50 dB(A) en el costado occidental y 62 dB(A) en el costado oriental de la estación; en general las frecuencias medidas en bandas de octava son bajas, correspondiendo en ellas los valores mas altos de LEQ de 85 decibeles a una frecuencia de 31,5 Hz. En general para las frecuencias altas el LEQ medio es de 71,6 dB.

� En la Estación Popular se encuentra que es la estación con mayor intensidad de ruido, con niveles de presión sonora de hasta 77 decibeles en la vía del costado oriental y de 65 decibeles en la vía del costado occidental, mientras la vía del costado norte presenta intensidades de que varían entre 75 y 65 decibeles; el ruido de fondo, medido cuando el sistema esta por fuera de servicio operativo, en las primeras horas del día, varía como LEQ entre 46 dB(A) en el costado occidental y 67,5 dB(A) en el costado oriental de la estación; así mismo las frecuencias medidas en bandas de octava son bajas, correspondiendo en ellas los valores mas altos de LEQ de 82 decibeles a una frecuencia de 63 Hz. En general para las frecuencias altas el LEQ medio es de 71,6 dB.

� En la Estación Santo Domingo se invierte el comportamiento anotado en las dos anteriores, siendo mayor el ruido en el costado occidental Es la que menores intensidades de ruido presenta, con intensidades como LEQ de 66 decibeles en la vía oriental y de 69 decibles en la occidental; El ruido de fondo, medido cuando el sistema esta por fuera de servicio operativo, en las primeras horas del día, varía como LEQ entre 48 dB(A) en el costado occidental y 67 dB(A) en el costado oriental de la estación; las frecuencias medidas en bandas de octava son bajas, correspondiendo en ellas los valores mas altos de LEQ de 80 decibeles a una frecuencia de 125 Hz. En general para las frecuencias altas el LEQ medio es de 71,6 dB.

� En la Estación La Pilona 19 la norma colombiana se cumple en el día, con una intensidad sonora media de 65 decibeles, pero en la noche la intensidad llega a ser superior a este valor. Aunque puntualmente en una de las mediciones se observó una intensidad de 45 decibles (aproximadamente a las 23:30), es notorio el hecho de que a entre las 19 y las 22 horas el ruido ambiental se incrementa considerablemente; el mayor problema que se presenta en el sistema se da por el fenómeno de vibraciones generadas por los elementos metálicos adheridos a las pilonas, como son escaleras, plataformas, etc. Lo que puede aumentar el ruido hasta en 10 decibeles en promedio, pasando de 55 a 65 decibeles.

Este estudio incluye como recomendaciones las siguientes:

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� Estudiar la posibilidad de utilizar sistemas especiales (barreras anti-ruido) de aislamiento en los cuartos de máquinas, o modificar las prácticas de arranque de los motores y de la planta.

� Estudiar mecanismos que permitan el aislamiento o determinar una mejor fijación de los elementos metálicos adheridos a las pilonas.

� Establecer las necesidades de uso de las sirenas en las estaciones Popular y Andalucía, principalmente en el periodo comprendido entre las 3:30 y las 6:30 que fue cuando de detectó el sonido.

Montería47

Funcionarios de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS), la Secretaria de Salud Municipal y la Secretaría para el Desarrollo de la Salud del Departamento de Córdoba, adelantan acciones interdisciplinarias para realizar control de ruido en el área urbana del municipio de Montería, mediante el desarrollo de monitoreos de los niveles de presión sonora en bares y establecimientos. El principal objetivo de estas mediciones es dar las herramientas necesarias para evitar la producción de ruido que pueda afectar la salud y el bienestar de las personas y emplear los sistemas necesarios para asegurar los niveles sonoros que no contaminen las áreas aledañas habitables. Adicionalmente, dentro de la Línea Base del Recurso Aire en el Departamento de Córdoba, se ha contemplado el control de ruido en el área urbana del municipio de Montería. La ejecución de estos proyectos surge de la necesidad de conocer el estado del recurso aire en el departamento de Córdoba, debido a que el incipiente desarrollo del sector industrial y las pocas fuentes puntuales identificadas, no son garantía para afirmar que no existe contaminación del aire. No se dispone de datos de niveles sonoros.

San Juan de Pasto La información obtenida sobre los niveles de ruido en San Juan de Pasto es muy limitada, sin embargo, se pudo establecer que Corponariño (Autoridad Ambiental de Nariño) efectuó en dicha ciudad la evaluación de niveles de ruido el día 8 de Agosto de 2003, entre las 8:30 a.m. y las 9:40 a.m., en los sectores comerciales situados en el centro de la ciudad, entre las calles 17 y 19 y entre las carreras 22 y 19 encontrándose que todos los resultados están por fuera de la norma para ese sector y en esos horarios. Los valores obtenidos oscilan entre 69 y 85 dB(A)48.

47 www.cvs.gov.co/noticias/febrero_3_05.htm 48 http://www.web.minambiente.gov.co/oau

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Palmira49 El Concejo de la ciudad de Palmira autorizó al municipio para que en la vigencia del 2004-2007 coordine acciones con la Autoridad Ambiental, Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, para disminuir los niveles de ruido, elaborando un convenio para desarrollar un estudio evaluativo de los niveles de ruido de tal manera que permita implementar sistemas de gestión que reduzcan el nivel de contaminación.

Pereira En el plan de acción por programas del municipio de Pereira, para el sector medio ambiente, la meta del sector en riesgos ambientales, en su programa para la atención y prevención de desastres, para el año 2002, como proyectos y acciones, se proponía, en el área de Prevención de accidentes y seguridad vial a la comunidad en general en la ciudad de Pereira, componente denominado "Los sonidos del silencio", a un costo de $15.000.000 de pesos, detectar los niveles más altos de ruido, en la ciudad de Pereira, producidos por el sector transporte (diagnóstico) y realizar campañas lúdicas para concientizar a los propagadores de ruido, del daño que causan así como reglamentar el volumen de radios y equipos. La actividad se desarrolló durante todo el año y en todo el Municipio, con la colaboración del Instituto Municipal de Tránsito y Transporte. Para alcanzar el objetivo, desarrollaron la campaña "Señor conductor PARE... La contaminación", en la cual un día a la semana elaboraron comparendos educativos, por contaminación ambiental, producto de la emisión de gases tóxicos producidos por el sector transportador y realizaron operativos diariamente para detectar daños mecánicos y contaminación por ruido. No fue posible obtener resultados escritos de los niveles de ruido medidos, ni del número de comparendos emitidos. Lo que si aparece es la secuencia de ejecución del programa durante todo el tiempo programado del año 2002 hasta ejecutarlo en su totalidad (100%).

Popayán La Corporación Autónoma Regional del Cauca, CRC, con el apoyo de la Secretaría de Tránsito adelantó el jueves 2 de junio de 2005, una campaña educativa para el control de ruido generado por vehículos de servicio público en la ciudad de Popayán. El evento se desarrolló en los puestos de control de las diferentes empresas de trasportadores locales que operan en la capital caucana. Durante el desarrollo de la actividad se informó a los conductores que el uso del claxon y bocinas está restringido conforme al Decreto 948 de 1995 y que la instalación de dispositivos o accesorios 49 Acuerdo No. 11 de 2004, concejo de Palmira,

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diseñados para producir ruido tales como válvulas, resonadores y pitos, adaptados a los sistemas de frenos de aire, están totalmente prohibidos. Las autoridades informaron que en los próximos días realizarán controles en la vía para verificar el cumplimiento de la norma en procura de evitar el ruido generado por automotores. Quienes no atiendan las normas establecidas serán sancionados incluso con la inmovilización de sus vehículos. Es de advertir que el uso de sirenas está autorizado en vehículos policiales, ambulancias o carros de bomberos, y no en carros particulares o de transporte de pasajeros.

Tunja50 Para el caso de la ciudad de Tunja aún cuando el sector industrial se ha mantenido en un grado de quietud, si las actividades comerciales y de transporte han incrementado su actividad. Para este efecto y dadas las limitaciones existentes en cuanto a fuentes de información tanto primaria como secundaria en lo que tiene que ver con la contaminación atmosférica por ruido se puede afirmar lo siguiente: Las fuentes de ruido más importantes en Tunja son las ocasionadas por los habitantes y sus actividades propias: los mercados, bares, industrias, entre otras. Así como también el tráfico vehicular, el ferrocarril, el aeropuerto y las actividades de construcción. Adicionalmente, a través de un estudio de tesis de 1998 fueron estudiadas especialmente las zonas comerciales y la incidencia del tráfico automotor como mayor generador de niveles de ruido, con el objetivo de producir un mapa de riesgos que permitiese la toma de medidas tendientes a la diseminación de los niveles existentes. Para tales fines se elaboró una zonificación determinándose para la ciudad de Tunja áreas especiales (Ver Tabla 19). Caso de especial interés para la ciudad de Tunja lo constituye la futura puesta en marcha del Aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla, para lo cual se realizaron monitoreos de los niveles actuales de ruido en 6 lugares aledaños al aeropuerto y que al parecer podrían tener mayores posibilidades de sensibilidad por asentamiento humanos (Cárcel Municipal y escuelas). Tabla 19. Zonificación por ruido para la ciudad de Tunja

Zona Nivel de Contaminación LNP dB(A) 1 82-3 2 81-9 3 76-0 4 88-1 5 80-5 6 77-6

50 Plan de gobierno del Alcalde Mayor de Tunja, Pablo Antonio Guio Tellez, para el periodo 2001-2003

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Zona Nivel de Contaminación LNP dB(A) 7 101-0 8 80-8

Fuente: Plan de gobierno del Alcalde Mayor de Tunja, Pablo Antonio Guio Tellez, para el periodo 2001-2003 De acuerdo a estos resultados (en simulación con Tunja) el sitio de medición (4) cumple la norma diurna de nivel de ruido de 65 dB(A) zona residencial, mientras que los puntos 5, 6, 7 están sobrepasando este valor en las condiciones actuales aún sin entrar en operación el aeropuerto. De igual forma los valores en las demás zonas consideradas como sensibles con una operación aérea diurna en ningún caso superan las normas ambientales vigentes para zonas residenciales la cual es de 65 dB(A). En lo que tiene que ver con niveles de ruido en zonas comerciales de Tunja observamos que en su mayoría están por encima de los niveles permisibles fijados por la Resolución 08321 del 83. La mayor causa de ruido la constituye el tráfico vehicular en especial en las vías donde se presentan trancones.

Valledupar En mayo del 2000 en Valledupar se inició una campaña interinstitucional en la que participaron la Secretaría de Salud Departamental en coordinación con la Policía del Cesar, la seccional de la Federación Nacional de Comerciantes, Salud Municipal, Instituto de Tránsito, Planeación y Secretaría de Obras, con el fin de controlar el ruido y los gases de combustión vehicular. Para el desarrollo de la jornada que tenía como objetivo concientizar a la comunidad en general y especialmente a los conductores sobre los efectos nocivos para la audición y el medio ambiente de estos factores, recibieron capacitación 40 jóvenes. La campaña se llevó a cabo durante lo que faltaba del año 2000 y se dividió en tres fases: la primera de tipo informativo y educativo que se efectuó ese mismo mes; la segunda era un proceso de reconversiones a los infractores, que se realizó durante el mes de junio y la tercera comprendió sanciones a quienes violaron las normas.

Villavicencio El origen o principal fuente de contaminación sonora en Villavicencio es el tráfico automotriz, el abuso del perifoneo, los anuncios ambulantes con altoparlantes y la venta de rifas en las esquinas. Otras fuentes de contaminación sonora son la música estridente en discotecas, bares, estaderos, cafeterías, promociones comerciales en almacenes con altoparlantes, equipos de construcción entre otras51.

51 http://www.alcaldiadevillavicencio.gov.co/website/index.php?index

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Según la Contraloría Municipal de Villavicencio gran número de actividades industriales, religiosas, comerciales, universidades, con mucha frecuencia se instalan en zonas residenciales, generando altos niveles de ruido perjudicando la salud de los habitantes.

Tulúa La CVC realizó el “Diagnóstico y zonificación de la contaminación por ruido ambiental en la zona urbana del municipio de Tulúa”, cuyo objetivo principal fue evaluar y zonificar la contaminación por ruido ambiental del área urbana del municipio de Tulúa con el fin de dar bases sólidas en el tema para la elaboración del plan de manejo ambiental del municipio. Dentro de la metodología aplicada para diagnosticar el ruido ambiental, se selecciono el modelo estadístico “muestreo aleatorio por manzanas” y posterior a la selección del modelo, se clasificó el uso actual del suelo según las características urbano – acústicas, para lo cual se obtuvo que el 65,5% de la cobertura del suelo es zona residencial, 25,5% es considerada zona de vía de alto tráfico, 5,4% es zona mixta, 3,5% zona comercial y un 0,2% es zona industrial. Posterior a está clasificación se realizaron monitoreos de los niveles de ruido para cada zona receptora (Ver Tabla 20). Tabla 20. Niveles de ruido para diferentes zonas en el municipio de Tulúa

ZONA RECEPTORA NIVEL PROMEDIO DIARIO DE RUIDO dB (A) EN

HORARIO DIURNO NOCTURNO

Zona comercial 76,7 73,1 Zona mixta 75,4 72,4 Zona vía de alto tráfico 72,9 68,8 Zona residencial 66,9 63,9 Zona industrial 74,6 68,3 Fuente: Diagnóstico y zonificación de la contaminación por ruido ambiental en la zona urbana del municipio de Tulúa En el estudio se concluyo que ninguna zona receptora del área urbana de Tulúa cumple con los niveles máximos permisibles establecidos en la Resolución 8321 de 1983. Lo cual se debe a factores como la tasa de crecimiento vehicular, la falta de educación ambiental en el tema y la inadecuada planificación urbano-acústica del municipio. Por otro lado, se obtuvo información relacionada con las quejas de la comunidad, resaltándose la publicada en el periódico El País el pasado 10 de Febrero de 2003, en donde se presentó que

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veintidós establecimientos públicos, entre discotecas, fuentes de soda, bares coreográficos y dos iglesias evangélicas serán sancionados por la Administración de Tulúa por sobrepasar los niveles de ruido permitidos.

GESTION REALIZADA EN RUIDO A NIVEL NACIONAL

Gestión nacional

A partir de la declaración de Estocolmo en 1972, el Gobierno Nacional expide la Ley 23 del 12 de diciembre de 1973, por la cual se conceden facultades extraordinarias al presidente de la república para expedir el Código de Recursos Naturales y de Protección. En 1974, con el Decreto 2811 se expide el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de protección al medio ambiente, se comienza a regular el manejo que se le debe dar al ambiente partiendo de la premisa de que es patrimonio común de la humanidad. En este código se reglamenta la prevención, preservación, restauración y control de la atmósfera y el espacio aéreo nacional como parte de los recursos naturales renovables y se regulan otros elementos que conforman el ambiente o influyen en él como lo es el ruido. En su artículo 8, literal m), se considera al ruido nocivo como uno de los factores que afectan el medio ambiente. Este elemento es regulado mas adelante por el artículo 33 en el cual se establece de manera general, la necesidad de mantener y preservar la salud y tranquilidad de los habitantes mediante controles de ruido de las actividades que lo generen. Dentro de este código (art. 192 – 193), también se hace mención a la importancia de realizar una buena planeación urbana y de controlar la generación de ruido producido por aeropuertos, construcción de carreteras y uso del transporte en general. Para 1979, se expide la Ley 9 en la cual se decreta Según el artículo 48 el Ministerio de Salud podrá impedir el tránsito de fuentes móviles que produzcan ruido. El articulo 106 determina que el Ministerio de Salud es el responsable de fijar los niveles de ruido, vibraciones y cambios de presión a los cuales pueden estar expuestos lo trabajadores. Otro artículo de la presente ley que hace referencia a ruido es el 202 en el que se da un marco general para la protección por ruido. El Ministerio de Salud expide la Resolución 8321 de 1983, siguiendo como directriz el articulo 106 de la Ley 9 de 1979. Esta norma establece las pautas sobre Protección y Conservación de la Audición, de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos. En esta resolución, en su capitulo II del ruido ambiental, se fijan los niveles sonoros máximos permisible para cuatro tipos de zonas (la zona residencial, comercial, industrial y de tranquilidad) al igual que se

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exponen protocolos de medición para determinar los niveles de ruido ambiental. También se emite la tabla de niveles de ruido máximos permisibles para vehículos con su método de medición y la tabla de niveles limites permisibles para ruido continuo e intermitente en los lugares de trabajo con sus métodos de medición. La Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente en sus numerales 10 y 11 del artículo 5 se formulan como funciones del Ministerio, el hecho de determinar las normas ambientales mínimas y regulaciones generales para reglamentar toda actividad que deteriore el medio ambiente de manera directa o indirecta y dictar regulaciones generales que normalicen la contaminación sonora de todo el territorio nacional. Posteriormente, el Ministerio de Medio Ambiente expide el Decreto 948 de 1995 “Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire”, mediante el cual se establecen las normas y principios generales para la protección atmosférica, los mecanismos de prevención, control y atención de episodios por contaminación del aire generada por fuentes contaminantes fijas y móviles y las directrices y competencias para la fijación de la norma de emisión de ruido. El 26 de Noviembre de 2004, el IDEAM, el MAVDT, el CDMB, Corantioquia, CAM, CAS, Corpoguajira, AMVA, la CCB suscribieron el convenio de asociación No. 112 de 2004, cuyo objeto es la asociación técnica, administrativa y financiera entre el Ministerio, las corporaciones, el AMVA, la Cámara y el IDEAM, para la ejecución del proyecto “Propuesta de Proyecto Marco de Reglamentación en Materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica y Elaboración de los Desarrollos Normativos para la Calidad del Aire, Fuentes Fijas, Fuentes Móviles, Ruido y Combustibles.

Gestión local La gestión realizada por las diferentes corporaciones y autoridades ambientales varía respecto a las necesidades, posibilidades, prioridades y dificultades, entre otras, que estas tienen, motivo por el cual la gestión no se encuentra, ni ha sido igual en las distintas regiones del país, dado el grado de desarrollo de la región, del conocimiento y continuidad de los funcionarios y contratistas y de las dificultades presupuestales. Asimismo, se observa la necesidad de desarrollar una serie de acciones que permitan orientar el país hacia una gestión de calidad del aire igual en las diferentes zonas del país, y que se encuentren relacionadas con las políticas de los Ministerios de Transporte y Protección Social. Con el fin de verificar el trabajo realizado por las autoridades ambientales, en el marco del Convenio, el IDEAM visitó algunas redes corporaciones. Estas visitas incluyeron las ciudades de Riohacha (Corpoguajira), Bucaramanga (CDMB), San Gil (CAS), Medellín (Corantioquia y AMVA), Cali (DAGMA y CVC), Barranquilla (DAMAB) y Cartagena (Cardique). Adicionalmente, el IDEAM visitó otras corporaciones (Cardique, Cornare, AMVA). Durante las visitas se obtuvo no sólo información de las mediciones de ruido, sino de la gestión que actualmente realizan las corporaciones en dicho tema. Es importante resaltar que esta información será parte fundamental para la elaboración del desarrollo normativo. Adicionalmente, se obtuvo información de otras ciudades que aunque no fueron visitadas en el marco del convenio, tienen información valiosa para el desarrollo del estudio. A continuación se presentan las principales acciones realizadas por las autoridades ambientales.

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Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira) Corpoguajira cuenta con información amplia sobre mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del Municipio de Riohacha. Las cuales han sido realizadas a partir de un protocolo de campo, en el cual se especifica someramente un procedimiento y los cuidados y técnicas para ejecutar una medición medioambietal de ruido, así como las normas que están teniendo en cuenta y los parámetros mínimos que deben medir. A través del documento “Mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio de Riohacha, la guajira. Eliumat Enrique Maza Samper. Enero del 2003”, se logró identificar el estado actual de la problemática de ruido en la ciudad de Riohacha, el cual tiene como objetivo general el analizar los niveles de ruido en el área urbana del municipio de Riohacha, con el propósito de presentar medidas y/o acciones correctivas necesarias, para darle cumplimiento a las normas de control y como objetivos específicos el determinar los niveles de ruido en los diferentes sectores del casco urbano adoptados por el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Riohacha (Residencial, Industrial, Comercial E Institucional), identificar, en los sectores muestreados, las actividades y fuentes generadoras de ruido, realizar análisis comparativo de los niveles de ruido para elaborar un plano de ruido en los diferentes sectores muestreado, recomendar medidas regulatorias que promuevan la reducción de la contaminación sonora y el cumplimiento de la norma. El estudio contó con una buena planificación con base en el POT de la ciudad, para el cual se seleccionaron 13 puntos de medida en los cuatro sectores, residencial, comercial, de tranquilidad e industrial, estos fueron georeferenciados y descritos adecuadamente incluyendo la fotografía del punto de medición Igualmente, en dicho documento se presenta una problemática sobre la acelerada contaminación sonora, proveniente básicamente del auge comercial y urbanístico, así como de la densidad del tráfico vehicular que circula sobre las principales vías de la ciudad. Este fenómeno de contaminación impulsó a Corpoguajira como entidad encargada de la gestión ambiental, a desarrollar la actividad de vigilancia y control sobre los niveles de ruido, al igual que la implementación de sistemas que cuantifiquen y determinen el impacto que se está generando hacia la población, con el propósito de establecer las medidas de regulación e intervención requeridas para mitigar y controlar los efectos sobre la comunidad expuesta. Igualmente, se resalta para el casco urbano del municipio, que las fuentes habituales generadoras de ruido incluyen el tráfico, la industria (Aserraderos, Carpintería, Construcción, Comercio, etc.) y la población, siendo estos últimos habitualmente el origen de la mayoría de las quejas por ruido. El estudio permite marcar pautas básicas para la iniciación de lineamientos normativos y del conocimiento sobre el ruido en ciertos sectores del área urbana del municipio de Riohacha, que bien pueden ser empleados para la adopción de planes y programas de manejo, dentro de los cuales se destaquen posibles medidas de monitoreo, seguimiento y control, apoyo al plan de ordenamiento territorial, manejo y mejor aprovechamiento del espacio público. En ese mismo estudio encuentran que el progreso técnico, la proliferación de los medios de transporte, el hacinamiento, los hábitos culturales y el crecimiento urbano desordenado, en muchos casos por falta de una planificación adecuada son, entre otras cosas, algunos de los factores que

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han contribuido en gran medida a la degradación acústica del medio, y al deterioro de las relaciones entre la persona y su entorno. Sobre la base de pruebas disponibles, se establece que el 25% de la población total se queja de contaminación por ruido. Como resultado de este estudio se obtuvo que el sector comercial no cumple con la Resolución 8321/83, ni con el decreto 948 pues hay uso de altoparlantes y amplificadores en zonas de uso público y los instalados en sitios privados, generan ruido que trasciende al medio ambiente. En el sector residencial el alto grado de informalidad en la organización del servicio de transporte urbano hace que el tráfico vehicular sea el factor que mas incida en el aumento de los niveles de ruido en cada uno de los puntos de muestreo para esta zona. A lo largo del período de monitoreo, fue notorio el aumento de decibeles durante las horas pico; además de los fines de semana, debido a los equipos de sonido que colocan los habitantes de la ciudad, lo cual es una costumbre que atenta contra el derecho de los demás a gozar de un ambiente sano y agradable. Aunque en los sectores de tranquilidad la evaluación registra muchos mínimos niveles de presión sonora, Lmin, con valores inferiores a 45 dB(A), sus niveles Leq están muy por encima de los establecidos en la Resolución 8321/83. A continuación se presenta la Tabla 21 donde se observan algunos resultados generales obtenidos en las mediciones efectuadas en la ciudad de Rioacha, estipulados por sectores y tiempo. Tabla 21. Niveles de ruido para diferentes zonas en el municipio de Rioacha

ZONA RECEPTORA

NIVEL PROMEDIO DIARIO DE RUIDO dB (A), entre semana, EN

HORARIO

NIVEL PROMEDIO DIARIO DE RUIDO dB (A) , fin de semana, EN

HORARIO DIURNO NOCTURNO DIURNO NOCTURNO

Zona comercial 70 63 71 64 Zona de tranquilidad 71 63 70 63 Zona Aeropuerto 74 53 70 54 Zona residencial 67 59 67 55 Zona industrial 66 60 66 60 Fuente: Mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio de Riohacha, la guajira. Eliumat Enrique Maza Samper. Enero del 2003 Dentro de las recomendaciones se destaca que: Muchas ciudades se están volviendo, en buena parte por efecto del ruido, tan inhabitables que sus ciudadanos huyen de ellas abandonando sus antiguos hogares y dejando los antiguos cascos históricos convertidos en meros cascarones vacíos. En otras, se hace tan insufrible la estancia de los visitantes que el turismo se limita a ver los “monumentos” más llamativos impidiendo un turismo de estancia mucho más rentable económicamente.

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En casi todas las ciudades, se está deteriorando progresivamente el clima social de convivencia entre los ciudadanos gracias al ruido y Riohacha no es la excepción.

Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) La CDMB a realizado actividades de seguimiento y monitoreo ambiental, a través de mediciones sonoras en sitios estratégicos de la ciudad de Bucaramanga, monitoreos que han formado parte de campañas como la de “PÓNGASE VERDE NATURALMENTE (Día No Pito)”. Adicionalmente, la CDMB se encuentra estructurando un mapa de ruido, a partir de un protocolo para la medición de los niveles de ruido, elaborado por la corporación. Dentro de los resultados obtenidos se destaca que los valores de los niveles promedios continuos equivalentes LEQ (A) que se obtuvieron en los muestreos sonoros a campo libre, se encuentran superando el límite máximo de tolerancia humana fijado en 75 dB(A), según lo establecido por la Organización Mundial de la Salud y que el ruido del sector es influenciado altamente por la puesta en marcha de accesorios como bocinas, pitos y cornetas, empleados por los automotores que de una manera u otra afectan el bienestar de la comunidad. Asimismo, la CDMB ha venido trabajando en el proyecto “Control, seguimiento y monitoreo de la calidad del aire en el área metropolitana de Bucaramanga” dentro del cual se han venido realizando una serie de actividades que atacan el problema actual de ruido presente en la ciudad. En este sentido, han sido realizadas visitas de control en establecimientos y seguimiento de contaminación auditiva a través de monitoreos de ruido por medio de operativos y atención de quejas y reclamos, para lo cual durante el año de 2004, en las ciudades de Bucaramanga, Girón, Floridablanca, Piedecuesta y Lebrija, se realizaron 295 visitas, de las cuales 228 fueron por solicitudes o quejas, de estas 6 eran tutelas y 32 derechos de petición y 161 monitoreos de ruido durante 97horasy 14 minutos de estas visitas y mediciones 13 establecimientos comerciales se encontraban sobrepasando los niveles de ruido, lo que generó la apertura de procesos sancionatorios por parte de la oficina jurídica.

Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) De acuerdo con la visita realizada a la corporación, manifestaron que el seguimiento realizado a la contaminación atmosférica por lo niveles de ruido es muy poca y que básicamente el seguimiento y control desarrollado por esta en dos focos de contaminación, el primero el Complejo Industrial de Ecopetrol (Barrancabermeja) y el segundo la planta de Cementos Andino S.A. (San Gil). La corporación no cuenta con una red de monitoreo de ruido.

Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) La corporación realiza seguimiento y control a niveles de ruido buscando cumplir con la zonificación establecida en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del municipio cuando se presenta una queja por parte de la ciudadanía, para lo cual cuenta con tres sonómetros. Adicionalmente, ha adelantado campañas de concientización a la ciudadanía y específicamente a los propietarios de bares y fondas de los municipios de Santa Fe de Antioquia y Andes, municipios donde se presentan el mayor número de quejas por parte de la ciudadanía.

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Area Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA)

El AMVA aplica los niveles establecidos en la Resolución 8321 de 1983 y las recomendaciones del Decreto 948 de 1995, adicionalmente, han generado una norma local. En este sentido, es importante resaltar que la gestión realizada por la corporación está orientada hacia el recibo de quejas por parte de la ciudadanía, así como también a verificar los niveles nocturnos del aeropuerto que se encuentra dentro de la ciudad, para el seguimiento de los niveles de ruido la autoridad cuenta con cuatro sonómetros. La ciudad de Medellín no dispone de un registro de mediciones de niveles de ruido en los últimos años como tampoco cuenta con un Plan de Monitoreo y Seguimiento de la contaminación por ruido. En la ciudad se realizaron mediciones aisladas de acuerdo a interés específico de algunos actores de la gestión ambiental los cuales se describen a continuación. En el año 2000 las únicas mediciones de ruido fueron realizadas por la firma Publik Informadores, las cuales evidencian en términos generales una ciudad muy ruidosa, al compararla con los registros de niveles de presión sonora de otras ciudades de Colombia: � Medellín está conformado por 16 comunas y cinco corregimientos, según datos de Publik,

procesados por la Contraloría General de Medellín, las comunas más ruidosas son la América, Belén y la Candelaria (Centro de la ciudad)

� Las comunas de la América y Belén presentaron un 66,7% y un 62,5% de sus datos respectivamente por encima de 80 decibeles. Las mayores mediciones individuales se dieron en el Poblado y en la Candelaria (87,3% - 91,8%).

� Este estudio de Contraloría ha concluido, soportada en las mediciones existentes, que Medellín es una ciudad muy ruidosa. Mientras en 1.999 el 58% de las muestras estaban por encima de 75dB(A), en el año 2000 se incrementó en un 15% al pasar a 73%. Ese mismo año, fueron tomadas 338 muestras en diferentes cruces viales de la ciudad, de los cuales el 99,7%, está por encima de 65 dB(A), el 95% por encima de 70 dB(A) y el 73% por encima de 75dB(A) resaltando que por encima de 75dB(A) se pueden presentar daños auditivos.

Por otro lado, la Secretaría de Transporte y Tránsito controla a través de sus agentes la contaminación por ruido, realizando operativos por violación a lo estipulado en el Decreto 948 de 1995. Dentro de los principales resultados se destaca que los niveles más altos de ruido son producidos por el gran volumen del tráfico automotor que circula por vías tales como la Calle 67 (Barranquilla), la carrera 55 (Avenida Alfonso López o Del Ferrocarril) y por la carrera 62 (Avenida Regional). Es de esperarse que en un mediano plazo se pueda mitigar este efecto negativo a partir de la implementación de estrictos controles, a las emisiones dañinas de ruido, con énfasis en la aplicación del Decreto 948 de 1.995, el diseño y rediseño arquitectónico de las edificaciones (en especial las de carácter residencial) en lo referente a la insonorización de los espacios, asimismo con la puesta en marcha del Sistema Integrado de transporte y del Sistema de Transporte masivo de Mediana Capacidad sobre la Calle 67 y sobre la Carrera 55. De esta forma se conseguiría disminuir

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considerablemente el tránsito de vehículos de servicio público sobre estas dos vías, lo que redundará en menores niveles de ruido producidos por le tráfico automotor. En el 2002, la Contraloría General de Medellín con el ánimo de alertar a las autoridades y a la comunidad sobre el ruido como factor contaminante en el Valle de Aburrá y apoyándose en información de Publik Informadores, adelantó un estudio macrosectorial obteniendo los siguientes resultados: La Contraloría General de Medellín ha analizado y consolidado 698 registros de mediciones de ruido ambiental en 131 sitios (cruces viales) de Medellín tomados en diferentes horas del día, por la Firma Publik Informadores durante 2001. Los resultados de los análisis de las mediciones hechas, así como comparativos y la tendencia de esta problemática se presentan a continuación: � Un 99,9% de las muestras, estuvieron por encima de 65 decibeles. � El 98% de las mediciones presentaron niveles por encima de 70 dB(A), medida que corresponde

a la Norma Comercial Día según el Resolución 08321 del Ministerio de Salud. � El 84% de las mediciones estuvieron por encima de la norma Industrial día de 75 dB(A). El Nivel de Presión Sonora más frecuente fue 82.2 dB(A), valor que corresponde a una Sensación Subjetiva, según tabulados de Intensidad del ruido en decibeles y valoración subjetiva de su percepción52, de “Muy Ruidoso” y que por más de 8 horas continuas de exposición, puede comenzar a causar daño auditivo. En la Tabla 22 se presenta el comportamiento del ruido en los años 1999, 2000 y 2001 al comparar los niveles alcanzados con las normas para las diferentes zonas receptoras según la Resolución 8321/83 del Ministerio de Salud Tabla 22. Porcentaje de los niveles alcanzados con respecto a las normas para las diferentes

zonas receptoras según la Resolución 8321 de 1993.

Año N° de Datos

Porcentaje Por encima de Norma (dB(A))

Consecuencias

1999 370

99,2 65 dB(A) 65 día

45 noche

Molestias 95,7 70 dB(A) Daño auditivo

(8 horas exposición) 58,1 75 dB(A)

2000 338

99,7 65 dB(A) 65 día

45 noche

Molestias 95,0 70 dB(A) Daño auditivo

(8 horas exposición) 72,8 75 dB(A)

2001 698 99,9 65 dB(A) 65 día Molestias 52 Efectos del ruido sobre la salud. Por el M.I. Dr. D. Ferran Tolosa Cabaní

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Año N° de Datos

Porcentaje Por encima de Norma (dB(A))

Consecuencias

98,0 70 dB(A) 45 noche Daño auditivo

(8 horas exposición) 84,1 75 dB(A)

Fuente: Gráfico de Grupo Ambiental – Dirección Técnica Nivel Macro – Contraloría General de Medellín, con información de Publik Informadores, Febrero de 2002. Asimismo, la contralora de Medellín, Martha Cecilia Vélez, al presentar el informe sobre el estado del medio ambiente en la capital antioqueña, correspondiente al período 2001-2003 comentó53 que los niveles de contaminación ambiental también se incrementaron, tanto de aire como de ruido. Mientras que en el 2001 se consideraba que el 80 por ciento del aire era bueno, en el 2003, esta calificación se redujo al 40 por ciento y el 60 por ciento sólo alcanzó niveles de aceptable. Con respecto a la contaminación por ruido, el 85 por ciento de las mediciones en la ciudad están en el rango de ruidoso y muy ruidoso. "Esto nos va a conducir a una generación de sordos", expresó Horacio Moreno, asesor del área ambiental de la Contraloría. Por otro lado, el metro de Medellín es una de las empresas antioqueñas que esta contribuyendo con el mejoramiento de la calidad de vida de la ciudadanía ya que realiza continuamente monitoreos de seguimiento de los niveles de ruido generados por el sistema de transporte masivo con relación a la comunidad y a los corredores aledaños a este para así verificar y controlar el ruido producido y cumplir con los requisitos legales aplicables. Otro de los estudios realizados corresponde al Día Sin Carro, el cual fue desarrollado por la Universidad de Medellín; primera institución del Valle de Aburrá en implementar el programa en su campus universitario con el propósito de evaluar la calidad de aire en un día normal en comparación con el día sin carro. En este sentido, el día 27 de febrero de 2002 se realizó una jornada en puntos específicos (Costado sur – occidental de la cancha de fútbol y Portería principal) de la institución y con la colaboración del personal técnico de REDAIRE y del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, realizando monitoreos de monóxido de carbono y nivel de ruido ambiental. En la Tabla 23 se presenta los resultados de las mediciones para los dos puntos escogidos. Tabla 23. Resultados de las mediciones de ruido realizados en la Universidad del Medellín

Estación Horario de Medición Día Sin Carro Día Anterior al Día Sin Carro

Costado sur – occidental de la cancha de fútbol 7:00 am a 6:00pm con

intervalos de una hora 66.7 dB(A) de 63.1 dB(A).

Portería principal 62.1 dB (A) y 63.0 dB(A) Fuente: Experiencia del “Día sin carro” en la Universidad de Medellín. Carlos Alberto Echeverri y Jhon Jairo Ramírez. 2002 53 http://www.terra.com.co/actualidad/nacional/28-10-2004/nota206124.html#

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De acuerdo con los resultados de la Tabla 23 se pudo establecer que para el punto 1 (Costado sur – occidental de la cancha de fútbol) el nivel promedio de presión sonora en el “Día sin carro” superó en un 5, 7% al del día anterior mientras que para el punto 2 (Portería principal) la situación se invirtió, registrándose una disminución de 1, 3% en el “Día sin carro” con relación al día anterior. Con relación a la Resolución 8321 de 1983, en su artículo 17 establece que el valor máximo permisible de ruido para instituciones educativas debe ser de 45 dB(A). Pero teniendo en cuenta el estudio desarrollado, se observa que este valor es sobrepasado en un 40% tanto en los dos puntos de medición analizados como los días monitoreados.

Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente de Santiago de Cali (DAGMA)

Situación Actual

El ruido es uno de los principales problemas de contaminación ambiental en Cali, entre el 60% y el 70% de los establecimientos superan los decibeles permitidos, los pitos de automotores incrementan la perturbación. De ahí que el mayor porcentaje de quejas que recibe el DAGMA es por ruido54.

Durante la pasada Feria de Cali, el DAGMA llevó a cabo una serie operativos de control ambiental en los grandes eventos que se realizaron en diferentes sitios de la ciudad, con tres grupos de Gestores Ambientales compuestos por 12 personas se realizaron operativos en discotecas, bares, restaurantes, licoreras, almacenes, además de los espectáculos feriales como la cabalgata, la inauguración de la Feria, los conciertos en el estadio, las actividades en el Parque de la Música, la Calle de la Feria, entre otros, lo cual dejo como resultado once establecimientos en proceso sancionatorio por parte del DAGMA, luego de que no acataran las normas sobre el control del ruido. Con esta labor por parte del DAGMA, se logró que un gran porcentaje de administradores de establecimientos públicos se concientizara sobre la necesidad ambiental de manejar adecuadamente los niveles de sonido para evitar que la comunidad se afecte con el ruido.

54 http://www.cali.gov.co/index.php?servicio=Noticias&funcion=ver&id=2389

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Por otra parte, las campañas de control sobre el ruido que se realizan cada martes en la sede del DAGMA, ya han tocado la sensibilidad de los propietarios y administradores de establecimientos nocturnos de la Avenida Sexta y la Calle Quinta quienes generalmente han acatado las exigencias, recomendaciones y políticas suministradas por la autoridad ambiental. El DAGMA también continua reforzando la conciencia ciudadana de sensibilización urbana frente al fenómeno de la contaminación sonora a través de continuos comerciales de televisión, radio, afiches en paraderos y transporte urbano, así como de repetidos anuncios en medios impresos.

Diagnóstico del ruido en la ciudad de Cali55

El diagnóstico realizado por el consorcio IGA LTDA – EPAM LTDA, para el DAGMA en el año de 1999, dividió la ciudad de Cali por zonas de acuerdo a su actividad principal, a continuación se presenta un resumen de sus principales conclusiones por zonas (Viales, comerciales, residencial, industrial, institucional, parques y zonas verdes):

Zonas Viales

Corresponden a los corredores viales de tráfico intenso, intersecciones de vías importantes, vías de acceso tanto a la ciudad como a las distintas zonas comerciales, zonas de acopio e industriales de la ciudad, incluyendo vías de acceso a las distintas comunas. Dentro de las fuentes de ruido en esta zona la principal es el tráfico automotor, responsable de los niveles más altos. En las zonas de uso comercial o uso mixto comercial-residencial, la actividad comercial constituye una segunda fuente de importancia, representada en establecimientos comerciales, discotecas, altavoces, lugares de reunión, voceadores y demás acciones que se generan en las vías. Las zonas viales presentan los niveles sonoros más altos en la ciudad, con un promedio para 24 horas de 70, 4 dB(A), un nivel sonoro diurno de 71,7 dB(A) y un nivel nocturno de 66,3 dB(A). La diferencia entre el nivel diurno y el nocturno es apenas de 5,4 dB(A) en promedio, significando esto que aunque durante la noche el nivel es menor, el ruido generado por el tráfico sigue siendo importante.

Zonas Comerciales

Los puntos de muestreo fueron localizados tratando de evitar la influencia del ruido del tráfico automotor de las principales vías, concentrando la atención en sectores de uso exclusivo comercial o de actividad mixta (comercial - residencial). 55 http://www.monografias.com/trabajos16/transporte/transporte.shtml#_Toc74112030

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En consecuencia, las principales fuentes de ruido en estas zonas son debidas a la actividad comercial, aunque de todas maneras se observa una gran influencia de ruido automotor, en especial en vías de acceso a los sectores comerciales de la ciudad, presentándose altos niveles de ruido en horas pico, debido al represamiento vehicular y, sobre todo, al transporte de servicio publico urbano. En las zonas comerciales, los represamientos del tráfico o trancones constituyen una circunstancia que incrementa el nivel de ruido global (por el mayor número de fuentes simultáneas).

Zona Residencial

Las contribuciones de ruido varían en función del estrato. En estratos bajos, donde la densidad de población es alta, comparada con el estrato alto, y las construcciones son a base de muros, particiones, pisos y cielos rasos sin diseños de aislamiento acústico, se observa que la principal fuente de ruido corresponde a equipos de sonido a alto volumen; además, muchas veces las vías son usadas por los niños como zonas de recreación y por los adultos como zonas de trabajo, en especial para talleres de mecánica, ornamentación y otros. Otras veces el uso de la vivienda se adecua a las necesidades de cada familia, adaptándolas como lugares de trabajo en industria familiar, generando ruidos por motores y herramientas industriales.

Zona Institucional

Aunque en estas zonas predomina el ruido debido a la reunión de personas, las características de éste y las fuentes varían de un uso a otro. En los escenarios deportivos predomina el ruido por el alboroto que generan los encuentros deportivos. En los centros de prestación de servicios públicos (plantas de tratamiento por ejemplo), las fuentes de ruido son la maquinaria de tratamiento de agua y el mantenimiento de equipos. En los hospitales, las fuentes de ruido son la reunión de personas y el funcionamiento de equipos hospitalarios, como las bombas de vacío. En las iglesias, la oración y los cánticos en voz alta y, en ciertos casos, los gritos de los fieles, magnificados a veces por altoparlantes, constituyen una causa importante de contaminación sonora. En escuelas y colegios, el ruido generado por la gritería de los estudiantes durante los recreos constituye igualmente una fuente de malestar para las viviendas cercanas.

Zona Industrial

En términos generales, las zonas industriales son de muy variada caracterización en cuanto se refiere a las fuentes generadoras de ruido y aunque en la mayoría de los casos se encuentran en predios particulares y encerrados, el ruido trasciende al medio ambiente. Las contribuciones del ruido se deben principalmente a la operación inherente de la maquinaria industrial para ejecutar las labores de producción, así como el ruido resultante de las operaciones de transporte de maquinarias como de insumos y productos industriales, determinándose estas operaciones como maniobras de transporte pesado (tractomulas y montacargas).

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Otras fuentes generadoras de ruido que generalmente se encuentran en las áreas industriales son los equipos mecánicos como aire acondicionado, de refrigeración y de ventilación ubicados en edificaciones sin aislamiento acústico, con aberturas en los muros, produciendo ruido propagado tanto por aire como por elementos sólidos.

Parques y Zonas Verdes

En estas zonas, las fuentes de ruido son principalmente externas, en especial el tráfico automotor de las vías cercanas. En algunos casos, la localización topográfica hace que se capten ruidos de fondo de la ciudad. Estas son las zonas que presentan los menores niveles de contaminación sonora en toda la ciudad.

Estado de la Ciudad de Cali Según el Diagnóstico del Ruido56

Si se tiene en cuenta la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, la cual no ha sido modificada por normas posteriores, así como el mapa de zonas de actividad del Departamento Administrativo de Control Físico Municipal, la situación al momento del diagnostico fue la siguiente: � En las zonas residenciales, la norma diurna – 65 dB(A) – se cumple en el 59% de los puntos de

muestreo y se incumple en el 41%. La norma nocturna – 45 dB(A) – se cumple apenas en el 7% de los puntos (3) y se incumple en el 93%.

� En las zonas comerciales, la norma diurna – 70 dB(A) – se cumple en el 38% de los puntos y se incumple en el 62%. La norma nocturna – 60 dB(A) – se cumple apenas en el 23% de los puntos y se incumple en el 77%.

� En las zonas institucionales se ha asumido la norma residencial para todos los usos, salvo para servicios públicos, para los que se ha asumido la norma comercial. De acuerdo con este criterio, la norma diurna – 70 dB(A) para servicios públicos y 65 dB(A) para el resto – se cumple en el 100% de los puntos. La norma nocturna – 60 dB(A) para servicios públicos y 45 dB(A) pare el resto – se cumple en el 37% de los puntos y se incumple en el 63%.

� En las zonas industriales, la norma diurna – 75 dB(A) – se cumple en el 83% de puntos y se incumple en el 17%. La norma nocturna – 75 dB(A) – se cumple en el 100% de los puntos.

� En los parques y zonas verdes, para los cuales se asumió la norma residencial, la norma diurna se cumple en el 100% de los puntos, más no la nocturna, que se incumple en el 100%.

En relación con el cumplimiento de la normatividad existente, la norma diurna se cumple en el 65% de los casos y se incumple en el 35%. Al contrario, la norma nocturna apenas se cumple en el 19% y se incumple en el 81%. La situación es especialmente crítica en la zona residencial, donde la norma nocturna escasamente se cumple en el 7% de los casos. Esto hace ver la necesidad de adecuar las

56 http://www.monografias.com/trabajos16/transporte/transporte.shtml#_Toc74112030

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normas a la realidad cultural de la ciudad, especialmente en lo que tiene que ver con la zona residencial, los parques y zonas verdes y las zonas institucionales. Según los resultados de las mediciones realizadas para el día del no carro, realizado en Santiago de Cali, el 7 de febrero de 2002, se encontró que los sitios de mayor afectación por ruido vehicular son: � Calle 15 con Carrera 15 � Calle 13 con Carrera 10 � Calle 5 entre Carreras 62-63 � Calle 5 con Carrera 39 � La ermita � Club Noel � Comfenalco Calle 5 con Carrera 9 Es de anotar que en todos los sitios donde se realizaron los muestreos (20 puntos) se supero la norma de 65 dB(A) para zona residencial y 70 dB(A) para zonas comerciales.

Otras Situaciones

Además de lo anterior, en la literatura general sobre el tema se encuentran muchos artículos y quejas publicadas en distintos medios, como por ejemplo; el diario el País en su edición de mayo 16 de 2004 publica un artículo en el cual se habla de la limitación de horarios para la presentación de espectáculos públicos, lo cual obedeció a acciones populares y a las tutelas que se presentaron para regular el ruido en el en el Teatro al Aire Libre Los Cristales y otros espacios. Sin embargo, el mismo diario el día 4 de septiembre de 2005 vuelve a publicar otro artículo sobre problemas de ruido en el área cultural de Cali. También hace alusión a que en los primeros meses del año 2005 se han presentado cerca de 50 quejas por bullicio. Las comunas 2, 17 y 18 son las más afectadas por el alboroto de discotecas y los trabajos en talleres y microempresas. Quince bares fueron cerrados el año pasado. Las iglesias también están en la mira de las autoridades. En las dependencias del Dagma, dice el diario que en el 2003 se recibieron 4.318 quejas, de las cuales 3.276 fueron por impacto sonoro y 430 por contaminación auditiva. La comuna más ‘bullosa” fue la 2, de la cual provenían 352 denuncias y donde fueron cerrados 15 establecimientos nocturnos. A esta le siguen las comunas 5, 6, 17 y 19. Y los sitios causantes de ese impacto fueron discotecas, bares y licoreras. También clubes sociales, construcciones, talleres de ebanistería, cerrajería, mecánica y otras actividades que funcionan en residencias. Sin embargo, esta situación no ha logrado cambiarse y Cali sigue siendo ruidosa y ensordecedora, pese a las campañas de educación y a los operativos efectuados por la autoridad ambiental. Junio, julio y agosto son los meses más ruidosos del año. Las vacaciones que dejan a colegiales y universitarios con todo el tiempo libre son las causantes del bullicio que se genera por esos días.

Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla (DAMAB) Como resultado de las gestiones desarrolladas por el DAMAB en la ciudad de Barranquilla, el diario El Heraldo de Barranquilla en su publicación del día 20 de Mayo de 2002 titula un articulo diciendo

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que el Ruido Disminuyo 85%, como producto de las visitas que funcionarios de DAMAB y la Policía Ambiental han efectuado a los establecimientos del centro de Barranquilla y a la excelente disposición de los propietarios de negocios que han empezado a concientizarse de la necesidad de moderar el volumen de sus equipos de sonido. Además, se lee en el mismo artículo que DAMAB ha venido adelantando operativos de descontaminación sonora, acogiéndose a las nuevas normas del Código de Transporte y apoyados en Tránsito Distrital desarrollan campañas conjuntas de control al ruido en buses urbanos y vehículos particulares que sobrepasan los decibeles permisibles dentro de la normatividad ambiental; las quejas de la comunidad son continuas, debido al exceso de volumen utilizado en los radios de los vehículos, por parte de muchos conductores de servicio público, quienes atentan contra la tranquilidad de sus pasajeros.

Diagnostico de la situación encontrada en el desarrollo de las visitas

A partir de los formatos elaborados por el IDEAM, los cuales fueron diligenciados conjuntamente con las corporaciones visitadas, CORPONOR, DAGMA, AMVA, DAMAB, CORNARE Y CRQ, se pueden destacar los siguientes resultados: � Todas las corporaciones aplican la Resolución 8321/83 del Ministerio de Salud y solo 4 de ellas

aplican el Decreto 948/95. � Las corporaciones manifiestan que la región no cuenta con una Red de Monitoreo de Ruido. � Tres corporaciones dicen que en su región si existe una clasificación de sectores de ruido

ambiental, mientras que 2 opinan lo contrario y una especifica que es complicado por que en general lo que se encuentra son zonas mixtas.

� Solo una corporación estipula que en las cuatro zonas, residencial, comercial, industrial y de tranquilidad de la región restringe la emisión de ruidos, mientras que por el contrario 3 de ellas no hacen ninguna manifestación, parece que no hacen restricciones; una de ellas manifiesta que solo cuando existen quejas lo hacen en zonas industriales, comerciales y de tranquilidad y la corporación restante dice que solo en zonas residenciales netas. Es de anotar que en la solicitud respecto de zonas escolares, ninguna corporación hizo mención alguna a ellas, por lo que se deduce que no hay ninguna restricción en estas zonas con respecto al ruido medio ambiental.

� Cuatro corporaciones aseguran que no se regula el ruido de aeropuertos en la región. � Cinco corporaciones manifiestan que la Autoridad Ambiental no hace uso de instrumentos

económicos para regular las emisiones de ruido y solo una manifiesta que sí, pero no especifica cuales utiliza.

� En cinco corporaciones no se han identificado impactos a la salud asociados a los niveles de emisión de ruido en la región y solo una dice que sí.

� Solo una corporación dice aplicar normas de emisión de ruido para todo tipo de vehículos sin incluir las motocicletas, las demás dicen no aplicar ningún tipo de norma.

� Cinco de las corporaciones regulan las emisiones de ruido cuando se presentan quejas de la comunidad o se requieren permisos de funcionamiento, sólo una dice que sí hace regulación de emisiones de ruido por fuentes fijas.

� Una corporación manifiesta que hace monitoreo de ruido en los municipios para diagnóstico, otra dice que utiliza el sonómetro, otra dice que utiliza las estadísticas de mediciones y las demás no utilizan ningún tipo de instrumento para realizar diagnósticos de ruido.

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� Sólo una corporación no realiza campañas de medición de ruido, las demás han realizado diferentes tipos de campaña tales como: operativos nocturnos en los fines de semana, monitoreo en los municipios de la región, talleres a propietarios de establecimientos, campañas de no pito y monitoreo por quejas.

� Cinco de las corporaciones manifiestan que sí realizan campañas para solucionar quejas de la ciudadanía como educación ambiental, conceptos técnicos y operativos. Una de las corporaciones dice no realizar campañas.

GESTIÓN SECTORIAL

Muchas entidades han trabajado en el tema de ruido sin estar involucrados directamente en la parte de normalización y vigilancia, en las áreas de capacitación y de control.

Sector educativo Universidades preocupadas por la problemática del ruido, desde hace algunos años han iniciado labores tendientes a capacitar personal para ejecutar evaluaciones de ruido y dar las bases fundamentales de esta temática. Generalmente, lo han desarrollado con alguna profundidad desde los postgrados para Ingeniería Ambiental y Salud Ocupacional; así mismo han tratado el tema como una materia dentro de los programas en las carreras de Ingeniería Ambiental, entre otras. También es de destacar el hecho de que estas universidades han efectuado inversiones en la adquisición de equipo para medición de ruido. Estos programas han venido en aumento desde la década de los 80 cuando en Medellín y Cali algunas universidades dieron comienzo al estudio de esta problemática.

Sector industrial A medida que la industria colombiana fue creciendo, los problemas de ruido comenzaron a aparecer y fue así como se implementaron algunas regulaciones nacionales para controlarlos (por ejemplo la Resolución 8321/83). Con base en estos parámetros las industrias fueron desarrollando medidas para que sus procesos productivos estuvieran dentro de los niveles permisibles. Otras industrias de orden multinacional, en virtud de sus programas de casa matriz, montan procesos con bajos niveles de ruido y si llegan a existir sitios donde hay niveles de ruido altos, toman las medidas necesarias. Esto se ha implementado en lo concerniente a los sistemas de salud ocupacional, estando acordes con los avances a nivel internacional. El sector industrial de gran escala en Colombia, que ha venido ingresando a la normalización internacional, en virtud del desarrollo de la certificación ISO 14000, en los últimos años ha tomado las acciones pertinentes para el control de ruido tanto en el área de salud ocupacional, como en el área de ruido ambiental. Las economías de mediana, pequeña y micro empresas generalmente se han acogido a las reglamentaciones vigentes, cuando son requeridos por las autoridades correspondientes.

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Sector salud Con la aprobación de la Ley 100 de 1999, sistema de seguridad social integral, se reglamentan los sistemas de riesgos profesionales, las ARP han entrado a establecer y controlar programas para la mitigación del ruido en áreas laborales, lo cual contribuye de alguna manera a disminuir los niveles de emisión de ruido al medio ambiente. Así mismo, las secretarías de salud de las diferentes ciudades han venido trabajando en la evaluación del ruido como producto de quejas recibidas por población expuesta y emitiendo conceptos para proteger a las comunidades. Últimamente algunas cajas de compensación han introducido algunos programas de orden educativo y desarrollando campañas de prevención a la exposición al ruido.

Sector comercial El sector comercial es uno de los sectores que más contaminación por ruido aporta al medio ambiente, especialmente en los sitios donde hay mayor aglomeración de establecimientos y de personas. Es muy poco lo que este sector hace para mitigar el problema, a pesar de muchas campañas iniciadas a través de diferentes medios. En general el sector solo se limita a solucionar la problemática cuando existe un requerimiento por parte de la autoridad competente. No obstante es de tener en cuenta el hecho de la construcción de grandes centros comerciales, en los cuales algunas veces las administraciones exigen bajos niveles de ruido a los propietarios de los locales. Dentro de este sector es necesario referirse a los establecimientos de esparcimiento nocturno, tales como bares, discotecas, casas de juegos, casinos y establecimientos que prestan estos tipos de servicios hasta altas horas de la noche, donde muchas veces los dueños instalan protecciones, pero los usuarios al salir de ellos no toman las debidas precauciones para no contaminar el medio ambiente en sus recorridos de abandono de los establecimientos.

Otros sectores Existen algunas entidades sin ánimo de lucro que prestan asesoría y apoyo a sus afiliados con el fin de capacitar a su personal en temas básicos de ruido y aún prestan alguna asesoría y apoyo para encontrar soluciones y efectuar su implementación. Por ejemplo, Consejo Colombiano de Seguridad (CCS), Asociación Colombiana de Pequeños y Medianos Industriales (ACOPI), Corporación para la Investigación Socioeconómica y Tecnológica de Colombia (CINSET), Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC), entre otros. Así mismo, a nivel nacional existen algunas empresas fabricantes de ciertos materiales que por sus características pueden ser utilizados para efectuar tratamientos de ruido, algunos de ellos se han interesado y han empezado a efectuar evaluaciones de las características de cada uno de esos materiales para ser aplicados en el área de Ruido. De la misma manera, algunas empresas, desde la década de los 80, han dedicado sus esfuerzos a encontrar e implementar soluciones a las problemáticas de ruido en los diferentes sectores donde se

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genera, es así como en nuestros días el numero de estas empresas se ha incrementado a nivel de todo el país.

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6. NORMAS DE RUIDO A NIVEL INTERNACIONAL

En el Anexo al documento soporte se presenta el análisis de la información nacional e internacional, en materia de ruido, que hace parte del documento de comparación de la normatividad nacional e internacional en materia de la calidad del aire, fuentes fijas, fuentes móviles, ruido y calidad de combustibles, elaborado por el IDEAM57. Este anexo presenta la comparación de la normatividad nacional e internacional relacionada con ruido. La comparación fue realizada teniendo en cuenta los valores máximos de emisión de ruido por fuentes móviles y fijas, niveles permisibles de ruido ambiental por sector, procedimientos y tecnologías de medición.

57 Documento elaborado en el marco del convenio 112 de 2004 firmado entre el MAVDT y el IDEAM

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7. DETERMINACIÓN DEL RUIDO AMBIENTAL

ASPECTOS GENERALES

Las actividades del hombre giran en torno a un ciclo biológico natural día – noche (ciclo circadiano), dentro de las cuales el período de vigilia corresponde naturalmente al intervalo diurno, mientras que el período de descanso y recuperación corresponde naturalmente al intervalo nocturno. No obstante, el hombre puede modificar estos períodos cíclicos y de hecho lo efectúa de acuerdo con las necesidades de sus actividades y metas a alcanzar. Independientemente de sí el hombre modifica estos períodos cíclicos, al periodo natural es al que la mayoría de personas obedece. Por lo tanto, el período de vigilia y mayor actividad esta enmarcado dentro del espacio diurno y el de recuperación y descanso, sueño, dentro del espacio nocturno. Con respecto a la necesidad de dormir, la cantidad de tiempo requerida por el cuerpo humano cambia según la edad, aunque también varía mucho entre las personas de una misma edad. Los bebés duermen cerca de 17 horas al día, que se reducen a 9 o 10 horas cuando se van haciendo mayores. La mayoría de los adultos necesitan entre 7 y 8 horas de sueño cada noche, aunque éstas serán menos según el individuo envejezca. Existen grandes diferencias entre unas personas y otras, hasta el punto que algunas personas pueden estar bien con sólo 3 horas de sueño por noche. Las personas mayores necesitan menos horas de sueño que el adulto joven y es frecuente que por las noches se encuentren despiertos, especialmente si durante el día han dormido la siesta58. De otra parte, durante la vigilia son múltiples las actividades que el ser humano desarrolla, pareciendo no alcanzar el tiempo para ello y por lo tanto trata de extender el periodo de vigilia a intervalos cada vez mas largos e incluso ha llegado a instaurar procesos productivos y jornadas laborales que involucran la operación durante las 24 horas del día, durante todo el año. Esta situación no se ha generado espontáneamente, sino que obedece a un sin número de factores que involucran todo el rol cotidiano de las personas y los conglomerados que naturalmente se forman alrededor de las ciudades y de los sistemas de industrialización y comercio, en últimas del denominado desarrollo. Con el transcurrir del tiempo y la evolución de los conglomerados las ciudades son cada vez más extensas y pobladas haciendo esto que las distancias por recorrer sean mayores o los flujos vehiculares mas lentos; así mismo, las obras de mantenimiento y adecuación de los espacios públicos contribuyen a generar de alguna manera mayores retrasos en el arribo a los respectivos destinos.

58 Problemas con el Sueño. http://www.gobcan.es/sanidad/scs/su_salud/adultos/problemas.html

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En Colombia por estar ubicada en la zona tórrida el periodo diurno y el nocturno son similares en numero de horas, aunque en el año puede haber algunas pequeñas variaciones que se pueden considerar sin importancia. Colombia actualmente presenta un desarrollo industrial que no obedece a un programa y planeación definidos, sino que ha sido aleatorio. Esta situación se ve reflejada en su desarrollo social, en los crecimientos de las ciudades y centros de acopio y conglomerados ciudadanos que se mueven en torno a cada una de sus actividades cotidianas. Por otro lado, aún existe la labor del campo, el sector agrario, que todavía conserva muchas de las costumbres de la vida campesina de comienzos del siglo pasado, donde se incluye los tiempos del horario natural. Por lo tanto, en las áreas rurales el hombre inicia y finaliza las actividades diarias en horarios más tempraneros que en las áreas urbanas. En las ciudades colombianas las actividades económicas, ventas, compras, capacitación, producción, servicios han venido extendiendo sus horarios cada vez más hacia las horas de la noche, lo cual ha hecho que los servicios de transporte público se presten hasta horarios cada vez más tardíos, en forma similar sucede con los transportes particulares. A esto hay que añadir la incidencia presentada con las restricciones vehiculares denominadas Pico y Placa que se extienden a diferentes ciudades del territorio Colombiano y que obliga a muchos usuarios del transporte particular a salir en las mañanas mas temprano de sus habitaciones y a retornar en las noches más tarde. Es así como los períodos de vigilia se han ido extendiendo y por lo tanto los de las actividades, desembocando esto en que los períodos donde se genera más ruido también se han ido ampliando. Esto es una de las consecuencias de la industrialización y aglomeración en las ciudades.

HORARIOS PARA APLICACIÓN DE NORMAS DE RUIDO A NIVEL INTERNACIONAL

El Libro Verde de la Comisión Europea, Bruselas 1996, establece que los límites de emisión de ruido se aplican generalmente a los períodos diurno y nocturno, aunque las definiciones de día y noche varían. La definición más común es de 6:00 horas a 22:00 horas para el día y de 22:00 horas a 6:00 horas para la noche. Sin embargo, en muchas normatividades para ruido ambiental de distintos países, adoptan diferentes intervalos horarios, de acuerdo con sus costumbres y desarrollos, es así como en los países nórdicos no hacen diferenciación entre el día y la noche y solo establecen un período de 24 horas, mientras que por ejemplo en Zaragoza (España) el horario diurno es uno de los más extendidos pues se ubica entre las 7:00 horas y las 23:00 horas y el horario nocturno entre las 23:00 horas y las 7:00 horas respectivamente. En Venezuela la ley orgánica establece un horario diurno entre las 7:00 horas y las 22:00 horas y el nocturno entre las 22:00 horas y las 7:00 horas, mientras que en México el horario diurno es de las 6:00 horas a las 22:00 horas y el horario nocturno de las 22:00 horas a las 6:00 horas.

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En Colombia la Resolución 8321 de Agosto 4 de1983 del Ministerio de Salud establece un horario diurno de 7:01 horas a 21:00 horas y un horario nocturno de las 21:01 horas a las 7:00 horas. En algunos países con estaciones incluyen un tercer período denominado la tarde, pues consideran que es un período sumamente sensible para los residentes. En la Tabla 24 se muestran los horarios diurnos y nocturnos establecidos en algunos países y ciudades, para la aplicación de las normas contra la contaminación acústica: Tabla 24. Horarios diurnos y nocturnos establecidos en algunos países

Fuente: IDEAM, 2005 Según estudios realizados por la Organización Mundial de la Salud, en desarrollo del reporte del segundo encuentro de las guías para ruido nocturno, identificaron lo siguiente: � En muchos países existen resultados en donde los niveles de ruido nocturno están aumentando,

prácticamente a los mismos niveles que en el día (Austria e Inglaterra). � Los periodos nocturnos cuando los niveles son bajos, se están convirtiendo en muy cortos (3 o 4

horas). � La perturbación deberá ser entendida como un espacio corto de tiempo a exposición por ruido,

mientras que una larga exposición a altos niveles de ruido conducen a enfermar a la comunidad (mayor susceptibilidad de enfermarse).

� No existe una habituación a los altos niveles de ruido por parte de la comunidad � Los altos niveles de ruido nocturnos tienen efectos en la salud mental de las personas, sin

embargo, las relaciones encontradas deberán seguir siendo estudiadas.

PARAMETROS DE MEDIDA

Dentro del campo del sonido y del ruido existen muchas expresiones y términos especiales. Algunos de los conceptos utilizados con mayor frecuencia se describen a continuación.

País / Ciudad Horario Diurno Horario Nocturno Venezuela 7 a.m. – 10 p.m. 10 p.m. – 7 a.m. Chile 7 – 21 horas 21 – 7 horas México 6 – 22 horas 22 – 6 horas Unión Europea 6 – 22 horas 22 – 6 horas Andalucía 7 – 23 horas 23 – 7 horas Valencia 8 – 22 horas 22 – 8 horas Castilla y León 8 – 22 horas 22 – 8 horas Huesca 7 – 22 horas 22 – 7 horas Coruña 8 – 22 horas 22 – 8 horas Perú 7:01 – 22 horas 22:01 – 7 horas Zaragoza 7 – 23 horas 23 – 7 horas Ecuador 6 – 20 horas 20 – 6 horas

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Sonido El sonido es una onda que se genera cuando una fuente sonora pone en movimiento las partículas más cercanas del aire. El movimiento gradualmente se dispersa en el aire en todas direcciones a partir de la fuente. Para que exista el sonido debe haber una fuente emisora, un medio de propagación y un receptor capaz de percibir el mismo. La fuente genera ondas sonoras debido a la vibración de una superficie que se encuentra en contacto con el medio de propagación. El medio de propagación del sonido debe ser elástico para conducir la onda sonora generada, la que viaja por este en forma de perturbación sobre la presión estática existente. Por dicho motivo las ondas sonoras también son denominadas ondas de presión. Las partículas del medio oscilan con cierta velocidad y amplitud, desplazándose de su posición de equilibrio y luego retornando a ella. Entonces las partículas del medio sin viajar con la onda permiten que ésta se desplace con cierta velocidad, denominándose velocidad de propagación. Por ultimo, debe existir un receptor que capte la onda sonora propagada, como por ejemplo el oído humano, un micrófono, una estructura, etc.

Variables objetivas del sonido

Frecuencia, f: Es el número de variaciones de presión sonora en un segundo y su unidad de medida es el Hertz, Hz. La frecuencia determina el tono grave ó agudo de un sonido. El oído humano es capaz de reconocer sonidos comprendidos en un rango de frecuencia limitado entre 20 y 20.000 Hz. Periodo, T: Es el inverso de la frecuencia. T = 1/f El período representa el tiempo que tarda en producirse un ciclo completo y su unidad de medida es el segundo. Velocidad del sonido, c: El sonido para su propagación necesita un medio, en el vacío no se transmite. La velocidad del sonido en cada medio es función de las características de masa y elasticidad de este último. Así la velocidad del sonido en el aire en condiciones normales de presión y temperatura, es de 340 m/s. En el agua esta velocidad se eleva a 1.500 m/s. llegando a alcanzar los 3.700 m/s. en el hierro y 5.000 m/s en el acero. Longitud de onda, λ: Es la distancia entre dos puntos análogos en dos ondas sucesivas. Su unidad de medida es el metro por ciclo. Ha sido práctica habitual por su excelente representación gráfica, considerar estos puntos como los correspondientes a las respectivas crestas de dos ondas sucesivas. λ= c/f = cT Donde,

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λ es la longitud de onda c es la velocidad del sonido en el medio en que se desplaza f es la frecuencia del sonido T es el período o inverso de la frecuencia. Presión sonora, P: Cuando se propaga una onda sonora en el aire se origina una variación de presión sobre la presión atmosférica existente. Esta variación de presión es fácilmente medible, y su valor puede ser representado por la función: p (t) = posen(ωt) Donde, p(t) es el valor instantáneo de la presión ω es la frecuencia angular = 2лf, en radianes por segundo. A partir de ahora, a menos que se exprese lo contrario, el término presión sonora indica la presión sonora eficaz o valor rms puesto que el valor medio de la presión sonora no tiene ninguna utilidad. Es importante tener en cuenta que la energía sonora es proporcional al cuadrado del valor eficaz de la presión, por lo que la suma de las cantidades de energía estará relacionada con la suma de los cuadrados de los valores eficaces de las presiones59.

Variables subjetivas del sonido60

El sonido es una variable física objetiva, sin embargo, cuando este es recibido por el oído humano da lugar a una serie de procesos subjetivos. De esta manera se pueden definir variables subjetivas relacionadas con la percepción del sonido, las cuales tienen relación (aunque no siempre de manera simple) con las variables físicas definidas. Las principales variables subjetivas son: sonoridad, altura, timbre y duración subjetiva. Fácil sería si se pudiera asociar linealmente estas variables subjetivas con los parámetros físicos, pero no es así, por el contrario, cada una de estas variables subjetivas depende de la combinación de más se una variable objetiva.

Ruido El ruido es un sonido molesto y desagradable, que puede consistir de un tono puro simple, pero en la mayoría de los casos contiene muchos tonos a diferentes frecuencias e intensidades. La

59 Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo. El ruido en el ambiente laboral. 1999 60 Universidad Austral de Chile. Análisis de la eficiencia de la Ponderación “A” para evaluar efectos del ruido en el ser humano. 2004

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perturbación generada por un sonido no solamente depende de su nivel, la frecuencia también afecta la perturbación; a mayores frecuencias las molestias son mas pronunciadas que a bajas frecuencias. Al mismo nivel sonoro, los tonos puros perturban más que un sonido complejo cargado de muchos tonos61. La variedad de ruidos que una persona normal puede percibir es infinita. Las principales variables que definen físicamente a un ruido son: sus componentes espectrales, su dinámica temporal, sus amplitudes, sus fases relativas y su duración. La combinación de estas variables físicas en todos sus rangos de acción, hacen del sonido un fenómeno físico complejo. Afortunadamente, el desarrollo tecnológico actual permite cuantificar dichas magnitudes con buena precisión. No obstante, permanece un problema que aún dista de ser completamente resuelto. Se trata de la percepción que poseen los seres humanos de las variables objetivas y las respuestas psíquicas y fisiológicas frente a cada una de ellas62.

Tipos de ruido

Los ruidos se pueden clasificar de muchas maneras: Por su carácter temporal: � Ruido constante: No tiene variación en el tiempo y permanece � Ruido intermitente: Tiene interrupciones en el tiempo � Ruido fluctuante: El nivel sonoro cambia en el tiempo � Ruido de impacto: Es un ruido del tipo impulsivo, su nivel se eleva instantáneamente � Ruido periódico: Es cíclico y se repite en el tiempo Por sus características espectrales: � Tono puro: Es emitido a una sola frecuencia � Ruido de banda estrecha: Es un ruido que se emite en un intervalo de frecuencias � Ruido de banda ancha: Se emite en todo el espectro frecuencial � Ruido blanco � Ruido rosa Por su naturaleza, fuente o ámbito del que proviene u otra característica peculiar: � Ruido comunitario � Ruido industrial

61 Bruel & Kjaer. Noise Control, Principles and Practice. 1986. 62 Universidad Austral de Chile. Análisis de la eficiencia de la Ponderación “A” para evaluar efectos del Ruido en el ser humano. 2004..

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� Ruido aeronáutico � Ruido residencial � Ruido de trafico vehicular Por su contenido semántico, es decir por el significado asociado: � Por su nivel sonoro � Ruido Alto � Ruido Medio � Ruido Bajo Los ruidos se pueden agrupar de muchas otras maneras de acuerdo con necesidades u otros parámetros que se requieran, por ejemplo salud, etc.

Espectro de frecuencia

El ruido tiene una estructura compleja y está compuesto por numerosas frecuencias, de forma que un análisis adecuado del mismo revelaría cada una de las frecuencias que intervienen y el nivel de presión sonora de cada una de ellas. No obstante no es posible realizar un análisis de frecuencias del ruido de forma continua. Así pues, se agrupan las frecuencias en torno a unas frecuencias centrales constituyendo lo que es conocido como bandas de frecuencia. Estas bandas, que están normalizadas según ISO-266-75, se denominan bandas de octava, de media octava y de tercios de octava. La banda de octava es un grupo de frecuencias en torno a una banda central que cumplen la relación f2 = 2f1 y además, fc = (f1x f2)1/2 fc son las frecuencias centrales, que toman valores normalizados según la Norma ISO-266-75 La banda de tercio de octava es un grupo de frecuencias en torno a una banda central que cumplen la relación f2 = 21/3 x f1 y fc = (f1 x f2)1/2 El nivel de presión sonora total de un ruido el cual se encuentra en un espectro de frecuencias se puede encontrar a partir de la expresión i Li/10 LT = 10 log ∑ 10 0

Donde i es el número de frecuencias del espectro.

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Ponderaciones por frecuencia

La habilidad que el hombre tiene para oír un sonido depende principalmente de la composición de frecuencias que el sonido posee. Los sonidos se escuchan más fácilmente cuando la energía sonora predominante se encuentra entre las frecuencias de 1000 y 6000 Hertz (ciclos por segundo). Los sonidos a frecuencias sobre 10,000 Hertz son mucho más difíciles de oír, así como los sonidos a frecuencias inferiores a 100 Hz (como un bajo). Medir el sonido en una escala que se aproxime a la manera como el hombre escucha, debe dar mayor peso a las frecuencias que se oyen más fácilmente63. Un método para ponderar el espectro de frecuencia simulando el oído humano se ha buscado durante años. Muchas escalas de medida del sonido, todas diferentes, han evolucionado en esta búsqueda. El concepto de curvas estándar de ponderación discrimina el peso relativo de cada frecuencia en el conjunto del espectro. Se conocen las curvas de ponderación A (para niveles de menos de 55 fonios), B (niveles de sonoridad de 55 a 80 fonios), C (para niveles de más de 80 fonios), y D (para ponderar el ruido de los aviones). La curva que se utiliza con mayor frecuencia es la A, por ser la que mejor se relaciona con el modo en que el oído percibe el sonido. Así, la intensidad subjetiva del sonido se medirá en niveles de presión acústica ponderados A, que es la unidad estandarizada para medir el ruido. En la Figura 4 se muestran las curvas de ponderación A, B, C y D. Figura 4. Curvas de ponderación A, B, C y D.

Fuente: International Programme on Chemical Safety. WHO 1980

63 EPA/ONAC 550/9-74-004, March, 1974.

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La ponderación A fue recomendada por la EPA para describir el ruido medioambiental, debido a que se ajusta a la respuesta del oído humano, es exacta para muchos propósitos, y es utilizada ampliamente a través del mundo. El nivel de presión sonora ponderada por frecuencia “A” corresponde al valor de presión sonora en dB, cuya presión eficaz se ha medido con un equipo dotado de filtro de ponderación “A”. Además, existen ponderaciones que han sido creadas para otros tipos específicos de ruido: � La ponderación “G” fue creada para ruido infrasónico y de frecuencia baja, posee su “cero” en 10

Hz, su máximo en 20 Hz, tiene una pendiente aproximada de 12 dB/octava entre 1 y 20 Hz, una pendiente negativa de 24 dB/octava sobre 20 Hz y se extiende hasta 315 Hz. Está definida en la norma ISO 7196:1995(E), sin embargo esta ponderación es muy poco utilizada.

� La ponderación “U” fue definida en la norma europea EN 61012:1998, cuyo objetivo es filtrar las frecuencias ultrasónicas, entre 12,5 kHz y 40 kHz.

� La ponderación “AU” que combina las correcciones de la ponderación “U” y de la más conocida curva “A”. Los dB(AU) se comportan como los dB(A) desde 20 Hz hasta 10 kHz, pero sobre esta banda realizan una fuerte ponderación negativa.

Indicadores para la medida del ruido

Exhaustivas investigaciones con respecto a como son afectados los seres humanos por el ruido proveniente de una sola fuente, como trenes o vehículos de carretera, aviones o plantas industriales, dieron como resultado una variedad de mediciones para evaluar diferentes clases de ruido, muchas de las cuales se usan comúnmente. La conversión de una medición a otra a menudo está rodeada de serias dudas. Si un ambiente estuviera siempre dominado por una sola clase de ruido, no sería tan grande la confusión causada por la existencia de diferentes mediciones. Pero, a menudo el ruido ambiental es una mezcla de los sonidos provenientes de muchas fuentes y la distribución de las diferentes clases de ruido es probable que cambien de un momento a otro64. Existen muchas formas de medir el ruido. Todas ellas requieren de un indicador, también llamado índice o descriptor que permita cuantificar de alguna manera el sonido emitido por alguna o algunas fuentes. Los indicadores de ruido dan cuenta de los niveles de ruido recibidos en el tiempo, algunos de la energía sonora en un período de tiempo, otros indican niveles máximos o mínimos que se alcanzan en un determinado lapso y otros son simplemente valores en un instante de tiempo. Además del proceso de los niveles en el tiempo que realizan los indicadores, comúnmente se aplican filtros espectrales para algún propósito dado (por ejemplo el de simular la respuesta del oído humano). Estos filtros se denominan curvas de ponderación y pueden o no aplicarse a todos los indicadores.

64 Norma Técnica Colombiana 3522, 1993-05-19

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A continuación se presentan los indicadores más utilizados en la medición y evaluación del ruido.

Nivel de presión sonora o nivel instantáneo Lp

La unidad de medida de la presión sonora en el sistema internacional de medidas es: P = Fuerza = Newton = Pascal Superficie m2

El umbral de la audición humana, es decir el valor de presión sonora más pequeño que el hombre es capaz de detectar es de 20 x 10-6 Newton/m2. El valor límite, es decir el valor de presión sonora que causa dolor y se hace insoportable es de 200 Newton/m2. Una escala de presiones cuyo origen se inicie en 20x10-6 Pascales y finalice en 200 Pascales, o lo que es lo mismo, se inicie 20 µPascales y finalice en 200x106 µPascales contiene un rango tan grande de valores que resulta totalmente inadecuada. Por ello, se ha ideado la unidad denominada decibel (décima parte del bel) definida por: LP (dB) = 10 log (prms/po)2 Donde: Lp = Nivel de presión sonora en decibeles (dB) Prms = Valor eficaz de la presión sonora en Pascales (Newton/m2) Po = Presión de referencia = 20 x 10-6 Pascales = 20 microPascales Consecuentemente con lo anterior se tiene que el valor del umbral auditivo humano es 0 dB, mientras que el valor límite es de 140 dB. Este tipo de escala trae sus ventajas y sus desventajas, por ejemplo para dos niveles de ruido cuya diferencia entre ellos es de solamente 3 dB, podría pensarse que esta diferencia es muy pequeña y que probablemente carezca de importancia considerar uno u otro nivel, pero la diferencia de energía es del doble.

Nivel sonoro continuo equivalente, Leq

El nivel sonoro es variable en el tiempo, debido a esto es muy común que se utilice el concepto de nivel equivalente para mediciones a lo largo de ciertos períodos de tiempo (no mediciones instantáneas).

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Durante el periodo de tiempo que dura una medición, se obtienen niveles sonoros instantáneos que varían con el tiempo, es posible calcular la energía total emitida durante el tiempo de medición. Luego, para determinar el nivel equivalente, se calcula el nivel de sonido continuo que aporta la misma dosis de energía que el sonido variable durante el intervalo de tiempo dado65. Evaluar un nivel de ruido fluctuante significa obtener un valor para un nivel que es, en términos sencillos, el nivel promedio. El cálculo del promedio a simple vista utilizando un instrumento de aguja es un método del pasado. El “nivel sonoro continuo equivalente” (Leq), se conoce en todo el mundo como el parámetro promedio esencial. El Leq es el nivel que, de haber sido constante durante el período de medición, representaría la misma cantidad de energía presente en el nivel de presión sonora medido y fluctuante. El Leq se mide directamente con un sonómetro integrador. El Leq es una medida de la energía promedio en un nivel sonoro variante, no siendo una medida directa de la molestia. Sin embargo, investigaciones más amplias han mostrado que el Leq se correlaciona bien con la molestia aunque es evidente que un nivel de ruido aceptable, por ejemplo, un miércoles por la tarde podría ser angustioso un domingo temprano por la mañana66. El nivel equivalente sonoro viene entonces expresado por la ecuación:

Donde: Leq,T = Nivel de presión acústica continúo equivalente en dB. T = t2 - t1, tiempo de medición. P (t) = Presión sonora instantánea en Pascales. Po = Presión de referencia, 20 µPascales Existen otras formas de expresar el nivel continuo equivalente:

65 Universidad de Buenos Aires. Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizados. 2002. 66.Bruel & Kjaer. Ruido Mediambiental. 2000

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Siendo

Nivel máximo, Lmax

Nivel sonoro más alto que se registra durante un intervalo de medición (dB). El valor Lmax debe medirse con la constante de tiempo rápida (Fast), ya que así se obtendrá una buena correlación con la sensación de sonoridad percibida por el oído. Para sonidos impulsivos de duración extremadamente corta, puede emplearse la constante de tiempo impulsiva, y comúnmente, en estos casos se emplea el filtro de ponderación C.

Nivel mínimo, Lmin

Menor nivel que se registra durante un intervalo de medición (dB).

Nivel equivalente día-noche

Este indicador se denomina Ldn, y pretende dar una idea del nivel de ruido a lo largo de las 24 horas del día, teniendo en consideración el hecho de que durante la noche la población se vuelve más sensible al ruido y, si bien habitualmente los niveles sonoros disminuyen en cierta medida durante ese período, su importancia relativa aumenta. Se trata del Leq(A) para un período de 24 horas, con una penalización de 10 dB para los niveles equivalentes medidos durante la noche. Las horas que comprenden el período nocturno varían de acuerdo a las costumbres y culturas de cada pueblo, siendo necesario estudiar información acerca del comportamiento promedio de la población en cada caso. Para calcular el Ldn, se obtiene un nivel equivalente para el período diurno (Ld), y un nivel equivalente para el nocturno (Ln). A éste último se le suma 10 dB, y luego se promedia con el Leq(A) del día, de acuerdo a la siguiente fórmula:

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Ld/10 (Ln + 10)/10 Ldn = 10log (d_

24 x10 + (1- d_ 24 )x10 )

Donde: d = Numero de horas diurnas n = Numero de horas nocturnas

Nivel equivalente día-tarde-noche

En algunos países se considera el concepto de tarde (atardecer o anochecer), principalmente en la Comunidad Europea, para tratar el período vespertino que antecede a la noche (período de sueño), en el cual la población goza generalmente de su tiempo libre, fuera del horario típico de trabajo. Esta definición puede abarcar también el período de la siesta, si fuera conveniente. Por estos motivos, se entiende que en este período del día hay un cierto aumento en la sensibilidad al ruido. En este caso, los valores medidos durante el período vespertino (Le) se penalizan con 5 dB. El nivel Lden, se calcula de manera similar al anterior, mediante la siguiente fórmula:

Ld/10 (Le + 5)/10 (Ln + 10)/10 Ldn = 10log (d_

24 x10 + e_ 24 x 10 + (n_

24 )x10)

Nivel equivalente noche

Se simboliza como Ln y consiste simplemente en el valor Leq(A) medido durante las horas de la noche, sin el incremento de 10 dB, es ampliamente utilizado por la Unión Europea.

Nivel equivalente fin de semana

En muchos casos puede ser aconsejable identificar los datos obtenidos los sábados, domingos y festivos, ya sea Ldn, Lden o cualquier otro indicador de 24 horas.

Nivel promedio

Consiste en el cálculo de la media aritmética de los valores instantáneos de Lp(A), mediante la siguiente fórmula: n

LProm (A) = 1/n ∑ Lpi (A) i = 1 Es de anotar que, aunque conceptualmente son cosas diferentes, el valor numérico Lprom(A) no resulta demasiado distinto del Leq(A). De hecho, la diferencia no suele ser mayor que 1 dB.

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Clima de ruido (CR)

Expresa la fluctuación del ruido, complementando en muchos casos al Leq. CR = L10 – L90 (dB)

Nivel de ruido de trafico (TNI)

Griffith y Langdon 67 detectaron, mediante encuestas realizadas en Londres, que las molestias percibidas guardaban cierta relación con el clima de ruido. Desarrollaron entonces un indicador que tuviera en cuenta aquellos parámetros. El TNI, o Índice de Ruido de Tránsito, está dado por la siguiente fórmula: TNI = 4 (L10 – L90) + L90 – 30 dB

Nivel de contaminación acústica (NPLL)

Robinson68 propuso un índice que tuviera en cuenta el hecho de que a mayores fluctuaciones en el nivel sonoro, mayor es la molestia percibida por las personas. Propuso entonces un indicador de ruido que está conformado por una combinación de dos factores: el nivel equivalente y la desviación estándar de las muestras en el mismo período. El NPLL, o nivel de contaminación por ruido o acústica, está dado por la siguiente fórmula: NPLL = Leq + Kσ Donde Leq es la energía media del nivel sonoro dentro de un período de tiempo dado, pudiendo también emplearse Leq(A), σ es la desviación estándar y, K es una constante que se estableció de valor igual a 2,56 debido a que ese valor, aparentemente, concordaba mejor con los estudios realizados en la población. Por ese motivo, es común hallar referencias al NPLL directamente expresadas en la siguiente forma: NPLL = Leq + 2,56 σ

67 Universidad de Buenos Aires. Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizados. 2002. 68 Universidad de Buenos Aires. Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizados. 2002.

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Nivel de exposición sonora (SEL)

También conocido como Nivel de Evento Simple, el SEL, intenta valorar más acertadamente ruidos de eventos únicos, como el paso de un avión o de un tren. Está basado en la integración de todo el evento sonoro, teniendo en cuenta la cantidad total de energía del evento. El valor SEL se define como el nivel de sonido continuo durante un período de 1 segundo que contiene la misma energía que el evento sonoro individual completo. La constante de tiempo más empleada internacionalmente para este tipo de mediciones es la rápida (F). Para un evento sonoro ocurriendo durante un intervalo de tiempo T, la relación entre el SEL y Leq(A) es: SEL = Leq(A) + 10 log ﴾T/1s﴿

Habitualmente se trabaja con el filtro de ponderación por frecuencia A, pero para sonidos impulsivos, como disparos de armas de fuego, el análisis con la curva C se correlaciona mejor con la sensación de sonoridad percibida.

Indicadores estadísticos

Para analizar convenientemente un fenómeno complejo y variable como el ruido, se hace necesario el empleo de herramientas estadísticas, más específicamente, de descriptores estadísticos de ruido, los tipos de análisis más utilizados son el distributivo y el acumulativo. El análisis distributivo indica por cuánto tiempo el nivel sonoro ha estado dentro de un dado intervalo, como por ejemplo entre 67 y 68 dB(A). En la Figura 5 podemos ver un ejemplo de análisis distributivo, realizado con base en valores ficticios, con el fin de ilustrar el concepto. Figura 5. Gráfico de análisis distributivo

Fuente: Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizados El análisis acumulativo, en cambio, brinda indicación de por cuánto tiempo un determinado nivel sonoro ha sido superado. En la Figura 6 podemos ver el gráfico correspondiente a este tipo de análisis.

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Figura 6. Gráfico de análisis acumulativo

Fuente: Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizados En la curva podemos apreciar que niveles relativamente bajos de sonoridad, como 60 dB(A), fueron superados durante todo el tiempo de esta hipotética medición. Es decir, todos los valores obtenidos en la medición fueron superiores a 60 dB(A), mientras que nunca se alcanzaron valores tan altos como 80 dB(A). Este último tipo de análisis es más utilizado, y con base en el mismo se definen los indicadores estadísticos de ruido comúnmente conocidos como “percentiles”, los cuales sirven para dar información acerca de cómo varía o fluctúa el nivel sonoro durante el período de medición. El nivel percentil Lx representa el valor Lp(A) que fue superado durante X porcentaje del tiempo de medición. Los percentiles más utilizados son el L1, L5, L10, L50, L90, L95 y L99. Los percentiles L90, L95 y L99 se suelen utilizar para indicar lo que se conoce como ruido de fondo, ya que es el nivel de presión sonora mínimo o de base, que está presente casi todo el tiempo, mientras que los percentiles L1, L5 y L10 se suelen utilizar para indicar lo que se conoce como “pico de ruido”, no teniendo referencia con el valor máximo obtenido durante el período. Los percentiles son considerados más representativos que los valores máximos y mínimos absolutos y, particularmente L10 y L90 son dos de los más utilizados. Como se mencionó antes, a la diferencia entre estos dos (L10 - L90) se le denomina Clima de Ruido. L50 indica el valor que fue superado durante el 50% de tiempo de medición. Dicho de otra forma representa la mediana de los valores medidos. Recordando el concepto de mediana, si se ordenan de mayor a menor todas las muestras obtenidas, ésta equivale al valor central, o al promedio de los dos valores centrales, de modo que existe igual cantidad de muestras mayores y menores que L50. La mediana arroja un resultado mucho más representativo que el promedio de las muestras.

Guías para las medidas de ruido ambiental Los indicadores numéricos destinados a cuantificar el ruido se han venido desarrollando desde los comienzos de la instrumentación acústica, en las primeras décadas del siglo XX. En 1933 Fletcher y Munson publicaban el primer informe detallado sobre la compleja relación existente entre la sonoridad, un atributo subjetivo del sonido, y sus propiedades físicas (frecuencia y nivel de presión

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sonora). Esto condujo al intento fallido de resolver el problema de la valoración numérica de la sonoridad mediante las redes de ponderación A, B y C. La falla residía en que los contornos de Fletcher y Munson habían sido obtenidos para tonos puros y no para sonidos poliarmónicos o de espectro continuo. Es interesante destacar que a través de un estudio realizado en Nueva York se aplicó un método comparativo de medición, que en lugar de utilizar un sonómetro o medidor de nivel sonoro (o acustímetro, como se lo denominaba al principio), empleaba un audiómetro, el cual se utilizaba para enmascarar el ruido a medir. Pese a las dificultades prácticas, este método se aproximaba más a una medición subjetiva. La verdadera determinación de la sonoridad subjetiva vendría mucho más tarde, con los métodos de Stevens y Zwicker, plasmados luego en la Norma ISO 532. Sin embargo, la sonoridad no constituye por sí misma una indicación del grado de molestia. A pesar de todo esto, la amplia difusión y disponibilidad de los sonómetros con ponderaciones de frecuencia A y C condujeron a que fueran éstos los instrumentos de medición más ampliamente utilizados por los investigadores para estudiar los efectos del ruido en el ser humano, alentados por algunos importantes éxitos. Ya en décadas más recientes, se incorpora el sonómetro integrador, relevando al usuario de tener que efectuar integraciones manuales y de menor confiabilidad. En 1974 la Agencia de Protección Ambiental Norteamericana (EPA) publicó un documento sobre los niveles de ruido aceptables para proteger la salud y el bienestar. En el documento de los niveles (The Levels Document) se consideran detalladamente temas como el daño auditivo y la molestia. Una de las primeras consideraciones se refiere a la elección del indicador más ventajoso. Las condiciones que ha de cumplir tal indicador son: � Debe poder aplicarse a la evaluación del ruido en varios ámbitos de percepción y durante

períodos largos de tiempo � Debe exhibir una buena correlación con los efectos individuales y públicos del ruido. � Debe ser simple y precisa. Debería servir al mismo tiempo para planificación para límites

reglamentarios y para monitoreo. � El instrumento capaz de medirlo debe ser normalizado y estar disponible comercialmente. � El indicador debería estar relacionado con los métodos habituales. � El valor del indicador debería ser predecible a partir del conocimiento de las fuentes y los

fenómenos físicos causantes del ruido. � El indicador debería poder medirse con monitores autónomos ubicados en espacios públicos

durante tiempos prolongados. Condiciones tan específicas conducen rápidamente a que el indicador sea el nivel equivalente LAeq, o alguna de sus variantes como el nivel día-noche, Ldn, definido como el nivel equivalente al cual se le ha aplicado una penalización (incremento) de 10 dB a los ruidos ocurridos durante la noche:

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De otra parte, el primero de Abril de 1998 fue establecido por la Comisión Europea el Grupo de Trabajo I, para recomendar: los indicadores físicos para describir el ruido de fuentes externas con propósitos de valoración, trazado, planeación y control y de proponer los métodos de implementación. Como resultado de este grupo de trabajo se obtuvo el documento denominado Position paper on EU noise indicators en el cual se fijan las primeras recomendaciones a la Comisión Europea sobre Indicadores de Ruido Medioambiental. Según el documento “Position paper on EU noise indicators emitido por la Comisión Europea”, los indicadores deberían tener varios atributos para su adopción generalizada. El primero de ellos es la validez, es decir que se correlacione con los efectos que se pretenden controlar. Debe tenerse en cuenta que el objetivo de estos indicadores es, en la mayoría de los casos, fijar una base numérica sobre la cual regular, controlar, reprimir o prevenir actividades causantes de ruido, de allí que los efectos a considerar dependan de cuestiones contextuales y políticas además de técnicas. Por ejemplo, en ambientes laborales, particularmente en ciertos tipos de industria, es muy difícil lograr niveles de ruido muy bajos, por lo cual los efectos pertinentes son el daño auditivo y otras enfermedades derivadas de la exposición a ruidos intensos (estrés, hipertensión, daños de la voz, etc.). En estos casos hay recursos para detectar tempranamente los individuos más hábiles o susceptibles. En ambientes urbanos, donde está en juego una población mucho más extensa (y sobre la cual es impráctica la realización de exámenes otológicos periódicos), los criterios son siempre más exigentes, prestándose atención a efectos tales como la molestia. El segundo atributo es la aplicabilidad práctica, es decir la facilidad para calcularlo a partir de mediciones efectuadas con equipo ampliamente disponible. Esto conlleva la desventaja de que los equipos más difundidos permiten medir el nivel sonoro ponderado y el nivel equivalente, lo cual restringe otras posibilidades. Otros atributos son la transparencia, es decir que resulte sencillo de explicar y usar, la consistencia con las prácticas habituales más ampliamente difundidas, y la factibilidad de su uso para comprobación del cumplimiento o no de límites reglamentarios. Asimismo, en dicho documento se propone como indicador recomendado para los informes sobre ruido en toda la Unión Europea el valor LEU, definido como:

donde Ldía, Ltarde, Lnoche, son, respectivamente, los niveles equivalentes extendidos a periodos de 12, 4 y 8 horas respectivamente, seleccionados apropiadamente a las características regionales de cada país. En resumen, en ambos casos, representativos de dos momentos históricos dos contextos políticos y dos situaciones geográficas diferentes, se adoptan indicadores similares que tienen en cuenta muy especialmente la disponibilidad masiva del equipo y la conveniencia de atenerse a la tradición. Las ventajas son varias: simplicidad, aprovechamiento de resultados anteriores, comparabilidad de

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estudios, etc. La desventaja es un estancamiento histórico considerable, al desaprovechar las posibilidades que brinda actualmente la tecnología69.

Normas ISO como guías para la evaluación del ruido medioambiental La principal característica del ruido ambiental es que normalmente no es estable sino que fluctúa considerablemente y puede pasar desde un nivel muy bajo en un instante, hasta un nivel muy alto en el próximo, entonces no se puede afirmar que una persona escucha un nivel determinado de ruido en algún sitio a menos que se utilice algún método para promediar la variación de los niveles en el tiempo. Para describir el ruido en estos términos se requeriría de un tratamiento estadístico Por lo tanto, en estos términos una descripción completa del ruido distinguiría la distribución de niveles en el día, la tarde y la noche y entre el fin de semana y los días de la semana, también daría la distribución para mostrar las diferencias entre las distintas estaciones del año. La dificultad con la metodología estadística es que da un gran número de parámetros estadísticos para cada sitio de medida y si estos fueran promediados sobre cercanías más o menos homogéneas se requeriría un gran conjunto de números para caracterizar el ruido en las vecindades. En estas condiciones, es literalmente imposible tener algún arreglo numérico que se pueda utilizar verdaderamente en el contexto, o para desarrollar mapas o líneas básicas de exposición al ruido. Es entonces esencial encontrar una medida sencilla para la exposición al ruido qu permita caracterizar con razonable exactitud la exposición al ruido de todos los vecindarios, así como prevenir extremos o excesos de exposición al ruido en algún momento y para detectar tendencias desfavorables en el futuro. Para estos propósitos, no se requiere gran exactitud ni un cúmulo de datos en cada punto Varias metodologías que combinan el ruido de eventos individuales y fuentes estables que transforman las medidas de exposición del ruido en medidas acumulativa se han desarrollado en varias naciones, como por ejemplo, Pronóstico de Exposición de Ruido, el Ruido Corregido Compuesto, Nivel Equivalente de Ruido Ambiental, el Ruido y Número Índice, y Nivel de Contaminación de Ruido. Muchas de estas metodologías, difieren en el detalle técnico (principalmente en la unidad de medida para los eventos ruido individuales), pero son conceptualmente similares y tienen buena correlación entre sí. El Nivel sonoro equivalente se formula en términos del nivel de ruido equivalente estable, que en un período determinado de tiempo contendría la misma energía que el ruido variante durante el mismo período de tiempo, tal como se ha definido anteriormente.

69 Federico Miyara. Paradigmas para la Investigación de las Molestias por Ruido.

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Este concepto de Nivel Equivalente Sonoro se desarrolló en los Estados Unidos y Alemania en un período de años. El nivel equivalente sonoro lo usó inicialmente la Fuerza Aérea de Estados Unidos en 1957 al desarrollar la Guía para el ruido de operaciones aéreas. Una más reciente aplicación es el desarrollo de CNEL (el Nivel Equivalente de Ruido Ambiental en USA) la medida por describir el ambiente del ruido de aeropuertos. Esta medida se encuentra contenida en las Normas del Ruido, Titulo 4, subcapítulo 6, del Código Administrativo de California (1970) y es basado en una suma de Leq en un período de 24-horas con ponderaciones para la exposición durante los períodos de la tarde y de la noche. El nivel del ruido equivalente Leq se introdujo específicamente en 1965 en Alemania como una forma para evaluar el impacto de ruido de operaciones aéreas en las cercanías de aeropuertos. Casi de inmediato se reconoció en Austria como apropiado para evaluar el impacto de ruido de tráfico callejero en las viviendas y en los salones de clase. Fue incluido en las Normas Nacionales de las dos Alemanias por tasar los efectos subjetivos de ruidos fluctuantes de todos los tipos, como el de la calle y tráfico de vías, tráfico ferroviario, trafico de naves por canales y tráfico de naves de río, avión, los funcionamientos industriales (incluso el ruido de las máquinas individuales), estadios, los patios de recreo, etc. esta valoración fue usada en las dos Alemanias en las pautas normales para la planificación de la ciudad. Además, era la valoración que demostraba tener mejor correlación con la participación subjetiva en el estudio de ruido del gran tráfico Suizo de 1966-67 y entró en tal uso general en Suecia, para tasar la exposición del ruido, que la instrumentación comercial prontamente estuvo disponible para medir Leq directamente. Posteriormente en 1973 - 1974 la EPA incorpora este mismo concepto en su documento EPA/ONAC 550/9-74-004), ya comentado anteriormente, y luego es incorporado en las recomendaciones de la International Standards Organization ISO para evaluar el ruido de operaciones aéreas, ruido industrial y su efecto sobre las áreas residenciales y la conservación del oído en medios laborales70. Ya en 1971, preocupados por el incremento de ruido en el medio ambiento, la International Standards Organization había publicado la norma ISO/R 1996-1971 titulada Evaluación del Ruido con Respecto a la Respuesta de la Comunidad. Posteriormente, en 1982 publica una revisión de la norma anterior, en tres partes: � ISO 1996/1 Descripción y Medida de Ruido Ambiental. Parte 1. Cantidades Básicas y

Procedimientos. � ISO/DP 1996/2 Descripción y Medida de Ruido Ambiental. Parte 2. Adquisición de Información

Relacionada con el Uso del Suelo. � ISO/DP 1996/3 Descripción y Medida de Ruido Ambiental. Parte 3. Aplicación a Límites de

Ruido.

70 EPA/ONAC 550/9-74-004. Equivalent Sound Level and its Relationship to Other Noise Measures.

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En estas publicaciones, ISO incorpora y desarrolla muy bien el concepto de Leq. Estas normas son aceptadas por muchas normatividades Nacionales entre ellas Colombia al adoptarla en 1993, por intermedio del Instituto Colombiano de Normas Técnicas bajo las nominaciones NTC – 3522, NTC – 3520 y NTC – 3521 respectivamente. La discusión en la Unión Europea sobre el ruido medio ambiental comenzó con la publicación del Libro Verde sobre la Política Futura de Lucha contra el Ruido publicado en Bruselas en noviembre de 1996, este documento fue parcialmente basado en un inventario preparado por Vallet y alumnos. Después de recibir comentarios de muchos de los estados miembro se realizó una conferencia en La Haya en mayo de 1997 en la cual se generó una Resolución sobre la armonización de las medidas del ruido, que tenía en cuenta lo siguiente: La conclusión del Libro Verde fue que el LAeq,T era la medida básica. Aunque no es perfecto concluyó que ningún otro de los descriptores lo hacen tan bien como éste. Además se concluyó que eran necesarios dos parámetros: uno para describir la molestia y otro para describir la perturbación del sueño. Esto desemboca en varias opciones para las cuales no se estableció ninguna preferencia. Unidades similares eran el Lden y Ldn basados en el LAeq o variaciones de ellos. Se sugirió esperar las conclusiones de un comité convocado por el Consejo Nacional de Salud de Holanda, el cual normalmente prepara recomendaciones sobre el mismo tema. Además del LAeq,T serían necesarios ajustes para fuentes específicas, posiblemente bajo los siguientes aspectos: � Físicos: Tonal, impulsivo, bajas frecuencias, otros. � Sociales: Trafico Vehicular, Trenes, Aviones, otros. El tiempo nocturno seria el tiempo que las personas se encuentran durmiendo. La división entre el tiempo diurno y el nocturno será una decisión de carácter local que dependa de factores como la cultura y el clima. Las modificaciones futuras incluirán un parámetro para combinar la exposición al ruido proveniente de distintas fuentes. Una segunda propuesta referente a los indicadores de ruido medioambiental fue hecha en un taller de trabajo de la Unión Europea denominado “Ruido de tráfico vehicular”, llevado a cabo en Munich en 1997. Se estableció que “el nivel de evaluación acordado por la ISO en 1996 es sugerido para la medida de ruido. Esto es para medidas separadas en tiempo diurno y en tiempo nocturno. Un método de cálculo armonizado y un modelo de propagación del ruido serían utilizados para la determinación del nivel de evaluación”. Las conclusiones del comité internacional dirigido por el Consejo Nacional de Salud Holandés recomendó el uso de dos indicadores de ruido separados: El nivel de exposición medioambiental para evaluar la molestia durante las 24 horas del ciclo diario y, el nivel de exposición medioambiental nocturno para el ruido asociado con las perturbaciones del sueño. El Parlamento Europeo en su Resolución de 10 de junio de 1997 respaldó el Libro Verde de la Comisión e insistió en la necesidad de establecer medidas e iniciativas específicas en una Directiva

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sobre la reducción del ruido ambiental y puso de manifiesto la falta de datos fidedignos y comparables sobre la situación con respecto a las distintas fuentes de ruido71. A comienzos de 1998 la comisión europea expidió los términos de referencia para cinco grupos de trabajo quienes asesoraron la Comisión sobre Política Europea de Ruido. La comisión invitó a los estados miembro, ONGs, industria, autoridades locales, Organización Mundial de la Salud y la Agencia Europea Medioambiental para colaborar con los grupos de trabajo y asesorar a la comisión en los detalles técnicos de la propuesta para una nueva directiva de trabajo. En la conferencia de Copenhagen en septiembre de 1998, fueron discutidos y aceptados estos términos con algunas modificaciones. Los resultados del trabajo realizado por el grupo de trabajo I, indicadores de ruido, se resumen en: El grupo recomendó los indicadores físicos para ser utilizados en la Unión Europea para describir el ruido de todas las fuentes externas para propósitos de evaluación, trazado de mapas, planeación y control y proposición de métodos de implementación. Además fue requerido para seleccionar indicadores que pudieran ser utilizados para evaluar la molestia, perturbación del sueño, quejas, interferencia del habla en áreas residenciales y también para situaciones deportivas, si era posible. Las recomendaciones claves para aplicación general a ser adoptadas en el futuro fueron: � El uso del LAeq como parámetro básico de medida � Períodos de tiempo de 12 horas para el intervalo diurno, 4 horas para la tarde o vespertino y 8

horas para el nocturno. � Tratar cada fuente separadamente. � Establecer promedios representativos72. Al mismo tiempo, la Internacional Standard Organization inició la revisión de la norma ISO 1996: Acústica – Descripción y medida de ruido ambiental. Muchos de los indicadores utilizados en esa época estaban basados en esta norma, pero ella databa de 1982, por lo que se hizo necesario actualizarla. Es así como en el 2003 la ISO publica la norma actualizada ISO 1996/1 2003 y una adenda a la norma ISO 1996/2. En esta revisión, la norma ISO 1996 continúa trabajando con el Leq pero ha introducido una serie de conceptos modernos en lo que se refiere a los parámetros de corrección por características físicas del ruido, por el tiempo, por usos de los terrenos, entre otros; de tal manera que en el momento se constituye en el instrumento más actualizado de que se dispone para hacer frente a este contaminante.

71 Directiva 2002/49/ce del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea. 72 Position Paper on EU, Noise Indicators

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INTERVALOS DE TIEMPO DE MEDIDA

Intervalo de Tiempo de Referencia Es el intervalo de tiempo al cual se relaciona el nivel sonoro. El intervalo de tiempo de referencia puede especificarse en estándares nacionales o internacionales para cubrir las actividades humanas típicas y las variaciones en la operación de las fuentes sonoras, por ejemplo la densidad de tráfico y las horas de trabajo de plantas industriales. Intervalos de tiempo de referencia pueden ser, por ejemplo, parte de un día, el día completo o una semana completa. Algunos países definen tiempos de referencia más largos. Niveles o conjuntos de niveles diferentes, pueden especificarse para diferentes intervalos de tiempo de referencia. En relación con las actividades humanas, se puede seleccionar un intervalo de tiempo de referencia para el día y otro para la noche. También se pueden establecer intervalos de tiempo para las tardes, para los fines de semana y para los días festivos.

Intervalo de Tiempo a Largo Plazo Es el intervalo de tiempo especificado sobre el cual se promedia el nivel sonoro de una serie de intervalos de tiempos de referencia. El intervalo de tiempo a largo plazo se determina con el propósito de describir ruido ambiental y es designado generalmente por las autoridades responsables. La selección de este intervalo se relaciona con el objetivo de control de ruido, la naturaleza y la actividad del receptor, el funcionamiento de las fuentes y las variaciones de las condiciones de propagación. El intervalo de tiempo a largo plazo se debe escoger de modo que se cubran las variaciones de la emisión de ruido. Tal intervalo normalmente dura varios meses. Para la planeación de normas y evaluaciones a largo plazo, pueden usarse los intervalos de tiempo a largo plazo que representan una fracción significativa del año (por ejemplo, 3 meses, 6 meses, 1 año)73.

Intervalos de Tiempo de Medición74 Los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que se cubran todas las variaciones importantes de la emisión y transmisión de ruido. Además, la selección de los intervalos de tiempo de medición debe ser tal, que el nivel de sonido promedio a largo plazo o el nivel de evaluación se determinen con la exactitud deseada. Si el ruido muestra una clara periodicidad, los intervalos de tiempo de medición deben cubrir por lo menos, un período. Si no se pueden tomar mediciones continuas durante este período, los intervalos

73 Norma ISO 1996/1 2003 74 Norma Técnica Colombiana 3520

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de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que cada uno de estos represente una parte del ciclo y de modo, que juntos, representen el ciclo completo. Si el nivel de presión sonora varía progresivamente, los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que cada uno de éstos represente un período dentro del cual el nivel de ruido se considere aproximadamente constante. Si el ruido varía al azar, los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que den suficientes muestras independientes, para obtener un cálculo importante del nivel sonoro promedio a largo plazo.

Experiencias de Tiempos de Medición de Ruido Ambiental La cantidad de trabajos de medición de niveles de ruido ambiental que se han realizado a nivel mundial hasta nuestros días es muy grande y, la diversidad de técnicas empleadas históricamente muestra la falta de normalización existente. En cuanto se refiere a los tiempos de medición es muy disímil el concepto y por lo tanto el intervalo de tiempo que se toma es muy variado, lo cual depende de muchos factores según las necesidades y condiciones de medición, como se puede apreciar en la revisión de algunos proyectos representativos en este campo, que se hace a continuación. � Una de las primeras prospecciones de gran amplitud fue realizada en Londres en 1961/62. Se

midió 2 minutos por cada hora, durante 24 horas, y se obtuvieron los valores de L10(A) y L90(A). Se empleó una zona de unos 460 m de espaciamiento que cubría un área de 93 km2 aproximadamente.

� En Vancouver, Canadá, en el año 1972, trabajaron sobre una zona de 56.000 puntos, de la cual se utilizaron 10.000 seleccionados al azar para efectuar las mediciones. Se tomaron 10 muestras de 15 segundos sobre intervalos de entre 3 y 5 minutos y, se calcularon los valores de L10 y L90.

� En Watford, Reino Unido, en 1985, se empleó una zona de 500 m. Las mediciones se llevaron a cabo por 24 horas, midiendo por períodos de 1 hora, y se obtuvieron Leq(A), L1(A), L10(A), L50(A) y L95(A). Los resultados tuvieron un desvío estándar de 6 dB.

� En 1983 se llevó a cabo un estudio de la incidencia del ruido en el Reino Unido, en la se seleccionaron 1.000 puntos de acuerdo a la densidad de la población, de modo tal que aunque se cubrió toda Inglaterra y Gales, los puntos de muestreo en las áreas poco pobladas fueron pocos. Aquí también se obtuvieron una gran cantidad de indicadores: Leq(A), L1(A), L10(A), L50(A) y L95(A), medidos sobre intervalos de 1 hora, a lo largo de 24 horas.

� En España en 1991 se midieron los niveles de ruido en 50 puntos de 7 ciudades, obteniéndose los índices Leq, L1, L10, L50, L95 y L99. Las mediciones se realizaron a nivel del suelo, a nivel de un tercer piso y, en pisos más elevados, observándose poca diferencia en los niveles de ruido a diferentes alturas.

� En Europa, los países nórdicos han medido por 24 horas, penalizando con 10 dB a los valores nocturnos, y obteniendo el promedio diario expresado en Ldn.

� En la ciudad de Buenos Aires, en el año de 1973, el Laboratorio de Acústica y Electroacústica de la Universidad de Buenos Aires, realizó una medición de ruido, sin medir durante los meses de enero y febrero, ya que debido a la disminución en la circulación de vehículos, se consideró que las mediciones no hubieran sido representativas. Se definió una zona piloto de aproximadamente 1.8 km2. Inicialmente se realizaron mediciones en 4 puntos distintos durante

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las 24 horas, muestreando 20 minutos cada hora. Luego se midió en 45 puntos, tomando muestras de 20 minutos en 4 horarios índice establecidos con el primer muestreo. Las magnitudes medidas fueron Leq(A) y NPLL, de día y de noche.

� En Brasil, la Universidad Federal de Minas Gerais, realizó un mapa de ruido de la ciudad de Belo Horizonte, en 1997. Utilizando como eje una de las principales avenidas de la ciudad, desarrollaron una malla triangular, cuyos nodos o puntos estaban espaciados 450 m. Las mediciones se efectuaron los días martes, miércoles y jueves, en los horarios pico de 7:00 a 9:00 y de 17:00 a 19:00, tomando muestras de 5 minutos. Se obtuvieron Leq(A), Lmin(A), Lmax(A), L10(A), L90(A), SEL y TNI.

� En Montevideo, Uruguay, se realizó un mapeo de ruido urbano. Se tomaron muestras de 15 minutos, y luego de 1 hora, en 200 puntos distribuidos en toda la ciudad. Como los análisis estadísticos dieron resultados similares, se concluyó que el muestreo de 15 minutos era suficiente. Se obtuvieron Leq, L10, L50 y L90 y, se verificó que la situación general de Montevideo se podía describir usando solo L10, parámetro que consideraron asociado con la molestia.

� En Italia, durante el año 1996, se realizó una extensa medición del ruido urbano, empleando dos estaciones de monitoreo fijas instaladas en las ciudades de Trento y Roberto, sin efectuar un trazado de mapas. No realizaron un muestreo temporal sino que midieron continuamente las 24 horas, durante 1 año. Se midieron: Leq(A) por minuto y por hora, Ld (7:00 a 22:00), Ln (22:00 a 7:00), Lmax(A), Lmin(A), L1, L10, L50, L90 y L95. También se registró el perfil de eventos sonoros que superaban un umbral determinado de nivel y duración.

Actualmente se encuentra en actividad una estación permanente de monitoreo de nivel de ruido urbano en la ciudad de Buenos Aires, dicho proyecto está siendo desarrollado en el Laboratorio de Acústica y Electroacústica de la facultad de Ingeniería de la universidad de Buenos Aires. Analizando la experiencia internacional se encuentra que se ha muestreado de muchas formas diferentes. Desde 2 minutos por hora hasta 20 minutos por hora, desde mediciones efectuadas sólo en horas pico hasta aquellas que se extienden por 24 horas, e incluso, casos de mediciones continúas de 24 horas sin muestreo temporal. Otra variante que se encuentra es la ubicación del período muestreado dentro del evento que representa. Es decir, que si por ejemplo se quiere medir 15 minutos por hora, y se quiere medir el Leq del período de 7:00 a 8:00, se puede medir de 7:00 a 7:15, o de 7:10 a 7:25, o medir 3 intervalos de 5 minutos separados entre sí durante la hora bajo análisis. Todas estas alternativas son válidas. Sin embargo, no es aconsejable muestrear siempre en el mismo horario, porque se estaría representando siempre la misma franja horaria de 15 minutos. Resulta más representativa una medición en la que se desplaza la ventana en unos minutos cada día, o una en la cual el tiempo neto de medición se fracciona en una serie de intervalos menores distribuidos durante la hora o el intervalo a caracterizar. En lo que respecta al período de medición, cuanto menor sea el tiempo de muestreo, mayor será la desviación estándar resultante en los valores de Leq, es decir, que si se mide un minuto por cada hora, la desviación estándar de los Leq horarios será mayor que si medimos 60 minutos por hora. El criterio de decisión pasa por determinar hasta qué punto se justifica seguir extendiendo el período de muestreo. En núcleos urbanos como Buenos Aires ó México, el nivel de ruido es tan elevado que

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se encuentra en estado de saturación, es decir, si el flujo de vehículos se redujera considerablemente, se siguen teniendo niveles de ruido de fondo similares. En otras palabras, no habría una diferencia significativa entre los valores Leq que se obtendrían midiendo durante 30 minutos y midiendo durante una hora. La medición de Leq se estabiliza luego de un cierto tiempo en un entorno del valor final que se obtendría midiendo en forma continua. Una medición más extensa no aportaría nueva información, siendo de esta forma innecesario prolongar más allá de ese punto el período de muestreo75.

AJUSTES

Un ajuste es cualquier cantidad, positiva o negativa, constante o variable, que se adiciona a un nivel sonoro medido o calculado para tener en cuenta alguna característica del sonido, el período del día o el tipo de fuente. Un nivel corregido es el nivel sonoro calculado o medido al cual se le ha adicionado un ajuste. Medidas tales como el nivel de presión sonora diurno/nocturno o el nivel de presión sonora diurno/tarde/nocturno son ejemplos de niveles corregidos, porque son calculados a partir de medidas de sonido o calculados sobre períodos de tiempo de referencia diferentes, y los ajustes son añadidos al intervalo de tiempo de referencia de los niveles de presión sonora continua equivalente basado en el tiempo del día. Un nivel corregido puede ser creado haciendo ajustes sobre un nivel medido o calculado para tener en cuenta alguna característica del sonido tal como su tonalidad o impulsividad, así mismo para tener en cuenta las diferencias entre distintos tipos de fuentes, como por ejemplo utilizando como fuente sonora básica el tráfico vehicular, los ajustes pueden ser aplicados a los niveles de fuentes sonoras aéreas o de trenes.

Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente Ajustado Para un intervalo de tiempo Tn el nivel de presión sonoro continuo equivalente ajustado o nivel corregido LReq j,Tn, para la j-ésima fuente, está dado por el nivel de presión sonoro continuo equivalente actual, LAeq j,Tn, más el nivel de ajuste Kj para la j-ésima fuente, expresado en dB. En notación matemática el nivel de presión sonora continuo equivalente corregido está dado por:

LReq j,Tn = LAeq j,Tn + Kj

75 Universidad de Buenos Aires. Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizado. 2002

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Para ajustes que se relacionen con el carácter de la fuente, estos ajustes solamente serán aplicados durante el tiempo que esté presente la característica específica. Por ejemplo, si el ruido es de carácter tonal, entonces los ajustes solamente serán aplicados cuando el ruido tonal es percibible.

Niveles Corregidos

Nivel corregido para una fuente sonora

Si para un intervalo de tiempo, Tn, sólo una fuente sonora es de importancia, el nivel corregido es el nivel de presión sonora continuo equivalente calculado mediante la ecuación del numeral anterior. Los niveles corregidos pueden ser obtenidos para diferentes intervalos de tiempo mediante la siguiente ecuación: LReq i/10 LReq j,Tn = 10 Log (1/Tn ∑ 10 ) dB i

Nivel corregido para fuentes combinadas

Los niveles corregidos para fuentes combinadas pueden ser desarrollados para diferentes intervalos de tiempo. En general, el intervalo de tiempo T se subdivide en intervalos de tiempo Tnj para cada fuente j, su valor es seleccionado de tal manera que el ajuste en LReq j,Tn es constante. La subdivisión de T puede ser diferente para diferentes fuentes. El nivel de presión sonora continuo equivalente corregido está dado por la siguiente expresión:

LReq j, Tnj /10 LReq T = 10 Log (1/T ∑ ∑ Tnj 10 ) dB n j donde, T = ∑ Tnj para cada fuente j. n

Niveles corregidos compuestos para el día total Otro método utilizado ampliamente para describir un ruido ambiental comunitario es evaluar un nivel corregido conformado por el día completo a partir de los niveles corregidos de los diferentes periodos del día total. Por ejemplo, un nivel corregido diurno/nocturno LRdn, esta dado por la expresión:

(LRd + Kd)/10 (LRn + Kn)/10 Ldn = 10log (d_

24 x10 + (n_ 24 )x10 ) dB

Donde, d es el numero de horas del tiempo diurno LRd es el nivel corregido para el tiempo diurno, incluyendo los ajustes por fuentes sonoras y por características del sonido.

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LRn es el nivel corregido para el tiempo nocturno, incluyendo los ajustes por fuentes sonoras y por características del sonido. Kd es el ajuste por el tiempo diurno del fin de semana, si es aplicable. Kn es el ajuste por el tiempo nocturno del fin de semana, si es aplicable. Ecuaciones similares pueden ser utilizadas para crear un nivel corregido diurno/tarde/nocturno, LRden

(LRd + Kd)/10 (LRe + Ke)/10 (LRn + Kn)/10 Lden = 10log ( d_

24 x10 + e_ 24 x 10 + (n_

24 )x10 ) dB

Donde, e es el numero de horas de la tarde LRe es el nivel corregido para el tiempo de la tarde, incluyendo los ajustes por fuentes sonoras y por características del sonido. Los demás símbolos son similares a como se definieron anteriormente.

Ruido Impulsivo y Ruido Tonal No es posible tener un criterio totalmente definido para ruido impulsivo y que sea extensivo a todas las clases de impulsividad, pero un adendo de la Norma ISO 1996/2 clasifica las fuentes de ruido impulsivo en tres categorías diferentes (Ver Tabla 25): � Ruido impulsivo ordinario � Ruido altamente impulsivo � Ruido impulsivo de alto contenido de energía Tabla 25. Fuentes sonoras impulsivas

RUIDO ALTAMENTE IMPULSIVO

RUIDO IMPULSIVO DE ALTO CONTENIDO DE ENERGIA

RUIDO IMPULSIVO ORDINARIO

Pequeñas armas de fuego Explosiones de canteras y de minería

Balones de juego, baloncesto, fútbol

Molinos metálicos Proceso industriales y de

demolición altamente explosivos

Golpes de puertas de automóviles

Molinos de madera Cortacircuitos industriales explosivos

Canto de pájaros

Caídas en la forja Operaciones militares Impacto metálico en el cambio de vías de los trenes

Estallidos sonoros

Martillos neumáticos Martillos de golpe Taladros para pavimentos Fuente: EU Noise Inicators

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La Tabla 25 muestra que sólo un número muy pequeño de fuentes de ruido puede considerarse como fuentes impulsivas. Algunos boletines han mostrado que sólo 20% de las personas manifiestan que el ruido proveniente de fuentes industriales es de carácter impulsivo. La valoración de estas fuentes de ruido, para determinar la exposición del ruido a largo plazo y su inclusión en mapas de ruido, arroja los siguientes resultados: � El ruido del tráfico vehicular no es impulsivo (hay muy pocas excepciones); � Los juegos de balón al aire libre y las campanas de las iglesias no están sujetas a la valoración

para mapas del ruido; � El martillo de golpe, el martillo neumático, los taladros para romper pavimento son equipos de

operación relacionados con el trabajo de la construcción y sus sitios, por lo tanto estos normalmente no se involucran en la exposición a largo plazo, no estando entonces sujetos a valoración para mapas de ruido;

En Europa los estallidos sonoros no son un problema, ellos ocurren de vez en cuando y el número de eventos no es predecible. Sólo algunas fuentes de ruido tienen carácter impulsivo y estas son localizadas principalmente en el comercio y en la industria. En el contexto del trazado de ruido en mapas, únicamente las siguientes fuentes de ruido deberán tenerse en cuenta: � Pequeñas armas de fuego, actividades militares, � Molinos metálicos, molinos de madera, forjado, � Las explosiones en cantera y en minería; � La demolición y los procesos industriales altamente explosivos; � Los cortacircuitos industriales explosivos; � Impacto metálico en el cambio de vías de los trenes En forma similar, el adendo a la norma ISO 1996/2, con respecto al ruido tonal especifica que en evaluaciones de ruido donde está presente un marcado nivel tonal, este puede ser detectado por medio de un análisis espectral hecho en bandas de tercio de octava si el nivel de una de estas bandas excede en 5 o más decibeles al nivel de la banda adyacente, pero podría ser requerido un análisis de frecuencia en banda estrecha con el fin de detectar de una manera precisa la presencia de uno o mas componentes tonales en una señal de ruido. Si los componentes tonales son claramente audibles y su presencia puede ser detectada por un análisis en tercios de octava se puede hacer un ajuste entre 5 y 6 dB; pero si los componentes tonales son apenas detectables por el observador y demostrados por análisis en banda estrecha, un ajuste de 2 o 3 dB puede ser apropiado.

Molestia y corrección por ruido impulsivo y ruido tonal

El ruido impulsivo puede ser más molesto que el ruido non-impulsivo así cada uno de ellos tenga el mismo nivel equivalente Leq. El ruido impulsivo es corregido haciendo ajustes al respectivo Leq del ruido impulsivo. Las investigaciones muestran que hay un amplio intervalo de posibles ajustes para el ruido impulsivo, desde 2 dB hasta15 dB, dependiendo de las circunstancias. Las normatividades en los Estados Miembros de la Unión Europea contienen diferentes ajustes (dependiendo de las

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tradiciones de los países). La Tabla 26 muestra ajustes para el ruido impulsivo en algunos Estados Miembros. Tabla 26. Correcciones tonales e impulsivas aplicadas en diferentes países

PAIS KT en dB KI en dB

Austria 3 o 6 3 si LAImax – LAFmax < 2 dB

5 si LAImax – LAFmax > 2 dB

Bélgica; flamenco 5 o 2

Música: 5

LA,i,max < 2 s

LA,I,max - LAeq < 20 dB diurno

LA,I,max - LAeq < 15 dB tarde y noche Bélgica, Bruselas 2 a 6 LA,I,eq-LAeq Bélgica, Valón, 2 a 6 5 si LA,I,max-LA,S,max >5 dB

Dinamarca 5 5

Francia 5 3, 5 o 10 dependiendo de la duración y LA,F,max-LAeq

Alemania 3 o 6 LA,I,eq-LAeq o LA,FT,eq-LAeq Reino Unido (solo KT o KI) 5 5

Italia 3 3 si LA,i,max-LA,F,max >6 dB , y LA,F,max <1 s, y N>10 en tiempo diurno o N>2 en nocturno

Países Bajos 5 (tonos audibles) 5 (impulsos audibles) Fuente: EU Noise Inicators Donde KT es la corrección en dB(A) para ruido tonal y KI es la corrección en dB(A) para ruido impulsivo que debe ser añadida al LAeq del ruido respectivo.

Predicción de la exposición al ruido o molestia debida al ruido generado por fuentes con carácter impulsivo

Esta predicción depende de la altura del impulso, el número de impulsos, la distancia desde la fuente generadora y las posibles medidas de reducción del ruido. El último adenda a la norma ISO 1996/2 expresa que la molestia causada por ruido impulsivo, sea considerada efectuando un ajuste fijo al nivel equivalente normal Leq. En la Tabla 27 se muestran los valores de ajuste. Tabla 27. Ajustes Fijos para Ruido Impulsivo según ISO 1996-2

CARACTERISTICA DEL RUIDO AJUSTE Ruido Impulsivo Ordinario 5 Ruido Altamente Impulsivo 12 Ruido impulsivo de alta energía No definido Fuente: EU Noise Inicators

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Existen distintos métodos para predecir la exposición al ruido en las cercanías de las fuentes de ruido impulsivo, dentro de las cuales se destacan el A y B.

Método A. El nivel equivalente Leq es calculado a partir de los valores de emisión (nivel de potencia sonora) de la fuente y luego se adicionan los ajustes correspondientes a la norma ISO 1996-2. Estos ajustes son valores fijos que dependen de las características de la fuente; ruido impulsivo ordinario, ruido altamente impulsivo o impulsivo de alto contenido de energía. Esta suma puede usarse como el nivel corregido y puede presentarse en un mapa de ruido. El procedimiento de agregar los ajustes fijos no es muy sensible y cuando es comparado con las normas para calcular la exposición al ruido puede producir un estimado que no tiene en cuenta las variaciones de impulsividad dependiendo de la distancia, la exposición al ruido de fondo de otras fuentes (las cuales pueden o no ser de carácter impulsivo) etc.

Método B El nivel equivalente Leq es calculado con base en los valores de emisión (niveles de potencia sonora) de la fuente y se adicionan los ajustes correspondientes a uno de los métodos más sofisticados. Esta suma puede usarse como el nivel corregido y puede representarse en un mapa de ruido. Algunas dificultades pueden presentarse debido a: � No pueden predecirse valores pico de impulsos por evaluación a largo plazo; � El número de impulsos no puede predecirse para evaluación a largo plazo; � Los efectos de exposición a la impulsividad del ruido depende de la distancia de la fuente; � Fuentes impulsivas o no-impulsivas pueden coincidir en el punto receptor76.

Ejemplos de aplicación de molestia y corrección por ruido impulsivo y ruido tonal

Sobre los aspectos de impulsividad y tonalidad inherentes a los ruidos, desde hace algún tiempo, antes de la expedición de la norma ISO 1996/1 - 2003, se ha venido trabajando, y en algunas normatividades nacionales se han incluido y se han tenido en cuenta como factores de importancia en la evaluación de los ruidos. Incluso, en algunas de ellas se han expuesto métodos de identificación y valoración de los parámetros de corrección. Position Paper on EU Noise Indicators.

76 Position Paper on EU Noise Indicators

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Por no existir una reglamentación estricta o una teoría específica en los tratados de Física del ruido, a continuación y como ejemplo, se presentan los métodos para evaluar y cuantificar las correcciones tonales y por impulsividad de los ruidos, empleados en el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, Decreto 326/2003, de 25/11, de la Junta de Andalucía, y en la Ley 16/2002 de la Generalidad de Cataluña, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica. España.

Andalucía La medición acústica para detectar la existencia de tonos puros seguirá la siguiente secuencia: � Se colocará el sonómetro analizador en el sitio objeto de evaluación siguiendo las indicaciones

de medición respectivas al equipo � Con la fuente de ruido en operación, se realiza un análisis espectral del ruido existente, en las

bandas de tercio de octava comprendidas entre 20 y 10.000 Hz. � El índice a valorar en cada una de las bandas será el Nivel Continuo Equivalente durante al

menos 60 segundos en cada una de las bandas. � Para valorar los tonos puros se analizarán aquellas bandas (Leq fi) en que el nivel sonoro sea

superior a las bandas anteriores (Leq fi-1) y posteriores a éste (Leq fi+1). Existirán tonos puros cuando: � En los anchos de banda (25 - 125 Hz) [f1 = 25, 31, 5, 40, 50, 63, 80, 100, 125] � Leq f1 = ((Leq fi-1 + Leq fi+1) / 2) + 15 � En los anchos de banda (160 - 400 Hz) [f1 = 160, 200, 250, 315, 400] � Leq f1 = ((Leq fi-1 + Leq fi+1) / 2) + 8 � En los anchos de banda superiores a los 500 Hz � Leq f1 = ((Leq fi-1 + Leq fi+1) / 2) + 5 En caso de cumplirse una o varias de las condiciones anteriores, el valor de K1 será 5 dBA, siendo su valor 0 dBA en caso de no cumplirse ninguna de ellas. Para la medida de la posible existencia de ruidos impulsivos, se desarrollará la siguiente secuencia: � Se colocará el sonómetro en el sitio objeto de evaluación siguiendo las indicaciones de medición

respectivas del equipo. � Con la actividad funcionando se hará una medición de 10 minutos, se determinará aquel minuto

cuyo LAeq sea más elevado (LAeq1 minuto). � Se realizará una serie de determinaciones del nivel sonoro colocando el detector del sonómetro

en modo IMPULSE, (Laim). En caso de no disponer el equipo del modo IMPULSE, se utilizará como índice de valoración en Lmax corregido en 5 dBA (Limpulse=Lmax + 5).

� En esta posición se realizarán al menos tres determinaciones, valorándose la media aritmética de éstas. Este valor se definirá por Laim

� Se calculará el índice K2 = Laim - LAeq1min En la Tabla 28 se presenta los valores del índice K2, el cual es utilizado como corrector para la valoración de la molestia producida por los ruidos impulsivos.

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Tabla 28. Valores de corrección del índice K2 Valor de K2 Tipo de Corrección

Si K2 ≤ 2 No se realiza ninguna corrección Si 2 < K2 ≤ 4 Se penalizará con 2 dBA Si 4 < K2 ≤ 6 Se penalizará con 3 dBA Si 6 < K2 ≤ 8 Se penalizará con 4 dBA Si 8 < K2 ≤ 10 Se penalizará con 5 dBA

Fuente: Position Paper on EU Noise Indicators En las valoraciones que deban realizarse donde sea inviable detener o suspender las fuentes de ruido de fondo, procesos fabriles, ubicaciones próximas a vías rápidas, etc, donde «a priori» es inviable determinar de forma fehaciente el nivel continuo equivalente del ruido de fondo (LAeqRF) y de ahí poder determinar el ruido procedente de la fuente ruidosa en valoración, se seguirán alguno de los siguientes procedimientos: Se medirá y determinará la pérdida de energía acústica entre el foco emisor en valoración y el receptor. La afección acústica de la fuente ruidosa sobre el receptor vendrá dada por la diferencia entre la potencia acústica del foco emisor y la pérdida de la energía acústica. Desarrollando cualquier otro procedimiento o sistema de acuerdo con el estado de la ciencia que a juicio de la Administración competente sea apropiado al caso.

Cataluña La corrección de nivel K1 se aplica: Para el ruido que proviene de las actividades y el vecindario: � 5 dB(A) en período diurno y nocturno. Si el ruido proviene de las instalaciones de ventilación y climatización: � 5 dB(A) en período diurno; � 8 dB(A) en período nocturno. La corrección de nivel K2 toma en consideración los componentes tonales del ruido en el lugar de la inmisión: � Por percepción nula de componentes tonales: 0 dB(A). � Por percepción neta de componentes tonales: 3 dB(A). � Por percepción fuerte de componentes tonales: 6 dB(A). La corrección de nivel K3 toma en consideración los componentes impulsivos en el lugar de la inmisión: � Por percepción nula de componentes impulsivos: 0 dB(A). � Por percepción neta de componentes impulsivos: 3 dB(A). � Por percepción fuerte de componentes impulsivos: 6 dB(A).

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La manera detallada de evaluar la presencia de componentes tonales se presenta a continuación: Se hace un análisis con Resolución de 1/3 de octava. Se calcula la diferencia:

L = Lt - Ls

Donde: Lt es el nivel de presión sonora de la banda f que contiene el tono puro; Ls es la media de los niveles de las dos bandas situadas inmediatamente por encima y por debajo de f. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales, entre 20 a 125 Hz: � Si L < 8 dB, no hay componentes tonales. � Si 8 dB ≤ L ≤ 12 dB, hay componente tonal neto. � Si L > 12 dB, hay componente tonal fuerte. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales, entre 160 a 400 Hz: � Si L < 5 dB, no hay componentes tonales. � Si 5 dB ≤ L ≤ 8 dB, hay componente tonal neto. � Si L > 8 dB, hay componente tonal fuerte. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales a partir de 500 Hz: � Si L < 3 dB, no hay componentes tonales. � Si 3 dB ≤ L ≤ 5 dB, hay componente tonal neto. � Si L > 5 dB, hay componente tonal fuerte. El ruido que se evalúa tiene componentes impulsivos si se perciben sonidos de alto nivel de presión sonora y duración corta. Para evaluar de manera detallada la presencia de componentes impulsivos se establece el siguiente procedimiento: Para una determinada fase de ruido de duración Ti en la cual se percibe un ruido impulsivo: � Se mide el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, durante Ti, LA, Ti. � Se mide el nivel de presión sonora ponderado A, determinado con la característica temporal

Impulse, promediado en el tiempo Ti, LAI. � Se calcula la diferencia Li = LAI - LA,TI. � Si LI < 3 dB, no hay componentes impulsivos. � Si 3 dB ≤ LI ≤ 6 dB, hay percepción neta de componentes impulsivos. � Si LI > 6 dB, hay percepción fuerte de componentes impulsivos.

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8. DE LAS NORMAS Y VALORES DE COMPARACIÓN

Para el establecimiento de las normas y de los valores de comparación, en cualquier normatividad, actualmente, no solo se hace necesario acopiar los respectivos valores, sino que es indispensable tener en cuenta algunas variables con incidencia directa sobre la determinación y aplicación de estos valores, como son el uso de los suelos, los valores límites y los niveles críticos, la clasificación y caracterización de las fuentes para efectos de la emisión y propagación misma del ruido en el medio ambiente. En Colombia el Decreto 948 del 5 de junio de 1995 en su artículo 2., taxativamente define las normas sobre ruido en la siguiente forma: Emisión de ruido: Es la presión sonora que generada en cualesquiera condiciones, trasciende al medio ambiente o al espacio público. Norma de ruido ambiental: Es el valor establecido por la autoridad ambiental competente, para mantener un nivel permisible de presión sonora, según las condiciones y características de uso del sector, de manera tal que proteja la salud y el bienestar de la población expuesta, dentro de un margen de seguridad. Norma de emisión de ruido: Es el valor máximo permisible de presión sonora, definido para una fuente, por la autoridad ambiental competente, con el objeto de cumplir la norma de ruido ambiental. Así mismo, en el artículo 5 del mismo decreto establece las distintas clases de normas y estándares, encontrándose que estas son: � Norma de calidad del aire o nivel de inmisión; � Norma de emisión o descarga de contaminantes al aire; � Norma de emisión de ruido; � Norma de ruido ambiental, y � Norma de evaluación y emisión de olores ofensivos. Cada norma establecerá los estándares o límites permisibles de emisión para cada contaminante, salvo la norma de evaluación de olores ofensivos, que establecerá los umbrales de tolerancia por determinación estadística

USOS DEL SUELO

Norma ISO 1996

La segunda parte de la norma ISO 1996, Obtención de Información Relacionada con el Uso del Suelo, menciona que el objeto de la norma es el de proporcionar métodos para la obtención de información que describa el ruido medio ambiental. Utilizando esta información como base y de acuerdo con los respectivos niveles de ruido, las autoridades pueden establecer algún sistema para determinar el uso apropiado del suelo de un área específica, o que las fuentes de ruido existentes o

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que se planee instalar dentro de dichas áreas, estén de acuerdo con el respectivo uso establecido del suelo. Así mismo, esta norma describe los métodos para la obtención de información del ruido ambiental de una forma uniforme, en un área específica del suelo y para evaluar la compatibilidad de cualquier actividad existente o proyectada acorde con el mismo uso del suelo. La norma ISO 1996 define como uso del suelo a cualquier uso, existente o proyectado para el futuro, de un área delimitada del suelo. Para los propósitos de obtención de información de ruido relacionada con el uso del suelo, se requiere de la siguiente información básica: � Descripción geográfica del área en consideración, � Descripción de las principales características de las fuentes de ruido relacionadas con el área. � Descripción de la situación del receptor, como localización, ocupación, uso y características de

los alrededores más cercanos77.

Decreto 948 del 5 de junio de 1995 El decreto 948 del 5 de junio de 1995 en su Artículo 14. Norma de emisión de ruido y norma de ruido ambiental, es claro al determinar a quien corresponde emitir la norma (El MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE), la clase de norma a emitir, lo que debe contener básicamente, los ámbitos de aplicación espacial y temporal generales y los objetivos de protección a alcanzar, poblaciones, ecosistemas, derechos; así como también enuncia, en forma general, los generadores a los cuales se debe aplicar las normas y los sitios donde pueden estar ubicados. Según el decreto 948 del 5 de Junio de 1995, Artículo 14, la norma sobre ruido ambiental, necesariamente, tendrá que ser una Resolución del Ministerio de Ambiente, donde se deben tener en cuenta: Los sectores clasificados en el artículo 15 del decreto 948 de junio 5 de 1995 y los respectivos usos del sector. En este último sentido, el decreto no es claro cuando define la norma de ruido ambiental al incluir el término “características de uso del sector” por lo que se podría estar pensando en los usos del suelo y asociarlos con los del Plan de Ordenamiento Territorial (POT). � Los requerimientos de salud de la población. Efectos del ruido en el ser humano. � Las posibles alteraciones de los equilibrios en los Ecosistemas � La perturbación de la paz pública

77 Norma ISO 1996

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� Las lesiones al derecho de las personas a disfrutar de los bienes de uso público y de medio ambiente.

El mismo decreto 948 en su artículo 15 expresa: Para la fijación de las normas de ruido ambiental el Ministerio del Medio Ambiente atenderá a la siguiente sectorización: � Sectores A. (Tranquilidad y Silencio), áreas urbanas donde estén situados hospitales,

guarderías, bibliotecas, sanatorios y hogares geriátricos. � Sectores B. (Tranquilidad y Ruido Moderado), zonas residenciales o exclusivamente destinadas

para desarrollo habitacional, parques en zonas urbanas, escuelas, universidades y colegios. � Sectores C. (Ruido Intermedio Restringido), zonas con usos permitidos industriales y

comerciales, oficinas, uso institucional y otros usos relacionados. � Sectores D. (Zona Suburbana o Rural de Tranquilidad y Ruido Moderado), áreas rurales

habitadas destinadas a la explotación agropecuaria, o zonas residenciales suburbanas y zonas de recreación y descanso.

Ley 388 de 1997. Plan de ordenamiento territorial

En la Ley 388 de Julio 17 de 1.997 se establecen mecanismos que permiten a los municipios promover el ordenamiento territorial, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas eficientes, garantizando que el uso del suelo se ajuste a la función social de la propiedad, velando por la creación y la defensa del espacio público y por la protección del medio ambiente. En virtud de esta ley, y de acuerdo con el artículo 8, cada municipio Colombiano está obligado a clasificar su territorio en suelo urbano, rural y de expansión urbana, a localizar y señalar las características de la infraestructura para el transporte y los equipamientos de servicios de interés público y social, tales como centros docentes y hospitalarios, aeropuertos y lugares análogos. Así mismo, cada municipio debe establecer la zonificación y localización de los centros de producción, actividades terciarias y residenciales, y definir los usos específicos, intensidades de uso, cesiones obligatorias, porcentajes de ocupación, clases y usos de las edificaciones y demás normas urbanísticas; determinar espacios libres para parques y áreas verdes públicas, en proporción adecuada a las necesidades colectivas; determinar las zonas no urbanizables que presenten riesgos para la localización de asentamientos humanos, por amenazas naturales, o que de otra forma presenten condiciones insalubres para la vivienda; localizar las áreas críticas de recuperación y control para la prevención de desastres, así como las áreas con fines de conservación y recuperación paisajística; identificar y caracterizar los ecosistemas de importancia ambiental del municipio, de común acuerdo con la autoridad ambiental de la respectiva jurisdicción, para su protección y manejo adecuados; determinar y reservar terrenos para la expansión de las infraestructuras urbanas. Para alcanzar los objetivos propuestos en esta ley, cada municipio y distrito debe adoptar su propio plan de ordenamiento territorial y este se constituye en el instrumento básico para desarrollar el proceso de ordenamiento del territorio municipal. En la actualidad cada municipio, distrito o área metropolitana debe disponer de su propio Plan de Ordenamiento territorial.

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La misma Ley 388 define el Plan de Ordenamiento territorial como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. Estos planes de ordenamiento del territorio se denominarán: � Planes de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades de los distritos y

municipios con población superior a los 100.000 habitantes; � Planes básicos de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades de los

municipios con población entre 30.000 y 100.000 habitantes; � Esquemas de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades de los

municipios con población inferior a los 30.000 habitantes. En una forma más amplia y específica, esta Ley 388/97 en su Capitulo IV. Clasificación del suelo. Define los conceptos y las áreas que corresponden a cada uno de las clases de suelo, y determina claramente las características generales de cada una de ellas, así como las aplicaciones y reglamentaciones de acuerdo con cada uno de los usos. En el artículo 30 y congruente con el artículo 8. la Ley 388/97 determina las clases de suelo al clasificarlo en urbano, rural y de expansión urbana, pero además especifica que al interior de estas clases de suelo se podrán establecer las categorías de suburbano y de protección. El suelo urbano en general esta comprendido por las áreas que en la actualidad han sido destinadas y están siendo utilizadas para usos urbanos, mientras que el suelo de expansión urbana es aquel que se habilitará para uso urbano durante la vigencia del respectivo plan de ordenamiento territorial aprobado para cada municipio o distrito. Así mismo, el suelo Rural lo constituyen los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas. El suelo suburbano está constituido por las áreas ubicadas dentro del suelo rural, en las que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad, no corresponden con las destinadas a la expansión urbana y allí no se pueden desarrollar actividades permitidas a los suelos urbanos ni dar usos urbanos al suelo. Los suelos de protección pueden estar localizados en cualquiera de las anteriores clases de suelo y lo constituyen aquellos a los cuales se les ha restringido la posibilidad de urbanizarse. Posterior a la expedición de esta Ley 388 del 17 de Julio de 1997, en 1998 la Presidencia de la república emite el decreto 1504, por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial argumentando que en cumplimiento de la función pública del urbanismo, los municipios y distritos deberán dar prelación a la planeación, construcción, mantenimiento y protección del espacio público sobre los demás usos del suelo. Define el espacio público como el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados destinados por naturaleza, usos o afectación a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden los límites de los intereses individuales de los habitantes y relaciona los elementos de comprensión del espacio publico.

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En julio 26 de 2004 se promulga la Ley 902 por la cual se adiciona algunos artículos de la Ley 388 de 1997 y se dictan otras disposiciones. En ella se modifica el artículo 15 sobre Normas urbanísticas que regulan el uso, la ocupación y el aprovechamiento del suelo y definen la naturaleza y las consecuencias de las actuaciones urbanísticas indispensables para la administración de estos procesos. El espíritu general de la Norma ISO 1996 es el de obtener información sobre el ruido ambiental y una vez evaluada y procesada aplicarla a los temas de uso del suelo, para efectos de planificación hacia el futuro, pero en general, aunque la Ley 388 trata sobre los planes de ordenamiento territorial y dentro de su contexto habla de la protección medioambiental, del uso equitativo y racional del suelo y de la defensa del espació público entre otros temas, en su desarrollo, la incidencia de los efectos del ruido poco se tienen en cuenta a la hora de establecer sistemas para determinar los respectivos usos del suelo y hacer la distribución y ordenamiento correspondiente, como lo expresa la Norma ISO 1996.

Resolución 8321/93 En el artículo 17 de la Resolución 8321/93 del Ministerio de Salud por la cual se dictan normas sobre Protección y Conservación de la Audición, de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos, se establecen 4 zonas receptoras de ruido, así: � Zona I Residencial � Zona II Comercial � Zona III Industrial � Zona IV de tranquilidad78 Cada localidad y para cada caso por intermedio de su autoridad competente define la anterior zonificación Esta norma no hace ninguna referencia específica a zonas relacionadas con planes de ordenamiento territorial.

Zonas acústicas en otras normatividades. En un comienzo las mediciones del ruido y sus usos giraban en torno a las fuentes mismas del ruido y a encontrar medidas tendientes a su mitigación, pero a medida que los tiempos fueron cambiando y se fue entendiendo y asociando más la problemática hacia la parte social y comunitaria se paso a considerar el problema en las áreas laborales, dando como resultado normatividades y reglamentaciones dedicadas específicamente a salud ocupacional y seguridad industrial. Estas medidas tendientes a reducir el ruido en el origen y en las áreas de trabajo han venido dando sus frutos, pero los datos obtenidos muestran que, pese a la constante mejora en la fabricación de

78 Zona IV - de tranquilidad el área previamente designada donde haya necesidad de una tranquilidad excepcional y en la cual el nivel equivalente de ruido no exceda de 45 dB (A

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maquinaria y elementos que de alguna manera se constituyen en fuentes de ruido, el resultado beneficioso de estas medidas sobre el ruido ambiental se ha visto aminorado por la combinación de otros factores medioambientales inherentes a la idiosincrasia y costumbres de los pueblos y comunidades, que aún no han sido tratados y muchos de ellos están por investigar. Las normatividades no han sido ajenas a este proceso evolutivo y por ello han sido dinámicas y han estado cambiando con el correr de los tiempos, de las necesidades y de las investigaciones para mitigar el problema de contaminación ambiental por ruido. Es así como las normatividades más avanzadas y modernas han adoptado esquemas relacionados con el bienestar de la comunidad en general y con aspectos relacionados con las políticas de planeación y desarrollo, incorporando para ello los usos de los suelos. Aunque, en normatividades generales (ISO 1996, directiva 2002/49/CE, Ley 37 de 17 de noviembre de 2003, España, entre otras) existen algunas orientaciones con respecto a los usos del suelo y en las investigaciones sobre los efectos del ruido en la salud humana se incluyen estos conceptos con alusiones muy débiles y puntuales (como por ej. zona hospitalaria, zona escolar), en normatividades particulares (de cada País, Estado, Departamento, Ayuntamiento, Distrito, Ciudad) en lo que respecta a ruido ambiental y su aplicación con respecto a los usos del suelo, no se encuentra una unidad de criterio que permita efectuar una comparación entre ellas. Todas las clasificaciones por usos del suelo son muy disímiles o no existen y dependen de las apreciaciones particulares de la autoridad que emite la respectiva normativa. En la Tabla 29 se presenta un resumen de las clasificaciones de usos de suelos incluidas en algunas normatividades generales y de Países o localidades particulares. Tabla 29. Clasificaciones de usos de suelos en algunas normatividades.

Normativa Clasificación

ISO 1996 General Las autoridades pueden establecer algún sistema para determinar el uso apropiado del suelo de un área específica

Directiva 2002/49/CE Parlamento Europeo. General

Recomienda hacer ordenamientos territoriales para planificaciones acústicas.

Ley de ruido 37/2003 España. General

Residencial, recreativo y de espectáculos, terciario, sanitario, docente y cultural, generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los reclamen, Espacios naturales. Además, libertad para efectuar las clasificaciones y delimitaciones de las áreas acústicas correspondientes.

Norma Oficial Mexicana NOM-081-ECOL-1994. México. Particular

No establece ninguna relación con los usos del suelo o zonas de ruido.

Ley 435. Reglamento de Prevención de la Contaminación Ambiental por Ruido.

No mencionan la clasificación por usos del suelo o aplicaciones de terrenos.

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Normativa Clasificación Ecuador. Particular Decreto Ejecutivo No. 306 de 2002 Panamá. Particular

Reglamento para el control de los Ruidos en espacios públicos, áreas residenciales o de habitación, así como en ambientes laborales. No posee ninguna referencia a usos del suelo distintos a los ya mencionados, no posee relación alguna con planes de ordenamiento o similares.

Decreto 326/2003, Junta de Andalucía. España. Particular

Tipo I: Área de silencio, alta sensibilidad, sanitario, docente, cultural, espacios naturales protegidos, salvo zonas urbanas.

Tipo II: Área levemente ruidosa, considerable sensibilidad, residencial, zonas verdes, no incluye zonas de transición, adecuaciones recreativas, campamentos de turismo, aulas de la naturaleza y senderos.

Tipo III: Área tolerablemente ruidosa, moderada sensibilidad, hospedajes, oficinas o servicios, comercial, deportivo, recreativo.

Tipo IV: Área ruidosa, baja sensibilidad acústica, industrial, portuaria, Servicios públicos, no comprendidos en los tipos anteriores.

Tipo V: Área especialmente ruidosa, nula sensibilidad acústica, sectores del territorio afectados por servidumbres sonoras a favor de infraestructuras de transporte, autovías, autopistas, rondas de circunvalación, ejes ferroviarios, aeropuertos y áreas de espectáculos al aire libre.

Decreto Supremo N° 085-2003-PCM República del Perú Particular

Zona Residencial, Zona Comercial, Zona Industrial, Zona Mixta y Zona de Protección Especial.

Reglamento General sobre el Ruido Brasil Particular

Zonas sensibles, zonas mixtas: áreas destinadas a uso habitacional, existentes o previstos, así como para las escuelas, hospitales, espacios de recreación y ocio y otros espacios utilizados como los lugares de retiro o recogimiento.

Zonas existentes o previstas en los instrumentos de planeación territorial cuya destinación se ha cambiado a otros usos distintos para los cuales fueron asignados inicialmente en las respectivas áreas sensibles, como por ejemplo para el comercio o los servicios.

Ley de Protección contra la Contaminación Acústica Generalitat Valenciana Particular

Áreas para efectos de elaboración de mapas:

Principales vías de comunicación. Áreas industriales y recreativas Áreas residenciales y comerciales.

Áreas especialmente protegidas por estar destinadas a usos sanitarios y docentes.

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Normativa Clasificación Áreas especialmente protegidas por los valores ambientales que residen

en las mismas y que precisan estar preservados de la contaminación acústica. Áreas de los centros históricos De acuerdo con el uso dominante: Sanitario y Docente; Residencial; Terciario; Industrial; Cultural; Recreativo; Docente;

Comercial; Administrativo y Oficinas.

Ley de Protección Contra la Contaminación Acústica Galicia Particular

Zona de alta sensibilidad: áreas sanitarias, docentes, culturales o espacios protegidos.

Zona de moderada sensibilidad: viviendas, hoteles o zonas de especial protección como los centros históricos.

Zona de baja sensibilidad: restaurantes, bares, locales o centros comerciales.

Zona de servidumbre: sistemas de infraestructuras viarias, ferroviarias u otros equipos públicos que las requieran.

Ley de Control de la Contaminación Acústica Ciudad Autónoma de Buenos Aires Particular

Ambiente exterior:

Tipo I: área de silencio, zona de alta sensibilidad acústica, hospitalario, educativo, áreas naturales protegidas y áreas que requieran protección especial.

Tipo II: área levemente ruidosa, zona de considerable sensibilidad acústica, residencial.

Tipo III: área tolerablemente ruidosa, zona de moderada sensibilidad acústica, comercial.

Tipo IV: área ruidosa, zona de baja sensibilidad acústica, industrial.

Tipo V: área especialmente ruidosa, zona de muy baja sensibilidad acústica, sectores afectados por infraestructuras de transporte (público automotor de pasajeros, automotor, autopistas, ferroviario, subterráneo, fluvial y aéreo) y espectáculos al aire libre.

Ambiente interior

Tipo VI: área de trabajo, zona del interior de los ambientes de trabajo.

Tipo VII: área de vivienda, zona del interior de las viviendas y usos equivalentes.

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Normativa Clasificación Ley 16/2002 de Protección contra la contaminación acústica Generalidad de Cataluña Particular

Zona de sensibilidad acústica alta (A): protección alta contra el ruido.

Zona de sensibilidad acústica moderada (B): percepción media de ruido.

Zona de sensibilidad acústica baja (C): percepción elevada de ruido.

Norma de emisión de ruidos molestos generados por las fuentes fijas Chile Particular

Zona I: Aquella cuyo uso de suelo permitido corresponde a habitacional y equipamiento a escala vecinal.

Zona II: Aquella comprendida por Zona I y equipamiento a escala comunal y regional.

Zona III: Aquella comprendida por Zona II y que además permite industria inofensiva.

Zona IV: Aquella cuyo uso de suelo permitido corresponde a Industria inofensiva y o molesta.

Fuente: IDEAM 2005

LIMITES DE COMPARACIÓN Cualquier método de descripción, medida y evaluación del ruido ambiental, para ser de uso práctico, de alguna manera tiene que estar relacionado con lo que es conocido acerca de la respuesta humana al ruido, este concepto esta claramente expresado en la Norma ISO 1996/1 – 2003. Las normas internacionales generales, describen cómo determinar la evaluación de los niveles de ruido, pero no imponen o recomiendan límites legales. Los límites están regulados individualmente por el país o la autoridad local que emite la respectiva norma. Sin embargo, las diferencias en el estilo de vida, el clima (actividades al aire libre, ventanas abiertas o cerradas) y el diseño de edificios hacen que la armonización internacional de los límites de ruido sea difícil. En la mayoría de los países se usan los límites absolutos. Se compara el Nivel de Evaluación con un límite fijo, tal como 50 dB(A). Los límites relativos se usan, por ejemplo, en el Reino Unido. Se compara el Nivel de evaluación con el ruido de fondo, medido como LAF9079. Muchas de las normatividades para fijar límites de comparación utilizan los resultados de investigaciones sobre los efectos del ruido en la salud humana. La OMS cuenta con unas Guías para el Ruido Urbano, en las cuales se muestra un análisis de los efectos en la salud y su incidencia a

79 Brüel & Kjær Sound & Vibration Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000

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partir de generadores y medio ambiente en general. A continuación en la Tabla 30 se presentan los valores guía recomendados por la OMS para ruido en ambientes específicos Tabla 30. Valores recomendados por la OMS para ruido en ambientes específicos

Ambiente Especifico

Efecto Critico para la Salud LAeq (dB) Tiempo (Horas)

LAmax, rápido (dB)

Zona de aire libre

Molestia grave, durante el día y tarde

Molestia moderada, durante el día y tarde

55

50

16

16

Dentro de la vivienda

Dentro de los dormitorios

Molestia ligera, durante el día y la tarde

Molestia al dormir, en la noche

35

30

16

8

-

45

Fuera de los dormitorios

Molestia al dormir, ventana abierta (niveles exteriores)

45 8 60

Salones de clase de colegio y jardines

Perdida de concentración, y comunicación

35 Durante clases

-

Dormitorio en colegios

Molestia al dormir 30 Mientras duerme

45

Patios de colegio Fastidio (Fuentes exteriores) 55 Durante juego

-

Hospitales y guarderías

Molestia al dormir, en la noche

Molestia al dormir, durante el día y tarde

30

30

8

16

40

-

Cuartos de tratamiento en hospitales

Interferencia con el descanso y recuperación

Nº 1

Áreas de comercio, trafico, industriales y de compras (interiores exteriores)

Empeoramiento auditivo 70 24 110

Ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento

Empeoramiento auditivo 100 4 110

Vías públicas Empeoramiento auditivo 85 1 110 Musica a traves de audifonos

Empeoramiento auditivo 85 1 110

Sonidos de juguetes, juegos pirotécnicos y armas de fuego

Empeoramiento auditivo (Adultos)

Empeoramiento auditivo

- -

140

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Ambiente Especifico

Efecto Critico para la Salud LAeq (dB) Tiempo (Horas)

LAmax, rápido (dB)

(niños) 120

Exterior habitable

Malestar fuerte, día y anochecer Malestar moderado, día y anochecer

55 50

16 16

- -

Interior de viviendas Dormitorios

Interferencia en la comunicación verbal, día y anochecer Perturbación del sueño, noche

35

30

16 8

45

Fuera de los dormitorios

Perturbación del sueño, ventana abierta (valores en el exterior)

45 8 60

Aulas de escolar y preescolar, interior

Interferencia en la comunicación, perturbación en la extracción de información, inteligibilidad del mensaje

35 Durante la

clase -

Dormitorios de preescolar, interior

Perturbación del sueño 30 Horas de descanso

45

Escolar, terrenos de juego

Malestar (fuentes externas) 55 Durante el

juego -

Salas de hospitales, interior

Perturbación del sueño, noche Perturbación del sueño, día y anochecer

30 30

8 16

40 -

Salas de tratamiento en hospitales, interior

Interferencia con descanso y restablecimiento

80

Zonas industriales, comerciales y de tráfico, interior y exterior

Daños al oído 70 24 110

Ceremonias, festivales y actividades recreativas

Daños al oído (asistentes habituales: < 5 veces / año)

100 4 110

Altavoces, interior y exterior

Daños al oído 85 1 110

Música a través de Daños al oído (valores en 8580 1 110

80 Bajo los cascos, adaptada a campo libre.

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Ambiente Especifico

Efecto Critico para la Salud LAeq (dB) Tiempo (Horas)

LAmax, rápido (dB)

cascos y auriculares campo libre) Sonidos impulsivos de juguetes, fuegos artificiales y armas de fuego

Daños al oído (adultos) Daños al oído (niños)

- -

- -

14081 12082

Exteriores en parques y áreas protegidas

Perturbación de la tranquilidad 83

Fuente: Guías para el Ruido Urbano. OMS Observando los trabajos desarrollados por la Organización Mundial de la Salud, con respecto al ruido, tratados en el capítulo 3 de este documento, se puede distinguir la categorización en tres niveles de afectación del ruido sobre la salud humana, el primero de ellos es el umbral inferior donde el ruido no tiene ninguna incidencia, es decir son los límites mínimos deseables en los cuales las actividades se desarrollan sin ninguna incidencia del fenómeno; en una segunda etapa se encuentran los valores de ruido intermedio, en los cuales las actividades sufren alguna interferencia, incluso el hombre presenta algún grado de molestia, pero no afecta su salud y un tercer estadio, en el cual los niveles de ruido entran a ejercer daño o interferencia con la salud humana. Estos valores, tanto los inferiores como los superiores son muy importantes al momento de fijar límites permisibles; estos se han tenido en cuenta para el desarrollo de la normatividad colombiana, junto con los sectores y usos del suelo. Hasta este momento se han conjugado tres variables muy importantes, a saber: la sectorización, el uso del suelo y la afectación del ruido en la persona humana y en las actividades que el hombre desarrolla. Colombia actualmente presenta un desarrollo de sus ciudades que no obedece a un programa y planeación definidos, sino que ha sido aleatorio. Esta situación se ve reflejada en su desarrollo social, en los crecimientos de las ciudades y centros de acopio y conglomerados ciudadanos que se mueven en torno a cada una de sus actividades cotidianas. En este devenir del desarrollo, con explosiones súbitas de tecnologías nuevas y sistemas de producción, es lógico pensar que todas las problemáticas conexas con estos adelantos vienen adjuntas y mimetizadas o enmascaradas y al final cuando se detecta es difícil su corrección o mitigación. Es el caso de la contaminación por ruido que ha venido invadiendo el medio ambiente colombiano en general, presentando altos niveles de ruido, como se puede apreciar en los estudios

81 Presión sonora pico (no LAmax, fast), medida a 100 mm del oído. 82 Presión sonora pico (no LAmax, fast), medida a 100 mm del oído. 83 Las zonas tranquilas exteriores deben preservarse y minimizar en ellas la razón de ruido perturbador a sonido natural de fondo.

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realizados por algunas entidades y presentados en el capitulo 5. Así mismo se puede apreciar la aparición de zonas mixtas donde en un mismo sector convergen diferentes tipos de usos del suelo. Los anteriores aspectos llevan a establecer unos límites de ruido ambiental intermedios, que sin ser perjudiciales para la salud humana, causan molestia y que aunque en la mayoría de ciudades no se cumplen, están cerca de su realidad actual y son muy similares a los establecidos en la Resolución 8321/83 y que requieren del concurso de varios estamentos y entidades para llevarlos a los limites ideales. De otra parte en los planes de ordenamiento territorial de cada municipio existen zonas para desarrollos futuros, los cuales deben incluir programas medioambientales que tengan en cuenta el aspecto del ruido para alcanzar los límites ideales.

NIVELES CRITICOS

Las normas sobre límites de ruido comprenden tanto los valores límites como los procedimientos que describen las circunstancias bajo las cuales se puede verificar que se cumplen, incluyendo los criterios para efectuar la evaluación del cumplimiento de estos límites84. Como ejemplo de un reglamento nacional, en Suiza se utilizan tres tipos de límites: 1. Valores de planificación para nuevas áreas residenciales, de transportes o industriales 2. Límites en las viviendas por alteraciones o nuevas instalaciones 3. Valores de alarma para identificar áreas en las que es prioritario la disminución del ruido. Zonas similares a las arriba mencionadas se utilizan universalmente y especifican diferentes límites dependiendo del tipo y uso del área sometida a investigación85. Estos valores limites pueden ser utilizados como valores críticos de situaciones especificas en áreas que demandan mayor atención para ser tratados de acuerdo con la drasticidad y magnitud del problema. Cuando los valores límite establecidos por alguna normatividad son sobrepasados, se consideran como niveles críticos y son denominados de diferentes maneras según las normatividades correspondientes, por ejemplo la Generalidad de Cataluña, en España, denomina a estas áreas ZARE (Zona Acústica de Régimen Especial), el Ayuntamiento de la Coruña establece grados de peligrosidad, el Ayuntamiento de Valencia y la junta de Andalucía establecen zonas acústicamente saturadas.

84 ISO 1996/1 - 2003 85 Brüel& Kjær Sound&Vibration Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000

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TIPOS DE FUENTES

La evaluación del ruido se hace generalmente considerando el impacto de una fuente de ruido específica, por ejemplo el ruido procedente de una fábrica determinada. Ésta no es siempre una tarea fácil. Prácticamente en todos los entornos, un gran número de fuentes distintas contribuyen al ruido ambiental en un determinado punto. Sin embargo, ambientalmente no es el estudio o determinación de un ruido procedente de una sola fuente el que en últimas interesa, sino es el ruido ambiental entendido como el aporte de todas las fuentes combinadas – ruido de fábricas, ruido de tráfico, canto de pájaros, la corriente del agua, entre otros. y para ello muchas veces es necesario estudiar cada una de las fuentes independientemente o en conjunto, por lo que se hace necesario clarificar algunos conceptos, como el de ruido específico, ruido residual, ruido de fondo, los cuales se aplicaran en los estudios medioambientales de ruido y en la comprobación de los valores de comparación. El ruido específico, es el procedente de la fuente sometida a investigación, dicho ruido es un componente del ruido ambiental y puede ser identificado y asociado con el foco generador de molestias. El ruido residual es el ruido ambiental sin ruido específico. El ruido residual es el que permanece en un punto bajo ciertas condiciones, cuando el ruido de la fuente específica se suprime. Esta terminología deriva de la norma ISO 1996 y se utiliza de forma habitual. El término ruido de fondo (no utilizado en la ISO 1996) es también un término común pero no debería confundirse con el ruido residual. El ruido de fondo se utiliza algunas veces para expresar el nivel medido cuando la fuente específica no es audible y, a veces, es el valor de un determinado parámetro de ruido, tal como el LA90 (nivel excedido durante el 90% del tiempo de medición). En el contexto de la planificación de edificios, el término ruido inicial se usa para expresar el ruido en un determinado punto antes de que se produzcan cambios, como por ejemplo, la ampliación de las infraestructuras, centros de producción o la construcción de barreras. Para evaluar un ruido específico se utilizan varios métodos, que van desde lo más drástico, como el cierre de una planta de producción para evaluar el ruido residual, hasta sistemas sofisticados en los que se incluyen mediciones, simultáneas y correlacionadas, en varios puntos cercanos y lejanos de la fuente86. La norma ISO 1996/1-2003 define un sonido específico como un componente del sonido total que puede ser específicamente identificado y el cual es asociado con una fuente determinada, y el Ruido Residual como el Ruido Total que permanece en un lugar y situación determinados cuando el sonido

86 Brüel& Kjær Sound&Vibration Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000

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específico en consideración es suprimido. Para explicar un poco más este concepto, en la Figura 7 se presenta una muestra gráfica de él. De otra parte, cualquier fuente generadora de ruido puede ser considerada como una fuente puntual o como una fuente lineal, sea que este en movimiento o que se encuentre estática, que esté conformada por solo una unidad generadora de ruido o por múltiples fuentes pequeñas e individuales.

Fuente puntual87 Si las dimensiones de una fuente de ruido son pequeñas comparadas con la distancia al oyente, entonces se llama fuente puntual, por ejemplo, ventiladores y chimeneas. La energía sonora se propaga de forma esférica, por lo que el nivel de presión del sonido es el mismo en todos los puntos que se encuentran a la misma distancia de la fuente y disminuye en 6 dB al doblar la distancia. Esto se mantiene así hasta que el efecto del suelo y la atenuación del aire influyen de forma notoria en el nivel. Para una fuente puntual con nivel de potencia sonora, LW localizada cerca del suelo, el nivel de presión sonora (Lp) a cualquier distancia (r, en m.) desde la fuente puede ser calculado a partir de la ecuación: Lp = LW - 20 log10(r) – 8 dB

Fuente lineal88 Si una fuente de ruido es estrecha en una dirección y larga en la otra comparada con la distancia al oyente, ésta es llamada fuente lineal. Puede ser una fuente individual tal como una cañería llevando un fluido turbulento o puede estar compuesta de muchas fuentes puntuales operando simultáneamente, tal como una sucesión de vehículos en una carretera concurrida o una sucesión de viviendas o establecimientos. El nivel de sonido se propaga cilíndricamente, por lo que el nivel de presión sonora es el mismo en todos los puntos a la misma distancia de la línea y disminuye en 3 dB al doblar la distancia. Esto se mantiene así hasta que el efecto del terreno y la atenuación del aire influyen de forma notoria al nivel. Para una fuente lineal con nivel de potencia sonora por metro (LW/m) localizada cerca del suelo, el nivel de presión sonora (Lp) a cualquier distancia (r, en m.) desde la fuente puede ser calculado a partir de la ecuación: Lp = LW – 10log10(r) – 5 dB

87 Brüel& Kjær Sound&Vibration Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000 88 Brüel& Kjær Sound&Vibration Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000

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Figura 7. Representación del Ruido Total, Específico y Residual

Fuente: Norma ISO 1996/1-2003 Donde: 1. Ruido Total 2. Ruido específico A 3. Ruido específico B 4. Ruido específico C 5. Ruido Residual Nota 1. El nivel de ruido residual más bajo es obtenido cuando todos los ruidos específicos son suprimidos. Nota 2. El área en blanco indica el ruido residual cuando los sonidos A, B y C son suprimidos.

Dos ruidos específicos A y B en consideración, el ruido residual y el ruido total

13

2 4

5

Tres ruidos específicos en consideración, el ruido residual y el ruido total

13

2 4

5

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Nota 3. En la grafica B el ruido residual incluye el ruido específico C por lo tanto no entra en consideración.

NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE RUIDO

El ruido de diferentes fuentes sonoras se combina para producir un nivel sonoro más alto que cualquiera de las fuentes individuales. Dos fuentes sonoras de igual intensidad operando juntas, producen un nivel sonoro que es 3 dB más alto que una fuente sola y 10 fuentes producen un nivel sonoro 10 dB más alto. Es de tener en cuenta que los valores en decibeles de los niveles sonoros no pueden ser adicionados directamente sino que en realidad deben ser tratados como cantidades logarítmicas89. Es práctica común considerar que los límites máximos permisibles de emisión de ruido son cifras que expresan el valor máximo de emisión de una fuente y está asociado directamente a las características de ésta. Pero teniendo en cuenta que los niveles de ruido son adicionables logarítmicamente y que cualquier fuente puede estar emitiendo ruido permanente o transitoriamente en alguno de los sectores establecidos, el nivel de ruido ambiental resultante será la suma del ruido generado por la fuente más el ruido existente en el ambiente (ruido residual), dicho resultado será el que se tenga en cuenta para determinar los niveles máximos permisibles para cualquier fuente en el ambiente en consideración. La suma de niveles se efectuará de acuerdo con la siguiente expresión:

Donde: Lpresult = nivel resultante corregido de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A, L R Aeq,T Lpi = nivel corregido de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A, LRAeq,T i, de cada una de las respectivas fuentes. Nota: El ruido residual, medido o calculado, para efectos de la sumatoria se tomará como el ruido de una fuente.

89 Noise Control, Principles and Practices, Brüel & Kjaer, 1.986

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Muchas fuentes generadoras de ruido al ser instaladas, llevadas a algún medio o que ya se encuentran ubicadas allí, superan los niveles máximos de emisión permisibles, pero esto no implica que no se podrán utilizar, habrá que tomar algunas medidas correctivas según el caso, como por ejemplo utilizar sistemas de aislamiento de ruido, cambiar el sitio o forma de instalación, disminuir los niveles de emisión si es posible (equipos de radio, altoparlantes, otros) o cualquier otro que permita llevar los niveles de emisión al medio ambiente hasta los límites máximos permisibles.

VEHICULOS A MOTOR

El reglamento 51 del acuerdo de Ginebra del 20 de marzo de 1958, sobre la homologación de Vehículos de al menos cuatro ruedas en lo referente a ruido, establece los métodos de medida para vehículos en marcha y para vehículos parados, los valores límite de nivel sonoro y la clasificación respectiva de los vehículos, siendo estos limites y medidas aplicables en planta de fabricación para vehículos nuevos. La clasificación y los respectivos límites son: Clasificación de vehículos: � Categoría M: Vehículos de motor destinados al transporte de personas y que tengan bien cuatro

ruedas, al menos, o bien tres ruedas y un peso máximo que exceda de una tonelada � Categoría M1: Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para ocho plazas

sentadas, como máximo, además del asiento del conductor. � Categoría M2: Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad de más de ocho

plazas sentadas, además del asiento del conductor y que tengan un peso máximo que no exceda de las cinco toneladas.

� Categoría M3: Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad de más de ocho plazas sentadas, además del asiento del conductor y que tengan un peso máximo que exceda de las cinco toneladas.

� Categoría N: Vehículos de motor destinados al transporte de mercancías y que tengan cuatro ruedas, al menos, o tres ruedas y un peso máximo que exceda de una tonelada.

� Categoría N1: Vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que no exceda de 3,5 toneladas.

� Categoría N2: Vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que exceda de 3,5 toneladas, pero que no exceda de las 12 toneladas.

� Categoría N3: Vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que exceda de 12 toneladas.

En el caso de un tractor destinado a ser enganchado a un semi - remolque, el peso máximo que debe ser tenido en cuenta para la clasificación del vehículo es el peso en orden de marcha del tractor, aumentando del peso máximo aplicado sobre el tractor por el semi-remolque, y en su caso, del peso máximo de la carga propia del tractor. Se asimilan a mercancías, los aparatos e instalaciones que se encuentren sobre ciertos vehículos especiales, no destinados al transporte de personas (vehículos grúa, vehículos taller, vehículos publicitarios, otros).

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A continuación en la Tabla 31 se presentan los límites sonoros para la clasificación vehicular: Tabla 31. Límites sonoros para vehículos

Clasificación vehicular Limites sonoros dB(A) Vehículos de la categoría M1 80 Vehículos de la categoría M2 cuyo peso máximo no sobrepasa las 3,5 toneladas

81

Vehículos de la categoría M2 cuyo peso sobrepasa las 3,5 toneladas y vehículos de la clase M3

82

Vehículos de las categorías M2 y M3 cuyo motor tiene una potencia de 147 Kw. (ECE) o más

85

Vehículos de la categoría N1 81 Vehículos de las categorías N2 y N3 86 Vehículos de la categoría N3 cuyo motor tiene una potencia de 147 Kw. (ECE) o más

88

Fuente: Reglamento 51 del acuerdo de Ginebra del 20 de marzo de 1958 En forma similar, el reglamento 41 del acuerdo de Ginebra del 20 de marzo de 1958, sobre la homologación de ciclomotores y motocicletas en lo referente a ruido, establece los métodos de medida para vehículos en marcha y para vehículos parados, los valores límite de nivel sonoro y la clasificación respectiva de los vehículos, siendo estos limites y medidas aplicables en planta de fabricación para vehículos nuevos. La clasificación de las motocicletas por su cilindrada es como sigue: � Menores de 80 centímetros cúbicos � Menores de 350 centímetros cúbicos � De 500 centímetros cúbicos, y � Mayores de 500 centímetros cúbicos. Este reglamento establece los límites de emisión de ruido así (ver Tabla 32): Tabla 32. Límites de emisión de ruido Reglamento 41 del acuerdo de Ginebra del 20 de marzo

de 1958 Clasificación Motocicletas Límites de emisón dB(A)

Motocicletas < 80 cc 78 Motocicletas < 125 cc 80 Motocicletas < 350 cc 83 Motocicletas = 500 cc 85 Motocicletas > 500 cc 86 Fuente: Reglamento 41 del acuerdo de Ginebra del 20 de marzo de 1958

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Además, para los ciclomotores y vehículos automóviles de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos establece 80 dB(A) si son de dos ruedas y 82 dB(A) si son de tres ruedas. De otra parte en la Ordenanza Municipal de Huesca, España, se establece que el nivel de ruido de los vehículos se considerará admisible siempre que no se rebase en más de dos (2) dB(A) los límites establecidos para cada tipo en su homologación, debiendo aplicar así mismo los métodos de medición previstos en dicha normativa. Así mismo, todo vehículo de tracción mecánica deberá tener en buenas condiciones de funcionamiento el motor, la transmisión, la carrocería y los demás elementos del mismo capaces de producir ruidos y vibraciones, especialmente el dispositivo silenciador de los gases de escape, con el fin de que el nivel sonoro emitido por el vehículo al circular con el motor en marcha no exceda de los límites que establece la respectiva Ordenanza. El decreto 1439/1972 del Estado Español establece este límite en 2 dB(A). Sin embargo, el Reglamento de Protección contra la contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía establece en 3 dB(A) el rango en que es permisible superar el nivel de homologación, para vehículos que no son nuevos el decreto 19/2004 de la comunidad Valenciana lo establece en 4 dB(A). La comunidad Autónoma de Murcia determina este rango en 5 dB(A). En Colombia el ICONTEC, en Diciembre 1 de 2004 presentó al Consejo Directivo, Las Especificaciones Normativas Disponibles END 36 y 37 denominadas Centros de Diagnostico Automotor y Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes en vehículos, respectivamente actualmente, actualmente estas normas son las correspondientes a las NTC 5386 y NTC 5375 respectivamente. La NTC 5385 especifica las condiciones mínimas en cuanto a personal, instalaciones y equipos que deben cumplir los centros de diagnostico automotor para realizar la revisión técnico- mecánica y de emisiones contaminantes de los vehículos automotores, para sus propósitos clasifica los vehículos en línea liviana, con peso inferior a 3.5 toneladas, línea pesada, con peso superior a 3.5 toneladas, mixta y motos; dentro de los equipos de la línea de revisión, en los numerales 8.2.9., 8.3.9., 8.4.8. y 8.5.5 especifica ampliamente el sonómetro que debe disponer un centro de diagnostico automotor. Por su parte, la NTC 5375 establece los requisitos de revisión técnico-mecánica para los vehículos automotores en cuanto a: acondicionamiento exterior, carrocería y chasis; sistema de frenos; sistema de suspensión; acondicionamiento interior; alumbrado y señalización; y emisiones contaminantes. En lo que concierne a emisiones de ruido, según con el numeral 6.7.2., los vehículos se deben revisar de acuerdo con lo establecido en la Resolución 8321 de 1983. Los Ministerios de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial han expedido la Resolución 3500 de 2005 por la cual se establecen las condiciones mínimas que deben cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para realizar las revisiones técnico-mecánica y de gases de los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, la cual está basada en las Normas Técnicas Colombianas 5385 y 5375. Estos Centros de Diagnóstico Automotor estarán destinados exclusivamente a las revisiones técnico-mecánicas y de gases. Este documento acoge la clasificación de vehículos efectuada en NTC 5385. En el artículo 18 el documento hace una relación sucinta de los aspectos a evaluar, donde no aparece el aspecto Ruido. La Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud establece las condiciones de medida y los niveles máximos permisibles para vehículos estacionados o en movimiento, así:

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� Vehículos de menos de 2 toneladas 83 dB(A) � Vehículos de 2 a 5 toneladas 85 dB(A) � Vehículos de más de 5 toneladas 92 dB(A) � Motocicletas 86 dB (A).

9. DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Y LAS MEDICIONES

DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Y LAS CALIBRACIONES

Es importante considerar una serie de parámetros a la hora de realizar la selección de un sonómetro, dado que existe una variedad muy amplia de fuentes de ruido y de ambientes ruidosos. De la misma forma, es posible obtener varios indicadores que caracterizan a esas fuentes y paisajes sonoros. Esta diferencia determina que no siempre sean los mismos objetivos los que se persiguen cuando se decide realizar mediciones de ruido. El sonómetro es un equipo que permite cuantificar objetivamente el nivel de presión sonora. En esencia se compone de un elemento sensor primario (micrófono), circuitos de conversión, manipulación y transmisión de variables (módulo de procesamiento electrónico) y un elemento de presentación o unidad de lectura. Cumpliendo así, con todos los aspectos funcionales inherentes a un instrumento de medición. Teniendo en cuenta la existencia de varios tipos de ruido (continuo, impulsivo, aleatorio, eventual), es de suponer la existencia de diferentes tipos de sonómetros para la cuantificación de los mismos. Lo anterior define la utilización de uno u otro instrumento. Los parámetros que puedan ser analizados durante la medición, o postmedición, están en correspondencia con los equipos disponibles y sus potencialidades. De aquí se desprende que no todos los medidores de nivel sonoro tienen idénticas posibilidades, estos se diferencian en precisión, rango dinámico, fiabilidad, entre otros. Por lo tanto, es preciso conocer el uso que se le dará al equipo, para lo cual es necesario tener en cuenta dos aspectos que se combinan: el entorno y los objetivos de las mediciones. Esto quiere decir, que si se realizan mediciones en ambientes laborales, o si los resultados son para la evaluación o comprobación de ruido comunitario, o para diagnosticar el estado de máquinas, o para comprobar los efectos de un aislamiento, o simplemente son mediciones generales, los equipos a seleccionar tendrán que cumplir con ciertas características que permitan efectuar la aplicación requerida.

Normas para Sonómetros En cualquiera de los casos mencionados anteriormente, el equipo seleccionado debe cumplir con las normas que establece la International Electrotechnical Commission (IEC), para los instrumentos de medición, dentro de las cuales se destacan:

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� IEC 651 � IEC 804 � IEC 61672, la cual sustituye a las IEC651/804 � ANSI S1.4 - 1983 � ANSI S1.4 - 1984 � ANSI S 1.4A – 1985 Cada norma a la que se ajuste el medidor de nivel sonoro viene asociada, invariablemente, con el Tipo o Clase de sonómetro por lo cual es indispensable realizar una explicación de estas variables.

Tipos de Sonómetros Hay dos tipos principales de sonómetros para medir niveles de ruido, con muchas variaciones entre ellos.

Sonómetros Generales

Muestran el nivel de presión sonora instantáneo en decibelios (dB), lo que normalmente se conoce como nivel de sonido. Estos instrumentos son útiles para comprobar el ambiente sonoro, y poder ahorrar tiempo reservando los sonómetros de gamas superiores para las medidas que necesiten mayor precisión o precisen de la elaboración de informes.

Sonómetros Integradores-Promediadores

Estos sonómetros tienen la capacidad de poder calcular el nivel continuo equivalente Leq. e incorporan funciones para la transmisión de datos al ordenador, cálculo de percentiles, y algunos análisis en frecuencia. A su vez estos sonómetros pueden dividirse en tres tipos o clases según su precisión: tipo 0, tipo 1 y tipo 2 De acuerdo con el estándar internacional IEC 651, reformado por la IEC 61672, los instrumentos de medida del sonido, de los cuáles los sonómetros constituyen una parte, se dividen en tres tipos dependiendo de su precisión en la medida del sonido. Estos tipos son tipo 0, 1 y 2, siendo el tipo 0 el más preciso (tolerancias más pequeñas) y tipo 2 el menos preciso. De la misma forma los calibradores se dividen en los mismos tipos dependiendo de su nivel de precisión y su capacidad de mantener un nivel estable, de forma que las medidas hechas con el sonómetro no queden desvirtuadas por una calibración imprecisa. En la Tabla 33 se muestran a modo de ejemplo (ya que dependen de la frecuencia) las tolerancias permitidas para los distintos tipos de sonómetros según la IEC 651, Tabla 33. Tolerancias permitidas para los distintos tipos o clases definidas por la IEC 60651.

Clase Calibradores (dB) Sonómetros (dB) 0 +/- 0.15 +/- 0.4 1 +/- 0.3 +/- 0.7

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Clase Calibradores (dB) Sonómetros (dB) 2 +/- 0.5 +/- 1.0

3 (eliminada por la IEC 61672) +/- 1.5 Fuente: Universidad de Granada, Departamento de Física Aplicada, Dr. Diego Pablo Ruiz Padillo. En conclusión los tipos o clases de sonómetros son una especificación de precisión, regulados por los estándares internacionales IEC o ANSI en el caso norteamericano. La precisión de la medida depende de la frecuencia del sonido que es medido. Básicamente y a grandes rasgos, el tipo 1 significa una precisión de aproximadamente ± 1dB y el Tipo 2 significa una precisión de aproximadamente ± 2dB. Los sonómetros tipo 2, denominados sonómetros de propósito general, son útiles para un gran rango de aplicaciones, ya que reúnen tres características que los hacen especialmente atractivos: � Su precio, bastante asequible, permite conocer los niveles sonoros sin un alto costo. � Su portabilidad y tamaño � Su fácil manejo

Aspectos a considerar al elegir un Sonómetro A continuación se proponen diez indicadores técnicos que deben facilitar la tarea de elegir un sonómetro: Clase del instrumento: Puede ser de clase 0, 1, 2. Depende de la precisión buscada en las mediciones y del uso que se requiera del instrumento. � Clase 0: se utiliza en laboratorios. Sirve como referencia. � Clase 1: empleo en mediciones de precisión en el terreno. � Clase 2: utilización en mediciones generales de campo. Micrófono suministrado: determina el rango de frecuencias que podrá analizar el instrumento. Aquí debe tenerse en cuenta el tipo de micrófono, su sensibilidad, la banda de frecuencias, la capacitancia (pF) y el nivel de ruido inherente. Este último no es más que la combinación de valores de ruido eléctrico y térmico que sufre el micrófono a 20 °C (expresados en dB). Es necesario conocer, además, por cuáles micrófonos es posible intercambiar el suministrado y la respuesta del instrumento ante los infra y ultrasonidos, en el caso que sean de interés. Parámetros de medida: determina los tipos de mediciones que pueden hacerse con el instrumento. Los parámetros consideran dos tipos de ponderaciones, a saber: � Ponderaciones por frecuencia: pueden ser A, B, C, D, U. � Ponderaciones por tiempo: pueden ser S (slow), F (fast), I (impulsivo) y Peak (pico). Es significativo que no todos los modelos de sonómetros cuenten con el total de ponderaciones existentes, haciéndose necesario conocer, qué se quiere medir y con qué objetivo. En la práctica, es posible combinar las compensaciones de tiempo y frecuencia (Ver Tabla 34 y Tabla 35) del instrumento, en dependencia de las características del evento acústico a estudiar.

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Funciones especializadas: Este aspecto esta regido por el diseño de cada modelo de sonómetro. Dichas funciones dan posibilidades para el estudio más completo del paisaje sonoro que se analiza. Pueden ser los valores RMS, pico, filtros para corregir los efectos de pantalla y la incidencia sonora frontal o aleatoria, almacenamiento del historial de calibración, detectores de sobrecarga, nivel de criterio, nivel de umbral, filtros para análisis de infrasonidos y ultrasonidos. Tabla 34. Ponderaciones por Frecuencia Ponderaciones de frecuencia

Caracterización

A

Es la red de ponderación más comúnmente utilizada para la valoración de daño auditivo e inteligibilidad de la palabra. Empleada inicialmente para analizar sonidos de baja intensidad, es hoy, prácticamente, la referencia que utilizan las leyes y reglamentos contra el ruido producido a cualquier nivel.

B Fue creada para modelar la respuesta del oído humano a intensidades medias. Sin embargo, en la actualidad es muy poco empleada. De hecho una gran cantidad de sonómetros ya no la contemplan.

C

En sus orígenes se creó para modelar la respuesta del oído ante sonidos de gran intensidad. En la actualidad, ha ganado prominencia en la evaluación de ruidos en la comunidad, así como en la evaluación de sonidos de baja frecuencia en la banda de frecuencias audibles.

D Esta red de compensación tiene su utilidad en el análisis del ruido provocado por los aviones.

U Es una red de ponderación de las más recientes. Se aplica para medir sonidos audibles en presencia de ultrasonidos.

Fuente: Cómo elegir un sonómetro?, Ing. Luis Felipe Sexto, La Habana, Cuba Tabla 35. Ponderaciones por Tiempo

Ponderaciones de tiempo

Caracterización

S El instrumento responde lentamente ante los eventos sonoros. El promediado efectivo de tiempo es de aproximadamente un segundo.

F Brinda una respuesta al estímulo sonoro más rápida. La constante de tiempo es menor (0.125 segundos) y por tanto, puede reflejar fluctuaciones poco sensibles a la ponderación anterior.

I Tiene una constante de tiempo muy pequeña. Se emplea para juzgar cómo influye, en el oído humano, la intensidad de sonidos de corta duración.

Peak Permite cuantificar niveles picos de presión sonora de extremadamente corta duración (50 microsegundos). Posibilitando la determinación de riesgo de daño auditivo ante los impulsos.

Fuente: Cómo elegir un sonómetro?, Ing. Luis Felipe Sexto, La Habana, Cuba Salidas auxiliares: Debe contar con salida de corriente continua (CC) y de corriente alterna (CA). La salida CA es fundamental para posibles mediciones con cinta para audio digital (DAT, siglas en inglés). El DAT se conecta a la salida de CA obteniendo un registro de la señal que permite

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analizarla posteriormente. Una impedancia de salida aceptable puede ser 100 ohm. Es importante resaltar que no todos los sonómetros ofrecen la salida auxiliar de CA. Capacidad de almacenamiento: En dependencia de los objetivos que se fijen. Es importante si no se dispone de grabadores DAT. Puesto que pueden mantenerse los registros para su posterior análisis con un software adecuado. Por ejemplo, el Mediator 2238 de Brüel & Kjaer dispone de una memoria de 2 Mbytes que puede almacenar hasta 500 archivos, con fecha, hora de inicio, configuración y datos de calibración. Tiene la ventaja que permite recuperar los datos y mostrarlos en pantalla, imprimirlos o transferirlos a la computadora para un estudio superior. El inconveniente es que los softwares de análisis se venden como elementos opcionales. Módulos de software opcionales: permite realizar análisis más complejos de las señales: análisis espectrales y estadísticos, informes periódicos. En el caso del análisis de frecuencias, de oficio, se requerirá de juegos de filtros de 1/1 y 1/3 de octava (que en muchos casos se suministran como opcionales). Sin embargo, es posible también utilizar un grabador DAT con una entrada compatible con la salida de CA del sonómetro, para luego transferir la información a la computadora. Para lo que se necesita, además del DAT, de una tarjeta de sonido común que genere archivos WAV. Es una posibilidad que puede resultar muy conveniente para cuando se dispone de escasos recursos. Control de medición: puede ser manual o con tiempo preestablecido (en el último caso existen equipos con posibilidades de almacenamiento automático que van desde 1 segundo hasta 24 horas). Hay sonómetros que permiten programar la fecha y hora de inicio de las mediciones con varias semanas de antelación. Es un factor a considerar en mediciones de eventos de ruido con largos intervalos temporales. Interfaz de usuario: debe velarse por una disposición lógica de las funciones, de las teclas marcadas claramente y un tamaño de pantalla que no dificulte los análisis in situ. Además, no debe subestimarse la presencia de una ruta amigable durante la configuración de los parámetros de medición y la protección de los datos. Accesorios opcionales: Existe una gran variedad de accesorios opcionales que deben ser elegidos en dependencia del uso destinado al sonómetro y de las posibilidades económicas. Algunos de ellos son: programas de análisis, calibradores, impresoras portátiles, trípodes, pantallas antiviento, extensores, fuentes de alimentación, maletas de transporte, juegos de filtro de 1/1 y 1/3 de octava y otros. Sin embargo, algunos como el calibrador, la pantalla antiviento, un extensor para el micrófono, la fuente de alimentación y un juego de filtro de 1/1 o 1/3 de octava, no deben faltar. En particular los filtros deben cumplir, como mínimo, con la norma EN 61260/ IEC 1260 (1995) de requerimientos para filtros. De la experiencia que surge del uso continuo de estos equipos, se pueden apreciar los siguientes comentarios: La diferencia de precisión entre los sonómetros tipo 1 y 2 no justifica en muchos casos el que se obligue al uso de sonómetro tipo 1 para realizar todas las medidas. En muchos casos los niveles que se miden exceden en mas de 10 dB (en ocasiones hay diferencias mayores de 20 o 30 dB) a los valores que las distintas normativas consideran como no adversas para la salud y el desarrollo de actividades humanas. En estos casos de diferencias enormes entre los valores que la legislación

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establece y los niveles medidos, se podría proceder a tomar acciones inmediatas por parte de la autoridad, en espera si así se considera, de una segunda fase de mediciones más precisa con sonómetros de tipo 1. Los sonómetros tipo 2 o sonómetros de propósito general son ideales para un amplio rango de aplicaciones que requieren de un instrumento fácil de usar y económico. Entre ellas podrían citarse medidas de emisión de ruido por automóviles, medidas de ruido ambiental general o incluso medidas de testeo de alarmas, sistemas de sonido o sistemas mecánicos. El personal que puede manejar estos sonómetros no necesita conocimientos importantes de acústica al usar instrumentos de fácil manejo. Para aquellas medidas en que la diferencia con la legislación sea menor de 6 dB (incluyendo un margen de seguridad del 100 %) se debe proceder a una segunda fase de medidas con instrumental más preciso como son los sonómetros tipo 1. Los sonómetros integradores tipo 1 son ideales para medidas de ruido ambiental de larga duración, tal y como marca la nueva Directiva Europea 2002/49/CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, o para medir aislamientos acústicos en la construcción. En estos casos, por razones legales, no se debe usar nunca sonómetros del tipo 2.

LOCALIZACION DE LOS PUNTOS DE MEDICION

Generalmente, la legislación indica dónde se deberán hacer las mediciones, por ejemplo en los límites de una propiedad o en la propiedad de un demandante. Cuando se mide, también se deben tener en cuenta otros factores, puesto que los niveles de sonido varían a diferentes alturas sobre el nivel del suelo. También variarán dependiendo de la distancia entre el punto de medición y las fachadas y obstáculos. Estos requisitos deben ser anotados y aplicados. Según lo anterior, las mediciones deberán realizarse: � Lejos de fachadas � Lejos de obstáculos � A favor del viento � En condiciones sin humedad y con una velocidad del viento inferior a 5 m/s � Con el micrófono entre 1.2 y 1.5 m sobre el nivel del suelo. Sin embargo, las mediciones también pueden ser hechas en la fachada o a otras alturas determinadas (la Unión Europea está considerando (año 2000) establecer la medida a 4 m. de altura)90.

90 Brüel& Kjær Sound&Vibration Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000

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La norma ISO 1996/1-2003 establece que los sitios en los cuales los limites de ruido tienen que ser confrontados deben ser claramente especificados, deben indicarse sobre un mapa. La localización y número de posiciones de medida dependerá de la resolución espacial requerida para el ambiente en consideración. Los sitios de medición deben ser: � Escogidos en posiciones espaciadas de modo aproximadamente igual sobre el área bajo

consideración (por ejemplo en las intersecciones de las líneas reticulares del mapa), pueden trazarse contornos de niveles iguales de ruido por interpolación entre los puntos.

� Ser representativos del nivel promedio de una zona o área específica (por ejemplo teniendo en cuenta los efectos de protección local, características topográficas, etc).

� En localizaciones que caracterizan el ruido proveniente de emisiones de varias fuentes identificables en el área en consideración, esto permite la determinación del ruido en otras localizaciones del área, mediante cálculos basados en la propagación del sonido.

POSICION DEL MICROFONO

La altura del micrófono debe ser escogida de acuerdo con la altura actual o esperada del receptor. En áreas potencialmente urbanizables, la altura preferida de medida será de 3 a 11 m. Seleccionando alturas mayores, la influencia de los efectos del piso y barreras bajas es reducida y tendrá una mejor reproducibilidad. La misma norma ISO 1996 recomienda que en el caso de medidas externas cerca de edificios, las medidas serán tomadas en sitios donde el ruido al cual este expuesta la edificación sea de interés y a menos que la normatividad especifique otra cosa, la posición de medida preferida es de 1 a 2 m a partir de la fachada y de 1.2 a 1.5 m medidos desde el nivel del piso de interés. Si se decide minimizar la influencia de las reflexiones, hasta donde sea posible, las medidas serán tomadas al menos a 3.5 m medidos a partir de cualquier superficie reflectante o a 0.5 m medidos a partir de cualquier ventana abierta. El micrófono es talvez la parte más importante de un equipo de medida de ruido, es el sensor de la señal que se desea cuantificar. Es por ello que aquí se hace un tratamiento teórico sobre algunas de sus características. Los micrófonos son diseñados en diferentes tamaños y para muy diversos propósitos. Cada tipo tiene sus propias características, las más importantes para comparar son la sensibilidad, el rango de frecuencia, el rango dinámico y las características de direccionalidad. Para los propósitos de

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evaluación de ruido por sonometrías los micrófonos se fabrican en tamaños de 1”, ½”, ¼” y 1/8”. El tamaño estándar de micrófono que generalmente se utiliza en muchas aplicaciones de sonometrías es el de ½”, los demás se utilizan para otro tipo de aplicaciones especiales91.

Direccionalidad de los micrófonos92 Todos los micrófonos no responden igualmente al sonido que reciben desde diferentes direcciones con distintos ángulos de incidencia. A bajas frecuencias el micrófono se acerca a la perfecta omnidireccionalidad, mientras que para altas frecuencias la sensibilidad al sonido que recibe se reduce considerablemente. Comparando las características que un micrófono presenta cuando se encuentra independiente (solo) y cuando está instalado en un sonómetro, claramente se ve que el cuerpo del sonómetro afecta las características direccionales del micrófono. Esto también proporciona un indicativo de la manera como la presencia de una persona afectará las medidas que se realicen.

Tipos de micrófonos De acuerdo con su respuesta en el campo sonoro, los micrófonos están divididos en tres tipos, así: micrófonos para incidencia en campo libre, micrófonos para presión y micrófonos de incidencia aleatoria. Los micrófonos para campo libre tienen respuesta de frecuencia uniforme a la presión sonora que existe antes que el micrófono sea introducido en el campo sonoro. Es muy importante notar que cualquier micrófono perturbará el campo sonoro, pero los micrófonos para campo libre están diseñados para compensar la perturbación originada por su presencia en el campo sonoro. Los micrófonos de presión están diseñados para dar una respuesta de frecuencia uniforme al nivel de presión sonora presente. Cuando el micrófono de presión es utilizado para medidas en campo sonoro libre, tendrá que ser orientado en un ángulo de 90 grados con la dirección de propagación del sonido. El micrófono de incidencia aleatoria esta diseñado para responder uniformemente a señales que llegan simultáneamente de todos los ángulos. Cuando son utilizados en un campo libre serán orientados en un ángulo de 70º a 80º con la dirección de propagación del sonido

91 Bruel & Kjaer, Measuring Microphones. Lectura Note 860550/1e. BA 7216-15. 92 Bruel & Kjaer, Measuring Microphones. Lectura Note 860550/1e. BA 7216-15.

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El mayor incremento en la sensibilidad de un micrófono se obtiene cuando la onda sonora proveniente de una fuente es recibida perpendicularmente en su diafragma, esto se define como ángulo de incidencia 0º. En todos los demás ángulos la sensibilidad será menor Los micrófonos de campo libre son utilizados en todas las aplicaciones donde el sonido llega principalmente de una dirección. Entonces el micrófono tiene que ser orientado directamente a la fuente sonora durante una medida. Aplicaciones típicas de este tipo de micrófono son las medidas exteriores e interiores donde existen o no algunas reflexiones. Por lo tanto, el sonido proviene principalmente de una sola dirección. La principal aplicación de los micrófonos de presión es para efectuar medidas en cavidades cerradas como en acopladores y calibraciones de audiómetros y para medidas sobre muros o superficies donde el micrófono puede ser instalado con su diafragma a ras con el limite de la superficie. Los micrófonos de incidencia aleatoria están diseñados para responder uniformemente a señales que provienen simultáneamente de cualquier ángulo. Estos pueden, entonces, ser usados únicamente para medidas en campos o cámaras reverberantes en situaciones donde el campo sonoro es difuso, es decir en muchas situaciones interiores donde el sonido es reflejado por los muros, techos y objetos que se encuentren en el cuarto. También en situaciones donde varias fuentes están contribuyendo a la presión sonora en la posición de medida un micrófono aleatorio puede ser usado.

Las medidas de acuerdo con los estándares IEC y ANSI93 Los dos más importantes estándares que gobiernan el diseño de los medidores de ruido son la publicación IEC 651 y la ANSI S 1.4. Para propósitos prácticos los dos estándares están completamente de acuerdo excepto para la dirección de la incidencia del campo sonoro. La IEC especifica el uso de micrófonos de campo libre y ANSI los de incidencia aleatoria. Esto significa que cuando las medidas de nivel sonoro son realizadas de acuerdo con IEC un micrófono de campo libre será utilizado y el medidor de nivel sonoro dirigido hacia la fuente (ángulo de incidencia 0º). Cuando las medidas son desarrolladas de acuerdo con ANSI se debe usar un micrófono de incidencia aleatoria y el sonómetro situarse formando un ángulo de 70º - 80º con la dirección de incidencia.

CONDICIONES METEOROLÓGICAS94.

Sobre las condiciones de propagación del sonido, la norma ISO 1996/1-2003 establece que para la transmisión del sonido en exteriores, los cambios en las condiciones meteorológicas pueden influenciar el nivel de presión sonora, en tales casos los niveles estarán basados en un valor

93 Bruel & Kjaer, Measuring Microphones. Lectura Note 860550/1e. BA 7216-15 94 ISO 1996/3.

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promedio para el conjunto de todas las condiciones de propagación relevantes o para una condición particular específica. Los cambios en las condiciones meteorológicas pueden influenciar el nivel de ruido recibido si la distancia entre la fuente y el receptor es cercana o superior a 30 m.

Promedio de niveles para todas las condiciones meteorológicas. En este caso, los límites de ruido se refieren a los niveles de ruido promedio para todas las condiciones meteorológicas predominantes. Las mediciones serán hechas en momentos tales, que los resultados sean representativos para el rango de condiciones meteorológicas para el sitio en consideración. El nivel promedio a largo plazo será calculado a partir de los resultados individuales, si se requiere después ponderar cada resultado con un factor que represente la fracción del intervalo de tiempo de largo término durante el cual prevalezcan las condiciones meteorológicas correspondientes. Bajo ciertas condiciones meteorológicas puede ser difícil determinar el ruido específico de una fuente en consideración si hay insuficiente diferencia entre los niveles de este ruido específico y el ruido residual. Esta técnica tiene la ventaja de tomar en cuenta cada una de las variaciones debidas a las condiciones meteorológicas y a las variaciones en la fuente.

Determinación de niveles en condiciones meteorológicas específicas. En este caso los límites de ruido se refieren a niveles de ruido en condiciones meteorológicas específicas, las cuales tendrán que ser especificadas explícitamente. Usualmente las condiciones especificadas serán aquellas para las cuales los niveles de ruido en los sitios donde los limites de ruido tienen que ser cumplidos son las mas altas. En este caso, la dirección del viento especificada formará un ángulo de menos de 45 grados con la dirección donde se encuentra localizada la fuente. Se evitarán medidas durante fuertes inversiones de temperatura cerca del piso. Se deberá tener cuidado para garantizar que las condiciones meteorológicas especificadas cubran todas las principales condiciones de operación de la fuente.

MÉTODOS Y APARATOS DE MEDICIÓN DEL RUIDO PRODUCIDO POR VEHÍCULOS

El Instituto Colombiano de Normas Técnicas ha aprobado las normas NTC 3992, 4193 y 4194 para la medición del ruido producido por fuentes móviles donde aparecen descritos los métodos y equipos de medición, normas que están vigentes y en aplicación. Las norma NTC 3992 medición del ruido emitido por vehículos automotores al acelerar. Método de Ingeniería. Equivalente a la norma ISO 362. Esta norma especifica un método de ingeniería para medir el ruido que emiten los vehículos automotores al acelerar, se basa principalmente en un

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ensayo con los vehículos en movimiento, el ensayo ISO de referencia (ISO 1176:1990, ISO 10844:1994). Las mediciones pueden tener relación con las condiciones de operación del vehículo que produzca el mayor nivel de ruido consistente con la conducción urbana y cuya emisión de ruido sea la más reproducible. Por lo tanto, se especifica un ensayo de aceleración con presión total sobre el pedal, a una velocidad determinada del motor. La norma NTC 4193 medición del ruido emitido por vehículos de pasajeros en condiciones representativas del tráfico urbano. Equivalente a la norma ISO 7188. Especifica un método de medición del ruido generado por vehículos de pasajeros (como se definen en la norma NTC 3989) en movimiento. El método se basa en estudios estadísticos del uso de automóviles en el tráfico urbano. Las especificaciones están destinadas a reproducir el nivel de ruido que es excedido solamente durante el 5% del tiempo de conducción total en el flujo de tráfico urbano de carácter irregular que requiere el uso de cambios de marcha intermedios. El nivel de ruido obtenido tiene buena correlación con el nivel equivalente de presión sonora ponderado A (ISO 1996-1), LAeq,-T emitido por el vehículo durante el trafico urbano. La norma esta basada en ensayos con vehículos en movimiento. Las mediciones se hacen en dos modalidades de conducción a saber: un ensayo de aceleración con el acelerador en la posición máxima a una velocidad especificada y un ensayo de velocidad constante a la misma velocidad de circulación. Con el fin de obtener un nivel de ruido característico del tráfico urbano, los resultados de los dos ensayos se combinan de una manera específica. Las condiciones usadas para estos dos ensayos agrupan las condiciones de tráfico urbano y se debe entender que ninguna de ellas por si solas sería representativa. La norma NTC 4194 medición de ruido emitido por vehículos de carretera en estado estacionario. Método de inspección. Es equivalente a la norma ISO 5130. Especifica un método de inspección para medir el ruido producido por un vehículo de carretera en estado estacionario en un sitio accesible con características específicas. El método está destinado a la verificación de vehículos en uso, y también a determinar variaciones en el ruido emitido por diferentes partes del vehículo que se ensaya, que pueden ser causados por desgastes, mal ajuste o modificación de componentes particulares, cuando el defecto no aparece por inspección visual, la remoción parcial o completa de dispositivos que reducen la emisión de ciertos ruidos.

APORTE DE RUIDO DE UNA FUENTE AL MEDIO AMBIENTE.

El aporte de una fuente de ruido hacia al medio ambiente puede ser medido o calculado. Si el aporte es medido, deberá aplicarse los conceptos de ruido residual tratados en el capítulo 8 y los teóricos para suma y resta de niveles de ruido. Si el aporte es calculado deberá utilizarse algún tipo de algoritmo estandarizado de uso corriente, los cuales son de origen empírico y están basados en simples leyes de la física El nivel de presión sonora en un punto causado por una fuente de ruido con una potencia determinada puede ser obtenido por la siguiente ecuación: Lp = LW + Dc + Cb − Apropagación Donde:

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Lp Nivel de ruido equivalente en el punto receptor en dB LW Nivel de potencia sonora de la fuente en dB (ref = 1 pW) Dc Corrección de directividad en dB si la fuente no emite sonido uniformemente en todas las direcciones Cb Corrección en dB si la fuente no está siempre activa. Por ejemplo, el nivel a largo plazo se reduce en 3 dB si la fuente está activa sólo 12 horas al día Apropagación Atenuación por la propagación en dB El término de atenuación puede ser subdividido en varios efectos puramente físicos, así: Apropagación = Adiv+ Aatm + Agr + Abar + Amisc + Crefl Donde: Adiv La atenuación como resultado de la divergencia geométrica Aatm La atenuación como resultado de la absorción del aire Agr La atenuación debida a la absorción/reflexión del terreno Abar La atenuación por difracción en campo libre de una barrera Amisc La atenuación debida a efectos diversos (variabilidad del tiempo, dispersión a través de estructuras acústicas complejas tales como tuberías) Crefl La corrección debida a la contribución de las reflexiones Todo esto se puede hacer como un cálculo en banda ancha (dB(A)) o en octavas, y posteriormente sumadas para dar el nivel de banda ancha. En general, los cálculos en bandas de octava son más precisos y más útiles para análisis posteriores, y en caso de requerirse cualquier reducción de ruido95.

INFORME TÉCNICO

De acuerdo con lo expresado en la norma ISO 1996 a continuación se hace una relación de recomendaciones y consideraciones que se deben tener en cuenta para la presentación de los informes de resultados. Estas se pueden agrupar en el siguiente listado: � Fecha de la medición, hora de inicio y de parada � Responsables del informe � El propósito de la medición � La norma utilizada � Tipo de instrumentación utilizada

95 Bruel & Kjaer Sound & Vibrations Measurement A/S. Ruido Ambiental. 2000

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� El equipo utilizado, incluyendo números de serie � Datos de calibración, ajuste del instrumento de medida � Procedimiento de medición utilizado � Condiciones predominantes � Condiciones atmosféricas (dirección y velocidad del viento, lluvia, temperatura, presión

atmosférica, humedad) � Naturaleza / estado del terreno entre la fuente y el receptor � Resultados numéricos � Cálculos utilizados � Descripción de los tiempos de medición, intervalos de tiempos de medición y de referencia,

detalles del muestreo utilizado � Variabilidad de la fuente � Descripción de las fuentes de sonido existentes, datos cualitativos � Conclusiones y recomendaciones, si el informe lo requiere � Un mapa que muestre la posición de las fuentes de sonido, objetos relevantes y puntos de

observación. � Es importante escribir el informe en un estilo legible y fácil de entender. � El uso de gráficos, esquemas, fotografías e ilustraciones ayudará a explicar los datos.

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10. USOS Y APLICACIONES DE LAS MEDICIONES

PLANES DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN DE RUIDO

Al parecer para algunos de los países el ruido no representa un factor que genera demasiado impacto sobre la población; a diferencia de la Unión Europea, Chile, Perú, Argentina, entre otros, quienes han adelantando esfuerzos para tomar acciones tendientes a controlar la contaminación generada por el ruido, mediante estudios, lineamientos y acciones para desarrollar planes de prevención y descontaminación por ruido. A continuación se presenta una breve descripción de los programas que se están llevando a cabo en la Unión Europea, Chile y Perú, de tal manera que se identifiquen algunas acciones, programas y proyectos que sirvan para la implementación de planes de prevención y descontaminación de ruido.

Chile En la actualidad el CONAMA de Chile está llevando a cabo diferentes acciones para mejorar la contaminación por ruido, destacándose las siguientes96: � Elaboración de la Norma de Emisión de Ruidos Molestos generados por Actividades de

Construcción. � Elaboración y entrada en vigencia de la Norma de Ruido para Vehículos Livianos, Medianos y

Motocicletas. � Mayor exigencia con las tecnologías de los buses nuevos � Se están prohibiendo las bocinas de aire comprimido. � Se está elaborando una propuesta de Ordenanza Municipal Modelo sobre Ruidos Molestos, para

prevenir y controlar problemas de ruido locales en el ámbito comunitario. Además de las acciones en desarrollo, Chile cuenta con normas de emisión de ruido de los buses de locomoción colectiva urbana y rural, las cuales establecen valores máximos permisibles de emisión de ruido para los buses urbanos de todo el país y los rurales de la Región Metropolitana. Adicionalmente, Chile cuenta con una norma que regula los ruidos de las fuentes fijas (discotecas, industrias, talleres, etc.) y otra que fue elaborada conjuntamente con el Instituto Nacional de Normalización para el aislamiento mínimo que tienen que poseer las viviendas. Se midió la percepción de la comunidad frente a niveles de ruido en Iquique, Valparaíso y Temuco y finalmente, se han realizado los siguientes estudios: � Ruido de Buses de Locomoción Colectiva

96 www.conama.cl

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� Ruido de Actividades de Construcción � Ruido de los Vehículos Nuevos � Ruido de Carreteras y Autopistas � Vibraciones Por otra parte, Chile cuenta con un programa con los lineamientos básicos para el control y prevención de la contaminación acústica, el cual esta basado en diagnósticos realizados para diferentes fuentes generadoras de ruido. El objetivo general del programa es mejorar la calidad de vida de las comunidades afectadas por este fenómeno. Entre los objetivos específicos, del programa se encuentran97: � Generar una capacidad de fiscalización de contaminación acústica en el territorio, mediante la

capacitación de los funcionarios de las unidades ambientales. � Disponer de una capacidad básica de control, mediante la adquisición de equipos de medición. � Crear un cuerpo legal adecuado a la fiscalización de los problemas de contaminación por ruido. � Exigir el apoyo de consultores privados a los infractores, para las soluciones técnicas que se

demanden como fruto de las actividades de fiscalización. � Estimular la participación de la comunidad en actividades de divulgación de las características y

efectos del ruido, así como su cooperación en las actividades de control. � Confeccionar material impreso sobre las actividades de control, para difusión hacia la

comunidad. � Comprometer a las industrias y empresas privadas locales en el desarrollo respetuoso de sus

actividades.

Desarrollo del programa

El programa de control de la contaminación acústica debe contar con actividades que permitan cumplir con los objetivos planteados, por lo tanto es necesario llevar a cabo cierto tipo de medidas globales y puntuales que sirvan como guía para desarrollar estos programas (Ver Tabla 36). Tabla 36. Medidas para los programas de control y prevención de la contaminación acústica

Medidas Globales Medidas Puntuales Considerar la variable acústica al elaborar los planos reguladores, a fin de armonizar la coexistencia de distintos usos del suelo de actividades al evitar la definición de áreas ruidosas cercanas o inmediatas a otras residenciales.

En forma cotidiana, fiscalizar, atender denuncias de la comunidad y controlar el cumplimiento de la normativa acústica referente al funcionamiento de empresas, industria y comercio. En los casos en que el municipio mide ruidos que sobrepasen las normas y/o cuando se requiere una solución

97 Gestión ambiental municipal Asociación Chilena de Municipalidades, Fundación Alemana para el Desarrollo Internacional DSE

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Medidas Globales Medidas Puntuales técnica, debe exigir al infractor la intervención de un consultor privado experto en contaminación acústica. Ello evita las pérdidas de tiempo y dinero que a veces resultan cuando los mismos causantes del problema intentan solucionarlo, muchas veces con técnicas incorrectas.

Una buena ordenanza local sirve de respaldo para fiscalizar. Aparte de los elementos más comunes dentro del territorio municipal, la ordenanza puede recoger aspectos claves de los cuerpos legales de rango superior. Esto asegura que no se opone a otra legislación, fortaleciendo así su validez para la comuna. El papel de la comunidad es crucial en el control, ya que contar con su cooperación y apoyo facilita detectar los casos puntuales e implementar las medidas globales

Realizar frecuentes acciones de difusión en distintos medios, tales como la elaboración de artículos para periódicos comunales, notas de prensa a diarios de gran circulación, entrevistas radiales, elaboración de afiches, cartillas y circulares, etc., que permitan al público saber la forma de colaborar, cómo tiene que hacer las denuncias en caso de estar afectado, conocer los efectos del ruido en el hombre, etc.

Trabajar en la creación de una ordenanza complementaria a los cuerpos legales de alcance regional y nacional. Ello es indispensable para regular las múltiples situaciones de carácter muy local que no están previstos en otra normativa.

Supervisar los procedimientos y el avance en el cumplimiento de las metas prefijadas, para poder corregir el rumbo o la oportunidad de las acciones durante su desarrollo

La industria y la empresa privada tienen un doble papel. Por una parte, deben asumir un compromiso explícito de desarrollar sus actividades con respeto por el medio ambiente; por otra, pueden tener una colaboración muy importante en el financiamiento de campañas o programas de difusión sobre éste y otros problemas de contaminación

Evaluar periódicamente los resultados del programa o proyecto (por ejemplo, al finalizar cada año de su ejecución), en torno a los siguientes criterios: a. Cumplimiento de los objetivos y metas propuestos; b. Calidad de las soluciones alcanzadas; c. Cobertura con respecto a la demanda; d. Percepción de la comunidad beneficiada

Fuente: www.conama.cl

Implementación del programa

Para la implementación de programas o proyectos relacionados con la contaminación acústica es necesario contar con un sonómetro capaz de medir el Nivel de Presión Sonora en dB (A) (NPS dB(A)) y también de promediar los registros, (Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente o NPS eq). Se debe contar con un paquete de horas extra para realizar mediciones nocturnas (desde las 21 horas en adelante). Durante los horarios nocturnos los problemas de ruidos son frecuentemente más molestos, y además las normas legales son más restrictivas y exigentes en cuanto a su tolerancia de ruido. El horario nocturno de medición es más adecuado debido a que el ruido de fondo, o ruido ambiente (incluido el aporte del tránsito) es menor, por lo que permite una mejor evaluación del ruido proveniente de la fuente fija causante del problema.

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Fiscalización

Las alternativas de fiscalización de la contaminación acústica necesariamente requieren de la participación de funcionarios municipales en la fase inspectiva inicial. Sin embargo, la medición instrumental del ruido puede, eventualmente, encargarse a una empresa privada debidamente acreditada ante un organismo de referencia nacional. Las características físicas–geográficas y demográficas de cada zona (por ejemplo, rural o urbano, etc.), los recursos disponibles y la índole de los problemas que se presenten en su territorio, determinan la manera en que el municipio enfrenta el problema. Una posibilidad es que el municipio realice sus inspecciones incluyendo mediciones instrumentales.

Coordinación

La importancia de la coordinación para la gestión de la contaminación acústica radica en el hecho de que la información más valiosa para un buen programa de control en este tema está dispersa. Las diversas unidades municipales tienden a actuar como “parcelas” o feudos aislados, sin conexión entre sí y con actitudes de desconfianza o exagerada autosuficiencia. Ambas posiciones son muy negativas y causantes de entrabamiento en el accionar. Otra falencia frecuente de procedimiento sucede al no considerar la experiencia anterior en el tema, lo que puede llevar a acciones que incurren en múltiples errores que, de tomar en cuenta la experiencia previa, serían evitables. Dependerá de la organización de cada municipio fijar el flujo de información para la toma de decisiones a este respecto, pero sin duda que la coordinación intramunicipal juega un papel crucial que puede evitar la toma de decisiones desinformadas y erróneas.

Coordinación intramunicipal

En esta situación el municipio debe decidir, fundamentando su resolución en un plazo máximo de 45 días, si se hace parte o no de una querella contra terceros, a partir de una denuncia que acuse de responsabilidad por “daño ambiental” a alguna persona natural o jurídica. Para lograr los objetivos descritos como medidas globales de control de ruido se debe realizar, además, las modificaciones pertinentes en las Ordenanzas de Obras y Urbanismo que permitan hacer exigencias y que consideren la variable acústica respectivamente en el accionar privado y público.

Coordinación intermunicipal

Los municipios con problemas similares o geográficamente vecinos pueden actuar en conjunto ante problemas de contaminación acústica. Entre otros, pueden colaborar en la generación de ordenanzas, adquisición de equipos, fijación de criterios comunes de uso del suelo en áreas vecinas, sincronización de acciones de fiscalización, de difusión, de capacitación funcionaria, etc.

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Coordinación extramunicipal

Cada municipio puede generar ordenanzas de alcance comunal, efectuar labores de difusión, atender problemas de ruido, exigir soluciones a los infractores, otorgar plazos para cumplimiento, sancionar mediante el Juzgado de Policía Local, etc. Es importante mantener una buena coordinación con el Juzgado de Policía Local, que tiene la facultad de ordenar que los infractores respondan a las sanciones y evitar que sólo paguen una multa sin solucionar el problema de contaminación por ruido.

Unión Europea Expertos europeos están convencidos de que la contaminación por ruido no disminuirá si no se aborda el problema desde la planificación urbanística y desde la necesidad de incidir en el aspecto educacional, por lo cual la actual política se centra en la necesidad de contar con información acústica y desarrollar educación ambiental a todo nivel. El Libro Verde de la Comisión de las Comunidades Europeas plantea una política futura de lucha contra el ruido, abordando este contaminante como problema ambiental, desde cuatro aspectos: � Coordinación de métodos de validación de los niveles de ruido � Intercambio de información entre los países miembros � Elaboración de mapas de ruido � Información pública sobre las causas que se derivan ante diferentes exposiciones de éstos. Asimismo, en las directrices del Libro Verde se establece la obligación de un estudio de impacto ambiental que considere la contaminación por ruido de los proyectos públicos y privados. Los objetivos finales, se centran en establecer normas legislativas que señalen valores límites para las emisiones, integración de los costes del ruido a través de financiación comunitaria y elaboración de una legislación comunitaria sobre controles técnicos98. El Libro Verde de la Comisión Europea cuenta con varios instrumentos, los cuales poseen planteamientos básicos para reducir la exposición al ruido, dentro de estos se tiene99: � Realización de Mapas de ruido municipales � Reducir el ruido en la fuente - de máquinas, motores, contacto de neumáticos y superficie,

reducción de las velocidades y reducción del volumen de tráfico.

98 Contaminación acústica Antecedentes y estado actual, L.Espada Recarey, F.J. Rodríguez Rodríguez Departamento de Ingeniería Química. Universidad de Vigo 99 Política futura de lucha contra el ruido Libro Verde de la Comisión Europea. Bruselas, 1996

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� Limitar la transmisión del ruido colocando barreras entre la fuente y las personas afectadas. � Reducir el ruido en el punto de recepción, por ejemplo, a través del aislamiento de los ruidos en

los edificios. Los instrumentos desarrollados para la aplicación de estos métodos incluyen: normas de emisión para fuentes individuales fijadas generalmente en la legislación, normas de emisión basadas en criterios de calidad para el ruido, planificación de la utilización del suelo, medidas de infraestructura, instrumentos económicos, procedimientos operativos, investigación y desarrollo y acciones de educación e información. De igual manera la Unión Europea ha venido aplicando una serie de medidas para mitigar y evaluar el ruido en diferentes aspectos, para esto cuenta con medidas infraestructurales, utilización de aspectos económicos, procedimientos operativos, apoyo comunitario a la investigación sobre la reducción del ruido y finalmente información y educación a la comunidad.

Medidas infraestructurales

Dentro de las medidas infraestructurales está el revestimiento poroso a las calzadas de bajo nivel de ruido, estos revestimientos reducen la generación y la propagación del ruido a través de una serie de mecanismos que pueden estar relacionados con la estructura abierta de la capa superior100.

Instrumentos económicos

La utilización de instrumentos económicos para la reducción del ruido no es muy común en Europa sin embargo, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en su informe "Combatir el ruido en los años 90", llegó a la conclusión que los incentivos económicos para la reducción del ruido se habían mostrado eficaces con respecto a los vehículos rodados en los pocos casos en que fueron utilizados y estaba a favor de su mayor utilización. Los impuestos sobre el ruido - excepto en el sector aeronáutico - han sido utilizados todavía menos que los incentivos y cuando se han utilizado han sido generalmente demasiado bajos como para fomentar la reducción de ruido. La función principal de los impuestos, ha sido aumentar los fondos para las medidas de control del ruido, tales como el aislamiento de edificios. Dentro de los instrumentos económicos la UE cuenta con los impuestos, las tasa por ruido y con los incentivos económicos para fomentar la reducción del ruido Impuestos y tasas.

100 Política futura de lucha contra el ruido Libro Verde de la Comisión Europea. Bruselas, 1996 100 Los resultados obtenidos han mostrado que los niveles de ruido pueden ser reducidos, en comparación con los niveles de ruido generados en superficies equivalentes no porosas, de 3 a 5 dB (A) por término medio y pueden conseguirse reducciones aún mayores si se optimiza el diseño de la superficie.

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En la mayor parte de los países, los ingresos procedentes de la tasa por ruido se destinan a la financiación de programas de aislamiento alrededor de los aeropuertos.

Incentivos económicos para fomentar la reducción del ruido

En Alemania y los Países Bajos se han aplicado incentivos bajo la forma de subvenciones para comprar vehículos de transporte de mercancías con bajos niveles de ruido, pero dichos incentivos no se utilizan actualmente.

Procedimientos Operativos

Los procedimientos operativos incluyen restricciones en la utilización de vehículos y productos ruidosos, este tipo de restricción (total o parcial) ha sido la limitación impuesta a los camiones, especialmente por la noche, en numerosas ciudades europeas101. La OCDE evaluó varios de estos regímenes y concluyendo lo siguiente: � Un marco jurídico que no esté en conflicto con la legislación supranacional y que incluya una

definición de los vehículos de bajo ruido; � Una clara delimitación de la zona restringida e identificación de los vehículos exentos; � Medios de vigilancia y aplicación de las prohibiciones, en los que la población tiene un papel

importante que desempeñar; � Cooperación con los fabricantes y empresarios; � Sensibilización pública del problema del ruido, lo que podría ayudar a los empresarios de

vehículos con bajos niveles de ruido a tomar conciencia de los beneficios obtenidos de una mejora de sus relaciones públicas.

Apoyo comunitario a la investigación sobre la reducción del ruido

Como apoyo a la comunidad la Unión Europea ha incentivado a través de programas marco de investigación y desarrollo, las siguientes actividades para llevar a cabo el control de la contaminación acústica:

101 Pueden citarse como ejemplos el régimen de las ciudades silenciosas en Francia de los años 80; la prohibición de circulación durante el periodo nocturno, con excepciones para los vehículos con bajo nivel de ruido , que se aplica en las localidades termales alemanas; una prohibición de circulación de camiones en Salzburgo, de nuevo con excepciones para los vehículos con bajo nivel de ruido ; la prohibición de circulación de camiones durante la noche y el fin de semana en el gran Londres, también con incentivos y la prohibición de circulación de camiones durante la noche en la autopista de Tauern, Austria.

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� Medición del ruido y vibraciones en el marco del programa de Normalización, mediciones y

ensayos � Reducción del ruido de los equipos, especialmente de los vehículos de motor, los ferrocarriles y

los aviones, en el marco del programa tecnologías industriales y de materiales � Investigación en el marco del programa de aplicaciones telemáticas para probar los efectos de

las estrategias avanzadas de gestión del tráfico rodado en los niveles de ruido y para apoyar proyectos piloto destinados a obtener información ambiental sobre los niveles de ruido en las zonas urbanas.

Información y educación

Los programas de información y educación han sido siempre un instrumento importante de las políticas de los estados miembros en materia de ruido. La OCDE, en 1991, informó que la experiencia realizada en varios países ha demostrado que las campañas en curso de ámbito limitado y relacionadas con los progresos en la reducción del ruido, son más eficaces que las campañas nacionales, importantes, pero ocasionales y efímeras.

El papel de la Comunidad Europea en el futuro

La Comisión Europea considera que es necesario examinar de nuevo el planteamiento actual de la política contra el ruido para aumentar su eficacia a través de una mayor coherencia de las diferentes acciones emprendidas con respecto a las diferentes fuentes de ruido. Además, es necesaria una mayor integración y coordinación para lograr que las acciones propuestas en el ámbito de las políticas comunitarias y que pueden afectar directa o indirectamente el ámbito sonoro contribuyan de forma positiva a la reducción del ruido.

Un marco para la evaluación de la exposición al ruido

La Comisión considera que la mejora de los datos sobre el ruido, su comparabilidad, control y el suministro de información al público constituyen las principales prioridades de la acción a corto y medio plazo y está considerando la posibilidad de proponer medidas legislativas en forma de directiva para establecer un marco para dichas acciones. Los resultados de esta legislación podrían ayudar a superar las deficiencias mencionadas anteriormente y ayudar a las autoridades nacionales y locales y a la comunidad a tomar decisiones más informadas sobre las medidas que se deben aplicar contra el ruido de las cuales son responsables. Por consiguiente, a la Comisión le gustaría poner en marcha un debate sobre el alcance de una eventual legislación. Los tipos de medidas que podrían ser incluidas en una propuesta de directiva serían: � El establecimiento de un índice comunitario común de exposición al ruido para garantizar que los

datos sobre la exposición al ruido ambiental se presentan utilizando siempre las mismas unidades de medición del ruido.

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� Disposiciones para el establecimiento y la utilización de métodos armonizados de previsión y medición para evaluar el ruido ambiental de las diferentes categorías de fuentes de ruido.

� Evaluación de la exposición al ruido ambiental por las autoridades competentes en los estados miembros y difusión a la población de la información sobre la exposición.

� Acción sobre las diferentes fuentes La Unión Europea ha considerado dentro de sus acciones futuras para reducir el ruido, el establecimiento de valores límite de emisión sonora para los vehículos, reducir el ruido del tráfico vehicular, ferroviario, aéreo y de la maquinaria al aire libre, teniendo en cuenta la relación costo / beneficio de una serie de opciones y además de abordar la temática del ruido generado por los neumáticos. Por otro lado, la Comunidad representa una fuente importante de financiación para la construcción de carreteras a través de los fondos estructurales y de cohesión y de la línea presupuestaria "Redes transeuropeas", que deberán ser construidas de conformidad con las normas ambientales y de seguridad lo más altas posible.

Contribuciones de la Comunidad a las acciones de reducción del ruido en los estados miembros - Fomentar los intercambios de experiencias

La planificación territorial, la educación y el aumento de la sensibilización son instrumentos de la política contra el ruido en los que la Comunidad puede desempeñar un papel de ayuda a los Estados miembros y a las autoridades locales en la aplicación de medidas de reducción de los ruidos, básicamente a través del fomento de los intercambios de experiencias y la difusión de las buenas prácticas. La Comunidad dispone de varios instrumentos financieros a través de los cuales se apoyan iniciativas conjuntas con los Estados miembros y, en particular, con las autoridades locales, y a las que se podría dar una mayor prioridad para la reducción del ruido, destacándose las siguientes: � El programa LIFE , instrumento financiero de la Comunidad para la protección del medio

ambiente � Asistencia a medidas de sensibilización ambiental, con fondos procedentes de los recursos

financieros disponibles para la política ambiental. � El sector medioambiental del programa de Aplicaciones telemáticas, donde se aprueban

proyectos piloto destinados a mejorar los sistemas de información medioambiental al público y a los gestores del medio ambiente sobre cuestiones como el ruido.

� Asistencia a proyectos de interconexiones y cooperación entre las zonas urbanas y proyectos experimentales urbanos.

Finalmente, como se pudo observar a través de las acciones propuestas por la Unión Europea, las opciones de acción por lo que respecta a los métodos de medición, de control y del intercambio de información y su suministro al público representan pasos importantes para el establecimiento de un marco global de acción. En general, si se informa mejor a la población se contribuirá a sensibilizarla más sobre la verdadera dimensión del problema y, con ello, se influirá en su propio comportamiento, siendo un ámbito donde la cooperación a través de la Comunidad puede representar un importante

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valor adicional. Además, las acciones podrían ayudar a la Comunidad, a los Estados miembros y a las autoridades locales en la evaluación de la combinación óptima de instrumentos aplicables a las diferentes fuentes de ruido.

Perú A diferencia de Chile y la Unión Europea, Perú no se encuentra tan avanzado en materia de prevención y control de ruido, sin embargo, ha comenzado a desarrollar ciertos lineamientos para implementar los planes de prevención y descontaminación de ruido en el país102. Los planes de acción se elaboran de acuerdo con los lineamientos de mejora de los hábitos de la población; planificación urbana; promoción de barreras acústicas con énfasis en las barreras verdes; promoción de tecnologías amigables con el ambiente; priorización de acciones en zonas críticas de contaminación sonora y zonas de protección especial y racionalización del transporte. Aunque lo anterior no presenta en si los planes de prevención y descontaminación por ruido, si muestra el interés por algunos países de comenzar a tomar acciones concretas para prevenir la contaminación acústica.

MAPAS DE RUIDO

De acuerdo con la OMS, un componente crucial de la implementación de planes para reducir el ruido, es tener un conocimiento cuantitativo razonable de la exposición a este, lo cual se logra a través de mapas de ruido, entre otros. El término general de mapas de ruido se suele utilizar para referirse a mapas horizontales de líneas isosónicas a cierta altura del suelo, a un nivel sonoro continuo equivalente, los cuales son una representación gráfica de los niveles de exposición de las fuentes de ruido que afectan a la sociedad; por ejemplo, el tráfico vehicular, los aviones, las vías férreas, las industrias, la construcción, las fiestas y las actividades humanas en general, representaciones que en muchas ocasiones son difíciles de cuantificar, sin embargo, en algunos casos, es posible contar con los datos de la exposición a los niveles de ruido, para el caso de Colombia, muchas mediciones son realizadas debido a las quejas de la comunidad. En otros casos, la exposición se puede calcular de las características de los procesos mecánicos. En países en desarrollo, generalmente existe falta de información estadística apropiada para estimar la exposición a los niveles de ruido. Sin embargo, en donde se necesita reducir los niveles de ruido, la falta de información completa no debe prevenir el desarrollo de estimaciones temporales de la exposición de ruido. La información básica acerca de la población expuesta, sistemas de transporte, la industria y otros factores pertinentes se pueden utilizar para calcular las exposiciones temporales

102 Decreto Supremo Nº 085/2003 PCM, Reglamento de estándares nacionales de Calidad Ambiental para Ruido

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de ruido. Estos entonces pueden ser utilizados para desarrollar y aplicar los planes provisionales de ruido103. Por otro lado, los mapas de ruido pueden ser de diferentes tipos, dentro de los cuales se destacan mapas verticales, mapas con información numérica en puntos receptores, mapas de análisis de contribución de las distintas fuentes, mapas con población expuesta, entre otros. Los mapas de ruido pueden ser además generales o específicos sobre una o varias fuentes determinadas. Los mapas urbanos serían del primer tipo, mientras que es frecuente realizar mapas específicos del entorno de las carreteras, de los ferrocarriles, de los aeropuertos, de canteras, zonas de ocio, zonas de obra, de determinadas industrias. A la hora de abordar la elaboración de un mapa de ruido es necesario determinar en primer lugar las características del mapa que se desea obtener, si es general o específico para una fuente, el ámbito del mapa y altura sobre el suelo de las mediciones, la escala de trabajo y precisión de los datos, los índices acústicos e información reflejados en el mapa, entre otros. Una vez determinadas las características de los mapas, es necesario seleccionar la técnica que se va a emplear, dentro de las cuales se encuentran: las medidas mediante sonómetros, los métodos o modelos de previsión o la combinación de medidas y previsiones, en función de las características del mapa es posible utilizar una u otra técnica. Los mapas de carácter general, como es el caso de los mapas de aglomeraciones, son más difíciles de elaborar mediante modelos de previsión, ya que no siempre es posible determinar el comportamiento de las fuentes de ruido y disponer de métodos de cálculo confiables. El uso de modelos de previsión para los mapas de carreteras, ferrocarriles y aeropuertos presenta numerosas ventajas prácticas, y con las precauciones adecuadas se ha conseguido una muy buena fiabilidad de los resultados. Por otro lado, las técnicas de medida directa de niveles sonoros resultan muy caras en general y requieren periodos de tiempo excesivamente largos para realizar los mapas. Sin embargo, los resultados reflejan dentro de los límites de precisión y de tiempo de las medidas, valores reales del ruido en situaciones existentes.

Mapas de Ruido a Nivel Internacional Los mapas de ruido se han convertido en una de las principales herramientas a nivel internacional, para contar con un adecuado conocimiento de los niveles de ruido presentes en una zona, región,

103 Guidelines for community noise, edited by Birgitta Berglund, Thomas Lindvall y Dietrich H. Schwela. Organización Mundial de la Salud.

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ciudad y en muchos casos país. En este sentido, a continuación se presenta un breve resumen de las metodologías utilizadas en diferentes partes del mundo para la elaboración de mapas de ruido.

Unión Europea

La Directiva 2002/49/CE de la Unión Europea sobre evaluación y gestión del ruido ambiental define unos mapas de ruido específicos, que sin duda serán la información más relevante sobre la calidad del ambiente sonoro en la UE. Los mapas de ruido deben ser elaborados para aglomeraciones con más de 250.000 habitantes y a todos los grandes ejes viales; cuyo tráfico supere los seis millones de vehículos al año, grandes ejes ferroviarios; cuyo tráfico supere los 60.000 trenes al año, y grandes aeropuertos presentes en su territorio104. Estos mapas de ruido, denominados mapas estratégicos, reúnen las siguientes características: � Tipos de mapas: carreteras, ferrocarriles, aeropuertos y aglomeraciones. � Mapas horizontales a 4 m del suelo. � Índices acústicos: Lden y Lnoche para un día medio. � Información sobre población expuesta � Los mapas de aglomeraciones deben distinguir las fuentes de ruido: tráfico rodado, ferroviario,

aeropuertos e industria. En el proceso de elaboración de un mapa de ruido para una gran ciudad, fueron identificadas las siguientes cuatro fases principales105: � Adquisición de Datos. � Manipulación de Datos. � Cálculo de los Niveles de Inmisión de Ruido � Impresión de los Mapas de Ruido. Para el desarrollo de la primera fase se requiere una amplia gama de datos, en donde se incluye: � Flujos de tráfico rodado, velocidades y composición; � Flujos de tráfico ferroviario, velocidades y recorrido; � Ejes viarios, edificios y elevaciones sobre el terreno digitalizadas; � Mapas convencionales y fotografías aéreas mostrando bloques de viviendas, carreteras

elevadas, cortes de carreteras, pantallas; � Mediciones de niveles de ruido industrial;

104 Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002. Diario Oficial n° L 189 de 18/07/2002 p. 0012 – 0026. 105 A Report on the production of noise maps for the City of Birmingham, UK Department of Environment, Transport and the Regions, 2000

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� Números de tráfico aéreo, tipos, rutas aéreas y geometría del aeropuerto; � Datos meteorológicos; y � Validación de las mediciones de ruido. Asimismo, la directiva determinó que se requiere que los mapas estratégicos de ruido se revisen y si es necesario se modifiquen al menos cada cinco años106. La selección de los puntos de medida se realiza mediante una malla o cuadricula que se superpone a la zona de estudio. Los puntos de medida corresponden bien al centro o bien a los vértices de la cuadrícula. El paso de malla o tamaño de la retícula varía según la escala de trabajo y la precisión exigida al mapa, generalmente los recursos disponibles limitan este valor. El inconveniente del muestreo al azar es que la representatividad de los resultados se basa únicamente en el factor espacial, y puede que no refleje correctamente las molestias del ruido a la población. Asimismo, en algunos casos no es posible seguir las recomendaciones de realizar las mediciones a cuatro metros sobre el nivel del suelo. Dentro del concepto de mapa de ruido, la directiva exige incorporar la estimación de la población y de las viviendas expuestas a diferentes niveles de ruido. Por lo tanto, no se trata ya únicamente de realizar medidas o cálculos de niveles sonoros; en este sentido y cada vez con más fuerza, se considera que un mapa de ruido es un instrumento de planificación que debe ayudar a la toma de decisiones sobre las actuaciones de control y reducción de la contaminación acústica107.

Argentina En Argentina uno de los objetivos tradicionales de los mapas de ruido es presentar de manera visual una serie de datos relevantes sobre el ruido medido o calculado en una determinada área geográfica. Dichos datos suelen ser, por ejemplo, los niveles equivalentes horarios diarios o anuales y los correspondientes niveles estadísticos. Para facilitar la interpretación se utilizan generalmente curvas de nivel similares a las de los mapas topográficos, denominadas curvas isofónicas. Las zonas comprendidas entre dos curvas de nivel adyacentes pueden colorearse de acuerdo con determinada escala de colores o de entramados, en el caso de mapas monocromáticos. Esta forma de presentar la información tiene la virtud de que mediante una rápida inspección visual es posible obtener una imagen bastante ilustrativa de la ubicación y la magnitud de los principales problemas de contaminación acústica. Sin embargo, el costo asociado a la confección de un mapa de ruido es en general suficientemente alto como para que sea recomendable dar otras aplicaciones a la información recogida. Por ejemplo establecer una base para la zonificación acústica y la

106 Memoria económica-técnica del anteproyecto de Ley de ruido, Directiva Española 107 Estrategia de elaboración de un mapa de ruido. Fernando Segués Echazarreta, Centro de estudios y experimentación de obras públicas (CEDEX), Ministerio de Fomento – Ministerio de Medio Ambiente.

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planificación urbana, procurando preservar las zonas de bajo ruido (a veces llamadas santuarios acústicos) o concentrar actividades ruidosas en zonas poco sensibles. Los mapas sonoros en Argentina son utilizados para asociar los parámetros geográficos con los datos, ya sean medidos o calculados, de los niveles sonoros y de sus fuentes, permitiendo correlacionarlos con las condiciones de campo acústico y con parámetros temporales o estacionales, haciendo posible la planificación de espacios, el control de impacto de fuentes sonoras sobre el ambiente, la zonificación acústica, el control administrativo de la aplicación de normas, entre otros. Los mapas de ruido se construyen tomando en cuenta diversos aspectos como: las características geográficas y arquitectónicas de los lugares, los datos de flujo vehicular, las denuncias de los vecinos, encuestas (valoración subjetiva del ruido), y mediciones preliminares en distintos sectores de la ciudad. Con los datos mencionados, se confeccionan “mapas” de niveles base de ruido, se determinan modelos predictivos y se correlacionan con las molestias ocasionadas a los habitantes de una ciudad. Los mapas de ruido representan una situación acústica para un área determinada, en pasos que pueden ser, por ejemplo, de 3 dB, 5 dB, o más, usando diferentes colores o escalas de gris para representar dichos rangos108. Las normas utilizadas para la evaluación del ruido ambiental toman en cuenta las características de las fuentes fijas y móviles comunes en las calles de una ciudad, a diferencia de otras normas que sólo consideran la evaluación de fuentes específicas (por ejemplo: ruido en un ambiente laboral, ruidos molestos al vecindario, entre otros.), evaluando parámetros de medición que toman en cuenta valoraciones objetivas (mediciones) y subjetivas (Nivel Sonoro Continuo Equivalente –NSCE-, Percentiles, Clima de Ruido, Exposición al Ruido de la Comunidad, Índice de Día-Noche, Índice de Ruido de Tráfico, entre otras.) La información detallada que debe contener un mapa de ruido implica realizar un informe pormenorizado sobre las condiciones atmosféricas en que se desarrolló (viento, lluvia, humedad, temperatura, entre otras), la variabilidad de emisión de las fuentes, como así también las condiciones del emisor y receptor. A su vez debe incluir datos sobre el momento del día estudiado, las actividades humanas, la variación de las fuentes, los días feriados y laborales, la densidad de tráfico, el mes del año y estación. Estos mapas deben también contener información cualitativa sobre la posibilidad de localizar el origen del ruido, la naturaleza de la fuente, y el carácter del sonido (tonal, impulsivo, etc.). Desde el punto de vista de la valoración objetiva, es imprescindible contar con equipamiento adecuado (medidor de nivel sonoro integrador de calidad comprobada, software para el procesamiento de datos, analizadores de espectros de frecuencias, protectores antiviento, calibradores, trípodes, etc.) para asegurar la veracidad de los datos adquiridos109.

108 Facultad de Ingeniería, Universidad de Buenos Aires. Laboratorio de acústica y electro acústica, Protocolo de medición para trazado de mapas de ruido normalizados. Gabriel E. Viro Febrero de 2002 109 Ruido Urbano. Ing. Adrián P. Azurro, investigador del departamento de Mecánica. Universidad tecnológica Nacional de Bahía Blanca Argentina.

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Uruguay

En Uruguay los mapas de ruido son registros georreferenciados de los niveles sonoros u otra información acústica pertinente, obtenidos en un área geográfica determinada. Pueden obtenerse por medición, por simulación, predicción o cálculo, o en forma mixta, midiendo algunos valores y calculando otros por extrapolación e interpolación a partir de modelos matemáticos o físicos110. Cuando se calculan, los mapas de ruido permiten realizar estudios prospectivos de impacto acústico, lo cual es útil para la planificación urbana, los proyectos de urbanización y de infraestructura vial, entre otros. Una consideración muy importante a la hora de planificar la elaboración de un mapa de ruido es la selección de los puntos de medición. Debido a que el trabajo de campo correspondiente a cada punto tiene un costo considerable (personal, instrumental, seguros), conviene que la cantidad de puntos sea la mínima imprescindible para el tipo de información requerida. Dentro de los principales criterios para la selección de puntos se encuentran los siguientes: � Emplear una cuadrícula uniforme, por ejemplo un punto cada 500 m, sin embargo, esta distancia

entre puntos sucesivos depende del presupuesto disponible y del área a representar. � Emplear una cuadricula cuya densidad de puntos sea proporcional a la densidad poblacional. � Emplear una cuadrícula tal que los valores sucesivos difieran en más de un adecuado diferencial

(por ejemplo, 3 dB o 5 dB). � Clasificar todos los puntos potencialmente medibles según sus características acústicas, flujo

vehicular, composición del tránsito, pendiente, etc. y medir en un punto de cada clase. De acuerdo con este ultimo criterio, una clasificación podría estar constituida por todas las cuadras que tienen entre 200 y 250 vehículos livianos por hora, entre 20 y 30 vehículos pesados por hora, perfil en U y pendiente horizontal. De todos los puntos de medición que cumplen con esas condiciones se elegiría uno y en él se mediría. Debido al elevado costo que implica el realizar un mapa de ruido, conviene hacerlo actualizable, para lo cual se debe realizar también una evaluación del flujo y composición del tránsito. Esto permite obtener un modelo que permita corregir los valores a partir de cambios futuros en las condiciones de servicio (incremento del tránsito). Países como Chile, Cuba y Perú111 cuentan al igual que Colombia con Normas Técnicas que determinan la forma en la cual deberán recolectar los datos pertinentes al uso del suelo. En el caso de Chile la norma en la cual se encuentra la representación de los resultados de las mediciones de ruido ambiental es la NCh2502/2.n2000, en Cuba se basan directamente en las Normas ISO

110 Acústica Urbana, Convenio MVOTMA – UdelaR (DINAMA- Facultad de Ingeniería) Republica Oriental de Uruguay 111 Decreto supremo N° 085-2003-PCM Reglamento estándar de Calidad Ambiental para Ruido

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1996112, la cual tiene la misma correspondencia que la NTC 3520 de Colombia con las Normas ISO 1996-2/3; la cual será estudiada con mayor detalle en el Numeral 0.

Mapas de ruido a Nivel Nacional A partir de las visitas realizadas por el IDEAM se pudo identificar diferentes regiones del país que se encuentran elaborando trabajos relacionados con mapas de ruido. En este sentido, a continuación se presenta una descripción de estos estudios y actividades. En Riohacha (La Guajira), se realizó un estudio en donde se inicio el levantamiento de información para la elaboración de mapas de ruido, basados en las mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio. Este estudio fue realizado en enero de 2003, logrando establecer que es necesario seguir realizando las mediciones y evaluaciones de ruido en el área urbana del municipio. Como resultado del estudio se pudieron identificar que el Callejón de las Brisas, el Estadero-Bar Iguanna Wanna son los puntos más críticos de la ciudad113. Asimismo, este estudio ha servido para comenzar a ubicar otros sitios con altos niveles de ruido, con el propósito de continuar con el diseño del plano o mapa de ruido de la ciudad, que además de ser un modelo aplomado de la realidad ambiental es un mecanismo adecuado de ordenamiento y planificación del territorio. La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) elaboró el “Diagnóstico y zonificación de la contaminación por ruido ambiental en la zona urbana de Tulúa”, con el fin de realizar a futuro mapas de ruido en el Valle, de igual manera la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) ha realizado un formato para registrar los valores obtenidos de las mediciones de ruido por sectores en la ciudad para elaborar los mapas de ruido con la información recolectada y por último, la Red de Vigilancia de la Calidad del Aire REDAIRE realizó durante los meses de julio y agosto de 2004 un proyecto de investigación para determinar los niveles de ruido en el centro de la ciudad de Medellín, desarrollado por el grupo de investigación en contaminación atmosférica de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia (sede Medellín), el estudio contó con un diseño experimental y manejo geoestadístico de los datos y resultados, se recolectaron 32000 datos en tasas de 200 mediciones por minuto durante 50 minutos, los datos obtenidos permitieron la caracterización de las zonas en los diferentes periodos horarios y además permitieron concluir que el Centro de Medellín en su totalidad no cumple las normas de contaminación por ruido114. Los resultados de estas investigaciones se presentan en el numeral 5.

112 Grupo de trabajo de contaminación acústica. Ministerio de salud Pública, Formación sanitaria Cuba. 113 Mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio de Riohacha, la Guajira. Eliumat Enrique Maza Samper Ing. del Medio Ambiente. Enero de 2003 114 Red de Vigilancia de la Calidad del aire REDAIRE, Boletín 17, junio de 2005.

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Ventajas y desventajas de los mapas de ruido Mediante el empleo de mapas de ruido se pueden definir zonas aptas para distintos usos y construcciones de acuerdo con lo establecido en el POT. Los mapas de ruido son un método efectivo y relativamente económico de manejo, administración y manipulación de datos referidos al ruido y constituye una herramienta fundamental de gestión, planificación y control de ruido ambiental. A su vez estos permiten que se reconozcan fácilmente áreas de alta exposición al ruido donde se requieren acciones, y áreas menos expuestas donde el ruido no debe incrementarse. Existen programas específicos para elaborar mapas del ruido generado por el tráfico vehicular, por los ferrocarriles, por las aeronaves, e incluso para la industria y con ellos se puede determinar con mayor o menor error los ruidos que las distintas fuentes originan, sin embargo, los costos implícitos en estos muchas veces son muy elevados convirtiéndose en una desventaja. Otra desventaja de los mapas de ruido radica en la dificultad de contar con las variables que se deben tener en cuenta, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: número de ciudadanos expuestos a distintos niveles (con subgrupos de población como alumnos, enfermos, trabajadores, etc.), tiempos de exposición y la dosis de ruido recibida en los obligatorios traslados de casa al trabajo En relación con los sistemas de medición, los mayores inconvenientes residen en cómo poder transformar mediciones de corta duración en valoraciones de niveles sonoros anuales. El procedimiento de utilización de modelos exige un trabajo minucioso de contraste de resultados, siendo más complicado cuando mayor exactitud se desee en los resultados. Los mapas de ruido de las grandes ciudades son sin duda los que ofrecen un mayor grado de dificultad en su elaboración, deben contemplar múltiples focos de ruido por separado, y al tratarse de áreas densamente edificadas, la evaluación de los niveles sonoros se complica notablemente.

Mapas de ruido para Colombia De acuerdo con la revisión bibliográfica realizada a las metodologías de diferentes países se pudo observar que los mapas de ruido son unas herramientas válidas para el control y mejora de los niveles sonoros ambientales existentes en las ciudades, sin embargo, los resultados que proporcionan no tienen la exactitud que algunos pretenden dar. Asimismo, es imposible disponer de un número suficiente de puntos de medida, como para caracterizar a toda una ciudad o a un país, debido a esto es importante para la elaboración de los mapas de ruido aunar esfuerzos entre las diferentes entidades encargadas de realizar el control y seguimiento al ruido ambiental. Para iniciar el proceso de elaboración de mapas de ruido, es importante adelantar campañas de medición de los niveles sonoros en diferentes zonas del país que se consideren críticas. Dichos mapas podrán contener la información capturada por las autoridades ambientales y las de salud, en relación con las mediciones realizadas por quejas de la comunidad y poder detectar las fuentes de ruido y los niveles que se alcanzan, para establecer la población afectada a los diferentes niveles de ruido.

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Igualmente, la elaboración de mapas de ruido permitiría establecer la percepción que sienten las personas ante las molestias ocasionadas por la contaminación acústica y tomar las medidas de control necesarias para cada zona y mitigar los impactos a la salud y al medio ambiente que se ocasionan por los diferentes sectores que generan ruido. La efectividad de los mapas de ruido se comprueba cuando son utilizados por las autoridades ambientales, como herramienta para la planificación urbana, permitiendo detectar las fuentes más perjudiciales, y actuar sobre las mismas controlándolas a través de la generación e implementación de normas, así como también estableciendo una zonificación acústica de las ciudades por medio de los mapas de ruido. Por otra parte, la repetición cada cierto período de tiempo de las mediciones, o la aplicación de modelos que permitan evaluar las medidas correctivas que se aplican, permiten llevar adelante eficaces controles del ruido en las ciudades y en el país. En estos momentos el país cuenta con varias Normas Técnicas para realizar, mediciones de todo tipo de ruido, dentro de las cuales se encuentra la NTC 3520, la cual presenta diferentes métodos de medición; como el de integración continua, técnicas de muestreo y mediciones bajo condiciones meteorológicas seleccionadas. El propósito de esta norma, es proporcionar los métodos para obtener datos con el fin de describir el ruido ambiental, de igual manera se muestra como debe ser la representación de resultados y las zonas de ruido. La norma técnica 3520 establece que se usen los contornos que indican límites entre zonas de múltiplos de 5 dB. Se debe hacer referencia a las zonas mediante la citación en decibeles, de los límites superior e inferior. Si se identifican las diferentes zonas sobre un mapa del área bajo estudio mediante colores sombreado, asimismo dicha norma establece que se use la combinación de colores (o el sombreado) y las clases especificadas en la Tabla 37. En algunos casos, es posible que sea suficiente usar un ancho de zona igual a 10 dB; en tales casos, se deben emplear los colores (o el sombreado) como se especifica en la Tabla 38. Tabla 37. Colores recomendados para los mapas de ruido

Zona de ruido dB Color Sombreado

Debajo de 35 dB Verde claro Puntos pequeños, baja densidad

35 a 40 Verde Puntos medianos, media densidad

40 a 45 Verde oscuro Puntos grandes, alta densidad

45 a 50 Amarillo Líneas verticales, baja densidad

50 a 55 Ocre Líneas verticales, media densidad

55 a 60 Naranja Líneas verticales, alta densidad

60 a 65 Cinabrio Sombreado cruzado, baja densidad

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Zona de ruido dB Color Sombreado

65 a 70 Carmín Sombreado cruzado, media densidad

70 a 75 Rojo lila Sombreado cruzado, alta densidad

75 a 80 Azul Franjas verticales anchas 80 a 85 Azul oscuro Completamente negro

Fuente: Norma Técnica 3520 Acústica. Descripción y medición del ruido ambiental. Obtención de datos relativos al uso en campo. Para la elaboración de los mapas de ruido, es importante tener en cuenta los detalles y la escala del mapa, para lo cual es necesario conocer: � El tamaño, estructura y uso del área en cuestión � El objeto de la planificación (decisión a gran escala sobre la ubicación de nuevas fuentes y

nuevos receptores, cambio del uso en campo, decisión final sobre la ubicación de nuevos receptores).

� Etapa del procedimiento de planificación Tabla 38. Colores recomendados para mapas de ruido para anchos de zona igual a 10 dB.

Zona de ruido dB Color Sombreado

Debajo de 45 dB Verde Puntos medianos, mediana densidad

45 a 50 Amarillo Líneas verticales, baja densidad

55 a 65 Naranja Líneas verticales, alta densidad

65 a 75 Rojo Sombreado cruzado, mediana densidad

75 a 85 Azul Franjas verticales anchas Fuente: Norma Técnica 3520 Acústica. Descripción y medición del ruido ambiental. Obtención de datos relativos al uso en campo. El mapa de ruido deberá ser establecido sobre un mapa oficial, de escala determinada, y que permita identificar los detalles relevantes tales como edificios, instalaciones de tráfico, áreas industriales, áreas de agricultura, vegetación y contornos de la altura por encima del nivel del mar. El trazado de los mapas se debe realizar para mostrar las áreas donde hay zonas con ruido igual o para dibujar los contornos de tales áreas, o para ver la combinación de los contornos de las áreas. El mapa debe mostrar la ubicación en donde los datos fueron medidos o en donde fueron calculados. En la Tabla 39 se presenta la información necesaria para la elaboración de los mapas de ruido.

ESTUDIOS TÉCNICOS DE RUIDO

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Los estudios técnicos de ruido son una herramienta desarrollada para que la autoridad ambiental identifique los proyectos, actividades e instalaciones que generan ruido y le permita a esta solicitar el desarrollo de las medidas de prevención, mitigación, compensación y corrección necesarias para que los niveles de ruido no afecten a la población. En este sentido, se realizó una revisión bibliográfica, con el objeto de identificar el contenido de los estudios técnicos a nivel internacional y de esta manera identificar la información que deberá contener un estudio de ruido en el país.

Estudios técnicos de ruido a nivel internacional

Unión europea

La Unión europea según el tipo de actividad que se pretenda desarrollar dividió las exigencias de los estudios de ruido en tres categorías; estudios de impacto ambiental en lo referente a ruido, calificación ambiental en lo referente a ruido y evaluación de la incidencia acústica.

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Tabla 39. Información necesaria para la elaboración de los mapas de ruido.

Técnica de medición

Condiciones existentes durante

las mediciones Datos cualitativos Datos cuantitativos

Información que debe ser entregada

Tipo de instrumentos, procedimiento de medición y cualquier cálculo usado

Condiciones meteorológicas: lluvia, llovizna, sequedad, humedad, nubosidad, sol, dirección y velocidad del viento (medidos entre 3 y 11 m), humedad relativa, entre otras

Una descripción de la o las fuentes de ruido.

Una descripción del o de los receptores.

Las características del sonido.

La connotación del sonido.

Las zonas de ruido y el mapa de ruidos, si se requiere.

Si es aplicable, la interpolación o extrapolación a otras posiciones, incluyendo una descripción del modelo de propagación usado.

Parámetros geográficos del área de ubicación.

El uso del terreno (existente o planeado (POT))

Los niveles de presión sonora continuos equivalentes ponderados por frecuencia A para cada intervalo de tiempo de referencia, LAeq, T.

Los niveles corregidos para cada intervalo de tiempo de referencia, LRAeq, T.

El nivel sonoro promedio de largo plazo y, si es posible, un estimado de la variabilidad, preferiblemente la desviación estándar de las medidas en los intervalos de tiempo de referencia para las condiciones establecidas, junto con el numero de medidas, la fórmula y la cantidad utilizada.

El nivel corregido promedio de largo plazo y, si es posible, un estimado de la variabilidad, preferiblemente la desviación estándar en los intervalos de tiempo de referencia para las condiciones establecidas, junto con el número de medidas, la fórmula y la cantidad utilizada.

Una descripción del modelo de propagación sonora empleado o de los dispositivos para medidas en modelos a escala.

Ubicaciones y atributos que caracterizan el ruido emitido por la fuente (intensidad y características del tráfico, nivel de potencia sonora, espectro de frecuencia)

La atenuación sonora y las reflexiones en las paredes de edificios y barreras

La absorción sonora del aire

Condiciones de propagación sonora (absorción del terreno, árboles o arbustos, edificios, etc.)

Condiciones meteorológicas adoptadas

Ubicación(es) del (os) receptor(es)

Posición(es) y nivel(es) de potencia sonora de la(s) fuente(s) en consideración.

Descripción del aspecto del tiempo de las mediciones es decir, intervalos de tiempo de medición y de referencia, incluyendo los detalles de muestreo, si este se usó

La variabilidad de la emisión de fuentes de ruido

Posiciones de medición

La naturaleza y el estado del terreno entre las fuentes de ruido y los sitios de medición.

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Contenido de los estudios de impacto ambiental en lo referente a ruido Para las actividades sometidas a Evaluación de Impacto Ambiental, se analizarán en detalle en los correspondientes estudios de impacto ambiental los siguientes aspectos: � Nivel de ruido en el estado preoperacional, mediante la elaboración de mapas de los niveles

acústicos en el ambiente exterior durante los períodos diurno y nocturno. � Nivel de ruido en el estado postoperacional, mediante la elaboración de mapas de los niveles

acústicos al ambiente exterior durante los períodos diurno y nocturno. � Evaluación del impacto acústico previsible de la nueva actividad, mediante comparación del

nivel acústico en los estados postoperacional y preoperacional. � Comparación de los niveles acústicos en los estados preoperacional y postoperacional para

las áreas de sensibilidad acústica que sean aplicables. � Definición de las medidas correctoras del impacto acústico a implantar en la nueva actividad,

en caso de resultar necesarias como consecuencia de la evaluación efectuada. � Contenido de los proyectos sometidos a calificación ambiental en lo referente a ruido Para las actividades sometidas a Calificación Ambiental, se analizarán en detalle en los correspondientes estudios de impacto ambiental los siguientes aspectos: � Para las actividades catalogadas sometidas a Calificación Ambiental, se exigirá que el

proyecto de las mismas incorpore una memoria ambiental en la que, entre otras cuestiones, se evalúe el previsible impacto acústico de la actividad y se describan las medidas de prevención y control del mismo que, en su caso, se deban incorporar al proyecto.

La memoria ambiental citada en el apartado anterior contendrá en lo referente a aspectos acústicos una memoria técnica y uno planos, cuyos contenidos respectivos se describen a continuación. � La memoria técnica contendrá, como mínimo, lo siguiente: � Descripción del tipo de actividad y horario previsto de funcionamiento. � Descripción de los locales en los que se va a desarrollar la actividad, así como (en su caso)

los usos de los adyacentes y su situación respecto a viviendas u otros usos sensibles. � Características de los focos de contaminación acústica de la actividad. � Niveles de emisión previsibles. � Descripción de aislamientos acústicos y demás medidas correctoras adoptadas. � Justificación de que, una vez puesta en marcha, la actividad no producirá unos niveles de

inmisión que incumplan los objetivos de calidad establecidos para las áreas de sensibilidad acústica aplicables.

Los planos contendrán como mínimo lo siguiente: � Planos de situación. � Planos de medidas correctoras y de aislamientos acústicos, incluyendo detalles de

materiales, espesores y juntas. � Contenido del informe de evaluación de la incidencia acústica

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Para las actividades sometidas a evaluación de la incidencia acústica, se analizarán en detalle en los correspondientes estudios de impacto ambiental los siguientes aspectos: � Para las actividades catalogadas no sometidas a Evaluación de Impacto Ambiental ni a

Calificación Ambiental que precisen de licencia de apertura, se exigirá que el proyecto de las mismas incorpore un anexo en el que se evalúe el previsible impacto acústico de la actividad y se describan las medidas de prevención y control del mismo que, en su caso, se deban incorporar al proyecto.

El anexo citado en el apartado anterior se compondrá de una memoria técnica y planos, cuyos contenidos respectivos se describen a continuación. La memoria técnica debe contener, como mínimo, lo siguiente: � Descripción del tipo de actividad y horario previsto de funcionamiento. � Descripción de los locales en los que se va a desarrollar la actividad, así como (en su caso)

los usos de los adyacentes y su situación respecto a viviendas u otros usos sensibles. � Características de los focos de contaminación acústica de la actividad. � Niveles de emisión previsibles. � Descripción de aislamientos acústicos y demás medidas correctoras adoptadas. � Los planos deben describir, como mínimo, las medidas correctoras y de aislamiento acústico

adoptadas, incluyendo detalles de materiales y espesores.

Argentina

De acuerdo con las condiciones señaladas en el Decreto Nº 351/79 capítulo 13 en Argentina, los estudios de ruido deben incluir: � Identificación de todos los puestos de trabajo susceptibles de ser evaluados. No se excluirán

de la evaluación aquellos puestos en los que existan dudas razonables al respecto. � Localización de todas las fuentes generadoras de ruido y estimación de los puestos de

trabajo a los que afectan. � Descripción del ciclo de trabajo, esto es, el mínimo conjunto ordenado de tareas que se

repite cíclica y sucesivamente a lo largo de la jornada de trabajo, constituyendo el quehacer habitual del individuo que ocupa dicho puesto.

� El conocimiento de las fuentes generadoras de ruido y de los ciclos de trabajo permitirá, en ocasiones, establecer grupos homogéneos de puestos cuya exposición sea equivalente. Esto puede simplificar el número de mediciones a realizar, extrapolando los datos obtenidos para un puesto de trabajo a todo el grupo homogéneo.

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México

Las Normas Oficiales Mexicanas sobre Salud e Higiene, establecen la manera en la que deben presentarse los estudios para evaluar la exposición al ruido115. La información que debe llevar un informe de ruido incluye toda aquella información técnica y administrativa que permita seleccionar el método de evaluación y la prioridad de las zonas y puestos por evaluar. Esta información debe comprender: � Descripción del proceso de fabricación; � Descripción de los puestos de trabajo expuestos a ruidos; � Programas de mantenimiento de maquinaria y equipo generadores de ruidos; � Registros de producción; � Número de personas expuestos a ruidos por área, incluyendo el tiempo de exposición; � Reporte del reconocimiento sensorial de las zonas por evaluar, con el objeto de determinar

las características del ruido (estable, inestable o impulsivo).

Estudios Técnicos de Ruido a Nivel Nacional En Colombia se han llevado a cabo estudios relacionados con ruido en diferentes áreas del país. En desarrollo de las visitas realizadas por el IDEAM en el marco del convenio N° 112 de 2004 fueron identificados una serie de estudios a nivel nacional, siendo los más destacados los realizados en Riohacha en donde fueron elaboradas mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio, este estudio fue realizado en enero de 2003116. La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) realizó un “Diagnóstico y zonificación de la contaminación por ruido ambiental en la zona urbana de Tulúa”, en donde se destaca el desarrollo de una metodología estadística para identificar de una manera técnica los puntos de monitoreo, teniendo en cuenta las clasificaciones establecidas por el POT y una clasificación adicional denominada mixta; la cual se ha convertido en una de las principales zonas con problemas de cumplimiento de la norma. Por otro lado, la Red de Vigilancia de la Calidad del Aire REDAIRE realizó durante los meses de julio y agosto de 2004 un proyecto de investigación para determinar los niveles de ruido en el centro de la ciudad de Medellín con el fin de caracterizar las zonas en diferentes periodos horarios donde no se cumple con las normas de contaminación por ruido, por último la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) desarrolló un formato para la evaluación técnica del ruido en donde se incluye datos como las fuentes de emisión de ruido, tipo de ruido generado (ruido continuo, ruido intermitente, ruido de impacto, vibraciones, transitorias fluctuantes), el tipo de zona evaluado (residencial, comercial, industrial y de

115 NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido. 116 Mediciones y evaluación de los niveles de ruido en el área urbana del municipio de Riohacha, la Guajira. Eliumat Enrique Maza Samper Ing. del Medio Ambiente. Enero de 2003

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tranquilidad), consideraciones técnicas de medición, equipo utilizado, marca, identificación de los tipos de muestreo y resultados. Aunque las especificaciones para realizar estudios técnicos de ruido en Colombia son pocos, es importante que Colombia adopte criterios para poder llevar a cabo estos estudios, para esto es importante que se base en Normas Técnicas como la NTC 3520 la cual incluye varios puntos para realizar los estudios de ruido.

Contenido de los estudios técnicos de ruido para Colombia De acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica Colombiana 3520, la medición de los niveles equivalentes continuos de presión sonora ponderada A, se deben llevar a cabo en las ubicaciones exteriores que sean apropiadas para la descripción sonora del ambiente sometido a estudio. Los resultados de los estudios se deben registrar en el informe de la investigación del cumplimiento de los límites de ruido, el cual debe incluir, por lo menos, la información de la Tabla 39 y la siguiente información: � La fecha y el tiempo de las mediciones (hora de inicio y hora de finalización). � La ubicación de las posiciones de medición � Los instrumentos utilizados, los detalles de la calibración de estos y los tipos de análisis

realizados. � Las condiciones meteorológicas durante las mediciones (dirección del viento, velocidad del

viento, humedad relativa, temperatura, precipitación reciente). � Condiciones de funcionamiento y carga de la o las fuentes sonoras sometidas a estudio. � Resultados de todas las mediciones sonoras o cálculos del ruido, desde la fuente principal

motivo de estudio. � Si es importante, ruido proveniente de otras fuentes. � Cualquier método de cálculo usado para evaluar las mediciones. � Resultados e interpretación desde el punto de vista acústico. � Cualquier información que requieran las regulaciones de límites de ruidos. � Tipo de clasificación de acuerdo al POT (residencial, comercial, industrial, tranquilidad,

mixta) � Croquis del punto de muestreo.

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11. CONDICIONES ACÚSTICAS PARA ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

EDIFICACIONES

De 1985 a 1989, especialistas del área de proyectos de la construcción y del instituto de Higiene y Epidemiología investigaron en varias zonas residenciales de Ciudad de la Habana si las edificaciones cumplían con los requisitos de iluminación, vibraciones, niveles sonoros y ventilación. Dentro de los principales resultados se determinó que el ruido era uno de los dos factores que más afectaba a la población, tanto en el hogar como en el trabajo. Los niveles sonoros, según los estudios, superaban drásticamente los niveles permitidos por los criterios higiénicos y las normas internacionales de tolerancia acústica. Según la Agencia de Protección Ambiental (EPA), el nivel seguro para no sufrir afectaciones auditivas permanentes, no debe exceder un valor promedio de 70 dB durante 24 horas, o de 75 dB durante 8 horas. Las viviendas deberían garantizar un aislamiento acústico que permitiera en el interior, como mínimo, un nivel de 45 dBA 117 ; mientras que la OMS es más drástica al determinar los limites de molestia, estableciéndolos en 30 y 35 dB dentro de las viviendas y como empeoramiento auditivo a 85 dB para exposiciones durante 1hora en vías publicas; en los exteriores habitables 50 dB durante 16 horas malestar moderado y 55 dB durante 16 horas malestar fuerte y cataloga el empeoramiento auditivo en zonas comerciales , industriales y de trafico a 70 dB durante 24 horas. En las guías para el ruido urbano de la OMS se establece la implementación de un plan de manejo de ruidos incluyendo el monitoreo de los niveles de ruido, la elaboración de mapas y modelos de exposición al ruido, enfoques para el control del ruido y evaluación de las opciones de control. Los gobiernos deben establecer de igual manera un “Plan nacional para el ruido sostenible en ambientes interiores” para que se aplique a las edificaciones nuevas y existentes. Las prioridades reales del manejo racional del ruido deben ser diferentes en cada país. Las prioridades dependen de los riesgos a la salud que se quieran evitar y en la identificación de las fuentes de ruido más importantes118. En la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental de Ecuador, presenta una Norma Técnica para establecer los valores permisibles de emisiones de ruido y vibraciones en las edificaciones119.

117 El ruido: enemigo público número uno. : Sc. Ing. Luis Felipe Sexto. 118 Guías para el ruido urbano. Birgitta Berglund, Thomas Lindval, Dietrich H Schwela 119 Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones. Ecuador, Libro VI, Anexo 5

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La Ley de Ruido 37 de 2003 de la Unión Europea contiene los objetivos aplicables al espacio interior habitable de las edificaciones para todo el territorio Español. El artículo 20 de edificaciones, especifica que no se puede conceder nuevas licencias de construcción de edificaciones destinadas a viviendas, usos hospitalarios, educativos o culturales si los índices de inmisión calculados o medidos incumplen los objetivos de calidad acústica que sean de aplicación a las correspondientes áreas acústicas, excepto en las Zonas de Protección Acústica Especial y en las Zonas de Situación Acústica Especial, en las que únicamente se exige el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica en el espacio interior que les sean aplicables. Los Ayuntamientos, por razones excepcionales de interés público debidamente motivadas, pueden conceder licencias de construcción de las edificaciones aún cuando se incumplan los objetivos de calidad acústica, siempre que se satisfagan los objetivos establecidos para el espacio interior120. En México se realizó un documento relacionado con el control de ruido en las edificaciones, este documento incluye las fuentes sonoras que afectan a los edificios y las medidas de control a tomar, recomendaciones para construcción de nuevas edificaciones, entre otros121. En general, las fuentes sonoras que afectan a los edificios son muchas y muy variadas, van desde la voz humana, las actividades humanas, los sonidos exteriores tales como el tráfico, la aviación, etc. hasta la maquinaria e instalaciones de los mismos edificios. Estos sonidos se propagan por el aire en pequeñas fluctuaciones rápidas llamadas ondas sonoras. Para la implementación del control de ruido en los edificios, se requiere conocer el comportamiento de diversos productos, materiales y sistemas acústicos que ayudan en el proceso de diseño. Así mismo es posible que sea necesario efectuar diversos procedimientos de medición y prueba para determinar el comportamiento efectivo de dichos elementos ó si los resultados son realmente los esperados. Para el caso de las mediciones que se lleven a cabo, éstas se analizarán dentro del espectro de bandas de 1/3 de octavas desde los 100 Hz hasta los 4000 Hz, siendo en ocasiones necesario bajar hasta los 31 Hz y subir hasta los 15000 Hz. Los arquitectos se encuentran en la obligación de buscar, por cualquier medio, características de diseño y construcción que permitan gozar de la libertad de los efectos hostigantes del ruido. Para lograr esto se debe considerar122: � La magnitud, naturaleza y forma de distribución del ruido en el edificio y sus alrededores. � Los niveles aceptables de ruido para el tipo de edificio.(NC, PNC, NR, RC)

120 Anteproyecto de Ley de ruido. www.ruidos.org 121 Control de ruido en las edificaciones Fausto Rodríguez Manzo. Maestría en Diseño, Línea de Arquitectura Bioclimática con especialidad en Confort Acústico, 1998- a la fecha, candidato a maestro, Universidad Autónoma Metropolitana - Azc 122 Control de ruido en las edificaciones Fausto Rodríguez Manzo. www.azc.uam.mx/cyad/procesos/ website/grupos/tde/newfiles/ruido.html

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� La propagación y en especial la atenuación del ruido en el ambiente, en ductos y aberturas y a través o alrededor de obstáculos, terraplenes y paisaje.

� La reducción del sonido y la supresión de vibración por varios tipos de divisiones y conectores flexibles.

� La reducción del ruido mecánico en la fuente por una adecuada selección de equipo. � La reducción de ruido por el uso apropiado de tratamientos de absorción sonora. El nivel de ruido o el nivel de presión sonora, en recintos para música o conferencias, debe ser lo suficientemente bajo de tal manera que no interfiera con el oído o con la producción de habla o música. En oficinas, fábricas, y otros recintos de trabajo, el ruido debe reducirse a niveles que no perjudiquen la salud, el entusiasmo o la eficiencia de los trabajadores en dichos recintos.

ABSORCIÓN SONORA Y BARRERAS ACÚSTICAS

Si el ruido emitido es reflejado por superficies poco absorbentes, un método determinante para el control del nivel de sonido dentro de un recinto, es a través de la disipación de la energía sonora con materiales absorbentes. La instalación de materiales acústicos en un recinto, tiene los siguientes beneficios: � Reduce el tiempo de reverberación123 � Reduce el nivel total de ruido � Tiende a localizar el ruido hacia la región de su origen. En el control de ruido de un espacio determinado, los siguientes elementos contribuyen a la absorción sonora: � Los tratamientos superficiales de muros, pisos y plafones. � El contenido de los recintos, tales como la audiencia, cortinas o telas, asientos tapizados y

alfombras. � El aire del espacio. Las consideraciones que deciden que tanto material es necesario utilizar y donde utilizarlo, para una mayor efectividad son: � La forma del recinto. � Que tanta absorción existe ya en el cuarto � Donde está localizada esa absorción. � Los materiales que impiden o dificultan el paso del sonido en las edificaciones son

materiales aislantes, generalmente sólidos, pesados y sin porosidades (barrera de muro de concreto).

123 La reverberación es un fenómeno de la reflexión del sonido, consistente en la prolongación del mismo una vez se ha extinguido la fuente debido al reflejo de las vibraciones por el choque con un obstáculo cercano.

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Las medidas de control de ruido que se deben tomar en cuenta para el desarrollo de un proyecto para un edificio, son: � Un aislamiento efectivo de las vibraciones transmitidas por vía estructural � Una envolvente del recinto que asegure altas pérdidas de transmisión sonora � Un recinto adecuado con materiales para la absorción acústicas La aplicación correcta de estas tres medidas es la clave para un buen diseño de control de ruido. La manera en las cuales estas medidas son necesarias depende de muchos factores. Si los equipos que se seleccionan para un edificio son silenciosos y se colocan de manera que no interfieran con aquellas áreas que requieren silencio, una menor cantidad de procedimientos de control de ruido serán necesarios. No es siempre posible, controlar las fuentes de ruido en un edificio, ya que muchas veces los mismos ocupantes son las fuentes. Por otra parte, en lo que se refiere a legislación sobre emisiones e inmisiones para edificaciones y a título de ejemplo, se encuentra que la ciudad de Sevilla (España) cuenta con una ordenanza Municipal de protección del medio Ambiente de Ruido y vibraciones, dentro de la que incluye, los límites admisibles de ruidos en el interior y en el exterior de las edificaciones. Esta ordenanza establece que en el interior de los locales de una edificación, el Nivel Acústico de Evaluación (N.A.E), expresado en dB, no debe sobrepasar, como consecuencia de la actividad, instalación o actuación ruidosa, en función de la zonificación, tipo de local y horario, a excepción de los ruidos procedentes del ambiente exterior (ruido de fondo debido al tráfico o fuente ruidosa natural), los valores indicados en la Tabla 40. Tabla 40. Límites de inmisión sonora para edificaciones. Ordenanza de Sevilla, España

Zonificación Tipo de local Niveles límites (dBA)

Día (7-23) Noche (23-7)

Equipamientos

Sanitario y bienestar social 30 25 Cultural y religioso 30 30 Educativo 40 30 Para el ocio 40 40

Servicios terciarios Hospedaje 40 30 Oficinas 45 35 Comercio 55 45

Residencial

Piezas habitables, excepto cocinas y cuartos de baño

35 30

Pasillos, aseos y cocinas 40 35 Zonas de acceso común 50 40

Fuente: Ordenanza municipal de protección del medio ambiente en materia de ruidos y vibraciones. Las actividades, instalaciones o actuaciones ruidosas no podrán emitir al exterior, con exclusión del ruido de fondo (tráfico o fuente ruidosa natural), un Nivel de Emisión al Exterior (N.E.E.) superior a los expresados en la Tabla 41, en función de la zonificación y horario. Tabla 41. Límites de emisión sonora. Ordenanza de Sevilla, España

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Situación actividad Niveles límites (dBA)

Día (7-23) Noche (23-7) Zona de equipamiento sanitario 60 50 Zona con residencia, servicios terciarios, no comerciales o equipamientos no sanitarios

65 55

Zona con actividades comerciales 70 60 Zona con actividad industrial o servicio urbano excepto servicios de administración 75 70

Fuente: Ordenanza municipal de protección del medio ambiente en materia de ruidos y vibraciones. En aquellos casos en que la zona de ubicación de la actividad o instalación industrial no corresponda a ninguna de las zonas establecidas en la Tabla 41, se aplica la más próxima por razones de analogía funcional o equivalente necesidad de protección respecto del ruido. El Nivel de Emisión al Exterior N.E.E. es el nivel de ruido medido en el exterior del recinto donde está ubicado el foco ruidoso, que es alcanzado o sobrepasado el 10% del tiempo de medición (L10), medido durante un tiempo mínimo de 15 minutos, habiéndose corregido el ruido de fondo existente sin funcionar la actividad ruidosa. En la Ordenanza además se establecen las condiciones acústicas en edificaciones donde se generan los niveles de ruido. En los establecimientos donde se ubican las actividades o instalaciones que generan niveles sonoros interiores superiores a 70 dB, se exigen los aislamientos acústicos más restrictivos, en función de los niveles producidos en el interior de las mismas y horario de funcionamiento124.

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS AL AIRE LIBRE

Dentro de la normativa cubana, nombran la necesidad que la legislación considere establecer la información y certificación obligatoria de los inspectores; el empleo de limitadores de sonido en equipos de música para espectáculos públicos y las licencias ambientales que especifiquen los horarios y niveles de emisión permisible con la definición exacta de la acción punitiva que se aplicará de ocurrir violaciones y quejas. El tema no se agota, pero han sido esbozadas las fortalezas y debilidades principales de la normativa y la legislación acerca del ruido en Cuba. El camino a seguir está abierto y plagado de dificultades que a su vez constituyen las oportunidades de progreso125.

124 Ordenanza municipal de protección del medio ambiente en materia de ruidos y vibraciones. Sevilla España 125 Ruido, normativa y legislación en Cuba. M.Sc. Ing Luis Felipe Sexto, Secretario del CTN 98 Vibraciones y Acústica; SC 1, Ruido. Centro de Estudios de Innovación y mantenimiento (CEIM-CUJAE)

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La ciudad de Ensenada, baja California, cuenta con un Reglamento contra el ruido, el cual busca establecer las reglas a que se debe sujetar la producción de ruido y sonidos en los sitios y vías públicas y en los predios privados de la ciudad, a efecto de que dichos ruidos resulten lo menos molestos posibles para la comunidad. Cuando se trata de ferias que se celebran por costumbre, se permite el uso de instrumentos musicales y aparatos mecánicos musicales, siempre que se obtenga la licencia especial correspondiente. Solamente se permite el uso de cohetes, explosivos, petardos y objetos de naturaleza semejante, en las vías públicas y con motivo de festividades o ferias que se celebren por costumbre de las seis a las veintiuna horas y previa licencia especial que se expida, a juicio fundado de la Presidencia Municipal. Cuando se trata de fuegos pirotécnicos se permite el uso en los términos anteriores, de las seis a las dos horas del día siguiente, en casos especiales. La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece como criterio que sólo se puede asistir a conciertos a 100 dBA durante 4 horas 4 veces por año, cuando en una discoteca es habitual tener 105 dBA durante 4 horas y cerca de 50 veces por año, suponiendo una asistencia por semana. Los niveles más altos se dan en general cerca de los altoparlantes, que normalmente están cerca de la pista o de las tarimas. Como criterio, los parlantes no deberían estar a menos de 2 m de las personas más cercanas. En cuanto a los ruidos que trascienden hacia el vecindario, ellos tienen dos causas. La primera es el ruido de la música, gritos, sistemas de ventilación y aire acondicionado producidos por la actividad inadecuadamente atenuado por medios de aislamiento acústico o controles de ruido y vibraciones. La segunda es el ruido de la actividad que se suscita fuera del local, en la vía pública o en las proximidades del área de acceso al local. Esta actividad incluye la permanencia de muchas personas esperando para ingresar, descansando del ambiente pesado, conversando a los gritos, etc. a lo que se agrega el incremento en la cantidad de vehículos circulando por el lugar, dejando o recogiendo gente, estacionados con el motor encendido, entre otros. Los ruidos externos son de responsabilidad distribuida, debe ser obligación del empresario crear condiciones para evitar la acumulación de personas afuera, por ejemplo, celeridad en la venta de entradas, buena ventilación y acondicionamiento de aire, variedad de ambientes interiores rompiendo la monotonía y la sensación de reclusión; por ejemplo, ambientes en los que sea posible conversar o consumir bebidas y alimentos126. En el Salvador, existe una ordenanza reguladora de la contaminación ambiental por la emisión de ruidos, en donde no se permite el uso de aparatos reproductores o amplificadores de sonido en plazas, parques, calles, pasajes, aceras y zonas verdes, o cualquier otro espacio público dentro del municipio de San Salvador. Las personas naturales, organizaciones e instituciones que de manera permanente o eventual, realizan actividades de tipo laboral, promocional, conmemorativa, pastoral o festiva y que para esto requieran del uso de parlantes, equipo de 126 Acústica Urbana Convenio MVOTMA (DINAMA - Facultad de Ingeniería) República Oriental del Uruguay Ruido urbano: tránsito, industria y esparcimiento1 Federico Miyara

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sonido o cualquier otro aparato similar que pueden producir ruido hacia el espacio público, deben solicitar un permiso especial a la Alcaldía del municipio, antes de realizar los eventos, estos permisos deben solicitarse aunque la actividad a realizar sea por única vez127.

ACTIVIDADES RUIDOSAS EN LA VÍA PÚBLICA

En Colombia la Constitución Política Nacional y el Código sustantivo del trabajo, establecen que todos los ciudadanos pueden reunirse y manifestarse pública y pacíficamente 128 . De igual manera se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. Una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos de trabajo y concertará las políticas salariales y laborales129. En la Ensenada, Baja California, se establece que a partir de las veinte horas y hasta las 7 del día siguiente, es prohibido el anuncio sonoro con fines de propaganda comercial. En Las ferias que se celebren por costumbre, se puede permitir el anuncio sonoro de los puestos de lotería de objetos, previa licencia respectiva, después de las 21 horas hasta las 24, siempre que los ruidos o sonidos no trasciendan a las casa vecinas. De las siete a las veinte horas se permite el anuncio sonoro con fines de propaganda comercial, de acuerdo con la licencia especial que se expida, con la limitación, aunque no se exprese en la licencia, de que no podrán usarse en las proximidades (100 m) de los hospitales, sanatorios, escuelas, teatros, salas de conferencias, conciertos y otros centros semejantes. En los establecimientos comerciales el anuncio sonoro sólo se permite durante el horario fijo para los giros de que se trate y bajo las condiciones que se establezcan en las licencias especiales que se expidan130. La Ley N° 1.540 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, controla los trabajos y actividades realizadas en la vía pública, actividades de carga y de descarga de mercadería, las obras públicas y privadas teniendo en cuenta las siguientes recomendaciones: � El horario de trabajo de dichas actividades será dentro del período diurno. � Se deben adoptar las medidas oportunas para evitar que se superen los valores límites de

emisión. � Se exceptúan de la obligación de cumplir con lo anterior: � Las obras de reconocida urgencia.

127 Ordenanza reguladora de la contaminación ambiental por la emisión de ruidos en el municipio de San Salvador. Naturaleza : Decreto Municipal Nº: 12 Fecha:01/04/2003 D. Oficial: 78 Tomo: 359 Publicación DO: 05/02/2003 128 Constitución Política Nacional de Colombia Art. 37 129 Constitución Política Nacional de Colombia Art. 56 130 Reglamento contra el ruido de la ciudad de Ensenada, Baja California. Publicado en el periódico Oficial Nº 50 de fecha 20 de abril de 1955, tomo LXVII.

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� Las obras y trabajos que se realicen por razones de seguridad o peligro. � Las obras y trabajos que por sus inconvenientes o por razones operativas no puedan

realizarse durante el periodo diurno. � El servicio público de higiene urbana debe adoptar las medidas y precauciones necesarias

para cumplir con los límites establecidos en la Ley131.

PITOS Y SIRENAS

En Buenos Aires Argentina, los vehículos en servicio de los cuerpos y fuerzas de seguridad y policía, servicio de extinción de incendios, salvamentos y otros vehículos destinados a servicios de urgencia disponen de un mecanismo de regulación automática de la potencia sonora de sus dispositivos acústicos que permita, en función de la velocidad del vehículo, reducir los niveles de presión sonora de 90 dB(A) a 70 dB(A), medidos a 3 m de distancia. Los conductores deben limitar el uso de los dispositivos de señalización acústica de emergencia en los casos de necesidad y cuando no sea suficiente la señalización luminosa. De igual forma se prohíben los sistemas electroacústicos de propagación de sonido en la vía pública de carácter fijo o sobre instalaciones móviles, ya sea para difusión de música como de anuncios publicitarios y propaganda132. La municipalidad de Bulnes en Chile cuenta una Ordenanza Municipal sobre el aseo, mantenimiento de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública, conservación del medio ambiente, y ruidos molestos, en donde se prohíbe el uso de sirenas, pitos, o cualquier otro artefacto que produzca ruidos agudos y continuados, los únicos vehículos que se exceptúan de la prohibición son los Carabineros de Chile, Investigaciones de Chile, Cuerpo de Bomberos, Ambulancias del Hospital y del Consultorio, vehículos municipales en emergencias comunales. El uso de bocinas entre las 22:00 y las 07:00 Hrs está prohibido salvo caso de necesidad imperiosa para evitar accidentes133. En México, el Reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la emisión del ruido, prohíbe la emisión de ruidos que producen en las zonas urbanas, los dispositivos sonoros, tales como campanas, bocinas, timbres, silbatos o sirenas, instalados en cualquier vehículo, salvo casos de emergencia. Esta prohibición es para todos los vehículos, excepto para los de bomberos, policía y ambulancias cuando realizan servicios de urgencias. La Secretaría de Salubridad y Asistencia expedirá una circular sobre las características técnicas del dispositivo sonoro a usar. Asimismo se prohíbe el uso de cornetas o trompetas instaladas en

131 LEY N° 1.540. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 132 LEY N° 1.540. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 133 Ordenanza Municipal sobre aseo, mantención de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública, conservación del medio ambiente, y ruidos molestos. Municipalidad de Bulnes. Chile

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cualquier vehículo, que requieran para su funcionamiento compresor de aire y que produzcan melodías o sonidos musicales134.

ALARMAS

De acuerdo a la Ley 1.540 de Buenos Aires, Argentina, el nivel sonoro máximo autorizado para cualquier sistema de aviso acústico instalado no puede superar los 70 dBA, medido a 3 metros de distancia y en la dirección de máxima emisión. Las alarmas deben cumplir con las especificaciones técnicas en cuanto a niveles de emisión máxima, en cada una de las posibilidades de funcionamiento, tiempo máximo de emisión por ciclo de funcionamiento y secuencia de repetición que indique la certificación del fabricante135. En el Salvador existe una Ordenanza que regula la contaminación ambiental por la emisión de ruidos136, en esta se prohíbe el empleo de dispositivos sonoros con fines de alarma, propaganda, reclamo, aviso, distracción y análogos, cuyo funcionamiento no haya sido previamente autorizado. Para los casos de urgencia o tradicional consenso de la población, esta prohibición no rige. La instalación en edificios de cualquier sistema de aviso acústico como alarmas, sirenas y otros similares, requiere la autorización municipal expedida por la Policía Local. La solicitud de instalación debe especificar el titular del sistema, las características, el responsable de su instalación y desconexión, y el plan de pruebas y ensayos iniciales y periódicos. En cualquier caso, los sistemas de aviso acústico se deben ajustar a las siguientes condiciones: � Las pruebas iniciales se realizarán inmediatamente después de su instalación y sólo podrán

efectuarse entre las 9 y las 20 horas. � Las pruebas de comprobación periódicas sólo se podrán realizar como máximo una vez al

mes en un intervalo de 3 minutos dentro del horario de 9 a 20 horas. � La duración máxima de funcionamiento continuo del sistema sonoro no podrá exceder en

ningún caso de 60 segundos. � La señal de alarma sonora se podrá repetir un máximo de 5 veces separadas cada una de

ellas por un período mínimo de 30 segundos y máximo de 60 segundos de silencio, si antes no se ha producido la desconexión.

� Si una vez terminado el ciclo total, no hubiese sido desactivado el sistema, éste no podrá entrar de nuevo en funcionamiento, autorizándose en estos casos la emisión de destellos luminosos.

134 Reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la emisión del ruido. México. 135 Ley N° 1.540. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 136 Ordenanza reguladora de la contaminación ambiental por la emisión de ruidos en el municipio de San Salvador. naturaleza : decreto municipal Nº: 12 fecha:01/04/2003 de. oficial: 78 tomo: 359 publicación do: 05/02/2003

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� El nivel sonoro máximo autorizado para este tipo de alarmas será de 85 dB(A), medido a tres metros de distancia y en la dirección de máxima emisión.

Sólo se permiten instalar alarmas que generen un solo tono o dos alternativas constantes, se prohíben las alarmas en las que la frecuencia se pueda variar de forma controlada. Igualmente, se prohíbe hacer funcionar, excepto por causas justificadas, cualquier sistema de aviso, alarma o señalización acústica de emergencia. Los sistemas de alarma deben estar en todo momento en perfecto estado de ajuste y funcionamiento, con el fin de impedir que se activen por causas no justificadas o distintas de las que motivaron la instalación. No obstante, se autorizan pruebas y ensayos de aparatos de alarma y emergencia que serán de dos tipos: � Excepcionales: son las que deben realizarse inmediatamente después de su instalación para

comprobar su correcto funcionamiento. Podrán efectuarse entre los 10:00 y las 19:00 horas. � Rutinarias son las de comprobación periódica de funcionamiento y sólo podrán realizarse

una vez al mes y en un intervalo máximo de 5 minutos dentro del horario anteriormente indicado.

La Consejería de Agricultura y medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en España, en 2002 aprobó un modelo tipo de ordenanza municipal en la cual establece que las alarmas cumplirán los siguientes requisitos: � La duración máxima de funcionamiento continuado del sistema sonoro no podrá exceder, en

ningún caso, de 60 segundos. � Se autorizan sistemas que repitan la señal de alarma sonora un máximo de dos veces,

separadas cada una de ellas por un período de silencio comprendido entre 30 y 60 segundos.

� El ciclo de alarma sonora puede hacerse compatible con la emisión de destellos luminosos. � El nivel sonoro máximo autorizado es de 80 dB(A), medidos a 3 metros de distancia y en la

dirección de máxima emisión.

CARGA Y DESCARGA

En México, el Reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la emisión del ruido, establece que en toda operación de carga o descarga de mercancías u objetos, que se realice en la vía pública, el responsable de la operación no deberá rebasar un nivel de 90 dB (A) de las siete a las veintidós horas y de 85 dB (A) de las veintidós a las siete horas, medidos de acuerdo a las normas correspondientes137.

137 Reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la emisión del ruido. México

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En la Ley N° 1.540 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se establece para los vehículos de carga y de transporte público de pasajeros, estar provistos de un dispositivo de señalización acústico, tipo bocina, de no más de dos tonos que suene simultáneamente, cuyo sonido, sin ser estridente ni prolongado, se oiga en condiciones de campo libre a cien (100) metros de distancia, esto debe cumplir en cuanto a sus límites y procedimientos de ensayo según lo establecido por la norma IRAM AITA 13 D 138.

USO DE MAQUINARIA AL AIRE LIBRE

La Ordenanza General para la protección del Medio Ambiente de Getafe España, para el ruido de equipos y maquinaria, se tiene que el problema de ruido es previsible desde el inicio de los trabajos de diseño, ya que por un lado los diseñadores y fabricantes del aparato debieran ocuparse de producirlo de tal manera que no emita ruido y por otro lado, el arquitecto puede prever la ubicación, protección y aislamiento necesario durante el diseño. Finalmente los instaladores deben tener el conocimiento necesario para no montar el equipo de tal manera que emita vibraciones y ruido. Cuando el equipo problema ya esté instalado, siempre deberá buscarse atenuar, en primer lugar, el ruido en la fuente y su aislamiento de la estructura. Los aparatos elevadores, puertas de acceso, persianas de locales comerciales, extractores, cámaras de refrigeración o congelación de alimentos, las instalaciones de calefacción y acondicionamiento de aire, la distribución y evacuación de aguas, la transformación de energía eléctrica y demás servicios del edificio, se deben instalar con las precauciones de ubicación y aislamiento, que garanticen un nivel de transmisión sonora no superior a los límites máximos autorizados. A continuación en la Tabla 42 se presentan los límites máximos permisibles autorizados en la Municipalidad de Getafe. España. Tabla 42. Límites máximos autorizados en la Municipalidad de Getafe. España.

Áreas Nivel

Día Noche Área de silencio 45 35 Área levemente ruidosa 55 45 Área tolerablemente ruidosa 60 50 Área ruidosa 65 60 Área especialmente ruidosa 75 65 Sanitario y bienestar social 30 25 Residencial, piezas habitables en vivienda excepto cocinas 35 30 Educativo 40 30 Cultural 35 30 Religioso 35 30

138 LEY N° 1.540. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Áreas Nivel

Día Noche Hospedaje en general 40 30 Comercio 50 50 Industria 60 60

Fuente: Ordenanza General para la protección del medio ambiente de Getafe La Unión Europea cuenta con una directiva sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre (Directiva 2000/14/CE). El objetivo de la directiva es lograr mejorar las emisiones sonoras de más de 50 tipos de máquinas de uso al aire libre, como los motocompresores, las palas cargadoras, diferentes tipos de sierras, hormigoneras, etc. además se pretende contribuir a facilitar el funcionamiento del mercado interior y mejorar la salud y el bienestar de la población, reduciendo las emisiones de ruido procedentes de las máquinas de uso al aire libre. A tal fin, la Directiva establece cuatro tipos de medidas: � Armonización de las normas sobre emisiones sonoras; � Armonización de los procedimientos de evaluación de la conformidad; � Armonización del marcado de emisión sonora; � Recogida de datos sobre emisiones sonoras. � Quedan excluidos de la Directiva: � Los accesorios sin motor comercializados o puestos en servicio por separado (salvo los

trituradores de hormigón y los martillos picadores de mano); � Todas las máquinas destinadas al transporte de personas o mercancías por las vías

terrestres, por ferrocarril, por vía aérea o por vía fluvial; � Las máquinas diseñadas y construidas para fines militares o policiales. Los límites de emisión sonora establecidos para algunos tipos de máquinas constan de dos fases, para que las empresas puedan adaptarse a las nuevas normas. Los límites sonoros de la primera fase se aplicarán dos años después de la entrada en vigor de la Directiva. En la segunda fase, cuatro años más tarde, entrarán en vigor valores más estrictos.

SEGUIMIENTO Y CONTROL A LA NORMA

A partir de las funciones establecidas por las normas de creación de las diferentes entidades del orden nacional, departamental y distrital, de lo establecido en el Decreto 948 de 1995 y de lo desarrollado en el proyecto de norma de Ruido Medioambiental elaborado por el MAVDT, se presentan las recomendaciones para el desarrollo del seguimiento y control de la norma.

Funciones establecidas en las normas de creación de las entidades A continuación se hace una descripción de las actividades que por norma están en cabeza de las diferentes entidades del estado que deberán realizar el seguimiento y control de la norma de ruido ambiental.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

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El Ministerio tendrá además de las que determine el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las establecidas en la Ley 99 de 1993. � Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales

renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente.

� Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural.

� Preparar, con la asesoría del Departamento Nacional de Planeación, los planes, programas y proyectos que en materia ambiental, o en relación con los recursos naturales renovables y el ordenamiento ambiental del territorio, deban incorporarse a los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones que el Gobierno someta a consideración del Congreso.

� Dirigir y coordinar el proceso de planificación y la ejecución armónica de las actividades en materia ambiental, de las entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental (SINA).

� Establecer los criterios ambientales que deben ser incorporados en la formulación de las políticas sectoriales y en los procesos de planificación de los demás ministerios y entidades, previa su consulta con esos organismos.

� Formular conjuntamente con el Ministerio de Salud, la política nacional de población; promover y coordinar con este, programas de control al crecimiento demográfico y hacer evaluación y seguimiento de las estadísticas demográficas nacionales.

� Formular conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo Económico la política nacional de asentamientos humanos y expansión urbana, con el Ministerio de Agricultura, las políticas de colonización y con el Ministerio de Comercio Exterior, las políticas de comercio exterior que afecten los recursos naturales renovables y el medio ambiente.

� Evaluar los alcances y efectos económicos de los factores ambientales, su incorporación al valor de mercado de bienes y servicios y su impacto sobre el desarrollo de la economía nacional y su factor externo; su costo en los proyectos de mediana y grande infraestructura, así como el costo económico del deterioro y de la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales renovables y realizar investigaciones, análisis y estudios económicos y fiscales en relación con los recursos presupuestales y financieros del sector de gestión ambiental y con los impuestos, tasas, contribuciones, derechos, multas e incentivos con él relacionados.

� Determinar las normas ambientales mínimas y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a las que deberán sujetarse los centros urbanos y asentamientos humanos y las actividades mineras, industriales, de transporte y en general todo servicio o actividad que pueda generar directa o indirectamente daños ambientales.

� Dictar regulaciones de carácter general tendientes a controlar y reducir las contaminaciones geosféricas, hídrica, del paisaje, sonora y atmosférica, en todo el territorio nacional.

� Expedir y actualizar el estatuto de zonificación de uso adecuado del territorio para su apropiado ordenamiento y las regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales y fijar las pautas generales para el ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas y demás áreas de manejo especial.

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� Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas.

� Ejercer discrecional y selectivamente, cuando las circunstancias lo ameriten, sobre los asuntos asignados a las Corporaciones Autónomas Regionales, la evaluación y control preventivo, actual o posterior, de los efectos de deterioro ambiental que puedan presentarse por la ejecución de actividades o proyectos de desarrollo, así como por la exploración, explotación, el transporte, beneficio y utilización de los recursos naturales renovables y no renovables y ordenar la suspensión de los trabajos o actividades cuando a ello hubiese lugar.

� Establecer mecanismos de concertación con el sector privado para ajustar las actividades de éste a las metas ambientales previstas por el Gobierno; definir los casos en que haya lugar a la celebración de convenios para la ejecución de planes de cumplimiento con empresas públicas o privadas para ajustar tecnologías y mitigar o eliminar factores contaminantes y fijar las reglas para el cumplimiento de los compromisos derivados de dichos convenios. Promover la formulación de planes de reconversión industrial ligados a la implantación de tecnologías ambientalmente sanas y a la realización de actividades de descontaminación, de reciclaje y de reutilización de residuos.

� Establecer técnicamente las metodologías de valoración de los costos económicos del deterioro y de la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales renovables.

Corporaciones autónomas regionales

De acuerdo con la Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios, se presentan algunas de las funciones establecidas para las Corporaciones Autónomas Regionales (CARS): � La ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y

recursos naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el Ministro de Ambiente.

� Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio de Ambiente, así como los del orden regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del .ámbito de su jurisdicción.

� Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente.

� Participar con los demás organismos y entes competentes en el .ámbito de su jurisdicción, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten.

� Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente, y con las entidades de apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental (SINA), estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables.

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� Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la Ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente.

� Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y deposito de los recursos naturales no renovables, incluida la actividad portuaria con exclusión de las competencias atribuidas al Ministerio de Ambiente, así como de otras actividades, proyectos o factores que generen o puedan generar deterioro ambiental. Esta función comprende la expedición de la respectiva licencia ambiental.

� Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos. Estas funciones comprenden la expedición de las respectivas licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos.

� Imponer y ejecutar a prevención y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección ambiental y de manejo de recursos naturales renovables y exigir, con sujeción a las regulaciones pertinentes, la reparación de los daños causados.

Entidades territoriales en el sector salud

De acuerdo con lo establecido en la Ley 715 de 2001 corresponde a los municipios en relación con el medio ambiente las siguientes actividades. � Establecer la situación de salud en el departamento y propender por su mejoramiento. � Dirigir y controlar dentro de su jurisdicción el Sistema de Vigilancia en Salud Pública. � Ejecutar las acciones de inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del

ambiente que afectan la salud humana, y de control de vectores y zoonosis de competencia del sector salud, en coordinación con las autoridades ambientales, en los corregimientos departamentales y en los municipios de categorías 4ª, 5ª y 6ª de su jurisdicción.

� Los distritos y municipios de categoría especial, 1°, 2° y 3°, deberán ejercer las siguientes competencias de inspección, vigilancia y control de factores de riesgo que afecten la salud humana presentes en el ambiente, en coordinación con las autoridades ambientales.

� Vigilar las condiciones ambientales que afectan la salud y el bienestar de la población generadas por ruido, tenencia de animales domésticos, basuras y olores, entre otros.

Entidades territoriales en otros sectores

De acuerdo con lo establecido en el Capitulo II de la Ley 715 de 2001 corresponde a los municipios en relación con el medio ambiente las siguientes actividades.

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Coordinar y dirigir con la colaboración de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades de control y vigilancia ambientales intermunicipales, que se realicen en el territorio del departamento.

Municipios en otros sectores.

Adicionalmente, son funciones de los municipios las siguientes actividades: � Tomar las medidas necesarias para el control, la preservación y la defensa del medio

ambiente en el municipio, en coordinación con las corporaciones autónomas regionales. � Promover, participar y ejecutar programas y políticas para mantener el ambiente sano. � Coordinar y dirigir, con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las

actividades permanentes de control y vigilancia ambientales, que se realicen en el territorio del municipio.

� Prestar el servicio de asistencia técnica y realizar transferencia de tecnología en lo relacionado con la defensa del medio ambiente y la protección de los recursos naturales.

Por otro lado, los municipios, departamentos, distritos y demás entes territoriales adelantarán las funciones y competencias ambientales bajo la asesoría y orientación de las Corporaciones Autónomas Regionales y en cumplimiento de los principios de armonía regional, gradación normativa y rigor subsidiario establecido en la Ley 99 de 1993.

Funciones establecidas en el Decreto 948 de 1995 A continuación se hace una descripción de las actividades que de acuerdo al Decreto 948 están en cabeza de las diferentes entidades del estado que deberán realizar el seguimiento y control de la norma de ruido medioambiental.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial139

Corresponde al Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro de la órbita de sus competencias, en relación con la calidad y el control a la contaminación del aire: � Definir la política nacional de prevención y control de la contaminación por ruido. � Establecer las normas ambientales mínimas y los estándares de emisión máximas

permisibles, provenientes de toda clase de fuentes contaminantes del aire. � Fijar los estándares, tanto de emisión de ruido, como de ruido ambiental. 139 De conformidad con lo establecido por el Parágrafo 2 del artículo 5 y por el artículo 117 de la Ley 99 de 1993, el Ministerio del Medio Ambiente ejercerá en lo sucesivo, en relación con las emisiones atmosféricas, las facultades atribuidas al Ministerio de Salud por los artículos 41 a 49 y demás que le sean concordantes de la Ley 9 de 1979.

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� Definir y regular los métodos de observación y seguimiento constante, medición, evaluación y control de los fenómenos de contaminación por ruido, así como los programas nacionales necesarios para la prevención y el control de la contaminación por ruido

� Homologar los instrumentos de medición y definir la periodicidad y los procedimientos técnicos de evaluación de la contaminación del aire, que utilicen las autoridades ambientales.

Corporaciones Autónomas Regionales y de los Grandes Centros Urbanos.

Corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y a los Grandes Centros Urbanos, dentro de la órbita de su competencia, en el territorio de su jurisdicción, y en relación con las emisiones de ruido y el control de la contaminación del aire por ruido, las siguientes: � Realizar la observación y seguimiento constantes, medición, evaluación y control de los

fenómenos de contaminación del aire y definir los programas regionales de prevención y control.

� Realizar programas de prevención, control y mitigación de impactos contaminantes del aire en asocio con los municipios y distritos, y absolver las solicitudes de conceptos técnicos que éstos formulen para el mejor cumplimiento de sus funciones de control y vigilancia de los fenómenos de contaminación del aire.

� Asesorar a los municipios y distritos en sus funciones de prevención, control y vigilancia de los fenómenos de contaminación atmosférica.

� Adelantar programas de prevención y control de contaminación atmosférica en asocio con las autoridades de salud y con la participación de las comunidades afectadas o especialmente expuestas.

� Imponer las medidas preventivas y sanciones que correspondan por la comisión de infracciones a las normas sobre emisión y contaminación atmosférica.

Departamentos

En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 64 y concordantes de la Ley 99 de 1993, corresponde a los departamentos, en relación con la contaminación atmosférica: � Prestar apoyo presupuestal, técnico, financiero y administrativo a las Corporaciones

Autónomas Regionales y a los municipios, para la ejecución de programas de prevención y control de la contaminación atmosférica.

� Cooperar con las Corporaciones Autónomas Regionales y los municipios y distritos, en el ejercicio de funciones de control y vigilancia de los fenómenos de contaminación atmosférica de fuentes fijas.

� Ejercer funciones de control y vigilancia departamental de la contaminación atmosférica ocasionada por fuentes móviles.

Municipios y Distritos

En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 65 y concordantes de la Ley 99 de 1993, corresponde a los municipios y distritos en relación con la prevención y control de la

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contaminación del aire, a través de sus alcaldes o de los organismos del orden municipal o Distrital a los que éstos las deleguen, con sujeción a la ley, los reglamentos y las normas ambientales superiores: � Dictar normas para la protección del aire dentro de su jurisdicción. � Establecer las reglas y criterios sobre protección del aire y dispersión de contaminantes que

deban tenerse en cuenta en el ordenamiento ambiental del territorio del municipio o distrito, en la zonificación del uso del suelo urbano y rural y en los planes de desarrollo.

� Otorgar, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 89 de este Decreto, permisos de policia para la realización de actividades o la ejecución de obras y trabajos que impliquen la emisión de ruido que supere excepcionalmente los estándares vigentes o que se efectúen en horarios distintos a los establecidos

� Ejercer funciones de control y vigilancia municipal o distrital de los fenómenos de contaminación atmosférica e imponer las medidas correctivas que en cada caso correspondan.

� Imponer, a prevención de las demás autoridades competentes, las medidas preventivas y sanciones que sean del caso por la infracción a las normas de emisión por fuentes móviles en el respectivo municipio o distrito, o por aquéllas en que incurran dentro de su jurisdicción, fuentes fijas respecto de las cuales le hubiere sido delegada la función de otorgar el correspondiente permiso de emisión.

Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM)

En desarrollo de lo establecido en el Decreto 948 de 1995, el IDEAM desarrollará las siguientes actividades: � El IDEAM prestará su apoyo técnico y científico a las autoridades ambientales, y en especial

al Ministerio del Medio Ambiente, en el ejercicio de sus competencias relacionadas con la protección atmosférica y adelantará los estudios técnicos necesarios para la toma de decisiones y para la expedición de las regulaciones que el Ministerio profiera sobre la materia en desarrollo de sus atribuciones.

� Corresponde al IDEAM mantener información actualizada y efectuar seguimiento constante de los fenómenos de contaminación y degradación de la calidad del aire en el territorio nacional y, en especial, hacer seguimiento permanente, mediante procedimientos e instrumentos técnicos adecuados de medición y vigilancia, de los fenómenos de contaminación secundaria.

� El IDEAM tendrá a su cargo la realización de los estudios técnicos tendientes a estandarizar los métodos, procedimientos e instrumentos que se utilicen por las autoridades ambientales, por los laboratorios de diagnóstico ambiental y por los agentes emisores, para el control, vigilancia y medición de los fenómenos de contaminación del aire, y las demás que le corresponda ejercer en relación con el control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire, de acuerdo con la ley y los reglamentos.

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12. RECOMENDACIONES DE LA NORMA DE RUIDO MEDIOAMBIENTAL

Teniendo en cuenta la información analizada en relación con el tema de ruido, la norma propuesta contempla los siguientes aspectos: disposiciones generales, emisión de ruido, ruido ambiental, equipos de medida y mediciones, realidad ambiental, vigilancia y control del cumplimiento de la norma, y disposiciones varias.

DISPOSICIONES GENERALES

A continuación se presentan las recomendaciones dadas para las disposiciones generales de la norma de ruido y ruido medio ambiental, a partir de los análisis realizados anteriormente para cada uno de estos temas.

OBJETO DE LA NORMA DE RUIDO MEDIOAMBIENTAL

Partiendo de la evidencia científica de los efectos sobre la salud y el bienestar público que el ruido causa, así como de los resultados obtenidos en las mediciones que algunas entidades han efectuado en el país, que muestran niveles de ruido por encima de los niveles recomendados por organismos internacionales, y teniendo en cuenta que: � La elaboración de una norma corresponde a un proceso dinámico de normalización a través

del tiempo, entendiéndose por normalización la actividad que, con la participación de todos los interesados para obtener un beneficio común, fija las bases para el presente y futuro (teniendo en cuenta la historia) con el propósito de establecer un orden; esto corresponde a un proceso de elaboración y aplicación de normas y son herramientas de organización y dirección,

� Se cuenta con las experiencias e información suficiente a nivel internacional y con los resultados de acciones, aunque aisladas e independientes, de varias entidades nacionales

� El MAVDT tiene el deseo de organizar y articular debidamente a nivel nacional mecanismos que reúnan, organicen, ordenen y utilicen debidamente todos los esfuerzos, tendientes a evaluar y controlar los niveles de contaminación ambiental por ruido, realizados puntual e independientemente en varias ciudades colombianas.

� El País cuenta con una Ley de Ordenamiento Territorial muy completa, en la cual ordena clasificar los terrenos en urbanos, de expansión urbana, suburbanos, rurales y de protección y existe un marcado espíritu de protección y conservación del medio ambiente,

� El artículo 14 del Decreto 948 de 1995 establece que el Ministerio de Medio Ambiente (hoy MAVDT) fijará mediante resolución los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y de ruido ambiental, para todo el territorio nacional.

� El artículo 42 del Decreto 948 de 1995 establece que las regulaciones ambientales tendrán por objeto la prevención y control de la emisión de ruido urbano, rural, doméstico y laboral que trascienda al medio ambiente o al espacio público y que el MAVDT establecerá los estándares aplicables a las diferentes clases y categorías de emisiones de ruido ambiental y a los lugares donde se genera o produce sus efectos, así como los mecanismos de control y medición de sus niveles, siempre que trascienda al medio ambiente o al espacio público.

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Teniendo en cuenta estas consideraciones, se recomienda establecer el siguiente objeto para la norma de ruido: Definir la reglamentación en lo que se refiere a la protección y conservación del ambiente urbano, de expansión, suburbano, rural y de protección, con respecto a los ruidos de transmisión aérea, que impliquen contaminación, sin importar su origen o fuente mediante el establecimiento de los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y de ruido medio ambiental, para todo el territorio nacional.

ALCANCE DE LA NORMA

Teniendo en cuenta el numeral 3 de este documento y adicionalmente que: � La aplicación de la norma de ruido ambiental es para todo el territorio Colombiano, el cual

posee un medio ambiente general, bien y patrimonio de todos los seres que en el habitamos, conformado por los diferentes agentes interactuando en todo momento de distintas maneras,

� Como parte del objeto de esta norma esta la protección y conservación del medio ambiente con respecto a la contaminación por ruido,

� Los receptores de la contaminación por ruido en el medio ambiente son todos los seres que en el se encuentran,

� El Decreto 948 de 1995 en su Articulo 14 establece que las normas o estándares de ruido de que trata este artículo se fijarán para evitar efectos nocivos que alteren la salud de la población, afecten el equilibrio de ecosistemas, perturben la paz pública o lesionen el derecho de las personas a disfrutar tranquilamente de los bienes de uso público y del medio ambiente.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, se recomienda establecer el alcance de esta norma en los siguientes términos: De acuerdo con el objeto de esta norma, su alcance total será la protección y conservación del medio ambiente en general y para ello tendrá en cuenta como actor principal al ser humano en cuanto se refiere a ser el generador y receptor del ruido y como actores secundarios a todos los demás generadores, trasmisores o receptores de ruido capaces de ser afectados por él. Por lo tanto, la principal variable evaluativa de esta norma será el ruido como factor que influencia el comportamiento y la salud del hombre; es decir todos los cálculos y límites se referirán a este.

HORARIOS

Teniendo en cuenta lo expuesto en el numeral 0 respecto a las características del desarrollo colombiano, en el numeral 0 en cuanto a los horarios establecidos a nivel internacional y lo expresado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se recomienda: Establecer para el territorio Colombiano, los siguientes horarios, presentados en la Tabla 43. Tabla 43. Horarios de medición de ruido para Colombia DIURNO NOCTURNO

De las 7:01 a las 22:00 horas De las 22:01 a las 7:00 horas Fuente: Ideam 2005

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UNIDADES DE MEDIDA

Cualquier medida que se desee tomar debe tener, además de la cantidad numérica inherente a ella, alguna(s) unidad(es) de medida y por lo tanto es procedente establecerlas con el fin de tener unidad de criterio para expresar los resultados que se obtengan. La literatura general sobre ruido, las costumbres internacionales sobre presentación de resultados y la norma ISO 1996 indican que una escala de relación logarítmica como la decibélica da facilidad de manejo a las cifras de presiones sonoras obtenidas. Así mismo, esta escala requiere de una unidad de referencia, la cual se establece como una presión sonora de referencia y se ha seleccionado como el umbral auditivo humano. Existen varios sistemas de unidades para expresar las magnitudes obtenidas en cualquier medición, pero se ha hecho costumbre, en el área de ruido, utilizar el sistema internacional de unidades, expresando las presiones sonoras en pascales. Para un entendimiento total de los resultados es necesario expresar claramente la forma como se han efectuado las evaluaciones, por lo tanto un solo numero con una unidad no es, en el caso de los estudios de ruido, totalmente significativo, sino que se hace necesario expresar estas magnitudes acompañadas de información adicional, como lo son las ponderaciones, por frecuencia y tiempo, que se hayan utilizado. Estas ponderaciones tienen que ver con la relación de respuesta del oído humano y con el tipo de ruido que se haya evaluado respectivamente. Bajo este escenario, para el desarrollo de esta norma se recomienda para las unidades de medida: La presión sonora se expresará en Pascales, los niveles de presión sonora se expresarán en decibeles (dB). Si además las medidas tienen alguna ponderación por frecuencia, A, B, C, D, u otra curva de ponderación, o por tiempo de medida, F, S o I según sea rápida, lenta o de impulso (Fast, Slow o Impulse, en inglés), estas se expresarán claramente. Para todas las mediciones y cálculos, la presión sonora de referencia es 20 µPa.

PARÁMETROS DE MEDIDA

A nivel nacional el camino recorrido en temas relacionados con ruido, es relativamente corto, aunque la Resolución 8321 del Ministerio de Salud es de 1983, las experiencias acumuladas son pocas, pero valiosas. Por otro lado, a nivel internacional, es mucho lo que se ha investigado y lo que se ha logrado en este campo, las tendencias generales no son producto del azar sino que son el resultado de estudios serios de equipos de trabajo organizados, en los cuales se pueden encontrar bases sólidas para elegir las variables a considerar de tal manera que permitan obtener resultados comparables a nivel internacional como lo expresa el objetivo principal de la norma ISO 1996/1 2003. De acuerdo con el análisis realizado en el numeral 0 de este documento, se recomienda utilizar el nivel equivalente sonoro con ponderación A, LAeq, T, por ser el indicador que mejor caracteriza los niveles de ruido a largo plazo; como se ha demostrado desde comienzos de la segunda mitad del Siglo XX, así como también es el más utilizado a nivel mundial. Además es recomendado y adoptado por la EPA y las normas ISO, presentando simplicidad y universalidad de medición con la instrumentación disponible en la actualidad.

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El parámetro LAeq,T por el hecho de tener ponderación por frecuencia A, se entiende que está directamente asociado a la respuesta del oído humano a las diferentes frecuencias del ruido ambiental. Además de este parámetro, se hace necesario establecer el ruido residual pues no basta con conocer el ruido total que existe en un medio ambiente, sino que es indispensable conocer el aporte que efectúan las fuentes individualmente o saber en que niveles se está cuando una o varias fuentes de interés no están en funcionamiento. Dentro de lo expuesto en el numeral 0 de este documento, también se especifica el nivel percentil L90 como un indicador del ruido de fondo y este se asumirá como un parámetro de medida que se utilizará como sustituto del nivel residual en caso de que por alguna razón no se pueda efectuar su medición. La medida básica primaria en cuanto al ruido residual, es este término medido como nivel equivalente sonoro con ponderación A, estando las fuentes de interés fuera de emisión de ruido. El término L90, apenas es un estimativo calculado por el equipo de medida estando todas las fuentes en operación, incluidas las de interés, por lo tanto este resultado apenas llega a ser una aproximación calculada del ruido residual. De acuerdo con lo expresado anteriormente, se recomienda establecer como parámetros principales de medida de los niveles ambientales de ruido, los siguientes: � Nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A, LAeq,T, para

aplicaciones de molestias relacionadas directamente con el hombre, medido con ponderación por tiempo de medida lenta (S), LAeq,T

� Ruido residual, medido como nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A, LAeq,T, residual.

� Nivel percentil L90

INTERVALOS DE TIEMPO

Los parámetros de medida recomendados anteriormente requieren definir algunos intervalos de tiempo de medida o de cálculo, como se expresa en el numeral 0 de este documento.

Intervalo unitario de tiempo de medida De acuerdo con los numerales 0 y 0 de este documento, se concluye que habiéndose muestreado de muchas formas diferentes en lo referente a tiempos de medición, no existe un intervalo de tiempo óptimo ni estándar para realizar las mediciones, se puede medir continuamente todo el tiempo, pero esto no aporta diferencias significativas para el ruido

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ambiental con respecto a mediciones realizadas en menores períodos de tiempo; por el contrario mediciones únicas de muy cortos períodos de tiempo no describen suficientemente el ruido ambiental. En el protocolo de mediciones para trazado de mapas de ruido normalizados140 se muestra el estudio estadístico realizado en la ciudad de Buenos Aires, donde se concluye que midiendo 15 minutos cada hora, distribuidos en intervalos menores durante la hora, se pueden obtener resultados aceptables y confiables de ruido ambiental; en el 95% de los casos analizados la medición se estabilizó en más o menos 0.5 dB antes de los 15 minutos de medición, distribuidos durante la hora. Por lo tanto, para efectos de aplicación de esta resolución, se recomienda establecer un intervalo de tiempo de medida unitario, de la siguiente manera: El intervalo unitario de tiempo de medida para los niveles de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A, LAeq,T, del ruido residual y del nivel percentil L90, de que habla el del proyecto de Resolución, se establece en una hora, la cual puede ser medida en forma continua o con intervalos de tiempo distribuidos uniformemente hasta obtener, como mínimo, quince (15) minutos de captura de información. No obstante lo anterior, en muchas oportunidades se encontrarán situaciones en las cuales no sea posible medir el ruido como se describe, porque la(s) fuente(s) no operan sino en menores intervalos, entonces se hace necesario establecer dentro del proyecto de resolución este evento y para ello se incluye un parágrafo que lo contenga.

Intervalo de tiempo de referencia En concordancia con los horarios recomendados en el numeral 0 de este documento, y tendiendo en cuenta lo expresado en el numeral 0, se recomienda definir un intervalo de tiempo de referencia, así: El intervalo de tiempo de referencia T, para la medida de los niveles de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A, LAeq,T, se establece en 14 horas para el horario diurno y en 10 horas para el horario nocturno, correspondientes con lo expresado en el proyecto de resolución, obteniéndose así los respectivos niveles, LAeq,T, d, diurno y LAeq,T, n, nocturno, independientes el uno del otro. El intervalo de tiempo de medida unitario (por hora) corresponderá a lo establecido en el proyecto de resolución.”

Intervalo de tiempo de medida a largo plazo Colombia por estar ubicada en la zona tórrida no posee estaciones lo cual hace que las actividades humanas típicas no obedezcan específicamente a ciclos estacionales, sino que se desarrollan en cualquier tiempo obedeciendo a otro tipo de factores, que se repiten en forma aproximadamente anual. Por ejemplo, estudios, vacaciones, producción agrícola, comercio, industria, entre otros, de acuerdo con lo anterior, y con lo expresado en el numeral 0, de este documento, se recomienda incluir en el proyecto de resolución el siguiente artículo: se establece un año calendario como el intervalo de tiempo a largo plazo. No obstante, si los objetivos del

140 Universidad de Buenos Aires. Protocolo de Mediciones para Trazado de Mapas de Ruido Normalizado. 2002.

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estudio que se realice tienen aplicaciones en periodos inferiores a un año, este intervalo de tiempo podrá reducirse y deberá especificarse claramente.

AJUSTES

Como lo expresa la norma ISO 1996/1 – 2003, las investigaciones han demostrado que la ponderación por frecuencia A, por si sola, no es suficiente para evaluar sonidos caracterizados por tonalidades, impulsividades o fuertes contenidos de bajas frecuencias. Para estimar la respuesta de la molestia a largo plazo de las comunidades a los ruidos que poseen algunas de estas características especiales, se deben adicionar ajustes en dB al nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A medido. Una amplia explicación de estos factores y características se encuentra incluida en el numeral 0, de este documento, así como algunos métodos y ejemplos para su determinación. Con base en lo anterior, se recomienda efectuar ajustes a los niveles equivalentes sonoros, medidos o calculados, así: Los niveles de presión sonora continuo equivalente ponderados por frecuencia A, LAeq,T, se corregirán por ruido impulsivo, tonalidad, condiciones meteorológicas, horarios, tipos de fuentes y receptores para obtener niveles corregidos de presión sonora continuo equivalente ponderados por frecuencia A, L R Aeq,T. Las correcciones, en decibeles, se efectuaran de acuerdo con la siguiente ecuación: LR Aeq,T = LAeq,T + (KI, KT, KR, KS) Donde: KI es un ajuste por impulsos KT es un ajuste por tono y contenido de información KR es un ajuste por la hora del día KS es un ajuste (positivo o negativo) para ciertas fuentes y situaciones La determinación de los valores de ajustes para los diferentes K se efectuará de acuerdo con la metodología que se establece en el Anexo 2 del proyecto de resolución de ruido ambiental. Asimismo, de acuerdo con el Artículo 4 del proyecto de resolución, los niveles corregidos serán diurnos y/o nocturnos. Los niveles corregidos de presión sonora continuo equivalente ponderados por frecuencia A, LRAeq,T, serán los que se comparen con los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y ruido ambiental.”

EMISION DE RUIDO

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A continuación se presentan las recomendaciones dadas para la emisión de ruido, a partir de los análisis realizados anteriormente para cada uno de estos temas.

Aplicabilidad de la emisión de Ruido Ambiental Atendiendo la solicitud de las autoridades ambientales y de los actores interesados en relación con la necesidad de tener herramientas suficientes y de fácil aplicación en la tarea que les concierne a diario, en el sentido de efectuar evaluaciones que les permita tener un soporte para dirimir los conflictos que se presentan entre ciudadanos, vecinos, propietarios, se considera que un camino muy importante es el de fijar los límites permisibles correspondientes y determinar los niveles de emisión de fuentes sonoras por medio de las correspondientes mediciones de campo. Igualmente, las autoridades ambientales para el cumplimiento de sus funciones podrán realizar mediciones de ruido que les permita identificar el cumplimiento de la norma de emisión de ruido. Por otro lado, las industrias que por sus características y procesos productivos generen emisión de ruido, estas requieran contar con un mecanismo que les permita identificar si superan la norma de emisión de ruido o no. Bajo este escenario, se sugiere el siguiente artículo en el proyecto de resolución: el método de medición y los resultados obtenidos en emisión de ruido, serán utilizados para dirimir cualquier conflicto que se pueda presentar entre propietarios, tenedores o poseedores de predios y/o cualquier fuente de ruido que trascienda al ambiente o al espacio público, para la verificación de los niveles de emisión de ruido por parte de los emisores y/o por oficio de las autoridades. Las mediciones de la emisión de ruido se efectuarán en un intervalo unitario de tiempo de medida de acuerdo con el procedimiento estipulado en el Anexo 3, Capítulo I. El tiempo de medición de la emisión de ruido es mínimo una hora equivalente, de acuerdo al procedimiento establecido en el proyecto de resolución.”

Cálculo de la emisión o aporte de ruido El aporte de una fuente de ruido puede ser medido o calculado. Si el aporte es medido, deberán aplicarse los conceptos de ruido residual tratados en el capítulo 8 y los teóricos para suma y resta de niveles de ruido. Si el aporte es calculado deberá utilizarse un algoritmo estandarizado de uso corriente, los cuales son de origen empírico y están basados en leyes de la física, como el descrito en el numeral 0 del presente documento. Si el aporte es medido, como se sugiere que se determine, la fuente debe estar en operación y medirse el ruido cuando ésta en operación, posteriormente se procederá a apagar la fuente y medir el ruido residual. Finalmente, se procederá a efectuar las correcciones correspondientes y restar aritméticamente los dos resultados y si la diferencia es igual o inferior a 3 dB(A), se indicará expresamente que el nivel de ruido procedente de la fuente ruidosa es de orden igual o inferior al ruido residual, no pudiéndose determinar con exactitud el aporte; pero, sí la diferencia es superior se procederá a efectuar la resta logarítmica, siendo este resultado el valor correspondiente al aporte que la fuente hace como emisión.

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Por lo tanto, se recomienda incluir en el proyecto de resolución el siguiente artículo: La emisión o aporte de ruido de cualquier fuente se obtiene al restar logarítmicamente, el ruido residual, del valor del nivel de presión sonora corregido continuo equivalente ponderado por frecuencia A, LRAeq,T, como se expresa a continuación:

Leqemisión = 10 log (10 (LRAeq,T)/10 - 10 (LRAeq, T, residual) /10) Donde: Leqemisión: Nivel de emisión de presión sonora, o aporte de la(s) fuente(s) sonora(s) LRAeq,T: Nivel corregido de presión sonora continúo equivalente ponderado por frecuencia A, LRAeq,T, residual: Nivel corregido de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia A residual Igualmente, se considera necesario dar la claridad de la diferencia de los tres decibles comentada anteriormente, por lo tanto es necesario la inclusión de un parágrafo en el siguiente sentido: Si la diferencia aritmética entre el LAeq,T y LAeq,T, residual es igual o inferior a 3 dB(A), se indicará expresamente que el nivel de ruido procedente de la fuente especifica ruidosa (LAeq,T) es del orden igual o inferior al ruido residual, no pudiéndose determinar con exactitud el aporte de ruido.”

Estándares máximos permisibles de emisión de ruido. Teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 15 del Decreto 948 de 1995 sobre la clasificación de sectores de restricción de ruido ambiental, el proyecto de Resolución acoge lo expresado en el Decreto 948 y establece los 4 sectores, así: 1. Sectores A. (Tranquilidad y silencio): áreas urbanas donde estén situados hospitales,

guarderías, bibliotecas, sanatorios y hogares geriátricos. 2. Sectores B. (Tranquilidad y ruido moderado): zonas residenciales o exclusivamente

destinadas para desarrollo habitacional, parques en zonas urbanas, escuelas, universidades y colegios.

3. Sectores C. (Ruido intermedio restringido): zonas con usos permitidos industriales y

comerciales, oficinas, uso institucional y otros usos relacionados. 4. Sectores D. (Zona suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado): áreas rurales

habitadas destinadas a la explotación agropecuaria, o zonas residenciales suburbanas y zonas de recreación y descanso.

Esta clasificación por sectores es totalmente aplicable y concordante con el ordenamiento territorial incluido en la Ley 388 de 1997 y las demás leyes y decretos reglamentarios de está Sin embargo, considerando la amplitud de los sectores establecidos en el Decreto 948 de 1995 y la dificultad de aplicar la reglamentación, se realizó un trabajo de diferenciación de las

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actividades, de acuerdo a las características de emisión de ruido y ruido ambiental, permitiendo de esta manera efectuar una mejor reglamentación al respecto. Teniendo en cuenta que: a nivel mundial el sector transporte es el que principalmente aporta ruido al ambiente, se constituye en el principal problema que se debe tratar, en los estudios efectuados en algunas ciudades Colombianas también arrojan estos mismos resultados, en Colombia la Ley 769 de 2002 en su Artículo 105 establece la clasificación de las vías en los perímetros urbanos y en las zonas rurales, y el Decreto 948 de 1995 en su Artículo 53 habla de establecer zonas de amortiguación de ruido en nuevas vías de alta circulación, se han incluido algunas vías como subsectores del sector C, con el fin de reglamentar los respectivos niveles de ruido. En la Tabla 44 se presentan los sectores y subsectores que serán contemplados en la resolución para fijar los estándares de emisión de ruido y de ruido ambiental. Tabla 44. Clasificación de sectores y subsectores para estándares de ruido

Sector Subsector

Sector A. (Tranquilidad y Silencio) Hospitales, bibliotecas, guarderías, sanatorios, hogares geriátricos

Sector B. Tranquilidad y Ruido Moderado

Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes Universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación Parques en zonas urbanas (diferentes a los parques mecánicos al aire libre)

Sector C. Ruido Intermedio Restringido

Zonas con usos permitidos industriales, como industrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos Zonas con usos permitidos de oficinas Zonas con usos institucionales Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre, vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales

Sector D. Zona Suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado

Residencial suburbana Rural habitada destinada a explotación agropecuaria Zonas de Recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales

Para establecer los valores de los límites permisibles de emisión de ruido se ha tenido en cuenta especialmente los valores con los que el país ha venido trabajando y que se encuentran

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establecidos en la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, las recomendaciones de la OMS, algunas normatividades internacionales a nivel de Latinoamérica y de Europa, y los valores encontrados en los estudios y mediciones efectuadas en el país. Es de observar que en casi todas las normatividades a nivel internacional, siempre se fijan los valores de emisión de ruido asociados a una fuente y en muy escasas legislaciones se incluyen los valores de emisión y de ruido ambiental en forma separada y explicita, como sucede por ejemplo con la norma de Andalucía en España. Para la determinación de cada uno de los valores estándares de emisión de ruido se ha partido de los estándares fijados en esta resolución para el ruido ambiental, tenido en cuenta que en este último contribuyen todos los emisores posibles que se encuentren en los alrededores, y que los valores de emisión prácticamente son aplicables a una fuente, considerada esta como un generador específico unitario o como el conjunto de generadores confinados en una propiedad específica. También se han tenido en cuenta las características de los diferentes sectores y su destinación y horarios de actividades que se generen en esos espacios y de una manera muy especial, las recomendaciones de la OMS, los valores fijados en la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud y los resultados de mediciones efectuadas en diferentes ciudades del país, las cuales casi en su totalidad se encuentran incumpliendo los estándares fijados en la Resolución 8321/83 De cuerdo con lo expresado anteriormente, el principal soporte de cada uno de los estándares se encuentra consignado en la sección destinada al ruido ambiental. Aquí solo se comentará alguna variación que se tenga con respecto al estándar de ruido ambiental. Los valores como cantidad serán muy similares si se tiene en cuenta que los sitios y la metodología de medición son diferentes, es decir en un caso se medirá cerca de la fuente, 1.5 m a partir de esta en el caso de emisión y 4 m en el caso de ruido ambiental, así mismo la altura de medición también es diferente para los dos casos, 1.2 m a partir del nivel mínimo donde se encuentre instalada la fuente (piso, patas, o soporte de la fuente), para el caso de emisión de ruido y 4 m a partir del suelo para el ruido ambiental. El ruido ambiental es el resultado de la contribución de muchas fuentes de ruido y el de emisión trata de medir, en lo posible, la incidencia de una fuente única que aportará al ambiente en la que se encuentra operando junto con las demás fuentes. Para el caso del sector A (Tranquilidad y silencio) los valores de emisión son los mismos que los valores ambientales puesto que los sectores son de bajos niveles de ruido y cualquier ruido superior muy fácilmente no se encuentra enmascarado, su propagación y molestia es fácilmente detectada a distancia de 4 m sin mayores interferencias. Para el sector B (Tranquilidad y ruido moderado) en el subsector Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes para el caso de emisión en el horario nocturno se permite un mayor valor puesto que el nivel de ruido ambiental es un promedio de los niveles durante el periodo nocturno y además se suma el hecho de que en este sector no todas las residencias estarán emitiendo altos niveles de ruido (55 dB(A)) ya que es una zona de descanso.

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En el subsector Universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación en el aspecto de emisión, en el horario diurno el valor es más alto que el ambiental puesto que este último es un promedio y los valores fluctúan durante las diferentes horas del día, el resultado promedio que existe a nivel nacional de mediciones arroja un valor de 63 dB. En el horario nocturno, normalmente no hay actividad, quizá después de las 11 p.m. Similar al anterior subsector, aunque no existen datos de mediciones, se considera el de parques en zonas urbanas (diferentes a los parques mecánicos al aire libre). Para el sector C (Ruido Intermedio Restringido) en el subsector Zonas con usos permitidos industriales, como industrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas, se considera que operan 24 horas en tres turnos o quizá 16 horas en dos turnos, sus emisiones de ruido tienden a ser muy estables, la Resolución 8321/83 considera los dos periodos diurno y nocturno como similares en niveles de emisión, pero los valores reales de emisión indican que estas actividades en el horario nocturno tiende a disminuir los niveles de emisión y según la OMS estos valores deberían estar en 70 dB, por lo que se recomiendan valores nocturnos de emisión en 70 dB(A) y diurnos hasta 75 dB(A). Además las actividades externas a las plantas de producción, inherentes a sus actividades, normalmente decrecen en el horario nocturno y las mediciones ambientales son promedios de varias horas, por ello los niveles propuestos de ruido ambiental para el periodo nocturno son menores que los de emisión. En el subsector Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos, los valores de los niveles de emisión de ruido y ambiental son similares para el período diurno y coinciden con lo recomendado por la OMS, además se considera que la actividad comercial es permanente para algunos sitios y aleatoria en otros. Adicionalmente, en lo que respecta al horario nocturno, no todos los establecimientos operan 24 horas o en horarios nocturnos, lo que permite dejar un margen para que quienes lo hacen emitan un nivel un poco superior al ambiental, el cual como se ha dicho es un promedio en todo el horario nocturno. Para los subsectores, Zonas con usos permitidos de oficinas y Zonas con usos institucionales, se consideran, con algunas excepciones, que normalmente no trabajan durante la noche y por lo tanto sus niveles de emisión son bajos, pero externamente puede existir alguna actividad que incremente los niveles de ruido, por ello la diferencia en 5 dB(A) para el ambiental nocturno. Con respecto al subsector Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre, vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales, para el caso de emisión de ruido, no se podrán contemplar las vías como emisores puesto que por ella circulan vehículos, los cuales son móviles, y para ellos se establece un método de evaluación en estado estacionario y/o en movimiento, pero en forma individual y en patio o laboratorio. De acuerdo con lo anterior, solamente se contemplarían como emisores, los establecimientos o emisores no móviles como los parques mecánicos al aire libre y las áreas destinadas a

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espectáculos públicos al aire libre y por lo tanto se presenta la diferencia de 5 d(B) en emisión, con respecto a los valores ambientales, tanto para el período diurno como para el nocturno,. Los Sectores D. Zona Suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado, en los subsectores Residencial suburbana y Rural habitada destinada a explotación agropecuaria para el caso de emisiones no se incluye ninguna diferencia con respecto a los ruidos ambientales puesto que son niveles de ruido muy bajos y se considera que en el horario nocturno prácticamente no habrá incidencias ajenas a los aspectos de la naturaleza. No así en lo que concierne al subsector Zonas de Recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales, en los cuales hay un incremento de 5 dB(A) para emisiones, con respecto a los niveles ambientales, tanto para el horario diurno como para el nocturno y esto es debido a que realmente en estos sitios sí habrá alguna actividad humana que genere niveles superiores a los inherentes para áreas rurales. Se debe anotar que estos límites de emisión fijados como estándares máximos permisibles, corresponden a acciones o actividades debidas a la acción del ser humano y en ningún momento pretenden poner límites los niveles de ruido generados por la naturaleza y sus acciones.

De acuerdo con lo expresado anteriormente, en la Tabla 45 se presentan los estándares máximos permisibles de emisión de ruido, para los diferentes sectores y subsectores, expresados en dB(A). Tabla 45. Estándares máximos permisibles de emisión de ruido expresados en decibeles

(dB(A)).

Sector Subsector

Estándares máximos permisibles de emisión

de ruido Noche Día

Sector A. (Tranquilidad y Silencio)

Hospitales, bibliotecas, guarderías, sanatorios, hogares geriátricos 50 55

Sector B. Tranquilidad y Ruido Moderado

Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes

55 65

Universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación

50 65

Parques en zonas urbanas (diferentes a los parques mecánicos al aire libre)

50 65

Sector C. Ruido Intermedio Restringido

Zonas con usos permitidos industriales, como industrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas

70 75

Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos

60 70

Zonas con usos permitidos de oficinas 50 65

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Sector Subsector

Estándares máximos permisibles de emisión

de ruido Noche Día

Zonas con usos institucionales 50 65 Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre

70 75

Sector D. Zona Suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado

Residencial suburbana 45 55 Rural habitada destinada a explotación agropecuaria

40 55

Zonas de Recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales

45 55

Emisiones de Ruido en Vehículos y Aeronaves Teniendo en cuenta lo expresado en el numeral 0 de este documento, los contenidos de los reglamentos 51 y 41 del acuerdo de Ginebra, lo expresado en los talleres de consulta de esta resolución, el contenido de la resolución 3500 del MAVDT y del Ministerio de Transporte y sus Normas NTC sobre las que se sustenta, así como la realidad del país en lo que respecta a evaluaciones de ruido en automotores en estado estacionario y en prueba dinámica junto con sus equipamentos requeridos y resultados, se concluye que en este momento no es procedente efectuar una estandarización de los niveles de ruido emitidos por este tipo de móviles y por el contrario es muy beneficioso iniciar a recolectar información suficiente y veraz en los escenarios nacionales, para que en un corto plazo se pueda contar con las bases fundamentales para establecer los respectivos estándares. Para ejecutar lo anterior se contará con la entrada en vigencia de la resolución 3500 del MAVDT y Ministerio de Transporte la cual reglamenta los Centros de Diagnóstico Automotriz y en un plazo no mayor a un año el MAVDT solicite la información al Ministerio de Transporte y a través de un estudio técnico fije los estándares máximos permisibles de emisión de ruido por vehículos automotores y motocicletas en estado estacionario y pasados dos años de la publicación de esta resolución en el diario oficial fije los estándares máximos permisibles de emisión de ruido por vehículos automotores y motocicletas en prueba dinámica

Ruido en Aeronaves en estado estacionario y en vuelo La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) es la entidad encargada de establecer a nivel internacional, entre otros, la metodología y niveles de las mediciones de ruido de aviones en estado estacionario, así como también las mediciones de ruido, de acuerdo a los diferentes tipos de aviones. En este sentido, y consecuente con el convenio firmado por el gobierno nacional en la década de los cincuenta se ha considerado establecer para todo el territorio nacional, los estándares máximos permisibles recomendados por la OACI.

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De acuerdo con el convenio Sobre Aviación Civil Internacional y específicamente en lo establecido en el Anexo 16, el cual desarrollo normas sobre niveles máximos admisibles de ruido a las aeronaves de acuerdo a su peso y año de certificación, y considerando que la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, emitió la Resolución 2130 de 2004 que trata el tema, se ha considerado adoptar dicha resolución para aeronaves en estado estacionario. En relación con aeronaves en vuelo, los estudios han demostrado que los niveles máximos admisibles dependen de diferentes variables, dentro de las cuales se pueden destacar, tipo de avión, altura sobre el nivel del mar, peso y carga del avión, los niveles en estado estacionario, entre otros, por lo cual se ha considerado establecer un tiempo prudencial, para que conjuntamente el MAVDT y la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil establezcan conjuntamente la metodología para la evaluación del ruido preveniente de aeronaves en vuelo, especialmente en las zonas de aproximación y decolaje y que puedan afectar a sectores tipo A y B, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 15 del Decreto 948 de 1995

DEL RUIDO AMBIENTAL

El Decreto 948 de 1995 en su Artículo 14 establece que el MAVDT fijará mediante resolución los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y de ruido ambiental, para todo el territorio nacional. En este sentido, a continuación se presentan las recomendaciones dadas para la el ruido ambiental, a partir de los análisis realizados anteriormente para cada uno de estos temas.

Aplicabilidad de las mediciones de ruido ambiental El Decreto 948 de 1995 en su Artículo 15 establece que el MAVDT fijará los respectivos estándares para evitar efectos nocivos que alteren la salud de la población, que afecten el equilibrio de ecosistemas, perturben la paz pública o lesionen el derecho de las personas a disfrutar tranquilamente de los bienes de uso público y del medio ambiente. Las regulaciones sobre ruido podrán afectar toda presión sonora que generada por fuentes móviles o fijas, aun desde zonas o bienes privados, trascienda a zonas públicas o al medio ambiente. En consecuencia se sugiere incluir en la resolución un artículo, de la siguiente manera: el método de medición y los resultados obtenidos en ruido ambiental, serán utilizados para realizar el diagnóstico por ruido del ambiente, de manera tal que proteja la salud de la población expuesta. Los resultados se llevarán a mapas de ruido los cuales permitirán visualizar la situación actual del sitio donde fueron realizadas las mediciones, identificar las zonas críticas y los posibles contaminadores por emisión de ruido, entre otros. Las mediciones de ruido ambiental se efectuarán de acuerdo con el procedimiento estipulado en el Anexo 3, Capitulo II.

Estándares de ruido ambiental. Con base en la sectorización y subsectorización contemplada en el numeral 0 de este documento, se fijarán los estándares de ruido ambiental. Para establecer los respectivos valores se ha tenido en cuenta los valores con los que el País ha venido trabajando y que se encuentran establecidos en la Resolución 8321 de 1983, las recomendaciones de la OMS, algunas normatividades internacionales a nivel de Latinoamérica y de Europa y los valores encontrados

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en los estudios y mediciones efectuadas en el País por diferentes entidades, de los cuales muchos ya se han mencionado en este documento. Debido a que el tema de ruido ambiental, como tal, es reciente en el contexto de las evaluaciones de ruido, a nivel mundial son pocas las normatividades que incluyen estándares para ruido ambiental propiamente dicho. Sin embargo, y para efectos de comparación se tomaran los valores establecidos para estándares de emisión y los ambientales que se encuentren se especificarán explícitamente. En el caso Colombiano, los resultados existentes de mediciones efectuadas no tienen una definición exacta debido a que la Resolución 8321/83 no es clara en su contenido, sin embargo los valores obtenidos se incluirán para efectos de comparación y determinación de los estándares ambientales que contendrá está resolución. Para la determinación de cada uno de los valores estándares de ruido ambiental se ha partido de un estudio técnico comparativo de estándares fijados. Así mismo, se han tenido en cuenta las características de los diferentes sectores y su destinación y horarios de actividades que se realizan en esos espacios de tiempo y de una manera muy especial, las recomendaciones de la OMS en cuanto a los valores para ruido en ambientes específicos; y en especial lo expresado en el numeral 0 sobre los efectos del ruido en la salud humana y el análisis de diferentes normatividades internacionales, y lo contemplado en el numeral 0 de este documento. Es de anotar que para la evaluación del ruido ambiental se tiene como parámetro de medida el nivel equivalente continuo, medido en los tiempos de referencia, el cual es un promedio de todos los eventos que se suceden durante el intervalo de medida, donde contribuyen todos los posibles emisores que se encuentren en los alrededores y no corresponde a resultados instantáneos de media o a picos máximos o mínimos. En la Tabla 46 se presenta un cuadro comparativo de estándares fijados por normatividades y recomendaciones de diferentes países y organizaciones a nivel del mundo, la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, algunos resultados de mediciones efectuadas en ciudades Colombianas y los niveles propuestos para esta resolución. El cuadro comparativo se encuentra organizado de acuerdo con la sectorización incluida en el Decreto 948 de 1995 y la especificación más detallada de que se habla anteriormente.

Sectores A. De Tranquilidad y Silencio

Efectuando un análisis del cuadro comparativo presentado en la Tabla 46 se encuentra que en el sector A de tranquilidad y silencio, la OMS recomienda que en las áreas internas de los hospitales y de salas de cirugía debería garantizarse un nivel de 30 dB y un nivel máximo de 40 dB en medición rápida, sin embargo, en las mediciones efectuadas en el país, se encuentra que los valores obtenidos para el horario diurno es del orden de 70 dB(A) y para el nocturno de 60 dB(A), medidos en exteriores, estos niveles de ruido son altos para alcanzar los niveles internos recomendados por la OMS. Sin embargo, observando las normatividades a nivel internacional se encuentra que las más restrictivas están por el orden de los 45 dB(A) para horario diurno y 35 dB(A) para el horario nocturno y las más permisivas están en el orden de 60 dB(A) y 50 dB(A) respectivamente. La Resolución 8321 de 1983 establece unos estándares de 45 dB(A) para cualquiera de los dos horarios, diurno o nocturno, no determinando el sitio de medición.

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Para este mismo sector A, las normatividades tienden a incluir niveles de ruido muy bajos, es así como a partir de la Tabla 46 se encuentra que el 38.5% de los niveles de ruido diurno y nocturno están fijados en 45 dB(A) y 35 dB(A) respectivamente, el 23% en 55 y 60 dB(A) para horario diurno y en 40 dB(A) para horario nocturno, mientras que el 15.4% se encuentra en 50 dB(A) para el horario diurno y en 45 y 50 dB(A) para el nocturno. Además, es de anotar que hay un valor en 30 dB(A) para el horario nocturno. La realidad de las mediciones Colombianas muestra que se encuentra por fuera de cualquiera de los límites recomendados y fijados por otras normatividades y que la Resolución 8321/83 para aplicarla en exteriores es muy drástica y es muy difícil llegar a tener estos estándares en cumplimiento en un corto o mediano plazo. Además, es digno de tener en cuenta que los sitios donde se han efectuado los muestreos no están plenamente reglamentados e identificados lo que hace más difícil la apreciación correspondiente. De otro lado, se considera que todas las evaluaciones efectuadas en Colombia han obedecido a una respuesta a la existencia de la problemática de ruido en los sitios donde se ha evaluado y no corresponde exactamente a un estudio de ruido ambiental como tal, donde se evalúan las regiones o sectores sin la premisa de existir una suposición de existencia de contaminación por ruido.

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Tabla 46. Cuadro comparativo de niveles de ruido en diferentes normatividades a nivel internacional, resultados de mediciones en Colombia y niveles propuestos para Resolución en Colombia, expresados en decibeles

País o Entidad

Sector A Tranquilidad y silencio

Sector B Tranquilidad y ruido moderado Sector C Ruido intermedio restringido Sector D Zona suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado

Hospitales, biblio.

Residencial Universidades Parques.. Industrial Comercial Oficinas Instituc. Otros usos Residencial Rural habit. Rec./descanso

Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche Dia Noche

OMS 30 dB, Lmax rapido 40dB

55 45 35/55

50/55 70* 70* 70* 70* 85** 55 55 55

Andalucia 55 40 55 45 55 40 55 40 70 60 65 55 65 55 65 55 70 70

Argentina 60 50 65 50 60 50 75 70 70 60 65 60 80 75

Castilla y leon 45 35 55 45 55 45 55 45 70 55 65 55 55 45 55 45

Chile 55 45 60 50 55 45 55 45 70 70 65 55 65 55

Ecuador 45 35 50 40 45 35 50 40 70 65 60/65

50/55 60 50 70 65

España 55 45 65 55 55 45 55 45 75 75 75 75

Huesca 45 35 55 45 45 35 45 35 70 55 65 50 65 50

Peru 50 40 60 50 50 40 50 40 80 70 70 60

Venezuela 50 40 55 45 50 40 50 40 70 50 65/70

55/50 65 55 65 55 70 50

Resolucion 8321/93

45 45 65 45 45 45 45 45 75 75 70 60

Mediciones en ciudades colombianas

70 60 67-68

38-64 63 70/75

45/68 70/76

42/74 73 69

Nivel propuesto 55 50 65 45 60 50 60 50 75 65 70 55 65 55 65 55 80 75 55 45 55 40 50 40

Fuente: Ideam 2006

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* 24 horas ** Vías públicas, 85 dB, 1 hora, empeoramiento auditivo NOTA 1: Para los cuadros en blanco no se tiene información disponible. NOTA 2: Para el sector D no se dispone de información y se ha asumido el valor de OMS en 55 dB para espacios al aire libre, 16 horas

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Sectores B. De Tranquilidad y ruido moderado

Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y

hospedajes En las zonas residenciales la OMS recomienda que en exteriores durante el día se tenga un nivel equivalente sonoro con ponderación por frecuencias A de 55 dB(A), mientras que para el horario nocturno se tenga un nivel de 45 dB(A). En reportes de mediciones efectuadas en el País se encuentra que en el período diurno estos valores son superiores en 12 – 18 dB(A) y en el período nocturno podrían ser inferiores en algunos sitios pero en otros superiores hasta en cerca de 20 dB(A), desafortunadamente, con la información que cuenta el país, no se tienen informes sobre mediciones en sectores hoteleros y de hospedajes. Las normatividades internacionales relacionadas en la Tabla 46 tienen valores limites que van desde los 50 dB(A) hasta los 65 dB(A) en el período diurno y desde los 40dB(A) hasta los 55 dB(A) en el periodo nocturno. La Resolución 8321 de 1983 establece unos estándares de 65 dB(A) para el período diurno y 45 dB(A) para el horario nocturno, no determinando el sitio de medición. Según se aprecia en la Tabla 46, las normatividades tienden a establecer (46%), para este sector, el nivel recomendado por la OMS tanto para el horario diurno como para el nocturno, el 30.8 % de las normatividades relacionadas en dicha tabla establecen 65 dB(A) (10 dB(A) más que la recomendación de OMS), 23 % establecen 60 dB(A), y solo el 7.7% lo establece más restrictivo, en 50 dB(A), para el horario diurno respectivamente. El 23% de las normas incluidas en la , establecen 50 dB(A) y 55 dB(A) cada una, y solo el 7.7% lo establece más restrictivo, en 40 dB(A), para el horario nocturno respectivamente. Las mediciones efectuadas en Colombia muestran que con respecto a las recomendaciones de la OMS y a los valores generales de las tendencias normativas internacionales se está distante, pero con respecto a la segunda escala de valores, se está próximo, 65 dB(A) diurno y 50 dB(A) – 55 dB(A) nocturno. La Resolución 8321/83 en lo que respecta a valores, para el horario diurno establece 65 dB(A), y 45 dB(A) para el horario nocturno, los cuales son aceptables para ser aplicados a los estándares ambientales en Colombia puesto que el parámetro de evaluación es el nivel equivalente ponderado por frecuencia A y no valores instantáneos, además como se expresa en los numerales 0 y 0 de este documento, las actividades de nuestro País aun obedecen a cierta idiosincrasia, desarrollo y aplicabilidad del circulo circadiano y en la mayoría de las ciudades y campos sus habitantes se recogen muy temprano. Además, el valor de 65 dB(A) se encuentra muy próximo a los valores encontrados en las evaluaciones que en el país se han desarrollado. El valor de 45 dB(A) para el horario nocturno aparentemente es más restrictivo que el valor para el sector de tranquilidad y silencio, pero se considera que en este último sector siempre hay actividad nocturna, especialmente en el área de transporte pues existe la incidencia de las emergencias y los vehículos destinados al servicio de ambulancias que acceden a los sectores hospitalarios, entro otros, y que inciden directamente en los niveles de ruido. Se considera que esta situación no se presenta en el sector residencial.

Universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación La OMS recomienda un LAeq de 30 dB(A) para obtener una excelente inteligibilidad oral y 55 dBA para que la inteligibilidad oral sea razonablemente buena. Estas recomendaciones se deben

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aplicar especialmente en los sitios donde hay clases, conferencias, charlas, seminarios, presentaciones o similares, por lo tanto aplica para el sector de universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación en lo que respecta a los sitios internos. Sin embargo, en las guías para el ruido urbano, Tabla 30 de este documento, se encuentra que se recomienda un LAeq de 35 dB para Aulas de escolar y preescolar, interior y 55 dB(A) para sitio escolar, terrenos de juego. En Colombia no se cuenta con mediciones específicas para este tipo de actividades, solo un estudio reporta niveles de 63 dB(A) en horario diurno, medido a la entrada a una Universidad, ver Tabla 23, numeral 0, en este documento. Con respecto a las normatividades internacionales relacionadas, se encuentra que su situación es muy similar a lo contemplado para la zona residencial, incluso sus valores son muy similares y las variaciones son muy pocas. En lo concerniente con la Resolución 8321/83, no aparece esta clasificación en forma explicita pero por análisis, asociación y deducción se puede ajustar a la Zona IV de tranquilidad, con unos estándares de 45 dB(A) para los horarios diurno y nocturno. Pese a lo expuesto, considerando los resultados de la única evaluación efectuada en Colombia; la localización de muchas instituciones educativas dentro de las ciudades; los requerimientos y recomendaciones de la OMS; los períodos de funcionamiento de estos establecimientos, especialmente durante el horario diurno definido en la resolución, generalmente estos establecimientos se encuentran cerrados en el horario nocturno no generando ruidos pues normalmente se encuentran vacíos; ninguno de los sitios de clase, reuniones, conferencias, etc, se encuentran al aire libre, sino que están con algún tipo de cerramiento el cual proporciona cierto nivel de atenuación de ruido; se considera conveniente proponer como estándar el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado por frecuencia a de 60 dB(A) para el horario diurno y 50 dB(A) para el horario nocturno.

Parques en zonas urbanas (diferentes a los parques mecánicos al aire libre) La OMS recomienda un nivel de 55 dB(A) durante máximo 16 horas, durante el día y la tarde, presentando molestias graves, y de 50 dB(A) por un periodo de 16 horas, presentando molestias maderadas para Zonas de aire libre (Ver Tabla, numeral 0 de este documento), para el horario nocturno no hay especificación; se supone que no hay actividad. Las zonas de parques en zonas urbanas están enmarcadas dentro de este contexto. En lo que respecta a las normatividades internacionales, casi todas están en concordancia con los valores correspondientes a los sectores educativos y residenciales; sus valores son muy similares. Además se considera que son sitios de descanso al aire libre. En Colombia no hay reporte de datos de este tipo de mediciones en parques y sitios de recreo al aire libre, muy seguramente porque no hay problemas denunciados de ruido y si existen estos problemas consideramos que cuando allí asistimos los debemos soportar porque son inherentes al medio y a la situación en que nos encontramos. En la Resolución 8321/83 no existe una clasificación para este tipo de escenarios, pero se podrían asociar perfectamente a la zona IV de tranquilidad y entonces se tendrían niveles de 45 dB(A) tanto para el horario diurno como para el nocturno. Este esquema de los 45 dB(A) en el horario diurno no se ajustaría a la realidad pues de todas maneras en un parque siempre existe actividad humana que genera ruido y por lo tanto sus niveles se incrementarán.

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Si se tiene en cuenta que normalmente las personas no permanecen en un parque al aire libre el término de 16 horas, se encuentra que el riesgo de molestia será menor y que los límites de ruido por lo tanto se pueden hacer menos restrictivos que lo propuesto por la OMS, que generalmente en estos lugares hay algún tipo de actividad humana de esparcimiento y descanso y que se generan algunos niveles de ruido, los cuales no son de orden continuo sino mas o menos intermitentes, fluctuantes y variables y que el indicador a medir es el LAeq, d o LAeq, n, según el caso, y que durante las horas del periodo nocturno no hay actividad humana en estos espacios, salvo eventos especiales no rutinarios ni continuos, se proponen estándares ambientales de 60 dB(A) para el horario diurno, y 50 dB(A) para el horario nocturno. En este subsector no se incluyen los parques mecánicos ni las ciudades de hierro al aire libre, puesto que contienen elementos mecánicos que por su diseño y aplicación, inherentemente a su operación, tienen que generar niveles de ruido superiores a los aquí contemplados y sumados unos equipos con otros incrementan los niveles totales ambientales y por ello tendrán que ser incluidos en otro subsector donde se permitan mayores niveles de ruido.

Sector C. Ruido Intermedio Restringido

Zonas con usos permitidos industriales, como industrias en general, zonas portuarias,

parques industriales, zonas francas La OMS, para áreas industriales recomienda un nivel máximo de 70 dB(A) durante las 24 horas, exponiéndose a un riesgo de empeoramiento auditivo, ver numeral 0 de este documento, Tabla 30. Además dice que la industria mecanizada crea serios problemas de ruido, siendo responsable de ruido intenso tanto en exteriores como en interiores. El ruido es producto de toda clase de maquinaria y a menudo se incrementa con la potencia de estas. El ruido puede contener predominantemente bajas o altas frecuencias, componentes tonales, ser impulsivo o tener patrones temporales de generación. La maquinaria rotativa y reciprocante genera sonidos que incluyen componentes tonales, los equipos que mueven aire tienden a generar ruido con un amplio contenido de frecuencias. Los altos niveles de presión sonora son causados por componentes o flujos de gas que se mueven a alta velocidad (por ejemplo ventiladores, válvulas de alivio de vapor a presión) o por operación de maquinas que involucran impactos, el ruido de instalaciones fijas, tales como fábricas o sitios de construcción, bombas y sistemas de ventilación en techos, típicamente afectan las comunidades cercanas. Las mediciones efectuadas en el país dan como resultado que se tienen niveles entre 70 y 75 dB(A) para horarios nocturnos y entre 45 y 68 dB(A) para horarios nocturnos. De acuerdo con lo contemplado en la Resolución 8321/83 la industria estaría cumpliendo con los estándares allí establecidos (75 dB(A)) en los dos horarios. Además, como era de esperar, los niveles medidos en el horario nocturno son mucho más bajos que los diurnos, demostrando que las actividades y la generación de ruido nocturnos en los exteriores de las plantas de producción disminuyen en horas de la noche. El 54% de los estándares diurnos y el 38.5% de los nocturnos, para el sector industrial de acuerdo con la Tabla 46, tienen un valor de 70 dB(A), correspondiente con la recomendación de la OMS. Para el periodo nocturno no hay valores inferiores, mientras que para el período nocturno el 46% es inferior, encontrándose valores hasta de 50 dB(A), como es el caso

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Venezolano. Solo el 38.5% de los valores para el período diurno y el 15.4% de los valores para el período nocturno alcanzan la cifra de 75 dB(A). Considerando los resultados de las mediciones efectuadas en varias ciudades de Colombia, Ver Capítulos 4 y 5 de este documento, que muchas de las mediciones obedecen a la identificación previa de sectores con problema por ruido (generalmente por demandas), que las recomendaciones de la OMS obedecen a investigaciones en muchos Países y ciudades, que los estándares fijados en otros países dan una idea del comportamiento de la problemática y de los estándares a nivel general, que los resultados obtenidos en las mediciones nacionales no corresponden a los niveles equivalentes ponderados por frecuencia A, en intervalos de tiempo de referencia durante 14 horas diurnas o 10 nocturnas, sino a cortos periodos de evaluación, y que el Artículo 52 del Decreto 948 de 1995 establece que las normas de planificación de nuevas áreas de desarrollo industrial, en todos los municipios y distritos, deberán establecer un área perimetral de amortiguación contra el ruido o con elementos de mitigación del ruido ambiental, se recomienda establecer los niveles equivalentes de presión sonora ponderados por frecuencia A, para evaluación de ruido ambiental, diurnos para el Sector Industrial en 75 dB(A) y nocturnos en 65 dB(A).

Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos. Para este tipo de zonas la OMS hace una recomendación similar a la de las zonas con usos permitidos industriales, 70 dB(A) durante las 24 horas. Los resultados de mediciones efectuadas en Colombia para zonas comerciales no son muy diferentes a los obtenidos para los sectores industriales. En Colombia se han obtenido valores diurnos entre 70 y 76 dB(A) y nocturnos entre 42 y 74 dB(A) para los sectores comerciales, que se podría decir compaginan muy bien con los valores establecidos en la Resolución 8321/83. Sin embargo, en los numerales 0 y 0 de este documento se puede apreciar que las medidas de ruido en los sectores comerciales se ven ampliamente influenciadas por el ruido generado por el trafico de vehículos e incluso en alguno de los apartes se menciona el hecho de que es mayor la medida del ruido de las vías que el ruido debido a la incidencia de las actividades comerciales propiamente dichas. Los valores de estándares internacionales relacionados en la Tabla 46, para los sectores comerciales en el horario diurno y nocturno muestran que el 92% son inferiores o iguales a lo recomendado por la OMS, siendo los estándares nocturnos inferiores que los diurnos. De estos datos se tiene que el 46% de los valores para el periodo diurno son iguales al máximo recomendado por la OMS (70 dB(A)) y el 46 % son inferiores, con un valor de 65 dB(A). Así mismo, en el horario nocturno se encuentra que el 38.5% de los valores esta en 60 dB(A), mientras que el 46% se sitúa en 55 dB(A), mostrando una tendencia a la acelerada disminución de los niveles de ruido en el período nocturno. La tendencia general en los sectores comerciales, a nivel internacional es a estar en niveles inferiores a lo sugerido por la OMS. Por su parte, la Resolución 8321/83 para este sector establece 70 dB(A) para el horario diurno y 60 dB(A) para el horario nocturno.

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Teniendo en cuenta que actualmente las medidas son tomadas en cortos periodos de tiempo, 15 minutos durante una hora, y generalmente se miden en los momentos de mayor afectación, que los valores que se están estandarizando corresponderán a periodos de un día o de una noche evaluando los niveles equivalentes, que como se ha venido mencionando son promedios, que las evaluaciones y estándares para las vías se están tratando de forma independiente, que las actividades comerciales en Colombia no se efectúan durante toda la noche, es decir no hay servicio comercial las 24 horas, se recomienda establecer en 70 dB(A) el estándar diurno y en 55 dB(A) el nocturno para los sectores con usos permitidos comerciales.

Zonas con usos permitidos de oficinas y zonas con usos institucionales Estas dos zonas tienen características muy similares especialmente en lo que respecta a los horarios de mayor y menor actividad, generalmente están destinadas a desplegar su mayor acción en horas diurnas, dirigidas hacia las jornadas laborales y antes y después de estas jornadas tiende a ser inferior la actividad, haciéndose nula o prácticamente nula en los horarios nocturnos, donde solo se encuentra entonces la actividad de los vigilantes y el paso de vehículos. La OMS no tiene recomendaciones para este tipo de zonas, pero se puede asumir que corresponde a una zona de ruido intermedio restringido con mayores valores de ruido ambiental en periodos diurnos y mínimos en nocturnos. Las recomendaciones internacionales para este tipo de actividades, oficinas donde se requiere de concentración y un buen ambiente para el pensamiento, estipulan niveles de ruido en el interior de recintos de oficinas generales en 35-45 dB(A), oficinas privadas en 30-35 dB(A)141. Esto implica que los niveles externos, es decir los ambientales también podrán ser bajos para garantizar un ambiente confortable. A nivel nacional no existen datos de mediciones efectuadas en este tipo de zonas y la Resolución 8321/83 tampoco las contempla explícitamente, habría que catalogarlas e incluirlas en alguna de las cuatro zonas que contempla. A nivel internacional existen algunos datos de normatividades (Ver Tabla), los cuales apuntan en su mayoría (63.6%) hacia los 65 dB(A) diurnos y (45.5%) hacia los 55 dB(A) nocturnos, para la zona de oficinas y 66.6% hacia los 65 dB(A) diurnos y 55 dB(A) nocturnos para las zonas institucionales. Los anteriores valores para el caso colombiano de ruido ambiental y teniendo en cuenta lo expuesto, se considera que están dentro de los valores que se pueden alcanzar y que estarían protegiendo la salud humana y el medio ambiente, por lo tanto se sugiere que las dos zonas tengan estos valores, así: 65 dB(A) para el horario diurno y 55 dB(A) para el horario nocturno. 141 Bruel & Kjaer, Architectural Acoustics, Nov. 1978

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Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre, vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales. El Decreto 948 de 1995 en su Artículo 15 establece este subsector de otros usos relacionados y se ha encontrado que existen parques mecánicos donde se generan niveles de ruido relativamente altos si se les compara con los niveles de ruido de los parques en zonas urbanas al aire libre, que no poseen este tipo de atracciones mecánicas que de una u otra forma generan ruido, pudiéndose catalogar éste como del orden industrial pero al aire libre, donde existen muchas partes en movimiento, ventiladores, motores, elevadores, compresores, partes mecánicas en movimiento, entre otros. La industria normalmente está confinada a una bodega industrial o a algún tipo de cerramiento, el cual proporciona algún grado de atenuación al ruido que su actividad genera, pero en el caso de los parques mecánicos todo el ruido generado por sus atracciones mecánicas y demás aditamentos es emitido directamente al ambiente, sin tener ningún tipo de atenuación. Este mismo aspecto hay que tenerlo en cuenta en el caso de los espectáculos públicos al aire libre, los cuales generalmente emiten altos niveles de ruido o sonido, los cuales no tienen ningún tipo de elemento que amortigüe sus efectos. A nivel nacional e internacional no se tienen datos de mediciones efectuadas ni recomendaciones de la OMS en lo que respecta a parques de atracciones mecánicas, solamente se tiene referencia a los altavoces que la OMS recomienda en 85 dB(A) durante máximo un periodo de 1 hora (Ver Tabla 30). Sin embargo, es digno recordar el valor que la OMS recomienda para los sectores industriales, el cual se encuentra en 70 dB(A) para 24 horas. Las vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales, tienen en común con los parques mecánicos considerados en este subsector, el hecho de estar al aire libre y de poseer máquinas que emiten ruido directamente al ambiente, los primeros con sus automotores en tránsito, y los segundos con sus atracciones mecánicas; estos ruidos generados, obviamente dependen de los tipos de maquinas, motores, engranajes, potencias, rodamientos, velocidades, entre otros. En el numeral 0 de este documento se habla sobre la primacía de las vías sobre otros sectores al concluir que estas no se considerarán inmersas en otros sectores o subsectores, por lo tanto los estándares que se fijen para ruido ambiental primaran sobre otros de sectores más restrictivos que se encuentren cercanos, que colinden con estas vías o simplemente que estas vías los atraviesen dividiéndolos o separándolos. El transporte es la principal fuente de contaminación ambiental por ruido y en el se incluyen los automotores, trenes y aeronaves. Entre más grandes y fuertes sean los vehículos, emiten mayores niveles de ruido, los vehículos más pequeños y livianos emiten niveles de ruido más bajos; se hace excepción para los helicópteros y los vehículos de dos y tres ruedas (motocicletas y mototriciclos). La OMS recomienda un nivel equivalente de ruido de 85 dB(A) durante máximo 1 hora para las vías públicas (Ver Tabla 30). Los resultados de mediciones efectuadas en Colombia para vías

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tales como autopistas, troncales, vías arterias, vías principales, muestran como resultados diurnos, niveles de hasta 73 dB(A) y nocturnos de hasta 69 dB(A), como se puede apreciar en los numerales 0 y 0, no obstante se tienen algunos reportes del orden de 76 a 84 dB(A) y niveles críticos de 85.5 hasta 96.7 dB(A). Estas mediciones han sido desarrolladas de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 8321/83 y como se ha comentado anteriormente presentan algunas deficiencias especialmente en la ubicación de los sitios de medición, los indicadores utilizados y los tiempos de medida. De otra parte, el desarrollo de las obras de transmilenio en Bogotá, ha permitido establecer en estudios recientes y dedicados a las vías, que los niveles de ruido para vías con altos volúmenes de trafico oscila generalmente entre 70 y 80 dB(A) (Ver numeral 0). La Resolución 8321/83 no establece este tipo de zona y por lo tanto no existen valores especificados para ellas, siempre se asociaron e hicieron parte de las respectivas zonas o sectores de uso del suelo en el cual se encuentran, de tal manera que una misma vía puede reunir dos, tres o mas zonas en un corto trayecto de 100 metros, teniendo diferentes estándares de ruido y el mismo trafico circulante, con los mismos niveles de ruido ambiental. En el trayecto de las vías, estas normalmente no cambian, lo que cambia son los usos del suelo de los sectores vecinos los cuales son recorridos por las vías. Esta es quizás la principal razón para especificar y reglamentar en esta resolución el subsector de vías. Por otro lado, el Artículo 53 del Decreto 948 de 1995 trata sobre zonas de amortiguación de ruido de vías de alta circulación, corroborando implícitamente la situación expresada anteriormente sobre el hecho de que no es la vía la que cambia sino los sitios por donde esta pasa. En las normatividades internacionales incluidas en la Tabla 46, los valores estándares incluidos tienden al limite de 70 dB(A) para el período diurno (60%), otros no especifican y los declaran como sin limites y otros van hasta 80 dB(A). Para el periodo nocturno, los niveles son más bajos variando entre 50 hasta 75 dB(A). Teniendo en cuenta los conceptos y las razones expuestas anteriormente, se recomienda que la resolución incluya el subsector de vías, considerando las vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales, en los términos que los define la Ley 769 de 2002, considerándolas como vías de alta circulación para efectos del Decreto 948 de 1995 y establecer en 80 dB(A) y 75 dB(A) los estándares de ruido ambiental para los periodos diurno y nocturno, respectivamente. Teniendo en cuenta la problemática de la falta de ordenamiento territorial de los diferentes sectores a nivel nacional, pero específicamente de las vías de alta circulación, se estableció una metodología para la medición del ruido ambiental. La metodología se baso en identificar a partir de las reducciones de los niveles de presión sonora y los estándares que se deben cumplir para ruido ambiental, las distancias mínimas de medición, de tal manera que se garantice una distancia en la cual el ruido se disminuya a los niveles establecidos en el proyecto de resolución. Estas distancias mínimas se presentan en la Tabla 47 y tendrán en cuenta la propagación del sonido partiendo del hecho que las vías son de alto trafico vehicular, que normalmente la propagación no es en campo libre sino que existen barreras (como edificaciones), que las

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mediciones no son instantáneas sino niveles equivalentes y que cada zona o subsector tiene niveles de ruido establecidos en la resolución. Tabla 47. Distancias mínimas de medición de ruido medioambiental a partir de las vías de

alto tráfico

Sector Subsector Distancias mínimas de

medición (m) Noche Día

Sector A. (Tranquilidad y Silencio)

Hospitales, bibliotecas, guardarías, sanatorios, hogares geriátricos

150 100

Sector B. Tranquilidad y Ruido Moderado

Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes

100 60

Universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación

90 80

Parques en zonas urbanas (diferentes a los parques mecánicos al aire libre)

90 80

Sector C. Ruido Intermedio Restringido

Zonas con usos permitidos industriales, como industrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas

30 10

Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos

60 20

Zonas con usos permitidos de oficinas 60 50 Zonas con usos institucionales 60 50 Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre, vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales

No aplica No aplica

Sector D. Zona Suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado

Residencial suburbana 150 100 Rural habitada destinada a explotación agropecuaria

150 100

Zonas de Recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales

150 100

Sector D. Zona suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado

El Decreto 948 de 1995 en su Artículo 15 establece este sector y ordena reglamentarlo, infortunadamente en el país no existen datos de mediciones desarrolladas en estas áreas, quizá porque nunca han presentado problema o no se han quejado por efectos del ruido, tampoco el país y sus entidades se han interesado por conocer su estado con respecto al ruido ambiental.

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Como se puede apreciar en la Tabla 46, en las respectivas normatividades del contexto internacional, tampoco existen datos sobre límites permisibles para este tipo de zonas y sectores. Sin embargo, la OMS recomienda que para exteriores en parques y áreas protegidas debe preservarse y minimizar en ellas la razón de ruido perturbador a sonido natural de fondo. Además, como ya se mencionó anteriormente, la misma OMS recomienda un nivel de 55 dB(A) para exteriores de áreas residenciales durante el día y de 45 dB(A) durante la noche, así mismo también menciona que en zonas libres, 55 dB(A) durante 16 horas día y tarde, pueden generar molestias graves y 50 dB(A) en las mismas condiciones pueden generar molestias moderadas. De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que los subsectores comprendidos por áreas residenciales suburbanas y rurales habitadas destinadas a explotación agropecuaria, en Colombia, son áreas con muy poco movimiento de maquinaria, donde la circulación de vehículos es muy poca, que las vías de acceso son precarias, casi siempre sin pavimentar por lo que los vehículos tienen que desplazarse a muy bajas velocidades, que la producción industrial tiene muy poco asiento (se excluye la producción agrícola), que normalmente los habitantes de estas áreas inician sus jornadas en muy tempranas horas del día y las terminan en las primeras horas de la noche, incluso no llegando a tocar el horario nocturno fijado para el proyecto de resolución sino en horas de la mañana, que las actividades a las que se dedican generalmente tiende a ser generadoras de bajos niveles de ruido, se recomienda acoger los límites recomendados por la OMS en 55 dB(A) para el horario diurno y 45 dB(A) para el horario nocturno, medidos como niveles equivalentes ponderados por frecuencia A para los respectivos horarios de referencia. En las zonas de recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales, se considera que habitualmente no hay actividad humana distinta a la del descanso y alguna recreación que normalmente no genera altos niveles de ruido durante largos períodos de tiempo, generalmente estos lugares se encuentran ubicados en sectores rurales muy silenciosos cuyos únicos sonidos son los naturales, por lo tanto sus niveles de ruido tienen que ser muy bajos y así se deben conservar, teniendo la menor incidencia por parte del hombre en lo que respecta a la contaminación por ruido. Se considera que los niveles de presión sonora continuo equivalente ponderados por frecuencia A recomendados para este tipo de zonas debe ser del orden de los 50 dB(A) en el horario diurno y 40 dB(A) en el horario nocturno, sí los niveles naturales inherentes a cada zona no los superan. De acuerdo con lo expresado a lo largo de este numeral, para la resolución se sugiere establecer el siguiente artículo: los estándares máximos permisibles de niveles de presión sonora continuo equivalente ponderados por frecuencia A, expresados en decibeles, se relacionan en la Tabla 48. El artículo 17 de la Resolución 8321/83, no será aplicable para evaluaciones de ruido ambiental y los valores consignados en su Tabla 1 y el método de evaluación de ruido descrito en su Artículo 19 solo serán aplicables para interiores, en las funciones que le competan al Ministerio de Protección Social. Adicionalmente se plantea incluir dos parágrafos de la siguiente manera: Parágrafo Primero: Se definen como vías de alta circulación vehicular las contempladas en la Ley 769 de 2002 como vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales y carreteras principales.

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Parágrafo Segundo: Para vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales y carreteras principales, en áreas urbanas o cercanas a poblados o asentamientos humanos, las mediciones de ruido ambiental deberán efectuarse mínimo a las distancias establecidas en la Tabla 47 del presente documento. Tabla 48. Estándares máximos permisibles de ruido ambiental, expresados en decibeles

dB(A).

Sector Subsector

Estándares máximos permisibles de ruido

ambiental Noche Día

Sector A. (Tranquilidad y Silencio)

Hospitales, bibliotecas, guarderias, sanatorios, hogares geriátricos

45 55

Sector B. Tranquilidad y Ruido Moderado

Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes

45 65

Universidades colegios, escuelas, centros de estudio e investigación

50 60

Parques en zonas urbanas (diferentes a los parques mecánicos al aire libre)

50 60

Sector C. Ruido Intermedio Restringido

Zonas con usos permitidos industriales, como industrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas

65 75

Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos

55 70

Zonas con usos permitidos de oficinas 55 65 Zonas con usos institucionales 55 65 Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre, vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales

75 80

Sector D. Zona Suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado

Residencial suburbana 45 55 Rural habitada destinada a explotación agropecuaria

45 55

Zonas de Recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales

40 50

Fuente: IDEAM. 2006

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DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Y LAS MEDICIONES

A continuación se presentan las recomendaciones dadas para la los equipos de medida y las mediciones, a partir de los análisis realizados anteriormente para cada uno de estos temas.

Equipos de medida Teniendo en cuenta los expuesto en los numerales anteriores de este capitulo, es necesario disponer de equipos que permitan efectuar las medidas del ruido de acuerdo con los índices, parámetros y especificaciones descritos, así como los aditamentos necesarios para diagnosticar los respectivos ajustes y para garantizar el funcionamiento adecuado de los respectivos equipos en los medios donde se van a utilizar. De acuerdo con lo expuesto en el numeral 0 donde se trata explícitamente sobre las características y parámetros de selección de los equipos de medida se considera necesario incluir en la resolución el siguiente artículo: la selección de equipos de medida se debe hacer de manera que tengan capacidad para medir el nivel equivalente de presión sonora con ponderación por frecuencias A, LAeq, directa o indirectamente; los instrumentos deberán cumplir las especificaciones de sonómetros, Tipo 1, o mínimo Tipo 2 y los sonómetros integradores promediadores deberán ser clase P. Parágrafo Primero: Donde se requiera efectuar correcciones por tonos y bajas frecuencias se debe disponer de filtros de tercios de octava y los respectivos equipos deben tener la capacidad para recibirlos y operarlos o tenerlos incorporados. Parágrafo Segundo: Cada equipo de medida deberá estar dotado de un pistófono o calibrador, una pantalla antiviento y un trípode para su montaje. Para mediciones de ruido ambiental, además de los anteriores elementos, se recomienda dotar el equipo con una extensión de micrófono de al menos cuatro (4) metros de longitud. Sin embargo, concientes de la problemática que ocasionará la aplicación de estos ajustes y específicamente de la compra de equipos, hemos considerado importante dar un tiempo de transición, en primer lugar para entender la metodología de aplicación de la norma y en segundo lugar para la compra de los equipos en las entidades que le requieran, el plazo que hemos considerado es de cinco (5) años.

Calibraciones Todos los equipos de medida de ruido y sonido requieren ser ajustados o calibrados de acuerdo con el sitio donde se van a utilizar, debido a que, estos sensan la diferencia de presión sobre la presión atmosférica presente en cada sitio y como se conoce, esta última depende directamente de la altura sobre el nivel del mar. De acuerdo con lo expuesto en el numeral 0 donde se trata explícitamente sobre las características de los equipos de medida y sus calibradores, se considera conveniente incluir en la resolución el siguiente artículo: Antes de iniciar una toma de mediciones, en el sitio de medida, el equipo debe ser calibrado a las condiciones del lugar en el que se tomarán las medidas, para lo cual se utilizará un pistófono o calibrador.

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Los certificados de calibración electrónica de cada equipo deberán estar vigentes de acuerdo con las especificaciones del fabricante y copia de los mismos debe ser adjuntado en el informe técnico. Para efectuar las medidas se deberán tener en cuenta las indicaciones facilitadas por el fabricante de los equipos de medida, en cuanto a rangos de medida, tiempos de calentamiento, influencia de la humedad, influencia de los campos magnéticos y electrostáticos, vibraciones y toda aquella información adicional que asegure el correcto uso del equipo.

Condiciones meteorológicas De acuerdo con lo expresado en la teoría sobre medición de ruido, factores tales como la lluvia, el granizo, las tempestades, la alta velocidad del viento, entre otros, así como el paso de vehículos sobre pavimentos húmedos, hacen que los niveles de ruido se incrementen, se recomienda incluir en el texto de la resolución, el siguiente articulo: las mediciones de los niveles equivalentes de presión sonora con ponderación por frecuencias A, LAeq,T deben efectuarse en tiempo seco, no debe haber lluvias, lloviznas o caída de granizo, los pavimentos deben estar secos, la velocidad del viento no debe ser superior a 3 m/s, usando para ello un anemómetro o medidor de velocidad del viento. En relación, aunque las mediciones técnicas recomiendan que la velocidad del viento, en algunos sectores, por sus características, es imposible lograr esas condiciones, por lo cual es necesario identificar a dejar claramente establecido en el proyecto de resolución un mecanismo que permita realizar las mediciones, independiente de las condiciones meteorológicas.

Informe Técnico Es de simple procedimiento, constancia y soporte el hecho de que en cualquier actividad que se adelante donde haya acciones de mediciones y evaluaciones se genere un reporte o informe técnico. No es esta la excepción y en el proyecto de resolución se incluyó un artículo en el cual se específa claramente que se debe elaborar un informe técnico, el cual debe contener como mínimo algunos datos e informaciones básicas indispensables para que la acción ejecutada tenga validez, y que el reporte permita un uso posterior con confiabilidad en la veracidad de la acción e información allí consignada. Con el fin de tener uniformidad en la información básica de la actividad desarrollada, se considera necesario que estos informes técnicos incluyan alguna información mínima, lo cual no implica que estos no se puedan hacer más claros y extensivos. Así mismo se sugiere incorporar un modelo de informe técnico de mediciones de ruido, con la siguiente información: � Fecha de la medición, hora de inicio y de finalización � Responsable del informe (Información mínima de quien lo hace) � Propósito de la medición � Norma utilizada (Si es esta resolución u otra norma, en caso de ser otra especificar razones) � Tipo de instrumentación utilizado � Equipo de medición utilizado, incluyendo números de serie � Datos de calibración, ajuste del instrumento de medida. Fecha de vencimiento del certificado

de calibración. � Procedimiento de medición utilizado � Razones por las cuales no fue posible medir el ruido residual (En caso de no poder medirlo). � Condiciones predominantes

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� Condiciones atmosféricas (dirección y velocidad del viento, lluvia, temperatura, presión atmosférica, humedad)

� Procedimiento para la medición de la velocidad del viento � Naturaleza / estado del terreno entre la fuente y el receptor; descripción de las condiciones

que influyen en los resultados, acabados, geometría, barreras y métodos de control existentes, entre otros.

� Resultados numéricos y comparación con la normatividad aplicada � Descripción de los tiempos de medición, intervalos de tiempos de medición y de referencia,

detalles del muestreo utilizado � Variabilidad de la(s) fuente(s) � Descripción de las fuentes de sonido existentes, datos cualitativos � Reporte de memoria de cálculo (incertidumbre, ajustes, aporte de ruido, entre otros) � Conclusiones y recomendaciones � Mapa detallado que muestre la posición de las fuentes de sonido, objetos relevantes y

puntos de observación y medición. � Certificados de calibración electrónica de los equipos.

Obligatoriedad de realización de mapas de ruido Los mapas de ruido son una de las principales herramientas a nivel internacional, para contar con un adecuado conocimiento de los niveles de ruido presentes en un sector, zona, región, ciudad y en muchos casos países. En los mapas de ruido es fácil presentar de manera visual una serie de datos relevantes sobre el ruido medido o calculado en una determinada área geográfica. Dichos datos suelen ser, por ejemplo, los niveles equivalentes sonoros horarios, diarios o anuales y los correspondientes niveles estadísticos. Para facilitar la interpretación se utilizan generalmente curvas de nivel similares a las de los mapas topográficos, denominadas curvas isosónicas o también isoruido. Esta forma de presentar la información tiene la virtud de que mediante una rápida inspección visual es posible obtener una imagen bastante ilustrativa de la ubicación y la magnitud de los principales problemas de contaminación acústica y pueden ser utilizados para asociar los parámetros geográficos con los datos del ruido y sus fuentes, haciendo posible la planificación de espacios, el control de impacto de fuentes sonoras sobre el ambiente, la zonificación acústica, el control administrativo de la aplicación de normas, entre otros. De acuerdo con la OMS, un componente crucial de la implementación de planes para reducir el ruido, es tener un conocimiento cuantitativo razonable de la exposición a este, lo cual se logra a través de mapas de ruido, entre otros instrumentos. Por otra parte, la directiva Europea determina que se requiere que los mapas estratégicos de ruido se revisen y si es necesario se modifiquen al menos cada cinco años. De acuerdo con lo expresado en los párrafos anteriores y con lo expuesto en los numerales 0 y 0 se considera que es indispensable la elaboración de mapas de ruido, pero teniendo en cuenta que su desarrollo es un proceso que implica una inversión grande, que muchos de los municipios Colombianos cuentan con exiguos presupuestos (Ver numeral 13), que en pequeños municipios los problemas de contaminación por ruido son mínimos puesto que sus desarrollos industriales y de conglomerado son incipientes, que en muchos de ellos están dedicados a labores agrarias, que el número de vehículos que circulan en sus jurisdicciones es bajo y no presentan

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congestiones de trafico vehicular y no son atravesados por carreteras principales, que sus cascos urbanos son pequeños y el numero de habitantes en general es bajo, se considera que no es indispensable efectuar, en principio, el desarrollo de estos mapas para todos los municipios del territorio Colombiano. Adicionalmente, se realizó un análisis para identificar en donde estaba concentraba la mayor población del país, utilizando la teoría de Pareto, dando como resultado, que el 70% de la misma se encuentra concentrada en los municipios con población mayor a 98.000 habitantes, razón suficiente para establecer que los municipios con un número de habitantes superior a cien mil (100.000) son los que están en la obligación de ejecutar estos estudios y el desarrollo de los respectivos mapas de ruido, correspondiente a un número aproximado de 40 municipios y que es en estos municipios donde principalmente se presentan los problemas de contaminación por ruido. Lo anterior no implica que las poblaciones con inferior número de habitantes y que presenten problemas de contaminación por ruido no los tengan ejecutar. Así mismo, aunque no están obligados, los municipios con inferior número de habitantes que deseen ejecutar dichos estudios y mapas de ruido lo pueden efectuar. Por otro lado, partiendo de la aplicación de los mapas de ruido a nivel internacional, y de los tiempos establecidos para la implementación, modificación y actualización, se ha considerado un espacio de tiempo adecuado de cinco (5) años para realizar dichas funciones, independientemente de que los POT sean revisados en tiempos diferentes y de que los periodos de los alcaldes sean igualmente diferentes. Igualmente, pensando en poder unificar en el futuro los mapas de ruido, en el proyecto de resolución se estableció un procedimiento para la elaboración de los mismos, la cual está de acuerdo con lo establecido en las normas ISO y que se presentan en el Anexo 5 del proyecto de resolución.

Fines y contenidos de los mapas de ruido De acuerdo con lo expuesto en el numeral anterior, con lo contenido en el capitulo 10 y con las necesidades de las distintas regiones Colombianas encontradas a través de la recopilación bibliográfica y desarrollo del capitulo 7, se propone incluir el siguiente artículo: Los mapas de ruido serán utilizados como documento básico para conocer la situación de ruido ambiental en la población y poder desarrollar a futuros planes, programas y proyectos que permitan en primer lugar la prevención, mitigación y corrección orientadas a proteger la salud de la población. Igualmente, estos servirán de soporte e insumo técnico en la elaboración, desarrollo y actualización de los planes de ordenamiento territorial, planes básicos de ordenamiento territorial, o esquemas de ordenamiento territorial municipales, según sea el caso. Los mapas de ruido tendrán entre otros los siguientes objetivos: � Permitir la evaluación ambiental de cada municipio en lo referente a presión sonora. � Permitir el pronóstico global con respecto a las tendencias de los niveles sonoros. � Posibilitar la adopción de planes de acción en materia de contaminación atmosférica

acústica y en general de las medidas correctivas adecuadas. � Establecer las condiciones en las cuales se encuentran los niveles de ruido a nivel nacional. Los mapas de ruido contendrán como mínimo la siguiente información:

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� Valor de los índices acústicos existentes o previstos en cada una de las áreas de su

territorio. � Valores estándares de ruido ambiental y objetivos de calidad acústica aplicable a dichas

áreas. � Número estimado de personas, viviendas, centros docentes, hospitales y otros, expuestos a

la contaminación atmosférica acústica en cada área. � Delimitación de zonas afectadas por contaminación atmosférica acústica. � Fecha de elaboración y aprobación del mapa de ruido por parte de la autoridad competente. � Especificación de la altura exacta a la cual se hace la representación gráfica.

Requisitos mínimos que se deben cumplir en la elaboración de los mapas de ruido Teniendo en cuenta los indicadores de ruido definidos en los numerales 0 y 0, la altura de ubicación del micrófono, recomendada en 4 metros, para mediciones de ruido ambiental y con las consideraciones de los numerales 0 y 0 sobre usos y aplicaciones de los mapas, estos deben cumplir con algunos requisitos mínimos, dentro de los cuales se recomiendo incluir los siguientes en el proyecto de resolución: Se utilizarán como índices de valoración: LRAeq, d: Indicador de ruido en periodo diurno. LRAeq,n: Indicador de ruido en periodo nocturno Las representaciones gráficas de los indicadores de ruidos ambientales se efectuarán por curvas isoruido, a una altura de cuatro (4) metros respecto al nivel del piso. El software para la representación gráfica y elaboración de los mapas de ruido se basará en métodos científicos reconocidos, haciendo constar en el procedimiento el método seleccionado en el cálculo. Así mismo, el software debe contener algún algoritmo para efectuar correcciones por altura, cuando por alguna razón las mediciones no se puedan efectuar a los 4 m. Se deberán analizar las siguientes situaciones: � Situación acústica existente, anterior o prevista, expresada en función de un indicador de

ruido. � Superación de los valores estándares de ruido medio ambiental. � Número de viviendas, centros docentes y hospitales en una zona dada que están expuestas

a una serie de valores de un indicador de ruido. � Número de personas afectadas en una zona dada con molestias o alteración del sueño. � Deberán proporcionar información a la población sobre los niveles de ruidos ambientales y

sus efectos adversos. Se deberán analizar los siguientes aspectos: � Mapas que indiquen la superación de valores estándares de ruido ambiental. � Mapas de escenarios que comparen la situación vigente con posibles situaciones futuras.

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Técnicos competentes El ruido, su medición, evaluación y tratamiento son materias que requieren de conocimientos especializados en el área y la experiencia es una herramienta que contribuye, como en las demás áreas del conocimiento, a mejorar los resultados obtenidos. Aunque en Colombia, como en el mundo, este tema es relativamente nuevo y dada su complejidad no ha sido muy explorado, en los últimos tiempos se ha emprendido por parte de algunas universidades la capacitación de estudiantes de algunas disciplinas incluyendo alguna materia relacionada con el ruido dentro de los pensum académicos de ciertas carreras o postgrados, como es el caso de las Ingenierías ambientales y de sonido y los postgrados en salud ocupacional. Muchas veces se considera que el tratamiento de ruido es simplemente adicionar cierto tipo de materiales o la medición el simple hecho de salir a campo con un equipo a tomar mediciones, o que la solución de problemas de ruido es materia que cualquier persona puede solucionar, pero estas apreciaciones están muy lejos de la realidad. Una corporación autónoma regional en uno de sus estudios comenta que la aplicación y desarrollo de las normas es muy complicado y recomienda que se deben hacer normas sencillas para que al menos un ingeniero pueda ejercer esa función. Lo anterior muestra claramente que el hecho de ser ingeniero o arquitecto no es suficiente garantía para que ellos puedan apersonarse del tema del ruido, se requiere de mucho más que los conocimientos que brindan estas carreras, es decir, es necesario que las personas hayan profundizado o hayan hecho algún tipo de estudio de capacitación o especialización sobre el tema. Por el momento no se puede exigir una capacitación total de las personas que ejecutan las labores correspondientes al área del ruido puesto que en el País aún no hay cátedras dedicadas a este tema y menos en lo que respecta a la aplicación de ruido ambiental. Esto hace que dentro de la resolución se tenga que incluir un artículo que, al menos, especifique de alguna manera la necesidad de preparación de las personas que hacen la labor de campo, de análisis de resultados y elaboración de informes y por lo tanto se considera pertinente incluir que la realización de mediciones, la elaboración de informes, estudios de ruido, mapas de ruido y soluciones deben ser ejecutados por personas naturales o jurídicas idóneas y capacitadas en el ámbito del ruido.

DE LA REALIDAD AMBIENTAL

A continuación se presentan las recomendaciones dadas para la realidad ambiental de la norma de ruido y ruido medio ambiental, a partir de los análisis realizados anteriormente para cada uno de estos temas.

Edificaciones En el numeral 11.1 (condiciones acústicas para actividades específicas, edificaciones) se presenta una relación de las investigaciones efectuadas en edificaciones y de las normas que en varios países regulan este aspecto con respecto al ruido, así como las recomendaciones que la OMS hace en este sentido.

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Este sector es de mucha influencia en lo que concierne al tema de ruido ambiental, pues las edificaciones se constituyen en el sitio de habitación de los seres humanos, donde generalmente permanecen la mayor parte del día, además sin edificaciones no habría ciudades. Las edificaciones se pueden considerar desde dos puntos de vista diferentes, como receptores y como emisores y en ambos casos se deben tener en cuenta las características de su construcción, pues como receptores deben adecuarse para que los niveles de ruido ambiental reinantes en los exteriores (estandarizados), no afecten a sus ocupantes; más teniendo en cuenta los problemas de ordenamiento territorial a nivel nacional y que permite la mezcla del suelo, y como emisores para que los ruidos generados en su interior, ya sea por las actividades humanas desarrolladas allí o por la operación de los accesorios mismos o dotaciones inherentes a la construcción, no trasciendan al ambiente por encima de los límites establecidos. El aspecto de diseño de las edificaciones y la distribución en planta de los aditamentos son factores muy importantes al momento de evaluar los resultados obtenidos en cuanto se refiere a la contaminación por ruido generada desde las edificaciones hacia el ambiente y de la recibida en su interior desde el exterior. La consideración de las edificaciones es muy importante, y debe incluirse en cualquier legislación ambiental por ruido, ya en Colombia el Decreto 948 de 1995, en su Artículo 54, habla sobre especificaciones contra el ruido de edificaciones especialmente protegidas, haciendo asignación de responsabilidad para establecer estándares nacionales en este sentido en cabeza del MAVDT. Sin embargo, el Decreto 948 de 1995 no reglamenta el área de edificaciones en general, por lo que en esta resolución se propone incluir el siguiente artículo: Sin perjuicio de lo establecido en otros artículos de esta Resolución, se exigirá que en todos los proyectos de edificación (residencial o no), se adopten las medidas preventivas necesarias, a fin de conseguir que las instalaciones auxiliares y complementarias de las edificaciones, tales como ascensores, equipos individuales o colectivos de refrigeración, puertas metálicas, puertas de garaje, funcionamiento de máquinas, estaciones de bombeo, transformación de energía eléctrica, electrógenos, sistemas de ventilación y extracción de aire, instrumentos musicales, animales domésticos y cualquier otro mecanismo, permanezcan con las precauciones de ubicación y aislamiento que garanticen que no se superen los estándares máximos permisibles de emisión de ruido, contemplados en la Tabla 1 del proyecto de resolución, y que no se transmitan al medio ambiente ruidos que superen los limites de ruido ambiental establecidos en la Tabla 2 del proyecto de resolución. En equipos ruidosos instalados en patios y azoteas, que tengan afectación acústica al medio ambiente o a vecindarios excediendo los estándares de emisión o de ruido ambiental permisibles establecidos en la presente Resolución, se instalarán sistemas de atenuación de ruido que aseguren el cumplimiento de los estándares establecidos. Las fachadas de las edificaciones (residenciales o no), deberán garantizar el aislamiento acústico necesario para que partiendo de los niveles de ruido ambientales establecidos en la Tabla 2 de la resolución, los niveles de ruido en el interior de la edificación permitan ejecutar las actividades para la que están destinadas, sin afectar la salud humana y el bienestar de las personas.

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Actividades de carga y descarga Muchas de las actividades que el hombre desarrolla en su devenir diario, las ejecuta en las vías públicas o con acceso directo a ellas, y como se ha visto a través del documento de soporte, cualquier actividad humana es un potencial generador de ruido. Algunas normatividades han tomado cartas en el asunto y las han incluido de manera explicita en sus reglamentaciones, como es el caso de las comentadas en el numeral 0. Así mismo, es de resaltar el hecho de que en la Comunidad Europea prácticamente todos los países tienen reglamentado este aspecto. En los estudios desarrollados en Colombia, todos manifiestan la problemática de ruido generada en las vías públicas y la señalan como una de las causas de que los niveles de ruido estén por fuera de los niveles permisibles. En el Decreto 948 de 1995 en sus artículos 44 y 50 reglamenta el uso de amplificadores y altoparlantes en zonas de uso público y su utilización en promoción de ventas y la Resolución 8321 de 1983 en el capitulo IV, artículos 26, 33, 34 también reglamenta el uso de altoparlantes, amplificadores de sonido, timbres y de otros dispositivos similares en la vía pública. El código de Policía de Bogotá, en su Artículo 88, establece comportamientos en relación con la contaminación auditiva y sonora, en el espacio público. A nivel internacional, en las normatividades generalmente se incluye la reglamentación sobre la operación de equipos y herramientas de construcción, demolición y reparación de vías, que operan al aire libre, por cuanto son elementos que generan altos niveles de ruido. En la normatividad colombiana, la Resolución 8321 de 1983, trata este tema en el Artículo 35 y el Decreto 948 de e1995 lo hace en el artículo 56, expresándolo únicamente para las zonas residenciales. En forma explicita, la Resolución 8321/83 y el Decreto 948/95, no contemplan las actividades de carga y descarga de mercancías y teniendo en cuenta que esta actividad es de uso cotidiano en muchos sectores de las comunidades y que estas son fuente de altos niveles de ruido debido a que las mercancías, en la mayoría de los casos, no se manejan con el debido cuidado para evitar impactos, choques, rozamientos u otras interacciones que generan altos niveles de ruido, se considera necesario incluir en la resolución un artículo que lo especifique explícitamente de la siguiente manera: durante todas las operaciones de carga y descarga de mercancías, manipulación de cajas, contenedores, materiales de construcción o de obras y objetos similares, especialmente desde y hacia vehículos, los responsables de la actividad deberán adoptar las medidas necesarias para evitar el ruido generado por golpes de impacto en el manejo de la carga, y por el desplazamiento o movimiento de la misma durante el recorrido que sea necesario ejecutar para alcanzar el desarrollo de la actividad.

Alarmas La Resolución 8321 de 1983 en su articulo 24 trata sobre el uso de señales de peligro, pero no cuantifica tiempos ni intensidades, el Decreto 948 de 1995 en su Artículo 62 habla sobre sanciones por funcionamiento de alarmas durante mas de 30 minutos. De acuerdo con el numeral 0 se observa que este aspecto preocupa a las comunidades pues se incluye y reglamenta en las normatividades. Aunque no hay valores unificados, estos son incluidos de acuerdo con los criterios del legislador, la mayoría coincide en establecer el límite de

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tiempo de funcionamiento de las alarmas en 60 segundos y la distancia de la medición en 3 metros en la dirección de máxima emisión sonora, con niveles permisibles de 85 dB(A). En la Tabla 48 se observa que el máximo estándar permisible de ruido ambiental corresponde a 80 dB(A) en horario diurno y se establece para el Sector C, en usos de terrenos para subsectores de zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre, vías troncales, autopistas, vías arterias, vías principales, carreteras principales. En los demás sectores, los estándares ambientales son inferiores. En la teoría de la física del ruido se encuentra que un ruido es enmascarado por otro cuando su diferencia de presión sonora es igual o mayor a 6 dB(A), lo cual implica que si los estándares de ruido ambiental se están cumpliendo, cualquier alarma con emisión de 85 dB(A) será escuchada. Por lo tanto, se recomienda incluir en la resolución un artículo que establezca lo siguiente: las alarmas de seguridad instaladas en edificaciones no podrán emitir al ambiente un nivel sonoro mayor de 85 dB(A) medidos a tres (3) metros de distancia en la dirección de máxima emisión sonora. Para la medición del ruido emitido por alarmas instaladas en edificaciones, se procederá como se describe en el Anexo 3, Capítulo I de la presente resolución, respetando la distancia de 3 metros.

Planes de descontaminación por ruido Teniendo en cuenta lo contemplado en el numeral 10.1, las recomendaciones establecidas en materia de planes de descontaminación de ruido a nivel internacional, las condiciones normativas en las que se encuentra el país con respecto al establecimiento de medidas que permitan mitigar los efectos producidos por la contaminación de ruido, los resultados obtenidos en algunas de las ciudades del país donde se han efectuado estudios de ruido y específicamente en algunas localidades o zonas, se considera necesario e indispensable establecer y desarrollar planes de descontaminación ambiental por ruido. Debido a que un componente crucial para la implementación de planes para reducir la contaminación por ruido, es tener un conocimiento cualitativo y cuantitativo razonable de la problemática del ruido en Colombia, lo cual se logra a través de un programa de ejecución de estudios y evaluaciones del ruido ambiental de tal manera que permitan llegar a tener los respectivos mapas de ruido, instrumentos que a nivel internacional se han convertido en una de las principales herramientas, para tener un rápido y adecuado conocimiento de los niveles de ruido presentes en una zona, región, ciudad y en muchos casos del País, es indispensable iniciar por la obtención de los mapas de ruido de las municipalidades que se ha planteado en el numeral 12.10.5, con las características solicitadas en los numerales 12.10.6 y 12.10. y establecer y desarrollar planes de descontaminación de ruido, los que habrán de revisarse y, en su caso, modificarse cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación. Es necesario anotar que cada plan de descontaminación tiene que obedecer a las características inherentes a cada sector, zona, ciudad, municipio o región, pues las condiciones, características, necesidades y costumbres son propias de cada uno de ellos y por lo tanto las formas de solución son diferentes de un sitio a otro, cada uno de ellos tiene su propio sello característico, que lo hace diferente el uno del otro y por lo tanto los planes de descontaminación tendrán que ajustarse a cada sitio donde se aplique.

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Cada uno de los planes de descontaminación por ruido debe estar en correspondencia directa con los ámbitos territoriales contemplados en cada uno de los mapas de ruido, y tendrán por objeto atacar la contaminación por ruido, fijando acciones prioritarias para los sitios o sectores donde se incumplan los objetivos de calidad acústica (estándar ambiental de ruido), y prevenir el aumento de la contaminación en los sectores donde la padezcan en escasa medida, hasta alcanzar los estándares permisibles. De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se observa que no es posible establecer una guía absoluta y total a seguir, para implementar planes de descontaminación por ruido, por lo que se recomiendan algunos lineamientos generales para desarrollar programas que tengan como finalidad la reducción de la contaminación ambiental por ruido, así: � Programas de fiscalización y vigilancia � Programas de fortalecimiento de la gestión ambiental local � Prevención de la exposición de la población a niveles altos de ruido � Fortalecimiento de la educación ambiental, investigación y desarrollo tecnológico � Mayor exigencia con las tecnologías de los buses nuevos � Prohibición del uso de bocinas de aire comprimido. � En forma cotidiana, fiscalizar, atender denuncias de la comunidad y controlar el cumplimiento

de la normativa acústica referente al funcionamiento de empresas, industria y comercio. � Realizar frecuentes acciones de difusión en distintos medios, tales como la elaboración de

artículos para periódicos comunales, notas de prensa a diarios de gran circulación, entrevistas radiales, elaboración de afiches, cartillas y circulares, etc., que permitan al público saber la forma de colaborar, cómo tiene que hacer las denuncias en caso de estar afectado, conocer los efectos del ruido en el hombre, etc.

� Supervisar los procedimientos y el avance en el cumplimiento de las metas prefijadas, para poder corregir el rumbo o la oportunidad de las acciones durante su desarrollo

� Realización de Mapas de ruido municipales � Reducir el ruido en la fuente - de máquinas, motores, contacto de neumáticos y superficie,

reducción de las velocidades y reducción del volumen de tráfico. � Limitar la transmisión del ruido colocando barreras entre la fuente y las personas afectadas. � Reducir el ruido en el punto de recepción, por ejemplo, a través del aislamiento de los ruidos

en los edificios. � Hacer uso de revestimiento poroso a las calzadas de bajo nivel de ruido, estos

revestimientos reducen la generación y la propagación del ruido a través de una serie de mecanismos que pueden estar relacionados con la estructura abierta de la capa superior

� Restringir la circulación total o parcial en horas de la noche de vehículos pesados que puedan causar molestias ruidosas a la comunidad.

� Señalar zonas en las que se apliquen restricciones horarias o por razón del tipo de actividad a las obras a realizar en la vía pública o en edificaciones.

� Señalar zonas o vías en las que no puedan circular determinadas clases de vehículos a motor o deban hacerlo con restricciones horarias o de velocidad.

� Reorganizar el tráfico vehicular de acuerdo con las necesidades de las comunidades de tal manera que los niveles de ruido se minimicen.

� Establecer campañas educativas orientadas hacia las comunidades, de tal manera que concienticen a la personas sobre la importancia de ejecutar sus actividades generando los mínimos niveles de ruido y de la importancia de dar mantenimiento adecuado a todas sus pertenencias, especialmente a aquellas que tienen partes en movimiento.

� Efectuar los acuerdos que sea pertinente para lograr que en los municipios se utilicen los resultados de los estudios de ruido para efectuar planificaciones territoriales que los tengan

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en cuenta y que las proyecciones planteadas respondan a las necesidades de protección ambiental y mínimos niveles de ruido organizando las actividades humanas en torno a parámetros permisibles de contaminación por ruido.

Teniendo en cuenta lo expresado en este numeral, se considera necesario incluir en el proyecto de resolución el siguiente artículo: Las Corporaciones Autónomas Regionales y las Autoridades Ambientales Urbanas, establecerán planes de descontaminación ambiental por ruido, donde incluyan a todos los sectores de la comunidad. Estos planes tendrán que empezar a ser desarrollados dentro de cada una de sus jurisdicciones en un plazo no mayor a dos años, teniendo que ser revisados y actualizados cada cinco (5) años con base en los resultados obtenidos en la realización y actualización de mapas de ruido.

VIGILANCIA Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA

A continuación se presentan las recomendaciones dadas para vigilancia y control del cumplimiento de la norma de ruido y ruido medio ambiental, a partir de los análisis realizados anteriormente para cada uno de estos temas.

Competencia

A partir de las funciones establecidas por las normas de creación de las diferentes entidades del orden nacional, departamental y distrital, de lo establecido en el Decreto 948 de 1995 y de lo desarrollado en el proyecto de norma de ruido, a continuación se presentan las recomendaciones para el desarrollo del seguimiento y control de la norma. Con base en ello, se considera conveniente incluir en el proyecto de resolución un artículo que contenga lo siguiente: las Corporaciones Autónomas Regionales y las Autoridades Ambientales Urbanas, tendrán las competencias y ejercerán sus funciones y actuaciones de acuerdo con el ordenamiento nacional vigente, y en especial con las normas concordantes con la presente Resolución o las normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan, en lo relacionado con las normas de emisión de ruido y norma de ruido ambiental.

Sanciones Toda infracción a la presente Resolución dará lugar a la imposición de las multas y sanciones establecidas en la Ley 99 de 1993.

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13. ANÁLISIS DE COSTOS Y BENEFICIOS

La estimación de los costos de implementar la norma de ruido ambiental comprende dos análisis, teniendo en cuenta que la norma comprende la emisión de ruido y el ruido ambiental. En primer lugar se analizaron los posibles costos en que pueda incurrir la autoridad ambiental para la elaboración de los mapas de ruido142, de los municipios que por sus características de población o por sus circunstancias especiales, los requieran. El análisis se adelantó para Bogotá, por la disponibilidad de información sobre el número de manzanas para las diferentes localidades de la ciudad. Por otro lado, se analizaron los costos en los cuales deberá incurrir la industria en el cumplimiento de la norma de ruido ambiental para la localidad de Puente Aranda en Bogotá, con base en el estudio “Evaluación de la contaminación por ruido en la localidad de Puente Aranda en Bogotá D.C.” realizado por el DAMA en el 2000 por considerar que tiene las suficientes mediciones y rigor técnico que permiten utilizar su información. A continuación se presenta la metodología realizada y los resultados obtenidos para los dos análisis realizados.

ESTIMACIÓN DE COSTOS

Estimación del costo para la elaboración del mapa de ruido para Bogotá D.C.

Para la estimación del costo que representa la medición de la intensidad del ruido en Bogotá, se parte de la clasificación del uso del suelo urbano en las diferentes localidades de la ciudad, de acuerdo con el concepto de Unidades de Planeación Zonal UPZ, desarrollado por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, y que se define como “los territorios conformados por un conjunto de barrios que mantienen una unidad morfológica o funcional y que se localizan en las zonas de suelo urbano y suelo de expansión”. Según sus características predominantes estas se clasifican de la siguiente manera: � Unidades tipo 1, residencial de urbanización incompleta: son sectores periféricos no

consolidados, en estratos 1 y 2, de uso residencial predominante con deficiencias en su infraestructura, accesibilidad, equipamientos y espacio público.

� Unidades tipo 2, residencial consolidado: son sectores consolidados de estratos medios de uso predominantemente residencial, donde se presenta actualmente un cambio de usos y un aumento no planificado en la ocupación territorial.

� Unidades tipo 3, residencial cualificado: son sectores consolidados de estratos medios y altos con uso básicamente residencial, que cuentan con infraestructura de espacio público, equipamientos colectivos y condiciones de hábitat y ambiente adecuadas.

142 Los mapas de ruido usan indicadores de ruido permiten informar a la población sobre los niveles de la exposición al ruido y sus efectos y para que las autoridades ambientales establezcan planes de acción para reducir el ruido donde sea necesario y mantener la calidad del ruido ambiental donde sea bueno.

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� Unidades tipo 4, desarrollo: son sectores poco desarrollados, con grandes predios desocupados.

� Unidades tipo 5, con centralidad urbana: son sectores consolidados que cuentan con centros urbanos y donde el uso residencial dominante ha sido desplazado por usos que fomentan la actividad económica.

� Unidades tipo 6, comerciales: son sectores del Centro metropolitano donde el uso está destinado a las actividades económicas terciarias de intercambio de bienes y servicios (locales y oficinas).

� Unidades tipo 7, predominantemente industrial: son sectores donde la actividad principal es la industria, aunque hay comercio y lugares productores de dotación urbana.

� Unidades tipo 8, de predominio dotacional: son grandes áreas destinadas a la producción de equipamientos urbanos y metropolitanos que, por su magnitud dentro de la estructura urbana, se deben manejar bajo condiciones especiales.

Con la clasificación de las UPZ por tipo de uso del suelo en cada localidad y el número de manzanas que la conforman, se tiene la base para la estimación de los costos de medición del ruido ambiental; con este fin se revisó la norma ISO 1996, en donde se establecen algunos procedimientos para la elaboración de mapas de ruido. Igualmente, se revisó y contempló lo establecido en la norma NTC 3520. En la Tabla 49 se discrimina el costo de las mediciones para la elaboración de los mapas de ruido ambiental, estimando los diferentes rubros que se requieren para levantar un punto de medición; como resultado de este análisis se obtuvo un valor de $ 366.000 (pesos 2005) por cada monitoreo a realizar. De acuerdo con los resultados de la Tabla 49 se puede observar que la estimación corresponde a $ 14,640.000 mensuales, tiempo en el cual se espera poder realizar un total de cuarenta (40) mediciones, en periodos de seis (6) horas, estimándose un costo de $ 366.000 por la medición de cada punto de monitoreo. Para calcular el número de puntos de medición en cada UPZ, se acogió la metodología planteada por las normas internacionales, específicamente las normas ISO, que establecen se debe tener en cuenta los usos del suelo en las zonas en donde se realizará la medición, realizando mediciones más próximas en las zonas donde la variación del ruido sea mayor y a mayores distancias cuando las variaciones de ruido sean menores, como por ejemplo en las zonas rurales. Para los fines de este análisis, se estableció que para el suelo de uso residencial (unidades tipo 1,2, 3) y de desarrollo (unidad 4) se efectuarían mediciones cada 200 metros, cálculo que se estableció a partir de la siguiente fórmula:

+1

2

__.*

2

__. manzanasdeNomanzanasdeNo

Para el suelo con usos de centralidad urbana, comercial, predominantemente industrial y rotacional se estableció una medición cada 100 metros, a través de la siguiente formula:

[ ]1__.*__. +manzanasdeNomanzanasdeNo

A manera de ilustración, la Tabla 50 presenta las estimaciones del costo de elaborar los mapas de ruido ambiental para la localidad de Usaquén, teniendo en cuenta las UPZ, el número de

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manzanas, distancia de los puntos de acuerdo al uso del suelo, los puntos de monitoreo y costo de monitoreo para cada UPZ. Tabla 49. Costos asociados a la elaboración de mapas de ruido

ACTIVIDAD Cantidad Tiempo (meses)

Valor Unitario

Valor Total

Adquisición de datos Personal Técnico de medición 1,5 1 2.400.000 $ 3.600.000 Asistente de medición 1,5 1 1.600.000 $ 2.400.000 Equipos Sonómetro 1 1 2.500.000 $ 2.500.000 Calibrador 1 1 300.000 $ 300.000 Extensión 1 1 200.000 $ 200.000 Subtotal Adquisición de Datos $ 9.000.000 Manipulación de datos Personal Técnico de Medición 0,25 1 2.400.000 $ 600.000 Equipos Computador 0,35 1 300.000 $ 105.000 Impresora 0,2 1 300.000 $ 60.000 Subtotal Manipulación de Datos $ 765.000 Cálculo de los niveles medioambientales de ruido Personal Técnico de Medición 0,25 1 2.400.000 $ 600.000 Equipos Computador 0,35 1 300.000 $ 105.000 Impresora 0,2 1 300.000 $ 60.000 Software 1 1 2.000.000 $ 2.000.000 Subtotal Cálculo de los niveles de inmisión de ruido $ 2.765.000 Impresión de los mapas de ruido Personal Técnico de medición 0,25 1 2.400.000 $ 600.000 Equipos Computador 0,3 1 300.000 $ 90.000 Impresora 0,6 1 700.000 $ 420.000 Papelería Papelería en general 1 1 1.000.000 $ 1.000.000

Subtotal Impresión de los mapas de ruido $ 2.110.000 TOTAL $ 14.640.000 Fuente: Ideam 2006

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Tabla 50. Costo de la elaboración del mapa de ruido para la localidad del Usaquén

UPZ No. de

manzanas Uso del suelo

(predominante)

Distancia medición

(mts.)

No. de puntos

de medición

Costo de la medición ($)

Paseo de los Libertadores 35 Desarrollo 200 12 4.285.143

Verbenal 452

Residencial de urbanización incompleta 200 124 45.248.633

La Uribe 67 Predominantemente Dotacional 100 75 27.517.839

San Cristóbal Norte 389

Residencial de urbanización incompleta 200 107 39.202.824

Toberín 222 Comercial 100 237 86.705.277 Los Cedros 410 Residencial cualificado 200 113 41.220.468

Usaquén 319 Con centralidad urbana 100 337 123.290.969

Country Club 75 Predominantemente Dotacional 100 84 30.619.653

Santa Bárbara 322 Con centralidad urbana 100 340 124.419.635

Total manzanas 2291 1428 Total costo medición 522.510.441 Fuente: Ideam 2006 En la Tabla 51 se presentan los costos de la elaboración del mapa de ruido para Bogotá, discriminado por localidades, el cual será el caso más extremo a nivel nacional, en primer lugar por el número de manzanas de la ciudad y segundo por la mezcla de suelos que se presentan en Bogotá.

Estimación de los costos de aplicación de la norma de ruido ambiental en el sector industrial de la localidad de Puente Aranda, Bogotá Con base en los resultados del estudio “Evaluación de la contaminación por ruido en la localidad de Puente Aranda en Bogotá D.C.” realizado por el DAMA en el 2000, se estimó el costo de aplicación de la norma de ruido ambiental para el sector industrial de la zona de Puente Aranda. En este punto es importante resaltar que la norma que actualmente se está planteando el IDEAM mantiene los estándares máximos permisibles de ruido que se encontraban en la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud para el sector industrial en horas del día, siendo cinco (5) decibeles más restrictiva en horas de la noche.

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Igualmente, es importante mencionar que los costos calculados y la metodología planteada no tiene en cuenta los niveles de presión sonora que puedan ser emitidos por fuentes móviles, dado que las metodologías de medición, así como los cálculos de la disminución de los niveles de ruido son procedimientos complejos y desafortunadamente no se cuenta con la información necesaria para realizar el análisis. Tabla 51. Costos de la elaboración del mapa de ruido para Bogotá

Localidad Número de Manzanas Costo de la Medición Localidad de Usaquén 2291 522.510.441 Localidad de Chapinero 887 206.511.981 Localidad Santa Fe 836 146.454.152 Localidad de San Cristóbal 2516 250.282.267 Localidad de Usme 2866 572.137.012 Localidad de Tunjuelito 824 316.098.837 Localidad de Bosa 2601 915.343.888 Localidad de Kennedy 4383 583.487.722 Localidad de Fontibón 1513 496.175.761 Localidad de Engativá 3614 534.274.008 Localidad de Suba 3848 385.526.533 Localidad de Barrios Unidos 1129 539.899.699 Localidad de Teusaquillo 946 99.681.349 Localidad de Los Mártires 675 171.611.661 Localidad de Antonio Nariño 547 166.349.923 Localidad de Puente Aranda 1671 274.063.230 Localidad de La Candelaria 164 17.349.543 Localidad de Rafael Uribe Uribe 2480 247.043.047 Localidad de Ciudad Bolívar 4722 481.919.690 Total localidades 38513 6.926.720.742 Fuente: Ideam 2006 Para la estimación de los costos de aplicación de la norma de ruido ambiental se siguió la siguiente metodología: Los resultados de las mediciones del ruido realizados por el DAMA143 se incorporaron a un sistema de información geográfico que permitió combinarlo con coberturas de usos del suelo establecidos en el POT para Bogotá y que corresponden a la base cartográfica del Departamento Administrativo Distrital de Planeación (DAPD). A partir de información secundaria se estableció la conformación del sector industrial en la localidad de Puente Aranda y en cada subsector industrial los procesos y los equipos usados que generan emisiones atmosféricas y de ruido. Mediante investigación bibliográfica se determinaron los niveles de presión sonora que podrían generar estos equipos, teniendo en

143 DAMA (2000) Evaluación de la contaminación por ruido en la localidad de Puente Aranda en Bogotá D.C.

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cuenta conceptos como enmascaramiento del ruido, suma de niveles de presión sonora, características de los equipos y tipo de actividad industrial. Con base en información bibliográfica y del conocimiento de los materiales de construcción utilizados en Bogotá, se supuso una reducción en promedio de los niveles de presión sonora generados al interior de la industria de veinticinco (25) decibeles, por tanto se asume que los niveles de presión sonora emitidos al medio ambiente, están 25 dB(A) por debajo de los niveles emitidos por los equipos de cada industria. Una vez establecidos los niveles de presión sonora emitidos al medio ambiente por cada una de las industrias y específicamente por cada uno de los equipos utilizados en los procesos industriales, y el uso del suelo en el cual se encuentran ubicadas las industrias (residencial, comercial, industrial, entre otros) y confrontados con los niveles de emisión sonora medidos por el DAMA, se estimaron los decibeles en los cuales se excede los niveles máximos permisibles, establecidos en la norma de ruido elaborada por el IDEAM. Para la estimación del costo de la aplicación de la norma, se calcularon los costos de aislamiento que requerirían los diferentes equipos encontrados en la localidad de Puente Aranda (Ver Tabla 52). Tabla 52. Costo de aislamiento por equipo generador de ruido

Equipo generador de Ruido Costo de Aislamiento Cabina $ 5.000.000 Caldera $ 15.000.000 Cardadora $ 5.000.000 Cepillo $ 3.000.000 Compresor $ 8.000.000 Crisol $ 6.000.000 Extractor $ 4.000.000 Extrusora, $ 7.000.000 Horno $ 5.000.000 Inyectora $ 3.000.000 Lijadora $ 3.000.000 Maquina flexográfica $ 6.000.000 Mezclador $ 3.000.000 Molino $ 7.000.000 Peletizadora $ 6.000.000 Planta eléctrica, $ 12.000.000 Prensa $ 4.000.000 Quemador $ 3.500.000 Sierra $ 6.000.000 Sierra sin fin $ 6.000.000 Soldadura $ 4.000.000 Soldadura arco $ 4.000.000 Soldadura de estaño $ 4.000.000 Soldadura eléctrica, $ 4.000.000 Soldadura mig $ 4.000.000 Termoformador $ 5.000.000 Tostador $ 7.000.000

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260

Fuente: Ideam 2006 En la localidad de Puente Aranda, las excedencias en los niveles de ruido varían entre 5 y 20 dB(A), según el tipo de fuente que lo genera, el sector donde se encuentran ubicados los equipos y las mediciones realizadas por el DAMA, para cada rango de reducción se toma un porcentaje de variación del costo estimado (Ver Tabla 53). El cálculo del costo total de aplicación de la norma de ruido para el caso de la localidad de Puente Aranda se presenta en la Tabla 54. Tabla 53. Factor de Variación del Costo por la reducción de decibeles

Reducción en dB Factor de Variación del Costo (%) 5 0,8 10 0,85 15 0,9 20 1

Fuente: Ideam 2006

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Tabla 54. Costos de aplicación de las medidas de mitigación de ruido para Puente Aranda

ACTIVIDAD INDUSTRIAL EQUIPOS GENERADORES DE RUIDO Ruido

Emitido por el Equipo

Nivel de Ruido

Ambiental

dB(A) que sobrepasa la

Norma COSTO DE LA MEDIDA

Fundición de partes industriales Crisol, cubilote 100 75 5 $ 4.800.000,00 Latonería pintura motriz Compresor 105 80 10 $ 6.800.000,00 Laboratorio farmacéutico Caldera, planta eléctrica 105 80 5 $ 22.950.000,00 Producción empaque plástico Extrusora 105 80 5 $ 5.600.000,00 Manufactura plástica Inyectora, molino 110 85 10 $ 8.500.000,00 Fabricación suelas caucho Caldera, molino 105 80 5 $ 17.600.000,00 Manufacturera Caldera, planta eléctrica 105 80 5 $ 21.600.000,00 Manufacturera Caldera, planta eléctrica 105 80 5 $ 21.600.000,00 Molienda de trigo Molino 105 80 5 $ 5.600.000,00 Carpintería-reparaciones Compresor, sierra 105 80 15 $ 12.600.000,00 Ornamentación Soldadura arco 110 85 20 $ 4.000.000,00 Monturación de trigo Molino 105 80 5 $ 5.600.000,00 Producción condimentos Mezclador 105 80 5 $ 2.400.000,00 Industrias polietileno Extractor, extractor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Productora de envases plásticos Molino, inyectora 105 80 10 $ 19.550.000,00 Elaboración de tintas Extractor 100 75 10 $ 3.400.000,00 Ica 304 tarifa 7 x 1.000 Compresor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Ica 304 tarifa 7 x 1.000 Compresor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Elaboración y distribución de productos farmacéuticos Caldera, horno, extractor 105 80 5 $ 19.200.000,00 Fabrica de sillas Soldadura, soldadura, pistola, 100 75 10 $ 6.800.000,00 Cardados (fab colchón) Cardadora 95 70 5 $ 4.000.000,00 Fab partes plásticas Termoformador 95 70 5 $ 12.000.000,00 Fabrica de artículos plásticos Inyectora 95 70 5 $ 4.800.000,00 Fabrica partes plásticas Inyectora 95 70 5 $ 2.400.000,00 Come. Materiales reciclables Molino, peletizadora 105 80 5 $ 10.400.000,00 Ornamentación Compresor, soldadura 105 80 15 $ 10.800.000,00

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ACTIVIDAD INDUSTRIAL EQUIPOS GENERADORES DE RUIDO Ruido

Emitido por el Equipo

Nivel de Ruido

Ambiental

dB(A) que sobrepasa la

Norma COSTO DE LA MEDIDA

Fabr. equipos seguridad bancaria Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Fundición Quemador 105 80 5 $ 2.800.000,00 Venta y reparación de muebles Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Fabricación productos plásticos Molino, inyectora 105 80 10 $ 23.800.000,00 Metalmecánica Soldadura mig 100 75 10 $ 3.400.000,00 Fab. Y venta de piezas de autos Cabina , soldadura, horno 110 85 20 $ 14.000.000,00 Fabrica de mangueras Extrusora 95 70 5 $ 5.600.000,00 Fabricación de calzado Extractor, compresor 105 80 5 $ 9.600.000,00 Carpintería Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Carpintería Compresor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Industria textil confección Planta eléctrica 105 80 5 $ 9.600.000,00 Latonería y pintura Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Fabricación de vitrinas Compresor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Fabricación de vitrinas Compresor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Ornamentación Soldadura 105 80 5 $ 3.200.000,00 Ornamentación Soldadura 105 80 5 $ 3.200.000,00 Fab. De plásticos Molino, inyectora 105 80 5 $ 8.000.000,00 Fabricación de calzado Planta eléctrica 105 80 5 $ 9.600.000,00 Esmalte sobre lamina Extractor 100 75 10 $ 3.400.000,00 Fab. Equip. Seg. Bancaria Soldadura eléctrica 105 80 15 $ 3.600.000,00 Fabricación de mangueras Caldera, molino 105 80 5 $ 17.600.000,00 Elaboración de plásticos Inyectora 95 70 5 $ 2.400.000,00 Restaurante ejecutivo Extractor, estufa 105 80 15 $ 10.800.000,00 Industria molinera Caldera, molino 105 80 5 $ 17.600.000,00 Compra y venta de azúcar Molino 110 85 20 $ 7.000.000,00 Fab. Y venta de productos cosméticos Mezclador 95 70 5 $ 2.400.000,00 Taller de latonería y pintura. Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Elab. de productos naturales Mezclador 95 70 5 $ 2.400.000,00

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263

ACTIVIDAD INDUSTRIAL EQUIPOS GENERADORES DE RUIDO Ruido

Emitido por el Equipo

Nivel de Ruido

Ambiental

dB(A) que sobrepasa la

Norma COSTO DE LA MEDIDA

Herrajes para ornamentación Quemador 110 85 20 $ 3.500.000,00 Herrajes para ornamentación Quemador 110 85 10 $ 2.975.000,00

Elaboración prod. de molinera Horno, quemador, planta electrica, molino, extractor 105 80 5 $ 37.200.000,00

Fabricación autopartes Compresor 105 80 10 $ 6.800.000,00 Fab. de plásticos Inyectora , inyectora , molino 105 80 5 $ 10.400.000,00 Fabrica de muebles Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Reparación automotriz Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Diseño y fabricación maquinaria Compresor 105 80 5 $ 6.400.000,00 Metalmecánica Soldadura eléctrica 105 80 10 $ 3.400.000,00 Ornamentación Soldadura 105 80 15 $ 3.600.000,00 Metalmecánica Soldadura mig, compresor, horno 100 75 10 $ 14.450.000,00 Fab. de alimentos Molino, molino, estufa 105 80 15 $ 12.600.000,00 Carpintería Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Fabricación pasta alimenticia Caldera, molino 105 80 5 $ 17.600.000,00 Fabrica de maletines prendas Extractor, planta eléctrica 105 80 5 $ 12.800.000,00 Fab. Yuta ptos cosméticos Caldera, extractor 105 80 5 $ 24.800.000,00 Fabricación escabillas Horno, extractor, soldadura de estaño 105 80 5 $ 10.400.000,00 Empresa metalisteria Soldadura mig 95 70 5 $ 3.200.000,00 Empresa metalisteria Soldadura eléctrica 110 85 20 $ 4.000.000,00 Fab. De cajas eléctricas Cabina, horno, soldadura mig 100 75 10 $ 22.100.000,00 Metalmecánica Compresor, soldadura arco, soldadura arco 105 80 15 $ 14.400.000,00 Carpintería Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Carpintería Compresor 105 80 15 $ 7.200.000,00 F. Exhibidores metálicas Compresor, soldadura, horno 100 75 5 $ 13.600.000,00 Elaboración productos farmacéuticos Extractor 100 75 5 $ 3.200.000,00 Elaboración cauchos autopartes Molino, prensa 100 75 10 $ 39.100.000,00 Tostadora de café Caldera, molino 105 80 10 $ 18.700.000,00

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ACTIVIDAD INDUSTRIAL EQUIPOS GENERADORES DE RUIDO Ruido

Emitido por el Equipo

Nivel de Ruido

Ambiental

dB(A) que sobrepasa la

Norma COSTO DE LA MEDIDA

Metalmecánica Cabina, soldadura eléctrica 100 75 5 $ 7.200.000,00 Fca. Mangueras Molino, caldera 105 80 10 $ 18.700.000,00 Fab. Productos caucho Molino, caldera 105 80 10 $ 18.700.000,00 Fab. Y procesos Extractor, maquina flexográfica 105 80 10 $ 11.900.000,00 Fab de productos m. Extractor 100 75 5 $ 3.200.000,00 Fabricantes bolsa plástica Extrusora 100 75 5 $ 5.600.000,00 Panorámicos –vidrios Horno 105 80 10 $ 4.250.000,00 Fab. de carrocerías Cabina 110 85 15 $ 4.500.000,00 Fab. de autopartes Soldadura eléctrica 100 75 10 $ 3.400.000,00 Reparación automotriz Compresor 105 80 10 $ 6.800.000,00 Fab. Carrocerías repar. Compresor, soldadura eléctrica 105 80 10 $ 10.200.000,00 Prod. de guía para válvulas Horno, planta eléctrica 105 80 10 $ 14.450.000,00 Fab. de calzado pvc Planta eléctrica, inyectora 105 80 10 $ 28.050.000,00 Prod. de tintas Mezclador, molino 105 80 10 $ 14.450.000,00 Taller automotriz Compresor 105 80 10 $ 6.800.000,00 Elab. de productos plásticos Prensa 100 75 10 $ 4.000.000,85 Fab. Calderas Soldadura 105 80 15 $ 3.600.000,00 Cl 8a 32-74 Compresor, soldadura eléctrica 105 80 10 $ 10.200.000,00 Productos químicos Extractor, extractor 105 80 15 $ 7.200.000,00 Latonería y pintura Cabina 110 85 20 $ 5.000.000,00 Fab. De medicamentos Extractor, horno 105 80 10 $ 7.650.000,00 Metalmecánica Compresor, soldadura, soldadura argon 105 80 10 $ 13.600.000,00 Fab. De muebles Sierra, cepillo, sierra sin fin, lijadora 105 80 10 $ 21.000.000,00 Fab. De muebles de oficina Horno, soldadura mig, soldadura eléctrica 100 75 5 $ 10.400.000,00 Ind. Fabrica laminas plásticos Extrusora, termoformador 100 75 5 $ 9.600.000,00 Fab. Reparación cajas fuertes Compresor, soldadura eléctrica 105 80 10 $ 10.200.000,00 Prod. De concentrados Molino, mezclador 105 80 10 $ 8.500.000,00 Teñido y venta de textiles Caldera 96 71 1 $ 36.000.000,00

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ACTIVIDAD INDUSTRIAL EQUIPOS GENERADORES DE RUIDO Ruido

Emitido por el Equipo

Nivel de Ruido

Ambiental

dB(A) que sobrepasa la

Norma COSTO DE LA MEDIDA

Piezas acero fundido Horno 95 70 5 $ 4.000.000,00 Fab. De producción de plásticos Quemador 100 75 5 $ 2.800.000,00 Prod. y comerc de condimentos Molino, mezclador 105 80 10 $ 8.500.000,00 Producción plástico Extrusora 100 75 5 $ 28.000.000,00 Fab. Moldes para inyecc. Plásticas Soldadura autógena 100 75 5 $ 5.000.000,00 Fab.de bolsas plásticas Extrusora, impresora 100 75 5 $ 28.000.000,00 Fabrican elevadores Compresor, soldadura 105 80 10 $ 10.200.000,00 Comercio al por menor de libros Planta eléctrica 105 80 10 $ 10.200.000,00 Elaboración productos harinas Mezclador, molino 105 80 10 $ 11.050.000,00 Elaboración empaquetaduras Prensa, molino, molino 105 80 10 $ 22.100.000,00 Fabrica de harina Mezclador, molino 105 80 10 $ 8.500.000,00 Procesamiento de granos Molino, tostador 105 80 10 $ 11.900.000,00 Fab. De medias para dama Caldera 96 71 1 $ 36.000.000,00 Prod. Alimento ganado Mezclador, molino 105 80 10 $ 8.500.000,00 Total de la aplicación de las medidas $ 1.288.525.000

Fuente: Ideam 2006

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266

ANALISIS DE BENEFICIOS

En la estimación de los beneficios de la implementación de la norma de ruido se asumen los beneficios que se obtendrían en la localidad de Puente Aranda. Estos beneficios se definen como los costos evitados la población afectada, en medidas de mitigación de los niveles de emisión de ruido que exceden la norma y que por lo general se refieren a la instalación de doble ventana o de vidrios antirruido y que se ahorrarían en el caso de cumplimiento de la norma por parte de la industria y el sector transporte. Esta metodología ha sido utilizada en diferentes países como Chile, Estados Unidos y la Unión Europea. En este sentido, es importante resaltar que existen otras metodologías para la determinación de los beneficios, orientadas hacia beneficios en la salud de la población, asociadas a las perdidas auditivas por exposición a altos niveles de ruido ambiental que se evitarían con el cumplimiento de la norma. Sin embargo, a nivel nacional no existe información sobre la incidencia del ruido ambiental en esta patología, por lo general los estudios realizados y la información recopilada se orienta hacía la perdida de audición ocasionada por altos niveles de presión sonora al interior de industrias o zonas de trabajo, tópico exclusivo del tema de salud ocupacional. En este sentido seria recomendable que los Ministerios de Protección Social y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial desarrollen una metodología conjunta para identificar los costos y beneficios por la aplicación y medición de los niveles de ruido ambiental. Para la estimación de los beneficios en salud por los altos niveles de presión sonora, se realizó la siguiente metodología: Mediante sistemas de información geográfica se identificaron las zonas residenciales de la localidad de Puente Aranda, las cuales confrontadas con los resultados de las mediciones realizadas por el DAMA, se pudo establecer para cada zona residencial los niveles de presión sonora que estaban sobrepasando la norma de ruido propuesta por el IDEAM. Una vez identificadas las zonas residenciales que sobrepasan los valores de la norma, se identificaron el número de viviendas que están por encima de la norma por diferentes rangos en decibeles (Ver Tabla 55). Tabla 55. Número de viviendas por encima de la norma propuesta por el IDEAM

Clasificación por Uso del Suelo Número de Viviendas por encima de la Norma

55 - 65 65 - 75 > 75 Total Puente

Aranda Zona Residencial con Actividad Económica 3.077 14.756 1.791 19.624 Zona Residencial con Comercio y Servicios 3.575 13.860 1.666 19.101 Total Puente Aranda 6.652 28.616 3.457 38.725 Fuente: Ideam 2006

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Una vez identificadas el número de viviendas que están afectadas por altos niveles de presión sonora, se establecieron los costos de la aplicación de sistemas de atenuación de ruido, específicamente de ventanas y puertas antirruido de acuerdo a los decibeles que se requieran disminuir (Ver Tabla 56), para lo cual se utilizó un factor de aplicación el cual corresponde al porcentaje de vidrios y ventanas en la fachada de una vivienda del sector, utilizando el mismo factor para todas las viviendas. Tabla 56. Costos de los aislamientos por metro cuadrado por ventanas y puertas

Tipo de Aislamiento Valor Reducción de dB (A) por m2 Factor de

Aplicación m2

< 10 10 - 20 > 20

Ventanas antirruido 190.000 210.000 235.000 0,3 Puertas antirruido 150.000 380.000 480.000 0,1 Fuente: Ideam 2006 Los beneficios de la aplicación de la norma se calcularon multiplicando el costo de la reducción en decibeles, según el rango, por el número de viviendas que se encuentran localizadas en cada sector de ruido (Ver Tabla 57). Tabla 57. Beneficios de la aplicación de la norma de ruido

Tipo de Medida a Implementar Costo de Implementación de Medidas

< 10 10 - 20 > 20 Ventanas antirruido 379.164.000 1.802.808.000 243.718.500 Puertas antirruido 99.780.000 1.087.408.000 165.936.000 Total Medidas a Implementar 478.944.000 2.890.216.000 409.654.500 Fuente:2006 Los beneficios totales de implementar la norma de ruido se obtienen de sumar los resultados de la aplicación de las medidas para los tres sectores (<10, 10-20, >20) dando como resultado tres mil setecientos setenta y ocho millones ochocientos catorce mil quinientos pesos ($ 3.778.814.500).

RELACIÓN COSTOS-BENEFICIO DE LA APLICACIÓN DE LA NORMA DE RUIDO AMBIENTAL EN LA LOCALIDAD DE PUENTE ARANDA.

La relación costos/beneficios, nos permite inferir cual es la participación de los costos de la aplicación de la norma definidos para el caso como elaboración de mapas de ruido ($274.063.230) y medias de mitigación del ruido ($ 1.288.525.000) adoptadas por la industria ubicada en la localidad para un total de costos de ($ 1.562.588.230); versus los beneficios obtenidos, definidos como los costos evitados de las medidas de mitigación que podrían asumir los hogares afectados en la localidad ($ 3.778.814.500), la relación obtenida es de 0.41 es favorable ya que los beneficios obtenidos superan ampliamente los costos de aplicación de la norma de ruido.

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14. BIBLIOGRAFÍA

� ASOCIACIÓN CHILENA DE MUNICIPALIDADES. Gestión ambiental municipal, Fundación

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Page 260: 3126 1727 Documento Soporte Ruido Mayo 25

270

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271

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272

ANEXO AL DOCUMENTO SOPORTE

COMPARACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL DE LAS NORMAS DE RUIDO

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273

País / organización Valores máximos de

emisión de ruido Fuentes Fijas

Valores máximos de emisión de ruido

Fuentes Móviles

Niveles permisibles de ruido ambiental (por

sector)

Procedimiento y tecnología de medición

Implicaciones de su

implementación

Instrumentos económicos

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274

Argentina Ley N° 1.540

Ordenanzas Nº 39.025 y 48104

Toda fuente de ruidos molestos de carácter transitorio, originados en la actividad personal o de máquinas, instalaciones, vehículos, herramientas, artefactos de naturaleza industrial de servicio, para poder operar deben bloquear los ruidos que originan con medios idóneos y adecuados a sus características para que no trasciendan con carácter de molestos, siendo su nivel máximo permitido el que corresponde a un ámbito de percepción predominantemente industrial.

Según la Ordenanza 44.811 las estaciones de verificación técnica deberán determinar y verificar los niveles de ruido de escape, asimismo deberán garantizar la no exposición del personal a los efectos del ruido emitidos por los vehículos ensayados. Ningún vehículo en circulación en el egido de Buenos Aires podrá emitir un nivel sonoro de ruido, según el método estático, que sea mayor al valor de referencia homologado para cada configuración del vehículo ante la autoridad competente, con una tolerancia de tres decibeles (3 dBA), adicionalmente, se les deberá realizar una revisión técnica periódica Los vehículos de los cuerpos de seguridad deberán tener dispositivos de regulación de ruido, de tal manera que el ruido no sea superior a 70 dB(A) a 3 m de distancia. Los valores límite de emisión de ruido para fuentes móviles se presentan en la Tabla 1.

La normatividad argentina clasifica áreas de acuerdo a su sensibilidad acústica. En el primer grupo, están los “Ambientes exteriores” y dentro de ellos se encuentran áreas de Tipo I, II, III, IV y V 144 . En el segundo grupo “Ambiente interior” están las áreas Tipo VI y VII145 . También están las Áreas de protección de sonidos de origen natural 146 . En las Tablas 2 y 3 se presentan los valores máximos permisibles para las diferentes áreas.

La medición de los ruidos se hará en escala dB(A) lenta en Leq en dB (A) y a 1,20 m por encima del suelo y en el centro del lugar receptor con sus puertas y ventanas abiertas en horas de descanso. Las mediciones deben efectuarse con un medidor de nivel sonoro capaz de medir el intervalo de 30 dB a 120 dB (A). La valoración de los niveles de ruido se podrán realizar de acuerdo a las normas del Instituto Argentino de Racionalización de Materias (IRAM). El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá establecer incentivos a la investigación y desarrollo en materia de sistemas, métodos y técnicas de medida, análisis y evaluación de la contaminación acústica.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrá establecer las medidas económicas, financieras y fiscales adecuadas para la prevención de la contaminación acústica y promoverá el uso de maquinaria y equipos de baja emisión acústica, en particular en el marco de la contratación pública.

144 Áreas Tipo I: área de silencio zona de alta sensibilidad acústica como hospitales y escuelas; Tipo II: área levemente ruidosa, de uso residencial; Tipo III: área tolerablemente ruidosa, especialmente de uso comercial; Tipo IV: área ruidosa, de uso industrial; Tipo V: área especialmente ruidosa, afectada por infraestructuras de transporte y espectáculos al aire libre. 145 Áreas Tipo VI: área de trabajo, que comprende las siguientes actividades: sanidad, docente, cultural, oficinas, comercios e industrias, sin perjuicio de la normativa específica en materia de seguridad e higiene en el trabajo y Tipo VII: área de vivienda que comprende el interior de las viviendas y usos equivalentes, en la que se diferenciará entre la zona habitable y la zona de servicios, que incluye cocinas, baños, pasillos, aseos, patios, centros libres de manzana, terrazas y sus equivalentes funcionales. 146 Áreas identificadas como lugares vulnerables al ruido, entendiendo por tales aquellos en que la contaminación acústica producida por la actividad humana sea imperceptible o pueda ser reducida hasta tales niveles

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275

País / organización Fuentes Fijas Fuentes Móviles Niveles permisibles de ruido ambiental

(por sector)

Procedimiento y tecnología de medición

Implicaciones de su implementación

Instrumentos económicas

Bolivia Decreto Supremo

N°. 24176/95

Los límites 147 de emisión de ruido para fuentes fijas se presentan en la Tabla 4.

Para la construcción de aeropuertos, aeródromos y helipuertos públicos y privados, las autoridades competentes deben tener en cuenta la opinión de la Secretaría Nacional de Salud.

Los límites 148 de emisión de ruido para fuentes móviles se presentan en la Tabla 1.

En la ley boliviana no se especifican los procedimientos ni la tecnología de medición sin embargo en el título VIII de la Ley 1333 hace referencia a que el Estado y las instituciones técnicas especializadas deben promover y fomentar la investigación y el desarrollo científico y tecnológico en materia ambiental, apoyar el rescate, uso y mejoramiento de las tecnologías tradicionales adecuadas y administrar y controlar la transferencia de tecnología de beneficio para el país entre otras acciones.

Tanto la Ley del Medio Ambiente (LMA) como sus reglamentos son generales, no sectoriales y como tales determinan que las autoridades ambientales, en coordinación con las autoridades sectoriales establezcan normas específicas para regular temas no cubiertos o incompletamente tratados en la legislación general. Los reglamentos de la (LMA), que son seis, están enmarcados dentro de una corriente mundial de regulación directa o de comando y control, que busca limitar la discreción del que contamina. Sin embargo, la LMA también incluye la posibilidad de desarrollo de instrumentos de regulación indirecta o incentivo económico.

147 Límites a los que la SNRNMA (Secretaria Nacional de Recursos Naturales y Medio Ambiente) podrá agregar otros en forma coordinada con los Organismos Sectoriales competentes. 148 Límites a los que la SNRNMA (Secretaria Nacional de Recursos Naturales y Medio Ambiente) podrá agregar otros en forma coordinada con los Organismos Sectoriales competentes.

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276

País / organización Fuentes Móviles

Fuentes Fijas

Niveles permisibles

de ruido ambiental

(por sector)

Procedimiento y tecnología de

medición

Implicaciones de su

implementación

Instrumentos económicos

Costa Rica Decreto 10541

Decreto No. 7554

En el decreto 10541 Reglamento para el control de ruidos y vibraciones determina que: Se consideran lugares de trabajo ruidosos en donde se produzcan ruidos cuya intensidad sea superior a 85 dB (A).Las máquinas o equipos productores de ruidos deberán ubicarse en zonas donde no afecten a los trabajadores que no tengan que intervenir directamente en su operación, y aquellos que produzcan un ruido superior a 85 dB (A) deberán ser instalados en forma tal que se eliminen o reduzcan los ruidos y vibraciones, así como su propagación, así como se les cimentará, nivelará, ajustará y lubricará. Las instalaciones ruidosas deberán estar separadas de las áreas contiguas con material aislador de sonido. No se permitirá dentro del lugar de trabajo intensidades superiores a 90 dB (A) para ruidos intermitentes o de impacto, ni mayor de 85 dB (A) respecto a ruidos continuos, si los trabajadores no están provistos del equipo de protección personal adecuado que atenúe su intensidad hasta los 85 dB (A). Cuando sea necesario el uso de vehículos dentro de las fábricas, estos se proveerán de dispositivos que eliminen los ruidos superiores a 85 dB (A). No se permitirá apoyar los equipos de transmisión de fuerza en las paredes a fin de que no se produzcan ruidos o vibraciones que lleguen a otras secciones del lugar de trabajo. Deberá dotarse a los trabajadores de los dispositivos de uso personal que disminuyan su exposición a menos de 85 dB (A) en el ambiente de trabajo. Únicamente se permitirá la instalación de fábricas, talleres o cualquier otro centro de trabajo calificado como ruidoso, en las zonas declaradas industriales Toda persona física o jurídica que proyecte la construcción de edificios destinados a actividades comerciales o industriales consideradas como Sanitaria del Ministerio de Salud, las medidas que tiendan a la eliminación o reducción de los ruidos en los locales proyectados.

El Departamento de Medicina, Higiene y Seguridad Ocupacionales, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, será, junto con el Ministerio de Salud, el que determine mediante el uso de instrumentos adecuados la intensidad de los ruidos en los lugares de trabajo y la eficacia del equipo de protección personal.

En el Decreto No. 7554 Ley Orgánica del Ambiente se determina que el Estado y sus instituciones promoverán permanentemente la realización de estudios e investigaciones sobre el ambiente. Se ocupará de divulgarlos y apoyarán el desarrollo y la aplicación apropiados de tecnologías modernas y ambientalmente sanas.

En el Decreto No. 7554 Ley Orgánica del Ambiente se hace mención a la creación del Fondo Nacional Ambiental en donde se autoriza a las instituciones del Estado y a las municipalidades incluir, en sus presupuestos, las partidas anuales que estimen convenientes con el propósito de contribuir a los programas y proyectos de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. Asimismo El Sistema Bancario Nacional podrá abrir una cartera crediticia ambiental destinada a financiar los costos de reducción de la contaminación en procesos productivos, mediante créditos a una tasa de interés preferencial que determinará el Banco Central de Costa Rica.

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277

País / organización

Fuentes Fijas

Fuentes Móviles

Niveles permisibles

de ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones de

su implementación

Instrumentos económicos

Ecuador Libro VI de la Calidad

Ambiental y el Titulo VII del cambio climático

Los valores máximos permisibles de ruido ambiente para fuentes fijas se presentan en la Tabla 5.

Los valores máximos permisibles de ruido ambiente para fuentes móviles se presentan en la Tabla 1.

En las áreas rurales, los niveles de presión sonora corregidos 149 que se obtengan de una fuente fija, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no deberán superar al nivel ruido de fondo en diez decibeles A [10 dB(A)].

La medición de los ruidos en ambiente exterior producidos por una fuente fija se efectuará mediante un decibelímetro normalizado, previamente calibrado, con sus selectores en el filtro de ponderación A y en respuesta lenta (slow). Los sonómetros a utilizarse deberán cumplir con los requerimientos señalados para los tipos 0, 1 ó 2, establecidas en las normas de la Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission, IEC). El micrófono del instrumento de medición estará ubicado a una altura entre 1,0 y 1,5 m del suelo, y a una distancia de por lo menos 3 (tres) metros de las paredes de edificios o estructuras que puedan reflejar el sonido. Para la medición de ruido estable150 se dirige el instrumento de medición hacia la fuente y se determinará el nivel de presión sonora equivalente durante un período de 1 (un) minuto de medición en el punto seleccionado. Para el ruido fluctuante151 se dirige el instrumento de medición hacia la fuente y se determinará el nivel de presión sonora equivalente durante un período de, por lo menos, 10 (diez) minutos en el punto seleccionado. Con respecto a los sitios de medición para la medición del nivel de ruido de una fuente fija, se realizaran las mediciones en el límite físico o lindero o línea de fábrica del predio o terreno dentro del cual se encuentra alojada la fuente a ser evaluada. Se escogerán puntos de medición en el sector externo al lindero pero lo más cerca posible a dicho límite152. Las mediciones destinadas a verificar los niveles de presión sonora indicados en la tabla 1, se efectuaran con el vehículo estacionado, a su temperatura

La norma ecuatoriana contempla la aplicación de multas para las persona y establecimientos que no cumplan con los límites máximos de emisiones de ruidos para fuentes fijas y móviles. Para fuentes fijas se sancionará con una multa de 0.80 a 4.00 RBUM (remuneración básica unificada mínima) y para fuentes móviles se tiene una multa de 0.20 a 1.00 RBUM. Los casos de reincidencias comprobadas se sancionarán con la

149 Es aquel nivel de presión sonora que resulte de las correcciones establecidas en la presente norma.

150 RUIDO ESTABLE: ES AQUEL RUIDO QUE PRESENTA FLUCTUACIONES DE NIVEL DE PRESIÓN SONORA, EN UN RANGO INFERIOR O IGUAL A 5 DB(A) LENTO, OBSERVADO EN UN PERÍODO DE TIEMPO IGUAL A UN MINUTO

151 RUIDO FLUCTUANTE: ES AQUEL RUIDO QUE PRESENTA FLUCTUACIONES DE NIVEL DE PRESIÓN SONORA, EN UN RANGO SUPERIOR A 5 DB(A) LENTO, OBSERVADO EN UN PERÍODO DE TIEMPO IGUAL A UN MINUTO. 152 Para el caso de que en el lindero exista una pared perimetral, se efectuarán las mediciones tanto al interior como al exterior del predio, conservando la debida distancia de por lo menos 3 metros a fin de prevenir la influencia de las ondas sonoras reflejadas por la estructura física. El número de puntos será definido en el sitio pero se corresponderán con las condiciones más críticas de nivel de ruido de la fuente evaluada

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País / organización

Fuentes Fijas

Fuentes Móviles

Niveles permisibles

de ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones de

su implementación

Instrumentos económicos

normal de funcionamiento, y acelerado a ¾ de su capacidad. . En la medición se utilizará un decibelímetro, normalizado, previamente calibrado, con ponderación A y en respuesta lenta. El micrófono se ubicará a una distancia de 0,5 m del tubo de escape del vehículo siendo ensayado, y a una altura correspondiente a la salida del tubo de escape, pero que en ningún caso será inferior a 0,2 m. El micrófono será colocado de manera tal que forme un ángulo de 45 grados con el plano vertical que contiene la salida de los gases de escape.153

duplicación de multas impuestas previamente por las Comisarías Metropolitanas cuando no se cumplan con los límites antes mencionados154.

País / organización

Fuentes Fijas

Fuentes Móviles

Niveles permisibles

de ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones

de su implementación

Instrumentos económicos

Venezuela Ley Orgánica del Ambiente

En la Tabla 6 se presentan los niveles de emisión sonora establecidos para los ruidos en el

En el Reglamento N° 5 de la Ley Orgánica del Ambiente Relativo a Ruidos Molestos Nocivos se regulan las actividades que producen ruidos molestos o nocivos susceptibles de degradar o contaminar el ambiente. En este reglamento clasifican el ruido y sus efectos, como Grado I 155 , Grado II 156 , Grado III157 y Grado IV158.

La normatividad venezolana establece los niveles de emisión de ruido fijados para el ambientes

Las mediciones de ruido se ajustarán a las recomendaciones internacionales de la Organización Internacional para la Normalización (ISO) y la Comisión Internacional de Electrotécnica (IEC), mientras se establezcan las normas nacionales al respecto160. Las mediciones sonoras o de ruidos para los ambientes interiores transmitidas hacia otros recintos de la misma o de otra edificación, se harán a una altura y distancia entre 1, 2 y 1,5 metros de las ventanas o aberturas que existan

Dentro de la legislación venezolana no se contempla el uso de instrumentos económicos.

153 En el caso de vehículos con descarga vertical de gases de escape, el micrófono se situará a la altura del orificio de escape, orientado hacia lo alto y manteniendo su eje vertical, y a 0,5 m de la pared más cercana del vehículo. 154 Las multas serán actualizadas anualmente, en un porcentaje equivalente a la tasa oficial de inflación anual, de la valoración aplicada en el año inmediatamente anterior. El monto referencial de la remuneración básica unificada mínima (RBUM) será el vigente a la fecha. 155 Grado I: cuando la exposición produce molestia común por existir en el ambiente un nivel de ruido continuo equivalente desde 50 hasta 65 dB(A) después de las 7:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. y desde 40 hasta 50 dB(A) después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m. 156 Grado II: cuando la exposición produce molestia grave por existir en el ambiente un nivel de ruido continuo equivalente de más de 65 y hasta 80 dB(A) dentro de un lapso no menor de ocho (8) horas contado después de las 7:00 am hasta las 10:00 p.m.; o un nivel de más de 50 hasta 65 dB(A) después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m. 157 Grado III: cuando la exposición produce riesgos para la salud por existir en el ambiente un nivel de ruido continuo equivalente de mas de 80 hasta 90 dB(A) dentro de un lapso de por lo menos ocho (8) horas; 158 Grado IV: cuando la exposición produce riesgos graves para la salud por existir en el ambiente un nivel de ruido continuo equivalente mayor de 90 dB(A) dentro de un lapso de por lo menos ocho (8) horas.

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País / organización

Fuentes Fijas

Fuentes Móviles

Niveles permisibles

de ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones

de su implementación

Instrumentos económicos

ambiente interior de los recintos.

En la Tabla 1 se presentan los niveles de emisión sonora establecidos para los ruidos por el transporte terrestre. Con respecto a los ruidos emitidos por aviones y aeronaves se aplicarán las normas contenidas en el Anexo 16 del Convenio de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

exteriores 159 (ver Tabla 7).

comunicando los dos ambientes o a una distancia de por lo menos 5 metros de cualquier pared, edificación y otra estructura, que pueda reflejar el sonido. Las mediciones en el ambiente exterior se harán a una altura entre 1.2 y 1.5 metros sobre el suelo y a una distancia de por lo menos 5.5 metros de cualquier pared, edificación u otra estructura que pueda reflejar el sonido. La exposición al ruido se evaluará según el concepto "nivel de ruido continuo equivalente 161 ". El procedimiento para obtener los valores de la exposición al ruido se efectuará de acuerdo con las recomendaciones de la publicación R1.996 de la Organización Internacional para la Normalización (ISO).

160 Los resultados de las mediciones se indicarán en unidades dB(A), con excepción de la evaluación del ruido producido por los aviones y aeronaves, en cuyo caso se usará la unidad EPN dB para determinar el nivel efectivo de ruido percibido, según se describe en el Apéndice I del anexo 16 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). 159 Se considera como ambiente exterior el espacio externo a las edificaciones, los lugares al aire libre, las calles y demás vías, las plazas y toda área pública, independientemente de los usos a que estén destinados y de las actividades que en ellas se realicen. 161 El ruido continuo equivalente se define como la energía equivalente en un intervalo de tiempo determinado, durante el cual el nivel de ruido esté fluctuando.

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País / organización

Fuentes Fijas

Fuentes Móviles

Niveles permisibles de

ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones de su implementación Instrumentos económicos

Cuba

La ley 81 del medio ambiente, en su capítulo III de Ruidos, vibraciones y otros factores física determina que los Ministerios de Salud Pública, de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, dictarán o propondrán las normas relativas a los niveles permisibles de sonido y ruido, a fin de regular sus efectos para el medio ambiente. La NC 19-01-04: 80 Establece los requisitos higiénicos sanitarios en cuanto a los aspectos generales de la protección contra el ruido, los niveles máximos admisibles, así como los términos y definiciones y la clasificación de los ruidos.

Las prohibiciones, restricciones y requerimientos relativos a los procesos tecnológicos y la importación de tecnología, en lo que se refiere a ruido será competencia de los ministerios nombrados en la ley 81. La normatividad cubana adoptó las siguientes normas técnicas en cuanto a los procedimientos y tecnologías de medición: - NC 19-01-06: 83: Plasma los requisitos generales para realizar mediciones de ruido y realizar su correspondiente valoración, en los lugares donde se encuentren personas. NC 19-01-10: 83 Ofrece un método para determinar la potencia sonora del ruido emitido por máquinas, mecanismos, equipos técnicos y otras fuentes sonoras. NC 18-64: 86 Describe un procedimiento para determinar el nivel sonoro de los vehículos automotores en marcha (método dinámico). NC 90-16-01: 87 Establece la forma de verificar los sonómetros clase 1, 2 y 3. Condiciones y ejecución de la verificación. Ajuste acústico, desviaciones permisibles con respecto a la frecuencia de 1000 Hz y otros aspectos de la verificación. NC 26: 99 (experimental) Establece el método de medición del nivel sonoro utilizado como indicador del ruido ambiental, junto a posibles modelos de pronóstico y niveles máximos admisibles y tolerables en zonas habitables, tanto en el interior de viviendas, como en las áreas urbanizadas aledañas.

En 1989 se finalizó un estudio ambiental realizado en zonas residenciales de la Ciudad de la Habana. Resultó que el ruido era uno de los factores que más afectaba a la población, tanto en el hogar como en el trabajo. Los especialistas del área de Proyectos de la Construcción y del Instituto de Higiene y Epidemiología concluyeron que los niveles superaban con creces lo permitido por la higiene sonora y las normas nacionales e internacionales consultadas. En Cuba existen leyes, normativas y reglamentos relacionados con el ruido, aunque no muchas ni sistemáticas. En ocasiones tratan el tema de la contaminación sonora directamente y otras veces hacen mención de ella como un elemento más a considerar en un asunto de mayor alcance. Uno de los recursos legales es el reglamento aprobado por el gobierno de Ciudad de la Habana, que establece los niveles de ruido tolerables en función del lugar y los horarios del día y la noche. Existe poco conocimiento de su existencia, ninguna de las leyes, decretos y reglamentos existentes en Cuba abundan en detalles técnicos, tratan al ruido de manera muy general y no establecen relación con el grupo de normas obligatorias emitidas por la Oficina Nacional de Normalización.

Cuba dentro de su normatividad no establece instrumento o alternativas económicas en materia de ruido.

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281

País / organización Fuentes

Fijas Fuentes Móviles

Niveles permisibles de

ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones de su

implementación Instrumentos económicos

Chile

D.S. Nº 146/97

D.S. Nº 129/02 del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones

Niveles máximos de emisión de ruido para buses de locomoción colectiva urbana y rural: Buses livianos Medianos y Pesados162 Medición en el Escape: 100 dB(A). Buses Livianos163: Escape: 95 dB(A) Motor: 98 dB(A) Interior: 88 dB(A) Dinámico Interior y Exterior: 82 dB(A) Buses Medianos y Pesados: Escape: 95 dB(A) Motor: 98 dB(A) Interior: 88dB(A)

La norma chilena establece los niveles máximos permisibles de presión sonora generados por fuentes fijas para Zonas clasificadas como Zona I164, Zona II165, Zona III 166 y Zona IV167 (ver Tabla 8).

Las mediciones de ruido para fuentes fijas se realizan con: Registradores gráficos, dispositivos de grabación, un sonómetro integrador que cumpla con las exigencias señaladas para los tipos 0, 1 o 2, establecidas en las normas de la Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission, IEC Standard Meters"), primera edición de 1979; y No. 804 "Sonómetros Integradores-promediadores" ("Integrating-averaging Sound Level Meters"), primera edición de 1985.

El instrumental para realizar las mediciones de los niveles de ruido para los buses de locomoción colectiva urbana y rural deberá tener las siguientes características:

- Rango de medición de mínimo de 50 a 110 dB - Con filtro de ponderación de frecuencias “A”.

Respuesta "Fast" - Que cumpla con el Tipo 1 de la Norma Chilena

NCh2500, equivalente a la norma IEC 60651, acreditado mediante certificado vigente.

- La calibración del instrumental deberá realizarse mediante un calibrador acústico que cumpla con la Clase 1 según la norma IEC 60942, acreditado

162 Esta norma aplica para los buses de locomoción colectiva urbana o rural que hayan solicitado su primera inscripción de registro Nacional de Vehículos Motorizados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta norma (Decreto 129/02) y aquellos que la soliciten desde el día de entrada en vigencia de la misma y hasta seis meses después. 163 Esta norma aplica para los buses de locomoción colectiva urbana o rural que hayan solicitado su primera inscripción de registro Nacional de Vehículos Motorizados después de seis meses con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta norma (Decreto 129/02) y aquellos que la soliciten desde el día de entrada en vigencia de la misma y hasta seis meses después 164 Zona I: Aquella zona cuyos usos de suelo permitidos de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponden a: habitacional y equipamiento a escala vecinal. 165 Zona II: Aquella zona cuyos usos de suelo permitidos de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponden a los indicados para la Zona I, y además se permite equipamiento a escala comunal y/o regional. 166 Zona III: Aquella zona cuyos usos de suelo permitidos de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponden a los indicados para la Zona II, y además se permite industria inofensiva. 167 Zona IV: Aquella zona cuyo uso de suelo permitido de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponde a industrial, con industria inofensiva y/o molesta.

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Dinámico Interior y Exterior: 84 dB(A).

mediante certificado vigente.

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País / organización

Fuentes Fijas Fuentes Móviles

Niveles permisibles

de ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición Implicaciones de su

implementación Instrumentos económicos

Unión Europea 84/424/CEE 86/594/CEE 2002/30/EC 86/594/EEC

La UE tiene reglamentado aparatos electrodomésticos, artículos recreativos

La UE tiene reglamenta automóviles, motocicletas, llantas para vehículos automotores, tráileres, entre otros, aviones supersónicos, jets, así como también limitan las operaciones de los aviones, trenes de alta velocidad. En la Tabla 1 se presentan lo niveles sonoros de vehículos para transporte de pasajeros, mercancías y motocicletas.

La UE tiene regulaciones especificas que limitan las operaciones en aeropuertos

Los procedimientos de medición desarrollados por la UE, son específicos para cada una de las fuentes que se encuentran cubiertas por la ley, dichos procedimientos dependen del tipo de la fuente generadora del ruido. Los métodos recomendados para lo Estados miembros que no cuentan con métodos nacionales del cálculo o para lo que quieren cambiar a otro método de cálculo, son los siguientes: - Ruido Industrial: ISO 9613- 2 «Acoustics — Attenuation of sound propagation outdoors, Part 2: General method of calculation». - Ruidode aeronaves: ECAC.CEAC Doc. 29 «Report on Standard Method of Computing Noise Contours around Civil Airports», 1997. - Ruido del tráfico rodado: el método nacional de cálculo francés «NMPB-Routes-96 (SETRA-CERTULCPC- CSTB)», mencionado en el «Arrêté du 5 mai 1995 relatif au bruit des infrastructures routières, Journal officiel du 10 mai 1995, article 6» y en la norma francesa «XPS 31-133». Por lo que se refiere a los datos de entrada sobre la emisión, esos documentos se remiten al «Guide du bruit des transports terrestres, fascicule prévision des niveaux sonores, CETUR 1980». - Ruido de trenes: es el método nacional de cálculo de los Países bajos, publicado en “Reken – en Meetvoorsch- rift Railverkeerslawaai ’96, Ministerie Volkshuisvesting, Ruimtelijke Ordening en Milieubeheer, 20 November 1996».

Los tipos de medidas económicas que se utilizan en la política de reducción del ruido, incluyen impuestos y tasas por la emisión de ruidos, incentivos económicos para fomentar la reducción de ruido y el desarrollo de productos con niveles de ruido bajos, así como el pago de compensaciones a las personas afectadas por el ruido.

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284

País / organización

Niveles permisibles de ruido ambiental Fuentes Fijas

Fuentes Móviles

Procedimiento y tecnología de medición

Implicaciones a la Salud Instrumentos económicos

OMS

En la Tabla 9 se presentan los valores guía recomendados por la OMS.

La OMS hace especial énfasis en el ruido generado por las industrias, el transporte, las construcciones y edificios y el ruido en hogares. Por otro lado la OMS hace especial énfasis sobre la utilización de micrófonos, los cuales deben ser acreditados, dado que es este el instrumento de mayor importancia y debe construido con unas especificaciones tales que garantice la una relación entre el ruido generado y la medida reportada

Dentro de los diferentes estudios realizados por la OMS se ha podido comprobar varios efectos sobre la salud de los humanos, estos problemas tienen asociado el tiempo de la perturbación, así como los niveles a los cuales están sometidos las personas. Dentro de los efectos a la salud comprobados se encuentran: disminución auditiva, interferencia con la comunicación, molestias al dormir, efectos cardiovasculares y sicológicos disturbios mentales.

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País / organización

Fuentes Fijas Fuentes Móviles

Niveles permisibles de

ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición

Implicaciones de su

implementación Instrumentos económicos

México NOM-079ECOL-

1994 NOM-080ECOL-

1994 NOM-081ECOL-

1994 NOM-082ECOL-

1994

Para obtener el nivel sonoro de una fuente fija se debe aplicar el procedimiento de actividades siguiente: Un reconocimiento inicial; una medición de campo; un procesamiento de datos de medición y; la elaboración de un informe de medición. En la Tabla 10 se presentan los valores máximos permisibles de ruido en fuentes fijas

El Vehículo deberá estar preparado de la siguientes manera:

Neumáticos inflados a presión según el fabricante.

Temperatura normal de operación Máximo dos pasajeros Con tracción sencilla.

En la Tabla 1 se presentan los límites máximos permisibles de ruido que generan los vehículos automotores y motocicletas

Las emisiones de ruido de vehículos automotores se medirán con un sonómetro, un calibrador acústico, un cable de extensión del micrófono, un protector de micrófono contra viento, un trípode para el micrófono, un tacómetro de pulsación y un anemómetro. Las emisiones de ruido de fuentes fijas se medirán con un sonómetro de precisión, un calibrador y un impresor gráfico.

Actualmente están vigentes dos incentivos fiscales que tienen como objetivo principal apoyar la instalación de infraestructura que se traduzca en un beneficio ambiental. - Depreciación acelerada. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ofrece a los empresarios que adquieran activos fijos que reporten un beneficio ambiental, como inversión nueva, el estimulo de la depreciación acelerada. Con este incentivo se da oportunidad a que las empresas industriales puedan deducir en un solo año el monto de sus activos, con la consiguiente disminución de la base sobre la que se grava el impuesto sobre la renta. - Arancel cero. Cuando las industrias adquieran en el extranjero equipo de monitoreo, control, o prevención de la contaminación podrán importarlo, al amparo de la fracción arancelaria No. 9806.00.04, sin pago de aranceles. El arancel cero se otorga a la importación de equipo cuya inversión, ajustándose a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI) y la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), reporte un beneficio ambiental y no se produzca competitivamente en México.

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País / organización

Fuentes Fijas Fuentes Móviles

Niveles permisibles de

ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición

Implicaciones de su implementación

Instrumentos económicos

Estados Unidos Noise

Control Act

La EPA ha establecido unos niveles de exposición de ruido por factor del tiempo (Ver Tabla 11).

Dentro de los principales proyectos que esta adelantando la EPA se pueden encontrar Colegios sin Ruido, Céspedes Sin Ruido, Lagos Sin Ruido y Carros Sin Alarma Generadoras de Ruido. Estos cuatro programas traen asociados la generación de nueva normatividad y traerá como consecuencia gastos adicionales. Por otro lado por los altos niveles de ruido en algunos aeropuertos se han tomada medidas de restringir el aterrizaje de ciertos aviones, asimismo de han incorporado nuevos exostos en motocicletas que permitan la reducción del ruido.

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País / organización Fuentes Fijas Fuentes Móviles Niveles

permisibles de ruido ambiental

Procedimiento y tecnología de medición

Implicaciones de su

implementación

Instrumentos económicos

Brasil Ley 9503 de 1997 Res. 230 de 1997 Res. 001 de 1990 Res. 268 de 2000

Las emisiones de ruido, en cualquier actividad industrial, comercial, social o recreativa, inclusive las de propaganda política, se regularán de acuerdo a las Normas técnicas Brasileras, y específicamente a la Evaluación de Ruido en Áreas Habitadas

Para las motocicletas las practicas de ensayo y monitoreo de los niveles de ruido serán efectuados conforme a la Directiva 97/24/EC En la Tabla 1 se presentan los niveles máximos de ruido para automotores. Vehículos militares, de competición, maquinas agrícolas, maquinaria de obras civiles, y otras de aplicación especial no están reglamentados. Los vehículos nuevos o usados y modificados deberán cumplir con las normas de ruido establecidas.

Las mediciones de ruido deberán ser realizados de acuerdo a las normas Brasileras: NBR 8433: Para vehículos en aceleración NBR 9714: Para vehículos quietos. Los equipos para realizar los ensayos de medición deberán ser calibrados en algunos de los laboratorios acreditados en la Red Brasilera de Calibración

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País / organización Niveles permisibles de ruido ambiental, fuentes fijas y móviles Procedimiento y

tecnología de medición

Implicaciones de su implementación

Instrumentos económicos

Colombia Decreto 948 de 1995

Resol. 8321/83

Colombia ha realizado una clasificación de sectores de la siguiente manera: A – Tranquilidad y Silencio: áreas urbanas donde están situados hospitales, guarderías, bibliotecas, sanatorios y hogares geriátricos. B- Tranquilidad y Ruido moderado: zonas residenciales o exclusivamente destinadas para el desarrollo habitacional, parques en zonas urbanas, escuelas, universidades y colegios. C- Ruido intermedio restringido: zonas con usos permitidos industriales y comerciales, oficinas, uso institucional y otros usos relacionados. D- Zona suburbana o rural de tranquilidad y ruido moderado: áreas rurales habitadas destinadas a la explotación agropecuaria, o zonas residenciales suburbanas y zonas de recreación y descanso. Están sujetos a restricciones y control todas las emisiones, sean continuas, fluctuantes, transitorias o de impacto Se prohíbe el uso de altoparlantes y amplificadores en zonas de uso público y de aquellos que, instalados en zonas privadas, generen ruido que trascienda al medio ambiente. Se prohíbe la generación de ruido en los sectores A y B. El uso del claxon o bocina por toda clase de vehículos estará restringido, conforme a las normas que al efecto expidan las autoridades competentes. Los vehículos de servicio público de transporte de pasajeros, tales como buses y taxis, no podrán mantener encendidos equipos de transmisiones radiales o televisivas, que trasciendan al área de pasajeros, a volúmenes que superen el nivel de inteligibilidad del habla. Al transito de tráfico pesado estará restringido en los sectores tipo A. Prohíbase la circulación de vehículos que no cuenten con sistema de silenciador en correcto estado de funcionamiento. En la Resolución 8321/83 se establecen los niveles de presión sonora máximos permisibles para:

Prevenir y controlar las molestias, las alteraciones y las pérdidas auditivas ocasionadas en la población (ver Tabla 12).

Vehículos de motor, motocicletas o cualquier otro similar (ver Tabla 1).

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establecerá los métodos de evaluación de ruido ambiental, y de emisión de ruido, según sea el caso, teniendo en cuenta procedimientos técnicos internacionalmente aceptados. El proyecto de resolución plantea los métodos y equipos de medición. Asimismo la determinaciones de ruido de fondo

Desafortunadamente el proyecto de Resolución de Ruido elaborado por el MAVDT no fue publicado, y desde el Decreto 948 de 1995 el país no ha contado con una normatividad que establezca los límites máximos de ruido ambiental, en fuentes fijas y en fuentes móviles. Bogotá cuenta con una Red de Monitoreo de Ruido.

A la fecha no se han planteado incentivos o desincentivaos económicos para ruido.

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289

País / organización Fuentes Fijas y Mòviles Niveles permisibles de ruido

ambiental

Procedimiento y tecnología de

medición

Implicaciones de su

implementación

Instrumentos económicos

España

Ley 37/2003 De Noviembre 17,

Del ruido

A los efectos de esta ley, los emisores acústicos se clasifican en: a. Vehículos automóviles b. Ferrocarriles c. Aeronaves d. Infraestructuras viarias e. Infraestructuras ferroviarias f. Infraestructuras aeroportuarias g. Maquinaria y equipos h. Obras de construcción de edificios y de ingeniería civil i. Actividades industriales j. Actividades comerciales k. Actividades deportivo-recreativas y de ocio l. Infraestructuras portuarias Los valores límite de emisión de los diferentes emisores acústicos, así como los valores límites de inmisión, serán determinados por el gobierno.

Las áreas acústicas se clasificarán, en atención al uso predominante del suelo, en los tipos que determinen las comunidades autónomas, las cuales habrán de prever, al menos los siguientes: a. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial b. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial c. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculo d. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en el párrafo anterior e. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica f. Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los reclamen g. Espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica. El gobierno aprobará reglamentariamente los criterios para la determinación de los distintos tipos de áreas acústicas.

El gobierno regulará: a. Los métodos de evaluación para la determinación de los valores de los índices acústicos aludidos en el artículo anterior y de los correspondientes efectos de la contaminación acústica. b. El régimen de homologación de los instrumentos y procedimientos que se empleen en la evaluación y de las entidades a las que, en su caso, se encomiende ésta.

Esta ley pretende dotar de mayor cohesión a la ordenación de la contaminación acústica en el ámbito estatal en España y quiere promover activamente, a través de una adecuada distribución de competencias administrativas y del establecimiento de los mecanismos oportunos, la mejora de la calidad acústica del entorno. Las medidas a tomar se dividen en dos: la acción preventiva y la acción correctora. Dentro de la acción preventiva se destacan: La planificación territorial y planeamiento urbanístico, el autocontrol de las emisiones acústicas, la creación de reservas de sonidos de origen natural, etc.

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290

País / organización

Fuentes Fijas y Móviles Niveles permisibles de

ruido ambiental Implicaciones de su

implementación Instrumentos económicos

Política futura de Lucha contra el

Ruido

Libro Verde de la Comisión

Europea Bruselas

1.996

Todos los Estados miembros disponen de clasificaciones similares de las fuentes de ruido ambiental relacionadas con las diversas actividades humanas: tráfico por carretera, tráfico ferroviario, tráfico aéreo, industria, ingeniería civil y actividades de construcción, actividades recreativas, equipo de exterior (por ej. Equipo de jardinería).

Toman como base los valores de orientación dados por la OMS y la OCDE. (Tabla 9)

Una encuesta sobre la situación en los países comunitarios muestra que la mayor parte de los Estados Miembros han adoptado medidas legislativas o recomendaciones con el objetivo de establecer límites de emisión en zonas sensibles similares a los valores de orientación citados. Por regla general, los límites sobre las fuentes de ruido, la situación actual del ruido y el tipo de zona de residencia están más pormenorizados y especificados que los valores de orientación de la OMS. Estas reglamentaciones están cada vez más integradas en las legislaciones nacionales de reducción del ruido y se aplican en los planes de utilización del suelo. Las normas de emisión de ruido que se aplican a los nuevos progresos son elaboradas normalmente por las autoridades locales en el marco de la política de planificación y utilizada como referencia en la evaluación del impacto ambiental.

La utilización de instrumentos económicos para la reducción del ruido no es muy común en Europa. La OCDE, en su informe “Combatir el ruido en los años 90” (OCDE, 1.991), llegó a la conclusión que los incentivos económicos para la reducción del ruido se habían mostrado eficaces con respecto a los vehículos rodados, en los pocos casos en que fueron utilizados. Los impuestos sobre el ruido, han sido utilizados todavía menos que los incentivos y su función principal ha sido la de aumentar los fondos para las medidas del control del ruido. La inclusión de una tasa por ruido en los gastos de aterrizaje para los aviones es un instrumento económico bastante utilizado. Se aplicó por primera vez en Europa en los años 70 y tiende a aumentar. En la mayoría de los países estos ingresos se destinan a la financiación de programas de aislamiento alrededor de los aeropuertos. En Alemania y los Países Bajos se han aplicado incentivos bajo la forma de subvenciones para comprar vehículos de transporte de mercancías con bajos niveles de ruido. Más del 60% de los camiones que circulan actualmente en los Países Bajos tienen niveles de ruido inferiores en 5 dB(A) a las actuales normas.

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291

País / organización

Fuentes Fijas Fuentes Móviles Niveles permisibles de ruido

ambiental Procedimiento y tecnología

de medición

Implicaciones de su

implementación

Instrumentos económicos

Reglamento de Protección contra la

Contaminación Acústica

Decreto

326/2003, de 25/11, de la Junta de

Andalucía

Las actividades, instalaciones o actuaciones ruidosas no podrán emitir al exterior, con exclusión de ruido de fondo, un NEE superior al limite del reglamento, en función de la zonificación y horario.

Todos los vehículos de tracción mecánica mantendrán en buenas condiciones de funcionamiento el motor, la transmisión, carrocería y de más elementos capases de transmitir ruidos y, especialmente, el silencioso del escape, con el fin de que el nivel sonoro emitido por el vehiculo, no exceda en más de tres dB(A) los limites de inmisión de ruido y los limites de emisión permisible en este reglamento. La emisión sonora de la maquinaria que se utiliza en las obras publicas y la construcción debe ajustarse a las prescripciones que establece la normativa deigente: la Directiva 2000/14/CE, del parlamento europeo y del consejo del 8 de mayo de 2000

Se utilizaran como limites sonoros, a nivel de fachada de las edificaciones afectadas, los limites definidos en este reglamento en función del área de sensibilidad acústica y del periodo de funcionamiento de la actividad, valorados por su nivel continuo equivalente día y su nivel continuo equivalente noche. Las áreas de sensibilidad acústica se clasifican de acuerdo con la siguiente topología: TIPO I: área de silencio. Uso sanitario, docente, cultural, espacios naturales protegidos. TIPO II: área levemente ruidosa. Uso residencial zona verde adecuaciones recreativas, campamentos de turismo, aulas de la naturaleza y senderos. TIPO III: área tole dablemente ruidosa. Uso de hospedaje, de oficinas o servicios, comercial, deportivo, recreativo. TIPO IV: área ruidosa. Uso industrial, zona portuaria, servicios públicos. TIPO V: área especialmente ruidosa. Sectores del territorio afectados por servidumbres sonoras a favor de infraestructuras de transporte, autovías, autopistas, rondas de circunvalación ejes ferroviarios, aeropuertos y áreas de espectáculos al aire libre.

1. En la elaboración de estudios y ensayos acústicos, se utilizarán para la medida de ruidos sonómetros o analizadores clase 1 que cumplan los requisitos establecidos por las normas UNE-EN-60651: 1996 y UNE-EN-60651A1: 1997 para sonómetros convencionales, las UNE-EN-60804: 1996 y UNE-EN-60804 A2: 1997 para sonómetros integradores-promediadores, y la UNE-20942: 1994 para calibradores sonoros acústicos, la UNE 21328 para filtros de octava, de media octava y tercios de octava en análisis de ruido y vibraciones. En los demás casos se podrán utilizar sonómetros o analizadores de clase 2. 2. Al inicio y final de cada medición acústica se efectuará una comprobación del sonómetro utilizado, mediante un calibrador sonoro apropiado para el mismo. 3. Como regla general se utilizarán: - Sonómetros integradores-promediadores, con análisis estadísticos y detector de impulso, para medidas de NAE y NEE. - Sonómetros con análisis espectral para medidas en bandas de tercios de octava, para medición de aislamientos acústicos, vibraciones, NAE y tonos puros.

A fin de obligar a la adopción de las medidas correctoras que sean procedentes, la Administración competente podrá imponer multas coercitivas sucesivas de hasta 300 euros cada una u otra cantidad superior que sea autorizada por las leyes. Las infracciones a las normas de calidad y prevención acústica podrán ser objeto de sanciones. Las multas correspondientes se graduarán de acuerdo con la valoración o circunstancia agravante que posea.

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Tabla 1. Niveles permisibles de ruido para fuentes móviles por país.

País

Tipo de fuente móvil

Ciclo del motor

Niveles sonoros

permisibles dB(A)

Categoría del vehículo Peso del vehículo

Potencia del motor

Argentina

Vehículo destinado al transporte de personas con capacidad hasta de 8 plazas < 3,5 T 79 Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas

< 3,5 T 79

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas

> 3,5 T 80

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas sentadas, además del asiento del conductor > 150 kW 83

Vehículos destinados al transporte de mercancías 12 T 84 Motocicletas y ciclomotores con cilindrada menor o igual a 80 cm3 78 Motocicletas y ciclomotores con cilindrada entre 81 y 125 cm3 80 Motocicletas y ciclomotores con cilindrada entre 126 y 350 cm3 83 Motocicletas y ciclomotores con cilindrada entre 350 y 500 cm3 85 Motocicletas y ciclomotores con cilindrada mayor a 500 cm3 86

Bolivia Vehículo

3,0 T 79 168 3,0-10 T 81

> 10 T 84 Motociclistas, triciclos y cuatriciclos motorizados 84169

Ecuador

Motocicletas de hasta 200 cc 80 Motocicletas entre 200 y 500 cc 85 Motocicletas mayores a 500 cc 86

Transporte de personas, nueve asientos, incluido el conductor

80 < 3,5 T 81 > 3,5 T 82 > 3,5 T > 200 HP 85

Vehículos de carga < 3,5 T 81

3,5-12,0 T 86 > 12,0 88

Venezuela Motocicletas de cualquier cilindraje 80 Automóviles 83

Camionetas y autobuses < 3,5 T 85 > 3,5 T 87

México Vehículos < 3,0 T 79

3,0-10,0 T 81 10,0 T 84

Desplazamiento del motor hasta de 449 cc 79 Desplazamiento del motor de 450 en adelante 81

Brasil Vehículos de pasajeros hasta 9 pasajeros

OTTO 74 Diesel 75 Inyección 74

Vehículos de pasajeros con más de 9 puestos 2 T OTTO 76 Diesel 77 Inyección 76

Vehículos de carga o de tracción y vehículos de uso mixto 2-3,5 T OTTO 77

168 Estos valores deben ser medidos a 15 metros de distancia de la fuente. 169 Estos valores deben ser medidos a 7,5 metros de distancia de la fuente.

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293

País

Tipo de fuente móvil

Ciclo del motor

Niveles sonoros

permisibles dB(A)

Categoría del vehículo Peso del vehículo

Potencia del motor

Diesel 78 Inyección 77

Vehículos de pasajeros o de uso mixto

> 3,5 T < 150 kW OTTO Diesel

Inyección 78

> 3,5 T > 150 kW OTTO Diesel

Inyección 80

Vehículo de carga o de tracción

> 3,5 T < 75 kW OTTO Diesel

Inyección 77

75-159 kW OTTO Diesel

Inyección 78

> 150 kW OTTO Diesel

Inyección 80

Unión

Europea

Vehículos de transporte de pasajeros con menos de 9 asientos 74

Vehículos de transporte de pasajeros con mas de 9 asientos 2,0 T 76

2,0-3,5 T 77 > 3,5 T < 150 kW 78

Vehículos de transporte de pasajeros > 3,5 T > 150 kW 80

Vehículos de transporte de mercancías

< 2,0 T 76 2,0-3,5 T 77

> 3,5 75-150 kW 78 > 150 kW 80

Motocicletas < 80 cc 75 Motocicletas 80-175 cc 77 Motocicletas > 175 cc 78

Colombia Vehículo < 2,0 T 83

2,0-5,0 T 85 > 5,0 T 92

Motocicletas 86

Tabla 2. Límites Máximos Permisibles de Ruido y los Valores Límites de Transmisión de Vibraciones en Argentina

ÁREA DE SENSIBILIDAD ACÚSTICA VALORES LÍMITE EXPRESADOS EN Laeq,T

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294

Período diurno (15 hs.) Período nocturno (9 hs.)

Tipo I (Área de silencio) 60 50

Tipo II (Área levemente ruidosa) 65 50

Tipo IV (Área ruidosa) 75 70

Tipo V (Área especialmente ruidosa) 80 75

Tabla 3. Niveles de inmisión para Argentina cuando se detecta un foco emisor claro170.

Área de sensibilidad acústica Uso predominante del

recinto

Valores límite expresados en tL Aeq,T

Período diurno (15 hs.) Período nocturno (9

hs.)

Tipo VI (Área de trabajo) Sanitario 50 40

Tipo VI (Área de trabajo) Docente 50 50

Tipo VI (Área de trabajo) Cultural 50 50

Tipo VI (Área de trabajo) Oficinas 55 55

Tipo VI (Área de trabajo) Comercios 60 60

Tipo VI (Área de trabajo) Industria 60 60

Tipo VII (Área de vivienda) Zona habitable 50-60 50-60171

Tipo VII (Área de vivienda) Zona de servicios 55-65 45-55

Tabla 4. Límites máximos permisibles de emisión de ruidos para fuentes fijas en Bolivia.

CARACTERÍSTICAS LIMITES PERMISIBLES DE EMISIÓN DE RUIDO PROVENIENTE DE FUENTES FIJAS

Límite máximo permisible de emisión de ruido en fuentes fijas de las seis a las veintidós horas

68 dB(A)172

Límite máximo permisible de emisión de ruido en fuentes fijas de las veintidós a las seis horas 65 dB (A)172

Límite máximo permisible de emisión de ruido durante un lapso no mayor a quince minutos

115 dB (A) mas o menos 3 dB (A)

Límite máximo permisible de emisión de ruido durante un lapso no mayor a un segundo.

140 dB (A)

Límite máximo de emisión de ruido para fuentes fijas que se localicen en áreas cercanas a centros hospitalarios, guarderías, escuelas, asilos y otros lugares de descanso.

55 dB (A)

Límite máximo de emisión de ruido para la instalación de aparatos amplificadores de sonido y otros dispositivos similares en la vía pública.

75 dB (A)

170 En el ambiente exterior y/o interior ningún emisor acústico podrá producir niveles de inmisión sonoros que excedan los LMP establecidos en la tabla 3. 171 Los valores de esta tabla permiten una variación de hasta +10%. 172 Estos valores deben ser medidos en forma continua o semicontinua en las colindancias del predio, durante un lapso no menor de quince minutos.

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Tabla 5. Niveles máximos de ruido permisibles para fuentes fijas según uso del suelo en Ecuador.

TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE

NPS eq [dB(A)] DE 06:00 A 20:00 DE 20:00 A 06:00

Zona hospitalaria y educativa 45 35 Zona Residencial 50 40

Zona Residencial mixta 55 45 Zona Comercial 60 50

Zona Comercial mixta 65 55 Zona Industrial 70 65

Tabla 6. Niveles permisibles de ruidos en ambientes interiores de los recintos(Venezuela).

Ambiente interior Horario Nivel de ruido

permisible db(a)

Viviendas, comercio o para cualquier uso, hacia otros recintos de la misma o de otra edificación

Después de las 7:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.

50

Después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m

40

Tabla 7. Niveles de emisión sonora para ambientes exteriores (Venezuela).

Ambiente Exterior Horario 1 Nivel de Ruido Permisible

db(A)

Zonas hospitalarias y educacionales

Después de las 7:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.

50

Después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m

40

Zonas residenciales

Después de las 7:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.

55

Después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m.

45

Zonas mixtas residenciales-comerciales y zonas recreacionales

Después de las 7:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.

65

Después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m.

55

Zonas mixtas comerciales-industriales y zonas industriales

Después de las 7:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.

70

Después de las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m.

50

Tabla 8. Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos para fuentes fijas (Chile).

Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregidos (NPC) en dB (A) Lento de 7 a 21 Hrs. de 21 a 7 Hrs.

Zona I 55 45

Zona II 60 50 Zona III 65 55 Zona IV 70 70

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Tabla 9. Valores recomendados por la OMS para ruido en ambientes específicos

Ambiente Especifico Efecto Critico para la Salud LAeq (dB) Tiempo (Horas)

LAmax, rapido (dB)

Zona de aire libre Molestia grave, durante el día y tarde Molestia moderada, durante el día y tarde

55 50

16 16

- -

Dentro de la vivienda Dentro de los dormitorios

Molestia ligera, durante el día y la tarde Molestia al dormir, en la noche

35 30

16 8

- 45

Fuera de los dormitorios Molestia al dormir, ventana abierta (niveles exteriores)

45 8 60

Salones de clase de colegio y jardines Perdida de concentración, y comunicación 35

Durante clases -

Dormitorio en colegios Molestia al dormir 30 Mientras duerme

45

Patios de colegio Fastidio (Fuentes exteriores) 55 Durante juego

-

Hospitales y guarderías Molestia al dormir, en la noche Molestia al dormir, durante el día y tarde

30 30

8 16

40 -

Cuartos de tratamiento en hospitales

Interferencia con el descanso y recuperación Nº 1

Áreas de comercio, trafico, industriales y de compras (interiores y exteriores)

Empeoramiento auditivo 70 24 110

Ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento

Empeoramiento auditivo 100 4 110

Vías públicas Empeoramiento auditivo 85 1 110 Musica a traves de audifonos Empeoramiento auditivo 85 1 110

Sonidos de juguetes, juegos pirotécnicos y armas de fuego

Empeoramiento auditivo (Adultos) Empeoramiento auditivo (niños)

- - 140

120

Tabla 10. Niveles máximos permisibles de presión sonora para fuentes fijas en México.

Horario Límites Máximos Permisibles dB(A) De 6:00 a 22:00 68 De 22:00 a 6:00 65

Tabla 11. Valores de exposición de ruido en función del tiempo, EPA.

Duración por día (Horas) Niveles de Ruido dBA, Baja respuesta 8 90 6 92 4 95 3 97 2 100

1,5 102 1 105

0,5 110 0,25 o menos 115

Tabla 12. Niveles de presión sonora máximos para prevenir y controlar las molestias, las alteraciones y las pérdidas auditivas ocasionadas en la población por la emisión de ruido. (Colombia)

Zonas Nivel de presión sonora dB(A) 7:01 am - 9:00 pm 9:01 am - 7:00 pm

Zona I Residencial 65 45 Zona II Comercial 60 60

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Zona III Industrial 70 75 Zona IV de tranquilidad 45 45

Tabla 13. Niveles limite de inmisión de ruido en el interior de las edificaciones. Nivel acústico de

evaluación NAE. (Andalucía, España)

Zonificación Tipo de Local Niveles Límites

Día (7-23) Noche (23-7) Equipamientos Sanitario y bienestar social 30 25 Cultural y religioso 30 30

Educativo 40 30 Para el ocio 40 40 Servicios Terciarios Hospedaje 40 30 Oficinas 45 35 Comercio 55 45 Residencial Piezas habitables, excepto cocinas y cuartos de baño 35 30 Pasillos, aseos y cocinas 40 35 Zonas de acceso común 50 40 Tabla 14. Niveles límite de emisión de ruido en el exterior de las edificaciones. Nivel de emisión

exterior NEE. (Andalucía, España) Situación Actividad Niveles Límites (dBA)

Día (7-23) Noche (23-7) Zona de equipamiento sanitario 60 30 Zona con residencia, servicios, terciarios, no comercialeso equipamientos no sanitarios. Patios y zonas verdes comunes

65 55

Zona con actividades comerciales 70 60 Zona con actividad industrial o servicio urbano excepto servicios de administración 75 70 Tabla 15. Niveles límite de ruido ambiental en fachadas de edificaciones (Andalucía, España)

Niveles Límite (dBA) Área de Sensibilidad Acústica Día (7-23)

LAeqd Noche (23-7)

LAeqn Tipo I (Área de Silencio) 55 40 Tipo II (Área Levemente Ruidosa) 55 45 Tipo III (Área Toleradamente Ruidosa) 65 55 Tipo IV (Área Ruidosa) 70 60 Tipo V (Área Especialmente Ruidosa) 75 65

Tabla 16. Límites máximos de emisión de ruido por motocicletas y ciclomotores (Andalucía, España)

Categoría de motocicletas Cilindrada

Valores expresados en dB(A)

≤ 80 c.c. 78 ≤ 125 c.c. 80 ≤ 350 c.c. 83 = 500 c.c. 85 > 500 c.c. 86

Los límites máximos de nivel sonoro para ciclomotores y vehículos automóviles de cilindrada no superior a 50 c.c, serán: De dos ruedas: 80 dBA.

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De tres ruedas: 82 dBA. Tabla 17. Límites máximos de nivel sonoro para otros vehículos (Andalucía, España)

Categorías de Vehículos Valores en dB(A)

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para 8 plazas sentadas como máximo, además del asiento del conductor. (M1)

80

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas sentadas, además del asiento del conductor, y cuyo peso máximo no sobrepase las 3,5 toneladas. (M2)

Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que no exceda de 3,5 Tn. (N1)

81

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas sentadas, además del asiento del conductor, y cuyo peso máximo exceda las 3,5 toneladas. (M2)

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas sentadas, además del asiento del conductor, y cuyo peso máximo que exceda las 5 toneladas. (M3)

82

Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad para más de 8 plazas sentadas, además del asiento del conductor, y que tengan un peso máximo que exceda de 5 Tn y cuyo motor tenga una potencia igual o superior a 147 kw. (M2 y M3)

85

Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que exceda de 3,5 Tn, pero no exceda de 12 Toneladas. (N2)

Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que exceda de 12 Tn. (N3)

86

Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que exceda de 12 toneladas y cuyo motor tenga una potencia igual o superior a 147 kw. (N3)

88

Tabla 18. Medición del Ruido Ambiental en Europa. Nivel de presión acústica ponderado A (dB

(A)) Umbral de audibilidad a 1000 hz 0 Sensación de silencio completo 0-20 Ligero movimiento de las hojas 25-30 Zona urbana tranquila entre 2 y 4 por la mañana 35-45 Conversación normal (interior) 45-55 Automóvil ligero al ralentí a una distancia de 7.5m (motor de explosión) 45-55 Automóvil ligero a 50 km/h, a una distancia de 7.5m 60-80 Vehículo pesado de mercancías a 50 km/h, a una distancia de 7.5m 80-95 Motocicleta a 50 km/h, a una distancia de 7.5m 75-100 Nivel máximo durante el paso de un tren de mercancías a 100 km/h, a una distancia de 7.5m (motor diesel)

95-100

Discoteca (interior, Leq) 85-100 Nivel máximo de un tren de pasajeros (interurbano, 200 km/h, 7.5m) 95-100 Nivel máximo de un tren de pasajeros (ICE, 250 km/h, 7.5m) 95-100 Nivel máximo de un tren de alta velocidad (TGV, 300 km/h, 7.5m) 105-110 Avión a reacción (> 100 t, despegue, 100 m) 110-115 Aviones militares en vuelo rasante 105-120 Posibles daños auditivos, incluso en casos de exposición de corta duración > 120 Nota: Para los medios de transporte, se indican la velocidad, la distancia en relación a la fuente y el peso del portador de la misma. Fuente: "Una evaluación Dobris" sobre el medio ambiente en Europa, Agencia europea del medio ambiente (Buzón 16B, Müller, DG XI, CCE, comunicación personal basada en EE.UU. EPA, 1979)

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