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MI-341 INTRODUCCION A LA MINERIA CAPITULO I: MINERÍA UNA INDUSTRIA BASICA 1.1. LA MINERÍA Y LA INDUSTRIA MINERA La minería es una ciencia que trata de la explotación de los yacimientos de los minerales, comprende una serie de etapas y procesos. La industria minera es el conjunto de operaciones necesarias para la extracción de los minerales desde el yacimiento; cuya disciplina que estudia los métodos y técnicas de la extracción de los minerales se llama explotación minera. OBJETO DE LA MINERÍA Excavación y entibación de las galerías subterráneas. Transporte y elevación de los minerales. Ventilación y alumbrado de las galerías. Trabajo de perforación y voladura. Destape o acceso. Métodos de explotación, etc. 1.2. ETAPAS Y PROCESOS DE LA INDUSTRIA MINERA 1. Cateo. 2. Muestreo. 3. Denucio minero. 4. Prospección. 5. Desarrollo. 6. Preparación. 7. Explotación. 8. Concentración. 9. Fundición y refinación. 10. Industrias derivadas. 11. Comercialización y transporte.

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MI-341 INTRODUCCION A LA MINERIA

CAPITULO I: MINERA UNA INDUSTRIA BASICA0. LA MINERA Y LA INDUSTRIA MINERA

La minera es una ciencia que trata de la explotacin de los yacimientos de los minerales, comprende una serie de etapas y procesos. La industria minera es el conjunto de operaciones necesarias para la extraccin de los minerales desde el yacimiento; cuya disciplina que estudia los mtodos y tcnicas de la extraccin de los minerales se llama explotacin minera.

OBJETO DE LA MINERA1. Excavacin y entibacin de las galeras subterrneas.1. Transporte y elevacin de los minerales.1. Ventilacin y alumbrado de las galeras.1. Trabajo de perforacin y voladura.1. Destape o acceso.1. Mtodos de explotacin, etc.

1.2. ETAPAS Y PROCESOS DE LA INDUSTRIA MINERA

1. Cateo.1. Muestreo.1. Denucio minero.1. Prospeccin.1. Desarrollo.1. Preparacin.1. Explotacin.1. Concentracin.1. Fundicin y refinacin.1. Industrias derivadas.1. Comercializacin y transporte.

En la industria minera existen cinco PROCESOS bsicas.1. Exploracin.1. Explotacin.1. Concentracin

1. Fundicin1. Refinacin.

1.3. FACTORES QUE INFLUYEN EN LA FORMACIN DEL ING. DE MINAS1.3.1. FORMACION PROFESIONALUna buena formacin del ingeniero de Minas depende de varios factores entre ellos tenemos:-Estudiante.- Debe tener una buena intelectualidad, voluntad de trabajo, buena salud.-Universidad.- Es la responsable de disear el currculo acorde al tipo profesional y el nivel que se desea alcanzar.-La Industria Minera.- Debe contribuir decididamente en la formacin de los futuros ingenieros.-El Estado.- Es el responsable de establecer la oferta y la demanda en el mercado ocupacional.

1.3.2. POBLACIN ESTUDIANTILLa poblacin estudiantil de Ing. de Minas, tenemos como referencia que: 1. En 1960 entre la UNSCH y la UNI eran 95 estudiantes.1. En 1970 entre la UNI, la UNSCH y la UNDAC eran 380 estudiantes.1. En 1980 en 10 universidades ya eran 4320 estudiantes.1. A fines de 1980 con el incremento de una universidad aument a 5580 estudiantes.1. Para 1985 con 12 universidades superaban los 6200 estudiantes.1. Para 2004 existen 16 universidades con 4,000 estudiantes y egresan 400 al ao. 1. Para 2013 se cuenta con 19 EFP de Ingeniera de Minas y varios Institutos como TECSUP, UNI entre otros que preparan tcnicos de alto nivel para la minera.

1.3.3. UNIVERSIDADES QUE OFRECEN LA CARRERA DE ING. DE MINAS.1. UNI de Lima 1. UNSCH de Ayacucho1. UNDAC de Cerro de Pasco1. PUCP deLima 1. UNCP deHuancayo1. UNTAC de Tacna1. UNTA dePuno1. UNSAC de Cusco1. UNTP dePiura1. UNSAM de Huaraz1. UNMSM de Lima1. UNICA deIca1. UNH de Huancavelica1. UNT de Trujillo1. UNSA de Arequipa 1. UNA de Apurmac1. UNIVERSIDAD PARTICULAR DE AREQUIPA1. Universidad de Ilo1. Universidad Privada de Arequipa.

1.3.4. RGANOS JURIDICCIONALES MINEROS1. Concejo de Minera.- Es la entidad que concluye los procedimientos administrativos.1. Direccin General de Minera.- Aplica multas y sanciones.1. Direccin de concesiones Mineras.- Es la encargada de otorgar ttulos de las concesiones.1. Direccin de Fiscalizacin Minera.- Se encarga de la calificacin.1. Jefaturas Regionales de Minera.- Inicia los procedimientos Administrativos.1. Registro Pblico de Minera.- Inscribe en los registros pblicos de minera.

1.3.5. OTRAS INSTITUCIONES RELACIONADOS AL SECTOR MINEROCIP.- Colegio de Ingenieros del Per.- Es el ente responsable de apoyar y fiscalizar el bien de sus afiliados y de la sociedad entidad que debe velar por el prestigio y la dignidad del Ing. de Minas.IIM.- Institutos de Ingenieros de Minas.- Son rganos jurisdiccionales.INGEMMET.- Instituto Geolgico Minero y MetalrgicoSNMPE.- Sociedad Nacional de Minera Petrleo y Energa.SLM.- Sociedad Latinoamericana de Minera

1.4. PROCESO HISTRICO DE LA MINERAEl antiguo egipcio desarroll una tcnica muy compleja para trabajar el oro. Ejemplo:El artfice de tebas poda reducirlo a lminas muy delgadas y se necesitaban 150,000 lminas para hacer una pila de 1cm de alturaEn la edad media los alquimistas se esforzaron en vano para obtener la piedra filosofal capaz de transformar el plomo en oro.La ciencia moderna ha convertido en realidad algunos de los sueos de los alquimistas. Hoy es posible extraer oro del agua de mar y los aparatos desintegradores del tomo pueden lograr la produccin del oro a partir del plomo, obtener una forma inestable del oro del platino y del iridio. El agua de todos los mares contiene oro en solucin pero se calcula que la proporcin solo asciende a un grano por tonelada mtrica del agua.Agua de mar=1 grano/TMEsto resulta por el momento antieconmico explotarlos.Desde el descubrimiento de Amrica hasta mediados del siglo XX se calcula que se ha extrado de las entraas de la tierra oro en suficiente cantidad para formar un cubo de 14 metros de lado. En la actualidad con el reflotamiento de la minera se han multiplicado los lados de este cubo.

1. POCA PRE-INCA.- el antiguo hombre peruano conoci la minera metlica y desarrollo notablemente la metalurgia, prueba de ello son las culturas: Chavn(900 a.c) Vicus(900 a 300 a.c) Paracas(700 a 500 a.c) Nasca(100 a.c) Mochica(80 d.c)Recientemente las culturas: Tiahuanaco, Wari en esta etapa se trabaj el oro, la plata y el cobre.1. EPOCA COLONIAL.- En la minera colonial se inici cuando termina el saqueo de los templos, palacios y tumbas. En 1540, Gonzalo Pizarro consigui que los indgenas le proporcionarn la ubicacin de las minas argentgeras. Ejm: la del Cosco en el alto Per. En 1545, el indgena Huallpa descubre una delas minas ms importantes del mundo, la mina POTOS, cuya mina rindi hasta 1803, rindi ms de mil millones de pesos. Posteriormente fueron descubiertas en 1566, las minas de mercurio de Santa. Brbara en Huancavelica y las minas de Plata en Tarapac.En 1630 se descubre las minas de plata de cerro Pasco, luego las minas de Cu, Pb y Zn.

1. EPOCA REPUBLICANA.- En general la minera peruana fue decayendo a fines de la poca colonial, proceso que continu durante los primeros 50 aos de la vida republicana hasta que poco antes de la guerra con los chilenos haba quedado prcticamente paralizado; en esa poca se inicia la explotacin del guano y del salitre que reemplaz a la disminuida minera de la plata y el oro como primeros productos mineros.A partir de 1884, se reanuda la explotacin minera incentivndose con la promocin de ingenieros de Minas del Per, egresados de la Escuela de Ingenieros de Minas de la actual UNI; y por la obras de Raymondi, tambin por la dacin de leyes y normas

1. REVOLUCIN INDUSTRIAL.- A comienzos del presente siglo se producen nuevos hechos, como la promulgacin del cdigo de minera de 1900, la creacin del cuerpo de Ingenieros de Minas en 1902 y la formacin de la Cerro de Pasco Corporation, posteriormente viene el Cdigo de Minera de 1950, signific un verdadero avance en la minera peruana, con su nueva administracin minera y un nuevo ordenamiento legal; con este instrumento legal el valor de la produccin minera pas de 80 millones de dlares USA a 2000 millones $USA y para que en 1987 baj a 1500 millones $USA, fundamentalmente por la baja de precios en el mercado mundial

1.5. ASPECTOS BSICOS DE LA LEGISLACIN MINERATEXTO NICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERIA (D.L. 109)TITULO PRIMERO: ACTIVIDADES MINERAS Y FORMA DE EJERCERLASCAPITULO: CATEO Y PROSPECCIONArtculo 1.El cateo es la accin conducente a poner en evidencia indicios demineralizacin por medio de labores mineras elementales.La prospeccin es la investigacin conducente a determinar reas de posiblemineralizacin, por medio de indicaciones qumicas y fsicas, medidas con instrumentos y tcnicas de precisin. (Definiciones, Dec. Leg. N 109).Artculo 2.El cateo y la prospeccin son libres en todo el territorio nacional. Estasactividades no podrn efectuarse por terceros en reas donde existan concesiones mineras, reas de no admisin de denuncios y terrenos cercados o cultivados, salvo previo permiso escrito de su titular o propietario, segn sea el caso.Es prohibido el cateo y la prospeccin en zonas urbanas o de expansin urbana, enzonas reservadas para la defensa nacional, en zonas arqueolgicas y sobre bienes de uso pblico salvo autorizacin previa de la entidad competente. (Art.18, Dec. Leg. N. 708).

CAPITULO II: COMERCIALIZACIONArtculo 3.La comercializacin de productos minerales es libre, interna y externamentey para su ejercicio no se requiere el otorgamiento de una concesin.(Art. 20. ltimo prrafo, Dec. Leg. 708).

Artculo 4. Los productos minerales comprados a personas autorizadas para disponerde ellos, no son reivindicables. La compra hecha a persona no autorizada, sujeta al comprador a la responsabilidad correspondiente. El comprador est obligado a verificar el origen de las sustancias minerales.(Art. 38, Dec. Leg. N 708).

Artculo 5.Dse fuerza de Ley al Decreto Supremo N 00591EM/ VMM, sobre libre comercializacin del oro. (Art. 23, Dec. Leg. N 708).

CAPITULO IIIOTRAS ACTIVIDADES MINERASArtculo 6.El Estado puede declarar por ley expresa, la reserva de ciertas sustanciasminerales de inters nacional.(Art. 5, Dec. Leg. N 109)

Artculo 7.Las actividades de exploracin, explotacin, beneficio, labor general ytransporte minero son ejecutadas por personas naturales y jurdicas nacionales o extranjeras, a travs del sistema de concesiones.(Art. 8, Dec. Leg. N 109).

TITULO SEGUNDO: CONCESIONESCAPITULO I: CONCESIONES MINERAS (*)(*) De conformidad con el Artculo 1 del Decreto Supremo N 3194EM publicado el 240694, se suspende a partir de tal fecha y hasta el 311294 la admisin de petitorios para Concesiones Mineras.

Artculo 8.La exploracin es la actividad minera tendiente a demostrar las dimensiones, posicin, caractersticas mineralgicas, reservas y valores de los yacimientos minerales.La explotacin es la actividad de extraccin de los minerales contenidos en unyacimiento.Desarrollo es la operacin que se realiza para hacer posible la explotacin del mineralcontenido en un yacimiento. (Definiciones, Dec. Leg. N 109).

Artculo 9.La concesin minera otorga a su titular el derecho a la exploracin yExplotacin de los recursos minerales concedidos, que se encuentren dentro de un slido de profundidad indefinida, limitado por planos verticales correspondientes a los lados de un cuadrado, rectngulo o poligonal cerrada, cuyos vrtices estn referidos a coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM).

Artculo 10.La concesin minera otorga a su titular un derecho real, consistente en lasuma de los atributos que esta Ley reconoce al concesionario.Las concesiones son irrevocables, en tanto el titular cumpla las obligaciones que estaley exige para mantener su vigencia.(*). (Art. 17, Dec. Leg. N 109)(*) De conformidad con el Artculo 6 del Decreto Ley N 25998, publicada el 261292,El principio establecido en el primer prrafo de este artculo es tambin de aplicacin a las concesiones de beneficio, de transporte minero y de labor general.

Artculo 11.La unidad bsica de medida superficial de la concesin minera es unafigura geomtrica, delimitada por coordenadas UTM, con una extensin de 100 hectreas, segn el Sistema de Cuadrculas que oficializar el Ministerio de Energa y Minas. Artculo 12.Cuando dentro del rea encerrada por una cuadrcula existan denuncios o concesiones mineras peticionadas con anterioridad al 15 de diciembre de 1991, los nuevos petitorios slo comprendern las reas libres de la cuadrcula o conjunto de cuadrculas. (Art. 20, inc. a), Dec. Leg. N 708). CONCORDANCIAS: D.S. N 3594EM Art. 1 R.J.N 042002000RPM D.S. N 0394EM, Art. 16.Artculo 13. Las concesiones mineras que se otorguen a partir de 15 de diciembre de1991, se clasificarn en metlicas y no metlicas, segn la clase de sustancia, sinsuperposicin ni prioridad entre ellas.

CAPITULO II

CONCESIONES DE BENEFICIOArtculo 17.Beneficio es el conjunto de procesos fsicos, qumicos y/o fsicoqumicoque se realizan para extraer o concentrar las partes valiosas de un agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar metales comprende las siguientes etapas:1. Preparacin Mecnica. Proceso por el cual se reduce de tamao, se clasifica y/olava un mineral.2. Metalurgia. Conjunto de procesos fsicos, qumicos y/o fsicoqumico que se realizan para concentrar y/o extraer las sustancias valiosas de los minerales.3. Refinacin. Proceso para purificar los metales de los productos obtenidos de los procedimientos metalrgicos anteriores.(Definiciones, Dec. Leg. N 109, modificado por el Art. 20, inc. b), Dec. Leg. N 708)

Artculo 18.La concesin de beneficio otorga a su titular el derecho a extraer o concentrar la parte valiosa de un agregado de minerales desarraigados y/o a fundir, purificar o refinar metales, ya sea mediante un conjunto de procesos fsicos, qumicos y/o fsicoqumicos. (Art. 20, inc. b), Dec. Leg. N 708).