Upload
others
View
3
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
,t ~•. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICASecretaría General
Registro de Decretos y Acuerdos
Fecha de Ingreso. _1_. _5_O_f_C_. _201_7_L!bro;~ Follo·1~ZGasll!a:-L
e-
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 2 9 L. - 2 O 1 7 ¡J!
Guatemala, 1 5 O I e 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General deIngresos y Egresos del Estado aprobado para cada Ejercicio Fiscal, de conformidad con lo establecido enla misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversionespor realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresosdel Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, con baseen lo que establece el Artículo 19, literal k) del Decreto Número 4-93 del Congreso de la República deGuatemala, Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-,emitió el Acuerdo de Junta Directiva Número 005-2017 del 18 de agosto de 2017, por medio del cualaprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Empresa para el Ejercicio Fiscaldos mil dieciocho, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivopor conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisrtos legales correspondientesNúmero ~( 5 4 del 1 ~ Ole 2017del Presupuesto, así como la Resolución Número 425 GMinisterio de Finanzas Públicas.
y tomando en cuenta el Dictamen, emitido por la Dirección Técnicadel Üi-/12/2017 del
POR TANTO
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en laliteral e), Artículo 183; Y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del DecretoNúmero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y elArtículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
EBCS/fj"m
Hoja Número 2 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,llS.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
ACUERDA
Artículo 1. Presupuesto de ingresos. Aprobar el Presupuesto de Ingresos de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero altreinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho, en el monto de OCHOCIENTOS SIETEMILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO QUINCE QUETZALES(Q807,639,115), originado de los recursos siguientes:
PRESUPUESTO DE INGRESOS(Montos en Quetzales)
CÓDIGO DESCRIPCIÓN ESTIMACIÓN
TOTAL: 807,639,115
11
2090
INGRESOS NO TRIBUTARIOSTasasSobre el transporte marítimoTasas y licencias varias
183,672,116177,786,598173,362,291
4,424,307
2
10Arrendamiento de Edificios, Equipos e InstalacionesDe edificios y viviendas
5,276,5055,276,505
4
90MultasOtras multas
114,637114,637
6
90Intereses por MoraOtros intereses por mora
35,75135,751
7
90Otros Ingresos no TributariosOtros ingresos no tributarios
458,625458,625
9
14 INGRESOS DE OPERACIÓN2 Venta de Servicios
30 Servicios portuarios31 Servicios al buque32 Servicios a la carga39 Diversos servicios portuarios
15 RENTAS DE LA PROPIEDAD1 Intereses
30 Por depósitos31 Por depósitos internos
468,003,525468,003,525468,003,525
4,825,871448,740,257
14,437,397
30,263,47430,263,47430,263,47430,263,474
1
DISMINUCIÓN DE OTROS ACTIVOSFINANCIEROSDisminución de DisponibilidadesDisminución de caja y bancos
125,700,000125,700,000125,700,000
23
10EBCS/fj"m
.' Hoja Número 3 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,1l5.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
RESUMEN
TOTAL: 807,639,115681,939,115125,700,000
A. INGRESOS CORRIENTESB. FUENTES FINANCIERAS
Artículo 2. Presupuesto de egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero altreinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho, en el monto de OCHOCIENTOS SIETEMILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO QUINCE QUETZALES(Q807,639,115), distribuido de la forma siguiente:
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR PROGRAMA Y CATEGORÍA EQUIVALENTE(Montos en Quetzales)
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
TOTAL: 807,639,115
01 Administración Institucional 361,964,30911 Servicios Marítimos Portuarios 55,802,73312 Servicios de Manejo de Mercancías 360,212,07399 Partidas no Asignables a Programas 29,660,000
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR TIPO Y OBJETO DEL GASTO(Montos en Quetzales)
CÓDIGO APROBADODESCRIPCIÓN
o011012013014015016021024026027
EBCS/fj\'m
TOTAL (A+B): 807,639,115
A. FUNCIONAMIENTO 711,017,305
SERVICIOS PERSONALES 233,161,46019,010,4724,216,2841,160,400
441,00030,638,009
22,080385,44058,56013,5009,000
Personal permanenteComplemento personal al salario del personal permanenteComplemento por antigüedad al personal permanenteComplemento por calidad profesional al personal permanenteComplementos específicos al personal permanenteComplemento por transporte al personal permanentePersonal supernumerarioComplemento personal al salario del personal temporalComplemento por calidad profesional al personal temporalComplementos específicos al personal temporal
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
Hoja Número 4 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,lIS.
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
028 Complemento por transporte al personal temporal029 Otras remuneraciones de personal temporal031 Jornales032 Complemento por antigüedad al personal por jornal033 Complementos específicos al personal por jornal035 Retribuciones a destajo041 Servicios extraordinarios de personal permanente043 Servicios extraordinarios de personal por jornal051 Aporte patronal al IGSS052 Aporte patronal al Intecap055 Aporte para clases pasivas063 Gastos de representación en el interior071 Aguinaldo072 Bonificación anual (Bono 14)073 Bono vacacional079 Otras prestaciones
1111112113121122131133141142156158161162165166168169171172173174176181183184185
EBCS/fjvm
SERVICIOS NO PERSONALESEnergía eléctricaAguaTelefoníaDivulgación e informaciónImpresión, encuadernación y reproducciónViáticos en el exteriorViáticos en el interiorTransporte de personasFletesArrendamiento de otras máquinas y equipoDerechos de bienes intangiblesMantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producciónMantenimiento y reparación de equipo de oficinaMantenimiento y reparación de medios de transporteMantenimiento y reparación de equipo para comunicacionesMantenimiento y reparación de equipo de cómputoMantenimiento y reparación de otras maquinarias y equiposMantenimiento y reparación de edificiosMantenimiento y reparación de viviendasMantenimiento y reparación de bienes nacionales de uso comúnMantenimiento y reparación de instalacionesMantenimiento y reparación de otras obras e instalacionesEstudios, investigaciones y proyectos de factibilidadServicios jurídicosServicios económicos, contables y de auditoríaServicios de capacitación
9606,399,6008,834,679
500,0004,859,400
39,148,83325,647,76413,561,85914,768,742
984,74810,832,218
336,0008,272,9505,005,4815,005,481
33,048,000
267,351,53520,160,000
175,0001,138,7681,862,8801,049,980
500,0001,245,7352,044,800
727,00015,200,0001,150,000
550,000233,000
16,695,000237,500182,500
1,985,2503,280,000
150,0004,460,0002,243,2501,475,000
225,0003,700,000
840,000506,000
.' Hoja Número 5 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,lIS.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CÓDIGO APROBADODESCRIPCIÓN
186187188189191195196197199
2211212214223232233239241243252253254261262266267268272274275281282283284286291292294295297298
EBCS/fj"m
Servicios de informática y sistemas computarizadosServicios por actuaciones artísticas y deportivasServicios de ingeniería, arquitectura y supervisión de obrasOtros estudios y/o serviciosPrimas y gastos de seguros y fianzasImpuestos, derechos y tasasServicios de atención y protocoloServicios de vigilanciaOtros servicios no personalesResumen de otros renglones del grupo
MATERIALES Y SUMINISTROSAlimentos para personasAlimentos para animalesProductos agro forestales, madera, corcho y sus manufacturasPiedra, arcilla y arenaAcabados textilesPrendas de vestirOtros textiles y vestuarioPapel de escritorioProductos de papel o cartónArtículos de cueroLlantas y neumáticosArtículos de cauchoElementos y compuestos químicosCombustibles y lubricantesProductos medicinales y farmacéuticosTintes, pinturas y colorantesProductos plásticos, nylon, vinil y P.V.C.Productos de vidrioCementoProductos de cemento, pómez, asbesto y yesoProductos siderúrgicosProductos metalúrgicos no férricosProductos de metalEstructuras metálicas acabadasHerramientas menoresÚtiles de oficinaÚtiles de limpieza y productos sanitariosÚtiles deportivos y recreativosÚtiles menores médico-quirúrgicos y de laboratorioÚtiles, accesorios y materiales eléctricosAccesorios y repuestos en generalResumen de otros renglones del grupo
2,000,000109,000834,567480,000
31,547,000423,000430,000
13,000,000136,335,325
175,980
55,202,5531,950,533
180,000763,850167,000180,170
1,933,682174,700592,162450,295329,200
4,111,0002,077,550
733,21115,073,6251,310,8941,861,9142,015,900
56,000250,280163,616
2,265,235512,460286,010
1,292,179389,030326,484814,340541,548303,559
3,379,3309,711,2801,005,516
Hoja Número 6 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,115.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
4,200,000
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES413 Indemnizaciones al personal415 Vacaciones pagadas por retiro416 Becas de estudio en el interior435 Transferencias a otras instituciones sin fines de lucro451 Transferencias a la Administración Central456 Servicios Gubernamentales de Fiscalización
37,579,09833,500,000
1,600,000200,00020,000
240,0002,019,098
8 OTROS GASTOS875 Disminución de resultados por utilidades a transferir a la
Administración Central876 Disminución de resultados por utilidades a transferir a empleados878 Disminución de resultados por utilidades a transferir a municipalidades879 Disminución de resultados por utilidades a transferir a otras entidades
descentralizadas y autónomas
29,400,000
4,200,00012,000,0009,000,000
9 ASIGNACIONES GLOBALES912 Siniestros y gastos conexos913 Sentencias judiciales991 Créditos de reserva
88,322,659300,000
10,000,00078,022,659
B. INVERSIÓN 96,621,810
3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES322 Equipo de oficina323 Equipo médico-sanitario y de laboratorio324 Equipo educacional, cultural y recreativo325 Equipo de transporte326 Equipo para comunicaciones328 Equipo de cómputo329 Otras maquinarias y equipos
96,621,8101,893,000
505,690205,000
77,853,0001,582,5501,957,750
12,624,820
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO(Montos en Quetzales)
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
TOTAL: 807,639,115
3132
Ingresos propiosDisminución de caja y bancos de ingresos propios
681,939,115125,700,000
EBCS/fj,"m
Hoja Número 7 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,1l5.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
Artículo 3. Distribución analítica del presupuesto. Se aprueba la distribución analítica delPresupuesto de Ingresos y Egresos de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla-Empornac- para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho, con base en los montos autorizados en esteAcuerdo Gubernativo.
Artículo 4. Presupuesto analítico de sueldos. La máxima autoridad de la Institución, es responsable deaprobar para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho, el presupuesto analítico de sueldos del personal concargo a los renglones de gasto O 11 Personal permanente y 021 Personal supernumerario, debiendoremitir copia del mismo y de su resolución aprobatoria, a la Oficina Nacional de Servicio Civil -Onsec-ya la Dirección Técnica del Presupuesto, durante enero.
Artículo 5. Creación de puestos. La creación de puestos para personal permanente y temporal, sólopodrá autorizarse por el órgano superior de la Institución, cuando se trate de servicios que se requieranpara incremento de cobertura por disposición legal vigente y que se encuentren vinculados con losprogramas estratégicos de Gobierno, siempre que para ello exista el estudio técnico y financiero. En todocaso, ningún sueldo podrá ser superior al inicial de acuerdo con la escala de salarios vigente.
Artículo 6. Gastos de representación. La asignación y modificación de gastos de representación, seráaprobada por medio de Resolución del Ministerio de Finanzas Públicas, conforme a lo establecido en elArtículo 91 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica delPresupuesto.
Artículo 7. Modificaciones del grupo de gasto O Servicios Personales y redistribución de loscréditos de reserva. La máxima autoridad de la Institución, aprobará las modificaciones presupuestariasque impliquen aumento o disminución de las asignaciones programadas en el grupo de gasto O ServiciosPersonales, para lo cual, deberá fundamentarse en las disposiciones técnicas y legales vigentes enmateria de recursos humanos. Asimismo, autorizará las modificaciones que redistribuyan los créditosdel renglón de gasto 991 Créditos de reserva, asignados para atender únicamente gastos prioritarios.
Artículo 8. Modificaciones a la red de categorías programáticas. Cuando sea necesario modificar laestructura programática establecida, deberá solicitarse a la Dirección Técnica del Presupuesto, la cualprevio análisis informará sobre la procedencia o ajustes a la misma, para que posteriormente laInstitución emita la Resolución aprobatoria correspondiente e incorpore los cambios en el Sistema deContabilidad Integrada -Sicoin-, remitiendo copia de dicha documentación a la citada Dirección. Lacreación de nuevas categorías programáticas, tendrá que incluir la asignación de metas físicas, en elnivel correspondiente a la nueva estructura.
Artículo 9. Gestiones presupuestarias ante el Ministerio de Finanzas Públicas. Las gestionespresupuestarias que requieran opinión previa del Ministerio de Finanzas Públicas, deben adjuntar ladocumentación siguiente:
a) La solicitud de la autoridad superior;b) La justificación detallada de los movimientos presupuestarios solicitados y la documentación de
soporte que corresponda; y,c) Los comprobantes de modificación presupuestaria del Sicoin a nivel de solicitado, avalados por las
autoridades superiores de la Institución.
· ,
Hoja Número 8 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,llS.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
Artículo 10. Reprogramación de obras. La reprogramación de obras, podrá autorizarse por resolucióno disposición equivalente de la máxima autoridad de la Institución y deberá cursar se copia de la misma ydel comprobante de modificación física -C02F-, durante los siguientes diez días hábiles de haberseaprobado, a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -Segeplan- y a laContraloría General de Cuentas. Cuando la reprogramación de obras conlleve la autorización de unmovimiento de asignaciones presupuestarias, la disposición legal que apruebe dicha reprogramación y elcomprobante respectivo, formarán parte de la gestión que se solicite.
Artículo 11. Actualización de la información de la ejecución física. La Institución queda obligada aactualizar las variaciones de metas físicas que se deriven de la aprobación de las modificacionespresupuestarias y registrar mensualmente el avance de metas de producción de bienes y servicios, en lasherramientas que pongan a disposición el Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia. Cuando se modifiquen las metas físicas en el transcursodel Ejercicio Fiscal, se tendrá que emitir el comprobante de modificación física -C02F-, el cual seráaprobado por la autoridad superior mediante la resolución de reprogramación de metas correspondiente.
Artículo 12. Clasificadores temáticos. La Institución con base al Artículo 17 Quáter del DecretoNúmero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, esresponsable de la ejecución presupuestaria por clasificador temático, para lo cual debe utilizar el módulodisponible en el Sistema de Contabilidad Integrada -Sicoin-. En caso de requerir asesoría respecto a lostemas estipulados en el Artículo en mención, podrán avocarse al ente rector de cada tema.
Artículo 13. Disposiciones generales. La ejecución de los créditos presupuestarios que se aprueban conel presente Acuerdo Gubernativo, está sujeta a lo que para el efecto estipulen el Decreto Número 101-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Acuerdo GubernativoNúmero 540-2013, Reglamento de la citada Ley; los manuales, procedimientos y cualquier otradisposición emanada de los entes rectores correspondientes para regular la ejecución presupuestaria, asícomo las normas aplicables contenidas en el Decreto que regirá el Presupuesto General de Ingresos yEgresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho.
El Ministerio de Finanzas Públicas, en su calidad de órgano rector de la ejecución presupuestariaestablecida en los artículos 23 y 35 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República deGuatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, podrá consultar la programación y ejecución de los créditospresupuestarios aprobados, por medio de las diferentes herramientas informáticas del Sistema Integradode Administración Financiera -SIAF-.
Con el fin de llevar a cabo la consolidación de cuentas del Sector Público a que hace referencia elArtículo 8 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica delPresupuesto, la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla -Empornac- deberá proporcionar lainformación que se requiera y dar las facilidades necesarias, conforme lo preceptuado en las literales e) ye) del Artículo 134 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
Para utilizar los saldos de efectivo, deberá observarse lo que establece el Artículo 38 del DecretoNúmero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo42 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
EBCS/fj\'m
Hoja Número 9 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho de la Empresa PortuariaNacional Santo Tomás de Castilla -Empornac-, por elmonto de Q807,639,115.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
Artículo 14. Vigencia. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir el uno de enero de dos mildieciocho y concluirá el treinta y uno de diciembre 1mismo año y deberá publicarse en el Diario deCentro América.
,
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS EL MINISTRO DE COMUNICACIONES,INFRAESTRUCT y VIVIENDA
o·
EBCS/fjml