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Excelentísimo Dr. Luis Moreno Ocampo Fiscal ante la Corte Penal Internacional Su Despacho.- ASUNTO: DENUNCIA POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN VENEZUELA Causa: OTP-CR-1/04 Del diecinueve (19) de enero de dos mil cuatro (2004)

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Excelentísimo Dr. Luis Moreno OcampoFiscal ante la Corte Penal InternacionalSu Despacho.-

ASUNTO: DENUNCIA POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN VENEZUELA

Causa: OTP-CR-1/04Del diecinueve (19) de enero de dos mil cuatro (2004)

Nosotros, Alfredo Romero Mendoza, Gonzalo Himiob Santomé, de cédulas de identidad venezolanas números V-6.324.982, V-9.879.727, en nuestro carácter de abogados representantes de las Asociaciones Civiles Venezolanas de defensa de los derechos humanos Foro Penal Venezolano (FPV) y Víctimas Venezolanos de Violaciones de Derechos Humanos (VIVE); Diego Arria de cédula de identidad V-1.714.176; Leocenis García, titular de la cédula de identidad número V-16.016.218 y Dulce Bravo, cédula de identidad número V-9.485.374, venezolanos, residenciados a los efectos procesales en la Avenida Luis Roche con Tercera Transversal de Los Palos Grandes, Edificio Bronce, Piso 2, Oficina Única, Altamira, ciudad de Caracas, en la República Bolivariana de Venezuela, teléfonos (58212) 2638586 y Fax 2634480; acudimos a esa honorable Fiscalía ante la Corte Penal Internacional, de conformidad con los artículos 15, numerales 1 y 2, del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, con el objeto de ratificar la denuncia presentada el 19 de enero de 2004, y ampliar la misma en cuanto a la aparición de nuevas y contundentes evidencias que demuestran graves crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela, así como denunciar formalmente al ciudadano competencia de la Corte Penal Internacional, en los términos que a continuación se describen:

IAntecedentes

El esquema sistemático de persecución por motivos políticos ejecutado desde el gobierno nacional y desde instituciones estatales ha ocurrido en Venezuela desde hace más de una década. Particularmente, desde el 2 de julio de 2002, al momento de entrada en vigencia de esa Corte Penal Internacional, se ha mantenido un patrón de conducta en este sentido. Este

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esquema de persecución política sistemática ha conllevado a detenciones arbitrarias y a privaciones ilegítimas de libertad de sujetos integrantes de la población civil, identificados por motivos políticos, lo cual responde a una estructura diseñada y concebida por las personas que ejercen funciones públicas de alto nivel en el Estado venezolano, contra la disidencia política, como mecanismo de perpetuación en el poder e instauración de lo que se ha denominado “proceso revolucionario”.

Tal situación la hemos expuesto en la denuncia formulada el 19 de enero de 2004, la cual

quedó registrada en el expediente OTP-CR-1/04 del 19 de enero de 2004, así como en

subsecuentes escritos de ampliación, tales como el presentado el 31 de marzo de 2004, y

otros, y más recientemente el presentado por el ciudadano Diego Arria el 21 de noviembre de

2011.

Vale hacer especial mención a la respuesta dada por esa honorable Fiscalía ante la Corte

Penal Internacional en el año 2006, pues allí se decidió “no iniciar” la investigación en esa

oportunidad conminando a quienes suscriben a presentar evidencias sobre la sistematicidad

de los hechos ocurridos.

Es de notar que en la denuncia presentada en enero de 2004, se alegaron varios delitos que

en esa oportunidad llevaban sólo dos años ejecutándose dentro de un patrón de conducta de

persecución por motivos políticos. Hoy día, luego de 8 años de la presentación de la referida

denuncia ante esa Fiscalía, dichos delitos han continuado en su ejecución, incluso en

proporciones mucho más graves, y han venido ejecutándose sistemáticamente.

En esta oportunidad, mediante el presente escrito presentamos ante esa Honorable Fiscalía la confesión del ahora exmagistrado del Tribunal Supremo de Justicia Venezolano, y a la vez expresidente de la Sala Penal de dicha institución hasta hace dos meses, Eladio Aponte Aponte, la cual copiaremos más adelante.

Dicho ciudadano venezolano, como Presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, es decir la máxima autoridad del sistema de justicia criminal del país, confesó y asumió la responsabilidad de haber participado en la sistemática

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persecución por motivos políticos, ordenada incluso desde la Presidencia de nuestra nación, contra la disidencia y la oposición política en Venezuela.

Por ello, procedemos a ratificar las denuncias ya expuestas ante esa Fiscalía y a su vez denunciar las nuevas actuaciones relacionadas con la utilización, por parte de funcionarios públicos, del poder y estructura del Estado, específicamente del Poder Judicial, para perseguir sistemáticamente a personas por motivos políticos, privarlas de su libertad y para encubrir mediante dicha estructura la perpetración de otros crímenes con motivación política a cargo de personas que integran el poder en Venezuela.

IINuevas evidencias

El exmagistrado ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de identidad

venezolana N° 3.581.104, fue recientemente removido del cargo que ejercía en el Tribunal

Supremo de Justicia, según Acuerdo aprobado en la sesión del día 20 de marzo de 2012 de

la Asamblea Nacional, por su supuesta vinculación con el presunto narcotraficante Walid Makled, hoy día procesado ante los tribunales nacionales1.

En virtud de tal destitución, el exmagistrado salió del país, trasladándose a los Estados

Unidos de Norteamérica. Al llegar a la ciudad de Miami, rindió unas declaraciones

transmitidas por el canal de televisión SOITV y retransmitidas por varios canales nacionales

e internacionales mediante las cuales confiesa libre y espontáneamente su responsabilidad

en la comisión de graves crímenes de persecución por motivos políticos en Venezuela.

1

?VER: http://to.ly/dcN1

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En tal sentido, procedemos a presentar las referidas declaraciones no sólo como evidencia

de la existencia de una estructura sistemática de persecución política a través de las

utilización de la alta jerarquía del Poder Judicial, e igualmente denunciamos formalmente en

este acto por la comisión de delitos de Lesa Humanidad al ciudadano ELADIO APONTE APONTE y requerimos a dicha Fiscalía que inicie una investigación en virtud de las evidencias ciertas y graves derivadas de dicha confesión y/o interrogue urgentemente al ciudadano en referencia en virtud de sus declaraciones realizadas, sobre todo en cuanto a la utilización del Sistema Judicial venezolano en asociación con funcionarios del Poder Ejecutivo y Legislativo, para perseguir políticamente a personas, como parte de una política de Estado, en detrimento de sus derechos humanos.

El ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, fue designado por la mayoría simple

oficialista de la Asamblea Nacional en fecha 13 de diciembre de 2004, justo después de que

fuera modificada la Ley orgánica del Tribunal Supremo de Justicia para que con esa mayoría

(y no la calificada, ¾ partes, que exige la Constitución venezolana) pudiera hacerse esa

designación. También con esa modificación legislativa se aumentó el número de magistrados

a integrar el Tribunal Supremo, para asegurar plenamente el control por parte del gobierno

venezolano del Poder Judicial.

Ahora bien, incluso antes de ser designado Magistrado de la Tribunal Supremo de Justicia, el

ciudadano Eladio Aponte Aponte ha venido ocupando altos cargos dentro del sistema de

justicia penal, donde igualmente reconoció haber utilizado su cargo y potestades para

perseguir políticamente a la disidencia privando de libertad a personas inocentes y

protegiendo judicialmente actuaciones criminales de funcionarios o personas actuando con la

aquiescencia del gobierno nacional. En tal sentido, Eladio Aponte Aponte se igualmente

como Fiscal General Militar, período durante el cual realizaó actuaciones en perjuicio de la

libertad de personas como Francisco Usón, Dulce Bravo, Vasco Da Costa y muchos otros, y

otorgó, según el mismo indicó, gran cantidad de credenciales del ministerio público militar a

amigos, conocidos y personas favorecidas, entre ellas, el hoy investigado y procesado como

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presunto narcotraficante, Walid Makled, a los efectos de otorgar ilegalmente potestades

públicas a personas naturales.

Como magistrado de la Sala de Casación Penal, Eladio Aponte Aponte tuvo una

participación importante en todos los casos que se han venido denunciando por las ONGs de

derechos humanos venezolanas como casos de utilización del sistema judicial para

criminalizar y perseguir por motivaciones políticas a la disidencia y a la oposición política al

gobierno de Hugo Chávez que llegaron a la Fiscalía Militar y a la Sala Penal del Tribunal

Supremo de Justicia, siendo ponente en casos de trascendencia como las investigaciones o

juicios seguidos, que han conllevado a la privación de su libertad contra Dulce Bravo, los

hermanos Juan y Otoniel Guevara, el diputado opositor José Sánchez (Mazuco), Felipe Rodríguez, Silvio Mérida Ortiz, Raúl Díaz Peña, Otto Gebauer, Francisco Usón, los

comisarios de la Policía Metropolitana Iván Simonovis, Henry Vivas y Lázaro Forero, María de Lourdes Afiuni, Guillermo Zuloaga y Nelson Mezerhane, entre otros. Todos

estos casos han sido llevados a la Corte Penal Internacional, ya sea en la denuncia

presentada en enero de 2004 por la Asociación Civil VIVE representada por los abogados

Alfredo Romero Mendoza y Gonzalo Himiob Santomé, ante esa Fiscalía del Tribunal Penal

Internacional, o en la denuncia presentada el 21 de noviembre de 2011 por Diego Arria,

como reseñábamos anteriormente.

En su declaración pública la que hemos hecho referencia, el ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de identidad venezolana N° 3.581.104, reconoció

expresamente que manipuló el sistema de justicia y realizó actuaciones en perjuicio de

personas por motivaciones políticas y por supuestas órdenes del Presidente de la República.

Los casos que expresamente el ciudadano Eladio Ramón Aponte Aponte señaló directa o

indirectamente y que sólo representan una mínima cantidad, fueron los siguientes: (i) Dulce Bravo, caso denunciado ante esa Fiscalía en la denuncia presentada en enero de 2004, y

subsecuentes ampliaciones. Dulce Bravo era una ciudadana civil quien fue privada de su

libertad, torturada, y luego ordenada su detención por dos meses, siendo el Fiscal General

Militar a cargo de la investigación el ciudadano Aponte Aponte. Dicha arbitraria detención, se

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realizó en conexión con la detención de unos jóvenes inculpados como supuestos

paramilitares, que recientemente Aponte Aponte confesó que fue un caso manipulado por

supuestas órdenes del Presidente de la República. (ii) José Sánchez, alias “Mazuco”, donde

el exmagistrado confesó que incluso se utilizó un testigo falso para inculparlo. Textualmente

señaló “que buscaron un preso, lo encapucharon, y lo pusieron como testigo para que dijera

que este señor había sido el que dio la orden para que mataran al otro… Y al hombre se le

pago dándole la libertad”. Asimismo, delató a la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia,

Magistrada Luisa Estela Morales, como quien habría solicitado que los tribunales, manejados

por el referido exmagistrado, avalaran dicha situación. (iii) General Francisco Usón. En este

caso, el exmagistrado Aponte Aponte afirmó, tal como se puede observar de la entrevista que

posteriormente transcribimos, que el sistema judicial había sido “manipulado” a los efectos de

privar de libertad a dicho General. Es de notar, que en este caso la Corte Interamericana de

Derechos Humanos consideró al Estado responsable de violación al debido proceso y

derecho a la defensa. (iv) Comisarios de la Policía Metropolitana, Iván Simonovis, Henry

Vivas y Lázaro Forero. Igualmente en este caso el exmagistrado declaró que el mismo había

sido manipulado para inculpar injustamente a dichos ciudadanos y condenarlos a treinta (30)

años de prisión, la cual hoy día se encuentran rindiendo.

En los casos, señalados por el propio exmagistrado, así como en muchos otros casos, dicho

ciudadano fue responsable de utilizar indebidamente el sistema judicial venezolano para

perseguir con fines políticos a quienes se identifican con la disidencia o la oposición política

en Venezuela, siendo él mismo quien confesó haber ejecutado tales actos, con la supuesta

participación de otros altos funcionarios del Alto Gobierno, entre ellos, el propio Presidente

Hugo Chávez Frías, la Fiscal General de la República, la Presidenta del Tribunal Supremo

de Justicia, el Vicepresidente de la República, entre otros.

Es importante destacar que el valor de esta confesión, especialmente relevante, deriva de la

condición de exmagistrado del Tribunal Supremo de Justicia y de expresidente de la Sala

Penal de dicho Máximo Tribunal venezolano, del ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE. Éste, además ocupó igualmente el cargo de Presidente de Circuito Judicial Penal

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de Caracas, del Estado Zulia y del Estado Nueva Esparta, los cuales son importantes

circunscripciones judiciales del país por razones geopolíticas. En virtud de esa posición,

Aponte Aponte designó una gran cantidad de jueces que se encargarían de velar por el

cumplimiento de las órdenes giradas por la línea jerárquica de su nombramiento, sobre lo

cual volveremos en apartes posteriores.

El exmagistrado Aponte Aponte, quien fue señalado en un informe del Consejo Moral

Republicano de entregar una credencial oficial al presunto narcotraficante Walid Makled, fue

destituido el pasado 20 de marzo de 2012 por unanimidad en la Asamblea Nacional . Sin embargo éste no asistió a una audiencia convocada por la plenaria del Parlamento para

presentar sus alegatos.

En su permanencia en la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia fueron muchas las

veces en las que Aponte Aponte se reservó y resultó encargado de redactar las sentencias

de los casos en los que el Poder Ejecutivo podía tener algún interés. Esto, a pesar de que la

Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establece que la asignación de las causas

debe hacerse en estricto orden cronológico entre los magistrados, a menos que el presidente

de la Sala (en este caso él mismo) decidiera reservarse para sí tal labor, lo cual debía

motivar por escrito, y en casos excepcionales.

Ahora bien, luego de habernos contextualizado en el personaje, es preciso señalar en qué

consistió exactamente la confesión y la delación del ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de identidad N° 3.581.104, pues con ella obtenemos la prueba

fundamental del calibre de los delitos cometidos por él y por el grupo de poder del que

formaba parte. Confesión y delación éstas que fueron recogidas en la entrevista grabada por

el canal de televisión SOITV, en la ciudad de Miami, por parte de la periodista Verioska Velasco, la cual encontramos en la red social Youtube en http://www.youtube.com/watch?v=uYIbEEGZZ6s y que seguidamente transcribimos (Verioska: se refiere a la periodista

Verioska Velazco; Magistrado: se refiere al exmagistrado Eladio Aponte Aponte):

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-Verioska: Nosotros estamos teniendo esta conversación fuera de Venezuela. El poder moral y su informe, la comisión especial de la Asamblea Nacional hizo un estudio sobre usted y de forma unánime se acordó su remoción de su cargo como magistrado, presuntamente por tener usted vinculación con un presunto narcotraficante de nombre Walid Makled. Usted está ahora fuera del país. ¿Por qué salió del país?

-Magistrado: Salí del país… uno para despejarme. El hecho traumático. Verme señalado en algo que yo ni remotamente había actuado, me obligo prácticamente a despejarme, a ver otro ambiente, a ordenar mis ideas, y de esta manera palear esta situación en la que me vi envuelto debido a esa denuncia que se me hizo de una manera muy artera, muy malintencionada, solamente por hechos noticiosos, y nadie se paró de ningún lado a indagar o averiguar, a precisar, si eran ciertas las cosas.

-Verioska: ¿Usted tiene vinculación con Walid Makled? ¿Lo conoce?

-Magistrado: Sí lo conozco. Nunca lo he negado. Yo soy valenciano. Ese señor vivía en Valencia.

-Verioska: ¿De dónde lo conoce?

-Magistrado: De Valencia. Ese señor en el paro petrolero en el 2002 si mal no recuerdo, era un gran señor en Carabobo. Le ponían hasta alfombra esos entes gubernamentales. Fue uno que supuestamente ayudó a la recuperación tanto de las refinerías como de la alimentación del pueblo. Entonces ese señor era un gran señor, en ese tiempo.

-Verioska: ¿Por eso usted le daría un carnet de la Fiscalía Militar?

-Magistrado: En realidad yo no recuerdo si se lo firmé. Yo firmé muchos carnets de la Fiscalía Militar. Pero una vez que yo salí de la Fiscalía Militar, se hizo un anuncio con la prensa nacional, donde todos esos carnets estaban eliminados y se conminaba a los que los tuvieran que los devolvieran.

-Verioska: ¿Pero usted no recuerda si le dio el carnet o no le dio el carnet?

-Magistrado: No, no, no. Firmé muchos. Tal vez, pero no voy a decir ni una cosa ni la otra. Uno tiene que ser responsable. Pero si firmé infinidades de carnets de ese tipo.

-Verioska: ¿Y cómo se firmaban esos carnets? ¿Quién autorizaba, a quién se le daban esos carnets de la Fiscalía Militar? Por ejemplo, ¿quiénes eran favorecidos con este tipo de credenciales?

-Magistrado: Este tipo de credenciales se le daban más que todo a la gente que se consideraba amiga o amigo de alguno de los fiscales, los funcionarios, que hacían la recomendación y se hacía. Pero esos carnets carecían de actualidad.

-Verioska: ¿Qué funcionario que usted recuerde solicitó carnets?

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-Magistrado: Los fiscales que estaban conmigo, algunos oficiales externos, algunos amigos

-Verioska: ¿Usted ahora está fuera del país,va a regresar a Venezuela?

-Magistrado: Sí, yo quiero regresar a Venezuela, afrontar mi situación y lavar mi nombre. Mi reputación y mi dignidad, no solamente la mía sino la de mi familia.

-Verioska: Para cerrar ese punto del motivo de su remoción. Según la comisión especial que estudió su caso dentro de la Asamblea Nacional, hay varios puntos que ellos tocan. Primero la presunta entrega de un carnet de la fiscalía militar por su parte al presunto narcotraficante. Segundo ellos también mencionan una invitación a la boda de su hijo. ¿Usted lo invitó a la boda de su hijo?

-Magistrado: Bueno en el listado que hizo mi hijo se incluyó a este señor. Pero repito, ese señor, ni remotamente sabíamos nosotros qué era lo que hacía. Simplemente se conocía como un comerciante respetado, como un comerciante de mucho renombre, como un comerciante de mucho éxito.

-Verioska: ¿Es cierto que tuvo hasta algunas cartas de agradecimiento del señor Makled en ese momento?

-Magistrado: ¿De parte de quién?

-Verioska: ¿Cartas de agradecimiento por su gestión en Carabobo. Esto es cierto?

-Magistrado: Sí es cierto. Yo vi una carta, que aunque en este momento no la tengo, emanada de la Presidencia de la República felicitando al señor Makled por su labor en pro de la revolución y el movimiento revolucionario que lidera en estos momentos el presidente Chávez.

-Verioska: ¿Cómo funciona el poder judicial en Venezuela actualmente?

-Magistrado: Yo formo parte del poder judicial, o formaba parte del poder judicial de una manera protagónica. Y quizás muchas de las cosas que suceden en el poder de ahorita existieron bajo mi responsabilidad. Pero una vez que yo me vi que me midieron con la misma vara y el mismo metro con el que miden a los demás, dije: Esto no es la justicia que se proclama, esta no es la justicia que debe ser, esta no es la justicia constitucional.

-Verioska: ¿Señor Aponte alguna vez usted recibió alguna llamada de algún funcionario público de cualquier estatus para solicitarle a usted algún tipo de manipulación en la justicia venezolana?

-Magistrado: Cierto. Desde el Presidente para abajo.

-Verioska: Por lo menos en el caso del Presidente de la República que usted menciona, ¿hablaba directamente con usted el Presidente?

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-Magistrado: Directamente.

-Verioska: ¿Lo llamaba a usted?

-Magistrado: A mí

-Verioska: ¿Para qué?

-Magistrado: Principalmente en el caso de los paramilitares de El Hatillo.

-Verioska: El caso llamado como los “Paracachitos” en aquella época.

-Magistrado: Le dieron ese nombre también.

-Verioska: ¿Qué paso allí? ¿Por qué lo llamo?

-Magistrado: Bueno para que condujera de una manera conveniente hacia el gobierno las investigaciones.

-Verioska: ¿Exactamente cuál fue la solicitud del Presidente?

-Magistrado: Mira yo creo, a mi manera de ver, de que tales paramilitares yo dudaba sus procedencia porque eran muchachos imberbes, inexpertos, algunos no manipulaban armas, algunos no sabían por que estaban allí, y que por mera casualidad fueron detenidos los autobuses por una patrulla de la policía metropolitana y se subió el cauce ¿Y cómo vinieron esos señores de Colombia? ¿A qué los trajeron?

-Verioska: ¿O sea que el caso fue montado?

-Magistrado: Bueno, sacando las conclusiones yo no lo dudaría tanto.

-Verioska: ¿Usted considera que ese caso pudo haber sido montado? Usted recibió una llamada del presidente Hugo Chávez para ese caso. Pero no nos ha especificado qué fue lo que le pidió.

-Magistrado: Bueno ya le dije. Que llevara las investigaciones adelante, demostrando que eso era algo contra el gobierno. Que debiera mostrarse que era tal cosa.

-Verioska: Aparte del presidente Hugo Chávez, ¿cómo era su relación con otros funcionarios públicos? Por lo menos en el caso del ministerio público, de la fiscalía, Luisa Ortega, Luisa Estela Morales, ¿también usted recibía llamadas telefónicas de ellos para que interviniese en alguna decisión?

-Magistrado: De Luisa Ortega sí, más de una llamada recibí. De Luisa Estela Morales, infinidades.

-Verioska: ¿Qué le decían?

-Magistrado: Cuando se iba a imputar a alguna persona, cuando se le

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iba a privar de libertad, cuando se iban a hacer los allanamientos, para que yo organizara esa situación, y buscara al juez idóneo, para que se realizara tal acto.

-Verioska: Es decir, ¿manipular un caso?

-Magistrado: Sí, más de uno.

- Verioska: ¿Qué caso recuerda que fue manipulado?

-Magistrado: Fueron bastantes. El único que me acuerdo fue un caso en Maracaibo de un diputado que le dicen Mazuco.

-Verioska: ¿Cómo fue ese caso?

-Magistrado: Bueno el caso fue más o menos un caso que buscaron un preso, lo encapucharon, y lo pusieron como testigo para que dijera que este señor había sido el que dio la orden para que mataran al otro.

-Verioska: ¿Y qué le habría solicitado la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia?

-Magistrado: Bueno eso precisamente. Avalar esa situación. Y al hombre se le pago dándole la libertad.

-Verioska: ¿Por qué habla usted ahora?

-Magistrado: ¿Por qué hablo yo ahora? Yo sé que a mí en Venezuela a raíz de esto me va a dictar de traidor. Y lo asumo. Pero yo fui vilmente traicionado. Fui vilmente humillado. Fui vilmente manipulado.

-Verioska: ¿Quién lo traicionó, quién lo manipuló, por qué? ¿Y por qué usted se dejó?

-Magistrado: Porque creí en un proceso revolucionario.

-Verioska: Cuando usted dice que fue traicionado, ¿a qué se refiere?

-Magistrado: Bueno para muestra, lo que pasó en la Asamblea Nacional. Lo que pasó con el Poder Moral, que dan veredicto no estudiando a fondo mis argumentos que le di. Sino que se veía que eso ya venía por un tubo. Esa era la decisión. Y después me iban a poner en la Asamblea Nacional: “Ahí lo tienen, cómanselo”.

-Verioska: ¿Qué pasó entre usted y altos funcionarios del gobierno central venezolano para que se cortara esa relación tan directa que tenia con usted o esa confianza que tenían en usted hasta solicitarle favores judiciales como usted nos ha dicho?

-Magistrado: Bueno, en realidad no sé.

-Verioska: ¿Cree usted que fue el caso de Makled o cree usted que fue otro caso?

-Magistrado: Yo creo que… no sé. A lo mejor serían otros casos. A lo

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mejor casos donde yo no me presté o me hice el oído sordo. No me preguntes cuáles porque ahorita no recuerdo. Pero yo creo que el caso de Makled les sirvió a ellos como anillo al dedo para exponerme al público y acabar con mi prestigio y mi honorabilidad.

-Verioska: Usted es abogado. No es un abogado cualquiera. Fue el Presidente de la Sala Penal de Tribunal Supremo de Justicia. Cuando usted dice que usted fue manipulado, quiero que nos especifique cómo fue ese modus operandi, como es que lo llaman, amplíenos más, estos son con fines qué: Lógicos, económicos, recibe usted dinero, recibió algún tipo de efectivo, no solamente usted sino las autoridades que le solicitaban el favor.

-Magistrado: Bueno, eso sí no lo sé yo… si había dinero por ese lado. Lo que pasa es que a mí me pedían los favores y yo los ejecutaba. Y ¡Ay del juez que se negara a ejecutarlo!

-Verioska: ¿Qué le pasaba al juez que no le hiciera caso?

-Magistrado: Era removido del cargo

-Verioska: ¿A cuántos jueces removió del cargo?

-Magistrado: Bueno yo no. Eso lo hacia la Comisión Judicial. Pero fueron muchos.

-Verioska: ¿Usted apoyo a más de uno para que fuese removido de su cargo?

-Magistrado: Sí lo apoyé.

-Verioska: ¿Por qué?

-Magistrado: Porque eso es parte de la Comisión Judicial.

-Verioska: ¿Pero por qué los removían? ¿Simplemente por no seguir su orden?

-Magistrado: No solamente la orden, porque la orden no la daba yo directamente. La orden la daba también la presidenta del tribunal directamente. Muchas veces la orden la daban directamente los fiscales. Hay un fiscal de apellido Castillo, que ese llamo directamente a los jueces y llegaba hasta amenazarlos.

-Verioska: ¿Cómo es esa relación con la Fiscalía ahora que usted nos menciona eso? Amplíenos un poco más. Hay información extraoficial en Venezuela que quizás hay una especie de grupo de preferidos de la Fiscalía General y de este tipo de situaciones como la que usted nos acaba de nombrar de presunta extorsión estarían ocurriendo en el país. ¿Qué sabe usted de eso? Amplíenos más.

-Magistrado: Sí, cierto que había un grupo preferido. Y son esos, los que llamaban a los jueces. Creo que el Castillo, Mejía, llamaban a los jueces y si no hacían lo que les pedía el fiscal: “Voy a hacer que te boten”. Te expulsa.

-Verioska: ¿Y esa intromisión en el Poder Judicial era por qué?

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-Magistrado: Esa era la componenda que había a nivel de Presidenta de la Corte Suprema y Fiscal General de la República.

-Verioska: ¿Pero recibían dinero? ¿Extorsionaban a clientes? ¿Qué sabe usted?

-Magistrado: Yo creo que sí extorsionaban principalmente en el caso de los banqueros. Porque en el caso de los banqueros pasó algo muy curioso. Que los grandes banqueros, los dueños de los bancos, se fueron del país, y fueron muy pocos los que quedaron en el país. Y solamente agarraron a personal de segunda y de tercera, que son los que están presos ahorita.

-Verioska: Hace unos 6 años aproximadamente otro Magistrado, Luis Velásquez Alvaray, hizo una denuncia muy grave y todavía los venezolanos desconocemos qué ha pasado con eso. Él hablaba de una supuesta “banda de los enanos”, dentro del Poder Judicial. También hablaba de cómo el narcotráfico había entrado dentro del Poder Judicial y había tocado a muchos jueces. Usted que acaba de salir cuéntenos, ¿qué sabe de esto? ¿Qué ha pasado en estos seis años?

-Magistrado: Bueno sí, incluso hasta ahorita recientemente los llamados “enanos”, que todo el mundo sabe quiénes son, trabajan con la fiscalía. Están relacionados con la fiscalía.

-Verioska: ¿Cómo funciona eso?

-Magistrado: Bueno tendrán su mecanismo. El fiscal actúa y lo solicita al gobierno.

-Verioska: Es decir, si necesitan algún favor judicial, ¿se les cancela? ¿Para qué es eso?

-Magistrado: De los negocios que ellos hacen por fuera yo no tengo conocimiento. Veo lo que se hace adentro. Y allí llega es la solicitud del fiscal.

-Verioska: ¿Es cierto que en Venezuela las actuaciones procesales y las sentencias tienen costo?

-Magistrado: En algunos casos sí.

-Verioska: ¿Se puede comprar la justicia en Venezuela entonces con dinero?

-Magistrado: Tal vez.

-Verioska: ¿A qué se refiere con “tal vez”?

-Magistrado: Sí en algunos casos sí lo han hecho. El Poder Judicial da la autonomía que no hay, o sea como un poder independiente. Eso es una falacia. Y te voy a decir por qué. Todos los fines de semana principalmente los viernes en la mañana, hay una reunión en la VicepresidenciaEjecutiva del país, donde se reúne el Vicepresidente, que es el que maneja la justicia en Venezuela con la

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Presidenta del Tribunal Supremo, con la Fiscal General de la República, con el Presidente de la Asamblea Nacional, con la Procuradora General de la República, con la Contadora General de la República, y unas que otras veces va uno de los jefes de los cuerpos policiales. De ahí es donde sale la directriz de lo que va a ser la justicia. O sea, salen las líneas conductoras de la justicia en Venezuela.

-Verioska: ¿Usted acudió a una de esas reuniones?

-Magistrado: A varias acudí yo.

-Verioska: ¿Es una reunión que ocurre todos los fines de semana, los días sábados dentro de la vicepresidencia?

-Magistrado: No, los días viernes.

-Verioska: ¿Cómo queda la independencia de los poderes en Venezuela?

-Magistrado: Yo creo que no hay tanta independencia.

-Verioska: ¿Qué se habla en esas reuniones?

-Magistrado: Bueno de cuáles son los casos que están pendientes, qué es lo que se va a hacer. O sea se daban la directrices de acuerdo al Panorama político.

-Verioska: ¿Usted estuvo primero en la Fiscalía Militar? ¿Qué hizo usted para lograr ese ascenso luego en el TSJ? ¿Cuál fue ese caso emblemático que usted considera que hizo que usted llegara hasta la Presidencia de la TSJ?

-Magistrado: Yo creo que mi actuación fue muy pulcra y muy adaptada a los parámetros exigidos. Aparte del curriculum que tengo.

-Verioska: Cuando usted habla de pulcra, ¿significa leal al presidente?

-Magistrado: Sí, leal al gobierno.

-Verioska: ¿Más no leal a lo que establece la Constitución?

-Magistrado: Tienes razón, es cierto.

-Verioska: En medios en Venezuela ha salido los últimos días que aparentemente Estados Unidos podría tener interés en usted. Porque usted aparentemente tendría pruebas o evidencias de altos funcionarios del gobierno vinculados con terrorismo y narcotráfico ¿Es esto cierto?

-Magistrado: Mira de mí se han dicho tantas cosas que no lo dudo que sea así.

-Verioska: ¿Pero usted tiene pruebas de que altos funcionarios del gobierno podrían estar vinculados con el narcotráfico en Venezuela?

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-Magistrado: Yo trabajé en la Sala del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela, por lo tanto maneje mucha información.

-Verioska: Repito la pregunta ¿Usted tiene evidencia de funcionarios del alto gobierno que presuntamente estarían relacionados con el narcotráfico?

-Magistrado: Te repito, manejé y manejo mucha información.

-Verioska: ¿Sí o no?

-Magistrado: Sí

-Verioska: ¿Quiénes?

-Magistrado: Bueno tendría que verlo. Pero señalártelos así, creo que no sería conveniente por ahora.

-Verioska: Hay algunos informes en los Estados Unidos que establecen que usted estaría colaborando con algunos narcotraficantes, aparte del caso de Walid Makled ¿Esto es cierto?

-Magistrado: La única persona, y lo voy a decir en mi defensa, relacionado con el narcotráfico que yo conocí, fue este señor Makled. Y desconocía sus actividades, sus negocios, sus grandes negocios, lo desconocía. Y en realidad tuve muy poco contacto con él. Incluso un carnet que se me está imputando por ahí, que yo se lo di como jefe de seguridad del magistrado de la Aponte Aponte, ese carnet no está firmado por mí.

-Verioska: Pero él aseguró que usted estaba dentro de la nómina de los pagos que él hacía.

-Magistrado: ¿Bueno a donde? Eso lo dice él. A lo mejor a mí esa nómina no llegaba.

-Verioska: ¿Nunca recibió dinero de Walid Makled?

- Magistrado: No.

-Verioska: ¿Nunca recibió dinero del narcotráfico?

-Magistrado: Nunca. En ningún momento favorecí al narcotráfico. Solamente en un caso que me acuerdo ahorita. De un comandante Maggino. Un teniente. No me recuerdo muy bien. Que fue detenido en Carora con un cargamento de cocaína. Era subalterno del comandante Maggino, se le descubrió la droga. Por Maggino me llamo a mí, desde la Presidencia de la República para abajo para que lo favoreciera.

-Verioska: ¿Quién es ese señor Maggino?

-Magistrado: Un comandante que luego lo ascendieron a general. Coronel o General no sé. Y lo mandaron como agregado militar a Brasil.

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-Verioska: ¿Y estaría involucrado con el narcotráfico ese señor?

-Magistrado: Bueno el teniente llevaba las drogas al batallón donde estaba Maggino.

-Verioska: ¿Y cuál fue su participación en este caso? ¿Cómo lo favoreció?

-Magistrado: Lo favoreció dándole una medida cautelar, más no se dejo en libertad.

-Verioska: ¿Quién le mando a usted a que hiciera eso? ¿O fue algo propio?

-Magistrado: No, a mí me llamaron. Desde la Presidencia de la República para abajo.

-Verioska: Ajá, pero en ese caso…

-Magistrado: En ese caso. Me llamaron de la Presidencia de la República.

-Verioska: ¿Quién de la Presidencia de la República?

-Magistrado: Fue uno de los secretarios o de los allegados de la Presidencia de la República. Creo que Morales.

-Verioska: ¿O sea usted está diciendo que uno de los allegados del Presidente de la República de Hugo Chávez lo llamó a usted para que usted favoreciera a un narcotraficante a una presunta actuación de narcotráfico?

-Magistrado: Sí. Me llamó el Ministro de la Defensa para ese entonces que era Baduel. Me llamó Rangel Silva. Me llamó Hugo Carvajal. Me llamó un Almirante… Aguirre creo. O sea que mucha gente abogó por ese señor.

-Verioska: ¿No recuerda exactamente ese caso?

-Magistrado: Lo que me acuerdo es que devuelve la droga y tuvo que pernotar una noche en un cuartel y ahí fue donde se descubrió la droga.

-Verioska: ¿La droga durmió en un cuartel venezolano de la Guardia?

-Magistrado: Venezolano. No, creo que del Ejército.

-Verioska: ¿Y esto era un decomiso?

-Magistrado: No era ningún decomiso. Venía.

-Verioska: O sea la droga estaba pasando y se resguarda dentro de un cuartel del ejército venezolano.

-Magistrado: Sí, es cierto.

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-Verioska: ¿No era decomiso, sino que era utilizado para guardar la droga que pasa hacia donde? ¿Y de dónde viene esa droga?

-Magistrado: Esa droga viene de Colombia, eso fue por Carora. Eso venía del Sur.

-Verioska: ¿Durmió allí y luego iba para dónde?

-Magistrado: Iba hacia el centro. Hacia el centro del país.

-Verioska: Y usted dio esa medida cautelar para favorecer a ese señor.

-Magistrado: Sí. Ese es el único caso que me acuerdo que yo haya favorecido a un narcotraficante.

-Verioska: Retomemos, Presidencia de la República le pidió que usted favoreciera entonces ese caso de narcotráfico. ¿Quién más? Deme los nombres por favor es importante. ¿Quién más lo llamó?

-Magistrado: Carvajal, Rangel Silva…

-Verioska: ¿Quién es Carvajal?

-Magistrado: Es el director del DIM2, Henry Rangel Silva que era el director de la DISIP, Baduel que era el Ministro de Defensa, El almirante Aguirre que es el estado mayor Presidencial

-Verioska: ¿Qué le decían exactamente?

-Magistrado: Bueno que ese era un buen muchacho, que el Presidente está muy interesado en ese caso.

-Verioska: ¿Pero sabían que tenía droga metida en el cuartel del ejército?

-Magistrado: Sí, ¿no lo iban a saber? Parece ser que este Maggino fue Edecán de la mamá del Presidente, y había ese vinculo.

-Verioska: ¿Y se logró demostrar que ese señor había colocado droga y que iba a trasladarla?

-Magistrado: Yo le di la cautelar y la fiscalía no continuó investigando. Incluso me recuerdo que el favorecido sobreseyó sobre el caso posteriormente.

-Verioska: ¿Eso fue hace cuanto tiempo?

-Magistrado: Debe ser como 4 o 5 años. Alcalá Cordones es para mí en estos momentos el Zar de la droga junto con Reverol en Venezuela.

-Verioska: ¿Cuál Reverol? ¿El director de la ONA?2

? Dirección de Inteligencia Militar

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-Magistrado: El director de la ONA

-Verioska: ¿O sea el director de la ONA, de la Oficina Nacional Antidroga usted asegura que estaría vinculado con el narcotráfico?

-Magistrado: Es muy “llave” de Alcalá Cordones.

-Verioska: ¿Usted tiene algún tipo de pruebas de eso que está diciendo? Porque eso es grave.

-Magistrado: Es grave.

-Verioska: ¿Y qué evidencia tiene usted de que esto es cierto?

-Magistrado: Buscaría. Ahorita no la tengo.

-Verioska: ¿Pero por qué usted considera que este señor Comandante de un Regional, de una división, junto al Director de la Oficina Nacional Antidrogas pueden estar vinculados con el narcotráfico?

-Magistrado: Busca las estadísticas del tráfico internacional y vea por dónde están saliendo más drogas en Venezuela. Y yo no dudaría que fuera Puerto Cabello.

-Verioska: ¿Qué podría conseguir?

-Magistrado: Bueno algo que señale a estos señores.

-Verioska: ¿Alguna vez usted tuvo relación o tuvo conocimiento de la relación directa entre el Gobierno Central con FARC en Colombia?

-Magistrado: Llegó el momento en que las instrucciones que nosotros recibíamos, principalmente con la Fiscalía Militar, todos esos señores “ni los viéramos”.

-Verioska: ¿Cuándo usted estuvo en la Fiscalía Militar, hubo caso como el caso USON3?

-Magistrado: Sí

-Verioska: Caso Baduel. 4

3

? Francisco Usón, General del Ejército (R) y exministro de Finanzas de Hugo Chávez, fue condenado a 5 años y 6 meses de prisión en la jurisdicción Militar, mientras Aponte era Fiscal Superior Militar, por supuestas “injurias a la Fuerza Armada”. Su caso fue llevado a la Corte Interamericana de Derechos humanos que evidenció graves violaciones al debido proceso en su causa y condenó al Estado venezolano.

4

? Raúl Baduel fue sometido a proceso penal militar y condenado a más de siete años de prisión por supuestos delitos, luego de haber sido pieza clave en el reconocimiento de la derrota electoral del gobierno en el referendo para la reforma constitucional de 2007. Es “compadre” de Hugo Chávez y fue, ent5re otras cosas, Ministro de la Defensa en Venezuela.

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-Magistrado: También

-Verioska: Caso Poggioli. 5

-Magistrado: No, Baduel no lo tuve yo.

-Verioska: No lo tuvo usted, caso Usón sí.

-Magistrado: Usón sí

-Verioska: ¿Fue manipulado ese caso?

-Magistrado: Sí, fue manipulado ese caso.

-Verioska: ¿Usted recibió alguna orden Presidencial, o alguna orden del Ejecutivo para actuar diferente a lo que Fiscalía Militar hubiese actuado?

-Magistrado: Sí.

-Verioska: ¿Qué le dijeron?

-Magistrado: Bueno que… que había que, que acusarlo o imputarlo.

-Verioska: ¿Por qué lo hizo?

-Magistrado: uhhh.

-Verioska: ¿Por qué usted lo hizo?

-Magistrado: Recibía órdenes.

-Verioska: ¿Qué pasa si usted no ejecutaba esas órdenes?

-Magistrado: Quedaba afuera.

-Verioska: ¿Eso fue lo único que lo motivó a usted a seguir esas órdenes?

-Magistrado: Sí. Yo soy militar, o era militar de carrera.

-Verioska: Ahora, ¿cómo se siente usted en este momento luego según su testimonio de haber manipulado la Justicia Venezuela, ahora está usted en manos de la Justicia?

-Magistrado: Bueno, como te digo, sé lo que me espera… y lo que me espera no es nada bueno.

-Verioska: ¿Cómo se siente usted con personas quienes perdieron 5

? Ovidio Poggioli fue director de la DIM y fue uno de los militares que se declaró en rebeldía contra el gobierno de Hugo Chávez durante las manifestaciones opositoras de 2002/03. Se pretendió involucrarlo en el caso de los “paracachitos”, que no eran otra cosa que supuestos paramilitares que se decía habría contratado la oposición para desestabilizar el gobierno de Hugo Chávez.

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su libertad, familiares de personas quienes fueron presas, que le diría a esa gente que usted en algunos casos por cumplir órdenes o por cualquier tipo de razones privó de libertad, que le diría a esos familiares, que lo están viendo ahora en el país, que le diría a Venezuela que lo está viendo reconocer que usted manipuló la justicia?

-Magistrado: Yo le diría a Venezuela que está tiempo de recuperarse, que no caigamos en los errores del pasado que pensemos en un futuro más promisor, mas democrático y más de libertad, y yo como hombre, como venezolano, asumo mi responsabilidad y si lo hice mal, si lo hice mal asumo mi culpa; y si es de pagar por ello… pago por ello, pero yo no voy a pagar por un delito, que yo no cometí.

-Verioska: ¿A cuál se refiere?, porque usted está reconociendo que sí, si manipuló la justicia…

-Magistrado: Al caso de… no, no, no, me refiero al caso Makled...

-Verioska: Una pregunta, ¿para usted ahora existen presos políticos en Venezuela?

-Magistrado: Sí, hay gente que la orden es no soltarlos, principalmente los comisarios6.

-Verioska: ¿Quién da la orden y cuál es la orden y de qué?

-Magistrado: La orden viene de la Presidencia para abajo, no nos caigamos en dudas, en Venezuela no se da puntada si no lo aprueba el presidente.

-Verioska: ¿Usted recibió orden de no soltar a Simonovis?

-Magistrado: uhhh.

-Verioska: ¿Simonovis, los policías del 11 de abril, cuál fue la orden, dígame?

-Magistrado: Cual fue la posición de la sala penal, convalidar todo lo que venía hecho, eso en pocas palabras es, aceptar que esos señores no podían salir pues, y que la justicia ahí, le dio la espalda. Entonces qué le diría yo a los familiares, tengan fe y luchen por lo que creen que merecen y tienen que luchar.

-Verioska: ¿Siente usted que el gobierno le está dando la espalda en este momento?

-Magistrado: Bueno yo creo que me la había dado hace mucho tiempo lo que pasa es que yo no me había dado cuenta.

6

?Se refiere a los Comisarios Iván Simonovis, Lázaro Forero y Henry Vivas, condenados, conjuntamente con 6 funcionarios de la Policía Metropolitana, por los sucesos del 11 de Abril de 2002 en Caracas. Se les señala de haber “asesinado” a dos personas el 11 de Abril bajo supuestas instrucciones de la oposición. Esto jamás fue demostrado en su juicio.

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-Verioska: ¿Cuándo comenzó a darle la espalda el gobierno a usted?

-Magistrado: Yo creo que hace más de un año.

-Verioska: ¿Por qué?

-Magistrado: Bueno, a lo mejor ya no lessería útil, o a lo mejor tenían que buscar a otro que le fueran más, más condescendiente con lo que quieren hacer.

-Verioska: ¿Ahora usted qué va a hacer, hay información extraoficial que usted estaría brindando algún tipo de colaboración y conversaciones con algunos organismos internacionales, tipo DEA, FBI?

-Magistrado: Hasta el momento no, en este momento no.

-Verioska: ¿Lo haría?

-Magistrado: Bueno si es para aclarar la justicia y lavar mi nombre lo haría.

-Verioska: ¿Por qué no aclara la justicia yendo a Venezuela y enfrentando el poder judicial venezolano?

-Magistrado: ¿Tengo garantía?, ¿me dan garantía?, si me dan garantía con mucho gusto me les presento allá.

-Verioska: ¿Cuál fue la garantía que tuvo aquellas personas a quienes usted afectó?

-Magistrado: Bueno te estoy diciendo, que asumo mi responsabilidad, pero yo conociendo el sistema por dentro y cómo se funcionan y cómo se maneja, yo o creo que haya ninguna garantía. Al menos para mi caso.

-Verioska: Usted tiene más de 15 años en el poder judicial, y hechos de los que hemos conversados en donde se habría manipulado la justicia en Venezuela tienen más de 6 años, ¿por qué no lo tocaron a usted nunca, por qué nunca buscaron investigar, por qué ahora?

-Magistrado: Esa es la pregunta que me hago yo, esa es la pregunta que me hago yo, y si cabría la paradoja de perseguidor a perseguido.

-Verioska: ¿Usted tiene cuenta en los EE.UU. le congelaron sus cuentas?

-Magistrado: Yo no tengo cuenta en ningún lado.

-Verioska: Hay también información extraoficial que usted en Venezuela se manejaba información extraoficial que usted utilizaba a su propia hija de testaferro, ¿qué hay de cierto en esto?

-Magistrado: Que lo averigüen, que vean las cuentas que tiene, que vean donde están los reales pues, algo tienen que averiguar.

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-Verioska: Hay otros casos extraoficiales y aprovechamos para consultarle de forma extraoficial informaciones que se han manejado en Venezuela uno de ellos un caso emblemático en Venezuela que fue el caso del maletín, una de las personas que pago condena en los Estados Unidos fue un señor de nombre Franklin Duran, quien ya estuvo de vuelta en Venezuela hace pocos días, ese ciudadano hay algún tipo de información que estuvo 5 días en la DISIP7 brindo declaraciones y que está en libertad, y aparentemente hay un expediente por lavado de dinero si mal no recuerdo, hay una información extraoficial que supuestamente hay unos familiares que se habrían acercado a usted y le habrían dado una cantidad de dinero, ¿es esto cierto?, para favorecerlo y que no le ocurriera nada a Franklin Duran cuando pisara Venezuela, ¿es esto cierto?

-Magistrado: Yo creo que esta información es errada, y le voy a decir porqué…

-Verioska: ¿No recibió 2 millones de dólares de la familia Durán?

-Magistrado: ¿Qué?, no. Incluso este señor Durán llegó fue directamente a la Fiscalía y estuvo en la Fiscalía y de allí salió a los tribunales y los tribunales le dieron una cautelar, ¿qué tuve yo que ver con eso?

-Verioska: ¿Pero conoce el caso?

-Magistrado: El caso es un caso muy sonado, pero de que me dieron… ¿Por qué me iban a dar dinero si yo no tenía nada que ver con eso? Si yo dejé… tengo tiempo que no manejo los tribunales.

-Verioska: ¿Ahora qué hace?

-Magistrado: Hacer sentencia era lo que me quedaba, y ahorita me dedicaré a escribir.

-Verioska: ¿Qué va a escribir?

-Magistrado: Bueno a lo mejor mis memorias.

-Verioska: ¿Qué tienen esas memorias?

-Magistrado: Bueno… muchas cosas

-Verioska: Usted fue amenazado en Venezuela, ¿teme por su seguridad?

-Magistrado: en Venezuela, sí.

-Verioska: ¿Cómo fue?

-Magistrado: Sí temo por mi seguridad, bueno por lo emblemático que fui, como tú lo acabas de decir hace rato, otro porque ahorita

7

?Actual SEBIN. Servicio de Inteligencia Bolivariano

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sería una presa fácil de cualquiera, a como tal sicariato o sea que ahorita en Venezuela no me atrevo a caminar por las calles.

-Verioska: ¿Por la inseguridad?

-Magistrado: Por la inseguridad. Y no tengo carro blindado, no tengo escoltas, entonces mija me quede como dicen como cualquier hijo de vecino y como cualquier hijo de vecino puedo sufrir la consecuencia de un hecho delictivo.

-Verioska: ¿Usted reconoce el daño que le hizo al poder judicial venezolano señor Aponte?

-Magistrado: Sí, le digo yo asumo mi responsabilidad y mi culpa y si es de pagar por ello yo pago

-Verioska: ¿Así como usted, que tan contaminado está ese poder en Venezuela?

-Magistrado: Yo creo que bastante suficiente y a todos los niveles, mucha manipulación, le dije ahí no sale una decisión sino se consulta, últimamente los tribunales penales antes de cualquier decisión tienen que consultarlo.Tu sabes que cuando yo… el día 20 cuando termine de recoger mis cosas de la oficina, mis libros mi biblioteca, me dije mas nunca vuelvo a agarrar un código…la justicia no vale… la justicia es una plastilina, digo plastilina porque se puede modelar, a favor o en contra y de ahí mas nunca, no quiero saber de libros no quiero… pondré una venta de perros calientes, pero y entonces después que te doy esta reflexión que he tenido tiempo de pensar, que vi que he visto manos amigas que me han tendido la mano y digo que por la justicia hay que luchar…. Y que esa dama ciega hay que enseñarle un camino.

-Verioska: ¿Usted decía hace poco minutos que se sentía traicionado, de quién específicamente, quién lo traiciono?

-Magistrado: De mis camaradas.

-Verioska: ¿Por qué, quiénes?

-Magistrado: Bueno, todos, todos, muchos, la lista es interminable; una persona que yo levantaba el teléfono, llamaba y nadie me contestaba el teléfono, nadie quería saber de mí.

-Verioska: ¿Ahorita?

-Magistrado: Ahorita.

-Verioska: ¿Pero antes sí lo llamaban?

-Magistrado: Sí me llamaban y yo llamaba y nos veíamos; ahora nadie quiere nadie quiere verme la cara. Entonces digo, te repito, a la dama ciega, a la diosa Temis, hay que llevarla por buen camino, y todos los venezolanos tenemos esa obligación, por lo tanto, yo no voy a quemar los códigos ni los voy a dejar de ver, ahora es que los voy a ver más. Porque trataré de subsanar en lo que me queda de vida el daño que hice, esa es mi penitencia.

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-Verioska: ¿Cómo lo va hacer?

-Magistrado: Luchando por la justicia, aclarando la justicia.

-Verioska: Si yo fuese hija de alguien que fue detenido por su responsabilidad, por su intento de manipular la justicia, ¿cómo le creo?

-Magistrado: Los hechos lo demostrarán.

-Verioska: Ya para cerrar esta entrevista, ¿existe independencia de poderes en Venezuela?

-Magistrado: Ninguna.

-Verioska: El Poder Judicial en Venezuela

-Magistrado: Ni el Poder Judicial, ni el Poder Ejecutivo, ningunos de los poderes.

-Verioska: ¿Existe presos políticos en Venezuela?

-Magistrado: Existen presos políticos en Venezuela.

-Verioska: ¿El caso Afiuni8?

-Magistrado: Igualmente un caso muy político y emblemático.

-Verioska: Ella es juez, abogada igual que usted, seguramente en este momento debe estar viendo esta entrevista, ¿qué le diría a ella específicamente?

-Magistrado: que es una mujer muy valiente y que esos son los juristas que representan bien al sistema judicial.

Como puede fácilmente percibirse, esta confesión, de boca nada más y nada

menos que del expresidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Venezolano, confirma que antes de sentenciar recibía órdenes que podían venir

del Presidente de la República para abajo, lo cual puede constatarse en todos los

fallos que suscribió y en general las que firmara como integrante del Tribunal

8

? La Juez María Lourdes Afiuni fue detenida, por orden presidencial dictada en Cadena Nacional de radio y Televisión, luego de dejar en libertad, siguiendo recomendaciones de la ONU (Comité para las detenciones arbitrarias) al banquero Eligio Cedeño, que a la sazón tenía cerca de tres años detenido sin juicio. Lo mismo está por oucrrirle a diversos representantes de Casas de Bolsa venezolanas, intervenidas arbitrariamente por el Gobierno, lo que condujo a su arresto sin juicio (Caso Econoinvest). Muchos otros banqueros y representantes del mundo financiero venezolano, identificados con la oposición, han debido huir del país, por temor al uso indebido de la justicia penal contra ellos.

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Supremo, a los que cualquiera puede tener acceso a través de la página del

máximo tribunal9.

Fue Aponte quien redactó el fallo de mayo de 2010 en el que quedó firme la

condena a 30 años de cárcel de los comisarios Henry Vivas, Iván Simonovis y

Lázaro Forero, y a 6 Policías sentenciados por los hechos del 11 de abril de 2002,

sentenciando lapidariamente "Se desestima por manifiestamente infundado el

recurso de casación propuesto".Lo mismo hizo con el recurso del exministro

Francisco Usón, luego de además haberse negado a inhibirse, como magistrado,

en ese caso que previamente había conocido como Fiscal Militar. También ocurrió

lo mismo (la desestimación del recurso de casación) en el caso de Otto Gebauer10. Con esto, el entonces magistrado echó por tierra la posibilidad de que

la sentencia contra los comisarios y otros seis metropolitanos pudiera ser revisada

y modificada.

Fue también Aponte quien dejó en firme la sentencia contra Rolando, Otoniel y Juan Guevara, conocidos mejor como “Los Hermanos Guevara”, quienes fueron

condenados a 28 años de cárcel, los dos primeros, y a 30 años de prisión, el

último, por la supuesta comisión del asesinato del fiscal Danilo Anderson, ocurrido

el 18 de noviembre de 2004.En el fallo del 6 de agosto de 2007, Aponte usó contra

los Guevara el mismo argumento legal que contra los comisarios.

Un año y dos meses después, el entonces magistrado volvió a sentenciar contra

los Guevara: Negó la posibilidad de que se enjuiciara al llamado “testigo estrella”

del caso Anderson, Giovanni Vásquez De Armas, el mismo que admitió en una

entrevista con una televisora colombiana que había falsificado documentos que le

sirvieron para involucrar a los Guevara y que había sido paramilitar.

Aponte indicó que no se podía abrir un procedimiento judicial contra Vásquez por

9

? Consultar: www.tsj.gob.ve

10

?Otto Gebauer fue el Capitán del Ejército encargado de trasladar a Hugo Chávez desde Caracas hasta la isleta de La Orchila, durante los sucesos de Abril de 2002. Como se negó a afirmar lo falso (la supuesta amenaza de muerte a Chávez), fue condenado a cumplir casi 13 años de prisión por ser supuesto “cómplice” en la supuesta “desaparición forzada” de Hugo Chávez. Como nota curiosa, al supuesto “autor” de tal pretendido delito, Luis Beltrán Vaamonde Rojas, sólo se le condenó a cumplir la pena de 3 años de prisión, y quedó casi inmediatamente en libertad, luego de haber afirmado que se había supuestamente “amenazado” la vida de Hugo Chávez durante esos eventos.

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la presunta comisión del delito de falso testimonio porque tal solicitud sólo podía

provenir del Ministerio Público, y no de la defensa de los Guevara, como ocurrió

en ese caso ante la inactividad de la Fiscalía, la cual, como el mismo confesó, fue

una inactividad premeditada y orquestada por él y las personas que le giraban

dichas instrucciones.

Es de notar, que en virtud del caso del asesinato de Danilo Anderson y como

consecuencia de la persecución política instaurada utilizando como excusa dicho

caso, resultaron asesinadas, sin investigación, al menos dos personas conocidas

públicamente, casos que han sido denunciados ante esa Fiscalía. Tal es el caso

de Antonio López Castillo, hijo de la exdipuatada de oposición Haydee Castillo y

Juan Carlos Sánchez, quien prestaba servicios de excolta y seguridad a militares

disidentes. En este último caso, quedó en evidencia de testimonios rendidos por

los hermanos Guevara que Juan Carlos Sánchez fue torturado y resultó

asesinado como consecuencia de las torturas y no por un supuesto intercambio de

disparos con los policías de inteligencia, tal como fue reseñado oficialmente. Hasta

el día de hoy, a pesar de declaraciones rendidas en este sentido ante los

traibunales, no se ha llevado a cabo ninguna investigación al respecto.

Aponte también desestimó el recurso de casación propuesto por la defensa del ex ministro de la Defensa Raúl Isaías Baduel, condenado a 7 años y 11 meses de

cárcel por supuesta sustracción de fondos públicos y abuso de autoridad, so

pretexto de ser "manifiestamente infundado".

Igualmente, y como denunciábamos anteriormente, el ex magistrado Aponte Aponte designó a todos los jueces de Táchira, Zulia y Carabobo, y, como aseguró

el actual gobernador de esta última entidad federal, Henrique Salas Feo, con

impresionantes cifras "En el caso de Carabobo, la fuerza policial ha enviado a los

tribunales y a la Fiscalía a 7.352 personas detenidas in fraganti, gente con

verdaderos prontuarios que debe ser castigada por las leyes. De esos 7.352,

4.327 fueron puestos en libertad en menos de 48 horas"11, aseveró.

En concordancia con todo lo anteriormente expuesto, tenemos como antecedente

de la presente, las denuncias realizadas en la solicitud signada COTP-CR-1/04 de

fecha diecinueve (19) de enero de dos mil cuatro (2004), cuando delatábamos que

11

?Artículo de prensa. Portal de Citizen News Agency, Allanaron por tercera vez residencia de Aponte Aponte. Abril 24, 2012, Publicado por admin. {Consulta: abril, 2012} [Disponible en: http://impactocna.com/2012/04/24/allanaron-por-tercera-vez-residencia-de-aponte-aponte/].

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el Sistema Judicial en Venezuela funciona como brazo oficial del Poder Ejecutivo

destinado a la persecución política, y amedrentamiento de los disidentes políticos,

realizando específicamente diversas detenciones arbitrarias de activistas políticos

opositores (Ej. Alejandro Peña Esclusa –Bloque Democrático-, Carlos Fernández -Fedecámaras-, Carlos Ortega –CTV-, Carlos Melo –Bandera Roja-, Félix Arias, etc.), militares disidentes (Gral. Carlos Alfonso Martínez, Gral. Edgar Bolívar, entre otros) así como de abogados (caso Héctor Turuhpial), periodistas, etc., y civiles comunes que de alguna u otra forma se han hecho parte

de manifestaciones de la oposición. Esto último, con el objeto de crear un clima de

zozobra y terror en la población civil disidente para evitar expresiones opuestas al

gobierno (caso de Dulce Bravo y otros). Todo esto es hoy ratificado por el

ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de identidad

venezolana N° 3.581.104 en sus recientes declaraciones.

Aunado a todo lo que expresamente señaló el exmagistrado, y a lo que esta

representación ha tenido la oportunidad de relatar, solicitamos se investiguenlos

hechos conexos constituidos por haber el ciudadano Aponte Aponte otorgado un

carnet al presunto narcotraficante Walid Makled, por haberle dado patios de

Puerto Cabello (puerto marítimo venezolano) al mismo, por haber permitido el

supuesto despegue de un avión de él,por haber supuestamente utilizado

instalaciones militares para guardar droga.

En el marco de todas las afirmaciones anteriormente explanadas, tenemos que

existen una serie de personas afectadas por la conducta desdeñable del

exmagistrado.Así, las personas aquí indicadas son consideradas víctimas directas

de tales hechos, en los términos que dispone la “Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso del poder” de la Asamblea General de las Naciones Unidas (A/RES/40/34 del 11

de Diciembre de 1.985) específicamente, estas personas son víctimas de delitos y

víctimas de sistemáticos abusos de poder, en los términos descritos en los literales

“A” Principios 1º y 2º; y “B”, Principio 18; de la referida declaración, que

expresamente disponen:

“A. Las víctimas de delitos

1. Se entenderá por "víctimas" a las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.

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  2. Podrá considerarse "víctima" a una persona, con arreglo a la presente Declaración, independientemente de que se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relación familiar entre el perpetrador y la víctima. En la expresión "víctima" se incluye además, en su caso, a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.

B. Las víctimas del abuso de poder   18. Se entenderá por "víctimas" a las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que no lleguen a constituir violaciones del derecho penal nacional, pero violen normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos humanos.”.

Entonces, ya que el exmagistrado pone al descubierto que los jueces en nuestro país sentencian de acuerdo a las órdenes de Hugo Chávez Frías y de Elias Jaua; Vicepresidente de la República las principales y más emblemáticas víctimas de esta situación de persecución sistemática por motivos políticos sonJosé Sánchez (alias Mazuco)12, los Comisariosde la

Policía Metropolitana Iván Simonovis, Henry Vivas y Lázaro Forero,y la Juez María Lourdes Afiuni, quienes están actualmente injustamente privados de su libertad. También serían ejemplos de esta sistemática política de Estado de persecución por motivos políticos (sea para desarticular la oposición política, o para consolidar “versiones oficiales” falsas sobre determinados sucesos de trascendencia nacional) los casos de Ovidio Poggioli, Francisco

Usón, Otto Gebauer, Julio Rivas 13, el General Angel Vivas14, y muchos otros.

12

? José Sánchez, antiguo jefe de seguridad del excandidato presidencial y exgobernador del estado Zulia, el opositor Manuel Rosales, fue detenido y condenado por la justicia venezolana por supuestos delitos. El pueblo lo eligió con posterioridad como diputado a la Asamblea Nacional, lo que fue desconocido por los tribunales que le negaron injustamente su inmunidad parlamentaria

13

? Julio Rivas, dirigente juvenil opositor, fue sometido a proceso penal por participar en manifestaciones públicas. Se le mantuvo detenido hasta que una huelga estudiantil logró su liberación.

14

? Angel Vivas fue recientemente condenado por la justicia militar a más de 4 meses de prisión por haberse atrevido a solicitar ante el TSJ, mientras era oficial activo, la nulidad del lema presidencial “Patria, socialismo o muerte”

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También tenemos el caso del Comandante Pedro Maggino, mencionado por el Ex

Magistrado, el cual fue sentenciado el día 18 de noviembre del 2005 según la

sentencia consultada del Tribunal Supremo de Justicia, a continuación un breve

resumen de su caso:

La Fiscalía del Ministerio Publico en fecha veintitrés (23) de enero de dos mil seis

(2006) solicitó la aprehensión del Comandante Pedro Maggino la cual se produjo

y fue presentado ante el Tribunal de Control correspondiente el dos (02) de marzo

de ese año.El trece (13) de abril se presentó acusación en su contra por el

Ministerio Publico.

El 31 de julio de ese mismo año la Corte de Apelaciones confirmo la detención de

Maggino y su proceso continuo hasta que fue Sobreseído por el Tribunal a

solicitud del Ministerio Publico el día dieciséis (16) de mayo del año dos mil siete

(2007).

De seguidas, pasaremos a especificar algunas de las víctimas y los delitos

cometidos imputables todos, directa o indirectamente, al ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de identidad N° 3.581.104,

veamos:

1. ENCARCELACIÓN ARBITRARIA O PRIVACIÓN GRAVE DE LA LIBERTAD

De acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto de Roma de la Corte Penal

Internacional, concretamente en el Art. 7, numeral 1, literal “e”; constituye un

crimen de lesa humanidad “...la encarcelación u otra privación grave de la libertad

física en violación de las normas fundamentales de derecho internacional...”,

siempre que se cometa como parte de un ataque sistemático o generalizado

contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

Por su parte, el “Proyecto Definitivo de los Elementos de los Crímenes” (Naciones Unidas, Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional,

PCNICC/2000/1/Add.2 del 2/11/00), en lo que refiere al crimen de lesa humanidad

de encarcelamiento arbitrario, dispone que los elementos de dicho crimen son los

siguientes:

a) Que el autor haya encarcelado a una o más personas o las haya sometido

de otra manera, a una privación grave de la libertad física.

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b) Que la gravedad de la conducta haya sido tal que constituya una violación

una infracción de normas fundamentales del derecho internacional.

c) Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que

determinaban la gravedad de la conducta.

d) Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o

sistemático dirigido contra una población civil.

e) Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un

ataque de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una

población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de

un ataque de ese tipo.

En todos los casos que se detallan seguidamente, observamos como

características principales quei) se privó materialmente de su libertad a cientos de

personas; ii) ello se hizo sin que las personas privadas de su libertad estuviesen

cometiendo un delito (supuesto de detención in fraganti) o merced la existencia de

una orden judicial válida; lo cual viola las previsiones que sobre estos particulares

rigen a nivel internacional; iii) en todos los casos, los instigadores, autores

mediatos e inmediatos, los partícipes y los encubridores de tales crímenes tenían,

según el caso, plena conciencia de que su conducta constituía una grave violación

a los derechos fundamentales de las personas ya que, iv) éstas se ejecutaban

como parte de un de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una

población civil individualizada por motivos políticos, identificada con la oposición

política al Gobierno de Hugo Chávez Frías; y, por otra parte, v) los instigadores,

autores mediatos e inmediatos, los partícipes y los encubridores de tales crímenes

tenían, según el caso, pleno conocimiento de que las dichas agresiones contra la

libertad eran parte de un ataque sistemático contra una población civil o, también,

tenían la plena intención de que sus actos formasen parte de los ataques

planificados de ese tipo que aún al día hoy continúan en Venezuela.

Así, pasamos a discriminar:

Nueva denuncia que se relaciona concretamente con el exmagistrado Eladio Aponte Aponte:

LEOCENIS GARCÍA. Este ciudadano, quien suscribe la presente solicitud fue

encarcelado el 03 de mayo de 2008, se mantuvo detenido 2 años sin juicio a la

orden del juez de control Lenin Fernández Duarte, quien difirió sin justificación la

audiencia preliminar más de 70 veces, provocando una detención sin garantías

judiciales, lo que provocó como consta en el expediente de la causa, que el

ciudadano José Piñango, director del Penal la Mínima de Tocuyito (Centro de

reclusión donde se mantuvo al periodista García) le enviara una comunicación al

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juez donde le responsabilizaba de los diferimientos de las audiencias y le

recordaba que el Penal que él regentaba como funcionario del Ministerio de

Relaciones Interiores había cumplido con los traslados. El juez Duarte mantuvo la

privativa a García, y en una decisión sin precedentes en el sistema judicial

venezolano achacó el retardo procesal al reo (Leocenis García), sumado a esto

desestimó la petición de la defensa de declarar nulo el juicio pues el principal

justificativo para mantener la privativa no existía (Un arma que una fiscal de

Derechos Fundamentales del Ministerio Publico-Samia Abimelis- negaba en una

inspección que existiera), el juez Fernández Duarte dijo que eso se conocería en

juicio y mantuvo la privativa.

FRANCISCO USÓN RAMÍREZ

Militar retirado (dado de baja por supuestas razones “disciplinarias” al cuestionar

ante el Alto Militar la conducta del General Luis Felipe Acosta Carles, que en los

medios de comunicación social, durante la ejecución de una medida contra una

procesadora de refrescos, habría, en gesto de burla, eructado estando en

funciones y uniformado) de las Fuerzas Armadas Venezolanas, primero en su

promoción de 1977, fue ministro de Finanzas del gobierno de Hugo Chávez en el

año 2002. Dejó el cargo voluntariamente en 2002 al oponerse a la aplicación de un

plan de seguridad nacional llamado “Plan Ávila” durante las manifestaciones

civiles ocurridas el 11 de abril de 2002. En el año 2004 fue condenado por la

jurisdicción militar (en ese momento Aponte Aponte era el Fiscal Superior Militar)

a cumplir la pena de 5 años y seis meses de prisión por supuestas “Injurias a la

Fuerza Armada nacional” en un programa de TV con la periodista Marta Colomina.

El programa, conducido por la periodista Marta Colomina en el canal Televén y

transmitido el 16 de abril del 2004, tuvo como invitados al general y a la periodista

Patricia Poleo. En dicho programa se dio la oportunidad de que analizaran los

recientes sucesos ocurridos dentro de la base militar Fuerte Mara, en La Guajira

en el Estado Zulia, durante los cuales ocho soldados sufrieron quemaduras

mientras permanecían en una celda de castigo. Posteriormente, dos de ellos

murieron.

Poleo afirmó mientras se realizaba el programa que, según una fuente que

presenció el hecho, el incendio fue provocado fuera de la celda, por un

lanzallamas. Colomina le pidió al general que hiciera algún comentario sobre el

caso si así lo deseaba y este explicó cuál era el mecanismo de acción de esa

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arma, debido a que el general es ingeniero militar y podía dar su opinión técnica,

por ello explicó su uso y además afirmó que por la combinación de NAPALM y

gasolina que utiliza el lanzallamas, debía ser utilizado por una persona que

supiera muy bien lo que hacía.

Sin validar o negar la hipótesis planteada por Patricia Poleo, Usón agregó que de

haberse utilizado un lanzallamas “sería algo muy grave si es cierto”.

Posteriormente, el 22 de abril, se detuvo a Usón en Puerto Ordaz, en el Estado

Bolívar, al sur de Venezuela. El general se encontraba allí para recoger firmas

para el Referendo Revocatorio presidencial de ese año.

A pesar de que la justicia militar no puede juzgar a los civiles y el general está en

situación de retiro desde el 2002, la Fiscalía Militar fue la encargada en cinco días

de juicio para establecer los alegatos que lo condenarían a cinco años y medio de

prisión, basándose en el artículo 505 del Código de Justicia Militar por supuesto

“ultraje e injuria” a las Fuerzas Armadas. En ningún momento pudieron probar que

la expresión de la opinión hecha por el General Usón fuese ofensiva contra la

FAN. La orden de apertura de la investigación (violando lo que pauta el Art. 285 de

la Constitución) fue emitida por el entonces ministro de la defensa, general Jorge García Carneiro y en octubre de ese año, fue sentenciado por haber “injuriado” a

las FAN.

Desde ese momento, el general Usón permaneció en la prisión militar de Ramo

Verde en Los Teques, Estado Miranda, cumpliendo una condena de Cinco (05)

años y Seis (06) meses de prisión, hasta el 24 de Diciembre de 2007, cuando

luego de ejercer varios recursos se le concedió la libertad condicional que le

correspondía pero le había sido sistemáticamente negada luego de haber

rechazado una propuesta de indulto que le había hecho Hugo Chávez. Terminó

de cumplir lo que le quedaba de pena en Septiembre de 2009. En julio de 2004, el

recurso introducido contra la confirmación por la Corte Marcial de la sentencia

condenatoria por la defensa para anular la decisión fue declarado “inadmisible” por

el Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Deyanira Nieves,

y con la anuencia de Aponte Aponte, quien incluso habiendo sido Fiscal General

Militar durante el juicio, no quiso inhibirse del conocimiento de la causa como

magistrado. Sigue pendiente el recurso de revisión extraordinaria de su condena,

en Sala Constitucional del TSJ.

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Sumado a todo ello, luego de su detención, en agosto de 2004 el general fue

trasladado al Hospital Militar para tratarle un caso grave de hemorroides, pero

sufrió una reacción alérgica al inyectársele epinefrina (adrenalina). Estuvo cuatro

días en condiciones críticas y al sufrir de arritmia cardiaca, debió habérsele

administrado una compresa y no una inyección. Gracias a su medicación recetada

(beta bloqueadores), pudo contrarrestar los efectos de la inyección suministrada.

El hospital sólo señaló que se había tratado de un “error”, no obstante la defensa

del general y él mismo cree que esto se hizo para causarle un paro cardíaco.

Al día siguiente de la crisis, la familia pidió una relación de todos los

medicamentos que le recetaron a Usón y se encontró un analgésico con

ketoprofeno, que le causo la misma reacción. Nuevamente, gracias a los betas

bloqueadores, no se agravó más su condición, pero los abogados demandaron al

Estado venezolano por este hecho, sin respuesta. El Hospital Militar volvió a

declarar que se trataba de un “accidente”, pero además, el expediente médico

desapareció, así como la información de la enfermera que lo atendió.

Sin embargo, las vicisitudes del general no acabarían allí porque el 6 de abril de

2007, Usón Ramírez enviaría una carta pública, consignada ante la Defensora del

Pueblo para solidarizarse contra el cierre de la televisora RCTV que ocurriría en

mayo de ese año. Por tal motivo, se le incomunicó hasta el 12 de abril por haber,

supuestamente, violado las normas de correspondencia dentro del penal. Su

abogado, Gonzalo Himiob Santomé afirmó que la medida fue impuesta sin haber

seguido un proceso penal ni se le dio oportunidad de defenderse o de saber si se

le abriría una investigación al respecto. Se interpuso un recurso contra esta

sanción ilegal ante el Tribunal Militar de Ejecución, que declaró la ilegalidad de la

sanción y limpió el expediente de conducta del General Usón.

Su caso fue llevado a la Comisión Interamericana de DDHH y luego a la Corte

Interamericana de DDHH, que en diciembre de 2009, condenó, por los graves

abusos contra el ciudadano Francisco Usón, al Estado venezolano. Dicha

sentencia no ha sido cumplida por el Gobierno de Hugo Chávez.

Personas privadas de libertad cuyas denuncias fueron presentadas en enero de 2004 ante esa Fiscalía del Tribunal Penal Internacional, o por el ciudadano Diego Arria en noviembre de 2011 y que son consecuencia de las actuaciones del exmagistrado Eladio Aponte Aponte.

ALEJANDRO PEÑA ESCLUSA, el 19 de septiembre de 2002, el presidente de la

agrupación política Fuerza Solidaria, fue arrestado por funcionarios de la DISIP.

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Esta detención coincidió con el allanamiento días antes de las viviendas del

coronel del Ejército Julio Rodríguez Salas y el capitán Henry Parra por

miembros de la Dirección de Inteligencia Militar (DIM) y la Dirección de los

Servicios de Inteligencia y Protección (DISIP).

El presidente Hugo Chávez aceptó que había ordenado el arresto (usurpando

funciones propias del Poder Judicial) y lo justificó señalando que "...no estamos

dispuestos a permitir de nuevo lo que ocurrió en Venezuela y que nos llevó al

terrible drama del 11 de abril...".

El dirigente opositor fue detenido luego de dar una rueda de prensa para informar

sobre un acto de protesta que realizaría su organización el 20 de septiembre de

2002, en las cercanías de la base aérea militar “Generalísimo Francisco de

Miranda”, en el este de la ciudad de Caracas. Posteriormente, este personaje de

oposición fue detenido en virtud de un procedimiento tergiversado y manipulado

en el año 2009, y mantenido en prisión por un año, para luego ser liberado por

razones humanitarias en virtud de un cáncer en la próstata.

Con respecto a los casos siguientes, es importante señalar que se están

realizando las investigaciones pertinentes para conocer la injerencia del ciudadano

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de identidad N°

3.581.104 en los procesos judiciales instaurados o no:

1. RICARDO ANTONIO LINERO, titular de la cédula de identidad N°V-

12.053.175, FERNANDO JESÚS FERMIN, titular de la cédula de identidad

N°V-11.943.361, ELOY JOSE JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, titular de la cédula

de identidad N°V-10.868.141, JOSE ALFREDO NAVARRO DAZA, titular de

la cédula de identidad N°V-11.663.458, OMAR ALEXIS GUERRERO MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.063.446, FRANCISCO ARAUJO, titular de la cédula de identidad N° V-6.960.851; ROBERT ALEXANDER HERNÁNDEZ IZARRA, titular de la cédula de identidad N°

V-11.038.802, VALDEMAR JOSE VILLAREAL LEON, titular de la cédula

de identidad N° V-11.159.481., ELOY JOSE JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, titular

de la cédula de identidad N° V-10.868.141, JOSE ALFREDO NAVARRO DAZA, y titular de la cédula de identidad N° V-11.663.458, todos

venezolanos, mayores de edad, miembros de la tripulación de Oficiales del

Buque Tanque CAURA de la filial de la Estatal petrolera (PDVSA) PDV

Marina; EMIR JOSÉ MORENO COLINA, titular de la Cédula de Identidad

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N° 10.522.505; JONATHAN FIGUEREDO, Cédula de Identidad N°

12.067.511, JOSÉ RAMOS, Cédula de Identidad N° 8.742.126, JUAN CARLOS RAMÍREZ, Cédula de Identidad N° 12.352.333, HÉCTOR MARCANO, Cédula de Identidad N° 9.420.744, tripulantes y oficiales del

buque tanque MARITZA SAYALERO, de la filial de la Estatal petrolera

(PDVSA) PDV Marina, ERNESTO PEREIRA, titular de la cédula de

identidad N° V-11.040.153, JONATAN QUINTERO, titular de la cédula de

identidad N° V-12.102.799, todos venezolanos, mayores de edad, miembros

de la tripulación de Oficiales del Buque Tanque AMBROSIO;todos ellos

detenidos por funcionarios del Ejército y de la Guardia Nacional, en aguas

cercanas al Estado Falcón (Venezuela), por haberse sumado, en diciembre

de 2002, al paro nacional que se realizó entre diciembre del año 2002 y

febrero del año 2003, sin que estuvieran cometiendo ningún delito y sin que

existiese ninguna orden judicial válida que ordenase su encarcelación;

2. CARLOS ALFONSO MARTÍNEZ, quien es General disidente de la Guardia

Nacional. Fue detenido el 30 de diciembre de 2002, por supuesta

conspiración en vista de hacer un discurso frente a varios manifestantes en

una plaza pública. A pesar de que fue dictada una orden judicial que lo

liberaba, dicha orden nunca fue cumplida. Al presente el General sigue

detenido, e incluso ha sido sometido a juicio violando sus derechos a ser

juzgado en libertad, previamente reconocidos por una sentencia judicial;

3. JORGE HINOJOSA, JACOBO SUPELANO, WILLIAM FORERO, OMAR GUILLÉN, todos empresarios; WILFRIDO TOVAR; concejal por el partido

opositor COPEI; ORLANDO PANTALEÓN, dirigente sindical; SAÚL LOZANO, presidente de la Federación de Trabajadores del Estado Táchira

(Fetratáchira); NEIRA CELIS, presidente de Colegio de Abogados de

Táchira; y ELSY DE PEÑA, ex-consultora del Consejo Regional Legislativo

de Táchira; fueron todos detenidos el 12 de junio de 2003, por estar

presuntamente incurso en los hechos de protesta frente a la sede de la

Gobernación del Estado Táchira contra el Gobernador Ronald Blanco La

Cruz, ocurridos el 12 de abril de 2002.

4. CARLOS MELO, quien es dirigente político de la oposición, presidente de

la agrupación política gente del pueblo, fue detenido por la DISIP el 1º de

marzo de 2004. Carlos Melo se encontraba en una bomba de gasolina

dentro su automóvil y aparecieron tres vehículos de la DISIP que lo

interceptaron. Funcionarios se bajaron de un automóvil y abordaron el

vehículo del Sr. Carlos Melo y lo detuvieron. Declaró David Colmenares

Coordinador de investigaciones de la DISIP que efectivamente fue detenido

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y que supuestamente le fueron incautadas armas largas de guerra. El

mismo funcionario señaló que Carlos Melo había señalado que esas armas

no eran de él. De un video que proviene de la cámara de la estación de

gasolina, video que fue transmitido por varios canales de televisión, no se

observa la existencia de armas de fuego, y menos aún armas largas.

5. RODRIGO LUIS ALEGRETT SALAZAR, de 21 años de edad, estudiante

de arquitectura en la Universidad “Santa María” en Caracas, asistió a la

marcha del día 27 de febrero de 2004 en Caracas, así como a las

manifestaciones ocurridas los días 28 y 29 del mismo mes. Fueron

detenidos en el Palacio de Justicia. El 1º de marzo de 2004, se le asignó la

causa a la Jueza, Migdalia María Añez, juez 44 de control. Se designó

además un fiscal, quien le imputó a Rodrigo Alegrett y a otros cinco

jóvenes los supuestos delitos de: agavillamiento, obstrucción de vías

públicas, incitación a delinquir, desobediencia civil, porte de sustancias

explosivas prohibidas (fuegos artificiales) y resistencia a la autoridad. Se les

dictó medida privativa de libertad la cual cumplen en el retén de “La Planta”

en Caracas. Según su abogado, la decisión dictada no se acogió al debido

proceso ya que entre otras cosas, no fueron presentadas pruebas de los

delitos imputados.

6. JOSÉ RAFAEL PERALTA MEDINA, de 21 años de edad, Chef de cocina,

detenido por manifestar políticamente contra el gobierno de Hugo Chávez y

torturado.

7. HEBER GUSTAVO PRADA, de 21 años de edad, Estudiante de Ingeniería

Aduanera de Universidad “Simón Bolívar” de Caracas;ÁNGEL KEINT DAVIOTT MATERANO de 26 años de edad, trabajador en el área de

seguridad bancaria;JOSÉ RAMÓN MERLO ROJAS de 26 años de edad,

trabajador en el área de la construcción; DAVID ALEJANDRO AMUNDARAIN MAÑE de 19 años de edad, estudiante de 5° año de

bachillerato; LUIS FIGUEROA de 33 años de edad, Técnico en Tecnología

Automotriz;OCTAVIO VILLA15 de 19 años de edad, estudiante de

bachillerato;ASDRÚBAL ROJAS de 18 años de edad, estudiante de

Bachillerato y miembro de la selección de fútbol de la Universidad Central

de Venezuela; JOAQUÍN OLIVEIRA CARRILLO (23 años) detenido y

encarcelado;HUNGRY DELGADO BLANCO (24 años) detenido y

15

?Fue liberado por una decisión de la Corte Penal de Apelaciones el 22 de marzo

de 2004, y denunció públicamente las torturas continuas a las que fue objeto.

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encarcelado;KEVIN RAMÍREZ GONZÁLEZ (21 años) detenido y

encarcelado;HÉCTOR APONTE SARDIHNA (26 años) detenido y

encarcelado;EDGARDO PINEDO CEPEDA (24 años) detenido y

encarcelado; ÁNGEL DAVID GUERRERO, menor de edad, detenido y

encarcelado;ERICK ASTUDILLO, menor de edad, detenido y encarcelado;

todos se encuentran detenidos por manifestar políticamente contra el

gobierno de Hugo Chávez en las protestas ocurridas entre el 28 de febrero

y el 5 de marzo y han sido víctimas de torturas.

8. ADÁN LOZANOyJORGE LÓPEZ (Policía del Municipio Baruta) escoltas

del Ex Alcalde opositor del Municipio Baruta Henrique Capriles Radonsky,

también con orden privativa de libertad. Fueron detenidos sin estar

cometiendo delito alguno y encarcelados el 27 de febrero de 2004.

9. DAVID RUBIO, detenido sin estar cometiendo delito alguno el 29 de febrero

de 2004, en medio de las manifestaciones de la oposición. Hoy día se

encuentra encarcelado en el Centro Penitenciario de Santa Ana.

10.NOEL ACEVEDO, se encontraba de pasada frente a una manifestación de

la oposición el 29 de febrero de 2004, fue detenido sin estar cometiendo

delito alguno y torturado.

TORTURA

De acuerdo a los postulados del Estatuto de Roma de la Corte Penal

Internacional, concretamente el Art. 7, numeral 1, literal “f”; constituye un crimen

de lesa humanidad la tortura de las personas, siempre que se cometa como parte

de un ataque sistemático o generalizado contra una población civil y con

conocimiento de dicho ataque. Por su parte, el “Proyecto Definitivo de los Elementos de los Crímenes” (Naciones Unidas, Comisión Preparatoria de la

Corte Penal Internacional, PCNICC/2000/1/Add.2 del 2/11/00), en lo que refiere al

crimen de lesa humanidad de tortura, dispone que los elementos de dicho crimen

son los siguientes:

a) Que el autor haya infligido a una o más personas graves dolores o

sufrimientos físicos o mentales.

b) Que el autor tuviera a esa o esas personas bajo su custodia o su

control.

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c) Que el dolor o sufrimiento no haya sido resultado únicamente de la

imposición de sanciones ilegítimas, no fuese inherente ni incidental a

ellas.

d) Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque

generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

e) Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de

un ataque de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una

población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte

de un ataque de ese tipo.

En todos los casos que se detallan seguidamente, i) se causó, de manera

intencional a una o más personas graves dolores o sufrimientos físicos o mentales

(la lesión al valor jurídicamente tutelado de la integridad física, psíquica y moral de

las personas) ii) los autores tenían a esa o esas personas bajo su custodia o su

control; iii) los dolores y sufrimientos causados no fueron resultado únicamente de

la imposición de sanciones ilegítimas, y no eran inherentes ni incidentales a ellas;

y tales sufrimientos y dolores se causaron iv) como parte de un de un ataque

generalizado o sistemático dirigido contra una población civil individualizada por

motivos políticos, identificada con la oposición política al Gobierno de Hugo Chávez Frías; y, por otra parte, v) los instigadores, autores mediatos e

inmediatos, los partícipes y los encubridores de tales crímenes tenían, según el

caso, pleno conocimiento de que las dichas agresiones contra la vida humana

eran parte de un ataque sistemático contra una población civil o, también, tenían la

plena intención de que sus actos formasen parte de los ataques planificados de

ese tipo que aún al día hoy continúan en Venezuela:

1. DULCE BRAVO, era asidua participante en la Plaza Altamira en la

concentración de la oposición a favor de los militares disidentes en

2003, y miembro de un grupo de oposición política.

El 19 de Mayo de 2003, Dulce tomó el Metro en la estación de Altamira,

que se encuentra en las inmediaciones de la plaza. Se percató de que

dos hombres la venían siguiendo, lo cual había sucedido en dos

oportunidades anteriores. Se bajó en la estación Plaza Venezuela con el

objeto de efectuar trasbordo a la estación El Valle. Sin embargo, pensó

que era prudente salir de la estación para trasladarse a un lugar más

abierto con el objeto de evitar que la continuaran siguiendo. Caminó por

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un momento, pensó que había escapado a los hombres que la seguían

y se dispuso a tomar un microbús hacia la zona de El Valle.

Encontrándose en la parada del microbús, se detuvo delante de ella un

vehículo marca Ford, modelo Conquistador, color negro. Aparecieron,

entonces, dos hombres de tez morena que la sujetaron por cada brazo y

la forzaron a entrar al automóvil, colocándola en el asiento de atrás, en

el medio de ellos. Dentro del vehículo se encontraban una mujer y un

hombre de tez blanca y barba tipo candado, este último era el que

conducía el vehículo. Uno de los hombres que se hallaba a su lado tomó

un vaso con un líquido que le obligó a inhalar. En ese momento,

comenzó a sentir efectos de somnolencia y perturbación que le hicieron

perder el sentido de orientación, pero no llegó a perder la conciencia.

Luego de circular por un tiempo fue trasladada a otro vehículo.

Finalmente, llegó a una casa a cuyas afueras, según narra, se

encontraba un carro de Venpres, la agencia de noticias del gobierno

(ahora Agencia Bolivariana de Noticias) del cual bajó un hombre de piel

morena que le tomó varias fotografías, tanto dentro como fuera de la

casa. La casa tenía varias habitaciones y Dulce fue llevada a una de

ellas, donde se encontraba una silla con correaje de cuero y un equipo

de monitoreo médico. Había, igualmente, varios frascos, de los cuales

destaparon uno que contenía un líquido de color marrón, donde mojaron

un hisopo que le colocaron en la punta de los dedos.

Relata Dulce que fue atada a la silla referida con los correajes. Uno de

los hombres altos de tez morena le rompió la blusa y trato de romperle

el pantalón, lo cual fue impedido por la mujer que allí se encontraba. De

forma inmediata, le fue colocada en sus manos y nuca una sustancia

química que le causó reacción de ardor y calor en su organismo, y

posteriormente comenzaron a interrogarla sobre supuestos

colaboradores de la Plaza Altamira.

Dulce, después de haber sufrido actos de tortura física y

amedrentamiento psicológico, fue sacada de la casa y posteriormente

dejada al abandono en una calle de la urbanización El Paraíso, todavía

bajo los efectos de la droga que le fue inyectada luego de la colocación

del químico en sus manos y nuca.

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Con posterioridad a ello, Dulce fue capturada, conjuntamente con Vasco

Da Costa, por personas uniformadas que se identificaron, según

declaraciones de Dulce, como la “DISIP paralela”, irrumpiendo a través

de las ventanas y rompiendo puertas en la casa de un amigo, donde ella

se encontraba, ubicada en la urbanización Santa Ana de El Cafetal. Sin

mostrar orden de captura o de allanamiento, la llevaron a la fuerza a El

Helicoide (sede de la DISIP, hoy SEBIN). Cuando llegaron al sitio, la

encapucharon con un pasamontaña y por encima del mismo colocaron

una banda de papel que sujetaron con tirro. Luego comenzó la tortura

que consistió en colocarle bolsas plásticas en la cabeza para impedir su

respiración y provocar asfixia. Varias personas la golpeaban por las

rodillas con lo que ella identifica como “regletas” que le causaba gran

dolor y ardor. Con unas bolsitas de tela que contenían algo como arena

la golpeaban en la espalada al nivel de los riñones, produciéndole un

dolor que describe como “realmente irresistible”. Le quitaron las

esposas, le ordenaron cruzar los brazos sobre el pecho y le propiciaron

tres shocks eléctricos en los codos. Mientras tanto, ella escuchaba,

cuando hacían lo mismo a Vasco Da Costa, quien gritaba

desesperadamente, hasta que sintió cuando el cuerpo de Da Costa cayó

al piso y se oyó un silencio. Luego las personas que la golpeaban le

dijeron: “Ya Vasco murió, ahora te toca a ti”. Todo esto era acompañado

de las preguntas “¿Dónde está El Cuervo?”, “¿Cuándo fue la última vez

que viste a ese guevón?”. “Confiesa si eres su amante”. A lo cual ella en

todo momento respondió que no sabía dónde estaba, que hacía tiempo

que no lo veía y que no era su amante.

Luego de lo anterior, a Dulce le retiraron la capucha y los funcionarios la

situaron frente a una computadora que tenía sus correos personales

abiertos por ellos (“hackeados”), y la obligaron a enviarle un correo a

Felipe Rodríguez, a través del cual le exigieron que le enviara un saludo,

al cual Rodríguez respondió. Después le colocaron la capucha

nuevamente y la llevaron al mismo cuarto donde la habían retenido

anteriormente. En ese instante entró un funcionario y le gritó: “Mira

maldita puta tú le diste una clave en ese saludo a ese cabrón”. Eso es lo

último que recuerda Dulce antes de recibir un golpe con el puño cerrado

que le dislocó la mandíbula y perdió el conocimiento.

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Dulce cuenta que no sabe cuánto tiempo pasó, pero cuando volvió en sí

estaba sin capucha y bañada en sangre. Con los ojos llorosos y con

timidez, Dulce narra: “En ese momento entra el funcionario, a quien

llamaban ‘Collazo’ y me rompe la camisa. Comenzó a manosearme y a

decir cualquier cantidad de vulgaridades que no quiero repetir”. Luego la

volvieron a encapuchar y la dejaron sentada por un tiempo largo, hasta

que llegó un funcionario y la guió hasta una cama donde liberó su mano

izquierda de las esposas, para luego sujetar la otra mano al copete de la

cama y le dijo que ya no la seguirían torturando. Allí estuvo por más de

seis horas. Luego la llevan a otro lugar, donde la obligan a firmar un

documento en el cual expresaba que estaba ingresando a esa hora a la

DISIP y que reconocía que no habían violado sus derechos ni había

sufrido agresión o tortura.

La detención de Dulce se conoció públicamente a través de un

programa de radio que conducía la periodista Isa Dobles, luego de que

yo la llamara a comunicarle públicamente la temporal “desaparición” de

Dulce.

A Dulce la presentan en los tribunales un día miércoles, dos días

después de haber sido privada de su libertad. La audiencia es

suspendida hasta el día viernes, cuando es liberada condicionalmente

junto con Vasco Da Costa. El día lunes se presentan al tribunal militar a

rendir declaraciones y el martes, en el mismo tribunal, son nuevamente

detenidos.

A Dulce le abrieron un juicio por supuestas actividades terroristas. Fue

encerrada en una prisión militar de hombres conocida como Ramo

Verde en el estado Miranda, lo cual llama la atención porque es una

prisión destinada, por lo menos en principio, a militares. Visité en varias

oportunidades a Dulce. Allí estaba ella, presa. Era la única mujer.

Cuando Dulce llegó por primera vez a mi oficina y la grabé en video,

pensé que era mentira lo que decía. Mi mente, mi cuerpo, mi alma,

como el apóstol Santo Tomás, necesitaba ver sangre para creer. Así

somos los seres humanos. Pero ciertamente, cuando fui a Ramo Verde

y vi a Dulce detenida, injustamente privada de su libertad, sentí la

realidad. Con su misma cara, su misma piel, sus mismos gestos, su

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misma sonrisa. Estas historias que creía “surrealistas” se convirtieron,

entonces, en una realidad visual, auditiva y olfativa. Toqué sus manos,

mis mejillas rozaron las suyas para darnos un abrazo. Se sentía el

encierro y el olor a humedad. La vi y me vi obligado a creer.

Dulce fue liberada, luego de archivarse el expediente, por no haberse

encontrado pruebas en su contra. Esto evidentemente sirvió para

apaciguar sus actividades políticas. Uno de sus principales compañeros

y amigos, Abdel Naime, que logró escapar en varias oportunidades,

logró asilo en México, donde se encuentra actualmente. El General

Felipe Rodríguez fue detenido, estuvo preso durante seis años y fue

liberado condicionalmente como consecuencia de una huelga de

hambre que realizaron los jóvenes del movimiento JAVU (Juventud

Venezuela Unida) liderado por Julio Cesar Rivas y Lorent Saleh y luego

de las gestiones, ante el Ministerio de Interior y Justicia, de los

abogados que suscriben la presente denuncia.

En conclusión:

El ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de

identidad N° 3.581.104 ratifica, por un lado, que el Poder Judicial venezolano es

un instrumento subalterno, un brazo ejecutor incondicional, de Hugo Chávez y de

su proyecto político. Venezuela no cuenta con un Poder Judicial independiente e

imparcial. El mencionado ciudadano expresa abiertamente que desde el poder

Judicial, y en concierto con el Ejecutivo Nacional y el Ministerio Público, iniciaron

juicios y condenaron a personas por razones políticas, sin atenerse al Derecho, las

leyes o la Constitución.

También quedó sentado en su declaración que colaboró directamente con el

tráfico ilícito de drogas.

Su confesión y su delación corroboran la denuncia de existencia de presos

políticos en Venezuela, y la sistematicidad del patrón de actuación judicial oficial

en casos de relevancia política, su ilícito accionar consiste en haber recibido

instrucciones, acatarlas y ejecutar planes de persecución y encarcelamiento contra

empresarios, banqueros, miembros de casas de bolsa, constructores o

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simplemente políticos que no apoyaban al proceso “revolucionario”.

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Con sus declaraciones observamos que no solamente es testigo de las

actividades criminales de decenas de funcionarios en los niveles más altos del

gobierno venezolano, sino que es el autor, en algunos casos, y cómplice, en

otros, de estos crímenes.

Lo que denunciamos en éste acto es el haber llevado a cabo, orquestado,

dirigido y ejecutado juicios ilegales en los que, violándose el debido proceso, se

utilizó la estructura de la Administración de Justicia, y en especial la Justicia

Penal Ordinaria y Militar, en su momento, en connivencia con el resto de los

Poderes e Instituciones del Estado Venezolano (como él mismo destacó: la

Fiscalía General de la República, la Contraloría General de la República, la

Procuradora General de la República, el Vicepresidente Ejecutivo de la

República, el propio Presidente de la República y algunos Directores de la

Policía Política), para procesar y privar de libertad ilegítimamente a cualquiera

que disienta, protesteo denuncie los abusos y violaciones a la Constitución, a

las Leyes, o a los derechos humanos.

Aponte Aponte en sus declaraciones ha actuado, a la vez, confesando sus

delitos y testificando otros hechos que comprometen directamente en

responsabilidades penales personales a Hugo Chávez Frías y otros de sus

funcionarios de confianza.

A los efectos de la comisión de crímenes de Lesa Humanidad denunciada, sus

confesiones y testimonios sirven para evidenciar claramente la organización

estatal y el plan llevado a cabo para perseguir, aniquilar y acorralar a la

disidencia política venezolana.

También son útiles las declaraciones de Aponte Aponte para conocer de las

conexiones directas de Hugo Chávez Frías y sus allegados con carteles del

narcotráfico, así como la garantía que el Estado les ha proveído a tales

delincuentes. Para saber de las conexiones, también, con la guerrilla y

organizaciones terroristas.

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Por otro lado, con estas declaraciones Aponte Aponte se confiesa como un

actor y ejecutor directo de estas actividades delictuales. Confiesa su delito, que

alcanza a ser responsable ante la Corte Penal Internacional. Ha trascendido

que está negociando con autoridades estadounidenses para entrar en el

programa de testigos protegidos. Ello, pese a que es una práctica legítima de

instancias de investigación penal, no excluye al exmagistrado de su calidad de

delincuente y de su responsabilidad por los crímenes de Lesa Humanidad

cometidos y que ha confesado.

Por último, tales confesiones dejan también todo listo para la inclusión en la

denuncia previamente presentada, por crímenes de Lesa Humanidad no

solamente a Aponte Aponte, sino a los otros miembros del Tribunal Supremo

de Justicia que suscribieron las sentencias que se dictaron para perseguir a

determinadas personas de la oposición venezolana o que de cualquier manera

participaron en las mismas.

IIIDENUNCIA FORMAL CONTRA EL CIUDADANO ELADIO APONTE APONTE

De acuerdo con el artículo 5 del Estatuto de Roma, del cual es parte

Venezuela, se comete uncrimen de Lesa Humanidad cuando los miembros de

un gobierno realizan, de modo deliberado, ataques sistemáticos y

generalizados contra una población civil; ataques que deben encuadrar en los

delitos de asesinato, encarcelamiento, tortura, deportación, persecución política

con violación de derechos fundamentales, y otros que produzcan daños

inhumanos, de tal modo que procedemos en éste acto a denunciar al

ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, titular de la cédula de

identidad N° 3.581.104 por la comisión de crímenes de Lesa Humanidad contra

el pueblo venezolano y así pasamos a detallar:

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de Roma de la

Corte Penal Internacional, pueden constituir “Crímenes de Lesa Humanidad”

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los siguientes actos: el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la deportación o

traslado forzoso de población, la encarcelación u otra privación grave de la

libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional,

la tortura, la violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo

forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de

gravedad comparable, persecución de un grupo o colectividad con identidad

propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales,

religiosos, de género; desaparición forzada de personas, el crimen de apartheid

y otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente

grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud

mental o física.

Sin embargo, como requisito esencial para que los actos antes señalados se

califiquen como “crímenes de lesa humanidad” es necesario que los mismos se

cometan “como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una

población civil y con conocimiento de dicho ataque”. Observamos, entonces,

que existen varias condiciones alternativas para que el crimen sea calificado

como de lesa humanidad, entre ellas, que el acto sea parte de un ataque

generalizado o que sea parte de un ataque sistemático.16

Textualmente, el numeral 1 del artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte

Penal Internacional establece:

16

?Amnistía Internacional, en cuanto a la caracterización de los Crímenes de Lesa Humanidad en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, ha señalado lo siguiente:“...¿Que distingue los delitos ordinarios de los crímenes de lesa humanidad? El Estatuto distingue los delitos ordinarios de los crímenes de lesa humanidad respecto de los que la Corte tiene competencia de tres formas. En primer lugar, los actos que constituyan crímenes de lesa humanidad, como el asesinato, tienen que haber sido cometidos ‘como parte de un ataque generalizado o sistemático’. No obstante, el término ‘ataque’ no denota una agresión militar, sino que se puede aplicar a leyes y medidas administrativas como deportación o traslado forzoso de población. En segundo lugar, tienen que ir dirigidos ‘contra una población civil´. Los actos aislados o cometidos de manera dispersa o al azar que no llegan a ser crímenes de lesa humanidad no pueden ser objeto de enjuiciamiento como tales. La presencia de soldados entre la población civil no basta para privar a ésta de su carácter civil. En tercer lugar, tienen que haberse cometido de conformidad con ‘la política de un Estado o de una organización’. Por consiguiente, pueden cometerlos agentes del Estado o personas que actúen a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia, como los ‘escuadrones de la muerte’. Asimismo, pueden ser cometidos de conformidad con la política de organizaciones sin relación con el gobierno, como los grupos rebeldes.”

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“1.- A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por ‘crimen de lesa humanidad’ cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque…”.

En los términos expuestos, observamos que la configuración de la figura

delictiva del Crimen de Lesa Humanidad implica un grupo de elementos

concurrentes que incluyen que el crimen sea parte de un ataque generalizado o

sistemático, contra una población civil, y son éstas (la generalidad o la

sistematicidad) condiciones alternativas que precisamente le acreditan en

forma objetiva la gravedad al crimen, y que reimprimen en éste el carácter de

“actos inhumanos de extrema gravedad”17.

Cierto es que podría argumentarse que, a los efectos del Estatuto de Roma, las

agresiones contra la población civil en progreso en Venezuela no revisten la

gravedad suficiente como para ser tenidas, en el contexto internacional, como

Crímenes de Lesa Humanidad, pero ello desconocería el hecho cierto de que

las dichas agresiones (instrumentadas desde el gobierno y ejecutadas por

factores del poder público y civiles vinculados con el poder) constituyen

mecanismos aptos para la producción de daños muy graves.

Cuando la organización que representamos comenzó su labor humanizadora,

delatando las acciones fraudulentas del Gobierno venezolano, apelando al

espíritu preventivo que anima al Estatuto de Roma y a las Instituciones

encargadas de hacerlo valer, esto es en la denuncia identificada

alfanuméricamente COTP-CR-1/04 de fecha diecinueve (19) de enero de dos

mil cuatro (2004), prometimos consignar progresivamente nuevas evidencias y

todos aquellos nuevos hechos que corroboran la existencia del esquema de

control violento y sistemático de la disidencia política articulado desde el

Estado en Venezuela, lo cual hemos procedido a hacer en este acto.

17

? Ver Comentarios del caso llevado ante el Tribunal Penal de Yugoslavia, Fiscal vs. Erdemovic en www.un.org/icty/pressreal/erd-sumj961129e.htm

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Cuando se trata de responsabilidad penal individual, como es el caso que nos

ocupa, la tesis de la Corresponsabilidad del Estado debe igualmente ser

aplicada. Es decir, en el caso que se determine que los ataques son producidos

o planificados por un grupo civil con la aquiescencia o bajo la manifiesta

tolerancia de los funcionarios del gobierno, éstos últimos pasan a ser

igualmente responsables. Lo cual, por demás, está expresamente establecido

en el artículo 25 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en

cuanto a que el responsable por crímenes de lesa humanidad es igualmente

quien lo “induce”, quien actúe como “cómplice” o “encubridor”, o “...quien

contribuya de algún otro modo en la comisión o tentativa de comisión del

crimen por un grupo de personas que tengan finalidad común...”.

Observamos, entonces, que existe la interpretación de que un ataque

sistemático en los términos del artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte

Penal Internacional implica ataques que son parte de una planificación. En tal

sentido, hay incluso quien considera que la expresión “ataques sistemáticos” es

sinónima a la de “ataques planificados”18. Sin embargo, como veremos más

adelante, no es sólo la planificación la que define la sistematicidad, sino que

igualmente se requiere de un patrón de conducta reiterado o de cierta

repetición.

Existe el criterio de que la sistematicidad se refiere a la existencia de un patrón

de conducta, es decir, un esquema de actuación con objetivos definidos y

dirigidos, por ejemplo, hacia la disminución, debilitamiento o desaparición de

una población civil determinada por su posición política, religiosa, racial,

etcétera. En este sentido, un ataque sistemático implica una serie de ataques

repetidos en el tiempo que buscan los mismos objetivos, por lo que la

repetición es lo que determina el patrón de conducta que, en un tiempo

18

? Tal es el caso de Roberto Carretón Merino en su ponencia sobre “la protección de los derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad y el genocidio” en el XII Seminario “Duque de Ahumada” denominado Crímenes contra la humanidad y genocidio. Ver www.guardiacivil.org/00prensa/actividades/ponencias/pagina-4.asp

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determinado, representará la causa del acto criminal (Ej. la tortura o la

desaparición forzada de una persona).

La repetición de actos, o el patrón de conducta, se daría, por ejemplo, cuando

funcionarios del Estado, actuando en forma inmediata o mediata, ordenen,

propongan, induzcan o funjan como cómplices o como encubridores, en

diversos actos de ataque de los establecidos en el numeral 1 del artículo 7 del

Estatuto de Roma. Es decir, si por motivos políticos se realizan persecuciones

en un período de tiempo contra una población civil identificada por motivos

políticos (Art. 7.1.h, EDR).

Así, vista la situación actual de las personas señaladas por Aponte Aponte

como víctimas de la manipulación del Sistema de Justicia, en los términos del

artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, observamos la

privación intencional y grave de los derechos fundamentales de las personas

que integran el grupo disidente de las políticas oficialistas, en contravención,

además, con las previsiones tutelares de derechos fundamentales del derecho

internacional, que hacen parte, por mandato expreso de la Carta Magna de

Venezuela (Arts. 19, 22, y 23, CRBV), del ordenamiento jurídico interno y son

de obligatorio acatamiento por parte de los órganos del Poder Público Nacional

teniendo además rango constitucional.

IVSOLICITUD DE INVESTIGACIÓN SOBRE LAS DECLARACIONES REALIZADAS POR EL CIUDADANO ELADIO APONTE APONTE

En concordancia con todo lo anteriormente expuesto, en concordancia con todo

el articulado del Estatuto de Roma anteriormente invocado y vista la gravedad

de las denuncias, es de suma importancia e imperativo, que las mismas sean

revisadas a profundidad, por parte de esta honorable Fiscalía ante la Corte

Penal Internacional, para que sean establecidas la verdad de los hechos y

todas las responsabilidades a que hubiere lugar empezando por determinar la

veracidad de la confesión del ciudadano ELADIO RAMÓN APONTE APONTE,

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titular de la cédula de identidad N° 3.581.104, su procesamiento e inmediato

juzgamiento.

VSOLICITUD DE MEDIDAS PERTINENTES

A pesar de que la Fiscalía General de la República solicitó a la Policía

Internacional (Interpol) incorporaren su base de datos el alerta roja contra el ex

magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Eladio Aponte Aponte, en

fecha veinte (20) de abril de dos mil doce (2012), solicitud esta realizada por la

fiscal 9ª nacional, Daisy Bolívar, quien presentó ante el órgano policial la orden

de aprehensión emitida contra Aponte Aponte por el Tribunal 11º de Control

del Área Metropolitana de Caracas, el miércoles 18 de abril 2012, además de

haber el mencionado Tribunal acordado medida de enajenar y gravar bienes, y

el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias del ex funcionario,

solicitamos en la presente denuncia se sirva:

1. REQUERIR A LA ADMINISTRACIÓN PARA EL CONTROL DE DROGAS (DEA, DRUG ENFORCEMENT ADMINISTRATION, POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) EL TRASLADO DEL CIUDADANO ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 3.581.104 A LA SEDE DE ESA DIGNA FISCALÍA ANTE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL PARA QUE SE TOME SU DECLARACIÓN SOBRE TODOS LAS ALEGACIONES Y DEMÁS CONFESIONES REALIZADAS EN FECHA DIECIOCHO (18) DE ABRIL DE DOS MIL DOCE (2012).

2. EN CASO DE QUE DICHO TRASLADO SEA DE IMPOSIBLE MATERIALIZACIÓN, SOLICITAMOS MUY RESPETUOSAMENTE A ESA FISCALÍA, SE SIRVA DESIGNAR UNA COMISIÓN QUE SE TRASLADE A ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA TOMAR IGUALMENTE DECLARACIÓN AL REFERIDO CIUDADANO CON LAS FINALIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS.

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VIPETITORIO

De conformidad con todo lo anteriormente expuesto, ampliamos la denuncia

COTP-CR-1/04 de fecha diecinueve (19) de enero de dos mil cuatro (2004) y

solicitamos muy respetuosamente a esa Fiscalía ante la Corte Penal

Internacional se sirva acordar DAR INICIO A LA INVESTIGACIÓN DEL

CIUDADANO ELADIO RAMÓN APONTE APONTE, TITULAR DE LA CÉDULA

DE IDENTIDAD N° 3.581.104, por la presunta comisión de delitos de lesa

humanidad, de conformidad con el Estatuto de Roma y demás preceptos

legales internacionales aplicables, así como darle curso a las Medidas

solicitadas para lograr el resguardo de las evidencias y demás pruebas

relacionadas con el caso.

En La Haya, Holanda, a la fecha de su presentación.-