71
COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y DE GESTION 6.1 GOBIERNO ESCOLAR 6.1.1 Comunidad educativa Atendiendo el artículo 6° de la ley 115 de 1994 y el artículo 18 del decreto 1860 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directivas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional P.E.I. que se construye y se ejecuta en la institución escolar. La comunidad educativa se compone de los siguientes estamentos: Directivos, docentes y administrativos que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. Padres de familia y acudientes o en su defecto el responsable de la educación de los estudiantes matriculados en la institución educativa. Estudiantes matriculados Ex alumnos o egresados Representantes del sector productivo y de servicios del área de influencia donde está ubicada la institución Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de la institución y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar usando los medios legales y reglamentarios. 6.1.2 Gobierno escolar De conformidad con el artículo 142 de la ley 115 de 1994, la institución debe organizar un gobierno escolar, conformado por el rector, el consejo directivo y el consejo académico, garantizando la representación de la comunidad educativa según lo dispuesto en la Constitución Política y la ley. Para la conformación del gobierno escolar la institución tiene en cuenta lo señalado en el artículo 142 de la ley 115 de 1994 y los artículos 18, 19 y 20 del decreto 1860 de 1994.

yurikarinaosorio.files.wordpress.com€¦  · Web viewClase: - Primaria: PERIODOS DE CLASE ... SECRETARIA AUXILIAR. ARTICULO 7: Administrativo financiero y contable ... Diligenciar

  • Upload
    vuongtu

  • View
    212

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y DE GESTION

6.1 GOBIERNO ESCOLAR

6.1.1 Comunidad educativaAtendiendo el artículo 6° de la ley 115 de 1994 y el artículo 18 del decreto 1860 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directivas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional P.E.I. que se construye y se ejecuta en la institución escolar.La comunidad educativa se compone de los siguientes estamentos:

Directivos, docentes y administrativos que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo.

Padres de familia y acudientes o en su defecto el responsable de la educación de los estudiantes matriculados en la institución educativa.

Estudiantes matriculados Ex alumnos o egresados Representantes del sector productivo y de servicios del área de influencia

donde está ubicada la instituciónTodos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de la institución y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar usando los medios legales y reglamentarios.

6.1.2 Gobierno escolar

De conformidad con el artículo 142 de la ley 115 de 1994, la institución debe organizar un gobierno escolar, conformado por el rector, el consejo directivo y el consejo académico, garantizando la representación de la comunidad educativa según lo dispuesto en la Constitución Política y la ley.Para la conformación del gobierno escolar la institución tiene en cuenta lo señalado en el artículo 142 de la ley 115 de 1994 y los artículos 18, 19 y 20 del decreto 1860 de 1994.En consecuencia, el gobierno escolar estará constituido por los siguientes órganos:

Consejo directivo, es la instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa.

Consejo académico, es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica.

Rector es el representante de la institución ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

6.2 Consejo directivo

El consejo directivo de la institución está conformado por los integrantes señalados en el artículo 21 del decreto 1860 de 1994, a saber: el rector, dos representantes del personal docente, dos representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes, un representante de los ex alumnos o egresados y un representante del sector productivo.El consejo directivo como los demás órganos del gobierno escolar serán elegidos en las fechas y términos determinados por las normas legales y reglamentarias vigentes atendiendo los plazos acordados entre la institución y la secretaria de educación.Estará integrado por:

1. El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por semestre y extraordinariamente, las veces que sea necesario.

2. Dos representantes del personal docente, elegidos por el plenun de docentes mediante voto mayoritario.

3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por el consejo de padres de familia, si la asociación de padres de familia está conformada con menos de la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes matriculados.

4. Un representante de los estudiantes, que será del último grado, elegido por el consejo de estudiantes.

5. Un representante de los exalumnos, escogido de una terna elegido por ellos mediante asamblea general de exalumnos y seleccionado por el Señor Rector.

6. Un represéntate del sector productivo, elegido por el consejo directivo de una terna propuesta para tal fin. (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

6.2.1 EL RECTOR.- Es el representante legal de la institución y sus funciones están determinada en los artículos 130, 131 y 132 de la Ley 115 de 1994, el artículo 25 del Decreto 1860 de 1994 y el artículo 10 de la Ley 715 de 2001.(Ver anexo Manual de Funciones)

6.3 ORGANIZACIONES DE BASE

6.3.1 Consejo de estudiantesEs el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. El consejo de estudiantes se conformará atendiendo lo indicado en el artículo 29 del decreto 1860 de 1994. . (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

6.3.2 Consejo de padres de familiaEl consejo de padres, como órgano de la asociación de padres de familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes o responsables de los estudiantes en el proceso pedagógico. Su conformación atenderá lo indicado en el artículo 5 de decreto 1286 de 2005. . (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

6.3.3 consejo de docentesEs la instancia superior que participa en la orientación pedagógica de la institución y estará integrado por:

1. El rector, quien lo convoca y preside.2. Los directivos docentes, asesores académico y comportamental.3. Jefes de área, son los docentes representantes de cada una de las áreas

contempladas en el plan de estudios (Ver anexo Funciones Órgano Colegiados)

6.3.4 Asociación de padres de familiaLa asociación se organizará de conformidad con el artículo 9 del decreto 1286 de 2005. La junta directiva de la asociación de padres existente en la institución educativa, elegirá dos representantes ante el consejo directivo, uno deberá ser miembro de la junta directiva y el otro miembro del consejo de padres de familia. . (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

6.3.5 Sector productivotiene representación en el consejo directivo

6.3.6 CoordinaciónLa coordinación en la institución estará a cargo de docentes seleccionados por el consejo directivo y que forman parte de la planta de personal existente. . (Ver anexo Manual de Funciones)

6.3.7 Personero estudiantilEl personero de los estudiantes es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.El personero será asignado atendiendo el artículo 28 del decreto 1860 de 1994. . (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

6.3.8 Comité de convivenciaEl comité de convivencia es la instancia que fomenta la armonía y la convivencia en la comunidad educativa, promueve actividades para fortalecer el crecimiento en valores de los integrantes de la comunidad educativa, evalúa y media los conflictos que se presentan dentro de la institución, lleva a cabo el seguimiento del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia.Este comité se instalará dentro de los primeros 60 días del calendario escolar, sesionará al menos una vez por periodo académico y estará integrado por los representantes del personal docente ante el consejo directivo u otro elegido por los docentes.

El representante de los estudiantes ante el consejo directivo u otro elegido por los estudiantes.

El representante del consejo estudiantil. El personero de los estudiantes. Dos (2) representantes de los padres de familia y dos (2) representantes de

otras instituciones. El coordinador de disciplina o de convivencia o quien haga sus veces, quien

lo presidirá. Un (1) representante del personal administrativo y/o operativo de la

institución elegido por estos mismos.. . (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

6.3.9 Comisión de evaluación y promociónEl decreto 1290 de 2009 en el artículo11, numerales 3, 4 y 5, establece como responsabilidad de las instituciones educativas la de crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes.El gobierno escolar es un sistema que facilita la participación activa y democrática de todos los integrantes de la comunidad educativa en la orientación y puesta en marcha del Proyecto Educativo Institucional.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. A excepción del personero de los estudiantes que se va de la institución al graduarse al final del año lectivo. . (Ver anexo Funciones Órganos Colegiados)

7. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

7.1DEL PROCESO DE MATRICULA

Se presentan a la matrícula padre y el estudiante, a la fecha y hora asignada.a. Se entrega la documentación completa.b. La secretaria asigna el grupo y la jornada.c. Se firma la matrícula tanto padre como alumnos.d. El alumno se debe presentar con uniforme para firmar la matrícula.e. El estudiante debe presentarse obligatoriamente a la matrícula con su padre o acudiente autorizado con nota firmada y con cédula.f. Procurar la presencia en dichas actuaciones de sus padres, de las personas responsables o de su representante legal.

7.2 CANCELACIÓN DE MATRICULA Y RETIRO DE PAPELERIA

Cuando el padre de familia desea cambiar a su hijo de institución:a. Antes de iniciar el trámite de cancelación de matricula:b. Debe tener seguridad de la institución a la cual hará el traslado y solicitar el cupo.c. Presentarse al Centro Educativo solicitar al educador el Paz y Salvo.d. Entregarlo a la secretaria, llenar el formato de retiro de papelería, y firmar la cancelación e informar los motivos de retiro.

7.3 CONSTANCIA DE ESTUDIO

La constancia de Estudio es el documento que corrobora la matricula y asistencia del estudiante en el Centro Educativo, en determinado grupo y jornada.a. Enviar o presentarse ante la secretaria de la Institución haciendo la solicitud.b. La secretaria verificará la asistencia del estudiante y procederá a la elaboración del documento previo coste asignado.

7.4 CERTIFICADO DE ESTUDIO

El certificado de estudio es el documento que hace constar el haber cursado un grado, cualquiera sea su resultado, haciendo descripción exacta de las áreas, la valoración, intensidad horaria, entre otros.

a. Hacer la solicitud con la secretaria para verificar su existencia en el archivo, informando el nombre completo y el año en el cual cursó el grado.b. Consignar en la cuenta COLPATRIA____________a nombre del Centro Educativo $5.000 por cada año que solicite certificado.c. Presentarse con la colilla de consignación a la secretaría del Centro Educativo para reclamar certificado.

ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA

a. El padre de familia debe asistir a la institución cuando el profesor, titular, coordinador o el Rector lo cite, por medio de nota escrita en el cuaderno de su hijo o en formato definido para el caso.

b. Durante la entrevista con el padre de familia se escriben las consideraciones y los compromisos por escrito con firmas incluidas.

c. Los horarios de atención serán programados por cada profesor de acuerdo a su jornada escolar.

d. Los padres de familia se les envía por escrito la citación ó se llama por teléfono, especificando fecha, hora y motivo.

e. Cuando se cita un padre de familia este debe mostrar en la portería la cita.

f. El padre de familia que necesite hablar con el profesor debe solicitar con anticipación la cita.

NOTA: El estudiante citado con el acudiente obligatoriamente debe presentarse en su compañía el día citado, de lo contrario el estudiante asistirá solo cuando el acudiente pueda hacerlo.

HORARIOS

Son los parámetros de tiempo que definen la distribución de la jornada escolar y laboral en el Centro Educativo.

Clase:- Primaria: PERIODOS DE CLASE 55 minutos, cinco periodos al día.

-Preescolar: PERIODOS DE CLASE 55 minutos, 4 periodos al día.

Descanso: 1 descanso de 30 minutos por jornada que incluye el consumo de alimentos en el restaurante.

Docentes: 6 horas por jornada.

Jornada de la mañana: de 6:00am a 12:00pm

Jornada de la tarde: de 12:00am a 6:00pm.

Atención al público secretaría.

Para matriculas, certificados, constancias, retiro de papelería etc., el horario establecido es de 7:30 a 11:00am y de 1:00pm a 4:30pm

Atención al público por parte del Rector.Previa solicitud de cita.Atención al público por Docentes.Según horario establecido por docentes y coordinadores ó previa solicitud escrita que haga el docente

NOTA: Las reuniones de educadores, padres de familia, se hacen en la jornada y se informan los horarios especiales.

DAÑOS DE MUEBLES Y ENSERES

1. El titular del grupo reporta el daño del mueble, equipo, o instrumento en general a coordinación y este al padre de familia

2. El acudiente se deberá comprometer de inmediato a la restauración ó pago del elemento averiado.

Parágrafo: El director de grupo debe tener el inventario de los elementos del aula que se entreguen al inicio del año escolar.

CRUZ ROJA

Objetivo: Brindar los primeros auxilios al estudiante y otra persona que lo requieran.

Responsable. Un educador por cada jornada se encarga de:- Manejar las llaves de botiquín.- Estar pendientes de las fechas de vencimiento de los medicamentos.- Proporcionar los medicamentos necesarios en el momento adecuado.- Reportar a la directora la necesidad de algunos elementos básicos de primeros auxilios.- Atender a quien lo requiera.

NOTA: -En caso de ausencia, cambio de jornada o capacitación, la cual implique la ausencia del docente, este deberá delegar dicha responsabilidad a otro compañero de la Jornada que lo reemplace en sus funciones y comunicar a los compañeros.

- Solicitar personalmente al encargado de la Cruz Roja, las llaves en caso de ser necesario y responsabilizarse de cerrar el botiquín y entregar de nuevo las llaves personalmente.

- Reportar al encargado algún elemento agotado de botiquín.

BIBLIOTECA

Objetivo: Proporcionar a estudiantes, educadores y otros el espacio adecuado, para promocionar la lectura y espacio de consulta.

La Bibliotecaria o encargado deberá: - Mantener el inventario actualizado- Controlar préstamo y devolución de textos.- Clasificación de material.- Velar por el uso adecuado de la biblioteca.- Promover actividades de fomento de lectura.

Usuarios:- Cuidar los materiales de la biblioteca.- Conservar el silencio en la biblioteca para contribuir con buen desarrollo de las actividades que allí se desarrollan.- Respetar lo horarios de préstamo y uso de la sala, además de entregar a tiempo el material solicitado para de esta manera no afectar a otros usuarios.

Docentes:- Fomentar en los alumnos el cuidado y buen uso de los materiales de la Biblioteca.- Asumir la responsabilidad de entregar en buen estado todos los materiales y el aula cuando se hace uso de este. - Dar cumplimiento a las propuestas de fomento de la lectura en cada grupo.- Promover el uso de la Biblioteca., durante la jornada laboral asignada al docente.

RESTAURANTE

Objetivo: Hacer acompañamiento en el proceso de mejoramiento nutricional de los estudiantes.

Deberá existir un docente de la Institución que tendrá las siguientes funciones:- Organizar en formación al grupo para ingresar y salir del restaurante.- Velar por el buen comportamiento del grupo en el restaurante.- Motivar al grupo para el consumo total de los alimentos.- Evaluar talla y peso de los usuarios, por lo menos tres veces al año

NOTA: La Institución debe suministrar los elementos necesarios para el normal funcionamiento del Restaurante, tales como el menaje y elementos como un calibrador de pliegues cutáneos, un cartabón para medir circunferencias corporales, una balanza y un medidor de talla.

SALA DE INFORMATICA

Objetivo: Fomentar el uso responsable de las ayudas informáticas de la institución educativa.

Responsable. Un educador por jornada se encargara de:o Estar pendientes del estado de los computadores e informar

oportunamente cualquier irregularidad.Educador:

o Hacer uso de la sala cuando le corresponde.o Informar oportunamente el estado en que se encuentra la sala y los

computadores.o Firmar la carpeta indicando día, hora, actividad realizada y número

de asistentes. o Informar al coordinador alguna novedad.

Estudiante o Usuario:o Demostrar una actitud positiva frente al uso adecuado de la sala.o Manifestar sentido de pertenencia al ingresar y salir de la sala,

cuidando el espacio y mantenerlo aseado.o No ingresar con morrales.o No consumir alimentos dentro del aula.o Cumplir con el reglamento estipulado para el Aula.o Responder por el daño causado a los equipos

En caso de ausencia: Informar al coordinador.

ORNATO

Objetivo: mantener la buena estética del Centro Educativo en sus áreas comunes, al igual que la limpieza y el orden.

- Velar por una agradable presentación de la institución

- Realizar campañas con estudiantes o padres de familia - Gestionar con el Rector los recursos para la compra de materos u otros materiales que se requieran.

- Sugerir a los demás docentes actividades que fomenten, el aseo en la institución y Protección del medio de ambiente

DISCIPLINA

Objetivo: fortalecer el proceso formativo de los estudiantes de la jornada.

Responsables: el Coordinador y el equipo de docentes por jornada

- Tocar puntualmente el timbre de entrada y salida de la Escuela y del descanso.

- Realizar la formación general una vez a la semana en días diferentes, para hacer reflexiones sobre comportamiento, revisión de la presentación personal, responsabilidades de los alumnos e informes varios.

- Hacer la lista de los alumnos que llegan tarde.

- Los docentes deben acompañar y organizar en la formación de los grupos.

ACTOS CIVICOS

Objetivo: Conmemorar hechos destacados durante el mes, brindando oportunidad de expresión artística y cultural de los estudiantes.

Responsable: dos profesores por mes o los destinados que se encargaran de:

- Organizar el programa cultural y artístico.- Fomentar la participación de los estudiantes.- Recuerda a los compañeros fecha y hora. - Motiva el estimulo a estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

Participan todos los educadores, estudiantes, e invitados de los grupos, padres de familia.

OTRAS ACTIVIDADES

7.5SOLICITUD DE PERMISO

Son las solicitudes de ausentarse durante la jornada laboral.1. Solicitar por escrito al Rector.2. Llenar el formato de permiso.3. Solo ausentarse cuando el permiso esté autorizado

7.6JUSTIFICACION A INASISTENCIA

Para justificar una inasistencia, el educando deberá:7.6.1 Presentarse con su acudiente, quien sustentará el motivo de la ausencia7.6.2 Llenar un formato, donde se señale fecha, motivo de la inasistencia

7.6.3 Soporte de la inasistencia (Incapacidad médica, consulta médica, etc.)7.6.4 Ante la imposibilidad de la presencia del Acudiente, se aceptará una excusa

escrita con firma, cédula y teléfono del Representante para verificar el documento presentado

7.7USO DE AUDIOVISUALES

7.8 USO DE LABORATORIO1. Antes de realizar una práctica, debe leerse detenidamente la guía

proporcionada por el docente para adquirir una idea clara de su objetivo, fundamento y técnica.

2. El orden y la limpieza deben presidir todas las experiencias de laboratorio. En consecuencia, al terminar cada práctica se procederá a limpiar cuidadosamente el material que se ha utilizado.

3. Cada grupo de prácticas se responsabilizará de su zona de trabajo y de su material.

4. Antes de utilizar un compuesto hay que fijarse en la etiqueta para asegurarse de que es el que se necesita y de los posibles riesgos de su manipulación.

5. No devolver nunca a los frascos de origen los sobrantes de los productos utilizados sin consultar con el profesor.

6. No tocar con las manos y menos con la boca los productos químicos. 7. Todo el material, especialmente los aparatos delicados, como lupas y

microscopios, deben manejarse con cuidado evitando los golpes o el forzar sus mecanismos.

8. Los productos inflamables (gases, alcohol, éter, etc.) deben mantenerse alejados de las llamas de los mecheros. Si hay que calentar tubos de ensayo con estos productos, se hará al baño María, nunca directamente a la llama. Si se manejan mecheros de gas se debe tener mucho cuidado de cerrar las llaves de paso al apagar la llama.

9. Cuando se manejan productos corrosivos (ácidos, álcalis, etc.) deberá hacerse con cuidado para evitar que salpiquen el cuerpo o los vestidos. Nunca se verterán bruscamente en los tubos de ensayo, sino que se dejarán resbalar suavemente por su pared.

10.Cuando se quiera diluir un ácido, nunca se debe echar agua sobre ellos; siempre al contrario: ácido sobre agua.

11.Cuando se vierta un producto líquido, el frasco que lo contiene se inclinará de forma que la etiqueta quede en la parte superior para evitar que si escurre líquido se deteriore dicha etiqueta y no se pueda identificar el contenido del frasco.

12.No pipetear nunca con la boca. Se debe utilizar la bomba manual, una jeringuilla o artilugio que se disponga en el Centro.

13.Las pipetas se cogerán de forma que sea el dedo índice el que tape su extremo superior para regular la caída de líquido.

14.Al enrasar un líquido con una determinada división de escala graduada debe evitarse el error de paralaje levantando el recipiente graduado a la altura de los ojos para que la visual al enrase sea horizontal.

15.Cuando se calientan a la llama tubos de ensayo que contienen líquidos debe evitarse la ebullición violenta por el peligro que existe de producir salpicaduras. El tubo de ensayo se acercará a la llama inclinada y procurando que ésta actúe sobre la mitad superior del contenido y, cuando se observe que se inicia la ebullición rápida, se retirará, acercándolo nuevamente a los pocos segundos y retirándolo otra vez al producirse una nueva ebullición, realizando así un calentamiento intermitente. En cualquier caso, se evitará dirigir la boca del tubo hacia la cara o hacia otra persona.

16.Cualquier material de vidrio no debe enfriarse bruscamente justo después de haberlos calentado con el fin de evitar roturas.

17.Los cubreobjetos y portaobjetos deben cogerse por los bordes para evitar que se engrasen.

7.9 USO DE BIBLIOTECA

7.10 USO DEL RESTAURANTE ESCOLAR

1. El comedor debe contribuir al proceso de formación integral de todos los alumnos y alumnas:

Creando hábitos sanos de alimentación, higiene y buenos modales en la mesa.

Fomentando la colaboración y buenas relaciones entre los compañeros y personal del comedor.

Respetando los materiales y los espacios. Cumpliendo las normas y sugerencias del personal.

2. Los padres tienen la obligación de avisar al Centro si su hijo/a no puede tomar algún tipo de alimento.

3. El alumnado, usuario del comedor, tiene las mismas obligaciones durante los períodos anterior y posterior a la comida que en el período lectivo.

4. Si algún alumno/a no respetara estas directrices se adoptarán las medidas correctoras pertinentes, adecuadas a la falta cometida, que en caso de reiteración podría ser retirarle el uso del comedor.

8. MANUAL DE FUNCIONES

El manual de funciones es un documento que nos permite conocer los deberes de cada uno de los servidores públicos de la institución.

DE LOS CARGOS Y FUNCIONES (Ver anexos)

ARTICULO 1. RECTOR.ARTICULO 2. COORDINADOR. ARTICULO 3. DOCENTES.ARTICULO 4. ORIENTADOR(A) ESCOLAR Y/O CONSEJERO(A).ARTICULO 5: SECRETARIA.ARTICULO 6: SECRETARIA AUXILIAR.ARTICULO 7: Administrativo financiero y contable (Pagador).ARTICULO 8: Administrativo (Bibliotecario).ARTICULO 9: Auxiliar de servicios generales (Mantenimiento).ARTICULO 10: Auxiliar de servicios generales (Aseo).ARTICULO 11: Celador.

ARTICULO 1. RECTOR.

El rector es la primera autoridad Administrativa y docente del plantel. Depende del Ministro de Educación Nacional o de la entidad a quien éste delegue la función. Tiene la responsabilidad de lograr que la institución ofrezca los servicios educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De él dependen los coordinadores y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar.

Son funciones del rector:

1. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.

2. Representar legalmente el Plantel ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

3. Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función.

4. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

5. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.

6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docentes y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la secretaria de educación departamental o municipal.

7. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y permisos.

8. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente y en su selección definitiva.

9. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.

10.Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

11.Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

12.Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.

13.Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.

14.Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.

15.Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.

16.Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, a tenientes a la prestación del servicio público educativo.

17.Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.

18.Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.

19.Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.

20.Presidir los Consejo Directivo y Consejo Académico, los Comités adscritos a la rectoría y coordinar los distintos órganos del gobierno escolar.

21.Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.

22.Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.

23.Planear y organizar con los Coordinadores las actividades curriculares de la institución.

24.Establecer canales y mecanismos de comunicación.

25.Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del plantel

26.Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad.

27.Elaborar los proyectos de presupuestos del fondo de servicios docentes, en colaboración con el Pagador, presentarlos al Consejo Directivo para su respectivo estudio y aprobación, controlar su ejecución de acuerdo con las normas vigentes.

28.Administrar el Fondo de Servicios Docentes o Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen de conformidad con las normas vigentes.

29.Administrar los bienes del plantel en coordinación con el Pagador y el Almacenista.

30.Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la institución y enviar el informe a las autoridades educativas.

31.Asignar en ausencia temporal las funciones de rector a uno de los coordinadores, de acuerdo con las normas vigentes.

32.Registrar en la secretaria de la institución su domicilio o dirección de residencia y teléfono, y dar aviso oportuno de cualquier cambio.

33.Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo y las que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.

ARTICULO 2. COORDINADOR.

El coordinador depende del rector. Le corresponde la administración académica y disciplinaria de los educandos de la institución. De él dependen los profesores y los educandos.

Son funciones del Coordinador(a):

1. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.

2. Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función.

3. Participar en el Consejo Académico y en los demás comités en que sea requerido.

4. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.

5. Asesorar la planeación y programación académica, de acuerdo con las normas vigentes.

6. Organizar a los profesores por áreas de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos curriculares.

7. Coordinar la acción académica con la administración de alumnos y profesores.

8. Establecer canales y mecanismos1 de comunicación.9. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.

10.Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para disminuir la deserción escolar.

11.Presentar al Rector la propuesta de: Asignación académica, Titulaturas, Jefes de área, Turnos de disciplina, Proyectos pedagógicos y los horarios de los docentes para su respectiva aprobación.

12.Fomentar la investigación científica para el logro de los fines educativos.

13.Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

14.Rendir periódicamente informe al Rector, sobre el resultado de las actividades académicas y los seguimientos hechos a los estudiantes de bajo rendimiento académico.

15.Presentar al Rector las necesidades de material didáctico y de ayudas educativas de las áreas de estudio.

16.Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su manejo.

17.Registrar en la secretaria de la institución su domicilio o dirección de residencia y teléfono, y dar aviso oportuno de cualquier cambio.

18.Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su cargo conserve bajo su cuidado a la cual tenga acceso, impedir o evitar sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos.

19.Realizar personalmente las tareas que le sean confiadas, responder por el ejercicio de la autoridad que se le delegue, así como por la ejecución de las órdenes que imparta, sin que en las situaciones anteriores quede exento de la responsabilidad que le incumbe por la correspondiente a sus subordinados.

20.Velar por las buenas relaciones entre los miembros de la comunidad educativa. Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por razón del servicio.

21.Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.

22.Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO 3. DOCENTES.

Los profesores dependen del coordinador y por relación de autoridad funcional del jefe de área. Les corresponde proporcionar la orientación y guía de las actividades curriculares, para que los alumnos logren una formación integral de calidad.

1 Son funciones de los profesores:

1. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.

2. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.

3. Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.

4. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.

5. Participar en la realización de las actividades extraclases: Izadas de bandera, Actos culturales, Desfiles, Misas, Juegos interclases y Reunión de padres de familia.

6. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza-aprendizaje.

7. Informar oportunamente al coordinador, las estrategias metodológicas que va a aplicar para mejorar los resultados de la evaluación.

8. Presentar al coordinador informe del rendimiento académico de los estudiantes a su cargo, en las fechas previstas al final de cada uno de los periodos de evaluación, certificándolas con su firma.

9. Participar en la administración de estudiantes, conforme lo determine el reglamento de la institución y presentar oportunamente los casos especiales al coordinador, al director o titular del grupo y al orientador(a) escolar para su respectivo tratamiento.

10.Presentar periódicamente informe al jefe de área o en su defecto al coordinador, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo.

11.Ejercer la Dirección del grupo cuando le sea asignada y velar por la buena marcha y cuidado de los muebles y enseres del curso.

12.Participar en los consejos, comités y proyectos en que sea requerido.

13.Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.

14.Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función.

15.Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.

16.Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel.

17.Atender cortésmente a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en el plantel.

18.Responder por uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

19.Registrar en la secretaria de la institución su domicilio o dirección de residencia y teléfono, y dar aviso oportuno de cualquier cambio.

20.Cumplir las demás funciones que la sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

PARÁGRAFO. El profesor encargado de la dirección de grupo tendrá además las siguientes funciones:

1. Participar en el planeamiento y organización de la administración de los estudiantes, teniendo en cuenta las condiciones socio-económicas y características personales.

2. Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiados a su dirección.

3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.

4. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.

5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.

6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.

7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo, en coordinación con los servicios de bienestar.

8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.

9. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los coordinadores del plantel.

10.Motivar constantemente a los estudiantes para que mantengan excelentes comportamientos y rendimientos académicos.

ARTICULO 4. ORIENTADOR(A) ESCOLAR Y/O CONSEJERO(A).

El orientador(a) escolar o consejero(a) depende del Rector del plantel. Le corresponde facilitar que los alumnos y demás estamentos de la comunidad educativa identifiquen sus características y necesidades personales y sociales para que tomen sus decisiones conscientes y responsablemente, creando así un ambiente favorable que estimule el rendimiento escolar y la realización personal.

Son funciones del Orientador Escolar:

1. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.

2. Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función.

3. Velar por las buenas relaciones entre los miembros de la comunidad educativa. Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por razón del servicio.

4. Participar en los consejos y comités en que sea requerido.

5. Participar en la planeación del currículo.

6. Participar en la realización de las actividades extraclases: Izadas de bandera, Actos culturales, Desfiles, Misas, Juegos interclases y Reunión de padres de familia.

7. Planear y programar en colaboración con los coordinadores las actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Plantel.

8. Coordinar su acción con los responsables de los demás servicios de bienestar.

9. Orientar y asesorar a docentes, alumnos y padres de familia sobre la interpretación y aplicación de las normas vigentes y ejecución del PEI.

10.Atender los casos especiales de rendimiento y comportamiento escolar de los estudiantes del plantel.

11.Elaborar y ejecutar los programas de exploración y orientación vocacional.

12.Colaborar con los docentes en la orientación de los estudiantes proporcionándoles cierta información confidencial.

13.Programar y ejecutar actividades tendientes al mejoramiento del proceso educativo.

14.Realizar investigaciones tendientes al mejoramiento del proceso educativo.

15.Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas, presentar oportunamente los informes al Rector del plantel.

16.Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.

17.Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

18.Registrar en la secretaria de la institución su domicilio o dirección de residencia y teléfono, y dar aviso oportuno de cualquier cambio.

19.Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO 5: SECRETARIA.

La Secretaria depende del Rector. Le corresponde llevar el registro y control de los aspectos legales de la institución.

Son funciones de la Secretaria:

1. Programar y organizar las actividades propias de su cargo.

2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros reglamentarios de: matrícula, calificaciones, admisiones, habilitaciones, validaciones, asistencia y actas de reuniones.

3. Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula.

4. Elaborar las listas de los alumnos para efectos docentes y administrativos.

5. Mantener ordenada y actualizada la documentación de los alumnos, personal docente y administrativo.

6. Llevar los registros del servicio de los funcionarios de la institución.

7. Colaborar con el Rector en la elaboración de los informes estadísticos.

8. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar los certificados y constancias que le sean solicitados.

9. Refrendar con su firma los certificados y constancias expedidas por el Rector del plantel.

10.Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

11.Atender cortésmente al público en el horario establecido.

12.Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.

13.Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

ARTICULO 6: SECRETARIA AUXILIAR.

La Secretaria Auxiliar depende del Rector y por autoridad funcional del responsable de la unidad administrativa a la cual se le asigne. Le corresponde realizar trabajos asistenciales en las labores de oficina.

Son funciones de la Secretaria Auxiliar:

1.Organizar y manejar el archivo de su oficina.

2. Atender cortésmente al público que le solicite información del plantel.

3. Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.

4. Tomar dictados y realizar transcripciones mecanográficas.

5. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

6. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.

7. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 7: Administrativo financiero y contable (Pagador).

El Pagador depende del Rector. Le corresponde colaborarle al rector en la presentación del proyecto de presupuesto de cada vigencia, elaborar los documentos contables, llevar el control de los registros de los gastos, presentar el informe periódico a los entes de control fiscal y manejar de manera eficaz el Plan Anual de Caja del fondo de servicios docentes y registrar las operaciones en los libros respectivos. De él depende el personal auxiliar asignado a la Pagaduría.

Son funciones del Auxiliar Administrativo Financiero y Contable (Pagador o tesorero).

1. Planear y programar las actividades de su dependencia.

2. Colaborar con el Rector en la elaboración de tos anteproyectos de presupuesto.

3. Participar en los Comités en que sea requerido.

4. Manejar y controlar los recursos financieros de la Institución.

5. Tramitar oportunamente ante el Fondo Educativo Regional FER la transferencia de los giros hechos al plantel, para cancelar oportunamente las obligaciones contraídas.

6. Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios, de acuerdo con las normas vigentes.

7. Elaborar los boletines diarios de caja y bancos.

8. Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.

9. Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución presupuestal a la contraloría y a la unidad administrativa de la cual depende el plantel

10.Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con el plantel y tas nóminas del personal y girar los cheques respectivos.

11.Hacer los descuentos de Ley y los demás que sean solicitados por ‘autoridad competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades correspondientes.

12.Registrar y tener en cuenta las novedades de personal.

13.Expedir constancias del pago, descuentos y certificados de paz y salvo del personal.

14.Llevar el control de los pagos efectuados al personal.15.Remitir anualmente a la División de Personal del Ministerio de Educación

Nacional o a la Institución respectiva el reporte de cesantía.

16.Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar oportunamente informe al Rector.

17.Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.

18.Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO 8: Administrativo (Bibliotecario).

El Bibliotecario depende del Rector. Le corresponde administrar los servicios de biblioteca.

Son funciones del Bibliotecario:

1. Elaborar el plan anual de actividades y presentarlo al Rector para su aprobación.

2. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su aprobación.

3. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la biblioteca.

4. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico.

5. Establecer y mantener intercambio bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras.

6. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización.

7. Llevar registro y utilización del servicio y el control de los prestamos realizados.

8. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno al Rector.

9. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

10.Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo.

11.Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO 9: Auxiliar de servicios generales (Mantenimiento).

El Auxiliar de Servicios Generales depende del Rector. Le corresponde ejecutar tareas de carpintería, albañilería, electricidad, plomería, portería y mensajería.

Son funciones del Auxiliar de Servicios Generales (mantenimiento):

1. Hacer reparaciones y construcciones sencillas.

2. Responder por el mantenimiento y conservación de los elementos de trabajo a su cargo.

3. Llevar una relación de los trabajos realizados.

4. Ejecutar trabajos de instalación, mantenimiento y reparaciones eléctricas.

5. Ejecutar trabajos de instalación, reparación y mantenimiento de los sistemas de agua, desagües y alcantarillas.

6. Ejecutar tareas relacionadas con la recolección y distribución de la correspondencia.

7. Controlar en la portería la entrada y salida de personas, vehículos y objetos.

8. Recibir y entregar la correspondencia que llega al plantel.

9. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

10. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 10: Auxiliar de servicios generales (Aseo).

El Auxiliar de Servicios Generales depende del Rector. Le corresponde atender el mantenimiento y aseo de la planta tísica, equipos e instrumentos de trabajo.

Son funciones del Auxiliar de Servicios Generales:

1. Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.

2. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de las tareas.

3. Informar sobre cualquier novedad en la zona o en los equipos bajo su cuidado.

4. Colaborar con las actividades de la cafetería cuando ésta sea administrada por el plantel.

5. Recolectar los productos y colaborar en su almacenamiento.

6. Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que se presenten.

7. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

8. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

ARTÍCULO 11: Celador.

El celador depende del Rector. Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes del plantel.

Son funciones del Celador.

1. Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado.

2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos del plantel.

3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas.

4. Velar por la seguridad y conservación de los bienes del plantel.

5. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia.

6. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos a informar oportunamente sobre las mismas.

7. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

8. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

9. MANUAL DE CONVIVENCIA

El manual de convivencia de la institución presenta la siguiente estructura:(ver anexo)

CAPITULO I. PresentaciónARTICULO 1. Fundamentos legalesARTICULO 2. PoblaciónARTICULO 3. Objetivos del ManualARTICULO 4. Tipo de EducaciónCAPITULO II. Admisión requisitos y compromisosARTICULO 5. AdmisiónARTICULO 6. Requisitos para la matrículaARTICULO 7. Compromisos adquiridosCAPITULO III. Jornada LaboralARTICULO 8. De los estudiantesARTICULO 9. De los docentes, directivos y administrativos.CAPITULO IV. UniformeARTICULO 10. Uniforme para uso diarioARTICULO 11. Uniforme de galaARTICULO 12. Uniforme para educación físicaCAPITULO V. Deberes de los estudiantesARTICULO 13. Sobre mi formación integralARTI CULO 14. Cuidado de mí entornoARTICULO 15. ARTICULO 16. Aprender a no agredir a los semejantesARTICULO 17. Aprender a comunicarmeARTICULO 18. Aprender a convivirARTICULO 19. Respeto a lo cultural ARTICULO 20. DerechosCAPITULO VII. Aprendo de mi errorARTICULO 21. Incumplimiento de mis compromisosARTICULO 22. Debido procesoARTICULO 23. Faltas disciplinariasARTICULO 24. Faltas levesARTICULO 25. Debido proceso para las faltas levesARTICULO 26. Faltas gravesARTICULO 27. Debido proceso para las faltas graves.ARTICULO 28. Faltas gravísimasARTICULO 29. Debido proceso para las faltas gravísimasARTICULO 30. AtenuantesARTICULO 31. AgravantesARTICULO 32. Aplicación de la sanciónARTICULO 33. Proceso disciplinario

ARTICULO 34. ConciliaciónARTICULO 35. Amonestación verbalARTICULO 36. Amonestación escritaARTICULO 37. Suspensión de actividades escolaresARTICULO 38. Matrícula de observaciónARTICULO 39. Cancelación de matrículaARTICULO 40. Pérdida de cupoARTICULO 41. RecursosARTICULO 42. Oportunidad para interponer los recursosARTICULO 43. Sustentación de los recursosARTICULO 44. Recurso de reposiciónARTICULO 45. Recurso de apelaciónARTICULO 46. Remisión de los casos a autoridades competentesARTICULO 47. Graduación de las faltasARTICULO 48. Aclaración de los hechosARTICULO 49. Suspensión por tres (39) días hábilesARTICULO 50. Suspensión por cinco (5) días hábilesARTICULO 51. Suspensión definitiva

CAPITULO VIII. DE LOS DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO

ARTICULO 52. Derechos de los docentes ARTICULO 53. Derechos del personal administrativoARTICULO 54. Deberes de los docentesARTICULO 55. Deberes de los administrativos

CAPITULO IX. DE LOS PADRES DE FAMILIA

ARTICULO 56. Son derechos de los padres de familia ARTICULO 57. Son compromisos de los padres de familia

CAPITULO X. ORGANOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ARTICULO 58. Los órganos de representación de la comunidad educativa

CAPITULO XI. GOBIERNO ESCOLAR

ARTICULO 59. Definición de Gobierno Escolar ARTICULO 60. Representantes de los órganos colegiados ARTICULO 61. Consejo directivoARTICULO 62 .FuncionesARTICULO 63. El RectorARTICULO 64. Consejo AcadémicoARTICULO 65. Funciones del Consejo académico

CAPITULO XII. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 66. Personero ARTICULO 67. Funciones del personero

CAPITULO XIII. CONSEJO DELOS ESTUDIANTES

ARTICULO 68. Consejo de estudiantesARTICULO 69. Proceso de elección del representante al Consejo EstudiantilARTICULO 70. Requisitos para ser candidato a vocero estudiantilARTICULO 71. Funciones del Consejo de EstudiantesARTICULO 72. Funciones del representante de los estudiantes

CAPITULO XIV. LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA

ARTICULO 73. Definición de asociación de Padres de FamiliaARTICULO74. Funciones de la Asociación de Padres de Familia

CAPITULO XV. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIAARTICULO 75. Consejo de Padres de FamiliaARTICULO 76. Estructura y funcionamientoARTICULO 77. Funciones del Consejo de Padres

CAPITULO XVI. LA COMISIÓN ELECTORALARTICULO 78. Constitución

CAPITULO XVII. ESTÍMULOS

ARTICULO 79. Establecimiento de estímuloARTICULO 80. Medalla “Colegio Once de Noviembre”ARTICULO 81. Mención de honor a merito, medallaARTICULO 82. Otros estímulos

CAPITULO XVIII. DE LA VALORACIÓN DEL COMPORTAMIENTO SOCIAL DEL EDUCANDO.

ARTICULO 83. Conjunto de normas, procedimientos e instancias que regulan el comportamiento y asistencia de los estudiantes del colegio

CAPITULO XIX. DE LA REFORMA DEL MANUAL

ARTICULO 84. Normas legales vigentes para modificar el Manual de ConvivenciaARTICULO 85. Fecha de promulgación y derogación

PROCESO: APOYO A LA GESTION ACADEMICAProceso de matricula:

La Institución Educativa permitirá el acceso a los niños, niñas y jóvenes que soliciten su cupo previo el lleno de los siguientes requisitos

Registro civil.Fotocopia tarjeta de identidad.Fotocopia del carnet del SISBENFotocopia del Carnet de la EPS o ARS.Fotocopia de la cédula de los padre y/o acudientesCertificación de aprobación de los años anteriores.Fotocopia del recibo de agua o luz.Certificación autenticada en notaria de la custodia del estudiante cuando no tenga los padres.Los estudiantes con características y situaciones especiales podrán ser matriculados, eximiéndolos de algunos requisitos de acuerdo a la naturaleza de cada caso.El proceso para obtener y conservar el cupo estará reglamentado por las directivas del M.E.N. en cuanto a las etapas de pre matricula, matricula y solicitud de cupos nuevos.Durante el proceso de matricula los soportes y documentos presentados por los estudiantes deberán estar organizados en carpetas y de acuerdo a los niveles y grados. Esta información deberá estar disponible para que titulares, docentes y las personas interesadas tengan acceso, previa autorización de Rectoría, Coordinadores y de los Directivos Docentes. A su vez deberán aparecer registrados en el Sistema de Matricula a Nivel Nacional.Se expedirán cinco boletines informativos del rendimiento académico de acuerdo al decreto 230 del MEN.

ADMINISTRACIÒN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOSSe dispone del servicio de restaurante escolar en dos sedes mediante convenio interinstitucional con Alcaldía, I.C.B.F., COOPROSPERAR y los usuarios.El servicio de tienda escolar se ofrece en las diferentes sedes mediante contrato de arrendamiento. Una enfermera presta sus servicios mediante un contrato de trabajo con la Corporación Educativa Paz y Futuro.La atención a estudiantes con necesidades educativas especiales se ofrece mediante la estrategia del aula de apoyo y la UAI. (ver anexo).

BIBLIOTECA

ÁREA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIARA

SERVICIO SOCIAL

BANDA RÍTMICA

PROYECTO GESTIÓN RIESGO

ÁREA GESTIÓN DIRECTIVA

CONS. ESTUDIANTIL

COMITÉ CONVENIO

PERSONERO EST.

PADRES DE FAMILIA

PROYECTO DE EXTENSIÓN A LA COMUNIDAD

SECTOR PRODUCTIVO

TALENTO HUMANO

COMITÉ CONVIVENCIA

10.

11. CALENDARIO ACADEMICO

ARTICULO 57. LA JORNADA UNICA Y EL HORARIO ACADEMICO. <ArtículoDerogado por el artículo 17 del Decreto 1850 de 2002>

ARTICULO 58. PERIODOS LECTIVOS SEMESTRALES Y VACACIONES

ESTUDIANTILES. <Artículo derogado por el artículo 17 del Decreto 1850 de2002>

ARTICULO 59. UTILIZACION ADICIONAL DE LAS INSTALACIONES ESCOLARES. Los establecimientos educativos, según su propio proyecto educativo institucional, adelantarán actividades dirigidas a la comunidad educativa y a la vecindad, en las horas que diariamente queden disponibles después de cumplir la jornada escolar. Se dará prelación a las siguientes actividades:1.- Acciones formativas del niño y el joven, tales como integración de grupos de interés, organizaciones de acción social, deportiva o cultural, recreación dirigida, y educación para el uso creativo del tiempo libre.2.- Proyectos educativos no formales, incluidos como anexos al proyecto educativo institucional.3.- Programas de actividades complementarias de nivelación para alumnos que han de ser promovidos y se les haya prescrito tales actividades.4.- Programas de educación básica para adultos.5.- proyectos de trabajo con la comunidad dentro del servicio social estudiantil.6.- Actividades de integración social de la comunidad educativa y de la comunidad vecinal.

ARTICULO 60. AJUSTE A LA JORNADA UNICA. Los establecimientos educativos que a la vigencia del presente Decreto ofrezcan varias jornadas diurnas y estén en condiciones de unificar las jornadas procederán a hacerlo siempre que ello no cause mayores perjuicios a sus actuales educandos y previa notificación a la respectiva Secretaría de Educación. Los establecimientos de educación básica y media que se funden a partir de la fecha, sólo podrán ofrecer una jornada diurna. En los demás casos, los establecimientos deberán definir antes del 8 de febrero de 1996, un programa de conversión a jornada diurna única que deberá ser remitida a la respectiva Secretaría de Educación Departamental o Distrital para su evaluación. Este programa considerará, entre otros criterios, la gradualidad del cambio, las circunstancias de cobertura del servicio en la localidad, la continuidad de la atención de los alumnos matriculados y la unificación de los sistemas de administración del establecimiento. Autorizado el programa por la correspondiente Secretaría de Educación se iniciará su ejecución dentro de los plazos definidos. Las Secretarías de Educación Departamentales o Distritales evaluarán las jornadas nocturnas existentes en los establecimientos educativos de su jurisdicción, para determinar la necesidad de continuar ofreciendo este servicio, ajustado a los términos definidos en la ley. Los proyectos educativos institucionales que incluyan jornadas nocturnas, deberán demostrar la

necesidad y factibilidad de su creación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85 de la ley 115 de 1994.

12.ADMINISTRACION DE RECURSOS

12.1 RECURSOS FISICOS

InfraestructuraMantenimiento de la planta física: Salones a cargo de titulares, estudiantes y padres de familia. Otras dependencias: estudiantes de servicio social.Uso de los espacios: Responsable de cada dependencia con inventario al inicio y al final del año, mediante la aplicación y seguimiento de un reglamento de uso (VER ANEXO) con formatos de registro y control de actividades, fechas, personal y observaciones.

FECHA ACTIVIDADREALIZADA

FUNCIONARIOAUTORIZADO

OBSERVACIONES

Mantenimiento de recursos y equipos mediante contratos de la Institución con entidades especializadas.

Adquisición de equipos a cargo de la Institución y otras entidades previo inventario de necesidades y priorización en el orden de compras por el Consejo Directivo.

Seguridad y protección a cargo de la Institución Educativa del departamento y el municipio mediante la firma de convenios o contratos de servicios con otras entidades.

Programas para la adecuación y el embellecimiento de la planta físicaPanorama de riesgos levantado con asesoría de entidades especializadas en la seguridad y protección. Inversiones de adecuación y mitigamiento financiado por el municipio y la Institución Educativa previo análisis de prioridades y de disponibilidad presupuestal. Realización de actividades de mitigación como simulacros , charlas y conferencias con estudiantes en casos donde no se requiera financiación. (VER ANEXO)

12.2 Material didáctico

13 RECURSOS FINANCIEROS

INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO ONCE DE NOVIEMBREMUNICIPIO DE LOS PATIOS

ACUERDO Nº 013 DE 2011

Por medio del cual se adopta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Servicio Educativo correspondiente a la vigencia 2012.

LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO, en uso de las facultades concedidas por la Ley 715 de diciembre de 2001 y el Decreto 4791 de diciembre 19 de 2008, expedido por el Ministerio de Educación

Nacional y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 715 del 21 de diciembre de 2001, ha establecido los Fondos de Servicios Educativos como mecanismo presupuestal para la adecuada administración de los recursos de las Instituciones Educativas.

Que, el artículo 2 del Decreto 4791 del 19 de diciembre de 2008, define los Fondos de Servicios Educativos, como cuentas contables creadas por la Ley como mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal.

Que, la Institución Educativa “Colegio Once de Noviembre” del Municipio de Los Patios, en virtud de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos de los Fondos

De Servicios Educativos de la Institución Educativa

CONTINUACION ACUERDO Nº 013 – 2011

Colegio Once de Noviembre, correspondiente a la vigencia Fiscal del 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2012, en la suma de: CIENTO DIEZ Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/TE($117.800.000.00,oo),

Según el siguiente detalle:

1

INGRESOS..................................................................117.800.000,oo1.1 INGRESOS

OPERACIONALES..................................117.800.000,oo

1.1.1 SERVICIOS EDUCATIVOS.......................................... 2.920.000,oo

1.1.1.1 Certificad. y Constancias. de Estudios. (Exalumnos)….... 2.900.000,oo

1.1.1.3 Otros Cobros……………………………………………..... 20.000,oo

1.1.2 OTROS SERVICIOS.................................................... 12.500.000,oo

1.1.2.1 Arrendamientos............................................................ 12.500.000,oo1.1.2.1.1 Tienda Escolar.............................................................. 12.500.000,oo

1.1.3 TRANSFERENCIAS.....................................................102.000.000,oo

1.1.3.1 Nacionales...................................................................... 00,oo1.1.3.2 Departamentales............................................................40.000.000,oo1.1.3.3 Municipales...................................................................62.0000.000,oo

1.1.4 RECURSOS DE CAPITAL............................................. 380.000,oo

1.1.4.1 Recursos del balance..................................................... 00,oo1.1.4.2 Rendimientos Financieros.............................................. 350.000,oo1.1.4.3 Donaciones..................................................................... 30.000,oo

TOTAL INGRESOS....................................................................................$117.800.000,oo

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprópiense para atender los Gastos de los Fondos de

Servicios Educativos de la Institución Educativa Colegio Once de Noviembre, correspondiente a la vigencia fiscal del 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2012, en la suma de CIENTO DIEZ Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($117.800.000,oo), según el siguiente detalle:

14. TALENTO HUMANO

Los docentes son asignados de acuerdo a las especialidades en función del plan de mejoramiento y sus necesidades. El personal administrativo se asigna de acuerdo a las necesidades y a las funciones determinadas en el manual de la Institución. Para esto cada año se hace el análisis y los ajustes necesarios dentro del Proyecto Educativo Institucional.La formación y capacitación del personal Docente y Directivo Docente se realiza de acuerdo a la programación de la Secretaria de Educación del Municipio y del Dpto., y la autocapacitación.Se pretende que el personal vinculado esté identificado con la filosofía, principios, valores y objetivos y se sienta parte activa de la Institución.La evaluación de desempeño tanto de directivos docentes, como docentes y administrativos se realizará de acuerdo a las directrices y orientaciones dadas por el MEN, así como los resultados de las acciones de mejoramiento, con el fin de ajustarlos y crear nuevos planes de incentivos, apoyo a la investigación, divulgación de las nuevas prácticas.La Institución dispondrá de estrategias claras para mediación y solución de conflictos tales como el diálogo y la negociación permanente, ajustándolas a las necesidades.(Ver Anexo Solución de Conflictos)

PLANTA DE PERSONALSe utilizará un instrumento en medio magnético y físico que contiene la siguiente información. (VER ANEXO).NOMBRES Y APELLIDOSDOCUMENTO DE IDENTIDADDIRECCION TELEFONOCELULARCORREO ELECTRONICOFECHA DE VINCULACIONGRADO DE ESCALAFONPREGRADOPOSTGRADOAREA DE DESEMPEÑO

15 RELACIONES INTERINSTITUCIONALRES: CONVENIOS – ALIANZAS.

ARTICULACION INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO ONCE DE NOVIEMBRECON LA UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER Y LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA 15.1. ESPECIALIDAD EN PRODUCCION DE CERAMICA ARTESANAL POR MODELADO MANUAL E INSTRUMENTACION Y CONTROL DE PROCESOS EN SISTEMAS DE MEDICION

15.2. CARACTERIZACIONTeniendo como base los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional, la Institución Educativa colegio Once de Noviembre, busca dar respuesta a las necesidades de calidad y cobertura que requiere la región para alcanzar mejores condiciones de vida de la población y ofrecer especialidades acordes a la realidad nacional, realizando convenios con instituciones de Educación superior que le permita a los estudiantes su incorporación a la vida universitaria o al campo laboral.La Institución Educativa Colegio Once de Noviembre, presenta dos propuestas para la MEDIA TECNICA denominadas BACHILLER TECNICO: ESPECIALIDAD EN PRODUCCIÓN DE CERAMICA ARTESANAL POR MODELADO MANUAL con la universidad Francisco de Paula Santander y BACHILLER TÉCNICO: ESPECIALIDAD EN INSTRUMENTACIÓN Y CONTROL DE PROCESOS POR MEDICIÓN con la universidad de pamplona .La gran novedad de éstas propuestas, radica en que ésta especialidad se encuentra articulada por ciclos propedéuticos con el programa TÉCNICO PROFESIONAL EN PRODUCCIÓN DE CERAMICA ARTESANAL y TÉCNICO PROFESIONAL EN INSTRUMENTACIÓN Y CONTROL DE PROCESOS.La formulación de la presente denominación guarda correspondencia con los contenidos curriculares y el logro de las metas para la obtención del título, está fundamentada en el documento “Análisis de Referentes” del sector de la industria Cerámica1, propuesto por la Alianza Cerámica del Norte de Santander (ACENS), a la cual la Universidad Francisco de Paula Santander es asociada. Por primera vez los estudiantes matriculados en ésta especialidad, iniciaran paralelamente con sus estudios de grados 10 y 11, con un programa de la educación superior. Al finalizar el grado 11, se obtendrá un doble reconocimiento: el título de bachiller técnico en la especialidad y el reconocimiento por parte de la UFPS y la universidad de Pamplona de los créditos cursados de la carrera Técnica Profesional que ofrece estas universidades. Al finalizar sus estudios de la Media Técnica, los estudiantes egresados de la especialidad en Producción de cerámica artesanal por modelado manual e instrumentación y control de procesos por medición, podrán en solo un año adicional terminar sus créditos y obtener un titulo universitario a nivel Técnico Profesional que le permitirá al estudiante ingresar en

1

el mercado laboral que ofrece la región en empresas del sector de las arcillas y cerámicas, dado que sus competencias laborales están definidas para éstos sectores.Otra ventaja para los estudiantes egresados de ésta especialidad y que terminen sus estudios en la carrera Técnica Profesional, radica en que podrán continuar si así lo desean en una cadena de formación, ingresando a un segundo ciclo a nivel tecnológico articulado por homologación con el programa Técnico Profesional a la TECNOLOGÍA GESTION Y DESARROLLO DE PRODUCTOS CERAMICOS Y TECNOLOGÍA EN AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL.

15.3. JUSTIFICACIÓN

Con la promulgación de la Ley 115 de 1994, las instituciones de educación media técnica tienen la posibilidad de promover la formación de sus estudiantes en los grados 10 y 11, en una especialidad que les permita desempeñarse en uno de los sectores de la producción, o de servicios para continuar posteriormente en una cadena de formación articulada con la educación superior. En éste sentido, las instituciones educativas deben promover la creación de especialidades en la media técnica, que permitan el desarrollo de éstos proyectos y que tengan en cuenta las necesidades locales y regionales.La Ley 749 de 2002 y el Decreto 2211 de 2003, han formalizado y reglamentado por primera vez en el país, la formación técnica y tecnológica en una modalidad denominada ciclos propedéuticos. Se ha establecido que las instituciones de educación superior podrán ofrecer programas en las áreas de ingeniería, administración e informática, organizados por ciclos secuenciales y complementarios, que les permita a los estudiantes, alternar en períodos cortos, el estudio (aprendizaje escolar) y el trabajo (aprendizaje laboral). Además, la Ley 30 de 1992, la Ley 749 y el Decreto 2211 definen y reglamentan el proceso de articulación de la educación media con la educación superior.La organización de programas por ciclos propedéuticos, permite al estudiante el ascenso en espiral hacia niveles más cualificados de formación: el primer ciclo corresponde al nivel técnico profesional; el segundo a nivel tecnológico, y el tercero a nivel profesional. Al concluir cada ciclo, el estudiante obtiene un título que facilita su inserción en el mercado laboral y según sus expectativas le da la posibilidad de regresar y continuar en el ciclo siguiente.En éste contexto, la institución Educativa Colegio Once de Noviembre, consciente

de la importancia de aprovechar éstos nuevos escenarios educativos y la riqueza natural que posee el municipio de los Patios; ya que cuenta con una de las mejores arcillas del país, asume el reto de realizar una articulación con la Universidad Francisco de Paula Santander y la Universidad de Pamplona, para poder ofrecer por primera vez en el municipio de Los Patios un proyecto educativo articulado con instituciones de educación superior con miras a mejorar la calidad educativa y proyectar los jóvenes patienses hacia la competitividad y eficacia dentro del campo laboral.

15.4. OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL: Establecer los mecanismos, procesos y procedimientos, para articular la educación Media Técnica, que ofrece una Institución Educativa con los programas Técnicos Profesionales de la Alianza Cerámica, representados en lasUniversidades Francisco de Paula Santander y Pamplona, el cual se ofrece bajo lametodología presencial.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:Realizar el proceso de divulgación del programa Técnico Profesional producción de cerámica artesanal e instrumentación y control de procesos, por parte de la Alianza Cerámica.Definir e implementar los documentos y convenios necesarios que formalicen el proceso de articulación.Diseñar el plan operativo con la institución para realizar el acompañamiento correspondiente a la definición de la especialidad de la Media Técnica de la institución: producción de cerámica artesanal por modelado manual e instrumentación y control de procesos por medición y su articulación con los programas Técnicos Profesionales ofrecidos por la universidad Francisco de Paula Santander y la Universidad de Pamplona respectivamente.Implementar el plan operativo y realizar su seguimiento y ajustes si se requiere.Implementar el plan operativo que permita establecer la forma de articulación y realizar el mecanismo de evaluación y seguimiento al desarrollo del modelo de articulación.

15.5. METAS

Para el año 2015, los Programas Técnico Profesional en Producción de Cerámica Artesanal de la Universidad Francisco de Paula Santander y técnico profesional en instrumentación y control de procesos de la universidad de pamplona, habrán obtenido reconocimiento como el modelo pedagógico a nivel regional y nacional siendo una propuesta académica que formará profesionales altamente calificados con un aporte importante en el proceso de desarrollo del sector cerámico aportando las competencias específicas que requiere en su momento y prestándose para la retroalimentación e innovación desde la relación sector productivo-académica manteniéndose actualizado y vigente con lo cual contribuirá a formar parte de un sector competitivo enmarcado en las competencias globales.

La Institución educativa colegio Once de Noviembre se consolidará como una de las mejores instituciones a nivel regional y Municipal, logrando un sistema articulado, coherente y contextualizado.

15.6. PROPUESTA CURRICULAR PEDAGOGICA

MODELO DE ARTICULACION

METODOLOGÍA PARA DESARROLLO DE LA ESPECIALIDAD

Programa Técnico Profesional en Producción de Cerámica Artesanal e instrumentación y control de procesos que atiende las disposiciones establecidas en los artículos 12 y 13 de la Resolución 3462 de 2003 sobre fundamentación básica, profesional, sociohumanística y de comunicación para los programas de formación en la Educación Superior e igualmente da respuesta al Auto condicionado del Viceministerio de Educación Superior que dispone que la Institución “Incorpore de manera visible los componentes de fundamentación básica, fundamentación básica profesional, fundamentación socio-humanística y de comunicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 de la Resolución 3462 de 2003; (iii) De acuerdo con lo anterior, desarrolle completamente los módulos del plan de estudios, mediante la presentación de los microcurrículos, donde se sustente por lo menos: la denominación del programa, la justificación y pertinencia del módulo, requisitos, competencias, horas de trabajo presencial e independiente del estudiante que sustenten el número de créditos, objetivos generales y específicos, contenidos programáticos (temas, metodología, estrategias formativas, recursos, bibliografía suficiente y actualizada y laboratorios) y mecanismos de evaluación; y se evidencie claramente el componente propedéutico que permita la adecuada articulación con los programas del nivel técnico profesional”Los estudiantes que acceden a los programas de formación técnica profesional, en los procesos de articulación con las IES deben haber cursado por lo menos el 9°

grado y continúan su formación regular en los grados 10° y 11°. Se asume que se han cumplido los estándares establecidos por el MEN para las Ciencias Naturales, las Ciencias Sociales, el Lenguaje y la Comunicación principalmente y se presume en consecuencia que hay un nivel mínimo de apropiación de los fundamentos epistemológicos, los lenguajes y los métodos de las diferentes disciplinas. De todas maneras, dentro de la estrategia constructivista que ha definido el Programa, es necesario, en cada módulo, hacer evidentes dichos presaberes y adoptar una estrategia metodológica consecuente con el nivel de preparación previa de los estudiantes.

INTERDISCIPLINARIEDAD E INTEGRACIÓN CURRICULAR

Entendidas como la declaración que hace la institución sobre la necesidad de asegurar que el programa curricular supere en su estructura el aislamiento de los saberes propio de los planes de estudio tradicionales, que segregan y jerarquizan el conocimiento en asignaturas aisladas, con escasa relación entre sí y con ausencia total de espacios de comunicación e interacción para las diferentes disciplinas que aportan a la formación.

Unidades de Competencias Programa Técnico Profesional en Producción de Cerámica Artesanal

PLAN DE ESTUDIOS AREAS DEL NUCLEO COMUN Y MEDIA TECNICA EN PRODUCCION DE CERAMICA ARTESANAL POR MODELADO MANUAL E INSTRUMENTACION Y CONTROL DE PROCESOS EN SISTEMAS DE MEDICION

AREAS ASIGNATURAS

10ºFUNDAMENTOS QUIMICA 3

FUNDAMENTOS FISICA 3

CONSTITUCIÓN 1HUMANIDADESEspañol - LeoInglés

ESPAÑOL LEO

21

INGLES 3

MATEMATICAS MATEMATICAS 3

EDUCACION RELIGIOSA ESCOLAR

EDUCACION RELIGIOSA ESCOLAR

1

EDUCACION ETICA Y VALORES

EDUCACION ETICA Y VALORES

1

EDUCACION ARTISTICA EDUCACION ARTISTICA 1

TECNOLOGIA E INFORMATICA

TECNOLOGIA E INFORMATICA 1

EDUCACIÓN FISICA, RECREACIÓN Y DEPORTES

EDUCACIÓN FISICA,RECREACIÓN Y DEPORTES

1

FILOSOFIA 2EMPRENDERISMO 1

TOTAL 24MEDIA TECNICAINTRODUCCION A LA VIDA UNIVERSITARIADESARROLLO DE MODULOS

12*

TOTAL 36

SEIS HORAS EN CONTRAJORNADA: 3H LOS MARTES Y TRES HORAS LOS JUEVES.

Teniendo en cuenta que estas jornadas se pueden ampliar en su intensidad horaria de acuerdo a actividades que se realicen como visitas de campo o prácticas de laboratorios.

Sobre el aprendizaje.

Retomando las consideraciones del diseño curricular básico (ALIANZA CERÁMICA DEL NORTE DE SANTANDER-ACENS, 2008- Agosto) y de acuerdo con Piaget (1978) nuestra relación con el mundo está mediatizada por las construcciones mentales que de él tengamos y se encuentran organizadas en forma de estructuras jerarquizadas, las cuales varían cualitativamente en el proceso evolutivo del sujeto, en busca de equilibrios, acomodaciones y adaptaciones cada vez más estables. La aproximación constructivista nos permite enfatizar un poco más en el desarrollo de estructuras mentales y de pensamiento, que preparan al individuo para utilizar información nueva de una manera significativa, bien sea en el campo laboral o el académico, de tal manera que puede disponer de las herramientas apropiadas para asumir los cambios y abordar de manera idónea problemas nuevos.Al entenderse el aprendizaje como una construcción de cada alumno de su propio conocimiento, a partir de su propia forma de ser, pensar e interpretar la información, el alumno es un ser responsable que participa activamente en su proceso de aprendizaje.

En relación con los aprendizajes esperados.

En el modelo curricular de la Alianza Cerámica y el Programa Técnico Profesional en Producción de Cerámica Artesanal se han denominado como “Aprendizajes esperados” las construcciones de conocimiento que logra cada estudiante y su concreción tanto en la acción comunicativa, que es la forma como se exteriorizan los conceptos y los constructos mentales, como en los desempeños y transferencias cuando se trata de verificar y evaluar la competencia laboral. Estos aprendizajes, referidos principalmente al saber y al saber hacer (conocimientos básicos, conocimientos técnicos y destrezas) están de alguna manera subordinados al marco axiológico que se explicita en los aprendizajes relacionados con el ser y el estar y a cuya estructuración han contribuido las ciencias sociales y humanas

El Sistema de Valoración en el desarrollo de la carrera técnica profesional.

El sistema de valoración del alcance de logros del estudiante en cada uno de los módulos de formación es de naturaleza, cualitativa y desarrollados con fundamento en evidencias de conocimiento, evidencias de desempeño y evidencias de producto en los diferentes componentes que constituyen la competencia, según lo señalado en el Artículo 8. (Art. 12)

La Matriz de Evaluación o Rúbrica, corresponde a un formato donde aparecen intersectados los aspectos a evaluar o componentes y la Escala de Valoración o Calificación. En cada una de estas intersecciones se han establecido los criterios que describen con claridad las evidencias del logro correspondiente.La Escala de Valoración o Calificación para cada uno de los componentes evaluables es la siguiente:

- INSUFICIENTE: Los logros obtenidos por el estudiante no evidencian el dominio de la competencia

- SATISFACTORIO: Los logros alcanzados demuestran un nivel aceptable de desarrollo de la competencia

- BUENO: Los logros alcanzados muestran un dominio adecuado de la competencia

- EXCELENTE: Los logros alcanzados demuestran un dominio y desarrollo de la competencia en los niveles más altos.

Cada Rúbrica, correspondiente al desempeño final de un estudiante individual en el Módulo entra a formar parte de su Hoja de Vida Académica y sirve como base para la certificación de competencias por parte de la Institución, y será objeto de custodia y archivo por parte de la Oficina de Registro y Control Académico

Para efectos de la contabilidad académica y los procesos de promoción de los estudiantes, cada una de las Rúbricas deberá generar un informe de calificación sumativa de acuerdo con los siguientes procedimientos y criterios:

a) El número de componentes de aprendizajes esperados y evaluados a los que se refiere el Artículo 8 , consignados en la matriz de Evaluación o Rúbrica de cada Módulo, debe ser igual o superior a diez (10).

b) A cada componente evaluado se le asigna un valor numérico de acuerdo con la siguiente tabla:

- INSUFICIENTE: 2 puntos- SATISFACTORIO: 3 puntos- BUENO: 4 puntos- EXCELENTE: 5 puntos

c) La sumatoria de puntos se divide por el número de componentes evaluados, y se obtiene un promedio, que se compara con la siguiente escala para determinar la valoración o calificación final del Módulo, de la siguiente manera:

- Promedios inferiores a 3.0: NO APROBADO- Promedios entre 3.0 y 3.7: APROBADO con mención SATISFACTORIA- Promedios entre 3.8 y 4.4: APROBADO con mención BUENA- Promedios entre 4.5 y 5.0: APROBADO con mención EXCELENTE.

d) La ponderación obtenida en la Rúbrica de cada estudiante, se transcribe a un formato general de calificaciones de los estudiantes del Módulo, con destino a la Oficina de Registro y Control, para fines de Contabilidad Académica.

El Sistema de Valoración para el desarrollo de la media técnica.

Se implementara según los criterios Del decreto 1290 del nuevo sistema de evaluación de los estudiantes (SIEE ver PEI), el cual ha sido institucionalizado y establecido en el PEI institucional.

La promoción de los estudiantes de la media técnica producción de cerámica artesanal por modelado manual e instrumentación y control de procesos en sistemas de medición, estará sujeta a la aprobación del 60% de los módulos desarrollados durante el grado 10 y el grado 11 respectivamente.

MAQUINARIA Y EQUIPO:

₋ Balanza analítica (Cap 320 g +/- 0.001 g)₋ Balanza analítica ( Cap 6000 g +/- 0.01g´)₋ Estufa eléctrica de secado, con control de temperatura capacidad 45 litros

₋ Secadero de luz infrarroja₋ Cronómetro₋ Flexometro de 1 a 3 metros₋ Calibrador pie de rey 25 cm₋ Molde metálico para conos de fusión₋ Termopares tipo K₋ Equipo para determinación de temperatura y humedad relativa₋ Horno mufla eléctrico con control y programación de temperatura₋ Soportes refractarios para horno₋ Molino pulverizador (molino de martillos 50 Kg/h)₋ Juego de tamices (mallas No325, 230, 120, 100, 80, 60, 20, 10)₋ Equipo para la determinación de índice de azul de metileno (plasticidad)₋ Equipo para la determinación de la plasticidad₋ Equipo para determinación de carbonatos₋ Hidrómetro 152 H (Soil test) para determinación de tamaño de partícula₋ Picnómetro de acero 100 ml₋ Prensa de prensado capacidad 3 a 5 Ton.₋ Moldes de prensado (cuadrado 5x5 cm, rectangular 5x10 y circular 4 cm)₋ Espátulas, pinceles, brochas y herramientas de modelado.₋ Dispersor - Agitador vertical para 12 Litros₋ Agitador vertical con velocidad variable₋ Copa ford metálica con soporte boquillas de 3 4 y 5 mm₋ pH metro ₋ Conductímetro₋ Viscosímetro Brookfield LDV II+₋ Matrices para fabricación de moldes de yeso₋ Molino de bolas ₋ Equipo para determinación de densidad aparente ₋ Silo de almacenamiento de polvos arcillosos.₋ Banda de lona para transporte de materias primas y polvos arcillosos.₋ Desterronadores de laboratorio.₋ Molino primario de mandíbulas.₋ Molino de martillos.₋ Vibrotamiz ₋ Elevador de cangilones ₋ Humectadora₋ Amasadora extrusora laboratorio con equipo de vació 1 HP₋ Boquillas extrusora₋ Prensa hidráulica de laboratorio₋ Troqueles metálicos₋ Línea de decoración.₋ Compensadores.₋ Equipos de aplicación de cubiertas engobe y esmalte (Cabina de discos,

Campanas)

₋ Secaderos ₋ Ceros de almacenamiento₋ Ceros de aplicación₋ Agitadores de una velocidad₋ Dispersor₋ Galgas₋ Equipos de transporte de material (vagonetas, carros box, zorras, carretas) ₋ Horno semi industrial de laboratorio ₋ Aspersores ₋ Limpiadores de material ( limpiador de rebabas, sopladores, cepillos)₋ Sensores inductivos.₋ Línea de poleas y correas.₋ Línea de rodillos.₋ Equipo para determinación de densidad aparente₋ Compresor y pistola de aspersión.₋ Pantallas serigráficas con espátulas de caucho₋ Equipo para decoración manual con pantallas serigráficas₋ Lupa o microscopio 20X, 40X₋ Horno mufla eléctrico con control y programación de temperatura₋ Soportes refractarios para horno₋ Cámara piloto de selección con luz fluorescente₋ Línea piloto de selección.₋ Simulador de empaque, marcación y embalaje.₋ Calibrador pie de rey de 50 cm₋ Equipo para medir Planaridad y rectilinidad

MATERIALES Y SUMINISTROS:

₋ Reactivos químicos utilizados para la determinación de las propiedades químicas de las arcillas y otros componentes

₋ Equipos de vidrio y porcelana para laboratorio₋ Material de vidrio₋ Crisoles de porcelana₋ Material de vidrio₋ Crisoles de porcelana₋ Material cerámico para la realización de pruebas.

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL:

- Mascarillas industriales de filtros para micro partículas- Bata de laboratorio- Guantes de carnaza- Lentes de protección industrial- Botas aislantes y antirresbalante

- Casco- Protector auditivo

INFRAESTRUCTURA E INSTALACIONES:

Laboratorio para realización eléctricas con distintas líneas de tensión 110 – 220 VAC y puesta tierra.

MAQUINARIA Y EQUIPO:

Compresor. Bomba. Módulo de pruebas neumáticas existente en el mercado. Módulo de pruebas hidráulicas existente en el mercado. Módulo de pruebas de electrónica básica existente en el mercado. Modulo de control análogo existente en le mercado. Sensores y actuadores de distinta naturaleza física. Programadores lógicos programables PLC, micro controladores, y otros

elementos de reprogramables. Fuente de voltaje DC regulable. Multímetro Pinza amperimétrica Osciloscopio.

MATERIALES Y SUMINISTROS:

Elementos pasivos de la electrónica de distinta denominación tales como: Resistencias, condensadores, inductores, relés, transformadores entre otros

Elementos activos de la electrónica de distinta denominación tales como: Amplificadores, transistores, circuitos de digitales entre otros.

Caja de herramientas: destornilladores, segueta Elementos de medición de longitud, de fuerza, etc.

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL:

Bata de laboratorio Lentes de protección industrial

- Botas aislantes

REQUERIMIENTO DE TALENTO HUMANO Y CUAL VA A SER EL ROL DEL DOCENTE FRENTE AL DESARROLLO DE LA ESPECIALIDAD.

Los docentes encargados de la media técnica realizarán acompañamiento a cada uno de los profesores que desarrollen los módulos en las siguientes actividades:

- TRABAJO EN EQUIPO CON EL DOCENTE UNIVERSITARIO- CONTROL DE ASISTENCIA

- CONTROL DE EVALUACIONES

- ACTAS COMPROMISORIAS

PERFIL PROFESIONAL DEL BACHILLER TECNICO: ESPECIALIDAD EN PRODUCCION DE CERAMICA ARTESANAL POR MODELADO MANUAL

La Especialidad de Producción de Cerámica Artesanal por modelado Manual se encuentra articulada con el programa Técnico Profesional en Producción de Cerámica Artesanal El cual tiene por objeto el de formar profesionales por competencias encaminadas al logro y mejoramiento de los procesos de producción del sector Arcíllelo en labores de asistencia en la supervisión y control de las diferentes etapas del proceso productivo artesanal y como profesional artesano ceramista independiente.

PERFIL OCUPACIONAL DEL BAHILLER TECNICO: ESPECIALIDAD EN PRODUCCION DE CERAMICA ARTESANAL POR MODELADO MANUAL

Con fines de orientación profesional, se enumeran a continuación un conjunto de puestos de trabajo que podrían ser desempeñados por el egresado de la especialidad de Producción de Cerámica Artesanal por Modelado Manual según competencias adquiridas:

• Ceramista por Modelado Manual independiente

• Auxiliar en el diseño de productos cerámicos artesanales por Modelado Manual

• Auxiliar en preparación de pastas en procesos artesanales por Modelado Manual

• Auxiliar en moldeo por Modelado Manual de productos cerámicos artesanales

• Auxiliar de secado de productos cerámicos artesanales por Modelado Manual

• Auxiliar en cocción de productos cerámicos artesanales por Modelado Manual

• Auxiliar en decoración y armado de productos cerámicos artesanales por Modelado Manual

El Egresado de la Especialidad en Sistemas de Medición, es un persona con sólida y actualizada formación técnica, social y humanamente preparado lo que le permite tener acceso a la cambiante tecnología y a las técnicas que se derivan de ésta, encaminadas a promover el crecimiento y desarrollo económico y cultural en el ámbito regional y nacional.

El Egresado de la Especialidad en Sistemas de Medición, instala, opera, mantiene y pone en marcha, componentes, equipos y sistemas relacionados con la medición y monitoreo de las variables de los procesos industriales, con el propósito de asegurar el funcionamiento automático de sus procesos productivos. Asume la profesión como factor de desarrollo humano, social, y cultural desde una perspectiva global y una sensibilidad y compromiso prioritario con las necesidades del contexto regional y binacional.

SELECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

El proceso a desarrollar con los estudiantes de 9º grado de la institución Educativa Colegio Once de Noviembre, para identificar los aspirantes a ingresar a ésta especialidad incluye:

Socialización del proyecto con todos los estudiantes del grado 9º de la institución Reuniones con padres de familia, alumnos y demás comunidad educativa, para

determinar las especializaciones que se aspiraban proyectar para el 2010 Terminada la socialización el estudiante diligenciará el siguiente formato:

INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO ONCE DE NOVIEMBRE LOS PATIOS

PROCESO DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES MEDIA TECNICA 2010

NOMBRE DEL ESTUDIANTE:_________________________________GRADO: NOVENO ( )

RECIBIDA LA SOCIALIZACION DE CADA UNA DE LAS ESPECIALIDADES , MARCAR LAS DOS OPCIONES CON LAS QUE SIENTA MAYOR AFINIDAD :

ESPECIALIDAD MEDIA TECNICA: PROCESOS CONTABLES ( FESC) PRIMERA OPCION

_____ SEGUNDA OPCION_____

PROCESOS ADUANEROS ( FESC) PRIMERA OPCION _____ SEGUNDA OPCION_____

PROCESOS EN DISEÑO DE MODAS ( FESC ) PRIMERA OPCION _____ SEGUNDA OPCION_____

PRODUCCION EN CERAMICA ARTESANAL (UFPS) PRIMERA OPCION _____

SEGUNDA OPCION_____

_______________________ANTONIO J CAICEDO G

RECTOR

ORIENTADORES MEDIA TECNICA

_______________________ ___________________ LIC. CARMEN RUBIO LIC. GLADYS ORTEGA FESC- SENA ISER

______________________ LIC. NEYLA RAMÓN

U.F.P.S.

Los estudiantes que hayan escogido como primera opción una de estas especialidades diligenciaran el formulario de inscripción propuesto por las universidades respectivas, quienes realizarán la selección final de acuerdo a sus propios criterios.

CERTIFICACIONES

Título de BACHILLER TECNICO ESPECIALIDAD EN PRODUCCIÓN DE CERAMICA ARTESANAL POR MODELADO MANUAL expedido por la Institución Educativa Colegio Once de Noviembre

ARTICULACIÓN CON PLANES LOCAL, REGIONAL, NACIONAL, DECENAL. El Plan educativo municipal debe reflejar el diagnóstico del municipio, en el que se basan los proyectos educativos institucionales, para que responda a las necesidades y expectativas de la comunidad municipal. El plan debe proporcionar información veraz, concreta y real de todos los procesos y necesidades de las instituciones existentes en el municipio.

De igual forma el plan educativo regional aporta información y recibe información de los PEI.

PLAN OPERATIVO.

Es la manifestación de todas las acciones y responsabilidades organizadas para el desarrollo del PEI.

Incluye todos los procesos administrativos, técnico-pedagógicos y de interacción comunitaria. Es por tanto, el instrumento de gestión del PEI.