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MAESTRÍA DE GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS – UNIVERSIDAD EAFIT Curso: Administración Pública Territorial Trabajo final Medellín, 22 de marzo de 2014 Juan Fernando Rojas Trujillo El Sistema de Control Interno como herramienta gerencial en la Alcaldía de Medellín Introducción Este texto pretende realizar un acercamiento crítico a la implementación del Sistema de Control Interno (SCI) en la Alcaldía de Medellín, como una de las herramientas de modernización de la gestión pública territorial. Tal sistema es determinante en procurar que todas las actuaciones y operaciones de la administración se realicen acorde a la ley y correspondan con su fin último de estar al servicio de la ciudadanía. Para ello se planteará cómo está concebida la aplicación del SCI, así como los avances y los resultados alcanzados en su operación como parte del Sistema Integral de Gestión (SIG). Luego se identificarán algunos limitantes y oportunidades de mejora, en términos de los procesos que determinan la gestión interna de la Administración Municipal y sus entes descentralizados. Al tiempo, se señalarán rasgos consecuentes con los modelos más generalizados de administración pública que conviven hoy al interior de la Alcaldía. Este análisis se realizará con base en tres presupuestos: las directrices y normativa vigentes de la función pública referida al control interno; los aspectos verificados en documentos del Municipio y con los servidores públicos que han sido testigos directos de la 1

El Sistema de Control Interno como herramienta gerencial en la Alcaldía de Medellín

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MAESTRÍA DE GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS – UNIVERSIDAD EAFITCurso: Administración Pública Territorial

Trabajo final Medellín, 22 de marzo de 2014

Juan Fernando Rojas Trujillo

El Sistema de Control Interno como herramienta gerencial

en la Alcaldía de Medellín

Introducción

Este texto pretende realizar un acercamiento crítico a la

implementación del Sistema de Control Interno (SCI) en la Alcaldía de

Medellín, como una de las herramientas de modernización de la gestión

pública territorial. Tal sistema es determinante en procurar que

todas las actuaciones y operaciones de la administración se realicen

acorde a la ley y correspondan con su fin último de estar al servicio

de la ciudadanía.

Para ello se planteará cómo está concebida la aplicación del SCI, así

como los avances y los resultados alcanzados en su operación como

parte del Sistema Integral de Gestión (SIG). Luego se identificarán

algunos limitantes y oportunidades de mejora, en términos de los

procesos que determinan la gestión interna de la Administración

Municipal y sus entes descentralizados. Al tiempo, se señalarán

rasgos consecuentes con los modelos más generalizados de

administración pública que conviven hoy al interior de la Alcaldía.

Este análisis se realizará con base en tres presupuestos: las

directrices y normativa vigentes de la función pública referida al

control interno; los aspectos verificados en documentos del Municipio

y con los servidores públicos que han sido testigos directos de la

1

aplicación del control interno en la Alcaldía; y los desarrollos

teóricos en torno a los principales modelos de administración

pública, desde el preburocrático y el weberiano (Administración

Pública Tradicional), hasta los más recientes de Nueva Gestión

Pública (NGP) y enfoques posgerenciales (neopúblicos, buen gobierno,

entre otros).

Por último, se plantearán conclusiones en torno a los hallazgos de

este ejercicio exploratorio y argumentativo de cara a los desafíos

que enfrenta el control interno en el ámbito del Municipio de

Medellín. En ello se tendrá en cuenta la experiencia local reciente

para llevar a la práctica las sucesivas directrices normativas sobre

control interno con que se apunta a modernizar y mejorar el

funcionamiento de las entidades públicas, pero, como se apreciará, no

siempre la intención inicial corresponde con los resultados

esperados.

Antecedentes: de la Constitución a hoy

En el propósito de mejorar la gestión pública y adecuarla a las

necesidades actuales, se expide Ley 87, del 29 de noviembre de 1993,

que dictó las normas precisas para que las entidades y organismos del

Estado colombiano pusieran en ejercicio el control interno, el cual

se definió así

Sistema integrado por el esquema de organización y elconjunto de los planes, métodos, principios, normas,procedimientos y mecanismos de verificación y evaluaciónadoptados por una entidad, con el fin de procurar que todaslas actividades, operaciones y actuaciones, así como laadministración de la información y los recursos, se realicende acuerdo con las normas constitucionales y legalesvigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección yen atención a las metas u objetivos previstos” (DiarioOficial No. 41.120, 1993).

2

En el artículo 2° de dicha ley se plantean ocho objetivos, entre los

que sobresalen “proteger los recursos de la organización, buscando su

adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten” y

“garantizar la eficacia, la eficiencia y economía de todas las

operaciones”. Asimismo, el artículo 5° dispone como campo de

aplicación todas las entidades estatales de las ramas del poder

público. De esa manera se cumple lo dictado por la Constitución

Política de 1991, en el artículo 209, “la administración pública, en

todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los

términos que señale la ley”, y en el artículo 269 que obliga a

diseñar y aplicar “métodos y procedimientos de control interno”

(Secretaría General del Senado, 2014).

Así las cosas, por iniciativa de la Alcaldía, el Concejo de Medellín

creó en 1994 la Secretaría de Evaluación y Control. La nueva

dependencia, de la mano del Departamento Administrativo de Planeación

(DAP), lideró el entonces llamado Comité del Sistema de Control

Interno. En esa instancia, con participación de delegados de

secretarías y entes descentralizados, se ajustaron los lineamientos

para el naciente sistema, con el fin de integrarse a los procesos

operativos, contables, financieros, informativos y de planeación de

cada dependencia. Para ello se establecieron procedimientos formales

de evaluación y de verificación de las actuaciones administrativas.

“En su momento hubo confusión y muchos servidores de laAlcaldía no comprendieron la diferencia entre el Sistema deControl Interno y las funciones de la Secretaría deEvaluación y Control. El Comité de Control Interno eradireccionado solo por las secretarías de ServiciosAdministrativos y de Hacienda, eran pocas las dependencias

3

con equipos de control interno” (L. González, entrevistapersonal, 12 de marzo de 2014)1.

Pero sin aún consolidarse la aplicación del SCI, el Congreso de la

República expidió la Ley 489 de 1998 con que se definieron

fundamentos del Sistema de Desarrollo Administrativo que deben

implementar las entidades del Estado, incluidos las territoriales

como el Municipio de Medellín. Así se buscó aumentar la capacidad y

desempeño institucional en el manejo de sus recursos, desde humanos y

técnicos, hasta físicos y financieros. A partir de esas disposiciones

se reestructura el Departamento Administrativo de la Función Pública

(DAFP) que tendrá a su cargo generar políticas de control interno y

ser el ente rector en su aplicación (DAFP, 2010).

Al tener dos sistemas con la obligación de implementar y mantener,

surge un tercero que aumenta la carga de responsabilidades y

procedimientos para los servidores públicos del Municipio de

Medellín. Se trata de la Ley 872 de 2003 que creó el Sistema de

Gestión de la Calidad. Ramírez (2010) enmarca la iniciativa en el

modelo de administración pública conocido como New Public Management y

la describe como “una herramienta de gestión sistemática y

transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional

en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los

servicios” (p. 36).

Al final, con tres sistemas simultáneos por poner en práctica para

obtener la certificación en calidad y alcanzar las metas en las

evaluaciones anuales del DAFP, el Municipio decide agruparlos en el

1 Lucía González es servidora pública de la Alcaldía de Medellín desde hace 22 años. Ahora se desempeña como profesional universitaria de la Subdirección de Planeación Organizacional y Modernización del Departamento Administrativo de Planeación, instancia que gestiona la implementación y mejoras del Sistema de Control Interno del Municipio.

4

llamado Sistema Integral de Gestión (SIG), creado mediante el Decreto

399 de 2008. Allí se dispuso crear un Comité Directivo como máxima

instancia responsable de garantizar su aplicación mediante equipos

operativos en cada dependencia y ente descentralizado del Municipio.

Llama la atención la legislación fragmentaria y reglamentaciones

parciales del SCI, por ejemplo, con los decretos 2145 de 1999, 1537

de 2001 y 1599 de 2005. Este último obligó al Municipio de Medellín a

adoptar el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) que dio una

estructura más clara y completa para implementar, documentar y

mantener el SCI. Para ello se desagregó en tres subsistemas de

control (estratégico, de gestión y de evaluación) que se desarrollan

en un total de nueve componentes y están asociados a 29 elementos de

control (gráfico 1.1). Así se pretende direccionar a las entidades

públicas hacia el cumplimiento de sus objetivos (DAFP, 2008):

Este enfoque concibe el control interno como un conjunto deelementos interrelacionados, donde intervienen todos losservidores de la entidad y le permite estar siempre atenta alas condiciones de satisfacción de los compromisoscontraídos con la ciudadanía, garantiza la coordinación delas acciones y la fluidez de la información y comunicación,y anticipa y corrige, de manera oportuna, las debilidadesque se presentan en el quehacer institucional (p. 3).

GRÁFICO 1. Estructura de MECI implementada por la Alcaldía deMedellín(Fuente: Departamento Administrativo de Planeación)

5

A diferencia de la batería de procedimientos formales con que el

Municipio de Medellín interpretó lo dispuesto por la normatividad

dictada hasta 2005, el MECI planteó un nuevo modelo de operación que

tiene como eje estructurante al proceso. De ahí que se definieron 64

“procesos”, en 2013 se redujeron a 26 “macroprocesos”, que recogen la

gestión completa de la Alcaldía en cuatro niveles, como quedó6

COMPONENTES ELEMENTOSACUERDOS, COMPROMISOS O PROTOCOLOS ÉTICOS. DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO.ESTILO DE DIRECCIÓN.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

1. SUBSISTEMA DE CONTROL

ESTRATÉGICO

2. SUBSISTEMA DE CONTROL DE GESTIÓN

3. SUBSISTEMA DE CONTROL DE EVALUACIÓN

1.1. AMBIENTE DE CONTROL

1.2. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

1.3. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

2.1. ACTIVIDADES DE CONTROL

2.2. INFORMACIÓN

2.3. COMUNICACIÓN PÚBLICA

3.1. AUTOEVALUACIÓN

3.2. EVALUACIÓN INDEPENDIENTE

3.3. PLANES DE MEJORAMIENTO

PLANES Y PROGRAMAS. MODELO DE OPERACIÓN POR PROCESOS. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL.

CONTEXTO ESTRATÉGICO. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS. ANÁLISIS DE RIESGOS. VALORACIÓN DE RIESGOS. POLÍTICAS DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS.

POLÍTICAS DE OPERACIÓN. PROCEDIMIENTOS. CONTROLES. INDICADORES. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.

INFORMACIÓN PRIMARIA. INFORMACIÓN SECUNDARIA. SISTEMAS DE INFORMACIÓN.

COMUNICACIÓN ORGANIZCIONAL. COMUNICACIÓN INFORMATIVA. MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

AUTOEVALUACIÓN DEL CONTROL AUTOEVALUACIÓN DE GESTIÓN.

EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. AUDITORÍA INTERNA.

PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL. PLAN DE MEJORAMIENTO FUNCIONAL. PLAN DE MEJORAMIENTO INDIVIDUAL.

SUBSISTEMAS

dispuesto en el Decreto Municipal 499 de 2013 y como lo ilustra el

gráfico 1.2.: misional (secretarías de Salud, Educación, Obras

Públicas, entre otros), direccionamiento estratégico (DAP, Secretaría

de Hacienda), apoyo (Servicios Administrativos, Comunicaciones) y de

evaluación y mejora (Evaluación y Control, Secretaría Privada).

Estos procesos tienen cinco instancias de control: las actividades de

verificación llevadas a cabo por los responsables de cada proceso; la

evaluación de desempeño de los servidores públicos por parte de sus

jefes inmediatos, acorde a unos objetivos, estrategias y productos;

el monitoreo por parte de la Subdirección de Desarrollo

Organizacional del DAP; las auditorías anuales de la Secretaría de

Evaluación y Control que, a su vez, reporta al DAFP; y los órganos de

control externos como la Contraloría General de Medellín y la

Personería de Medellín (G. Gutiérrez, entrevista personal, 12 de

marzo de 2014)2.

GRÁFICO 2. Mapa de operación por procesos(Fuente: Plataforma ISOSolución V.3 - Departamento Administrativo dePlaneación)

2 La especialista en Control Organizacional Gloria Cecilia Gutiérrez Zapata está vinculada a la Subdirección de Planeación Organizacional desde hace 15 años.

7

Todo este andamiaje en función de cumplir con los requerimientos del

Sistema Integrado de Gestión, que incluye actuaciones de control

interno, tiene también asidero en el Plan de Desarrollo Municipal

2012-2015, “Medellín, un hogar para la vida”, aprobado por el cabildo

municipal mediante el Acuerdo 07 del 8 de junio de 2012. En su Línea

5, “Legalidad, legitimidad e institucionalidad para la vida y la

equidad”, al referirse al primer componente, “Buen gobierno y

transparencia”, señala como objetivo mejorar la gestión pública,

buscando “la excelencia, la eficiencia, la eficiencia y la

integridad, la toma de decisiones fundamentada en información

estratégica y comunicación pública y el manejo transparente de los

recursos…” (p. 270).

Resultados y deficiencias del SCI

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Un indicador de los resultados cuantitativos alcanzados después de la

implementación del SIG está en la última evaluación del DAFP, con

corte a 2012, que arroja para el SCI una efectividad de 89,02% sobre

los 29 elementos auditados, con un descenso frente a la calificación

de 2011, 93,86%. Esto se explica, básicamente, por una reducción

notable en la actualización de manuales de procedimientos y falta de

reportes de avance en los planes de mejoramiento individual de los

servidores públicos. Así las cosas, el SIG tiene una evaluación final

de cumplimiento del 83,51%, cuando la meta esperada para 2012 era de

87,86% y el Plan de Desarrollo estima un indicador de resultado

acumulado para el cuatrienio de 90% (DAP, 2013).

Con todo, desde el punto de vista estrictamente formal, el Municipio

de Medellín es uno de los pioneros en Colombia a la hora de

implementar el SCI, basado en el ciclo gerencial de procesos

(planear, hacer, verificar y actuar) que dispone MECI (DAFP, 2007).

De tal forma ha evolucionado la gestión pública desde mecanismos de

control mayoritariamente manuales hasta unos más soportados en

tecnologías y propios de enfoques actuales de administración pública,

como lo es el de Buen Gobierno, el cual hace énfasis en la eficiencia

administrativa y la transparencia (Carolina Isaza, conferencia,

2014).

Esto se expresa en la aplicación de estrategias para la construcción

de un Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, con énfasis en

identificar riesgos de corrupción y facilitar el acceso a los

servicios que brinda la administración pública, y contemplado dentro

del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (DAP, 2013). Así se ha

avanzado en términos de tiempos de respuesta a la ciudadanía, como en

eficacia y eficiencia de la gestión pública para limitar los riesgos9

de corrupción o, al menos hacer más compleja su ocurrencia a partir

de controles interno razonables, así como otros externalizados en

áreas de alta especificidad técnica.

Lo anterior va acompañado de una gestión pública cada vez más

soportada en acciones verificables en tiempo real y sistematizadas

con informes de avances y resultados que están abiertos y disponibles

a la consulta ciudadana en internet (gobierno electrónico). Esto es

posible a partir de los registros internos de seguimiento en

plataformas tecnológicas como SAP (transaccional y contable),

ISOlución (calidad y control de procesos), Mercurio (recepción de

correspondencia y trámites ciudadanos) y Royal (digitalización de

información).

De igual manera, en la última década, han hecho carrera al interior

de la Alcaldía de Medellín prácticas gerenciales de planeación

estratégica y presupuesto por resultados, que están acompañados de

protocolos de control, como destaca una de las funcionarias

consultadas. Esto se corresponde a una mixtura de prácticas propias

de los modelos de Nueva Gestión Pública (NGP), en términos de señalar

estándares de calidad, indicadores de desempeño y evaluaciones

periódicas (BID, 2010).

Sin embargo, al analizar cualitativamente la aplicación del SCI, se

evidencia una incoherencia en cuanto a la unidad básica de gestión,

el proceso, frente a cuatro aspectos claves de la administración

pública para cumplir sus objetivos. En primer lugar, la normatividad

vigente dispone la asignación de presupuestos por dependencias y sus

proyectos específicos de inversión, y no por procesos. Como segundo,

la planeación estratégica, tanto del DAP (macro) como al interior de10

las dependencias (micro), se realiza por programas en función del

Plan de Desarrollo, y no, nuevamente, en clave de procesos.

Dicha realidad, como coinciden los funcionarios entrevistados para

este informe, dificulta una mayor efectividad de las herramientas de

control interno y pone de presente un patrón de gestión individual de

los servidores públicos dictado por el cumplimiento de tareas

asignadas, con base en una destinación específica de recursos. Esto

dista del ideal de comprender su rol dentro de unos procesos estables

y los resultados que se esperan de cada uno de ellos en un sistema

dinámico de control y en constante ajuste:

A pesar de que se han incrementado los espacios de induccióny reinducción en materia control interno, aún no hay unaconciencia generalizada entre los servidores de losbeneficios que trae este sistema de procesos de cara, porejemplo a una mejor atención a la comunidad. Para muchos elcontrol es visto como una camisa de fuerza de requisitos yformatos por llenar, más que una prioridad a la que se debenasignar recursos para que el desempeño sea mejor (G. Zapata,entrevista).

Tal actuación presenta características del modelo burocrático

weberiano (Administración Pública Tradicional - APT), que se

caracteriza por operar bajo estructuras institucionales rígidas,

piramidales y funcionales orientadas hacia los procedimientos

especializados por áreas, más que a los impactos esperados en la

ciudadanía (BID, 2010).

En tercer lugar, la gestión del talento humano, a cargo de la

Secretaría de Servicios Administrativos, no responde de forma

sistemática al perfil requerido por los procesos, sino que está

supeditada en función de las competencias que ofrecen los servidores,

un universo de 5.300 personas. Al ser en su mayoría empleados11

públicos de carrera administrativa adscritos a la llamada “planta

global”, se presentan débiles esquemas de evaluación individual,

justificado por las omisiones del personal directivo (de libre

nombramiento y remoción) que mide el desempeño, en vista de las

implicaciones jurídicas que puede tener, así como por las amplias

garantías de estabilidad y recursos jurídicos que ofrece la ley.

En el caso de los procesos externalizados, práctica propia de la NGP

(Mas Sabaté, 2004), hay una alta rotación en el personal contratista

de la Alcaldía, con lo que se pone en riesgo la memoria institucional

de los procesos, lo que dificulta una auditoría oportuna y que se

restringe a la verificación de entrega de productos, acorde a los

objetivos contractuales.

La Veeduría Ciudadana al Plan de Desarrollo de Medellín en su más

reciente informe (septiembre de 2013), alerta que en 2012, el primer

año de gobierno de la Administración actual, fueron contratados por

concurso de méritos solo 106 personas, un 3% del total, y con una

inversión de $22.891 millones. En cambio, bajo la modalidad de

contratación directa, se canalizaron $1,09 billones ejecutados en

2.054 contratos y a cargo de 992 contratistas diferentes. En ese

sentido, Mas Sabaté advierte: “deja otra preocupación en lo que

respecta a la alta concentración de los procesos, que podría

favorecer prácticas clientelistas en la Administración Pública” (p.

79).

A juicio de Carlos Andrés Pérez Múnera3, exsecretario de Evaluación y

Control, esta situación tiene como agravantes los “miramientos3 El abogado Carlos Andrés Pérez Múnera, quien fuera hasta diciembre de 2012secretario de Evaluación y Control de la Alcaldía de Medellín y presidente del Comité Interinstitucional de Control Interno Nacional (Cici).

12

clientelistas” en la designación de cargos como los líderes de

proyectos al interior de las dependencias. Asimismo, recalca un

desconocimiento de cuánto personal, y con qué funciones,

efectivamente se requiere para cumplir con el nuevo Modelo de

Operación por Procesos, pues varios de ellos están enunciados pero no

se aplican en sentido estricto. Para Pérez Múnera, los empleados

públicos, en no pocas ocasiones, se ocupan de cumplir lo que le

corresponde para preservar su cargo, ajenos a la mentalidad de que la

administración pública gane calidad y eficiencia al poner en práctica

los requerimientos del SCI (entrevista personal, 17 de marzo de

2014).

Cabe anotar que el clientelismo, como práctica tradicional adyacente

al modelo burocrático, es entendida por Leal y Dávila (1990, citado

en Duarte, 2003) como “la apropiación privada de recursos oficiales

con fines políticos” y advierten que si bien “le imparte alguna

estabilidad al sistema político, pero al costo de neutralizar las

posibilidades de fortalecimiento político del Estado” (p.33).

Lo anterior va de la mano de un último aspecto, y no menos relevante,

que se evidencia al escrutar la implementación del Sistema de Control

Interno: hay una estructura administrativa muy vertical,

recientemente modificada por el decreto 1364 de 2012, que hace más

compleja la eficiencia de la toma de decisiones vinculadas al SCI.

Tal andamiaje no está supeditado tanto a la gestión eficaz, eficiente

y transparente de los procesos que tiene a cargo las distintas

dependencias, como a la capacidad de ejecución que sea capaz de

irrigar quienes son elegidos directamente por el gobernante

(secretarios-vicealcaldes, secretarios, subsecretarios y gerentes de

entes descentralizados). En la designación de este personal13

directivo, en que el alcalde delega la ordenación del gasto y la

función pública, priman los criterios de confianza y conveniencia

política, sobre los de eficiencia, transparencia y control, como

recomienda la normatividad señalada.

Tal práctica configura una suerte personalización de la estructura

administrativa, al punto que se plantea, luego tantos pasos dados en

materia de modernización de la administración pública local, que la

“vicealcaldía X” o la “secretaría Y” tiene un mejor o menor

desempeño, según quien la dirija, advierten dos de los funcionarios

entrevistados.

Esto pone en evidencia el patriomonialismo como práctica

característica del modelo preburocrático, basado en relaciones de

subordinación y no de deberes objetivos como señaló Gina Zabludovsky

(1986) al analizar este fenómeno en América Latina:

El funcionario patrimonial es completamente dependiente delSeñor, no tiene autoridad personal, (…) se fundamenta en unaparato administrativo en el cual el ejercicio de poder estáen función de la aptitud individual del Príncipe paraimponer su voluntad” (p. 82).

En definitiva, los hallazgos ponen en discusión una serie de

distorsiones en el funcionamiento interno de la Alcaldía que van en

contravía del Modelo de Operación por Procesos que sugiere MECI y

menguan la aplicación efectiva de los avances alcanzados en la

implementación del control interno, de la mano de otras estrategias

de certificación de calidad y ajuste administrativo que comprenden el

Sistema Integrado de Gestión.

Conclusiones: retos y aprendizajes

14

Así las cosas, el Municipio de Medellín presenta notables avances en

la implementación del SCI, a partir de lo dispuesto dos décadas atrás

por la Ley 87 y sus consiguientes reglamentaciones, sin desconocer

deficiencias sustanciales que ponen en evidencia la coexistencia de

prácticas preburocráticas, burocráticas, gerenciales y posgerenciales

en la gestión de esta herramienta de soporte de una función pública

orientada a la satisfacción de la ciudadanía, una gestión

transparente y el cumplimiento de metas.

A partir de lo señalado por funcionarios entrevistados, en la

práctica, se asume el SCI como un requisito más del llamado Sistema

Integral Gestión de la Administración Central y aún falta un mayor

nivel de conciencia entre la planta de servidores públicos de los

beneficios que trae en términos de madurez administrativa para

concretar un modelo de gestión pública por procesos. Esto se explica

por la implementación de sistemas importantes en la modernización de

la función pública, pero de los que se desconoce su ADN, su esencia,

en relación efectiva con la gestión individual de los servidores.

En materia de control interno, el Municipio de Medellín tiene varias

oportunidades de mejora que van más allá de las limitantes legales

para unificar su funcionamiento por procesos y del cumplimiento

formal de lo dispuesto por la normatividad y las directrices dadas

por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Entre los

ajustes posibles, se destacan seis acciones:

Se ha logrado avanzar en la automatización estandarización de

procesos que dan más garantía de transparencia en el manejo de los

recursos fiscales, incluso con el seguimiento en tiempo real de la

ejecución presupuestal, pero estos logros deberían replicarse en15

otros frentes misionales sensibles para la ciudadanía como salud,

educación, infraestructura pública, de manera que la aplicación de

políticas públicas trascienda el estilo de dirección del

gobernante de turno y su equipo directivo.

Destinar más recursos a la sensibilización de los servidores

(empleados públicos, trabajadores oficiales y contratistas) y

cultivar una cultura de autorregulación, de autocontrol

administrativo, en que las mejoras de la gestión no solo estén

evaluadas, básicamente, por la capacidad de ejecución

presupuestal, sino por la calidad de las actuaciones

administrativas en función de unos resultados medibles.

Fomentar la cualificación del personal administrativo con el

incremento de los concursos de méritos, tanto para la contratación

de servicios externos, como para suplir con servidores de carrera

administrativa los cargos que hoy están en personas bajo condición

de provisionalidad. Esto da estabilidad al talento humano y

facilita la implementación de controles internos y seguimiento a

la gestión.

Los líderes del proceso de talento humano, de la mano de la

Comisión Nacional del Servicio Civil, deben implementar una

calificación periódica de la gestión pública de cargos directivos

de libre nombramiento y remoción con base en auditorías de sus

resultados operativos, a la luz de las metas previstas.

Reformular las metodologías de medición de MECI por parte del

DAFP, de manera que se puedan determinar grados de responsabilidad

más específicos en el cumplimiento de los 29 elementos de control16

que dispone el SIC, de esa forma dejaría de concebirse como un

requisito para obtener una buena calificación cada febrero en la

evaluación del DAFP.

Por último, la administración pública local se blindaría más ante

potenciales riesgos que afecten el SIC en la medida que implemente

de forma efectiva, no solo formal, el Modelo de Gestión Ética para

Entidades del Estado que propone USAID (2006) y complementa la

aplicación de MECI y supera el tradicional Código de Ética y

apunta a un disponer de forma articulada un diagnóstico ético,

unas declaraciones de compromisos éticos por áreas y estrategias

comunicacionales y pedagógicas.

Finalmente, como señaló el BID al plantear su modelo de Gestión para

resultados del desarrollo (2010), la sola existencia de instrumentos

con el fin de mejorar la administración pública no garantiza una

gestión eficaz y eficiente, una lección que no debe escapar a la

voluntad política que orienta la gestión de la actual administración

municipal de la segunda ciudad del país.

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Municipio de Medellín. Decreto 339 de 2008. Por medio del cual se crea,conforma y reglamenta el Comité Directivo y demás instanciasrequeridas para implementar el Sistema Integral de Gestión de laAdministración Central del Municipio de Medellín.

___________________. Decreto 1364 de 2012. Por el cual se adopta laEstructura de la Administración Municipal, se definen funcionesde sus organismos y dependencias, se crean y modifican unasentidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones.

____________________. Decreto 498 de 2013. Por el cual deroga el Decreto0941 de 2011, el cual crea, conforma y reglamenta el ComitéDirectivo y demás instancias requeridas para implementar elSistema Integral de Gestión de la Administración Central delMunicipio de Medellín.

____________________. Decreto 499 de 2013. Por medio del cual se mejora,moderniza y ajusta el Modelo de Operación por Procesos delMunicipio de Medellín nivel central y se dictan otrasdisposiciones.

____________________. Decreto 500 de 2013. Por el cual se aprueba lamisión, visión, valores y principios orientadores de la funciónpública y el modelo institucional de la Administración Centraldel Municipio de Medellín y se dictan otras disposiciones.

Presidencia de la República. Decreto 2145 de 1999. Por el cual se dictannormas sobre el Sistema Nacional de Control Interno de lasEntidades y Organismos de la Administración Pública del OrdenNacional y Territorial y se dictan otras disposiciones. Bogotá.

__________________ . Decreto 1537 de 2001. Por el cual sereglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementostécnicos y administrativos que fortalezcan el Sistema de ControlInterno de las entidades y organismos del Estado. Bogotá.

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__________________ . Decreto 1599 de 2005. Por el cual se adoptael Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano.Bogotá.

___________________ . Decreto 2913 de 2007. Por el cual se modificael Decreto 2621 de 2006 (establece que el Modelo Estándar deControl Interno y el Sistema de Gestión de la Calidad soncomplementarios).

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