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INTEGRANTE: INTEGRANTE: Yenny Andreina Rodríguez Martínez Legislación Penal Especial Dulce Mar Montero - SAIA A

Ley de Ambiente. Ley de corrupcion

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Page 1: Ley de Ambiente. Ley de corrupcion

INTEGRANTE:INTEGRANTE:Yenny Andreina Rodríguez MartínezLegislación Penal Especial Dulce Mar Montero - SAIA A

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Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores

Ley contra la Corrupción

Ley Penal de Ambiente

Ley Penal contra Delitos Informáticos

Ley sobre Armas y Explosivos

Ley sobre el Delito de Contrabando

Ley contra los Ilícitos Cambiarios

Ley Penal Especial de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales

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CONTRA LA CORRUPCION

EN VENEZUELA

  La inseguridad social es uno de los 3 factores que mayor preocupación causan a los venezolanos, solo la envanecimiento y la escases de alimentos superan el nivel de preocupación social. Sin duda alguna la población en nuestro país se encuentra gravemente afectada por el aumento de algunas formas de criminalidad. Entre ellas ocupa el primer lugar en las estadísticas oficiales los delitos contra la propiedad cuyo objeto material son los vehículos o algunas de sus partes. Este tipo de ilícito penal ocasiona un grave daño económico a los propietarios de vehículos que resultan víctimas de tal especie de delincuencia, las cifras de robos de vehículos como otras no son del conocimiento ni divulgación publica, pero a diario es común escuchar un gran número de personas que son o han sido víctimas de este delito, solo pensemos en nuestro entorno cercano quienes han sido objeto de robo y nos haremos una idea.Los principios para prevenir la corrupción y salvaguardar el patrimonio público vienen siendo mas que todo valores y que deben enseñarse desde muy pequeños por la familia en el hogar como son: la responsabilidad, la honestidad, eficiencia, eficacia, la legalidad, decencia, probidad, el decoro, honradez, la rendición de cuentas y responsabilidad, para que un Estado funcione bien debe tener trabajadores que apliquen todos estos principios pues si no se caería en lo contrario lo que ya se explico cómo corrupción y es lo que realmente se está viendo, que afectado y ha hecho predominar la mediocridad en nuestro país en los últimos años.

El título IV de esta ley es el que se encarga de señalar los delitos contra el patrimonio público y la administración de justicia en la aplicación de la misma.

Empezando con los delitos contra el patrimonio público tenemos: del enriquecimiento ilícito y su restitución al patrimonio público que es el enriquecimiento desproporcionado de un funcionario sin que pueda presentar una justificación de eso al Estado. Tenemos el delito de peculado que es el acto que realiza un funcionario publico en el que se apropia de dinero o de bienes del patrimonio del Estado ya sea para su beneficio o el de un tercero; es decir es la defraudación que se le realiza de parte de la persona que se le dio confianza de un determinado cargo para resguardar o administrar ese patrimonio del Estado, también se le llama peculado al uso de esos bienes encargados.

Es por ello que derivan tres tipos de peculado, está el peculado doloso propio que se trata de lo antes explicado y como lo dice su nombre “doloso” es que fue realizado con la pura intención de la persona; el segundo tipo de peculado es el culposo y que bien sabemos que al hablar de culpa es cuando se hace algo con negligencia, impericia, imprudencia o inobservancia de reglamentos, en este caso el acto es sobre bienes de patrimonio público por daño o extravió; y por último, tenemos el peculado de uso que es valga la redundancia usar o dejar de usen estos bienes que están bajo su responsabilidad.

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Otro delito contra el patrimonio público es el de irregularidad que se parece al de peculado pero en este caso hablamos de dinero, específicamente de fondos que se le confían a un funcionario público pero este a su vez lo destina a otra cosa o se apodera de él, también tiene varios tipos como el agravado que es cuando se realiza un daño o entorpece un servicio público, está también la malversación específica que se emplea para evadir controles y cumplimientos lícitos, y de tercero está el de malversación específico por sobregiro presupuestario que es cuando se excede en el gasto presupuestario que administra.

También hay otros delitos como concusión que es el acto de él que un empleado abusando de esas funciones hace que alguien de o prometa dinero a él o a otro. Está el delito de corrupción que ya se explicó su significado cuando se hablaba de la otra ley y que en esta lo tipifica los artículos 61, 62 y 63. Y otro delito es el de tráfico de influencias que consiste en sacar provecho por la función que cumple o usando fluencias por esta.

La ley que estamos estudiando se compromete otro tipo de delito diferente a los ya expuestos, pero no separados totalmente, se trata de delitos contra la administración de justicia en la aplicación de esta ley, encontrados entre el articulo 83 al 85, que no exponen básicamente; 1º sobre los jueces que incurrirán en delito si se rehúsa a decidir, si atropella de sus funciones para favorecer a un procesado o retarde la tramitación de un proceso, 2º sobre fiscales o representantes del ministerio público que no realicen intencionalmente sus funciones como debe ser; y 3º sobre funcionarios públicos que tampoco realicen su labor frente al Estado, en estos casos pagarán pena de prisión y dependerá de la gravedad del delito para la remoción de su cargo.

Para dejar clara la importancia de los delitos contra la administración, se analizó una decisión del Tribunal Supremo de Justicia que consiste en la aplicación del artículo 83 ya mencionado en el que una fuerza superior en materia civil y contencioso administrativo en el Estado Zulia cometió la falta de negación justicia a una persona, y pues el abogado de esta inició una acusación contra la juez por el delito ya mencionado y en concordancia con el delito de denegación de justicia que estipula el Código Penal en su artículo 206, la sentencia después de todo el proceso dejó como resultado la declaración de lugar por la alegación de la defensa y desestimando la acusación fiscal.

Para finalizar se debe dejar claro que las leyes especiales deben ser tomadas de gran importancia pues porque imponen delitos muy específicos como en casos de hurto, robo o hasta la misma corrupción que en nuestro pase se ha convertido en algo del día a día. Cabe destacar también que el Estado ha hecho un gran trabajo y excelente labor al crear estas leyes ya que son muy completas pero no se trata solo de tenerlas, se debe proponer más en hacerlas cumplir y de lo contrario perseguir a todo el que las transgreda pues solo así estaremos limpiando a esta nación de personas abusivas que solo dañan la patria.

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LEY CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOSEl aumento de los delitos informáticos ha ido en ascenso en los últimos años por la facilidad para usar los

medios electrónicos y porque los sujetos activos en esta clase de delitos se pueden mantener de cierta manera ocultos protegidos.

El autor Davara Rodríguez define como delito informático la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, sea llevado a cabo utilizando un elemento informático, o vulnerando los derechos del titular de un elemento informático, ya sea hardware o software.

Es importante destacar que antes del 2001 la legislación venezolana no contaba con un cuerpo jurídico que sancionara esta clase de hechos, por lo que estos no eran considerados delitos o actos antijurídicos y en vista de este vacío en legislación penal se promulgo la Ley Contra los Delitos Informáticos, promulgada en el 2001. Esta ley está compuesta por 32 artículos y III Títulos.

En el titulo primero cuenta con cinco artículos donde se encuentra establecido el objeto de la ley el cual es proteger, prevenir y sancionar los delitos que se cometan a través de las tecnologías de la información, como la computadora, la internet, la telefonía, los medios de comunicación base de datos entre otros, asimismo en este título se encuentra establecido el ámbito territorial de acción de esta ley donde establece que esta ley no solo sancionada los delitos de esta naturaleza cometidos en la Venezuela sino también los cometidos en el extranjero si estos causan un daño dentro del territorio nacional. Estableciendo de igual modo la responsabilidad de las personas jurídicas en la figura de gerentes, administradores y representantes en el caso de que incurran a través de los recursos de la persona jurídica para realizar esta clase de delitos. •Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de

información

•Delitos contra la propiedad

•Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones

•Delitos contra niños, niñas y adolescentes

•Delitos contra el orden económico

En la legislación venezolana, donde se encuentran tipificados cinco tipos de delitos, por lo que este título se encuentra dividido en V capítulos, estos delitos son:

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LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE

Las regulaciones ambientales son aplicadas equitativamente a todos, sin ninguna excepción. Dependiendo del grado de daño causado y lo que mande la ley, normas y sanciones serán aplicadas al que causó la contaminación o daño ambiental. Esta ley, complementa a la Ley Orgánica del Ambiente y su objetivo principal es determinar que se debe considerar como delitos ambientales; generalmente definidos como acciones que violan las reglas establecidas para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece penalidades criminales para esos delitos. Bajo esta ley, es posible sancionar crímenes ocasionados por unas conductas de negligencia o imprudencia. Aunque las penalidades estipuladas para estas circunstancias serán  reducidas a un tercio o la mitad de las penas  normales aplicables a los crímenes cometidos con  intención.

La ley también crea un sistema de medidas  precautelativas  para  la restitución y reparación, con la finalidad de minimizar el daño ambiental.

Penalidades:

- Prisión- Arresto- Multas- Trabajos Comunitarios

También establece penalidades, accesorias para personas naturales y para personas jurídicas.

Una compañía es culpable de un delito ambiental cuando la acción es cometida por decisión de su órgano ejecutivo.  Acciones legales en  relación a ese tipo de delitos son escuchadas por los tribunales penales.

Principales Delitos:

- Daño al suelo, vegetación y topografía del paisaje - Descarga ilegal de aguas contaminadas- Descargas de hidrocarburos en ambientes acuáticos- Práctica de actividades prohibidas en áreas protegidas- Disposición o abandonamiento de desechos violando estándares- Extracción ilegal de minerales no-metálicos- Deforestación de cuencas hidrográficas utilizadas para suplir aguas

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Prescripción

Cuando los delitos requieren de prisión por un término mayor a tres años, prescribe  a la acción después de cinco años. Delitos que conlleven una pena de prisión menor a tres años y arresto mayor que seis meses, la acción prescribe a los tres años.

Cuando la penalidad es de arresto menor a seis meses, el tiempo de prescripción es de un año.

Las acciones civiles prescriben a los diez años. La Ley Penal del Ambiente y su reglamento que  tiene como espíritu, propósito y razón evitar que se cometan  infracciones contrarias al equilibrio ambiental y todas sus especies.

La Ley prevé una serie de aspectos, que son de sumo interés conocerlos, ya que a medida, que se estudia este instrumento legal y su reglamento, es obvio que sufre meras infracciones, dichos aspectos son:

• Sanciones a los funcionarios públicos que den permisos para construcciones que no cumplan  con las normas técnicas de infraestructura, ejemplo, construcciones aledañas a ríos y lagos. (Art. 34  Ley Penal del Ambiente).

• Establece medidas judiciales precautelativas, destinadas a suspender los daños que se puedan estar causando, o a evitar que futuros daños se produzcan. (Art. 24 de la Ley Penal Del Ambiente).

• Condenación de restitución de las condiciones ambientales a costa del culpable. Se establece pena de privativa de libertad para los propietarios de transporte terrestre, aéreo o acuático que por su normal funcionamiento cause daños al ambiente. Y nos preguntamos: ¿dónde queda el caos con el transporte público venezolano y  la contaminación ambiental y sónica que a diario producen?. (Art. 46. L.P.A).

•Se exime de responsabilidad a los indígenas por considerarlos en una situación especial.• Para el cálculo de las penas pecuniarias, se establece como base el monto del salario

mínimo y no el monto de la unidad tributaria, lo que en estos momentos la hace más severa.

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LEGISLACIÓN NACIONAL VIGENTE• Ley Orgánica del Ambiente Gaceta Oficial Nº 5.833- 22 de Diciembre de 2006.

• Ley Penal del Ambiente Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 39.913 - 02/05/2012

• Ley Nº 55 sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.554 - 13/11/2001

• Ley de Gestión de la Diversidad BiológicaGaceta Oficial N° 39.070, 1 de Diciembre de 2008.

• Ley de Bosques y Gestión Forestal.Gaceta Oficial Nº 38.946 del 5 de junio de 2008.

ÁMBITO GENERAL

LEYES AMBIENTALES EN VENEZUELA

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DERECHO AMBIENTAL

COMENTARIOS DEL CASO PRACTICO N°01COMENTARIOS DEL CASO PRACTICO N°01Accidente en el transporte de material peligroso Accidente en el transporte de material peligroso

((DERRAME DE FORMALDEHÍDO AL 37%DERRAME DE FORMALDEHÍDO AL 37%))

El caso práctico ilustra que el pasado 08 de Julio del 2002 en la autopista regional del centro se produjo un derrame de FORMALDEHÍDO AL 37%, cuya carga era de la empresa C. A. Química Integrada “INTEQUIM” y debido que para ese momento Venezuela contaba con Normas ambientales vigentes que regulan la reparación del daño ambiental, la empresa se tuvo que poner a derecho considerando que existen procedimientos que dan la pauta como materializar este saneamiento. Es importante resaltar que esta práctica está enmarcada o etiquetada por el DERECHO AMBIENTAL , ya que una vez ocurrido el evento se inicio el procedimiento administrativo correspondiente, durante el procedimiento actuaron funcionarios del Ministerio de Poder Popular para el Ambiente (MPPA), junto efectivos adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana (GNB). Se concluye, con esta acción que al Hombre se le deben regulan las actividades humanas en su interacción con el ambiente “Principio del DERECHO AMBIENTAL”

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LEY DE HURTO Y ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES

Esta ley fue promulgada en el año 2000 donde se encuentran establecidos tanto el delito de robo y hurto de vehículos como las agravantes de los mismos y las sanciones y penas correspondientes. Es un texto normativo que cuenta con tan solo 17 artículos.Ahora bien el artículo 1 de esta ley establece el delito de hurto, donde establece que el que se apodere de un vehículo automotor sin el consentimiento de su dueños erá penado con prisión de cuatro a ocho años.  Esta ley tipifica en su artículo dos, diez agravantes para el delito de hurto de vehículos automotores como si el delito se cometiere sobre vehículos de transporte público o de carga, valiéndose de la actividad de menores de edad, los vehículos expuestos a confianza pública, si se cometió el hecho punible de noche, si fue sobre vehículos de cuerpos policiales, si fue perpetrado por dos o más personas entre otros, es estos casos la pena será de seis a diez años de prisión.

Asimismo esta ley prevé el delito de Desvalijamiento de Vehículos Automotores que consiste en quienes sustraigan partes o piezas de un vehículo automotor perteneciente a otra persona, sin apoderarse del mismo, serán sancionados con pena de prisión de cuatro a ocho años. Igual pena se impondrá a quien detente, esconda o comercialice las partes o piezas sustraídas aun cuando no haya tomado parte en el delito. Por otra parte esta ley tipifica la tentativa de hurto, es decir quien inicie la perpetración de hurto de un vehículo así no la consume será penado con prisión de dos a cuatro años, algo novedoso ya que el Código Penal Venezolano no establece tentativa y frustración en caso de hurto y robo.

En lo que respecta al robo el Artículo 5 de esta ley establece que el que por medio de violencia o amenazas de graves daños inminentes a personas o cosas, se apodere de un vehículo automotor, será sancionado con pena de presidio de ocho a dieciséis años. La misma pena se aplicará cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento y haya sido empleada por el autor o él participe para asegurar su producto o impunidad. Tato el hurto como el robo tienen las mismas características que el hurto y robo de cualquier otro objeto, es decir el hurto es sustracción o el apoderamiento de un bien si el uso de la violencia y el robo es arrebatamiento de una cosa a través de la violencia, pero esta ley los tipifica solo cuando se trate de vehículos automotores.  

Es importante destacar que al igual que en el hurto en el delito de robo de vehículos automotores has circunstancias agravantes las cuales están descritas en el artículo 6 en 12 numerales estableciéndose como agravantes al delito de robo, la amenaza a la vida, cuando es realizado con armas, cuando es perpetrado por dos o más personas, o esta se encuentre disfrazada o uniformada ilegalmente, valiéndose de menores, aprovechándose de calamidades o infortunios, cuando verse sobre vehículos destinados al transporte público o cuando este pertenezca a órganos policiales entre otros. Asimismo esta ley tipifica otros delitos como Cambio Ilícito de Placas de Vehículos Automotores y Aprovechamiento de Vehículos Provenientes de Hurto o Robo. Y por último esta ley establece el procedimiento a seguir por las autoridades policiales para la entrega de vehículos automotores recuperados por cualquier órgano de seguridad.

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 •http://historico.tsj.gob.ve/tsj_regiones/decisiones/2011/octubre/544-26-1C-19777-011-1896-011.html

•http://todosobreelmedioambiente.jimdo.com/legislaci%C3%B3n-ambiental/ley-

penal-del-ambiente/

•http://www.mp.gob.ve/c/document_library/get_file?

p_l_id=23419&folderId=14478&name=DLFE-325.pdf

•http://www.ventanalegal.com/leyes/

ley_sobre_hurto_robo_vehiculos_automotores.html

•http://www.finanzasdigital.com/2014/12/gaceta-6-155-publican-reforma-de-la-ley-

contra-la-corrupcion/