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¿Tiene Usted su empresa registrada o aspira registrarla ante SNC? ¡Si su respuesta es afirmativa, esto le interesa…! En fecha 23 de septiembre del presente año, fue publicada en G.O. Nº40.503, la Providencia Nº DG/2014/A-0094, por la Comisión Nacional de Planificación Servicio Nacional de Contrataciones, en la que se establece los “Términos y Condiciones Generales del Servicio “Sistema RNC en Línea” entre los aspectos a destacar encontramos los siguiente: La providencia señala que se ha implementado un sistema informático de telecomunicación denominado “Sistema RNC en línea”. Este Registro Nacional de Contratista contendrá la información de información técnica, legal, financiera y la clasificación por especialidad de las empresas que deseen contratar con el estado venezolano, dentro del marco de la Ley de Contrataciones Públicas. Así mismo señala que podrán inscribirse tanto personas naturales y como jurídicas, que dicho sistema facilitara la inscripción, evaluación y suministro de la información necesaria para la escogencia de participantes en los procesos de contrataciones públicas. La providencia contempla que el SNC se reserva todos los derechos de modificar, suprimir, ampliar o restringir el acceso a dicho sistema sin necesidad de notificar al usuario y sin que conlleve ningún tipo de responsabilidad para esta institución . Así mismo se establece que el Usuario accederá al sistema a través de programas, equipos, y sistemas adquiridos a su costo y riesgo , cumpliendo con las características técnicas que permitan el acceso. Para poder acceder al sistema en línea, el Usuario deberá tener un correo y contraseña valido, que se convertirán en el login de acceso al sistema, de esta misma forma contempla que para el acceso a determinados niveles en el sistema, podrá requerirse de claves de acceso complementarias, en resguardo de la seguridad, pudiendo el Usuario tener que cumplir algunos requisitos y condiciones establecidas por SNC. Dichas claves de acceso son unipersonal e intransferibles siendo el usuario el responsable exclusivo de su guarda y custodia y liberando al SNC de cualquier riesgo o responsabilidad derivada del uso por parte de terceros a dichas claves de acceso, en consecuencia todas las consultas, operaciones realizadas, instrucciones y comunicaciones enviadas a través de las claves de acceso del usuario, serán consideradas como emanadas del mismo. El SNC podrá limitar, restringir, o suprimir el acceso del Usuario al sistema RNC en línea, a determinadas funciones u opciones en forma unilateralmente a su solo criterio. El SNC se reserva el derecho de suspender temporalmente, en cualquier momento y sin necesidad de notificación alguna al usuario del sistema RNC en línea por razones, técnicas, de mantenimiento del sistema o por cualquier otro motivo que a su juico sea necesario la suspensión temporal. El usuario dispondrá de una cartelera de mensajes en el sistema, la cual contendrá los mensajes realizados por consultas, operaciones efectuadas, solicitudes, notificaciones y comunicaciones en general, que se mantendrán como no leídos y al momento de leerlos son borrados automáticamente por el sistema y se entenderá por notificado al usuario. El SNC se reserva el derecho de modificar unilateralmente cualquier término o condición establecida en el presente documento sin necesidad de aviso previo al usuario.

¿Tiene Usted su empresa registrada o aspira registrarla ante SNC? ¡Si su respuesta es afirmativa, esto le interesa…!

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¿Tiene Usted su empresa registrada o aspira registrarla ante SNC? ¡Si su respuesta es

afirmativa, esto le interesa…!

En fecha 23 de septiembre del presente año, fue publicada en G.O. Nº40.503, la Providencia

Nº DG/2014/A-0094, por la Comisión Nacional de Planificación Servicio Nacional de

Contrataciones, en la que se establece los “Términos y Condiciones Generales del Servicio

“Sistema RNC en Línea” entre los aspectos a destacar encontramos los siguiente:

La providencia señala que se ha implementado un sistema informático de

telecomunicación denominado “Sistema RNC en línea”. Este Registro Nacional de

Contratista contendrá la información de información técnica, legal, financiera y la

clasificación por especialidad de las empresas que deseen contratar con el estado

venezolano, dentro del marco de la Ley de Contrataciones Públicas. Así mismo señala

que podrán inscribirse tanto personas naturales y como jurídicas, que dicho sistema

facilitara la inscripción, evaluación y suministro de la información necesaria para la

escogencia de participantes en los procesos de contrataciones públicas.

La providencia contempla que el SNC se reserva todos los derechos de modificar,

suprimir, ampliar o restringir el acceso a dicho sistema sin necesidad de notificar al

usuario y sin que conlleve ningún tipo de responsabilidad para esta institución .

Así mismo se establece que el Usuario accederá al sistema a través de programas,

equipos, y sistemas adquiridos a su costo y riesgo , cumpliendo con las características

técnicas que permitan el acceso. Para poder acceder al sistema en línea, el Usuario

deberá tener un correo y contraseña valido, que se convertirán en el login de acceso al

sistema, de esta misma forma contempla que para el acceso a determinados niveles

en el sistema, podrá requerirse de claves de acceso complementarias, en resguardo de

la seguridad, pudiendo el Usuario tener que cumplir algunos requisitos y condiciones

establecidas por SNC. Dichas claves de acceso son unipersonal e intransferibles siendo

el usuario el responsable exclusivo de su guarda y custodia y liberando al SNC de

cualquier riesgo o responsabilidad derivada del uso por parte de terceros a dichas

claves de acceso, en consecuencia todas las consultas, operaciones realizadas,

instrucciones y comunicaciones enviadas a través de las claves de acceso del usuario,

serán consideradas como emanadas del mismo.

El SNC podrá limitar, restringir, o suprimir el acceso del Usuario al sistema RNC en

línea, a determinadas funciones u opciones en forma unilateralmente a su solo criterio.

El SNC se reserva el derecho de suspender temporalmente, en cualquier momento y

sin necesidad de notificación alguna al usuario del sistema RNC en línea por razones,

técnicas, de mantenimiento del sistema o por cualquier otro motivo que a su juico sea

necesario la suspensión temporal.

El usuario dispondrá de una cartelera de mensajes en el sistema, la cual contendrá los

mensajes realizados por consultas, operaciones efectuadas, solicitudes, notificaciones

y comunicaciones en general, que se mantendrán como no leídos y al momento de

leerlos son borrados automáticamente por el sistema y se entenderá por notificado

al usuario.

El SNC se reserva el derecho de modificar unilateralmente cualquier término o

condición establecida en el presente documento sin necesidad de aviso previo al

usuario.

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El SNC podrá desincorporar, sin perjuicio para el usuario, del servicio “sistema RNC

en línea” a todos aquellos contratistas, que incurran en causales de suspensión

conforme con la Ley de Contrataciones Públicas o cuando venza su certificado de

inscripción. Se reserva el derecho de dejar de prestar el servicio del sistema RNC en

línea en cualquier momento o cuando lo estime conveniente, sin necesidad de

justificación alguna y sin que acaree responsabilidad alguna la SNC. Así mismo se

reserva el derecho de suspender temporalmente o definitivamente de la prestación

del servicio “sistema RNC en línea” en cualquier momento y sin necesidad de aviso o

justificación alguna a cualquier Usuario. Una vez suspendido el sistema indicara la

opción para la inscripción y de existir certificados vigente se mantendrán en base de

datos disponibles para todos los Usuarios.

De la misma forma establece que queda entendido y aceptados por el usuario una vez

dado su registro y uso al “sistema RNC en línea” la total aceptación de los términos y

condiciones expuesto en el documento que se denominara “Contrato de Suscripción al

Sistema RNC en línea”. Y esta misma línea entiende y acepta el usuario que en caso de

constituir apoderado mediante documentó autenticado, éste asumirás los mismos

términos condiciones, obligaciones y responsabilidades inherentes al Usuario. Señala

por otra parte que el Usuario será responsable solidariamente con el apoderado por

las actuaciones de éste y que esta solidaridad debe estar manifiesta expresamente en

el instrumento respectivo, dejando claro que el SNC podrá comunicarse

indistintamente tanto con el Usuario como con el Apoderado.

Como obligación el usuario tendrá que la información y documentación presentada

ante SNC para su inscripción y actualización, deberá presentarla en forma

digitalizada siguiendo las instrucciones y manuales dados por el SNC para ello

publicados en la página web de la institución. A partir de 01 de Enero del 2015, todos

los Usuarios estarán obligados a presentar la información requerida en formato

digital.

Se derogada la providencia Nº DG/2013/A-0182 de fecha 04 de junio de 2013.

Y por último esta providencia entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación

en gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela.