2
Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral para la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o hijas menores ¿Qué se subvenciona? La contratación de personas* para el cuidado a domicilio de hijos o de hijas menores. *(dadas de alta en el Régimen Especial de Empleados del hogar de la Seguridad Social) ¿Por cuánto tiempo? Desde la semana 17 tras el nacimiento* del hijo o hija hasta el 31 de agosto del año en el que dicho hijo o dicha hija cumpla tres años. (o constitución de la adopción, acogimiento -preadoptivo o permanente- o tutela) ¿A quién va dirigido? Padre o madre integrantes de la unidad familiar que figure como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada para el cuidado del hijo o de la hija menor. Importe Subvencionado a.) 100% de la aportación que legalmente le corresponda al empleador/a a la cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social La renta familiar debe ser igual o inferior a 28.000 euros b.) 75% de la aportación que legalmente le corresponda al empleador/a a la cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Cuando la renta familiar es superior a 28.000 euros

Subvención para conciliación familiar. Contratación empleadas hogar

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Subvención para conciliación familiar. Contratación empleadas hogar

Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral para la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o hijas menores

¿Qué se subvenciona?

La contratación de personas* para el cuidado a domicilio de hijos o de hijas menores.

*(dadas de alta en el Régimen Especial de Empleados del hogar de la Seguridad Social)

¿Por cuánto tiempo? Desde la semana 17 tras el nacimiento* del hijo o hija hasta el 31 de agosto del año en el que dicho hijo o dicha hija cumpla tres años. (o constitución de la adopción, acogimiento -preadoptivo o permanente- o tutela)

¿A quién va dirigido? Padre o madre integrantes de la unidad familiar que figure como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada para el cuidado del hijo o de la hija menor.

Importe Subvencionado

a.) 100% de la aportación que legalmente le corresponda al empleador/a a la cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social La renta familiar debe ser igual o inferior a 28.000 euros

b.) 75% de la aportación que legalmente le corresponda al empleador/a a la cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Cuando la renta familiar es superior a 28.000 euros

Page 2: Subvención para conciliación familiar. Contratación empleadas hogar

Más información sobre esta subvención en Proyecta Asesoría Integral.

94 464 00 66.