View
135
Download
1
Embed Size (px)
Citation preview
Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral para la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o hijas menores
¿Qué se subvenciona?
La contratación de personas* para el cuidado a domicilio de hijos o de hijas menores.
*(dadas de alta en el Régimen Especial de Empleados del hogar de la Seguridad Social)
¿Por cuánto tiempo? Desde la semana 17 tras el nacimiento* del hijo o hija hasta el 31 de agosto del año en el que dicho hijo o dicha hija cumpla tres años. (o constitución de la adopción, acogimiento -preadoptivo o permanente- o tutela)
¿A quién va dirigido? Padre o madre integrantes de la unidad familiar que figure como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada para el cuidado del hijo o de la hija menor.
Importe Subvencionado
a.) 100% de la aportación que legalmente le corresponda al empleador/a a la cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social La renta familiar debe ser igual o inferior a 28.000 euros
b.) 75% de la aportación que legalmente le corresponda al empleador/a a la cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Cuando la renta familiar es superior a 28.000 euros
Más información sobre esta subvención en Proyecta Asesoría Integral.
94 464 00 66.