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INCAPACIDAD INCAPACIDAD TEMPORAL TEMPORAL Calculo de la prestación económica Calculo de la prestación económica BOST BOST

ejercicio 1 IT

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Page 1: ejercicio 1 IT

INCAPACIDAD INCAPACIDAD TEMPORALTEMPORAL

Calculo de la prestación económicaCalculo de la prestación económica

BOSTBOST

Page 2: ejercicio 1 IT

PLANTEAMIENTOPLANTEAMIENTO

Un trabajador, afiliado y de alta en la Seguridad Social desde el 1- I - 1987 cae de baja. Por causa de enfermedad común. el 4-9-2008. permaneciendo en tal situación hasta e! 28-9-2008.

Su categoría profesional es la de oficial administrativo, grupo 5 de cotización a la Seguridad Social, que durante el mes anterior a la fecha de la baja. agosto. cotizó la cifra de 1.350 euros.

¿Tiene derecho a la prestación económica por incapacidad temporal? En caso afirmativo,

¿cuál sería su cuantía?

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¿TIENE DERECHO A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD

TEMPORAL?

Tienen la consideración Tienen la consideración de situaciones de situaciones determinantes de la determinantes de la incapacidad temporalincapacidad temporal: :

Las debidas a Las debidas a enfermedad, comúnenfermedad, común o o profesional, y a profesional, y a accidente, sea o no de accidente, sea o no de trabajo, mientras el trabajo, mientras el trabajador esté impedido trabajador esté impedido para el trabajo y reciba para el trabajo y reciba asistencia sanitaria de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Seguridad Social.

Requisitos del Régimen Requisitos del Régimen GeneralGeneral::

Estar Estar afiliadasafiliadas y en y en altaalta o en o en situación asimilada a la de situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho alta en la fecha del hecho causante, mientras reciban causante, mientras reciban asistencia sanitariaasistencia sanitaria de la de la Seguridad Social y estén Seguridad Social y estén impedidas para el trabajo.impedidas para el trabajo.

Tener cubierto un período de Tener cubierto un período de cotización decotización de 180 días dentro 180 días dentro de los 5 años inmediatamente de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante, anteriores al hecho causante, en caso de enfermedad en caso de enfermedad común común

Page 4: ejercicio 1 IT

POR LO TANTO….POR LO TANTO….

TIENE DERECHO A IT PORQUETIENE DERECHO A IT PORQUE

Se encuentra de baja por enfermedad común

Se encuentra en alta y afiliado desde el

1- 1 - 87

Tiene un periodo de cotización desde el 1-1-87 hasta el 4-9-08

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EN CASO DE TRABAJADOR A EN CASO DE TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL….TIEMPO PARCIAL….

se computarán exclusivamente las cotizaciones se computarán exclusivamente las cotizaciones efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, calculando su ordinarias como complementarias, calculando su equivalencia en días teóricos de cotización:equivalencia en días teóricos de cotización: El número de horas efectivamente trabajadas se El número de horas efectivamente trabajadas se

dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de 1826 horas anuales.1826 horas anuales.

El período de 5 años, dentro del que han de estar El período de 5 años, dentro del que han de estar comprendidos los 180 días, se incrementará en la comprendidos los 180 días, se incrementará en la misma proporción en que se reduzca la jornada misma proporción en que se reduzca la jornada efectivamente realizada respecto a la jornada efectivamente realizada respecto a la jornada habitual en la actividad correspondiente.habitual en la actividad correspondiente.

La fracción de día, en su caso, se asimilará a día La fracción de día, en su caso, se asimilará a día completo.completo.

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¿cuál sería su cuantía?

Norma general:Norma general: (Base reguladora) Es el (Base reguladora) Es el resultado de dividir el importe de la base resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).tiene salario diario).

Page 7: ejercicio 1 IT

Antes de realizar el cálculo de la base Antes de realizar el cálculo de la base reguladora, comprobamos si la base de reguladora, comprobamos si la base de cotización del mes anterior supera el max. o cotización del mes anterior supera el max. o min. de la tabla de bases por contingencias min. de la tabla de bases por contingencias comunes: comunes:

3.074,10 Euros/mes

699,90 Euros/mes

Oficiales Administrativos

5

Bases máximasBases mínimas Categorías Profesiones

Grupo de Cotización

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POR LO TANTO…POR LO TANTO…

1350 € que cotizó el mes de agosto (base 1350 € que cotizó el mes de agosto (base cotización mes anterior), entre 30 días, igual cotización mes anterior), entre 30 días, igual a la BASE REGULADORAa la BASE REGULADORA

1350:30=45€ /DÍA1350:30=45€ /DÍA

Page 9: ejercicio 1 IT

EN CASO DE EN CASO DE TRABAJADOR A TIEMPO TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL….PARCIAL….

cualquiera que sea la duración de la prestación de cualquiera que sea la duración de la prestación de servicios: servicios:

La base reguladora diaria será la que resulte de dividir La base reguladora diaria será la que resulte de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas la suma de las bases de cotización acreditadas durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante entre el número de días fecha del hecho causante entre el número de días efectivamente trabajados y, por tanto, cotizados en efectivamente trabajados y, por tanto, cotizados en dicho período. La prestación se abonará durante los dicho período. La prestación se abonará durante los días contratados como de trabajo efectivo en los que el días contratados como de trabajo efectivo en los que el trabajador permanezca en situación de incapacidad trabajador permanezca en situación de incapacidad temporal.temporal.

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PorcentajesPorcentajes::

En caso de enfermedad común y En caso de enfermedad común y accidente no laboral:accidente no laboral:

60% desde el día 4 hasta el 20 inclusive. 60% desde el día 4 hasta el 20 inclusive. 75% desde el día 21 en adelante. 75% desde el día 21 en adelante.

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POR LO TANTO…POR LO TANTO…

45 (base reguladora) x 60%= 45 (base reguladora) x 60%= 27€/día x 20 días=540€ 27€/día x 20 días=540€

(del 7-9-08 al 26-9-08)(del 7-9-08 al 26-9-08)

45(base reguladora) x 75%= 45(base reguladora) x 75%= 33,75€/día x 2 días= 67,5€33,75€/día x 2 días= 67,5€

(del 27-9-08 al 28-9-08)(del 27-9-08 al 28-9-08)

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PagoPago En los supuestos de enfermedad común o de En los supuestos de enfermedad común o de

accidente no laboral, el abono del subsidio accidente no laboral, el abono del subsidio entre los días 4 a 15 de baja en el trabajo, entre los días 4 a 15 de baja en el trabajo, ambos inclusive, se atribuye al empresario. A ambos inclusive, se atribuye al empresario. A partir del día 16 de baja, la responsabilidad del partir del día 16 de baja, la responsabilidad del abono incumbe al Instituto Nacional de la abono incumbe al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, en su caso, aun cuando la Seguridad Social, en su caso, aun cuando la materialidad del pago se continúe llevando a materialidad del pago se continúe llevando a cabo en concepto de pago delegado por el cabo en concepto de pago delegado por el mismo empresario.mismo empresario.

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INCAPACIDAD INCAPACIDAD TEMPORALTEMPORAL

Calculo de la prestación económicaCalculo de la prestación económica

BOSTBOST