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Información general del Foro de Seguridad Vial con enfasis en motociclistas, en marco de Expomoto Bogotá 2013. Del 8 al 11 de noviembre de 2013 en Bogotá la Federación Colombiana de Motociclistas Fedemoto invita a este evento por la Seguridad y la Vida. Mayor información: expomoto.co
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2. ObjetivosGENERAL: Promover la integracin de todos los actores que intervienen en los procesos de administracin, control, diseo, produccin, comercializacin, y usuarios finales de motocicletas, para generar espacios de comunicacin y concertacin de compromisos por la seguridad y la vida, que permitan cambios en la conciencia colectiva, nuevos comportamientos y actitudes tendientes a reivindicar los derechos y deberes del motociclista como el actor vial ms vulnerable.ESPECIFICOS: Desarrollar una actividad de exposicin de motocicletas e integracin de motociclistas con todos los actores viales y las autoridades de trnsito, para institucionalizar actos de conmemoracin y de exaltacin, que a manera estrategias de formacin, capacitacin o de sensibilizacin sobre la importancia de seguridad vial, cada ao congreguen al motociclista, su familia y la sociedad en general. Realizar la primera expomoto Bogot 2013 como escenario de integracin social, empresarial y recreativa Desarrollar actividades de capacitacin y sensibilizacin sobre seguridad vial a travs de la herramienta pedaggica Valores en la va para la vida planeacin, administracin y control del riesgo para la seguridad vial.Independientemente de su nivel de participacin en EXPOMOTO BOGOT 2013, Fedemoto ha identificado varios tipos de beneficiarios: las personas naturales, las instituciones pblicas y la empresa privada.PersonasLa institucin Todas aquellas entidades de carcter pblico que tienen algn nivel de competencias en el cumplimiento de normas de trnsito, la regulacin, control o administracin de la seguridad vial, quienes participaran del certamen en calidad de ponentes o asistentes, cuyos contenidos fundamentan la sensibilizacin o capacitacin de los actores viales en general, y en particular, de quienes intervienen el desarrollo del Foro.La Empresa Aquellas empresas del sector privado o pblico que tienen cierto grado de inters por la seguridad vial, ya en la investigacin o como instrumento de cumplimiento de normas como la Ley 1503 de 2011, que determina que las empresas que posean o contraten vehculos o conductores para el cumplimiento de misiones, debern realizar ciertas actividades de seguridad vial, como capacitacin, los Planes estratgicos de Seguridad Vial, entre otras responsabilidades.Elaboracin y diseo: RCM/NEOmailto:Personas que utilizan la motocicleta para atender mltiples asuntos de su vida trabajo, recreacin, negocios.Mayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] 3. JustificacinJustificacin SOCIALSon varios los factores que justifican la identificacin y ejecucin del proyecto EXPOMOTO BOGOT 2013 Por la seguridad y la vida liderado por FEDEMOTO y apoyado por la Alcalda Mayor de Bogot y la Secretara de Desarrollo Econmico, que van desde los factores de tipo social, econmico, jurdico, cultural, entre otros, los cuales se describen a continuacin: Colombia se enfrenta a un desbordante crecimiento del parque automotor que supera los 3.2 millones de motociclistas, pero se prev podr superar los 6 millones para el ao La FEDERACIN COLOMBIANA DE MOTOCICLISTAS determin que a partir de la urgente necesidad que se presenta actualmente en Colombia, por el desbordante crecimiento de nuestro parque automotor (motocicletas) que actualmente supera los 3200.000 unidades y se prev que podr superar los 6000.000 para el ao 2016 y que aproximadamente 13000.000 de colombianos se transportarn diariamente en motocicleta para el ao 2040. Se debe establecer un programa de control y organizacin que nos permita dar una respuesta efectiva a las necesidades de seguridad, vigilancia y control para todos los beneficiarios (motociclistas) que diariamente son transportados en motocicleta, teniendo en cuenta que cada motocicleta transporta diariamente 1.5 usuarios equivalente a 5500.000 personas, las que vienen presentando un sin nmero de necesidades y problemas, que exceden las posibilidades de respuesta y organizacin de las instituciones estatales y privadas. Dicho crecimiento del parque automotor (motocicletas) y la increble cifra de ventas que rebasar las 580.000 unidades para el ao 2013, tiene su origen en la importancia social y econmica que la moto ofrece. Su participacin en el sector social e industrial, genera importantes cifras de empleo que de manera directa e indirecta sobrepasa de 1237.000 empleos actualmente, adems de un comportamiento muchsimo ms amable con el medio ambiente y la movilidad para nada comparable con los dems vehculos. Todo lo anterior sumado a los precios de oferta en promedio $3500.000 para las motocicletas de gama baja que estn al alcance de la mayora de colombianos en cualquier estrato socio econmico. Evidenciamos que actualmente no existen en el territorio nacional los canales necesarios de interlocucin entre el gremio de motociclistas y el Estado que permita dar cumplimiento al desarrollo de polticas claras para su apropiado control y desarrollo. Lo dicho refleja la imperante obligacin de conocer de manera ms cercana todas las ofertas institucionales tanto pblicas como privadas orientadas a la organizacin de motociclistas, as como al conocimiento de programas tendientes a la prevencin vial acorde a las necesidades de cada territorio, por supuesto, todo lo anterior amparados en la leyes y normas que nos rigen.DECLARACIN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS La existencia de los conocidos Derechos Superiores determinados por la Declaracin Universal de Derechos Humanos proclamada en 1948, en sus artculos 3, indica que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona; el artculo 13 regula lo concerniente a la libre circulacin, al tiempo que el artculo 22 de la misma carta fundamental de carcter universal, consagra el derecho a la seguridad social, siendo la salud su indicador mayor y el Estado el gran responsable de su promocin y proteccin.CONSTITUCIN POLTICA DE COLOMBIA Este ordenamiento jurdico lleno de justificaciones parte desde el mismo artculo 1, que determina que Colombia es un Estado social de derecho y de ah se desprenden una serie de responsabilidades, pasando por los derechos fundamentales que privilegian derechos especiales que le asisten a las personas y que guardan estrecha relacin con el tema de inters. Podramos mencionar aqu las normas rectoras de la educacin, de la salud, de la seguridad, del derecho a la vida, sin embargo, se toma como fundamento de nuestra justificacin el artculo 24 que regula el derecho a la libre circulacin, que es en definitiva el soporte de la legislacin de la materia consagrada en la ley 769 de 2002.LEY 769 DE 2002 CDIGO NACIONAL DE TRNSITO Y NORMAS REGLAMENTARIAS Esta importante ley se constituye en el epicentro de la justificacin de este proyecto, toda vez que define por ejemplo cuales son las autoridades en materia poltica, de control, regulacin, reglas generales de comportamiento y de educacin en el trnsito.DECRETO 164 DE 2007 (ABRIL 26) Por el cual se adopta la formacin en seguridad vial escolar como proyecto pedaggico transversal del currculo para todas las instituciones educativas pblicas y privadas de Bogot D.C.LEY 1503 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2011 Por la cual se promueve la formacin de hbitos, comportamientos y conductas seguros en la va y se dictan otras disposicionesmailto:Existen mltiples ordenamientos jurdicos que hacen de este proyecto una opcin para contribuir en el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacin a partir de la intervencin del Estado con recursos y decisiones, las cuales parten de la Declaracin Universal de Derechos Humanos, seguida por nuestra Constitucin Poltica, las Leyes Orgnicas y Especiales y sus normas reglamentarias, veamos:Elaboracin y diseo: RCM/NEOJustificacin SOCIOJURDICADesde la rbita econmica, los accidentes de trnsito vienen generando prdida de capacidad adquisitiva, pobreza en miles de familias afectadas, al tiempo que para el Estado dichos traumatismos representan muchos millones de pesos de inversin o gastos en atencin en salud durante los traumatismos y posterior sanacin ms las intervenciones que debe adelantar en cada siniestro.Mayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] ECONMICA Y FINANCIERA 4. 1. 2. 3. 4. 5. 6.Son autoridades de trnsito en su orden, las siguientes: El Ministerio de Transporte Los Gobernadores y los Alcaldes. Los organismos de trnsito de carcter departamental, municipal o distrital. La Polica Nacional en sus cuerpos especializados de polica de trnsito urbano y polica de carreteras. Los Inspectores de Polica, los Inspectores de Trnsito, Corregidores o quien haga sus veces en cada ente territorial. 7. La Superintendencia General de Puertos y Transporte. 8. Las fuerzas militares para cumplir exclusivamente lo dispuesto en el pargrafo 5 de este artculo. 9. Los agentes de Trnsito y Transporte. Sern organismos de trnsito en su respectiva jurisdiccin: Los departamentos administrativos, institutos distritales y/o municipales de trnsito. Los designados por la autoridad local nica y exclusivamente en los municipios donde no hay autoridad de trnsito. Las secretaras municipales de trnsito dentro del rea urbana de su respectivo municipio y los corregimientos. Las secretaras distritales de trnsito dentro del rea urbana de los distritos especiales.La misma legislacin desarrolla las normas de comportamiento que deben observar todos los usuarios del sistema vial, al tiempo que indica responsabilidades relacionadas con la educacin en trnsito. Artculo 55. Comportamiento del conductor, pasajero o peatn. Toda persona que tome parte en el trnsito como conductor, pasajero o peatn, debe comportarse en forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las dems y debe conocer y cumplir las normas y seales de trnsito que le sean aplicables, as como obedecer las indicaciones que les den las autoridades de trnsito. Artculo 56. Obligatoriedad de enseanza. Se establecer como obligacin en la educacin Preescolar, Bsica Primaria, Bsica Secundaria y Meda Vocacional, impartir los cursos de trnsito y seguridad vial previamente diseados por el Gobierno Nacional. Pargrafo. Los Ministerios de Transporte y Educacin Nacional, tendrn un plazo de doce (12) meses contados a partir de la fecha de sancin de la presente ley para expedir la reglamentacin atinente al cumplimiento de lo dispuesto en este artculo y para presentar las cartillas y documentos bsicos de estudio de trnsito y seguridad vial y para la adopcin de modernas herramientas tecnolgicas didcticas dinmicas para dramatizar el contenido de las cartillas y los documentos bsicos de estudio para la educacin en trnsito y seguridad vial en cada uno de los niveles de educacin aqu descritosArtculo 137. Informacin. En los casos en que la infraccin fuere detectada por medios que permitan comprobar la identidad del vehculo o del conductor el comparendo se remitir a la direccin registrada del ltimo propietario del vehculo. Pargrafo 1. El respeto al derecho a defensa ser materializado y garantizado por los organismos de trnsito, adoptando para uso de sus inculpados y autoridad, herramientas tcnicas de comunicacin y representacin de hechos sucedidos en el trnsito, que se constituyan en medios probatorios, para que en audiencia pblica estos permitan sancionar o absolver al inculpado bajo claros principios de oportunidad, transparencia y equidad.mailto:Pargrafo 1. Las entidades pblicas o privadas a las que mediante delegacin o convenio les sean asignadas determinadas funciones de trnsito, constituirn organismos de apoyo a las autoridades de trnsito. Pargrafo 2. El Gobierno Nacional podr delegar en los organismos de trnsito las funciones que por ley le corresponden al Ministerio de Transporte. Pargrafo 3. Las autoridades, los organismos de trnsito, las entidades pblicas o privadas que constituyan organismos de apoyo, sern vigilados y controlados por la Superintendencia de Puertos y TransporteElaboracin y diseo: RCM/NEOMayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] de Comportamiento y Reglas de Educacin en TrnsitoOrganismos de trnsitoAutoridades de trnsitoJustificacin SOCIO JURDICA - Ley 769 de 2002 Cdigo Nacional de Trnsito y Normas Reglamentarias 5. Decreto 164 De 2007(Abril 26) Por el cual se adopta la formacin en seguridad vial escolar como proyecto pedaggico transversal del currculo para todas las instituciones educativas pblicas y privadas de Bogot D.C. Ley 1503 Del 29 De Diciembre de 2011 Por la cual se promueve la formacin de hbitos, comportamientos y conductas seguros en la va y se dictan otras disposiciones La Federacin Colombiana de Motociclistas consiente de la existencia del RUNT que funciona en todo el pas y sin desconocer sus bondades, propone orientar un proceso conjunto con las secretarias de trnsito y movilidad de todo el pas, que nos permita desarrollar planes estratgicos y de regulacin de esta poblacin ya que el RUNT de una u otra forma est orientada a los vehculos para este caso las motocicletas, pero de fondo nuestra preocupacin y nuestro objeto fundamental son las personas (motociclistas) de los cuales no tenemos un conocimiento con la suficiente informacin que nos para establecer las acciones pertinentes en el mejoramiento del sector, por eso presentamos nuestro plan de organizacin a desarrollarse as: PROGRAMA DE PREVENCIN VIALLa Alcalda Mayor de Bogot, la Secretara de Desarrollo Econmico y la Federacin Colombiana de Motociclistas, cursan invitacin a su entidad para aceptar la presentacin de una PONENCIA sobre seguridad vial con nfasis en el motociclista, con ocasin del PRIMER FORO NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL CON ENFOQUE AL MOTOCICLISTA, que se llevar a cabo en el marco de EXPOMOTO BOGOT 2013 Por la seguridad y la vida a realizarse durante los das 8, 9 y 10 de noviembre de 2013, en el auditorio del Centro Ferial Plaza de los Artesanos.mailto:a) Se contribuya a que la educacin en seguridad vial y la responsabilidad como actores de la va sean asuntos de inters pblico y objeto de debate entre los ciudadanos; b) Se impulsen y apoyen campaas formativas e informativas de los proyectos de investigacin y de desarrollo sobre seguridad vial; c) Se concientice a peatones, pasajeros y conductores sobre la necesidad de lograr una movilidad racional y sostenible; d) Se concientice a autoridades, entidades, organizaciones y ciudadanos, que la educacin vial no se basa solo en el conocimiento de normas y reglamentaciones, sino tambin en hbitos, comportamientos y conductas; e) Se establezca una relacin e identidad entre el conocimiento terico sobre las normas de trnsito y el comportamiento en la va.Elaboracin y diseo: RCM/NEOARTCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto definir lineamientos generales en educacin, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la formacin de hbitos, comportamientos y conductas seguros en la va y en consecuencia, la formacin de criterios autnomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la va pblica, de tal manera que:Mayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] cumplimiento de la Ley 1503 del 29 de Diciembre de 2011, la Federacin Colombiana de Motociclistas establece que uno de sus principales objetivos es la prevencin vial, y adopta las medidas y programas de capacitacin, formacin, informacin y entrenamiento necesarios para la creacin de hbitos, mejoramiento de comportamientos y conductas seguras en la va, para contribuir en la disminucin de los ndices de accidentalidad y muerte en siniestros de trnsito, particularmente los que involucran motociclistas, y da aplicacin de la ley segn se establece en los artculos 1 y 2 descritos a continuacin. 6. EXPOMOTO BOGOT 2013 POR LA SEGURIDAD Y LA VIDAPRIMER FORO NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL CON ENFOQUE AL MOTOCICLISTA EXPOMOTO BOGOT 2013 Por la seguridad y la vida, Es un certamen de carcter social, de sensibilizacin, que promueve la integracin de todos los actores que intervienen en los procesos de administracin, control, diseo, produccin, comercializacin, y usuarios finales de motocicletas, para generar espacios de comunicacin y concertacin de compromisos por la seguridad y la vida, que permitan cambios en la conciencia colectiva, nuevos comportamientos y actitudes tendientes a reivindicar los derechos y deberes del motociclista como actor vial, cuyo objeto central es generar un espacio de reflexin en torno a dos de los aspectos ms sensibles para el motociclista colombiano, como lo son la seguridad y la vida.TEMAS PONENCIA FECHA LIMITE PARA INSCRIPCIN HORARIOS DEL FORO1. Experiencias sobre seguridad vial desde el quehacer institucional, asociado a motociclistas 2. Perspectivas de la seguridad vial asociada al motociclista en su condicin de actor vial, en el marco de las competencias de la ley 1503 de 2011 31 de octubre de 2013 [email protected] Telfonos: 2262149 o mviles 3174548476 / 3115459015 3132634591 / 3214076670 / 3114613239 Viernes 8 y sbado 9 de noviembre de 2013 08:00 am 16:00 pmMINISTERIO DE EDUCACIN NACIONALMINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIN SOCIALMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMOMINISTERIO DEL TRABAJOSECRETARA DE MOVILIDAD DE BOGOT D.C.UNIDAD DE MANTENIMIENTO VIAL DE BOGOTINSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSESDIRECCIN GENERAL DE LA POLICA NACIONALMESA ENSAMBLADORAS JAPONESESFASECOLDAFENALCOASOCIACIN NACIONAL DE INDUSTRIALES ANDIBANCO MUNDIALBANCO DE DESARROLLO DE AMRICA LATINABANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLOElaboracin y diseo: RCM/NEOmailto:MINISTERIO DE TRANSPORTEMayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] y ponentes invitados 7. Condiciones para participacin: a)Inscribirse en la pgina de expomoto.co o en el link: http://expomoto.co/index.php/foro/inscripciones. Cupos limitados.Usted recibir: Ingreso a EXPOMOTO BOGOT 2013 POR LA SEGURIDAD Y LA VIDA Ingreso y participacin en el foro Memorias del evento Libro: Valores en la va para la Vida Certificacin de asistencia Barra de cafElaboracin y diseo: RCM/NEOmailto:Mayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] 8. LUGAR DONDE SE VA A REALIZAR EL EVENTO PLAZA DE LOS ARTESANOS, Tr 48 # 63a-52, Bogot, Colombia Escenarios donde los visitantes podrn apreciar toda la oferta de productos y servicios asociados a al motociclista.Elaboracin y diseo: RCM/NEOmailto:Mayor informacin: http://www.expomoto.co - [email protected] PARA DISFRUTAR DE EXPOMOTO