View
217
Download
0
Category
Preview:
DESCRIPTION
Revista En Orden Tatiana Bolívar
Citation preview
+
+
V. 1
En Orden Informando acerca de sucesos jurídicos
Edición
# 1
Medellín
Revista Jurídica
2013
2
+
+
En Orden Revista
La importancia de conocer acerca de nuestros derechos y deberes como
ciudadanos, se puede plasmar en las políticas de nuestra revista En Orden, ya que
partimos de la necesidad de informar y dar a conocer a las personas del común
aspectos básicos del derecho.
Dicha información es posible conocerla y comprenderla ya que se explicará
brevemente cada tema, junto esa información se darán a conocer casos reales
para que nuestros lectores puedan tener mayor proximidad con casos que le
pueden pasar a él o a cualquier persona del entorno.
Bienvenidos así a nuestra primera edición, la cual esperamos disfruten, aprendan
y aprovechen, sobre todo los jóvenes ya que el contenido de esta ocasión puede
servirles en caso de tener problemas con su práctica universitaria. En Orden les
recuerda que; así como tenemos derechos también poseemos obligaciones.
Tatiana Bolívar
Editorial
En Orden
“Si la justicia existe, tiene que ser para todos;
nadie puede quedar
excluido, de lo contrario ya no sería justicia”
Paul Auster
En esta edición traemos para
nuestros lectores una sentencia de
la Corte Constitucional que servirá
de instructivo para los estudiantes
que adelanten sus prácticas
profesionales con el fin de acceder
al título universitario.
Contenidos
La Corte Constitucional
Página 3.
Definición de Magistrado
Página 4 y 5.
¿Qué es una sentencia?
Página 6.
Vamos a la realidad
Página 7.
Análisis Página 8 y 9.
www.google.com
3
“Un organismo perteneciente a la rama judicial del Poder Público y se le confía la guarda de la
integridad y supremacía de la Constitución Política de Colombia ( Art. 241) Es la más alta instancia
judicial de nuestro país”
Algunos de sus principios
Entendida como
La Corte Constitucional
Su funciones básicas son
“Velar porque las normas jurídicas de carácter legal se adecuen a los preceptos constitucionales; y
Revisar, en la forma determinada por la ley, las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales.”
“Cualquier ciudadano podrá ejercer las acciones públicas previstas en el artículo precedente, e intervenir como impugnador o defensor de las normas sometidas a control en los procesos promovidos por otros, así como en aquellos para los cuales no existe acción pública.
El Procurador General de la Nación deberá intervenir en todos los procesos.
Las acciones por vicios de forma caducan en el término de un año, contado desde la publicación del respectivo acto”
Se divide en:
Sala Plena, Sala de Gobierno, Sala de casación
penal, Sala de casación civil y agraria, Sala de
casación laboral.
www.google.com
4
Magistrado Es definido por la RAE (Real Academia Española)
Alto dignatario del Estado en el orden civil, hoy especialmente en la administración de
Justicia.
Miembro de una sala de Audiencia Territorial o Provincial, o del Tribunal Supremo de Justicia.
Su principal función es la de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
(continuación)
Se compone por
“El número impar de
magistrados que determine la ley. En la actualidad
el número de magistrados es de 9 miembros”
www.google.com www.google.com
www.google.com
5
Actualmente se compone por
Presidente Gabriel Eduardo Mendoza
Martelo
Vicepresidente Jorge Ivan Palacio Palacio
Magistrada María
Victoria Calle Correa
Magistrado Luis Guillermo Guerrero
Pérez
Magistrado Alexei Julio Estrada
Magistrado Mauricio
González Cuervo
Magistrado Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado Jorge Ignacio
Pretelt Chaljub
Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva
Calidades que se necesitan para ser Magistrado de la Corte Constitucional
• Ser ciudadano en ejercicio
• De profesión abogado
• No haber sido condenado, por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, salvo por delitos culposos o políticos;
• Haber desempeñado por 10 años cargos en la Rama Judicial, sin que se requiera pertenecer a ella, o en el Ministerio Público, o haber ejercido por dicho lapso y con buen crédito la profesión de abogado o la cátedra en universidades reconocidas oficialmente, en disciplinas jurídicas; y
• No haberse desempeñado en el año inmediatamente anterior a la elección como Ministro de Despacho, o Magistrado de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado.
www.google.com
6
¿Qué es una sentencia
“El término sentencia que proviene del latín sentencia, es utilizado para hacer referencia al fallo dictado por un tribunal
o un juez y a la declaración que deriva de un proceso judicial. En este sentido, una sentencia es una resolución de
carácter jurídico que permite dar por finalizado una contienda”
www.google.com
www.google.com
Revista Jurídica En Orden
Sentencia T- 932/12
http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2012/T-932-12.htm
+
Vamos a la realidad
Sentencia basada en un caso real
Acciones de tutela
instauradas por Diana Carolina
Fuentes Duran y Sindy Juliana
Bedoya Patiño, contra el Consejo
Existen mecanismos que permiten que los individuos nos protejamos, y protejamos nuestros derechos. Este es el caso de la acción de tutela que puede ser instaurada por cualquier
ciudadano que considere su dignidad vulnerada.
www.google.com www.google.com
www.google.com www.google.com
www.google.com
8
Revista Jurídica En Orden
+
An
álisis An
ális
is
El caso es, una acción de tutela instaurado por Diana Carolina Fuentes Durán en contra de la Personería Municipal de Valledupar por no reconocerle la práctica profesional, en este caso jurídica que realizó en dicha institución. La accionante requiere de la validez de su práctica para poder obtener su título profesional. Por ello y basada en el derecho fundamental a la educación (Art. 67) realiza una solicitud ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Cesar , quien niega el reconocimiento de su práctica aduciendo que las Personerías Municipales no se encuentran autorizadas por la ley.
Nuevamente la accionante instaura un recurso de reposición , en el que se le reitera que la ley no contempla cargos ad- honorem en las Personerías municipales para realizar la práctica jurídica.
Por último la accionante interpone la acción objeto de estudio mediante la cual solicita se titulen sus derechos fundamentales a la educación igualdad y libre desarrollo de la personalidad, aduciendo a su vez que la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura no tiene en cuenta que las Personerías Municipales ejercen funciones del Ministerio Público y están bajo la dirección de la Procuraduría General de la Nación, entidad que si avala la ley para realizar la práctica jurídica ad-honorem.
Luego de los debidos procesos la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional ordena reconocer la práctica jurídica para que la persona en cuestión pueda optar a su título de abogada.
(continuación)
www.google.com
9
Revista Jurídica En Orden
+
Es importante que todas las personas tengan en cuenta cuales son sus derechos, para que estos no sean violentados. El ejemplo visto anteriormente muestra que es necesario agotar todas las instancias judiciales con el fin de que prevalezca el individuo y las acciones justas.
Adicional, es importante reconocer que aunque nuestro país presenta condiciones de desigualdad, injusticia e impunidad, aún existen personas que dentro sus compromisos personales y profesionales buscan siempre la verdad y ante todo defender los derechos fundamentales de los individuos, basándose en la Constitución Política, con el fin de orientar a un país hacia la igualdad y la equidad. En este caso una sentencia de parte resolutiva donde la Corte indicó cual fue la decisión que tomó.
Este derecho de petición en especial evidencia algunos abusos que sufren los estudiantes practicantes cuando se les vulneran sus derechos (exceso de trabajo, no remuneración por sus servicios, irrespeto por parte de sus superiores, etc) ya que dentro de las organizaciones ven a los practicantes como personas que necesitan de la organización para poder acceder a su título, es como si estas personas le hicieran un favor a los practicantes, sin comprender que es una acción de cooperativismo donde las dos entidades pueden salir beneficiados.
Esta acción de tutela nos muestra como podemos, hacernos respetar nuestros derechos fundamentales.
Entendiendo siempre que las normas y leyes son la solución ante un conflicto, y que todo es posible de solucionar mediante las instancias reglamentadas y la concertación.
www.google.com
www.google.com
Recommended