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Retos del Contador en la Era Digital
ECOSISTEMA FISCALIZADOR
OPORTUNIDADES PARA LA INNOVACIÓN
“Lo que estamos experimentando no es una época de cambios, es un cambio de época”
Carlos Slim Helú
• El papel del Contador en la Era digital
• La ética del Contador • La Profesionalización • La Visión Integral del
Contador
• La Creatividad y la Innovación • El reto de Emprender y
reinventarnos • El ecosistema fiscalizador un reto,
múltiples oportunidades
Contenido
CAMPO DE ACTUACION CAMPO DE ACTUACION
Era digital
• Era de la Información
– (trabajadores del conocimiento)
• Era Conceptual
– (creadores e innovadores)
El Papel del Contador en la Era digital
Adaptable
Creativo
Tecnólogo
Especializado
Conciencia Social
Líder
Valores
Flexible
Visionario
En crecimiento Permanente
La Era Digital para el Contador
Normas Contables
Homologadas Convergencia de
Tecnologías
Automatización
Equipos
multidisciplinarios
Exigencia
Integridad y ética
Mayor exigencia
Eficiencia y Eficacia
Incertidumbre
Nuevas Estrategias
Enfoque al Cliente
El Reto Generacional
La Ética del Contador
La profesionalización
Generalización vs Especialización Profesionista Dependiente, Independiente o Firma
Integración Opciones de Desarrollo
La v
isió
n in
tegr
al
Experto en Gestión y admón.. de riesgo
Desarrollo de Marca Personal
Habilidades Personales (IE, PNL, etc.)
Negociación y RP
Control de Calidad
Emprendurismo
Aptitud Profesional
La creatividad y la Innovación
Mi firma de Contadores Redefiniendo el concepto Nuevas Tecnologías
• Guía de Administración de la Práctica para Firmas Pequeñas y Medianas
IFAC
• Manual para estructurar Firmas Pequeñas de Contadores Públicos Certificados
IMCP
• Normas de Control de calidad para para Pequeñas y Medianas firmas de Auditoria
IMCP
Mi Firma de Contadores
La creatividad y la Innovación
Que esta sucediendo en mi entorno
Como afecta mi Profesión o mi negocio
Que deseo lograr (Donde esta mi Plan y Presupuesto)
Que mejores prácticas puedo encontrar Encontrando el “Como si”
Existe un nicho, un océano azul o
Cual será mi estrategia de diferenciación (modelo de Prácticas)
Que requiero para iniciar (T/T/F)
Implemento
Como Administro (Monitoreo y ajuste)
Como Administro el Riesgo
De que me voy a arrepentir si no lo intento?
La creatividad y la Innovación
Nuevas Tecnologías
El reto de reinventarnos
Oportunidades para la Innovación
El Ecosistema Fiscalizador
Tomado del Documento del SAT titulado:
Tomado del Documento del SAT titulado:
NOTICIAS
NOTICIAS
LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD APLICABLE
1. NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
2. CÓDIGO DE COMERCIO
3. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
4. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
5. REGLAMENTOS
6. REGLAS MISCÉLANEAS Y ANEXOS
CONTABILIDAD
CONTABILIDAD NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA.
DEFINICIÓN DE CONTABILIDAD
■ La contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen transacciones, transformaciones internas y eventos.
CONTABILIDAD
CONTABILIDAD
CÓDIGO DE COMERCIO
Artículo 33.- El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio
Identificar operaciones individuales .
Conectar dichas operaciones con documentos comprobatorios.
Seguir huella de las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa;
Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Artículo 158.- Los administradores son solidariamente responsables para con la sociedad:
III.- De la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control, registro, archivo o información que previene la ley;
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente:
1. libros, sistemas y registros contables
2. Papeles de trabajo, estados de cuenta, libros sociales.
3. Control de inventarios y método de valuación
4. Medios electrónicos de almacenamiento de datos
5. Equipos y sistemas electrónicos
6. Documentación comprobatoria
7. Documentación e información de cumplimiento de las obligaciones fiscales.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Lo anterior debe cumplir:
Los registros contables deben cumplir con los requisitos que establezca el RISR, y miscelánea.
Contabilidad se llevarán en medios electrónicos
La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente.
REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (Art. 33)
La contabilidad se integra:
Los registros o asientos contables auxiliares, incluyendo el catálogo de cuentas que se utilice para tal efecto, así como las pólizas de dichos registros y asientos;
Los avisos o solicitudes de inscripción al registro federal de contribuyentes, así como su documentación soporte;
Las declaraciones anuales, informativas y de pagos provisionales, mensuales, bimestrales, trimestrales o definitivos;
Los estados de cuenta bancarios
las conciliaciones de los depósitos y retiros respecto de los registros contables
Los estados de cuenta correspondientes a inversiones y tarjetas de crédito, débito o de servicios del contribuyente
REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (Art. 33)
La contabilidad se integra:
Los monederos electrónicos utilizados para el pago de combustible y para el otorgamiento de vales de despensa.
Las acciones, partes sociales y títulos de crédito en los que sea parte el contribuyente
La documentación relacionada con la contratación de trabajadores.
Avisos inscripción y registro o avisos realizados en materia de seguridad social y sus aportaciones
La documentación relativa a importaciones y exportaciones en materia aduanera o comercio exterior
La documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades, los cuales deberán asentarse conforme a los sistemas de control y verificación internos necesarios,
Las demás declaraciones a que estén obligados en términos de las disposiciones fiscales aplicables.
REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Formular los Estados de:
Posición financiera
Estado de Resultados
Variaciones en el capital contable
Flujo de efectivo
Balanzas de comprobación.
Notas a los estados financieros.
Relacionar los estados de posición financiera con las cuentas de cada operación;
REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
INVENTARIOS
Los registros de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y terminados
Controles para identificar unidades, tipos, fechas de adquisición y enajenación
Aumento y disminución de inventarios.
Existencias al inicio y final de mes
Fecha de entrega y recepción
Método de valuación
CONTABILIDAD PARA EFECTOS FISCALES
La contabilidad electrónica se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT.
Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.
¿ Qué pasa si no llevo contabilidad?
■ Para personas morales, se aplicaría el artículo 26 del
CFF
■ Responsabilidad Solidaria en Representante Legal, así como para Socios y Accionistas de Persona Moral, cuando:
–No Lleve Contabilidad.
–Oculte la Contabilidad.
–Destruya la Contabilidad.
¿ Qué pasa si no llevo contabilidad?
Determinación Presuntiva. –Art. 55 C.F.F.
■ •La autoridad fiscal puede Determinar Presuntivamente, cuando:
–No presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3% de alguno de los conceptos de las declaraciones.
–Omisión del registro de operaciones, ingresos o compras, así como alteración del costo, por más de 3% sobre los declarados en el ejercicio.
¿ Qué pasa si no llevo contabilidad?
DEFRAUDACIÓN FISCAL ART. 108 CFF
Con AGRAVANTE
■ No llevar los sistemas o registros contables a que se esté obligado conforme a las disposiciones fiscales o asentar datos falsos en dichos sistemas o registros.
■ Cuando los delitos sean calificados, la pena que corresponda se aumentará en una mitad.
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Pagos Provisionales
Pagos Provisionales
Pagos Provisionales
Pagos Provisionales Pagos Provisionales
Pagos Provisionales Pagos Provisionales
Pagos Provisionales
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Pagos Provisionales
Pagos Provisionales Pagos Provisionales
Pagos Provisionales
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Buzón tributario
Permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, quienes pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas. ... Los datos e información que se depositen en el buzón son confidenciales
Administración del Riesgo
Artículo 95.- Son responsables de los delitos fiscales, quienes:
Concierten la realización del delito.
Realicen la conducta o el hecho descrito en la Ley.
Cometan conjuntamente el delito.
Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo.
Induzcan dolosamente a otro a cometerlo.
Ayuden dolosamente a otro para su comisión.
Auxilien a otro después de su ejercicio, cumpliendo una promesa anterior.
Artículo 109.- Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:
I. Consigne en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o valor de actos o actividades menores a los realmente obtenidos o realizados o determinados conforme a las leyes. En la misma forma será sancionada aquella persona física que perciba ingresos acumulables, cuando realice en un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la discrepancia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta. IV. Simule uno o más actos o contratos obteniendo un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. VIII. Darle efectos fiscales a los comprobantes digitales cuando no reúnan los requisitos de los artículos 29 y 29-A de este Código.
Artículo 113. Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que:
…
III. Expida, adquiera o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
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