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7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion
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JUICIO DE AMPARO DIRECTO
D.C. 469/2015.
QUEJOSA: ROSA AURORA CRUZ MANJARREZDE LA PUENTE.
MAGISTRADO PONENTE: CARLOS MANUEL
PADILLA PREZ VERTTI.
SECRETARIO: JAIME DELGADILLO MOEDANO.
Mxico, Distrito Federal, acuerdo del Sexto
Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
correspondiente ! "#$%&" '$ ($)"%$*+#$ '$ ',( *%!
-%&$.
VISTOS para resolver los autos del juicio de
amparo directo D.C. 469/2015, promovido por Rosa
Aurora Cruz Manjarrez de a !uen"e, por su propio
derecho, contra la sentencia definitiva pronunciada por la
ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del Distrito
Federal, el veintiocho de ma$o de dos mil %uince, en el
juicio oral civil 10#/2015, acto %ue la %uejosa considera
violatorio, en su perjuicio, de los derechos fundamentales
establecidos en los art&culos '( $ ') constitucionales* $,
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$ 2 $ D.C. 469/2015
R % S & ' T A ( D O)
!RIM%RO. Seg+n se advierte del expediente
10#/2015, relativo al juicio de donde emana el acto
reclamado, %ue la autoridad responsable remiti*
mediante escrito presentado el dieciocho de febrero de
dos mil %uince, en la #ficial&a de Partes Com+n "o- '.
del Tribunal Superior de usticia del Distrito Federal,
Caros An"on*o Ca+os -uerrero, por su propio
derecho, demand de Rosa Aurora Cruz Manjarrez de
a !uen"e, en la v&a oral civil, las siguientes prestaciones/
A).- El pago de la cantidad de $367,516.80
(trescientos sesenta y siete mil !inientos diecis"is
pesos 80#100 .%.) !e arro&a la m!ltiplicaci'n de
$15,056.00 (!n mill'n doscientos *einticinco mil
cinc!enta y seis pesos 00#100 .%.) por 30+
(treinta por ciento) con*enidos y pactados por
concepto de onorarios a pagar al s!scrito
licenciado arlos Antonio ampos !errero, por
concepto de patrocinio &!r/dico, en demanda
interp!esta en contra del nstit!to de eg!ridad y
er*icios ociales de los 2raa&adores del Estado
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$ $ D.C. 469/2015
(2E) por los desc!entos !e indeidamente
reali4aa dico instit!to a la pensi'n de la
demandada, porcenta&e !e la demandada se
olig' a c!rir al s!scrito por concepto de
onorarios y !e reclamo en t"rminos del
compromiso de pago de ser*icios, !e se anea a
esta demanda como doc!mento !ndatorio de la
acci'n, deri*ados de la inter*enci'n del s!scrito
proesional en la elaoraci'n de la demanda iscal
administrati*a de n!lidad y trmite del &!icio
identiicado a&o el r!ro de osa A!rora r!4
an&arre4 de la 9!ente*s, nstit!to de eg!ridad y
er*icios ociales de los 2raa&adores del Estado
(2E), epediente n:mero 3016#1-17-01-11,
radicado en la 9rimera ala egional etropolitana
del 2ri!nal ;ederal de
Administrati*a, como se acreditar oport!namente
en este litigio. - - - =).- El pago de la cantidad de
$17,>16.? (diecisiete mil no*ecientos diecis"ispesos ?#100 .%.) por concepto de intereses
legales moratorios sore la cantidad anteriormente
demandada calc!lados desde el 01 de agosto de
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$ 4 $ D.C. 469/2015
01?, eca en !e inc!rri' en mora la
demandada, asta el 15 de erero de 015, ms
los !e se contin:en generando asta la total
c!mplimentaci'n del ade!do, en t"rminos de lo
disp!esto por el art/c!lo 3>5 del 'digo i*il para
el @istrito ;ederal. - - - ).- El pago de los gastos y
costas !e se originen d!rante la tramitaci'n
procesal del presen &!icio.
Como hechos de su demanda expres los %ue
estim pertinentes-
S%-&(DO. Correspondi conocer de la
demanda de %ue se trata a la ue! Dcimo "oveno Civil
de Proceso #ral del Distrito Federal, %uien, en prove&do
de veinte de febrero de dos mil %uince, la admiti $
orden empla!ar a la parte enjuiciada-
Rosa Aurora Cruz Manjarrez de a !uen"e,
por su propio derecho, contest la demanda entablada en
su contra $ neg la procedencia de las prestaciones
reclamadas, se refiri a los hechos como consider
pertinente $ opuso las excepciones $ defensas %ue
precis en su ocurso de contestacin de demanda-
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$ 5 $ D.C. 469/2015
0n auto de veinte de abril de dos mil %uince, la
ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del Distrito
Federal, tuvo por contestada la demanda entablada en
contra de la aludida demandada, dentro del trmino %ue
para el efecto se concedi-
T%RC%RO.Seguido el juicio por sus tr1mites
legales, la ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del
Distrito Federal pronunci sentencia el veintiocho de
ma$o de dos mil %uince, en la %ue resolvi lo siguiente/
9E.- Ba sido procedente la */a oral
ci*il, en la !e la parte actora ampos !errero
arlos Antonio acredit' la procedencia de s!
acci'n y la demandada r!4 an&arre4 de la
9!ente osa A!rorano acredit' s!s ecepciones y
deensasC en consec!encia. - - - ED%@.- e
condena a la demandada r!4 an&arre4 de la
9!ente osa A!rora al pago de la cantidad de
$367,516.80 (trescientos sesenta y siete mil
!inientos diecis"is pesos 80#100 .%.) lo !e
deer pagar al actor ampos !errero arlos
Antonioo a !ien s!s derecos represente, lo !e
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deer acer en el t"rmino de % @A
contados a partir de !e la presente resol!ci'n sea
legalmente e&ec!tale, aperciida !e en caso de
no acerlo se proceder al emargo de ienes de
s! propiedad y con s! prod!cto se aga pago al
actor, atento a lo *ertido en el considerando c!arto
de este allo. - - - 2EE.- e condena a la
demandada r!4 an&arre4 de la 9!ente osa
A!rora, a pagar al actor ampos !errero arlos
Antonio o a !ien s!s derecos represente, la
cantidad de $17,8?.?0 (diecisiete mil ococientos
*eintic!atro pesos ?0#100 .%.) por concepto de
intereses moratorios generados del dos de agosto
de dos mil catorce al !ince de erero del aFo en
c!rso, lo !e deer acer en el t"rmino de %
@A contados a partir de !e la presente
resol!ci'n sea legalmente e&ec!tale, aperciida
!e en caso de no acerlo se proceder al
emargo de ienes de s! propiedad y con s!prod!cto se aga pago al actor, ms los intereses
legales a ra4'n del n!e*e por ciento an!al sore la
cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta y
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$ $ D.C. 469/2015
siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),
!e se sigan generando asta el pago total del
ade!do, mismos !e arn de ser c!antiicados
en e&ec!ci'n de sentencia a tra*"s del incidente
!e en s! caso se aga *aler, en m"rito de lo
ep!esto en el considerando c!arto del presente
allo. - - - DA2.- e condena a la demandada
r!4 an&arre4 de la 9!ente osa A!roraal pago
de los gastos y costas generados en la presente
instancia, los c!ales sern c!antiicados en
e&ec!ci'n de sentencia a tra*"s del incidente !e
en s! caso se aga *aler. - - - GD%2.-
%oti/!ese234.
C&ARTO. 5nconforme con dicha sentencia,
Rosa Aurora Cruz Manjarrez de a !uen"e, por su
propio derecho, promovi demanda de amparo 6en la %ue
obra la certificacin a %ue se refiere el art&culo ')7 de la
8e$ de 9mparo6- :sta fue presentada en la #ficial&a de
Partes Com+n "o- '. del Tribunal Superior de usticia del
Distrito Federal, %uien la envi con sus anexos al
u!gado Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del
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$ # $ D.C. 469/2015
Distrito Federal, $ ste a su ve! a la #ficina de
Correspondencia Com+n de los Tribunales Colegiados en
Materia Civil del Primer Circuito* $ por ra!n de turno toc
conocer a este tribunal colegiado, cu$o presidente,
mediante acuerdo de treinta de junio de dos mil %uince, la
admiti a tr1mite-
8a ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral
del Distrito Federal rindi informe $ remiti para justificarlo
los autos de +nica instancia- 9simismo, se empla! al
tercero interesado-
"otificado legalmente el 9gente del Ministerio
P+blico de la Federacin adscrito, no formul pedimento-
;na ve! transcurrido el trmino de %uince d&as
otorgado a las partes conforme lo dispuesto por el art&culo
'7' de la 8e$ de 9mparo, el veintiuno de agosto de dos
mil %uince, se turn el expediente al magistrado relator
para formular el pro$ecto respectivo* $
C O ( S I D % R A ( D O)
!RIM%RO.0ste Tribunal Colegiado en Materia
Civil del Primer Circuito es competente para resolver el
presente negocio con fundamento en los art&culos '
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$ 9 $ D.C. 469/2015
fracciones 555, inciso a4* $ =, inciso c4, de la Constitucin
>eneral de la ?ep+blica* @@, fraccin 55, @( $ ')< de la
8e$ de 9mparo 6publicada en el Diario #ficial de la
Federacin el dos de abril de dos mil trece, vigente a
partir del d&a siguiente de su publicacin, %ue resulta
aplicable al presente asunto6* @), fraccin 5, inciso c4, $
@7, de la 8e$ #rg1nica del Poder udicial de la
Federacin- 0llo, al reclamarse una sentencia definitiva
dictada dentro de los autos de un juicio oral civil, por una
autoridad jurisdiccional residente en este circuito-
S%-&(DO. 0s cierto el acto reclamado a la
autoridad seAalada como responsable, por%ue de las
actuaciones originales %ue remiti la jue! para justificar
su informe, se advierte su existencia-
T%RC%RO. 0l juicio de amparo directo fue
promovido dentro de los %uince d&as a %ue se refiere el
art&culo ') de la 8e$ de 9mparo, dado %ue la sentencia
reclamada se notific a la demandada, ho$ %uejosa, en la
audiencia de juicio celebrada el veintiocho de ma$o de
dos mil %uince, $ surti sus efectos el d&a siguiente* por lo
%ue dicho pla!o "ransurr* de uno a d*e*nuee de
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$ 10 $ D.C. 469/2015
jun*o de a3o en *"a, $ la demanda de amparo fue
presentada e d*e*oo de jun*o de dos +* u*ne*
esto es, el dcimo cuarto d&a del trmino previsto en la
disposicin legal invocada-
0llo, pues deben descontarse para el cmputo
relativo los d&as treinta $ treinta $ uno de ma$o, as& como
los d&as seis, siete, trece $ catorce de junio de dos mil
%uince, por haber sido s1bados $ domingos, por tanto
inh1biles de conformidad con los art&culos 'B de la le$
referida $ '@ de la 8e$ #rg1nica del Poder udicial de la
Federacin-
C&ARTO. 8a sentencia pronunciada por el
ju!gado responsable, se sustenta en las siguientes
consideraciones/
234 H. Enseg!ida se procede al est!dio,
anlisis y *aloraci'n de los elementos de
con*icci'n aportados por la actora, *alorados en s!
con&!nto, de ac!erdo a las reglas de la l'gica y la
eperiencia, de conormidad con lo disp!esto por
los art/c!los 81, ?0 y ?03 y dems relati*os y
aplicales del 'digo de 9rocedimientos i*iles
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$ 11 $ D.C. 469/2015
2sic4, lo c!al se reali4a en el sig!iente sentidoI - - -
Ja parte actora reclama de la demandada el pago
de la cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta
y siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),
por concepto de pago de onorarios con*enido con
la en&!iciada en el contrato *eral de prestaci'n de
ser*icios proesionales celerado el primero de
oct!re de dos mil doce, as/ como el pago de los
intereses moratorios generados sore la citada
cantidadC por lo !e para la procedencia de la
acci'n, se dee acreditarI 1) la relaci'n contract!al
entre la partes, ) la prestaci'n del ser*icio
contratado y 3) !e el ser*icio reali4ado !e
prestado por !n proesionista con c"d!la
deidamente epedida por la a!toridad ac!ltada
para ello. - - - 9or c!anto ace al primer elemento
de la acci'n consistente en la relaci'n contract!al,
!ed' deidamente acreditada al aerla
reconocido la en&!iciada al contestar el ecomarcado con el n:mero !no, en el !e seFal' !e
al ac!dir al 2E le recomendaron ir a la
9;E@E2 para !e la asesoraran y a/ !e
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$ 12 $ D.C. 469/2015
donde conoci' al actor y !e empleados de
seg!ridad de dica dependencia se lo
recomendaron por!e s! trmite tardar/a m!co y
el actor le oreci' s! ay!da, por lo !e lo coment'
con s!s i&os, !ienes le recomendaron !e s/
lle*ara los papeles al licenciado, reiri"ndose al
actor, !ien le reali4' la demanda correspondiente,
negando aer pactado el monto de los onorarios
indicados por el actor, lo c!al se ro!stece con la
doc!mental relati*a al ac!se de eca doce de
mar4o de dos mil trece, de c!yo teto contenido en
el re*erso de la o&a dos se ad*ierte !e se asent'
de p!Fo y letra yo Rosa Aurora Cruz Manjarrez de la
Puente, me comprometo a pagar el .30% de la cantidad
recuperada por concepto de pago de servicio cuando me
entregue el !!!"# el pago$C doc!mental pri*ada !e
go4a de *alor proatorio pleno, toda *e4 !e en
a!diencia preliminar celerada el oco de mayo del
aFo en c!rso, las partes pactaron como eco nocontro*ertido la s!scripci'n de p!Fo y letra de la
demandada de lo escrito en la parte s!perior de
dico doc!mento, lo c!al incl!si*e se ro!stece
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$ 1 $ D.C. 469/2015
con la pr!ea conesional a cargo de la parte
demandada, ya !e reconoci' aer contratado al
actor para !e el 2E le de&ara de descontar de
s! pensi'n y &!ilaci'n de orma indeida, as/
como la de*ol!ci'n de la cantidad !e le a/an
descontado d!rante siete aFos, por lo !e con
dicas proan4as !ed' deidamente acreditada
la relaci'n contract!al eistente entre las partes,
consistente en !n contrato de prestaci'n de
ser*icios proesionales, c!yo o&eto !e !e el
2E le de&ara de descontar a la en&!iciada de
s! pensi'n y &!ilaci'n de orma indeida. - - -
Aora ien, en c!anto al c!mplimiento dado por el
actor al contrato ase de la acci'n, consistente en
la prestaci'n del ser*icio, de ig!al orma se
enc!entra acreditado, toda *e4 !e de las
constancias procesales, mismas !e tienen *alor
proatorio de conormidad con lo disp!esto por el
art/c!lo ?03 en relaci'n con el 37, racci'n H,del 'digo de 9rocedimientos i*iles 2sic4, se
desprende !e la parte actora en el eco !no de
s! demanda maniest' !e la parte demandada !e
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$ 14 $ D.C. 469/2015
asesorada en la demanda de n!lidad !e se
present' con eca seis de no*iemre de dos mil
doce, el c!al !e radicado ante la 9rimera ala
egional etropolitana del 2ri!nal ;ederal de
epediente 3016#1-17-01-11, por lo !e
tramitado en todas s!s etapas, con eca treinta y
!no de oct!re de dos mil trece, se dict' sentencia
deiniti*a en la !e se declar' la n!lidad de la
resol!ci'n imp!gnada, condenando al nstit!to de
eg!ridad y er*icios ociales de los 2raa&adores
del Estado a otorgar /ntegramente la pensi'n por
&!ilaci'n y por *i!de4 en los t"rminos !e *en/an
generndose asta antes de la emisi'n de la
resol!ci'n imp!gnada, as/ como a eect!ar el pago
de las dierencias generadas con moti*o del a&!ste
eect!ado, eiiendo el actor las doc!mentales
relati*as al ac!se de demanda presentada ante los
agistrados de la B. ala egional etropolitanadel 2ri!nal ;ederal de
Administrati*a, de c!yo teto se ad*ierte !e el oy
actor !e a!tori4ado por la en&!iciada para o/r y
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$ 15 $ D.C. 469/2015
reciir notiicaciones en el epediente n:mero
3016#1-17-01-11, copia certiicada de sentencia
de eca treinta y !no de oct!re de dos mil trece,
dictada por la 9rimera ala egional etropolitana
del 2ri!nal ;ederal de
Administrati*a, en la !e se conden' a la a!toridad
demandada a otorgar /ntegramente la pensi'n por
&!ilaci'n y por *i!de4 a a*or de la en&!iciada,
deiendo eect!ar el pago de las dierencias
generadas con moti*o del a&!ste eect!adoC ac!se
de eca once de aril de dos mil catorce, por
medio del c!al el actor prom!e*e en el &!icio antes
mencionado en s! carcter de a!tori4ado en
t"rminos amplios por la oy en&!iciada, solicitando
el c!mplimiento de la sentencia antes mencionadaC
doc!mentales p:licas a las !e se les coniere
*alor proatorio en t"rminos de lo disp!esto por el
art/c!lo ?03 en relaci'n con el 37, racci'n H,
del 'digo de 9rocedimientos i*iles 2sic4, de lasc!ales se desprende !e el oy accionante
c!mpli' con el o&eti*o para el c!al !e contratado,
ya !e reali4' la demanda con la !e inici' el
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$ 16 $ D.C. 469/2015
procedimiento administrati*o ante la 9rimera ala
egional etropolitana del 2ri!nal ;ederal de
concl!y' con sentencia a*orale para la
demandada ya !e se conden' a la a!toridad a
otorgar /ntegramente la pensi'n por &!ilaci'n y por
*i!de4 a a*or de la en&!iciada, deiendo eect!ar
el pago de las dierencias generadas con moti*o
del a&!ste eect!ado, ello a!nado a !e la
demandada al desaogar la conesional a s!
cargo, al!di' !e los trmites !e ella reali4'
!eron con posterioridad al dictado de la sentencia,
ante lo c!al, se reitera, el accionante &!stiic'
plenamente aer dado c!mplimiento con el
contrato de prestaci'n de ser*icios. - - - 9or otra
parte, de conormidad con lo disp!esto por el
art/c!lo 608 del 'digo i*il para el @istrito
;ederal, el c!al estalece !e los !e sin tener el
t/t!lo correspondiente e&er4an proesiones parac!yo e&ercicio la ley ei&a t/t!lo, adems de inc!rrir
en las penas respecti*as, no tendrn dereco de
corar retri!ci'n por los ser*icios proesionales,
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$ 1 $ D.C. 469/2015
por lo c!al es menester !e el accionante, acredite
encontrarse a!tori4ado para e&ercer la proesi'n de
licenciado en dereco, es decir, !e tienen tal
calidad a tra*"s de la eiici'n de la c"d!la
proesional, en *irt!d de !e el art/c!lo seg!ndo
transitorio de la Jey de 9roesiones reglamentaria
del art/c!lo 5K constit!cional relati*o al e&ercicio de
las proesiones en el @istrito ;ederal, dispone !e
las proesiones !e en s!s di*ersas ramas
necesitan t/t!lo para s! e&ercicio son las sig!ientesI
LAct!ario, Ar!itecto, =acteri'logo, =i'logo,
ir!&ano @entista, ontador, orredor, Enermera,
Enermera y 9artera, ngeniero, Jicenciado en
@ereco, Jicenciado en Econom/a, arino,
"dico, "dico Heterinario, etal:rgico, %otario,
9iloto A*iador, 9roesor de Ed!caci'n 9reescolar,
9roesor de Ed!caci'n 9rimaria. 9roesor de
Ed!caci'n ec!ndaria, G!/mico. 2raa&ador
ocialC ante lo c!al el actor dee acreditar !econtaa con c"d!la proesional al momento de
reali4ar las act!aciones tendientes a dar
c!mplimiento al contrato de prestaci'n de ser*icios
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$ 1# $ D.C. 469/2015
ase de la acci'n, s!stenta lo anterior, el criterio
sostenido en la &!rispr!dencia con n:mero de
registroI ciento setenta y oco mil setecientos
treinta y tres, emitida por la 9rimera ala en el
emanario
acreditado en la especie, ya !e el actor oreci'
como pr!ea, la doc!mental relati*a a la copia
certiicada de la c"d!la proesional n:mero
138575, epedida a s! nomre por la @irecci'neneral de 9roesiones de la ecretar/a de
Ed!caci'n 9:lica, el *eintitr"s de mar4o de mil
no*ecientos no*enta, !e lo acredita como
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$ 19 $ D.C. 469/2015
Jicenciado en @ereco, ello a!nado a !e eii'
copia simple de la constancia de registro de s!
c"d!la proesional ante la 9rimera ecretar/a de
Ac!erdos de la 9residencia y del 9leno del 2ri!nal
!perior de
acreditaci'n del olio 00018313, aiendo eiido
en la a!diencia preliminar celerada el oco de
mayo del aFo en c!rso y en la a!diencia de &!icio
para identiicarse el d!plicado de dica c"d!la, con
lo !e se acredita !e dico proesionista contaa
con la patente para e&ercer la proesi'n de
Jicenciado en @ereco, al momento de reali4ar los
ser*icios proesionales c!yos onorarios demanda.
- - - Aora ien, el actor reclama como concepto de
onorarios deri*ado de la prestaci'n de s!s
ser*icios proesionales, el pago de la cantidad de
$367,516.80 (trescientos sesenta y siete mil
!inientos diecis"is pesos 80#100 .%.), monto
!e !ed' &!stiicado, toda *e4 !e, si ien delre*erso del ac!se de eca doce de mar4o de dos
mil trece se ad*ierte !e se asent' de p!Fo y letra
de la demandadaI yo Rosa Aurora Cruz Manjarrez de
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$ 20 $ D.C. 469/2015
la Puente, me comprometo a pagar el .30% de la cantidad
recuperada por concepto de pago de servicio cuando me
entregue el !!!"# el pago$. in emargo en el
presente caso dee determinarse si la *ol!ntad de
las partes al celerar el contrato de prestaci'n de
ser*icios proesionales !e la de estip!lar como
pago por los ser*icios proesionales reali4ados por
el actor, el treinta por ciento de la cantidad !e
rec!perara la en&!iciada del nstit!to de eg!ridad
y er*icios ociales de los 2raa&adores del
Estado o ien el p!nto treinta por ciento de dica
cantidad como lo ase*era la demandada. - - - Al
respecto, el art/c!lo 1851 del 'digo i*il 2sic4
estalece !e si los t"rminos de !n contrato son
claros y no de&an d!da sore la intenci'n de los
contratantes, se estar al sentido literal de s!s
cl!s!las. i las palaras parecieren contrarias a la
intenci'n e*idente de los contratantes, pre*alecer
"sta sore a!ellaC por lo !e !na *e4 anali4ado elmaterial proatorio aportado por las partes, esta
&!4gadora llega a la concl!si'n !e en el presente
caso, la *ol!ntad de las partes al celerar el
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$ 21 $ D.C. 469/2015
contrato de prestaci'n de ser*icios proesionales
ase de la acci'n, !e la de pactar como pago de
onorarios el importe del treinta por ciento de la
cantidad !e la en&!iciada reciiera del nstit!to de
eg!ridad y er*icios ociales de los 2raa&adores
del Estado. - - - Jo anterior es as/, en *irt!d de !e
al desaogar la pr!ea conesional !e oreci' la
demandada a cargo del actor maniest' !e ese
!e el porcenta&e pactado, y !e para eectos
prcticos al no !edarle claro el porcenta&e de los
onorarios a c!rir y tomando en consideraci'n
!e los cel!lares no tienen la tecla de porcenta&e,
se estaleci' !e al m!ltiplicar la cantidad otenida
o rec!perada por el p!nto treinta, da como
res!ltado la cantidad reclamada en el presente
&!icioC dica proan4a se enc!entra adminic!lada
con la pr!ea testimonial orecida por el actor a
cargo de la . 2omasa Anastacio rtega, misma
!e seFal' !e los onorarios pactados lo !eron ara4'n del 30+ (treinta por ciento) sore el importe
del pago *eriicado por el 2E, testigo !e si
ien constit!ye !n simple indicio, sin emargo se
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enc!entra adminic!lada con di*ersos medios de
pr!ea como lo es, la conesional orecida por el
actor a cargo de la en&!iciada, !ien maniest' !e
el 2E le descontaa aproimadamente
$?,600.00 d!rante siete aFos y asimismo la
pensi'n de s! esposo !e dismin!yendo asta !e
coraa $,800.00 y en el 2E le
recomendaron meter s!s papeles por!e los
desc!entos eran in&!stos y le comentaron !e ia a
ganar el &!icio, pero !e desde !e le empe4' a
descontar el 2E, se *io limitada en la c!esti'n
econ'mica y eso ia a lle*ar c!nto dinero, !e la
declarante no ten/a para demandar y !e c!ando
!na personita la orient' para !e !era a la
9;E@E2 !e !e donde conoci' al licenciado y
le pidi' !e le iciera el escrito eco por !na
persona !e t!*iera los conocimientos, de lo !e
se ad*ierte !e la demandada ten/a pleno
conocimiento del costo de los ser*iciosproesionales de !n aogado, p!esto !e s/ le
a/an reali4ado desc!entos por siete aFos a
ra4'n de $?,600.00 o ms como lo seFala,
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respecto de la pensi'n de s! esposo, res!lta
e*idente !e los onorarios i&ados no podr/an ser
menores incl!so a !n 2sic4 s'lo de esos
desc!entos mens!ales, es decir a la cantidad de
$3,675.16C ello no ostante !e los testigosAnali
Higil r!4 an&arre4 y
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!e el di*erso testigo
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3016#1-17-01-11 promo*ido por osa A!rora
r!4 an&arre4 de la ;!enteante la 9rimera ala
egional etropolitana del 2ri!nal ;ederal de
c!mplimiento dado a la sentencia, di*erso oicio
por medio del c!al se notiica a la en&!iciada para
!e compare4ca a reciir el ce!e n:mero de
olio 0661?7?, el c!al contiene eca y irma de
reciido y el acta administrati*a por comparecencia
de la en&!iciada por medio de la c!al recie el
citado ce!e mediante el c!al se da c!mplimiento
a la sentencia deiniti*a de eca treinta y !no de
oct!re de dos mil trece, orando copia simple de
la identiicaci'n de la compareciente y del t/t!lo de
cr"dito reciido con eca primero de agosto de
dos mil catorce, por la cantidad de $15,056.00
(!n mill'n doscientos *einticinco mil cinc!enta y
seis pesos 00#100 .%.), doc!mental !e go4a de
*alor proatorio en t"rminos de lo pre*isto por elart/c!lo 38, racci'n H, del 'digo de
9rocedimientos i*iles 2sic4 y tomando en
consideraci'n !e el actor maniest' !e el pag'
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$ 26 $ D.C. 469/2015
de/a ser reali4ado por la en&!iciada al reciir el
pago por parte del 2E en !na c!enta ancaria
a s! nomre, aiendo seFalado la en&!iciada al
contestar el eco marcado con el n:mero !no !e
le reali4' al actor !n dep'sito, de lo !e se ad*ierte
!e ten/a conocimiento de la c!enta ancaria a la
!e de/a reali4ar el pago correspondiente, con lo
!e s!rgi', la oligaci'n de la demandada de
c!rir al oy actor los onorarios pactados, por lo
!e al m!ltiplicar la cantidad !e recii' del
2E por el 30+ (treinta por ciento) res!lta la
cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta y
siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),
moti*os por los c!ales lo procedente es condenar a
la demandada r!4 an&arre4 de la 9!ente osa
A!rora al pago de la cantidad de $367,516.80
(trescientos sesenta y siete mil !inientos diecis"is
pesos 80#100 .%.) por concepto de onorarios
proesionales, lo !e deer pagar al actorampos !errero arlos Antonio, o a !ien s!s
derecos represente en el t"rmino de cinco d/as
contados a partir de !e la presente resol!ci'n sea
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legalmente e&ec!taleC aperciida !e en caso de
no acerlo se proceder al emargo de ienes de
s! propiedad y con s! prod!cto se ar pago al
actor. - - - on relaci'n a la prestaci'n marcada
con el inciso ) del escrito inicial de demanda
consistente en el pago de la cantidad de
$17,>16.? (diecisiete mil no*ecientos diecis"is
pesos ?#100 .%.) por concepto de intereses
legales moratorios generados por la cantidad antes
mencionada, al tipo legal del primero de agosto de
dos mil catorce, eca en !e la en&!iciada inc!rri'
en inc!mplimiento y asta el d/a !ince de erero
de dos mil !ince, ms los !e se sigan generando
asta el pago del ade!do, la misma res!lta
parcialmente procedente, toda *e4 !e en t"rminos
de lo pre*isto por el art/c!lo 1>?> del 'digo i*il
2sic4, el per&!dicado por el inc!mplimiento de !na
oligaci'n, se enc!entra ac!ltado para eigir,
adems del c!mplimiento de la misma, elresarcimiento de los daFos y per&!icios ca!sados,
los c!ales se trad!cen en el pago de intereses
generados con moti*o del inc!mplimientoC
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asimismo el art/c!lo 3>5 del 'digo i*il para el
@istrito ;ederal, dispone !e en caso de no aer
estip!lado intereses las partes para el caso de
inc!mplimiento, se dee estar al inter"s legal !e
res!lta ser el n!e*e por ciento an!al, de lo !e se
ace e*idente !e al no aer acreditado la
demandada aer c!ierto los onorarios por los
ser*icios antes en!nciados, deer pagar los
intereses generados a ra4'n del n!e*e por ciento
an!al a partir del d/a sig!iente en !e los
onorarios reclamados !eron eigiles y no !eron
pagados, esto es a partir del dos de agosto de dos
mil catorce, d/a en !e la en&!iciada recii' el pago
correspondiente, en consec!encia, de las simples
operaciones aritm"ticas, sal*o error ! omisi'n se
tiene !e del dos de agosto de dos mil catorce al
!ince de erero de dos mil !ince, an
transc!rrido seis meses, catorce d/as de mora, por
lo !e en primer l!gar se calc!la la tasa moratoriamens!al aplicale respecto del >+ an!al, se di*ide
dica tasa entre los doce meses contenidos en !n
aFo, oteni"ndose !na tasa moratoria mens!al
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$ 29 $ D.C. 469/2015
del .75+, la c!al es la !e se aplica en el presente
casoC por tanto al m!ltiplicar el importe de la s!erte
principal !e es $367,516.80 (trescientos sesenta y
siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.)
por el .75+, se genera la cantidad de $,756.37
(dos mil setecientos cinc!enta y seis pesos 37#100
.%.) como inter"s moratorio mens!al, la c!al
m!ltiplicada por los seis meses de mora, res!lta la
cantidad de $16,538. (diecis"is mil !inientos
treinta y oco pesos #100 .%.) y por lo !e
respecta a los catorce d/as restantes, al di*idir el
importe de intereses moratorios mens!ales, entre
treinta !e corresponde a los d/as contenidos en
!n mes, se otiene la cantidad de $>1.87 (no*enta
y !n pesos 87#100 .%.) la c!al m!ltiplicada por
catorce d/as, asciende a la cantidad de $1,86.18
(!n mil doscientos ocenta y seis pesos 18#100
.%.) por lo !e s!madas las anteriores
cantidades, se genera la cantidad total de$17,8?.?0 (diecisiete mil ococientos *eintic!atro
pesos ?0#100 .%.) por concepto de intereses
moratorios generados del dos de agosto de dos mil
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$ 0 $ D.C. 469/2015
catorce al !ince de erero del aFo en c!rso y !e
deer pagar la en&!iciada r!4 an&arre4 de la
9!ente osa A!rora al actor ampos !errero
arlos Antonio, o a !ien s!s derecos represente
en el t"rmino de % @A contados a partir de
!e la presente resol!ci'n sea legalmente
e&ec!tale, aperciida !e en caso de no acerlo
se proceder al emargo de ienes de s!
propiedad y con s! prod!cto se aga pago al actor,
ms los intereses legales a ra4'n del n!e*e por
ciento an!al sore la cantidad de $367,516.80
(trescientos sesenta y siete mil !inientos diecis"is
pesos 80#100 .%.), !e se sigan generando asta
el pago total del ade!do, mismos !e arn de
ser c!antiicados en e&ec!ci'n de sentencia a
tra*"s del incidente !e en s! caso se aga *aler.
- - - in !e reporte eneicio a los intereses de la
parte actora las doc!mentales relati*as a las
copias simples de acta de comparecencia ycon*enio de *einte de mar4o de dos mil seis,
concesi'n de pensi'n por *i!de4, concesi'n de
pensi'n por &!ilaci'n, ac!se de promoci'n de die4
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$ 1 $ D.C. 469/2015
de aril de dos mil catorce, cinco estados de
c!enta ancarios, copia simple de asesor/a simple
de eca *eintic!atro de oct!re de dos mil siete y
cons!lta de saldo de ca&ero =aname de ecas
diecis"is de diciemre de dos mil catorce y
*eintid's de aril de dos mil !ince, toda *e4 !e
de s! contenido no se ad*ierte oligaci'n alg!na
por parte de la en&!iciada a a*or del actor toda *e4
!e la en&!iciada neg' en todo momento aer
reali4ado los pagos !e seFala el actor. - - - H. 9or
c!anto ace a las ecepciones y deensas
op!estas por la demandada, las de alta de acci'n
y dereco, la deri*ada de lo disp!esto en el art/c!lo
0 del 'digo i*il para el @istrito ;ederal, la de
ineistencia del compromiso !e reiere el actor, la
deri*ada de lo disp!esto en el art/c!lo 1803 del
'digo i*il 2sic4, mismas !e se res!el*en de
manera con&!nta dado la /ntima relaci'n !e
g!ardan entres 2sic4 s/, al descansar sore elarg!mento de !e la en&!iciada :nicamente se
olig' al pago de los onorarios a ra4'n del .30+
de la s!erte principal, ecepciones !e res!ltan
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improcedentes, en *irt!d de !e d!rante la sec!ela
del &!icio, la demandada no aport' medio de
pr!ea alg!no !e &!stiicara tal circ!nstancia y por
el contario !ed' plenamente acreditado !e se
olig' a c!rir por concepto de onorarios, el 30+
(treinta por ciento) del importe reciido en concepto
de pago por parte del 2E. in !e la
demandada acreditara !e el eco de !e !e ella
!ien dio atenci'n y seg!imiento al &!icio, toda *e4
!e del inorme rendido por el 9roc!rador de la
9roc!rad!r/a de la @eensa del 2raa&o del @istrito
;ederal, maniest' !e la demandada no solicit'
asesor/a en dica dependencia en el mes de
septiemre de dos mil doce, aclarando !e dica
dependencia no tiene ac!ltades para proporcionar
asesor/a &!r/dica en &!icios ederales iscales
administrati*os, espec/icamente ante la ala
egional etropolitana y !e no c!entan con
ormatos para la elaoraci'n de demandas,inormando !e el actor de&' de laorar para dica
dependencia, antes de !e incl!si*e se celerara
el contrato de prestaci'n de ser*icios, aiendo
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$ $ D.C. 469/2015
maniestado la propia demandada !e ella dio
seg!imiento para la otenci'n del ce!e
correspondiente, !na *e4 !e se t!*o sentencia
deiniti*a en el &!icio de n!lidad, lo c!al corroor'
s! testigo
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impresi'n de olet/n laoral !rocrtico, toda *e4
!e de las mismas no se ad*ierte el c!mplimiento
dado por parte de la en&!iciada al contrato *eral
materia de la litis. - - - H. 9or :ltimo, por c!anto
ace al pago de gastos y costas, el art/c!lo 1?0 del
'digo de 9rocedimientos i*iles 2sic4 estalece
!e la misma se ar c!ando as/ lo pre*enga la ley
o c!ando a &!icio del &!e4, se aya procedido con
temeridad o mala e, estaleciendo los s!p!estos
en !e siempre sern condenadas las partes. - - -
@e lo anterior se ad*ierte !e el art/c!lo en est!dio
estalece dos s!p!estos conorme a los c!ales es
procedente la condenaci'n en costasC !no de
carcter s!&eti*o !e tiene relaci'n con la
cond!cta procesal as!mida por las partes, c!ando
act:an con temeridad o mala e, c!ya caliicaci'n
!eda al aritrio del &!4gador, !ien tiene !e
ponderar la eistencia o no de esa cond!cta
procesal inapropiada y por otra, !n s!p!estoo&eti*o, al tenor del c!al, la propia ley en!ncia los
s!p!estos en !e la condenaci'n en costas dee
ser or4osa para !ien se !i!e en la ip'tesis
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$ 6 $ D.C. 469/2015
transgredi' las prerrogati*as de la s!scrita en
*irt!d de !e se apart' de los principios de
legalidad y seg!ridad &!r/dicaC lo c!al !ed'
e*idenciado por el eco de !e la responsale en
los considerandos c!arto, !into y seto de la
sentencia rec!rrida se ast!*o de aplicar las reglas
del procedimiento contempladas en los art/c!lo
2sic4 >71, >77, >8, ellos en relaci'n con lo
estalecido en los ordinales ?0, 8> en relaci'n
con el >5, 81 en relaci'n con el precepto 8
todos ellos del 'digo de 9rocedimientos i*iles
en *igor 2sic4 y con el deido respeto !e merece
la a!toridad responsale, la s!scrita considera !e
dica &!e4a a pesar de !e dee ser imparcial
inc!rri' en *iolaciones procesales, de&ando de
admitir pr!eas rele*antes en s! desaogo para la
s!scrita, a pesar de !e incl!so el desaogo de
dica pr!ea no admitida !e reiterado por el a!/
tercero interesado, y la responsale, ordenando eldesaogo de pr!eas orecidas en id"nticos
t"rminos !e la desecada, pero !e a*orec/an al
actor en el &!icio nat!ral, rompiendo con ello el
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$ $ D.C. 469/2015
e!ilirio e ig!aldad procesal !e dee imperar
entre las partes, incl!si*e, la s!scrita considera !e
la responsale, *alga la epresi'n L!pli' las
deiciencias del actor en el nat!ral en el
planteamiento de s!s pretensiones para declarar
procedente s! acci'n, como se intentar eponer
en los conceptos de *iolaci'n !e contienen este
escrito de demanda. - - - 9EA HJAP% A
JA EJA EE%AJE @EJ
9E@E%2.- En primera instancia, se ace
*aler la inadmisi'n de la pr!ea @DE%2AJ
9Q=JA identiicada con el n:mero dos del
cap/t!lo de pr!eas del escrito de contestaci'n de
demanda prod!cida por la s!scrita ante la
a!toridad responsale en el &!icio nat!ral, misma
!e se transcrie a contin!aci'nI - - - .& 'A
()C*M#+"A'.& Consistente en el inorme -ue rinda a
este . /uzgado el PR)C*RA()R #+#RA' (# 'A
PR)C*RA(*R1A 2#(#RA' (# 'A (#2#+!A (#'"RAA/) 4PR)2#(#"5 -ue es un 6rgano
(esconcentrado de la !ecretar7a del "ra8ajo y Previsi9n
!ocial cuyo domicilio se encuentra en (octor /os: Mar7a
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$ # $ D.C. 469/2015
;ertiz nico (istrito 2ederal, (elegaci9n Cuau?t:moc, C.P.
0@0, con relaci9n a lo siguienteB & & & =. ue inorme a
este . /uzgado si en dic?a (ependencia la8or9 el C.
CAR')! A+")+) CAMP)! *#RR#R) en el
periodo -ue comprende de !eptiem8re de 0= al mes de
agosto de 0=D. & & & . ue inorme el puesto -ue
desempeEa8a el C. CAR')! A+")+) CAMP)!
*#RR#R)en dic?a dependencia. & & & 3. ue inorme
el ?orario de la8ores -ue ten7a el C. CAR')!
A+")+) CAMP)! *#RR#R) en dic?a
dependencia. & & & #s de ?acer notar a !u !eEor7a, A/)
PR)"#!"A (# (#CR ;#R(A( -ue la suscrita
carezco de la inormaci9n seEalada, sin em8argo, se
adjunta al presente escrito la solicitud de la suscrita
realizada a dic?a dependencia en la -ue le estoy
solicitando dic?a inormaci9n -ue no estF a mi alcance.
& & & Por lo anterior, solicit9 respetuosamente de !u
!eEor7a, gire oicio a dic?a dependencia para -ue
inorme los puntos solicitados. & & & #sta prue8a se
relaciona con los ?ec?os =, , 3, D, G, @ y del escrito de
contestaci9n de demanda. & & & 'o -ue la suscrita
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$ 9 $ D.C. 469/2015
pretendo acreditar con esta prue8a es -ue el C. CAR')!
A+")+) CAMP)! *#RR#R) carec7a del tiempo
necesario para representarme en el juicio administrativo,
y por consecuencia es -ue el acuerdo de ?onorarios entre
el actor y la suscrita consisti9 en -ue :l ela8or9 el escrito
de demanda y algunos escritos y yo en lo personal le
dar7a puntual seguimiento a mi juicio ?asta lograr el
co8ro de los inde8idos descuentos, y por tal motivo es
-ue la suscrita le pagu: el 4sic5 actor la cantidad total de
H30,000.00 4"R#+"A M' P#!)! 00I=00 M.+.5, y por
tal motivo tam8i:n en el escrito de ec?a 0 de marzo de
0=D, la suscrita me o8ligu: rente al enjuiciante a
pagarle #' P*+") "R#+"A P)R C#+") (# 'A
CA+"(A( A R#C*P#RAR!#. - - - omo se i4o
*aler en la a!diencia preliminar !e t!*o
*eriicati*o en el &!icio nat!ral, la .
el desaogo de dica proan4a la s!scrita
pretend/a demostrar la ecepci'n de alsedad
eca *aler en el escrito de contestaci'n de
demanda, adems de lo anterior, con el desaogo
de dica proan4a, la s!scrita pretend/a
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$ 40 $ D.C. 469/2015
contro*ertir el eco !no el 2sic4 escrito de
demanda (2EA @E A% EJEHA%A,
9GDE E% EE EAJ2H 2sic4 EJ
A2 E% EJ
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A22D@ N 92DA @E JA 9A2E A2A
E% EJ
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tampoco *alor' !e la s!scrita no p!edo tener
acceso a dicas copias por!e en esa indagatoria
ten/a la calidad de proale responsale y al
respecto eiste proiici'n legal para !e me
!eran acilitadas por la calidad de indiciada. - - -
ncl!so, para il!strar la incongr!encia de la
responsale al de&ar de admitir dica proan4a, se
ad*ierte de la misma graaci'n !e contiene la
celeraci'n de la a!diencia preliminar !e la
pr!ea identiicada con el n!meral tres del escrito
de contestaci'n de demanda s/ !e admitida y
ordenado s! desaogo por la responsale, !e
incl!so oiciosamente orden' tanto en preparaci'n
como en desaogo, siendo !e la s!scrita
considera !na ranca y e*idente *iolaci'n al
dereco !mano de t!tela &!dicial eecti*a de la
s!scrita !e en e*idente contra*enci'n a las reglas
esenciales del procedimiento la &!e4a responsale
ordenara la inadmisi'n de !na doc!mental y laadmisi'n de di*ersa doc!mental, amas orecidas
en id"nticos t"rminos, y con intenci'n de acreditar
la procedencia de ecepciones y deensas
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$ 4 $ D.C. 469/2015
op!estas en el escrito de contestaci'n de
demanda, amos elementos de pr!ea orecidos
con el nimo de contro*ertir los ecos del escrito
de demanda y en ase al 2sic4 principio de
contradicci'n !e rige en los &!icio 2sic4 orales, y
amas pr!eas reiteradas en s! orecimiento por la
misma parte actora en el &!icio nat!ral, *iolaci'n
procesal !e lle*a a pensar a la s!scrita en !e la
&!e4 en todo momento admiti' y orden' la
preparaci'n y desaogo de pr!eas !e p!dieran
a*orecer al actor en el nat!ral. - - - Jo anterior, la
s!scrita considero !e se trata de !na *iolaci'n
procesal oc!rrida en la etapa de admisi'n de
pr!eas dentro de la a!diencia preliminar del &!icio
nat!ral !e dee ser reparada */a esta demanda
de amparo, por lo !e se solicita el amparo y
protecci'n de la
*iolatorio, p!esto !e lo anterior, de&' a la s!scrita
en estado de indeensi'n dentro del &!icio nat!ral alno permitir la responsale !e la s!scrita en !so y
e&ercicio del principio de contradicci'n desaogara
los elementos de pr!ea con los !e demostrar/a
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la ecepci'n de alsedad eca *aler. - - -
ED%@ 2sic4.- Es contrario a las reglas de la
l'gica !e la responsale considere el eco de
!e la !e s!scrie neg' aer pactado el monto
de los onorarios indicados por el actor y me
condene al pago de lo !e el actor reclama como
concepto de onorarios deri*ado de la prestaci'n
de s!s ser*icios proesionales, el pago de la
cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta y
siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),
seFalando malamente la responsale !e dico
monto !ed' &!stiicado toda *e4 !e, si ien del
re*erso del ac!se de eca doce de mar4o de dos
mil trece se ad*ierte !e se asent' de p!Fo y letra
de la demandada yo osa A!rora r!4 an&arre4
de la 9!ente, me comprometo a pagar el .30+ de
la cantidad rec!perada por concepto de pago de
ser*icio c!ando me entreg!e el 2E el pago.
%o considerando !e la intenci'n del actor es la dea!sar de la s!scrita en relaci'n al pago otenido
sin !e se aya con*enido dico porcenta&e. - - -
iendo !e la *ol!ntad de las partes y el
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compromiso de pago siempre !e como lo seFala el
doc!mento @E ;EBA 92E GDE
9DE=A EJ 9 AD@ E% EJ
%2A2 HE=AJ EJE=A@ es decir el .
30+ ya !e no es necesaria la aplicaci'n de
alg!na ciencia ! operaci'n matemtica complicada
para determinar !e el p!nto treinta de los
onorarios y !e oedece a la J2EAJ@A@ @EJ
@DE%2 GDE E ;P E% ;EBA
92E, 9DE=A @EJ
9 AD@ E% EJ %2A2
HE=AJ N GDE ;DE ;E@ 9 JA A
9A2E A2A asciende a la cantidad de
$3,675.16 (tres mil seiscientos setenta y cinco
pesos 16#100 .%.) ya !e el *erdadero ac!erdo
de *ol!ntades con el en&!iciante !e el sig!ienteI
- - - J#l actor realiz9 el escrito de demanda, por lo cual la
suscrita le pagu: en eectivo la cantidad de H=0,000.00
4diez mil pesos 00I=00 M.+.5. & & & JAl admitirse lademanda le entregu: la cantidad de HG,000.00 4cinco mil
pesos 00I=00 M.+.5, en eectivo. & & & J#n el mes de
octu8re de 0=3 la suscrita le entregu: al actor en
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eectivo la cantidad de H=0,000.00 4diez mil pesos
00I=00 M.+.5. & & & JPara diciem8re de 0=D, la suscrita
no ten7a dinero y el actor me ?a87a solicitado otros
HG,000.00 4cinco mil pesos 00I=00 M.+.5, por lo -ue uno
de mis amiliares le dep9sito al actor en ec?a 0@ de
diciem8re de 0=D la cantidad de HD,@00.00 4cuatro mil
seiscientos pesos 00I=00 M.+.5, con el compromiso de
-ue la suscrita le completar7a lo -ue alta8a para los
cinco mil pesos. Cantidad -ue le uera cu8ierta
posteriormente. & & & JK el compromiso para cuando
reci8iera el pago total la suscrita ue -ue le entregar7a el .
30% 4P*+") "R#+"A P)R C#+")5 del monto
total. ') A+"#R)R !# A(;#R"# (#' M!M)
()C*M#+") *# *+# K C)MPR)M#"# A 'A
!*!CR"A 2R#+"# A' AC")R,
C)+CR#"AM#+"# (# 'A ()C*M#+"A'
(#+"2CA(A C)+ #' +LM#R) G, #! (#CR, 'A
!*!CR"A (# M P*) K '#"RA M# )'*N, K
P)R "A+") #O"#R+N M ;)'*+"A( #+ (C)
()C*M#+") (# PAAR A' AC")R #' .30%
4P*+") "R#+"A P)R C#+")5 (# 'A
CA+"(A( ")"A' R#C*P#RA(A, K #+ #!"#
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!#+"() CA# (#!"ACAR #'
C)+!#+"M#+") "C") K 'A C)+2)RM(A(
C)+ !* C)+"#+() P)R PAR"# (#' AC")R,
P*#!") *# #' "#O") A' *# A)
R#2#R#+CA #+ #!"# APAR"A(), M# 2*#
(C"A() P)R #' AC")R K P)!"#R)R A #''),
') 2RMN, ') 2RM6 M /A, ') R#;!6 #'
AC")R K !# ') *AR(6 K C)+!#R;6 K #! #'
M!M) *# A(/*+"6 A !* #!CR") +CA' (#
(#MA+(A. & & & #!") !# (#(*C# (# 'A
'#C"*RA (#' C)MPR)M!) *# R#A'CN 'A
!*!CR"A #+ #' "#O") (#' #!CR") (# 2#CA
0 (# MARQ) (# 0=3, #+ #' *# !# A(;#R"#
K #! C'AR) #' C)+"#+() (#' "#O") .30%
4P*+") "R#+"A P)R C#+")5, P)R "A+") #!
2A'!) K #+ ++L+ M)M#+") M# )'*N
C)+ #' AC")R A PAAR'# #' 30% P)R C#+").
- - - es!ltando !e la responsale da por eco
!e las partes al celerar el contrato de prestaci'n
de ser*icios proesionales !e la de estip!lar como
pago de los ser*icios proesionales reali4ados por
el actor, el 2E%2A 9 E%2 de la cantidad
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!e rec!perara la en&!iciada del nstit!to de
eg!ridad ocial y er*icios para los 2raa&adores
del Estado. - - - @ndole prioridad a lo maniestado
por el actor al desaogar la pr!ea conesional
desaogada !e oreci' la s!scrita !ien maniest'
!e ese !e el porcenta&e pactado, y !e para
eectos prcticos al no !edarle claro el porcenta&e
de los onorarios a c!rir y tomando en
consideraci'n !e los cel!lares no tienen la tecla
de porcenta&e, se estaleci' !e al m!ltiplicar la
cantidad otenida o rec!perada por el p!nto
treinta, da como res!ltado la cantidad reclamada
en el &!icioC E%@ GDE @BA 9E%A E
D% JE%A@ E% @EEB GDE% %
@E=EA @E ESAJA GDE % JE GDE@A=A
JA EJ 9E%2A
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@DE%2 ;DE ;A@ 9 testigo
A%AJ= HJ DO A%
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=A@ BA2A GDE N JE BE A=E N
;DE GDE EJ A2 GDEA E% J 9E
@E B%A N E 9DE A @BA
=A=A@A@. - - - En este sentido, s!s
consideraciones de la responsale res!ltan
ins!icientes para restar el *alor proatorio pleno
!e merece el doc!mento ase de la acci'n en el
&!icio nat!ral. - - - Ja responsale estaa oligada
a anali4ar !e eist/a plena armon/a entre los
!ndamentos y las concl!siones as/ como los
medios proatorios eistentes, y toda *e4 !e
como se a seFalado en prraos precedentes, tal
armon/a no eiste en la especie, ya !e no le da el
*alor proatorio pleno !e s!p!estamente seFala
al doc!mento ase de la acci'n. - - - 9or lo anterior
se ac!de ante esta a!toridad de amparo a eecto
de !e se restit!ya a la s!scrita en el goce de mi
dereco !mano a la seg!ridad &!r/dica protegida
en las garant/as indi*id!ales !e !eron seFaladascomo *!lneradas. - - - 2EE 2sic4.-
HAJAP% @E J EJEE%2 @E
9DE=A GDE E A9A2P @E JA EJA
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EE%AJE @EJ 9E@E%2.- En este
concepto de *iolaci'n sern ep!estos los moti*os
por los c!ales la s!scrita !e&osa considero !e la
responsale reali4' !n indeido anlisis de las
pr!eas aportadas por las partes en el &!icio
nat!ral. - - - Ja s!scrita !e&osa sostengo lo
anterior por!e a mi &!icio el actor no acredit' de
manera deida las condiciones pactadas en la
prestaci'n de ser*icio !e reali4' a la s!scrita. - - -
En eecto, si ien es cierto el actor en el &!icio
nat!ral acredit' la eistencia del ser*icio prestado,
tami"n cierto es !e no !e as/ en relaci'n a las
condiciones pactadas, esto es as/ p!esto !e con
ning:n elemento de pr!ea &!stiic' las condiciones
pactadas en el contrato *eral celerado como se
eplica a contin!aci'n. - - - i ien es cierto la
&!e4a responsale sostiene !e c!ando aya d!da
en la interpretaci'n de las cl!s!las de los
contratos se estar a la intenci'n de las partes,9EHA A EA %JDP% @E JA
E9%A=JE, T2A @E=P BA=E
A%AJOA@ @E E%2A@A N D%
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EGD2 @E 9E@E%A @E JA AP%
E% EJ
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GDE JA D2A 9JAT AJ EHE @EJ
E2 E% E%P%. - - - J A%2E E
A 9GDE 9R2AE%2E EJ A2 %
;EP 9DE=A AJD%A % JA GDE
9D@EA AE@2A ;EBAE%2EE%2E
GDE 9A2P % JA D2A GDE
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A%AJ=N 2sic4 HJ N
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EDJ2A@ @E D% JEAJ A%RJ
E%2%E JJEHA A A= @BA
%2E9E2AP%, J DAJ % A%2EP
@E ;A AJD%A, N % 2@ E9E2,
@E %%D%A A%EA EDJ2A HRJ@A
EMDA EM9JAP%
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ase de la acci'n carece de *alor proatorio pleno
dndole prioridad a la intenci'n de las partes
desconociendo totalmente "sta. - - - En
consec!encia, no eiste ra4onamiento l'gico-
&!r/dico alg!no !e la responsale p!eda in*ocar
para s!stentar el sentido de s! determinaci'n,
res!ltando procedente se conceda a la !e&osa el
amparo y protecci'n de la
solicita. - - - En este orden de ideas, res!lta
procedente otorgar al !e&oso 2sic4 el amparo y
protecci'n de la
p!es la responsale omiti' el c!mplimiento de s!s
oligaciones en materia de *aloraci'n de las
pr!eas. - - - As/ mismo, la responsale en el acto
de a!toridad reclamado, tom' en consideraci'n
arg!mentos y ecos no*edosos !e no !eron
planteados por el actor en s! escrito inicial de
demanda y !e deieron de ser desestimados por
la &!e4a responsale, al grado !e a &!icio de las!scrita la responsale *iol' el principio de
ig!aldad procesal !e dee eistir entre las partes
y por tal ra4'n, se sostiene !e la responsale en
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todo momento *iol' las reglas esenciales del
procedimiento, p!esto !e dio !n trato procesal al
actor en el &!icio nat!ral de orma pri*ilegiada como
si !era polaci'n *!lnerale o persona en estado
de indeensi'n !e re!iere s!plencia de la !e&a
en la deiciencia de s!s planteamientos *iolando
con ello las reglas estalecidas para tal eecto
dando a pensar con ello la &!e4a responsale act!'
s!pliendo a!ellas deiciencias procesales en !e
inc!rri' el actor para demostrar legalmente la
procedencia de s!s pretensiones ecas *aler en
el &!icio nat!ral, no ostante de !e el actor es !n
licenciado en dereco, es decir !n perito en la
materia. - - - En eecto, a lo !e la s!scrita me
reiero con la epresi'n Lecos no*edosos, a los
!e la &!e4a responsale le da *alor y crediilidad
en los considerandos de la sentencia y !tili4' como
!no de los arg!mentos para condenarme en
sentencia deiniti*a, es a los arg!mentos&!stiicati*os del en&!iciante en el &!icio nat!ral
c!ando ace aclaraci'n del por!" se coloc' el .30
por ciento al re*erso del doc!mento irmado por la
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s!scrita !e&osa, siendo completamente ilegal !e
la &!e4a en la sentencia reclamada sostenga !e el
actor aclar' en el desaogo de la conesional por
!" la s!scrita !e&osa a/a colocado el .30 por
ciento como pago de lo rec!perado al re*erso del
doc!mento, y se sostiene !e es completamente
legal por el eco de !e Ls!pliendo al actor, la
&!e4a, !tilice palaras y arg!mentos &!stiicati*os
en a*or del actor !e ni "l mismo di&o en el
desaogo de la conesional como p!ede ad*ertirse
de la *ideograaci'n de la a!diencia de &!icio !e
t!*o l!gar ante la responsale. - - - En eecto, para
corroorar lo anterior, asta conrontar lo !e
maniest' el actor en el &!icio nat!ral al momento
de desaogar la conesional a s! cargo con lo !e
la &!e4a responsale en la sentencia reclamada,
dice aclar' el actor, es decir, la &!e4a incl!so sin
!e as/ ore en las pr!eas aportadas, en la
sentencia reclamada ampl/a la aclaraci'n del actoren el &!icio nat!ral a manera se sostiene de s!plir
la serie de deiciencias en !e inc!rri' el actor. - - -
N en este sentido, para acreditar !e se trata de
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$ 60 $ D.C. 469/2015
ecos no*edosos a la litis, *iene a ien anali4ar el
c'mo !ed' cerrada la litis en el &!icio nat!ralC esto
es, el actor demanda de la s!scrita las
prestaciones !e reiere en s! lielo inicial de
demanda, mismas !e solicito se tengan por
reprod!cidas como si a la letra se insertasen y
reali4a el planteamiento de s!s ecos, &ams
ace aclaraci'n alg!na a !e por !n error
(s!p!estamente) la s!scrita asent" el .30 por
ciento al re*erso del doc!mento, desp!"s de !e
!i empla4ada a &!icio, prod!&e mi contestaci'n de
demanda y con las ecepciones y deensas
op!estas se le dio *ista al actor, misma !e
desaog' en orma oport!na con sendo 2sic4
escrito constante de ms de die4 o&as en tamaFo
oicio, E% %%D%A 9A2E @EJ E2 @E
@EA%@A. % @EJ E2 E% EJ GDE EJ
A2 E% EJ %A2DAJ @EABP JA H2A
% JA EME9%E N @E;E%A, BOAJAAP%, A%;E2AP%
EM9JAP% AJD%A E% EJAP% AJ 2EA
EJA%A@ % EJ .30 9 E%2 @E J
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$ 61 $ D.C. 469/2015
ED9EA@, l!ego entonces carec/a de
c!al!ier *alor la aclaraci'n la parcial aclaraci'n
eca */a desaogo de conesional por el actor en
el nat!ral, aclaraci'n !e en sentencia la &!e4a
pereccion' a per&!icio del e!ilirio procesal e
imparcialidad !e deieron imperar y esto se
solicita en orma m!y respet!osa a este tri!nal de
amparo !e lo analice a conciencia, por!e en
ase a 2sic4 lo anterior, c'mo es !e la &!e4a
responsale ace s!yos ecos no*edosos para
!tili4arlos como arg!mentos para condenar a la
s!scrita !e&osa, !e no !edaron dentro de la litis
planteada, "stos en la demanda, contestaci'n de
demanda y desaogo de *ista con ecepciones y
deensas. - - - Jo anterior ocasionan 2sic4 !na
ranca y e*idente *iolaci'n a las reglas esenciales
del procedimiento !e la responsale act!ali4' en
la sentencia materia del acto reclamado y !e dee
ser materia de concesi'n de protecci'n de la
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$ 6 $ D.C. 469/2015
contienen los preceptos constit!cionales seFalados
como *!lnerados por el eco de !e la
responsale, condena a la s!scrita al pago de los
gastos y costas, apartndose para dica condena
de los lineamentos !e a s! *e4 estalece el
art/c!lo 1?0 del 'digo de 9rocedimientos i*iles
en *igor 2sic4 para el @istrito ;ederal. - - - En
eecto, de la lect!ra al considerando seto de la
sentencia reclamada se ad*ierte !e la
responsale decide condenar a la s!scrita !e&osa
al pago de los gastos y costas ca!sados pero para
ello lo ace apartndose de las ip'tesis a !e se
reiere el precepto legal in*ocado en este concepto
de *iolaci'n, por lo anterior la responsale inc!rre
en !na incorrecta aplicaci'n de la ley en per&!icio
de la a!/ !e&osa !e dee ser reparado a tra*"s
de la protecci'n y amparo de la
- GD%22sic4.- JEAJ@A@ @EJ E%2 @E
% @E JA A 9AA JA %@E%A EJ2sic4%2EEE A2.- N inalmente es de
ad*ertir !e la responsale condena a la s!scrita al
pago de intereses moratorios y para tal eecto,
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$ 65 $ D.C. 469/2015
A2 9EAJ E BAE A D HEO JA
%2E9EJAP% @E 9A N @E AB E
2E%E GDUE 2sic4 JA A D2E AJ @A
DE%2E @E @BA %2E9EJAP% N %
JEAJE%2E 2E%E JA
E9%A=JE E% EJ ;AJJ 9D%A@, E%
DA%2 A GDE JA A %AP A 9A2 @EJ
@ @E A2 @E 01?, J DAJ E
%;D%@A@ N 2A=T% HJA JA AA%2A
@E ED@A@
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$ 66 $ D.C. 469/2015
0n primer lugar se emprender1 el estudio de los
motivos de %ueja en los %ue se alude a violaciones a las
le$es del procedimiento, cu$o estudio es preferente por
prelacin lgica-
0n efecto, en el primer concepto de violacin el
%uejoso alude a violaciones al procedimiento, las cuales
hace consistir en el desechamiento de las pruebas
documentales p+blicas ofrecidas en los apartados $
del cap&tulo relativo del escrito de contestacin de
demanda, la primera, consistente en el informe a cargo
del Procurador >eneral de la Procuradur&a Federal de 8a
Defensa del Trabajo 2P?#F0D0T4, respecto de si en
dicha dependencia labor el actor Carlos 9ntonio Campos
>uerrero, en el periodo %ue comprende de septiembre de
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$ 6 $ D.C. 469/2015
de un juicio oral civil, no existe recurso ordinario en contra
de las violaciones procesales, por lo %ue se encuentran
reunidos los re%uisitos establecidos en los art&culos ')' $
')( de la 8e$ de 9mparo-
0n torno a ello, alega %ue se le deja en estado de
indefensin, en tanto %ue con las pruebas de mrito
pretend&a demostrar la excepcin de falsedad %ue hi!o
valer, $ controvertir el hecho I'J del escrito de demanda* $
no obstante %ue cumpli con los re%uisitos de los
art&culos 7. $ 7B del Cdigo de Procedimientos Civiles
para el Distrito Federal, la jue! responsable dej de
admitirlas, como se advierte de la audiencia preliminar, la
cual deb&a adminicularse con los dem1s medios
probatorios, sin %ue la ju!gadora del conocimientofundara $ motivara su inadmisin, $ sin valorar %ue la
%uejosa no puede tener acceso a la referida indagatoria-
9grega %ue la responsable incurri en
incongruencia al dejar de admitir la prueba de informes,
en tanto %ue el informe ofrecido en el apartado I@J del
escrito de contestacin a la demanda s& fue admitida $ se
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$ 6# $ D.C. 469/2015
orden su preparacin $ desahogo oficiosamente
violando las reglas esenciales del procedimiento, no
obstante %ue fueron ofrecidas en idnticos trminos-
9hora bien, adversamente a lo sostenido, es
inexacto %ue la jue! responsable ha$a desechado la
prueba de informes ofrecida en el apartado IJ del
cap&tulo de pruebas del escrito de contestacin de
demanda-
0n efecto, de las constancias del juicio naturalremitido por la autoridad responsable, se advierte %ue en
el acta de audiencia preliminar celebrada el ocho de
ma$o de dos mil %uince, en el apartado IH Admisi'n de
9r!easJ, se acord/
Ve admite como !na pr!ea de&adas (sic) de
orecer por alg!na de las partes, las sig!ientesI
1.- Ja testimonial a cargo deA%AJ= HJ DO
A%
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$ 69 $ D.C. 469/2015
D$$&( '$! T#+=, (9;E@E2), el c!al ser
tramitado por cond!cto del personal adscrito al
&!4gado, a eecto de !e la citada a!toridad de
(sic) contestaci'n a los p!ntos seFalados por
amas partesV
Sobre el particular, es menester precisar %ue si
bien la aludida prueba fue ofrecida por la parte
demandada, ho$ %uejosa* empero, seg+n se advierte del
escrito de desahogo de vista de las excepciones, el actor
se adhiri al ofrecimiento de la prueba de informes,
ampliando los puntos $ cuestiones sobre los cuales
versar&a dicha prueba* asimismo, del disco compacto
digital 2CD4 en donde se contiene la grabacin de la
audiencia preliminar, se advierte %ue en el minutoveintinueve con treinta $ seis segundos, la jue!
responsable admiti dicho informe como prueba de la
demandada- Sin embargo, m1s adelante, en el minuto
treinta $ cinco con treinta $ tres segundos, prove$ en el
sentido de %ue se dejaba de admitir como prueba de las
partes, para recibirla como una prueba tra&da a juicio, $ se
orden su preparacin por conducto del propio ju!gado-
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$ 1 $ D.C. 469/2015
0n efecto, del contenido de la grabacin de la
audiencia preliminar %ue obra en el CD remitido por la
responsable, constancia a la %ue se le concede pleno
valor probatorio en trminos de lo dispuesto en los
art&culos 'B, 'B),
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$ 2 $ D.C. 469/2015
pre*ia por !na den!ncia por el delito de amena4as
sin emargo la c!esti'n penal no es materia de la
litis, :nicamente la litis se est centrando en el
pago de onorarios en los t"rminos en los c!ales
se s!&etaron, por lo tanto al no estar relacionada
con los ecos del deate !e es materia de la litis
no se admite dica proan4aV
Mientras %ue la %uejosa +nicamente argument al
respecto lo siguiente/
Viendo el caso !e a &!icio de la s!scrita el
desaogo de dico elemento de pr!ea (pr!ea de
inorme), adminic!lada con los dems elementos
proatorios aportados al s!mario por la s!scrita,
tendr/a reperc!si'n en el sentido de la sentencia
dictada, (,+#$ ",', ),#-$ *&$# '$ $=$*)!,
$& $! =%%, '$ ,#%>$& $! ",# *$&%,&
%#&("&%( ? )#$($&% '$ )$#(,&(
'%;$#(( !, -$ ( ;$@ *$&%,& &"$ $! C.
A>$&"$ '$! M%&%("$#%, PB+!%, ? -$ ,&(" $&
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$ $ D.C. 469/2015
!( ,)%( $#"%%'( '$ !( ,&("&%( -$
%&"$>#& ! ;$#%>%& )#$;% (,!%%"'
(%$&', -$ ! =$@ &, &' &% *,"%; !
%&'*%(%& '$ '% )#$+ ? "*),,
;!,# -$ ! ((#%" &, )$', "$&$#
$(, '%( ,)%( por!e en esa
indagatoria ten/a la calidad de proale
responsale y al respecto eiste proiici'n legal
para !e me !eran acilitadas por la calidad de
indiciadaV
De ah& %ue el +nico argumento %ue expuso es
%ue la jue! no fund ni motiv la inadmisin de esa
prueba* empero, no controvierte la ra!n fundamental en
%ue se apo$ la responsable, es decir, %ue la aludida
proban!a no ten&a relacin con la materia de la litis, pues
tal consideracin no es rebatida por la %uejosa-
Por otra parte, es infundado %ue el
desechamiento de la prueba care!a de fundamentacin $
motivacin* ello, pues adversamente a lo sostenido, la
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$ 4 $ D.C. 469/2015
jue! responsable s& expuso las ra!ones de su proceder,
cumpliendo con el re%uisito de motivacin* $ si bien es
verdad %ue no se apo$ en alg+n precepto legal, ello no
implica %ue care!ca de motivacin, en tanto %ue al tenor
de lo dispuesto en el art&culo '
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de lo %ue reclama el actor por concepto de honorarios
seAalando %ue su monto %ued justificado, pues si bien
en el reverso del acuse de doce de mar!o de dos mil
trece se advierte %ue se comprometi a pagar el -@< K
2punto treinta por ciento4 de la cantidad recuperada por
concepto de pago de servicio, no considera %ue la
intencin del actor es abusar del pago %ue obtuvo, sin
%ue se hubiere pactado el porcentaje %ue reclama, $a %ue
el compromiso de pago fue el %ue se estableci
literalmente en el aludido documento, %ue es de fecha
posterior al acuerdo de voluntades, %ue consisti en el
pago de die! mil pesos por el escrito de demanda, cinco
mil pesos al admitirse* en el mes de octubre de dos mil
trece reali! otro pago por die! mil pesos, en diciembre
de dos mil catorce el actor exigi otro pago de cinco mil
pesos, de los %ue se depositaron cuatro mil seiscientos $
posteriormente cubri la cantidad restante* $ %ue el
compromiso para cuando recibiera el pago total, fue %ue
le entregar&a el -@
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la intencin de las partes fue la de estipular el @
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indebido an1lisis de las pruebas aportadas al juicio, $a
%ue aun%ue es cierto %ue el actor acredit la existencia
del servicio prestado, no demostr con ninguna prueba
las condiciones pactadas en el contrato verbal, pues si
bien la jue! responsable ra!on %ue cuando ha$a duda
en la interpretacin de las cl1usulas de un contrato se
estar1 a la intencin de las partes, primero debi anali!ar
si en el juicio %ued demostrado el acuerdo de voluntades
con los elementos esenciales del contrato, $ despus de
ello, acudir a dichas reglas, pero %ue la jue! identifica
como si fuera en un mismo acto o momento de
celebracin, el acuerdo verbal celebrado con muchos
meses de anticipacin a la suscripcin del compromiso
%ue obra en el reverso del escrito de siete de mar!o de
dos mil %uince 2sic4, para darle una apariencia de
legalidad a su sentencia $ desmerecer el valor probatorio
de lo plasmado en el aludido compromiso, el cual no
acredita las condiciones pactadas en el acuerdo verbal,
pues pr1cticamente no ofreci ninguna prueba de ello-
9l respecto, la %uejosa alega %ue ella si demostr
%ue pact con el actor el -@
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$ # $ D.C. 469/2015
de lo recuperado, con el testimonio de 9nalb$ =igil $
onathan Cru! Manjarre!, $ con el manuscrito de %ue
aparece al reverso del escrito de siete de mar!o de dos
mil trece, del %ue se desprende %ue reiter su obligacin
de pagar el punto treinta por ciento de lo recuperado,
puesto %ue $a le hab&a dado otros pagos* adem1s de la
aceptacin t1cita del actor, al conformarse con el texto del
documento $ presentarlo en juicio, por lo %ue reitera %ue
la responsable reali! una deficiente valoracin de
pruebas, $ la sentencia reclamada es incongruente, $a
%ue no debe romper los principios de legalidad, en tanto
%ue ten&a %ue reali!ar un examen armonioso de los
medios probatorios-
Tambin aduce %ue la jue! responsable tom en
consideracin argumentos $ hechos novedosos %ue no
fueron planteados por el actor en su escrito de demanda,
los cuales debieron ser desestimados, por lo %ue
transgredi las reglas esenciales del procedimiento al dar
un trato privilegiado al actor $ suplir su deficiencia, pues
le da valor $ credibilidad a los argumentos justificativos
del enjuiciante, en la parte en la %ue hace la aclaracin
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del por%u se coloc el -@
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$ #0 $ D.C. 469/2015
de doce de mar!o de dos mil trece, pues deb&a
interpretarse la voluntad de las partes, %ue en su
concepto, fue la de estipular un porcentaje del treinta por
ciento de la cantidad %ue recuperara la enjuiciada con
motivo del procedimiento instaurado ante el 5nstituto de
Seguridad $ Servicios Sociales de los Trabajadores del
0stado* ello, bajo la premisa %ue al desahogar la prueba
confesional a su cargo, el actor, ho$ tercero interesado,
manifest %ue ese fue el porcentaje convenido-
De manera %ue, si la jue! responsable
b1sicamente sustent su decisin en las manifestaciones
%ue efectu el actor al desahogar la prueba confesional a
su cargo en relacin con las ra!ones del por%u en el
documento %ue adjunt a su escrito de demanda se
estipul un porcentaje del -@
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Para ma$or ilustracin es oportuno reproducir en
lo %ue interesa, las consideraciones %ue sustentaron el
sentido del fallo reclamado-
VS%& $*+#>, $& $! )#$($&"$ (, '$+$
'$"$#*%($ (% ! ;,!&"' '$ !( )#"$( !
$!$+## $! ,&"#", '$ )#$("%& '$ ($#;%%,(
)#,$(%,&!$( $ ! '$ $("%)!# ,*, )>, ),#
!,( ($#;%%,( )#,$(%,&!$( #$!%@',( ),# $!
",# $! "#$%&" ),# %$&", '$ ! &"%'' -$
#$)$## ! $&=%%' '$! I&("%"", '$
S$>#%'' ? S$#;%%,( S,%!$( '$ !,(
T#+=',#$( '$! E("', , +%$& $! )&", "#$%&"
),# %$&", '$ '% &"%'' ,*, !, ($;$# !
'$*&''.
Al respecto, el art/c!lo 1851 del 'digo i*il 2sic4
estalece !e si los t"rminos de !n contrato son
claros y no de&an d!da sore la intenci'n de los
contratantes, se estar al sentido literal de s!s
cl!s!las. i las palaras parecieren contrarias a la
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$ #2 $ D.C. 469/2015
intenci'n e*idente de los contratantes, pre*alecer
"sta sore a!ellaC por lo !e !na *e4 anali4ado el
material proatorio aportado por las partes, $("
=@>',# !!$> ! ,&!(%& -$ $& $!
)#$($&"$ (, ! ;,!&"' '$ !( )#"$( !
$!$+## $! ,&"#", '$ )#$("%& '$ ($#;%%,(
)#,$(%,&!$( +($ '$ ! %& $ ! '$
)"# ,*, )>, '$ ,&,##%,( $! %*),#"$ '$!
"#$%&" ),# %$&",de la cantidad !e la en&!iciada
reciiera del nstit!to de eg!ridad y er*icios
ociales de los 2raa&adores del Estado.
L, &"$#%,# $( (
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$ # $ D.C. 469/2015
rec!perada por el p!nto treinta, da como res!ltado
la cantidad reclamada en el presente &!icioC dica
proan4a se enc!entra '*%&%!' ,& !
)#$+ "$("%*,&%!orecida por el actor a cargo
de la . 2omasa Anastacio rtega, misma !e
seFal' !e los onorarios pactados lo !eron a
ra4'n del 30+ (treinta por ciento) sore el importe
del pago *eriicado por el 2E, "$("%>, -$ (%
+%$& ,&("%"?$ & (%*)!$ %&'%%,, sin emargo
se enc!entra '*%&%!' ,& '%;$#(,( *$'%,(
'$ )#$+ ,*, !, $( ! ,&$(%,&! orecida
por el actor a cargo de la en&!iciada, !ien
maniest' !e el 2E le descontaa
aproimadamente $?,600.00 d!rante siete aFos y
asimismo la pensi'n de s! esposo !e
dismin!yendo asta !e coraa $,800.00 y en el
2E le recomendaron meter s!s papeles
por!e los desc!entos eran in&!stos y le
comentaron !e ia a ganar el &!icio, pero !edesde !e le empe4' a descontar el 2E, se
*io limitada en la c!esti'n econ'mica y eso ia a
lle*ar c!nto dinero, !e la declarante no ten/a
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$ #4 $ D.C. 469/2015
para demandar y !e c!ando !na personita la
orient' para !e !era a la 9;E@E2 !e !e
donde conoci' al licenciado y le pidi' !e le iciera
el escrito eco por !na persona !e t!*iera los
conocimientos, de lo !e se ad*ierte !e la
demandada ten/a pleno conocimiento del costo de
los ser*icios proesionales de !n aogado, p!esto
!e s/ le a/an reali4ado desc!entos por siete
aFos a ra4'n de $?,600.00 o ms como lo seFala,
respecto de la pensi'n de s! esposo, res!lta
e*idente !e los onorarios i&ados no podr/an ser
menores incl!so a !n 2sic4 s'lo de esos
desc!entos mens!ales, es decir a la cantidad de
$3,675.16C $!!, &, ,+("&"$ -$ !,( "$("%>,(
A&!+% V%>%! C#@ M&=##$@ ? J,&"& V%>%!
C#@ M&=##$@ *&%$("#,& -$ !,(
,&,##%,( )"',( $#,& #@& '$! )&",
"#$%&" ),# %$&", '$ ! &"%'' -$ ($
#$)$##, en *irt!d de !e, la testigoAnali Higilr!4 an&arre4, maniest' aer conocido al actor
c!ando se i4o el contrato en */a oral, se entreg'
doc!mentaci'n y se i4o el primer pago por
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$ #5 $ D.C. 469/2015
$10,000.00 (die4 mil pesos 00#100 .%.) en
eecti*o, ai"ndose celerado el contrato en el
mes de septiemre de dos mil doce y
posteriormente seFal' !e no se encontraa
presente c!ando se celer' el ac!erdo *eral,
p!esto !e "ste se lle*' a cao en !na primera
re!ni'n a la !e ac!di' s! ermano, por lo !e
res!lta e*idente !e a dica testigo no le consta el
porcenta&e con*enido entre las partes, ante lo c!al
no es dale otorgarle *alor proatorioC mientras
!e el di*erso testigo
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prestaci'n de ser*icios proesionales !e la de estip!lar
como pago por los ser*icios proesionales reali4ados por
el actor, $! "#$%&" ),# %$&",3J, fue lo manifestado por
el actor en el desahogo de la confesional a su cargo, en
el sentido de %ue/ I3$($ $ $! ),#$&"=$ )"',3J
L, si bien el actor explic la ra!n por la %ue en el
documento %ue ofreci como prueba de su parte aparece
el -@
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sostenido por el #ctavo Tribunal Colegiado en Materia
Civil del Primer Circuito, en la tesis 5-7o-C-' C, visible
en la p1gina )
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$ ## $ D.C. 469/2015
proceder deviene ilegal-
9hora bien, no pasa inadvertido %ue la jue!
responsable precis %ue el valor probatorio %ue concedi
a dicha IconfesinJ se adminiculaba con el testimonio de
Tomasa 9nastacio #rtega, al %ue le concedi valor
indiciario, $ %ue a su ve! lo adminicul con el resultado de
la confesional a cargo de la demandada, de la %ue dijo,
demostraba %ue ten&a conocimiento del costo de los
servicios profesionales de un abogado* empero, es
evidente %ue ante la conclusin alcan!ada, en el sentido
de %ue fue ilegal %ue concediera valor probatorio a la
presunta confesin, entonces las dem1s pruebas %ue dijo
haber adminiculado con a%uella, son ineptas para
sustentar por s& solas su conclusin-
9dem1s, como refiere la %uejosa, para demostrar
las condiciones de pago pactadas en el contrato verbal,
esto es, el porcentaje del treinta por ciento de lo %ue se
recuperara con motivo del juicio de nulidad,
pr1cticamente slo prueba en favor del actor, la
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testimonial a cargo de Tomasa 9nastacio #rtega, a la cual
la jue! responsable +nicamente le concedi valor
indiciario* mientras %ue el %uejoso ofreci entre otras, la
testimonial a cargo de 9nalb$ =igil $ onathan Cru!
Manjarre!* M1xime %ue existi un reconocimiento t1cito
del actor al haber presentado de su parte el acuse de
recibo en cu$o reverso obra el compromiso de pago del -
@
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$ 90 $ D.C. 469/2015
proteccin constitucional a la %uejosa-
0l amparo se concede para el efecto de %ue la
autoridad responsable deje insubsistente la sentencia
reclamada, $ en su lugar, reitere las consideraciones %ue
no fueron motivo de la concesin de amparo,
relacionadas con el acreditamiento de la relacin
contractual, $ el cumplimiento del actor a las obligaciones
asumidas, as& como el re%uisito de ser licenciado en
derecho* $, por otra parte, atendiendo a los lineamientos
de esta ejecutoria, resuelva con plenitud de jurisdiccin
conforme a derecho corresponda-
9nte la conclusin alcan!ada, es innecesario
emprender el examen de los motivos de %ueja
relacionados con el tema de la condenacin en costas,
as& como lo relativo a los intereses a %ue fue condenada
la %uejosa, toda ve! %ue atento a los efectos del fallo
protector, la autoridad responsable estar1 constreAida a
determinar con plenitud de jurisdiccin, si el actor acredit
en su totalidad los elementos constitutivos de la accin*
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$ 91 $ D.C. 469/2015
de manera %ue no es procedente pronunciarse acerca de
la procedencia al pago de costas, ni de la prestacin
accesoria relativa al pago de intereses, pues ello
depender1 del resultado del juicio-
Por lo expuesto, fundado $ con apo$o adem1s en
los art&culos )@ al )) de la 8e$ de 9mparo, se resuelve/
=(ICO- Para los efectos precisados en la parte
final del +ltimo considerando de esta ejecutoria, la usticia
de la ;nin AM!ARA > !ROT%-%a Rosa Aurora Cruz
Manjarrez de a !uen"e, contra la sentencia definitiva de
veintiocho de ma$o de dos mil %uince, pronunciada por la
ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del Distrito
Federal, en el juicio oral civil 10#/2015-
(o"*8?uese@$ con testimonio de esta ejecutoria
por oficio a la autoridad responsable* devulvanse los
autos al u!gado Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral
del Distrito Federal, $ una ve! %ue se d cumplimiento a
lo establecido en el art&culo 'B de la 8e$ de 9mparo, en
su oportunidad, arch&vese el presente expediente como
asunto concluido-
9s& lo resolvi el Sexto Tribunal Colegiado en
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$ 92 $ D.C. 469/2015
Materia Civil del Primer Circuito por unanimidad de votos
de los Magistrados C9?8#S M9";08 P9D5889 P:?0
=0?TT5, presidente, 5SM908 N0?"O"D0 F8#?0S $
>;ST9=# ?- P9??9# ?#D?>;0, siendo ponente el
primero de los nombrados, %uienes firman ante el
Secretario de 9cuerdos 0rnesto ?ui! Pre! %ue da fe-
MA-ISTRADO !R%SID%(T%
CAR'OS MA(&%' !ADI''A !BR% V%RTTI
MA-ISTRADO MA-ISTRADO
ISMA%' %R(E(D% -&STAVO R. !ARRAO F'OR%S RODRG-&%
S%CR%TARIO D% AC&%RDOS
'IC. %R(%STO R&I !BR%
%' S&SCRITO S%CR%TARIO D% AC&%RDOS D%' S%7TOTRIH&(A' CO'%-IADO %( MAT%RIA CIVI' D%' !RIM%RCIRC&ITO, AC% CO(STAR) &% CO( F%CA &I(C% D%OCT&HR% D% DOS MI' &I(C% > D%(TRO D%' TBRMI(O&% S%A'A %' ARTGC&'O 1#4 D% 'A '%> D% AM!ARO, S%
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%(TR%-J A 'A S%CR%TARGA D% AC&%RDOS D% %ST%TRIH&(A' %' %(-ROS% D%' AM!ARO DIR%CTO CIVI'D.C. 469/2015.$ DO> F%.
%' S%CR%TARIO D% AC&%RDOS D%' S%7TOTRIH&(A' CO'%-IADO %( MAT%RIA CIVI'
D%' !RIM%R CIRC&ITO
'IC. %R(%STO R&I !BR%
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