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UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
"AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA
RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO"
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL PODER
LEGISLATIVO PERUANO
CURSO: REALIDAD PERUANA Y GLOBALIZACION
CARRERA: ADMINISTRACION, FINANZAS Y
NEGOCIOS GLOBALES
Tutor: CÁRDENAS DÍAZ, Enrique
ALUMNOS:
LAZO RASHUAMÁN, Sonia
LIMA-PERÚ
2014
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DEDICATORIA
El presente trabajo está dedicado a nuestros padres quienes se esfuerzan para
que nosotros sus hijos podamos continuar con nuestros estudios superiores y
así de esa manera lograr una profesión digna de consideración y respeto ante
la sociedad, a la vez a usted profesor Cárdenas Díaz, Enrique, formador del
curso de Realidad Peruana y Globalización, quien dio el incentivo e iniciativa
para poder realizar esta monografía y de esta manera poder ganar
experiencias desde el principio de nuestra formación.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 2
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AGRADECIMIENTO
Nuestro agradecimiento a Dios por concedernos la vida y la salud,
también nuestro agradecimiento sincero a la Universidad Privada
Telesup, por brindarnos la oportunidad de hacer este proyecto de
investigación en el área de Realidad Peruana y Globalización, un área que
va de la mano con mi especialidad que es Administración y Finanzas.
Agradezco a la plana docente que labora en esta prestigiosa universidad,
que me brindo el apoyo necesario para poder culminar este anhelado
trabajo que se convertirá en fruto de experiencia y formación.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 3
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INDICE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO
PERUANO
INTRODUCCION……………………………………………………………pag.6
CAPITULO I: DESARROLLO DEL PODER LEGISLATIVO PERUANO EN LA
HISTORIA……………………………………………………………………pag.7
1.1 Historia del congreso de la republica…………………………pag.7
1.2. Concepto básico. …………………………………………….pag.9
CAPITULO II: FUNCIONES DEL CONGRESO…………………… …. pag.10
2.1.-Función Legislativa……………………………………………pag.10
2.2.-Función del control político……………………………………pag.10
2.3.-Funciones especiales…………………………………………pag.11
2.4.-Exclusividad de la función…………………………… ………pag.11
CAPITULO III: DERECHOS FUNCIONALES……………………… ……pag.13
CAPITULO IV: DEBERES FUNCIONALES………………………… …pag.15
CAPITULO V: ORGANIZACIÓNPARLAMENTARIA……………………pag.18
5.1. EL PLENO………………………………………………………pag.18
5.1.1 El Consejo Directivo……………………………………pag.19
5.1.2 La Junta de Portavoces…………… ………………pag.21
5.1.3 La Presidencia………………………………………….pag.21
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 4
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5.2 LAS COMISIONES………………………………………………pag.23
5.2.1 Comisiones Ordinarias…………………………………pag.23
5.2.2 Comisiones de Investigación…………………………..pag.25
5.2.3 Comisiones Especiales…………………………………pag.25
5.2.4 Comisión de Ética Parlamentaria………………………pag.25
5.3 EL CONSEJO DIRECTIVO………………………………………pag.27
5.4. JUNTA DE PORTAVOCES………………………………………pag.29
5.5. LA MESA DIRECTIVA……………………………………………pag.29
5.6. LA PRESIDENCIA………………………………………...………pag.30
5.7. LA VICEPRESIDENCIA………………………………………… ..pag32
5.8. LAS COMISIONES………………………………………………..pag.32
5.9. GRUPOS PARLAMENTARIOS…………………………………pag33
CAPITULO VI: EL SERVICIO PARLAMENTARIO…………… …………pag.35
6.1 La Oficialía Mayor…………………………………………….……pag.35
6.2 La Dirección General Parlamentaria…………………….…….…pag.38
6.3 La Dirección General de Administración…………………………pag.38
CONCLUSIONES………………………………………………………………pag.39
BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………pag.40
AENEXOS……………………………………………………………………....pag.41
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 5
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INTRODUCCION
El trabajo que se les va a demostrar a continuación ha sido escogido de la guía
práctica señalada por la institución a la que bien pertenecemos (UNIVERSIDAD
TEESUP), signada al curso de “REALIDAD PERUANA Y GLOBALIZACION”
del segundo siclo del cual se decidió que tratara el tema de ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO PERUANO, con la finalidad de
ahondar de manera más profunda en información que nos va ayudar de
manera práctica en la toma de conocimientos e información de la organización
de un poder principal de nuestro país como lo es Poder Legislativo (congreso
de la República), junto con las funciones del mismo las cuales afecta de
manera directa en el flujo cotidiano de la población, al ser el poder que
directamente representa a este, tiene como función principal de analizar la
proposición de leyes que favorezcan el desarrollo de la calidad de vida de la
población, de las pautas antes dadas profundizaremos durante el siguiente
trabajo.
Con lo antes mencionado se espera haber captado vuestra atención como
lector, a su vez se espera que este modesto trabajo logre cumplir con sus
expectativas, y pueda ayudar a despejar ciertas dudas, que se hayan generado
al conocer el título y antes de que sea participe de este trabajo monográfico, a
su vez esperando agradar la expectativas generales de los docentes, los
cuales son una gran ayuda en nuestra formación académica.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 6
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CAPITULO I
DESARROLLO DEL PODER LEGISLATIVO PERUANO EN LA
HISTORIA
1.1 HISTORIA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Al declararse la independencia del Perú el 28 de julio de 1821, el General José
de San Martin realiza la primera convocatoria a congreso constituyente,
mediante decreto N°146 del 27 de diciembre de 1821, la comisión, una vez que
elabora el reglamentó en el que se hace mención a 79 diputados y 38
suplentes. El congreso se instala después de un año, el 28 de Julio de 1822,
siendo el primer congreso constituyente el 20 de setiembre del mismo año,
parte de sus integrantes destacaban lo más alto del clero, las ciencias y las
letras, al término de esta José de San Martin renuncia al protectorado del Perú,
dejando a este que decidiera los destinos del país.
El Congreso elije la primera junta directiva y a sus primeros servidores. El
Congreso ante la renuncia de San Martin, por primera vez asume
provisionalmente el ejercicio del poder ejecutivo. Entregando esta a la suprema
junta gubernativa. A partir de esta su gran labor es la redacción de la primera
constitución del Perú, que es retrasada por la crisis política, militar, la
resistencia española en el sur, el enfriamiento de la ayuda militar con la gran
Colombia a cargo de Simón Bolívar al anexar Guayaquil a su territorio.
Esta crisis se ahonda cuando milicias cívicas se sublevan siendo el primer
golpe de estado exigiendo el cese de la junta gubernativa y el nombramiento de
José de Riva Agüero como presidente, accediendo a esta el congreso con 39
votos a favor y un total de 60. Motivando la división del congreso en realistas y
separatista. Riva Agüero se convierte en el primer presidente de facto del Perú,
su intención de concluir la independencia del Perú sin ayuda foránea, con su
primera y segunda campaña de intermedios que termino en fracaso, las tropas
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realistas toman la capital el 18 de junio de 1823, desencadenando caos y crisis
política. El presidente de facto Riva Agüero traslada su gobierno al Callao,
mientras los parlamentarios disponen el traslado del ejecutivo y legislativo a la
ciudad de Trujillo y el poder militar al venezolano Antonio de Sucre de las
tropas de la gran colombianas y solicitando colaboración a Simón Bolívar. Así
mismo el congreso Con cede al venezolano sucre facultades iguales al del
presidente mientras durara la crisis y exonera del mando al presidente Riva
Agüero este no acata la disposición y embarca a Trujillo, disuelve el congreso y
crea un senado integrado por diez diputados. El 16 de julio de ese mismo año
tras el retiro de las fuerzas españolas de Lima, el congreso nuevamente
reunido en lima nombra como presidente de la republica a Torre Tagle el16 de
agosto, reinando la anarquía en el Perú al existir dos presidentes al mismo
tiempo.
En medio de esta crisis torre Tagle promulga la constitución el 12 de noviembre
de1823, al mismo tiempo Riva Agüero es deportado, el congreso suspende
todos sus artículos de esta constitución casi al inicio de esta para no
obstaculizar la labor de bolívar quien prepara la campaña final de
independización del Perú, Bolívar al ser nombrado suprema autoridad por el
congreso quita el protagonismo y autoridad del presidente torre Tagle
quedando esta como figura decorativa. El 10 de febrero de 1824el congreso
depone al presidente Torre Tagle y entrega a bolívar todo el poder político y
militar, y el congreso entra en receso hasta que bolívar lo convoque, a partir del
cual ningún peruano forma parte de su estado mayor, el 9 de diciembre de
1824 en la batalla de Ayacucho se pone fin al virreinato del Perú. El gobierno
de bolívar se caracterizo por una gran represión contra el pueblo. Bolívar
convoca al congreso después de su receso el 10 febrero de 1825, este solo se
disuelve un mes después pero antes autoriza la salida de 6000 soldados
peruanos a la gran Colombia y resolución desentendiéndose del futuro del alto
Perú del cual sucre el de agosto crea la republica de Bolivia. Casi cuatro meses
después Bolívar convoca a elecciones para el congreso que debería reunirse el
10 de febrero de 1826, pero no se inauguro el nuevo congreso, porque bolívar
no estaba conforme con la incorporación de algunos diputados, en abril del
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mismo año se reúne el congreso pero bolívar declara no valido los poderes de
los diputados de Arequipa, lima, cusco, y otras provincias.
Bolívar encargado del poder dictatorial del Perú, el 26 de mayo de1826 retira a
los municipios el derecho de elegir a sus autoridades y decreta que los
prefectos convoquen a los colegios electorales de las provincias, El 4 de
setiembre de 1826 Bolívar deja el Perú con un consejo de gobierno, con la
misión de que aprueben la constitución vitalicia elaborada por el mismo bolívar
para que lo nombraran presidente vitalicio, pero Bolívar no regresa mas al
Perú, esta constitución solo tiene vigencia hasta el 26 de enero de1827.
El segundo congreso constituyente de la republica del Perú se instala el 4 de
junio de1827 teniendo como principal misión aprobar la nueva constitución que
se dio el 18 de abril de 1828 nombrando también como presidente a José de la
Mar el 9 de junio de1827, en esta constitución se establece la bicameralidad la
que se mantiene hasta el año1992. A partir de esta constitución los más
importantes acontecimientos fueron en 1956 la elección primera de nueve
representantes mujeres, en el año de 1968 Velasco Alvarado da un golpe de
estado y disuelve el congreso hasta el año 1978 que es reaperturado por
Morales Bermudes, este congreso da inicio a la nueva constitución del año
1979, en esta constitución se establece la bicameralidad donde la cámara de
senadores es elegida por distrito único y la cámara de diputado por distrito
múltiple, este congreso tiene funciones hasta el año de 1992 el cual es disuelto
por el presidente Alberto Fujimori, dando paso al congreso constituyente
democrático cuya función de esta asamblea constituyente es preparar la nueva
constitución, la que es promulgada el 23 de diciembre de 1993, antes sometida
a votación popular teniendo el 52.24% de aprobación. En esta constitución se
impone la unicameralidad con 120 congresistas ampliándose el 2011 a 130.
1.2. CONCEPTO BASICO
El Congreso de la República del Perú o Congreso Nacional del Perú, es el
órgano que asume el Poder Legislativo en la República del Perú, ocupando una
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posición principal dentro del Estado Peruano. Es, desde 1995, un congreso
unicameral por cuanto está conformado por una sola cámara legislativa de 120
congresistas y 130 a partir del 28 de julio de 2011, elegidos por distrito múltiple
(por cada departamento de acuerdo a la población electoral)
CAPITULO II
FUNCIONES DEL CONGRESO
Su razón del congreso es la representatividad de la voluntad de la población y
actuar como enlace entre gobierno y ciudadano. El congreso tiene que
promover y fomentar la organización y la participación ciudadana.
De acuerdo al Artículo 90º de la Constitución Política del Perú, el Poder
Legislativo reside en el Congreso, órgano representativo de la Nación,
encargado de realizar las funciones legislativas, de control político y demás
establecidas en dicha norma.
2.1.-FUNCIÓN LEGISLATIVA.
Artículo 4°.- La función legislativa comprende el debate y la aprobación de
reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como su
interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con los procedimientos
establecidos por la Constitución Política y el presente Reglamento.
Comprende, asimismo, el debate y aprobación de las modificaciones a este
Reglamento.
2.2.-FUNCIÓN DEL CONTROL POLÍTICO.- Artículo 5°.- La función del control
político comprende la investidura del Consejo de Ministros; el debate; la
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realización de actos e investigaciones; y la aprobación de acuerdos sobre la
conducta política del gobierno, los actos de la administración y de las
autoridades del Estado el ejercicio de la delegación de facultades legislativas,
el dictado de decretos de urgencia y la fiscalización sobre el uso y la
disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento por el Presidente de
la República del mensaje anual al Congreso de la República y el antejuicio
político, cuidando que la Constitución Política y las leyes se cumplan, y
disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los
infractores.
2.3.-FUNCIONES ESPECIALES.- Artículo 6°.- La función del control político
comprende la investidura del Consejo de Ministros, el debate, la realización de
actos e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la conducta política
del Gobierno, los actos de la administración y de las autoridades del Estado, el
ejercicio de la delegación de facultades legislativas, el dictado de decretos de
urgencia y la fiscalización sobre el uso y la disposición de bienes y recursos
públicos, el cumplimiento por el Presidente de la República del mensaje anual
al Congreso de la República y el antejuicio político, cuidando que la
Constitución Política y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente para
hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
2.4.-EXCLUSIVIDAD DE LA FUNCIÓN.- Artículo 18. La función de Congresista
es de tiempo completo. Comprende los trabajos en las sesiones del Pleno, de
la Comisión Permanente y de las Comisiones, así como en el Grupo
Parlamentario y la atención a los ciudadanos y las organizaciones sociales, y
cualquier otro trabajo parlamentario, eventualmente, la asunción de algún cargo
en la Mesa Directiva o en el Consejo Directivo del Congreso.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 11
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LAS FUNCIONES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE SU
MARCO JURÍDICO
1.- En la Constitución Política del Perú.
En la constitución política en el art. 102 dice:
Son atribuciones del Congreso:
1.1 Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o
derogar las existentes
1.2 Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo
conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
1.3 Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
1.4 Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General
1.5 Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución
1.6 Ejercer el derecho de amnistía.
1.7 Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
1.8 Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio
de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía
nacional.
1.9 Autorizar al Presidente de la República para salir del país.
1.10 Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son
propias de la función legislativa.
Los Art. 96 y 97 de la constitución hacen referencia del control político y la
función fiscalizadora del congreso.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 12
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CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL CONGRESO:
▪ Consta de una Cámara Única: es unicameral.
▪ Está integrado por 120 congresistas.
▪ Es elegido por un período de cinco años, mediante proceso electoral.
▪ Tiene autonomía normativa, económica, administrativa y política.
▪ Puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.
CAPITULO III
DERECHOS FUNCIONALES.
Artículo 22. Los Congresistas tienen derecho:
a) A participar con voz y voto en las sesiones del Pleno y cuando sean
miembros, en las de la Comisión Permanente, de las Comisiones, del Consejo
Directivo, de la Junta de Portavoces y de la Mesa Directiva, de acuerdo con las
normas reglamentarias. Podrán participar con voz pero sin voto, en las
sesiones de cualquier otra comisión y de las que no sean miembros o, siendo
integrantes de una de ellas, tenga la calidad de accesitario y el titular se
encuentre presente. En las sesiones secretas de la Comisión de Inteligencia
podrán participar los Parlamentarios que no conforman dicha Comisión siempre
que exista acuerdo mayoritario de sus miembros permanentes y deben guardar
secreto de la información clasificada de la que tomen conocimiento, aun
después del término de sus funciones.
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b) A pedir los informes que estimen necesarios a los órganos del Gobierno y de
la Administración en general y obtener respuesta oportuna de ellos, en ejercicio
de la facultad que les concede el artículo 96 de la Constitución Política.
c) A presentar proposiciones de ley y las demás proposiciones contempladas
en el presente Reglamento.
d) A elegir y postular a los cargos de la Mesa Directiva del Congreso o de las
Comisiones o ser designado miembro de la Comisión Permanente o del
Consejo Directivo.
e) A presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de los pueblos
que representen.
f) A contar con los servicios de personal, asesoría y apoyo logístico para el
desempeño de sus funciones. Los Congresistas perciben una asignación por el
desempeño de la función congresal, la misma que no tiene carácter
remunerativo. Dicha asignación no es pensionable ni homologable y está afecta
al pago del Impuesto a la Renta
g) A una remuneración adecuada sujeta al pago de los tributos de ley y a una
compensación por tiempo de servicios conforme a dicha remuneración. Las
remuneraciones de los Congresistas se publicarán en el diario oficial.
h) A que se les guarde el respeto y las atenciones que corresponden a su
calidad de representantes de la Nación, de acuerdo a la jerarquía establecida
en el artículo 39 de la Constitución Política. Este derecho no ampara su abuso
en beneficio personal o de terceros.
i) A solicitar licencia oficial para ejercer las funciones a que se refiere el
segundo párrafo del artículo 92 de la Constitución Política, y licencia por
enfermedad o viaje oficial. En el caso de licencia por enfermedad, y previa
sustentación documentada cuando sea por más de siete días, se otorgará con
goce de haber; en el caso de licencia por viaje particular, se decidirá según la
evaluación que se realice sobre los motivos o la utilidad del viaje en beneficio
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del Congreso o del país. En otros supuestos no previstos decidirá la Mesa
Directiva.
j) A recibir las mismas facilidades materiales, económicas, de personal que
requiera para el mejor desarrollo de sus funciones.
CAPITULO IV.
DEBERES FUNCIONALES
Artículo 23. Los Congresistas tienen la obligación:
a) De participar en las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente cuando
sean miembros de ella, de las Comisiones a las que pertenezcan y de la Mesa
Directiva, del Consejo Directivo y de la Junta de Portavoces, cuando sean
elegidos o designados para integrar estos organismos.
Las inasistencias injustificadas a las sesiones del Pleno y de la Comisión
Permanente se publican en el Portal del Congreso y dan lugar al descuento
correspondiente, el mismo que se calcula en función a la ausencia por día en
las votaciones que se realicen y registren en las sesiones. Dicho descuento se
aplica de acuerdo a las siguientes reglas:
1) Al final de cada día se computa el registro de asistencia previo a las
votaciones realizadas en las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente,
a los efectos de calcular el porcentaje de inasistencia a votaciones de cada
Congresista.
2) Si el porcentaje de inasistencia injustificada al número total de votaciones
llevadas a cabo en un día es superior:
2.1) Al 20% y hasta el 30%, se descontará un 30% de la remuneración diaria
del Congresista;
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2.2) Al 30% y hasta el 40%, se descontará un 40% de la remuneración diaria
del Congresista;
2.3) Al 40% y hasta el 50%, se descontará un 50% de la remuneración diaria
del Congresista;
2.4) Al 50% o más, se descontará un día de remuneración del Congresista.
Las inasistencias injustificadas a las sesiones de los demás órganos del
Congreso señalados en este inciso, a los que pertenecen los Congresistas dan
lugar al descuento de la remuneración diaria. Si la inasistencia injustificada en
el mismo día es parcial, asistiendo el Congresista a alguno o algunos de los
órganos del Congreso a los que pertenece, el descuento es proporcional.
En los casos de los órganos del Congreso integrados por titulares y suplentes,
la responsabilidad sobre la inasistencia o el retiro recae en el titular si no avisa
con anticipación y por escrito que será reemplazado por un suplente
determinado. Si el suplente señalado no concurre, asume la responsabilidad y
las consecuencias de su inasistencia.
En caso de duda o controversia sobre la aplicación de las disposiciones
contenidas en este inciso, resuelve la Mesa Directiva.
(Inciso modificado. Resolución Legislativa del Congreso 002-2000-CR,
publicada el 6de octubre de 2000)
(Inciso modificado. Resolución Legislativa del Congreso 002-2002-CR,
publicada el 20de noviembre de 2002)
(Inciso modificado. Resolución Legislativa del Congreso 007-2004-CR,
publicada el 25de setiembre de 2004)
b) De cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las leyes del Perú, así
como respetar el presente Reglamento del Congreso.
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c) De mantener una conducta personal ejemplar, de respeto mutuo y tolerancia,
y observar las normas de cortesía de uso común y las de disciplina
parlamentaria contenidas en este Reglamento.
d) De presentar declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión y al
término de su mandato, así como en forma anual en la oportunidad y dentro del
plazo que establece la ley. (Inciso modificado. Resolución Legislativa del
Congreso 007-2004-CR, publicada el 25de setiembre de 2004) (Literal
modificado. Resolución Legislativa del Congreso 003-2008-CR, publicada el
7de octubre de 2008)e) De formular proposiciones debidamente estudiadas y
fundamentadas.
f) De mantenerse en comunicación con los ciudadanos y las organizaciones
sociales con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y
procesarlas de acuerdo a las normas vigentes, para lo cual se constituyen
cinco días laborables continuos al mes en la circunscripción electoral de
procedencia, individualmente o en grupo. Asimismo, deben atender las
denuncias debidamente sustentadas y documentadas de la población, fiscalizar
a las autoridades respectivas y contribuir a mediar entre los ciudadanos y sus
organizaciones y los entes del Poder Ejecutivo, informando regularmente sobre
su actuación parlamentaria. Esta norma no promueve la realización de actos
destinados a conseguir privilegios para ninguna persona o grupo. Para el
cumplimiento de esta obligación, los titulares de las entidades de la
administración pública, dentro del marco de la ley, brindan las facilidades del
caso, bajo responsabilidad.
(Párrafo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 1-2011-CR,
publicada el 7 de agosto de 2011)
De participar en el funcionamiento de las sedes descentralizadas del Congreso
y en audiencias públicas con el apoyo del Congreso de la República y los
organismos estatales de cada circunscripción, conforme aparecen demarcadas
en el sistema del distrito electoral múltiple.
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(Inciso modificado. Resolución Legislativa del Congreso 011-2001-CR,
publicada el 13de octubre de 2001)
(Literal modificado. Resolución Legislativa del Congreso 003-2009-CR,
publicada el 3de octubre de 2009)
g) De cuidar los bienes públicos que son puestos a su servicio y promover el
uso racional de los bienes de consumo que les provee el Estado. Esta
obligación incluye el deber de dar cuenta documentada de los gastos en que
incurran en viajes oficiales o visitas al exterior con bolsa de viaje.
h) De presentar, luego de realizado un viaje oficial o de visita por cuenta del
Congreso, un informe al Consejo Directivo sobre todo aquello que pueda ser de
utilidad al Congreso o al país. De considerarlo conveniente, el Consejo
Directivo puede acordar la reproducción del informe y disponer su envío a las
Comisiones, a todos los Congresistas o a los órganos del Estado que pudieran
tener interés en la información que contenga.
CAPITULO V
ORGANIZACIÓN PARLAMENTARIA
Ámbito de organización y trabajo de los(as) congresistas. Comprende los
siguientes órganos:
Órganos Deliberativos y Decisorios.
5.1. EL PLENO: La máxima asamblea de Representantes que integran el
Congreso. Instancia donde se debaten y toman decisiones de acuerdo a las
normas constitucionales, legales y reglamentarias.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 18
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Este órgano de decisión es el más importante del Congreso, en el que se
reportan los proyectos de ley dictaminados por las comisiones a fin de ser
aprobados o desestimados.
5.1.1 El Consejo Directivo: órgano de decisión conformado por los
Representantes de los grupos parlamentarios denominados portavoces y Mesa
Directiva. Se reúne antes de la realización de las sesiones Plenarias o
convocado por el Presidente del Congreso.
En el artículo 30° del Reglamento del Congreso se estipulan las siguientes
funciones y atribuciones:
Artículo 30. El Consejo Directivo está integrado por los miembros de la Mesa
Directiva y los representantes de los Grupos Parlamentarios que se
denominarán Directivos-Portavoces elegidos por su respectivo grupo. A cada
Directivo-Portavoz titular corresponderá un suplente elegido por cada Grupo
Parlamentario. En la conformación del Consejo Directivo se cuidará procurando
guardar similar proporcionalidad a la que exista entre los Grupos
Parlamentarios en la distribución de escaños en el Pleno del Congreso. Tiene
las siguientes funciones y atribuciones:
a). Adoptar acuerdos y realizar coordinaciones para el adecuado desarrollo de
las actividades del Congreso.
b) Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso, antes de su
presentación al Pleno del Congreso por el Presidente.
c) Recibir informes periódicos de la Mesa Directiva, Oficialía Mayor y de la
Oficina de Auditoría Interna, sobre el desarrollo de los procesos parlamentarios,
la administración y el estado de la economía del Congreso, según corresponda.
d) Recibir informes sobre las políticas de administración de personal y recursos
económicos y los reglamentos administrativos necesarios, así como la
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 19
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ejecución de licitaciones públicas para la realización de obras o la adquisición
de bienes y servicios.
e) Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno, definiendo los proyectos que
se tratarán en la orden del día de la sesión, poniéndolas en conocimiento de los
Congresistas veinticuatro horas antes del inicio de la sesión.
f) Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda de la sesión
del Pleno. Si la sesión no agota la agenda, el Consejo Directivo elabora una
nueva agenda.
g) Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y cualquier
otro plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones
y el buen funcionamiento del Congreso.
h) Acordar el otorgamiento de distinciones especiales.
i) Acordar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad o viaje que
soliciten los Congresistas, cuidando que en todo momento el número de
Congresistas licenciados no exceda del 10% y, sólo en casos especiales y
extraordinarios debidamente justificados, no exceda del 20% del número legal
de miembros del Congreso. Esta regla no comprende las hipótesis a que se
refiere el segundo párrafo del artículo 92 de la Constitución Política.
j) Acordar las autorizaciones de licencia para desempeñar las funciones a que
se refiere el segundo párrafo del artículo 92 de la Constitución Política.
k) Acordar el nombramiento del Oficial Mayor a propuesta del Presidente,
dando cuenta al Pleno.
l) Aprobar un calendario anual de sesiones del Pleno y de las comisiones,
tomando en cuenta lo establecido por el inciso f) del artículo 23 del presente
Reglamento.
m) Las demás contenidas en otros artículos del presente Reglamento y
aquéllas que le encargue el Pleno del Congreso.
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 20
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5.1.2 LA JUNTA DE PORTAVOCES.- compuesta por los integrantes de la
Mesa Directiva y un portavoz por cada grupo parlamentario.
Tienen un voto proporcional al número de miembros que componen su
bancada. Entre sus funciones está la de elaborar el cuadro de comisiones para
su aprobación por el Consejo Directivo, asimismo, la exoneración de los
trámites de envío a comisiones, la ampliación de la agenda de la sesión y la
determinación de prioridades en el debate.
5.1.3 LA PRESIDENCIA.- En el Congreso peruano este cargo es elegido por
un periodo legislativo (1 año), sin embargo, a principios de nuestra historia
republicana los Presidentes del Congreso ejercían esta función durante un
periodo de treinta días.
Actualmente la elección del Presidente se realiza conjuntamente con los
integrantes de la Mesa Directiva, todo en un mismo proceso electoral. Dicha
elección es por mayoría simple.
En el Reglamento del Congreso se fijan las funciones y atribuciones del
Presidente.
Artículo 32°.- El Presidente del Congreso tiene las siguientes funciones y
atribuciones:
a) Representar al Congreso, y recibir los honores que corresponde a su
investidura.
b) Presidir las sesiones del Pleno del Congreso, de la Comisión Permanente, y
de la Mesa Directiva, concediendo el uso de la palabra, haciendo guardar el
orden y dirigiendo el curso de los debates y las votaciones, conforme a las
normas procesales constitucionales, legales y reglamentarias.
c) Cumplir el ordenamiento jurídico de la Nación y el Reglamento del Congreso,
así como proteger los derechos y atribuciones de los Congresistas y los
diversos Grupos Parlamentarios, facilitar los consensos y acuerdos, respetar y
hacer respetar la organización y funcionamiento del Congreso, como una
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entidad dialogante y esencialmente deliberante, que encarna el pluralismo
político de la Nación.
d) Firmar, con uno de los Vicepresidentes, las autógrafas de las leyes, para ser
enviadas al Presidente de la República para su promulgación, así como ejercer
la facultad de promulgar las leyes a que se refiere el primer párrafo in fine del
artículo 108° de la Constitución Política. También firman el Reglamento del
Congreso, las autógrafas de las Resoluciones Legislativas,
Los acuerdos del Congreso y las normas reglamentarias para su publicación,
como las resoluciones administrativas que le correspondan en su calidad de
titular del pliego presupuestal y los documentos oficiales a que haya lugar.
e) Someter a consideración del Pleno del Congreso los proyectos de
Presupuesto y Cuenta General del Congreso, e informar al Consejo Directivo
sobre los procesos de licitación de obras y adquisición de bienes y servicios por
cuenta de los recursos presupuestales asignados al Congreso.
f) Someter a consideración del Consejo Directivo la agenda de las sesiones del
Pleno y de la Comisión Permanente, el cuadro de conformación de las
Comisiones y de la Comisión Permanente y cualquier plan o proyecto
destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y la productividad
del Congreso
.g) Exigir u ordenar a los órganos del Gobierno y de la administración en
general, para que respondan los pedidos de información de los Congresistas,
de conformidad con lo que dispone el artículo 96° de la Constitución Política
.h) Supervisar el funcionamiento de los órganos parlamentarios y del
servicio parlamentario, así como disponer lo necesario para la correcta
administración de los recursos físicos y humanos al servicio del Congreso.
i) Publicar en el diario oficial “El Peruano” y otros de mayor circulación, la
relación de
Congresistas que llegan tarde o no asisten a las sesiones o no permanecen en
ellas, salvo se encuentren en Comisión.
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j) Las demás que le encargue el Pleno del Congreso o que se encuentren
señaladas en otros artículos de este Reglamento.
Los Vicepresidentes remplazan al Presidente en su orden y asumen las
funciones que él les delegue. Suscriben los documentos oficiales del Congreso.
Mesa Directiva.- La Mesa Directiva del Congreso peruano está integrada por el
Presidente y cinco Vicepresidentes. Está facultada para presidir y dirigir los
debates del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo.
Asimismo supervisa la política administrativa -financiera del Congreso, así
como el nombramiento de los altos funcionarios del Congreso.
5.2 LAS COMISIONES.- Las Comisiones son grupos de trabajo especializados
de Congresistas, cuya función principal es el seguimiento y fiscalización del
funcionamiento de los órganos estatales y, en particular de los sectores que
componen la Administración Pública.
El Reglamento del Congreso en su artículo 35˚ establece la existencia de
cuatro clases de comisiones:
Artículo 35°.- Existen cuatro clases de comisiones:
5.2.1 Comisiones Ordinarias; encargadas del estudio y dictamen de los
asuntos ordinarios de la agenda del Congreso, con prioridad en la función
legislativa y de fiscalización. El Presidente del Congreso, en coordinación con
los Grupos Parlamentarios o previa consulta al Consejo Directivo del Congreso,
propone el número de Comisiones Ordinarias teniendo en cuenta a la
estructura del Estado. Sin embargo, deben conformarse por lo menos las
Comisiones Ordinarias:
1. Agraria.
2. Amazonía. Asuntos Indígenas y Afroperuanos
.3. Ambiente y Ecología.
4. Comercio Exterior y Turismo.
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5. Constitución y Reglamento.
6. Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios
Públicos.
7. Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia Desarrollo Alternativo, y Lucha
contralas Drogas
8. Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del
Estado.
9. Economía e Inteligencia Financiera.
10. Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural.
11. Energía y Minas.
12. Fiscalización y Contraloría.
13. Gobiernos Locales.
14 Justicia y Derechos Humanos.
15. Juventud y Deporte.
16. De la Mujer y Desarrollo Social.
17. Presupuesto y Cuenta General de la República.
18 Producción y Pymes.
19. Relaciones Exteriores.
20. Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad.
21. Seguridad Social.
22. Trabajo.
23. Transportes y Comunicaciones.
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24 .Vivienda y Construcción
Las demás Comisiones Ordinarias se conforman procurando homologar su
especialidad con las materias que correspondan a las carteras a cargo de los
Ministros de Estado y halos asuntos más relevantes para el país.
5.2.2 Comisiones de Investigación; encargadas del estudio, la investigación
y el dictamen de los asuntos puestos en su conocimiento en aplicación del
artículo 97° de la Constitución Política.
Gozan de las prerrogativas y las limitaciones señaladas en dicha norma
constitucional y el Reglamento del Congreso.
5.2.3 Comisiones Especiales; constituidas con fines protocolares o
ceremoniales o para la realización de cualquier estudio especial o trabajo
conjunto con comisiones del Gobierno, según acuerde el Pleno a propuesta del
Presidente del Congreso.
5.2.4 Comisión de Ética Parlamentaria; encargada de promover la Ética
Parlamentaria, prevenir actos contrarios a la misma, absolver las consultas que
se le formulen y resolver en primera instancia las denuncias que se formulen de
acuerdo con el Código de Ética Parlamentaria.
De otro lado, la Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso
señalan el rol de la Comisión Permanente durante el funcionamiento ordinario
del Congreso, durante el receso y en el período de disolución del Congreso.
Esta comisión está presidida por el Presidente del Congreso e integrada por no
menos de veinte Congresistas elegidos por el Pleno.
Los Vicepresidentes de la Mesa Directiva pasan a formar parte de la
vicepresidencia de la Comisión Permanente.
Según lo señala nuestra Constitución Política en su artículo. 101° son
atribuciones de la Comisión Permanente:
1. Designar al Contralor General, a propuesta del Presidente de la República.
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2. Ratificar la designación del Presidente del Banco Central de Reserva y del
Superintendente de Banca y Seguros.
3. Aprobar los créditos suplementarios y las transferencias y habilitaciones del
Presupuesto, durante el receso parlamentario.
4. Ejercitar la delegación de facultades legislativas que el Congreso le otorgue.
No pueden delegarse a la Comisión Permanente materias relativas a reforma
constitucional, ni a la aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas,
Ley de Presupuesto y Ley de la Cuenta General de la República.
5 .Las demás que le asigna la Constitución y las que señala el Reglamento del
Congreso.
Le corresponde acusar a las autoridades y funcionarios del Estado por
infracción de la Constitución o delitos cometidos en el ejercicio de sus
funciones (Art. 99° de la Constitución Política del Perú)
Del mismo modo esta Comisión no puede ser disuelta por el Presidente de la
República (Art. 134° de la Constitución Política del Perú).
En síntesis, podemos coincidir con el tratadista Juan Paniagua Soto, para quien
la organización de los Congresos a través de las comisiones tiene ciertas
ventajas porque:
– Aceleran el procedimiento legislativo.
– Fomentan la especialización de los legisladores y;
– Permiten un mejor control sobre el Poder Ejecutivo y la administración
pública.
Los Grupos Parlamentarios.- El reglamento del Congreso, en su artículo 37°,
lo definen
Como “el conjunto de congresistas que comparten ideas o intereses comunes.
Se
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Constituyen con un mínimo de seis Congresistas y se registran en la Oficialía
Mayor...cada grupo parlamentario elegirá un directivo – portavoz titular o más
y un suplente, según corresponde a su proporcionalidad...”
Órganos de Planeamiento y Concertación:
5.3 EL CONSEJO DIRECTIVO: Está integrado por los miembros de la Mesa
Directiva y los representantes de los grupos parlamentarios, que se denominan
Directivos-Portavoces, elegidos por su respectivo grupo. A cada Directivo-
Portavoz titular corresponderá un suplente elegido por cada grupo
parlamentario. En la conformación del Consejo Directivo se procurará guardar
similar proporcionalidad a la que exista entre los grupos parlamentarios en la
distribución de escaños en el Pleno del Congreso.
El Consejo Directivo tiene las siguientes funciones y atribuciones:
❖ Adoptar acuerdos y realizar coordinaciones para el adecuado desarrollo de
las actividades del Congreso.
❖ Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso, antes de su
presentación al Pleno del Congreso por el Presidente.
❖ Recibir informes periódicos de la Mesa Directiva, Oficialía Mayor y de la
Oficina de Auditoría Interna, sobre el desarrollo de los procesos parlamentarios,
la administración y el estado de la economía del Congreso, según corresponda.
❖ Recibir informes sobre las políticas de administración de personal y recursos
económicos y los reglamentos administrativos necesarios, así como la
ejecución de licitaciones públicas para la realización de obras o la adquisición
de bienes y servicios.
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❖ Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno, definiendo los proyectos que
se tratarán en la orden del día de la sesión, poniéndolas en conocimiento de los
Congresistas 24 antes del inicio de la sesión.
❖ Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda de la
sesión del Pleno. Si la sesión no agota la agenda, el Consejo Directivo elabora
una nueva agenda.
❖ Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y cualquier
otro plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones
y el buen funcionamiento del Congreso.
❖ Acordar el otorgamiento de distinciones especiales.
❖ Acordar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad o viaje que
soliciten los Congresistas, cuidando que en todo momento el número de
Congresistas licenciados no exceda del 10% y, sólo en casos especiales y
extraordinarios debidamente justificados, no exceda del 20% del número legal
de miembros del Congreso.
❖ Acordar las autorizaciones de licencia para desempeñar las funciones de
Ministro del Estado, o para ser parte de comisiones extraordinarias de carácter
internacional.
❖ Acordar el nombramiento del Oficial Mayor a propuesta del Presidente,
dando cuenta al Pleno.
❖ Aprobar un calendario anual de sesiones del Pleno y de las comisiones.
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❖ Las demás contenidas en otros artículos del Reglamento del Congreso y
aquéllas que le encargue el Pleno del Congreso.
5.4. JUNTA DE PORTAVOCES: Está compuesta por la Mesa Directiva y por
un Portavoz por cada Grupo Parlamentario, quien tiene un voto proporcional al
número de miembros que componen su bancada. Le corresponde:
❖ La elaboración del Cuadro de Comisiones, para su aprobación por el
Consejo Directivo y, posteriormente, por el Pleno del Congreso.
❖ La exoneración, con la aprobación de los tres quintos de los miembros del
Congreso allí representados, de los trámites de envío a comisiones y pre
publicación. En caso de proyectos remitidos por el Poder Ejecutivo con carácter
de urgente, estas exoneraciones son aprobadas por la mayoría del número
legal de los miembros del Congreso allí representados.
❖ La ampliación de la agenda de la sesión y la determinación de prioridades en
el debate, todo ello con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de
los miembros del Congreso allí representados.
❖ Las demás atribuciones que le señale el Reglamento del Congreso.
5.5. LA MESA DIRECTIVA: Tiene a su cargo la dirección administrativa del
Congreso y de los debates que se realizan en el Pleno del mismo, de la
Comisión Permanente y del Consejo Directivo, así como la representación
oficial del Congreso en los actos protocolares. Está compuesta por el
Presidente y tres Vicepresidentes.
La Mesa Directiva supervisa la administración del Congreso bajo las políticas
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administrativas y financieras que establece, de acuerdo con los lineamientos
adoptados por el Pleno y el Consejo Directivo del Congreso.
Acuerda el nombramiento de los funcionarios de más alto nivel del Congreso a
propuesta del Oficial Mayor, dando cuenta al Consejo Directivo. También
autoriza la contratación de servicios y la realización de concursos y el
nombramiento y contrato de los profesionales, técnicos y auxiliares que se
requieran para el normal desarrollo de las actividades parlamentarias. Aprueba
el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso antes de su presentación al
Pleno del Congreso por el Presidente.
5.6. LA PRESIDENCIA: El Presidente del Congreso tiene las siguientes
funciones y atribuciones:
❖ Representar al Congreso, y recibir los honores que correspondan a su
investidura.
❖ Presidir las sesiones del Pleno del Congreso, de la Comisión Permanente, y
de la Mesa Directiva, concediendo el uso de la palabra, haciendo guardar el
orden y dirigiendo el curso de los debates y las votaciones, conforme a las
normas procesales constitucionales, legales y reglamentarias.
❖ Cumplir el ordenamiento jurídico de la Nación y el Reglamento del Congreso,
así como proteger los derechos y atribuciones de los Congresistas y los
diversos Grupos Parlamentarios, facilitar los consensos y acuerdos, respetar y
hacer respetar la organización y funcionamiento del Congreso, como una
entidad dialogante y esencialmente deliberante, que encarna el pluralismo
político de la Nación.
❖ Firmar, con uno de los Vicepresidentes, las autógrafas de las leyes, para ser
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enviadas al Presidente de la República para su promulgación, así como ejercer
la facultad de promulgar las leyes a que se refiere el primer párrafo in fine del
artículo 108º de la Constitución Política: “La ley aprobada según lo previsto por
la Constitución, se envía al Presidente de la República para su promulgación
dentro de un plazo de quince días. En caso de no promulgación por el
Presidente de la República, la promulga el Presidente del Congreso, o el de la
Comisión Permanente, según corresponda”. También firman el Reglamento del
Congreso, las autógrafas de las Resoluciones Legislativas, los acuerdos del
Congreso y las normas reglamentarias para su publicación, como las
resoluciones administrativas que le correspondan en su calidad de titular del
pliego presupuestal y los documentos oficiales a que haya lugar.
❖ Someter a consideración del Pleno del Congreso los proyectos de
Presupuesto y Cuenta General del Congreso, e informar al Consejo Directivo
sobre los procesos de licitación de obras y adquisición de bienes y servicios por
cuenta de los recursos presupuestales asignados al Congreso.
❖ Someter a consideración del Consejo Directivo la agenda de las sesiones del
Pleno y de la Comisión Permanente, el cuadro de conformación de las
Comisiones y de la Comisión Permanente y cualquier plan o proyecto
destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y la productividad
del Congreso.
❖ Exigir u ordenar a los órganos del Gobierno y de la administración en
general, para que respondan los pedidos de información remitidos por los
Congresistas.
❖ Supervisar el funcionamiento de los órganos parlamentarios y del servicio
parlamentario, así como disponer lo necesario para la correcta administración
de los recursos físicos y humanos al servicio del Congreso.
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❖ Publicar en el Diario Oficial El Peruano y otros de mayor circulación, la
relación de Congresistas que llegan tarde o no asisten a las sesiones o no
permanecen en ellas, salvo se encuentren en sesión de Comisión.
❖ Las demás que le encargue el Pleno del Congreso o que se encuentren
señaladas en el Reglamento del Congreso.
5.7. LA VICEPRESIDENCIA: Son tres Vicepresidentes, cada uno de los cuáles
reemplazan al Presidente en su orden y asumen las funciones que él les
delegue. Suscriben los documentos oficiales del Congreso.
VICEPRESIDENTES DEL CONGRESO
Primer Vicepresidente
Segundo Vicepresidente
Tercer Vicepresidente
5.8. LAS COMISIONES: Son grupos de trabajo especializados de
Congresistas, cuya función principal es el seguimiento y fiscalización del
funcionamiento de los órganos estatales y, en particular, de los sectores que
componen la Administración Pública. Asimismo, les compete el estudio y
dictamen de los proyectos de ley y la absolución de consultas, en los asuntos
que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o la
materia. Cada comisión está integrada por miembros titulares y accesitarios,
con excepción de la Comisión de Inteligencia, cuyos miembros son titulares y
permanentes, no contando con miembros accesitarios. Los miembros
accesitarios reemplazan en caso de ausencia, al respectivo titular del mismo
grupo parlamentario, para los efectos del cómputo del quórum y de las
votaciones, sin perjuicio de los derechos que les corresponden como
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Congresistas. No son admisibles las suplencias para el ejercicio de los cargos
de Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Comisión.
Los miembros de las Comisiones eligen de su seno a un Presidente, un
Vicepresidente y un Secretario, respetando el criterio de proporcionalidad de
los Grupos Parlamentarios que las componen. También puede participar en el
acto electoral el miembro accesitario que reemplace, por ausencia, al miembro
titular.
5.9. GRUPOS PARLAMENTARIOS: Los grupos parlamentarios son conjuntos
de congresistas que comparten ideas o intereses comunes o afines y se
conforman de acuerdo con las siguientes reglas:
➢ Los partidos o alianzas de partidos que logren representación al Congreso
de la República constituyen grupo parlamentario siempre que cuenten con un
número mínimo de seis congresistas.
➢ Si no lograran llegar al número de representantes a que se refiere el inciso
anterior, serán considerados como Grupo Parlamentario Especial solo para los
efectos de presentación de proyectos de ley, salvo que se junten dos o más
agrupaciones representadas en el Congreso para constituir grupo
parlamentario.
➢ En ningún caso pueden constituir grupo parlamentario separado los
congresistas que pertenezcan a un mismo partido.
➢ Cada grupo parlamentario aprueba su reglamento interno que obliga a todos
sus integrantes.
Los grupos parlamentarios son registrados en la Oficialía Mayor. Tienen
derecho a contar con personal, recursos y ambientes para el desarrollo de sus
funciones, en proporción al número de sus miembros.
Cada grupo parlamentario elegirá a sus representantes, titulares y suplentes,
ante los órganos directivos que establezca el Reglamento, dando cuenta por
escrito de tales nombramientos a la Oficialía Mayor. También propondrán a sus
candidatos a los cargos de la Mesa Directiva y para conformar las comisiones y
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canalizarán la presentación de propuestas legislativas. Los documentos
mediante los que se dé cuenta de la elección de los referidos representantes
deben estar firmados por no menos de la mitad más uno del número de
miembros que conforman el grupo parlamentario.
Todos los órganos del Congreso tienen la obligación de proporcionar la
información y asuntos sobre los que conocen y asumen competencia a la
institución parlamentaria. La Presidencia o, en su caso, el Vocero de cada
órgano, dispone la remisión de la información sobre la labor que desarrollan los
órganos que presiden o representan al órgano del servicio parlamentario
responsable de centralizar, sistematizar, organizar estadísticamente y publicar
dicha información. Los datos se presentan y organizan según las pautas
conceptuales y criterios operativos aprobados por la Mesa Directiva, según la
propuesta de Oficialía Mayor.
La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del
Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del
Congreso, quien responde ante el Presidente por la marcha y resultados de las
dependencias y personal del servicio parlamentario. Le corresponde con este
fin la dirección, supervisión y control, directos o por delegación, de todas las
actividades del servicio parlamentario dedicadas a preparar, asistir, apoyar y
facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los Congresistas.
El Oficial Mayor tiene la representación legal de la administración, es jefe de
todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria. Por delegación del
Presidente y con cargo a dar cuenta puede celebrar los contratos necesarios
para garantizar el normal funcionamiento del Congreso y del servicio
parlamentario. Es nombrado y su nombramiento revocado por acuerdo del
Consejo Directivo.
Sus atribuciones y responsabilidades así como las que les corresponden a los
órganos y personal del servicio parlamentario se establecen en el Estatuto del
Servicio Parlamentario. Cesa en el cargo por dimisión, pérdida de su condición
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de funcionario, retiro o jubilación, imposibilidad para el desempeño del cargo,
cese o revocatoria de su designación. En caso de ausencia o impedimento
temporal es remplazado por el Director General Parlamentario.
CAPITULO VI
EL SERVICIO PARLAMENTARIO
El servicio parlamentario, tal como lo establece el art. 26º del Reglamento del
Congreso, es un órgano de apoyo y asesoría administrativa de los
Congresistas de la República. Cumple un rol técnico, imparcial y no partidario.
Está subdividido a su vez en tres áreas:
6.1 La Oficialía Mayor.- Es el máximo órgano del servicio parlamentario y está
dirigido por un funcionario denominado Oficial Mayor.
Los orígenes del término (Oficial Mayor) se encuentran en la época del
virreinato, donde los funcionarios de la Corona Española eran denominados
oficiales. En los Parlamentos de otros países su equivalente es el de Secretario
General.
En el reglamento del Congreso, en el artículo 38º, se establecen las siguientes
funciones y atribuciones de la Oficialía Mayor:
Artículo 38°.- La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario
del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del
Congreso, nombrado por acuerdo del Consejo Directivo a propuesta del
Presidente del Congreso, dando cuenta al Pleno. Dispone de una Secretaría
Técnica y tiene las siguientes funciones y atribuciones:
a) Organizar y dirigir el servicio parlamentario e informar al Consejo Directivo y
a la Mesa Directiva sobre el estado y desarrollo de los procedimientos
parlamentarios, la administración y el estado de la economía del Congreso,
cuando se le solicite.
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b) Preparar la agenda de las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y
del Consejo Directivo, y asistir al Presidente y a los miembros de la Mesa
durante el desarrollo de las mismas.
c) Citar a los Congresistas a las sesiones del Pleno, de la Comisión
Permanente y del Consejo Directivo, por encargo del Presidente.
d) Actuar como Secretario en las sesiones del Consejo Directivo, de la Mesa
Directiva y, a pedido del Presidente, en cualquier reunión de coordinación con
los voceros de los Grupos Parlamentarios, elaborando los respectivos
proyectos de resolución o decreto y ejecutando los acuerdos adoptados en
estas instancias.
e) Entregar a los representantes de los medios de comunicación social
debidamente acreditados, la información necesaria para la difusión de las
actividades del Congreso.
f) Certificar las autógrafas de ley, de resolución legislativa, de acuerdos del
Congreso y de normas reglamentarias, así como autenticar los documentos
oficiales que expiden o firman el Presidente y los miembros del Consejo
Directivo, a su expresa solicitud.17
g) Supervisar la redacción del Acta y del Diario de los Debates de las sesiones
del Pleno y de la Comisión Permanente, y confeccionar el Acta de las sesiones
del Consejo Directivo y registrar en forma adecuada las decisiones que sirvan
como precedentes para observarse en casos análogos. Poner al día el Diario
de los Debates.
h) Entregar a los Congresistas, con 24 horas de anticipación al inicio de la
sesión del Pleno, copia de la Agenda por correo electrónico u otra vía y del
reporte del tiempo asignado a cada tema. Así como copias de las
proposiciones de ley y resoluciones legislativas y de los dictámenes, informes y
mociones cuyo conocimiento previo sea necesario para participar en las
sesiones. Asimismo entregará a los Congresistas con la misma anticipación de
24 horas la respectiva documentación que se tratará en la Comisión
Permanente.
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i) Elaborar el proyecto del Presupuesto anual y la Cuenta General del
Congreso.
j) Supervisar la convocatoria y realizar licitaciones públicas previo acuerdo de la
Mesa Directiva, así como concursos públicos de precios con autorización de la
Mesa Directiva, dando cuenta del proceso al Consejo Directivo.
k) Celebrar los contratos necesarios para garantizar el normal funcionamiento
de la organización parlamentaria y del servicio parlamentario, previa
autorización de la Mesa Directiva y dando cuenta a ésta, según las
circunstancias.
l) Elaborar y proponer a la Mesa Directiva las normas administrativas
necesarias para garantizar y mejorar el funcionamiento del servicio
parlamentario, así como elaborar y proponer a la Mesa Directiva el Cuadro de
Personal, el monto y los reajustes de las remuneraciones de los trabajadores
del servicio parlamentario, los contratados y los de confianza del Consejo
Directivo, de los miembros de la Mesa Directiva, del propio Comité, de las
comisiones, de los grupos Parlamentarios y de los Congresistas.
m) Organizar el Centro de Documentación e Información del Congreso y la
Oficina de Iniciativas Ciudadanas e Institucionales, y supervisar su
funcionamiento.
n) Proporcionar a los señores Congresistas, los informes que le soliciten sobre
aspectos concernientes a la marcha administrativa y económica del Congreso,
así como sobre el patrimonio de éste.
o) Proporcionar, en base a las disposiciones que establezca la Mesa Directiva y
de acuerdo a la disponibilidad, los servicios de asesoramiento y apoyo
logístico.
Suficientes para el desempeño de las funciones de los Congresistas.
Asimismo, en coordinación con la Mesa Directiva, proponer al Consejo
Directivo el monto de la cuenta de gastos operativos que demande el ejercicio
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activo de la función de Congresista; la misma que estará sujeta a rendición de
cuentas mensualmente, en la forma que señale el Consejo Directivo.
p) Las demás señaladas en otros artículos del presente Reglamento.
6.2 La Dirección General Parlamentaria.- Es un órgano dependiente de la
Oficialía Mayor y está a cargo del Director General Parlamentario, el mismo
que tiene la responsabilidad del trámite de los proyectos de ley, organizar la
agenda del pleno, del Consejo Directivo y de la Comisión Permanente. Este
funcionario reemplaza al Oficial Mayor en caso de ausencia.
6.3 La Dirección General de Administración.- Es un órgano que depende de
la Oficialía Mayor. Está a cargo de un Director General de Administración y
tiene por responsabilidad administrar los recursos físicos, humanos y
tecnológicos, los servicios, el control patrimonial, la contabilidad y la ejecución
presupuestal del Congreso, entre otras atribuciones.
En la organización del Congreso se distinguirá entre el ámbito de organización
y trabajo de los Congresistas que se denominará organización parlamentaria y
el de los órganos de asesoría y apoyo administrativo que se denominará
servicio parlamentario.
La Comisión Permanente tiene un régimen de organización especial. También
lo tiene el Centro de Estudios Constitucionales y Parlamentarios del Congreso,
el mismo que se rige por su Estatuto aprobado por el Consejo Directivo a
propuesta del Presidente.
CONCLUSIONES
La vida del congreso de la republica del Perú su organización y funciones,
desde sus inicios en la independencia del Perú ha tenido muchos cambios, se
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disolvió varias veces, existieron dos congresos a la vez, fue influenciado por
diferentes poderes y presidentes dictatoriales como Simón Bolívar. El congreso
al estar cerca de su de sus bicentenario en esta largo recorrido a tenido que ir
madurando políticamente y organizacionalmente, sus diferentes constituciones
hasta la actualidad, su organización bicameralidad a la bicameralidad, su modo
de elección de sus representantes, al cambiar el país desde la independencia
forma del territorio así como el numero de regiones. El congreso seguirá
evolucionando como aporte legislativo de acuerdo al desarrollo de la república
del Perú.
BIBLIOGRAFIA
• Paniagua Curazao, V. (2003) Los orígenes del Gobierno representativo en el
Perú: las Elecciones (1809-1826), Perú, Fondo Editorial Pontificia Universidad
Católica del Perú.
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• Gianfranco Pasquino (1991) Manual De Ciencia Política, España Alianza
Editorial.
• Bernales Ballesteros, E. (1990). Congreso y Democracia, Perú, Editorial
l Constitución y Sociedad.
• Constitución Política Del Perú. Promulgada el 29 de diciembre de 1993.
• Reglamento del Congreso de la República.
PAGINAS ELECTRONICAS
1) http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_Pol
%C3%ADtica_del_Per%C3%BA_(1993)
2) http://www.tc.gob.pe/legconperu/constitucion.html
• DOCUMENTOS
– Constitución Política del Perú 1993.
– Reglamento del Congreso de la República.
ANEXOS
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
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PODER LEGISLATIVO PERUANO
LISTA DE LOS 130 CONGRESISTA 2011 – 2013
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La siguiente lista de congresistas elegidos en el proceso del 09 de abril de 2011, para el periodo 2011 - 2016. Para dichos comicios, se aumentó a 130 el número de legisladores.
(*) Manuel Dammert ocupará el lugar de Javier Diez Canseco, fallecido el 04 de junio del 2013.
CONGRESISTA PARTIDO POLÍTICO
1 Kenji Gerardo Fujimori Higuchi Fuerza Popular Fujimori
2 Humberto Lay Sun Alianza por el Gran Cambio
3 Alberto Ismael Beingolea Delgado Alianza por el Gran Cambio
4 Carlos Ricardo Bruce Montes de Oca Concertación Democrática
5 Jaime Ricardo Delgado Zegarra Gana Perú
6 Daniel Fernando Abugattas Majluf Gana Perú
7 María Lourdes Pía Luisa Alcorta Suero Alianza por el Gran Cambio
8 Luciana Milagros León Romero Partido Aprista
9 Cecilia Roxana Taita Villacorta Perú Posible
10 Luisa María Cuculiza Torre Fuerza Popular
11 Julio Pablo Rosas Huaranca Fuerza Popular
12 José León Luna Gálvez Solidaridad Nacional
13 Leila Felicita Chihuan Ramos Fuerza Popular
14 Rennan Samuel Espinoza Rosales Perú Posible
15 Gabriela Lourdes Pérez del Solar Alianza por el Gran
16 Luis Fernando Galarreta Velarde Alianza por el Gran Cambio
17 Víctor Andrés García Belaúnde Perú Posible
18 Luis Carlos Antonio Ibérico Núñez Alianza por el Gran Cambio
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19 Claude Maurice Mulder Bedoya Partido Aprista
20 Javier Bedoya de Vivanco Alianza por el Gran Cambio
21 María Soledad Pérez Tello de Rodríguez Alianza por el Gran Cambio
22 Julio Cesar Gago Pérez Fuerza Popular
23 Yonhy Lezcano Ancieta Perú Posible
24 Renzo Andrés Reggiardo Barreto Concertación Democrática
25 Fernando Juan Andrade Carmona Perú Posible
26 Gian Carlo Vacchelli Corbetto Fuerza Popular
27 Luz Filomena Salgado Rubianes Fuerza Popular
28 Esther Yovana Capuñay Quispe Solidaridad Nacional
29 Martha Gladys Chávez Cossio Fuerza Popular
30 Martín Belaunde Moreyra Solidaridad Nacional
31 Ángel Neyra Olaychea Fuerza Popular
32 Omar Karim Chehado Moya Gana Perú
33 Cenaida Cebastiana Uribe Medina Gana Perú
34 Sergio Fernando Tejada Galindo Gana Perú
35 Rosa Delsa Mávila León Gana Perú
36 Manuel Dammert (*) Gana Perú LA LIBERTAD
37 Octavio Edilberto Salazar Miranda Fuerza Popular
38 Richard Frank Acuña Núñez Alianza por el Gran Cambio
39 Elías Nicolás Rodríguez Zavaleta Partido Aprista
40 José Raguberto León Rivera Perú Posible
41 Wilson Michael Urtecho Medina Solidaridad Nacional
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 43
UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
42 Roberto Edmundo Angulo Álvarez Gana Perú
43 Ramón Kobashigawa Kobashigawa Fuerza Popular PIURA
44 Marisol Espinoza Cruz Gana Perú
45 Leonidas Huayama Neira Gana Perú
46 Juan José Díaz Dios Fuerza Popular
47 Karla Melissa Schaefer Cuculiza Fuerza Popular
48 Juan César Castagnino Lema Perú Posible
49 Freddy Fernando Sarmiento Betancourt Fuerza Popular
50 Santiago Gastañadui Ramírez Gana Perú AREQUIPA
51 Ana María Solórzano Gana Perú
52 Gustavo Rondón Fudinaga Solidaridad Nacional
53 Justiniano Apaza Ordoñez Gana Perú
54 Juan Carlos Eguren Alianza por el Gran Cambio
55 Marco Falcóni Picardo Perú Posible
56 Tomás Zamudio Briceño Gana Perú CAJAMARCA
57 Reber Ramírez Fuerza Popular
58 Jorge Rimarachín Gana Perú
59 Cristóbal Llatas Gana Perú
60 Cecilia Chacón Fuerza Popular
61 Segundo Tapia Fuerza Popular
62 Mesías Antonio Guevara Amasifuen Perú Posible ANCASH
63 Heriberto Manuel Benítez Rivas Solidaridad Nacional
64 Dalmacio Modesto Julca Jara Perú Posible
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 44
UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
65 María Magdalena López Córdova Fuerza Popular
66 Fredy Rolando Otárola Peñaranda Gana Perú
67 Víctor Walberto Crisólogo Espejo Perú Posible LAMBAYEQUE
68 Yehude Simon Munaro Alianza por el Gran Cambio
69 Javier Velásquez Quesquén Partido Aprista
70 Alejandro Aguinaga Recuenco Fuerza Popular
71 Martín Rivas Texeira Gana Perú
72 Virgilio Acuña Peralta Alianza por el Gran Cambio JUNÍN
73 Johnny Cárdenas Cerrón Gana Perú
74 Doris Gladys Oseda Soto Gana Perú
75 Federico Pariona Galindo Fuerza Popular
76 Casio Faustino Huaire Chuquichaico Perú Posible
77 Jesús Pánfilo Hurtado Zamudio Fuerza Popular PUNO
78 Emiliano Apaza Condori Gana Perú
79 Rubén Condori Cusi Gana Perú
80 Mariano Eutropio Portugal Perú Posible
81 Claudia Faustina Coari Mamani Gana Perú
82 Francisco Ccama Layme Fuerza Popular CALLAO
83 Rogelio Antenor Canches Guzmán Gana Perú
84 Pedro Carmelo Spadaro Philipps Fuerza Popular
85 Enrique Wong Pujada Alianza por el Gran Cambio
86 Daniel Emiliano Mora Zevallos Perú Posible LIMA PROVINCIAS
87 Aurelia Tan de Inafuko Fuerza Popular
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 45
UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
88 Elard Galo Melgar Valdez Fuerza Popular
89 Manuel Salvador Zerillo Bazalar Gana Perú
90 Wilder Ruiz Loayza Gana Perú CUSCO
91 Verónika Fanny Mendoza Frisch Gana Perú
92 Hernán de la Torre Dueñas Gana Perú
93 Rubén Rolando Coa Aguilar Gana Perú
94 Julia Teves Quispe Gana Perú
95 Agustín Molina Martínez Gana Perú ICA
96 Eduardo Cabrera Ganoza Fuerza Popular
97 Ana Ethel del Rosario Jara Velásquez Gana Perú
98 José Luis Elías Ávalos Fuerza Popular
99 Cecilia Anicama Ñáñez Gana Perú SAN MARTÍN
100 Rolando Reátegui Flores Fuerza Popular
101 César Elmer Yrupailla Montes Gana Perú
102 Aldo Maximiliano Bardalez Cochagne Fuerza Popular
103 Esther Saavedra Vela Gana Perú LORETO
104 Norman David Lewis del Alcázar Perú Posible
105 Leonardo Agustín Inga Vásquez Perú Posible
106 Víctor Isla Rojas Gana Perú
107 Víctor Raúl Grandez Saldaña Fuerza Popular AYACUCHO
108 Rofilio Neyra Huamani Fuerza Popular
109 José Antonio Urquizo Maggia Gana Perú
110 Walter Acha Romaní Gana Perú HUÁNUCO
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 46
UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
111 Josué Gutiérrez Cóndor Gana Perú
112 Alejandro Yovera Flores Fuerza Popular
113 María del Carmen Omonte de Dyer Perú Posible AMAZONAS
114 Eduardo Nayap Kinin Gana Perú
115 Héctor Virgilio Becerril Fuerza Popular PURÍMAC
116 Jhon Arquimides Reynaga Soto Gana Perú
117 Antonio Medina Ortiz Fuerza Popular HUANCAVELICA
118 Wuilian Alfonso Monterola Abregu Perú Posible
119 Hugo Carrillo Cavero Gana Perú MOQUEGUA
120 Vicente Antonio Zeballos Salinas Solidaridad Nacional
121 Jaime Rubén Valencia Quiroz Gana Perú PASCO
122 Willyam Tito Valle Ramírez Perú Posible
123 Néstor Antonio Valqui Matos Fuerza Popular TACNA
124 Gladys Natalie Condori Jahuira Gana Perú
125 Juan Donato Pari Choquecota Gana Perú TUMBES
126 Manuel Arturo Merino de Lama Perú Posible
127 María del Pilar Cordero Jon Tay Fuerza 2011 UCAYALI
128 Carlos Mario del Carmen Tubino Arias Schreiber Fuerza Popular
129 Teófilo Gamarra Saldiva Gana Perú MADRE DE DIOS
130 Eulogio Amado Romero Rodríguez Gana Perú
Organización y Funciones del Poder Legislativo Peruano Página 47
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