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REGLAMENTO INTERNO 2020
PRESENTACIÓN
La IEP SAN BENITO DE PALERMO presenta su Reglamento Interno
correspondiente al año académico 2020, que ha sido formulado, de acuerdo a las
normas educativas vigentes, implementando para el presente año lectivo, con la
participación de todo el Personal de la Institución, en base a la propuesta de la
Comisión de Reglamento Interno.
El REGLAMENTO interno 2020 recoge las sugerencias y expectativas del
Personal de la Institución, el análisis de la problemática de nuestro entorno socio
– geográfico y educativo; así como es el resultado de la evaluación del RI 2019.
Desarrolla el siguiente esquema.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Concepto
1.2 Línea axiológica
1.3 Alcance
1.4 Bases legales
CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
2.1 Del funcionamiento
2.2 Ubicación
2.3 Ámbito geográfico
2.4 Objetivos
a) Generales
Institución Educativa Privada “San “San Benito de Palermo”
R.D N° 469-143 UGEL 06 ATE
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b) Específicos
CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
3.1 Diseño organizacional y organigrama estructural
3.2 Funciones generales
3.3 Funciones específicas
CAPÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN
4.1 Académica:
a) Planificación
b) Programación
c) Calendarización
d) Periodos vacacionales
e) Supervisión Educativa
4.2 Administrativa:
a) Régimen Interno
b) Régimen económico
c) Régimen de seguridad social de los trabajadores
CAPÍTULO V DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y
CERTIFICACIÓN
5.1 Matricula (proceso)
5.2 evaluación (etapas)
5.3 Promoción, repitencia-especificar
5.4 Certificación (Especificar en qué casos)
CAPÍTULO VI DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO
6.1 Organización del escalafón docente, administrativo
6.2 Su uso y obligatoriedad de registro de los trabadores que laboran en la
institución educativa.
CAPÍTULO VII DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL
7.1 Derechos del personal directivo. 7.2 Derechos del personal jerárquico. 7.3 Derechos del personal docente. 7.4 Derechos de los auxiliares de educación e instructor. 7.5 Derechos del personal administrativo. 7.6 Deberes del personal directivo.
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7.7 Deberes del personal jerárquico. 7.8 Deberes del personal docente. 7.9 Deberes de los auxiliares de educación e instructor. 7.10 Deberes del personal administrativo.
7.11 De las faltas que ameritan sanción al personal. 7.12 De las sanciones por faltas cometidas por el personal. 7.13 De los estímulos por acciones relevantes al personal.
CAPÍTULO VIII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
8.1 De la promoción de la convivencia escolar sin violencia
8.2 De los derechos de los estudiantes.
8.3 De los deberes de los estudiantes
8.4 Presentación personal y aseo
8.5 Uso de material educativo, mobiliario, objetos y ambientes.
8.6 Horarios
8.7 De las prohibiciones a los estudiantes.
8.8De las faltas tipificadas que cometen los estudiantes.
8.9. Acciones preventivas y correctivas.
8.10 Causales de atenuación y de agravación de las faltas.
8.11 Procedimiento de evaluación de la falta
8.12 Instancia de apelación
8.11 De la derivación al departamento de psicología
8.12 De las sanciones a los estudiantes
8.13 Procedimientos para la aplicación de sanciones leves
8.14 Sanciones para las faltas moderadas y graves.
8.15 De los estímulos por acciones relevantes a los alumnos.
CAPÍTULO IX DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y LOS RESPONSABLES.
CAPÍTULO X DE LA CAFETERÍA: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.
CAPÍTULO XI RELACIONES Y COORDINACIONES
11.1 Relaciones y coordinaciones con los padres de familia.
11.2 Relaciones y coordinaciones con las instituciones de la localidad.
11.3 Relaciones y coordinaciones con la asociación de ex alumnos.
CAPÍTULO XII DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA.
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CAÍTULO XIII DE LOS CONTRATOS Y SISTEMA DE BECAS,
CAPÍTULO XIV DISPOSICIONES FINALES
DATOS GENERALES
a. Denominación : IEP SAN BENITO DE PALERMO
b. Ubicación : Calle Polonia N° 151 – 157
Urbanización Los Portales de Javier Prado.
III Etapa
Distrito de Ate
Provincia de Lima
Región Lima Metropolitana
Teléfono: 3511652
c. Resoluciones de creación
Apertura : R. D. N° 469-89
Ampliación : R. D. N° 143-92
d. Niveles -Educación Inicial
-Educación Primaria
-Educación Secundaria
e. Turno Mañana
f. Vigencia 2020
a. Personal directivo y jerárquico:
Directora : CARMONA HURTADO, Juana Elizabeth
Sub Directora : CARMONA HURTADO, Rosa Isabel
Coordinador Académico : VELA TAFUR, Martín Fernando
h. Organización
- Órgano de Dirección
- Directora
- Sub Directora.
- Órgano de Asesoría
- Coordinador Pedagógico
- Psicóloga
- Órgano de Ejecución
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- Personal Docente
- Auxiliares de Educación
- Órgano de Apoyo:
- Secretaría
- Bibliotecaria
- Personal de servicio
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Art. 01 CONCEPTO:
La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” es una Institución Educativa Privada
que imparte educación a niños y adolescentes en Educación Básica Regular;
se encuentra ubicado en la calle Polonia N° 151-157 Urbanización “Los
Portales de Javier Prado” III Etapa, distrito de Ate, provincia de Lima y
Región Lima Metropolitana.
El presente Reglamento Interno se formula sobre la base del esquema de la
Unidad de Gestión Educativa N° 06 de Vitarte, asimismo, actualizando el
Reglamento Interno 2019 y con la participación del Personal del Plantel. En
él, se determina la estructura orgánica, su funcionamiento global y de cada
ente, así como las consideraciones específicas que posibiliten la marcha
articulada de cada uno de sus órganos orientados al mejoramiento de la
Institución en constante cambio en su crecimiento y desarrollo, acorde con
nuestra MISIÓN y VISIÓN.
El Reglamento Interno de la IEP “SAN BENITO DE PALERMO”
tiene por finalidad normar el ordenamiento y organización interna,
así como los mecanismos de coordinación Interna y externa, al que
se ciñen los integrantes de cada uno de sus órganos: Personal
Directivo, Jerárquico, de Asesoría, Docentes, Administrativos,
alumnos y padres de familia, reconociéndoles sus derechos y
obligaciones, así como la especificación de los estímulos y sanciones.
Art. 02 LINEA AXIOLÓGICA:
La IEP “San Benito de Palermo” se basa en los principios cristianos
católicos con influencia en las enseñanzas de nuestro Santo Patrón de
ayuda, apoyo a la educación de la niñez y adolescentes.
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Asume las normas relacionadas con la Constitución Política del Perú y sus
leyes del sector Educación, así como los dispositivos legales que lo
implementan. Asume los siguientes principios en el desarrollo educativo:
Principio de construcción de los propios aprendizajes.
Principio de necesidad del desarrollo de la comunicación y el
acompañamiento en los aprendizajes.
Principio de significatividad de los aprendizajes.
Principio de organización de los aprendizajes.
Principio de integralidad de los aprendizajes.
Principio de evaluación de los aprendizajes.
En la evaluación se orienta al logro de Competencias y Capacidades
(habilidades y destrezas); los contenidos están inmersos en ellas.
En la planificación de la evaluación, se efectúa la formulación de las
matrices de evaluación que considera: capacidades, Indicadores, Niveles
de Aprendizaje y la ponderación, como paso previo a la elaboración de los
exámenes.
Art. 03 ALCANCE:
El Reglamento Interno 2020 señala su cumplimiento a todos los agentes educativos de la
Institución:
Personal Directivo:
Personal Jerárquico (Coordinador Pedagógico y Psicólogo)
Personal Docente.
Auxiliares de Educación.
Personal Administrativo.
Padres de Familia
Alumnos de los tres niveles educativos.
Art. 04 BASES LEGALES:
El Reglamento de la IEP “SAN BENITO DE PALERMO” se sustenta en la
Normatividad Vigente que la regula, limita y clarifica su accionar. Estos son:
a. Constitución Política de la Nación.
b. Ley General de Educación N° 28044.
c. Ley de los Colegios Privados N° 26549
d. Reglamento General de Educación Básica Regular D.S. N° 011-2012 - ED
e. Reglamento de la Ley de Colegios Privados. D.S. N° 01-96-ED.
g. Orientaciones de la UGEL 06 sobre el Reglamento Interno.
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CAPÍTULO II
DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Art. 05 DEL FUNCIONAMIENTO:
La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” funciona en, en la calle Polonia N° 151-157
Urbanización “Los Portales de Javier Prado” III Etapa, distrito de Ate, provincia
de Lima y Región Lima Metropolitana, de lunes a viernes en el horario de 7:30 a
16:00 horas, pudiendo prolongarse a los días sábados, cuando la naturaleza de las
exigencias Administrativas y Técnico- Pedagógicas lo requieran.
Art. 06 UBICACIÓN:
La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” se encuentra ubicada en la dirección
anotada en el Art. 1 del presente Reglamento Interno.
Art. 07 ÁMBITO GEOGRÁFICO:
LOCALIDAD: LOS PORTALES DE JAVIER PRADO
CENTRO POBLADO: VITARTE
CÓDIGO DE UBICACIÓN GEOGRÁFICA: 150103
CÓDIGO LOCAL: 293036
DISTRITO: ATE
PROVINCIA: LIMA
Art. 08 OBJETIVOS:
General:
El Reglamento Interno de la IEP “SAN BENITO DE
PALERMO” tiene por objetivo general Normar el
ordenamiento y organización interna, así como los
mecanismos de coordinación Interna y externa, al que se
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ciñen los integrantes de cada uno de sus órganos:
Personal Directivo, Jerárquico, de Asesoría, Docentes,
Administrativos, alumnos y padres de familia,
reconociéndoles sus derechos y obligaciones, así como la
especificación de los estímulos y sanciones.
Específicos:
Poner en conocimiento de todos los integrantes de
la comunidad educativa el presente Reglamento
Interno.
Establecer los estímulos y las sanciones
correspondientes al tipo de acciones o conductas
por el personal y/o, alumnos de la Institución.
Determinar los estamentos de Organización
interna dela Institución.
Reconocer las funciones, los Derechos y
obligaciones de cada miembro de la Institución.
Promover eventos de capacitación y desarrollo para
su personal docente y administrativo
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CAPITULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Art. 09 DISEÑO ORGANIZACIONAL:
La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” tiene la siguiente estructura
orgánica:
a. Órgano de Dirección:
- Dirección
- Sub Dirección
b. Órgano de Asesoramiento:
- Coordinación Pedagógico.
- Departamento de Psicología
c. Órgano de Ejecución:
- Personal Docente de Educación Inicial, Primaria y Secundaria.
- Auxiliares de Educación e Instructor
d. Órgano de Apoyo Administrativo:
- Secretaría
- Equipo de economía: Tesorería y Contabilidad.
- Bibliotecaria
- Personal de Servicio
e. Órgano de Participación:
- Comités de Padres de Familia de cada aula.
La estructura que se establece en el artículo anterior responde a la naturaleza y
necesidades de la Institución: es flexible en tanto requieren el proceso de
desarrollo Técnico Pedagógico y Administrativo, adecuándose y ciñéndose a las
normas establecidas.
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IEP SAN BENITO DE PÁLERMO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N° 06
DIRECCIÓN
PSICOLOGÍA Y
COORDINACIÒN DE TUTORÍA
PERSONAL DOCENTE
EDUCACIÓN PRIMARIA
1° - 4° GRADO
PERSONAL DOCENTE
EDUCACIÓN INICIAL
PERSONAL DOCENTE
EDUCACIÓN
SECUNDARIA
COMITÉS DE AULA
PP FF
COORDINACIÓN
ÁREAS DE LETRAS
IE SAN BENITO DE PALERMO
DIRECCIÓN
SUB DIRECCIÓN
COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
COORDINACIÓN
NIVEL INICIAL
COORDINACIÓN
NIVEL PRIMARIA
1° - 4° GRADO
COORDINACIÓN
ÁREAS DE CIENCIAS
COORDINACIÓN
NIVEL PRIMARIA
5° - 6° GRADO
COORDINACIÓN
NIVEL SECUNDARIA
PERSONAL DOCENTE
EDUCACIÓN PRIMARIA
5° - 6° GRADO
APOYO
ADMINISTRATIVO
SECRETARÍA
TESORERÍA
BIBLIOTECARIA
PERSONAL DE
MANTENIMIENTO
COMITÉS DE APOYO
DOCENTES
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Art. 10 FUNCIONES GENERALES:
a) Propender a la formación y desarrollo integral del educando en Educación
Básica Regular para su integración a la sociedad y participar en su
desarrollo.
b) Brindar servicios educativos de óptima calidad y eficiencia.
c) Desarrollar acciones educativas en el marco de la Constitución Política del
Perú, sus leyes y reglamentos. Así como, adecuándose a las innovaciones
del Sector Educación.
d) Brindar una educación personalizada y liberadora que contribuya al
desarrollo socioeconómico y cultural del país, en función a las necesidades,
aspiraciones y potencialidades individuales y grupales, hacia la auto-
realización personal, familiar y social.
e) Promover el desarrollo de la identidad personal y cultural del educando, el
conocimiento y comprensión de su medio; la formación de actitudes y
comportamientos positivos, así como la práctica de valores.
f) Fortalecer la capacidad de autonomía y aptitudes para resolver problemas
de su medio.
g) Desarrollar acciones integrales de protección y conservación del medio
ambiente, concientizando el uso de las RRR (Reciclar, Reusar, Resumir).
h) Brindar servicios educativos de calidad en los niveles de Educación Inicial,
Primaria y Secundaria, asegurando el desarrollo armónico e integral,
individual y social de los educandos.
i) Conducir el desarrollo integral de los educandos, detectando, orientando y
brindando ayuda oportuna en los problemas de conducta y/o aprendizaje
que afectan o limiten su formación.
PER
PERSONAL DISCENTE
ESTUDIANTES NIVEL I-P-S
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j) Asegurar y garantizar un servicio educativo eficiente acorde con los fines
de la educación peruana y la Misión de la Institución.
k) Programar, implementar, desarrollar y evaluar acciones de defensa del
medio ambiente.
l) Contribuir a la integración y realización familiar, escolar y social de los
educandos.
m) Orientar, capacitar y asesorar a los padres de familia como entes que
contribuyan a la mejor formación de sus hijos.
n) Promover y canalizar la participación de los padres de familia y de
representantes de las Instituciones públicas y privadas de nuestro entorno
socio económico y geográfico, en la gestión educativa.
o) Promover el auto-control disciplinario de los educandos actuando con
libertad y responsabilidad.
p) Motivar y fortalecer la conciencia crítica y creativa del educando con el
propósito que logre ser el principal actor en su formación y auto-
realización personal, familiar y social en el marco de la Constitución y las
leyes.
q) Desarrollar la comprensión y práctica de los valores cívico – patrióticos,
éticos, morales, estéticos y religiosos.
r) Irradiar la acción educativa de la Institución a la Comunidad educativa y su
entorno socio -geográfico.
s) Fomentar actividades extra y co-curriculares mediante la organización y
desarrollo de Áreas Complementarias, talleres, clubes y otros, que
fortalezcan su formación académica y socio -emocional.
t) Brindar al educando las posibilidades de descubrir y desarrollar sus
potencialidades artísticas, físicas, intelectuales, académicas, deportivas y
recreativas.
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u) Brindar una formación integral que permita a nuestros estudiantes
enfrentar los retos de su desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y
continuar aprendiendo a lo largo de toda su vida.
v) Planificar, implementar, ejecutar y evaluar un currículo por Competencias y
Capacidades, pertinente, flexible y diversificado que atienda las
necesidades y demandas de los estudiantes y su contexto. Capacitación y
actualización permanente del potencial humano de nuestra Institución.
Art. 11 FUNCIONES ESPECÍFICAS:
NIVEL DE EDUCACION INICIAL
a. Atender la educación de los niños de 03; 04 y 05 años de edad, sin
perjuicio de su condición social, económica, raza o credo, desarrollando el
Currículo Nacional, experimentalmente (RM N° 649-2016-ED) y el PCI,
PCA y sobre la base de un Perfil para cada edad, y a la Misión de la
Institución, en ambientes especiales, adecuados, autónomos y con el apoyo
de recursos materiales necesarios.
b. Promover el desarrollo integral del educando procurando su atención,
estimulación y aprestamiento de acuerdo a sus potencialidades con un
avance significativo en la lecto-escritura y matemática.
c. Contribuir al fortalecimiento e integración familiar y comunal, apoyándolos
para su participación efectiva en la educación de sus niños.
d. Prevenir, descubrir y brindar tratamiento oportuno a los niños con
problemas biológicos, psicológicos y sociales y académicos que perturben
su desarrollo.
e. Promover la toma de conciencia en defensa y protección del medio del
medio ambiente.
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f. Expresa con naturalidad y creativamente sus necesidades, ideas,
sentimientos, emociones y experiencias, en su lengua materna y haciendo
uso de diversos lenguajes y manifestaciones artísticas y Lúdicas.
NIVEL DE EDUCACIÓN PRIMARIA
a. Atender la educación de los niños a partir de los 06 años de edad y
egresados del Nivel de Educación Inicial y que estén capacitados e
inmersos en el III Ciclo de la Educación Básica Regular.
b. Proporcionarles las oportunidades educativas que faciliten su aprendizaje
para el dominio de las Competencias y Capacidades, Estándares de
aprendizaje y Desempeños, contextualizados, de las Áreas Curriculares y
Complementarias, de acuerdo al CN (R. M. N° 649-2016-ED), a través del
PCI, PCA de cada Grado y el Perfil del Educando del Nivel.
c. Desarrollar el Área de Computación como Taller Curricular.
d. Desarrollar programas específicos de Áreas Complementarias:
Razonamiento verbal, Razonamiento Matemático, Danzas, música tendiente
a la optimización de la calidad y eficiencia educativa, aplicando las horas de
libre disponibilidad.
e. Estimular la capacidad creativa, desarrollo vocacional, así como la
adquisición y práctica de hábitos, actitudes y habilidades de seguridad,
orden, higiene, urbanidad.
f. Contribuir con acciones concretas de DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE
a través de todas las acciones educativas, como ENFOQUE
TRANSVERSAL prioritario y permanente
g. Promover el conocimiento y práctica de valores cívico - patrióticos,
religiosos, éticos, estéticos y morales.
h. Lograr la formación integral del educando en cada Grado de Estudios, en un
ambiente que garantice la seguridad moral y física, altamente estimulativa.
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i. Desarrollar métodos y técnicas eminentemente activas que propendan al
desarrollo del pensamiento, la creatividad y la construcción del
aprendizaje, teniendo como eje y principal actor a los educandos.
j. Incentivar la comunicación asertiva para la resolución de problemas.
k. Evaluar en forma permanente el proceso de formación integral del educando
NIVEL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
a. Atender a los educandos egresados del Nivel de Educación Primaria
contribuyendo a su formación integral en un ambiente estimulativo y que
asegure su integridad física y moral.
b. Desarrollar el CN vigente, de manera experimental (RM 649-2016-ED) y
del PCI, PCA adecuados a la realidad de la Institución en base a diseños
curriculares que permitan a los alumnos la adquisición de habilidades,
conocimientos y actitudes en el campo científico y humanista, de acuerdo
al Perfil del Educando del Nivel y Perfil del Egreso.
c. Afianzar y profundizar los valores cívico-patrióticos, religiosos, éticos,
estéticos y morales que aseguren su desarrollo personal, familiar y social.
d. Ofrecer los servicios de orientación vocacional, desarrollando las
aptitudes, habilidades y destrezas de los educandos.
e. Utilizar métodos y técnicas activas; así como el uso de materiales
didácticos y bibliográficos que incentiven la investigación y creatividad, en
su formación personal, familiar y social.
f. Contribuir en acciones concretas de defensa del MEDIO AMBIENTE a
través de todas las acciones educativas, como TEMA TRANSVERSAL
permanente. Atender la educación a los púberes y adolescentes, cuyas
edades oscilan entre 11 y 17 años aproximadamente.
g. Desarrollar el uso de estrategias para estimular permanentemente sus
potencialidades cognitivas para que aprenda a pensar y así identificar su
propio estilo de aprendizaje.
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CAPITULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN
Art. 12 ACÁDÉMICA
PLANIFICACIÓN
a. El período de planificación se realiza antes del comienzo de las actividades
académicas y la revisión de los trabajos previos al inicio del año escolar
asesorados y evaluados por la Directora, Sub Directora y el Coordinador
Académico, según corresponda.
b. Los Planes de Trabajo Institucionales serán evaluados semestralmente
para ser informados a la superioridad y efectuar las acciones de
reprogramación.
c. La planificación curricular es de responsabilidad del Personal Docente, la
que se efectuará sobre la base de los Diseños Curriculares Vigentes, el
Perfil del Educando, el diagnóstico situacional y las necesidades e
intereses de los alumnos de cada Nivel, Grado de Estudios, Áreas de
Desarrollo, con el apoyo y asesoría del Coordinador Académico.
d. Elaboración del Anuario escolar.
e. Planificación y ejecución del proceso de matrícula.
f. Actividades de formación para el personal docente.
g. Revisar y actualizar los documentos normativos: Reglamento Interno, PEI,
PCI, PAT, Manual de Funciones, Directivas, etc.
h. Distribución de horas al personal docente.
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i. Elaboración y revisión de los programas de las áreas pedagógicas.
j. Ambientación de las aulas.
k. Organización de la ceremonia de inauguración y clausura del año escolar.
l. Los Tutores planifican, organizan, coordinan y ejecutan su Plan de acción
de conformidad con la política general de la Institución.
m. El Departamento de Psicología formula el Plan de Tutoría anual.
n. Los servicios de Tutoría que ofrece al Plantel se refieren a la contribución
en la formación integral del educando, debiendo: Favorecer el cultivo de
los valores éticos, sociales, estéticos, cívicos, religioso y morales.
o. Inculcar actitudes Cívico-Patrióticas que refuercen la conciencia e
identidad nacional.
p. Desarrollar asuntos referidos a la salud física y mental, Personal Social,
Apoyo Académico, Orientación Vocacional, Ayuda comunitaria, Cultural.
q. Cultivar hábitos de trabajo, lealtad, lectura y otros que favorezcan el
mejor ordenamiento y realización personal, familiar y social.
r. Promover y desarrollar los servicios de atención en los problemas de
aprendizaje y conducta.
PROGRAMACIÓN:
a) Programar actividades de la Institución, expresándolas en el PAT, Anuario
escolar y Boletín mensual, además de actividades relevantes que programa
la Institución. Cada una de las actividades contempladas en el Calendario,
se realiza en concordancia con los principios axiológicos y pedagógicos del
Colegio.
b) Programación, desarrollo y evaluación de los objetivos y acciones básicas
de tutoría.
c) Programar, implementar, desarrollar y evaluar acciones de defensa del
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medio ambiente.
d) La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” con el apoyo de los Comités de Aula
organizan actividades de recreación, bienestar, integración entre el
Personal Directivo, jerárquico, docente y administrativo, mediante eventos
culturales, académicos, deportivos, recreativos y sociales.
e) El Plantel organiza los Programas de Recuperación Académica durante el
año escolar y en el período vacacional; enero – febrero, para los alumnos
que registran bajo rendimiento académico.
f) La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” organiza talleres de proyección a la
comunidad, así como Actividades deportivas, recreativas, artísticas,
culturales para los educandos; así como la música, canto, danza y los
servicios de Biblioteca, Computación e informática, Tutoría, etc. en forma
individual y grupal de acuerdo a las necesidades e intereses de los alumnos.
CALENDARIZACIÓN
La Calendarización se formula cada año de estudios en base a la normatividad
vigente que fija las fechas de inicio y término del año escolar, así como las
festividades generales, comunales e institucionales. En todos los casos el mínimo
de semanas lectivas es de 40, así como el mínimo de horas en el año escolar para
cada nivel normado por la Directiva respectiva al 2020 y las vacaciones
consideradas en el presente Reglamento Interno.
PERIODO VACACIONALES:
DE LAS VACACIONES ESCOLARES Las vacaciones de los estudiantes se
desarrollan en los meses de enero y febrero, además de las vacaciones de una
semana que separan el primer y el segundo bimestre, así como el tercer y cuarto
bimestre; y las vacaciones de dos semanas que separan el segundo y tercer
bimestre. Durante este tiempo, el docente programa y prepara las actividades
pedagógicas, materiales, etc., según disponga la Dirección de la Institución y la
Entidad Promotora.
SUPERVISIÓN EDUCATIVA:
MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO
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Las acciones de Monitoreo y acompañamiento educativo permite a la Directora,
Equipo de Gestión y Personal Jerárquico:
a) Evaluar, monitorear y orientar el trabajo pedagógico.
b) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los procesos de gestión. Sus
funciones básicas son: Evaluar el trabajo pedagógico en el aula y orientar
al Docente en el mejoramiento de su práctica pedagógica.
c) Identificar las necesidades de capacitación Docente.
d) Hacer los reajustes oportunos y la retroalimentación del PEI.
e) Construir un clima organizacional fraterno y comprometido con los
objetivos institucionales.
f) El trabajo, su planificación, recojo de información, procesamiento y
retroalimentación se orientan ante todo a evitar mostrar errores y
deficiencia frente a los alumnos, haciendo participar en este esfuerzo al
colectivo pedagógico, liderado por la Directora en permanente diálogo y en
su ambiente de confianza y motivación.
g) Promover la autoestima personal y profesional como ayuda, en gran
medida, a superar errores y limitaciones en el trabajo docente educativo.
Los tiempos actuales de cambios permanentes nos obligan a hacer de la
capacitación y actualización actividades obligatorias, programándose para
el efecto, mensual o bimensualmente, jornadas pedagógicas
Art. 13 ADMINISTRATIVO:
RÉGIMEN INTERNO
FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
La organización del trabajo administrativo se realiza al inicio de cada año
académico, evaluando lo realizado el año anterior, básicamente referido a
la inversión, planificación, evaluación, además de:
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a. Motivación, difusión, descripción, inscripción y matrícula.
b. Evaluación y Contratación del personal.
c. Formulación, discusión y aprobación de los Planes Institucionales:
PEI, PCI, PCA, PAT
d. Revisión y actualización del Reglamento Interno.
e. Actualización del diagnóstico.
f. Elaboración de la lista de cotejo y pruebas de entrada.
g. Capacitación y/ o actualización docente
h. Organización de la carpeta didáctica
i. Formulación de los documentos de planificación curricular
j. Ambientación del local escolar y de las aulas.
La evaluación de los trabajos previos al inicio del año escolar será
asesorada y evaluada por la Directora, Sub Directora y el Coordinador
Académico, según corresponda.
Los Planes de Trabajo Institucionales serán evaluados semestralmente
para ser informados a la superioridad y efectuar las acciones de
reprogramación.
La planificación curricular es de responsabilidad del Personal Docente, la
que se efectuará sobre la base del Currículo Nacional Vigente, el Perfil del
Educando, el diagnóstico situacional y las necesidades e intereses de los
alumnos de cada Nivel, Grado de Estudios, Áreas Curriculares con el apoyo
y asesoría del Coordinador Académico.
La administración general del Plantel está a cargo y es de responsabilidad
de la Directora cuyas funciones las ejerce con el desempeño del órgano de
ejecución y de apoyo administrativo.
El local escolar es de uso exclusivo de la IEP “SAN BENITO DE
PALERMO”, el local principal, para Educación Primaria y Secundaria y los
anexos para Educación Inicial. Sus ambientes, equipamiento y mobiliario se
racionalizan para los tres niveles de acuerdo a la cantidad de alumnos
matriculados en cada caso.
21
La Promotoría mantiene y renueva permanentemente la infraestructura,
mobiliario y equipamiento, asimismo, selecciona y contrata al Personal
Docente idóneo y especializado para cada nivel, grado y área curricular.
La acción de trabajo administrativo se organiza en:
a. Acciones de Dirección.
b. De secretaría
c. Trámite documentario y archivo.
d. Comunicación e información.
e. Economía, tesorería y contabilidad.
f. Mantenimiento y seguridad.
g. Abastecimiento y almacén.
h. Adquisiciones.
i. Distribución, racionalización y logística.
j. Calendarización.
k. Actas y certificados.
l. Convenios y otros.
La documentación de flujo interno y externo se registra en el libro de
trámite documentario, que considera el tipo de documento, fecha, asuntos,
derivación y seguimiento.
El archivo documentario se clasifica según su categoría y función:
a. Documentos de ingreso
b. Documentos de egreso
c. Documentos técnicos
d. Documentos legales
e. Documentos de matrícula: Fichas, nóminas.
f. Documentos de evaluación: Actas, certificados
g. Libros: reclamos, actas, visitas, inventario, asistencia, caja.
La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” funciona en el local indicando en la
Introducción del presente Reglamento Interno, de lunes a viernes en el
horario de 7:30 a 16:00 horas.
La finalidad y objetivos de la IEP “SAN BENITO DE PALERMO” son
eminentemente Educativos y culturales, especificados en el presente
Reglamento Interno
La LÍNEA DE AUTORIDAD está determina en el artículo N° 09 del
presente Reglamento Interno en forma vertical y las de COORDINACIÓN
22
Y ASESORAMIENTO en forma horizontal. La autoridad máxima es la
Directora en los aspectos administrativos y Técnico-Pedagógicos
dependiendo de la Promotoría en los asuntos señalados en el convenio
laboral respectivo.
La Dirección recibe el asesoramiento y apoyo de la Sub Directora, del
Coordinador Pedagógico y de la Psicóloga tomando las decisiones que
corresponda a sus funciones, pudiendo delegar algunas tareas o
responsabilidades al personal magisterial siguiendo la Línea de Autoridad.
El inicio y finalización del año escolar son programados de acuerdo a la
normatividad especificada en la Directiva de Funcionamiento del año
escolar 2020.
La Promotoría proporciona un ambiente adecuado para el trabajo
Institucional en todos los aspectos de acuerdo al requerimiento
establecido por el Personal Directivo.
Acciones de Dirección coadyuvan a la intención de servicios de la
Promotoría. Elabora su Cuadro de requerimientos y Plan general de
trabajo.
La documentación de flujo interno y externo es registrada por Secretaría.
El archivo documentario debidamente clasificado es el patrimonio
Institucional, al servicio de los diferentes agentes educativos en lo que les
corresponda.
RÉGIMEN ECONÓMICO
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS, INGRESOS PROPIOS
Constituyen ingresos propios del Colegio los pagos que efectúan los padres
de familia por concepto de Pensiones de Enseñanza, determinando
anualmente por la Promotoría, las que se efectúan por meses adelantados;
igualmente por conceptos de derecho de matrícula, donaciones e
inversiones en concordancia con el artículo 16 de la Ley 26549 y artículo
20 del D.S. N° 01-96-ED.
23
La Promotoría, con opinión de la comisión de estímulos, como una acción de
apoyo a los educandos, concede becas, de acuerdo con el reglamento
específico que se formule.
La Directora es la principal responsable de la administración de los
recursos económicos y materiales.
La recaudación se efectúa de acuerdo a las normas de trabajo
administrativo y al control económico estipulado en el presente
Reglamento Interno.
DE LA MATRICULA
Se inicia el 01 de enero del 2020 y culmina el 31 del mismo mes.
No habrá matrícula extemporánea (al no realizar la matrícula en las fechas
indicadas perderán automáticamente la vacante y el colegio podrá disponer
de ella)
El derecho de matrícula es obligatorio y es cancelado al momento de
matricular a su menor hija(a).
No podrán matricularse los alumnos que tengan deuda pendiente por
concepto de pensiones del año 2019.
DE LAS PENSIONES
Las pensiones de marzo a diciembre podrán ser canceladas hasta el último
día útil de cada mes.
Los atrasos en el pago de pensiones obligan al colegio a sobregiros para
poder cumplir con los compromisos, por ello, pedimos a los padres de
familia, PUNTUALIDAD en el cumplimiento de sus obligaciones.
El incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza dará lugar a un
interés moratorio establecido por el Banco Central de Reservas (estimado
a la fecha de 5.40 % anual con un factor diario de 0.015). Por ello, solo el
pago oportuno y puntual de las pensiones evita el pago de la mora señalada.
Para comodidad del padre de familia estas pensiones podrán ser
depositadas en las cuentas que tiene la Institución en los bancos : BBVA
24
Banco continental y BCP Banco de Crédito del Perú. Los números de
cuentas serán brindadas en la secretaría del colegio al momento de la
matrícula. Los respectivos vouchers de pago deberán ser enviados al
correo electrónico secretaria@sanbenito.edu.pe
No se entregarán certificados de estudios de los periodos no cancelados,
sin embargo, los padres de familia a su solicitud serán informados
verbalmente de los resultados de las evaluaciones finales.
CONCEPTO NIVEL
INICIAL
NIVEL
PRIMARIA
NIVEL
SECUNDARIA
MATRICULA S/300.00 S/350.00 S/350.00
PENSIONES DE
MARZO A
DICIEMBRE
S/320.00 S/350.00 S/380.00
25
RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES
Los contratos de trabajo del personal rigen de marzo a diciembre,
renovándose por períodos similares a conveniencia de ambas partes.
La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” cuenta con el Escalafón como
sistema de información y evaluación del personal que registra la
Información Básica del Trabajador y las consideraciones necesarias para
la aplicación de los estímulos y sanciones. El Escalafón utiliza los siguientes
documentos.
a. Ficha de registro del Trabajador con sus datos personales.
b. Hoja Anual de Evaluación con las anotaciones de su desempeño
laboral.
Los trabajadores docentes y no docentes proporcionarán a la Dirección del
Plantel su Currículo Vitae documentado con una declaración jurada sobre la
autenticidad y veracidad de los documentos e informaciones, con carácter
reservado, para la elaboración de su Ficha de registro.
La Evaluación del Personal es permanente., normado en el presente
Reglamento Interno
la Dirección del Plantel elaborará y enviará a la UGEL N° 06 el Cuadro del
Personal (CAP) actualizados anualmente para los efectos legales y
administrativos correspondientes.
26
CAPÍTULO V
DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA
Y CERTIFICACIÓN.
Art. 14 MATRÍCULA (Proceso).
* El acto de matrícula es un proceso por el cual la familia se integra formalmente
a la Comunidad Palermina, incorporando a su hijo(a) en el grado de estudios que le
corresponde. A partir de ese momento, conlleva a la aceptación de los fines y
reglamento del colegio por parte de loa Padres de Familia.
* La matrícula de los educandos o ratificación de la misma se efectúa con la
presencia física del Padre de Familia o apoderado; se registra en la Fichas de
Matrícula y en el SIAGE, que son base para la elaboración de las Nóminas de
Matrícula por secciones, las que se informa a la UGEL No. O6, con aprobación de
la Dirección del Plantel, mediante Resolución Directoral.
*El proceso de matrícula y ratificación de la matrícula se efectúa en los meses
de enero y febrero, pudiendo prolongarse al mes de marzo si los requerimientos
de oferta y demanda así lo exijan.
* Durante el proceso de Matrícula, la Institución brinda en forma escrita, veraz
y apropiada, la información sobre las condiciones económicas a las que se
ajustará la prestación del servicio.
* Previa solicitud del Padre o apoderado se autorizará el traslado de matrícula,
garantizándose la continuidad de la escolaridad de los alumnos, entregándose al
alumno la Ficha de Matrícula y demás documentos debidamente actualizados y
refrendados por la Directora, mediante el SIAGE.
* Los datos de la Ficha de Matrícula y/o Ficha Integral, así como los resultados
cualitativos de la evaluación extraída de los registros respectivos servirán como
27
fuentes de información para el progresivo desarrollo de las acciones educativas y
para los Padres de Familia.
* Para efectivizar la matrícula o ratificación de la misma será necesaria:
a) Realización de los pagos por Derecho de Matrícula y Pensiones de Enseñanza
correspondientes, comprometiéndose a los pagos futuros con puntualidad.
b) Presentación del Certificado de Estudio y/o Libreta Escolar del año anterior.
c) Presentación del DNI, Certificado de salud y fotografías.
d) Presentación de una constancia de conducta, si procede de otra Institución
Educativa,
e) Presentación de un informe psicológico, si procede de otra Institución
Educativa,
Art. 15 EVALUACIÓN (Etapas).
* La Evaluación de los Aprendizajes es un proceso, mediante el cual se observa,
recoge y analiza la información relevante respecto del proceso de aprendizaje de
los estudiantes, con la finalidad de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar
decisiones pertinentes y oportunas para optimizarlo.
* La evaluación del educando es permanente, justa, democrática, flexible,
integral, coherente, diversificada, continua, planificada, participativa y científica
porque sirve de motivación con tendencia a la perfección del alumno.
* Se llevará un historial de la conducta del estudiante desde su ingreso al nivel
de Educación Inicial, el mismo que irá incrementándose a medida que se
promocione a Primaria y Secundaria
* El alumno(a) que falte a cualquier evaluación realizada durante el horario
escolar deberá justificar su inasistencia con su Tutor(a) y el profesor del Área,
para poder ser evaluado(a). En casos de exámenes bimestrales la justificación se
hará personalmente por el padre, madre o tutor.
* Al término de cada bimestre, los alumnos de Primaria y Secundaria que estén
desaprobados(as) en más de tres áreas o con problemas de comportamiento
28
recibirán una citación del Coordinador, Tutor y del Psicólogo para una entrevista
con sus padres.
* Los documentos que utiliza el Personal docente en el proceso de evaluación son
los siguientes:
- Matrices de Evaluación
- Registro de Evaluación: Auxiliar y Oficial
- Registro Anecdótico y/o de avance curricular
- Registro de Evaluación de Comportamiento.
- Libreta Escolar
- Actas de Evaluación
* La evaluación del comportamiento es cualitativa (AD, A, B, C) en Educación
Inicial, Primaria y Secundaria, pudiéndose condicionar la matrícula a los alumnos
que obtengan apreciaciones inferiores con “C”.
Art. 16 PROMOCIÓN:
EN EL NIVEL PRIMARIO:
a) Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma
automática.
b) Los estudiantes de 2do., 3ro. y 4to. Grados son promovidos cuando obtienen
como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación y Matemática; y, como
mínimo “B”, en las demás áreas y talleres curriculares. Con situaciones
diferentes pasan al periodo de Recuperación.
c) Los estudiantes de 5to. y 6to. Grados son promovidos si obtienen como mínimo
“A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y
Ciencia y Tecnología y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares.
Con situaciones diferentes pasan al periodo de Recuperación.
29
d) Repiten el Grado al obtener C en las áreas Curriculares de Matemática y
Comunicación.
EN EL NIVEL SECUNDARIO:
Al término del año escolar los alumnos son promovidos al obtener nota
aprobatoria en todas las Áreas Curriculares. Pasan a Recuperación con 1, 2 ó 3
Áreas Curriculares desaprobadas, incluyendo las de Cargo. Al término del período
de recuperación para ser promovidos al Grado inmediato superior deberán
aprobar todas las áreas desaprobadas. Con un área desaprobada será promovido
debiendo levar ésta en la condición de Área a Cargo en el siguiente año escolar.
REPITENCIA.
Cuando el término del Año Escolar desaprueba cuatro o más áreas curriculares,
incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre
disponibilidad, o las de Cargo. Cuando el término del Programa de recuperación
Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban más de un área
curricular, incluida el área de subsanación
Art. 17 CERTIFICACIÓN.
* La Directora es la responsable de extender oficial y oportunamente, la
certificación correspondiente que acredite los resultados de la Evaluación Anual
de los estudiantes de Educación Inicial, Primaria y Secundaria.
* El colegio otorgará certificaciones a los alumnos en cualquier nivel u grado para
realizar trámites que exijan este requisito (viajes al extranjero, becas, traslado
de matrícula u otro).
* Al finalizar 5to. de Secundaria la Institución emitirá el Certificado de Estudios
de los cinco grados de secundaria, así como el certificado de comportamiento.
30
* La Institución a través de sus convenios para la enseñanza del idioma inglés y
Computación, otorgará diplomas emitidos por las Instituciones Nacionales e
Internacionales a los alumnos que aprueben satisfactoriamente los exámenes.
* Los alumnos tienen derecho a solicitar los certificados oficiales de estudios
realizados en la Institución, abonando los derechos correspondientes.
CAPÍTULO VI
DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO
Art. 17 Organización del escalafón docente, administrativo.
La I.E.P.” SAN BENITO DE PALERMO” cuenta con el Escalafón como sistema de
información y evaluación del personal.
a) Ficha de registro del trabajador con sus datos personales.
b) Hoja Anual de Evaluación con las anotaciones de su desempeño laboral.
Art. 18 Su uso y obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran
en la Institución Educativa.
Los trabajadores docentes y no docentes proporcionan a la Dirección del Plantel
su Currículo Vitae actualizándose permanentemente.
LA EVALUACIÓN DEL PERSONAL:
Considera los siguientes criterios:
a) Antecedentes Profesionales.
- Formación profesional
- Estudios de perfeccionamiento, capacitación, actualización.
– Tiempo de Servicio
- Cargos desempeñados.
b) Desempeño Laboral:
- Grado de eficiencia en el trabajo
31
- Asistencia y puntualidad
- Comisiones desempeñadas
c) Méritos:
- Distinciones: Resoluciones, Diplomas, Oficios
- Producción: libros, separatas, artículos
d) Deméritos:
- Amonestaciones
- Sanciones efectivizadas
CAPÍTULO VII
DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y
SANCIONES DEL PERSONAL
Art. 19. DERECHOS DEL PERSONAL DIRECTIVO.
1. El Director es la primera autoridad del Plantel y el supervisor nato del
mismo.
2. El personal directivo tiene el derecho a disfrutar de un ambiente
de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo
de sus labores.
3. El personal directivo tiene el derecho de recibir un trato justo y de
respeto a su dignidad y condición humana por parte de todas las personas
que conforman la comunidad educativa (alumnos, docentes, administrativos,
obreros, supervisores, padres o representantes).
4. El personal directivo representa a la Institución
en todos los actos públicos y privados.
Art. 20 DERECHOS DEL PERSONAL JERÁRQUICO
1. Recibir la capacitación, asesoría y orientación sobre administración
educativa, financiera, académica por parte de la Institución Educativa.
32
2. Participar en eventos como: Foros, seminarios, talleres y demás
actividades que la Secretaría de Educación y otros del sector educativo
programen a nivel municipal y/o departamental.
3. A ser respetados ante sus decisiones y determinaciones, cuando ellas
han sido tomadas sin violación a normas vigentes y para un beneficio de la
comunidad educativa.
4. A recibir respeto por parte de estudiantes, docentes, padres de familia y
demás personas adscritas a la educación.
5. Percibir la remuneración económica por sus servicios de acuerdo a la alta
función del cargo de los mismos
Art.21 DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE
1. Ser contratados por escrito y estar amparados por el régimen laboral de
la actividad privada.
2. Percibir las remuneraciones y demás beneficios de acuerdo a Ley.
3. Participar activamente en las acciones que se prevén en los documentos de
planificación.
4. Percibir una remuneración justa acorde con su elevada misión y su
condición de profesional, mejorable de acuerdo a sus calificaciones,
acreditación y eficiencia en la Institución Educativa.
5. Poder realizar sus funciones en forma creativa e innovadora dentro del
marco de la organización institucional.
6. Conocer el Reglamento Interno vigente en su totalidad, al inicio del año
escolar.
7. Se respete el horario de atención a padres de familia, no permitiéndose
que se les interrumpe en sus horarios de clases.
33
8. Ser capacitado y actualizado mediante los programas de capacitación que
organiza el Ministerio de Educación y los que ofrece el Colegio.
9. Ser informado periódicamente del estado de la evaluación que la Dirección
efectúa en forma permanente por intermedio de la Coordinación
Académica y Sub Dirección.
10. Respeto a los procedimientos legales y/o administrativos en la aplicación
de sanciones.
11. Reconocimiento por Oficio, en mérito a su tiempo de servicios.
Art. 22 DERECHOS DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN E
INSTRUCTOR:
1. Gozar de los beneficios de la estabilidad laboral, de acuerdo a los
dispositivos legales vigentes.
2. Ser considerado en la carrera docente, en el grupo remunerativo
correspondiente en el marco de la Ley del Profesorado.
3. Ser capacitado y actualizado a cargo del Ministerio de Educación Pública,
quien programa acciones para tal efecto.
4. Gozar de los derechos pertinentes establecidos en la Constitución Política
del Perú
5. Percibir la remuneración económica de acuerdo a sus funciones y contrato
de trabajo.
Art.23 DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
1. A ser respetados por todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
2. Al debido proceso y a la defensa especialmente en los casos de tipo
sancionatorios.
34
3. A ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por los
directivos y docentes.
4. A dirigir peticiones a las autoridades del plantel.
5. A opinar libremente sobre asuntos de la vida del plantel en que tenga
interés.
6. A defender los derechos, garantías e intereses de los alumnos(as).
7. Percibir la remuneración económica de acuerdo a sus funciones y contrato
de trabajo.
Art. 24 DEBERES DEL PERSONAL DIRECTIVO.
1. Planificar, organizar, administrar, dirigir y controlar todo lo
concerniente a la estructura organizativa
de la institución conforme a los lineamientos y
políticas educativas impartidas por el Ministerio de Educación.
2. Crear espacios propicios para discutir construir y evaluar el Reglamento
Interno Escolar, con todos los actores de la comunidad educativa.
3. Definir las normas de convivencia escolar conjuntamente con el resto de
los actores de la comunidad educativa y supervisores.
4. La Directora tienen la autonomía necesaria para cumplir y hacer cumplir el
Reglamento Interno a todas las personas que conforman la comunidad
educativa (alumnos, docentes, administrativos, Coordinadores,
padres representantes o responsables)
5. A la Directora le corresponde cumplir y hacer cumplir el ordenamiento
jurídico aplicable en el sector educativo.
35
6. La Directora tiene el deber de impartir las directrices y orientaciones
pedagógicas administrativas y disciplinarias dictadas por el Ministerio de
Educación.
7. Promover la práctica para el aprendizaje, sustentando en los principios
y valores de la participación ciudadana.
8. Promover espacios para la consulta y creación de proyectos educativos, con
la finalidad de lograr el equilibrio de la convivencia escolar y otros
proyectos en el ámbito cultural, ambiental y de deporte desde la escuela.
9. Coordinar con todo el personal la integración Institución – comunidad.
10. Convocar a toda la personal vez a los Docentes a objeto de asesorarlo en
el cumplimiento de sus funciones y reflexionar sobre la situación educativa
de la Institución.
Art. 25 DEBERES DEL PERSONAL JERÁRQUICO
1. Propiciar un ambiente armónico de integración social entre todos los
estamentos de la comunidad educativa y sociedad en general.
2. Ofrecer un trato humano, cortés y de amistad al personal a su dirección.
3. Brindar orientación y asesoría a docentes, estudiantes, padres de familia
y demás personal de la institución.
4. Mostrar un comportamiento ejemplar el cual puede ser tomado e imitado
por los demás miembros de la comunidad.
5. Dar información oportuna de las diferentes modificaciones e innovaciones
que el Proyecto Educativo Institucional contempla.
6. Colaborar con la solución de los problemas de educandos, docentes y
demás personal en la medida que la circunstancia lo ameriten.
7. Ofrecer solidaridad, motivación y ayuda a cualquier persona dependiente
de la institución en momento de dificultad.
36
8. Propender por el fomento de valores, hábitos y aptitudes en educadores y
educandos.
9. Cumplir su jornada con puntualidad, estando dispuesto al diálogo.
10. Buscar alternativas de solución ante los conflictos que se presenten en la
comunidad educativa.
11. Hacer acuerdos internos de tal manera que hablen el mismo idioma.
12. Participar en todos los eventos programados por la institución y demás
entes.
13. Abstenerse de solicitar préstamo de dinero a los estudiantes, la venta de
productos dentro de la institución y la obtención de cualquier otro servicio
personal.
14. Evitar solicitar a los estudiantes y al personal del plantel la prestación de
servicios personales.
15. Participar con los demás profesores que orienten clase en cada grado para
originar la calificación de comportamiento.
16. Propiciar una convivencia sana para evitar el chisme, la calumnia, la mentira
y el engaño como medio para salir justificado en situaciones personales.
17. Actuar de manera imparcial en el trato con cada uno de los estamentos que
representan a la comunidad educativa.
Además, el responsable del Departamento de Psicología se encarga de:
18. Formula el plan de Trabajo del servicio Psicológico y presenta a la
Dirección, todo ello de acuerdo a los días de atención que labora en la
institución educativa.
19. Conocer el perfil psicológico de los alumnos de los diferentes niveles
educativos (Inicial, Primaria y Secundaria) tanto al inicio como en el
transcurso del año escolar.
37
20. Participar en la solución de problemas que se presentan en una sección:
problemas de conducta, adaptación e integración a los grupos, aprendizaje,
maduración, matriz, etc.
21. Mantener continua comunicación con los docentes y padres de familia para
solucionar problemas.
22. Promover estilos de vida saludables entre las familias del alumnado,
mediante las Escuelas para padres por niveles de acuerdo a la problemática
que se suscite en el nivel.
23. Difundir entre el Personal docente lo relativo a las características
evolutivas del alumnado.
24. Actuar coordinadamente con el Director y los docentes en la evaluación de
nuevas pautas y métodos educativos y en la valoración psicológica de
ciertos recursos didácticos.
25. Aplicar técnicas de dinámica de grupo entre el personal del Centro
Educativo Inicial.
26. Identificar alumnos con dificultades en salud mental que limiten el
aprendizaje y socialización en el contexto escolar.
27. Concientizar a los padres o apoderados de los alumnos sobre la importancia
de la salud mental de su menor hijo(a) para que brinden el apoyo adecuada,
según las necesidades educativas que presenten.
28. Realizar talleres grupales sobre temas de interés con alumnos cuyas
secciones lo requieran y soliciten por medio del tutor de aula.
29. Liderar la adecuación metodológica en casos de alumnos con problemas de
desarrollo o de aprendizaje que lo requieran.
30. Direccionar el apoyo profesional externo que los estudiantes requieran
según las necesidades educativas que presenten.
38
31. Capacitar a los docentes sobre problemáticas actuales en el contexto
escolar que favorezcan el manejo de aula y la optimización del rendimiento
académico de los alumnos.
32. Diseñar, asesorar y aplicar programas de modificación de conducta.
33. Llevar el registro de casos atendidos e informar periódicamente a la
dirección la labor cumplida.
34. Realizar el seguimiento terapéutico externo de los alumnos detectados,
que presenten dificultades psicológicas, mediante la comunicación con el
terapeuta externo y la ficha de seguimiento psicopedagógico, con el
objetivo de reforzar conductualmente los progresos del (la) menor tanto
en su tratamiento externo como en la institución educativa.
35. Formar parte del comité de Disciplina para proponer correctivos
necesarios en casos de situaciones complejas de los alumnos.
36. Y otros que le asigne la Directora.
Art. 26 DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE
El Personal Docente (profesores de aula y por horas) tiene los siguientes
deberes durante su desempeño en la Institución Educativa:
a) Planificación, ejecución y evaluación del currículo en los niveles y grados que
les corresponda.
b) Elaboración y utilización del material educativo.
c) Conducción del proceso de aprendizaje y evaluación, desarrollando el CN
aprobado por la RM N° 649 – 2016 - ED y el logro de Competencias,
Capacidades, Estándares de aprendizaje, Desempeños y/ o Contenidos
Curriculares con dignidad, eficiencia y responsabilidad; en el marco de la
MISIÓN de la Institución Educativa.
d) Acompañar, orientar y guiar el trabajo y la búsqueda de conocimiento del
estudiante.
39
e) Promueve el desarrollo integral y el mejoramiento continuo del estudiante.
f) Dirige, da sentido y fortalece el esfuerzo de sus alumnos. Apoyando el
esfuerzo del estudiante.
g) Diseña escenarios, procesos y experiencias de aprendizaje significativo y
relevante.
h) Preparar a los estudiantes para que se adapten a la cultura vigente y,
especialmente, prepararlos para el futuro.
i) Orienta el auto aprendizaje de los estudiantes, creando un ambiente propicio
para el aprendizaje individual y colectivo.
j) Incentiva al alumno a descubrir los diversos motivos que lo animen para ser
constante, persistente y responsable en sus estudios y trabajos.
k) Participación en la formulación de los documentos y planes institucionales.
l) Formulación, ejecución y evaluación del Plan de Aula y tutoría de las
secciones a su cargo con criterios de mejoramiento en calidad y eficiencia.
m) Elaboración y formulación en su debida oportunidad de la documentación
técnico pedagógica y administrativa de su responsabilidad, presentándola en
los plazos previstos a la Coordinación Académica y/ o a la Dirección para su
respectiva visación.
n) Cumplir con el Reglamento Interno de la IE.
o) Desempeño de su trabajo con responsabilidad, dignidad, esmero, cuidando la
ética profesional e identificación con la Institución.
p) Cumplir con la jornada laboral que se estipula en su correspondiente contrato
de Trabajo. salvo que cumpla actividades curriculares fuera de él y/ o cuente
con la autorización respectiva.
q) Atención a los padres de familia en el horario establecido brindándoles
información sobre los logros de aprendizaje de sus hijos, dificultades y
40
problemas; estableciendo procedimientos y acciones conjuntas para elevar el
nivel académico.
r) Buscar nuevas metodologías, información y recursos para su propia formación
y la del alumnado.
s) Detección de los problemas y desajustes que se presentan en la formación
integral de sus alumnos informando y/o derivando los casos especiales a las
instancias correspondientes del colegio.
t) Control de la Agenda Escolar, verificando la anotación de las tareas y
mensajes a los padres de familia.( Labor específica de los Tutores y
Coordinadores de Nivel )
u) Mantener el aula y la pizarra limpias. No iniciando su labor docente hasta que
el salón esté en condiciones adecuadas de higiene y orden.
v) Promoción de actividades y proyectos de innovación pedagógica o
administrativa en el marco de la Misión de la Institución.
w) Manejo y conocimiento de las tics y aplicarlo en su desarrollo didáctico.
x) Trabajar el uso de las RRR constantemente.
Art. 27 DE LAS FUNCIONES DE LOS TUTORES
Sobre la definición de tutoría:
1) La atención tutorial tiene por finalidad brindar un acompañamiento
efectivo a los estudiantes de la institución educativa, para
contribuir con su desarrollo integral en las dimensiones: personal, de
los aprendizajes y social comunitario, mediante la implementación de
acciones planificadas de prevención y orientación acerca de diversos
problemas asociados, sobre todo, al bajo rendimiento y aspectos
socioemocionales del alumno.
2) Las funciones de los tutores son las siguientes:
2.1. Establecer mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar,
sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación
cualquier acto considerado como acoso entre los alumnos en
coordinación con el Comité de disciplina.
41
2.2. Programar actividades / sesiones de aprendizaje que
contribuyan al desarrollo de las dimensiones: personal, social y de
los aprendizajes de acuerdo a la problemática del grupo.
2.3. Promover la expresión de pensamientos, emociones y
sentimientos por medio del diálogo abierto y democrático.
2.4. Generar espacios para la reflexión crítica de los estudiantes
con relación a sus necesidades, intereses y expectativas.
2.5. Desarrollar en los estudiantes el interés por el otro, la
solidaridad en el grupo, el trabajo colaborativo, así como conductas
éticas y morales.
2.6. Coordinar actividades con el psicólogo de la institución para
orientar el desarrollo psicosexual de los alumnos de manera
permanente.
2.7Fortalecer habilidades sociales como: saber comunicar, saber
persuadir, negociar, dirigir, resolver conflictos, conseguir
cooperación, trabajar en equipo, asimismo destrezas emocionales
como la automotivación, la autorregulación y la conciencia emocional.
2.8. Elaborar un plan anual de actividades de tutoría al comienzo del
año, que constituirá un documento flexible y abierto, que puede ser
reajustado de acuerdo a las necesidades, problemáticas,
características, intereses y preocupaciones de los estudiantes que
se presente durante el año escolar.
2.9. Informar periódicamente el avance académico y desarrollo
social del alumno (a) al padre de familia.
2.10. Propiciar una entrevista personal con cada uno los padres de
familia de su tutoría.
2.11 Mantener un historial académico y conductual de cada alumno
de su tutoría, el cual debe ser actualizado permanentemente e
informar a los docentes sobre los problemas que presenta el alumno
(a) para un respectivo apoyo o asesoría.
2.12 Establecer mecanismos de comunicación vía wasap con la
delegada de aula, y esta a su vez con los padres de familia.
Art. 28 DEBERES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN e INSTRUCTOR:
1. Elaborar un Plan Anual de Trabajo tomando en cuenta los lineamientos de
planificación, programación, supervisión y evaluación, abarcando aspectos
técnico pedagógicos, administrativos y otros que correspondan al nivel.
42
2. Coordinar con la Dirección, Subdirección de Educación Inicial, Primaria y
Secundaria, Subdirección de Actividades Educativas, Subdirección
Académica y de Investigación, Coordinadores de cada nivel y
Coordinadores de Áreas Académicas del Plan de Trabajo, para el avance y
logro de los objetivos generales.
3. Planificar, coordinar, ejecutar, evaluar e informar las acciones de apoyo
técnico pedagógico relacionadas a actividades conductuales. Respetar los
derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia.
4. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el
horario de trabajo.
5. Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los
miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional.
6. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución
educativa a su cargo.
7. Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la
práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la
solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y
democracia.
8. Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de
la Institución Educativa. Además, el Instructor se encarga de:
9. Velar por el mantenimiento del orden disciplinario en todo el colegio, y de
ser el caso, aplicar técnicas correctivas adecuadas que no dañen la
integridad física. moral y psicológica del educando.
10. Dirigir y controlar el ingreso, salida y formación del alumnado en todas las
actividades del colegio.
11. Exigir al alumnado aseo, puntualidad, así como el correcto y adecuado uso
del uniforme escolar y exigir respeto a los distintivos patrios y del colegio.
12. Atender problemas de interrelación que surjan entre los estudiantes.
13. Vigilar que los alumnos no deambulen por el local del Colegio durante las
horas de clase y después de ellas que no cuenten con la autorización de sus
padres o profesores responsables de los talleres.
43
14. Absolver las consultas de los alumnos y padres de familia en forma
oportuna y con carácter formativo.
15. Detectar y realizar acciones de consejería en los casos de indisciplina y
mal comportamiento para su respectivo tratamiento y/o sanción.
16. Entregar oportunamente las Subdirecciones y/o Tutores, los partes
mensuales de asistencia, inasistencia, tardanza y justificaciones de los
alumnos.
17. Vigilar permanentemente a los alumnos durante las horas de recreo y
formaciones.
18. Presentar un informe oportuno a las Subdirecciones respectivas y Tutores
sobre aquellos alumnos que reincidan en inasistencias y tardanzas.
19. Convocar a reuniones a los Tutores de los Nivel correspondientes, para
tomar acuerdos en el mejoramiento conductual. Conducir las formaciones
de los alumnos: Secundaria e Inicial (lunes); Primaria alta (miércoles);
Primaria baja (viernes) además otras, que le asigne la Dirección.
Art. 29 DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
1. Cumplir puntualmente con su horario de trabajo para garantizar el
desarrollo de las actividades escolares.
2. Mantener relaciones de respeto, consideración y buen trato con todos los
miembros de la comunidad educativa.
3. Cumplir a cabalidad con las tareas o actividades asignadas, para
lograr optimizar los procesos tanto administrativos como de labores
diarias en el aseo y pulcritud de la institución.
4. Velar porque los bienes de la institución no se extravíen y no salgan del
mismo sin la autorización del personal directivo.
5. Los miembros del personal administrativo y obrero deberán cumplir con lo
establecido en el Reglamento Interno Escolar.
Art. 30 DE LAS FALTAS QUE AMERITAN SANCIÓN AL PERSONAL
DOCENTE:
a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de
trabajo. (Ej: venta de productos)
44
b) Realizar actividades políticas partidaria durante el cumplimiento de las
labores.
c) Promover, asesorar y/o participar directa o indirectamente en actividades
pro fondos de beneficio personal utilizando a los alumnos y/o padres de la
IEP.
d) Promover discordias, conflictos, con sus compañeros de trabajo, personal
del colegio, alumnos y padres de Familia.
e) Ausentarse de la IEP sin aviso y autorización de la Dirección, en el horario
de trabajo.
f) Censurar las órdenes y/o disposiciones de la Directora General.
g) Hacer publicaciones o declaraciones que dañen el prestigio de la
institución.
h) Brindar clases particulares a los alumnos a su cargo fuera del horario de
trabajo.
i) Hacer uso del celular en horas de clase.
j) Asistir con vestuario informal durante los días de clase.
k) Imponer castigo corporal, moral y/o psicológico.
l) Utilizar a los alumnos para servicios personales.
m) Dedicarse a vender tarjetas de parrilladas u otros enseres a los
profesores, alumnos y Padres de familia.
n) Solicitar cuotas de dinero a los alumnos y/o padres de Familia sin la
autorización de la Directora.
o) Fomentar actividades de divisionismo, rencor, difamación e informalidad.
p) Beneficiar con notas a los alumnos a cambio de favores económicos y otros.
q) Mostrar conductas de excesiva confianza con alumnos y/o padres de
familia de la institución que puedan generar opiniones negativas hacia la
institución en los miembros de la comunidad educativa (llamarse por
apodos, juegos de manos, no aplicar el reglamento interno para todos los
alumnos por igual, brindar beneficios especiales a ciertos padres de familia
sin autorización de la autoridad del colegio).
r) Brindar opiniones personales contrarias a la institución educativa (alumnos,
padres de familia u otros allegados al colegio) sin haber recurrido a las
instancias adecuadas para la solución de dicha dificultad.
45
s) Venir al trabajo bajo los efectos del alcohol u otra sustancia nociva o en un
estado físico inadecuado para cumplir la labor para la que fue
contratado(a).
t) La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil,
orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura,
religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia
personal, económica o social, cuando no deba considerarse conducta que
perjudique gravemente la convivencia.
u) La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los
miembros de la comunidad educativa, cuando ello resulte contrario al
derecho a su intimidad.
v) Llamar la atención públicamente al o la estudiante por un evento de
indisciplina moderado o grave, generando su incomodidad.
w) Incumplimiento de sus deberes, de acuerdo a lo estipulado.
Art.31 DE LAS SANCIONES POR FALTAS COMETIDAS POR EL PERSONAL
Se realizará de acuerdo a cada caso y en el siguiente orden:
1. Amonestación verbal.
2. Amonestación escrita por el personal Directivo.
3. Descuentos, de acuerdo a las normas vigentes.
4. Suspensión del Servicio conforme a las normas vigentes.
5. Separación del cargo previo proceso administrativo con el Comité de
Disciplina.
Art. 32 DE LOS ESTÍMULOS POR ACCIONES RELEVANTES AL PERSONAL
En la Institución, los estímulos, ante acciones positivas del docente, son:
1. Reconocimiento de la labor sobresaliente, progresivamente, mediante
Oficio, Resolución.
46
2. Financiamiento en Capacitaciones Técnico Pedagógicas.
3. Diploma de Mérito.
4. Bono económico, por acción sobresaliente en el Día del Maestro y/o
Clausura del año Escolar
a) Colabora y controla la formación diaria de los alumnos, el ingreso y la
salida, así como la realización de actividades cívica patriótica dentro y
fuera del colegio.
b) Control de la utilización adecuada de los documentos y el uso correcto del
uniforme escolar.
c) Apoya directamente en las acciones del plan de tutoría (TOE),
programadas a nivel del centro Educativo.
d) Colabora con el proceso de matrícula, en la elaboración de tarjetas de
información, así como de su distribución como apoyo a la administración
educativa formula la pre-nómina de las secciones a su cargo bajo
responsabilidad.
e) Atiende y auxilia a los educandos en caso de emergencias.
f) Cumple con las demás obligaciones indicadas en el manual de funciones.
CAPITULO VIII
CONVIVENCIA ESCOLAR
¿Qué entendemos por Convivencia Escolar?
Convivencia escolar es la “coexistencia armónica de los miembros de la comunidad
educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo
integral de los estudiantes”
“El desarrollo de la Convivencia Escolar tiene un valor formativo intrínseco; es
decir, aprender a vivir juntos no solo es un medio para facilitar el traspaso de
contenidos curriculares, sino que es un contenido curricular en sí mismo, que se
enseña y adquiere significado en la vivencia con los otros.”
47
Aprender a respetar, a tener actitudes positivas, a creer en el consenso debe
ser una prioridad para toda la comunidad escolar.
Educar la convivencia mejora el rendimiento académico y sobre todo prepara a
los alumnos para llevar una vida social adulta satisfactoria y autónoma. Como
colegio sabemos que enseñar a convivir no es sólo tarea de los profesores, es una
labor de toda la unidad educativa y de la sociedad. Es por ello que fortalecemos
la relación entre el colegio, la familia y el entorno, creando nuevas instancias de
participación de los padres y/o apoderados en la vida colegial, basados en el
respeto mutuo y en la colaboración hacia la búsqueda conjunta de soluciones.
Aprender a respetar es uno de los objetivos de la convivencia escolar.
¿Qué entendemos por respeto?
El respeto permite que la sociedad viva en paz, en una sana convivencia en base a
normas e instituciones. Implica reconocer en sí y en los demás los derechos y las
obligaciones, aceptar que las personas son diferentes.
Un estudiante palermino que muestra respeto:
a) Utiliza la empatía para comprender y aceptar a todos.
b) Se respeta a sí mismo y por ello no acepta lo que le puede dañar física, mental
y espiritualmente.
c) Acepta y cumple las leyes y normas que establece nuestra sociedad.
d) Agradece a otras personas lo que hacen por ella.
e) Valora y respeta a las expresiones propias y ajenas.
f) Hace uso correcto de los lugares colectivos para que los puedan usar los
demás.
g) Respeta a la persona como se merece, de acuerdo a su dignidad de ser humano
(todos somos iguales en este sentido), y a la posición que ocupa en una
colectividad.
h) Respeta y valora a cada persona, su reputación y sus pertenencias.
i) Cuando no se puede hablar bien de una persona, mejor mantiene silencio. Evita
juzgarla, si no tienes obligación de ello.
48
j) Evita la murmuración en el ambiente del estudio y trabajo, pues daña las
relaciones interpersonales. No inicia ni propaga chismes bajo ninguna excusa.
k) Es tolerante, es decir, no atropella a otras personas y valora las diferencias,
sean estas, entre otras, culturales, raciales, religiosas o étnicas
l) Expresa y defiende las ideas propias como también, respeta y considera las
ideas ajenas.
Art. 33 DE LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR SIN
VIOLENCIA
NORMAS DE CONVIVENCIA EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA
1. Mantenemos el valor de la puntualidad en todas las actividades que
realizamos.
2. Levantamos la mano si necesitamos expresarnos oralmente,
fomentando el orden y respeto mutuo.
3. Cuidamos y mantenemos la limpieza en todo lo que realizamos, así
como los ambientes y mobiliarios que utilizamos.
4. Fomentamos el valor de la solidaridad en todas sus formas.
5. Utilizamos adecuadamente nuestras habilidades sociales.
6. Escuchamos con atención y respeto las opiniones de los demás.
7. Somos honestos en cada una de nuestras acciones.
8. Nos comunicamos de manera asertiva.
9. Mantenemos una actitud positiva en el trabajo colaborativo y
cooperativo.
10. Utilizar adecuadamente los ambientes de nuestra institución según
sea el fin.
De conformidad a lo establecido en la LEY 29719 QUE “PROMUEVE
LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA EN LAS INSTITUCIONES
EDUCATIVAS” Y SU REGLAMENTO, la Convivencia Democrática
tiene como finalidad propiciar procesos de democratización en las
relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa, como
fundamento de una cultura de paz y equidad entre las personas,
contribuyendo de este modo prevención del acoso y otras formas de
violencia entre los estudiantes.
En nuestra institución se promueve permanentemente la convivencia
armoniosa y se aborda bajo un enfoque preventivo e integral los
49
casos de violencia escolar que puedan aparecer al interior de la
institución. Por ello la Institución a través de su Comité de Disciplina
y el responsable del encargado de Convivencia Escolar:
a) Orienta el comportamiento de los educandos en armonía con las normas
establecidas. Lleva el registro Anecdótico o de incidencias de los
alumnos a su cargo.
b) Ejecuta las sanciones estipuladas en el reglamento interno del colegio,
ante inconductas presentadas por los alumnos.
c) Mantiene actualizados el registro de asistencias y control de
comportamiento de los educandos, teniendo en la relación de casos
problemas para su tratamiento oportuno.
d) Vela por la derivación correcta de casos suscitados, siguiendo el orden
jerárquico de la institución.
e) Formula información sobre casos de inasistencia y tardanzas de los
educandos a su cargo.
f) Coordina con los padres de familia el tratamiento de problemas
cotidianos que presenten sus pupilos.
g) Vela por el respeto y la interacción apropiada entre padres de familia y
actores educativos (personal directivo, docentes, psicólogo, alumnado
en general) y viceversa.
h) Apoya en la realización de tareas escolares a su cargo, en caso de
ausencia de los docentes.
Art. 34 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
a. Recibir una educación integral, de excelencia, de acuerdo con el Perfil
del Educando del nivel respectivo y a sus necesidades, aspiraciones y
capacidades individuales y potencialidades.
b. Recibir un trato con respeto, dignidad y afecto, sin ninguna clase de
discriminaciones, elevando permanentemente su autoestima.
c. A ser llamado por su nombre y a que se respete su identidad.
d. A ser tratados con equidad y no ser discriminados(as) por motivo
alguno.
e. A expresarse libremente sobre los asuntos que los/las afecten
teniendo en cuenta sus opiniones en función de su edad y madurez.
50
f. A promover y llevar sus pedidos ante sus delegados de aula.
g. A ser protegidos(as) con las medidas de seguridad y ser atendidos con
prontitud en casos de accidentes o malestares físicos, recurriendo a
los primeros auxilios.
h. Al descanso, esparcimiento, juego, actividades recreativas propios a
sus edades y a participar en las actividades deportivas y culturales de
la Institución.
i. Recibir la orientación y apoyo moral, físico, intelectual, psicológico y
vocacional adecuados.
j. Ser evaluado en forma justa, permanentemente y en igualdad de
condiciones y oportunidades, recibiendo los estímulos cuando los casos
lo requieran.
k. Recibir estímulos por acciones meritorias de comportamiento,
rendimiento académico y destacada participación en eventos externos,
representando a la Institución.
l. Gozar de permisos y merecer la justificación por tardanzas e
inasistencias cuando sean debidamente fundamentadas por sus padres o
apoderados.
m. Tener libertad a la recreación sana.
n. Hacer uso de las instalaciones, equipamiento, mobiliario y materiales
que coadyuven al óptimo logro de su aprendizaje.
o. Ser informado de los resultados de la evaluación de inicio, progresiva y
final a efectos de su recuperación o superación; formulando reclamos
cuando los cree convenientemente, las que serán resueltos, explicados,
corregidos o mejorados según los casos.
p. Representar a su sección o a la Institución como en eventos culturales,
cívicos, académicos, deportivos, sociales, de proyección comunal y otros
con apoyo y asesoría del personal del Plantel.
q. Acceder a las actividades co-curriculares y extracurriculares que
contribuyan a su realización personal, familiar y comunal.
r. Ser escuchados en sus pedidos y reclamos por la vía regular siempre
que guarde la debida cordura y respeto.
s. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado
de las disposiciones que le conciernen como alumnos.
t. Integrar el Cuero de Brigadieres de la Institución.
Art.35 Son DEBERES y OBLIGACIONES de los alumnos, de acuerdo al
Nivel y Grado de Estudios con la co -responsabilidad de sus
Padres o apoderados y la orientación de sus profesores.
51
a) Comprender y cumplir con las normas establecidas en el Reglamento
Interno de nuestra IE. “San Benito De Palermo “que le motivan a
vivenciar principios y valores propugnados en nuestra Institución:
ESFUERZO, SOLIDARIDAD Y TOLERANCIA.
b) Vestir correctamente el uniforme establecido, dentro y fuera del
colegio. (Oficial y de deportivo) en los días que le corresponda, según
horario.
c) Presentarse al Colegio debidamente aseado(a): los estudiantes
hombres con el corte de cabello tipo escolar, y las estudiantes mujeres
con el cabello recogido con moñera y colet amarillo (inicial y primaria).
Con moñera y colet de color negro (nivel secundario) y sin accesorios, ni
lentes de contacto de tipo cosméticos, collares, aretes grandes,
pulseras, uñas pintadas, maquillaje ,piercing, tatuajes, etc.
d) Asistir puntualmente al Colegio cumpliendo estrictamente el horario
escolar y portando los materiales necesarios para las labores
académicas.
e) Permanecer en el Colegio en los ambientes adecuados y en el momento
oportuno, según horarios. Evitar permanecer en el aula en horas de
recreo o durante otras actividades, sin autorización.
f) Ingresar puntualmente a la clase después de los recreos o de cualquier
actividad interna,
g) Asistir a clase con los útiles que se requieren, cuidando su material de
trabajo y respetando el de sus compañeros.
h) Fomentar la paz y la práctica de valores.
i) Mantener una conducta correcta dentro y fuera de la Institución,
orientada por los principios de la moral, pudor, las buenas costumbres,
en concordancia con la política y axiología del Colegio, con mayor
responsabilidad cuando está de por medio la representatividad de la
institución.
j) Demostrar respeto e identificación al entonar con unción nuestro
Himno Nacional, Marcha de Banderas y el Himno de los Héroes del
Cenepa.
k) Respetar la parte física del Colegio, cuidando la buena conservación de
la infraestructura, muebles, material educativo y otros enseres de
nuestra Institución.; además del orden, limpieza de aulas, corredores y
demás ambientes. Esto incluye la propiedad privada, fuera del colegio.
52
l) Cumplir y cooperar con las normas y el buen comportamiento en los
diferentes ambientes de la Institución.
m) Respetar física y moralmente a todos los miembros de la Comunidad
Educativa palermina, sobre todo el honor y la dignidad, manteniendo una
relación cordial y de ayuda mutua.
n) Mantener normas de cortesía, civismo y buenas costumbres, evitando
el uso de lenguaje inadecuado, ofensivo, soez, despectivo y/o racista.
o) No traer al Colegio celulares u otros dispositivos electrónicos
distractores.
p) Devolver firmada por sus padres o apoderado toda documentación que
se envíe y se solicite devolverla.
q) Portar la Agenda Escolar debidamente conservada: forrada y
etiquetada con el nombre del estudiante, la cual debe estar firmada
diariamente por el padre de familia o apoderado. En este documento se
explicita normas de comportamiento, comunicados, citaciones u otros,
por tanto, no debe tener borrones ni enmendaduras.
r) Lograr un excelente rendimiento académico por su propio esfuerzo y
capacidad, sometiéndose con honradez a las normas académicas y de
evaluación
s) Demostrar, en caso de evaluación, haber logrado las competencias
evaluadas sin buscar situaciones fáciles. En este sentido es deber del
estudiante, rendir las pruebas de recuperación y/o subsanación en el
mismo colegio, salvo motivos de viaje debidamente justificados.
t) Presentar sus tareas, trabajos y cuadernos en orden y a tiempo con
letra legible.
u) Presentarse a las evaluaciones de cada área curricular, según
planificación pedagógica del docente.
v) Archivar y conservar en buen estado las evaluaciones una vez
verificadas por el padre de familia. Queda prohibida toda falsificación
de documentos del Colegio San Benito De Palermo. (boleta de simulacro,
libreta de notas, agenda, etc.)
w) Cumplir con las normas de conservación del medio ambiente.
x) Participar con responsabilidad en las acciones de Defensa Civil.
y) Cumplir responsablemente con representar a su clase y/o al Colegio en
eventos para los cuales han sido seleccionados previamente, con
autorización expresa.
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z) Promover el cuidado de su salud, evitando el uso de drogas y/o
sustancias psicoactivas.
aa) Velar por la imagen institucional como muestra de su identificación con
el Colegio San Benito De Palermo.
bb) Solicitar a su padre o apoderado para que se sirva justificar sus
inasistencias y tardanzas, dentro de las 48 horas de ocurridas.
cc) Mantener una relación cordial y de ayuda mutua; dentro y/o fuera del
Colegio.
dd) Aceptar y cumplir las acciones correctivas a las que se hace
merecedor por las faltas, errores y/u omisiones cometidas.
ee) Cumplir la normatividad del presente Reglamento en todas sus partes.
En la IEP San Benito de Palermo se organiza el Cuerpo de Delegados como ente
de participación del estudiantado en el aspecto disciplinario, fundamentalmente,
a partir de 5to. Grado de Primaria. Tiene su propio Reglamento de Delegados y se
ciñen a los siguientes criterios generales:
a. Elegidos por su buen comportamiento y buen desempeño
académico
b. Representan a su aula; un brigadier y un sub brigadier.
c. Contribuyen a la disciplina de sus compañeros, en el aula, en las
formaciones, en el patio y en las diferentes actividades que
organiza la Institución.
d. Apoyan la gestión de los delegados.
e. Son ejemplo de buen comportamiento, rendimiento escolar, uso
del uniforme dentro como fuera de la Institución.
f. Practican buenos modales con todos sus semejantes.
En la Institución se organiza el Equipo de Delegados brigadistas, en Primaria y
Secundaria: DEFENSA CIVIL, CRUZ ROJA, MEDIO AMBIENTE, dos en cada
caso, los que se rigen por su propio Reglamento.
Art. 36 PRESENTACIÓN PERSONAL Y DE ASEO:
a. El uso del uniforme oficial debe usarse según el horario
establecido y el uniforme deportivo en el curso de Educación
Física, Taller de danza, música y CDD.
b. En cuanto a los varones, el corte de cabello deberá ser de tipo
escolar clásico; la barba y bigote rasuradas completamente.
54
c. Las alumnas del nivel primario deberán sujetar su cabello en un
moño con una redecilla amarilla y un carmín amarillo grande,
además lazo con cinta amarilla y negra.
d. Las alumnas del nivel secundario deberán sujetar su cabello en un
moño con una redecilla negra y un carmín negro grande, además
lazo con cinta amarilla y negra
e. Está prohibido el uso de aditamentos como ganchos llamativos,
collares, aretes grandes, pulseras, piercing, etc. así como el teñido
de cabello, pintado de uñas, tatuajes y maquillaje.
f. La falda del uniforme se usará a la cintura y deberá tener un largo
de cuatro dedos encima de la rodilla y con la basta correctamente
cosida. La blusa debe ser usada dentro de la falda. En el caso de
los varones, el pantalón se llevará a la cintura y el uso de la correa
es obligatorio. De igual forma la camisa debe ser usada dentro del
pantalón.
g. Queda terminantemente prohibido hacer modificaciones al
uniforme institucional del alumno.
h. Se prohíbe el uso de polos, casacas, chompas y prendas
adicionales que no correspondan al Colegio.
i. En época de verano los alumnos de los niveles de Educación Inicial
y Primaria y secundaria podrán usar polo y short según el modelo
que permite el Colegio. Las zapatillas y las medias serán de color
blanco o negro según corresponda.
j. En época de invierno y frío intenso, los alumnos(as) podrán asistir
con chalinas y/a guantes de color negro. Así mismo, debajo del
uniforme podrán usar cafarena de color blanco, amarillo o negro y
leggins o pantys negros.
USO DEL UNIFORME OFICIAL Y DEPORTIVO:
UNIFORME OFICIAL
La Institución Educativa establece de manera permanente su uso durante toda la
jornada escolar. Se llevará limpio, completo, presentable y deberá llevar el
nombre del alumno en cada prenda. Es obligatorio para su asistencia a la
Institución y a todas los actos o ceremonias internas o externas que programe el
mismo:
a. EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN INICIAL:
55
- Buzo completo oficial
- Polo amarillo
- Zapatillas negras y/o blancas
- Las cafarenas, gorros, chalinas, etc. deberán ser de color
amarillo o negro.
b. EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA:
DAMAS:
- Blusa amarilla con corbatín negro oficial con insignia vigente, bordada
en el bolsillo.
- Falda pantalón que deberá tener un largo de cuatro dedos sobre la
rodilla.
- Medias largas de color negro (no taloneras, ni tobilleras).
- Zapatos negros de colegio (no zapatillas).
- Casaca oficial de la Institución. Solo los alumnos del V de Secundaria
pueden llevar la casaca de promoción como única prenda adicional del
uniforme oficial, la cual debe ser previamente autorizada por la
Dirección.
- Las alumnas del nivel primario deberán sujetar el cabello en un moño
con una redecilla amarilla y un carmín amarillo grande, además hacer
un lazo con cinta amarilla y negra. Las alumnas del nivel secundario
deberán sujetar el cabello en un moño, colocando una redecilla y
colet negro grande, además hacer un lazo con cinta negra y amarilla.
VARONES:
- Camisa y corbata negra oficial, según modelo de la Institución.
- Pantalón de vestir (de tela, color negro corte clásico). - Debe
llevarse a la cintura con correa negra sin aplicaciones.
- Medias negras (no taloneras ni tobilleras).
- Zapatos negros de colegio, no zapatillas.
- Casaca oficial de la Institución. Solo los alumnos del V de Secundaria
pueden llevar la casaca de promoción como única prenda adicional del
uniforme oficial, la cual debe ser previamente autorizada por la
Dirección.
- Los varones usarán el corte de cabello clásico escolar y deberán
presentarse, sin patillas, barba ni bigotes. No se les permite el
cabello largo, ni arreglos o tintes que no coinciden con la sencillez y
56
porte personal que exige la vida comunitaria de la Institución
Educativa.
UNIFORME OFICIAL DE VERANO:
DAMAS
- Polo amarillo oficial de la Institución Educativa.
- Falda short negra, modelo oficial de la Institución Educativa, que deberá
tener un largo de cuatro dedos encima de la rodilla.
- Zapatillas blancas o negras con pasadores del mismo color y sin
aplicaciones.
- Medias negras o blancas (no taloneras ni tobilleras).
VARONES
- Polo amarillo con el logo oficial de la Institución Educativa, que deberá
usarse dentro del pantalón.
- Short negro oficial de la Institución Educativa
- Zapatillas blancas o negras con pasadores del mismo color y sin
aplicaciones.
- Medias negras o blancas (no taloneras ni tobilleras).
El UNIFORME DEPORTIVO DE LA INSTITUCIÓN es el siguiente:
- Buzo oficial de la Institución Educativa (pantalón con corte clásico,
no entubado).
- Polo amarillo con el logo oficial de la Institución Educativa, que
deberá usarse dentro del pantalón
- Zapatillas blancas o negras con pasadores del mismo color y sin
aplicaciones.
- Medias negras o blancas (no taloneras ni tobilleras).
El uniforme deportivo de la institución es de uso obligatorio en las clases de
Educación Física y Talleres de Danza, Música y CDD deberá estar marcado con el
nombre y apellido del alumno, no se permitirá la asistencia con otras prendas. El
no respetar el uso del uniforme afectará la nota en la libreta.
57
OTRAS PRENDAS PERMITIDAS:
- En época de invierno los alumnos y alumnas podrán llevar un polo o cafarena
íntegramente de color blanco, amarillo o negro. No está permitido que este
polo sea de otro color o con estampado.
- Las alumnas podrán ponerse una chalina o medias pantys de color negro.
- En verano para protegerse del sol podrán usar un gorro negro, sin diseños.
En las asambleas, actuaciones, competencias o eventos interescolares, los
participantes o representantes asistirán correctamente uniformados, de acuerdo
a la actividad correspondiente.
Queda terminantemente prohibido portar objetos tecnológicos como celulares,
ipods, iPad, tablets, mp3, psp, etc. Puede exceptuarse si el profesor lo considera
como medios necesarios para el desarrollo en alguna actividad de aprendizaje en
la escuela. EL COLEGIO NO SE RESPONSABILIZA DE SU DETERIORO O
PÉRDIDA.
Art. 37 USO DE MATERIAL EDUCATIVO, MOBILIARIO, OBJETOS Y
AMBIENTES:
a. Los alumnos retirarán del aula sus materiales de danza o
laboratorio, cuando les corresponda taller o clases en otro
ambiente, cuidando el orden y limpieza.
b. Los alumnos repararán o pagarán cualquier daño ocasionado al
material, mobiliario o ambientes del Colegio. De igual manera si
las pertenencias de un compañero fueran dañadas por un
compañero identificado, este asumirá o el costo de reparación /
reposición.
Art.38 HORARIO
El alumnado tiene el siguiente horario.
a. Educación Inicial:
- Hora de entrada (3 y 4 años): 8:00 a 8:20 a.m.
- Hora de Salida: 12:45 a 1:00 p.m.
- Hora de entrada (5 años): 7:45 a 8:10 a.m.
- Hora de Salida: 1:15 a 1:30 p.m.
b. Educación Primaria 1° a 4° Grado:
58
- Hora de entrada 7:30 - 7:35
- Hora de salida 2:15 p.m.
c. Educación Primaria 5° y 6° Grados
- Hora de entrada: 7:30 - 7:35
- Hora de salida: 2:45 p.m.
d. Educación secundaria:
- Hora de entrada 7:30 - 7:35 am. (7:41 am. Será
considerado tardanza)
- Hora de salida 3:15 p.m.
El ingreso a la Institución será utilizando las siguientes puertas:
o Portón derecho: alumnos de Primaria.
o Portón Izquierdo: alumnos de Secundaria.
o Puerta principal: Personal Docente y padres de familia.
-Al toque del timbre, 7:40 am. Los alumnos deben estar en sus
aulas para dar inicio a la sesión. (7:41 am. Será considerada
tardanza y se le pondrá el sello respectivo en la agenda.)
-Los alumnos del nivel secundario ingresarán al colegio a partir de
las 7:30 am. Solo se permitirá el ingreso antes de esta hora a los
alumnos de inicial hasta primaria.
-Los alumnos que lleguen tarde se quedarán en el segundo patio.
Debiendo cumplir, además, con actividades de investigación en la
biblioteca, producción escrita de temas relacionadas con el
avance curricular o tareas administrativas en los diferentes
niveles de la Institución.
Art. 39 PROHIBICIONES A LOS ALUMNOS
Los alumnos de la IEP San Benito de Palermo tienen las siguientes
prohibiciones:
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a) Promover o realizar proselitismo político, religioso y/o acciones que
solivianten a sus compañeros en contra de los propósitos institucionales.
b) Fomentar cualquier acto que contravenga la política institucional y su
Reglamento Interno.
c) Tener comportamientos agresivos que atenten contra la integridad física
y moral de los estudiantes o de cualquier miembro de la comunidad
educativa palermina.
d) Asistir a clases sin el correspondiente uniforme completo, oficial y
deportivo indicado en los deberes y obligaciones. (La camisa, blusa o polo
estarán dentro de la falda o pantalón, según se trate de estudiante
hombre o mujer, respectivamente).
e) Asistir al Colegio con barba, bigote, cabello teñido (todas sus variantes),
extensiones, uñas con esmalte, maquillaje y accesorios personales de moda
(clips, piercings, alfileres u otros aditamentos que perforen la piel o parte
del cuerpo y/o tatuajes) porque no forman parte de la presentación
personal. Solo se permitirá a las estudiantes mujeres el uso de un arete
pequeño no colgante en el lóbulo de cada oreja.
f) Asistir al Colegio, injustificadamente, después de los horarios establecidos
para la jornada escolar de clases y/o actividades programadas.
g) Faltar injustificadamente en las fechas de evaluación, porque se pierde el
derecho a ser evaluado, sin excepción. Además, se les asignará en el
registro la anotación “no se presentó” que equivale a cero o C, salvo
justificación debidamente acreditada con documento indubitable que
justifique la causa de la inasistencia, dentro de las 48 horas de ocurrida.
h) Asistir al Colegio sin Agenda Escolar o presentarla sin firmar,
deteriorada o con borrones o enmendaduras.
i) Hacer uso del servicio de cafetería en horario de trabajo escolar.
j) Abandonar el aula en el horario escolar o ingresar a otras aulas o
ambientes del Colegio, sin la autorización correspondiente.
k) Abandonar el Colegio sin permiso, en horas de jornada académica.
l) Traer celulares, audífonos, equipos de cómputo portátiles u otros
dispositivos electrónicos distractores. El colegio no se responsabiliza por
su pérdida y/o daño.
m) Asistir a las instalaciones del Colegio en estado de ebriedad y/o en estado
de haber hecho consumo de sustancias psicoactivas.
n) Instigar a enfrentamientos entre compañeros que degeneren en riñas o
peleas.
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o) Promover y/o realizar actos ajenos al quehacer escolar que degeneren en
escándalo o que causen deterioro a los bienes del Colegio.
p) Dejar papeles o desperdicios fuera de los depósitos de basura.
q) Fumar en las instalaciones del colegio.
r) Portar cualquier tipo de arma de fuego o armas en general, objetos
punzocortantes o que, por su naturaleza, puedan causar daño a las demás
personas, dentro de la institución.
s) Participar de reuniones o actividades, dentro y fuera del colegio, que
alteren el normal desenvolvimiento del estudiante en perjuicio de la
imagen del Colegio.
t) Deteriorar las instalaciones y equipos de los servicios higiénicos.
u) Realizar anotaciones, inscripciones o grafitis en el mobiliario escolar, en
las paredes o en otro lugar de la infraestructura del colegio, incluyendo
otras propiedades privadas.
v) Usar el nombre del Colegio en actividades no autorizadas por la Dirección.
w) Promover y/o realizar actos reñidos contra la moral y las buenas
costumbres, dentro o fuera de la institución.
x) Interrumpir el normal desarrollo de las actividades académicas con
actitudes discordantes.
y) Portar, vender, distribuir y/o consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias
psicoactivas dentro o fuera del Colegio.
z) Copiar y/o plagiar trabajos o exámenes.
aa) Planificar, promover y/o realizar actos de hostigamiento y maltrato
físico y/o psicológico a sus profesores y/o compañeros de estudios.
bb) Faltar el respeto a los miembros de la Comunidad Educativa
Palermina: personal directivo, docente, administrativo, de mantenimiento o
a los padres de familia.
cc) Portar objetos de valor u otros, ajenos al quehacer educativo.
dd) Beber y/o ingerir alimentos en ambientes donde se está
desarrollando trabajo educativo, a excepción de agua que solo podrá
ingerirla con autorización de quien conduce dicha jornada.
ee) Promover y practicar el bullying o acoso escolar en cualquiera de sus
formas.
ff) Promover firmas para actas, memoriales o peticiones a favor o en contra
de profesores u otros miembros del personal del Colegio.
gg) Tomar fotografías, hacer videos o cualquier tipo de grabación y utilizar
blogs o las redes sociales como medios para publicarlos atentando contra
61
la intimidad y/o dignidad de las personas y de nuestra Institución
Educativa San Benito De Palermo
hh) Realizar demostraciones inadecuadas de cariño entre estudiantes,
que atenten contra el pudor y las buenas costumbres, dentro y/o fuera del
Colegio.
ii) Realizar cualquier tipo de comercialización, rifas, colectas o propaganda
no autorizada dentro del Colegio, salvo autorización expresa de la
Dirección del Colegio.
jj) Participar en apuestas y juegos de azar.
kk) Asistir al Colegio padeciendo alguna enfermedad que comprometa la salud
e integridad de la Comunidad Educativa.
ll) Hurtar, robar y/o apropiarse de un bien que no sea de su propiedad.
mm) Todo comportamiento que contravenga el ideario, el prestigio, el
Reglamento Interno y objetivos de nuestra Institución.
nn) No está permitido el uso de pelotas de fútbol, vóley o básquet en el patio
del colegio o dentro de las aulas.
oo) Los estudiantes aprovecharán la hora de recreo y receso para ir
al baño, ya que no se dará permiso para salir del aula durante los períodos
de clase, salvo circunstancias de fuerza mayor. Ningún estudiante
ingresará a las salas de las áreas académicas o ambientes administrativos
sin contar con el permiso de los profesores o trabajadores del colegio.
pp) Los alumnos solamente se pueden dirigir libremente a la recepción o a las
dependencias en las que necesiten realizar un pago durante el horario de
los recreos o a la hora de salida. Al toque del timbre que anuncia la
finalización del recreo, los estudiantes se dirigirán directamente a sus
aulas.
Art. 40 TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS:
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
No hay discriminación en la aplicación de acciones correctivas a los estudiantes.
La Institución Educativa “San Benito De Palermo” determina las acciones
preventivas y correctivas para los estudiantes que falten a las normas que
establece el presente Reglamento Interno.
Se considera falta disciplinaria toda acción u omisión voluntaria, que contravenga
los deberes y demás disposiciones establecidas en el presente Reglamento, así
como las establecidas por las autoridades de la Institución.
62
A. FALTAS LEVES:
Son aquellas conductas que perturban las normas de convivencia y que alteran
el normal desarrollo del proceso de Enseñanza y Aprendizaje que no involucran
daño físico o psíquico dentro o fuera de la sala de clases. Serán consideradas
faltas leves las siguientes:
a) Utilizar en clases elementos como: cámaras fotográficas, filmadoras,
reproductores o grabadores de sonidos, etc. salvo que se requiera de
éstos, para fines académicos y/o pedagógicos.
b) El no usar del uniforme correspondiente en talleres y/o laboratorios.
c) La inasistencia a una asignatura en más de un 10% bimestral.
d) Usar adornos en el rostro o cuerpo que representen modas o tendencias.
e) Incumplimiento en las normas existentes para la seguridad.
f) No presentar las tareas con puntualidad y eficiencia.
g) Ingresar al aula de clases con el uniforme mojado una vez finalizado el
recreo.
h) Realizar las tareas en horas que no correspondan al Área y/o curso de
dicha hora.
i) Asistir a clases sin útiles escolares correspondientes.
j) No portar agenda escolar.
k) Mascar chicle, tomar bebida, jugos y consumir alimentos dentro de la sala
de clases.
l) Tirar basura o similares, en cualquier lugar distinto a un basurero.
m) No devolver las circulares firmadas por los padres y apoderados.
n) Tener tardanzas consecutivas.
o) Salir fuera de clase en horas de trabajo educativo.
p) Llevar incorrectamente el uniforme único, insignias, etc.
q) Abandonar el salón en horas de clase.
B. SON FALTAS MODERADAS
Constituyen faltas moderadas, las actitudes y comportamientos que atenten
contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y
del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia o
actitudes que alteren el normal proceso de aprendizaje. Serán consideradas
faltas moderadas las siguientes:
63
a) La agresión verbal, en la cual se utilice un vocabulario impropio dentro y/o
fuera del Plantel.
b) Realizar expresiones obscenas (dibujos, pinturas, gestos, textos, etc.) en
cualquier ambiente del Plantel.
c) La ausencia a clases sin conocimiento y/o autorización del apoderado.
d) Salir de improviso o injustificado del establecimiento, durante la jornada
de clases y sin autorización escrita de la autoridad competente.
e) Salir del aula o de donde se imparte la clase, sin permiso del profesor.
f) La impuntualidad en el ingreso a una hora de clases, estando en el
Plantel.
g) La ausencia a clases dentro de la jornada escolar.
h) Incumplimiento de normas de higiene y/o presentación personal (NO uso
de uniformes).
i) Todo estudiante que destruya elementos escolares y/o personales de sus
compañeros, deberá devolver el valor y/u objeto de manera íntegra.
j) Rayar, dibujar o pintar cualquier dependencia, mobiliario o muro del
Plantel.
k) Instalación de afiches o carteles en cualquier lugar del edificio sin
autorización escrita y expresa de Dirección.
l) Distribución de material propagandístico (físico o digital) no autorizados
dentro del Plantel.
m) Manipulación y/o adulteración de información personal de los (as)
estudiantes, vía intranet y utilizando claves ajenas o por otros medios.
n) No justificar oportunamente la inasistencia.
o) Falsificar, manipular y/o adulterar la firma del apoderado o persona
responsable del (a) estudiante, en cualquier documento relacionado
con el Plantel.
p) Organizar rifas, colectas, suscripciones u otra actividad de iniciativa
personal y colectiva utilizando el nombre del Plantel, sin autorización
escrita respectiva por dirección.
q) No devolver a tiempo los materiales prestados de la institución y/o de
los compañeros.
r) Descuidar, destruir o extraviar materiales e instalaciones educativas
como biblioteca, laboratorios, libros, material pedagógico de TIC, etc.
s) No asistir con su uniforme respectivo cuando corresponda.
64
t) Atentar contra grupos políticos, religiosos, étnicos o grupos urbanos.
u) Fumar dentro o en los alrededores de la Institución.
v) Uso de aparatos musicales, teléfonos celulares y/o similares, durante la
administración de una prueba.
w) La consulta con sus compañeros durante la prueba.
x) Intercambio o copia de materiales escritos o información durante una
evaluación.
y) Rayar el uniforme propio y/o de sus compañeros (as).
La acumulación de tres faltas leves es considerada una FALTA MODERADA.
C. SON FALTAS GRAVES:
Se consideran faltas graves aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra
la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa,
agresiones sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delitos que requieren
sanción urgente. Serán consideradas faltas graves las siguientes:
a) El incumplimiento del presente Reglamento.
b) El reiterado incumplimiento de las tareas.
c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de
palabra en agravio del personal y de sus compañeros.
d) La destrucción de los bienes de la IEP.
e) Las ausencias injustificadas, que no excedan del 30% del año.
f) Promover desorden e indisciplina en el aula durante clases y en presencia
del profesor haciendo caso omiso a las llamadas del profesor.
g) Comprometer la buena imagen y el buen prestigio del colegio en actos
públicos, ceremonias, desfiles, etc.
h) Usar el nombre del colegio en actividades extraescolares para fines
personales.
i) Faltar el respeto a los símbolos patrios.
j) Falsificar la firma de los padres o apoderado en el cuaderno de control u
otros.
k) Presentarse de manera reiterada sin su uniforme (más de tres veces en una
semana).
l) Traer, difundir y/o utilizar material pornográfico.
65
m) La agresión física entre los estudiantes, en cualquier ambiente del Plantel o
fuera de él.
n) Faltar el respeto a los docentes, en forma física y/o verbal.
o) Las ofensas, burlas o desacreditaciones que se puedan hacer a través del
uso de la tecnología (Internet, FACEBOOK, TWITTER, ASK, chat, e-
mails, sitios Web, etc.) tanto a los funcionarios del Plantel, como a sus
propios compañeros.
p) Ingresar al Plantel portando armas contundentes, cortantes y/o de fuego,
drogas, bebidas alcohólicas y/o bajo el efecto de éstas.
q) Comercializar, distribuir o portar cualquier tipo de droga, bebidas
alcohólicas y/o pornografía en las dependencias del Plantel.
r) Apropiación indebida y comprobada de alguna especie o elemento ajeno.
s) Portar armas u otro elemento que represente peligro para la salud,
integridad física y/o moral.
t) Manipular, sustraer, falsificar y/o adulterar documentos públicos, boletines,
libros de clases o similares, informaciones orales.
u) Intento de ocupación o ingreso no autorizado al Plantel.
v) Salida masiva de estudiantes no autorizada por la Dirección.
w) Estar involucrado o liderar manifestaciones al interior del establecimiento
que atente contra el normal funcionamiento de la jornada académica.
x) Coordinar premeditadamente la inasistencia a la institución educativa, a
expensas de los padres y de las autoridades educativas, sin justificación
válida.
y) Mostrar un comportamiento afectivo o erótico entre compañeros (sea una
relación de pareja o no) dentro de las instalaciones de la institución
educativa.
z) Organizar eventos clandestinos tomando el nombre de algún miembro de la
comunidad educativa (docentes, personal administrativo), mancillando la
honra del involucrado.
aa) Realizar actividades inadecuadas fuera de la estructura física de la
institución educativa, pero con el buzo del colegio (beber alcohol en la calle,
consumo de drogas, pandillaje, robos, etc.).
bb) Incitar a compañeros de aula o de otro grado a realizar actos
indebidos ya sea dentro de la institución como fuera de ella:
- Actos contra el pudor
66
- Consumo de bebidas alcohólicas
- Consumo o micro comercialización de drogas
- Interacción con sujetos con apariencia delictiva, que socialmente se
conoce sus actividades en contra de la ley.
- Cualquier comportamiento que suponga una alteración de la convivencia
escolar tanto dentro del aula como fuera de ella.
- Todo ello, se puede suscitar tanto dentro de las instalaciones de la
institución educativa como fuera de ella).
La acumulación de tres faltas moderadas, es considerada una FALTA
GRAVE.
Art. 41 ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS.
Las acciones preventivas son:
a) Recomendaciones generales para formar la voluntad.
b) Consejos u orientaciones individuales.
Las acciones correctivas son:
a) Llamada de atención verbal.
b) Disminución de puntos en el rubro de conducta.
c) Amonestación escrita.
d) No representatividad del Colegio en ninguna actividad.
e) Diálogo reflexivo con los padres de familia.
f) Participación en actividades de formación personal.
g) Otras propuestas por el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar y
Disciplina.
La llamada de atención verbal, la puede efectuar inmediatamente de
cometida la falta, el docente, tutor (a) y/o autoridad del Colegio, invitando
a la reflexión en mejora de su formación.
La amonestación escrita, se efectúa de forma inmediata en la Agenda del
estudiante, con conocimiento del padre de familia a través de su firma, y
registrada en el anecdotario del estudiante, con la disminución de puntos
en Conducta, según la gravedad de la falta.
67
La amonestación escrita, emitida por la Dirección, se hará efectiva según
las características y la gravedad de la falta.
Las acciones correctivas proceden después que los casos han sido
analizados por el Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina, por
decisión propia o a solicitud de la Dirección. Se aplican en caso de faltas
moderadas y graves.
Se citará a los padres de familia de los estudiantes que hayan incumplido
con el reglamento a un diálogo reflexivo para la mejora del
comportamiento de su menor hijo(a).
Las actividades de formación personal las desarrollarán los estudiantes
para motivar su reflexión y fortalecer su buen comportamiento.
La institución monitoreará el cumplimiento de las diversas acciones
correctivas.
Se informará a los padres de familia las acciones correctivas tomadas
involucrándolos en el cumplimiento de las mismas.
El Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina es un órgano de
colaboración cuya competencia es investigar los casos de indisciplina de los
y las estudiantes, de oficio o a solicitud de la Dirección y proponer las
acciones correctivas adecuadas, según la falta moderada o grave que se
cometa.
El Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina evalúa la falta
moderada o grave cometida por el o la estudiante, para lo cual también
escucha sus descargos y establece la acción correctiva. Su gravedad será
determinada considerando cualquiera de los siguientes aspectos:
a) Circunstancias en que se comete la falta.
b) La forma cómo ocurrió la falta.
c) La participación en la falta
d) La reincidencia de faltas.
e) Los efectos que produce la falta
f) La afectación a la Imagen Institucional.
El procedimiento a seguir para el tratamiento de casos de faltas
moderadas o graves es el siguiente:
68
a) Puesta en conocimiento al(la) responsable de Convivencia Escolar y
Disciplina del hecho a investigar, por la persona que detectó la falta, a
través de un informe.
b) Entrevista del(la) responsable de Convivencia Escolar y Disciplina con
el o los estudiantes implicados en el hecho.
c) Investigación del hecho para identificar el grado de participación y
culpabilidad del o los estudiantes implicados.
d) Citación a los padres de familia de los estudiantes implicados para
informarles de lo ocurrido y el grado de participación de su menor
hijo(a). Se redacta un Acta de la reunión en la que queda constancia de
la participación del o los estudiantes en el hecho investigado, la misma
que la suscriben los padres de familia de dichos estudiantes.
e) El(la) responsable de Convivencia Escolar y Disciplina convoca al
Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina para analizar la
gravedad del caso y proponer la acción correctiva correspondiente.
f) Establecida la acción correctiva sugerida, el presidente de dicho
Comité eleva un informe a la Dirección para la elaboración de la
Resolución Directoral correspondiente.
g) El(la) responsable de Convivencia Escolar y Disciplina cita al padre o
padres de familia de los estudiantes amonestados para entregarles
copia de la Resolución Directoral de la acción impuesta, la misma que
entra en vigencia inmediatamente después de este acto administrativo.
Todos los acuerdos del Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina
constan en acta y se toman por unanimidad o por mayoría simple de sus miembros
presentes en la sesión y debidamente convocados.
El Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina está constituido por:
a) Coordinador de tutoría. (Psicóloga de la IE.)
b) Responsable de Convivencia Escolar y Disciplina.
c) Tutor(a) de la sección a la que pertenece el(la) estudiante que cometió la
falta.
d) Coordinador (a) del Nivel Educativo al que pertenece el (la) estudiante
que cometió la falta.
e) Representante de Padres de Familia.
f) Representante de los estudiantes.
69
Tomando en cuenta las conclusiones del Comité de Tutoría, Convivencia
Escolar y Disciplina al evaluar la falta cometida, la Dirección dispondrá la
aplicación de las acciones correctivas correspondientes.
De acuerdo a las características del incidente ocurrido, se pueden tipificar
más de una de las faltas consideradas en el presente reglamento; en tales
casos, se aplicará la acción correctiva por la falta de mayor gravedad.
Por ser menores de edad los estudiantes, para la aplicación de todas las
acciones correctivas se informará a los padres de familia sin que ello
modifique la aplicación de la acción. Queda exceptuada de esta norma la
“llamada de atención verbal”.
Art. 42 CAUSALES DE ATENUACIÓN Y DE AGRAVACIÓN DE LAS FALTAS.
Son causales de atenuación de las faltas, las siguientes:
1. Presentarse voluntariamente ante la autoridad después de cometido el hecho para reconocerlo y enmendarlo.
2. Reconocer la falta desde los hechos.
3. Mejorar el comportamiento, resarcir o reparar el daño causado y ofrecer las debidas disculpas en el momento oportuno.
4. Confesar la infracción antes de ser sancionado.
Son causales de agravación de las faltas, las siguientes:
1. Negarse a reconocer los hechos.
2. Ser reincidente en los hechos sancionables.
3. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.
4. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en el estudiante.
5. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad o indefensión de otras personas.
6. Negación inicial del hecho, aun siendo comprobada su participación.
7. Poner en peligro la vida o la integridad física de cualquier miembro de la comunidad educativa.
8. La premeditación o planeación de la falta.
70
9. La complicidad con otras personas pertenecientes o no al colegio.
10. El tiempo, el lugar, la oportunidad, los instrumentos empleados, entre otros.
Art. 43 PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA FALTA.
Al aplicar sanciones por trasgresión a la norma, se tendrá precaución en la
aplicabilidad de dichas sanciones de manera racional, justa y equitativa, sin
arbitrariedades, enmarcándola en el debido proceso, lo que implica:
PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: Ante el aviso de un hecho suscitado, se
presume la NO RESPONSABILIDAD del alumno, hasta que se encuentren los
elementos que prueben lo contrario. Todo ello, de modo independiente de los
antecedentes personales que el menor ha tenido en la institución.
INVESTIGACIÓN DE LAS PRUEBAS RELEVANTE: La investigación para la
aplicación de las sanciones contemplados en el presente reglamento podrá
iniciarse con base a un relato de los hechos, queja, informe, aviso,
comunicación o denuncia de cualquier persona de la comunidad escolar,
presentada en forma oral o escrita, ante la autoridad respectiva. La
investigación se realizará por el equipo directivo (Director, Psicólogo de la
Institución y Jefe o Coordinador de Normas y Disciplina) quienes podrán
delegar en otros integrantes de la comunidad escolar acciones que lleven al
esclarecimiento de una o varias situaciones que sean del interés de la
comunidad.
EL DERECHO A LA APELACIÓN: Con respecto a la aplicación de alguna
sanción de uno (a) o varios (as) estudiantes, estos deberán ser escuchados por
la autoridad responsable del Plantel, para casos que ameriten alguna
investigación o aplicación de métodos correctivos disciplinarios. Asimismo, cabe
resaltar que el departamento Psicológico brinda apoyo al departamento de
Normas y Convivencia Escolar cuando el caso lo amerite (casos de complejidad
mayor). El encargado (a) debe entrevistar al estudiante y a los testigos de
modo individual y discreto, para formarse una convicción de los hechos (Las
preguntas y respuestas deben quedar por escritos y firmadas por los
participantes, en el caso de faltas graves).
El número o cantidad de evidencias no es importante para la investigación,
sino, la calidad de cada una de ellas. Que el (la) estudiante atribuido (a)
tenga su hoja de observaciones llena, no debería constituir una agravante, sin
prejuicio, se valora la información de hechos positivos que consten en la hoja
de vida del (a) estudiante.
71
IMPORTANTE: Los hechos que relate el docente como testigo u otro
funcionario del Plantel, y que quedan escritos en el libro, deben ser
considerados como antecedentes válidos, siempre y cuando, estos sean una
descripción de los hechos y no meros juicios de valor u opinión del docente.
La sanción sólo debe hacerse efectiva, una vez agotados todos los recursos e
instancias disponibles, por parte del (a) estudiante atribuido (a), establecidos
por el Reglamento de Convivencia. Esto bajo el estricto interés de esclarecer
los hechos.
Art. 44 INSTANCIA DE APELACIÓN.
Todos los estudiantes que hayan sido sancionados y encuentren que la sanción
fue injusta y que no se respetó el reglamento, podrán apelar en única
instancia por escrito ante la Dirección tanto el estudiante como el apoderado,
exponiendo los argumentos fundamentales de su apelación.
Art. 45 DE LA DERIVACIÓN AL DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA
Con respecto a la derivación de alumnos al departamento de Psicología del colegio
éste será realizado sólo exclusivamente por el tutor o tutora de aula previo
empleo de la ficha de detección psicopedagógica del nivel.
Asimismo, es importante señalar que la institución educativa San Benito de
Palermo, cuenta con 4 fichas de detección psicopedagógica de acuerdo a cada
nivel (Inicial, Primaria Baja, Primaria Alta y Secundaria). Dichos instrumentos
serán utilizados por los tutores de aula de acuerdo a las dificultades detectadas
durante los primeros meses de adaptación y a lo largo del año escolar.
Cabe resaltar que las fichas de detección han sido redactadas de acuerdo al
diagnóstico del alumnado del año anterior (de acuerdo a cada nivel). Asimismo,
cada ficha cuenta con 10 problemáticas esperadas para la edad y ayuda a realizar
la derivación profesional docente – psicólogo del modo más objetivo posible.
Sin embargo, en casos de situaciones excepcionales que lo ameriten; la dirección
de la institución educativa y/o coordinación del nivel (según sea el caso) podrá
realizar la derivación psicopedagógica del alumno con el objetivo de promover la
mejor decisión que contribuya la mejora de la situación problemática.
72
En caso que existieran sospecha de dificultades psicológicas de algún alumno que
no se manifieste en el contexto escolar, pero si en el contexto familiar, el
padre/madre de familia o apoderado podrán solicitar la entrevista con el
departamento Psicológico por medio del tutor de aula y/o coordinador(a) del
nivel.
Art. 46 DE LAS SANCIONES A LOS ESTUDIANTES
Las sanciones van encaminadas a aportar a la formación del estudiante y, en
general, son retributivas, es decir, van en el sentido de reparar algún perjuicio
que haya podido generar un comportamiento del estudiante. En la aplicación de
cualquier sanción, no es admisible la humillación del estudiante, por el contrario,
la sanción está encaminada a la orientación del estudiante.
Los criterios aplicables a las medidas correctivas a los estudiantes, deberán ser:
a. Claras y oportunas.
b. Reparadoras y formativas.
c. Respetuosa de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.
d. Pertinentes al desarrollo pedagógico.
e. Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las y los
Estudiantes.
f. Proporcionales a la falta cometida.
g. Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las
condiciones y necesidad de las y los estudiantes.
h. Respetuosas de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y los
Derechos humanos Relacionadas con la promoción de la Convivencia
Democrática.
j. Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado
anímico de quienes apliquen las medidas correctivas.
Está prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia,
trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y
humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda poner en peligro la
salud y el desarrollo integral de las y los estudiantes.
73
Art. 47 PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES:
Sanciones para las faltas leves:
Si algún estudiante incurriera en alguna de las Faltas leves antes señaladas, el
procedimiento será el siguiente:
a. Se tendrá un diálogo entre el estudiante y el docente o tutor.
b. Cualquier incidencia será anotada en el registro de incidencias o anecdotario
del aula.
c. El alumno será derivado al departamento de Psicología de la Institución para su
orientación pertinente y el asesoramiento a sus padres para mejorar su conducta.
d. Si persiste la Falta leve por parte del estudiante en un corto periodo de
tiempo (3 o más de estas faltas en un lapso de una semana) se registrará por
escrito en una notificación la falta del compromiso del estudiante para
subsanarla. Esta notificación será enviada por parte del tutor a los padres de
familia, quienes deberán firmarla y devolver el documento para incluirlo en el
archivo personal del estudiante.
e. Si persiste la falta (tres o más faltas de primer orden en un lapso de una
semana), se realizará una entrevista entre el tutor o docente y los padres de
familia o apoderado y el estudiante. Esto es previa cita y confirmación. En dicha
entrevista se firmará un documento de compromiso asumido por el estudiante y
su familia. Tal documento se incluirá en el archivo del estudiante.
f. De no encontrar una solución y de persistir las faltas, se suspenderá
temporalmente de asistencia al aula al estudiante por un lapso de un día
derivándolo a un ambiente administrativo o aula de otro nivel. A su retorno el
estudiante se presentará en compañía de sus padres o apoderado en la Dirección
para firmar una Carta de Compromiso. Tal documento se incluirá en el archivo
personal del estudiante.
g. Finalmente, si a pesar del procedimiento señalado en los numerales
precedentes, el estudiante persiste, se coordinará con el padre de familia la
reubicación del alumno a otra Institución, dándole las facilidades pertinentes.
h. En este sentido, se devolverá al padre de familia del menor todos y cada uno
de los documentos que fueron entregados al momento de la matrícula y se
facilitará cualquier documento que sea requerido o resulte necesario para el
padre de familia para lo que crea conveniente.
74
Art. 48 SANCIONES PARA LAS FALTAS MODERADAS Y GRAVES:
Cuando el estudiante cometa alguna de las faltas de manera reiterada, el
procedimiento de sanción será el siguiente:
a. Asignación de actividades dentro de la Institución, en otro nivel
educativo, temporalmente al estudiante por dos o más días del aula, de
acuerdo a la gravedad de la falta. A su retorno a su aula el estudiante
se presentará en compañía de sus padres y/o apoderado en la Dirección
para firmar una Carta de Compromiso, que condicionará su matrícula.
Esta determinación es decisión exclusiva de la Dirección de la
Institución.
b. De no cumplir con lo señalado en la Carta de Compromiso se procederá a
la aplicación del artículo anterior inc. g. Cualquier falta cometida y las
medidas y sanciones correspondientes serán registradas en el archivo
personal del estudiante. Sin perjuicio de cada uno de los actos llevados
realizados que correspondan a una Falta leve o a una Falta Moderada.
Cabe señalar que las faltas, las sanciones y el procedimiento de las
sanciones antes descritas, son establecidas por la Institución según la
potestad que tienen para organizar y conducir su gestión administrativa,
es decir, establecer su régimen administrativo, en conformidad con las
leyes especiales del sector. En cualquier situación no prevista en el
presente Reglamento Interno, la Dirección tiene potestad para
determinar el procedimiento a seguir para cada caso.
Art. 49 DE LOS ESTÍMULOS POR ACCIONES RELEVANTES DE LOS
ALUMNOS:
Los estímulos serán empleados por los docentes, tutores, coordinadores
y el Director/la Directora, considerando y reconociendo el esfuerzo y
naturalidad en el comportamiento. Así, son acreedores de estímulos, los
estudiantes que muestran:
Desempeño académico sobresaliente y alto nivel de responsabilidad
con sus deberes académicos y actividades asumidas.
Solidaridad, a favor de los agentes de la comunidad educativa. c.
Comportamientos adecuados (asistencia, puntualidad, vocabulario
adecuado, actitudes positivas, etc.) que manifiestan la práctica de los
valores, siendo un buen ejemplo para sus compañeros.
75
Cumplimiento del Código de vestimenta del Estudiante.
Responsabilidad y compromiso con la Institución Educativa
(representaciones en actos cívicos, deportivos, recreativos, culturales
o artísticos). Asimismo, el Colegio otorga diversos reconocimientos:
Participación responsable y eficiente al integrar el Cuerpo de
Brigadieres.
ESTÍMULOS:
a) Anotaciones de felicitación en la agenda escolar.
b) Diplomas al rendimiento académico y la vivencia de los valores del
colegio.
c) Menciones honrosas o felicitaciones verbales personales o públicas.
d) Reconocimientos escritos (en boletines, comunicados, diplomas)
durante el proceso de aprendizaje o al final del bimestre.
e) Cargos de importancia en las organizaciones estudiantiles.
f) Reconocimiento con fines característicos a los estudiantes que
destacan por la práctica de los valores.
g) Becas de estudio.
CAPÍTULO IX
DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y RESPONSABLES
Art.50 La asistencia del personal Directivo, Jerárquico, docente,
administrativo y de servicio se registra en el control digital de
asistencia.
Art.51 El control de asistencia y consolidado diario y mensual será
efectuado por la secretaría, informando a la Dirección de las
ocurrencias inmediatas para el control de clases y reemplazos en las
aulas por tardanzas e inasistencia de algún docente.
Art.52. La asistencia de los alumnos es controlada por cada uno de los
tutores, quienes llevarán el registro de Asistencia en forma
actualizada, apoyados por el reporte de los Auxiliares de Educación
76
Art.53. Los Auxiliares de Educación o tutores de aula controlarán el ingreso
de los alumnos, llevando la contabilidad de las tardanzas y faltas por
secciones, informando en la libreta la estadística bimestral.
Art.54. La Directora podrá conceder permisos al personal del Plantel cuando
se solicite con la debida anticipación por causas que lo ameriten o
justificar las inasistencias por problemas de suma importancia y
comunicadas oportunamente. En estos casos, el usuario compensará
el tiempo de trabajo en un horario alterno, evitándose el descuento
en sus remuneraciones.
CAPÍTULO X
DE LA CAFETERÍA: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.
Art.55. La cafetería es un servicio que brinda la Institución para los
estudiantes como al personal directivo docente y administrativo.
Art,56. La cafetería es entregada para su atención a un concesionario, previa
selección por una terna de postulantes y se sujetará a las siguientes
disposiciones:
a. Atenderá todos los días del año lectivo, en el horario escolar.
b. Mantendrá mucha higiene y pulcritud, tanto en el local, los
utensilios y las personas que lo atiendan.
c. Las personas que atiendan en la cafetería usarán mandil blanco y
el cabello sujetado y con una gorra blanca.
d. Los productos que se expendan corresponderán a una alimentación
saludable. Básicamente frutas y verduras (todo tipo de ensaladas
y muy variadas).
e. No estará permitido el expendio de productos de carne procesada
(embutidos) de ninguna índole.
f. Deberá evitarse el expendio de frituras por ser cocinadas con
aceites en forma repetitiva.
g. Las ventas de los productos serán en el horario establecido. De
ninguna manera podrá venderse a los usuarios (alumnos) después
que se toque el timbre, de finalización del recreo o descanso. Al
toque del timbre de término del recreo o descanso se cierra la
atención.
77
h. Los precios serán accesibles a los estudiantes. En lo posible no
más de lo que se cobra en los establecimientos fuera del plantel.
i. La supervisión estará a cargo de una comisión que designe la
Institución.
CAPÍTULO XI
RELACIONES Y COORDINACIONES
CON LOS PADRES DE FAMILIA
Art.57 Los Padres de familia o apoderados de la IEP “SAN BENITO DE
PALERMO” son considerados como tales al tener matriculados a sus
hijos y están al día en el pago de sus compromisos económicos con el
Plantel.
Art.58 Los Padres de Familia y apoderados se organizan formando Los
Comités de Aula y constituyen el órgano de participación encargados
de apoyar y participar en la gestión educativa, particularmente en el
de promoción educativa a la comunidad, bienestar del educando y
defensa civil.
Su participación es a través de su Junta Directiva.
Art.59 Los Comités de Aula se reúne y coordina periódicamente con la
Directora con la finalidad de:
a. Planeamiento y organización con el fin de apoyar el mejoramiento
de la calidad y eficiencia del servicio en la formación integral de
sus hijos.
b. Consolidar los valores culturales, locales y nacionales.
c. Contribuir con el mejoramiento de la infraestructura,
equipamiento y mobiliario.
d. Formulación del Proyecto Educativo Institucional y los Planes
derivados de éste.
Art.60 Los Comités de Aula se rigen de acuerdo al presente Reglamento
Interno.
78
Art.61 Los Comités de Aula formulan su reglamento específico en base a las
consideraciones y artículos procedentes, eligen a su Junta Directiva
para un período anual. Son aprobados por la Directora.
Art.62 Los Comités de Aula son órganos menores de participación
organizados con los Padres de Familia y de cada sección de alumnos.
Se forma cada año por convocatoria de cada docente – Tutor en
coordinación con la Directora.
Art.63 Los Comités de Aula formulan su Plan Anual de Trabajo basándose
en la problemática y necesidades de cada aula, asesorados por los
tutores de aula y de la Directora cuando se le requiera.
Art.64 Los Padres de Familia y apoderados tienen derecho a ser informados
permanentemente sobre el avance académico y las ocurrencias
conductuales de sus hijos; tendrá los siguientes deberes frente a la
Institución Educativa Privada “San Benito de Palermo”:
a. Conocer y cumplir el Reglamento Interno, en todas sus partes
por ser un documento que rige la buena marcha administrativa y
pedagógica y acatar todas sus disposiciones.
b. Dotar las comodidades indispensables para que a sus hijos o
pupilos adquieran los aprendizajes que se desarrollan en la
Institución Educativa, referidos a útiles escolares, uniformes, un
ambiente adecuado para sus estudios en su hogar.
c. Proporcionar un clima hogareño adecuado y saludable para su
realización personal, estudiantil y familiar.
d. Estimular y controlar a su hijo(a)(s) o pupilos en el cumplimiento
de sus obligaciones escolares, fomentando los valores de la
responsabilidad, orden, limpieza y puntualidad.
e. Asistir puntualmente a las citas, charlas, reuniones y otras
actividades convocadas por la Institución.
f. Reparar y/ o reponer, en casos que su hijo(a)(s) hayan causado
deterioro o destrozos en los bienes, materiales, equipos de la
Institución.
g. Orientar y comprometer a su hijo(a)(s) que respeten a sus
compañeros y personal directivo, docente y administrativo
dentro y fuera de la Institución.
79
h. Justificar oportunamente las tardanzas e inasistencias de sus
hijos o pupilos con honestidad y precisión, personalmente o una
carta formal.
i. Firmar las Libretas de notas, exámenes quincenales, mensuales,
bimestrales, agenda, boletas de simulacros, boletines, citaciones,
permisos, amonestaciones escritas, etc. y hacerlos llegar a las
autoridades respectivas de la Institución.
j. No faltar el respeto y/o ejercer presiones sobre el Personal del
Colegio.
k. Abstenerse de contratar a profesores de la Institución para dar
clases particulares a sus hijos.
l. Evitar invitaciones de los docentes a sus domicilios y otros
lugares ajenos a la Institución para tratar allí asuntos
específicos relacionados con los estudios de sus hijos.
Art.65 Las informaciones a que se refiere el artículo anterior se efectuará
de las siguientes formas y/o momentos y/ o circunstancias.
a. Mediante la Libreta de Notas que se entregan personalmente a
los padres o apoderados al término de cada bimestre.
b. Solicitando información escrita en los cuadernos de control
diario.
c. Solicitando información directa en el horario de atención de cada
docente.
d. En las asambleas generales y de Comité de aula.
e. En la clausura del año escolar.
Art.66 En las relaciones y coordinaciones con los padres de familia se
establecen las acciones limitaciones y responsabilidades, las que no
podrán rebasar el marco establecido por las normas legales.
Art.67 Las acciones de coordinación con los Comités de Aula se registran en
el libro de actas, para cada caso
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CON LAS INSTITUCIONES DE LA LOCALIDAD
Art. 68 La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” realiza acciones de
coordinación con representantes de los sectores e Instituciones
públicas y privados de su ámbito de influencia con la finalidad de
promover la participación intersectorial en la gestión educativa.
Art.69 La relaciones y las acciones de coordinación que efectúa el colegio
se realizará con representantes de:
a. La Unidad de Gestión Educativa Local N° 06
b. El Concejo Distrital de Ate
c. La Policía Nacional
d. La Iglesia
e. El Sector Salud
f. Organizaciones vecinales
g. Centros laborales
h. Instituciones deportivas y culturales.
Art. 70 La efectivización y acuerdos que se adopten en las acciones de
coordinación se sentarán en libro de Actas.
CON LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS
Art.71 La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” propicia la organización de la
Asociación de ex alumnos con quienes establecerán coordinaciones
con el objetivo de:
a. Mejoramiento del servicio educativo
b. Proyección a la Comunidad
c. Apoyo y seguimiento en sus estudios y ocupaciones futuras.
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CAPÍTULO XII
DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA
Art. 72 La atención a los padres de familia se rige por el siguiente horario:
a. Por el Personal Directivo: De acuerdo al rol de atención que se
establezca.
b. Por el personal Administrativo: de 8:00 a 16: 00 horas.
c. Por el personal Docente:
c. Educación Inicial : De acuerdo al rol de atención que se
establezca.
En el horario de atención docente: De acuerdo al rol de atención que
se establezca.
Art.73. Durante las horas de clase el Personal Docente no dará atención a
los padres de familia, de ninguna manera ni durante la semana de
evaluación. Los Padres de Familia serán informados sobre la
conducta de sus hijos previa citación del docente y sobre el
rendimiento académico en los horarios establecidos y no en las
reuniones generales que se convoquen.
Art. 74 DEL ROL Y COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA
La promoción de una violencia escolar sin violencia requiere de la
coordinación permanente con los padres de familia. Para ello, la
Institución:
a) Convoca a las familias de los estudiantes involucrados y
coordina con ellos las acciones a realizar para intervenir en
cada caso.
b) Realiza reuniones para coordinar con las familias acciones de
prevención e intervención.
c) Aplica prácticas restaurativas para la solución de conflictos.
d) Garantiza el bienestar integral de cada estudiante y, por
tanto, asegura un manejo prudente de la información en cada
caso, así como el derecho de todo estudiante de ser tratado
de una forma digna y justa.
82
e) Registra en el Libro de Incidencias sobre violencia y acoso
entre escolares, el trámite seguido a cada caso, el resultado
de la investigación y la sanción aplicada, cuando corresponda.
f) Toma las medidas para asegurar el apoyo correspondiente a
los estudiantes que hayan recibido agresión en la escuela.
g) Promueve el desarrollo de capacidades y actitudes de las y
los docentes, así como del personal directivo, administrativo
y de servicio, que permitan la implementación de acciones
para la Convivencia Democrática en la Institución Educativa.
h) Registra los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el
Libro de Registros de Incidencias de la Institución
Educativa, así como consolida información existente en los
anecdotarios de clase de los docentes, a fin de que se tomen
las medidas pertinentes y permitan la elaboración de las
estadísticas correspondientes.
i) Adopta medidas de protección, contención y corrección,
frente a los casos de violencia y acoso entre estudiantes, en
coordinación con el (a) Director (a).
j) Informa periódicamente por escrito, la Directora de la
Institución Educativa acerca de los casos de violencia y acoso
entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de
Incidencias, y de las medidas adoptadas.
k) Informa a la Directora sobre las y los estudiantes que
requieran derivación para una atención especializada en
entidades públicas o privadas.
l) Realizar, en coordinación con la Directora y los padres de
familia o apoderados el seguimiento respectivo de las y los
estudiantes derivados a instituciones especializadas,
garantizando su atención integral y permanencia en la
Institución.
Art. 75 DE LOS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS
PADRES DE FAMILIA O APODERADOS
Los Padres de Familia son los educadores naturales de sus hijos y se relacionan
con el colegio mediante la matricula oficial, dentro de los derechos y obligaciones
que la ley les faculta, y se obligan a cumplir lo establecido en el Reglamento
Interno de la Institución Educativa.
83
Los padres o apoderados son los responsables legales de los alumnos.
Los Padres de Familia y/o apoderados cuentan con los siguientes DERECHOS:
a) Que sus hijos reciban formación acorde a los objetivos y fines del colegio.
b) Ser informado oportunamente del rendimiento académico y de conducta de
sus hijos a través de los informes de cada período académico.
c) Recibir información oportuna sobre los horarios, calendario, cronogramas y
normas que regulen el funcionamiento general del colegio.
d) Ser atendido respetuosa y diligentemente por los profesores, directivos y
personal del colegio, en jornada de trabajo y de acuerdo con el horario de
atención, ciñéndose estrictamente al mismo.
e) Solicitar explicaciones en situaciones que se presenten en el colegio
utilizando el conducto regular (profesor, Subdirecciones, Jefes de las
Áreas Formativas, según el caso).
f) Asistir puntualmente a las citas y reuniones convocadas por el profesor de
aula o tutor, o por la dirección del plantel.
g) Pagar puntualmente las cuotas de enseñanza, de acuerdo al cronograma.
h) Justificar oportunamente las tardanzas e inasistencia del padre familia y
de los alumnos cuando corresponda.
i) Conocer y cumplir lo prescrito en el presente Reglamento.
j) Apoyar la labor educativa y formativa que imparte el colegio.
k) Firmar las libretas de notas, pruebas de evaluación y los documentos que le
remita el colegio.
Los Padres de Familia y/o apoderados promueven el desarrollo integral del
núcleo familiar a través de los siguientes DEBERES:
a) Participa activamente en la Escuela de Padres, asumiendo el compromiso de
la práctica de valores en su familia.
b) Promueve y participa en actividades culturales, recreativas y deportivas
orientadas a la integración familiar.
c) Es partícipe en las acciones de consejería familiar orientadas a la mejora
de su formación personal y familiar.
Los padres de familia o tutores del alumno/a de la Institución Educativa
“San Benito de Palermo” asumen las pautas que la Institución propone a
continuación:
84
a) Procurar que exista la mayor coherencia entre la vida familiar y el Ideario
del Colegio, asumiendo personalmente su conocimiento, profundización y
testimonio.
b) Fortalecer la relación entre el colegio y la familia asistiendo activamente a
la Escuela de Padres, a las reuniones, a las entrevistas, a los actos
escolares organizados por el colegio.
c) Aunar esfuerzos para defender, vitalizar y promover la libertad de
enseñanza que les asegure la posibilidad de una educación integral para sus
hijos.
d) Darse por notificado de toda comunicación que remita el colegio por
escrito.
e) Justificar por escrito las inasistencias de sus hijos/a, acompañando los
certificados correspondientes, cuando la inconcurrencia haya sido
motivado por enfermedad.
f) Respetar la autonomía de la Dirección en la conducción del colegio y en la
elección de los educadores.
g) Colaborar con el personal docente reconociendo su autoridad y
proporcionándole los datos que consideren necesarios para facilitar el
conocimiento del alumno y comprender mejor la realidad que vive.
h) Cumplir puntualmente con los aspectos administrativos-pensiones, como
medio material que contribuye al óptimo desenvolvimiento del Colegio.
Entregar en su oportunidad la documentación que Secretaría de la
Dirección solicite.
i) Conocer el Sistema de Convivencia Escolar, en casos en que sus hijos
incurran en violencia están obligados a brindar toda su colaboración para
corregir dichos actos y deben comprometerse a cumplir con la consejería
respectiva, en aplicación de la Ley N° 29719. Asimismo, es deber de los
padres de familia para que formule su proyecto personal de vida.
j) Permitir que el personal de vigilancia, por medidas de seguridad, revise
carteras, maletines y bultos, que ingresen o retiren del colegio. No pueden
ingresar al colegio determinados objetos sin permiso de la dirección.
k) Colaborar con el Colegio:
Cumpliendo las normas e indicaciones que están vigentes (asistencia,
puntualidad, presentación personal: cabello corto para los varones, para las
mujeres el cabello ordenado, sin maquillaje, sin colores, etc.; uso del
uniforme que indica el Colegio).
Evitando hacer comentarios desfavorables.
85
Presentando sus inquietudes y sugerencias a quien corresponda, siguiendo
el protocolo establecido en el Reglamento Interno de la Institución
Educativa “San Benito de Palermo”.
Participando activamente en los Comité de aula, comisiones o reuniones
programadas por la Institución o tutores.
l) El padre de familia o apoderado debe informar mediante la actualización
de la ficha médica las enfermedades preexistentes de su hijo y las que se
presenten durante el año escolar.
m) Los padres de familia o apoderados deben evitar enviar a sus hijos al
colegio con síntomas y signos de alguna enfermedad.
Art. 76 PROHIBICIONES A LOS PADRES DE FAMILIA:
a) Faltar el respeto y/o ejercer presiones sobre el personal del colegio.
b) Contratar a los profesores del plantel para dar clases particulares a los
alumnos de su propia sección.
c) Invitar a los docentes a sus domicilios u otros lugares ajenos al colegio,
para tratar asuntos relacionados con el colegio.
d) Dar obsequios al personal del colegio a fin de lograr favores no éticos
(influenciar en las notas de aprovechamiento o conducta).
Art. 77 DE LOS COMITÉS DE AULA
CONSTITUCIÓN, FINES, DERECHOS Y FUNCIONES
El Comité de Aula de Padres de Familia es un órgano de colaboración integrado
por todos los Padres de Familia y Apoderados de los y las estudiantes que tengan
la condición de matriculados en una misma sección.
Son fines del COMITÉ DE AULA de Padres de Familia:
a) Cooperar en la formación integral del educando, promoviendo y
organizando actividades de apoyo a sus hijos o hijas, en aspectos
religiosos, culturales y formativos.
b) Propiciar la comprensión, cooperación y solidaridad entre los miembros del
Comité de Aula, Tutor (a) y demás Profesores e integrantes del Colegio.
86
Son derechos y obligaciones de los integrantes del Comité de Aula de Padres
de Familia:
a) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.
b) Asistir a las reuniones y participar en las actividades que se organicen en
la Institución Educativa.
c) Apoyar al Tutor (a) de sección, de acuerdo a los objetivos institucionales.
d) Asistir a la Escuela de Padres programada por la Institución. La
inasistencia a la Escuela de Padres afectará al estudiante en su boleta de
notas.
Los integrantes del Comité de Aula de Padres de Familia tienen las
siguientes funciones:
a) Aprobar el Plan de Trabajo elaborado por el Comité de Aula con el
asesoramiento de su respectivo Tutor (a).
b) Cumplir fielmente la normatividad institucional y las disposiciones de las
autoridades del Colegio.
c) Conocer y hacer conocer la Misión y Visión del Colegio Claretiano.
d) Planificar, organizar y ejecutar servicios de capacitación dirigidos a los
padres de familia de su sección para revalorar la estructura familiar, en
coordinación con el (la) Coordinador(a) de Tutoría.
e) Respetar la labor educativa que realizan los profesores, personal
administrativo y de apoyo.
f) Mantenerse informados de las actividades que se realizan para ayudarse
mutuamente en su vida personal, familiar y de relación con el Colegio.
g) Apoyar al Tutor (a) en su labor formativa. Apoyar y participar en todas las
actividades programadas por los (as) responsables de los diferentes
órganos de ejecución.
h) Colaborar en el mantenimiento y conservación del aula.
Las reuniones del Comité de Aula serán convocadas por la Junta Directiva en
coordinación con su respectivo tutor (a), quien es el nexo de comunicación con las
autoridades del Colegio y estará presente en dichas reuniones en forma
obligatoria. Toda reunión del Comité de Aula tendrá una agenda supervisada por
el tutor (a) y aprobada por el (la) Coordinador(a) de Tutoría. Los padres de
familia que no asistan a dichas reuniones dejan por entendido la aceptación de los
acuerdos asumidos por los padres de familia asistentes.
87
La solicitud de un ambiente en el Colegio para llevar a cabo reuniones del Comité
de aula, la gestionará el tutor(a), con 48 horas de anticipación, mediante correo
institucional dirigida al Coordinador de Tutoría con copia a Administración
adjuntando agenda a tratar, indicando hora de inicio y término, que no debe
exceder del horario establecido.
Art. 78 FUNCIONES ESPECIFÍCAS DEL COMITÉ DE AULA
SON FUNCIONES DEL (LA) PRESIDENTE(A) DEL COMITÉ DE AULA:
a) Presidir las sesiones del Comité de Aula.
b) Supervisar las funciones y actividades de los otros miembros del comité
c) Proponer el Plan de Trabajo con asesoramiento del tutor o tutora, quien lo
elevará a la instancia correspondiente para su conocimiento, aprobación y
archivo.
d) Es responsable de rendir cuentas al Comité de aula y al respectivo tutor
(a) de los fondos de la sección, junto con el Tesorero, rendición de cuentas
inmediatamente realizada la actividad, la cual será entregado al tutor (a),
quien lo elevará a la instancia correspondiente para su conocimiento y
archivo.
SON FUNCIONES DEL (LA) SECRETARIO(A):
a) Reemplazar al (la) Presidente(a) en casos de ausencia del (la) titular.
b) Redactar las Actas, citaciones, documentos y correspondencia de los
asuntos concernientes a la sección. Mantener al día el Libro de Actas.
Tener al día el Registro Telefónico de los miembros del Comité de Aula.
c) Asistir a las reuniones del Comité de aula y colaborar en las tareas
comunes.
SON FUNCIONES DEL (LA) TESORERO(A):
a) Llevar el registro y documentación que sustenta el manejo de fondos del
Comité de aula.
b) Recaudar los ingresos del Comité de aula consignados en el Plan de trabajo
y aprobados por la Dirección.
c) Asistir a las reuniones del Comité de aula y colaborar en las tareas
comunes.
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d) Informar al Comité de aula sobre el estado económico al término de toda
actividad en que se haya manejado dinero.
e) Es responsable junto con el (la) Presidente (a), de rendir cuentas ante el
Comité de aula y a su respectivo tutor (a) mediante documento de balance
de ingresos y egresos, quien lo elevará a la instancia correspondiente para
su conocimiento y archivo.
CAPÍTULO XIII
DE LOS CONTRATOS Y SISTEMAS DE BECAS
Art. 79 Los contratos de trabajo del Personal de la Institución se realiza de
acuerdo a ambas partes, rigiéndose por un año académico, pudiendo renovarse
por acuerdo mutuo, bajo las condiciones laborales y económicas y las
disposiciones vigentes y lo acordado por los contrayentes.
Art. 80 Las becas de estudio s los estudiantes se rige por el presente
Reglamento interno, por destacado rendimiento académico, razones de salud de
la familia, alumnos o por la aceptación de la Promotoría previa presentación de la
documentación respectiva. Las becas pudieran ser: integrales, 50% o 25%.
CAPÍTULO XIV
DISPOSICIONES FINALES:
PRIMERA El presente Reglamento Interno es susceptible de modificaciones y
reajustes de acuerdo a los cambios de la normatividad y a las
necesidades de crecimiento y desarrollo del Plantel; aprobándose
por Resolución Directoral y comunicado a la UGEL N° 06. Será
evaluado al Inicio, al término del I Semestre y al concluir el año
escolar 2020
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SEGUNDA El presente Reglamento Interno ha sido elaborado en base al
esquema sugerido por la UGEL N° 06, adecuado a nuestra realidad y
necesidades.
TERCERA Los casos no contemplados por el presente Reglamento Interno
serán resueltos por la Directora con participación del Comité del RI.
CUARTA El presente Reglamento Interno entra en vigencia a partir de su
aprobación mediante la Resolución Directoral de la IEP “SAN
BENITO DE PALERMO”, dejando sin efecto el Reglamento Interno
del 2019.
Los Portales, marzo del 2020
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