HIGIENE PROD PRIMARIA AGRICOLA - Marismas de Lebrija

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Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola.HIGIENE DE LA PRODUCCIÓN PRIMARIA AGRICOLAOficina Comarcal Agraria Las Marismas

C/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.es

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esLa Unión Europea (UE) ha llevado a cabo un extenso desarrollo normativo en lo referente a legislación alimentaria, Garantizar la seguridad y la inocuidad de los productos alimentarios de la Unión EuropeaObjetivoentre otrosReglamento (CE) n.º 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, establece el marco comunitario de regulación en materia alimentaria.Reglamento (CE) n.º 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.Reglamento (CE) n.º 183/2005, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero, por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos.PAQUETE DE HIGIENE

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Definición de «alimento» (o «producto alimenticio») REGLAMENTO (CE) No 178/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.Cualquier sustancia o producto destinados a ser ingeridos por los seres humanos o con probabilidad razonable de serlo, tanto si han sido transformados entera o parcialmente como si no.

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esNo incluye:Los piensosLos animales vivos, salvo que estén preparados para ser comercializados para consumo humanoLos medicamentosLos cosméticosLas plantas antes de la cosechaEl tabaco y los productos del tabaco Las sustancias estupefacientes o psicotrópicasLos residuos y contaminantes

Incluye:Las bebidasLa goma de mascarCualquier sustancia, incluida el agua, incorporada voluntariamente al alimento durante su fabricación, preparación o tratamiento.

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Aplicación del PAQUETE DE HIGIENE“Crisis del E. Coli”, erróneamente atribuida en un principio al pepino

Auditorías llevadas a cabo por la FVO

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VIGILANCIA DEL USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLASVIGILANCIA DEL USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN PRODUCTOS VEGETALES EN ORIGEN

VIGILANCIA DE LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOSVIGILANCIA DEL USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS POR EMPRESAS DE TRATAMIENTOSVIGILANCIA DE LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

VIGILANCIA DE LA HIGIENE DE LA PRODUCCIÓN PRIMARIA AGRÍCOLA Y DEL USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOSRegulado por el Real Decreto 9/2015, de 16 de enero

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Deberán cumplir con los requisitos recogidos en el Reglamento (CE) n.º882/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.Programas de control oficialLos Estados Miembrosdeberánsupervisar el correcto cumplimiento de dichas obligaciones

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esEl Real Decreto 9/2015, de 16 de enero1. CREA Y REGULA EL REGISTRO GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLAImprescindible para el cumplimiento de la normativa comunitaria sobre seguridad alimentaria. Esencial para los servicios de inspección. 2. CREA Y REGULA LOS PROGRAMAS DE CONTROL OFICIAL EN LA HIGIENE DE LA PRODUCCIÓN PRIMARIA AGRÍCOLA

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esEl Real Decreto 9/2015, de 16 de eneroRegular las condiciones de aplicación de la normativa en materia de higiene de los productos alimenticios en la producción primaria agrícola, previstas en los Reglamentos:OBJETIVO (CE) n.º 852/2004 (CE) n.º 183/2005SERÁ DE APLICACIÓNExplotaciones que realicen su actividad en el ámbito de la producción primaria agrícola.

Registros sanitarios de empresas alimentarias y alimentos, de autorizaciones, higiene y trazabilidad en producción de brotes, etc.Exentas las que destinen íntegramente sus producciones al consumo doméstico privado.Las explotaciones en las que se excedan las fases de la producción primaria, deberán cumplir además con cualquier otra normativa que le sea de aplicación.

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La producción, cría o cultivo de productos primarios, con inclusión de la cosecha, el ordeño y la cría de animales de abasto previa a su sacrificio.Abarcará también la caza y la pesca y la recolección de productos silvestres.Producción primaria

REGLAMENTO (CE) No 178/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

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ESTABLECE COMO OBLIGACIÓN DE LOS AGRICULTORES1. Notificar anualmente al órgano competente de la comunidad autónoma toda la información a efectos de su inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA). Dicha declaración deberá producirse en el mismo periodo en el que se presenten las Solicitudes Únicas de ayuda de la Política Agrícola Común (PAC), en cada campaña.El Real Decreto 9/2015, de 16 de enero

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Para explotaciones con producción mixta agrícola y ganadera, código o códigos del Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).Relación de parcelas o recintos SIGPAC que componen la explotación, de las que se deberá notificar, al menos, la siguiente información:

ANEXOInformación mínima que deberá notificar el agricultorNombre y apellidos, o denominación social.NIF del agricultor de la explotación.Dirección postal.Datos de contacto: Teléfono, fax o dirección de correo electrónico. (Obligatorias al menos una de estas vías).Código SIGPAC de las mismas. Superficie (Has.). Cultivo presente en las mismas. Autocontroles. Si la explotación realiza algún tipo de autocontrol voluntariamente.El Real Decreto 9/2015,

de 16 de enero

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esREGISTRO GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLAEn el REGEPA se inscribirán las explotaciones agrícolas y se nutrirá de los datos de los diferentes Registros autonómicos ya creados.

El Real Decreto 9/2015,

de 16 de enero Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos - Real Decreto 191/2011, de 18 de febreroRegistro General de establecimientos en el sector de la alimentación animal - Real Decreto 821/2008, de 16 de mayoRegistro General de Explotaciones Ganaderas - Real Decreto 479/2004, de 26 de marzoLos operadores de todas las fases de la cadena alimentaria constarán en bases de datos informatizadas a nivel nacional.

REGEPA = SUMA DE LOS REGISTROS AUTONÓMICOSCOMPLIMENTARÁ

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esLos órganos o entes competentes, inscribirán a las explotaciones agrícolas que correspondan, asignando a cada explotación agrícola un código para garantizar su identificación única con la siguiente estructura:a) Dos dígitos que identificarán la comunidad autónoma donde se inscribe. b) Dos dígitos que identificarán la provincia donde tenga mayor base territorial la explotación agrícola. c) Seis dígitos correlativos para la numeraciónidentificativa.XX + XX + XXXXXX

REGISTRO GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA

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Inscripción por parte del órgano o ente competente de la comunidad en la que la explotación tenga mayor superficie.Explotación agrícola que esté presente en más de una comunidad autónomaExplotaciones en las que se interrumpa la actividad, (no se realice ninguna notificación de modificación o actualización durante un periodo de tres años) Se procederá a dar de baja en el REGEPA a la explotación.REGISTRO GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA

El Real Decreto 9/2015,

de 16 de enero

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OTRAS OBLIGACIONES DE LOS AGRICULTORESEl Real Decr

eto 9/2015, de 16 de en

ero

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Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esNaturaleza de las controles. Tipos de controles a realizar

Los controles de condicionalidad incluyen un control documental similar al requerido, por lo que se podrá aprovechar su resultado.

Serán INOPINADOS y se aprovecharán para informar y formarTipos de controles en función del riesgo de las explotacionesBAJOALTOMEDIOMUY ALTO Documental + In situ + con la posibilidad de toma de muestras.Control documental o sobre el terreno, según proceda.

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• Programa de limpieza y desinfección de la zona de envasado.Análisis de calidad del agua de riego, en caso de que se hayan realizado, y medidas adoptadas ante las incidencia detectadas.Autorización administrativa del organismo de cuenca en caso de que se empleen aguas depuradas.

En relación a higiene de la producción primaria, sólo en caso de explotaciones en las que haya cultivos hortofrutícolas de regadío, la siguiente documentación:• Documento de normas de higiene y buenas prácticas de higiene en la explotación.• Registro de formación en materia de higiene del personal que trabaja en la explotación.• Plan de limpieza y desinfección de equipos, instalaciones y vehículos.

Certificados de inspección de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios por ITEAF. ADEMÁSPara explotaciones de riego

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Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esf) La utilización y manipulación de medios de defensa fitosanitaria sin observar las condiciones de uso u otros requisitos exigidos cuando esto no ponga en peligro la salud humana, la de los animales o el medio ambiente.i) La manipulación o utilización de medios de defensa fitosanitaria no autorizados, o de los autorizados sin respetar los requisitos establecidos para ello, incluyendo en su caso los relativos a la gestión de los envases, cuando ello represente un riesgo para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente.e) La manipulación y uso o utilización de medios de defensa fitosanitaria no autorizados, o de los autorizados sin respetar los requisitos establecidos para ello, incluyendo, en su caso, los relativos a la eliminación de los envases, cuando ello represente un riesgo muy grave para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente.

Art. 54Art. 54

Art. 54LEY DE SANIDAD VEGETAL

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esArtículo 58. Tipos de sanciones.1. Las infracciones previstas en la presente Ley se sancionarán con multas comprendidas dentro de los límites siguientes:a) Infracciones leves, desde 300 a 3.000 €.b) Infracciones graves, desde 3.001 a 120.000 €.c) Infracciones muy graves, desde 120.001 a 3.000.000 de €.

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esENLACES DE INTERÉShttps://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/registro/menu.asp

https://www.mapa.gob.es/app/ropo/Default.aspxhttps://www.mapa.gob.es/app/regepa/default.aspx

RPFROPOREGEPA

Oficina Comarcal Agraria Las MarismasC/ Peña, 38 41740-Lebrija (Sevilla)Tel: 955838950 Fax: 955838951oca.lebrija.cap@juntadeandalucia.esGRACIAS POR SU ATENCIÓN

Antonio García Caro, Director OCA Las MarismasLuis García Caro, Técnico OCA Las Marismas

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