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7/25/2019 EstatutosCEE ICI PUCV (Oficial)
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Estatutos
Centro de Estudiantes
Ingeniera Civil Informtica
De la
Pontificia Universidad
Catlica de Valparaso
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TITULO I
Denominacin, definiciones, objeto y duracin
Artculo 1 Constityase un Centro de Alumnos, conforme a los canales de
votacin democrtica, libre informada y unitaria, efectuadas los 27 y 28
de octubre de 1999 y con los presentes Estatutos, que se denominar
Centro de Estudiantes de Ingeniera Civil InformticaPontificia
Universidad Catlica de Valparaso, o bien indistintamente, C.E.E ICI
PUCV.
Estudiantes, porque a diferencia del alumno(del latn a=sin;
lumno=luz, sin-luz) que solo cumple sus obligaciones acadmicas el
estudiante se cuestiona la realidad, la critica y propone soluciones;
participa ms all de sus obligaciones meramente acadmicas.
Artculo 2 Defnase como sigue:
a) Centro de Estudiantes de Ingeniera Civil Informtica Pontificia
Universidad Catlica de Valparaso: Entidad que agrupa e integra todos
los estudiantes de dicha carrera, bajo las condiciones especificadas en
el presente Estatuto.
b) Mesa Ejecutiva: Entidad administradora del andamiaje funcionamiento
de los propsitos de la carrera en cuestin.
Artculo 3El objeto del Centro de Estudiantes de Ingeniera civil
Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso, ser promover
el perfeccionamiento tanto estudiantil como social, profesional,
cientfico, tecnolgico y humano de sus miembros; defender los derechos
del estudiante de Ingeniera civil Informtica, adems de velar por su
desarrollo, progreso y prestigio; mantener el cumplimiento de los
principios ticos de sus asociados y prestar proteccin a estos
servicios.
Artculo 4La duracin, como entidad, del Centro de Estudiantes de
Ingeniera Civil Informtica de la Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso, ser indefinida.
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TITULO II
De los miembros del C.E.E ICI - PUCV
Artculo 5 Podrn ser parte del Centro de Estudiantes de Ingeniera
Civil Informtica de la Pontificia Universidad Catlica de Valparaso.
a) Las personas que se encuentren en la condicin de alumno regular de
la carrera de Ingeniera Civil Informtica, reconocida por la Pontificia
Universidad Catlica de Valparaso y la Escuela de Ingeniera
Informtica de dicha casa de estudios.
b) Los alumnos en calidad de Alumnos Practicantes
c) Los alumnos en calidad de Proyectistas y Tesistas
d) Alumnos de primer ao, con al menos un semestre cursado.
TITULO III
De los organismos del C.E.E ICI PUCV
Artculo 6
Los organismos que conforman el Centro de Estudiantes de IngenieraCivil Informtica de la Pontificia Universidad Catlica de Valparaso,
sern los siguientes:
a) La Asamblea General.
b) Mesa Ejecutiva.
c) Departamentos y/o Delegados.
d) Tricel.
Artculo 7
Para cualquier referencia en el presente Estatuto al organismo Tricel
definido en el artculo 6 - d se deber entender por: Tribunal
Calificador de Elecciones.
Artculo 8
Todos los integrantes de la mesa ejecutiva mencionada en el artculo 6 -
bsern elegidos en forma libre, secreta e informada, dentro del
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respectivo perodo eleccionario en conformidad al artculo 48 del
presente Estatuto.
Para ser postulante y/o elegido en alguno de los cargos u organismos
indicados en el inciso anterior, se deber ser alumno regular de la
carrera de Ingeniera Civil Informtica de la Pontificia Universidad
Catlica de Valparaso en los siguientes periodos:
a) Periodo eleccionario correspondiente.
b) Periodo del ejercicio del cargo respectivo.
TITULO IV
De la asamblea general
Artculo 9
La asamblea General es el organismo mximo del Centro de Estudiantes de
Ingeniera civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso y sus acuerdos, tomados en conformidad a los presentes
Estatutos, tendrn carcter de obligatorio para todos sus integrantes.
Artculo 10
Habrn Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, en las cuales
solamente podrn participar con voz y voto los integrantes permanentes,
reconocidas en el artculo 5 del presente Estatuto.Tambin, las asambleas se podrn hacer en conjunto, con el Centro de
Estudiantes de Ingeniera Ejecucin Informtica de la PUCV si as la
mesa ejecutiva lo estima conveniente, pero las votaciones se realizarn
sumando los totales por separado.
Artculo 11
En las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias se podrn
proponer mociones y adoptarse acuerdos de cualquier naturaleza,
relacionadas con el objeto y funcionamiento del Centro de Estudiantes de
Ingeniera Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso, los cuales debern ser llevados en actas por el respectivo
Secretario General de la Mesa ejecutiva.
Artculo 12
Se efectuar Asamblea General Extraordinaria del
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C.E.E ICI UCV, cuando:
a) La situacin lo amerite, previa informacin pblica de citada
asamblea,
b) al menos el 10% de los integrantes solicita a la Mesa Ejecutiva.
Artculo 13
Las citaciones a Asamblea General, sea Ordinaria o Extraordinaria, se
deber hacer mediante publicacin de avisos de convocatoria, con
indicacin del objeto de la respectiva Asamblea General y del lugar, da
y hora en que ella se celebrar, avisos que se publicarn con, al menos,
dos das de anticipacin en lugares pblicos de alta concurrencia por
parte de los alumnos de la carrera o Secretara de la Escuela de
Ingeniera Informtica de nuestra Casa de Estudios. Adems, integrandolas redes sociales, se crear un evento en Facebook donde se invitarn a
las cuentas del estudiantado, se enviar un mail y va Twitter se
actualizar la informacin en las pantallas del pasillo y servir como
recordatorio.
Artculo 14
Para las Asambleas Generales Ordinarias, la asistencia de los
integrantes ser de libre asistencia y los acuerdos de aprobacin de
mociones logrados en stas, sern por mayora simple de sus asistentes.
Y en el caso de votaciones para consejo de presidentes el porcentaje sedefinir en base al Quorum de contexto, basado en los estatutos bases
formados a travs de la convencin de estudiantes.
TITULO V
Primero: de la mesa ejecutiva
Artculo 15La Mesa Ejecutiva del Centro de Estudiantes de Ingeniera
Civil Informtica de la Pontificia Universidad Catlica de Valparaso,
estar conformada, bsicamente, por los siguientes cargos:
a) Presidente
b) Vicepresidente
c) Secretario General
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d) Secretario General de Finanzas
e) Secretario General de Comunicaciones
Artculo 16 Los integrantes de la Mesa Ejecutiva del Centro de
Estudiantes de Ingeniera Civil Informtica de la Pontificia Universidad
Catlica de Valparaso, desde que asumieran su cargo como mesa, durarn
a lo ms un ao en sus funciones, pudiendo ser reelegidos en un perodo
inmediato.
Artculo 17 Si alguno de los integrantes de la Mesa en ejercicio,
quisiera postularse a un nuevo perodo, debe obligatoriamente informarlo
a su Mesa 10 das antes de la presentacin de lista en reunin de Mesa,
sin necesidad de dejar sus funciones.
Segundo: de las obligaciones generales de la Mesa Ejecutiva
Artculo 18 Debern salvaguardar y hacer prevalecer la consistencia
del presente Estatuto, que en caso de considerar que no resulta
representativo, podrn optar por su cambio parcial o total, mediante los
canales especificados en el Reglamento de Cambio de Estatutos.
Artculo 19 Mantener informado al Centro de Estudiantes, agotando
todos los mecanismos estipulados, del quehacer de la Mesa ejecutiva,
para de esta forma invocar a la transparencia y cohesin de la carrera
de Ingeniera Civil Informtica.
Artculo 20 Deber, la Mesa Ejecutiva del Centro de Estudiantes de
Ingeniera Civil Informtica de la Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso, reunirse a lo menos dos veces al mes, para coordinar sus
proyectos y verificar el andamiaje de sus partes integrantes y de las
propuestas que hubiesen sido presentadas en las campaas pre-
eleccionarias y de las distintas mociones del Centro de Estudiantes de
Ingeniera Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso, mediante los canales establecidos en el presente Estatuto.
Artculo 21 Representar a la carrera, mediante uno o ms
representantes a los distintos Consejos de la Escuela de Ingeniera
Informtica y reuniones de Decanato de Facultad, los cuales son
realizados en forma peridica, adems de las distintas actividades que
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involucren la participacin de nuestra carrera, agotando los recursos
necesarios para dicha representacin.
Articulo 22 Preparar la Asistencia del Centro de Estudiantes a la
Convencin de Estudiantes de la Fe-PUCV, eligiendo los representantes de
las distintas generaciones que debern asistir, informando con
anterioridad, mediante asamblea, de los proyectos que se discutirn,
ponindolos a disposicin de todos los compaeros que los soliciten e
informando los proyectos que se puedan impulsar como Escuela o
estudiantes de manera individual.
En el caso de que algn alumno, ya sea de manera individual o grupal,
quiera impulsar algn proyecto, la Mesa Ejecutiva deber asesorarlo/s y
apoyarlo/s logsticamente.
Tercero: de las obligaciones particulares de la Mesa Ejecutiva
Del Presidente de la Mesa Ejecutiva
Artculo 23 Coordinar los distintos estamentos de la mesa ejecutiva,
mediante los canales que estime conveniente como grupo de trabajo,
otorgando, y a su vez, invocando la transparencia y responsabilidad de
su cargo y del resto de sus componentes.
Artculo 24Citar a Asambleas generales Ordinarias o Extraordinarias,prevaleciendo de esta forma los Artculos 11 y 12.
Artculo 25 Presidir las Asambleas y reuniones de Mesa Ejecutiva,
pudiendo no asistir a lo ms a dos instancias consecutivas y
respectivas, delegando funciones por dicha ausencia.
Articulo 26 Asistir a las sesiones de Consejo de Presidentes FEPUC-V
llevando la voz, inquietudes y decisiones adoptadas por la Asamblea
general, delegar funciones en caso de inasistencia, comunicando a la
Mesa Ejecutiva las distintas tablas y acuerdos tomados en el Consejo.
Artculo 27Respetar los acuerdos tomados en las distintas instancias
de participacin del estudiantado y hacer prevalecer los presentes
Estatutos.
Del Vicepresidente de la Mesa Ejecutiva
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Artculo 28 Apoyar, suplir y coordinar las responsabilidades propias
del Presidente, entregando de esta forma continuidad y firmeza al
estamento.
Artculo 29Verificar los flujos de fondos y su diversificacin en las
distintas actividades realizadas por la carrera, en coordinacin con el
Secretario General de Finanzas.
Artculo 30Delegar funciones a la Mesa Ejecutiva y velar por el ptimo
funcionamiento de los cargos que la componen.
Del Secretario General
Articulo 31Llevar en acta todas las Asambleas realizadas y leer para
el conocimiento pblico las mociones presentadas, decisiones y mediante
la presente dar inicio formal a las Asambleas Generales Ordinarias y
Extraordinarias del Centro de Estudiantes de Ingeniera Civil
Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso.
Del Secretario General de Finanzas
Artculo 32Deber administrar los recursos del Centro de Estudiantes,
en forma clara, ordenada, llevando un control y acta sobre todos los
flujos, ya sea de entrada o salida de dineros o documentos financieros.
Artculo 33Una vez al mes, deber informar en forma pblica el estado
de cuentas del Centro de Estudiantes de Ingeniera Civil Informtica
Pontificia Universidad Catlica de Valparaso, dando a conocer los
movimientos realizados por las distintas actividades como Centro de
Estudiantes.
Artculo 34Deber velar porque los dineros no sean ocupados para fines
particulares o externos al objeto de Centro de Estudiantes.
Artculo 35 Ser el Secretario de Finanzas, quien otorgue la palabra
definitiva para la diversificacin de recursos, atenindose siempre al
beneficio de la carrera.
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Artculo 36Asimismo, delegar funciones a quien corresponda, para la
recaudacin de los recursos, ante eventuales actividades, estimndose
esta, solo como apoyo no como suplir sus responsabilidades.
Del Secretario General de Comunicaciones
Artculo 37 Encargado de la difusin de las diversas actividades e
informaciones que surjan y que tengan relacin tanto con la mesa
ejecutiva del CEE como con los estudiantes. Deber encargarse que dicha
informacin llegue a destino a travs de medios contundentes y
eficientes.
Cuarto: De los departamentos o delegados
Artculo 38Adems de la Mesa Ejecutiva, el Centro de Estudiantes de
Ingeniera Civil Informtica de la Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso se conformar por distintos departamentos o delegados.
a) Acadmico
b) Accin Social
c) Cultura
d) Deportes
Artculo 39En el caso de que el departamento est compuesto por ms de
una persona, se deber escoger un encargado entre ellos.
Quinto: De los encargados o representantes
Artculo 40 El encargado o representante de cada departamento deber
asistir a cada reunin de Mesa Ejecutiva, y deber informar de todos los
avances o trabajos como departamento.
Artculo 41Ser deber del encargado el coordinar la forma en que se
organizar el departamento, as como realizar reuniones en el caso que
lo amerite.
Sexto: De las obligaciones de cada departamento
Accin Social
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Artculo 42Depender de este organismo la creacin y participacin de
distintos encuentros y actividades sociales, as como la invitacin a
organizar y a participar de stas a los estudiantes y al CEE.
Acadmico
Artculo 43Velar por asesorar y/o solucionar problemas acadmicos de
un estudiantes que lo solicite, ya sea Art. 28 (Deficiencia de
crditos), Art. 33 (Reprobacin reiterada de asignatura) o cualquier
otra situacin que lo afecte.
Cultura
Artculo 44 Velar por la realizacin de actividades culturales y el
fomento a sta en nuestra carrera, incentivando y apoyando iniciativas
propias de los estudiantes que comprendan las distintas reas del
quehacer humano.
Deportes
Artculo 45 Depender de este departamento, la organizacin y
realizacin de distintos encuentros, campeonatos y actividades en las
diferentes reas del deporte, involucrando de esta manera tanto a
mujeres como varones.
TITULO VI
Reglamento de elecciones
Primero: de la apertura del periodo eleccionario
Artculo 47: Mediante asamblea general ordinario se dar apertura al
periodo eleccionario correspondiente a los ejercicios adscritos en el
presente Estatuto, siendo el presidente en conjunto con el secretariogeneral de la mesa ejecutiva quienes harn prevalecer los mecanismos
adecuados para las postulaciones de los distintos cargos y ejecucin del
periodo.
Artculo 48: Se dar apertura al periodo acadmico 25 das hbiles antes
del inicio del periodo de exmenes correspondiente al segundo semestre.
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Artculo 49: Se har una asamblea general ordinaria antes de la asamblea
mencionada en el artculo 47 para avisar con previo aviso que se abrir
el periodo de elecciones
Artculo 50: Realizar la recepcin de las listas postulantes para Mesa
Ejecutiva cualquier integrante de la Mesa Ejecutiva actual, dentro de
los diez das hbiles posteriores a la apertura del periodo, cumpliendo
con las prerrogativas de postulacin de los estudiantes adscritos en el
artculo 5 y condicionante de postulacin para la Mesa Ejecutiva,
siendo posibilidad cierta la inclusin de nuevos cargos, si la lista
postulante as los conformase.
Artculo 51: Cada integrante a la mesa ejecutiva de la lista postulante
debe presentar fotocopia de cdula de carnet ms un documento queacredite su situacin de alumno regular de la carrera de ing civil
informtica de la pucv, dicho documento puede ser de manera digital o
fsico, a su vez los integrantes de la lista cuyos cargos estn fuera de
la mesa ejecutiva deben presentar la fotocopia de la cdula de
identidad.
Segundo: de la campaa
Artculo 52: Al siguiente da hbil siguiente posterior al cierre de
recepcin de listas postulantes, se dar por iniciado el periodo deCampaa Eleccionaria, la cual constar de cinco das hbiles para su
ejecucin.
Artculo 53: El financiamiento de las campaas se realizar de forma
particular por los postulantes, no involucrando de ninguna manera las
arcas del CEE de ICI de la PUCV u otro organismo o entidad
universitaria.
Tercero: de las votaciones
Artculo 54: Pasado un da hbil desde el cierre de campaa, se contar
con otros cinco das hbiles para realizar las votaciones, en los cuales
se tomarn dos das hbiles para su ejecucin.
Artculo 55: Debern recepcionar los votos el tricel de la carrera de
ICI PUCV designados por el CEE saliente en asamblea general ordinaria.
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Con respecto a los votantes, podrn efectuar el voto todas aquellas
personas que se encuentren en la lista de alumnos matriculados en la
carrera.
Artculo 56: Se realizarn las votaciones durante un periodo de seis a
nueve horas desde la apertura de la mesa, conservando la urna de
votacin, el primer da, en un lugar determinado para dicho efecto, que
sea de pblica fe, siendo estas libres, informadas, democrticas y
secretas. La apertura de la mesa deber ser a ms tardar a las 11.00
horas del da hbil para este proceso, de no ser as este da se
considerar como inhabilitado para votaciones y la mesa se constituir
al da hbil siguiente.
Artculo 57: Terminado el segundo da y final de la recepcin de los
votos, se iniciar un escrutinio final, el cual constar con lapresencia de un Profesor, como ministro de fe, perteneciente a la
escuela de ing en informtica, el presidente y secretario general del
CEE de ICI y un integrante de la FEPUCV, adems de la presencia pblica
del estudiantado, dando finalizacin oficial al proceso, quedando en
acta sus resultados, objeciones, siendo estas de pblico conocimiento en
los ficheros de la Escuela de Ing Informtica.
Artculo 58: El qurum mnimo exigido para considerar vlida la eleccin
de la mesa ejecutiva con lista postulante nica, ser del 30% de la
carrera de Ing Civil Informtica PUCV. En caso de existir ms de una
lista postulante, se exigir el 45% de la misma carrera.
Cuarto: del cambio de mando
Artculo 59: Dentro de los cinco das hbiles posteriores al resultado
eleccionario ser el presidente de mesa ejecutiva saliente quien en
asamblea general ordinaria, presidir el cambio de mando.
Artculo 60: De esta manera quedar oficialmente instituida la nueva
Mesa en ejercicio cerrando as el periodo eleccionario.
Artculo 61En instancias resolutivas corresponde a la Mesa Ejecutiva
dirimir en caso de empate, y en caso de haberlo al interior de sta,
corresponder al Presidente dirimir.
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Artculo 62 La Mesa Ejecutiva velar por las distintas votaciones,
secretas, informadas, unitarias y democrticas.
Artculo 63 Las entidades y todo el Centro de Estudiantes de Ingeniera
Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso, velarn
por la cohesin y buenas relaciones con su par, el Centro de Alumnos de
Ejecucin Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso,
para de esta forma, no perder el horizonte de unidad como Escuela.
Artculo 64 En caso que no se presenten listas en el primer llamado a
elecciones de Mesa ejecutiva de C.E.E se repetir el proceso desde el
da en que vence el plazo original.
De no presentarse listas en este segundo llamado se convocar a una
asamblea general extraordinaria donde se analizar la situacin y se
conformar de entre los asistentes una Mesa interina de 3 integrantes,quienes asumirn los cargos de Presidente, Secretario General y
Secretario de Finanzas, quienes durarn a lo ms 1 semestre en su cargo.
Los integrantes de la Mesa ejecutiva saliente tambin podrn optar a
ocupar cargos en la mesa interina.
Esta mesa interina deber hacer el llamado a elecciones de Mesa
ejecutiva 1 mes antes que termine su gestin, no tomando en cuenta el
perodo tentativo propuesto por el artculo 48.
Artculo 65 En caso de renuncia de algn integrante de la Mesa
Ejecutiva se llamar a asamblea general donde, de entre los asistentes,
se elegir su remplazante.
Artculo 66Cualquier falencia evidente para la toma de una decisin o
protocolo a seguir, que no alcance o sea claro en el presente estatuto,
queda a resolucin de la Asamblea General Extraordinaria.
TITULO VII
Reglamento de remocin de cargos
Artculo 67Ser causal de apertura de proceso de remocin del
cargo, cualquier violacin parcial o total del presente Estatuto.
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Artculo 68 Para la institucin, cargo o un grupo de ellos, llevados a
proceso de remocin, se proceder a conformar un Consejo de Remocin,
conformado por dos integrantes de la Mesa
Ejecutiva no involucraday nueve integrantes del Centro de Estudiantes
de Ingeniera Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso, quienes dispondrn de cinco
Das hbiles para la recoleccin de informacin, con todas las
facultades de obtencin de sta, obteniendo declaracin de los
inculpados, y siendo tanto su apertura y
decisin, de conocimiento pblico citando dicho Consejo a una Asamblea
General Extraordinaria de carcter Resolutivo para que el veredicto
final lo tome el mximo organismo de representacin del estudiantado.
Artculo 69 Dicho Consejo constar de un presidente que ser elegido
por mayora simple entre sus integrantes.
Artculo 70 Las sanciones contempladas presentar sern las siguientes:
a) Suspensin de treinta das hbiles de su cargo
b) Inhabilitacin por el resto del perodo en ejercicio
c) Inhabilitacin para cargos de Centro de Estudiantes de
Ingeniera Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de
Valparaso, FEPUCV u otra instancia de representacin estudiantil por
un lapso de cuatro semestres consecutivos.
d) Inhabilitacin para cargos de Centro de Estudiantes de Ingeniera
Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso, FEPUC-V
u otra instancia de representacin estudiantil de manera permanente.
Artculo 71 Obligatoriamente el proceso debe ser democrtico y no
sujeto a secuencias antiticas de la conformacin de un Consejo.
Artculo 72Los cupos que quedasen vacantes, deben ser suplidos en un
plazo no mayor a diez das hbiles, por medio de los canales estipulados
en presente Estatuto.
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TITULO VIII
Reglamento de modificaciones de estatutos
Artculo 73El cambio de Estatutos, debe ser presentado como mocin por
cualquier integrante del Centro de Estudiantes de Ingeniera Civil
Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso, 1/3 de la
Mesa Ejecutiva, en las instancias contempladas en el presente Estatuto.
Artculo 74Prevalecer la condicin de ausencia de representatividad
del presente estatuto, para su estudio de modificacin.
Artculo 75Conformarn el estudio de la modificacin parcial o total
del presente Estatuto, quien haya levantado la mocin, Mesa Ejecutiva y
voluntarios a esta tarea teniendo un plazo de cuatro das hbiles parasu resolucin final. Una vez elaborados los cambios se publicarn en
lugares visibles y concurridos de la Escuela por 3 das de clases
regulares, para luego ser votados mediante referndum. Para que los
cambios tengan efecto los votos de aprobacin a la reforma estatutaria
debern corresponder, a lo menos, al 30% de los alumnos de la carrera.
El Referndum durar dos das y en cada uno de estos la mesa de
votaciones permanecer abierta, a lo menos, 6 horas. Corresponder a la
Mesa ejecutiva velar por la correcta ejecucin del proceso.
TITULO IX
Consideraciones generales
Artculo 76En instancias resolutivas corresponde a la Mesa Ejecutiva
dirimir en caso de empate, y en caso de haberlo al interior de sta,
corresponder al Presidente dirimir.
Artculo 77 La Mesa Ejecutiva velar por las distintas votaciones,
secretas, informadas, unitarias y democrticas.
Artculo 78Las entidades y todo el Centro de Estudiantes de Ingeniera
Civil Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso, velarn
por la cohesin y buenas relaciones con su par, el Centro de Estudiantes
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de Ejecucin Informtica Pontificia Universidad Catlica de Valparaso,
para de esta forma, no perder el horizonte de unidad como Escuela.
Artculo 79En caso que no se presenten listas en el primer llamado a
elecciones de Mesa ejecutiva de C.E.E se repetir el proceso desde el
da en que vence el plazo original.
De no presentarse listas en este segundo llamado se convocar a una
asamblea general extraordinaria donde se analizar la situacin y se
definir si la mesa ejecutiva puede continuar su cargo, mientras la
asamblea lo apoye. En el caso de que la mesa no pueda continuar su
cargo, o la asamblea no lo acepte, se conformar de entre los asistentes
una Mesa interina de 3 integrantes, quienes asumirn los cargos de
Presidente, Secretario General y Secretario de Finanzas, quienes durarn
a lo ms 1 semestre en su cargo. Los integrantes de la Mesa ejecutivasaliente tambin podrn optar a ocupar cargos en la mesa interina.
Esta mesa interina deber hacer el llamado a elecciones de Mesa
ejecutiva 1 mes antes que termine su gestin, no tomando en cuenta el
perodo tentativo propuesto por el artculo 48.
Artculo 80 En caso de renuncia de algn integrante de la Mesa
Ejecutiva se llamar a asamblea general donde, de entre los asistentes,
se elegir su remplazante.
Artculo 81Cualquier falencia evidente para la toma de una decisin oprotocolo a seguir, que no alcance o sea claro en el presente estatuto,
queda a resolucin de la Asamblea General Extraordinaria.
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