Derecho Contractual

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En esta presentación se puede entender de manera sencilla el Derecho Contractual

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CONTRATOS

CONCEPTO.- Acuerdo de voluntades de dos o más personas para crear o transmitir derechos y obligaciones, de contenido patrimonial.

CONTRATOS…ELEMENTOS

CONSENTIMIENTOVoluntad, intención, ánimo o resolución de hacer una cosa y la voluntad desde el punto de vista jurídico, es esa intención para realizar un acontecimiento referida a la obtención de efectos jurídicos previstos en la norma.

El objeto del contrato, como el objetivo del derecho en general, es la conducta. Esta puede manifestarse como una prestación o una abstención.

OBJETO

Es la manera de exteriorizarse el consentimiento en el contrato y comprende todos los signo sensibles que las partes convienen o la ley establece para lograr su exteriorización.

FORMA

PRESUPUESTOS……CAPACIDADAUSENCIA DE VICIOS EN EL

CONSENTIMIENTOERRORDOLOVIOLENCIALESIONLICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O

FIN

CAPACIDADEs la aptitud de las personas para ser titulares de derechos y sujetos de obligaciones y para hacerlos valer por sí mismas en el caso de las personas físicas, o por conducto de sus representantes en el caso de las personas morales.

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTOLos vicios en el consentimientos son

aquellas circunstancias particulares que sin suprimirlo lo dañan.

ERROREs el conocimiento equívoco de la

realidad y no debe confundirse con la ignorancia, porque ésta es una

falta de conocimiento.

DOLO……Es cualquier sugestión o artificio que se

emplee para inducir a error o mantener en él alguno de los contratantes.

VIOLENCIAHay violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, de sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado.

LESIÓNEs el primer perjuicio que sufre

una persona de la cual se ha abusado por estar en un estado de suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria, en la celebración de un contrato.

LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN:El objeto, que es la conducta

manifestada como prestación o como abstención, debe de ser lícita además de posible y así mismo el hecho, como contenido de la prestación, también debe ser lícito.

INTERPRETACIÓNInterpretar es desentrañar el

sentido, significado o razón y el alcance y extensión de una declaración de voluntad y para conocer y comprender su contenido y consecuencias.

CLASIFICACIONUNILATERALES Y BILATERALESONEROSOS Y GRATUITOSCONMUTATIVOS Y ALEATORIOSSOLEMNES, FORMALES Y CONSENSUALES

REALES Y CONSENSUALESPRINCIPALES Y ACCESORIOSINSTANTANEOS Y DE TRACTO SUCESIVO

NOMINATIVOS E INNOMINADOS

CONTRATOS UNILATERALES Y BILATERALESDesde el punto de vista de las

obligaciones que generan, se clasifican como:

BILATERALES: Si generan obligaciones para ambas partes.

UNILATERALES:Si generan obligaciones para una de las partes y derechos para la otra.

CONTRATOS ONEROSOS Y GRATUITOSDesde el punto de vista de los

provechos y gravámenes que generan, se clasifican como ONEROSOS si genera provechos y gravámenes recíprocos, y GRATUITOS si sólo genera provechos para una de las partes y gravámenes para la otra.

CONTRATOS CONMUTATIVOS Y ALEATORIOSDesde el punto de vista de la certeza

de los provechos y gravámenes que generan, se clasifican en CONMUTATIVOS si los provechos que genera para las partes son ciertos y conocidos desde la celebración misma del contrato, y si esos provechos no son ciertos y conocidos al momento de celebrarse el contrato será ALEATORIO.

CONTRATOS SOLEMNES, FORMALES Y CONSENSUALESDesde el punto de vista de la manera en que puede manifestarse la voluntad, se clasifican en SOLEMNE cuando la ley exige una forma determinada y no otra diferente para que se produzca y determinadas consecuencias.

CONTRATOS SOLEMNES, FORMALES Y

CONSENSUALESSe clasifica como FORMAL

cuando la ley exige una forma determinada y no otra diferente para que se produzca determinadas consecuencias pero esas consecuencias se producen también aunque no satisfaga la forma prevista y solo se establece la nulidad del contrato por falta de tal forma.

CONTRATOS SOLEMNES, FORMALES Y

CONSENSUALESCuando la ley no exige forma

determinada para la validez de un contrato, sino que deja a las partes la libertad mas absoluta para darle la forma que ellas determinen, el contrato es CONSENSUAL.

CONTRATOS REALES Y CONSENSUALES Desde le punto de vista de la entrega

de la cosa como un elemento constitutivo del contrato o como una obligación nacida del contrato se clasifican como REALES cuando la entrega de la cosa en los contratos en los que el contenido de la prestación de alguna de las partes sea transmitir el dominio o el uso o goce de un bien sea indispensable para el perfeccionamientos del contrato.

CONTRATOS REALES Y CONSENSUALESEl contrato es CONSENSUAL si la entrega no es un elemento constitutivo del contrato, sino que es una obligación que nace del mismo, se entiende que el contrato se perfeccionó por el simple acuerdo de voluntades.

CONTRATOS PRINCIPALES Y ACCESORIOS

Los contratos se clasifican en PRINCIPALES cuando su existencia y validez no dependen de la existencia o validez de una obligación preexistente o de un contrato previamente celebrado.

CONTRATOS PRINCIPALES Y ACCESORIOS

Los ACCESORIOS son los que no tienen existencia por sí mismos, sino que su existencia y validez dependen de la existencia o de la posibilidad de que exista una obligación de un contrato previamente celebrado.

Contrato Instantáneo y de Tracto Sucesivo

Los contratos se clasifican en INSTANTANEOS cuando aquellos en que las prestaciones de las partes pueden ejecutarse o cumplirse en un solo acto, y los de TRACTO SUCESIVO son aquellos en que las prestaciones de las partes o los de una de ellas, se ejecutan o cumplen en un lapso de tiempo porque no es posible cumplirlos en un solo acto.

Contratos Nominados E Innominados

Son contratos NOMINADOS si la ley reglamenta un contrato conceptuándolo y señalando sus elementos y determinando sus consecuencias, y en sus casos, sus causas de terminación.

Son INNOMINADOS si la ley no reglamenta un contrato, aunque solo señale su concepto o le de un nombre.

CONTRATOS MIXTOSSon aquellos contratos unitarios

en que su estructura intervienen diversos elementos de varios contratos ya sean nominados o innominados, y pueden clasificarse en mixtos en sentido estricto, en contratos de doble tipo y en contratos combinados.

CONTRATOS UNIÓNSon aquellos autónomos que se encuentran mediante la conjunción de dos o más contratos nominados o innominados y pueden ser clasificados en contratos unión con dependencia bilateral, con dependencia unilateral o contratos unión alternativos.

CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS SEGÚN LA LEGISLACION

Contrato preparatorio o promesa de contrato.

Contratos traslativos de dominio: Compraventa, Permuta, Donación y Mutuo.

Contratos de prestación de servicios: el Depósito, Mandato, Prestación de Servicios Profesionales, Obra a Precio Alzado, Hospedaje.

CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS SEGÚN LA LEGISLACION Contratos Asociativos: La Asociación

Civil, Sociedad Civil y Aparcería.

Contratos Aleatorios: El juego, La apuesta, Renta Vitalicia y Compraventa de Esperanza.

Contratos de Garantía: La Fianza, Prenda y la Hipoteca.

Contrato de Transacción.

CONTRATO DE

PROMESA

CONCEPTO Es aquel por virtud del cual una o

ambas partes se obligan a celebrar un contrato determinado en cierto tiempo.

CARACTERÍSTICASEl contrato de promesa tiene una función jurídica y no económica.Este contrato solo produce el efecto de generar una obligación de hacer.La obligación de hacer que se genera siempre y únicamente será la de celebrar un contrato determinado

CLASIFICACION* BILATERAL* UNILATERAL* FORMAL* ONEROSO* GRATUITO* PRINCIPAL

ELEMENTOS…

CONSENTIMIENTO OBJETO FORMA

PRESUPUESTOS…CAPACIDAD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO.

CONSECUENCIAS…Las consecuencias o efectos que produce al perfeccionarse el contrato es crear obligaciones a cargo del prominente.

Causas De TerminaciónPor cumplimiento de la obligación que emana del

mismo

Nulidad pronunciada por el juez

CONTRATO DE COMPRAVENT

A

CONCEPTOEs aquel por virtud del cual, una

persona llamada vendedor se obliga a entregar una cosa o a documentar la titularidad de un derecho, a la otra parte llamada comprador, quien como contraprestación se obliga a pagar un precio cierto y en dinero y que produce el efecto traslativo de dominio respecto de los bienes que sean materia del contrato.

CARÁCTERÍSTICAS…TRASLATIVO DE DOMINIO

SIEMPRE SERÁ ONEROSO

LA CONTRAPRESTACION DEBERÁ SER EN DINERO

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS…Capacidad

Ausencia de vicios en el consentimiento

Licitud en el objeto

CLASIFICACION…PrincipalBilateralOnerosoConmutativoAleatorioFormalConsensual InstantáneoDe Tracto SucesivoNominado

CONSECUENCIAS…La celebración y

perfeccionamiento de un contrato de compraventa origina diversas consecuencias.

La primera relacionada con el objeto del contrato, consistente en transmitir la propiedad del bien del vendedor a comprador.

CONSECUENCIAS…La segunda, respecto a las partes,

consistentes en generar obligaciones y crear derechos, tanto aquellos que son correlativos de las obligaciones producidas, como los de carácter específico.

CONSECUENCIAS RESPECTO AL OBJETO.Teoría de los riesgosDerecho de accesiónValidez de la enajenación por

parte del adquirente.

CONSECUENCIAS EN RELACION A LAS PARTES

Conservar la cosa mientras se entregaEntrega de la cosaGarantizar las cualidades de la cosaResponder del saneamiento en caso de evicciónResponder de los daños y perjuicios que sufra el comprador como consecuencia de perturbaciónPagar impuestos

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR* Pagar el precio* Pagar interés* Todas las obligaciones que le

correspondan al vendedor* Pagar impuestos por adquisición* Pagar la mitad de los gastos de

escritura y registro

A todas las señaladas ya por el comprador

A que se le pague en forma y el precio

A retener y no entregar la cosa

Al pago de daños y perjuicios.

A todas las obligaciones del vendedor ya señaladas

A suspender el pago si fuere perturbado

En caso de incumplimiento demandar daños y perjuicios

DERECHOS DEL VENDEDOR

DERECHOS DEL COMPRADOR

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIOEs aquel en el cual las partes,

mediante un pacto expreso, modifican el efecto traslativo de dominio haciéndolo depender del cumplimiento de una obligación por parte del comprador.

CONTRATO DE COMPRAVENTA EN ABONOSEs aquel en el cual las partes,

mediante pacto expreso facultan al comprador para que pague el precio ya sea en forma total o parcial en cierto tiempo, mediante entregas parciales.

CONTRATO DE COMPREVENTA CON PACTO DE PREFERENCIAEs en el cual las partes pactan

expresamente que el comprador se obliga a no vender el bien que se adquiere como consecuencia de la compraventa, sin darle antes preferencia al vendedor para volver a adquirirlo, en igualdad de condiciones en que pudiera adquirirlos un tercer.

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON PACTO DE NO VENDER A DETERMINADA PERSONAEs aquel en el cual las partes

pactan de común acuerdo que el vendedor no pueda vender a determinada persona el bien que ha adquirido y que es objeto del contrato.

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ESPERANZAEs en el cual el comprador puede

tomar el riesgo de la existencia de la cosa o simplemente el riesgo respecto a la cantidad que pueda llegar a existir de esa cosa.

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE COSA ESPERADAÉste también recae sobre cosas

futuras y en ella se subordina la entrega de la cosa y el pago del precio o la condición suspensiva de la cosa que llegue a existir.

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE COSA FUTURAEs aquel por virtud del cual el

vendedor se obliga a entregar al comprador a cambio de un precio cierto y en dinero, cosas futuras, comprometiéndose a que existan y tomando a su riesgo su elaboración a fabricación.

CONTRATO DE COMPRAVENTA A VISTASLas compras de cosas que se

acostumbran gustar, pesar o medir, no producirán sus efectos sino después que se hayan gustado, pesado o medido los objetos vendidos.

CONTRATO DE COMPRAVENTA SOBRE MUESTRASEs aquel que se celebra respecto

de cosas que no están individualizadas por las partes en el momento de la celebración y que para poder determinarlas y en su oportunidad entregarlas, las partes convienen en que sirva de patrón de muestra.

CONTRATO DE COMPRAVENTA POR ACERVOEs aquella en que respecto al

objeto se hace referencia en forma fundamental al continente no al contenido.

CONTRATO DE COMPRAVENTA JUDICIALCalificado como venta judicial, la

enajenación forzada en almoneda, subasta o remate público de bienes del deudor, como consecuencia de un procedimiento judicial y que tiene como finalidad obtener la liquidez de esos bienes para pagar a su acreedor el monto total o parcial de su crédito.

CONTRATO DE PERMUTA

CONCEPTO…Es aquel por virtud del cual una de las

partes se obliga a entregar una cosa o a documentar la titularidad de un derecho a la otra parte contratante, quien como contraprestación se obliga a entregar otra cosa diversa o a documentar la titularidad de otro derecho a la primera y que produce el efecto traslativo de dominio respecto de los bienes que son materia del contrato.

CARACTERISTICASTRASLATIVO DE DOMINIO

EL CONTENIDO DE LA CONTRAPRESTACION SIEMPRE

SERA UNA COSA O UN DERECHO

CLASIFICACIONPrincipalBilateralOnerosoConmutativoAleatorioInstantáneoDe Tracto SucesivoNominado

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS…Capacidad

Ausencia de vicios en el consentimiento

CONSECUENCIAS…El efecto principal es la

transmisión de la propiedad de los bienes o la titularidad de los derechos que constituyan su objeto.

CONTRATO DE

DONACION

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual una

persona llamada donante se obliga a entregar gratuitamente a la otra parte llamada donatario, una parte o la titularidad de sus bienes presentes, debiéndose reservar lo necesario para vivir según sus circunstancias y que produce el efecto traslativo de dominio respecto de los bienes que sean materia del contrato.

CARACTERISTICASTRASLATIVO DE DOMINIO

IMPLICA LA LIBERALIDAD POR PARTE DEL DONANTE

DEBE DE RECAER SOBRE BIENES DE DERECHO

CLASIFICACION…PrincipalUnilateralGratuitoFormalConsensualInstantáneoDe Tracto SucesivoNominado

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS…CAPACIDAD:Capacidad del donante: Capacidad

de tipo personal, de ser propietario del bien o titular del derecho materia de la donación

Capacidad del donatario: Capacidad general, ya que es el beneficiario y no adquiere obligaciones.

CAUSAS DE REVOCACION DE LAS DONACIONESPuede revocarse si al hacerla no

tenia hijos y dentro de los siguientes cinco años le sobrevive uno.

Por ingratitud.Entre cónyuges libremente en

cualquier momento.Y si el donatario no cumple con

las cargas impuestas.

CONSECUENCIAS…En relación al objeto.- Al existir el

acuerdo de voluntades se transmite la propiedad del bien del donante al donatario.

En relación al donante.- El contrato genera para el donante las obligaciones normales del enajenante, pero con diversas modificaciones por tratarse de un acto a titulo gratuito.

En relación al donatario.- El donatario no tiene obligaciones debido a que es un contrato unilateral.

CLASES DE DONACIONESPuras y SimplesOnerosasRemuneratoriasCondicionalesEntre ConsortesAntenupcialesMortis CausaA título particular o Título UniversalCon derecho a acrecer

CONTRATO DE MUTUO

CONCEPTOEs aquel por virtud del cual una

persona llamada mutuante se obliga a entregar a la otra llamada mutuatario, una suma de dinero u otros bienes fungibles, quien se obliga a resistir en cierto plazo, otro tanto de la misma especie y calidad y que produce el efecto traslativo de dominio respecto de las cosas que constituyen el objeto del contrato.

CARACTERÍSTICASTRASLATIVO DE DOMINIO

RESPECTO BIENES FUNGIBLES

DEBE EL MUTUATARIO RESTITUIR BIENES DE LA MISMA ESPECIE Y CALIDAD

CLASIFICACION BILATERAL CONSENSUAL EN OPOSICION REAL CONSENSUAL EN OPOSICION AL

FORMAL GRATUITI ONEROSO PRINCIPAL INSTANTANEO NOMINADO

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS…Capacidad

Ausencia de vicios en el consentimiento

Licitud en el objeto

CONSECUENCIASLos efectos que produce en

primer lugar se proyectan al objeto, ya que transmite su propiedad del mutuante al mutuatario, y en segundo lugar a las partes, creando obligaciones para ellas.

CONTRATO DE

ARRENDAMIENTO

CONCEPTOEs aquel por virtud del cual una

persona llamada arrendador se obliga a conceder temporalmente el uso o goce de un bien a otra persona llamada arrendatario, quien se obliga a pagar como contraprestación un precio cierto.

CARACTERISTICASContrato traslativo de uso o de uso y

goce

Siempre será la transmisión temporal

Siempre oneroso

Siempre regulara una conducta especifica del arrendador en beneficio del arrendatario.

CLASIFICACION BILATERAL CONSENSUAL EN OPOSICION

REAL FORMAL ONEROSO PRINCIPAL DE TRACTO SUCESIVO NOMINADO

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOSCAPACIDADDel arrendador.- Una capacidad

general y especial para disponer de la cosa.

Del arrendatario.- Una capacidad general para celebrar el contrato.

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO.

CONSECUENCIASLos efectos son crear obligaciones

para las partes contratantes y generar derechos especiales para el arrendatario y por el simple hecho de que el arrendamiento continúe son oposición de las partes al vencimiento del plazo.

TACITA RECONDUCCIONSi después de terminado el plazo

establecido en el contrato y su prórroga si la hubo, el arrendatario continúa sin oposición en el uso o goce de la cosa, se entenderá prorrogado el contrato por tiempo indeterminado, estando obligado el arrendatario a pagar la renta conforme a lo convenido en el contrato, y todas las obligaciones de las partes deberán cumplirse como si el contrato tuviera plazo no vencido.

CAUSAS DE TERMINACIONPor haberse cumplido el plazo.Por voluntad de las partes.Por haberse satisfecho el objeto

por lo que fue arrendado.Por pérdida, destrucción total o

parcial de la cosa.Por expropiación o evicción.Por convenio expreso de las

partes.

CONTRATO DE COMODATO

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual una

persona llamada comodante se obliga a conceder en forma gratuita y temporal el uso de una cosa no fungible a otra llamada comodatario, quien se obliga a restituirla al término del contrato.

CARACTERISTICASTraslativo de usoSiempre temporalSiempre gratuitoSobre bienes no fungiblesSiempre regula una conducta

específica del comodante en beneficio del comodatario

CLASIFICACION BILATERAL CONSENSUAL EN OPOSICION

REAL CONSENSUAL EN OPOSICION AL

FORMAL GRATUITO NOMINADO DE TRACTO SUCESIVO

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOSCAPACIDAD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN.

CONTRATO DE

DEPOSITO

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual una

de las partes llamada depositario se obliga a recibir una cosa mueble o inmueble que la otra parte llamada depositante le confía, para conservarla y restituirla cuando este se la pida o a la conclusión del contrato.

CARACTERISTICASContrato de prestación de servicios.Los servicios son para conservar el

bien.Solo recae sobre bienes no

fungibles.No es traslativo de dominio o de uso

o goce.Genera obligaciones a cargo del

depositante.

CLASIFICACION…PrincipalBilateralUnilateralGratuitoConsensual en oposición al realConsensual en oposición al formalDe Tracto SucesivoNominadoDefinitivo

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS* CAPACIDAD

* AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

* LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN.

CONSECUENCIASSon las obligaciones a cargo de

ambas partes:Obligaciones del depositanteObligaciones del depositario

CAUSAS DE TERMINACIONTermina por causas específicas y

generales.Específicas.- Vencimiento del

plazo pactado, por devolución de la cosa.

Generales.- Por perecimiento de la cosa, nulidad, recisión, por confusión.

CLASES DE DEPÓSITOSDepósito MercantilDepósito AdministrativoDepósito JudicialSecuestro ConvencionalDepósito IrregularDepósito de GarantíaDepósito Voluntario y Depósito

Necesario

CONTRATO DE MANDATO

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual una

persona llamada mandatario se obliga a ejecutar, por cuenta de otra llamada mandante, los actos jurídicos que este le encargar.

CARACTERÍSTICASContrato de prestación de servicios.

Son actos jurídicos y no hechos materiales.

Siempre será por cuenta del mandante.

El mandatario puede obrar a nombre propio.

CLASIFICACION…BilateralUnilateralOnerosoGratuitoFormalPrincipal Intuito personae

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS* CAPACIDAD

* AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

* LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN.

CONSECUENCIASOBLIGACIONES DEL MANDANTE.-

Retribuir al mandatarioAnticipar al mandatario

cantidades para ejecutar actosReembolsar al mandatario las

cantidades gastadasIndemnizar al mandatario los

daños y perjuicios

CONSECUENCIASOBLIGACIONES DEL MANDATARIO.-

Ejecutar actos que son objeto del contrato

Dar aviso al mandante de las circunstancias

Rendir cuentas e informarEntregar todo lo que recibióIndemnizar al mandante por daños y

perjuicios

CAUSAS DE TERMINACIONRevocación.Renuncia.Muerte o interdicción.Vencimiento del plazo.Conclusión del negocio.Si desaparece por 3 años.Nulidad y resolución.

CLASES DE MANDATOSGratuitos y Onerosos.

Con representación y no representativos.

Civiles y Mercantiles.

CONTRATO DE GESTION DE NEGOCIOS

CONCEPTOEs la acción de intervenir en

asuntos que no son propios, sin estar autorizado por el interesado o dueño, ni tener obligación legal de hacerlo.

MOTIVACIONESLa primera, es el de permitir que

las personas que viven cerca de él, puedan desarrollarse con la mayor libertad posible dentro del marco de normas jurídicas morales y sociales que se imponen en una colectividad que tiende a superarse y que ha hecho de la máxima «No te metas en lo que no te importa» un lema de vida cotidiano.

MOTIVACIONESLa segunda, el hecho de ver, con

cierta frecuencia que los Notarios, en todo el país, aceptan la utilización de la figura para la realización de actos o la celebración de contratos, cuando por alguna razón no pueden obtener el documento que justifique la representación de una persona.

NATURALEZA JURIDICA Implica una actuación del gestor sin

estar autorizado por el interesado o dueño del negocio, falta el acuerdo de voluntades entre los involucrados en la figura y por lo tanto sus efectos no pueden originarse de un contrato. Si no es un contrato, obviamente no debe reglamentarse en un código civil dentro del estudio de los contratos.

NATURALEZA JURIDICAComo la gestión de negocios

origina derechos y obligaciones para el gestor y para el dueño y tales efectos se parecen a los generados por los contratos, se ha pensado que su estudio debe hacerse del de estos como un «cuasicontrato».

REQUISITOSLa existencia previa de un negocio

patrimonial.Que el interesado no pueda atenderlo.Que la falta de atención origine un daño a

la colectividad o al dueño.Que la acción del gestor sea espontánea.Que la intención del gestor sea evitar el

daño y obligar al dueño al reembolso de sus gastos.

Que no haya disposición legal que al impida ni otra que obligue al gestor a actuar.

Debe obrar conforme a los intereses del dueño.

Debe desempeñar su actividad con toda diligencia que emplea en sus propios negocios.

Debe continuar su gestión y rendirle cuentas al dueño tan pronto como le sea posible.

Deber entregar al dueño todos los documentos y bienes que estuvieren en su poder al termino de la gestión y rendir cuentas.

Cumplir las obligaciones que el gestor hubiere contraído a su nombre y a pagar los gastos que el gestor hubiere originado.

Debe pagar los intereses legales de las cantidades erogadas por el gestor.

Si la gestión se hizo en contra de la voluntad del dueño, este solo esta obligado a pagar los gastos hechos por el gestor, en la medida en la que alcancen los beneficios recibidos y esto para evitar enriquecimientos sin causa.

OBLIGACIONES DEL GESTOR

OBLIGACIONES DEL DUEÑO

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

PROFESIONALES

CONCEPTO.-Es un contrato por virtud del cual

una persona llamada profesional o profesor se obliga a prestar un servicio técnico a favor de otra llamada cliente a cambio de una retribución llamada honorario.

CARACTERISTICAS Es un contrato de prestación de

servicios.

Los servicios son siempre actos técnicos y por regla general actos materiales.

El profesor siempre actúa en nombre propio y obra por su cuenta al hacer ejercicio de una actividad profesional.

CLASIFICACION• Bilateral• Oneroso• Conmutativo• Principal• Consensual en oposición al formal• Intuito personal.

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS* CAPACIDAD

* AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

* LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN.

CONSECUENCIASComo todo contrato genera obligaciones

a las partes.

OBLIGACIONES DEL CLIENTE.-Pagar los honorarios que se hayan

convenido y a falta de convenio los fijará el juez que conozca la controversia.

Pagar las expensas que hubiere hecho el profesional más su interés legal desde que se hicieron, sino quedaron incluidos en el monto de los honorarios.

CONSECUENCIAS.- OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL:a) Esta obligado a prestar el servicio en la

forma, tiempo y lugar convenidos o en la forma, lugar y tiempo que se requieran técnicamente conforme a la naturaleza del negocio.

b) Está obligado a guardar reserva o el secreto en relación a los negocios que se le encomienden si de lo contrario se desprende un daño de cualquier tipo al cliente.

OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL:

c) A erogar las expensas o gastos necesarios si el profesional se obligó a hacerlos y no se incluyeron expresamente en el pago de honorarios.

d) Si el profesional es un Licenciado en Derecho, tiene la prohibición de asesorar o patrocinar a las dos o más partes con interés opuesto en el negocio correspondiente.

CAUSAS DE TERMINACIONLa conclusión del negocio

encomendado al profesional.La imposibilidad legal o natural de

concluirlo.La rescisión por muto

consentimiento.La muerte del profesional o su

interdicción.La nulidad o resolución del contrato.

CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO

CONCEPTOEs aquel por virtud del cual una

persona llamada empresario se obliga a realizar una obra con materiales propios y tomando a su cargo la dirección y el riesgo de la misma, para otra persona llamada dueño, quien se obliga a pagarle una remuneración.

CLASIFICACIÓN:BilateralOnerosoDe tracto sucesivoPrincipalFormalConsensualIntuito personae

ELEMENTOS…CONSENTIMIENTO

OBJETOFORMA

PRESUPUESTOS* CAPACIDAD

* AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

* LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN.

CONSECUENCIAS

Ejecutar la obra convenida.

Entregar la obra. Responder por los

vicios de la cosa y por el trabajo de los operarios

Pagar el precio convenido.

Recibir la cosa.

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO

OBLIGACION DEL DUEÑO

Las consecuencias de este contrato son crear obligaciones tanto para el empresario, como para el dueño.

CAUSAS DE TERMINACION Por concluirse la obra y entrega de la misma

y de la contraprestación (precio). Por desistimiento del dueño, siempre y

cuando indemnice al empresario por sus gastos, trabajos y por la utilidad que pudiera haber sacado de la obra.

Por muerte del empresario, debiéndose indemnizar a sus herederos por el trabajo y gastos hechos.

Por hacerse imposible la ejecución de la obra.

Por rescisión por mutuo consentimiento. Por nulidad o resolución del contrato.

CONTRATO DE HOSPEDAJE

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual una

persona llamada huésped albergue a cambio de una retribución, comprendiéndose o no, según se estipule, los alimentos y otros servicios y bienes relacionados con el albergue.

CARACTERISTICAS.-

Es un contrato de prestación de servicios

La obligación principal y que identifica e individualiza al contrato es la proporcionar albergue.

ELEMENTOS

ConsentimientoObjetoForma

CLASIFICACION Principal. Bilateral. Oneroso. Conmutativo. Consensual en oposición al real. Consensual en oposición al formal. Definitivo. De Tracto Sucesivo.

PRESUPUESTOSCAPACIDAD.

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO.

LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN.

CONSECUENCIAS Este contrato en su carácter de

bilateral, genera obligaciones para ambas partes.

OBLIGACIONES DEL HOSTELERO.-a) Prestar o proporcionar todos los servicios a que se haya comprometido.b) Responder del deterioro, destrucción o pérdida de los efectos introducidos.c) Cumplir con las disposiciones de carácter administrativo que se imponga en cada entidad federativa.

CONSECUENCIAS OBLIGACIONES DEL HUÉSPED:a) Pagar la remuneración convenida.b) Servirse del local en donde se presta

el hospedaje.c) Conservar las cosas relacionadas con

el hospedaje.d) Restituir esas cosas al termino del

contrato.e) Cumplir con las disposiciones de

carácter administrativo.

CAUSAS DE TERMINACION DEL CONTRATOPor la conclusión del plazo señalado.Por convenio expreso de las partes.Por resolución causada por el

incumplimiento de alguna de las partes en sus obligaciones

Por nulidadPor confusión, por expropiación del

local en donde se preste el albergue o por evicción.

CONTRATO DE ASOCIACION CIVIL

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual, dos o

mas personas convienen en reunirse de una manera que no sea enteramente transitoria, para la realización de un fin común lícito y que no tenga un carácter preponderantemente económico y que origina la creación de una persona jurídica diferente a la de los contratantes.

SU CONSTITUCIONEste acto debe analizarse

respecto de sus elementos, presupuestos y consecuencias y en su caso las causas de terminación.

SU FUNCIONAMIENTOEl proceso o conjunto de fases

sucesivas que implican el desarrollo de la persona durante su vida, debe analizarse respecto a sus atributos, su patrimonio, la finalidad de la asociación, su administración, la posibilidad de admisión y exclusión de asociados, derechos y obligaciones de los asociados y las causas de disolución y liquidación.

CARACTERISTICASEs un conjunto que produce el efecto

de dar nacimiento a una persona jurídica.

La finalidad que persiguen los contratantes, llamados asociados, debe ser lícita y posible.

Esa finalidad no debe de tener carácter preponderantemente económico.

CLASIFICACION* BILATERAL

* CONSENSUAL

* INTUITU PERSONAE

* DE TRACTO SUCESIVO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

PRESUPUESTOSCAPACIDAD

LICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CONSECUENCIASAl celebrar un contrato de

asociación civil tiene como efectos crear una persona jurídica diferente a la de los asociados y crear obligaciones para las partes contratantes.

ATRIBUTOS DE LA PERSONA MORALNOMBRE

DOMICILIO

ESTADO (PERSONAL o POLITICO)

PATRIMONIO DE LA PERSONA MORAL Es el conjunto de bienes, derechos y

acciones que por constituir una universalidad de derecho, tiene como finalidad desinteresar acreedores.

Se constituye por las aportaciones de los asociados y por el conjunto de bienes y derechos de carácter económico que adquiera la asociación por cualquier medio lícito, como cuotas, donativos, pagos por servicios, representaciones, etc.

PATRIMONIO DE LA PERSONA MORAL Es móvil, variable de un momento, en

cambio el capital no, y solo varia si existen nuevas a portaciones o retiro de las realizadas por desembolso o “liberación concedida a los socios de exhibiciones no realizadas.

Comprende tanto un aspecto activo (bienes y derechos) como un pasivo (obligaciones). El capital forma parte del pasivo dentro del patrimonio.

FINALIDAD DE LA ASOCIACION La ley deja a voluntad de los

interesados la determinación de las finalidades sociales en la forma mas amplia y solo establece dos límites:

1) Que ese fin común no este prohibido por la ley

2) Que no tenga un carácter preponderantemente económico.

LA ADMINISTRACIÓN* Como la asociación es una persona

jurídica con aptitud para ser titular de derechos y obligaciones, lógicamente debe tener un representante, que en última instancia sea una persona física o varias, para que haga valer a nombre de la asociación, sus derechos y cumpla sus obligaciones, quien tendrá las facultades que señale el estatuto social.

LA ADMINISTRACIÓN

* Quien administre una asociación, tiene todas las facultades que sean necesarias para realizar el objeto de la institución y en forma particular las que le concedan el estatuto social y la asamblea general.

LA ADMINISTRACIÓN* La asamblea general, como poder

supremo, puede resolver sobre cualquier asunto que se refiere a su funcionamiento y a lo largo de su objeto y particularmente resolverá sobre:

* La admisión o exclusión de asociados.* La disolución anticipada o prórroga del

plazo señalado en el estatuto social.* El nombramiento o revocación del cargo

de directo o directores.* Las modificaciones al estatuto.

LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS

Independiente de las obligaciones que se originan del contrato constitutivo como son la de colaborar para la obtención de los fines y el respeto al estatuto social.

DERECHOS DE LOS ASOCIADOSAsistir a las asambleas.A un voto por persona.Solicitar que se convoque a asamblea

general de asociados.A separarse de la asociación en cualquier

tiempo.A vigilar que el patrimonio social se

destine precisamente al logro del objetivo social.

Todos los derechos que establezca en su beneficio el estatuto social.

OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOSObligados a cooperar al logro del objeto

social

A acatar y respetar el estatuto social

A abstenerse de votar en las decisiones en que se encuentren directamente interesados ellos, su cónyuge, sus ascendientes o descendientes y parientes colaterales dentro del segundo grado.

CAUSAS DE DISOLUCION Y LIQUIDACION Por acuerdo tomado legalmente en la

asamblea general. Por haber concluido el plazo fijado en el

estatuto. Por haber realizado cabalmente el objeto

social. Por hacerse imposible la realización del

objeto. Por volverse incapaz del realizar el objeto. Por resolución dictada por autoridad

competente.

CONTRATO DE

SOCIEDAD CIVIL

CONCEPTOEs aquel por virtud de cual dos o más

personas se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y posible, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituyen una especulación comercial y que origina la creación de una persona jurídica diferente a la de los contratantes.

CARACTERISTICAS Contrato que produce el efecto de dar

nacimiento a una persona jurídica diferente a la de los contratantes.

La finalidad que persiguen los contratantes, llamados socios, debe ser posible y lícito.

La finalidad puede tener un carácter preponderantemente económico.

La sociedad tiene un capital social que se representa en partes sociales.

CLASIFICACIÓNPRINCIPAL

BILATERAL

INTUITO PERSONAE

FORMAL

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

CONSECUENCIAS Como en el caso de las asociaciones,

es la celebración del contrato de sociedad mercantil generando dos efectos como:

La creación de una persona jurídica

Obligaciones de los contratantes

ATRIBUTOS DE LA PERSONA MORALNOMBRE

DOMICILIO

ESTADO

DERECHOS DE LOS SOCIOS Asistir a las asambleas Calidad del voto Participar en la forma convenida Devolución de sus aportaciones Utilidades A no ser excluidos A participar en la administración A examinar el estado de los negocios sociales y

documentación social Ceder sus derechos en partes sociales Separarse de la sociedad Pedir la liquidación de la sociedad

OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS* A cambiar sus recursos o esfuerzos

para realizar el objeto social.* Respetar y cumplir el estatuto.* No entorpecer la administración.* Responder de las operaciones sociales.* Los administradores son ilimitada y

solidariamente responsables de obligaciones sociales.

* Las que imponga el estatuto social.

CAUSAS DE DISOLUCION Y LIQUIDACION Por voluntad de los sociosPor vencimiento del plazo fijadoPor haberse realizado el objeto

socialPor muerte o incapacidad de un

socioPor muerte del socio industrialPor renuncia de un socioPor resolución judicial

CONTRATO DE APARCERIA

RURAL

CONCEPTOEs aquel que por virtud del cual una de las

partes llamada dueño (aun cuando no sea el propietario, con tal de que tenga el derecho de conceder el uso o goce de la cosa) se obliga a entregar a la otra parte llamada aparcero un bien rustico para que lo cultive, o un cierto número de animales para que los cuide y los alimente, a fin de repartirse los frutos en la forma convenida y a la falta de un convenio conforme a las costumbres del lugar, en el concepto de que el aparcero de un predio rustico, no podrá corresponderle por solo su trabajo, menos de 40% de la cosecha.

CARACTERISTICAS Es un contrato traslativo de uso y

goce.

La contraprestación del aparcero por el uso y goce de los bienes recibos, solo será su trabajo personal.

Desde un punto de vista negativo, no crea una persona jurídica.

CLASIFICACIONPRINCIPAL

BILATERAL

ONEROSO

FORMAL

DE TRACTO SUCESIVO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETOa)Los predios rústicosb)Los animalesc)El trabajo material del aparcero

FORMA

PRESUPUESTOSCAPACIDAD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

LICITUD

CONSECUENCIAS…OBLIGACIONES DEL DUEÑO1)Entregar el predio rustico o los animales2)No recoger los frutos a menos de que el

aparcero abandone los bienes3)No retener de propia autoridad la parte

de frutos que le corresponda al aparcero4)No cobrar las semillas que hubiera

entregado al aparcero para el cultivo5)Permitir al aparcero que construya su

casa y tome de lo que hay en la propiedad

6)Conceder el derecho del tanto

CONSECUENCIAS…OBLIGACIONES DEL APARCERO

1)Cultivar el predio rustico o cuidar y alimentar los animales

2)Dar aviso al dueño antes de recoger los frutos

3)Emplear en el cuidado y trato de los animales y por analogía en el cultivo del predio

CAUSAS DE TERMINACIONPor voluntad de las partes

Por vencimiento del plazo señalado

Por muerte del aparcero, salvo convenio contrario.

CONTRATO DE JUEGO Y APUESTA

CONCEPTOSon aquellos por virtud de los cuales,

una de las partes se obliga hacia la otra a dar una cosa o a prestar un servicio si se realiza un hecho (situación futura) o si se prueba un acontecimiento (situación pretérita) ignorado por ambos, y para el caso de que no se realice el hecho o pruebe el acontecimiento, la segunda queda obligada para con la primera a la misma o equivalente prestación.

CARACTERISTICAS.-Son aleatorios, ninguna parte

tiene certeza de quien pagará la contraprestación.

La realización del hecho origina el derecho a favor de una de las partes.

La contraprestación que debe dar el perdidoso es la misma.

CLASIFICACION--- BILATERAL

ONEROSO

ALEATORIOS

CONSENSUALES

PRINCIPALES

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

CONSECUENCIASLas consecuencias que se generan son la creación de obligaciones para ambas partes

CONTRATO DE RENTA

VITALICIA

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual, una

persona se obliga a pagar una pensión (pago de una cantidad de dinero en forma periódica y temporal) durante la vida de una o más personas a cambio de la propiedad de una suma de dinero o de una bien mueble o inmueble estimados que desde luego le transmite la otra parte contratante.

CARACTERISTICASEs un contrato aleatorio, porque en el

momento en que se celebra no son ciertos los gravámenes.

Es traslativo de dominio.La pensión puede constituir sobre la

vida de: a)Quien transmite la suma de dinero

o el bien b)Quien debe pagar la renta

(deudor) c) Un tercero.

CLASIFICACIONPRINCIPALBILATERALONEROSOALEATORIOFORMALDE TRACTO SUCESIVONOMINADO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

Los efectos son de transmisión de la propiedad de los bienes que son objeto del contrato y crea obligaciones para las partes.

CONSECUENCIAS

OBLIGACIONES DEL DEUDOR DE LA RENTA:Pagar la pensión en el lugar,

tiempo y modo convenidos.

Asegurar el pago de las pensiones futuras.

Al pago de la totalidad de esa pensión, si fallece la persona.

OBLIGACIONES DE QUIEN TRANSMITE EL BIENEste contratante tiene las

obligaciones de un enajenante, ya estudiadas al tratar de los contratos traslativos de domino, debiendo tomar en cuenta que la ley no establece normas derogatorias.

DERECHOS DEL PENSIONISTA No se estudia de forma específica los derechos

de las partes en los contratos, porque las obligaciones de una, por lo común, son los derechos de la otra.

1. Tiene derecho a que se le pague la pensión en el lugar, tiempo y modo convenido.

2. Solo tendrá acción de exigir el cumplimiento de la obligación de pago.

3. Si la renta se constituyó a su favor a titulo gratuito, tiene derecho a no embargarse la pensión.

4. La renta no puede ser embargada si se constituyó para cubrir los alimentos del pensionista.

CAUSAS DE TERMINACIONPor nulidad de la persona sobre la que se constituyo la renta.

Por nulidad.

Si el deudor de la renta causa la muerte del pensionista.

CONTRATO DE

COMPRAVENTA DE

ESPERANZA

CONCEPTO.- Es aquel por virtud de cual una

persona llamada vendedor se obliga a entregar a la otra llamada comprador una cosa futura que sea producto de la naturaleza, o los frutos de una cosa o los productos inciertos de un hecho, quien se obliga a pagar por ellos en precio cierto y en dinero, tomando el comprador para sí, el riesgo de que tales objetos no lleguen a existir en la cantidad prevista por el y que produce el efecto de transmitir al comprador la propiedad de esos bienes cuando lleguen a existir en la medida que existan.

CARACTERISTICAS Es un contrato aleatorio, ya que una de la

prestación de las partes no es cierta. El riesgo de que las cosas no lleguen a

existir lo toma a su cargo el comprador. El objeto indirecto recae sobre cosas

futuras y puede ser: a)Cosa futura que pueda ser producto de

la naturaleza. b)Frutos de una cosa, pero no la cosa

misma. c)Productos inciertos de un hecho.

NORMAS APLICADAS.-Respecto a los elementos,

presupuestos y consecuencias del contrato, deben aplicarse a la norma de la compraventa, en lo que no se oponga a lo tratado en este apartado.

CONTRATO DE

FIANZA

CONCEPTO.-Es aquel por virtud del cual una

persona llamada fiador se obliga ante la otra llamada acreedor al cumplimiento de una prestación determinada, para el caso de un tercero, deudor este ultimo, no cumpla con su obligación.

CARACTERISTICAS Es un contrato accesorio, siendo como

consecuencia jurídica:a) La inexistencia de la obligación

garantizada.b) La nulidad absoluta.c) La declaratoria de nulidad.d) La extinción de la obligación garantizada.e) La cesión del crédito garantizada.

La fianza constituye una garantía personal para el cumplimiento de una obligación.

CLASES DE FIANZA.- Según la legislación pueden ser:LEGALESJUDICIALESCONVENCIONALESGRATUITASONEROSASMERCANTILESCIVILES

CLASIFICACION.-.ACCESORIOUNILATERALGRATUITOBILATERALONEROSOCONSENSUALNOMINADO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

CONSECUENCIAS.-. Se producen los efectos tan pronto como

se perfecciona el contrato. Los efectos derivados directamente para

las partes por la celebración del contrato.a)La obligación para el fiador.b)Los derechos del fiador. I.- Beneficio de orden II.- Beneficio de excusión III.- Excepciones que puede oponer el

fiador

CONSECUENCIAS.-. Los efectos derivados indirectamente

del contrato de fianza.

a)Los derechos del fiador ante el deudor. I.- A solicitar del deudor que se asegure

el pago de la obligación garantizada. II.- A que el deudor lo indemnice. III.- A subrogarse.

b)El beneficio de división.

CAUSAS DE EXTINCION.-.La obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la obligación garantizada

La obligación del fiador se extingue por vía directa

CADUCIDAD DE LA FIANZAEs la extinción de un derecho por

el abandono que de su ejercicio hace su titular en cierto tiempo o por el abandono de la acción procesal correspondiente.

CONTRATODE

PRENDA

CONCEPTO.-. Es aquel por virtud de cual una persona

llamada deudor prendario constituye un derecho real del mismo nombre sobre un bien inmueble, determinado y enajenable, a favor de otra llamada acreedor prendario a quien se le deberá entregar real o jurídicamente, para garantizar el cumplimiento de una obligación y que le da derecho al acreedor de retención, de persecución y en su caso de incumplimiento de la obligación, de enajenación y de preferencia para ser pagado con el producto de la enajenación en el grado de prelación que señale la ley y que obliga al acreedor a la devolución del bien, en caso de cumplimiento de la obligación garantizada.

CARACTERISTICAS.-.Es accesorio de garantíaLa prenda constituye una garantía real

Da nacimiento al derecho real de prenda

Siempre es un bien mueble enajenable

Es real en oposición al consensual.

CLASIFICACION.-.ACCESORIOBILATERALGRATUITOONEROSOREAL EN OPOSICION AL

CONSENSUALFORMALNOMINADO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

CONSECUENCIAS.-. Pueden presentarse varios supuestos:I.- Que se celebre el contrato por escrito

y se entregue el bien al acreedor, no constando la certeza de la fecha.

II.- Que se celebre de manera fehaciente con o sin fecha cierta y autentica

III.- Que se celebre y que exista una entrega material del bien.

IV.- Que se celebre y que exista una entrega jurídica.

DERECHOS DEL ACREEDOR PRENDARIO

Derecho de retenciónDerecho de exigir otra cosa en prenda

Derecho a ser indemnizado de los gastos que efectúe

Derecho de persecuciónDerecho de enajenaciónDerecho de preferencia

OBLIGACIONES DEL ACREEDOR PRENDARIO

a) Obligación de conservar.

b) Obligación de restituir.

c) Obligación de responder al saneamiento por caso de evicción.

DERECHOS DEL DEUDOR PRENDARIO

A que la cosa dada en prenda sea conservada.

A que el acreedor le garantice con fianza la devolución de la cosa.

A suspender la enajenación de la cosa dada.

A percibir los frutos de la cosa ignorada.

A disponer de la cosa. A recibir la diferencia en dinero.

OBLIGACIONES DEL DEUDOR PRENDARIO

No estorbar o perturbar al acreedor.

Pagar o restituir el importe de gastos.

Substituir la cosa dada en prenda.

Defender la cosa en caso de que el acreedor sea perturbado.

CAUSAS DE EXTINCION.-. Por sí misma por cualesquiera de

las causas normales de extinción.

Cuando se extinga la obligación garantizada por cualquier causa legal.

La devolución de la cosa empeñada.

CONTRATO DE

HIPOTECA

CONTRATO.-. Es aquel por virtud del cual una persona

llamada deudor hipotecario, construye un derecho real del mismo nombre sobre un bien generalmente inmueble, determinado y enajenado, a favor de la otra parte llamada acreedor hipotecario, para garantizar el cumplimiento de una obligación, sin desposeer al deudor del bien gravado y que le da derecho al acreedor, de persecución y en caso de incumplimiento de la obligación, de enajenación en el grado de prelación que señala la ley.

CARACTERISTICAS.-. Es un contrato accesorio de garantía y su

existencia depende de la obligación garantizada.

La hipoteca es una garantía real para cumplir la obligación.

La celebración origina la creación del derecho.

La hipoteca para que produzca sus efectos de derecho real recae sobre determinados bienes.

Los bienes deben ser enajenables. El contrato no desposee del bien al deudor

hipotecario.

CLASIFICACION.-ACCESORIO UNILATERAL GRATUITOONEROSOBILATERALCONSENSUAL EN OPOSICION REAL

FORMALNOMINATIVO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

ELEMENTOSOBJETOA)Características del bien

1.-Determinados2.-Enajenados3.-Inscribibles

ELEMENTOSOBJETOB) A que bienes se extiende el

derecho hipotecario

1.-Accesorios naturales del bien gravado

2.-Mejoras hechas por el propietario3.-Muebles incorporados por el

propietario cuando por ese motivo se conviertan en muebles

4.-Nuevos edificios o pisos

ELEMENTOSOBJETOC) Que bienes no

comprende la hipoteca1.-Los frutos industriales

producidos2.-Las rentas vencidas y no

satisfechas a tiempo

ELEMENTOSOBJETOD) Que bienes no son

susceptibles de hipotecarios

1.-Bienes que no sean determinados

2.-Bienes no enajenables3.-Usufructo legal concedido a

ascendientes

ELEMENTOS OBJETOE) Aspectos de interés relacionados

con algunos contratos de hipoteca1.-La hipoteca de una construcción

levantada en terreno ajeno2.-La hipoteca de la nuda propiedad no se

extenderá el usufructo3.-Los bienes pueden hipotecarse dos o

mas veces4.-La hipoteca respecto de derechos reales

solo durará mientras estos subsistan5.- Si el bien se destruye por caso fortuito o

fuerza mayor6.-Si se hipotecaren varias fincas para la

seguridad de un solo crédito

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

CONSECUENCIAS.-El efecto principal que produce es

la creación del derecho real de hipoteca y como consecuencia derechos para las partes y obligaciones para el deudor hipotecario.

DERECHOS DEL ACREEDORDerecho de persecuciónDerecho de enajenaciónDerecho de preferenciaDerecho de ampliaciónDerecho específicas que lleguen a pactarse

OBLIGACIONES DEL DEUDORConservar el bien en tal estado.No realizar actos respecto del bien

hipotecado que perjudique al acreedor.DERECHOS DEL DEUDORA la posesión del bien hipotecado.A disponer del bien.A administrar el bien.A percibir los frutos del bien.

CLASES DE HIPOTECAVOLUNTARIAS

NECESARIAS

MOBILIARIAS E INMOBILIARIAS

DE PROPIETARIO

NAVAL

DURACION Y PRORROGA DE LA HIPOTECA

La hipoteca dura salvo convenio en contrario, por todo el tiempo que subsista la obligación que garantice y si esta no tiene termino para su vencimiento, la hipoteca no podrá durar más de diez años.

CAUSAS DE TERMINACION DE LA HIPOTECA

Por vía directa la hipoteca se extingue:a) Por nulidadb) Destrucción o extinción del bien.c) Porque se resuelva o extinga ese

derecho.d) Por expropiación del bien.e) Por remate judicial del bien. Por vía de consecuencia la hipoteca

se extingue cuando se extinga la obligación garantizada.

CONTRATO DE

TRANSACCION

CONCEPTO.-Es por el cual las partes,

haciéndose concesiones recíprocas, dan por terminada una controversia presente o previene una futura.

CARACTERISTICASTiene por finalidad afirmar los

derechos de las partes.

Se otorguen entre si concesiones.

Se requiere que las partes declaren o reconozcan a favor de ambas.

CLASIFICACIONPRINCIPALBILATERALONEROSOFORMALINSTANTANEONOMINADO

ELEMENTOSCONSENTIMIENTO

OBJETO

FORMA

CONSECUENCIASLos efectos que produce este

contrato si se refiere solo al objeto de la controversia, serán exclusivamente declarativos o extintos.

Si en la transacción se involucran bienes diversos al objeto de la controversia, los efectos del contrato eran además de los anteriores, la creación de derecho y obligaciones.

PRESUPUESTOSLICITUD

AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

CAPACIDAD

CONSECUENCIASLa transacción produce la misma

eficacia y autoridad que la cosa juzgada.

Crea obligaciones entre las partes, obligándose a no continuar con la controversia planteada y no iniciarla en el futuro.

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